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LISTA CORTA : ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS AMPLIACION CALLE LAMIÑA Y DISEÑO PUENTE JATICO LCC-EPMMOP-009-2013 PLIEGOS LISTA CORTA CONSULTORÍA EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE MOVILIDAD Y OBRAS PÚBLICAS LISTA CORTA DE CONSULTORIA LCC–EPMMOP-009-2013 ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO, PARROQUIA CUMBAYA -1-

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LISTA CORTA : ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS AMPLIACION CALLE LAMIÑA Y DISEÑO PUENTE JATICO

LCC-EPMMOP-009-2013

PLIEGOS

LISTA CORTA CONSULTORÍA

EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE MOVILIDAD Y OBRAS PÚBLICAS

LISTA CORTA DE CONSULTORIA LCC–EPMMOP-009-2013

ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y

DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO, PARROQUIA CUMBAYA

QUITO , NOVIEMBRE 2013

LISTA CORTA DE CONSULTORIA-1-

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LISTA CORTA : ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS AMPLIACION CALLE LAMIÑA Y DISEÑO PUENTE JATICO

LCC-EPMMOP-009-2013

LCC–EPMMOP-009-2013

PARTES INTEGRANTES DE LOS PLIEGOS

I. CONDICIONES PARTICULARES DE COTIZACIÓN DE OBRAS

II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORIA

III. FORMULARIO DE OFERTA

IV. FORMULARIOS DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA

V. FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO

VI. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORIA

VII. CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORIA

LISTA CORTA DE CONSULTORIALCC–EPMMOP-009-2013

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LCC-EPMMOP-009-2013

INDICE

I. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS PLIEGOS PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA

SECCIÓN I CONVOCATORIA

SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TERMINOS DE REFERENCIA

SECCION III CONDICIONES PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO

SECCION IV EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

SECCION V OBLIGACIONES DE LAS PARTES

II. CONDICIONES GENERALES DE LOS PLIEGOS PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA

SECCIÓN I DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

SECCIÓN II METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

SECCION III FASE CONTRACTUAL

III. FORMULARIO DE OFERTA

El formulario de la oferta, está contenido por la información detallada a continuación, la cual, de no hacerse constar será causal de descalificación de la propuesta:

3.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO

3.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE

3.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES.

3.4 SITUACIÓN FINANCIERA

3.5 OFERTA ECONÓMICA

3.6 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA

3.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE

3.8 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO

3.9 EQUIPO E INSTRUMENTOS DISPONIBLES

IV. FORMULARIOS DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA

4.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO

4.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO

V. FORMULARIO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIOVI. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍAVII. CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA

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LISTA CORTA CONSULTORÍALCC–EPMMOP-009-2013

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PARTE I

CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA

INDICE

SECCIÓN ICONVOCATORIA

SECCIÓN II

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TERMINOS DE REFERENCIA

2.1. Objeto2.2. Presupuesto Referencial 2.3. Términos de Referencia

SECCION IIICONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO

3.1. Cronograma del procedimiento3.2. Vigencia de la oferta3.3. Precio de la propuesta3.4. Plazo de ejecución3.5. Precio de la oferta3.6. Forma de pago

SECCIÓN IVEVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

4.1. Integridad de las ofertas4.2. Evaluación de la oferta (cumple / no cumple)4.3. Evaluación por puntaje4.4. Evaluación de la Oferta Económica

SECCIÓN VOBLIGACIONES DE LAS PARTES

5.1. Obligaciones del Contratista5.2. Obligaciones de la contratante

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LISTA CORTA CONSULTORÍALCC–EPMMOP-009-2013

PARTE I

CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA

SECCIÓN ICONVOCATORIA

LISTA CORTA CONSULTORÍALCC–EPMMOP-009-2013

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CONVOCATORIA

Se convoca a: CONSULTORA IRIGOYEN Y ASOCIADOS CÍA. LTDA., CIEPER CÍA. LTDA., y CONSULTORÍA Y CONSTRUCCIÓN CON TECNOLOGIA, que se encuentren habilitados en el Registro Único de Proveedores – RUP, que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, legalmente capaces para contratar, para que presenten sus ofertas técnicas y económicas para la ejecución de los “ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO, PARROQUIA CUMBAYA”:

El Presupuesto Referencial es de Ciento veinte y nueve mil ochocientos treinta y ocho dólares americanos (USD $ 129.838.00) dólares de los Estados Unidos de América, valor que no incluye el IVA y el plazo estimado para la ejecución del contrato es de CIENTO VEINTE (120) días, contados desde la fecha de suscripción del contrato. Las condiciones generales de esta invitación son las siguientes:

1. El pliego está disponible, sin ningún costo, en el portal institucional del SERCOP.

2. Los interesados podrán formular preguntas, respecto al contenido de los Pliegos, hasta la fecha establecida en el cronograma del proceso. La Comisión Técnica absolverá obligatoriamente todas las preguntas y formulará las aclaraciones necesarias, de ser el caso, a través del Portal, hasta la fecha señalada en el cronograma del proceso.

3. Las ofertas, técnica y económica deberán ser entregadas simultáneamente de forma física, en dos sobres separados, en la secretaría de la Unidad de Contratación Pública de la Gerencia General de la EPMMOP, ubicada en la Avenida 9 de Octubre N 26 – 56 y calle Santa María, cuarto piso;; hasta las 15h00 del día señalado en el Cronograma del Proceso establecido en los pliegos de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP-. El portal permitirá que la apertura y procesamiento de las dos ofertas se ejecuten en días distintos, con una diferencia entre ambos actos de hasta 10 días término. Los formularios 1 y 2 de la oferta técnica y, el precio de la misma, deberán subirse a través del portal institucional del SERCOP, hasta la fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta. La no publicación de los formularios referidos o la falta de ingreso del precio de la propuesta en el portal institucional será causa de descalificación de la oferta. La impresión del registro de la oferta económica en el referido portal se incluirá en el sobre respectivo que se entregará físicamente.

De existir diferencia en el monto que consta en la oferta física y el registrado electrónicamente, se deberá proceder con la corrección de errores aritméticos por parte de la Comisión Técnica.

La fecha de apertura de las Ofertas Técnicas y de las Ofertas Económicas presentadas se establece en el Cronograma de los Pliegos de este Proceso.

La apertura de las ofertas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas. El acto de apertura de las ofertas técnicas será público y se efectuará en la Sala de Reuniones de la Unidad de Contratación Pública de la Gerencia General de la EPMMOP ubicada en la Avenida 9 de Octubre N 26 – 56 y calle Santa María, cuarto piso.

Para poder participar en el presente procedimiento, al momento de la presentación de la

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propuesta, los oferentes interesados deberán encontrarse habilitados en el Registro Único de Proveedores. En consecuencia, para participar, bastará “registrar” o “indicar” en su propuesta, el número o código de RUP.

4. La oferta debe presentarse por la totalidad de la contratación.

5. En este proceso se contempla Reajuste de Precios.

6. La evaluación de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en el pliego, conforme lo dispone el artículo 54 del Reglamento General de la LOSNCP y las resoluciones que el SERCOP dicte para el efecto.

7. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la EPMMOP relacionados con la partida presupuestaria No. 575010500800001, contenida en el memorando No. 645 GAF-UF-P del 18 de noviembre del 2013.

Se otorgará un anticipo del cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato, y el restante cincuenta por ciento (50%), se pagará:

El veinte por ciento (20%) contra la Entrega de la fase 1: Diseño de pavimento y planimetría del proyecto,

El veinte por ciento (20%) contra la Entrega de la fase 2: Diseño del puente sobre la quebrada Jatico; y,

El diez por ciento (10%) contra la entrega final de los estudios objeto de la consultoría, previo a la suscripción del acta de recepción definitiva.

8. El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del SERCOP y el presente pliego.

9. La entidad contratante se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de contratación, situación en la que no habrá lugar a pago de indemnización alguna.

Quito D. M., noviembre de 2013

ING. GERMÁNICO PINTO TROYAGERENTE GENERAL DE LA EPMMOP

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PARTE ISECCIÓN II

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIALY TÉRMINOS DE REFERENCIA

2.1 Objeto:

Este procedimiento precontractual tiene como propósito seleccionar a la oferta de mejor costo, en los términos del numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP, para los: ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO, PARROQUIA CUMBAYA.

2.2 Presupuesto referencial:

El presupuesto referencial es Ciento veinte y nueve mil ochocientos treinta y ocho dólares americanos (USD $ 129.838.00) dólares de los Estados Unidos de América, valor que no incluye el IVA.

2.3 Términos de referencia:

TERMINOS DE REFERENCIA PARA LOS ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO

1.- ANTECEDENTES

La Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas de Quito, EPMMOP, consiente de la problemática de movilidad y transporte que afronta la parroquia de Cumbayá por el conflicto del tráfico local, ha decidido preparar los Estudios de Ingeniería Definitivos para la Ampliación de la calle Alfonso Lamiña y el diseño del Puente sobre la Quebrada Jatico, con la finalidad de obtener los documentos técnicos, planos, informes y cantidades de obra, que permitan contratar estas obras y mejorar el flujo vehicular, además de obtener un ahorro tanto en el costo de operación de los vehículos como en el tiempo de viaje de los usuarios.

2.- UBICACIÓN GEOGRÁFICA DEL PROYECTO

El proyecto se halla ubicado en el Cantón Quito, jurisdicción de la parroquia Cumbayá, perteneciente al Distrito Metropolitano de Quito.

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3.- OBJETO DE LA CONSULTORIA

El objeto principal de los servicios de Consultoría es elaborar los Estudios de Ingeniería Definitivos para la Ampliación de la calle Alfonso Lamiña y el diseño del Puente sobre la Quebrada Jatico. Para ello se elaborará toda la documentación técnica, informes planos, especificaciones generales y especiales, cantidades de obra, precios unitarios, presupuesto referencial, cronograma de trabajo, evaluación y mitigación de impactos ambientales con su respectivo Plan de Manejo Ambiental, documentos precontractuales para la contratación conforme lo establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento, de modo que permitan la inmediata contratación de los trabajos de construcción.

La Consultora será responsable de todos los trabajos y estudios que realice en cumplimiento de los presentes términos de referencia, así como su validez científica y técnica. Las características de la vía son las siguientes:

Longitud de la vía: 2.0 Km aproximadamenteAncho Total: 27.60 mTipo de vía: Avenida de 4 carriles, adicionalmente

Ciclovía de 2 carriles en uno de los costados.

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Sección transversal 2 calzadas de 7.30 mParterre Central 3,0 mAceras 2,0 mTipo de capa de rodadura Pavimento FlexibleLongitud del Puente: 150 m aproximadamente

El consultor coordinará previo al inicio de los trabajos con la EPMMOP y la Administración Zonal Tumbaco.

4.- ALCANCE Y PROFUNDIDAD DE LOS ESTUDIOS

El alcance de los estudios contempla las siguientes fases:

4.1.- ESTUDIO DE TRÁFICO Y SU PROYECCIÓN.

El consultor realizará el estudio de tráfico que permita conocer el flujo y la composición del tipo de vehículos usuarios de la vía. Para el efecto, se deben efectuar conteos diarios y en fines de semana, a fin de obtener el Tráfico Promedio Diario Anual, las horas pico y los días de mayor tráfico. Esta información se constituirá en la base para el diseño del pavimento.

El consultor realizará conteos de tráfico de al menos 4 horas, en hora pico, en 4 días distintos considerando un fin de semana, para determinar el TPDA en esta calle.

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Determinado el TPDA, se realizarán las proyecciones para 10 y 20 años, determinará la tasa de crecimiento y se calcularán los ejes acumulados equivalentes a 8.2 ton.

4.2.- ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS

La Consultoría deberá ejecutar los siguientes estudios:

4.2.1.- ESTUDIO TOPOGRAFICO Y DISEÑO GEOMETRICO

Trabajos de levantamiento de la faja topográfica de la vía existente

El consultor deberá levantar la información topográfica necesaria para llegar a un diseño definitivo de la vía a construir.

Se obtendrán los datos de coordenadas en base a puntos GPS y se procederá mediante la utilización de Estaciones Totales a la colocación de un polígono base, el mismo que será abscisado cada 20 m y en los puntos de inflexión. Las coordenadas de partida estarán relacionadas con las coordenadas del plano de Quito.

Los puntos abscisados del polígono serán nivelados y su nivelación será relacionada con los BMs de la EPMMOP si es que los tuviera, caso contrario se partirá con la cota del GPS y se efectuará en circuitos cerrados para su comprobación. Con ésta actividad se establecerá el perfil del terreno para realizar el diseño del proyecto vertical.

En base a los puntos abscisados del polígono se obtendrá una topografía en base a perfiles transversales cada 40 m a ambos lados del eje, lo que permitirá obtener la información necesaria para el diseño horizontal.

