ministerio de educacion - boe.es · 1.1.2 las plazas sin cubrir de las reservadas a profesores de...

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7.- En el apartado RESERVADO ADMINI5TRACION. NO ESCRIBIR nada. Gracias. la memoria, en el caso de que en el puesto solicitado se exija, se grapará igualmente a la presente instanc,ia. 2.- En DATOS DEL PUESTO DE TRABAJO, recuadro "modo de provisión", debe especificarse la forma de obtención del puesto de trabajo, entre las siguientes: BOE núm. 97 y de Idiomas, de' conformidad con sus bases generales y con el tin de atender las necesidades de personal en los Cuerpos de Profesores Agregados de Bachillerato, Profesores Numerarios y Maestros de Taller de Escuelas de MaestlÍa Industrial, Profesores Agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especiales y Profesores Auxiliares de Conservatorios de Música Declamación y Escuela Superior de Canto, Profesores de Entrada y Maestros de' Taller de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, y de conformidad con lo establecido por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de abril de 1990 por el que se aprueba la oferta de empleo público residual prevista en el Real Decreto-ley 7/1989, de 29 de diciembre (<<Boletín Oficial del del 30). Este Ministerio en uso de las competencias que tiene atribuidas por Real Decreto 2169/ 1984, de 28 de noviembre (<<Boletín Oficial del Estado» de 7 de diciembre), previo infome de la Comisión Superior de Personal y oído el Ministerio de Asuntos Sociales. acuerda convocar pruebas selectivas, en régimen de concurso oposición, para ingreso en los referidos Cuerpos. en plazas situadas dentro de su ámbito de gestión directa, con arreglo a las siguientes: Lunes 23 abril 1990 INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLlMENTAClON DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACION EN EL CONCURSO. 10962 6.- Toda la documentación deberá 'presentarse, como la solicitud, en tamaño (DIN·A4) e impresa o escrita por una " sola cara. 4.- La alegación para valoración del trabajo desarrollado y los meritos específicos se grapará a la instancia, aunque en ningún caso exime de la pertinente acreditación documental. L·" El impreso debe rellenarse preferentemente a maquina. En caso de escribirse a mano se hará con letras mayúsculas y bolígrafo negro. 3.- En PUESTOIS SOllCITADOIS, el recuadro correspondiente a la Unidad de adscripCión se rellenará con el nombre de la Dirección General, Organismo Autónomo, Delegación o Dirección TerritOrial o Provincial a la que corresponda el puesto. . Concurso - libre Designación • Redistribución de efectivos - Adscripción provisional - Nuevo ingreso - Reingreso 9401 MINISTERIO DE EDUCACION y CIENCIA ORDEN de 21 de abril de 1990 por la que se conmcan pruebas selectivas para acceso a los Cuerpos de Profesores Agregados de Bachillerato. Profesores ,Vumerarios y Maes- tros ae Taller de Escuelas de Maestr{a Industrial. Profeso- res Agregados de Escuelas OfIciales de Idiomas. Profesores Especiales y Profesores Auxiliares de los Conservatorios de JlÚsica. Declamación y Escuela" Superior de Canto. Profe- sores de Entrada y Maestros de Taller de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artisticos. Convocado con carácter general, por Orden de 5 de abril de 1990 (<<Boletín Oficial del Estado» del 11), para acceso a los Cue,;>os de funcionarios docentes de Enseñanzas Medias, Artísticas

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7.- En el apartado RESERVADO ADMINI5TRACION. NO ESCRIBIR nada. Gracias.

s.~ la memoria, en el caso de que en el puesto solicitado se exija, se grapará igualmente a la presente instanc,ia.

2.- En DATOS DEL PUESTO DE TRABAJO, recuadro "modo de provisión", debe especificarse la forma de

obtención del puesto de trabajo, entre las siguientes:

BOE núm. 97

y de Idiomas, de' conformidad con sus bases generales y con el tin deatender las necesidades de personal en los Cuerpos de ProfesoresAgregados de Bachillerato, Profesores Numerarios y Maestros de Tallerde Escuelas de MaestlÍa Industrial, Profesores Agregados de EscuelasOficiales de Idiomas, Profesores Especiales y Profesores Auxiliares deConservatorios de Música Declamación y Escuela Superior de Canto,Profesores de Entrada y Maestros de' Taller de Escuelas de ArtesAplicadas y Oficios Artísticos, y de conformidad con lo establecido porel Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de abril de 1990 por el quese aprueba la oferta de empleo público residual prevista en el RealDecreto-ley 7/1989, de 29 de diciembre (<<Boletín Oficial del Estado)~del 30).

Este Ministerio en uso de las competencias que tiene atribuidas porReal Decreto 2169/ 1984, de 28 de noviembre (<<Boletín Oficial delEstado» de 7 de diciembre), previo infome de la Comisión Superior dePersonal y oído el Ministerio de Asuntos Sociales. acuerda convocarpruebas selectivas, en régimen de concurso oposición, para ingreso enlos referidos Cuerpos. en plazas situadas dentro de su ámbito de gestióndirecta, con arreglo a las siguientes:

Lunes 23 abril 1990

INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLlMENTAClON DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACION EN EL CONCURSO.

10962

6.- Toda la documentación deberá 'presentarse, como la solicitud, en tamaño (DIN·A4) e impresa o escrita por una

" sola cara.

4.- La alegación para valoración del trabajo desarrollado y los meritos específicos se grapará a la instancia,

aunque en ningún caso exime de la pertinente acreditación documental.

L·" El impreso debe rellenarse preferentemente a maquina. En caso de escribirse a mano se hará con letras

mayúsculas y bolígrafo negro.

3.- En PUESTOIS SOllCITADOIS, el recuadro correspondiente a la Unidad de adscripCión se rellenará con el

nombre de la Dirección General, Organismo Autónomo, Delegación o Dirección TerritOrial o Provincial a la

que corresponda el puesto.

. Concurso

- libre Designación

• Redistribución de efectivos

- Adscripción provisional

- Nuevo ingreso

- Reingreso

9401

MINISTERIODE EDUCACION y CIENCIA

ORDEN de 21 de abril de 1990 por la que se conmcanpruebas selectivas para acceso a los Cuerpos de ProfesoresAgregados de Bachillerato. Profesores ,Vumerarios y Maes­tros ae Taller de Escuelas de Maestr{a Industrial. Profeso­res Agregados de Escuelas OfIciales de Idiomas. ProfesoresEspeciales y Profesores Auxiliares de los Conservatorios deJlÚsica. Declamación y Escuela" Superior de Canto. Profe­sores de Entrada y Maestros de Taller de Escuelas de ArtesAplicadas y Oficios Artisticos.

Convocado con carácter general, por Orden de 5 de abril de 1990(<<Boletín Oficial del Estado» del 11), concu~o-oposición para acceso alos Cue,;>os de funcionarios docentes de Enseñanzas Medias, Artísticas

Lunes 23 abril 1990BüE numo 97

Bases comunes

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 3.465 plazas, cuyodesglose por Cuerpos y sistemas de cobertura es el siguiente:

Reserva ReservaCuerpo Minus- Profe· Acceso TotalCódigo viii- ,.'" libre

dos (0) EG"

9002 Profesores Numerarios de Escuelas43'2de Maestría Industrial 18 150 600

9007 Maestros de. Taller de Escuelas deMaestria Industrial 2 - 48 50

9001 Profesores Agregados de Bachillerato 69 575 1.656 2.3009003 Profesores Agregados de Escuelas

Oficiales de Idiomas 5 - 145 1509008 Profesores de Entrada de Escuelas de

Artes Aplicadas y Oficios Artísti·2 68 70cos -

9009 Maestros· ·de .iáÚer.de' .E~~~e·I~~· d~Artes Aplicadas y Oficios Artísti-

29 30cos I -9004 Profesores Especiales de Conservato-

rios de Música, Declamación y65Escuela Superior de Canto 2 - 63

9011 Profesores Auxiliares de Conservato-rios de Música, Declamación yEscuela Superior de Canto 6 - 194 200

Totales 105 725 2.635 3.465

(-} Disposición transitoria primera del Real De~reto 315/1989. de 31 de marzo (<<BoletinOficial del Estado» de I de abril). por el que se aprueba la ofena de empleo público para 1989.

El número de plazas podrá ser modificado de acuerdo con lo quedisponga el Real Decreto por el que se aprueba la oferta de empleopúblico para 1990.

1.1.1 La,distribución de estas plazas por asignaturas se encuentrarecogida en las bases específicas de cada Cuerpo.

1.1.2 Las plazas sin cubrir de las reservadas a Profesores de EGB,asi como de las reservadas para quienes tengan la condición legal depersonas con minusvalias se acumularán a las del sistema general deacceso libre.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación: LaLey 30/1984, de 2 de agosto, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio;la Ley 14/1970, de 4 agosto; el Real Decreto 2223/1984, de 19 dediciembre (<<Boletín Oficial del EstadO) del 21); el Real Decreto533/1986, de 14 de marzo (<<Boletín Oficial del Estado» del 17); la Ordende 5 de abril de 1990 (<<Boletín' Oficial del Estado~ del 11), y lo dispuestoen la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las siguientes fases: Concurso,oposición y período de prácticas.

1.4 Las pruebas comenzarán a partir del 25 de junio y deberánhaber concluido el 31 de julio de 1990.

1.5 Los programas que han de regir en las pruebas son los que enlas bases específicas de cada Cuerpo se señalan.

1.6 Los aSl?irantes que hayan superado los ejercicios oblie;atorios dela fase de oposlción serán nombrados funcionarios en práctIcas por laAutoridad convocante.

Estos funcionarios deberán superar el periodo de prácticas, cuyaduración y regulación serán determinadas por resolucióJ;l de las Direc·ciones Generales de Personal y Servicios, y Centros Escolares delMinisterio de Educación v Ciencia.

Quienl:s no superen él período de .prácticas perderán todos losderechos a su nombramiento como funcionarios de carrera por resolu·ción motivada de la autoridad convocante, a propuesta del Subsecretariodel Departamento, previo informe favorable de la Comisión Superior dePersonal.

2. Requisitos de los candidatos

, Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, losaspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1 Generales.2. l. 1 Ser español.2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.2.1.3 Estar en posesión de los títulos que para cada Cuerpo se

detalla en las bases específicas de cada uno, que aparecen en esta mismaconvocatoria.

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2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación fisicao psíquica que sea incompatible con el ejercicio de la docencia.

2.·1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario delservicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarseinhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.1.6 Para el Cuerpo de Profesores Agregados de Bachillerato: Estaren posesión del certificado de aptitud pedagógica para Bachillerato,expedido por un Instituto de Ciencias de la Educación o· bien de haberprestado docencia durante un curso académico como Profesor enplenitud de funciones en el hivel de Enseñanzas Medias, en alguno delos siguientes Centros:

a) Institutos de Bachillerato o Institutos Nacionales de EnseñanzasMedias, incluidas sus Secciones Delegadas.

b) Institutos Técnicos de Enseñanza Media.e) Institutos Polité<;nicos de Formación Profesional, Institutos de

Formación Profesional y Secciones Delegadas de Formación Profesio­nal.

d) Centros Oficiales de Patronato.e) Centros de Ellseñanzas Integradas..0 Secciones Filiales.g) CQlegios Iibres.adqptados o Centros municipales.h) Colegios reconocidos o autorizados de Bachillerato Elemental o

Superior. . ,i) Centros especializados de Curso Preuniversitario.j) Centros homologados, habilitados o libres de Bachillerato.

A los efectos previstos en este aPartado 2.1.6 se éonsiderará que haprestado docencia durahte un curso académico Quien hubieT'J. cumplido,al menos, seis meses de docencia efectiva.

Estarán exceptuados de este requisito los Licenciados universitariosque hubiesen terminado los estudios de la especialidad de «Pedagogía»,así como los oposl,'tores que participen P,or el sistema de promoción paraProfesores de EGB.. .

