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MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE DESARROLLO CURRICULAR
DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES
Autoridades Nacionales
Sonia Marta Mora Escalante Ministra de Educación Pública
Alicia Vargas Porras Viceministra Académica
Rosa Carranza Rojas Directora, Dirección Desarrollo Curricular
Autores
Rocío Torres Arias
Jefa, Departamento Evaluación de los Aprendizajes
Asesores Nacionales de Evaluación
Jockling Barrantes Benavides Olga Leitón Céspedes Jorge Marchena López Ivannia Mora Guillén
Robert Quesada Carvajal
2016
Por la sencillez de estilo, el presente documento no hace distinción de género para referirse a los sujetos involucrados, sin embargo, toda discriminación por este motivo es rechazada.
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TABLA DE CONTENIDOS
Páginas
Tabla de contenidos i
Presentación iii
1. ¿Qué es la evaluación de los aprendizajes? 5
Funciones de la Evaluación de los Aprendizajes: 6
Diagnóstica 6
Formativa 7
Sumativa 8
2. Instancias que participan en el proceso de evaluación de los aprendizajes.
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Director 9
Docente 10
Comités de evaluación de los aprendizajes del centro educativo 14
Departamento de orientación 15
Padre de familia o encargado legal 15
De los estudiantes 17
3. Relación entre los componentes de la calificación 19
Trabajo Cotidiano 22
Consultas frecuentes. 23
Trabajo Extraclase 25
Consultas frecuentes 26
Pruebas 28
Consultas frecuentes. 30
Proyecto 36
Consultas frecuentes 37
Concepto 39
Consultas Frecuentes 39
Asistencia 40
Consultas Frecuentes 42
Valoración de la Conducta 42
Consultas Frecuentes 45
4. Otras consultas frecuentes relacionadas con la evaluación de los aprendizajes
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5. Bibliografía 53
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PRESENTACIÓN
Una de las funciones primordiales de la evaluación de los aprendizajes es proporcionar
información y guiar el proceso de enseñanza aprendizaje es por esto que el Departamento de
Evaluación de los Aprendizajes, elaboró este documento, con el propósito de informar y orientar
a los padres de familia o encargados legales y a los estudiantes en temas relacionados con la
implementación del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes y otros afines relacionados
con la práctica evaluativa.
La información, así como las preguntas y respuestas que se presentan en este documento,
permitirán unificar criterios técnicos y administrativos que guíen a los padres de familia o
encargados legales y a los estudiantes, a ser colaboradores en la práctica evaluativa
desarrollada en el centro educativo.
El documento contiene las siguientes temáticas:
Concepto de evaluación de los aprendizajes.
Funciones de la evaluación de los aprendizajes: diagnóstica, formativa y sumativa.
Algunos de los deberes y obligaciones de los participantes en el proceso de evaluación
de los aprendizajes: director, docentes, comité de evaluación de los aprendizajes,
orientador, coordinadores de departamento, estudiantes y padres de familia o
encargados legales.
Componentes de la calificación de los estudiantes: trabajo cotidiano, trabajo extraclase,
pruebas, proyecto, concepto y asistencia.
Valoración de la conducta.
Respuestas a consultas más frecuentes, de los padres de familia o encargados legales y
estudiantes, en el proceso de evaluación de los aprendizajes.
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1. ¿Qué es la evaluación de los aprendizajes?
Como parte de este proceso, para guiar, orientar y determinar el logro de los aprendizajes
que van alcanzando los estudiantes, el docente debe:
Determinar el desempeño de los estudiantes durante el desarrollo de las actividades
propuestas.
Tomar decisiones orientadas a la realimentación del desempeño mostrado por los
estudiantes, así como la mejora o adecuación de su práctica docente.
Desarrollar estrategias variadas para el abordaje de los objetivos, contenidos
curriculares, habilidades específicas o resultados de aprendizaje, propuestos desde
el planeamiento didáctico, con el propósito de lograr en los estudiantes aprendizajes
significativos.
Revisar y corregir las prácticas y demás trabajos que el estudiante realice como
parte de su proceso de aprendizaje.
Informar acerca de los instrumentos para la evaluación de los aprendizajes y
aspectos por considerar, en el momento de revisar los trabajos extraclase, prácticas,
ejercicios, avances de proyectos, entre otros.
Informar a los padres de familia o encargados legales los aspectos: cognitivos,
psicomotores, actitudinales, motivacionales, conductuales, entre otros, que podría
fortalecer el estudiante y facilitar su aprendizaje, y se requiere el apoyo de la familia.
Identificar las necesidades educativas de los estudiantes.
Informar acerca de los apoyos educativos que ofrecerá a los estudiantes, durante el
proceso de enseñanza aprendizaje, según las necesidades educativas que estos
requieran.
La evaluación de los aprendizajes es un proceso que realiza el docente, para
determinar hasta dónde los estudiantes han alcanzado los aprendizajes propuestos en
los programas de estudio, brindando información acerca de los logros obtenidos, las
dificultades o limitantes observadas en el desempeño de los estudiantes, durante la
realización de las actividades propuestas, en la mediación pedagógica.
A la vez, le permite al docente la búsqueda e implementación de nuevas estrategias
educativas, que contribuyan con el mejoramiento del desempeño de los estudiantes,
así como con los procesos de enseñanza y de aprendizaje, y la asignación de
calificaciones.
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Funciones de la evaluación de los aprendizajes.
Durante el desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, es importante que el padre
de familia o encargado legal conozca las funciones básicas de la evaluación de los
aprendizajes, como lo son la función diagnóstica, la formativa y la sumativa, así como su
relación con cada uno de los componentes de la calificación: trabajo cotidiano, trabajo
extraclase, pruebas, concepto, asistencia y proyecto en aquellas asignaturas en que este
consignado como un componente más de la calificación; tema que se abordará más
adelante.
Conocer y aplicar las funciones básicas de la evaluación, le permitirá al docente informar
al padre de familia o encargado legal, acerca de los ritmos y estilos de aprendizaje de sus
hijos(as), valorar las actitudes, habilidades, destrezas y competencias mostradas durante
el proceso de enseñanza aprendizaje, así como el avance y nivel de logro alcanzado.
Función diagnóstica de la evaluación
Se realiza cuando los estudiantes participan en juegos, dinámicas, conversatorios,
prácticas, resolución de ejercicios, pruebas u otras actividades que los docentes proponen
al inicio del curso lectivo o al principio de cada unidad de estudio o temática, con el
propósito de conocer cuánto saben los estudiantes acerca del tema que van a desarrollar
y el nivel de logro del mismo, también ayuda a determinar si necesitan apoyos educativos
para el aprendizaje.
La función diagnóstica permite obtener información del estudiante con respecto a lo que
le interesa y motiva , actitudes que manifiesta durante la clase, historial familiar,
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problemas de salud que padece, desarrollo del lenguaje, desarrollo motor, nivel de logro
que demuestra, entre otros.
Estar informado de los resultados obtenidos en el diagnóstico y seguir las
recomendaciones dadas por el docente, le permitirá al padre de familia o encargado legal,
apoyar en el hogar los procesos desarrollados en el centro educativo, para fortalecer
aquellas áreas en que el estudiante presenta debilidades.
Función formativa de la evaluación
Se evidencia cuando el docente realiza durante el desarrollo de las lecciones, actividades
que le permiten determinar el nivel de logro de los aprendizajes esperados por parte de
los estudiantes, y de ser necesario tomar decisiones prontas y oportunas para su mejora,
entre ellas:
Cambiar o reorientar la metodología de enseñanza, las estrategias evaluativas,
recursos didácticos utilizados en el aula, entre otros.
Llevar a los estudiantes a que reflexionen acerca de sus desempeños.
Informar a los padres de familia o encargados legales, las debilidades y
fortalezas identificadas a sus hijos(as), a fin de solicitar el apoyo desde el
hogar.
Los resultados obtenidos en la evaluación diagnóstica deberá comunicarlos el docente al
hogar, mediante la descripción de las habilidades, conocimientos, destrezas, entre otras, que
tiene el estudiante, así como aquellas que no ha logrado aún, para brindar los apoyos
requeridos desde el centro educativo y el acompañamiento desde el hogar.
Es importante tener claro que el diagnóstico no se debe limitar la aplicación de una prueba,
el docente debe implementar diferentes estrategias tales como: dinámicas, juegos,
entrevistas, charlas, diálogos, prácticas, ejercicios, entre otras, para recopilar información de
aspectos biológicos, cognitivos y psicológicos, que deberá considerar en el proceso de
enseñanza aprendizajes de los estudiantes.
La evaluación formativa se evidencia durante los procesos de mediación en el aula y se
refleja día con día en el componente trabajo cotidiano. El docente realiza observaciones
y mediante el uso de instrumentos para la evaluación de los aprendizajes, recopila
información acerca del desempeño de los estudiantes; lo que le permite determinar los
logros y los avances, así como las áreas que deben fortalecerse.
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Esta información debe darla a conocer el docente de manera pronta y oportuna al padre
de familia o encargado legal; para que este enterado de los avances, logros y dificultades
presentes en el proceso educativo de su hijo(a); y que desde el hogar se le brinde el apoyo
que requiere de acuerdo con las recomendaciones dadas por el docente; como puede ser:
leer, hacer esquemas, practicar, resolver ejercicios, repasar, investigar, entre otras. En
gran medida el éxito o fracaso de un estudiante, dependerá del apoyo que reciba de sus
padres o encargados legales y de la buena comunicación que se dé, entre el centro
educativo y el hogar.
Función sumativa de la evaluación
Es la que fundamenta la calificación y certifica los aprendizajes alcanzados por los
estudiantes. Se lleva a cabo cuando el docente al concluir un tema o una unidad de
estudio aplica algún instrumento de evaluación de los aprendizajes, como puede ser una
prueba escrita, oral o de ejecución, con el objetivo de determinar qué tanto han
aprendido; también cuando asigna un trabajo extraclase y emplea una rúbrica, escala de
calificación numérica u otro instrumento, para la revisión del mismo y asignar una
calificación.
Un ejemplo del tipo de información que se obtiene de la función sumativa de la
evaluación, una vez aplicadas las pruebas pueden ser: los temas que resultaron más
difíciles al estudiante, como por ejemplo: en la prueba de Español el estudiante se
equivocó en el uso del acento, en la prueba de Ciencias no logró identificar las partes de la
célula y en la prueba de Estudio Sociales no logró diferenciar los tipos de relieve. Algunos
apoyos recomendados para fortalecer estas debilidades pueden ser que el docente
retome el tema en clase mediante diversas lecturas, explicaciones, resolución de prácticas
y ejercicios; asigne tareas o trabajos con carácter formativo, los cuales deberán ser
supervisados y apoyados desde el hogar.
Esta evaluación brinda información valiosa, al evidenciar la adquisición de los aprendizajes,
habilidades, destrezas o competencias alcanzadas por los estudiantes. Indica también en
qué temas o áreas debe fortalecerse y orienta en la determinación de los apoyos
educativos que requiere el estudiante, por parte del centro educativo y del hogar, para el
logro de los aprendizajes.
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Es importante que los padres de familia o encargados legales, tomen conciencia de la
información que brinda la evaluación de los aprendizajes en sus tres funciones para que
uniendo esfuerzos con el centro educativo, apoyen a sus hijos(as) y contribuyan con su
éxito escolar.
Recordemos…
2. Instancias que participan en el proceso de Evaluación de los
Aprendizajes
En el proceso de evaluación de los aprendizajes interactúan el director del centro
educativo, docentes, comité de evaluación de los aprendizajes, departamento de
orientación, los padres de familia o encargados legales, estudiantes, entre otros; todos
estos en conjunto, tienen responsabilidades que cumplir en el proceso de evaluación. A
continuación se describen algunos de sus deberes y obligaciones.
Director
Como responsable técnico y administrativo de los servicios que se brindan en el centro
educativo le corresponde cumplir con los siguientes deberes, en materia de evaluación de
los aprendizajes:
Dar a conocer entre el personal del centro educativo, estudiantes y padres de
familia o encargados legales, los contenidos del Reglamento de Evaluación de los
Aprendizajes, así como los procedimientos particulares que el centro educativo
Si el proceso ha sido coherente desde lo propuesto en el planeamiento didáctico en cuanto a: metas o propósitos, actividades, niveles de logro de las habilidades, destrezas o competencias por parte de los estudiantes, se espera que estos obtengan buenas calificaciones en las mediciones que se les apliquen.
La información obtenida desde las diversas funciones de la evaluación: diagnóstica, formativa o sumativa, deben ser de conocimiento de los estudiantes, padres de familia o encargados, para la toma de decisiones que contribuyan en el mejoramiento de su desempeño.
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establece en materia de evaluación de los aprendizajes. Por ejemplo, ¿ante quién se
justifican las ausencias cuando el docente de asignatura o docente a cargo, no se
encuentra en el centro educativo?, ¿a partir de cuántas faltas en las que incurra el
estudiante se considera contumacia, de acuerdo con la normativa interna del centro
educativo?, entre otros.
Explicar las normas y disposiciones contenidas en el Reglamento de Evaluación de
los Aprendizajes a los estudiantes, padres de familia o encargados legales, con el
apoyo del comité de evaluación de los aprendizajes. Por ejemplo: ¿cómo se califican
cada uno de los componentes de la calificación: trabajo cotidiano, trabajo
extraclase, asistencia, proyecto, y pruebas?; ¿cómo justificar las ausencias o llegadas
tardías de los estudiantes?, ¿cuál es el procedimiento a seguir para presentar una
apelación?, entre otras. Esto lo puede hacer mediante convocatoria a reunión de
padres de familia o encargados legales.
Disponer las acciones necesarias para mejorar el rendimiento escolar del centro
educativo. Algunas de estas acciones pueden ser solicitarle al docente la
implementación de planes remediales para aquellos estudiantes que presenten bajo
rendimiento académico, organizar jornadas de capacitación y asesoramiento en
materia de evaluación de los aprendizajes con los docentes, resolver las apelaciones
que ante él se formulen en materia de evaluación de los aprendizajes, brindar
seguimiento a los planes remediales, analizar los resultados y tomar decisiones para
su realimentación.
Establecer vías ágiles para la participación de los padres de familia o encargados
legales, en el proceso evaluativo de sus hijos(as), como por ejemplo: realizar
reuniones por nivel, convivios, horarios de atención a padres, entre otros.
Docente
La administración del proceso de evaluación de los aprendizajes en el aula es
responsabilidad profesional y esencial del docente, que está directamente vinculado con
los estudiantes en sus procesos de aprendizaje. Dentro de sus tareas le corresponde:
Comunicar por escrito a sus estudiantes los procedimientos y los criterios con los
que se van a evaluar los componentes de la calificación: trabajo cotidiano, trabajo
extraclase, proyecto, tipo de prueba que aplicará en cada periodo, concepto y
asistencia. Esto con el propósito de que conozcan y comprendan la forma en cómo
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serán calificados cada uno de los componentes. Permitiendo a la vez determinar la
congruencia de la nota asignada en cada asignatura, de acuerdo con el desempeño
mostrado durante el proceso de enseñanza aprendizaje.
Entregar por escrito y en forma detallada a los estudiantes, los objetivos específicos,
contenidos curriculares, habilidades específicas o resultados de aprendizaje, según
corresponda con el programa de estudio vigente de la asignatura y que serán
medidos en las pruebas, con al menos ocho días naturales antes de la aplicación de
las mismas. Para que los estudiantes conozcan lo que se les va a medir en la prueba,
y con tiempo repasasen , practiquen y le soliciten al docente que les aclare en caso
de que tengan alguna duda, así como, comprobar si los temas que se van a medir
realmente se desarrollaron en clase. Por otra parte, el padre de familia o encargado
legal podrá estar informado de los días que serán aplicadas las pruebas, para que
guíe, oriente y apoye a sus hijos(as) en el repaso de los contenidos.
Brindar los apoyos educativos a los estudiantes que así lo requieran o lo soliciten. El
docente de grupo en el caso de primaria o por asignatura en secundaria, será el
responsable de aplicar un diagnóstico que considere tanto la parte afectiva,
cognitiva y psicomotora del estudiante; para poder determinar los tipos de apoyos
educativos que requiere el estudiante en la asignatura por parte del docente, así
como del hogar. Por otra parte, el docente no podrá dejar de lado la información
del expediente acumulativo de cada estudiante, por cuanto esta información le
permitirá conocer como ha sido el desempeño del estudiante, si existe algún tipo de
compromiso cognitivo, o bien tener claridad en qué tipos de apoyos se le han venido
dando o ha requerido en años anteriores el estudiante, y darle continuidad.
Revisar, calificar y devolver en un tiempo máximo de ocho días hábiles después de
su aplicación, los trabajos extraclase y pruebas que realicen los estudiantes.
Permitiendo que tanto los padres de familia o encargados legales y los estudiantes,
conozcan los avances y logros obtenidos, así como el poder identificar aspectos en
los que debe mejorar, por lo que deberá practicar y esforzarse un poco más, para
alcanzar el nivel de logro esperado.
Analizar con los estudiantes las respuestas a las preguntas de las pruebas u otros
trabajos, en el momento en que se entreguen los resultados. Contribuyendo así a
que los estudiantes identifiquen sus errores y los autocorrijan (actividad que no
sustituye la calificación obtenida); determinen en qué están fallando, qué errores
están cometiendo, en qué debe practicar un poco más, qué tipo de ayuda requiere
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del docente de asignatura y del padre de familia o encargado legal. Por otra parte
disminuye y simplifica los trámites de apelación por parte de los estudiantes, padres
de familia o encargados legales, debido a que si el docente comete algún error a la
hora aplicar o de calificar las pruebas o trabajos puede rectificar en el mismo
momento.
Informar por escrito a los estudiantes, los objetivos, contenidos curriculares,
habilidades específicas o resultados de aprendizaje, de los trabajos extraclase y los
criterios con que se van a calificar, en el momento de su asignación. Esto con el
propósito de que los estudiante y los padres de familia o encargados legales
comprendan en qué consiste el trabajo extraclase y su relación con las actividades
de aprendizaje desarrolladas en clase que serán repasadas o reforzadas; así como
conocer el instrumento con que va a ser calificado para determinar su congruencia
con la nota asignada. Además, es importante que los padres de familia o encargados
legales, supervisen el trabajo que realizan sus hijos(as) e identifiquen las dificultades
que tienen en su realización, para que le informe al docente y coordinen acciones
orientadas a brindar el acompañamiento que requiere el estudiante, para el
reforzamiento de los habilidades, destrezas o competencias que se están
desarrollando.
Dar respuesta por escrito a las apelaciones que le planteen los estudiantes, los
padres de familia o sus encargados legales, con respecto a las calificaciones
obtenidas en las pruebas, los proyectos, los trabajos extraclase y el trabajo
cotidiano, así como las notas consignadas al final de cada período, en un plazo no
mayor a tres días hábiles. Permitiéndole tanto al estudiante como al padre de
familia o encargado legal, expresar sus inquietudes respecto de las calificaciones
consignadas. El docente por su parte, debe analizar los argumentos que dan
fundamento a las inquietudes y rectificar los errores cometidos o replantear su
práctica pedagógica y reorientar el proceso de evaluación para subsanar los errores
cometidos.
Registrar e informar periódicamente al padre de familia o encargado legal de la
puntualidad y la asistencia diaria y acumulativa de los estudiantes. Esto con el
objetivo de que esté enterado de la puntualidad y la asistencia de sus hijos(as) a
lecciones, si llegan tarde, si se ausentan de manera justificada o injustificada o si se
escapa; ya que la inasistencia o llegadas tardías a las lecciones podrían repercutir en
el aprendizaje y por ende en el rendimiento académico de los estudiantes. Para esto
el docente debe idear los mecanismos que considere pertinentes para mantener
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informado de manera oportuna al padre de familia o encargado acerca del problema
de ausentismo que presenta su hijo(a) y de las medidas que debe tomar para
garantizar su asistencia a las lecciones. El docente no debe esperarse hasta el final
de cada periodo o del curso lectivo para informarle al padre de familia o encargado
legal, acerca de la inasistencia de su hijo(a), debido a que poco se podría hacer para
que éste continúe y culmine su proceso educativo de forma satisfactoria. Es
importante recordar en este sentido que la asistencia al menos al 80% de las
lecciones, es un requisito para la presentación de las pruebas de ampliación, por lo
que es importante que en este punto la comunicación sea muy fluida y recurrente
cuando así se requiere.
Determinar si procede la justificación de las llegadas tardías y las ausencias de los
estudiantes que así lo planteen por escrito ante él. El estudiante o bien el padre de
familia o encargado legal tiene el deber de justificar por escrito ante el docente de
asignatura o maestro encargado de grupo, la inasistencia, las llegadas tardías o
ausencias de su hijo(a), y será únicamente el docente quien valorará y determinará
si aplica o no la justificación de acuerdo con los argumentos presentados.
Realizar acciones educativas que faciliten el aprendizaje con base en los resultados
obtenidos por el estudiante durante el proceso evaluativo. Es deber del docente
adaptar los procesos didácticos a los progresos y necesidades observadas en los
estudiantes para brindar acompañamiento oportuno. Por lo que deberá considerar
el replantear y determinar cuáles métodos, técnicas y estrategias de aprendizajes
son los que contribuyen y responden a los estilos de aprendizaje de sus estudiantes.
Comunicar al padre de familia o encargado legal, mediante el cuaderno de
comunicaciones u otro medio escrito durante cada período, los detalles del progreso
del estudiante en relación con los diferentes aspectos que constituyen la
calificación. Tales como desempeño, logro, avance o dificultad que presenta su
hijo(a) en el trabajo cotidiano, trabajos extraclase, proyecto, pruebas; así como la
asistencia a lecciones y el cumplimiento de las normas de conducta. Para que desde
el hogar el padre de familia o encargado legal este informado de su progreso en
cada uno de los componentes de la calificación, saber cómo es su desempeño en las
clases; y en conjunto con el docente brinde los apoyos que requiere el estudiante
para alcanzar el nivel de logro esperado.
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Comité de evaluación de los aprendizajes del centro educativo
Velar por el cumplimiento de los lineamientos técnicos y administrativos vigentes en la
evaluación de los aprendizajes y de la conducta de los estudiantes del centro educativo.
Por lo que algunas de las funciones que le corresponde están:
Asesorar al director del centro educativo en la resolución de las apelaciones que en
materia de evaluación de los aprendizajes formulen los estudiantes, padres de
familia o encargados legales. Algunas de estas actividades pueden ser reuniones de
asesoría para la resolución de los recursos de apelación presentados; programar
acciones para el mejoramiento del rendimiento académico en el centro educativo
como coordinar lecciones de repaso o recuperación y centros de estudio.
