modelo resolución de evaluación

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° -2015- DRE… Ciudad, ……………… Visto la Resolución Ministerial N° -2015-MINEDU de fecha …….., y demás documentos que se adjuntan (de ser el caso) con ………. Folios; CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Educación N° 28044 prescribe que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo, considerando a la calidad como uno de sus principios, a través del cual se asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente. Asimismo, establece que las Direcciones Regionales de Educación tienen como finalidad promover la educación, la cultura, el deporte, la recreación, la ciencia y la tecnología; asegura los servicios educativos y los programas con atención integral con calidad y equidad en su ámbito jurisdiccional, para lo cual coordina con las Unidades de Gestión Educativa Local y convoca la participación de los diferentes actores educativos; Que, mediante el artículo 1° del Decreto Supremo N° 021- 2007-ED, se declaró de preferente interés sectorial para el Ministerio de Educación (MINEDU) la permanente implementación y ejecución de la evaluación del sistema educativo, el mismo que incluye la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la Educación Básica Regular; Que, el Decreto Supremo N° 015-2008-ED establece que el Ministerio de Educación, a partir del ejercicio fiscal 2008, mediante resolución de su titular, dispondrá la implementación y ejecución de las evaluaciones del sistema educativo; Que, con Resolución Ministerial N° 554-2013-MINEDU del 08 de noviembre de 2013, se aprobó la Norma Técnica para la implementación y ejecución a nivel nacional de Evaluaciones del Logro de Aprendizajes de Estudiantes de Educación Básica, que establece las funciones y prohibiciones de los actores educativos en el proceso de aplicación de la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la Educación Básica Regular, en este caso, de la Evaluación Censal de Estudiantes (ECE 2015).

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° -2015-DRE…

Ciudad, ………………

Visto la Resolución Ministerial N° -2015-MINEDU de fecha …….., y demás documentos que se adjuntan (de ser el caso) con ………. Folios;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley General de Educación N° 28044 prescribe que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo, considerando a la calidad como uno de sus principios, a través del cual se asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente. Asimismo, establece que las Direcciones Regionales de Educación tienen como finalidad promover la educación, la cultura, el deporte, la recreación, la ciencia y la tecnología; asegura los servicios educativos y los programas con atención integral con calidad y equidad en su ámbito jurisdiccional, para lo cual coordina con las Unidades de Gestión Educativa Local y convoca la participación de los diferentes actores educativos;

Que, mediante el artículo 1° del Decreto Supremo N° 021-2007-ED, se declaró de preferente interés sectorial para el Ministerio de Educación (MINEDU) la permanente implementación y ejecución de la evaluación del sistema educativo, el mismo que incluye la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la Educación Básica Regular;

Que, el Decreto Supremo N° 015-2008-ED establece que el Ministerio de Educación, a partir del ejercicio fiscal 2008, mediante resolución de su titular, dispondrá la implementación y ejecución de las evaluaciones del sistema educativo;

Que, con Resolución Ministerial N° 554-2013-MINEDU del 08 de noviembre de 2013, se aprobó la Norma Técnica para la implementación y ejecución a nivel nacional de Evaluaciones del Logro de Aprendizajes de Estudiantes de Educación Básica, que establece las funciones y prohibiciones de los actores educativos en el proceso de aplicación de la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la Educación Básica Regular, en este caso, de la Evaluación Censal de Estudiantes (ECE 2015).

