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Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Autoridades
Intendente
Ing. Fabián Ríos
Viceintendenta
Dra. Ana María Pereyra
Boletín Oficial Municipalidad de la
Ciudad de Corrientes
Secretaria de Coordinación General
Arq. Irma del Rosario Pacayut
Secretario de Economía y Finanzas
Cr. Rodrigo Martín Morilla
Secretario de Desarrollo Productivo
y Economía Social
Ing. Diego Victor Ayala
Secretario de Infraestructura
Arq. Daniel Aníbal Flores
Secretario de Recursos Humanos
y Relaciones Laborales
Sr. Pedro Ramon Lugo
Secretario de Planeamiento Urbano
Arq. Daniel Bedran
Secretario de Desarrollo Comunitario
Dr. Félix Rolando Morando
Secretario de Ambiente
Dr. Felix María Pacayut
Publicación
Oficial Secretario de Transporte y Tránsito
Dr. Gustavo Adolfo Larrea
25 de Mayo 1132 (W3400BCN) - Corrientes - Argentina - Tel: 03794 474725
Nº 2600
Corrientes, 27 de Junio de 2016
Boletín Oficial Municipal Nº 2600
Corrientes, 27 de Junio de 2016
Ordenanza.
N° 6450: Establece que el precio del pasaje del sistema de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad
de Corrientes, será de PESOS SIETE CON TREINTA CTVOS.- ($7.30), en concepto de tarifa plana,
ordena la construcción de 80 garitas de colectivos, plano en el Anexo I.
Resolución.
1489/16: Promulga la Ordenanza Nº 6450 de fecha 21 de junio de 2016.
Resolución
Nº 1472/16: Preadjudica viviendas del Plan “Programa Federal de Integración Socio Comunitaria” de
Viviendas Nuevas del Barrio Esperanza de esa Ciudad, a las personas identificadas en el ANEXO I.
Disposición
Secretaria de Desarrollo Comunitario y Economía Social
Nº 0194: APRUEBA Concurso de Precios Nº 226/16, Adjudica la Compra Directa a favor de
GUTIERREZ ESTELA NOEMI.
Nº 0197: Aprueba y Repone la Caja Chica de la Secretaria de Desarrollo Productivo y Economía Social –
Dirección General de Empleo.
Nº 0204: Adjudica la contratación en forma directa por vía de excepción a favor de la FUNDACION
AGENCIA DE DESARROLLO CIUDAD DE CORRIENTES.
Resoluciones Abreviadas:
Nº 1469: Declara cesante al agente GUTIERREZ, Manuel Armando, dependiente del Departamento
Barrido y Operativo Especiales – Secretaria de Ambiente.
Nº 1470: Declara cesante al agente CABAÑAS, Carlos Daniel, dependiente del Departamento Recolección de Residuos – Secretaria de Ambiente.
Nº 1471: Declara cesante al agente VALLEJOS, Francisco, dependiente de la Dirección de Limpieza
Urbana – Secretaria de Ambiente.
Disposiciones Abreviadas:
Secretaria de Coordinación General:
Nº 296: Aprueba el trámite de Concurso de Precios Nº 250/2016, Adjudica a favor de la firma comercial:
Centurión Carlos Luís.
Nº 297: Aprueba la Contratación en Forma Directa según informe Nº 1194/16, a favor de Guillen
Francisco Mauricio.
Nº 298: Aprueba el pago por el Fondo Permanente, asignado a la Dirección General de Ejecución de Programas y Abordaje Territorial a favor de LUIS A. CUADRADO.
Secretaria de Ambiente:
Nº 247: Aprueba y Repone la Caja Chica, con cargo al Fondo Permanente, a favor Felix Maria Pacayut,
en concepto de Reposición Caja Chica de la Dirección de Zoonosis
Secretaria de Desarrollo Productivo y Economía Social
Nº 0179: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Gutierrez Estela Noemí.
