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ESTUDIOS PREVIOS OBJETO A CONTRATAR: INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, JURÍDICA, Y AMBIENTAL AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN CENTRO DE SALUD LAS MERCEDES EN EL MUNICIPIO DE ROBERTO PAYAN - DEPARTAMENTO DE NARIÑO BOGOTÁ D.C., COLOMBIA SEPTIEMBRE DE 2014

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ESTUDIOS PREVIOS

OBJETO A CONTRATAR: INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE,

JURÍDICA, Y AMBIENTAL AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN CENTRO DE SALUD LAS MERCEDES EN EL MUNICIPIO DE ROBERTO PAYAN - DEPARTAMENTO DE

NARIÑO

BOGOTÁ D.C., COLOMBIA

SEPTIEMBRE DE 2014

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ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR LA INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, JURÍDICA, Y AMBIENTAL AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN

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CAPÍTULO 1 – CONDICIONES GENERALES .................................................................................................4

1 OBJETO ..........................................................................................................................................................4

2 OBLIGACIONES DE LAS PARTES ............................................................................................................4

2.1 OBLIGACIONES GENERALES DEL INTERVENTOR (CONTRATISTA) ....................................4

2.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA ...................................................................7

2.2.1. OBLIGACIONES TÉCNICAS ..........................................................................................................7

2.2.2. OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS ...................................................................................... 11

2.2.3. OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO ...................................................................... 14

2.2.4. OBLIGACIONES DE CARÁCTER AMBIENTAL ........................................................................ 15

2.2.4. OBLIGACIONES DE CARÁCTER LEGAL .................................................................................. 15

2.2.5. OBLIGACIONES DE CARÁCTER SOCIAL ................................................................................ 16

2.3 OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS COMO MANDATARIA DEL FONDO ADAPTACIÓN ............................................................................................. 18

3 ACEPTACIÓN DE LA OFERTA ................................................................................................................ 18

4 SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO 19

CAPÍTULO 2 – CONDICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS .................................................................. 26

5 IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN....................................................................................................... 26

6 ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS DE SATISFACCIÓN DE LA NECESIDAD Y SELECCIÓN DE LA ALTERNATIVA MÁS FAVORABLE .................................................................................................... 28

7 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS / ALCANCE DEL OBJETO ............................................................ 29

OBJETO ............................................................................................................................................................ 29

7.1 DISEÑOS, EN CASO DE QUE EL CONTRATO A CELEBRAR ASÍ LO REQUIERA .............. 32

8 VALOR ESTIMADO .................................................................................................................................. 32

9 ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ECONÓMICO ESTIMADO DEL CONTRATO Y LOS POSIBLES COSTOS ASOCIADOS AL MISMO ............................................................................................. 33

10 RUBRO PRESUPUESTAL ....................................................................................................................... 33

11 FORMA DE PAGO ................................................................................................................................... 33

12 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ....................................................................................... 35

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13 SUPERVISIÓN ......................................................................................................................................... 35

14 PERFIL DEL CONTRATISTA ................................................................................................................ 35

15 EQUIPO DE TRABAJO ........................................................................................................................... 36

15.1 MOMENTO DE ACREDITAR EL PERSONAL ............................................................................ 36

15.2 MODO DE ACREDITAR LA EXPERIENCIA DEL PERSONAL ................................................ 37

16 CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA............................................................. 38

16.1 FACTORES HABILITANTES .............................................................................................................

16.1.1 CAPACIDAD FINANCIERA ................................................................................................... 39

16.1.2 CAPACIDAD TÉCNICA - EXPERIENCIA ESPECÍFICA DE LA FIRMA ......................... 40

17 OFERTA ECONÓMICA ........................................................................................................................... 43

CAPITULO 3 – CONDICIONES LEGALES ..................................................................................................... 44

18 FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO QUE SE PRETENDE CELEBRAR ................................................... 44

19 CRITERIOS DE EVALUACIÓN JURIDICA ......................................................................................... 45

19.1 FACTORES HABILITANTES ......................................................................................................... 45

19.1.1 CAPACIDAD JURÍDICA ............................................................................................................... 45

19.2 DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL EXTERIOR ...................................................................... 47

20 ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS RIESGOS CONTRACTUALES O EXTRACONTRACTUALES ............................................................. 47

....................................................................................................................................................................................

CAPÍTULO 4 – ANEXOS ................................................................................................................................... 53

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CAPÍTULO 1 – CONDICIONES GENERALES

1 OBJETO Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera, Contable, Jurídica, y Ambiental al contrato de construcción del Centro de Salud LAS MERCEDES en el Municipio De ROBERTO PAYAN - Departamento de Nariño

2 OBLIGACIONES DE LAS PARTES A continuación se describen las obligaciones que tendrán cada una de las partes en el desarrollo del futuro contrato:

2.1 OBLIGACIONES GENERALES DEL INTERVENTOR (CONTRATISTA) 1. Conocer el marco legal e institucional del FONDO ADAPTACION y la ASOCIACION

NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) como MANDATARIA DEL FONDO y en su calidad de supervisor del presente contrato, y en particular lo correspondiente a las normas técnicas vigentes para los diseños y construcción de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, para su aplicación en desarrollo del contrato de interventoría.

2. Desarrollar el objeto del contrato dentro del término y en el sitio señalado en el acuerdo con las normas que rigen la materia, con el Manual de Contratación y Supervisión del FONDO, Resolución No 001 de 2012, en particular con el título IV, supervisión e interventoría de contratos Artículo 42 y siguientes, y las demás normas que lo desarrollen, modifiquen o complementen.

3. Organizar y poner a disposición del proyecto los recursos humanos y técnicos requeridos, ofrecidos y apropiados para garantizar el desarrollo del contrato dentro de los más altos parámetros de calidad y cumplimiento en tiempos y costos. Será por cuenta de la interventoría el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución del contrato, igualmente la elaboración de los subcontratos necesarios quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral de su personal con el FONDO.

4. Emplear sus conocimientos y recursos para la debida asistencia y apoyo al FONDO. 5. Ejercer en todo momento su criterio profesional en forma independiente, evitando que

en su juicio influyan elementos distintos de los puramente técnicos y económicos. 6. Guardar la debida confidencialidad y reserva sobre la información y documentos que

conozca durante la ejecución del contrato, aún después de su terminación y cualquiera sea la causa de ésta. En consecuencia, la información que conozca con ocasión de la ejecución del contrato no podrá divulgarla ni usarla en su propio beneficio o en el de un tercero.

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7. Contar con el licenciamiento de Microsoft Project Profesional 2010, de conformidad con los instructivos de operación que el Fondo defina, y tener el conocimiento y los recursos para el manejo del mismo y desarrollar las actividades necesarias, para la construcción y aprobación de los cronogramas de ejecución, con la calidad definida y gestionarlos con información de avance real en los sistemas de información implementados por el Fondo, aplicando las prácticas de seguridad, calidad, oportunidad e integridad de información, y las guías de interoperabilidad, continuidad, documentales y las métricas de los mismos, con el fin de gestionar y controlar la ejecución de los proyectos orientados a la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el fenómeno de "La Niña" 2010-2011, en el Territorio Colombiano.

8. Proporcionar a la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en su calidad de supervisor, la información y documentos que le sean requeridos.

9. Entregar a la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI)en su calidad de supervisor, una vez finalice el plazo de ejecución del contrato, un informe final detallado de las actividades ejecutadas con ocasión de aquél, indicando los asuntos asignados, tramitados y pendientes de resolver; asimismo, relacionar y entregar los archivos físicos y magnéticos que se hubieren generado durante la ejecución del contrato; este informe podrá entregarlo y/o anexarlo a la respectiva acta de liquidación.

10. Entregar inventariados a la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en su calidad de supervisor, los expedientes y documentos que tenga a su cargo en virtud del desarrollo del contrato, entrega que deberá hacer en medio físico y magnético, de acuerdo con los procedimientos del manual de contratación del FONDO.

11. Durante la ejecución del contrato de obra y para la realización de las actividades de campo y/o visitas a obras, acudir dotado con los implementos de seguridad industrial mínimos requeridos, tales como casco, botas, gafas protectoras, etc., a sus expensas.

12. Usar en debida forma y para los fines correspondientes, los bienes y documentos que se le entreguen para el cumplimiento de sus obligaciones.

13. Participar en las reuniones en las que el FONDO (y/o su MANDATARIA) requiera su apoyo y suministrar la información, documentos de soporte o conceptos que sean requeridos durante el desarrollo del contrato.

14. Dar cumplimiento a las obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social (salud, pensiones y riesgos profesionales) y aportes parafiscales, de conformidad con las normas que regulan la materia, obligaciones cuyo cumplimiento debe acreditar para la celebración del contrato, para cada uno de los pagos que efectúe el FONDO y para liquidación del contrato.

15. Constituir y mantener vigentes las garantías que amparan el contrato por el tiempo pactado en el mismo, así como de las modificaciones que se presenten durante la ejecución. Las garantías iniciales y sus modificaciones deberán ser sometidas al control y vigilancia del supervisor y a la aprobación por parte de la Secretaria General del FONDO, dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes a la firma del contrato o sus

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modificaciones y/o adiciones. Este requisito es indispensable para la ejecución del contrato.

16. Presentar oportunamente las facturas o su documento equivalente, los soportes correspondientes y demás documentación necesaria para los pagos.

17. Presentar ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en su calidad de supervisordel contrato dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio, las hojas de vida de personal profesional y/o técnico exigido, que no hayan tenido que ser presentadas para la suscripción del acta de inicio, para su acreditación.

18. Presentar un informe mensual del avance de las actividades técnicas, financieras, administrativas, jurídicas, prediales, etc., desarrolladas en virtud del contrato, anexando los registros documentales, fotográficos y los demás que sean necesarios. Dichos informes serán presentados a la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en su calidad de supervisordesignado o al FONDO según corresponda.

19. Suscribir las actas de inicio del contrato, suspensión (en caso de ser requerido), reiniciación (en caso de ser requerido), terminación del contrato (entrega y recibo a satisfacción donde consten las cantidades y condiciones finales para su entrega, suscrita por él y por la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en su calidad de supervisor) y liquidación dentro de los plazos establecidos para tal fin.

20. Revisar y aprobar la programación general del contrato objeto de interventoría (asignación de personal y equipo), el cual deberá estar incluido en el cronograma de ejecución de los trabajos en función del plazo especificado, incluyendo el personal, los recursos y el tiempo destinado a cada una de las actividades para la obtención de cada producto objeto del contrato.

21. Elaborar un plan de trabajo que incluya el cronograma detallado de actividades del contrato, para revisión y aprobación dela ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en su calidad de supervisor.

22. El cronograma de las entregas que presente el contratista de obra y que haya sido aprobado por el INTERVENTOR, podrá ser ajustado dependiendo de las necesidades del FONDO previa revisión y visto bueno del INTERVENTOR, sin que esto dé lugar a reconocimiento económico o de cualquier otro tipo a favor del contratista, ni que se afecte el plazo ni la forma de pago del contrato. Estos ajustes deberán ser acordados por medio escrito previo acuerdo de las partes.

23. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.

24. Cumplir con el Manual de Imagen del FONDO. 25. El INTERVENTOR deberá disponer de personal necesario que permita culminar las

actividades dentro del plazo estipulado. 26. Proteger los derechos del FONDO, de la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS

(ANI), del constructor y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato.

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27. Verificar el cumplimiento de la obligación del contratista respecto a sus obligaciones frente al Sistema General de Seguridad Social Integral.

28. Verificar, validar y aprobar el cumplimiento de las obligaciones específicas del contratista, establecidas en el contrato objeto de interventoría.

29. Validar y aprobar la consolidación de la información técnica, jurídica y presupuestal requerida para la ejecución del proyecto, realizada por el contratista. Evaluar permanentemente los recursos y costos del proyecto, y presentarlos al supervisor del contrato, informando oportunamente (con mínimo 15 días hábiles de anticipación) acerca de cualquier necesidad de adición u otrosí que por lo mismo se requiera.

30. Recomendar o no modificaciones en el contrato que en virtud de su ejecución fuesen necesarios o que sean solicitadas por el contratista de obra.

31. Evitar que se alberguen o custodien animales o especies naturales en peligro de extinción dentro de los campamentos.

32. Atender todos los requerimientos realizados por la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en su calidad de supervisor por el FONDO.

33. Para efectos de que la comunidad participe en el desarrollo del proyecto, se debe implementar una estrategia de socialización según los lineamientos definidos por el FONDO para tal fin (http://sitio.fondoadaptacion.gov.co/index.php/en-las-regiones/participacion-ciudadana/auditorias-visibles). En este orden de ideas, el contratista deberá: a. Programar la socialización por departamento del contrato, en la cual se deberá

presentar, el informe relacionado con los resultados esperados y productos del contrato, ante los entes territoriales que corresponda y representantes de la comunidad.

b. De la socialización efectuada deberá dejar constancia mediante: acta, listado de asistencia firmado, registro fotográfico/audiovisual, que harán parte integral de los soportes de ejecución del contrato, junto con el informe presentado.

c. El contratista deberá garantizar que cuenta con personal idóneo para realizar las actividades mencionadas.

