modelo de demanda contencioso administrativa de tercero al procedimiento administrativo con...

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Demanda contencioso administrativa Exp.: Sec.: Escrito N°: Cuaderno principal Sumilla: Demanda contencioso administrativa SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LIMA AAA AAA, identificado con D.N.I. .........., con domicilio real en …….. y domicilio procesal en .........................; ante Ud. me presento y digo: l. PETITORIO: Que, interpongo DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA contra la Municipalidad de ....................., a efectos de que se declare la nulidad e ineficacia de la Resolución de Alcaldía ........................, emitida por la referida municipalidad, en tanto no he incurrido en la infracción administrativa contenida en el artículo .................. de la Ordenanza N° ............... Como consecuencia de la declaración de nulidad e ineficacia solicitada debe dejarse sin efecto la Multa Administrativa N° ............... de fecha ................. La demandada deberá ser notificada en su domicilio, sito en .................... II. FUNDAMENTOS DE HECHO: Aplicación de la multa administrativa 1. A comienzos del año .................................... y con motivo de la edificación de mi local comercial, aproveché para reparar los estacionamientos vehiculares ubicados en la parte frontal de mi inmueble, sito en ......................................, en lo que viene a ser la berma de dicha avenida, y que se encontraban en pésimo estado de conservación. En ese sentido, encargué a los operarios contratados a que retiren el cemento viejo y agrietado de dicha zona, que se encontraba absolutamente deteriorado y descuidado, y lo reemplacé por cemento nuevo pero sin alterar la estructura de los estacionamientos vehiculares ya existentes. 2. No obstante, con fecha ......................, la Policía Municipal realizó una inspección de rutina por los alrededores de mi local comercial, tras lo cual nos cursó la notificación N° ........., por intermedio del Sr...........................

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Page 1: MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE TERCERO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CON EXCEPCION AL AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA

Demanda contencioso administrativa

Exp.:

Sec.:Escrito N°:Cuaderno principalSumilla: Demanda contencioso administrativa

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LIMA

AAA AAA, identificado con D.N.I. .........., con domicilio real en …….. y domicilio procesal en .........................; ante Ud. me presento y digo:

l. PETITORIO:

Que, interpongo DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA contra la Municipalidad de ....................., a efectos de que se declare la nulidad e ineficacia de la Resolución de Alcaldía N° ........................, emitida por la referida municipalidad, en tanto no he incurrido en la infracción administrativa contenida en el artículo .................. de la Ordenanza N° ............... Como consecuencia de la declaración de nulidad e ineficacia solicitada debe dejarse sin efecto la Multa Administrativa N° ............... de fecha .................

La demandada deberá ser notificada en su domicilio, sito en ....................

II. FUNDAMENTOS DE HECHO:

Aplicación de la multa administrativa

1. A comienzos del año .................................... y con motivo de la edificación de mi local comercial, aproveché para reparar los estacionamientos vehiculares ubicados en la parte frontal de mi inmueble, sito en ......................................, en lo que viene a ser la berma de dicha avenida, y que se encontraban en pésimo estado de conservación. En ese sentido, encargué a los operarios contratados a que retiren el cemento viejo y agrietado de dicha zona, que se encontraba absolutamente deteriorado y descuidado, y lo reemplacé por cemento nuevo pero sin alterar la estructura de los estacionamientos vehiculares ya existentes.

2. No obstante, con fecha ......................, la Policía Municipal realizó una inspección de rutina por los alrededores de mi local comercial, tras lo cual nos cursó la notificación N° ........., por intermedio del Sr...........................

En dicha notificación se me imputó la comisión de una supuesta infracción administrativa consistente en "...encementar o modificar la berma lateral ubicada en ambos lados de los Jrs. ................., Avdas. ..............., para ser utilizados como áreas de estacionamiento vehicular... ".

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3. En la misma notificación, y en armonía con lo previsto en el Reglamento de Multas y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de ................

(aprobado por Ordenanza N° ........ del......................), se me citó para presentar nuestros descargos el día .................... en el local de la Subdirección de Áreas Verdes. En dicha oportunidad, manifesté que en ningún momento se había alterado la berma lateral o encementado la misma con fines de estacionamiento, sino que con motivo de la edificación, se aprovechó para reparar el pésimo estado en que se encontraba la referida zona pública que constituye el frontis o entrada a mi inmueble, refaccionando tanto la parte de cemento como la parte de área verde, dejando constancia de que ambas ya existían en dicho lugar.

4. A pesar de ello, el día ...................... la Municipalidad de..........................

emite la Multa Administrativa N°................., por la cual se me obliga apagar la suma de S/. ............................ Nuevos Soles.

