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MÉTODOS PARA CONTROLAR LOS RIESGOS OCUPACIONALES Ing. Guillermo Bavaresco Contenido: Evaluación de riesgos Estimación y valorización del riesgo Controles sobre los riesgos Tipos de controles que se pueden adoptar con objeto de reducir los riesgos profesionales Obligaciones del Empresario y deberes y derechos de los trabajadores La Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene como objetivo principal la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. También establece la evaluación de los riesgos como el proceso encaminado a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse. El estudio de los resultados de la evaluación de los riesgos determinará las bases de la planificación de la actividad preventiva que estará encaminada a evitar, controlar y reducir los riesgos detectados. Son, por tanto, inspiradores de todo sistema elemental de control del riesgo las siguientes acciones: La planificación de la prevención desde el momento mismo del diseño del proyecto empresarial. La evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica a medida que se alteren las circunstancias. La implementación y puesta en práctica de un conjunto de medidas preventivas, coherentes con los riesgos detectados, encaminadas a la disminución de los mismos. El control de la efectividad de las medidas adoptadas. Junto a estos elementos básicos, no podemos olvidar la información y formación de los trabajadores, que aseguren un mejor conocimiento, tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo como de la forma de prevenirlos y evitarlos, de manera adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las

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MÉTODOS PARA CONTROLAR LOS RIESGOS OCUPACIONALES

Ing. Guillermo Bavaresco

Contenido:

Evaluación de riesgos

Estimación y valorización del riesgo

Controles sobre los riesgos

Tipos de controles que se pueden adoptar con objeto de reducir los riesgos profesionales

Obligaciones del Empresario y deberes y derechos de los trabajadores

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene como objetivo principal la protección de la seguridad

y salud de los trabajadores. También establece la evaluación de los riesgos como el proceso encaminado a

estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse. El estudio de los resultados de la

evaluación de los riesgos determinará las bases de la planificación de la actividad preventiva que estará

encaminada a evitar, controlar y reducir los riesgos detectados.

Son, por tanto, inspiradores de todo sistema elemental de control del riesgo las siguientes acciones:

La planificación de la prevención desde el momento mismo del diseño del proyecto empresarial.

La evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica a medida que

se alteren las circunstancias.

La implementación y puesta en práctica de un conjunto de medidas preventivas, coherentes con los

riesgos detectados, encaminadas a la disminución de los mismos.

El control de la efectividad de las medidas adoptadas.

Junto a estos elementos básicos, no podemos olvidar la información y formación de los trabajadores,

que aseguren un mejor conocimiento, tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo como de la

forma de prevenirlos y evitarlos, de manera adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las

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características de las personas que en él desarrollan su prestación laboral y a la actividad concreta que

realizan.

La adopción de medidas de protección de los trabajadores ha de tener en cuenta los principios

generales de la acción preventiva que establece la Ley de Prevención pero plenamente aplicables al tema que

nos ocupa.

Adviértase, desde el punto de vista de las medidas de protección, cómo la primera medida es

precisamente evitar el riesgo y sólo cuando éste no sea evitable, procederemos a su evaluación y a la adopción

de las medidas necesarias para reducirlo o eliminarlo. En relación con este tema, es importante destacar que

entre estos principios generales se encuentra la adopción de medidas que antepongan la protección colectiva a

la personal, es decir, que únicamente adoptaremos medidas de protección personal frente a los riesgos, cuando

la protección colectiva no sea eficaz.

En la NORMA COVENIN 4004-2000 referente a Sistema de gestión de seguridad e Higiene

ocupacional, se define el proceso de evaluación de riesgos como vemos a continuación:

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ESTIMACIÓN DEL RIESGO

Para cada peligro detectado debe estimarse el riesgo, determinando la potencial severidad del daño

(consecuencias) y la probabilidad de que ocurra el hecho.

Severidad del daño: Para determinar la potencial severidad del daño, debe considerarse:

a. partes del cuerpo que se verán afectadas

b. naturaleza del daño, graduándolo desde ligeramente dañino a extremadamente dañino

Probabilidad de que ocurra el daño: La probabilidad de que ocurra el daño se puede graduar, desde baja

hasta alta, con el siguiente criterio:

o Probabilidad alta: El daño ocurrirá siempre o casi siempre

o Probabilidad media: El daño ocurrirá en algunas ocasiones

o Probabilidad baja: El daño ocurrirá raras veces

En la tabla 1 se da un método simple para estimar los niveles de riesgo de acuerdo a su probabilidad

estimada y a sus consecuencias esperadas.