34. Las demás que, de conformidad con las disposiciones del artículo 1603, del Código Civil, correspondan a la naturaleza del contrato o que, por ley, le pertenezcan.

2.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA

2.2.1. OBLIGACIONES TÉCNICAS

1. Estudiar y analizar el proyecto, los estudios y todos los diseños técnicos, cálculo de cantidades de obra, presupuesto, programación y especificaciones con el objeto de realizar las respectivas recomendaciones y ajustes antes de la iniciación de las obras.

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2. Ejercer la interventoría de acuerdo con las normas técnicas, ambientales y municipales relacionadas con la práctica constructiva.

3. Verificar que las obras se ejecuten de acuerdo con las estipulaciones del respectivo contrato y con las normas técnicas y administrativas pertinentes y suscribir, en señal de su aprobación y conformidad, las actas de recibo parcial y definitivo de las obras.

4. Proponer los ajustes necesarios a los Estudios y Diseños, con el fin de optimizar las obras objeto de la interventoría.

5. Realizar las visitas a campo que sean necesarias para cumplir a cabalidad con el objeto del contrato.

6. En caso de que durante la construcción se realicen ajustes o complementaciones a los diseños, EL INTERVENTOR debe verificar y acompañar el cumplimiento de los parámetros de diseño y aprobarlos para su ejecución.

7. Exigir al Contratista de la obra la ejecución idónea y oportuna de aquella. 8. Verificar el cumplimiento de los programas, cronogramas, planes y demás documentos

para controlar el desarrollo de la obra y reportar, en los informes de interventoría, el avance de ésta, valorado en semanas, en los aspectos físicos y de inversión, con indicadores y con seguimiento de medidas correctivas.

9. Analizar, supervisar y aprobar el avance de ejecución de la obra física y presupuestal. 10. Solicitar al Ejecutor de la obra acelerar el ritmo de los trabajos y requerirlo para que

presente planes de contingencia, cuando se detecten atrasos respecto de la programación de obra y del cronograma de las metas físicas que puedan generar incumplimiento del contrato.

11. Ejercer un estricto control de la calidad de los materiales empleados por el Ejecutor de la obra, a partir de las especificaciones técnicas generales y particulares contratadas. Para lo cual realizará las pruebas pertinentes y presentará en su informe mensual reportes sobre el control de calidad de materiales.

12. Ordenar, supervisar e interpretar los ensayos que sean necesarios para controlar la calidad de los materiales y de las obras.

13. Ordenar y requerir al Contratista para que corrija, repare o reconstruya las obras defectuosas.

14. Rendir informes sobre la inspección a las instalaciones de fabricación. 15. Notificar al Ejecutor de la obra y ala ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI),

respecto de las no conformidades o desviaciones encontradas en los ensayos o pruebas practicados a los materiales o partes de la obra.

16. Armonizar las actividades dela ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI), del Ejecutor de la obra y de la Interventoría para lograr el objetivo general del proyecto y obtener productos adecuados y oportunos.

17. Velar porque el Contratista de la obra tenga listo todo el equipo, materiales e insumos que esté obligado a suministrar por su cuenta, desde la iniciación de los trabajos.

18. Controlar y verificar el cumplimiento de líneas, niveles y superficies, de acuerdo con los diseños de detalle. Comprobar los trabajos y dimensiones de las obras ejecutadas.

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19. Inspeccionar y supervisar permanentemente el desarrollo de las obras verificando el cumplimiento de los planos, especificaciones, procedimientos, planes de calidad, medidas de seguridad y protección ambiental exigidas en las normas y a los constructores.

20. Controlar los procesos de conservación de las obras durante su construcción y supervisar que, durante el desarrollo de la obra, el Contratista no ejecute actividades que puedan causar daño a los elementos ya construidos.

21. Sugerir y recomendar cambios o modificaciones en los procesos constructivos que puedan mejorar el proyecto, de manera que se logren los resultados esperados en el contrato de obra y en sus apéndices y anexos.

22. Hacer seguimiento a las medidas correctivas que se ordenen. 23. Coordinar conla ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI), o con quién este

delegue o designe, las actividades que incidan en el normal desarrollo de las obras. 24. Vigilar que el Contratista ejecute las obras en un todo de acuerdo con los planos,

normas y especificaciones establecidas en el contrato de aquel y en los documentos que lo conformen.

25. Verificar que el contratista actualice oportunamente los planos de las obras según los cambios obligados por situaciones imprevistas.

26. Garantizar la presencia eficaz del (los) residente(s) de las obras, efectuando visitas periódicas a los sitios de esta y cuantas veces la intensidad y el avance de los trabajos lo requieran.

27. Homologar los procedimientos de control de costos, medición de obra, y demás asuntos relacionados con el control de la ejecución de obra.

28. Atender con prontitud y resolver con eficacia cualquier consulta relacionada con la correcta interpretación de los planos o especificaciones técnicas.

29. Estudiar, recomendar y sustentar a tiempo, los cambios de especificación, procedimiento o detalle constructivo que considere necesario o conveniente para lograr los objetivos en materia de cumplimiento, calidad, economía y vida útil de la obra.

30. Aprobar o rechazar, motivadamente, todos los equipos, elementos, materiales y mano de obra que vayan a ser incorporados a la obra.

31. Actuar preventivamente sobre el contratista de obra para minimizar los desperdicios de materiales, evitar errores de medida y construcción, reducir los reprocesos y ordenar la reconstrucción de las obras defectuosas practicando una nueva inspección para el efecto.

32. Certificar de manera documentada las cantidades de obra ejecutada y medida, sus valores y el contenido de las actas de pago correspondientes, detectando cualquier inconsistencia.

33. Exigir que las obras se ejecuten de acuerdo con todas las precauciones y requisitos de seguridad.

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34. Exigir para la elaboración de los trabajos el suministro de herramientas adecuadas y necesarias para el desarrollo de cada actividad o labor, así como implementos de seguridad (casco, botas arneses entre otras).

35. Acordar con los diseñadores técnicos y el contratista de obra una codificación visual de las redes y equipos especiales, presentarla para su aprobación al supervisor del FONDO y verificar que las mismas queden debidamente identificadas y codificadas en obras, así como en los planos y manuales definitivos de operación y mantenimiento.

36. Abrir, controlar y escribir en el libro diario (bitácora de obra) las órdenes e instrucciones dadas al contratista de obra, las recomendaciones de los diseñadores y supervisor del contrato, y todo asunto pertinente que ayude a lograr los objetivos propuestos por el contratante y dejar constancia de la recepción de las instrucciones por parte del contratista.

37. Verificar las listas de chequeo y las rutinas de construcción que correspondan a cada actividad, de acuerdo con los procesos que le hayan sido aprobados al Contratista, en cumplimiento del plan de calidad de la obra.

38. Realizar las observaciones si las hubiere a las obras terminadas, verificar su corrección y recibirlas a satisfacción con el siguiente procedimiento: Dentro del plazo establecido, el interventor hará una inspección general de las obras ejecutadas y dará instrucciones escritas al constructor sobre reparaciones, reconstrucción o conservación, que se deban efectuar para realizar la efectiva entrega final a satisfacción.

39. Supervisar y verificar la instalación de los elementos de seguridad necesarios en todo el proyecto. Así como la instalación de señalización y obras de protección a peatones en las zonas escolares, en caso de que se requiera.

40. Definir oportunamente con el Contratista los ítems de obra que no se encuentren previstos en el contrato de éste, calcular cantidades de obra y solicitar al Contratista, cuando se requiera, que presente oportunamente los análisis de precios para la elaboración y legalización de las correspondientes actas de modificación o cambios de obra y del contrato.

41. Programar las pruebas de campo dentro del plazo establecido en el contrato. 42. Realizar todos los ensayos de campo y laboratorio que considere necesarios, de acuerdo

con las metodologías de control de calidad vigentes. La frecuencia y el tipo de ensayos de laboratorio sobre los materiales de construcción, serán realizados de acuerdo con el criterio del interventor y con las buenas prácticas de la ingeniería, y/o según solicitud de la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en su calidad de supervisor. Los laboratorios en donde se realicen los ensayos deben contar con todas las certificaciones de sus equipos, copia de dichas certificaciones se anexaran a los resultados de los ensayos.

43. Exigir al Contratista, al final de la obra, los planos actualizados y entregarlos revisados y aprobados a la supervisión del contrato de interventoría para su posterior archivo.

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2.2.2. OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS

1. Utilizar los sistemas de información, las prácticas de seguridad, calidad, oportunidad e

integridad de información y las guías de interoperabilidad, continuidad, documentales y

las métricas que señale EL FONDO, con base en los instructivos de operación que este

le imparta.

2. Precisar las funciones, atribuciones y responsabilidades del grupo de interventoría.

3. Proponer y sustentar ante laASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI)en su

calidad de supervisor, el plan de calidad de la gestión de interventoría, precisando los

procedimientos técnicos y administrativos que se aplicarán para satisfacer las

exigencias del contrato de interventoría.

4. Verificar que el contratista de obra instale la(s) valla(s) informativa sobre la ejecución

del contrato de obra.

5. Establecer oficina y/o campamento en la zona del proyecto, a disposición

delaASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI)en su calidad de supervisor,

durante la vigencia del contrato de interventoría.

6. Supervisar y verificar que el Contratista implemente un sistema de gestión de calidad,

bajo la normatividad ISO 9001, en todas y cada una de las actividades a desarrollar en

las etapas del contrato.

7. Solicitar al Contratista de obra los informes y explicaciones que requiera para el

cumplimiento de su función.

8. Verificar que el Contratista obtenga los permisos, licencias o autorizaciones que se

requieren para el oportuno cumplimiento del contrato.

9. Verificar que el Contratista ejecute las actividades preliminares establecidas en el

contrato de obra o en los documentos que lo conforman.

10. Aprobar los planes de calidad, procedimientos y estrategias de manejo administrativo

de la obra que proponga el Contratista.

11. Controlar la gestión de compras y suministros.

12. Verificar que el Contratista de obra cumpla oportuna y permanentemente con las

obligaciones laborales legalmente establecidas, a saber: 1) Suscribir un contrato con

cada trabajador o empleado. 2) No contratar personas menores de edad. 3) Pagar el

salario cotizado, sabiendo en todo caso que este no puede ser inferior al mínimo legal.

4) Pagar las horas extras, diurnas, nocturnas, dominicales y festivas. 5) Afiliar a cada

trabajador al Sistema de Seguridad Social Integral (EPS, ARP) Fondos Administradores

de Pensiones y consignar las cesantías a los fondos de cesantías. 6) Liquidar y pagar

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oportunamente los aportes de afiliación a una caja de compensación familiar. 7)

Liquidar y pagar oportunamente las cotizaciones mensuales al ICBF, SENA. 8) Pagar

subsidio de transporte a los trabajadores que tengan derecho. 9) Cualquiera otra

establecida legal o reglamentariamente.

13. Solicitar al Contratista de obra la presentación de un documento base donde conste la

política, los propósitos y las actividades del programa de salud ocupacional que

implantará durante la ejecución de la obra, incluidos los procedimientos de prevención

y control de riesgos, la estructura organizacional responsable y los recursos humanos,

físicos, financieros y técnicos dispuestos para tal fin.

14. Llevar en forma ordenada el archivo general de documentos del proyecto en medio

físico y en medio magnético, para entregarlos alaASOCIACION NARIÑENSE DE

INGENIEROS (ANI)en su calidad de supervisor en la oportunidad que se requiera.

15. Informar a laASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en su calidad de

supervisor, o a quién este delegue o designe, sobre el avance, problemas y soluciones

presentados en el desarrollo de las obras, mediante reportes semanales, mensuales o

especiales a solicitud de la supervisión del contrato de interventoría.

16. Exigir al Contratista la implementación de las medidas correctivas a que haya lugar, de

manera que este cumpla sus obligaciones de acuerdo con las estipulaciones del

contrato de obra y con los documentos que lo conforman.

17. Autorizar los pagos a los contratistas de obra.

18. Tramitar, cuando se requiera, la autorización de cambios de personal del Ejecutor de

la obra.

19. Dar el debido curso por escrito y en el menor tiempo posible a la correspondencia

dirigida por el Contratista de la obra.

20. Programar y coordinar la labor del personal auxiliar a su cargo para el mejor

desempeño en su trabajo.

21. Controlar la vigencia y el valor asegurado de la(s) garantía(s) y del(los) seguro(s) que

amparan el cumplimiento del contrato de obra y las demás obligaciones a cargo del

ejecutor de la obra y exigirle al Contratista las modificaciones que sean del caso.