Reclamación administrativa

El día ...................... interpusimos recurso de reclamación administrativa, bajo los siguientes argumentos:

Que no se cometió infracción alguna, pues la labor de los operarios contratados se limitó a la refacción de una zona deteriorada y descuidada, pero sin alterar su estructura.

Que la multa administrativa N°........................... no cumple con los requisitos formales de ley. En efecto, como puede apreciarse la referida multa carece de fundamento legal, al no contener referencia alguna a la norma legal supuestamente violada. Con ello se trasgrede el artículo.......... del Reglamento de Multas y otras Sanciones Administrativas.

La ausencia de la formalidad señalada en este punto trae como consecuencia la nulidad de la Multa Administrativa N°.................

En consecuencia, puede observarse que existen contundentes razones formales y de fondo por las cuales nuestra reclamación debió ser declarada fundada y por tanto debió dejarse sin efecto la Multa Administrativa

N°.... ............ ......

Resolución directoral

El día........................ la Dirección de Desarrollo Urbano de la Municipali-

dad de...................... emite la Resolución Directoral N° ...................., por la

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que deniega el recurso de reclamación y ordena el pago de la multa impuesta. Asimismo, la referida Resolución Directoral impone un plazo de diez días hábiles para que cumpla con restituir a su "estado original" la berma lateral frente al predio de mi propiedad.

Recurso de apelación

Frente a dicha resolución interpuse el correspondiente recurso de apelación, reiterando los argumentos del escrito de reclamación en el sentido de que no se ha encementado dicha área para convertirla en estacionamientos vehiculares o para algún propósito específico, que es lo que prohibe la Ordenanza N°..............................

Resolución de a!caldía

El día- .............................., la Municipalidad de ....................... emite la Resolución de Alcaldía N° .............................. por la cual declara infundado mi recurso de apelación y ratifica todos los extremos de la Resolución Directoral N° .................. de la Dirección de Desarrollo Urbano.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Sustentamos nuestras pretensiones en los siguientes dispositivos legales:

- Artículo ............. de la Ordenanza N°...................

- Artículos .................................. del Reglamento de Multas y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de.............................. aprobado por Ordenanza N° ........................

- Artículo .......................... de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Ley N° 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo.

IV. MONTO DEL PETITORIO:

No hay un monto demandado.

IV. VíA PROCEDIMENTAL:

Conforme al arto 25 de la Ley N° 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo, la presente demanda debe tramitar se en la vía del proceso abreviado.

V. MEDIOS PROBATORIOS:

El mérito del Expediente Administrativo N° ..............., cuya remisión deberá ser solicitada por el Juzgado, conforme al arto 22 de la Ley N° 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo.

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Copia de la Resolución de Alcaldía N° ................, con la cual acredito el agotamiento de la vía administrativa.

POR TANTO:

A Ud. Señor Juez solicito admitir la presente demanda y en su momento declararla fundada, por ser acorde a ley.

Lima, ........ de ................. del.........

FIRMA DE ABOGADO

FIRMA DEL DEMANDANTE

MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA EN MATERIA LABORAL (V) EN CONTRA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POR NO RESPUESTA DE RECURSO DE REVISIÓNEn el presente caso, se presenta una demanda en contra del silencio administrativo negativo derivado de la no respuesta a un recurso de revisión. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)

EXPEDIENTE              :

ESPECIALISTA          :

ESCRITO                    : 01-2011

SUMILLA                    : Demanda Contencioso Administrativa

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE AREQUIPA

(NOMBRE DEL ADMINISTRADO), identificado con DNI 29232920, con dirección domiciliaria en Calle Pampita Zeballos Nro. 221 del distrito de Yanahuara, señalando domicilio procesal en (…); a Ud., respetuosamente, digo:

I.- DE LOS DEMANDADOS Y SU DIRECCION DOMICILIARIA

ESSALUD, debidamente representado por su Presidente Ejecutivo Sr. (…), a quien se le deberá notificar en la esquina de calle Ayacucho con calle Peral s/n.

II.- PETITORIO

Interpongo demanda contenciosa administrativa en contra del silencio administrativo negativo que desestima mi recurso de revisión de 15-09-2011 a fin de que se disponga

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vía indemnización el pago de mis remuneraciones dejadas de percibir por el periodo desde el 07 de febrero de 1995 hasta el 03 de marzo de 1998 como consecuencia de mi despido ilegal

Accesoriamente, se disponga el pago de los intereses que se hubieren generado.

III.- ACTUACIÓN IMPUGNABLEEl silencio administrativo de la Administración pública (art. 4, inc. 2 de la Ley 27584) respecto de mi recurso de revisión de 15-09-2011

IV.- PRETENSIÓN .

