mocion consultas ciudadana 12012014

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[email protected] www.partidoandalucista.org Grupo Municipal Andalucista Andújar AL SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO de ANDÚJAR D. Encarna Camacho Muñoz, Concejal y Portavoz del Grupo Municipal Andalucista, cuyos antecedentes obran acreditados en la Secretaría de este Ayuntamiento, en base a lo dispuesto en el artículo 97 del Real Decreto 2568/1986 por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, propone para la inclusión en el Orden del Día del próximo Pleno Ordinario la siguiente PROPOSICIÓN MOCIÓN SOBRE CONSULTAS CIUDADANAS MUNICIPALES. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Estatuto de Autonomía de la Junta de Andalucía establece (artículo 30.c) que los andaluces y andaluzas tienen el derecho “a promover la convocatoria de consultas populares por la Junta de Andalucía o por los Ayuntamientos, en los términos que establezcan las leyes”. El reconocimiento de participación activa en la vida pública andaluza a través de consultas populares se trata también en el artículo 78 en el que se dice que corresponde “a la Junta de Andalucía la competencia exclusiva para el establecimiento del régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento, la realización y la convocatoria por ella misma o por los entes locales en el ámbito de sus competencias de encuestas, audiencias públicas, foros de participación y cualquier otro instrumento de consulta popular, con la excepción del referéndum”. De igual modo el artículo 117.4 que el presidente de la Junta “podrá proponer por iniciativa propia o a solicitud de los ciudadanos, la celebración de consultas populares en el ámbito de la Comunidad Autónoma, sobre cuestiones de interés general en materias autonómicas o locales. Siete años después de la entrada en vigor del Estatuto, no se ha llevado a cabo ninguna consulta ciudadana en Andalucía, ni en Andújar. Nada en el horizonte cercano indica que vaya a realizarse una próximamente. La inclusión de las Consultas Ciudadanas en el Estatuto de Andalucía es, de momento, un brindis al sol, un gesto legislativo de cara a la galería. Los C/ Los Civiles nº 17 23740 Andújar

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Page 1: Mocion consultas ciudadana 12012014

[email protected] www.partidoandalucista.org

Grupo Municipal Andalucista Andújar

AL SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO de ANDÚJAR

D. Encarna Camacho Muñoz, Concejal y Portavoz del Grupo Municipal Andalucista, cuyos antecedentes obran acreditados en la Secretaría de este Ayuntamiento, en base a lo dispuesto en el artículo 97 del Real Decreto 2568/1986 por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, propone para la inclusión en el Orden del Día del próximo Pleno Ordinario la siguiente PROPOSICIÓN

MOCIÓN SOBRE CONSULTAS CIUDADANAS MUNICIPALES.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Estatuto de Autonomía de la Junta de Andalucía establece (artículo 30.c) que los andaluces y andaluzas tienen el derecho “a promover la convocatoria de consultas populares por la Junta de Andalucía o por los Ayuntamientos, en los términos que establezcan las leyes”.El reconocimiento de participación activa en la vida pública andaluza a través de consultas populares se trata también en el artículo 78 en el que se dice que corresponde “a la Junta de Andalucía la competencia exclusiva para el establecimiento del régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento, la realización y la convocatoria por ella misma o por los entes locales en el ámbito de sus competencias de encuestas, audiencias públicas, foros de participación y cualquier otro instrumento de consulta popular, con la excepción del referéndum”. De igual modo el artículo 117.4 que el presidente de la Junta “podrá proponer por iniciativa propia o a solicitud de los ciudadanos, la celebración de consultas populares en el ámbito de la Comunidad Autónoma, sobre cuestiones de interés general en materias autonómicas o locales.

Siete años después de la entrada en vigor del Estatuto, no se ha llevado a cabo ninguna consulta ciudadana en Andalucía, ni en Andújar. Nada en el horizonte cercano indica que vaya a realizarse una próximamente. La inclusión de las Consultas Ciudadanas en el Estatuto de Andalucía es, de momento, un brindis al sol, un gesto legislativo de cara a la galería. Los actuales gobernantes de la comunidad no contemplan activar esta herramienta, la más fiable y democrática para constatar si una medida de gobierno cuenta con el apoyo o rechazo de los ciudadanos.

Para el Partido Andalucista la democracia no puede consistir en acudir a votar cada cuatro años. La democracia es el sistema que convierte a la persona en ciudadano, como tal, dotado de obligaciones y derechos, entre ellos el de decidir sobre su futuro e implicarse en las decisiones que afecten al gobierno común. Para el Partido Andalucista la democracia no es pasiva, es un ejercicio activo y continuo.

Por todo ello, el Partido Andalucista ha considerado presentar esta moción que supone asumir y valorar la participación ciudadana en la toma de decisiones extraordinarias de la gestión municipal.

C/ Los Civiles nº 1723740 Andújar

Page 2: Mocion consultas ciudadana 12012014

[email protected] www.partidoandalucista.org

Grupo Municipal Andalucista Andújar

PROPUESTA DE ACUERDO

PUNTO ÚNICO .-Instar a la Junta de Andalucía para que defina el marco funcional y legal de lo relacionado con la celebración de Consultas Ciudadanas en Andújar, con el único objetivo de ser instrumento complementario en la toma de las decisiones municipales extraordinarias.

En Andújar, a 12 enero de 2015.

Fdo: Encarna Camacho Muñoz

Portavoz del Grupo Municipal Andalucista.

Excmo. Ayuntamiento de Andújar.

C/ Los Civiles nº 1723740 Andújar