Nº 0182: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Kasibrodiuk Esteban Ulises. Nº 0183: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Skllmedia S.R.L.
Nº 0195: Adjudicar en contratación directa a favor de Sánchez Jorge Eduardo.
Nº 0196: Adjudica la compra directa por concurso de precios a favor de AYALA AXEL ALEJANDRO.
Nº 0198: Aprueba y Repone la Caja Chica, responsable Ing. Diego Víctor Ayala.
Nº 0199: Aprueba y Repone la Caja Chica de la Sub Secretaria de Asociativismo.
Nº 0200: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Sanz Diego Jose.
Nº 0201: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Félix Darío Román.
Nº 0202: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Miño Juan Carlos.
Nº 0203: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Máximo Javier Aquino.
Nº 0205: Aprueba el pago por el Fondo Permanente a favor de Romero Héctor Omar.
Nº 0206: Aprueba los debitos bancarios de la cuenta corrientes Entes Municipales.
Nº 207: Aprueba y Repone la Caja Chica de la Sub Secretaria de Desarrollo Productivo cuyo responsable
es el Lic. Juan Martín Fernández.
Nº 0208: Adjudica la contratación en forma directa, a favor de NUÑEZ RUBEN DARIO.
Nº 0210: Adjudica la contratación en forma directa a favor de “PROVEN CHEF” de CANCIANI SEBASTIAN MARCELO.
Nº 0211: Autoriza la contratación en forma directa a favor de CORREA ALEJANDRO DANIEL.
Nº 0212: Adjudica la contratación en forma directa a favor de VARGA DARIO.
Secretaria de Infraestructura:
Nº 0306: Aprueba los debitos de los gastos bancarios de la cuenta corrientes Entes Municipales.
Nº 0307: Aprueba y autoriza el pago por el Fondo Permanente, a favor de “Mollevi Hermann S.A.”.
Nº 0308: Aprueba y autoriza el pago por el Fondo Permanente, a favor de “MOSQUEDA JORGE
ESTEBAN”.
Nº 0309: Aprueba y autoriza el pago por el Fondo Permanente, a favor de “David E. Cabrera”. Nº 0310: Aprueba y autoriza el pago por el Fondo Permanente, a favor de “Sanitarios Taragui S.R.L.”.
Nº 0311: Aprueba y autoriza el pago por el Fondo Permanente, a favor de “Pedro Zambrino”.
Nº 0312: Aprueba y autoriza el pago por el Fondo Permanente, a favor de “Carlos A. Ferreira”.
Nº 0313: Aprueba y autoriza el pago por el Fondo Permanente, a favor de “Fiant Omar Jorge”.
Nº 0314: Aprueba y autoriza el pago por el Fondo Permanente, a favor de “Rubén V. Soto”.
Nº 0315: Aprueba y autoriza el pago por el Fondo Permanente, a favor de “Matilde Maria Alejandra
Toledo”.
Nº 0316: Aprueba y autoriza el pago por el Fondo Permanente, a favor de “Ángel Ricardo Fernández”.