El reconocimiento de un derecho generado por el mal actuar de la Administración pública (Pretensión contenida en el art. 5, inc. 2 de la Ley 27584)

V.- AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA .

La vía administrativa la he agotado con el silencio administrativo derivado de la no respuesta a mi recurso de revisión.

VI.- FUNDAMENTOS DE HECHO

El accionante es trabajador de ESSALUD, bajo el régimen del Decreto Legislativo 276.

De esta manera:

1.        Por resolución de Gerencia general 073-GG-HNSA-IPSS-95 de 07 de febrero de 1995, se dispuso cesar al suscrito por causal de racionalización.

2.        Por RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL 063-GG-HNSA-IPSS-98 de 03 de marzo de 1998 se resolvió disponer la reincorporación del suscrito en el cargo que venía desempeñando hasta la fecha de su cese inconstitucional, no considerándose para tal efecto el pago de sus remuneraciones dejadas de percibir.

3.        Como se verifica permanecí ilegalmente despedido desde febrero de 1995 hasta marzo de 1998, periodo en el cual de seguir trabajando hubiera percibido mis remuneraciones, por lo que pido se me abonen vía indemnización.

4.        Con fecha 26 de marzo de 1998, interpuse recurso impugnativo de apelación en contra  de la RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL 063-GG-HNSA-IPSS-98, a fin de que el superior en grado proceda a revocar la citada resolución y se reconsidere el pago de mis remuneraciones dejadas de percibir.

5.        (…)

6.        En efecto, si por un error de la administración pública que ella misma corrigió se me cesó en mis funciones es correcto que vía indemnización se me abonen las remuneraciones dejadas de percibir y los intereses legales que corresponden, puesto que mi cese no fue causado por mi persono.

7.        En efecto, contraviniéndose el Decreto legislativo 276 se creo una causal no prevista en esta ley cual es la causal de racionalización, situación que por contravenir la ley transgrede el principio de legalidad.

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8.        Es por estos fundamentos que la demanda debe ser declarada fundada.

VII.- FUNDAMENTOS DE DERECHO

Asimismo, la amparo en el art. 2 Inc. 20 de la Constitución Política del Estado que establece el derecho de petición que tiene todo ciudadano, y la obligación que tiene la Administración Pública de dar una respuesta por escrito y en el plazo legal establecido.

VIII.- VIA PROCEDIMENTALAl ser en la presente demanda la pretensión contenida en el artículo 5, inciso 4 de la Ley 27584, a la presente le corresponde la vía procedimental del PROCESO ESPECIAL

IX.- MONTO DEL PETITORIODebido a la naturaleza de la pretensión no es cuantificable en dinero.

X.- MEDIOS PROBATORIOS

1.- Copia fedateada de la Resolución de Gerencia General 063-GG-HNSA-IPSS-98, resolución materia de apelación administrativa de 26 de marzo de 1998.

(…)

XI.- ANEXO.-

1-A Copia simple de mi DNI.

1-B (…)

POR LO EXPUESTO:

A UD.- pido acceder a mi pedido.

Arequipa, 09 de noviembre de 2011.

MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE TERCERO AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CON EXCEPCION AL AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVAEXPEDIENTE :ESPECIALISTA :ESCRITO : 01-2008SUMILLA : Interpongo Demanda Contencioso Administrativa

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SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE XXXXXXXX.

XXXXXXXXXXXXXXXXX, identificada con DNI XXXXXXXXX, con dirección domiciliaria en la XXXXXXXXXXXXXXXXXX, señalando domicilio procesal en XXXXXXXXXXXXXXXX; a UD., respetuosamente, digo:

I.- DE LOS DEMANDADOS Y SU DIRECCIÓN DOMICILIARIA1.- La MUNICIPALIDAD XXXXXXXXXXXXXXX, debidamente representada por su Alcalde XXXXXXXXXXXXXXXXXX; y,2.- El PROCURADOR PUBLICO ENCARGADO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE XXXXXXXXX,A quienes se les notificará en la XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

II.- PETITORIO.-COMO PRETENSIÓN PRINCIPAL, interpongo Demanda contencioso administrativa en contra de acto administrativo contenido en el ACUERDO MUNICIPAL 176-2007-MPA de 28 de diciembre de 2007 a fin de que se declare su nulidad total por contravenir la Constitución y la Ley dejándosele sin efecto y como consecuencia:COMO PRETENSIÓN ACCESORIA se disponga que la demandada se abstenga de iniciar acciones legales en contra de mi persona derivadas del ACUERDO MUNICIPAL 176-2007-MPA de 28 de diciembre de 2007.