Tabla N° 1

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VALORACIÓN DE RIESGOS: DECIDIR SI LOS RIESGOS SON TOLERABLES

Los niveles de riesgos indicados en la tabla anterior, forman la base para decidir si se requiere mejorar

los controles existentes o implantar unos nuevos, así como la temporización de las acciones. En la tabla 2 se

muestra un criterio sugerido como punto de partida para la toma de decisión. La tabla también indica que los

esfuerzos precisos para el control de los riesgos y la urgencia con la que deben adoptarse las medidas de

control, deben ser proporcionales al riesgo.

Tabla N° 2

Preparar un plan de control de riesgos

El resultado de una evaluación de riesgos debe servir para hacer un inventario de acciones, con el fin

de diseñar, mantener o mejorar los controles de riesgos. Es necesario contar con un buen procedimiento para

planificar la implantación de las medidas de control que sean precisas después de la evaluación de riesgos.

Los métodos de control deben escogerse teniendo en cuenta los siguientes principios:

a. Combatir los riesgos en su origen

b. Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de

trabajo, así como a la elección de los equipos y métodos de trabajo y de producción, con miras, en

particular a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.

c. Tener en cuenta la evolución de la técnica.

d. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro

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e. Adoptar las medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.

f. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

Revisar el plan

El plan de actuación debe revisarse antes de su implantación, considerando lo siguiente:

a. Si los nuevos sistemas de control de riesgos conducirán a niveles de riesgo aceptables.

b. Si los nuevos sistemas de control han generado nuevos peligros.

c. La opinión de los trabajadores afectados sobre la necesidad y la operatividad de las nuevas medidas

de control.

La evaluación de riesgos debe ser, en general, un proceso continuo. Por lo tanto la adecuación de las

medidas de control debe estar sujeta a una revisión continua y modificarse si es preciso. De igual forma, si

cambian las condiciones de trabajo, y con ello varían los peligros y los riesgos, habrá de revisarse la evaluación

de riesgos.

CONTROLES SOBRE LOS RIESGOS

Los tres métodos primarios para controlar la exposición a los empleados son los controles de ingeniería,

los controles administrativos, y el equipo de protección personal.

Controles de Ingeniería

Los controles de ingeniería son generalmente la manera más deseada de control sobre los riesgos

porque lo minimizan o lo reducen.

Algunos de los ejemplos de controles de ingeniería incluyen:

• El usar un material menos tóxico en lugar de otro material más tóxico, o el sustituir un solvente volátil

con un solvente menos volátil.

• El cambiar el proceso o el equipo para que haya menos exposición de los empleados.

• Aislar ciertos procesos dañinos en áreas restringidos.

• Usando métodos húmedos para controlar el polvo.

• Usando sistemas de ventilación.

Controles Administrativos

Los controles administrativos también pueden ser parte importante del control del riesgo. Incluyen:

• La capacitación de los empleados.

• El establecer y seguir procedimientos específicos de un trabajo seguro.

• Acomodando los horarios de trabajo y el tiempo de exposición de los empleados.

• Tomando muestras del aire y observación biológica.

Equipo de protección colectiva y personal (EPP)

El EPP se debe considerar como el método de control menos deseado. El problema mayor con el EPP

como una manera de controlar los riesgos es que el riesgo no se elimina, sino que se coloca una barrera

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protectora entre el empleado y el riesgo. Si la barrera falla, el empleado puede ser dañado. Otro problema es

que el llevar el EPP puede causar riesgos de seguridad adicionales. Por ejemplo, El llevar un respirador y traje

de protección contra los químicos puede aumentar el calor del empleado, resultando en menor capacidad del

empleado para oír y ver.

TIPOS DE CONTROLES QUE SE PUEDEN ADOPTAR CON OBJETO DE REDUCIR LOS RIESGOS

LABORALES

En esta parte desglosaremos los tres métodos para controlar riesgos mencionados anteriormente.

Medidas Técnicas o de Ingeniería

El riesgo al que está expuesto un trabajador está en función de la probabilidad de que suceda un daño y

también de las consecuencias que podría tener para su salud en caso de que se produjera.

En determinadas situaciones de riesgo higiénico, motivados por exposición de los trabajadores a

sustancias contaminantes, el peligro estará en función de la naturaleza de los contaminantes y también de la

cantidad, concentración y tiempo de contacto con ellos, por lo que disminuyendo, cualquiera de estos factores

disminuirá el nivel de agresión.

En estos casos habrá que determinar:

La fuente que origina el contaminante.

El recorrido del mismo hasta llegar al trabajador.

El sistema de trabajo empleado en el proceso productivo.

La protección que emplea el trabajador.

Acto seguido, para la selección de las medidas de control tenemos tres posibles líneas de acción:

Control de riesgos en el origen.

Control de riesgos en el medio de transmisión.

Control del riesgo sobre el propio sujeto expuesto al peligro.

¡Importante!: Siempre que sea posible, será preferible adoptar medidas de control de riesgo en el origen a

medidas de control en el medio de transmisión y éstas serán más eficaces que los sistemas de control del

riesgo sobre el propio trabajador.

Sistemas para controlar los riesgos en el origen : Los riesgos en el origen podemos controlarlos mediante:

Selección de equipos y diseños adecuados: Una selección y diseño adecuados de los equipos de

trabajo es fundamental en la prevención de riesgos profesionales.

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Sustitución de productos peligrosos por otros que entrañen menor peligro: Siempre y cuando las

posibilidades del proceso productivo lo permita, es preferible eliminar el riesgo que adoptar medidas para

reducirlo o evitarlo, para lo cual, la eliminación y sustitución de agentes peligrosos por otros que resulten

menos nocivos, debe ser un factor a tener en cuenta en la planificación de la acción preventiva.

Aislamiento o confinamiento del proceso: Si no se puede evitar la emisión de un agente, al menos es

conveniente minimizar su expansión en la medida de lo posible, acotando y cerrando el espacio donde se

produce, de forma que afecte al menor número de trabajadores posible.

Métodos húmedos: Consisten en aplicar a determinados procesos, chorros de agua u otro líquido,

evitando o disminuyendo así la generación de polvo. El peligro debido a la inhalación de polvos puede

reducirse en gran parte mediante la pulverización de agua sobre la fuente de dispersión del polvo, evitando

que pase a

Extracción localizada: Se aplica en el punto donde se genera la contaminación reduciendo la

concentración de contaminantes antes de su difusión al medio de propagación. Es la mejor solución contra

gases, vapores, humos y polvos peligrosos.

La ventilación por extracción localizada se recomienda cuando:

- El contaminante es de alta toxicidad.

- Se generan grandes cantidades de contaminantes.

- La emisión de contaminantes no es uniforme.

- Los trabajadores se encuentran próximos al foco.

Las ventajas de un sistema de extracción localizada son:

- La captura del contaminante puede ser completa.

- Protege las instalaciones de la acción corrosiva del contaminante.

- Evita la sedimentación de partículas gruesas sobre el puesto de trabajo.

Los inconvenientes son:

- Se requieren muchos componentes mecánicos, lo que supone mayor coste de mantenimiento.

- Hay gran cantidad de parámetros a controlar (caudal, concentración, etc.).

Los sistemas de extracción localizada se componen habitualmente de:

- Campanas extractoras o cabinas de proceso.

- Conductos.

- Filtro.

- Ventilador.

Métodos de control que pueden aplicar en el medio de propagación

Habrá que actuar sobre el medio de propagación cuando la actuación sobre el foco resulte imposible o

insuficiente. Entre los métodos de control durante la transmisión por el aire de los contaminantes se incluyen:

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Orden y limpieza: El orden y limpieza en los locales y puestos de trabajo constituye uno de los pilares

básicos en la prevención de riesgos profesionales.

Ventilación general: Este método consiste en la dilución o mezcla del aire contaminado con aire puro a fin

de mantener las concentraciones de los contaminantes presentes en los ambientes industriales, por debajo

de unos límites aceptables previamente establecidos.

Estos sistemas son recomendables cuando:

- La toxicidad del contaminante a eliminar es baja.

- Los trabajadores están suficientemente alejados del foco de emisión.

- La cantidad de contaminante generado no es grande.

- La emisión de contaminante es uniforme.

Separación entre emisor y receptor: El aumento de la distancia entre el punto donde se genera un

contaminante y el operario más próximo, implicará que éste llegará muy diluido a la zona de influencia del

trabajador.

Sistemas de alarma: La actuación de sistemas de alarma cuando el contaminante supera una

concentración determinada es un buen método de actuación sobre el medio.

La protección del receptor: Las actuaciones sobre el trabajador están justificadas cuando las actuaciones

sobre el foco y sobre el medio de transmisión han sido imposibles o insuficientes.

