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Ministerio PERU' de Vivienda, Construcción y Saneamiento CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO N° 905 -2015-VIVIENDA Conste por el presente documento el' Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional que celebran de una parte, el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, que en lo sucesivo se le denominará VIVIENDA, con R.U.C. N° 20504743307 y domicilio legal en la avenida Paseo de la República N° 3361, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; representado por el Viceministro de. Vivienda y Urbanismo, señor Ricardo Vidal Núñez, identificado con D.N.I. N° 08756079, designado por Resolución Suprema N° 006-2012-VIVIENDA; y de la otra parte, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO, que en lo sucesivo se le denominará LA MUNICIPALIDAD, con R.U.C. N° 20167736468, con domicilio legal en avenida La Ribera N° 725, distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, representada por su Alcalde, señor José Prudencio Ruiz Vega, identificado con D.N.I. N° 10185376, en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA.- DE LAS PARTES 1.1 VIVIENDA, de conformidad con la Ley . NO 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; promoviendo la infraestructura de movilidad en el ámbito urbano y rural, de manera coordinada, articulada y cooperante con los citados niveles de gobierno. 1.2 LA MUNICIPALIDAD, es un órgano de gobierno local con las atribuciones, competencias y funciones que le asigna la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización. LA MUNICIPALIDAD es el órgano de gobierno promotor ,del desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de Gobierno Nacional y Regional, a cuyo efecto la Ley dispone el ejercicio de competencias compartidas para el logro de sus objetivos, evitando la duplicidad, superposición e interferencia de funciones con criterio de concurrencia y preeminencia del interés público. Las relaciones entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación sobre la base del principio de subsidiariedad dispuesto por Ley. Las Municipalidades en el marco de sus competencias y de conformidad con el artículo 195 de la Constitución Política del Perú, promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; asimismo 1

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Ministerio PERU' de Vivienda, Construcción

y Saneamiento

CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Y LA

• MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO

N°905 -2015-VIVIENDA

Conste por el presente documento el' Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional que celebran de una parte, el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, que en lo sucesivo se le denominará VIVIENDA, con R.U.C. N° 20504743307 y domicilio legal en la avenida Paseo de la República N° 3361, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; representado por el Viceministro de. Vivienda y Urbanismo, señor Ricardo Vidal Núñez, identificado con D.N.I. N° 08756079, designado por Resolución Suprema N° 006-2012-VIVIENDA; y de la otra parte, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO, que en lo sucesivo se le denominará LA MUNICIPALIDAD, con R.U.C. N° 20167736468, con domicilio legal en avenida La Ribera N° 725, distrito de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, representada por su Alcalde, señor José Prudencio Ruiz Vega, identificado con D.N.I. N° 10185376, en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA.- DE LAS PARTES

1.1 VIVIENDA, de conformidad con la Ley .NO 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; promoviendo la infraestructura de movilidad en el ámbito urbano y rural, de manera coordinada, articulada y cooperante con los citados niveles de gobierno.

1.2 LA MUNICIPALIDAD, es un órgano de gobierno local con las atribuciones, competencias y funciones que le asigna la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización.

LA MUNICIPALIDAD es el órgano de gobierno promotor ,del desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de Gobierno Nacional y Regional, a cuyo efecto la Ley dispone el ejercicio de competencias compartidas para el logro de sus objetivos, evitando la duplicidad, superposición e interferencia de funciones con criterio de concurrencia y preeminencia del interés público. Las relaciones entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación sobre la base del principio de subsidiariedad dispuesto por Ley.

Las Municipalidades en el marco de sus competencias y de conformidad con el artículo 195 de la Constitución Política del Perú, promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; asimismo

1

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PERÚ Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

planifican el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial.

CLÁUSULA SEGUNDA.- ANTECEDENTES

2.1 Por Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, el cual dispone en sus artículos 63 y 64, que para efectos de la cooperación interinstitucional para el acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, las municipalidades, gobiernos regionales y otras entidades públicas y privadas vinculadas con el acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, propondrán al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la celebración de convenios de cooperación técnica destinados, entre otros, a recibir capacitación y propuestas técnicas, en materia de desarrollo urbano, adecuadas a las necesidades de las municipalidades y a las funciones que deben llevar a cabo en el ámbito de su competencia.

2.2 Mediante Acuerdo de Concejo N° 33-2015-SG/MDH de fecha 20 de marzo de 2015, el Concejo de LA MUNICIPALIDAD autoriza la suscripción del Convenio para la formulación, aprobación y ejecución de instrumentos de planeamiento y gestión Urbano Territorial.

CLÁUSULA TERCERA.- BASE LEGAL

- Constitución Política del Perú. Ley N°30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. Ley NI° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Ley N° 27972, Ley Orgánicade Municipalidades. Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado con el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA. Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano.

CLÁUSULA CUARTA.- OBJETO

4.1 Establecer mecanismos de cooperación y coordinación, para la formulación, aprobación y ejecución de instrumentos de planeamiento y gestión Urbano - Territorial, permitiendo a través de ello; que LA MUNICIPALIDAD cumpla con sus fines, objetivos y metas institucionales.

4.2 Implementar el ordenamiento territorial en el distrito de Huanchaco para el uso y ocupación de su territorio de manera ordenada, estratégica, competitiva y ambientalmente sostenible y que promuevan y faciliten la intervención e inversión tanto del sector público como del privado.

4.3

Identificar suelo urbano disponible, así como proyectos estratégicos para la intervención de VIVIENDA en el marco de sus competencias, y dentro de las perspectivas y lineamientos de políticas que plantea VIVIENDA, que permitan el desarrollo sostenible del centro urbano del distrito de Huanchaco.

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PERÚ

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

4.4 Fortalecer las capacidades institucionales de LA MUNICIPALIDAD en aspectos de Desarrollo Urbano y Acondicionamiento Territorial.

CLÁUSULA QUINTA: COMPROMISOS DE LAS PARTES

5.1 VIVIENDA se compromete a:

5.1.1 Brindar asistencia técnica a LA MUNICIPALIDAD en la identificación, promoción, ejecución e implementación de instrumentos de planeamiento y gestión urbano - territorial, a efecto de lograr un adecuado desarrollo territorial y urbano eficiente, integrado, participativo y sostenible, que permita beneficiar a la población del ámbito jurisdiccional de LA MUNICIPALIDAD.

5.1.2 Brindar asesoría y asistencia técnica en el proceso de validación, aprobación e implementación de los instrumehtos de planeamiento y gestión urbano — territorial.

5.1.3 Brindar asesoría y asistencia técnica en la implementación de normas de nivel local que se requieran para el cumplimiento de los objetivos del presente Convenio Marco.

5.1.4 Apoyar la participación de las entidades del Sector Público y empresas del Sector Privado vinculadas, con la finalidad de articular y coordinar el ordenamiento territorial y gestión urbano-territorial.

5.1.5 Asesorar con las acciones necesarias para la difusión de los instrumentos de planeamiento y gestión urbano-territorial.

5.1.6 Fiscalizar el cumplimiento de los lineamientos y normas sectoriales en materia de gestión urbano - territorial durante la implementación de los instrumentos correspondientes.

5.1.7 Brindar asesoría técnica en la identificación de terrenos de propiedad de LA MUNICIPALIDAD, que permitan la viabilidad de actuaciones urbanas integradas, incluyendo servicios básicos, que conlleven a soluciones habitacionales para satisfacer el déficit de oferta inmobiliaria para poblaciones de menores recursos.

5.1.8 Optimizar el uso racional de los terrenos de dominio privado del estado y de LA MUNICIPALIDAD, para el desarrollo de programas sectoriales y municipales de vivienda.

5.1.9 Brindar asesoría y asistencia técnica en la implementación de normas de nivel local que se requieran para el cumplimiento de los objetivos del presente Convenio Marco.

5.1.10 Promover y apoyar el desarrollo de eventos de capacitación para el fortalecimiento institucional de LA MUNICIPALIDAD.

5.2 LA MUNICIPALIDAD se compromete a:

% 5.2.1 Diseñar, aprobar y supervisar la política de gestión territorial, así como los instrumentos de gestión.

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PERÚ Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

5.2.2 Proporcionar la información que requiera VIVIENDA, para la ejecución de las actividades que se realicen en aplicación del presente Convenio Marco.