ORDENANZA N° 6450
Corrientes, 21 de Junio de 2016
VISTO:
La Ordenanza Nº 6283 y El Expte. Nº 232-C-2016 Iniciado por CETUC Ref. Adecuación del precio
de Transporte de Pasajeros., y;
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento del Transporte Público de Pasajeros, Anexo I de la Ordenanza Nº 6283, en su Art. 52 establece las pautas para inicio del tratamiento de las tarifas del sistema, mediante un mecanismo de
revisión que puede ser propuesto por cualquiera de sus integrantes, habiéndose verificado la variación de los
costos del sistema entre el 5% y 10 %.-
Que, el costo tarifario establecido por el Ministerio de Transporte de la Nación, es de $ 13,75, sin
aplicación de subsidios, lo que llevó a un aumento tarifario del 100% en el ámbito del AMBA.-
Que, el estudio de costos de otras jurisdicciones, con aplicación de subsidios vigentes, ejemplo la
Municipalidad de la Ciudad de Rosario, ha determinado una tarifa de $ 9,45, reflejando un aumento del 50%
sobre la actual de $ 6,50.-
Que, sin tener en cuenta el valor en dólar del chasis, conforme los argumentos vertidos por los
representantes del D.E.M. en el Órgano de Seguimiento del SIMU, los valores del resto de los insumos de la
actividad fijados mediante la divisa norteamericana, han sufrido un impacto de un 50% de aumento por
devaluación, en el orden nacional se ha reconocido un aumento salarial por paritarias del 42 % y el costo del
combustible se incrementó un 19,1% en el primer trimestre del año, incrementos que resultan imposibles de
reflejar en la tarifa local, sin que se provoque un fuerte impacto en los usuarios del sistema y por ende una
ostensible caída de los pasajeros transportados.-
Que, con un reconocimiento de $1 por la vía del subsidio otorgado por la Municipalidad a
estudiantes transportados en forma gratuita, beneficiarios del boleto estudiantil gratuito, las tarifas
diferenciales de jubilados, pensionados y excombatientes, de $ 2,75, determinan una tarifa promedio de $ 2,57
por pasajero transportado.-
Que, las actuaciones surgidas del Expte. 232-C-2016 de referencia se inician ante la presentación efectuada
por la Cámara de Empresas de Transporte Urbano de Corrientes (CETUC) solicitando la adecuación del
precio del Transporte Público de Pasajeros de esta Jurisdicción, en las condiciones previstas por el Art. 52 del
Anexo I de la Ordenanza Nº 6283 y a tales efectos solicita la constitución del Órgano de Seguimiento del
S.I.M.U.-
Que, a fs. 42 de las actuaciones de referencia obra Acta de fecha 06/04/2016 del Órgano de
Seguimiento del S.I.M.U, por la cual se aboca al tratamiento de la tarifa del Sistema de Transporte de
Pasajeros en los términos del Art. 52 citado, fijando las postura de distintos miembros y fijando un cuarto
intermedio para el día 11 de abril de 2016 a las 8 hs.-
Que, a fs. 65 de las actuaciones de referencia, obra Acta de fecha 11 de abril de 2016, por la cual se
acuerda un nuevo cuarto intermedio para el día 12 de abril de 2016 a las 9,30 hs, a los efectos del análisis de
nuevos elementos presentados por la CETUC (Comparativa de Subsidios) y la UTA Seccional Chaco (Acta
Salarial 2016).-
Que, a fs. 111 de las actuaciones de referencia, obra Acta final del Órgano de Seguimiento del
SIMU, en la cual sus miembros asumen posiciones diferentes en cuanto al tratamiento de la tarifa del Sistema
de Transporte de Pasajeros de la Ciudad de Corrientes, aplicando de manera opuestas las condiciones
previstas en la estructura de costos que surge del Anexo III de la Ordenanza Nº 6283 entre el sector
empresario que requiere una tarifa plana de cálculo de $ 10,47, el sector constituido por el Ejecutivo
Municipal, el Especialista en Costos y la representante de la mayoría en el Concejo Deliberante, que arriban a
una tarifa plana de cálculo de $ 7,73, el sector de los trabajadores nucleados en la UTA Seccional Corrientes,
que requiere que los estudios contengan la totalidad de los aumentos salariales arribados en el orden nacional y el representante de la minoría en el Concejo Deliberantes que se expide por el rechazo del aumento de las