III.- EXCEPCIÓN AL AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVANos acogemos a la excepción al agotamiento de la vía administrativa prevista en el artículo 19, inciso 3 de la Ley 27584 – Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo – que establece lo siguiente: “No será exigible el agotamiento de la vía administrativa en los siguientes casos: (…) 3.- Cuando la demanda sea interpuesta por un tercero al procedimiento administrativo en el cual se haya dictado la actuación impugnable.” (el subrayado es nuestro)En este sentido, presento esta demanda en mi condición de tercero al procedimiento administrativo que ha generado el ACUERDO MUNICIPAL 176-2007-MPA de 28 de diciembre de 2007 el cual a la fecha no me ha sido notificado pese ha haberse verificar que tengo interés en el mismo, por lo que me encuentro exceptuada del agotamiento de la vía administrativa en el presente proceso.

IV.- ACTUACIÓN IMPUGNABLELa actuación impugnable en el presente proceso es el ACUERDO MUNICIPAL 176-2007-MPA de 28 de diciembre de 2007, por lo que expresamente se encuentra indicado en lo previsto en el artículo 4, inciso 1 de la Ley 27584 – Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo – que establece lo siguiente: “Son impugnables en este proceso las siguientes actuaciones administrativas: 1.- Los actos administrativos y cualquier otra declaración administrativa.” (El subrayado es nuestro)

V.- PRETENSIÓN IMPUGNATORIAA través de la presente se ha solicitado la declaración de nulidad total

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de un acto administrativo, pretensión prevista en el Artículo 5, inciso 1 de la Ley 27584 que establece lo siguiente: “En el proceso contencioso administrativo podrán plantearse pretensiones con el objeto de obtener lo siguiente: 1.- la declaración de nulidad, total o parcial o ineficacia de actos administrativos.”

VI.- FUNDAMENTOS DE HECHOLa solicitante es trabajadora activa de la Municipalidad Provincial de XXXXXXXX y se encuentra en el régimen laboral del Decreto Legislativo 276 y realiza sus aportes al Régimen Previsional del Decreto Ley 20530.Dentro de este contexto,1.- Por Resolución Municipal 378-E de 31-12-2002, se declaró procedente mi pedido de reincorporación al régimen previsional a cargo del Estado regulado por el Decreto Ley 20530.2.- Por Resolución Municipal 128-2003-MPA/E de 29-05-2003 se resuelve declarar la nulidad de Oficio de la Resolución Municipal 378-E de 31-12-2002; asimismo, se declara improcedente mi solicitud sobre reincorporación al régimen previsional del Decreto Ley 20530.3.- Ante la emisión de la Resolución Municipal 128-2003-MPA/E, interpuse una acción de amparo por ante el Octavo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de XXXXXX, proceso que culmino con la SENTENCIA DE VISTA 25-SMV (RESOLUCIÓN 07) de 16-02-2004 que en su parte resolutiva declaró lo siguiente:

“DECLARARON FUNDADA la demanda de Acción de Amparo interpuesta por XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en contra de la Municipalidad Provincial de XXXXXXXX; en consecuencia INAPLICABLE a la actora la Resolución Municipal número 128-2003-MPA/E, en cuanto resuelve: artículo 1 Declarar la nulidad de oficio de la Resolución Municipal 378-E de fecha treintiuno de diciembre del dos mil dos, por los considerandos anteriormente expuestos, y artículo 2 declarar improcedente la solicitud de doña Aurora Mercedes Espinoza de Heredia sobre reincorporación al régimen de pensiones a cargo del Estado, regulado por Decreto Ley 20530, en consecuencia aplicable a la actora la Resolución Municipal 378-E (…)”

4.- Tal sentencia fue ejecutada en su integridad, siendo que habiendo transcurrido más de cinco (5) años de haberse emitido la Resolución Municipal 378-E se pretende dejarla sin efecto a través del Acuerdo Municipal 176-2007-MPA.

DE LA MANIFISTA NUNIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN EL ACUERDO MUNICIPAL 176-2007-MPA.1.- Es manifiesta la nulidad contenida en el Considerando Cuarto del Acuerdo Municipal 176-2007-MPA que indica lo siguiente: “Que, sin embargo tal como se puede observar de la propia Sentencia de la Sala, se ha declarado fundada la demanda de la recurrente, al haberse detectado una transgresión al derecho constitucional de la demandante al debido proceso administrativo, por lo que se concluye que no ha habido un pronunciamiento sobre el fondo del asunto.”Los motivos de la manifiesta nulidad son los siguientes:a.- El segundo párrafo, del Inciso 2 del Artículo 139 de la Constitución