5.2.3 Promover la provisión de suelo urbano para fines de crear ciudades sostenibles.

5.2.4 Identificar de manera coordinada con VIVIENDA, los proyectos de inversión pública, en los que por razones económicas y sociales resulta necesario promover su implementación y ejecución en el ámbito de su intervención.

5.2.5 Promover la participación de las organizaciones de su jurisdicción, así como de comunidades y sociedad civil representativa del distrito, para informar los alcances del presente Convenio Marco.

5.2.6 Promover la inversión pública y privada, a través de incentivos para la edificación masiva de viviendas seguras para los sectores populares.

5.2.7 Aprobar y emitir las normas municipales que se requieran para la implementación y ejecución de los proyectos, acondicionamiento territorial y desarrollo urbano.

5.2.8 Otorgar las facilidades administrativas que permitan dar cumplimiento al objeto del presente Convenio.

t- 4 CLÁUSULA SEXTA: CONVENIOS ESPECÍFICOS

6.1 Para la ejecución del presente Convenio Marco, se firmarán Convenios Específicos entre las partes, los cuales establecerán los términos y condiciones aplicables a las partes, en el marco de sus competencias.

6.2 Los Convenios Específicos a suscribirse deberán contar con la opinión previa de las unidades orgánicas competentes que tengan vinculación con su objeto; así como, cumplir los requisitos que la Ley establece para cada caso en particular.

6.3 En caso que los plazos de vigencia de los Convenios Específicos excedan la vigencia del Convenio Marco y en caso que éste último no sea renovado, los Convenios Específicos continuarán su ejecución hasta culminar su vigencia, salvo que se presenten situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que limiten o imposibiliten la continuación de su ejecución.

CLÁUSULA SÉTIMA: DESIGNACIÓN DE COORDINADORES

7.1 Con el propósito de lograr una eficaz ejecución del presente Convenio, cada una de las partes, mediante documento escrito, deberá designar un Coordinador dentro de los tres (03) días calendario de suscrito el presente Convenio.

7.2 Los coordinadores designados podrán ser reemplazados mediante comunicación escrita de los representantes acreditados de las partes.

CLÁUSULA OCTAVA: FINANCIAMIENTO

8.1 Las partes financiarán cada uno de los compromisos que asuma en virtud del presente Convenio Marco, con sus propios recursos, de acuerdo a su

ponibilidad presupuestal en cada ejercicio fiscal.

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PERÚ: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

8.2 En el supuesto que determinadas acciones requieran del concurso económico de ambas partes y previo informe de disponibilidad presupuestal de las mismas, se suscribirán Convenios Específicos, a fin de establecer los mecanismos de administración de los recursos, los objetivos, metas y responsabilidades.

CLÁUSULA NOVENA: PLAZO DE VIGENCIA

9.1 El presente Convenio tiene vigencia de dos (02) años, contados a partir de la fecha de su suscripción, pudiendo ser ampliado mediante adenda suscrita por las partes de común acuerdo, durante la vigencia del mismo, es decir previo a su vencimiento.

9.2 Toda prórroga o ampliación en el plazo del presente Convenio por causal distinta a la contenida en el numeral precedente, se efectuará mediante Adenda.

CLÁUSULA DÉCIMA: RESOLUCIÓN DEL CONVENIO

El presente Convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes razones:

10.1 Por decisión unilateral de una de las partes, sin expresión de causa, previa comunicación por escrito, a la otra parte con una anticipación de treinta (30) días hábiles a la fecha de resolución.

10.2 Por mutuo acuerdo entre las partes, el mismo que deberá ser expresado mediante Adenda.

10.3 Por incumplimiento de cualesquiera de los compromisos asumidos por las partes en el presente Convenio. En este caso, cualquiera de las partes deberá requerir por escrito el cumplimiento de la obligación en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de resolver automáticamente el Convenio, de mantenerse el incumplimiento, sin que otorgue derecho al pago de indemnización alguna.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA.- MODIFICACIONES

Cualquier modificación al presente Convenio se hará mediante Adenda, debidamente suscrita por ambas partes, durante la vigencia del presente Convenio.

CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA.- CESIÓN DE LA POSICIÓN EN EL CONVENIO

12.1 Las partes están totalmente impedidas de realizar cesión de su posición en el presente Convenio.

12.2 El incumplimiento de lo antes establecido, por cualquiera de las partes faculta a la otra a resolver el Convenio en forma inmediata, siendo suficiente para ello la remisión de una Carta Notarial en el domicilio señalado en la parte introductoria del presente Convenio.

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José P. Ruiz ALCALDE

PERÚ Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cualquier divergencia, conflicto, o controversia derivada de la interpretación o ejecución del presente Convenio, será solucionado o aclarado mediante trato directo entre las partes, siguiendo las reglas de la buena fe y común intención de las partes, comprometiéndose a brindar sus mejores esfuerzos para lograr una solución armoniosa y amistosa, en atención al espíritu de cooperación mutua que anima a las partes en la celebración del presente Convenio.

En caso que la divergencia, conflicto o controversia no sea superada por las partes en diez (10) días calendario de iniciado el trato directo; las mismas deberán ser resueltas por medio de arbitraje de derecho, a cargo de un colegiado conformado por tres (03) árbitros, para lo cual las partes se someten a la jurisdicción arbitral del Centro de Arbitraje Popular "ARBITRA PERÚ", administrado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la ciudad de Lima.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES

Para los efectos que se deriven del presente Convenio, las partes fijan como sus domicilios los señalados en la parte introductoria, donde se cursarán las comunicaciones que correspondan.

Cualquier variación domiciliaria, durante la vigencia del presente Convenio, producirá sus efectos después de los tres (03) días hábiles de notificada a la otra parte; caso contrario, toda comunicación o notificación realizada a los domicilios indicados en la introducción del presente documento se entenderá válidamente efectuada.

Se suscribe el presente convenio, en señal de conformidad de su contenido, en dos (02) ejemplares de igual valor y tenor, en la ciudad de Lima, a los ... 1. 7 días del mes de JUL, . del año dos uince.

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Vicemini9 i - Vivienda y Urbanismo Ministerio dz vienda, Construcción y

Saneamiento

Por LA MUNICIPALIDAD MUNICIPALIDAD DISTRITAL UANCIMCO

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JOSÉ PRUDENCIO RUIZ VEGA Alcalde

Municipalidad Distrital de Huanchaco

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9 Archivo 10 Evaluar 11 Preparar Respuesta 12 Opinión 1 Corregir 14 eder de acuerdo a nor

MINIOTE IENDA, CONSTRUCCIÓN V NEAMIENTO VICEMINISTERIO DE VIVIÉÇA Y URBANISMO

16 JUL. 25 IRECISIDQ

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Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Hoja de Trámite 00112497-2014

EXTERNO

REINGRESO

Remitente : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO Destinatario : DGPRVU - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS Y REGULACIÓN EN VIVIENDA Y URBANISMO Documento : OFICIO 214-15-MDH Folios: 13

REMITE DOS EJEMPLARES DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL Asunto : MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

HUANCHACO Fecha : 10/07/2015 10:57:02 a.m. Silla: Observaciones

Destino Acciones Fecha Responsable A Fir . a Observaciones

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"ATd cantuvu‘vi‘v, a Av. La Ribera 725- Huanchacó - 1 461260 - 461313 - [email protected]

www.munihuanchaco.gob.pe - Municipalidad Distrital de Huanchaco

1~05111~112~1112d112112512M1511~1~~12ffiJMW1~~0SailllinIMMI~SaiiI)

sentimientos de mi mayor consideración y estima personal}

Atentamente,

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MUNICIPALIDAD SIMIA J.;

José P. Ruiz ALCALDE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

HUANCHACO

1 MIMSBERIO DE HUNDA. CONSTRUCCIÓN Y SNIEAMIENTO SECRETARIA GENERAL

OFICINA DE GESTIÓN DOCUMENTAR1A Y ARCHIVO ; n s scp

in AL. 2015

l Por.

