medición del patrimonio i

244
Medición del Patrimonio Carlos Aguilar Pinedo

Upload: mligustri87

Post on 28-Oct-2015

83 views

Category:

Documents


10 download

TRANSCRIPT

Page 1: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio

Carlos Aguilar Pinedo

Page 2: Medición del Patrimonio i
Page 3: Medición del Patrimonio i

Indice

1. Patrimonio ...................................................................................................... 9

La información contable.................................................................................12

1.1. El patrimonio desde la perspectiva jurídica. ...................................................15

1.2. El patrimonio desde la perspectiva contable...................................................16

1.2.1. Requisitos que deben reunir los derechos y las obligaciones para ser consideradas contablemente como integrantes del patrimonio.....................17

1.2.1.1. Derechos.......................................................................................................17

1.2.1.2 Obligaciones. ................................................................................................27

1.2.1.3 Otras partidas que usualmente conforman el patrimonio. .............................27

1.2.1.3.1. Variaciones patrimoniales .............................................................................28

1.2.1.3.1.1. Operaciones. .................................................................................................28

1.2.1.3.1.2. Otros hechos económicos. .............................................................................31

1.2.1.3.2. Tipos de Variaciones patrimoniales. ..............................................................32

1.2.1.3.3. Pautas para el reconocimiento de variaciones patrimoniales..........................34

1.2.1.3.3.1. Realización....................................................................................................34

1.2.1.3.3.2. Pautas para el reconocimiento de resultados.................................................36

1.2.1.3.3.2.1. Percibido .......................................................................................................36

1.2.1.3.3.2.2. Devengado ....................................................................................................36

1.2.1.3.3.2.3. Apareamiento de ingresos y egresos ..............................................................41

1.2.1.4. Cargos diferidos. ............................................................................................42

1.3. El patrimonio contable...................................................................................43

1.3.1. Conformación del Patrimonio. ........................................................................45

1.3.1.1. Activo............................................................................................................45

1.3.1.2. Pasivo. ..........................................................................................................50

1.3.1.3. Patrimonio Neto. ...........................................................................................52

1.3.1.3.1. Aportes de los propietarios ............................................................................53

1.3.1.3.1.1. Capital ..........................................................................................................55

1.3.1.3.1.2. Otros aportes de los propietarios (Aportes no capitalizados)...........................56

1.3.1.3.2. Resultados Acumulados ................................................................................59

1.3.1.3.2.1. Resultados Asignados. ..................................................................................66

Page 4: Medición del Patrimonio i

4

1.3.1.3.2.2. Resultados No Asignados.............................................................................. 67

1.4. Informes contables ....................................................................................... 70

1.5. Medición del Patrimonio. .............................................................................. 76

1.5.1. Expresión del significado del patrimonio en conjunto ................................... 77

1.5.2. Expresión del significado particular de los activos y pasivos que conforman el patrimonio................................................................................................... 78

2.- Criterios de Valuación.................................................................................. 79

Valor............................................................................................................ 79

Proceso de valuación.................................................................................... 83

Oportunidades de la valuación..................................................................... 83

Criterios de valuación. ................................................................................. 84

Valores del Pasado (Costo de Incorporación o Adquisición) ........................... 84

Valores Presentes o Corrientes ..................................................................... 84

2.1. Valor Atribuible a los Activos........................................................................ 87

2.1.1. Costo de Incorporación o Adquisición (CI)..................................................... 87

Tratamiento de los costos financieros........................................................... 99

¿Inclusión dentro del costo de incorporación de los cargos originados por la financiación concedida por otros terceros?................................................. 100

Universalidad del Pasivo............................................................................. 101

Componentes financieros implícitos (CFI)................................................... 104

¿Reconocimiento del interés sobre el capital propio? .................................. 111

2.1.2. Costo de reposición (CR)............................................................................. 114

2.1.3. Valor Neto de Realización (VNR).................................................................. 119

2.1.4. Valor Actual del Flujo de Fondos Descontados (VAFFD).............................. 122

2.1.5. Valor de Utilización Económica (VUE)......................................................... 124

2.1.6. Valuación Patrimonial Proporcional (VPP)................................................... 126

2.1.7. Valuaciones Técnicas. ................................................................................ 129

2.1.8. Límites a los valores atribuibles a los activos.............................................. 130

2.2. Valores atribuibles a los pasivos................................................................. 131

2.2.1. Obligaciones de entregar sumas de dinero.................................................. 132

2.2.2. Obligaciones de entregar otros bienes o prestar servicios............................ 135

2.2.3. Límites a los valores atribuibles a los pasivos. ............................................ 138

3.- Tratamiento de la Unidad de Medida........................................................... 139

Page 5: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

3.1. Moneda Heterogénea (o Corriente)...............................................................143

3.2. Moneda Homogénea (o Constante). .............................................................144

3.3. Comparación práctica de los distintos tratamientos. ...................................147

4. Tratamiento del Capital o Capital a Mantener. ............................................155

4.1. Capital Financiero o Capital Monetario. ......................................................156

4.2. Capital Operativo. .......................................................................................156

4.3. Comparación práctica de los distintos tratamientos ....................................157

5. Modelos contables.......................................................................................161

Caso comparativo de Modelos contables .....................................................163

5.1. Modelo: Costo de Incorporación - Moneda Heterogénea - Capital Financiero165

5.2. Modelo: Costo de Incorporación - Moneda Homogénea - Capital Financiero.167

5.3. Modelo: Valores Corrientes - Moneda Heterogénea - Capital Financiero.......170

5.4. Modelo: Valores Corrientes - Moneda Homogénea - Capital Financiero........173

5.5. Modelo: Valores Corrientes - Moneda Heterogénea - Capital Físico ..............175

5.6. Modelo: Valores Corrientes - Moneda Homogénea - Capital Físico ...............179

5.7. Presentación comparativa de las situaciones patrimoniales conforme los distintos modelos .......................................................................................185

5.8. El modelo contable conforme las normas vigentes. ......................................186

6. Sinopsis………………………..…………………………………………………….185/240

Page 6: Medición del Patrimonio i
Page 7: Medición del Patrimonio i

Introducción

Este trabajo pretende poner a disposición de quienes se inician en el conoci-

miento de la contabilidad, el universo de criterios existentes en materia de medición del patrimonio que podrían resultar -en principio- de aplicación, prescindiéndose de lo que al respecto pudieran establecer particularmente las normas contables legales y profesionales1, a tales efectos.

Ello así, por considerárselo imperativo para el caso de aquellos lectores que só-lo pretenden efectuar una aproximación a la contabilidad que pudiera resultarle de utilidad en el ejercicio de otras disciplinas, como así también, y fundamentalmente, para quienes han de profundizar su conocimiento, ya que la perspectiva que se pro-pone -se considera- les concederá el marco conceptual inicial necesario para poder interpretar criteriosa y críticamente -con posterioridad- lo que tales normas estable-cen.

No obstante ello, el lector advertirá que, en este trabajo, al considerarse deter-minadas cuestiones, puede hacerse referencia a lo que establecen las citadas nor-mas, circunstancia ésta que se efectúa exclusivamente a efectos orientativos en al-gunos casos, en tanto que, en otros, se las cita con un alcance de carácter cuasi doctrinario.

En definitiva, este enfoque sistémico pretende exponer las alternativas exis-tentes, con el objeto de coadyuvar a la formación de criterios en la materia, aspecto éste, además, propio y pertinente para quienes encaran el estudio de la contabilidad en el ámbito universitario.

1 Conjuntos de disposiciones de orden legal y profesional dictadas por los sujetos habilitados a tales fines.

Page 8: Medición del Patrimonio i
Page 9: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

9

1. Patrimonio

Dado que el objetivo de esta publicación lo constituye la medición patrimonial, resulta metodológicamente conveniente, en primer lugar, interpretar acabadamente qué se entiende en Contabilidad por Patrimonio, para luego analizar las posibilida-des existentes en lo atinente a su medición.

Si bien existen innumerables definiciones de Contabilidad, en todas ellas sub-yace que su principal objetivo consiste en suministrar información relativa a la si-tuación y evolución patrimonial, económica y financiera de los entes. Los informes contables, cuyos alcances y contenidos se analizan con posterioridad, constituyen los elementos a través de los cuales los entes ponen a disposición de quienes requie-ren de los mismos, dicha información.

Como se desprende de la utilización, en el párrafo precedente, de los términos situación y evolución, dicha información no sólo es de carácter estático, como por ejemplo la referida a la situación patrimonial, económica y financiera existente en un momento en particular, sino, también dinámico, es decir, la evolución experi-mentada durante un determinado período de tiempo.

Al referirnos a los sujetos a los que la información pudiera pertenecer, se los ha descripto como entes, y no como personas. Como veremos a continuación, en contabilidad el término ente posee un alcance diferente del que se le atribuye en De-recho a persona, circunstancia ésta que es necesario tener presente en lo concer-niente a los sujetos a los que pertenecen o atribuyen los patrimonios por parte de ambas disciplinas.

Ente2

Conforme hemos expuesto, en contabilidad se denomina ente al sujeto al cual corresponde la información sobre la situación y evolución patrimonial, económica y financiera que se suministra. Dicho sujeto podría revestir el carácter de individual o grupal, según se encuentre conformado por uno o más sujetos respectivamente.

La necesidad de alcanzar los objetivos perseguidos por un sujeto, o conjunto de ellos, independientemente de cuáles sean estos, tal como se verá con posteriori-dad, han establecido como conveniente organizar3 las actividades que deben des-arrollarse para satisfacer dichos objetivos, lo que ha dado nacimiento al concepto de

2 “Lo que es, existe o puede existir”, según la Real Academia Española.

3 “Establecer o reformar algo para lograr un fin, coordinando las personas y los medios adecuados”, según la Real Academia Españo-

la.

Page 10: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

10

organización.

Consecuentemente con ello, una organización está conformada por sujetos, o conjuntos de sujetos asociados, que realizan en forma coordinada una serie de acti-vidades tendientes a satisfacer el cumplimiento de los objetivos que persiguen, para lo cual, además, deberán contar -y aplicar- los recursos que a tales fines pudieran resultar necesarios.

Partiendo de tal concepto, podemos clasificar a las organizaciones sobre la ba-se de diversos parámetros, entre los cuales resultan de interés para precisar el con-cepto de ente, los siguientes:

Económico

Educativo

Cultural

Asistencial

Deportivo

Beneficencia

Por su objeto:

Científico, etc.

Sujetos de derecho Por su naturaleza jurídica: No sujetos de derecho

Derecho Público Por su condición de sujeto de: Derecho Privado

Que lo persiguen Por su ánimo de lucro: Que no lo persiguen

Individuales Por los sujetos que la conforman: Grupales

Efectuada esta introducción, podemos analizar las diferencias existentes en el alcance de los términos ente y persona que fuera puesta de manifiesto con anterio-ridad.

En Contabilidad, el concepto de ente no sólo resulta comprensivo de lo que en Derecho se entiende por Persona, es decir, tanto las personas de existencia visible o natural: “las que presentan signos característicos de humanidad, sin distinción de ca-lidades o accidentes” y poseen la capacidad de adquirir derechos y contraer obliga-ciones según las define el Código Civil, como así también, por las personas de exis-tencia ideal: “todos los entes susceptibles de adquirir derechos o contraer obligacio-nes, que no son personas de existencia visible” conforme las define el citado Código, sino, además, por cierto tipo de sujetos que podrían no revestir jurídicamente dicho

Page 11: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

11

carácter4, como por ejemplo, las llamadas sociedades no constituidas regularmen-te5, y las sociedades de hecho con objeto comercial. Asimismo, también, por cierto tipo de contratos comerciales como los Contratos de Colaboración Empresaria, es decir, las Agrupaciones de Colaboración y las Uniones Transitorias de Empresas, conforme a continuación se las describe sintéticamente.

El capítulo III de la ley de sociedades comerciales establece que las sociedades constituidas en nuestro país6 y los empresarios individuales domiciliados en él, pue-den establecer una organización común con la finalidad de facilitar o desarrollar de-terminadas fases de la actividad empresarial de sus miembros o de perfeccionar o incrementar el resultado de tales actividades, mediante la celebración de un contrato de agrupación de colaboración; en tanto que, otra posibilidad consiste en que los su-jetos pueden reunirse para el desarrollo o ejecución de una obra, servicio o suminis-tro concreto, dentro o fuera del territorio de la República y pueden desarrollar o eje-cutar las obras y servicios complementarios y accesorios al objeto principal, suscri-biendo a tales efectos un contrato de Unión Transitoria de Empresas, los que, en ambos casos, se rigen por las disposiciones que establece el citado capítulo de la ley, cabiendo reiterar que estos contratos no son sociedades ni constituyen sujetos de derecho.

En el cuadro siguiente se presenta una sinopsis de todo lo expuesto con ante-rioridad respecto del alcance que se otorga en contabilidad al concepto de ente.

4 Sujetos carentes de la capacidad jurídica de adquirir derechos y contraer obligaciones.

5 Conforme el artículo 21 de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales.

6 También las constituidas en el extranjero, en tanto cumplimenten determinados recaudos que la ley establece.

Estados nacionales, provinciales y municipales

Otros

Sociedades comerciales

Sociedades civiles

Asociaciones y fundaciones civiles

Cooperativas, Mutuales, etc.

Personas de existencia física

Usted

Sociedades de hecho

Sociedades irregulares

Agrupaciones de Colaboración

Uniones Transitoriasde Empresas (UTE)

Sujetos de derecho público

Sujetos de derecho privado

Sociedades no constituidas regularmente

Contratos deColaboración Empresaria

Entes

Con personería

jurídica (sujetos de derecho)

Personas de existencia ideal

Sin personería

jurídica (no sujetos de

derecho)

Page 12: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

12

Tal como se desprende del cuadro, la diferencia en el alcance otorgado al tér-mino ente la constituye la línea identificada como “Sin personería jurídica”.

Dicha circunstancia no implica desconocer que los sujetos que se mencionan en la citada línea, carecen de capacidad jurídica de adquirir derechos y contraer obligaciones, lo que se origina como consecuencia de no revestir el carácter de suje-tos de derecho, ya que, como se verá con posterioridad, la contabilidad se limita a informar sobre los patrimonios que a los mismos se atribuyen, sin que ello implique que los mismos les pertenecen, dado que, jurídicamente, los patrimonios pertenecen a quienes pudieran ser sus socios, accionistas, participantes, miembros, etc..

Por último, y respecto de las personas de existencia ideal, se destaca una cir-cunstancia que resulta conveniente tener presente: que éstas constituyen sujetos distintos de quienes pudieran ser sus propietarios (socios, accionistas, participan-tes, etc.).

La información contable

La información que constituye el objeto de la contabilidad tiene básicamente dos distintos tipos de usuarios:

Internos: aquellas personas que integrando el ente, la utilizan para tomar decisiones relativas a la gestión de la actividad del mismo, genéricamente denominados usuarios internos, como por ejemplo, quienes integran la di-rección, gerencia, y los restantes niveles de supervisión de su estructura, en el caso de las empresas comerciales.

Externos: aquellas otras personas o sujetos que no perteneciendo al ente, utilizan dicha información para tomar decisiones respecto de su interacción con el mismo, quienes son conocidos como los usuarios externos, como, también en el caso de las empresas comerciales, sus clientes, proveedores, el fisco, instituciones financieras, e inclusive sus propietarios.

De la información correspondiente a los usuarios internos se ocupa -especial-mente- la llamada Contabilidad de Gestión, en tanto que, de la de los externos, la Contabilidad Patrimonial o General, también denominada Contabilidad Financiera en alguna bibliografía.

Además de esta diferenciación sobre la base de los usuarios de la Contabilidad Patrimonial y la Contabilidad de Gestión, existe otra circunstancia que las distingue:

Page 13: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

13

las normas7 que resultan aplicables a los entes para la confección y exposición de la información que se suministra. En el caso de la Contabilidad Patrimonial, ésta se encuentra sometida a las normas legales que se describen a continuación, en tanto que en lo atinente a la Contabilidad de Gestión, sólo resultan de aplicación las que el propio ente pudiera establecer.

Las normas aplicables en contabilidad pueden clasificarse de acuerdo a las fuentes en las que las mismas se originan, es decir, los sujetos que las emiten, y al alcance que tienen en lo concerniente a quienes deben cumplimentarlas. A conti-nuación se las analiza desde la perspectiva de quienes las emiten (fuentes), consig-nándose en cada caso para quienes resultan aplicables (alcance).

a) Normas legales: emanadas de los estados nacionales y provinciales, y de or-ganismos estatales encargados del control de ciertos entes, en virtud de de-terminadas circunstancias que pueden caracterizarlos, como su condición jurídica, las actividades que realizan o su establecimiento geográfico, en vir-tud de lo cual, los mismos resultan pasivos de su cumplimiento.

Estas normas pueden estar constituidas por leyes, decretos y resoluciones, aplicables en general, como por ejemplo el Código de Comercio; como así también, por normas particulares como resoluciones, disposiciones, etc., emanadas de organismos que pudieran tener como función el control de la realización de determinadas actividades, como el Banco Central de la Repú-blica Argentina en el caso de las entidades financieras, la Inspección Gene-ral de Justicia en el de las sociedades, la Comisión Nacional de Valores en el de quienes cotizan sus acciones, etc..

Estas normas contables resultan de aplicación obligatoria para los emisores de informes contables y, eventualmente y de corresponder, para quienes emiten su opinión profesional sobre los mismos, conforme se los caracteriza en el punto siguiente.

b) Normas profesionales: sancionadas por los Consejos Profesionales de Cien-cias Económicas correspondientes de cada una de las provincias y la Ciu-dad Autónoma de Buenos Aires, jurisdicciones cada una de ellas en las que las normas resultan aplicables. A tales efectos, dichos consejos profesiona-les han constituido la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (FACPCE), en quien han delegado la preparación de las normas profesionales que luego cada consejo sanciona, en su caso, con las modificaciones que cada uno de ellos pudiera considerar procedentes.

7 Según las Real Academia Española, las normas son las “Reglas que se debe seguir o a que se deben ajustar las conductas, tareas,

actividades, etc.”.

Page 14: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

14

De lo expuesto se desprende que podrían coexistir temporalmente distintas normas contables en diversas jurisdicciones, como así también, que las vi-gentes en alguna de ellas resultaran distintas de las propuestas por la FACPCE. No obstante ello, usualmente tales diferencias -cuando existen- se limitan a cuestiones muy particulares. De hecho, con posterioridad, y al analizarse algunas cuestiones relativas a la medición, se las destacará en aquellos casos en los que las mismas pudieran presentarse.

Estas normas contables de cumplimiento obligatorio, conocidas como Re-soluciones Técnicas (RT), lo son para los contadores públicos, independien-tes de los entes, que en virtud de la realización de una auditoría8 de los in-formes contables preparados por tales sujetos, emiten opinión (dictamen9) profesional sobre los mismos.

c) Normas de los entes: son aquellas que los propios entes pudieran estable-cer, y que resultan pasibles de cumplimiento por parte de los mismos.

Se desprende de lo expuesto que los entes que emiten informes contables para ser puestos a disposición de terceros, y los auditores10 que emiten opinión sobre los mismos, pueden encontrarse obligados a cumplimentar distintas normas contables: las legales y profesionales, respectivamente cada uno de ellos.

Analizar como se resuelven particularmente los conflictos que pudieran existir entre tales distintas normas, excede el propósito de este trabajo, no obstante lo cual, se anticipa que, cuando ellos se presentan, los informes se confeccionan conforme las normas legales que resultan obligatorias para el ente que los emite, co-rrespondiendo al auditor determinar si dichos conflictos normativos ameritan o no efectuar salvedades en los informes que se emiten, o bien emitir opinión adversa so-bre ellos.

Conforme anticipáramos en el inicio de este punto, por estar nuestro interés centrado exclusivamente en el ámbito de la Contabilidad Patrimonial, resulta perti-nente analizar, en primer lugar, el alcance que se le otorga al término patrimonio en el mencionado ámbito y, luego, profundizar sobre las posibilidades existentes para su medición. Para ello, y dadas las estrechas relaciones que vinculan a la Conta-bilidad11 con el Derecho y con la Economía, es conveniente considerar, en forma previa y sumariamente, el alcance que le otorga al término el Derecho y, con poste-rioridad, relacionarlo con el alcance que se les atribuye en materias contable y eco-

8 Revisión de razonabilidad de los informes emitidos por un ente, por un contador público independiente.

9 Según la Real Academia Española: “opinión y juicio que se emite sobre algo”.

10 Denominación genérica con la que se conoce a los contadores públicos independientes aludidos precedentemente.

11 Debe tenerse siempre presente que, salvo expresa indicación en sentido contrario, el término contabilidad se utiliza en todo este

trabajo para hacer referencia a la llamada Contabilidad Patrimonial o General.

Page 15: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

15

nómica.

1.1. El patrimonio desde la perspectiva jurídica.

La doctrina jurídica entiende por patrimonio al “conjunto de derechos y obliga-ciones de una persona, susceptibles de apreciación pecuniaria”12, otorgándose a los términos incluidos en la definición los siguientes alcances:

Derecho: Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad esta-blece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permite res-pecto de ella.

Obligación: Vínculo que sujeta a hacer o abstenerse de hacer una cosa, esta-blecido por precepto de ley, por voluntario otorgamiento13 o por de-rivación recta de ciertos actos14.

En lo relativo a los derechos, y tal como lo especifica la definición de Llambías transcripta, sólo resultan incluibles en el patrimonio aquellos derechos que revisten jurídicamente el carácter de bienes, es decir, las cosas15 y los objetos inmateriales16, los que, como fuera expuesto son susceptibles de tener valor, y, por lo tanto, apre-ciables económicamente.

Dentro de los derechos que revisten la característica señalada: tener valor eco-nómico; nos encontramos -siempre siguiendo a Llambías- con tres diferentes tipos:

a) Derechos Reales: Los que otorgan a su titular pleno dominio de la cosa (propiedad de un bien) y, menos pleno, en las desmembraciones del domi-nio (usufructo, servidumbres, etc.), y los derechos sobre cosa ajena (hi-poteca, prenda, etc.).

b) Derechos Personales: Aquellos que establecen vínculos entre las personas, a través de los cuales su titular puede exigir a otra persona el cumpli-miento de un compromiso, el que puede consistir en una obligación de dar una cosa (dinero, etc.), de hacer algo (prestar un servicio, etc.), o de no hacerlo (abstenerse de hacerlo).

c) Derechos Intelectuales: Los que conceden a su titular, el autor de una obra literaria, científica, artística, etc., el dominio de la misma (derechos de au-

12 José Llambías. “Tratado de Derecho Civil”, Parte General II, Editorial Abeledo Perrot, Séptima Edición.

13 Del deudor.

14 Como por ejemplo, las derivadas de la producción de daños a terceros que deben ser resarcidos (accidente).

15 Según el Código Civil (Art. 2311): “Se llaman cosas en este Código, los objetos materiales susceptibles de tener un valor. …”. 16

Según el Código Civil (Art. 2312): “Los objetos inmateriales susceptibles de valor, e igualmente las cosas, se llaman bienes”.

Page 16: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

16

tor, marcas comerciales, patentes de invención, etc.).

Por su objeto, las obligaciones pueden ser clasificadas de la siguiente forma:

I) Obligaciones de dar: en las que el objeto de la obligación consiste en en-tregar una cosa: entregar dinero, una mesa, un terreno, etc..

II) Obligaciones de hacer: en las que el objeto de la obligación consiste en realizar un acto o un hecho: prestar un servicio profesional, construir una obra civil, etc..

III) Obligaciones de no hacer: en las que el objeto de la obligación consiste en no realizar un acto o un hecho: no producir un determinado bien, o no prestar un determinado servicio, por ejemplo, el compromiso que suelen asumir los clubes de fútbol que adquieren la transferencia de los derechos de un jugador, de otra institución, en el sentido que el mismo no jugará en los partidos en que tales clubes se enfrenten.

A su vez, desde el punto de vista de su modalidad, tanto los derechos como las obligaciones pueden ser clasificados en:

Derechos y obligaciones puras: Aquellas en las que su cumplimiento no de-pende de ninguna condición posterior a su nacimiento. Por ejemplo, en el caso de una operación de compra-venta, y cuando la entrega del bien se ha producido, el derecho del vendedor a percibir el precio y la obligación del comprador de abonarlo.

Derechos y obligaciones condicionales: Aquellas en las que el derecho o la obligación se encuentran subordinadas a la ocurrencia, o no17, de un acon-tecimiento futuro incierto, posterior a su nacimiento. Por ejemplo, la obliga-ción sobreviniente para quien garantiza el crédito otorgado al deudor prin-cipal por un tercero, en la que la condicionalidad se funda en el hecho futu-ro incierto consistente en que el deudor principal (garantizado) abone o no su obligación, caso este último en el cual el garante deberá dar cumplimien-to a la obligación -otrora- condicional, abonando el crédito.

Concluyendo, desde el punto de vista jurídico, integran el patrimonio de una persona la totalidad de los derechos y obligaciones susceptibles de apreciación pe-cuniaria, sean éstos puros o condicionales.

1.2. El patrimonio desde la perspectiva contable.

17 Nótese que el hecho futuro incierto que determina la condicionalidad del derecho u obligación puede consistir en que aquel ocu-

rra o no en el futuro.

Page 17: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

17

En materia contable, el término patrimonio tiene un alcance diferente al que se le atribuye jurídicamente.

En primer lugar, existe una diferencia en lo que respecta al sujeto al cual po-dría pertenecer o ser atribuido el mismo, lo que ya ha sido expuesto al analizar la ti-pificación de los sujetos que los caracteriza jurídicamente (persona) y contablemente (ente).

La segunda, de naturaleza intrínseca, como veremos a continuación, consiste en que no todos los derechos y obligaciones jurídicas18 conformarán el patrimonio de un ente desde el punto de vista contable; cabiendo destacar, además como tam-bién se verá luego, que asimismo ciertas partidas que no obstante no constituir de-rechos, contablemente son consideradas como integrantes del patrimonio de los en-tes.

Analizaremos en primer lugar el alcance que se le otorga en materia contable a los derechos y obligaciones jurídicas, destacando las diferencias existentes entre ambas disciplinas y, luego, consideraremos las aludidas partidas que, sin ser dere-chos, igualmente se las considera contablemente como integrantes del patrimonio de los entes.

Como veremos, los derechos y obligaciones deben cumplimentar desde el pun-to de vista de la contabilidad patrimonial determinados requisitos para ser reco-nocidos como integrantes del patrimonio de un ente.

1.2.1. Requisitos que deben reunir los derechos y las obligaciones para ser consideradas contablemente como integrantes del patrimo-nio.

Para ser considerados como integrantes del patrimonio de un ente19, los dere-chos y obligaciones consignados previamente, al analizarlos desde el punto de vista jurídico, deben reunir todos y cada uno de los requisitos que se consignan a conti-nuación:

1.2.1.1. Derechos.

En lo concerniente a los Derechos, pacíficamente, la doctrina y normas conta-bles han establecido que éstos deben reunir, en forma concurrente, los requisitos

18 Los reconocidos como tales en Derecho.

19 En este trabajo, y de no mediar aclaración en sentido contrario, todas las consideraciones que se efectúan se encuentran referi-

das al patrimonio de un ente que reviste el carácter de sujeto de derecho, y no a aquellos que no lo revisten, como así tampoco, a los patrimonios que pudieran corresponder a un conjunto de entes. Tal postura se origina en necesidades propias del carácter in-

troductorio que caracteriza a esta publicación.

Page 18: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

18

que se detallan a continuación:

Titularidad El ente debe ser titular del derecho correspondiente, o bien, en caso de no revestir tal carácter, el mismo debe tener asegurado -para sí- el dominio pleno del los beneficios que el mismo puede generar20.

Utilidad Económica

El derecho debe otorgar a su titular capacidad de generar benefi-cios21 futuros, o bien de evitar perjuicios.

Medible objetivamente

El derecho debe ser medible objetivamente en términos monetarios.

Certidumbre El derecho debe ser cierto (puro22) o, en caso de no serlo (condicio-nal23), la condición futura incierta por la que se encuentra condicio-nado24 debe contar con una alta probabilidad de ocurrencia.

Como se desprende de lo expuesto, los recaudos contables que deben reunir los derechos para ser tenidos como integrantes del patrimonio difieren significati-vamente de los requeridos jurídicamente. Las diferencias se originan en lo concer-niente a los recaudos que, contablemente, han sido identificados como Titularidad, Medible objetivamente y Certidumbre. En lo concerniente al restante recaudo, identi-ficado como Utilidad económica, no existen diferencias materiales apreciables entre los alcances otorgados por ambas disciplinas.

A continuación consideramos -en particular- las diferencias puestas de mani-fiesto.

Titularidad

El concepto jurídico de titularidad resulta plenamente aplicable en materia contable, no obstante lo cual, existen algunas diferencias que, sin afectarlo, corres-ponde considerar.

La primera de ellas está dada por la diferencia existente entre lo que en mate-ria jurídica y contable se reconoce como sujeto al que podría atribuirse el patrimo-nio. Jurídicamente, dicho sujeto debe ser una persona25, en tanto que, contable-mente, el mismo, es decir el ente, podría no necesariamente ser una persona.

20 Esto último, conforme lo ha destacado oportunamente Enrique Fowler Newton en “Contabilidad Básica”, Macchi, 1994.

21 Que pueden consistir en poder ser cambiados por otros, utilizarlos para cancelar una obligación, o pueden ser empleados para

generar directa o indirectamente beneficios, o evitar perjuicios.

22 Según el alcance jurídico del término.

23 Idem nota anterior.

24 La que obviamente, por resultar incierta, no debe poder ser controlable por el ente, ya que de no resultar así no existiría incer-

tidumbre.

25 Conforme el alcance jurídico del término, ya citado.

Page 19: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

19

En efecto, como ya fuera anticipado, en contabilidad también se reconoce como entes a sujetos carentes de la capacidad de adquirir derechos y obligaciones, y, sin perjuicio de ello, se les atribuyen patrimonios cuya titularidad, en definitiva, corres-ponde a las personas que son sus propietarios, miembros o participantes, como por ejemplo, entre otros posibles, los contratos de colaboración empresaria, en cuyo ca-so el patrimonio atribuido al contrato corresponde -jurídicamente- a quienes los conforman.

La segunda diferencia radica en que, contablemente, no sólo la titularidad de un derecho amerita su consideración como integrante del patrimonio, sino que, aún en el caso de no resultar el ente titular del mismo, en tanto éste tuviera asegurado para sí el dominio pleno de los beneficios que el bien pudiera generar, también será considerado como integrante de su patrimonio26. En este último sentido, Enrique Fowler Newton destaca como interesante ejemplo el caso de la fórmula de fabrica-ción del producto Coca Cola, la que si bien no se encuentra registrada en el corres-pondiente registro de propiedad intelectual, de reunir los restantes recaudos que se exigen para los derechos, podría conformar su patrimonio por tener asegurada dicha empresa para sí -indudablemente- el aprovechamiento económico de la misma.

Medible objetivamente en términos monetarios

La información que suministra la contabilidad sobre el patrimonio de los entes consiste en la exposición del significado que éste atribuye a los elementos -de natu-raleza y características disímiles- que lo conforman. Tales significados, son reduci-dos a una expresión común: cantidades de moneda (unidad de medida o moneda de cuenta), la que, usualmente, suele ser la de curso legal.

Como hemos visto, para la ciencia jurídica el patrimonio se encuentra confor-mado, entre otras partidas, por derechos patrimoniales susceptibles de apreciación económica, es decir por bienes. No obstante que pudiera interpretarse -en primera instancia- que no existen diferencias en el tratamiento, dado que jurídicamente se menciona la susceptibilidad de ser apreciado económicamente, y que contablemente se menciona que debe tener utilidad económica, existe una diferencia significativa, ya que la disciplina contable requiere, además, que el bien pueda ser medido objeti-vamente en términos monetarios, es decir, en cantidades de moneda de cuenta. Ju-rídicamente, sólo se requiere que el bien tenga valor económico, en tanto que, desde la perspectiva de la contabilidad patrimonial, se requiere que lo tenga, y que el mis-mo pueda ser medido objetivamente en términos monetarios.

Piénsese por ejemplo -ahora- en la marca comercial Coca Cola. Seguramente, nadie ha de considerar que la misma carece de utilidad económica. No obstante lo

26 Enrique Fowler Newton, “Contabilidad Básica”, Macchi, 1994.

Page 20: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

20

cual, si solicitáramos a distintos analistas que expresaran -en términos monetarios- el significado que le atribuyen a su utilización económica, muy probablemente éstos arribarían a resultados significativamente disímiles. Al respecto, una prestigiosa publicación dedicada a los negocios27, ha determinado que tal marca es la de mayor valor en el ámbito mundial, valuándola en U$S 67.400.000.000, importe este que, posiblemente, es una expresión de su significado diferente del que el lector puede haber sospechado que la misma podría tener, y del que, inclusive, podrían atribuirle otros analistas que se preocuparan por el asunto.

Por ello, y si bien desde el punto de vista jurídico marcas como la citada reves-tirían el carácter de bienes, por poseer utilidad económica y, consecuentemente con ello, integrarían el patrimonio de su titular, si se diera este último recaudo; para la contabilidad patrimonial, y sin desconocer su utilidad económica, sólo integraría el patrimonio del ente en aquellos casos en los que tal medición pudiera resultar obje-tivamente determinable en términos monetarios.

Continuando con el ejemplo, y suponiendo -como caso- que la citada marca comercial hubiera sido generada por su actual titular28, es decir, que le hubiera per-tenecido a éste en forma ininterrumpida desde su creación, nos encontraríamos con que la medición de su utilidad económica en cualquier momento posterior resultaría con seguridad subjetiva y, consecuentemente con ello, desde la perspectiva de la Contabilidad Patrimonial, no debería integrar el patrimonio de su titular, cuanto menos, por la expresión monetaria que pudiera arrojar la medición que podría reali-zarse en tales términos. En efecto, en el caso planteado, y siempre bajo el supuesto que la marca hubiera sido generada por el ente, sólo integraría su patrimonio con-table por la sumatoria de las expresiones monetarias correspondientes a los sacrifi-cios económicos29 incurridos para su creación y preservación, como por ejemplo: servicios de diseñadores, publicistas, protecciones legales etc., ya que los mismos resultan sacrificios económicos efectivamente incurridos, y, por ello, medibles obje-tivamente en términos monetarios.

En el supuesto caso en que la marca hubiera sido adquirida a un tercero, po-dría integrar el patrimonio del adquirente por una expresión monetaria equivalente a la de los sacrificios económicos incurridos para adquirirla, los que si bien podrían resultar más aproximados a la expresión atribuible a su utilización económica en dicha oportunidad, ello no irremediablemente debería resultar así. Independiente-mente de esto último, tales sacrificios resultan indudablemente objetivos toda vez que comprador y vendedor habrían coincidido, en la alternativa planteada, en la

27 BusinessWeek, Agosto de 2004.

28 Lo que en realidad no es así en el caso que se analiza.

29 Se entiende que se ha incurrido en un sacrificio económico cuando para adquirir un bien o un servicio o prestar una función, un

ente se desprende de algún bien (dinero, etc.), o asume el compromiso de hacerlo en el futuro.

Page 21: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

21

medición de la misma (precio).

Como ha sido expuesto, una marca no debe integrar el patrimonio de un ente por una expresión monetaria representativa de su utilidad económica en el mo-mento al que pudiera corresponder su medición, cuando esta última no puede ser determinada objetivamente en términos monetarios.

Por ello, la objetividad en la medición es requisito sustancial para el reconoci-miento contable de los derechos y obligaciones, como integrantes del patrimonio de los entes en la contabilidad.

En dicha materia, y a efectos de las mediciones citadas, se entiende por objeti-vidad lo que al respecto establece mayoritariamente la doctrina contable, quien con-sidera objetiva una medición cuando distintos analistas arriban a idénticos re-sultados, o bien, cuando no siendo así, las diferencias existentes entre las medicio-nes efectuadas por ellos no resultan significativas, por encontrarse comprendidas dentro de un rango que se considera razonable.

Tal como profundizaremos con posterioridad, habitualmente resultan medibles objetivamente aquellos bienes que son fungibles, cuentan con precios conocidos, y cotizan en mercados transparentes en los que ningún agente en particular puede in-fluir significativamente en sus precios.

Si bien el ejemplo dado se refería a un derecho, en el caso uno intelectual, ob-viamente, la diferencia que se analiza entre los recaudos jurídicos y contables que deben darse para el reconocimiento de las partidas patrimoniales como tales, se en-cuentra presente en el caso de todos derechos y también en el de todas las obliga-ciones.

Certidumbre

La restante diferencia se da en el campo de la modalidad de los derechos y obligaciones. En tal sentido, debe tenerse en consideración que a continuación se analiza en forma conjunta lo atinente a los derechos y obligaciones condicionales30, pese a que en este acápite nos encontramos analizando sólo los recaudos que deben reunir los derechos para ser considerados integrantes del patrimonio. Ello así, por-que dicho tema, las contingencias31, responde a generalidades aplicables a ambos elementos del patrimonio: los derechos y obligaciones condicionales. Por ello, y en honor a la brevedad, lo que se expone a continuación debe ser tenido en cuenta en la parte correspondiente del próximo acápite (Obligaciones).

30 Tal como fueran analizados desde la perspectiva jurídica.

31 Designación contable genérica de tales tipos de derechos y obligaciones, como así también de ciertas incertidumbres que pueden

pesar sobre derechos ciertos o puros, las que se tratan en los párrafos siguientes.

Page 22: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

22

Al analizarse con anterioridad los recaudos jurídicos que tipifican a los dere-chos y obligaciones para considerarlos integrantes del patrimonio de los entes, se mencionó que tanto los puros como los condicionales lo conformaban, mientras que, al hacerse idéntico análisis, pero desde el punto de vista de la contabilidad patrimo-nial, se citó que lo integran tanto los derechos y obligaciones puras, como las condi-cionales con alto grado de probabilidad de ocurrencia o no del hecho futuro incierto -respecto de su nacimiento- por el cual se encuentran condicionadas, y en tanto sus consecuencias en términos patrimoniales pudieran ser medidas objetivamente en términos monetarios.

De ello se desprende que, contablemente, y a diferencia de lo jurídico, sólo una parte de los créditos y obligaciones condicionales o contingentes integrarán el patri-monio de un ente: aquellos que cuentan con alto grado de probabilidad de conver-tirse en ciertos en el futuro, y siempre que sus consecuencias puedan ser medidas monetariamente en forma objetiva.

Como ejemplo de un crédito condicional32, supóngase que un ente hubiera ini-ciado un juicio a un tercero por uso indebido de una marca comercial que el ente considera que le pertenece. En este caso, las incertidumbres estarían dadas por la resolución judicial que en definitiva pudiera recaer en tal proceso sobre la proceden-cia o no del reclamo, como así también, la relativa a la cuantificación del resarci-miento que pudiera corresponderle a quien inició en reclamo en caso de resultarle favorable la sentencia judicial.

En lo atinente a las obligaciones condicionales, como ejemplos de incertidum-bres y, además del caso planteado, pero invirtiendo la parte desde la cual se lo ana-liza, pueden citarse, entre otras posibles: las sobrevinientes del otorgamiento -a fa-vor de los compradores- de garantías por los productos vendidos; las garantías otor-gadas por un ente a favor de terceros, como avalista o garante de un préstamo to-mado por éstos; casos todos ellos en los cuales las incertidumbres consisten en que se tuviera que prestar o no las garantías por los productos vendidos, en el primero de los ejemplos, en tanto que, en el segundo, y dependiendo de que el deudor prin-cipal abonara o no su obligación, que el ente debiera o no cumplimentar la garantía otorgada a favor de aquel. También, en ambos casos, la incertidumbre concerniente a la cuantificación de los hechos descriptos, es decir, la relativa a los sacrificios en los que debería incurrirse para dar efectivo cumplimiento a las garantías otorgadas.

Asimismo, y tal como fuera anticipado en la nota 31, en contabilidad, el tér-mino contingencias se utiliza con un sentido más amplio que el descripto previa-mente, es decir, no sólo comprensivo de los derechos y obligaciones condicionales,

32 El ejemplo resulta apropiado en tanto el uso de la marca por el tercero no resultara palmariamente injustificado.

Page 23: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

23

sino, además, de ciertas incertidumbres que eventualmente pudieran pesar sobre al-gunos derechos puros, concretamente, las inherentes respecto de la probabilidad de concretarse efectivamente -en el futuro- los beneficios que dieron origen a su reco-nocimiento como integrantes del patrimonio del ente. Así, por ejemplo, en el caso de los derechos puros a percibir bienes o servicios, suele hablarse de las contingencias de cobro que pudieran pesar sobre los mismos, haciéndose referencia con ello a la incertidumbre respecto de la cobrabilidad o no de los mismos con posterioridad a su nacimiento y reconocimiento como créditos ciertos; como así también, entre otras, las relativas a bienes destinados a ser vendidos que pudieran verse afectados por eventuales disminuciones parciales o totales de la capacidad de alcanzar -en el futu-ro- los beneficios en los que se sustentó su reconocimiento como integrante del pa-trimonio.

Por ello, contablemente nos encontramos en presencia de contingencias cuan-do, habiéndose generado un derecho o una obligación inciertos, o bien la probabili-dad de una reducción incierta de derechos ciertos, la concreción -en el futuro- de los mismos depende de la ocurrencia o no, de un hecho incierto, cuya probabilidad de ocurrencia es alta, y sus consecuencias son medibles objetivamente en términos monetarios.

Como consecuencia de ello, y cuando se dan los recaudos correspondientes para su reconocimiento, el sentido económico y patrimonial de tales contingencias puede consistir en:

Contingencias favorables, también llamadas positivas, que se originan por el reconocimiento contable de derechos inciertos que originan incrementos de patrimonio; y

Contingencias desfavorables o negativas: originadas por el reconocimiento de obligaciones inciertas, o bien por la reducción incierta de derechos cier-tos preexistentes, que se considera tienen alta probabilidad de concretarse, los que -en ambos casos- originan disminuciones de patrimonio, y habi-tualmente son denominadas Previsiones.

Incertidumbres

Como ha sido expuesto, las contingencias se encuentran caracterizadas por dos tipos de incertidumbres:

En primer lugar, la relativa a la ocurrencia o no del hecho futuro condicio-nante, y

Además, una segunda, a su vez pre-condicionada por la existencia de la anterior, derivada de la posibilidad o no de cuantificar objetivamente, en términos monetarios, los efectos patrimoniales de la ocurrencia o no del

Page 24: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

24

hecho futuro incierto, aspecto éste que guarda relación con el recaudo de medición objetiva en términos monetarios, que se citara como uno de los cuatro que deben caracterizar a los derechos.

A continuación las analizamos por separado.

Incertidumbre de ocurrencia

En lo que respecta al grado de probabilidad de ocurrencia o no del hecho fu-turo condicionante, la doctrina las ha tipificado como:

Alta, también denominada probable.

Media o remota.

Baja o no probable ni remota.

Si bien no se ha establecido la metodología para reducir a una expresión cuan-titativa probabilística las conclusiones a las que se arribe al evaluar la probabilidad de ocurrencia o no del hecho futuro incierto, de forma tal que se pueda utilizar di-chos parámetros, queda claro el sentido conceptual y referencial que la formulación de dichas categorías ha tenido y, sobre dicha base, de acuerdo al análisis realizado sobre la probabilidad de ocurrencia o no, aunque más no fuera conceptualmente, deberá encuadrárselo dentro de las tres alternativas expuestas.

Así, serán reconocidos como integrantes del patrimonio aquellos derechos u obligaciones contingentes que se estime cuentan con alto grado de probabilidad de ocurrencia o no del hecho futuro incierto, y en tanto sus consecuencias resultaren objetivamente medibles en términos monetarios; no recibiendo tal reconocimiento aquellas que no reúnan esas características, cabiendo adicionar a lo expuesto en primer lugar, el ya citado caso del reconocimiento de las reducciones inciertas de activos ciertos.

Sin perjuicio del caso que se plantea con posterioridad al analizar las incerti-dumbres de cuantificación, lo más razonable consiste en determinar del grado de probabilidad de ocurrencia del hecho futuro incierto, como así también su cuantifi-cación objetiva en términos monetarios, sobre la base del análisis particular, en ca-da caso, de los hechos y circunstancias que caracterizan a ambas incertidumbres33 en el momento al que se refiere la medición.

Por ejemplo, y como hemos visto, en el caso de las cuentas a cobrar (derechos a percibir bienes o servicios), y sin perjuicio de que las mismas se hubieran

33

De ocurrencia y cuantificación.

Page 25: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

25

generado como ciertas, suele ocurrir que se encuentren sometidas igualmente a incertidumbres que pueden afectar la concreción de su percepción y que, a la fecha de su eventual medición, pueden consistir en incertidumbres respecto de su cobro o no en el futuro, como así también, en lo concerniente a los importes que se cobrarán. En este caso, la determinación del grado de probabilidad de ocurrencia del hecho futuro incierto al que se encuentran sometidas (cobrabili-dad), debería ser efectuada a través del análisis particular de la situación eco-nómica, patrimonial y financiera en la que se encuentra cada uno de los deu-dores que integran tales partidas en el momento al que se refiere la medición, valiéndose para ello de toda la información -externa e interna- que, para estos casos, se encuentra habitualmente disponible: informes de instituciones dedi-cadas a tales fines, de otros terceros que prestan servicios para el ente, por ejemplo, en el caso de existir litigios, los abogados del ente que intervienen en los mismos, o bien de los propios deudores, como por ejemplo, sus informes contables y demás información que se pudiera obtener; y también de la dispo-nible por el propio ente (antecedentes, etc.). Con los resultados obtenidos en cada caso, debidamente ponderados, deberá estimarse el grado de probabilidad de ocurrencia (cobro) y la cuantificación de sus efectos.

Pese a no resultar técnicamente recomendable por los motivos que luego se ex-ponen, sólo cuando el análisis particular no resulte materialmente factible34, o bien cuando el costo de hacerlo pudiera resultar superior al beneficio que se obtiene, y siempre que se considere que los resultados a los que se arriba con la metodología alternativa que a continuación se expone resultan razonables, podría obviarse el análisis particular de cada una de las cuentas a cobrar, y optarse por estimar am-bas incertidumbres (ocurrencia y cuantificación) en forma global y sobre la base de la experiencia histórica, conforme se lo expone luego al analizar las incertidumbres de cuantificación.

Al respecto se destaca que esta posibilidad no resulta técnicamente razonable, dado que no necesariamente en el futuro ha de repetirse lo que ocurrió en el pasa-do, ya sea por las particulares circunstancias que podrían caracterizar a los sujetos considerados en tales oportunidades, como así también, al entorno en el cual éstos se desenvuelven.

Incertidumbre de cuantificación

No obstante que la medición objetiva en términos monetarios es recaudo im-prescindible para que un derecho u obligación sea reconocido contablemente como integrante del patrimonio de un ente, en el caso de las contingencias, y conforme

34 Supóngase el caso de entes con millones de deudores, como por ejemplo los prestadores de servicios públicos.

Page 26: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

26

fuera expuesto, la misma reviste una particularidad especial, que está dada por en-contrarse condicionada por otra incertidumbre que la precede: la ocurrencia o no en el futuro, de un hecho incierto. Una vez determinada dicha probabilidad de ocurren-cia, y a efectos de darle el tratamiento35 contable que pudiera corresponder a las contingencias, resultará necesario determinar si las consecuencias de la ocurrencia del hecho futuro incierto pueden ser cuantificadas objetivamente en términos mo-netarios.

Al respecto, y continuando con el ejemplo considerado anteriormente, caben aquí también las posibilidades ya mencionadas, es decir, determinar la cuantifica-ción sobre la base de la situación particular en la que se encuentra el deudor y su entorno en el momento al que se refiere la medición de la cuenta a cobrar, o bien, hacerlo sobre la base de la experiencia histórica, cabiendo destacar que, cuando se opta por esta última alternativa, se efectúa de tal forma la determinación de ambas incertidumbres: ocurrencia y cuantificación.

Dado que la primera de las alternativas ya fue considerada con anterioridad, a continuación analizaremos la segunda de las posibilidades, es decir, estimar la cuantificación de los efectos sobre la base de la experiencia histórica y en forma glo-bal o general.

Continuando con el ejemplo de las cuentas a cobrar, la cuantificación de las incobrabilidades futuras esperadas, podría ser determinada, excepcionalmen-te, sobre la base de lo ocurrido históricamente en períodos anteriores y en tér-minos globales, es decir, analizando totalidades y no casos particulares, por ejemplo en el caso de las cuentas a cobrar originadas en ventas de bienes o servicios, determinando el porcentaje histórico que han representado las inco-brabilidades en uno o más ejercicios anteriores, respecto de los de los créditos originados en tales ventas, entre otras posibilidades más complejas cuyo tra-tamiento excede esta introducción al tema.

Como ha quedado expuesto, aquellos derechos y obligaciones inciertas que no cuenten con una alta probabilidad de ocurrencia del hecho futuro incierto por el cual se encuentran condicionados, no serán considerados como integrantes del pa-trimonio, como así tampoco, aquellos que, no obstante contar con una alta probabi-lidad de ocurrencia, no resulten medibles objetivamente en términos monetarios.

No obstante ello, corresponde poner de manifiesto que las normas contables actualmente vigentes, prácticamente, casi sólo admiten el reconocimiento de las contingencias que, reuniendo los recaudos consignados precedentemente, resulten

35 En contabilidad, los términos “tratar” y “tratamiento” hacen referencia al reconocimiento o no de variaciones patrimoniales como

tales, como así también, a su tipo, naturaleza, cuantificación, regisración y exposición.

Page 27: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

27

desfavorables, ya que sólo admiten cierto tipo de contingencias positivas cuyo tra-tamiento no resulta apropiado considerar -en el estado actual de desarrollo de las cuestiones de medición- por la complejidad que caracterizaría -ahora- su interpreta-ción.

Retomando el análisis de los recaudos que deben cumplir los derechos para ser considerados como integrantes del patrimonio contable de un ente, y en virtud de todo lo expuesto, en tanto un bien no reúna alguno de los cuatro requisitos detalla-dos precedentemente, no será reconocido contablemente como tal, sin perjuicio de lo cual, debe tenerse presente que dicho tratamiento -por parte de contabilidad patri-monial- no implica desconocer la naturaleza jurídica ni la entidad económica que los mismos pudieran tener.

1.2.1.2 Obligaciones.

En lo concerniente a las obligaciones, existe correlación con lo expuesto para los derechos, ya que éstas, para ser consideradas como integrantes del patrimonio de un ente, o bien ser atribuidas al mismo36, deben reunir similares condiciones:

Titularidad El ente debe ser el titular de la obligación, es decir debe ser el su-jeto pasivo (obligado) de la misma.

Medible Objetivamente

La obligación debe ser medible objetivamente en términos moneta-rios.

Certidumbre La obligación debe ser cierta, o, en caso de no serlo, la condición futura incierta por la que se encuentra condicionada debe contar con una probabilidad alta de ocurrencia.

Conforme surge de la comparación de los recaudos que deben reunir conta-blemente los derechos y las obligaciones, en el caso de estas últimas no se ha con-signado el de Utilidad Económica. Ello resulta así, dado que las obligaciones asumi-das por parte de los entes -de no mediar una circunstancia excepcional- responden al mismo fundamento: financiar sus actividades.

El alcance de los recaudos mencionados resulta similar al descripto para los derechos, no existiendo cuestiones particulares que aconsejen profundizar su análi-sis, cabiendo reiterar que para ser reconocidas contablemente como tales, las obli-gaciones deben reunir todos y cada uno de los tres recaudos mencionados.

1.2.1.3 Otras partidas que usualmente conforman el patrimonio.

36 En el caso de informes patrimoniales correspondientes a quienes no revisten el carácter de sujetos de derecho, conforme fuera

expuesto con anterioridad.

Page 28: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

28

Como fuera anticipado, contablemente existen partidas que no constituyendo derecho alguno, igualmente pueden ser consideradas integrantes del patrimonio de un ente, a resultas de lo cual, éstas constituyen otra de las diferencias existentes entre los alcances atribuidos al patrimonio en Contabilidad Patrimonial y en Dere-cho.

Para completar la conceptualización del patrimonio, resulta necesario inter-pretar debidamente la naturaleza y circunstancias que caracterizan a estas parti-das, y para ello, a su vez, es imprescindible desarrollar previamente las pautas con-tables que les dan origen, concretamente, las llamadas Pautas para el reconoci-miento y asignación de variaciones patrimoniales, para lo cual, por último, también es necesario analizar con anticipación el concepto de Variaciones Patrimoniales. Por ello, analizaremos en primer lugar las llamadas Variaciones Patrimoniales, y con posterioridad las Pautas para su reconocimiento y asignación.

Una vez analizados todos los conceptos requeridos, al final del presente acá-pite37, se caracteriza a las partidas que nos ocupan: aquellas que no siendo dere-chos, igualmente pueden ser consideradas contablemente como integrantes del pa-trimonio de un ente.

1.2.1.3.1. Variaciones patrimoniales

Se entiende por variación patrimonial38 a los cambios cualitativos (calidad) y/o cuantitativos (cantidad) que experimenta el patrimonio como consecuencia de los hechos económicos que lo afectan. Estos cambios, tienen su origen en dos diferentes tipos de hechos económicos, conocidos contablemente como:

Operaciones

Otros hechos económicos.

No obstante lo expuesto, cabe advertir al lector que es habitual que, en el len-guaje contable corriente, se haga referencia a cada uno de los dos tipos de hechos económicos mencionados previamente, como Operaciones y Hechos Económicos res-pectivamente. Ello así, sin perjuicio de conocerse que, tal como fuera expuesto, y se verá con posterioridad, ambos constituyen especies de un género (hechos económi-cos).

A continuación los analizamos por separado.

1.2.1.3.1.1. Operaciones.

37 En “1.2.1.4.”.

38 Un análisis particular puede encontrar el lector en “Variaciones Patrimoniales”, Chyrikins, Héctor, Gato, Agustín, y Quintana,

Adriana, La Ley, 2004.

Page 29: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

29

Pagar

Cobrar

Comprar

Vender

Producir

Estos hechos económicos se caracterizan porque se producen como conse-cuencia de la voluntad por parte del ente de concretarlos. Es decir, cuando el ente ejecuta -en forma voluntaria- actos que determinan la ocurrencia de los mismos, habitualmente, para facilitar el desarrollo de las actividades que resultan necesarias para el cumplimiento de sus objetivos. Son ejemplos de los mismos, entre los múlti-ples existentes, las ventas y compras de bienes, las adquisiciones y prestaciones de servicios39, las cobranzas y los pagos, producir bienes, contratar personal, efectuar depósitos y retiros en cuentas bancarias, la contratación de seguros que cubren riesgos, etc..

En definitiva, son operaciones todos aquellos hechos económicos producidos como consecuencia del ejercicio de la voluntad por parte de los entes, con el ánimo de alcanzar un determinado objetivo, y se originan -en definitiva- en transacciones realizadas con terceros.

Estas transacciones pueden resultar de diversa índole e importancia desde el punto de vista de su contribución al logro de los objetivos perseguidos por el ente. Es por ello que sobre esta última base, las operaciones suelen ser diferenciadas en operaciones básicas y operaciones accesorias.

Operaciones básicas

De la totalidad de las operaciones que pueden realizar los entes, existe un con-junto de ellas que son consideradas como básicas en virtud de resultar así para el desarrollo de sus actividades, y por ser realizadas por casi la totalidad de los mis-mos, independientemente del tipo de ente del que se trate, y de que éste persiga o no fin de lucro.

Tales operaciones básicas son las de comprar, pagar, vender y cobrar. En el caso de aquellos entes en los que sus actividades incluyen la de producción de bie-nes, ésta es considerada, también, de tal forma, con lo cual, las operaciones que usualmente se consideran básicas son las que a continuación se definen sucinta-mente:

a) Comprar: El Código de Comercio en su artículo 450, establece que “La compra-venta mercantil es un contrato por el cual una persona, sea o no propietaria o poseedora de la cosa objeto de la convención, se obliga a entre-garla o a hacerla adquirir en propiedad a otra persona, que se obliga por su

39 Término éste, utilizado en un sentido amplio, no sólo comprensivo de las prestaciones personales efectuadas a favor de terceros,

sino, también, de la puesta a disposición de éstos de bienes a cambio de una retribución.

Page 30: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

30

parte, a pagar un precio convenido, y la compra para revenderla o alquilar su uso”.

b) Pagar: El Código Civil en su Artículo 725 establece que: “El pago es el cum-plimiento de la prestación que hace el objeto de la obligación, ya se trate de una obligación de hacer, ya de una obligación de dar”.

c) Producir: es decir, transformar una cosa en otra, por medio de los trabajos necesarios a tal fin.

d) Vender: conforme la transcripción del Código Civil efectuada en el caso de las compras.

e) Cobrar: obtener del deudor el cumplimiento del compromiso asumido por éste.

El orden en que las operaciones han sido presentadas, no guarda necesaria re-lación con el orden en que pueden ser realizadas, ya que, por ejemplo, puede ocurrir que se vendan bienes que no se poseen al momento de celebrarse tal operación, o bien, que se pague parcial o totalmente los bienes con anticipación a la recepción de los mismos, entre otras posibilidades.

Independientemente del orden secuencial en que tales operaciones básicas se realicen, el período de tiempo durante el cual las mismas se completan, conforma un ciclo temporal que, contablemente, se conoce como Ciclo Operativo de los entes, y que resulta de suma importancia a efectos de la determinación de la duración de los períodos de tiempo en los cuales se debería fraccionar la vida total de los mismos, con el objeto de que estos suministren información contable para terceros.

Ello así, en virtud de que durante tal período de tiempo deberían producirse todas las variaciones patrimoniales a las cuales podría verse expuesto el patrimonio de un ente. A este período de tiempo, en el cual se fracciona la vida total de un ente, se lo denomina ejercicio y, en alguna bibliografía, también ejercicio económico.

Nótese que dependiendo de las actividades que desarrollen los entes, sus ciclos operativos pueden tener duraciones disímiles, por requerir cada una de aquellas pe-ríodos temporales distintos para completarlas, pudiendo existir, en definitiva, tantos ciclos operativos como actividades y modalidades con las que los entes las desarro-llen. Por ejemplo, el período de tiempo en el que un ente que se dedica a la cons-trucción de grandes buques completa su ciclo operativo, resulta obviamente supe-rior a aquel que sólo realiza actividades comerciales, como por ejemplo, un negocio minorista.

