memorial inscripciÓn de identificaciÓn de persona

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LICENCIADA ANABELLA DE LEÓN REGISTRADORA GENERAL DE LA PROPIEDAD, REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD, REPÚBLICA DE GUATEMALA--------------------------------------------- ----- LEONARDO CHOC (ÚNICO APELLIDO) Y/O LEONARDO SAQUIL CHOC de cuarenta y dos años de edad, casado, agricultor, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con Documento Personal de Identificación (DPI) con código único de identificación número dos mil cuatrocientos cuarenta y seis, cero dos mil ochocientos dieciséis, mil seiscientos uno (2446 02816 1601) asimismo le corresponde la Cédula de Vecindad de Orden O guión Dieciséis y de Registro cincuenta y cinco mil novecientos sesenta y ocho (O-16 55968), extendida por el Alcalde Municipal de la ciudad de Cobán, Alta Verapaz. Actúo bajo la Dirección y Procuración de la Abogada y Notaria que me Auxilia y

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Page 1: MEMORIAL INSCRIPCIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONA

LICENCIADA ANABELLA DE LEÓN REGISTRADORA GENERAL  DE

LA PROPIEDAD, REGISTRO GENERAL DE LA PROPIEDAD,

REPÚBLICA DE GUATEMALA--------------------------------------------------

LEONARDO CHOC (ÚNICO APELLIDO) Y/O LEONARDO SAQUIL

CHOC de cuarenta y dos años de edad, casado, agricultor,

guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con Documento

Personal de Identificación (DPI) con código único de identificación

número dos mil cuatrocientos cuarenta y seis, cero dos mil ochocientos

dieciséis, mil seiscientos uno (2446 02816 1601) asimismo le

corresponde la Cédula de Vecindad de Orden O guión Dieciséis y de

Registro cincuenta y cinco mil novecientos sesenta y ocho (O-16 55968),

extendida por el Alcalde Municipal de la ciudad de Cobán, Alta Verapaz.

Actúo bajo la Dirección y Procuración de la Abogada y Notaria que me

Auxilia y señalo como lugar para recibir citaciones y notificaciones, la

primera avenida uno guión veinticinco de la zona uno de San Juan

Chamelco, Alta Verapaz, respetuosamente comparezco ante usted y

para el efecto:

EXPONGO:

Page 2: MEMORIAL INSCRIPCIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONA

1) En fecha veintisiete de noviembre del año dos mil doce mediante

escritura pública número ciento veintiocho autorizada por la Notaria

María Albertina Pop Tzub realicé IDENTIFICACIÓN DE PERSONA

declarando en el documento público relacionado que: no obstante

haber sido inscrito en el Registro Civil con el nombre de

LEONARDO SAQUIL CHOC, constante, pública e indistintamente,

en las relaciones sociales, familiares, laborales, contractuales, de

estudio y administrativas uso y se me conoce como LEONARDO

CHOC (único apellido) razón por la cual identifique mi nombre en el

sentido que LEONARDO SAQUIL CHOC Y LEONARDO CHOC

(único apellido) son dos nombres que me identifican.

2) El dieciocho de diciembre del año dos mil doce fue Inscrita la

Identificación de Persona tal como consta en el documento

emitido por el Registrado Civil de las Personal del Registro

Nacional de las Personas de San Juan Chamelco, Alta Verapaz.

3) Por lo anteriormente expuesto ante usted respetuosamente solicito

se proceda a la ANOTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONA

en el sentido que el copropietario identificado como LEONARDO

CHOC UNICO APELLIDO en la inscripción de dominio número dos

de la Finca de naturaleza rústica número DOS MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO (2291); Folio: SESENTA Y

DOS (62) del Libro: CIENTO CUARENTA Y OCHO (148) de

Transformación Agraria es también conocido públicamente como

Page 3: MEMORIAL INSCRIPCIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONA

LEONARDO SAQUIL CHOC. La finca relacionada fue adjudicada

por Estado de Guatemala a través del Instituto de Transformación

Agraria, a los miembros del Polígono Sacanillá del municipio de

Cobán, Departamento de Alta Verapaz del cual soy copropietario.

MEDIOS DE PRUEBA:

Para probar lo anteriormente aseverado acompaño el

siguiente medio de prueba:

DOCUMENTAL:

Inscripción de Identificación de Persona número sesenta y

tres de fecha dieciocho de diciembre del dos mil doce

emitido por el Registrador Civil de las Personas del Registro

Nacional de las Personas –RENAP- de San Juan Chamelco.

FUNDAMENTO DE DERECHO

Artículo 28 de la Constitución Política de la República, “Derecho de

Petición: Los habitantes de la República de Guatemala tienen Derecho

de dirigir, individual o colectivamente, peticiones a la autoridad, la que

está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley. En

materia administrativa el término para resolver las peticiones y notificar

las resoluciones no podrá exceder de treinta días”.

Page 4: MEMORIAL INSCRIPCIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONA

PETICIONES:

1) Que se admita para su trámite el presente memorial y documento

adjunto.

2) Que se tome nota: A.- De que actúo bajo la dirección y procuración de

la abogada que me auxilia y B.- Del lugar que señalo para recibir

notificaciones, citaciones y emplazamientos.

3) Que se proceda a la ANOTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE

PERSONA en el sentido que el copropietario identificado como

LEONARDO CHOC UNICO APELLIDO en la inscripción de dominio

número dos de la Finca de naturaleza rústica número DOS MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO (2291); Folio: SESENTA Y DOS

(62) del Libro: CIENTO CUARENTA Y OCHO (148) de Transformación

Agraria también se identifica con el nombre de LEONARDO SAQUIL

CHOC.

San Juan Chamelco, Alta Verapaz, 21 de diciembre de 2012.

A RUEGO DEL PRESENTADO QUE DE MOMENTO NO PUEDE

FIRMAR Y EN SU DIRECCIÓN Y AUXILIO: