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Subdirección General de Técnica Tributaria Departamento de Gestión Tributaria MODELO 190 CLAVE DE PERCEPCIÓN “L” Rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen 23 de diciembre 2020

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Page 1: MODELO 190 CLAVE DE PERCEPCIÓN - Agencia Tributaria · 2021. 1. 4. · modelo 190 de la entidad pagadora, los importes satisfechos deberán consignarse con clave L, y subclave 27

Subdirección General de Técnica Tributaria

Departamento de Gestión Tributaria

MODELO 190

CLAVE DE PERCEPCIÓN “L”

Rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen

23 de diciembre 2020

Page 2: MODELO 190 CLAVE DE PERCEPCIÓN - Agencia Tributaria · 2021. 1. 4. · modelo 190 de la entidad pagadora, los importes satisfechos deberán consignarse con clave L, y subclave 27

Clave L – Rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen

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Se identificarán con esta CLAVE L:

• las dietas y asignaciones para gastos de viaje, en las cuantías exentas (límites artículo 9 RIRPF)

• las rentas exentas del IRPF que tengan la consideración de rendimientos del trabajo, conexcepción de las anualidades por alimentos percibidas de los padres en virtud de decisiónjudicial (art. 7.k) LIRPF)

• y aquellas otras que, teniendo la consideración de rendimientos de actividades económicas,estén exentas según el artículo 7 LIRPF.

Se consignará, obligatoriamente, la SUBCLAVE que en cada caso proceda de lasindicadas a continuación.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 01 - Dietas y asignaciones para gastos de viaje exceptuadas de gravamen (art. 9 del RIRPF).

• SOLO se reflejan los importes exentos, según los límites establecidos en el art. 9 RIRPF.• Los excesos se considerarán rendimiento del trabajo sujeto deberá consignarse con clave “A”.

Subclave 02 - Prestaciones públicas extraordinarias por actos de terrorismo y pensiones derivadas de medallasy condecoraciones concedidas por actos de terrorismo, y las derivadas de atentados terroristas exentas segúnel art. 7.a) LIRPF.

Subclave 03 . Ayudas percibidas por los afectados por el virus de la inmunodeficiencia humana, exentas segúnel art. 7.b) LIRPF.

Subclave 04 - Pensiones por lesiones o mutilaciones sufridas con ocasión o como consecuencia de la GuerraCivil 1936/1939, exentas según art.7.c) LIRPF.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 05 - Indemnizaciones por despido o cese del trabajador, exentas según art. 7.e) LIRPF y art. 1 RIRPF.

Los excesos sobre los límites establecidos en el Estatuto de los Trabajadores, normativa de desarrollo, oen su caso, sobre el límite global de 180.000 euros, se considerarán rendimiento del trabajo sujeto atributación deberá consignarse con clave “A”.

Subclave 06 - Prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, exentas según art. 7.f)LIRPF.

Subclave 07 - Pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas a que serefiere art. 7.g) LIRPF.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 08 - Prestaciones, pensiones y haberes pasivos, exentos según art. 7. h) LIRPF.

No se incluirán en esta subclave las prestaciones por maternidad o paternidad exentas según el art. 7.h)LIRPF se consignarán con la subclave 27.

Es decir, se consignaran en esta subclave:

• prestaciones familiares no contributivas reguladas en el TR. de la LGSS

• las pensiones y los haberes pasivos de orfandad y a favor de nietos y hermanos, menores de veintidós años o incapacitadospara todo trabajo, percibidos también de la S.S. y clases pasivas

• las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, maternidad o paternidad, hijos a cargo yorfandad.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 09 – Se consignarán:

• prestaciones económicas de instituciones públicas con motivo del acogimiento de:- personas con discapacidad- mayores de 65 años- menores de edad

• ayudas económicas otorgadas por instituciones públicas para financiar su estancia en residencias o centros de día apersonas con discapacidad o mayores de 65 años

Exentas, según art. 7.i) LIRPF.