22. Informar a laASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en su calidad de

supervisor, los hechos que puedan considerarse ocurrencia del riesgo amparado por

la(s) garantía(s) y el(los) seguros(s) constituidos por el ejecutor de la obra, dentro de

los cinco (5) días hábiles siguientes al acaecimiento de estos.

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23. Informar sobre la necesidad de modificar el valor o el plazo del contrato de obra, con

el fin de tramitar oportunamente ante la dependencia competente la debida

autorización de la modificación contractual correspondiente.

24. Rendir conceptos, cuando sea el caso alaASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS

(ANI) como MANDATARIA DEL FONDO o a quién este delegue, y recomendaciones

sobre la conveniencia de prorrogar, modificar o adicionar el contrato para la ejecución

de la obra.

25. Analizar, verificar y rendir concepto sobre las razones o causas que expongan los

Contratista para solicitar modificaciones a los contratos de obra. EL INTERVENTOR

debe velar porque las modificaciones a los contratos de obra incluyan, cuando se

requiera, la correspondiente modificación al programa de trabajo y, además, porque se

constituyan y aprueben las correspondientes modificaciones de las pólizas.

26. Informar y exponer los motivos por los cuales debe suspenderse o terminarse

anticipadamente el contrato de obra.

27. Analizar los aspectos de fuerza mayor que puedan determinar la suspensión del

contratos de obra y elaborar la correspondiente acta de suspensión y de reinicio de los

trabajos.

28. Colaborar con la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en su calidad de

supervisor en la elaboración de las modificaciones contractuales que puedan requerirse

y prestarle el apoyo que esta requiera, resolviendo y conceptuando sobre los aspectos

técnicos pertinentes, para adoptar decisiones relacionadas con los contratos de obra,

tales como declaratorias de caducidad, resolver recursos, reclamaciones o hacer

efectivas las garantías y seguros contractuales o las cláusulas penales.

29. Asistir ala ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) en el análisis de las

reclamaciones, solicitudes, demandas, etc., que le sean presentadas en el desarrollo

de los trabajos por el contratista, trabajadores, propietarios de predios, autoridades

competentes y terceros

30. Realizar evaluaciones periódicas con el fin de establecer oportunamente el

incumplimiento de cualquier obligación contractual en la que incurra el Contratista de

obra, o determinar el incumplimiento definitivo del respectivo contrato. Estas

evaluaciones deben realizarse con una oportunidad tal que permita, dentro de la

vigencia del contrato, hacer efectivas las sanciones correspondientes.

31. Dar aviso ala ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI)o a quién éste delegue

de los eventos de incumplimiento que ameriten el ejercicio de las facultades

contractuales del FONDO.

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32. Recomendar a la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI)cuando sea

procedente y con razones fundamentadas, la declaratoria de caducidad, la efectividad

de las penas previstas en el contrato de obra o cualquier otra decisión por el

incumplimiento de dichos contratos, cuando la causa que las sustente sea atribuible al

Contratista.

33. Elaborar el informe final para cada obra, teniendo en cuenta la evaluación de

desempeño del Contratista, una vez concluido el respectivo contrato

34. Preparar, revisar, aprobar y suscribir el acta de liquidación final de los contratos de

obra y todos los documentos y soportes requeridos para la liquidación final de los

contratos.

35. Expedir una constancia adicional al acta de recibo final de las obras, mediante la cual

EL INTERVENTOR manifieste inequívocamente que las obras se ejecutaron conforme a

los diseños, códigos y normativas exigidas al Contratista y que las medidas correctivas

adoptadas durante la ejecución de las obras, si las hubiere, llevaron las estructuras al

nivel de calidad exigido por las normativas vigentes y EL FONDO a través

laASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI).

36. Acreditar ante laASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI)o a quién este

delegue o designe, la ejecución de los trabajos de interventoría, así como las

metodologías, pruebas o ensayos en que funda sus observaciones.

2.2.3. OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO

1. Controlar el saldo del valor del contrato de las diferentes obras, acumulando sumas

pagadas y descuentos por concepto de anticipo y retenciones en caso de que las haya.

2. Asegurar que el contrato de obra se desarrolle dentro de los presupuestos de tiempo e

inversión previstos originalmente.

3. Rendir periódicamente informes económicos sobre el cumplimiento del contrato de

interventoría.

4. Verificar que los recursos públicos que maneje el Contratista de la obra se utilicen

debidamente.

5. Analizar los rendimientos de las actividades ejecutadas por el Constructor de las obras.

6. Presentar en su informe mensual un balance del presupuesto del contrato de las

obras, informando, como mínimo, el valor de los recursos invertidos en aquellas y el

remanente de cada uno de los conceptos o ítems contratados.

7. Revisar y aprobar los ítems y precios unitarios no previstos.

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2.2.4. OBLIGACIONES DE CARÁCTER AMBIENTAL

1. Verificar los permisos ambientales de los bancos de materiales, concreteras, y

escombreras que utilizará el Contratista durante la construcción de la obra. 2. Aprobar los planos detallados con las rutas destinadas al transporte de suministro de

materiales y escombros.

3. Verificar la existencia de los permisos y/o autorizaciones de las autoridades

ambientales previo al inicio de las obras para cada una de las actividades que se

requieran.

4. Vigilar el cabal cumplimiento de las medidas ambientales establecidas en las licencias,

permisos y/o autorizaciones otorgadas por las autoridades ambientales para la

ejecución de los proyectos.

5. Solicitar al contratista el apoyo necesario para atender los actos administrativos que

expidan las autoridades ambientales y que demanden actuaciones de vía gubernativa.

6. Solicitar al contratista el diseño e implementación de los planes ambientales de

contingencia que sean necesarios para el manejo adecuado de los impactos

ambientales, con el fin de evitar posibles sanciones de las autoridades ambientales y/o

suspensiones de la obra.

7. Aprobar las obras ambientales elaborados por el Contratista, teniendo como referentes

el cumplimiento de las normas vigentes y el desarrollo de buenas prácticas de

ingeniería, que respeten el entorno natural y social del área de influencia en el cual se

ejecutan las obras.

8. Revisar y supervisar las obras ambientales PIPMA (Programa de Implementación del

Plan de Manejo Ambiental).

9. Supervisar, acompañar y apoyar al Contratista y alaASOCIACION NARIÑENSE DE

INGENIEROS (ANI) en su calidad de supervisor, en el proceso requerido para la

obtención de las licencias ambientales en caso de requerirse.

2.2.4. OBLIGACIONES DE CARÁCTER LEGAL

1. Prestar asesoría alaASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI)en su calidad de supervisor en caso de demandas y/o reclamos de índole legal con respecto al contrato de obra.

2. Supervisar la gestión y adquisición predial de las áreas requeridas para el proyecto.

3. Tener en cuenta el marco legal en el cual se ejecutaran los contratos inherentes a la

ejecución del proyecto y presentar a laASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS

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(ANI)en su calidad de supervisor, las observaciones que se estimen por parte de

interventoría

2.2.5. OBLIGACIONES DE CARÁCTER SOCIAL

1. Verificar el cumplimiento del plan de gestión social.

2. Aprobar el plan de gestión social.

3. Estar presente en cada una de las zonas de los proyectos, con disponibilidad del 100

% del tiempo para atender las consultas, dudas u observaciones que tenga la

comunidad con respecto a las obras objeto del contrato de construcción.

4. Colaborar en la divulgación del proyecto en la zona de las obras.

2.3 DECLARACIONES DEL INTERVENTOR

Con la presentación de la propuesta y la firma del contrato correspondiente, el interventor declara lo siguiente: • DEL CONOCIMIENTO DE LA INFORMACIÓN PLANIMÉTRICA Y DOCUMENTAL DEL PROYECTO Reconoce, como parte integral de su futuro contrato, que ha estudiado en su totalidad y en detalle los planos y documentación técnica de los proyectos, esto es: Levantamiento topográfico y/o planimétrico, planos constructivos y planos técnicos estructurales, estudio de suelos, diseño de pavimentos, memorias técnicas de cálculo estructural, eléctrico, hidráulico y sanitarias, y memorias de cantidades, manual de especificaciones y presupuesto oficial y demás aspectos que componen los estudios y diseños técnicos y los acepta sin cuestionamientos de ninguna índole para iniciar su labor. Por lo tanto, la presentación de la propuesta constituye una manifestación explícita por parte del interventor de que habiendo efectuado un estudio completo y concienzudo de los documentos técnicos de los proyectos ha ratificado la NO existencia de errores u omisiones en la información que hace parte del contrato, por lo tanto cualquier reclamación en este sentido no será aceptada por EL FONDO. Cualquier información involuntariamente omitida en los documentos técnicos de los proyectos la cual sea técnicamente imposible de detectar durante la revisión realizada por el interventor previo a la presentación de su propuesta y que sea evidenciada durante la ejecución del contrato deberá ser informada de manera oportuna a EL FONDO. Así

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mismo, ésta deberá ser solucionada dentro de un plazo adecuado, sin que por este hecho se pretenda sustentar mayores plazos de ejecución para el proceso constructivo. • DEL RECONOCIMIENTO E INSPECCIÓN DEL SITIO DE LAS OBRAS Al presentar la propuesta, el futuro interventor reconoce que ha inspeccionado y examinado los sitios y los alrededores de las obras, se informó acerca de la naturaleza del terreno y del subsuelo, la forma y características del sitio, la localización y naturaleza de las obras, cantidad y naturaleza y de los insumos necesarios para su ejecución, vías de acceso al sitio, tráfico vehicular y peatonal en la zona, medios de transporte disponibles y necesarios, costos de fletes, combustibles, capacidad de carga disponible y posibilidad de tránsito para acceso al sitio de obras, disponibilidad y costo de la mano de obra, disponibilidad y fuentes de materiales necesarios, zonas de depósito de material sobrante, instalaciones que se puedan requerir para el desarrollo de las obras, las condiciones ambientales y la posibilidad de que estas afecten o se vean afectadas por las obras y en general, todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de la propuesta incluyendo posibles variaciones en costo o tiempo de ejecución de los trabajos por la incidencia de los factores descritos u otro cualquiera que pueda presentarse. El interventor reconoce que ha identificado si hay áreas ambientalmente frágiles y vulnerables que puedan ser afectadas por el desarrollo de los proyectos, y que estas serán consideradas en el plan de manejo ambiental de los mismos; reconoce que ha efectuado el reconocimiento del entorno socio-económico y ha identificado si hay presencia de minorías étnicas en el área de influencia del proyecto y que éstas serán tenidas en cuenta para verificar y certificar el cumplimiento del requerimiento mínimo de personal domiciliado en la zona exigido en el Contrato al Constructor. El interventor reconoce que el hecho de que no se haya familiarizado con los detalles y condiciones arriba descritas bajo los cuales será ejecutada la propuesta, no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones. • DE LAS ESPECIFICACIONES DE OBRA Las especificaciones de construcción dadas en los planos técnicos, en las memorias, en el manual de especificaciones y/o en el presupuesto, tendrán validez incluso en el caso que una o más dejen de mencionarse en alguno de los documentos descritos. Cualquier necesidad de cambio de las especificaciones establecidas en los documentos técnicos del contrato, deberá ser presentada oportunamente y de manera justificada por el Interventor, haciendo descripción técnica del cambio de especificación, procedimientos

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de ejecución, beneficios para el desarrollo del proyecto con su respectivo Análisis de Precios Unitarios; lo anterior será evaluado y validado por el interventor y sometido a aprobación de EL FONDO. Todos los materiales utilizados, deberán ser de primera calidad cumpliendo las normas colombianas. • DE LOS PLANOS Y DOCUMENTOS TÉCNICOS COMPLEMENTARIOS Los planos y documentos complementarios del proyecto, forman un todo que se complementa en sí mismo. El contenido de los planos y documentos complementarios deberá cumplirse en su totalidad, registrándose las variaciones presentadas o efectuadas con autorización de la Interventoría y entregándose debidamente actualizadas al finalizar la construcción en planos y documentos record que debe ser entregada en medio físico y digital en su formato de origen y en PDF.

La información planimetría y documental de los estudios técnicos hace parte integral del contrato, una vez se generen

2.4 OBLIGACIONES DELA ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS COMO

MANDATARIA DEL FONDO ADAPTACIÓN

1. Vigilar el desarrollo y ejecución del contrato y exigir al contratista el cumplimiento del mismo, a través de quien para ello designe la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (ANI) como MANDATARIA DEL FONDO y quien actuará como supervisor del contrato.

2. Formular sugerencias por escrito sobre observaciones que estime convenientes en el desarrollo del contrato, siempre enmarcadas dentro del término del mismo.

3. Solicitar el pago de los trabajos contratados en la forma establecida en los presentes estudios previos.

4. Entregar al contratista los documentos e información que obren en los archivos del FONDO (los cuales fueron avalados por la SOCIEDAD COLOMBIANA DE INGENIEROS –SCI) como MANDATARIA DEL FONDO, necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato.