tarifas del sistema.-
Que, la posición asumida por el Ejecutivo Municipal, conforme surge de las actas citadas,
requieren de un nuevo análisis de la situación planteada, entendiendo que el escenario nacional en materia de
compensaciones de tarifas se ha modificado, originando un redimensionamiento de los subsidios nacionales,
que podrían ser volcados para el interior del país a los fines de equilibrar las asimetrías existentes entre el
Área Metropolitana de Buenos Aires y el interior del País, fijando criterios que permitan la nacionalización de
la tarifas del transporte público, asumiendo la jurisdicción tarifaria, con los parámetros utilizados en el
AMBA y de acuerdo a los elementos de variación aportados por el Sistema Único de Boleto Electrónico
(SUBE) establecido por el Decreto 84/09 como medio de pago para la totalidad de los servicios de transporte de pasajeros.-
Que, el sistema de pago electrónico SUBE, contiene una serie de beneficios destinados a los usuarios
del sistema y una serie de atributos diferenciales hacia determinados sectores de la sociedad.-
Que, el Departamento Ejecutivo Municipal ha ordenado la implementación de la SUBE a las
empresa prestadoras del sistema, tendiente a unificar el modo electrónico de pago y trasladar sus beneficios a los usuarios del sistema.-
Que, la implementación del SUBE se encuentra en etapa de culminación, con la operadora del
sistema Nación Servicios, habiéndose cumplido con la entrega de los equipos validadores para el 100% de
las unidades del sistema, más la cantidad necesaria en concepto back up, las prestadoras del sistema de
transporte han invertido en la instalación de los equipos concentradores y red de descarga de datos en los
predios respectivos, se han autorizado la cantidad de equipos necesarios para la red de recarga local, con
nuevos puntos en el sistema, se han autorizado la cantidad de módulos de consulta y recarga, se han realizado
los procesos de capacitación a personal de atención SUBE, restando solamente el proceso de auditoría,
calibración y puesta en funcionamiento por parte de Nación Servicios.-
Que, bajo tales condiciones y en adelante, las nuevas tarifas del sistema de transporte de pasajeros
local deberán aplicarse una vez que se encuentre en funcionamiento el SUBE en todo el sistema de transporte.
Que, tratándose de un cuadro de costos técnicos resultantes que implica un precio que repercute en sectores
de menos ingresos, quienes resultan en definitiva pasajeros habituales del sistema, corresponde fijar
mecanismo que contemplen al pasajero frecuente, que realizan hasta cuatro viajes diarios, bonificando el
cuarto viaje en días hábiles.-
Que, asimismo corresponde actualizar las tarifas diferenciales del sistema y el subsidio por el boleto
estudiantil gratuito conforme lo dispone el art. 49 del Reglamento del Transporte, Anexo I de la Ordenanza Nº
6283.-
Que, es atribución del Honorable Concejo Deliberante legislar sobre la materia.-
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ART.-1º: ESTABLECER que el precio del pasaje del sistema de Transporte Urbano de Pasajeros de la
Ciudad de Corrientes, será de PESOS SIETE CON TREINTA CTVOS.- ($7.30), en concepto de tarifa plana,
a partir de la implementación en la Ciudad de Corrientes del Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE).-
ART.-2º: ORDENAR la construcción de 80 garitas de colectivos en los lugares asignados por el Departamento Ejecutivo Municipal, en un plazo de 120 días, a partir de la promulgación de la presente, el que
deberá ajustarse al modelo de los citados, de acuerdo al plano dado en el Anexo I.-
ART.-3º: ESTABLECER que a partir del 1° de Octubre de 2016 el precio del pasaje del sistema de
Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de Corrientes, será de PESOS SIETE CON SESENTA Y
OCHO CTVOS ($ 7,68), en concepto de tarifa plana, de acuerdo al informe remitido por el S.I.M.U. a fs.