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establece lo siguiente: “Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones. Tampoco puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en trámite, ni modificar sentencias ni retardar su ejecución.”b.- En este sentido, lo resuelto en la SENTENCIA DE VISTA 25-SMV NO PUEDE SER DEJADO SIN EFECTO NI INTERPRETADO POR CUANTO ESTA SENTENCIA TIENE LA CALIDAD DE COSA JUZGADA.2.- Se incurre en nulidad manifiesta en el Quinto Considerando del Acuerdo Municipal 176-2007-MPA que indica que: “Que, en ese sentido se debe tener en cuenta el artículo 3 de la Ley 28389, que modifica la Primera disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú y que autoriza a la entidad competente del Gobierno Nacional a iniciar las acciones legales correspondientes para que se declare la nulidad de las pensiones obtenidas ilegalmente, salvo los casos definidos por sentencias con carácter de cosa juzgada que se hayan pronunciado expresamente sobre el fondo del asunto o que las respectivas acciones hubieran prescrito.” (el subrayado es nuestro).Existe nulidad evidente por cuanto:a.- La SENTENCIA DE VISTA 25-SMV de 17 de febrero de 2004 constituye cosa juzgada y se ha pronunciado sobre el fondo del presente proceso, lo cual es claramente demostrable en el fundamento SÉTIMO de la referida Sentencia que establece lo siguiente: “Que asimismo, como así se ha interpretado por el Tribunal Constitucional en la Acción de Amparo 403-2000-AA/TC (…) y al que se ha hecho referencia en el recurso de apelación en análisis, hasta antes del fallo emitido en el Proceso 189-2002-AA/TC, publicado el veintisiete de junio del dos mil tres y referido por el Aquo en la sentencia en revisión, imperaba el criterio de aplicar el tiempo de formación profesional al inicio de la carrera administrativa y no al final, siendo que pues entonces la demandada debió interpretar de esa forma, el referido tiempo de formación profesional acumulado dado que el precedente administrativo corriente de fojas dieciocho debió ser aplicado por la administración demandada en atención a lo prescrito por el apartado uno del artículo sexto de la Ley 27444 (…)”En este sentido, se verifica pronunciamiento sobre el fondo.b.- Por otro lado, se verifica que la Sentencia de Vista 25-SMV en su parte final indica que es aplicable la Resolución Municipal 378-E, resolución que fue emitida el 31-12-2002 y que declara procedente mi solicitud de reincorporación al régimen previsional del Decreto Ley 20530.De lo que se tiene que la Resolución Municipal 378-E tiene vigencia desde esa fecha siendo que a la fecha de elaboración del presente escrito han transcurrido cinco (5) años y 11 días de su emisión.Como se puede verificar fácilmente a la fecha de expedición de la Resolución Municipal 378-E ya se encontraba vigente la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General - que en el numeral 202.3 y 202.4 del Artículo 202 establece lo siguiente: “202.3 La facultad para declarar la nulidad de oficio de los actos administrativos prescribe al año, contado a partir de la fecha en que hayan quedado consentidos. 202.4 En caso de que haya prescrito el plazo previsto en el numeral anterior, sólo procede demandar la nulidad ante el Poder Judicial vía el

