marco legal contra la discriminación

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Marco legal contra la discriminación En este apartado del sitio oficial del Conapred encontrarán el marco legal que sustenta el derecho a la no discriminación en México. El antecedente de mayor trascendencia y peso en esta materia es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece expresamente este principio antidiscriminatorio, lo anterior a raíz de que en el año 2001 se reformó su artículo primero para que se prohibiera toda forma de discriminación que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. A raíz de la reforma en 2003, se creó la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED), misma que el pasado 20 de marzo de 2014 el Congreso de la Unión, reformó de manera integral para dotar al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación de mejores y más amplias atribuciones en la materia y brindar una efectiva protección del derecho a la no discriminación de las personas que viven y transitan por el territorio nacional, con mayor apego a los instrumentos internacionales en la materia, ratificados por el Estado mexicano. Cabe resaltar que desde la creación de la LFPED en el 2003 a la fecha, 27 entidades federativas han creado paulatinamente leyes locales contra la discriminación, todas ellas disponibles en este sitio para ser consultadas. Desde 2003 se han suscrito y ratificado una serie de instrumentos internacionales relacionados con la obligación de garantizar el derecho a la No discriminación, por lo que encontrarán también, acuerdos que son sustantivos para cumplimiento de las obligaciones constitucionales en materia de igualdad de corte internacional.

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MARCO LEGAL CONTRA LA DISCRIMINACION

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Page 1: Marco Legal Contra La Discriminación

Marco legal contra la discriminaciónEn este apartado del sitio oficial del Conapred encontrarán el marco legal que sustenta el derecho a la no discriminación en México. El antecedente de mayor trascendencia y peso en esta materia es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece expresamente este principio antidiscriminatorio, lo anterior a raíz de que en el año 2001 se reformó su artículo primero para que se prohibiera toda forma de discriminación que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. A raíz de la reforma en 2003, se creó la  Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED), misma que el pasado 20 de marzo de 2014 el Congreso de la Unión, reformó de manera integral para dotar al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación de mejores y más amplias atribuciones en la materia y brindar una efectiva protección del derecho a la no discriminación de las personas que viven y transitan por el territorio nacional, con mayor  apego a los instrumentos internacionales en la materia, ratificados por el Estado mexicano.  Cabe resaltar que desde la creación de la LFPED en el 2003 a la fecha, 27 entidades federativas han creado paulatinamente leyes locales contra la discriminación, todas ellas disponibles en este sitio para ser consultadas. Desde 2003 se han suscrito y ratificado una serie de instrumentos internacionales relacionados con la obligación de garantizar el derecho a la No discriminación, por lo que encontrarán también, acuerdos que son sustantivos para cumplimiento de las obligaciones constitucionales en materia de igualdad de corte internacional. La recopilación de los contenidos aquí albergados tienen la finalidad de tener fácil acceso a los instrumentos legales que han desarrollado al citado artículo primero, cuyo objeto es prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Page 2: Marco Legal Contra La Discriminación

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra el mandato de no discriminación en el Artículo 1 Constitucional. Dicho párrafo señala: 

"Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

 Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

 Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.".

Estados en los que se cuenta con cláusula antidiscriminatoria constitucional, ley

Page 3: Marco Legal Contra La Discriminación

antidiscriminatoria y conducta tipificada en relación a la discriminaciónÚltima actualización:

 

Leyes estatales: 08/07/2014

Cláusula antidiscriminatoria constitucional: 13/06/2014

Conducta tipificada: 13/05/2014   *Nuevo León 03/07/14

 

A nivel estatal existen:

 

Constituciones locales:

21 cláusulas antidiscriminatorias constitucionales.

Leyes antidiscriminatorias estatales:

28 leyes antidiscriminatorias.

Conductas tipificadas relacionadas con la discriminación:

42 conductas tipificadas relacionadas con la discriminación

1 entidad que considera los aspectos relacionados con la discriminación como un elemento para la individualización de penas.

(Datos totales sobre tipificación, al final de esta lista)

 

1. Aguascalientes

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: no

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Page 4: Marco Legal Contra La Discriminación

Conducta tipificada: Discriminación.

 

2. Baja California

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: no

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación en perjuicio del libre ejercicio de la Educación Pública

 

3. Baja California Sur

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación racial, étnica, religiosa, por razones de género, edad o discapacidad, como agravante del delito de injurias.

 

4. Campeche

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: no

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Odio. Contiene elementos de la definición de discriminación.

 

5. Chiapas

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Contra la dignidad de las personas.

 

Page 5: Marco Legal Contra La Discriminación

6. Chihuahua

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: no

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

Conducta tipificada: Discriminación como elemento de los hechos punibles dirigidos a las comunidades indígenas para tener el derecho a la reparación del daño.

Conducta tipificada: Bases prohibidas de discriminación como elementos prohibidos para las determinaciones de la autoridad judicial al individualizar penas.

 

7. Coahuila

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Contra la dignidad e igualdad de las personas.

Conducta tipificada: Situación de vulnerabilidad motivada por la condición física o mental o por discriminación como calificativas de los delitos de homicidio y de lesiones.

Nota: En esta entidad la discriminación es un elemento para la individualicación de penas.

 8. Colima

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

 

9. Distrito Federal

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: no

Page 6: Marco Legal Contra La Discriminación

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

Conducta tipificada: Odio como calificativa en los delitos de homicidio y lesiones.