Por ello, y sin perjuicio de lo mencionado respecto del período temporal ideal que debería constituir el ejercicio de los entes, es decir aquel en el que se completan

Page 31: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

31

sus operaciones básicas, las normas vigentes establecen, como duración del mismo, al período de un año, para de esta forma dotar de uniformidad a la duración tempo-ral de los mismos y, consecuentemente con ello, facilitar la comparabilidad de la in-formación suministrada por los distintos entes. Ello así, por considerarse que du-rante tal período de tiempo, es decir, un año, deberían producirse todas las varia-ciones patrimoniales que podrían afectar los patrimonios de los entes, cuanto menos una vez, y para la mayoría de ellos.

Operaciones accesorias

El resto de las operaciones que puede realizar un ente, es decir, todas aquellas que no han sido tipificadas previamente como básicas, son conocidas como Otras operaciones u Operaciones accesorias, y son cualesquiera de las que pudiera realizar voluntariamente un ente en tanto no sean las básicas.

Como ejemplos, entre los múltiples existentes, pueden citarse algunos de los ejemplos dados en oportunidad de considerar las operaciones en general: contratar personal, abrir y efectuar depósitos y retiros en cuentas bancarias, y la contratación de seguros que cubren riesgos.

1.2.1.3.1.2. Otros hechos económicos.

Estos hechos económicos, se caracterizan por producirse sin que haya me-diado voluntad expresa en tal sentido por parte del ente.

Que tales hechos no dependan de la voluntad del ente no implica desconocer que el mismo pudiera preverlos y, en virtud de ello, tomar decisiones tendientes a relativizar u optimizar los efectos de su ocurrencia.

Es decir, no obstante poder resultar previsibles los otros hechos, estos se pro-ducen sin que el ente haya realizado -voluntariamente- acción determinante alguna para que éstos se produzcan.

Como ejemplos de tales hechos económicos pueden citarse -entre otros- los si-guientes:

Crecimiento natural: que se da en el caso de bienes naturales como los vegetales y animales, en tanto dicho crecimiento se produce en forma natural sin que me-die acción determinante del ente al respecto.

Cambios en los significados atribuidos a ciertas partidas que conforman el patri-monio: por ejemplo, los correspondientes a los activos y pasivos. Dado que los términos activos y pasivos son introducidos en este trabajo por primera vez, se aclara que, hasta tanto no se haya completado la conceptualización de los mis-mos, pueden -provisoriamente- ser tenidos como sinónimos de Derechos y Obli-

Page 32: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

32

gaciones que cumplen los recaudos contables ya analizados.

Cambios en el poder adquisitivo de la unidad de medida: que afectan a la mo-neda utilizada para expresar el significado que se atribuye a todas las partidas que conforman el patrimonio, como por ejemplo, la inflación y la deflación.

Siniestros y otras disminuciones parciales o totales del significado atribuido a los bienes que conforman el patrimonio: como por ejemplo, los originados por un in-cendio, hurtos, obsolescencia, desgaste, etc..

En el cuadro siguiente se grafican los distintos tipos de hechos económicos descriptos precedentemente, clasificados, de acuerdo al ejercicio o no de la voluntad por parte del ente para que los mismos se produzcan, y conforme ello, separados en operaciones y otros hechos, diferenciándoselos a estos últimos en endógenos y exó-genos, es decir, según se hubieran originado en causas internas o externas al ente, incluyéndose, a título ilustrativo, algunos ejemplos de cada uno de los mismos, los que en algunos casos no agotan la totalidad de los posibles.

1.2.1.3.2. Tipos de Variaciones patrimoniales.

Como ha sido consignado previamente, los hechos económicos constituyen las causas determinantes de las variaciones que experimentan los patrimonios de los entes y, asimismo, tales hechos económicos pueden consistir en operaciones y otros hechos económicos. En lo concerniente a las consecuencias patrimoniales produci-das por las causas señaladas, éstas pueden ser, básicamente, de dos tipos:

Variaciones permutativas o cualitativas:

Son aquellas que sólo producen cambios en la composición cualitativa (calidad) del patrimonio, sin producir alteraciones en la cuantificación total (cantidad) del mismo. Variaciones de este tipo se producen cuando, por ejemplo, y entre otras po-sibles, se realizan las siguientes operaciones:

Page 33: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

33

Incorporación al patrimonio un bien que se abona mediante la entrega de otro bien, o con financiación concedida por su proveedor, en ambos casos por importes equivalentes;

Sustitución de una obligación por otra o, cancelación de una obligación mediante la entrega de un bien, en ambos casos por importes equi-valentes.

A tales ejemplos correspondería agregar otros de ocurrencia más excepcional y originados como consecuencia de operaciones relativas a la participación de los pro-pietarios en el patrimonio de los entes, los que, por no haberse completado el análi-sis del patrimonio, resulta inapropiado analizar ahora40.

Variaciones modificativas o cuantitativas:

Son las que producen cambios en la expresión cuantitativa (cantidad) del pa-trimonio, es decir, aquellas en las que, como consecuencia de la operación realizada, o de la ocurrencia de otro hecho, la cantidad de patrimonio que se posee cambia, re-sultando mayor o menor que la habida con anterioridad a la ocurrencia del hecho económico que generó la modificación. Obviamente, este tipo de variaciones acarrea también cambios en la conformación cualitativa del patrimonio, no obstante lo cual, la diferencia sustancial con las del tipo anterior consiste en el cambio que ocasionan en la expresión cuantitativa del mismo.

El cambio en la expresión cuantitativa (incremento o disminución) del patri-monio puede originarse en:

Transacciones realizadas con los propietarios o equivalentes, en su condi-ción de tales41: aportes efectuados por los propietarios para dotar al ente de los recursos necesarios para financiar sus actividades (capital42), y reti-ros de los mismos; retiros de utilidades, como así también, todas aquellas disposiciones de resultados que importan disminuciones del patrimonio del ente.

El reconocimiento de resultados, es decir, modificaciones cuantitativas de patrimonio no originadas en los hechos descriptos precedentemente. Va-riaciones de este tipo se producen, por ejemplo, cuando se incorpora un bien al patrimonio a cambio de la entrega de otro de menor o mayor valor;

40 Reclasificaciones de partidas que conforman el Patrimonio Neto (diferencia entre activos y pasivos), como capitalizaciones de re-

sultados y aportes no capitalizados, y constitución y desafectación de reservas, entre otras.

41 Cierta doctrina no incluye a estas operaciones como variaciones modificativas, sino que las considera un tipo de variación dife-

rente de las dos que se mencionan en el presente.

42 En realidad, los aportes efectuados por los propietarios pueden estar conformados también por otras partidas cuyo análisis se

efectúa con posterioridad.

Page 34: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

34

como consecuencia de la utilización de bienes o servicios puestos a dispo-sición a cambio de una retribución, etc.. Con posterioridad se analiza con mayor profundidad los resultados, sus diferentes orígenes y la oportunidad de su reconocimiento como tales.

1.2.1.3.3. Pautas para el reconocimiento de variaciones patrimoniales.

Tal como hemos analizado, las variaciones patrimoniales se generan como con-secuencia de los hechos económicos, por ello, resulta conveniente considerar cuáles son los hechos sustanciales o pautas para su reconocimiento y, consecuentemente, el tratamiento que corresponde atribuirles a los mismos.

Tanto la doctrina como las normas contables se han ocupado de establecer las pautas para el reconocimiento de las variaciones patrimoniales. Ello así, atento a que resulta determinante para la medición del patrimonio y, particularmente, para el reconocimiento de los incrementos o disminuciones del mismo, producidos como consecuencia de los hechos económicos que lo modifican cuantitativamente.

Últimamente, en el tratamiento de este tema, como así también en algunos otros, la doctrina ha sido sobrepasada por el prescriptivo dogmatismo impuesto por las normas contables. Si bien no puede desconocerse la utilidad de estas últimas para el ejercicio de la profesión, no menos cierto es que, en lo que nos ocupa, no constituyen piezas ideales para facilitar la formación de criterios técnicos en quienes se inician en esta materia.

Es por ello que a los efectos señalados resulta conveniente que, con anticipa-ción a considerar las pautas para el reconocimiento de resultados, efectuemos una revisión de una convención contable que, habiendo integrado en la antigüedad los llamados “principios de contabilidad generalmente aceptados” (PCGA), aprobados por la VII Conferencia Interamericana de Contabilidad, y por la VII Asamblea Nacional de Graduados en Ciencias Económicas efectuada en Mar del Plata en 1965, la que conformaba las normas contables profesionales entonces vigentes, suministra, en nuestra opinión, la base técnica conceptual necesaria para determinar la oportuni-dad en que corresponde reconocer a las variaciones patrimoniales como tales, es de-cir, como ocurridas: el entonces llamado principio de Realización.

1.2.1.3.3.1. Realización

Este principio, que formal y explícitamente no integra las normas contables profesionales actualmente vigentes, pero que si resulta de pacífica aplicación entre los profesionales, por aceptación tácita de su vigencia, establecía que “Los resulta-dos económicos solo deben computarse cuando sean realizados, o sea, cuando la ope-

Page 35: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

35

ración que los origina queda perfeccionada desde el punto de vista de la legislación o prácticas comerciales aplicables y se hayan ponderado fundamentalmente todos los riesgos inherentes a tal operación. Debe establecerse con carácter general que el con-cepto "realizado" participa del concepto devengado”.

Al respecto, y en forma liminar, es oportuno destacar que en nuestra opinión, el cumplimiento de dicho recaudo -realización- lo es para el reconocimiento de todas las variaciones patrimoniales, y no sólo para aquellas que determinan variaciones cuantitativas del patrimonio. Ello así, por resultar la realización un requisito para el reconocimiento de hechos económicos (causa) que, una vez reconocidos como tales por cumplirlo, generan variaciones patrimoniales (efecto), sean éstas modificativas o no.

Miguel Angel Di Ranni43, quien analizó con rigurosidad conceptual la cuestión, refiriéndose al concepto de realización destaca que no debe entenderse que el per-feccionamiento al que alude el principio esté dado, por ejemplo, en el caso de las transacciones (operaciones), por el mero cumplimiento de las formalidades instru-mentales de los actos, sino que, por el contrario, lo que debe ocurrir es “la causa por la cual se asume una obligación o se ejercita un derecho”, es decir, “la ejecución de los actos por los cuales se contrajeron compromisos a cambio de la traslación de ri-queza de una de las partes contratantes hacia la otra”. Fundando su posición, el au-tor sostiene que no hay realización sólo “porque existe el perfeccionamiento ins-trumental en el cual constan los derechos y obligaciones”, ya que “jurídicamente, no hay obligación sin causa (y por ende derechos)”. Asimismo, pone de manifiesto que el cumplimiento del recaudo resulta aplicable, también, a los hechos económicos no operacionales44.

En efecto, lo apuntado resulta aplicable no sólo a los hechos económicos tran-saccionales (operaciones), sino, también, a aquellos no voluntariamente producidos por los entes (otros hechos), conforme los fundamentos que se exponen en el si-guiente párrafo.

Parafraseando a Di Ranni, podemos concluir que existe realización, y conse-cuentemente variación patrimonial, cuando ha ocurrido un hecho económico que da causa al nacimiento, modificación, o extinción parcial o total, de un derecho y/o una obligación. Su tipificación, como variación permutativa o modificativa, resultará -según nuestro entender- de un análisis posterior45.

Por último, cabe destacar que la expresión “y se hayan ponderado fundamen-

43 “Revista La Información”, Extra trimestral, Junio de 1989. 44

En este trabajo denominados “Otros hechos económicos”.

45 El de su eventual devengamiento o no, tal como se lo caracteriza bajo el título siguiente.

Page 36: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

36

talmente todos los riesgos inherentes a tal operación” inserta en el concepto de reali-zación dado por los PCGA, según lo expresara acertadamente Di Ranni, implica que el hecho económico determinante (causa) “debe tener características de estabilidad o permanencia futura al momento de la medición, lo cual implica haber contemplado to-dos los riesgos inherentes a la naturaleza del hecho económico que la determina”, “de forma tal que asegure que las consecuencias económicas del mismo no se hayan re-versado total o parcialmente a posteriori por hechos no adecuadamente medidos” al momento al que se refiere la medición.

1.2.1.3.3.2. Pautas para el reconocimiento de resultados

Sentado ello, cabe considerar las distintas alternativas existentes en lo concer-niente a la determinación del tipo de variación patrimonial generada por el hecho que da causa al nacimiento, modificación, o extinción parcial o total, de un derecho y/o una obligación.

Al respecto, existen dos posibilidades, y están caracterizadas por las pautas para el reconocimiento de resultados conocidas como: Percibido y Devengado que se analizan a continuación.

1.2.1.3.3.2.1. Percibido

Cuando se utiliza esta pauta, las variaciones patrimoniales modificativas de-ben ser reconocidas como tales, y consecuentemente registradas46, cuando se han pagado o cobrado los hechos económicos en los que las mismas se originan.

Bajo esta pauta, los resultados obtenidos por una venta, por ejemplo, son re-conocidos como tales en el momento en que la misma es cobrada, independiente-mente de que se hubiera entregado o no el bien vendido.

Este criterio para el reconocimiento de resultados, no cuenta con aceptación por parte de la doctrina, ni de las normas contables.

1.2.1.3.3.2.2. Devengado

A diferencia de la anterior, esta pauta es de aceptación unánime por parte de la doctrina y las normas contables. Al respecto, dice la Resolución Técnica (CPCE-CABA) 17: “Los efectos patrimoniales de las transacciones y otros hechos deben reco-nocerse en los períodos en que ocurren, con independencia del momento en el cual se

46 Para poder suministrar la información que hace a su objeto, la contabilidad se vale de procedimientos de registración o anotación

que le permiten llevar cuenta y razón de los hechos económicos que afectan la situación y evolución patrimonial, económica y fi-

nanciera de los entes, y las variaciones patrimoniales que se producen.

Page 37: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

37

produjeren los ingresos y egresos47 de fondos relacionados”.

Se desprende de tal concepto que tales efectos patrimoniales deben ser recono-cidos en los períodos en los que corresponda, independientemente de que se hubie-ran cobrado o pagado los hechos en los que se originan.

Conceptos de similar alcance podemos encontrar en la mayoría de la bibliogra-fía en la materia. No obstante, queda claro para el lector que se inicia en nuestra disciplina, que los mismos no resultan todo lo precisos que él pudiera necesitar para dar tratamiento a las diferentes y múltiples variaciones patrimoniales que pudiera tener que analizar.

En efecto, si bien de lo expuesto en la norma citada se desprende con claridad que el desplazamiento de fondos (cobros o pagos) no es el hecho que debe ocurrir para considerar a la variación como modificativa, no menos cierto es que la mención a que la misma “debe reconocerse en los períodos en que ocurren” no precisa cuál es el hecho que debe ocurrir.

Sobre el tema, Enrique Fowler Newton48, en congruencia con lo que ahora pre-cisa la RT 17, ha expresado que lo que debe ocurrir para el reconocimiento de la va-riación es la identificación de su hecho generador, también conocido en otra biblio-grafía como hecho sustancial.

Siguiendo a dicho autor, y dada la multiplicidad de hechos generadores de las de variaciones patrimoniales, para encontrar la respuesta al interrogante planteado resulta conveniente sistematizar genéricamente y agrupar a los hechos económicos determinantes de aquellas, para luego identificar sus respectivas causas (hechos ge-neradores o sustanciales).

Conforme se ha anticipado49, en el cuadro siguiente, y a modo introductorio del tema, se han clasificado los hechos económicos posibles50, en primer lugar, por su sentido patrimonial, es decir, en positivos y negativos, entendiendo por tales los que, cuando corresponda su reconocimiento, y de no mediar una situación excepcional

47 El alcance otorgado básicamente en contabilidad, a los términos ingresos y egresos, no remite a entradas y salidas de fondos res-

pectivamente, sino, a incrementos o disminuciones de patrimonio, es decir que se los utiliza para caracterizar el sentido -positivo

o negativo- de las variaciones modificativas. No obstante, en la definición transcripta -y tal como expresamente la misma lo acla-

ra- tales términos se utilizan para hacer referencia a movimientos de fondos (entradas y salidas).

48 “Contabilidad Básica”, Ediciones Macchi, 1994.

49 Y siguiendo las pautas que al respecto estableciera Enrique Fowler Newton en la obra ya citada.

50 Si bien la clasificación propuesta no agota la totalidad de las posibilidades existentes, sí se la considera representativa de la tota-

lidad de las que pueden ser interpretadas con los conocimientos desarrollados hasta el presente, cabiendo destacar, además, que

las que no se encuentran comprendidas en la misma corresponden a casos muy particulares, cuando no excepcionales, los que

requieren conocimientos avanzados.

Page 38: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

38

que pudiera alterar su significado previsible, generarán respectivamente un incre-mento o disminución de patrimonio. A continuación, y para cada uno de los grupos mencionados, se describen sus tipologías y características; luego, los hechos consi-derados sustanciales para el reconocimiento de la naturaleza de las variaciones pa-trimoniales, aspecto éste que es el que particularmente nos ocupa. Tras ello, las oportunidades de ocurrencia de tales hechos y, por último, los tipos de variaciones patrimoniales correspondientes, cabiendo destacar que en el caso de las Modificati-vas, se ha precisado además el tipo de resultado (positivo o negativo), en tanto que, en el de las Permutativas, el elemento patrimonial que debe ser reconocido como tal (Activo o Pasivo).

Aclaraciones al cuadro de reconocimiento de variaciones patrimoniales

Con el objeto de facilitar su interpretación, a continuación se precisa el alcance de los términos y expresiones incluidas en el cuadro, y se presentan algunos ejem-plos.

Previamente, corresponde destacar que durante su desarrollo se hará referen-cia a “hechos económicos en los que, cuando corresponda su reconocimiento, este im-portará un incremento o disminución de patrimonio” o expresiones similares, sin

Page 39: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

39

mencionarlos directamente como “hechos económicos que producen incrementos o disminuciones de patrimonio”. Ello resulta necesariamente así, dado que, precisa-mente, lo que se analiza es la oportunidad en que corresponde reconocer como tales a dichas variaciones patrimoniales (Ingresos y Egresos)51.

Aclarado ello, el alcance de los términos y expresiones incluidos en los encabe-zamientos de las columnas del cuadro, y en su interior, son los siguientes:

a) Hechos económicos: se hace referencia a aquellos que pueden generar variaciones patrimoniales para el ente, independiente de que trate de operaciones u otros hechos, y de su sentido patrimonial.

b) Sentido: identifica las consecuencias patrimoniales y económicas que el hecho debería generar cuando corresponda su reconocimiento como tal.

c) Tipo de hecho económico: se identifican los distintos tipos de hechos económicos que se analizan, conforme se expone a continuación.

1) En el caso de aquellos en los que cuando corresponda su reconoci-miento, éste implicará un incremento de patrimonio, al que proviso-riamente se denomina como Ingreso, se los diferencia -según su ori-gen- entre operaciones y otros hechos, constituyendo algunos ejem-plos de los mismos, operaciones como la venta de bienes, y las pres-taciones de servicios consistentes en la puesta a disposición de ter-ceros de bienes a cambio de una retribución (alquileres, préstamos, etc.).

2) En tanto que, en los casos en los que cuando corresponda, la varia-ción sobreviviente del hecho económico consistirá en una disminu-ción de patrimonio, genérica y provisoriamente denominado como Egreso, no se los divide y agrupa según su naturaleza, como fuera hecho en “1)” precedente, sino, respecto de la relación directa52 que pudieran tener -o no- con hechos económicos que generan incre-mentos de patrimonio53; y, con posteridad, en el caso de aquellos que no guardan dicha relación, según la relación que pudieran tener con los períodos de tiempo, o no, según se ejemplifica a continua-ción:

Hechos económicos que guardan relación directa con otros

51 Tal como se ha expuesto con anticipación, estos términos deben ser interpretados -provisoriamente- como incrementos y dismi-

nuciones cuantitativas de patrimonio respectivamente, sin que ello importe indicación de las causas que los originan.

52 Aquellos hechos que pueden ser identificados en forma directa con otros, por existir entre ambos una relación unívoca (física o

económica), conforme se verá con mayor detenimiento con posterioridad.

53 Conforme “1.2.1.3.3.2.3.”

Page 40: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

40

hechos económicos que, en la oportunidad correspondiente, pro-ducirán incrementos de patrimonio.

Ejemplo:

Sacrificios económicos incurridos en la adquisición de un bien destinado a ser vendido, caso en el cual, existe una relación dire-cta entre el sacrificio incurrido en su adquisición y el beneficio que se espera obtener con su venta.

Hechos económicos que no guardan relación directa con otros hechos económicos que, en la oportunidad correspondiente, pro-ducirán incrementos de patrimonio.

Ejemplo:

Relacionados con un período de tiempo: el precio soportado por el alquiler de un bien que no guarda relación directa con hechos económicos que generarán incrementos de patrimonio.

No relacionados con un período de tiempo: un siniestro que des-truye bienes propiedad del ente, el que, no obstante ocurrir en un determinado período de tiempo, su ocurrencia no tiene causa en el mismo.

d) Hecho sustancial: en esta columna se describen, particular o genérica-mente, los distintos hechos reveladores del devengamiento. En el caso de las operaciones de ventas de bienes y servicios, los hechos sustan-ciales son particulares: los correspondientes al cumplimiento de su ob-jeto (entrega de los bienes y prestación efectiva de los servicios), en tanto que, en el caso de aquellos hechos económicos en los que cuando co-rresponda su reconocimiento, éste importará una disminución de pa-trimonio, como por ejemplo las compras de bienes y servicios y otros hechos, sus hechos sustanciales están dados por la mencionada rela-ción o no, que pudieran tener con otros hechos que generen incremen-tos de patrimonio o con un período de tiempo, conforme se analiza con posterioridad.

e) Oportunidad: es este caso, se hace referencia a si los hechos sustancia-les se produjeron o no durante el período (ejercicio) en el que se efectúa el análisis de los hechos económicos, con el objeto de establecer el tra-tamiento que corresponde atribuirle -en el mismo- a la variación.

f) Variación: en esta columna se expone, para cada uno de los hechos eco-nómicos descriptos, el tipo de variación patrimonial que el mismo pro-

Page 41: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

41

duce, según haya ocurrido o no el hecho sustancial, indicándose, ade-más, en el caso de las Modificativas su sentido, y en el de las Permutati-vas, el elemento patrimonial que se genera.

Como puede observarse en el cuadro, y ha sido explicitado, en primer lugar se clasifican los hechos económicos que se analizan según su sentido, analizando por separado aquellos que importarán vertientes positivas y negativas sobre el patrimo-nio, las que, cuando corresponda su reconocimiento, producirán las variaciones que se citan en la última columna del cuadro identificada como “Variación”. En el caso de las aludidas vertientes negativas, éstas no han sido sub-agrupadas según su na-turaleza, sino, sobre la base de la relación o no que pudieran tener con otros hechos económicos que, cuando resulte correspondiente, también según la pauta de Deven-gado que se analiza, ocasionarán incrementos de patrimonio en virtud del recono-cimiento de resultados positivos (ingresos). Esto último resulta así, en virtud de la aplicación de la convención contable conocida como Apareamiento de Ingresos y Egresos, la que resulta aplicable por existir consenso doctrinario y normativo en la procedencia de su aplicación, y actúa como marco referencial de la pauta de asigna-ción de resultados, en el caso Devengamiento.

1.2.1.3.3.2.3. Apareamiento de ingresos y egresos

Esta convención establece que los ingresos y egresos directamente relaciona-dos entre sí, deben ser reconocidos como tales en la misma oportunidad (momento, ejercicio, etc.).

Continuando con la terminología utilizada hasta el presente, para poder rela-cionar el concepto dado en el párrafo precedente con el resto de lo expuesto hasta aquí, podríamos reformularlo de la siguiente manera: Los hechos económicos que, guardando relación directa entre sí, y que, cuando corresponda su reconocimiento, importarán disminuciones o incrementos de patrimonio, deben ser reconocidos con-tablemente en la misma oportunidad.

Habida cuenta de ello, y en lo concerniente al reconocimiento de su devenga-miento, los llamados egresos resultan potencialmente dependientes de los ingresos con los que pudieran encontrarse relacionados directamente, por lo cual, en caso de resultar ello así, cuando se consideren devengados dichos ingresos, en esa misma oportunidad deberán reconocerse como devengados los sacrificios económicos incu-rridos directamente relacionados con ellos; en tanto que, cuando los sacrificios no guarden relación con ingresos se los considerará devengados cuando haya transcu-rrido el período con el cual se encuentran relacionados, o bien, de no verificarse tampoco esta última relación, en oportunidad de la toma de conocimiento de su existencia.

Page 42: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

42

Por último, corresponde reiterar cuándo existe una relación directa entre dos hechos económicos. Así se lo considera cuando ser verifica una relación de corres-pondencia unívoca -física o económica- entre ambos, de forma tal que uno de ellos se identifica directamente con el otro. Como ejemplo, se reitera la relación existente entre el sacrificio incurrido para incorporar un bien destinado a la venta, y el bene-ficio que puede obtenerse por la misma. Asimismo, también existe relación directa entre el beneficio obtenido por una venta y el sacrificio incurrido en la comisión (re-tribución) de quien la efectuó, o en otros sacrificios incurridos en virtud de la mis-ma, como por ejemplo, los impuestos que pudieran gravar la venta, en tanto estos tuvieran que ser soportados por el vendedor.

1.2.1.4. Cargos diferidos.

Lo expuesto con anterioridad respecto de las variaciones patrimoniales y de las pautas para su reconocimiento, tuvo por objeto, además de introducir tales con-ceptos, permitir interpretar cuáles son aquellas partidas que no constituyendo dere-chos pueden ser reconocidas contablemente, cuando se presentan, como integran-tes del patrimonio.

Estas partidas son todas aquellas que no constituyendo derechos, se originan como consecuencia de hechos económicos realizados pero no devengados. Concreta-mente, constituyen diferimientos en el reconocimiento de los resultados (egresos) producidos por tales hechos, por aplicación de la pauta de asignación de resultados conocida como Devengado.

Analizaremos lo expuesto valiéndonos para ello de un ejemplo sencillo, que permitirá interpretar adecuadamente su naturaleza, y el tratamiento que se les otorga.

Piénsese en la constitución de un determinado ente, con el objeto que el mismo realice actividades comerciales, y que, para su constitución, se requiere incurrir en determinados sacrificios económicos, por ejemplo, entre otros de naturaleza similar, los honorarios de los profesionales que asesoraron e intervi-nieron en su constitución, tasas fiscales que la gravan, y demás sacrificios que habitualmente requiere su formalización. Asimismo, y sólo para aligerar el ejemplo, ya que ello no resulta determinante del tratamiento que se les otor-gará, supóngase que los mismos fueron íntegramente abonados.

Una vez ocurridos todos los hechos económicos comentados, no cabe du-da que los mismos han de producir variaciones en el patrimonio del ente, por encontrase todos ellos realizados según se ha expuesto con anterioridad. Asi-mismo, queda claro que el ente no detenta derecho alguno respecto de quienes los prestaron, dado que el mismo ha obtenido lo requerido (servicios profesio-

Page 43: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

43

nales, tasas, etc.), ello así, obviamente, en tanto no pudiera generarse alguno por deficiencias respecto de lo convenido, circunstancia ésta que, además de constituir otro hecho económico distinto, resulta ajena al propósito del ejemplo.

Resta por último entonces, determinar qué tipo de variación es la que ex-perimenta el patrimonio del ente en casos como el planteado, para lo cual de-bemos valernos de la pauta de devengamiento, resultando de ella que, por en-contrarse los sacrificios económicos incurridos relacionados con un período fu-turo de la vida del ente, recién deberían considerárselos devengados en tanto ella vaya transcurriendo. Consecuentemente con ello, en el caso y oportunidad señalados, nos encontramos en presencia de una variación patrimonial permu-tativa, que origina un incremento del activo del ente equivalente, al de los sa-crificios económicos incurridos y, concurrentemente, una disminución del mismo como consecuencia del pago efectuado, cabiendo destacar que, aún en el supuesto caso en que los mismos no hubieran sido abonados igualmente nos encontraríamos en presencia de una variación permutativa, en virtud de la obligación asumida de pagarlos con posterioridad, la que deberías ser recono-cida, bajo este supuesto, como una obligación.

Al respecto, se observa que no obstante no haberse generado derecho al-guno para el ente, igualmente se ha reconocido un activo, y que éste, sólo constituye un diferimiento del reconocimiento de los resultados originados por los servicios obtenidos, en virtud de lo establecido por la pauta de devenga-miento.

A las partidas como las comentadas suele denominárselas cargos diferidos. No obstante existir otras partidas que, aunque de diferente naturaleza a las comenta-das, igualmente no resultan constitutivas de derechos, y también pueden ser consi-deradas como activos, se considera que su análisis excede el objetivo introductorio propuesto, motivo por el cual no se las analiza en esta oportunidad.

1.3. El patrimonio contable.

Una vez caracterizados todos los elementos que pueden conformar el patrimo-nio contable, podemos entonces describir conceptualmente qué es lo que se en-tiende en Contabilidad Patrimonial por activo y pasivo.

Activo: Conjunto derechos ciertos, e inciertos con alta probabilidad de ocurren-cia de la condición por la que se encuentran condicionados, de los que resulta titular un ente, y que poseen utilidad económica; y, de co-rresponder, por aquellos sacrificios económicos incurridos que, no obs-tante no constituir derechos, y por no encontrarse devengados, su re-conocimiento como resultado se difiere hasta tanto corresponda por

Page 44: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

44

aplicación de la pauta de devengamiento, todos ellos en tanto sean susceptibles de ser medidos objetivamente en términos monetarios.

Pasivo: Conjunto de obligaciones ciertas, e inciertas con alta probabilidad de ocurrencia de la condición por la que se encuentran condicionadas, de las que resulta titular un ente, y que son susceptibles de ser medidas objetivamente en términos monetarios.

Debe tenerse presente que los conceptos detallados precedentemente son váli-dos, exclusivamente, en la medida en que el patrimonio corresponda a un único en-te, y no un conjunto de entes, en cuyo caso podrían existir otros componentes cuyo tratamiento no resulta oportuno considerar en esta instancia introductoria.

El Patrimonio en Economía y su relación con la contabilidad

Hasta aquí hemos efectuado una caracterización del patrimonio basada en los marcos jurídico y contable que la caracterizan. Dada la estrecha relación de la Con-tabilidad con la Economía, y, consecuentemente, con los hechos económicos reali-zados por los sujetos, resulta conveniente encausar el tema con relación a tales cir-cunstancias.

El objeto de la economía se centra en la administración de los recursos y, es-pecialmente, en el estudio del intercambio, producción, distribución y consumo de la riqueza. Un ente, sea una persona de existencia física o ideal, para alcanzar los objetivos que persigue debe realizar indefectiblemente un sinnúmero de actos eco-nómicos que lo obligarán a contar con los recursos necesarios, y aplicarlos a tales fines. Ello resulta así, además, independientemente de que el ente persiga la finali-dad de obtener lucro o no.

Dichos recursos pueden ser de distinta naturaleza, como por ejemplo:

Humanos: personal operativo, de supervisión, gerencia y dirección.

Financieros: financiación, etc.

Materiales: inmuebles, rodados, maquinarias, materias primas, etc..

Intangibles: marcas comerciales, patentes, etc..

Para disponer de tales recursos, el ente deberá indefectiblemente contar una fuente de financiación de los mismos, la que desde el punto de vista de su origen só-lo podrá consistir en obtenerlos mediante la aplicación de fondos propios, o bien, de fondos provistos por terceros.

Teniendo en cuenta el concepto contable de ente, la afirmación vertida puede

Page 45: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

45

ser expuesta de la siguiente forma: la financiación de los recursos de un ente pro-viene de fondos provistos por sus propietarios, por otros terceros54 (v. gr. proveedo-res de bienes y servicios, instituciones bancarias, etc.), o por una combinación de ambas fuentes de financiación.

Tal fundamento, de origen económico, puede ser expresado matemáticamente a través de la siguiente igualdad:

Recursos = Obligaciones con otros terceros + Obligaciones con propietarios

Sustituyendo en la igualdad las denominaciones de los términos que la con-forman por las utilizadas en contabilidad, la misma puede ser expresada de la si-guiente manera:

Activo = Pasivo + Patrimonio Neto

Donde, desde una perspectiva económica, el Activo lo conforman los recursos que el ente posee y aplicará para desarrollar sus actividades; el Pasivo lo constituye la financiación de los mismos concedida por otros terceros, y, por último, el Patri-monio Neto, que es el resultado de la suma algebraica de las expresiones correspon-dientes a los restantes términos de la igualdad, y constituye la financiación conce-dida por los propietarios del ente.

Esta igualdad, conocida como igualdad patrimonial, permanece inmutable co-mo tal a través del tiempo, e independientemente de los hechos que pudieran afec-tar el patrimonio de los entes.

Conforme hemos visto con anterioridad, no todos los recursos económicos son reconocidos como activos, dado que para que ello resulte así, aquellos deben reunir los cuatro recaudos ya consignados. Así, algunos recursos como por ejemplo -entre otros- los humanos (empleados, gerentes, etc.), ciertos derechos intelectuales como los comentados previamente (marcas y patentes), por no verificarse tales requisitos no son reconocidos contablemente como activos.

1.3.1. Conformación del Patrimonio.

En los párrafos siguientes analizamos las partidas que usualmente conforman los patrimonios de los entes.

1.3.1.1. Activo.

54 Conforme el alcance otorgado al término ente, con respecto a éste, revisten tanto el carácter de terceros sus propietarios, como

aquellos otros entes que, no siendo sus propietarios, le conceden financiación, en virtud de lo cual éstos últimos se denominan en

el presente como otros terceros.

Page 46: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

46

Como hemos visto, básicamente, y de no mediar alguna circunstancia como la expuesta respecto de los cargos diferidos, el activo es un conjunto derechos ciertos, e inciertos con alta probabilidad de ocurrencia de la condición por la que se en-cuentran condicionados, de los que resulta titular un ente, que poseen utilidad eco-nómica, y son susceptibles de ser medidos objetivamente en términos monetarios.

Conforme lo expuesto oportunamente respecto de la composición del patri-monio desde la perspectiva jurídica, tales derechos fueron clasificados en: Reales, Personales e Intelectuales.

Asimismo, podemos valernos de otras clasificaciones jurídicas de los bienes que también serán útiles para otorgarles tratamiento contable a los mismos, ello así, no obstante que -como veremos con posterioridad- resulta imprescindible a tales efectos establecer el aprovechamiento económico que de los mismos se prevé. Tales clasificaciones jurídicas son las siguientes:

Inmuebles

Aquellos que se encuentran fijos en un lugar determinado, y que por lo tanto no pueden ser trasladados a otro con abso-luta facilidad, y sin alterar su estado físico original: te-rrenos, edificios, etc. Por su

movilidad

Muebles

Los que pueden ser trasladados de un lugar a otro con ab-soluta facilidad, ya sea porque tienen la particularidad de hacerlo por sí mismos (ganado, etc.), o bien por medio de una fuerza externa: sillas, televisores, etc..

Fungibles

Aquellos en los que por su naturaleza, o bien por la per-cepción que de ellas tienen los individuos, cualquier unidad de una especie equivale a cualquier otra de la misma espe-cie, en virtud de lo cual, pueden sustituirse unas por otras: granos, hacienda, la moneda, etc.

Por su fungibilidad

No fungibles

Los que, por su naturaleza o bien por la percepción que de ellas tienen los individuos, cualquier unidad de una especie no equivale a cualquier otra de la misma especie, en virtud de lo cual no pueden sustituirse unas por otras: dos auto-móviles usados de la misma marca, año y modelo, obras de arte, etc..

Tangibles Aquellos de existencia física, que pueden ser tocados: edifi-cios, sillas, etc.. Por su

tangibildad Intangibles

Los que no tienen existencia física, que no pueden ser to-cados: derechos derivados de la propiedad intelectual, etc..

Page 47: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

47

Consumibles

Aquellos en los que su existencia finaliza con el primer uso que de ellos se hace, ya sea porque se extinguen, o bien porque pasan a conformar otro bien: la comida, un insumo de producción. Por su

duración No

consumibles

Los que no dejan de existir con el primer uso que de ellos se hace, aunque como consecuencia de su utilización sean susceptibles de consumirse o desgastarse luego de un pe-ríodo de tiempo: televisores, sillas, etc..

Registrables

Aquellos en los que, por disposiciones normativas legales, la transferencia de dominio de los mismos requiere la tra-dición de la cosa y la inscripción de la transferencia en un registro público de la propiedad: todos los inmuebles, los automóviles, derechos derivados de la propiedad intelectual, tecnológica, etc. (derechos de autor, patentes, etc.).

Por los requisitos

para la transferencia

de su propiedad No

Registrables

Aquellos en los que para su transferencia basta con la tra-dición de la cosa: la mayoría de los bienes muebles tangi-bles, excluidos los citados precedentemente.

Clasificación contable de los activos

Sin perjuicio de la importancia que tienen las clasificaciones expuestas hasta aquí, todas ellas surgen de una perspectiva jurídica. Dado el ámbito de aplicación y objetivos de la contabilidad, en ésta, a efectos de suministrar información sobre las partidas que conforman el activo, como ha sido anticipado, se utiliza una clasifica-ción basada en el aprovechamiento económico de los recursos que lo conforman, y de acuerdo a los lineamientos que a continuación se exponen.

La información patrimonial básica que se suministra a terceros, en virtud de las normas de exposición que cuentan con consenso doctrinario y normativo esta-blecen que debe ser presentada en forma sintética. La síntesis determina que se pri-vilegie suministrar información de conjunto, es decir, los aspectos globales que hacen a la conformación del patrimonio, informándose por separado, la información analítica pertinente.

Agrupamiento

Los distintos recursos que conforman el activo de un ente son agrupados en subconjuntos homogéneos, sobre la base del aprovechamiento económico que ca-racteriza a cada una de ellos.

Así, existen bienes cuyo aprovechamiento consiste en utilizarlos como medios de pago, otros que se encuentran destinados a ser vendidos o utilizados en las dis-tintas actividades que deben realizar los entes, aquellos destinados a financiar a ter-

Page 48: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

48

ceros las ventas que se les efectúan, o bien afectados a otros aprovechamientos.

En el siguiente cuadro se consignan tales agrupamientos o rubros con las de-nominaciones con las cuales usualmente se los identifica, una descripción del apro-vechamiento económico que de los mismos hacen usualmente los entes, y por úl-timo, se citan algunos ejemplos que no agotan la totalidad de los posibles, y que se exponen a título ilustrativo.

Agrupamiento Aprovechamiento económico Algunos ejemplos

Disponibilidades55

Medios de pago usualmente acepta-

dos como tales, por poseer poder

cancelatorio (limitado o ilimitado se-

gún los casos).

Dinero en efectivo ($, U$S, etc.).

Saldos acreditados en cuentas ban-

carias a la vista.

Cheques en cartera librados o en-

dosados por terceros a favor del en-

te.

Inversiones

Aplicaciones de fondos en actividades

distintas de las que constituyen el

objeto del ente (comerciales, indus-

triales, de servicios, etc.), con el áni-

mo de obtener rentas u otros benefi-

cios adicionales a los derivados de ta-

les aplicaciones.

Títulos públicos y privados.

Colocaciones de fondos en insti-

tuciones financieras.

Muebles e Inmuebles destinados a

su locación.

Préstamos concedidos.

Participaciones en el Capital o Pa-

trimonio de otros entes.

Créditos

Derechos a percibir bienes y ser-

vicios, originados en la financiación

de las actividades que realiza el ente,

o en otras operaciones (excluidas

aquellas que, por su naturaleza o uti-

lización, corresponda su inclusión en

otro agrupamiento).

Cuentas a cobrar originadas en ope-

raciones de ventas de bienes o servi-

cios, documentadas o no.

Anticipos entregados a proveedores

por la compra de bienes o servicios.

Anticipos de Impuestos.

Préstamos al personal.

Bienes de

Cambio

Bienes destinados a ser vendidos, ya

sea en el mismo estado en el que se

incorporaron al patrimonio, o bien,

una vez que han sido sometidos a un

proceso de transformación; y aque-

llos que se consumen en la produc-

ción y comercialización de los bienes

Mercaderías destinadas a ser vendi-

das.

Materias Primas destinadas a con-

formar otros bienes.

Materiales e Insumos a ser utili-

zados en el proceso productivo

Bienes en proceso de producción

55 Usualmente denominado “Caja y Bancos”.

Page 49: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

49

que se destinan a la venta. (aún no finalizado)

Productos Terminados destinados a

ser vendidos.

Bienes de Uso

Bienes tangibles56 utilizados en las

actividades que desarrolla el ente,

excluidos aquellos destinados a ser

vendidos.

Inmuebles

Vehículos

Muebles y Utiles

Máquinas

Instalaciones

Bienes

Intangibles

Bienes representativos de privilegios

y franquicias, usualmente derivados

de derechos de la propiedad Inte-

lectual.

Derechos de autor.

Marcas comerciales.

Patentes de invención.

Licencias.

Otros activos

Originados en hechos económicos

realizados pero no devengados, que

no constituyen derechos; y todos

aquellos otros no incluibles en los ru-

bros precedentes.

Costos de constitución de los entes.

Costos de reorganización de los en-

tes.

Esta clasificación es la que usualmente se utiliza en materia de exposición con-

table de activos57.

Ordenamiento

El orden de prelación en que los agrupamientos se exponen, tal como se ha hecho en el cuadro precedente, está dado en función del grado de liquidez58 con el que cuenta cada agrupamiento en general, respecto de los restantes, y ordenados de mayor a menor grado de liquidez, es decir, independientemente del que pudiera co-rresponder a alguna o algunas de las partidas que los conforman, respecto de otras incluidas en diferentes grupos.

Sin conmover el ordenamiento señalado, puede ocurrir que, por ejemplo, uno o más de los créditos que conforman el agrupamiento de idéntica denominación (Cré-ditos), fueran más líquidos que alguna o algunas de las partidas que conforman el grupo Inversiones.

56 Al respecto se destaca que, mayoritariamente, la doctrina y normas contables consideran que los bienes de uso se encuentran

conformados exclusivamente por bienes tangibles, lo cual, a nuestro entender, no resulta razonable para el caso de aquellos in-

tangibles en los que su aprovechamiento consista en su uso, los que, para las fuentes citadas, deberían ser incluidos en Bienes

Intangibles, privilegiándose de esta forma su naturaleza jurídica, por sobre su aprovechamiento económico. Corresponde destacar

al respecto que Enrique Fowler Newton se ha expresado con anterioridad en idéntico sentido, en “Cuestiones Contables Funda-

mentales”, Macchi, 1991.

57 En lo relativo al rubro Créditos, suele diferenciárselos según su origen, en Créditos por Ventas y Otros Créditos.

58 Cualidad que poseen de convertirse fácilmente o no en dinero.

Page 50: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

50

A su vez, tales rubros se exponen por separado en dos nuevos agrupamientos comprensivos de aquellos, y establecidos sobre la base de la capacidad que poseen los mismos, o no, de convertirse en dinero en el plazo de un año a contar desde la fecha a la cual se refiere la medición, incluyéndose obviamente dentro de los mis-mos a los que ya revisten tal carácter, denominándose a los primeros Activos Co-rrientes, y a los segundos, Activos No Corrientes, y exponiéndoselos con la prelación en la que han sido citados.

A tales efectos, las distintas partidas que conforman cada uno de los rubros son asignadas a la parte Corriente o No Corriente, conforme su comportamiento previsible, resultando así que, conforme la composición que caracteriza habitual-mente a los distintos rubros, el activo de un ente podría ser informado de la si-guiente forma.

Activos Disponibilidades

Inversiones Créditos

Bienes de Cambio Corrientes

Otros Activos Créditos

Bienes de Cambio Bienes de Uso

Inversiones Bienes Intangibles

No Corrientes

Otros activos

1.3.1.2. Pasivo.

Conforman el pasivo de un ente el conjunto de obligaciones ciertas, e inciertas con alta probabilidad de ocurrencia de la condición por la que se encuentran condi-cionadas, de las que resulta titular el mismo, y que son susceptibles de ser medidas objetivamente en términos monetarios.

La exposición del Pasivo se realiza siguiendo lineamientos que difieren con los utilizados en el caso del Activo, tal como se expone en los párrafos siguientes.

Agrupamiento

La característica común que tienen todas las partidas que integran este agru-pamiento, es la de ser una de las dos fuentes de financiación con la que cuentan los entes para adquirir y mantener los recursos que necesitan para realizar sus activi-

Page 51: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

51

dades: la financiación concedida por los que hemos denominado con anterioridad como otros terceros. Dado que todos los pasivos han sido contraídos con el mismo objeto, financiar las actividades del ente, no resulta factible diferenciarlos sobre la base de su aprovechamiento económico, como se estila en el caso de los activos.

Por ello, la diferenciación y consecuente clasificación que usualmente se rea-liza de los mismos se basa, en primer lugar, en su grado de certeza, dividiéndoselos entre ciertos (puros) y contingentes (condicionales), y denominados respectivamente en contabilidad como Deudas y Previsiones.

Asimismo, las deudas son agrupadas considerando el objeto de las respectivas obligaciones, es decir, sobre la base de los recursos que se financian con las mis-mas, como se expone a título ilustrativo en el cuadro siguiente, en cuyo final se in-cluyen también a las previsiones.

Modo Agrupamiento Contenido

Deudas Comerciales

Obligaciones ciertas originadas en la adquisición de bie-nes y servicios necesarios para la actividad habitual del ente.

Deudas Financieras y

Bancarias

Obligaciones ciertas originadas como consecuencia de la toma de fondos (préstamos) en instituciones financieras y bancarias.

Deudas Laborales y

Previsionales

Obligaciones ciertas con el personal que presta servicios personales para el ente bajo relación de dependencia, y las derivadas de los regímenes de seguridad social, de subsi-dios y salarios, sindical, y de administradoras de riesgos de trabajo.

Deudas Fiscales

Obligaciones ciertas originadas en virtud de los tributos recaudados por los estados nacional, provinciales, y mu-nicipales.

Ciertas

Otras deudas Se incluyen aquellas no incluidas en las anteriores.

Contingentes Previsiones

Obligaciones inciertas con alta probabilidad de ocurrencia de la condición futura por la que se encuentran condicio-nadas, en tanto sus consecuencias sean medibles objeti-vamente en términos monetarios.

Ordenamiento

Page 52: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

52

El ordenamiento con el que se exponen los distintos rubros que conforman el pasivo, de idéntica forma que en el caso de los activos, se presentan por separado, diferenciando los pasivos Corrientes y No Corrientes; en tanto que, la prelación de exposición de los distintos rubros que conforman tales subgrupos se efectúa según su grado decreciente de exigibilidad59 global.

Se consideran Pasivos Corrientes las obligaciones ciertas que son exigibles a la fecha a la cual se refiere la medición, a aquellas que también lo resultarán dentro del año inmediato posterior a dicha fecha, y a las inciertas con alto grado de proba-bilidad de ocurrencia -en idéntico plazo- del hecho futuro incierto por el cual se en-cuentran condicionadas. Las restantes obligaciones son consideradas Pasivos No Corrientes.

De acuerdo a la composición que caracteriza habitualmente a los distintos ru-bros que lo conforman, el pasivo de un ente suele ser informado de la siguiente for-ma.

Pasivos Deudas Comerciales

Deudas Financieras y Bancarias

Deudas Laborales y Previsionales

Deudas Fiscales Otras deudas

Corrientes

Previsiones

Deudas Comerciales

Deudas Financieras y Bancarias

Deudas Laborales y Previsionales

Deudas Fiscales

Otras deudas

No Corrientes

Previsiones

1.3.1.3. Patrimonio Neto.

La financiación otorgada por los propietarios de un ente se encuentra confor-mada, cualitativamente, por dos distintos orígenes: los aportes directos efectuados

59 De acuerdo a la secuencia con la que deberá darse cumplimiento a las obligaciones.

Page 53: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

53

por los propietarios, y los resultados acumulados60 como consecuencia de las activi-dades desarrolladas por el ente desde el momento inicial hasta uno posterior.

Los propietarios financian las actividades del ente tanto con los aportes origi-nalmente efectuados, como así también con los que pudieran efectuar con posterio-ridad a ello, en su caso, una vez deducidos los retiros de aportes que pudieran haberse producido; y con los resultados positivos acumulados obtenidos por el ente, esto último así, en tanto no hubieran sido objeto de distribución a su favor, o bien, como se verá con posterioridad, a favor de otros terceros.

Por ello, la igualdad patrimonial que hemos visto con anterioridad puede ser presentada ahora descomponiendo el término Patrimonio Neto inserto en la misma, de la siguiente manera:

Activo = Pasivo + [Aportes de los propietarios ± Resultados Acumulados]

A continuación se analizan por separado tales componentes del Patrimonio Ne-to.

1.3.1.3.1. Aportes de los propietarios

Dado que los aportes de los propietarios (socios, accionistas, etc.) son una de las fuentes de financiación de los recursos, resulta conveniente tipificarlos debida-mente, fundamentalmente, para que queden claramente diferenciados de la restante fuente de financiación: la concedida por otros terceros y por los resultados no retira-dos.

Desde el punto de vista económico se entiende que ha habido aporte cuando una persona transfiere la propiedad de bienes a favor de un ente, y/o cancela, o da por canceladas obligaciones mantenidas por éste, con el ánimo de dotarlo de la fi-nanciación necesaria para adquirir, mantener o incrementar los recursos que le permitan realizar sus actividades, a cambio, exclusivamente, del reconocimiento o mantenimiento de la condición de propietario (socio, accionista61, etc.), es decir, sin que tales aportes le generen al mismo otros derechos que no fueran los derivados de dicha condición.

Estos derechos pueden ser de naturaleza económica y política, como por ejem-

60 Entendiendo por resultados acumulados la diferencia existente entre el patrimonio a un momento dado y a uno anterior, neta de

los aportes y retiros realizados oportunamente por los propietarios y, de existir, de otras partidas que pudieran incluirse en el pa-

trimonio neto no obstante no revestir el carácter de aportes de los propietarios ni resultados.

61 Los titulares del capital de una sociedad comercial suelen ser denominados socios en el caso de las sociedades de personas, y ac-

cionistas en las sociedades de capital. No obstante ello, en este trabajo puede hacerse referencia a cualquiera de dichos titulares

como socios.

Page 54: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

54

plo, percibir utilidades cuando éstas existieran y así se resolviera, y participar en el órgano de gobierno del ente, respectivamente.

Resumiendo lo expuesto respecto de los aportes, existen claras diferencias en-tre los otros terceros y los propietarios, no obstante que ambos financian las activi-dades de los entes, las que pueden sintetizarse de la siguiente forma:

Desde la perspectiva del alcance de las daciones: si bien en el caso de los propie-tarios las mismas siempre lo son en propiedad, en el caso de los otros terceros podría ser así o, simplemente, tratarse de daciones en uso: puesta de bienes a disposición del ente para su utilización, que no importa transferencia de la pro-piedad de los mismos.

De acuerdo a la contraprestación a la que da derecho la dación: en el caso de los propietarios, y como fuera expuesto, la dación es a cambio -exclusivamente- de adquirir o mantener tal condición y, consecuentemente con ello, ejercer los dere-chos (políticos y económicos) que de ello se derivan; mientras que, en el caso de los otros terceros, lo es -exclusivamente- a cambio de un beneficio económico cierto y concreto: la retribución pretendida, conforme a continuación se la ana-liza62.

Desde el punto de vista de la retribución pretendida por la financiación conce-dida: en el caso de los propietarios la misma consiste, exclusivamente, en el de-recho potencial a percibirla, dado que la misma depende, en primer lugar, de la obtención de utilidades por parte del ente, y, en segunda instancia, de que el ór-gano de gobierno resuelva su distribución a favor de ellos; en tanto que, en el ca-so de los otros terceros, como fuera dicho, lo es a cambio de un beneficio eco-nómico cierto y concreto: el precio de la transferencia de la propiedad (precio de venta), o bien, el del otorgamiento del derecho de uso (alquiler, interés, etc.).

La materialización de los aportes se cumplimenta -usualmente- en dos oportu-nidades sucesivas, una primera, que se denomina suscripción del aporte, que con-siste en asumir el compromiso formal de efectuar -en el futuro- las daciones citadas precedentemente, y una segunda, que se conoce como integración del aporte, en la que se da efectivo cumplimiento al compromiso asumido, mediante la transferencia de dominio y/o titularidad de los bienes, y en su caso la cancelación de obligaciones del ente, la que se conoce como integración del aporte. Obviamente, ello no obsta que la suscripción e integración se concreten en la misma oportunidad, o bien, que en el momento de la suscripción se efectúe una integración parcial, y con posterioridad a ello se la cumplimente en su totalidad.

62 En lo expuesto no se contemplan ciertas obligaciones con otros terceros que por sus condiciones de emisión pudieran gozar de la

posibilidad de convertirse en aportes (capital).

Page 55: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

55

A su vez, los aportes pueden ser integrados mediante diversas modalidades, como por ejemplo, en dinero en efectivo, con otros bienes como mercaderías, bienes de uso, créditos, etc., o también consistir en la cancelación de pasivos que el ente tiene con otros terceros, incluido el propio aportante.

Habitualmente, suele denominarse a los aportes efectuados por los propieta-rios que revisten las características señaladas como Capital. Como veremos en los párrafos siguientes, en lo que atañe a la información contable que se suministra a terceros, y como consecuencia de requerimientos que se considera ésta debe reunir, el término es utilizado con un alcance más limitado que el descripto precedente-mente.

1.3.1.3.1.1. Capital

Aquellos entes que, legalmente constituidos como tales, además tipifican en al-gunas de las sociedades previstas en la ley de Sociedades Comerciales, deben cum-plimentar los recaudos establecidos en la misma para su constitución, funciona-miento, y liquidación. Entre tales recaudos se encuentra el de formalización de su Capital, es decir, de los aportes efectuados por los propietarios (en el caso socios o accionistas) efectuados con el ánimo de dotar al ente de la financiación que se con-sidera necesaria para el desarrollo de sus actividades.

Tales recaudos establecen las modalidades aceptadas para las daciones cita-das, los plazos en los que las mismas deben ser integradas, los importes mínimos que ellos deben alcanzar, y los procedimientos que deben ser cumplimentados ante los organismos de aplicación63 del ente para su formalización, etc.. Una vez cumpli-mentados, el Capital del ente se inscribe en el registro legal correspondiente, y el mismo representa el compromiso asumido por los propietarios en la suerte del ne-gocio emprendido, en el caso de las sociedades con responsabilidad limitada en tal sentido.

Es por ello que -usualmente- en contabilidad el término Capital se reserva ex-clusivamente para hacer referencia a los aportes de los propietarios por los cuales se ha dado cumplimiento a los recaudos normativos legales exigidos, en virtud de lo cual, estos se encuentran debidamente conformados e inscriptos en el registro perti-nente64.

Dependiendo del tipo jurídico de sociedad de la que se trate, son denominacio-nes que se usan con habitualidad -entre otras- para identificarlos: a) Genéricamen-te: Capital Suscripto, Capital Social, y Capital Inscripto; b) Particularmente: Acciones

63 De control, por su condición de sociedades.

64 Registro Público de Comercio.

Page 56: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

56

en Circulación, en el caso de sociedades por acciones, y Cuotas Partes, en el caso de sociedades de personas.

Así, suele denominarse genéricamente aportes capitalizados a aquellos por los cuales se han cumplimentado los recaudos comentados, en tanto que, en aquellos en los que no resulta así, y conforme se los analiza a continuación, suele describír-selos como aportes no capitalizados.

1.3.1.3.1.2. Otros aportes de los propietarios (Aportes no capitalizados)

Como surge del concepto de aportes de los propietarios vertido con anteriori-dad, éste resulta comprensivo tanto del Capital, como así también, de otros aportes -no formalizados65 de tal manera- con los que los propietarios pudieran dotar al en-te.

Entre los aportes citados en segundo lugar, pueden mencionarse a título ilus-trativo los siguientes:

Aportes cuya formalización registral se encuentra pendiente de finaliza-ción. Dado que el destino inmediato de los mismos es su inscripción for-mal, suele denominárselos utilizando los términos usualmente reservados para los aportes capitalizados, pero adicionándole otros que dan cuenta del estado en el que se encuentra el trámite de formalización, como por ejem-plo, Capital en Trámite, Acciones a emitir, etc.

Aportes efectuados por los propietarios o por terceros, para los cuales no se ha previsto su inmediata formalización como Capital, pero que constitu-yen compromisos escritos formales e irrevocables de los aportantes de hacerlo con posterioridad, y de que los mismos se mantendrán bajo tal ca-rácter de no mediar restitución dispuesta por el órgano de gobierno de la sociedad, y que se encuentren debidamente integrados y aprobados por di-cho órgano, los que habitualmente son realizados para satisfacer necesi-dades de financiamiento del ente, cuando no se ha optado por recurrir a otra fuente de financiación (otros terceros). La denominación más común que se utiliza para los mismos es Aportes Irrevocables, o Aportes Irrevoca-bles para Futura Suscripción de Capital o de Acciones. Como su denomina-ción lo indica, los mismos deben revestir el carácter de irrevocables, ya que si así no fueran, deberían ser considerados como de naturaleza similar a la financiación concedida por otros terceros, y, consecuentemente con ello, no deberían integrar el Patrimonio Neto, sino en el Pasivo.

65 La formalización a la que se alude es la registral ya comentada, es decir, su inscripción en el registro pertinente. No obstante ello,

el aporte debe encontrarse debidamente instrumentado como tal, y, habida cuenta de ello, haber nacido los derechos y obligacio-

nes que vinculan a las partes.

Page 57: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

57

Como caso particular, corresponde citar el del mayor o menor valor corres-pondiente al aporte efectuado por un nuevo propietario, respecto del Ca-pital al que el mismo da derecho. Esta particularidad se da cuando, con-tando con valor nominal el Capital, y habiéndose resuelto incrementarlo, a quien desee acceder a la condición de socio nuevo, o bien, cuando quienes efectúan el aporte son en su totalidad socios existentes, pero lo hacen en distintas proporciones de participación en el Capital a las preexistentes, se requiere al socio nuevo, o en el segundo de los casos, a aquel que incre-menta su participación proporcional en el Capital, efectuar el aporte por un importe superior o inferior al del valor nominal del Capital al que el mismo da derecho, para de esta forma evitar perjudicar o beneficiar a los anteriores o restantes socios, en los casos en que el ente contara con re-sultados positivos o negativos acumulados, respectivamente, o bien que la suscripción se hiciera sin tener en cuenta el efectivo poder adquisitivo de los aportes efectuados por los socios o accionistas preexistentes. A este mayor o menor valor respecto del valor nominal suscripto, que obviamente es un aporte efectuado por un propietario, se lo conoce como Prima de Emisión de Acciones o Descuento de Emisión de Acciones, respectiva-mente66.

Un ejemplo, permitirá interpretar lo expuesto.

