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MODIFICACION MENOR “AEROPUERTO II” CHIHUAHUA CHIH. MARZO 2017 Arq. Reyes Baeza Cano D.R.U. 023

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MODIFICACION MENOR “AEROPUERTO II”

CHIHUAHUA CHIH. MARZO 2017  

Arq. Reyes Baeza Cano D.R.U. 023

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INDICE I. INTRODUCCION II. FUNDAMENTACION JURIDICA

II.I PROCESO DE APROBACION II.II ÁMBITO FEDERAL

II.II.I Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos II.II.II Ley de Planeación II.II.III. Ley General de Asentamientos Humanos II.II.IV Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

II.III ÁMBITO ESTATAL II.III.I. Constitución Política del Estado de Chihuahua. II.III.II. Ley de Planeación del Estado de Chihuahua.

II.III.III. Ley de Desarrollo Urbano Sostenible del Estado de Chihuahua. II.III.IV. Código Municipal II.III.V. Ley de Equilibrio ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Chihuahua.

II.IV ÁMBITO MUNICIPAL II.IV.I. Código Municipal para el Estado de Chihuahua.

II.IV.II Reglamento de Desarrollo Urbano del Municipio de Chihuahua.

III. ANTECEDENTES III.I. ALCANCE DEL PLAN

III.I.I. Definición del área de estudio III.I.II. Definición del área de aplicación

III.II. CONTEXTO DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO URBANO, SOCIAL Y ECONÓMICO DEL MUNICIPIO III.II.I Ámbito regional III.II.II Ámbito urbano III.II.III Ámbito de influencia

III.III. RÉGIMEN DE TENENCIA DE LA TIERRA III.IV ESTRUCTURA URBANA

III.IV.I Estructura primaria III.IV.II. Zonas homogéneas

III.V. ORGANIZACIÓN ESPACIAL III.V.I Núcleos de Actividad III.V.II Núcleos de Desarrollo III.V.III Corredores Urbanos

III.VI. ANÁLISIS SOCIAL Y ECONÓMICO

III.VI.I Valores de suelo III.VI.II. Análisis poblacional III.VI.III Análisis de actividades

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III.VII. MEDIO NATURAL III.VII.I Clima III.VII.II Topografía III.VII.III. Hidrología III.VII.IV. Composición del suelo III.VII.V. Vegetación

III.VIII MEDIO FÍSICO III.VIII.I Uso de Vivienda III.VIII.II. Uso de Comercio y Servicios

III.VIII.III. Uso Industrial III.VIII.IV. Uso Equipamiento III.VIII.V. Predios Baldíos.

III.VIII.VI. Estructura vial III.VIII.VII. Transporte publico III.VIII.VIII. Infraestructura Agua Potable III.VIII.IX. Infraestructura Drenaje Sanitario III.VIII.X. Infraestructura Agua Tratada III.VIII.XI. Infraestructura Energía eléctrica

III.XI RIESGOS Y VULNERABILIDAD

III.XI.I. Riesgos Geológicos III.XI.II. Riesgos Hidro-meteorologicos III.XI.III Riesgos Sanitarios III.XI.IV Riesgos Antropogenicos

III.XII SÍNTESIS DEL DIAGNOSTICO

IV. NIVEL NORMATIVO IV.I CONDICIONANTES DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DE CHIHUAHUA

IV.I.I Política de Desarrollo Urbano IV.I.II Uso de suelo IV.I.IIII Vialidad IV.I.IV Infraestructura

IV.II OBJETIVOS GENERALES IV.III OBJETIVOS PARTICULARES

IV.III.I Estructura Urbana, Suelo y Vivienda IV.III.II Vialidad IV.III.IIII Población Desarrollo Social y Cultura Urbana. IV.III.IV Soporte Urbano para la Economía IV.III.V Infraestructura

IV.IV PLAN DE DESARROLLO URBANO DE CHIHUAHUA 2040 DEL CENTRO DE POBLACIÓN CHIHUAHUA.

IV.V. REGLAMENTO DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE DEL MUNICIPIO DE

CHIHUAHUA. IV.VI PLAN ESTATAL DE DESARROLLO 2010-2016

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IV.VII. PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO 2016-2018 V. ESTRATEGIA

V.I ESTRATEGIA GENERAL V.I. ZONIFICACION PRIMARIA V.III. ZONIFICACION SECUNDARIA V.IV. ESTRATEGIA DE INFRAESTRUCTURA V.V. ESTRATEGIA ESTRUCTURA VIAL V.VI. PROGRAMAS ESPECIFICOS V.VII. SINTESIS DE LA PROPUESTA

VI. INSTRUMENTAL

VI.I. INTERVENCION FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. VI.II. INTRUMENTOS FINANCIEROS V.III. PROGRAMAS DE ACCIONES

VII. INDICES DE TABLAS

VIII. INDICE DE IMAGENES IX. ABREVIATURAS X. ANEXO GRAFICO

XI. CREDITOS  

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I INTRODUCCION

El presente estudio es con la finalidad de modificar el uso de suelo habitacional y Comercial a uso de suelo Industrial de bajo Impacto de tres predios localizados al Sur de la ciudad.

Las densidades que propone el Plan de Desarrollo 2040 Cuarta Actualización son altas y algunos predios utilizan el suelo como bodegas o talleres, el propósito de regularizar los usos de estos predios persigue el ordenamiento de la zona puesto que, por tradición, esta zona de la ciudad ha sido cuna de varios empresas industriales y comerciales, sin embargo se mezcla con el uso habitacional de manera informal.

En la actualidad en la zona sur de la ciudad, se colocan algunas empresas muebleras, bodegas, talleres mecánicos, grúas, concreteras, mezclados con usos habitacionales de alta densidad.

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II FUNDAMIENTACION JURIDICA.

El instrumento de planeación urbana denominado “Aeropuerto II” se formula con la finalidad de establecer un ordenamiento de la reserva territorial de tres predio con una superficie total de de 3,688.054m2, por lo que se ha elaborado con fundamento jurídico en: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Planeación, la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente de Chihuahua, la Ley General de Asentamientos Humanos, la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Chihuahua. La Ley de Planeación del Estado de Chihuahua y El Código Municipal para el Estado de Chihuahua Reglamento de Desarrollo Urbano Sostenible del Municipio de Chihuahua.

II.I. PROCESO DE APROBACIÓN El proceso de autorización es de acuerdo al Artículo 55 de la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible del Estado de Chihuahua y al Artículo 26 del Reglamento de Desarrollo Urbano Sostenible del Municipio de Chihuahua. Ley de Desarrollo Urbano Sostenible del Estado de Chihuahua ARTÍCULO 55. Para la modificación o actualización de los planes o programas a que se refiere esta Ley, se seguirá el mismo procedimiento que para su aprobación.

Los Municipios del Estado podrán aprobar modificaciones menores a los planes o programas de su competencia, tales como cambio de uso del suelo a otro, siempre y cuando no sea de impacto significativo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 164 del presente ordenamiento, el cambio de la densidad e intensidad de su aprovechamiento o el cambio de la altura máxima de construcción permitida, siempre y cuando no se modifique el Límite del Centro de Población, no se altere la delimitación entre las áreas urbanizables y las no urbanizables, o se afecten las características de la estructura urbana prevista en el Plan o Programa de Desarrollo Urbano Sostenible de Centro de Población.

Reglamento de Desarrollo Urbano Sostenible del Municipio de Chihuahua. ARTÍCULO 26. Quienes pretendan realizar una modificación menor en los términos de los artículos 24 y 25 del presente Reglamento, deberán presentar una solicitud por escrito dirigida a la Dirección, acreditar la propiedad del predio motivo de la modificación y adjuntar un documento técnico que justifique la acción solicitada y la información gráfica que permita la correcta interpretación del trámite solicitado. Para efecto de conocer públicamente la propuesta de modificación al programa, en los términos del Título Octavo de la Participación Social de la Ley, el Municipio notificara y requerirá un dictamen técnico al IMPLAN. En este procedimiento, escuchará las opiniones de las organizaciones de los vecinos del área de que se trate, en un plazo de sesenta días naturales contados a partir del requerimiento del dictamen técnico al IMPLAN. Así mismo notificará a través del tablero de avisos de la Presidencia Municipal y, cuando sea posible, de manera personal al Presidente de cada uno de los

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comités de vecinos que pudieran resultar afectados, para que en un plazo de 30 días naturales emitan su opinión. De no producirse estas opiniones en el plazo fijado, se entenderá que fueron emitidas en sentido positivo. Una vez aprobadas por el Ayuntamiento, las modificaciones deberán ser remitidas a la Secretaría General de Gobierno para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y al Registro Público de la Propiedad para su inscripción.

II.II. ÁMBITO FEDERAL

II.II.I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. ARTÍCULO 26. Inciso A tercer párrafo.- La ley facultará al Ejecutivo para que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo. Asimismo, determinará los órganos responsables del proceso de planeación y las bases para que el Ejecutivo Federal coordine mediante convenios con los gobiernos de las entidades federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a realizar para su elaboración y ejecución. Los principios de los artículos 27, 73 y 115 tienen por objeto primordial, establecer normas para planear y regular el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, la conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población. ARTÍCULO 27. Dispone que La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada. La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.

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ARTÍCULO 73. El congreso tiene facultad: XXIX-C. Para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, con objeto de cumplir los fines previstos en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución. XXIX-D.- Para expedir leyes sobre planeación nacional del desarrollo económico y social, así como en materia de información estadística y geográfica de interés nacional. ARTÍCULO 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa. V. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para: a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los Estados elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios; d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; f) Otorgar licencias y permisos para construcciones; g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia; h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial; i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales. En lo conducente y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de esta Constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios;

II.II.II. Ley de Planeación CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 3.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I. Acción Urbanística: actos o actividades tendientes al uso o aprovechamiento del suelo dentro de Áreas Urbanizadas o Urbanizables, tales como subdivisiones, parcelaciones, fusiones, relotificaciones, fraccionamientos, condominios, conjuntos urbanos o urbanizaciones en general, así como de construcción, ampliación, remodelación, reparación, demolición o reconstrucción de inmuebles, de

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propiedad pública o privada, que por su naturaleza están determinadas en los planes o programas de Desarrollo Urbano o cuentan con los permisos correspondientes. Comprende también la realización de obras de equipamiento, infraestructura o Servicios Urbanos;

II. Área Urbanizable: territorio para el Crecimiento urbano contiguo a los límites del Área Urbanizada del Centro de Población determinado en los planes o programas de Desarrollo Urbano, cuya extensión y superficie se calcula en función de las necesidades del nuevo suelo indispensable para su expansión;

III. Área Urbanizada: territorio ocupado por los Asentamientos Humanos con redes de infraestructura, equipamientos y servicios;

IV. Asentamiento Humano: el establecimiento de un conglomerado demográfico, con el conjunto de sus sistemas de convivencia, en un área físicamente localizada, considerando dentro de la misma los elementos naturales y las obras materiales que lo integran;

V. Barrio: zona urbanizada de un Centro de Población dotado de identidad y características propias;

VI. Centros de Población: las áreas constituidas por las zonas urbanizadas y las que se reserven para su expansión;

VII. Consejo Nacional: El Consejo Nacional de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano;

VIII. Conservación: acción tendente a preservar las zonas con valores históricos y culturales, así como proteger y mantener el equilibrio ecológico en las zonas de servicios ambientales;

IX. Conurbación: la continuidad física y demográfica que formen dos o más Centros de Población;

X. Crecimiento: acción tendente a ordenar y regular las zonas para la expansión física de los Centros de Población;

XI. Demarcaciones Territoriales: divisiones territoriales de la Ciudad de México a las que se refiere el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

XII. Densificación: Acción Urbanística cuya finalidad es incrementar el número de habitantes y la población flotante por unidad de superficie, considerando la capacidad de soporte del territorio y, en su caso, adecuando los espacios públicos y sus infraestructuras;

XIII. Desarrollo Urbano: el proceso de planeación y regulación de la Fundación, Conservación, Mejoramiento y Crecimiento de los Centros de Población;

XIV. Desarrollo Metropolitano: proceso de planeación, regulación, gestión, financiamiento y ejecución de acciones, obras y servicios, en zonas metropolitanas, que por su población, extensión y complejidad, deberán participar en forma coordinada los tres órdenes de gobierno de acuerdo a sus atribuciones;

XV. Desarrollo Regional: el proceso de Crecimiento económico en dos o más Centros de Población determinados, garantizando el Mejoramiento de la calidad de vida de la población, la preservación del ambiente, así como la conservación y reproducción de los recursos naturales;

XVI. Destinos: los fines públicos a que se prevea dedicar determinadas zonas o predios de un centro de población o Asentamiento Humano;

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XVII. Equipamiento Urbano: el conjunto de inmuebles, instalaciones, construcciones y mobiliario utilizado para prestar a la población los Servicios Urbanos para desarrollar actividades económicas, sociales, culturales, deportivas, educativas, de traslado y de abasto;

XVIII. Espacio Público: áreas, espacios abiertos o predios de los asentamientos humanos destinados al uso, disfrute o aprovechamiento colectivo, de acceso generalizado y libre tránsito;

XIX. Espacio Edificable: suelo apto para el uso y aprovechamiento de sus propietarios o poseedores en los términos de la legislación correspondiente;

XX. Fundación: la acción de establecer un nuevo Asentamiento Humano;

XXI. Gestión Integral de Riesgos: el conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción que involucra a los tres órdenes de gobierno, así como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de Resiliencia o resistencia de la sociedad. Comprende la identificación de los riesgos y, en su caso, su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción;

XXII. Infraestructura: los sistemas y redes de organización y distribución de bienes y servicios en los Centros de Población, incluyendo aquellas relativas a las telecomunicaciones y radiodifusión;

XXIII. Megalópolis: sistema de zonas metropolitanas y Centros de Población y sus áreas de influencia, vinculados de manera estrecha geográfica y funcionalmente. El umbral mínimo de población de una Megalópolis es de 10 millones de habitantes;

XXIV. Mejoramiento: la acción tendente a reordenar, renovar, consolidar y dotar de infraestructura, equipamientos y servicios, las zonas de un Centro de Población de incipiente desarrollo, subutilizadas o deterioradas física o funcionalmente;

XXV. Movilidad: capacidad, facilidad y eficiencia de tránsito o desplazamiento de las personas y bienes en el territorio, priorizando la accesibilidad universal, así como la sustentabilidad de la misma;

XXVI. Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos: el ordenamiento territorial es una política pública que tiene como objeto la ocupación y utilización racional del territorio como base espacial de las estrategias de desarrollo socioeconómico y la preservación ambiental;

XXVII. Patrimonio Natural y Cultural: sitios, lugares o edificaciones con valor arqueológico, histórico, artístico, ambiental o de otra naturaleza, definidos y regulados por la legislación correspondiente;

XXVIII. Provisiones: las áreas que serán utilizadas para la Fundación de un centro de población;

XXIX. Reducción de Riesgos de desastres: los esfuerzos sistemáticos dirigidos al análisis y a la gestión de los factores causales de los desastres, lo que incluye la reducción del grado de exposición a las amenazas, la disminución de la vulnerabilidad de la población y la propiedad, y una gestión sensata de los suelos y del medio ambiente;

XXX. Reservas: las áreas de un centro de población que serán utilizadas para su Crecimiento;

XXXI. Resiliencia: es la capacidad de un sistema, comunidad o sociedad potencialmente expuesta a un peligro para resistir, asimilar, adaptarse y recuperarse de sus efectos en un corto plazo y de manera

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eficiente, a través de la preservación y restauración de sus estructuras básicas y funcionales, para lograr una mejor protección futura y mejorar las medidas de reducción de riesgos;

XXXII. Secretaría: la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano;

XXXIII. Servicios Urbanos: las actividades operativas y servicios públicos prestadas directamente por la autoridad competente o concesionada para satisfacer necesidades colectivas en los Centros de Población;

XXXIV. Sistema Nacional Territorial: delimita las regiones y Sistemas Urbano Rurales que las integran y establece la jerarquización y caracterización de las zonas metropolitanas, Conurbaciones y Centros de Población, así como sus interrelaciones funcionales;

XXXV. Sistemas Urbano Rurales: unidades espaciales básicas del ordenamiento territorial, que agrupan a áreas no urbanizadas, centros urbanos y asentamientos rurales vinculados funcionalmente;

XXXVI. Usos del suelo: los fines particulares a que podrán dedicarse determinadas zonas o predios de un Centro de Población o Asentamiento Humano;

XXXVII. Zona Metropolitana: Centros de Población o conurbaciones que, por su complejidad, interacciones, relevancia social y económica, conforman una unidad territorial de influencia dominante y revisten importancia estratégica para el desarrollo nacional;

XXXVIII. Zonificación: la determinación de las áreas que integran y delimitan un territorio; sus aprovechamientos predominantes y las Reservas, Usos de suelo y Destinos, así como la delimitación de las áreas de Crecimiento, Conservación, consolidación y Mejoramiento;

XXXIX. Zonificación Primaria: la determinación de las áreas que integran y delimitan un centro de población; comprendiendo las Áreas Urbanizadas y Áreas Urbanizables, incluyendo las reservas de crecimiento, las áreas no urbanizables y las áreas naturales protegidas, así como la red de vialidades primarias, y

XL. Zonificación Secundaria: la determinación de los Usos de suelo en un Espacio Edificable y no edificable, así como la definición de los Destinos específicos.

CAPÍTULO TERCERO PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA PLANEACIÓN

ARTÍCULO 20. Para garantizar que los consejos estatales sean representativos conforme a un sistema de planeación democrática, en sus respectivos reglamentos internos se definirá el número de miembros, con perspectiva de género, que estará formado por representantes del sector social y gubernamental de los órdenes de gobierno correspondientes, colegios de profesionistas, instituciones académicas, órganos empresariales del sector y expertos, entre otros, para participar e interactuar en la formulación, aplicación, evaluación y vigilancia de las políticas de ordenamiento territorial y planeación del Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano.

Los miembros de los consejos actuarán a título honorífico, por lo que no podrán cobrar o recibir retribución o emolumento alguno por su función, y contarán con el apoyo técnico necesario para realizar su labor.

