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, , - : PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA SECRETARíA JURíUICA Revisó -wes l\nrnhñ t . \J\ ( \ DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA DECRETO NÚMERO - 304 DE 2020 ( Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, y se dictan otras disposiciones. El PRESIDENTE DE lA REPÚBLICA DE COLOMBIA en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4 a de 1992, y CONSIDERANDO Que dentro de los términos establecidos en el Decreto 1072 de 2015, se adelantó en el año 2019 la negociación del pliego presentado por los representantes de las centrales y federaciones sindicales de los empleados públicos, en el cual se acordó entre otros aspectos, que para el año 2020 el aumento salarial debe corresponder al incremento porcentual del IPC total en 2019 certificado por el DANE, más uno punto treinta y dos por ciento (1.32%), el cual debe regir a partir del 1 0 de enero del presente año. Que el incremento porcentual del IPC total de 2019 certificado por el DANE fue de tres punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en el presente decreto se ajustarán en cinco punto doce por ciento (5.12%) para el año 2020, retroactivo a partir del 1 0 de enero del presente año. Que, en mérito de lo anterior, DECRETA TíTULO I Remuneración para empleos de la Rama Ejecutiva del orden nacional, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible Artículo 1. Campo de aplicación. El presente título fija las escalas de remuneración de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos correspondientes a los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales, Establecimientos Públicos, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas empresas, demás instituciones públicas de la rama ejecutiva nacional y entidades en liquidación del orden nacional. Artículo 2. Asignaciones básicas. A partir del 1 0 de enero de 2020, las asignaciones básicas mensuales de las escalas de empleos de las entidades de que trata el artículo 1 0 del presente título serán las siguientes:

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Page 1: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

-

PRESIDENCIA DE LA REPUacuteBLICA SECRETARiacuteA JURiacuteUICA

REPUBUCADECOLOMB~ Revisoacute -wes lnrnhntilde t J (

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

DECRETO NUacuteMERO - 304 DE 2020

(

Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de

Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

El PRESIDENTE DE lA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

en desarrollo de las normas generales sentildealadas en la Ley 4a de 1992 y

CONSIDERANDO

Que dentro de los teacuterminos establecidos en el Decreto 1072 de 2015 se adelantoacute en el antildeo 2019 la negociacioacuten del pliego presentado por los representantes de las centrales y federaciones sindicales de los empleados puacuteblicos en el cual se acordoacute entre otros aspectos que para el antildeo 2020 el aumento salarial debe corresponder al incremento porcentual del IPC total en 2019 certificado por el DANE maacutes uno punto treinta y dos por ciento (132) el cual debe regir a partir del 10 de enero del presente antildeo

Que el incremento porcentual del IPC total de 2019 certificado por el DANE fue de tres punto ochenta por ciento (380) en consecuencia los salarios y prestaciones estableCidos en el presente decreto se ajustaraacuten en cinco punto doce por ciento (512) para el antildeo 2020 retroactivo a partir del 10 de enero del presente antildeo

Que en meacuterito de lo anterior

DECRETA

TiacuteTULO I Remuneracioacuten para empleos de la Rama Ejecutiva del orden nacional Corporaciones

Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible

Artiacuteculo 1 Campo de aplicacioacuten El presente tiacutetulo fija las escalas de remuneracioacuten de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos correspondientes a los Ministerios Departamentos Administrativos Superintendencias Unidades Administrativas Especiales Establecimientos Puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible Empresas Sociales del Estado Empresas Industriales y Comerciales del Estado Sociedades de Economiacutea Mixta sometidas al reacutegimen de dichas empresas demaacutes instituciones puacuteblicas de la rama ejecutiva nacional y entidades en liquidacioacuten del orden nacional

Artiacuteculo 2 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 las asignaciones baacutesicas mensuales de las escalas de empleos de las entidades de que trata el artiacuteculo 10 del presente tiacutetulo seraacuten las siguientes

NUacuteMEROv 3 O 4 DE 2020 Hoja 2

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

GRADO SALARIAL

DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL TECNICO ASISTENCIAL

1 1947688 2 3696597 3488548 2152916 908660 3 3903293 3807126 2250064 1020643 4 4148712 4332958 2369272 1081448 5 4255474 4444194 2506240 1150436 877803 6 4444194 5032136 O 1384634 7 4709934 5618124 2721902 1475454 1020643 8 481 6148245 2857236 1512852 1 448 9 4992237 6461381 2980227 1664922 1150436 10 5363090 6719017 3081918 1742254 1264462 11 5446272 7064828 3211673 1836730 1364839 12 5618124 7420214 3407415 1947688 1 13 5861336 8135506 3691789 2077050 1512852 14 6177089 8587467 3950730 2152916 1545994 15 6305602 8764139 4367944 2250064 1594046 16 6392791 9630234 4709262 2542265 1664922 17 6742345 10639740 2721555 1700082 18 7302191 11548751 5334460 2990759 1742254 19 7863293 5738031 1787196 20 8646847 6176855 1842722

8765278 6583507 1920275 9699272 7080770 2037767

23 10653109 7481669 2250064 24 11 8067732 2454170 25 12394516 902

13039029 2961084 13685492

28 14448012

Paraacutegrafo 1 Para niveles que el artiacuteculo la primera columna los correspondientes a diferentes denominaciones empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones mensuales para grado y nivel

Paraacutegrafo 2 mensuales de tiempo completo

en presente artiacuteculo corresponden a

asignaciones caraacutecter permanente y

Se podraacuten crear empleos de medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que corresponda

entiende efectos de este tiacutetulo por empleos de tiempo los que tienen jornada diaria de cuatro (4)

Paraacutegrafo 3 Ninguacuten empleado a quien se aplique presente tiacutetulo tendraacute una ltgtnr mensual inferior a la correspondiente al grado 05 de la

Paraacutegrafo 4 Los empleados puacuteblicos que continuacuteen ejerciendo un cargo cuya denominacioacuten corresponda nivel ejecutivo en razoacuten a que la no ha efectuado los ajustes a lo sentildealado en el Decreto ley de 2005 tendraacuten derecho a un incremento salarial en su asignacioacuten baacutesica mensual el antildeo 2020 correspondiente a cinco punto doce por ciento

del nivel asistenciaL

304DECRETO NlIMERO DE Hoja 3

Continuacioacuten del desempentildeados por 0rn1l10ltl

cual se las remuneraciones de la Rama Ejecutiva

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

de Desarrollo otras

12) calculado sobre la baacutesica mensual que devengaban a 31 de diciembre antildeo 2019

Artiacuteculo 3 Otras remuneraciones A partir del 10 de enero de remuneraciones o naciones baacutesicas mensuales para los empleos que a continuacioacuten se relacionan seraacuten

siguientes

a Ministros del despacho y directores de departamento administrativo Diecinueve millones mil ciento noventa y ocho pesos ($19214198) moneda asiacute

Asignacioacuten Baacutesica 5257010 Gastos de Representacioacuten 9345782 Prima de Direccioacuten 4611406

prima de direccioacuten sustituye la prima teacutecnica de que trata el 1 de 1991 no es factor de salario ninguacuten efecto legal y es compatible con la prima

servicios la prima de la prima de navidad y la bonificacioacuten por prestados

Ministros del Despacho y Departamento optar por la prima teacutecnica por estudios formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada en los mismos teacuterminos y f(IrltlIfI(I sentildealados en los 64 de 1 991 1336 de 2003 77 disposiciones que modifiquen adicionen o sustituyan aplica para quienes ocupen de Ministro del Despacho o Departamento Administrativo y no podraacute de

para la liquidacioacuten de la de otros servidores puacuteblicos

prima teacutecnica como

en este es incompatible con la prima de direccioacuten y se un porcentaje la nacioacuten baacutesica mensual y los El cambio surtiraacute efecto a partir de la fecha en que se

la autoridad competente el acto administrativo correspondiente

b Viceministros y subdirectores de departamento administrativo cincuenta y tres mil ciento ($1065311

distribuidos asiacute

Asignacioacuten Baacutesica Representacioacuten

comisioacuten reguladora coacutedigo 0090 Catorce millones seiscientos mil noventa y cuatro pesos ($14602794) moneda corriente distribuidos

nacioacuten Baacutesica de Representacioacuten

d Negociador internacional coacutedigo 0088 a la sentildealada Viceministros por concepto de asignacioacuten uaiexcllloa

igual de representacioacuten

e Director de la Unidad Administrativa ISIJeC

368842) moneda corriente

de la Agencia Nacional Hidrocarburos tendraacute una asignacioacuten oaslca millones trescientos sesenta y ocho miacute ochocientos cuarenta y dos

c

g asignacioacuten

ANE tendraacute una asignacioacuten

1

2020 Hoja 4

de los empleos que sean Corporaciones Autoacutenomas y

NUacuteMERO ~ 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se remuneraciones

puacuteblicos de la se dictan otras

Hidrocarburos tendraacute cincuenta

f de la Unidad Administrativa Especial de la una baacutesica de dieciocho

y un mil trescientos y ocho pesos ($1

coacutedigo 0030 de la Financiera de Colombia baacutesica de doce trescientos noventa y cuatro mil

pesos ($1 6) corriente Asiacute mismo tendraacute beneficios salariales y prestacionales sentildealados en el

Director de la Unidad Administrativa Especial de Gestioacuten Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccioacuten Social - UGPP tendraacute una asignacioacuten mensual de veinticuatro millones seiscientos cincuenta y dos mil quinientos veintisiete pesos ($24652527) corriente

i Director Teacutecnico coacutedigo 0100 de la Unidad Administrativa Especial de Pensional y Contribuciones Parafiscales la Proteccioacuten Social- UGPP

baacutesica mensual ochenta y cinco mil y dos pesos ($1 corriente

J Unidad Administrativa

($18807155) moneda

de la Agencia Nacional mensual de dieciocho

mil ciento cincuenta y cinco

k Director General de la Autoridad Nacional de Ambientales - ANLA tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual de millones ochocientos siete mil ciento y cinco pesos ($18807155) moneda corriente

l Superintendente Coacutedigo 0030 de la Superintendencia Nacional de Salud tendraacute una asignacioacuten mensual de veinte millones treinta y dos mil quinientos y un pesos ($20432541) rnnnar

m Director Nacional de la Unidad Administrativa de Organizaciones el Grado 25 del Nivel Solidarias tonll

Directivo

n Director General la Unidad Administrativa -

Unidad de Proyeccioacuten Normativa y de Regulacioacuten Financiera tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual dieciocho millones ochocientos mil cincuenta y cinco pesos ($188071 moneda corriente

o Subdirector 0040 de la Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyeccioacuten Normativa y Estudios de Regulacioacuten Financiera -URF- tendraacute una asignacioacuten mensual de catorce millones cuarenta y ocho mil doce ($14448012) moneda corriente

Unidad Administrativa Parques Nacionales baacutesica mensual sentildealada empleo de Director de

Directivo de la Rama tendraacute derecho a la en los teacuterminos sentildealados en el Decreto 3150 de 2005 y los 110difiquen o sustituyan

p Director adicional a la Unidad

la

Nivel

liquidacioacuten Ejecutiva

remuneracioacuten conformidad con

nrltlConrtgt tiacutetulo

001 los Superintendentes coacutedigo 0030 y refieren los literales b c) d) e) f) h) i) Rectores Vicerrectores y Secretarios Gerentes o Directores Generales las Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sociales del Estado y los Secretarios los prima teacutecnica en los teacuterminos y condiciones a que se demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

de 1991 y

~

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE Hoja 5 v

se fijan las deContinuacioacuten del Decreto Por el cual los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

q Agente Escolta coacutedigo 4070 de la Unidad Nacional mil

Proteccioacuten tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual de dos millones ciento ochenta y ocho pesos ($2107788) moneda corriente

Paraacutegrafo 1 Los Directores o Gerentes liquidadores de las Nacional que se encuentren en proceso de asignada para el empleo de Director o Gerente de la lo dispuesto en los decretos que ordenaron la liquidacioacuten o

Paraacutegrafo 2 El empleo a que se refiere el literal d del prima mensual de gestioacuten equivalente al cincuenta por ciento (50) la asignacioacuten baacutesica y los gastos de representacioacuten

El Director de la Unidad de Informacioacuten y mensual de gestioacuten equivalente al cincuenta por mensual

Rama Ejecutiva del Poder Puacuteblico del orden

Artiacuteculo 4 Prima teacutecnica El Director

Paraacutegrafo Los empleados puacuteblicos del nivel directivo ocupen en la Rama del orden nacional que tengan asignada prima teacutecnica automaacutetica en virtud a lo

establecido en el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas lo modifiquen adicionen o sustituyan podraacuten optar por la prima teacutecnica por avanzada y experiencia altamente calificada en los mismos teacuterminos y en los Decretos 2164 de 1991 1336 de 2003 77 de 2006 y que los modifiquen adicionen o sustituyan La prima teacutecnica en es incompatible con la prima automaacutetica y se otorgaraacute como un porcentaje de la mensual y los gastos de representacioacuten seguacuten el caso El cambio surtiraacute en que se expida por la autoridad competente el acto

Artiacuteculo 5 Incremento de prima teacutecnica El valor maacuteximo el Hteral a) del artiacuteculo 2deg del Decreto 1661 modifiquen adicionen o sustituyan podraacute ser (20) de la asignacioacuten baacutesica mensual de quien la nete

sentildealados siempre y cuando se cumplan los siguientes

en relacionadas con sus funciones

a Un tres por ciento (3) por tiacutetulo

La prima de gestioacuten no constituye factor salarial para ninguacuten QTQrTn

Paraacutegrafo 3 El reacutegimen salarial y prestacional literales e) f) h) i) Yj) de este artiacuteculo seraacute el eSlaOleCOO

que tratan los puacuteblicos la

la fecha

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 6 - 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

b Un nueve por ciento (9) por el tiacutetulo de maestriacutea en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

c Un quince por ciento (15) relacionadas con sus funciones

por el tiacutetulo de doctorado en aacutereas directamente

d Un tres por ciento (3) por publicaciones en revistas especializadas internacionales de reconocida circulacioacuten o libros en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

e Un dos por ciento (2) por publicaciones en revistas nacionales de nivel internacional (ISSN) en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

Los porcentajes anteriores son acumulables hasta el total del veinte por ciento (20) por concepto de incremento de la prima teacutecnica

Para efectos de la aplicacioacuten de los literales a) b) y c) del presente artiacuteculo el tiacutetulo acadeacutemico deberaacute ser distinto del exigido para el desempentildeo del empleo y adicional al ya acreditado para el reconocimiento de la prima teacutecnica o de cualquier otro emolumento

Artiacuteculo 6 De la base para liquidar la prima de servicio Ademaacutes de los factores de salario sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 para la liquidacioacuten de la prima de servicios se tendraacute en cuenta la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada

Artiacuteculo 7 Pago proporcional de la prima de servicios Cuando a treinta (30) de junio de cada antildeo el empleado no haya trabajado el antildeo completo tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la prima de servicios de que trata el artiacuteculo 58 del Decreto 1042 de 1978 Tambieacuten se tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de esta prima cuando el empleado se retire del servicio en este evento la liquidacioacuten se efectuaraacute teniendo en cuenta la cuantiacutea de los factores sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 causados a la fecha de retiro

Artiacuteculo 8 Prima de riesgo Los empleados puacuteblicos que prestan los servicIos de conductor a los ministros y directores de departamento administrativo tendraacuten derecho a una prima mensual de riesgo equivalente al veinte por ciento (20) de su asignacioacuten baacutesica mensual la cual no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal

Artiacuteculo 9 Incremento de salario por antiguumledad A partir del 10 de enero de 2020 el incremento de salario por antiguumledad que vienen percibiendo los empleados puacuteblicos de las entidades a quienes se les aplica este tiacutetulo en virtud de lo dispuesto en los Decretos 1042 de 1978 modificado por el Decreto 420 de 1979 se reajustaraacute en el mismo porcentaje en que se incrementa su asignacioacuten baacutesica

Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artiacuteculo resultaren centavos se ajustaraacuten al peso siguiente

Artiacuteculo 10 Bonificacioacuten por servicIos prestados La bonificacioacuten por servicIos prestados a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que trabajan en las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo seraacute equivalente al cincuenta por ciento (50) del valor conjunto de la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad y los gastos de representacioacuten que correspondan al funcionario en la fecha en que se cause el derecho a percibirla siempre que no devengue una remuneracioacuten mensual por concepto de asignacioacuten baacutesica y gastos de representacioacuten superior a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente

1

DECRETO NlIMERO 3 O 4 DE 2020 Hoja 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Para los demaacutes empleados la bonificacioacuten por servicios prestados seraacute equivalente al treinta y cinco por ciento (35) del valor conjunto de los tres factores de salario sentildealados en el inciso anterior

Paraacutegrafo Para la liquidacioacuten de la bonificacioacuten por servicIos prestados se tendraacute en cuenta la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad los gastos de representacioacuten y la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada El empleado que al momento del retiro no haya cumplido el antildeo continuo de servicios tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la bonificacioacuten por servicios prestados

Artiacuteculo 11 Subsidio de alimentacioacuten El subsidio de alimentacioacuten de los empleados plJblicos de las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente seraacute de sesenta y seis mil noventa y ocho pesos ($66098) moneda corriente mensuales o proporcional al tiempo servido pagaderos por la respectiva entidad

No se tendraacute derecho a este subsidio cuando el respectivo empleado disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre alimentacioacuten a los empleados que conforme a este artiacuteculo tengan derecho al subsidio

Paraacutegrafo Los organismos y entidades que con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 1042 de 1978 y que al 10 de enero de 2009 estuvieren suministrando almuerzo a sus empleados por un valor diario superior al monto establecido en dinero para el subsidio de alimentacioacuten podraacuten continuar hacieacutendolo en las mismas condiciones siempre que exista apropiacioacuten presupuestal y los empleados beneficiarios de tal suministro devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente Si el valor del almuerzo excede al monto del subsidio de alimentacioacuten en dinero dicha diferencia no constituiraacute factor salarial

Artiacuteculo 12 Auxilio especial de alimentacioacuten A partir del 10 de enero de 2020 los servidores del Ministerio de Tecnologiacuteas de la Informacioacuten y las Comunicaciones que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente tendraacuten derecho a un auxilio especial de alimentacioacuten de ciento un mil novecientos treinta pesos ($101930) moneda corriente mensuales

Cuando el funcionario se encuentre en uso de licencia o en disfrute de vacaciones o suspendido en el ejercicio del cargo tendraacute derecho al reconocimiento y pago del auxilio especial de alimentacioacuten en forma proporcional al tiempo servido durante el mes

Si el lVIinisterio suministra la alimentacioacuten no habraacute lugar a este reconocimiento

Artiacuteculo 13 Auxilio de transporte El auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que se rigen por el presente tiacutetulo se reconoceraacute y pagaraacute en los mismos teacuterminos condiciones y cuantiacutea que el Gobiemo Nacional establezca para los trabajadores particula res

No se tendraacute derecho a este auxilio cuando el funcionario disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre el servicio

NUacuteMERO- 304 DE 2020 Hoja 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

Artiacuteculo 14 Horas dominicales y festivos que proceda el pago de horas extras y del trabajo en dias dominicales y como el reconocimiento cuando a ello lugar de descansos compensatorios trata el Decreto 1042 de 1978 y sus modificatorios el empleado deberaacute al Nivel hasta el grado 09 o al Nivel el grado 19

Los Secretarios del despacho de los Ministros Viceministros Directores y Subdirectores Departamento Administrativo y los Ejecutivos de en adelante que sus funciones en los de los Ministros Directores Departamento Administrativo Viceministros y Subdirectores de Departamento Administrativo Generales de Ministerios y Departamento Administrativo tendraacuten derecho a devengar horas extras dominicales y festivos siempre y cuando laboren en superiores a cuarenta y cuatro (44) semanales

antes sentildealados soacutelo se podraacuten reconocer horas extras maacuteximo a dos se refiere el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 empleados puacuteblicos del Ministerio Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y Departamento Nacional Planeacioacuten que la obligacioacuten de participar en trabajos ordenados la preparacioacuten y elaboracioacuten de rentas y la ley de apropiaciones su liquidacioacuten y demaacutes labores anexas e iniciacioacuten de cada vigencia fiscal podraacuten devengar horas extras dominicales y siempre y cuando comprendidos en los niveles asistencial teacutecnico y En ninguacuten caso pagarse mensualmente por el total dominicales y festivos cincuenta por ciento (50) de la remuneracioacuten mensual de cada funcionario

Paraacutegrafo liacutemite para el pago de horas mensuales a los empleados puacuteblicos que desempentildeen el cargo de conductor mecaacutenico en las entidades a que se el presente tiacutetulo de cien (100) horas

todo caso la autorizacioacuten para laborar en soacutelo podraacute otorgarse cuando presupuesta

Artiacuteculo 1 Reconocimiento por empleados de los administrativos establecimientos puacuteblicos

rnn autoacutenomas regionales y sostenible las empresas unidades administrativas es[gtecla planta global y que

su la coordinacioacuten o supervisioacuten de trabajo resolucioacuten del del organismo mensualmente un (20) adicional al valor de la asignacioacuten mensual del

durante el tiempo en que funciones dicho valor no TITI

para ninguacuten efecto legal

entidades descentralizadas se contar con la aprobacioacuten previa la Junta Directivo respectivo y la disponibilidad presupuestal correspondiente

IrarltTIn o Asesor se efectuaraacute siempre y cuando el empleado no nClrTCICr~ a los

Bonificacioacuten especial Los empleados puacuteblicos a tiacutetulo tendraacuten a una bonificacioacuten especial

periacuteodo de vacaciones en cuantiacutea a dos diacuteas de la asignacioacuten

2020 Hoja 9

remuneraciones de los empleos que sean Ejcutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

DECRETO NUacuteMERO- ~

Continuacioacuten del Decreto Por el desempentildeados por empleaoc)s de Desarrollo -lt3

las

mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo periacuteodo vacacional Igualmente habraacute lugar a esta bonificacioacuten cuando las vacaciones se compensen en dinero

Esta bonificacioacuten no constituiraacute factor de salario para ninguacuten legal y se pagaraacute por lo menos con cinco (5) d haacutebiles antelacioacuten a la de inicio en evento que se disfrute descanso remunerado

Artiacuteculo 1 Prima navidad Los empleados puacuteblicos y trabajadores oficiales tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad

Respecto de q por disposicioacuten legal o convencional no tengan establecido otra prima seraacute equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo

al treinta de noviembre de cada antildeo La prima se pagaraacute en la diciembre

Cuando el empleado puacuteblico o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el antildeo civil derecho a la mencionada prima de navidad en proporcioacuten al tiempo laborado

se liquidaraacute y pagaraacute con en el uacuteltimo salario devengado o en uacuteltimo promedio mensual si fuere variable

Artiacuteculo 18 Asignacioacuten adicional A del 10 enero 2020 los representantes del Ministro Educacioacuten Nacional ante entidad territorial continuaraacuten percibiendo un veintiocho por ciento (28) adicional a su asignacioacuten baacutesica mensual con cargo al Presupuesto del Ministerio Educacioacuten Nacional

Artiacuteculo 19 Ajuste prima especial Decreto 2348 de 2014 prima especial de que trata el artiacuteculo 5 del Decreto 2348 2014 teniendo en cuenta lo establecido en el inciso 2 del paraacutegrafo 1 del citado artiacuteculo se incrementaraacute en uno punto ocho por ciento (18) para 2020 retroactivo a partir del 10 enero presente antildeo