Medidas de carácter administrativo y de gestión

Tienen por objeto reducir la exposición de los trabajadores a los contaminantes y riesgos mediante

actividades distintas a las medidas técnicas. Aunque las medidas administrativas de control no son tan

satisfactorias para controlar los riesgos en su origen, suelen resultar de más fácil aplicación.

¡Importante!: Siempre que sea posible, será preferible la adopción de medidas de protección colectiva frente a

las de protección individual.

Los equipos de protección personal tienen el inconveniente de que no reducen el peligro. A veces

pueden ocasionar molestias al trabajador durante su utilización, por lo que los encargados deben estar siempre

atentos de que los equipos son usados por aquellos trabajadores que necesitan una protección suplementaria.

Entre las medidas administrativas y de gestión podemos destacar:

Control de compras

Orientado a reducir la presencia de productos tóxicos en el lugar de trabajo y a sustituirlos por otros

más seguros o menos tóxicos.

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Métodos de trabajo

Son medidas de carácter organizativo cuyo fin es evitar una exposición excesiva mediante el

establecimiento de procedimientos, normas e instrucciones de trabajo que determinen la forma correcta de

realizar las tareas.

Existen cuatro tipos:

Procedimientos operativos. Son aquellos que establecen la forma segura de realizar las tareas en

las que se han identificado los riesgos.

Prácticas de trabajo. Son procedimientos de operación aplicados de forma genérica y sin entrar en

detalles de fases.

Normas de trabajo. Son directrices que ha de seguir el trabajador con vistas a evitar los riesgos.

Instrucciones de trabajo. Se refieren a puntos críticos que debe tener en cuenta un trabajador al

realizar una tarea.

Formación e información

Es una medida complementaria a las demás que pretende que los operarios sepan identificar los

riesgos derivados de su trabajo, la manera de evitarlos y las medidas a adoptar en caso de que suceda una

emergencia.

La adecuada formación e información es un derecho del trabajador establecido por la Ley de

Prevención de Riesgos Laborales y debe ser proporcionada por el empresario.

La formación e información de los trabajadores sobre los riesgos de las máquinas, procesos y

materiales peligrosos de los que sean responsables no deberá considerarse en ningún caso una medida

sustitutoria de la utilización de los medios de protección colectiva.

Rotación de personal v cambio de puesto de trabajo

La rotación del personal, considerada como integrante de un sistema de protección, no disminuiría, por

ejemplo, la concentración de contaminantes a la que puede estar expuesto un trabajador, pero reduce el tiempo

de exposición y por tanto la dosis recibida, minimizando los efectos hasta alcanzar los niveles tolerables

previamente establecidos.

Sistemas de protección colectiva

Podemos considerar medidas o métodos de protección colectiva aquellas que protegen

simultáneamente a más de una persona. Estas medidas suelen resultar más eficaces para los trabajadores que

los sistemas de protección personal con la ventaja añadida de que no suponen una molestia física durante el

desarrollo de la actividad ni requieren una participación activa en el uso de los mismos por parte del trabajador.

Veamos algunos ejemplos de aplicación de medidas de protección colectiva:

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Resguardos: Son componentes o dispositivos que se añaden a una máquina y que actúan como barrera

material impidiendo que los usuarios alcancen las partes peligrosas evitando golpes, atrapamientos, cortes,

etc. Como ejemplos se pueden citar las carcasas, cubiertas, pantallas, etc., instaladas en un equipo o

máquina que protegen, bien contra sus elementos agresivos (cuchillas, prensas), bien contra los efectos

derivados de su funcionamiento (proyección violenta de piezas, atrapamientos o enganches, etc.).

Barandillas: Deberán ser resistentes. Tendrán una altura mínima de 90 cm. y dispondrán de un reborde de

protección en la parte inferior para evitar la caída de objetos a las plantas inferiores. También tendrán

pasamanos y una protección a media altura que impidan el paso o deslizamiento de los trabajadores.

Viseras: Elementos que se disponen en la primera planta de las obras y protegen a los viandantes y

trabajadores que se encuentren en las inmediaciones de la obra del riesgo de caída de objetos y

materiales.

Plataformas, dobles mallas, tapas: Se utilizan para tapar los huecos horizontales en los forjados,

impidiendo la caída de los trabajadores de una obra a través de ellos.

Redes de seguridad: Se disponen en las obras en los perímetros de los forjados con el fin de minimizar los

efectos de la posible caída accidental de un trabajador.

Interruptores diferenciales: Son dispositivos de seguridad que se introducen en las instalaciones

eléctricas cuya función es interrumpir el paso de la corriente cuando se produce una derivación que eleva

la intensidad por encima de los limites de seguridad previamente establecidos.