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II.II.III. Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Capítulo Primero Concurrencia ARTÍCULO 1. La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional. Las disposiciones de esta Ley tienen por objeto: I. Fijar las normas básicas e instrumentos de gestión de observancia general, para ordenar el uso del territorio y los Asentamientos Humanos en el país, con pleno respeto a los derechos humanos, así como el cumplimiento de las obligaciones que tiene el Estado para promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos plenamente; II. Establecer la concurrencia de la Federación, de las entidades federativas, los municipios y las Demarcaciones Territoriales para la planeación, ordenación y regulación de los Asentamientos Humanos en el territorio nacional; consolidación y Conservación de los Centros de Población y Asentamientos Humanos, garantizando en todo momento la protección y el acceso equitativo a los espacios públicos; IV. Definir los principios para determinar las Provisiones, Reservas, Usos del suelo y Destinos de áreas y predios que regulan la propiedad en los Centros de Población, y V. Propiciar mecanismos que permitan la participación ciudadana en particular para las mujeres, jóvenes y personas en situación de vulnerabilidad, en los procesos de planeación y gestión del territorio con base en el acceso a información transparente, completa y oportuna, así como la creación de espacios e instrumentos que garanticen la corresponsabilidad del gobierno y la ciudadanía en la formulación, seguimiento y evaluación de la política pública en la materia. TITULO SEGUNDO DE LA CONCURRENCIA ENTRE ORDENS DE GOBIERNO, COORDINACION Y CONCERTACION Capítulo Tercero Atribuciones de las entidades federativas ARTÍCULO 10. Corresponde a las entidades federativas: V. Formular, aprobar y administrar su programa estatal de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, así como vigilar y evaluar su cumplimiento con la participación de los municipios y la sociedad; VII. Analizar y calificar la congruencia y vinculación con la planeación estatal, que deberán observar los distintos programas municipales de Desarrollo Urbano, incluyendo los de conurbaciones o zonas metropolitanas, a través de dictámenes de congruencia estatal;

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XII. Emitir y, en su caso, modificar la legislación local en materia de Desarrollo Urbano que permita contribuir al financiamiento e instrumentación del ordenamiento territorial y el Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano en condiciones de equidad, así como para la recuperación de las inversiones públicas y del incremento de valor de la propiedad inmobiliaria generado por la consolidación y el crecimiento urbano; XXV. Establecer en las leyes y reglamentos de la materia, los lineamientos a los que habrán de sujetarse las autorizaciones, licencias o permisos relacionados con las diferentes acciones urbanísticas, en las cuales se debe prever por lo menos las formalidades y requisitos, procedimientos, causas de improcedencia, tiempos de respuesta, medios de impugnación, medidas de seguridad y sanciones, causas de revocación y efectos para la aplicación de afirmativas o negativas fictas, tendientes a garantizar la seguridad jurídica y la máxima transparencia en los actos de autoridad en la materia; XXVI. Atender las consultas que realicen los municipios sobre la apropiada congruencia, coordinación y ajuste de sus planes y programas municipales en materia de Desarrollo Urbano. Capítulo Cuarto Atribuciones de los Municipios. ARTÍCULO 11. Corresponde a los municipios: I. Formular, aprobar, administrar y ejecutar los planes o programas municipales de Desarrollo Urbano, de Centros de Población y los demás que de éstos deriven, adoptando normas o criterios de congruencia, coordinación y ajuste con otros niveles superiores de planeación, las normas oficiales mexicanas, así como evaluar y vigilar su cumplimiento; II. Regular, controlar y vigilar las Reservas, Usos del Suelo y Destinos de áreas y predios, así como las zonas de alto riesgo en los Centros de Población que se encuentren dentro del municipio; III. Formular, aprobar y administrar la Zonificación de los Centros de Población que se encuentren dentro del municipio, en los términos previstos en los planes o programas municipales y en los demás que de éstos deriven; XI. Expedir las autorizaciones, licencias o permisos de las diversas acciones urbanísticas, con estricto apego a las normas jurídicas locales, planes o programas de Desarrollo Urbano y sus correspondientes Reservas, Usos del Suelo y Destinos de áreas y predios; XII. Validar ante la autoridad competente de la entidad federativa, sobre la apropiada congruencia, coordinación y ajuste de sus planes y programas municipales en materia de Desarrollo Urbano, lo anterior en los términos previstos en el artículo 115, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

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TÍTULO TERCERO ÓRGANOS DELIBERATIVOS Y AUXILIARES Capítulo Segundo Consejos Locales y Municipales de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Metropolitano ARTÍCULO 19. Para asegurar la consulta, opinión y deliberación de las políticas de ordenamiento territorial y planeación del Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano, conforme al sistema de planeación democrática del desarrollo nacional previsto en el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, conformarán los siguientes órganos auxiliares de participación ciudadana y conformación plural: III. Los consejos municipales de Desarrollo Urbano y vivienda de ser necesarios. TÍTULO CUARTO SISTEMA DE PLANEACIÓN DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO Capítulo Cuarto Programas Estatales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano ARTÍCULO 30. La legislación estatal de Desarrollo Urbano determinará la forma y procedimientos para que los sectores social y privado participen en la formulación, modificación, evaluación y vigilancia de los planes o programas de Desarrollo Urbano. En la aprobación y modificación de los planes o programas se deberá contemplar el siguiente procedimiento: I. La autoridad estatal o municipal competente dará aviso público del inicio del proceso de planeación y formulará el proyecto de plan o programa de Desarrollo Urbano o sus modificaciones, difundiéndolo ampliamente; II. Se establecerá un plazo y un calendario de audiencias públicas para que los interesados presenten en forma impresa en papel y en forma electrónica a través de sus sitios web, a las autoridades competentes, los planteamientos que consideren respecto del proyecto del plan o programa de Desarrollo Urbano o de sus modificaciones; III. Las respuestas a los planteamientos improcedentes y las modificaciones del proyecto deberán fundamentarse y estarán a consulta pública en las oficinas de la autoridad estatal o municipal correspondiente, en forma impresa en papel y en forma electrónica a través de sus sitios web, durante el plazo que establezca la legislación estatal, previamente a la aprobación del plan o programa de Desarrollo Urbano o de sus modificaciones, y IV. Cumplidas las formalidades para su aprobación, el plan o programa respectivo o sus modificaciones podrán ser expedidos por la autoridad competente y para su validez y obligatoriedad deberán ser publicados en el órgano de difusión oficial del gobierno del estado correspondiente. Además, la autoridad que lo expide procurará su amplia difusión pública a través de los medios que estime convenientes.

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Capítulo Séptimo Planes y Programas Municipales de Desarrollo Urbano ARTÍCULO 40. Los planes y programas municipales de Desarrollo Urbano señalarán las acciones específicas necesarias para la Conservación, Mejoramiento y Crecimiento de los Centros de Población, asimismo establecerán la Zonificación correspondiente. En caso de que el ayuntamiento expida el programa de Desarrollo Urbano del centro de población respectivo, dichas acciones específicas y la Zonificación aplicable se contendrán en este programa. ARTÍCULO 41. Las entidades federativas y los municipios promoverán la elaboración de programas parciales y polígonos de actuación que permitan llevar a cabo acciones específicas para el Crecimiento, Mejoramiento y Conservación de los Centros de Población, para la formación de conjuntos urbanos y barrios integrales. Dichos programas parciales serán regulados por la legislación estatal y podrán integrar los planteamientos sectoriales del Desarrollo Urbano, en materias tales como: centros históricos, Movilidad, medio ambiente, vivienda, agua y saneamiento, entre otras. ARTÍCULO 44. El ayuntamiento, una vez que apruebe el plan o programa de Desarrollo Urbano, y como requisito previo a su inscripción en el Registro Público de la Propiedad, deberá consultar a la autoridad competente de la entidad federativa de que se trate, sobre la apropiada congruencia, coordinación y ajuste de dicho instrumento con la planeación estatal y federal. La autoridad estatal tiene un plazo de noventa días hábiles para dar respuesta, contados a partir de que sea presentada la solicitud señalará con precisión si existe o no la congruencia y ajuste. Ante la omisión de respuesta opera la afirmativa ficta. En caso de no ser favorable, el dictamen deberá justificar de manera clara y expresa las recomendaciones que considere pertinentes para que el ayuntamiento efectúe las modificaciones correspondientes. TÍTULO QUINTO DE LAS REGULACIONES DE LA PROPIEDAD EN LOS CENTROS DE POBLACIÓN Capítulo Único De las regulaciones de la Propiedad en los Centros de Población ARTÍCULO 51. Los planes o programas municipales de Desarrollo Urbano señalarán las acciones específicas para la Conservación, Mejoramiento y Crecimiento de los Centros de Población y establecerán la Zonificación correspondiente. Igualmente deberán especificar los mecanismos que permitan la instrumentación de sus principales proyectos, tales como constitución de Reservas territoriales, creación de infraestructura, equipamiento, servicios, suelo servido, vivienda, espacios públicos, entre otros. En caso de que el ayuntamiento expida el programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población respectivo, dichas acciones específicas y la Zonificación aplicable se contendrán en este programa. ARTÍCULO 52. La legislación estatal en la materia señalará los requisitos y alcances de las acciones de Fundación, Conservación, Mejoramiento y Crecimiento de los Centros de Población, y establecerá las disposiciones para: I. La asignación de Usos del suelo y Destinos compatibles, promoviendo la mezcla de Usos del suelo mixtos, procurando integrar las zonas residenciales, comerciales y centros de trabajo, impidiendo la expansión física desordenada de los centros de población y la adecuada estructura vial;

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II. La formulación, aprobación y ejecución de los planes o programas de Desarrollo Urbano; ARTÍCULO 53. Para la ejecución de acciones de Mejoramiento y Conservación de los Centros de Población, además de las previsiones señaladas en el artículo anterior, la legislación estatal en la materia establecerá las disposiciones para: II. La formulación, aprobación y ejecución de programas parciales de Desarrollo Urbano; V. La preservación del Patrimonio Natural y Cultural, así como de la imagen urbana de los Centros de Población; ARTÍCULO 59. Corresponderá a los municipios formular, aprobar y administrar la Zonificación de los Centros de Población ubicados en su territorio. La Zonificación Secundaria se establecerá en los planes o programas municipales de Desarrollo Urbano de acuerdo a los criterios siguientes: I. En las Zonas de Conservación se regulará la mezcla de Usos del suelo y sus actividades, y II. En las zonas que no se determinen de Conservación: a) Se considerarán compatibles y, por lo tanto, no se podrá establecer una separación entre los Usos de suelo residenciales, comerciales y centros de trabajo, siempre y cuando éstos no amenacen la seguridad, salud y la integridad de las personas, o se rebasen la capacidad de los servicios de agua, drenaje y electricidad o la Movilidad; b) Se deberá permitir la Densificación en las edificaciones, siempre y cuando no se rebase la capacidad de los servicios de agua, drenaje y electricidad o la Movilidad.  

ARTÍCULO 60. La legislación local, en las materias objeto de esta Ley, establecerá los requisitos para las autorizaciones, licencias o permisos de uso del suelo, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones, condominios y para cualquier otra acción urbanística, en los siguientes términos: I. Los municipios deberán hacer públicos todos los requisitos en forma escrita y, cuando sea posible a través de tecnologías de la información; II. Deberá establecer el tiempo de respuesta máximo por parte de las autoridades a las diferentes solicitudes; III. Las respuestas a las solicitudes deben ser mediante acuerdo por escrito; IV. En los casos en que no proceda la autorización se deberá motivar y fundamentar en derecho las causas de la improcedencia en el acuerdo respectivo.

II.II.IV. Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente ARTÍCULO 1. Las disposiciones de la presente Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto garantizar un medio ambiente sano y saludable, para lo cual se hace necesario: regular la preservación y restauración del equilibrio ecológico, la protección al ambiente, agua, aire y suelo, promover el desarrollo sustentable y fijar las bases para establecer:

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I.- La concurrencia del Estado y sus Municipios en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección de los ecosistemas y del medio ambiente; II.- Los principios de la política ambiental estatal y la regulación de la forma y términos de su aplicación; III.- El ordenamiento ecológico de competencia del Estado y de los Municipios; IV.- La preservación y restauración del equilibrio ecológico y el mejoramiento del ambiente, de los ecosistemas y bienes del Estado; V.- La protección de las áreas naturales de la Entidad y el aprovechamiento sustentable de los elementos naturales, de manera que la obtención de beneficios económicos sea congruente con el equilibrio de los ecosistemas, observando lo que sobre el particular determinen, en el ámbito de su competencia, las autoridades federales; H. Congreso del Estado Unidad Técnica de Investigación Legislativa División de Documentación y Biblioteca Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Chihuahua Ley Nueva POE 2005.06.08/No.46 2 de 68. VI.- La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo, mediante la medición y evaluación de la calidad del medio ambiente; VII.- La coordinación entre las diversas dependencias y entidades de los gobiernos estatales y municipales; VIII.- La participación social en las materias que regula esta Ley. TÍTULO SEGUNDO DE LA CONCURRENCIA DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS Y DE LA GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO I COMPETENCIA DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS ARTÍCULO 6. Las atribuciones en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente, serán ejercidas por el gobierno del Estado y los municipios, de conformidad con la distribución de competencias, cuyas bases establece esta Ley. Son de competencia estatal los asuntos de alcance general en su territorio o de interés estatal y los que esta Ley le atribuye. ARTÍCULO 7.- Corresponden a los Estados, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades: I.- La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental estatal; II.- La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en la materia, así como la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente que se realice en bienes y zonas de jurisdicción estatal, en las materias que no estén expresamente atribuidas a la Federación; III.- La prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales, así como por fuentes móviles, que conforme a lo establecido en esta Ley no sean de competencia Federal; IV.- La regulación de actividades que no sean consideradas altamente riesgosas para el ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 de la presente Ley;

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V.- El establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas previstas en la legislación local, con la participación de los gobiernos municipales; VI.- La regulación de los sistemas de recolección, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos e industriales que no estén considerados como peligrosos de conformidad con lo dispuesto por el artículo 137 de la presente Ley; VII.- La prevención y el control de la contaminación generada por la emisión de ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores perjudiciales al equilibrio ecológico o al ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales, así como, en su caso, de fuentes móviles que conforme a lo establecido en esta Ley no sean de competencia Federal; VIII.- La regulación del aprovechamiento sustentable y la prevención y control de la contaminación de las aguas de jurisdicción estatal; así como de las aguas nacionales que tengan asignadas; IX.- La formulación, expedición y ejecución de los programas de ordenamiento ecológico del territorio a que se refiere el artículo 20 BIS 2 de esta Ley, con la participación de los municipios respectivos; X.- La prevención y el control de la contaminación generada por el aprovechamiento de las sustancias no reservadas a la Federación, que constituyan depósitos de naturaleza similar a los componentes de los terrenos, tales como rocas o productos de su descomposición que sólo puedan utilizarse para la fabricación de materiales para la construcción u ornamento de obras; XI.- La atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico o el ambiente de dos o más municipios; XII.- La participación en emergencias y contingencias ambientales, conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan; XIII.- La vigilancia del cumplimiento de las normas oficiales mexicanas expedidas por la Federación, en las materias y supuestos a que se refieren las fracciones III, VI y VII de este artículo; XIV.- La conducción de la política estatal de información y difusión en materia ambiental; XV.- La promoción de la participación de la sociedad en materia ambiental, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley; XVI.- La evaluación del impacto ambiental de las obras o actividades que no se encuentren expresamente reservadas a la Federación, por la presente Ley y, en su caso, la expedición de las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 BIS 2 de la presente Ley; XVII.- El ejercicio de las funciones que en materia de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente les transfiera la Federación, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de este ordenamiento; XVIII.- La formulación, ejecución y evaluación del programa estatal de protección al ambiente; XIX.- La emisión de recomendaciones a las autoridades competentes en materia ambiental, con el propósito de promover el cumplimiento de la legislación ambiental; XX.- La atención coordinada con la Federación de asuntos que afecten el equilibrio ecológico de dos o más Entidades Federativas, cuando así lo consideren conveniente las Entidades Federativas respectivas; Fracción reformada DOF 28-01-2011 XXI.- La formulación y ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, y Fracción adicionada DOF 28-01-2011 XXII.- La atención de los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente les conceda esta Ley u otros ordenamientos en concordancia con ella y que no

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estén otorgados expresamente a la Federación. Fracción recorrida DOF 28-01-2011 Artículo reformado DOF 13-12-1996 ARTÍCULO 8.- Corresponden a los Municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades: I.- La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental municipal; II.- La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en la materia y la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en las materias que no estén expresamente atribuidas a la Federación o a los Estados; III.- La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como de emisiones de contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles que no sean consideradas de jurisdicción federal, con la participación que de acuerdo con la legislación estatal corresponda al gobierno del estado; IV.- La aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de los efectos sobre el ambiente ocasionados por la generación, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos e industriales que no estén considerados como peligrosos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 137 de la presente Ley; V.- La creación y administración de zonas de preservación ecológica de los centros de población, parques urbanos, jardines públicos y demás áreas análogas previstas por la legislación local; VI.- La aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, radiaciones electromagnéticas y lumínica y olores perjudiciales para el equilibrio ecológico y el ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones que, en su caso, resulten aplicables a las fuentes móviles excepto las que conforme a esta Ley sean consideradas de jurisdicción federal; VII.- La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación de las aguas que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población, así como de las aguas nacionales que tengan asignadas, con la participación que conforme a la legislación local en la materia corresponda a los gobiernos de los estados; VIII.- La formulación y expedición de los programas de ordenamiento ecológico local del territorio a que se refiere el artículo 20 BIS 4 de esta Ley, en los términos en ella previstos, así como el control y la vigilancia del uso y cambio de uso del suelo, establecidos en dichos programas; IX.- La preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en los centros de población, en relación con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, tránsito y transporte locales, siempre y cuando no se trate de facultades otorgadas a la Federación o a los Estados en la presente Ley; X.- La participación en la atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico de dos o más municipios y que generen efectos ambientales en su circunscripción territorial; XI.- La participación en emergencias y contingencias ambientales conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan; XII.- La vigilancia del cumplimiento de las normas oficiales mexicanas expedidas por la Federación, en las materias y supuestos a que se refieren las fracciones III, IV, VI y VII de este artículo;

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XIII.- La formulación y conducción de la política municipal de información y difusión en materia ambiental; XIV.- La participación en la evaluación del impacto ambiental de obras o actividades de competencia estatal, cuando las mismas se realicen en el ámbito de su circunscripción territorial; XV.- La formulación, ejecución y evaluación del programa municipal de protección al ambiente; Fracción reformada DOF 28-01-2011 XVI.- La formulación y ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, y Fracción adicionada DOF 28-01-2011 XVII.- La atención de los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente les conceda esta Ley u otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente a la Federación o a los Estados. ARTÍCULO 9.- Corresponden al Gobierno del Distrito Federal, en materia de preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, conforme a las disposiciones legales que expida la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, las facultades a que se refieren los artículos 7o. y 8o. de esta Ley. II.III. ÁMBITO ESTATAL

II.III.I. Constitución Política del Estado de Chihuahua. Titulo Primero Del estado y su territorio. ARTÍCULO 1. El Estado de Chihuahua es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos. ARTÍCULO 2. El Estado es libre y soberano en lo que concierne a su régimen interior. ARTÍCULO 138. La ley en materia municipal determinará los ramos que sean de la competencia del gobierno municipal, la que será ejercida por los ayuntamientos en forma exclusiva: XI. En materia de desarrollo urbano: a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o el Estado elaboren proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios; d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; f) Otorgar licencias y permisos de construcciones; g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia; h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial, y i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales. En lo conducente y de conformidad con los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Federal, los municipios expedirán los reglamentos y disposiciones que fueren necesarios. [Artículo reformado y

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adicionado mediante Decreto No. 850-01 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 38 del 12 de mayo del 2001].

II.III.II. Ley de Planeación del Estado de Chihuahua. CAPÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 2. La planeación deberá llevarse a cabo como medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Gobierno del Estado y de los Gobiernos Municipales, sobre el desarrollo integral de la entidad, de acuerdo a los principios, fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua. ARTÍCULO 3. Para los efectos de esta Ley, se entiende por planeación del desarrollo, la ordenación racional y sistemática de las acciones de las diversas instancias de gobierno con la participación de los sectores social y privado, a fin de transformar la realidad socioeconómica de la entidad, y elevar la calidad de vida de su población. Mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades; se asignarán recursos, responsabilidades, tiempos de ejecución y se evaluarán resultados. ARTÍCULO 7. El Sistema Estatal de Planeación Democrática se plasmará en los siguientes documentos: I. A Nivel Estatal: a) El Plan Estatal de Desarrollo. b) Los Programas de Mediano Plazo: - Sectoriales - Regionales - Especiales - Institucionales c) Los Programas Operativos Anuales. d) El Convenio Único de Desarrollo. e) El Presupuesto de Egresos del Estado. f) Los Convenios de Coordinación entre el Sector Público y de concertación con los Sectores Social y Privado. II. A Nivel Municipal: a) Los Planes Municipales de Desarrollo. b) Los Programas Operativos Anuales. c) El Presupuesto de Egresos del Municipio. d) Los Convenios de Coordinación entre el Sector Público, y de concertación con los Sectores Social y Privado. CAPÍTULO TERCERO. PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA. ARTÍCULO 9. En el ámbito del Sistema Estatal de Planeación Democrática, tendrá lugar la participación y consulta de los diversos grupos sociales, con el propósito de que la población exprese sus opiniones para la elaboración, actualización, ejecución, control y evaluación del Plan Estatal de Desarrollo y de los Planes Municipales de Desarrollo y los demás programas a que se refiere esta Ley.

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CAPÍTULO SÉPTIMO. CONCERTACIÓN E INDUCCIÓN. ARTICULO 38. El Ejecutivo Estatal, las entidades de la Administración Pública Paraestatal y los Ayuntamientos, podrán concertar la realización de las acciones previstas en el Plan y los programas que se deriven de éste, con las representaciones de los grupos sociales o con los particulares e interesados.

