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INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA REGULAR MUNICIPIO DE SANTA FE DE ANTIOQUIA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL VIGENCIA 2017 CONTRALORÍA GENERAL DE ANTIOQUIA CONTRALORÍA AUXILIAR DE AUDITORÍA INTEGRADA Medellín, mayo de 2019

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INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA

REGULAR

MUNICIPIO DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

VIGENCIA 2017

CONTRALORÍA GENERAL DE ANTIOQUIA CONTRALORÍA AUXILIAR DE AUDITORÍA INTEGRADA

Medellín, mayo de 2019

2 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

ADMINISTRACIÒN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

Contralor General de Antioquia Rubén Darío Naranjo Henao Subcontralor General de Antioquia Juan Carlos Peláez Serna Contralor Auxiliar Delegado Diana Carolina Torres García Contralor Auxiliar de Auditoría Integrada José Hernando Duque Arango Equipo Auditor Contralor Auxiliar – Coordinador Dioner Andrés Ortiz Ossa Contralor Auxiliar Yency Estefanía Berrio Builes Profesional Universitario Diana Marcela Rivera Osorno Profesional Universitario Miguel Ángel Lopera Palacios Profesional Universitario Jorge Andrés Rivera Osorno Profesional Universitario Rafael Ángel Penagos Arias Comité Operativo Profesional Universitaria Ángela Paola Ríos Rosas Profesional Universitaria Martha Lillyam Palacios Maldonado Profesional Universitaria Nacyra Máttar Acuña (P) Contralora Auxiliar María Nelly Zapata Echeverri

3 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

TABLA DE CONTENIDO

1. DICTAMEN INTEGRAL ........................................................................................................... 6

1.1 CONCEPTO SOBRE FENECIMIENTO ............................................................................ 6

1.1.1 Control de Gestión............................................................................................................ 6

1.1.2 Control Financiero ............................................................................................................ 7

1.1.2.1. Opinión sobre los Estados Contables ............................................................................. 8

2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA .......................................................................................... 9

2.1. CONTROL DE GESTIÓN ........................................................................................................ 9

2.1.1. Factores Evaluados en la Contratación ............................................................................. 9

2.1.1.1. Gestión Contractual. ........................................................................................................ 10

2.1.1.2. Legalidad ........................................................................................................................... 21

2.1.1.3. Rendición y revisión de la cuenta Gestión Contractual ............................................. 21

2.1.2 Control Fiscal Interno ........................................................................................................... 22

2.1.3. Gestión Ambiental ............................................................................................................... 22

2.1.4. Rendición de la Cuenta Anual. .......................................................................................... 29

2.2 CONTROL FINANCIERO ....................................................................................................... 29

2.2.1. Factor Estados Contables .................................................................................................. 30

2.2.2 Sistema de Control Interno Contable .......................................................................... 73

2.2.3. Gestión Presupuestal ......................................................................................................... 77

3. OTRAS ACTUACIONES ........................................................................................................... 79

3.1. ATENCIÓN DE DENUNCIAS ............................................................................................... 79

3.2. BENEFICIOS DEL PROCESO AUDITOR .......................................................................... 79

4 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

3.3. SEGUIMIENTO OTROS DOCUMENTOS .......................................................................... 81

3.4. CONTROL A LAS FIDUCIAS ............................................................................................... 81

3.5 INSUMOS PARA PRÓXIMAS AUDITORÍAS ...................................................................... 82

4. CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS ................................................................... 84

5. ANEXOS .................................................................................................................................. 85

5 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Medellín, mayo de 2019 Doctor SAULO ARMANDO RIVERA FERNÁNDEZ Alcalde Municipal Calle 9 No 9-22, Palacio Colonial [email protected] Teléfono 853.11.52-853.11.01 Santa Fe de Antioquia, Antioquia Asunto: Dictamen de Auditoría vigencia 2017 La Contraloría General de Antioquia con fundamento en las facultades otorgadas por los Artículos 267 y 272 de la Constitución Política, practicó Auditoría Modalidad Regular al ente que usted representa, a través de la evaluación de los principios de eficiencia, eficacia y equidad con que se administraron los recursos puestos a disposición y los resultados de la gestión, el examen del Balance General y el Estado de Actividad Financiera, Económica y Social a 31 de diciembre de 2017, la comprobación de que las operaciones financieras, administrativas y económicas se realizaron conforme a las normas legales, estatutarias y de procedimientos aplicables. Es responsabilidad de la Administración Municipal el contenido de la información suministrada por la Entidad y analizada por la Contraloría General de Antioquia, que a su vez tiene la responsabilidad de producir un informe integral que contenga el concepto sobre la gestión adelantada por la Administración Municipal de Santa Fe de Antioquia, que incluya pronunciamientos sobre el acatamiento a las disposiciones legales, y la opinión sobre la razonabilidad de los Estados Contables. La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas, políticas y procedimientos de auditoría prescritos por la Contraloría General de Antioquia, compatibles con las de general aceptación; por tanto, requirió acorde con ellas, de planeación y ejecución del trabajo, de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar los conceptos y la opinión expresada en el informe integral. El control incluyó examen sobre la base de pruebas selectivas, evidencias y documentos que soportan la gestión de la Entidad, las cifras y presentación de los Estados Contables y el cumplimiento de las disposiciones legales.

6 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

1. DICTAMEN INTEGRAL 1.1 CONCEPTO SOBRE FENECIMIENTO

Con base en la calificación total de 71.8 puntos, sobre la Evaluación de la Gestión Fiscal, componentes control de gestión y control financiero, la Contraloría General de Antioquia No Fenece la cuenta de la Entidad por la vigencia fiscal correspondiente al año 2017.

1 MATRIZ EVALUACIÓN DE GESTIÓN FISCAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

VIGENCIA AUDITADA 2017

Fuente: Sistema Gestión transparente. Elaboró: Equipo auditor.

Los fundamentos de este pronunciamiento se presentan a continuación: 1.1.1 Control de Gestión La Contraloría General de Antioquia como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que el Control de Gestión, es Favorable, como consecuencia de la calificación de 96.29 puntos, resultante de ponderar los factores que se relacionan a continuación:

7 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

2 CONTROL DE GESTIÓN

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA VIGENCIA AUDITADA 2017

Fuente: Sistema Gestión Transparente Elaboró: Equipo auditor.

1.1.2 Control Financiero La Contraloría General de Antioquia como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que el Control Financiero, es Desfavorable, como consecuencia de la calificación de 10.71 puntos, resultante de ponderar los factores que se relacionan a continuación:

3 CONTROL FINANCIERO ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

VIGENCIA AUDITADA 2017

Fuente: Sistema Gestión transparente. Elaboró: Equipo Auditor.

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1.1.2.1. Opinión sobre los Estados Contables

2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

2.1. CONTROL DE GESTIÓN Como resultado de la auditoría adelantada, en el componente Control de Gestión se encontraron los siguientes hechos que en principio constituyen hallazgos de auditoría: 2.1.1. Factores Evaluados en la Contratación En la ejecución de la presente Auditoría y de acuerdo con la información suministrada por Administración Municipal de Santa Fe de Antioquia, en cumplimiento de lo establecido en la resolución interna de rendición de cuentas en línea de la Contraloría General de Antioquia, se determinó que la Entidad celebró la siguiente contratación:

En total celebró 539 contratos por valor de $ 15.840.220.090, distribuidos así:

2. CONTRATACIÓN ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

VIGENCIA AUDITADA 2017

TIPOLOGIA CANTIDAD

CONTRATADA VALOR $ MUESTRA

CANTIDAD VALOR $

Obra Pública 16 $452.100.567 9 $334.472.593

Prestación de Servicios

276 $4.791.570.177 51 $2.496.476.232

Suministros 112 $2.507.409.405 43 $1.725.959.383

Consultoría y otros arrendamiento convenios

10 $539.060.000 2 $369.960.000

Interventoría 0 0 0 0

Régimen Especial 125 $7.550.079.941 41 $3.102.404.871

TOTAL 539 $15.840.220.090 146 $8.029.273.079

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor.

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2.1.1.1. Gestión Contractual. Como resultado de la auditoría adelantada, la Gestión Contractual obtuvo un puntaje de 96.43 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

5. GESTIÓN CONTRACTUAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

VIGENCIA AUDITADA 2017

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor.

2.1.1.1.1. Obra Pública De un universo de 16 contratos de obra pública se auditaron 9; por valor de $334.472.593, equivalente al 74% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal; con el siguiente resultado:

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

1. En verificación del contrato de Consultoría No CMA-002-2017 Suscrito con

Serviconstrucciones del caribe LTDA por $37’950.000 con el objeto de “Estudios y diseños del proyecto Centro de Integración Ciudadana para el municipio de Santa Fe de Antioquia”, liquidado, se evidenció: (D) (P)

a. Los numerales 12.1 de los Estudios Previos y 1.8 del Pliego de condiciones

definitivo establecen en uno de los apartes:

“El Contratista se obliga a mantener al frente de los trabajos, durante el tiempo de ejecución del contrato, al personal profesional y técnico establecido en este pliego de condiciones, cuyas hojas de vida deberá someter a la aprobación de la Interventoría que sea designado por el Municipio en forma previa a la iniciación de las actividades, sopena que sea descontado los costos de manera posterior en la liquidación del contrato.” (Subrayas y negritas nuestras)

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“- En caso de que el personal profesional designado incumpla cualquiera de los requisitos enunciados en este numeral, el Contratista se hará acreedor a la multa contemplada en este pliego de condiciones. - Si por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, se requiere cambiar a un profesional, éste deberá ser reemplazado por otro que cumpla los requisitos establecidos en este pliego de condiciones, previa aprobación por parte de la entidad contratante. -La no observancia de este requisito se considerará como incumplimiento del contrato, afectando la garantía única de cumplimiento.” (Negrita y subrayas nuestras)

Los mismos numerales más adelante califican la experiencia de los profesionales de la siguiente manera:

Imagen 1: Forma de calificación de la experiencia de los profesionales presentados en la propuesta Tomado de: Pliego de condiciones Página 53 de 90

No obstante, lo anterior, una vez revisados los productos entregados como objeto del contrato, se evidencia que ninguno fue elaborado por el personal presentado en la propuesta como se indica en la siguiente tabla, evidenciándose el incumplimiento del contrato de acuerdo a lo enunciado.

Profesional y perfil solicitado Presentado en la Propuesta Profesional que firma los

diseños

Arquitecto: 5 años de experiencia, Especialización o maestría en Bioclimática, (un año de experiencia mínima de maestría), acreditar

Ronald Mauricio Pulido Sierra:

Arquitecto (2005), Magister en arquitectura bioclimática

Andrés Alfonso Arrieta

MP A42582014-1063077880

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Profesional y perfil solicitado Presentado en la Propuesta Profesional que firma los

diseños

experiencia en proyecto de consultoría de más de 3000m2. Deberá acreditar con una carta de intención debidamente protocolizada y aceptada por el oferente o representante legal.1

(2013).

Presenta certificado sin firma para acreditar la experiencia exigida con el contrato 074-4-2014-FORPO (Folio 72 de la propuesta), de la Empresa Bazzani Arquitectura y Urbanismo (debió suscribirlo el Arquitecto Germán Bazzani Pradere, según dice el documento)

Firma planos arquitectónicos

Ingeniero Ambiental: Experiencia general de 5 años, magister en Ingeniería Urbana (un año de experiencia mínima de maestría), acreditar experiencia en proyecto de consultoría de más de 3000m2

Jorge Luis Gallego Zapata:

ngeniero ambiental (2011),

Maestria en ingeniería urbana (2015).

Presenta certificado suscrito por el Arquitecto Germán Bazzani Pradere de la empresa Bazzani Arquitectura y Urbanismo acreditando el contrato 074-4-2014-FORPO (folio 90 de la propuesta)

Ninguno de los estudios y diseños es firmado por Ingeniero Ambiental

Ingeniero Civil: Experiencia general de 10 años, magister en Ingeniería civil con énfasis en estructuras (7 años de experiencia mínima de maestría), acreditar experiencia en proyecto de consultoría de más de 3000m2

Javier José Carrillo Ortega:

Ingeniero civil (1997), Magister en ingeniería civil en el área de estructuras (1999)

Presenta certificado suscrito por Jorge Enrique López B. representante Legal de consorcio Alfa para acreditar experiencia en contrato suscrito con FONADE (Folio 105 de la propuesta)

Octavio Víctor Otero Ramos

MP. 13202-38282 BLV.

Firma planos Estructurales y memorias de cálculo

Ingeniero Civil: Experiencia general de 10 años, especialista en geotecnia (7 años de experiencia mínima de

Jaime Fernando Botia Rosas:

Ingeniero civil (1999), Especialista en ingeniería de

Martha Lucia Romero Hernández

1 Folio 47 del Pliego de Condiciones

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Profesional y perfil solicitado Presentado en la Propuesta Profesional que firma los

diseños

especialización), acreditar experiencia en proyecto de consultoría de más de 3000m2

pavimentos (2005), Especialista en geotecnia (2008).

Presenta certificado suscrito por Jorge Enrique López B. representante Legal de consorcio Alfa para acreditar experiencia en contrato 2051536 (Folio 117 de la propuesta)

MP: 22202099218 COR

Firma estudio de suelos

Elaboró: Miguel Ángel Lopera P – Profesional Universitario Fuentes: Pliego de condiciones del contrato, Propuesta ganadora y entregables del proyecto

b. El pliego de condiciones definitivo establece en el numeral 4.3.1: “La

propuesta deberá ir acompañada de los documentos, certificados, constancias de estudio y trabajo que acrediten las calidades y experiencias de los profesionales mínimos exigidos. En caso que no se cumpla con las exigencias mínimas requeridas para estos profesionales, la propuesta será inadmitida.”. también el literal j del numeral 4.4 indica como causal de inadmisión de la propuesta: “Cuando no se cumplan los requisitos exigidos en el aparte de REQUISITOS DE ORDEN TÉCNICO” y más adelante en el numeral 5.2.2 refiere: “Adjunto a las hojas de vida de los profesionales debe adjuntarse carta de compromiso de cada uno de ellos, firmada por ambas partes, manifestando el cargo que ejercerá en el proyecto, su disponibilidad y dedicación.” (negrita y subraya nuestra), no obstante, lo anterior, en la propuesta presentada por Serviconstrucciones del Caribe LTDA, ninguno de los profesionales suscribió la carta de compromiso mencionada, además, la certificación de experiencia aportada para el Arquitecto Bioclimático no fue suscrita (folio 72 de la propuesta), por lo tanto, no debió ser tenida en cuenta y en consecuencia inadmitir la propuesta.

c. La factura No.1002 presentada para cobrar el contrato no cumple con lo

indicado en los artículos 616 y 617 del estatuto Tributario Nacional.

d. En el folio 126 de la propuesta ganadora se evidencia: un 5% del factor multiplicador correspondiente a costos de oficina (Arrendamiento, administración y servicios públicos), 5.5% de gastos de papelería y presentación de la propuesta, sin embargo, en la propuesta económica de la consultoría, adicional al factor multiplicador, cobran $1’726.106 para oficina, y

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comunicaciones, Equipos de cómputo, papelería y planos presumiéndose este valor como detrimento patrimonial.

e. En el numeral 12.2 de los estudios previos del contrato al igual que en la propuesta económica suscrita por el contratista en el cuadro de actividades a ejecutar el numeral 2.2 implicaba realizar “Revisión Ambiental y Bioclimática de todo el proyecto” con un valor de $3’500.000 más IVA ($4’165.000), sin embargo, dicho insumo no fue entregado por el contratista presumiéndose detrimento por este concepto.

f. El total del presunto detrimento presentado en este contrato asciende a $5’891.106 en los literales d y e.

El presunto daño patrimonial de $5.891.106, fue resarcido a las arcas de la Administración Municipal de Santa Fe de Antioquia, mediante recibo de caja N° 12884 del 23 de octubre del 2018 y se convierte en beneficio de auditoría como se observa en el ítem de 3.2. Beneficio del proceso auditor.

2. En los convenios celebrados por el Municipio con las diferentes Juntas de acción Comunal se evidencian deficiencias en las labores de supervisión e interventoría llevada a cabo por la Secretaría de Planeación e infraestructura inobservando lo establecido en los artículos 82, 83 y 84 de la ley 1474 de 2011 pues se observan deficiencias de calidad tal como se muestra en la siguiente tabla: (A)

CÓDIGO

CONTRATO NOMBRE

CONTRATISTA OBJETO DEL CONTRATO

VALOR CONTRATO

Observaciones

CS-031-2017

Junta De Acción Comunal Vereda Sabanas

Adecuación unidades sanitarias y aula en la Institución Educativa Rural Sabanas, del municipio de Santa Fe de Antioquia

$20.495.922

Deficiencias en pintura esmalte (traslúcida, rayada) Existía muro en la parte posterior del aula construida que no se intervino pero genera riesgo de colapso pues es muy esbelto y no tiene confinamiento

CS-069-2017

junta de acción comunal vereda la Noque

Adecuación del Centro Educativo Rural la Noque del municipio de santa Fe de Antioquia.

$20.484.021

Deficiencias en la aplicación de la pintura de cubierta, traslucida en algunos elementos, faltó por pintan faja de cubierta en el aula de sistemas, la tablilla instalada presenta defectos en algunos elementos como, desbordamientos, fisuras, nudos significativos, alabeos, torceduras.

CS-036-2017

Junta de acción comunal vereda la tolda

Adecuación del Centro Educativo Rural la Tolda del municipio de santa fe de Antioquia

$20.339.264 Filetes en enchapes instalados con deficiencias en acabados, puntura esmalte traslucida.

CS-090-2017

Junta de acción comunal

Mano de obra y transporte de materiales, para adecuación de

$20.183.707 Presenta deficiencias en la pega de ladrillo, aparente mala calidad del

15 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CÓDIGO CONTRATO

NOMBRE CONTRATISTA

OBJETO DEL CONTRATO

VALOR CONTRATO

Observaciones

corregimiento el Pescado

unidades sanitarias y construcción de área administrativa en la IER El Pescado del municipio de Santa Fe de Antioquia.

concreto en algunos elementos, discontinuidad en la verticalidad de varios de los elementos (muros construidos, vigas y muros existentes primer nivel), una puerta quedo mal instalada y no cierra, las escalas construidas carecen de pasamanos generando riesgo para las personas que las utilizan, los baños existentes quedaron sin adecuada ventilación e iluminación natural, las tuberías de las instalaciones eléctricas quedaron desplomadas y desniveladas

CS-117-2017

Junta de acción comunal barrio la Maquea

Mano de obra para la construcción de vivienda de la familia Graciano en la zona urbana, del municipio de Santa Fe de Antioquia

$20.000.000

Mala calidad aparente de los concretos, discontinuidad en columna central de la parte posterior, deficiencias en la instalación de la mampostería (desplomes, mala calidad del rebite, irregularidad en ancho de juntas, cortes burdos de algunas piezas), acero de estribos expuesto en algunos elementos, etc

Fuente: Gestión transparente y visitas a obras Elaboró: Miguel Ángel Lopera P – Profesional Universitario

3. En el contrato CMC-182-2017 suscrito con Inversiones y construcciones

Inverconst S.A.S por $11’209.800 con el objeto de “Interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera de la ejecución del contrato de consultoría CMA 002 de 2017 que tiene por objeto Consultoría para estudios y diseños del proyecto Centro de integración ciudadana para el Municipio de Santa Fe de Antioquia” se evidenció: (F) (D)

a. En los estudios previos del contrato indican que la duración del contrato es de

6 meses, de esa manera calculan los costos en la estructura de costos, igualmente en la propuesta presentada por el contratista considera una duración de seis meses y así calcula los costos.