Reorientar las apelaciones que en materia de evaluación de los aprendizajes
formulen los estudiantes, padres de familia o encargados legales; las cuales deben
ser dirigidas en primera instancia ante el docente a cargo de la asignatura, quién
una vez que la recibe dispondrá de un máximo de tres días hábiles para responder
por escrito la apelación. En caso de que existan dudas o disconformidad con la
respuesta brindada por el docente a cargo de la asignatura, puede en un tiempo
máximo de tres días hábiles siguientes a la entrega de la respuesta a la apelación,
presentarla ante el director del centro educativo, quien dispondrá de un máximo de
cinco días hábiles para dar la resolución.
Dar seguimiento a la aplicación de las estrategias evaluativas recomendadas para los
estudiantes con necesidades educativas, para verificar que se cumplan por parte del
docente a cargo de la asignatura.
Definir y supervisar el programa de acciones de interés institucional o comunal para
los estudiantes aplazados en conducta, para lo que deberán:
o definir el objetivo(s) del programa, o establecer las acciones que debe desarrollar el estudiante, o construir el (los) instrumento (s) técnicamente elaborado (s) para la evaluación
del programa en el que se consignen los indicadores y la escala para su calificación,
o calendarizar las acciones que debe realizar el estudiante para concretar el programa, en el mismo se deben prever espacios para la realimentación y reflexión de las mismas,
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o comunicar al estudiante y a los padres de familia o encargados, acerca del programa de acciones de interés institucional o comunal que debe realizar el estudiante, así como, los procedimientos e instrumentos para su calificación. Dicha comunicación debe llevarse a cabo con al menos ocho días naturales de antelación, al inicio del mismo,
o supervisar las acciones desarrolladas por el (los) estudiante(s) durante la ejecución del programa.
o definir la condición del estudiante con base en la información recopilada, o informar al estudiante y a los padres de familia o encargados en los tres días
hábiles posteriores a la conclusión del programa de interés institucional o comunal, los resultados obtenidos,
o resolver en primera instancia, las apelaciones que los estudiantes, padres de familia o encargados formulen, respecto al resultado obtenido en el programa de acciones de interés institucional o comunal.
Departamento de Orientación
En materia de evaluación de los aprendizajes les corresponde:
Participar conjuntamente con el profesor guía, maestro o docente de asignatura y
con el Comité de Evaluación de los Aprendizajes en el asesoramiento a estudiantes y
padres de familia o encargados legales, acerca de las responsabilidades que les
corresponde a cada uno, en relación con sus obligaciones y deberes escolares.
Coordinar con el director y docentes para que en la evaluación de los aprendizajes,
se sigan las disposiciones dadas por los Departamentos de Educación Especial y de
Evaluación de los Aprendizajes, en lo que respecta a los apoyos educativos para los
estudiantes con necesidades educativas.
Es importante que el padre de familia o encargado legal, se mantenga en comunicación con el Departamento de Orientación del centro educativo para apoyar y velar por el cumplimiento de las acciones propuesta en el proceso de enseñanza aprendizaje de su hijo(a).
Padres de familia o encargados legales
Como responsables directos de sus hijos(as), deben involucrarse en el proceso de
enseñanza aprendizaje y desde el hogar apoyar las acciones que realiza el docente;
orientando a sus hijos(as) en la realización de tareas, ejercicios, avances de proyectos,
investigaciones u otros. Tener presente estos deberes contribuirá con el aprendizaje y con
el éxito escolar de su hijo(a), algunos de estos son:
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Conocer el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes; para ello puede solicitarlo
en el centro educativo al momento de realizar el trámite de matrícula de su hijo(a),
así como pedir información y asesoría al director del centro educativo, maestro de
grupo, profesor guía o de asignatura, y al orientador de nivel; con relación a la
evaluación de los aprendizajes y de cómo va a ser calificado cada uno de los
componentes, lo que le permitirá apoyar el proceso evaluativo y velar por el buen
cumplimientos del mismo.
Apelar por escrito, en primera instancia, ante el docente de asignatura del
estudiante, y en segunda instancia ante el director del centro educativo, las
objeciones que considere pertinentes a las calificaciones, sea esta una prueba,
trabajo cotidiano, trabajo extraclase, proyecto, o nota del periodo otorgada al
estudiante. La apelación debe presentarse en un plazo no mayor a tres días hábiles
siguientes a la comunicación de la calificación al estudiante, padre de familia o
encargado legal.
Velar por el cumplimiento de los deberes escolares de su hijo(a), en especial de
aquellos que deban realizarse en el hogar, tales como trabajos extraclase, avances
de proyectos, correcciones de prácticas o ejercicios.
Cumplir con las indicaciones y recomendaciones dadas por los docentes y
administrativos, tales como:
o verificar la asistencia y puntualidad de su hijo(a), o justificar en el tiempo indicado ante el docente de asignatura o maestro a
cargo, la inasistencia de su hijo(a), o observar el cumplimiento del horario de estudio en caso de que se le asigne, o velar por que su hijo(a) cumpla con los trabajos extraclase o proyectos
asignados y los entregue en la fecha establecida.
Firmar y devolver de manera puntual los informes o comunicados, enviados por el
docente a cargo o docente de asignatura, con las observaciones o recomendaciones
de los trabajos, pruebas u otros instrumentos de medición aplicados, esto con el
objetivo de mantenerlo informado con respecto a los desempeños y niveles de logro
de los aprendizajes alcanzados por su hijo(a) y darle a conocer los aspectos en que
debe mejorar y apoyar desde el hogar. Esto facilita en caso de dudas o
disconformidad, consultar o apelar ante el docente de asignatura o maestro a cargo
en los plazos preestablecidos.
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Justificar por escrito ante el docente de asignatura o persona que el director
designe, las ausencias o llegadas tardías al centro educativo de sus hijos(as) menores
de edad, cuando esto corresponda y exista motivo real para ello. Esta justificación
deberá presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la reincorporación del
estudiante al centro educativo, luego de la ausencia o impuntualidad.
Asistir responsablemente a todas aquellas actividades escolares a las que se les
convoque formalmente, tales como: reuniones, charlas, talleres, convivios y citas
previas con los docentes de las diversas asignaturas. Esto le permitirá estar
informado de los avances y logros de su hijo(a) en las asignaturas, la conducta y la
asistencia.
En caso de que su hijo(a) muestre bajo rendimiento académico en las asignaturas
buscar y solicitar con el docente de asignatura, los apoyos educativos requeridos
para que adquiera los aprendizajes propuestos.
Revisar a diario el “Cuaderno de Comunicaciones al Hogar”, para conocer acerca de
lo acontecido durante la permanencia de su hijo(a) en el centro educativo. Los
informes que se envíen para todo efecto, se consideran como notificados al día
siguiente de la fecha en que este se envió al hogar.
Cumplir con estos deberes, le permitirá estar informado de lo que acontece en el proceso
de enseñanza aprendizaje de su hijo(a), y podrá brindarle o buscar los apoyos requeridos;
no dejando todo para final del curso lectivo, cuando no hay nada o poco por hacer, siendo
casi imposible recuperarse del bajo rendimiento académico mostrado.
De los estudiantes:
Son deberes del estudiante:
Conocer el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, para esto puede
solicitarle al docente de asignatura, docente guía o al orientador, que le comente y
explique, los artículos e incisos de este reglamento.
Asistir puntualmente a las lecciones de las diversas asignaturas y a las actividades
escolares a las que se le convoque oficialmente, tales como actos cívicos, ferias
científicas, actividades artísticas, deportivas o culturales, entre otras.
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Cumplir estrictamente con las regulaciones establecidas por el centro educativo en
cuanto al uso del uniforme y a la presentación personal, mismas que se deben dar a
conocer a inicios del curso lectivo mediante la normativa interna.
Participar en las actividades de mediación que propone el docente, realizando las
tareas, ejercicios, exposiciones, prácticas, experimentos, dinámicas, participaciones
artísticas y musicales, entre otras.
Portar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de mediación
como son: cuadernos, lápices, libros, materiales, instrumentos, entre otros,
necesarios para tener una participación activa durante el desarrollo de las lecciones.
Respetar la integridad física, emocional y moral de sus compañeros, sus docentes y
en general, de todos los funcionarios del centro educativo y la comunidad.
Cuidar y conservar las instalaciones, equipo, material, mobiliario y en general todos
los bienes del centro educativo.
Informar de manera pronta y oportuna a sus padres o encargados legales, la
existencia de informes o comunicaciones que se remitan al hogar.
Presentar la justificación de las llegadas tardías o de las ausencias, suscrita por sus
padres o encargados legales, ante los docentes respectivos en el tiempo que
corresponde.
Mostrar una conducta y comportamiento que lo dignifiquen como persona y que
enaltezcan el buen nombre, tanto del centro educativo al que pertenece como de la
comunidad en general.
Plantear por escrito, en forma personal o con ayuda de sus padres o encargados
legales, las objeciones que estime pertinentes con respecto a las calificaciones que
se le otorguen. Como por ejemplo, si en una prueba se le ha calificado algo como
malo y está bueno, si se contaron mal los puntos o si se están preguntando acerca
de un tema que no fue estudiado en clase, si los indicadores y criterios que se
tomaron en cuenta para la evaluación del componente trabajo cotidiano no tienen
correspondencia con los temas estudiados y las actividades de mediación
desarrolladas, entre otros.
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Ejercer, personalmente o por representación, las apelaciones que correspondan en
defensa de los derechos que considere violentados. Un ejemplo de esto puede ser
que no se le dieran a conocer los objetivos, los contenidos procedimentales,
habilidades específicas o resultados de aprendizaje que van a ser medidos en las
pruebas con al menos ocho días naturales antes de su aplicación, o que se realice un
rebajo de puntos en la nota de conducta sin llevar a cabo el debido proceso, entre
otros.
Recibir los servicios educativos que se ofrecen en el centro educativo o en la
modalidad en que estuviere matriculado, entre estos:
o Recibir puntualmente las lecciones que de acuerdo con el horario le
corresponden.
o Conocer de manera oportuna información de su interés y que se origine en el
centro educativo, como son: circulares, comunicados, realización de
actividades, reprogramaciones de pruebas u otros trabajos, justificación de
ausencias, cambios en las programaciones dadas a conocer por los docentes,
entre otros.
o Recibir de manera pronta y oportuna, de acuerdo con las necesidades
educativas identificadas al estudiante, los apoyos educativos que requiera.
o Acceder a los servicios de apoyo, aula integrada, entre otros, con que cuenta
el centro educativo.
o Acceder a servicios de comedor, orientación, psicología, administrativos, entre
otros, con que cuenta el centro educativo.
o Recibir de los docentes, funcionarios y compañeros, un trato basado en el
respeto a su integridad física, emocional y moral, así como a su intimidad y a
sus bienes.
3. Relación entre los componentes de la calificación.
Como se indicó a inicios de este documento, como parte de la integralidad de la evaluación de
los aprendizajes, el docente debe considerar la función diagnóstica, formativa y sumativa, y
establecer la relación entre cada uno de los componentes de la calificación, de tal forma que
el padre de familia o encargado legal y el estudiante, comprendan como estas funciones
contribuyen en la toma de decisiones orientadas a la realimentación del proceso de
enseñanza aprendizaje, a partir de la información cualitativa y cuantitativa obtenida durante
la valoración de cada uno de los componentes de la calificación.