Se realizará el levantamiento de bordillos, postes de energía eléctrica, pozos de alcantarillado, sumideros, árboles y en general cualquier dato que permita la correcta ejecución de los trabajos posteriores que se realizarán en la vía o calle.

En el cruce con las calles transversales se levantará una distancia de por lo menos 50 m a cada lado del eje y constará el nombre de la calle y/o su nomenclatura.

Los trabajos se presentarán en un plano estandarizado tamaño Vial 1100x650 mm sobre el cual se materializará todo el trabajo de campo, contendrá la Tarjeta con el Logotipo de la EPMMOP y datos específicos del proyecto.

Una vez obtenida esta información, en gabinete se procederá al diseño del proyecto, el mismo que será realizado por el ingeniero especialista en diseño vial.

El diseño del proyecto horizontal y vertical deberá ser revisado y aceptado por el supervisor encargado de la EPMMOP en forma continua y permanente.

En vista de que es una vía urbana, en el estudio de señalización y seguridad vial se tomarán medidas de protección a peatones y transporte no motorizado: ancho

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de veredas, paradas de buses, cruces de peatones y ciclistas, zonas de carga y descarga de mercaderías, etc., en coordinación, previa aprobación de la EPMMOP, con las Comunidades y/o Entidades de Servicio Público correspondientes.

Previo al inicio de los estudios, se deberán establecer los sitios específicos que requieran un ajuste y rediseño de intersecciones.

Con toda la información realizada en los planos definitivos, el consultor procederá a elaborar el Informe Final de Ingeniería, cuyo contenido especialmente debe contener los criterios de diseño, parámetros utilizados, sección típica, cantidades de obra y presupuesto estimado.

4.2.2.- ESTUDIO HIDROLOGICO - HIDRAULICO Y DE DRENAJE PLUVIAL, SANITARIO Y DE AGUA POTABLE

Estudio hidrológico e hidrográfico para obras de arte menor y para el diseño del Puente.

Se realizará un estudio hidrológico e hidrográfico a fin de determinar las características de la cuenca aledaña al proyecto como funcionamiento hidráulico, movimiento superficial de las aguas.

El estudio hidrológico e hidrográfico concluirá con un informe que contendrá entre otros, la información básica de la cuenca, características físicas de la cuenca, análisis de parámetros meteorológicos, análisis y tratamiento de la información pluviométrica, análisis de la infiltración, análisis de la evapotranspiración.

El informe finalizará con unas conclusiones y recomendaciones de acuerdo al proyecto que se quiere implantar, definiendo en cada caso las medidas mitigadoras y compensatorias a adoptar en caso de ser necesario.

Drenaje pluvial, sanitario y de agua potable

Teniendo en cuenta la importancia que tiene para la funcionalidad y estabilidad de la vía a largo plazo que tienen las obras de control de drenaje superficial de la calzada se debe evaluar y estudiar el sistema de drenaje existente y determinar, diseñar, corregir la infraestructura de drenaje necesaria para la correcta implementación y estabilidad de las vías a construirse.

A fin de evitar duplicidad de esfuerzos se verificará con la Administración Zonal y Empresas de Servicios, los programas, planes maestros y estudios que se desarrollan actualmente que estén vinculados con el proyecto, se integrará y/o complementará la información y documentación pertinente.

Se recomienda que el diseño de drenaje de la vía considere los parámetros técnicos y propuestas de diseño que estarían siendo utilizados por la EPMAPS.

Se dirigirá los trabajos de campo y gabinete de tal forma que las soluciones propuestas (incluyendo elementos técnicos como ambientales), efectivamente resuelvan los problemas de drenaje.

Similar consideración se tomará en cuenta para que el funcionamiento del sistema

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de drenaje sea integral y eficiente, en todo caso, se considerarán todas las obras de drenaje y subdrenaje que el caso requiera.

El diseño se efectuará en base a una evaluación de las condiciones existentes, con tiempo de retorno de 25 años, deberán estar acordes con el Plan que tenga previsto la EPMAPS.

4.2.3 EVALUACION ESTRUCTURAL Y DISEÑO DE REHABILITACIÓN DE PAVIMENTOS

Estudios de Suelos y Materiales

Se deberá realizar el estudio de suelos sobre los cuales se encuentran las vías, el cual contemplará tanto la investigación del terreno como los ensayos de laboratorio que permitan el correcto diseño de los pavimentos.

Se excavarán pozos o calicatas exploratorias, al menos 2 en cada calle, alternado de lado izquierda, derecha y centro de la vía, a fin de comprobar la calidad del material existente y de la subrasante. Se extraerán muestras de los diferentes estratos del suelo, hasta una profundidad no menor de 1.50 m. por debajo de la superficie de rodadura actual.

Se medirá la densidad en el terreno de las diferentes capas de suelos encontrados en las calicatas; las muestras serán clasificadas para identificar las características de los materiales de cada capa y serán sometidos a los ensayos estándar de humedad natural, granulometría, límites de consistencia, peso específico y compactación, a fin de determinar su idoneidad para formar parte de la infraestructura de la carretera.

Por seguridad vial las calicatas serán rellenadas compactándolas una vez que haya sido terminado el trabajo.

Se realizarán un ensayo cada 500 m con el DCP (Cono de Penetración Dinámico), para determinar el CBR de campo y además se realizara un ensayo CBR del material de subrasante según ASTM DI1883. Se procesarán estadísticamente para elegir el valor del CBR de diseño de cada sector o subtramo de características homogéneas.

Con los datos obtenidos y los ensayos realizados se elaborará un perfil estratigráfico (1/10.000) indicando tipo, calidad y espesor de los diferentes estratos de suelos, así mismo sus características como densidad, humedad, valor soporte (CBR) de la subrasante y material existente, plasticidad, clasificación, nivel freático, etc.

Dicho perfil deberá incluir toda información que pudiera explicar la condición del suelo y actual superficie de rodadura, en un espesor no menor de 1.50 m de profundidad por debajo de esta superficie.

Se analizará el perfil del suelo, a fin de determinar sectores o subtramos homogéneos y los correspondientes parámetros de diseño.

Diseño del pavimento

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El diseño de pavimentos se realizará en base al tráfico para un período de diseño de 10 y 20 años, evaluando al menos dos alternativas de pavimento asfáltico flexible desde el punto de vista constructivo, en las que se valoren condiciones técnicas, económicas, ambientales y de mercado. El diseño del pavimento se sujetará al método AASHTO-93 y se comprobará la sección estructural a la fatiga, mediante modelos de respuesta multicapa tomando en cuenta criterios de falla en la capa asfáltica.

Además de los parámetros requeridos por los métodos antes mencionados, el diseño deberá considerar los siguientes aspectos:

Condiciones ambientales del tramo en estudio.

El período de diseño para el pavimento flexible, será de 10 y 20 años. Se utilizará un período de diseño de 20 años para estimar el refuerzo adicional al año 10.

Se estudiará y analizará por lo menos 2 alternativas de pavimento, en función de la capacidad soporte de la subrasante, del tráfico previsto, de las condiciones ambientales del área (clima, precipitaciones, heladas, altura, etc.) de las alternativas de mantenimiento vial, de los materiales naturales disponibles en la zona, etc.; y de ser necesario, el uso de aditivos o productos químicos (cal hidráulica hidratada, cemento, etc.)

El consultor recomendará la mejor opción determinada por los estudios y costos.

Se deberá presentar el diseño definitivo de pavimentos, sus componentes, espesores, materiales y especificaciones para la alternativa seleccionada.

Servirá para obtener un diseño óptimo en base a los cálculos estructurales realizados, los mismos que se ejecutarán con sujeción a las teorías, normas y especificaciones vigentes.

4.2.4 ESTUDIOS Y DISEÑO ESTRUCTURAL DEL PUENTE JATICO

Estudio de cimentación para puentes con perforación mecánica

El propósito de estos estudios es el de determinar la naturaleza del subsuelo sobre el que se fundarán las estructuras, mediante la caracterización de los materiales encontrados en los diferentes estratos que lo constituyen, lo cual a su vez, permitirá determinar el tipo de fundación que tendrá la estructura a construirse. Para tal efecto es imprescindible conocer y determinar lo siguiente:

Las condiciones físicas y características geomecánicas del subsuelo de fundación, por medio de toma de muestras y ensayos in situ y laboratorio.

Los parámetros elásticos de los materiales sobre los que se fundará la estructura.

Evaluar la capacidad portante de los materiales que subyacen a la estructura. Evaluar la magnitud de los asentamientos que experimentarán la estructura y

los terraplenes en los accesos, así como la estabilidad de las excavaciones que podían realizarse.

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Se elaborará un informe por el puente de acuerdo al siguiente detalle:

a) Parámetros geomecánicos de los materiales.b) Parámetros elásticos de los materiales.c) Características de la matriz (de ser el caso).d) Calculo de las capacidades de carga y asentamientos.e) Cálculo de la estabilidad externa de la estructura, f) Criterios de cálculo.g) Se generará un plano A3, en el que conste los perfiles geofísicos,

perforaciones (registros), nivel de socavación y niveles de cimentación.e) Toda la información deberá estar debidamente sustentada con los resultados

de los diferentes ensayos de laboratorio ó in situ, registros de perforación, formulación utilizada debidamente referenciada, memorias de cálculo, etc.

Para la ejecución de los estudios antes referidos se realizarán los trabajos de exploración geotécnica directa e indirecta.

EXPLORACION DIRECTA

Sondeos mecánicos incluye SPT

El reconocimiento del terreno a profundidad se ejecutará mediante sondeos, se realizarán ensayos de penetración estándar SPT con perforadora manual con motor integrado cada metro. Se tomarán muestras que serán clasificadas visualmente. Se realizarán ensayos de suelos de densidad natural, humedad natural, limites de Atterberg para obtener la clasificación SUCS del suelo.

La descripción visual de los materiales incluirá: color, tamaño de granos y otros detalles de la textura, grado de descomposición, grado de desintegración, nombre del suelo o roca. Otras características tales como fragilidad, etc., tamaño, angulosidad, porcentaje y distribución de las partículas más duras.

Ensayos de laboratorio

Se realizaran los siguientes ensayos:

Identificación, clasificación y estado: granulometría por tamizado, límites de Atterberg, para la determinación del límite líquido, plástico y de retracción, el peso específico de las partículas o densidad relativa de las mismas así como la densidad mínima y máxima de arenas.

EXPLORACION INDIRECTA:

Se planteará el programa de investigaciones geofísicas para la implantación de las estructuras de fundación. Para tal efecto es imprescindible conocer el comportamiento tenso-deformacional del suelo y/ó roca de fundación, en tal virtud los ensayos de Refracción Sísmica deberán incluir necesariamente la determinación de la velocidad de la ondas Vs.

Sísmica de refracción para puentes

El objetivo principal de las investigaciones geofísicas es el obtener junto a otros métodos de exploración directa (pozos, sondeos mecánicos, trincheras) el máximo

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conocimiento del sub-suelo a profundidades someras o relativamente grandes. El uso de los métodos geofísicos ayudará a tener información sobre el espesor de las capas de los diferentes estratos que constituyen el subsuelo, el tipo de material, los contactos entre capas y profundidades del nivel freático ó condiciones de humedad de los diferentes estratos.

El método de refracción sísmica se basa en el estudio comparativo de las velocidades de propagación de las ondas elásticas o sísmicas causadas por vibraciones longitudinales y transversales. Estas ondas sísmicas son originadas por la caída de una masa, apisonador, martillo o por la detonación de un explosivo, mismas que se propagan en diferentes horizontes. Una vez que se conoce el tiempo de recorrido de la onda sísmica y la distancia entre el punto de detonación y los geófonos colocados en puntos estratégicos, se obtienen las dromocronas, gráficos de tiempo-distancia, sobre la base de los cuales se procede a calcular las velocidades de propagación antes mencionadas.

La investigación sísmica, proveerá principalmente de resultados que ayuden a conocer las características litológicas, estructurales, la calidad de la roca o de cualquier medio homogéneo o isótropico, el nivel freático y espesores de la capa residual o vegetal y de los diversos estratos. Deberá además ponerse más atención a la determinación de la calidad de roca o de cualquier medio homogéneo, ya que de disponer de una buena calidad, estos medios podrán recomendarse como lechos de cimentación de las estructuras.

La exploración Sísmica se realizará con al menos tres tiros en cada línea sísmica. Con las técnicas sísmicas, se obtendrán la velocidad de propagación de las ondas sísmicas Vp (primarias) y de las ondas secundarias Vs (secundarias). Con estos valores de velocidad de propagación de las ondas p y sS (Vp y Vs) a través del terreno, se determinará la estratigrafía, contactos y espesores de los estratos y se calculará el Coeficiente de Poisson Dinámico, el Módulo de Elasticidad Dinámico Edin, el Módulo de Corte Dinámico Gdin, y el Módulo Volumétrico Dinámico Kdin.