SEDE SAN ISIOR ea

"AÑO DE LA DIVERSIFICACION PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION"

Huanchaco, 07 de julio de 2015

OFICIO N° 214-2015-MDH.

miniesTertiO OG.VIVIE 1D.0, ComSvitutclen1 v ardurzetranorr0 VIcEMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

16 JUL. 2095 ECI1131 CD 112

Res. N° Hora: Señor Arq. LUIS O. TAGLE PIZARRO DIRECTOR GENERAL DIRECCION GENERAL DE POLITICAS Y REGULACION EN VIVIENDA Y URBANISMO LIMA

ASUNTO: Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y La Municipalidad Distrital de Huanchaco.

REF. : Of. N° 1173-2015-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU

Es grato dirigirme a usted, en atención de vuestro oficio de la referencia para saludarle y al mismo tiempo remitirle adjunto al presente el "CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO", en dos ejemplares originales debidamente suscrito por mi representada, a fin de continuar con el trámite respectivo.

Agradeciendo su amable atención, hago propicia la ocasión para testimoniarle los

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Atentamente,

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Dire enerel de Politices y Regulación en \l'hienda y Urbanismo

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación'

Lima, 01 il04. 2015

OFICIO N° fi 73 -2015-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU

Señor JOSÉ PRUDENCIO RUIZ VEGA • Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huanchaco Av. La Ribera N° 275 - Huanchaco TRUJILLO — LA LIBEDRTAD.-

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Asunto: Convenio Marco dé Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad distrital de Huanchaco

Referencia: Oficio N° 466-I-2014-MDH (HT- N° 00112497-2014)

De mi consideración

Es grato dirigirme a usted, para remitirle adjunto al presente dos (02) ejemplares en original del Convenio señalado en el asunto, cuyo objeto está destinado a:

• Establecer mecanismos de cooperación para la formulación, aprobación y ejecución de instrumentos de planeamiento y gestión Urbano — Territorial.

• Implementar el ordenamiento territorial en el distrito de Huanchaco. • Identificar suelo urbano disponible así como proyectos estratégicos para la

intervención de Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el marco de sus competencias, y;

• Fortalecer las capacidades institucionales de su Municipalidad.

Cabe precisar que los documentos que alcanzamos a su Despacho, cuentan con la aprobación de las áreas competentes de mi representada, por lo que agradeceré se sirva visarlos, suscribirlos y remitirnos a fin de continuar con el trámite respectivo ante el señor Viceministro de Vivienda y Urbanismo.

Al cumplimiento de las acciones anteriores, le estaremos haciéndole llegar un segundo original del Convenio a fin de que se proceda a ejecutar las acciones que se deriven de este y su puesta en vigencia. Cabe recordarle, que la materialización del presente Convenio Marco, se hará a través de Convenios Específicos, en los que se incluyen el Plan de Desarrollo Urbano de Huanchaco.

Sin otro particular y en espera de su pronta respuesta; es oportunidad para reiterarle a usted, los sentimientos de mi mayor consideración.

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Oficina de Gestión Dinumen1.9rie. y Are- ive

01 JUN, 2015

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DNI: 42205335 www.vivienda.gob.pe T (511) 426-9696 - 182 NOTIFICADOR

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EXTERNO

Remitente Destinatario Documento

Asunto

Fecha Observaciones

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO DGPRVU - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS Y REGULACIÓN EN VIVIENDA Y URBANISMO OFICIO 466-1-2014-MDH Folios: 1 SOLICITA ASISTENCIA TECNICA PARA LA FORMULACION DE LA ACTUALIZACION DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DEL SECTOR COSTERO DE HUANCHACO 27/11/2014 10:06:02 a.m. Snip:

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

INFORME N° 350-2015-VIVIENDA/OGAJ

A : RICARDO VIDAL NÚÑEZ Viceministro de Vivienda y Urbanismo

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ASUNTO : Remite proyecto de Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco.

REFERENCIA : a) Memorándum N° 1113-2015-VIVIENDA-OGPP b) Informe N° 123-2015-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU c) Oficio N° 466-I-2014-MDH

(H.T. N° 00112497-2014 Externo)

FECHA : 19 de mayo de 2015

Por el presenté me dirijo a usted, con relación al asunto, a fin de manifestarle lo siguiente:

I. ANTECEDENTES:

1.1 Con Oficio N° 466-I-2014-MDH, de fecha 24.11.2014, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, solicita a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo - DGPRVU, la suscripción de un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco para la formulación, aprobación y ejecución de instrumentos de planeamiento y gestión urbano-territorial, según la aprobación del Acuerdo de Concejo N° 33-2015SG/MDH.

1.2 Con Informe N° 123-2015-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU de fecha 01.04.2015, el Director General de la DGPRVU, hace suyo el Informe Técnico Legal N° 010-2015-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU-Lpg-Fbb-Rmap, opinando favorablemente sobre la suscripción del referido proyecto de Convenio.

1.3 Por Memorándum N° 1113-2015-VIVIENDA-OGPP de fecha 08.04.2015, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP, emite opinión favorable respecto a la suscripción del citado proyecto de Convenio.

II. ANÁLISIS:

NORMATIVIDAD APLICABLE A LOS CONVENIOS

2.1. El artículo 77, en el numeral 77.1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que las entidades están facultadas para dar estabilidad a la colaboración interinstitucional mediante convenios de colaboración. Asimismo, en el numeral 77.3 de la misma Ley, señala que por los convenios de colaboración, las entidades a través de sus representantes autorizados, celebran dentro de la Ley, acuerdos en el ámbito de su respectiva competencia, de naturaleza obligatoria para las partes.

2.2 El Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en el artículo 64, numeral 64.3, establece que las municipalidades, gobiernos regionales y otras entidades públicas y privadas

1

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación'

• n n1,:On I n J.Cf “Jn • • 1.'9.11 e 10•I:J .410.1 á 1.1 vinculadas con el acondicionamiento territorial y desarrollo urbano pueden •proponer al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la celebración de conveniós de cooperación técnica, a fin de poner en práctica procedimientos

"conducentes a incorporar las políticas y criterios técnicos sectoriales de desarrollo • • Liban.° 'y de acondicionamiento territorial en la formulación, implementación y

ejecución del Plan de Acondicionamiento Territorial (PAT), Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM), Plan de Desarrollo Urbano (PDU), Esquema Ordenamiento Urbano (EU) y Plan Específico (PE).

REQUISITOS LEGALES PREVISTOS EN LA NORMA APLICABLE

2.3 La Directiva N° 001-2007-VIVIENDA, "Normas para la tramitación de expedientes que se generen en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento", aprobada por Resolución Ministerial N° 413-2007-VIVIENDA, señala lo siguiente:

"8.3 DE LOS CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES

8.3.1 En caso de proyectos de Convenios, la dependencia que inicia el trámite deberá remitir adjunto al proyecto: O el Informe técnico y/o legal que sustente la necesidad de su suscripción teniendo en cuenta el plan de actividad, el costo y el beneficio para la institución y la opinión favorable de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, en caso que se requiera de financiamiento".

2.4 Conforme a lo señalado en el numeral 8.3 de la Directiva N° 001-2007-VIVIENDA, para la celebración de los Convenios Interinstitucionales por parte del MVCS, se deben cumplir con los siguientes requisitos:

a) El Informe técnico y/o legal que sustente la necesidad de su suscripción teniendo en cuenta el plan de actividad, el costo y el beneficio para la institución.

b) La opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en caso que se requiera de financiamiento.

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVISTOS EN LA NORMA APLICABLE

Respecto del requisito mencionado en el literal a).

2.4.1 La DGPRVU a través del Informe N° 123-2015-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU, hace suyo el Informe Técnico Legal N° 010-2015-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU-Fbb-Lpg-Rmap, el cual señala lo siguiente:

"

IV. ANALISIS

LA MUNICIPALIDAD no tiene impedimento alguno para suscribir convenios y su participación se encuentra amparada en el Artículo 9, inciso 26 y Articulo 20, inciso 23 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

La suscripción del Convenio permitirá que LA MUNICIPALIDAD cuente con un instrumento técnico-normativo, que favorecerá al fortalecimiento institucional y por ende, coadyuvara técnicamente al desarrollo de su circunscripción territorial y del núcleo urbano de la ciudad capital de la , jurisdicción distrital.

2

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Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú° 'Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

V. CONCLUSIONES

(...) el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional propuesto, permitirá establecer mecanismos de cooperación y coordinación destinados a que LA MUNICIPALIDAD cuente con instrumentos técnicos y alternativas de acondicionamiento del territorio y de la ciudad como capital del distrito, para su desarrollo sostenible y competitivo; aspectos vinculados al sector vivienda, construcción y saneamiento (..)".