2.2 De conformidad con lo previsto en la disposición transitoriaprimera del Real Decreto 315/1989, de 31 de marzo (<<Boletín Oficial delEstado» de 1 de abril), por el que se aprueba la oferta de empleo públicode 1989, se reserva un 3 por 100 del total de las plazas convocadas paraser cubiertas por quienes tengan. la condición legal de personas conminusvalía.

2.2.1 La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en lasolicitud de participación, con declaración expresa de los interesados dereunir la condición exigida al respecto,. que se acreditará. si obtuviereplaza, mediante certificación de los órganos competentes del Ministeriode Asuntos Sociales y. en su caso, de la Comunidad Autónomacorrespondiente.

2.2.2 Las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igual·dad con los aspirantes de libre acceso, sin perjuicio de las adaptacionesprevistas en el apartado 13 de la base 5 de las comunes de estaconvocatoria.

Si en la realización de las mismas se suscitaran dudas al Tribunalrespecto de la capacidad del aspirante para el desempeño de las-·actividades habitualmente desarrolladas"por los funcionarios del C"uerpoa que opta, podrá recabar el correspondiente dictamen del órganocompetente conforme a lo previsto en el apartado 2.2.1 de esta base.

2.2.3 En la asignación inicial del puesto de trabajo y, en su caso. enlos sucesivos concursos de provisión, el Organo o la Comisión deValoración competentes podrán requerir, respecto de las personas queingresaron por esta reserva, -dictamen del órgano a que se refiere elapartado 2.2.1 de esta base sobre compatibilidad del candidato al puestode tI?bajo o sobre las adaptaciones de 'este último.

2.3 Plazas para promoción de Profesores de Educación GeneralBásica. Se reserva un 25 por 100 de las plazas convocadas de los Cuerposde Profesores Agregados de Bachillerato y Profesores Numerarios deEscuelas de Maestría Industrial, para la promoción de los Profesores delCuerpo de Educación General Básica.

2.3.1 Podrán concurrir a estas plazas los (uncionarios del Cuerpode Profesores de Educación General Básica que, además de las condicio·nes generales, reúnan los siguientes requisitos: j

Contar con diez' años de docencia como funcionarios de carrera dedicho Cuerpo.

Que la plaza que se esté desempeñando en propiedad se encuentre enun Centro dependiente del Ministerio de Educación y Ciencia. AquellosProfesores que no estén prestando servicios en la fecha de terminacióndel plazo de presentación de instancias podrán concursar a través de estaconvocaJ.oria, si la ultima plaza en la que prestaron servicios está situadaen el ámbito de gestión del Ministeno de Educación y Ciencia.

2.4 Los aspirantes que participen por estas reservas no podránconcurrir a la misma asignatura por el sistema general de aCCt:SO libre,ni por esta convocatoria, ni por ninguna de las convocatorias de lasComunidades Autónomas con competencia plena en materia de educa·ción. Asimismo, sólo podrán concurrir a una asignatura por estesistema.

Lunes 23 abril 1990

~n concepto de gastos de tramitación por órdenes de pago losasplra.ntes abona~án 200 pesetas a Correos-Caja Postal, cantidad fijadapor dicho Orgamsmo, de acuerdo con lo establecido en la disposiciónadicional 18 de la Ley 50 1984.

2.5 Todos los requisitos enumerado en los apartados 1, 2 y 3 de­esta base deberán poseerse el dia de finalización del plazo de presenta­ción de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma deposesión· como funcionarios de carrera, excepto el requisito previsto enel apartado 2.1.6. que se entenderá referido al acto de presentación deopositores ante el Tribunal.

3. Solicitudes y pago de derechos

3.1 Quienes deseen tornar parte en el presente concurso~oposicióndeberán hacerlo constar en instancia. que será facilitada gratuitamenteen los Gobiernos Civiles de cada provincia, en las Delegaciones delGobiemode Ceuta y Melilla, en la Oficina de Información delMinisterio de Educación y Ciencia, en sus Direcciones Provinciales, enel Centro de Información Administrativa del Ministerio para lasAdministraciones Públicas, eri la Dirección General de la FunciónPublica y en el Instituto Nacional de Administración Pública. A lainstancia se acompañarán dos fotocopias del documento nacional deidentidad. En la solicitud se consignarán los cQdigos de Cuerpo yasignatura que figuran en las bases de esta convocatoria.

3.2 La presentación de solicitudes (e¡'emPlar numero 1, «Ejemplara presentar por el interesado» del mode o de solicitud) se hará en elRegistro Central del Ministerio de Educación y Ciencia, o en la formaestablecida en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo,en el plazo de veinte dias naturales a partir dt:1 siguiente a la publicaciónde esta convocatoria en el c.cBoletin Oficial del Estado» y se dirigirá alDirector general de Persorral y Servicios. En el caso de que optaran porpresentar su solicitud ante una oficina de Correos, lo harán en sobreabierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario deCorreos antes de ser certificada.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podráncursarse en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de lasrepresentaciones diplomáticas o consulares espanolas correspondientes,quienes la remitirán seguidamente al Ministerio de Educación y Ciencia.El abono de los derechos de examen se hará por transferencia bancariaa la cuenta de la Caja Postal de Ahorros resenada en el apartado 4 deesta base. En todo caso deberá acompañarse el comprobante a" lasolicitud.

3.3 . los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la instanciala minusvalía que padecen, en el recuadro de la solicitud, destinado aestos efectos. Deberán asimismo solicitar, expresándolo en dicho recua­dro contiguo, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para larealizac~ón de los ejercicios en los casos en que esta adaptación seanécesana,

Asimismo, aquellos aspirantes con minusvalía que deseen acogerse alo previsto ,en la base 2.2 de la presente convocatoria deberán indicarloexpresamente, consignando para ello la letra «M» en el recuadro numero23, apartado A, de la instancia de participación. En los recuadrossiguientes «B» y 4<C», el interesado deberá expresar que reune losrequisItos exigidos para concursar por esta reserva.

3.4 En el recuadro de la solicitud destinado a «Provincia deexamen» los aspirantes harán constar, cualquiera que sea el sistema deacceso por el que participen Madrid o Baleares, entendiéndose, caso deno cumplimentar este recuadro, que se opta por Madrid.

3.5 Los derechos de examen serán los que seguidamente se relacio­nan y se ingresarán en cualquiera de las oficinas de Correos o de la CajaPostal, en las cuentas corrientes que a continuación se indican, a nombrede «Pruebas selectivas de ingreso al Cuerpo de ».

BOE núm. 97

En la solicitud deberá figurar el sello de la mencionada Caja.acreditativo del pago de los derechos, cuya falta determinará la exclusióndel aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la Caja Postalsupondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma dela solicitud ante el órgano expresado en el apartado 2 de esta base.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse en las solicitudespodrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición deltnteresado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias el Ministeriode Educación y CienCia dictará Resolución en el plazo máximo de unmes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dichaResolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», seindicarán los lugares donde se encuentren expuestas al publico las listascertificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos. Dichas listasdeberán ser expuestas en todo caso en la Oficina de Información delMinisterio de Educación y Ciencia, en sus Direcciones Provinciales. enla Dirección General de la Función Pública, en el Centro de InformaciónAdministrativa del Ministerio para las Administraciones Publicas. en losGobiernos Civiles de cada provincia y en las Delegaciones del Gobiernode Ceuta y Mejilla. En las listas deberán constar los apellidos, nombrey número del documento nacional de identidad, así como, en su caso.la causa de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días,contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, parapoder subsanar el defecto que. haya motivado su exclusión. Lasreclamaciones se dirigirán al Ministerio de Educación y Ciencia. deacuerdo con lo dispueso en los artículos 71 y 121 de la Lev deProcedimiento Administrativo, y se presentarán por cualquiera dé lasformas previstas en el apartado 2 de la base 3 de las comunes de estaconvocatoria.

4.3 las reclamaciones presentadas serán, aceptadas o rechazadaspor resolución expresa, publicadas en los mismos lugares en que se hizola publicidad de las lislas anteriores de admitidos y excluidos.

4.4 Contra dicha Resolución los interesados podrán interponerrecurso de reposición ante el Ministerio de Educación y Ciencia, en elplazo de un mes, a partir de su publicación, segun lo dispuesto en elarticulo 126 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo.

De no presentarse recurso de reposición, el escrito de subsanación dedefectos se considerará recurso de reposición, si el aspirante fuesedefinitivamente excluido de la realización de los ejercicios.

4.5 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a losaspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la reaIlzación dela pruebas selectivas.

5. Tribunales

5.1 Publicada la lista de admitidos y excluidos el Ministerio deEducación y Ciencia, en el plazo de UlHlles, procederá al nombramientode los Tribunales que habrán de juzgar las fases de concurso y oposición,haciendose publica su composición en el «Boletín Oficial del Estado».~ podrán nOlll;brar cuantos Tribunales se juz~uen necesarios; si elnum~ro de op~sl~oresy I?lazas convocadas ~or aSignaturas lo aconsejan,podran constituirse Tnbunales para reahzar pruebas selectivas enBaleares.

5.2 Los Tribunales estaran compuestos de acuerdo con lo determi~nado J?Or el Real ~reto 533/1986, de 14 de marzo, por funcionariosen activo de cualqUiera de los Cuerpos de la Función Pública docentey del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa.

la titulación de los miembros de los Tribunales será igualo superiora la, exigida para el ingreso en el Cuerpo, cuyas pruebas de acceso hayande Juzgar.

Los Tribunales estarán integrados por:

Un Presidente, designado directamente por el Ministerio de Educa­ción y Ciencia.

Cuatro Vocales, designados por sorteo publico, que se realizará en ellugar y fecha en que oportunamente se determine,mediante anuncio enel «Boletín Oficial del Estado». Excepcionalmente, cuando las caracterís~ticas de las asignaturas así lo aconsejen, el Ministerio de Educación yCiencia podrá proceder a designar directamente estos Vocales.

Actuará como Secretario el Vocal más moderno del escalafón salvoque el Tribunal acuerde determinarlo de otra manera. '

5.3 Para cada Tribunal se designará por igual procedimiento unTribunal suplente. _

. 5.4 En los c~sos en que, se nombre más de un Tribunal poraSignatura, el PreSidente del Tnbunal número 1 actuará como coordina­dor entre los diferentes Tribunales nombrados, en cuanto a la fecha decomienzo del primer ejercicio, que será simultáneo y, en su caso, lasnormas a que se ajustará la realización de los ejercicios prácticos.

5.5 En las asignaturas en las que se nombre más de un Tribunal elnúmero de plazas que se asigne a cada uno será el resultado de dividirlas plazas de las asignaturas por el número de Tribunales. Si el número

Impone Númeroderechos de cuenta- corrienlePeseta$

3.000 8.698.116

3.000 8.698.1163.000 8.698.116

3.000 8.698.116

3.000 8.698.116

2.000 8.698.124

2.000 8.698.124

2.000 8.698.124

10964

Profesores agregados de Bachillerato ,.Profesores numerarios de Escuelas de Maestría

Industrial .. , ,......... , ,., .Agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas ..P~ofesores especiales de Conservatorios de

Música, Declamación y Escuela Superior deCanto ,', , "." , .

Profesores de Entrada de Artes Aplicadas yOficios Artisticos " , . , "

Mestros de Taller de Escuelas de Maestríarnsdustrial .. , " .. , ""., .

Profesores auxiliares de Conservatorios deMúsica, Declamación y Escuela Superior deCanto , .. , " , .

Maestros de Taller de Escuelas de Artes Aplica-das y Oficios Artísticos .

,.

Lunes 23 abril 1990BOE mimo 97

de plazas no fuese divisible. las que resten se adjudicarán una a una alos distintos Tribunales. de acuerdo con su número de orden.

