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MÉXICO FISCAL “REFLEXIONES EN TORNO AL SISTEMA FISCAL MEXICANOAlonso Pérez Becerril Maestro: Lic. Fernando Armada Alumno: Lucas Ramón Garcia DERECHO FISCAL II

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México Fiscal

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Mxico Fiscal

Derecho Fiscal II

Mxico FiscalReflexiones en Torno al Sistema Fiscal Mexicano(Alonso Prez Becerril)

ContenidoIntroduccin2Resumen de la obra4Consideraciones Generales4El Gasto Pblico11Deuda Pblica Externa12Anlisis13Conclusin16Bibliografa17

Mxico FiscalReflexiones en Torno al Sistema Fiscal Mexicano(Alonso Prez Becerril[footnoteRef:1]) [1: DR. ALONSO PREZ BECERRIL, Doctor en Derecho por la UNAM, Magistrado del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; autor de diversos libros: Dictamen Fiscal (anlisis Jurdico), Mxico Fiscal (reflexiones en torno al sistema fiscal mexicano), Poltica e Impuestos (pensamientos), Presunciones Tributarias en el Derecho Mexicano), todos ellos de Edit. Porra.]

Introduccin

El presente trabajo, tiene la finalidad de comentar y analizar de manera personal y objetiva, temas abordados por el Magistrado Alonso Prez Becerril, en su libro Mxico Fiscal: Reflexiones en Torno al Sistema Fiscal Mexicano, de Editorial Porra.Dicha obra, nos describe con un lenguaje muy prctico, la manera en que se fue aplicando a travs de la historia el tributo en sus formas, hasta como lleg a convertirse un una imposicin por parte del Estado como lo es en la actualidad en Mxico.Nos transmite las inquietudes que hoy para l presenta el sistema fiscal y sus constantes cambios para su estudio y aplicacin entre tantas otros temas a saber de Derecho Fiscal.Personalmente, escog sta obra, por su visin crtica hacia todo el sistema tributario y, claro, particularmente hacia el sistema tributario mexicano.No quiero hablar de cdigos, mucho menos de artculos, de procesos No pretendo ensear o transmitir lo que se puede encontrar en la legislacin de manera gratuita a travs de la pgina de la cmara de diputados. Slo quiero aprender y entender cul es la visin de tan renombrado fiscalista en la materia que nos compete que es el Derecho Fiscal. Del mismo modo intentar dar mi humilde postura luego de haber ledo la obra, ya que realic la lectura con muchas expectativas de su contenido, pues tan slo la palabra reflexiones provoco en m la inquietud suficiente como para inclinarme a realizar la labor con l.Entiendo perfectamente que en materia fiscal, la literalidad es un principio fundamental a aplicar, despejando, o al menos intentando, cualquier intencin de interpretacin en cualquier caso de inconformidad que se pueda presentar. Bajo sta premisa, fue que nunca se me hubiera imaginado encontrar un libro reflexivo acerca de un tema tan rgidamente literal en referencia a sus lineamientos.No obstante, cunto he descubierto que me equivoqu, pues son demasiado acertadas, a m parecer, las observaciones que el Magistrado Becerril realiza acerca del sistema fiscal y todo su contexto, mismas que se manifiestan con cierta inquietud o interrogantes en algunos casos.

