monografia empresa de seguros

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INTRODUCCIÓN El seguro es un contrato por el cual una de las partes (el asegurador) se obliga, mediante una prima que le abona la otra parte (el asegurado), a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto, como puede ser un accidente o un incendio, entre otras. El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición expresa de la ley. Por ejemplo: Los riesgos de los incendios. Los riesgos de las cosechas. La duración de la vida de uno o más individuos. Los riesgos del mar. Los riesgos de los transportes por aire o tierra. El asegurador por lo general es una compañía de seguros organizada bajo la forma de sociedad anónima; pero también existen cooperativas y mutualidades de seguros e incluso un organismo oficial – La caja de Ahorro y Seguro – realiza operaciones de este tipo. Asimismo, en algunas provincias funcionan entidades aseguradoras oficiales. El contrato de seguro es consensual, bilateral y aleatorio. Es consensual porque se perfecciona por el mero consentimiento de las partes y produce sus efectos desde que

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INTRODUCCINElseguroes uncontratopor el cual una de las partes (el asegurador) se obliga, mediante una prima que le abona la otra parte (el asegurado), a resarcir undaoo cumplir la prestacin convenida si ocurre el evento previsto, como puede ser un accidente o un incendio, entre otras.El contrato de seguro puede tener por objeto todaclasederiesgossi existeintersasegurable, salvo prohibicin expresa de laley. Por ejemplo: Los riesgos de losincendios. Los riesgos de las cosechas. La duracin de la vida de uno o ms individuos. Los riesgos del mar. Los riesgos de los transportes poraireotierra.El asegurador por lo general es una compaa desegurosorganizada bajo la forma desociedadannima; pero tambin existencooperativasy mutualidades de seguros e incluso un organismo oficial La caja deAhorroy Seguro realizaoperacionesde este tipo. Asimismo, en algunas provincias funcionan entidades aseguradoras oficiales.El contrato de seguro es consensual, bilateral y aleatorio. Es consensual porque se perfecciona por el mero consentimiento de las partes y produce sus efectos desde que se ha realizado la convencin; es bilateral puesto que originaderechosyobligacionesrecprocas entre asegurador y asegurado, y es aleatorio porque se refiere a la indemnizacin de una prdida o de un dao producido por un acontecimiento o un hecho incierto, pues no se sabe si se va a producir y en el caso contrario como ocurre conla muerte no se sabe cundo ello ha de acontecer.

COMPAA DE SEGUROSUnacompaa de segurosoaseguradoraes la empresa especializada en elseguro, cuya actividad econmica consiste en producir el servicio de seguridad, cubriendo determinados riesgos econmicos (riesgos asegurables) a las unidades econmicas de produccin y consumo.Su actividad es una operacin para acumular riqueza, a travs de las aportaciones de muchos sujetos expuestos a eventos econmicos desfavorables, para destinar lo as acumulado, a los pocos a quienes se presenta la necesidad. Sigue el principio de mutualidad, buscando la solidaridad entre un grupo sometido a riesgos.Esta mutualidad se organiza empresarialmente, creando un patrimonio que haga frente a los riesgos. El efecto desfavorable de estos riesgos, considerados en su conjunto, queda aminorado sustancialmente, porque, para el asegurador, los riesgos individuales se compensan: slo unos pocos asegurados los sufren, frente a los muchos que contribuyen al pago de la cobertura. Ello permite una gestin estadstica del riesgo, desde el punto de vista econmico, aunque se conserve individualmente desde el punto de vista jurdico.Actividad financieraLa actividad aseguradora es uno de los tres pilares de los mercados financieros, junto con el mercado de crdito o bancario y los mercados de valores o de instrumentos financieros. Su importancia estratgica, social y econmica, lleva a que estn sometidas a estricta supervisin administrativa con reglas propias de funcionamiento, control e inspeccin.Las empresas de seguros por su funcin mediadora en elsistema financieroson unos intermediarios financieros con unas caractersticas especiales que las diferencian de las empresas de otros sectores de la economa e incluso con las restantes empresas financieras.