5. Informar y entregar al contratista, en los eventos en que se requiera, los procedimientos, instructivos, formularios, etc., conforme a los cuales debe ejercer el contrato.

3 ACEPTACIÓN DE LA OFERTA

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Una vez recibida la oferta, por parte de la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS como mandataria del FONDO y de resultar HABILITADO el proponente y de no estar incurso en ninguna causal de rechazo, se dejará registro dentro del Formato de Idoneidad previsto dentro del manual de Contratación del FONDO. Posteriormente, el FONDO enviará una comunicación al proponente para informar acerca de la aceptación de su oferta.

4 SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO

Con el fin de valorar el alcance del objeto contractual requerido por la entidad, como sustento y justificación de los factores de selección adoptados para el presente proceso de contratación, en los estudios previos a la contratación se procedió a realizar el estudio de riesgos de la contratación, su tipificación, estimación y asignación. Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionadas en el presente numeral y como principio general, el contratista asumirá los efectos económicos de todos aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación. El FONDO no estará obligado a reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista. Sólo en el evento que se demuestre por parte del contratista pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por el FONDO, se procederá al restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato. La presentación de las ofertas implica la aceptación por parte del proponente de la distribución de riesgos previsibles descrita a continuación:

RIESGO

(Descripción) TIPIFICACIÓN ASIGNACIÓN

CALIFICACIÓN

(Impacto/

Probabilidad)

CUANTIFICACIÓN

Riesgo Regulatorio Cambios en la FONDO Medio/Baja 2%

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RIESGO

(Descripción) TIPIFICACIÓN ASIGNACIÓN

CALIFICACIÓN

(Impacto/

Probabilidad)

CUANTIFICACIÓN

regulación

impositiva. Consiste

en la modificación del régimen

impositivo luego de celebrado el

contrato

Orden Público

Eventuales

perturbaciones o demoras en trabajo

de campo por acciones o

atentados por parte

de grupos insurgentes o por la

población.

FONDO Bajo/Alta 3.0%

Riesgos de

Operación

Riesgo por la variación en

estimación de las

actividades para el cumplimiento del

contrato.

Interventor Medio/Media 2.0%

Mayor número de dedicación y/o de

hombres mes

Variaciones en la

mayor dedicación o

número de hombres por mes

Interventor Medio/Media 2.0%

Económico

Derivado de los

efectos provenientes de las

variaciones de las tasas de interés, de

cambio, riesgo país,

devaluación real y otras variables del

mercado, frente a las estimaciones

iniciales del consultor, que

puedan afectar las

utilidades esperadas o generar pérdidas.

Interventor Medio/Baja 2.0%

Financiero Liquidez en la caja Interventor Alto/Baja 3.0%

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RIESGO

(Descripción) TIPIFICACIÓN ASIGNACIÓN

CALIFICACIÓN

(Impacto/

Probabilidad)

CUANTIFICACIÓN

del Proyecto

Técnico

Riesgo del contrato ocasionado a causa

de la coordinación Interinstitucional.

Cuando el FONDO y/o INTERVENTOR

dependen de

decisiones de otras entidades oficiales.

Se refiere a los mayores costos

asumidos por el

INTERVENTOR debido a demoras

ocasionadas por otras entidades

públicas. Riesgo que asume el FONDO.

FONDO Bajo/Bajo 1%

Riesgos de operación

Riesgo presentado por accidentalidad

y/o muerte de personal del

INTERVENTOR desde la

adjudicación y/o

durante la ejecución del contrato, por

causas externas al proyecto o por

ausencia o falta o

deficiencia del SISTEMA DE

SEGURIDAD INDUSTRIAL del

INTERVENTOR.

Riesgo que asume el INTERVENTOR.

Interventor Bajo/Bajo 1%

Financiero

Riesgo presentado

por causa de un mal manejo del anticipo

(del contrato de

obra) por parte del

Interventor Alto /Bajo 3%

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RIESGO

(Descripción) TIPIFICACIÓN ASIGNACIÓN

CALIFICACIÓN

(Impacto/

Probabilidad)

CUANTIFICACIÓN

CONTRATISTA DE

OBRA. Hace

referencia a la responsabilidad que

tiene el Interventor sobre el control y

vigilancia del

anticipo del contrato de obra, sobre la

autorización de desembolsos, sobre

el correcto manejo del anticipo, sobre

la amortización de

su totalidad, sobre la no inversión del

anticipo en el contrato, etc.

Riesgo que asume

el INTERVENTOR teniendo en cuenta

que le corresponde al INTERVENTOR

hacer el seguimiento a este

proceso.

Profesional

Riesgo presentado

por daños técnicos y/o ambientales

causados por inadecuadas

prácticas del

proceso constructivo autorizados y/o

aprobados por el INTERVENTOR.

Riesgo que asume

el INTERVENTOR.

Interventor Bajo/Bajo 1%

Técnico

Riesgo no cubierto por la garantía de

calidad de la Interventoría a

causa de la

aprobación de (la

Interventor Alto/Bajo 3%

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RIESGO

(Descripción) TIPIFICACIÓN ASIGNACIÓN

CALIFICACIÓN

(Impacto/

Probabilidad)

CUANTIFICACIÓN

elaboración y/o

actualización de)

cálculos estructurales y/o

estudios y/o diseños definitivos, (tanto

generales y/o

específicos), para la rehabilitación de las

carreteras del contrato, ejecutados

deficientemente y/o incompletos por

parte del Contratista

de Obra. Asimismo riesgo generado por

problemas de estabilidad de la

obra a causa de la

aprobación de (la elaboración y/o

actualización de) cálculos

estructurales y/o estudios y/o diseños

definitivos, (tanto

generales y/o específicos), para la

construcción de los puentes vehiculares

objeto del contrato,

ejecutados deficientemente y/o

incompletos por parte del Contratista

de Obra (Ver la

Matriz de Riesgos del proceso de

Licitación Pública al cual se le realiza

esta Interventoría). Riesgo que asume

el INTERVENTOR.

Riesgos de Riesgo por la Interventor Medio/Media 2%

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RIESGO

(Descripción) TIPIFICACIÓN ASIGNACIÓN

CALIFICACIÓN

(Impacto/

Probabilidad)

CUANTIFICACIÓN

Operación variación en

estimación de las

actividades para el cumplimiento del

contrato (pe: mayor o menor costo para

ensayos de

laboratorio o viáticos, entre

otros).

Tipificación del riesgo: Es la definición que se hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que se puedan presentar en la ejecución del contrato. En otras palabras consiste en señalar los hechos de la humanidad o de la naturaleza que en un futuro pueden ocasionar daño para la estructura económica del contrato.

Asignación del riesgo: Una vez descrito y valorado el riesgo, se debe proceder a señalar a la parte contractual que debe afrontar, superar y financiar los efectos de la ocurrencia del riesgo. Es decir, es la distribución que se hace del riesgo y la manera en que se debe asumir el costo, por parte del contratista y la entidad contratante.

Calificación del Riesgo: Es un análisis que se realiza del riesgo frente a la probabilidad de que ocurra o no y el impacto que este puede generar

Cuantificación del Riesgo: La cuantificación es la valoración que se hace por la asunción misma de los riegos por las partes.

Para calificar el riesgo se debe tener en cuenta la siguiente tabla:

Para cuantificar el riesgo se debe tener en cuenta la siguiente tabla:

Altisima 4% 5% 5% 5%

Alto 3% 4% 4% 5%

Medio 2% 2% 4% 5%

Bajo 1% 2% 3% 4%

Bajo Medio Alto Altisima

FRECUENCIA O PROBABILIDAD DE

OCURRENCIA

IMP

AC

TO

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PROBABILIDAD IMPACTO

BAJO MEDIO ALTO ALTISIMO

ALTISIMA

Se espera que ocurra en la

mayoria de las circunstancias

Pequeñas perdidas

financieras

Medianas pérdidas

financieras

Alta pérdida

financiera

Enorme pérdida

financiera

ALTA

Probablemente ocurra en la

mayoria de las circuntancias

MEDIA Es posible que ocurra algunas

veces

BAJA Podria ocurrir algunas veces

Firma:

Nombre: Alexander Suarez Rodríguez

Cargo: Representante legal Asociación Nariñense de Ingenieros – MANDATARIA del FONDO ADAPTACION

Fecha: Septiembre de 2014

ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS Como MANDATARIA del FONDO ADAPTACION Elaboró: _____________________ _____________________ Nelson Eduardo Peña Caicedo Ricardo Guevara Apraez Coordinador Proyecto Asistente Legal Revisó _______________________ Jose Armando Rosero Rosero

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Director Consultoría

CAPÍTULO 2 – CONDICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS 5 IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD

PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN El FONDO ADAPTACION (en adelante, EL FONDO) tiene como finalidad la identificación, estructuración y gestión de proyectos, ejecución de procesos contractuales, disposición y transferencia de recursos para la recuperación, construcción y reconstrucción de la infraestructura de transporte, de telecomunicaciones, de ambiente, de agricultura, de servicios públicos, de vivienda, de educación, de salud, de acueductos y alcantarillados, humedales, zonas inundables estratégicas, rehabilitación económica de sectores agrícolas, ganaderos y pecuarios afectados por la ola invernal y demás acciones que se requieran con ocasión del Fenómeno de La Niña, así como para impedir definitivamente la prolongación de sus efectos, tendientes a la mitigación y prevención de riesgos y a la protección en lo sucesivo, de la población de las amenazas económicas, sociales y ambientales que están sucediendo. Como consecuencia del Fenómeno de “La Niña” 2010-2011, que causó importantes daños a

la infraestructura pública de salud, desmejorando las condiciones sanitarias y epidemiológicas

de la población Colombiana. Para atender la calamidad, el Gobierno Nacional, mediante el

Decreto 4819 del 29 de diciembre de 2010, creó el FONDO ADAPTACIÓN (el “FONDO”), cuyo

objeto es la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el

“Fenómeno de La Niña 2010-2011”, con personería jurídica, autonomía presupuestal y

financiera, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Según informa la postulación nacional No. 826, formulada ante el FONDO por el Ministerio de

Salud y Protección Social (en adelante el MINISTERIO), el mencionado fenómeno de La Niña,

2010-2011, produjo daños a una gran cantidad de instituciones prestadoras de salud (IPS)

del país, afectando cerca de un millón de personas que, a la fecha, no disponen de

estructuras adecuadas para la buena atención de servicios de salud.

Por lo anterior, el MINISTERIO formuló ante el FONDO dos postulaciones, la No. 116

efectuada en septiembre de 2011, mediante la cual propuso la intervención de 13 IPS en el

Departamento de Atlántico y la No. 826, efectuada en febrero de 2012, mediante la cual

postuló 220 IPS a nivel nacional, completando así un total de 233 IPS.

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En dichas postulaciones se definió el valor de las necesidades de intervención para

reconstrucción, construcción y dotación de las IPS, en la suma de hasta TRESCIENTOS

VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES, SEISCIENTOS TREINTA Y

CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ PESOS ($323.869.635.310).

En tal sentido, Una vez realizado el proceso de priorización, estas necesidades fueron

sometidas a consideración del Consejo Directivo del FONDO, quien las seleccionó tal como

consta, en el acta No. 4, del 29 de septiembre de 2011, y en el acta No. 9, del 2 de febrero

de 2012.

Posteriormente, a raíz de expresa petición del MINISTERIO, el Consejo Directivo aprobó, en

su sesión del 28 de junio de 2012, la unificación de las postulaciones del Departamento del

Atlántico y los demás a nivel Nacional incluyendo la unificación de los recursos asignados a

dichas postulaciones.

Mediante oficio N° 00146611, del 11 de julio de 2012, radicado en el FONDO el 18 de julio

del mismo año con el N° 001649, el MINISTERIO presentó al FONDO el “Listado definitivo de

IPS priorizadas para la reconstrucción de la infraestructura del sector salud en las poblaciones

afectadas por el Fenómeno de la Niña 2010-2011 con recursos del FONDO ADAPTACION”,

para un total de 233 IPS elegibles y priorizadas para intervenciones del FONDO.

Una vez seleccionadas las postulaciones por el Consejo Directivo, el FONDO inició la fase de

estructuración de los proyectos con el fin de ejecutar las obras de construcción,

reconstrucción y dotación de las IPS afectadas por el fenómeno de la Niña 2010-2011 en el

país, de acuerdo con las directrices establecidas por su Consejo Directivo.

El FONDO ADAPTACION requiere contratar la INTERVENTORIA PARA EL CONTRATO DE

CONSTRUCCION DEL CENTRO DE SALUD LAS MERCEDES EN EL MUNICIPIO DE ROBERTO

PAYAN - DEPARTAMENTO DE NARIÑO con el fin de cubrir la necesidad de reubicar la E.S.E.

