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CONCURSO ABIERTO DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE CONTRATACIONES PBLICAS
ACTO NICO DE RECEPCIN Y APERTURA DE SOBRES PROCESO N: A-016-15-0117
SERVICIO DE ONDAS GUADAS EN LNEA DEL SISTEMA ISOBUTANO EN LA PARADA DE PLANTA 2015 DE LA REFINERA EL PALITO
Refinera El Palito, Divisin Refinacin, en nombre y por cuenta de PDVSA Petrleo, S.A., invita a las empresas inscritas y actualizadas en el Registro Nacional de Contratistas (RNC), interesadas en participar en el proceso de contratacin que tiene por objeto: SERVICIO DE ONDAS GUADAS EN LNEA DEL SISTEMA ISOBUTANO EN LA PARADA DE PLANTA 2015 DE LA REFINERA EL PALITO.
Alcance: El alcance de EL SERVICIO consiste en forma general en la inspeccin y evaluacin de la integridad mecnica en la lnea del Sistema Isobutano que va desde el muelle hasta el Tanque 160x1, mediante la aplicacin de Tcnica de Ondas Guiadas respetando Cdigos, Normas y metodologa de confiabilidad, a parte de emitir informes de las condiciones encontradas.
LA CONTRATISTA prestar EL SERVICIO bajo su exclusiva responsabilidad, aportando toda la labor, supervisin, equipos, materiales, herramientas y elementos necesarios para que EL SERVICIO sea de primera calidad y se realicen de tal forma que cumplan con las Especificaciones Tcnicas establecidas.
EL SERVICIO tendr un plazo de prestacin de 30 das continuos, contados a partir de la fecha de firma del Acta de Inicio de EL SERVICIO
Retiro del Pliego de Condiciones: Estar disponible, desde el da 19/05/2015 hasta el da hbil anterior a la fecha fijada para el acto de recepcin de las manifestaciones de voluntad, documentos para la calificacin y ofertas, en horario comprendido la 8:30 a.m. hasta las 3:30 p.m. en la Oficina de Atencin al Contratista, ubicada diagonal a la recepcin del Edificio Administrativo de la Refinera El Palito, Autopista Puerto Cabello Morn, Estado Carabobo. Responsable: Ing. Eduard Acosta. Telfono:(0242)360.37.55 / Fax: (0242)364.36.78 / e-mail: [email protected]
Costo del Pliego: Bs.: 300,00, el cual deber ser depositado en el Banco Mercantil, cuenta corriente N 01050073791073216950, a nombre de PDVSA Petrleo, S.A., previo al retiro del mismo.
Reunin Aclaratoria del Pliego: Se realizar el da 04/06/2015 a las 09:00 A.M., en la Sala C, 1er. Piso, Edificio Administrativo, Refinera El Palito, Autopista Puerto Cabello Morn, Estado Carabobo. La asistencia no es obligatoria.
Acto Pblico de Recepcin de los Sobres Tcnico y Econmico: Se efectuar el da 16/06/2015 a las 02:00 P.M., en la Comisin Mayor de Contrataciones de la Refinera El Palito, Autopista Puerto Cabello- Morn, 1er. Piso, la Sala A, Edificio Administrativo de la Refinera El Palito, Puerto Cabello, Estado Carabobo.
Concluido el acto de recepcin se dar inicio al acto de apertura de los sobres correspondientes a las manifestaciones de voluntad, documentos para la calificacin tcnica. En ningn caso se admitirn sobres despus de concluido el acto pblico de recepcin.
Sistemas y Mecanismos de Calificacin: Sern especificados en el pliego de condiciones correspondiente.
Rgimen Legal y Normativo:
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Pblicas N 1.399 de fecha 13 de Noviembre de 2014, y publicado en Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela N 40.544.
Reglamento de Ley de Contrataciones Pblicas, publicado en Gaceta Oficial N 39.181 de fecha 19/05/2009. Decreto N 4.248 que regula el otorgamiento, vigencia, control y revocatoria de la Solvencia Laboral de los
patronos y patronas, incluidas las asociaciones cooperativas que contratan los servicios de no asociados, con la finalidad de garantizar los derechos humanos laborales de los trabajadores y trabajadoras, publicada en Gaceta Oficial N 38.372 de fecha 02/02/2006.
Normativa Interna de Contratacin de PDVSA y sus Filiales, Guas Administrativas y otras leyes vigentes aplicables a procesos de contratacin.
Refinera El Palito, en nombre y por cuenta de PDVSA Petrleo, S.A., se reserva el derecho de suspender, modificar est invitacin, dar por terminado o declarar desierto el presente procedimiento, cuando lo considere pertinente, sin que por ello resulte procedente reclamacin alguna.