Caractersticas de las empresas de segurosLas entidades aseguradoras, para poder afrontar los riesgos derivados de su actividad deben disponer de los recursos financieros suficientes y en consecuencia la legislacin les impone determinadas restricciones.1 Dada la conveniencia de que exista permanencia y estabilidad en este sector, las normas legales suelen prohibir que esta actividad pueda ser desarrollada por personas naturales. Para garantizar la solvencia de las empresas aseguradoras, la legislacin rechaza que estas empresas puedan ejercer algn tipo de actividad distinta de la aseguradora. El ejercicio de una actividad de intermediacin financiera que tiene que inspirar la mxima confianza entre los asegurados e inversores conlleva que estas entidades estn sometidas a la tutela del Estado que las somete a control, tanto para el inicio de su actividad como del desarrollo.Principios tcnicosLas entidades de seguro deben tener en cuenta una serie de principios tcnicos que les permitan asumir la cobertura de los riesgos. Individualizacin. Es necesaria la definicin y delimitacin de cada uno de los riesgos existentes para clasificarlos y poder evaluarlos y agruparlos. Acumulacin. De acuerdo con las leyes de la probabilidad, cuanto mayor es la agrupacin de riesgos, menores son los fallos entre la probabilidad terica y el nmero de siniestros. (VaseTeorema de Bernouilliy laLey de los grandes nmeros) Seleccin de riesgos. Los aseguradores solo deben aceptar los riesgos que por su naturaleza, se presuman que no originarn necesariamente resultados desequilibrados. Otro principio bsico de las empresas aseguradoras, es la distribucin o divisin de riesgos. La existencia del riesgo tcnico-asegurador lleva a la aseguradora a la necesidad de conseguir que los riesgos que asume en virtud de los contratos de seguro sean homogneos cualitativa y cuantitativamente, de forma que se cumpla el principio mutual o de compensacin. Ello se puede lograr distribuyndolos en el tiempo (constituyendo reservas o provisiones tcnicas para desviaciones en la siniestralidad en los aos econmicamente favorables o positivos), geogrficamente (slo es vlido cuando sus consecuencias son poco importantes), al operar en varios ramos y modalidades de seguro (compensando las prdidas entre ellos), entre el asegurado (a travs de franquicias o de infra seguros parte de la indemnizacin va a cargo del mismo-), o entre otras empresas coaseguradas o reaseguradoras, o incluso tambin aplicando una poltica de seleccin de riesgos adecuada.Con la posibilidad de distribuir los riesgos asumidos entre otras empresas de seguros yreasegurosse consigue la homogeneidad cuantitativa de los mismos, ms fcilmente controlable y llevada a la prctica que la cualitativa, pues se basa en otro principio fundamental para la empresa aseguradora, el principio de distribucin o divisin de los riesgos, indicado en forma general anteriormente pero que se concreta en que para la empresa es preferible (en condiciones normales y uniformes) suscribir un gran nmero de contratos con una elevada suma asegurada (pues en este caso las desviaciones son mayores). Sin embargo, por las razones antes expuesta, la sola aplicacin de este principio es insuficiente, dado el grado de heterogeneidad de las sumas aseguradas y la diversidad de los riesgos asumidos, y adems no puede generalizarse a todas las empresas, pues tambin depender del volumen del negocio, de su patrimonio, del importe o montante de reservas o provisiones tcnicas constituidas, y del control (reduccin de las desviaciones) de su riesgo tcnico-asegurador en definitiva.

Tcnica ycontrato de seguroDesde el punto de vista econmico financiero, las empresas aseguradoras son intermediarios financieros, que emiten comoactivo financieroespecfico las plizas o contratos de seguros, obteniendo financiacin mediante el cobro del precio o prima del seguro, y constituyen las oportunas reservas o provisiones tcnicas (operaciones pasivas) a la espera de que se realice el pago de la indemnizacin o prestacin garantizada (suma asegurada), bien porque ha ocurrido el dao o prdida indemnizable (siniestro) segn el contrato suscrito, o bien porque se estima su posible ocurrencia por mtodos y procedimientos actuariales.La tcnica del seguro se basa en el pago anticipado de los recursos que se invierten a largo plazo, fijndose las reservas especiales, las denominadas provisiones tcnicas, que garantizan, cuando ocurran eventos daosos, el pago de las indemnizaciones por siniestro. Las citadas reservas o provisiones tcnicas son invertidas por las empresas de seguros normalmente en activos reales (inmuebles) o en otros activos financieros (ttulos o valores mobiliarios, operaciones activas).Por elContrato de Seguro, el Asegurador o Compaa de Seguros, al recibir unaprimaen concepto de pago, se obliga frente al Asegurado a indemnizarle segn lo pactado, si deviene el evento esperado. Todo esto debe quedar claramente establecido entre el Asegurado y la Compaa de Seguros en unaplizao contrato.

LAS PROVISIONES TCNICAS Y EL MARGEN DE SOLVENCIALas provisiones tcnicasLas provisiones tcnicas son aquellas provisiones que se derivan inmediatamente de los contratos de seguro, pues se forman con una parte de las aportaciones de los asegurados y corresponden a la obligacin futura que para con ellos tiene el asegurador. Se dotan al final del ejercicio y constituyen la partida ms importante del pasivo de las entidades aseguradoras.La razn bsica de las provisiones tcnicas se fundamenta en la necesidad de periodificar los ingresos y gastos tpicos de las empresas de seguros, imputando a cada ejercicio los que realmente le corresponden. Garantizan el cumplimiento de los compromisos asumidos por la empresa y aunque sus funciones son dispares segn la clase de provisin de que se trate, en su conjunto, realizan la misma funcin econmica de reforzar el margen de solvencia de la empresa a travs de su perfecta constitucin y asignacin al fin especfico que a cada una, en concreto, le corresponde.Las entidades aseguradoras tienen la obligacin de constituir y mantener en todo momento provisiones tcnicas suficientes para el conjunto de sus actividades.Las provisiones tcnicas deben reflejar en elbalancede las entidades aseguradoras el importe de las obligaciones asumidas que se derivan de los contratos de seguros y reaseguros. Se constituyen por un importe suficiente para garantizar, atendiendo a criterios prudentes y razonables, todas las obligaciones derivadas de los referidos contratos, as como para mantener la necesaria estabilidad de la entidad aseguradora frente a oscilaciones aleatorias o cclicas de la siniestralidad o frente a posibles riesgos especiales.Margen de solvenciaLas entidades aseguradoras debern disponer en todo momento de un margen de solvencia suficiente respecto al conjunto de sus actividades. Estar constituido por el patrimonio de la entidad aseguradora libre de todo compromiso previsible y con deduccin de los elementos inmateriales. Los grupos consolidables de entidades aseguradoras debern disponer en todo momento, como margen de solvencia, de un patrimonio consolidado no comprometido, suficiente para cubrir la suma de las exigencias legales de solvencia aplicables a cada una de las entidades del grupo.