Resumen de la obra

Consideraciones Generales

Primeramente definamos que debemos entender por sistema:En una primera aproximacin podemos afirmar que sistema es un conjunto coherente de estructuras en cuyo interior se ponen en juego toda clase de procedimientos ajustados o no a la ley, en funcin de obtener los mviles y las finalidades propuestas por la traccin gobernante de la clase burguesa. Si nos referimos al sistema fiscal, basta con adicionar al concepto anterior el carcter de fiscal, o sea aquella parte de la hacienda pblica que tiene a su cargo el cumplimiento y la exigencia de obligaciones que la ley seala a su favor o en contra. Si se pregunta qu es estructura, podemos considerarla como las relaciones y actos que perfilan un conjunto tributario en un espacio y tiempo determinado o determinable; sin tener que polemizar por ahora estos conceptos previos, pues se trata del prembulo hacia una reflexin. Entrando de lleno en tema tributario hay que afirmar sin temor a equivocacin, que los impuestos son considerados por algunos como un mal necesario, y por otros como una necesidad. Los impuestos han sido objeto de todo tipo de reacciones, tanto por las autoridades como por los contribuyentes y legisladores; van desde el desconocimiento total, quejas, insultos, improperios, hasta el merecimiento de respeto, estudios de teoras de socializacin pacfica, destruyendo la mala redistribucin de la riqueza. Pocos temas han sido tan satanizados y a la vez tan santificados como los impuestos, que sean tan desconocidos por sus proponentes, y que son tan "simplemente" abordados, tan ligeramente criticados y, sobre todo, tan comnmente comentados. Si en el orden moral el impuesto es un deber, el contribuyente debera considerarlo no como una carga sino como un empleo de recursos porque los ingresos fiscales no se consumen ni se destruyen: se reintegran en el circuito econmico y se redistribuyen en su totalidad a los miembros de la colectividad. Sin duda, no hay igualdad entre lo satisfecho por el contribuyente a la colectividad y lo que aqul recibe de esta.Es falso y grotesco afirmar que el impuesto sea una destitucin de la riqueza.El impuesto es el medio con el cual el Estado crea nuevos valores: seguridad, justicia, defensa nacional, cultura, sanidad, unidad de los hombres que habitan en un determinado pas. Merced al impuesto el Estado crea el ambiente Jurdico y poltico en el cual los hombres pueden trabajar, organizar, inventar, producir. En un principio, el impuesto apareca como un don espontneo de los contribuyentes despus como el resultado de un ruego del soberano, ms tarde una peticin de ayuda, despus de ser considerado como un sacrificio se convirti en un deber, posteriormente en una obligacin impuesta, ms adelante en una imposicin de oficio, posteriormente se repudi el trmino impuesto para crear el de contribucin.Ahora bien, sera imprudente no mencionar los obstculo que la materia fiscal presenta para cualquier estado, pero se destacarn por obvias razones, los del estado mexicano en donde problemas bsicos han persistido, surgiendo preguntas como acerca de qu servicios pblicos deberan ofrecerse, cmo deberan financiarse y qu papel debera Jugar el sector pblico en el comportamiento marco de los asuntos econmicos, todava hacen aflorar los temas fundamentales. Constantemente los legisladores se han planteado la pregunta de cul sea el mejor mtodo para repartir los impuestos. Un mtodo tras otro ha sido estudiado, abandonado o perfeccionado. La busca de los mtodos seguidos y de las razones que impusieron su abandono o su reforma parece, pues, importantsima para determinar las reglas a seguir en la prctica para determinar el reparto de los tributos. Se equivocara por completo quien afirmase que los impuestos se reparten siempre efectivamente de un modo satisfactorio para la mayora de los ciudadanos. Aun considerando slo la mayora en sentido poltico, la que influye sobre el gobierno del pas, estaramos muy lejos del ideal. Lo mismo que el mar tiene un nivel terico en realidad nunca existe, porque sin cesar est movido por las olas, mareas, continentes, tempestades, etc., as los impuestos parecen tender a aquella configuracin, sin conseguirla jams. En la opinin predominante, la igualdad proporcional en el sacrificio del impuesto es la meta, pero cun mudables diversos son los mtodos usados para alcanzarla! Los conceptos fundamentales adoptados sucesivamente para la distribucin de los impuestos han sido varios. Primero se consider conveniente repartir el impuesto en proporcin a la superficie de los terrenos; despus, atendiendo al producto bruto; ms tarde en relacin con su producto neto; por ltimo, a la renta neta de los terrenos se aadieron las rentas, tambin netas, de los dems bienes (casas, industrias, etc.) y de las restantes fuentes de renta. Este concepto de la renta neta, en la cual siempre se distinguan con claridad sus diversas fuentes, va siendo reemplazado por el concepto de renta, consideradas en su conjunto, y, finalmente, se pasa al concepto de que debe tributar no toda la renta producida, sino slo la renta disponible, aquella que el hombre puede destinar a la satisfaccin de sus necesidades pblicas y privadas.Al realizar un estudio sobre cualquier Derecho Positivo, se debe considerar en principio los fundamentos que fueron las bases para su creacin. El estudioso del derecho no se debe aislar de los principios creadores y ubicarse solamente en el fro anlisis de las normas que estn plasmadas en algunas leyes y reglamentos, debe profundizar; si quiere entender el verdadero fondo de la legislacin, en las diversas causas que provocaron la elaboracin del sistema jurdico.Curiosamente, los especialistas en la rama del Derecho Fiscal en nuestro pas han olvidado este trascendental aspecto en nuestros estudios, acudiendo directamente a escudriar la legislacin fiscal que tenemos. Analizan las normas vigentes, sus cambios y en genera lo hacen con el propsito de entenderlas para buscar el cumplimiento de ellas; pero en general nunca se detienen a estudiar el porqu de su existencia.

