modelo de carta notarial de un sindicato a una empresa

3
1 MODELO DE CARTA NOTARIAL DE UN SINDICATO A UNA EMPRESA ÁREA: DERECHO DEL TRABAJO LÍNEA: DERECHO SINDICAL En la presente entrada se ofrece al lector el modelo de un escrito que dirige un sindicato a su empleador por el despido intempestivo de trabajadores (delegados de sección sindical) amparados por el fuero sindical, recordemos que los sindicatos tienen también dentro de sus funciones la posibilidad de intervenir en defensa de los derechos individuales de sus agremiados, asimismo, en el interior del escrito podrá encontrar la fundamentación jurídica del pedido, situación que hace mucho más serio y técnico un escrito de un sindicato. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI) Carta notarial de defensa de un sindicato del fuero sindical CARTA NOTARIAL Arequipa, 14 de julio de 2014. SEÑORES SKUDER DEL PERÚ S. A. Dirección en Av. Quiñones C-09, Urb. Valencia, distrito de Cayma. Presente Asunto RESPOSICIÓN DE DELEGADOS SINDICALES Referencia Presunta conclusión de obra y despidos de trabajadores afiliados al sindicato De nuestra mayor consideración: I.- De nuestra Legitimidad para obrar Atento saludo a su persona, el SINDICATO DE (…), debidamente representado por su Secretario General Sr. (…) y su Secretario de Defensa Sr. (…), y estando a lo dispuesto en el Artículo 8, literal c) del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo que indica: “Son fines y funciones de las organizaciones sindicales: (…) c) Representar o defender a sus

Upload: abogados-pacori-cari

Post on 21-Jul-2015

59 views

Category:

Education


2 download

TRANSCRIPT

1

MODELO DE CARTA NOTARIAL DE UN SINDICATO A UNA

EMPRESA

ÁREA: DERECHO DEL TRABAJO

LÍNEA: DERECHO SINDICAL

En la presente entrada se ofrece al lector el modelo de un escrito que

dirige un sindicato a su empleador por el despido intempestivo de

trabajadores (delegados de sección sindical) amparados por el fuero

sindical, recordemos que los sindicatos tienen también dentro de sus

funciones la posibilidad de intervenir en defensa de los derechos

individuales de sus agremiados, asimismo, en el interior del escrito

podrá encontrar la fundamentación jurídica del pedido, situación que

hace mucho más serio y técnico un escrito de un sindicato. (AUTOR:

JOSÉ MARÍA PACORI CARI)

Carta notarial de defensa de un sindicato del fuero sindical

CARTA NOTARIAL

Arequipa, 14 de julio de 2014.

SEÑORES

SKUDER DEL PERÚ S. A.

Dirección en Av. Quiñones C-09, Urb. Valencia, distrito de Cayma.

Presente

Asunto RESPOSICIÓN DE DELEGADOS SINDICALES

Referencia Presunta conclusión de obra y despidos de trabajadores afiliados al sindicato

De nuestra mayor consideración:

I.- De nuestra Legitimidad para obrar

Atento saludo a su persona, el SINDICATO DE (…), debidamente

representado por su Secretario General Sr. (…) y su Secretario de

Defensa Sr. (…), y estando a lo dispuesto en el Artículo 8, literal c) del

TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo que indica:

“Son fines y funciones de las organizaciones

sindicales: (…) c) Representar o defender a sus

2

miembros en las controversias o reclamaciones de

carácter individual (…)”, procedemos a solicitarle lo

siguiente:

II.- Petitorio

Primero pedido

1.- Solicitamos la inmediata reposición de los delegados de sección

sindical que han sido indebidamente cesados en sus funciones ello por

afectar el fuero sindical e incurrir en actos de hostilidad que afectan

nuestros intereses como trabajadores sindicalizados, caso contrario

recurriremos a la Autoridad de Trabajo por la presunta comisión de

prácticas anti sindicales, responsabilidad civil y penal.

Segundo pedido

2.- Solicitamos la inmediata reposición de los afiliados de nuestro

sindicato que hayan sido cesados por la aparente culminación de obra

por afectar la Constitución Política del Estado e incurrir en prácticas

anti sindicales.

III.- Fundamentos de nuestro primero pedido

1.- Hemos solicitado la reposición de nuestros delegados sindicales

quienes indebidamente habrían sido despedidos alegando un aparente

término de obra.

2.- En efecto, por actos de la administración de trabajo se ha tenido

presente la comunicación de delegados de nuestras secciones

sindicales, situación que hace lícito el actuar de nuestros delegados en

los distintos niveles de empresa.

3.- El Artículo 31, literal b) del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas

de Trabajo establece que “Están amparados por el fuero sindical: (…) b)

Los miembros de la junta directiva de los sindicatos, federaciones y

confederaciones, así como los delegados de las secciones

sindicales.”

4.- Por su parte el Artículo 30, primer párrafo, del TUO de la Ley de

Relaciones Colectivas de Trabajo establece que “El fuero sindical

garantiza a determinados trabajadores no ser despedidos ni

trasladados a otros establecimientos de la misma empresa, sin justa

causa debidamente demostrada o sin su aceptación.”

3

5.- Es del caso, que se indica que se produce el despido de nuestros

delegados por término de obra, sin embargo, es el caso que actualmente

se sigue contratando personal para la obra, situación que

evidentemente acredita la existencia de un fraude laboral.

6.- Dentro de este contexto, amparados por el fuero sindical y teniendo

en cuenta la existencia de un presunto fraude laboral, solicitamos se

proceda de manera inmediata a la contratación de nuestros delegados

afiliados.

IV.- Fundamentos de hecho y de derecho de nuestro segundo

pedido

1.- Por otro lado, se viene produciendo el despido de varios de nuestros

afiliados, situación que no sólo afecta a nuestros afiliados sino también

a sus familias.

2.- El Artículo 23, tercero párrafo, de la Constitución Política del Perú

establece que “Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los

derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del

trabajador.”

3.- De esta manera, crear un supuesto hecho de conclusión de una

obra para proceder al despido masivo de trabajadores constituye la

comisión del delito previsto en el Artículo 151 del Código Penal que

indica “El que, mediante amenaza o violencia, obliga a otro a

hacer lo que la ley no manda o le impide hacer lo que ella no

prohíbe será reprimido con pena privativa de libertad no mayor

de dos años.”

4.- En el presente caso, se pretende obligar a los trabajadores a hacer

algo que la ley no manda, situación que en su oportunidad

procederemos a denunciar ante el Ministerio Público (Fiscalía), sin

perjuicio de las acciones por responsabilidad civil y administrativa

laboral (SUNAFIL) que se cometan

De esta manera, le solicitamos se sirva acceder a nuestros pedidos

realizados en atención a nuestro derecho a la libertad sindical.

Sin otro particular quedamos de UD.

Atentamente

(Firmas de los dirigentes sindicales)