Centro de Salud LAS MERCEDES con la interventoría se ejercerá el correspondiente control y

vigilancia directos sobre la ejecución de la construcción de la ESE con lo que se contribuirá a

prestar una atención eficiente a los usuarios de los servicios de salud, y dado que el proyecto

se encuentra dentro del objeto de reconstrucción de las IPS afectadas por el fenómeno de La

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Niña 2010-2011 aprobado por el Consejo Directivo del FONDO, se hace prioritaria su

ejecución, que beneficiará a 30.081 habitantes del Municipio de ROBERTO PAYAN, Nariño.

Esta contratación se encuentra prevista en el Plan de Contratación del FONDO en las

necesidades correspondientes a salud.

6 ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS DE SATISFACCIÓN DE LA NECESIDAD Y SELECCIÓN DE LA ALTERNATIVA MÁS FAVORABLE

Para lograr satisfacer las necesidades identificadas en el presente Estudio Previo, se analizaron tres alternativas: ALTERNATIVA 1: Realizar una convocatoria para contratar la INTERVENTORIA a la construcción de la IPS a través del Municipio donde se va a ejecutar la obra y con cargo a los recursos de su presupuesto. ALTERNATIVA 2: Contratar una INTERVENTORIA a la ejecución de la totalidad de las obras o intervenciones a ejecutarse en el Departamento de Nariño, con un solo contratista con experiencia comprobada en infraestructura del sector salud. ALTERNATIVA 3: Contratar una INTERVENTORIA a la ejecución de la obra correspondiente a la IPS del Municipio de ROBERTO PAYAN Departamento de Nariño, con un solo contratista con experiencia comprobada en infraestructura del sector salud con experiencia en la zona. Puesto que el Municipio no cuenta con los recursos técnicos y humanos suficientes y necesarios para adelantar la ejecución de la INTERVENTORIA del futuro contrato de obra, se descarta la alternativa No. 1. Considerando que cada Municipio tiene características y condiciones diferentes, y que cada proyecto requiere el avance en el cumplimiento de todos los requerimientos previos para el inicio de las obras y por lo tanto de la INTERVENTORIA, la logística requerida por el futuro contratista sería demasiado grande, por el número de intervenciones simultáneas que debería ejecutar, razón por la cual, se descarta la alternativa No.2. En conclusión, la alternativa que resulta más favorable y adecuada para satisfacer la presente necesidad es la No.3, además por cuanto la normatividad vigente aplicable al FONDO ADAPTACION en materia de contratación y específicamente lo concerniente a las modalidades de selección se pudo establecer que el artículo 4º del decreto 2962 de 2011, modificado por el artículo 1º del decreto 1241 de 2013, determina:

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“Artículo 1°. Modifíquese el artículo 4° del Decreto número 2962 de 2011, el cual quedará así: (…) Artículo 4°. Modalidades de selección. La selección de los contratistas del FONDO ADAPTACION se adelantará con arreglo a las siguientes modalidades, previa adopción de los planes y proyectos por parte del Consejo Directivo: 4.1. Selección Directa: Modalidad mediante la cual el FONDO ADAPTACION escogerá directamente al contratista, con sujeción a los precios del mercado y sin que se requiera obtener varias ofertas. Procederá la contratación directa en los siguientes eventos: 4.1.1. Cuando el valor del contrato incluidas sus adiciones sea inferior a 20.000 smmlv. (…)” En tal virtud, teniendo presente que por la cuantía del contrato a celebrar, la modalidad de selección del contratista es la CONTRATACIÓN DIRECTA, no es necesario analizar otras alternativas, pues tanto los decretos que reglamentan el funcionamiento del FONDO ADAPTACION, como sus propios reglamentos, son reiterativos en establecer que las condiciones para la contratación de bienes y servicios fijadas para el FONDO, le permiten la mayor eficiencia en la recuperación, construcción y reconstrucción de las infraestructuras afectadas por el fenómeno de “La Niña” y los efectos de la ola invernal que originó la emergencia declarada mediante el Decreto número 4580 de 2010, garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales y legales. 7 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS / ALCANCE DEL OBJETO OBJETO

INTERVENTORIA PARA LA CONSTRUCCION DEL CENTRO DE SALUD LAS MERCEDES EN EL MUNICIPIO DE ROBERTO PAYAN - DEPARTAMENTO DE NARIÑO, de conformidad con los estudios y diseños elaborados por el Departamento de Nariño, los cuales fueron validados por la SOCIEDAD COLOMBIANA DE INGENIEROS (SCI). LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El Municipio de ROBERTO PAYAN se ubica en el pie de monte costero de la costa pacífica del Dpto. de Nariño, el acceso es por vía fluvial, La cabecera municipal se llama San Jose de Roberto Payan:

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El asentamiento urbano se desarrolla en la rivera del Rio Saunde y Telembi, y estos cauces hídrico, no sólo son la vía de acceso, sino la fuente de recursos del municipio. De forma resumida, la edificación a construir con recursos del FONDO ADAPTACION es una IPS, que va a contar con los siguientes servicios:

1. Urgencias 2. Laboratorio 3. Consulta externa 4. Obstetricia 5. Servicios generales 6. Administración 7. Auditorio

Todo lo anterior, distribuido en un área de construcción de 2941 m2, con los siguientes capítulos de obra: - preliminares, - excavaciones y cimentaciones, estructura, - mampostería, - pañetes, - cubierta, - cielo rasos e impermeabilizaciones, - pisos y enchapes, - carpintería de madera, metálica y pvc, - acabados y aparatos sanitarios, - instalaciones hidrosanitarias, - red contraincendios, - instalaciones eléctricas, - obras exteriores, - sistema de climatización, -

sistema de gases medicinales.

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La construcción del proyecto comprende, sin limitarse a ellas, las siguientes actividades,

sumadas a las descritas en el numeral 2.2. del presente documento:

1. Etapa de Pre construcción: 1 mes Tendrá un plazo máximo de un (1) mes. Durante esta etapa, el Interventor debe asegurar que el Contratista de obra revise, analice, estudie, ajuste y/o complemente los estudios y diseños que previamente fueron validados por la SOCIEDAD COLOMBIANA DE INGENIEROS (SCI) y que serán entregados a través de la Gerencia del Proyecto como MANDATARIA DEL FONDO para la ejecución de las obras objeto de este Contrato. En consecuencia, durante la ejecución de esta etapa, EL INTERVENTOR deberá informar si el Constructor: a) acepta y valida los estudios y diseños entregados y se compromete a ejecutar la obra, b) propone ajustes o complementos a los diseños con cargo a los diseñadores, y con la nueva información, se compromete a ejecutar la obra, c) propone modificaciones a los diseños y asumiendo la responsabilidad de estos nuevos diseños, se compromete a ejecutar la obra con las modificaciones planteadas, y d) no se manifiesta en sentido alguno, situación que da lugar a ejecutar la cláusula resolutoria del contrato.

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Aprobación ajustes: El INTERVENTOR debe aprobar los ajustes o modificaciones hechos a los estudios y diseños con planos y diseños de detalle para la ejecución de las Obras de Construcción que presente el contratista de obra. Sanciones:La no entrega por parte del Contratista de Obra de los estudios y diseños ajustados suficientes para que el Interventor pueda hacerse un juicio acerca del alcance de la obra, dentro del término antes señalado dará lugar a la aplicación de las sanciones que se establezcan para tal fin.

Memoria Técnica Al finalizar la etapa de pre-construcción el INTERVENTOR deberá aprobar la Memoria Técnica que presente el Constructor, la cual debe contener la información sobre el balance que este hizo a los estudios y diseños, el balance financiero, la programación de obra y el cronograma de metas físicas. En ningún caso, la etapa de preconstrucción podrá superar el término de un (1) mes.

7.1 DISEÑOS, EN CASO DE QUE EL CONTRATO A CELEBRAR ASÍ LO REQUIERA Para la presentación de la oferta y ejecución del contrato se deben tener en cuenta los siguientes documentos técnicos, validados por la Sociedad Colombiana de Ingenieros (SCI), que se encuentran como anexo a este documento (en medio magnético).

1. Planos arquitectónicos, Eléctricos, Estructurales, De gases, Hidrosanitario, Aire acondicionado.

2. Memorias de cálculo. 3. Estudios de suelos 4. Especificaciones técnicas 5. Presupuesto y análisis de precios unitarios

8 VALOR ESTIMADO El presupuesto oficial estimado del Fondo para la presente contratación es de CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA PESOS M/CTE ($496.054.570) INCLUIDO IVA los demás impuestos, tasas y contribuciones y los costos directos e indirectos. Dicho valor comprende todos los costos y gastos requeridos para el desarrollo del contrato incluyendo recursos humanos y físicos, gastos de traslado, manutención y alojamiento en

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caso de que esto sea necesario, así como ajustes por cambio de vigencia. Por tal razón, no se reconocerán sumas adicionales por estos conceptos. 9 ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ECONÓMICO ESTIMADO DEL CONTRATO Y

LOS POSIBLES COSTOS ASOCIADOS AL MISMO

Para estimar el valor económico del contrato se tomó como referencia el Estudio de Mercado de “Tarifas Definitivas y Recomendaciones Generales para la Aplicación de Tarifas de Consultoría 2013”, socializado mediante memorando interno 20135000008033 del 30 de abril de 2013, afectado por el 4.5% que corresponde a la variación del Salario mínimo legal de 2013 a 2014 para las tarifas de los profesionales y por el 1.94% para las tarifas de equipos, con el fin de ajustar los precios a 2014. El Factor Multiplicador sobre sueldos de personal comprende el pago de salarios, prestaciones sociales, gastos administrativos y de operación, financieros, pólizas, seguros, etc. Dada la duración del contrato, los factores multiplicadores utilizados son: 2.47 para personal y 1.1 para costos operacionales. En la estimación del valor económico se tuvo en cuenta la estampilla creada mediante la Ley 1697 de 2013. Los costos operacionales y gastos reembolsables en que pueda incurrir el contratista, fueron estimados con base en tiempos y unidades aproximadas en relación con las actividades por desarrollar (Tiquetes aéreos, transportes, alquileres de vehículos oficinas y equipos, comunicaciones, copias edición de informes etc.). Todos los valores fueron calculados en pesos de 2014. Como el contrato se ejecutará en los años 2014 - 2015. El detalle de dicho presupuesto oficial se encuentra en el Anexo 4. 10 RUBRO PRESUPUESTAL Las obligaciones derivadas del presente proceso de contratación se respaldarán con recursos de inversión del FONDO ADAPTACION, con cargo a la Subcuenta SALUD. 11 FORMA DE PAGO

El FONDO ADAPTACION pagará el valor del contrato de la siguiente manera:

1. El cuarenta por ciento (40%) del valor del contrato (sin incluir costos reembolsables) se pagará mediante cuotas mensuales, vencidas, iguales, cuyo monto corresponderá al resultado de dividir la suma equivalente al 40 % del valor del contrato entre el número

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de meses (10) establecidos para la ejecución del mismo. Para dichos pagos se requiere de aprobación por parte de la Asociación Nariñense de Ingenieros ANI en su calidad de supervisor del contrato, del informe mensual de interventoría.

2. El sesenta por ciento (60%) del valor del contrato se pagará en función del progreso o adelanto mensual del contrato objeto de interventoría; para este efecto, mensualmente se establecerá, con base en las respectivas actas parciales de avance y con respecto al valor total de esta misma, el porcentaje de progreso o adelanto de los trabajos durante ese período.

2. De este 60%, se realizará una retención del diez por ciento (10%), que se pagará contra la terminación de las siguientes actividades:

a) Un cinco por ciento (5%) contra suscripción del acta de liquidación del contrato objeto de interventoría y su correspondiente aprobación por parte del Fondo.

b) El cinco por ciento (5%) restante contra la liquidación del contrato, previa aprobación del informe final de interventoría por parte del Asociación Nariñense de Ingenieros ANI en su calidad de supervisor.

Para proceder al pago, el contratista deberá anexar como mínimo los siguientes documentos o certificaciones:

a. Factura debidamente diligenciada. b. Acta de pago. c) Certificación de aprobación de informe mensual por parte delAsociación

Nariñense de Ingenieros ANI en su calidad de supervisor. c. Certificación por medio de la cual acredite que se encuentra al día en el pago de

aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

d. Y todos los demás documentos requeridos por el Fondo en el momento de presentación de las cuentas.

Los pagos se efectuarán dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de la factura, previo visto bueno de la Asociación Nariñense de Ingenieros ANI en su calidad de supervisor. Cuando la factura no se presente con el lleno de los correspondientes requisitos o no se acompañe de los documentos necesarios para el pago, el término para éste empezará a contarse desde la fecha en que una u otros se presenten en debida forma o se aporte el último de los documentos requeridos. Las demoras que se presenten por esta causa serán responsabilidad del contratista; por lo tanto, no causarán intereses, ni compensación de ninguna naturaleza. Todos los documentos para los pagos que deban efectuarse al contratista requieren del aval o aprobación de la Asociación Nariñense de Ingenieros ANI en su calidad de supervisor.