Que, con Resolución Ministerial N°…….-2015-MINEDU del ……….., se dispone la implementación y ejecución a nivel nacional, durante el presente ejercicio presupuestal, de la Evaluación Censal de Estudiantes 2015 (ECE 2015), en las instituciones educativas públicas y privadas de la Educación Básica Regular, que se realizará los días 10 y 11 de noviembre de 2015 para los estudiantes de 2do grado de primaria en las áreas de Comprensión Lectora y Matemática, el 10 de noviembre de 2015 para los estudiantes de 4to grado de primaria en Comprensión Lectora en castellano como segunda lengua, de las Instituciones Educativas que implementan el Programa de Educación Intercultural Bilingüe, y los días 17 y 18 de noviembre de 2015 para los estudiantes que cursan el de 2do grado de secundaria en las áreas de Lectura y Matemática, con la finalidad de conocer los logros de aprendizaje de los estudiantes y establecer estrategias pedagógicas e institucionales pertinentes para la mejora de los aprendizajes;

Que, la citada resolución también dispone que los directores de las Instituciones Educativas a nivel nacional, bajo responsabilidad funcional, aseguren la

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participación de los estudiantes bajo su dirección en las evaluaciones a que se refieren los artículos precedentes, no debiendo programar actividades que impidan el desarrollo de las mismas;

Que, dentro de ese contexto, resulta importante y necesario que las Unidades de Gestión Educativa Local de la región, difundan el contenido de la Resolución Ministerial N°…….-2015-MINEDU, con la finalidad de garantizar que los directores, docentes y estudiantes de las Instituciones Educativas programadas para la aplicación de la ECE 2015, participen activamente en la misma y coadyuven a conseguir el objetivo de su aplicación;

De conformidad con lo dispuesto en…

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Poner de Conocimiento de las Unidades de Gestión Educativa Local, directores, docentes y padres de familia de los estudiantes de las instituciones educativas de la jurisdicción, las fechas de aplicación de la Evaluación Censal de Estudiantes 2015 (ECE 2015) señaladas en la RM. N°…….-2015-MINEDU.

ARTÍCULO 2.- Disponer, que las Unidades de Gestión Educativa Local de la región de……., difundan dentro del ámbito de sus jurisdicción la importancia de la aplicación de la Evaluación Censal de Estudiantes 2015 (ECE 2015), y cumplan sus funciones conforme a lo previsto en la Norma Técnica de implementación y ejecución a nivel nacional de Evaluaciones del Logro de Aprendizajes de Estudiantes de Educación Básica, bajo responsabilidad.

ARTÍCULO 3.- Encargar, a las Unidades de Gestión Educativa Local de la región, el monitoreo de las Instituciones Educativas de su jurisdicción, en el proceso de aplicación de la Evaluación Censal de Estudiantes 2015 (ECE 2015), y la supervisión a los Directores de las mismas, quienes deberán actuar respetando los principios de estandarización, confidencialidad y probidad y conforme a lo previsto en la Norma Técnica de implementación y ejecución a nivel nacional de Evaluaciones del Logro de Aprendizajes de Estudiantes de Educación Básica, bajo responsabilidad.

Regístrese, comuníquese y publíquese

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL LOCAL N° -2015-UGEL…

Ciudad, ………………

Visto la Resolución Directoral Regional N° -2015-DRE…, la Resolución Ministerial N° -2015-MINEDU de fecha …….., y demás documentos que se adjuntan (de ser el caso) con ………. Folios;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley General de Educación N° 28044 prescribe que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo, considerando a la calidad como uno de sus principios, a través del cual se asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente. Asimismo, asegura los servicios educativos y los programas con atención integral con calidad y equidad en su ámbito jurisdiccional, para lo cual coordina con las Unidades de Gestión Educativa Local y convoca la participación de los diferentes actores educativos;

Que, con Resolución Ministerial N° 554-2013-MINEDU del 08 de noviembre de 2013, se aprobó la Norma Técnica para la implementación y ejecución a nivel nacional de Evaluaciones del Logro de Aprendizajes de Estudiantes de Educación Básica, que establece las funciones y prohibiciones de los actores educativos en el proceso de aplicación de la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la Educación Básica Regular, en este caso, de la Evaluación Censal de Estudiantes (ECE 2015).