Supóngase que un ente tiene un Patrimonio Neto de $1.000, conformado por un Capital de $ 400, correspondiente a 400 acciones por un Valor No-minal $ 1 cada una, y Resultados Acumulados por $ 600, y que son únicos accionistas del mismo los Sres. A y B, en porcentajes iguales, es decir un 50% cada uno de ellos.

Asimismo, que dada la necesidad de contar con una mayor capacidad de financiamiento de los recursos, se decide incrementar el Capital en $ 1.800, lo que implicará emitir 1.800 acciones de Valor Nominal $ 1,00 cada una; y que se ha optado por dicha alternativa, por considerárselo más con-veniente respecto de la posibilidad de solicitarles dicho financiamiento a terceros. Por último, que los accionistas A y B han resuelto no efectuar tal aporte, y que el mismo será efectuado por un nuevo socio, el Sr. C.

Si se permitiera al nuevo socio acceder a las nuevas 1.800 acciones efec-tuando un aporte de sólo $ 1.800 (su valor nominal), queda claro que los viejos accionistas resultarían perjudicados, ya que antes del citado ingreso poseían, cada uno, el 50% del Patrimonio social, es decir $ 500 (50% de

66 Posibilidad esta última vedada por nuestra legislación, excepto para las sociedades que cotizan en bolsa en nuestro país.

Page 58: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

58

acciones sobre el Patrimonio de $ 1.000) y que, una vez ingresado C, sólo detentarán, cada uno de ellos, el 9,09%67 del Patrimonio68, lo que resulta equivalente a sólo $ 25569.

De lo expuesto se desprende que el nuevo socio se vería beneficiado al te-ner la posibilidad de participar, en el futuro, en la eventual distribución de resultados generados antes de su ingreso al ente. Para evitarlo, cuando se dan las circunstancias apuntadas, se establece una Prima de Emisión, que preserva la situación que tenían los socios preexistentes, requiriéndose al nuevo socio efectuar un aporte por encima del valor nominal de las accio-nes que suscribe. En el caso planteado, la Prima sería de $ 2.70070, a re-sultas de lo cual, el aporte que debería integrar el nuevo socio, para adqui-rir las nuevas 1.800 acciones, debería ser de $ 4.500, correspondiendo, $ 1.800 a las acciones a su valor nominal de $1, 00, y $ 2.700 en concepto de Prima.

Una vez efectuado el aporte, el Patrimonio Neto resulta equivalente a $ 5.500 ($ 2.200 de Capital + $ 2.700 de Prima + $ 600 de Resultados), co-rrespondiendo a cada uno de los socios preexistentes el 9,09% del mismo, es decir, $ 500, importe éste que resulta equivalente al que les correspon-día antes de ingresar el socio nuevo C.

Para determinar el importe correspondiente a la Prima de Emisión que de-bería integrar el nuevo accionista (C), en el caso planteado, puede estable-cerse el valor unitario de las acciones antes de su ingreso, dividiendo el importe total del Patrimonio Neto preexistente al ingreso del accionista C, en el caso $ 1.000, por la cantidad de acciones en circulación en dicho momento, es decir, 400 acciones, arribándose de esta forma al valor unita-rio por acción: $ 2,50.

Así, el aporte e integración que debe efectuar el nuevo accionista, para mantener inalterada (en los términos del caso planteado) la participación de los accionistas preexistentes antes del ingreso de aquel, debe ser equi-valente a la cantidad de acciones a suscribir (en el caso 1.800) multiplica-da por el valor unitario por acción preexistente a su ingreso, $ 2,50, arri-bándose, entonces, a que debe aportar e integrar $ 4.500; suscribiendo (e integrando) 1.800 acciones de valor nominal $ 1,00 cada una, por un total

67 Las mismas 200 acciones, pero ahora sobre un total de 2.200.

68 Nuevo PN $ 2.800, es decir Capital: $ 400 + $1.800, y, Resultados: $ 600.

69 Nuevo porcentaje de tenencia sobre el PN, es decir: 9,09% de $ 2.800

70 Equivalente a: [(Participación en PN antes de aumento / Nuevo porcentaje de tenencia) – PN antes de nuevo aporte - Valor Nomi-

nal del Capital aportado], en el caso: [{(50% de 1.000) / 9,09%} – 1.000 – 1.800]; o bien, conforme se lo determina en los párrafos

posteriores.

Page 59: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

59

de $ 1.800 y con el carácter de aporte de capital, e integrar $ 2.700, en ca-rácter de Prima de Emisión, para de esta forma alcanzar los $ 4.500 nece-sarios para mantener la situación de los accionistas preexistentes.

Consecuencias similares se habrían producido para el socio A, en el caso planteado si, por ejemplo, en vez de ingresar un nuevo socio, el socio B hubiera suscripto en su totalidad las nuevas acciones.

Por último, corresponde poner de manifiesto que la Prima de Emisión, por si misma71, no otorga derecho político o económico alguno a quien debió satisfacerla.

1.3.1.3.2. Resultados Acumulados

Al respecto, existe acuerdo en considerar que se ha producido un resultado fa-vorable o desfavorable para un ente, cuando se ha verificado un incremento o dismi-nución de patrimonio, no originado en aportes o retiros de los propietarios. Por ello, los resultados acumulados a un momento dado, resultan entonces equivalentes a la suma algebraica de los resultados positivos y negativos reconocidos hasta ese mo-mento, una vez deducidos de los mismos los que pudieran haber sido distribuidos a favor de los propietarios72 o de otros terceros, o afectados a otros fines, conforme se verá con posterioridad.

Dado que como hemos visto, a la vida de los entes se la divide en períodos temporales denominados ejercicios, los resultados acumulados a la finalización de uno de ellos, por ejemplo, el finalizado el 31/12/02, desde la perspectiva de los ejer-cicios en que los mismos fueron reconocidos, tales resultados acumulados podrían encontrarse conformados: a) por la suma algebraica de los reconocidos en cada uno de los ejercicios precedentes, una vez deducidos los que pudieran haber sido objeto de las distribuciones citadas, y b) por el resultado correspondiente al ejercicio que finaliza en dicha fecha; denominándose respectivamente a cada uno de ellos Resul-tados de Ejercicios Anteriores y Resultado del Ejercicio. Ello así, desde la perspectiva de los ejercicios en los que los resultados fueron reconocidos.

El Resultado del Ejercicio resulta -a su vez- de la suma algebraica de las ver-tientes positivas y negativas que fluyeron sobre el patrimonio durante el ejercicio, las que hasta el momento hemos denominado provisoria y genéricamente como In-gresos y Egresos respectivamente. Cuando los primeros resultan superiores a los segundos, suele decirse que el Resultado del Ejercicio fue Ganancia, en tanto que, en

71 Es decir, independientemente del capital suscripto que da origen a su existencia.

72 Existen otras posibilidades que también pueden importar una modificación de la magnitud de los resultados acumulados, como

por ejemplo sus capitalizaciones, o bien su distribución en pago a sus propietarios y a otras personas distintas de estos. Con pos-

terioridad se analiza estos casos, lo que permitirá interpretar lo expuesto en la presente nota.

Page 60: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

60

caso contrario, una Pérdida.

Precisando el alcance que los términos expuestos en el párrafo precedente tie-nen en contabilidad, y abandonando el alcance provisorio que se ha hecho hasta el presente de algunos de ellos, a continuación se los define conforme los significados que les atribuyen tanto la doctrina como las normas contables73.

Ingresos

Aumentos de patrimonio neto originados en la producción o venta de bienes, en la prestación de servicios o en otros hechos que hacen a las actividades del ente. Los ingresos resultan generalmente de ventas de bienes y servicios pero también pueden resultar de actividades internas, como el crecimiento natural o inducido de determinados activos en una explotación agropecuaria o la extracción de petróleo o gas en esta indus-tria.

Gastos Disminuciones de patrimonio neto relacionadas con los ingresos.

Ganancias

Aumentos del patrimonio neto que se originan en operaciones secunda-rias o accesorias, o en otras transacciones, hechos o circunstancias que afectan al ente, salvo las que resultan de ingresos o de aportes de los propietarios.

Pérdidas

Disminuciones del patrimonio neto que se originan en operaciones se-cundarias o accesorias, o en otras transacciones, hechos o circunstan-cias que afectan al ente, salvo las que resultan de gastos o de distribu-ciones a los propietarios.

Aclarando el alcance atribuido a los términos citados, la norma citada expresa que: Mientras los ingresos tienen gastos74:

a) Las ganancias no los tienen (pero pueden tener impuestos que las graven);

b) Las pérdidas no están acompañadas por ingresos (pero pueden reducir las obligaciones impositivas).

De los conceptos expuestos se desprende:

Que aquellas vertientes positivas y negativas sobre el patrimonio que -con anterioridad y provisoriamente- definiéramos en este trabajo como Ingresos y Egresos, se encuentran -ahora- conformadas respectivamente por los In-gresos y Ganancias, y por los Gastos y Pérdidas, tal como han sido defini-

73 RT 17, en 4.2.2.

74 Relacionados con los ingresos.

Page 61: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

61

dos en el cuadro precedente.

Que los términos Ganancias y Pérdidas se utilizan en contabilidad en forma indistinta para hacer referencia a los hechos descriptos en los conceptos señalados precedentemente en el cuadro, como así también, al resultado de un ejercicio, de una operación, o de un conjunto de operaciones.

Efectuadas estas precisiones, la oportunidad en que deben ser reconocidos como tales los resultados, como así también su sentido (favorable o desfavorable), y su magnitud, resultan cuestiones relevantes en materia contable, al igual que el re-sto de la problemática de la medición del patrimonio. Como se verá en los capítulos siguientes, en los que se trata particularmente estas cuestiones, la medición del pa-trimonio, y, consecuentemente con ello, el reconocimiento o no de resultados de-penden de las definiciones que se tomen en lo concerniente a los siguientes aspec-tos:

a) Significado atribuido a los activos y pasivos que integran el patrimonio, cuestión ésta conocida como Criterios de de valuación de activos y pasivos; y, en congruencia con ellos, la pauta para el reconocimiento de resultados que se adopte.

b) Significado que se otorga a la unidad de medida, también llamada unidad o moneda de cuenta, utilizada para expresar el significado atribuido a las par-tidas que conforman el patrimonio, cuestión esta conocida como Trata-miento de la Unidad de Medida.

c) Significado atribuido a los aportes efectuados por los propietarios, lo que usualmente se denomina Capital a Mantener.

Conforme se expone con posterioridad, para cada uno de los elementos señala-dos precedentemente puede existir más de un significado atribuible. Ello genera que existan diversas maneras de expresar el significado atribuible a una única realidad: el patrimonio que se posee en un determinado momento y la evolución expe-rimentada por el mismo. A cada una de las diferentes posibilidades de expresarlo, en nuestro lenguaje, se las denomina Modelos75contables; resultando de todo lo ex-puesto que existen diversos Modelos Contables capaces de expresar una única reali-dad.

Dado que todavía no se han desarrollado estas cuestiones, en este momento no resulta apropiado considerar exhaustivamente los resultados. En virtud de ello, a continuación se describen sólo algunas de sus características genéricas que en mo-

75 Modelo: “Esquema teórico, generalmente en forma matemática, de un sistema o de una realidad compleja, como la evolución econó-

mica de un país, que se elabora para facilitar su comprensión y el estudio de su comportamiento”. Cfme. Real Academia Española.

Con posterioridad analizaremos con mayor profundidad la temática de los Modelos Contables.

Page 62: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

62

do alguno agotan su tratamiento.

Como hemos visto al analizar las pautas para el reconocimiento de resultados, sólo algunos hechos económicos constituyen causas determinantes de la generación de resultados, en tanto, otros, sólo generan variaciones meramente permutativas. Asimismo, hemos diferenciado a los hechos económicos como Operaciones y Otros Hechos, según los mismos hubieran ocurrido como consecuencia del ejercicio de la voluntad del ente en tal sentido, los primeros, o bien, según estos se produjeran sin mediar dicha intención, los segundos.

Origen de los resultados

Continuando el análisis desde tal perspectiva, es habitual distinguir a los re-sultados según los hechos en los que se originan, es decir, aquellos originados por las Operaciones, de los que no lo son, conociéndoselos, respectivamente, como Re-sultados Transaccionales y Resultados por Tenencia.

Resultados Transaccionales

Como fuera anticipado, son aquellos causados por ciertos hechos económicos producidos como consecuencia del ejercicio de la voluntad en tal sentido por parte del ente, es decir, son resultados generados por ciertas operaciones.

Se desprende de lo expuesto que aquellas operaciones que dan origen a los re-sultados (favorables o desfavorables), tienen como característica distintiva que todas ellas responden a transacciones voluntariamente realizadas por el ente con terceros.

Si bien no resulta posible presentar muchos ejemplos concretos de resultados originados en transacciones, hasta tanto no se hayan desarrollado las cuestiones mencionadas anteriormente en el presente acápite, y, consecuentemente con ello, se utilice a tales efectos algún Modelo Contable en particular, a modo genérico e intro-ductorio puede citarse la operación básica de venta de bienes o servicios, en la que los resultados surgirían de la comparación del significado atribuido a los mismos (costo), con lo que se obtiene por su venta (ingreso).

Resultados por tenencia

Constituyen Resultados por Tenencia los incrementos o disminuciones de pa-trimonio producidos como consecuencia de algunos de los anteriormente denomina-dos Otros Hechos, en tanto estos determinen cambios en el significado atribuido a los elementos que conforman el patrimonio de un ente, no imputables a una modifi-cación de su condición76.

Presentar un ejemplo de resultados por tenencia resulta más dificultoso en esta

76 Esto último, como pertinentemente lo destaca Enrique Fowler Newton, en “Cuestiones Contables Fundamentales”, Macchi, 1991.

Page 63: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

63

instancia que uno de resultados transaccionales, dado que para interpretarlos ade-cuadamente resulta imprescindible tener mayores conocimientos sobre medición pa-trimonial que los que han sido expuestos hasta el presente. Sin embargo, a título ilustrativo, puede citarse el producido como consecuencia de los cambios que expe-rimenta el poder adquisitivo de la moneda77 que se utiliza para expresar el significa-do atribuido a los elementos que integran el patrimonio, cuando éste incluye parti-das que se ven afectadas por la misma, y el modelo contable utilizado considera tales efectos. Supongamos que durante todo el último ejercicio el patrimonio de un ente se ha encontrado conformado, entre otras partidas, por $ 100 en dinero efectivo, y que durante tal período el poder adquisitivo del Peso disminuyó (inflación) un 20%. La circunstancia de haber mantenido $ 100 durante todo ese período, sin protección frente a los efectos que la inflación podría producir sobre ellos, ha determinado un resultado desfavorable para el ente, consistente en el reconocimiento de la desvalo-rización del poder adquisitivo de tal activo. Queda claro el sentido de resultado (pér-dida) citado, toda vez que el poder adquisitivo de los $ 100 tenidos al inicio del pe-ríodo ha disminuido en un 20% al cierre, de forma que en esta última oportunidad con tales $ 100 pueden obtenerse menor cantidad de bienes y servicios que al inicio.

Determinación de los resultados

Hemos visto con anterioridad que la contabilidad se vale de procedimientos de registración para tomar cuenta y razón de los hechos económicos que afectan a los patrimonios de los entes, es decir, aquellos que producen variaciones patrimoniales, sean estas permutativas o modificativas. Estos procedimientos consisten en regis-trar o anotar en diversos tipos de registros78, con determinadas metodologías79, y utilizando diferentes medios80, todos y cada uno de los hechos que generan varia-ciones patrimoniales.

De ello se desprende que tales procedimientos permiten obtener información sobre las variaciones cuantitativas no imputables a hechos originados por los pro-pietarios, es decir, los resultados; como así también, sobre las causas que los gene-raron, ya sea que los mismos se hubieran generado por ciertos bienes o conjuntos de ellos, por determinadas operaciones o bien durante un período determinado de tiempo, por ejemplo un ejercicio.

Dado que dichos procedimientos no constituyen el objeto del presente, no se profundizará su análisis. No obstante ello, para interpretar adecuadamente los ca-sos que se presentan en los capítulos siguientes, en los que se analizan las distintas

77 Inflación y deflación.

78 Libros, soportes magnéticos, etc.

79 Partida doble, simple, etc.

80 Manuales, mecánicos, electrónicos, etc..

Page 64: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

64

alternativas existentes en materia de medición patrimonial, y, como consecuencia de ello, se exponen los distintos resultados que se reconocen con las mismas, resulta necesario poder contar con alguna metodología que permita determinarlos o verifi-carlos.

En contabilidad existe una metodología simplificada81 que, prescindiendo de la registración de todos los hechos económicos que afectaron al patrimonio, igualmen-te permite determinar el o los resultados generados durante un determinado período de tiempo, ya sea en general, es decir, como consecuencia de todos los hechos eco-nómicos ocurridos durante el mismo (resultado del ejercicio), o bien en particular, como por ejemplo, el generado por alguna o algunas de las partidas que pudieran haber conformado el patrimonio del ente durante el período analizado.

Esta metodología consiste en determinar los resultados por diferencia patri-monial o de inventarios de las partidas -correspondientes- existentes en los momen-tos de inicio y el de cierre del período analizado, y considerando -según correspon-da- las variaciones (altas y bajas) que pudieran haber afectado a tales partidas.

Por ejemplo, si lo que se pretendiera es determinar es el resultado producido en un determinado período (resultado del ejercicio), las partidas que deberían com-putarse para aplicar la formula de diferencia de inventarios serían los siguientes:

Patrimonio Neto al inicio, el que debería ser determinado por diferencia entre los activos y pasivos existentes en tal oportunidad.

Patrimonio Neto al cierre, establecido de idéntica forma, pero respecto de los existentes a la fecha de cierre.

Incrementos o disminuciones cuantitativas de Patrimonio Neto habidas du-rante el período, no atribuibles a los resultados producidos en el mismo.

Si al Patrimonio Neto existente al cierre se le detraen los incrementos o dismi-nuciones cuantitativas del mismo no imputables a resultados producidos82, y al re-sultado (matemático) obtenido se le detrae el Patrimonio Neto existente al inicio, se obtendrá por diferencia patrimonial el resultado del ejercicio. Un ejemplo permitirá interpretar lo expuesto.

Supongamos que:

o El Patrimonio Neto al inicio del período para el cual se pretende determinar el resultado habido en el mismo ascendía a $ 1.000, y que éste fue obtenido

81 Utilizada básicamente a efectos de verificar el reconocimiento de ciertos resultados.

82 Es decir, aportes de los propietarios y/o sus retiros, retiros de utilidades por los propietarios o afectados en pago a otras perso-

nas, etc..

Page 65: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

65

por diferencia entre los activos y pasivos existentes a dicha fecha83.

o El Patrimonio Neto al cierre, obtenido por diferencia entre los activos y pasi-vos a dicha fecha ascendía a $ 2.400.

o Durante el período, los socios efectuaron un aporte de $ 600. Asimismo, es-tos retiraron utilidades durante el período por $ 300.

o No existen otros hechos que hubieran afectado al Patrimonio Neto, que no fuera el resultado verificado en el ejercicio.

Computando los datos expuestos, en el cuadro siguiente determinaremos el re-sultado del período por diferencia de patrimonios al cierre y al inicio, y considerando las variaciones cuantitativas producidas durante el mismo no imputables a resulta-dos.

Patrimonio al cierre: [Obtenido por diferencia entre activos y pasivos al cierre] 2.400

más: Retiros de aportes efectuados por los propietarios durante el período:

0

menos: Aportes efectuados por los propietarios durante el período:

(600)

Más: Retiro de utilidades por los propietarios

300

menos: Patrimonio al inicio: [Obtenido por diferencia entre activos y pasivos al inicio]

(1.000)

igual a: Resultado del período ganancia:

1.100

Una fórmula basada en la precedente debería ser utilizada si quisiera determi-narse el resultado producido durante un período determinado por una partida (dine-ro, créditos, deudas, etc.) o conjunto de ellas, en cuyo caso, obviamente, la compa-ración de las existencias y las variaciones cuantitativas que las afectan que deben considerarse son las correspondientes a las mismas. Con posterioridad, en oportu-nidad de verificarse los resultados producidos en los casos que se analizan en los capítulos siguientes se hará uso de esta metodología, motivo por el cual no se la de-sarrolla aquí.

Clasificación de los resultados según su exposición

Continuando con el análisis genérico de los resultados acumulados, e indepen-dientemente de las causas que los originaron, también pueden diferenciárselos se-

83 En caso de ser la primera vez que se utiliza esta metodología, los activos deberían haber sido determinados en el momento de ini-

cio, de no ser la primera vez, sólo resultaría necesario tomar la información correspondiente a tal fecha.

Page 66: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

66

gún las restricciones que pudieran pesar sobre su disponibilidad84, de la siguiente forma:

Resultados Asignados Resultados Acumulados

Resultados No Asignados

Esta clasificación es la que habitualmente se utiliza en los informes contables patrimoniales para exponer los resultados que conforman el Patrimonio Neto.

1.3.1.3.2.1. Resultados Asignados.

Son aquellos que, habiendo sido reconocidos como resultados, han sido for-malmente comprometidos por los propietarios a algún fin en particular, en virtud de lo cual quedan inmovilizados integrando el patrimonio hasta tanto pudiera corres-ponder, se resolviera aplicarlos a los fines para los cuales fueron afectados, capitali-zarlos, o bien desafectarlos en tanto ello resultara factible.

Estas afectaciones usualmente denominadas Reservas pueden surgir de:

a) Disposiciones legales, en cuyo caso se las denomina Reservas Legales.

b) Del estatuto o contrato social constitutivo de los entes, llamadas Reservas Estatutarias.

c) O bien, ser dispuestas en forma voluntaria por los entes, y conocidas co-mo Reservas Facultativas o Voluntarias.

Tal como se desprende de lo expuesto, los dos primeros tipos de reservas son de constitución obligatoria por parte de los entes, y genéricamente se las llama Re-servas Obligatorias, en tanto que, a las del último tipo, y como ha sido expuesto, se las denomina Reservas Facultativas o Voluntarias.

Como ejemplo de las primeras, la ley de sociedades comerciales prevé que las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades por acciones deben desti-nar, en forma obligatoria, un mínimo del 5% de las ganancias obtenidas en cada ejercicio, hasta alcanzar un importe equivalente al 20% del Capital Social, a la cons-titución de una reserva que usualmente -como hemos visto- se denomina Reserva Legal.

En lo concerniente a las Reservas Estatutarias, su constitución surge de lo que al respecto pudiera establecer el Estatuto o Contrato Social constitutivo de los en-tes, en tanto que las Reservas Voluntarias tienen su origen en decisiones de sus ór-ganos de gobierno, obviamente independientes de imposiciones legales o estatuta-

84 Estas restricciones, como se expone con posterioridad, pueden ser dispuestas por normas legales, estatutarias o bien por los pro-

pietarios.

Page 67: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

67

rias, pudiendo citarse como ejemplo las constituidas para afrontar adquisiciones de bienes en el futuro.

La constitución, o en su caso la ampliación de reservas importan una disminu-ción de los resultados no asignados y un incremento de los resultados asignados que, por ser por importes equivalentes, sólo constituyen reclasificaciones de los re-sultados acumulados, los que, cuantitativamente, permanecen constantes en tales términos al igual que el Patrimonio Neto.

Por su parte, la desafectación de reservas, liberándolas de la indisponibilidad dispuesta con anterioridad, en tanto ello resultara factible, como por ejemplo en el caso de las voluntarias; y su capitalización85, importan respectivamente:

a) La desafectación de reservas: una disminución de los resultados asignados y un incremento de los resultados no asignados por idéntico importe, per-maneciendo por lo tanto invariables en su cantidad los resultados acumula-dos y el Patrimonio Neto.

b) Su capitalización: una disminución de los resultados asignados, y conse-cuentemente de los resultados acumulados y un incremento de los aportes de los propietarios capitalizados, en todos los casos por idéntico importe, permaneciendo constante cuantitativamente el Patrimonio Neto. A este tipo de hechos se hacía referencia en la nota 72.

Por último, se destaca que por lo expuesto previamente al tipificar a las Reser-vas, no se han considerado ciertas partidas que suelen ser denominadas y tratadas como si lo fueran por imperio de disposiciones normativas que pueden resultar apli-cables cuando se dan ciertas circunstancias86. Ello así, ya que como se ha mencio-nado, las reservas son resultados asignados, es decir, son resultados reconocidos como tales, los que, además, fueron objeto de afectación específica por parte de los propietarios, circunstancia ésta que no se verifica en el caso de las partidas aludi-das, ya que, precisamente, se originan -de acuerdo a las normas que las imponen- como consecuencia de la falta de reconocimiento de ciertos resultados por tenencia, en el caso de algunos activos. Su análisis se considera inoportuno en esta instancia, por requerirse para ello conocimientos de medición patrimonial adicionales.

1.3.1.3.2.2. Resultados No Asignados.

Son los resultados que habiendo sido reconocidos como tales, se encuentran

85 Formalización como Capital del ente.

86 Se hace referencia a las llamadas “Reservas de Revalúos”, que se originan como consecuencia de la realización de Valuaciones

Técnicas, y cuando los nuevos valores atribuidos a los activos que son objeto de las mismas resultan superiores a los que éstos

tenían con anterioridad a su revaluación.

Page 68: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

68

libres de restricciones a su disponibilidad, es decir, aquellos que pueden ser desti-nados o distribuidos por los propietarios a los fines que estos pudieran determinar, como por ejemplo, a su propio favor, a retribuir a los órganos de administración y fiscalización de los entes y a otras personas, o, como fuera visto, afectarlos a la constitución de Reservas.

A continuación analizaremos brevemente el destino que los propietarios po-drían otorgar a las ganancias, excepto por lo concerniente a la afectación de las mismas a la constitución o aumento de reservas, las que ya fueron analizadas.

Distribución a favor de los propietarios

En el caso de las sociedades comerciales, son sus socios o accionistas quienes pueden decidir retirar las ganancias, concretándose habitualmente tales retiros bajo alguna de las dos siguientes modalidades:

a) En bienes de propiedad del ente: usualmente dinero, aunque podrían re-cibir cualquier otro bien: por ejemplo un crédito, un bien de cambio, etc.. Cuando ésta es la modalidad de la distribución, la misma importa una disminución de los resultados no asignados y, consecuentemente, también de los resultados acumulados y del patrimonio neto, que origina en el mo-mento de la aprobación de la distribución el reconocimiento de la obliga-ción (pasivo) correspondiente, hasta tanto se efectivice el retiro.

b) Mediante la capitalización de resultados: es decir, convirtiendo en Capital los resultados objeto de la distribución, por ejemplo, en acciones repre-sentativas del capital del propio ente. Cuando esta es la modalidad que adopta la distribución, ésta implica una disminución de los resultados no asignados y, consecuentemente, de los resultados acumulados, no obstan-te lo cual el patrimonio neto permanece invariable en su cantidad, toda vez que dicha distribución sólo implica una reclasificación de las partidas que conforman cualitativamente a este último, es decir: un aumento de los aportes de los propietarios y una disminución de los resultados no asigna-dos, por importes equivalentes. Este es otro de los casos a los que se hacía referencia en la nota 72.

Retribución de los órganos de administración y fiscalización de los entes y de otras personas

Como consecuencia de un excesivo rigor formal en la interpretación de las nor-mas legales87 que aluden, en el caso de las sociedades comerciales, a la retribución

87 La ley de Sociedades Comerciales establece que, cuando el contrato constitutivo o el estatuto no prevén tal retribución, su deter-

minación corresponde a la asamblea de socios

Page 69: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

69

de sus órganos de administración, gerentes o administradores en el caso de las so-ciedades de personas y directorio en el de las sociedades anónimas; y de fiscalización (consejo de vigilancia y sindicatura), usualmente tales retribuciones suelen ser dis-puestas por el órgano de gobierno de la sociedad, y detraídas directamente de los resultados no asignados. Este actuar importa apartarse de la pauta de asignación de resultados conocida como Devengado, ya que tales retribuciones no inciden en el ejercicio al cual corresponden, es decir, a aquel en que los servicios fueron presta-dos y, consecuentemente con ello, se devengaron.

Cuando ello ocurre así, tal distribución importa una disminución de los resul-tados no asignados, y consecuentemente de los resultados acumulados y del patri-monio neto. Idénticas consecuencias se producen cuando, por ejemplo, se resuelve otorgar premios o bonos al personal con cargo a resultados no asignados. Estos ca-sos también corresponden a lo expuesto en la nota 72.

Por último, cabría reiterar aquí lo expuesto precedentemente respecto de la afectación de ganancias a la constitución o aumento de las llamadas Reservas.

Exposición del Patrimonio Neto

La exposición del patrimonio neto de los entes usualmente suele realizarse de acuerdo a los lineamientos que hemos seguido para su análisis con anterioridad.

Agrupación

Las distintas partidas que cualitativamente conforman el patrimonio neto sue-len ser agrupadas en dos grupos que responden a la naturaleza y características que les resultan comunes: Aportes de los Propietarios y Resultados Acumulados.

Los Aportes de los Propietarios suelen ser diferenciados entre aquellos que se encuentran debidamente formalizados como Capital ante los organismos de aplica-ción correspondientes, y los que no han sido objeto de tal inscripción.

Por su parte, los Resultados Acumulados se subdividen en aquellos que se en-cuentran reservados, es decir, afectados en lo concerniente a su eventual distribu-ción, y los que se encuentran libres de tales afectaciones.

Ordenamiento

El orden de exposición de tales agrupamientos es aquel con el cual han sido considerados previamente, en primer, lugar los Aportes de los Propietarios, y luego los Resultados Acumulados.

De acuerdo a la composición que caracteriza habitualmente a los distintos ru-bros que lo conforman, y siguiendo los lineamientos detallados precedentemente, el Patrimonio Neto de un ente suele ser informado de la siguiente forma.

Page 70: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

70

Patrimonio Neto

Aportes de los propietarios Resultados Acumulados

Capitalizados No Capitalizados Asignados

Capital88 Social

Ajustes de Capital89

Aportes Irrevocables

Primas de Emisión

Reserva Legal

Otras Reservas

No asignados

1.4. Informes contables

Con anterioridad hemos hecho referencia a los informes contables, sin efectuar mayores precisiones sobre el alcance y contenido de los mismos. Ello ha sido así, dado que resultaba necesario contar con los conocimientos que permitieran inter-pretar acabadamente tales circunstancias.

Dado que lo que nos ocupa es lo concerniente a la Contabilidad Patrimonial, a continuación efectuamos algunas consideraciones sobre los informes que la misma produce, para lo cual resulta conveniente tener presente todo lo expuesto con ante-rioridad.

Conforme advertirá acabadamente el lector cuando tome conocimiento del sis-tema de procesamiento de los datos del que se vale la contabilidad para procesar y suministrar información, ésta puede ser emitida con distinto grado de alcance, ya que puede corresponder a cuestiones particulares o generales, y parciales o integra-les.

1.4.1 Estados Contables Básicos

En lo atinente a la información contable destinada a terceros que resulta de emisión y publicación obligatoria90 por parte de los entes, las normas legales que la establecen también determinan el contenido y la metodología de exposición que de-be seguirse para emitir los informes contables. Por su parte, las normas contables profesionales establecen también dichos recaudos.

Si bien escapa al objeto del presente considerar tales recaudos, sí resulta con-veniente, cuanto menos, efectuar una introducción respecto del contenido de tales

88 El formalmente inscripto como tal, sin reexpresar a moneda de poder adquisitivo correspondiente a la fecha a la que se refiere la

medición. La reexpresión a moneda constante se analiza en el Capítulo III.

89 Partida que se origina cuando se reexpresa a moneda constante el capital originalmente aportado. La expresión monetaria que a

la partida Ajuste del Capital le corresponde, es la emergente de detraer al capital reexpresado en moneda de poder adquisitivo co-

rrespondiente al momento al que se refiere la medición, la expresión monetaria correspondiente al capital expresada en moneda

de poder adquisitivo del pasado (la aludida en la nota inmediata precedente).

90 Para los sujetos alcanzados por las disposiciones normativas que lo establecen, como por ejemplo las personas físicas inscriptas

como comerciantes, sociedades civiles y comerciales, asociaciones, etc..

Page 71: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

71

informes contables.

Existe consenso en que los informes que corresponde poner a disposición de los terceros deben suministrar información sobre la composición y evolución del pa-trimonio de los entes, y sobre su situación y evolución económica y financiera. A ta-les efectos, los informes contables que se consideran básicos para dar cumplimiento a tales requerimientos son los usualmente denominados Estados Contables Básicos.

Estos Estados Contables Básicos se encuentran integrados por un encabeza-miento, un cuerpo principal, conformado por cuatro diferentes estados, por un cuerpo de información complementaria sobre estos últimos y, en su caso y de co-rresponder, por otros informes. Ello así en relación a los dos cuerpos citados en primer lugar, dado que los estados que conforman el cuerpo principal se exponen en forma sintética, para facilitar la visión en conjunto de la información suministrada en los mismos, en tanto que en la información complementaria se incluye toda aquella que, no integrando explícitamente el cuerpo principal, se considera de utili-dad para los lectores de los estados contables.

1.4.1.1. Encabezamiento

El encabezamiento constituye la primera página o portada de un juego de es-tados contables correspondiente a un ente y a un determinado ejercicio económico, en la que, habitualmente, se suministra la información relativa al ente respecto de:

a) Denominación y tipo jurídico adoptado.

b) Identificación del ejercicio económico al que corresponden los estados: número de ejercicio, fecha de inicio y de cierre del mismo, y en caso de tratarse de estados contables presentados en forma comparativa con uno anterior, idéntica información sobre este último.

En caso de tratarse de un ejercicio de duración irregular, aclaración ex-presa al respecto.

c) Expresión de la moneda en la que se emite el informe.

d) Domicilio legal: conforme su estatuto o contrato constitutivo.

e) Actividad principal: breve descripción.

f) Fecha de constitución.

g) Inscripción en el Registro Público de Comercio: fecha y datos correspon-dientes.

h) Inscripción en la Inspección General de Justicia: fecha y datos corres-pondientes.

Page 72: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

72

i) Fecha de vencimiento del contrato o estatuto social.

j) Descripción sintética de la conformación del capital social, según co-rresponda: tipos de participaciones en el mismo, Valor Nominal, canti-dades, votos, y estado del mismo: suscripto, integrado, e inscripto, con sus correspondientes importes.

k) Páginas siguientes: en su caso

l) Indice de contenidos del juego de Estados Contables.

m) Glosario de términos utilizados en los mismos, que pudieran no resultar de conocimiento por parte de la generalidad de los usuarios.

1.4.1.2. Cuerpo principal

Los cuatro informes que conforman el cuerpo principal, y los contenidos de ca-da uno de ellos son los siguientes:

Estado de Situación Patrimonial: en el que se informa la composición del patrimonio del ente a un momento dado (el correspondiente a la fecha de cierre de su ejercicio), la que se expone siguiendo los lineamientos que fueran consignados -previamente- en oportunidad de analizarse “El pa-trimonio contable” en “1.3”. Este estado también es conocido como Balan-ce General.

Estado de Evolución del Patrimonio Neto: en este estado se informa la evo-lución experimentada, entre la fecha de inicio del ejercicio y la de cierre, por las partidas que conforman el patrimonio neto, es decir, los aportes de los propietarios (capitalizados y no capitalizados) y los resultados acumu-lados (asignados y no asignados), consignándose en el mismo la confor-mación inicial de tales partidas, las variaciones verificadas durante el pe-ríodo en cada una de ellas, y por último la conformación de las mismas a la fecha de cierre.

Estado de Resultados: en este estado se suministra información sobre las diversas causas que determinaron el resultado neto del ejercicio al cual el mismo corresponde. En él se exponen por separado, y agrupados confor-me los criterios que resultan más razonables de acuerdo a las actividades desarrolladas por los entes, todos y cada uno de los resultados devenga-dos en el período, cuya suma algebraica determina el resultado del ejerci-cio.

Estado de Origen y Aplicación de Fondos: brinda información sobre la ca-pacidad del ente de generar fondos para aplicar a la adquisición de recur-sos, el cumplimiento de sus obligaciones y en su caso para distribuir uti-

Page 73: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

73

lidades.

El término fondos suele ser utilizado en contabilidad con diversos alcan-ces. El más restringido de ellos corresponde al dinero efectivo, pudiendo atribuírsele otros más amplios, como por ejemplo el equivalente a las dis-ponibilidades, o a las disponibilidades y las inversiones corrientes, entre otras posibilidades. No obstante, se considera que los orígenes y aplica-ciones más representativos de la capacidad del ente para hacer frente a las necesidades derivadas de su actividad lo constituye su capacidad de generar efectivo, motivo este por el cual este estado -usualmente- sumi-nistra dicha información, en cuyo caso se lo denomina Estado de Flujo de Efectivo.

En tal estado, e independientemente de los fondos sobre los cuales se in-forme, se exponen por separado los orígenes (aumentos) y aplicaciones (disminuciones) de fondos generados por los resultados del período, y de idéntica forma, por separado, los aumentos o disminuciones de fondos originados en las operaciones de financiación e inversión, en los aportes o retiros de los propietarios, y en las restantes actividades operativas que no corresponden a las señaladas previamente.

1.4.1.3. Cuerpo de información complementaria

EL contenido de la información complementaria de los estados contables bási-cos se encuentra habitualmente incluido en los informes denominados Notas y Anexos.

En las Notas, que básicamente se exponen en forma narrativa, y en algunas de sus partes en forma de cuadros, suele incluirse -entres otras posibles- la siguiente información:

o Identificación de las normas contables de exposición y medición utilizadas para la confección de los estados contables.

o La metodología utilizada para la reexpresión a moneda constante de las ex-presiones insertas en los estados contables.

o Los criterios de valuación utilizados para las distintas partidas que confor-man los activos y pasivos informados.

o La conformación cuali-cuantitativa de los rubros -informados sintéticamen-te- en el Estado de Situación Patrimonial, por los cuales no se presentan Anexos.

Page 74: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

74

o Las restricciones de disponibilidad que pudieran pesar sobre los activos91, y en su caso, sobre las de las utilidades.

o Aclaraciones relativas a las contingencias -incluidas en los estados- que cuentan con alto grado de probabilidad de ocurrencia de los hechos por los cuales se encuentran condicionadas, y, de corresponder, sobre aquellas que contando con idéntica probabilidad no han sido incluidas por no resultar cuantificables objetivamente sus consecuencias.

o Los hechos económicos ocurridos entre la fecha a la cual se refiere la medi-ción y la de publicación de los estados contables, que afecten significativa-mente la ponderación de la información suministrada en los mismos.

Los Anexos, que mayoritariamente se exponen en forma de cuadros, contienen información sobre la conformación cualitativa y cuantitativa de los agrupamientos más relevantes que conforman los activos y pasivos informados en el Estado de Si-tuación Patrimonial y, en ciertos casos, sobre su evolución, informándose también sobre otras partidas incluidas en otros de los estados y -en su caso- la forma en la que las mismas fueron determinadas.

Los distintos anexos que habitualmente integran los estados contables, sumi-nistran la información detallada en el párrafo precedente respecto de los siguientes agrupamientos o partidas:

o Bienes de Uso.

o Activos Intangibles.

o Inversiones.

o Previsiones.

o Costo de las Mercaderías Vendidas.

o Activos y Pasivos en moneda extranjera.

o Gastos del período.

1.4.1.4. Otros informes que habitualmente integran un juego de estados contables

Asimismo, dependiendo del tipo de ente del que se trate y de las normas que pudieran resultarle de aplicación, habitualmente también integran el llamado juego de estados contables básicos, los siguientes informes.

Informe del Organo de Administración del ente

Por ejemplo, en el caso de ciertas sociedades, conforme lo establece el artículo

91 Prendas, hipotecas, etc..

Page 75: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

75

66 de la ley 19.550, y sin perjuicio de lo que al respecto pudieran establecer otras disposiciones, “los administradores deberán informar sobre el estado de la sociedad en las distintas actividades en que se haya operado y su juicio sobre la proyección de las operaciones y otros aspectos que se consideren necesarios para ilustrar sobre la situación presente y futura de la sociedad. Del informe debe resultar:

1) Las razones de variaciones significativas operadas en las partidas del activo y pa-sivo;

2) Una adecuada explicación sobre los gastos y ganancias extraordinarias y su origen y de los ajustes por ganancias y gastos de ejercicios anteriores, cuando fueren significativos;

3) Las razones por las cuales se propone la constitución de reservas, explicadas clara y circunstanciadamente;

4) Las causas, detalladamente expuestas, por las que se propone el pago de dividen-dos o la distribución de ganancias en otra forma que en efectivo;

5) Estimación u orientación sobre perspectivas de las futuras operaciones;

6) Las relaciones con las sociedades controlantes, controladas o vinculadas y las va-riaciones operadas en las respectivas participaciones y en los créditos y deudas;

7) Los rubros y montos no mostrados en el estado de resultados —artículo 64, I, b—, por formar parte los mismos parcial o totalmente, de los costos de bienes del acti-vo.

Informe del Organo de Fiscalización del ente

Asimismo, también en el caso de las sociedades que cuenten con órgano de fis-calización, quienes integren el mismo tienen la obligación de “presentar a la asam-blea ordinaria un informe escrito y fundado sobre la situación económica y financiera de la sociedad, dictaminando sobre la memoria, inventario, balance y estado de resul-tados”, conforme lo que al respecto establece la citada ley en su artículo 293 y con-cordantes.

Informe del Auditor

Este tipo de informes, es emitido por un contador público que debe tener inde-pendencia respecto del ente al que pertenecen los informes contables sobre los cua-les emitirá su opinión, para lo cual deberá realizar las tareas (auditoría externa) que a tales efectos prevén las normas profesionales, en las que se basarán las asevera-ciones formuladas en su informe.

Estos informes tienden a asegurar que cuenten con confiabilidad los informes contables emitidos por los entes, debido a la diversidad de intereses que existen en-

Page 76: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

76

Encabezamiento

Cuerpo

Principal

(Estados) Juego de

Estados Contables Básicos

Información

Complementaria

Otros

Informes

E. de Flujo de Efectivo

E. de Evolución del PN

E. de Resultados

E. de Situación Patrimonial

Anexos

Notas

Encabezamiento

del Organo de Fiscalización

del Organo de Administración

del Auditor (Dictamen)

tre los distintos usuarios de los mismos y aquellos, para que de esta forma la comu-nidad pueda utilizarlos como base para orientar adecuadamente sus decisiones92.

Diagrama

En el siguiente diagrama se presentan los informes que, habitualmente, con-forman un juego de Estados Contables Básicos, conforme se ha explicitado prece-dentemente.

1.5. Medición del Patrimonio.

Se denomina medición del patrimonio, o medición patrimonial, al proceso con-sistente en expresar la dimensión de la totalidad de las partidas que conforman un determinado patrimonio. Constituye un proceso ya que la medición importa cum-plimentar en forma sucesiva determinadas acciones.

En tal sentido, resulta necesario -liminarmente- establecer el significado que

92

Resolución Técnica Nº 17 de la Federación Argenitna de Concejos Profesionales en Ciencias Económicas.

Page 77: Medición del Patrimonio i

I.- Patrimonio

77

se atribuirá al patrimonio en conjunto, tras lo cual, y en congruencia con ello, es menester expresar el significado particular que se otorgará a cada una de las dis-tintas partidas que lo conforman, como así también el significado de la unidad de medida utilizada para expresar tales significados.

Como hemos visto, con el objeto de facilitar la exposición e interpretación de los significados atribuidos, es preciso expresarlos en términos cuantitativos de uni-dades de una especie común, a la que usualmente se denomina en forma indistinta moneda de cuenta, unidad de medida o unidad de cuenta. En virtud de ello, el sig-nificado atribuido a los elementos que conforman el patrimonio queda reducido -entonces- a cantidades de la unidad de cuenta o medida elegida. Habitualmente, y a efectos de dotar de uniformidad a la información patrimonial, tal unidad de expre-sión es la moneda de curso legal, en nuestro caso el Peso, no obstante que podría ser cualquier otra moneda.

1.5.1. Expresión del significado del patrimonio en conjunto

En lo concerniente al establecimiento del significado atribuible en su conjunto al patrimonio, se ha citado que existen cuanto menos dos posibilidades93:

a) Hacerlo desde la perspectiva del aprovechamiento económico o destino más probable de cada una de las partidas que lo integran; o bien,

b) Atribuir significado a las mismas sobre la base de su aprovechamiento eco-nómico alternativo más rentable.

Asignarle a todos y cada uno de los activos y pasivos que integran el patrimo-nio un significado representativo de su aprovechamiento económico o destino más probable, importa atribuirle a cada una de ellas un valor consistente con de dicha utilización. Por ejemplo, en el caso en que el aprovechamiento probable de una par-tida consista en su intercambio con terceros (ser vendida), como es el caso de los Bienes de Cambio, debería escogerse un valor representativo de ese aprovechamien-to, es decir, uno que exteriorice el significado que tendrá para el ente la concreción de tal operación, y no uno representativo de cualquier otro aprovechamiento posible, por ejemplo, su utilización en otras actividades distintas de su venta.

Por su parte, otorgarle un significado representativo de su aprovechamiento al-ternativo más rentable, consiste en asignarle a cada una de las partidas aquel valor que exprese el significado más rentable entre sus empleos alternativos posibles, el que surgirá -como el mayor- al comparar todos los valores que expresen sus aprove-chamientos alternativos posibles. En el caso de los Bienes de Uso, por ejemplo, pue-

93 Conforme lo ha señalado oportunamente Sergio García en “Las nuevas normas técnicas profesionales”, “Revista La Información”,

Tomo 68, Número 764.

Page 78: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

78

den advertirse dos aprovechamientos económicos posibles: el primero, utilizarlos en las actividades que originaron su incorporación al patrimonio, excluida su venta; y, el segundo, venderlos. En definitiva, y de acuerdo a esta postura, el valor que se asignará al bien será aquel que resulte superior al comparar el valor corres-pondiente al aprovechamiento consistente en su utilización y el representativo de la alternativa de venderlo.

Con posterioridad se profundizará el análisis de las alternativas introducidas, dado que ambas -por imperio de las normas profesionales aplicables a tales efectos- se encuentran presentes en las prácticas actuales de asignación de valores.

1.5.2. Expresión del significado particular de los activos y pasivos que conforman el patrimonio

En lo relativo a la expresión del significado particular que puede asignarse a cada uno de los activos y pasivos que conforman el patrimonio, y dado que existe consenso en que desde la perspectiva de la expresión del significado en conjunto del mismo, éste debe ser realizado desde la de su aprovechamiento y destino económico probable, la doctrina y las normas contables han coincidido en que la medición de los mismos requiere que se adopten criterios respecto del alcance que se otorgará a cada uno de ellos.

En el capítulo siguiente analizaremos los criterios existentes, y en los posterio-res continuaremos analizando los restantes elementos que participan en la defini-ción de un modelo contable: el tratamiento de la unidad de medida, y el capital a mantener.

Page 79: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

79

2.- Criterios de Valuación.

La valuación de los activos y pasivos que conforman el patrimonio de un ente resulta, conjuntamente con las pautas para el reconocimiento de resultados, uno de los aspectos más trascendentes de la técnica contable, y, además, uno de los más controvertidos en doctrina, y de mayor gravitación en la aproximación a la Econo-mía que pretende la contabilidad.

Resulta necesario entonces, interpretar adecuadamente que se entiende por valor, para luego tratar de encuadrar este concepto dentro del tema que nos ocupa.

Valor

La Real Academia Española en una de las acepciones que le atribuye, define al valor de la siguiente manera: “Alcance de la significación o importancia de una cosa, acción, palabra o frase”.

Por su parte, en Economía, se llama valor a la cualidad o cualidades que hacen que algo, un bien o un servicio, sean apreciados. Los hechos y circunstancias que para esta ciencia dan origen a dicho reconocimiento, han sido objeto de controver-sias por parte de la doctrina a través del tiempo. En una apretada síntesis, tal vez en exceso extrema, podemos resumir que las principales posiciones en la materia basan el fundamento del reconocimiento del que son objeto los bienes y servicios en función de:

Su utilidad.

Su utilidad y rareza.

El sacrificio incurrido para obtenerlos.

Su utilidad marginal.

La teoría laboral del valor.

De todo lo expuesto resulta que el valor es un significante, y que valuar con-siste en expresar el significado que se atribuye a algo. En el caso que nos ocupa, el que se atribuye a los activos y pasivos que conforman el patrimonio de un ente.

Independientemente de lo señalado respecto de las teorías económicas de for-mación del valor, desde la antigua Grecia existe consenso en reconocer dos tipos de valor de naturaleza y significado diferentes: valor de cambio y valor de uso, ello así, desde una perspectiva basada en el aprovechamiento económico de los bienes. So-bre tal base, los significados atribuibles a las partidas que integran el patrimonio pueden ser diferenciados de la siguiente forma:

Page 80: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

80

Valor de cambio: dado por el significado que para su propietario tiene una par-tida (bien, etc.) en función de lo que produce, o puede producir, como conse-cuencia de su intercambio con terceros.

Entre otras, y sin perjuicio de la razonabilidad técnica de su utilización en con-tabilidad patrimonial de algunas de las que se exponen, lo que se analizará con posterioridad94, constituyen pautas representativas de este tipo de valor:

o Los beneficios brutos95 que pueden obtenerse por la venta de un bien, cuyo significado lo expresa su precio de venta vigente en el momento al que se refiere la medición;

o Los beneficios netos que se estima pueden obtenerse por la venta del mismo en el momento al que se refiere la medición, denominado en con-tabilidad Valor Neto de Realización; es decir, los beneficios brutos que se obtendrían (precio) por vender el bien en tal momento, una vez deduci-dos de los mismos los sacrificios en los que sería necesario incurrir has-ta la concreción de la operación.

o Analógicamente, los sacrificios económicos efectivamente incurridos pa-ra incorporar el bien al patrimonio, conocido como Costo de Incorpora-ción o Adquisición, o aquellos en los que habría de incurrirse para incor-porarlo en el momento al que se refiere la medición, denominado Costo de Reposición.

Al respecto, Enrique Fowler Newton, desde una perspectiva diferente del significado que reconoce al término valuar, considerándolo como “seña-lar el precio de una cosa”, según una acepción que al mismo otorga la Real Academia Española, la que cita en “Contabilidad Básica”, Macchi, 1994, concluye que resulta más apropiado hablar de “criterios de medi-ción” que de “criterios de valuación”, dado que dentro del activo suelen incluirse partidas por su costo, y que este último, conforme el alcance por él reconocido al término valor, por derivación directa del reconocido a valuar, el costo no constituye un valor.

En nuestra opinión, y de acuerdo al alcance otorgado al término valor en este trabajo (“Alcance de la significación o importancia de una cosa,…” y “cualidad o cualidades que hacen que algo, un bien o un servicio, sean apreciados”), si bien resulta acertado diferenciar a los “criterios de medi-

94 Como se verá con posterioridad, algunos de los ejemplos citados no son considerados razonables (Precio de Venta), en tanto otros

lo son sólo cuando se dan determinadas circunstancias (Valor Neto de Realización).

95 Beneficios que se espera obtener por su venta, sin deducir los sacrificios económicos en los que será necesario incurrir para reali-

zar la venta.

Page 81: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

81

ción” de los “criterios de valuación”, esto es así por resultar los criterios de medición del patrimonio comprensivos de los tres significados que re-sulta necesario atribuirle a las partidas que participan en su determina-ción, es decir, los correspondientes a las activos y pasivos que lo con-forman, el otorgado a la unidad de medida que se utiliza para expresar los anteriormente citados, y el correspondiente a los aportes efectuados por los propietarios, e inclusive la medición de los resultados.

Conforme los ejemplos citados, existen diferentes tipos de valores de cambio que, obviamente, expresan distintos significados. Existe un conjunto de valores de cambio cuyo significado representa los sacrificios económicos efectivamente incurridos para incorporar los bienes al patrimonio, o aquellos en los que habría que incurrir para reponerlos en el momento al que se refiere la medi-ción, respectivamente conocidos como Costo de Incorporación o Adquisición y Costo de Reposición; y existe otro conjunto de valores de cambio, cuyo signifi-cado expresa los beneficios derivados del aprovechamiento económico esperado de los bienes, como podrían ser el Precio de Venta y el Valor Neto de Realiza-ción.

Cierta doctrina denomina genéricamente a los primeros “valores de cambio de entrada” y a los segundos “valores de cambio de salida”, con lo cual parecería resaltarse, seguramente en forma involuntaria, que la diferencia más impor-tante entre ambos tipos de valores está dada por el sentido de la circulación fí-sica de los bienes, cuando en realidad -en nuestra opinión- la diferencia sus-tancial entre ambos está dada por su disímil significado económico.

En efecto, valuar un bien en función de su “valor de cambio de entrada” impli-ca privilegiar como expresión del significado que se le atribuye, los sacrificios económicos incurridos o aquellos en los que habría que incurrir para incorpo-rarlo al patrimonio.

Mientras que, valuar un bien en función de su “valor de cambio de salida”, su-pone destacar como expresión de su significado, el aprovechamiento económico que del mismo se espera obtener en el futuro.

Sintetizando lo expuesto, y descartando el Precio de Venta por lo señalado en la nota 94, a continuación se exponen algunos ejemplos típicos de los valores de cambio reconocidos en contabilidad.

Valores de Cambio “de entrada” “de salida”

Costo de Incorporación Valor Neto de Realización Costo de Reposición

Page 82: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

82

Valor de uso: consistente en el significado que una partida tiene para su pro-pietario, en función de la utilización que de ella pueda hacerse: utilización en procesos productivos, tareas comerciales, etc., obviamente excluido el apro-vechamiento consistente en su intercambio con terceros.

Como ejemplo de este tipo de valor, piénsese en el significado que para un ente tiene un bien que utiliza para producir bienes, que luego se comercializan. En este caso, su valor de uso estaría dado por la parte atribuible al mismo de los beneficios que, en el momento al que se refiere la medición, se espera obtener en el futuro por la venta de los bienes que se producirán con él. Esta pauta es conocida en contabilidad como Valor de Utilización Económica (VUE).

Estos dos tipos de valor, de cambio y de uso, resultan de utilidad en con-tabilidad, dado que como vimos con anterioridad los activos que un ente posee cons-tituyen los recursos de los que se vale para desarrollar las actividades necesarias para cumplir, o tratar de cumplir con los objetivos que originan su existencia, resul-tando de ello que la causa principal que origina su incorporación al patrimonio es, precisamente, la de efectuar un aprovechamiento económico de los mismos que le permita alcanzar tales objetivos.

Conforme ya hemos visto, el activo de los entes puede estar formado por un conjunto de elementos en los que su aprovechamiento consistirá -básicamente- en intercambiarlos con terceros, como por ejemplo, entre otros casos particulares posi-bles, los denominados Bienes de Cambio; y por otros en los que su utilización con-sistirá en coadyuvar al desarrollo de sus restantes actividades, como por ejemplo los Bienes de Uso. Ello sin perjuicio de que por determinadas circunstancias excepcio-nales, el aprovechamiento previsto para un bien no pueda cambiar de un grupo a otro.

Considerando lo expresado con relación a los dos tipos de valor detallados, y desde la perspectiva de la aproximación que caracteriza a la contabilidad con la economía, y en el caso de una empresa en marcha96, para la asignación de valor a las partidas que conforman su patrimonio lo más razonable sería:

Para los activos: hacerlo en función de su aprovechamiento futuro probable, y:

valuando las partidas cuyo aprovechamiento consista en su intercambio con terceros, con algún valor que repre-sente dicho significado, es decir con un valor de cambio.

valuando las partidas cuyo aprovechamiento económico

96 Un ente que cuenta con proyección temporal futura en el desarrollo de sus actividades habituales, y que por lo tanto no se en-

cuentra en estado de liquidación, etc..

Page 83: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

83

consistirá en su utilización (excluido su intercambio con terceros), con algún valor que represente el significado de tal aprovechamiento, es decir con un valor de uso.

Para los pasivos: realizarla de acuerdo al destino previsible de los mismos, en lo concerniente a su permanencia, y posibilidades e inten-ción de su cancelación en forma anticipada a sus vencimien-tos.

Para dar cumplimiento a la asignación de valores expresada, como así también en lo concerniente a la exposición de las partidas valorizadas, resulta imprescindible hacerlo teniendo en especial consideración el destino probable que se estima ten-drán las mismas. No obstante, como se verá con posterioridad al analizar en parti-cular los criterios y pautas contables que pueden ser utilizados para asignar valo-res, en algunos casos, razonables fundamentos técnicos limitan la posibilidad de aplicar irreflexivamente lo citado en algunos de los párrafos precedentes.

Proceso de valuación

Independientemente de los valores que en definitiva se adopten, su atribución a los elementos que integran el patrimonio de un ente constituye un proceso se-cuencial que se conforma por las siguientes etapas o pasos.

Valuación primaria: consistente en atribuir a la partida objeto del proceso, el valor que el ente ha establecido para la misma.

Valuación secundaria: verificar que el valor atribuido a una partida en su valuación primaria no resulta superior, en el caso de los activos, o inferior, en el caso de los pasivos, al valor límite que le corresponde a la misma.

El objetivo que persigue esta verificación tiene fundamento en evitar la so-brevaluación del patrimonio. Una vez efectuada la comparación, en el caso de verificarse que el valor atribuido primariamente resulte superior al valor límite en el caso de los activos, o inferior en el de los pasivos, el valor defini-tivo por el cual la partida debe quedar valuada es el valor límite. Cuando no se dan tales circunstancias, la valuación definitiva de la partida será la co-rrespondiente a su valuación primaria.

Más adelante se profundizará la forma de determinación de los valores límite correspondientes a cada una de las distintas partidas que habitualmente conforman los patrimonios de los entes.

Oportunidades de la valuación

Las oportunidades en las que -conceptualmente- corresponde asignar valores a los elementos que conforman el patrimonio pueden resumirse en las siguientes:

Page 84: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

84

Al incorporarse los mismos al patrimonio.

Mientras se encuentran en existencia, conformando su patrimonio.

Al momento de salir del patrimonio.

A continuación se analizan en general las alternativas existentes en lo concer-niente a la valuación de activos y pasivos en contabilidad, y con posterioridad se considerarán los distintos tipos de valores que conforman tales alternativas.

Criterios de valuación.

Tal como hemos visto, existen diversos valores que podrían ser atribuidos a los distintos elementos que conforman el patrimonio de los entes. Conforme la caracte-rización y denominación de las dos posibilidades existentes que tradicionalmente han expuesto la doctrina y las normas contables, la diferenciación que de ellas se hace radica básicamente en la temporalidad de los valores atribuibles. Concreta-mente, diferenciándolos entre Valores del Pasado y Valores del Presente o Corrientes, respecto de la fecha a la cual se refiere la medición, tal como a continuación se des-criben los alcances que se atribuyen a uno y otro.