16 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Imagen 2: Estructura de costos planteada por la administración Fuente: Estudios previos página 3

Imagen 3: Estructura de costos planteada por el contratista Fuente: Propuesta del contratista, folio 74 carpeta contractual

Teniendo en cuenta lo anterior y que el real plazo del contrato fue de dos (2) meses entre el 1 de diciembre de 2017 día en que se firma el acta de inicio y el 30 de enero de 2018 con la firma del acta de recibo a satisfacción de los servicios, que además el contrato al que le hicieron la interventoría se ejecutó en 29 días (firman acta de inicio el 1 de diciembre de 2017 y acta de recibo a satisfacción el 29 de diciembre de 2017) no se encuentra justificado que se haya pagado el valor cotizado por los 6 meses, presumiéndose de esta manera un detrimento por los cuatro (4) meses pagados injustificadamente, valor que asciende a $7’473.200 tal como se detalla a continuación:

17 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Ítem Actividad Unidad Cantidad Valor

Unitario Valor Total

1 Dirección de interventoría mes 4 1.200.000 4.800.000

2 Informes mensualizados mes 4 230.000 920.000

3 Trasporte y otros mes 4 140.000 560.000

Costo directo 6.280.000

IVA 19% 1.193.200

Costo Total 7.473.200 Tabla: Cálculo del presunto detrimento del contrato CMC-182-2017 de acuerdo a Propuesta del contratista. Elaboró: Miguel Ángel Lopera P – Profesional Universitario

b. Se evidencia incumplimiento algunas de las obligaciones del interventor

consagradas en los estudios previos del contrato, literales d), f), g), h), s) y t) de las en las “Funciones Administrativas” literales s) y u) (i. Revisión, ii. Verificación, iii. Validación) de las “Funciones Técnicas” y los apartes de “Revisión del proyecto” y “Control de calidad del contrato” puesto que los diseños a los cuales tenía que hacer la interventoría fueron elaborados por personal diferente al presentado en la propuesta, tampoco se entregaron la totalidad de estudios y diseños referidos en estudios previos, la propuesta del contratista de diseños y la Minuta del contrato de diseños.

4. En ninguno de los procesos revisados se evidencia que la Entidad haya

realizado el estudio del Sector tal como lo establece la G-EES-02 (Guía para la Elaboración de Estudios de Sector) expedida por Colombia Compra Eficiente incumpliendo lo establecido en el Articulo Artículo 2.2.1.1.1.6.1. de decreto 1082 de 2015 y lo indicado en el literal b del Artículo 118 de la ley 1474 de 2011. (D)

5. En los convenios que el municipio de Santa Fé de Antioquia suscribió con el

Comité departamental de Cafeteros de Antioquia, relacionados a continuación, se evidenció ausencia de supervisión a la ejecución de los recursos por parte la Administración Municipal, no realizando los respectivos seguimientos de vigilancia y control a los recursos aportados luego del desembolso de los recursos inobservando, los artículos 82, 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011. (D)

CÓDIGO

CONTRATO NOMBRE

CONTRATISTA OBJETO DEL CONTRATO

VALOR CONTRATO

CA-CN-2017-1482

Comité departamental de Cafeteros de Antioquia

Aunar esfuerzos para ejecutar la pavimentación de vías terciarias a través de la construcción de placa huellas en varias veredas del municipio de Santa Fe de Antioquia

$45.000.000

18 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CA-CN-2017-0289

Comité departamental de Cafeteros de Antioquia

Aunar esfuerzos para realizar el mantenimiento y adecuación de vías terciarias en el Municipio de Santafé de Antioquia, específicamente en la vía que conduce desde la vereda la Aldea, hasta el sector el Perú que conduce hasta el corregimiento Las Azules

$40.000.000

Tabla: Contratos celebrados con el comité departamental de Cafeteros. Fuente: Gestión transparente. Elaboró: Miguel Ángel Lopera P – Profesional Universitario

6. En la verificación contractual del Convenio CA-CN-2017-1482 suscrito con el

Comité departamental de Cafeteros de Antioquia por $45.000.000 con el objeto de “Aunar esfuerzos para ejecutar la pavimentación de vías terciarias a través de la construcción de placa huellas en varias veredas del municipio de Santa Fe de Antioquia”, se evidenció: (D)

a. La única actuación que se evidenció de por parte de la supervisión del

convenio consistió en un “Acta de recibo a satisfacción” con fecha 10 de octubre de 2017, un día posterior a la suscripción del convenio, donde refiere “Hago constar que recibí a satisfacción la obra física con un tiempo de ejecución de 8 meses. Además, certificó que los documentos anexos al contrato se encuentran al orden del día”. Lo anterior se presume vulnera el Parágrafo 1 del Artículo 84 de la ley 1474 de 2011.

b. El desembolso de los recursos aportados por el municipio se dio desde el 27

de noviembre de 2017, en el expediente contractual no se encontró documento alguno que modificaran las condiciones del convenio, sin embargo, al momento de la auditoria el 3 de septiembre de 2018, el supervisor por parte del Comité de cafeteros indica cuando se refiere al convenio en cuestión: “a la fecha se encuentra vigente, su fecha d vencimiento es el 12 de septiembre de 2018”.

7. El convenio solidario liquidado N° 065 de 2017 suscrito entre el municipio de

Santa Fe de Antioquia y la Asociación de juntas de Acción Comunal del municipio de Santa Fe de Antioquia, que tiene al señor Alfredo Sepúlveda como su representante legal, cuyo objeto es “Cerramiento en tubería galvanizada de la piscina de la Casa Campesina” por valor de $16.091.267, se pudo verificar que existen algunas diferencias de obra entre lo pagado y lo realmente ejecutado, tal y como se describe a continuación:

En el ítem 3,01 “Cerramiento en tubo galvanizado de 1,12”, con bastones verticales de 1” en tubería galvanizada cada 10 cm, incluye soportes y todos los elementos necesarios para su instalación” se encontró 228 bastones con una altura de 0,90m para una longitud total de 205,2 metros lineales, pero en el ítem se reconocen 11 metros lineales de bastón por cada metro lineal de cerramiento.

19 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Como se instalaron 37,7m de cerramiento se tiene que cobraron (11)*(37,7) = 414,7m de bastones, por tanto se tiene lo siguiente, Tabla No . Cálculo Diferencias Obra

ITEM DESPCRIPCIÓN UNIDAD CATIDAD MEDIDA

CANTIDAD PAGADA

DIFERENCIA VALOR

UNITARIO ($)

VALOR DIFERENCIA DE OBRA($)

7.1.1 Tuberia galvanizada para cerramiento m 205,2 414,7 209,5 8.000 1.676.000

total costo directo 1.676.000

AU:30,62% 335.200

TOTAL 2.011.200

Fuente: Acta de vista firmada con el supervisor del contrato Elaboró: Jorge Andrés Rivera Osorno, Profesional Universitario

El presunto daño patrimonial de $2.011.200, fue resarcido a las arcas de la Administración Municipal de Santa Fe de Antioquia, mediante recibo de caja N° 8374 del 19 de octubre del 2018 y se convierte en beneficio de auditoría como se observa en el ítem de 3.2. Beneficio del proceso auditor (A).

8. El contrato de obra pública N° 265 de 2015, liquidado en el año 2017, suscrito entre el municipio de Santa Fe de Antioquia y la Asociación de municipios del Norte Antioqueño, que tiene a la señora María Elena Rojas como su representante legal, cuyo objeto es “Construcción de Centro de Eventos y Convenciones en el municipio de Santa Fe de Antioquia” por valor de $1.471.660.614, se pudo verificar que existen algunas diferencias de obra entre lo pagado y lo realmente ejecutado, tal y como se describe a continuación:

20 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Tabla No. Cálculo Diferencias Obra

ITEM DESPCRIPCIÓN UNIDAD CATIDAD

MEDIDA

CANTIDAD

PAGADA DIFERENCIA

VALOR

UNITARIO

($)

VALOR

DIFERENCIA

DE OBRA($)

12.2

Estructura Metálica,

en celosía

estructural norma

NSR - 10

kg 18.269,20 18.851 581,80 8.457.50 4.920.574

total costo directo 4.920.574

AU:25% 1.230.143

TOTAL 6.150.717

Fuente: Acta de vista firmada con el supervisor del contrato

Elaboró: Jorge Andrés Rivera Osorno, Profesional Universitario

De acuerdo a lo anterior, se configura un presunto detrimento patrimonial (Art. 6

Ley 610 de 2000), por valor de $6.150.717 e incumplimiento de las obligaciones

del interventor establecidas en los artículos 83 y 84 del Decreto 1474 de 2011 y de

las obligaciones contractuales pactadas inicialmente. (F) (D)

2.1.1.1.2. Prestación de Servicios De un universo de 276 contratos de prestación de servicios se auditaron 51; por valor de $2.496.476.232, equivalente al 52% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal, no arrojo ningún hallazgo. 2.1.1.1.3. Suministros De un universo de 112 contratos de suministros se auditaron 43; por valor de $1.725.959.383, equivalente al 69% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal, no arrojo ningún hallazgo. 2.1.1.1.4. Consultoría u otros Contratos De un universo de 10 contratos de consultoría u otros se auditaron 2; por valor de $369.960.000, equivalente al 100% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal, no arrojo ningún hallazgo.

21 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

2.1.1.1.5. Interventoría La Entidad no reportó al sistema de Gestión Transparente en la vigencia 2017 contratos de interventoría. 2.1.1.1.6. Régimen Especial. De un universo de 125 contratos de Régimen especial se auditaron 41; por valor de $3.102.404.871, equivalente al 41% del valor total contratado en esta tipología, de los cuales se evaluaron todas las variables aplicables y descritas en la matriz de evaluación de la gestión fiscal. 2.1.1.2. Legalidad Como resultado de la auditoría adelantada, la legalidad obtuvo un puntaje de 94.67 debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

6. LEGALIDAD ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

VIGENCIA AUDITADA 2017

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor.

2.1.1.3. Rendición y revisión de la cuenta Gestión Contractual Como resultado de la auditoría adelantada, la Rendición y Revisión de la Cuenta obtuvo un puntaje de 99.47 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

22 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

7 RENDICIÓN Y REVISIÓN DE LA CUENTA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

VIGENCIA AUDITADA 2017

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor.

2.1.2 Control Fiscal Interno Como resultado de la auditoría adelantada, el Control Fiscal Interno obtuvo un puntaje de 93.72 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

8 CONTROL FISCAL INTERNO ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

VIGENCIA AUDITADA 2017

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor.

2.1.3. Gestión Ambiental Como resultado de la auditoría adelantada, la Gestión Ambiental obtuvo un puntaje de 100 debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

9 GESTIÓN AMBIENTAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

VIGENCIA AUDITADA 2017

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor.

La línea de Gestión Ambiental, incluyó la evaluación de la gestión y la inversión

ambiental ejecutada por el municipio de Santa Fe de Antioquia en la vigencia

23 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

2017, se revisaron los componentes relacionados con el agua potable y

saneamiento básico, el suministro y la calidad del agua a nivel urbano y rural,

seguimiento al Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos PGIRS y a las metas

propuestas en la vigencia evaluada, se constató el recaudo y la trasferencia de la

sobretasa ambiental a la CAR, se verificó la compra de predios y los

mantenimientos a las áreas de importancia estratégica, al igual que el recaudo del

1% de los ingresos de libre destinación.

Se verificó además, la existencia y ejecución de programas por pagos por

servicios ambientales, la gestión del riesgo y el cuerpo de bomberos voluntarios, la

ocupación y la reglamentación del espacio público, el comparendo ambiental, la

realización de programas de educación ambiental, se realizó visita a los siguientes

sitios: Relleno sanitario antiguo (clausurado), Escombrera municipal, Bodega de

reciclaje, Planta de Tratamiento de Agua Potable – PTAP del corregimiento El

Pescado, Planta de Tratamiento de Aguas Residuales – PTAR del corregimiento

El Pescado, Planta de Tratamiento de Agua Potable – PTAP “Los Tamarindos” de

la zona urbana y Planta De Tratamiento de Agua Residuales – PTAR de la zona

urbana, además se efectuó el seguimiento a las metas ambientales del Plan de

Desarrollo 2016-2019 “Santa Fe de Antioquia somos Todos y Todas” en la

vigencia evaluada.

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

9. En el proceso de Auditoría Ambiental se constató que el municipio de Santa

Fe de Antioquia no tiene incorporado al Plan de Desarrollo “Santa Fe de Antioquia somos todos y todas 2016 – 2019” – línea estratégica número 3, “desarrollo territorial, infraestructura y ambiental”, el Programa para el Uso Eficiente y Ahorro del Agua, inobservando lo establecido en el artículo 1 de la Ley 373 de 1997. (A)

10. Mediante revisión documental no se evidenciaron los respectivos informes

acerca de las evaluaciones constantes que la administración municipal de Santa Fe de Antioquia debe realizar a la prestación de los servicios públicos domiciliarios operados por las empresas Aguas Regionales EMP. SA ESP (acueducto y alcantarillado) y la empresa Occidente Limpio SA ESP (aseo) para la vigencia 2017. Lo anterior incumple con lo establecido en el numeral 9 del Manual de Funciones y de competencias laborales del área funcional Secretaria de Planeación e Infraestructura y lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011. (A)

24 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

11. Según certificación emitida por AGUAS REGIONALES EPM S.A E.S.P,

operador del servicio de acueducto en el municipio de Santa Fe de Antioquia, para el año 2017 el Índice de Agua No Contabilizada - IANC fue de 33.25%, superando lo permitido (≤25%). Inobservando lo establecido en el artículo 1 de la Resolución 2320 de 2009 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el numeral 19 del artículo 6 de la Ley 1551 de 2012. (A)

12. En el proceso de Auditoría Ambiental se constató que el municipio de Santa

Fe de Antioquia no cumple con suministrar agua apta para consumo humano a 1.992 suscriptores residenciales de la zona rural, pertenecientes a 29 veredas del municipio de acuerdo al Informe Mensual del Índice de Riesgo del Agua - IRCA% anual rural, inobservando lo establecido en el numeral 1 artículo 2 de la Ley 142 de 1994 y el numeral 19 del artículo 6 de la Ley 1551 de 2012. (A)

LOCALIDAD EMPRESA PRESTADORA

DEL SERVICIO

NUMERO DE SUSCRIPTORES RESIDENCIALES

APTA PARA CONSUMO HUMANO

NIVEL DE RIESGO

Corregimiento El Pescado

Asociación de Usuarios Acueducto El Pescado

52 No

Inviable Sanitariamente

Vereda El Chorrillo Junta de Acción Comunal Vereda El Chorrillo

52 No

Inviable Sanitariamente

Vereda Yerbabuenal Asociación de Ususarios Vereda Yerbabuenal

38 No

Inviable Sanitariamente

Vereda El Tunal Aguas de Occidente Vereda El Tunal

305 Sin Medición

Vereda El Espinal Aguas de Occidente Vereda El Espinal

25 Sin Medición

Vereda El Km 2 Aguas Regionales EPM S.A ESP

27 Si Sin Riesgo

Corregimiento Sabanas Asociación de Usuarios Acueducto Sabanas

57 No

Inviable Sanitariamente

Vereda Moraditas Asociación de Usuarios Acueducto Moraditas

108 No

Inviable Sanitariamente

Vereda Churimbo Junta de Acción Comunal 65 Sin Medición

Corregimiento Nurquí Asociación de Usuarios Chuscales lomalarga

299 No

Inviable Sanitariamente

Vereda El Madero Asociación de Usuarios Acueducto veredal El Madero

38 No

Inviable Sanitariamente

Vereda El Filo Junta Administradora 38

No Inviable

Sanitariamente

25 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

LOCALIDAD EMPRESA PRESTADORA

DEL SERVICIO

NUMERO DE SUSCRIPTORES RESIDENCIALES

APTA PARA CONSUMO HUMANO

NIVEL DE RIESGO

Vereda San Antonio Junta de Acción Comunal 22

No Inviable

Sanitariamente

Vereda La Milagrosa Asociación de Usuarios Acueducto vereda la Milagrosa

38 No

Inviable Sanitariamente

Vereda Las Azules Junta de Acción Comunal 15 Sin Medición

Vereda La Tolda Junta de Acción Comunal 82

No Inviable

Sanitariamente

Vereda Coloradas Junta de Acció Comunal 9

No Inviable

Sanitariamente

Vereda El Plan Asociación de Usuarios 72

No Inviable

Sanitariamente

Vereda Obregón Aguas de Occidente S.A E.S.P 40 Sin Medición

Vereda Km2 Junta Administradora 67 Sin Medición

Vereda Laureles Junta de Acción Comunal 25

No Inviable

Sanitariamente

Vereda Tonusco Junta Administradora 60

No Inviable

Sanitariamente

Vereda La Mariana Junta de Acción Comunal 40

No Inviable

Sanitariamente

Corregimiento Cativo Junta Administradora de Acueducto Cativo

116 No

Inviable Sanitariamente

Vereda La Cordillera Junta de Acción Comunal

96 No

Inviable Sanitariamente

Vereda La Aldea Asociación de Usuarios Acueducto vereda la Aldea

46 Sin Medición

Vereda Pedregal Junta de Acción Comunal 70

No Inviable

Sanitariamente

Vereda El Rodeo Asociación de Usuarios Acueducto vereda el Rodeo

56 No

Inviable Sanitariamente

Vereda Fatima Junta de Acción Comunal 42

No Inviable

Sanitariamente

Vereda El Carmen Junta de Acción Comunal 19

No Inviable

Sanitariamente

Vereda La Noque Aguas Regionales EPM S.A ESP

38 Si Sin Riesgo

Fuente: Informe Mensual del Índice de Riesgo de calidad del Agua – IRCA acueductos Rurales, municipio Santa Fe de

Antioquia.

Elaboró: Diana Rivera, Contralor Auxiliar, Gestión Ambiental.