 

10. Durango

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

 

11. Estado de México

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

 

12. Guanajuato

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: no

 

13. Guerrero

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: no

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

Page 7: Marco Legal Contra La Discriminación

Conducta tipificada: Situación de vulnerabilidad motivada por la discriminación como calificativa en el delito de homicidio.

Conducta tipificada: Situación de vulnerabilidad motivada por la discriminación como agravante del delito de lesiones.

Conducta tipificada: Discriminación como elemento para la comisión del delito de abuso de autoridad.

 

14. Hidalgo

 Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: no

 

15. Jalisco

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: no

Conducta tipificada: Contra la dignidad de las personas

 

16. Michoacán

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación

Conducta tipificada: Homicidio por discriminación

 

Page 8: Marco Legal Contra La Discriminación

17. Morelos

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: no

 

18. Nayarit

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: no

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Odio por la condición de género, preferencia sexual o religiosa u origen racial como calificativa del delito de homicidio y lesiones.

 

19. Nuevo León

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: no

Conducta tipificada: Discriminación.

Conducta tipificada: Agravante para servidoras(es) públicos en el ejercicio de sus funciones.

 20. Oaxaca

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Etnocidio.

Conducta tipificada: Discriminación cultural (En la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas)

 

Page 9: Marco Legal Contra La Discriminación

21. Puebla

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

Conducta tipificada: Se establece la discriminación como una forma comisiva para los delitos en materia de esterilización.

Conducta tipificada: Odio como calificativa en la comisión del delito de homicidio y lesiones.

 

22. Querétaro

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: no

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

 

23. Quintana Roo

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

 

24. San Luis Potosí

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Se establece la discriminación como forma comisiva del delito de tortura.

 

Page 10: Marco Legal Contra La Discriminación

25. Sinaloa

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

 

26. Sonora

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: no

Ley estatal antidiscriminatoria: no

Conducta tipificada: no

 

27. Tabasco

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: no

Conducta tipificada: no

 

28. Tamaulipas

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: no

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Situación de vulnerabilidad motivada por la condición física o mental o por discriminación como calificatva en los delitos de homicidio y lesiones

 

29. Tlaxcala

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Page 11: Marco Legal Contra La Discriminación

Conducta tipificada: Discriminación.

Conducta tipificada: Discriminación como elemento de los hechos punibles dirigidos a las comunidades indígenas para acceder al derecho a la reparación del daño

Conducta tipificada: Discriminación como causal de intimidación o coacción, como elemento del delito de tortura

 

30. Veracruz

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: no

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación de las personas.

 

31. Yucatán

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

 

32. Zacatecas

Cláusula constitucional antidiscriminatoria: si

Ley estatal antidiscriminatoria: si

Conducta tipificada: Discriminación.

 

 

Datos totales de las conductas tipificadas relacionadas con la discriminación:

Existen 27 entidades que tipifican 42 conductas relacionadas con la discriminación, y una entidad considera los aspectos relacionados con la

Page 12: Marco Legal Contra La Discriminación

discriminación como un elemento para la individualización de penas, como sigue:

*17 entidades tipifican el delito de "discriminación" (Aguascalientes, Chihuahua, Colima, Distrito Federal, Durango, Estado de México, Guerrero, Michoacán, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas)

* 1 entidad tipifica el delito de "discriminación en perjuicio del libre ejercicio de la educación pública" (Baja California)

* 1 entidad tipifica el delito de "discriminación cultural" (Oaxaca, en la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas).

* En 2 entidades se tipifica el delito "contra la dignidad de las personas" (Chiapas y Jalisco)

* En 1 entidad se tipifica el delito "contra la dignidad e igualdad de las personas". (Coahuila)

*En 1 entidad se tipifica el etnocidio, en la Ley de Derechos de los pueblos y comunidades indígenas. (Oaxaca)

*En 1 entidad la discriminación es un elemento del tipo penal del delito de abuso de autoridad. (Guerrero)

*En 1 entidad la discriminación es una forma comisiva de los delitos en materia de Esterilización (Puebla)

*En 1 entidad la discriminación es una forma comisiva del delito de tortura (San Luis Potosí)

* En 2 entidades se considera a la discriminación como agravante de los delitos de injurias y en el de lesiones (injurias en Baja California Sur y lesiones en Guerrero)

* En 1 entidad se considera la discriminación como agravante para servidoras(es) públicos en el ejercicio de sus funciones (Nuevo León)

*En 2 entidades se considera a la discriminación como "elemento del derecho a la reparación del daño de las comunidades indígenas" (Chihuahua y Tlaxcala)

* En 1 entidad se consideran las bases prohibidas de discriminación como elementos a considerar en la individualización de penas" (Chihuahua)

* En 1 entidad se considera a la discriminación como calificativa del delito de homicidio (Guerrero)

Page 13: Marco Legal Contra La Discriminación

* En 2 entidades se considera la discriminación como calificativa de los delitos de homicidio y el de lesiones.(Coahuila y Tamaulipas)

* En 1 entidad se considera a la discriminación como causal del delito de "tortura"

* En 1 entidad se contempla el delito de odio.(Campeche)

*En 4 entidades se contempla el odio como calificativa del delito de homicidio y lesiones. (Distrito Federal, Nayarit, Puebla y San Luis Potosí)

* En 1 entidad se contempla el delito de "homicidio por discriminación" (Michoacán)

* En 1 entidad se encuentra cualquier delito doloso cometido por diferentes aspectos relacionados con la discriminación como un elemento para la individualización de penas. (Coahuila)

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