A partir de la interpretación de los resultados obtenidos de la tomografía icónica, se procederá a:

a.- Identificar y delimitar los contactos entre las distintas unidades litológicasb.- Evaluar las características geotécnicas de cada unidad geológica e

identificar zonas de falla.

Para evaluar la cantidad del rubro Sísmica de Refracción se deberá incluir la longitud total de las líneas sísmicas, las cuales permitan determinar los parámetros geofísicos de diseño a una profundidad adecuada para la cimentación de la estructura proyectada. Dentro de este rubro se incluye la nivelación del perfil sísmico.

Trabajos de Campo:

Los sondeos eléctricos verticales (SEVs) consisten en separar sucesivamente los electrodos de corriente A y B del punto central, siguiendo una línea recta, y medir la resistividad en cada disposición.

Se emplea generalmente la configuración de Shlumberger.,

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La longitud de la línea geoeléctrica en superficie dependerá de la profundidad que se desea investigar y por consiguiente de la magnitud de la obra a implantarse en el sitio.

La investigación geoeléctrica, dependiendo de la magnitud de la obra, deberá realizarse en líneas paralelas o en sistema de red de varias líneas geoeléctricas, deberá ser autorizado por la supervisión de campo.

El resultado que se obtiene del SEV es la variación de la resistividad ρ con la profundidad en el punto central del perfil investigado, o la modelación geoeléctrica para determinación de anomalías geológicas, que no pueden ser detectadas por sísmica de refracción y que podrían afectar a la cimentación.

Trabajos de Oficina:

En la oficina podrá realizarse la interpretación de los datos geoeléctricos obtenidos en el campo, utilizando para ello curvas preestablecidas, entonces se podrá conocer aspectos tales como la litología, espesores, estructuras, nivel freático.

Los datos obtenidos de la investigación geoeléctrica, serán incluidos en planos geofísicos, mismos que en planta se los representará con círculos, en perfil, cada sondaje irá representado por una línea vertical la que estará dividida por los diversos contactos. A lado de ésta línea se escribirá los datos de la resistividad aparente en Ohms y se dibujará la simbología litológica, junto a los datos sobre espesores, litología y nivel freático.

Dentro de este rubro se incluye la nivelación de la línea para el SEV y se pagará por el total de la apertura ab para alcanzar la máxima profundidad requerida para investigar el subsuelo de fundación, aprobada por la fiscalización.

Informes de Geofísica

En el informe deberá constar la teoría y los planos de ubicación de los trabajos de prospección geofísica, y constará de tres partes:

Generalidades físico-geográficas del área del proyecto y metodología de trabajo. (se hará referencia el tipo de equipo empleado).

Interpretación y resultados de la investigación geofísica. Se indicará la teoría en la que se sustenta la interpretación, el análisis de resultados y su correlación con la sísmica de refracción.

Conclusiones y recomendaciones, debidamente sustentadas.

Es importante señalar, que el consultor deberá analizar la factibilidad de realizar un relleno de la quebrada, su conveniencia, implicaciones, ventajas y desventajas; a partir de esta información deberá efectuar un análisis para determinar técnicamente la mejor opción para el proyecto, en términos de costos y tiempos.

DISEÑOS ESTRUCTURALES INCLUYE PLANOS E INFORME

Análisis y diseño estructural

Las estructuras estarán compuestas según la concepción propuesta de acuerdo

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con las sugerencias realizada por el Consultor y aprobada por la EPMMOP. La estructuración así definida será calculada y diseñada de acuerdo a las normas y regulaciones de la AASHTO LRFD BRIDGE DESIGN SPECIFICATIONS (ÚLTIMA EDICIÓN) adoptado por THE AMERICAN ASSOCIATION OF STATE HIGHWAY AND TRANSPORTATION OFFICIALS AASHTO (última edición), así como con la utilización de programas computacionales como el SAP 2000 u otros que faciliten el procesamiento.

Para el cálculo y diseño de la estructura se tomará en cuenta lo indicado en el Código de la AASHTO (última edición):

a. Peso propio de todos los elementos. b. Carga vehicular (HL20-93, HS 25, HS-MOP y sus respectivas cargas

equivalentes)c. Carga vehicular esporádica de acuerdo a las condiciones de la zona,

cargas reales que circulan en la vía.d. Empuje de tierras, método Rankine y para sismo Monobe-Okabe.e. Cargas sísmicas de acuerdo al código AASHTO.f. Frenado, fuerza centrífuga, retracción por fraguado, variación de

temperatura y otros

Las estructuras deberán diseñarse para resistir movimientos sísmicos tomando en consideración la relación del sitio y las zonas sísmicas de las fallas activas, la respuesta sísmica del suelo en el sitio y las características de la respuesta dinámica de toda la estructura.

Las combinaciones de carga para el diseño se realizarán de tal manera que todos y cada uno de los elementos que forman parte de la estructura sean capaces de resistir todas las combinaciones de fuerzas y cargas de acuerdo a lo indicado en la Norma AASHTO señalada.

La colocación de pilas se debe considerar cuando éstas sean estrictamente necesarias y según el estudio hidrológico-hidráulico sea aceptada su utilización.

En lo posible se estandarizará su estructuración y tipos de material de los puentes a utilizarse y que están ubicados en esta vía.

Materiales

Para el diseño de los distintos elementos que formen parte de la estructura del puente, se utilizarán materiales con las siguientes especificaciones:

Hormigones:

f’c = 180 Kg/cm2(18 MPa) para replantillosf’c= 280 kg/cm2(28 MPa) en infraestructura: estribos, muros de ala, pilasf’c= 280 kg/cm2 (28 MPa) en superestructura: protecciones, veredas, losa, diafragmas, vigas y en tableros sobre vigas metálicas.f’c = 350 kg/cm2 (35 MPa) en superestructura: vigas de hormigón postensado.

Acero:

El acero de refuerzo tendrá un límite a la fluencia de 4200 kg/cm2 (420 MPa) en

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forma de varillas milimetradas y corrugadas.

El acero de preesfuerzo (en el caso de existir) debe ser del llamado grado 270 de baja relajación cuyo límite de fluencia alcance los 16000 kg/cm2 (1600 MPa) y la resistencia máxima no deberá exceder los 18900 kg/cm2 (1890 MPa).

Los elementos de acero estructural, en caso de ser usados deben ser del grado 50, del tipo ASTM A-588, con un límite de fluencia de 3500 kg/cm2 (350 MPa).

El Consultor deberá elaborar planos generales y de detalle que constituyan planos de ejecución de obra. Entregará una memoria de cálculo comprensible y completa, así como el procedimiento constructivo a seguir durante el proceso de construcción. Deberá incluir los materiales, calidades, formas de colocación y medidas para efectuar el control de calidad.

4.2.5.- DISEÑO DE SEÑALIZACION, ILUMINACION Y SEGURIDAD VIAL

Se efectuará el estudio y diseño de la señalización tanto vertical (preventiva, reglamentaria, informativa y turística) como horizontal de la vía, de acuerdo a las Normas INEN de Señalización vigente. La información respecto a toda la señalización deberá entregar en láminas o planos de acuerdo a lo normado.

La señalización vial deberá estar basada en el reglamento Técnico Ecuatoriano para Señalización Vial (RTE INEN 004), Parte 1 (señalización vertical) y Parte 2 (señalización horizontal).

Para perfiles corrugados y postes de acero de guardavías se regirá por la Norma RTE INEN 029.

Para pinturas de señalamiento de tráfico, por la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 1 042 2009

La ubicación de cada una de las señales se definirán de manera exacta por abscisas y deberán ser georeferenciadas, conforme la recomendación de las Normas INEN.

El diseño de estructuras y anclaje de la señalización vertical e informativa y de los elementos de seguridad serán los determinados en las Normas INEN.

Se deberá realizar un diseño de todos los dispositivos para el control del tránsito que amerite la correcta canalización y seguridad tanto de conductores como de peatones tales como: señalización horizontal, señalización vertical, de acuerdo al Manual de Señalización del INEN vigente, semáforos (de ciclo, de destello), señalización diagramática, etc.

Se presentará la ubicación de cada tipo de señal con su diseño respectivo, indicando sus dimensiones y contenido; así mismo se presentará los cuadros resúmenes de las dimensiones y cantidades de obra de las mismas y se diseñarán los tipos de soporte estructural necesarios así como su cimentación.

El diseño de la señalización deberá ser compatible con el diseño geométrico de la vía, de manera que las señales no generen riesgo y tengan buena visibilidad en concordancia con la velocidad del tránsito.

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La Consultora presentará los planos de señalización y los procedimientos de control de tránsito durante la ejecución de obra, el cual deberá estar en función al cronograma de obra, incluyendo las responsabilidades del Contratista de la Obra y los requerimientos de comunicación en las localidades afectadas, a fin de alertar a los usuarios de la vía sobre las interrupciones, desvíos de tránsito y posibles afectaciones en los tiempos de viaje.

Se deberán considerar medidas de seguridad tales como guardavías, tachas reflectivas, delineadores y chevrones.

Igualmente se deberá presentar un informe y planos a color del estudio de señalización.

Adicionalmente, la Consultora realizará el Estudio de Iluminación de todo el proyecto, para lo cual recopilará la información básica de las empresas Eléctrica de Quito y CNT. Los estudios de iluminación del proyecto deberán ser sometidos a la aprobación de la Empresa Eléctrica Quito S.A. Adicionalmente, actualizará la información sobre sistemas telefónicos para evitar que se interfiera con su correcto funcionamiento.

Se requiere también el diseño de las aceras y parterre considerando aspectos de soterramiento y ordenamiento territorial. Se requiere cuantificar la colocación de chamba en el parterre central, para lo cual se coordinará con la Administración Zonal para sus especificaciones.

El Consultor deberá cuantificar los volúmenes de obra a ejecutarse, a fin de determinar el correspondiente presupuesto que formará parte del costo total del proyecto.

4.2.6 DISEÑO DE MUROS DE CONTENCIÓN

En los lugares en donde sea necesario construir muros de sostenimiento, sea para completar el ancho de la vía o por razones de protección de alguna estructura, en base a la información topográfica y el diseño geométrico tanto horizontal como vertical, se deberá determinar la longitud y altura del muro; con el análisis correspondiente se diseñara el tipo de muro: a gravedad, en cantiliver o anclados.

La selección del tipo de muro a diseñarse estará supeditada, a las necesidades técnicas requeridas, las disponibilidades de materiales de construcción y al análisis económico respectivo.

Se utilizará la topografía de la zona de implantación de la obra y en caso de requerirse se realizará un levantamiento a detalle a fin de obtener todos los parámetros para su diseño, posteriormente con los datos que se obtengan de los estudios geotécnicos se procederá a diseñar el muro más conveniente.

Para el diseño de muros de contención en corte y relleno, se realizarán calicatas de investigación del suelo, de ser necesario ensayos SPT. Se tomarán secciones, perfiles y niveles complementarios, determinando su trazado, elevación y cotas de cimentación. El eje y los hombros de cada muro serán debidamente replanteados.

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4.2.7. DISEÑO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

Se requiere realizar el DISEÑO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL tendiente a mitigar los impactos ambientales negativos del proyecto o ubicarlos dentro de una magnitud aceptable, de modo que pueda obtenerse una calidad ambiental y un equilibrio ecológico compatibles con los estándares y metas adoptados.

Los impactos se deben estructurar en base a la identificación de las acciones que pueden causar afectaciones ambientales en el área de influencia del proyecto.

Su finalidad es servir como guía de programas, procedimientos, prácticas y acciones, orientadas a prevenir, controlar o mitigar los efectos adversos que las actividades del proyecto puedan causar sobre los factores ambientales.

Esta información será obtenida a partir de una matriz de doble entrada tipo Leopold, que permita evaluar los impactos para priorizar el control y la mitigación de los más significativos.

El Plan de Manejo Ambiental se debe contener los siguientes planes y programas:

Prevención y Mitigación de Impactos Manejo de Desechos Capacitación y Entrenamiento Ambiental Monitoreo y seguimiento Participación ciudadana y relaciones con la comunidad Salud Ocupacional y Seguridad Industrial Operación, Mantenimiento y Cierre.

Las medidas de cada uno de los programas identificados deberán ser completamente diseñadas por el consultor, a nivel definitivo y ser incorporadas en los documentos más apropiados para la medida considerada.

Uno de los componentes importantes del plan de manejo ambiental es lo referente a la aceptación del proyecto por parte de la ciudadanía, y sus afectaciones, las mismas que deberán ser costeadas en caso de existir.