Valores del Pasado (Costo de Incorporación o Adquisición)

Se considera unánimemente que existe sólo una pauta representativa de este tipo de valor, que es la correspondiente a los sacrificios económicos efectivamente incurridos para incorporar el bien al patrimonio, y es conocida como Costo de Incor-poración o Adquisición. Se descarta pues, como pauta representativa de este criterio, cualquier otro valor que hubiera podido ser atribuido al bien en otro momento ante-rior al que se refiere la medición.

Consecuentemente con ello, el Costo de Incorporación reviste el carácter de his-tórico, es decir, es el correspondiente a una transacción efectivamente ocurrida y, por lo tanto, vigente en una fecha anterior a aquella a la que se refiere la medición, obviamente, en tanto la incorporación del bien no se haya producido, casualmente, el mismo día al que se refiere la medición.

Valores Presentes o Corrientes

La característica tipificante de este criterio de valuación consiste en asignarle a la partida un valor vigente para la misma en el momento al que se refiere su medi-ción.

Como se ha consignado en oportunidad de analizar los conceptos de valores de cambio y de uso, en el caso de este criterio existen distintos tipos de valores que cumplimentan la condición de corresponder a la fecha a la cual se refiere a la medi-ción. Habitualmente se conoce genéricamente a cada uno de ellos como pautas.

Page 85: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

85

Dentro de los valores que ya hemos considerado, constituyen pautas repre-sentativas de valores corrientes tanto los sacrificios en los que habría que incurrir -potencialmente97- en el momento al que se refiere la medición, para incorporar al patrimonio una partida que en tal oportunidad ya forma parte del mismo, pauta co-nocida como Costo de Reposición; o bien, los beneficios netos -potenciales- que po-drían obtenerse en el futuro por su venta a terceros, pauta conocida como Valor Ne-to de Realización; como así también, los beneficios -potenciales- que podrían ob-tenerse -también en el futuro- a través de otros aprovechamientos del mismo (uso), pauta conocida como Valor de Utilización Económica.

Asimismo, son ejemplos de valores corrientes, las siguientes pautas que tam-bién se analizan con posterioridad: Valor Actual del Flujo de Fondos Descontado, Va-lor Patrimonial Proporcional y, con las salvedades que corresponde efectuar respecto de ellas, las llamadas Valuaciones Técnicas.

Según se desprende de su conceptualización, y de los ejemplos citados, todas estas pautas de valores corrientes cuentan con dos aspectos claramente distintivos respecto del Costo de Incorporación:

a) Los valores corrientes son todos vigentes en el momento al que se refiere la medición, y no anteriores;

b) Básicamente, los significados que expresan los valores son representativos de hechos potenciales, es decir, no efectivamente ocurridos al momento al que se refiere la medición, y por lo tanto no históricos98.

Concretamente, la clasificación de las alternativas (criterios) existentes para la valuación, y en su caso, las pautas representativas de las mismas, son las que se detallan en el cuadro siguiente, debiendo tenerse presente que en el caso de las pautas de valores corrientes que se consignan, su inclusión no implica necesaria-mente que algunas de ellas sean consideradas razonables -normativa y/o doctrina-riamente- como para ser utilizadas para valuar cualquiera de los activos y pasivos que conforman el patrimonio de un ente.

Con posterioridad, al analizar en particular cada uno de los criterios de valua-ción, y en su caso las pautas representativas de los mismos, se pondrá de manifies-to cuáles de ellos cuentan con consenso doctrinario y normativo como para ser apli-cados a los distintos elementos que conforman los activos y pasivos.

97 “Que puede suceder o existir, en contraposición de lo que existe”, según la Real Academia Española.

98 Corresponde excluir del alcance de esta afirmación a la pauta denominada Valor Patrimonial Proporcional.

Page 86: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

86

Criterio Pautas Aplicabilidad

Costo de Incorporación

Costo de Reposición

Valor Neto de Realización

General

Valor Actual del Flujo de Fondos Neto

Valor de Utilización Económica

Valuaciones Técnicas

Valores Corrientes

Valuación Patrimonial Proporcional

Particular

En la columna identificada como “Aplicabilidad” se ha indicado si el criterio, o en su caso las pautas, son –conceptual y usualmente- aplicables a la generalidad de las partidas o, en caso contrario, si los mismos sólo resultan aplicables a algunas en particular. Asimismo, no han sido incluidas algunas pautas que fueran expuestas con anterioridad99, por carecer de razonabilidad técnica su aplicación. De igual for-ma, y dado que habitualmente se la considera como tal, no obstante no constituir una pauta autónoma de valuación, se ha incluido a las Valuaciones Técnicas.

Debe tenerse presente que la adopción de uno u otro criterio valuación, y en su caso la pauta correspondiente, no importa irremediablemente que todas y cada una de las partidas que conforman el patrimonio deban ser valuadas con un mismo cri-terio o con una misma pauta, dado que la elección del criterio y/o pauta que resulte más adecuado (razonable) para cada una de ellas será el que sea representativo del aprovechamiento que se estima se hará de las mismas, y de otras cuestiones que se verán con posterioridad que pueden implicar que no se adopten tales valores.

La diferenciación100 entre Valores del Pasado y Valores del Presente, aún vigen-te, resulta a nuestro entender un inadvertido e inadecuado resabio de la puja doc-trinaria que se inició en la década del 60 en nuestro país, en lo concerniente al tra-tamiento de la unidad de medida que se utiliza para expresar el significado de las partidas que conforman el patrimonio101. Ello así, toda vez que la diferenciación que se destaca entre unos y otros tipos de valores, es decir, los del pasado y del presen-te, pasa por la oportunidad a la cual los mismos se refieren, respecto de la fecha a la cual corresponde la medición, en vez de hacérselo con otra clasificación que los dife-rencie con mayor entidad económica: el disímil significado de los valores que inte-gran uno y otro agrupamiento (pasado y presente).

Resultaría más apropiado diferenciar y consecuentemente clasificar a las dis-

99 El precio de venta.

100 Nótese que en la diferenciación temporal comentada subyace otra, relativa a la modalidad correspondiente a los valores consig-

nados, es decir, históricos o potenciales.

101 La verificada respecto de la necesidad de reconocer contablemente o no, los cambios que experimenta el poder adquisitivo la

unidad de medida que se utiliza para expresar el significado atribuido a las partidas que conforman el patrimonio.

Page 87: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

87

tintas alternativas de valuación existentes sobre la base de los diferentes significa-dos económicos correspondientes a los valores atribuibles, los que como se verá con posterioridad pueden consistir en expresar su significado en función de los sacrifi-cios económicos incurridos, o aquellos en los que habría que incurrir para incorpo-rar las partidas al patrimonio; o bien, en hacerlo en función de los beneficios eco-nómicos que de los mismos se espera obtener o se han obtenido102.

Al respecto, se deja aclarado que la crítica que conlleva la contraposición de ambas clasificaciones, es decir, la usualmente utilizada por las normas y doctrina, y la anticipada en el párrafo precedente, sólo reviste carácter sistemático-pedagógico, ya que, como se verá luego, los distintos valores que se incluyen en ambas clasifica-ciones son los mismos. Sin perjuicio de ello, a continuación analizamos la clasifica-ción de alternativas de valuación conforme las presentan habitualmente la doctrina y las normas contables.

A continuación se analizan los criterios, y en su caso las pautas aplicables, pa-ra la valuación de activos y pasivos por separado.

2.1. Valor Atribuible a los Activos

2.1.1. Costo de Incorporación o Adquisición (CI).

Concepto de Costo

Generalmente, el término costo se asocia con esfuerzo, y éste puede consistir en la aplicación de distintos recursos: intelectuales, físicos, económicos, etc..

En congruencia con ello, en economía se entiende que constituyen costos aquellos sacrificios mensurables incurridos con el ánimo de alcanzar un determi-nado objetivo; resultando de esto último que corresponde diferenciar al costo de aquellos sacrificios producidos como consecuencia de hechos no buscados103.

Por su parte, el sacrificio al que se alude, que en esencia constituye un des-prendimiento de riqueza, puede consistir en:

la entrega de bienes, y/o

en el compromiso de hacerlo en un momento futuro.

en ambos casos, en el momento en el que se realiza la operación.

El comportamiento y naturaleza de estos sacrificios respecto de los factores que se indican en la siguiente clasificación, resultan de interés para precisar el con-

102 En el caso de aplicarse Valor Patrimonial Proporcional.

103 En contabilidad conocidos como pérdidas, tal como ya ha sido consignado.

Page 88: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

88

cepto correspondiente a los distintos tipos de valor usualmente reconocidos en con-tabilidad, entre los que se incluye el actualmente bajo tratamiento. Por ello, y sin perjuicio de que su análisis pormenorizado excede el objeto de este trabajo, resulta conveniente precisar las consideraciones en las que se basan.

Clasificaciones de los costos

Respecto del objeto que persigue su incurrimiento:

o Adquisición de bienes: por compra o producción.

o Adquisición de servicios: prestaciones efectuadas por personas físicas o de existencia ideal efectuadas a favor del ente, como por ejemplo, servi-cios profesionales, la puesta a disposición a favor del ente de bienes pa-ra su uso a cambio de una retribución, etc..

o Prestación de una función: por parte de algún sector o unidad del ente, que tiene por objeto facilitar el cumplimiento de sus objetivos, como por ejemplo, las de producción, comercialización, administración y financia-ción.

Respecto de la actividad para la que se incurren:

o Costos de producción: incurridos para la obtención de productos nue-vos, distintos de los materiales con los que se los produjo, como por ejemplo, los industriales: manufacturas, etc., y también los extractivos y de explotación primaria: minería, pesca, agropecuarios, etc..

o Costos de comercialización: originados en la venta y distribución de los bienes y servicios: remuneraciones de personal afectado a tales tareas, los incurridos para el despacho de los bienes, su transporte, etc..

o Costos de administración: incurridos en el desarrollo de tareas adminis-trativas en general, como por ejemplo: de dirección, gerenciamiento, y operaciones administrativas, contables, legales, etc..

o Costos de financiación: correspondientes a los costos originados por el uso de la financiación concedida por terceros: intereses, diferencias de cambio, etc..

Respecto de su grado de identificación con el bien o servicio que se incorpora o adquiere:

o Directos: aquellos costos que pueden ser identificados con un bien, un servicio o una determinada función o área específica, por existir entre aquellos y estos últimos una relación unívoca (física o económica), como por ejemplo, respecto de un bien, la existente entre la chapa utilizada

Page 89: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

89

para la fabricación de un auto y éste, o entre el jornal del obrero que la coloca y aquel.

Constituyen este tipo de costos, en el caso de la producción de bienes, los llamados Materiales Directos: materias primas, partes, ingredientes, envases, etc., y la Mano de Obra Directa: las remuneraciones del perso-nal que participa -en forma directa- de la transformación física de los bienes y también la del personal que opera las máquinas que lo hacen.

Dado lo apuntado, la asignación de este tipo sacrificios puede ser efec-tuada en forma directa como costo de los bienes y servicios adquiridos, o de la unidad funcional correspondiente104.

o Indirectos: aquellos costos en los que no obstante haber sido incurridos para incorporar el bien o servicio, o bien prestar la función, no se da di-cha relación unívoca. Por ejemplo, y continuando con el caso de la fabri-cación de autos, los costos de energía eléctrica de la fábrica, cuando además se producen otros bienes, o el jornal del capataz que supervisa a los obreros, casos estos en los que no se verifica una relación unívoca de los mismos con los autos fabricados.

Constituyen este tipo de costos, en el caso de la producción, los llama-dos Materiales Indirectos: como los combustibles y lubricantes utilizados en las maquinarias, material de limpieza, etc.; la Mano de Obra Indire-cta: remuneraciones del personal que realiza tareas no directamente re-lacionadas con los bienes como capataces, técnicos, serenos, operarios generales etc.; y, por último, los Otros Costos Indirectos: entre otros, la energía eléctrica que alimenta la planta y sus maquinarias, etc., alquile-res, y seguros, en tanto correspondan al proceso productivo, y todos aquellos otros incurridos con el ánimo de producir que no revisten el ca-rácter de directos.

Dada su falta de identificación con los bienes o servicios adquiridos, la asignación de los costos indirectos como costos de los bienes debe ser efectuada mediante su distribución sobre la base de una pauta repre-sentativa de su incurrimiento.

Respecto de su variabilidad:

o Fijos: los que no varían con relación al volumen de bienes o servicios ad-quiridos, como por ejemplo, el alquiler de la fábrica en que se producen bienes, el que es independiente de las cantidades producidas.

104 Como por ejemplo los citados en la clasificación respecto de la unidad funcional para la que se los incurre.

Page 90: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

90

o Variables: varían en forma proporcional con los volúmenes, de forma tal que cada unidad adicional, origina un incremento en los costos totales en una cantidad equivalente al costo variable unitario, como por ejem-plo, en el caso planteado de la fabricación de autos, la chapa necesaria para fabricarlos y las horas de trabajo del obrero que las coloca.

o Semifijos y Semivariables: los que varían cuando se exceden determina-dos parámetros de volúmenes pero en forma no proporcional, por per-manecer constantes dentro de los distintos rangos -definidos por los pa-rámetros aludidos- con los que tales volúmenes pueden ser diferencia-dos. Por ejemplo, los seguros que cubren riesgos de productos en pro-ceso, que tienen componentes fijos y variables en la determinación del premio105.

Debe tenerse presente que en algunos casos la tipificación de un costo como fijo, variable, semifijo, o semivariable puede encontrarse caracteri-zada por cierto grado de condicionalidad, por lo que suele decirse que los mismos revisten “básicamente” tales caracteres. Por ejemplo, el alquiler de la fábrica en la que se producen bienes, que usualmente se tipifica como fijo, no lo es en forma absoluta, ya que superándose los volúmenes de unidades que en la misma pueden producirse, tal costo podría ser considerado de otra manera.

Respecto de su modalidad:

o Históricos: los efectivamente incurridos, correspondientes a una opera-ción efectivamente realizada.

o Potenciales: aquellos en los que habría de incurrirse para realizar una operación, en la oportunidad en la que se la evalúa.

Respecto de la variación patrimonial que origina su incurrimiento:

o Costos (Costos propiamente dichos o Costos no consumidos): aquellos sacrificios incurridos con el ánimo de obtener algo, que por guardar re-lación directa con la ingresos que serán reconocidos como tales en mo-mentos futuros, es decir, no reconocidos como tales al momento de in-currirse en los primeros, o bien, por guardar relación con un período de tiempo futuro respecto de aquel en que se los ha incurrido, se reconocen en ambos casos como Activos, por no haberse verificado el hecho sus-tancial para su reconocimiento como gastos106.

105 Precio del riesgo cubierto.

106 Conforme la pauta de asignación de resultados denominada Devengado, ya analizada.

Page 91: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

91

o Gastos (o Costos Consumidos): aquellos sacrificios incurridos con idén-tico objetivo, que por haberse reconocido los ingresos o transcurrido el período con los que guardan relación directa, son reconocidos como disminuciones efectivas de patrimonio.

Métodos de costeo

El reconocimiento de las características que deben reunir los sacrificios para tenerlos por integrantes del costo de adquisición de un bien o servicio107, ha dado origen a dos posturas que propugnan -a su vez- por dos metodologías diferentes, conocidas como Costeo por Absorción y Costeo Variable. La diferencia existente entre ellas radica exclusivamente en el tratamiento que corresponde asignarle a los costos según sea su comportamiento respecto de los volúmenes, por ejemplo, producidos.

o Costeo por Absorción: con esta metodología, se considera que integran el co-sto de incorporación todos los sacrificios económicos incurridos, indepen-dientemente de su comportamiento respecto de los volúmenes o cantidades producidas, resultando de ello que tanto los que tienen comportamiento fijo, semifijo o semivariable, o variable integran el costo de incorporación de un bien o servicio. Este método es el unánimemente aceptado en Contabilidad Patrimonial o General.

o Costeo Variable: según este método, sólo conforman el costo de incorporación aquellos sacrificios económicos que tienen comportamiento variable. El fun-damento de esta postura se basa en considerar que los costos fijos no son en realidad costos de incorporación, sino que constituyen sacrificios necesarios para encontrarse en condiciones de incorporar los bienes. En el caso de la producción, por ejemplo, se sostiene que los costos con comportamiento fijo (alquileres, etc.), se incurren para alcanzar la posibilidad de producir, pero no guardan relación directa con la producción de lo bienes en particular, ya que de no producirse ninguno, igualmente habría de incurrirse en ellos. Conforme este método, los costos no variables son reconocidos -y asignados- directa-mente como gastos del período (resultados). Este método es utilizado funda-mentalmente en Contabilidad Gerencial.

Costo de Incorporación contable

En contabilidad se denomina costo a la sumatoria de los sacrificios económicos incurridos para la obtención de algo, por ejemplo, un bien o un servicio; y, asi-mismo, tales sacrificios lo constituyen los activos (dinero, otros bienes, etc.) de los cuales debe desprenderse un ente para obtenerlo, o bien, de los que deberá des-

107 Adviértase que se hace referencia sólo a su reconocimiento como costo de adquisición de un bien o servicio, y no a su reconoci-

miento como costo.

Page 92: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

92

prenderse en el futuro en virtud del pasivo (obligación) asumido a tales efectos.

Si bien en cierta doctrina suele hacerse referencia a que los costos se encuen-tran conformados por las erogaciones incurridas para obtener bienes o servicios, preferimos prescindir de tal término por la asociación directa que el mismo podría acarrear: considerar que sólo integran el costo aquellos sacrificios que hubieran sido pagados, cuando ello no resulta así, conforme ha sido visto con anterioridad al ana-lizar las variaciones patrimoniales.

Sintetizando todo lo expuesto, y refiriéndonos particularmente a los bienes, no obstante que el concepto resulta también aplicable a la adquisición de servicios o a la prestación de una función, existe consenso en considerar que el Costo de Incorpo-ración o Adquisición se encuentra conformado por todos los sacrificios económicos efectivamente incurridos para incorporar un bien al patrimonio y ponerlo en condi-ciones de utilización económica, todos ellos netos de componentes financieros.

Los alcances que tienen las expresiones que conforman el concepto, son los si-guientes:

Sacrificios económicos: consisten en él o los activos de los cuales debe despren-derse el ente, y/o de los que deberá hacerlo en el futuro, para lograr la incorpo-ración del bien al patrimonio.

Adviértase que se hace referencia a “todos los sacrificios económicos”, dado que no sólo se trata de los incurridos respecto del precio del bien propiamente dicho, en el caso de compra, o bien los sacrificios incurridos para su producción (mate-rias primas, etc.), sino que, además, en el caso de la adquisición de bienes se in-cluyen los correspondientes a los servicios adicionales externos e internos108 di-rectos, como así también la parte atribuible de los indirectos incurridos, en su caso, para concretar la incorporación del mismo, e independiente de su compor-tamiento como fijos o variables109.

Dado que la caracterización conceptual efectuada precedentemente puede llevar a dudas respecto de la consideración como integrante del costo de incorporación de ciertos sacrificios económicos, entre los que consideramos como casos más probables a los incurridos por impuestos, y por los cargos financieros en los que pudiera incurrirse para financiar la incorporación de los bienes y servicios, en los párrafos siguientes analizamos liminarmente lo concerniente a los cargos im-positivos, y con posterioridad haremos lo propio con los financieros.

En lo atinente a la incorporación de bienes por compra, correspondería conside-

108 Tanto los prestados por el propio ente como por terceros.

109 Esto último en el caso de Costeo por Absorción.

Page 93: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

93

rar si los impuestos que pudieran gravar este tipo de operaciones deben ser re-conocidos como integrantes del costo de incorporación o no. Para ello, resulta necesario tener los conocimientos impositivos que permitan determinar si los impuestos deben ser soportados económicamente por el adquirente o no, aspecto este que excede al presente trabajo. Sin perjuicio de ello, debe tenerse presente que en tanto no deban ser soportados110 por el adquirente, no integrarán el costo de incorporación de los bienes adquiridos.

Por ser de conocimiento generalizado y, consecuentemente con ello, poder gene-rar inquietudes respecto del tratamiento que corresponde otorgarle al mismo, a continuación efectuamos algunas consideraciones introductorias sobre el Im-puesto al Valor Agregado que facilitarán interpretar el grado de participación o no que puede corresponderle en la determinación del costo de incorporación de los bienes adquiridos.

Básicamente, el Impuesto al Valor Agregado podría integrar o no el costo de una adquisición dependiendo ello de las siguientes dos circunstancias: el carácter que los entes adquirentes revisten frente al mismo, como así también, del que revistieran sus proveedores, conforme a continuación sintéticamente se expone.

La ley del impuesto grava con determinadas alícuotas porcentuales los importes de las ventas y prestaciones de servicios efectuadas a terceros, las que se aplican sobre los precios de las mismas. A su vez, establece distintos tipos de responsa-bilidad frente al impuesto. A unos entes los hace responsables de participar en el régimen de recaudación e ingreso del impuesto a favor del fisco, a quienes de-nomina Responsables Inscriptos y a otros no (Exentos, No Responsables, Mono-tributistas, Consumidores Finales).

En el caso de los Responsables Inscriptos, y cuando éstos adquieren bienes o servicios a otros Responsables Inscriptos, los importes que les fueran facturados en concepto de Impuesto al Valor Agregado no revisten el carácter de costo de adquisición de los mismos, sino que, por el contrario, constituyen un crédito consistente el derecho a deducir del impuesto que ellos facturan a sus clientes y que deberán ingresar a favor del organismo fiscal que lo recauda (Administración Federal de Ingresos Públicos). En el caso de los restantes sujetos, e inclusive en el de los Responsables Inscriptos cuando estos le adquieren bienes o servicios a quien no reviste tal carácter, el impuesto constituye un costo de adquisición de los bienes.

De ello, resulta que, dependiendo de lo apuntado, los importes correspondientes al Impuesto al Valor Agregado puedan constituir un sacrificio económico que de-

110 Que no importen para el mismo sacrificios económicos.

Page 94: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

94

be soportar o no el adquirente, y, consecuentemente con ello, un costo o no.

Bienes cuya incorporación no requiere incurrir en sacrificios económicos.

Por último, cabe analizar la circunstancia particular que caracteriza a aquellos bienes cuya incorporación al patrimonio de un ente no requieren que el mismo incurra en sacrificios económicos, como por ejemplo, el caso de los adquiridos por donaciones que le fueran efectuadas, o bien aquellos que fueran integrados para cumplimentar los aportes comprometidos por los propietarios para dotar al ente de los recursos necesarios para su funcionamiento, conforme hemos des-cripto a estos últimos con anterioridad, en oportunidad de analizar los aportes de los propietarios.

Cuando se dan estos casos, y en tanto tales bienes reunieran los restantes re-caudos para ser reconocidos contablemente como activos, el valor que corres-ponde atribuirles en oportunidad su incorporación al patrimonio es, en lo con-cerniente al primero de los ejemplos (donación), el correspondiente a los sacrifi-cios económicos que demandaría su incorporación al patrimonio en tal oportuni-dad, considerando el estado en que los mismos se encuentran111; en tanto que en lo relativo al segundo de los casos planteados, el sobreviniente del valor que les fuera reconocido a tales efectos, tal como veremos en oportunidad de considerar la valuación de los aportes efectuados por los propietarios en el capítulo IV.

Efectivamente incurridos: respecto de esta expresión corresponde diferenciar dos aspectos.

En primer lugar, que los sacrificios económicos referidos son los correspondien-tes a operaciones históricas, es decir, efectivamente realizadas, y no potenciales o a realizar.

En segundo lugar, que los sacrificios económicos computables como integrantes del costo de incorporación de un bien o de la adquisición o prestación de un ser-vicio, son aquellos que debieron ser efectivamente soportados, es decir, netos de las reducciones, deducciones o quitas correspondientes a los precios de los mis-mos, que hubieran podido haberse obtenido.

No obstante que usualmente suele establecerse que tales reducciones pueden tener origen en cuestiones comerciales (bonificaciones o descuentos comerciales) o financieras (descuentos financieros o descuentos por pronto pago), como se verá con posterioridad, en lo concerniente a la incorporación y adquisición de bienes y servicios, las únicas reducciones efectivas de sus precios tienen origen exclusi-vamente en cuestiones comerciales.

111 Conforme veremos con posterioridad, a su Costo de Reposición vigente en oportunidad de su incorporación por donación.

Page 95: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

95

En efecto, conforme las consideraciones que se efectúan más adelante en lo con-cerniente a los sacrificios económicos incurridos para financiar la incorporación o adquisición de bienes o servicios, las causas de las reducciones de los precios que habitualmente se citan como de origen financiero, en realidad no constitu-yen una disminución efectiva de sus precios propiamente dichos, sino, por el contrario, resultan sólo una reducción de una parte de su hipotético precio, o precio nominal. Precio éste que -en realidad- se encuentra conformado por:

o el precio del bien o servicio propiamente dicho, y

o el precio de la financiación ofrecida para su adquisición112,

de forma tal que la supuesta reducción no constituye una efectiva disminución de los precios de los bienes o servicios. Lo expresado no importa desconocer que pudieran existir descuentos financieros reales en otras circunstancias distintas de la expuesta (momento de adquisición o incorporación), como por ejemplo, las efectivas disminuciones de los precios de la financiación que se ha requerido, cuando el acreedor acepta su cancelación anticipada por un importe inferior al resultante de aplicar a la misma el precio originalmente convenido.

Una vez efectuada esta aclaración, analizaremos las reducciones comentadas, sin que ello implique, conforme fuera advertido, que las que se citan en segundo lugar (Descuentos por pronto pago) importen una disminución de los sacrificios incurridos para incorporar los bienes o servicios.

Bonificaciones o Descuentos Comerciales: Son deducciones o quitas en el precio de los bienes o servicios, concedidas por los vendedores o prestado-res -fundamentalmente- en virtud de los volúmenes o cantidades adquiri-dos, o bien por la naturaleza del adquirente (mayorista/minorista), u otras cuestiones en definitiva relacionadas con los volúmenes comprados, como por ejemplo, los acuerdos de compraventa que definen volúmenes y perío-dos temporales que dan origen a la obtención de bonificaciones.

Estas bonificaciones pueden consistir en quitas porcentuales (%) aplicables directamente sobre los precios de cada bien adquirido, según los paráme-tros de cantidades fijados por el vendedor para acceder a las mismas, o en la entrega de una mayor cantidad de bienes por el precio correspondiente a una cantidad menor, como por ejemplo, en el caso de la comercialización de bebidas, la docena de catorce.

Como ejemplo ilustrativo del primero de los casos señalados, presentamos a continuación las siguientes condiciones de venta:

112 Conforme se expone con posterioridad al analizar los llamados “Componentes financieros implícitos”.

Page 96: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

96

Cantidades compradas Precio unitario Desde Hasta

Bonificación Precio unitario

bonificado 1 1.000 0% 100,00

1.001 2.000 10% 90,00 100,00 2.001 20% 80,00

Forma de pago: contado.

En casos como el planteado, el sacrificio económico unitario efectivamente incurrido por la incorporación será $ 100,00, en el caso adquirirse hasta 1.000 unidades ; $ 90,00, de comprarse entre 1.001 y 2.000 unidades, y $ 80,00 en el caso de superarse las 2.000 unidades, constituyendo cada uno de ellos sus respectivos costos de incorporación.

En lo concerniente al segundo de los casos planteados, la docena de ca-torce, el precio neto unitario bonificado, resultaría de dividir el precio total de la docena por las catorce unidades efectivamente incorporadas.

Descuentos financieros o por pronto pago: en oportunidad de la incorpora-ción o adquisición de bienes o servicios, estos supuestos descuentos -como se profundiza con posterioridad- no tienen origen en una cuestión comer-cial, sino, por el contrario, en una financiera. Concretamente, en la oportu-nidad en la que se efectuará el pago de los bienes o servicios adquiridos y, conforme hemos anticipado, no constituyen otra cosa que una deducción del precio nominal o virtual ofrecido por el vendedor, del importe corres-pondiente al precio de la financiación por él pretendido, el que ha sido in-cluido y expuesto caprichosamente -por el vendedor- como precio del pro-ducto o servicio.

Por lo tanto, como consecuencia de la segregación de componentes financie-ros que corresponde efectuar cuando los precios ofrecidos incluyen compo-nentes financieros, lo que se analiza con posterioridad con mayor deteni-miento, los supuestos descuentos financieros que pudieran ofrecerse no de-ben ser computados como reducciones del precio de incorporación, dado que el precio real del bien o producto no es otro que aquel que surge como tal, una vez efectuada la segregación citada.

Incorporar un bien al patrimonio: implica adquirir el derecho de propiedad sobre el mismo, ya sea por medio de su compra, o bien como consecuencia de una transformación física (producción).

Y ponerlo en condiciones de utilización económica: los sacrificios económicos computables son todos aquellos necesarios no sólo para incorporar el bien como fuera citado, sino, además, todos aquellos incurridos para ponerlo en condicio-nes de utilización económica, es decir, en condiciones de ser vendido o utilizado

Page 97: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

97

en las restantes actividades que el ente realiza, según sea el destino de los mis-mos.

Nótese que el reconocimiento de tales sacrificios como integrantes del costo de incorporación de un bien se efectúa -básicamente- hasta el momento en que el mismo se encuentra en condiciones de ser utilizado económicamente, momento éste a partir del cual, cualquier sacrificio económico incurrido respecto del mis-mo debe recibir otro tratamiento113.

No obstante, en el caso de aquellos bienes que, encontrándose en condiciones de utilización económica, y con posterioridad a ello se incurriera en sacrificios eco-nómicos que incrementaran -cualitativa o cuantitativamente- la capacidad de prestar servicios que tenían en oportunidad de haber alcanzado tal estado, debe-ría adicionarse a su costo de incorporación original tales sacrificios. Esta cir-cunstancia, no obstante que podría presentarse en otros casos excepcionalmen-te, suele presentarse con habitualidad en el caso de los bienes de uso.

En el caso de estos bienes, es común que con posterioridad a su incorporación y puesta en condiciones de utilización económica, es decir, inclusive una vez que los mismos se encuentran prestando servicios, sean objeto de tratamientos físi-cos que aumentan la capacidad de prestar servicios que tenían en oportunidad de incorporarse al patrimonio y encontrarse en condiciones de utilización eco-nómica, los que contablemente son denominados mejoras. Como ejemplo de tales tratamientos físicos que aumentan la capacidad de prestar servicios que los bie-nes tenían en oportunidad de incorporarse al patrimonio, puede citarse -entre muchos otros posibles- el cerramiento de la caja de una pick up que original-mente no contaba con el mismo.

Así, y a efectos de reconocer como integrantes del costo de incorporación de los bienes a los sacrificios económicos incurridos como consecuencia de los trata-mientos físicos efectuados sobre ellos con posterioridad a su incorporación, re-sulta determinante tener presente que estos deben -inexorablemente- incre-mentar la capacidad de prestar servicios que los bienes tenían en oportunidad de su incorporación al patrimonio y puesta en condiciones de utilización económica, y no la que tenían con anterioridad a la realización de los mismos114, y que, asi-mismo, tampoco deben integrar el costo de tales bienes aquellos sacrificios incu-rridos respecto de los mismos que tienen por finalidad mantener, dilatar o pre-

113 Ser reconocidos como egresos, conforme su devengamiento.

114 Estos tratamientos, denominados “reparaciones”, solo restituyen parcial o totalmente la capacidad de prestar servicios que el

bien tenía con anterioridad a la realización de los mismos, consecuentemente, no incrementan la capacidad que los mismos tenía

en oportunidad de incorporarse al patrimonio. Continuando con el caso de la pick up, constituirían ejemplos de estos tratamien-

tos que no deben ser incluidos en el costo de incorporación: la rectificación del motor, o la reparación de alguno de sus compo-

nentes.

Page 98: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

98

servar su capacidad original de prestar servicios115.

Retomando el análisis general de los sacrificios económicos que deben ser reco-nocidos como integrantes del costo de incorporación, y en el caso de los bienes comprados, pueden citarse como ejemplos, entre otros, los siguientes:

El precio de compra del bien propiamente dicho.

El precio, o costo116 atribuible en su caso, del transporte de los bienes hasta el depósito del adquirente.

Las partes atribuibles al mismo, de los costos de la oficina de compras.

Precio de la cobertura con seguros de los riesgos de transporte de los bienes hasta el depósito del comprador.

Las partes atribuibles al bien de los costos de recepción, control de cali-dad y cantidad de los bienes comprados.

Los costos de instalación, montaje, etc., que resultaran necesarios para poner en condiciones de utilización económica a los bienes, en su caso, como por ejemplo, aquellos bienes de uso cuya puesta en condiciones de operar requiriera efectuar determinados tratamientos físicos como amurarlos, construir una plataforma que los soporte, etc..

En caso de corresponder, los citados costos incurridos para incremen-tar la capacidad de prestar servicios que tenían los bienes en oportuni-dad de su incorporación al patrimonio y puesta en condiciones de utili-zación económica.

En lo concerniente a los bienes producidos, constituyen ejemplos de costos de producción, elaboración, construcción, desarrollo, etc.: las materias primas y mano de obra directa aplicadas para su producción, y otros costos indirectos de fabricación incurridos con tal objeto, como por ejemplo materiales, mano de obra indirecta, energía y alquiler de la fábrica, etc..

Todos ellos netos de componentes financieros: los importes de los sacrificios eco-nómicos aludidos con anterioridad, deben ser computados a sus precios o costos contado, es decir, sin considerar los cargos financieros que pudieran originarse en virtud la financiación -específica o no117- que podría haber sido utilizada para adquirirlos.

115 Tratamientos estos conocidos como “mantenimiento”.

116 Si hubiera sido realizado por el propio adquirente.

117 Se entiende por financiación específica aquella en la que se ha incurrido específicamente para adquirir o producir un bien, o

prestar un servicio, como por ejemplo la existente entre un inmueble adquirido, y la financiación de tal compra que pudiera

haberse obtenido de una institución financiera.

Page 99: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

99

Tales cargos financieros pueden estar constituidos por intereses explícitos o im-plícitos según se los analiza en los párrafos siguientes, por actualizaciones mone-tarias, y por diferencias de cambio, entre otros.

Si bien los intereses constituyen la retribución básica de la financiación, y el precio de la misma, los sacrificios económicos que podría acarrear hacer uso de financiación podrían consistir -además- en otros adicionales al interés pro-piamente dicho, como por ejemplo las ya citadas actualizaciones monetarias y las diferencias de cambio. No obstante que con posterioridad, al analizar los pasivos y sus gastos, se tratan con mayor detenimiento estos cargos financieros, a conti-nuación se efectúa una introducción a los mismos.

Las actualizaciones monetarias pueden originarse como consecuencia de pasivos consistentes en la obligación de entregar cantidades de moneda, para las que se ha pactado la actualización del capital originalmente prestado, sobre la base de algún índice que mida la evolución del poder adquisitivo de dicha moneda, de tal forma que el capital a reintegrar al vencimiento estará dado por la expresión mo-netaria que resulte de aplicar al capital original, los índices de actualización pre-vistos, y, obviamente, y en su caso, adicionándole los intereses correspondientes determinados sobre el capital reexpresado. De experimentar la moneda en la que se pactó la financiación una disminución de su poder adquisitivo, la consecuen-cia para el tomador del crédito constituirá un sacrificio incurrido como conse-cuencia del préstamo tomado, ya que deberá reintegrar una cantidad mayor de moneda que la originalmente recibida118.

Por su parte, las diferencias de cambio pueden originarse en el caso de obligacio-nes contraídas en moneda extranjera que deben ser canceladas en dicha mo-neda. En el caso en que entre el momento de la toma del crédito y cualquiera posterior se produjera una modificación -desfavorable- para el Peso (moneda de cuenta) en la relación del tipo de cambio entre ambas monedas, dicha circuns-tancia constituirá un sacrificio económico para el ente, dado que para cancelar el capital originalmente recibido al asumir la obligación, deberá desprenderse -para adquirir la moneda extranjera- de una cantidad mayor de Pesos que la original-mente recibida.

Tratamiento de los costos financieros

Para facilitar la interpretación del tratamiento que corresponde asignarle a los cargos financieros, los que, como fuera destacado previamente, no deben integrar el costo de incorporación de los bienes, resulta conveniente analizar la cuestión con

118 Ello así sin considerar otras cuestiones relativas a la medición patrimonial que se analizan con posterioridad (Tratamiento de la

unidad de medida o cuenta).

Page 100: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

100

mayor detenimiento, ya que, como se verá, es una cuestión que ha originado diver-sas posturas en materia doctrinaria y normativa.

La controversia se centra en el reconocimiento y la inclusión o no de ciertas partidas de origen financiero (intereses, actualizaciones, diferencias de cambio, etc.), dentro del Costo de Incorporación de los bienes.

Dado que el objetivo de este trabajo es tratar de introducir al lector en las cuestiones relativas a la medición del patrimonio, la consideración de dicho tema será realizada en forma prácticamente descriptiva119.

Básicamente, la divergencia existente al respecto puede ser resumida en los dos siguientes cuestionamientos:

¿Deben incluirse como partidas integrantes del Costo de Incorporación de los bie-nes, los cargos financieros originados como consecuencia de la financiación es-pecífica o no otorgada por otros terceros (pasivos)?

Nótese que se alude a la inclusión o no de los mismos, ya que su reconocimiento contable y consecuente tratamiento como costo, se encuentra unánimemente aceptado.

¿Debe reconocerse contablemente el llamado interés del capital propio (patrimo-nio neto), es decir, el que podría atribuirse a la financiación concedida por los propietarios, y, en caso afirmativo, considerárselo como Costo de Incorporación de los bienes?

En este caso, adviértase que el interrogante se refiere a su reconocimiento o no como variación patrimonial y -además- a su inclusión o no como costo de incor-poración de los bienes.

No obstante que los dos interrogantes responden a un mismo fenómeno, con-sideramos conveniente analizarlos por separado.

¿Inclusión dentro del costo de incorporación de los cargos originados por la financiación concedida por otros terceros?

Actualmente, una corriente no mayoritaria de la doctrina propugna por la in-clusión de los cargos financieros originados por la financiación concedida por otros terceros (proveedores, instituciones financieras, etc.), sea esta específica o no, como costo de incorporación de los bienes que tienen procesos de producción, construc-

119 Enrique Fowler Newton analiza con rigurosidad la cuestión en: “Cuestiones Contables Fundamentales”, Macchi, 1991; Asimismo

puede consultarse: Juan José Fermín del Valle: “Resultados de operaciones financieras”, Tesis, 1981; Miguel Di Ranni: “Trata-

miento del costo financiero de bienes sujetos a estacionamiento, añejamiento, etc.”; XI Jornadas de Ciencias Económicas del Cono

Sur, 1983, entre otros.

Page 101: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

101

ción, etc., prolongados en el tiempo, y hasta el momento en que los mismos se en-cuentren en condiciones de ser utilizados económicamente.

Como ejemplo de bienes que cumplen tales requisitos se encuentran aquellos que necesitan largos períodos de añejamiento y estacionamiento: bebidas alcohóli-cas, quesos, tabaco, yerba, etc.; o bien de producción o elaboración: buques, avio-nes, la construcción de obras civiles y de arquitectura, entre otros.

Dichas corrientes no propugnan, cuanto menos activamente, por la inclusión de tales cargos para el caso de los restantes bienes, es decir los comprados, y aque-llos que siendo producidos por los entes no requieren los procesos prolongados cita-dos.

El fundamento básico de tal postura, fuertemente influenciada por la teoría económica de la formación de precios, es que la financiación tiene un costo que debe ser tenido en cuenta como otro factor de la producción, en virtud de la alta inmovili-zación que caracteriza a sus procesos productivos, para de esta forma permitir un mejor apareamiento de ingresos y egresos.

Universalidad del Pasivo

En materia contable se considera, unánime y pacíficamente120, que la totalidad de los pasivos y patrimonio neto financian indiscriminadamente al total de los acti-vos, criterio éste conocido como Universalidad del Pasivo.

Nótese que tal postulado no expresa que los pasivos financian a los activos, circunstancia esta última que se desprende claramente de la igualdad patrimonial (Activo = Pasivo + Patrimonio Neto), sino -concretamente- que los pasivos financian a los activos indiscriminadamente.

Conforme lo enuncia el criterio de universalidad del pasivo, y ha sido aclarado, en contabilidad se considera que no puede establecerse una relación económica di-recta entre ningún pasivo121 en particular y un activo determinado, ello así, inde-pendientemente de las relaciones de causalidad jurídica que pudieran existir entre ambos, e inclusive de que se tratara de una financiación específica o no.

Un ejemplo muy sencillo de una financiación específica facilitará la interpreta-ción de lo expuesto.

Supóngase que el patrimonio de un ente antes de decidir la incorporación122 de

120 Como se verá en los párrafos siguientes, lo expuesto parecería no resultar siempre así.

121 El término “pasivo” es utilizado aquí con sentido amplio, es decir, comprensivo del Pasivo y del Patrimonio Neto.

122 El caso se lo plantea para la incorporación de un bien que no requiere un período prolongado de tiempo de producción, para

simplificar el ejemplo, dado que lo que se persigue con el mismo sólo es la interpretación del criterio de Universalidad del Pasivo.

Page 102: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

102

un bien nuevo, se encuentra conformado por dinero en efectivo por $ 1.000, bienes por $ 800, y un Capital de $ 1.800, el que podría ser expuesto de la si-guiente forma:

Activo Pasivo Dinero 1.000 No existe 0 Bienes 800 Total Pasivo 0 Patrimonio Neto Capital 1.800 Total Patrimonio Neto 1.800 Total Activo 1.800 Total Pasivo y Patrimonio Neto 1.800

Asimismo, que con posterioridad a ello el ente resuelve adquirir un nuevo bien por $ 500, al que identificaremos luego como “Otros bienes”, y financiar su incorporación a través de la financiación a treinta días que le concede el vendedor del mismo123, debiendo soportar por ella un 5% en concepto de inter-eses por el plazo citado.

En el momento de incorporarse el bien al patrimonio, y de acuerdo a los conceptos analizados con anterioridad, la situación patrimonial del ente pude exponerse tal como a continuación se detalla:

Activo Pasivo Dinero 1.000 Proveedor 500 Bienes 800 Total Pasivo 500 Otros bienes 500 Patrimonio Neto Capital 1.800 Total Patrimonio Neto 1.800 Total Activo 2.300 Total Pasivo y Patrimonio Neto 2.300

Al respecto, se destaca que por corresponder la situación patrimonial del ente antepuesta al preciso momento de la incorporación del bien, la deuda mantenida con el proveedor sólo asciende a $ 500, dado que para que esta se incremente, deberá necesariamente ir transcurriendo el período de financia-ción al que corresponde su precio (interés), de forma tal que recién después de haber transcurrido todo el plazo pactado, es decir, 30 días, la deuda ascenderá a $ 535 ($ 500 + 5%).

Si bien desde un punto de vista estrictamente jurídico existe una relación

123 Financiación específica.

Page 103: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

103

directa de causalidad entre el activo “Otros bienes” ($ 500) y el pasivo “Provee-dor” ($ 500), dado que el pasivo se ha originado en virtud de la financiación otorgada al ente por el “Proveedor” para adquirir tales bienes, en materia con-table esa relación no puede establecerse tan fácilmente.

Ello así, dado que en realidad, y desde una perspectiva económica, no puede asegurarse que la relación exista, ya que el nuevo pasivo podría estar fi-nanciando:

a) La incorporación del activo “Otros bienes”, o

b) El mantenimiento dentro del patrimonio de $ 1.000 en efectivo, o

c) El mantenimiento dentro del patrimonio de “Bienes” por $ 800, o

d) El mantenimiento de un Capital de sólo $ 1.300, o

e) Cualquier combinación de importes parciales de algunos de los ele-mentos señalados precedentemente.

Por lo apuntado, y no obstante la simplicidad del ejemplo, fácilmente puede advertirse que atribuir una relación económica de causalidad directa en-tre el pasivo (“Proveedor”) y los bienes en cuestión (“Otros bienes”), carece de fundamento.

No obstante lo expuesto, quienes propugnan por el reconocimiento de los car-gos financieros originados en la financiación concedida por otros terceros, sea ésta específica o no, como integrantes del costo de incorporación de los bienes que re-quieren procesos prolongados de producción, elaboración, etc., consideran que tal inclusión debería ser efectuada de la siguiente forma:

o Los cargos financieros originados en la financiación específica de tales pro-cesos, mientras estos no hubieran finalizado, deben ser asignados directa-mente como integrantes del costo de incorporación de los bienes que los re-quieren.

o En tanto que, del total de los cargos financieros soportados en el período que se hubieran originado en la financiación no específica de los bienes que requieren de los procesos antedichos, es decir, excluidos los computados según el ítem precedente, se asignará a los restantes bienes que demandan tales procesos la parte que se determine como atribuible a los mismos com-putando la tasa mensual promedio que surge de los citados cargos totales, sobre los importes mensuales promedio de los bienes que requieren de tales procesos.

Nuestra opinión al respecto, siguiendo lo que sobre el tema ha establecido la caracterizada doctrina citada, puede resumirse de la siguiente forma:

Page 104: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

104

Los costos financieros son incurridos para financiar la incorporación de bie-nes, pero no para incorporarlos.

Si bien económicamente pueden ser considerados como costos desde la perspectiva de la formación de los precios, ello no amerita su tratamiento como costo contable de producción.

Existen otros procedimientos, que además resultan ideales técnicamente para representar el valor de los bienes, y que permiten obtener un mejor apareamiento de ingresos y egresos que el planteado, y que no implican re-conocer como costo de producción sacrificios que no lo son, conforme se ve-rá con posterioridad.

Cabe destacar que las normas contables actualmente vigentes establecen que el costo124 de la financiación concedida por otros terceros -específica o no- puede considerarse como integrante del Costo de Incorporación sólo en el caso de aquellos bienes que requieren procesos de producción, construcción, montaje, o elaboración prolongados en el tiempo, hasta que los mismos se encuentren en condiciones de ser utilizados y, además, cuando se den determinados requisitos, como por ejemplo entre otros, que tales procesos no se encuentren interrumpidos, y que el período du-rante el cual se incluyan tales sacrificios como integrantes del costo de incorpora-ción del bien no exceda el período de tiempo técnicamente requerido para su termi-nación.

Sin perjuicio de todo ello, y antes de finalizar el análisis de los costos de la fi-nanciación concedida por otros terceros, corresponde considerar qué tratamiento dar a una circunstancia muy común hoy en día: la originada por los denominados com-ponentes financieros implícitos.

Componentes financieros implícitos (CFI) Como aclaración previa cabe destacar que si bien las consideraciones realiza-

das en el presente título se refieren en particular a ciertas circunstancias vinculadas con la financiación de la adquisición de bienes, ello no implica desconocer que los hechos descriptos pueden verificarse también en otros tipos de adquisiciones, por ejemplo, las de servicios.

Con el ánimo de facilitar -supuestamente- la comercialización de los bienes, a través de una simplificación de la exposición de los distintos precios que conforman el total que deben soportar los adquirentes de los mismos para incorporarlos, y en su caso financiar tal incorporación; como así también, fundamentalmente, como po-lítica para no exteriorizar el precio que el vendedor pretende por el otorgamiento de

124 Intereses, actualizaciones, diferencias de cambio, etc..

Page 105: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

105

financiación, tradicionalmente ha existido una modalidad consistente en presentar un único precio por los bienes y financiaciones ofrecidas e, inclusive, consignándose que el precio no incluye cargos financieros (v. gr.: sin intereses).

De acuerdo a lo manifestado, los costos financieros, es decir aquellos costos originados como consecuencia de la utilización de la financiación obtenida de otros terceros, pueden ser clasificados desde el punto de vista de su exteriorización de la siguiente forma:

Costos financieros explícitos: aquellos que han sido exteriorizados como ta-les en oportunidad de celebrarse las operaciones, y, consecuentemente con ello, en la documentación que las respalda.

Costos financieros implícitos: aquellos no exteriorizados de tal forma, es de-cir, encubiertos o disimulados conforme ha sido expuesto previamente.

Esta práctica comercial, que se encuentra bastante difundida, puede llevar a la inclusión dentro del Costo de Incorporación de los bienes, de cargos que en realidad no deben formar parte del mismo, ya que, aún en el supuesto en que el vendedor manifestara que la financiación otorgada es sin cómputo de inter-eses, el precio pretendido por el vendedor del bien indudablemente incluye:

o El precio del bien propiamente dicho.

o Un componente financiero retributivo de la financiación que se concede o concedería en el caso de hacer uso de la misma el comprador.

En virtud de ello, resulta imprescindible analizar las operaciones realizadas con el objeto de determinar si lo facturado como precio del bien corresponde que sea reconocido como Costo de Incorporación, o si alguna parte del mismo debe ser considerada como un costo financiero, y tratada en consecuencia125.

Segregación de componentes financieros implícitos

Las pautas a adoptar para determinar el importe correspondiente a los citados componentes financieros incluidos como precio de los bienes, cuando nos en-contramos ante su presencia, tarea conocida como segregación de componentes financieros implícitos, suelen ser diferenciadas de la siguiente forma: Directas e Indirectas. A continuación, además de definirlas, presentamos algunos ejem-plos que permitirán interpretarlas adecuadamente.

Directas: Cuando si bien no se conoce el precio contado del bien, éste puede ser determinado sobre la base de datos o información obtenidos del propio vendedor.

125 Como egreso en función de su devengamiento de acuerdo al período temporal con el que guarda relación.

Page 106: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

106

Es común encontrarse condiciones de venta como las siguientes:

Precio de lista: $ 100. Condiciones de pago: a 60 días, sin intereses. Descuento por pago al contado: 20%

Como puede advertirse en el ejemplo, el precio ofrecido debe inexorable-mente contemplar tanto la retribución que el vendedor pretende por el bien propiamente dicho, como así también, por la financiación que ha de conce-der en el caso en que el comprador opte por pagar a 60 días, ya que no puede suponerse que se otorgue tales plazos de financiación a título gra-tuito. Prueba esta última afirmación, el hipotético descuento que se con-cedería en el caso en que el adquirente del bien decidiera abonarlo al con-tado, en cuyo caso debería soportar un sacrificio de tan sólo $ 80,00.

Por ello, en situaciones como la planteada, los componentes financieros im-plícitos pueden ser determinados considerando la información obtenida en forma directa del vendedor, es decir, sobre la base de los supuestos des-cuentos que se concederían en el caso de abonarse la compra al contado, de tal forma que los componentes financieros implícitos, que en el caso ascien-den a $ 20, surgirían de deducir del precio -nominal o hipotético- del bien ($ 100), el precio neto que resultaría de abonárselo al contado ($ 100 – 20% = $ 80).

En cualquier otro caso -distinto del planteado- en el que igualmente los da-tos o información originada en el vendedor revelaran la existencia de com-ponentes financieros implícitos (listas de precios, etc.), también debería pro-cederse a su segregación conforme resultara más apropiado de acuerdo a las características o naturaleza de la información disponible.

Indirectas: Cuando tampoco se conoce el precio contado del bien, y, ade-más, no se cuenta con pautas directas del vendedor para determinar los componentes financieros incluidos en el precio. Dadas las limitaciones con-signadas, los citados componentes deben ser estimados por el comprador.

Si bien los componentes financieros implícitos que pudieran ser estimados con el procedimiento que a continuación se expone, no necesariamente po-drían arrojar como resultado los que efectivamente computó el vendedor, no cabe duda alguna que el precio contado estimado resultará más razonable que el que podría surgir de la documentación emitida por el vendedor, la que, como fuera expuesto, no daría cuenta de los cargos financieros compu-tados como precio del bien o servicio.

Page 107: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

107

Para efectuar la estimación de los componentes financieros incluidos en el precio de los bienes o servicios deben considerarse:

El plazo de la financiación correspondiente a la operación,

una tasa de interés, vigente al momento de realizarse la operación (com-pra), que se considere representativa para operaciones de similar natu-raleza,

y utilizar a tales efectos la herramienta de matemática financiera conocida como Valor Actual.

Esta herramienta, permite determinar cual es el valor a un momento ante-rior, que corresponde a otro referido a un momento posterior, y conside-rando a tales efectos el costo que el dinero tiene en el tiempo.

La fórmula para su determinación es:

VA = VF / (1+d)n

Dónde:

“VA”: es el Valor Actual, al momento al que se refiere la medición.

“VF”: es el valor referido a un momento futuro.

“d”: es la tasa de descuento (interés) computable durante el período al cual corresponde la financiación, la que debe ser una tasa vigente en el momento al que se refiere la medición, es decir, no la que el ven-dedor hubiera podido computar para determinar los componentes fi-nancieros que incluyó como precio del bien, ya que, por desconocér-sela, precisamente se aplica esta herramienta.

“n”: es la cantidad de períodos de capitalización que median entre el mo-mento al que se refiere la medición (compra) y el del vencimiento del pago. Ello así, por utilizar dicha formula capitalización continua.

Un ejemplo facilitará interpretar su utilización.

Suponiendo que el precio del bien que se adquiere -según lo expone su ven-dedor- es de $ 80, y la condición de pago del mismo es a 30 días sin inter-eses, en el caso de no contarse con otra información directa del vendedor que permita determinar el precio contado real del mismo, éste debería ser esti-mado -por el comprador- mediante la herramienta citada, Valor Actual, y con-siderando para su aplicación:

El valor al vencimiento del plazo de la financiación ($ 80, referidos a un momento futuro),

Page 108: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

108

El plazo de la financiación concedida (30 días),

Una tasa que se considere representativa del costo del dinero en el tiempo para operaciones como la que se analiza.

Continuando con el ejemplo, y computando una tasa de interés del 5% para 30 días, y 1 como períodos de capitalización restantes hasta el vencimiento, el Va-lor Actual correspondiente al momento anterior (en el caso, el de la compra), al que se refiere el valor futuro ($80,00 al vencimiento), arroja $ 76,19, los que constituyen la estimación del precio contado del bien propiamente dicho efec-tuada por el comprador, en tanto que, la diferencia entre este último importe ($ 76,19) y el valor futuro ($80,00), es decir $ 23,81, son los componentes finan-cieros implícitos estimados en forma indirecta por el adquirente, mediante la aplicación de la fórmula citada, según se la expone ahora para el caso bajo análisis:

VA = VF / (1+d)n

76,19 = 80,00 / (1 + 0,05)1

Con posterioridad, se analiza con mayor detenimiento esta técnica de determi-nación de valores descontados.

El tratamiento contable a dar a los componentes financieros implícitos conte-nidos en los precios -virtuales o nominales- de los bienes o servicios ofrecidos, una vez segregados, será el correspondiente a los restantes costos financieros126 según hemos visto con anterioridad.

Observaciones respecto de la falta de segregación de componentes financieros im-plícitos

No obstante que lo expuesto en el párrafo precedente debe ser así por los fun-damentos ya vertidos, consideramos oportuno efectuar algunas observaciones res-pecto del tratamiento que equivocadamente suele darse a los cargos financieros cuando estos se presentan en forma encubierta, inclusive por quienes consideran que los mismos no deben formar parte del costo de incorporación de los bienes o servicios adquiridos. Para ello nos valdremos del caso analizado en oportunidad de considerar la segregación de componentes financieros implícitos en forma directa, sin perjuicio de que las salvedades que se realizan son válidas para todos los casos en los nos encontremos en presencia de componentes financieros implícitos.

Las condiciones de venta que analizáramos en el caso citado eran las siguien-tes:

126 Es decir los explícitos.

Page 109: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

109

Precio de lista: $ 100. Condiciones de pago: a 60 días, sin intereses. Descuento por pago al contado: 20%

A continuación desarrollaremos el caso bajo las dos alternativas de pago exis-tentes por separado, y efectuaremos las observaciones a las que hicimos referencia en los párrafos precedentes.

Compra con pago al contado, sin hacer uso de la financiación ofrecida

Bajo este supuesto, y como fuera expuesto con anterioridad, el comprador de-berá en definitiva soportar económicamente un sacrificio de sólo $ 80,00, dado que, por pagar al contado, resultará beneficiario del hipotético descuento por pronto pago que se le ofrece. No obstante, tal como veremos en los párrafos si-guientes, suele ocurrir que no siempre se otorgue dicho tratamiento a incorpo-raciones como la comentada.

La documentación respaldatoria de las operaciones que se analizan (compra y pago), habitualmente consistiría en un remito, una factura y un recibo emiti-dos por el vendedor.

En contabilidad, el alcance más usual que se atribuye a la expresión documen-tación respaldatoria se refiere a los instrumentos que acreditan la ocurrencia de un hecho económico como por ejemplo una compra, un pago, etc.. No obs-tante ello, y aunque con una utilización más limitada, con tal expresión tam-bién podría hacerse referencia a los instrumentos que dan cuenta de una ano-tación o registración contable.

Continuando con en el caso que nos encontramos analizando, pago al contado, podría ocurrir que la factura y el recibo fueran confeccionados con algunas de las siguientes modalidades:

Factura:

a) Emitir la factura directamente por el precio neto ($ 80,00), sin hacerse re-ferencia al descuento;

b) Consignando en la factura el precio nominal de los bienes ($ 100,00), y deduciendo en la misma el supuesto descuento ($ 20,00);

c) Emitir la factura por el precio nominal ($ 100,00).

Recibo:

d) En lo concerniente a las facturas detalladas en “a)” y “b)” emitirse el recibo por $ 80,00, sin que en el mismo conste el supuesto descuento;

e) En lo correspondiente a la alternativa “c)”, que en el recibo se consigne el

Page 110: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

110

precio nominal ($ 100,00), y a éste se le deduzca el hipotético descuento ($ 20,00), consignándose como efectivamente recibidos $ 80,00.

La confección de tal documentación con las modalidades detalladas en “b)” y “c)”127, por un excesivo rigorismo formal por parte de quienes deben considerar las variaciones patrimoniales producidas por los hechos descriptos, consistente en privilegiar el precio nominal informado por los vendedores en la documenta-ción, por sobre la realidad económica indudablemente subyacente en las ope-raciones realizadas, los ha llevado -sobre todo en la antigüedad- a un inade-cuado reconocimiento del Costo de Incorporación de los bienes y, consecuen-temente con ello, a un irrazonable tratamiento de los supuestos descuentos.

Cuando se incurre en errores como los destacados, inclusive en casos de pago al contado como el que se analiza y con goce del supuesto descuento, suele computarse como Costo de Incorporación de los bienes $ 100,00, y los hipoté-ticos descuentos ($ 20,00) como un resultado positivo que incrementa cuanti-tativamente el patrimonio.

Queda claro que tal incremento de patrimonio ($ 20,00) carece de origen y fun-damento económico alguno, y que su reconocimiento como tal se compensa manteniéndose la igualdad patrimonial -exclusivamente- como consecuencia de la sobrevaluación del activo incorporado, por un importe equivalente. La-mentablemente, actualmente aún es común encontrar tratamientos como el comentado.

