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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO CENTRO ULADECH-CAÑETE ASIGNATURA RESPONSABILIDAD SOCIAL IV EL FEMINICIDIO EN EL PERÚ AUTORES: ANGULO PACHECHO ANA MARCELA AQUIJE ORTEGA ANGELA MARIA QUISPE ALFONSO JUAN CARLOS PUMA PAIMA JONTHAN MIGUEL SARMIENTO GUTIERREZ MILAGROS ELIZABETH CAÑETE- 2015

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

CENTRO ULADECH-CAÑETE

ASIGNATURA

RESPONSABILIDAD SOCIAL IV

EL FEMINICIDIO EN EL PERÚ

AUTORES:

ANGULO PACHECHO ANA MARCELA

AQUIJE ORTEGA ANGELA MARIA

QUISPE ALFONSO JUAN CARLOS

PUMA PAIMA JONTHAN MIGUEL

SARMIENTO GUTIERREZ MILAGROS ELIZABETH

CAÑETE- 2015

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DECLARACIÓN DE FINANCIAMIENTO Y DE CONFLICTO DE INTERESES

El Proyecto de extensión universitaria con respecto a los

gastos que hemos tenido para poder llevar a cabo nuestro

proyecto del curso de proyección social, es autofinanciado

por los alumnos ya que no existe conflicto de interés.

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EL FEMINICIDIO EN EL PERÚ

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RESUMEN

Es la mayor atrocidad cometida contra los derechos humanos, las mujeres

se enfrentan a la discriminación y la violencia del Estado, la comunidad y la

familia. La equidad, la igualdad y la democracia; es la expresión de las

desigualdades históricas en las relaciones de poder entre mujeres y hombres,

donde se manifiesta la supremacía de lo masculino sobre lo femenino. Además

se caracteriza por presentar un antecedente de violencia entre la pareja; así

mismo, muchas de ellas acuden en busca de apoyo a diferentes instituciones

del estado, pero no son atendidas a tiempo. Estos actos violentos que van

desde el maltrato emocional, psicológico, los golpes, los insultos tolerada por el

Estado han sido de inicio de estas muertes y podemos diferenciar 2 tipos:

femicidio y el otro feminicidio, que no vienen a ser lo mismo por su misma

consecuencia jurídica y los actos que acarrean aquellos, y en este trabajo de

investigación universitaria veremos el por qué y cómo se produce este delito

contra la mujer.

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INTRODUCCION

En la presente monografía expondremos sobre el feminicidio que es el delito de

homicidio contra mujeres y sucede cuando el hombre se sobrevalora y piensa

que es más que la mujer, permiten atentados contra la integridad, la salud, las

libertades y la vida de las mujeres.

En el feminicidio concurren en tiempo y espacio, daños contra mujeres

realizados por conocidos, que en este caso vienen a ser sus propios cónyuges

y que también pueden ser por desconocidos, por violentos, violadores y

asesinos individuales y grupales, ocasionales o profesionales, que conducen a

la muerte cruel de algunas de las víctimas.

No todos los crímenes son concertados o realizados por asesinos seriales: los

hay seriales e individuales, como ya lo menciones algunos son cometidos por

conocidos: parejas, parientes, novios, esposos, acompañantes, familiares,

visitas, colegas y compañeros de trabajo y es en esta mamografía como el

cónyuge o la pareja se ve involucrado este este tema de feminicidio en el Perú

y su legislación.

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ANTECEDENTES DEL PROBLEMA

Hoy en día vemos demasiada violencia en la familia y eso conlleva a las

innumerables muertes de las mujeres por parte de sus parejas, y estas causas

son mayormente por celos, o algún acto que la mujer hace que su marido se

enojes, no es fácil manejar este tema, debemos de hacer una investigación

profundo del porqué de este delito y verificar, proponer hipótesis de cómo

podemos ayudar y mejorar este tema que a todos tanto niño y principalmente

mujeres afecta a la comunidad y sobre todo a la familia

CUESTIONES ACTUALES Y LAS CONTROVERSIAS CON

RELACION AL FEMINICIDIO

De acuerdo a lo establecido al código penal de nuestra legislación peruano

tipificado en el Artículo 108 A que trata de feminicidio tiene mucha relación con

la familia y con esto quiero legar a decir sobre el parricidio que en algún

momento de este trabajo hablaremos efímeramente.

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PROBLEMÁTICA Y PLANTEAMIENTO DE LOS OBJETIVOS

¿Cuál es la causa que hace acontecer este delito de

feminicidio contra la mujer?

Objetivos específicos

Llegar a poner un alto a este tema tan delicado que es

la muerte de la mujer.

Tratar de llegar a la población más joven por medio de

capacitación.

JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION

Realizamos este trabajo de monográfico para que aquellas

personas que no sepan de sus derechos pueden ver que acarrea

este delito, además muy aparate de que el lector pueda saber que

es el feminicidio, ya que es un tema que a todos nos concierne por

el hecho de ser hijo o varón, ya que todos conformamos una familia

y con ello una sociedad conyugal.