TIPOS DE INSTITUCIONES DE SEGUROS: Las Compaas de Seguros Las Instituciones MutualistasCOMPAIAS DE SEGUROS:Las Compaas de Seguros, son Instituciones constituidas como Sociedad Annima cuya funcin principal es la de asumir riesgos mediante el pago de una prima.La Compaa Aseguradora es la persona moral que mediante un Contrato de Seguro, asume las consecuencias daosas producidas por la realizacin del evento cuyo riesgo es objeto de la cobertura.Esta Institucin deber contar con un capital mnimo pagado en cada operacin autorizada.Su Operacin y Funcionamiento:En este tipo de empresas, la organizacin y funcionamiento est estructurado de tal manera que genere: Utilidad para la Sociedad y para sus socios. El valor de las acciones debe estar ntegramente cubierto en efectivo al ser suscritas. Deber cobrarse como prima, la cantidad suficiente para cubrir los gastos generales por la administracin. Cubrir las reservas suficientes para las obligaciones futuras (indemnizaciones, sumas aseguradas) con los Asegurados y la utilidad respectiva. La Institucin deber de constituir reservas tcnicas para responder a sus obligaciones futuras.Por los productos que ofrecen pueden ser de dos tipos:A) ESPECIALIZADA. Son empresas que se enfocan a un producto o productos especficos. Empresas de Seguros de Vida Empresas dedicadas a Seguros de Gastos Mdicos Empresas dirigidas a Seguros de Daos Empresas dirigidas a Seguros de AutosB) MULTILINEA. Son empresas que se dedican a la venta de todos o la mayoria de los seguros.Las Compaas de Seguros al constituirse debern de contar con un respaldo econmico llamado CAPITAL MNIMO DE GARANTA. ste se calcular por cada operacin o ramo que se le autorice, expresados en Unidades de Inversin (UDIS) pero pagados en moneda nacional.Objetivos: Apoyar los recursos patrimoniales y de previsin, con relacin a los riesgos y a las responsabilidades que asuman las Instituciones por las operaciones que efecten, as como a los distintos riesgos a que estn expuestas. Desarrollar las polticas adecuadas para la seleccin de riesgos en la contratacin de seguros, as como para la cesin y aceptacin de reaseguro y re afianzamiento. Manejar un apropiado nivel de recursos patrimoniales, con relacin a los riesgos financieros que asuman las instituciones, al invertirlos con motivo de sus operaciones. La determinacin de los supuestos y de los recursos de capital que las instituciones debern mantener con el propsito de hacer frente a situaciones de carcter excepcional que pongan en riesgo su solvencia o estabilidad, derivadas tanto de la operacin particular de las instituciones como de condiciones de mercado.Beneficios: Permitir la liquidez en la posible desviacin del riesgo. Proteger a los Asegurados por una posible insolvencia de la Aseguradora. Fortalecer el Patrimonio de la AseguradoraSOCIEDAD MUTUALISTA:La entidad Aseguradora constituida por la asociacin de personas que se reparten entre s los riesgos que individualmente les corresponden, fijando cada una de ellas lo que habr de contribuir para resarcir los daos o prdidas de la colectividad.La cooperacin voluntaria de un gran nmero de personas, quienes acuerdan participar proporcionalmente en el riesgo contra el cual se desea la cobertura del seguro.En este tipo de Institucin no podrn participar como socios los gobiernos, dependencias o instituciones financieras extranjeras. La duracin de la sociedad podr ser definida.Operacin y FuncionamientoEste tipo de Asociaciones, sin expedir plizas o contratos, conceden a sus miembros seguros en caso de muerte, beneficios de accidentes y enfermedades o indemnizaciones por daos, con excepcin de coberturas de naturaleza catastrfica o de alto riesgo por monto o acumulaciones.En este tipo de entidades, la organizacin y funcionamiento est estructurado de tal manera que: No produzcan lucro ni utilidad para la sociedad ni para sus socios. Se exige un fondo inicial de menor cuanta. El excedente inicial lo aportan los Asegurados o un intermediario financiero. Deber cobrarse como prima, la cantidad suficiente para cubrir los gastos generales por la administracin, cubrir las reservas suficientes para las obligaciones futuras (indemnizaciones, sumas aseguradas) con los Asegurados. Tienden a operar dentro de un territorio geogrfico limitado. Pueden ser especializadas o multilinea