El consultor deberá incluir en las especificaciones constructivas los siguientes aspectos:

- Preservar la seguridad y bienestar de la población local y trabajadores

- Acarreo oportuno y adecuado del material sobrante hacia los rellenos o escombreras autorizadas.

- Medidas para el confinamiento adecuado de los materiales de desecho de la construcción, evitando impactos negativos en el drenaje natural, en los recursos y en la calidad ambiental.

- Medidas precautelatorias para no interferir con otros servicios básicos de la ciudad.

- Explotación adecuada de las minas utilizadas para el proyecto.

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- Evitar el riesgo de la erosión de tierras aguas abajo de las descargas de alcantarillas y cunetas.

- Adecuada programación de las obras para evitar la interrupción prolongada de las actividades económicas del barrio y la ciudad.

- Afectaciones, expropiaciones, costos, etc.

El Plan de Manejo Ambiental concluirá con la entrega de un informe que incluya la redacción de todo lo dispuesto en los diseños de las medidas citadas, sus precios unitarios con los correspondientes análisis, las especificaciones técnicas de construcción; así como el presupuesto respectivo.

4.2.8 LEVANTAMIENTO DE EXPROPIACIONES

En coordinación con la EPMMOP y la Administración Zonal se realizará el levantamiento de las expropiaciones, de la franja que vaya a ser ocupada con la ampliación de la vía.

Se identificará, el área del terreno, con su uso y nombre del propietario. De igual manera identificara las edificaciones que se vean afectadas, señalando el tipo de construcción, el área afectada y el nombre del propietario.

Se deberá preparar un informe detallado de las personas afectadas, con la cuantificación de las indemnizaciones.

El Informe de expropiaciones deberá presentarse como parte del Estudio de Impactos Ambientales de la vía.

4.2.9 CANTIDADES DE OBRA, ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS, ESPECIFICACIONES TECNICAS Y DESAGREGACIÓN TECNOLÓGICA

Las cantidades de obra, análisis de precios unitarios y especificaciones técnicas se corresponderán estrechamente y estarán compatibilizadas entre sí, en los procedimientos constructivos, métodos de medición y bases de pago.

Cantidades de Obra.- Las cantidades de obra se efectuarán, considerando los rubros de obra a ejecutarse, la unidad de medida, los diseños propuestos indicados en los planos de planta de perfil longitudinal, secciones transversales, cortes longitudinales, diseños y detalles constructivos específicos.

La definición de rubros de obra y el cálculo de las cantidades de obra deben ser precisos y estar dentro de un rango razonable de las cantidades de obra reales, definido como ± 10% de dichas cantidades reales.

Análisis de Precios Unitarios.- Los precios unitarios serán calculados para cada rubro, tomando en cuenta los costos de equipo, mano de obra, materiales y transporte.

Especificaciones Técnicas.- Las especificaciones técnicas tienen por objeto definir los materiales, métodos constructivos, instalaciones de equipos y en general el de impartir todas las directrices del sistema constructivo de la obra conjuntamente con los planos.

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El consultor deberá presentar las especificaciones técnicas de todos y cada uno de los rubros, sistemas, materiales, equipos e instalaciones que intervengan en la construcción, operación y mantenimiento de la obra.

En general las especificaciones contendrán: la descripción del Item de trabajo, el control de calidad a observarse durante su ejecución y previamente a su pago, forma de medición, unidad y precio; para el efecto la especificación técnica contendrá, un código que servirá para relacionarla con el rubro y análisis de precio correspondientes, que deben constar en el presupuesto de construcción pertinente.

Desagregación Tecnológica.- El consultor deberá presentar el estudio de desagregación tecnológica conforme a lo establecido en la Resolución No. 95 del INCOP.

4.3 CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

El Consultor deberá formular el cronograma de ejecución de obra, considerando las restricciones que puedan existir para el normal desenvolvimiento de las obras, tales como lluvias o condiciones climáticas adversas, dificultad de acceso a ciertas áreas, etc. El cronograma se presentará con un diagrama de barras para cada una de las tareas y etapas del proyecto así como la curva de inversiones correspondiente.

4.4 PLAZO

El plazo propuesto para el estudio es de CUATRO MESES (4 meses) calendario. En este plazo no se incluye el período de revisión y subsanación de observaciones de acuerdo a lo que determina la LOSNCP.

4.5 PRODUCTOS ESPERADOS

Informes Específicos

Se hará una primera entrega Fase 1, diseño de pavimento y planimetría del proyecto a los 90 días de la acreditación del anticipo.

Se hará una segunda entrega Fase 2, diseño del puente sobre la quebrada Jatico a los 120 días de la acreditación del anticipo.

El Informe Final definitivo, se presentará en original y dos copias, después de la aprobación por parte de la EPMMOP.

Los informes se presentarán en hojas de tamaño INEN A4, debidamente anillado, empastado o encuadernado. Los planos serán presentados en tamaño INEN. Los planos originales y sus copias deberán estar debidamente ordenados y empastados, de modo que permitan su fácil desglosamiento para hacer reproducciones.

Las observaciones y/o correcciones que se hagan a las entregas parciales, deben considerarse en la presentación del Informe Final.

En la Memoria Descriptiva, se incluirá una relación de todos los profesionales

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responsables en cada actividad del proyecto; esta relación mostrará especialidad, nombre, registro profesional y firma.

La Consultora deberá entregar las hojas de cálculo, diagramas, tablas, gráficos, videos, fotografías, etc. que hayan servido para la producción de los documentos presentados, en archivos magnéticos Cd’s, con todos los archivos generados (no solo de lectura) correspondientes al Estudio, en una forma ordenada y con una memoria explicativa indicando la manera de reconstruir totalmente el Informe Final.

5. EQUIPO CONSULTOR

El consultor deberá detallar la composición, experiencia, calificaciones de los integrantes de su equipo, el mismo debe estar estructurado, por técnicos especialistas en cada una de las áreas objeto del estudio.

El equipo técnico básico que deberá asignar el consultor es el siguiente:

Personal Técnico Mínimo

1 Ingeniero Civil Director del Proyecto1 Ingeniero Civil especialista en Diseño Vial. 1 Ingeniero Civil especialista en estructuras y Puentes1 especialista en Ingeniería de Transporte1 Ingeniero Civil experto en hidráulica, hidrología. 1 ingeniero especialista en Estudios Geotécnicos y pavimentos. 1 ingeniero especialista en Estudios Ambientales.1 ingeniero eléctrico1 Especialista en expropiaciones1 Ingeniero Civil especialista en costos

Recursos Operacionales

Se deberá contar con los equipos de topografía, geofísica, de perforación y laboratorio necesarios, sean estos propios, arrendados o a través de subcontratos de los respectivos servicios.

El equipo mínimo requerido se detalla a continuación:

Cantidad INSTRUMENTOS Y EQUIPOS1 Estación Total3 Computadoras

1

Equipos de laboratorio e instrumentos para granulome-tría y clasificación de suelos, humedades, límites de Atterberg, CBR, SPT, DCP, abrasiones, equipo de geo-física.

1 CamionetaTOTAL

6. PRESUPUESTO REFERENCIAL Y FORMA DE PAGO

El valor del presupuesto referencial estimado para esta consultoría es de ciento -25-

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veinte y nueve mil ochocientos treinta y ocho dólares americanos (USD $ 129.838.00) más el IVA.

Se considerará un reajuste de precios, aplicando la siguiente fórmula:

Pr = Po (IPC1 / IPCo)

Donde:

Pr = Valor reajustado del anticipo o de la planilla

Po = Valor del anticipo o de planilla de avance descontada la parte proporcional del anticipo

IPCo = Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de presentación de la oferta.

IPC1 = Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de pago del anticipo o de las planillas de avance.

La forma de pago es la siguiente:

50% de anticipo

20 % a la Entrega de la fase 1, diseño de pavimento y planimetría del proyecto

20% a la Entrega de la fase 2, diseño del puente sobre la quebrada Jatico

10% a la entrega final de los estudios objeto de la consultoría, previo a la suscripción del acta de recepción definitiva

7.- BASE LEGAL

En el proceso precontractual y contractual del desarrollo de la Consultoría, se debe considerar lo establecido en la LOSNCP, su Reglamento General y las Resoluciones emitidas por el INCOP.

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PARTE ISECCIÓN III

CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO

3.1. Cronograma del procedimiento: El cronograma que constará en el Portal Institucional del SERCOP y que regirá el procedimiento será el siguiente:

Concepto Día Hora

Fecha de publicación 25 de noviembre de 2013 23h59

Fecha límite de preguntas 28 de noviembre de 2013 23h59

Fecha límite de respuestas y aclaraciones 3 de diciembre de 2013 23h59

Fecha límite entrega de ofertas técnica y económica 10 de diciembre de 2013 15h00

Fecha apertura oferta técnica 10 de diciembre de 2013 16h00

Fecha inicio evaluación 10 de diciembre de 2013 17h00

Fecha publicación resultados finales oferta técnica 23 de diciembre de 2013 23h59

Fecha estimada de apertura oferta económica 26 de diciembre de 2013 11h00

Fecha estimada de negociación 30 de diciembre de 2013 11h00

Fecha estimada de adjudicación 3 de enero del 2014 17h00

En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores será de 2 días de acuerdo al siguiente cronograma:

Concepto Día Hora

Fecha límite para solicitar convalidación de errores 23 de diciembre de 2013 23h59

Fecha límite para convalidación errores 26 de diciembre de 2013 23h59

Fecha estimada de adjudicación 10 de enero del 2014 17h00

3.2 Vigencia de la oferta: La vigencia de la oferta es de (90) noventa días, sin embargo la EPMMOP podrá prorrogar el plazo previsto hasta la fecha de celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP.

3.3 Precio de la propuesta: Se entenderá por precio de la propuesta al valor que el oferente haga constar en el Portal Institucional del SERCOP, información que se completará en línea, Formulario de Oferta Económica, 3.5

3.3.1 Forma de presentar la oferta: La oferta se presentará en forma física en dos sobres por separado, los que contendrán el siguiente texto:

Los sobres se cerrarán con suficientes seguridades que impidan conocer su contenido antes de su apertura oficial.

________________________________________________________________

LISTA CORTA DE CONSULTORIALCC–EPMMOP-009-2013

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ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO,

PARROQUIA CUMBAYA

Sobre No. (1 o 2)OFERTA (TECNICA O ECONOMICA)

Original y Copia

Señor Presidente de la Comisión Técnica de Consultoría de la EPMMOPCiudad

Participante : _______________________________

El oferente deberá indicar si se trata del Sobre No. 1: Oferta Técnica, o del Sobre No. 2: Oferta Económica

No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción.

El Secretario de la Comisión Técnica, recibirá las ofertas, conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción.

3.4 Plazo de ejecución: El plazo estimado para la ejecución del contrato es de CIENTO VEINTE (120) días, contados desde la fecha de suscripción del contrato.

La recepción se realizará en el término de quince (15) días posteriores a las observaciones realizadas por la entidad contratante luego de la aprobación de los informes finales.

3.5 Precio de la oferta: El precio de la oferta deberá cubrir el valor de los trabajos a ejecutarse según sea su naturaleza, los costos indirectos, los impuestos y tasas vigentes; así como, los servicios para la ejecución completa de la consultoría a contratarse.

El participante deberá ofertar todos y cada uno de los rubros señalados en las Condiciones Particulares del Pliego, Formulario de Oferta Económica, 3.5, para la obra que propone ejecutar.

De existir errores aritméticos se procederá a su corrección conforme a lo previsto en la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto.

3.6 Forma de pago: Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la EPMMOP relacionados con la partida presupuestaria No. 575010500800001, contenida en el memorando No. 645 GAF-UF-P del 18 de noviembre del 2013. .

3.6.1 Anticipo. Se otorgará un anticipo del cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato, y el restante cincuenta por ciento (50%), se pagará:

3.6.2 Valor restante del contrato: Se realizarán tres pagos de la siguiente manera:

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El veinte por ciento (20%) contra la Entrega de la fase 1: Diseño de pavimento y planimetría del proyecto,

El veinte por ciento (20%) contra la Entrega de la fase 2: Diseño del puente sobre la quebrada Jatico; y,

El diez por ciento (10%) contra la entrega final de los estudios objeto de la consultoría, previo a la suscripción del acta de recepción definitiva.

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PARTE ISECCIÓN IV

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EVALUACION DE LAS OFERTAS

4.1 Integridad de las ofertas: La integridad de las ofertas se evaluará considerando la presentación de los Formularios y requisitos mínimos previstos en el pliego.

Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “cumple o no cumple”.