Que, con Resolución Ministerial N°…….-2015-MINEDU del ……….., se dispone la implementación y ejecución a nivel nacional, durante el presente ejercicio presupuestal, de la Evaluación Censal de Estudiantes 2015 (ECE 2015), en las instituciones educativas públicas y privadas de la Educación Básica Regular, que se realizará los días 10 y 11 de noviembre de 2015 para los estudiantes de 2do grado de primaria en las áreas de Comprensión Lectora y Matemática, el 10 de noviembre de 2015 para los estudiantes de 4to grado de primaria en Comprensión Lectora en castellano como segunda lengua, de las Instituciones Educativas que implementan el Programa de Educación Intercultural Bilingüe, y los días 17 y 18 de noviembre de 2015 para los estudiantes que cursan el de 2do grado de secundaria en las áreas de Lectura y Matemática, con la finalidad de conocer los logros de aprendizaje de los estudiantes y establecer estrategias pedagógicas e institucionales pertinentes para la mejora de los aprendizajes;

Que, la citada resolución también dispone que los directores de las instituciones educativas a nivel nacional, bajo responsabilidad funcional, aseguren la participación de los estudiantes de las instituciones educativas bajo su dirección en las evaluaciones a que se refieren los artículos precedentes, no debiendo programar actividades que impidan el desarrollo de las mismas;

Que, en observancia a lo descrito en los párrafos precedentes, la Dirección Regional de Educación de…, a través de la RDR. N° -2015-DRE… de fecha …………… de 2015, ha publicado las fechas en que se aplicará la Evaluación Censal de Estudiantes 2015 (ECE 2015) y ha dispuesto que las Unidades de Gestión Educativa Local de la región difundan dentro de su jurisdicción la importancia de esta evaluación y debiendo regirse conforme a lo previsto en la Norma Técnica de

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implementación y ejecución a nivel nacional de Evaluaciones del Logro de Aprendizajes de Estudiantes de Educación Básica, bajo responsabilidad funcional.

Que, de la misma forma, encargó el monitoreo de las Instituciones Educativas de su jurisdicción, en el proceso de aplicación de la Evaluación Censal de Estudiantes 2015 (ECE 2015), y la supervisión a los Directores de las mismas, quienes deberán actuar respetando los principios de estandarización, confidencialidad y probidad y conforme a lo previsto en la Norma Técnica de implementación y ejecución a nivel nacional de Evaluaciones del Logro de Aprendizajes de Estudiantes de Educación Básica, bajo responsabilidad funcional;

Que, dentro de ese contexto, para la Unidad de Gestión Educativa Local de………., resulta importante y necesario cumplir con lo dispuesto por la Dirección Regional de Educación de ….., y hacer de conocimiento de los Directores de las Instituciones Educativas de la Provincia de……., el contenido de la Resolución Ministerial N°…….-2015-MINEDU, con la finalidad de garantizar su difusión y participación activa en la aplicación de la ECE 2015, quienes a su vez deberán hacerlo extensivo a los docentes, estudiantes y padres de familia de sus respectiva institución;

De conformidad con lo dispuesto en…

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Poner de Conocimiento de los Directores de las Instituciones Educativas de la Provincia de……., las fechas de aplicación de la Evaluación Censal de Estudiantes 2015 (ECE 2015) señaladas en la RM. N°…….-2015-MINEDU.

ARTÍCULO 2.- Disponer, que los Directores de las Instituciones Educativas de la jurisdicción, difundan entre el personal docente, estudiantes y padres de familia la importancia de la aplicación de la Evaluación Censal de Estudiantes 2015 (ECE 2015), participen de forma activa, respeten los principios de estandarización, probidad y confidencialidad y cumplan sus funciones conforme a lo previsto en la Norma Técnica de implementación y ejecución a nivel nacional de Evaluaciones del Logro de Aprendizajes de Estudiantes de Educación Básica, bajo responsabilidad funcional.

Regístrese, comuníquese y publíquese