Respecto del requisito mencionado en el literal b)

2.4.2 Mediante Memorándum N° 1113-2015-VIVIENDA-OGPP, el Director General de la OGPP, expresa su opinión favorable respecto a la suscripción del proyecto de Convenio, con el cual se señala lo siguiente:

"I. )

De otra parte el Convenio establece en la cláusula séptima, que las partes financiaran cada uno de los compromisos que asuman en virtud al citado Convenio Marco, con sus propios recursos, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal en cada ejercicio fiscal; por lo cual, esto no implica transferencia de recursos económicos ni pago de contraprestación alguna entre entidades.

En ese sentido, en base a los aspectos señalados esta Dirección General estima conveniente continuar con las gestiones correspondientes para la aprobación del "Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco".

2.5 El proyecto de Convenio tiene por objeto que VIVIENDA, brinde asesoría y asistencia técnica a la MUNICIPALIDAD para establecer mecanismos de cooperación y coordinación para la formulación, aprobación y ejecución de instrumentos de planeamiento de gestión urbano-territorial; implementar el ordenamiento territorial en el distrito de Huanchaco; identificar suelo urbano disponible; así como, proyectos estratégicos para la intervención de Vivienda en el marco de sus competencias; fortalecer las capacidades institucionales de la Municipalidad Distrital de Huanchaco en aspectos de desarrollo urbano y acontecimiento territorial.

2.6 De acuerdo al literal i) del artículo 15 del Decreto Supreino N° 010-2014- VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece entre las funciones del Viceministro de Vivienda y Urbanismo la de suscribir convenios entre las entidades del gobierno nacional regional y local.

III. CONCLUSIÓN:

Por lo anteriormente expuesto, desde el punto de vista legal se opina que:

Esta Oficina General en atención al sustento técnico legal expuesto en los documentos citados, considera legalmente viable la suscripción del proyecto del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco, por lo que, se remite en dos (02) ejemplares debidamente visados por esta Oficina General,

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Atentamente

Lucía C. ya Sánchez gada

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

los mismos que deberán contener la visación de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

El presente informe cuenta con la conformidad de la suscrita

Rosario Torres Benavides Directora General

Oficina General de Azogada Juridica Minie1w1do VlyIçflf8, Cellinneón y bremiezio

4

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

INFORME TÉCNICO LEGAL N° 016-2015-VIVIENDA-VMVUIDGPRVU-Fbb-Lpg-Rmap

: Arq. LUIS TAGLE PIZARRO Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo

: Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital

de Huanchaco , aS.4 n te

REFERENCIA : a) Memorándum N° 051-2015-VIVIENDA/OGAJ e 1103 b) Oficio N° 466-1-2014-MDH (HT N°000112497-201 ti‘11142.M

Fbb-Rmap sket1/40'w tzt 1.0 O

c) Informe Técnico Legal N° 010-2015-VIVIEN -«8,01 a RVU-

FECHA : Lima, 13 de mayo 2015 5 % €0/5 yoot•-• 1kt

Por el presente nos dirigimos a usted, para alcanzarle el presente Informe •n el que se amplía el Informe Técnico Legal de la Referencia c) y que servirá para dar respuesta al Memorándum de la Referencia a) mediante el cual la Oficina General de Asesoría Jurídica - OGAJ, nos solicita:

A

ASUNTO

a) "Se reformule el Convenio a ser suscrito con la municipalidad distrital, adecuando sus términos y condiciones a un Convenio de Cooperación Interinstitucional, de acuerdo al Art. 64 del D.S. N° 004-2011-VIVIENDA

b) "Asimismo, una vez definidos los compromisos de las partes y habiendo establecido los montos que se deberán invertir, así como el cronoqrama para su cumplimiento, deberá proseguirse el trámite establecido en la Directiva 001-2007-VIVIENDA, aprobada por Resolución Ministerial N° 413-2007-VIVIENDA, modificada por Resolución Ministerial N° 159-2008-VIVIENDA".

Sobre el requerimiento, debemos informarle lo siguiente:

1. Antecedentes:

• Con fecha 27.11.2014, mediante Oficio N° 466-1-2014-MDH la Municipalidad Distrital de Huanchaco, solicito asistencia técnica para la formulación del Plan de Desarrollo Urbano de la capital distrital.

• Con fecha 11.12.2014, con Oficio N°977-2014-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU; la Dirección a mi cargo remitió a la Municipalidad recurrente, la propuesta de Convenio de Cooperación Interinstitucional (en ese momento Convenio

Paseo dela RePjt003 3361 $bn Isidro. Urna 27. Perú T(511) 2117930 • 1810- 1629

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

Marco) cuyo objeto estaba dirigido a: i) Establecer mecanismos de cooperación y coordinación para la formulación, aprobación y ejecución de instrumentos de planeamiento y gestión urbano-territorial, ii) Implementar el ordenamiento territorial en el distrito, iii) Identificar suelo urbano disponible y proyectos estratégicos para la intervención del MVCS y iv) Fortalecer las capacidades institucionales de la municipalidad.

• Con fecha 20 de marzo 2015, la Municipalidad de Huanchaco nos hace llegar el Acuerdo de Concejo N° 33-2015-SG/MDH, mediante el cual se aprueba la suscripción del Convenio y se le faculta al alcalde a suscribirlo.

• Con fecha 31.03.2015, los suscritos emiten el Informe Técnico Legal N° 010-2015-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU/Fbb-Lpg-Rmp sustentando la viabilidad de la suscripción del Convenio, considerando que legalmente no existe impedimento y que financieramente, VIVIENDA no se verá afectada porque la ejecución del Convenio no le representa costo alguno y amerita se aplique el inciso 8.3.1 del numeral 8.3, punto 8 de la Directiva N° 001-20107-VIVIENDA

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• Con fecha 01.04.2015, la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo — GPRVU, mediante Informe N° 123-2015-VIVIENDA-

- :, VMVU/DGPRVU, hace suyo el Informe Técnico Legal N° 010-2015-

j VIVIENDA-VMVU-DGPRVU/Fbb-Lpg-Rmp y eleva los actuados al Despacho

\ del señor Viceministro de Vivienda y Urbanismo para que disponga el trámite correspondiente.

• Con fecha 08.04.2015, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP mediante Memorando N° 1113-2015-VIVIENDA-OGPP, opina que de acuerdo a la Cláusula Séptima del Convenio, las partes financiarán sus propios compromisos de acuerdo a su disponibilidad presupuestal lo cual no, "no implica transferencia de recursos económicos ni pacto de contraprestación alquna entre entidades" en tal sentido estima conveniente continuar con las gestiones correspondientes para la aprobación del Convenio. De lo que se infiere es una opinión favorable a la suscripción del Convenio.

d) A la fecha se ha cumplido con todas las exigencias de la OGAJ, incluyendo la adecuación del nombre Convenio en acatamiento del Memorándum N° 030-2015-VIVIENDA/OGAJ de fecha 12 de marzo 2015. Sin embargo, debemos resaltar, que en el Memorándum N° 051-2015-VIVIENDA/OGAJ, se agregan dos exigencias nuevas: "montos que se deben de invertir" y "cronograma para su cumplimiento" las que pasamos a sustentar

2. Sustentación de los dos nuevos requerimientos:

2.1. Montos que se deberán invertir

• Precisaremos para este caso los conceptos de Inversión, Invertir y Financiamiento:

1Paseo de la Repitila 3361 "A wAhterdaeobine san Luan (int 27, Nal

T(511) 2117930- 1810- 1628

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

• Inversión: en el sentido económico, es la colocación de capital para obtener una ganancia futura (Gran Enciclopedia de Economía)

• Invertir: hablando de bienes de capital, emplearlos, gastarlos o colocarlos en aplicaciones productivas (Diccionarios Español)

✓ Financiamiento: el acto de dotar dinero y crédito a una empresa, organización o individuo, para sufragar los gastos de una actividad, obra etc.