364/382.-
ART.-4°: ACTUALIZAR el precio del Boleto Familiar en la SUMA DE PESOS OCHO ($8,00), para los
integrantes del grupo familiar compuesto hasta dos adultos y hasta tres menores, para su utilización los días
domingos o feriados nacionales.-
ART.-5°: ESTABLECER a partir de su promulgación, para el pasajero frecuente, un sistema de bonificación
en días hábiles, a partir del cuarto viaje que realice en el día.-
ART.-6°: FIJAR el importe correspondiente por tarifas diferenciales y subsidiadas por boletos conforme
parámetros establecidos en el art. 49 del Reglamento del Transporte, Anexo I de la Ordenanza Nº 6283.-
ART.-7º: LA presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su Promulgación.-
ART.-8º: LA presente Ordenanza será refrendada por el Señor Secretario del Honorable Concejo
Deliberante.-
ART.-9º: REMITIR la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-
ART.-10º: REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE.-
DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIÚN DIAS
DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-
José Ángel Salinas
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Ricardo Juan Burella
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes.
VISTO: LA ORDENANZA N° 6450 SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
EL 21-06-2016.-
Y PROMULGADA: POR RESOLUCIÓN N° 1489 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL
EL 23-06-2016.-
POR LO TANTO: CUMPLASE.-
RESOLUCION Nº 1489
Corrientes, 23 de junio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 232-C-2016, y la Ordenanza Nº 6450, sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante en fecha 21 de junio de 2016; y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ordenanza cita en el Visto, se establece que el precio del pasaje del sistema de
Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de Corrientes, será de PESOS SIETE CON TREINTA
CTVOS.- ($7.30), en concepto de tarifa plana, a partir de la implementación en la Ciudad de Corrientes del
Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE).-
Que, se ordena la construcción de 80 garitas de colectivos en los lugares asignados por el
Departamento Ejecutivo Municipal, en un plazo de 120 días, a partir de la promulgación de la presente, el que
deberá ajustarse al modelo de los citados, de acuerdo al plano dado en el Anexo I.-
Que, se establece que a partir del 1° de Octubre de 2016 el precio del pasaje del sistema de
Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad de Corrientes, será de PESOS SIETE CON SESENTA Y
OCHO CTVOS ($ 7,68), en concepto de tarifa plana, de acuerdo al informe remitido por el S.I.M.U. a fs. 364/382; se actualiza el precio del Boleto Familiar en la SUMA DE PESOS OCHO ($8,00), para los
integrantes del grupo familiar compuesto hasta dos adultos y hasta tres menores, para su utilización los días
domingos o feriados nacionales; se establece que a partir de su promulgación, para el pasajero frecuente, un
sistema de bonificación en días hábiles, a partir del cuarto viaje que realice en el día; y se fija el importe
correspondiente por tarifas diferenciales y subsidiadas por boletos conforme parámetros establecidos en el
art. 49 del Reglamento del Transporte, Anexo I de la Ordenanza Nº 6283.-
Que, la Secretaria de Coordinación General aconseja la promulgación de la Ordenanza.-
Que, en virtud de los fundamentos esgrimidos y en uso de las facultades conferidas, el Departamento
Ejecutivo Municipal, procede a dictar el presente acto administrativo.-
POR ELLO, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Artículo 1: Promulgar la Ordenanza Nº 6450 de fecha 21 de junio de 2016, atento las razones expuestas en