Artiacuteculo Liacutemite remuneraclOn remuneracioacuten anual que perciban los empleadOS puacuteblicos de los ministerios departamentos administrativos superintendencias y unidades administrativas pertenecientes a la administracioacuten central del nivel nacional no podraacute ser superior a la remuneracioacuten anual los miembros Congreso de la Repuacuteblica

ninguacuten caso la remuneracioacuten mensual de los demaacutes empleados puacuteblicos a que se el presente tiacutetulo podraacute exceder la que se fija para los ministros del y los

directores departamento administrativo por concepto asignacioacuten gastos representacioacuten y prima direccioacuten

Artiacuteculo 21 Excepciones Las normas presente tiacutetulo no se aplicaraacuten salvo disposicioacuten expresa en contrario

a A los empleados puacuteblicos Ministerio de Relaciones que prestan servicio en el exterior

b Al personal docente los distintos organismos la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales

c A los empleados puacuteblicos de entidades que tienen sistemas especiales de remu legalmente aprobados

d Al personal de las Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional que no se rigen por el Decreto 1 de 1 y demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

DECRETO NUacuteMERO ~ 3 O 4 DE 2020 Hoja 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

e Al personal de la Policiacutea Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma f Al personal Carcelario y Penitenciario

TiacuteTULO 11

Prima de seguridad y sobresueldo para algunos empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y otras disposiciones

Artiacuteculo 22 Criterios y cuantiacutea Teniendo en cuenta la especial responsabilidad y la delicada misioacuten inherente al cuerpo especial de administracioacuten remisiones custodia y vigilancia de los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC estableacutecese una prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal liquidada para aquellos empleados que presten sus servicios en centros o pabellones de alta seguridad equivalente hasta el cincuenta por ciento (50) de la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual que no podraacute exceder el monto de cinco mil ochocientos noventa millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y un pesos ($5890167751) moneda corriente sentildealados en el Presupuesto General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 23 Procedimiento para su disfrute La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo seraacute asignada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho

Artiacuteculo 24 Temporalidad La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo soacutelo se disfrutaraacute mientras se desempentildeen las funciones del empleo para el cual ha sido asignada en los establecimientos de reclusioacuten yen el cuerpo especial de remisiones No se perderaacute el derecho a la prima de seguridad cuando se pase de un centro o pabelloacuten de reclusioacuten de alta seguridad a otro de igual categoriacutea

Artiacuteculo 25 Asignacioacuten a otros servidores El personal de los organismos de seguridad del Estado en comisioacuten en los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC de alta seguridad tendraacute derecho a percibir por concepto de prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal una prima igual decretada en la misma forma establecida en este tiacutetulo previa equivalencia del empleo por parte dellV1inisterio de Justicia y del Derecho

La prima a que se refiere el presente artiacuteculo soacutelo se percibiraacute mientras el servidor comisionado desempentildee las funciones del empleo para el cual ha sido asignado

Artiacuteculo 26 Suspensioacuten del reconocimiento El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho podraacute suspender el reconocimiento de la prima de seguridad otorgada al servidor plJblico a que se refiere este tiacutetulo en cualquier momento en que lo considere pertinente de acuerdo con las normas vigentes

Artiacuteculo 27 Sobresueldo A partir del 10 de enero de 2020 los sobresueldos mensuales para el personal carcelario y penitenciario cuyos empleos se relacionan a continuacioacuten seraacuten los siguientes

DENOMINACION CODIGO GRADO SOBRE SUELDO

Mayor de Prisiones 4158 21 738824 Capitaacuten de Prisiones 4078 18 738357

~

2020

remuneraciones de

Hoja 11 304

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

CODIGO SUELDO

4222 16 779954 4152 14 168 4137 13 766982 4112 12 4114 11

Artiacuteculo 28 salarial sobresueldo establecido penitenciario a se refiere el artiacuteculo anterior constituye la liquidacioacuten y pago prestaciones sociales a que conformidad con disposiciones pertinentes Este mismos los e) y f) del artiacuteculo 1deg del

Artiacuteculo 29

q

A partir del 10 de enero de 2020 el Comandante Superior de coacutedigo 2132 tendraacute derecho a un mensual de tres millones mil novecientos noventa y un 5991) moneda

baacutesica director y subdirector de establecimiento de reclusioacuten 2020 fiacutejase la siguiente escala de baacutesicas

de Director y Subdirector de Establecim Reclusioacuten

NIVEL ASIGNACiOacuteNCOacuteDIGO CLASE

BAacuteSICA MENSUAL DENOMINACiOacuteN

EMPLEO NIVEL DIRECTIVO

Artiacuteculo 32 Prima coordinacioacuten nal carcelario y penitenciario a que se el presente tiacutetulo que a la coordine grupos internos de trabajo tendraacute derecho reconocimiento y pago de la prima coordinacioacuten en los mismos teacuterminos que regulan la materia para los empleados que se rigen por sistema general de salarios de la Ejecutiva del orden nacional Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - I uacutenicamente podraacute crear nuevos g de trabajo que impliquen el de prima de coordinacioacuten con la respectiva disponibilidad presupuestal su reconocimiento y pago y viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

y penitenciario a que se el artiacuteculo 27 del presente tiacutetulo tnflrlto a una prima de riesgo que no constituye Artiacuteculo 33 Prima de riesgo

Director de Reclusioacuten

Subdirector de Reclusioacuten

IV III

0195 11

1101

carcelario y penitenciario a que se y pago del incremento salario

del auxilio de transporte de la bonificacioacuten por y condiciones sentildealadas en

general de salarios para los empleados en la cuantiacutea

en lo Nacional

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 2: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

NUacuteMEROv 3 O 4 DE 2020 Hoja 2

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

GRADO SALARIAL

DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL TECNICO ASISTENCIAL

1 1947688 2 3696597 3488548 2152916 908660 3 3903293 3807126 2250064 1020643 4 4148712 4332958 2369272 1081448 5 4255474 4444194 2506240 1150436 877803 6 4444194 5032136 O 1384634 7 4709934 5618124 2721902 1475454 1020643 8 481 6148245 2857236 1512852 1 448 9 4992237 6461381 2980227 1664922 1150436 10 5363090 6719017 3081918 1742254 1264462 11 5446272 7064828 3211673 1836730 1364839 12 5618124 7420214 3407415 1947688 1 13 5861336 8135506 3691789 2077050 1512852 14 6177089 8587467 3950730 2152916 1545994 15 6305602 8764139 4367944 2250064 1594046 16 6392791 9630234 4709262 2542265 1664922 17 6742345 10639740 2721555 1700082 18 7302191 11548751 5334460 2990759 1742254 19 7863293 5738031 1787196 20 8646847 6176855 1842722

8765278 6583507 1920275 9699272 7080770 2037767

23 10653109 7481669 2250064 24 11 8067732 2454170 25 12394516 902

13039029 2961084 13685492

28 14448012

Paraacutegrafo 1 Para niveles que el artiacuteculo la primera columna los correspondientes a diferentes denominaciones empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones mensuales para grado y nivel

Paraacutegrafo 2 mensuales de tiempo completo

en presente artiacuteculo corresponden a

asignaciones caraacutecter permanente y

Se podraacuten crear empleos de medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que corresponda

entiende efectos de este tiacutetulo por empleos de tiempo los que tienen jornada diaria de cuatro (4)

Paraacutegrafo 3 Ninguacuten empleado a quien se aplique presente tiacutetulo tendraacute una ltgtnr mensual inferior a la correspondiente al grado 05 de la

Paraacutegrafo 4 Los empleados puacuteblicos que continuacuteen ejerciendo un cargo cuya denominacioacuten corresponda nivel ejecutivo en razoacuten a que la no ha efectuado los ajustes a lo sentildealado en el Decreto ley de 2005 tendraacuten derecho a un incremento salarial en su asignacioacuten baacutesica mensual el antildeo 2020 correspondiente a cinco punto doce por ciento

del nivel asistenciaL

304DECRETO NlIMERO DE Hoja 3

Continuacioacuten del desempentildeados por 0rn1l10ltl

cual se las remuneraciones de la Rama Ejecutiva

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

de Desarrollo otras

12) calculado sobre la baacutesica mensual que devengaban a 31 de diciembre antildeo 2019

Artiacuteculo 3 Otras remuneraciones A partir del 10 de enero de remuneraciones o naciones baacutesicas mensuales para los empleos que a continuacioacuten se relacionan seraacuten

siguientes

a Ministros del despacho y directores de departamento administrativo Diecinueve millones mil ciento noventa y ocho pesos ($19214198) moneda asiacute

Asignacioacuten Baacutesica 5257010 Gastos de Representacioacuten 9345782 Prima de Direccioacuten 4611406

prima de direccioacuten sustituye la prima teacutecnica de que trata el 1 de 1991 no es factor de salario ninguacuten efecto legal y es compatible con la prima

servicios la prima de la prima de navidad y la bonificacioacuten por prestados

Ministros del Despacho y Departamento optar por la prima teacutecnica por estudios formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada en los mismos teacuterminos y f(IrltlIfI(I sentildealados en los 64 de 1 991 1336 de 2003 77 disposiciones que modifiquen adicionen o sustituyan aplica para quienes ocupen de Ministro del Despacho o Departamento Administrativo y no podraacute de

para la liquidacioacuten de la de otros servidores puacuteblicos

prima teacutecnica como

en este es incompatible con la prima de direccioacuten y se un porcentaje la nacioacuten baacutesica mensual y los El cambio surtiraacute efecto a partir de la fecha en que se

la autoridad competente el acto administrativo correspondiente

b Viceministros y subdirectores de departamento administrativo cincuenta y tres mil ciento ($1065311

distribuidos asiacute

Asignacioacuten Baacutesica Representacioacuten

comisioacuten reguladora coacutedigo 0090 Catorce millones seiscientos mil noventa y cuatro pesos ($14602794) moneda corriente distribuidos

nacioacuten Baacutesica de Representacioacuten

d Negociador internacional coacutedigo 0088 a la sentildealada Viceministros por concepto de asignacioacuten uaiexcllloa

igual de representacioacuten

e Director de la Unidad Administrativa ISIJeC

368842) moneda corriente

de la Agencia Nacional Hidrocarburos tendraacute una asignacioacuten oaslca millones trescientos sesenta y ocho miacute ochocientos cuarenta y dos

c

g asignacioacuten

ANE tendraacute una asignacioacuten

1

2020 Hoja 4

de los empleos que sean Corporaciones Autoacutenomas y

NUacuteMERO ~ 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se remuneraciones

puacuteblicos de la se dictan otras

Hidrocarburos tendraacute cincuenta

f de la Unidad Administrativa Especial de la una baacutesica de dieciocho

y un mil trescientos y ocho pesos ($1

coacutedigo 0030 de la Financiera de Colombia baacutesica de doce trescientos noventa y cuatro mil

pesos ($1 6) corriente Asiacute mismo tendraacute beneficios salariales y prestacionales sentildealados en el

Director de la Unidad Administrativa Especial de Gestioacuten Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccioacuten Social - UGPP tendraacute una asignacioacuten mensual de veinticuatro millones seiscientos cincuenta y dos mil quinientos veintisiete pesos ($24652527) corriente

i Director Teacutecnico coacutedigo 0100 de la Unidad Administrativa Especial de Pensional y Contribuciones Parafiscales la Proteccioacuten Social- UGPP

baacutesica mensual ochenta y cinco mil y dos pesos ($1 corriente

J Unidad Administrativa

($18807155) moneda

de la Agencia Nacional mensual de dieciocho

mil ciento cincuenta y cinco

k Director General de la Autoridad Nacional de Ambientales - ANLA tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual de millones ochocientos siete mil ciento y cinco pesos ($18807155) moneda corriente

l Superintendente Coacutedigo 0030 de la Superintendencia Nacional de Salud tendraacute una asignacioacuten mensual de veinte millones treinta y dos mil quinientos y un pesos ($20432541) rnnnar

m Director Nacional de la Unidad Administrativa de Organizaciones el Grado 25 del Nivel Solidarias tonll

Directivo

n Director General la Unidad Administrativa -

Unidad de Proyeccioacuten Normativa y de Regulacioacuten Financiera tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual dieciocho millones ochocientos mil cincuenta y cinco pesos ($188071 moneda corriente

o Subdirector 0040 de la Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyeccioacuten Normativa y Estudios de Regulacioacuten Financiera -URF- tendraacute una asignacioacuten mensual de catorce millones cuarenta y ocho mil doce ($14448012) moneda corriente

Unidad Administrativa Parques Nacionales baacutesica mensual sentildealada empleo de Director de

Directivo de la Rama tendraacute derecho a la en los teacuterminos sentildealados en el Decreto 3150 de 2005 y los 110difiquen o sustituyan

p Director adicional a la Unidad

la

Nivel

liquidacioacuten Ejecutiva

remuneracioacuten conformidad con

nrltlConrtgt tiacutetulo

001 los Superintendentes coacutedigo 0030 y refieren los literales b c) d) e) f) h) i) Rectores Vicerrectores y Secretarios Gerentes o Directores Generales las Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sociales del Estado y los Secretarios los prima teacutecnica en los teacuterminos y condiciones a que se demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

de 1991 y

~

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE Hoja 5 v

se fijan las deContinuacioacuten del Decreto Por el cual los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

q Agente Escolta coacutedigo 4070 de la Unidad Nacional mil

Proteccioacuten tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual de dos millones ciento ochenta y ocho pesos ($2107788) moneda corriente

Paraacutegrafo 1 Los Directores o Gerentes liquidadores de las Nacional que se encuentren en proceso de asignada para el empleo de Director o Gerente de la lo dispuesto en los decretos que ordenaron la liquidacioacuten o

Paraacutegrafo 2 El empleo a que se refiere el literal d del prima mensual de gestioacuten equivalente al cincuenta por ciento (50) la asignacioacuten baacutesica y los gastos de representacioacuten

El Director de la Unidad de Informacioacuten y mensual de gestioacuten equivalente al cincuenta por mensual

Rama Ejecutiva del Poder Puacuteblico del orden

Artiacuteculo 4 Prima teacutecnica El Director

Paraacutegrafo Los empleados puacuteblicos del nivel directivo ocupen en la Rama del orden nacional que tengan asignada prima teacutecnica automaacutetica en virtud a lo

establecido en el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas lo modifiquen adicionen o sustituyan podraacuten optar por la prima teacutecnica por avanzada y experiencia altamente calificada en los mismos teacuterminos y en los Decretos 2164 de 1991 1336 de 2003 77 de 2006 y que los modifiquen adicionen o sustituyan La prima teacutecnica en es incompatible con la prima automaacutetica y se otorgaraacute como un porcentaje de la mensual y los gastos de representacioacuten seguacuten el caso El cambio surtiraacute en que se expida por la autoridad competente el acto

Artiacuteculo 5 Incremento de prima teacutecnica El valor maacuteximo el Hteral a) del artiacuteculo 2deg del Decreto 1661 modifiquen adicionen o sustituyan podraacute ser (20) de la asignacioacuten baacutesica mensual de quien la nete

sentildealados siempre y cuando se cumplan los siguientes

en relacionadas con sus funciones

a Un tres por ciento (3) por tiacutetulo

La prima de gestioacuten no constituye factor salarial para ninguacuten QTQrTn

Paraacutegrafo 3 El reacutegimen salarial y prestacional literales e) f) h) i) Yj) de este artiacuteculo seraacute el eSlaOleCOO

que tratan los puacuteblicos la

la fecha

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 6 - 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

b Un nueve por ciento (9) por el tiacutetulo de maestriacutea en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

c Un quince por ciento (15) relacionadas con sus funciones

por el tiacutetulo de doctorado en aacutereas directamente

d Un tres por ciento (3) por publicaciones en revistas especializadas internacionales de reconocida circulacioacuten o libros en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

e Un dos por ciento (2) por publicaciones en revistas nacionales de nivel internacional (ISSN) en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

Los porcentajes anteriores son acumulables hasta el total del veinte por ciento (20) por concepto de incremento de la prima teacutecnica

Para efectos de la aplicacioacuten de los literales a) b) y c) del presente artiacuteculo el tiacutetulo acadeacutemico deberaacute ser distinto del exigido para el desempentildeo del empleo y adicional al ya acreditado para el reconocimiento de la prima teacutecnica o de cualquier otro emolumento

Artiacuteculo 6 De la base para liquidar la prima de servicio Ademaacutes de los factores de salario sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 para la liquidacioacuten de la prima de servicios se tendraacute en cuenta la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada

Artiacuteculo 7 Pago proporcional de la prima de servicios Cuando a treinta (30) de junio de cada antildeo el empleado no haya trabajado el antildeo completo tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la prima de servicios de que trata el artiacuteculo 58 del Decreto 1042 de 1978 Tambieacuten se tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de esta prima cuando el empleado se retire del servicio en este evento la liquidacioacuten se efectuaraacute teniendo en cuenta la cuantiacutea de los factores sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 causados a la fecha de retiro

Artiacuteculo 8 Prima de riesgo Los empleados puacuteblicos que prestan los servicIos de conductor a los ministros y directores de departamento administrativo tendraacuten derecho a una prima mensual de riesgo equivalente al veinte por ciento (20) de su asignacioacuten baacutesica mensual la cual no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal

Artiacuteculo 9 Incremento de salario por antiguumledad A partir del 10 de enero de 2020 el incremento de salario por antiguumledad que vienen percibiendo los empleados puacuteblicos de las entidades a quienes se les aplica este tiacutetulo en virtud de lo dispuesto en los Decretos 1042 de 1978 modificado por el Decreto 420 de 1979 se reajustaraacute en el mismo porcentaje en que se incrementa su asignacioacuten baacutesica

Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artiacuteculo resultaren centavos se ajustaraacuten al peso siguiente

Artiacuteculo 10 Bonificacioacuten por servicIos prestados La bonificacioacuten por servicIos prestados a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que trabajan en las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo seraacute equivalente al cincuenta por ciento (50) del valor conjunto de la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad y los gastos de representacioacuten que correspondan al funcionario en la fecha en que se cause el derecho a percibirla siempre que no devengue una remuneracioacuten mensual por concepto de asignacioacuten baacutesica y gastos de representacioacuten superior a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente

1

DECRETO NlIMERO 3 O 4 DE 2020 Hoja 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Para los demaacutes empleados la bonificacioacuten por servicios prestados seraacute equivalente al treinta y cinco por ciento (35) del valor conjunto de los tres factores de salario sentildealados en el inciso anterior

Paraacutegrafo Para la liquidacioacuten de la bonificacioacuten por servicIos prestados se tendraacute en cuenta la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad los gastos de representacioacuten y la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada El empleado que al momento del retiro no haya cumplido el antildeo continuo de servicios tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la bonificacioacuten por servicios prestados

Artiacuteculo 11 Subsidio de alimentacioacuten El subsidio de alimentacioacuten de los empleados plJblicos de las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente seraacute de sesenta y seis mil noventa y ocho pesos ($66098) moneda corriente mensuales o proporcional al tiempo servido pagaderos por la respectiva entidad

No se tendraacute derecho a este subsidio cuando el respectivo empleado disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre alimentacioacuten a los empleados que conforme a este artiacuteculo tengan derecho al subsidio

Paraacutegrafo Los organismos y entidades que con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 1042 de 1978 y que al 10 de enero de 2009 estuvieren suministrando almuerzo a sus empleados por un valor diario superior al monto establecido en dinero para el subsidio de alimentacioacuten podraacuten continuar hacieacutendolo en las mismas condiciones siempre que exista apropiacioacuten presupuestal y los empleados beneficiarios de tal suministro devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente Si el valor del almuerzo excede al monto del subsidio de alimentacioacuten en dinero dicha diferencia no constituiraacute factor salarial

Artiacuteculo 12 Auxilio especial de alimentacioacuten A partir del 10 de enero de 2020 los servidores del Ministerio de Tecnologiacuteas de la Informacioacuten y las Comunicaciones que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente tendraacuten derecho a un auxilio especial de alimentacioacuten de ciento un mil novecientos treinta pesos ($101930) moneda corriente mensuales

Cuando el funcionario se encuentre en uso de licencia o en disfrute de vacaciones o suspendido en el ejercicio del cargo tendraacute derecho al reconocimiento y pago del auxilio especial de alimentacioacuten en forma proporcional al tiempo servido durante el mes

Si el lVIinisterio suministra la alimentacioacuten no habraacute lugar a este reconocimiento

Artiacuteculo 13 Auxilio de transporte El auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que se rigen por el presente tiacutetulo se reconoceraacute y pagaraacute en los mismos teacuterminos condiciones y cuantiacutea que el Gobiemo Nacional establezca para los trabajadores particula res

No se tendraacute derecho a este auxilio cuando el funcionario disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre el servicio

NUacuteMERO- 304 DE 2020 Hoja 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

Artiacuteculo 14 Horas dominicales y festivos que proceda el pago de horas extras y del trabajo en dias dominicales y como el reconocimiento cuando a ello lugar de descansos compensatorios trata el Decreto 1042 de 1978 y sus modificatorios el empleado deberaacute al Nivel hasta el grado 09 o al Nivel el grado 19

Los Secretarios del despacho de los Ministros Viceministros Directores y Subdirectores Departamento Administrativo y los Ejecutivos de en adelante que sus funciones en los de los Ministros Directores Departamento Administrativo Viceministros y Subdirectores de Departamento Administrativo Generales de Ministerios y Departamento Administrativo tendraacuten derecho a devengar horas extras dominicales y festivos siempre y cuando laboren en superiores a cuarenta y cuatro (44) semanales

antes sentildealados soacutelo se podraacuten reconocer horas extras maacuteximo a dos se refiere el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 empleados puacuteblicos del Ministerio Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y Departamento Nacional Planeacioacuten que la obligacioacuten de participar en trabajos ordenados la preparacioacuten y elaboracioacuten de rentas y la ley de apropiaciones su liquidacioacuten y demaacutes labores anexas e iniciacioacuten de cada vigencia fiscal podraacuten devengar horas extras dominicales y siempre y cuando comprendidos en los niveles asistencial teacutecnico y En ninguacuten caso pagarse mensualmente por el total dominicales y festivos cincuenta por ciento (50) de la remuneracioacuten mensual de cada funcionario

Paraacutegrafo liacutemite para el pago de horas mensuales a los empleados puacuteblicos que desempentildeen el cargo de conductor mecaacutenico en las entidades a que se el presente tiacutetulo de cien (100) horas

todo caso la autorizacioacuten para laborar en soacutelo podraacute otorgarse cuando presupuesta

Artiacuteculo 1 Reconocimiento por empleados de los administrativos establecimientos puacuteblicos

rnn autoacutenomas regionales y sostenible las empresas unidades administrativas es[gtecla planta global y que

su la coordinacioacuten o supervisioacuten de trabajo resolucioacuten del del organismo mensualmente un (20) adicional al valor de la asignacioacuten mensual del

durante el tiempo en que funciones dicho valor no TITI

para ninguacuten efecto legal

entidades descentralizadas se contar con la aprobacioacuten previa la Junta Directivo respectivo y la disponibilidad presupuestal correspondiente

IrarltTIn o Asesor se efectuaraacute siempre y cuando el empleado no nClrTCICr~ a los

Bonificacioacuten especial Los empleados puacuteblicos a tiacutetulo tendraacuten a una bonificacioacuten especial

periacuteodo de vacaciones en cuantiacutea a dos diacuteas de la asignacioacuten

2020 Hoja 9

remuneraciones de los empleos que sean Ejcutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