13. En el proceso de Auditoría Ambiental se constató que el municipio de Santa

Fe de Antioquia no cumple con la cobertura mínima (≤84%) de agua potable en la zona rural, solo el 3.1% de los suscriptores rurales correspondientes a 65 de 2.057 existentes cuentan con agua apta para consumo humano en la zona rural del municipio. Inobservando lo establecido en el numeral 2 artículo 2 de la Ley 142 de 1994 y el numeral 19 del artículo 6 de la Ley 1551 de 2012. (A)

26 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

14. Según certificación emitida por AGUAS REGIONALES EPM S.A E.S.P,

operador del servicio de alcantarillado en el municipio de Santa Fe de Antioquia, durante el año 2017 la cobertura de alcantarillado en la zona urbana fue de 94.3% por debajo de lo establecido (≤97,6%). Inobservando el numeral 2 artículo 2 de la Ley 142 de 1994 y el numeral 19 del artículo 6 de la Ley 1551 de 2012. (A)

15. El día 6 de septiembre de 2018, se realizó visita técnica a las plantas de

tratamiento de agua potable y residuales del corregimiento El Pescado, en compañía del operario y de funcionario de la ESP del municipio, mediante recorrido se pudo evidenciar lo siguiente:

La planta de tratamiento de agua potable - PTAP no cuenta con el proceso de filtración, lo que ocasiona que en tiempos de lluvias la planta no tenga la capacidad para tratar el agua adecuadamente, dado que la carga de lodos aumenta en estas épocas y no se cuenta con los procesos para tratar los sedimentos, convirtiéndose en agua no apta para consumo humano. Inobservando lo establecido en los numerales C.13.6 y C.16.5 del Título C Reglamento Técnico de Agua Potable y Saneamiento Básico -RAS 2000-, articulo 176 y 546 de la Resolución 2400 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, numeral 1 artículo 5 de la Ley 142 de 1994 y el numeral 19 del artículo 6 de la Ley 1551 de 2012. (A)

27 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Planta de Tratamiento de Agua Potable – PTAP

Corregimiento El Pescado del municipio de Santa Fe de Antioquia

Fotografías: Planta de Tratamiento de Agua Potable – PTAP,

Corregimiento El Pescado del municipio de Santa Fe de Antioquia

Elaboró: Diana Rivera, Contralor Auxiliar, Gestión Ambiental.

Residuos sólidos

16. Mediante revisión documental realizada a los programas establecidos en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS del municipio, adoptado mediante Decreto N°039 del 24 de febrero de 2017, se pudo establecer que no se ha implementado el PROYECTO 8 del programa de aprovechamiento, referido a los residuos orgánicos, dado que no se tiene implementada la ruta para la recolección del residuo orgánico ni se tiene un sitio (Compostera) que cumpla con los requerimientos técnicos de ley para la transformación de dicho residuo.

Lo anterior incumple lo establecido en el artículo 9 del Decreto N°039 del 24 de febrero de 2017 “Por el cual se adopta la actualización del Plan De Gestión Integral De Residuos Sólidos – PGIRS”. (A)

28 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Gestión del riesgo

17. Una vez revisado el Plan de Gestión del Riesgo y Estrategias de respuesta, se

encontró que este no fue concertado con el Consejo de Gestión del Riesgo, ya que no se evidencia las actas respectivas que den cuenta de la socialización. Inobservando el artículo 37 de la Ley 1523 de 2012. (A)

Espacio publico

18. El día 6 de septiembre de 2018, se realizó visita técnica al corregimiento El Pescado del municipio de Santa Fe de Antioquia, en compañía de dos funcionarios de la administración municipal, mediante recorrido realizado se pudo evidenciar el deterioro y mal estado del espacio público del corregimiento, lo que impide que la población infantil cuente con un goce y sano esparcimiento.

Lo anterior incumple lo establecido en el artículo 1 del Decreto 1504 de 1998. (A)

Espacio publico

Corregimiento El Pescado del municipio de Santa Fe de Antioquia

Fotografías: Espacio Público del Corregimiento El Pescado del municipio de Santa Fe de Antioquia

Elaboró: Diana Rivera, Contralor Auxiliar, Gestión Ambiental.

29 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

19. Mediante visita técnica realizada a la bodega – almacén, se constató que la administración municipal no ha implementado un procedimiento para el almacenamiento de los Bienes Decomisados a personas (Naturales y Jurídicas) que trabajan en la minería informal, observando que estos elementos se disponen sin mayor control, limitando el ejercicio de control, dado que se carece de un registro de inventario que permita consultar fechas y cantidades, tanto de Entrada como de Salida, clasificada por cada referencia.

La condición encontrada incumple lo previsto en los Numerales 3.7 y 3.8 de la Resolución 357 de 2008, y Numeral 1.2.1 Instructivo 03 de diciembre de 2017 de la Contaduría General de la Nación. (A)

Bodega de almacén, administración municipal de Santa Fe de Antioquia

Materiales de decomiso de la minería informal Fotografía: Bodega de almacén, administración municipal de Santa Fe de Antioquia Autor: Diana Rivera, Contralor Auxiliar, Gestión Ambiental.

2.1.4. Rendición de la Cuenta Anual.

Como resultado de la Auditoría adelantada, la Rendición de Cuentas Anual de la Administración Municipal de Santa Fe de Antioquia, con plazo al 28 de febrero del 2018 y de acuerdo con lo establecido en la Resolución Interna Nº0079 de enero de 12 del 2018, de la Contraloría General de Antioquia, se encontró, que la Entidad cumplió con lo establecido en los artículos 39 y 40 de la Resolución en mención. 2.2 CONTROL FINANCIERO Como resultado de la auditoría adelantada al componente de Control Financiero, se encontraron los siguientes hechos que en principio constituyen hallazgos de auditoría:

30 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

2.2.1. Factor Estados Contables Como resultado de la auditoría adelantada a los estados contables se obtuvo un puntaje de 0 debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación, arrojando como concepto de opinión: adversa o negativa.

10 ESTADOS CONTABLES ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

VIGENCIA AUDITADA 2017

Fuente: Gestión Transparente Elaboró: Equipo Auditor.

HALLAZGOS (Cifras en pesos)

20. De conformidad con lo previsto en la Resolución 533 de 2015, expedida por la

Contaduría General de la Nación, para efectos de la implementación de las Normas de Información Financiera – NIF, la Entidad se encontraba en el primer período de aplicación, comprendido entre enero 01 y diciembre 31 de 2017; consecuente con ello, no estaba obligado a presentar Estados Financieros comparativos bajo el requerimiento normativo. (modificado por la Resolución 693 de 2016. (A)

21. Con Decreto 128 fechado en noviembre de 1995, el Municipio adoptó la estratificación socioeconómica para el sector Urbano; y por Decreto 108 de diciembre 2009, para las fincas y viviendas dispersas localizadas en la zona Rural; sin embargo, como resultado de la evaluación y seguimiento llevado a cabo sobre el nivel de avance y revisión del proceso de actualización, se evidenció que mediante oficio radicado No. 2018-313-036902-1, el Coordinador de Estratificación del DANE, informó a la Administración de Santafé de Antioquia sobre la irregularidad encontrada en la base Cartográfica de los Predios registrados en la Dirección de Sistemas de Información y Catastro de 4.700 frente a 350 que aparecen en la base de Predial del Municipio. Lo anterior permite concluir que los estudios iniciales continúan vigentes, incumpliendo lo preceptuado en: Ley 921 de 2004, Ley 1262 de 2004, Ley 1176 de 2007 y Resolución 392 de 2004. (A)

22. Por Resolución 1823 de diciembre 2010 expedida por la Dirección de Catastro e Informática Departamental, se fijó para los predios del Sector Rural los

31 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

avalúos catastrales resultantes de la renovación e inscripción catastral, con vigencia a partir de enero 01 de 2011. Desde entonces y hasta la fecha del presente informe, no se han realizado nuevas actualizaciones ni renovaciones al sector; en cuanto al sector Urbano, el Municipio está aplicando la figura de Conservación Catastral. Consecuente con lo anterior, se incumple lo previsto en las siguientes disposiciones vigentes: Ley 14 de 1993, Ley 223 de 1995, Ley 388 de 1997; Resolución 2555 de 1988 y Resolución 1700 de 2001 expedidas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. (A)

23. Por Decreto 032 de febrero de 2016, se creó el Comité de Conciliación; instancia que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses públicos. Por consiguiente, corresponde decidir, en cada caso, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo, con sujeción a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes; en cuanto a la periodicidad de las reuniones se constató el cumplimiento de lo previsto en el Artículo Quinto. Por su parte, el Artículo Décimo Tercero establece la obligatoriedad de informar al Ministerio Público el resultado de las actuaciones semestrales; pero no se encontró evidencia en relación con el cumplimiento de este compromiso, omitiendo lo consagrado en el Decreto 1214 de 2000 que

determina las funciones; Artículos 16º y 17º Decreto Reglamentario 1716 de 2009 y Artículo 2º Decreto 1167 de 2016. (A)

24. Con sujeción a las disposiciones vigentes y bajo el entendido que las diferentes dependencias que se relacionan con la Contabilidad como proceso, deben suministrar los datos que se requieran, en el tiempo oportuno y con las características necesarias, se conoció que no todas las Unidades Administrativas que generan datos que, por sus características y contenido afectan el sistema de información contable, lo reportan de manera oportuna para su procesamiento y consolidación, lo cual denota que no existen canales adecuados de información en cuanto al flujo y reporte de la misma, inobservando lo previsto en el Numeral 3.19.1 de la Resolución 357 de 2008, de la Contaduría General de la Nación. (A)

25. La Administración suscribió por $38.000.000 (IVA incluido) contrato No. PS

016 con la firma ARIES Limitada, identificada con NIT 800.210.193-6. Conforme a lo estipulado en la clausula Primera, el objeto consiste en: “….asesoría técnica y soporte en el manejo de los programas instalados por sistemas Aries en el municipio de Santa Fe de Antioquia: realización de cinco visitas de acompañamiento, actualización y capacitación durante la vigencia del contrato; asesoría y soporte técnico remoto, telefónico y vía internet;

32 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

soporte personalizado constante en la sede de Aries y actualización de la plataforma ARIESNET y todos sus componentes….” (D)

El Artículo 7, reza:

Fuente: Minuta Contrato N°016 del 2017

Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

El sistema comprende los siguientes módulos que hacen interfase según los requerimientos técnicos y legales pactados: Financiero comprende: Presupuesto, Tesorería (taquilla y conciliaciones bancarias), Contabilidad, Facturación (predial, industria y comercio), Almacén (bienes de consumo y devolutivos) y Nòmina La evaluación permitió evidenciar inconsistencias en el funcionamiento de los módulos que se describen a continuación; aunque existe una propuesta tecnico – económica para la vigencia 2017, según consta en comunicado de octubre 31 de 2016, dirigido por el Contratista al Alcalde municipal, donde se ofertan algunos aspectos técnicos de los módulos contratados, al igual que otras actualizaciones, tal como se enuncia a continuación:

33 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

34 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Fuente: Modulo Sistema Aries, Municipio de Santa fe de Antioquia.

Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

Como resultado del seguimiento llevada a cabo en la presente evaluación, se evidenció que no todos los aspectos puestos a consideración se pusieron en marcha por parte del contratista, denotando con ello incumplimiento parcial del objeto contractual; debe tenerse en consideración que para la implementación del módulo de NIC/SP,

35 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

previamente se requiere la depuración y/o actualización de los saldos, por cada cuenta contable o categoría contable, así:

TESORERÍA

Al revisar el archivo plano el consecutivo de los egresos, vigencia 2017, se evidenció faltante de noventa y nueve (99) comprobantes; tampoco éstos se reportan anulados. El soporte se encuentra amparado en certificación expedida por el Secretario de Hacienda, además en papeles de trabajo de la Auditoría.

FACTURACIÓN (Predial; Industria y Comercio)

En los Acuerdos de Pago suscritos en 2017, se observó que, aunque se lleva un registro actualizado de los pagos realizados por el contribuyente al momento de cancelar la obligación total desaparece la información histórica del mencionado acuerdo, lo que denota falencias básicas en cuanto a la seguridad y control; condición que impide conocer el histórico por tercero, por concepto de abonos y/o pagos en cuenta. En el cuadro anexo, se detalla el resultado de la prueba selectiva:

Nombre del Contribuyente Impuesto

Jorge E. Hernández (&) Predial

John Jairo Cossio Predial

Luz Verónica Arboleda Predial

Brocardo Antonio Panesso Predial

Manuel de J. Betancur Predial

María de los Dolores Palacio Predial

Múnera Eastman & Asociados (&) Predial

Dora Elena Mejía Quiroz (*) Predial

René Layos (&) Industria y Comercio

Germán Antonio Higuita Industria y Comercio

Jeidy Tatiana Montoya M. Industria y Comercio

Fuente: Módulo Facturación – Acuerdos de Pago septiembre 2018 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

36 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

(*) Ultimo pago registrado, julio 07 de 2017

(&) Para los contribuyentes señalados, se constató que los últimos pagos o abonos en cuenta, se registraron en septiembre de 2017; sin embargo, la Entidad no había notificado la

En agosto de 2018, el Secretario de Hacienda informa que, al revisar las facturas de Industria y Comercio, encontró que en algunos establecimientos comerciales no se está causando el número de la factura. Sobre el particular, el Equipo Asesor de ARIES recomendó soluciona la irregularidad por el módulo de comprobantes, pero de manera manual. Se requiere además que el sistema cause el consecutivo de facturación para los establecimientos de comercio que cumplen con esta condición, lo que denota que existen falencias en la parametrización del módulo que viene operando en el Municipio desde la vigencia 2013.

El Módulo ARIESNET, no permite consultar el histórico de los pagos o abonos en cuenta realizados por un contribuyente, en aquellos eventos donde haya cumplido efectivamente con la programación convenida; es decir cuando el estado indica que está a Paz y Salvo, la opción asume saldo cero; desapareciendo la totalidad de la información registrada en los archivos. En febrero 14 de 2018, mediante oficio radicado 013, el Secretario de Hacienda requiere al proveedor ARIES la adecuación del módulo. Adicionalmente, solicita un informe de Cartera por Industria y Comercio, que detalle: establecimientos abiertos y cerrados; en el segundo evento precisar: fecha de creación y de cierre; facturación mensual, detalle del saldo por concepto por vigencias. La situación antes descrita confirma que existen falencias en la parametrización del módulo que viene operando en la Entidad Territorial desde la vigencia 2013.

ALMACÉN (Consumo y Devolutivos)

A la fecha de la evaluación en el módulo de Almacén de Materiales (Consumo y Devolutivos), se evidenció que continúa sin registrarse en el módulo el cargue inicial de los Bienes Inmuebles, tal como se reitera en el acápite Propiedad, Planta y Equipo (Grupo 16) y Bienes de Uso Público, Históricos y Culturales (Grupo 17). Esta condición además de limitar el alcance de la Auditoría denota que la firma ARIES proveedora del software está incumpliendo de manera parcial con el objeto contractual.

37 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

En lo relacionado con la depreciación por componentes, se observa conoció que el cálculo y registro de la misma se está reconociendo de manera global, dado que se carece de un inventario actualizado de Los Bienes Inmuebles, clasificados conforme a la destinación: en Comodato, Arrendamiento; también los Bienes de Uso Público, Históricos y Culturales.

NÓMINA

Continúa sin delegarse (asignarse) el manejo del módulo de Nómina y Prestaciones Sociales a un funcionario adecuadamente capacitado que asuma su absoluta operatividad y administración; que interactúe directamente con el proveedor del software, exigiendo el cumplimiento del objeto contractual.

A la fecha de la evaluación se conoció que el módulo Nómina y Prestaciones Sociales se encuentra parametrizado de manera parcial, dado que en las condiciones actuales no es posible cumplir con el requerimiento Consolidado de Prestaciones Sociales al cierre de la vigencia 2017, el cual fue solicitó por el Equipo Auditor en reiteradas ocasiones. Esta restricción fue confirmada mediante conversación telefónica sostenida con un integrante del Grupo Asesor, que labora para ARIES, firma proveedora del software.

Con fecha mayo de 2018, la Auxiliar Administrativa adscrita a la Secretaría de Hacienda, encargada de registrar en la plataforma respectiva las novedades de Nómina y Prestaciones Sociales, reportó novedad a Sistemas Aries solicitando ajustar las fechas para liquidar Vacaciones, con el fin de garantizar el pago de esta prestación social con una antelación no menor de cinco (5) días, antes de iniciar el disfrute de las mismas, conforme lo establece el Parágrafo, Artículo 18, Decreto 1045 de 1978.

EFECTIVO (Grupo 11)

26. La sumatoria de las cuentas y/o depósitos disponibles en el IDEA totaliza a

diciembre $251.562.134. Se presenta sobrestimado en $13.852.255 dado que el Boletín de Tesorería incluye tres (3) cuentas o depósitos especiales que conforme a la certificación entregada por el Instituto para el Desarrollo de Antioquia – IDEA, al cierre de la vigencia 2017 no registraban saldo alguno, así: (A)

38 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Depósito o

cuenta No. Nombre del Titular

Fecha

D-M-A

Saldo $

dic 31/17

Apertura Cancelación

10006181 Empresa de Vivienda de Antioquia – VIVA 25-06-09 26-12-11 742.606

10007640 Municipio Santa Fe de Antioquia 20-09-10 31-10-11 14.272

10007829 Riego Cativo 13.095.377

TOTAL $13.852.255

Fuente: Boletín de Tesorería y certificación IDEA. Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

27. Mediante comprobante de Egreso No. 02439 fechado en diciembre 27 de 2015, (Orden de Pago 02274 de noviembre 23 de 2015), se efectúo transferencia electrónica por $11.669.922, a favor del señor JORGE BERNARDO ORREGO ZULUAGA (A GRO EXPRESS), identificado con cédula 70.828.338; el giro de los recursos se realizó utilizando la cuenta No. 913-0016244 de Fondos Comunes BANCOLOMBIA. La transacción corresponde al pago único y final de la Invitación Pública No, 022-SS-2015 cuyo objeto es el suministro de insumos para el montaje y puesta en marcha de galpones, organizados por grupos de tercera edad, en el área rural del Municipio, según facturas 3997 y 3998 de junio 19 de 2015. El desembolso se encuentra respaldado con el CRP 0298 de octubre 03 de 2015 por $12.800.000 y refrendado por Resolución Interna No. 646. El valor neto de la operación fue depositado en noviembre 18 de 2015, en la cuenta 60906778122 a nombre de señor Jorge Bernardo Orrego Zuluaga. (D) (F)

El equipo auditor advierte que, en noviembre 27 de 2015, el municipio había realizado transferencia electrónica, a favor de la firma COMERCIALIZADORA Y ASESORÍA AGROPECUARIAS S.A.S COMSAGRO S.A.S, identificada con NIT 900.676.899-1, representada legalmente por el señor JUAN DIEGO TOBÓN ACEVEDO, cedula No. 71.580.808, quien según consta en el comunicado de marzo 18 de 2015, presentó revocatoria y desistimiento de la oferta y del contrato, argumentado imposibilidad de acreditar capacidad jurídica; sin embargo, en noviembre 27 de 2015, POR ERROR se hizo efectiva transferencia electrónica de $11.699.922, a la cuenta de Ahorros 436-338867-26 de BANCOLOMBIA a nombre de la comercializadora mencionada antes. La operación anterior denota la vulnerabilidad de la plataforma financiera ARIESNET, dado que permitió modificar el beneficiario inicial de un pago

39 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

utilizando un comprobante registrado inicialmente a favor de un tercero diferente. En consecuencia, el doble pago sobre un mismo objeto constituye presunto detrimento patrimonial por $11.669.922, incumpliendo lo previsto en el Artículo 6º Ley 610 de 2000.

