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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL N° Sr ·2014/MPCH/GG Chiclayo, VISTO: El Informe N° 092-2014/MPCH/GIP de fecha 10 de Marzo del 2014 del Gerente de Infraestructura Pública, solicitando conformación de Comisión de Recepción Parcial de Obra: "MEJORAMIENTO DE PAVIMENTO Y VEREDAS DEL CASCO CENTRAL DE LA CIUDAD DE CHICLAYO - CALLE 8 DE OCTUBRE" Y Carta N° 019-2014-Con. Tras. Ejecutor de Obra CONSORCIO TRASANTRANTICA fecha 07 de Marzo en donde se solicita la verificación y conformidad de la Entrega y Recepción de la Calle 8 de Octubre, a efecto de entrar en servicio; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Chiclayo, dentro de la ejecución Presupuestal para el Ejercicio Económico 2013, ha considerado prioritaria la ejecución de la Obra: "MEJORAMIENTO DE PAVIMENTO Y VEREDAS DEL CASCO CENTRAL DE LA CIUDAD DE CHICLAYO - CALLE 8 DE OCTUBRE", con la finalidad de lograr las mejores y adecuadas condiciones de salubridad y saneamiento básico de la zona y por ende elevar el nivel de vida de la población. Que, mediante Informe N° 092-2014/MPCH/GIPde fecha 10 de Marzo del 2014 del Gerente de Infraestructura Pública, solicitando conformación de Comisión de Recepción Parcial de Obra : "MEJORAMIENTO DE PAVIMENTO Y VEREDAS DEL CASCO CENTRAL DE LA CIUDAD DE CHICLAYO - CALLE 8 DE OCTUBRE" Y Carta N° 019-2014-Con. Tras. Ejecutor de Obra CONSORCIO TRASANTRANTICA fecha 07 de Marzo en donde se solicita la verificación y conformidad de la Entrega y Recepción de la Calle 8 de Octubre, a efecto de entrar en servicio. Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en su artículo 210°, Acápite N° 6 respecto a la Recepción Parcial de Obra: "Está permitida la recepción parcial de secciones terminadas de la obra, cuando ello hubiera previsto expresamente en las bases, en el contrato o las partes expresamente lo convengan. La recepción parcial no exime al contratista al cumplimiento del plazo de ejecución; caso contrario, se le aplicaran las penalidades correspondientes". Dicho comité estará integrado, cuando menos, por un representante de la Entidad, necesariamente ingeniero o arquitecto, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, y por el inspector o supervisor. En un plazo no mayor de veinte (20) días siguientes de realizada su designación, el Comité de Recepción, junto con el contratista, procederá a verificar el fiel cumplimiento de lo establecido en el Expediente Técnico y las Especificaciones Técnicas formuladas antes de la convocatoria según la ley, bajo responsabilidad. Culminada la verificación, y de no existir observaciones, se procederá a la recepción de la obra, teniéndose por concluida la misma, en la fecha indicada por el contratista. El Acta de Recepción deberá ser suscrita por los miembros del comité y el contratista. Que, en caso de presentarse observaciones, se procederá conforme lo establecido en el Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en su artículo 210° inciso 2) en adelante.

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO

RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL N° Sr ·2014/MPCH/GGChiclayo,

VISTO:

El Informe N° 092-2014/MPCH/GIP de fecha 10 de Marzo del 2014 del Gerente deInfraestructura Pública, solicitando conformación de Comisión de Recepción Parcial de Obra:"MEJORAMIENTO DE PAVIMENTO Y VEREDAS DEL CASCO CENTRAL DE LA CIUDAD DE CHICLAYO- CALLE 8 DE OCTUBRE" Y Carta N° 019-2014-Con. Tras. Ejecutor de Obra CONSORCIOTRASANTRANTICA fecha 07 de Marzo en donde se solicita la verificación y conformidad de la Entrega yRecepción de la Calle 8 de Octubre, a efecto de entrar en servicio;

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad Provincial de Chiclayo, dentro de la ejecución Presupuestal para elEjercicio Económico 2013, ha considerado prioritaria la ejecución de la Obra: "MEJORAMIENTO DEPAVIMENTO Y VEREDAS DEL CASCO CENTRAL DE LA CIUDAD DE CHICLAYO - CALLE 8 DEOCTUBRE", con la finalidad de lograr las mejores y adecuadas condiciones de salubridad y saneamientobásico de la zona y por ende elevar el nivel de vida de la población.

Que, mediante Informe N° 092-2014/MPCH/GIPde fecha 10 de Marzo del 2014 del Gerentede Infraestructura Pública, solicitando conformación de Comisión de Recepción Parcial de Obra :"MEJORAMIENTO DE PAVIMENTO Y VEREDAS DEL CASCO CENTRAL DE LA CIUDAD DE CHICLAYO- CALLE 8 DE OCTUBRE" Y Carta N° 019-2014-Con. Tras. Ejecutor de Obra CONSORCIOTRASANTRANTICA fecha 07 de Marzo en donde se solicita la verificación y conformidad de la Entrega yRecepción de la Calle 8 de Octubre, a efecto de entrar en servicio.

Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento dela Ley de Contrataciones del Estado, en su artículo 210°, Acápite N° 6 respecto a la Recepción Parcial deObra: "Está permitida la recepción parcial de secciones terminadas de la obra, cuando ello hubiera previstoexpresamente en las bases, en el contrato o las partes expresamente lo convengan. La recepción parcial noexime al contratista al cumplimiento del plazo de ejecución; caso contrario, se le aplicaran las penalidadescorrespondientes".

Dicho comité estará integrado, cuando menos, por un representante de la Entidad,necesariamente ingeniero o arquitecto, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, y por el inspector osupervisor. En un plazo no mayor de veinte (20) días siguientes de realizada su designación, el Comité deRecepción, junto con el contratista, procederá a verificar el fiel cumplimiento de lo establecido en elExpediente Técnico y las Especificaciones Técnicas formuladas antes de la convocatoria según la ley, bajoresponsabilidad. Culminada la verificación, y de no existir observaciones, se procederá a la recepción de laobra, teniéndose por concluida la misma, en la fecha indicada por el contratista. El Acta de Recepción deberáser suscrita por los miembros del comité y el contratista.

Que, en caso de presentarse observaciones, se procederá conforme lo establecido en elDecreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en su artículo 210°inciso 2) en adelante.

RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL N°S ~ ·2014/MPCH/GG

Que, de conformidad con lo señalado, y teniendo en cuenta lo establecido en la LeyN° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como en uso de las facultades delegadas con ResolucióndeAlcaldía N° 1032-2013-MPCH/A,de fecha 03 de Diciembredel 2013;

SE RESUELVE:

ARTIcULO PRIMERO: DESIGNAR EL COMITÉ DE RECEPCiÓN PARCIAL DE LAOBRA: "MEJORAMIENTO DE PAVIMENTO Y VEREDAS DEL CASCO CENTRAL DE LA CIUDAD DECHICLAYO - CALLE 8 DE OCTUBRE", el mismo que estará integrado por:

1. ARQ. CARLOS ALBERTO MENDOZA OUDEN PRESIDENTEGERENTE DE INFRAESTRUCTURAPÚBLICA

2. ING. DANIEL CUBAS CAYAOSUB GERENTE DEOBRAS PÚBLICASY CONVENIOS

3. ING. CESAR LUIS CHUAQUIÑOINSPECTORDE LA OBRA

MIEMBRO

MIEMBRO

ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR al Comité para que en un plazo no mayor de veinte(20) días siguientes de notificada la presente Resolución, junto con el contratista, proceda a verificar el fielcumplimiento de lo establecido en los planos y especificaciones técnicas; así como también de los demásprocedimientos establecidos en el artículo 210° del Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de laLey de Contrataciones del Estado, bajo responsabilidad.

ARTICULO TERCERO: ENCARGAR a la Sub. Gerencia de Secretaria General su archivorespectivo.

REGISTRES~J.COMUN UESE, CÚMPLASE y ARCHlvESE/rltíl UDAD P VIHCIAl DE CHICLAYO

C/~:;&~~;;¡~¡g~;;.Distribución:AlcaldiaGerencia de Asesoría JurídícaGerencia de Administración y FinanzasGerencia de Infraestructura PúblicaSub Gerencia de Obras Pub. Y Conv.Sub. Gerencia de Secretaria GeneralTramite Documentario