Subclave 10 – Se consignarán:

• becas otorgadas con fines de investigación al personal de la Admón pública y al personal docente de las universidades• becas públicas y las concedidas por entidades sin fines lucrativos y fundaciones bancarias para cursar estudios

reglados en todos los grados y niveles del sistema educativo. Becas de personal investigador

Exentas, según art. 7.j) LIRPF.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 11 - Premios literarios, artísticos o científicos relevantes, así como los premios «Príncipe de Asturias», exentossegún art. 7.l) LIRPF y art. 3 RIRPF.

Subclave 12 - Ayudas económicas a los deportistas de alto nivel, exentas según artículo 7.m) LIRPF y art. 4 RIRPF.

• Importe máximo exento: Hasta 60.100 euros anuales;• El exceso estaría sujeto a tributación.

Subclave 13 - Prestaciones por desempleo abonadas en la modalidad de pago único, exentas según art. 7.n) LIRPF.

Subclave 14 - Gratificaciones extraordinarias satisfechas por el Estado español por la participación en misionesinternacionales de paz o humanitarias, exentas según art. 7.o) LIRPF y art. 5 RIRPF.

Subclave 15 - Rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero, exentos según art. 7.p) LIRPFy art. 6 RIRPF.

• Importe máximo exento: Hasta 60.100 euros anuales;• El exceso sujeto a tributación : clave “A”.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 16 - Prestaciones por entierro o sepelio, exentas según art. 7.r) LIRPF.

• Importe exento: el de los gastos incurridos• El exceso sujeto a tributación : clave “A”.

Subclave 17 - Ayudas a favor de las personas que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido tratamiento en el ámbito del sistema sanitario público, exentas según art. 7.s) LIRPF.

Subclave 18 - Prestaciones en forma de renta obtenidas por las personas con discapacidad correspondientes aaportaciones a sistemas de previsión social constituidos en favor de las mismas, exentas según art. 7.w) LIRPF.

• Importe máximo exento: 3 x IPREM (22.558,77€)• El exceso sujeto a tributación : clave “A”.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 19 - Prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio para cuidados en el entorno familiar y deasistencia personalizada que se derivan de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personasen situación de dependencia, exentas según art. 7.x) LIRPF.

Subclave 20 - Prestaciones y ayudas familiares públicas vinculadas al nacimiento, adopción, acogimiento o cuidadode hijos menores, exentas según art. 7.z) LIRPF.

Subclave 21 - Rendimientos del trabajo de la persona titular de un patrimonio protegido (D.A.18ª LIRPF) derivadosde las aportaciones a dichos patrimonios protegidos, exentos según art. 7 w) LIRPF.

• Importe máximo exento: 3 x IPREM (22.558,77€)• El exceso sujeto a tributación : clave “A”.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 22 – Se consignarán:

• Ayudas establecidas por CCAA o por EELL para atender a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones deemergencia social, necesidades habitacionales de personas sin recursos o necesidades de alimentación, escolarización y demásnecesidades básicas de menores o personas con discapacidad cuando ellos y las personas a su cargo, carezcan de medios

económicos suficientes, que estén exentas según art. 7.y) primer párrafo LIRPF.

IMPORTANTE NO se incluirán en esta subclave las prestaciones económicas establecidas por las CC.AA. enconcepto de renta mínima de inserción (que deberán consignarse en la subclave 28).

• Importe máximo exento conjunto: 1,5 x IPREM (11.279,39 €);• El exceso sujeto a tributación : clave “B”, subclave “03”. CV 1978-17

IMPORTANTE: A efectos del modelo 190, el límite (11,279,39 € en 2020) conjunto para la totalidad de prestaciones y ayudas del primerpárrafo del art. 7.y) operará para cada pagador. Por otro lado, como el límite del primer párrafo del art. 7.y) LIRPF es conjunto, se aplicaa cada contribuyente perceptor de este tipo de ayudas y prestaciones, con independencia del número de entidades de los que percibaestas rentas o ayudas exentas, cuando el importe acumulado exceda de 11.279,39€.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 23 – Se consignarán:

• ayudas concedidas a víctimas de delitos violentos a que se refiere la Ley 35/1995, de 11 de diciembre,de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual,

• ayudas previstas en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integralcontra la Violencia de Género,

• y demás ayudas públicas satisfechas a víctimas de violencia de género

exentas según art. 7.y) segundo párrafo LIRPF.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 24 - Rendimientos del trabajo en especie exentos, según art. 42,3 letras a) b), c), e), y f) LIRPF.