Compra con utilización de la financiación ofrecida por el proveedor

En casos como el presente, los sacrificios económicos incurridos por el adqui-rente al finalizar el plazo de la financiación ascenderían a $ 100,00, y se habrí-an originado en las siguientes causas:

Costo de incorporación del bien: $ 80,00.

Costo de la financiación utilizada: $ 20,00.

No obstante ello, y dado que en estos casos la factura es emitida conforme ha sido expuesta en la alternativa “c)” precedente, ya que la intención del provee-dor es disimular el costo de la financiación que concede, por el excesivo rigor formal ya citado128, en congruencia con la falta de reconocimiento de la reali-dad económica subyacente en las operaciones realizadas, en algunos casos, la totalidad de los sacrificios detallados suelen ser reconocidos como Costo de In-

127 Caso éste último (“c)”) que determina la necesidad de emitir una Nota de Crédito por parte del vendedor.

128 Que en el caso estaría dado por reconocer como costo del bien el precio que el proveedor consigna en la factura ($ 100), el que

incluye componentes financieros implícitos, tal como ha sido consignado en “c)” precedente.

Page 111: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

111

corporación de los bienes, cuando, como hemos visto, sólo deberían ser reco-nocidos como tal $ 80.

Tal tratamiento origina una sobrevaluación de los activos carente de funda-mento, y erróneas determinaciones de los resultados y de las causas que los originaron.

Continuando con el análisis del caso planteado, supongamos que dos entes distintos, A y B, hubieran adquirido en la misma oportunidad idéntica cantidad de bienes, haciendo uso ambos de la financiación concedida por el proveedor. Una vez transcurridos los 60 días correspondientes al plazo de la financiación, y considerando que el ente A hubiera segregado los componentes financieros implícitos incluidos en el precio nominal del bien, y el ente B no, las situacio-nes patrimoniales de ambos en lo relativo a los hechos comentados se encon-trarían caracterizadas por las siguientes circunstancias:

a) El Activo del ente A, incluiría los bienes comprados por $ 80,00, y asimis-mo, habría reconocido una disminución de su Patrimonio Neto, como con-secuencia del devengamiento de los intereses segregados, por $ 20,00.

b) El Activo del ente B incluiría los bienes adquiridos por $ 100,00, y no habría reconocido disminución patrimonial alguna.

Analizando las diferencias, todo parecería indicar que el ente B se encuentra en una situación patrimonial y económica mejor que A, ya que posee un Activo superior en $ 20,00, y su Patrimonio Neto no se habría visto disminuido, no obstante que ambos han realizado las mismas operaciones y se han visto so-metidos a los mismos hechos.

Tales apariencias tienen origen exclusivamente en un inadecuado tratamiento de los cargos financieros, en este caso, implícitos.

Los casos analizados exteriorizan las inapropiadas consecuencias de no segre-gar los componentes financieros incluidos en los precios nominales de los bienes que podrían ofrecer sus proveedores.

¿Reconocimiento del interés sobre el capital propio?

Tal como ya vimos, la igualdad patrimonial exterioriza una realidad esencial-mente económica, en la cual los activos de un ente se encuentran financiados indis-criminadamente por el pasivo y por el patrimonio neto.

El fundamento de quienes sostienen la conveniencia de reconocer contable-

Page 112: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

112

mente el interés sobre el capital propio, puede sintetizarse129 en que:

o Económicamente, se considera que el capital es uno más de los factores de la producción, y dado que la contabilidad exterioriza hechos económicos, su retribución debe ser considerada.

o Conforme ello, debe considerarse la retribución correspondiente a la finan-ciación cualquiera fuera su fuente, es decir, ajena (Pasivo) o propia (Patri-monio Neto).

o La utilización del capital ajeno (Pasivo) tiene su retribución (el interés), y la utilización por parte del ente del Patrimonio Neto para financiar incorpora-ciones también debe tenerla y, en congruencia, debe ser reconocida conta-blemente. A esta retribución se la denomina usualmente “interés del capital propio”.

Así, esta retribución estaría dada -siempre según la opinión de quienes sostie-nen esta postura- por el llamado interés sobre el capital propio, cuya determinación surge de aplicar al monto de la financiación otorgada por el patrimonio neto, una tasa de interés considerada apta para representar el costo de la citada financiación durante el período de tiempo en que la misma fue prestada. En consecuencia, y bá-sicamente con fundamento en las consideraciones ya descriptas al tratar preceden-temente la activación de los restantes costos financieros, propugnan por el recono-cimiento contable del interés del capital propio, distribuyéndolo como costo de in-corporación de los bienes que requieren procesos de producción prolongados en el tiempo y los resultados, según corresponda.

Tampoco en este caso se propugna, mayoritariamente, por la inclusión de tales partidas dentro del Costo de Incorporación de los bienes comprados o con procesos productivos no prolongados.

Con relación al reconocimiento contable del llamado interés sobre el capital propio, y coincidiendo con lo sostenido por los destacados autores que fueron cita-dos al analizar el tratamiento de la financiación concedida por terceros, debemos manifestar nuestro desacuerdo con la propuesta de reconocerlos, con fundamento, principalmente, en que sin restarle validez al concepto en otros ámbitos, como el económico, la retribución a la que se alude ya está considerada contablemente y no es otra que el resultado del ejercicio. En efecto, nótese que mientras el interés sobre el capital propio representa una retribución que debería tener la financiación otor-gada por los propietarios, el resultado del ejercicio es la retribución que efectiva-mente le correspondería a dicha financiación, conforme hemos expuesto al analizar los resultados precedentemente, y en su oportunidad os aportes de los propietarios.

129 Un análisis exhaustivo del tema puede ser consultado en “Cuestiones Contables Fundamentales”, ya citado.

Page 113: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

113

Cabe resaltar que aún desconociéndose tal circunstancia, el interés sobre el capital propio, conforme se lo presenta, no sería un costo para el ente sino para sus propietarios, motivo por el cual desde la perspectiva contable no representaría costo alguno para aquel, lo cual invalidaría también su reconocimiento y consecuente re-gistración, ya sea como parte integrante de los costos de producción (activos) o de financiación (resultados).

Por último, corresponde mencionar que las normas contables actualmente vi-gentes admiten la posibilidad del reconocimiento contable del interés del capital propio como integrante del costo de incorporación de un bien, cuando se dan las circunstancias apuntadas con respecto a los costos financieros derivados de la fi-nanciación concedida por los otros terceros (bienes de producción prolongada en el tiempo, etc..).

Sintetizando todo lo expuesto respecto del tratamiento de cargos financieros:

En nuestro país existe consenso doctrinario y normativo en no incluir los cos-tos financieros originados en la financiación concedida por los propietarios, ni por otros terceros en el Costo de Incorporación de todos aquellos bienes que no requie-ren procesos productivos prolongados en el tiempo. En lo concerniente a los bienes que sí lo requieren, las normas contables y cierta doctrina admiten dicha posibili-dad.

Como consecuencia de todo lo consignado hasta aquí, podemos precisar el concepto de costo de incorporación vertido con anterioridad, de la siguiente forma:

Es equivalente a la sumatoria de todos los sacrificios económicos efectivamente incurridos para incorporar un bien al patrimonio y ponerlo en condiciones de utili-zación económica, sin considerar los cargos financieros incurridos para financiar di-cha incorporación, sean estos implícitos o explícitos, específicos o no, e indepen-dientemente de que se hayan originado en la financiación concedida por otros terce-ros (Pasivo) o los que pudiera considerarse que se generaron como consecuencia de la financiación otorgada por los propietarios (Patrimonio Neto).

Como salvedad ya expuesta, debe tenerse presente que conforme las normas contables actualmente vigentes, dicha definición podría no resultar válida íntegra-mente en el caso de la incorporación de activos en los que se da la circunstancia que su producción requiere un proceso prolongado en el tiempo y se hubiera optado por incluir en su costo los cargos financieros, como hemos visto.

Por último, corresponde reiterar que el Costo de Incorporación es de carácter histórico, es decir, el relativo a una operación efectivamente realizada, y no poten-cial, como resulta en el caso de las restantes pautas de Valores Corrientes que a continuación se analizan.

Page 114: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

114

2.1.2. Costo de reposición (CR).

Como se ha mencionado en el párrafo precedente, el Costo de Reposición, la primera de las pautas de Valores Corrientes que se analiza, no corresponde a una operación efectivamente realizada, sino, por el contrario, a una de carácter poten-cial, es decir, que podría haber sucedido en el momento al que se refiere la medi-ción. Debe quedar claro entonces que la utilización de esta pauta de valores co-rrientes importa expresar el significado que se atribuye a un bien que se posee, con un valor que al mismo correspondería en la oportunidad a la que se refiere la medi-ción, pero que no surge de una operación efectivamente realizada con el mismo. Concretamente, el correspondiente a los sacrificios económicos que demandaría su reposición en dicho momento, y en las condiciones en las que el mismo se encuen-tra.

De acuerdo a ello, el Costo de Reposición de un bien resulta equivalente a la sumatoria de todos los sacrificios económicos en los que habría que incurrir en el momento al cual se refiere la medición, para reponer -en las condiciones de estado de uso y conservación en que se encuentra- un bien que ya se posee en tal oportu-nidad, todos ellos netos de componentes financieros.

Del concepto dado se desprende que esta pauta de valuación resulta válida tanto para los bienes que, encontrándose en existencia, fueron comprados, como así también para aquellos que el ente ya ha producido o bien se encuentran en proceso de elaboración, de forma que para cada una de las dos alternativas130 planteadas suele identificarse al Costo de Reposición como Costo de Recompra, para la primera, y Costo de Reproducción, para la segunda. No obstante ello, y por considerárselo más práctico, en adelante nos referiremos genéricamente a ambos como Costos de Reposición.

Los alcances que tienen las expresiones que conforman el concepto vertido son similares a las vistas en el caso del Costo de Incorporación, y son las siguientes:

Sacrificios económicos: consisten en él o los activos de los cuales debería des-prenderse el ente para lograr la incorporación del bien al patrimonio (recompra o reproducción). Tal como ha sido consignado previamente, se hace referencia a “sacrificios económicos” en plural, dado que no sólo se trata de aquellos en los que habría que incurrir respecto del precio del bien propiamente dicho, en el ca-

130 En realidad, también resultaría aplicable en otros casos, como por ejemplo, en el de ciertos bienes no tangibles.

Page 115: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

115

so de su recompra, o bien de los sacrificios en los que habría que incurrir para refabricarlo, sino que, además, se incluyen los correspondientes a los servicios adicionales externos e internos, directos, y la parte atribuible de los indirectos en su caso, en los que habría que incurrir para concretar la incorporación del mis-mo.

En los que habría que incurrir en el momento al que se refiere la medición: como ha sido expuesto, los sacrificios económicos referidos son aquellos en los que habría que incurrir en el momento al que se refiere la medición para reponer un bien que en realidad ya se posee, es decir, son sacrificios económicos potencia-les, como así también, que los sacrificios computables deben serlo en congruen-cia con las condiciones normales de aprovisionamiento de los mismos (volúme-nes de compra o producción, etc.).

Para reponer -en las condiciones de estado de uso y conservación en que se en-cuentra- un bien que ya se posee en tal oportunidad: implica computar todos los sacrificios económicos en los que sería necesario incurrir para reponer (comprar o refabricar) un bien que ya se posee en el momento al que se refiere la medición, y en las condiciones de utilización económica (estado de uso, conservación o producción) en la que el mismo se encuentra en tal momento. Nótese que los sa-crificios computables son los correspondientes al estado de uso, conservación o producción que caracterizan al bien en el momento al que se refiere la medición y no otro distinto, como por ejemplo, el que originalmente hubiera podido tener en oportunidad de incorporarse al patrimonio.

todos ellos netos de componentes financieros: los importes de los sacrificios eco-nómicos citados con anterioridad deben ser computados a sus precios o costos contado, es decir, sin considerar los cargos financieros que pudieran originarse en virtud la financiación utilizada para adquirirlos, independientemente de que la misma fuera específica o no, o que hubiera sido exteriorizada o no como tal.

Las pautas y elementos habitualmente utilizados para determinar el Costo de Reposición de un bien pueden ser:

Específicas: listas de precios o cotizaciones de proveedores, y presupuestos de costos de fabricación correspondientes a la fecha a la que se refiere la medi-ción; o bien precios de últimas compras o presupuestos de fabricación anterio-res, en tanto sean muy próximos a la fecha a la cual se refiere la medición, y se los considere razonables por no haberse producido modificaciones significati-vas en los mismos.

Estimadas: actualización, mediante la aplicación de índices específicos131, de

131 Indices obtenidos como consecuencia de la evolución particular de los precios o costos de los bienes objeto de la medición.

Page 116: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

116

compras no muy próximas a la fecha a la cual se refiere la medición y de pre-supuestos de costos de producción.

Ejemplos de partidas que suelen conformar el Costo de Reposición son las de-talladas al tratarse con anterioridad el Costo de Incorporación, aunque, como fuera expuesto, las correspondientes a las operaciones -potenciales- que habría que reali-zar en el momento al que se refiere la medición.

La valuación de bienes a su Costo de Reposición implica el reconocimiento de los resultados originados como consecuencia de la diferencia existente entre el Co-sto de Incorporación efectivamente incurrido para incorporar el bien al patrimonio, o bien el último Costo de Reposición atribuido al mismo en un momento anterior, y su Costo de Reposición a la fecha de cada nueva medición, obviamente, en tanto el mismo se encuentre en existencia en esta última oportunidad.

Analicemos, en el caso de un bien adquirido y valuado a Costo de Incorporación con anterioridad, las variaciones patrimoniales que se producirían como consecuen-cia de su valuación a Costo de Reposición a la fecha de una medición posterior, so-bre la base de los siguientes datos:

Costo de incorporación: $ 200 En el momento de su incorporación.

Costo de Reposición: $ 220 En el momento de su posterior medición.

Las variaciones que se producirían como consecuencia de la nueva valua-ción132, suponiendo que no se ha realizado ninguna operación, ni ha ocurrido nin-gún otro hecho económico entre las fechas de la última y nueva medición, son las siguientes:

Un incremento del activo de $ 20, originado en el aumento del valor atribuido al bien en existencia, que no se encuentra acompañado por la disminución de algún otro activo, la generación o aumento de algún pasivo, ni por ninguna modificación atinente a los aportes efectuados por los propietarios.

En virtud de ello, el reconocimiento de una variación modificativa, dada por el incremento cuantitativo del patrimonio no imputable a los propietarios, es de-cir, el reconocimiento de un resultado positivo para el ente, al que genérica-mente y por su origen identificaremos como Resultado por Tenencia conforme ya hemos visto, para diferenciarlo de los Resultados Transaccionales.

Obviamente, en el caso de resultar el Costo de Reposición inferior al Costo de Incorporación, o al último Costo de Reposición asignado al bien con anterioridad, se-gún fuera el caso, la variación modificativa habría consistido en un resultado nega-

132 Sin considerar las circunstancias que se tratan más adelante en lo referente a la Unidad de Medida y al Capital a Mantener.

Page 117: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

117

tivo, atento a la disminución cuantitativa experimentada por el patrimonio que no resulta imputable a sus propietarios.

Retomando el ejemplo, cabe destacar que la magnitud del resultado positivo reconocido ($ 20), es inferior al que debería obtenerse una vez que el bien se ven-diera, dado que, como resulta lógico suponer, su precio de venta debería ser supe-rior al Costo de Reposición.

Analizaremos tal circunstancia integrando el ejemplo anterior con nuevos da-tos, y presentando en paralelo la evolución patrimonial a través del tiempo, según los dos criterios de valuación mencionados, siendo los datos correspondientes los siguientes:

Momento Descripción de hechos y operaciones 1 Se adquiere al contado un bien en $ 200. 2 Su Costo de Reposición es de $ 220. Su precio de venta $ 300.

3 Su Costo de Reposición es de $ 230, y su precio de venta $ 300, y se lo vende al contado.

Si bien no resultaría necesariamente lógico comercialmente que habiéndose producido un cambio en el costo de reposición de un bien, su precio de venta per-manezca constante, tal circunstancia no afecta ni determina -por sí- las conclusio-nes a las que se arriban al analizar el caso. Adviértase que en el planteo el precio de venta del bien en los Momentos 2 y 3 permanece constante ($ 300), cuando sus cos-tos de reposición en tales oportunidades eran $ 220 y $ 230 respectivamente.

Continuando con el planteo, supongamos además, sólo para simplificar el ca-so, que en oportunidad de realizarse la venta del bien no se incurrirá en nuevos sa-crificios económicos, como podrían ser comisiones de vendedores, impuestos, etc.. Asimismo, y con idéntico fundamento, que el bien descripto es el único activo del ente, y que su Costo de Incorporación es equivalente a los aportes efectuados por los propietarios en el Momento 1.

A continuación se presentan las distintas situaciones patrimoniales alternati-vas correspondientes a cada uno de los momentos a los que se refiere el ejemplo, de acuerdo con los dos criterios de valuación analizados hasta el presente, consignán-dose en las columnas identificadas como CR y CI, las situaciones patrimoniales de-terminadas de acuerdo al Costo de Reposición y Costo de Incorporación respectiva-mente.

Page 118: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

118

Puede advertirse en el ejemplo que:

* Cuando se valúan los bienes a su Costo de Incorporación, se difiere el reconoci-miento de la totalidad de los resultados que los mismos pueden generar hasta el momento en que se efectúa su venta, $ 100 en el Momento 3; mientras que, cuando se realiza la valuación a Costo de Reposición, el resultado generado como consecuencia del aprovechamiento económico total de los bienes, se dis-tribuye entre los ejercicios en los cuales los mismos se incorporaron, se encon-traron en existencia, y se los vendió, y se los reconoce de acuerdo a sus respec-tivas causas:

o En el Momento 2: $ 20 (Nuevo CR $ 220 menos CI anterior $ 200), como resultado por tenencia, los que -luego- se exponen en el Momento 3 como Resultados de períodos anteriores;

o En el Momento 3: $ 10 (Nuevo CR $ 230 menos anterior CR $ 220), como resultado por tenencia, oportunidad ésta en que, con el objeto de estable-cer su costo de salida del patrimonio, corresponde valuarlo conforme su CR;

o En el Momento 3: $ 70 (Precio de Venta $ 300 menos $ CR 230) también en el Momento 3, como resultado transaccional, es decir, originado por la venta.

* No obstante ello, el resultado total (acumulado) generado como consecuencia del aprovechamiento del bien producido entre el Momento 1 y el Momento 3, es decir desde su incorporación hasta su venta, en ambas alternativas resultan cuantitativamente iguales, $ 100; en virtud de lo cual, se desprende que el uso alternativo de uno u otro criterio origina exclusivamente una distinta asigna-ción (reconocimiento) de resultados entre los períodos en los cuales los mismos

Patrimonio Momento 1 Momento 2 Momento 3 Detalle de las partidas CR CI CR CI CR CI Bienes 200 200 220 200 Efectivo 300 300 Activo

Total del Activo 200 200 220 200 300 300 Aportes de los propietarios (200) (200) (200) (200) (200) (200) Resultados del ejercicio: Por tenencia Por venta de bienes Resultados períodos anterio-res

(20)

(10) (70) (20)

(100)

Patri-monio Neto

Total Patrimonio Neto (200) (200) (220) (200) (300) (300)

Page 119: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

119

se encontraron en existencia133.

El Costo de Reposición, pauta de Valores Corrientes, y el Costo de Incorpora-ción expresan ambos como significado el sacrificio real o potencial en el que se ha incurrido o debería incurrirse -respectivamente- para adquirir bienes y servicios o prestar estos últimos. En el caso de las pautas que se detallan a continuación, su significado guarda relación con los beneficios podrían obtenerse o se han obtenido, según los casos, con los bienes que con ellas se pueden valuar.

2.1.3. Valor Neto de Realización (VNR).

El significado de este valor de cambio de salida, también referido a un hecho potencial, es el correspondiente al beneficio económico neto que habría de obtenerse por la venta de un bien que se posee, en el momento al que se refiere la medición, una vez deducidos de su precio de venta los gastos directos adicionales en los que habría de incurrirse en el futuro hasta concretarla, todos ellos, netos de componen-tes financieros.

Los alcances de las expresiones consignadas previamente, son las siguientes:

Precio de venta: es el precio de venta del bien, correspondiente a las canti-dades emergentes de las condiciones con las que habitualmente se los ven-de (eventualmente neto de las bonificaciones que pudieran corresponder), vigentes en la fecha a la cual se refiere la medición, y, en su caso, compu-tando los ingresos adicionales directos que la venta pudiera generar (por ejemplo: precio del flete prestado por el vendedor que debe ser soportado por el comprador, etc.).

Gastos directos adicionales en los que habría de incurrirse hasta concre-tarla: sacrificios económicos directos adicionales en los que habría que in-currir -en el futuro- hasta el momento de su venta134, determinados en la oportunidad a la que se refiere la medición.

Son ejemplos de este tipo de gastos, entre otros, los siguientes:

o Comisiones de vendedores.

o Impuestos que gravan las ventas y que deben ser soportados por el vendedor.

o Otros gastos relacionados directamente con las operaciones de ven-

133 Ello así, porque no se consideran en el caso otras cuestiones relativas a la medición que se tratan con posterioridad (Capital a

Mantener), en el que tal afirmación podría no resultar procedente.

134 Principalmente incurridos como consecuencia de la realización de la venta.

Page 120: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

120

tas.

Todos ellos netos de componentes financieros: en congruencia con lo visto con anterioridad al analizar los costos de incorporación y reposición, el precio de venta y los costos y gastos computables a efectos de determinar el Valor Neto de Realización no deben incluir componentes financieros im-plícitos ni explícitos originados en la financiación concedida por el vende-dor del bien, como así tampoco, aquellos en los que pudiera haberse incu-rrido en virtud de la financiación de los sacrificios directos mencionados.

Utilizando como base el ejercicio detallado al analizar el Costo de Reposición, con el único agregado que existen gastos directos de venta por $ 30, por ejemplo comisiones correspondientes a quienes efectuaran las ventas, se puede observar las diferencias que origina la utilización del VNR con relación a aquella pauta. Las dife-rentes situaciones patrimoniales alternativas correspondientes a cada uno de los momentos citados, serían las siguientes135:

Patrimonio Momento 1 Momento 2 Momento 3 Detalle de las partidas CR VNR CR VNR CR VNR Bienes 200 270 220 270 Efectivo 270 270 Activo

Total del Activo 200 270 220 270 270 270 Aportes de los propietarios (200) (200) (200) (200) (200) (200) Resultados del ejercicio: Por tenencia Por venta de bienes Otros transaccionales Resultados períodos anteriores

(70)

(20)

(70)

(10) (70) 30

(20)

(30) 30

(70)

Patri-monio Neto

Total Patrimonio Neto (200) (270) (220) (270) (270) (270)

Según se observa, al valuar las existencias en el Momento 1 con VNR, ya se han reconocido la totalidad de los resultados netos que se estima se producirán co-mo consecuencia de la venta del bien ($ 70), la que se producirá recién en el Mo-mento 3. Adviértase que si bien se reconoce en este último momento un resultado positivo de $ 30 por la venta (Precio de Venta $ 300 - Su valor de salida del activo $ 270), éste se compensa con el resultado negativo originado por los gastos directos adicionales incurridos como consecuencia de la misma (Comisiones por $ 30), los

135 Tampoco se consideran en el caso cuestiones originadas en el Tratamiento de la Unidad de Medida ni del Capital a Mantener.

Page 121: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

121

que se exponen como “Otros transaccionales”.

Conforme la opinión de la corriente doctrinaria mayoritaria, esta pauta de va-luación sólo resulta razonable para bienes en los que se dé la circunstancia de que el hecho sustancial para el reconocimiento de la variación patrimonial modificativa (reconocimiento de resultados) haya ocurrido al momento de efectuar la valuación de los mismos, en virtud de lo cual, no resulta necesario esperar que se produzca efectivamente la venta para reconocer los resultados que la misma generará.

Esta circunstancia, verificación del hecho sustancial, se da cuando nos en-contramos ante la presencia de bienes que reúnen en forma concurrente las si-guientes características:

* Son fungibles, es decir sustituibles unos por otros de la misma especie (cerea-les, divisas, etc.).

* No requieren esfuerzos significativos para su venta, como consecuencia de lo cual, la posibilidad de apropiación por parte del ente de los resultados deriva-dos de su futuro intercambio, estaría dada, más por la voluntad del ente de venderlo, que por la de comprarlo por parte de sus eventuales clientes.

* Tales bienes coticen en mercados transparentes, caracterizados por contar con cotización pública, donde la oferta individual no puede alterar significativa-mente el nivel de sus precios, y donde el vendedor habitualmente encuentra comprador.

A lo expuesto cabría adicionar otros casos en los que, no obstante no darse los recaudos mencionados, como consecuencia de la celebración de acuerdos formales de venta o prestación de servicios, igualmente podría resultar razonable utilizar esta pauta de valuación, cuya consideración resulta inoportuna efectuar en el estado de desarrollo alcanzado hasta el presente en materia de medición.

Pueden citarse como ejemplos de bienes valuables con esta pauta, y en la me-dida en que cumplan con los requisitos detallados precedentemente, entre otros, los siguientes:

Ciertos Bienes de cambio: hacienda, granos, algunos metales, etc..

Ciertas inversiones: en moneda extranjera, oro, títulos públicos y privados con cotización bursátil, etc..

Ciertos créditos consistentes en el derecho a percibir sumas de dinero: cuando la intencionalidad del ente consista en su realización, y ello resulte objetivamente factible.

Page 122: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

122

2.1.4. Valor Actual del Flujo de Fondos Descontados (VAFFD).

Esta pauta de valores corrientes resulta aplicable, particularmente, a aquellos activos y pasivos que consisten en derechos u obligaciones a percibir o entregar su-mas de dinero.

No obstante que las partidas que reúnen tales características usualmente se encuentran incluidas en los rubros o agrupamientos denominados Créditos y Deu-das, esta pauta resulta también aplicable a todas aquellas que, aún integrando otros agrupamientos, revistan similares características, como por ejemplo, las colo-caciones de fondos efectuadas en instituciones financieras a cambio de una retribu-ción, las que, conforme el ánimo que motivara su imposición, podrían encontrarse clasificadas como Inversiones.

Como se ha anticipado, el Valor Actual es una herramienta de la matemática financiera que persigue el objetivo de obtener el valor que corresponde asignarle a una partida en el momento al que se refiere su medición, cuando su valor formal o contractual se encuentra referido a un momento posterior.

Supongamos el caso de un pagaré con fecha de vencimiento en el Momento 2, suscripto por un monto de $ 120, que se encuentra conformado por $ 100 de Capi-tal, y $ 20 de intereses. Obviamente, el valor consignado en el documento, $ 120, se encuentra referido a una fecha posterior a la de la medición, la que suponemos en el Momento 1, ya que la naturaleza de las partidas que lo conforman así lo exterioriza, toda vez que para alcanzar efectivamente su valor nominal, que incluye $ 20 en con-cepto de intereses, el deudor deberá hacer uso del plazo de la financiación concedi-da a cambio de tal retribución.

La aplicación en materia contable de esta pauta de valuación a las partidas ci-tadas se basa en que, al tener el dinero un costo en el tiempo, un valor referido a un momento futuro no representa indudablemente el valor que al mismo le corresponde en un momento anterior.

Para determinar el VAFFD de un valor referido a un momento futuro, conforme hemos visto con anterioridad, resulta imprescindible establecer lo siguiente:

o Momento o momentos futuros a los que corresponden las expresiones mo-netarias.

o Tasa de descuento (interés) vigente al momento al que se refiere la medi-ción, representativa del costo del dinero en el tiempo para operaciones simi-

Page 123: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

123

lares136, aplicable a los valores futuros previamente individualizados.

Para obtener el Valor Actual, a la fecha a la que se refiere la medición, de un valor referido a un momento posterior, se le descuenta a este último el costo que el dinero tiene durante el período que media entre la fecha correspondiente a la medi-ción y la del momento posterior (vencimiento), siendo la fórmula aplicable a tales efectos la que ya hemos visto con anterioridad:

VAFFD = VF / (1+d)n Dónde: VAFFD: es el Valor Actual del Flujo de Fondos esperado, es decir, el valor co-

rrespondiente a la fecha a la cual se refiere la medición (en el caso, Momento 1).

VF: es el valor referido a un momento futuro (en el caso, Momento 2).

d: es la tasa de descuento (interés) computable, vigente en el momento al cual se refiere la medición (Momento 1), y no lo explícitamente pactada, o la implícitamente computada originalmente en la operación.

n: cantidad de períodos de capitalización que median entre el momento al que se refiere la medición (Momento 1) y el momento futuro (Momento 2 - vencimiento).

Nótese que la condición de Valor Corriente del VAFFD está dada porque el va-lor atribuido al bien por la aplicación de esta pauta es correspondiente al momento al que se refiere la medición, y asimismo, por la utilización de una tasa vigente en tal momento, y no por la que hubiera sido pactada o computada en la operación rea-lizada.

En el caso en que debiera determinarse el Valor Actual de un crédito o una deuda que cuentan con diversos importes y fechas de vencimiento, deberá determi-narse el Valor Actual de cada uno de ellos, según sus respectivas fechas, resultando el Valor Actual de aquellos equivalente a la sumatoria de cada uno de los valores ac-tuales obtenidos.

Un ejemplo de su aplicación ha sido expuesto al considerar con anterioridad la segregación de componentes financieros implícitos.

Tal como se lo ha definido, el Valor Actual del Flujo de Fondos Descontados, en lo relativo a los créditos y deudas consistentes en los derechos y obligaciones a reci-

136 Existen distintas alternativas en lo referente a la tasa de interés a utilizar. El objetivo introductorio del presente trabajo no justi-

fica su análisis.

Page 124: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

124

bir o entregar sumas de dinero se encontraría incluido dentro del concepto de Valor Neto de Realización, en los casos en los que la tasa computada fuera aquella que aceptarían los acreedores para dar por cancelados sus créditos.

2.1.5. Valor de Utilización Económica (VUE).

El VUE ha sido definido como el significado económico que él o los activos en cuestión tienen para la entidad, en función de su ramo de actividad y la utilización que de ellos se haga137.

Al respecto, corresponde destacar que el alcance otorgado usual y mayorita-riamente por las doctrina y las normas contables a la expresión Utilización Econó-mica, resulta sólo comprensivo de la utilización de los bienes que puede hacerse en actividades productivas, de administración, comercialización, etc., es decir, excluida la utilización económica originada por su venta138.

Asimismo, la norma referida establece que el VUE de un bien o conjunto de bienes puede medirse en función del valor actual de los ingresos netos probables que directa o indirectamente producirán, o de otros elementos de juicio fundados.

Conforme se desprende de lo expuesto, es una pauta aplicable para valuar bienes en forma individual o en conjunto. Ello así, dado que por las características propias de su utilización, puede darse la circunstancia que el aprovechamiento eco-nómico de un bien en particular se encuentre condicionado por su utilización en conjunto con otros, en virtud de lo cual, su significado económico autónomo para el ente puede resultar distinto del que alcanza en conjunto, pudiendo resultar inclusi-ve nulo.

El concepto y alcance mencionados del VUE no han sido objeto de mayores cuestionamientos. No obstante, autorizada doctrina139 considera que el VUE, más que ser una pauta primaria de valuación, constituye un valor utilizable a efectos de establecer límites en la valuación de los activos. Es decir que, más que constituir una pauta utilizable para valuar en forma primaria, por ejemplo un bien de uso, puede ser utilizada como parámetro para limitar la valuación que pretende asignár-sele, cuando aquella no resulta razonable en virtud de exceder tal límite, fundándo-se tal afirmación en que el significado que el mismo expresa corresponde a un pe-

137 Conforme lo definía la Resolución Técnica del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires (en

adelante RT) No. 10 en B.2.5., en congruencia con las consideraciones que al respecto establece la RT 17.

138 Limitación ésta que, no obstante resultarnos poco apropiada, no será objeto de consideración en este trabajo por su carácter in-

troductorio, y resultar necesario contar con conocimientos adicionales para interpretar adecuadamente la fundamentación en la

que tal afirmación se basa.

139 Enrique Fowler Newton ha planteado una interesante duda respecto de la razonabilidad de la aplicación del valor actual en Va-

luación Primaria, en “Cuestiones Contables Fundamentales”, Macchi, 1991.

Page 125: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

125

ríodo posterior al que se refiere la valuación de los activos a los que pudiera atri-buírseles dicho valor.

Sin perjuicio de las salvedades expuestas respecto de su aplicabilidad en la va-luación primaria, existe consenso en que esta pauta de valores corrientes resulta aplicable al caso de los bienes de uso, y activos de naturaleza similar, como por ejemplo, bienes muebles o inmuebles que, en virtud de su aprovechamiento econó-mico, se encontraran clasificados como Inversiones.

Como se lo define, para determinar el VUE debe aplicarse la técnica financiera denominada Valor Actual a los ingresos netos, es decir, una vez deducidos de los in-gresos brutos los egresos que se estima se producirán directa o indirectamente co-mo consecuencia del aprovechamiento económico futuro del bien o conjunto de bie-nes.

Entonces, para obtener el VUE de un bien resultaría necesario cumplimentar los siguientes pasos:

a. Determinar, al momento al que se refiere la medición, la capacidad rema-nente de prestar servicios que posee el bien objeto de la valuación140, por ejemplo, en el caso de una máquina utilizada para producir bienes desti-nados a ser vendidos, la cantidad de éstos que podrán ser producidos con la misma en el futuro, y hasta la oportunidad que se estime como la de su desafectación de tales actividades.

b. Estimar, sobre bases razonables, el aprovechamiento económico futuro to-tal del bien, considerando: 1) Respecto de los bienes a producir, los ingre-sos y egresos de fondos que se generarán en el futuro hasta que los mis-mos sean realizados de acuerdo a las condiciones estimadas (precios, gas-tos, etc.); y 2) El sobreviniente de la realización del bien objeto de la valua-ción, en la oportunidad en la que se hubiera previsto su desafectación.

c. Sobre tales bases (“b.”), determinar los flujos de fondos netos que se estima se originarán -tanto- como consecuencia de los determinados en “b. 1)” y los considerados en “b.2)”, y, en ambos casos, los momentos en que los mismos se producirán.

d. Calcular el Valor Actual de los importes netos determinados según “c.”, conforme ya ha sido analizado.

Esta pauta de valuación corriente se encuentra actualmente contemplada en las normas contables profesionales, aunque a efectos de realizar la llamada valua-ción secundaria.

140 Usualmente denominada Vida Util Restante.

Page 126: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

126

2.1.6. Valuación Patrimonial Proporcional (VPP).

El Valor Patrimonial Proporcional, por su naturaleza, resulta sólo aplicable a ciertas inversiones consistentes en la participación en el capital de otros entes y, particularmente, cuando el ánimo de la inversión consiste en participar de los bene-ficios que la actividad del ente puede reportar al inversor, sean estos directos o no.

De ello se desprende que, por ejemplo, cuando la realización de la inversión ha tenido como fundamento obtener un beneficio originado en la diferencia que se es-tima podría existir entre el sacrificio económico incurrido para adquirirla, con el pre-cio que se obtendría por su posterior venta, esta pauta de valuación corriente no re-sulta representativa del significado económico que corresponde atribuir a la misma, el que, conforme lo expuesto, y de darse las circunstancias correspondientes, podría estar representado por otras pautas, como por ejemplo su VNR.

Para lograr una acabada comprensión de esta pauta de valuación resulta im-prescindible tener determinados conocimientos de derecho societario, como por ejemplo, entre otros, los relacionados con el capital de las sociedades, y, en parti-cular, las diferentes modalidades que puede adoptar el mismo (ordinario o prefe-rido). Asimismo, resulta necesario contar con conocimientos de medición y exposi-ción que exceden el objeto del presente trabajo, por lo cual esta pauta de valuación no será analizada en profundidad.

Conceptualmente, la pauta consiste en atribuir como significado a una inver-sión en el capital de una sociedad, usualmente denominada emisora, la expresión monetaria que resulta de aplicar al patrimonio neto de ésta, el porcentaje de partici-pación relativa que le corresponde al inversor (tenedor/a) sobre el total del capital de la sociedad emisor/a, obviamente, en ambos casos, los correspondientes al momen-to al que se refiere la medición.

De ello se desprende que para aplicar tal pauta resulta necesario relacionar los siguientes elementos referidos a la fecha a la cual se refiere la medición:

a) El porcentaje de tenencia de acciones que posee el tenedor sobre el total del Capital de la sociedad emisora a dicho momento, y

b) El Patrimonio Neto de esta última.

Por ejemplo, si al momento al que se refiere la medición, el capital de la socie-dad emisora se encuentra conformado por 10.000 acciones ordinarias de valor no-minal $ 1, y su patrimonio neto asciende a $ 50.000, y si la sociedad tenedora posee en tal oportunidad 3.000 de dichas acciones, el VPP de las mismas surgiría del si-guiente cómputo:

VPP = porcentaje de tenencia x patrimonio neto computable

Page 127: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

127

VPP = (3.000 / 10.000) x 50.000

VPP = $ 15.000

En realidad, la razonabilidad de la aplicación en forma directa del porcentaje de tenencia al total del patrimonio neto de la emisora, como fuera anticipado, de-pende de determinados hechos y circunstancias, de forma tal que éste cómputo no puede ser realizado directamente sin analizarlas. En efecto, obsérvese que lo que se desprende del cálculo citado importa considerar que al porcentaje de tenencia que se tiene, le corresponde directamente su proporción sobre el total del patrimonio ne-to de la emisora, cuando ello puede no resultar así según sea la conformación cua-litativa del capital de esta última.

Sí, por ejemplo, el capital de la emisora se encontrara conformado tanto por acciones ordinarias como preferidas, y las acciones que se pretende valuar son del tipo de las primeras, aplicar sin miramientos la fórmula citada no resultaría razona-ble, dado que hay una parte del patrimonio neto (capital o resultados según corres-ponda) sobre la cual las acciones preferidas pueden contar con preferencia.

De darse la situación apuntada, correspondería aplicar el porcentaje de tenen-cia ordinaria (tenencia de acciones ordinarias que se posee, dividido por el total de las mismas) sobre el total del patrimonio neto, una vez deducidos de éste los dere-chos que pudieran corresponder al capital preferido.

Si por el contrario, el VPP a determinar fuera el relativo a la tenencia de accio-nes preferidas, correspondería determinar las preferencias con las que las mismas cuentan, es decir, determinar el total de las preferencias citadas, y este importe di-vidirlo por el total de acciones preferidas y multiplicarlo por la tenencia que se posee de las mismas.

Asimismo, y de darse determinadas circunstancias cuyo tratamiento -in ex-tenso- excede el carácter introductorio de esta pauta, podría resultar necesario efec-tuar algunos ajustes sobre el importe total del patrimonio neto de la emisora que surge de sus estados contables, exclusivamente a efectos de la valuación a VPP por parte de la tenedora, y con el objeto de establecer el importe del patrimonio neto que razonablemente debe ser computado (entre otros casos posibles, ver “b” siguiente).

Lo señalado no importa la modificación de los estados contables de la sociedad emisora, sino, la realización -por parte de la tenedora- de los ajustes sobre el patri-monio neto que surge de los mismos que pudieran corresponder, exclusivamente, a efectos de obtener la Valuación Patrimonial Proporcional de la inversión.

Requisitos para su aplicación

Para la aplicación de esta pauta resulta necesario:

Page 128: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

128

a. Contar con información sobre la conformación del patrimonio de la emi-sora a la fecha a la cual se refiere la medición de la participación, con-cretamente, sus estados contables.

Esta circunstancia puede limitar la aplicación de la pauta en aquellos ca-sos en los que no pudiera contarse con tal información. No obstante, existe consenso en considerar razonable contar con información referida a un momento anterior al de la fecha a la cual corresponde la medición a reali-zar por la tenedora, cuando la misma no excede del plazo de tres meses, en cuyo caso, y a efectos de establecer el patrimonio neto computable de la emisora, deben efectuarse ajustes a su patrimonio neto -exclusivamente a tales efectos- para corregir las transacciones significativas para la inver-sora, y las realizadas entre ambas que hubieran modificado el patrimonio de la emisora, en ambos casos en tanto se hubieran verificado dentro del período señalado.

b. Los criterios de medición utilizados para la confección de los estados con-tables de la sociedad emisora deben resultar compatibles con los utilizados por la tenedora. En caso contrario, para obtener el patrimonio neto compu-table a efectos de la determinación del VPP, deben efectuarse las co-rrecciones correspondientes sobre el patrimonio neto de la emisora para homogeneizar su determinación con los criterios de medición utilizados por la tenedora, sin que ello implique modificar tales estados.

Conforme se desprende de los requisitos mencionados, la relación de dominan-cia que pudiera existir entre tenedora y emisora resulta determinante a efectos de poder satisfacer los recaudos citados. Así, no deberían existir dificultades para dis-poner de la información necesaria cuando la tenedora detenta:

El control de la emisora, es decir, cuando gobierna su voluntad social sobre la base de su participación accionaría mayoritaria o, cuando sin poseer dicha mayoría, a través de acuerdos formales con otros accionistas alcanzan la mayoría necesaria para dirigir las políticas de la sociedad en la que se participa y para nombrar los integrantes del órgano de administración.

O bien cuando, sin ejercerse control, se ejerce una influencia sig-nificativa, por poder la tenedora intervenir significativamente en las decisiones operativas y financieras de la emisora, como por ejemplo, cuando posee en forma directa o indirecta141 una partici-pación accionaría a la que corresponde un porcentaje que otorga

141 A través de otros entes que controla.

Page 129: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

129

un 20% o más de los derechos de voto, y/o otras circunstancias que podrían exteriorizar dicha influencia: participación de repre-sentantes de la tenedora en el órgano de administración de la emisora, dependencia de ésta última en virtud de la relación co-mercial habida entre ellas (único proveedor o cliente, etc.), o por cuestiones técnicas, entre otras.

Cuando tales circunstancias no se encuentran presentes, la posibilidad de dis-poner de la información necesaria -por parte de la tenedora- para dar cumplimiento a los recaudos que requiere la aplicación de la pauta puede obstar a su utilización.

Por ello, y en congruencia con otros motivos, las normas contables vigentes es-tablecen al VPP como pauta obligatoria de valuación de las inversiones en acciones cuyo aprovechamiento consiste en obtener beneficios derivados de la actividad de la emisora, cuando la tenedora detenta el control, control conjunto o ejerce influencia significativa sobre la emisora.

VPP y pautas de asignación de resultados

Dado que la valuación de la inversión de la tenedora está directamente relacio-nada con el patrimonio de la emisora, el reconocimiento de los resultados habidos en esta última se registran y reconocen, en la tenedora, conforme su devengamiento en la emisora, es decir, respetando adecuadamente la pauta de asignación de resul-tados conocida como Devengado, circunstancia esta que no se da cuando la valua-ción de estos activos se realiza a su Costo de Incorporación.

En efecto, suponiendo que la participación en el capital de otro ente se hubiera valuado a Costo de Incorporación, el reconocimiento contable -en los registros de la tenedora- de los resultados producidos en la emisora sólo se produciría en el caso de resolverse una distribución de dividendos en la última, lo cual resulta más próximo a la pauta de asignación de resultados conocida como percibido que a la que, como hemos visto, es de aplicación: devengado.

2.1.7. Valuaciones Técnicas.

Las llamadas Valuaciones Técnicas, también conocidas como Revalúos Técni-cos, que son aplicables a los bienes de uso y otros activos de características simila-res a estos, constituyen, en realidad, sólo un procedimiento para la asignación de valores a algunos bienes, o conjunto de ellos, para cuya aplicación se encuentran expresamente habilitados -por las normas142- profesionales idóneos en la materia, actuando individualmente o en conjunto, y en tanto revistan la condición de inde-

142 Legales y profesionales.

Page 130: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

130

pendientes respecto del ente propietario de los bienes.

Conforme tal procedimiento, él o los profesionales intervinientes en la determi-nación del valor atribuible a los bienes objeto de este tipo de revaluación son los que en definitiva establecen, cuando se cumplimentan los requerimientos citados, el va-lor por el cual los mismos serán expuestos en los informes contables.

Por ello, no constituyen una pauta autónoma de valuación, sino, una mera habilitación normativa para que un tercero determine el valor que puede atribuírsele al bien o conjunto de bienes, él o los que, en definitiva, y usualmente, utilizarán al-guna de las pautas de valuación que se analizan en el presente capítulo.

No obstante que desde la perspectiva formativa del presente trabajo no nos pa-rece adecuado, se incluye a las llamadas Valuaciones Técnicas dado que, con habi-tualidad, suele incluírselas entre las pautas de utilizables cuando el criterio de va-luación es Valores Corrientes.

2.1.8. Límites a los valores atribuibles a los activos.

Tanto la doctrina como las normas contables profesionales se han ocupado tradicionalmente de establecer límites a los valores atribuibles a los activos y pasi-vos que integran el patrimonio de los entes. Este cuidado, ha tenido por finalidad tratar de evitar, fundamentalmente, la sobre y/o subvaluación de tales elementos, por las consecuencias que tales circunstancias ocasionan, entre otras, desde la perspectiva del reconocimiento de resultados.

Por lo apuntado, la asignación definitiva de valores a los elementos que inte-gran el patrimonio que será informado a terceros, requiere cumplimentar el segundo paso que constituye el proceso de valuación, la llamada Valuación Secundaria, tam-bién conocida como Aplicación de Valores Límites.

Desde hace tiempo parece existir consenso en reconocer que el valor límite de los activos es su Valor Recuperable143, entendiéndose por este último al que resulte mayor al efectuar la comparación entre el Valor Neto de Realización y el Valor de Utilización Económica de un bien, donde el VNR y el VUE tienen los alcances con-signados con anterioridad.

En virtud de ello, la valuación primaria de un activo debe resultar inferior al valor que resulte mayor al efectuar la comparación entre el VNR y el VUE de dicho bien.

Sin desconocer la razonabilidad de la aplicación de valores límite a la valuación

143 RT 17 en 4.4.1..

Page 131: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

131

de activos, y con relación a lo establecido al respecto por las normas citadas, consi-deramos que la aplicación rigurosa de las mismas, puede llevar a una irrazonable valuación de los bienes144. La circunstancia de no existir en la norma mayores preci-siones ni aclaraciones sobre el alcance que debe otorgarse a la comparación, hace recomendable que las mismas las efectúen, cuanto menos, en lo que resulta necesa-rio para su acabada interpretación por parte de quienes no cuentan con co-nocimientos acordes en materia de valuación.

En tal sentido, debe advertirse que las pautas utilizadas como parámetros a efectos de determinar el valor límite aplicable para un bien, es decir el VNR y el VUE conforme son definidos en la norma, son de naturaleza diferente como fuera consig-nado previamente, siendo el primero de los citados un Valor de Cambio y el segundo un Valor de Uso, resultando por lo tanto irrazonable que el valor límite buscado sur-ja de la comparación de valores de naturaleza y significado diferente, y que éste, además, resulte apto para constituirse genéricamente en un tope aplicable, indis-tintamente, a bienes también de naturaleza y aprovechamiento económico diferen-tes.

2.2. Valores atribuibles a los pasivos.

En líneas generales, existe consenso en que la valuación primaria atribuible a los pasivos debe guardar consistencia con su destino, resultando de ello que resulta posible analizar a estos últimos desde las siguientes perspectivas:

a) El objeto de las obligaciones y, consecuentemente con ello, los recursos que deberá aplicar el ente para cancelarlas.

En este sentido, resulta conveniente recordar la clasificación por su objeto de las obligaciones que fuera consignada con anterioridad, en oportunidad de introducir el concepto de patrimonio, pero diferenciada de acuerdo como resulta más conveniente para analizar la cuestión que ahora nos ocupa, de la siguiente forma:

Obligaciones de entregar sumas de dinero

Obligaciones de entregar otros bienes o de prestar servicios.

b) La probabilidad145, posibilidad146 e intencionalidad147 o no, de la cancela-ción anticipada de las obligaciones.

144 El análisis de tal afirmación en profundidad excede el carácter liminar del presente.

145 De aceptación por parte del acreedor, del pago anticipado.

146 Financiera del ente de cancelar anticipadamente la obligación.

147 Por parte del ente de actuar en tal sentido.

Page 132: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

132

No obstante ello, y dado que el objeto del presente trabajo consiste en analizar las alternativas de valuación existentes, independientemente de lo que al respecto establecen las normas contables o pudiera resultar técnicamente más razonable, a continuación se consideran los distintos criterios de valuación -y en su caso las pautas- que podrían resultar de aplicación para las obligaciones, desde la perspec-tiva de las circunstancias señaladas.

2.2.1. Obligaciones de entregar sumas de dinero.

Este tipo de obligaciones se originan usualmente como consecuencia de haber recibido el sujeto obligado sumas de dinero en préstamo, como así también en la fi-nanciación que pudiera habérsele concedido en oportunidad de efectuar una adqui-sición de bienes o servicios cuyo precio no fue abonado parcial o totalmente.

Tales financiaciones son concedidas a cambio de una retribución que consiste en el precio atribuido a las mismas, es decir el interés. No obstante ello, los sacrifi-cios económicos en los que podría incurrirse como consecuencia de hacer uso de la financiación, pueden consistir -además y como hemos visto- en otros adicionales al interés propiamente dicho.

No obstante que el uso de la financiación suele acarrear sacrificios económicos, excepcionalmente, podría ocurrir que bajo ciertas circunstancias ello no ocurriera, e inclusive que la misma generara beneficios económicos para el sujeto pasivo de la misma. Lo apuntado como excepcional podría darse en ciertos casos, dependiendo estos de la moneda en la que se contrajo la obligación, la evolución de su valor, las condiciones en las que la misma se convino, y el modelo contable que se utilice.

Sin perjuicio de esta última particularidad, los sacrificios económicos en los que podría incurrirse al hacerse uso de la financiación concedida por otros terceros, además del interés, podrían consistir, entre otros de menor entidad148, los siguien-tes149:

a) Diferencias de cambio: en el caso de obligaciones contraídas en moneda extranjera, estos sacrificios se originan por las diferencias que pudieran generarse durante el período de la financiación, en virtud de una modi-ficación -desfavorable- de la relación de cambio existente entre la mo-neda de cuenta utilizada por el tomador del préstamo (Peso) y la moneda extranjera en la que hubiera podido pactarse la operación.

148 Gastos de otorgamiento de los créditos, y otros casos de interpretación más compleja.

149 Debe tenerse presente que las conclusiones a las que se arriba en los ejemplos que se presentan a continuación, en lo concer-

niente a la efectiva existencia o no de los sacrificios que se señalan, como así también su sentido favorable o desfavorable y su

magnitud, en definitiva, resultan dependientes de otras variables que caracterizan a la problemática de la medición del patrimonio

que se analizan con posterioridad (Unidad de Medida y Capital a Mantener).

Page 133: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

133

Supóngase, sólo a título de ejemplo, que se hubiera pactado un prés-tamo de U$S 1.000 a favor de un ente, por un plazo de 30 días, sin cóm-puto de intereses150, y que al momento de recibírselo, la cotización del Dólar respecto del Peso era la siguiente: U$S 1 = $ 1; de forma tal que en dicha oportunidad, y expresada en Pesos (moneda de cuenta del ente), la obligación asumida resultaba equivalente a $ 1.000.

Asimismo, considérese que al cabo de los 30 días la relación existente entre ambas monedas fuera la siguiente: U$S 1 = $ 1,20.

De lo expuesto en el párrafo precedente se desprende que en oportuni-dad del vencimiento del préstamo, el ente obligado deberá entregar a su acreedor la suma de U$S 1.000, o bien su equivalente en Pesos, los que en tal oportunidad resultan equivalentes a $ 1.200.

El incremento de la obligación en $ 200, importa para el tomador del crédito un sacrificio económico que constituye un costo de la financia-ción utilizada, independientemente del que -además- pudiera correspon-der en el caso en que se hubieran pactado intereses.

b) Actualizaciones: en el caso de obligaciones constituidas en moneda, en las que se hubiera pactado la actualización del capital original sobre la base de algún índice convenido a tales efectos, también podríamos en-contrarnos con otros sacrificios económicos originados por la financia-ción utilizada.

Por ejemplo, supongamos ahora que el préstamo que recibe el ente es en Pesos, y por la suma de $ 1.000, por idéntico plazo (30 días) y sin cóm-puto de intereses, pero que se ha pactado una cláusula de actualiza-ción151 del capital, sobre la base de la evolución que experimente el In-dice de Precios al Consumidor, de tal forma que, al vencimiento, el ente deberá entregar a quien le efectuó el préstamo la cantidad de Pesos que resulte de actualizar los $ 1.000 originales, conforme la variación expe-rimentada por dicho índice entre la fecha de otorgamiento del préstamo y la de su vencimiento y o pago; y que suponemos que dicha variación resultó desfavorable (inflación) para el Peso, en un 30%.

A la fecha de vencimiento, y no obstante que el ente hubiera recibido efectivamente $ 1.000; para cancelar la obligación en su totalidad de-berá entregar la suma de $ 1.300.

150 No se incluye el cómputo de intereses sólo a efectos de aligerar el ejemplo.

151 Esta cuestión se analiza con posterioridad con mayor profundidad.

Page 134: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

134

El incremento de la obligación en $ 300, una vez devengado el cargo, es decir a su vencimiento, importa para el sujeto obligado por la misma un sacrificio económico incurrido que constituye un costo de la financiación utilizada, al que, en su caso, y de haber sido convenido, debería adicio-narse el correspondiente a los intereses.

Efectuadas estas aclaraciones, a continuación analizamos las alternativas de valuación de estas partidas.

Costo de Incorporación

Dado que las obligaciones de entregar sumas de dinero pueden consistir en hacerlo en la moneda de cuenta que se utiliza para expresar el valor de los bienes (en nuestro caso el Peso), o bien en otra extranjera, conforme lo expuesto preceden-temente, la forma de obtener el costo de incorporación de estas partidas requiere un tratamiento diferenciado.

Préstamos en moneda de cuenta

Conforme el concepto genérico de Costo de Incorporación, su expresión en términos monetarios se obtiene adicionando al capital original la totalidad de los cargos financieros devengados (intereses y actualizaciones) hasta la fecha a la cual se refiere la medición, determinados a las tasas y en las condiciones pactadas, ob-viamente, en su caso, netos de los pagos que pudieran haberse realizado con antici-pación a dicha fecha.

Conceptualmente, la forma de obtener el Costo de Incorporación de las obliga-ciones de entregar sumas de dinero puede sintetizarse de la siguiente forma:

Capital original + Sacrificios económicos devengados hasta la fecha de la medición

Préstamos en moneda extranjera

En el caso de tratarse de obligaciones que consisten en entregar cantidades de moneda extranjera, la forma de determinar su valuación es similar a la detallada previamente, pero efectuando todos los cómputos en la moneda extranjera que pu-diera corresponder, y, adicionalmente, convirtiendo el resultado obtenido en moneda extranjera según el procedimiento descripto anteriormente, a la moneda de cuenta (Peso) de acuerdo al tipo cambio152 vigente a la fecha a la cual se refiere la medición.

Al respecto, las normas contables establecen que ésta es la forma de valuar ambos tipos de obligaciones cuando a la fecha de cierre, se considera improbable, cuando no imposible, que el ente pudiera cancelarlas con anticipación a su venci-

152 Relación existente entre la cotización de una y otra moneda.

Page 135: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

135

miento.

Valores Corrientes

En lo concerniente a este criterio, la medición de la obligación a la fecha a la cual se refiere la medición se obtendrá determinando el Valor Actual del Flujo de Fondos, conforme ha sido expuesto con anterioridad, computando como tasa de descuento (interés) a la fecha citada, aquella que el acreedor aceptaría para dar por extinguida la obligación.

Esta pauta de Valores Corrientes es la que las normas contables consideran apropiada, cuando a la fecha a la cual se refiere la medición se considera probable la cancelación anticipada de tales obligaciones por estar de acuerdo con ello el acreedor, y además resultar factible de acuerdo a las condiciones financieras e in-tencionalidad del ente a dicha fecha.

2.2.2. Obligaciones de entregar otros bienes o prestar servicios.

Básicamente, este tipo de obligaciones se originan como consecuencia de haberse recibido:

a) Bienes153 en préstamo, que con posterioridad deberán ser devueltos a quien lo concedió, y por los que el tomador debe abonar una retribución (interés) en favor de de aquel.

b) Anticipos efectuados por clientes a cuenta del precio de venta de los bienes o servicios que, en virtud de lo convenido, y con posterioridad, deberán ser entregados o prestados por quien recibió el anticipo.

Dado lo expuesto, y en lo concerniente a las obligaciones que consisten en en-tregar bienes, podría ocurrir que en oportunidad de efectuarse su medición tales bienes se encontraran, o no, en poder de quien ha recibido el préstamo en especie, o bien el anticipo.

En este último caso, también que los mismos fueran bienes que el deudor compra y vende en el mismo estado, o bien que se tratara de bienes que deben ser producidos por él.

La trascendencia de tales circunstancias a efectos de la valuación de las res-pectivas obligaciones depende, como se verá, del criterio de valuación que se utilice, conforme a continuación se lo analiza.

153 Usualmente fungibles: Mercaderías, materias primas, títulos públicos, etc.

Page 136: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

136

Costo de Incorporación

Cuando éste es el criterio adoptado, y sin perjuicio de la razonabilidad técnica de su utilización, y en líneas generales, el valor atribuible a este tipo de obligacio-nes, consistentes en entregar bienes o prestar servicios, estará dado:

a) En el caso de los préstamos en especie: Por el correspondiente al va-lor154 que les fuera atribuido originalmente a los bienes en oportunidad de habérselos recibido, adicionándosele la retribución devengada hasta el momento al que se refiere la medición. Al respecto debe recordarse que en este tipo de operaciones de financiación, la recepción de los bie-nes es en virtud de obtenerse el derecho a usarlos durante un determi-nado período de tiempo, y no su propiedad. Por ello, en oportunidad de su concesión se origina para el tomador del crédito en especie el naci-miento de un activo (derecho de uso) equivalente al valor atribuido al bien en tal momento, y un pasivo (obligación de devolverlo) por idéntico importe.

b) En el caso de anticipos recibidos: Por el correspondiente al valor nomi-nal de los anticipos recibidos. Es decir, el correspondiente a la su-matoria de las sumas de dinero recibidas en concepto de anticipo, inde-pendientemente de que se trate de anticipos recibidos a cambio de la en-trega -en un momento posterior- de bienes o de la prestación de ser-vicios.