28. Como parte de las cuentas bancarias destinadas por la Administración para manejar los recursos del Sistema General de Regalías, se encontró a diciembre 31 que el Boletín de Tesorería reporta en la cuenta de Ahorros No. 434-09524-6 del Banco de Bogotá un disponible neto de $10.660.172; aunque al revisar la conciliación se detectaron dos (2) partidas conciliatorias registradas en la vigencia 2015, las cuales a la fecha de la presente evaluación se encontraban pendientes de disposición final; téngase en cuenta que la compensación de las notas bancarias ocasiona un saldo crédito o sobregiro, dado que la suma de los débitos es superior a los créditos. La condición observada incumple el Principio Contable de Compensación a que alude el Numeral 8, Interior (123) a que alude el Título II, Capítulo Único Resolución 356 de 2007, expedida por la Contaduría General de la Nación, así: (A)

Causación

D-M-A Nota

Débito Nota

Crédito Saldo Neto

31-01-16 5.524.250

31-12-15 16.184.422

NETO $10.660.172 Fuente: Boletín de Tesorería y conciliaciones bancarias, a diciembre 31 de 2017 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

29. Al revisar los registros que afectan el movimiento de las cuentas bancarias en

el Boletín de Tesorería (Caja – Bancos), correspondiente a diciembre 31, se evidenció que:

En el Banco de Bogotá se encontraron recursos por valor de $7.936.683 que no registran movimiento desde hace tres (3) años aproximadamente; éstos recursos se encuentran asociados a convenios ejecutados en las vigencias 2015, 2016 y 2017, con las entidades que se describen en el anexo; a la fecha de la presente evaluación el Secretario de Hacienda del Municipio realizó el trámite bancario inherente a la activación de las cuentas, así:

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No. Cuenta Corriente

Nombre del Proyecto

Valor en Pesos

434-15513-1 Convenio 1506 - Corantioquia 5.382.865

434-17923-0 Convenio Guardabosques 2.537.408

434-19002-1 Convenio Guardabosques 316.410

TOTAL $7.936.683 Fuente: Boletín de Tesorería y conciliaciones bancarias, a diciembre 31 de 2017 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

En algunas entidades financieras se reportan saldos inactivos, desde hace varios años la suma de $ 171.258.255 aproximadamente, los cuales tuvieron su origen en la ejecución de convenios celebrados con terceros (públicos y privados); los contratos involucrados en su gran mayoría están pendientes de liquidación; por consiguiente no ha sido posible reintegrar el excedente financiero a las partes interesadas, desacatando lo estipulado en los Numerales 3.1 y 3.4 de la Resolución 357 de 2008 y Numeral 1.2.6 Instructivo 003 de diciembre 2017, de la Contaduría General de la Nación. El detalle de las cuentas es el siguiente:

Banco No. Cuenta Depósito

Nombre del Proyecto

Valor en pesos

Agrario de Col 1389- 001163.1 Situado fiscal 1

Agrario de Col 1389- 000068-7 Reforestación 179

Agrario de Col 1389- 004086-1 Convenio Productividad 10.408.088

Colombia Ahorros 2401-6149086 Convenio Col deportes Coliseo 560.394

Bogotá 4349-74549 S.G.P. Otro 1

IDEA 10002163 Reubicación diez (10) viviendas 75.484

IDEA 10004192 Construcción placa polideportiva 3.857.534

IDEA 10004305 Construcción trapiche

comunitario

4.414.309

IDEA 10004657 Mejoramiento I.E.R Juan María 49.939

IDEA 10004658 Mejoramiento I.E.R José Arturo 119.105

IDEA 10004877 Construcción 175 7.447.582

IDEA 10004974 Aportes Departamento 61.406.221

IDEA 10004975 Recursos de Cofinanciación 53.902.576

IDEA 100133 Aportes Convenio 3.155.113

41 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

IDEA 10007291 Convenio FAO – MANA 9.377.053

IDEA 1000772 Proyecto Mejoramiento Arte 4.912

IDEA 10004659 Proyecto I.E Martínez – Rendimientos Financieros

16.479.764

TOTAL $ 171.258.255 Fuente: Boletín de Tesorería y conciliaciones bancarias, a diciembre 31 de 2017 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

No fue posible encontrar en los archivos de la Entidad evidencia relacionada con la conciliación de la Cuenta Especial No. 10004659 aperturada en el IDEA, con $16.479.754 a diciembre 31; teniendo en consideración la información recibida de la Entidad crediticia, el saldo es de cero pesos ($=0). Al cierre de la vigencia 2017; por su parte, los rendimientos financieros que generó el capital que corresponde al proyecto “Institución Educativa Martínez”, se encuentran disponibles en el Fondo / Cuenta No. 10001407 por $16.479.754 (a la fecha del presente informe la disponibilidad es de $17.272.464); sin embargo, el mismo continúa sin reconocimiento en el Boletín de Tesorería.

En el Boletín de Tesorería refleja una diferencia de $ 466.193 originada desde enero 01 de 2016; se identifica bajo el concepto “operaciones sin flujo de efectivo”. Esta condición hace presumir que se trata de una diferencia en el registro de los movimientos no esclarecida y por consiguiente pendiente de disposición final en el sistema financiero de la Entidad (Presupuesto, Tesorería y Contabilidad)

Teniendo en consideración los aspectos descritos en el presente punto, se concluye que el manejo de los recursos financieros disponibles en las cuentas bancarias enunciadas anteriormente, se requiere que la Entidad adelante las gestiones administrativas necesarias a efecto de optimizar su manejo y control, en acatamiento a los estipulado en los Numerales 3.1; 3.7; 3.8 Resolución 357 de 2008, además Numeral 1.2.1 del Instructivo 003 de diciembre de 2017, regulaciones expedidas por la Contaduría General de la Nación. (A)

30. En el boletín de Tesorería correspondiente al Sistema General de Regalías, se evidenció que la Entidad mantiene vigente en el Banco BBVA la cuenta de Ahorros No. 516-001096 con saldo de $130.031.915, a diciembre 31 de 2017 pero no registra movimiento desde su apertura, según certificación expedida por el Banco. Los recursos corresponden a Declaración Siniestro 618 - viviendas; desde entonces no se elaboran las respectivas conciliaciones, desatendiendo lo establecido en los Numerales 3.4; 3.7 y 3.8 Resolución 357

42 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

de 2008, además Numeral 1.2.1 Instructivo 003 de diciembre de 2007, de la Contaduría General de la Nación. (A)

31. Las operaciones relacionadas con el recaudo y posterior pago de Retención

en la Fuente y Rete IVA, a favor de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, se evidenció la existencia de Fondos independientes para controlar cada concepto; pero sólo se encuentra habilitada la cuenta de Ahorros Bancolombia No.91-300014-77 Fondos Comunes, para registrar y controlan los movimientos bancarios asociados al recaudo y pago de los impuestos; situación similar se evidenció en lo inherente al manejo de las Estampillas, según se ilustra en el cuadro anexo.

Consecuente con lo anterior la Administración podría incurrir en el reconocimiento de Intereses y sanciones en el evento de no contar con el recurso económico suficiente para cancelar de manera oportuna el pago de tales obligaciones, incurriendo en presunto detrimento patrimonial, a que alude el Articulo 6 Ley 610 de 2000. (A)

Fecha D-M-A

Egreso

Concepto

Valor Girado

Saldo En pesos

31-12-17 Saldo en bancos 65.059.392

25-01-18 0202 Estampilla pro - hospital 16.581.370

22-02-18 0201 Estampilla pro U DE A 16.923.366

Disponible en bancos 31.554.656

Fuente: Boletín de Tesorería y conciliaciones bancarias, a diciembre 31 de 2017 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

32. La subcuenta Otros Deudores – Arrendamiento (Código 147006) cerró a

diciembre 31 con $ 59.963,707 (Capital 42.030.431 + 17.933.276 Intereses). El saldo representa el total de las obligaciones causadas bajo esta modalidad de contratación de los locales comerciales ubicados en la Plaza de Mercado de la municipalidad; pero no se encontró en los archivos evidencia sobre las gestiones de cobro adelantadas por el funcionario autorizado, tendiente a la recuperación de las obligaciones reconocidas en esta categoría contable, lo cual constituye un desacato a lo previsto en el Numeral 21, Artículo 34 Ley 734 de 2002. (A)

43 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

33. La subcuenta Otros Deudores - Préstamos Concedidos por Instituciones No Financieras – Créditos de Vivienda (Código 147073) con saldo de cero pesos ($0), se presenta subestimada en $71.365.070, de acuerdo con la siguiente explicación:

A diciembre 31, continuaba sin reconocimiento contable la sumatoria de los créditos otorgados, desde hace veinte (20) años aproximadamente, a algunos adjudicatarios de las viviendas, ubicadas en las PARCELACIONES: SAN JUDAS; NUEVA VILLA; TRISCENTENARIO; URBANIZACION DOS MIL; y LOTES DE TERRENO; el saldo de las obligaciones no incluye Intereses (corrientes y moratorios).

De manera selectiva, se realizó seguimiento al Estado de Cuenta a los beneficiarios de vivienda de las Urbanizaciones que se ilustran en el cuadro anexo, se observa que algunos registran mora en el pago de las cuotas pactadas; otros a pesar de encontrarse presuntamente a Paz y Salvo carecen de la respectiva escritura del inmueble, que los acredite como dueños del inmueble.

El último periodo de causación de Intereses que registra la Entidad, con cargo al Estado de Cuenta de los Adjudicatarios del Fondo de la Vivienda - FOVIS corresponde a 2008; sin embargo, no se encontró evidencia sobre las gestiones de cobro (Persuasivo, Coactivo y/o Mandamiento de Pago) adelantados por las Administraciones de turno, y tendientes a la recuperación de la Cartera Total, por este concepto.

En consideración de los hechos descritos anteriormente, se desacatan las regulaciones previstas en los Capítulos I y II del Acuerdo 121 de 2016, por medio del cual se adoptó el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, Proceso y Procedimiento de la Jurisdicción Coactiva; principio contable de Causación, a que alude el Título II, Capitulo Único, Numeral 8 (Interior 117) Resolución 356 de 2007 de la Contaduría General de la Nación; además los principios de la función administrativa (Transparencia, Responsabilidad y Eficiencia) referidos en el Artículo 3º Ley 489 de 1998; además Numeral 21, Artículo 34 Ley 734 de 2002. (D)

Los adjudicatarios por proyecto de vivienda, se detallan en las siguientes tablas:

44 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

PARCELACION SAN JUDAS

Nombre del Tercero No. Escritura D-M-A

Saldo Capital No incluye Intereses

No. Períodos Acumulados x cancelar

Saldo deuda Predial

Dic 31/ 18

María Olivia Otalvaro No tiene 9.197.886

Álvaro Ignacio Restrepo 237.135 3 56.667

Ana Mandina Flórez 232.912 Paz y Salvo

Consuelo Jaramillo P. 397.412 8 113.192

Fabio Guisao 349.882 46 1.360.550

Francela Alcaraz No tiene 338.912

Guillermina Alcaraz A. 241.956 14 354.116

Inda Nery Alcaraz 147.471 Paz y Salvo

Jesús Albeiro Vargas No tiene 219.496

Joaquín Emilio Serna 2.328.384 14 221.791

María Doris Estrada 292.912 51 1.767.504

María Felicidad Arteaga No tiene 80.000

Maria Nelly Brand S. 323.912 6 200.632

María Victoria Cano H. 248.912 13 396.494

Miriam Usuga No tiene 50.912

Morelia Tilano C. 307.812 14 265.600

Nubia Rosa Bran No tiene 1.228.384

TOTAL $ 16.224.290 Fuente: archivos disponibles en la Secretaría de Planeación Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

PARCELACION NUEVA VILLA

Nombre del Tercero

No. Escritura

D-M-A

Saldo Capital No incluye Intereses

Ultimo Pago o Abono

Ultimo Predial

Cancelado

Alejandrino Orozco (+) 2.312.000

Asdrúbal David Aguirre 2.676.000 16 907.920

Carlos Alberto Salazar No tiene 2.312.000

Daniel Ramiro Osorio 1.496.795 66 2.439.472

Nelly García Paniagua 457.500 Paz y Salvo

John Jairo Guzmán C. No tiene 1.919.902

Marina de J. Piedrahita No tiene 1.857.768

Rocío Marín Guisao 1.786.690 14 532.885

Jorge Aurelio Espinosa N. 1.917.636 66 2.516.467

TOTAL $ 16.736.291 Fuente: archivos disponibles en la Secretaría de Planeación Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

(+) En la vigencia 2017, se elaboró Nota Crédito por $3.366.934 quedando en ceros el saldo de la obligación.

45 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

PARCELACION TRISCENTENARIO

Nombre del Tercero

Saldo Capital

Cálculo Intereses

Ultimo Pago o Abono

Ultimo Predial

Cancelado

Jhon Jairo Varela 4.100.562 1.911.797 Paz y Salvo

Juan Esteban Pérez P. 4.016.818 28 823.944

Alba Nora Martínez Mora 3.511.806 26 4.717.731

Magnolia del S. Arango 9.726.247 Paz y Salvo

TOTAL $ 21.355.433 Fuente: archivos disponibles en la Secretaría de Planeación Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

LOTES

Nombre del Tercero

No. Escritura

D-M-A

Saldo Capital No incluye Intereses

Ultimo Pago o Abono

Ultimo Predial

Cancelado

María Aurora Piedrahita 184.822 50 559.932

Ana María Rueda 1.446.772 50 553.397

Aura Morales Cano 489.437 14 852.413

Claudia Patricia Villada 2.630.131 41 4.669.160

Emiliano Vargas 1.141.200 5 108.236

Hernando A. Usuga No tiene 479.634 2 113.402

Luz Dary García Paniagua No tiene 1.020.000

Marleny Moreno Giraldo 2.255.193

Olga Patricia Londoño 3.608.421 43 1.248.503

Rafael Antonio Quevedo No tiene 852.011

Rubén Kennedy Vargas 1.198.334 70.794

Sergio Santana Ramírez No tiene 592.942

TOTAL $ 15.898.897 Fuente: archivos disponibles en la Secretaría de Planeación Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

URBANIZACIÓN 2000

Nombre del Tercero

No. Escritura

D-M-A

Saldo Capital No incluye Intereses

Ultimo Pago o Abono

Ultimo Predial

Cancelado

María del Carmen Carvajal 367.999 Paz y Salvo

Ruperto Zapata Ibarra No tiene 320.000

Luz Estela Díaz No tiene 240.000

TOTAL $ 927.999 Fuente: archivos disponibles en la Secretaría de Planeación Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

46 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

34. Al revisar el Inventario de Bienes Inmuebles reconocidos en las fichas Catastrales a nombre del Municipio de Santafé de Antioquia, se encontró que todavía aparecen registrados a su nombre matrículas inmobiliarias que corresponden Vivienda de Interés Social, de proyectos financiadas por el Municipio y entregados a personas o familias en situación de vulnerabilidad, lo que hace presumir que se trata de obligaciones que desde entonces no han sido reconocidas en los Estados Financieros de la Entidad Territorial, en la categoría contable denominada OTROS DEUDORES – PRÉSTAMOS CONCEDIDOS POR INSTITUCIONES NO FINANCIERAS –CRÉDITOS DE VIVIENDA (Código 147073).

En consideración de lo anterior, se requiere que la Administración en acatamiento a los principios de la función administrativa (Trasparencia, Responsabilidad, y Economía) a que alude el Artículo 3º Ley 489 de 1998; inicie la depuración de la base de datos, de aquellos BIENES INMUEBLES que a la fecha del presente informe continuaban pendientes de transferir su titularidad a los respectivos beneficiarios, motivo por el cual la Entidad incumplió los principios de la función administrativa: Trasparencia, Responsabilidad y Economía), referidos en el Artículo 3º Ley 489 de 1998, así: (D)

PARELACION MIRADOR DEL CAUCA

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria

Avalúo

en $

CL 20 N 5-125 IN 106 AP 6 024-0021535 3.645.412

CL 20 N 5-125 IN 105 AP 17 024-0021546 5.344.580

CL 20 N 5-125 IN 104 AP 11 024-0021540 5.030.193

CL 20 N 5-125 IN 103 AP 10 024-0021539 5.973.353

CL 20 N 5-125 IN 102 AP 5 024-0021534 8.567.047

CL 20 N 5-125 IN 101 AP 4 024-0021533 6.916.515

CL 20 N 5-129 AP 2 024-0021530 6.523.531

CL 20 N 5-137 024-0021529 7.309.499

CL 20 N 5-125 IN 118 024-0021532 10.767.755

47 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria

Avalúo

en $

CL 20 N 5-125 IN 112 AP 13 024-0021542 4.480.015

CL 20 N 5-125 IN 108 024-0021541 5.658.966

CL 20 N 5-125 IN 114 AP 15 024-0021544 4.401.418

CL 20 N 2-41 AP 110 024-0014281 2.278.588

CL 20 N 2-69/61 AP 108 024-0014279 1.085.680

CL 20 N 2-119 AP 100 024-0014271 1.527.994

CL 20 N 5-125 IN 114 AP 15 024-0021544 4.401.418

CL 20 N 2-41 AP 110 024-0014281 2.278.588

CL 20 N 2-69/61 AP 108 024-0014279 1.085.680

CL 20 N 2-119 AP 100 024-0014271 1.527.994

Fuente: archivos disponibles en la Secretaría de Planeación Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

PARCELACIÓN BICENTENARIO

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria

Avalúo

en $

CL 10C N 2E-21 AP 132 024-0012451 21.476.726

CL 10B N 2E-20/22 AP 133 024-0012452 19.178.275

CL 10B N 2E-14 AP 134 024-0012453 14.015.820

CL 10C N 2E-13 AP 131 024-0012450 17.476.165

CL 10D N 2E-19 AP 115 024-0012435 12.060.769

CL 10G N 1E-45 AP 76 024-0012398 5.582.614

CL 10F N 1E-44 AP 62 024-0012383 5.582.614

CL 10F N 1E-32 AP 63 024-0012385 5.582.614

48 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria

Avalúo

en $

CL 10F N 1E-26 AP 64 024-0012386 5.582.614

CL 10F N 1E-14 AP 66 024-0012388 5.582.614

CL 10F N 1E-08 AP 67 024-0012389 5.582.614

CL 10F N 1E-02 AP 68 024-0012390 5.582.614

CL 10G N 1E-03 AP 69 024-0012391 5.582.614

CL 10G N 1E-15 AP 71 024-0012393 5.582.614

CL 10G N 1E-21 AP 72 024-0012394 5.582.614

CL 10G N 1E-27 AP 73 024-0012395 5.582.614

CL 10G N 1E-33 AP 74 024-0012396 5.582.614

CL 10G N 1E-39 AP 75 024-0012397 5.582.614

CL 10E N 1E-44 AP 45 024-0012367 5.582.614

CL 10E N 1E-38 AP 46 024-0012368 5.582.614

CL 10E N 1E-32 AP 47 024-0012369 5.582.614

CL 10E N 1E-26 AP 48 024-0012370 5.582.614

CL 10E N 1E-20 AP 49 024-0012371 5.582.614

CL 10E N 1E-14 AP 50 024-0012372 5.582.614

CL 10E N 1E-08 AP 51 024-0012373 5.582.614

CL 10E N 1E-02 AP 52 024-0012374 5.582.614

CL 10F N 1E-03 AP 53 024-0012375 5.582.614

CL 10F N 1E-09 AP 54 024-0012376 5.582.614

CL 10F N 1E-15 AP 55 024-0012377 5.582.614

CL 10F N 1E-33 AP 58 024-0012380 5.582.614

49 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria

Avalúo

en $

CL 10F N 1E-39 AP 59 024-0012381 5.582.614

CL 10D N 1E-59 AP 44 024-0012366 5.698.918

CL 10C N 1E-53/55 AP 154 024-0018620 12.774.595

CL 10C N 1E-59 AP 155 024-0018621 13.821.829

CL 10B N 1 E-60 AP 152 024-0018618 13.281.377

CL 10B N 1E-54/56 AP 153 024-0018619 18.968.213

CL 10B N 1E-59 AP 16 024-0012338 11.845.571

Fuente: archivos disponibles en la Secretaría de Planeación Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