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CONTENIDO

1.1 DEFINICIÓN:

De acuerdo a la definición establecida por la ONU el femicidio es: “El

asesinato de mujeres como resultado extremo de la violencia de género que

ocurre tanto en el ámbito privado como en el espacio público”.

La declaración agrega que éste “comprende aquellas muertes de mujeres a

manos de sus parejas, ex parejas o familiares, asesinadas por acosadores,

agresores sexuales y/o violadores, así como aquellas que trataron de evitar la

muerte de otra mujer y quedaron atrapadas en la acción del femicida”.

El feminicidio es el genocidio contra mujeres y sucede cuando las

condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados

contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de las mujeres. En el

feminicidio concurren en tiempo y espacio, daños contra mujeres realizados por

conocidos y desconocidos, por violentos, violadores y asesinos individuales y

grupales, ocasionales o profesionales, que conducen a la muerte cruel de

algunas de las víctimas. No todos los crímenes son concertados o realizados

por asesinos seriales: los hay seriales e individuales, algunos son cometidos

por conocidos: parejas, parientes, novios, esposos, acompañantes, familiares,

visitas, colegas y compañeros de trabajo; también son perpetrados por

desconocidos y anónimos, y por grupos mafiosos de delincuentes ligados a

modos de vida violentos y criminales. Sin embargo, todos tienen en común que

las mujeres son usables, prescindibles, maltratables y desechables. Y, desde

luego, todos coinciden en su infinita crueldad y son, de hecho, crímenes de

odio contra las mujeres.

1.2 CAUSAS

Celos 33.3%

Violación sexual previa al homicidio 14.6%

Resistirse a continuar o a regresar

Con la pareja o ex pareja 8.2%

Supuesta infidelidad de la víctima 6.3%

Negarse a tener relaciones sexuales con el presunto victimario 4.2%

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1.3 TIPOS

1.3.1 EL FEMINICIDIO ÍNTIMO:

Se presenta en aquellos casos en los que la víctima tenía (o había

tenido) una relación de pareja con el homicida, que no se limita a las relaciones

en las que existía un vínculo matrimonial sino que se extiende a los

convivientes, novios, enamorados y parejas sentimentales. En el feminicidio

íntimo también se incluyen los casos de muerte de mujeres a manos de un

miembro de la familia, como el padre, el padrastro, el hermano o el primo.

1.3.2 EL FEMINICIDIO NO ÍNTIMO:

Ocurre cuando el homicida no tenía una relación de pareja o familiar con la

víctima. En esta categoría se incluye la muerte perpetrada por clientes

(tratándose de las trabajadoras sexuales), por amigos o vecinos, por

desconocidos cuando se ataca sexualmente a la víctima antes de matarla así

como la muerte de mujeres ocurrida en el contexto de la trata de personas.

1.4 CONSECUENCIAS DEL FEMINICIDIO:

Muerte de mujeres en edad productiva, traumas en las familias, cientos de

niños y niñas huérfanos, quedando afectados de por vida en sus emociones,

afectividad y en su forma de pensar, cultura de violencia aprendida, depresión,

estrés post-traumático, pobre expectativa de vida en pareja y familia como

proyecto social.

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2 FEMINICIDIO EN EL PERU

2.1 ANTECEDENTES DEL FEMINICIDIO EN EL PERÚ

Los primeros dos países en contemplar el delito de femicidio fueron Suecia

en1998 y España en 2004. También incorporaron en su legislación Costa Rica,

México, Guatemala, Colombia, Chile y otros. Mientras que otros han

elaborados proyectos en ese sentido. En el Perú hasta antes de promulgación

de la Ley 29819 – Ley que modifica el artículo 107 del Código Penal, incorpora

el feminicidio, se ha creado el Portal de Feminicidio, a cargo del Ministerio

Publico, máximo avance en el tema, que sin duda permite establecer la data de

las muertes violentas de mujeres en nuestro país.

2.2 TIPIFICACIÓN DEL FEMINICIDIO

La tipificación del feminicidio como delito autónomo, generó un debate con

opiniones a favor y en contra. Desde la lectura de las principales

organizaciones de mujeres, se consideró que la incorporación de este crimen

en la normativa penal, tiene y tuvo varias ventajas. En primer lugar, permitió

posicionar el tema en su especificidad y poner en evidencia factores y

contextos que tradicionalmente no se toman en cuenta cuando se investigan y

juzgan los homicidios. De otro lado, abrió la oportunidad de colocar a la mujer

como sujeta de protección y a la sanción de la violencia de género como un

propósito en sí. En tercer lugar, brindó herramientas para la incidencia con

autoridades, y permite actualmente movilizar acciones para exigir la debida

diligencia. Aunque durante el 2009 y 2010, se presentaron proyectos

legislativos, es durante el 2011, que la agenda pendiente de modificación del

Código Penal, abrió la posibilidad de colocar en la escena política el debate

para la tipificación de este crimen. No obstante; las resistencias para crear

normativas que coloquen a las mujeres como sujetas de derecho,

permanecieron, así como las tendencias a proteger los entornos familiares por

encima del derecho individual de las mujeres a vivir sin violencia. En ese

sentido, no sorprendieron las argumentaciones de legisladores y autoridades

que se opusieron a la tipificación, las mismas que señalaron que:

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La tipificación de este delito es un acto de discriminación.