No será d~ aplicación esta norma en el supuesto de que el númerode aspirantes que ha~a de corresponder a cada .Trib~!1al de la mism~asignatura no sea eqUivalente. En este caso, la aslgnaclon de plazas seraproporcional al numero de aspirantes_Que acudan al acto de presenta~

ción. Para ello. los Tribunales comunicarán telegráficamente a laDirección General de Personal y Servicios. el número de aspirantespresentados en dicho acto, especificando los que acudan por el sistemageneral de acceso libre y los correspondientes a los sistemas de reservaspara Profesores de EGB y para minusválidos. Si a algún Tribunal no lehubiesen sido adjudicadas plazas para los opositores que acudan por lossistemas de reservas por el escaso numero de opositores que concurranal mismo. el Ministerio de Educación y Ciencia podrá incoll>Orar adichos opositores a aquel Tribunal o Tribunales a los que les hubieracorrespondido el mayor numero de estas plazas. .

5.6 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de interve·nir. notificándolo a la Dirección General de Personal y Servicios delDepartamento. cuando concurran en ellos ,ci~unstancias. d~ las p~vista~en el artículo 20 de la Ley de Procedimiento Admmlstrattvo o SI

hubies(;n realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebasselectivas. en los cinco ailos, anteriores a la publi~ación de estaconvocatoria. '

Los Presidentes solicitarán de los miembros del TribulÍal declaraciónexpresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en elpárrafo anterior. "

Asimismo. los aspirantes podrán recusar: a los miembros del Tribu­nal cuando concurran las circunstan~ias previstas_en la presente base.

El plazo para solicitar la renuncia, o manifestar la abstención será dediez días naturales; contados a p~rtir de la publit;;ación en el «BoletínOficial del Estado» del nombramiento de Tribunal.

5.7 Con anterioridad a la iniciación del-primer ejercicio. el Ministe­rio d~ Educación' y Ciencia publicará en el ((Boletín Oficial del Estado»Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros de losTribunales que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición,por alguna de las causas previstas en el apartado 6 de esta base.

5.8 Previa convocatoria del Presidente, se-constituirán los Tribuna­les con asistencia de.la mayoría de sus miembros titulares o suplentes.

En dicha sesión los Tribunales acordarán todas las decisiones que lescorrespondan, en orden al correcto desarrol1o de las pruebas selectivas.

5.9 A partir de su constitución y salvo que concurran circunstan­cias excepcionales. cuya apreciación. corresponderá a la DirecciónGeneral de Personal y Servrcios, una vez constituidos los Tribunales,para actuar válidamente se requerirá la presencia de la mayoría absolutade sus miembros. titulares o suplentes. .

5.10 . La suplencia del Presidente se autorizará por la DirecciónGeneral de Personal rServicios; la de los Vocales, por el Presidente quehaya de actuar, temendo en cuenta ·que deberá recaer en el Vocalsuplente respectivo o. en su- defecto, en los que le sigan según el ordenen que figuren en la disposición- que los haya nombrado.

5.11 Dentro de las fases de concurso y de oposición, los Tribunalesresolverán todas -las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estasnormas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento: de actuación del Tribunal se ajustará en todomomento a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento -Administrativo.

5.12 Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus traba­jos de asesores especialistas para.·las pruebas correspondientes- de losejercicios que estimen peninentes, limitándose dichos asesores a prestarsu colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de talesasesores requerirá la preVIa autorización del Ministerio de Educación yCiencia. '

5.13 Los Tribunales calificadores adoptarán las medidas precisasen aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes conminusvalías gocen de similares oportunidades para la realización de losejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido seestablecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en laforma prevista en el apartado 3 de-la base 3 de las comunes de estaconvocatoria. las adaptaciones posibles en tiempos y medios para surealización.

5.14 Los Presidentes de los Tribunales adoptarán las medidasoportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de, oposición. quesean escritos y no deban ser leidos ante el Tribunal. sean corregidos sinque se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello losimpresos aprobados por la Orden del Ministerio de Presidencia del '18de febrerC? de 1985 (<<B<.?letín Ofici,a;1 del Estado» del.22). o cualquieraotros 'equivalentes, preVia aprobaclon por la Secretana· de Estado parala Administración Pública.

5.1 S A efectos de comunicaciones y demás incidencias los Tribuna­les tendrán su sede en el Ministerio de Educación y Ciencia, Subdirectorgeneral de Gestión de Personal de Enseñanzas Medias, calle Alcalá, 36,Madrid. En cada uno de los servicios que gestionan los diferentesCuerpos, al menos una persona, atenderá cuantas cuestiones seanplanteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.16 En ningún caso los Tribunales podrán aprobar9ni declarar quehan superado .las pruebas selectivas un número superior de aspirantes

10965

que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados quecontravenga lo establecido. será nula de pleno derecho.

5.17 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas tendránlas categorías que se señalan de las recogidas en el anexo IV del RealDecreto 236/1988, de 4 de marzo (<<Boletín Oficial del Estado» del 19),para cada uno de los Cuerpos.

Categoría primera: Grupo A.-Cuerpos de Profesores Agregados deBachillerato, Profesores Numerarios de Escuelas de Maestría Industrial,Profesores Agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores deEntrada de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos. ProfesoresEspeciales de Conservatorios de Música, Declamación y Escuela Supe­rior de Canto.

Categoría segunda: Grupo B.-Cuerpos de Maestros de Taller deEscuelas de Maestría Industrial, Maestros de Taller de Escuelas de ArtesAplicadas y Oficios Artísticos, y Profesores Auxiliares de Conservatoriosde Música, Declamación y Escuela Superior de Canto.

Todos los miembros de los Tribunales, a los efectos previstos en elartículo aécimo del Real Decreto citado, se considerarán incluidos en elgrupo segundo, de los mencionados en el anexo 1 del mismo.

6. Desarrollo de las fases de concurso y oposición.

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabética­mente por aquellos cuyo primer apellido comience con .la, letra, queresulte del sorteo que la Secretaría de Estado para las AdmlOlstraClonesPúblicas realice_en orden a determinar la actuación de los aspirantes entodas las pruebas selectivas que se celebren en 1990. Aquellos Tribuna­les que no cuenten con aspirantes cuyo primer apellido comience con laindicada letra iniciarán el -orden de actuación por la letra o letrassiguientes. ,

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requendos porlos miembros de los Tribunales, con la finalidad de acreditar suidentidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en unicollamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan,salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y aprecia·dos por el Tribunal.

6.4 Los ,opositores serán convocados, a través de «Boletín Oficialdel Estado» para el acto de presentación y aportación, en su caso. dedocumentación para la fase de concurso y primer ejercicio. con quincedias de antelación como mínimo, indicando fecha, hora y lugar en quese realizarán dichos actos. así como, en su caso, las normas a que seajustarán los ejercicios prácticos.

65 Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoriala publicación de los anuncios sucesivos de la celebración de ~asrestantes pruebas en el «Boletín Oficial del Estado». Estos anuncIosdeberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayancelebrado las pruebas anteriores con doce horas, al menos, de antelacióndel comienzo de las mismas,' si se Vata del mismo ejercicio,' o deveinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

Desde la finalización de un ejercicio y el comienzo del- siguientedeberá transcurrir un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si los Tribunalestuviesen conocimiento de que algún aspirante no posee alguno de losrequisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia delinteresado, deberá proponer su exclusión al Ministerio de Educación yCiencia, comunicándole, asimismo. las inexactitudes o falsedades for­muladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebasselectivas. a los efectos procedentes.

Contra la exclusión el aspirante podrá interponer recurso de reposi·ción, ante el Ministerio de Educación y Ciencia.

6.7 Concurso: En el acto de presentación los opositores podránalegar cuantos méritos consideren oportunos, según baremo que seacompaña como anexo 1 a la presente convocatoria, entendiéndose quesolamente podrán puntuarse aquellos méritos que se aporten debida·mente justificados con la documentación que se determina en el citadoanexo.

No será en ningún caso eliminatorio y en él se valorará los méritosque concurran en los aspirantes, con arreglo al baremo citado. ElTribunal deberá hacer público en el tablón de anuncios del Centrodonde se celebren las pruebas el resultado de la valoración de la fase delconcurso, al menos. con veinticuatro horas de antelación a la publica­ción de las calificaciones del primer ejercicio de la fase de oposición. Lapublicación de estas valoraciones se hará diferenciando, en su caso, losopositores que acudan por los sistemas de reservas y los que lo hacenpor el general de acceso libre. '

La recuperación de la documentación presentada' podrán realizarlalos opositores en el lugar, fecha y hora que los Tribunales hayan fijadopreviamente, salvo que exista reclamación por parte de algún opositor,en cuyo caso los Tribunales podnin retenerla. a efectos de comprobacióno prueba. Caso de no ser retirada en el plazo señalado se entenderá queel opositor renuncia a su recuperación, decayendo, por tanto, en suderecho a ello.

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6.8 Oposición: Se 'valorarán en esta fase los conocimientos de losaspirantes. Constará necesariamente de dos ejercici<ls, pudiendo éstos asu vez constar de varias, partes. En las bases específicas de cada Cuerpose detallan éstos. I

En las _disciplinas de idiomas modernos los dos ejercicios serándesarrollados íntegramente en el idioma correspondiente.

6.9 Calificaeión:

a) La calificación en la fase de concurso se realizará asignando acada aspirante los puntos que hasta diez le corresponda. con arreglo alos baremos establecidos en el aoe.xo 1 de esta convocatoria.

b) Cada uno de los ejercicios de la oposición se valorará de cero adiez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos paraaprobarlos.

La puntuación de cada aspirante en los ejercicios en la fase deoposición será la media aritmética de las calificaciones de todos losmiembros presentes en el Tribunal. Cuando entre las puntuacionesotorgadas por los miembros del Tribunal exista una diferencia de tres omás enteros serán automáticamente excluidas las calificaciones máximay mínima. hallándose la puntuación" media entre las calificacionesrestantes.j

7: Lista de aprobados

7.1 Al ténnino del segundo ejercicio los Tribunales harán publicaen el tablón de anuncios del local donde se haya celebrado el últimoejercicio del concurso-oposición, la relación de aspirantes aprobados,ordenados..de mayor a menor puntuación, con aproximación hasta dediezmilésimas, con indicación de su número de documento nacional deidentidad, en número que no podrá exceder del de plazas asianadas acada Tribunal y siempre que hayan obtenido la puntuación mínimaexigida para la superación del segull.do y ultimo ejercicio. En estarelación el Tribunal hará c.onstar la puntuación del ejercicio y laacumulada. Cuando de acuerdo con lo establecido en los apartados 2 y3 de la, base común 2, haya aspirantes que hayan concurrido por lossistem~s de reserva, se confeccionarán relaciones separadas de aproba­dos para c;ada una de ambas reservas, atendiendo todas las prescripcio­nes citadas anterionnente. Si hubieran quedado 'plazas vacantes de estasreservas s; indicará, _este ex.tremo~·.'acumulándolas"a· .las ofrecidas alsistema gep.eral de acceso libre. En la lista general que confeccionen estosTribunales, se incluirán, asimismo, los opositores aprobados por ambasreservas, ordenados segun la puntuación con los aprobados por elsistema general de acceso libre y con indicación en todos los casos delsistema por el que han accedido.

En el caso de que al confeccionar estas relaciones se produjesenempates en la puntuadóntotal, el Tribunal deberá resolverlos aten­diendo ,sucesivamente. a los siguientes criterios:

Mayor puntuación en la fase de concurso.Mayor puntuación en el primer ejercicio.Mayor puntuación en cada uno de los apartados 1 y 2 (por este

orden), del baremo aplicable a la fase de concurso.

Los Presidentes de los Tribunales enviarán copia certificada de lalista de aprobados a la Direccióri General de Personal y Servicios delMinisterio de Educación y Ciencia, especificando, Igualmente, elnumero de aprobados en cada uno de los ejercicios y, en su caso, elsistema por el que han accedido.