Valores Corrientes

Para analizar la valuación de este tipo de obligaciones desde la perspectiva de la aplicación de Valores Corrientes, resulta conveniente hacerlo teniendo en consi-deración el objeto de las mismas, y las restantes posibilidades que podrían presen-tarse, como a continuación se las expone:

a) En primer lugar, y tal como se ha anticipado, que se trate de un prés-tamo en especie, o bien de la percepción de anticipos por la entrega de bienes o la prestación futura de servicios;

b) Que los bienes objeto de la obligación se encuentren en existencia155 o no, en el momento al que se refiere la medición de la obligación;

154 Valor éste que, dada la característica de la operación, será el que hubiera correspondido al mismo -en tal oportunidad- en caso

de habérselo adquirido, es decir, el que hubiera sido su costo de incorporación. Adviértase en tal sentido que el bien fue sólo re-

cibido en préstamo.

155 Aquellos cuya tenencia detenta el ente en el caso de los préstamos en especie, o bien, la propiedad, en el de los anticipos.

Page 137: Medición del Patrimonio i

II.- Criterios de Valuación

137

c) Que se trate de bienes que el ente adquiere y vende en el mismo estado, o bien, que sean producto de un proceso de transformación (produc-ción).

A continuación se tratan por separado las posibilidades citadas.

Préstamos en especie

Los valores corrientes atribuibles a este tipo de obligaciones en oportunidad de efectuarse su medición, serán los correspondientes a los valores corrientes -vigentes en tal momento- de los bienes que constituyen su objeto, adicionándosele la retribu-ción (interés) correspondiente, computada a su Valor Actual del Flujo de Fondos Descontado, conforme ha sido expuesto con anterioridad, al analizar el valor co-rriente de obligaciones consistentes en entregar sumas de dinero, in-dependientemente de que los bienes se encuentren en existencia (tenencia) o no.

Anticipos por la entrega de bienes

En estos casos, en los que usualmente los anticipos no generan intereses a fa-vor de quien los entrega, su medición utilizando Valores Corrientes –en cualquier momento- se diferencia según los bienes se encuentren en existencia o no en tal oportunidad, como así también, si los mismos son comprados y vendidos en el mis-mo estado por quien percibe el anticipo, o bien son producidos por éste.

A continuación se analiza tales alternativas.

Bienes en existencia

En el caso de bienes que se encuentran en existencia a la fecha a la cual se refiere la medición, e independientemente de que se trate de bienes de propia producción o no, la medición de la obligación se determinará de acuerdo a la valuación corriente correspondiente a tales bienes vigente en la oportunidad a la que se refiere la medición, y, en caso de corresponder, adicionándole aquellos costos necesarios para ponerlos a disposición del acreedor.

Es decir, la valuación de la obligación resultará equivalente a la expresión monetaria correspondiente al valor atribuido a los bienes que conforman el activo, más la correspondiente a los costos en los que pudiera resultar necesario incurrir para ponerlos a disposición del acreedor.

Bienes que no se encuentran en existencia

El Valor Corriente de las obligaciones consistentes en entregar bienes que no se encuentran en existencia a la fecha a la cual se refiere la medición, dependerá de que se trate de bienes que se compran y venden en el mis-

Page 138: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

138

mo estado, o bien que los mismos deban ser producidos por el ente.

En el primero de los casos, la valuación correspondiente a la obligación en oportunidad de su medición, estará dada por el Costo de Reposición (com-prarlo) -vigente en tal momento- de los bienes objeto de la obligación, en su caso, adicionándosele los sacrificios necesarios para ponerlos a dispo-sición del acreedor.

En el segundo, también por su Costo de Reposición, aunque en este caso éste resulta su costo de refabricación a dicha fecha, y en su caso, adicio-nándosele también aquellos costos necesarios para poner los bienes a dis-posición del acreedor, y, en caso de resultar el importe obtenido según el computo precedente inferior a la sumatoria de los importes recibidos, por este último importe.

2.2.3. Límites a los valores atribuibles a los pasivos.

El tratamiento de estos valores tope no resulta tan controvertido como en el caso de los activos, existiendo consenso en que los pasivos no pueden ser valuados por debajo del valor de los recursos (activos) de los que debería desprenderse el ente en el momento al cual se refiere la medición, para cancelarlos íntegramente en tal oportunidad.

Page 139: Medición del Patrimonio i

III.- Unidad de Medida

139

3.- Tratamiento de la Unidad de Medida.

Como hemos visto, la unidad de medida o moneda de cuenta, es utilizada en contabilidad para reducir a una expresión cuantitativa común, el diferente signifi-cado que un ente atribuye a las distintas partidas que conforman su patrimonio, usándose habitualmente a tales efectos la moneda de curso legal.

Cuando se utiliza como unidad de medida una determinada moneda156, se da la particular circunstancia de que su precio permanece inmutable a través del tiem-po, independientemente de lo que ocurra con su propio valor. El precio de la mone-da lo constituye su valor nominal, es decir, el que figura inserto en cada unidad mo-netaria (billetes y monedas).

Sin embargo, su grado o aptitud para satisfacer necesidades, lo que económi-camente se denomina poder adquisitivo, no necesariamente se mantiene constante, ya que como consecuencia de determinadas circunstancias cuyo tratamiento excede el carácter de este trabajo, el mismo puede modificarse. Cuando el poder adquisitivo de una moneda disminuye, con la misma cantidad nominal de la misma pueden sa-tisfacerse menor cantidad de necesidades, es decir, adquirirse menos bienes y servi-cios de los que podían adquirirse en un momento anterior, fenómeno éste al se co-noce como inflación. Por el contrario, cuando pueden adquirirse mayor cantidad de bienes y servicios que con anterioridad, se lo denomina deflación.

Como consecuencia de lo manifestado, el significado que tiene la expresión monetaria que representa el valor atribuido a un bien, por ejemplo una mercadería, conlleva un doble significado:

a) Por un lado, el valor atribuido al bien propiamente dicho, es decir su signifi-cado, expresado en términos de su Costo de Incorporación, o del Valor Co-rriente que le fuera atribuido; y

b) Por otro, el significado reconocido a la unidad de medida utilizada para expre-sar el valor de tales bienes, el que como hemos mencionado puede modificarse.

De lo expuesto se desprende una conclusión que no siempre es debidamente advertida: que el tratamiento a otorgar a la unidad de medida utilizada para expre-sar el significado atribuido a los elementos que conforman el patrimonio de un ente es una cuestión absolutamente independiente de los criterios de valuación que pu-dieran utilizarse a tales efectos. Es decir, el tratamiento de la unidad de medida y el criterio de valuación son absolutamente independientes.

156 Peso, Dólar estadounidense, Yen, Euro, etc..

Page 140: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

140

En lo concerniente a lo señalado en “b)”, y por lo expresado con anterioridad respecto de la particular circunstancia que la unidad utilizada para expresar el valor atribuido a los elementos que conforman el patrimonio de un ente (apartado “a)”) puede sufrir cambios en su poder adquisitivo, existen dos formas de obrar al res-pecto en contabilidad.

Utilizar lo que habitualmente se denomina trabajar con unidad de medida:

* Heterogénea o Corriente: que implica no reconocer los efectos que producen en el patrimonio de los entes los cambios que pudiera experimentar el poder adquisitivo la unidad de medida.

* Homogénea o Constante: que importa reconocer tales efectos.

Tales posibilidades son aquellas entre las cuales deberá optarse con el objeto de continuar definiendo el modelo contable que se considera apropiado para repre-sentar la única realidad habida. Como ya hemos visto, las restantes alternativas pa-ra la definición del modelo consisten en definir los criterios y en su caso las pautas de valuación aplicables a las partidas que conforman el activo y pasivo, lo que ya hemos analizado, y, por último, el alcance o tratamiento a otorgarle a otra de las partidas que también conforman el patrimonio: los aportes efectuados por los pro-pietarios, los que analizaremos con posterioridad.

Medición del poder adquisitivo de la moneda

De lo expuesto se desprende que si no se considerara necesario157 tener en cuenta los cambios que experimenta el poder adquisitivo de la moneda, se podría prescindir de conocer las variaciones que éste pudiera experimentar. En caso con-trario, obviamente, es imprescindible conocer tales variaciones.

La medición de las mismas se realiza mediante el seguimiento de la relación existente entre dos cantidades, es decir, mediante índices que se confeccionan a ta-les efectos. Concretamente, a través de la confección de índices representativos de la evolución del nivel general o particular de los precios de diversas actividades, secto-res, etc..

En la práctica, tales índices no surgen del cómputo de la totalidad de los pre-cios correspondientes a los bienes y servicios relativos a una actividad o sector, sino que se los confecciona sobre la base de aquellos bienes y servicios que se consideran representativos de la totalidad de los correspondientes a la actividad o sector, y computados o no, de acuerdo a su importancia relativa en la formación del nivel de precios.

157 Lo que técnicamente resulta irrazonable.

Page 141: Medición del Patrimonio i

III.- Unidad de Medida

141

Para la confección de una serie de índices que midan la evolución del nivel de precios de un determinado sector o actividad, se determina, en primer lugar, el ín-dice denominado “inicial”, es decir el correspondiente al momento158 o período en el cual empieza a realizarse el seguimiento, el que resulta de reducir a una base inicial, habitualmente 100, la sumatoria de los precios correspondientes a los bienes y ser-vicios seleccionados como representativos de la actividad o sector vigentes en el momento o período elegido como tal. Los índices que corresponderán a los momen-tos o períodos sucesivos, surgirán de dividir (relacionar) los precios de los mismos bienes y servicios elegidos como representativos, vigentes en los nuevos momentos o períodos (como numerador), por el resultado del cociente que resulte de dividir el ni-vel de precios del momento o período inicial y la base a la que los mismos fueron re-ducidos.

Por ejemplo, si en el momento o período en el que se inicia el seguimiento de las variaciones, la sumatoria de los precios de los bienes y servicios elegidos como representativos ascendía a $ 1.000, y estos fueron reducidos a una base 100; el ín-dice a un momento o período posterior, en el cual la sumatoria de los precios de ta-les bienes y servicios ascendieran a $ 1.800, resultaría equivalente a 180 [1.8000 / (1.000 / 100)]. Es por ello que, como se verá con posterioridad, conociéndose los ín-dices de poder adquisitivo correspondientes a dos momentos diferentes, la reexpre-sión a moneda homogénea o constante de las expresiones monetarias relativas a uno de ellos, se la realiza relacionándolos.

Para considerar adecuadamente los efectos patrimoniales, económicos y finan-cieros que producen los cambios que experimenta el poder adquisitivo de la mo-neda, resulta necesario que todas las expresiones monetarias representativas del significado atribuido a cada uno de los elementos que conforman el patrimonio de los entes posean idéntico poder adquisitivo, es decir, el correspondiente a un mismo momento159. Ese momento, podría ser cualquiera, por ejemplo, el 1 de Enero de 1970, o cualquier otro anterior o posterior a éste.

No obstante, unánimemente se considera conveniente que dicho momento de-be ser el correspondiente a la fecha de finalización del período económico al que co-rresponda el informe. Ello así, porque de esta manera las magnitudes de las expre-siones monetarias expuestas resultan de más fácil interpretación por parte de los lectores, por su proximidad a la fecha de su lectura de los informes contables. Por

158 Debido a las necesidades propias de la elaboración de los índices, éstos habitualmente no se encuentran referidos a un mo-

mento en particular, sino, a un período determinado, y, asimismo, los resultados obtenidos (índices) se los refiere también a un

período determinado que no necesariamente puede coincidir con el correspondiente a su determinación, como ocurre en nuestro

país, en el que se los refiere a períodos mensuales, no obstante que pueden haber sido obtenidos durante un período menor.

159 Ello sin perjuicio de lo detallado en la nota precedente, dado que por lo allí apuntado se considera que no se distorsiona la cali-

dad de la información, cuando la magnitud de los cambios experimentados por el poder adquisitivo de la moneda no resultan sig-

nificativos.

Page 142: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

142

ello, la reexpresión a moneda constante, se realiza a tal oportunidad, la llamada de fecha de cierre.

A tales efectos, en el caso de aquellas partidas que no se encuentren expresa-das en moneda de poder adquisitivo correspondiente al momento por el cual se ha optado, el cierre, será necesario reexpresarlas a moneda de poder adquisitivo co-rrespondiente a dicho momento, lo que se realiza mediante la aplicación a las mis-mas del coeficiente de reexpresión que relaciona el índice correspondiente al mo-mento al que la expresión monetaria se encuentra referida, denominado usualmente base u origen, con el vigente a la fecha de cierre160.

Conforme ello, el coeficiente de reexpresión o ajuste (CA) se obtiene de la si-guiente forma:

CA = Indice cierre / Indice base

Dónde:

Indice de cierre: es el índice de precios correspondiente al momento al que se ha resuelto reexpresar las partidas, la fecha de cierre del pe-ríodo por el cual se informa.

Indice base161: es el índice vigente en el momento al que la expresión monetaria que se pretende reexpresar corresponde.

En nuestro país, los índices oficiales los confecciona el Instituto Nacional de Estadística y Censos, existiendo diversos tipos, generales y particulares, como por ejemplo, entre otros, los siguientes: a) Generales: el Indice de Precios al Consumidor, que mide la evolución de los precios que deben soportar los consumidores finales de los bienes y servicios, o el Indice de Precios Internos al Por Mayor (IPIM) que mide tal evolución, pero referida a los precios mayoristas que deben soportar los distintos entes intervinientes en la cadena de formación de los bienes y servicios; y b) Parti-culares, como por ejemplo el Indice del Costo de la Construcción, que mide la evolu-ción de los precios de este sector en particular.

A efectos de reflejar contablemente las variaciones que experimenta el poder adquisitivo de la moneda, se estima razonable la utilización del Indice de Precios In-ternos al Por Mayor (IPIM), por tratarse de un índice general y oficial que -además- por su naturaleza se considera representativo para la mayoría de los entes que de-

160 El alcance de esta afirmación es conceptual, ya que ciertas partidas podrían encontrarse expresadas en términos de poder ad-

quisitivo que no corresponden necesariamente a un único momento, motivo por el cual, el procedimiento de reexpresión no re-

sulta tan directo como el comentado, tal como se lo analiza con posterioridad.

161 Adviértase que en materia de reexpresión a moneda constante, el término “base” inserto en la fórmula es el que se describe a

continuación de la misma, y no al que en materia de confección de índices se denomina de idéntica forma, y en este trabajo ha si-

do identificado como “inicial” con el objeto de diferenciarlos.

Page 143: Medición del Patrimonio i

III.- Unidad de Medida

143

ben efectuar reexpresiones a moneda constante.

Una vez efectuada la introducción precedente relativa a la medición de la evo-lución del poder adquisitivo de la moneda, a continuación analizaremos por sepa-rado las alternativas existentes en lo concerniente al tratamiento a otorgarle a la unidad de medida.

3.1. Moneda Heterogénea (o Corriente).

Cuando se opta por esta alternativa no se reconocen los efectos que producen en el patrimonio de los entes los cambios que pudiera experimentar el poder adqui-sitivo de la moneda. Lo apuntado implica, además de sus desafortunadas conse-cuencias en términos de exposición de la situación y evolución patrimonial, econó-mica y financiera de los entes, el desconocimiento de un hecho económico -indiscutiblemente- existente, que aleja a la contabilidad de la realidad y de la eco-nomía.

Cuando se adopta tal temperamento, las expresiones monetarias que repre-sentan el significado atribuido a cada uno de los distintos elementos que conforman el patrimonio del ente a la fecha a la cual se refiere su medición, pueden quedar ex-presadas en moneda de poder adquisitivo correspondiente a distintas fechas, y, con-secuentemente, de haberse producido cambios en el poder adquisitivo de la moneda durante el período en el que estuvieran comprendidas tales fechas, les correspon-derán distintos poderes adquisitivos.

Lo expuesto torna irrazonable la información sobre la situación y evolución pa-trimonial, económica y financiera de un ente, dado que las expresiones monetarias insertas en los correspondientes informes contables carecen de homogeneidad en lo concerniente a su poder adquisitivo, constituyendo las principales distorsiones que ocasiona este tratamiento de la unidad de medida, las siguientes:

o Inadecuada exposición de la magnitud de los activos y pasivos que conforman el patrimonio, como así también de sus importes totales.

o Inadecuada exposición de la magnitud de los aportes de los propietarios y de los resultados acumulados.

o Inadecuada determinación del resultado del período.

o Inadecuada exposición de las causas que determinaron los resultados del pe-ríodo, tanto en lo concerniente a la existencia o no de algunas de las mismas, como así también, en lo relativo a su magnitud y sentido.

o Omisión de la exposición de los resultados generados como consecuencia de los cambios que experimentó el poder adquisitivo de la moneda.

o Imposibilidad de establecer relaciones razonables entre las distintas partidas

Page 144: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

144

que conforman los informes contables correspondientes a un mismo período.

o Imposibilidad de comparar razonablemente los informes contables del propio ente respecto de los emitidos por períodos anteriores o posteriores, como así también, respecto de los emitidos por otros entes para un mismo período.

El ejemplo que se desarrolla con posterioridad servirá para interpretar adecua-damente lo expuesto.

3.2. Moneda Homogénea (o Constante).

Utilizar moneda homogénea o constante para expresar monetariamente el sig-nificado que se atribuye a cada una de las partidas que conforman el patrimonio de un ente importa reconocer los cambios que experimenta la unidad de medida utili-zada a tales efectos, como consecuencia de lo cual, una vez efectuadas las correc-ciones correspondientes, todas las partidas que integran los informes contables pa-trimoniales, económicos y financieros, quedan expresadas en moneda de poder ad-quisitivo correspondiente al mismo momento, el de la fecha de cierre.

Esto último, sin perjuicio de que por la modalidad de confección de los índices que se utilizan a tal fin, en realidad los mismos no corresponden a un momento en particular, sino a un período. Esta particularidad, se considera igualmente razona-ble en tanto y en cuanto la magnitud que pudieran experimentar las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda no superen límites que tornen inapropiados a los índices que las representan. En caso de excederse tales límites, los índices deberían ser reformulados por el propio ente a efectos de establecer los que efectivamente co-rresponderían a los respectivos momentos, a fin de evitar las consecuencias desfa-vorables que se desprenderían de actuar en sentido contrario.

Dado el objeto del presente trabajo, que es meramente introductorio, particula-rizar sobre el procedimiento de reexpresión a moneda constante de las diferentes partidas que conforman el patrimonio del ente, técnica que usualmente se conoce como Ajuste por Inflación162, excede sobradamente el fin pretendido, y los conoci-mientos que el lector que se inicia en la materia debería poseer. No obstante ello, pueden efectuarse algunas consideraciones sobre la metodología a utilizar para re-expresar a moneda constante, que serán útiles para interpretar conceptualmente di-cha técnica, y los beneficios que de su aplicación se derivan en términos de la cali-dad de la información.

El objetivo, como ha sido reiteradamente expuesto, consiste en lograr que to-

162 Sería más apropiado denominarla Reexpresión a Moneda Constante o Reexpresión por cambios en el poder adquisitivo de la mo-

neda, o expresiones similares, que resulten comprensivas tanto de la inflación como de la deflación. No obstante ello, la denomi-

nación Ajuste por Inflación se encuentra tan difundida que igualmente se la utiliza.

Page 145: Medición del Patrimonio i

III.- Unidad de Medida

145

das las expresiones monetarias correspondientes al significado atribuido a los ele-mentos que conforman el patrimonio de un ente correspondan a un mismo mo-mento y, consecuentemente con ello, posean idéntico poder adquisitivo.

En tal sentido, existen algunas partidas que por su naturaleza siempre se en-cuentran expresadas en moneda de poder adquisitivo de cierre, como por ejemplo, el dinero en efectivo. En efecto, independientemente de lo que ocurra con el poder ad-quisitivo del Peso, en cualquier momento, el mismo se encuentra expresado en tér-minos de poder adquisitivo de dichos momentos: su valor nominal. Idéntico razo-namiento corresponde a todas aquellas partidas que consistan en derechos u obli-gaciones de entregar sumas de dinero (moneda de cuenta).

Por otra parte, existen partidas cuyas expresiones monetarias habitualmente tienen poder adquisitivo anterior al de la fecha de cierre, como por ejemplo, entre otros, los aportes efectuados por los propietarios, los bienes de existencia física que se encuentran valuados a Costo de Incorporación, etc..

Esta circunstancia ha dado lugar a que, desde la perspectiva del ajuste por in-flación, habitualmente suela diferenciarse a las partidas que conforman el patrimo-nio en partidas monetarias (las citadas en primer lugar) y partidas no monetarias (las segundas), y sobre dicha clasificación, establecer que las partidas no moneta-rias deben ser reexpresadas, en tanto que las restantes no, simplificación ésta que, a nuestro entender, no resulta la más apropiada pedagógicamente.

Para establecer si una partida debe ser reexpresada o no, sólo debe determi-narse si la expresión monetaria que expresa el significado que se le ha atribuido a la misma posee poder adquisitivo correspondiente a la fecha de cierre o no.

Según habitualmente se lo caracteriza, el procedimiento de reexpresión consis-te en reexpresar a moneda de poder adquisitivo de cierre las expresiones monetarias correspondientes a todas las partidas que conforman el patrimonio en tal oportuni-dad, en tanto aquellas correspondan a momentos anteriores al citado cierre. En rea-lidad, resulta más apropiado decir que todas las expresiones monetarias deben ser reexpresadas a fecha de cierre ya que, en lo concerniente a aquellas que ya se en-cuentran expresadas en moneda de poder adquisitivo de dicha fecha, el coeficiente de reexpresión resultaría igual a 1, dado que el Indice de Cierre y el Indice de Base que corresponde computar es el mismo.

Para realizar dichas reexpresiones resulta necesario efectuar, respecto de cada partida, lo siguiente:

o Determinar el momento o momentos al que corresponde la expresión monetaria, es decir, aquel en el cual la partida impactó en el patrimonio, lo que en contabilidad se denomina momento base o de origen, y cuyo procedimiento determinativo, se conoce como anticuación de partidas.

Page 146: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

146

Al aplicar el procedimiento, podría resultar que existan:

a) Partidas cuyas expresiones monetarias corresponden directamente a uno o más momentos en los que fueron reconocidas las variaciones patrimoniales, por ejemplo las correspondientes a las oportunidades en que se incorporaron bienes al patrimonio, o las de las ventas rea-lizadas, etc..

b) Otras, cuyas expresiones monetarias se originan como resultado de las sumas algebraicas de otras tantas expresiones monetarias co-rrespondientes, cada una de ellas, a su vez, a distintos momentos, no correspondiendo por lo tanto las primeras a ningún momento en par-ticular, por el ejemplo el costo de las mercaderías vendidas cuando se lo determina por diferencia patrimonial o de inventarios, los re-sultados por tenencia, etc..

c) O bien, que provienen de otras expresiones monetarias de poder ad-quisitivo también anterior al de la fecha de cierre, pero distinto al co-rrespondiente al momento en el que fueron reconocidas como varia-ciones patrimoniales, como por ejemplo, las relativas a salidas de bienes valuados a Costo de Incorporación.

Teniendo en consideración lo expresado, la reexpresión a moneda cons-tante de tales partidas debería ser efectuada de acuerdo al siguiente procedimiento.

o En el caso de las partidas que poseen una o más anticuaciones deter-minadas (a), reexpresar cada una de las expresiones correspondientes a cada uno de los momentos determinados con él o los coeficientes emergentes de relacionar, como fuera expuesto con anterioridad, el In-dice de Cierre (IC) con él o los respectivos Indices Base (IB) que corres-ponda a cada una de ellas, es decir, multiplicar cada expresión mone-taria del pasado por el coeficiente que surge de la siguiente relación IC / IB, y, en su caso, sumarlas.

o En lo concerniente a las expresiones monetarias que constituyen el re-sultado de la suma algebraica de distintas expresiones monetarias de diferente poder adquisitivo (b), corresponde reexpresar a la fecha de cierre, y por separado, cada una de las expresiones monetarias que participan en la determinación de tal resultado, según sus respectivos momentos de origen, y mediante la aplicación del coeficiente corres-pondiente a cada uno de ellas, y, luego, efectuar la suma algebraica de los importes expresados en moneda de poder adquisitivo de cierre ob-tenidos para cada una de ellas.

Page 147: Medición del Patrimonio i

III.- Unidad de Medida

147

o En el de caso de las que provienen de otras expresiones monetarias de poder adquisitivo también anterior al de la fecha de cierre, pero distin-to al correspondiente al momento en el que fueron reconocidas como variaciones patrimoniales (c), corresponde sean reexpresadas desde las oportunidades a las cuales tales expresiones se encuentran referidas.

Por último, corresponde poner de manifiesto un error en el que puede incu-rrirse: considerar que la aplicación de Valores Corrientes a la totalidad de los activos y pasivos que conforman el patrimonio de un ente torna innecesaria la reexpresión a moneda constante de las expresiones monetarias que lo conforman. Dicha creencia se basa en que, por considerarse que todos los activos y pasivos quedan expresados en moneda de poder adquisitivo de cierre, al ser valuados de tal forma, no resulta necesario efectuar la reexpresión citada.

Tal consideración no resulta acertada dado que sin perjuicio de que los activos y pasivos valuados con Valores Corrientes se encuentren expresados en moneda de poder adquisitivo de cierre, las diferentes partidas que conforman el Patrimonio Neto (aportes de los propietarios, reservas, resultados no asignados, etc.) quedan expre-sadas en moneda de poder adquisitivo correspondiente a distintos momentos, o in-clusive, en algunos casos, que no corresponde a ningún momento en particular.

Caben idénticas consideraciones respecto de las partidas que determinan las causas generadoras del resultado reconocido en el período, dado que, de actuarse en tal sentido, se omitiría el reconocimiento de los resultados por exposición a la in-flación que pudieran haberse generado en los activos y pasivos expuestos a los cambios experimentados por la unidad de medida.

Al respecto, corresponde reiterar lo ya expuesto en oportunidad de considerar el tratamiento de la unidad de medida, en el sentido que la aplicación de un criterio de valuación es una cuestión absolutamente independiente del tratamiento que co-rresponde otorgarle a la unidad de medida utilizada para expresar el valor a las par-tidas que conforman el patrimonio.

3.3. Comparación práctica de los distintos tratamientos.

Un ejemplo sumamente sencillo nos ayudará a precisar las diferencias exis-tentes en lo concerniente al tratamiento que puede otorgarse a la unidad de medida.

Supongamos el caso de un ente con la siguiente situación patrimonial al Mo-mento 0, que es el de su constitución:

Activo Patrimonio Momento Dinero Otros Total Capital Resultados Total

0 100 100 100 100

Page 148: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

148

Asimismo, que entre tal momento, y el Momento 1, no se han producido opera-ciones, y que el único hecho económico ocurrido es que hubo una inflación del 30% entre ambas oportunidades, por resultar los índices que corresponde computar, los siguientes:

Indice base: 300 (Momento 0)

Indice de cierre: 390 (Momento 1)

Coeficiente: 1,30 [ 390 / 300]

Inflación: Coeficiente - 1; (1,30 - 1,00) = 0,30

0,30 (expresado en tanto por uno) = 30% (expresado en %)

Situación patrimonial sin considerar los efectos de los cambios del poder ad-quisitivo de la moneda (Moneda Heterogénea o Corriente)

Es posible que pueda creerse que la mejor manera de exponer la situación pa-trimonial del ente al Momento 1 sea la misma que se utilizó para hacerlo al Mo-mento 0, ya que no se han producido operaciones de ninguna naturaleza, como consecuencia de lo cual, las expresiones monetarias que representan al dinero exis-tente y al aporte efectuado por los propietarios (Capital), deberían ser nominalmente equivalentes.

Conforme con esta postura, la situación patrimonial al Momento 1 sería:

Activo Patrimonio Momento

Dinero Otros Total Capital Resultados Total 1 100 100 100 100

Tal como puede advertirse, no se ha reconocido resultado alguno. Si se preten-diera confirmar dicha circunstancia por diferencia patrimonial163, posiblemente se la realizaría conforme el siguiente cálculo:

Patrimonio al Momento 1: [Obtenido por diferencia entre activos y pasivos al cierre (100 - 0 = 100)]

100

más: Retiros de aportes efectuados por los propietarios durante el período:

0

menos: Aportes efectuados por los propietarios durante el período:

0

más o menos: Otras variaciones cuantitativas del patrimonio neto (no existen en el caso)

0

163 Entre patrimonios al cierre y al inicio, netos de los movimientos habidos en los aportes o retiros efectuados por los propietarios,

y otras variaciones cuantitativas que pudieran haberlos afectado (retiro de utilidades, retribuciones a órganos de administración

etc.), los que en el caso planteado no se han producido.

Page 149: Medición del Patrimonio i

III.- Unidad de Medida

149

menos: Patrimonio al Momento 0: [Obtenido por diferencia entre activos y pasivos al inicio (100 - 0 = 100)]

(100)

igual a: Resultado del período:

0

Con relación a lo planteado, y con el ánimo de precisar el grado de razonabili-dad que ello tiene, resulta conveniente reparar en los siguientes aspectos:

a) Respecto de la situación patrimonial presentada para el Momento 1, en ade-lante denominado “cierre”, la expresión monetaria correspondiente al Capital aportado originalmente, y la del dinero en existencia al cierre, tienen poder ad-quisitivo equivalente?

b) En caso de no ser así, resulta razonable que un mismo informe contable obren expresiones monetarias de poder adquisitivo diferente?

c) La pérdida de poder adquisitivo sufrida por el Peso, en el período 30%, no ha ocasionado ninguna consecuencia en el patrimonio del ente?

d) En caso de haberlo hecho, cuál ha sido?

e) La misma, ha sido considerada en la situación patrimonial de cierre?

f) En lo concerniente a la verificación realizada del resultado del ejercicio, resulta razonable efectuar dicha comparación considerando patrimonios iniciales y fi-nales, y eventualmente otras operaciones realizadas durante el período, en mo-nedas de poder adquisitivo diferente?

Las respuestas a estos interrogantes, que seguramente el lector ya habrá ad-vertido, son las siguientes:

a) Al dinero existente a fecha de cierre, le corresponde el poder adquisitivo que di-cha moneda tenía a la fecha de cierre164, en tanto que la expresión monetaria del aporte efectuado por los propietarios, es la que correspondía al Momento 0 (en adelante denominado “inicio”), en virtud de lo cual, tales expresiones mo-netarias tienen poder adquisitivo diferente. Vale decir que, desde una perspec-tiva genérica, con los $ 100 (dinero) existentes al cierre se adquirían en dicha fecha menos productos o servicios que con los $ 100 del inicio.

b) En virtud de ello, no resulta razonable que en un mismo informe contable obren expresiones monetarias de distinto poder adquisitivo, ya que ello impide satisfacer requisitos mínimos que deben caracterizar a la información contable. A modo de ejemplo, adviértase que un lector desprevenido sobre el tratamiento

164 Tal como ha sido expuesto con anterioridad, se da la particular circunstancia de que su precio (valor nominal) se mantiene

constante, independientemente de la evolución que experimente su valor (poder adquisitivo).

Page 150: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

150

dado a la moneda de cuenta por parte del ente emisor de la información, podría suponer, entre otras cosas, que los aportes efectuados por los propietarios han sido debidamente preservados de los efectos que producen los cambios en el poder adquisitivo de la moneda, cuando -en realidad- ello no fue así.

c) Por lo apuntado en “a)” precedente, la consecuencia del hecho analizado ha consistido en una disminución del poder adquisitivo de los recursos disponi-bles (Dinero) a la fecha de cierre, con relación a los de inicio.

d) En función de ello, la misma ha consistido en una disminución de patrimonio, una pérdida.

e) Dicha pérdida, no ha sido reconocida en la situación patrimonial presentada, toda vez que no se han reconocido resultados en el período.

f) Con relación a la verificación del resultado del ejercicio, valen las consideracio-nes realizadas precedentemente, resultando que, a efectos de constatar el re-sultado del período por diferencia patrimonial, deben computarse todas las partidas con expresiones monetarias de poder adquisitivo equivalente.

Las respuestas a las preguntas efectuadas, dan debida cuenta de que el trata-miento inadecuado de la unidad de medida ha ocasionado significativas distorsiones que lo invalidan como razonable, cabiendo destacar que por la simplicidad del caso planteado, no pueden advertirse otras distorsiones también significativas.

Situación patrimonial considerando los efectos de los cambios del poder adquisitivo de la moneda (Moneda Homogénea o Constante)

Dado que durante el ejercicio no se han producido operaciones ni ningún otro hecho económico que no fuera la inflación comentada en el enunciado, la situación patrimonial del ente a la fecha de cierre, antes de computar los efectos que el cam-bio en el poder adquisitivo de la moneda hubieran podido ocasionar, sería la si-guiente.

Situación patrimonial al cierre, sin reexpresión a moneda constante Activo Patrimonio

Momento Dinero Otros Total Capital Resultados Total

1 100 100 100 0 100

Como hemos comentado, el procedimiento de reexpresión a moneda constante importa en primera instancia la necesidad de establecer el poder adquisitivo que co-rresponde a las distintas expresiones monetarias contenidas en un informe contable y, luego, proceder a su reexpresión a moneda de poder adquisitivo de cierre, lo que haremos a continuación para cada una de las partidas que conforman el informe

Page 151: Medición del Patrimonio i

III.- Unidad de Medida

151

precedente.

Dinero: Como ya manifestáramos, el precio del dinero es siempre su valor nominal, independientemente de lo que pudiera ocurrir con su valor real (poder ad-quisitivo), de tal forma que su valor nominal representa el poder adquisitivo que el mismo tiene en distintos momentos. Consecuentemente con ello, los $ 100 en existencia al cierre tienen poder adquisitivo correspondiente a di-cha fecha. Por lo tanto, no corresponde su reexpresión a fecha de cierre o, en caso de hacérselo, el coeficiente de reexpresión aplicable resultará equi-valente a 1, dado que el Indice de Cierre es 390, en tanto que el Indice de Base, es decir el correspondiente a la fecha a la cual corresponde el poder adquisitivo de la expresión monetaria también es el de cierre, o sea 390.

Capital: la expresión monetaria $ 100, incluida en la situación patrimonial al cierre, tiene poder adquisitivo correspondiente al momento de inicio, oportunidad ésta en la que impactó en el patrimonio el aporte integrado por los propieta-rios. Por lo tanto, para su reexpresión a moneda constante de cierre, cabe computar como Indice de Cierre 390, y como Indice de Base 300, resul-tando de ello un coeficiente de reexpresión de 1,30, en virtud de lo cual los aportes efectuados por los propietarios, expresados ahora en moneda de poder adquisitivo de cierre equivalen a $ 130 [ $ 100 x 1,30].

Conforme lo desarrollado hasta aquí, resulta evidente que computando las par-tidas que conforman el patrimonio del ente a la fecha de cierre, con las expresiones monetarias que cuentan con poder adquisitivo correspondiente a tal momento, la igualdad patrimonial no balancea, es decir, los activos no resultan equivalentes a la suma del pasivo y el patrimonio neto. Dado que, conforme se ha expuesto en el enunciado del caso bajo tratamiento, durante el ejercicio no se han realizado opera-ciones, es decir compras, ventas, cobros, pagos, o producción, ni han efectuado aportes o retiros los propietarios, ni se ha producido ningún otro hecho que no fuera la inflación, la inobservancia de la igualdad patrimonial se debe a la falta de recono-cimiento de una variación patrimonial modificativa, ya que, conforme lo expuesto en el inicio del presente párrafo, la desigualdad existente no se ha originado en la falta de reconocimiento de ningún activo, ni en la disminución de algún pasivo, ni en va-riaciones relativas a los aportes de los propietarios, ni en otros hechos económicos que hubieran podido ocurrir.

Conforme ello, la diferencia que se verifica hasta el presente en la igualdad pa-trimonial, que es producto de la existente entre los activos y los aportes efectuados por los propietarios, ambos expresados en moneda de poder adquisitivo de cierre ($ 100 y $ 130), es decir $ 30, corresponde a un resultado producido durante el perío-do bajo análisis y no reconocido aún, concretamente y como se verá con poste-rioridad, el generado por la disminución experimentada por el poder adquisitivo de la moneda utilizada para expresar el valor de los elementos que conforman el patri-

Page 152: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

152

monio.

Como paso previo a analizar la causa determinante del resultado aún no reco-nocido, procederemos a constatar que el mismo efectivamente se hubiera producido, lo que realizaremos por diferencia patrimonial en moneda constante, a cuyo fin to-das las expresiones monetarias relativas a las partidas integrantes de los cálculos que efectuaremos deberán contar con poder adquisitivo correspondiente a la fecha de cierre.

Patrimonio al Momento 1 (cierre): [Obtenido por diferencia entre activos y pasivos al cierre expresados en moneda de poder adquisitivo de cierre (100 - 0 = 100)]165

100 más: Retiros de aportes efectuados por los propietarios durante el período, ex-presado en moneda de poder adquisitivo de cierre (no existen en el caso):

0 menos: Aportes efectuados por los propietarios durante el período, expresado en moneda de poder adquisitivo de cierre (no existen en el caso):

0 más o menos: Otras variaciones cuantitativas del patrimonio neto expresadas en moneda de poder adquisitivo de cierre (no existen en el caso):

0 menos: Patrimonio al Momento 0: [Obtenido por diferencia entre activos y pasivos al inicio (100 - 0 = 100) ex-presados en moneda de poder adquisitivo de inicio, reexpresada a moneda de poder adquisitivo de cierre (100 x 1,30 = 130)]

(130) igual a: Resultado del período, pérdida, en moneda de poder adquisitivo de cierre:

(30)

Podrá observar el lector que la totalidad de las expresiones monetarias con-templadas en la determinación del resultado del período tienen poder adquisitivo co-rrespondiente a la fecha de cierre, en virtud de lo cual, la que representa el resul-tado del ejercicio también se refiere a dicho poder adquisitivo; circunstancia ésta que no se dio cuando efectuamos la determinación del resultado sin considerar la inflación verificada en el período, ya que en la misma se incluían expresiones mone-tarias con poder adquisitivo de inicio (Capital) y de cierre (Dinero), resultando por lo

165 Adviértase que conforme el caso planteado, en el mismo no resulta necesario reexpresar a moneda de poder adquisitivo de cierre

los importes correspondientes a los activos y pasivos existentes a dicha fecha, ya que en el caso de los activos, éstos se encuen-

tran exclusivamente conformados por dinero en efectivo, el que ya se encuentra expresado en moneda del momento de cierre, tal

como fuera expuesto con anterioridad, en tanto que no existen pasivos a dicha fecha. De no haber resultado así, cada uno de los

activos y pasivos existentes a la fecha de cierre deberían haber sido reexpresados en términos de moneda de poder adquisitivo de

cierre, y una vez efectuada su reexpresión, debería obtenerse por diferencia entre activos y pasivos reexpresados en moneda de

cierre el Patrimonio Neto a tal fecha, el que, por haber sido obtenido como resultado de la suma algebraica de expresiones mone-

tarias de poder adquisitivo de cierre, se encontraría expresado en moneda de dicho poder adquisitivo.

Page 153: Medición del Patrimonio i

III.- Unidad de Medida

153

tanto que el resultado del ejercicio fue determinado sobre la base de la comparación de expresiones de distinto poder adquisitivo, en virtud de lo cual el mismo no se en-cuentra expresado en moneda de poder adquisitivo correspondiente a ningún mo-mento en particular.

Como se desprende de los cómputos efectuados, efectivamente durante el pe-ríodo se produjeron resultados, y estos importaron una disminución de patrimonio equivalente a $ 30, es decir, una pérdida.

La causa determinante de la pérdida habida se ha producido como consecuen-cia de lo que en materia de ajuste por inflación se denominan Resultados por Exposi-ción a la Inflación, es decir, los originados como consecuencia de los efectos que los cambios en el poder adquisitivo de la moneda ocasionan sobre ciertas partidas que no tienen cobertura frente a sus efectos. Obsérvese que durante todo el período hubo partidas que estuvieron expuestas a tales consecuencias, concretamente, el Dinero. Queda claro que el haber mantenido durante todo el período la suma de $ 100, ha originado para el patrimonio del ente una variación modificativa negativa, dado que la capacidad de los $ 100 existentes al cierre para satisfacer necesidades en tal oportunidad resulta inferior a los que tenían los mismos $ 100 que se poseía al inicio en un 30% ($ 30).

Lo apuntado puede ser corroborado, determinando por diferencia patrimonial el Resultado por Exposición a la Inflación producido por tal partida166:

Dinero al Momento 1 (cierre): expresado en moneda de cierre: 100 más: Salidas de Dinero, expresadas en moneda de poder adquisitivo de cierre (no existen en el caso):

0 menos: Entradas de Dinero, expresadas en moneda de poder adquisitivo de cierre (no existen en el caso):

0 menos: Dinero al Momento 0: expresado en moneda de poder adquisitivo de cierre [ (100 x 1,30 = 130)]:

(130) igual a: Resultado generado por el Dinero, obtenido por diferencia, y expresado en moneda de poder adquisitivo de cierre:

(30)

Dado que ya hemos reexpresado a moneda de cierre todas las partidas que conforman el patrimonio del ente a dicha fecha, y que, asimismo, hemos determi-nado el resultado por exposición verificado durante el período, podemos entonces in-formar sobre la composición del patrimonio del ente a la fecha de cierre en moneda

166 De haberse mantenido durante el período otros activos y pasivos sin cobertura frente a los efectos que ocasionan los cambios

que experimenta el poder adquisitivo de la unidad de medida, a efectos de determinar el Resultado por Exposición a la Inflación

hubiera resultado necesario computar a todos ellos.

Page 154: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

154

constante (de poder adquisitivo correspondiente a dicha fecha).

Situación patrimonial al cierre, con reexpresión a moneda constante Activo Patrimonio Momento

Dinero Otros Total Capital Resultados Total 1 100 100 130 (30) 100

Tal como ya ha sido expuesto, a todas las expresiones monetarias incluidas en el informe precedente les corresponde el poder adquisitivo de la moneda a la fecha de cierre, resultando en consecuencia dichas expresiones homogéneas.

Actualmente, las normas legales aplicables en lo concerniente al tratamiento de la unidad de medida establecen como criterio Moneda Heterogénea, en tanto que las profesionales Moneda Homogénea.

De los ejemplos expuestos surge que el tratamiento a otorgar a la unidad de medida constituye otra de las circunstancias determinantes a efectos de una ade-cuada exposición de la situación patrimonial, económica y financiera de los entes, y particularmente en lo concerniente al reconocimiento o no de resultados, como así también, su magnitud y sentido.

Page 155: Medición del Patrimonio i

IV.- Capital a Mantener

155

4. Tratamiento del Capital o Capital a Mantener.

Hemos visto con anterioridad que desde el punto de vista económico, se en-tiende que ha habido aporte cuando una persona transfiere la propiedad de bienes a favor de un ente, y/o bien, cancela, o da por canceladas, obligaciones mantenidas por éste, con el ánimo de dotarlo de la financiación de los recursos que le permitan iniciar, mantener o incrementar sus actividades, a cambio, exclusivamente, del re-conocimiento o mantenimiento de la condición de propietario (socio, accionista, etc.), es decir, sin que tales aportes le generen al mismo otros derechos que no fue-ran los derivados de dicha condición.

También, que el aporte que los propietarios efectúen a un ente puede ser reali-zado bajo distintas modalidades, como por ejemplo en dinero en efectivo, mediante la cesión de créditos, la entrega de mercaderías y otros bienes, etc.. Asimismo, que en los casos correspondientes, la formalización jurídica de dichos aportes requiere que se cumplimenten determinados recaudos como para que desde tal perspectiva se lo reconozca como Capital; y que desde dicho punto de vista el compromiso asu-mido167 por los propietarios tiene un alcance que se expresa en cantidades de mo-neda.

Por su parte, y desde una perspectiva económica, el alcance que se le otorgue a los aportes de los propietarios, es decir el significado que se le atribuya a los mis-mos, resulta determinante a efectos de determinar la existencia o no de resultados, lo que se desprende claramente de la igualdad patrimonial, tal como se lo funda-menta con posterioridad.

Es por ello que desde tal punto de vista cabe precisar el alcance que el ente le asigna a los aportes efectuados por sus propietarios168, es decir, determinar que re-presentan para ellos los aportes. Es por esto último que a las alternativas existentes al respecto usualmente se las describe como capital a mantener.

Independientemente de que en materia de medición expresamos siempre el significado atribuido a los elementos que conforman el patrimonio en términos mo-netarios, a través de la unidad de cuenta utilizada a tales efectos, el significado otor-gado por el ente a los aportes efectuados por sus propietarios pueden tener dos al-cances diferentes169:

167 En los casos en los que ello resulta así.

168 Obviamente, tal decisión debería ser resuelta por los propietarios.

169 Un análisis desde una perspectiva interesante puede ser consultado en “Capital a Mantener”, Chaves, Osvaldo, Pahlen Acuña,

Ricardo, y Feudar, Oscar, Macchi, 1996.

Page 156: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

156

4.1. Capital Financiero o Capital Monetario.

Bajo este alcance, el valor atribuido a los aportes efectuados por los propieta-rios es el correspondiente a una determinada cantidad de moneda, independiente-mente de la modalidad con la cual los mismos fueron realizados. Es decir, que los aportes efectuados se reducen, a efectos de establecer su alcance, a las cantidades de moneda atribuibles a los bienes aportados.

Por ejemplo, si la modalidad del aporte consistiera en entregar $ 100 en dinero efectivo, y una maquinaria, el capital financiero aportado estaría dado por la medi-ción en términos monetarios atribuida a cada una de los distintos bienes aportados. En el caso del aporte en efectivo, su medición sería obviamente $ 100, en tanto que en lo concerniente a la maquinaria, aquella que le correspondiera según la medición que a tales efectos se realizara según se tratara de la constitución formal o informal de un ente170. Suponiendo que la medición en términos monetarios atribuida a esta última fuera $ 400, el Capital del ente en oportunidad de efectuarse los aportes, y medido en términos de mantenimiento capital financiero ascendería a $ 500.

En cualquier momento posterior, y de no mediar nuevos aportes o retiros, la expresión monetaria que representaría el capital del ente medida en moneda hetero-génea sería siempre $ 500, en tanto que, medida en moneda homogénea, aquella que resulte de reexpresar desde la fecha origen y hasta la de cada nueva medición, los $ 500 originales de acuerdo al procedimiento que hemos visto al analizar el tra-tamiento de la moneda de cuenta.

Este criterio de medición de los aportes es considerado el más apropiado para computar a efectos de suministrar información patrimonial y económica, funda-mentalmente, en base a la facilidad de interpretación que otorga a los informes, tan-to para los usuarios externos del ente como así también para sus propietarios, y es el que tradicionalmente han adoptado las normas contables profesionales en la ma-teria.

4.2. Capital Operativo.

Este criterio que también es conocido como Capital Físico o Capital Económico, consiste en que el significado atribuido al aporte realizado por los propietarios, in-dependientemente de la modalidad con la cual el mismo fuera efectuado (en efectivo,

170 La formalidad se refiere a la constitución de un ente de acuerdo a las disposiciones normativas que pudieran resultar de aplica-

ción cuando éste reviste algunos de los tipos jurídicos para los cuales resulta necesario cumplimentar recaudos formales, en tanto

que, la informalidad, a aquellos en los que lo expuesto no resulta necesario. En el primero de los casos, la determinación de su

medición requiere el cumplimiento de determinados recaudos, en tanto que la segunda posibilidad, sólo el acuerdo de quienes

pudieran constituirlo.

Page 157: Medición del Patrimonio i

IV.- Capital a Mantener

157

otros bienes, etc.), se mide en términos de la capacidad operativa que el mismo otorga al ente en la oportunidad de realizárselo.

Tal capacidad operativa puede ser medida en términos de unidades de bienes que se puede comprar o producir en determinados períodos de tiempo, u otras for-mas más complejas de determinación que exceden el objeto del presente trabajo.

Continuando con el ejemplo citado al considerar el Capital Financiero, y bajo los mismos supuestos, pero adicionando que el Capital Operativo que se pretende mantener estuviera dado por la capacidad de comprar ciertos bienes171, y estos, en oportunidad de la realización del aporte, demandaran un sacrificio de $ 5 por uni-dad, el capital aportado medido en términos de la capacidad operativa que el mismo otorga resultaría equivalente a la capacidad de comprar 100 unidades de bienes ($ 500 / $ 5), y la expresión monetaria que lo representaría $ 500.

En cualquier momento posterior, la expresión monetaria que representaría el aporte resultaría equivalente al resultado de multiplicar el capital que se pretende mantener (en el ejemplo, adquirir 100 unidades), por el costo unitario de adquisi-ción de tales unidades en oportunidad de su medición.

Este criterio, amén de la dificultad de su aplicación, ha sido objeto de razona-das críticas172 y no cuenta con consenso doctrinario ni normativo.

4.3. Comparación práctica de los distintos tratamientos

Veamos un ejemplo bien sencillo que permitirá precisar las diferencias exis-tentes entre ambos criterios:

Supongamos que al Momento 0, inicial del ente, un propietario aporta e integra en efectivo $ 100 en concepto de capital, y que dicha suma de dinero, en ese momento, le permite al ente adquirir 50 unidades del producto que el mismo comercializará.

Para el propietario que mida su aporte en los términos en que hemos de-finido al Capital Financiero, la expresión monetaria que representa su aporte será $ 100 (en su caso medida en moneda homogénea173), independientemente de cual sea el momento en que se efectúe la medición; en tanto que si dicho propietario lo hiciera en los términos que hemos definido al Capital Operativo, la expresión monetaria que representará a su aporte será aquella que resulte

171 Establecer el capital que se pretende mantener sobre la base de las unidades que se pueden adquirir con el aporte efectuado,

podría resultar aplicable exclusivamente en el caso de un ente dedicado a la compra-venta de tales bienes.

172 Al respecto puede consultarse “Cuestiones Contables Fundamentales”, Enrique Fowler Newton, 1991.

173 Según el tratamiento que se le otorgue a la unidad de medida, y sin perjuicio de que lo razonable sería considerarlo en moneda

homogénea.

Page 158: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

158

necesaria para adquirir 50 unidades del producto citado, cualquiera sea el momento en que se efectúe la medición174.

Como se ha manifestado, el alcance que se le asigne al capital del ente resulta trascendente -como también lo son los criterios de valuación y unidad de medida- a los efectos de la medición y reconocimiento de los resultados. Profundizando el ejemplo podremos poner de manifiesto lo comentado.

Suponiendo que el ente citado no hubiera realizado operaciones durante el período que media entre el Momento 0 y el Momento 1, cuál sería, para am-bas alternativas de tratamiento del capital, la situación patrimonial al cierre, si a dicha fecha se hubieran dado además las siguientes circunstancias:

El ente valúa sus activos a Costo de Reposición175.

En el Momento 1, el Costo de Reposición unitario de los productos utilizados a efectos de determinar el Capital Operativo es de $ 3.

Durante el período no ha habido cambios en el poder adquisitivo de la mo-neda. Tampoco se han producido nuevos aportes ni retiros por parte de los propietarios, ni se han realizado operaciones ni ocurrido otros hechos que no fueran los expuestos.

A continuación presentamos la situación patrimonial del ente al Momento 1, utilizando el criterio de mantenimiento del Capital Financiero:

Situación Patrimonial con mantenimiento del Capital Financiero Activo Patrimonio

Momento Dinero Otros Total Capital Resultados Total

1 100 100 100 100

La conformación de cada una de las partidas incluidas en la situación pa-trimonial presentada es la siguiente:

Dinero: $ 100 en existencia al cierre.

Capital: El aporte efectuado medido en cantidades de moneda, $ 100.

Resultados: Obtenidos por diferencia patrimonial.

174 En realidad, la determinación del capital operativo que se pretende mantener en el caso planteado, requeriría considerar otras

cuestiones relativas a los restantes recursos operativos necesarios y su financiación, los que hubieran reducido el computado en

el ejemplo. Para simplificar la interpretación del criterio, en el presente caso y en el del capítulo siguiente se obvian tales circuns-

tancias.

175 Se incluye esta pauta de valuación, ya que no tendría fundamento que en la alternativa de mantenimiento del Capital Operativo

se utilizara Costo de Adquisición.

Page 159: Medición del Patrimonio i

IV.- Capital a Mantener

159

Veamos ahora la situación patrimonial del ente al Momento 1, utilizando el criterio de mantenimiento del Capital Operativo:

Situación Patrimonial con mantenimiento del Capital Operativo Activo Patrimonio

Momento Dinero Otros Total Capital Resultados Total

1 100 100 150 (50) 100

En este caso, cada una de las expresiones monetarias incluidas en la si-tuación patrimonial se encuentran conformadas tal como a continuación se expone:

Dinero: $ 100 en existencia al cierre.

Capital: La expresión monetaria que representa la capacidad operativa que se pretende mantener, comprar 50 sillas a su Costo de Repo-sición a la fecha a la cual se refiere la medición (50 x $ 3).

Resultados: Obtenidos por diferencia patrimonial. Su origen se debe a que el aprovechamiento económico realizado durante el período de los recursos con los que contaba el ente al inicio ($ 100 en efectivo) no alcanza a cubrir el capital que se pretende mante-ner (50 unidades a $ 3), a la fecha de cierre. Es decir originado en la diferencia de valor experimentada durante el período en-tre el dinero y el capital que se pretende mantener.

Si en el Momento 0, se hubiera aplicado el Dinero en existen-cia a la adquisición de sillas, cuyo costo en tal oportunidad era de $ 2 por unidad, a la fecha de cierre no se hubiera produ-cido ningún resultado, ya que el activo estaría conformado por Productos por $ 150 (50 sillas a su Costo de Reposición al cie-rre), y el Capital por los $ 150 ya consignados.

Como se ha expresado con anterioridad respecto de los criterios de valuación, y del tratamiento de la unidad de medida, de los ejemplos expuestos se desprende también que el tratamiento a otorgar al capital a mantener, constituye otra de las circunstancias significativas a considerar para una adecuada exposición de la situa-ción patrimonial, económica y financiera de los entes, y particularmente en lo ati-nente al reconocimiento o no de resultados, como así también su magnitud y sen-tido.

En el capítulo siguiente analizaremos desde una perspectiva integradora las al-

Page 160: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

160

ternativas expuestas hasta el presente. Concretamente, de acuerdo a lo que en la materia conocemos como Modelos Contables.

Page 161: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

161

5. Modelos contables.

Conforme hemos anticipado, un modelo suele ser definido como un esquema teórico utilizado para representar una realidad usualmente compleja.

Dado lo analizado precedentemente en lo concerniente a distintas alternativas existentes en lo relativo a la medición del patrimonio, y, consecuentemente con ello, la de los resultados, en materia contable existen distintas alternativas para expresar una única realidad, y, por lo tanto, diferentes modelos capaces de hacerlo.

De ello se desprende, conceptualmente, que los elementos a considerar para suministrar información a terceros sobre la situación y evolución patrimonial, eco-nómica y financiera de un ente, y, en consecuencia, definir el modelo contable que la represente son, tal como han sido expuestos con anterioridad, los siguientes176.

Criterios de valuación de activos y pasivos.

Tratamiento de la Unidad de medida.

Tratamiento del Capital a Mantener.

A su vez, como hemos visto, para cada uno de los elementos citados, y siempre conforme los clasifican y agrupan la doctrina y las normas, existen los siguientes criterios y pautas:

Elementos Criterios Pautas Costo de

Incorporación

Criterios de valuación

Valores Corrientes

Costo de Reposición Valor Neto de Realización Valor Actual de Fondos Descontados Valuaciones Técnicas Valor Patrimonial Proporcional

Homogénea Unidad de Medida Heterogénea Financiero Capital a Mantener Operativo

Como han sido expuestos en el cuadro precedente, y aunque más no sea desde un punto de vista teórico, existen distintas alternativas (criterios) para cada uno de los elementos mencionados, y también pautas dentro uno de ellos, en virtud de lo

176 Se detalla la clasificación emergente de la categorización presentada por la mayoría de la doctrina y las normas contables, lo

cual no indica que la misma resulte -conceptualmente- la más apropiada según nuestro entender.

Page 162: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

162

cual, y dependiendo de las combinaciones que de ellos se haga, pueden surgir diver-sos modelos contables177 capaces de representar una misma realidad, la efectiva-mente ocurrida.

Al respecto, se destaca que la cantidad de modelos posibles se ve incrementada sustancialmente por la circunstancia que, exclusivamente en el caso de los criterios de valuación, y eventualmente sus pautas, cada uno de ellos no resultan razona-blemente aplicables a la totalidad de las partidas que conforman el patrimonio de un ente, de forma tal que en un mismo informe patrimonial pueden coexistir dis-tintos criterios y pautas, por resultar los mismos aplicables en cada caso particular a ciertos elementos que integran el patrimonio. Lo expuesto podrá ser constatado en oportunidad de analizarse cada uno de los elementos que conforman el patrimonio, ya sea desde una perspectiva técnica, o bien, desde la emergente de las disposicio-nes normativas aplicables en materia de criterios de valuación.

Con anterioridad hemos mencionado reiteradamente que la adopción de de-terminados criterios de medición tiene consecuencias en la exposición de la situa-ción patrimonial, económica y financiera de los entes, y particularmente en lo ati-nente al reconocimiento o no de resultados, como así también su magnitud y sen-tido.

A continuación fundamentaremos tales manifestaciones, partiendo -para ello- de la igualdad patrimonial que establece que:

Activo = Pasivo + Patrimonio Neto

Descomponiendo al Patrimonio Neto de la siguiente forma:

Aportes de los Propietarios + Resultados

y los Resultados en:

Resultados correspondientes a períodos anteriores + Resultado del Período

Efectuando los reemplazos y algunos cambios de miembros en la igualdad, ob-tenemos en definitiva que:

Activo - Pasivo - Aportes - Resultados de períodos anteriores = Resultado Ejercicio

En dicha igualdad, podemos advertir que el empleo indistinto de cualesquiera de las alternativas presentadas (criterios de valuación, tratamiento de la unidad de me-dida, y capital a mantener), tiene trascendental importancia en lo atinente a la de-

177 Con distinto grado de aproximación a la realidad económica, según los criterios en los que se basen.

Page 163: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

163

EfectivoMerca-derías

Total Deudas TotalTransac-cionales

Tenencia

100,00 0,00 100,00 0,00 0,00 (100,00) 0,00 0,00 (100,00)

Activo PasivoPatrimonio Neto

Capital

Resultados

Total

terminación de los resultados económicos del período, por ser estos la resultante matemática de la suma algebraica de los elementos consignados en el primer miem-bro de la igualdad.

Ello así matemáticamente, dado que la aplicación alternativa de cualquiera de los criterios (Valuación, Unidad de Medida y Capital a Mantener) en los elementos que conforman el primer miembro de la igualdad ocasionará diversos cambios en el se-gundo de los miembros de la misma, es decir, en los resultados del período.

Caso comparativo de Modelos contables Nuevamente, valiéndonos de un caso sencillo, presentaremos las distintas in-

formaciones que pueden surgir -para una misma realidad- como consecuencia del empleo alternativo de distintos criterios y pautas en materia de medición, y con pos-terioridad a ello las expondremos en forma comparativa.