II.III.III Ley de Desarrollo Urbano Sostenible del Estado de Chihuahua. TÍTULO SEGUNDO DE LAS AUTORIDADES Y ÓRGANOS AUXILIARES CAPÍTULO I DE LA CONCURRENCIA Y ATRIBUCIONES DE LAS AUTORIDADES ARTÍCULO 10. Corresponde a los Municipios, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones: I. Formular, aprobar, administrar, ejecutar y actualizar, en su caso, el Plan o Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial Sostenible y el de Centro de Población, y los que de éstos se deriven, en congruencia con el Plan o Programa Estatal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial Sostenible, y demás Planes o Programas Regionales y/o Subregionales de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial Sostenible, así como evaluar y vigilar su cumplimiento; II. Solicitar al Ejecutivo Estatal, previa aprobación o modificación de los Planes o Programas de Desarrollo Urbano Sostenible regulados por esta Ley, el dictamen de congruencia con el Plan o Programa Estatal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial Sostenible y vigilar la observancia de la misma en la instrumentación de dichos programas; III. Enviar al Ejecutivo del Estado para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, los Planes o Programas Municipales de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial Sostenible y los que de ellos se deriven, así como los reglamentos que expida en la materia; IV. Formular y administrar la zonificación prevista en los Planes o Programas de Desarrollo Urbano Sostenible, así como controlar y vigilar la utilización del suelo y el aprovechamiento del potencial urbano; V. Registrar mensualmente en el Sistema de Información Geográfica, las acciones diferenciadas de los tres órdenes de gobierno realizadas en cada centro de población, por secciones municipales, en cada colonia, por sector y su relación con los datos censales de población y vivienda, con el Programa Estatal de Ordenamiento Territorial (PEOT), con los índices prioritarios de desarrollo sostenible y con el Plan o Programa Estatal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial Sostenible. VI. Presentar, al final de cada ejercicio fiscal, a la Secretaría en SIG, el Informe Anual Municipal de Desarrollo Sostenible; VII. Integrar las recomendaciones en el Programa Operativo Anual del Municipio para el ejercicio fiscal subsiguiente, que se deriven del Dictamen del Informe Anual Municipal de Desarrollo Sostenible que le envíe el Congreso, con el fin de abatir el déficit de los índices de desarrollo sostenible; VIII. Solicitar al Ejecutivo del Estado que promueva ante la Legislatura local, la fundación de centros de población, de conformidad con las leyes aplicables;

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IX. Otorgar las licencias, autorizaciones, constancias, así como realizar la inspección y seguimiento correspondientes de: a) Ocupación, aprovechamiento y utilización del suelo público o privado; b) Explotación de bancos de materiales y depósito de escombro; c) Construcción, reparación, ampliación y demolición de obras que se ejecuten por cualquiera de los tres órdenes de gobierno o los particulares, tanto en zonas urbanas como rurales; d) Instalación de estructuras para telecomunicaciones, conducción o transmisión; e) Colocación de estructuras con fines publicitarios, nomenclatura urbana, informativos, vigilancia y cualesquiera otros ubicados en vía pública o propiedad privada. f) Lo relativo a la construcción y operación de los estacionamientos de las Tiendas Departamentales y Centros Comerciales, a efecto de que estos se ofrezcan de forma gratuita y cumplan con las normas técnicas que para tal efecto se expidan. X. Participar en el ordenamiento y regulación de las zonas conurbadas y/o metropolitanas, conforme a la Ley General de Asentamientos Humanos, esta Ley y los convenios de conurbación y metropolitanos respectivos; XI. Coordinarse y asociarse con el Estado y con otros Municipios de la Entidad, en las materias a las que se refiere esta Ley, así como participar en los convenios que con tales propósitos suscriban el Estado y la Federación; XII. Realizar, promover y concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado, a efecto de lograr el desarrollo sostenible de los centros de población, su conservación, mejoramiento y crecimiento, así como para la prestación y administración de los servicios públicos y la ejecución de obras de infraestructura y equipamiento urbano; XIII. Ejecutar por sí o en coordinación con las autoridades estatales, acciones para la prevención de riesgos y contingencias ambientales, naturales y urbanas en los centros de población; XIV. Promover la organización y recibir las opiniones de los grupos sociales que integren la comunidad, en la formulación, ejecución, evaluación y actualización de los instrumentos aplicables al desarrollo urbano sostenible, así como en sus modificaciones; XV. Participar en la constitución, manejo y administración de las reservas territoriales de los centros de población, en los términos de esta Ley y de los convenios de coordinación que se suscriban; XVI. Intervenir y coadyuvar en la regularización de la tenencia de la tierra de los asentamientos irregulares, así como en los procesos de incorporación al desarrollo urbano de tierras de origen ejidal, comunal, privado o provenientes del patrimonio de la Federación o del Estado, conforme a la legislación aplicable; XVII. Autorizar la localización, deslinde, ampliación y delimitación de las zonas de urbanización ejidal y su reserva de crecimiento, conforme a lo previsto en los Planes o Programas de Desarrollo Urbano Sostenible que corresponda y en esta Ley;

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XVIII. Participar en el mercado de los terrenos destinados al desarrollo urbano, aplicando en el ámbito de su competencia, las modalidades, limitaciones y estímulos a la propiedad urbana que señala esta Ley y demás ordenamientos en la materia; XIX. Participar en la ejecución de los planes, programas y acciones que lleven a cabo el Estado o la Federación, en los términos de esta Ley; XX. Crear y administrar los parques urbanos y demás áreas naturales protegidas, así como las zonas federales de su competencia, de conformidad con esta Ley, los Planes o Programas de Desarrollo Urbano Sostenible y demás disposiciones jurídicas aplicables; XXI. Diseñar y ejecutar planes, programas y acciones para: a) Proteger el patrimonio histórico, artístico, arquitectónico y cultural; b) Garantizar la seguridad, libre tránsito y fácil acceso a las personas con discapacidad c) Evitar el establecimiento de asentamientos humanos irregulares. XXII. Expedir los reglamentos y disposiciones administrativas para mejor proveer las funciones y servicios de su competencia, conforme a esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables; XXIII. Realizar inspecciones e imponer las sanciones y medidas de seguridad de su competencia en la materia; XXIV. Promover el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con el Título Octavo y los Planes o Programas Municipales de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial Sostenible; XXV. Fiscalizar los recursos públicos provenientes de la aplicación de instrumentos de gestión contenidos en el Título Séptimo de la presente Ley; XXVI. Resolver los recursos administrativos que, conforme a su competencia, le sean planteados, y XXVII. Las demás que le otorguen esta Ley y otras disposiciones jurídicas. TÍTULO TERCERO DE LA PLANEACIÓN TERRITORIAL, ORDENAMIENTO Y REGULACIÓN DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS CAPÍTULO IV DE LA FORMULACIÓN, APROBACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LOS PLANES O PROGRAMAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE SECCIÓN II DE LA MODIFICACIÓN DE LOS PLANES O PROGRAMAS ARTÍCULO 55. Para la modificación o actualización de los planes o programas a que se refiere esta Ley, se seguirá el mismo procedimiento que para su aprobación.

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Los Municipios del Estado podrán aprobar modificaciones menores a los planes o programas de su competencia, tales como cambio de uso del suelo a otro, siempre y cuando no sea de impacto significativo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 164 del presente ordenamiento, el cambio de la densidad e intensidad de su aprovechamiento o el cambio de la altura máxima de construcción permitida, siempre y cuando no se modifique el Límite del Centro de Población, no se altere la delimitación entre las áreas urbanizables y las no urbanizables, o se afecten las características de la estructura urbana prevista en el Plan o Programa de Desarrollo Urbano Sostenible de Centro de Población.

II.III.V Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Chihuahua. CAPÍTULO II INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA AMBIENTAL SECCIÓN II ORDENAMIENTO ECOLÓGICO ARTÍCULO 31. El ordenamiento ecológico es un instrumento de política ambiental que tiene por objeto definir y regular los usos de suelo, el aprovechamiento de los recursos naturales y las actividades productivas, para que sea compatible la conservación de la biodiversidad con el desarrollo regional, para lo cual se considerarán: I. Los planes de Desarrollo Urbano Estatal y Municipal; VI. El impacto ambiental en la realización de obras públicas y privadas, que impliquen el aprovechamiento de los recursos naturales o que pueden influir en la localización de las actividades productivas; VII. Las autorizaciones para la construcción y operación de plantas o establecimientos industriales, comerciales o de servicios, cuando ésta no sea de competencia federal; VIII. Los demás casos previstos en esta Ley y demás disposiciones legales relativas. ARTÍCULO 34. En la planeación y realización de acciones a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, conforme a sus respectivas esferas de competencia, que se relacionen con la promoción del desarrollo sustentable de la Entidad, se observarán los criterios ecológicos que establezcan esta Ley y demás disposiciones que de ella emanen. SECCIÓN IV REGULACIÓN AMBIENTAL DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS ARTÍCULO 36. La regulación ambiental de los asentamientos humanos consiste en el conjunto de normas, disposiciones y medidas de desarrollo urbano y vivienda que llevan a cabo los Gobierno Estatal y Municipales, para mantener, mejorar o restaurar el equilibrio de los asentamientos humanos con los elementos naturales y asegurar el mejoramiento de la calidad de vida de la población. ARTÍCULO 38. Los criterios específicos de regulación ambiental de los asentamientos humanos serán considerados en: I. La formulación y aplicación de las políticas locales de desarrollo urbano y vivienda;

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II. Los programas sectoriales de desarrollo urbano y vivienda que realice el Gobierno Estatal; III. Las normas de diseño, tecnología de construcción, uso y aprovechamiento de vivienda y en las de desarrollo urbano que expida la Secretaría; IV. La delimitación del crecimiento urbano mediante la creación de áreas verdes. II.IV. ÁMBITO MUNICIPAL

II.IV.I. Código Municipal para el Estado de Chihuahua. CAPÍTULO III, FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS. ARTÍCULO 28. Son facultades y obligaciones de los Ayuntamientos: I. Aprobar de acuerdo con las leyes en materia municipal expedidas por la Legislatura del Estado, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal. Los reglamentos aprobados por los Ayuntamientos deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado. II. Iniciar leyes y decretos ante el Congreso del Estado en asuntos de la competencia de la Administración Municipal y nombrar representante para que intervenga en la discusión de las iniciativas. XXV. Concurrir con los Gobiernos Estatal y Federal en: A) El proceso de planeación del desarrollo estatal y nacional, de acuerdo con lo que establezcan las leyes; B) El desarrollo de programas de vivienda y urbanismo; C) La previsión de necesidades de tierra para vivienda y desarrollo urbano; D) La ejecución de programas de regularización de tenencia del suelo urbano; E) La aplicación de normas y programas que se establezcan para la preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente; F) La ejecución de programas de abasto; G) En general, coordinarse conforme a las leyes, para la ejecución y operación de obras y la prestación de servicios públicos; TÍTULO SEXTO RÉGIMEN ADMINISTRATIVO CAPÍTULO I DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS MUNICIPALES

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ARTÍCULO 72. Son atribuciones del Director de Desarrollo Urbano Municipal, las siguientes: I. Proponer, coordinar y ejecutar las políticas del Municipio en materia de planeación y desarrollo urbano y realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a los asentamientos humanos; II. Controlar las reservas, usos y destinos de áreas y predios en los centros de población, así como vigilar que las acciones de urbanización se ajusten a las disposiciones previstas en los planes de desarrollo urbano; III. Administrar la zonificación prevista en los planes de desarrollo urbano correspondiente a su jurisdicción territorial; IV. Promover y realizar acciones para la conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población ubicados en el territorio municipal, de conformidad con los planes o programas de desarrollo urbano; V. Participar, en la ordenación y regulación de las zonas conurbadas que abarquen todo o parte de su territorio; VII. Revisar y dar trámite a las solicitudes de fusión, subdivisión, relotificación o fraccionamiento de terrenos y toda acción urbana en los centros de población. VIII. Fomentar la organización y participación ciudadana en la formulación, ejecución, evaluación y actualización de los planes o programas de desarrollo urbano. IX. Conceder las licencias correspondientes para el funcionamiento e instalación de industrias, comercios y otros establecimientos cuando interesen a la seguridad, salubridad y urbanismo públicos municipales. X. Proponer al Ayuntamiento la expedición de los reglamentos en materia de desarrollo urbano que sean necesarios para regular los procesos de mejoramiento, crecimiento y conservación de los centros de población ubicados en su territorio y, XI. Las demás que le otorguen las leyes, reglamentos y manuales de organización. CAPÍTULO II DE LOS ORGANOS DE COLABORACIÓN ARTÍCULO 85. Cada municipio podrá contar con un Consejo de Planeación Urbana Municipal, que se integrará con representantes de los sectores público, social y privado de la comunidad y servirá de auxiliar al Municipio en la planeación urbana. En los Municipios de más de setenta y cinco mil habitantes será obligatoria la existencia de este Consejo. ARTÍCULO 86. La directiva del Consejo se integrará por un Presidente que será nombrado por el propio Consejo de entre los representantes de los sectores social o privado de la comunidad, durará en el cargo cinco años, pudiendo ser reelecto; deberá ser experto en la materia, tendrá las atribuciones que este ordenamiento y demás le concedan, y un Secretario Técnico que será nombrado por el Presidente Municipal.

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El Presidente tendrá voto de calidad; el Secretario será el encargado de citar a las sesiones, levantar y autorizar, en unión del Presidente, en el libro destinado para el efecto, las actas de aquéllas y hacerse cargo de la correspondencia y el archivo. ARTÍCULO 87. El Presidente Municipal convocará a los grupos organizados de la comunidad para que integren el Consejo de Planeación Urbana Municipal, pudiendo estar integrado, si los hubiere en el Municipio, por: a) Un representante del Gobierno del Estado; b) Un representante del Gobierno Federal; c) Dos representantes de la Administración Municipal; d) Dos Regidores; e) Un representante de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación; f) Un representante del Centro Empresarial de Chihuahua; g) Un representante de la Cámara Nacional de Comercio; h) Un representante de la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción; i) Un representante de la Cámara de Propietarios de Bienes Raíces; y j) Los demás que el propio Consejo determine. ARTÍCULO 91.- El Consejo de Planeación Urbana Municipal, queda facultado para: I. Participar en la formulación de los planes municipales de desarrollo urbano y los planes directores urbanos; II. Estudiar, opinar y proponer al Municipio, lo que estime conveniente sobre pavimentación, apertura, clausura, nivelación, alineación, ensanchamiento, rectificación, alumbrado y embellecimiento de las vías públicas, plazas, parques y otros sitios de uso común; III. Intervenir en la proyección y recomendar al Municipio la apertura, construcción, ampliación y reparación de caminos públicos, líneas de agua potable y drenaje, acueductos, pozos, canales, estaciones de bombeo, edificios públicos, jardines, parques y centros deportivos y recreativos; IV. Formular y proponer al Municipio, los proyectos de financiamiento de las obras recomendadas y las bases de los empréstitos o contratos relativos o en su caso opinar sobre los que se le presentaren; V. Participar en la formulación y actualización del reglamento de construcciones; VI. Proponer la construcción de las obras necesarias para la protección de los centros urbanos contra inundaciones y otros siniestros, pudiendo pedir al Ayuntamiento que formule al Ejecutivo del Estado la solicitud de expropiación correspondiente y que ordene en su caso, el derrumbe de las construcciones que invaden el cauce de ríos y arroyos que pongan en peligro los intereses de los habitantes del Municipio; VII. Someter a la aprobación de los Ayuntamientos, proyectos de la reglamentación del servicio de limpia, recolección, aprovechamiento, transformación, relleno sanitario e incineración de basura; VIII. Recomendar al Ayuntamiento la presentación de iniciativa de Ley al Congreso del Estado, para que establezca contribuciones especiales con el fin de recaudar los fondos necesarios para la realización de una obra pública municipal;

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IX. Recomendar la realización de obras y la prestación de servicios que contribuyan al bienestar de los habitantes del Municipio; X. Designar cuando lo crea conveniente, comités especiales que den seguimiento a la ejecución de una obra determinada; XI. Promover la participación y colaboración de los vecinos del Municipio en las acciones gubernamentales de beneficio colectivo; XII .Realizar las demás atribuciones que les fijen las leyes y sus reglamentos.

II.IV.II. Reglamento de Desarrollo Urbano Sostenible del Municipio de Chihuahua

SECCIÓN SEGUNDA DE LOS ÓRGANOS AUXILIARES CAPÍTULO TERCERO DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE ARTICULO 26. Quienes pretendan realizar una modificación menor en los términos de los artículos 24 y 25 del presente Reglamento, deberán presentar una solicitud por escrito dirigida a la dirección, acreditar la propiedad del predio motivo de la modificación y adjuntar un documento técnico que justifique la acción solicitada y la información grafica que permita la correcta interpretación del tramite solicitado. Para efecto de conocer públicamente la propuesta de modificación al programa, en los Términos del Título Octavo de la Participación Social de la Ley, el Municipio notificará y requerirá un dictamen técnico al IMPLAN. En este procedimiento, escuchara las opiniones de las organizaciones de los vecinos del área de que se trate, en un plazo de sesenta días naturales contados a partir del requerimiento del dictamen técnico del IMPLAN .Así mismo notificará a través del tablero de avisos de la Presidencia Municipal y, cuando sea posible, de manera personal a Presidente de cada uno de los comités de vecinos que pudieran resultar afectados, para que en un plazo de 30 días naturales emitan su opinión. De no producirse estas opiniones en el plazo fijado, se entenderá que fueron emitidas en sentido positivo. Una vez aprobadas por el Ayuntamiento, las modificaciones deberán ser remitidas a la Secretaría General de Gobierno para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y al Registro Público de la Propiedad para su inscripción.

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 IMAGEN 2.‐ Ubicación del área de estudio. Fuente: Elaboración propia. 

III.I.II. Definición del área de aplicación

El presente estudio denominado Aeropuerto II, cuenta con el análisis de tres predios ubicados al sur de la ciudad en la calle Aeropuerto de Dubai en la colonia Aeropuerto, los predios cuentan con una superficie total de 3,688.054m2.

IMAGEN 3.‐Localización del área de aplicación. Fuente: Google maps.

Presenta las siguientes colindancias

Al Noreste con el Periférico Vicente Lombardo Toledano Al Sudeste con calle Aeropuerto de Dubai (antes calle 11ª) Al Sudoeste con propiedad privada Al Noroeste con propiedad privada.

Área de Estudio

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IMAGEN 4.‐ Área de estudio. Fuente: Elaboración propia. 

 

A continuación se describen físicamente los polígonos que conforman el área de aplicación. POLIGONO 1.- Lote 2 de la Manzana a No 182, ubicado en la calle 11ª en la colonia Aeropuerto. Con una superficie de 1,375.05 m2 con clave catastral 254-027-007. Superficie construida de en su totalidad, la cual es utilizada como almacenamiento de producto terminado (muebles de cocina).          

IMAGEN 5.‐ Polígono 1. Fuente: Registro Público de la Propiedad 

     

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POLIGONO 2.- Lote 2 de la Manzana a No 182, ubicado en la calle 11ª en la colonia Aeropuerto. Con una superficie de 1,095.00m2 con clave catastral 254-027-002. Superficie construida de 337.50m2 en donde se encuentra el área de producción. El área que no está construida es utilizada como área de carga y descarga de materias primas y producto terminado.   

      IMAGEN 6.‐ Polígono 2. Fuente: Registro Público de la Propiedad. 

 

 

 

POLIGONO 3.- Lote 3 de la Manzana a No 182, ubicado en la calle 11ª en la colonia Aeropuerto. Con una superficie de 1,218.00m2 con clave catastral 254-027-010. Superficie construida en su totalidad, se encuentran ubicadas el área administrativa (oficinas) y parte del área de trabajo.

 

     

  

 IMAGEN 7.‐ Polígono 3. Fuente: Registro Público de la Propiedad 

  

     

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Los predios antes señalados son propiedad de la persona moral denominada AG Muebles y Cocinas S.A. de C.V. empresa constituida mediante escritura pública Volumen 663 Numero 33,349 con fecha del 11 de Diciembre del 2007. La empresa AG Muebles y Cocinas, S.A. de C.V. se especializa en la fabricación de muebles de cocina y muebles de madera, el proceso de fabricación de los muebles es de corte de las piezas de madera, lijado y cepillado de la misma , pintado de la madera y armado y acabado final. Para cumplir con este proceso se cuenta con las áreas de almacenamiento de materia prima, área de cepillado, área de corte, área de lijado, área de armado y área de almacenamiento de producto terminado. III.II. CONTEXTO DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO URBANO SOCIAL Y ECONÓMICO DEL MUNICIPIO.

III.II.I. Ámbito Regional.  El Municipio de Chihuahua, es uno de los 67 que integran el estado del mismo nombre, y cuya cabecera municipal es a la vez la capital del estado y la segunda ciudad más poblada.1

Con una población de 809,232 habitantes, El área de la ciudad es de 782.89 km² y su población económicamente activa asciende a cerca de 348 mil personas, las cuales representa el 40.5% de la población total. La Población Ocupada asciende a 330,701 personas, las cuales se encuentran distribuidas por sector de la siguiente manera: Primario (1.5%), Secundario (34%) y Terciario (64.3%).2

La Comunicación regional más relevante es hacia Ciudad Delicias a 84 kilómetros al sureste. También es paso obligado para la conexión Delicias-Ojinaga.

III.II.II. Ámbito urbano

La ciudad ha tenido un crecimiento importante durante la última década llegando el 2007 a contar con un área urbana que alcanza una cobertura de 20,937 has.

Su carácter de ciudad capital, su desarrollo económico e industrial, ha generado una migración de las poblaciones rurales hacia esta, este proceso ha incidido en el crecimiento de la población, la diversificación de las actividades económicas, la ocupación de mayores superficies de suelo y la dinámica constante de crecimiento, se manifiesta en una modificación sustancial del entorno original.

A pesar del creciente progreso, la ciudad se encuentra inmersa en los procesos disolutorios de la urbanización periférica. Las políticas aplicadas hasta ahora han llevado en gran medida a procesos masivos de zonificación y privatización, buscando trasladar los problemas de mantenimiento, mejora y consolidación a los propios ciudadanos. Esto ha conducido a situaciones de insolvencia colectiva que impiden resolver por sí mismos la problemática generada.

                                                            1Fuente: Datos generales Municipio de Chihuahua (www.municipiodechihuahua.gob.mx).

2Fuente: XIII Censo General de Población y Vivienda (INEGI). 

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Las actuales demandas de la población van más allá de aquellas que se limitan a la cobertura de necesidades acumuladas, por urgentes que estas sean.

La ciudad ha tenido un crecimiento principalmente hacia el poniente y norte de la ciudad. Sin embargo con respecto al sur de la ciudad se ha concentrado áreas de servicio y comercio local así como áreas de equipamiento tanto de salud como de deporte.