7.2 En los casos en que haya más de un Tribunal por asignatura,la Dirección General de Personal y Servicios confeccionará una listalinica por asignatura con todos los aspirantes que hayan superado lasfases de concurso y oposición, con indicación del sistema por el que hanaccedido, oraenados por la puntuación obtenida, con aproximaciónhasta de diezmilésimas.

7.3 En caso de que a1-c:onfeccionar las listas únicas de aprobados seprodujesen empates, se resolverán atendiendo a los criterios expresadosen el apartado I de esta base.

7.4 El Ministerio de Educación y Ciencia publicará en el «BoletínOficial deJ Estado» la Orden con las listas unicas de aprobados porasignatura, en la forma prevista en la base X de la Orden de S de abrilde 1990 (<<Boletín Oficial del Estado» del 11).

7.5 . Los aspirantes que superen las pruebas por dos o más Cuerposo por dos o más asignaturas del mismo Cuerpo deberán ejercitar opciónpor uno de los puestos mediante instancia dirigida a la DirecciónGeneral de Personal y Servicios, en el plazo de diez días, contados apartir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista deopositores aprobados, pudiendo solicitar prórroga para la realización delperfodo de prácticas en el otro puesto.

7.6 Los aspirantes que superen, en el mismo Cuerpo y asignaturalas pruebas selectivas convocadas por este Ministerio y por cualquierade las Comunidades Autónomas con competencias en materia educa­tiva, si optan por el puesto de trabajo correspondiente al ámbito delMinisterio de Educación y Ciencia, deberán presentar instancia en dichosentido, acompañada de fotocol?ia del escrito de renuncia al otro puestode trabajo, dirigida a la DireCCión General de Personal y Servicios, enel plazo de diez días, contados a partir de la publicación en el «BoletínOficial del Estado» de la lista de opositores aprobados. .

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7.7 Aquellos opositores que haciendo uso de alguna de las reservasprevistas hayan superado las fases del concurso y oposición y, en sucaso, el período de prácticas, no podrán volver a hacer uso de estesistema.8. Presentació,'/ de dOCllll1elllOS J' nomhramiento di! ./illlóol1arios en

prácticas8.1 En el· plazo de veinte días naturales, a contar desde el día

siguiente a aquel en que se hicieran públicas las listas de aprobados enel «Boletín Oficial del Estado», los opositores aprobados deberánpresentar ante el Ministerio de· Educación y Ciencia los siguientesdocumentos:

A) Fotocopia compulsada del titulo exigido para ingreso en elcorrespondiente Cuerpo o certificación académica que acredite haberrealizado todos los estudios para la obtención del título.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separadomediante expediente disciplinano del servicio de ninguna Administra­ción Publica, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funcionespublicas. segun el modelo que figura como anexo 11 a esta convocatoria." C) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas

con minusvalías, deberán presentar certificación de los órganos compe­tentes del Ministerio de Asuntos Sociales y, en su caso, de la ComunidadAutónoma correspondiente en la que conste tal condición y la compati­l;lilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

O) Solamente para Profesores .;\Bregados de Bachillerato: Certifi·cad.o de aptitud pedagógica expedido por un Instituto de Ciencias de laEducación o, en su caso, de haber prestado docencia durante un cursoacadémico como Profesores en plenitud de funciones, en el nivel deEnseñanzas Medias, en cualquiera de los Centros sei'lalados en elapartado 1.6 de la base 2 de las comunes de esta convocatoria. En esteúltimo caso, la certificación deberá estar expedida por el Secretario, conel visto bueno del Director del Centro,. si se trata .de h~ Centrosenumerados en los apartados de la a) a la e) y por el Director del Centro,con el visto bueno de los Servicios de Inspección Técnica Educativa, sise trata de Centros enumerados en los apartados· de la f) a la j). En estascertificaciones, en el caso de los Centros enumerados de la a) a la e),deberá hacerse ·constar el numero de Registro de Personal. Estaránexentos de presentar estos certificados los licenciados universitarios porla especialidad de Pedagogía. .

E) Los aspirantes en los que concurran las circunstancias previstasen el apartado 6 de la base comun 7 deberán, además, aportar ladocumentación que allí se indica.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos decarrera, estarán exentos de justificar documentalmente las condicionesy requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento,debiendo presentar en tal caso una certificación u hoja de servicios delRegistro Central de Personal, de la Dirección General de la FunciónPublica o del Ministerio u Organismos del que dependan, para acreditartal condición, en la que se consignen..de modo expreso los siguientesdatos:

a) Indicación del Cuerpo al que pertenecen, número de Registro dePersonal y si se encuentran en servicio activo.

b) Lugar y fecha de nacimiento.c) Título académico que posee y fecha de expedición.d) Numero e importe de trienios, así como fecha de su cumpli­

miento.

Para el Cuerpo de Profesores· Agregados de Bachillerato, certificadode aptitud pedagógica o docencia, excepto los que hayan concurrido porla base 2.3, o bien estén en posesión de la licenciatura universitaria, porla especialidad de Pedagogla. '_

Cuando las certificaciones u hojas de servicio se refieran a losProfesores de EGB, que han concurrido por el apartado 3 de la basecomún 2, recogerán expresamente que reunen todos los requisitos allíexigidos.

Si en las certificaciones no puede hacerse constar alguno de los datosseñalados en los párrafos anteriores de esta base, por no obrar en losexpedientes personales de los interesados, éstos deberán remitir separa­damente,los documentos que los acrediten.

8.3 Los opositores que habiendo superado las fases de concurso yoposición ya estén prestando servicios remunerados en la Administra­ción como funcionarios de carrera, interinos. o como personal laboral,sin perjuicio de la situación administrativa o laboral que de acuerdo conla normativa vigente les corresponda, deberán formular opción por lapercepción de las remuneraciones, durante su condición de funcionariosen prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto456/1986, de \0 de febrero «<Boletin OfiCial del Estado» de 6 de marzo).

8.4 Ante a imposibilidad, debidamente justificada, de presentar losdocumentos expresados en las bases anteriores, podrá acreditarse que sereúnen las condiciones exigidas en la convocatoria, mediante cualquiermedio de prueba admisible en derecho.

8.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerzamayor, no preseñtasen la documentación, o del examen de la misma sededujera que carecen de alguno de los requisitos señalados e~ la base

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común 2. no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas yquedarán anuladas sus actuaciones, sin peljuicio de la responsabilidaden que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.6 Por el Ministerio de Educación y Ciencia se procederá alnombramiento de 105 funcionarios en prácticas en el Cuerpo a quecorresponda, quedando éstos obligados a incorporarse a los destinos quela Dirección General de Personal y Servicios les adjudique para larealización del período de prácticas. Caso de no incorporarse a loscitados destinos en el plazo de cinco días. a partir de la comunicaciónde los mismos, se entenderá que renuncian al concurso-oposición.

8.7 Los destinos que se les adjudiquen para la realización delperíodo de prácticas tendrán carácter provisional. quedando oblípdos aparticipar en los sucesivos concursos de provisión de plazas que seconvoquen, hasta la obtención de un destino definitivo en los Centrosdirectamente gestionados por el Ministerio de Educación y Ciencia.

9. l!ase de prácticas

9.1 Las prácticas tendrán por objeto la valoración de las aptitudesdidácticas de los aspirantes que hayan aprobado la fase de oposición. Serealizarán en los destinos Que les haran correspondido, con desempeñode la función docente con.plena validez académica. La duración de lasmismas no podrá exceder de seis meses.

9.2 Las prácticas se calificarán como «apto» o «no apto», a cuyosefectos será desiJ!:nada una Comisión calificadora.

La composición de la Comisión calificadora, asi como la duraciónconcreta de la fase de prácticas, se señalará en la resolución reguladorade dicha fase de prácticas a que se refiere el apartado 6 de la base 1 delas comunes de esta convocatoria.

Quedarán dispensados de la evaluación de esta fase -de practicasQuienes hayan prestado servicios docentes como funcionario en Centrospúblicos de Enseñanzas Medias, Enseñanzas Artísticas o EscuelasOficiales de Idiomas. siempre Que el nombramiento haya sido expedidopor el Ministerio de Educación y Ciencia o los órganos competentes delas Comunidades Autónomas con competencias plenas en materiaeducativa. con asignación de número de Registro de Personal, y Que laduración de tales servicios sea igualo superior a los requeridos comoperiodo de prácticas.

9.3 Desde el momento del nombramiento de funcionarios enprácticas hasta ,el nombramiento como funcionarios de carrera elrégimen jUrídico~administrativo de los opositores será el de funcionarioen prácticas! siempre que estuvieran desempeñando un puesto docente.

9.4 QUIenes no superen la fase de prácticas estarán a 10 dispuestoen la base 1.6 de las comunes de la presente convocatoria.

10. Nombramiento de funcionarios de carrera

Concluida la fase de prácticas, el Ministerio de Educación y Cienciaprocederá, por Orden publicada en el «Boletín Oficial del Estado», alnombramiento de los opositores que la hubieran superado, comofuncionarios de carrera de los Cuerpos correspondientes. Los nombra­dos serán incluidos en la relacion de dicho Cuerpo en el orden queestablece el artículo 27 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado yde acuerdo con lo previsto en la base XI de la Orden de 5 de abril de1990 (<<Boletín Oficial del EstadO) del 11).

Bases específicas

l. Cuerpo de Profesores Numerarios de Escuelas de lt4aestna Industrial

(Código 9002)

1.1 Distribución de plazas por asignaturas.. sus códigos y sistemasde acceso.

CodillO Reserva Reserva Sistemade la general

aSllna- Asilnatura Minus- Profesores Totalválidos EGB ,~""

,,~ libre.

al Lengua Española ....... I 9..

25 3502 Formación Humanística - 4 II 1503 Francés - 2 6 804 Inglés 3 22 65 9005 Matemáticas 3 28 79 11006 Física y QUím¡é~' , 1 5 14 2007 Ciencias Naturales .,'" I 9 25 3508 Formación Empresarial - 3 7 lala Dibujo ............. I 6 18 2513 Tecnología Electrónica .... I 11 33 4516 Tecnología Administrativa 2 12 36 5018 Tecnología Sanitaria .. _..... 1 3 10 1424 Tecnología de Artes Gráficas. - I 2 3

..

10967

CodillO ..""" Reserva Sistemad•• general

así¡na· Asíllnalura Minus- Profesores Totalvalidos EaB acceso

lura líbre

30 Tecnología de Hostelería yTurismo - I 5 6

32 Tecnología de Imagen ySonido ................... - I 2 3

41 Tecnología de Informatica deGestión 2 15 43 60

44 Educación Física 2 18 51 71.

Totales 18 150 432 600

1.2 Titulaciones exigidas: Los opositores al Cuerpo de ProfesoresNumerarios de Escuelas de Maestría Industrial deberán estar en pose~sión o. reunir los requisitos para que les pueda ser expedida alguna delas titulaciones reco$idas en el anexo 1 A) de la Orden de 5 de abril de1990 (<<Boletín OfiCIal del Estado» del lI).

1.3 Fases del concurso-oposición.1.3.1 Fase del concurso. Se estará a lo dispuesto en el apartado 7

de la base 6 de las comunes de esta convocatoria.1.3.2 Fase de oposición. Se valorará en esta fase los conocimientos

de los aspirantes. Constará necesariamente por este orden de lossiguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejerc~cio.-Tendrá dos partes: La primera, Que a su vez podrá.constar de vanas. tendrá por objeto la resolución de cuestiones deca~ácter práctico 'j su desarrollo se ajustará a las normas que losTnbunales determmen, de conformidad con lo señalado en los respecti­vos apartadi?s 4 de !as bases 5 y 6.. de las comun~s de esta convoc~toria.Cu~ndo eXista mas de un Tnbunal por aSIgnatura, se realIzaránconjuntamente por los Presidentes de los distintos Tribunales previacovocatoria del Presidente del Tribunal número uno. '

La segunda parte de este ejercicio consistirá en la exposición escritaen e~ plazo de dos horas. como máximo, de un tema elegido por elopositor. de entre tres sacados a suerte del cuestionario. a que se hacereferenCIa en el apartado 4 de esta convocatoria.

