documentmo
DESCRIPTION
bTRANSCRIPT
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
CENTRO ULADECH-CAÑETE
ASIGNATURA
RESPONSABILIDAD SOCIAL IV
EL FEMINICIDIO EN EL PERÚ
AUTORES:
ANGULO PACHECHO ANA MARCELA
AQUIJE ORTEGA ANGELA MARIA
QUISPE ALFONSO JUAN CARLOS
PUMA PAIMA JONTHAN MIGUEL
SARMIENTO GUTIERREZ MILAGROS ELIZABETH
CAÑETE- 2015
DECLARACIÓN DE FINANCIAMIENTO Y DE CONFLICTO DE INTERESES
El Proyecto de extensión universitaria con respecto a los
gastos que hemos tenido para poder llevar a cabo nuestro
proyecto del curso de proyección social, es autofinanciado
por los alumnos ya que no existe conflicto de interés.
EL FEMINICIDIO EN EL PERÚ
RESUMEN
Es la mayor atrocidad cometida contra los derechos humanos, las mujeres
se enfrentan a la discriminación y la violencia del Estado, la comunidad y la
familia. La equidad, la igualdad y la democracia; es la expresión de las
desigualdades históricas en las relaciones de poder entre mujeres y hombres,
donde se manifiesta la supremacía de lo masculino sobre lo femenino. Además
se caracteriza por presentar un antecedente de violencia entre la pareja; así
mismo, muchas de ellas acuden en busca de apoyo a diferentes instituciones
del estado, pero no son atendidas a tiempo. Estos actos violentos que van
desde el maltrato emocional, psicológico, los golpes, los insultos tolerada por el
Estado han sido de inicio de estas muertes y podemos diferenciar 2 tipos:
femicidio y el otro feminicidio, que no vienen a ser lo mismo por su misma
consecuencia jurídica y los actos que acarrean aquellos, y en este trabajo de
investigación universitaria veremos el por qué y cómo se produce este delito
contra la mujer.
INTRODUCCION
En la presente monografía expondremos sobre el feminicidio que es el delito de
homicidio contra mujeres y sucede cuando el hombre se sobrevalora y piensa
que es más que la mujer, permiten atentados contra la integridad, la salud, las
libertades y la vida de las mujeres.
En el feminicidio concurren en tiempo y espacio, daños contra mujeres
realizados por conocidos, que en este caso vienen a ser sus propios cónyuges
y que también pueden ser por desconocidos, por violentos, violadores y
asesinos individuales y grupales, ocasionales o profesionales, que conducen a
la muerte cruel de algunas de las víctimas.
No todos los crímenes son concertados o realizados por asesinos seriales: los
hay seriales e individuales, como ya lo menciones algunos son cometidos por
conocidos: parejas, parientes, novios, esposos, acompañantes, familiares,
visitas, colegas y compañeros de trabajo y es en esta mamografía como el
cónyuge o la pareja se ve involucrado este este tema de feminicidio en el Perú
y su legislación.
ANTECEDENTES DEL PROBLEMA
Hoy en día vemos demasiada violencia en la familia y eso conlleva a las
innumerables muertes de las mujeres por parte de sus parejas, y estas causas
son mayormente por celos, o algún acto que la mujer hace que su marido se
enojes, no es fácil manejar este tema, debemos de hacer una investigación
profundo del porqué de este delito y verificar, proponer hipótesis de cómo
podemos ayudar y mejorar este tema que a todos tanto niño y principalmente
mujeres afecta a la comunidad y sobre todo a la familia
CUESTIONES ACTUALES Y LAS CONTROVERSIAS CON
RELACION AL FEMINICIDIO
De acuerdo a lo establecido al código penal de nuestra legislación peruano
tipificado en el Artículo 108 A que trata de feminicidio tiene mucha relación con
la familia y con esto quiero legar a decir sobre el parricidio que en algún
momento de este trabajo hablaremos efímeramente.
PROBLEMÁTICA Y PLANTEAMIENTO DE LOS OBJETIVOS
¿Cuál es la causa que hace acontecer este delito de
feminicidio contra la mujer?
Objetivos específicos
Llegar a poner un alto a este tema tan delicado que es
la muerte de la mujer.
Tratar de llegar a la población más joven por medio de
capacitación.
JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION
Realizamos este trabajo de monográfico para que aquellas
personas que no sepan de sus derechos pueden ver que acarrea
este delito, además muy aparate de que el lector pueda saber que
es el feminicidio, ya que es un tema que a todos nos concierne por
el hecho de ser hijo o varón, ya que todos conformamos una familia
y con ello una sociedad conyugal.
CONTENIDO
1.1 DEFINICIÓN:
De acuerdo a la definición establecida por la ONU el femicidio es: “El
asesinato de mujeres como resultado extremo de la violencia de género que
ocurre tanto en el ámbito privado como en el espacio público”.