4.2. Evaluación de la oferta: Los parámetros de calificación señalados a continuación, considerarán las siguientes reglas para cada uno de ellos.

a. Capacidad técnica y administrativa disponible (Personal técnico clave);

b. Antecedentes y experiencia demostrables en la realización de trabajos anteriores (Experiencia general /específica);

c. Antecedentes y experiencia demostrables del personal que será asignado a la ejecución del contrato (Experiencia del personal clave);

d. Solvencia económica (patrimonio);

e. Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría (Metodología y cronograma de ejecución);

f. Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría; y,

g. Cuando intervengan empresas nacionales en asociación con empresas extranjeras, se tomarán en consideración, adicionalmente, los procedimientos y metodologías que ofrezca la consultoría extranjera para hacer efectiva una adecuada transferencia de tecnología, así como la mayor y mejor utilización de la capacidad técnica de profesionales ecuatorianos.

4.2.1 Personal técnico clave:

Personal Técnico Mínimo

1 Ingeniero Civil Director del Proyecto1 Ingeniero Civil especialista en Diseño Vial. 1 Ingeniero Civil especialista en estructuras y Puentes1 especialista en Ingeniería de Transporte1 Ingeniero Civil experto en hidráulica, hidrología. 1 ingeniero especialista en Estudios Geotécnicos y pavimentos. 1 ingeniero especialista en Estudios Ambientales.1 ingeniero eléctrico1 Especialista en expropiaciones1 Ingeniero Civil especialista en costos

4.2.2. Estados Financieros y Patrimonio: El oferente debe Presentar la declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue

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entregada al Servicio de Rentas Internas SRI

Para el caso de Personas Jurídicas, la EPMMOP verificará que el patrimonio del oferente sea igual o superior a la siguiente relación con el presupuesto referencial del presente procedimiento de contratación:

PRESUPUESTO REFERENCIAL EN USD $ MONTO QUE DEBE CUMPLIRCE DEL PATRIMONIO USD

0 - 200.000,00 25% del presupuesto referencial .......................

200.000,00 - 500.000,00 50.000,00 20% sobre el exceso de 250.000,00

500.000,00 – 10´000.000,00 100.000.00 10% sobre el exceso de 1’000.000.00

10´000.000,00 en adelante 1´000.000,00 Más del 5% sobre el exceso de 20.000.000,00

*De conformidad con la Resolución INCOP No. RE-2013-0000082, de 15 de febrero de 2013.

4.2.3 Metodología y cronograma de ejecución:

El Oferente presentará una descripción pormenorizada de cómo ejecutará las diferentes responsabilidades a su cargo, además, de cómo aplicará su conocimiento, experiencia y herramientas a utilizar en el cumplimiento de las mismas.

4.2.4 Equipo e instrumentos disponibles:

Se deberá contar con los equipos de topografía, geofísica, de perforación y laboratorio necesarios, sean estos propios, arrendados o con compromiso de compra.

El equipo mínimo requerido se detalla a continuación:

Cantidad INSTRUMENTOS Y EQUIPOS1 Estación Total3 Computadoras

1

Equipos de laboratorio e instrumentos para granulome-tría y clasificación de suelos, humedades, límites de Atterberg, CBR, SPT, DCP, abrasiones, equipo de geo-física.

1 CamionetaTOTAL

La disponibilidad del equipo se la acreditará de la siguiente forma:

a) Propiedad con facturas de compra.b) Por alquiler con compromiso de arriendo.c) Compromiso de compra de casas distribuidoras de estos equipos.

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4.3. Evaluación por puntaje: Solo las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por puntaje.

PARÁMETROS DE CALIFICACIÓN

No. Concepto Calificación1 Experiencia General del Oferente 52 Experiencia Específica del Oferente 153 Experiencia del Personal Técnico Principal 704 Metodología y Cronograma de trabajo 55 Instrumentos y equipos disponibles 5

TOTAL

Criterios de Calificación

1. Experiencia General: Se evaluará y calificará la experiencia en el diseño de proyectos viales en general de mínimo 5 km en los últimos 10 años. Calificándose con dos punto cinco (2.5) puntos por cada proyecto con un máximo de 5 puntos (2 proyectos).

La experiencia deberá ser acreditada a través de actas de recepción provisional o definitiva en el caso de haber ejecutado contratos con el sector público, y de certificados emitidos por el representante legal o gerente general de la entidad contratante en caso de haber ejecutado contratos con el sector privado.

La experiencia adquirida en calidad de subcontratista será reconocida y aceptada por la Entidad Contratante, siempre y cuando tenga directa relación al objeto contractual. De igual manera, para los profesionales que participan individualmente, será acreditable la experiencia adquirida en relación de dependencia, ya sea en calidad de director de proyecto o consultor/sectorialista y su valoración, cuando gire en torno a los montos contractuales, se cumplirá considerando el 40% del valor del contrato en el que tales profesionales participaron en las calidades que se señalaron anteriormente.

Experiencia Específica: Se evaluará y calificará la experiencia en el diseño de proyectos viales urbanos de mínimo 2 km en los últimos 10 años calificándose cada proyecto con 5 puntos hasta un máximo de 10 puntos (2 proyectos); y experiencia en el diseño de un puente de mínimo 100 m de longitud en los últimos 10 años calificándose con 5 puntos.

La experiencia deberá ser acreditada a través de actas de recepción provisional o definitiva en el caso de haber ejecutado contratos con el sector público, y de certificados emitidos por el representante legal o gerente general de la entidad contratante en caso de haber ejecutado contratos con el sector privado.

La experiencia adquirida en calidad de subcontratista será reconocida y aceptada por la Entidad Contratante, siempre y cuando tenga directa relación al objeto contractual. De igual manera, para los profesionales que participan individualmente, será acreditable la experiencia adquirida en relación de

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dependencia, ya sea en calidad de director de proyecto o consultor/sectorialista y su valoración, cuando gire en torno a los montos contractuales, se cumplirá considerando el 40% del valor del contrato en el que tales profesionales participaron en las calidades que se señalaron anteriormente.

2. Experiencia del personal clave propuesto para el Proyecto:

PERSONAL TECNICO CLAVE

PUNTAJE

Ingeniero Civil Director del proyecto 12Ingeniero Civil especialista en Diseño Vial 10Ingeniero Civil especialista en Estructuras - Puentes 10Ingeniero Civil especialista en Ingeniería de Transporte 6Ingeniero Civil especialista en Hidráulica, hidrología 6Ingeniero Civil especialista en Geotecnia y pavimentos 6Ingeniero especialista en Estudios Ambientales 5Ingeniero Eléctrico 5Especialista en expropiaciones 5Ingeniero Civil Especialista en Costos 5

TOTAL 70

La experiencia estará relacionada con el diseño y participación en consultorías similares durante los últimos 10 años en los que ha participado en la realización de diseños o fiscalización de vialidad en la especialidad correspondiente.

a) Para el Director del Proyecto

Ingeniero Civil 1 puntoPostgrado o de Especialización enIngeniería de transporte o vías

0.5 punto

Maestría o PHD en la especialidad 0.5 punto

Experiencia en diseño, o dirección de proyectos viales de por lo menos 2 km o diseño de puentes de por lo menos 100 m de longitud.

2.5 puntos porproyecto

10 puntos

TOTAL 12 puntos

b) Personal de especialistas en:

Ingeniero Civil especialista en Diseño Vial Ingeniero Civil especialista en Estructuras - Puentes

La calificación que recibirán cada uno de los especialistas (10 puntos por especialidad) corresponderá a los siguientes criterios:

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Ingeniero Civil 1 puntoPostgrado o Especialización en ladisciplina requerida

0.5 puntos

Maestría o PHD en la especialidad 0.5 puntos

Experiencia en diseño o dirección de proyectos viales de por lo menos 2 km (Ingeniero Civil especialista en Diseño Vial) Diseño de puentes de por lo menos 100 m de longitud (Ingeniero Civil especialista en Estructuras – Puentes).

2 puntos por proyecto

Máximo 8 puntos

TOTAL 10 puntos

Personal de especialistas en:

Ingeniero Civil especialista en Ingeniería de TransporteIngeniero Civil especialista en Hidráulica, hidrologíaIngeniero Civil especialista en Geotecnia y pavimentos

La calificación que recibirán cada uno de los especialistas (6 puntos por especialidad) corresponderá a los siguientes criterios:

Ingeniero Civil 1 punto

Postgrado o Especialización en ladisciplina requerida

0.5 puntos

Maestría o PHD en la especialidad 0.5 por añoExperiencia en diseño o dirección de proyectos viales de por lo menos 2 km en cada una de las especialidades

2 puntos por proyecto

Máximo 4 puntos

TOTAL 6 puntos

Personal de especialistas en:

Ingeniero especialista en Estudios AmbientalesIngeniero EléctricoEspecialista en expropiacionesIngeniero Civil Especialista en Costos

La calificación que recibirán cada uno de los especialistas (5 puntos por especialidad) corresponderá a los siguientes criterios:

Años de ejercicio profesional Máximo 1 puntoPostgrado o Especialización en ladisciplina requerida

Máximo 0.5puntos

Maestría o PHD en la especialidad Máximo 0.5 poraño

Experiencia en diseño o dirección de proyectos viales de por lo menos 2 km en cada una de las especialidades

1.5 puntos por proyecto

Máximo 3 puntos

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TOTAL 5 puntos

La experiencia del personal técnico deberá acreditarse adjuntando la siguiente documentación:

En el sector privado.- Serán válidos los certificados conferidos por el representante legal de la contratante del estudio, en donde conste la participación del personal propuesto, los trabajos realizados, montos y fechas de ejecución, adjuntando la factura del trabajo realizado.

En el sector público.- la experiencia será acreditada con certificados que hayan sido conferidos por autoridad competente en donde conste la participación del personal propuesto, los trabajos realizados, montos y fechas de ejecución; o, copia del Acta de Entrega-Recepción Definitiva de los servicios de consultoría prestados.

Técnicos extranjeros.- Se podrá contratar personal extranjero si su experiencia y especialidad es necesaria para garantizar la calidad técnica del proyecto. Para el personal extranjero se presentará documentación similar a la anterior que deberá estar apostillada en un órgano consular competente.

La EPMMOP se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información presentada.

3. Metodología y Cronograma de trabajo:

El plan de trabajo, la metodología propuesta y el conocimiento probado de las condiciones generales locales y particulares de proyecto, se calificará con máximo cinco (5) puntos.

El oferente no debe reproducir las especificaciones técnicas en la metodología que propone utilizar.

Criterios de Calificación

La metodología y plan de trabajo se evaluará de la siguiente forma:

Enfoque general y organización del estudio 1.5Enfoque particular del estudio 1.5

Procedimiento de recopilación y análisis de información existente e investigación de campo

0,5

Metodología a emplearse 0,5Cronograma de trabajos 0,5Organigrama 0,5

TOTAL 5

5.- Instrumentos y equipos disponibles (5 Puntos)

Se deberá contar con los equipos de topografía, geofísica, de perforación y laboratorio necesarios, sean estos propios, arrendados o con compromiso de compra.

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El equipo mínimo se calificará de la siguiente forma:

Cantidad INSTRUMENTOS Y EQUIPOS PUNTAJE1 Estación Total 13 Computadoras 1

1

Equipos de laboratorio e instrumentos para granulome-tría y clasificación de suelos, humedades, límites de Atterberg, CBR, SPT, DCP, abrasiones, equipo de geo-física.

2

1 Camioneta 1TOTAL 5

NOTA: Se requieren mínimo 70 puntos sobre 100 puntos en la evaluación de oferta técnica para habilitar.

4.4 Evaluación de la oferta económica.-

La EPMMOP no tendrá acceso a las propuestas económicas, sino hasta que la evaluación técnica haya concluido y solamente de las ofertas que hayan obtenido por lo menos setenta (70) puntos en la evaluación técnica.

La asignación de puntajes de las ofertas económicas de los consultores que hayan alcanzado el puntaje mínimo en la calificación de la oferta técnica, se realizará mediante la aplicación de una relación inversamente proporcional a partir de la oferta económica más baja, en donde la totalidad del puntaje (100 puntos) se le otorgará a esta última conforme la siguiente fórmula:

Pei = (POEm x 100) / POEi

Dónde:

Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i.POEm = Precio de la Oferta Económica más baja.POEi = Precio de la Oferta Económica del oferente i

El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:

PTOi = (c1*Pti) + (c2*Pei)

Donde:

PTOi = Puntaje Total del Oferente iPti = Puntaje por Evaluación Técnica del oferente iPei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente ic1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnicac2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica

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Los coeficientes de ponderación deberán cumplir las condiciones siguientes:

-La suma de ambos coeficientes deberá ser igual a la unidad (1.00).-Los valores que se aplicarán en cada caso deberán estar comprendidos dentro

de los márgenes siguientes:

0,80 <= c1 <= 0,900,10 <= c2 <= 0,20

En caso de empate en la puntuación final, para establecer el orden de prelación se atenderá a las siguientes reglas:

a) Si el empate se originare en diferentes calificaciones en la oferta técnica y económica, la oferta ganadora será aquella que tuviere el mayor puntaje en la oferta técnica.b) Si el empate se originare en idénticas calificaciones en la oferta técnica y económica, la oferta ganadora se determinará de acuerdo a los siguientes criterios:b.1) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia Específica”;

De persistir el empate, se aplicará progresivamente y en el siguiente orden los criterios:

b.2) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia del Personal Técnico”;b.3) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia General”;b.4) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Plan de Trabajo”;b.5) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Instrumentos y equipos

disponibles”.