20
Fig.2. Relación de los componentes para la calificación desde una visión integral.
Como se puede observar en la figura anterior, cada uno de estos componentes está
relacionado, por ejemplo:
El trabajo cotidiano consiste en todas las actividades que realiza el estudiante con la guía del
docente y el mismo se observa en forma continua durante el desarrollo de las lecciones. La
información recopilada durante el quehacer cotidiano, le permite al docente determinar la
naturaleza de los trabajos extraclase que asigne, así como el poder adecuarlos a las
necesidades educativas y desempeños demostrados por los estudiantes.
Las pruebas que aplica el docente, sean estas escritas, orales o de ejecución, deben responder
al proceso de mediación pedagógica y los temas desarrollados en clase; por lo que estarán
estrechamente asociadas al trabajo cotidiano y los trabajos extraclase que ha venido
realizando el estudiante con la guía y orientación del docente.
El proyecto surgirá de los temas de interés que desarrolla el docente en conjunto con sus
estudiantes en las lecciones; es decir que se relaciona con las temáticas propuestas desde el
planeamiento didáctico, el cual está en estrecha relación con el programa de estudio de la
asignatura.
Evaluación de los
Aprendizajes
21
El componente asistencia, es fundamental debido a que si un estudiante no asiste a lecciones,
el docente no podrá determinar los niveles de logro alcanzados por éste en las habilidades,
destrezas, actitudes o competencias propuestas desde el planeamiento didáctico,
repercutiendo esto no solo en la evaluación del componente trabajo cotidiano, sino en el
resto de los componentes de la calificación.
En cuanto al componente concepto, si un estudiante falta frecuentemente y de manera
injustificada a clases, participa de manera esporádica en las actividades propuestas durante el
desarrollo de las lecciones, cumple con muy pocos o ninguno de los trabajos extraclase
asignados y proyectos propuestos, no estará demostrando una buena actitud hacia la
asignatura.
Recordemos…
A continuación se describen algunas disposiciones de interés con respecto a la valoración de
cada uno de estos componentes de la evaluación de los aprendizajes.
El valor porcentual de los componentes trabajo cotidiano, trabajo extraclase y pruebas,
varía de acuerdo con el ciclo y nivel en que se ubique el estudiante. El valor porcentual del
componente proyecto también puede variar de acuerdo con el ciclo y nivel, así como con la
asignatura, sea esta del área técnica o académica.
22
Trabajo cotidiano
Trabajo cotidiano
Se entiende por trabajo cotidiano “todas las
actividades educativas que realiza el
estudiante con la guía del docente. Este
trabajo se observa en forma continua,
durante el desarrollo de las lecciones, como
parte del proceso de aprendizaje y no como
producto. El docente debe desarrollar
actividades de mediación orientadas al logro
de habilidades y destrezas, así como la
vivencia de los valores y actitudes propuestos
en el planeamiento didáctico.”
Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes,
2009
Algunos de los deberes que debe realizar el docente para la valoración del
componente trabajo cotidiano:
Proponer actividades de mediación orientadas al logro de las habilidades, destrezas, competencias o actitudes propuestas en el planeamiento didáctico.
Formular indicadores que le permitan observar el logro de esas habilidades, destrezas, competencias o actitudes por parte de los estudiantes.
Utilizar instrumentos técnicamente elaborados para recopilar información válida y confiable de los logros y avances de los estudiantes.
Tomar decisiones como el de reorientar o realimentar el proceso de enseñanza y aprendizaje, para mejorar los logros de los estudiantes.
Aplicar los apoyos educativos que requieran los estudiantes con necesidades educativas.
Dar acompañamiento a aquellos estudiantes que muestren bajos niveles de logro en los objetivos, contenidos procedimentales, habilidades específicas o resultados de aprendizaje. Por consiguiente, cuanto menor sea el logro del estudiante, mayor será el acompañamiento que brinde el docente.
Informar durante cada periodo de manera pronta y oportuna al padre de familia o
encargado legal, el progreso del estudiante.
Por ejemplo: el docente de la asignatura de Informática Educativa, le da a conocer al padre de familia o encargado legal, durante el período, lo(s) instrumento(s) donde se muestran los indicadores evaluados y los niveles de logro alcanzados por su hijo(a) durante el proceso educativo, aunque dicha asignatura tenga carácter formativo.
23
Reflexionemos...
Es importante recordar que la evaluación del componente trabajo cotidiano NO es:
Consulta frecuente…
¿Cómo se califica el componente trabajo cotidiano?
Para su calificación el docente utiliza instrumentos técnicamente elaborados como por
ejemplo escalas de calificación, registros anecdóticos, registros de desempeño, rúbricas,
listas de control, entre otros. Esto con el objetivo de recopilar información de aspectos
cualitativos y cuantitativos acerca del desempeño de los estudiantes durante el desarrollo
de las actividades de mediación.
Algunos de los aspectos cualitativos, que puede considerar el docente en el desarrollo de
sus lecciones son: orden, aseo, iniciativa, disposición, participación, u otros; estos
aspectos de carácter actitudinal deben ser vistos y considerados desde el propósito
formativo de la evaluación de los aprendizajes y no son considerados para la asignación
de una calificación. Los aspectos cuantitativos responderán a los logros o avances
mostrados durante el desarrollo de los objetivos específicos, contenidos curriculares,
habilidades específicas o resultados de aprendizaje y los resultados obtenidos por los
estudiantes en tareas, trabajos, proyectos, o pruebas.
Un número de observaciones aisladas durante la participación en
actividades, resolución de prácticas o ejercicios en el salón de clase.
Revisiones de cuadernos con la materia de la asignatura completa, o
de prácticas y ejercicios una vez finalizados por parte del estudiante.
La suma de revisados, sellos o firmas del docente, asignados a los
trabajos o ejercicios, una vez concluidos por el estudiante, al final de
un período.
Una práctica y al final de esta se presentan una serie de indicadores y
se asigna una calificación.
24
Con base en la información recopilada y según el nivel de logro mostrado por los
estudiantes durante las actividades de mediación en el aula; el docente tomará decisiones
en cuanto a si debe asignar nuevas prácticas, ejercicios, lecturas, tareas, entre otros, con
el objetivo de realimentar o de reorientar los procesos de enseñanza aprendizaje. Por
otra parte el docente deberá mantener informado de forma pronta y oportuna al padre de
familia o encargado legal, acerca de los logros, avances y dificultades que presentan los
estudiantes y a la vez solicitar el apoyo desde el hogar en todas aquellas tareas y
actividades que se le propongan desde el centro educativo, con el propósito de fortalecer
los aprendizajes de los estudiantes.
El número de observaciones que realiza el docente deberá estar en estrechamente
relación con el progreso mostrado por el estudiante, durante el desarrollo de los objetivos
específicos, contenidos curriculares, habilidades específicas o resultados de aprendizaje,
según corresponda con el programa de estudio vigente de la asignatura.
Para determinar la calificación, realiza la sumatoria de los puntos obtenidos de acuerdo
con los indicadores observados, criterios formulados y la escala seleccionada, ese
resultado se multiplica por 100 y se divide entre el total de puntos de la escala.
Para el cálculo del porcentaje respectivo se utiliza la siguiente fórmula:
Ptos. Obt. x 100 = Calificación Total de puntos
Valor % del componente x calificación = %
100
En los lineamientos dados para elaborar los indicadores por evaluar se establece
que los mismos atiendan a las habilidades, destrezas, actitudes o competencias
propias de la asignatura y del nivel educativo respectivo y consignado en el
programa de estudio. Por lo tanto, NO procede evaluar los mismos indicadores
para todas las asignaturas.
25
Trabajos extraclase
Son tareas cortas que se asignan para que sean desarrolladas por los estudiantes fuera del
horario escolar, con el propósito de que repasen o refuercen los objetivos, contenidos
curriculares, resultados de aprendizaje o habilidades específicas, según corresponda,
estudiadas durante el proceso de enseñanza aprendizaje.
El docente es el responsable de planificar y programar las tareas conforme vaya avanzado
en su planeamiento didáctico y observe bajos desempeños en los estudiantes, para esto
considerará las características, necesidades educativas y apoyos educativos que requieren
los estudiantes a su cargo.
Con respecto a los trabajos extraclase, es importante saber que:
Se asignan para ser desarrollados en el hogar con la
orientación del padre de familia o encargado legal.
Se le debe entregar al estudiante el instrumento con los
indicadores que serán tomados en cuenta para calificar
el trabajo extraclase, en el momento en que se asigne.
Deben estar relacionados con los objetivos, contenidos
curriculares, habilidades específicas o resultados de
aprendizaje, según corresponda al programa de estudio
de la asignatura y que se desarrollaron en las lecciones.
El docente debe considerar las posibilidades personales
de los estudiantes, así como las necesidades educativas
de estos.
No se debe considerar la puntualidad como un indicador
para calificar, esto por cuanto es un valor que se
fomenta a diario en clases y responde más a un
propósito formativo que sumativo.
Los estudiantes deben entregar los trabajos extraclase
en la fecha indicada durante la(s) lección(es) que tiene
con el docente que lo asignó.
26
Consultas frecuentes… ¿Por qué motivo a mi hijo(a) le asignan trabajos extraclase?
Los trabajos extraclase se le asignan, para que repase o refuerce, fuera del horario
escolar, los temas desarrollados por el docente en el aula; en los que presenta bajo
desempeño o dominio. Para su realización se deben considerar las posibilidades
personales de los estudiantes, tales como, los recursos económicos y tecnológicos, el
tiempo, las destrezas, las habilidades y las competencias que se pretende repasen o
amplíen. Estos trabajos deben estar directamente relacionados con los objetivos,
contenidos curriculares, habilidades específicas o resultados de aprendizaje, desarrollados
en las lecciones y de acuerdo con el nivel que cursa el estudiante.
¿Cómo se califican los trabajos extraclase?
Para su calificación el docente debe considerar lo siguiente:
Utilizar instrumentos bien elaborados, lo que implica la formulación de indicadores que permitan valorar las habilidades, destrezas o competencias que se pretende adquieran los estudiantes con la realización del trabajo extraclase, en concordancia con las actividades realizadas en clase.
Esto por cuanto los trabajos extraclase no tienen como objetivo sustituir los procesos de
mediación pedagógica a cargo del docente, al asignar temas que no han sido desarrollados
durante las lecciones para que los estudiantes los realicen como trabajo extraclase.
Un trabajo extraclase NO puede ser considerado o sustituirse
por:
Una donación o cuota de dinero.
Latas de aluminio, papel u otras materiales para reciclar.
Un proyecto de feria científica.
La compra de un cartón de bingo.
Pintar el aula, reparar mobiliario, limpiar espacios o áreas
verdes del centro educativo, entre otros.
27
El docente determina el número de indicadores y criterios por evaluar, éstos deben estar relacionados con los objetivos específicos, habilidades específicas, contenidos curriculares o resultados de aprendizaje, propuestos en el planeamiento didáctico y la naturaleza del trabajo asignado.
A cada indicador por evaluar se le debe asignar la misma escala numérica, por lo que no procede consignar valores porcentuales.
El instrumento para la evaluación de los aprendizajes con que se calificará el trabajo extraclase, debe ser conocido por el estudiante y padre de familia o encargado legal, en éste se consignan los indicadores que serán tomados en cuenta para su evaluación.
Al finalizar el período se realiza el cálculo respectivo para obtener el porcentaje correspondiente.