PARCELACIÓN FAMILY

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria

Avalúo

en $

KR 8 N 19B-32 IN 105 000-0000000 271.141

KR 8 N 19B-44 IN 102-103 000-0000000 13.125.658

KR 8 N 19B-104 IN 111 AP 000-0000000 1.462.732

KR 8 N 19B-104 IN 112 000-0000000 2.104.906

KR 8 N 19B-104 IN 114-115 0 1.926.524

PARCELACIÓN NUEVO SANTA FE

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria

Avalúo

en $

CL 16C N 3-54 LOTE TORRE 2 AP 201 024-0024733 25.502.140

CL 16C N 3-54 LOTE TORRE 2 AP 202 024-0024734 25.502.140

50 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria

Avalúo

en $

CL 16C N 3-54 LOTE TORRE 2 AP 203 024-0024735 25.502.140

CL 16C N 3-54 LOTE TORRE 2 AP 302 024-0024738 25.502.140

CL 16C N 3-54 LOTE TORRE 2 AP 304 024-0024740 25.502.140

CL 16C N 3-54 LOTE TORRE 2 AP 401 024-0024741 25.502.140

CL 16C N 3-54 LOTE TORRE 2 AP 403 024-0024743 25.502.140

CL 16C N 3-54 LOTE TORRE 2 AP 501 024-0024745 25.502.140

CL 16C N 3-14 LT TORRE 4 AP 102 024-0024770 24.071.258

CL 16C N 3-14 LT TORRE 4 AP 202 024-0024774 25.502.140

CL 16C N 3-14 LT TORRE 4 AP 402 024-0024782 25.502.140

CL 16C N 3-14 LT TORRE 4 AP 403 024-0024783 25.502.140

CL 16B N 3-78 LT TORRE 5 AP 104 024-0024792 23.705.375

CL 16B N 3-78 LT TORRE 5 AP 203 024-0024795 23.705.375

CL 16B N 3-78 LT TORRE 5 AP 204 024-0024796 23.705.375

CL 16B N 3-78 LT TORRE 5 AP 302 024-0024798 23.705.375

CL 16B N 3-78 LT TORRE 5 AP 404 024-0024804 23.705.375

CL 16B N 3-16 LT TORRE 8 AP 104 024-0024852 24.071.258

CL 16B N 3-16 LT TORRE 8 AP 202 024-0024854 25.502.140

CL 16A N 3 - 23 TORRE 11 AP 204 024-0024916 23.705.375

CL 16A N 3 - 23 TORRE 11 AP 301 024-0024917 23.705.375

CL 16A N 3 - 23 TORRE 11 AP 304 024-0024920 23.705.375

CL 16A N 3 - 23 TORRE 11 AP 403 024-0024923 23.705.375

CL 16A N 3 - 23 TORRE 11 AP 501 024-0024925 23.705.375

51 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria

Avalúo

en $

CL 16A N 3 - 23 TORRE 11 AP 504 024-0024928 23.705.375

CL 16C N 3-34 LT TORRE 3 AP 102 024-0024750 24.071.258

CL 16C N 3-34 LT TORRE 3 AP 104 024-0024752 24.071.258

CL 16B N 3-56 LT TORRE 6 AP 103 024-0024811 23.705.375

CL 16B N 3-56 LT TORRE 6 AP 104 024-0024812 23.705.375

CL 16B N 3-56 LT TORRE 6 AP 301 024-0024817 23.705.375

CL 16B N 3-56 LT TORRE 6 AP 303 024-0024819 23.705.375

CL 16B N 3-56 LT TORRE 6 AP 401 024-0024821 23.705.375

CL 16B N 3-56 LT TORRE 6 AP 502 024-0024826 23.705.375

CL 16B N 3-56 LT TORRE 6 AP 503 024-0024827 23.705.375

CL 16B N 3-36 LT TORRE 7 AP 104 024-0248310 23.705.375

CL 16A N 3 - 20 LT TORRE 10 AP 202 024-0024894 23.705.375

CL 16A N 3 - 20 LT TORRE 10 AP 403 024-0024903 23.705.375

CL 16C N 3-76 NUEVO STA FE TORRE 1 P.H AP 101 024-0024704 22.738.470

CL 16C N 3-76 NUEVO STA FE TORRE 1 P.H AP 103 024-0024706 22.738.470

CL 16C N 3-76 NUEVO STA FE TORRE 1 P.H AP 201 024-0024708 24.090.208

CL 16C N 3-76 NUEVO STA FE TORRE 1 P.H AP 203 024-0024710 24.090.208

CL 16C N 3-76 NUEVO STA FE TORRE 1 P.H AP 304 024-0024715 24.090.208

CL 16C N 3-76 NUEVO STA FE TORRE 1 P.H AP 401 024-0024716 24.090.208

CL 16C N 3-76 NUEVO STA FE TORRE 1 P.H AP 404 024-0024719 24.090.208

CL 16C N 3-76 NUEVO STA FE TORRE 1 P.H AP 502 024-0024721 24.090.208

CL 16C N 3-76 NUEVO STA FE TORRE 1 P.H AP 503 024-0024727 24.090.208

52 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria

Avalúo

en $

CL 16C N 3-76 NUEVO STA FE TORRE 1 P.H AP 504 024-0024728 24.090.208

Fuente: archivos disponibles en la Secretaría de Planeación Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

PARCELACIÓN EL LLANO DE BOLIVAR

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria

Avalúo

en $

CL 19 C N 3-06 AP 71 024-0014242 5.582.614

CL 19 C N 3 AP 70 024-0014241 5.582.614

CL 19C N 3-14 AP 69 024-0014240 10.608.915

CL 19C N 3-38 AP 65 024-0014236 5.582.614

CL 19C N 3-50 AP 63 024-0014234 19.593.742

CL 19C N 3-70 AP 60 024-0014231 21.621.019

CL 19D N 3-71 AP 83 024-0014254 13.295.316

CL 19D N 3-65 AP 82 024-0014253 5.350.005

CL 19D N 3-55 AP 81 024-0014252 5.582.614

CL 19D N 3-11 AP 73 024-0014244 5.582.614

CL 19D N 3-05 AP 72 024-0014243 5.582.614

CL 19B N 3-04 AP 50 024-0014221 5.582.614

CL 19C N 3-19 AP 54 024-0014225 5.582.614

CL 19C N 3-05 AP 51 024-0014222 5.582.614

CL 19A N 3-04 AP 34 024-0014205 5.582.614

CL 19B N 3-05 AP 35 024-0014206 5.582.614

CL 19A N 3-30 AP 113 024-0015002 17.313.183

53 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

CL 19A N 3-62 AP 30 024-0014201 12.401.168

CL 19A N 3-74 AP 27 024-0014198 5.582.614

CL 19 N 3-04 AP 13 024-0014184 5.582.614

CL 19 N 3-24 AP 10 024-0014181 31.204.111

CL 19 N 3-30 AP 9 024-0014180 19.457.216

CL 19 N 3-50 AP 6 024-0014177 14.434.667

CL 19 N 3-74 AP 2 024-0014173 12.696.993

CL 19 N 3-77 AP 26 024-0014197 5.582.614

CL 19A N 3-73 AP 25 024-0014196 5.582.614

CL 19A N 3-07 AP 15 024-0014186 5.582.614

CL 19A N 3-05 AP 14 024-0014185 5.582.614

Fuente: archivos disponibles en la Secretaría de Planeación Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

35. A diciembre 31, se aplicó NOTA CREDITO para cancelar $ 3.366.934, cifra que, representa el monto de la obligación registrada a nombre del señor ALEJANDRINO OROZCO, adjudicatario de la Parcelación SAN JUDAS del municipio Santa Fe de Antioquia. Al no encontrar en los archivos evidencia sobre las gestiones de cobro (Persuasivo, Coactivo y/o Mandamiento de Pago) encaminadas a la recuperación de la obligación, se concluye que la Entidad desacató lo previsto en los Capítulos I y II del Acuerdo 121 de 2016; la conducta observada constituye además un presunto Detrimento Patrimonial estimado en $ 3.366.934, al incumplir lo preceptuado en el Artículo 6º Ley 610 de 2000, además el Numeral 21, Artículo 34 Ley 734 de 2002. (A)

PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (Grupo 16)

36. La sumatoria de las subcuentas clasificadas en el grupo Propiedad, Planta y Equipo (Códigos 1605/1685) cerró a diciembre con saldo de $ 43.692.177.554 Netos; es decir, total activos menos Depreciación Acumulada y representa el 25.7% de los Activos Totales; muestra incertidumbre sobre la razonabilidad del saldo, dado que algunas cuentas clasificados en esta categoría contable, se encontraban aún pendientes de saneamiento; las bases utilizadas para el cálculo de la Depreciación no son confiables, razón por la cual para los Bienes

54 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Inmuebles clasificados como Edificaciones (Código 1640) se estima de manera global.

En tal sentido, el resultado del saneamiento afectará en proporciones similares la Hacienda Pública (Grupo 31), incumpliendo lo previsto en los Numerales el Instructivo 002 de 2014; Numerales 3.4, 3.7 y 3.8 Resolución 357 de 2008 y Numerales 1.2.1 y 1.2.6 Instructivo 003 de 2017; en cuanto a las actividades previas que deben realizarse para la elaboración del Estado de Situación Financiera de Apertura, se desacata lo establecido en el Numeral 1.1.9 del Instructivo 002 de 2015; y en cuanto a propiedades de Inversión el Numeral 1.1.10 sendas regulaciones expedidas por la Contaduría General de la Nación. (A)

Código Nombre de la subcuenta Saldo neto

diciembre 31

1605 Terrenos 10.880.650.624

1610 Semovientes 0

1615 Construcciones en Curso 643.076.202

1635 Bienes Muebles en Bodega 0

1640 Edificaciones 39.156.237.171

1645 Plantas, Ductos y Túneles 771.390.809

1650 Redes, Líneas y Cables 1.400.000.000

1655 Maquinaria y Equipo 540.244.004

1660 Equipo Médico Científico 46.455.063

1665 Muebles, Enseres y Equipo de Oficina 1.133.244.707

1670 Equipo de Comunicación y Computación 2.528.001.831

1675 Equipo de Transporte, Tracción y elevación 276.847.520

1680 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 132.108.122

1682 Propiedades de Inversión 0

1685 Depreciación Acumulada (13.816.078.499

)

TOTAL NETO $

43.692.177.554

Fuente: Estados Contables a diciembre 31 de 2015 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

37. Aunque la Entidad ostenta desde hace varios años la posesión material de algunos bienes, así como el disfrute y goce de los mismos; como resultado del

55 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

trabajo realizado se evidenció que todavía se encuentra pendiente de finiquitar con los benefactores y/o herederos los trámites legales que permitan obtener a su favor la consecución de los respectivos títulos de propiedad de algunos Bienes Inmuebles (Urbanos y Rurales) los cuales viene utilizando en cumplimiento de la prestación de los servicios constitucionales y legales que le corresponde. De acuerdo con la información recibida de la Dirección de Catastro y Sistemas de Información de la Gobernación de Antioquia, el Equipo Auditor fue informado que algunos de ellos carecen de Matrícula Inmobiliaria y por consiguiente, de la respectiva escritura pública, razón por la cual se desacata lo previsto en los Numerales 3.4, 3.7 y 3.8 Resolución 357 de 2008, además Numeral 1.2.3 Instructivo 003 de 2017, de la Contaduría General de la Nación, según se ilustra en la tabla anexa: (A)