Si aún después de evaluar los criterios anteriores, subsistiera un empate entre los participantes, el orden de prelación se establecerá por sorteo realizado por la herramienta electrónica del portal del SERCOP.

PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS

El puntaje total de cada Propuesta, se obtendrá sumando las calificaciones parciales antes descritas. La propuesta que tenga la más alta calificación final será la seleccionada en el primer lugar para la fase de negociación de la Oferta.

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PARTE ISECCIÓN V

OBLIGACIONES DE LAS PARTES

5.1 Obligaciones del Contratista: El contratista se obliga a:

- Prestar servicios de consultoría para ejecutar los ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO, PARROQUIA CUMBAYA y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del contrato, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y específicas y los demás documentos contractuales.

- Para el cumplimiento de los servicios de consultoría, contará durante la vigencia del contrato, con el personal técnico clave señalado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado.

- Para sustituir personal técnico clave, asignado al proyecto, solicitará la previa autorización, por escrito, del administrador del contrato.

- A solicitud de la entidad, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, a su costo, deberá sustituir uno o más de los profesionales, empleados o trabajadores asignados al proyecto.

- Solicitará a la entidad contratante la aprobación correspondiente en caso de que requiera personal adicional al indicado en su oferta.

5.2 Obligaciones de la contratante:

Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo diez (10) días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.

Proporcionar al contratista los documentos, accesos e información relevante relacionada con los trabajos de consultoría, de los que dispusiera, y realizar las gestiones que le corresponda efectuar al contratante, ante los distintos organismos públicos, en un plazo diez (10) días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.

En caso de ser necesario, celebrar los contratos complementarios en un plazo quince (15) días contados a partir de la decisión de la máxima autoridad.

Suscribir las actas de entrega recepción de los trabajos recibidos, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.

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PARTE II

CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE CONSULTORIA

INDICE

SECCION IDEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

1.1 Comisión Técnica 1.2 Participantes1.3 Presentación y apertura de ofertas1.4 Inhabilidades1.5 Obligaciones de los oferentes1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones1.7 Modificación del pliego1.8 Idioma y Autenticidad de los Documentos1.9 Convalidación de errores de forma 1.10 Causas de Rechazo de Ofertas1.11 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación1.11.1 Apertura de la oferta en Contratación Directa1.11.2 Apertura de la oferta en Concurso Público y Lista Corta 1.11.3 Negociación1.12 Garantías1.13 Cancelación del procedimiento1.14 Declaratoria de procedimiento desierto1.15 Adjudicatario Fallido1.16 Suscripción del contrato1.17 Moneda de cotización y pago1.18 Reclamos1.19 Administración del contrato1.20 Autoinvitación

SECCIÓN IIMETODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Formulario para la elaboración de las ofertas

SECCIÓN IIIFASE CONTRACTUAL

3.1 Ejecución del contrato3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual 3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia 3.1.3 Personal del Consultor

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3.1.4 Obligaciones del Consultor 3.1.5 Obligaciones de la contratante3.1.6 Pagos3.1.7 Administrador del Contrato

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PARTE IISECCION I

DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN

1.1 Comisión Técnica: El presente procedimiento presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, integrada de acuerdo al artículo 18 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP-, encargada del trámite del procedimiento en la fase precontractual. Esta comisión analizará las ofertas, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en estos pliegos, y recomendará a la máxima autoridad de la Entidad Contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto.

1.2 Participantes: De conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 41 de la LOSNCP podrán participar en el presente proceso de forma individuallas firmas consultoras a invitarse que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores – RUP, que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, legalmente capaces para contratar, y que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Que el objeto social de la compañía incluya esta actividad.

b) Las empresas consultoras contratarán y demostrarán que cuentan con consultores individuales que deberán cumplir con los requisitos previstos en la LOSNCP.

c) Que el proponente no se encuentre incurso en ninguna de las inhabilidades determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP.

1.3 Presentación y apertura de ofertas: Las ofertas se presentarán de forma física en la Secretaría de la Comisión Técnica

En el presente procedimiento los formularios 1 y 2 de la oferta técnica y, el precio de la misma, deberá subirse a través del portal institucional del SERCOP, hasta la fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta. La no publicación de los formularios referidos o la falta de ingreso del precio de la propuesta en el portal institucional será causa de descalificación de la oferta.

La apertura de las ofertas técnicas se realizará una hora más tarde de la hora prevista para la recepción de las ofertas. El acto de apertura de las ofertas técnicas será público.

De la apertura de las ofertas técnicas, en la que podrán estar presentes los oferentes que lo deseen, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica con la siguiente información, la cual obligatoriamente se subirá al portal del SERCOP:

a) Nombre de los oferentes;b) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente;c) Número de hojas de cada oferta

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Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas simultáneamente de forma física, en dos sobres separados. La oferta económica será completada en línea y una impresión de la misma se incluirá en el sobre respectivo que se entregará físicamente. El portal permitirá que la apertura y procesamiento de las dos ofertas se ejecuten en días distintos, con una diferencia entre ambos actos de hasta 10 días término.

1.4 Inhabilidades: No podrán intervenir en el proceso, ningún oferente que se encuentre incurso en las inhabilidades generales o especiales determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y artículos 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP. y, en las Resoluciones emitidas por el SERCOP.

De verificarse con posterioridad que un oferente incurso en una inhabilidad general o especial hubiere suscrito el contrato, dará lugar a la terminación unilateral del contrato conforme el numeral 5 del artículo 94 de la LOSNCP.

1.5 Obligaciones de los oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta.

1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica o a la máxima autoridad o su delegado, a través del Portal Institucional, la respuesta a su inquietud o consulta. La Entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias a través del portal, de acuerdo a lo establecido en la convocatoria.

1.7 Modificación del pliego: La Comisión Técnica podrá emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares de los pliegos, por propia iniciativa o por pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el Portal Institucional del SERCOP hasta el término máximo para responder preguntas.

La Comisión Técnica podrá ajustar el cronograma de ejecución del procedimiento precontractual con la motivación respectiva. Todo cambio será publicado en el Portal Institucional del SERCOP y podrá realizarse hasta la fecha límite para contestar las preguntas formuladas y realizar aclaraciones.

1.8 Idioma y Autenticidad de los Documentos: La documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita en castellano. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse por parte del oferente, rubricando al margen.

Los documentos que se presenten en la oferta serán en original o copia.

Para el caso de los documentos emitidos en otro idioma o en el extranjero, su traducción y/o legalización deberá realizarse conforme el procedimiento legal previsto en la Ley de Modernización del Estado y la Convención de La Haya sobre la apostilla.

1.9 Convalidación de errores de forma: Si en los procedimientos se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de

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entre 2 a 5 días, contado a partir de la fecha de notificación, a criterio de la Entidad Contratante. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del RGLOSNCP. En este caso, la Entidad Contratante podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.

La Entidad Contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del Portal Institucional del SERCOP en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados.

Si la Entidad Contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.

1.10 Causas de Rechazo de Ofertas: La Comisión Técnica podrán rechazar una oferta por las siguientes causas:

a) Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios de este pliego.

b) Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello, o no se hubiera subido el valor de la propuesta al Portal Institucional.

c) Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados, de acuerdo a lo señalado en las resoluciones emitidas por el SERCOP.

d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información.

e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no puedan ser convalidados;

f) No se aceptarán excepciones, condicionamientos, rubros no solicitados ni cualquier modificación a los Pliegos.

g) Si al momento de la presentación de la propuesta, el oferente interesado no se encontrare habilitado en el Registro Único de Proveedores o no hubiere “registrado” o “indicado” en su propuesta, el número o código de RUP.

h) La falta de firma en el formulario de la oferta.

Una oferta será descalificada por la Entidad Contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La

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Entidad Contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento.

La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas y ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.

1.11 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación:

1.11.1 Apertura de la oferta técnica: En la fecha y hora señalada en la Convocatoria o en las prórrogas otorgadas por la Comisión Técnica, en acto público se abrirá el sobre No. 1. Un miembro de la Comisión y el Secretario rubricarán todos y cada uno de los documentos presentados y se levantará la correspondiente acta.

Dentro del término establecido en el artículo 39 del Reglamento General de la LOSNCP, la Comisión Técnica procederá a la apertura del Sobre No. 2, en los términos previstos mediante resolución por el SERCOP.

1.11.2 Criterios de evaluación: La Comisión Técnica evaluará y calificará el contenido del Sobre No. 1 bajo los parámetros de evaluación determinados por la Entidad Contratante, tomando en cuenta los criterios de selección establecidos en el artículo 41 de la LOSNCP, en lo que sean aplicables, así como los criterios y parámetros obligatorios establecidos por el SERCOP mediante resolución.

1.11.2. Negociación: La Comisión Técnica, negociará con el proponente de acuerdo a los términos del artículo 40 del RGLOSNCP y, no se volverá a llamar para nuevas negociaciones a aquel con el cual no se llegó a un acuerdo.

El acta de negociación será firmada por los miembros de la comisión técnica, según sea el caso, y el consultor o su delegado. El consultor negociará por intermedio de su representante legal o procurador común, o el delegado de éstos, debidamente acreditado, y de los profesionales que estime necesario.

Iniciado el proceso de negociación, éste no podrá suspenderse por motivo alguno, salvo circunstancias de fuerza mayor, hasta lograr la negociación.

La máxima autoridad de la entidad contratante adjudicará el contrato en los términos del último inciso del artículo 40 del RGLOSNCP.

En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones, se convocará al proponente que hubiera ocupado el segundo lugar en el orden de prelación..

En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones con ninguno de los oferentes, se declarará desierto el procedimiento de conformidad al artículo 33 de la LOSNCP.

El acta de negociación y la resolución de adjudicación debidamente suscritas, se publicarán en el portal del SERCOP.

1.12 Garantías: En forma previa a la suscripción de todo contrato derivado de los procedimientos establecidos en este pliego, se deberán presentar las garantías previstas en los artículos 74 y 75 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 73 ibídem.

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1.12.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) del monto total del mismo, en una de las formas establecidas en el artículo 73 de la LOSNCP. No se exigirá esta garantía en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico. 1.12.2 La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde el 100% del monto a recibir por este concepto.

El valor será depositado en una cuenta que el contratista aperturará en un banco estatal o privado, en el que el Estado tenga participación accionaria o de capital superior al cincuenta por ciento. El contratista, en forma previa a la suscripción del contrato, deberá presentar, un certificado de la institución bancaria o financiera en la que tenga a su disposición una cuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo, de haber sido concedido.

El contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El administrador del contrato designado por la Entidad Contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente a la ejecución contractual.

Las garantías se devolverán conforme lo previsto en los artículos 77 de la LOSNCP y 118 del RGLOSNCP.

1.13 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la Entidad Contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

1.14 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la Entidad Contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 el artículo 33 de la LOSNCP.

Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de la Entidad Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la máxima autoridad) podrá disponer su archivo o su reapertura.

1.15 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la Entidad Contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al SERCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP.

Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento General de la LOSNCP, la Entidad Contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido.

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1.16 Suscripción del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, la Entidad Contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General. y lo publicará en el Portal Institucional. La Entidad Contratante realizará la publicación de la Resolución de adjudicación en el mismo día en que ésta haya sido suscrita.

1.17 Moneda de cotización y pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

1.18 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, y el procedimiento correspondiente.

1.19 Administración del Contrato: La Entidad Contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.

1.20 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y, en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.

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PARTE IISECCIÓN II

METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

2.1. Metodología de evaluación de las ofertas: Los servicios de consultoría serán seleccionados sobre la base de criterios de calidad y costo. Las ofertas de consultoría serán presentadas en dos (2) sobres separados, el primero contendrá los aspectos técnicos sobre los que se evaluará la calidad y, el segundo, los aspectos económicos, sobre los que se calificará el costo.

Los procesos de selección se efectuarán entre consultores de la misma naturaleza; así entre consultores individuales, entre firmas consultoras, o entre organismos que puedan atender y estén en capacidad jurídica de prestar servicios de consultoría.