DECRETO NUacuteMERO- ~

Continuacioacuten del Decreto Por el desempentildeados por empleaoc)s de Desarrollo -lt3

las

mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo periacuteodo vacacional Igualmente habraacute lugar a esta bonificacioacuten cuando las vacaciones se compensen en dinero

Esta bonificacioacuten no constituiraacute factor de salario para ninguacuten legal y se pagaraacute por lo menos con cinco (5) d haacutebiles antelacioacuten a la de inicio en evento que se disfrute descanso remunerado

Artiacuteculo 1 Prima navidad Los empleados puacuteblicos y trabajadores oficiales tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad

Respecto de q por disposicioacuten legal o convencional no tengan establecido otra prima seraacute equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo

al treinta de noviembre de cada antildeo La prima se pagaraacute en la diciembre

Cuando el empleado puacuteblico o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el antildeo civil derecho a la mencionada prima de navidad en proporcioacuten al tiempo laborado

se liquidaraacute y pagaraacute con en el uacuteltimo salario devengado o en uacuteltimo promedio mensual si fuere variable

Artiacuteculo 18 Asignacioacuten adicional A del 10 enero 2020 los representantes del Ministro Educacioacuten Nacional ante entidad territorial continuaraacuten percibiendo un veintiocho por ciento (28) adicional a su asignacioacuten baacutesica mensual con cargo al Presupuesto del Ministerio Educacioacuten Nacional

Artiacuteculo 19 Ajuste prima especial Decreto 2348 de 2014 prima especial de que trata el artiacuteculo 5 del Decreto 2348 2014 teniendo en cuenta lo establecido en el inciso 2 del paraacutegrafo 1 del citado artiacuteculo se incrementaraacute en uno punto ocho por ciento (18) para 2020 retroactivo a partir del 10 enero presente antildeo

Artiacuteculo Liacutemite remuneraclOn remuneracioacuten anual que perciban los empleadOS puacuteblicos de los ministerios departamentos administrativos superintendencias y unidades administrativas pertenecientes a la administracioacuten central del nivel nacional no podraacute ser superior a la remuneracioacuten anual los miembros Congreso de la Repuacuteblica

ninguacuten caso la remuneracioacuten mensual de los demaacutes empleados puacuteblicos a que se el presente tiacutetulo podraacute exceder la que se fija para los ministros del y los

directores departamento administrativo por concepto asignacioacuten gastos representacioacuten y prima direccioacuten

Artiacuteculo 21 Excepciones Las normas presente tiacutetulo no se aplicaraacuten salvo disposicioacuten expresa en contrario

a A los empleados puacuteblicos Ministerio de Relaciones que prestan servicio en el exterior

b Al personal docente los distintos organismos la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales

c A los empleados puacuteblicos de entidades que tienen sistemas especiales de remu legalmente aprobados

d Al personal de las Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional que no se rigen por el Decreto 1 de 1 y demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

DECRETO NUacuteMERO ~ 3 O 4 DE 2020 Hoja 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

e Al personal de la Policiacutea Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma f Al personal Carcelario y Penitenciario

TiacuteTULO 11

Prima de seguridad y sobresueldo para algunos empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y otras disposiciones

Artiacuteculo 22 Criterios y cuantiacutea Teniendo en cuenta la especial responsabilidad y la delicada misioacuten inherente al cuerpo especial de administracioacuten remisiones custodia y vigilancia de los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC estableacutecese una prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal liquidada para aquellos empleados que presten sus servicios en centros o pabellones de alta seguridad equivalente hasta el cincuenta por ciento (50) de la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual que no podraacute exceder el monto de cinco mil ochocientos noventa millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y un pesos ($5890167751) moneda corriente sentildealados en el Presupuesto General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 23 Procedimiento para su disfrute La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo seraacute asignada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho

Artiacuteculo 24 Temporalidad La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo soacutelo se disfrutaraacute mientras se desempentildeen las funciones del empleo para el cual ha sido asignada en los establecimientos de reclusioacuten yen el cuerpo especial de remisiones No se perderaacute el derecho a la prima de seguridad cuando se pase de un centro o pabelloacuten de reclusioacuten de alta seguridad a otro de igual categoriacutea

Artiacuteculo 25 Asignacioacuten a otros servidores El personal de los organismos de seguridad del Estado en comisioacuten en los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC de alta seguridad tendraacute derecho a percibir por concepto de prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal una prima igual decretada en la misma forma establecida en este tiacutetulo previa equivalencia del empleo por parte dellV1inisterio de Justicia y del Derecho

La prima a que se refiere el presente artiacuteculo soacutelo se percibiraacute mientras el servidor comisionado desempentildee las funciones del empleo para el cual ha sido asignado

Artiacuteculo 26 Suspensioacuten del reconocimiento El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho podraacute suspender el reconocimiento de la prima de seguridad otorgada al servidor plJblico a que se refiere este tiacutetulo en cualquier momento en que lo considere pertinente de acuerdo con las normas vigentes

Artiacuteculo 27 Sobresueldo A partir del 10 de enero de 2020 los sobresueldos mensuales para el personal carcelario y penitenciario cuyos empleos se relacionan a continuacioacuten seraacuten los siguientes

DENOMINACION CODIGO GRADO SOBRE SUELDO

Mayor de Prisiones 4158 21 738824 Capitaacuten de Prisiones 4078 18 738357

~

2020

remuneraciones de

Hoja 11 304

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

CODIGO SUELDO

4222 16 779954 4152 14 168 4137 13 766982 4112 12 4114 11

Artiacuteculo 28 salarial sobresueldo establecido penitenciario a se refiere el artiacuteculo anterior constituye la liquidacioacuten y pago prestaciones sociales a que conformidad con disposiciones pertinentes Este mismos los e) y f) del artiacuteculo 1deg del

Artiacuteculo 29

q

A partir del 10 de enero de 2020 el Comandante Superior de coacutedigo 2132 tendraacute derecho a un mensual de tres millones mil novecientos noventa y un 5991) moneda

baacutesica director y subdirector de establecimiento de reclusioacuten 2020 fiacutejase la siguiente escala de baacutesicas

de Director y Subdirector de Establecim Reclusioacuten

NIVEL ASIGNACiOacuteNCOacuteDIGO CLASE

BAacuteSICA MENSUAL DENOMINACiOacuteN

EMPLEO NIVEL DIRECTIVO

Artiacuteculo 32 Prima coordinacioacuten nal carcelario y penitenciario a que se el presente tiacutetulo que a la coordine grupos internos de trabajo tendraacute derecho reconocimiento y pago de la prima coordinacioacuten en los mismos teacuterminos que regulan la materia para los empleados que se rigen por sistema general de salarios de la Ejecutiva del orden nacional Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - I uacutenicamente podraacute crear nuevos g de trabajo que impliquen el de prima de coordinacioacuten con la respectiva disponibilidad presupuestal su reconocimiento y pago y viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

y penitenciario a que se el artiacuteculo 27 del presente tiacutetulo tnflrlto a una prima de riesgo que no constituye Artiacuteculo 33 Prima de riesgo

Director de Reclusioacuten

Subdirector de Reclusioacuten

IV III

0195 11

1101

carcelario y penitenciario a que se y pago del incremento salario

del auxilio de transporte de la bonificacioacuten por y condiciones sentildealadas en

general de salarios para los empleados en la cuantiacutea

en lo Nacional

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 3: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

304DECRETO NlIMERO DE Hoja 3

Continuacioacuten del desempentildeados por 0rn1l10ltl

cual se las remuneraciones de la Rama Ejecutiva

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

de Desarrollo otras

12) calculado sobre la baacutesica mensual que devengaban a 31 de diciembre antildeo 2019

Artiacuteculo 3 Otras remuneraciones A partir del 10 de enero de remuneraciones o naciones baacutesicas mensuales para los empleos que a continuacioacuten se relacionan seraacuten

siguientes

a Ministros del despacho y directores de departamento administrativo Diecinueve millones mil ciento noventa y ocho pesos ($19214198) moneda asiacute

Asignacioacuten Baacutesica 5257010 Gastos de Representacioacuten 9345782 Prima de Direccioacuten 4611406

prima de direccioacuten sustituye la prima teacutecnica de que trata el 1 de 1991 no es factor de salario ninguacuten efecto legal y es compatible con la prima

servicios la prima de la prima de navidad y la bonificacioacuten por prestados

Ministros del Despacho y Departamento optar por la prima teacutecnica por estudios formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada en los mismos teacuterminos y f(IrltlIfI(I sentildealados en los 64 de 1 991 1336 de 2003 77 disposiciones que modifiquen adicionen o sustituyan aplica para quienes ocupen de Ministro del Despacho o Departamento Administrativo y no podraacute de

para la liquidacioacuten de la de otros servidores puacuteblicos

prima teacutecnica como

en este es incompatible con la prima de direccioacuten y se un porcentaje la nacioacuten baacutesica mensual y los El cambio surtiraacute efecto a partir de la fecha en que se

la autoridad competente el acto administrativo correspondiente

b Viceministros y subdirectores de departamento administrativo cincuenta y tres mil ciento ($1065311

distribuidos asiacute

Asignacioacuten Baacutesica Representacioacuten

comisioacuten reguladora coacutedigo 0090 Catorce millones seiscientos mil noventa y cuatro pesos ($14602794) moneda corriente distribuidos

nacioacuten Baacutesica de Representacioacuten

d Negociador internacional coacutedigo 0088 a la sentildealada Viceministros por concepto de asignacioacuten uaiexcllloa

igual de representacioacuten

e Director de la Unidad Administrativa ISIJeC

368842) moneda corriente

de la Agencia Nacional Hidrocarburos tendraacute una asignacioacuten oaslca millones trescientos sesenta y ocho miacute ochocientos cuarenta y dos

c

g asignacioacuten

ANE tendraacute una asignacioacuten

1

2020 Hoja 4

de los empleos que sean Corporaciones Autoacutenomas y

NUacuteMERO ~ 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se remuneraciones

puacuteblicos de la se dictan otras

Hidrocarburos tendraacute cincuenta

f de la Unidad Administrativa Especial de la una baacutesica de dieciocho

y un mil trescientos y ocho pesos ($1

coacutedigo 0030 de la Financiera de Colombia baacutesica de doce trescientos noventa y cuatro mil

pesos ($1 6) corriente Asiacute mismo tendraacute beneficios salariales y prestacionales sentildealados en el

Director de la Unidad Administrativa Especial de Gestioacuten Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccioacuten Social - UGPP tendraacute una asignacioacuten mensual de veinticuatro millones seiscientos cincuenta y dos mil quinientos veintisiete pesos ($24652527) corriente

i Director Teacutecnico coacutedigo 0100 de la Unidad Administrativa Especial de Pensional y Contribuciones Parafiscales la Proteccioacuten Social- UGPP

baacutesica mensual ochenta y cinco mil y dos pesos ($1 corriente

J Unidad Administrativa

($18807155) moneda

de la Agencia Nacional mensual de dieciocho

mil ciento cincuenta y cinco

k Director General de la Autoridad Nacional de Ambientales - ANLA tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual de millones ochocientos siete mil ciento y cinco pesos ($18807155) moneda corriente

l Superintendente Coacutedigo 0030 de la Superintendencia Nacional de Salud tendraacute una asignacioacuten mensual de veinte millones treinta y dos mil quinientos y un pesos ($20432541) rnnnar

m Director Nacional de la Unidad Administrativa de Organizaciones el Grado 25 del Nivel Solidarias tonll

Directivo

n Director General la Unidad Administrativa -

Unidad de Proyeccioacuten Normativa y de Regulacioacuten Financiera tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual dieciocho millones ochocientos mil cincuenta y cinco pesos ($188071 moneda corriente

o Subdirector 0040 de la Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyeccioacuten Normativa y Estudios de Regulacioacuten Financiera -URF- tendraacute una asignacioacuten mensual de catorce millones cuarenta y ocho mil doce ($14448012) moneda corriente

Unidad Administrativa Parques Nacionales baacutesica mensual sentildealada empleo de Director de

Directivo de la Rama tendraacute derecho a la en los teacuterminos sentildealados en el Decreto 3150 de 2005 y los 110difiquen o sustituyan

p Director adicional a la Unidad

la

Nivel

liquidacioacuten Ejecutiva

remuneracioacuten conformidad con

nrltlConrtgt tiacutetulo

001 los Superintendentes coacutedigo 0030 y refieren los literales b c) d) e) f) h) i) Rectores Vicerrectores y Secretarios Gerentes o Directores Generales las Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sociales del Estado y los Secretarios los prima teacutecnica en los teacuterminos y condiciones a que se demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

de 1991 y

~

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE Hoja 5 v

se fijan las deContinuacioacuten del Decreto Por el cual los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

q Agente Escolta coacutedigo 4070 de la Unidad Nacional mil

Proteccioacuten tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual de dos millones ciento ochenta y ocho pesos ($2107788) moneda corriente

Paraacutegrafo 1 Los Directores o Gerentes liquidadores de las Nacional que se encuentren en proceso de asignada para el empleo de Director o Gerente de la lo dispuesto en los decretos que ordenaron la liquidacioacuten o

Paraacutegrafo 2 El empleo a que se refiere el literal d del prima mensual de gestioacuten equivalente al cincuenta por ciento (50) la asignacioacuten baacutesica y los gastos de representacioacuten

El Director de la Unidad de Informacioacuten y mensual de gestioacuten equivalente al cincuenta por mensual

Rama Ejecutiva del Poder Puacuteblico del orden

Artiacuteculo 4 Prima teacutecnica El Director

Paraacutegrafo Los empleados puacuteblicos del nivel directivo ocupen en la Rama del orden nacional que tengan asignada prima teacutecnica automaacutetica en virtud a lo

establecido en el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas lo modifiquen adicionen o sustituyan podraacuten optar por la prima teacutecnica por avanzada y experiencia altamente calificada en los mismos teacuterminos y en los Decretos 2164 de 1991 1336 de 2003 77 de 2006 y que los modifiquen adicionen o sustituyan La prima teacutecnica en es incompatible con la prima automaacutetica y se otorgaraacute como un porcentaje de la mensual y los gastos de representacioacuten seguacuten el caso El cambio surtiraacute en que se expida por la autoridad competente el acto

Artiacuteculo 5 Incremento de prima teacutecnica El valor maacuteximo el Hteral a) del artiacuteculo 2deg del Decreto 1661 modifiquen adicionen o sustituyan podraacute ser (20) de la asignacioacuten baacutesica mensual de quien la nete

sentildealados siempre y cuando se cumplan los siguientes

en relacionadas con sus funciones

a Un tres por ciento (3) por tiacutetulo

La prima de gestioacuten no constituye factor salarial para ninguacuten QTQrTn

Paraacutegrafo 3 El reacutegimen salarial y prestacional literales e) f) h) i) Yj) de este artiacuteculo seraacute el eSlaOleCOO

que tratan los puacuteblicos la

la fecha

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 6 - 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

b Un nueve por ciento (9) por el tiacutetulo de maestriacutea en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

c Un quince por ciento (15) relacionadas con sus funciones

por el tiacutetulo de doctorado en aacutereas directamente

d Un tres por ciento (3) por publicaciones en revistas especializadas internacionales de reconocida circulacioacuten o libros en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

e Un dos por ciento (2) por publicaciones en revistas nacionales de nivel internacional (ISSN) en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

Los porcentajes anteriores son acumulables hasta el total del veinte por ciento (20) por concepto de incremento de la prima teacutecnica

Para efectos de la aplicacioacuten de los literales a) b) y c) del presente artiacuteculo el tiacutetulo acadeacutemico deberaacute ser distinto del exigido para el desempentildeo del empleo y adicional al ya acreditado para el reconocimiento de la prima teacutecnica o de cualquier otro emolumento

Artiacuteculo 6 De la base para liquidar la prima de servicio Ademaacutes de los factores de salario sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 para la liquidacioacuten de la prima de servicios se tendraacute en cuenta la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada

Artiacuteculo 7 Pago proporcional de la prima de servicios Cuando a treinta (30) de junio de cada antildeo el empleado no haya trabajado el antildeo completo tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la prima de servicios de que trata el artiacuteculo 58 del Decreto 1042 de 1978 Tambieacuten se tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de esta prima cuando el empleado se retire del servicio en este evento la liquidacioacuten se efectuaraacute teniendo en cuenta la cuantiacutea de los factores sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 causados a la fecha de retiro

Artiacuteculo 8 Prima de riesgo Los empleados puacuteblicos que prestan los servicIos de conductor a los ministros y directores de departamento administrativo tendraacuten derecho a una prima mensual de riesgo equivalente al veinte por ciento (20) de su asignacioacuten baacutesica mensual la cual no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal

Artiacuteculo 9 Incremento de salario por antiguumledad A partir del 10 de enero de 2020 el incremento de salario por antiguumledad que vienen percibiendo los empleados puacuteblicos de las entidades a quienes se les aplica este tiacutetulo en virtud de lo dispuesto en los Decretos 1042 de 1978 modificado por el Decreto 420 de 1979 se reajustaraacute en el mismo porcentaje en que se incrementa su asignacioacuten baacutesica

Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artiacuteculo resultaren centavos se ajustaraacuten al peso siguiente

Artiacuteculo 10 Bonificacioacuten por servicIos prestados La bonificacioacuten por servicIos prestados a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que trabajan en las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo seraacute equivalente al cincuenta por ciento (50) del valor conjunto de la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad y los gastos de representacioacuten que correspondan al funcionario en la fecha en que se cause el derecho a percibirla siempre que no devengue una remuneracioacuten mensual por concepto de asignacioacuten baacutesica y gastos de representacioacuten superior a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente

1

DECRETO NlIMERO 3 O 4 DE 2020 Hoja 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Para los demaacutes empleados la bonificacioacuten por servicios prestados seraacute equivalente al treinta y cinco por ciento (35) del valor conjunto de los tres factores de salario sentildealados en el inciso anterior

Paraacutegrafo Para la liquidacioacuten de la bonificacioacuten por servicIos prestados se tendraacute en cuenta la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad los gastos de representacioacuten y la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada El empleado que al momento del retiro no haya cumplido el antildeo continuo de servicios tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la bonificacioacuten por servicios prestados

Artiacuteculo 11 Subsidio de alimentacioacuten El subsidio de alimentacioacuten de los empleados plJblicos de las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente seraacute de sesenta y seis mil noventa y ocho pesos ($66098) moneda corriente mensuales o proporcional al tiempo servido pagaderos por la respectiva entidad

No se tendraacute derecho a este subsidio cuando el respectivo empleado disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre alimentacioacuten a los empleados que conforme a este artiacuteculo tengan derecho al subsidio

Paraacutegrafo Los organismos y entidades que con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 1042 de 1978 y que al 10 de enero de 2009 estuvieren suministrando almuerzo a sus empleados por un valor diario superior al monto establecido en dinero para el subsidio de alimentacioacuten podraacuten continuar hacieacutendolo en las mismas condiciones siempre que exista apropiacioacuten presupuestal y los empleados beneficiarios de tal suministro devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente Si el valor del almuerzo excede al monto del subsidio de alimentacioacuten en dinero dicha diferencia no constituiraacute factor salarial

Artiacuteculo 12 Auxilio especial de alimentacioacuten A partir del 10 de enero de 2020 los servidores del Ministerio de Tecnologiacuteas de la Informacioacuten y las Comunicaciones que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente tendraacuten derecho a un auxilio especial de alimentacioacuten de ciento un mil novecientos treinta pesos ($101930) moneda corriente mensuales

Cuando el funcionario se encuentre en uso de licencia o en disfrute de vacaciones o suspendido en el ejercicio del cargo tendraacute derecho al reconocimiento y pago del auxilio especial de alimentacioacuten en forma proporcional al tiempo servido durante el mes

Si el lVIinisterio suministra la alimentacioacuten no habraacute lugar a este reconocimiento

Artiacuteculo 13 Auxilio de transporte El auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que se rigen por el presente tiacutetulo se reconoceraacute y pagaraacute en los mismos teacuterminos condiciones y cuantiacutea que el Gobiemo Nacional establezca para los trabajadores particula res

No se tendraacute derecho a este auxilio cuando el funcionario disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre el servicio

NUacuteMERO- 304 DE 2020 Hoja 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

Artiacuteculo 14 Horas dominicales y festivos que proceda el pago de horas extras y del trabajo en dias dominicales y como el reconocimiento cuando a ello lugar de descansos compensatorios trata el Decreto 1042 de 1978 y sus modificatorios el empleado deberaacute al Nivel hasta el grado 09 o al Nivel el grado 19

Los Secretarios del despacho de los Ministros Viceministros Directores y Subdirectores Departamento Administrativo y los Ejecutivos de en adelante que sus funciones en los de los Ministros Directores Departamento Administrativo Viceministros y Subdirectores de Departamento Administrativo Generales de Ministerios y Departamento Administrativo tendraacuten derecho a devengar horas extras dominicales y festivos siempre y cuando laboren en superiores a cuarenta y cuatro (44) semanales

antes sentildealados soacutelo se podraacuten reconocer horas extras maacuteximo a dos se refiere el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 empleados puacuteblicos del Ministerio Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y Departamento Nacional Planeacioacuten que la obligacioacuten de participar en trabajos ordenados la preparacioacuten y elaboracioacuten de rentas y la ley de apropiaciones su liquidacioacuten y demaacutes labores anexas e iniciacioacuten de cada vigencia fiscal podraacuten devengar horas extras dominicales y siempre y cuando comprendidos en los niveles asistencial teacutecnico y En ninguacuten caso pagarse mensualmente por el total dominicales y festivos cincuenta por ciento (50) de la remuneracioacuten mensual de cada funcionario

Paraacutegrafo liacutemite para el pago de horas mensuales a los empleados puacuteblicos que desempentildeen el cargo de conductor mecaacutenico en las entidades a que se el presente tiacutetulo de cien (100) horas

todo caso la autorizacioacuten para laborar en soacutelo podraacute otorgarse cuando presupuesta

Artiacuteculo 1 Reconocimiento por empleados de los administrativos establecimientos puacuteblicos

rnn autoacutenomas regionales y sostenible las empresas unidades administrativas es[gtecla planta global y que

su la coordinacioacuten o supervisioacuten de trabajo resolucioacuten del del organismo mensualmente un (20) adicional al valor de la asignacioacuten mensual del

durante el tiempo en que funciones dicho valor no TITI

para ninguacuten efecto legal

entidades descentralizadas se contar con la aprobacioacuten previa la Junta Directivo respectivo y la disponibilidad presupuestal correspondiente

IrarltTIn o Asesor se efectuaraacute siempre y cuando el empleado no nClrTCICr~ a los

Bonificacioacuten especial Los empleados puacuteblicos a tiacutetulo tendraacuten a una bonificacioacuten especial

periacuteodo de vacaciones en cuantiacutea a dos diacuteas de la asignacioacuten

2020 Hoja 9

remuneraciones de los empleos que sean Ejcutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

DECRETO NUacuteMERO- ~

Continuacioacuten del Decreto Por el desempentildeados por empleaoc)s de Desarrollo -lt3

las

mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo periacuteodo vacacional Igualmente habraacute lugar a esta bonificacioacuten cuando las vacaciones se compensen en dinero

Esta bonificacioacuten no constituiraacute factor de salario para ninguacuten legal y se pagaraacute por lo menos con cinco (5) d haacutebiles antelacioacuten a la de inicio en evento que se disfrute descanso remunerado