Esto ha conducido a un vaco en el estudio de la filosofa que toda legislacin debe tener. Conocemos una legislacin fiscal carente de principios filosficos e ideolgicos, una legislacin que se asemeja ms a un grupo de tcnicas contables y econmicas que a un sistema jurdico acorde con los principios filosficos, sociolgicos, polticos y sociales de nuestro pas. Me atrevo a afirmar que el derecho fiscal ms que estar integrado en un conjunto de normas jurdicas congruentes y coordinadas, se encuentra integrado por un conjunto de normas aisladas, con objetivos distintos y con fuertes carencias de tcnica legislativa. Si revisamos los antecedentes de nuestro derecho fiscal patrio observamos que no se liga la estructura jurdica con la filosofa poltica y social de nuestro pas.En la elaboracin de las leyes en materia; de finanzas pblicas en muchas ocasiones se olvidan diversos factores que estn presentes en el pas, y que si no se toman en cuenta, an las mejores leyes, las mejores crceles y los mejores sistemas preventivos, van a fracasar. Estos elementos a los que hago alusin tienen que ver con la corrupcin tanto de los sectores pblico y privado, los cacicazgos, la ignorancia, la pobreza, el poder en la comunicacin, la falta de recursos en la administracin de los impuestos, etc. Diversos factores han provocado que los fiscalistas nos quedemos en la zaga de las actuales finanzas pblicas, debido a que los elementos impositivos tradicionales ya no interesan en gran medida al Estado, buscando ste liberarse de las acostumbradas camisas de fuerza que les impone la Constitucin para realizar cambios e incrementos en las bases impositivas; buscando en una palabra, una mayor intervencin del Ejecutivo en la captacin de los ingresos pblicos a costo del Congreso de la Unin.Esto, aunado a la infinidad de cambios que se realizan ao con ao, ha contribuido a destruir a la doctrina fiscal mexicana, tendiendo que los acadmicos y contribuyentes nos convirtamos ms en historiadores y compiladores que en tericos y cumplidores de nuestras obligaciones fiscales. Lo antes dicho es muy fcil de corroborar: basta que cualquier individuo acuda a las facultades en donde se imparte la ciencia del derecho fiscal, para que observemos la confusin que existe tanto de maestros y alumnos en lo que se refiere a la enseanza aprendizaje del derecho. Es impactante observar al desmotivado alumno que cursa un semestre de derecho fiscal y se da cuenta que al trmino del mismo, o del siguiente semestre, ya le cambiaron las reglas del derecho; o bien, el entristecerse al ver un estudiante que inicia una tesis sobre algn aspecto impositivo y la tiene que cambiar rpidamente por cada modificacin a la que se somete la legislacin y, sobre todo, el percatarse de cmo los autores de libros estudiosos en la materia suelen dejar de escribir por la rpida obsolescencia de sus escritos. Si Mxico quiere tener un buen sistema Jurdico fiscal debe, urgentemente, regresar a las reglas del derecho, respetando los principios jurdicos producto de la evolucin social. En suma no se debe improvisar en materia fiscal, pues debe recordarse que el hacer leyes es una responsabilidad histrica y no un juego de azarEn la actualidad no existe libro alguno que est actualizado y, est al da, respecto a los cambios en materia Fiscal, no existe autor serio que los pueda justificar y, sobre todo, no existen alumnos, que en ltima instancia sern los que van a gobernar en el futuro, que respeten y entiendan el derecho fiscal, el cual entre otras cosas, se est convirtiendo en tcnica contable y econmica.El cuerpo normativo fiscal en Mxico ha llegado a ser tan complejo, contradictorio, cambiante, que ha dejado prcticamente en un estado de ignorancia al contribuyente, a las propias autoridades fiscales y por supuesto a los Tribunales en la materia. A la fecha se requiere ser un verdadero "gur" fiscal, un "maestro", o un elegido para poder entenderlo.Esto ha provocado que tanto la literatura en la materia sea pobre, as como los profesores y tericos deficientes. Es imposible tener libros en materia fiscal actualizados, cursos de derecho fiscal actualizados, ya que las disposiciones en la materia sufren en cambios en ocasiones semanales o diarios. La reflexin obligada es realmente la materia tributaria debe cambiar con tanta frecuencia?, y concluimos que no vemos la razn de hacerlo cuino una razn producto de un fundamento cientfico, sino como una razn de origen anrquico, de una falta de previsin por parte de los creadores de las normas fiscales, los cuales provocan cambios en ocasiones porque las leyes dejaron lagunas o en ocasiones porque de plano sus leyes tienen errores desde su origen. Es en la materia fiscal, en donde observamos una carencia definitiva de polticas y leyes encaminadas al cumplimiento, a largo plazo, de una poltica definida; observamos como el legislador, y sobre todo el poder Ejecutivo, va dando verdaderos tumbos jurdicos para tratar de adecuar las leyes al momento econmico en que se encuentran vigentes. La coexistencia de la Federacin, de los Estados Federados, del Distrito Federal y de los Municipios, aunada a la concurrencia impositiva que permite la Constitucin, origin el establecimiento del Sistema Nacional de Coordinacin Fiscal, que es el medio conforme al cual se distribuyen ingresos entre dichos entes, se delimitan competencias entre los niveles de gobierno en lo relativo al ejercicio de facultades legislativas tributarias y actividades administrativas, procurndose la colaboracin administrativa entre ellos. Al respecto, no hay que pasar por alto, que este sistema carece de sustento constitucional. La solucin que se da a la concurrencia impositiva en nuestro pas, no es cualitativa, de determinar qu impuestos, por sus caractersticas, deban ser federales, estatales o municipales, sino cuantitativa, es decir, que parte de los recursos fiscales de la Nacin corresponden a cada nivel de gobierno. Es por ello, que los Impuestos Sobre la Renta, al Valor Agregado, al Activo, etc., nicamente los establece el Congreso de la Unin en beneficio de la Federacin, y lo que se recauda se reparte entre los diversos niveles de gobierno, de conformidad de lo establecido en la Ley de Coordinacin Fiscal. Las soluciones que los Mexicanos hemos dado en el transcurso de nuestra historia a la interrogante de cmo repartir los ingresos pblicos entre los niveles de gobierno, han cumplido en su momento su cometido, sin embargo, tal cuestionamiento no ha sido correctamente contestado, ya que sigue latenteActualmente, hay quienes se inclinan porque en la Constitucin se establezca que impuestos corresponden cada nivel de gobierno. Al respecto, debemos recordar que tal situacin fue abordada en las Reuniones Nacionales de Funcionarios y Causantes y que ante la complejidad de determinar qu impuestos, por sus caractersticas, deben ser federales, estatales o municipales, se opt por dividir entre los niveles de gobierno la recaudacin Federal participable. Los mexicanos no hemos podido determinar que impuestos deben corresponder a cada nivel de gobierno o no hemos querido hacerlo?