Para la asignatura de Educación Física, las cuestiones de carácterpráctico estarán relacionadas con el contenido del anexo 11 del cuestio­nario que aparece publicado en el «Boletfn Oficial del Estado» de 7 demayo de 1985. Asimismo su desarrollo se ajustará a las normas que losTribunales determinen, de conformidad con lo señalado en los respecti~

vos aparta~os 4 de las bases 5 y 6, de las comunes de la presente­convocatona.

La lectura de los ejercicios o la exposición, en su caso, correspondien~ _.tes a estas dos partes será pública. ,

La calificación de este primer ejerCICio se efectuará sobre diez puntosy se considerará superado cuando se ,haya alcanzado, al menos, cincopuntos. Finalizado éste, se expondrá en el tablón de anuncios del localdonde se celebre las relaciones de aspir.antes que pueden realizar elsegundo ejercicio, diferenciando claramente si realizan las pruebas porlos sistemas de reserva o por el general de acceso libre. En estasrelaciones el Tribunal hará constar la puntuación del ejercicio y laacumulada obtenida en la fase de concurso.

Segundo ejercicio.-Consistirá en la exposición oral ante el Tribunal,en sesión publica, de un tema elegido por el aspirante de entre tressacados al azar, de los cuestionarios a que se refiere el apartado 4 de estabase específica. En las asignaturas del área tecnológica, los Tribunalesvalorarán la exposición actualizada de los temas.

Cada aspirante dispondrá de una hora. como máxim,.... para laexposición del tema, después de haber permatl~'cido inc:,' 'licado untiempo máximo de tres horas para su preparación, duran,,,; las cualespodrá ~onsultar notas, bibliografias, textos y preparar ,·1 materialnecesano.

La exposición del tema elegido se hará como si se tratase de una clasedirigida a los alumnos. Se señalará la ubicación del tema dentro de laprogramación del desarrollo de las enseñanzas de que se trate y seespecificarán la motivación, la metodología. el material didá.ctico que sevaya a utilizar, así como los ejercicios prácticos y complementarios quese estimen necesarios. expresándose la bibliografia a utilizar y losdocumentos de apoyo. Se indicará tambrén el procedimiento de evalua~

ción y recuperación.Al término de este ejercicio, el Tribunal hará publica la relación de

aspirantes aprobados de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 dela base 7 de las comunes de esta convocatoria.

1.4. Los c.uestionarios _~obre los q~e versarán las pruebas para lasrespectIvas aSignaturas seran los publtcados en el «Boletín Oflcial delEstado» que a continuación se relaciona:

«Boletín Oficial del Estado» de 2 de marzo de 1978: Tecnología deImagen y Sonido.

Lunes 23 abril 199010968

«Boletín Oficial del Estado» de 19 de diciembre de 1978: LenguaEspañola, Formación Humanístita, Francés, Inglés, Matemáticas. Físicay Química, Ciencias de la Naturaleza, Dibujo y Tecnología de ArtesGráficas.

«Boletin Oficial del Estado'~ de 7 de mayo de 1985: EducaciónFísica.«Boletin Oficial del Estado» de 11 de marzo de 1988, corregidos por

Orden de 17 de marzo de 1988 (<<Boletín Oficial del Estado» del 25):Formación Empresarial, Tecnología Electrónica. Tecnologia Adminis­trativa y Comercial, Tecnología Sanitaria. Tecnología de Hostelería yTurismo y Tecnología Informática de Gestión.

2. Cuerpo de Maestros de Taller de Escuelas de Maestria Industrial

(Código 9007)

2.1 Distribución de plazas por asignaturas, sus códigos y sistemasde acceso.

Codi&O Reserva Sistemade la Asignatura minus. seueral Totalasillna- válidos

.,,,~

'"~libre

03 Prácticas de Electrónica ...... . ... 16 1706 Prácticas Administrativas y Comer-

ciales ....... 5 508 Prácticas Sanitarias ..... 7 714 Taller de Artes Gráficas 3 320 Prácticas de Hostelería y Turismo 4 422 Prácticas de Imagen y Sonido ..... 9 1024 Prácticas de Informática de Gestión 4 4

Total .......... 2 48 50

2.2 Titulaciones exigidas:

Los opositores al Cuerpo de Maestros de Taller de Escuelas deMaestría Industrial deberán estar en posesión o reunir las condicionespara que les pueda ser expedida alguna de las titulaciones, que se recogenen el anexo I B) de la Orden de 5 de abril de 1990 (<<Boletín Oficial delEstado» del 11).

2.3 Fases de concurso-oposición.2.3.1 Fase de concurso.-Se estará a lo dispuesto en el apartado 7 de

la base 6 de las comunes de esta convocatoria.2.3.2 Fase de oposición.-Se valorarán en esta fase los conocimien­

tos de los aspirantes y constará necesariamente por este orden de lossiguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio.-Tendrá dos partes. La primera, que a su vez podráconstar de varias, tendrá por objeto la resolución de cuestiones decarácter práctico r su desarrollo se ajustará a las nonnas que losTribunales detennmen, de confonnidad con lo señalado en los respecti­vos apartados 4 de las bases S y 6 de las comunes de esta convocatoria.Cuando exista más de un Tribunal por asignatura se realizarán conjunta­mente por los Presidentes de los distintos Tribunales, previa convocato­ria del Presidente del Tribunal número 1, y versara sobre cuestiones delos programas a que se hace referencia en el apartado 4 de esta baseespecifica, debiendo contener su desarrollo las siguientes especificacio­nes: Objetivos, esquemas o dibujos del proceso, en su caso, materialese instrumentos a emplear y su razonamiento; ejercicios prácticos ycomplementarios y problemas previstos. procedimiento de recuperaciónprevist9. sistema de evaluación y demás aspectos que se estimenconveDlentes.

La seguf'lda parte de este ejercicio consistirá en la exposición escritaen el plazo 11e dos horas, como máximo, de un tema elegido por el,opositor de entre tres sacados a suene del cuestionario a que se hacereferencia en el apartado 4 de esta base especifica.

La lectura de los ejercicios será publica.La calificación de este primer ejercicio se efectuará sobre diez puntos

y se considerará superado cuando haya alcanzado, al menos, cincopuntos. Finalizado éste se expondrá en el tablón de anuncios del locald~nd.e .se ce~ebre 1,,: relación de aspirantes qu~ puede realizar el segundoe)erC1Clo, diferenciando claramente si realizan las pruebas por lossistemas de reserva o por el general de acceso libre. En esta relación elTribunal hará constar la puntuación del ejercicio y la acumuladaobtenida en la fase de concurso.

Segundo ejercicio.-Podrá constar de varias panes. y tendrá porobjeto la realización de trabajos prácticos de taller o su equivalencia,se~un las ramas '1 su desarrollo se ajustará a las normas que losTnbunales determmen. Estas normas habrán de ser hechas púbhcas enel anuncio ~m que se publique la fecha del comienzo del primer ejercicio.Cuando eXista más de un Tribunal por asignaturas se realizará conjunta­mente por los Presidentes de los distintos Tribunales. previa convocato­ria del Presidente del Tribunal numera 1. Si no fuera posible la

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realización de idénticos ejercicios prácticos y la actuación simultánea delos opositores, el Tribunal sorteará entre éstos los ejercicios que

pro~~~inino de este ejercicio el Tribunal hará pública la relación deaspirantes, de acuerdo con lo establecido en el apartado I de la base 7de las comunes de esta convocatoria.. 2.4 Los cuestionarios sobre los que versarán las pruebas para lasrespectivas asignaturas serán los publicados en el «Boletín Oficial delEstado» que a continuación se relacionan:

«Boletín Oficial del Estado» de I de marzo de 1978: Prácticas deImagen y Sonido. ~

«Boletin Oficial del Estado» de 18 de diciembre de 1978: Taller deArtes Gráficas.

«Boletín Oficial del Estado» de 11 de marzo de 1988. corregidos porOrden de 17 de marzo (<<Boletin Oficial del Estado» del 25): Prácticasde Electrónica, Prácticas Administrativas y Comerciales, PrácticasSanitarias, Practicas de Informática de Gestión y Prácticas de Hosteleriay Turismo.

3. Cuerpo de Profesores Agregados de Bachillerato

(Código 9001)

3.1 Distribución de plazas por asignaturas, sus códigos y sistemasde acceso:

Códiao Reserva Reserva Sistemado l. Asillnatura minus. Profesores general TotalasiaDa' válidos EGS acceso,,~ libre-01 Filosofia ... 5 39 111 15502 Griego ....... - 1 3 403 Latin .Üie~ai~~a . 2 12 36 5004 Lengua y 4 31 90 12505 Geografia e Historia 5 40 115 16006 Matemáticas ... 11 92 267 37007 Física y Química . ...... 8 69 198 27508 Ciencias Naturales 6 50 144 20009 Dibujo ........ 1 13 36 5011 Ingles 17 137 396 55012 Alemán - 1 3 421 Musica 2 17 49 6822 Lengua y' Lite~aiura' C.itala'n:.i

(islas Baleares) ........... - 3 7 1024 Educación Física 8 69 198 27525 Le~a y Literatura vasca

(. avarra) .......... .. ..... -- 1 3 4

Totales 69 575 1.656 2.300

3.2 Titulaciones exigidas: Los opositores al Cuerpo de ProfesoresAgre~dos de Bachillerato deberán estar en posesión o reunir lascondiciones para que les pueda ser expedido el título de Lienciado.Ingeniero o Arquitecto. Exclusivamente para la asi~natura de Músicapodrán concurrir también los que posean cualqUiera de los títulosseñalados en el Real Decreto 1194/1982. de 28 de mayo (~~Boletín Oficialdel Estado» de 14 de junio).

3.3 Fases de concurso y oposición.

3.3.1 Concurso: Se estará a lo dispuesto en el apartado 7 de la basecomun 6 de esta convocatoria.

3.3.2 Oposición: Se valorarán en esta fase los conocimientos de losaspirantes. Constará necesariamente. por este orden, de los siguientesejercicios eliminatorios:

Primero.-Primer ejercicio. Tendrá dos partes. La primera paneconsistirá en la exposición escrita. en el plazo de dos horas, de un temaque ha de elegir cada opositor de entre tres sacados a suerte, en cadaTribunal. de los cuestionarios a los que se refiere el apartado 4 de estabase especifica. -

La segunda pane. que podrá constar a su vez de varias, tendrá porobjeto la resolución de cuestiones de carácter práctico y su desarrollo seajustará a las normas que los Tribunales determinen. de conformidadcon lo señalado en los respectivos apanados 4 de las bases 5 y 6 de lascomunes de la. presente convocatoria.

Para las asignaturas de Educación Física y Musica las cuestiones decarácter práctico estarán relacionadas con el contenido de los epigrafes11 de los cuestionarios correspondientes a estas asignaturas, citados enel apanado 4 de este base específica. Asimismo, su desarrollo se ajustaráa las normas que los Tribunales determinen. de conformidad con loseñalado en los respectivos apanados 4 de las bases 5 y 6 de las comunesde la presente convocatoria.

Lunes 23 abril 1990BOE númo 97

Las normas de desarrollo. cuando exista más de un Tribunal porasignatura. serán comunes y se realizarán conjuntamente con losPresidentes de los distintos Tribunales, previa convocatoria del Presi­dente del Tribunal número l.