III.II.III. Ámbito de influencia

Desde el Plan De Desarrollo de 1982 se prevén el suelo y las infraestructuras necesarias para hacer de Chihuahua un polo atractivo a inversionistas de la manufactura, lo que ha permitido la generación de parques y reservas industriales con grandes superficies de suelo. A Enero de 2008 existían 509 hectáreas disponibles, de las cuales 85 están urbanizadas y 424 sin urbanizar.3 Lo concerniente a micro-oficios, este tipo de empresas fabrican a pequeña escala bienes que no requieren mucho personal o grandes instalaciones. Pueden estar situados en zonas habitacionales y de servicios, siempre que se asegure la tranquilidad, seguridad y salud de los habitantes de la zona, en particular de los predios contiguos. Es decir, son actividades que se pueden desarrollar en una zona con uso de suelo mixto, sin ninguna afectación al entorno habitacional y comercial de la misma. Los resultados del índice de densidad de empleo señalan una concentración de éste en el centro y en el área concentradora de actividades al noreste de la Ciudad, que además disminuye en función de la distancia a estos lugares. El empleo manufacturero no tiene un patrón de localización central ya que se localiza hacia los extremo de la Ciudad sobre las principales arterias que comunican la Ciudad de sur a norte con el fin de dar accesibilidad a la entrada de insumos y la salida de productos terminados que se dirigen al mercado de Estados Unidos. El empleo de comercio y servicios tiene la mayor densidad en el centro histórico y a lo largo de las principales vialidades que cruzan la Ciudad de norte a sur y de poniente a oriente. El Municipio enfrenta importantes desafíos como: aminorar la dependencia hacia el desempeño económico de Estados Unidos, generar la oferta necesaria de empleos (principalmente para egresados de carreras profesionales y técnicas), competir en la atracción de inversiones con diversos países (principalmente China y Centro y Sudamérica) y otras regiones de México, brindar el soporte urbano necesario para alentar el crecimiento y desarrollo económico del Municipio y mejorar las condiciones de vida de la población. Por tal motivo la formalidad de los negocios en mayor o menor escala provocara un crecimiento y atracción de inversionistas al Municipio de Chihuahua. III.III. RÉGIMEN DE TENENCIA DE LA TIERRA.

Cuentan con los siguientes datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad.

                                                            3Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. 4ª Actualización.  

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Lote No. 2 de la Manzana No. 182, con una superficie de 1,375.05 m2 con clave catastral 254-027-007, lote 2 de la Manzana a No 182, con una superficie de 1,095.00m2 con clave catastral 254-027-002 y lote 3 de la Manzana a No 182, con una superficie de 1,218.00m2 y clave catastral 254-027-010 son propiedad de AG Muebles y Cocinas, Sociedad Anónima de Capital Variable mediante escritura pública Volumen 288 Escritura Numero 10,982 y Registrado bajo el Numero 122 Folio 123 del Libro Numero 328, Numero 13 Folio 124 del Libro 328 y Numero 124 Folio 125 del Libro Numero 328 Ante el Registro Público de la Propiedad. III.IV. ESTRUCTURA URBANA  Se entiende por estructura urbana al conjunto de elementos en base a los cuales ocurre el funcionamiento de la ciudad, donde intervienen elementos físicos construidos, naturales y factores socioeconómicos que condicionan el crecimiento y evolución de la ciudad. Entendida como la configuración general de la Ciudad, la estructura urbana es uno de los puntos determinantes de la organización espacial. La estructura urbana está relacionada con el crecimiento y la evolución de la urbe. Durante la década de los noventas tiene lugar un periodo de impulso al desarrollo de vivienda social generalmente asociada a las fuentes de trabajo industrial ya establecidas, el entorno urbano se diversifica con la construcción de grandes proyectos de equipamiento urbano pero sin contemplar la complementariedad entre usos de suelo. Las zonas proyectadas al desarrollo son el norte y el poniente y se realizan esfuerzos respecto a la consolidación de la zona sur de la Ciudad mediante la construcción de obras viales tales como la vialidad Ch-P, el Perif. Francisco R. Aldama y el Perif. Vicente Lombardo Toledano.4 

III.IV. I. Estructura Primaria

Está formada por una estructura primaria o soportante, es la generadora y encauzadora del crecimiento y está compuesta por el centro urbano, subcentro urbano, centro barrial y centro vecinal, zonas homogéneas, vialidad primaria, espacios abiertos. En este caso, el predio se localiza dentro del subcentro Sur y su área de influencia, las vialidades que conforman la estructura en el área de estudio son los corredores urbanos Lombardo Toledano y Juan Pablo II. La ciudad está compuesta por el centro urbano, y tres subcentros, ubicados de manera uniforme, uno en el norte, otro más al sur oriente y el tercero al sur poniente y considerando en conjunto su área de influencia, dan cobertura casi a la totalidad del área urbana. El predio a analizar se encuentra ubicado dentro del área de influencia del subcentro suroriente, según lo establece el Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua en su plano de estructura urbana.

                                                            4PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. 4ª Actualización. 

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IMAGEN 8.‐ Subcentros y su área de influencia. Fuente: PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. 

Se aprovecha la conectividad de la zona por el fácil acceso y salida de la ciudad por las vialidades principales. Se ubican las instalaciones la Central de Autobuses Foráneos dentro del subcentro, y con el nuevo sistema de Transporte Público la terminal sur localizada sobre el Blvd. Juan Pablo II, hace más fácil el acceso a los servicios de equipamiento antes mencionado.

III.IV.II. Zonas Homogéneas

Cabe mencionar que el desarrollo de la Ciudad se ha visto fuertemente influenciado por el impulso de su estructura vial, misma que provoca actividad comercial cuyo auge es inminente; además la facilidad de comunicación a largas distancias facilita el desarrollo habitacional. Este fenómeno se ha dado con anterioridad en la Ciudad como lo son los casos del Boulevard Ortiz Mena, el Periférico de la Juventud, y la ampliación del corredor de la Avenida Tecnológico, entre otros cuyo detonante de crecimiento urbano ha sido consolidado, sin embargo existen otros casos donde la estructura vial no ha tenido el mismo efecto (presentándose el fenómeno de que la mayoría de estas vialidades se encuentran en el sur de la Ciudad) como el Boulevard Juan Pablo II, y el Periférico R. Almada.5 Zona Habitacional.-Conformado por diferentes zonas habitacionales con densidades de H-35, H-45 y H-60 así como uso de suelo Mixto Suburbano como es el caso de la colonia Aeropuerto. Industrial.- Se localiza dentro del área de estudio la empresa MASISA antes Paneles Ponderosa industria de alto impacto, colindando al área de estudio está ubicada la zona industrial denominada Robinson y el condómino industrial ALMACENES Juan Pablo II, donde se encuentran concentradas

                                                            5PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. 4ª Actualización. 

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empresas comerciales como son EMMSA, SABAMEX, etc. Al noreste del área de estudio por la Av. Juan Pablo II se encuentra ubicada en complejo Industrial INTERMEX AEROPUERTO.      

 

IMAGEN 9.‐ Localización de áreas industriales en el área urbana Fuente: IMPLAN 

 

Zona Comercio y Servicios.- En las vialidades de primer orden como son el Periférico Vicente Lombardo Toledano y Av. Juan Pablo II, son principales núcleos de actividades comerciales y de servicios, donde acogen diferentes giros comerciales. Estas vialidades adoptan negocios que dan servicio a la región, en la Av. Juan Pablo II se encuentra ubicada la Central de Abastos de Chihuahua. Cercano al área de estudio está ubicada la vialidad Fuentes Mares en la cual se encuentran ubicadas varias plazas comerciales donde están establecidos locales dando servicio a los residentes de las colonias colindantes. Equipamiento.-En los últimos años han un crecimiento en cuanto al desarrollo de equipamiento urbano, ya que se han creado espacios para recreación y deporte como es la Unidad Deportiva Sur y el Estadio Monumental de Béisbol. En cuanto a equipamiento de salud, en el año 2014 se inauguraron las instalaciones del Hospital Infantil de Especialidades del Estado, el cual da servicios a todo el estado, ya que presenta mayores servicios por las instalaciones modernas y los equipos de alta tecnología, así como el Centro de Rehabilitación Infantil Teletón.

Área de estudio  

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III.V. ORGANIZACIÓN ESPACIAL La ciudad debe funcionar como un sistema cuya finalidad debe ser la de dotar de la mejor calidad de vida a sus habitantes, con el menor impacto medioambiental posible.

El objetivo concreto debe ser que el derecho a disfrutar de la ciudad debe ser igual para todos sus habitantes; el diseño urbano debe fomentar la cohesión social el consumo de energía empleada directamente en el transporte y en la infraestructuras necesarias para hacerlo posible sea mínimo. Al igual que el impacto ambiental y paisajismo de las infraestructuras de comunicación.

III.V.I. Núcleos de actividad

El área de estudio se localiza en el sur oriente de la ciudad, donde los núcleos de actividad y atractores con mayor concentración se encuentran localizados en la Av. Juan Pablo II, Periférico Vicente Lombardo Toledano y calle Palestina

III.V.II. Núcleos de desarrollo

Otros núcleos atractores de actividad son los equipamientos de salud que existen en la zona, los más relevantes son de cobertura regional, este tipo de equipamientos generan un gran número de viajes, todos ellos desde sitios lejanos, inclusive muchos de ellos de fuera de la ciudad. Dentro de los núcleos de desarrollo se encuentran ubicados en la zona, la Central de Autobuses y Aeropuerto Internacional General Roberto Fierro V.

III.V.III. Corredores urbanos

En el área de estudio el corredor urbano constituido por el Blvd. Juan Pablo II, en el que se desarrollan actividades comerciales y de industria que conllevan a actividades importantes que se desarrollan en la vialidad. En este caso es el sector de comercio y servicios de mayor presencia la zona. III.VI. ANÁLISIS SOCIAL Y ECONÓMICO

III.VI.I. Valor del Suelo

Existen distintos valores del suelo en el área urbana en contraste, las zonas de bajo valor catastral presentan grandes superficies homogéneas al sur y oriente de la Ciudad, otras cercanas al centro.  

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IMAGEN 10.‐Valor del suelo por zona. Fuente: PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua 

Los valores del suelo en la zona urbana de la ciudad de Chihuahua están determinados por diversos factores que inciden sobre el valor de la tierra como son: buena topografía, tipo de suelo, servicios, infraestructura etc., teniendo como consecuencia la asignación del valor a la tierra. En el área urbana existen varios valores catastrales, las zonas de más bajo valor catastral ($12.00 a $250.00 m.n.) se encuentran ubicadas al sur y oriente de la ciudad.

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IMAGEN 11.‐ Valor de suelo PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua 4ª actualización. 

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III.VI.II. Análisis poblacional.

Los factores socioeconómicos son de importancia fundamental en el planeación urbana, ya que definen de manera sustantiva el perfil y la problemática de la zona de estudio.

Según el Censo de Población de 2010, la población del estado de Chihuahua es de: 3 406 465 habitantes, lo cual le da el 11° lugar entre las los estados de México por población. La tasa de crecimiento anual para la entidad durante el período 2005-2010 fue del 1.0%. La edad promedio de la población es de 25 años.

La población de Chihuahua se encuentra repartida de forma muy dispar en el territorio, siendo uno de los estados con menor densidad poblacional: 12 habitantes por kilómetro cuadrado, de los 3 241 444 habitantes, casi dos terceras partes, 2 072 129, habitan únicamente en los municipios de Juárez y Chihuahua.6

La ciudad de Chihuahua constituye el centro principal de influencia a nivel estatal por su diversidad de actividades y por ser la capital del estado.

Cuenta con un total de 304 localidades siendo la de mayor población Chihuahua en segundo lugar el Sauz y en tercero San Isidro (Los Hoyos).

El municipio de Chihuahua cuanta con una población de 819,543 habitantes representa el 24.1% de la población del estado. El Conteo de Población y Vivienda 2010 del INEGI indica los siguientes datos sobre la población en la ciudad de Chihuahua.7(IMAGEN 10)

La relación hombres-mujeres es del 11.4 esto quiere decir que hay 111 hombres por cada 100 mujeres. La población cuenta con una edad media de 22 años y por cada 100 personas en edad productiva (15 a 64 años) hay 70 en edad de dependencia (menores de 15 años o mayores de 64).8

 

IMAGEN 12.‐ Pirámide de edad para el municipio de Chihuahua. Fuente: INEGI 2010 

                                                            6 Dinámica demográfica Chihuahua, CONAPO.  7 Panorama Sociodemografico de Chihuahua. INEGI Censo General de Población y Vivienda 2010. 8Panorama Sociodemografico de Chihuahua. INEGI Censo General de Población y Vivienda 2010. 

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En cuanto a natalicio las mujeres entre 15 y 19 años han tenido en promedio 0.2 hijos nacidos vivos mientras que este promedio es de 2.7 % para las mujeres de 45 y 49 años.

 

  

IMAGEN 13.‐ Índices de natalidad. Fuente: INEGI 2010 

 En mortalidad infantil se registran 2 fallecimientos por cada 100 hijos nacidos entre mujeres de 15 a 19 años y entre mujeres de 45 a 49 años el porcentaje es de 4 fallecimientos.

  

IMAGEN 14.‐Indices de natalidad. Fuente: INEGI 2010 

  En cuanto a densidad de población se tiene un 97.8 % de hab/km2, La densidad de población dentro de la mancha urbana está mayormente concentrada al norte y en una menor escala, sin dejar de ser representativa, dispersa a todo lo largo de la parte céntrica de la Ciudad. En las zonas más densas vive la gente de menor poder adquisitivo. Por lo tanto en el noreste, el sureste presentan un mayor número de población que vive en condiciones de pobreza, y al contrario, en la zona suroeste (Periférico de la Juventud) y el centro oeste se encuentra una población de nivel socio-económico medio-alto y alto. En el área de estudio se cuenta con 14 AGEBS (Áreas Geo-Estadísticas Básicas) las cuales cuentan con 534 manzanas, sumando una población total de 13,220 habitantes de acuerdo a la información por AGEB del Censo 2010.

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 CAMBIO DE USO DE SUELO Predio Aeropuerto II 

42  

        

    

    

  

  

IMAGEN 15.‐Areas geoestadísticas básicas (AGEBS) del área de estudio. Fuente: Mapa digital INEGI 2010. 

  

  

              

TABLA 1.‐Población dentro del área de estudio (agebs). Fuente: Elaboración propia. 

 

 

 

 

No AGEBPOBLACION 

TOTAL

POBLACION 

MASCULINA

POLBACION 

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1 2039 2535 1232 1303

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3 2062 259 132 127

4 2077 169 99 70

5 2081 334 158 176

6 2109 380 194 186

7 2113 213 108 105

8 2170 613 353 260

9 4961 1513 731 782

10 4976 1379 693 686

11 7326 781 407 374

12 7646 1137 573 564

13 4650 2298 1119 1179

14 8127 780 386 394

13220 hab.

 *FUENTE: CENSO DE POBLACION Y VIVIENDA 2010, MAPA DIGITAL, INEGI. 

TOTAL AREA DE ESTUDIO.

POBLACION TOTAL POR AGEBS

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 CAMBIO DE USO DE SUELO Predio Aeropuerto II 

43  

En cuanto al sector salud se tiene que el 81% de la población del municipio tiene derecho a servicio médico, esto quiere decir que de 100 personas, 81 tienen derecho servicios médicos de alguna institución pública o privada. Solo el 51 % tiene derecho a servicio médico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

 

IMAGEN 16.‐Datos de servicio médico. Fuente: INEGI 2010 

 

Dentro del área de estudio la población que cuenta con servicios social tanto de IMSS o ISSTE es de 10,742 habitantes.

 TABLA 2‐ Población dentro del área de estudio (AGEBS) que cuentan con servicio social. Fuente: Elaboración propia. 

Referente a la escolaridad, a nivel estatal el índice es de 10.36 años, a nivel municipal de 10.42 años, en cuanto al índice de alfabetismo de 15 a 24 años de edad es del 98.4% y de 25 años y mas es de 97.7% en cuanto a asistencia escolar el más alto porcentaje es de niños de 6 a 11 años con un 97.5%.

AGEB TOTAL

2039 2091

2058 623

2062 187

2077 115

2081 265

2109 288

2113 173

2170 419

4961 1284

4976 1090

7326 594

7646 958

4650 2016

8127 639

 *FUENTE: CENSO DE POBLACION Y VIVIENDA 2010, MAPA DIGITAL, INE

POBLACION CON SERVICIO SOCIAL

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 CAMBIO DE USO DE SUELO Predio Aeropuerto II 

44  

En nivel medio se tiene un 22.7% y nivel superior de 26.5% formando un 53.1% de 15 años y más. 9

 

TABLA 3‐ Grados de escolaridad del área de estudio. (AGEBS). Fuente:  Elaboración propia. 

III.VI.III. Análisis de Actividades.

 El Municipio de Chihuahua se caracteriza por tener una importante dinámica económica impulsada principalmente por la industria, particularmente la industria maquiladora de exportación y un conjunto de empresas industriales nacionales; así como por el sector comercio y servicios, el cual en los últimos 10 años ha cobrado más importancia.

A la fecha los principales sectores económicos del Municipio son el automotriz y auto partes, electrónica y telecomunicaciones, metalmecánica, aeroespacial y comercio y servicios. Asimismo se ha perfilado al Municipio hacia el alcance de sectores económicos.

Algunos de los factores que han hecho del Municipio un destino atractivo para las inversiones han sido: la cercanía con Estados Unidos, una fuerte actividad promocional, vías de acceso de calidad, mano de obra calificada, centros de educación de primer nivel y una alta calidad de vida reconocida nacional e internacionalmente. De acuerdo a diversas instituciones y organizaciones Chihuahua ocupa los primeros lugares en competitividad, calidad de vida y destino de inversiones.10 El empleo formal en el Municipio representa el 58% de la Población Económicamente Activa. Del total de los empleos formales en el Municipio el 0.6% representa el sector primario, el 43.6%el sector secundario, el 51.5% el terciario y 4.3% de otros grupos.

 

   

                                                            9Panorama Sociodemografico de Chihuahua. INEGI Censo General de Población y Vivienda 2010. 

10Plan de  Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua 4ª Actualización.  

AGEB PROMEDIO MASCULINA FEMENINA

2039 10.94 10.9 10.98

2058 9.52 9.43 9.61

2062 9.65 9.58 9.71

2077 9.14 9.14 9.15

2081 11.17 11.22 11.13

2109 8.61 8.77 8.46

2113 10.46 10.41 10.52

2170 8.63 8.32 9.05

4961 10.31 10.27 10.36

4976 8.99 8.95 9.02

7326 10.1 10.14 10.05

7646 10.44 10.18 10.69

4650 11.95 11.87 12.02

8127 10.13 10.11 10.14

 *FUENTE: CENSO DE POBLACION Y VIVIENDA 2010, MAPA DIGITAL, INEGI. 

GRADO DE ESCOLARIDAD

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 CAMBIO DE USO DE SUELO Predio Aeropuerto II 

46  

 

 

                            

 

IMAGEN 19.‐ Déficit de empleo. PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. 

  

     

       

 

 

TABLA 4.‐ Población económica  dentro del área de estudio. Fuente: Elaboración propia 

III.VII. MEDIO NATURAL

III.VII.I. Clima

El clima del Municipio es el típico de la meseta, árido extremoso o de estepa, esto debido a que se encuentra localizado en una de las regiones semiáridas del país. Las temperaturas extremas que se registran van de 39.0 C en verano a los -7.4 C en invierno, la temperatura más alta de que se tenga registro se produjo en 2008 con 47.5 C y la más baja en 2011con -27 °C.

AGEB ACTIVA INACTIVA

2039 1126 849

2058 336 298

2062 99 115

2077 68 66

2081 161 120

2109 152 145

2113 93 78

2170 121 242

4961 667 535

4976 594 546

7326 359 183

7646 510 245

4650 1066 539

8127 338 183

 *FUENTE: CENSO DE POBLACION Y VIVIENDA 2010, MAPA DIGITAL, INEG

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DE SUELO Predio 

47 

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 CAMBIO DE USO DE SUELO Predio Aeropuerto II 

48  

cerros y lomeríos que al oriente, sur y occidente bordean al emplazamiento urbano. Sobrepasando este entorno, hacia el sureste las pendientes oscilan entre el 0 y 2%. La topografía de la zona sur es apta para el desarrollo, contiene ligeras ondulaciones, en general los rangos de pendientes que se identificaron en la colonia Aeropuerto son los siguientes: pendientes planas del 0 a 2 % y pendientes suaves del 2 a 5%.

0 a 2 %.- En este tipo de pendientes se debe tener especial cuidado en nivelación de tierras y

obras hidráulicas de avenidas ya que son clasificadas como aptas para el desarrollo urbano pero con riesgo de inundación.

2 a 5%.- Se identificó en zonas casi planas en las inmediaciones de la zona urbana. Generalmente no presentan dificultad para el desarrollo urbano sobre todo para el tendido de redes de drenaje, se consideran aptas para el desarrollo urbano.

Así mismo existen áreas donde las pendientes van de muy fuertes (30% a mayor) a moderadas

(12%), un área ubicada desde el cerro Grande al Cerro Coronel.