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proceso contencioso administrativo, siempre que la demanda se interponga dentro de los dos (2) años siguientes a contar desde la fecha en que prescribió la facultad para declarar la nulidad en sede administrativa.” (el subrayado es nuestro)En el presente caso, el plazo para declarar la nulidad, tanto administrativo como judicial, ha vencido conforme a ley por cuanto no procede acción legal alguna respecto de mi derecho a estar en el régimen previsional del Decreto Ley 20530.3.- Se incurre en manifiesta nulidad en el Considerando Sexto de Acuerdo Municipal indicado por cuanto indica que: “Que, en el caso de autos es criterio de la administración que la incorporación se ha dado de manera irregular y al no haberse el órgano judicial pronunciado sobre el fondo de la materia, se debe iniciar las acciones legales para solicitar la desincorporación de la recurrente al régimen del Decreto Ley 20530, para el pronunciamiento respecto de la aplicación de las Leyes 24156 y 25171 al caso concreto, teniendo en cuenta además que la acción no ha prescrito, al amparo del artículo 1989 y siguientes del Código Civil.”a.- En la parte resolutiva de la Sentencia de Vista 25, a la que se ha hecho referencia, no se indica la posibilidad de iniciar o revivir algún procedimiento administrativo.b.- Respecto del plazo de prescripción el mismo no resulta aplicable por cuanto la Ley 27444 prima sobre el Código Civil: La ley especial prima sobre la Ley general.4.- Se incurre en manifiesta nulidad en el Considerando séptimo del Acuerdo Municipal cuya suspensión se solicita al indicarse que: “Que, como fundamento de la acción judicial a promover se debe tener en cuenta, dentro de otros, los siguientes argumentos: Primero, que de Conformidad con el artículo 27 de la Ley 25066, para estar comprendido dentro de los alcances del Decreto Ley 20530 se requiere estar laborando en forma real y efectiva como empleado público bajo el régimen de la Ley 11377 al 26 de febrero de 1974 y continuar laborando para la administración pública bajo el régimen de la 11377 o Decreto Legislativo 276, al 21 de Junio de 1989”. (Esta nulidad también la hacemos extensiva al Considerando Octavo)a.- La reincorporación al régimen previsional 20530 no fue arbitrario sino que tuvo como sustento lo emitido por el TRIBUNAL NACIONAL DE SERVICIO CIVIL que emitía jurisprudencia administrativa en materia de derecho administrativo.b.- En efecto, por RESOLUCIÓN 009-90-TNSC 1RA Sala de 23 de julio de 1990 se indicó lo siguiente: “Los cuatro años de formación profesional a que se refiere la Ley 24156, adicionales al tiempo de servicios de un servidor público, tienen efectos retroactivos no sólo para beneficios pensionarios, sino para todos sus efectos en virtud de los Artículos 57 y 187 de la Constitución Política del Estado. Estos efectos retroactivos hacen que el servidor que ha ingresado a prestar servicios al Estado después de la dación del Decreto Ley 20530 quede comprendido dentro de sus alcances.”c.- En este sentido, mi incorporación se encuentra debidamente sustentada en derecho.ES POR ESTOS MOTIVOS QUE EXISTE LA FUNDABILIDADDEL PEDIDO DE MI DEMANDA, POR CUANTO SE PRETENDE INICIAR

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ACCIONES LEGALES EN MI CONTRA A TRAVÉS DE LA EMISIÓN DE UN ACTO JURÍDICO QUE CONTRAVIENE UNA SERIE DE NORMAS ANTES INDICADAS.

VII.- FUNDAMENTOS DE DERECHO1.- El Artículo 202 de la Ley 27444: En cualquiera de los casos enumerados en el Artículo 10º, puede declararse de oficio la nulidad de los actos administrativos, aun cuando hayan quedado firmes, siempre que agravien el interés público. 202.2 La nulidad de oficio sólo puede ser declarada por el funcionario jerárquico superior al que expidió el acto que se invalida. Si se tratara de un acto emitido por una autoridad que no está sometida a subordinación jerárquica, la nulidad será declarada también por resolución del mismo funcionario.202.3 La facultad para declarar la nulidad de oficio de los actos administrativos prescribe al año, contado a partir de la fecha en que hayan quedado consentidos.202.4 En caso de que haya prescrito el plazo previsto en el numeral anterior, sólo procede demandar la nulidad ante el Poder Judicial vía el proceso contencioso administrativo, siempre que la demanda se interponga dentro de los dos (2) años siguientes a contar desde la fecha en que prescribió la facultad para declarar la nulidad en sede administrativa.”2.- El segundo párrafo, del Inciso 2 del Artículo 139 de la Constitución establece lo siguiente: “Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones. Tampoco puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en trámite, ni modificar sentencias ni retardar su ejecución.”

VIII.- MONTO DEL PETITORIODebido a la naturaleza de la pretensión, la misma no es cuantificable en dinero.

IX.- VIA PROCEDIMENTALDe conformidad con el artículo 25 de la Ley 27584 – Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo – a la presente le corresponde la vía del proceso ESPECIAL.

X.- MEDIOS PROBATORIOS.1.- Copia del ACUERDO MUNICIPAL 176-2007-MPA de 28 de diciembre de 2007 en la que se puede verificar las causales de nulidad antes indicadas y que es el acto cuya suspensión solicito.Siendo que esta resolución ha sido emitida en un procedimiento administrativo en el cual no he sido parte, sólo cuento con copia simple, siendo que declaro bajo juramento que la misma es copia fiel del original respecto del cual pedimos su exhibición en este apartado2.- Copia Certificada de la Resolución Municipal 378-E de 31-12-2002 que declaró procedente mi pedido de reincorporación al régimen previsional a cargo del Estado regulado por el Decreto Ley 20530.3.- Copia certificada de la Resolución Municipal 128-2003-MPA/E de 29-05-2003 que resuelve declarar la nulidad de Oficio de la Resolución Municipal 378-E de 31-12-2002; asimismo, se declara improcedente mi