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Los impuestos y retenciones que se deriven del contrato corren por cuenta del contratista, para cuyos efectos el Fondo hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley. El contratista deberá abrir o contar con una cuenta bancaria, en un establecimiento bancario vigilado por la Superintendencia Financiera, para realizar allí el pago por transferencias, y por concepto de la forma de pago del contrato. Para tal efecto, y para la firma del contrato, el contratista deberá entregar al FONDO un certificado bancario con el número de cuenta para efectuar los pagos por transferencias. 12 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo máximo para ejecutar el contrato será de DIEZ (10) MESES contados a partir de la suscripción de la respectiva acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento del contrato. 13 SUPERVISIÓN La supervisión del contrato estará a cargo de la ASOCIACIÓN NARIÑENSE DE INGENIEROS ANI en su calidad de supervisor como MANDATARIA DEL FONDO. La supervisión deberá adelantarse de conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 001 de 2012 mediante la cual se adopta el Manual de Contratación y Supervisión del FONDO ADAPTACION o las normas que la modifiquen, reemplacen o complementen. 14 PERFIL DEL CONTRATISTA Para la ejecución de esta interventoría se requiere una persona natural o jurídica que tenga experiencia en la ejecución de INTERVENTORIA EN CONSTRUCCION DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA. Por lo anterior, Por lo anterior, la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS, como mandataria del FONDO, realizó una consulta en el registro único de proponentes y en la documentación aportada por el proponente, en la cual se identificó que la firma G.O.C. S.A. que cuenta con experiencia en INTERVENTORIA EN CONSTRUCCION DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA, su objeto social se enmarca en el código CIIU 80101603 y conoce la región, por lo cual puede ser un candidato idóneo para la ejecución del

futuro contrato de INTERVENTORIA. No obstante, el PROPONENTE deberá cumplir con los requisitos habilitantes exigidos en los presentes estudios previos.

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15 EQUIPO DE TRABAJO

El PROPONENTE deberá contar como mínimo con el siguiente grupo técnico mínimo de especialistas y de personal de apoyo para el desarrollo del contrato, con las dedicaciones mínimas estimadas en la siguiente tabla:

PERSONAL ESPECIALISTA, PROFESIONAL O DE APOYO

CANTIDAD DE

PERSONAL

DEDICACION

TOTAL HOMBRES

EN EL PROYECTO

DIRECTOR

DIRECTOR 1 25%

ESPECIALISTAS Y/O PROFESIONALES

RESIDENTE 1 100%

PROGRAMADOR DE OBRA 1 50%

ARQUITECTO ESPECIALISTA INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA.

1 30%

INGENIERO AMBIENTAL ESPECIALISTA EN SISO

1 100%

INGENIERO ELECTRICO 1 30%

15.1 MOMENTO DE ACREDITAR EL PERSONAL

Para efectos de acreditar el personal mínimo requerido para la ejecución del contrato se procederá de la siguiente manera: Personal a Acreditar: El INTERVENTOR deberá contar con el siguiente grupo de Especialistas, que deberá acreditar en el momento indicado:

PERSONAL TÍTULO

PROFESIONAL

TÍTULO DE

POSGRADO

EXPERIENCIA GENERAL (MÍNIMA)

EXPERIENCIA ESPECÍFICA

CERTIFICADA (MÍNIMA)

MOMENTO DE ACREDITAR EL

PERSONAL

DIRECTOR INGENIERO CIVIL O ARQUITECTO

15 AÑOS 5 AÑOS Firma del acta de

inicio

RESIDENTE INGENIERO CIVIL O ARQUITECTO

10 AÑOS 3 AÑOS Firma del acta de

inicio

PROGRAMADOR INGENIERO CIVIL 10 AÑOS 3 AÑOS Firma del acta de

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DE OBRA O ARQUITECTO inicio

INGENIERO AMBIENTAL ESPECIALISTA SISO Firma del acta de

inicio

ASESOR HOSPITALARIO

ARQUITECTO ESPECIALISTA EN

INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA

5 AÑOS 3 AÑOS Firma del acta de

inicio

El INTERVENTOR deberá contar con el consentimiento del personal profesional propuesto, para lo cual deberá adjuntar a la hoja de vida un compromiso en firme del profesional.

El INTERVENTOR es responsable de verificar que los profesionales propuestos tienen la

disponibilidad real para la cual se vinculan al proyecto. De comprobarse dedicación inferior a la aprobada se aplicarán las sanciones establecidas en el contrato.

15.2 MODO DE ACREDITAR LA EXPERIENCIA DEL PERSONAL

Todo profesional ofrecido para el proyecto deberá acreditar, mediante copia del documento idóneo que está autorizado para ejercer la profesión. En cumplimiento de lo establecido en el párrafo segundo del Art. 20 de la Ley 842 de 2003, los profesionales propuestos tendrán la obligación de encomendar los estudios, la dirección técnica, la ejecución de los trabajos o la interventoría, a profesionales inscritos en el registro profesional de ingeniería, acreditados con la tarjeta de matrícula profesional o, excepcionalmente, con la constancia o certificado de su vigencia. La experiencia como profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos de tesis no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales. Si el personal profesional mínimo propuesto no cumple con los requisitos exigidos en los estudios previos, el contratista deberá reemplazarlo por otro que sí los cumpla para el perfeccionamiento del contrato. Una vez el FONDO ADAPTACION a través de su MANDATARIA apruebe el personal mínimo requerido, éste no podrá ser cambiado durante la ejecución del contrato, a menos que exista una justa causa, la cual deberá ser sustentada antas la entidad, para su evaluación y posterior autorización. En caso de aprobarse el cambio por parte del Fondo, el personal deberá reemplazarse por uno de igual o superior categoría que el exigido. Los títulos de educación superior otorgados por instituciones de educación superior extranjeras, o por instituciones legalmente reconocidas por la autoridad competente en el respectivo país para expedir títulos de educación superior, deben presentarse homologados o convalidados por el Ministerio de Educación Nacional, según la normatividad vigente, a menos

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que se trate de profesionales domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia. La experiencia general de los profesionales se contará desde la fecha de expedición de la matrícula profesional. La experiencia específica debe ser certificada y sólo se contará a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional. EL FONDO a través de su MANDATARIA computará la experiencia específica con base en la duración total (desde la fecha de inicio y hasta la fecha de terminación) de los proyectos mediante los cuales el proponente pretenda demostrar que los profesionales que ofrece cumplen dicho requisito; en el evento en que la duración de tales proyectos se traslape, EL FONDO a través de su MANDATARIA únicamente tendrá en cuenta uno sólo de ellos. Para efectos de computar la experiencia, en el evento que no se pueda acreditar la fecha con día, mes y año se tomará como válido el último día del mes. El ejercicio de cargos públicos o el ejercicio como director/especialista de proyectos de investigación será válido siempre y cuando las funciones propias del cargo desempeñado, o las que hubiera ejercido por delegación, incluyan la ejecución de actividades de carácter técnico idénticas o similares a la experiencia requerida. Para computar la experiencia, podrán hacerse las siguientes equivalencias:

Estudios de Posgrado con Titulo

Experiencia General (años)

Experiencia Especifica (años)

Especialización 2 1

Maestría 3 1.5

Doctorado 4 2

Estas equivalencias se tendrán en cuenta en ambos sentidos, títulos para validar años de experiencia y años de experiencia para validar títulos, sin embargo, los estudios de posgrado sólo se validaran como experiencia específica. 16 CRITERIOS DE EVALUACIÓN HABILITANTES Para la selección del contratista se verificarán los aspectos que se relacionan en el siguiente cuadro:

ÍTEM CRITERIOS

HABILITANTES MÉTODO DE EVALUACIÓN

1 Capacidad Financiera Habilitante

2 Capacidad Técnica Habilitante

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(general y específica)

3 Capacidad Jurídica Habilitante (ver capítulo 3)

Los requisitos habilitantes serán objeto de verificación y no de calificación, por tanto, se evaluará como HABILITADO o NO HABILITADO. Los requisitos habilitantes son los que se describen a continuación: 16.1. CAPACIDAD FINANCIERA 1. Capital de Trabajo Capital de Trabajo ≥ 20% Presupuesto Oficial Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente

INDICADOR SOLICITADO CALIFICACIÓN

Capital de Trabajo con relación al Presupuesto Ofertado

=(Capital de trabajo / Ppto. Ofertado)*100

Capital de Trabajo ≥ 20% del Presupuesto Ofertado

HABILITADO

2. Patrimonio

Patrimonio ≥ 20 % Presupuesto Oficial

16.1.1. MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA El proponente acreditará la capacidad financiera mediante la información y documentos aportados en su propuesta con la presentación de los siguientes documentos:

Estados financieros completos auditados (Balance Inicial, Balance General, Estado de Resultados) (con corte a 31 de diciembre 2013)

Notas a los Estados Financieros (con corte a 31 de diciembre 2013) Copia de la tarjeta profesional del contador y del revisor fiscal que avala los

documentos financieros requeridos.

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Certificado vigente de antecedentes disciplinarios con no más de 30 días de expedición del contador público y del revisor fiscal que avala los documentos financieros requeridos expedido por la junta central de contadores de Colombia.

16.2. CAPACIDAD TÉCNICA 16.2.1. EXPERIENCIA DE LA FIRMA

La Asociación Nariñense de Ingenieros (ANI) como Mandataria del FONDO determinó que la experiencia que se exigirá en la contratación, corresponderá a aquellas actividades que tengan relación con el objeto contractual y sean proporcionales a su alcance; así, dado que el contrato a suscribir tiene un objeto especifico con implicaciones económicas, sociales y ambientales, se requiere garantizar desde el punto de vista técnico, experiencia en interventoría de construcción de infraestructura para uso hospitalario, por medio de certificaciones de interventoría de obra verificables. En razón a lo anterior, para efectos del proceso de selección que se pretende adelantar, se solicitará una experiencia general con las siguientes exigencias:

El proponente deberá acreditar haber ejecutado hasta tres (3) contratos cuyo objeto corresponda a la interventoría de construcciones de edificaciones para uso hospitalario. La suma de las certificaciones debe ser por valor equivalente al presupuesto oficial estimado en estos estudios previos, expresado en smmlv. Dichos contratos deben estar liquidados al momento de la presentación de la oferta.

El proponente deberá acreditar haber ejecutado en hasta tres (3) contratos cuyo objeto sea la interventoría de construcción de infraestructura en salud y/o hospitales y/o centros de salud, un área mayor o igual a 3.000 metros cuadrados.

El proponente debe incluir en su propuesta el Anexo 3 en el cual debe relacionar los contratos que la Asociación Nariñense de Ingenieros como Mandataria del FONDO, debe tener en cuenta para verificar su EXPERIENCIA, y debe acreditarse de acuerdo con las condiciones detalladas en numeral – MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD TÉCNICA del presente

documento.

16.2.1.1. MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD TÉCNICA

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El proponente debe diligenciar el Anexo 3 - EXPERIENCIA y como soporte se deben adjuntar copias de las certificaciones o actas de liquidación. El FONDO verificará la capacidad técnica, con los documentos aportados en la oferta; por lo tanto, es responsabilidad del participante asegurarse de que los documentos incluyan la información y datos necesarios de los contratos para demostrar la experiencia que pretende hacer valer. La experiencia se reconocerá con base en certificaciones o actas de liquidación las cuales deben incluir, por lo menos: fecha de expedición, objeto del contrato, valor del contrato, nombre, firma y cargo de la persona que certifica, período de duración (fecha inicio y fecha de terminación), porcentaje de participación (en caso de formas asociativas), actividades desarrolladas, datos de contacto (dirección y teléfono) que permitan verificar la información, y deberán hacer referencia al perfil solicitado. En caso que la certificación no cuente con toda la información solicitada, se requiere presentar copia del respectivo contrato que acredite dicha experiencia. Los contratos ejecutados en consorcio o en unión temporal se tendrán en cuenta para acreditar este requisito, de acuerdo con el porcentaje de participación en su ejecución que hubiese tenido el proponente o sus integrantes. La condición de subcontratista no será válida para acreditar el cumplimiento de este requisito. El FONDO se reserva el derecho de verificar y solicitar ampliación de lo manifestado por EL PROPONENTE y en el caso de establecer que los datos consignados en las mismas no son verídicos, se rechazará la propuesta. Los proponentes deben informar en el respectivo Formato el valor ejecutado, actualizado, de los contratos que relacionen para acreditar experiencia. Para el cálculo del VFA a consignar, se deberá tomar el valor total del contrato, y dividirlo por el valor del SMMLV vigente en el año de terminación de dicho contrato y, en caso de que estos se hubieran ejecutado bajo alguna modalidad de asociación (Consorcio, Unión Temporal u otra), deben multiplicarlo, según su porcentaje de participación en aquellos contratos. Se entenderá por valor ejecutado del contrato:

1. El que corresponda al valor establecido en el respectivo contrato. 2. En caso de que el valor del contrato sea indeterminado, se tomará como valor del

contrato el utilizado como referencia para efectos fiscales o para efectos del otorgamiento de las garantías que se hubieren expedido, o

3. El que conste en el documento de liquidación del contrato.

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Así mismo, si el valor ejecutado de los contratos relacionados para acreditar experiencia se pactó en moneda extranjera, el proponente debe convertirlo a pesos colombianos, de acuerdo con las siguientes reglas: a) Si el valor está expresado en dólares de los Estados Unidos de América ($USD), lo

convertirá a pesos colombianos utilizando la tasa de cambio representativa del mercado (TCRM) correspondiente al día de finalización del respectivo contrato, publicada por el Banco de la República en el enlace:

http://www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see_ts_trm.htm#tasa

b) Cuando el valor esté dado en moneda extranjera diferente al dólar de los Estados Unidos

de América, se realizará su conversión a dólares estadounidenses de acuerdo con las tasas de cambio del día de terminación de contrato y luego se procederá a su conversión de los $USD resultantes a pesos colombianos, de conformidad con la Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TCRM), para lo cual se procederá como se indicó en el párrafo anterior.