La lectura de los ejercicios será pública y al té!1l1ino del primerejerticio el Tribunal expondrá en el tablón de anuncios del local dondese celebren las relaciones de los aspirantes, con expresión del sistema porel Que realizan las pruebas: Reserva minusválidos, reserva ProfesoresEGB o general de acceso libre, Que pasen al segundo ejercicio por haberobtenido la calificación de cinco puntos, como mínimo, en 01 primero.

En estas relaciones el Tribunal hará constar la puntuación delejercicio y la acumulada obtenida en la tase del concurso.

Segundo.-Ejercicio oral: Consistirá en la exposición oral ante elTribunal. en sesión pública. de un tema el~dopor el aspirante de entretres sacados a suerte del mismo cuestionano. Cada aspirante dispondráde una hora. como máximo. para la exposición del tema, después dehaber permanecido incomunicado durante tres horas para su prepara­ción. durante las que podrá consultar notas. matenal bibliográfico,textos y preparar el material necesario.

La exposición del tema el~do se hará como si se tratase de una clasedirigida a los alumnos. Se senalará la ubicación del tema dentro de laprogramación del desarrollo de las enseñanzas de que se trate y seespecificarán la motivación, la metodología y. el material didáctico quese vaya a utilizar. así como los ejercicios, prácticos y complementanosque se estimen necesarios, expresándose la bibliografia a utilizar y losd~umentos de ap'oYo. Se indicará también el procedimiento de evalua­clan y recuperaclon.

Al ténnmo del ejercicio oral el Tribunal hará pública la relación deaspirantes de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 de la base 7de las comunes de esta conyocatoria.

3.4 Cuestionarios: Los cuestionarios sobre los que versarán laspruebas de la fase de oposición son los que aparecen publicados enanexo a la Orden de 23 de enero de 1987 (<<Boletín Oficial del Estado»de 13 de febrero), por la Q.ue se refunden los cuestionarios vigentes delas pruebas selectivas para Ingreso en el Cuerpo de Profesores Agregadosde Bachillerato. El correspondiente a la asignaiura de Lengua yLiteratura Vasca (Navarra) .aparece publicado como anexo III a la Ordende 15 de abril de, 1989 (<<Boletin Oficial del Estado» del 17).

4. Cuerpos de Profesores Agregados de Escuelas Oficiales de Idiomas

(Código 9003)

4.1 Distribución de las plazas por asignaturas, sus códigos ysistemas de acceso.

Códiao Reserva Sistema

de la Asianalura minusvá· general Totalasilnalura lidos K~ro

libre

01 Alemán. I 14 1502 Arabe . - I I06 Español para Extranjero. - 1 I07 Euskera - 1 1Og Francés. I 16 1711 Inglés , 'o, 3 103 .10612 Italiano. - 6 613 Japonés. ........ .. , - 1 I15 Portugués. - 1 117 Ruso. - 1 1

Total ... .... 5 145 150

4.2 Titulación exigida.-Los opositores al Cuerpo de ProfesoresAgregados de Escuelas Oficiales de Idiomas deberán estar en posesión oreUDlr las condiciones para q,ue les pueda ser. expedido el título deLicenciado, Ingeniero o Arquitecto.

4.3 Fases de concurso y oposición.4.3.1 Fase de concurso.-Se estará a lo dispuesto en el apartado 7 de

la base común 6 de esta convocatoria.4.3.2 Fase de oposición.-Se valorará en esta fase los conocimientos

de los aspirantes. Constará de los siguientes ejercicios eliminatorios:Ejercicio práctico cuyo desarrollo se ajustará a las normas que los

Tribunales determinen, de conformidad con lo señalado en los respecti­vos apartados 4 de las bases 5 y 6 de las comunes de la presenteconvocatoria y que consistirá a su vez en:

A) Un test objetivo de gramática y léxico del idioma objeto de laoposición.

B) Una explotación didáctica de un texto en prosa del siglo Xx.

En el caso de las pruebas para plazas de Profesores de Español paraextranjeros, el apartado A) del ejercicio práctico será sustituido por uncomentario lingüístico de un texto del siglo XX.

10969

Las normas de desarrono, cuando existan más de un Tribunal porasignatura, serán comunes y se realizarán conjuntamente con losPresidentes de los distintos Tribunales, previa convocatoria del Presi·dente del Tribunal número l. 1

La lectura de los ejercicios será pública y al ténnino del primerejercicio el Tribunal expondrá en el tablón de anuncios del local dondese celebren las relaciones de los aspirantes, con expresión del sistema porel que realizan las pruebas: reserva minusválidos, o .ieneral de accesolibre, que pasen al segundo ejercicio por haber obtemdo la calificaciónde 5 puntos, como mínimo, en el primero.

En estas relaciones el Tribunal hará constar la puntuación delejercicio y la acumulada, obtenida en la fase del concurso.

Ejercicio oraL-El opositor desarrollará un tema entre tres sacados ala suene, de los que figuran en el programa pre'sentado en su memoriametodológica Cada aspirante dispondrá de una hora, como máximo,para la exposición del tema, después de haber permanecido incomuni­cado hasta un máximo de tres horas para su preparación, durante lascuales podrá consultar cuanto material bibliográfico tenga a su disposi­cón.

En la exposición oral, los opositores, además del desarrollo de loscontenidos del tema ele¡ido, deberán analizar ante el Tribunal los temasdidácticos que consideren más necesarios, para la adecuada compren­sión del mismo por pane de los alumnos.

Los ejercicios -serán desarrollados en el idioma correspondiente.Al término del ejercicio oral el Tribunal hará pública la relación d, e

aspirantes de acuerdo con lo establecido en el apanado l de la base 7de las comunes a esta convocatoria.

4.4 Cuestionario: El cuestionario sobre el que versará el ejercicio.oral será el que figure en la memoria metodoló(ica que ha de entregarel opositor en el acto de presentación ante el Tnbunal, y que consistiráen el desarrollo de la programación razonada de la asignatura, deacuerdo con los criterios personales del opositor, con las correspondien·tes justificaciones científicas y bibliográficas.

5. Cuerpo de Profesores de Entrada de Escuelas de Artes Apli€adas y'. Oficios Artís~ic~s : . 'r:

(Código 9008)

5.1. Distribución de plazas por asignaturas, sus códigos y sistema~de' acceso.

CódigoReserva Sistema

'" l. Asignatura minus-.._1 Total

asil- válidos K~ro plazasnatura libre

09 Dibujo Artistico - 11 1110 Dibujo Lineal - - 6 613 Historia del Arte.. - 1 116 Matemáticas - 3 3Ig Modelado y Vaciado - 6 622 Proyectos Arte Decorativo - 6 634 Técnicas de Diseño Gráfico - 1 137 Teoría y Prácticas de Diseño. 2 34 36

Total .., 2 68 70

5.2. Titulación exigida: Los opositores al Cuerpo de Profesores deEntrada de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, deberánestar en posesión o reunir las condiciones para que les pueda serexpedido el titulo de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto oequivalente, incluso a efectos de docencia.

5.3. fases de concurso y oposición.

5.3.1 Fases de concurso.-Se estará a lo dispuesto en el apanado 7de la base común 6 de esta convocatoria.

5.3.2 Oposición.-Se valorará en esta fase los conocimientos de losaspirantes. Constará de los siguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio.-Será de carácter teórico y consistirá a su vez en:A) Exposición o defensa oral ante el Tribunal, a elección del

mismo. durante media hora como máximo, de los puntos más impor­tantes de la memoria explicativa sobre el concepto y metodología de lasenseñanzas, que será presentada por el opositor juntamente con unprograma razonado de la asignatura en el acto de presentación ante elTribunal.

B) Desarrollo oral de· una lección del programa presentado por elopositor, elegida por éste de entre tres sacadas a suerte. Cada aspirantedispondrá. de media hora, como máximo, para la exposición de lalección, después de haber permanecido incomunicado un tiempomáximo de media hora, para su preparación, durante el cual podráconsultar notas. bibliografias, textos y preparar el material necesario.

••.'r.

. Lunes 23 abril 1990 BOE núm. 97

3 42 2I 12 23 33 33 34 42 21 I3 37 81 11 12 24 45 56 6

2 63 65

CódilO Reserva Sistemade la Asignatura mLnUS- general Total

aSlsna· válidos acceso plazas

'"" libre

02 Armonía y Melodía Acompañada - 2 203 Arpa ....... - 2 205 Canto - I

I1

06 Caracterización ··1 - 1 108 Composiciót: e Instrumentación . - 3 3,

B) Desarrollo oral de una lección del programa presentado por elopositor, elegida por éste de entre tres sacadas a suerte. Cada aspirantedispondrá de media hora como máximo para la exposición de la lección,después de haber permanecido incomunicado un tiempo máximo demedia hora para su preparación. durante el cual podrá consultar notas,biblioarafias. textos y preparar el material necesario.

La exposición del tema elegido se hará como si se tratase de una clasesintetizada dirigida a. los alumnos. se señalará la ubicación del temadentro, de la pr~ramaCión del desarrollo de las enseñanzas de Que setrate y se especIticarán la motivación, la metodología, el materialdidáctico que se vaya a utilizar, así coma los ejercicios prácticos ycomplementarios que se estimen necesarios. expresándose la bibliografiaa uttlizar y los documentos de apoyo. Se indicará también el procedi­miento de evaluación y recuperación.

C) Contestación por escrito. en el plazo de cuatro horas, a trestemas sacados a suene de los cuestionarios a que se refiere el apartado4 de esta base especifica.

La lectura de los ejercicios será pública y al término del primerejercicio el Tribunal expondrá en el tablón de anuncios del local dondese celebren las relaciones de los aspirantes, con expresión del sistema porel Que realizan las pruebas: Reserva minusválidos o general de accesolibre que pasen al segundo ejercicio por haber obtenido la calificación decinco puntos, como mfnimo, en el primero. .

En esta relación el Tribunal hará constar la puntuación del ejercicioy la acumulada obtenida en la fase de concurso.

Segundo ejercicio.-Será de carácter práctico, Quedando a juicio delTribunal la determinación de su contenido, características y forma derealización, de conformidad con 10 señalado en los respectivos apanados4 de las bases 5 y 6 de las comunes de la presente convocatoria.

Al término de este segundo ejercicio el Tribunal hará pública larelación de aspirantes que hayan superado el concurso-oposición, deacuerdo con el apartado I de la base 7 de las comunes de estaconvocatoria.

6.4. Cuestionarios.-los cuestionarios sobre los Que versará el ejerci~cio escrito se han publicados en el «Boletín Oficial del Estado» que acontinuación se relaciona:

«Boletín Oficial del Estado» de 9 de abril de 1985: Cerámica Artística(Alfarería y Cerámica), Diseno de Figurines, Ebanistería, Fotografia yProcesos de Reproducción, Restauración de Encuadernaciones, Vaciadoy Moldeado, Textiles Artísticos y Litografia.

«Boletín Oficial del Estado» de 31 de marzo de 1986: Fotograbado(Fotograbado y Tipografia).

.cBoletín Oficial del Estado» de 9, corregido por el de 22 de marzode 1988: Técnicas de Diseño Industrial.

7. Cuerpo de Profesores Especiales de Conservatorios de Música,Declamación y Escuela Superior de Canto

(Código .2Jl04)7.1 Distribución de las plazas por asignaturas, sus códigos y

sistemas de acceso:

13 ¡ Danza Espanola .19 I Estética e Historia de la.. Música de la

Cultura y del Arte .20 Expresión Corporal22 Aauta23 Aauta de Pico24 Folklore Musical25 Gregoriano26 Guitarra37 Música de Cámara40 Organo .42 Ortofonía y Dicción44 Pedagogía Musical46 Piano50 Repertorio Vocal51 Rítmica y Paleografia .53 Solfeo y Teoría de la Música.58 Trompeta59 Violín60 Violoncello

Total

10970

CódilO ."'''''' Sistema

'"aeneral Totalde la Asi¡natura minu5- '" plazasasIgnatura

válidos acceso¡ilm

06 - 'Cerámica Anística .. - 3 315 Diseño de Figurines. - 1 117 Ebanistería .. ......... - 3 325 Fotograbado ....................... - 1 128 Fotografia y Procesos de Reproduc-

ción ............................. 1 15 1636 Litografia .......................... - 1 154 Restauración de Encuadernaciones ... - I 164 Textiles Artísticos. , .. .... - 1 165 Vaciado y Moldeado. - 2 270 Técnicas de Diseño Industrial. - 1 1

TotaL .... 1 29 30.