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solicitud sobre reincorporación al régimen previsional del Decreto Ley 20530.4.- Copia de la SENTENCIA DE VISTA 25-SMV (RESOLUCIÓN 07) de 16-02-2004 que en su parte resolutiva declaró lo siguiente: “DECLARARON FUNDADA la demanda de Acción de Amparo interpuesta por XXXXXXXXXXXXXXXXX en contra de la Municipalidad Provincial de XXXXXXXXXX; en consecuencia INAPLICABLE a la actora la Resolución Municipal número 128-2003-MPA/E, en cuanto resuelve: artículo 1 Declarar la nulidad de oficio de la Resolución Municipal 378-E de fecha treintiuno de diciembre del dos mil dos, por los considerandos anteriormente expuestos, y artículo 2 declarar improcedente la solicitud de doña Aurora Mercedes Espinoza de Heredia sobre reincorporación al régimen de pensiones a cargo del Estado, regulado por Decreto Ley 20530, en consecuencia aplicable a la actora la Resolución Municipal 378-E (…)”5.- Copia certificada de mi boleta de pago, con lo que acredito mi vínculo laboral con la demandada.6.- La exhibición del ACUERDO MUNICIPAL 176-2007-MPA de 28 de diciembre de 2007 o su presentación al Juzgado en copia fedateada a fin de verificar las nulidades en las que se ha incurrido.7.- La exhibición del EXPEDIENTE JUDICIAL 2003-3340 XXXX Juzgado Civil de XXXX(Causa 2003-3589-00-2SC) en el cual obra la SENTENCIA DE VISTA 25-SMV (RESOLUCIÓN 07) de 16-02-2004 para lo cual solicitamos se oficie al Archivo Central del Poder Judicial

XI.- ANEXOS.1-A Copia del ACUERDO MUNICIPAL 176-2007-MPA de 28 de diciembre de 2007.1-B Copia Certificada de la Resolución Municipal 378-E de 31-12-2002.1-C Copia certificada de la Resolución Municipal 128-2003-MPA/E de 29-05-20031-D Copia de la SENTENCIA DE VISTA 25-SMV (RESOLUCIÓN 07) de 16-02-2004.1-E Copia certificada de mi boleta de pago1-F Copia de mi Documento Nacional de Identidad.

POR LO EXPUESTO:A UD.- pido admitir a trámite la presente demanda, tener por ofrecidos los medios de prueba y correr el traslado de ley.PRIMER OTROSI.- De conformidad con el artículo 16 de la Ley 27584, me reservo mi derecho de ampliar mi demanda.SEGUNDO OTROSI.- De conformidad con el artículo 22 de la Ley 27584 solicito que una vez admitida a trámite la demanda se ordene a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL XXXXXXXXXXXXXXXX remita el expediente administrativo relacionado con el presente proceso, bajo apercibimiento de denuncia penal.TERCER OTROSI.- Si bien el presente proceso se tramita en la vía civil por no existir juzgados contenciosos administrativos, el mismo se encuentra referido a materia laboral, por lo que de conformidad con el artículo 24 del TUO de la LOPJ me encuentro exonerado del pago de tasas judiciales.Asimismo, hacemos presente que conforme al artículo 9 de la ley 27584,

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su Despacho es competente por razón de la función y no por la materia, por lo que al tratarse la presente sobre materia de derecho laboral público, corresponde se me exonere del pago de tasas judiciales.CUARTO OTROSI.- Autorizo al Señor XXXXXXXX para que pueda revisar mi expediente las veces que sea necesario. Esta autorización que otorgo es a título de apoderado.

XXXXXXX, 05 de marzo de 2008.

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Demanda contencioso administrativa

Exp.:

Sec.:Escrito N°:Cuaderno principalSumilla: Demanda contencioso administrativa

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LIMA

AAA AAA, identificado con D.N.I. .........., con domicilio real en …….. y domicilio procesal en .........................; ante Ud. me presento y digo:

l. PETITORIO:

Que, interpongo DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA contra la Municipalidad de ....................., a efectos de que se declare la nulidad e ineficacia de la Resolución de Alcaldía N° ........................, emitida por la referida municipalidad, en tanto no he incurrido en la infracción administrativa contenida en el artículo .................. de la Ordenanza N° ............... Como consecuencia de la declaración de nulidad e ineficacia solicitada debe dejarse sin efecto la Multa Administrativa N° ............... de fecha .................

La demandada deberá ser notificada en su domicilio, sito en ....................

II. FUNDAMENTOS DE HECHO:

Aplicación de la multa administrativa

1. A comienzos del año .................................... y con motivo de la edificación de mi local comercial, aproveché para reparar los estacionamientos vehiculares ubicados en la parte frontal de mi inmueble, sito en ......................................, en lo que viene a ser la berma de dicha avenida, y que se encontraban en pésimo estado de conservación. En ese sentido, encargué a los operarios contratados a que retiren el cemento viejo y agrietado de dicha zona, que se encontraba absolutamente deteriorado y descuidado, y lo reemplacé por cemento nuevo pero sin alterar la estructura de los estacionamientos vehiculares ya existentes.