 

 

IMAGEN 20.‐ Carta Topográfica y Pendientes del Terreno. Fuente: PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. 

 

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 CAMBIO DE USO DE SUELO Predio Aeropuerto II 

49  

III.VI.III. Hidrología

En el aspecto hidrográfico, Chihuahua se localiza en una de las regiones con pocos cuerpos de agua, de los cuales destacan tres presas: Chuvíscar (azolvada actualmente); Rejón y Chihuahua.

Las corrientes de agua más sobresalientes son los ríos Chuvíscar y Sacramento, los 2 ríos y 22 arroyos de la Ciudad suman una longitud de 191 kilómetros, de los cuales el cauce de 108 kilómetros se encuentra sin revestir, y destacan cerca de 4 kilómetros lineales.12  

La Ciudad de Chihuahua se abastece en un 99% de agua subterránea, agua que proviene o se extrae de 6 acuíferos aledaños a la misma.

Con datos del Plan Sectorial de Aguas Pluviales en la Ciudad de Chihuahua, en el área de estudio en el aspecto hidrográfico, se encuentran ubicados el arroyo La Concordia, el cual nace al Sur de la ciudad, cerca de los terrenos de mantenimiento de FERROMEX, con una longitud de 5.117 kms aproximadamente, la llegada al Río Chuvíscar, es mediante una lámina de agua repartida entre las calles que baja a las tierras de cultivo aledañas al río.

 

IMAGEN 21.‐ Escurrimiento del arroyo la concordia colindante con las vías de FFCC. Fuente: Elaboración propia

 

IMAGEN 22.‐ Escurrimientos del arroyo La Concordia, área de aplicación. 

                                                            12 Plan Sectorial de Aguas Pluviales en la ciudad de Chihuahua.  

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 CAMBIO DE USO DE SUELO Predio Aeropuerto II 

50  

III.VI.IV. Composición del suelo.

La Ciudad de Chihuahua queda fuera de la zona mesosísmica, fundamentado por los registros históricos y los datos de aceleración del terreno, siendo así que la Ciudad de Chihuahua se encuentra en la zona que no ha reportado sismos importantes por lo menos en los últimos 80 años. La Ciudad de Chihuahua tampoco se encuentra en el área de los volcanes activos de México, ni existen manifestaciones de flujos de lodo recientes en los alrededores de la Ciudad.13

En el área de estudio se encontraron 2 clases de roca; ígnea extrusiva y sedimentaria. Los suelos que se encuentran comúnmente en las zonas áridas presentan un contenido moderado de materia orgánica y ligeramente arcilla. Así como un suelo de tipo aluvial, el cual son debido a los escurrimientos pluviales de la zona.

Existen depósitos derivados de la erosión de las rocas preexistentes, transportados por corrientes fluviales menores y energía eólica, que se acumulan hacia las partes bajas de las sierras, en la zona del valle. Compuesto principalmente por arcillas y arenas.

III.VI.V. Vegetación

La vegetación típica del Municipio está representada primordialmente por pastizales naturales originados por la interacción del clima, del suelo y la fauna de la región; pastos de género Boutelouasp., combinados con manchones de matorral subinerme se distribuyen sobre lomeríos de pendiente variable hacia el noroeste, oeste, suroeste y sur del área de estudio. En menor cuantía se encontró el pastizal inducido, localizado hacia el sur, y sureste de la Ciudad.14 La flora la constituyen plantas xerófilas, herbáceas, arbustos de diferentes tamaños entremezclados con algunas especies de yucas y cactáceas, leguminosas como el huizache, guamúchil, quiebre hacha, zacates, bonete, hojosas y chaparral espinoso. En el área de estudio la vegetación se encuentra dentro de los predios baldíos, y en las viviendas de la zona cuentan con árboles de la región como, moras, lilas, pinos, etc.

IMAGEN 23.‐ Vegetación de la zona. Fuente: Elaboración propia. 

                                                            13Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua. Diagnostico. 

14Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua. Diagnostico. 

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 CAMBIO DE USO DE SUELO Predio Aeropuerto II 

51  

III.VIII. MEDIO FISICO El suelo es uno de los subcomponentes más importantes del desarrollo urbano, pues es soporte físico de todos los elementos de la Ciudad. De su buena administración y suficiente oferta depende en buena medida un asentamiento humano armónico y ordenado. La integración de las diferentes zonas del área urbana, se busca a través de fomentar una dosificación equilibrada en los usos, con el fin de evitar la tendencia actual de agrupar las funciones lo que obliga a los habitantes de realizar largos desplazamientos para dirigirse a centros de trabajo o de educación. La ciudad está compuesta por el centro urbano, y tres subcentros, ubicados de manera uniforme, uno en el norte, otro más al suroriente y el tercero al surponiente y considerando en conjunto su área de influencia, dan cobertura casi a la totalidad del área urbana.

IMAGEN 24.‐ Subcentros. Fuente: PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua.

 

Los predios analizados, se encuentran ubicados dentro del área de influencia del subcentro suroriente, según lo establece el Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua. El subcentro suroriente es un gran concentrador de actividades y detonante económico esto por el potencial de sus nodos de comunicación y de equipamiento. Es un subcentro especializado en la distribución de bienes y personas, lo cual le confiere sus altas posibilidades de conectividad con el exterior.

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 CAMBIO DE USO DE SUELO Predio Aeropuerto II 

52  

III.VIII.I. Uso de vivienda

La vivienda conforma la base del núcleo familiar. Como un satisfactor básico para el bienestar de la población, la vivienda proporciona, por un lado, la protección del medio ambiente y, por otro, los servicios indispensables para alcanzar las condiciones de higiene y comodidad para el adecuado desarrollo familiar. En tal sentido, la vivienda trasciende la dimensión material y se convierte en una demanda social fundamental.15 El uso de suelo habitacional dentro del área de estudio según la zonificación secundaria del Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua señala varias densidades.

Medias (13 a 25 y 26 a 35 viviendas por hectárea): En el cual existe una mezcla de actividades económicas de los habitantes dividida entre el sector secundario y terciario.

Alta (36 a 45 y de 46 a 60 viviendas por hectárea): Este uso de suelo se encuentra contigua a polos industriales principalmente al norte y oriente de la ciudad.

Mixtos (suburbano I y suburbano II): Uso de suelo compatible zonas en donde predomina la actividad microindustria y de almacenamiento en conjunto con usos habitacional con densidad variable entre 25 a 45 viv/ha para uso suburbano I y en usos suburbano II, una densidad de 4 a 35 viv/ha con corredores de usos comerciales y de servicios.

Como se ha mencionado anteriormente las colonias y fraccionamientos que encuentran dentro del área de estudio son Aeropuerto, La Concordia, Robinson Sector IV, Ampliación Arturo Gamiz, Los Nogales, Los Naranjos, Acequias de Tabalaopa, Quintas Juan Pablo, Los Girasoles, El Torreón y Las Acacias. Dentro del área de estudio se tiene un porcentaje de viviendas habitadas del 74.98%, el promedio de ocupación por vivienda es de 3.52 habitantes por vivienda, según datos del Censo de Población y Vivienda 2010.               

TABLA 6.‐ Datos de vivienda habitadas y deshabitadas en el área de estudio. Fuente: INEGi 2010. 

                                                            15Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua. Diagnostico. 

AGEB TOTALES HABITADAS DESAHBITADAS

2039 808 705 86

2058 309 220 36

2062 139 68 9

2077 93 44 10

2081 164 85 26

2109 151 102 18

2113 132 63 21

2170 188 142 36

4961 505 438 56

4976 441 389 32

7326 317 227 68

7646 437 337 64

4650 1033 707 236

8127 299 234 44

 *FUENTE: CENSO DE POBLACION Y VIVIENDA 2010, MAPA DIGITAL, INEGI. 

VIVIENDA

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 CAMBIO DE USO DE SUELO Predio Aeropuerto II 

53  

                

TABLA 7.‐ Promedio de ocupación por vivienda. Fuente: INEGI 2010. 

     

      

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IMAGEN 25.‐ Tipo de vivienda ubicada en el área de estudio. Fuente: elaboración propia. 

 

Dentro de la ciudad, las viviendas particulares que disponen de agua de la red pública son 222,833, un 93.98% de la ciudad, las que disponen de energía eléctrica son un poco más con 95.98% viviendas y

AGEBTOTAL DE 

HOGARESPOBLACION

PROMEDIO 

OCUPACION

2039 808 2472 3.61

2058 309 817 3.78

2062 139 259 3.81

2077 93 169 3.84

2081 164 301 3.58

2109 151 331 3.41

2113 132 213 3.38

2170 188 430 3.44

4961 505 1495 3.46

4976 441 1370 3.55

7326 317 772 3.45

7646 437 1125 3.38

4650 1033 2292 3.25

8127 299 771 3.34

 *FUENTE: CENSO DE POBLACION Y VIVIENDA 2010, MAPA DIGITAL, INEGI. 

OCUPACION POR VIVIENDA

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 CAMBIO DE USO DE SUELO Predio Aeropuerto II 

54  

las que disponen de drenaje son 95.25% de viviendas. En cuestiones constructivas las viviendas particulares que disponen de piso diferente al de tierra son 94.82%. 16

En el área de estudio la existencia de servicios básicos en vialidades primarias como es la infraestructura hidrosanitaria, telefónica, transporte urbano, alumbrado público y equipamiento urbano se encuentra cubierto al 100%.

En base al Censo de Población y Vivienda 2010 con relación a los servicios de las viviendas ubicadas en el área de estudio se tiene un 67.3% de viviendas con el servicio de energía eléctrica, 72.88% de viviendas que cuentan con agua potable y un 72.76% con drenaje sanitario.

                  

 

TABLA 8.‐Datos de los servicios de vivienda en el área de estudio. Fuente: INEGI 2010. 

III.VIII.II. Uso de Comercio y Servicio

En la ciudad la zona más importante de comercio y servicios es el centro de la ciudad, partiendo de esa zona existen corredores urbanos de comercio y servicios ubicados en las vialidades primarias, y algunas secundarias, de la ciudad. Dentro de los corredores que se encuentran cercanos al área de estudio y dentro del mismo son: 1.-El corredor del Blvd. Fuentes Mares 2. El corredor del Blvd. Juan Pablo II 3. El corredor del Periférico Vicente LombardoToledano Sobre las vialidades Av. Nueva España, Av. Fuentes Mares, se encuentran ubicadas las áreas comerciales más concentradoras del área de estudio, las plazas comerciales dan servicio a las

                                                            16Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua. Diagnostico. 

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CON AGUA 

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2062 139 68 67 67

2077 93 44 43 44

2081 164 84 84 84

2109 151 96 96 96

2113 132 63 63 62

2170 188 123 113 115

4961 505 431 430 429

4976 441 385 383 382

7326 317 223 224 224

7646 437 333 333 332

4650 1033 705 705 705

8127 299 231 231 230

 *FUENTE: CENSO DE POBLACION Y VIVIENDA 2010, MAPA DIGITAL, INEGI. 

SERVICIOS EN LA VIVIENDA

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colonias aledañas. Existen tiendas de autoservicio importantes sobre estas vialidades como son Alsuper, Wal-Mart y Smart, creando un área comercial importante en la zona sur de la ciudad.  

 

 

 

 

 

 

IMAGEN 26.‐ Comercio en la zona. Fuente: Elaboración propia. 

Cercano al área de estudio ubicada sobre el Blvd. Juan Pablo II se encuentra ubicada la central de abastos de la ciudad de Chihuahua, la cual es el principal mercado de mayoristas y minoristas de productos de consumo especialistas en abarrotes, víveres, frutas, legumbres, flores, hortalizas, aves, cárnicos, pescados, mariscos y follaje. En general, dentro del área de estudio el comercio y servicio es relacionado con su ubicación en vialidades primarias y algunas secundarias. Sobre la Av. Palestina, el uso de suelo comercial es representado por tiendas de conveniencia, papelerías, mercerías, talleres, ferreterías, refaccionarias y dentro de las colonias se presentan tiendas de barrio las cuales dan servicio a los habitantes de dicha zona.  

            

IMAGEN 27‐ Central de abastos. Fuente: Elaboración propia. 

III.VIII.III. Uso Industrial

Con base en datos de la Secretaría de Economía Federal, de enero a septiembre de 2014, México registró15, 310 millones de dólares (mdd) por concepto de Inversión Extranjera Directa (IED). El Estado de Chihuahua recibió un total de 692.7 mdd, lo que representa el 4.5% del total nacional, además de ocupar el 4° lugar.

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Chihuahua es uno de los estados líderes en el desarrollo industrial de México. La base industrial se sustenta tanto en industrias tradicionales como de mediana y alta tecnología. Entre las industrias tradicionales más importantes se encuentran los clusters de industrial textil y confección; la industria forestal del mueble y el de materiales de construcción

La industria aeroespacial ha presentado un elevado crecimiento en los últimos años; la demanda de partes, servicios de mantenimiento, componentes y aeronaves continuará muy fuerte a corto, mediano y largo plazo en el mercado mundial. Chihuahua es un polo atractivo a inversionistas de la manufactura, lo que ha permitido la generación de parques y reservas industriales con grandes superficies de suelo.

En el uso de suelo industrial localizado en el área de estudio se encuentran ubicadas varias empresas manufactureras, en las cuales se generan diferentes productos, la gran mayoría dentro de un parque industrial. Colindando al área de estudio se encuentra ubicada la zona industrial denominada Robinson, ubicada sobre le Blvd. Juan Pablo II en la cercana a la infraestructura ferroviaria, aquí se encuentra ubicadas varias empresas entre ellas SABAMEX, (Semillas Agrícolas, Balanceadas de México, S.A. de C.V.) empresa dedicada a la fabricación de alimento para consumo animal. Sobre la misma vialidad está ubicada la empresa MASISA, antes Paneles Ponderosa.

Cercana al área de aplicación se encuentran las empresas, Interceramic donde realizan la fabricación de pisos y azulejos, ubicada sobre la Av. Pacheco. Beechecraf, ubicada en la Av. Juan Pablo II y Av. Pacheco. Dicha empresa se encarga de manufactura aeroespacial rama que como se menciona anteriormente ha tenido un auge importante en los últimos años en esta ciudad.

Sobre la Av. Pacheco se encuentra ubicado las empresas PYMSA, S.A. DE C.V. la cual se dedica a la fabricación de puertas y maderas, y Kalisch el cual es un punto de recolección de material de fierro y acero para su reutilización.

En la zona sur este de la ciudad se encuentran ubicados dos parque s industriales: Parque Industrial Intermex Aeropuerto y Parque Industrial Chihuahua Sur este último se encuentra ubicado al oriente de la ciudad en la Av. Tabalaopa, así mismo en la Av. Juan Pablo II y Av. Camino Real se encuentra ubicado el parque Intermex Aeropuerto.

           

IMAGEN 28.‐Industria en la zona. Fuente: Elaboración propia. 

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IMAGEN 29.‐Industria en la zona. Fuente: Elaboración propia. 

En la colonia Aeropuerto se detectó la existencia de microindustria, principalmente de servicios de talleres, servicios de soldadura, compra y venta de chatarra, venta de material para construcción, depósitos de maquinaria, disposición de material para reciclaje, entre otros.

  

IMAGEN 30.‐Industria dentro de la colonia Aeropuerto. Fuente: Elaboración propia. 

III.VIII.IV. Uso Equipamiento

Se entiende equipamiento urbano como el conjunto de inmuebles, instalaciones, construcciones y mobiliario utilizado para prestar a la población los servicios urbanos públicos o privados ya sea de salud, recreación y deporte, educación, cultura, comunicaciones, comercio y abasto, asistencia social, transporte y administración pública.

 

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Salud

En cuanto a equipamiento de salud dentro del área de estudio, se encuentra el Hospital Infantil de Especialidades del Estado ubicado en la Av. Carlos Pacheco. Existen también dispensarios en las colonias así como consultorios médicos, los cuales dan servicio a la población.

Los hospitales más cercanos al área de estudio son el Hospital Central Universitario el cual da servicio a las personas inscritas al Seguro Popular y Hospital General ”Dr. Salvador Zubiran A.” ubicado al nororiente del área de estudio sobre la Calle Rosales de la Colonia Obrera y la Av. Teófilo Borunda y Av. Colon, respectivamente.

El 26 de Noviembre del año 2006 fue inaugurado el Centro de Rehabilitación Infantil Teletón (CRIT) el cual se encuentra ubicado dentro del área de estudio y ofrece servicios a la población municipal así como a la estatal. 

             

 

IMAGEN 31.‐ Hospital infantil de especialidades. Fuente: Elaboración propia. 

Educación

El equipamiento de educación en la zona sur y sur oriente de la ciudad son pocas la instituciones educativas de nivel superior, en el área de estudio se encuentra la Escuela de Servicio Social del Estado ubicada en la colonia Lealtad I, así mismo existen a nivel medio el CBETIS 122. Dentro del área de estudio se encuentra ubicada el nivel medio el CETIS 86 ubicado sobre la Av. Palestina.  

 

 

 

 

 

 

IMAGEN 32.‐Educación nivel medio en la zona, CETIS 86. Fuente: Elaboración propia. 

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Así mismo cerca del área de estudio, sobre la carretera a Cd. Aldama donde antes eran las instalaciones de las ferias de Santa Rita, se habilito para crear la Universidad Tecnológica Campus Sur, la cual ha ayudado a complementar la falta de instituciones de educación superior; cabe destacar que dicha universidad prepara a sus alumnos en carreras técnicas, lo cual ha ayudado al impulso de la ciudad en materia de mano de obra calificada para las empresas maquiladoras que se han establecido en la ciudad.

En cuanto a nivel básico se refiere, identifican escuelas de preescolar y primaria en cada una de las colonias cubriendo la necesidad de la población. Por mencionar algunas se encuentran las escuelas Francisco González Bocanegra, Fernando Montes de Oca y en secundarias sobre el Blvd. Juan Pablo II se encuentra la telesecundaria 6117 y en el periférico Lombardo Toledano esta la escuela Secundaria estatal 3049.

Por lo anterior se identifica que en la zona sur de la ciudad, tiene carencia en cuanto a educación media y superior, ya que con las que se cuenta, es insuficiente para el número de habitantes que tiene esta zona. 

 

 

 

 

 

 

IMAGEN 33.‐Escuelas nivel básico en el área de estudio. Fuente: Elaboración propia. 

Recreación y Deporte.

En equipamiento de recreación y deporte, en la zona sur de la ciudad se ubica la Unidad Deportiva Sur, con una extensión de 55 hectáreas es un complejo deportivo y de esparcimiento para personas de todas las edades; cuenta con instalaciones de campos de futbol profesional, futbol infantil, pista de arcilla, parque acuático así como el Estadio Monumental de Béisbol.

En cuanto a recreación se refiere en el año 2013 se construyeron las nuevas instalaciones para las Ferias de Santa Rita y EXPOGAN; eventos que son tradición en la ciudad, en una superficie de 40 hectáreas, ubicado en la colindancia oriente del área de estudio. Dichas instalaciones a pesar de no encontrarse dentro del área de estudio, son de nivel regional y le proporcionan servicio a la población municipal. 

 

 

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III.VIII.VI. Estructura Vial.

El sistema vial de la ciudad está definido por una centralidad aparentemente superada del centro urbano antiguo de la misma, partiendo de este punto buen número de las principales arterias de la ciudad. Hacia las zonas internas, no periféricas, se da un sistema circulatorio que contribuye a la movilidad desde las zonas habitacionales a las zonas de destino o atracción. En el centro de población existe un incompleto y rebasado sistema vial periférico, conformado al poniente por la Avenida de la Juventud “Luis Donaldo Colosio”. Al sur por el periférico Francisco R. Almada. Al oriente por el periférico Lombardo Toledano y la Avenida Juan Pablo II. En el área urbana actualmente destina un 42% del espacio urbano para la circulación vehicular en cambio para la circulación peatonal solo se destina el 1.5% de la superficie. En la Ciudad se realizan alrededor de 2 millones de viajes al día, de los cuales el 61.3% se realiza en automóvil particular, el 21.3% a pie, 14.4% en autobús urbano, 2.1%en autobús de personal y el 0.9% restante en otros medios de transporte.18 

 

En el área de estudio se identifican vialidades principales, las cuales conectan a la ciudad con las diferentes zonas de la misma, entre ellas; Periférico Lombardo Toledano, Blvd. Juan Pablo II y Av. Palestina. Dichas vialidades son las que determinan la comunicación e integración con el resto de la ciudad.   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 IMAGEN 36.‐Estructura vial. Fuente: PDU 2040 el centro de Población Chihuahua. 

Blvd. Juan Pablo II (33-33´).- Sesión de vialidad actual de 35.00m a 40.00m, cuenta con dos calzadas de10.70m y 11.40 de ancho para acomodar tres carriles de circulación por sentido, separadas por un camellón central.

                                                            18Plan Sectorial de Movilidad Urbana  2040 del Centro de Población Chihuahua, vigente 

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 IMAGEN 37.‐Estructura vial Blvd. Juan Pablo II Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. 

Periférico Lombardo Toledano (70-70´).- Sesión de vialidad actual de 22.00m, cuenta con dos calzadas de 7.00m de ancho para acomodar dos carriles de circulación por sentido.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IMAGEN 38.‐Estructura vial Periférico Lombardo Toledano. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. 