Se debe tomar en cuenta que la bibliografía necesaria para la realización de los trabajos, debe ser accesible a los estudiantes, de acuerdo con las opciones que ofrecen el centro educativo y la comunidad.
¿Cuántos trabajos extraclase le deben asignar por periodo a mi hijo(a)?
Cada docente determinará el mínimo y el máximo de trabajos extraclase que asignará de
acuerdo con el progreso o avance de sus estudiantes, considerando las dificultades que
presentan en la adquisición de esos objetivos, contenidos curriculares, habilidades
específicas o resultados de aprendizaje, según corresponda con el programa de estudio
vigente.
Se debe garantizar la realización de al menos dos tareas por período en cada asignatura o
módulo, del plan académico: Matemática, Estudios Sociales, Español, Ciencias e Idiomas,
otras. En las asignaturas complementarias, tales como: Religión, Música, Artes Plásticas,
Artes Industriales, Educación Física, Educación para el Hogar, entre otras, el mínimo de
trabajos extraclase es uno por periodo, en cada una de ellas.
¿Cuál es el tiempo mínimo del que dispone mi hijo(a) para la entrega de un trabajo
extraclase?
De acuerdo con el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, los estudiantes tienen
un plazo mínimo de ocho días naturales (días comprendidos de lunes a domingo),
posteriores a la asignación del trabajo para la entrega del mismo al docente, para su
respectiva calificación.
28
¿Procede solicitarle a mi hijo(a) la entrega de trabajos extraclase, en períodos de
pruebas o la semana posterior al periodo de vacaciones o Semana Santa?
Para cumplir con el propósito del componente, de repasar o reforzar los temas
desarrollados durante la mediación pedagógica, los mismos deben ser asignados con al
menos quince días de antelación al inicio del período de pruebas.
Por lo tanto, no procede la entrega de trabajos extraclase, por parte de los estudiantes, en
ninguno de los siguientes momentos:
o los periodos de pruebas,
o la semana posterior a Semana Santa,
o la semana posterior a las vacaciones de medio período.
¿Cuál debe ser el momento para que mi hijo(a) entregue el trabajo extraclase?
El estudiante debe entregar el trabajo extraclase en la fecha indicada y durante la(s)
lección(es) que tenga con el docente que lo asignó.
Si por situaciones administrativas debidamente justificadas el trabajo no se recibe en la
fecha indicada, se entrega en la lección siguiente que el docente tenga con el grupo.
¿Qué procede cuando mi hijo(a) no entrega el trabajo extraclase en la fecha indicada por
el docente?
En aquellos casos en que el estudiante no entregue el trabajo en la fecha indicada por el
docente, y no justifique en los tres días hábiles posteriores a su reincorporación al centro
educativo, lo que procede es que el docente lo reciba y califique formativamente.
Si el estudiante justifica en el plazo indicado y el motivo es aceptado, el docente debe
proceder a revisarlo, asignándole la calificación y el valor porcentual correspondiente.
Pruebas
Son instrumentos de medición cuyo propósito es que el estudiante
demuestre la adquisición de habilidades cognoscitivas, lingüísticas o
psicomotoras, el dominio de una destreza o el desarrollo progresivo
de una habilidad.
29
Todo padre de familia o encargado legal debe tener presente que:
Las pruebas deben ser comprensivas y para su construcción se seleccionan los
objetivos, contenidos procedimentales, habilidades o resultados de aprendizaje, que
se desarrollaron en clases y que los estudiantes debieron adquirir durante el
proceso de enseñanza aprendizaje.
Los objetivos específicos y contenidos, contenidos procedimentales e indicadores,
habilidades específicas y conocimientos o resultados de aprendizaje que serán
medidos en las pruebas, deben ser comunicados por escrito a los estudiantes, con al
menos ocho días naturales antes de la aplicación de la prueba.
Dependiendo del conocimiento, habilidad, destreza o competencia que se vaya a
medir, las pruebas pueden ser escritas, orales o de ejecución. El docente debe
informar a inicio de cada periodo el tipo y cantidad de pruebas que aplicará.
La prueba escrita y la oral deben ser resueltas individualmente, no así la prueba de
ejecución que puede ser resuelta individual o grupalmente, pero su calificación es
individual.
La aplicación de la prueba escrita requiere la presencia de un docente a cargo, o
bien del funcionario que el director delegue.
Las pruebas orales y de ejecución deben aplicarse ante la presencia del docente que
está directamente vinculado con los respectivos estudiantes en sus procesos de
aprendizaje.
El tiempo máximo para la resolución de una prueba escrita es de dos lecciones (80
min), y no se puede aplicar a un estudiante más de dos pruebas por día.
En el caso de las pruebas de ejecución de aquellas asignaturas del área técnica,
tendrán un tiempo máximo de dos horas para su resolución. En casos debidamente
justificados este plazo puede ampliarse a un máximo de cuatro horas, con
autorización previa del Comité de Evaluación de los Aprendizajes.
En el caso de las pruebas de ampliación el tiempo máximo para su resolución es de
tres lecciones (120 min).
30
Las pruebas cortas o quices tienen carácter formativo y no sumativo.
Es importante recordar que una prueba NO puede ser sustituida por:
Esto por cuanto no responde al propósito de las pruebas, que el estudiante demuestre la
adquisición de un aprendizaje cognoscitivo, lingüístico o psicomotor, el dominio de una
destreza o el desarrollo progresivo de una habilidad.
Recordemos…
Consultas frecuentes…
¿Quién define el mínimo de pruebas, que se debe aplicar por asignatura a mi hijo(a), en
cada periodo lectivo?
El mínimo de pruebas que se debe aplicar en cada asignatura está definido en el
Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes.
Sin embargo, el docente que así lo considere, puede aplicar un número mayor de pruebas,
considerando: la naturaleza de la asignatura, los objetivos, contenidos procedimentales,
las habilidades o resultados de aprendizaje, según corresponda, que medirá en ellas, así
como el número de lecciones impartidas durante la semana.
Un trabajo extraclase.
Un proyecto.
Una práctica o ejercicios.
Una donación o cuota de dinero
El docente debe analizar con los estudiantes las respuestas a las preguntas de las
pruebas, en el momento en que se entregan los resultados.
31
En ninguna asignatura se podrá dejar de aplicar el mínimo de pruebas establecido en el
citado reglamento.
¿Con cuánto tiempo se le debe avisar a mi hijo(a) las fechas de aplicación de las
pruebas?
Se le debe informar mínimo con ochos días naturales antes de la aplicación de la prueba y
de acuerdo con el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, cada docente debe
entregar a los estudiantes, por escrito, los objetivos específicos y contenidos, los
contenidos procedimentales e indicadores, las habilidades específicas o los resultados de
aprendizaje seleccionados para ser medidos en la prueba. Por lo que no procede que los
estudiantes tengan que ir a la fotocopiadora a buscar los temas que serán medidos en
las pruebas; o que el docente los deje pegados en la ventana, puerta o pared del aula,
para que los estudiantes los copien.
No deben incluirse en la prueba aquellos objetivos y contenidos, contenidos
procedimentales e indicadores, habilidades específicas y conocimientos, o resultados de
aprendizaje y contenidos, según corresponda, desarrollados durante los ocho días
naturales previos a la realización de la prueba, aunque el docente haya hecho entrega de
resúmenes, fotocopias y otros, las temáticas deben haber sido estudiadas y desarrolladas
en las lecciones, con al menos ocho días naturales antes de la aplicación de la prueba.
¿Qué procede si a mi hijo(a) no se le aplica una prueba en la fecha que estaba
programada?
Cuando por razones de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente justificado, no se aplica
la prueba en la fecha programada, se puede aplicar al día siguiente, siempre y cuando no
se apliquen más de dos pruebas ese día.
¿Procede la aplicación de pruebas cortas con carácter sumativo, si mi hijo(a) no es un(a)
estudiante que requiera que se le aplique adecuación curricular?
No, en el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes se establece que estas pruebas
son de carácter formativo.
¿Procede la aplicación de pruebas la semana inmediata posterior al periodo de
vacaciones de medio año o de Semana Santa?
32
Para cumplir con el propósito de los períodos de Semana Santa y de Vacaciones, NO
procede la aplicación de pruebas la semana inmediata posterior a estos.
33
¿Cuándo se puede eximir mi hijo(a) en una asignatura?
De acuerdo con el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, tendrá derecho a
eximirse de realizar la última prueba del último periodo, aquel estudiante que obtenga un
promedio igual o superior a noventa en el primero y segundo periodos respectivamente y
que, además, hubiere obtenido calificaciones de noventa como mínimo, en cada uno de
los otros componentes de evaluación de los aprendizajes durante el último periodo. Lo
anterior aplica en todas aquellas asignaturas impartidas en tres períodos y en las que se
apliquen como mínimo dos pruebas por período.
En caso de los estudiantes que cursan el Plan de Estudios en los IPEC y CINDEAS, procede
eximirlos de la última prueba, siempre y cuando se apliquen dos pruebas durante el
período y haya obtenido una nota igual o superior a noventa en la primera prueba y
además, una calificación igual o superior a noventa en cada uno de los otros componentes
de la calificación.
Recordemos…
¿Con cuánto tiempo se le debe comunicar a mi hijo(a) su condición de eximido(a)?
El Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, establece que se le debe comunicar al
estudiante su condición de eximido, con al menos ocho días naturales de antelación a la
aplicación de la prueba. Además, en la prueba en que se exime, se le asigna la máxima
calificación (cien).
El eximirse es un derecho que tiene el estudiante, no es una decisión personal del
docente.
34
¿Bajo qué condiciones o motivos, procede que se le repita una prueba a mi hijo(a)?
La repetición de una prueba procede cuando se presenta cualquiera de las siguientes
situaciones:
Se comprueba que el docente no entregó a los estudiantes, por escrito y en forma
detallada, los objetivos específicos y contenidos, contenidos procedimentales e
indicadores, habilidades específicas y conocimientos, o resultados de aprendizaje y
contenidos, que serán medidos en la prueba, con al menos ocho días naturales antes
de su aplicación.
No exista la diferencia de al menos diez puntos, entre la puntuación total de la
prueba escrita y el porcentaje asignado a la misma.
Se incluyan, objetivos específicos y contenidos, contenidos procedimentales e
indicadores, habilidades específicas y conocimientos, o resultados de aprendizaje,
no desarrollados en clase o que no se encuentran en los programas de estudio
vigentes del respectivo nivel.
Más del 10% de la totalidad de puntos está asociado a ítems en los que se
evidencian errores técnicos o conceptuales en su construcción.
El director del centro educativo comprueba el incumplimiento de los lineamientos
técnicos y administrativos establecidos para la construcción de la prueba.
El docente así lo determina por razones técnicas y/o administrativas debidamente
justificadas.
No se incluyen todos los objetivos específicos y contenidos, contenidos
procedimentales e indicadores, habilidades específicas y conocimientos, o
resultados de aprendizaje y contenidos, seleccionados para la medición y que fueron
comunicados a los estudiantes.
Se incluyan objetivos específicos y contenidos, contenidos procedimentales e
indicadores, habilidades específicas y conocimientos, o resultados de aprendizaje y
contenidos, desarrollados durante los ocho días naturales previos a la aplicación de
la prueba.
Los estudiantes no cuentan con el tiempo máximo para la resolución de la prueba.
El docente aplica la misma prueba en los diferentes niveles que tiene a su cargo. Por
ejemplo que la prueba que se aplica en quinto año en la asignatura de Español, es la
misma prueba que se les aplica a los estudiantes de sexto año.