Clasificacin de los seguros de vida, conforme alriesgoque cubren

Seguros en caso de muerte: En los seguros de este tipo, al fallecimiento del asegurado, el asegurador abona al beneficiario instituido por aqul el importe del seguro. Seguros en caso de vida: En estos seguros la entidad aseguradora abona al asegurado el importe del seguro, siempre que viva alvencimientode un determinado periodo detiempo. Tambin puede convenirse el pago de una renta peridica mientras viva el asegurado, a partir de una fecha establecida de antemano. Seguros mixtos: Constituyen una combinacin de los seguros de muerte y de vida. Por lo tanto, el importe del seguro se paga a los beneficiarios si el asegurado muere antes de vencer el contrato, y se le entrega a l si supervive a esa fecha. Segn que cubran a una o ms cabezas Seguros sobre una cabeza: Se paga el seguro cuando fallece la persona asegurada. Sobre dos o ms cabezas: Mediante este contrato se asegura la vida de dos o ms personas y el seguro se paga cuando muere una de ellas a favor de la otra u otras. Atento al nmero de personas amparadas por la pliza Seguros individuales: Son loscontratospor medio de los cuales se asegura una persona con un seguro de muerte, de vida o mixto. Seguros colectivos: En estos contratos se asegura la vida de numerosas personas. El seguro se paga a la muerte de estas, a los beneficiarios instituidos. Segn las clusulas adicionales Seguros con clusulas adicionales: De acuerdo con estas clusulas la pliza puede prever otros beneficios. Seguros sin clusulas adicionales: Son aquellos cuyas plizas solo prev el seguro de muerte, vida o mixto.4.Seguro sobre las cosas Seguro contra incendio: Con este seguro se cubre losbienesmuebles e inmuebles contra el riesgo de los incendios. La compaa aseguradora indemniza al asegurado por el dao que hubieran sufrido los bienes objeto del seguro, a causa de un incendio, por su puesto siempre que este no haya sido intencional. Seguro contra granizo: Las plantaciones pueden resultar muy daadas, con la cada del granizo, por lo cual este seguro presta unserviciode verdaderautilidada los agricultores que han asegurado sus sementeras contra este riesgo. Solo se indemniza por los daos que causa el granizo sin tener en cuenta las prdidas que pueda haber originado las lluviaso el viento. Seguro de automviles: Responsabilidad civil: Por lesiones causadas a terceros y por daos producidos a cosas de estos. Si el dueo del automotor asegurado, causa por accidentes daos corporales o la muerte de un tercero, la compaa responde hasta un determinado importe. La indemnizacin por daosmaterialeses ms reducida.

Incendio, accidente y robo: la pliza ampara al propietario del vehculo contra estos riesgos de acuerdo con la suma asegurada. En el caso de accidentes el seguro cubre los daos sufridos por al automotor.

Seguro detransporte: Puede ser martimo pluvial, terrestre y areo, y cubre los riesgos que pesan sobre losmediosde transportes, los efectos transportados y los pasajeros. La compaa indemniza al propietario de los medios de transporte los daos que estos puedan sufrir en el cumplimiento de sumisinpor diversos accidentes, conforme alcapitalasegurado. Tambin cubre este seguro los dao o lesiones que puedan sufrir los pasajeros como consecuencia de accidentes de transporte Seguro de cristales: Con este seguro se prev la indemnizacin a favor de una persona oempresapor los daos que puede acarrearle la rotura de los cristales de su negocio opropiedad. Seguro contra robos: Cubre la perdida que puede experimentar una persona por robos o hurtos. Seguro decrditos: Cubre el quebranto que le ocasiona a un apersona o empresa la insolvencia de sus prestatarios. Mediante una determinada prima la compaa de seguros se compromete a resarcirle esa prdida y lo sustituye en lasaccionesque se pueden intentar para perseguir el cobro de la deuda. Seguro de fidelidad de los empleados: Lo toman lasempresaspara cubrirse de las prdidas que pueden sufrir por infidelidad de sus empleados en caso de maniobras dolosas.

Disposiciones legalesRgimen Leal: La ley 17.418 de 1967, incorporada alCdigo de Comercioen reemplazo de sus anteriores disposiciones, regula en la actualidad el contrato del seguro. Lo hace con criterio publisistico, estableciendo gran cantidad de disposiciones que no pueden ser modificadas por las partes (o que solo pueden ser modificadas en beneficio del tomador) y reglamentarista, contemplando en detalle todos los aspectos del contrato.Las disposiciones legales de mayor significacin que rigen en la actualidad enmateriade seguros son las siguientes: Toda falsa de declaracin conocidas por el asegurado, aun hechas de buena fe, que a juicio de peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones, si el asegurador hubiera sido cerciorado del verdadero estado de riesgo, hace nulo el seguro. Reticencia: Pliza:Es el instrumento del contrato de seguro y debe contener los siguientesdatos: Los nombres y domicilios de las partes. El inters o la persona asegurada. Los riesgos asumidos. El momento desde el cual estos se asumen y el plazo. La prima. La suma asegurada. Las condiciones generales del contrato.De acuerdo con esta enumeracin las plizas constan de dos partes. En la primera se insertan las clusulas particulares del contrato. En la segunda figuran las condiciones generales del seguro del que se trate. Estas condiciones son uniformes para todos los contratos, se incluyen al dorso de la pliza y deben ser aprobadas por la Superintendencia de Seguros de lanacin.1. Es elpreciodel seguro y debe pagarse en el domicilio del asegurador o en el lugar convenido entre las partes. Se adeuda desde la celebracin del contrato pero no es exigible sino contra la entrega de la pliza.

2. Prima:Toda agravacin del riesgo asumido que a juicios de peritos hubiera impedido el seguro o modificado sus condiciones, es causa especial de rescisin del contrato de seguro. El asegurado tiene que denunciar al asegurador la agravacin del riesgo. Si esta se debe a un hecho del asegurado, la cobertura queda suspendida y el asegurador tiene que notificar, en el termino de 7 das, su decisin de rescindir. Si la agravacin resulta de un hecho ajeno al asegurado, la decisin de rescindir debe notificarse dentro de los 30 das.