 

Av. Palestina (39-39´).- cuenta con dos secciones de la calle Corral de Piedra a la calles Alfonso Navarro la sección es de 19.00m con un arroyo de 14.00m para albergar 4 vehículos dos por ambos sentidos. Y la sección de la calle Alfonso Navarro al Periférico Lombardo Toledano, cuenta con una sección de 24 con camellón central de 4.00m y vialidades de 7.50m para dos vehículos por sentido.

 

 

 

 

 

 

 

 

IMAGEN 39.‐Estructura vial Av. Palestina. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua 

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El Plan Sectorial de Movilidad Urbana Sustentable de la ciudad de Chihuahua presenta un inventario sobre el estado físico de la valides dentro de la ciudad.  

 

 

 

 

 

TABLA 9.‐Deterioros en vialidades. Fuente: Plan Sectorial de Movilidad Urbana. 

Las vialidades primarias señaladas anteriormente en base al inventario de PSMUS de la ciudad de Chihuahua, presentan la siguiente condición física:

Periférico Lombardo Toledano; 48% de superficie en condición física buena, 35% regular y un 17% malo en su 14.92 km que lo conforman.

Blvd. Juan Pablo II; la conforman 11.4 km de longitud, con una superficie de 50% en buen estado, 40% en estado regular y un 10% en condición física malo.

Av. Palestina; una distancia total de 4.54 km cuenta con un 77% de pavimento en buen estado contra un 1% de pavimento con deterioro, la vialidad está construida en su totalidad de asfalto.

Dentro del área de estudio se encuentran ubicadas las vías del FFCC, el cual también colindan con una de las áreas de aplicación, la estructura ferroviaria de la ciudad se divide en dos ejes denominado norte-sur (Ciudad Juárez – México D.F.) y otro surponiente-nororiente (Cuauhtémoc – Ojinaga). El Sistema Ferroviario en el eje norte-sur, ayuda a las zonas industriales del área de estudio ya que del transporte de materias primas es más rápido y eficiente que el uso de carreteras. Hacia el sur, por este mismo eje ferroviario, el derecho de vía ofrece la posibilidad de articular flujos urbanos no motorizados desde el tramo de la Avenida Escudero / Teófilo Borunda, hasta el Blvd. Juan Pablo II. De hecho, actualmente la vía ya es empleada de esta manera, solo que en condiciones de total improvisación e inseguridad por parte de los usuarios, que en su mayoría, son residentes de las zonas habitacionales del entorno. La calle de terracería denominada colindando con las vías del FFCC se denomina vialidad Ch-P Ojinaga con una sección variable de terracería. En dicha vialidad se encuentran ubicadas torres de alta tención de la CFE.

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IMAGEN 40.‐Estructura vial vialidad CH‐P Ojinaga. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. 

III.VIII.VII. Transporte Público

En la ciudad de Chihuahua en el año 2013 inicio el funcionamiento el Sistema de Transporte Público denominado VIVEBUS, el cual cuenta con una ruta troncal se compone de 20.4 kilómetros de construcción de Norte a Sur, por las avenidas Tecnológico, Vallarta, Ocampo y Blvd. José Fuentes Mares, pasando por el perímetro del primer cuadro de la ciudad.

Cuenta con dos terminales ubicadas al norte en la Av. Homero y al sur en el Blvd. Juan Pablo II, la troncal ha generado un corredor con estaciones que lo integran, así mismo se han integrado 59 rutas alimentadoras que trasladarán desde las diferentes latitudes de la ciudad al público usuario de las colonias, a las terminales Sur y Norte de la ruta troncal.

La zona sur de la ciudad la población es la que genera mayor utilización del transporte público, por el número de rutas alimentadoras existentes así por la ubicación de la terminal sur, la cual se encuentra sobre el Blvd. Juan Pablo II con fácil acceso a las zonas de equipamiento, comerciales, y centros de trabajo de la zona sur.  

En el área de estudio dan servicios 3 rutas alimentadoras y dos rutas convencionales:

 

 

 

Desde la implementación del nuevo sistema de transporte la eficiencia del mismo no ha sido el más adecuado ya que se han tenido serios problemas con las rutas alimentadoras y con los concesionarios. Lo cual ha afectado principalmente a los usuarios que día a día sortean toda clase de situaciones como la falta de camiones en las rutas alimentadoras y la saturación del sistema en horas pico.

III.VIII.VIII. Infraestructura agua potable

Existen dos fuentes principales que se usan para abastecer las necesidades de la comunidad y la industria y se definen como aguas superficiales y aguas subterráneas. Los arroyos, manantiales,

RA‐20 AEROPUERTO JARDINES DE ORIENTE

 *FUENTE: GOBIERNO DEL ESTADO. DIRECCION DE TRANSPORTE 

RC‐20 CONCORDIA CENTRO

RUTAS DE TRANSPORTE PUBLICO. 

RA‐21 AEROPUERTO PUNTA ORIENTE

RA‐23 AEROPEURTO SIERRA AZUL DIRECTO /INVERSO

RC‐09 CIRCUNVALACION 2 TERMINAL SUR‐GLORIETA

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lagos, presas y ríos son las fuentes de aguas superficiales que aquí en la ciudad de Chihuahua están reducidas a su mínima expresión, desde que la presa Chihuahua dejó de abastecer parte de la demanda de la ciudad. Las fuentes subterráneas son todos aquellos pozos de los que se bombea el agua para abastecer la demanda de la comunidad. La cantidad de pozos en operación en la Ciudad en el año 1998 fluctuaban entre 69 y 98; en 2005, esa cifra aumentó y se cuentan 119 pozos (122 según correcciones) activos y ocho que dejaron de operar; lo que significa que se abrieron entre 25 y 54 pozos más, en un período de siete años, esto agudiza el problema de la sobreexplotación de los acuíferos e ilustra una carencia en la planeación sostenible de la ciudad.19

Del gran numero de servicios que demanda la ciudad, el más prioritario es del agua potable, por lo que el sistema de abastecimiento debe ser seguro y menor costo de inversión construcción y operación. El agua extraída de los pozos se distribuye en 58 tanques de almacenamiento, de allí pasa a 18 estaciones que se encargan de bombearla a las 245 mil tomas domiciliarias de la Ciudad. La cantidad promedio de consumo que se tiene en las localidades urbanas del estado de Chihuahua de 310 lts/hab/día, cantidad que se puede reducir si se cuida y evita el derroche y mejora la eficiencia en la operación de los organismo que prestan el servicio. En el área de estudio existen los pozos la Concordia, California, Aeropuerto I, Aeropuerto2, Robinson 1 y 3, y 3 tanques de almacenamiento denominados; Girasoles 1 y 2 y California. Sobre la Av. Palestina se encuentra ubicada una línea de diámetro de 20-42 pulgadas, dicha línea da servicio al área de estudio en conjunto con los pozos y tanques antes señalados.  

  

 

 

 

 

 

 

 

IMAGEN 41.‐Infraestructura de agua potable dentro del área de estudio. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua.  

                                                            19Junta Central de Agua y Saneamiento. Manejo del Recurso Hídrico Municipal. 

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III.VIII.IX. Infraestructura de Drenaje Sanitario

El alcantarillado sanitario es un indicador de la calidad de vida de los habitantes, el Estado de Chihuahua cuenta con una infraestructura del 84.3 %, lo que permite la recolección de aguas negras en los principales centros urbanos. Los drenajes sanitarios se diseñan para trasladar las aguas residuales municipales desde las casas y establecimientos comerciales. Con el pretratamiento apropiado, las aguas residuales industriales también pueden ser descargadas dentro del sistema de drenaje sanitario.

En la ciudad, 1,457 viviendas habitadas (0.71%) no cuentan con el servicio, y de los que disponen, todavía 4% son conectados a una fosa séptica, barranca o grieta, 3,062 personas no cuentan con mueble sanitario.20

La cobertura del alcantarillado en la zona, se realiza a través de la red de atarjeas existentes en las áreas urbanizadas.

Dentro del área de estudio existen líneas colectoras de drenajes sanitarios de diámetros de 18, 15 y 42 pulgadas las cuales le dan servicio a la zona.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IMAGEN 42.‐ Infraestructura de drenaje sanitario en el área de estudio. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. 

III.VIII.X. Infraestructura de Agua Tratada

La mayor parte del agua usada en una comunidad termina en el drenaje. Entre el 5 y el 10% del agua se pierde en el riego de jardines, lavado de carros y otros consumos similares.

                                                            20Junta Central de Agua y Saneamiento. Manejo del Recurso Hídrico Municipal 

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La importancia de la recolección y tratamiento de aguas residuales que se generan en las ciudades, radica en que previene la insalubridad, la contaminación de las fuentes de abastecimiento y la alteración del equilibrio ecológico de los ríos, arroyos, lagunas, así como del subsuelo. Existen dos plantas de tratamiento en la ciudad, la planta norte y la planta del sur. La planta de tratamiento Norte tiene una capacidad total de tratamiento de 1200 LPS nominal (con un procesamiento promedio actual de 400LPS). La planta Sur, recientemente construida tiene una capacidad nominal de 2,500 LPS (y un procesamiento promedio actual de 1,500 LPS). La distribución del agua tratada no trabaja a su entera capacidad debido a la falta de mayor cobertura de la “Red Morada”, que cuenta con una extensión que asciende a 143 Km., situación que nos deja ver claramente que es difícil llegar a suministrar a una mayor cantidad de usuarios sin una expansión de la red. 21 En la zona sur se encuentra la planta de tratamiento de agua residual, ubicada al noreste del área de estudio sobre el Blvd. Juan Pablo II, en dicha planta se sigue el proceso de lodos activados, con una capacidad instalada de l/s de 2500 y un caudal tratado de 430 l/s el cual inicio sus operaciones en el año 2005. Sobre el Blvd. Juan Pablo II se encuentra ubicada una línea de 8” de diámetro, siendo la línea principal proveniente de la Planta de tratamiento de Agua Residual Sur, la cual se dirige principalmente para alimentar el área de equipamiento de la Deportiva Sur ubicada en la Av. Fuentes Mares y Blvd. Juan Pablo II, atravesando el área de estudio.  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IMAGEN 43.‐ Líneas de agua tratada en el área de estudio. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. 

                                                            21Consejo Consultivo del Agua, A.C. 

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III.VIII.XI. Infraestructura de Energía Eléctrica.

La planta generadora más cercana a Chihuahua es la planta de ciclo combinado “Planta Generadora Chihuahua II, El Encino”, que cuenta con una capacidad de 619 MW que se encuentra a 20 kilómetros de la Ciudad sobre la carretera a Ciudad Delicias.22 Un indicador relevante dentro del uso de energía, es el consumo de energía eléctrica per cápita, indicador en el cual la ciudad de Chihuahua tiene un valor de 3.02 megawatts/hora per cápita. La subestación eléctrica más cercana al área de estudio se encuentra ubicada en el predio Avalos, del cual se deprende una línea de transmisión eléctrica de 115 Kva sobre la Av. Fuentes Mares para después incorporarse a la Av. Pacheco. Por medio de dicha línea sería factible la interconexión, donde la CFE definirá lo necesario para proveer el servicio de energía eléctrica al proyecto que plantea

este documento de planeación. 

                   

IMAGEN 44.‐Lineas de agua tratada en el área de estudio. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. 

III.IX. RIESGOS Y VULNERABILIDAD En los últimos tiempos en México los fenómenos naturales han causado daños en infraestructuras y vidas humanas. Por lo que se han realizado esfuerzos en el país para garantizar la seguridad de los ciudadanos y sus bienes, tendencia en la que el municipio de Chihuahua no ha sido la excepción.

Dichas medidas sin embargo no implican la generación de planes de contingencia y atención de desastres, sino que ha requerido de la identificación de los diferentes riesgos existentes.

                                                            22PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua, Diagnostico. 

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Estos riesgos se clasifican en: riesgos naturales (hidrometeorológicos y geológicos) y riesgos antropogénicos.

III.IX.I. Riesgos Geológicos. 

El municipio de Chihuahua está localizado en una zona en la que no ha habido actividad sísmica de relevancia en los últimos 80 años. Aunado a esto, no existe una cantidad relevante de edificaciones con altura superior a los tres niveles y la mayoría de los edificios que se encuentran en estas circunstancias no tienen la suficiente edad como para considerar que sus estructuras estén ya debilitadas. Bajo estos criterios, se considera que en el municipio de Chihuahua el riesgo derivado de sismicidad es muy bajo. Las laderas inestables son aquellas en las que existen factores como una pendiente mayor de 30°, ausencia de vegetación o infiltración de agua, entre otros. Las laderas en estas condiciones son propicias para que se presenten derrumbes (también conocidos como caídos o desgajamientos), deslizamientos (también conocidos como deslaves), y flujos de material.

Se observaron algunos flujos en el cerro El Coronel. Sin embargo, las condiciones pluviales en el territorio municipal de Chihuahua no condicionan en forma importante la generación de este fenómeno en particular.23                             

IMAGEN 45.‐Riesgos de deslizamiento. Fuente: atlas de riesgos, cartografía digital. 

 

En cuanto a fallas cercanas al área de estudio de encuentra la falla Sacramento El Puerto II y la zona de deslizamiento de la falla La Feria, (ubicada en el cerro el coronel).

                                                            23Atlas de riesgos Municipio de Chihuahua 2015 Riesgo Geológicos. Municipium 

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III.IX.II. Riesgos Hidrometeorológicos. 

La gerencia Estatal de la Comisión Nacional del Agua es la administradora de la estación meteorológica Universidad, la cual informa sobre los cambios climáticos, que se pueden presentar en la ciudad.

Los problemas que se presentan con los riesgos hidro-meteorológicos son inundación, granizo, heladas, nevadas, sequías, desertificación, vientos, tormentas eléctricas y temperaturas extremas.

En el territorio municipal los cambios de temperaturas pueden llegar a ser tan drásticos que en un periodo de tiempo corto pueden oscilar de entre -3ºC y 38ºC, lo que puede generar afectaciones significativas en la salud de la población. La mayor parte del territorio municipal está catalogado como de peligro medio y alto debido a las temperaturas extremas. En la región sur poniente, no obstante, el peligro está identificado como muy alto.

Las heladas que ocurren en Chihuahua aparecen repentinamente durante los meses de noviembre a febrero y son provocadas por masas de aire frío que se desplazan cerca de la superficie del terreno. Las heladas provocan pérdidas en las actividades agrícolas, pero también son peligrosas porque comprometen la salud e incluso la vida de personas de grupos vulnerables.

Cuando la lluvia es abundante y supera ciertos límites, que para el caso de la zona donde se ubica el municipio de Chihuahua es de 117 mm/día, se considera que se trata de lluvias extremas.24

La zona sur y sur oriente de la ciudad, es la más afectada en caso de lluvias esto debido a la topografía del lugar, los asentamientos irregulares en zonas de riesgo, y la existencia de varios arroyos y afluentes. Así mismo la falta de estructura hidráulica o en caso la existencia de la misma pero con capacidad insuficiente; estas situaciones han afectado en casos de lluvias fuertes como ha sido en los años 2013 con lluvias atípicas que afectaron los fraccionamientos colindantes al área de estudio. (La Galera, California, Los Girasoles y Los Naranjos). Dentro del área de estudio se encuentra ubicado el arroyo La Concordia el cual los escurrimientos son sobre el área de restricción del las vías del FFCC. En cuanto a inundaciones el nivel es bajo según lo establecido en el atlas de riesgo, las inundaciones se presentan en un predio propiedad privada entre la Av. Palestina y el derecho de vías del FFCC.  

IMAGEN 46.‐Inundaciones en el área de estudio. Fuente: Atlas de riesgos, cartografía digital.  

                                                            24Atlas de riesgos Municipio de Chihuahua 2015, Riesgos Hidrometeorologicos. Municipium 

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III.IX.III. Riesgos Sanitarios 

En cuanto a riesgos sanitarios-ambientales son elementos que pueden sufrir los seres vivos al exponerse a elementos contaminantes (servicios de salud, limpieza pública y ambiental). Cercano al área de estudio se encuentra ubicada la Planta de Tratamiento de aguas residuales Sur, la cual por medio de procesos químicos y biológicos se tratan las aguas residuales y retiran los contaminantes. La planta de Tratamiento Sur tiene un radio de amortiguamiento de 1,183 m esto dispuesto por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la SEMARNAT, esto debido al uso en el proceso del tratamiento de cloro en estado gaseoso, el cual en su operación se considera como actividad altamente riesgosa. Este radio de amortiguamiento afecta la zona nor-este del área de estudio.                         

IMAGEN 47.‐Ubicación Planta de Tratamiento. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua.   

III.IX.IV. Riesgos Antropogenicos 

En general, los riesgos antropogénicos se distinguen por tener su origen en acciones humanas; principalmente son causados por circunstancias artificiales, aunque las situaciones naturales pueden condicionar su gravedad. Los riesgos antropogénicos varían de acuerdo al agente perturbador que los origina, como pueden ser los riesgos químico-tecnológicos, los sanitario-ambientales o los socio-organizativos.25

                                                            25Implementación del Atlas de Riesgos. PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua, 4ª Actualización. 

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Dentro del área de estudio están ubicadas una gasera y gasolinera la cuales para su autorización debieron de presentar los planes de contingencia lo cuales están avalados por la Unidad de Protección Civil y Heroico Cuerpo de Bomberos. 

     

                        

  

IMAGEN 48.‐Gaseras y gasolineras colindantes a usos de suelo habitacional. Fuente: Implementación del atlas de riesgos PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. 

 

Así mismo colindando al área de estudio al suroeste se encuentra ubicadas actividades con potencial de riesgo industrial de un nivel de riesgo alto, es el caso de MASISA antes Paneles Ponderosa. Como se ha mencionado anteriormente se dedican a la fabricación de tableros de partículas y tableros de fibra de densidad media y de un área industrial sobre la calle Belisario Domínguez en la cual existen contenedores de almacenamiento de combustible. Las áreas de riesgo antropogénicos establecidas en el Atlas de Riesgos del Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua, no afectan el área de estudio esto debido al l radio de acción. III.X. SINTESIS DEL DIAGNOSTICO  Con el análisis presentado al medio natural, medio físico y los riesgos presentes en el área de estudio, se puede concluir lo siguiente:

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Infraestructura y servicios.

La cobertura de los servicios hidrosanitarios y eléctricos se encuentra consolidado en la zona y en el área de estudio. Las factibilidades y contratos de dichos servicios quedaran en función ante los organismos administradores del servicio. (CFE y JMAS).

Movilidad

La existencia de vialidades de primer orden y primarias, las cuales dan el flujo necesario y tiene la capacidad suficiente para el parque vehicular que se genera en dicha zona, dando la posibilidad de conexión inmediata con zonas aledañas y el resto de la ciudad, así mismo el sistema de transporte público está bien consolidado dando servicio a la mayor cobertura de la población que habita dicha zona.

Imagen urbana

Falta mucho por desarrollar, ya que el crecimiento de la ciudad se está dando en la zona norte y norponiente, esto con la creación de nuevas zonas comerciales y de trabajo. En los últimos años el gobierno Municipal y Estatal ha establecido área de equipamiento tanto de salud como de recreación, lo que ha generado que la zona sur sea tomada en cuenta por la ciudadanía, para consolidar mas la zona falta que la inversión privada cree más áreas comerciales y de trabajo.

Riesgos y vulnerabilidad

El área de estudio se encuentra bien estructurada, con una conexión inmediata a toda la zona y resto de la ciudad, no presenta riesgos naturales ni antropogénico que pudiera afectar el cambio de uso de suelo que se solicita realizar en el área de aplicación.

Estructura urbana

El área de estudio se encuentra ubicada en el subcentro sur oriente como lo establece el Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua 5ª Actualización, el cual cuenta con una importante conectividad en la ciudad, así como equipamiento de salud, de recreación y deporte. Lo que en últimas fechas ha ayudado a la consolidación de la zona sur de la ciudad.

El objetivo del presente estudio de planeación urbana que consiste en cambio de uso de suelo establecido en la zonificación secundaria del Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua 5ª Actualización; de Uso de Suelo Comercial y de Servicios y habitacional con densidad H-35 a Uso de Suelo Industrial de Bajo Impacto.

En base al análisis realizado al área de estudio el área de aplicación cumple con los requisitos aplicables para la factibilidad de cambio de uso de suelo Industrial de Bajo Impacto.

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IV NORMATIVO

IV.I. CONDICIONANTES DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DE CHIHUAHUA El Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población de Chihuahua Quinta Actualización, dicta los lineamientos para el desarrollo urbano. Estos lineamientos están directamente relacionados con la propuesta de desarrollo urbano, enfáticamente en las estrategias del apartado de “Estructura urbana, suelo y vivienda”, siendo estos los elementos que mayor impacto tendrán en la forma y funcionamiento de la ciudad, y que a su vez será en los que el gobierno municipal tenga mayor posibilidad de incidir y fomentar la conformación de un nuevo modelo urbano  

IV.I.I. Políticas de Desarrollo Urbano 

El objetivo primordial para el área de estudio propuesto por el propietario, es el realizar un crecimiento integral y continuo de la ciudad, mediante las disposiciones que en este instrumento se han realizado, que se fomenten las demandas de crecimiento territorial. Las Políticas de Desarrollo Urbano contribuyen a darles claridad y precisión a los objetivos que las animan y evitan desviaciones por parte los múltiples y diversos agentes que se han de encargar de llevar a cabo los programas establecidos. Estas políticas tienen como finalidad:

a) El crecimiento integral y continuo de la ciudad.