los considerandos.-
Artículo 2: La presente Resolución será refrendada por la Señora Secretaria de Coordinación General de la
Municipalidad.-
Artículo 3: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-
Roberto Fabián Ríos
Intendente
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Irma del Rosario Pacayut
Secretaria de Coordinación General
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Resolución Nº 1472
Corrientes, 22 de Junio de 2016
VISTO:
Los expedientes Nº 1233-S-2015 SUBSECRETARIA DE TIERRA Y HABITAT REF.: PLIEGO DE
CONTRATACION DIRECTA – OBRA: “CONSTRUCCION DE 4 VIV. CIUDAD CAPITAL – COOPERATIVA DE TRABAJO “SARGENTO CABRAL”; Expte. Nº 1234-S-2015 SUBSECRETARIA
DE TIERRA Y HABITAT REF.: PLIEGO DE CONTRATACION DIRECTA – OBRA:
CONSTRUCCION DE 4 VIV. CIUDAD CAPITAL – COOPERATIVA DE TRABAJO “MANOS
CORRENTINAS”; Expte. Nº 1235-S-2015 SUBSECRETARIA DE TIERRA Y HABITAT REF.:
PLIEGO DE CONTRATACION DIRECTA – OBRA: CONSTRUCCION DE 4 VIV. CIUDAD
CAPITAL – COOPERATIVA UNION, FUERZA Y TRABAJO; 1236-S-2015 SUBSECRETARIA DE
TIERRA Y HABITAT REF.: PLIEGO DE CONTRATACION DIRECTA – OBRA: “CONSTRUCCION
DE 4 VIV. CIUDAD CAPITAL – COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUYENDO CONCIENCIA;
1237-S-2015 SUBSECRETARIA DE TIERRA Y HABITAT REF.: PLIEGO DE CONTRATACION
DIRECTA – OBRA: “CONSTRUCCION DE 4 VIV. CIUDAD CAPITAL – COOPERATIVA DE
TRABAJO TODAS LAS VOCES; 1261-S-2015 SUBSECRETARIA DE TIERRA Y HABITAT REF.: PLIEGO DE CONTRATACION DIRECTA – OBRA: “CONSTRUCCION DE 4 VIV. CIUDAD
CAPITAL – COOPERATIVA DE TRABAJO SOL DE MAYO; 1479-S-2015 SUBSECRETARIA DE
TIERRA Y HABITAT REF.: PLIEGO DE CONTRATACION DIRECTA – OBRA: CONSTRUCCION
DE 4 VIV. CIUDAD CAPITAL – COOPERATIVA DE TRABAJO “SARGENTO CABRAL”; COOP.
CONSTRUYENDO CORRIENTES y 1486-S-2015 SUBSECRETARIA DE TIERRA Y HABITAT
REF.: PLIEGO DE CONTRATACION DIRECTA – OBRA: “CONSTRUCCION DE 4 VIV. CIUDAD
CAPITAL – COOPERATIVA DE TRABAJO PUCARA; Y
CONSIDERANDO:
Que, conforme al en su articulo 5 inc. i) del convenio suscripto entre la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaria de Obras Publicas del Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Publica y Servicios y la Municipalidad de Corrientes, se determina que entre otras
facultades, el Municipio tiene a su cargo la adjudicación de las viviendas a construir.
Que, por otra parte el inc. u) establece la entrega de viviendas por medio de la escritura traslativa de
dominio a favor de los beneficiarios, con la correspondiente hipoteca a favor de la Municipalidad dentro
de los seis (6) meses.
Que, habiéndose realizado inspecciones y auditorias por parte de funcionarios del Gobierno Nacional, que
aprobaron absolutamente el desarrollo del programa en tiempo y forma de acuerdo a la ejecución de los
desembolsos recibidos, y que ha derivado en del tercer desembolso, encontrándose en tramite por parte
del municipio la solicitud del ultimo desembolso, a fin de dar por concluida la obra; ello así, teniendo en cuenta el debido ordenamiento contemplado en la ejecución de la obra y manejo de los fondos.
Que, en ese sentido y a los efectos de ordenar y dar transparencia en los actos aquí realizados, se impone
la necesidad de dictar el acto administrativo por medio del cual se determinan las preadjudicaciones, lo
que resultara en la adjudicación definitiva de los treinta y dos (32) preadjudicatarios, conforme al anexo I
que forma parte de la presente Resolución.
Que, la Carta Orgánica Municipal en el articulo 46, inciso I, establece como atribución del Departamento
Ejecutivo Municipal: “Es el Representante Legal del Municipio y tiene a su cargo la administración
general y superintendencia del mismo”.