El Gasto Pblico

Por Gasto Pblico debemos entender que "son las erogaciones que con fundamento en la ley, realiza el Estado para cumplir con la satisfaccin de las necesidades pblicas, en el entendido de que las contribuciones que posibilitan su ejercicio provienen del pueblo, en consonancia con esa realidad, debe instituirse para beneficio econmico y social de aqul; consecuentemente, cuando las erogaciones del Estado se realizan sin ese fin, resultan materialmente anticonstitucionales.En primer trmino el Estado debe determinar el gasto pblico y en base ste establecer las contribuciones necesarias para cubrirlo, y en beneficio del pueblo. Esto es razn suficiente para que la proporcionalidad vaya en funcin al gasto pblico; pero debe cuidarse que tanto la fijacin del gasto pblico como la determinacin de las contribuciones no sobrepasen la capacidad econmica de los contribuyentes. En efecto, debe generarse riqueza y no pobreza, ya que cuando se exige pago de contribuciones en demasa a un pueblo, lo que normalmente se obtiene es que el mismo empobrezca en lugar de enriquecerse. En otras palabras, un gasto excesivo del Estado genera la pobreza de su pueblo. Por causa del avance sucesivo del ente pblico ha podido llegarse a la anttesis de "Estado rico en pueblo pobre" o, peor an, al paralelismo de "Estado pobre en pueblo pobre", cuando las gastos oficiales, en vez de ser destinados hacia la inversin de efecto multiplicador de riquezas, son destinados erogaciones de rutina burocrtica, en tanto se disponen sucesivas presiones en la fortuna privada que hacen languidecer las unidades econmicas, agotando la capitalizacin de las empresas y reduciendo las fuentes de trabajo.