• En el presente caso, no se configura ninguno de los actos o concepto antes señalados. Por consiguiente, el MVCS no colocará ningún capital o transferirá dinero a la municipalidad de Huanchaco con el objeto de obtener algún beneficio económico o productivo, que le signifique INVERSIÓN. De igual modo, tampoco se da el acto de FINANCIAMIENTO, ya que no se está cubriendo los costos de ninguna actividad que la municipalidad desarrolle para elaborar el Plan de Desarrollo Urbano de Huanchaco.

• Lo que si debemos explicitar, es que el MVCS efectivizará su asistencia técnica a través de profesionales especializados de la DGPRVU, cuyos costos de su desempeño ya están considerados en el Presupuesto Operativo Institucional con cargo a la DGPRVU. Es más, de producirse o requerirse una consulta y/u opinión técnica al MVCS por parte de la Municipalidad en el marco del Convenio, esta será atendida por cualquiera de los profesionales calificados que tiene la DGPRVU o al que se asigne el requerimiento, como parte de su labor funcional o cotidiana.

• Para el caso de los Convenios como el del presente caso, en cuyo 9bjeto se establecen las líneas temáticas que se abprdarán, gériétralmente su ejecución se materializa mediante Convenios Esp. ecíficps y/p la ateppió.nt d* consultas u opiniones técnicas a través de llamadas telefónicas, intérnei, respuestas por escrito, o la atención presencial a los funcionarios municipales cuando se apersonen a la sede del MVCS en Lima, en este caso a las oficinas de la DGPRVU, consideramos que la estimación de sus costos es compleja y no tienen mayor relevancia a ser considerados como parte del "financiamiento a la Municipalidad" porque ya están ya incluidos como gastos administrativos en el presupuesto de la DGPRVU.

A mérito de lo expuesto, consideramos que en el presente Convenio, no existe financiamiento por parte del MVCS a favor de la Municipalidad, y que la OGPP lo ha precisado con nitidez en su Memorando N° 1113-2015-VIVIENDA-OGPP y estima se continúe con el proceso de suscripción del Convenio.

2.2. Cronoqrama para su cumplimiento:

• El Convenio con la Municipalidad Distrital de Huanchaco, es de carácter genérico y se caracteriza por:

1 Establecer solo mecanismos para la cooperación interinstitucional 1 Su ejecución se materializará a través de convenios específicos, 1 No implica costos ni presupuestos a ejecutarse, 1 No se establecen plazos de ejecución de actividades o productos a

presentar.

Paseo dele Repúblio 3361 San sao. Uno 21, FtKi T(511)2117930- 1810. 1628

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Atentamente,

O RANCISCO BENEL BERNAL ABOG. RO Coordinador de Asistencia Técnica

A MARÍA ARADO PEDROSO Legal

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

Por tanto, no se requiere de un Cronoqrama como si se requeriría en un convenio específico de asistencia técnica, en donde el objeto es la elaboración de uno o más planes, en el que se asignan presupuestos y compromisos a ser honrados por una o las dos entidades involucradas.

Por lo expuesto, ponemos a consideración de su Despacho el presente Informe a fin de que disponga su trámite al Viceministro de Vivienda y Urbanismo para su derivación a la OGAJ.

LTIV/Pbb mendae:+ne Paseo de la República 3361 San Isidro. Urna 27, Pe9 M11)2117930- 1810- 1626

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Dirección General de Políticas y Regulacf4n en Vivienda y Urbanismo

9 ABR 20153L14t

RECIBIDO Firma:43.' LYVI" Hora'

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático"

MEMORANDUM N° 061-2015-VIVIENDA/OGAJ

A LUIS OBDULIO TAGLE PIZARRO Director General Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo

ASUNTO

REFERENCIA :

FECHA

Devuelve proyecto de Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco.

a) Memorándum N° 1113-2015-VIVIENDA-OGPP b) Informe N° 123-2015-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU (H.T. N°00112497-2015 Externo)

2 7 de abril de 2015

Por el presente me dirijo a usted, con relación al asunto, a fin de manifestar lo siguiente:

1. Mediante documento de la referencia, la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo - DGPRVU, elevó al despacho del Viceministro de Vivienda y Urbanismo el proyecto de Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco, de la provincia de Trujillo, departamento de la Libertad, el cual tiene por objeto, entre otros, establecer mecanismos de cooperación y coordinación para la formulación, aprobación y ejecución de instrumentos de planeamiento y gestión urbano-territorial.

2. Al respecto, de acuerdo al Memorándum N° 030-2015-VIVIENDA-OGAJ remitido a su Despacho con fecha 12.03.2015, se dejó sin efecto el Memorándum N° 407-2012-VIVIENDA/OGAJ, por lo cual el proyecto de convenio a ser suscrito con la referida Municipalidad Distrital deberá ser reformulado, adecuando sus términos y condiciones a un proyecto de Convenio de Cooperación Interinstitucional, conforme lo establece el artículo 64 del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado con el Decreto Supremo N°004-2011-VIVIENDA.

3. .Asimismo, una vez definidos los compromisos de las partes y habiendo establecido los montos que se deberán invertir, así como el cronograma para su cumplimiento, deberá proseguirse el trámite establecido en la Directiva N° 001-2007-VIVIENDA, "Normas para la tramitación de expedientes que se generen en él Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento", aprobada por Resolución Ministerial N° 413-2007-VIVIENDA, modificada por Resolución Ministerial N° 159-2008-VIVIENDA.

4. Por lo expuesto, se devuelve el expediente para los fines correspondientes.

Atentamente,

..... ..• ................ . .... ROSaft0 orres Benavides

Directora General Oficina Genera! do Al:escila Juridica

Ministeño de hiende, InStniedhn y Saneunlezto

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MUY U RG E N'E "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

MEMORÁNDUM N° 030-2015-VIVIENDNOGAJ

A : LUIS OBDULIO TAGLE PIZARRO Director General Dirección General de Políticas y Regmlación en Vivienda y Urbanismo

• Asunto : Sobre proyectos dé convehios denominados "Convenios de Asistencia Técnica".

'Referencia Correo electrónico de fecha 04.03.2015

Fecha : 12 de marzo de 2015

Me dirijo a usted a fin de manifestarle que, de acuerdo a lo coordinado con su despacho, los proyectos de convenios a ser suscritos por este Ministerio deben denominarse "Convenios de Cooperación Interinstitucional", lo cual no impide que el objeto del mismo sea de asistencia técnica; asimismo, se deja sin efecto el Memorándum N° 407-2012-VIVIENDA/OGAJ.

Atentamente,

Rosario . Torras Be.p avi das Directora Genaro!

Oficina General de Acesoria Jurídica MiritsdaViiieitda, Colskuedin y S:wad:v.:o

• Se adjunta copia del correo electrónico de fecha 04.03.2015

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú"

MINSTS1100E421"constauccrItersuomams SECRETARIA GENERAL

Oficina de Gestión Documentada y Archivo

12 MAR. 2015 Recibido por. hoja: /2

Ft. DES I AD O UVI IE 'S FU A

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Zimbra: rtorresb©vivienda.gob.p

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Convenios de asistencia técnica

De : Rosario Torres Benavides <[email protected]>

Asunto : Convenios de asistencia técnica Para : Luis Tagle <[email protected]> CCO : Luis Liendo Liendo <[email protected]>,

Edgar Surco Pelinco <[email protected]>, Lucia Cristina Piscoya Sanchez <[email protected]>

mié, 04 de mar de 2015 16:37

Arquitecto: Buenas tardes, el presente conforme a lo coordinado telefónicamente con su despacho, a fin de manifestarle que su despacho nos está remitiendo "Convenios de Asistencia Técnica", en su lugar deben denominarse "Convenios de Cooperación Interinstitucional, lo cual no impide que el objeto sea de asistencia técnica. Le agradeceré lo tengan en cuenta para próximos convenios. Dejamos sin efectos el Memorándum 407-2012-VIVIENDA/OGAL Atte.

Rosario Torres Benavides Directora General

Oficina General de Asesoría Jurídica Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Teléfono 2117930 Anexo 1660

http://webmail.vivienda.gob.pe/zimbra/h/printmessage?id=27333&xim=1

12/03/2015

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2:e1701 i. FCHP H.T. 112497-2014

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

MEMORANDO N° /1-3 -2015-VIVIENDA-OGPP

A Arq. RICARDO VIDAL NUÑEZ Viceministro de Vivienda y Urbanismo

ASUNTO Proyecto de "Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco".

