modelo de carta notarial de un sindicato a una empresa
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MODELO DE CARTA NOTARIAL DE UN SINDICATO A UNA
EMPRESA
ÁREA: DERECHO DEL TRABAJO
LÍNEA: DERECHO SINDICAL
En la presente entrada se ofrece al lector el modelo de un escrito que
dirige un sindicato a su empleador por el despido intempestivo de
trabajadores (delegados de sección sindical) amparados por el fuero
sindical, recordemos que los sindicatos tienen también dentro de sus
funciones la posibilidad de intervenir en defensa de los derechos
individuales de sus agremiados, asimismo, en el interior del escrito
podrá encontrar la fundamentación jurídica del pedido, situación que
hace mucho más serio y técnico un escrito de un sindicato. (AUTOR:
JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Carta notarial de defensa de un sindicato del fuero sindical
CARTA NOTARIAL
Arequipa, 14 de julio de 2014.
SEÑORES
SKUDER DEL PERÚ S. A.
Dirección en Av. Quiñones C-09, Urb. Valencia, distrito de Cayma.
Presente
Asunto RESPOSICIÓN DE DELEGADOS SINDICALES
Referencia Presunta conclusión de obra y despidos de trabajadores afiliados al sindicato
De nuestra mayor consideración:
I.- De nuestra Legitimidad para obrar
Atento saludo a su persona, el SINDICATO DE (…), debidamente
representado por su Secretario General Sr. (…) y su Secretario de
Defensa Sr. (…), y estando a lo dispuesto en el Artículo 8, literal c) del
TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo que indica:
“Son fines y funciones de las organizaciones
sindicales: (…) c) Representar o defender a sus
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miembros en las controversias o reclamaciones de
carácter individual (…)”, procedemos a solicitarle lo
siguiente:
II.- Petitorio
Primero pedido
1.- Solicitamos la inmediata reposición de los delegados de sección
sindical que han sido indebidamente cesados en sus funciones ello por
afectar el fuero sindical e incurrir en actos de hostilidad que afectan
nuestros intereses como trabajadores sindicalizados, caso contrario
recurriremos a la Autoridad de Trabajo por la presunta comisión de
prácticas anti sindicales, responsabilidad civil y penal.
Segundo pedido
2.- Solicitamos la inmediata reposición de los afiliados de nuestro
sindicato que hayan sido cesados por la aparente culminación de obra
por afectar la Constitución Política del Estado e incurrir en prácticas
anti sindicales.
III.- Fundamentos de nuestro primero pedido
1.- Hemos solicitado la reposición de nuestros delegados sindicales
quienes indebidamente habrían sido despedidos alegando un aparente
término de obra.
2.- En efecto, por actos de la administración de trabajo se ha tenido
presente la comunicación de delegados de nuestras secciones
sindicales, situación que hace lícito el actuar de nuestros delegados en
los distintos niveles de empresa.
3.- El Artículo 31, literal b) del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas
de Trabajo establece que “Están amparados por el fuero sindical: (…) b)
Los miembros de la junta directiva de los sindicatos, federaciones y
confederaciones, así como los delegados de las secciones
sindicales.”
4.- Por su parte el Artículo 30, primer párrafo, del TUO de la Ley de
Relaciones Colectivas de Trabajo establece que “El fuero sindical
garantiza a determinados trabajadores no ser despedidos ni
trasladados a otros establecimientos de la misma empresa, sin justa
causa debidamente demostrada o sin su aceptación.”
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5.- Es del caso, que se indica que se produce el despido de nuestros
delegados por término de obra, sin embargo, es el caso que actualmente
se sigue contratando personal para la obra, situación que
evidentemente acredita la existencia de un fraude laboral.
6.- Dentro de este contexto, amparados por el fuero sindical y teniendo
en cuenta la existencia de un presunto fraude laboral, solicitamos se
proceda de manera inmediata a la contratación de nuestros delegados
afiliados.
IV.- Fundamentos de hecho y de derecho de nuestro segundo
pedido
1.- Por otro lado, se viene produciendo el despido de varios de nuestros
afiliados, situación que no sólo afecta a nuestros afiliados sino también
a sus familias.
2.- El Artículo 23, tercero párrafo, de la Constitución Política del Perú
establece que “Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los
derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del
trabajador.”
3.- De esta manera, crear un supuesto hecho de conclusión de una
obra para proceder al despido masivo de trabajadores constituye la
comisión del delito previsto en el Artículo 151 del Código Penal que
indica “El que, mediante amenaza o violencia, obliga a otro a
hacer lo que la ley no manda o le impide hacer lo que ella no
prohíbe será reprimido con pena privativa de libertad no mayor
de dos años.”
4.- En el presente caso, se pretende obligar a los trabajadores a hacer
algo que la ley no manda, situación que en su oportunidad
procederemos a denunciar ante el Ministerio Público (Fiscalía), sin
perjuicio de las acciones por responsabilidad civil y administrativa
laboral (SUNAFIL) que se cometan
De esta manera, le solicitamos se sirva acceder a nuestros pedidos
realizados en atención a nuestro derecho a la libertad sindical.
Sin otro particular quedamos de UD.
Atentamente
(Firmas de los dirigentes sindicales)