Se le extravía la prueba al docente.
Cuando el docente aplica pruebas de años anteriores, la misma prueba en diferentes
niveles o centros educativos donde labora.
35
No existe evidencia del abordaje de los objetivos específicos y contenidos,
contenidos procedimentales e indicadores, habilidades específicas y conocimientos,
o resultados de aprendizaje y contenidos, desarrollados por el docente durante el
proceso de mediación pedagógica.
¿Qué procede cuando los resultados obtenidos por mi hijo(a) y por la mayoría de sus
compañeros(as), en una prueba ordinaria evidencian bajo rendimiento?
Cuando se evidencie bajo rendimiento en las pruebas, el docente y los miembros del
Comité de Evaluación de los Aprendizajes, en conjunto con el Director del centro
educativo, deben realizar los análisis de coherencia entre la prueba, la tabla de
especificaciones, las evidencias de la mediación pedagógica de acuerdo con el
planeamiento didáctico y los objetivos específicos, contenidos procedimentales,
habilidades específicas o resultados de aprendizaje, seleccionados para la medición.
Una vez concluido el mismo, si se encuentran inconsistencias que pueden ser la causa del
bajo rendimiento, procede la repetición de la prueba.
En caso de que en el análisis no se encuentren inconsistencias como las antes
mencionadas, el docente debe proceder a identificar los objetivos, contenidos
procedimentales, habilidades específicas o resultados de aprendizaje, en los cuales los
estudiantes demostraron bajos niveles de logro e iniciar un proceso de acompañamiento
dirigido a aquellos estudiantes que cumplieron con los componentes de la calificación, es
decir que, asistieron regularmente a lecciones, trabajaron en clase resolviendo las
actividades didácticas propuestas por el docente, presentaron los trabajos extraclase y
avances de proyectos y realizaron las pruebas. Las actividades didácticas que se
propongan en el proceso de acompañamiento deberán ser guiadas y orientadas por el
docente de asignatura o maestro de grado y podrán ser realizadas dentro o fuera del
horario de clases, con carácter formativo.
Si se determina la repetición de una prueba, ¿quiénes tienen derecho a realizarla?
Si por motivos debidamente justificados, se resuelve la repetición de una prueba, tendrán
derecho a realizarla todos los estudiantes que fueron afectados con su aplicación, hayan
apelado o no.
Como padre de familia o encargado legal es importante saber que:
o La repetición de la prueba es un acto voluntario.
o Si el estudiante accede a realizar la prueba, deja sin efecto la calificación
anterior.
o Debe enviar la autorización por escrito, para la reprogramación de la prueba.
36
¿En qué caso procede la repetición obligatoria de una prueba?
La repetición de una prueba procede de manera obligatoria cuando se compruebe que:
La misma, fue conocida por los estudiantes antes de su aplicación.
El docente fraccionó el tiempo de aplicación de la misma.
La prueba está constituida por ítems que han sido utilizados en otras pruebas aplicadas en el mismo curso lectivo.
La prueba ha sido aplicada en otros cursos lectivos.
La prueba está constituida por ítems que han sido utilizados en pruebas nacionales de Bachillerato.
¿Se pueden aplicar pruebas en el primer año de la Educación General Básica? ¿Cuál es su propósito?
Sí se puede aplicar. La prueba es un instrumento más que el docente de primer año
puede aplicar con el propósito de recopilar información acerca de los logros mostrados
por los estudiantes. Esta información puede contribuir a la toma de decisiones prontas y
oportunas, con respecto a los procesos de mediación llevados a cabo y los desempeños de
los estudiantes.
El docente debe conocer la viabilidad, así como, las limitaciones de los instrumentos que
utilice, entre ellos la prueba, por lo cual esta no debe constituirse en el único instrumento
que emplee para recopilar información.
La aplicación de pruebas y su asociación inmediata con la función sumativa de la
evaluación, radica en la idea de restringir su uso estrictamente a esta función, al utilizar
los resultados obtenidos únicamente para asignar una calificación o nota, mediante la cual
se le otorga al estudiante una condición, como puede ser la promoción o reprobación de
una asignatura o curso.
Los resultados obtenidos con la aplicación de una prueba, suministran también
información valiosa que puede ser empleada desde la función formativa de la evaluación,
para identificar los niveles de logro alcanzados por los estudiantes de los objetivos,
contenidos curriculares, habilidades específicas o resultados de aprendizaje, propuestas
desde el planeamiento didáctico y a partir de esta información, tomar decisiones como
pueden ser la realimentación, reorientación del proceso, o bien dar el acompañamiento
que el estudiante requiere.
El docente es quien decide en qué momento del periodo puede aplicar este tipo de
instrumento, considerando para esto el grado de avance de los estudiantes en el proceso
de lectoescritura y el tipo de habilidades que se están mediando en el proceso.
37
Proyecto
¿En qué consiste el componente Proyecto?
Consiste en un conjunto de actividades que debe realizar el estudiante con la guía y
orientación del docente, tanto dentro como fuera del centro educativo; estas actividades
deben estar relacionadas con los contenidos curriculares, valores, actitudes y prácticas
propuestas en cada unidad temática del programa de estudio de la asignatura.
Este componente se valora en algunas de las asignaturas de la educación secundaria.
La implementación del proyecto debe responder al propósito del mismo, por lo que es importante saber que:
El proyecto parte de la identificación de contextos del interés, por parte del estudiante. Incluye una serie de etapas organizadas que buscan relacionar y acercar a los estudiantes a su contexto y al entorno socio cultural.
La evaluación del proyecto es independiente de los demás componentes evaluativos: trabajo cotidiano, trabajo extraclase, pruebas, otros.
El docente debe determinar la viabilidad del proyecto, así como los momentos en que se trabajará y se llevará a cabo la valoración de las etapas del mismo. Por lo que debe comunicar de manera previa al hogar la fecha asignada para la revisión de los avances de cada etapa.
Para su calificación el docente debe confeccionar instrumentos para la evaluación, que deberá dar a conocer previamente al estudiante, padre de familia o encargado legal; los instrumentos deben estar acordes con las etapas del proyecto que serán valoradas.
El estudiante con la guía y orientación del docente decide si hace el proyecto de forma grupal o individual y escoge el tema por desarrollar, siempre y cuando este responda a los contenidos curriculares o competencias propuestas en el planeamiento didáctico del docente.
La evaluación de cada una de las etapas del proyecto es individual aunque su desarrollo haya sido grupal.
Al final del periodo, el docente asigna la calificación sumando las puntuaciones obtenidas en cada uno de las etapas del proyecto, según la escala utilizada y calculará el valor porcentual obtenido por el estudiante en este componente.
38
Recordemos….
Consultas frecuentes…
¿Cómo se evalúa el componente proyecto?
Para su calificación el docente debe considerar lo siguiente:
Definir previamente sus etapas, esto debe realizarse en forma gradual y sistemática, para lo cual debe considerar tanto el proceso como el producto, el contexto, el tiempo del que dispone el estudiantado para su realización y la naturaleza del mismo. Así como, los momentos en que realizará la evaluación de cada etapa, previa comunicación a los estudiantes.
Reorientar a partir de los avances presentados por los estudiantes, durante la elaboración de las diferentes etapas del proyecto, considerando para esto la viabilidad, practicidad, recursos, tiempo, si este se realiza de forma grupal o individual, entre otros.
No procede considerar como proyecto la solicitud de donaciones de dinero, compra de materiales,
de equipo o mobiliario, pintar o reparar aulas; lo anterior por cuanto se estaría dejando de lado el
propósito educativo y lo propuesto en los contenidos curriculares o competencias, formuladas
desde el planeamiento didáctico.
Al ser el proyecto un proceso y estar
conformado por diversas etapas, el
docente deberá guiar al estudiante en el
desarrollo de este, valorando la viabilidad
del mismo, comunicando las fechas en
que se revisará cada una de las etapas, así
como reorientando el proceso y posibles
correcciones. Además, deberá promover
procesos de autoevaluación y
coevaluación durante el desarrollo de las
etapas de este.
39
Generar espacios de reflexión conjunta, docentes y estudiantes, para valorar los aspectos positivos, así como los que se deben mejorar en cuanto al desarrollo del proyecto.
Propiciar espacios para la práctica de los procesos de autoevaluación y coevaluación, esta información constituye un insumo más para la toma de decisiones.
Construir un instrumento técnicamente elaborado, para evaluar las diferentes etapas del proyecto, lo que implica la redacción de indicadores acordes con cada una de ellas y el propósito del proyecto. Mismos que deben darse a conocer a los estudiantes durante el desarrollo de cada etapa del proyecto.
Utilizar la misma escala numérica para la valoración de los indicadores, por lo que no procede la asignación de valores porcentuales.
Asignar la calificación a cada indicador, de acuerdo con la escala y el desempeño del estudiante. Al concluir el proyecto se realiza el cálculo respectivo para obtener el porcentaje correspondiente.
Informar de manera pronta y oportuna a los padres de familia o encargados legales, acerca del desempeño del estudiante en cada una de las etapas del proyecto.
Consignar un uno (1) como calificación en este componente no procede, de no ser porque el estudiante haya incumplido con la totalidad de las etapas del mismo.
La evaluación del componente Proyecto es independiente de los otros componentes evaluativos. El docente dentro de su planificación diaria debe determinar los momentos que destinará para brindar seguimiento y acompañamiento al desarrollo de las etapas del proyecto.
El proyecto puede desarrollarse de manera grupal o individual, sin embargo su proceso de evaluación debe ser siempre individual.
Cuando se correlacionan proyectos entre varias asignaturas, la evaluación de los aprendizajes debe responder a los propósitos formulados desde cada una de éstas. Igualmente la calificación la realizará el docente de cada asignatura, siguiendo los criterios establecidos.
¿Puede el docente considerar la información recopilada durante el desarrollo de las
diferentes etapas del proyecto como parte de la calificación del trabajo cotidiano o del
trabajo extraclase?
No, la evaluación del componente proyecto es independiente de los otros componentes
de la calificación, por lo tanto el docente debe determinar los momentos en que se llevará
a cabo la evaluación y tener presente la información recopilada, durante el desarrollo de
las diferentes etapas.
40
Concepto
Es el juicio profesional y valorativo que realiza el docente con respecto al desempeño y
actitud que demuestra el estudiante, durante el proceso de aprendizaje, en cada una de
las asignaturas tales como interés, esfuerzo, perseverancia y actitud positiva, entre otros.
Consulta frecuente….
¿Cómo se califica el concepto?
De acuerdo con el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, el concepto constituye
el juicio profesional valorativo y global que emite el docente con respecto al desempeño y
actitud que demuestre el estudiante durante el proceso de aprendizaje en cada una de las
asignaturas. Es por esto, que su calificación debe basarse en la información cualitativa y
cuantitativa que el docente recopile durante el periodo, en cada asignatura.
La calificación que se asigne debe ser congruente con las calificaciones obtenidas por el
estudiante en los componentes: pruebas, trabajo cotidiano, trabajo extraclase, y proyecto.
Para lograr esta congruencia, el docente que lo desee, puede obtener el promedio de las
calificaciones y luego realizar la conversión para el cálculo del porcentaje.
Para la calificación del concepto el docente NO deberá considerar la puntualidad, asistencia, ni
aspectos relacionados con la conducta tales como: el uso del uniforme, fuga de lecciones y de
actividades curriculares, interrupciones incorrectas al proceso de aprendizaje en el aula, o el
uso de vocabulario vulgar entre otros.