Promover un modelo de ciudad compacta, consolidada y más densa aprovechando la infraestructura instalada

Generar un modelo de crecimiento a partir de nuevas centralidades para acercar servicios a la población y evitar la movilidad de grandes distancias.

Dotar de suelo y vivienda, fundamentados en la comprensión de la importancia y trascendencia de la producción social y la autoconstrucción, en localizaciones accesibles a empleo y los equipamientos sociales.

Conectar e integrar la periferia con el casco urbano para homogeneizar la estructura urbana y promover la equidad de oportunidades evitando el crecimiento discontinuo y disperso.

b) La densificación y la ocupación de los vacios urbanos.

Aplicación general al espacio urbano y urbanizable pues se contempla tanto para áreas de nuevo desarrollo como para las acciones insertas en el espacio urbano existente. Elevar la densidad de la ciudad a través de ocupar el suelo vacante y permitir mayor intensidad en el uso del mismo:

Ocupar prioritariamente los espacios desocupados del casco de la ciudad.

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Delimitar e instrumentar programas específicos en las áreas identificadas con espacios vacíos que permitan la densificación.

Esta política implica un sistema diferenciado de estímulos a la inversión privada, que fomente la participación de medianos y grandes empresarios y del propio municipio no solo como gestor y facilitador del desarrollo, sino como promotor del desarrollo económico y ordenador del espacio urbano.

c) La mitigación de riesgos.

Merecen mención las madererías, talleres, depósitos y distribuidores de combustibles, áreas de manejo de desechos sólidos y ladrilleras diseminadas en la mancha urbana las cuales son sujetas a políticas de mitigación de riesgos por explosión, incendio, generación de partículas suspendidas o contacto de materiales peligrosos, así como la reducción de riesgos naturales y ambientales para salvaguardar la convivencia con sus zonas aledañas habitadas.

d) El desarrollo económico y la competitividad.

Las políticas en cuanto al desarrollo económico y la competitividad son la Incrementar la competitividad de la ciudad como un objetivo incuestionable tanto para atraer y arraigar más y mejores inversiones en el campo de la investigación y desarrollo tecnológico, como para estimular a los propios empresarios locales a emprender nuevas actividades. La meta que se persigue es elevar el empleo, diversificar la economía y finalmente fortalecer a la región en un creciente desarrollo productivo, menos dependiente y más vigoroso para enfrentar la globalidad sin descuidar lo local. Reactivación Económica.-Se propone para aplicación de las zonas marginadas y en aquellas donde el deterioro ha estado presente desde hace tiempo, se aplican las políticas de reactivación económica las cuales requieren de acciones que generen actividad y dinamismo en la productividad. Al efecto el auto empleo, el crecimiento de las pequeñas unidades y su vinculación con segmentos más vigorosos son algunas de las acciones a propiciar. También apoyar la gestión de los recursos financieros. Igualmente la capacitación para incrementar la pericia organizativa, la estimulación de vocaciones emprendedoras, la gestión, los análisis de viabilidad.

• Criterios redistributivos, canalizar recursos crecientes (públicos sociales y privados) • Intensificación de usos de comercio y servicios en corredores de transporte público. • Cercanía entre empleos, vivienda, comercio y servicios • Zonas concentradoras de gran actividad comercial y de oficinas. Para efectos de normatividad de dosificación de usos de suelo quedará sujeto a la descripción de la siguiente tabla.  

 

 

 

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TABLA 10.‐Dosificación de usos de suelo PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. 5ª Actualización. 

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IV.I.II. Usos de Suelo 

El Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua 5a Actualización, define al área de estudio con dos usos de suelo: Habitacional con densidad H-35 y uso de suelo Comercial y de Servicios.

La compatibilidad de los usos del suelo propuestos deberán sujetarse a lo dispuesto por las “Tablas de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo” del Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua.

 

IMAGEN 49.‐ Usos de suelo dentro del área de aplicación. Fuente: Elaboración propia. 

IV.I.III. Vialidad 

En lo referente a la estructura vial, el Plan de Desarrollo Urbano 2040 del centro de población Chihuahua 5ª actualización, busca implementar una red vial articulada y congruente con las necesidades reales de movilidad que sirva para conectar todos los puntos de la ciudad.

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Cabe señalar que con el desarrollo del predio no se afectaran las vialidades existentes ni se desarrollaran nuevas propuestas viales. Esto debido a que el predio cuenta con frente a vía pública ya sea por la Av. Vicente Lombardo Toledano y por la calle Aeropuerto de Dubái.  

IV.I.IV. Infraestructura

Agua potable La principal fuente de abastecimiento de este vital líquido proviene del subsuelo mediante la extracción de pozos y el agua extraída es almacenada en tanques, para su distribución. Dentro del área de estudio se realiza el abasto mediante la línea los pozos denominados La Esperanza y Animas, y existe una línea sobre la Av. Palestina de diámetro de 20-42 pulgadas”

Los predios cuentan con el servicio por parte de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento con el número de contrato 0188843-4, para el servicio de agua y drenaje. (Ver anexos). Alcantarillado Sanitario En materia de alcantarillado sanitario, se identifican valores altos de cobertura de 92% respectivamente, sin embargo, la sostenibilidad de tal infraestructura, presenta problemáticas ya que se observa un porcentaje de fugas entre 10% y 30% debido a la antigüedad de la red, sobre todo en la zona Centro de la Ciudad.

Dentro del área de estudio existen líneas colectoras de drenajes sanitarios de diámetros de 18, 15 y 42 pulgadas las cuales le dan servicio a la zona.

Energía eléctrica El área de estudio se encuentra bien abastecida por dicha infraestructura ya que se encuentran varias líneas de alta tensión la que abastece al área de aplicación.

El servicio de energía eléctrica al predio Aeropuerto es proporcionado por la Comisión Federal de Electricidad mediante el Número de Servicio 581-151-004-914 con una tarifa HM (Tarifa Horaria para servicio genera en media tensión, con demanda de 100kW o mas) a nombre de la persona moral GSA Suministros y Componentes, S.A. de C.V. (Ver anexos)

 

 

 

 

 

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IV.II. OBJETIVO GENERALES  

Fundamentar y analizar el cambio de uso de suelo esto para integración de usos de suelo de la zona sur de la ciudad, por lo que se plantea el cambio de uso de suelo comercial a usos de suelo Industrial de Bajo Impacto. En cuanto al Plan de Desarrollo Urbano 2040 para la Ciudad de Chihuahua y sus objetivos generales como ciudad sostenible podemos citar:

Consolidar a Chihuahua como una ciudad compacta al ocupar por etapas su suelo vacante, privilegiando los baldíos dentro de su casco urbano.

Estructurar a partir de centralidades, al conformar subcentros, reforzar la presencia y conectividad del espacio público y reactivar el centro histórico.

Ofrecer usos mixto e intensificar y densidades habitacionales. Absorber la mayor parte del crecimiento dentro del área urbana y proteger y hacer uso racional

de los recursos naturales. Incrementar sustancialmente la infraestructura para el peatón y ciclistas, y elevar la eficiencia

del transporte motorizado apoyando el servicio público. Aprovechar la relación fundamental entre el transporte público, la ocupación del territorio

urbano y la densidad. Fortalecer la economía local propiciando nuevas inversiones, generando empleos en las áreas

habitacionales y localizando estratégicamente usos comerciales y productivos.26

IV.III. OBJETIVO PARTICULARES

IV.III.I. Estructura Urbana, Suelo y Vivienda.

1.-Promover un modelo de ciudad compacta, equitativa consolidada y más densa aprovechando la infraestructura instalada. 3.-Regulacion del suelo y dinámica ordenada del mercado de suelo. 2.-Diversificar los usos de suelo.

IV.III.II. Vialidad

Evitar congestionamientos viales ya que esta oferta o demanda de productos se ubica en una zona de la ciudad no abarrotada y de fácil acceso para la población en general.

No contribuye de esa forma, mencionar que solo beneficia la movilidad, acercando la oferta a zonas en desarrollo, si se va a pavimentar el acceso o mejorar alguna terracería, consolidar el derecho de vía de alguna calle considerada en el PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua vigente, condiciones más particulares.

                                                            26Propuesta de Desarrollo Urbano. PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. Pag. 10 

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IV.III.III. Población, Desarrollo Social y Cultura Urbana

1.- Atención a las necesidades urbanas generadas por los cambios demográficos poblacionales. 2.- Promover equipamientos que permitan la diversificación de servicios de asistencia social en núcleos concentradores cercanos a las zonas de vivienda. 3.-Resolver el problema de la falta de coordinación interinstitucional del sector público y privado para abatir el rezago del desarrollo urbano, por medio de nuevos instrumentos que atiendan las necesidades del desarrollo social y cultural de la población.

IV.III.IV. Soporte Urbano para la Economía

1.-Promover áreas industriales y concentradoras de empleo servido y accesible para fomentar el desarrollo económico y controlar los impactos que generen en la ciudad. 2.-Disponer de áreas estratégicas con ubicación clave para centros de alta tecnología e industria basados en la economía del conocimiento. 3.-Ofrecer oportunidades para la localización y desarrollo del sector comercio y servicios en zonas relevantes de la ciudad como detonador del crecimiento económica y de un mejor acceso a la población. 4.-Recuperar la imagen urbana y establecer políticas de usos de suelo y la inclusión de usos mixtos en corredores urbanos estratégicos para promover la economía local.

IV.III.IV. Infraestructura

1. Consolidación, mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura existente. 2. Aumentar la capacidad de la infraestructura instalada en zonas estratégicas para hacer posible la consolidación e intensificación de los usos del suelo. 3. Lograr la cobertura total de suministro de agua tratada en las áreas verdes de la ciudad. 4. Construir la infraestructura necesaria para el eficiente aprovechamiento del agua pluvial en la ciudad. 5. Lograr el acceso seguro para toda la población a los servicios de agua y de electricidad. 6. Coordinar el crecimiento urbano en función de la extensión de las redes de cabecera de los servicios básicos. 7. Implementación de energías alternativas y seguras para reducir el gasto ecológico y económico

El área de aplicación, la cual se somete a este análisis, se considera como apta para la aplicación de dichas estrategias de desarrollo, ya que ayuda al alcance de varios de estos objetivos, promoviendo los usos industriales de bajo impacto en esta zona de la ciudad.27

                                                            27Propuesta de Desarrollo Urbano. PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. Pag. 11 

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IV.IV. PLAN DE DESARROLLO URBANO 2040 DEL CENTRO DE POBLACION CHIHUAHUA 5ª ACTUALIZACION.

 

Mediante los planes de desarrollo urbano se plantean instrumentos normativos para el desarrollo urbano de las ciudades, esto para estar en la posibilidad de implementar nuevas políticas y acciones para un mejor desarrollo de las ciudades.

El sistema de planeación urbana en nuestro país ha sido testigo de la elaboración de buenos instrumentos para dirigir el desarrollo de las ciudades y sin embargo no han sido capaces de ser posicionados para su implementación o incluso para su permanencia por ausencia de una gestión adecuada con todos los actores de la ciudad.

Ofrecer soluciones para las situaciones complejas que significa la ciudad, requiere un enfoque interactivo entre todos los actores sociales que hacen la ciudad y entre el análisis de los problemas y la búsqueda de soluciones; los problemas urbanos que enfrenta la planeación suelen ser difusos y/o polémicos.

El Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua, propone incrementar la disponibilidad de suelo apto para el desarrollo económico y para la construcción de vivienda. Y el reaprovechamiento de la infraestructura urbana y su equipamiento existente, reduciendo, por un lado, presiones en las finanzas públicas de los estados y municipios y, por el otro, el impacto que la ubicación de los proyectos de construcción y de vivienda pudiese tener en la calidad y costo de vida de sus habitantes.  

IV.V. REGLAMENTO DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE DEL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA. Artículo 24. El Ayuntamiento podrá aprobar Modificaciones Menores a los Planes o Programas de su competencia, conforme a lo siguiente:

I. Sobre el cambio de uso del suelo a otro que sea compatible; II. Sobre el cambio de la densidad e intensidad de su aprovechamiento, o III. Sobre el cambio de la altura máxima de construcción permitida;

Artículo 25. Las modificaciones anteriores procederán siempre y cuando: I. No se modifique el Límite del Centro de Población,

II. No se altere la delimitación entre las áreas urbanizables y las no urbanizables, o III. No se afecten las características de la estructura urbana prevista en el Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población Chihuahua.

Artículo 26. Quienes pretendan realizar una modificación menor en los términos de los artículos 24 y 25 del presente Reglamento, deberán presentar una solicitud por escrito dirigida a la Dirección, acreditar la propiedad del predio motivo de la modificación y adjuntar un documento técnico que

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justifique la acción solicitada y la información gráfica que permita la correcta interpretación del trámite solicitado.

Para efecto de conocer públicamente la propuesta de modificación al programa, en los términos del Título Octavo de la Participación Social de la Ley, el Municipio notificara y requerirá un dictamen técnico al IMPLAN. En este procedimiento, escuchará las opiniones de las organizaciones de los vecinos del área de que se trate, en un plazo de sesenta días naturales contados a partir del requerimiento del dictamen técnico al IMPLAN. Así mismo notificará a través del tablero de avisos de la Presidencia Municipal y, cuando sea posible, de manera personal al Presidente de cada uno de los comités de vecinos que pudieran resultar afectados, para que en un plazo de 30 días naturales emitan su opinión.

De no producirse estas opiniones en el plazo fijado, se entenderá que fueron emitidas en sentido positivo. Una vez aprobadas por el Ayuntamiento, las modificaciones deberán ser remitidas a la Secretaría General de Gobierno para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y al Registro Público de la Propiedad para su inscripción.

Usos reservas y destinos

Artículo65. La Dirección tendrá disponible el Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población Chihuahua de usos ,reservas y destinos, así como el documento de divulgación del mismo, documentos que podrán ser solicitados por todo el que así lo requiera con fines de consulta, en los formatos disponibles, ya sea digital o impreso. Artículo66.Para el desarrollo de los predios deberán observarse las siguientes consideraciones:

I. Un predio podrá alojar todos los usos de suelos permitidos o condicionados que le señale la

zonificación correspondiente, siempre y cuando cumpla con COS, CUS, altura, áreas para servicio, vialidad y lo señalado en este Reglamento. En el caso de ser usos condicionados, deberán cumplir con el trámite de licencia de uso del suelo;

II. Si en un predio con zonificación de usos mixtos se pretende alojar vivienda y usos no

habitacionales, el número máximo de viviendas y el número máximo de metros cuadrados a construir, será el que se obtenga de respetar el COS, el CUS, la altura y la misma zonificación;

III. En las colonias no se permitirán subdivisiones de terrenos para una vivienda, sin el trámite de

condominio o fraccionamiento, si por la superficie del predio original se puede construir más de una y se cumple con las medidas mínimas del lote de acuerdo al Plan;

IV. Dependiendo de la zonificación secundaria donde se ubique, el proyecto deberá ajustarse a

los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población Chihuahua;

V. Los corredores urbanos son las áreas de influencia de las vías regionales, de primer orden y

primarias, donde se presenta la concentración de usos comerciales, viviendas, servicios y oficinas, y serán los siguientes, mismos que se enlistan de manera enunciativa y no limitativa:

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Equipamiento Urbano

Artículo 88. Los fraccionadores estarán obligados a entregar al Municipio áreas de donación para equipamiento urbano y servicios con frente a vía pública. Los propietarios de predios que no formen parte de fraccionamientos protocolizados deberán entregar al Municipio el área correspondiente para servicios al momento de realizar una acción urbana. El Municipio determinará las vialidades primarias o secundarias que por su importancia en la estructura vial de la ciudad deban ser consideradas como vías públicas, así como los porcentajes correspondientes de área para servicios:

I. Con densidad bruta de hasta 40 viviendas por hectárea, corresponderá al11% de la superficie total del predio a fraccionar;

II. Con densidad bruta de 41 hasta 80 viviendas por hectárea, corresponderá al 12% de la superficie del predio a fraccionar;

III. Con densidad bruta mayor a 80 viviendas por hectárea, corresponderá a 20 metros cuadrados por unidad de vivienda;

IV. En los conjuntos urbanos en régimen de propiedad en condominio de tipo habitacional, la superficie a ser donada al Municipio deberá de sujetarse a lo dispuesto por la Ley;

V. En fraccionamientos industriales y campestres se donará el 10% del área total, y

VI. En fraccionamientos comerciales, se donará el 12% del área total.

Infraestructura

Artículo 89. Tratándose de infraestructura:

I. El Municipio será la autoridad competente para recibir los bienes inmuebles e instalaciones destinados a los servicios públicos y las obras de urbanización de un fraccionamiento, por lo que cualquier acto, contrato o convenio que se celebre por parte del fraccionador con la asociación de colonos o vecinos, u otra persona física o moral que contravengan esta disposición, será nulo de pleno derecho;

Vía Pública

Artículo 102.- Todo inmueble que aparezca como vía pública en los planos de la ciudad de Chihuahua, en los planes de desarrollo urbano, en los planos existentes en el archivo de la Dirección, Catastro Municipal, Registro Público de la Propiedad o en cualquier otro archivo, museo o biblioteca, se presumirá que tiene esa calidad, salvo prueba en contrario, que deberá rendir quien afirme que el terreno en cuestión es de propiedad particular o pretenda tener algún derecho para su uso exclusivo.

Mientras no se pronuncie sentencia ejecutoria que así lo declare, nadie podrá impedir o estorbar el uso público del inmueble de que se trata.

IV.V. PLAN ESTATAL DE DESARROLLO 2010-2016. Dentro del Plan Estatal de Desarrollo para el estado de Chihuahua, en el apartado de Desarrollo Urbano, muestra la inquietud del gobierno por atender las prioridades de la comunidad; tales como buscar la interacción adecuada de los usos de suelo para ofrecer a la ciudadanía lotes con servicios públicos como agua potable, alcantarillado, alumbrado público, etc., logrando el que existan los espacios urbanos que demanda la comunidad, sobre todo a la población económicamente más

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desprotegida; así como un mejoramiento en los sistemas del transporte urbano colectivo, espacios para estacionamiento público y áreas abiertas que permitan una mejor convivencia y esparcimiento de la población. Es por eso que se han trazado los siguientes objetivos: Objetivo 1.- Contar con instrumentos de planeación urbana y regional sostenibles, más claros y operativos para lograr una cohesión social, una gestión urbana y consolidar los corredores urbanos industriales, agroindustriales y turísticos, fortaleciendo así el desarrollo en ciudades grandes, medias, pequeñas y rurales. Objetivo 2.- Actualizar el marco normativo estatal en materia de Desarrollo Urbano, fortaleciendo las administraciones municipales en materia de desarrollo urbano a través de los instrumentos legales y reglamentos de planeación urbana

IV.V. PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO 2016-2018. EJE 3- SUSTENTABILIDAD Y FUTURO PARA TUS HIJAS E HIJOS Fomentar el crecimiento y desarrollo urbano ordenado y sostenible del municipio, mediante acciones que mejoren la movilidad de las y los chihuahuenses, fomentar el esparcimiento sano de la familias y cuiden el medio ambiente. PROGRAMA 1: DESARROLLO SOSTENIBLE. Objetivo-Propósito

El Municipio de Chihuahua cuenta con un desarrollo ordenado y sostenible, con mejores condiciones de movilidad, vivienda, equipamiento e imagen urbana para las y los chihuahuenses.

Componente 1.-Movilidad urbana mejorada

Componente 2.-Vivienda dignificada

Componente 3.-Desarrollo urbano planificado y mejorado

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V ESTRATEGIA El área de estudio denominada Aeropuerto II, corresponde a tres lotes con una superficie total de 3,688.054m2 ubicados en la calle Aeropuerto de Dubai y Periférico Vicente Lombardo Toledano en la colonia Aeropuerto. La estrategia del presente estudio se basa en incorporar los polígonos antes mencionados al Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua con un uso de Industrial de Bajo Impacto, procurando la integración ordenada y equilibrada al medio construido de la zona.

El desarrollo que en este documento se presenta para cambio de usos de suelo, propone una opción que permite crear ventajas competitivas para la ciudad de Chihuahua. V.I. ESTRATEGIA GENERAL  La estrategia del desarrollo de la ciudad muestra a donde queremos llegar y como hacer posible la visión de largo plazo para nuestra ciudad, principalmente es la consolidación de los predios baldíos así como la potencializarían de estos ubicados en las zonas urbana consolidadas, con el objetivo de buscar una ciudad más compacta con todos los beneficios que esto trae implícitos, como el mejor aprovechamiento de la infraestructura existente, consolidación de los espacios públicos, y un crecimiento más ordenado.

El Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua, ha establecido los lineamentos para la ciudad para la aprobación de planes parciales, proyectos maestros, proyectos urbanos así como edificaciones, los cuales deben de cumplir con los elementos cuantitativos basados en criterios señalados principalmente en el Reglamento de Desarrollo Urbano de la ciudad de Chihuahua (altura máxima, COS, CUS, uso de suelo, etc.). En cuanto a elementos cualitativos estos serán sujetos a la aprobación cumpliendo con los señalado en el Reglamento de Construcción de Nomas Técnicas del Municipio de Chihuahua y previo a revisión de diseño por parte de las autoridades correspondientes (diseño arquitectónico, presencia de la calle, contribución al dominio público, sostenibilidad, etc.)

La propuesta que plantea el presente instrumento está basada en las disposiciones que la ciudad ha venido implementando y plantea la necesidad de modificar el uso de suelo Comercial y de Servicios y uso de suelo Habitacional H-35, para convertirlo en uso de suelo Industrial Bajo Impacto, esto congruente con el contexto del área donde se encuentra localizado el predio.

El desarrollo que en este documento se presenta para cambio de usos de suelo, propone una opción que permite crear ventajas competitivas para la ciudad de Chihuahua. Los tres predios que comprenden el área de aplicación serán fusionados cuando se cuente con la autorización de la modificación menor al PDU 2040. El reto más importante en el tema de competitividad es tener la capacidad para educar y atraer recursos humanos altamente capacitados, las oportunidades profesionales, la conectividad, la infraestructura educativa, el ambiente innovador, las opciones residenciales, la calidad de vida, el equilibrio social, la seguridad ciudadana, la oferta cultural y de ocio, por lo que se ofrecen espacios urbanos de calidad que sean factores determinantes en cumplimiento de estas expectativas.

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V.II. ZONIFICACIÓN PRIMARIA. La zonificación primaria define el esquema global del aprovechamiento territorial que se hace en el centro de población, asignando posibilidades y características a los usos factibles en los tres distintos tipos de zonas que se distinguen, la zona U ya urbanizada, la zona R que es reserva por urbanizarse y la zona E que es la de preservación ecológica, donde la salvaguarda de las condiciones naturales de valor ambiental es la finalidad.28 El área de estudio se encuentra localizado dentro de la zona U o área urbanizada y/o susceptible para ser desarrollado, con una superficie de 811.97has, con uso de suelo predominante de uso mixto Suburbano y habitacional con densidad H35.                         

    

      

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El proyecto es congruente con las políticas del Plan de Desarrollo Urbano vigente en cuestión del crecimiento integral y continuo de la ciudad, así como con la ocupación de los grandes baldíos. Es congruente con lo establecido para uso Industrial de bajo Impacto, y con las necesidades del mercado y compatible con el medio construido lo que la hace más óptima. El uso de suelo industrial de bajo impacto, tiene una compatibilidad aplicada la cual se señala a continuación, esto según la tabla de compatibilidades de uso de suelo establecido en el PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. Sera necesario presentar el Manifiesto de Impacto Ambiental.

 

TABLA 11.‐ Usos de suelo permitidos y condicionado con industria de bajo impacto. Fuente: Carta Urbana PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. 

V.IV. ESTRATEGIA DE INFRAESTRUCTURA. En la zona donde se encuentran ubicados los polígonos del área de aplicación, cuenta con la infraestructura aprobada por los organismos correspondientes, una vez que sean presentados los proyectos de cada zona conforme a su vocación se elaborarán los proyectos ejecutivos correspondientes.

Agua potable y drenaje sanitario.

Es facultad de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento la autorización de los proyectos, determinar las obras necesarias para cubrir la demanda y la supervisión y recepción de las obras para poner en marcha su operación.

Energía eléctrica.

Las líneas de CFE de alta tensión ubicadas sobre el Periférico Lombardo Toldado cumplen con la restricción debido a la sección vial existente. La aprobación de los proyectos y la dotación de energía

Almacenamiento y distribucion de productos perecederos Permitido

Almacenamiento y distribucion de productos no perecederos Permitido

Depositos multiples de madera, vehiculos y maquinaria Permitido

Industrial de bajo impacto Permitido

Micro Industria de alto impacto Condicionante 8

Herreria, blockera, tonros, carpinteria, soldadura Condicionante 8

Micro Industria de bajo impacto Permitido

INDUSTRIAL DE BAJO IMPACTO

USOS PERMITIDOS Y CONDICIONADOS

BODEGAS Y ALMACENES

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eléctrica corresponden a la Comisión Federal de Electricidad y será la encargada de determinar la factibilidad de prestar el servicio y señalar las obras necesarias para suministrarle el servicio, deben ser con cargo al solicitante y solo podrán determinarse una vez que se reciba la información de sus necesidades específicas.

V.V. ESTRATEGIA DE ESTRUCTURA VIAL   El sector urbano donde se encuentra localizada el área de estudio como se señala en el apartado de diagnostico, las vialidades que dan acceso son el Blvd. Juan Pablo II (de primer orden), Periférico Lombardo Toledano (de primer orden) y Av. Palestina (primaria), estas vialidades no son afectadas por las actividades que se realizan en el área de aplicación ya que los viajes generados no incrementan los volúmenes de transito que se manejan, dichas vialidades se encuentran consolidadas y el Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población contempla las siguientes propuestas. De primer orden: Blvd. Juan Pablo II.- La propuesta es una sección de 40.00m donde incluye un camellón central de 9.00m y dos carriles de 7.00m para cada sentido. Albergara un carril para el servicio de transporte público esto debido a la ruta troncal propuesta en dicha vialidad, si como ciclo-rutas.  

 

 

 

 

 

 

 

Perif. Lombardo Toledano.- sección de 20.00m a 40.00m con dos carriles por sentido y un camellón central variable.  

 

 

 

 

 

 

Av. Palestina.- Sección vial de 24.00m con dos carriles para ambos sentidos de 7.50m y una ciclo rutas en el sentido oeste –este.  

 

 

 

 

 

 

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V.VI. PROGRAMAS ESPECIFICOS  Se presenta la construcción que se encuentra ubicada dentro del área de aplicación la cual cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de Reglamento de Construcciones y Normas Técnicas del Municipio de Chihuahua y el Reglamento de Desarrollo Urbano Sostenible del Municipio de Chihuahua. Los movimientos de carga y descarga se realzan en el interior de los predios esto para evitar conflictos viales en la vialidad Aeropuerto de Dubái (antes calle 11ª).                                       

IMAGEN 52.‐ Construcción dentro del área de aplicación. Fuente: Elaboración propia.  

 

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V.VII. SINTESIS DE LA PROPUESTA   

De conformidad al análisis de los polígonos del área de aplicación y del área de estudio se concluye que existen elementos suficientes para plantear el cambio de uso de suelo de Comercial y de Servicios a Industria de Bajo Impacto, así como Habitacional con densidad H-35 a Industrial de Bajo Impacto con una superficie de 3,688.054m2.

1. La estructura vial original del Plan de Desarrollo Urbano 2040 no será modificada.

2. El uso de suelo existente en el entorno inmediato al predio en estudio es Comercial y de servicios así como Industrial.

3. Es necesario equilibrar los porcentajes de usos de suelo en la Ciudad.

4. Porque existe la infraestructura disponible para el desarrollo industrial en el predio.

5. El crecimiento a largo plazo de la ciudad hacia la zona Sureste de la misma obliga al Municipio y al desarrollador a aprovechar al máximo la mancha urbana de la Ciudad de Chihuahua.

6. Al consolidarse este tipo de proyectos en la Ciudad de Chihuahua, abre las puertas a nuevos inversionistas y empresarios, con esto apoyamos al desarrollo económico y social de la ciudad.

7. En el desarrollo del mismo generara una nueva fuente de empleos directos e indirectos a mediano y largo plazo.

8. Como se mencionó en el diagnóstico, esta parte de la ciudad se encuentra inmersa en un proceso de planeación, con esfuerzos aislados por parte de autoridades y promotores particulares. Lo anterior, si bien no se puede considerar disposiciones de carácter obligatorio, es conveniente tomar en cuenta para la planeación del área que se localiza entre estas reservas, tal es el caso de este Cambio de uso de suelo.

Esta zona de la ciudad se encuentra en un proceso de planeación que es conveniente uniformizar. Las autoridades municipales deben promover el desarrollo de acciones de planeación urbana, que consideren no solamente las condiciones locales de cada instrumento, sino que con una visión integral, se traduzcan en una planeación de largo plazo y que permita incorporar de manera ordenada estos predios a las áreas de reserva de la ciudad.

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VI INSTRUMENTAL Con la autorización del cambio de uso de suelo propuesto, se dará seguimiento para la autorización del proyecto o los proyectos que se establezcan en dicha áreas así como para dar cumplimiento a lo señalado por las diferentes instituciones involucradas.

VI.I. INTERVENCIÓN FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL  Específicamente en la aprobación y evaluación del proyecto. Intervendrán las instancias gubernamentales de acuerdo a los plazos de ejecución que les corresponda. Gobierno Federal

Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL). Gobierno Estatal

Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología. Gobierno Municipal

Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología del Municipio de Chihuahua. Instituto Municipal de Planeación

Como disposición de la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible del Estado de Chihuahua, los organismos responsables de la aprobación del presente estudio son el Ayuntamiento de Chihuahua y el Gobierno del Estado los cuales serán los encargados de emitir el dictamen de congruencia. VI.II. INTRUMENTOS FINANCIEROS  El predio en estudio pertenece a la iniciativa privada, por lo tanto el progreso de las acciones urbanas para el servicio de la zona serán a cargo de los promotores en coordinación con los organismos gubernamentales involucrados en la infraestructura necesaria para detonar los servicios en el predio.

VI.II. PROGRAMAS DE ACCIONES En la siguiente tabla se relaciona las acciones necesarias para el desarrollo del proyecto motivo de este documento de planeación.

Acciones  Estado   Municipal  Privado 

1. Aportación del suelo para el proyecto           

2. Aprobación de la modificación al PDU para su publicación          

3. Publicación en el periódico oficial del Estado          

4. Estudios y Planeación           

5. Dotación de infraestructura de servicios (tramites y permisos)          

6.Dotacion de infraestructura de servicios (construcción y habilitado)  

TABLA 12. Programa de acciones. Fuente: Elaboración propia.  

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VII INDICE DE TABLAS

TABLA 1.-Población dentro del área de estudio (agebs). Fuente: Elaboración propia. .......................................... 42 TABLA 2- Población dentro del área de estudio (AGEBS) que cuentan con servicio social. Fuente: Elaboración propia. ....................................................................................................................................................................... 43 TABLA 3- Grados de escolaridad del área de estudio. (AGEBS). Fuente: Elaboración propia. ............................. 44 TABLA 4.- Población económica dentro del área de estudio. Fuente: Elaboración propia .................................... 46 TABLA 5.- Parámetros climáticos. Fuente: Servicio Meteorológico Nacional. ......................................................... 47 TABLA 6.- Datos de vivienda habitadas y deshabitadas en el área de estudio. Fuente: INEGi 2010. ................... 52 TABLA 7.- Promedio de ocupación por vivienda. Fuente: INEGI 2010. .................................................................. 53 TABLA 8.-Datos de los servicios de vivienda en el área de estudio. Fuente: INEGI 2010. ..................................... 54 TABLA 9.-Deterioros en vialidades. Fuente: Plan Sectorial de Movilidad Urbana................................................... 63 TABLA 10.-Dosificación de usos de suelo PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. 5ª Actualización. ....... 76 TABLA 11.- Usos de suelo permitidos y condicionado con industria de bajo impacto. Fuente: Carta Urbana PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. ............................................................................................................... 88 TABLA 12. Programa de acciones. Fuente: Elaboración propia. ............................................................................. 92

VIII INDICE DE IMÁGENES

IMAGEN 1.- Ubicación del área de estudio. Fuente: Elaboración propia. .............................................. 29 IMAGEN 2.- Ubicación del área de estudio. Fuente: Elaboración propia. .............................................. 30 IMAGEN 3.-Localización del área de aplicación. Fuente: Google maps. ............................................... 30 IMAGEN 4.- Área de estudio. Fuente: Elaboración propia. .................................................................... 31 IMAGEN 5.- Polígono 1. Fuente: Registro Público de la Propiedad ....................................................... 31 IMAGEN 6.- Polígono 2. Fuente: Registro Público de la Propiedad. ...................................................... 32 IMAGEN 7.- Polígono 3. Fuente: Registro Público de la Propiedad ....................................................... 32 IMAGEN 8.- Subcentros y su área de influencia. Fuente: PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua............................................................................................................................................... 36 IMAGEN 9.- Localización de áreas industriales en el área urbana Fuente: IMPLAN ............................. 37 IMAGEN 10.-Valor del suelo por zona. Fuente: PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua .......... 39 IMAGEN 11.- Valor de suelo PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua 4ª actualización. ............ 39 IMAGEN 12.- Pirámide de edad para el municipio de Chihuahua. Fuente: INEGI 2010 ........................ 40 IMAGEN 13.- Índices de natalidad. Fuente: INEGI 2010 ........................................................................ 41 IMAGEN 14.-Indices de natalidad. Fuente: INEGI 2010 ......................................................................... 41 IMAGEN 15.-Areas geoestadísticas básicas (AGEBS) del área de estudio. Fuente: Mapa digital INEGI 2010. ....................................................................................................................................................... 42 IMAGEN 16.-Datos de servicio médico. Fuente: INEGI 2010 ................................................................ 43 IMAGEN 17.- Grafica de empleo formal en el municipio. Fuente: Elaboracion propia. .......................... 45 IMAGEN 18.-Densidad de empleos PDU 2040 del centro de Población ................................................ 45 IMAGEN 19.- Déficit de empleo. PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. ................................. 46 IMAGEN 20.- Carta Topográfica y Pendientes del Terreno. Fuente: PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua............................................................................................................................................... 48

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IMAGEN 21.- Escurrimiento del arroyo la concordia colindante con las vías de FFCC. Fuente: Elaboración propia .................................................................................................................................. 49 IMAGEN 22.- Escurrimientos del arroyo La Concordia, área de aplicación. .......................................... 49 IMAGEN 23.- Vegetación de la zona. Fuente: Elaboración propia. ........................................................ 50 IMAGEN 24.- Subcentros. Fuente: PDU 2040 del Centro de Población Chihuahua. ............................. 51 IMAGEN 25.- Tipo de vivienda ubicada en el área de estudio. Fuente: elaboración propia. ................. 53 IMAGEN 26.- Comercio en la zona. Fuente: Elaboración propia. .......................................................... 55 IMAGEN 27- Central de abastos. Fuente: Elaboración propia. .............................................................. 55 IMAGEN 28.-Industria en la zona. Fuente: Elaboración propia. ............................................................. 56 IMAGEN 29.-Industria en la zona. Fuente: Elaboración propia. ............................................................. 57 IMAGEN 30.-Industria dentro de la colonia Aeropuerto. Fuente: Elaboración propia. ........................... 57 IMAGEN 31.- Hospital infantil de especialidades. Fuente: Elaboración propia. ..................................... 58 IMAGEN 33.-Educación nivel medio en la zona, CETIS 86. Fuente: Elaboración propia. ..................... 58 IMAGEN 34.-Escuelas nivel básico en el área de estudio. Fuente: Elaboración propia. ....................... 59 IMAGEN 35.-Estadio Monumental de beisbol e instalaciones de las ferias EXPOGAN-Santa Rita. Fuente: Elaboración propia. .................................................................................................................... 60 IMAGEN 36.-Predios baldíos en la ciudad. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua ..... 60 IMAGEN 37.-Estructura vial. Fuente: PDU 2040 el centro de Población Chihuahua. ............................ 61 IMAGEN 38.-Estructura vial Blvd. Juan Pablo II Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. ................................................................................................................................................................ 62 IMAGEN 39.-Estructura vial Periférico Lombardo Toledano. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua............................................................................................................................................... 62 IMAGEN 40.-Estructura vial Av. Palestina. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua ..... 62 IMAGEN 41.-Estructura vial vialidad CH-P Ojinaga. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua............................................................................................................................................... 64 IMAGEN 43.-Infraestructura de agua potable dentro del área de estudio. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. ........................................................................................................................ 65 IMAGEN 44.- Infraestructura de drenaje sanitario en el área de estudio. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. ........................................................................................................................ 66 IMAGEN 45.-Lineas de agua tratada en el área de estudio. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua............................................................................................................................................... 67 IMAGEN 46.-Lineas de agua tratada en el área de estudio. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua............................................................................................................................................... 68 IMAGEN 47.-Riesgos de deslizamiento. Fuente: atlas de riesgos, cartografía digital. ........................... 69 IMAGEN 48.-Inundaciones en el área de estudio. Fuente: Atlas de riesgos, cartografía digital. ........... 70 IMAGEN 49.-Ubicación Planta de Tratamiento. Fuente: PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. ................................................................................................................................................................ 71 IMAGEN 50.-Gaseras y gasolineras colindantes a usos de suelo habitacional. Fuente: Implementación del atlas de riesgos PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. ..................................................... 72 IMAGEN 51.- Usos de suelo dentro del área de aplicación. Fuente: Elaboración propia. ..................... 77 IMAGEN 52.- Zonificación primaria. PDU 2040 del centro de Población Chihuahua. ........................... 86 IMAGEN 53- Propuesta de Zonificación Secundaria. (Uso de suelo Industrial Bajo Impacto). Fuente: Elaboración propia. ................................................................................................................................. 87 IMAGEN 54.- Construcción dentro del área de aplicación. Fuente: Elaboración propia. ....................... 90

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IXABREVIATURAS. PDU 2040.- Plan de Desarrollo Urbano 2040 del Centro de Población Chihuahua. Tercera Actualización. Msnm.- Metros sobre nivel del mar. DDUE.- Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología Municipal. JMAS.- Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Chihuahua. IMPLAN.- Instituto Municipal de Investigación y Planeación. CFE.- Comisión Federal de Electricidad. PSMUS.- Plan Sectorial de Movilidad Urbana Sostenible para la ciudad de Chihuahua PSMAP.-Plan Sectorial Municipal de Aguas Pluviales.

X BIBLIOGRAFÍA. DICCIONARIO DE DATOS EDAFOLÓGICOS. INEGI. 15-OCTUBRE -1998 DIAGNÓSTICO AMBIENTAL URBANO. IMPLAN PLAN NACIONAL DE DESARROLLO URBANO 2006-2012. XIII CENSO GENERAL DE POBLACIÓN Y VIVIENDA. www.inegi.gob.mx ATLAS DE RIESGO PARA LA CIUDAD DE CHIHUAHUA. Folleto Anexo al Periódico Oficial no. 99. 12 de diciembre de 2009. PLAN SECTORIAL DE AGUA PLUVIAL EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA. Folleto Anexo al Periódico Oficial no. 99. 12 de diciembre de 2009. PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL 2008-2012. DIARIO OFICIAL viernes 19 de septiembre de 2008. LEY DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE DEL ESTADO DE CHIHUAHUA Periódico Oficial del Estado No. 39 del 14 de mayo de 2011 PLAN DE DESARROLLO URBANO 2040 DEL CENTRO DE POBLACIÓN CHIHUAHUA. 5ª ACTUALIZACIÓN. PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO 2010-2013. En la ciudad de Chihuahua Chih. 4 de febrero de 2011. Secretaría General de Gobierno. PLAN SECTORIAL DE MOVILIDAD URBANA DE DESARROLLO SUSTENTABLE PARA LA CIUDAD DE CHIHUAHUA. Folleto Anexo al Periódico Oficial no. 99 Fecha de Publicación: 12 de diciembre de 2009. Acuerdo no. 245 DIRECCIÓN DE TRANSPORTE Documento de PDF: Rutas de Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros. Chihuahua, Chih.

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WWW.VIVEBUS.COM Rutas de movilidad urbana dentro de la ciudad. Actualizada 2013. IMPLAN, PLAN SECTORIAL DE DRENAJE PLUVIAL EN LA CIUDAD DE CHIHUAHUA I ETAPA. Resumen ejecutivo. www. implanchihuahua.gog.mx

XI ANEXO GRAFICO D-01.-Analisis del predio D-02.-Poligono Predio Aeropuerto D-03.-Uso de suelo D-04.-Carta topográfica D-05.-Hidrologia D-06.-Equipamiento D-07.-Estructura vial D-08.- Secciones viales D-09.-Riesgos hidrometeorologicos D-10.-Riesgos geológicos D-11.-Riesgos antropogénicos E-01.- Uso de Suelo Propuesto.

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C. LUCIA DADO DE LA

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LIC. JAVIERERNADOR E

. CECILIA OO DE DESAR

JOSE ANTOECTOR DE D

ING. ALFOEL DEPARTA

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MARIA EUGPRESIDE

ARQ. GUILLDE DESAR

NG. GABRIEECTOR DE P

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DE SUELO Predio 

109 

QUE PEÑA LA REPÚBL

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D. CHAVIRAA SEDATU E

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A ACOSTA EN CHIHUAH

JURADO E CHIHUAHU

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