3. Agravacin del riesgo:En los seguros de daos patrimoniales, elcrditoa favor del asegurado debe pagarse dentro de los 15 das, una vez fijado el importe de la indemnizacin o aceptada, por parte del asegurado, la indemnizacin ofrecida. En los seguros de personas el pago se hace dentro de los 15 das de notificado el siniestro. Cuando el asegurador haya estimado el dao reconocido el derecho del asegurado, se puede reclamar un pago a cuenta si elprocedimientopara establecer la prestacin no se haya terminado un mes despus de la notificacin del siniestro. El pago a cuenta no puede ser inferior a la mitad de la prestacin reconocida por el asegurado.

4. Vencimiento de la obligacin del asegurador:

5. Seguro de incendio:El asegurador debe indemnizar el dao causado a los bienes por laaccindirecta o indirecta del fuego, as como por las medidas necesarias para extinguirlo u otras semejantes. Los daos que origine una explosin o rayo se hayan equiparado a los que causan los incendios.

El monto del resarcimiento se determina por las siguientesnormas: Para los edificios, por suvaloren la poca del siniestro. Para las mercaderas elaboradas por el asegurado, segn elcostode fabricacin. Para otras mercaderas, por el precio de adquisicin. Para losanimales, por el valor que tenan cuando se produjo el siniestro; para las materias primas, frutos cosechados y otrosproductosnaturales conforme a lospreciosmedios en el da del siniestro. Para el moblaje del hogar y otros objetos de uso, herramientas ymquinas, por su valor en el momento del siniestro.1. El asegurador responde en este tipo de seguro por los daos causados exclusivamente por el granizo a los frutos y productos asegurados. Para valuar el dao se computa el valor que habran tenido los frutos y productos en la poca de la cosecha si no se hubiera producido el siniestro.

2. Seguro contra granizo:En el seguro de mortalidad de animales, el asegurador indemniza el dao originado por la muerte del animal o animales asegurados, o por su incapacidad total y permanente si as se conviene. El asegurado pierde el derecho a ser indemnizado si maltrat o descuido gravemente al animal.