La calificación de la calidad de las propuestas de consultoría, se realizará sobre la base de lo previsto en los pliegos respectivos, debiendo tenerse en cuenta los siguientes requisitos, procedimientos y criterios:

1. Capacidad técnica y administrativa disponible; 2. Antecedentes y experiencia demostrables en la realización de trabajos

anteriores; 3. Antecedentes y experiencia demostrables del personal que será asignado

a la ejecución del contrato; 4. Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las

condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría;

5. Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría; y,

a. Primera Etapa: Integridad de las ofertas.-

Se revisará que las ofertas hayan incorporado todos los formularios definidos en el presente pliego, conforme el siguiente detalle:

a.) FORMULARIO DE OFERTA

b.) FORMULARIOS DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA

El Formulario de Oferta contendrá los siguientes documentos, claramente descritos en las Condiciones Particulares de los Pliegos para los Contratos de Consultoría:

Descripción1 Presentación y compromiso

2 Datos generales del oferente

3 Nómina de socio(s), accionista(s) o partícipe(s) mayoritarios de personas jurídicas -47-

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oferentes

4 Situación financiera (Patrimonio)

5 Oferta económica

6 Plan de trabajo: enfoque, alcance y metodología

7 Experiencia del oferente

8 Personal técnico clave asignado al proyecto

9 Equipos e instrumentos disponibles

Aquellas ofertas que contengan el FORMULARIO DE OFERTA debidamente elaborado y suscrito, pasarán a la etapa de evaluación “cumple / no cumple”; caso contrario serán rechazadas.

b. Segunda Etapa: Evaluación de la oferta técnica (cumple / no cumple).-

Los parámetros de calificación deberán estar dimensionados por la Entidad Contratante, no darán lugar a dudas, ni a interpretación o a la subjetividad del evaluador, se fijarán mínimos admisibles y de obligatorio cumplimiento.

El cumplimiento de los parámetros debe ser absoluto, de manera afirmativa o negativa. Solamente aquellas ofertas que cumplieran con todos los parámetros establecidos podrán habilitarse para la siguiente etapa del proceso.

En el caso que la entidad contratante considere necesario añadir un parámetro adicional, éste deberá ser debidamente sustentado, relacionado con el proyecto y no contravenir la LOSNCP, su reglamento o las resoluciones emitidas por el SERCOP; deberá estar completamente definido, no será restrictivo ni discriminatorio y deberá establecer su indicador y el medio de comprobación.

Aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos, pasarán a la etapa de evaluación de ofertas con puntaje, caso contrario serán descalificadas.

c. Tercera Etapa: Evaluación por puntaje.-

En esta etapa se procederá a la ponderación valorada de las condiciones diferenciadoras de las ofertas para cada uno de los parámetros señalados en el pliego, a partir de la acreditación de mejores condiciones que las fijadas como mínimos o máximos. En las condiciones particulares del pliego se describen los parámetros para el procedimiento de contratación..

Con el proponente que obtenga el mayor puntaje ponderado de la oferta técnica y económica, se procederá a la negociación de los términos técnicos y contractuales y a los ajustes económicos que se deriven de tal negociación.

Si no se llegare a un acuerdo, las negociaciones se darán por terminadas y comenzarán con el consultor calificado en el siguiente lugar, continuándose con el mismo procedimiento descrito en los incisos anteriores.

2.2. Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente incluirá en su oferta -48-

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la información que se establece en el Formulario de la Oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego.

El Formulario de Oferta contendrá los siguientes documentos, claramente descritos en el literal a. del numeral 2.1 de este pliego.

LISTA CORTA CONSULTORÍA

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PARTE ISECCIÓN III

FASE CONTRACTUAL

3.1 Ejecución del contrato:

3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El Consultor prestará los servicios o entregará los bienes dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el Consultor analizará conjuntamente con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del presente procedimiento de contratación. Por razones no imputables al Consultor, la administración del contrato podrá reprogramar y actualizar el cronograma de ejecución contractual, por razones debidamente justificadas, de ser el caso.

Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de definir el grado de cumplimiento del Consultor.

3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia: Todos los servicios a prestar deben cumplir en forma estricta con los términos de referencia requeridos respectivamente en el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y aprobados por la Entidad Contratante. En caso de que el Consultor descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva.

En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el Consultor no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al administrador del contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto.

3.1.3 Personal del Consultor: El Consultor de ser el caso empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia.

El administrador del contrato podrá requerir en forma justificada al Consultor, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones.

3.1.4 Obligaciones del Consultor:

El Consultor debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad, especialmente, pero sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, y de ser necesario y lo disponga el administrador del contrato, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro,

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precaución, etc.), para la debida protección del público y personal del Consultor, especialmente si las actividades afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos.

Los sueldos y salarios del Consultor con los trabajadores se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país.

El Consultor deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador.

Serán también de cuenta del Consultor y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social.

El Consultor se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.

El Consultor, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito.

3.1.5 Obligaciones de la contratante:

- Designar al administrador del contrato.- Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del

mismo, en forma ágil y oportuna.- Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma

oportuna. - Las demás, determinadas en el pliego precontractual.

3.1.6 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato. En caso de retención indebida de los pagos al Consultor se cumplirá el artículo 101 de la LOSNCP.

3.1.7 Administrador del Contrato.- El administrador del contrato es el supervisor designado por la máxima autoridad de la Entidad Contratante, o su delegado, responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual. .

Tendrá a su cargo además, la administración de las garantías de modo tal que asegure que éstas se encuentren vigentes, durante todo el período de vigencia del contrato; ya sea hasta el devengamiento total del anticipo entregado (de ser el caso), como hasta la recepción definitiva del objeto del contrato.

Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad institucional o ante la autoridad prevista en el contrato (área requirente), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.

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PARTE III

FORMULARIO DE OFERTA

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

3.1 CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO

El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por (nombre de la entidad contratante) para la ejecución de (descripción de la consultoría), luego de examinar el pliego del presente procedimiento de consultoría, al presentar esta oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal o apoderado de ....... si es persona jurídica), (procurador común de…, si se trata de asociación o consorcio) declara que:

1. El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y su Reglamento.

2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.

3. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de consultoría y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contratación.

4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos e instrumentos que se utilizarán para la ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los

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permisos que se requieran para su utilización.

5. Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.

6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación del pliego, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.

7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4, 5, 6 y 13, la Entidad Contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.

8. Ha procedido a estudiar el pliego, inclusive los alcances emitidos, por lo que se encuentra satisfecho del conocimiento adquirido con relación a las obligaciones contractuales. Por consiguiente renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de los pliegos.

9. De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a ejecutar los términos de referencia que ha formulado la Entidad Contratante, los mismos que declara conocerlos; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de nuevos servicios o contratos complementarios.

10. Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.

11. Se somete a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, de las resoluciones del INCOP y demás normativa que le sea aplicable.

12. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, así como de toda la información que como proveedor consta en el portal, al tiempo que autoriza a la Entidad Contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de las entidades contratantes que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad ideológica será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o

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contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.

13. No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.

14. Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable.

15. En caso de que sea adjudicatario, conviene en:

a) Firmar el contrato dentro del término de 15 días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes.

b) Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado, se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la LOSNCP.

c) Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato.

3.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE.-54-

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NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).

Ciudad: Calle (principal):No.:Calle (intersección):Teléfono(s):Correo electrónico:Cédula de Ciudadanía (Pasaporte):R.U.C:

3.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE

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PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES.

A. DECLARACIÓN

En mi calidad de representante legal de …….. (razón social) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:

1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, accionista o partícipes mayoritarios que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos esté inhabilitado en el RUP para participar en los procedimientos de contratación pública;

2. Que la compañía a la que represento …… (el oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrada en la BOLSA DE VALORES.

(En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud sus acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.)

3. Me comprometo a notificar a la Entidad Contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo. (Esta declaración del representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si la compañía o persona jurídica NO cotiza en bolsa)

4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente.

5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los órganos de control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.

6. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:

a . Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-;

b . Descalifique a mi representada como oferente; o,

c . Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.

Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

B. NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES:-56-

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TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima Compañía de Responsabilidad Limitada Compañía Mixta Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil CorporaciónFundación Asociación o consorcio Otra

Nombres completos del socio(s), accionista(s),

partícipe(s)

Número de cédula deidentidad, ruc o identificación

similar emitida por país extranjero, de ser el caso

Porcentaje de participaciónen la estructura de

propiedadde la persona jurídica

DomicilioFiscal

NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato:

Nombres completos del socio(s), accionista(s),

partícipe(s)

Número de cédula de identidad, ruc o identificación

similar emitida por país extranjero, de ser el caso

Porcentaje de participación en la estructura de

propiedad de la persona jurídica

DomicilioFiscal

Notas: 1. Este formato 3.3 del Formulario de la oferta solo será llenado por personas

jurídicas. (Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios que sean personas jurídicas, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.)

2. La falta de presentación del formato por parte de la Persona Jurídica será causal de descalificación de la oferta.

3. Las personas naturales no están obligadas a presentar el Formato 3.3 del Formulario de la Oferta.

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3.4 SITUACIÓN FINANCIERA

Hoja.... de .....

(Nota: Se deberá presentar la declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio de Rentas Internas SRI.)

3.5 OFERTA ECONÓMICA

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DESCRIPCIÓN ValorUSD $

COSTOS DIRECTOSRemuneracionesBeneficios y cargas socialesViajes y viáticosServiciosArrendamientosEquipos e instalacionesSuministrosReproduccionesSubcontratos

COSTOS INDIRECTOSUtilidad

TOTAL

TOTAL: (detallar el total en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA.

(Detallar costos directos e indirectos, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento General de la LOSNCP.)

3.6 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA

Contendrá, entre otros lo siguiente:

a) Desarrollo de objetivos, actividades, acciones, productos y metas;

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b) Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de consultoría;

c) Organigrama funcional del servicio propuesto; y,

d) Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y tiempos.

(Nota: El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato).

3.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS DIEZ (10) AÑOS

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No. Nombre del proyecto

EntidadContratante

Monto Breve descripción

Período de

ejecución

Inicio Final

3.8 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO

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Nombrecompleto

Título profesional

Nacionalidad Cargo / Función

Tiempoparticipación

(meses)

Porcentajeparticipaciónsobre total

3.9 EQUIPOS E INSTRUMENTOS DISPONIBLES:

No. Descripción Detalle-62-

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Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,

------------------------------------------------------- FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso)

(LUGAR Y FECHA)

LISTA CORTA CONSULTORÍALCC–EPMMOP-009-2013

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PARTE IV

FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACION DEL PERSONAL TECNICO Y HOJA DE VIDA

4.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO

Yo, (nombre del profesional), me comprometo con (nombre del oferente) a prestar mis servicios en calidad de (título profesional), para (cargo asignado) durante la realización del proyecto, en caso de adjudicación, adjuntando al presente compromiso mi hoja de vida correspondiente, numeral 4.2 de este formulario.

Lugar y Fecha

__________________________(Firma, Nombre y Número CC)(Profesional Asignado al Proyecto)

Notas:1. Este formulario deberá estar firmado por el profesional para ser considerado.

2. Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado en el numeral 4.2 de este formulario.

LISTA CORTA CONSULTORÍALCC–EPMMOP-009-2013

PARTE VI

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PROYECTO DE CONTRATO

COMPARECIENTES

Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte, la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas, legalmente representada por el Ing. Germánico Pinto Troya, Gerente General y por otra …......................., los mismos que para efectos del presente contrato se denominarán la “EPMMOP” y “La Consultora”, respectivamente, al tenor de las siguientes cláusulas:

Cláusula Primera.- ANTECEDENTES

1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP- , y 25 y 26 de su Reglamento General -RGLOSNCP-, el Plan Anual de Contrataciones de la EPMMOP, contempla la ejecución de los “ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO, PARROQUIA CUMBAYA”.

1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la EPMMOP resolvió aprobar el pliego del procedimiento de Lista Corta LCC–EPMMOP-009-2013, para los ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO, PARROQUIA CUMBAYA.

1.3. Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria No. …........................., conforme consta en la certificación conferida por (funcionario competente y cargo),mediante documento (identificar certificación).

1.4. Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año), a través del portal institucional del SERCOP.

1.5. Luego del proceso correspondiente, el Gerente General en su calidad de máxima autoridad de la EPMMOP o su delegado, mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la ejecución de la consultoría de los “ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO, PARROQUIA CUMBAYA” al oferente (nombre del adjudicatario).

Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO

2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:

a) El pliego (Condiciones Particulares del Pliego CPP y Condiciones Generales del Pliego CGP) incluyendo los términos de referencia que corresponden a la consultoría contratada.

b) Las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría(CGC) publicados y vigentes a la fecha de la Convocatoria en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública - SERCOP.

c) La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman.

d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA.