Artiacuteculo 1 Prima navidad Los empleados puacuteblicos y trabajadores oficiales tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad

Respecto de q por disposicioacuten legal o convencional no tengan establecido otra prima seraacute equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo

al treinta de noviembre de cada antildeo La prima se pagaraacute en la diciembre

Cuando el empleado puacuteblico o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el antildeo civil derecho a la mencionada prima de navidad en proporcioacuten al tiempo laborado

se liquidaraacute y pagaraacute con en el uacuteltimo salario devengado o en uacuteltimo promedio mensual si fuere variable

Artiacuteculo 18 Asignacioacuten adicional A del 10 enero 2020 los representantes del Ministro Educacioacuten Nacional ante entidad territorial continuaraacuten percibiendo un veintiocho por ciento (28) adicional a su asignacioacuten baacutesica mensual con cargo al Presupuesto del Ministerio Educacioacuten Nacional

Artiacuteculo 19 Ajuste prima especial Decreto 2348 de 2014 prima especial de que trata el artiacuteculo 5 del Decreto 2348 2014 teniendo en cuenta lo establecido en el inciso 2 del paraacutegrafo 1 del citado artiacuteculo se incrementaraacute en uno punto ocho por ciento (18) para 2020 retroactivo a partir del 10 enero presente antildeo

Artiacuteculo Liacutemite remuneraclOn remuneracioacuten anual que perciban los empleadOS puacuteblicos de los ministerios departamentos administrativos superintendencias y unidades administrativas pertenecientes a la administracioacuten central del nivel nacional no podraacute ser superior a la remuneracioacuten anual los miembros Congreso de la Repuacuteblica

ninguacuten caso la remuneracioacuten mensual de los demaacutes empleados puacuteblicos a que se el presente tiacutetulo podraacute exceder la que se fija para los ministros del y los

directores departamento administrativo por concepto asignacioacuten gastos representacioacuten y prima direccioacuten

Artiacuteculo 21 Excepciones Las normas presente tiacutetulo no se aplicaraacuten salvo disposicioacuten expresa en contrario

a A los empleados puacuteblicos Ministerio de Relaciones que prestan servicio en el exterior

b Al personal docente los distintos organismos la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales

c A los empleados puacuteblicos de entidades que tienen sistemas especiales de remu legalmente aprobados

d Al personal de las Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional que no se rigen por el Decreto 1 de 1 y demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

DECRETO NUacuteMERO ~ 3 O 4 DE 2020 Hoja 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

e Al personal de la Policiacutea Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma f Al personal Carcelario y Penitenciario

TiacuteTULO 11

Prima de seguridad y sobresueldo para algunos empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y otras disposiciones

Artiacuteculo 22 Criterios y cuantiacutea Teniendo en cuenta la especial responsabilidad y la delicada misioacuten inherente al cuerpo especial de administracioacuten remisiones custodia y vigilancia de los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC estableacutecese una prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal liquidada para aquellos empleados que presten sus servicios en centros o pabellones de alta seguridad equivalente hasta el cincuenta por ciento (50) de la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual que no podraacute exceder el monto de cinco mil ochocientos noventa millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y un pesos ($5890167751) moneda corriente sentildealados en el Presupuesto General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 23 Procedimiento para su disfrute La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo seraacute asignada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho

Artiacuteculo 24 Temporalidad La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo soacutelo se disfrutaraacute mientras se desempentildeen las funciones del empleo para el cual ha sido asignada en los establecimientos de reclusioacuten yen el cuerpo especial de remisiones No se perderaacute el derecho a la prima de seguridad cuando se pase de un centro o pabelloacuten de reclusioacuten de alta seguridad a otro de igual categoriacutea

Artiacuteculo 25 Asignacioacuten a otros servidores El personal de los organismos de seguridad del Estado en comisioacuten en los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC de alta seguridad tendraacute derecho a percibir por concepto de prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal una prima igual decretada en la misma forma establecida en este tiacutetulo previa equivalencia del empleo por parte dellV1inisterio de Justicia y del Derecho

La prima a que se refiere el presente artiacuteculo soacutelo se percibiraacute mientras el servidor comisionado desempentildee las funciones del empleo para el cual ha sido asignado

Artiacuteculo 26 Suspensioacuten del reconocimiento El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho podraacute suspender el reconocimiento de la prima de seguridad otorgada al servidor plJblico a que se refiere este tiacutetulo en cualquier momento en que lo considere pertinente de acuerdo con las normas vigentes

Artiacuteculo 27 Sobresueldo A partir del 10 de enero de 2020 los sobresueldos mensuales para el personal carcelario y penitenciario cuyos empleos se relacionan a continuacioacuten seraacuten los siguientes

DENOMINACION CODIGO GRADO SOBRE SUELDO

Mayor de Prisiones 4158 21 738824 Capitaacuten de Prisiones 4078 18 738357

~

2020

remuneraciones de

Hoja 11 304

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

CODIGO SUELDO

4222 16 779954 4152 14 168 4137 13 766982 4112 12 4114 11

Artiacuteculo 28 salarial sobresueldo establecido penitenciario a se refiere el artiacuteculo anterior constituye la liquidacioacuten y pago prestaciones sociales a que conformidad con disposiciones pertinentes Este mismos los e) y f) del artiacuteculo 1deg del

Artiacuteculo 29

q

A partir del 10 de enero de 2020 el Comandante Superior de coacutedigo 2132 tendraacute derecho a un mensual de tres millones mil novecientos noventa y un 5991) moneda

baacutesica director y subdirector de establecimiento de reclusioacuten 2020 fiacutejase la siguiente escala de baacutesicas

de Director y Subdirector de Establecim Reclusioacuten

NIVEL ASIGNACiOacuteNCOacuteDIGO CLASE

BAacuteSICA MENSUAL DENOMINACiOacuteN

EMPLEO NIVEL DIRECTIVO

Artiacuteculo 32 Prima coordinacioacuten nal carcelario y penitenciario a que se el presente tiacutetulo que a la coordine grupos internos de trabajo tendraacute derecho reconocimiento y pago de la prima coordinacioacuten en los mismos teacuterminos que regulan la materia para los empleados que se rigen por sistema general de salarios de la Ejecutiva del orden nacional Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - I uacutenicamente podraacute crear nuevos g de trabajo que impliquen el de prima de coordinacioacuten con la respectiva disponibilidad presupuestal su reconocimiento y pago y viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

y penitenciario a que se el artiacuteculo 27 del presente tiacutetulo tnflrlto a una prima de riesgo que no constituye Artiacuteculo 33 Prima de riesgo

Director de Reclusioacuten

Subdirector de Reclusioacuten

IV III

0195 11

1101

carcelario y penitenciario a que se y pago del incremento salario

del auxilio de transporte de la bonificacioacuten por y condiciones sentildealadas en

general de salarios para los empleados en la cuantiacutea

en lo Nacional

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 4: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

g asignacioacuten

ANE tendraacute una asignacioacuten

1

2020 Hoja 4

de los empleos que sean Corporaciones Autoacutenomas y

NUacuteMERO ~ 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se remuneraciones

puacuteblicos de la se dictan otras

Hidrocarburos tendraacute cincuenta

f de la Unidad Administrativa Especial de la una baacutesica de dieciocho

y un mil trescientos y ocho pesos ($1

coacutedigo 0030 de la Financiera de Colombia baacutesica de doce trescientos noventa y cuatro mil

pesos ($1 6) corriente Asiacute mismo tendraacute beneficios salariales y prestacionales sentildealados en el

Director de la Unidad Administrativa Especial de Gestioacuten Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccioacuten Social - UGPP tendraacute una asignacioacuten mensual de veinticuatro millones seiscientos cincuenta y dos mil quinientos veintisiete pesos ($24652527) corriente

i Director Teacutecnico coacutedigo 0100 de la Unidad Administrativa Especial de Pensional y Contribuciones Parafiscales la Proteccioacuten Social- UGPP

baacutesica mensual ochenta y cinco mil y dos pesos ($1 corriente

J Unidad Administrativa

($18807155) moneda

de la Agencia Nacional mensual de dieciocho

mil ciento cincuenta y cinco

k Director General de la Autoridad Nacional de Ambientales - ANLA tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual de millones ochocientos siete mil ciento y cinco pesos ($18807155) moneda corriente

l Superintendente Coacutedigo 0030 de la Superintendencia Nacional de Salud tendraacute una asignacioacuten mensual de veinte millones treinta y dos mil quinientos y un pesos ($20432541) rnnnar

m Director Nacional de la Unidad Administrativa de Organizaciones el Grado 25 del Nivel Solidarias tonll

Directivo

n Director General la Unidad Administrativa -

Unidad de Proyeccioacuten Normativa y de Regulacioacuten Financiera tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual dieciocho millones ochocientos mil cincuenta y cinco pesos ($188071 moneda corriente

o Subdirector 0040 de la Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyeccioacuten Normativa y Estudios de Regulacioacuten Financiera -URF- tendraacute una asignacioacuten mensual de catorce millones cuarenta y ocho mil doce ($14448012) moneda corriente

Unidad Administrativa Parques Nacionales baacutesica mensual sentildealada empleo de Director de

Directivo de la Rama tendraacute derecho a la en los teacuterminos sentildealados en el Decreto 3150 de 2005 y los 110difiquen o sustituyan

p Director adicional a la Unidad

la

Nivel

liquidacioacuten Ejecutiva

remuneracioacuten conformidad con

nrltlConrtgt tiacutetulo

001 los Superintendentes coacutedigo 0030 y refieren los literales b c) d) e) f) h) i) Rectores Vicerrectores y Secretarios Gerentes o Directores Generales las Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sociales del Estado y los Secretarios los prima teacutecnica en los teacuterminos y condiciones a que se demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

de 1991 y

~

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE Hoja 5 v

se fijan las deContinuacioacuten del Decreto Por el cual los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

q Agente Escolta coacutedigo 4070 de la Unidad Nacional mil

Proteccioacuten tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual de dos millones ciento ochenta y ocho pesos ($2107788) moneda corriente

Paraacutegrafo 1 Los Directores o Gerentes liquidadores de las Nacional que se encuentren en proceso de asignada para el empleo de Director o Gerente de la lo dispuesto en los decretos que ordenaron la liquidacioacuten o

Paraacutegrafo 2 El empleo a que se refiere el literal d del prima mensual de gestioacuten equivalente al cincuenta por ciento (50) la asignacioacuten baacutesica y los gastos de representacioacuten

El Director de la Unidad de Informacioacuten y mensual de gestioacuten equivalente al cincuenta por mensual

Rama Ejecutiva del Poder Puacuteblico del orden

Artiacuteculo 4 Prima teacutecnica El Director

Paraacutegrafo Los empleados puacuteblicos del nivel directivo ocupen en la Rama del orden nacional que tengan asignada prima teacutecnica automaacutetica en virtud a lo

establecido en el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas lo modifiquen adicionen o sustituyan podraacuten optar por la prima teacutecnica por avanzada y experiencia altamente calificada en los mismos teacuterminos y en los Decretos 2164 de 1991 1336 de 2003 77 de 2006 y que los modifiquen adicionen o sustituyan La prima teacutecnica en es incompatible con la prima automaacutetica y se otorgaraacute como un porcentaje de la mensual y los gastos de representacioacuten seguacuten el caso El cambio surtiraacute en que se expida por la autoridad competente el acto

Artiacuteculo 5 Incremento de prima teacutecnica El valor maacuteximo el Hteral a) del artiacuteculo 2deg del Decreto 1661 modifiquen adicionen o sustituyan podraacute ser (20) de la asignacioacuten baacutesica mensual de quien la nete

sentildealados siempre y cuando se cumplan los siguientes

en relacionadas con sus funciones

a Un tres por ciento (3) por tiacutetulo

La prima de gestioacuten no constituye factor salarial para ninguacuten QTQrTn

Paraacutegrafo 3 El reacutegimen salarial y prestacional literales e) f) h) i) Yj) de este artiacuteculo seraacute el eSlaOleCOO

que tratan los puacuteblicos la

la fecha

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 6 - 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

b Un nueve por ciento (9) por el tiacutetulo de maestriacutea en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

c Un quince por ciento (15) relacionadas con sus funciones

por el tiacutetulo de doctorado en aacutereas directamente

d Un tres por ciento (3) por publicaciones en revistas especializadas internacionales de reconocida circulacioacuten o libros en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

e Un dos por ciento (2) por publicaciones en revistas nacionales de nivel internacional (ISSN) en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

Los porcentajes anteriores son acumulables hasta el total del veinte por ciento (20) por concepto de incremento de la prima teacutecnica

Para efectos de la aplicacioacuten de los literales a) b) y c) del presente artiacuteculo el tiacutetulo acadeacutemico deberaacute ser distinto del exigido para el desempentildeo del empleo y adicional al ya acreditado para el reconocimiento de la prima teacutecnica o de cualquier otro emolumento

Artiacuteculo 6 De la base para liquidar la prima de servicio Ademaacutes de los factores de salario sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 para la liquidacioacuten de la prima de servicios se tendraacute en cuenta la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada

Artiacuteculo 7 Pago proporcional de la prima de servicios Cuando a treinta (30) de junio de cada antildeo el empleado no haya trabajado el antildeo completo tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la prima de servicios de que trata el artiacuteculo 58 del Decreto 1042 de 1978 Tambieacuten se tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de esta prima cuando el empleado se retire del servicio en este evento la liquidacioacuten se efectuaraacute teniendo en cuenta la cuantiacutea de los factores sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 causados a la fecha de retiro

Artiacuteculo 8 Prima de riesgo Los empleados puacuteblicos que prestan los servicIos de conductor a los ministros y directores de departamento administrativo tendraacuten derecho a una prima mensual de riesgo equivalente al veinte por ciento (20) de su asignacioacuten baacutesica mensual la cual no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal

Artiacuteculo 9 Incremento de salario por antiguumledad A partir del 10 de enero de 2020 el incremento de salario por antiguumledad que vienen percibiendo los empleados puacuteblicos de las entidades a quienes se les aplica este tiacutetulo en virtud de lo dispuesto en los Decretos 1042 de 1978 modificado por el Decreto 420 de 1979 se reajustaraacute en el mismo porcentaje en que se incrementa su asignacioacuten baacutesica

Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artiacuteculo resultaren centavos se ajustaraacuten al peso siguiente

Artiacuteculo 10 Bonificacioacuten por servicIos prestados La bonificacioacuten por servicIos prestados a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que trabajan en las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo seraacute equivalente al cincuenta por ciento (50) del valor conjunto de la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad y los gastos de representacioacuten que correspondan al funcionario en la fecha en que se cause el derecho a percibirla siempre que no devengue una remuneracioacuten mensual por concepto de asignacioacuten baacutesica y gastos de representacioacuten superior a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente

1

DECRETO NlIMERO 3 O 4 DE 2020 Hoja 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Para los demaacutes empleados la bonificacioacuten por servicios prestados seraacute equivalente al treinta y cinco por ciento (35) del valor conjunto de los tres factores de salario sentildealados en el inciso anterior

Paraacutegrafo Para la liquidacioacuten de la bonificacioacuten por servicIos prestados se tendraacute en cuenta la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad los gastos de representacioacuten y la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada El empleado que al momento del retiro no haya cumplido el antildeo continuo de servicios tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la bonificacioacuten por servicios prestados

Artiacuteculo 11 Subsidio de alimentacioacuten El subsidio de alimentacioacuten de los empleados plJblicos de las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente seraacute de sesenta y seis mil noventa y ocho pesos ($66098) moneda corriente mensuales o proporcional al tiempo servido pagaderos por la respectiva entidad

No se tendraacute derecho a este subsidio cuando el respectivo empleado disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre alimentacioacuten a los empleados que conforme a este artiacuteculo tengan derecho al subsidio

Paraacutegrafo Los organismos y entidades que con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 1042 de 1978 y que al 10 de enero de 2009 estuvieren suministrando almuerzo a sus empleados por un valor diario superior al monto establecido en dinero para el subsidio de alimentacioacuten podraacuten continuar hacieacutendolo en las mismas condiciones siempre que exista apropiacioacuten presupuestal y los empleados beneficiarios de tal suministro devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente Si el valor del almuerzo excede al monto del subsidio de alimentacioacuten en dinero dicha diferencia no constituiraacute factor salarial

Artiacuteculo 12 Auxilio especial de alimentacioacuten A partir del 10 de enero de 2020 los servidores del Ministerio de Tecnologiacuteas de la Informacioacuten y las Comunicaciones que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente tendraacuten derecho a un auxilio especial de alimentacioacuten de ciento un mil novecientos treinta pesos ($101930) moneda corriente mensuales

Cuando el funcionario se encuentre en uso de licencia o en disfrute de vacaciones o suspendido en el ejercicio del cargo tendraacute derecho al reconocimiento y pago del auxilio especial de alimentacioacuten en forma proporcional al tiempo servido durante el mes

Si el lVIinisterio suministra la alimentacioacuten no habraacute lugar a este reconocimiento

Artiacuteculo 13 Auxilio de transporte El auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que se rigen por el presente tiacutetulo se reconoceraacute y pagaraacute en los mismos teacuterminos condiciones y cuantiacutea que el Gobiemo Nacional establezca para los trabajadores particula res

No se tendraacute derecho a este auxilio cuando el funcionario disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre el servicio

NUacuteMERO- 304 DE 2020 Hoja 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

Artiacuteculo 14 Horas dominicales y festivos que proceda el pago de horas extras y del trabajo en dias dominicales y como el reconocimiento cuando a ello lugar de descansos compensatorios trata el Decreto 1042 de 1978 y sus modificatorios el empleado deberaacute al Nivel hasta el grado 09 o al Nivel el grado 19

Los Secretarios del despacho de los Ministros Viceministros Directores y Subdirectores Departamento Administrativo y los Ejecutivos de en adelante que sus funciones en los de los Ministros Directores Departamento Administrativo Viceministros y Subdirectores de Departamento Administrativo Generales de Ministerios y Departamento Administrativo tendraacuten derecho a devengar horas extras dominicales y festivos siempre y cuando laboren en superiores a cuarenta y cuatro (44) semanales

antes sentildealados soacutelo se podraacuten reconocer horas extras maacuteximo a dos se refiere el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 empleados puacuteblicos del Ministerio Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y Departamento Nacional Planeacioacuten que la obligacioacuten de participar en trabajos ordenados la preparacioacuten y elaboracioacuten de rentas y la ley de apropiaciones su liquidacioacuten y demaacutes labores anexas e iniciacioacuten de cada vigencia fiscal podraacuten devengar horas extras dominicales y siempre y cuando comprendidos en los niveles asistencial teacutecnico y En ninguacuten caso pagarse mensualmente por el total dominicales y festivos cincuenta por ciento (50) de la remuneracioacuten mensual de cada funcionario

Paraacutegrafo liacutemite para el pago de horas mensuales a los empleados puacuteblicos que desempentildeen el cargo de conductor mecaacutenico en las entidades a que se el presente tiacutetulo de cien (100) horas

todo caso la autorizacioacuten para laborar en soacutelo podraacute otorgarse cuando presupuesta

Artiacuteculo 1 Reconocimiento por empleados de los administrativos establecimientos puacuteblicos

rnn autoacutenomas regionales y sostenible las empresas unidades administrativas es[gtecla planta global y que

su la coordinacioacuten o supervisioacuten de trabajo resolucioacuten del del organismo mensualmente un (20) adicional al valor de la asignacioacuten mensual del

durante el tiempo en que funciones dicho valor no TITI

para ninguacuten efecto legal

entidades descentralizadas se contar con la aprobacioacuten previa la Junta Directivo respectivo y la disponibilidad presupuestal correspondiente

IrarltTIn o Asesor se efectuaraacute siempre y cuando el empleado no nClrTCICr~ a los

Bonificacioacuten especial Los empleados puacuteblicos a tiacutetulo tendraacuten a una bonificacioacuten especial

periacuteodo de vacaciones en cuantiacutea a dos diacuteas de la asignacioacuten

2020 Hoja 9

remuneraciones de los empleos que sean Ejcutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

DECRETO NUacuteMERO- ~

Continuacioacuten del Decreto Por el desempentildeados por empleaoc)s de Desarrollo -lt3

las

mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo periacuteodo vacacional Igualmente habraacute lugar a esta bonificacioacuten cuando las vacaciones se compensen en dinero

Esta bonificacioacuten no constituiraacute factor de salario para ninguacuten legal y se pagaraacute por lo menos con cinco (5) d haacutebiles antelacioacuten a la de inicio en evento que se disfrute descanso remunerado

Artiacuteculo 1 Prima navidad Los empleados puacuteblicos y trabajadores oficiales tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad

Respecto de q por disposicioacuten legal o convencional no tengan establecido otra prima seraacute equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo

al treinta de noviembre de cada antildeo La prima se pagaraacute en la diciembre

Cuando el empleado puacuteblico o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el antildeo civil derecho a la mencionada prima de navidad en proporcioacuten al tiempo laborado

se liquidaraacute y pagaraacute con en el uacuteltimo salario devengado o en uacuteltimo promedio mensual si fuere variable

Artiacuteculo 18 Asignacioacuten adicional A del 10 enero 2020 los representantes del Ministro Educacioacuten Nacional ante entidad territorial continuaraacuten percibiendo un veintiocho por ciento (28) adicional a su asignacioacuten baacutesica mensual con cargo al Presupuesto del Ministerio Educacioacuten Nacional

Artiacuteculo 19 Ajuste prima especial Decreto 2348 de 2014 prima especial de que trata el artiacuteculo 5 del Decreto 2348 2014 teniendo en cuenta lo establecido en el inciso 2 del paraacutegrafo 1 del citado artiacuteculo se incrementaraacute en uno punto ocho por ciento (18) para 2020 retroactivo a partir del 10 enero presente antildeo

Artiacuteculo Liacutemite remuneraclOn remuneracioacuten anual que perciban los empleadOS puacuteblicos de los ministerios departamentos administrativos superintendencias y unidades administrativas pertenecientes a la administracioacuten central del nivel nacional no podraacute ser superior a la remuneracioacuten anual los miembros Congreso de la Repuacuteblica

ninguacuten caso la remuneracioacuten mensual de los demaacutes empleados puacuteblicos a que se el presente tiacutetulo podraacute exceder la que se fija para los ministros del y los

directores departamento administrativo por concepto asignacioacuten gastos representacioacuten y prima direccioacuten

Artiacuteculo 21 Excepciones Las normas presente tiacutetulo no se aplicaraacuten salvo disposicioacuten expresa en contrario

a A los empleados puacuteblicos Ministerio de Relaciones que prestan servicio en el exterior

b Al personal docente los distintos organismos la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales

c A los empleados puacuteblicos de entidades que tienen sistemas especiales de remu legalmente aprobados

d Al personal de las Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional que no se rigen por el Decreto 1 de 1 y demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

DECRETO NUacuteMERO ~ 3 O 4 DE 2020 Hoja 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

e Al personal de la Policiacutea Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma f Al personal Carcelario y Penitenciario

TiacuteTULO 11

Prima de seguridad y sobresueldo para algunos empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y otras disposiciones

Artiacuteculo 22 Criterios y cuantiacutea Teniendo en cuenta la especial responsabilidad y la delicada misioacuten inherente al cuerpo especial de administracioacuten remisiones custodia y vigilancia de los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC estableacutecese una prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal liquidada para aquellos empleados que presten sus servicios en centros o pabellones de alta seguridad equivalente hasta el cincuenta por ciento (50) de la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual que no podraacute exceder el monto de cinco mil ochocientos noventa millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y un pesos ($5890167751) moneda corriente sentildealados en el Presupuesto General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 23 Procedimiento para su disfrute La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo seraacute asignada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho

Artiacuteculo 24 Temporalidad La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo soacutelo se disfrutaraacute mientras se desempentildeen las funciones del empleo para el cual ha sido asignada en los establecimientos de reclusioacuten yen el cuerpo especial de remisiones No se perderaacute el derecho a la prima de seguridad cuando se pase de un centro o pabelloacuten de reclusioacuten de alta seguridad a otro de igual categoriacutea

Artiacuteculo 25 Asignacioacuten a otros servidores El personal de los organismos de seguridad del Estado en comisioacuten en los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC de alta seguridad tendraacute derecho a percibir por concepto de prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal una prima igual decretada en la misma forma establecida en este tiacutetulo previa equivalencia del empleo por parte dellV1inisterio de Justicia y del Derecho

La prima a que se refiere el presente artiacuteculo soacutelo se percibiraacute mientras el servidor comisionado desempentildee las funciones del empleo para el cual ha sido asignado

Artiacuteculo 26 Suspensioacuten del reconocimiento El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho podraacute suspender el reconocimiento de la prima de seguridad otorgada al servidor plJblico a que se refiere este tiacutetulo en cualquier momento en que lo considere pertinente de acuerdo con las normas vigentes

Artiacuteculo 27 Sobresueldo A partir del 10 de enero de 2020 los sobresueldos mensuales para el personal carcelario y penitenciario cuyos empleos se relacionan a continuacioacuten seraacuten los siguientes

DENOMINACION CODIGO GRADO SOBRE SUELDO

Mayor de Prisiones 4158 21 738824 Capitaacuten de Prisiones 4078 18 738357

~

2020

remuneraciones de

Hoja 11 304

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

CODIGO SUELDO

4222 16 779954 4152 14 168 4137 13 766982 4112 12 4114 11

Artiacuteculo 28 salarial sobresueldo establecido penitenciario a se refiere el artiacuteculo anterior constituye la liquidacioacuten y pago prestaciones sociales a que conformidad con disposiciones pertinentes Este mismos los e) y f) del artiacuteculo 1deg del

Artiacuteculo 29

q

A partir del 10 de enero de 2020 el Comandante Superior de coacutedigo 2132 tendraacute derecho a un mensual de tres millones mil novecientos noventa y un 5991) moneda

baacutesica director y subdirector de establecimiento de reclusioacuten 2020 fiacutejase la siguiente escala de baacutesicas

de Director y Subdirector de Establecim Reclusioacuten

NIVEL ASIGNACiOacuteNCOacuteDIGO CLASE

BAacuteSICA MENSUAL DENOMINACiOacuteN

EMPLEO NIVEL DIRECTIVO

Artiacuteculo 32 Prima coordinacioacuten nal carcelario y penitenciario a que se el presente tiacutetulo que a la coordine grupos internos de trabajo tendraacute derecho reconocimiento y pago de la prima coordinacioacuten en los mismos teacuterminos que regulan la materia para los empleados que se rigen por sistema general de salarios de la Ejecutiva del orden nacional Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - I uacutenicamente podraacute crear nuevos g de trabajo que impliquen el de prima de coordinacioacuten con la respectiva disponibilidad presupuestal su reconocimiento y pago y viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

y penitenciario a que se el artiacuteculo 27 del presente tiacutetulo tnflrlto a una prima de riesgo que no constituye Artiacuteculo 33 Prima de riesgo

Director de Reclusioacuten

Subdirector de Reclusioacuten

IV III

0195 11

1101

carcelario y penitenciario a que se y pago del incremento salario

del auxilio de transporte de la bonificacioacuten por y condiciones sentildealadas en

general de salarios para los empleados en la cuantiacutea

en lo Nacional

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 5: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

liquidacioacuten Ejecutiva

remuneracioacuten conformidad con

nrltlConrtgt tiacutetulo

001 los Superintendentes coacutedigo 0030 y refieren los literales b c) d) e) f) h) i) Rectores Vicerrectores y Secretarios Gerentes o Directores Generales las Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sociales del Estado y los Secretarios los prima teacutecnica en los teacuterminos y condiciones a que se demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

de 1991 y

~

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE Hoja 5 v

se fijan las deContinuacioacuten del Decreto Por el cual los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

q Agente Escolta coacutedigo 4070 de la Unidad Nacional mil

Proteccioacuten tendraacute una asignacioacuten baacutesica mensual de dos millones ciento ochenta y ocho pesos ($2107788) moneda corriente

Paraacutegrafo 1 Los Directores o Gerentes liquidadores de las Nacional que se encuentren en proceso de asignada para el empleo de Director o Gerente de la lo dispuesto en los decretos que ordenaron la liquidacioacuten o

Paraacutegrafo 2 El empleo a que se refiere el literal d del prima mensual de gestioacuten equivalente al cincuenta por ciento (50) la asignacioacuten baacutesica y los gastos de representacioacuten

El Director de la Unidad de Informacioacuten y mensual de gestioacuten equivalente al cincuenta por mensual

Rama Ejecutiva del Poder Puacuteblico del orden

Artiacuteculo 4 Prima teacutecnica El Director

Paraacutegrafo Los empleados puacuteblicos del nivel directivo ocupen en la Rama del orden nacional que tengan asignada prima teacutecnica automaacutetica en virtud a lo

establecido en el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas lo modifiquen adicionen o sustituyan podraacuten optar por la prima teacutecnica por avanzada y experiencia altamente calificada en los mismos teacuterminos y en los Decretos 2164 de 1991 1336 de 2003 77 de 2006 y que los modifiquen adicionen o sustituyan La prima teacutecnica en es incompatible con la prima automaacutetica y se otorgaraacute como un porcentaje de la mensual y los gastos de representacioacuten seguacuten el caso El cambio surtiraacute en que se expida por la autoridad competente el acto

Artiacuteculo 5 Incremento de prima teacutecnica El valor maacuteximo el Hteral a) del artiacuteculo 2deg del Decreto 1661 modifiquen adicionen o sustituyan podraacute ser (20) de la asignacioacuten baacutesica mensual de quien la nete

sentildealados siempre y cuando se cumplan los siguientes

en relacionadas con sus funciones

a Un tres por ciento (3) por tiacutetulo

La prima de gestioacuten no constituye factor salarial para ninguacuten QTQrTn

Paraacutegrafo 3 El reacutegimen salarial y prestacional literales e) f) h) i) Yj) de este artiacuteculo seraacute el eSlaOleCOO

que tratan los puacuteblicos la

la fecha

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 6 - 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

b Un nueve por ciento (9) por el tiacutetulo de maestriacutea en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

c Un quince por ciento (15) relacionadas con sus funciones

por el tiacutetulo de doctorado en aacutereas directamente

d Un tres por ciento (3) por publicaciones en revistas especializadas internacionales de reconocida circulacioacuten o libros en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

e Un dos por ciento (2) por publicaciones en revistas nacionales de nivel internacional (ISSN) en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

Los porcentajes anteriores son acumulables hasta el total del veinte por ciento (20) por concepto de incremento de la prima teacutecnica

Para efectos de la aplicacioacuten de los literales a) b) y c) del presente artiacuteculo el tiacutetulo acadeacutemico deberaacute ser distinto del exigido para el desempentildeo del empleo y adicional al ya acreditado para el reconocimiento de la prima teacutecnica o de cualquier otro emolumento

Artiacuteculo 6 De la base para liquidar la prima de servicio Ademaacutes de los factores de salario sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 para la liquidacioacuten de la prima de servicios se tendraacute en cuenta la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada

Artiacuteculo 7 Pago proporcional de la prima de servicios Cuando a treinta (30) de junio de cada antildeo el empleado no haya trabajado el antildeo completo tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la prima de servicios de que trata el artiacuteculo 58 del Decreto 1042 de 1978 Tambieacuten se tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de esta prima cuando el empleado se retire del servicio en este evento la liquidacioacuten se efectuaraacute teniendo en cuenta la cuantiacutea de los factores sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 causados a la fecha de retiro

Artiacuteculo 8 Prima de riesgo Los empleados puacuteblicos que prestan los servicIos de conductor a los ministros y directores de departamento administrativo tendraacuten derecho a una prima mensual de riesgo equivalente al veinte por ciento (20) de su asignacioacuten baacutesica mensual la cual no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal

Artiacuteculo 9 Incremento de salario por antiguumledad A partir del 10 de enero de 2020 el incremento de salario por antiguumledad que vienen percibiendo los empleados puacuteblicos de las entidades a quienes se les aplica este tiacutetulo en virtud de lo dispuesto en los Decretos 1042 de 1978 modificado por el Decreto 420 de 1979 se reajustaraacute en el mismo porcentaje en que se incrementa su asignacioacuten baacutesica

Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artiacuteculo resultaren centavos se ajustaraacuten al peso siguiente

Artiacuteculo 10 Bonificacioacuten por servicIos prestados La bonificacioacuten por servicIos prestados a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que trabajan en las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo seraacute equivalente al cincuenta por ciento (50) del valor conjunto de la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad y los gastos de representacioacuten que correspondan al funcionario en la fecha en que se cause el derecho a percibirla siempre que no devengue una remuneracioacuten mensual por concepto de asignacioacuten baacutesica y gastos de representacioacuten superior a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente

1

DECRETO NlIMERO 3 O 4 DE 2020 Hoja 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Para los demaacutes empleados la bonificacioacuten por servicios prestados seraacute equivalente al treinta y cinco por ciento (35) del valor conjunto de los tres factores de salario sentildealados en el inciso anterior

Paraacutegrafo Para la liquidacioacuten de la bonificacioacuten por servicIos prestados se tendraacute en cuenta la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad los gastos de representacioacuten y la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada El empleado que al momento del retiro no haya cumplido el antildeo continuo de servicios tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la bonificacioacuten por servicios prestados

Artiacuteculo 11 Subsidio de alimentacioacuten El subsidio de alimentacioacuten de los empleados plJblicos de las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente seraacute de sesenta y seis mil noventa y ocho pesos ($66098) moneda corriente mensuales o proporcional al tiempo servido pagaderos por la respectiva entidad

No se tendraacute derecho a este subsidio cuando el respectivo empleado disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre alimentacioacuten a los empleados que conforme a este artiacuteculo tengan derecho al subsidio

Paraacutegrafo Los organismos y entidades que con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 1042 de 1978 y que al 10 de enero de 2009 estuvieren suministrando almuerzo a sus empleados por un valor diario superior al monto establecido en dinero para el subsidio de alimentacioacuten podraacuten continuar hacieacutendolo en las mismas condiciones siempre que exista apropiacioacuten presupuestal y los empleados beneficiarios de tal suministro devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente Si el valor del almuerzo excede al monto del subsidio de alimentacioacuten en dinero dicha diferencia no constituiraacute factor salarial

Artiacuteculo 12 Auxilio especial de alimentacioacuten A partir del 10 de enero de 2020 los servidores del Ministerio de Tecnologiacuteas de la Informacioacuten y las Comunicaciones que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente tendraacuten derecho a un auxilio especial de alimentacioacuten de ciento un mil novecientos treinta pesos ($101930) moneda corriente mensuales

Cuando el funcionario se encuentre en uso de licencia o en disfrute de vacaciones o suspendido en el ejercicio del cargo tendraacute derecho al reconocimiento y pago del auxilio especial de alimentacioacuten en forma proporcional al tiempo servido durante el mes

Si el lVIinisterio suministra la alimentacioacuten no habraacute lugar a este reconocimiento

Artiacuteculo 13 Auxilio de transporte El auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que se rigen por el presente tiacutetulo se reconoceraacute y pagaraacute en los mismos teacuterminos condiciones y cuantiacutea que el Gobiemo Nacional establezca para los trabajadores particula res

No se tendraacute derecho a este auxilio cuando el funcionario disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre el servicio

NUacuteMERO- 304 DE 2020 Hoja 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

Artiacuteculo 14 Horas dominicales y festivos que proceda el pago de horas extras y del trabajo en dias dominicales y como el reconocimiento cuando a ello lugar de descansos compensatorios trata el Decreto 1042 de 1978 y sus modificatorios el empleado deberaacute al Nivel hasta el grado 09 o al Nivel el grado 19

Los Secretarios del despacho de los Ministros Viceministros Directores y Subdirectores Departamento Administrativo y los Ejecutivos de en adelante que sus funciones en los de los Ministros Directores Departamento Administrativo Viceministros y Subdirectores de Departamento Administrativo Generales de Ministerios y Departamento Administrativo tendraacuten derecho a devengar horas extras dominicales y festivos siempre y cuando laboren en superiores a cuarenta y cuatro (44) semanales

antes sentildealados soacutelo se podraacuten reconocer horas extras maacuteximo a dos se refiere el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 empleados puacuteblicos del Ministerio Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y Departamento Nacional Planeacioacuten que la obligacioacuten de participar en trabajos ordenados la preparacioacuten y elaboracioacuten de rentas y la ley de apropiaciones su liquidacioacuten y demaacutes labores anexas e iniciacioacuten de cada vigencia fiscal podraacuten devengar horas extras dominicales y siempre y cuando comprendidos en los niveles asistencial teacutecnico y En ninguacuten caso pagarse mensualmente por el total dominicales y festivos cincuenta por ciento (50) de la remuneracioacuten mensual de cada funcionario

Paraacutegrafo liacutemite para el pago de horas mensuales a los empleados puacuteblicos que desempentildeen el cargo de conductor mecaacutenico en las entidades a que se el presente tiacutetulo de cien (100) horas

todo caso la autorizacioacuten para laborar en soacutelo podraacute otorgarse cuando presupuesta

Artiacuteculo 1 Reconocimiento por empleados de los administrativos establecimientos puacuteblicos

rnn autoacutenomas regionales y sostenible las empresas unidades administrativas es[gtecla planta global y que

su la coordinacioacuten o supervisioacuten de trabajo resolucioacuten del del organismo mensualmente un (20) adicional al valor de la asignacioacuten mensual del

durante el tiempo en que funciones dicho valor no TITI

para ninguacuten efecto legal

entidades descentralizadas se contar con la aprobacioacuten previa la Junta Directivo respectivo y la disponibilidad presupuestal correspondiente

IrarltTIn o Asesor se efectuaraacute siempre y cuando el empleado no nClrTCICr~ a los

Bonificacioacuten especial Los empleados puacuteblicos a tiacutetulo tendraacuten a una bonificacioacuten especial

periacuteodo de vacaciones en cuantiacutea a dos diacuteas de la asignacioacuten

2020 Hoja 9

remuneraciones de los empleos que sean Ejcutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

DECRETO NUacuteMERO- ~

Continuacioacuten del Decreto Por el desempentildeados por empleaoc)s de Desarrollo -lt3

las

mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo periacuteodo vacacional Igualmente habraacute lugar a esta bonificacioacuten cuando las vacaciones se compensen en dinero

Esta bonificacioacuten no constituiraacute factor de salario para ninguacuten legal y se pagaraacute por lo menos con cinco (5) d haacutebiles antelacioacuten a la de inicio en evento que se disfrute descanso remunerado

Artiacuteculo 1 Prima navidad Los empleados puacuteblicos y trabajadores oficiales tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad

Respecto de q por disposicioacuten legal o convencional no tengan establecido otra prima seraacute equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo

al treinta de noviembre de cada antildeo La prima se pagaraacute en la diciembre

Cuando el empleado puacuteblico o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el antildeo civil derecho a la mencionada prima de navidad en proporcioacuten al tiempo laborado

se liquidaraacute y pagaraacute con en el uacuteltimo salario devengado o en uacuteltimo promedio mensual si fuere variable

Artiacuteculo 18 Asignacioacuten adicional A del 10 enero 2020 los representantes del Ministro Educacioacuten Nacional ante entidad territorial continuaraacuten percibiendo un veintiocho por ciento (28) adicional a su asignacioacuten baacutesica mensual con cargo al Presupuesto del Ministerio Educacioacuten Nacional

Artiacuteculo 19 Ajuste prima especial Decreto 2348 de 2014 prima especial de que trata el artiacuteculo 5 del Decreto 2348 2014 teniendo en cuenta lo establecido en el inciso 2 del paraacutegrafo 1 del citado artiacuteculo se incrementaraacute en uno punto ocho por ciento (18) para 2020 retroactivo a partir del 10 enero presente antildeo

Artiacuteculo Liacutemite remuneraclOn remuneracioacuten anual que perciban los empleadOS puacuteblicos de los ministerios departamentos administrativos superintendencias y unidades administrativas pertenecientes a la administracioacuten central del nivel nacional no podraacute ser superior a la remuneracioacuten anual los miembros Congreso de la Repuacuteblica

ninguacuten caso la remuneracioacuten mensual de los demaacutes empleados puacuteblicos a que se el presente tiacutetulo podraacute exceder la que se fija para los ministros del y los

directores departamento administrativo por concepto asignacioacuten gastos representacioacuten y prima direccioacuten

Artiacuteculo 21 Excepciones Las normas presente tiacutetulo no se aplicaraacuten salvo disposicioacuten expresa en contrario

a A los empleados puacuteblicos Ministerio de Relaciones que prestan servicio en el exterior

b Al personal docente los distintos organismos la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales

c A los empleados puacuteblicos de entidades que tienen sistemas especiales de remu legalmente aprobados

d Al personal de las Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional que no se rigen por el Decreto 1 de 1 y demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

DECRETO NUacuteMERO ~ 3 O 4 DE 2020 Hoja 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

e Al personal de la Policiacutea Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma f Al personal Carcelario y Penitenciario

TiacuteTULO 11

Prima de seguridad y sobresueldo para algunos empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y otras disposiciones

Artiacuteculo 22 Criterios y cuantiacutea Teniendo en cuenta la especial responsabilidad y la delicada misioacuten inherente al cuerpo especial de administracioacuten remisiones custodia y vigilancia de los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC estableacutecese una prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal liquidada para aquellos empleados que presten sus servicios en centros o pabellones de alta seguridad equivalente hasta el cincuenta por ciento (50) de la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual que no podraacute exceder el monto de cinco mil ochocientos noventa millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y un pesos ($5890167751) moneda corriente sentildealados en el Presupuesto General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 23 Procedimiento para su disfrute La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo seraacute asignada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho

Artiacuteculo 24 Temporalidad La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo soacutelo se disfrutaraacute mientras se desempentildeen las funciones del empleo para el cual ha sido asignada en los establecimientos de reclusioacuten yen el cuerpo especial de remisiones No se perderaacute el derecho a la prima de seguridad cuando se pase de un centro o pabelloacuten de reclusioacuten de alta seguridad a otro de igual categoriacutea

Artiacuteculo 25 Asignacioacuten a otros servidores El personal de los organismos de seguridad del Estado en comisioacuten en los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC de alta seguridad tendraacute derecho a percibir por concepto de prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal una prima igual decretada en la misma forma establecida en este tiacutetulo previa equivalencia del empleo por parte dellV1inisterio de Justicia y del Derecho

La prima a que se refiere el presente artiacuteculo soacutelo se percibiraacute mientras el servidor comisionado desempentildee las funciones del empleo para el cual ha sido asignado

Artiacuteculo 26 Suspensioacuten del reconocimiento El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho podraacute suspender el reconocimiento de la prima de seguridad otorgada al servidor plJblico a que se refiere este tiacutetulo en cualquier momento en que lo considere pertinente de acuerdo con las normas vigentes

Artiacuteculo 27 Sobresueldo A partir del 10 de enero de 2020 los sobresueldos mensuales para el personal carcelario y penitenciario cuyos empleos se relacionan a continuacioacuten seraacuten los siguientes

DENOMINACION CODIGO GRADO SOBRE SUELDO

Mayor de Prisiones 4158 21 738824 Capitaacuten de Prisiones 4078 18 738357

~

2020

remuneraciones de

Hoja 11 304

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

CODIGO SUELDO

4222 16 779954 4152 14 168 4137 13 766982 4112 12 4114 11

Artiacuteculo 28 salarial sobresueldo establecido penitenciario a se refiere el artiacuteculo anterior constituye la liquidacioacuten y pago prestaciones sociales a que conformidad con disposiciones pertinentes Este mismos los e) y f) del artiacuteculo 1deg del

Artiacuteculo 29

q

A partir del 10 de enero de 2020 el Comandante Superior de coacutedigo 2132 tendraacute derecho a un mensual de tres millones mil novecientos noventa y un 5991) moneda

baacutesica director y subdirector de establecimiento de reclusioacuten 2020 fiacutejase la siguiente escala de baacutesicas

de Director y Subdirector de Establecim Reclusioacuten

NIVEL ASIGNACiOacuteNCOacuteDIGO CLASE

BAacuteSICA MENSUAL DENOMINACiOacuteN

EMPLEO NIVEL DIRECTIVO

Artiacuteculo 32 Prima coordinacioacuten nal carcelario y penitenciario a que se el presente tiacutetulo que a la coordine grupos internos de trabajo tendraacute derecho reconocimiento y pago de la prima coordinacioacuten en los mismos teacuterminos que regulan la materia para los empleados que se rigen por sistema general de salarios de la Ejecutiva del orden nacional Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - I uacutenicamente podraacute crear nuevos g de trabajo que impliquen el de prima de coordinacioacuten con la respectiva disponibilidad presupuestal su reconocimiento y pago y viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

y penitenciario a que se el artiacuteculo 27 del presente tiacutetulo tnflrlto a una prima de riesgo que no constituye Artiacuteculo 33 Prima de riesgo

Director de Reclusioacuten

Subdirector de Reclusioacuten

IV III

0195 11

1101

carcelario y penitenciario a que se y pago del incremento salario

del auxilio de transporte de la bonificacioacuten por y condiciones sentildealadas en

general de salarios para los empleados en la cuantiacutea

en lo Nacional

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 6: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 6 - 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

b Un nueve por ciento (9) por el tiacutetulo de maestriacutea en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

c Un quince por ciento (15) relacionadas con sus funciones

por el tiacutetulo de doctorado en aacutereas directamente

d Un tres por ciento (3) por publicaciones en revistas especializadas internacionales de reconocida circulacioacuten o libros en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

e Un dos por ciento (2) por publicaciones en revistas nacionales de nivel internacional (ISSN) en aacutereas directamente relacionadas con sus funciones

Los porcentajes anteriores son acumulables hasta el total del veinte por ciento (20) por concepto de incremento de la prima teacutecnica

Para efectos de la aplicacioacuten de los literales a) b) y c) del presente artiacuteculo el tiacutetulo acadeacutemico deberaacute ser distinto del exigido para el desempentildeo del empleo y adicional al ya acreditado para el reconocimiento de la prima teacutecnica o de cualquier otro emolumento

Artiacuteculo 6 De la base para liquidar la prima de servicio Ademaacutes de los factores de salario sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 para la liquidacioacuten de la prima de servicios se tendraacute en cuenta la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada

Artiacuteculo 7 Pago proporcional de la prima de servicios Cuando a treinta (30) de junio de cada antildeo el empleado no haya trabajado el antildeo completo tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la prima de servicios de que trata el artiacuteculo 58 del Decreto 1042 de 1978 Tambieacuten se tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de esta prima cuando el empleado se retire del servicio en este evento la liquidacioacuten se efectuaraacute teniendo en cuenta la cuantiacutea de los factores sentildealados en el artiacuteculo 59 del Decreto 1042 de 1978 causados a la fecha de retiro