3. Seguro de animales:Este seguro puede celebrarse sobre la vida del contratante o de un tercero. Los cambios de profesin o actividad del asegurado autorizan las rescisin del contrato. Elsuicidiovoluntario libera al asegurador, a no ser que el contrato haya estado en vigor ininterrumpida durante tres aos. En el seguro sobre la vida de un tercero el asegurador se libera si la muerte ha sido intencionalmente provocada por un acto ilcito del contratante. El asegurador queda liberado si la persona cuya vida se asegura muere en una empresa criminal o por aplicacin legtima de la pena de muerte.4. Seguro sobre la vida:5. Reaseguro:El asegurador puede asegurar los riesgos asumidos, es decir, la ley faculta al asegurador a reasegurar los seguros que ha tomado.6. Superintendencia de Seguros de la NacinEste organismo, creado en 1937, convalidado en 1938, depende del Ministerio deEconoma. En el considerando de ese decreto figuran las razones en que se fund la creacin de la Superintendencia, a saber: Lassociedadesde seguros son entidades esencialmente financieras, que reciben los ahorros del pblico para administrar las reservas preestablecidas por los clculos actuariales. Esas reservas deben ser invertidas con excepcional prudencia yseguridad. Es deber del estado examinar la posibilidad de realizacin de los clculos y planes de seguro, la colocacin de las reservas, los resultados peridicos de esas administraciones y la correctapublicidadde todos aquellos datos que demuestren el desenvolvimiento y el estado de dichas sociedades para que su prestigio resulte indudable y estimule la contratacin de nuevos seguros. Las sociedades de seguros exigen al Estado una fiscalizacin especializada. En cuanto a susobjetivos, se le han asignado a la superintendencia los siguientes fines y atribuciones: Controlar y fiscalizar laorganizacin, funcionamiento, solvencia y liquidacin de las sociedades de seguros, en todo lo relacionado co su rgimen econmico, y especialmente sobre los planes de seguro, tarifas,modelosde contrato, balances,funcionesyconductade los agentes o intermediarios y publicidad en general.7. Elementos del contrato de segurosEl Asegurador: Unicamente pueden actuar como aseguradores lassociedades annimas, las cooperativas y las sociedades de seguros mutuos. Tambin puede asegurar el Estado.Las aseguradoras deben ser autorizadas para funcionar por la Superintendencia de Seguros de laNacin. Esta institucin las fiscaliza, establece las condiciones de las plizas y monto de las primas, determina lasinversionesy reservas que deben efectuar y controla suadministraciny situacin econmica y financiera.El Asegurado: La ley distingue las personas del tomador del seguro, del asegurado y del beneficiario. El tomador del seguro es la persona que celebra el contrato. El asegurado es el titular del inters asegurable. El beneficiario es el que percibir la indemnizacin.El tomador se diferencia del asegurado cuando estipula el seguro por cuenta de un tercero o por cuenta "de quien corresponda".Por su parte, el asegurado y beneficiario generalmente coinciden. Se separan por ejemplo en los seguros de vida, cuando se asegura la propia vida en beneficio de otra persona.La pliza: Es el instrumento escrito en el cual constan las condiciones del contrato. Aunque no es indispensable para que exista el contrato, la prctica aseguradora la haimpuestosin excepciones.Puede emitirse a la orden o al portador, salvo en los seguros de personas, en que debe ser nominativa.Eltextoes, en general, uniforme para los distintos tipos de seguros. Las clusulas adicionales y especiales y las modificaciones al contenido de la pliza se denominan endosos y se redactan en hoja separada, que se adhiere a aquella.Plazo: Si el plazo del contrato no est determinado en el contrato, se presume que es de un ao, salvo que por lanaturalezadel riesgo la prima se calcule por un tiempo distinto.Las obligaciones del asegurador comienzan a las doce horas del da establecido y terminan a las doce horas del ltimo da de plazo.A pesar del plazo pactado, cualquiera de las partes puede rescindir el contrato antes de su vencimiento, con reintegro al tomador de la prima proporcional por el plazo no corrido.8. Obligaciones emanadas del contratoPagar la prima: El tomador del seguro debe pagar la prima establecida ms losimpuestos, tasas, sellados y dems regargos que establecen o autorizan las reglamentaciones de la actividad aseguradora.El total de lo que debe pagar el tomador constituye el premio del seguro.Si la prima no es pagada en trmino, el asegurador no es responsable por el sinistro ocurrido antes de su pago.La prima puede variar en el curso del contrato, aumentando o disminuyendo cuando aumente o disminuya el riesgo contemplado.Denunciar el estado de riesgo: El tomador debe describir con precisin el riesgo contemplado, con relacin a la cosa o persona sobre la cual recae el inters asegurable.Se llama reticencia a las declaraciones falsas o silenciamiento de circunstancias conocidas, que a juicio de peritos hubieran impedido el contrato, o modificado sus condiciones. La reticencia da derecho al asegurador a anular el contrato.Denunciar la agravacin del riesgo: El tomador debe denunciar todos los hechos, propios o ajenos, que puedan agravar el riesgo contemplado, aumentando la posibilidad de siniestro.Denunciar el siniestro: El tomador debe denunciar el siniestro dentro de los tres das de ocurrido. Debe denunciar y probar los daos que ha sufrido y permitir que el asegurador verifique la concurrencia del hecho y los perjuicios ocacionados.Salvamento: El tomador debe hacer todo lo necesario para evitar o disminuir los daos.9. Obligaciones del aseguradorReembolsargastos: Debe reintegrar los gastos realizados en cumplimiento de la obligacin de salvamento, siempre que no hayan sido manifiestamente desacertados o innecesarios.Pagar la indemnizacin: Se determina de acuerdo con el tipo de seguro contratado, el dao efectivamente sufrido y el monto asegurado.En los seguros de daos, la indemnizacin nunca puede superar el dao efectivamente sufrido, aunque el monto asegurado sea mayor. El seguro es para reparar un perjuicio, no para obtener fin de lucro.En los seguros de personas, la prestacin se limita a la suma convenida.El pago de la indemnizacin debe hacerse dentro de los quince das de fijado su monto (en los seguros de daos) o de ocurrido el siniestro(en los seguros de personas).10. Laorganizacin yadministracinde las compaas segurosPrimas: Es el precio del seguro que paga el asegurado al asegurador como contraprestacin del riesgo que asume ste y del compromiso que es su consecuencia.Existen distintos tipos de primas: Prima natural Prima pura Prima comercial Prima nivelada Prima nica Prima peridicaPrima natural: En los seguros de vida es la prima que depende del cmputo matemtico del riesgo. Por esta razn, a mayor riesgo, mayor ser la prima natural, y viceversa.Prima pura: Es la prima de riesgo de los otros ramos de seguros.Prima comercial: esta es la prima que paga efectivamente el asegurado y se compone de dos partes: la prima natural o pura por un lado y los gastos de explotacin y la ganancia del asegurador por el otro. De esos gastos los ms importantes son: Comisin a favor de los productores que colocan los seguros. Comisin de cobranza que se paga a los colaboradores por lapercepcinde las primas. Gastos de administracin ypropaganda. Recargo por fraccionamiento de la prima. La prima puede fraccionarse mediante cuotas peridicas, y ello da origen a un recargo, como suele ocurrir con lasventasa plazo. Margen de seguridad. Se trata de un recargo para prever cualquier aumento de gastos y en particular la posibilidad de un riesgo mayor.Prima nivelada: La aplicacin simple de la prima natural para elclculode la prima comercial hara prohibitivo el seguro de vida, a partir de una determinada edad. En este caso la prima comercial aumentara de continuo y llegara un momento en que el asegurado desistira del contrato dado el alto precio que debera abonar por su seguro. Por ello ha sido necesario nivelar las primas a fin de que la prima comercial sea la misma, en los seguros de vida, durante toda la vigencia del contrato.Prima nica: es lo que debe abonar el asegurado cuando ello se hace en una sola oportunidad.Primas peridicas: la prima nica se abona con pagos parciales, con lo cual se ofrece al asegurado una posibilidad que puede decidir la concentracin de estas operaciones.El riesgo: Constituye uno de los factores principales dentro de la actividad aseguradora. Es el objeto del seguro como medida de prevencin de un acontecimiento incierto, que de producirse obliga al asegurador a pagar la indemnizacin convenida. En el seguro de riesgo es siempre incierto. Aun la muerte de una persona, que fatalmente ha de ocurrir mas tarde o ms temprano, es un acontecimiento incierto susceptible de asegurarse, porque no se sabe cuando ha de suceder.Tratndose de un acontecimiento incierto es indudable que no puede depender de la voluntad de asegurado dado que entonces no habra posibilidad de seguro. Los riesgos sobre las cosas tambin presentan una cierta regularidad que los hace materia