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria Avalúo

en $

PUENTE TIERRA 024-0003749 11.094.133

CL 8AA N 2A-03 024-0020898 2.955.493

CL 8AA N 1-239/245/253/259/267/275 024-0015336 49.748.655

CL 9 N 1-193/197/205/225 I.E. ARTURO VELASQUEZ 024-0015335 1.147.933.192

LOTE-AREA VIA A CEDER POR CALLE 8,CRA 2 024-0023538 181.989.117

CL 9 N 1-40 000-0000000 25.677.561

KR 2 N 9-70 LAURA HOYOS I.E 024-0001444 350.397.198

KR 2 N 9-114/116 000-0000000 6.343.543

CL 10 N 1-170 MORGUE 024-0020907 30.346.312

KR 3 N 8AA-02 024-0021144 3.126.002

CL 13A N 5-151/161 KR 6 N 11-50/56 000-0000000 4.873.988

CL 13A N 5-131/141/111/115/117 000-0000000 3.585.672

KR 6 N 13A-20 IN 101 000-0000000 3.754.453

KR 6 N 13A-20 IN 103 000-0000000 2.268.486

KR 6 N 13A-20 IN 104 000-0000000 643.465

CL 13A N 5-128 024-0021126 683.577

CL 9 N 5-16/20 024-0021125 36.844.604

KR 7 N 7A-60 AP 024-0022212 68.228.387

CL 9 N 6-02/12 KR 6 N 9-21/45 024-0019772 201.573.512

CL 9 N 6-22/32 KR 6 N 9-59 024-0000662 246.993.515

CL 13A N 6-203/211/213 024-0021129 8.681.977

KR 6 N 13A-05/11/17 024-0020903 1.595.011

CL 13A N 6-18 000-0000000 1.192.908

CL 13A N 6-136/138 Y DG 13AC N 6-15 000-0000000 2.359.009

KR 6 N 13AB-33/35 000-0000000 1.300.136

CL 13AA N 5-2 000-0000000 916.119

CL 13AA N 5-14 000-0000000 1.548.678

CL 13AB N 5-37/47 Y CL 6 N 13AA-24 000-0000000 5.557.790

56 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria Avalúo

en $

CL 13AB N 5-17 AP 000-0000000 1.799.520

CL 13AB N 5-02/10 000-0000000 2.093.987

KR 6 N 13AB-26 000-0000000 3.218.666

KR 6 N 13AC-06/10/12 000-0000000 2.768.261

KR 6 N 13AC-44 000-0000000 656.769

KR 6 N 13AB-02 000-0000000 777.400

CL 13 AD N 5-14/32 000-0000000 4.531.518

CL 13 AD N 5-56 AP 000-0000000 737.190

CL 13B N 5-65 000-0000000 2.787.919

CL 13B N 5-03 IN 101 000-0000000 479.872

KR 6 N 13B-40 IN 109 000-0000000 6.721.391

KR 6 N 13B-40 IN 111 000-0000000 3.031.918

KR 6 N 13B IN 110 024-0020897 1.769.257

KR 6 N 13B-64 IN 101 000-0000000 1.246.521

CL 13C N 5-75 000-0000000 5.157.651

CL 13C N 5-57 024-0021138 6.668.184

DG 8 N 6A-37 IN 101 000-0000000 4.482.567

KR 6 N 13B-33 000-0000000 2.439.430

KR 6 N 13AC-33 024-0001408 12.845.236

KR 64 N 13AD-11 AP 024-0006727 1.635.222

KR 7 N 13A-66/108 SAN LUIS GONZAGA I.E 024-0006725 1.611.322.771

KR 7 N 13A-26 AP 024-0004430 45.318.890

KR 7 N 13-79 024-0021137 4.191.261

KR 8 N 10-92 PARQUE DE SANTA BARBARA 000-0000000 156.973.186

CL 9 N 7-48/68/82 AP DE LA CULTURA 000-0000000 567.001.012

KR 9 N 9-4/14/22/30/40 024-0010897 646.344.891

KR 10 X CL 10 PARQUE PRINCIPAL 000-0000000 1.024.086.487

KR 10 N 10-22 PARQUE 000-0000000 152.081.815

CL 13 N 9-66 024-0002367 192.544.017

KR 10 N 13-24 024-0002254 1.155.907.218

KR 9 N 13-69 IN 101 AP 024-0008121 5.049.330

CL 13B N 7-22 000-0000000 17.082.705

KR 8 N 13B-52 024-0021121 6.079.805

CL 14 N 7-29 000-0000000 1.571.935

CL 14 N 7-23 000-0000000 8.174.063

KR 7 N 13B-34 PI2 CON TRISESQUICENTENARIO 024-0010267 54.512.791

KR 5 N 13C-15/19 000-0000000 3.086.449

CL 16 N 6-22 IN 101 AP 000-0000000 2.529.098

CL 16A N 5-81 IN 101 000-0000000 1.393.960

CL 16A N 5-59 IN 102 000-0000000 1.113.103

KR 5 N 13C-53/63/69/73 024-0021136 4.636.681

57 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria Avalúo

en $

CL 16A N 5-105 000-0000000 924.838

CL 16A N 5-63 IN 102 000-0000000 3.271.524

CL 14 N 7-28 000-0000000 6.444.934

CL 14 N 7-74 IN 112 000-0000000 6.051.950

CL 14 N 7-74 IN 105 000-0000000 38.060.479

KR 9 N 14-40/42 000-0000000 19.099.012

KR 9 N 14-60 000-0000000 4.951.596

CL 16 N 8-21 IN 102 000-0000000 4.480.015

KR 7 N 14-13 000-0000000 9.903.191

TV 8 N 8-69 000-0000000 9.745.998

KR 9 N 16-94 000-0000000 4.244.225

TV 8 N 8-07 000-0000000 12.025.304

CL 16A N 5-106 000-0000000 3.927.213

KR 7 N 16A-22 000-0000000 938.242

KR 7 N 16A-51 024-0020819 14.188.496

KR 7 N 16A-07/13 024-0021130 7.445.567

KR 8 N 8-70 IN 103 000-0000000 3.350.865

KR 8 N 16B-14 AP 024-0020895 7.859.676

KR 7 N 17-20 IN 106 000-0000000 1.018.663

CL 16A N 5-44 000-0000000 3.806.582

CL 16A N 05-36 IN 101 000-0000000 3.592.127

CL 16A N 5-12 000-0000000 2.352.143

KR 8 N 17A-38/42 KR 8 N 18-04/14 IN 107-110-111 024-0020904 59.484.563

KR 8 N 19B-30 IN 101 024-0020892 10.711.737

KR 8 N 19B-22 024-0020893 11.710.917

KR 8 N 19B-32 IN 101-102 KR 8 N 19B-104 IN 108 000-0000000 20.838.814

KR 8 N 19B-122 000-0000000 67.479.245

CL 20 N 5-161 000-0000000 19.727.786

CL 20 N 5-47 000-0000000 2.224.974

CL 20 N 5-29 AP 000-0000000 1.420.767

CL 17A N 5-24/26 000-0000000 2.640.482

CL 17A N 5-18 IN 102 000-0000000 1.782.660

KR 8 N 19B-74 024-0021124 4.637.209

CL 19D N 3-03 AP 95 024-0014266 9.304.356

KR 2 N 19B-33 024-0014170 39.072.769

CL 20A N 10-48/60/72 COLISEO CUBIERTO 024-0021142 1.263.762.055

KR 8 N 19-53/61 000-0000000 38.347.357

KR 8 N 19-33/29/31 000-0000000 8.724.240

KR 10 N 19-60/62 000-0000000 36.016.964

KR 10 N 19-82 000-0000000 24.042.748

CL 18 N 8-08 000-0000000 16.190.932

KR 10 N 18-24 000-0000000 5.737.564

58 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria Avalúo

en $

KR 8 N 18-31 000-0000000 30.416.944

CL 17 N 8-66 000-0000000 24.899.452

KR 9 N 17-12 IN 101 000-0000000 3.301.063

KR 9 N 17-26 000-0000000 16.112.335

KR 9 N 17-116 IN 107 AP 000-0000000 8.802.837

CL 18 N 8-79 024-0021127 10.060.385

CL 18 N 8-05 IN 101/102 000-0000000 8.252.659

KR 8 N 17-67- IN 101 000-0000000 15.247.771

TV 8 N 9-16 024-0020888 28.797.852

KR 10 N 17-28 000-0000000 13.047.061

KR 10 N 17-124 KR 10 X CL 18 000-0000000 16.741.110

CL 16B N 8-34/40 Y CL 17 N 8-29 024-0020900 33.340.744

TV 8 N 16B-02/10/14 024-0020901 31.595.896

TV 8 N 16B-09 JORGE ROBLEDO I.E.U 024-0003093 519.593.940

KR 10 N 13B-78 IN 102 AP 000-0000000 9.714.796

KR 10 N 13B-98 000-0000000 11.598.734

KR 10 N 13B-124 000-0000000 4.791.711

KR 10 N 13B-138 IN 102 000-0000000 13.656.037

KR 10 N 14-86 000-0000000 9.903.191

KR 9 N 14-61 000-0000000 7.388.095

CL 11 N 13-34 000-0000000 19.630.555

CL 13B N 10-17 024-0020883 4.791.711

KR 11 N 13-68 AP 024-0020882 4.327.997

CL 8 N 10-12 000-0000000 5.231.104

KR 12 N 10-36 CL 10 N 11-86 I.E. MARTINEZ PARDO 024-0018588 417.952.143

KR 12 N 11-166/164 000-0000000 11.553.723

CL 13B N 11-35 AP 000-0000000 2.988.379

KR 11 N 13B-45 SERVIDUMBRE 000-0000000 10.923.038

KR 11 N 14-53 0 18.914.533

CL 17 N 11-31 000-0000000 6.680.724

KR 11 N 16-105/109 000-0000000 8.802.836

KR 11 N 16-95 024-0010844 21.299.721

KR 11 N 16-89 IN 102 000-0000000 21.142.528

KR 10 N 16-97 000-0000000 7.623.885

KR 11 N 17-122 000-0000000 32.539.057

AV 18 N 10A-43 000-0000000 33.670.850

AV 18 N 10A-23 000-0000000 25.323.875

AV 18 N 10-71/75 000-0000000 28.357.710

AV 18 N 10-21 024-0021140 13.440.045

AV 18 N 10-50 024-0021122 55.598.514

AV 18 N 10-80 UN DEPORTIVA CAMPO ELIAS ALVARE 024-0021123 447.363.100

AV 18 N 11-36/40/46 024-0021132 23.818.747

59 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria Avalúo

en $

AV 18 N 11-58 AP 000-0000000 1.498.408

AV 18 N 11-82 024-0021133 8.724.240

AV 18 N 11-102 024-0021134 31.001.274

AV 18 N 11-116 000-0000000 19.649.189

AV 18 N 12-128 024-0020886 24.851.622

AV 18 N 12-146 000-0000000 5.120.592

KR 13 N 18-36/58/60/64 024-0020887 4.868.136

KR 13 N 18-58 000-0000000 3.672.548

KR 13 N 18-32 000-0000000 1.595.011

AV 18 N 12-95 024-0020894 18.941.818

AV 18 N 12-71 000-0000000 24.938.751

CL 16A/16B Y KR 12A/12B 024-0013209 88.329.551

KR 12A N 16A-43 AP 024-0015013 2.442.394

KR 14 N 13B-02/06 000-0000000 10.150.182

KR 14 N 13B-32 AP 000-0000000 5.203.900

KR 14 N 13B-24 IN 101 000-0000000 2.112.474

KR 12 N 13B-21 000-0000000 2.936.854

CL 13B N 14-47 000-0000000 4.173.425

CL 13 N 12-17 000-0000000 11.003.546

CL 10 N 12-35 PARQUE DE LA CHINCA 000-0000000 160.224.109

CL 9 N 13A-43 000-0000000 9.562.739

KR 15 N 14-95/99 000-0000000 4.087.031

CL 13 N 14-05 000-0000000 18.879.992

KR 15 N 13B-26 024-0020905 8.058.272

KR 13 N 18-09/11/15 000-0000000 2.653.884

KR 14 N 18-34 IN 101/102/103 024-0023523 32.390.976

KR 14 N 18-78 IN 101/102 000-0000000 4.330.657

AV 18 N 18-305 ACUEDUCTO 024-0020516 172.322.457

CL 19 X KR 19 VIA A LA QUINTA LO5 024-0022492 77.405.221

CL 6 N 11A-49 000-0000000 884.774

CL 6 N 11A-195/203/205 000-0000000 792.016

CL 6 N 11A-219 000-0000000 799.151

CL 6 N 11A-227 000-0000000 720.663

CL 6 N 11A-07 000-0000000 Ç406.710

CALLE 11 # 1E-292 LOTE UNO 024-0024288 529.393.068

CALLE 11 # 1E-292 LOTE DOS 024-0024289 309.480.378

KR 3E N 10C-04 AP 83 024-0012405 5.698.918

CARRERA 4 N 16-35 024-0019936 64.717.274

LOTE 2 BARRIO LLANO DE BOLIVAR 024-0023394 16.694.774

CARRERA 4 - SECTOR AGUAS GORDAS LA MESA - LOTE 024-0024599 1.876.577

LT PARQUEADEROS MOTOS PUBLICOS 024-0024691 68.836.850

LT ZONA VERDE 4 024-0024698 63.632.558

60 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria Avalúo

en $

LT ZONA VERDE 5 024-0024699 19.089.768

LT LOCAL COMERCIAL 1 024-0024687 17.101.250

LT VIA CON SERVIDUMBRE DE TRANSITO 024-0024692 140.627.954

LOTE SALON COMUNAL 024-0024689 45.338.198

LT ZONA VERDE 7 024-0024701 32.611.686

LT ZONA VERDE 6 024-0024700 138.261.618

LT PARQUEADERO VEHICULAR PUBLICO 024-0024690 59.503.040

LT LOCAL COMERCIAL 2 024-0024688 17.101.250

LT ZONA VERDE 8 024-0024702 69.200.407

LT ZONA VERDE 3 024-0024697 21.475.988

LT ANDENES Y RAMPAS PUBLICAS 024-0024694 190.519.857

VIA PUBLICA PROYECTO 024-0024693 97.437.355

LOTE ZONA VERDE 1 024-0024695 316.512.323

LT ZONA VERDE 2 024-0024696 50.110.640

LOTE RESTO 024-0024703 323.293.167

BARRIO LLANO DE BOLIVAR CALLE 20- LOTE DOS 024-0025089 7.941.562

LOTE N 3 CESION A RETIROS LINDEROS 024-0022710 81.785.291

LOTE N 2 RETIRO PARA ESPACIO PUBLICO 024-0022709 205.219.207

KR 5 N 11-92 LA CIENAGA AP 1 024-0014902 7.909.454

KR 1 N 11-10 024-0023522 7.717.819

AV 18 N 15-28 IN 103 000-0000000 41.855.333

AV 18 N 10A-04 000-0000000 56.849.617

AV 18 N 10A-66 024-0021141 16.515.232

CL 18A N 10A-67 024-0020896 10.932.619

CL 19B N 3-45 000-0000000 40.299.493

CL 19B N 3-46 000-0000000 34.658.727

CL 10A N 2E-14 AP 12 024-0014593 24.793.707

LA NOQUE C. E. R. 024-0007324 46.017.487

MORADITAS C.E.R. 000-0000000 40.672.917

MORADITAS C.E.R. 000-0000000 76.186.427

LOS SAUCITOS 024-0005388 1.395.064

S. N. 024-0009620 59.643.767

CANCHA DE FUTBOL 024-0013105 341.951

VEREDA EL PLAN 024-0022360 124.333.819

SECTOR VEREDA EL PLAN LT 2 024-0024354 221.377

EL FILO C.E.R. 000-0000000 41.971.655

EL ORDEÑADERO 024-0013821 2.305.084

LA ESPERANZA EL CAÑERO 024-0015907 4.473.436

CANCHA DE FUTBOL 024-0013674 612.616

OBREGON C. E. R. 024-0019755 110.197.972

ISLA CLUB LT FAJA RETIRO 024-0018906 4.710.190

PEDREGAL C.E.R 024-0019768 55.296.220

61 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria Avalúo

en $

CANCHA DE FUTBOL 024-0010921 281.825

EL JAGUE C.E.R. 024-0019767 52.410.160

LA TOLDA 024-0006443 61.354.348

S.N. 024-0010675 1.647.363

S.N. 024-0007145 2.160.952

S.N. 024-0011433 790.870

CIMARRONA 024-0007115 4.542.839

LA MESA C.E.R. 024-0006152 27.386.465

EL MADERO C.E.R. 024-0019766 42.246.274

FRANCISCO CRISTOBAL TORO C.E.R. 024-0012316 42.015.455

LA SIERRA 024-0000533 24.937.769

S.N. 024-0014166 17.788.460

LA CORDILLERA C. E. R. 000-0000000 46.117.867

EL LLANO DEL PESCADO 024-0000690 16.462.390

CORREGIMIENTO EL PESCADO - LOTE UNO 024-0024545 63.978

EL CHORRILLO C.E.R. 024-0013794 32.857.503

EL CHOCHO 024-0007719 668.449

MARIANA C.E.R. 024-0019762 72.861.327

S.N. 000-0000000 176.438

NURQUI C.E.R. 024-0001120 72.630.497

PARAMITO 024-0003160 7.560.686

COLORADOS C.E.R. 000-0000000 53.642.789

CUENCA HIDROGRAFICA 024-0012090 3.512.494

INSTITUCION EDUCATIVA RURAL MILAGROSA BAJA 000-0000000 56.101.910

FILO GRANDE 024-0014515 11.571.219

LA SOLEDAD 024-0013765 59.066.396

LA SOLEDAD 024-0012749 67.663.698

LA ISLETA 024-0009470 18.485.580

LAS CASAS 024-0002931 18.338.674

SEPULTURA 024-0013663 7.394.598

E.R.I. MILAGROSA ALTA 024-0002838 56.341.818

S.N. 024-0004550 12.323.017

PENA ADENTRO 024-0011113 32.346.567

LOS RANCHOS 024-0008556 7.916.364

EL PALMAR 024-0013788 45.430.367

PENA 024-0010853 7.786.193

BUENAVENTURA 024-0002228 17.329.435

BUENA VISTA 024-0006251 7.793.233

SAN MIGUEL LA LEJIA 024-0006250 13.552.386

PENA LA ISLETA 024-0006247 14.606.917

PENA EL BOSQUE 024-0006248 22.527.985

EL LLANO DEL INDIO LT 3 024-0006249 23.191.633

62 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria Avalúo

en $

S.N. 000-0000000 6.280.484

S.N. 024-0019761 8.735.490

CASA DEL MAESTRO 024-0019754 4.277.536

ANTONIO MARIA FERRER C.E.R. 024-0019760 20.243.554

CENTRO DE SALUD 024-0019758 15.450.942

MAL ABRIGO 024-0005359 16.537.592

S.N. 000-0000000 264.638

S.N. 000-0000000 334.157

EL SUELDO ESC R. I. 024-0003244 46.549.819

LA CAÑADA 024-0015453 2.470.322

SN CARLOS C.E.R. 024-0019756 60.484.535

EL YARUMO LT 1 024-0018797 44.165

S.N. 000-0000000 3.652.353

MEDIA CUESTA C.E.R. 024-0019769 33.980.118

SACRAMENTO OSORIO PEREZ C.E.R. 000-0000000 40.148.214

LA PLAYITA 024-0000581 28.142.589

S.N. 000-0000000 5.276.159

CESION AL MPIO DE PARC TONUSCO S.A. 024-0018169 186.203.409

VEREDA EL ESPINAL LT 3 024-0022305 157.590.503

VEREDA EL ESPINAL LT 1 024-0022303 790.277.375

PLACA DEPORTIVA 000-0000000 5.332.974

RELLENO SANITARIO 024-0004074 1.439.949

LA BOLSA 024-0015628 272.841.069

S. N. 024-0015972 3.264.043

LLANO DE LA MESA RELLENO SANITARIO 024-0009568 41.482.953

EL LLANO DE LA MESA 024-0014171 147.772.836

ESCUELA PASO REAL 000-0000000 27.273.519

CESION AL MUNICIPIO 024-0016394 25.501.435

OGOSCO C.E.R 000-0000000 29.435.105

LAS NIEVES PENA 024-0007307 28.937.698

EL CARMEN ESC R.I. 000-0000000 44.701.394

EL CHURIMBO C.E.R. 024-0019770 40.441.783

LA SORPRESA 024-0008295 7.900.640

S.N. 024-0012150 3.933.778

S.N. 024-0019757 70.258.112

JESUS FERRER C.E.R 000-0000000 59.960.455

LA HUERTA 000-0000000 960.004

TRAPICHE 024-0012951 21.377.582

LOS RASTROJOS 024-0004911 5.362.821

JESUS DEL CORRAL 024-0012539 40.260.068

LA QUINTA 024-0000192 17.364.103

CARMEN FERRER C.E.R. 024-0019753 47.882.347

63 R-2017-05042-SANTA FE DE ANTIOQUIA -ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

Dirección Inmueble Matricula

Inmobiliaria Avalúo

en $

EL CATORCE C.E.R. 000-0000000 18.913.358

SANTA INES C.E.R. 000-0000000 31.354.295

PLACA DEPORTIVA 000-0000000 10.913.800

LA PLAZUELA 000-0000000 7.173.789

CENTRO DE SALUD E INSPECCION DE POLICIA 024-0000282 32.514.983

LOTE UNO 024-0021045 14.832.235

EL TUNAL C.E.R. 024-0019765 28.324.792

S.N. 000-0000000 2.802.268

EL PORVENIR 024-0000472 26.152.909

FATIMA C.E.R. 024-0019764 35.950.176

EL AGUILA 024-0001476 5.109.067

S.N. 024-0009326 4.857.638

PUENTE TIERRA 024-0003750 3.980.930

FATIMA 024-0003672 19.366.155

QUEBRADA ADENTRO 024-0001103 8.214.249

CASCAJO BLANCO 024-0003740 19.397.839

S.N. 024-0013261 12.618.624

LA AGUADA 024-0006934 11.729.154

LA MESETA 024-0016407 21.428.509

JUAN MARIA VARGAS CORREA C. E. R. 024-0016408 78.448.562

LA MESETA 024-0016409 42.816.829

VEREDA KILOMETRO DOS PARAJE SAN RAFAEL - LOTE 024-0025222

CL 04A N 05-08 SOCORRO DE SABANAS C.E.R. 024-0019763 48.961.212

CR 06 N 06-07 COLEGIO CASETA COMUNAL 024-0010703 38.722.178

CL 05 N 05-33/59 PLAZA DE MERCADO 000-0000000 2.695.638

CR 05 N 07-35 PARQUE 000-0000000 3.378.955

CR 05 N 07-76 CACIQUE GUASABRA C.E.R. 024-0006414 81.169.302

CR 03 N 02-41 EL PESCADO C.E.R. 024-0019832 78.669.423

CR 03 N 02-17 024-0010753 307.050

CL 05 N 03-24 000-0000000 20.377.013

CL 05 N 02-52 INT 101 024-0015272 143.342

CORREGIMIENTO EL PESCADO LOTE TRES 024-0024724 6.641

CORREGIMIENTO EL PESCADO - LOTE DOS 024-0024723 6.088

CORREGIMIENTO EL PESCADO - LOTE CUATRO 024-0024725 53.131

CORREGIMEINTO EL PESCADO - LOTE UNO 024-0024722 14.832

CORREGIMIENTO EL PESCADO - LOTE CINCO O LOTE 024-0024726 167.693

CR 05 N 03-37 000-0000000 11.290

CR 05 N 04-16 PARQUE 024-0019759 40.733

S.N. 000-0000000 949.893 Fuente: ficha catastral disponible en los archivos del Municipio

Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

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38. La subcuenta Propiedades de Inversión (Código 1682) cerró la vigencia con cero pesos ($0), no obstante, refleja incertidumbre acerca de la razonabilidad de su saldo, dado que a la fecha del presente informe continuaba sin trasladarse a esta categoría contable, el valor fiscal de los BIENES INMUEBLES entregados a terceros en calidad de ARRENDAMIENTO. En esta clasificación debe reconocerse el valor de los inmuebles propiedad de la entidad contable pública, adquiridos a cualquier título, destinados a generar ingresos como producto de su arrendamiento, en consecuencia, se incumple lo previsto en las Normas Técnicas de Contabilidad Pública, Normas técnicas relativas a los Activos, Propiedad, Planta y Equipo Numeral 9.1.1.5 (Interior 174) Resolución 356 de 2007 de la Contaduría General de la Nación. Ver cuadro anexo: (A)

Contrato (D-M-A)

Nombre Arrendatario Descripción del bien Canon Valor $

01-11-17 Cooperativa de Transportes Cotrasanta

Inmueble ubicado en la Carrera 10, entre parque y plaza mercado

2.800.000

29-12-16 BBVA. Local comercial ubicado en Calle 9 No. 8 – 48 / 54 / 58. Santa Fe. (+)

215.517

01-08-17 Cristian Darío Gutiérrez Ortiz Local comercial, contiguo a la casa Campesina, Carrera. (&)

100.000

TOTAL $3.115.517

Fuente: Archivos disponibles y actualizados en Secretaria de Gobierno Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

39. Como resultado de la evaluación llevada a cabo en las Bodegas del Almacén, la cual se realizó con el acompañamiento de la funcionaria responsable de esta Unidad Administrativa, se constató lo siguiente:

En abril 11 de 2016, Almacén registró el ingreso de sesenta (60) bicicletas, adquiridas según contrato 030 de 2016 a la firma SOLUCIONES URBATECH con NIT 900.942.677 por $16.551.720; los bienes estaban destinados a apoyar la estrategia transporte escolar en la zona rural; sin embargo, a la fecha de la presente evaluación, se constató que los bienes habían sido reintegrados al Almacén, mientras se avanzaba en el proceso contractual para el mantenimiento de las mismas y así evitar que se configure un presunto detrimento patrimonial.

La Entidad continuaba sin crear por acto administrativo el Comité de Almacén e Inventarios; por consiguiente, tampoco posee el Manual Administrativo y Operativo para el manejo de los Bienes propiedad de la Entidad Territorial.

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Aunque la Entidad conserva en sus archivos actas de baja de los Bienes retirados del servicio, por inservibles, obsoletos y/o tecnológicamente inservibles, no se encontró acto administrativo de creación el Comité de Bajas de Bienes Muebles, conforme lo previsto en el Artículo 14º Decreto 855 de 1994 y Artículo 7º Ley 962 de 2005, trámite administrativo aprobado por la Entidad.