POR ELLO;
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
Articulo 1: Preadjudicar a las treinta y dos viviendas del Plan “Programa Federal de Integración Socio
Comunitaria” de viviendas nuevas del Barrio Esperanza de esa ciudad, a las persona identificadas en el
anexo I de la presente Resolución.
Artículo 2: La presente Resolución será refrendada por la Señora Secretaria de Coordinación General.
Articulo 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
Roberto Fabián Ríos
INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes.
Irma del Rosario Pacayut
Secretaria de Coordinación General
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes.
Roberto Fabián Ríos
INTENDENTE
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes.
Disposición Nº 0194
Corrientes, 07 de Junio de 2016
VISTO:
El Expte Nº 1263-D-16, Caratulado: “Dirección General de Economía Social Sta. Contratación
Mano de Obra Construcción de Parideras, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 01 obra petición de la Dirección General de Economía Social solicitando la
contratación de mano de obra para la construcción de Parideras, dentro del Programa de Agricultura
Periurbana.
Que, a fs. 02 a 04 obra presupuesto de una firma del ramo.
Que, a fs. 07 se acompaña comprobante de afectación preventiva por la suma de $ 116.000,00 (PESOS CIENTO DIESCISIETE MIL), confeccionado por la Dirección General de Contabilidad, a
Recursos Generales.
Que, a fs. 09 y 10 obra cuadro comparativo Concurso de Precios Nº 226/16 e informe Nº
1084/16 con proyecto de adjudicación en forma Compra Directa por Concurso de Precios emanado de la
Dirección General de Suministro.
Que, a fs. 11/12 obra proyecto de Disposición.
Que, a fs. 13 intervino la Dirección de Asuntos Legales de la Secretaria de Desarrollo Productivo
y Economía Social.
Que, es facultad del Secretario de Desarrollo Productivo y Economía Social el dictado de la
presente normativa que autoriza el acto administrativo.
POR ELLO,
EL SECRETARIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMIA SOCIAL
DISPONE:
Articulo 1º: APROBAR Concurso de Precios Nº 226/16.
Articulo 2º: Adjudicar la Compra Directa a favor de GUTIERREZ ESTELA NOEMI, CUIT Nº 27-
21367319-5 de acuerdo al detalle y por las características y ofertas convenientes en virtud del Proyecto de
Adjudicación de fs. 10.
Articulo 3º: Encuadrar la presente erogación en las disposiciones que establece la Ley de Administración
Financiera Nº 5571, art. 109 inc. 2); Resoluciones Nº 546/13, y 44/13 y 819/15.
Articulo 3º: Gírese a la Secretaria de Economía y Finanzas para emitir orden de pago y a su vez efectuar
el pago correspondiente, previa verificación del cumplimiento de los recaudos legales a favor de:
GUTIERREZ ESTELA NOEMI, CUIT Nº 27-21367319-5 por la suma de $ 116.000,00 (PESOS
CIENTO DIECISEIS MIL) por lo expuesto precedentemente.
Articulo 4º: Gírese a la Dirección General de Contabilidad a efectuar la imputación definitiva del gasto
en las partidas correspondiente.
Articulo 5º: La presente Disposición será refrendada por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas.
Articulo 6º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.
Cr. Rodrigo Martín Morilla
Secretario de Economía y Finanzas
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Diego Víctor Ayala
Secretario de Desarrollo Productivo y Economía Social
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Disposición Nº 0197
Corrientes, 13 de Junio de 2016
VISTO:
La Resolución Nº 107/2016; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Resolución 2721 de fecha 07/10/2011 y su Anexo I, se dicta la
presente Disposición a fin de aprobar el pago por el Fondo Permanente para el Ejercicio 2016, constituido
por Resolución Nº 107/2016.
Que la Dirección General de Contabilidad efectuó el control preventivo de rutina, se verifico la
exactitud numérica de las cifras expuestas en relación con los comprobantes de gastos originales que
suman $ 609.17 (Pesos seiscientos nueve con diecisiete centavos).