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Ejemplo:
Calificación del componente Concepto Cálculo
Calificación de primera prueba 76
Calificación de segunda prueba 84
Calificación de trabajo extraclase 92
Calificación de trabajo cotidiano 87
76 + 84 + 92 +87 = 339 = 84,75
4 4
84,75 x 0,05 = 4,24 %
Porcentaje mínimo de concepto
4,24 %
Asistencia
La asistencia consiste en la presencia del estudiante en las lecciones y en todas aquellas
otras actividades escolares a las que fuere convocado. Para su calificación el docente:
Tomará como referencia el número total de lecciones impartidas en la respectiva asignatura durante el período, así como el porcentaje de ausencias o de llegadas tardías injustificadas del estudiante en ese mismo período.
En caso de que un estudiante menor de edad, no asista o llegue tarde a lecciones, es responsabilidad del padre de familia o encargado legal justificar por escrito ante el docente de asignatura, el motivo de la inasistencia o llegada tardía; por su parte el docente debe estar comunicando oportuna y periódicamente al padre de familia o encargado legal de la situación presentada con relación a la inasistencia o llegadas tardías que presenta el estudiante.
En relación con la asistencia es importante conocer:
Es deber del padre de familia o encargado legal velar por la asistencia y puntualidad de su hijo(a) a lecciones; debido a que la inasistencia y las llegadas tardías perjudican directamente el logro de los aprendizajes del estudiante.
El docente, con base en el desempeño y actitud del estudiante durante las lecciones y de
acuerdo con su criterio profesional, puede aumentar el porcentaje obtenido con el cálculo
anterior, pero no podrá disminuirlo.
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Si un estudiante no asiste a una lección o llega tarde, debe justificar por escrito ante el docente de asignatura, en un tiempo no mayor a tres días hábiles posterior a la reincorporación al centro educativo.
Es deber del docente informar periódica y oportunamente al padre de familia o encargado legal, acerca del ausentismo o llegadas tardías que presenta el estudiante a las lecciones. Los comunicados que realice el docente deben ir en concordancia con la cantidad de ausencias, o llegadas tardías que presente el estudiante y no esperar hasta el final del periodo o curso lectivo para informarle al padre de familia o encargado.
Al aplicársele una acción correctiva a un estudiante de inasistencia a lecciones, estas ausencias no se consideran para la valoración porcentual de dicho componente en el periodo en que se aplicó. Y se le deberán reprogramar las pruebas, trabajos extraclase y proyecto, asignados durante este tiempo de suspensión.
En el caso de un estudiante que por enfermedad o por alguna necesidad educativa
especial, se le imposibilite asistir regularmente a lecciones y esto afecte su
desempeño en los otros componentes de la calificación de los aprendizajes, el
docente, deberá realizar los ajustes que considere necesarios en el momento
oportuno; como tareas, trabajos para realizar en el hogar, así como la aplicación de
pruebas, con el propósito de garantizar la continuidad de su proceso de aprendizaje.
Si el estudiante se encuentra hospitalizado, convaleciente o es recurrente a
tratamiento médico por enfermedad, se deberá aplicar lo establecido en el oficio
DEv-A-134-2014, emitido por el Departamento de Evaluación de los Aprendizajes. En
este se establecen los procedimientos y lineamientos para atender a esta población
y dar continuidad al proceso educativo, desde la perspectiva de la pedagogía
hospitalaria.
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Consulta frecuente…
¿En el nivel institucional, a quién le corresponde determinar si la ausencia de mi hijo(a)
es justificada o injustificada?
De acuerdo con el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, el docente que imparte
la respectiva asignatura, es el responsable de determinar si la ausencia es justificada o no.
No obstante, en ausencia de éste, el director designará a algún miembro del personal
docente o administrativo, para que reciba la documentación y se la traslade al docente
concernido, para que emita su validación.
4. Valoración de la conducta
La conducta como respeto mutuo, de la tolerancia entre los estudiantes, del cumplimiento
de sus deberes y del respeto a las normas y reglamentos, es materia de aprendizaje, por
lo que deberá ser valorada y calificada dentro de la totalidad del proceso educativo.
Presente….
Recordemos que un estudiante que aplaza en
alguna asignatura, para tener derecho a
realizar las pruebas de ampliación y la
estrategia de promoción, debe haber asistido
regularmente al menos al 80% del total de las
lecciones reales impartidas en la respectiva
asignatura durante el curso lectivo.
En el caso de inasistencia debidamente
justificadas, como hospitalización o guardar
reposo por enfermedad, tendrá derecho a
realizar las pruebas de ampliación y la
estrategia de promoción, aun sin haber
asistido a dicho porcentaje de lecciones.
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Recordemos….
¿Qué son normas de conducta?
Se entiende por normas de conducta, los límites claramente definidos tanto a nivel
nacional como de centro educativo que regulan al conjunto de relaciones interpersonales
y el ejercicio responsable de los derechos y responsabilidades de los estudiantes en la
comunidad educativa.
Entre estas normas se encuentra el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, el
Código de la Niñez y la Adolescencia y la normativa interna del centro educativo.
Para la evaluación de la conducta el
docente debe considerar:
El cumplimiento de las normas, de los
reglamentos y de los deberes
inherentes a la condición de estudiante.
Las diferencias individuales de los
estudiantes; sus necesidades
educativas especiales, ya sean éstas
asociadas o no con la discapacidad.
Las necesidades propias de la edad, el entorno social, el núcleo familiar y las características propias del centro educativo.
Las acciones correctivas, se aplican cuando se comprueba que el
estudiante incurre en alguna de las faltas tipificadas en el
Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes o en la normativa
interna del centro educativo. Su propósito es modificar las
conductas indebidas y es esencialmente formativa. Se aplican
durante el periodo en que se incurre en la falta. Según la
naturaleza de la falta, deben ser definidas y supervisadas por el
docente a cargo, o por el profesor guía del grupo, y el orientador
si lo hubiera.
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Es importante saber que cuando un estudiante aplaza en conducta, se le aplica el
programa de acciones de interés institucional o comunal, que viene siendo el equivalente
a las pruebas de ampliación de las asignaturas académicas; la naturaleza del mismo y la
fecha de realización es definido por el comité de evaluación de los aprendizajes.
El programa de acciones de interés institucional o comunal para estudiantes aplazados
en conducta
El programa de acciones de interés institucional o comunal tiene carácter educativo
definido y es supervisado por el comité de evaluación de los aprendizajes.
El objetivo (s) del programa de acción de interés institucional o comunal debe estar
definido.
Las actividades que se propongan mantendrán relación con las conductas que se
desea desarrolle el estudiante para superar las debilidades manifestadas.
El comité de evaluación debe construir el instrumento(s) bien elaborado(s) para la
evaluación del programa, en el que se consignen los indicadores y criterios por
evaluar y la escala para su calificación. El mismo debe darse a conocer previo a la
elaboración del programa.
Las acciones que debe realizar el estudiante para concretar el programa deben ser
calendarizadas, permitiendo espacios para la realimentación y reflexión de las
mismas.
El comité de evaluación de los aprendizajes comunicará al estudiante y padres de
familia o encargados legales, acerca del programa de interés institucional o comunal
que realizará el estudiante, así como, los procedimientos e instrumentos para su
calificación. La comunicación debe llevarse a cabo con al menos ocho días naturales
de antelación al inicio del mismo.
La condición del estudiante se define con base en la información recopilada.
El comité de evaluación de los aprendizajes informará al estudiante y padres de
familia o encargados legales, en los tres días hábiles posteriores a la conclusión del
programa de interés institucional o comunal, los resultados obtenidos.
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Consultas frecuentes…
¿Aplica el rebajo de puntos de forma directa a la nota de conducta de mi hijo(a)?
No. Para que se lleve a cabo el rebajo de puntos en la nota de conducta, se debe realizar
un debido proceso que garantice al estudiante y al padre de familia o encargado legal, el
derecho de ser comunicado de manera individual y concreta los hechos y faltas que se
atribuyen. Así como, el derecho de defensa del estudiante de declarar libremente, sin
ningún tipo de coacción y a ser acompañado por un adulto de su elección, o bien, su
derecho a no declarar contra sí mismo. Una vez finalizado dicho proceso, si se determina
que el estudiante incurrió en la falta, procede la acción correctiva y el comunicado del
rango de puntos que por la tipificación de la falta procede.
Como padres de
familia o encargados
legales debemos saber
esto!
La conducta es una disciplina y no una asignatura.
Para que un estudiante obtenga la condición plena de
aprobado en el nivel escolar o egresado del ciclo, debe
aprobar aparte de las asignaturas del plan de estudios,
la disciplina de Conducta.
Si un estudiante aplaza en Conducta debe hacer el plan
de interés institucional o comunal que se le asigne
desde el centro educativo.
Si un estudiante aplaza Conducta y además aplaza en
un máximo de cuatro asignaturas, tendrá derecho a
realizar el trabajo de interés institucional o comunal y
realizar las pruebas de ampliación en las asignaturas
que aplazó.
Las faltas de conducta en que incurra un estudiante se
valoran como muy leves, leves, graves, muy graves y
gravísimas.
En el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, se
establece el procedimiento para la aplicación de las
acciones correctivas.
El centro educativo debe garantizar a los padres de
familia o encargados legales, la comunicación y
defensa en la aplicación de acciones correctivas, si su
hijo(a) incurre en una falta de conducta.
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¿Procede el rebajo de puntos, en la nota de conducta, si durante el período no se le
comunicó a mi hijo(a), ni a mí como padre de familia o encargado legal acerca de la
comisión de una falta?
No. Indistintamente del tipo de falta en que incurra el estudiante, es necesario comunicar
al padre de familia o encargado legal la existencia de la misma y debe existir constancia
del mismo en el expediente del estudiante, para proceder al rebajo de puntos.
¿Cuál es la diferencia entre las acciones correctivas y el programa de acciones de interés
institucional o comunal?
Las acciones correctivas, se aplican cuando se comprueba que el estudiante incurre en
alguna de las faltas tipificadas en el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes y/o en
la normativa interna. Su propósito es modificar las conductas indebidas y esencialmente
estas acciones son de índole formativo. Se aplican durante el periodo en que se incurre en
la conducta indebida.
Según la naturaleza de la falta, deben ser definidas y supervisadas por el docente
concernido, o por el profesor guía, maestro a cargo del grupo y el orientador si lo hubiera.
Por su parte, el programa de acciones de interés institucional o comunal, se aplica a
aquellos estudiantes aplazados en conducta. Constituye el equivalente de las pruebas de
ampliación de las asignaturas académicas, la naturaleza del mismo y la fecha de
realización es definida por el comité de evaluación de los aprendizajes.
4. Otras consultas frecuentes relacionadas con la evaluación de los
aprendizajes
¿Ante quién se deben formular los recursos de apelación relacionados con la evaluación
de los aprendizajes en las diferentes asignaturas y la conducta de mi hijo(a)?
De acuerdo con el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes todo estudiante, padre
de familia o encargado legal, inconforme con la apreciación de la valoración del trabajo
cotidiano, trabajo extraclase, pruebas, proyecto y otras circunstancias justificadas, tiene
derecho a:
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a) En primera instancia, solicitar revisión directamente al profesor de la asignatura o
maestro de grado, quien tendrá un máximo de tres días hábiles para su resolución.
b) En segunda instancia, solicitar revisión ante el director del centro educativo, el cual
tendrá un máximo de cinco días hábiles para resolver.