de aseguramiento. La practica aseguradora ha consagrado normas para medir dichos riesgos y calcular las normas que debe percibir el asegurador.El riesgo determina la prima a cobrar, y en consecuencia, para los riesgos agravados con relacin a los riegos normales, la prima ser ms elevada. En la pliza de seguro el riesgo asumido por el asegurador debe definirse con mucha claridad, pues se trata de un elemento de capital importancia en este contrato.Adems, es necesario que la cosa objeto del seguro se encuentre debidamente caracterizada a fin de que el asegurador conozca hasta donde se extiende el riesgo que corre.11. Organizacin funcional de las compaas de segurosLa mayora de las entidades aseguradoras son sociedades annimas en las cuales el rgano soberano es la Asamblea de Accionistas y su rgano directivo el Consejo de Administracin o Directorio designado por los accionistas reunidos en asamblea.Del directorio depende directamente laGerenciaGeneral, que, como toda empresa, es el rgano ejecutivo encargado de conducir a la compaa con arreglo a las resoluciones adoptadas por aquel.12. Aceptacin de los seguros y emisin de las plizasLa emisin de las plizas se realiza mediante los siguiente pasos:1. Solicitud del seguro.2. Verificacin de todos los datos que constan en la solicitud.3. Aceptacin del seguro.4. Emisin de la pliza.La solicitud del seguro es el comprobante mediante el cual el asegurable solicita a la compaa un determinado seguro. Por ello en l figuran los datos necesarios para que el asegurador conozca con exactitud el riesgo que ha de correr al contratar el seguro. Los principales datos son: Fecha. Datos de identificacin del asegurable. Objeto y riesgo del seguro. Descripcin de la cosa que ha de asegurarse. Importe del seguro.La declaracin desaluddisminuye las gastos de emisin de la pliza, porque es menos oneroso verificar esa declaracin que hacer la revisin mdica integral, y simplifica notablemente lagestinante el asegurable para inducirlo a que tome un seguro de vida. Aceptada la solicitud, se emite la pliza conforme a los datos de aquella y se entrega al interesado.13. Reasegurosactivosy pasivosEl reaseguro es un contrato mediante el cual un asegurador que ha tomado directamente un seguro traspasa parte de l a otro asegurador, que, por consiguiente, toma laresponsabilidadde pagar la proporcin que le corresponda en el caso de que ocurran los riesgos previstos en el seguro contratado.Los riesgo que tcnicamente puede asumir una compaa de seguros tienen un lmite, pasado el cual se impone la necesidad de realizar reaseguros para ceder a otras compaas ese exceso de riesgos.La regla fundamental para establecer el lmite de riesgos que pueden asumir se halla en la uniformidad de los capitales asegurados por cada compaa.Para evitar el desequilibrio que puede producir la falta de uniformidad de los capitales, las compaas reaseguran la parte de los seguros que excede el lmite normal de los capitales asegurados.El lmite de los riegos que puede correr una compaa de seguros se denomina pleno. La compaa que cede el excedente de su pleno se llama cedente y hace un reaseguro pasivo. La compaa que toma el reaseguro se denomina cesionaria y hace un reaseguro activo.A su vez, un reaseguro activo puede ser materia de un nuevo reaseguro en otra compaa. Este reaseguro se denomina retrocesin. Por lo comn las compaas cedentes pagan a las cesionarias las misma prima que cobran a los asegurados y perciben de ellas una comisin ms alta que la que deben abonar a sus agentes o corredores.En nuestro pas el reaseguro es regulado por el I.N.D.E.R. (Instituto Nacional de Reaseguro), que monopoliza los reaseguros de las compaas nacionales y el 30% aprox. de las compaas extranjeras. A su vez el I.N.D.E.R. puede retroceder sus reaseguros a compaas nacionales o extranjeras que operan en nuestro pas o a aseguradoras del extranjero.14. AnulacionesLas plizas emitidas se anulan cuando se rescinde el contrato de seguro. Ello ocurre por lo comn en los siguientes casos: Falta de pago de la prima. Cambio de dueo de la cosa asegurada. Reticencia. Fraude del asegurado.Con la anulacin de la pliza la entidad aseguradora solo tiene derecho a percibir la prima correspondiente al riesgo que ha corrido.15. Liquidacin de siniestrosLa liquidacin de siniestros comienza con lacomunicacinque el asegurado o el beneficiario del seguro deben formular a la entidad aseguradora, para que esta abone el capital asegurado. Para la liquidacin de los siniestros resultan necesarias tres etapas:1. La comprobacin del siniestro.2. Su valoracin.3. La liquidacin, para proceder a su pago.A fin de comprobar debidamente el siniestro, el asegurador exige una serie depruebastendientes a ese objeto y realiza todas las gestiones que considera convenientes para cerciorarse del suceso que se halla cubierto por el seguro.La valuacin de los daos sufridos por el asegurado en los seguros sobre las cosas es de suma importancia, porque el monto de la indemnizacin no solo depende del capital asegurado, sino tambin del valor de las cosas en el da del siniestro. La valuacin de los bienes asegurados requiere la intervencin de expertos o peritos liquidadores.16. ReservasLas reservas de las compaas de seguros son de dos clases. Las del primer grupo se constituyen con utilidades lquidas y realizadas, como ocurre en todas las empresas, por ejemplo, Reserva Legal, Reserva Facultativa, Reserva General de Previsin, etc.El otro grupo est integrado por las reservastcnicaspropia de la explotacin de seguro.Las reservas del primer grupo tienen por objeto aumentar los medios de accin dela empresa, prevenir quebrantos futuros o hacer distribuciones posteriores entre los socios o accionistas. Encambio, las reservas tcnicas no responden a estas finalidades y representan un pasivo o compromiso a cargo de la compaa aseguradora, lo que pone bien de manifiesto la diferencia esencial que existe entre ambos tipos de reservas.Reserva para riesgo en curso: Una determinada porcin de las primas percibidas en cada ejercicio en los seguros eventuales se transfiere a esta reserva. Para cada uno de los ramos de seguro que se explote se utiliza una reserva de esta naturaleza, tanto para los seguros directos como para los reaseguros tomados.El asegurado, al contratar un seguro, adquiere la obligacin de pagar anticipadamente la prima respectiva. Lo haga de inmediato o en cuotas , lo cierto es que la compaa dispone de una masa devaloresactivos con la cual debe afrontar los siniestros correspondientes a las plizas emitidas. Los siniestros que ocurran en el ao de la emisin de la pliza se abonan con esa masa de valores. Pero es posible que halla siniestros en el ejercicio posterior. Por lo tanto, para hacer frente a su pago es necesario reservar, de las primas de cada ao, una determinada proporcin, que se acredita a la Reserva de Riesgos en Curso de cada uno de los seguros eventuales.Sobre laconstitucinde las reservas de este tipo rigen las normas siguientes: En general, para los seguros de riesgos eventuales debe reservarse el 80% de las primas, netas de anulaciones y reaseguros, que sean representativas del riesgo no corrido al trmino del ejercicio. En los seguros martimos que se halla contratado por viaje la reserva se constituye por el total de las primas, netas de reaseguros y anulaciones, correspondientes a los dos ltimos meses de cada ejercicio. En los seguros de fidelidad y garanta hay que reservar el 40% de las primas netas de cada ejercicio y un adicional del 15% sobre el promedio de las primas netas de los ltimos tres ejercicios.ReservaMatemtica: Se constituye para los seguros de vida. Tericamente las primas de estos seguros, dada su naturaleza, deberan elevarse de continuo, por la mayorprobabilidadde muerte del asegurado a medida que transcurre el tiempo. Pero si as se hiciera los seguros de vida seran prohibitivos a partir de cierta edad. Para evitar este inconveniente las compaas de seguro perciben primas niveladas o medias. Quiere decir que un asegurado en sus comienzos abonar primas en exceso con relacin a lo que corresponda segn su probabilidad de muerte, y pagar primas ms reducidas a partir de una edad determinada. La cantidad abonada en exceso durante estos primeros aos , constituye la prima de ahorro. Con sta y la parte que se toma de la prima de riesgo, as como con los intereses acumulados, se forma la reserva matemtica del seguro.Reserva para Siniestros Pendientes: A esta reserva se le acredita el importe de los siniestros denunciados que permanecen en trmite de liquidacin y que por esa causa an no han sido abonados, ya se trate de seguros directos o de reaseguros.Fondo de Acumulacin Asegurados Vida: Se acreditan a este fondo las partidas a distribuir entre los asegurados de la Seccin Vida como beneficio complementario, segn las condiciones estipuladas en las plizas. Esas partidas pueden ser utilidades de dicha Seccin oingresosde stos que se afectan a esa finalidad.Resumen:Sobre las compaias aseguradoras y los redimenes legales que las fizcalizan en Argentina. Incluye clasificacin y definicin de los terminos ms utilizados dentro de la actividad aseguradora.