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e) La resolución de adjudicación.

f) Las certificaciones de (dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.

Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con las condiciones particulares del contrato. No es necesario protocolizar las condiciones generales del contrato, ni la información relevante del procedimiento que ha sido publicada en el portal institucional del SERCOP.

Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO

3.1 El CONTRATISTA se obliga para con la EPMMOP a ejecutar, terminar y entregar a entera satisfacción de la misma los “ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO, PARROQUIA CUMBAYA”.

Se compromete al efecto, a ejecutar el trabajo de consultoría, con sujeción a su oferta, plan de trabajo y metodología, términos de referencia, anexos, Condiciones generales de los contratos de Ejecución de Consultoría (CGC), instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, tanto los que se protocolizan en este instrumento, cuanto los que forman parte del mismo sin necesidad de protocolización, y respetando la normativa legal aplicable.

Cláusula Cuarta.- OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA

4.1.- En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga para con la EPMMOP a prestar servicios de para los ESTUDIOS DE INGENIERIA DEFINITIVOS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA CALLE ALFONSO LAMIÑA Y DISEÑO DEL PUENTE SOBRE LA QUEBRADA JATICO, PARROQUIA CUMBAYA y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.

Cláusula Quinta.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS

5.1.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la EPMMOP todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican en los pliegos.

La consultora se obliga por lo tanto a: elaborar toda la documentación técnica, informes, planos, especificaciones generales y especiales, cantidades de obra, precios unitarios, presupuestos referencial, cronograma de trabajos, evaluación y mitigación de impactos ambientales.

Cláusula Sexta.- PRECIO DEL CONTRATO

6.1. El valor estimado del presente contrato, que la EPMMOP pagará al CONTRATISTA, es el de (cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA.

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6.2. Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1.

Cláusula Séptima.- FORMA DE PAGO

7.1. La EPMMOP entregará al CONTRATISTA, en el plazo máximo de TREINTA (30) días, contados desde la celebración del contrato en calidad de anticipo; el valor de ….......... ,dólares de los Estados Unidos de América, correspondientes al cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato.

7.2. El valor del cicuenta por ciento (50%) restante del contrato, se pagará de la sigueinte manera:

1. El veinte por ciento (20%) contra la Entrega de la fase 1: Diseño de pavimento y planimetría del proyecto,

1. El veinte por ciento (20%) contra la Entrega de la fase 2: Diseño del puente sobre la quebrada Jatico; y,

2. El diez por ciento (10%) contra la entrega final de los estudios objeto de la consultoría, previo a la suscripción del acta de recepción definitiva.

Cláusula Octava.- GARANTÍAS

8.1..- En este contrato se rendirán las siguientes garantías:

8.1.1.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato: Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por obligaciones que contrajera a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el Consultor, antes o al momento de celebrar el contrato rendirá una garantía por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del de acuerdo con los artículos 73 y 74 de la LOSNCP y 117 de su Reglamento General.

8.1.2.- Garantía del Buen Uso del Anticipo: Para garantizar el anticipo que la contratante le otorga, LA CONSULTORA entregará a favor de la contratante, en forma previa a recibirlo, una garantía de las señaladas en los artículos 73 y 75 de la LONSCP, por un monto equivalente al total del mencionado anticipo.

La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde el 100% del monto a recibir por este concepto.

8.1.3.- Renovación de las Garantías: LA CONSULTORA se compromete a mantener vigentes las garantías mencionadas mientras subsistan sus obligaciones contractuales. Al efecto, serán renovadas a más tardar cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento, caso contrario, la EPMMOP solicitará al garante que haga efectivo su valor. 8.2.- Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 de la LOSCNP y 118 del RGLOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la EPMMOP.

Cláusula Novena.- PLAZO

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9.1.-El plazo para la ejecución y terminación de la totalidad de los trabajos contratados es de …......................... (..) días, contados a partir de contados a partir de la suscripción del contrato, de conformidad con lo establecido en la oferta.

Cláusula Décima.- MULTAS

10.1.- Por cada día de retardo en el cumplimiento de la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, se aplicará la multa del 2 por mil (2x1000) del monto total reajustado del contrato.

Cláusula Undécima.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS

11.1.- El valor del anticipo y de las planillas de ejecución de los servicios, se reajustarán si se produjeren variaciones en los componentes de los precios unitarios estipulados, desde la fecha de variación, mediante la aplicación de la siguiente fórmula general,

Pr = Po (IPC1 / IPCo)

Donde:

Pr = valor reajustado del anticipo o de la planilla

Po= valor del anticipo, o de la planilla de avance descontada la parte proporcional del anticipo

IPCo= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de presentación de la oferta.

IPC1= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de pago del anticipo o de las planillas de avance.

La relación IPC1 / IPCo siempre deberá ser mayor a 1 para que sea aplicable el reajuste de precios.

En caso de que algún componente del contrato haya sido negociado como comprobable y reembolsable, este deberá ser excluido del valor Po.

El anticipo se reajustará aplicando el procedimiento indicado, cuando hayan transcurrido más de noventa días entre la fecha de presentación de la oferta y la fecha de entrega efectiva del anticipo, cuando el atraso no sea imputable al consultor.

En caso de mora o retardo en la presentación de cada planilla, imputable al consultor, se reconocerá el reajuste de precios a la fecha en que debió presentarla, de conformidad con el cronograma vigente.

En caso de mora de la entidad contratante en el pago de planillas, éstas se reajustarán hasta la fecha en que se las cubra, por lo cual no causarán intereses.

La Consultora presentará la planilla con los precios contractuales y la planilla de reajuste, esta última calculada con el índice de precios disponible a la fecha de su presentación. Una vez que se publique el índice de precios del mes en el que se efectuó el pago de esa planilla o del anticipo, el consultor presentará la planilla de reliquidación del reajuste, que

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será pagada en el plazo máximo de 15 días de su presentación. Cuando se cuente con los índices definitivos a la fecha de pago de la planilla principal, el consultor presentará la planilla de reajuste.

Cláusula Duodécima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:

12.1 La EPMMOP designa al ….................... (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato.

12.2 La EPMMOP podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.

Cláusula Décima Tercera.- TERMINACION DEL CONTRATO

13.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.

13.2 Causales de Terminación unilateral del contrato.- Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la EPMMOP, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:

a) Si el CONTRATISTA no notificare a la EPMMOP acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;

b) Si la EPMMOP, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA;

c) Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 3.1 del formulario de oferta -Carta de Presentación y compromiso;

d) El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.

13.3.- Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.

Cláusula Décima Cuarta.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

14.1.-Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo

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directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante.

En caso de que la entidad contratante sea de derecho privado, la cláusula 13.1.- “Solución de Controversias dirá: Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas recurrirán ante la justicia ordinaria del domicilio de la Entidad Contratante”.

14.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.

Cláusula Décima Quinta: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

15.1.-Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración del contrato y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento.

Cláusula Décima Sexta.- DOMICILIO

16.1.Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer domicilio).

16.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:

La CONTRATANTE: (dirección y teléfonos, correo electrónico).

El CONTRATISTA:(dirección y teléfonos, correo electrónico).

Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos.

Cláusula Décima Séptima.- ACEPTACION DE LAS PARTES

17.1.- Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría (CGC), publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

17.2.-Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.

Dado, en la ciudad de Quito, a

___________________________ _____________________________LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA

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PARTE VII

CONDICIONES GENERALES

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DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORIA

Cláusula Primera.- INTERPRETACION DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:

a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal.

b. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.

c. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.

d. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”.

1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:

a. “Adjudicatario”, es el oferente a quien la ENTIDAD CONTRATANTE le adjudica el Contrato.

b. “Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el procedimiento de contratación, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones emitidas por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.

c. “Consultor”, es el oferente adjudicatario.

d. “Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

e. “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

f. “RGLOSNCP”, Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Púbica.

g. “Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado.

h. “Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución de la obra o proyecto.

i. “SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública.

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Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO

Lo previsto en la cláusula Séptima de las Condiciones Particulares del contrato, y además:

2.1 El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el CONSULTOR aperture en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El CONSULTOR autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la EPMMOP verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.

El anticipo que la EPMMOP haya otorgado al CONSULTOR para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.

2.2 La amortización del anticipo entregado en el caso de la prestación de servicios se realizará conforme lo establecido en el art 139 del Reglamento General de la LOSNCP.

2.3 Todos los pagos que se hagan al CONSULTOR por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la EPMMOP, previa la aprobación del administrador del contrato.

2.4 De los pagos que deba hacer, la EPMMOP retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato.

2.5 Pagos indebidos: La EPMMOP se reserva el derecho de reclamar al CONSULTOR, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el CONSULTOR a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la EPMMOP, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.

Cláusula Tercera.- GARANTÍAS

3.1 Lo contemplado en la cláusula Octava de las condiciones particulares del contrato y la Ley.

3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos:

3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato:

a) Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONSULTOR.

b) Si el CONSULTOR no la renovare cinco días hábiles antes de su vencimiento.

c) Cuando un juez competente disponga su retención o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con el Contrato de Consultoría, no satisfechas por el Consultor.

3.2.2 La del anticipo:

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a) Si el CONSULTOR no la renovare cinco días hábiles antes de su vencimiento.

b) En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONSULTOR no pague a la EPMMOP el saldo adeudado del anticipo, después de diez días de notificado con la liquidación del contrato.

Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO

4.1 La EPMMOP prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que el CONSULTOR así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del término de hasta dos días siguientes a la fecha de producido el hecho que motive la solicitud.

a) Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONSULTOR está obligado a continuar con la prestación del servicio, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato.

b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de la EPMMOP y que no se deban a causas imputables a la Consultora.

c) Si la EPMMOP no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la prestación del servicio.

4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la EPMMOP, previo informe del administrador del contrato.

Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONSULTOR

A más de las obligaciones señaladas en el numeral 5.1 de las condiciones particulares del pliego que son parte del presente contrato, las siguientes:

5.1 El CONSULTOR se compromete a prestar sus servicios derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de la información con los que contó la EPMMOP y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos documentos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración.

5.2 El CONSULTOR se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la EPMMOP, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la prestación del servicio, y la utilización de los bienes incorporados si fueren del caso, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.

Los delegados o responsables técnicos de la EPMMOP, tales como el administrador, deberán tener el conocimiento suficiente para la operación, así como la eventual

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realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el CONSULTOR se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al objeto contractual.

5.3 El CONSULTOR está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.

5.4 EL CONSULTOR se obliga al cumplimiento de lo exigido en los pliegos, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ecuatoriana vigente.

Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE

6.1 Son obligaciones de la EPMMOP las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares del pliego que son parte del presente contrato.

Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS.-

7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 87 de la LOSNCP, y en el artículo 144 del RGLOSNCP.

Cláusula Octava.- ACTA ENTREGA - RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO

8.1 Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el CONSULTOR entregará a la EPMMOP el informe final provisional, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La EPMMOP dispondrá del término de 15 días para la emisión de observaciones y el CONSULTOR de 15 días adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo.

8.2 El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto de conformidad a lo previsto en el artículo 123 del RGLOSNCP.

8.3 Si la EPMMOP no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el término de quince días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del CONSULTOR notificará que dicha recepción se produjo, de acuerdo con el artículo 81 de la LOSNCP.

8.4 Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del CONSULTOR o declarada por la EPMMOP, producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico-económica correspondiente.

Las partes buscarán en el plazo de 30 días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas.

8.5 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del RGLOSNCP.

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Cláusula Novena.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS

9.1 La EPMMOP efectuará al CONSULTOR las retenciones que dispongan las leyes tributarias, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, al efecto procederá conforme la legislación tributaria vigente.

9.2 Es de cuenta del CONSULTOR, cuando fuere del caso, el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados. El CONSULTOR entregará a la EPMMOP hasta dos copias de este contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONSULTOR.

Cláusula Décima: LABORAL

10.1 El CONSULTOR asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, la Entidad Contratante está exenta de toda obligación respecto del personal del CONSULTOR. Sin perjuicio de lo cual, la Entidad Contratante ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente.

Cláusula Undécima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO

11.1 La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del CONSULTOR.

11.2 Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley.

Cláusula Décimo Segunda: CONFIDENCIALIDAD

12.1 La Entidad Contratante y el CONSULTOR convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información.

El incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios.

El CONSULTOR y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de la Entidad Contratante.

Cláusula Décimo Tercera: RESPONSABILIDAD

13.1 El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en

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el artículo 100 de la LOSNCOP, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador.

En mi calidad de Gerente General de la EPMMOP, y de conformidad con el artículo 20 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, APRUEBO los presentes Pliegos, en (77) fojas que anteceden.

Quito, a noviembre de 2013

Ing. Germánico Pinto TroyaGERENTE GENERAL DE LA EPMMOP

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