• Utilización de comedores de empresa, vales comida y otras fórmulas indirectas

• Utilización de los bienes de la empresa destinados a los servicios sociales culturales del personal empleado.NO Se incluyen aquí los servicios de guardería del primer ciclo de educación infantil.

Los rendimientos del trabajo exentos anteriores, únicamente se consignarán cuando para la prestación de los servicios seutilicen fórmulas indirectas.

• Primas para la cobertura de seguros de enfermedad del trabajador, cónyuge e hijos.• Servicios de transporte al centro de trabajo al empleado, directamente o mediante fórmulas indirectas.• Entrega a los trabajadores de acciones de la empresa o grupo con ciertas condiciones y límites.

IMPORTANTE: No se incluirán en esta subclave los rendimientos del trabajo en especie exentos que deban consignarseen la subclave 25.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 25 - Rendimientos del trabajo en especie exentos según art 42.3.b) LIRPF, exclusivamente referidos aaquellos destinados por las empresas a prestar el servicio de primer ciclo de educación infantil a los hijos de sustrabajadores.

Únicamente se cumplimentara esta subclave cuando para la prestación de los servicios se utilicenfórmulas indirectas (cheques guardería).

Subclave 26 - Rendimientos del trabajo en especie exentos según art. 42.3.d) LIRPF.

(servicios de educación no universitaria prestados por centros educativos autorizados a los hijos de sus empleados,por precio inferior al de mercado o de forma gratuita).

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 27 - Prestaciones por maternidad o paternidad exentas del IRPF según el art. 7.h) LIRPF.

• Cuantía exenta: Importe de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social.• Exceso: tributará como rendimiento de trabajo. Clave “A”.

El Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, modifica, con efectos desde el pasado 8 de marzo de 2019, el Real Decreto Legislativo 8/2015 por el que se aprueba el TRLGSS, refundiendo las hasta ese momento denominadas, "Prestación por Maternidad" y "Prestación por Paternidad" en la nueva "Prestación por nacimiento y cuidado de menor" sin distinción de sexo en cuanto al titular de la prestación.

A los efectos de la inclusión y reflejo del pago de dicha "Prestación por nacimiento y cuidado de menor" en el modelo 190 de la entidad pagadora, los importes satisfechos deberán consignarse con clave L, y subclave 27(Prestaciones públicas por maternidad o paternidad exentas del IRPF), dado que se trata simplemente de un cambio de denominación formal de las citadas prestaciones por maternidad/paternidad, que ahora pasan a denominarse "Prestación por nacimiento y cuidado de menor".

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 28 – Se consignarán:

• Prestaciones económicas establecidas por las CC.AA. en concepto de renta mínima de inserción, para garantizarrecursos económicos de subsistencia a las personas que carezcan de ellos y que estén exentas según el art. 7.y) primerpárrafo LIRPF.

IMPORTANTE NO se incluirán en esta subclave el resto de ayudas exentas establecidas en el primer párrafo de la letra y) del artículo 7 (que deban consignarse en la subclave 22).

• Importe máximo exento conjunto: 1,5 x IPREM (11.279,39 € en 2020);• El exceso sujeto a tributación : clave “B”, subclave “03”. CV 1978-17

IMPORTANTE: A efectos del modelo 190, el límite (11,279,39 € en 2020) conjunto para la totalidad de prestaciones y ayudas del primerpárrafo del art. 7.y) operará para cada pagador. Por otro lado, como el límite del primer párrafo del art. 7.y) LIRPF es conjunto, se aplica acada contribuyente perceptor de este tipo de ayudas y prestaciones, con independencia del número de entidades de los que perciba estasrentas o ayudas exentas, cuando el importe acumulado exceda de 11.279,39€.