No se pueden hacer distinciones entre varones y mujeres al momento de

aplicar la ley.

Los hombres sufren más asesinatos que las mujeres.

Ya existe una figura penal para sancionar el homicidio.

Ante esta situación, las organizaciones de mujeres continuaron

afianzando el debate por la tipificación del feminicidio, y es el Ministerio de la

Mujer quien presenta un proyecto de Ley, el cual propuso modificar el artículo

107 del Código Penal, sobre parricidio. Esta propuesta fue aprobada el 01 de

diciembre del 2011, por el Congreso de la República con 90 votos a favor, 2 en

contra y 14 abstenciones, y finalmente, promulgada el 27 de diciembre del

mismo año.

Artículo Único. Modificación del artículo 107 del Código Penal: Modificase

el artículo 107 del Código Penal, en los términos siguientes: “Artículo 107.

Parricidio/Feminicidio:

El que, a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o

adoptivo, o a quién es o ha sido su cónyuge, su conviviente, o con quién esté

sosteniendo o haya sostenido una relación análoga será reprimido con pena

privativa de libertad no menor de quince años.

La pena privativa de libertad será no menor de veinticinco años, cuando

concurran cualquiera de las circunstancias agravantes previstas en los

numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 108.

Si la víctima del delito descrito es o ha sido la cónyuge o la conviviente del

autor, o estuvo ligada a él por una relación análoga el delito tendrá el nombre

de feminicidio.”

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2.3 NUEVA LEY DE FEMINICIDIO

21 de junio de 2013.- Con 80 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención, se

aprobó en el Pleno del Congreso de la República, la ley de feminicidio

(propuesta por el Poder Ejecutivo a iniciativa del MIMP, a través de la Dirección

General contra la Violencia de Género y el Programa Nacional contra la

Violencia Familiar y Sexual), la cual plantea incorporar el artículo 108-A al

Código Penal, para castigar dicho delito con penas de hasta cadena perpetua.

La diferencia con la anterior ley en que sólo se sancionaba el feminicidio si

la víctima había sido la cónyuge, conviviente o si estuvo ligada al autor por una

relación análoga.

Con esta modificación se podría sancionar hasta con cadena perpetua al

autor del delito, si es que además concurrieran dos o más agravantes.

Entre las agravantes se consideran la minoría de edad, el estado de

gestación o cuando la víctima se encontrase bajo el cuidado o responsabilidad

del feminicida; o si fue sometida previamente a violación sexual, a un acto de

mutilación, o padecía de cualquier tipo de discapacidad o se encontraba en

situación de vulnerabilidad.

Asimismo, se acordó en el Pleno del Congreso que la reincidencia sea

considerada agravante, en cuyo caso el juez aumentaría la pena en no menos

de dos tercios por encima del máximo legal fijado para el tipo penal hasta la

cadena perpetua.

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CONCLUSION

Lo que el grupo puede aportar sobre el tema es que nadie está libre de este

delito todos pueden ser víctimas del feminicidio y de la violencia familiar, pero si

como personas y como mujeres de nuestra localidad deberían de saber sus

derechos, que hacer como defenderse y no quedarse callada, afrontar el

problema no tener miedo de nada ni del abuso de un varón. Esto nos muestra

como la situación de violencia contra la mujer está incrementándose cada día,

en un año se han registrado 297 casos de violencia extrema contra la mujer de

los cuales más del 56% han culminado con la muerte de la agredida. Estos

datos son solo los registrados por los diarios, sin embargo se presume que

existen muchos casos que no son denunciados o simplemente no son

descubiertos. Lo más alarmante de esta situación es encontrar en los datos

que los principales agresores forman parte del mundo social más cercano de la

víctima; es decir con quienes convive cotidianamente e incluso forman parte de

su entorno afectivo. Esta situación es alarmante pues nos muestra que los

espacios físicos y sociales considerados como garantes de seguridad no lo son

en realidad. Las razones manifestadas por los agresores nos muestran un claro

contexto de oposición a la autodeterminación femenina, y esto debe de

cambiar.

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BIBLIOGRAFIAS

1. AGUILAR MALPARTIDA, Pilar La emoción violenta como atenuante de los

asesinatos de las mujeres a manos de sus parejas. En: www.isis.cl

2. AMNISTIA INTERNACIONAL “Guatemala. Ni protección ni justicia:

Homicidios de mujeres en Guatemala” 2005.

3. LAGARDE Y DE LOS RIOS, Marcela Por la Vida y la Libertad de las

Mujeres. Fin al Feminicidio. México 2004.

4. OEA Carta de la Organización de Estados Americanos

5. BAILONE, Matías Sobre Homicidios atenuados. En :

www.carlospalma.com.ar

6. Banco de Datos de ISIS Internacional. www.isis.cl