La declaración agrega que éste “comprende aquellas muertes de mujeres a
manos de sus parejas, ex parejas o familiares, asesinadas por acosadores,
agresores sexuales y/o violadores, así como aquellas que trataron de evitar la
muerte de otra mujer y quedaron atrapadas en la acción del femicida”.
El feminicidio es el genocidio contra mujeres y sucede cuando las
condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados
contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de las mujeres. En el
feminicidio concurren en tiempo y espacio, daños contra mujeres realizados por
conocidos y desconocidos, por violentos, violadores y asesinos individuales y
grupales, ocasionales o profesionales, que conducen a la muerte cruel de
algunas de las víctimas. No todos los crímenes son concertados o realizados
por asesinos seriales: los hay seriales e individuales, algunos son cometidos
por conocidos: parejas, parientes, novios, esposos, acompañantes, familiares,
visitas, colegas y compañeros de trabajo; también son perpetrados por
desconocidos y anónimos, y por grupos mafiosos de delincuentes ligados a
modos de vida violentos y criminales. Sin embargo, todos tienen en común que
las mujeres son usables, prescindibles, maltratables y desechables. Y, desde
luego, todos coinciden en su infinita crueldad y son, de hecho, crímenes de
odio contra las mujeres.
1.2 CAUSAS
Celos 33.3%
Violación sexual previa al homicidio 14.6%
Resistirse a continuar o a regresar
Con la pareja o ex pareja 8.2%
Supuesta infidelidad de la víctima 6.3%
Negarse a tener relaciones sexuales con el presunto victimario 4.2%
1.3 TIPOS
1.3.1 EL FEMINICIDIO ÍNTIMO:
Se presenta en aquellos casos en los que la víctima tenía (o había
tenido) una relación de pareja con el homicida, que no se limita a las relaciones
en las que existía un vínculo matrimonial sino que se extiende a los
convivientes, novios, enamorados y parejas sentimentales. En el feminicidio
íntimo también se incluyen los casos de muerte de mujeres a manos de un
miembro de la familia, como el padre, el padrastro, el hermano o el primo.
1.3.2 EL FEMINICIDIO NO ÍNTIMO:
Ocurre cuando el homicida no tenía una relación de pareja o familiar con la
víctima. En esta categoría se incluye la muerte perpetrada por clientes
(tratándose de las trabajadoras sexuales), por amigos o vecinos, por
desconocidos cuando se ataca sexualmente a la víctima antes de matarla así
como la muerte de mujeres ocurrida en el contexto de la trata de personas.
1.4 CONSECUENCIAS DEL FEMINICIDIO:
Muerte de mujeres en edad productiva, traumas en las familias, cientos de
niños y niñas huérfanos, quedando afectados de por vida en sus emociones,
afectividad y en su forma de pensar, cultura de violencia aprendida, depresión,
estrés post-traumático, pobre expectativa de vida en pareja y familia como
proyecto social.
2 FEMINICIDIO EN EL PERU
2.1 ANTECEDENTES DEL FEMINICIDIO EN EL PERÚ
Los primeros dos países en contemplar el delito de femicidio fueron Suecia
en1998 y España en 2004. También incorporaron en su legislación Costa Rica,
México, Guatemala, Colombia, Chile y otros. Mientras que otros han
elaborados proyectos en ese sentido. En el Perú hasta antes de promulgación
de la Ley 29819 – Ley que modifica el artículo 107 del Código Penal, incorpora
el feminicidio, se ha creado el Portal de Feminicidio, a cargo del Ministerio
Publico, máximo avance en el tema, que sin duda permite establecer la data de
las muertes violentas de mujeres en nuestro país.
2.2 TIPIFICACIÓN DEL FEMINICIDIO
La tipificación del feminicidio como delito autónomo, generó un debate con
opiniones a favor y en contra. Desde la lectura de las principales
organizaciones de mujeres, se consideró que la incorporación de este crimen
en la normativa penal, tiene y tuvo varias ventajas. En primer lugar, permitió
posicionar el tema en su especificidad y poner en evidencia factores y
contextos que tradicionalmente no se toman en cuenta cuando se investigan y
juzgan los homicidios. De otro lado, abrió la oportunidad de colocar a la mujer
como sujeta de protección y a la sanción de la violencia de género como un
propósito en sí. En tercer lugar, brindó herramientas para la incidencia con
autoridades, y permite actualmente movilizar acciones para exigir la debida
diligencia. Aunque durante el 2009 y 2010, se presentaron proyectos
legislativos, es durante el 2011, que la agenda pendiente de modificación del
Código Penal, abrió la posibilidad de colocar en la escena política el debate
para la tipificación de este crimen. No obstante; las resistencias para crear
normativas que coloquen a las mujeres como sujetas de derecho,
permanecieron, así como las tendencias a proteger los entornos familiares por
encima del derecho individual de las mujeres a vivir sin violencia. En ese
sentido, no sorprendieron las argumentaciones de legisladores y autoridades
que se opusieron a la tipificación, las mismas que señalaron que:
La tipificación de este delito es un acto de discriminación.