'6;2 .~:;Títulación 'exigida..:-Los'·bpositores al CuerPo de Maestros deTaller q.~.Escuelas ~e Artes Apl.icadas y Ofici(Js Anísticos deberán estaren poseSIón o reumr las condICiones para que les pueda ser expedido eltítulo de Graduado en. Artes Aplicadas. .

6.3 Fase.de concurso y oposición.6.3.1 Fase de concurso.-Seestará a lo dispuesto en el apanado 7 de

la base común 6 de esta convocatoria.6.3.2 Oposición.-Se valorará en esta fase los conocimientos de los

aspirantes. Constará de los siguientes ejercicios eliminatorios:Primer ejercicio.-Será de carácter teórico y consistirá a su vez en:

A) Exposición o defensa oral ante el Tribunal, a elección delmismo, durante media hora como máximo, de los !'untos más impor­tantes de la memoria explicativa sobre el concepto y metodología de lasenseñanzas, que será presentada por el opositor juntamente con unprograma razonado de la asignatura en el acto de presentación ante elTribunal.

La exposición del tema elegido se hará como si se tratase de una clasesintetizada diri¡ida a los alumnos. Se señalará la ubicación del temadentro de la pro~mación del desarrollo de las enseñanzas de que setrate~ y se especdicarán la ~otivación, la metodología, el materialdidáctico que se vaya a utilizar, así como los ejercicios prácticos ycomplementarios que se-estimen necesarios, expresándose la bibliografiaa utilizar y los documentos de apoyo. Se indtcará también el procedi­miento de evaluación y recuperación.

C) Contestación por escrito, en el plazo de cuatro horas, a trestemas sacados a la suerte de los cuestionarios a Que se refiere el apartado4 de esta báse especifica.

La lectura de los ejercicios será pública y al ténnino del primerejercicio el Tribunal expondrá en el tablón de anu-ncios del local dondese celebren, las relaciones de los aspirantes con expresión del sistema porel que se realizan las pruebas: reserva minusválidos o general de accesolibre, que pasen al segundo ejercicio por haber obtenido la calificaciónde 5 puntos, como mínimo, en el pnmero.

En esta relación, el Tribunal hará constar la puntuación del ejercicioy la acumulación obtenida en la fase de concurso.

Segundo ejercicio.-será de carácter práctico, quedando a juicio delTribunal la determinación de su conten~do, características y forma derealización, de conformidad con lo señalado en los respectivos apartados4 de las bases 5 y 6 de las comunes de la presente convocatoria.

Al término de este segundo ejercicio el Tribunal hará pública larelación de aspirantes Que bayan superado el concurS<H>posición deacuerdo con el apanado 1 de la base 7 de las comunes de estaconvocatoria.

5.4. Cuestionarios.-Los cuestionarios sobre los que versará elejercicio escrito serán publicados en los «Boletín Oficial del Estado» quea continuación se relacionan:

«Boletín Oficial del Estado» de I I de mayo de 1982: DibujoAnístico, Dibujo Lineal, Historia del Arte, Matemáticas y Modelado yVaciado.

«,Boletín Oficial del Estado» de 13 de julio de 1982: Proyectos de ArteDecorafivo.

«Boletín Oficial del Estado»-- de 9de abril de, 1985: Técnicas deDiseño:,Gráfico y Teoría y Práciica ,de Diseño.

6. Cuerpos de Maestros de Tal/er de Escuelas de Artes Aplicadasy Oficios Artisticos

(Código 9009)

6.1 Distribución de las plazas por asignaturas, sus códigos ysistemas de acceso.

,.".". ;';.f>,- ..'",;""

10971

SistemaCódigo Resen'l ¡eneral Tolalde la Asianatura minusvá· - plazas

asignatura lidos Accesolibre

10 Contrabajo.. - 3 311 Contrapunto y Fuga.. - 1 116 Dramaturgia.................... - 1 119 Estética e Historia de la Música, de

la Cultura y del Arte.. . .. 1 10 1121 Fagot. .... - 2 223 Flauta... ...... . . . . . . . . . .. - 4 426 Guitarra..... ........ .. - 3 327 Guitarra Acompañante (Flamenco). - 1 139 Música de Cámara... - 10 1042 Oboe. ..... .. ... ... - 2 245 Percusión. ....... - 1 146 Piano.............................. 1 36 3764 Pianista Acompañante (Canto e Ins-

trumentos).. - 7 765 Pianista Acompañante (Danza).. - 1 150 Repentización, Transposición Ins-

trumental y Acompañamiento... - 6 651 Repertorio de Opera y Oratorio... - 1 152 Saxofón....................... - 5 553 Solfeo y Teoría de la Música. 1 22 2355 Trombón.. ..... - 2 257 Trompa. ...... ..... ... - 3 358 Trompeta. ........ ...... ... - 7 760 Viola ..... ............ .. - 10 1061 Violín..... .......... ....... 1 12 1363 Violoncello.. ..... - 8 8

Total.. .... .......... 6 194 200

8.2 Titulación exigida: Los opositores al Cuerpo de ProfesoresAuxiliares de Conservatorios de Música, Declamación y Escuela supe­rior de Canto deberán estar en posesión o reunir las condiciones paraque de acuerdo con el artículo 14 y disposiciones transitorias cuarta yqui~ta del Decreto 2618/1966, de IO.de septiembre «(B?le~ín Ofic~al delEstado» del 30), les pueda ser expedido alguno de los SIgUientes tI~ul~s:Profesor de Música, Titulo Profesional según el Decreto de 15 de JUnJode 1942 (<<Boletín Oficial del Estado» 4 de julio), Diplom~ de capacidadcorrespondiente a J?lanes de estudi~~ ant~riores, o est~~ dlspens,ados•.~nvirtud de ResolUCión de este Mmlsteno, del reqUiSito de tltulaclOnexigida por tratarse de pe.rsonalidad de 'notorio prestigio en la materia.

8.3 Fase de concurso-oposición:8.3.1 Fase de concurso: se estará a lo dispuesto en el apartado. 7 de

la base 6 de las comunes de esta convocatoria.8.3.2 ,Fase de oposición. Se valorará en esta fase los conocimientos

de los as~ra!1tes. Constará de los siguientes ejercicios eliminatorios.Ejercicro,~eórico, que consistirá a su vez en:

a} Defensa oral de la Memoria que sobre la enseñanza de laasi~natura habrá entregado el opositor en el acto de presentación ante elTnbunal.

b) Exposición oral de dos temas, sacados a suerte del cuestionariode la asignatura Que se cita en el apartado 4 de esta base especifica,disponiendo como tiempo máximo de una hora. En el caso de que elcuestionario de una asignatura esté dividido en varios grupos de temas,se sacará uno por cada grupo, disponiendo de un tiempo máximo deexposición de media hora para cada tema.

. La lectura de los ejercicios será pública y al término del primerejercicio el Tribunal expondrá, en el tablón de anuncios del local dondese celebren, las relaciones de los aspirantes, con expresión del sistemapor 'el que realizan las pruebas: Reserva minusválidos -o general deacceso libre, que pasen al segundo ejercicio por· haber obtenido lacalificación de cinco puntos, como mínimo, en el primero.

En estas relaciones el Tribunal hará constar la puntuación delejercicio y la acumulada obtenida en la fase de concurso.

Ejercicio práctico:

a) Se efectuará del modo que se determina 'en los programas decada asignatura que se citan en el apartado 4 de esta base específica.

b) El opositor impartirá una clase sobre materias de su especiali­dad, que determinará el Tribunal.

En aquellas asignaturas en las que se requiera acompañamiento parala realización del ejercicio, éste deberá ser aportado por el opositor,excepto para Conjunto Coral e Instrumental, Que será facilitado por elMinisterio de Educación y Ciencia.

Lunes 23 abril 1990

de Música,Cuerpo

BOE núm. 97

de Profesores Auxiliares de ConservatoriosDeclamación y Escuela Superior de Canto

(Código 9011)

8.1 Distribución de las plazas por asignaturas. sus códigos ysistemas de acceso.

8.

7.2 Titulación exigida: Los opositores al Cuerpo de ProfesoresEspeciales de Conservatorios de Música. Decla~ación y E~c~ela Supe­rior de Canto deberán estar en posesión o reumr las condiCIOnes paraque. de acuerdo con el artículo 14 y disposiciones transitorias cuarta yQuinta del Decreto 2618/1966. de ID, de septiembre (<<B?le~n Ofic~aI delEstado» del 30). pueda series ex.pedldo alguno de los sIguientes tltulos:Profesor Superior de Música, Titulo Profesional según e~ ~ret<? de 15de junio de 1942 (<<Boletín Oficial del Estado» de 4 de JuJ,to), Diplomade capacidad cO,rrespondiente a p'lanes de estl;lqios ~ntenores,.o. estardispensado en virtud de Resoluclon de este Mmlsteno del requIsito detitulación por tratarse de personalidad de notorio prestigio en la materia.

7.3 Fases de concurso y oposición.7.3.1 Fase de concurso: Se estará a lo dispuesto en el apartado 7 de

la base 6 de las comunes de esta convocatoria.7.3.2 Fase de oposición: Se valorará en esta fase los conocimientos

de los aspirantes. Constará de los siguientes ejercicios eliminatorios:Ejercicio teórico. Que consistirá, a su. vez, en:A) Defensa oral de la Memoria Que sobre la enseñanza- de la

asi,$natura habrá entregado el opositor en el acto de presentación ante elTnbunal.

B) Exposición oral de dos temas, sacados a suerte, del cuestionariode la asignatu~a Que se cita en el apartadó 4 de esta base. es~ifica, enel tiempo máXimo de una hora. En el caso de que el cuesUonano de unaa,signatura esté dividido en varios grupos de temas. se sacará uno porcada grupo. disponiendo de un tiempo máximo de exposición de mediahora para cada tema.

La le'ctura de los ejercicios será pública y al término del primerejercicio el Tribunal expondrá en el tablón de anuncios del local dondese celebren. las relaciones de los aspirantes con expresión del sistema porel Que realizan las pruebas: ~ese.~a minusválidos o .general d~ acc~~olibre. que pasen al segundo eJerCICIO por haber obtenido la cahficacIonde cinco puntos. como mínimo. en el primero.

En estas relaciones el Tribunal hará constar la puntuación delejercicio y la acumulada obtenida -en la fase de concurso.

Ejercicio práctico:a) Se efectuará del modo que se determina en los programas de

cada asignatura Que se citan en el apartado 4 de esta base específi~a ..b) El opositor impartirá una clase sobre materias de su especialI­

dad, que determinará el Tribunal.

En aquellas asignaturas en las que se requiera acompañamient.o parala realización del ejercicio, éste deberá ser aportado por el OpOSItor.

Al término de este segundo ejercicio el Tribunal hará p~b.lica larelación de opositores que hayan superado el concurso-oposlcIón deacuerdo con el apartado 1 de la base 7 de las comunes de estaconvocatoria.

7.4 Cuestionarios.-Los programas con los cuestionarios sobre losque versarán las pruebas de la fase de oposición serán publicados en:

(cBoletín Oficial del Estado» de 10 de abril de 1985: Composición yF0:n:tas Mus!cales (Compos.ición ~ I~.strumentaci~n); Danza. Española;Muslca de Camara; Ortofonla y Dlcclon; Repert<:mo Vocal; Vloloncell?