En consideración de lo anterior, y en acatamiento a los principios de la función administrativa (Responsabilidad y Economía) referidos en el Artículo 3º Ley 489 de 1998,.se requiere que las directivas de la Entidad dispongan los mecanismos necesarios, a efecto de realizar los ajustes inherentes al proceso de Almacén. (A)

40. Con afectación al rubro Otros Activos – Bienes y Servicios Pagados por Anticipado –Seguros (Código 190501), para amparar los BIENES MUEBLES E INMUEBLES, para el período comprendido entre febrero 28 de 2017 y febrero 28 de 2018, el Municipio suscribió con la Aseguradora Solidaria de Colombia NIT 860.524.654-6, la Póliza Todo Riesgo No. 565-83-994000000007; sin embargo, al evaluar el procedimiento relacionado con el reporte de novedades por Entrada y Salida, se conoció que las mismas se reportan anualmente a la aseguradora, y NO cuando efectivamente sucede el evento; por consiguiente, el costo de la Prima se calcula sobre la base histórica anual, condición que en términos económicos resulta antieconómico para el Municipio, razón por la cual se incumplen los principios de la función administrativa (Trasparencia Responsabilidad, Eficiencia y Economía), a que aluden los Artículos 3º Ley 489 de 1998 y Ley 1437 de 2011, además Numeral 21, Artículo 34 Ley 734 de 2002. (A)

BIENES DE USO PÚBLICO HISTÓRICOS Y CULTURALES (Grupo 17)

41. La sumatoria de las subcuentas que conforman el Grupo Bienes de Uso Público Históricos y Culturales (Código 1705 / 1785)) cerró a diciembre con saldo neto de $ 60.955.655.192; es decir, descontando el valor acumulado de la respectiva amortización, representa el 35.9% de los Activos Totales, refleja incertidumbre sobre su razonabilidad, toda vez que, al cierre de la vigencia la Entidad no había finiquitado el proceso de depuración los bienes clasificados en esta categoría contable las bases utilizadas para el cálculo de la Amortización no son confiables, razón por la cual para los Bienes Inmuebles clasificados en esta categoría contable (Código 17) se estima de manera global. En tal sentido, el resultado del saneamiento afectará en proporciones similares la Hacienda Pública (Grupo 31), incumpliendo lo previsto en los

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Numerales 3.4, 3.7 y 3.8 Resolución 357 de 2008 y Numerales 1.2.1 y 1.2.6 Instructivo 003 de 2017 de la Contaduría General de la Nación. (A)

El detalle de la subcuenta, es el siguiente:

Código Cuenta

Detalle por subcuenta Saldo a dic 31 En pesos

1705 Bienes de Uso Público Históricos y Culturales En Construcción.

1.859.528.944

170501 Red de Carreteras 1.859.528.944

1706 Bienes de Uso Público en Construcción – Concesión 0

170601 Red de Carreteras 0

1710 Bienes de Uso Público en Servicio $65.780.952.408

171001 Red de Carreteras 57.941.252.408

171004 Plazas Públicas 0

171005 Parques Recreacionales 7.839.700.000

171090 Otros Bienes de uso Público en Servicio 0

1785 Amortización Acumulada Bienes de Uso Público, Históricos y Culturales

(6.684.816.160)

178501 Red de Carreteras 579.412.524.08

178504 Plazas Públicas 0

178505 Amortización Acumulada Bienes de Uso Público (7.839.700.000)

17 Bienes de so Público e Históricos y Culturales 60.955.665.192

Fuente: Estados Contables a diciembre 31 de 2017 Elaboró: Rafael Ángel Penagos Arias, Profesional Universitario (Contador)

42. La subcuenta Bienes Entregados a Terceros (Código 1920) presenta a diciembre 31 saldo de $16.557.728.098, se presenta subestimada en $462.858.069 debido a que se estableció diferencia entre el registro contable y la documentación soporte allegada, lo cual denota que existen falencias en el flujo de la informción entre las Áreas de la Entidad que generan datos y/o insumos que afectan el sistema de información financiera de la Entidad, según se ilustra en el cuadro anexo. Lo anterior inobserva lo previsto en los Numeral 3.4; 3.7 y 3.8 Resoluciòn 357 de 2008 y Numeral 1.2.1 Instructivo 003 de diciembre de 2017 de la Contaduría General de la Nación, así: (A)

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Descripción del Bien Comodatario Valor en pesos

Camioneta DMF placa OKJ792 modelo 2011

Empresa Servicios Públicos 16.100.000

Moto Yamaha xtz250 verde limón placa GWD80E modelo 2017

Estación Policía Santa Fe De Antioquia.

16.379.310

Moto xtz250 negro azul placa OHU 36E modelo 2018

Estación Policía Santa Fe De Antioquia.

19.990.000

Redes de Acueducto y Alcantarillado Aguas de Urabá 16.042.400.719

TOTAL $16.094.870.029

Fuente: Archivos disponibles y actualizados en Secretaria de Gobierno Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

CUENTAS POR PAGAR (Grupo 24)

43. Como resultado del trabajo realizado sobre el control y registro contable del Impuesto sobre las Ventas – IVA (Código 2436), se constató que la Entidad Territorial no facturó y por tanto dejó de recaudar y transferir a favor de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, la suma de $121.400 mensuales, cifra que corresponde a la tarifa del 10% aplicable sobre el canon de Arrendamiento, calculado sobre la totalidad de contratos suscritos y vigentes bajo esta modalidad, incumpliendo lo previsto en el Artículo 468-3 de la Ley 788 de 2002 y Artículo 7º Decreto 522 de 2003, así: (A)

Arrendatario Descripción Inmueble Fechas

D-M-A Canon

Mes IVA 10%

Inicio Final

Cooperativa de Transportes Cotrasana

Inmueble ubicado en la Carrera 10, entre parque y plaza mercado

01-11-17 01-11-22 2.800.000 280.000

BBVA. Local comercial ubicado en Calle 9 No. 8 – 48 / 54 / 58. Santa Fe.

29-12-16 29-12-21 215.517 21.552

Cristian Darío Gutiérrez Ortiz

Local comercial, contiguo a la casa Campesina, Carrera.

01-08-17 01-08-22 100.000 10.000

TOTALES $3.115.517 $311.552

Fuente: Archivos disponibles y actualizados en Secretaria de Gobierno Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

(+) De conformidad con los términos estipulados en el contrato, el conón se reajustó en 4.09%, porcentaje que corresponde al I.P.C.

44. La subcuenta Cesantías (Código 250502) cerrò a diciembre 31 con

$824.575.951 sobre este saldo acumulado por concepto de Cesantías

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retroactivas netas; luego de descontar los anticipos pagados a los servidores públicos del regimen retroactivo queda un remanente causado por pagar de $156.768.220.

Como resultado del trabajo realizado, se evidenció que:

Los recursos económicos necesarios para atender esta obligación no se encuentran disponibles en un fondo / cuenta o representado en títulos de inversión con destinación exclusiva; a diciembre 31, cierre de la vigencia, tampoco fueron reconocidos en el Boletín de Tesorería, lo que hace presumir la inexistencia de los mismos, a efecto de garantizar su disponibilidad inmediata, evitando que los mismos hagan Unidad de Caja con recursos de libre destinación, así:

Nombre Cédula Valor en pesos

Cardona Fabio Enrique 15.402.403 63.315.895

Garcés Lora Martha Aleida 32.101.824 15.708.283

Rivera López Rosalba 32.100.120 26.740.546

Rodríguez Buriticá Luz Elena 32.100.631 17.793.472

Gonzalo Méndez López 6.767.389 33.210.025

TOTAL $156.768.220 Fuente: Consolidado de Prestaciones Sociales a diciembre 31 de 2017 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

Algunos servidores públicos pertenecientes al régimen retroactivo de Cesantías, al cumplir los requisitos legales para acceder a la Pensión de Jubilación, como edad y tiempo de servicio, se desvincularon laboralmente; sin embargo, al no disponer la Entidad con los recursos económicos suficientes para cubrir el pago de esta prestación social, suscribió Acuerdos de Pago por $216.141.335, así:

Nombre Cédula Valor en pesos

Diego Durango Borja 15.401.236 92.962.955

Ovidio Antonio Macías David 15.401.436 89.968.355

Gonzalo Méndez López 6.767.389 33.240.025

TOTAL $216.171.335

Fuente: Consolidado de Prestaciones Sociales a diciembre 31 de 2017 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

La conducta encontrada constituye un desacato a los principios de la función administrativa (Transparencia, Responsabilidad y Eficiencia), a que allude el

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Artículo 3º Ley 489 de 1998; además Numeral 21, Artículo 34 y Numeral 3º , Artículo 55 Ley 734 de 2002. (A)

45. Al evaluar el reporte denominado Consolidado de Prestaciones Sociales, se

observó que, la Entidad registraba a diciembre 31, deudas por concepto de Vacaciones, Prima de Vacaciones y Bonificación por Recreación por $211.685.935 (Vacaciones $93.511.414 + Prima Vacaciones $93.065.919 + Bonificacion $25.108.602). Sobre este saldo existen saldos a favor de personal que acumula hasta (3) períodos por disfrutar por $10.720.895. El reconocimiento de esta obligación podrá generar a futuro un sobrecosto económico dado que la base de liquidación aumenta, razón por la cual se incumple lo previsto en el Artículo 10º Ley 3135 de 1968; Artículos 13º y 14º Decreto 1042 de 1078, que definen: (A)

Artículo 10, Ley 3135 de 1968, establece que: “Solo se podrán acumular vacaciones hasta por dos (2) años, por necesidades del servicio y mediante resolución motivada. Cuando no se hiciere uso de vacaciones en la fecha señalada, sin que medie autorización de aplazamiento el derecho a disfrutarlas o a percibir la compensación correspondiente, conforme lo que más adelante se establece, prescribe en tres (3) años…”. En igual sentido, el Decreto 1042 de 1978, establece:

Artículo 13 De la acumulación de vacaciones. “Solo se podrán acumular vacaciones hasta por dos años, siempre que ello obedezca a aplazamiento por necesidad del servicio”. Artículo 14º. Del aplazamiento de las vacaciones. “Las autoridades facultadas para conceder vacaciones podrán aplazarlas por necesidades del servicio. El aplazamiento se decretará por resolución motivada. Todo aplazamiento de vacaciones se hará constar en la respectiva hoja de vida del funcionario”.

En el siguiente cuadro, se lustran los siguientes casos:

Nombre Período D-M-A

Vacaciones

Prima de Vacaciones

Bonificación x Recreación

Juan Samuel Zapata 3 3.167.835 3.167.835 351.982

Faber de Jesús Alcarz 2 1..910.482 1.910.482 212.276

TOTAL $5.078.317 $5.078.317 $ 564.261 Fuente: Calculo de prestaciones Sociales a diciembre 31 de 2017 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

46. Al evaluar el proceso que se utiliza para liquidar la Nómina y deducción de Aportes a la Seguridad Social (Cesantías, Salud, Pensiones y A.R.L), se evidenció que:

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Continúa sin delegarse (asignarse) el manejo del módulo de Nómina y Prestaciones Sociales a un funcionario adecuadamente capacitado que asuma su absoluta operatividad y administración; que interactúe directamente con el proveedor del software, exigiendo el cumplimiento del objeto contractual.

En términos generales, las actividades relacionadas con el proceso se encuentran dispersas, dado que el manejo y control está delegado en varias personas, encontrando compleja la delimitación de la responsabilidad en el trámite y consolidación de los datos suministrados, así como el reporte oportuno de novedades para su incorporación y actualización en la plataforma financiera que administra la Secretaría de Hacienda (Presupuesto, Tesorería, Contabilidad y Nómina), garantizando de este modo la conciliación de las cifras registradas en los diferentes módulos.

A la fecha de la evaluación se conoció que el módulo Nómina y Prestaciones Sociales se encuentra parametrizado de manera parcial, dado que en las condiciones actuales no es posible cumplir con el requerimiento Consolidado de Prestaciones Sociales al cierre de la vigencia 2017, el cual fue solicitó por el Equipo Auditor en reiteradas ocasiones. Esta restricción fue confirmada mediante conversación telefónica sostenida con un integrante del Grupo Asesor, que labora para ARIES, firma proveedora del software.

En cuanto a la documentación soporte relacionada con los conceptos asociados a la causación contable de las Vacaciones: Prima de Vacaciones y Bonificación por Recreación, la Comisión Auditora recibió tres (3) archivos, cada uno contiene información diferente, razón por la cual se genera incertidumbre sobre la razonabilidad del saldo que corresponde a la cifra oficial y definitiva, así: Secretaría de Gobierno; Secretaría de Hacienda y Asesora Contable.

Con fecha mayo de 2018, la Auxiliar Administrativa adscrita a la Secretaría de Hacienda, encargada de registrar en esta plataforma las novedades de Nómina y Prestaciones Sociales, reportó novedad a Sistemas Aries solicitando que se ajustaran las fechas para liquidar Vacaciones, para garantizar que el pago de esta prestación social se autorizara con una antelación no menor de cinco (5) días, previo el disfrute de las mismas, conforme lo establece el Parágrafo, Artículo 18, Decreto 1045 de 1978.

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En consideración de lo antes expuesto y en cumplimiento de los principios de la función administrativa (Responsabilidad, Trasparencia, Eficiencia y Economía) referidos en el Artículo 3º Ley 489 de 1998, se requiere que la Administración disponga los mecanismos necesarios tendientes a adecuar y ajustar el proceso de Nómina y Prestaciones Sociales, a efecto de garantizar homogeneidad en la generación de los informes que deben rendirse a las diferentes Entes de Control. (A)

PASIVOS ESTIMADOS (Grupo 27)

47. La subcuenta Provisión para Pensiones (Código 2720) cerró a diciembre 31 con $2.546.803.831; aunque el saldo revelado en los Estados Financieros coincide con lo informado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público; sin embargo, la certificación allegada por el Delegado del Ministerio, para Antioquia y Choco (Doctor John William Granda Palacio), indica que la historia laboral de los funcionarios se encuentra actualizada a diciembre 31 de 2016, permite al Equipo Auditor presumir la misma requiere de ajuste, dado que la fecha tomada en cuenta para la presente evaluación corresponde a la vigencia 2017; por consiguiente, se incumplió con lo previsto en el Numeral 3.4 Resolución 357 de 2008 y Numeral 1.2.1 Instructivo 003 de 2017, de la Contaduría General de la Nación. (A)

OTROS INGRESOS (Grupo 48)

48. La subcuenta Otros Ingresos Ordinarios - Donaciones (Código 480819) cerró a

diciembre 31 con $194.658.156, se muestra sobrestimada en su totalidad, dado que, en esta categoría contable se reconocieron las Donaciones (Dinero y Especie) recibidas en la vigencia 2017. Conforme a lo previsto en el Catálogo General de Cuentas, los bienes y derechos recibidos sin contraprestación económica y destinados a la formación bruta de capital, con independencia de la naturaleza del bien o derecho deberán reconocerse como Superávit por Donación (Código 3120), por tanto, se incumple lo previsto Resolución 356 de 2007 o Catálogo General de Cuentas, promulgado por la Contaduría General de la Nación, así: (A)

Fecha D-M-A

Donante Detalle del Bien Valor en pesos Dic 31.

31-12-17 IDEA Aporte en Efectivo 35.000.000

31-12-16 Gobernación de Antioquia - Hidro ituango

Camioneta Mitsubishi doble cabina, múdelo 2015

83.078.595

Ministerio de Cultura 115 Tablets, marca Aprix. 72.963.762

TOTAL $191.042.357 Fuente: Archivos disponibles y actualizados en Secretaria de Gobierno Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

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CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS Y DEUDORAS DE CONTROL (Grupo 83)

49. La subcuenta Otras Cuentas Deudoras de Control – Acuerdos de pago suscritos por concepto de Rentas por Cobrar (Código 839001) cerró la vigencia con saldo de saldo de cero pesos ($0). En este epígrafe se registra el valor los Acuerdos pendientes de pago y suscritos entre la Administración y los Contribuyentes. La contrapartida corresponde a la subcuenta 891590- Otras Cuentas Deudoras de Control; por consiguiente, se incumple lo previsto en los Numerales 3.4, 3.7 y 3.8 Resolución 357 de 2007 y Numeral 1.2.1 Instructivo 003 diciembre de 2017, de la Contaduría General de la Nación. (A)

CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS Y ACREEDORAS DE CONTROL (Grupo

93)

50. Con fecha septiembre 23 de 2017, mediante Egreso No. 2195, se libró cheque por $301.900, a favor del señor Hernando A. Echeverri, identificado con cédula 15.536.144, según Resolución 694 de 2017 que autoriza el reconocimiento de viáticos, como presidente del Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados Públicos del Departamento de Antioquia – SINTRAOFAN. (A)

Teniendo en consideración que después de transcurrido un año, contado desde la fecha de expedición, el título valor pierde su vigencia, siempre que no sea pagado por el Banco; no obstante, en julio 26 de 2018, Tesorería expidió el Recibo de Caja No. 8708 por igual valor, afectando presupuestalmente el rubro Aprovechamientos y Reintegros (Rubro 27.10.2); esta operación no fue reconocida contablemente en Cuentas de Orden Acreedoras – Acreedoras de Control – Otras Cuentas Acreedoras (Código 9390), desatendiendo lo estipulado en el Manual de Procedimientos o Resolución 356 de 2007 de la Contaduría General de la Nación.

51. La subcuenta Cuentas de Orden Acreedoras – Acreedoras de Control –

Contratos de Leasing Operativo (Código 9303), con cero pesos ($=0) a diciembre 31, presenta incertidumbre sobre la razonabilidad de la cifra, dado que la Entidad continúa sin reconocer en esta categoría contable el contrato de Leasing Operativo No 058 A, suscrito en julio 31 de 2012 con RENTAN S.A.S. con canon mensual de $6.132.000, con vigencia de cinco (5) años. El objeto pactado consiste en la entrega de dos (2) vehículos, según se ilustra en el anexo. La cláusula Tercera del contrato establece que el término de duración es sesenta (60) meses; pero, de conformidad con los términos estipulado s en el contrato, se desconoce el saldo por amortizar, al cierre de la vigencia. En consideración de lo anterior se incumple lo previsto en el

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Régimen de Contabilidad Pública o Resolución 356 de 2007, expedida por la Contaduría General de la Nación. (A)

Detalle del Bien Canon

Chevrolet Dimax, doble cabina, 4 x 4 Diesel 2.800.000

Volqueta sencilla International + 2.800.000

IVA 532.000

TOTAL $6.132.000 Fuente: archivo disponible en la Secretaria de Gobierno del Municipio Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

Nota: con fecha enero 03 de 2018, las partes suscribieron Otrosí No. 2, mediante el cual se adicionar el monto del contrato en $44.873.550; y el plazo de ejecución se adiciona en diez (10) meses; es decir, terminando el 04 de noviembre de 2018.