Artiacuteculo 8 Prima de riesgo Los empleados puacuteblicos que prestan los servicIos de conductor a los ministros y directores de departamento administrativo tendraacuten derecho a una prima mensual de riesgo equivalente al veinte por ciento (20) de su asignacioacuten baacutesica mensual la cual no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal

Artiacuteculo 9 Incremento de salario por antiguumledad A partir del 10 de enero de 2020 el incremento de salario por antiguumledad que vienen percibiendo los empleados puacuteblicos de las entidades a quienes se les aplica este tiacutetulo en virtud de lo dispuesto en los Decretos 1042 de 1978 modificado por el Decreto 420 de 1979 se reajustaraacute en el mismo porcentaje en que se incrementa su asignacioacuten baacutesica

Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artiacuteculo resultaren centavos se ajustaraacuten al peso siguiente

Artiacuteculo 10 Bonificacioacuten por servicIos prestados La bonificacioacuten por servicIos prestados a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que trabajan en las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo seraacute equivalente al cincuenta por ciento (50) del valor conjunto de la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad y los gastos de representacioacuten que correspondan al funcionario en la fecha en que se cause el derecho a percibirla siempre que no devengue una remuneracioacuten mensual por concepto de asignacioacuten baacutesica y gastos de representacioacuten superior a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente

1

DECRETO NlIMERO 3 O 4 DE 2020 Hoja 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Para los demaacutes empleados la bonificacioacuten por servicios prestados seraacute equivalente al treinta y cinco por ciento (35) del valor conjunto de los tres factores de salario sentildealados en el inciso anterior

Paraacutegrafo Para la liquidacioacuten de la bonificacioacuten por servicIos prestados se tendraacute en cuenta la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad los gastos de representacioacuten y la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada El empleado que al momento del retiro no haya cumplido el antildeo continuo de servicios tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la bonificacioacuten por servicios prestados

Artiacuteculo 11 Subsidio de alimentacioacuten El subsidio de alimentacioacuten de los empleados plJblicos de las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente seraacute de sesenta y seis mil noventa y ocho pesos ($66098) moneda corriente mensuales o proporcional al tiempo servido pagaderos por la respectiva entidad

No se tendraacute derecho a este subsidio cuando el respectivo empleado disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre alimentacioacuten a los empleados que conforme a este artiacuteculo tengan derecho al subsidio

Paraacutegrafo Los organismos y entidades que con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 1042 de 1978 y que al 10 de enero de 2009 estuvieren suministrando almuerzo a sus empleados por un valor diario superior al monto establecido en dinero para el subsidio de alimentacioacuten podraacuten continuar hacieacutendolo en las mismas condiciones siempre que exista apropiacioacuten presupuestal y los empleados beneficiarios de tal suministro devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente Si el valor del almuerzo excede al monto del subsidio de alimentacioacuten en dinero dicha diferencia no constituiraacute factor salarial

Artiacuteculo 12 Auxilio especial de alimentacioacuten A partir del 10 de enero de 2020 los servidores del Ministerio de Tecnologiacuteas de la Informacioacuten y las Comunicaciones que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente tendraacuten derecho a un auxilio especial de alimentacioacuten de ciento un mil novecientos treinta pesos ($101930) moneda corriente mensuales

Cuando el funcionario se encuentre en uso de licencia o en disfrute de vacaciones o suspendido en el ejercicio del cargo tendraacute derecho al reconocimiento y pago del auxilio especial de alimentacioacuten en forma proporcional al tiempo servido durante el mes

Si el lVIinisterio suministra la alimentacioacuten no habraacute lugar a este reconocimiento

Artiacuteculo 13 Auxilio de transporte El auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que se rigen por el presente tiacutetulo se reconoceraacute y pagaraacute en los mismos teacuterminos condiciones y cuantiacutea que el Gobiemo Nacional establezca para los trabajadores particula res

No se tendraacute derecho a este auxilio cuando el funcionario disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre el servicio

NUacuteMERO- 304 DE 2020 Hoja 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

Artiacuteculo 14 Horas dominicales y festivos que proceda el pago de horas extras y del trabajo en dias dominicales y como el reconocimiento cuando a ello lugar de descansos compensatorios trata el Decreto 1042 de 1978 y sus modificatorios el empleado deberaacute al Nivel hasta el grado 09 o al Nivel el grado 19

Los Secretarios del despacho de los Ministros Viceministros Directores y Subdirectores Departamento Administrativo y los Ejecutivos de en adelante que sus funciones en los de los Ministros Directores Departamento Administrativo Viceministros y Subdirectores de Departamento Administrativo Generales de Ministerios y Departamento Administrativo tendraacuten derecho a devengar horas extras dominicales y festivos siempre y cuando laboren en superiores a cuarenta y cuatro (44) semanales

antes sentildealados soacutelo se podraacuten reconocer horas extras maacuteximo a dos se refiere el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 empleados puacuteblicos del Ministerio Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y Departamento Nacional Planeacioacuten que la obligacioacuten de participar en trabajos ordenados la preparacioacuten y elaboracioacuten de rentas y la ley de apropiaciones su liquidacioacuten y demaacutes labores anexas e iniciacioacuten de cada vigencia fiscal podraacuten devengar horas extras dominicales y siempre y cuando comprendidos en los niveles asistencial teacutecnico y En ninguacuten caso pagarse mensualmente por el total dominicales y festivos cincuenta por ciento (50) de la remuneracioacuten mensual de cada funcionario

Paraacutegrafo liacutemite para el pago de horas mensuales a los empleados puacuteblicos que desempentildeen el cargo de conductor mecaacutenico en las entidades a que se el presente tiacutetulo de cien (100) horas

todo caso la autorizacioacuten para laborar en soacutelo podraacute otorgarse cuando presupuesta

Artiacuteculo 1 Reconocimiento por empleados de los administrativos establecimientos puacuteblicos

rnn autoacutenomas regionales y sostenible las empresas unidades administrativas es[gtecla planta global y que

su la coordinacioacuten o supervisioacuten de trabajo resolucioacuten del del organismo mensualmente un (20) adicional al valor de la asignacioacuten mensual del

durante el tiempo en que funciones dicho valor no TITI

para ninguacuten efecto legal

entidades descentralizadas se contar con la aprobacioacuten previa la Junta Directivo respectivo y la disponibilidad presupuestal correspondiente

IrarltTIn o Asesor se efectuaraacute siempre y cuando el empleado no nClrTCICr~ a los

Bonificacioacuten especial Los empleados puacuteblicos a tiacutetulo tendraacuten a una bonificacioacuten especial

periacuteodo de vacaciones en cuantiacutea a dos diacuteas de la asignacioacuten

2020 Hoja 9

remuneraciones de los empleos que sean Ejcutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

DECRETO NUacuteMERO- ~

Continuacioacuten del Decreto Por el desempentildeados por empleaoc)s de Desarrollo -lt3

las

mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo periacuteodo vacacional Igualmente habraacute lugar a esta bonificacioacuten cuando las vacaciones se compensen en dinero

Esta bonificacioacuten no constituiraacute factor de salario para ninguacuten legal y se pagaraacute por lo menos con cinco (5) d haacutebiles antelacioacuten a la de inicio en evento que se disfrute descanso remunerado

Artiacuteculo 1 Prima navidad Los empleados puacuteblicos y trabajadores oficiales tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad

Respecto de q por disposicioacuten legal o convencional no tengan establecido otra prima seraacute equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo

al treinta de noviembre de cada antildeo La prima se pagaraacute en la diciembre

Cuando el empleado puacuteblico o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el antildeo civil derecho a la mencionada prima de navidad en proporcioacuten al tiempo laborado

se liquidaraacute y pagaraacute con en el uacuteltimo salario devengado o en uacuteltimo promedio mensual si fuere variable

Artiacuteculo 18 Asignacioacuten adicional A del 10 enero 2020 los representantes del Ministro Educacioacuten Nacional ante entidad territorial continuaraacuten percibiendo un veintiocho por ciento (28) adicional a su asignacioacuten baacutesica mensual con cargo al Presupuesto del Ministerio Educacioacuten Nacional

Artiacuteculo 19 Ajuste prima especial Decreto 2348 de 2014 prima especial de que trata el artiacuteculo 5 del Decreto 2348 2014 teniendo en cuenta lo establecido en el inciso 2 del paraacutegrafo 1 del citado artiacuteculo se incrementaraacute en uno punto ocho por ciento (18) para 2020 retroactivo a partir del 10 enero presente antildeo

Artiacuteculo Liacutemite remuneraclOn remuneracioacuten anual que perciban los empleadOS puacuteblicos de los ministerios departamentos administrativos superintendencias y unidades administrativas pertenecientes a la administracioacuten central del nivel nacional no podraacute ser superior a la remuneracioacuten anual los miembros Congreso de la Repuacuteblica

ninguacuten caso la remuneracioacuten mensual de los demaacutes empleados puacuteblicos a que se el presente tiacutetulo podraacute exceder la que se fija para los ministros del y los

directores departamento administrativo por concepto asignacioacuten gastos representacioacuten y prima direccioacuten

Artiacuteculo 21 Excepciones Las normas presente tiacutetulo no se aplicaraacuten salvo disposicioacuten expresa en contrario

a A los empleados puacuteblicos Ministerio de Relaciones que prestan servicio en el exterior

b Al personal docente los distintos organismos la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales

c A los empleados puacuteblicos de entidades que tienen sistemas especiales de remu legalmente aprobados

d Al personal de las Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional que no se rigen por el Decreto 1 de 1 y demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

DECRETO NUacuteMERO ~ 3 O 4 DE 2020 Hoja 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

e Al personal de la Policiacutea Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma f Al personal Carcelario y Penitenciario

TiacuteTULO 11

Prima de seguridad y sobresueldo para algunos empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y otras disposiciones

Artiacuteculo 22 Criterios y cuantiacutea Teniendo en cuenta la especial responsabilidad y la delicada misioacuten inherente al cuerpo especial de administracioacuten remisiones custodia y vigilancia de los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC estableacutecese una prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal liquidada para aquellos empleados que presten sus servicios en centros o pabellones de alta seguridad equivalente hasta el cincuenta por ciento (50) de la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual que no podraacute exceder el monto de cinco mil ochocientos noventa millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y un pesos ($5890167751) moneda corriente sentildealados en el Presupuesto General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 23 Procedimiento para su disfrute La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo seraacute asignada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho

Artiacuteculo 24 Temporalidad La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo soacutelo se disfrutaraacute mientras se desempentildeen las funciones del empleo para el cual ha sido asignada en los establecimientos de reclusioacuten yen el cuerpo especial de remisiones No se perderaacute el derecho a la prima de seguridad cuando se pase de un centro o pabelloacuten de reclusioacuten de alta seguridad a otro de igual categoriacutea

Artiacuteculo 25 Asignacioacuten a otros servidores El personal de los organismos de seguridad del Estado en comisioacuten en los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC de alta seguridad tendraacute derecho a percibir por concepto de prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal una prima igual decretada en la misma forma establecida en este tiacutetulo previa equivalencia del empleo por parte dellV1inisterio de Justicia y del Derecho

La prima a que se refiere el presente artiacuteculo soacutelo se percibiraacute mientras el servidor comisionado desempentildee las funciones del empleo para el cual ha sido asignado

Artiacuteculo 26 Suspensioacuten del reconocimiento El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho podraacute suspender el reconocimiento de la prima de seguridad otorgada al servidor plJblico a que se refiere este tiacutetulo en cualquier momento en que lo considere pertinente de acuerdo con las normas vigentes

Artiacuteculo 27 Sobresueldo A partir del 10 de enero de 2020 los sobresueldos mensuales para el personal carcelario y penitenciario cuyos empleos se relacionan a continuacioacuten seraacuten los siguientes

DENOMINACION CODIGO GRADO SOBRE SUELDO

Mayor de Prisiones 4158 21 738824 Capitaacuten de Prisiones 4078 18 738357

~

2020

remuneraciones de

Hoja 11 304

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

CODIGO SUELDO

4222 16 779954 4152 14 168 4137 13 766982 4112 12 4114 11

Artiacuteculo 28 salarial sobresueldo establecido penitenciario a se refiere el artiacuteculo anterior constituye la liquidacioacuten y pago prestaciones sociales a que conformidad con disposiciones pertinentes Este mismos los e) y f) del artiacuteculo 1deg del

Artiacuteculo 29

q

A partir del 10 de enero de 2020 el Comandante Superior de coacutedigo 2132 tendraacute derecho a un mensual de tres millones mil novecientos noventa y un 5991) moneda

baacutesica director y subdirector de establecimiento de reclusioacuten 2020 fiacutejase la siguiente escala de baacutesicas

de Director y Subdirector de Establecim Reclusioacuten

NIVEL ASIGNACiOacuteNCOacuteDIGO CLASE

BAacuteSICA MENSUAL DENOMINACiOacuteN

EMPLEO NIVEL DIRECTIVO

Artiacuteculo 32 Prima coordinacioacuten nal carcelario y penitenciario a que se el presente tiacutetulo que a la coordine grupos internos de trabajo tendraacute derecho reconocimiento y pago de la prima coordinacioacuten en los mismos teacuterminos que regulan la materia para los empleados que se rigen por sistema general de salarios de la Ejecutiva del orden nacional Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - I uacutenicamente podraacute crear nuevos g de trabajo que impliquen el de prima de coordinacioacuten con la respectiva disponibilidad presupuestal su reconocimiento y pago y viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

y penitenciario a que se el artiacuteculo 27 del presente tiacutetulo tnflrlto a una prima de riesgo que no constituye Artiacuteculo 33 Prima de riesgo

Director de Reclusioacuten

Subdirector de Reclusioacuten

IV III

0195 11

1101

carcelario y penitenciario a que se y pago del incremento salario

del auxilio de transporte de la bonificacioacuten por y condiciones sentildealadas en

general de salarios para los empleados en la cuantiacutea

en lo Nacional

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 7: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

1

DECRETO NlIMERO 3 O 4 DE 2020 Hoja 7

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Para los demaacutes empleados la bonificacioacuten por servicios prestados seraacute equivalente al treinta y cinco por ciento (35) del valor conjunto de los tres factores de salario sentildealados en el inciso anterior

Paraacutegrafo Para la liquidacioacuten de la bonificacioacuten por servicIos prestados se tendraacute en cuenta la asignacioacuten baacutesica los incrementos por antiguumledad los gastos de representacioacuten y la prima teacutecnica por tiacutetulo de estudios de formacioacuten avanzada y experiencia altamente calificada El empleado que al momento del retiro no haya cumplido el antildeo continuo de servicios tendraacute derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la bonificacioacuten por servicios prestados

Artiacuteculo 11 Subsidio de alimentacioacuten El subsidio de alimentacioacuten de los empleados plJblicos de las entidades a que se refiere el presente tiacutetulo que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente seraacute de sesenta y seis mil noventa y ocho pesos ($66098) moneda corriente mensuales o proporcional al tiempo servido pagaderos por la respectiva entidad

No se tendraacute derecho a este subsidio cuando el respectivo empleado disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre alimentacioacuten a los empleados que conforme a este artiacuteculo tengan derecho al subsidio

Paraacutegrafo Los organismos y entidades que con anterioridad a la expedicioacuten del Decreto 1042 de 1978 y que al 10 de enero de 2009 estuvieren suministrando almuerzo a sus empleados por un valor diario superior al monto establecido en dinero para el subsidio de alimentacioacuten podraacuten continuar hacieacutendolo en las mismas condiciones siempre que exista apropiacioacuten presupuestal y los empleados beneficiarios de tal suministro devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente Si el valor del almuerzo excede al monto del subsidio de alimentacioacuten en dinero dicha diferencia no constituiraacute factor salarial

Artiacuteculo 12 Auxilio especial de alimentacioacuten A partir del 10 de enero de 2020 los servidores del Ministerio de Tecnologiacuteas de la Informacioacuten y las Comunicaciones que devenguen asignaciones baacutesicas mensuales no superiores a un milloacuten ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos ($1853502) moneda corriente tendraacuten derecho a un auxilio especial de alimentacioacuten de ciento un mil novecientos treinta pesos ($101930) moneda corriente mensuales

Cuando el funcionario se encuentre en uso de licencia o en disfrute de vacaciones o suspendido en el ejercicio del cargo tendraacute derecho al reconocimiento y pago del auxilio especial de alimentacioacuten en forma proporcional al tiempo servido durante el mes

Si el lVIinisterio suministra la alimentacioacuten no habraacute lugar a este reconocimiento

Artiacuteculo 13 Auxilio de transporte El auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados puacuteblicos que se rigen por el presente tiacutetulo se reconoceraacute y pagaraacute en los mismos teacuterminos condiciones y cuantiacutea que el Gobiemo Nacional establezca para los trabajadores particula res

No se tendraacute derecho a este auxilio cuando el funcionario disfrute de vacaciones se encuentre en uso de licencia suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre el servicio

NUacuteMERO- 304 DE 2020 Hoja 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

Artiacuteculo 14 Horas dominicales y festivos que proceda el pago de horas extras y del trabajo en dias dominicales y como el reconocimiento cuando a ello lugar de descansos compensatorios trata el Decreto 1042 de 1978 y sus modificatorios el empleado deberaacute al Nivel hasta el grado 09 o al Nivel el grado 19

Los Secretarios del despacho de los Ministros Viceministros Directores y Subdirectores Departamento Administrativo y los Ejecutivos de en adelante que sus funciones en los de los Ministros Directores Departamento Administrativo Viceministros y Subdirectores de Departamento Administrativo Generales de Ministerios y Departamento Administrativo tendraacuten derecho a devengar horas extras dominicales y festivos siempre y cuando laboren en superiores a cuarenta y cuatro (44) semanales

antes sentildealados soacutelo se podraacuten reconocer horas extras maacuteximo a dos se refiere el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 empleados puacuteblicos del Ministerio Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y Departamento Nacional Planeacioacuten que la obligacioacuten de participar en trabajos ordenados la preparacioacuten y elaboracioacuten de rentas y la ley de apropiaciones su liquidacioacuten y demaacutes labores anexas e iniciacioacuten de cada vigencia fiscal podraacuten devengar horas extras dominicales y siempre y cuando comprendidos en los niveles asistencial teacutecnico y En ninguacuten caso pagarse mensualmente por el total dominicales y festivos cincuenta por ciento (50) de la remuneracioacuten mensual de cada funcionario

Paraacutegrafo liacutemite para el pago de horas mensuales a los empleados puacuteblicos que desempentildeen el cargo de conductor mecaacutenico en las entidades a que se el presente tiacutetulo de cien (100) horas

todo caso la autorizacioacuten para laborar en soacutelo podraacute otorgarse cuando presupuesta

Artiacuteculo 1 Reconocimiento por empleados de los administrativos establecimientos puacuteblicos

rnn autoacutenomas regionales y sostenible las empresas unidades administrativas es[gtecla planta global y que

su la coordinacioacuten o supervisioacuten de trabajo resolucioacuten del del organismo mensualmente un (20) adicional al valor de la asignacioacuten mensual del

durante el tiempo en que funciones dicho valor no TITI

para ninguacuten efecto legal

entidades descentralizadas se contar con la aprobacioacuten previa la Junta Directivo respectivo y la disponibilidad presupuestal correspondiente

IrarltTIn o Asesor se efectuaraacute siempre y cuando el empleado no nClrTCICr~ a los

Bonificacioacuten especial Los empleados puacuteblicos a tiacutetulo tendraacuten a una bonificacioacuten especial

periacuteodo de vacaciones en cuantiacutea a dos diacuteas de la asignacioacuten

2020 Hoja 9

remuneraciones de los empleos que sean Ejcutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

DECRETO NUacuteMERO- ~

Continuacioacuten del Decreto Por el desempentildeados por empleaoc)s de Desarrollo -lt3

las

mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo periacuteodo vacacional Igualmente habraacute lugar a esta bonificacioacuten cuando las vacaciones se compensen en dinero

Esta bonificacioacuten no constituiraacute factor de salario para ninguacuten legal y se pagaraacute por lo menos con cinco (5) d haacutebiles antelacioacuten a la de inicio en evento que se disfrute descanso remunerado

Artiacuteculo 1 Prima navidad Los empleados puacuteblicos y trabajadores oficiales tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad

Respecto de q por disposicioacuten legal o convencional no tengan establecido otra prima seraacute equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo

al treinta de noviembre de cada antildeo La prima se pagaraacute en la diciembre

Cuando el empleado puacuteblico o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el antildeo civil derecho a la mencionada prima de navidad en proporcioacuten al tiempo laborado

se liquidaraacute y pagaraacute con en el uacuteltimo salario devengado o en uacuteltimo promedio mensual si fuere variable

Artiacuteculo 18 Asignacioacuten adicional A del 10 enero 2020 los representantes del Ministro Educacioacuten Nacional ante entidad territorial continuaraacuten percibiendo un veintiocho por ciento (28) adicional a su asignacioacuten baacutesica mensual con cargo al Presupuesto del Ministerio Educacioacuten Nacional

Artiacuteculo 19 Ajuste prima especial Decreto 2348 de 2014 prima especial de que trata el artiacuteculo 5 del Decreto 2348 2014 teniendo en cuenta lo establecido en el inciso 2 del paraacutegrafo 1 del citado artiacuteculo se incrementaraacute en uno punto ocho por ciento (18) para 2020 retroactivo a partir del 10 enero presente antildeo

Artiacuteculo Liacutemite remuneraclOn remuneracioacuten anual que perciban los empleadOS puacuteblicos de los ministerios departamentos administrativos superintendencias y unidades administrativas pertenecientes a la administracioacuten central del nivel nacional no podraacute ser superior a la remuneracioacuten anual los miembros Congreso de la Repuacuteblica

ninguacuten caso la remuneracioacuten mensual de los demaacutes empleados puacuteblicos a que se el presente tiacutetulo podraacute exceder la que se fija para los ministros del y los

directores departamento administrativo por concepto asignacioacuten gastos representacioacuten y prima direccioacuten

Artiacuteculo 21 Excepciones Las normas presente tiacutetulo no se aplicaraacuten salvo disposicioacuten expresa en contrario

a A los empleados puacuteblicos Ministerio de Relaciones que prestan servicio en el exterior

b Al personal docente los distintos organismos la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales

c A los empleados puacuteblicos de entidades que tienen sistemas especiales de remu legalmente aprobados

d Al personal de las Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional que no se rigen por el Decreto 1 de 1 y demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

DECRETO NUacuteMERO ~ 3 O 4 DE 2020 Hoja 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

e Al personal de la Policiacutea Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma f Al personal Carcelario y Penitenciario

TiacuteTULO 11

Prima de seguridad y sobresueldo para algunos empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y otras disposiciones

Artiacuteculo 22 Criterios y cuantiacutea Teniendo en cuenta la especial responsabilidad y la delicada misioacuten inherente al cuerpo especial de administracioacuten remisiones custodia y vigilancia de los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC estableacutecese una prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal liquidada para aquellos empleados que presten sus servicios en centros o pabellones de alta seguridad equivalente hasta el cincuenta por ciento (50) de la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual que no podraacute exceder el monto de cinco mil ochocientos noventa millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y un pesos ($5890167751) moneda corriente sentildealados en el Presupuesto General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 23 Procedimiento para su disfrute La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo seraacute asignada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho

Artiacuteculo 24 Temporalidad La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo soacutelo se disfrutaraacute mientras se desempentildeen las funciones del empleo para el cual ha sido asignada en los establecimientos de reclusioacuten yen el cuerpo especial de remisiones No se perderaacute el derecho a la prima de seguridad cuando se pase de un centro o pabelloacuten de reclusioacuten de alta seguridad a otro de igual categoriacutea

Artiacuteculo 25 Asignacioacuten a otros servidores El personal de los organismos de seguridad del Estado en comisioacuten en los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC de alta seguridad tendraacute derecho a percibir por concepto de prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal una prima igual decretada en la misma forma establecida en este tiacutetulo previa equivalencia del empleo por parte dellV1inisterio de Justicia y del Derecho

La prima a que se refiere el presente artiacuteculo soacutelo se percibiraacute mientras el servidor comisionado desempentildee las funciones del empleo para el cual ha sido asignado

Artiacuteculo 26 Suspensioacuten del reconocimiento El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho podraacute suspender el reconocimiento de la prima de seguridad otorgada al servidor plJblico a que se refiere este tiacutetulo en cualquier momento en que lo considere pertinente de acuerdo con las normas vigentes

Artiacuteculo 27 Sobresueldo A partir del 10 de enero de 2020 los sobresueldos mensuales para el personal carcelario y penitenciario cuyos empleos se relacionan a continuacioacuten seraacuten los siguientes

DENOMINACION CODIGO GRADO SOBRE SUELDO

Mayor de Prisiones 4158 21 738824 Capitaacuten de Prisiones 4078 18 738357

~

2020

remuneraciones de

Hoja 11 304

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

CODIGO SUELDO

4222 16 779954 4152 14 168 4137 13 766982 4112 12 4114 11

Artiacuteculo 28 salarial sobresueldo establecido penitenciario a se refiere el artiacuteculo anterior constituye la liquidacioacuten y pago prestaciones sociales a que conformidad con disposiciones pertinentes Este mismos los e) y f) del artiacuteculo 1deg del

Artiacuteculo 29

q

A partir del 10 de enero de 2020 el Comandante Superior de coacutedigo 2132 tendraacute derecho a un mensual de tres millones mil novecientos noventa y un 5991) moneda

baacutesica director y subdirector de establecimiento de reclusioacuten 2020 fiacutejase la siguiente escala de baacutesicas

de Director y Subdirector de Establecim Reclusioacuten

NIVEL ASIGNACiOacuteNCOacuteDIGO CLASE

BAacuteSICA MENSUAL DENOMINACiOacuteN

EMPLEO NIVEL DIRECTIVO

Artiacuteculo 32 Prima coordinacioacuten nal carcelario y penitenciario a que se el presente tiacutetulo que a la coordine grupos internos de trabajo tendraacute derecho reconocimiento y pago de la prima coordinacioacuten en los mismos teacuterminos que regulan la materia para los empleados que se rigen por sistema general de salarios de la Ejecutiva del orden nacional Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - I uacutenicamente podraacute crear nuevos g de trabajo que impliquen el de prima de coordinacioacuten con la respectiva disponibilidad presupuestal su reconocimiento y pago y viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

y penitenciario a que se el artiacuteculo 27 del presente tiacutetulo tnflrlto a una prima de riesgo que no constituye Artiacuteculo 33 Prima de riesgo

Director de Reclusioacuten

Subdirector de Reclusioacuten

IV III

0195 11

1101

carcelario y penitenciario a que se y pago del incremento salario

del auxilio de transporte de la bonificacioacuten por y condiciones sentildealadas en

general de salarios para los empleados en la cuantiacutea

en lo Nacional

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 8: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

NUacuteMERO- 304 DE 2020 Hoja 8

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo se dictan otras

Artiacuteculo 14 Horas dominicales y festivos que proceda el pago de horas extras y del trabajo en dias dominicales y como el reconocimiento cuando a ello lugar de descansos compensatorios trata el Decreto 1042 de 1978 y sus modificatorios el empleado deberaacute al Nivel hasta el grado 09 o al Nivel el grado 19

Los Secretarios del despacho de los Ministros Viceministros Directores y Subdirectores Departamento Administrativo y los Ejecutivos de en adelante que sus funciones en los de los Ministros Directores Departamento Administrativo Viceministros y Subdirectores de Departamento Administrativo Generales de Ministerios y Departamento Administrativo tendraacuten derecho a devengar horas extras dominicales y festivos siempre y cuando laboren en superiores a cuarenta y cuatro (44) semanales

antes sentildealados soacutelo se podraacuten reconocer horas extras maacuteximo a dos se refiere el inciso anterior

Paraacutegrafo 1 empleados puacuteblicos del Ministerio Hacienda y Creacutedito Puacuteblico y Departamento Nacional Planeacioacuten que la obligacioacuten de participar en trabajos ordenados la preparacioacuten y elaboracioacuten de rentas y la ley de apropiaciones su liquidacioacuten y demaacutes labores anexas e iniciacioacuten de cada vigencia fiscal podraacuten devengar horas extras dominicales y siempre y cuando comprendidos en los niveles asistencial teacutecnico y En ninguacuten caso pagarse mensualmente por el total dominicales y festivos cincuenta por ciento (50) de la remuneracioacuten mensual de cada funcionario

Paraacutegrafo liacutemite para el pago de horas mensuales a los empleados puacuteblicos que desempentildeen el cargo de conductor mecaacutenico en las entidades a que se el presente tiacutetulo de cien (100) horas

todo caso la autorizacioacuten para laborar en soacutelo podraacute otorgarse cuando presupuesta

Artiacuteculo 1 Reconocimiento por empleados de los administrativos establecimientos puacuteblicos

rnn autoacutenomas regionales y sostenible las empresas unidades administrativas es[gtecla planta global y que

su la coordinacioacuten o supervisioacuten de trabajo resolucioacuten del del organismo mensualmente un (20) adicional al valor de la asignacioacuten mensual del

durante el tiempo en que funciones dicho valor no TITI

para ninguacuten efecto legal

entidades descentralizadas se contar con la aprobacioacuten previa la Junta Directivo respectivo y la disponibilidad presupuestal correspondiente

IrarltTIn o Asesor se efectuaraacute siempre y cuando el empleado no nClrTCICr~ a los

Bonificacioacuten especial Los empleados puacuteblicos a tiacutetulo tendraacuten a una bonificacioacuten especial

periacuteodo de vacaciones en cuantiacutea a dos diacuteas de la asignacioacuten

2020 Hoja 9

remuneraciones de los empleos que sean Ejcutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

DECRETO NUacuteMERO- ~

Continuacioacuten del Decreto Por el desempentildeados por empleaoc)s de Desarrollo -lt3

las

mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo periacuteodo vacacional Igualmente habraacute lugar a esta bonificacioacuten cuando las vacaciones se compensen en dinero

Esta bonificacioacuten no constituiraacute factor de salario para ninguacuten legal y se pagaraacute por lo menos con cinco (5) d haacutebiles antelacioacuten a la de inicio en evento que se disfrute descanso remunerado

Artiacuteculo 1 Prima navidad Los empleados puacuteblicos y trabajadores oficiales tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad

Respecto de q por disposicioacuten legal o convencional no tengan establecido otra prima seraacute equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo

al treinta de noviembre de cada antildeo La prima se pagaraacute en la diciembre

Cuando el empleado puacuteblico o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el antildeo civil derecho a la mencionada prima de navidad en proporcioacuten al tiempo laborado

se liquidaraacute y pagaraacute con en el uacuteltimo salario devengado o en uacuteltimo promedio mensual si fuere variable

Artiacuteculo 18 Asignacioacuten adicional A del 10 enero 2020 los representantes del Ministro Educacioacuten Nacional ante entidad territorial continuaraacuten percibiendo un veintiocho por ciento (28) adicional a su asignacioacuten baacutesica mensual con cargo al Presupuesto del Ministerio Educacioacuten Nacional

Artiacuteculo 19 Ajuste prima especial Decreto 2348 de 2014 prima especial de que trata el artiacuteculo 5 del Decreto 2348 2014 teniendo en cuenta lo establecido en el inciso 2 del paraacutegrafo 1 del citado artiacuteculo se incrementaraacute en uno punto ocho por ciento (18) para 2020 retroactivo a partir del 10 enero presente antildeo

Artiacuteculo Liacutemite remuneraclOn remuneracioacuten anual que perciban los empleadOS puacuteblicos de los ministerios departamentos administrativos superintendencias y unidades administrativas pertenecientes a la administracioacuten central del nivel nacional no podraacute ser superior a la remuneracioacuten anual los miembros Congreso de la Repuacuteblica

ninguacuten caso la remuneracioacuten mensual de los demaacutes empleados puacuteblicos a que se el presente tiacutetulo podraacute exceder la que se fija para los ministros del y los

directores departamento administrativo por concepto asignacioacuten gastos representacioacuten y prima direccioacuten

Artiacuteculo 21 Excepciones Las normas presente tiacutetulo no se aplicaraacuten salvo disposicioacuten expresa en contrario

a A los empleados puacuteblicos Ministerio de Relaciones que prestan servicio en el exterior

b Al personal docente los distintos organismos la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales

c A los empleados puacuteblicos de entidades que tienen sistemas especiales de remu legalmente aprobados

d Al personal de las Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional que no se rigen por el Decreto 1 de 1 y demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

DECRETO NUacuteMERO ~ 3 O 4 DE 2020 Hoja 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

e Al personal de la Policiacutea Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma f Al personal Carcelario y Penitenciario

TiacuteTULO 11

Prima de seguridad y sobresueldo para algunos empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y otras disposiciones

Artiacuteculo 22 Criterios y cuantiacutea Teniendo en cuenta la especial responsabilidad y la delicada misioacuten inherente al cuerpo especial de administracioacuten remisiones custodia y vigilancia de los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC estableacutecese una prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal liquidada para aquellos empleados que presten sus servicios en centros o pabellones de alta seguridad equivalente hasta el cincuenta por ciento (50) de la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual que no podraacute exceder el monto de cinco mil ochocientos noventa millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y un pesos ($5890167751) moneda corriente sentildealados en el Presupuesto General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 23 Procedimiento para su disfrute La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo seraacute asignada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho

Artiacuteculo 24 Temporalidad La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo soacutelo se disfrutaraacute mientras se desempentildeen las funciones del empleo para el cual ha sido asignada en los establecimientos de reclusioacuten yen el cuerpo especial de remisiones No se perderaacute el derecho a la prima de seguridad cuando se pase de un centro o pabelloacuten de reclusioacuten de alta seguridad a otro de igual categoriacutea

Artiacuteculo 25 Asignacioacuten a otros servidores El personal de los organismos de seguridad del Estado en comisioacuten en los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC de alta seguridad tendraacute derecho a percibir por concepto de prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal una prima igual decretada en la misma forma establecida en este tiacutetulo previa equivalencia del empleo por parte dellV1inisterio de Justicia y del Derecho

La prima a que se refiere el presente artiacuteculo soacutelo se percibiraacute mientras el servidor comisionado desempentildee las funciones del empleo para el cual ha sido asignado

Artiacuteculo 26 Suspensioacuten del reconocimiento El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho podraacute suspender el reconocimiento de la prima de seguridad otorgada al servidor plJblico a que se refiere este tiacutetulo en cualquier momento en que lo considere pertinente de acuerdo con las normas vigentes

Artiacuteculo 27 Sobresueldo A partir del 10 de enero de 2020 los sobresueldos mensuales para el personal carcelario y penitenciario cuyos empleos se relacionan a continuacioacuten seraacuten los siguientes

DENOMINACION CODIGO GRADO SOBRE SUELDO

Mayor de Prisiones 4158 21 738824 Capitaacuten de Prisiones 4078 18 738357

~

2020

remuneraciones de

Hoja 11 304

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

CODIGO SUELDO

4222 16 779954 4152 14 168 4137 13 766982 4112 12 4114 11

Artiacuteculo 28 salarial sobresueldo establecido penitenciario a se refiere el artiacuteculo anterior constituye la liquidacioacuten y pago prestaciones sociales a que conformidad con disposiciones pertinentes Este mismos los e) y f) del artiacuteculo 1deg del

Artiacuteculo 29

q

A partir del 10 de enero de 2020 el Comandante Superior de coacutedigo 2132 tendraacute derecho a un mensual de tres millones mil novecientos noventa y un 5991) moneda

baacutesica director y subdirector de establecimiento de reclusioacuten 2020 fiacutejase la siguiente escala de baacutesicas

de Director y Subdirector de Establecim Reclusioacuten

NIVEL ASIGNACiOacuteNCOacuteDIGO CLASE

BAacuteSICA MENSUAL DENOMINACiOacuteN

EMPLEO NIVEL DIRECTIVO

Artiacuteculo 32 Prima coordinacioacuten nal carcelario y penitenciario a que se el presente tiacutetulo que a la coordine grupos internos de trabajo tendraacute derecho reconocimiento y pago de la prima coordinacioacuten en los mismos teacuterminos que regulan la materia para los empleados que se rigen por sistema general de salarios de la Ejecutiva del orden nacional Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - I uacutenicamente podraacute crear nuevos g de trabajo que impliquen el de prima de coordinacioacuten con la respectiva disponibilidad presupuestal su reconocimiento y pago y viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

y penitenciario a que se el artiacuteculo 27 del presente tiacutetulo tnflrlto a una prima de riesgo que no constituye Artiacuteculo 33 Prima de riesgo

Director de Reclusioacuten

Subdirector de Reclusioacuten

IV III

0195 11

1101

carcelario y penitenciario a que se y pago del incremento salario

del auxilio de transporte de la bonificacioacuten por y condiciones sentildealadas en

general de salarios para los empleados en la cuantiacutea

en lo Nacional

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 9: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

2020 Hoja 9

remuneraciones de los empleos que sean Ejcutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

DECRETO NUacuteMERO- ~

Continuacioacuten del Decreto Por el desempentildeados por empleaoc)s de Desarrollo -lt3

las

mensual que les corresponda en el momento de iniciar el disfrute del respectivo periacuteodo vacacional Igualmente habraacute lugar a esta bonificacioacuten cuando las vacaciones se compensen en dinero

Esta bonificacioacuten no constituiraacute factor de salario para ninguacuten legal y se pagaraacute por lo menos con cinco (5) d haacutebiles antelacioacuten a la de inicio en evento que se disfrute descanso remunerado

Artiacuteculo 1 Prima navidad Los empleados puacuteblicos y trabajadores oficiales tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad

Respecto de q por disposicioacuten legal o convencional no tengan establecido otra prima seraacute equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo

al treinta de noviembre de cada antildeo La prima se pagaraacute en la diciembre

Cuando el empleado puacuteblico o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el antildeo civil derecho a la mencionada prima de navidad en proporcioacuten al tiempo laborado

se liquidaraacute y pagaraacute con en el uacuteltimo salario devengado o en uacuteltimo promedio mensual si fuere variable

Artiacuteculo 18 Asignacioacuten adicional A del 10 enero 2020 los representantes del Ministro Educacioacuten Nacional ante entidad territorial continuaraacuten percibiendo un veintiocho por ciento (28) adicional a su asignacioacuten baacutesica mensual con cargo al Presupuesto del Ministerio Educacioacuten Nacional

Artiacuteculo 19 Ajuste prima especial Decreto 2348 de 2014 prima especial de que trata el artiacuteculo 5 del Decreto 2348 2014 teniendo en cuenta lo establecido en el inciso 2 del paraacutegrafo 1 del citado artiacuteculo se incrementaraacute en uno punto ocho por ciento (18) para 2020 retroactivo a partir del 10 enero presente antildeo

Artiacuteculo Liacutemite remuneraclOn remuneracioacuten anual que perciban los empleadOS puacuteblicos de los ministerios departamentos administrativos superintendencias y unidades administrativas pertenecientes a la administracioacuten central del nivel nacional no podraacute ser superior a la remuneracioacuten anual los miembros Congreso de la Repuacuteblica

ninguacuten caso la remuneracioacuten mensual de los demaacutes empleados puacuteblicos a que se el presente tiacutetulo podraacute exceder la que se fija para los ministros del y los

directores departamento administrativo por concepto asignacioacuten gastos representacioacuten y prima direccioacuten

Artiacuteculo 21 Excepciones Las normas presente tiacutetulo no se aplicaraacuten salvo disposicioacuten expresa en contrario

a A los empleados puacuteblicos Ministerio de Relaciones que prestan servicio en el exterior

b Al personal docente los distintos organismos la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales

c A los empleados puacuteblicos de entidades que tienen sistemas especiales de remu legalmente aprobados

d Al personal de las Militares y a los empleados civiles del Ministerio de Defensa Nacional que no se rigen por el Decreto 1 de 1 y demaacutes normas que lo modifiquen adicionen o sustituyan

DECRETO NUacuteMERO ~ 3 O 4 DE 2020 Hoja 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

e Al personal de la Policiacutea Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma f Al personal Carcelario y Penitenciario

TiacuteTULO 11

Prima de seguridad y sobresueldo para algunos empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y otras disposiciones

Artiacuteculo 22 Criterios y cuantiacutea Teniendo en cuenta la especial responsabilidad y la delicada misioacuten inherente al cuerpo especial de administracioacuten remisiones custodia y vigilancia de los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC estableacutecese una prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal liquidada para aquellos empleados que presten sus servicios en centros o pabellones de alta seguridad equivalente hasta el cincuenta por ciento (50) de la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual que no podraacute exceder el monto de cinco mil ochocientos noventa millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y un pesos ($5890167751) moneda corriente sentildealados en el Presupuesto General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 23 Procedimiento para su disfrute La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo seraacute asignada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho

Artiacuteculo 24 Temporalidad La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo soacutelo se disfrutaraacute mientras se desempentildeen las funciones del empleo para el cual ha sido asignada en los establecimientos de reclusioacuten yen el cuerpo especial de remisiones No se perderaacute el derecho a la prima de seguridad cuando se pase de un centro o pabelloacuten de reclusioacuten de alta seguridad a otro de igual categoriacutea

Artiacuteculo 25 Asignacioacuten a otros servidores El personal de los organismos de seguridad del Estado en comisioacuten en los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC de alta seguridad tendraacute derecho a percibir por concepto de prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal una prima igual decretada en la misma forma establecida en este tiacutetulo previa equivalencia del empleo por parte dellV1inisterio de Justicia y del Derecho

La prima a que se refiere el presente artiacuteculo soacutelo se percibiraacute mientras el servidor comisionado desempentildee las funciones del empleo para el cual ha sido asignado

Artiacuteculo 26 Suspensioacuten del reconocimiento El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho podraacute suspender el reconocimiento de la prima de seguridad otorgada al servidor plJblico a que se refiere este tiacutetulo en cualquier momento en que lo considere pertinente de acuerdo con las normas vigentes

Artiacuteculo 27 Sobresueldo A partir del 10 de enero de 2020 los sobresueldos mensuales para el personal carcelario y penitenciario cuyos empleos se relacionan a continuacioacuten seraacuten los siguientes

DENOMINACION CODIGO GRADO SOBRE SUELDO

Mayor de Prisiones 4158 21 738824 Capitaacuten de Prisiones 4078 18 738357

~

2020

remuneraciones de

Hoja 11 304

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

CODIGO SUELDO

4222 16 779954 4152 14 168 4137 13 766982 4112 12 4114 11

Artiacuteculo 28 salarial sobresueldo establecido penitenciario a se refiere el artiacuteculo anterior constituye la liquidacioacuten y pago prestaciones sociales a que conformidad con disposiciones pertinentes Este mismos los e) y f) del artiacuteculo 1deg del

Artiacuteculo 29

q

A partir del 10 de enero de 2020 el Comandante Superior de coacutedigo 2132 tendraacute derecho a un mensual de tres millones mil novecientos noventa y un 5991) moneda

baacutesica director y subdirector de establecimiento de reclusioacuten 2020 fiacutejase la siguiente escala de baacutesicas

de Director y Subdirector de Establecim Reclusioacuten

NIVEL ASIGNACiOacuteNCOacuteDIGO CLASE

BAacuteSICA MENSUAL DENOMINACiOacuteN

EMPLEO NIVEL DIRECTIVO

Artiacuteculo 32 Prima coordinacioacuten nal carcelario y penitenciario a que se el presente tiacutetulo que a la coordine grupos internos de trabajo tendraacute derecho reconocimiento y pago de la prima coordinacioacuten en los mismos teacuterminos que regulan la materia para los empleados que se rigen por sistema general de salarios de la Ejecutiva del orden nacional Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - I uacutenicamente podraacute crear nuevos g de trabajo que impliquen el de prima de coordinacioacuten con la respectiva disponibilidad presupuestal su reconocimiento y pago y viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

y penitenciario a que se el artiacuteculo 27 del presente tiacutetulo tnflrlto a una prima de riesgo que no constituye Artiacuteculo 33 Prima de riesgo

Director de Reclusioacuten

Subdirector de Reclusioacuten

IV III

0195 11

1101

carcelario y penitenciario a que se y pago del incremento salario

del auxilio de transporte de la bonificacioacuten por y condiciones sentildealadas en

general de salarios para los empleados en la cuantiacutea

en lo Nacional

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 10: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

DECRETO NUacuteMERO ~ 3 O 4 DE 2020 Hoja 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

e Al personal de la Policiacutea Nacional y a los empleados civiles al servicio de la misma f Al personal Carcelario y Penitenciario

TiacuteTULO 11

Prima de seguridad y sobresueldo para algunos empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y otras disposiciones

Artiacuteculo 22 Criterios y cuantiacutea Teniendo en cuenta la especial responsabilidad y la delicada misioacuten inherente al cuerpo especial de administracioacuten remisiones custodia y vigilancia de los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC estableacutecese una prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal liquidada para aquellos empleados que presten sus servicios en centros o pabellones de alta seguridad equivalente hasta el cincuenta por ciento (50) de la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual que no podraacute exceder el monto de cinco mil ochocientos noventa millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y un pesos ($5890167751) moneda corriente sentildealados en el Presupuesto General de la Nacioacuten

Artiacuteculo 23 Procedimiento para su disfrute La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo seraacute asignada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho

Artiacuteculo 24 Temporalidad La prima de seguridad a que se refiere este tiacutetulo soacutelo se disfrutaraacute mientras se desempentildeen las funciones del empleo para el cual ha sido asignada en los establecimientos de reclusioacuten yen el cuerpo especial de remisiones No se perderaacute el derecho a la prima de seguridad cuando se pase de un centro o pabelloacuten de reclusioacuten de alta seguridad a otro de igual categoriacutea

Artiacuteculo 25 Asignacioacuten a otros servidores El personal de los organismos de seguridad del Estado en comisioacuten en los establecimientos de reclusioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC de alta seguridad tendraacute derecho a percibir por concepto de prima de seguridad mensual que no constituye factor salarial para ninguacuten efecto legal una prima igual decretada en la misma forma establecida en este tiacutetulo previa equivalencia del empleo por parte dellV1inisterio de Justicia y del Derecho

La prima a que se refiere el presente artiacuteculo soacutelo se percibiraacute mientras el servidor comisionado desempentildee las funciones del empleo para el cual ha sido asignado

Artiacuteculo 26 Suspensioacuten del reconocimiento El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC previa aprobacioacuten del Ministro de Justicia y del Derecho podraacute suspender el reconocimiento de la prima de seguridad otorgada al servidor plJblico a que se refiere este tiacutetulo en cualquier momento en que lo considere pertinente de acuerdo con las normas vigentes