Para el caso de Euros (€), el proponente debe tomar la tasa de cambio a $USD publicada por el Banco Central Europeo del día de finalización del respectivo contrato, publicada en el siguiente enlace:

http://sdw.ecb.europa.eu/quickview.do?SERIES_KEY=120.EXR.D.USD.EUR.SP00.A

Para el caso de otras monedas diferentes al dólar al euro o al dólar de los Estados Unidos de América, el proponente lo convertirá a dólares estadounidenses, de acuerdo con la tasa de cambio correspondiente al día de terminación del contrato, publicada por el Banco de la República en el siguiente enlace:

http://www.banrep.gov.co/es/tasas-cambio-mundo

Una vez convertido el precio del contrato a pesos colombianos, debe actualizarse expresándolo en SMMLV en el año de terminación de dichos contratos. En todo caso, el FONDO verificará aritméticamente, con fundamento en la información reportada en la propuesta, el cálculo del valor total ejecutado o facturado de cada contrato, el de su conversión a pesos colombianos, cuando esto último resulte procedente, y corregirá los errores aritméticos que presenten las correspondientes operaciones; el valor corregido será el que servirá de base para la verificación de este requisito habilitante.

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17. OFERTA ECONÓMICA El proponente deberá diligenciar el Anexo 4 “Presentación de la Oferta Económica”. La propuesta será declarada como NO HÁBILITADA en los siguientes casos:

En caso de que la propuesta económica supere el Presupuesto Oficial estimado Si se modifica el formato de presentación de la oferta económica imposibilitando la

comparación de las ofertas.

Firma:

Nombre: Alexander Suarez Rodríguez

Cargo: Representante legal Asociación Nariñense de Ingenieros – MANDATARIA del FONDO ADAPTACION

Fecha: Julio de 2014

Elaboró: ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (COMO MANDATARIA DEL FONDO ADAPTACION) _______________________________________________

Elaboró: _____________________ _____________________ Nelson Eduardo peña Caicedo Ricardo Guevara Apraez Coordinador Proyecto Asistente Legal Revisó _______________________ Jose Armando Rosero Rosero Director Consultoría

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CAPITULO 3 – CONDICIONES LEGALES

18. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO QUE SE PRETENDE CELEBRAR

La presente contratación tiene como fundamento jurídico lo consagrado en el artículo 7° del Decreto 4819 de 2010 y el Decreto 2962 de 2011, modificado por el Decreto 1241 de 2013. Artículo 7° del Decreto 4819 de 2010, el cual establece: “Artículo 7° Régimen Contractual. Los contratos que celebre el Fondo para el cumplimiento de su objeto, cualquiera sea su índole o cuantía, se regirán por el derecho privado y estarán sujetos a las disposiciones contenidas en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, dando aplicación a los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007. El Consejo Directivo, podrá determinar las cuantías y casos en los cuales sea necesario adelantar procesos de selección que garanticen la participación pública. Parágrafo. El Gobierno Nacional reglamentará todas las condiciones para la contratación del Fondo que permitan mayor eficiencia en la recuperación, construcción y reconstrucción por el fenómeno de "La Niña", garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales y legales citados en el presente artículo”. Artículo 4° del Decreto 2962 de 2011, modificado por el artículo 1° del Decreto 1241 de 2013, el cual establece: “Artículo 4°Procedimientos de selección. La selección de los contratistas del Fondo Adaptación se adelantará con arreglo a las siguientes modalidades, previa adopción de los planes y proyectos por parte del Consejo Directivo: (…) 4.1. Selección Directa: Modalidad mediante la cual el Fondo Adaptación escogerá directamente al contratista, con sujeción a los precios del mercado y sin que se requiera obtener varias ofertas. Procederá la contratación directa en los siguientes eventos: 4.1.1. Cuando el valor del contrato incluidas sus adiciones sea inferior a 20.000 SMMLV. (…)

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4.1.5. Contratos de prestación de servicios, de consultoría y los relacionados con actividades operativas, logísticas o asistenciales. (…)” Artículo 9° del Decreto 2962 de 2011, modificado por el artículo 2° del Decreto 1241 de 2013: "Artículo 9°. Autorización. Siempre se requerirá autorización del Consejo Directivo tratándose de contratos para operaciones de crédito y sus actividades conexas. También se requerirá autorización del Consejo Directivo para contratar directamente, cuando se trate de contratos para la ejecución de actividades que solamente puedan encomendarse a determinadas personas, en consideración a sus calidades especiales; contratos de prestación de servicios, de consultoría y los relacionados con actividades operativas, logísticas o asistenciales; arrendamiento, comodato y adquisición de bienes inmuebles, y la cuantía del futuro contrato en esos casos, supere los 20.000 SMMLV". En virtud de la normatividad arriba descrita, el Fondo se rige por el derecho privado y está sujeto a las disposiciones contenidas en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, y específicamente en virtud de los principios de economía, celeridad, eficiencia y eficacia, pretende adelantar la presente contratación por el procedimiento de SELECCIÓN DIRECTA, teniendo en cuenta el objeto a contratar y a que la cuantía estimada del contrato asciende a la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA PESOS M/CTE ($496.054.570) INCLUIDO IVA, cuantía que no supera los 20.000 SMMLV, los cuales para el año 2014 equivalen a DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS ($12.320.000.000,00). IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR: El contrato a celebrar es de INTERVENTORIA. 19. CRITERIOS DE EVALUACIÓN JURIDICA

ÍTEM CRITERIOS DE EVALUACIÓN MÉTODO DE EVALUACIÓN

1 Capacidad Jurídica Habilitante

19.1. FACTORES HABILITANTES

19.1.1 CAPACIDAD JURÍDICA El oferente debe contar con capacidad para presentar la correspondiente propuesta, celebrar y ejecutar el contrato y no encontrarse incurso en las prohibiciones, inhabilidades e

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incompatibilidades establecidas en la Constitución Política y en la ley para celebrar contratos con las entidades estatales. La capacidad jurídica comprende el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Manifestación expresa, clara e irrevocable de presentar oferta o propuesta. La carta de presentación de la oferta deberá estar firmada por el proponente, su representante legal o su apoderado, indicando en ella su manifestación expresa de presentar oferta, así como su conocimiento y conformidad con las condiciones del respectivo contrato, según modelo que se adjunta a estos estudios previos. Además, la carta debe contener el nombre o razón social, la identificación, la dirección, el número telefónico, el fax y la dirección electrónica del proponente.

2. Presentar fotocopia del documento de identidad del representante legal y/o apoderado. La propuesta debe integrarse con una fotocopia de la cédula de ciudadanía o del documento de identidad del proponente, de su representante o de su apoderado.

3. Personas Jurídicas Civiles o Comerciales, Nacionales o Extranjeras con Sucursal en Colombia: Las personas jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia: a. Deben presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la

Cámara de Comercio de su domicilio. El certificado no podrá tener fecha de expedición superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, con este certificado deben acreditar:

La existencia y representación legal; Las facultades del representante legal para presentar la propuesta

individualmente o como integrante de un consorcio o de una unión temporal (según sea el caso) y para la suscripción del contrato;

Que su objeto social principal o complementario permite a la persona jurídica la celebración y ejecución del contrato.

Que se han constituido con anterioridad a la fecha de presentación de la propuesta y que el término de su duración es, por lo menos, igual al plazo del Contrato y cinco (5) años más.

b. Cuando el representante legal de las personas jurídicas nacionales o de las sucursales en Colombia tenga limitaciones estatutarias para presentar la propuesta, suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la presentación de la propuesta, debe presentar simultáneamente con la propuesta un extracto del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente, que autorice la presentación de la propuesta, la celebración del contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación.

4. Estar al día, de conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, con las obligaciones para con los sistemas de salud, pensiones y con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF (si a ello hubiere lugar).

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Para acreditar el cumplimiento de este requisito, el oferente podrá utilizar el modelo que se adjunta en el anexo.

5. Garantizar la seriedad de la propuesta. 6. No encontrarse reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría

General de la República, de acuerdo con las disposiciones del artículo 60 de la Ley 610 de 2000.

7. No presentar antecedentes disciplinarios vigentes que impidan participar en el proceso y celebrar el contrato correspondiente.

8. No tener antecedentes judiciales que impidan participar en el proceso y celebrar el contrato correspondiente.

9. Estar inscrito en el RUT, siempre que se trate de proponentes sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN.

19.2. DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL EXTERIOR En la propuesta se podrán aportar documentos otorgados en el extranjero, en original o copia simple, traducidos oficialmente al castellano, si a ello hubiere lugar, sin que se requiera para su consideración del trámite de legalización, consularización o apostille, según corresponda. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la aceptación de la oferta, EL CONTRATISTA debe presentar ante EL FONDO, la consularización o apostille de los documentos otorgados en el extranjero que haya aportado en su propuesta sin este requisito, el cual debe cumplir en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 251, del Código General del Proceso, 480, del Código de Comercio, en la Ley 455 de 1998 y en la Resolución 4300 del 26 de julio de 2012, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. No se podrá suscribir el contrato sin que se haya aportado la documentación otorgada en el extranjero con su legalización, consularización o apostille, según el caso. El futuro contratista no podrá alegar justa causa para no suscribir el contrato dentro del plazo fijado en el cronograma del proceso o en el plazo otorgado para ello, sustentada en la demora en los trámites de legalización, consularización o apostille, según corresponda. Los formatos, formularios o anexos de los Estudios Previos que sean diligenciados en el exterior no requieren presentarse autenticados o apostillados. 20. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS PARA EL

CUMPLIMIENTO DE LOS RIESGOS CONTRACTUALES O EXTRACONTRACTUALES

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Riesgos precontractuales: El oferente debe garantizar la seriedad de su ofrecimiento mediante cualquiera de los mecanismos de cobertura del riesgo establecidos en el Decreto 1510 de 2013. Para este efecto, constituirá a su costa y adjuntará a la oferta la correspondiente garantía de seriedad que cubra los perjuicios ocasionados por: i) la no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad, cuando se requiera, ii) el retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de la oferta, iii) la no suscripción del contrato sin justa causa por parte del oferente y iv) la falta de otorgamiento por parte del oferente de la garantía de cumplimiento del contrato. En el evento en que el oferente opte por garantizar la seriedad de la oferta mediante una póliza seguros, esta debe constituirse en formato a favor de entidades estatales. La garantía debe constituirse por el oferente, a favor del FONDO ADAPTACIÓN NIT 900.450.205-8, por valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor de la propuesta. La garantía debe estar vigente desde la presentación de la oferta y por ciento veinte (120) días. Los aspectos relacionados con la garantía de seriedad de la oferta que no se encuentren regulados en estas reglas, se regirán por las disposiciones pertinentes del Decreto 1510 de 2013 o de las normas que lo modifiquen o sustituyan. Riesgos contractuales: GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO: Con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, y de conformidad con las disposiciones del artículo 116 del Decreto 1510 de 2013, el proponente deberá constituir a favor del FONDO ADAPTACIÓN NIT 900.450.205-8, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la firma del contrato, una garantía, expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, la cual podrá consistir en una póliza de cumplimiento en favor de entidades estatales, que incluya los siguientes amparos:

Riesgo Señale los que

apliquen

Justificación de los amparos a exigir

(solo los que apliquen)

Monto Vigencia

Cumplimiento del Contrato

X Al ser un contrato de interventoría se demanda personal para llevarlo a cabo

20% del valor del contrato

Plazo del contrato y tres (3) años más

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Riesgo Señale los que

apliquen

Justificación de los amparos a exigir

(solo los que apliquen)

Monto Vigencia

Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales.