DEFICIT PRESUPUESTAL 52. La Administración municipal reconoce las Cuentas por Pagar al cierre de la

vigencia por $1.104.971.846 según Decreto 276 de diciembre 31 de 2017; y en la misma fecha, por Decreto 277 reconoció el Déficit Fiscal en $2.324.988.233. La sumatoria de las subcuentas que representan las obligaciones exigibles a cargo del Municipio de Santa Fe de Antioquia totaliza $4.846.290.533, cifra que una vez depurada quedó en $3.429.960.179, cifra reconocida contablemente al cierre de la vigencia, según se ilustra en el cuadro anexo. La condición observada constituye un desacato a lo establecido en los principios presupuestales: Planificación y Equilibrio a que aluden los Artículos 13º y 17º Decreto 111 de 1996; Artículo 6º y 7º Ley 617 de 2000, además el Numeral 21, Artículo 34 Ley 734 de 2002. (A)

2.2.2 Sistema de Control Interno Contable

Mediante Resolución 357 de 2008 o Resolución 193 de 2016, la Contaduría General de la Nación adoptó el procedimiento de Control Interno Contable y de reporte del informe anual de Evaluación a la Contaduría General de la Nación. Revisada la rendición de la cuenta y analizada la autoevaluación por parte del funcionario responsable del municipio de Santa Fe de Antioquia, obtuvo una calificación de 4.10 que la ubica en el rango EFICIENTE El equipo auditor conceptúa que, de acuerdo con su evaluación realizada, la Entidad obtuvo una calificación de 3.2 que corresponde a un nivel ADECUADO, soportado en los hallazgos a los estados financieros, que afectan la calidad de la información.

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NOTA: Es importante hacer la aclaración que las entidades deben estar rindiendo al CHIP de la Contaduría (Resolución 414 del 2014)

De conformidad con lo previsto en la Resoluciòn 533 de 2015, expedida por la Contaduría General de la Nación, para efectos de la implementación de las Normas de Información Financiera – NIF, la Entidad se encontraba en el primer período de aplicación, comprendido entre enero 01 y diciembre 31 de 2017; consecuente con ello, no estaba obligado a presentar Estados Financieros comparativos bajo el requerimiento normativo. (modifaca por la Resolución 693 de 2016, que en su Artículo 4º establecee que el primer período de aplicación es el comprendido entre el 01 de enero y 31 de diciembre de 2018.

Resultado de la Evaluación

NÚMERO

12. EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO

CONTABLE

PUNTAJE

OBTENIDO INTERPRETACIÓN

1 CONTROL INTERNO CONTABLE 3.2 ADECUADO

1.1 ETAPA DE RECONOCIMIENTO 3.2 ADECUADO

1.1.1 IDENTIFICACIÓN 3.2 ADECUADO

1.1.2 CLASIFICACIÓN 3.2 ADECUADO

1.1.3 REGISTRO Y AJUSTES 3.2 ADECUADO

1.2 ETAPA DE REVELACIÓN 3.2 ADECUADO

1.2.1 ELABORACIÓN de ESTADOS CONTABLES Y

DEMÁS INFORMES 3.2 ADECUADO

1.2.2 ANÁLISIS, INTERPRETACIÓN Y

COMUNICACIÓN de LA INFORMACIÓN 3.2 ADECUADO

1.3 OTROS ELEMENTOS DE CONTROL 3.2 ADECUADO

1.3.1 ACCIONES IMPLEMENTADAS 3.2 ADECUADO

Fuente: Información oficial rendida al Chip Consolidador de Hacienda Pública, Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

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Avance del Proceso de Saneamiento Contable (aplica para vigencia 2017) De acuerdo con el artículo 355 de la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016, el avance del Proceso de Saneamiento Contable, es el siguiente:

Id Entidad NIT Municipio Dpto.

% avance

según la

Entidad

% según

verificación

Actividades de

seguimiento

realizadas por la

Contraloría

Administración

Municipal

Santa Fe de

Antioquia

890.907.569-1

Santa Fe

de

Antioquia

Antioquia 70% 70%

Evaluación vigencia

2017 y seguimiento

actas comité

sostenibilidad

información

contable. Fuente: Información disponible en los archivos de la Entidad Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

Debilidades del Sistema de Control Interno

De conformidad con lo previsto en la Resoluciòn 533 de 2015, expedida por la Contaduría General de la Nación, para efectos de la implementación de las Normas de Información Financiera – NIF, la Entidad se encontraba en el primer período de aplicación, comprendido entre enero 01 y diciembre 31 de 2017.

Al cierre de la vigencia 2017, la Entidad no cumplió con el objetivo del Sistema de Control Interno relacionado con la elaboración y administración del Mapa de Riesgos.

Por Decreto 128 de noviembre de 1995, el Municipio adoptó la estratificación socioeconómica para el sector Urbano; y por Decreto 108 de diciembre 2009, para las fincas y viviendas dispersas localizadas en la zona Rural; no obstante, teniendo en consideración q u e s e modificaron algunos parámetros relacionados con este tema en particular, se asignó a las administraciones municipales el deber de estratificar periódicamente la población para determinar los beneficiarios de los subsidios; pero a la fecha del presente informe se conoció que los estudios aprobados inicialmente continuaban vigentes.

Según Resolución 1823 de diciembre 2010 expedida por la Dirección de Catastro e Informática Departamental, se fijó para los predios del Sector Rural los avalúos catastrales resultantes de la renovación e inscripción catastral, con

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vigencia a partir de enero 01 de 2011. Desde entonces y hasta la fecha del presente informe, el Municipio no ha realizado nuevas actualizaciones ni renovaciones al sector; en lo inherente a la parte Urbana se están aplicando renovaciones catastrales.

Mediante Decreto 032 de febrero de 2016, se creó el Comité de Conciliación; instancia que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses públicos. Por consiguiente, corresponde decidir, en cada caso, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo, con sujeción a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes.

Con sujeción a las disposiciones vigentes y bajo el entendido que las diferentes dependencias que se relacionan con la Contabilidad como proceso, deben suministrar los datos que se requieran, en el tiempo oportuno y con las características necesarias, se conoció que no todas las Unidades Administrativas reportan los datos de manera oportuna para su procesamiento y consolidación.

En algunas cuentas bancarias y fondos especiales que se manejan en el IDEA, se detectó que existen diferencias entre los saldos reportados en el Boletín de Tesorería y la certificación expedida por las respectivas entidades bancarias, lo que denota que existen movimientos pendientes de reconocimiento contable.

En relación con el registro y control de los BIENES INMUEBLES que se encuentran bajo la posesión, dominio y control del Municipio, se evidenció que no todos poseen escritura o título que acredite la titularidad a nombre de la Entidad Territorial; situación que afecta la razonabilidad de la Depreciación, objeto de reconocimiento para los bienes agrupados en esta clasificación.

En lo inherente al manejo y control de los activos reconocidos en la categoría contable de BIENES de USO PUBLICO, HISTORICOS Y CULTURALES, se evidenció que no todos han sido reconocidos contablemente como tal, condición que afecta las bases utilizadas para el cálculo y registro de contable de la Amortización, que contablemente debe reconocerse sobre los bienes clasificados en esta categoría.

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2.2.3. Gestión Presupuestal Como resultado de la auditoría adelantada, la Gestión Presupuestal obtuvo un puntaje de 85.71 como consecuencia de los siguientes hechos y debido a la calificación resultante de ponderar las variables que se relacionan a continuación:

11. GESTIÓN PRESUPUESTAL ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA

VIGENCIA AUDITADA 2017

Fuente: Información disponible en los archivos de la Entidad Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

PRESUPUESTO VIGENCIA 2017

El Presupuesto General del MUNICIPIO DE SANTA FE DE ANTIOQUIA fue aprobado mediante Acuerdo Municipal Nro. 033 de Noviembre 29 de 2016, por la suma de Veintiocho Mil Novecientos Cincuenta Millones setecientos Noventa y Nueve Mil Trescientos Cincuenta y un pesos M.L.C. ($28.950.799.351)

El Presupuesto General del MUNICIPIO DE SANTA FE DE ANTIOQUIA, fue liquidado mediante Decreto Nro. 225 de 09 diciembre de 2016, discriminado así:

INGRESOS $28.950.799.351,00

Ingresos Corrientes $11.357.301.307,00

Transferencias $5.685.645.938,00

Recursos de Capital -

Recurso del Crédito -

Fondo Local de Salud $11.907.852.106,00

GASTOS $28.950.799.351,00

Funcionamiento $7.705.653.958,00

Servicio de la Deuda $1.368.100.000,00

Inversión $19.877.045.393,00

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EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE INGRESOS VALOR $

VIGENCIA 2017

PRESUPUESTO INICIAL 28.950.799.351,00

ADICIONES 26.221.902.484,56

REDUCCIONES 6.828.032.703,00

CRÉDITOS -

CONTRACRÉDITOS -

PRESUPUESTO DEFINITIVO 48.344.669.132,56

TOTAL RECAUDOS 41.361.424.829,52

SALDO POR RECAUDAR 6.983.244.303,04

EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE EGRESOS VALOR $

VIGENCIA 2017

PRESUPUESTO INICIAL 28.950.799.351,00

ADICIONES 26.221.902.484,56

REDUCCIONES 6.828.032.703,00

CRÉDITOS 4.153.187.963,74

CONTRACRÉDITOS 4.153.187.963,74

PRESUPUESTO DEFINITIVO 48.344.669.132,56

RESERVAS 40.573.797.330,32

OBLIGACIONES 39.859.085.979,51

PAGOS 36.510.735.294,56

CIERRE PRESUPUESTAL VIGENCIA 2017 CON SUPERÁVIT

4.850.689.534,96

Fuente: Ejecución Presupuestal Egresos Dic 31/17 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

OTRA INFORMACIÓN PRESUPUESTAL

CONCEPTO VALOR / OTROS

Nit Entidad 890.907.569-1

Valor Presupuesto Transferido SGP $11.288.725.982,00

Valor Presupuesto Transferido SGR $1.105.493.642,72

Valor Presupuesto Recursos Propios $12.663.064.587,00

Valor Presupuesto de Funcionamiento y/o de Operación Comercial

$8.446.227.965,99

Valor Ejecutado Presupuesto de Inversión $27.500.442.921,57

Valor Ejecutado Servicio de la Deuda $564.064.407,00

Estado Entidad Activo

Código CHIP / CGN 214205042

Fuente: Ejecución Presupuestal Egresos Dic 31/17 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

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3. OTRAS ACTUACIONES

3.1. ATENCIÓN DE DENUNCIAS Durante la presente auditoría no se realizó seguimiento a denuncias 3.2. BENEFICIOS DEL PROCESO AUDITOR Se presentaron 2 beneficios de auditoría, en la etapa de respuesta al informe preliminar: Beneficio 1 OBSERVACIÓN 1 (HALLAZGO 1) En verificación del contrato de Consultoría No CMA-002-2017, se encontró según se detalla en el hallazgo 1:

d. En el folio 126 de la propuesta ganadora se evidencia: un 5% del factor multiplicador correspondiente a costos de oficina (Arrendamiento, administración y servicios públicos), 5.5% de gastos de papelería y presentación de la propuesta, sin embargo, en la propuesta económica de la consultoría, adicional al factor multiplicador, cobran $1’726.106 para oficina, y comunicaciones, Equipos de cómputo, papelería y planos presumiéndose este valor como detrimento patrimonial.

e. En el numeral 12.2 de los estudios previos del contrato al igual que en la propuesta económica suscrita por el contratista en el cuadro de actividades a ejecutar el numeral 2.2 implicaba realizar “Revisión Ambiental y Bioclimática de todo el proyecto” con un valor de $3’500.000 más IVA ($4’165.000), sin embargo, dicho insumo no fue entregado por el contratista presumiéndose detrimento por este concepto.

f. El total del presunto detrimento presentado en este contrato asciende a $5’891.106 en los literales d y e.

El presunto daño patrimonial de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO SEIS MIL PESOS $5.891.106, fue resarcido a las arcas de la Administración Municipal en la etapa de respuesta de Santa Fe de Antioquia,

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mediante recibo de caja N° 12884 del 23 de octubre del 2018, y se convierte en beneficio de auditoría. Valor del beneficio: $5.891.106 En el presente informe éste beneficio se registra como el hallazgo 1 tipificado como Disciplinario y Penal. El mismo fue reportado al Contralor Auxiliar de Auditoría Integral, mediante radicado 2018300009407 de diciembre 28 del 2018. Beneficio 2 OBSERVACIÓN 11 (HALLAZGO 7) El convenio solidario liquidado N° 065 de 2017 suscrito entre el municipio de Santa Fe de Antioquia y la Asociación de juntas de Acción Comunal del municipio de Santa Fe de Antioquia, que tiene al señor Alfredo Sepúlveda como su representante legal, cuyo objeto es “Cerramiento en tubería galvanizada de la piscina de la Casa Campesina” por valor de $16.091.267, se pudo verificar que existen algunas diferencias de obra entre lo pagado y lo realmente ejecutado, tal y como se describe a continuación: En el ítem 3,01 “Cerramiento en tubo galvanizado de 1,12”, con bastones verticales de 1” en tubería galvanizada cada 10 cm, incluye soportes y todos los elementos necesarios para su instalación” se encontró 228 bastones con una altura de 0,90m para una longitud total de 205,2 metros lineales, pero en el ítem se reconocen 11 metros lineales de bastón por cada metro lineal de cerramiento. Como se instalaron 37,7m de cerramiento se tiene que cobraron (11)*(37,7) = 414,7m de bastones, por tanto se tiene lo siguiente: Tabla No . Cálculo Diferencias Obra

ITEM DESPCRIPCIÓN UNIDAD CATIDAD MEDIDA

CANTIDAD PAGADA

DIFERENCIA VALOR

UNITARIO

($)

VALOR DIFERENCIA

DE OBRA($)

7.1.1 Tuberia galvanizada para cerramiento m 205,2 414,7 209,5 8.000 1.676.000

total costo directo 1.676.000

AU:30,62% 335.200

TOTAL 2.011.200

Fuente: Acta de vista firmada con el supervisor del contrato Elaboró: Jorge Andrés Rivera Osorno, Profesional Universitario

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El presunto daño patrimonial de $2.011.200, fue resarcido a las arcas de la Administración Municipal de Santa Fe de Antioquia, mediante recibo de caja N° 8374 del 19 de octubre del 2018. Valor del beneficio: $2.011.200 En el presente informe éste beneficio se registra como el hallazgo 7 tipificado como Administrativo. El mismo fue reportado al Contralor Auxiliar de Auditoría Integral, mediante radicado 2018300009407 de diciembre 28 del 2018. En total se generaron beneficios de auditoría por valor de $7.902.306. 3.3. SEGUIMIENTO OTROS DOCUMENTOS Durante la presente Auditoría no se realizó seguimiento a otros documentos. 3.4. CONTROL A LAS FIDUCIAS

ÌTEM CONCEPTO

Fiduciaria PATRIMONIO AUTONOMO FIA

Clase de negocio fiduciario o fiducia F. Inversión- Fideicomisos de inversión con destinación específica

Saldo a la fecha de corte $70.485.290,69

Naturaleza de los recursos -Nacional.

Tipo de Gasto -Inversión

Tipo de Activos Fideicomitidos -Activos monetarios

Destinación de los Recursos -Agua Potable y Saneamiento Básico Fuente: Ejecución Presupuestal Egresos Dic 31/17 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

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ÌTEM CONCEPTO

Fiduciaria CONSORICIO FONPET

Clase de negocio fiduciario o fiducia F. Inversión- Fideicomisos de inversión

con destinación específica

Saldo a la fecha de corte $22.556.557.965,83

Naturaleza de los recursos -Nacional.

Tipo de Gasto -Inversión

Tipo de Activos Fideicomisitos -Activos monetarios

Destinación de los Recursos Otras - Pago Pasivo Pensional

Fuente: Ejecución Presupuestal Egresos Dic 31/17 Elaboró: Rafael Penagos A., Profesional Universitario (Contador)

3.5 INSUMOS PARA PRÓXIMAS AUDITORÍAS

De la auditoría a la vigencia 2017, se dejan los siguientes insumos para próximas actuaciones:

Con fundamento en las inconsistencias detectadas en el manejo y control de los datos que generan algunos módulos que conforman la plataforma financiera de la Entidad, así como las deficiencias en la operatividad de los módulos de: Tesorería (Impuestos), Nómina y Prestaciones Sociales, los cuales se reportaron en el informe preliminar correspondiente a la Auditoría Integral, vigencia 2017, el Equipo de Trabajo considera oportuno sugerir que la Contraloría General de Antioquia incluya en las próximas diligencias fiscales, una Línea de Auditoría que se oriente a EVALUAR EL COMPONENTE SISTEMAS DE INFORMACIÓN O PLATAFORMA COMPUTARIZADA EN EL MUNICIPIO DE SANTAFE DE ANTIOQUIA.

A diciembre 31, se aplicó NOTA CREDITO para cancelar $ 3.366.934, cifra que, representa el monto de la obligación registrada a nombre del señor ALEJANDRINO OROZCO, adjudicatario de la Parcelación SAN JUDAS del municipio Santa Fe de Antioquia. Al no encontrar en los archivos evidencia amplia y suficiente que permitiera evaluar las gestiones de cobro (Persuasivo, Coactivo y/o Mandamiento de Pago) encaminadas a la recuperación de la obligación. La conducta anterior constituye un Detrimento Patrimonial estimado en $ 3.366.934, por incumplir lo previsto en el Artículo 6º de la Ley 610 de 2000, además el Numeral 21, Artículo 34 Ley 734 de 2002.

Al revisar el Inventario de Bienes Inmuebles reconocidos en las fichas Catastrales a nombre del Municipio de Santafé de Antioquia, se encontró que

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todavía aparecen registrados a su nombre matrículas inmobiliarias que corresponden Vivienda de Interés Social, de proyectos financiadas por el Municipio y entregados a personas o familias en situación de vulnerabilidad, lo que hace presumir que se trata de obligaciones que desde entonces no han sido reconocidas en contablemente en ,os Estados Financieros, en la categoría contable denominada OTROS DEUDORES – PRÉSTAMOS CONCEDIDOS POR INSTITUCIONES NO FINANCIERAS –CRÉDITOS DE VIVIENDA (Código 147073).

Los diseños del Centro de Eventos y Convenciones tienen modificaciones para poder cumplir con el código NSR-2010 TITULO C (C.15.13.3_Dimensiones mínimas), por lo que se hace necesario revisar el contrato CM-SP-08-2014 que tiene por objeto “Estudios y Diseños del Centro de Eventos y Convenciones para Santa Fe de Antioquia” por valor de $99.450.000; por lo que se entiende que los diseños fueron recibidos a satisfacción sin cumplimiento de requisitos técnicos y normativos. Esta información servirá de insumo para próximas auditoria que ejecute la Contraloría General de Antioquia.

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4. CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS Vigencia 2017

TIPO DE HALLAZGO CANTIDAD VALOR (en pesos)

1. ADMINISTRATIVOS 42

2. DISCIPLINARIOS 10

3. PENALES 1

4. FISCALES 3 $25.293.839

Obra Pública 2 $13.623.917

Prestación de Servicios 0 0

Suministros 0 0

Consultoría y Otros 0 0

Estados Contables 1 $11.669.922

Otros conceptos (decir cual)

0 0

TOTALES (1, 2, 3, y 4) 56 $25.293.839

Nota: En total son 52 hallazgos y 56 tipificaciones, porque los hallazgos N° 3, 8 y 27, están tipificados como Fiscales (F) y Disciplinarios (D) y el hallazgo 1 está tipificado como Disciplinario (D) y Penal (P). Del presente informe NO surge Proceso Administrativo Sancionatorio “PAS”.

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5. ANEXOS

Diligenciar encuesta de satisfacción del cliente y hacerla llegar a la Contraloría General de Antioquia vía correo electrónico.