CONCLUSINLossegurosdesempean un papel primordial en las economas modernas, proporcionandomediosadecuados para reemplazar la prdida o destruccin de bienesmaterialesy garantizando unpoderadquisitivo mnimo en caso de enfermedad, accidente o defuncin. Adems, las enormes reservas de capital que necesitan las empresas de seguros para hacer frente a los pagos por indemnizacin se invierten, por lo que constituyen una fuente de financiacin para que laindustriaaumente susinversioneso sus bienes de capital.Lascompaasaseguradoras amplan de forma constante su mbito decompetenciaasegurando a las personas ante nuevos riesgos. En aos anteriores era normal que los seguros de vivienda no protegieran contra catstrofes como losterremotos, lasguerras, el riesgo de explosin nuclear o deradiaciny otros acontecimientos similares. Sin embargo, durante la dcada de 1980 las compaas aseguradoras han ampliado su cobertura, por lo que ahora se pueden cubrir casi todos los riesgos posibles.Tenemos tambin otras figuras de seguros como el reaseguro, que es la operacin de seguros realizada por el asegurador, por la que transfiere parte de los riegos asumidos al reasegurador, pero es el nico obligado con respecto al asegurado o tomador del seguro, y el Coaseguro, que es cuando la cobertura de un riesgo se comparte entre dos o ms aseguradores, establecindose una relacin contractual entre cada coasegurador y el asegurado.Finalmente tenemos que la pliza, es el nombre que recibe el documento en que se plasma el contrato de seguro y en el que se establecen las obligaciones y derechos tanto de la aseguradora como del asegurado, y donde se describen las personas u objetos que se aseguran y se establecen las garantas e indemnizaciones en caso de siniestro. Es aconsejable antes de celebrarlo, leer todas las clusulas contenidas en el mismo, para tener unainformacincompleta de sus trminos y condiciones.