2. No obstante, con fecha ......................, la Policía Municipal realizó una inspección de rutina por los alrededores de mi local comercial, tras lo cual nos cursó la notificación N° ........., por intermedio del Sr...........................

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En dicha notificación se me imputó la comisión de una supuesta infracción administrativa consistente en "...encementar o modificar la berma lateral ubicada en ambos lados de los Jrs. ................., Avdas. ..............., para ser utilizados como áreas de estacionamiento vehicular... ".

3. En la misma notificación, y en armonía con lo previsto en el Reglamento de Multas y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de ................

(aprobado por Ordenanza N° ........ del......................), se me citó para presentar nuestros descargos el día .................... en el local de la Subdirección de Áreas Verdes. En dicha oportunidad, manifesté que en ningún momento se había alterado la berma lateral o encementado la misma con fines de estacionamiento, sino que con motivo de la edificación, se aprovechó para reparar el pésimo estado en que se encontraba la referida zona pública que constituye el frontis o entrada a mi inmueble, refaccionando tanto la parte de cemento como la parte de área verde, dejando constancia de que ambas ya existían en dicho lugar.

4. A pesar de ello, el día ...................... la Municipalidad de..........................

emite la Multa Administrativa N°................., por la cual se me obliga apagar la suma de S/. ............................ Nuevos Soles.

Reclamación administrativa

El día ...................... interpusimos recurso de reclamación administrativa, bajo los siguientes argumentos:

Que no se cometió infracción alguna, pues la labor de los operarios contratados se limitó a la refacción de una zona deteriorada y descuidada, pero sin alterar su estructura.

Que la multa administrativa N°........................... no cumple con los requisitos formales de ley. En efecto, como puede apreciarse la referida multa carece de fundamento legal, al no contener referencia alguna a la norma legal supuestamente violada. Con ello se trasgrede el artículo.......... del Reglamento de Multas y otras Sanciones Administrativas.

La ausencia de la formalidad señalada en este punto trae como consecuencia la nulidad de la Multa Administrativa N°.................

En consecuencia, puede observarse que existen contundentes razones formales y de fondo por las cuales nuestra reclamación debió ser declarada fundada y por tanto debió dejarse sin efecto la Multa Administrativa

N°.... ............ ......

Resolución directoral

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El día........................ la Dirección de Desarrollo Urbano de la Municipali-

dad de...................... emite la Resolución Directoral N° ...................., por la

que deniega el recurso de reclamación y ordena el pago de la multa impuesta. Asimismo, la referida Resolución Directoral impone un plazo de diez días hábiles para que cumpla con restituir a su "estado original" la berma lateral frente al predio de mi propiedad.

Recurso de apelación

Frente a dicha resolución interpuse el correspondiente recurso de apelación, reiterando los argumentos del escrito de reclamación en el sentido de que no se ha encementado dicha área para convertirla en estacionamientos vehiculares o para algún propósito específico, que es lo que prohibe la Ordenanza N°..............................

Resolución de a!caldía

El día- .............................., la Municipalidad de ....................... emite la Resolución de Alcaldía N° .............................. por la cual declara infundado mi recurso de apelación y ratifica todos los extremos de la Resolución Directoral N° .................. de la Dirección de Desarrollo Urbano.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Sustentamos nuestras pretensiones en los siguientes dispositivos legales:

- Artículo ............. de la Ordenanza N°...................

- Artículos .................................. del Reglamento de Multas y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de.............................. aprobado por Ordenanza N° ........................

- Artículo .......................... de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Ley N° 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo.

IV. MONTO DEL PETITORIO:

No hay un monto demandado.

IV. VíA PROCEDIMENTAL:

Conforme al arto 25 de la Ley N° 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo, la presente demanda debe tramitar se en la vía del proceso abreviado.

V. MEDIOS PROBATORIOS:

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El mérito del Expediente Administrativo N° ..............., cuya remisión deberá ser solicitada por el Juzgado, conforme al arto 22 de la Ley N° 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo.

Copia de la Resolución de Alcaldía N° ................, con la cual acredito el agotamiento de la vía administrativa.

POR TANTO:

A Ud. Señor Juez solicito admitir la presente demanda y en su momento declararla fundada, por ser acorde a ley.

Lima, ........ de ................. del.........

FIRMA DE ABOGADO

FIRMA DEL DEMANDANTE