minuta compraventa casa alejandro cruz vergara

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MINUTA COMPRAVENTA Comparecen: don NELSON RENE GOMEZ LEPPE, chileno, casado y separado totalmente de bienes, agricultor, cédula nacional de identidad tres millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos dieciséis guión cero, domiciliado en calle Alejandro Cruz Vergara sin número, comuna y ciudad de Pencahue, de paso por esta ciudad, en adelante “el vendedor”; y doña MARIA BEGOÑA GOMEZ ROBLES, chilena, soltera, administrativa bancaría, cédula nacional de identidad número siete millones ciento cincuenta y siete mil setecientos diez guión cuatro, domiciliada en calle treinta oriente número novecientos sesenta departamento trescientos dieciséis, Condominio San Agustín, ciudad de Talca, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédulas citadas y exponen: PRIMERO: Don NELSON RENE GOMEZ LEPPE, es dueño de la nuda propiedad del inmueble ubicado en calle Alejandro Cruz 1

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Minuta

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Page 1: Minuta Compraventa Casa Alejandro Cruz Vergara

MINUTA

COMPRAVENTA

Comparecen: don NELSON RENE GOMEZ LEPPE, chileno, casado y

separado totalmente de bienes, agricultor, cédula nacional de identidad tres

millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos dieciséis guión cero,

domiciliado en calle Alejandro Cruz Vergara sin número, comuna y ciudad de

Pencahue, de paso por esta ciudad, en adelante “el vendedor”; y doña MARIA

BEGOÑA GOMEZ ROBLES, chilena, soltera, administrativa bancaría, cédula

nacional de identidad número siete millones ciento cincuenta y siete mil

setecientos diez guión cuatro, domiciliada en calle treinta oriente número

novecientos sesenta departamento trescientos dieciséis, Condominio San

Agustín, ciudad de Talca, los comparecientes mayores de edad, quienes

acreditan sus identidades con las cédulas citadas y exponen:

PRIMERO: Don NELSON RENE GOMEZ LEPPE, es dueño de la nuda

propiedad del inmueble ubicado en calle Alejandro Cruz Vergara sin número,

comuna de Pencahue, provincia de Talca, según plano individual N° VII-2-

9859-S.U., tiene una superficie aproximada de 2.473,40 metros cuadrados y

deslinda; NORTE, Sucesión Sepúlveda Carreño, en 27,30 metros y

Municipalidad de Pencahue, en 47,30 metros y 5,20 metros; ESTE, calle

Alejandro Cruz Vergara, en 33,0 metros; SUR, Hijuela 1 Fundo Santa Sara, en

100,10 metros; OESTE, sucesión Sepúlveda Carreño, en 29,30 metros. Lo

adquirió por resolución número quinientos setenta y cinco de fecha tres de

mayo de 2004, en Expediente Interno Nº 072SA00002268 K-218 del Ministerio

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Page 2: Minuta Compraventa Casa Alejandro Cruz Vergara

de Bienes Nacionales, de conformidad con lo dispuesto al Decreto Ley dos mil

seiscientos noventa y cinco y su Reglamento. La propiedad se encuentra

inscrita fojas doce mil setecientos treinta número tres mil quinientos ochenta y

siete del Registro de Propiedades, del Conservador de Bienes Raíces de

Talca, año 2004. Rol: 5-9.

SEGUNDO: Don NELSON RENE GOMEZ LEPPE, viene en vender, ceder y

transferir la nuda propiedad indicada en la cláusula anterior, a doña MARIA

BEGOÑA GOMEZ ROBLES, quien compra y adquiere para sí.

TERCERO: El precio de la venta es $21.000.000.- (veintiún millones de

pesos), que se paga este acto al contado y en dinero efectivo.. El vendedor

declara recibir conforme y a su entera satisfacción el precio íntegro de la

compraventa, otorgando el más amplio y completo finiquito por este concepto,

renunciando desde ya a las acciones rescisorias, resolutorias o de nulidad que

en derecho proceden.

CUARTO: La venta se hace como cuerpo cierto, en el estado en que se halla,

actualmente, la propiedad vendida, con todo lo plantado y edificado, con sus

derechos, usos y costumbres y servidumbres activas y pasivas, libre de todo

gravamen, litigio, prohibición, embargo y expropiación. Responderá, el

vendedor, del saneamiento de acuerdo a la ley, declarando la compradora

conocer el estado de la propiedad objeto del presente contrato.

QUINTO: Gastos. Los derechos y gastos notariales derivados del presente

instrumento y los derivados de la inscripción del mismo en los registros

públicos pertinentes serán de cargo de la compradora.

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Page 3: Minuta Compraventa Casa Alejandro Cruz Vergara

SEXTO: Ambas partes renuncian a cualquier acción civil resolutoria y a

cualquier otra, de la naturaleza que sea, que directa o indirectamente tenga por

finalidad dejar sin efecto o anular el presente contrato.-

SEPTIMO: Las partes otorgan a las obligaciones presentes y futuras contraídas

por este contrato, el carácter de indivisible, entendiéndose por lo tanto, que la

muerte de cualquiera de los contratantes en este acto no suspende ni deja sin

efecto las obligaciones que les ha impuesto este contrato, autorizando en

consecuencia, que tales obligaciones las asuman sus herederos, conforme con

las disposiciones del artículo mil quinientos veintiocho del Código Civil.-

OCTAVO: Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura, para

requerir y firmas las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que

procedan en los registros correspondientes del Conservador de Bienes Raíces

respectivo.

NOVENO: Para todos los efectos legales y judiciales de este contrato de

compraventa, las partes fijan domicilio en la ciudad de Talca, prorrogando la

competencia para antes sus Tribunales.

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