(Boletín Oficial del Estado» de 7 de. abnl de 1986: PedagogIaMusical.

«Boletín Oficial del Estado» de 31 de marzo de 1986: Armonía yMelodía Acompañada; Canto, Caracterización; Expresión Corporal;Guitarra; Solfeo y Teoria de la Música; Violín.

«Boletín Oficial del Estado» de 9 de marzo de 1988: Estética eHistoria de la Música. de la Cultura y del Arte; Flauta Travesera;Folklore Musical; Gregoriano (Canto Gregoriano); Rítmic~ y Paleogra­tia; Trompeta.

«Boletín Oficial del Estado" de 15 de abril de 1989: Arpa; Flauta dePico, Organo; Piano.

SistemaCódi¡o Reserva general Totalde la Asignatura minusvá· - plullSaSJ&natura lidos Acceso

libre

01 Acordeón. - 4 402 Armonía y Melodía acompañada.. I 14 1507 Clarinete..........

Insi~umental:. - 9 909 Conjunto Coral e 1 9 10

Baremo

ANEXO

Enseñanzas Medias, Enseñanzas Artúticas y Escuelas Oficiales de Idiomas

BOE núm. 97

Certificación académica o fotocopia compulsada deltítulo alegado en la que conste dicha ,calificación.

Certificación académica o fotocopia compulsada deltítulo alegado en la que conste dicha calificación.

Certificación académica o fotocopia compulsada deltitulo requerido para ingreso en el Cuerpo, así comode cuantos alegue como mérito.

Certificación académica o fotocopia compulsada deltítulo requerido para ingreso en el Cuerpo, así comode cuantos alegue como mérito. .

Certificación académica o fotocopia compulsada deltítulo requerido para ingreso en el Cuerpo, así comode cuantos alegue como mérito.

Certificación académica o fotocopia compulsada deltítulo de Doctor.

Los ejemplares correspondientes.

Los ejemplares correspondientes.

Certificación del Director del Centro, con el visto buenodel Servicio de Inspección Técnica de Educación.haciendo constar la asignatura y la duración real delos servicios.

Documentos justificativos

Fotocopia compulsada del título administrativo, o delnombramiento o contrato, y certificación expedidapor el Secretario del Centro correspondiente, con elvisto bueno del Director del mismo, haciendo constarla asignatura y duración real de los servicios, así comonúmero de Registro de Personal.

Hoja de servicios haciendo constar la duración real delos mismos.

0.50

0,30

0,50

0,50

0,50

0,20

0,25

0,25

0,50

PuOIOS •

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se derivende ella, así como la actuación de los Tribunales podrán ser impugnadosen los casos y en la forma establecidos en la Ley de ProcedimientoAdministrativo. Asimismo la Administración podrá, en su caso, proce­der a la revisión de las resoluciones de los Tribunales. confonne a lopre,visto en la Ley de Procedimiento Administrativo.

«Boletín-Oficial del Estado» de 1S de abril de 1989: Conjunto Corale Instrumental; Piano; Repertorio de Opera y Oratorio; Saxofón; Viola.Violoncello.

Base final

Madrid, 21 de abril de 1990.-P. D. de 2 de marzo de 1988, elDirector general de Personal y Servicios, Gonzalo Junoy García deViedma.

Ilmo. Sr. Director general de Personal y Servicios.

Lunes 23 abril 1990

Por publicaciones de carácter científico y técnico o pedagó~corelacionadas con la asignatura objeto del concurso--oposiclón.Por publicaciones directamente relacionadas con la organiza­ción escolar.

Se podrán asignar por estos conceptos un máximo de cuatropuntos, excepto para los Cuerpos de Enseñanzas Artísticascuya puntuación máxima por este apartado será de dos puntos.Una misma publicación no podrá puntuarse por más de uno deestos apartados. .

Por calificación de sobresaliente en el título alegado paraingreso en el Cuerpo.Por premio extraordinario o de honor en la titulación alegadapara ingreso en el Cuerpo. ,Por cada titulación de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto,Ingeniero técnico- o Arquitecto técnico y Diplomado de Escue­las Universitarias, y para las plazas de Enseñanzas Artísticas,Profesor superior de Música o equivalente, Profesor de Músicao Graduado en Artes Aplicadas, siempre que estas titulacionessean del mismo nivelo superior y distintas de las alegadas paraingreso en el Cuerpo.Por cada titulo universitario superior distinto del requeridopara ingreso en el Cuerpo, expedido por la misma Facultad yen distintas secciones o ramas.Por cada tí~ulo universitario superior distinto del requeridopara ingreso en el Cuerpo, expedido por la misma Facultad yen distintas subsecciones o es~ialidades.Por el grado de Doctor en la titulación alegada para ingreso enel Cuerpo.

3.6

3.4

3.5

3.1

3.2

3.3

2.1

2.2

10972

Al término de este segundo ejercicIo el Tribunal hará pública larelación de aspirantes Que hayan superado el concurso-oposiclón deacuerdo con el apartado 1 de la base 7 de las comunes de estaconvocatoria.

8.4 Cuestionarios: Los programas con los cuestionarios sobre losque versarán las pruebas de la rase de oposición serán los publicados en:

«Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril de 1985: Acordeón;Contrapunto y Fu~a; Percusión (Instrumentos de Percusión); Repentiza­ción; Transposicion Instrumental y Acompañamiento; Violín.

«Boletin Oficial del Estado» de 31 de marzo de 1986: Annonía yMelodía Acom~ñada; Contrabajo; Guitarra; Guitarrista Acompañante(Flamenco); Imciación Musical; Musica de CQ.mara; Pianista Acompa­ñante (Canto e Instrumento); Pianista Acompañante (Danza); Solfeo yTeoría de la Musica.

«Boletín Oficial del Estado» de 9 de marzo de 1988: Clarinete;Dramaturgia (Dramaturgia y Estética Teatral); Fagot; Flauta; Oboe;Trombón; Trompa; Trompeta; Estética e Historia de la Musica, de laCultura y del Arte (corrección «Boletín Oficial del Estado» del 21).

3. Méritos académicos:

Apartados

l. Servicios docentes prestados:

1.1 POI: cada año completo de servicios prestados con nombra­miento expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia o lasrespectivas Comunidades Autónomas, con competencia plenaen materia educativa en Enseñanzas Medias, IdIOmas o, en sucaso, en Enseñanzas Artísticas.

1.2 Por cada año completo de servicios prestados como funciona­rio de carrera del Cuerpo de Profesores de Educación GeneralBásica.

1.3 Por cada año completo de servicios prestados en Centroshomologados, habilitados o libres de Enseñanzas Medias.

Por estos apartados, en ningún caso podrán obtenerse más detres puntos. A los efectos de estos tres apartados, se considerarácomo curso completo seis meses. No podrán acumularse laspuntuaciones cuando los servicios se hayan prestado simultá­neamente en más de un Centro.

2. Méritos docentes:

..., .. ;. .. :~._.- .'

Lunes 23 abril 1990

ANEXO n

Madrid, 19 de abril de I99ü.-EI Presidente del Instituto. JoséConstantino Nalda Gareía.

10973

Documentos justificativos

hertificación académica o fotocopia compulsada delr.título de Doctor donde conste dicha calificación.

ertificación académica o fotocopia compulsada deltítulo requerido para ingreso en el Cuerpo, así comode cuantos alegue como mérito donde consten dichascalificaciones.

os programas y críticas correspondientes.Los programas;· críticas y, en su caso, la acreditación de

haber obtenido los premios correspondientes.

Puntos

0,50

0,20

Tribunal número 2: Andaluda (ScI'iIIa)

Vocales:

Titulares: Don Manuel Garda Carrillo. don José Ramón LinaresOjeda y don Manuel Pallarés Moreno,

Suplentes: Don José Fcrnándcl ('amero. don Manuel TorralbaRodríguez y don Leandro Luque Sevilla.

Secretarios:

Titular: Don Miguel Miranda CarrallL.a.Suplente: Don Fermin C'anovaca Moreno.

Tribunal nú!n('ro 4: ASluriw-Omlabria

Presidentes:

Titular: Don Lorenzo Almanza Ballesteros.Suplente: Don José Manuel Garcia Gallo.

Vocales:

Titulares: Dona Dora Alonso Riesgo. don José Vicente RiescoRodriguez y don Raúl Bocanegra Sierra.

Suplentes: Don Ricardo Caballero Cortina. don José María PérezRodríguez y don Vicente de la Vallina Velarde.

Tribunal número 3: AragulI-Xalw'ra-La Rioja

Presidentes:

Titular: Don Ramón Salanova Alcalde.Suplente: Don Federico Larios Tabucnca.

Vocales:

Titulares: Don. Francisco Vicente de Vera Pinilla. don Juan JoséRubio Ruiz y don José Bermejo Vera.

Suplentes: Doña Carmen Crespo Rodríguez. don Félix María GraciaRomero y don Antonio Fanlo Loras.

Secretarios:

Titular: Don Antonio López Raluy.Suplente: Doña Margarita Revillo Pinilla.

Presidentes:

Titular: Don José Luis Roldán Murillo.Suplente: Doña Encarnación Garrido Malina.

Vocales:

Titulares: Don Juan Antonio Cómpora Gamarra. don José MuñozGonzález y don Pedro Escribano Collado.

Suplentes: Don Camilo Domínguc7 Mcndoza. doña Pilar Heredia-Moreno y don José Ignacio Mori1lo·Vclarde Pérez.

Secretarios:Titular: Don Manuel Tirado Márquel.Suplente: Don Luis Manuel Ramírcl Rodríguez.

Apanados

Por premio extraordinario o de honor en el Doctorado de latitulación alegada para i~eso en el Cuerpo.Por cada premio extraordmario o de honor en otros Doctora·dos o títulos de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Diplo­mado.

3.7

3.8

BOE núm. 97

9402

Por estos apartados, en ningún caso podrán obtenerse más detres puntos. Cuando se trate de títulos sólo serán valorados losque tengan validez oficial en el Estado español.

4. Méritos artísticos (aplicable sólo a los Cuerpos de EnseñanzasArtísticas).

4.1 Por composiciones estrenadas y conciertos como solistas.4.2 Por premios en exposiciones o en concursos de ámbito

nacíonal o internacional.

Por estos apartados en ningún caso podrán obtenerse más dedos puntos.

MINISTERIOPARA LAS ADMINISTRACIONES

PUBLICASRESOLUC10N de 19 de abril de 1990, del IrlSlilutoNaóonal de Adlllil/ütr",clú¡ PúNica. por la que se deter­mina ('1 ml1/1e/'u y ('vlI1posidrin de fos Trihunales calificado-res dí' las pl'l/(>bwj se/t'l..'liras de acceso a la SlIbescala deSec"ctar{a-Illtcn'('lIciú" dt' la Escala de Funcionarios de.-ldm¡II¡straf.:ivlI Lvcal COII hahilitaci6n de cardctl'r nacto­nal.

En cumplimiento de lo dispuesto en c1 artículo 11 del Real Decreto2223/1984. de 19 de diciembre. y en la base quinta de la Resoluciónde ,19 de diciembre de 1989 (<<Boletín Oficial del Estado» de 11 deenero de 1990). de convocatoria de pruebas selectivas para el acceso ala Subescala de Secretaría-lntervención. he resuelto:

Determinar, de conformidad con los Convenios suscritos con lasComunidades Autónomas el número y composición de los distintosTribunales que han de juzgar las pruebas selectivas en los términos quese establecen en el anexo de esta Resolución,

Don , con domicilio

en y con documento nacional de identidad

numero declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser

nombrado funcionario del Cuerpo ..

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones

Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funcionespúblicas.

En , a de de 1990.

A~XO

Composición de los distintos Tribunales

Tribunal mimero J: ..ll/daltlcla (Granada)

Presidentes:

Titular: Don Juan Santaella López.Suplente: Don Juan Jimenez Manínez.