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SUBCLAVES CORRESPONDIENTES A LA CLAVE L-RENTAS EXENTAS

Subclave 29 - Prestación económica de la Seguridad Social correspondiente al ingreso mínimo vital, exenta delIRPF según el art. 7.h) LIRPF.

• Importe máximo exento conjunto: 1,5 x IPREM (11.279,39 € en 2020);• El exceso sujeto a tributación : clave “B”, subclave “03”. CV 1978-17

IMPORTANTE NO se incluirán en esta subclave el resto de ayudas exentas establecidas en el primer párrafo de laletra y) del artículo 7 (que deban consignarse en las subclaves 22 o 28)

IMPORTANTE: A efectos del modelo 190, el límite (11,279,39€ en 2020) conjunto para la totalidad de prestaciones y ayudas delprimer párrafo del art. 7.y) operará para cada pagador. Por otro lado, como el límite del primer párrafo del art. 7.y) LIRPF esconjunto, se aplica a cada contribuyente perceptor de este tipo de ayudas y prestaciones, con independencia del número deentidades de los que perciba estas rentas o ayudas exentas, cuando el importe acumulado exceda de 11.279,39€.

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OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS

Subclave 30 - Otras rentas exentas.

CAJÓN DE SASTRE: Se incluirán en esta subclave las rentas exentas del IRPF que, debiendorelacionarse en el modelo 190, sean distintas de las específicamente señaladas en lassubclaves anteriores.

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OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS

1. EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO (ERTES)

NATURALEZA DE LA RENTA.

Estas prestaciones se califican como rendimiento de trabajo sujetas a gravamen. No están exentas del IRPF.

En consecuencia, si un contribuyente ha obtenido durante el ejercicio 2020 rendimientos de trabajo de dos pagadoresdistintos:

• Si el importe percibido del segundo y restantes pagadores no supera los 1.500 euros, no existirá obligación dedeclarar por IRPF si la suma total de rendimientos del trabajo no supera los 22.000 euros.

• Si el importe percibido del segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros, no existirá obligación de declararpor IRPF si la suma total de rendimientos del trabajo percibidos en el ejercicio no supera los 14.000 euros.

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OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS

CÓMO SE DECLARAN EN EL MODELO 190 LOS ERTES

Las prestaciones satisfechas por un ERTE se deben declarar en el modelo 190, con clave C (desempleo).

Se trata de medidas extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 en materia de protección pordesempleo.

Regularización de las cuantías percibidas: En el caso de que se produzca abonos de ERTES improcedentes, queposteriormente deban devolverse por el contribuyente, se deberá tener en cuenta:

• si la devolución se produce en 2020: en el modelo 190 - 2020 habrá que reflejar únicamente el neto queproceda.

• si la devolución se produce en 2021: las cantidades devueltas se consignarán en el modelo 190 - 2021, conejercicio de devengo 2020 y signo negativo.

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OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS

2. PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD PERCIBIDAS POR LOS AUTÓNOMOS.

NATURALEZA DE LA RENTA.

Según el artículo 17.1.b) de la Ley de IRPF, las prestaciones por desempleo se califican como rendimientos detrabajo.

Al igual que la prestación "ordinaria" por cese de actividad de los autónomos regulada en los artículos 327 y ss. LGSS, la prestaciónextraordinaria por cese de actividad es una prestación del sistema de protección de desempleo;

CÓMO SE DECLARAN EN EL MODELO 190 LOS ERTES

Las cantidades satisfechas por este concepto por la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social o el Instituto Socialde la Marina en el ámbito del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, deben declararseen el modelo 190, con clave C (prestaciones y subsidios de desempleo).

Aunque su origen esté en la actividad económica del autónomo, no se trata de un ingreso inherente a la misma y por tanto no puedecalificarse como un rendimiento de actividades económicas. Consecuentemente, esta prestación no debe incluirse como un ingresomás del trimestre en el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF.

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