No se pueden hacer distinciones entre varones y mujeres al momento de
aplicar la ley.
Los hombres sufren más asesinatos que las mujeres.
Ya existe una figura penal para sancionar el homicidio.
Ante esta situación, las organizaciones de mujeres continuaron
afianzando el debate por la tipificación del feminicidio, y es el Ministerio de la
Mujer quien presenta un proyecto de Ley, el cual propuso modificar el artículo
107 del Código Penal, sobre parricidio. Esta propuesta fue aprobada el 01 de
diciembre del 2011, por el Congreso de la República con 90 votos a favor, 2 en
contra y 14 abstenciones, y finalmente, promulgada el 27 de diciembre del
mismo año.
Artículo Único. Modificación del artículo 107 del Código Penal: Modificase
el artículo 107 del Código Penal, en los términos siguientes: “Artículo 107.
Parricidio/Feminicidio:
El que, a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o
adoptivo, o a quién es o ha sido su cónyuge, su conviviente, o con quién esté
sosteniendo o haya sostenido una relación análoga será reprimido con pena
privativa de libertad no menor de quince años.
La pena privativa de libertad será no menor de veinticinco años, cuando
concurran cualquiera de las circunstancias agravantes previstas en los
numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 108.
Si la víctima del delito descrito es o ha sido la cónyuge o la conviviente del
autor, o estuvo ligada a él por una relación análoga el delito tendrá el nombre
de feminicidio.”
2.3 NUEVA LEY DE FEMINICIDIO
21 de junio de 2013.- Con 80 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención, se
aprobó en el Pleno del Congreso de la República, la ley de feminicidio
(propuesta por el Poder Ejecutivo a iniciativa del MIMP, a través de la Dirección
General contra la Violencia de Género y el Programa Nacional contra la
Violencia Familiar y Sexual), la cual plantea incorporar el artículo 108-A al
Código Penal, para castigar dicho delito con penas de hasta cadena perpetua.
La diferencia con la anterior ley en que sólo se sancionaba el feminicidio si
la víctima había sido la cónyuge, conviviente o si estuvo ligada al autor por una
relación análoga.
Con esta modificación se podría sancionar hasta con cadena perpetua al
autor del delito, si es que además concurrieran dos o más agravantes.
Entre las agravantes se consideran la minoría de edad, el estado de
gestación o cuando la víctima se encontrase bajo el cuidado o responsabilidad
del feminicida; o si fue sometida previamente a violación sexual, a un acto de
mutilación, o padecía de cualquier tipo de discapacidad o se encontraba en
situación de vulnerabilidad.
Asimismo, se acordó en el Pleno del Congreso que la reincidencia sea
considerada agravante, en cuyo caso el juez aumentaría la pena en no menos
de dos tercios por encima del máximo legal fijado para el tipo penal hasta la
cadena perpetua.
CONCLUSION
Lo que el grupo puede aportar sobre el tema es que nadie está libre de este
delito todos pueden ser víctimas del feminicidio y de la violencia familiar, pero si
como personas y como mujeres de nuestra localidad deberían de saber sus
derechos, que hacer como defenderse y no quedarse callada, afrontar el
problema no tener miedo de nada ni del abuso de un varón. Esto nos muestra
como la situación de violencia contra la mujer está incrementándose cada día,
en un año se han registrado 297 casos de violencia extrema contra la mujer de
los cuales más del 56% han culminado con la muerte de la agredida. Estos
datos son solo los registrados por los diarios, sin embargo se presume que
existen muchos casos que no son denunciados o simplemente no son
descubiertos. Lo más alarmante de esta situación es encontrar en los datos
que los principales agresores forman parte del mundo social más cercano de la
víctima; es decir con quienes convive cotidianamente e incluso forman parte de
su entorno afectivo. Esta situación es alarmante pues nos muestra que los
espacios físicos y sociales considerados como garantes de seguridad no lo son
en realidad. Las razones manifestadas por los agresores nos muestran un claro
contexto de oposición a la autodeterminación femenina, y esto debe de
cambiar.
BIBLIOGRAFIAS
1. AGUILAR MALPARTIDA, Pilar La emoción violenta como atenuante de los
asesinatos de las mujeres a manos de sus parejas. En: www.isis.cl
2. AMNISTIA INTERNACIONAL “Guatemala. Ni protección ni justicia:
Homicidios de mujeres en Guatemala” 2005.
3. LAGARDE Y DE LOS RIOS, Marcela Por la Vida y la Libertad de las
Mujeres. Fin al Feminicidio. México 2004.
4. OEA Carta de la Organización de Estados Americanos
5. BAILONE, Matías Sobre Homicidios atenuados. En :
www.carlospalma.com.ar
6. Banco de Datos de ISIS Internacional. www.isis.cl