modelo querella penal por delitos acción pública

Upload: luzgaly-campo-lopez

Post on 07-Jan-2016

268 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Modelo Querella Penal Por Delitos Acción Pública

TRANSCRIPT

Modelo Querella Penal por Delitos Accin PblicaEnviar por correo electrnicoEscribe un blogCompartir con TwitterCompartir con FacebookCompartir en Pinterest

Ciudadano(a)JUEZ(A) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROLDEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL REAMETROPOLITANA DE CARACASSu Despacho.-

Quien suscribe,XXXXXX, venezolano, mayor de edad, de estedomicilio, titular de las Cdula deIdentidadPersonal NmeroV-XXXe inscrito por ante el Instituto de Previsin Social del Abogado bajo el NmeroXXXX, en mi carcter de Apoderado Judicial,actuando con el carcter de apoderado judicial delciudadanoXXXXXX,venezolano, mayor de edad, de estedomicilio, titular dela CduladeIdentidadnumero V-xxxxx, carcter este que se evidencia de instrumento Poder Especial que me fuera otorgado por antela Notarapblica cuarta del Municipio xxxxx, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notara y el cual consigno marcado con la letra A, a los fines de que surta los efectos legales correspondientes,ocurro respetuosamente ante su competente autoridad, por la cualidad que me confiere el artculo 119 ordinal 1 del Cdigo Orgnico Procesal Penal, de conformidad con lo establecido en el artculo 292ejusdemy artculo 253, primer aparte dela Constitucindela Repblica Bolivarianade Venezuela, con la finalidad de presentarQUERELLA,en contra de elciudadanoxxxxx,venezolano, mayor de edad, de estedomicilio, titular dela CduladeIdentidadnumero V-xxxx, por la comisin del Delito deESTAFA, tipificado en el artculo 464 del Cdigo Penal Venezolano Vigente, delito este en perjuicio delciudadanoxxxxx, identificado anteriormente; querella que expongo en los siguientes trminos:

PRIMERODE LOS HECHOS

Es el casociudadano(a) Juez, que en fecha XX de XXXX de XXXX, elciudadanoXXXXXXXX intent demanda por ante el Tribunal XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

En el mismo, consigna original dedocumentode prstamo que hiciere en fecha veintisiete (27) de septiembre del 2005, donde mi representadoxxxx(antes identificado)celebrcontrato de prstamo, elaborado por una profesional del derechocon elciudadanoxxxxx,venezolano, mayor de edad, de estedomicilio, titular dela CduladeIdentidadnumero V-xxxxx, el cual fue autenticado por antela Notara PblicaSexta del Municipio Sucre del Distrito Metropolitano de Caracasen fecha xxxx de los libros de autenticaciones llevados por esta notaria el cual acompa en el procedimiento civil, la parte accionante, la cual marc con la letraB.Mi representado cancel Tres (03), cuotas, cada una con unvalordeQUINIENTOSMIL BOLIVARES (Bs.500.000,00),correspondiente a los tres primeros meses tal como lo estipulaLA CLAUSULA NUMERODOS, del prenombrado contrato del cual anexamos recibos de depsitos realizados por mi cliente ala cuenta Bancariadelciudadanoxxxx,copia simple y marcamos conlaLETRA A1. En dichodocumento,donde se reconoce y admiten enla CLUSULA SEGUNDAdel pre-nombrado contrato de prstamo ELDELITO, DE USURAy/oPOSIBLE ESTAFA,que ha venido perpetrando y perpetra en forma permanente y continuada.... establecido en elARTICULO 126DELA LEY DEPROTECCIONAL CONSUMIDOR Y AL USUARIO y CODIGO PENAL DE VENEZUELA en los Artculos 364, 365 366 y 367 del referido cdigo.

SEGUNDODE LOS PRECEPTOS JURDICOS APLICABLES

La conducta desplegada por XXXXXXXXXXXX, se subsume dentro de la comisin de un hecho antijurdico, tpico y culpable por el Delito de

USURA

ESTAFA, previsto y sancionado en el artculo

464 del Cdigo Penal Venezolano vigente, cometido en agravio delciudadanoxxxxxxxx, ampliamente identificado en autos, el cual expresa:

TITULO XDe los delitos contra la propiedadCAPITULOIIIDe la estafa y otros fraudes

Artculo 464. El que, con artificios o medios capaces para engaar o sorprender la buena fe de otro, inducindole en error, procure para s o para otro un provecho injusto con perjuicio ajeno, ser penado con prisin de uno a cinco aos.