Deuda Pblica Externa

El introducir los conceptos de deuda en los ingresos estatales, motiv un cambio radical en los tradicionales conceptos de finanzas pblicas, por lo cual los antiguos razonamientos de ingreso estatal para gasto pblico, redistribucin de la riqueza, crecimiento acelerado, y otros se vieron invertidos, presentndose en la actualidad un concepto de ingresos para el Estado para subsistencia del equilibrio de las finanzas pblicas, pago de deuda externa (servicio) y, relativamente poca inversin en el crecimiento de la inversin pblica. Estamos deteriorando continuamente nuestra situacin econmica, social, poltica y familiar por nuestra irresponsabilidad y desgano de llegar a ser grandes por nosotros mismos. En lugar de fortalecernos moralmente creando un capital, un crdito interno y una fuerza nacional, pedimos prestado para seguir viviendo con el mnimo esfuerzo, sin parecer importarnos ir pagando nuestro abandono con pedazo de nuestro territorio, de nuestro subsuelo, de nuestros recursos hidrulicos y energticos, de nuestros recursos humanos expatriados y an de nuestra libertad futura que vamos entregando a nuestro vecino del norte.

Anlisis

Para comenzar, el presente anlisis, me veo en la obligacin de aclarar que ser a travs de mi muy personal criterio y conocimientos, por lo que no pretendo que el presente se tome a modo de informacin ni mucho menos.Cmo se ha visto en el resumen, el Magistrado expone su punto de vista ante el presente del sistema fiscal, exponiendo antecedentes, planteando su punto de vista y los obstculos que cree se han presentado y se presentan en la materia.Son varios los puntos abordados, en primer lugar el asunto de que la mayora de los contribuyentes ven al tributo como a un mal, como que el Estado se aprovecha del trabajo del ciudadano para tener recursos con los que mantener su gestin y accin. En ste aspecto, hay que primeramente saber y luego entender, acerca del origen y el fin que conllevan las contribuciones. Obligatoriamente es necesario aceptar que las contribuciones son absolutamente necesarias para el desarrollo y beneficio comn, el fin originario del tributo, no slo de manera terica, sino tambin establecido en la CPEUM es el bien comn, a travs de obras, servicios, gestiones, desarrollos, etc, que deben de estar orientados al bien general de los ciudadanos.Por otro lado se destaca la constante variacin o modificaciones en el sistema fiscal mexicano, lo cual se plantea como algo absolutamente innecesario si de una vez fueran efectivas las legislaciones en la materia y no, como lo son en la actualidad, en dnde se tratan de ir llenando vacos legales o inclusive modificaciones en que no se estiman las consecuencia en el excesivo plazo en el cual se aplicarn. Y que luego, se debe de modificar nuevamente porque inicialmente no estuvo desarrollado o anlisis extensamente contemplado del fin y el efecto de tal o cual tributo.La legislacin en materia fiscal vive en constante modificacin y adaptacin a las circunstancias y sobre todo a los poderes polticos de turno, que no hacen ms que privilegiar a intereses partidarios.Es por eso como el autor acertadamente menciona lo difcil que es mantenerse al da en un tema tan cambiante, inclusive este cambio constante hace que la propia doctrina y por ende la formacin de los futuros juristas y profesionales del Derecho, se vean en posicin vulnerable con respecto a informacin no slo actualizada sino abundante para una mejor capacitacinEl Magistrado muy bien propone que el Estado Mexicano deje de pedir prestado constantemente promoviendo la deuda externa y en cambio propone que se genere una poltica econmica que no slo que sea capaz de autoabastecer la demanda interna, sino tambin de generar recursos, sistemas y proyectos nacionales que hagan crecer la economa. S se puede, lo que sucede es que es ms cmodo pedir, ya que nuevamente menciono, el gobierno de turno no tiene el tiempo suficiente como para implementar un restructuracin en la poltica econmica nacional a largo plazo.La obra nos lleva por una autorreflexin muy acertada en cuanto al sistema Fiscal de nuestro pas, criticando sanamente los factores que pueden llegar a perjudicar tanto al Estado como al gobernado. Recordemos que aunque son sujeto activo (Estado) y pasivo (contribuyente) de la relacin tributaria, es plenamente necesario que esa relacin se lleve de manera en que el fin sea siempre, pero siempre sea el bien general, por lo tanto ni el Estado puede exigir ms de lo que el ciudadano le puede dar, ni el ciudadano aportarle al Estado menos de lo que puede sin afectar su economa.Personalmente pienso que el mayor problema en materia fiscal se da al momento de entender que la legislacin en la materia no se origina con la solidez necesaria, no por imprudencia, falta de conocimiento o ineptitud de los legisladores, sino por el hecho de que son enmiendas que se van haciendo al sistema tributario a fin de solventar gastos que van surgiendo segn el gobierno de paso establece.Es pblicamente sabido que aunque el fin del Congreso de la Unin es el de representar a los estados y a los ciudadanos en las decisiones polticas, econmicas y de toda ndole, esto no sucede por la propia manipulacin que existe en todo el sistema poltico, el cual manipula decisiones de intereses personales o partidarios.Lamentablemente, quienes ostentan el poder estatal son personas, aunque intentemos idealizar a la figura del Estado como a un todo, ste realmente, est en manos de individuos que se de manera voluntaria o involuntaria, no siempre determinan lo mejor para los ciudadanos que en definitiva son por quienes estn ah.Mencionado lo previo, y en virtud de la muy reciente reforma fiscal, sugiero que el legislador (o el Ejecutivo que proponga la iniciativa) analice seria y detenidamente no slo el alcance de la norma propuesta, sino las consecuencias que tendr en el contribuyente a largo plazo y los recursos que tendr para ampararse en caso de que se vea afectado su patrimonio.El gran problema que cmo contribuyentes podemos observar, es la distribucin que tienen esos fondos recaudados y el fin que se les va a dar, pues la mayor cantidad de ingresos de un Estado provienen de sus contribuyentes, pero si observamos que hay un enriquecimiento personal de todos los funcionarios pblicos, un cierto sector que slo se privilegia, un despilfarro en gestiones, promocin, etc, inevitablemente se desarrollar un divorcio en la relacin tributaria y aunque obviamente es obligatoria la contribucin, el Estado debe de demostrarle al contribuyente que su aporte se refleja en un objeto de bien comn.