REFERENCIA a) Proveído de fecha 06 de abril de 2015 (H.T. 112497) b) Informe N° 123-2015-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU c) Informe Técnico-Legal N° 010-2015-VIVIENDA-VMVU-

DGPRVU-Lpg -Fbb -Rmap

FECHA 08 ABR. ZU15

Tengo a bien dirigirme a usted, con relación a los documentos de la referencia, con la finalidad de emitir la opinión de esta Dirección General, respecto a la suscripción del "Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco".

El citado convenio tiene por objeto; i) Establecer mecanismos de cooperación y coordinación para la formulación, aprobación y ejecución de instrumentos de planeamiento de gestión urbano — territorial; Implementar el ordenamiento territorial en el distrito de Huanchaco; iii) Identificar suelo urbano disponible; así como, proyectos estratégicos para la intervención de Vivienda en el marco de sus competencias; iv) Fortalecer las capacidades institucionales de la Municipalidad Distrital de Huanchaco en aspectos de desarrollo urbano y acontecimiento territorial.

De otra parte el Convenio establece en la cláusula séptima, que las partes financiarán cada uno de los compromisos que asuman en virtud al citado Convenio Marco, con sus propios recursos, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal en cada ejercicio fiscal; por lo cual, esto no implica transferencia de recursos económicos ni pago de contraprestación alguna entre entidades.

En ese sentido, en base a los aspectos señalados, esta Dirección General estima conveniente continuar con las gestiones correspondientes para la aprobación del. "Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco";

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Atentamente,

kat ARCED GUPG SEMNO Mimar Gerteral

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MINISTER' avivenmeA. SANEAMIENTO

CONSTRUCCIÓ ViCRMINISTERIODEY ENDA YURBANISMO

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MINISTER CONSTRUCCIÓ VICEMINISTERIO DF.

VIVIENDA, SANEAD/21E14TO

ENDA Y URBANISMO

: Arq. RICARDO VIDAL NÚÑEZ - 6 AB.,, 2015 Viceministro de Vivienda y Urbanismo • RECESID9

Re Hora t ° . •

OFICINA GENERAL DE

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• "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

INFORME N° /23 -2015-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU

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ASUNTO : Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco - Trujillo

REFERENCIA : a) Oficio N° 466-1-2014-MDH (HT N°00112497-2014) b) Oficio N° 977-2014-VIVIENDA.VMVU/DGPRVU c) Informe Técnico Legal N° 010-2015:W.TrNiSVMVU2eimENT6

FECHA : Lima, 01 MR. 2015

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Qr•rikkin pr • lin rn•

Por el presente me dirijo a Usted para remitirle adjunto al presente, Convenio de Asistencia Técnica señalado en el asunto, así como los actuados de la referencia para su trámite ante la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto así como de la Oficina General de Asesoría Jurídica - OGAJ, a fin de que emitan su pronunciamiento en el marco de su responsabilidad funcional.

La Dirección a mi cargo, considera viable la suscripción del referido Convenio conforme se sustenta en el Informe Técnico Legal N° 010-2015-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU-Lpg-Fbb-Rmap, el mismo que esta Dirección hace suyo.

Adicional a lo ya señalado debemos resaltar lo siguiente:

• El distrito de Huanchaco, se ubica en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad y territorialmente se encuentra conurbado a la metrópoli Trujillana, capital de provincia y de la región. Según el INEI, Censo 2007; Huanchaco cuenta con una población de 44,806 habitantes, de los cuales 43,804 es población urbana y 1,002 es población rural

• Huanchaco es distrito turístico y principal balneario de la provincia de Trujillo. En su territorio se encuentra la ciudadela de Chan Chan, sus playas han sido sede de los Juegos Bolivarianos de Playa. 2014 y en su malecón se ubican todo un centro gastronómico, potencialidades que lo han convertido en un atractivo tanto turístico como residencial, motivando

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

un acelerado crecimiento poblacional y alta demanda de suelo para vivienda y comercio.

• La municipalidad a través de sus autoridades, ha mostrado su interés por contar con instrumentos técnico-normativos que apoyen su gestión, lo que refuerza la viabilidad del Convenio. En ese sentido, el Concejo Municipal, mediante Acuerdo de Concejo N° 033-2015-MDPH, de fecha 19 de marzo 2015, ha aprobado el referido Convenio y ha autorizado a su Alcalde a suscribirlo.

En virtud de lo expuesto, es que ELEVAMOS la propuesta de Convenio, para que su despacho disponga el trámite correspondiente.

Atentamente,

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1 is O. AGLE PIZARRO Director General

Dirección Geneeel de Politka y Reguladem en Vivienda y Urbanierne

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INFORME TECNICO-LEGAL N*010-2015-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU-L 0 •

A : Arq. LUIS TAGLE PIZARRO Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y nismo

ASUNTO : Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio

de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco - Trujillo

REFERENCIA : a) Oficio N° 466-1-2014-MDH (HT N° 00112497-2014) b) Oficio N° 977-2014-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU c) Acuerdo de Concejo N° 33-2015-SG/MDH

FECHA : 31 de marzo 2015

Por medio de la presente nos dirigimos a usted a fin de remitirle, para su consideración y fines consiguientes, el proyecto de Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional a suscribirse entre el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento —en adelante VIVIENDA- y la Municipalidad Distrital de Huanchaco —en adelante LA MUNICIPALIDAD-el mismo que se encuentra concordado con las disposiciones establecidas en la Directiva N°001-2007-VIVIENDA, aprobada por R.M. N°413-2007-VIVIENDA, del 23.08.2007.

Debemos resaltar, que la generación de este vínculo entre ambas instituciones, permitirá establecer mecanismos de cooperación y coordinación para aprobar y ejecutar instrumentos de planeamiento y gestión urbano — territorial.

I. ANTECEDENTES

1.1. LA MUNICIPALIDAD mediante Oficio de la Referencia a) solicitó asistencia técnica para la actualización del Plan de Desarrollo Urbano del Sector Costero.

1.2. VIVIENDA a través del Oficio de la Referencia, propuso a LA MUNICIPALIDAD la suscripción de un Convenio de Cooperación Interinstitucional, con el objeto de establecer mecanismos de cooperación y coordinación para la formulación, aprobación y ejecución de instrumentos de planeamiento y gestión urbano-territorial para el cumplimiento de sus objetivos institucionales.

1.3. LA MUNICIPALIDAD en atención a la propuesta de VIVIENDA, nos ha alcanzado el Acuerdo de Concejo N° 033-2015-SG/MDH de fecha 19 de marzo 2015, por el cual el Concejo de LA MUNICIPALIDAD aprueba y faculta a su alcalde la suscripción del Convenio Marco entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Huanchaco.

"Decenio de las Personas con Discapacidad en El Perú" 'Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educac

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en El Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

.-11. SUSTENTO LEGAL

Etpr,pyecto de Convenio que se propone tiene como marco legal lo siguiente:

2.1. Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la cual establece que VIVIENDA tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional y ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales, gobiernos locales, en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; y, según el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, tiene como función general diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del Sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento.

2.2. Reglamento de Organización y Funciones de VIVIENDA, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, artículos 12°, inciso d) y 150, Inciso i), que establecen que los Viceministros son las autoridades inmediatas al Ministro y, en las funciones propias a su ámbito de competencia están facultados para, entre otras funciones generales, "Proponer, formular, suscribir, ejecutar y supervisar convenios relativos a los asuntos propios de su ámbito, con entidades del gobierno nacional, regional y local".

2.3. Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los gobiernos locales son órganos de gobierno que gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico, conforme se establece en el artículo II del Título Preliminar de dicha ley.

2.4. Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, cuyo Artículo 2°.- Función Planificadora, establece que corresponde a las Municipalidades, planificar el desarrollo integral de sus circunscripciones, en concordancia con los planes y las políticas nacionales, sectoriales y regionales, promoviendo las inversiones, así como la participación ciudadana.

III. SUSTENTO TÉCNICO

• El distrito de Huanchaco, es uno de los once distritos de la provincia de Trujillo, en el departamento de La Libertad y territorialmente se encuentra conurbado a la metrópoli trujillana, capital de provincia y de la región. De acuerdo al INEI, Censo 2007; cuenta con una población total de 44,806 habitantes, de los cuales 43,804 es población urbana y 1,002 es población rural.