Ejercicio:

Con el objeto de simplificar los cómputos necesarios a tal fin, consideraremos un ejercicio irregular178 de sólo tres meses, el comprendido entre el 01/01/02 y el 31/03/02.

Situación inicial:

El ente se constituyó el 31/12/01, habiendo aportado e integrado en dicha oportunidad sus socios $ 100,00 en dinero efectivo, en concepto de Capital, de tal forma que su situación patrimonial a dicha fecha, y una vez computados tales hechos, era la siguiente:

En oportunidad de la constitución del ente, la capacidad operativa del capital aportado por los propietarios resultaba equivalente a 50 unidades del único tipo de mercaderías que el ente comercializará.

Operaciones y hechos económicos ocurridos durante el período:

Durante el período bajo análisis, se ha producido los siguientes hechos:

17/01/02: Compra al contado y en efectivo, de 20 unidades de mercaderías a

178 Por corresponder a un período de duración inferior al año.

Page 164: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

164

un precio unitario de $ 3,00.

14/02/02: Prestación de servicios por parte de un profesional a favor del ente, por un importe de $ 10,00, los que se abonaron en el día en efec-tivo. Tales servicios no guardan relación con el capital que se pren-de mantener.

31/03/02: Efectuados los recuentos179 de bienes en existencia a la fecha de cierre, estos arrojaron los siguientes resultados:

Dinero recontado: $ 30.

Mercaderías: 20 unidades.

Cambios en el poder adquisitivo de la moneda:

Los índices del Indice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), y los coeficientes que surgen de los mismos referidos a la fecha de cierre, correspondientes al pe-ríodo bajo análisis son los siguientes:

Meses Indices Coeficientes

31/12/2001 400 2,3400

31/01/2002 480 1,9500

28/02/2002 624 1,5000

31/03/2002 936 1,0000

Al respecto, debe tenerse presente que no obstante que los índices detallados se refieren al último día de cada uno de los meses detallados, por la metodolo-gía de confección de los mismos, la que ya fuera analizada, debe considerarse que cada uno de ellos resulta aplicable a cualesquiera de los días de cada uno de dichos meses. Asimismo, que los coeficientes consignados surgen de dividir el Indice de Cierre (correspondiente a la fecha de cierre), por el Indice Base (co-rrespondiente a cada uno de los meses).

Costo de Reposición de las mercaderías:

La evolución de los citados costos durante el período bajo análisis fue la si-guiente:

Diciembre de 2001: $ 2,00

Enero de 2002: $ 3,00

179 Procedimiento de control consistente en contar las unidades de bienes en existencia en un determinado momento, también co-

nocido como recuento de inventarios físicos.

Page 165: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

165

Febrero de 2002: $ 3,50

Marzo de 2002: $ 4,00

Los costos de reposición señalados para cada uno de los meses se encontraron vigentes todos los días de cada uno de los mismos.

Aclaraciones previas:

Efectuaremos la presentación de la situación patrimonial del ente a la fecha de cierre, 31/03/02, de acuerdo a los siguientes modelos contables:

Acápite Criterio de Valuación Unidad de Medida Capital a Mantener

5.1. Costo de Incorporación Heterogénea Financiero

5.2. Costo de Incorporación Homogénea Financiero

5.3. Valores Corrientes Heterogénea Financiero

5.4. Valores Corrientes Homogénea Financiero

5.5. Valores Corrientes Heterogénea Operativo

5.6. Valores Corrientes Homogénea Operativo

En lo concerniente a la aplicación de Valores Corrientes, se utilizará como pau-ta del mismo Costo de Reposición.

Se ha omitido considerar modelos contables que contemplen mantenimiento del Capital Operativo y Costo de Incorporación como criterio de valuación, dado que no tiene sentido que los activos y pasivos que participan en la determinación del ca-pital que se pretende mantener se valúen de tal forma, mientras que el capital se mide en términos corrientes.

Por último, en “5.7.” se presentarán en forma comparativa las situaciones pa-trimoniales correspondientes a cada uno de los seis modelos contables analizados.

5.1. Modelo: Costo de Incorporación - Moneda Heterogénea - Capital Fi-nanciero

Como paso previo a exponer la situación patrimonial al cierre, vamos a pre-sentar en forma secuencial las diferentes situaciones patrimoniales en las que se encontraba el ente al finalizar cada uno de los meses que conforman el pe-ríodo bajo análisis, intercalando las variaciones patrimoniales que se produje-ron en cada uno de ellos de acuerdo a los criterios en que se basa este modelo.

Page 166: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

166

EfectivoMerca-derías

Total Deudas TotalTransac-cionales

Tenencia

31/12/2001 Situación 100,00 0,00 100,00 0,00 0,00 (100,00) 0,00 0,00 (100,00)

17/01/2002 Variación (60,00) 60,00 0,00 0,00 0,00

31/01/2002 Situación 40,00 60,00 100,00 0,00 0,00 (100,00) 0,00 0,00 (100,00)

14/02/2002 Variación (10,00) (10,00) 10,00 10,00

28/02/2002 Situación 30,00 60,00 90,00 0,00 0,00 (100,00) 10,00 0,00 (90,00)

31/03/2002 Situación 30,00 60,00 90,00 0,00 0,00 (100,00) 10,00 0,00 (90,00)

Situación patrimonial / variación

Fecha

Activo PasivoPatrimonio Neto

Capital

Resultados

Total

Al respecto cabe destacar que en lo concerniente a los importes correspon-dientes a las situaciones patrimoniales, se han expresado en números positivos las correspondientes a los activos y en números negativos las relativas a los pasivos y el patrimonio neto.

Por ello, los importes con los que se expresan las variaciones patrimoniales producidas que importan:

a) Aumentos de activos, o disminuciones de pasivos y patrimonio neto se expresan en números positivos, en tanto que,

b) Aquellas que implican disminuciones de activos, o aumentos de pasivos o patrimonio neto se expresan en números positivos.

Como ha sido expuesto, el patrimonio al cierre se encuentra conformado de la siguiente forma:

Activo:

Efectivo: $ 30,00, expresados en moneda de poder adquisitivo de Marzo de 2002180.

Mercaderías: $ 60,00, correspondientes a 20 unidades, a su Costo de Incorpo-ración ($ 3,00 por unidad), expresado en moneda de poder adquisitivo corres-pondiente a la fecha de incorporación, Enero de 2002.

Total del Activo: $ 90,00, expresados en moneda heterogénea, por resultar de la suma de expresiones monetarias correspondientes a distintos momentos.

180 Tal como ha sido expuesto, el poder adquisitivo de la moneda en un determinado momento es el correspondiente a su valor no-

minal, circunstancia que se recomienda se tenga presente en el caso de los modelos siguientes.

Page 167: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

167

Efectivo Mercaderías Total Deudas TotalTransac-cionales

Tenencia

31/03/2002 30,00 117,00 147,00 0,00 (234,00) 15,00 72,00 (147,00)

Activo PasivoPatrimonio Neto

CapitalResultados

TotalSituación

patrimonial

Patrimonio Neto:

Capital: $ 100,00, correspondientes al aporte integrado por los propietarios en Diciembre de 2001, expresado en moneda de poder adquisitivo correspondiente a tal mes.

Resultados Transaccionales: $ 10,00, pérdida, correspondientes a los honora-rios devengados en Febrero de 2002, expresados en moneda de poder adquisi-tivo del mes de su devengamiento: Febrero de 2002.

Total del Patrimonio Neto: $ 90,00, expresados en moneda heterogénea.

5.2. Modelo: Costo de Incorporación - Moneda Homogénea - Capital Fi-nanciero

Partiendo de la situación patrimonial al cierre conforme se la ha expuesto en “5.1.”, la misma, pero determinada de acuerdo a los criterios del presente mo-delo resulta la siguiente:

El patrimonio al cierre se encuentra conformado de la siguiente manera:

Activo:

Efectivo: $ 30,00, expresados en moneda de poder adquisitivo de Marzo de 2002.

Mercaderías: $ 117,00, correspondientes a 20 unidades, a su Costo de Incorpo-ración ($ 3,00 por unidad), expresado en moneda de poder adquisitivo de Mar-zo de 2002, de acuerdo a la siguiente reexpresión:

CI181 en moneda de origen (Enero de 2002) x coeficiente de reexpresión

$ 60,00 x 1,95 = $ 117,00

Se destaca que el incremento de la expresión monetaria original ($60), a la que corresponde poder adquisitivo de Enero de 2002, respecto de la reexpresada a moneda de poder adquisitivo de cierre ($117), que asciende a $ 57, no implica incremento patrimonial alguno para el ente, es decir, no genera ningún resul-

181 Costo de Incorporación

Page 168: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

168

tado, dado que se origina como consecuencia de la reexpresión a moneda cons-tante del único e histórico costo de adquisición incurrido. Tales expresiones monetarias, $ 60 y $ 117, expresan -aunque con moneda de distinto poder ad-quisitivo- el mismo Costo de Incorporación.

Total del Activo: $ 147,00, expresados en moneda homogénea de Marzo de 2002, por resultar de la suma de expresiones monetarias de idéntico poder ad-quisitivo.

Patrimonio Neto:

Capital: $ 234,00, correspondientes al aporte integrado por los propietarios en Diciembre de 2001, expresado en moneda de poder adquisitivo de Marzo de 2002, de acuerdo a la siguiente reexpresión:

Capital en moneda de origen (Diciembre de 2001) x coeficiente de reexpresión

$ 100,00 x 2,34 = 234,00

Resultados Transaccionales: $ 15,00, pérdida, correspondientes a los honora-rios devengados en Febrero de 2002, expresados en moneda de poder adquisi-tivo del mes de Marzo de 2002, de acuerdo a la siguiente reexpresión:

Honorarios en moneda de origen (Febrero de 2002) x coeficiente de reexpresión

$ 10,00 x 1,50 = $ 15,00

Resultados por Tenencia: $ 72,00, pérdida, expresados en moneda de poder adquisitivo de Marzo de 2002, de acuerdo a la siguiente determinación:

En el cuadro siguiente se determina el Resultado por Exposición a la Inflación (REI), sobre la base de todas las partidas que no contaron con cobertura frente a la misma, que en el caso planteado es exclusivamente el dinero, Pesos.

Para interpretar adecuadamente la metodología utilizada se recomienda anali-zar el cuadro de situaciones y variaciones patrimoniales presentado en el inicio de “5.1.”, y particularmente las existencias de Pesos en cada uno de los meses del caso bajo análisis.

El Resultado por Exposición a la Inflación fue determinado sobre la base de los Pesos que al cierre de cada uno de los meses correspondientes al caso plan-teado se encontraban en existencia en cada uno de ellos. Conforme ello, se ha establecido el resultado generado en cada uno de los meses en que tales exis-tencias estuvieron expuestas -durante los respectivos meses inmediatos si-guientes- a los efectos de los cambios en poder adquisitivo de la moneda, cam-bios estos que en caso planteado han consistido exclusivamente en inflación.

Page 169: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

169

Desde Hasta

Pesos en existencia al cierre de cada

mes: "Desde"

Indice mes de Origen de los Pesos:

"Desde"

Indice de cierre de cada

mes: "Hasta"

Coeficiente al cierre de cada mes "Hasta"

= (c) / (b)

Inflacióndel mes"Hasta"

= [(d)-1] x 100

Pérdida del mes "Hasta"

en moneda de dicho

mes =

(e) x (a)

Coeficiente de

reexpresión desde cada mes "Hasta"

al cierre (Marzo 02)

REI( Pérdida)

en moneda de cierre

(Marzo 02)=

(f) x (g)

(a) (b) (c) (d) (e) (f) (g) (h)

Dic-01 Ene-02 100,00 400 480 1,20 20% 20,00 1,95 39,00

Ene-02 Feb-02 40,00 480 624 1,30 30% 12,00 1,50 18,00

Feb-02 Mar-02 30,00 624 936 1,50 50% 15,00 1,00 15,00

72,00REI del período, expresado en moneda de poder adquisitivo de cierre (Marzo 02)

Columna

Así, por ejemplo, al cierre del mes de Diciembre de 2001, los $ 100,00 en exis-tencia a dicha fecha (Columna “a” del cuadro precedente), estuvieron expuestos durante el mes de Enero de 2002 a una inflación del 20% (Columna “e”), de tal forma que la desvalorización que sufrieron los mismos durante el mes de Enero de 2002 ascendió, expresada en moneda de poder adquisitivo de dicho mes, a $ 20,00 (Columna “f”), los que, reexpresados desde el citado mes hasta el mes de cierre del período bajo examen, Marzo de 2002, con el coeficiente co-rrespondiente, totalizan $ 39,00 (Columna “h”) que cuentan con poder adquisi-tivo de esta última fecha.

Idéntico procedimiento se realizó con las existencias de Pesos correspondientes a los meses posteriores a Diciembre de 2001, determinándose para cada una de ellas los resultados originados por la desvalorización de la moneda, durante el mes inmediato posterior, arribándose -en definitiva- a un total de $ 72,00, que se encuentran expresados en moneda de poder adquisitivo correspondiente al cierre, Marzo de 2002, y son los consignados en el estado de situación pa-trimonial.

Asimismo, podríamos haber determinado el REI, por diferencia patrimonial, es decir, por diferencias entre las existencias al inicio y al cierre de Pesos, y com-putando las variaciones que originaron las diferencias entre las mismas en ca-da mes, reexpresando todas ellas desde sus respectivas fechas de origen hasta el cierre del período, Marzo de 2002, y comparando la suma algebraica que arrojan tales importes reexpresados con la existencia real de Pesos al cierre, conforme se lo presenta en el siguiente cuadro.

Page 170: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

170

Existenciasy Variaciones

OrigenEfectivoexpuesto

Indice del mes de Origen

Indice del mes de Cierre

(Marzo 02)

Coeficiente de

reexpresión al Cierre

Importes reexpresados en moneda de Cierre

Existencia inicial Dic-01 100,00 400 936 2,3400 234,00

Variación Ene-02 (60,00) 480 936 1,9500 (117,00)

Variación Feb-02 (10,00) 624 936 1,5000 (15,00)

Variación Mar-02 0,00 936 936 1,0000 0,00

Existencia al cierre Mar-02 (30,00) 936 936 1,0000 (30,00)

72,00REI del período, expresado en moneda de poder adquisitivo de cierre

Efectivo Mercaderías Total Deudas TotalTransac-cionales

Tenencia

31/03/2002 30,00 80,00 110,00 0,00 (100,00) 10,00 (20,00) (110,00)

Patrimonio Neto

CapitalResultados

TotalSituación

patrimonial

Activo Pasivo

Total del Patrimonio Neto: $ 147,00, expresados en moneda homogénea.

5.3. Modelo: Valores Corrientes - Moneda Heterogénea - Capital Finan-ciero

Partiendo de la situación patrimonial al cierre, conforme se la ha expuesto en “5.1.”, la misma, determinada de acuerdo a los criterios del presente modelo, y utilizando Costo de Reposición como pauta de Valores Corrientes, resulta la si-guiente:

La conformación del patrimonio a la fecha de cierre, bajo este modelo, es la si-guiente:

Activo:

Efectivo: $ 30,00, expresados en moneda de poder adquisitivo de Marzo de 2002.

Mercaderías: $ 80,00, correspondientes a 20 unidades, a su Costo de Reposi-ción al cierre ($ 4,00 por unidad), expresado en moneda de poder adquisitivo correspondiente a Marzo de 2002.

Total del Activo: $ 110,00, en este caso, expresados en moneda homogénea.

El Activo se encuentra expresado en moneda homogénea de poder adquisitivo correspondiente al 31/03/02, por encontrarse expresados todos los bienes que

Page 171: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

171

lo conforman en moneda de poder adquisitivo correspondiente a dicha fecha. Esta circunstancia no implica en modo alguno que, cuando el criterio de valua-ción aplicado es Valores Corrientes, no resulte imprescindible efectuar la reex-presión a moneda constante de todas las partidas que conforman el patrimo-nio, dado que si bien con la aplicación de dicho criterio la totalidad de los acti-vos y pasivos quedan expresados en moneda de poder adquisitivo de cierre, por el significado del conceptual de los Valores Corrientes, las partidas que con-forman el Patrimonio Neto (Aportes de los propietarios y Resultados) quedan expresadas en moneda de poder adquisitivo heterogéneo de no efectuarse la re-expresión citada.

Patrimonio Neto:

Capital: $ 100,00, correspondientes al aporte integrado por los propietarios en Diciembre de 2001, expresados en moneda de poder adquisitivo correspon-diente a dicho mes.

Resultados Transaccionales: $ 10,00, pérdida, correspondientes a los honora-rios devengados en Febrero de 2002, expresados en moneda de poder adquisi-tivo del mes de su devengamiento: Febrero de 2002.

Resultados por Tenencia: $ 20,00, ganancia, originados por la Revalorización de Bienes (mercaderías), y expresados en moneda heterogénea, dado que, como se verá, los mismos surgen de comparar expresiones monetarias de distinto poder adquisitivo.

Si bien en el presente caso, por su simplicidad, se advierte fácilmente que el resultado por tenencia se ha originado como consecuencia del reconocimiento del cambio del valor reconocido a las 20 unidades en existencia al cierre, que fueron valuadas a $ 80,00, a razón de $ 4,00 cada una de ellas, cuando su Co-sto de Incorporación ascendió a $ 60,00, corresponde poner de manifiesto que los resultados por tenencia que deben reconocidos son todos aquellos que pu-dieran haberse producido durante un determinado período, como consecuencia del ingreso, permanencia y salida de los bienes por del patrimonio de los entes, y no sólo computando los correspondientes a las unidades en existencia al cie-rre.

Adviértase que si durante el ejercicio, por ejemplo, se hubieran producido ven-tas de mercaderías, las unidades vendidas podrían haber generado resultados por tenencia durante el período comprendido entre la fecha de su ingreso al pa-trimonio y la de su salida del mismo, obviamente, en tanto durante el período señalado se hubieran producido cambios en su Costo de Reposición.

Page 172: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

172

Hechos Unidades Unitario Importe

Existencia Inicial 0,00 0,00

Altas (por Compra o Producción) 20,00 3,00 60,00

Existencia Final (20,00) 4,00 (80,00)

Costo de las Mercaderías Vendidas 0,00 0,00

Otros hechos 0,00 0,00

(20,00)Resultados por Revalorización de Bienes obtenido pordiferencia de inventarios, expresados en monedaheterogénea

Por ello, la forma para determinar los resultados por tenencia generados por un activo o un pasivo, debe contemplar todos los hechos que los afectaron, lo cual puede ser realizado por diferencia de patrimonial, efectuando el cómputo que se detalla en el cuadro.

Como se ha destacado precedentemente, el Resultado por Tenencia determinado, en el caso un Resultado por Revalori-zación de Bienes (mercaderías) por $ 20,00, se encuentra expresado en moneda de poder adquisitivo heterogéneo, ya que el mismo surge de la comparación de expresiones monetarias referidas a distintos momentos y, consecuentemente con ello, de distinto poder adquisitivo: $ 60,00 correspondientes a Enero de 2002 (Indice 480), y $ 80,00 correspondientes a Marzo de 2002 (Indice 936).

La fórmula utilizada para determinar el Resultado por Tenencia generado por este activo contempla hechos que no se presentan en el caso bajo tratamiento, concretamente, no hay existencias iniciales ni salidas de mercaderías que im-porten su desapoderamiento (ventas, faltantes, etc.).

Para que la fórmula expuesta resultara aplicable en el presente modelo (Valores Corrientes - Moneda Heterogénea - Capital Financiero), en el hipotético caso en que sí se hubieran producido los hechos mencionados en el párrafo inmediato anterior, los valores computables de todas las partidas que la conforman, debe-rían ser los siguientes:

Existencia inicial: valuada (Columna “Unitario”) a su Valor Corriente vi-gente en tal oportunidad, y expresado en la moneda de poder adquisitivo correspondiente a dicho momento.

Altas: en el caso, compras de bienes, valuadas a su Costo de Incorpora-ción, expresado en moneda de poder adquisitivo correspondiente a cada una de las oportunidades en que los bienes se hubieran incorporado.

Costo de las Mercaderías Vendidas182: computado a los Costos de Repo-sición vigentes en cada uno de los momentos en que se hubieran produ-cido las ventas, y expresados en moneda de poder adquisitivo corres-pondiente a cada una de dichas oportunidades.

182 Denominación usualmente utilizada para describir la disminución patrimonial ocasionada por el desapoderamiento del activo

vendido, y su consecuente reconocimiento como gasto apareable al ingreso obtenido por la venta el mismo.

Page 173: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

173

Otros hechos183: que importen apoderamiento o desapoderamiento de bienes no imputables a compras o ventas, a los Costos de Reposición vi-gentes en las oportunidades en que los mismos se hubieran producido, en el caso en que pudiera determinárselos, y expresados en moneda de poder adquisitivo correspondiente a cada una de dichas oportunidades.

Un ejemplo típico de estas partidas, que si bien podrían sumar o restar en la fórmula, en el caso de estas últimas habitualmente lo constituyen los faltantes de unidades que se producen como consecuencia de hurtos, y se computan restando en la misma.

La fórmula utilizada para determinar el resultado por tenencia del modelo bajo tratamiento es aplicable a otras pautas de valores corrientes, por ejemplo, Va-lor Neto de Realización, en cuyo caso sólo resultaría necesario valuar las parti-das computadas en la resolución precedente a Costo de Reposición, a su Valor Neto de Realización, y manteniendo las Altas a sus respectivos Costos de In-corporación. Igualmente resulta aplicable para cualquier tratamiento de la unidad de me-dida que se adopte, cabiendo destacar que, en el caso de utilizarse moneda homogénea, en vez de heterogénea como en la resolución del presente modelo, los valores atribuidos a cada una de las partidas computadas en la fórmula de-berían ser reexpresados a moneda de poder adquisitivo de cierre, desde las fe-chas a las que cada una de ellas correspondiera, tal como puede advertirse en la resolución del modelo siguiente.

Total del Patrimonio Neto: $ 110,00, expresados -como total- en moneda homo-génea, no obstante que las partidas que los conforman se encuentran expresa-das en moneda de distinto poder adquisitivo. Ello resulta así, por utilizar el modelo Valores Corrientes.

5.4. Modelo: Valores Corrientes - Moneda Homogénea - Capital Financie-ro

Partiendo de la situación patrimonial al cierre, conforme se la ha expuesto en “5.1.”, la misma, pero determinada de acuerdo a los criterios del presente mo-delo resulta la siguiente:

183 El tratamiento de estas partidas, cuya ocurrencia podría o no ser advertida por los entes, exceden el objeto del presente trabajo,

y han sido incluidas en el mismo exclusivamente con el ánimo de dejar sentado que la fórmula de diferencia de inventarios apli-

cable para la determinación de resultados por tenencia no queda irremediablemente reducida a la comparación de las existencias

iniciales y finales, las altas, y las salidas que -por una simplificación en la determinación del Costo de las Mercaderías Vendidas-

usualmente se atribuyen como originadas en su totalidad en la ventas de bienes, cuando se hace uso de esta opción.

Page 174: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

174

Efectivo Mercaderías Total Deudas TotalTransac-cionales

Tenencia

31/03/2002 30,00 80,00 110,00 0,00 (234,00) 15,00 109,00 (110,00)

Situación patrimonial

Activo PasivoPatrimonio Neto

CapitalResultados

Total

El patrimonio al cierre ha sido determinado y se encuentra conformado de la siguiente manera:

Activo:

Efectivo: $ 30,00, expresados en moneda de poder adquisitivo de Marzo de 2002.

Mercaderías: $ 80,00, correspondientes a 20 unidades, a su Costo de Reposi-ción ($ 4,00 por unidad), expresado en moneda de poder adquisitivo corres-pondiente a Marzo de 2002.

Total del Activo: $ 110,00, expresados en moneda de poder adquisitivo homo-géneo, de Marzo de 2002, por corresponder a la suma de expresiones moneta-rias de cierre.

Patrimonio Neto:

Capital: $ 234,00, correspondientes al aporte efectuado por los propietarios en Diciembre de 2001, expresado en moneda de poder adquisitivo de Marzo de 2002, de acuerdo a la reexpresión ya expuesta:

Capital en moneda de origen (Diciembre de 2001) x coeficiente de reexpresión

$ 100,00 x 2,34 = $ 234,00

Resultados Transaccionales: $ 15,00, pérdida, correspondientes a los honora-rios devengados en Febrero de 2002, expresados en moneda de poder adquisi-tivo del mes de Marzo de 2002, de acuerdo a la siguiente reexpresión:

Honorarios en moneda de origen (Febrero de 2002) x coeficiente de reexpresión

$ 10,00 x 1,50 = $ 15,00

Resultados por Tenencia: por un total de $ 109,00, pérdida, expresados en moneda homogénea de poder adquisitivo correspondiente a la fecha de cierre, y conformados por el Resultado por Exposición a la Inflación y el Resultado por Revalorización de Bienes, tal como a continuación se expone.

Resultado por Exposición a la Inflación (REI): $ 72,00, pérdida, expresados en moneda de poder adquisitivo de Marzo de 2002, de acuerdo a los procedi-mientos determinativos expuestos en la parte pertinente de “5.2.”.

Page 175: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

175

Unitario Importe Unitario Importe

Existencia Inicial 0,00 0,00 0,00

Altas (por Compra o Producción) 20,00 3,00 60,00 1,95 5,85 117,00

Existencia Final (20,00) 4,00 (80,00) 1,00 4,00 (80,00)

Costo de las Mercaderías Vendidas 0,00 0,00 0,00

Otros hechos 0,00 0,00 0,00

(20,00) 37,00Resultados por Revalorización de Bienes obtenido pordiferencia de inventarios

Moneda de Origen Moneda deCierreCoefici-ente

Hechos Unidades

Efectivo Mercaderías Total Deudas TotalTransac-cionales

Tenencia

31/03/2002 30,00 80,00 110,00 0,00 (200,00) 10,00 80,00 (110,00)

Situación patrimonial

Activo PasivoPatrimonio Neto

CapitalResultados

Total

Resultado por Revalorización de Bienes: $ 37,00, pérdida, expresados en mo-neda de poder adquisitivo de Marzo de 2002, y determinado utilizando la fór-mula utilizada en la parte correspondiente de “5.3.”, pero considerando mo-neda homogénea como tratamiento de la unidad de medida, de acuerdo a los cómputos que en forma comparativa con su determinación en moneda hete-rogénea se exponen a continuación:

Total del Patrimonio Neto: $ 110,00, expresados en moneda homogénea.

5.5. Modelo: Valores Corrientes - Moneda Heterogénea - Capital Físico

Partiendo de la situación patrimonial al cierre, conforme se la ha expuesto en “5.1.”, la misma, determinada de acuerdo a los criterios del presente modelo, y utilizando Costo de Reposición como pauta de Valores Corrientes, resulta la si-guiente:

La conformación del patrimonio a la fecha de cierre, bajo este modelo, es la si-guiente:

Activo:

Efectivo: $ 30,00, expresados en moneda de poder adquisitivo de Marzo de

Page 176: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

176

2002.

Mercaderías: $ 80,00, correspondientes a 20 unidades, a su Costo de Reposi-ción ($ 4,00 por unidad), expresado en moneda de poder adquisitivo corres-pondiente a Marzo de 2002.

Total del Activo: $ 110,00, en este caso, expresados en moneda homogénea.

Patrimonio Neto:

Capital: $ 200,00, expresados en moneda de poder adquisitivo de cierre, y co-rrespondientes al aporte integrado por los propietarios en Diciembre de 2001, computado en términos de la capacidad operativa que el mismo otorgaba en tal oportunidad, de acuerdo al siguiente cómputo:

Capacidad operativa x Costo de Reposición de la capacidad operativa

50 unidades de mercaderías x $ 4,00 = $ 200,00

Resultados Transaccionales: $ 10,00, pérdida, correspondientes a los honora-rios devengados en Febrero de 2002, expresados en moneda de poder adquisi-tivo del mes de su devengamiento: Febrero de 2002.

Resultados por Tenencia: $ 80,00, pérdida, expresados en moneda de poder adquisitivo heterogéneo, y originados en la desvalorización de los activos y pa-sivos que no participan en la determinación del capital que se pretende mante-ner, respecto de la evolución experimentada por éste.

En el caso planteado, por su simplicidad, el único activo y pasivo habidos du-rante el período analizado ha sido el dinero (efectivo). Conforme ello, la desvalo-rización de las partidas citadas en el párrafo precedente respecto del capital que se pretende mantener, en el caso, se han originado como consecuencia de las aplicaciones de las que fue objeto el dinero durante el período analizado. Como se verá, el uso del que el mismo ha sido objeto no ha permitido mantener el capital operativo definido en oportunidad de la constitución del ente.

En efecto, con el dinero existente a la fecha de cierre no pueden adquirirse la misma cantidad de mercaderías que oportunidad de constituirse el ente, ca-biendo adicionar a ello, respecto del que fuera aplicado a la incorporación de mercaderías que, por resultar el Costo de las mismas -en tal oportunidad- su-perior al que tenía al constituirse el ente, esta circunstancia determinó que se adquirieran menor cantidad de las mismas, todo lo cual ha constituido la cau-sa del resultado que nos encontramos analizando.

Este resultado, se ha originado como consecuencia de haberse afectado tardía y parcialmente una parte del efectivo disponible al inicio ($ 100,00), que en di-

Page 177: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

177

Meses Dic-01 Ene-02 Feb-02 Mar-02

Costo de Reposción 2,00 3,00 3,50 4,00

Diferencia respecto de Dic-01 0,00 1,00 1,50 2,00

cha oportunidad resultaba suficiente para adquirir las 50 unidades que deter-minan el capital operativo del ente, a la adquisición de mercaderías ( 20 unida-des), de tal forma que la desvalorización se ha conformado por las siguientes circunstancias:

a) Haber aplicado tardíamente parte del efectivo existente al inicio, $ 60,00, a adquirir 20 unidades de mercaderías, cuándo el Costo de Reposición de és-tas ya era de $ 3,00 por unidad, ha determinado una desvalorización res-pecto del capital a mantener de $ 20,00, habiéndose originado los mismos a razón de $ 1,00 por cada unidad adquirida.

En efecto, dicho $ 1,00 unitario surge de comparar el Costo de Incorpora-ción unitario efectivamente incurrido el 17/01/02, $ 3,00 por unidad, con el vigente el 31/12/01, $ 2,00, oportunidad ésta en la que se estableció el capital a mantener.

Debe tenerse presente que la restante diferencia verificada entre el Costo de Incorporación unitario incurrido en Enero en la compra de las 20 unidades a $ 3,00, y el Costo de Reposición unitario de los mismos a la fecha cierre, $ 4,00, no ha originado una variación de las partidas que no participan en la determinación del capital a mantener, precisamente, porque tales 20 uni-dades -en existencia desde Enero- participan en la determinación del mis-mo, el que ha sido determinado computando el Costo de Reposición al cie-rre.

b) Asimismo, también se ha verificado otra desvalorización respecto del capital que se pretende mantener originada en las partidas que no participan en su determinación. Concretamente, la concerniente al resto del efectivo existen-te al inicio que no fuera objeto de aplicación a la adquisición de mercaderías en ningún momento, sino a otros destinos: solventar gastos y mantenerlo en existencia al cierre.

En efecto, los $ 100,00 en existencia en Diciembre de 2001, resultaban su-ficientes para adquirir las 50 unidades de mercaderías que determinan el capital que se pretende mantener. Una vez deducido del importe citado el correspondiente a las 20 unidades que se adquirieran con posterioridad, conforme ha sido analizado en “b)” precedente, y computadas éstas a su

Page 178: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

178

Meses Dic-01 Ene-02 Feb-02 Mar-02

Costo de Reposción 2,00 3,00 3,50 4,00

Diferencia respecto de Dic-01 0,00 1,00 1,50 2,00

Integran patrimonio

No integran patrimonio

Por unidad Total

30Desde Dic 01 hasta Mar 02

2,00 60,00

20Desde Dic 01 hasta Ene 02

1,00 20,00

Total 80,00

Unidades que definen el

Capital a Mantener

Período durante el cual se produjo la devalorización

Desvalorización respecto del

Capital a Manteneren moneda heterogénea

50

Costo unitario en oportunidad de establecerse el capital a mantener (Di-ciembre de 2001), es decir, $ 2,00, queda un remante de $ 60,00, con el que podrían haberse adquirido, también en tal oportunidad, 30 unidades de mercaderías, para de esta forma preservar los activos y pasivos que no par-ticipan en el alcance otorgado al capital, respecto de la evolución que pu-diera experimentar éste.

Dicha circunstancia, no haber adquirido las 30 unidades citadas, ha gene-rado una desvalorización respecto del capital que se pretende mantener ori-ginada en esta partida (efectivo), por $ 60,00, a razón de $ 2,00 por cada unidad no adquirida.

Tal importe unitario surge de comparar, el Costo de Reposición de las mer-caderías vigente al 31/03/02, es decir, $ 4,00, con el correspondiente al mismo en oportunidad de determinarse el capital a mantener, 31/12/01, que ascendía en dicho momento a $ 2,00. Este período temporal es aquel durante el cual, esta parte de las partidas no que no participan en la de-terminación del capital a mantener fueron objeto de desvalorización res-pecto del mismo.

Sintetizando lo expuesto, este resultado por tenencia, que se ha originado como consecuencia de la desvalorización de las partidas que no participan en la determinación del capital a mantener, respecto de la evolución expe-rimentada por éste, asciende a un total de $ 80,00, expresados en moneda de poder adquisitivo heterogéneo, y surge de los siguientes cómputos:

Page 179: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

179

Efectivo Mercaderías Total Deudas TotalTransac-cionales

Tenencia

31/03/2002 30,00 80,00 110,00 0,00 (200,00) 15,00 75,00 (110,00)

Situación patrimonial

Activo PasivoPatrimonio Neto

CapitalResultados

Total

Total del Patrimonio Neto: $ 110,00, expresados -como total- en moneda homo-génea, no obstante que las partidas que los conforman se encuentran expresa-das en moneda de distinto poder adquisitivo. Ello resulta así, por utilizar el modelo Valores Corrientes.

5.6. Modelo: Valores Corrientes - Moneda Homogénea - Capital Físico

Partiendo de la situación patrimonial al cierre, conforme se la ha expuesto en “5.1.”, la misma, determinada de acuerdo a los criterios del presente modelo, y utilizando Costo de Reposición como pauta de Valores Corrientes, resulta la si-guiente:

La conformación del patrimonio a la fecha de cierre, bajo este modelo, es la si-guiente:

Activo:

Efectivo: $ 30,00, expresados en moneda de poder adquisitivo de Marzo de 2002.

Mercaderías: $ 80,00, correspondientes a 20 unidades, a su Costo de Reposi-ción ($ 4,00 por unidad), expresado en moneda de poder adquisitivo corres-pondiente a Marzo de 2002.

Total del Activo: $ 110,00, en este caso, expresados en moneda homogénea.

Patrimonio Neto:

Capital: $ 200,00, expresados en moneda de poder adquisitivo de cierre, y co-rrespondientes al aporte integrado por los propietarios en Diciembre de 2001, computado en términos de la capacidad operativa que el mismo otorgaba en tal oportunidad, de acuerdo al siguiente cómputo:

Capacidad operativa x Costo de Reposición de la capacidad operativa

50 unidades de mercaderías x $ 4,00

Resultados Transaccionales: $ 15,00, pérdida, correspondientes a los honora-rios devengados en Febrero de 2002, expresados en moneda de poder adquisi-

Page 180: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

180

tivo del mes de Marzo de 2002, de acuerdo a la siguiente reexpresión:

Honorarios en moneda de origen (Febrero de 2002) x coeficiente de reexpresión

$ 10,00 x 1,50 = $ 15,00

Resultados por Tenencia: $ 75,00, pérdida, expresada en moneda de poder ad-quisitivo homogénea y originada en las dos siguientes causas:

Resultado por Exposición a la Inflación: ($ 72,00), pérdida.

Resultado por desvalorización de las partidas que no participan en la de-terminación del Capital a Mantener, respecto de éste: ($ 3,00), pérdida.

A continuación analizamos por separado cada una de dichas causas.

Resultado por Exposición a la Inflación.

$ 72,00, pérdida, expresados en moneda de poder adquisitivo de Marzo de 2002, de acuerdo a los procedimientos determinativos expuestos en la parte pertinente de “5.2.”

Resultado por desvalorización de las partidas que no participan en la de-terminación del Capital a Mantener.

Conceptualmente, el procedimiento para determinar el resultado generado por la circunstancia apuntada, resulta similar al consignado al analizar la parte pertinente del modelo “5.5.” (Valores Corrientes, Moneda Heterogénea, Capital Operativo), aunque computando todas las partidas que lo determi-nan en moneda homogénea.

En el presente modelo, y como se expone a continuación, el resultado por desvalorización de las partidas que no participan en la determinación del capital que se pretende mantener, respecto de la evolución experimentada por éste, asciende a una pérdida de $ 3,00, expresada en moneda de poder adquisitivo homogénea.

Como fuera manifestado precedentemente al considerar el modelo en el que también se utilizara mantenimiento del capital operativo, pero con moneda heterogénea, la simplicidad del caso bajo análisis determina que el único activo o pasivo -habido durante el período analizado- que no participa en la determinación del capital a mantener es el dinero. Consecuentemente con ello, la desvalorización de las partidas citadas respecto del capital que se pretende mantener, en el caso, se han originado como consecuencia de las aplicaciones -tardías y parciales- de las que fue objeto el dinero durante el período analizado, resultando de ello que no se ha podido mantener el ca-pital operativo definido en oportunidad de la constitución del ente, por un

Page 181: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

181

Partidas Vigente en

Expresado en moneda de poder

adquisitivo de

Importe

Costo de Resposición (1) Ene-02 Ene-02 $ 3,00

Menos:

Costo de Resposición (2) Dic-01 Ene-02 $ 2,40

Resultado (pérdida) Ene-02 $ 0,60

importe de $ 3,00.

Reiterando lo ya expuesto, con el dinero existente a la fecha de cierre no pueden adquirirse la misma cantidad de mercaderías que en oportunidad de constituirse el ente, cabiendo adicionar a ello, respecto del que fuera aplicado a la incorporación de mercaderías que, por resultar el Costo de las mismas -en tal oportunidad- superior al vigente al constituirse el ente, esta circunstancia determinó que se adquiriera una menor cantidad de las mis-mas, todo lo cual ha constituido la causa del resultado que nos encontra-mos analizando.

Así, es que este resultado se ha originado como consecuencia de haberse afectado tardía y parcialmente el efectivo disponible al inicio ($ 100,00), que en tal oportunidad resultaba suficiente para adquirir las 50 unidades que determinan el capital operativo del ente, a la adquisición de sólo 20 unida-des de mercaderías. Como consecuencia de ello, la desvalorización se ha conformado por las siguientes dos circunstancias:

a) Haber aplicado parte del efectivo existente al inicio, $ 60,00, en adquirir 20 unidades de mercaderías, cuándo el Costo de Reposición de éstas ya era de $ 3,00 por unidad, ha determinado una desvalorización del pa-trimonio de $ 23,40, habiéndose originado los mismos a razón de $ 1,17, expresados en moneda homogénea, por cada unidad adquirida.

Adviértase que la desvalorización originada por la falta de aplicación del efectivo a la adquisición de mercaderías en el momento de la constitu-ción del ente (Dic-01), hasta el mes de Ene-02, medida en moneda de poder adquisitivo correspondiente a este último mes, resultó en términos unitarios equivalente a $ 0,60 negativos, de acuerdo al siguiente com-puto:

Los importes consignados en el cuadro precedentemente surgen de:

Page 182: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

182

PartidasExpresado en

moneda de poder adquisitivo de

Importe

Resultado unitario determinado precedentemente Ene-02 $ 0,60

Por: Coeficiente de reexpresión entre Ene-01 y Mar-02 1,95

Resultado unitario determinado precedentemente Mar-02 $ 1,17

1. El Costo de Reposición de las mercaderías en el mes de En-02, según los datos del caso, ascendía a $ 3,00 por unidad, encontrándose es-tos últimos obviamente expresados en moneda de poder adquisitivo de este mes.

2. El Costo Reposición vigente en Dic-01, expresado en moneda de tal mes ascendía $ 2,00, los que, reexpresados en moneda poder adqui-sitivo vigente en Ene-02, relacionando el índice del último mes (480) con el del primero (400), resultan equivalentes a $ 2,40 [$2,00 x 480 / 400].

No obstante ello, dicha diferencia unitaria, $ 0,60, se encuentra expre-sada, como fuera expuesto, en moneda de poder adquisitivo de Ene-02, correspondiendo por lo tanto su reexpresión a moneda de poder adqui-sitivo vigente en el momento del cierre (Mar-02), para de esta manera respetar el tratamiento que se asigna a la unidad de medida en el mo-delo bajo análisis (homogénea), de acuerdo al siguiente cálculo.

Conforme todo lo expuesto, la tardía aplicación del efectivo efectuada en el mes de Enero de 2002 a la adquisición de mercaderías, ha generado hasta este mes, y expresada en moneda de poder adquisitivo correspon-diente al mes de cierre (Mar-02), una desvalorización de las partidas que no participan en la determinación del capital que se pretende mantener, respecto de éste, de $ 23,40 los que surgen de multiplicar las 20 unida-des adquiridas por el resultado verificado hasta el citado mes de Enero de 2002, expresado en moneda de cierre ($ 1,17).

De igual forma que en el modelo anterior en el que se utilizaba como cri-terio de mantenimiento del capital el llamado Capital Operativo, en el presente caso también debe tenerse presente que la diferencia verificada entre el Costo de Incorporación unitario incurrido en Enero en la compra de las 20 unidades a $ 3,00, y el Costo de Reposición unitario de los mismos a la fecha cierre, $ 4,00, aún determinada en moneda homogé-nea, no ha originado una variación de las partidas que no participan en

Page 183: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

183

la determinación del capital a mantener ya que tales 20 unidades -en existencia desde Enero- participan en su determinación.

b) El restante resultado, se ha verificado por la revalorización -respecto del capital que se pretende mantener- de las restantes partidas que no par-ticipan en su determinación, es decir, el efectivo que no fuera aplicado a la adquisición de mercaderías, una parte del cual fue destinado a sol-ventar gastos, en tanto que el resto se encuentra en existencia a la fecha de cierre.

Como se ha comentado con anterioridad, los $ 100,00 en existencia en Diciembre de 2001, resultaban suficientes para adquirir las 50 unidades de mercaderías que determinan el capital que se pretende mantener.

Sólo una parte de tales fondos fue aplicada a la adquisición de mercade-rías, habiéndose analizado en “a)” precedente las consecuencias que di-cha tardía afectación produjo en términos de desvalorización de las par-tidas que no participan en la determinación del capital a mantener.

El hecho de que el resto del dinero en existencia al inicio no fue aplicado a tales fines, ha generado otra variación modificativa del patrimonio ori-ginada en el criterio de mantenimiento del capital adoptado, aunque como veremos, de sentido contrario al anterior.

Como hemos mencionado, una vez deducidos del efectivo al inicio ($ 100,00) los fondos aplicados a la adquisición de las 20 unidades de mer-caderías, y computadas éstas a su Costo unitario en oportunidad de es-tablecerse el capital a mantener (Diciembre de 2001), es decir, $ 2,00, queda un remante de $ 60,00, con el que podrían haberse adquirido, también en tal oportunidad, 30 unidades de mercaderías para de esta forma preservar los activos y pasivos que no participan en el alcance otorgado al capital, respecto de la evolución que pudiera experimentar éste.

No haber adquirido tales 30 unidades, ha generado -en este caso- una revalorización de esta partida (efectivo), medida en moneda homogénea, de $ 20,40, a razón de $ 0,68 por cada unidad no adquirida.

Dicho importe unitario surge de comparar, el Costo de Reposición de las mercaderías vigente al 31/03/02, es decir, $ 4,00, con el correspon-diente al Costo de Reposición vigente en oportunidad de determinarse el capital a mantener ($ 2,00), 31/12/01, pero expresado en moneda de poder adquisitivo correspondiente a la fecha de cierre ($ 4,68), conforme los siguientes cálculos.

Page 184: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

184

Integran patrimonio

No integran patrimonio

Por unidad Total

30Desde Dic 01 hasta Mar 02

-0,68 -20,40

20Desde Dic 01 hasta Ene 02

1,17 23,40

Total 3,0050

Unidades que definen el

Capital a Mantener

Período durante el cual se produjo la devalorización

Desvalorización respecto del

Capital a Manteneren moneda homogénea

Partidas Vigente en

Expresado en moneda de poder

adquisitivo de

Importe

Costo de Resposición al cierre (1) Mar-02 Mar-02 $ 4,00

Menos:

Costo de Resposición (2) Dic-01 Mar-02 $ 4,68

Resultado (ganancia) Mar-02 -$ 0,68

Los importes consignados en el cuadro precedentemente surgen de:

1. El Costo de Reposición de las mercaderías al cierre (Mar-02), según los datos del caso, ascendía a $ 4,00 por unidad, encontrándose es-tos últimos obviamente expresados en moneda de poder adquisitivo de dicho mes.

2. El Costo Reposición vigente en Dic-01, expresado en moneda de tal mes ascendía $ 2,00, los que, reexpresados en moneda poder adqui-sitivo vigente en Mar-02, relacionando el índice del último mes (936) con el del primero (400), resultan equivalentes a $ 4,68 [$2,00 x 936 / 400].

Sintetizando lo expuesto, este resultado por tenencia, que se ha origi-nado como consecuencia de la desvalorización de las partidas que no participan en la determinación del capital a mantener (efectivo), respecto de la evolución experimentada por el Capital, asciende a una pérdida ne-ta de $ 3,00, expresada en moneda de poder adquisitivo homogénea, y surge de los siguientes cómputos:

Page 185: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

185

REIRevalori-zación

CI Heterogénea Financiero 5.1. 30,00 60,00 90,00 (100,00) 10,00 10,00 (90,00)

CI Homogénea Financiero 5.2. 30,00 117,00 147,00 (234,00) 15,00 72,00 87,00 (147,00)

VC Heterogénea Financiero 5.3. 30,00 80,00 110,00 (100,00) 10,00 (20,00) (10,00) (110,00)

VC Homogénea Financiero 5.4. 30,00 80,00 110,00 (234,00) 15,00 72,00 37,00 124,00 (110,00)

VC Heterogénea Operativo 5.5. 30,00 80,00 110,00 (200,00) 10,00 80,00 90,00 (110,00)

VC Homogénea Operativo 5.6. 30,00 80,00 110,00 (200,00) 15,00 72,00 3,00 90,00 (110,00)

Criteriode

Valuación

Activo

Tenencia

Patrimonio Neto

TotalTotal

Merca-derías

Capital Transac-cionales

Resultados

TotalesEfectivo

AcápiteCapital

aMantener

Unidadde

Medida

Total del Patrimonio Neto: $ 110,00, expresados en moneda heterogénea.

5.7. Presentación comparativa de las situaciones patrimoniales confor-me los distintos modelos

En el cuadro siguiente se presentan en forma comparativa las situaciones pa-trimoniales -alternativas- al 31/03/02, que surgen de la aplicación de cada uno de los modelos contables analizados precedentemente, habiéndose omitido incluir el Pasivo, habida cuenta que, por los hechos económicos incluidos en el caso, no se han asumido obligaciones en ningún momento.

Tal como se desprende de lo expuesto, la única realidad habida, es decir, la co-rrespondiente a los hechos económicos efectivamente ocurridos según el planteo del caso analizado, ha dado lugar a que, por la aplicación -alternativa- de distintos mo-delos contables, éstos arrojaran mediciones patrimoniales diferentes.

En efecto, ellos expresan con distintas magnitudes monetarias las partidas que conforman el patrimonio, en el caso Activos y Patrimonio Neto, como así también ocurre en lo concerniente al reconocimiento o no de determinados resultados y sus magnitudes y sentidos.

Al respecto, consideramos conveniente poner de manifiesto algunas circuns-tancias que caracterizan a determinadas diferencias.

En lo concerniente a los modelos analizados en “5.1.” y “5.2.”, y en lo atinente a las expresiones monetarias que representan el significado atribuido a las 20 uni-dades de Mercaderías en existencia al cierre, $ 60,00 en el primero, y $ 117,00 en el segundo, corresponde destacar lo siguiente: Ambas expresiones monetarias, no obs-

Page 186: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

186

tante ser diferentes, corresponden al mismo y único valor atribuido -en ambos mo-delos- a los bienes, es decir, su Costo de Incorporación.

El origen de las diferencias entre tales expresiones se debe, exclusivamente, al tratamiento otorgado en uno y otro modelo a la unidad de medida, heterogénea en el primero, y homogénea en el segundo; y no a diferentes valores reconocidos a los bie-nes en ambos modelos.

Similares consideraciones corresponden a los resultados transaccionales reco-nocidos en tales modelos, $ 10,00 en “5.1.”, y $ 15,00 en “5.2.”. La diferencia entre tales expresiones monetarias no importa el reconocimiento de resultados diferentes, sino que se origina en el tratamiento otorgado en cada uno de ellos a la unidad de medida utilizada para expresarlos.

Por su parte, en el modelo identificado como “5.2.” se han considerado las con-secuencias patrimoniales y económicas que originaron los cambios que experimentó el poder adquisitivo de la moneda, y, consecuentemente, con ello se ha reconocido el Resultado por Exposición a la Inflación, amén de haberse reexpresado a moneda constante las partidas que conforman el patrimonio del ente a la fecha de cierre.

En lo relativo a los modelos “5.3.” y “5.4.” puede observarse que el resultado reconocido en cada uno de ellos como consecuencia del cambio experimentado en el valor de los bienes, $ 20,00, ganancia, en el primero, y $ 37,00, pérdida, en el se-gundo, no sólo difieren en su magnitud, sino también en su sentido.

Si bien en el caso de todos los modelos que utilizan Valores Corrientes y man-tenimiento del Capital Financiero, “5.3” y “5.4”, tanto los activos, como así también los pasivos si los hubiera, y el total del patrimonio neto cuentan con idénticas ex-presiones monetarias y se encuentran expresados en moneda de poder adquisitivo de cierre, ello no ocurre así con las partidas que conforman cualitativamente el Pa-trimonio Neto, resultando en consecuencia distintos los resultados del ejercicio re-conocidos en cada uno de ellos, como así también las causas que los determinaron.

Por último, en los modelos analizados en “5.5.” y “5.6.” si bien el resultado del ejercicio resulta idéntico en ambos modelos, ello no resulta así en lo concerniente a las causas que lo determinaron.

5.8. El modelo contable conforme las normas vigentes.

Las normas contables profesionales vigentes, actualmente la R. T. 17, definen el modelo contable que se considera razonable de la siguiente forma:

Criterio general de valuación de activos y pasivos: básicamente Valores Corrien-tes.

Page 187: Medición del Patrimonio i

V.- Modelos Contables

187

Unidad de medida: Moneda Homogénea (o Constante).

Capital a mantener: Capital Financiero (o Monetario).

Según vimos con anterioridad, existen distintas pautas de valores corrientes entre las que se podría optar, Costo de Reposición, Valor Neto de Realización, etc.. La citada norma establece como criterio general Valores Corrientes, y define, ade-más, en particular para las distintas partidas que conforman el activo y el pasivo cuales son las pautas de Valores Corrientes mas razonables para cada una de ellas, como así también, que ante la imposibilidad de usar valores corrientes en el caso de alguna partida, alternativa y excepcionalmente, la misma puede ser valuada a Costo de Incorporación.

Page 188: Medición del Patrimonio i
Page 189: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

189

Sinopsis

A continuación se presentan cuadros, gráficos y sinopsis en las que se sinte-

tizan algunos de los conceptos tratados en los capítulos precedentes.

Page 190: Medición del Patrimonio i
Page 191: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Ente

191

Estados nacionales, provin-

ciales y municipales Sujetos de

derecho

público Otros

Sociedades comerciales

Sociedades civiles

Asociaciones

y fundaciones civiles

Personas de

existencia ideal

Cooperativas, Mutuales, etc.

Con

personería

jurídica (su-

jetos de de-

recho)

Personas de

existencia física

Sujetos de

derecho

privado

Usted

Sociedades de hecho Sociedades no constituidas

regularmente Sociedades irregulares

Agrupaciones de

Colaboración

Entes

(Sujetos a los que

pertenece o se atri-

buye un patrimonio

en contabilidad)

Sin

personería

jurídica

(no sujetos

de derecho) Contratos de

Colaboración Empresaria Uniones Transitorias

de Empresas (UTE)

Page 192: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Informes contables: usuarios

192

Dirección

Gerencia Internos

Supervisión

Proveedores

Clientes

Instituciones financieras

Fisco (Afip, IGJ, etc.)

Propietarios

Usuarios

Externos

Etc.

Page 193: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Normas contables: fuentes

193

Origen Emitidas por: Algunos ejemplos

Código de Comercio.

Ley de Sociedades Comerciales.

Legales

El estado, y por organismos es-

tatales encargados del control

de ciertos entes, según la na-

turaleza, actividad y modalidad

con la que estos operan (Le-

yes, Decretos, Resoluciones,

Normas, etc.).

Resoluciones y Disposiciones de órganos

de control (Inspección General de Justi-

cia, Banco Central de la República Argen-

tina, Comisión Nacional de Valores, etc..

Ente Los propios entes. Las que pudieran emitirse en cada caso.

Fuentes

Profesionales

La Federación Argentina de

Consejos Profesionales de

Ciencias Económicas, por de-

legación de cada uno de los

Consejos Profesionales de

Ciencias Económicas corres-

pondientes a cada una de las

jurisdicciones (provincias y

Ciudad Autónoma de Buenos

Aires) en las que se encuentra

dividido nuestro país.

Las llamadas Resoluciones Técnicas (RT)

identificadas con los números 4 a 9 y 11

a 24. Como por ejemplo, la RT 6 (Esta-

dos contables en moneda constante); RT

8 (Normas generales de exposición conta-

ble); RT 9 (Normas particulares de expo-

sición contable); RT 16 (Marco conceptual

de las normas contables profesionales),

RT 17 (desarrollo de cuestiones de apli-

cación general); RT 18 (desarrollo de

cuestiones de aplicación particular); RT

19 (Modificaciones a las RT 4, 5, 6, 8, 9,

11 y 14), etc..

Page 194: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

El patrimonio desde la perspectiva jurídica

Patrimonio

194

Patrimonio “conjunto de derechos y obligaciones de una persona, susceptibles de apreciación pecuniaria” (a)

(a) José Llambías. “Tratado de Derecho Civil”, Parte General II, Editorial Abeledo Perrot, Séptima Edi-

ción.

Alcance de los términos incluidos en la definición.

Derecho Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permi-te respecto de ella.

Obligación Vínculo que sujeta a hacer o abstenerse de hacer una cosa, esta-blecido por precepto de ley, por voluntario otorgamiento o por de-rivación recta de ciertos actos.

Susceptibles de apreciación

pecuniaria

Objetos materiales e inmateriales que poseen valor, y que por lo tanto pueden ser apreciados económicamente.

Page 195: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

El patrimonio desde la perspectiva jurídica

Clasificaciones de Derechos y Obligaciones

195

Por su naturaleza

Tipos Naturaleza

Reales

Los que otorgan a su titular pleno dominio de la cosa (pro-piedad de un bien) y, menos pleno, en las desmembraciones del dominio (usufructo, servidumbres, etc.), y los derechos sobre cosa ajena (hipoteca, prenda, etc.).

Personales

Aquellos que establecen vínculos entre las personas, a través de los cuales su titular puede exigir de otra persona el cum-plimiento de un compromiso, el que puede consistir en una obligación de dar una cosa (dinero, etc.), de hacer algo (pres-tar un servicio, etc.), o de no hacerlo (abstenerse de hacerlo).

Derechos

Intelectuales Los que conceden a su titular, el autor de una obra literaria, científica, artística, etc., el dominio de la misma (derechos de autor, marcas comerciales, patentes de invención, etc.).

Tipos Objeto de la obligación

Dar En entregar una cosa: dinero, una mesa, un terreno, etc..

Hacer Realizar un acto o un hecho: prestar un servicio profesional, construir una obra civil, etc..

Obligaciones

de

No Hacer

No realizar un acto o un hecho: no producir un determinado bien, o no prestar un determinado servicio, por ejemplo, el compromiso que suelen asumir los clubes de fútbol que transfieren los derechos de un jugador a otra institución, en el sentido que el mismo no jugará en los partidos en que tales clubes se enfrenten, etc..

Page 196: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

El patrimonio desde la perspectiva jurídica

Clasificaciones de Derechos y Obligaciones

196

Por su modalidad

Puras (Ciertas)

Aquellas en las que su cumplimiento no depende de ninguna condición posterior a su nacimiento.

Por ejemplo, en el caso de una operación de compra-venta, y cuando la entrega del bien se ha producido, el derecho del vendedor a percibir el precio y la obligación del comprador de abonarlo.

Derechos y

Obligaciones

Impuras (Inciertas)

Aquellas en las que el derecho o la obligación se en-cuentran subordinadas a la ocurrencia, o no, de un acontecimiento futuro incierto, posterior a su nacimien-to.

Por ejemplo, la obligación sobreviniente para quien ga-rantiza el crédito otorgado al deudor principal por un tercero, en la que la condicionalidad se funda en el hecho futuro incierto consistente en que el deudor ga-rantizado abone o no su obligación, caso este último en el cual el garante deberá dar cumplimiento a la obliga-ción condicional, abonando el crédito.

Page 197: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

El patrimonio desde la perspectiva contable

Requisitos que deben cumplir los Derechos y las Obligaciones para ser reconocidos como integrantes del Patrimonio de un ente

197

Derechos

Titularidad El ente debe ser titular del derecho correspondiente, o bien, en caso de no revestir tal carácter, el mismo debe tener asegurado -para sí- el dominio pleno del los beneficios que el mismo puede generar184.

Utilidad Económica

El derecho debe otorgar a su titular capacidad de generar beneficios futuros, o bien de evitar perjuicios.

Medible objetivamente

El derecho debe ser medible objetivamente en términos monetarios.

Certidumbre El derecho debe ser cierto (puro185), o, en caso de no serlo (condicio-nal186), la condición futura incierta por la que se encuentra condi-cionado187 debe contar con una alta probabilidad de ocurrencia.

Obligaciones

Titularidad El ente debe ser el titular de la obligación, es decir debe ser el su-jeto pasivo (obligado) de la misma.

Medible Objetivamente

La obligación debe ser medible objetivamente en términos moneta-rios.

Certidumbre La obligación debe ser cierta, o, en caso de no serlo, la condición futura incierta por la que se encuentra condicionada debe contar con una probabilidad alta de ocurrencia.