Artiacuteculo 27 Sobresueldo A partir del 10 de enero de 2020 los sobresueldos mensuales para el personal carcelario y penitenciario cuyos empleos se relacionan a continuacioacuten seraacuten los siguientes

DENOMINACION CODIGO GRADO SOBRE SUELDO

Mayor de Prisiones 4158 21 738824 Capitaacuten de Prisiones 4078 18 738357

~

2020

remuneraciones de

Hoja 11 304

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

CODIGO SUELDO

4222 16 779954 4152 14 168 4137 13 766982 4112 12 4114 11

Artiacuteculo 28 salarial sobresueldo establecido penitenciario a se refiere el artiacuteculo anterior constituye la liquidacioacuten y pago prestaciones sociales a que conformidad con disposiciones pertinentes Este mismos los e) y f) del artiacuteculo 1deg del

Artiacuteculo 29

q

A partir del 10 de enero de 2020 el Comandante Superior de coacutedigo 2132 tendraacute derecho a un mensual de tres millones mil novecientos noventa y un 5991) moneda

baacutesica director y subdirector de establecimiento de reclusioacuten 2020 fiacutejase la siguiente escala de baacutesicas

de Director y Subdirector de Establecim Reclusioacuten

NIVEL ASIGNACiOacuteNCOacuteDIGO CLASE

BAacuteSICA MENSUAL DENOMINACiOacuteN

EMPLEO NIVEL DIRECTIVO

Artiacuteculo 32 Prima coordinacioacuten nal carcelario y penitenciario a que se el presente tiacutetulo que a la coordine grupos internos de trabajo tendraacute derecho reconocimiento y pago de la prima coordinacioacuten en los mismos teacuterminos que regulan la materia para los empleados que se rigen por sistema general de salarios de la Ejecutiva del orden nacional Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - I uacutenicamente podraacute crear nuevos g de trabajo que impliquen el de prima de coordinacioacuten con la respectiva disponibilidad presupuestal su reconocimiento y pago y viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

y penitenciario a que se el artiacuteculo 27 del presente tiacutetulo tnflrlto a una prima de riesgo que no constituye Artiacuteculo 33 Prima de riesgo

Director de Reclusioacuten

Subdirector de Reclusioacuten

IV III

0195 11

1101

carcelario y penitenciario a que se y pago del incremento salario

del auxilio de transporte de la bonificacioacuten por y condiciones sentildealadas en

general de salarios para los empleados en la cuantiacutea

en lo Nacional

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 11: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

~

2020

remuneraciones de

Hoja 11 304

los empleos que sean Autoacutenomas Regionales y

CODIGO SUELDO

4222 16 779954 4152 14 168 4137 13 766982 4112 12 4114 11

Artiacuteculo 28 salarial sobresueldo establecido penitenciario a se refiere el artiacuteculo anterior constituye la liquidacioacuten y pago prestaciones sociales a que conformidad con disposiciones pertinentes Este mismos los e) y f) del artiacuteculo 1deg del

Artiacuteculo 29

q

A partir del 10 de enero de 2020 el Comandante Superior de coacutedigo 2132 tendraacute derecho a un mensual de tres millones mil novecientos noventa y un 5991) moneda

baacutesica director y subdirector de establecimiento de reclusioacuten 2020 fiacutejase la siguiente escala de baacutesicas

de Director y Subdirector de Establecim Reclusioacuten

NIVEL ASIGNACiOacuteNCOacuteDIGO CLASE

BAacuteSICA MENSUAL DENOMINACiOacuteN

EMPLEO NIVEL DIRECTIVO

Artiacuteculo 32 Prima coordinacioacuten nal carcelario y penitenciario a que se el presente tiacutetulo que a la coordine grupos internos de trabajo tendraacute derecho reconocimiento y pago de la prima coordinacioacuten en los mismos teacuterminos que regulan la materia para los empleados que se rigen por sistema general de salarios de la Ejecutiva del orden nacional Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - I uacutenicamente podraacute crear nuevos g de trabajo que impliquen el de prima de coordinacioacuten con la respectiva disponibilidad presupuestal su reconocimiento y pago y viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

y penitenciario a que se el artiacuteculo 27 del presente tiacutetulo tnflrlto a una prima de riesgo que no constituye Artiacuteculo 33 Prima de riesgo

Director de Reclusioacuten

Subdirector de Reclusioacuten

IV III

0195 11

1101

carcelario y penitenciario a que se y pago del incremento salario

del auxilio de transporte de la bonificacioacuten por y condiciones sentildealadas en

general de salarios para los empleados en la cuantiacutea

en lo Nacional

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 12: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

cual remuneraciones

c

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 12

Continuacioacuten del Decreto Por el de los empleos ydesempentildeados por empleados puacuteblicos Corporaciones Autoacutenomas uo

de Desarrollo se dictan otras

factor salarial para ninguacuten equivalente al treinta por ciento (30) la asignacioacuten o sueldo baacutesico mensual

Artiacuteculo 34 Bonificacioacuten leZicase un valor equivalente al veinte por ciento

Vigilancia como formacioacuten o complementacioacuten

alumnos (20) de la asignacioacuten baacutesica dragoneante 4114 grado 11 del Cuerpo de Custodia y bonificacioacuten mensual para los estudiantes que esteacuten realizando cursos en la Escuela Penitenciaria Nacional Enrique

111

Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

Artiacuteculo 35 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad en salud - ADRES seraacute la siguiente

S~~~~R~IA~LIDIF~EC~TIOI ASESC)RI PROFE~)lOI~AL1 middotrECNJ(~ol JSI~)TENCIALI 01 9699272

02 13685492 03 19 04 05 06 07

la escala de asignacioacuten remuneracioacuten la

artiacuteculo la primera grados de asignacioacuten baacutesica

para cada grado

Las asignaciones baacutesicas fijadas en salariales corresponden a empleos de tiempo completo Los empleos medio tiempo o tiempo

parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

TiacuteTULO IV

de asignacioacuten baacutesica mensual para los empleos del UE~Dalrteacutelmlen[o Administrativo de la Direccioacuten Nacional

Artiacuteculo Baacutesicas A partir del 10

asignaciones baacutesicas mensuales para las otl Administrativo de la Direccioacuten Nacional de

de enero de

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 13: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 13304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

se dictan otras de la Rama Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

142072

6 7 8

9

DE GESTION TEacuteCNICO OPERATIVO

2853284 1 4429113 1939489 5818457 181926

9576203 7273067 9697421

10909600

1

13850684

la de asignacioacuten baacutesica

baacutesicas

artiacuteculo la primera columna fija salariales correspondientes a denominaciones de empleo la segunda

y siguientes columnas comprenden para grado y nivel

Las naciones mensuales las escalas sentildealadas en el presente artiacuteculo corresponden a empleos de caraacutecter permanente y tiempo completo

podraacuten crear medio tiempo los cuales se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo

empleos y con relacioacuten a la asignacioacuten baacutesica que corresponda

Se para QTQfTr~ de este tiacutetulo por empleos de medio los que jornada diaria de (4) horas

Artiacuteculo 37 Reacutegimen salarial y prestacional del Director General A partir del 10 de enero de 2020 la remuneracioacuten mensual y el reacutegimen prestacional del Director del Departamento Administrativo de la Direccioacuten Nacional Inteligencia el establecido por disposiciones para Directores de Departamento Administrativo en mismos teacuterminos condiciones y cuantiacuteas

TiacuteTULO V

Prima especial de que trata el artiacuteculo 4 del Decreto 4971 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio de Comercio Industria y Turismo

Artiacuteculo 38 Prima especial A del 10 de enero de 2020 la prima especial que trata el artiacuteculo 4deg del Decreto 1 de 2009 para los funcionarios de la planta externa del Ministerio Comercio Industria y Turismo se pagaraacute en forma mensual

PRIMA ESPECIAL DENOMINACION CODIGO GRADO

(Pesos Colombianos)

CONSEJERO COMERCIAL 0023 22 13530483 CONSEJERO COMERCIAL 0023 18 10186556 CONSEJERO COMERCIAL 0023 17 9405572

1060 09 9013621 1060 08 8576797

2102 3305135 2102 03 3138836

AUXILIAR DE OFICINA COMERCIAL 1 2678781

COMERCIAL I

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 14: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

304DECRETO NUacuteMERO ~ DE 2020 Hoja 14

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y base para calcular los beneficios especiales de que trata el artiacuteculo 8 0 del Decreto 4971 de 2009 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reacutegimen salarial y prestacional contenido en los Decretos 1267 de 1994 y 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VI

Prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior

Artiacuteculo 39 Prima especial A partir del 10 de enero de 2020 la prima especial para los funcionarios que presten sus servicios en las misiones colombianas permanentes acreditadas en el exterior se pagaraacute en forma mensual asiacute

DENOMINACiOacuteN COacuteDIGO GRADO PRIMA ESPECIAL (Pesos colombianos)

Embajador extraordinario y plenipotenciario 0036 25 17290343 Coacutensul general central 0047 25 17290343 Ministro plenipotenciario 0074 22 13530486 Ministro consejero 1014 13 11349027 Consejero de relaciones exteriores 1012 11 9855431 Primer secretario de relaciones exteriores 2112 19 8004551 Segundo secretario de relaciones exteriores 2114 15 6093282 Tercer secretario de relaciones exteriores 2116 11 4480281 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 26 4130711 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 23 3138840 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 20 2570593 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 18 2430440 Auxiliar de misioacuten diplomaacutetica 4850 16 2322566

La prima especial a que se refiere el presente artiacuteculo constituye factor salarial para todos los efectos incluyendo los aportes al sistema integral de seguridad social y base para calcular los beneficios especiales de que tratan los literales b) d) Y e) del artiacuteculo 62 del Decreto 274 de 2000 Esta prima especial se incrementaraacute anualmente de conformidad con lo que disponga el Gobierno Nacional

Paraacutegrafo Los funcionarios que permanezcan en el reglmen salarial y prestacional contenido en el Decreto 2078 de 2004 y demaacutes normas que lo modifiquen reformen o adicionen no tendraacuten derecho al reconocimiento de esta prima

TiacuteTULO VII

Escala salarial de los empleos puacuteblicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional

Artiacuteculo 40 Asignaciones baacutesicas A partir del 10 de enero de 2020 fiacutejese las siguientes escalas de asignaciones baacutesicas mensuales para los empleos puacuteblicos de las Agencias

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 15: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

1

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 15 304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean

por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y se dictan otras

Naturaleza Especial descentralizado la del Orden Nacional

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 1

DIRECTIVO

11548689 12620575 14266738 14987961 16396706 18551358 19214193 21368842

PROFESIONAL

3950730 4367944 4953304 5361455 5742609 6176855 6585005 7488921 8135506 8764139 9630234

escalas sentildealadas en artiacuteculo corresponden a y de tiempo completo Paraacutegrafo

Se podraacuten crear de medio tiempo los se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo trabajado y con relacioacuten a la asignacioacuten que les corresponda

Se entiende para de este decreto por de medio tiempo tienen jornada diaria de cuatro (4) horas

TiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten de cl puacuteblicos a las Empresas Industriales y Comerciales del a Sociedades de Economiacutea Mixta y a las Entidades de

Naturaleza Especial rtOflO~ e indirectas del orden nacional sometidas al reacutegimen de empresas y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO I

Disposiciones Generales

Artiacuteculo 41 Remuneracioacuten mensual A partir del 1deg enero de 2020 la remuneracioacuten mensual que por asignacioacuten baacutesica y representacioacuten veniacutean percibiendo a 31 2019 los empleados puacuteblicos pertenecientes a

Industriales y del Estado a las de Economiacutea Mixta y a entidades de directas e indirectas orden nacional sometidas al

de dichas incrementada en cinco punto doce por ciento (512)

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 16: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

las

Juntas o Consejos de las

la Junta o Consejo

enero

norolh

a 31 de diciembre

auxilio

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 16 304 remuneraciones de los que sean

Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y

porcentaje que presente artiacuteculo resultaren centavos se siguiente

Artiacuteculo 42 Liacutemite de remuneracioacuten remuneracioacuten mensual de Industriales y Estado de las OiClelClaCles

Mixta y las entidades de naturaleza eSI)e(~lal sometidas al reacutegimen de que trata el artiacuteculo 20 de la Ley en ninguacuten caso podraacute ser por (80) de la que corresponda legal de la entidad

Artiacuteculo 43 Prohibiciones para las y Consejos Directivos ninguacuten las podraacuten incrementar la remuneracioacuten de los

este tiacutetulo En caso hacerlo los personal y por los

se incurra Asiacute mismo se conocimiento a la Procuraduriacutea para y la Hacienda Puacuteblica para lo de su competencia

Artiacuteculo 44 Prestaciones sociales Los puacuteblicos de las y del Estado que se hayan vinculado a partir del 14 podraacuten percibir las mismas prestaciones establecidas para el los empleados puacuteblicos de la Rama orden nacional remuneracioacuten asignada para el respectivo y en los teacuterminos y en la que estuvieran vinculados tendraacuten

mismas prestaciones

salariales puacuteblicos de las empresas industriales y y las sociedades de economiacutea mixta sometidas al reacutegimen dichas

a partir del 14 de enero de 1 tendraacuten derecho a percibir el subsidio transporte la bonificacioacuten por servicios prestados y la prima

mismos teacuterminos y condiciones en el Decreto 1 042 1 que le modifiquen adicionen o

Artiacuteculo 46 viaacuteticos que reciban los y trabajadores en soacutelo constituyen salarial cuando se hayan percibido por un teacutermino superior a ochenta diacuteas (180) en el uacuteltimo antildeo de servicio conforme a lo estipulado por el literal i) artiacuteculo 45 del 1 de 1978 y para las previstas

Estado o Presidentes

ordene

liquidadores de Economiacutea Mixta y nacional sometidas al

la remuneracioacuten que fije el Presidente la

Artiacuteculo 48 Actualizacioacuten de la escala salarial o la remuneracioacuten mensual

Artiacuteculo 47 Empresas entidades

remuneraciones Comerciales del

directas devengaraacuten

de la Ley 4a de 1992

salarial de conformidad con el presente Decreto los Presidentes o Directores de las Empresas Industriales y Comerciales del Sociedades de orden nacional

Mixta y entidades de al reacutegimen de dichas enviaraacuten al Departamento

Administrativo Puacuteblica copia actualizada la salarial o la remuneracioacuten para el antildeo 2020 a puacuteblicos de dichas empresas

Efectuado el

directas e indirectas

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 17: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 17

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

CAPiacuteTULO 11

Remuneracioacuten Fondo Nacional del Ahorro - FNA

Artiacuteculo 49 Presidente del Fondo Nacional del Ahorro -FNA- A partir del 10 de enero de 2020 el Presidente del Fondo Nacional del Ahorro - FNA tendraacute un sueldo baacutesico mensual de diecisiete millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos diecisiete pesos ($17966817) mciacutee

Igualmente el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro - FNA - tendraacute derecho a la prima teacutecnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo modifiquen o adicionen

CAPiacuteTULO 111

Remuneracioacuten Imprenta Nacional de Colombia

Artiacuteculo 50 Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia A partir del 10 de enero de 2020 el Gerente General de la Imprenta Nacional de Colombia percibiraacute prima teacutecnica en los mismos teacuterminos y condiciones de que trata el Decreto 1624 de 1991 y demaacutes normas que lo sustituyan o modifiquen

Asiacute mismo tendraacute derecho a percibir en los mismos teacuterminos y condiciones la bonificacioacuten de direccioacuten de que trata el artiacuteculo 10 del Decreto 2699 de 2012

CAPiacuteTULO IV

Remuneracioacuten Administradora Colombiana de Pensiones - COlPENSIONES

10Artiacuteculo 51 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero de 2020 la escala de asignacioacuten baacutesica para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos de la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES- seraacute la siguiente

GRADO ASIGNACiOacuteN BAacuteSICA 01 13419430 02 18480073 03 24652527

Paraacutegrafo 1 En la escala de asignacioacuten baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera columna sentildeala los grados salariales correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

Artiacuteculo 52 Reacutegimen salarial y prestacional El reacutegimen de prima teacutecnica viaacuteticos bonificacioacuten de direccioacuten y demaacutes disposiciones en materia salarial y prestacional aplicables a los empleos puacuteblicos de COLPENSIONES seraacute el establecido en el Decreto 4937 de 2011 y demaacutes normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN

Page 18: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

DECRETO NUacuteMERO 304 DE 2020 Hoja 18

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de que sean mplealtIos puacuteblicos de la Rama Autoacutenomas Regionales y

-e ton se dictan otras

CAPiacuteTULO V

Remuneracioacuten del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten -ICFES

Artiacuteculo Asignaciones baacutesicas A partir del 1deg enero de fiacutejanse las siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluacioacuten de la Educacioacuten

trata el presente artiacuteculo la primera a las diferentes denominaciones de

columnas comprenden las baacutesicas

GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL ASISTENCIALSALARIAL

01 8348330 6304812 3301278 2376184 1787196 9008303

Paraacutegrafo 1 Para escalas los columna fija los grados salariales

~ segunda y s~u~n~s mensuales para cada grado y nivel

3891193 2990759 5945 179849

406109

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

cAPiacuterULOVI

Remuneracioacuten Instituto Colombiano de Educativo y Estudios Teacutecnicos en el ICETEX

10Artiacuteculo 54 Asignaciones A del de enero de fiacutejanse siguientes escalas asignacioacuten baacutesica mensual para empleos del Instituto Colombiano de Creacutedito Educativo y Estudios Teacutecnicos en Mariano Ospina Peacuterez- ICETEX -

GRADO SALARIAL

01

PROFESIONAL

3301 23761

TEacuteCNICO ASISTENCIAL

Paraacutegrafo 1 Para escalas los niveles de trata presente artiacuteculo la primera columna fija los grados salariales a las diferentes denominaciones de empleos la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones baacutesicas mensuales para cada grado y nivel

Paraacutegrafo Las asignaciones baacutesicas fijadas en escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional al tiempo laborado

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

oUb SQUILLA BARRERA

JOSEacute MANUEL R

DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

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Page 19: Ministerio de Relaciones Exteriores - Por el cual se fijan las ......2020/02/27  · punto ochenta por ciento (3.80%), en consecuencia, los salarios y prestaciones estableCidos en

GRADO ASIGNACiOacuteN 1 1842722 2 3762600 3 6998300 4 7418198 5 7863293

12207223 13076 19897498

Paraacutegrafo 1 la escala de baacutesica fijada en el presente artiacuteculo la primera

h

2020 Hoja 19

de los empleos que sean Corporaciones y

DECRETO NUacuteMERO DE

del Decreto Por por empleados

remuneraciones

se

CAPiacuteTULO VII

Remuneracioacuten Positiva Compantildeiacutea Seguros SA

10Artiacuteculo Asignaciones A partir del enero de 2020 la de asignacioacuten baacutesica para denominaciones de empleos puacuteblicos Positiva Compantilde Seguros S A la siguiente

columna los grados salariales correspondientes a distintas denominaciones empleos y la unda columna indica la asignacioacuten baacutesica mensual establecida grado

Paraacutegrafo 2 asignaciones fijadas en exclusivamente a empleos de TInnntl completo Los parcial se remuneraraacuten en forma al tiempo laborado

las

salarial y La prima teacutecnica los viaacuteticos la bonificacioacuten

Compantildeiacutea de y el reacutegimen y prestacional aplicables a los

puacuteblicos de S A seraacute el de 2012 y normas que lo sustituyan adicionen o modifiquen

en el Decreto 1

CAPiacuteTULO VIII

Remuneracioacuten Fondo Adaptacioacuten

10Artiacuteculo 57 Asignaciones baacutesicas A partir del de enero 2020 la escala asignacioacuten para las distintas denominaciones de empleos puacuteblicos del FONDO ADAPTACiOacuteN siguiente

DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

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DECRETO NUacuteMERO -- - 3 O 4 DE 2020 Hoja 21

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

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EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

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DECRETO NUacuteM 2020 Hoja 20304 remuneraciones de los empleos que sean

Corporaciones Autoacutenomas y

GRADO 10

ASIGNACION BASICA 1

11 12 13

188591 20954648 24652527

la escala de asignacioacuten fijada en el presente artiacuteculo la primera columna los de remuneracioacuten y la segunda indica la asignacioacuten mensual establecida para cada grado

Paraacutegrafo 2 Las asignaciones baacutesicas fijadas en las escalas salariales corresponden exclusivamente a empleos tiempo completo empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remuneraraacuten en forma proporcional tiempo laborado

TiacuteTULO IX

Disposiciones comunes

Artiacuteculo Aportes a los de seguridad y parafiscales de todos empleados puacuteblicos del nacional Los incrementos salariales empleados puacuteblicos orden nacional a que se refiere el artiacuteculo 10 la Ley 4a 1992 se dispongan de manera retroactiva deberaacuten tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales y Sistema de Seguridad Social Integral Para tal entidades empleadoras deberaacuten realizar las respectivas reliquidaciones mensuales y la suma adeudada a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo

De conformidad con la Ley 100 de 1993 la falta pago de sumas adicionales a que haya lugar por concepto del aporte al Sistema Seguridad Social Integral en el teacutermino establecido en este artiacuteculo causaraacute intereses mora

Artiacuteculo Liquidacioacuten del auxilio de de todos los empleados puacuteblicos orden nacional incrementos salariales de los empleados puacuteblicos del nacional a que se refiere el artiacuteculo 1deg la Ley de 1992 se dispongan de manera retroactiva

tenerse en cuenta liquidar auxilio cesantiacutea Cuando reajuste retroactivo ~~QtQ las liquidaciones y pagos cesantiacuteas realizados en la presente vigencia fiscal entidades empleadoras deberaacuten respectivas reliquiacutedaciones y la suma adeudada a los administradores fondos cesantiacuteas a maacutes tardar dentro los dos (2) meses siguientes a la fecha del pago de la noacutemina en la que se dispone el salarial retroactivo falta pago de sumas adicionales a que haya lugar en el teacutermino establecido en artiacuteculo causaraacute intereses de mora

Artiacuteculo 60 Prohibiciones Ninguna autoridad podraacute establecer o modificar el reacutegimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto en concordancia con lo establecido en eacutel artiacuteculo 10deg de la Ley de 1 Cualquier disposicioacuten en contrario careceraacute de todo efecto y no crearaacute derechos adquiridos

Nadie podraacute desempentildear simultaacuteneamente de un puacuteblico ni recibir de una asignacioacuten provenga del Tesoro Puacuteblico o de empresas o de instituciones en las tenga mayoritaria el Estado Exceptuacuteanse las asignaciones que trata artiacuteculo 19 de la de 1

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Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

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Artiacuteculo 61 Competencia para conceptuar El Departamento Administrativo de la Funcioacuten Puacuteblica es el oacutergano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional Ninguacuten otro oacutergano puede arrogarse esta competencia

Artiacuteculo 62 Vigencia y derogatoria El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 1001 100710111023 1025 Y 1030 de 2019 modifica en lo pertinente el Decreto 4971 de 2009 y surte efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2020

PUBLiacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute D C a los

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

EL MINISTRO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO

DECRETO NUacuteMERO DE 2020 Hoja 22304 Continuacioacuten del Decreto Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempentildeados por empleados puacuteblicos de la Rama Ejecutiva Corporaciones Autoacutenomas Regionales y de Desarrollo Sostenible y se dictan otras disposiciones

2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

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2 ~l FES ~ 020 EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCiOacuteN NACIONAL DE INTELIGENCIA

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiOacuteN PUacuteBLICA

~ UELEN