Señalización: La señalización de los riesgos nunca deberá considerarse una medida sustitutoria de las

medidas técnicas y organizativas de protección colectiva y deberá utilizarse sólo cuando mediante estas

últimas no haya sido posible eliminar los riesgos o haberlos reducido suficientemente.

Equipos de protección personal (EPP)

Cuando existan riesgos para la seguridad o salud de los trabajadores que no hayan podido evitarse o

limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o

procedimientos de organización del trabajo deberán utilizarse equipos de protección personal.

¡Importante!: Entendemos por "Equipo de Protección Personal" – Cualquier equipo destinado a ser llevado o

sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su

salud.

También se considerarán como EPP:

El conjunto formado por varios dispositivos o medios que el fabricante haya asociado de forma

solidaria para proteger a una persona contra uno o varios riesgos que pueda correr simultáneamente.

Los componentes intercambiables de un EPP que sean indispensables para su funcionamiento

correcto y se utilicen exclusivamente para dicho EPP.

De esta definición quedan excluidos:

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- La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la

salud o la integridad física del trabajador.

- Los equipos de los servicios de socorro y salvamento.

- Los equipos de protección personal de los militares, de los policías y de las personas de los servicios

de mantenimiento del orden.

- Los equipos de protección personal de los medios de transporte por carretera.

- El material de deporte.

- El material de autodefensa o de disuasión.

Requisitos que deben reunir los equipos de protección personal:

Los equipos de protección personal deberán proporcionar una protección eficaz frente a los riesgos que

motivan su uso, sin suponer por sí mismos ni ocasionar riesgos adicionales o molestias innecesarias. A tal fin

deberán:

- Responder a las condiciones existentes en el lugar de trabajo.

- Tener en cuenta las condiciones anatómicas y fisiológicas y el estado de salud del trabajador.

- Adecuarse al portador, tras los ajustes necesarios.

Precisión: En caso de riesgos múltiples que exijan la utilización simultánea de varios equipos de protección

personal, éstos deberán ser compatibles entre sí y mantener su eficacia en relación con el riesgo o riesgos

correspondientes.

Exigencias esenciales que deben reunir los EPP’s

Principios de concepción: Los EPP’s estarán concebidos y fabricados de tal manera que, en las

condiciones normales de uso previsibles a que están destinados, el usuario pueda realizar normalmente la

actividad que le exponga a riesgos y tener una protección apropiada y de nivel tan elevado como sea posible.

Inocuidad de los EPP’s: Los EPP’s estarán concebidos y fabricados de tal manera que no ocasionen

riesgos ni otros factores de molestia en condiciones normales de uso.

Factores de comodidad y eficacia: Los EPP’s estarán concebidos y fabricados de tal manera que el

usuario pueda ponérselos lo más fácilmente posible en la postura adecuada y puedan mantenerse así durante

el tiempo que se estime se llevarán puestos, teniendo en cuenta los factores ambientales, los gestos que se

vayan a realizar y las posturas que se vayan a adoptar.

Información básica que debe figurar en el folleto informativo de los EPP’s: El folleto informativo

elaborado y entregado obligatoriamente por el fabricante con los EPP’s comercializados incluirá, además del

nombre y la dirección del fabricante, toda la información útil sobre:

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- Instrucciones de almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento, revisión y desinfección. Los productos

de limpieza, mantenimiento o desinfección aconsejados por el fabricante no deberán tener, en sus

condiciones de utilización, ningún efecto nocivo ni en los EPP’s ni en el usuario.

- Rendimientos alcanzados en los exámenes técnicos dirigidos a la verificación de los grados o clases de

protección de los EPP’s.

- Accesorios que se pueden utilizar en los EPP’s y características de las piezas de repuesto adecuadas.

- Clases de protección adecuadas a los diferentes niveles de riesgo y limites de uso correspondientes.

- Fecha o plazo de caducidad de los EPP’s o de algunos de sus componentes.

- Tipo de embalaje adecuado para transportar los EPP’s. Este folleto de información estará redactado de

forma precisa, comprensible y, por lo menos en las lenguas oficiales del Estado miembro destinatario.

Condiciones de utilización y mantenimiento de los equipos de protección personal:

La utilización, el almacenamiento, el mantenimiento, la limpieza, la desinfección cuando proceda, y la

reparación de los equipos de protección personal deberán efectuarse de acuerdo con las instrucciones del

fabricante.

OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO

El empresario adoptará las medidas de prevención necesarias para todos los trabajadores, atendiendo

a lo siguiente:

Protección frente a los riesgos. Es un deber para el empresario dar protección a los trabajadores ante

los riesgos laborales. Por esta responsabilidad, el empresario tiene que realizar una prevención permanente y

específica de los riesgos laborales existentes. Implantar la acción preventiva. Constituye también un deber tanto

para el empresario, como para la persona asignada por él. La acción preventiva se realizará de acuerdo a lo

siguiente:

• Evitando los riesgos.

• Evaluando los riesgos que no se pueden evitar.

• Combatiendo los riesgos desde el origen.

• Adaptando el trabajo a la persona, con el objetivo de reducir los efectos en la salud.

• Teniendo en cuenta la evolución de los riesgos actuales, así como, los posibles riesgos nuevos.

• Sustituyendo lo peligroso por lo que carece de peligro.

• Planificando la prevención.

• Adoptando todas aquellas medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.

Poner medidas de protección individual, cuando no sea posible reducir ni evitar los riesgos, es

obligación del empresario proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual.

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El empresario tiene la obligación de adoptar las medidas adecuadas para que los Trabajadores reciban

información sobre:

Los riesgos para la salud. Especialmente, de los riesgos graves e inminentes.

Las medidas de protección y prevención de los riesgos existentes. (uso de los EPP)

Las medidas de emergencia.

Facilitar la consulta y participación de los trabajadores. El empresario deberá consultar a los

trabajadores y facilitar su participación en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y salud en el trabajo.

DERECHOS Y DEBERES DEL TRABAJADOR

A los trabajadores les corresponde velar en el trabajo, tanto por su propia seguridad como por la de

aquellas personas a las que pueda afectar su actividad, de acuerdo con su formación y con las instrucciones del

empresario. Concretamente, los trabajadores deberán:

Usar correctamente los aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte, etc y

cualquier utensilio del trabajo.

Hacer uso de los equipos de protección (EPP´s) de forma correcta.

No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad en los lugares

de trabajo.

Alertar a los compañeros, e informar a su superior directo, y a los trabajadores designados para realizar

tareas de prevención, o en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su

juicio, entrañe un riesgo para la seguridad en caso de riesgos graves e inminentes, interrumpiendo la

actividad si esta constituyera un peligro para los trabajadores.

Contribuir al cumplimento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de

proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.

Usar adecuadamente, de acuerdo con su funcionamiento y riesgos previsibles, las máquinas, aparatos,

herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios

con los que desarrollen su actividad.

Pero además de deberes, los trabajadores tienen derechos muy importantes en materia de prevención

laboral, que el empresario debe hacer que se respeten, garantizando de esa forma que los empleados trabajen

en un entorno seguro y saludable. Entre esos derechos destacan:

Ser informado en materia de prevención de riesgos laborales; y concretamente, sobre aquellas medidas

preventivas, que estén relacionadas con su puesto de trabajo y de las medidas de emergencia a

adoptar en caso de necesidad.

Ser formado y recibir formación, tanto sobre la prevención de riesgos en su puesto de trabajo, como de

las medidas preventivas que se tiene que adoptar en la empresa.

Utilizar los medios y equipos de protección adecuados y debidamente protegidos, para prevenir los

riesgos.

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Participar en aquellas cuestiones en materia de prevención de riesgos. Lo que implica el derecho de

cooperar con el empresario para garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no

entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.

Poder interrumpir la actividad en caso de riesgo grave o inminente, ya que la seguridad colectiva debe

estar por encima de la individual.

Ser consultados y participar en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y la salud laborales.

La protección de la maternidad y de los menores.

La protección de los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos

Que se le faciliten medios de protección personal adecuados a la tarea y a los riesgos que comporta.

El derecho a la vigilancia de su salud, con la realización de reconocimientos médicos periódicos.

Y por último, los trabajadores tiene derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en

el trabajo.

Bibliografía:

1) Conceptos Básicos en Salud Laboral: Manuel Parra, Texto de capacitación OIT, 2003

2) Norma COVENIN 4004-2000, Gestión de Seguridad e Higiene Ocupacional

2) Conceptos Básicos Sobre Seguridad y Salud Laboral: Instituto Riojano de Salud Laboral,

3) Salud Ocupacional, Worker Compensations Fund.

4) Guía Interactiva Sociolaboral I. Unión General de Trabajadores, Ministerio del Trabajo y Asuntos Sociales

de España