X

Perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista derivadas de la contratación del personal utilizado en el territorio nacional para la ejecución del contrato amparado.

30% del valor del contrato.

Cinco (5) años contados a partir del recibo a satisfacción de la obra

Estabilidad y calidad de la obra.

X Perjuicios ocasionados por cualquier tipo de daño o deterioro, imputable al contratista, sufrido por la obra entregada a satisfacción.

20% del valor del contrato.

Hasta la liquidación del contrato.

Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados.

X El monto y el objeto del contrato y los posibles perjuicios que podría sufrir el FONDO, por el incumplimiento total o parcial, tardío o defectuoso de las obligaciones del CONTRATISTA.

20% del valor del contrato

Cinco (5) años contados a partir del recibo a

satisfacción de la obra

Calidad del servicio X Porque la ejecución del contrato demanda el uso de personal.

Mínimo el 10% del valor del contrato

Plazo del contrato y tres (3) años más

Responsabilidad civil extracontractual

X Porque por el objeto o naturaleza se considera necesario con ocasión de los Riesgos del contrato

Ver Tabla N°2

Ver Tabla N°2

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Los aspectos relativos a la garantía se regirán por las disposiciones pertinentes del Decreto 1510 de 2013 o por las normas que lo modifiquen o sustituyan. La vigencia de los amparos deberá ajustarse de acuerdo con las fechas en que se suscriban el acta de iniciación del contrato y la de liquidación, según sea el caso. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL:

Tabla N°1

INTERVINIENTES Y AMPAROS EN LA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL (Artículo 137-Decreto 1510 de 2013)

Asegurados Beneficiarios

Intervinientes Fondo Adaptación Fondo Adaptación

Contratista Terceros Afectados

Básico Valor Asegurado

Amparos

Predios, Labores y Operaciones

(Ver tabla N°2)

Adicionales Valor Asegurado

Perjuicios por daño emergente y lucro cesante

100% del Valor Asegurado del amparo

básico NOTA: No se admiten

sublimitaciones

Perjuicios extrapatrimoniales

Responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos

Amparo patronal

Vehículos propios y no propios

Tabla N°2

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TABLA PARA CALCULAR LA SUFICIENCIA DE LOS VALORES ASEGURADOS EN PÓLIZAS DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL ( Artículo 126-

Decreto 1510 de 2013)

Rangos de Valor del Contrato Salario Mínimo

Año 2014 $616.000

Topes según Decreto

Desde Hasta Valor Asegurado Valor

Asegurado en SMMLV

Hasta 1.500 SMMLV

$ 0 $924.000.000 $ 123.200.000 200

Hasta 2.500 SMMLV

$ 924.000.000 $1.540.000.000 $ 184.800.000 300

Hasta 5.000 SMMLV

$ 1.540.000.000 $ 3.080.000.000 $ 246.400.000 400

Hasta 10.000 SMMLV

$ 3.080.000.000 $ 6.160.000.000 $ 308.000.000 500

Superior a 10.000 SMMLV ($6.160.000.000) el valor asegurado será el 5% del valor del contrato y en ningún caso superior a 75.000 SMMLV

$ 46.200.000.000 75.000

NOTA: La vigencia de esta garantía debe ser igual al plazo de ejecución del contrato.

Firma:

Nombre: Alexander Suarez Rodríguez

Cargo: Representante legal Asociación Nariñense de Ingenieros – MANDATARIA del FONDO ADAPTACION

Fecha: Julio de 2014

ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS (COMO MANDATARIA DEL FONDO ADAPTACION) _______________________________________________

Elaboró:

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_____________________ _____________________ Nelson Eduardo Peña Caicedo Ricardo Guevara Apraez Coordinador Proyecto Asistente Legal Revisó _______________________ Jose Armando Rosero Rosero Director Consultoría

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CAPÍTULO 4 – ANEXOS

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ANEXO - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA (Ciudad y fecha) Señores FONDO ADAPTACION Calle 75 Nº 5 - 88 Piso 3 - Edificio Difransa Bogotá D.C. ASUNTO: CONTRATAR LA INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,

FINANCIERA, CONTABLE, JURÍDICA, Y AMBIENTAL AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD LAS MERCEDES EN EL MUNICIPIO DE ROBERTO PAYAN - DEPARTAMENTO DE NARIÑO

Apreciados Señores: Nosotros los suscritos, de acuerdo con lo establecido en los estudios previos, presentamos la siguiente propuesta para CONTRATAR LA INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, JURÍDICA, Y AMBIENTAL AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD LAS MERCEDES EN EL MUNICIPIO DE ROBERTO PAYAN - DEPARTAMENTO DE NARIÑO. De acuerdo con los estudios previos, sus anexos y adendas; y en el caso de que nos sea aceptada y adjudicado el contrato por el FONDO ADAPTACION a través de su MANDATARIA la ASOCIACION NARIÑENSE DE INGENIEROS, nos comprometemos a firmar el contrato dentro del término establecido. Para el efecto declaramos, bajo la gravedad de juramento: Que aceptamos todas las condiciones y exigencias establecidas en el presente proceso y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a este proceso contractual. Que leímos cuidadosamente los términos y condiciones para contratar y elaboramos nuestra propuesta ajustada a los mismos, por tanto conocimos y tuvimos las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a nuestras inquietudes. Que conocemos los sitios donde se ejecutará el objeto del contrato y hemos tomado atenta nota de sus características básicas, necesarias para ejecutar el objeto del contrato, tales como: tipo de terreno, geología del sector, condiciones ambientales, localización y naturaleza de la obra, los materiales necesarios para su ejecución y localización de las fuentes para su explotación, transporte, mano de obra, zonas de botaderos, vías de acceso al sitio y las instalaciones que se puedan requerir, condiciones sociales y de orden público del área de influencia, teniéndolas en cuenta para el desarrollo y manejo ambiental del proyecto y sobre

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todas las circunstancias y riesgos que puedan afectar o influir en los alcances de nuestra oferta y el desarrollo del contrato, cumpliendo con las especificaciones técnicas y la normatividad vigente. Que la propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de esta carta. Que ninguna entidad o persona distinta del firmante tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contrato probable que de ella se derive. Que toda la información y documentación suministrada es veraz. Que a solicitud del FONDO nos obligamos a suministrar cualquier información necesaria para la correcta evaluación de nuestra propuesta. Que conocemos la información general, las especificaciones técnicas, las condiciones y requisitos establecidos en los Términos y Condiciones Contractuales y demás documentos complementarios y aceptamos su contenido. Que la presente propuesta consta de ______________ ( ) folios debidamente numerados y rubricados. Que en caso de ser favorecido(s) en la presente selección me(nos) comprometo(emos) a pagar los impuestos a que haya lugar y a expedir las garantías requeridas de acuerdo con el contrato que se derive. Que hemos recibido y aceptamos el contenido de los estudios previos, todas adendas y documentos de aclaraciones que se produjeron. Que manifestamos expresamente haber leído y conocer las solicitudes requeridas así como las modificaciones expedidas por el FONDO ADAPTACION (Si las hay), y en consecuencia me someto a las condiciones en ellas establecidas. Que nos comprometemos a ejecutar el contrato dentro de los plazos establecidos en los Términos y Condiciones Contractuales, contados a partir de la fecha del perfeccionamiento del contrato y aprobación de sus garantías. Que aceptamos que el valor de nuestra propuesta, por cada grupo, sea el resultante de la verificación aritmética en caso que este genere modificaciones. Que nos comprometemos a que, de resultar adjudicatarios del presente proceso, el personal necesario estará disponible en la medida que sea requerido con el fin de garantizar la calidad de los productos en los tiempos requeridos para el adecuado desarrollo del contrato. Que si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a suscribir el contrato y constituir sus garantías dentro de los términos señalados para ello. El recibo de esta propuesta no establece ningún compromiso contractual sino la aceptación de condiciones para acceder a un proceso de selección. Que convenimos en mantener esta propuesta por un periodo de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del proceso. La propuesta me obliga y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de que expire el periodo indicado. Que renunciamos a cualquier reclamación por desconocimiento de las condiciones o de errónea interpretación de los términos y condiciones contractuales.

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Que entendemos y aceptamos que el Fondo no está obligado a aceptar la más baja ni cualquiera de las propuestas que reciba. Que entendemos y aceptamos que en virtud de la Ley 30 de 1989, los archivos de El FONDO ADAPTACIÓN son inviolables y por consiguiente todos sus documentos, actas y manuscritos así como la correspondencia, son de carácter confidencial. Que ni el proponente persona jurídica o natural, representante legal o socios, ninguno de los integrantes de la Unión Temporal, Consorcio o Contrato de Promesa de Sociedad, (indicar según corresponda) y ninguno de los integrantes del equipo de trabajo con que se ejecutará el proyecto se encuentran incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones consagradas en la ley, así como tampoco se encuentran incursos en causal de disolución y/o liquidación concordato, quiebra o cesación de pagos o en concurso de acreedores o embargo. Que ni el abajo firmante, ni los directivos del proponente y ninguno de los integrantes del equipo de trabajo con que se ejecutarán los servicios contratados, se encuentran incursos en conflicto de interés. Que pertenezco al régimen de impuestos _____________________. Que la propuesta económica fue diligenciada en el anexo No. _____. Que nuestra propuesta de precio será obligatoria para todos nosotros, con sujeción a las modificaciones que resulten de las negociaciones del contrato, hasta la expiración del período de validez de la propuesta. Que manifiesto (amos) que toda la información necesaria para la estructuración de nuestra propuesta estuvo a nuestra disposición y que la no utilización de todos los medios posibles fue una decisión nuestra. Hago constar que me comprometo, en caso que me sea adjudicado el contrato, a presentar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, ante el FONDO ADAPTACIÓN o ante quien él indique, las hojas de vida del personal profesional a emplear para la ejecución del contrato respectivo, de acuerdo al perfil requerido en los términos y condiciones contractuales del presente proceso, para que sean aprobadas. MANIFESTACIÓN Que para los efectos previstos en el numeral primero del Artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, acepto que el Fondo me notifique por medios electrónicos, las actuaciones administrativas con ocasión del futuro contrato y su ejecución, para efectos de lo cual, la dirección de correo electrónico a la cual deben dirigirse las comunicaciones es la siguiente: ___________________________________________ EL VALOR DE LA PROPUESTA NO PUEDE ESTAR CONTENIDA NI SE PUEDE INFERIR EN NINGÚN DOCUMENTO DEL SOBRE Nº 1.

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Atentamente, FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL : _____________________________________ NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL : _____________________________________ DOC. IDENTIFICACION DEL R. LEGAL : _____________________________________ RAZÓN SOCIAL DEL PROPONENTE : _____________________________________ N.I.T. DEL PROPONENTE : _____________________________________ DIRECCIÓN COMERCIAL PROPONENTE : _____________________________________ CIUDAD Y DEPARTAMENTO : _____________________________________ TELÉFONOS : _____________________________________ FAX : _____________________________________ CORREO ELECTRÓNICO : _____________________________________ Con el fin de dar cumplimiento al artículo 14 de la Ley 64 de 1978, esta oferta es avalada por ________ __________________________ (nombre), identificado con ______ N° ____________ y con Tarjeta Profesional N° __________, quien firma esta carta y quien no tiene incompatibilidades o conflictos de interés con el Fondo Adaptación. __________________________ FIRMA Ninguna estipulación contenida en esta Carta de Presentación, reemplaza la información o documentación exigida en los términos y condiciones contractuales.

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ANEXO 2 - CERTIFICACIÓN APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES (Ciudad y fecha) Señores FONDO ADAPTACION Calle 75 Nº 5 - 88 Piso 3 - Edificio Difransa Bogotá D.C. ASUNTO: CONTRATAR LA INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,

FINANCIERA, CONTABLE, JURÍDICA, Y AMBIENTAL AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD LAS MERCEDES EN EL MUNICIPIO DE ROBERTO PAYAN - DEPARTAMENTO DE NARIÑO

Apreciados Señores: El suscrito Revisor Fiscal (cuando de acuerdo con los requerimientos de ley el proponente o contratista tenga revisor fiscal) o el representante legal hace saber que ……… (nombre completo del proponente), ha cumplido y se encuentra al día con sus obligaciones provenientes del sistema de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto de Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio nacional de Aprendizaje, si a ello hubiere lugar. Así mismo certifico que dicha obligación se ha venido cumpliendo durante los últimos seis (6) meses (o si la firma se constituyó en un término inferior a este, desde la fecha de su constitución). La anterior certificación se expide para efectos de dar cumplimiento al artículo 50 de la ley 789 de 2002. Atentamente, _____________________________________ Revisor Fiscal y/o Representante Legal M.P. (si firma el revisor fiscal) C.C.