• Huanchaco está considerado como distrito altamente turístico y es uno de los principales balnearios de la provincia de Trujillo. En su territorio se ubica la ciudadela de Chan Chan, las mejores playas de la zona siendo sede de los Juegol,.;•.:1-

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en El Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

1

Bolivarianos de Playa 2014, y en su malecón se ubican toda una gama de restaurantes que lo han convertido en un centro gastronómico. Estas condiciones la han convertido en un atractivo tanto turístico, como residencial, lo que ha motivado un acelerado crecimiento poblacional y alta demanda de suelo para vivienda y comercio.

• A la fecha LA MUNICIPALIDAD cuenta con un Plan de Desarrollo Urbano pero del Sector Costero y su vigencia es hasta el año 2015, por tanto no solo se requiere su actualización sino también plantear un Plan que integre todos los sectores urbanos del distrito, que permita orientar la gestión territorial y urbana de manera ordenada. En tal sentido, se hace necesario se establezcan mecanismos de cooperación con LA MUNICIPALIDAD a fin de brindarles asistencia técnica para la formulación y actualización de sus instrumentos técnico-normativos, así como también coadyuvar a la identificación y priorización de proyectos estratégicos que impulsen su desarrollo de manera sostenible.

• La participación de VIVIENDA en el Convenio Marco, está dirigido entre otros a establecer mecanismos de asistencia técnica para el ordenamiento territorial en el distrito que permitan el uso y ocupación de su territorio de manera ordenada, estratégica, competitiva y ambientalmente sostenible y que promuevan y faciliten la intervención e inversión tanto del sector público como privado, entre otros.

• El Convenio Marco que se ha propuesto no representa costo alguno para VIVIENDA, por cuanto los compromisos asumidos no generan ningún tipo de financiamiento. Por lo que permite la aplicación del inciso 8.3.1, numeral 8.3, punto 8 — Disposiciones Específicas de la Directiva N° 001-2007-VIVIENDA, aprobada por R.M. N° 413-2007-VIVIENDA, del 23.08.2007. Cabe resaltar que en la Cláusula Sétima se establece que las partes financiarán con sus recursos propios cada uno de los compromisos que asuman en virtud de este Convenio Marco. Y en caso que ciertas acciones requieran el concurso de ambas partes, previa disponibilidad presupuestal, se suscribirán Convenios Específicos, en los que se establecerán los mecanismos de administración de los recursos, los objetivos, metas y responsabilidades.

• En lo que respecta a VIVIENDA, los compromisos asumidos se traducen principalmente en proporcionar asesoría y asistencia técnica a LA MUNICIPALIDAD referido a instrumentos de planificación, entre los cuales destaca la identificación, promoción, ejecución e implementación de instrumentos de planeamiento y gestión urbano — territorial. t IV. ANÁLISIS

• El Objeto del Convenio; está dirigido a establecer mecanismos de cooperación y coordinación para aprobar y ejecutar instrumentos de planeamiento y gestión urbano-territorial; implementar el ordenamiento territorial en el distrito de Huanchaco, para el

• uso y ocupación de su territorio de manera ordenada, estratégica, competitiva y

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en El Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

ambientalmente sostenible y -que promuevan y faciliten la intervención e inversión tanto del sector público como privado; identificar suelo urbano disponible así como proyectos estratégicos en el marco de las competencias del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; así como fortalecer las capacidades institucionales de LA MUNICIPALIDAD en aspectos de desarrollo urbano.

• La Municipalidad Distrital de Huanchaco; es un órgano de gobierno local con las atribuciones, competencias y funciones que le asigna la Constitución Política del Perú en su Art° 1956, la Ley N° 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley NI° 27783 Ley de bases de la Descentraliiación constituyéndose en promotor del desarrollo local. Asimismo ejercen funciones específicas como la organización del espacio físico y usos del suelo en su respectiva jurisdicción, debiendo para ello contar con instrumentos de planificación y gestión para conducir el uso y la ocupación del territorio de manera ordenada, estratégica, competitiva y ambientalmente sostenible.

• El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al amparo de su Ley de Organización y Funciones, Ley 30156; diseña, norma y ejecuta la política nacional en coordinación con los Gobiernos Regionales y Locales en lo que respecta a las materias de vivienda, urbanismo, desarrollo urbano, construcción de infraestructura y saneamiento. Consecuentemente, la suscripción de convenios está dentro del rol que le compete como ente rector del sector vivienda, construcción y saneamiento. Asimismo, es el responsable de normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional.

• Se ha mostrado el interés por parte del Alcalde y el cuerpo de Regidores de LA MUNICIPALIDAD por contar con instrumentos de planificación que les permita, desarrollar una adecuada gestión, prueba de ello es el Acuerdo de Concejo N° 033-2015-SG/MDH, con el que se aprueba la suscripción del Convenio y se faculta al alcalde a suscribirlo.

• LA MUNICIPALIDAD no tiene impedimento alguno para suscribir convenios y su participación se encuentra amparada en el Artículo 9°, inciso 26) y Artículo 200, inciso 23) de la Ley Orgánica de Municipalidades.

• La suscripción del Convenio permitirá que LA MUNICIPALIDAD cuente con asistencia técnica para la elaboración de instrumentos técnicos, los que favorecerán al respectivo fortalecimiento institucional y por ende, coadyuvará técnicamente al desarrollo de su circunscripción territorial y del núcleo urbano como capital de la jurisdicción distrital.

• Es responsabilidad de LA MUNICIPALIDAD, planificar el desarrollo integral de sus circunscripciones territoriales, así como elaborar y gestionar la aprobación de*-7

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FRANCISCO BENEL BERNAL )1•Inador de Asistencia Técnica 40

Atentamente,

ARQ. LilS rONCE GAMBINI Coixdi r ador Técnico

ABOG. ROS MARÍA ALV Asesora Leg

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en El Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

los planes urbanos, tal como se dispone en los Arts. 2° y 3°, del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, D.S. N° 004-2011-VIVIENDA.

• Finalmente en atención a las indicaciones de la OGAJ, el convenio que se adjunta, está elaborado de acuerdo al:

- Informe N° 646-2014-VIVIENDA/OGAJ de feche 24.07.2014, remitido con Memorándum Múltiple NI° 022-2014-VIVIENDA/SG, por el cual se sugiere incluir en la cláusula referida a la Solución de Controversias el texto recomendado para aquellos convenios cuyos montos no superan las 20 UIT.

- Informe N° 978-2014-VIVIENDA/OGAJ de fecha 28.11.2014, remitido con Memorándum Múltiple N° 037-2014-VIVIENDA/SG, en el cual se especifica que en aquellos convenios y contratos derivados de normas especiales, en los cuales se encuentre preestablecido el mecanismo de solución de controversias, deberá aplicarse lo regulado por la misma norma especial o convenio internacional.

III. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Los suscritos estiman que el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional propuesto, permitirá establecer mecanismos de cooperación y coordinación destinados a que LA MUNICIPALIDAD cuente con instrumentos técnicos y alternativas de acondicionamiento del territorio y de la ciudad como capital del distrito, para su desarrollo sostenible y competitivo; aspectos vinculados al sector vivienda, construcción y saneamiento, consecuentemente elevamos la propuesta de convenio indicada en el asunto del rubro, para que su Despacho disponga se tramite los actuados para opinión de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica, de acuerdo a lo prescrito por esta última en casos similares y al haber dejado sin efecto el Memorándum N° 407-2012-VIVIENDA-OGAJ, mediante Memorándum N° 030-2015-VIVIENDA-OGAJ de fecha 12 de marzo 2015.

Es cuanto informamos ustéd para su conocimiento y fines respectivos.

