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MARCO COMPARATIVO DE LA REGULACIÓN DE LA TASA GOOGLE: RETOS E INTERROGANTES PARA EL ECOSISTEMA INFORMATIVO RAÚL MAGALLÓN ROSA GUADALUPE AGUADO GUADALUPE JOSÉ Mª SANMARTÍ ROSET UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

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MARCO COMPARATIVO DE LA REGULACIÓN DE LA TASA GOOGLE: RETOS E INTERROGANTES PARA EL ECOSISTEMA INFORMATIVO

RAÚL MAGALLÓN ROSA

GUADALUPE AGUADO GUADALUPE

JOSÉ Mª SANMARTÍ ROSET

UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

Objeto de estudio

�El propósito de esta investigación es analizar la regulación legal de la denominada Tasa Google partiendo de un análisis comparativo entre España, Francia, Alemania, Italia y Bélgica.

Objetivo

�El objetivo es aportar una reflexión sobre cuál debería ser el marco regulador adecuado a nivel internacional, puesto que Google Noticias cuenta con 70 ediciones internacionales en 35 idiomas.

Metodología

� Se han examinado las diferentes disposiciones nacionales, así como la repercusión que las mismas han tenido en Google y en otros agregadores.

� Se ha considerado la postura por parte de los editores, en cuanto a consenso y capacidad de negociación.

� Se ha realizado un seguimiento de los enfrentamientos entre Google y editores y el papel de los diferentes estados.

Situación de partida

� La crisis estructural que viene sufriendo el sector de la prensa a escala internacional, unida a la crisis económica, especialmente acentuada desde el año 2007, y a la pérdida de difusión, han llevado a los editores a demandar la intervención de los Estados para organizar el rescate del sector.

Bélgica: los primeros enfrentamientos con Google

� Constantes enfrentamientos desde 2006.

� En 2012 acuerdo por el que Google no pagaría a la prensa belga por enlazar sus contenidos, pero sí se establecía un marco de colaboración.

� Google acordó anunciar sus servicios en los medios belgas, en tanto que los editores se aprovecharían de las posibilidades que ofrece el buscador para anunciarse.

Alemania: Canon y consentimiento por escrito

� Desde 2012 se establece un canon por mostrar contenidos de otros medios.

� Quedan excluidos de dicho pago los internautas particulares y los blogueros, de manera que la medida afecta únicamente a las grandes empresas.

� Los editores pueden dar el consentimiento escrito al buscador para el uso de contenidos, de manera que éste evita el pago.

Italia: presión sobre la publicidad en Internet

� En 2013 se pensó en obligar a las firmas que se anunciaran en Internet en Italia a hacerlo sólo a través de agencias con presencia fiscal en dicho país.

� No salió adelante. Se consideró que atacaba los principios rectores de la Unión Europea, en lo que respecta a la libertad de movimiento de personas, de productos, de servicios y de capitales.

Francia: el papel del Estado en el reparto del fondo

� 2013.“Fondo Google” de 60 millones de euros para la innovación digital.

� No por enlazar contenidos ni por utilizarlos.

� Financiación de proyectos destinados a aumentar la audiencia, primando la innovación, el plan de negocio, el impacto potencial, las nuevas ofertas para los lectores y la producción original de contenidos editoriales y periodísticos.

España: imposición por la Ley de Propiedad Intelectual

� Sin acuerdo previo. Regulación por ley en 2014.

� La puesta a disposición del público por parte de prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos de

fragmentos no significativos de contenidos, divulgados en publicaciones periódicas o en sitios web de actualización periódica y que tengan una finalidad informativa, de creación de opinión

pública o de entretenimiento, no requerirá autorización, sin perjuicio del derecho del editor o, en su caso, de otros titulares de

derechos a percibir una compensación equitativa. Este

derecho será irrenunciable y se hará efectivo a través de las

entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.

España: Ley de Propiedad Intelectual

� Cierre o emigración a otros países de los agregadoresde contenidos como Google News o Menéame.

� Refuerza el control administrativo de Internet en España.

� Ha venido acompañada por reformas de la Ley de Seguridad Ciudadana (conocida como Ley Mordaza), del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que limitan seriamente los derechos de libertad de información.

Nuevo acuerdo Google y editores europeos

� Alianza para fomentar el periodismo de alta calidad en Europa a través de la tecnología y la innovación.

� Desarrollo de productos.

� Apoyo a la innovación.

� Formación e Investigación

� Financiación de estudios sobre el entorno de los medios.

Participantes en el acuerdo

� España: El País, Unidad Editorial, Vocento, Grupo Godó, Grupo 20minutos, El Confidencial

� Reino Unido: The Guardian y The Financial Times

� Francia: Les Echos

� Holanda: NRC Media

� Italia: La Stampa

� Alemania: Die Zeit

� Organizaciones periodísticas:

� The European Journalism Centre (EJC)

� The Global Editors Network (GEN)

� The International News Media Association (INMA)

Observaciones

� Necesidad de un replanteamiento del marco regulador a escala internacional ante la disparidad de criterios.

� Excesivo intervencionismo del Estado ante la incapacidad de negociación entre las partes.

� Los datos llevan a plantear ciertos interrogantes sobre la viabilidad de las acciones adoptadas por el poder regulador.

Conclusiones

� Las diversas regulaciones nacionales son muy dispares entre sí. Todas aquellas en las que se ha establecido una tasa por la difusión de contenidos editoriales a los buscadores han fracasado.

� En todos estos casos –menos formalmente en el caso español- siempre se han buscado otras soluciones alternativas que han desembocado en nuevas negociaciones entre editores y Google alejadas del simple pago de tasas.

Conclusiones

� El modelo francés ha sido el referente para el último acuerdo a nivel internacional entre Google y editores de España, Francia, Alemania, Holanda, Italia y Reino Unido.

� Este último acuerdo y la falta de viabilidad en las diferentes regulaciones nacionales lleva a plantearse la idoneidad de que las negociaciones en este ámbito sean de carácter internacional, de manera que se establezca un marco común de referencia.