Sealan los autores Hernando Grisanti Aveledo y Andres Grisanti Francesschi, en su libroManualde Derecho Penal, Novena EdicinSegn Soler, la estafa es una disposicin patrimonial tomada por error, el cual ha sido logrado mediante ardides tenientes a obtener un beneficio indebido Los artificios. Para Manzini, artificio es toda astuta simulacin o disimulacin apta para engaar, de modo tal que el engao sea generado por la percepcin inmediata de una falsa apariencia material, positiva o negativa. Error es una falsa representacin de la realidad Hay una sucesin de nexos causales: el artificio provoca el error y ste, a su vez, determina la prestacin perjudicial

En el presente caso, estamos en presencia de la comisin del delito de Estafa, toda vez que mediante artificios, el sujeto activo, es decir, XXXXXXXXXXXXXXXX, estuvieron recibiendo los aportes mensuales durante NUEVE (09) meses despus de ser adjudicado mi poderdante, en fecha 23 de Noviembre del ao 2001, la cual debera de haberle entregado el bien en un lapso de Treinta (30) das mnimos, unas vez aprobados los recaudos exigidos, presentados por mi poderdante, antes de los 45 das requeridos por la clusula N 37, del contrato suscrito, depositando mi poderdante dichas sumas de dinero de buena fe, supuestamente esperando la respuesta por parte de aquella, la cual en fecha 17-12-2001, le manifest la afirmacin de la aprobacin, no pudiendo mi poderdante hacer efectiva dicha afirmacin engaosa, en virtud de que reiteradas veces se dirigi hacia eldomiciliodonde se encuentra ubicada la Empresaquerellada, en donde leinformaban que todava no le entregan el Bien por diferentes causas (excusas), adems de constantes llamadas telefnicas al Ejecutivo de Atencin al cliente,ciudadanoxxxxxx, negndose a contestar las mismas, existiendo por parte de la hoy querellada, una conducta delictiva, para engaar alciudadanoALFREDO VSQUEZ, inducindole en error, para asseguiraprovechndose patrimonialmente del dinero del mismo.

As los autoressupramencionados igualmente expresanProvecho injusto es cualquier beneficio, econmico o moral, que el sujeto activo deriva de su conducta, para s o para otro, sin tener motivo legtimo para ello.

Habiendo as un provecho injusto con perjuicio ajeno en contra de la vctimaciudadanoXXXXXXXX, ya que XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, sigui recibiendo en forma engaosa el dinero del mismo, durante tantos meses, sin dar respuesta alguna, as como no entregar el bien acordado, beneficindose injustamente a si misma sin tener motivo legtimo para ello, perjudicando a mi poderdante, dejando ste su poca inversin obtenida con mucho esfuerzo y trabajo, paraadquirirel Bien prometido (Vehculo Taxi),el cual iba a ser su medio de sustento para mantener a su familia y a su persona.

Es de notar el Principio establecido en el artculo 23 del Cdigo Orgnico Procesal Penal, estipula entre otras cosas Proteccin de las vctimas. Las vctimas de hechos punibles tienen el derecho deaccedera los rganos de administracin de justicia penal gratuita, expedida, sin dilaciones indebidas o formalismos intiles La proteccin de la vctima y la reparacin del dao a la que tengan derecho sern tambin objetivos del proceso penal

El artculo 118 del mismo Cdigo estipula entre otras cosas Vctima. La proteccin del dao causado a la vctima del delito son objetivos del proceso penal. El Ministerio Pblico est obligado a velar por derechos e intereses en todas las fases. Por su parte, los jueces garantizarn la vigencia de sus derechos y el respeto, proteccin y reparacin durante el proceso

El Autor Jorge Longa Sosa, en su libro Cdigo Orgnico Procesal Penal, Pg. 115 y sg., seala DECLARACIN SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE JUSTICIA PARA LAS VCTIMAS DE DELITOS Y ABUSO DE PODER. 1. Se entender por vctimas las personas que,individualo colectivamente, hayan sufrido daos, inclusive lesiones fsicas o mentales,sufrimiento emocional,prdida financiera...4. Las vctimas sern tratadas con compasin y respeto por su dignidad. Tendrn derecho al acceso de los mecanismos de la justicia y a una pronta reparacin del dao que hayan sufrido... (Subrayado nuestro).