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Que, La MUNICIPALIDAD es el órgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho Público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Goza de autonomía politica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, ejerciendo sus funciones con sujeción a la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada mediante Ley N° 27972;

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eneral de\procedimiento3Administrativos;ellaszentidades,.están facultadél para dar I stabilidad a 1,colaboracian lirtterins- tituoionalnnediante convenio dcolabolación u otros

Th-o.nan, .4.-m lo, •i 11 ,V1 1.11\14í 1.47<m tb. « ' c." medios legalmente admisibles. Los acuerdos 'serán fprmalizados'retiandolello lo ameriten, tt•-: V. 11 tí \, •IP .— • - - 'cae- .' 1 mediante convemos suscritos por los rellresentantes,autorizados;

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3

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

HUANCHACO "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

ACUERDO DE CONCEJO N°33 -2015-SG/MDH.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO,

POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, HA DADO EL ACUERDO SIGUIENTE:

VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo N° 006 -2015-SG-MDH, de fecha 19 de Marzo del 2015, SOBRE CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Y LA

GE:51=1 / MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO (Planeamientos Urbanos Integral) - TRUJILLO - LA LIBERTAD; y,

A.. a -In= LA Ar• nnel

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

HUANCHACO Que, en cuanto al CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONA:

ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Y LA MUNICIPALIDAD DISTRKNIAIR-Ifikm91,-11$91,42e acordó suscribir el present convenio con el objeto de eslati‘teurlitélICTS-rdiWISración y coordinación, para I formulación, aprobación y ejlatárón de iiistikentc;144, planeamiento y gestión Urbano

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Territorial, permitiendo a tral7és de ello;rquIA,MLJNIelpiALIDAD cumpla con sus fine: objetivos y metas institucionalillinpleagnMsl•ordlriár»ento territorial en el distrito d Huanchaco, para el uso y clit:lig&?•;dé4i7.-trilitilMel manera ordenada, estratégici competitiva y ambientalmente sostenible y que promuevan y faciliten la intervención inversión tanto el sector público como del privado; identificar suelo urbano disponible al como proyectos estratégicos para intervención de VIVIENDA en el marco de su competencias, y dentro las perspectivas y lineamientos de políticas que plante VIVIENDA, qife permitan el desarrollo sostenible del centro urbarto‘dhel distrito d s ei Huanchaco;_.4fortalecer las capacidaderiiipitütionall de LA,MUNICIA. LIDAD e spectos de:DesarrollQIUrbano y-Acondicionamiento Territorial; ‘•_>:,.::•.:

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ARTICULO SEGUND0,--TreilLTAR al señor alcakerdelkMutiicipahdad Distrital d , •;,..t.-- . - . wft ..,... Huanchaco, la suscripZierh del Convenio referido en el artículo precedente.

Dado En La Casa Municipal, A Los 20 Días Del Mes De Marzo Del Ario Dos Mil Quince.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

MINCIPALIOADDIMUL NUANtnAco

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MUNICIPALIDAD DISIRITAL DE • ~CHACO

TRAMITE DOCUMEIITARIO

17 Ole. 2014 EXP. N' 39.65-g-01113 A 04 UrgLIOS HORA trk

i I .‘.1 I Zfriigli0 .- • ,„Il S 1 JfiW Pab}Mieltda7GOU1Stftlailil .- Vicemmisterio de.Viiiieldaty .•,. t— = Direcciós GliTe`r,.,L_al e

y Saneamiento .....-a- Urbanismo Ro iiirelliMrillWren :-...t. I' ar MS,415-5 ,étierr. t .-.,....0..aig, _ 4=2:0-411-3,4y,a Viy enda ?U banismo

"Decenio de.lás Personas con Discapacidad en el Perú' "Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático"

CARGO 1-131C. 2014 so vE

OFICIO 140 Í 9-• --2014-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU ", /7

Señor Abog. '— JOSÉ PRUDENCIO RUIZ VEGA Alcalde de la MUnicipalidad Distrital de Huanchaco Av. La Ribera N° 725 HUANCHACO — LA LIBERTAD.-

C — ASUNTO: Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional para

actualizar el Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Huanchaco

REFERENCIA: Oficio N° 466-1-2014-MDH (HT N° 00112497-2014)

De mi consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a usted, en relación al oficio de la referencia en el que nos solicita asistencia técnica para la formulación de la actualización del Plan de Desarrollo Urbano del Sector Costero de Huanchaco. Sobre el particular le debo. indicar lo siguiente:

e acuerdo al Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA, nuestras representadas podrán suscribir convenios de cooperación interinstitucional. Consecuentemente se requiere establecer un marco jurídico para la intervención del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que se da a través de la suscripción de un Convenio Marco del cual de desprenderán Convenios.Específicos en los que estaría comprendido un Convenio de Asistencia Técnica para la elaboración de la actualización del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Huanchaco. En tal sentido adjuntamos al presente en calidad de propuesta el proyecto de Convenio Marco a fin de que se sirva efectuar las acciones siguientes:

- Someter a sesión de Concejo la propuesta de Convenio Marco a fin de que sea aprobado y se le faculte su suscripción. Remitirnos mediante oficio, copia del Acuerdo de Concejo en el que se establezca la aprobación y la autorización de suscribirlo.

- Designar un Coordinador Municipal a fin de realizar las coordinaciones del caso con nuestros Coordinadores: Econ. Francisco Benel y/o Arq. Luis Ponce Gambini al teléfono 4269696 anexo 269 y a los correos electrónicos fbenelavivienda.qob.pe y Iponceavivienda.qob.pe respectivamente.

www.vivienda.gob.pe I

ir. CUSCO Nº 1.77 Lima 01. Perú T (mi 428-9696— 182

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MinisTifio - dIAliQiélda,„Construccióni

.17iSanearrilento

Dirección General de PolilitatniSgrilación.en

ViviendaTtltbanismo

VicerniniateriodeViviendely 191071sino

°Decenio de las Personas con Discapacidad en el Pon? -Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático'

- Suscrito el documento por ambas partes, le estaremos haciendo llegar un segundo original del Convenio.

- Cumplidas las acciones anteriormente mencionadas, le remitiremos una propuesta de Convenio Específico de Asistencia Técnica para la elaboración del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Huanchaco, el cual incorpora el sector costero del mismo.

Sin otro particular, y agradeciendo su gentil atención, hago propicia la ocasión para expresarles las muestras de consideración y estima personal.

Atentamente,

Arq O ZARRO ireclot Ge Fel

DireeCión Genera? de Potkicas y ReguláÍlón en Vivienda y ilibanisrno

sv".vivienda.gob.pe 1

ir. Cusco Nº 177 Lima 01. Perú T (64 426-9696-182

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

HUANCHACO

"Año de lo Promoción de lo Industrio Responsable y el Compromiso Climático"

Huanchaco, 24 de Noviembre 2011

OFICIO I0466-1-2014-MDH

Arq. Luis Obdulio Tagle Pizarro Director Nacional de Urbanismo Vicerninisterio de Vivienda y Urbanismo Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Av. Pit44.0 de La Rept, Hico I San Issdro-Linui

Atención:

DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y MNIMIElfíCt SECRETARIA GENERAL

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Por - fx sconiars

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Arg. Eusebio Cabrera Echegaray Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo

Presente.- Asunto: Solicito Asistencia Técnica para la formulación de la actualización del Plan de Desarrollo' Urbano del Sector Costero de

• Huanchaco y designación de . representante para las coordinaciones.

Por medio de la presente. saludo cordialmente a su representada, y a la vez me dirijo•a,su InStitucion para darles,axonocer que la Municipalidad Distrital de Huanchaco cuenta dpn uri Plan de Desarrollo 'Urbano del sector costero del Distrito de Huanchaco al año 2015, : aprobado PM, Ordenanza Municipal N° 13-2006-MPT, formulado y aprobado por la Mtinióipalidaci Provincial de Trujillo en Julio -del año 2006. Por Ict que, estando próximo a caducar su vigencia de aplicabilidad, es que recurrimos a Ustedes para la asistencia técnica necesaria que para estos casos es importante tener en cuenta y permita la actualización de dicho Plan de Desarrollo Urbano y asimismo se designe un representante para las coordinaciones técnicas respectivas.

Seguro de contar con el apoyo correspondiente, y sin otro particular reitero mis más sinceros sentimientos de estima personal.

Atentamente,

MUNICIPALIDAD DISIRITALpE HUANCHACO

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Abog. José P. ALCALD

Dirección: Av. La Ribera 725- Huanchaco - Teléfonos: 461260 - 461313 Web site: www.munihuanchaco.gob.pe

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MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCI N Y SANEAMIENTO

Dirección General de Políticas y Regulación en Viviendas y Urbanismo

. 28 NOV, 2014

Reg. N°... L59;°Y Nora* 99 ;c0 Ct't

Control Documentado