184 Esto último, conforme lo ha destacado oportunamente Enrique Fowler Newton en “Contabilidad Básica”, Macchi, 1994.

185 Según el alcance jurídico del término.

186 Idem nota anterior.

187 La que obviamente, por resultar incierta, no debe poder ser controlable por el ente, ya que de no resultar así no existiría incertidumbre.

Page 198: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

El patrimonio desde la perspectiva contable

Contingencias, Previsiones e Incertidumbres

198

Contingencias según su sentido patrimonial y económico

Favorables (o positivas)

Originadas por el reconocimiento contable de derechos in-ciertos, por considerarse que tienen alta probabilidad de concretarse, y que originarán incrementos de patrimonio en oportunidad de convertirse en ciertos.

Contingencias

Desfavorables (o negativas)

Originadas por el reconocimiento de obligaciones inciertas, o bien por la reducción incierta de derechos ciertos previa-mente reconocidos como tales, que se considera tienen alta probabilidad de concretarse, los que -en ambos casos- ori-ginarán disminuciones de patrimonio en oportunidad de convertirse en ciertos, y habitualmente son denominadas Previsiones.

Previsiones: exposición

Tipos Originadas Exposición

De Pasivo Por el reconocimiento de obligaciones inciertas, que se considera tienen alta probabilidad de concretarse

Pasivo

Regularizadoras de Activos

Por el reconocimiento de una reducción incierta de de-rechos ciertos previamente reconocidos como tales, que se considera tiene alta probabilidad de concretarse.

Activo (neteando al co-rrespondiente)

Incertidumbres: tipos

Tipos Originadas

de Ocurrencia Incertidumbre respecto de la ocurrencia o no en el futuro, del hecho condicionante.

Incertidumbres

de Cuantificación Incertidumbre respecto de la cuantificación de los efectos que la ocurrencia del hecho incierto produ-cirá en el patrimonio.

Page 199: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

El patrimonio desde la perspectiva contable

Variaciones patrimoniales

199

Variación patrimonial: concepto

Variación patrimonial

Cambios cualitativos (calidad) y/o cuan-titativos (cantidad) que experimenta el patrimonio como consecuencia de los hechos económicos que lo afectan.

Hechos económicos: caracterización, tipos

Básicas

Comprar Pagar Producir Vender Cobrar

Operaciones Hechos económi-cos que se carac-terizan porque se producen como consecuencia de la voluntad por parte del ente de concretarlos.

Accesorias Las restantes, por ejemplo contratar personal, efectuar depósitos en cuen-tas bancarias, etc..

Hechos Económicos

Otros hechos Se producen sin que haya me-diado voluntad expresa en tal sentido por parte del ente

Crecimiento natural. Cambios en los significados atribui-

dos a ciertas partidas que confor-man el patrimonio.

Cambios en el poder adquisitivo de la unidad de medida.

Siniestros y otras disminuciones parciales o totales del significado atribuido a los bienes que confor-man el patrimonio.

Otros

Page 200: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

El patrimonio desde la perspectiva contable

Variaciones patrimoniales

200

Tipos

Permutativas o

Cualitativas

Aquellas que, como consecuencia de los hechos que afectan al patrimonio, sólo producen cambios en la compo-sición cualitativa (calidad) del mismo, sin producir alteraciones en su cuan-tificación total (cantidad).

Compras de bienes. Depósitos en cuen-

tas corrientes ban-carias.

Cobro de créditos. Pago de obligacio-

nes. Etc.

Variaciones Patrimoniales

Modificativas o

Cuantitativas

Las que producen cambios en la ex-presión cuantitativa (cantidad) del pa-trimonio, es decir, aquellas en las que, como consecuencia de la opera-ción realizada, o de la ocurrencia de otro hecho, la cantidad de patrimonio que se posee cambia, resultando ma-yor o menor que la habida con ante-rioridad a la ocurrencia del hecho económico que la generó.

Ver cuadro siguiente

Causas

Causas Algunos ejemplos

Originadas en operaciones realizadas con los propietarios y otros integrantes del ente.

Aumentos y disminuciones de aportes efectuados por los propietarios.

Distribución de utilidades a favor de los propietarios y otros integrantes del ente. Variaciones

Patrimoniales Modificativas

Originadas como consecuencia de operacio-nes realizadas con otros terceros, o bien por otros hechos económicos.

Ventas de bienes y servicios.

Sacrificios incurridos en vir-tud de la utilización de bie-nes puestos a nuestra dispo-sición a tal fin por terceros, a cambio de una retribución.

Siniestros, etc..

Page 201: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

El patrimonio desde la perspectiva contable

Reconocimiento de Variaciones Patrimoniales y de Resultados

201

Pautas para el reconocimiento de Variaciones Patrimoniales

Realización

Las variaciones patrimoniales “solo deben computarse cuando sean realizadas, o sea, cuando la operación que los origina queda per-feccionada desde el punto de vista de la legislación o prácticas comer-ciales aplicables y se hayan ponderado fundamentalmente todos los riesgos inherentes a tal operación. Debe establecerse con carácter ge-neral que el concepto "realizado" participa del concepto devengado”.

Pautas para el reconocimiento (o asignación a períodos) de Resultados

Percibido

Las variaciones patrimoniales modificativas deben ser reconocidas como tales, y consecuentemente registra-das, cuando se han pagado o cobrado los hechos eco-nómicos en los que las mismas se originan.

Pautas

Devengado

“Los efectos patrimoniales de las transacciones y otros hechos deben reconocerse en los períodos en que ocurren, con independencia del momento en el cual se produjeren los ingresos y egresos de fondos relacionados”

Marco de aplicación de las pautas para el reconocimiento de Resultados

Apareamiento de

Ingresos y Egresos

Los ingresos y egresos directamente relacionados entre sí, deben ser reconocidos como tales en la misma oportunidad (momento, ejer-cicio, etc.). Es decir: Los hechos económicos que, guardando relación directa en-tre sí, y que, cuando corresponda su reconocimiento, importarán disminuciones o incrementos de patrimonio, deben ser reconocidos contablemente en la misma oportunidad.

Page 202: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

El patrimonio desde la perspectiva contable

Tratamiento de los hechos económicos según el criterio de Devengado

202

Page 203: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

El patrimonio desde la perspectiva contable

Activo

203

Concepto

Activo

Conjunto derechos ciertos, e inciertos con alta probabilidad de ocurrencia de la condición por la que se encuentran condicionados, de los que resulta titular un ente, y que poseen utilidad económica; y, de corresponder, por aquellos sacrificios económicos incurridos que no obstante no constituir derechos, y por no encontrarse devengados, su reconocimiento como resultado se difiere hasta tanto corresponda por aplicación de la pauta de devengamiento, todos ellos en tanto sean susceptibles de ser medidos objetivamente en términos monetarios.

Clasificaciones jurídicas de los derechos que conforman el activo

Inmuebles

Aquellos que se encuentran fijos en un lugar determinado, y que por lo tanto no pueden ser trasladados a otro con absoluta facilidad, y sin alterar su estado físico original: terrenos, edi-ficios, etc. Por su

movilidad

Muebles

Los que pueden ser trasladados de un lugar a otro con absolu-ta facilidad, ya sea porque tienen la particularidad de hacerlo por sí mismos (ganado, etc.), o bien por medio de una fuerza externa: sillas, televisores, etc..

Fungibles

Aquellos en los que por su naturaleza, o bien por la percepción que de ellas tienen los individuos, cualquier unidad de una es-pecie equivale a cualquier otra de la misma especie, en virtud de lo cual, pueden sustituirse unas por otras: granos, hacien-da, la moneda, etc. Por su

fungibilidad

No fungibles

Los que, por su naturaleza o bien por la percepción que de ellas tienen los individuos, cualquier unidad de una especie no equivale a cualquier otra de la misma especie, en virtud de lo cual no pueden sustituirse unas por otras: dos automóviles usados de la misma marca, año y modelo, obras de arte, etc..

Tangibles Aquellos de existencia física, que pueden ser tocados: edificios, sillas, etc.. Por su

tangibildad Intangibles

Los que no tienen existencia física, que no pueden ser tocados: derechos derivados de la propiedad intelectual, etc..

Page 204: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

El patrimonio desde la perspectiva contable

Activo

204

Consumi-bles

Aquellos en los que su existencia finaliza con el primer uso que de ellos se hace, ya sea porque se extinguen, o bien porque pa-san a conformar otro bien: la comida, un insumo de produc-ción. Por su

duración No

consumi-bles

Los que no dejan de existir con el primer uso que de ellos se hace, aunque como consecuencia de su utilización sean sus-ceptibles de consumirse o desgastarse luego de un período de tiempo: televisores, sillas, etc..

Registrables

Aquellos en los que, por disposiciones normativas legales, la transferencia de dominio de los mismos requiere la tradición de la cosa y la inscripción de la transferencia en un registro públi-co de la propiedad: todos los inmuebles, los automóviles, dere-chos derivados de la propiedad intelectual, tecnológica, etc. (derechos de autor, patentes, etc.).

Por los requisitos

para la transferen-cia de su propiedad No

Registrables

Aquellos en los que para su transferencia basta con la tradi-ción de la cosa: la mayoría de los bienes muebles tangibles, ex-cluidos los citados precedentemente.

Page 205: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

El patrimonio desde la perspectiva contable

Activo

205

Agrupamiento y clasificación contable de los Activos (Rubros)

Agrupamiento Aprovechamiento económico Algunos ejemplos

Disponibilidades188

Medios de pago usualmente aceptados como tales, por poseer poder cancelatorio (limitado o ilimitado según los casos).

Dinero en efectivo ($, U$S, etc.). Saldos acreditados en cuentas

bancarias a la vista. Cheques en cartera librados o

endosados por terceros a favor del ente.

Inversiones

Aplicaciones de fondos en activi-dades distintas de las que cons-tituyen el objeto del ente (comer-ciales, industriales, de servicios, etc.), con el ánimo de obtener rentas u otros beneficios adicio-nales a los derivados de tales aplicaciones.

Títulos públicos y privados. Colocaciones de fondos en insti-

tuciones financieras. Muebles e Inmuebles destinados

a su locación. Préstamos concedidos. Participaciones en el Capital o

Patrimonio de otros entes.

Créditos

Derechos a percibir bienes y ser-vicios, originados en la financia-ción de las actividades que reali-za el ente, o en otras operaciones (excluidas aquellas que, por su naturaleza o utilización, corres-ponda su inclusión en otro agru-pamiento).

Cuentas a cobrar originadas en operaciones de ventas de bienes o servicios, documentadas o no.

Anticipos entregados a pro-veedores por la compra de bie-nes o servicios.

Anticipos de Impuestos. Préstamos al personal.

Bienes de Cambio

Bienes destinados a ser ven-didos, ya sea en el mismo estado en el que se incorporaron al pa-trimonio, o bien, una vez que han sido sometidos a un proceso de transformación; y aquellos que se consumen en la produc-ción y comercialización de los bienes que se destinan a la ven-ta.

Mercaderías destinadas a ser vendidas.

Materias Primas destinadas a conformar otros bienes.

Materiales e Insumos a ser utili-zados en el proceso productivo

Bienes en proceso de producción (aún no finalizado)

Productos Terminados destina-dos a ser vendidos.

Bienes de Uso

Bienes tangibles utilizados en las actividades que desarrolla el en-te, excluidos aquellos destinados a ser vendidos.

Inmuebles Vehículos Muebles y Utiles Máquinas Instalaciones

188 Usualmente denominado “Caja y Bancos”.

Page 206: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

El patrimonio desde la perspectiva contable

Activo

206

Bienes Intangibles

Bienes representativos de privile-gios y franquicias, usualmente derivados de derechos de la pro-piedad Intelectual.

Derechos de autor. Marcas comerciales. Patentes de invención. Licencias.

Otros activos

Originados en hechos econó-micos realizados pero no de-vengados, que no constituyen de-rechos; y todos aquellos otros no incluibles en los rubros prece-dentes.

Costos de constitución de los entes.

Costos de reorganización de los entes.

Forma usual de exposición de los Activos

Activos Disponibilidades

Inversiones Créditos

Bienes de Cambio

Corrientes (Aquellos que cuentan con pro-

babilidad de convertirse en efectivo dentro del año inmediato posterior a la fecha a la cual se refiere la medi-ción) Otros Activos

Créditos Bienes de Cambio

Bienes de Uso Inversiones

Bienes Intangibles

No Corrientes

(Aquellos en los que no se dan las circunstancias consignadas pre-viamente, y que por lo tanto requie-ren de plazos mayores)

Otros activos

Page 207: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

El patrimonio desde la perspectiva contable

Pasivo

207

Concepto

Pasivo

Conjunto de obligaciones ciertas, e inciertas con alta probabilidad de ocu-rrencia de la condición por la que se encuentran condicionadas, de las que resulta titular un ente, y que son susceptibles de ser medidas objetivamente en términos monetarios.

Agrupamiento y clasificación contable de los Pasivos (Rubros)

Modo Agrupamiento Contenido

Deudas Comerciales

Obligaciones ciertas originadas en la adquisición de bienes y servicios necesarios para la actividad habi-tual del ente.

Deudas Financieras y

Bancarias

Obligaciones ciertas originadas como consecuencia de la toma de fondos (préstamos) en instituciones fi-nancieras y bancarias.

Deudas Laborales y

Previsionales

Obligaciones ciertas con el personal que presta ser-vicios personales para el ente bajo relación de de-pendencia, y las derivadas de los regímenes de segu-ridad social, de subsidios y salarios, sindical, y de administradoras de riesgos de trabajo.

Deudas Fiscales

Obligaciones ciertas originadas en virtud de los tri-butos recaudados por los estados nacional, provin-ciales, y municipales.

Ciertas

Otras deudas Se incluyen aquellas no incluidas en las anteriores.

Contingen-tes

Previsiones

Obligaciones inciertas con alta probabilidad de ocu-rrencia de la condición futura por la que se encuen-tran condicionadas, en tanto sus consecuencias sean medibles objetivamente en términos moneta-rios.

Page 208: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

El patrimonio desde la perspectiva contable

Pasivo

208

Forma usual de exposición de los Pasivos

Pasivos Deudas Comerciales

Deudas Financieras y Bancarias

Deudas Laborales y Previsionales

Deudas Fiscales Otras deudas

Corrientes (Aquellos cuya exigibilidad se producirá dentro del año inmediato posterior a la fe-cha a la cual se refiere la medición)

Previsiones

Deudas Comerciales

Deudas Financieras y Bancarias

Deudas Laborales y Previsionales

Deudas Fiscales

Otras deudas

No Corrientes (Aquellos cuya exigibilidad se producirá con posteriori-dad al año inmediato si-guiente al que se refiere la medición)

Previsiones

Page 209: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

El patrimonio desde la perspectiva contable

Patrimonio Neto

209

Concepto

Patrimonio Neto

Financiación concedida al ente por sus propietarios.

Clasificación por sus orígenes

Aportes de los propietarios

Patrimonio Neto

Resultados Acumulados

Aportes de los propietarios: Concepto

Aporte

Cuando una persona transfiere la propiedad de bienes a favor de un ente, y/o cancela, o da por canceladas obligaciones mantenidas por éste, con el ánimo de dotarlo de la financiación necesaria para adquirir, mantener o in-crementar los recursos que le permitan realizar sus actividades, a cambio, exclusivamente, del reconocimiento o mantenimiento de la condición de propietario (socio, accionista, etc.), es decir, sin que tales aportes le generen al mismo otros derechos que no fueran los derivados de dicha condición.

Page 210: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

El patrimonio desde la perspectiva contable

Patrimonio Neto

210

Aportes de los propietarios: Clasificación según su formalización

Aportes Descripción Denominaciones usuales

Capitalizados

Aportes efectuados por los propieta-rios en su condición de tales, por los cuales se han cumplimentado los re-caudos establecidos en la legislación para la constitución y funciona-miento del ente, entre los que se en-cuentra el de formalización de su Capital, el que, en virtud de ello, se encuentra formalmente inscripto como tal en el registro correspon-diente.

Genéricamente: Capital Social. Capital Inscripto. Capital Suscripto.

Particularmente: Acciones en Circulación

(sociedades por acciones). Cuotas partes (sociedades

de personas).

No Capitalizados

Aportes efectuados por los propieta-rios en su condición de tales, por los cuales no se han cumplimentado los recaudos para su inscripción como Capital, y que, por lo tanto, no se encuentran formalmente inscriptos como tal en el registro correspon-diente.

Aportes Irrevocables para la Futura Emisión de Acciones.

Primas de Emisión de Ac-ciones.

Otras.

Aportes de los propietarios no capitalizados: Recaudos para considerarlos integrantes del Patrimonio Neto

Recaudos

Constituir compromisos escritos formales e irrevocables de los apor-tantes, de capitalizar tales aportes con posterioridad, y de que los mismos se mantendrán bajo tal carácter de no mediar restitución dis-puesta por el órgano de gobierno de la sociedad, y que se encuentren debidamente integrados y aprobados por dicho órgano.

Page 211: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

El patrimonio desde la perspectiva contable

Patrimonio Neto

211

Resultados: Concepto

Resultado

Incremento o disminución de patrimonio, no originado en aumentos o disminuciones de los aportes efectuados por los propietarios, ni en otras disminuciones del mismo destinadas a retribuir a otras personas inte-grantes del ente.

Resultados: Clasificación según las causas que los originan189

Ingresos

Aumentos de patrimonio neto originados en la producción o venta de bienes, en la prestación de servicios o en otros hechos que hacen a las actividades del ente. Los ingresos resultan generalmente de ventas de bienes y servicios pero también pueden resultar de actividades internas, como el crecimiento natural o inducido de determinados activos en una explotación agropecuaria o la extracción de petróleo o gas en esta indus-tria.

Gastos Disminuciones de patrimonio neto relacionadas con los ingresos.

Ganancias

Aumentos del patrimonio neto que se originan en operaciones secunda-rias o accesorias, o en otras transacciones, hechos o circunstancias que afectan al ente, salvo las que resultan de ingresos o de aportes de los propietarios.

Pérdidas

Disminuciones del patrimonio neto que se originan en operaciones se-cundarias o accesorias, o en otras transacciones, hechos o circunstan-cias que afectan al ente, salvo las que resultan de gastos o de distribu-ciones a los propietarios.

189

RT 17, en 4.2.2.

Page 212: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

El patrimonio desde la perspectiva contable

Patrimonio Neto

212

Resultados: Clasificación según los hechos económicos que los originan

Resultados Descripción Algunos ejemplos

Transaccionales

Incrementos o dismi-nuciones de patrimo-nio originado por cier-tos hechos económicos producidos como con-secuencia del ejercicio de la voluntad en tal sentido por parte del ente: son resultados generados por ciertas operaciones.

Ventas de bienes. Beneficios obtenidos por las

prestaciones de servicios efectuadas a favor de terce-ros a cambio de una retri-bución.

Sacrificios incurridos en vir-tud de la utilización de bie-nes puestos a nuestra dis-posición a tal fin por terce-ros, a cambio de una retri-bución.

Por Tenencia

Incrementos o dismi-nuciones de patrimo-nio producidos como consecuencia de algu-nos de los anterior-mente denominados O- tros Hechos, en tanto estos determinen cam-bios en el significado atribuido a los elemen-tos que conforman el patrimonio de un ente, no imputables a una modificación de su condición190.

Según pudiera corresponder:

Crecimiento natural. Cambios en los significados

(valores) atribuidos a ciertas partidas que conforman el patrimonio.

Cambios en el poder adqui-sitivo de la unidad de medi-da.

Siniestros y otras disminu-ciones parciales o totales del significado atribuido a los bienes que conforman el patrimonio.

190 Esto último, como pertinentemente lo destaca Enrique Fowler Newton, en “Cuestiones Contables Fundamentales”, Macchi, 1991.

Page 213: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

El patrimonio desde la perspectiva contable

Patrimonio Neto

213

Resultados Acumulados: Clasificación según su afectación

Resultados Asignados Resultados Acumulados

Resultados No Asignados

Resultados Asignados: Concepto

Resultados Asignados

Aquellos que, habiendo sido reconocidos como resultados, han sido formalmente comprometidos por los propietarios a algún fin en parti-cular, en virtud de lo cual, quedan inmovilizados integrando el patri-monio hasta tanto pudiera corresponder, se resolviera aplicarlos a los fines para los cuales fueron afectados, fueran capitalizados, o bien desafectados en tanto ello resultara factible, conocidos usualmente como Reservas.

Reservas: causas determinantes de su afectación

Origen Descripción

Legal Constituidas en cumplimiento de disposiciones normativas legales, en cuyo caso se las denomina habitualmente Reservas Legales.

Estatutario o contractual

Constituidas en cumplimiento disposiciones emanadas de los esta-tutos o contratos sociales constitutivos de los entes, denominadas usualmente Reservas Estatutarias.

Voluntario Constituidas voluntariamente por los propietarios, sin que medie norma legal o estatutaria que prevea su constitución, identificándo-selas como Reservas Voluntarias.

Page 214: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

El patrimonio desde la perspectiva contable

Patrimonio Neto

214

Resultados No Asignados: Concepto

Resultados No Asignados

Aquellos que habiendo sido reconocidos como tales, se encuentran libres de restricciones a su disponibilidad, es decir, aquellos que pueden ser destinados o distribuidos por los propietarios a los fines que estos pudieran determinar, como por ejemplo, a su propio favor, a retribuir a los órganos de administración y fiscalización de los en-tes y a otras personas191 o, como fuera visto, afectarlos a la constitu-ción de Reservas.

Resultados No Asignados: Distribución

Distribuciones Modalidad Algunos ejemplos

Destinadas a la constitución o au-mento de Reservas

N/A Ver Reservas.

En dinero

en efectivo Dividendos en efectivo.

A favor

de los propietarios En especie

Dividendos en acciones propias del ente.

Otros Dividendos en especie (otros bie-nes: mercaderías, créditos, etc.).

En dinero

en efectivo A favor de otros

terceros integran-tes del ente

En especie

Retribuciones de los órganos de admi-nistración y fiscalización del ente.

Gratificaciones al personal bajo relación de dependencia.

191

Alternativa técnicamente inapropiada.

Page 215: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

El patrimonio desde la perspectiva contable

Patrimonio Neto

215

Patrimonio Neto: Exposición

Patrimonio Neto

Aportes de los propietarios Resultados Acumulados

Capitalizados No Capitalizados Asignados

Capital192

Social

Ajustes

de

Capital193

Aportes

Irrevoca-

bles

Primas

de Emisión

Reserva

Legal

Otras

Reservas

No

asignados

192 El formalmente inscripto como tal, sin reexpresar a moneda de poder adquisitivo correspondiente a la fecha a la que se refiere la medición. La reexpresión a

moneda constante se analiza en el Capítulo III.

193 Partida que se origina cuando se reexpresa a moneda constante el capital originalmente aportado. La expresión monetaria que a la partida Ajuste del Capital le

corresponde, es la emergente de detraer al capital reexpresado en moneda de poder adquisitivo correspondiente al momento al que se refiere la medición, la ex-

presión monetaria correspondiente al capital expresada en moneda de poder adquisitivo del pasado (la aludida en la nota inmediata precedente).

Page 216: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Informes Contables

216

Estados Contables Básicos

Estado Contenido

Estado de Situación Patrimonial

Se informa la composición del patrimonio del ente a un momento da-do (habitualmente el correspondiente a la fecha de cierre de su ejerci-cio), la que se expone siguiendo los lineamientos que fueran consigna-dos -previamente- en oportunidad de analizarse “El patrimonio conta-ble” en “1.3”. Este estado también es conocido como Balance General.

Estado de Evolución del Patrimonio Neto

Suministra información sobre la evolución experimentada, entre la fe-cha de inicio del ejercicio o período y la de cierre, por las partidas que conforman el patrimonio neto, es decir, los aportes de los propietarios (capitalizados y no capitalizados) y los resultados acumulados (asigna-dos y no asignados), consignándose en el mismo la conformación ini-cial de tales partidas, las variaciones verificadas durante el período en cada una de ellas, y por último la conformación de todas ellas a la fe-cha de cierre.

Estado de Resultados

A través de este estado se brinda información sobre las diversas cau-sas que determinaron el resultado neto del ejercicio o período al cual el mismo corresponde. En él se exponen por separado, y agrupados con-forme los criterios que resultan más razonables de acuerdo a las acti-vidades desarrolladas por los entes, todos y cada uno de los resultados devengados en el período, cuya suma algebraica determina el resulta-do del ejercicio.

Estado de Origen y Aplicación

de Fondos

Brinda información sobre la capacidad del ente de generar fondos para aplicar a la adquisición de recursos, el cumplimiento de sus obligacio-nes y en su caso para distribuir utilidades.

Se exponen por separado los orígenes (aumentos) y aplicaciones (dis-minuciones) de fondos generados por los resultados del período, y de idéntica forma, por separado, los aumentos o disminuciones de fondos originados en las operaciones de financiación e inversión, en los apor-tes o retiros de los propietarios, y en las restantes actividades operati-vas que no corresponden a las señaladas previamente.

Page 217: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Informes Contables

217

Notas a los Estados Contables Básicos: Contenido

Notas a los Estados Contables Básicos

(Contenido básico)

o Identificación de las normas contables de exposición y medición utilizadas pa-ra la confección de los estados conta-bles.

o La metodología utilizada para la reex-presión a moneda constante de las ex-presiones insertas en los estados con-tables, cuando ésta ha sido realizada.

o Los criterios de valuación utilizados pa-ra las distintas partidas que conforman los activos y pasivos informados.

o La conformación cuali-cuantitativa de los rubros -informados sintéticamente- en el Estado de Situación Patrimonial, por los cuales no se presentan Anexos.

o Las restricciones de disponibilidad que pudieran pesar sobre los activos194, y en su caso, sobre las de las utilidades.

o Aclaraciones relativas a las contingen-cias -incluidas en los estados- que cuentan con alto grado de probabilidad de ocurrencia de los hechos por los cuales se encuentran condicionadas, y, de corresponder, sobre aquellas que contando con idéntica probabilidad no han sido incluidas por no resultar cuantificables objetivamente sus con-secuencias.

o Los hechos económicos ocurridos entre la fecha a la cual se refiere la medición y la de publicación de los estados con-tables, que afecten significativamente la ponderación de la información sumi-nistrada en los mismos.

194 Prendas, hipotecas, etc..

Page 218: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Informes Contables

218

Anexos a los Estados Contables Básicos: Contenido

Anexos a los Estados Contables Básicos

(Contenido básico)

Partidas sobre las que usualmente se informa, en

forma de cuadros:

Información sobre la confor-mación cualitativa y cuantita-tiva de los agrupamientos más relevantes que confor-man los activos y pasivos in-formados en el Estado de Si-tuación Patrimonial y, en ciertos casos, sobre su evolu-ción, informándose también sobre otras partidas incluidas en otros estados y -en su ca-so- la forma en la que las mismas fueron determinadas.

Bienes de Uso.

Activos Intangibles.

Inversiones.

Previsiones.

Costo de las Mercaderías Vendidas.

Activos y Pasivos en moneda extranje-ra.

Gastos del período.

Otros

Page 219: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Informes Contables

219

Conformación habitual de un Juego de Estados Contables Básicos

Encabezamiento

Cuerpo

Principal

(Estados) Juego de

Estados Contables Básicos

Información

Complementaria

Otros

Informes

E. de Flujo de Efectivo

E. de Evolución del PN

E. de Resultados

E. de Situación Patrimonial

Anexos

Notas

Encabezamiento

del Organo de Fiscalización

del Organo de Administra-ción

del Auditor (Dictamen)

Page 220: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Medición del Patrimonio

220

Expresión del significado atribuible al Patrimonio en su conjunto

Aprovechamiento económico o destino más probable de las partidas que lo con-forman. Expresiones atribuibles

al Patrimonio en su conjunto Aprovechamiento económico alternativo más rentable de las partidas que lo con-forman.

Expresión del significado particular atribuible a las partidas que confor-man el Patrimonio

Significados atribuibles a cada una de las partidas que

conforman el Patrimonio

Básicamente, conforme los significados que en cada caso resulten consistentes con la expresión que se atribuya al pa-trimonio en su conjunto y, conforme se analiza con posterioridad, en tanto su atribución resulte razonable técnicamen-te.

Page 221: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Valuación

221

Valor: Concepto

Fuente Concepto

Real Academia Española “Alcance de la significación o im-portancia de una cosa, acción, pa-labra o frase” Valor

En Economía Cualidad o cualidades que hacen que algo, un bien o un servicio, sean apreciados.

Valor: Tipos

de Cambio Significado que para su propietario tiene una partida (bien, etc.) en función de lo que produce, o puede producir, como consecuencia de su intercambio con terceros.

Valor

de Uso

Significado que una partida tiene para su propietario, en función de la utilización que de ella pueda hacerse: utiliza-ción en procesos productivos, tareas comerciales, etc., ob-viamente excluido el aprovechamiento consistente en su in-tercambio con terceros.

Page 222: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Valuación

222

Valor de Cambio: Ejemplos de significados que lo expresan

Valor de Cambio

Beneficios brutos195 que podrían obtenerse por la venta de un bien en el momento al que se refiere su medi-ción, cuyo significado lo expresa su precio de venta vi-gente en tal oportunidad.

Beneficios netos que se estima podrían obtenerse por la venta de un bien en el momento al que se refiere la medición, denominado en contabilidad Valor Neto de Realización; es decir, los beneficios brutos que se ob-tendrían (precio) por vender el bien en tal momento, una vez deducidos de los mismos los sacrificios direc-tos en los que sería necesario incurrir hasta la concre-ción de la operación.

Analógicamente, los sacrificios económicos efectiva-mente incurridos para incorporar el bien al patrimonio, conocido como Costo de Incorporación o Adquisición, o aquellos en los que habría de incurrirse para incorpo-rarlo en el momento al que se refiere la medición, de-nominado Costo de Reposición.

Valor de Uso: Ejemplos de significados que lo expresan

Valor de Uso

Significado dado por la parte atribuible a un bien, de los beneficios que en el momento al que se refiere la medición, se espera obtener en el futuro por su utilización. Esta pauta es conocida en contabilidad como Valor de Utilización Económica (VUE).

195 Beneficios que se espera obtener por su venta, sin deducir los sacrificios económicos en los que será necesario incurrir para realizarla.

Page 223: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Valuación

223

Valores de Cambio: Clasificación según el sentido de circulación de los bienes

Valores de Cambio

“de entrada” “de salida”

Costo de Incorporación Valor Neto de Realización

Costo de Reposición

Tipos de Valores “conceptualmente ideales” aplicables a activos y pasivos

Partidas Aprovechamiento

Económico. Tipos de

Valores Atribuibles

Intercambio con terceros. Valor de Cambio

Activos Utilización,

excluida su venta. Valor de Uso

Pasivos

De acuerdo al destino previsible de los mis-mos, en lo concerniente a su permanencia y posibilidades e intención de cancelarlos en forma anticipada a sus vencimientos.

Page 224: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Valuación

224

Valuación: oportunidades Al incorporarse las partidas al patrimonio. Mientras se encuentran en existencia, conformando el patrimonio. En oportunidad de salir del patrimonio

Proceso de Valuación: etapas o pasos

Pasos Denominación Consistente en:

1er paso Valuación Primaria

Atribuir a la partida objeto del proceso, el valor que el ente ha determinado como más razonable para la mis-ma.

2do paso Valuación Secundaria

Verificar que el valor atri-buido a una partida en su valuación primaria no resul-ta superior, en el caso de los activos, o inferior, en el caso de los pasivos, al valor límite que le corresponde a la misma, y en caso de co-rresponder, efectuar las co-rrecciones pertinentes.

Page 225: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Criterios de Valuación

225

Valores del Pasado

(Costo de Incorpora-

ción o Adquisi-

ción)

Se considera unánimemente que existe sólo una pauta representa-tiva de este tipo de valor, que es la correspondiente a los sacrificios económicos efectivamente incurridos para incorporar una partida al patrimonio y ponerla en condiciones de utilización económica. Se descarta pues, como pauta representativa de este criterio, cual-quier otro valor que hubiera podido ser atribuido al bien en cual-quier otro momento anterior al que se refiere la medición.

Criterios

Valores Corrientes

Valores atribuibles a las partidas, que tienen la característica de corresponder todos ellos al momento al que se refiere la medición.

Constituyen pautas representativas de valores corrientes tanto los sacrificios en los que habría que incurrir potencialmente en el momento al que se refiere la medición, para incorporar al pa-trimonio una partida que en tal oportunidad ya forma parte del mismo, pauta conocida como Costo de Reposición; o bien, los bene-ficios netos -potenciales- que podrían obtenerse en el momento al que se refiere la medición por la venta a terceros de la partida, pauta conocida como Valor Neto de Realización; como así también, la medición al momento que se refiere la misma, de los beneficios potenciales que podrían obtenerse -también en el futuro- a través de otros aprovechamientos de la partida (uso), pauta conocida co-mo Valor de Utilización Económica.

También, son ejemplos de valores corrientes, las siguientes pautas que también se analizan con posterioridad: Valor Actual del Flujo de Fondos Descontado, Valor Patrimonial Proporcional y, con las salvedades que corresponde efectuar respecto de ellas, las llama-das Valuaciones Técnicas.

Sintetizando:

Criterio Pautas Aplicabilidad

Costo de Incorporación N/A

Costo de Reposición

Valor Neto de Realización

General

Valor Actual del Flujo de Fondos Neto

Valor de Utilización Económica

Valuaciones Técnicas

Valores Corrientes

Valuación Patrimonial Proporcional

Particular

Page 226: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Costo

226

Conceptos de Costo

Asociación primaria del término Esfuerzo

En Economía

Sacrificios mensurables incurridos con el ánimo de alcanzar un determinado obje-tivo; resultando de esto último que co-rresponde diferenciar al costo de aquellos sacrificios producidos como consecuencia de hechos no buscados

Costo

En Contabilidad

Sacrificios económicos voluntariamente incurridos para adquirir (o transformar) un bien, un servicio o prestar una deter-minada función.

Alcance de la expresión “sacrificios económicos”

Sacrificio económico

Desprendimiento de riqueza

Consistente en:

la entrega de bienes, y/o

el compromiso de hacerlo en un momento fu-turo.

Page 227: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Costo

Clasificaciones de Costos

227

Según el objeto

que persigue su

incurrimiento

o Adquisición de bienes: por compra o producción.

o Adquisición de servicios: prestaciones efectuadas por personas fí-sicas o de existencia ideal efectuadas a favor del ente, como por ejemplo, servicios profesionales, la puesta a disposición a favor del ente de bienes para su uso a cambio de una retribución, etc..

o Prestación de una función: por parte de algún sector o unidad del ente, que tiene por objeto facilitar el cumplimiento de sus objeti-vos, como por ejemplo, las de producción, comercialización, admi-nistración y financiación.

Según la activi-

dad para la cual

se incurren

o Costos de producción: incurridos para la obtención de productos nuevos, distintos de los materiales con los que se los produjo, co-mo por ejemplo, los industriales: manufacturas, etc., y también los extractivos y de explotación primaria: minería, pesca, agro-pecuarios, etc..

o Costos de comercialización: originados en la venta y distribución de los bienes y servicios: remuneraciones de personal afectado a tales tareas, los incurridos para el despacho de los bienes, su transporte, etc..

o Costos de administración: incurridos en el desarrollo de tareas administrativas en general, como por ejemplo: de dirección, geren-ciamiento, y operaciones administrativas, contables, legales, etc..

o Costos de financiación: correspondientes a los costos originados por el uso de la financiación concedida por terceros: intereses, di-ferencias de cambio, etc..

Según su grado

de identificación

con el bien o

servicio que se

incorpora o ad-

quiere

o Directos: aquellos costos que pueden ser identificados con un bien, un servicio o una determinada función o área específica, por existir entre aquellos y estos últimos una relación unívoca (física o económica), como por ejemplo, respecto de un bien, la existente entre la chapa utilizada para la fabricación de un auto y éste, o en-tre el jornal del obrero que la coloca y aquel.

o Indirectos: aquellos costos en los que no obstante haber sido incu-rridos para incorporar el bien o servicio, o bien prestar la función, no se da dicha relación unívoca. Por ejemplo, y continuando con el caso de la fabricación de autos, los costos de energía eléctrica de la fábrica, cuando además se producen otros bienes, o el jornal del capataz que supervisa a los obreros, casos estos en los que no se verifica una relación unívoca de los mismos con los autos fabrica-dos.

Page 228: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Costo de Incorporación o Adquisición

228

Según su varia-

bilidad

o Fijos: los que no varían con relación al volumen de bienes o servi-cios adquiridos, como por ejemplo, el alquiler de la fábrica en que se producen bienes, el que es independiente de las cantidades pro-ducidas.

o Variables: varían en forma proporcional con los volúmenes, de for-ma tal que cada unidad adicional, origina un incremento en los costos totales en una cantidad equivalente al costo variable unita-rio, como por ejemplo, en el caso planteado de la fabricación de autos, la chapa necesaria para fabricarlos y las horas de trabajo del obrero que las coloca.

o Semifijos y Semivariables: los que varían cuando se exceden de-terminados parámetros de volúmenes pero en forma no proporcio-nal, por permanecer constantes dentro de los distintos rangos -definidos por los parámetros aludidos- con los que tales volúmenes pueden ser diferenciados. Por ejemplo, los seguros que cubren riesgos de productos en proceso, que tienen componentes fijos y variables en la determinación del premio.

Según su moda-

lidad

o Históricos: los efectivamente incurridos, correspondientes a una operación efectivamente realizada.

o Potenciales: aquellos en los que habría de incurrirse para realizar una operación, en la oportunidad en la que se la evalúa.

Según la varia-

ción patrimonial

que origina su

incurrimiento

o Costos propiamente dichos (o Costos no consumidos): aquellos sa-crificios incurridos con el ánimo de obtener algo, que por guardar relación directa con los ingresos que serán reconocidos como tales en momentos futuros, es decir, no reconocidos como tales al mo-mento de incurrirse en los primeros, o bien, aquellos que por guar-dar relación con un período de tiempo futuro respecto de aquel en que se los ha incurrido, se reconocen en ambos casos como Acti-vos, por no haberse verificado el hecho sustancial para su recono-cimiento como gastos.

o Gastos (o Costos Consumidos): aquellos sacrificios incurridos con idéntico objetivo, que por haberse reconocido los ingresos o trans-currido el período con los que guardan relación directa, son reco-nocidos como disminuciones efectivas de patrimonio.

Page 229: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Costo

229

Métodos de Costeo

Métodos Descripción

Costeo por Absorción

Integran el costo de incorporación todos los sa-crificios económicos incurridos, indepen-dientemente de su comportamiento respecto de los volúmenes o cantidades producidas, resul-tando de ello que tanto los que tienen compor-tamiento fijo, semifijo o semivariable, o variable integran el costo de incorporación de un bien o servicio. Este método es el unánimemente acep-tado en Contabilidad Patrimonial o General.

Costeo Variable

Según este método, sólo integran el costo de in-corporación aquellos sacrificios económicos que tienen comportamiento variable, de forma tal que los costos no variables son reconocidos -y asignados- directamente como gastos del perío-do (resultados). Este método es utilizado fun-damentalmente en Contabilidad Gerencial.

Page 230: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Costo de Incorporación o Adquisición (CI)

230

Concepto Alcance de las expresiones que conforman el concepto

Sacrificios económicos

1. Desprendimientos de riqueza (entrega de bienes, y/o com-promiso de hacerlo en un momento futuro).

2. Incurridos respecto del precio del bien propiamente dicho, en el caso de compra, o bien los sacrificios incurridos para su producción (materias primas, etc.), y, además, en el caso de la adquisición de bienes, se incluyen los correspondientes a los servicios adicionales externos e internos directos, como así también la parte atribuible de los indirectos incurridos para concretar la incorporación del mismo, e independiente de su comportamiento como fijos o variables.

efectivamente incurridos

1. Los sacrificios económicos computables son los correspon-dientes a operaciones históricas, es decir, efectivamente rea-lizadas, y no potenciales o a realizar.

2. Sacrificios económicos que debieron ser efectivamente sopor-tados, es decir, netos de las reducciones, deducciones o qui-tas correspondientes a los precios de los mismos, que hubie-ran podido haberse obtenido. (Netos de bonificaciones co-merciales).

para incorporar un bien al pa-

trimonio,

Adquirir el derecho de propiedad del mismo, ya sea por medio de su compra, o bien como consecuencia de una transformación física (producción).

y ponerlo en condiciones de utilización eco-

nómica,

Los sacrificios económicos computables son todos aquellos ne-cesarios no sólo para incorporar el bien como fuera citado, sino, además, todos aquellos incurridos para ponerlo en condiciones de utilización económica, es decir, en condiciones de ser vendi-do o utilizado en las restantes actividades que el ente realiza, según sea el aprovechamiento económico que de los mismos se hará.

todos ellos ne-tos

de componen-tes

financieros

Los sacrificios económicos aludidos con anterioridad, deben ser computados a sus precios o costos contado, es decir, sin consi-derar los cargos financieros que pudieran originarse en virtud de la financiación -específica o no y/o explícita o no- que podría haber sido utilizada para financiar la adquisición y puesta en condiciones de ser utilizados económicamente.

Page 231: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Costo de Reposición (CR)

231

Concepto Alcance de las expresiones que conforman el concepto

Sacrificios económicos

1. Desprendimientos de riqueza (entrega de bienes, y/o com-promiso de hacerlo en un momento futuro).

2. En los que habría que incurrir respecto del precio del bien propiamente dicho, en el caso de los que se compran, o bien en los que habría que incurrir en el caso de los que se produ-cen (materias primas, etc.), y, además, en el caso de los bie-nes que se compran, se incluyen los correspondientes a los servicios adicionales externos e internos directos, como así también la parte atribuible de los indirectos en los que habría que incurrir, en su caso, para concretar la incorporación del mismo, e independiente de su comportamiento como fijos o variables.

en los que habría que incurrir, en el momento al que se refiere la medición,

Los sacrificios económicos referidos son aquellos en los que habría que incurrir en el momento al que se refiere la medición, para reponer un bien que en realidad ya se posee, es decir, son sacrificios económicos potenciales, como así también, que los sacrificios computables deben serlo en congruencia con las con-diciones normales de aprovisionamiento de los mismos (volúme-nes de compra o producción, etc.).

para reponer -en las condiciones de

estado de uso y conservación en

que se encuentra- un bien que ya se posee en tal opor-

tunidad,

Implica computar todos los sacrificios económicos en los que se-ría necesario incurrir para reponer (comprar o refabricar) un bien que ya se posee en el momento al que se refiere la medi-ción, y en las condiciones de utilización económica (estado de uso, conservación o producción) en la que el mismo se encuen-tra en tal momento, y no otras distintas, como por ejemplo, las condiciones que originalmente hubiera podido tener en oportu-nidad de incorporarse al patrimonio.

todos ellos netos de componentes

financieros.

Los sacrificios económicos aludidos con anterioridad, deben ser computados a sus precios o costos contado, es decir, sin consi-derar los cargos financieros que pudieran originarse en virtud de la financiación -específica o no y/o explícita o no- que podría ser utilizada para reponer los bienes.

Page 232: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Valor Neto de Realización (VNR)

232

Beneficio económico que habría de obtenerse por la venta de un bien, en el momento al que se refiere la medición,

una vez deducidos del mismo, los sacrificios económicos directos en los que habría de incurrirse hasta concretar la misma,

todos ellos, netos de componentes financieros

Recaudos para la aplicación de VNR según la doctrina y las normas conta-bles

La verificación de tal hecho sustancial se da, cuando se trata –concurrentemente- de:

Esta pauta de Valores Corrientes sólo resulta de razonable aplicación en el caso de bienes en los que se dé la circunstancia de que el hecho sustancial para el reconocimiento de la variación patrimonial modifi-cativa (reconocimiento de resulta-dos) sobreviniente de su utiliza-ción, haya ocurrido al momento de efectuar la valuación de los mis-mos, en virtud de lo cual, no resul-ta necesario esperar que se pro-duzca efectivamente la venta, para reconocer los resultados que la misma generará.

Bienes fungibles, es decir sustituibles unos por otros de la misma especie (cereales, divisas, etc.).

Que no requieren esfuerzos significativos para su venta, como consecuencia de lo cual, la posibilidad de apropiación por parte del ente de los resultados derivados de su futuro intercambio, estaría dada, más por la voluntad del ente de venderlo, que por la de comprarlo por parte de sus eventuales clientes.

Tales bienes coticen en mercados transparentes, ca-racterizados por contar con cotización pública, donde la oferta individual no puede alterar significativa-mente el nivel de sus precios y donde el vendedor habitualmente encuentra comprador.

Precio de venta

Originados en la venta, y, en los casos en los que

pudiera corresponder, todos aquellos que pudieran

resultar necesarios para ponerlo en condiciones de

did

Sin incluir beneficios financieros implícitos o explí-

citos.

Page 233: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Valor Actual del Flujo de Fondos (VAFF)

233

Valor Actual del Flujo de Fondos

Valor al momento al que se refiere la me-dición, correspondiente a expresiones monetarias referidas a momentos poste-riores, obtenido por aplicación de la herramienta de matemática financiera denominada Valor Actual, que resulta aplicable a aquellos activos y pasivos que consisten en derechos u obligaciones a percibir o entregar sumas de dinero.

Page 234: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Valor Patrimonial Proporcional (VPP)

234

Valor Patrimonial Proporcional

Atribuir como significado a una inversión en el capital de una sociedad, usualmen-te denominada emisora, la expresión mo-netaria que resulta de aplicar al patri-monio neto de ésta, el porcentaje de par-ticipación relativa que le corresponde al inversor (tenedor/a) sobre el total del ca-pital de la sociedad emisor/a, obviamen-te, en ambos casos, los correspondientes al momento al que se refiere la medición.

La aplicación en forma directa al patri-monio de la emisora, del porcentaje de tenencia que posee la inversora, depende de determinados hechos y circunstan-cias, de forma tal que dicho cómputo no puede ser realizado directamente sin analizarlas, y, en su caso, efectuar las correcciones que pudieran resultar nece-sarias.

Esta pauta resulta de aplicación razona-ble para las inversiones consistentes en la participación en el capital de otros en-tes, exclusivamente cuando el ánimo de la inversión consiste en participar de los beneficios que la actividad del ente pue-de reportar al inversor, sean estos direc-tos o no.

Page 235: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Valuaciones Técnicas

235

Valuaciones Técnicas

Las llamadas Valuaciones Técnicas, también conocidas como Revalúos Técni-cos, que son aplicables a los bienes de uso y otros activos de características si-milares a estos, constituyen, en realidad, sólo un procedimiento para la asignación de valores a algunos bienes, o conjunto de ellos, para cuya aplicación se encuen-tran expresamente habilitados -por las normas- profesionales idóneos en la ma-teria, actuando individualmente o en conjunto, y en tanto revistan la condi-ción de independientes respecto del ente propietario de los bienes.

Por ello, no constituyen una pauta autó-noma de valuación, sino, una mera habi-litación normativa para que un tercero determine el valor que puede atribuírsele al bien o conjunto de bienes, él o los que, en definitiva, y usualmente, utilizarán alguna de las restantes pautas de valua-ción.

Page 236: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Valor de Utilización Económica (VUE)

236

Valor de Utilización Económica

Significado económico que él o los acti-vos en cuestión tienen para la entidad, en función de su ramo de actividad y la utilización que de ellos se haga, el que puede ser determinado sobre la base del valor actual –al momento al que se refiere la medición- de los ingresos netos proba-bles que directa o indirectamente se pro-ducirán en el futuro como consecuencia del aprovechamiento futuro de él o los activos, o de otros elementos de juicio fundados.

Procedimiento determinativo

Pasos Descripción

1

Determinar, al momento al que se refiere la medición, la capacidad rema-nente de prestar servicios que posee el bien objeto de la valuación, por ejem-plo, en el caso de una máquina utilizada para producir bienes destinados a ser vendidos, la cantidad de éstos que podrán ser producidos con la misma en el futuro, y hasta la oportunidad que se estime como la de su desafecta-ción de tales actividades.

2

Estimar, sobre bases razonables, el aprovechamiento económico futuro total del bien, considerando: A) Respecto de los bienes a producir, los ingresos y egresos de fondos que se generarán en el futuro hasta que los mismos sean realizados de acuerdo a las condiciones estimadas (precios, gastos, etc.); y B) El sobreviniente de la realización del bien objeto de la valuación, en la opor-tunidad en la que se hubiera previsto su desafectación.

3

Sobre tales bases, determinar los flujos de fondos netos que se estima se ori-ginarán -tanto- como consecuencia de los determinados en “A)” y los conside-rados en “B)”, y, en ambos casos, los momentos en que los mismos se produ-cirán.

4 Calcular el Valor Actual de los importes netos determinados según “3”, con-forme ya ha sido analizado.

Page 237: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Valores Límite (VL) aplicables a Activos

237

Valor Límite según las Normas Contables y la doctrina mayoritaria

Valor Límite =

Valor Recuperable

El que resulte mayor, al efectuar la com-paración entre el Valor Neto de Realiza-ción y el Valor de Utilización Económica de un bien, ambos correspondientes al momento al que se refiere la medición, y donde el VNR y el VUE tienen los alcan-ces consignados con anterioridad.

Valor Límite según otras fuentes

Valor Límite

Valor Actual -al momento al que se refie-re la medición- de los ingresos netos que se estima en tal oportunidad que se ob-tendrán en el futuro, como consecuencia del aprovechamiento económico probable del bien.

Page 238: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Valores atribuibles a los Pasivos

238

Préstamos en moneda de cuenta

Su valuación en términos monetarios se obtiene adicionando al capital original, la totalidad de los cargos financieros devengados (intereses y actualizaciones) hasta la fecha a la cual se refie-re la medición, determinados a las tasas y en las condiciones pactadas, obviamente, en su caso, netos de los pagos que pudieran haberse reali-zado con anticipación a dicha fecha.

Puede sintetizarse de la siguiente forma:

Capital + Cargos devengados hasta la fecha de la medición

Costo de

Incorpora-ción

Préstamos en moneda extranjera

La forma para determinar su valuación es simi-lar a la detallada previamente, pero efectuando todos los cómputos en la moneda extranjera que pudiera corresponder, y, adicionalmente, convir-tiendo a moneda de cuenta (Peso) el resultado así obtenido, utilizando a tales efectos el tipo cambio vigente para la moneda extranjera, a la fecha a la cual se refiere la medición.

Obligaciones de entregar sumas de

dinero

Valores Co-rrientes

Préstamos en moneda

La valuación corriente de estas obligaciones se obtiene determinando el Valor Actual del Flujo de Fondos -a la fecha a la cual se refiere la me-dición- de los importes correspondientes a cada uno de los vencimientos de las obligaciones, computados éstos con los cargos financieros (in-tereses, etc.) que pudieran corresponder según las condiciones pactadas, efectuando la deter-minación utilizando una tasa de descuento (in-terés) vigente a la fecha a la cual se refiere la medición, y que el acreedor aceptaría para dar por extinguida la obligación.

Esta pauta de Valores Corrientes es la que las normas contables consideran apropiada, cuando a la fecha a la cual se refiere la medición se con-sidera probable la cancelación anticipada de ta-les obligaciones por estar de acuerdo con ello el acreedor, y, además, resultar factible de acuerdo a las condiciones financieras e intencionalidad del ente a dicha fecha.

Page 239: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Valores atribuibles a los Pasivos

239

Préstamos en especie

Conforme el valor que le fuera atribuido origi-nalmente a los bienes en oportunidad de habér-selos recibido, adicionándosele la retribución devengada hasta el momento al que se refiere la medición.

Costo de

Incorpora-ción

Anticipos recibidos

Conforme el valor nominal de los anticipos reci-bidos. Es decir, el correspondiente a la su-matoria de las sumas de dinero recibidas en concepto de anticipo, independientemente de que se trate de anticipos recibidos a cambio de la entrega -en un momento posterior- de bienes o de la prestación de servicios.

Préstamos en especie

Los valores corrientes atribuibles a este tipo de obligaciones en oportunidad de efectuarse su medición, serán los correspondientes a los valo-res corrientes -vigentes en tal momento- de los bienes que constituyen su objeto, adicio-nándosele la retribución (interés) correspondien-te, computada a su Valor Actual del Flujo de Fondos Descontado, independientemente de que los bienes se encuentren en existencia o no.

Obligaciones de entregar otros

bienes o prestar servicios

Valores Co-rrientes

Anticipos recibidos

Bienes en existencia: En el caso de bienes que se encuentran en exis-tencia a la fecha a la cual se refiere la medición, e independientemente de que se trate de bienes de propia producción o no, la medición de la obligación se determinará de acuerdo a la va-luación corriente correspondiente a tales bienes vigente en la oportunidad a la que se refiere la medición, y, en caso de corresponder, adicio-nándole aquellos costos necesarios para poner-los a disposición del acreedor.

Bienes que no se encuentran en existencia:

Por el Costo de Reposición (recomprarlo o repro-ducirlo) de los bienes objeto de la obligación, vi-gente en el momento al que se refiere la medi-ción, y en su caso, adicionándosele los sacrifi-cios necesarios para ponerlos a disposición del acreedor. En el caso de los bienes que se produ-cen, si el resultado al que se arriba resulta infe-rior al valor nominal de los anticipos recibidos, por éste último valor.

Page 240: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Valor Límite (VL) aplicable a los Pasivos

240

Valor Límite

Los pasivos no deben ser valuados por debajo del valor de los recursos (activos) de los que debería desprenderse el ente en el momento al cual se refiere la medi-ción, para cancelarlos íntegramente en tal oportunidad.

Page 241: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Tratamiento de la unidad de medida

241

Tratamientos alternativos

Moneda Heterogénea

Consiste en no reconocer los efectos que producen en el patrimonio de los entes los cambios que pudiera experimentar el poder adquisitivo la unidad de medida.

Alternativas

Moneda Homogénea

Importa reconocer los efectos que produ-cen en el patrimonio de los entes los cambios que pudiera experimentar el po-der adquisitivo la unidad de medida

Consecuencias que origina la falta de reconocimiento de los cambios que experimenta el poder adquisitivo de la moneda

o Inadecuada exposición de la magnitud de los activos y pasivos que conforman

el patrimonio, como así también de sus importes totales.

o Inadecuada exposición de la magnitud de los aportes de los propietarios y de los resultados acumulados.

o Inadecuada determinación del resultado del período.

o Inadecuada exposición de las causas que determinaron los resultados del pe-ríodo, tanto en lo concerniente a la existencia o no de algunas de las mismas, como así también, en lo relativo a su magnitud y sentido.

o Omisión de la exposición de los resultados generados como consecuencia de los cambios que experimentó el poder adquisitivo de la moneda.

o Imposibilidad de establecer relaciones razonables entre las distintas partidas que conforman los informes contables correspondientes a un mismo período.

o Imposibilidad de comparar razonablemente los informes contables del propio ente respecto de los emitidos por períodos anteriores o posteriores, como así también, respecto de los emitidos por otros entes para un mismo período.

Page 242: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Tratamiento de la unidad de medida

242

Proceso de reexpresión a moneda constante (síntesis)

o Determinar el momento o momentos al que corresponde cada expresión mo-netaria inserta en los informes contables, es decir, aquel en el cual la partida impactó en el patrimonio, lo que en contabilidad se denomina momento base o de origen, y cuyo procedimiento determinativo, se conoce como anticuación de partidas.

Al aplicar el procedimiento, podría resultar que existan:

a) Partidas cuyas expresiones monetarias corresponden directamente a uno o más momentos en los que fueron reconocidas las variaciones patrimoniales, por ejemplo las correspondientes a las oportunidades en que se incorpora-ron bienes al patrimonio, o las de las ventas realizadas, etc..

b) Otras, cuyas expresiones monetarias se originan como resultado de las su-mas algebraicas de otras tantas expresiones monetarias correspondientes, cada una de ellas, a su vez, a distintos momentos, no correspondiendo por lo tanto las primeras a ningún momento en particular, por el ejemplo el co-sto de las mercaderías vendidas cuando se lo determina por diferencia pa-trimonial o de inventarios, los resultados por tenencia, etc..

c) O bien, que provienen de otras expresiones monetarias de poder adquisitivo también anterior al de la fecha de cierre, pero distinto al correspondiente al momento en el que fueron reconocidas como variaciones patrimoniales, co-mo por ejemplo, las relativas a salidas de bienes valuados a Costo de Incor-poración.

Teniendo en consideración lo expresado, la reexpresión a moneda constante de tales partidas debería ser efectuada de acuerdo al siguiente procedimiento.

En el caso de las partidas que poseen una o más anticuaciones determina-das (a), reexpresar cada una de las expresiones correspondientes a cada uno de los momentos determinados con él o los coeficientes emergentes de relacionar, como fuera expuesto con anterioridad, el Indice de Cierre (IC) con él o los respectivos Indices Base (IB) que corresponda a cada una de ellas, es decir, multiplicar cada expresión monetaria del pasado por el coefi-ciente que surge de la siguiente relación IC / IB, y, en su caso, sumarlas.

En lo concerniente a las expresiones monetarias que constituyen el resul-tado de la suma algebraica de distintas expresiones monetarias de diferente poder adquisitivo (b), corresponde reexpresar a la fecha de cierre, y por se-

Page 243: Medición del Patrimonio i

VI.- Sinopsis

Tratamiento de la unidad de medida

243

parado, cada una de las expresiones monetarias que participan en la de-terminación de tal resultado, según sus respectivos momentos de origen, y mediante la aplicación del coeficiente correspondiente a cada uno de ellas, y, luego, efectuar la suma algebraica de los importes expresados en moneda de poder adquisitivo de cierre obtenidos para cada una de ellas.

En el de caso de las que provienen de otras expresiones monetarias de po-der adquisitivo también anterior al de la fecha de cierre, pero distinto al co-rrespondiente al momento en el que fueron reconocidas como variaciones patrimoniales (c), corresponde sean reexpresadas desde las oportunidades a las cuales tales expresiones se encuentran referidas.

Page 244: Medición del Patrimonio i

Medición del Patrimonio - Carlos Aguilar Pinedo

Tratamiento de los aportes de los propietarios

244

Alcances atribuibles a los aportes de propietarios

Conocido como Descripción

Mantenimiento del Capital Financiero

El alcance (significado) atribuido a los aportes efectuados por los propietarios es el correspondiente a una determinada cantidad de moneda, independiente-mente de la modalidad (efectivo o espe-cie) con la cual los mismos fueron reali-zados. Es decir, que los aportes efectua-dos se reducen, a efectos de establecer su alcance, a las cantidades de moneda atribuibles a los bienes aportados.

Alcances

atribuibles

Mantenimiento del Capital Operativo

El alcance (significado) atribuido al apor-te realizado por los propietarios, in-dependientemente de la modalidad con la cual el mismo fuera efectuado (en efec-tivo, otros bienes, etc.), se mide en tér-minos de la capacidad operativa que el mismo otorgara al ente en la oportunidad de realizárselo.