Que, corresponde la aprobación y reposición de la Caja Chica de la Secretaria de Desarrollo
Productivo y Economía Social – Dirección General de Empleo cuyo responsable es Dra. Paula Lucia Domínguez por el importe citado en el párrafo anterior, de conformidad con la Resolución Nº 100/06,
Anexo Único y sus modificatorias.
Que, el Secretario de Desarrollo Productivo y Economía Social posee la facultad para el dictado
de la presente norma.
POR ELLO,
EL SECRETARIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMIA SOCIAL
DISPONE:
Articulo 1º: Aprobar y Reponer la Caja Chica de la Secretaria de Desarrollo Productivo y Economía
Social – Dirección General de Empleo por la suma de $ 609.17 (Pesos Seiscientos nueve con diecisiete
centavos).
Articulo 2º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.
Diego Víctor Ayala
Secretario de Desarrollo Productivo y Economía Social
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Disposición Nº 0204
Corrientes, 13 de Junio de 2016
VISTO:
El Expte. Nº 1011-S-2016, Caratulado: “Secretaria de Desarrollo Productivo y Economía Social
Sta. Contratación de la Agencia de Desarrollo de la Ciudad de Corrientes p/Asistencia Técnica” y;
CONSIDERANDO:
A fs. 1 se adjunta nota de solicitud del Secretario de Desarrollo Productivo y Economía Social.
A fs. 2/5 se adjunta propuesta de trabajo
A fs. 6/7 obra copia de nota de la Red.
A fs. 11 se adjunta comprobante de preventivo de afectación presupuestaria por el monto de $
142.000 (PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL).
Que, a fs. 13 tomo conocimiento la Dirección General de Compras y Suministros a través del
informe 1111/16, con proyecto de adjudicación en contratación directa por vía de excepción.
Que, a fs. 14/15 obra proyecto de Disposición.
Que, a fs. 16 interviene la Dirección de Asesoría Legal de la Secretaria de Desarrollo Productivo
y Economía Social.
Que, es facultad del Sr. Secretario de Desarrollo Productivo y Economía Social dictar la
correspondiente norma administrativa.
POR ELLO
EL SECRETARIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMIA SOCAIL
DISPONE:
Articulo 1º: Adjudicar la contratación en forma directa por vía de excepción a favor de la FUNDACION
AGENCIA DE DESARROLLO CIUDAD DE CORRIENTES, CUIT Nº 33-71206379-9 para TAREAS
DE ASISTENCIA TECNICA Y MENTORIA DE PLANES DE NEGOCIOS DE LA INCUBADORA
DE EMPRESAS TURISTICAS DE CORRIENTES, por las características y ofertas convenientes.
Articulo 2º: Encuadrar la presente erogación dentro de las disposiciones que establece la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control, Contrataciones y Administración de los Bienes
del Sector Publico Provincial Nº 5571 – art. 109º inc. 3 apartado i, Decreto 3056/04, Resoluciones Nº
44/13, Nº 546/13, y Nº 819/15.
Articulo 3º: La Secretaria de Economía y Finanzas emitirá orden de pago y a su vez, efectuara el pago
correspondiente, previa verificación del cumplimiento de los recaudos legales a favor de FUNDACION
AGENCIA DE DESARROLLO CIUDAD DE CORRIENTES, CUIT Nº 33-71206379-9, por la suma de $ 142.000 (PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL), por lo precedentemente expresado.
Articulo 4º: La Dirección General de Contabilidad imputara el gasto en las Partidas Correspondientes.
Articulo 5º: La presente será refrendada por el Señor Secretario de Economía y Finanzas.
Articulo 6º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.
Cr. Rodrigo Martín Morilla
Secretario de Economía y Finanzas
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Diego Víctor Ayala
Secretario de Desarrollo Productivo y Economía Social
Municipalidad de la Ciudad de Corrientes