La solicitud de revisión deberá ser presentada dentro de los tres días hábiles siguientes a
la entrega del resultado del trabajo extraclase, el trabajo cotidiano, la prueba, el proyecto
o el informe al hogar respectivo.
El recurso ante el director debe ser presentado en el plazo máximo de tres días hábiles
inmediatos a la resolución del docente. El director, antes de resolver, pedirá un informe al
docente respectivo y podrá solicitar los dictámenes que estime a bien al comité de
evaluación de los aprendizajes, al departamento correspondiente o a cualquier órgano del
Ministerio competente. El director resolverá en definitiva.
Contra la calificación de la conducta cabrá recurso administrativo debidamente
fundamentado ante el director del centro educativo que deberá ser presentado por
escrito a más tardar el tercer día hábil después de la entrega del informe al hogar. Este
funcionario tendrá ocho días hábiles para dar respuesta. El fallo del director es definitivo.
No obstante, si la respuesta dada por éste no es satisfactoria, el caso puede elevarse al
Despacho del Ministro(a) de Educación Pública quien resolverá en definitiva.
¿Qué sucede cuando el docente extravía el registro de calificaciones físico o digital, las
pruebas, informes de proyectos y trabajos extraclase de mi hijo(a)?
Si esto ocurre, los estudiantes deben presentar las pruebas aplicadas, trabajos extraclase
asignados y avances del proyecto entregados durante el periodo, para que el docente
consigne las calificaciones obtenidas en los diferentes componentes. Aquellos estudiantes
que no presenten los documentos, se les debe reprogramar para que los realicen de
nuevo y obtener de esta manera los porcentajes correspondientes en los diferentes
componentes de la evaluación de los aprendizajes.
En el caso de las pruebas, los trabajos extraclase y el proyecto, deben considerarse la
existencia de documentos escritos que respalden la toma de decisiones de parte del
docente, si no consta documento, no se puede orientar el trabajo del estudiante y por
ende se vería afectado en su proceso de enseñanza aprendizaje, de acuerdo con esto, lo
pertinente es reprogramar la prueba, el trabajo extraclase o proyecto que se extravío.
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¿Cómo se calcula el promedio ponderado anual de cada asignatura?
A excepción del primer año de la Educación General Básica, para calcular el promedio
ponderado anual de cada asignatura, se debe considerar:
a) la nota obtenida por el estudiante en cada período.
b) la ponderación de cada una de las notas: 30% la del primer trimestre, 30% la del
segundo trimestre y 40% la del tercer trimestre.
Ejemplo:
Si un estudiante obtiene en el primer trimestre una nota de 75, en el segundo una nota de
80 y en el tercero una nota de 63, su promedio se calculará de la siguiente manera:
Primer trimestre 75 x 0,30 = 22,50
Segundo trimestre 80 x 0,30 = 24,00
Tercer trimestre 63 x 0,40 = 25,20
Promedio anual 71,70
Esto significa que el promedio anual, es de 71,70 (se redondea a 72), lo cual le da al
estudiante la condición de aprobado.
¿Cómo se aplica el criterio de redondeo?
De acuerdo con el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, los promedios de cada
periodo y el promedio anual ponderado se consignan sin decimales. Se establece como
criterio de redondeo el siguiente: decimales mayores a 0,50 se redondean al entero
superior, decimales menores o iguales a 0,50 se redondean al entero inmediato inferior.
Por ejemplo si su hijo(a) es estudiante de segundo año y obtiene en la asignatura de
Español un promedio 64,51; aplicado el redondeo su promedio es 65.
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¿En qué casos reprueba mi hijo(a)?
Reprueba cuando:
Aplaza en una asignatura y no asistió, al menos al 80% del total de las lecciones
impartidas en ella. Para ello el docente debe haber comunicado la situación de
inasistencia al estudiante y al padre de familia o encargado legal, en forma escrita y
de manera pronta y oportuna durante cada período del curso lectivo.
Aplaza en más de cuatro asignaturas.
Presenta las dos pruebas de ampliación, en un máximo de cuatro asignaturas y no
obtiene la nota mínima de aprobación en alguna(s) de ellas.
No se presenta y no justifica su inasistencia a las dos convocatorias de pruebas de
ampliación.
Aplaza Conducta y no aprueba el programa de interés institucional o comunal.
Si cursa el primer año de la Educación General Básica y no asiste al menos al 80% de la totalidad de las lecciones impartidas durante el curso lectivo.
¿Se pueden incluir en las pruebas de ampliación todos los objetivos y contenidos
desarrollados durante el curso lectivo?
No. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, los
objetivos y contenidos, contenidos procedimentales e indicadores, habilidades específicas
y conocimientos, o competencias, para elaborar las pruebas de ampliación, serán
seleccionados y definidos por el docente, entre aquellos establecidos en el programa de
estudio vigente y tratados durante el curso lectivo.
El docente deberá comunicar por escrito dicha selección, con al menos ocho días
naturales de antelación a la aplicación de la primera prueba de ampliación a los
estudiantes aplazados. Estos temas serán los mismos para la primera y segunda prueba
de ampliación.
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¿Qué procede si mi hijo(a) reprueba en una o más asignaturas?
Si es estudiante de primaria y reprueba alguna asignatura o conducta, debe repetir el año
escolar completo, excepto si es estudiante de una escuela nocturna.
Si es estudiante de secundaria y reprueba una o más asignaturas, debe matricular las
asignaturas reprobadas y puede adelantar asignaturas del nivel superior, siempre y
cuando se cumpla con los siguientes requisitos:
a. No tengan como requisito, alguna de las asignaturas reprobadas del nivel anterior.
b. No presenten choque o contraposición horaria con las asignaturas que el estudiante
debe repetir.
¿Si mi hijo(a) reprueba, puede presentar pruebas de ampliación en más de cuatro
asignaturas?
No. De acuerdo con el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, tendrá derecho
únicamente, a realizar pruebas de ampliación en cuatro asignaturas como máximo,
excepto los estudiantes de centro educativos nocturnos.
¿Si mi hijo(a) es estudiante de una escuela o colegio nocturno, en cuántas asignaturas
puede presentar pruebas de ampliación?
Los estudiantes de escuelas o colegios nocturnos pueden presentar pruebas de ampliación
en cada una de las asignaturas que haya aplazado, independientemente de la cantidad
que sea.
¿Qué procede si mi hijo(a) no se presenta a realizar las pruebas de ampliación?
Si no se presenta a realizar la(s) prueba(s) de ampliación y no justifica ante el docente
encargado o director del centro educativo en ausencia de éste, en los tres días
posteriores, pierde el derecho a realizar la respectiva prueba.
Si el estudiante presenta justificación de su ausencia, queda a juicio del docente o en su
defecto, del director del centro educativo, determinar si el motivo justifica o no la
ausencia. Si la justificación es aceptada, procede la reprogramación de la respectiva(s)
prueba(s), previa comunicación al estudiante.
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Es importante, recordar que la justificación es independiente para cada convocatoria, por
lo tanto, la inasistencia de un estudiante a la primera convocatoria, sin que medie una
debida justificación, no afecta su derecho a realizar la segunda prueba de ampliación.
¿Se puede solicitar una copia de la prueba de ampliación?
Sí. Los estudiantes, sus padres o encargados legales tienen derecho, cuando así lo
soliciten, a revisar la prueba calificada en presencia del director del centro educativo o del
educador que éste designe. Igualmente, tendrán derecho a tomar nota de las preguntas y
respuestas, de existir los medios en el centro educativo, podrán obtener fotocopia del
documento.
¿Qué procede si mi hijo(a) aplaza asignaturas del nivel que repite y del nivel que
adelanta?
El estudiante deberá presentar las pruebas de ampliación de las asignaturas aplazadas del
nivel que repite y podrá presentar pruebas de ampliación, en las asignaturas del nivel que
adelanta, siempre que no exceda el número establecido en el Reglamento de Evaluación
de los Aprendizajes, cuatro pruebas en total.
Si mi hijo(a) después de realizadas las dos pruebas de ampliación, reprueba una única
asignatura, ¿tiene derecho a realizar una estrategia de promoción?
Si un estudiante después de haber realizado las dos pruebas de ampliación, reprueba una
única asignatura, tendrá derecho a que se le aplique una estrategia de promoción: tareas,
trabajos específicos o pruebas, acordes con la naturaleza de la asignatura y los objetivos,
contenidos curriculares, habilidades específicas o competencias mediadas durante el
curso lectivo, siempre y cuando haya cumplido con las siguientes condiciones:
o Asistido al menos al 80% de las lecciones de esa asignatura durante el año.
o Cumplido con la presentación de todas la pruebas durante el año y al menos el
80% de los trabajos extraclase.
o Cumplido con la presentación de los proyectos durante el año (en el caso de
las asignaturas que consideran este componente).
o Presentado las pruebas de ampliación en ambas convocatorias.
Si el comité de evaluación de los aprendizajes ampliado, elige aplicar, en última instancia,
una prueba como estrategia de promoción, esta debe cumplir con los lineamientos
técnicos emanados por el Departamento de Evaluación de los Aprendizajes. Los objetivos,
contenidos procedimentales, habilidades específicas o competencias seleccionados para la
medición, serán aquellos que se consideren básicos para que el estudiante continúe con
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su proceso educativo en el nivel siguiente, por lo que no aplica la misma prueba para
todos los estudiantes del nivel que se encuentren en esta situación, así como esta no
debe considerarse una prueba más de ampliación.
En caso de elegir como estrategia de promoción una tarea(s), trabajo específico de la
asignatura (investigación, proyecto, entre otros), para su valoración, el docente
confeccionará un instrumento de acuerdo con los lineamientos técnicos emanados por el
Departamento de Evaluación de los Aprendizajes. Los indicadores que se consignen en
este instrumento deberán responder a los objetivos, contenidos curriculares, habilidades
específicas o competencias seleccionadas para la aplicación de la estrategia.
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5. Bibliografía
Ministerio de Educación Pública (2009). Reglamento de evaluación de los aprendizajes. Decreto Ejecutivo No 35480 MEP. San José, Costa Rica.
Ministerio de Educación Pública, Departamento de Evaluación de los Aprendizajes (2011). Evaluación Diagnóstica. San José, Costa Rica.
Ministerio de Educación Pública, Departamento de Evaluación de los Aprendizajes (2011). La Prueba Escrita. San José, Costa Rica.
Ministerio de Educación Pública, Departamento de Evaluación de los Aprendizajes (2012). La evaluación de los aprendizajes en el contexto de la atención de las necesidades educativas de los estudiantes. San José. Costa Rica.
Ministerio de Educación Pública (2013). Departamento de Evaluación de los Aprendizajes.
Evaluación Formativa. San José, Costa Rica.
Ministerio de Educación Pública (2014). Departamento de Evaluación de los Aprendizajes.
La Prueba de Ejecución. San José, Costa Rica.
Ministerio de Educación Pública (2014). Departamento de Evaluación de los Aprendizajes.
Orientaciones para operacionalizar las funciones y atribuciones del Comité de
Evaluación de los Aprendizajes. San José, Costa Rica.
Ministerio de Educación Pública, Departamento de Evaluación de los Aprendizajes (2015). Respuestas a consultas más frecuentes en el proceso de evaluación de los aprendizajes. San José. Costa Rica.