El artculo 13 del Cdigo Orgnico Procesal Penal, enuncia...Finalidad del proceso. El proceso debe establecer la verdad de los hechos por las vas jurdicas, y la justicia en la aplicacin del derecho, y a esta finalidad deber atenerse el juez al adoptar su decisin....Transcribe el citado Autor...la finalidad especfica del proceso penal es la de conseguir la realizabilidad de la pretensin punitiva de un delito a travs de la utilizacin de la garanta jurisdiccional, esto es, la de obtener mediante la intervencin del juez la declaracin de certeza positiva o negativa, del fundamento de la pretensin punitiva derivada de un delito, que hace valer por el Estado el Ministerio Pblico....

Por otra parte el artculo 30 de la Constitucin de la Republica Bolivariana de Venezuela establece en su ltimo aparte El estado proteger a las vctimas por delitos comunes y procurar que los culpables reparen los daos causados.

TERCEROPETITORIO

Honorable Juez, por todo lo antes expuesto, solicito la admisin de la presente Querella, en contra de XXXXXXXXXXXXXX,por la comisin del delito de ESTAFA, delito ste contemplado en el artculo 464 del Cdigo Penal venezolano vigente, cometido en contra del ciudadano XXXXXXXXXXXXXXX, solicitando en consecuencia muy respetuosamente a ese digno Juzgado a favor de la verdad y dela Justiciaque debe reinar en nuestro Pas, acuerde lo siguiente:

1)La admisin de la presente Querella2)La Posterior Remisin al Fiscal Superior, a los fines de serle distribuido al Fiscal correspondiente.3)Remitir al Fiscal correspondiente, las prcticas de las siguientes diligencias de conformidad con lo establecido en el Artculo 295 del Cdigo Orgnico Procesal Penal:a) Sea citado a la sede dela Fiscalacorrespondiente, el ciudadanoXXXXXXXXXXXXX, domiciliado en XXXXXXXXXXXXXXXX, a los fines de serle tomada Acta de entrevista en relacin a los hechos narrados en la presente Querella.D) Recabar ante el Registro Mercantil Segundo dela Circunscripcin Judicialdel Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, bajo el Nmero XXXXXXXXXX, Tomo XXX A-sgno, en fecha tres (3) de febrero de dos mil (2000), Copia Certificada del Acta Constitutiva de XXXXXX, a los fines de verificar si realmente cumple con el objeto descrito en el Documento constitutivo-estatutario de la misma.d) Sea solicitado al Departamento de Experticias Contables del Cuerpo de Investigaciones Cientficas Penales y Criminalsticas, la prctica de Experticia Contable, en las oficinas de la Empresa querellada, con domicilio especificado anteriormente, a los fines de verificar si en sus archivos o libros existen irregularidades.e) De igual forma solicito al Fiscal que conozca del caso, se sirva realizar las diligencias que considere necesarias para el total esclarecimiento de los hechos.

Juro no proceder falsa ni maliciosamente y que no me une ningn tipo de vnculo o parentesco con las personas sealadas en la presente Querella acusatoria..

Es Justicia que esperamos en la ciudad de Caracas, a la fecha de su presentacin.-

CiudadanoJEFE DE LA OFICINA DISTRIBUIDORA DE EXPEDIENTESDEL REA METROPOLITANA DE CARACASSu Despacho.-

Tengo el agrado de dirigirme a Usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio y constante de ( ) folios tilesESCRITO DE QUERELLA, donde aparece como querellante el ciudadanoXXXXXXXXXtitular dela Cdulade Identidad nmeroV-XXXX, y como parte querellada XXXXXXXXXXXXXXXXXXX ,respectivamente, por el delito de ESTAFA, establecido en el artculo 464 del Cdigo Penal venezolano.

Remisin que a hago a Usted, a los fines de ser distribuido al Juzgado de Control correspondiente.

Atentamente,