Conclusin

El sistema Fiscal mexicano, ostenta demasiadas enmiendas y vive un constante cambio al cual ni los contribuyentes, ni los tribunales en la materia, ni los juristas llegan a adaptarse a adecuadamente. Esto se debe a la falta de proyeccin que hubo al momento de crear la norma fiscal, pero sobre todo porque el propio sistema obedece al poder de grupos polticos que tienen no slo distintos intereses, sino distintas ideas de lo que debe representar el tributo para el Estado, la forma, la cantidad, sus fines, etcNo slo en Mxico se ve reflejada sta y otras deficiencias en el sistema Fiscal, pues la mayora de los estado soberanos lidian con las interrogantes y preocupaciones aqu mencionadas, pero es necesario que de una vez se propongan polticas y no slo en materia fiscal, a muy largo plazo, procurando siempre la transparencia en el uso de los recursos y fomentando desarrollos de autoabastecimiento.La teora propuesta en la doctrina del Derecho en materia tributaria, as como en todas las ramas del Derecho, tiene un fundamento originario muy vlido y tericamente eficiente, el problema, reitero, es que llevado a la prctica, es necesario hacerlo a travs del recurso humano en turno en dnde veo la real deficiencia que se traduce a todo el sistema, desde la creacin de la norma, la aplicacin, y los medios y recursos que se utilizan para hacerla cumplir o en su defecto las consecuencias de no hacerlo.Sugiero este libro a cualquier amante no slo del Derecho Fiscal, sino del Derecho en general, ya que el autor, Magistrado involucrado en materia fiscal, nos plantea de manera muy prctica y por momentos hasta patritica, aspectos muy interesantes y verdaderos que se deben de tener en cuenta al abordar e involucrarse con la materia Fiscal y el aspecto tributario en general, aunado tambin a una serie de valores que deberan de aplicar muchos de los Juristas en la actualidad.

Bibliografa

Mxico Fiscal, Reflexiones en Torno al Sistema Fiscal Mexicano, Alonso Prez Becerril, Editorial Porra.