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Proceso:MANUAL SEGURIDAD INDUSTRIAL Y

SALUD OCUPACIONAL CONTRATISTASDISPAC S.A ESP. Anexo No. 1

Versión:01

OBJETIVO: general programar y llevar a cabo las diferentesoperaciones de distribución y comercialización de energía de talforma que siempre se asegure la salud y vida de los trabajadoresde DISPAC SA ESP, los contratistas y de terceros. En este sentidocon este documento se establecen los requerimientos en SeguridadIndustrial y Salud Ocupacional que deben ser aplicados paraeliminar los peligros y prevenir los riesgos que en un momento dadopueda causar daño a los que operen el sistema eléctrico o realicenactividades de apoyo.

Código:

Responsable:

Objetivos Específicos

Establecer las normas generales de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional vigentes enColombia que aplican a los procesos que son gestionados en DISPAC S.A ESP.

Identificar e incorporar en las exigencias de los procesos contractuales que realice DISPAC S.AESP, los requerimientos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional que se deben cumplir paralas actividades con clase de riesgo I, II, III, IV y V.

Proporcionar a DISPAC S.A. ESP. los instrumentos de evaluación y seguimiento de losrequerimientos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional para contratistas personas jurídicas ynaturales.

Establecer las responsabilidades de los contratistas y contratante para la exigencia y control de losrequerimientos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional que se deben tener en cuenta en losprocesos de selección de proponentes y ejecución de contratos realizados por DISPAC S.A. ESP.

ALCANCEEste manual incorpora estándares básicos que determinan los criterios relacionados con SeguridadIndustrial y Salud Ocupacional para la selección de contratistas, así como la suscripción y ejecución decontratos con personas naturales y personas jurídicas que presenten propuestas y/o presten servicios aDISPAC S.A. ESP.

Estos estándares aplican en todos los procesos que impliquen la prestación de servicios realizados paraDISPAC S.A. ESP., en toda su área de influencia.

Las disposiciones establecidas en este manual serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractualcomo en las diferentes actuaciones de gestión técnica, operativa y/o administrativa que se lleve a cabo enDISPAC S.A ESP.

El proponente para toda solicitud de servicio o proceso de contratación para DISPAC S.A ESP., deberápresentar una declaración de cumplimiento en la propuesta donde afirme conocer toda la normatividadvigente aplicable a Seguridad Industrial y Salud Ocupacional y que la pondrá en práctica en la realizaciónde la obra y/o servicio si es seleccionado por DISPAC S.A ESP.

Igualmente en la declaración de cumplimiento de la normatividad en Seguridad Industrial y SaludOcupacional el proponente deberá incluir que se compromete a cumplir totalmente los procedimientos y/orequisitos consignados en el presente manual y aquellos que en un momento dado disponga DISPAC S.AESP., para garantizar la salud y vida de los trabajadores y de terceros en el desarrollo de las actividadescontratadas.

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Proceso:MANUAL SEGURIDAD INDUSTRIAL Y

SALUD OCUPACIONAL CONTRATISTASDISPAC S.A ESP. Anexo No. 1

Versión:01

OBJETIVO: general programar y llevar a cabo las diferentesoperaciones de distribución y comercialización de energía de talforma que siempre se asegure la salud y vida de los trabajadoresde DISPAC SA ESP, los contratistas y de terceros. En este sentidocon este documento se establecen los requerimientos en SeguridadIndustrial y Salud Ocupacional que deben ser aplicados paraeliminar los peligros y prevenir los riesgos que en un momento dadopueda causar daño a los que operen el sistema eléctrico o realicenactividades de apoyo.

Código:

Responsable:

Objetivos Específicos

Establecer las normas generales de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional vigentes enColombia que aplican a los procesos que son gestionados en DISPAC S.A ESP.

Identificar e incorporar en las exigencias de los procesos contractuales que realice DISPAC S.AESP, los requerimientos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional que se deben cumplir paralas actividades con clase de riesgo I, II, III, IV y V.

Proporcionar a DISPAC S.A. ESP. los instrumentos de evaluación y seguimiento de losrequerimientos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional para contratistas personas jurídicas ynaturales.

Establecer las responsabilidades de los contratistas y contratante para la exigencia y control de losrequerimientos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional que se deben tener en cuenta en losprocesos de selección de proponentes y ejecución de contratos realizados por DISPAC S.A. ESP.

ALCANCEEste manual incorpora estándares básicos que determinan los criterios relacionados con SeguridadIndustrial y Salud Ocupacional para la selección de contratistas, así como la suscripción y ejecución decontratos con personas naturales y personas jurídicas que presenten propuestas y/o presten servicios aDISPAC S.A. ESP.

Estos estándares aplican en todos los procesos que impliquen la prestación de servicios realizados paraDISPAC S.A. ESP., en toda su área de influencia.

Las disposiciones establecidas en este manual serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractualcomo en las diferentes actuaciones de gestión técnica, operativa y/o administrativa que se lleve a cabo enDISPAC S.A ESP.

El proponente para toda solicitud de servicio o proceso de contratación para DISPAC S.A ESP., deberápresentar una declaración de cumplimiento en la propuesta donde afirme conocer toda la normatividadvigente aplicable a Seguridad Industrial y Salud Ocupacional y que la pondrá en práctica en la realizaciónde la obra y/o servicio si es seleccionado por DISPAC S.A ESP.

Igualmente en la declaración de cumplimiento de la normatividad en Seguridad Industrial y SaludOcupacional el proponente deberá incluir que se compromete a cumplir totalmente los procedimientos y/orequisitos consignados en el presente manual y aquellos que en un momento dado disponga DISPAC S.AESP., para garantizar la salud y vida de los trabajadores y de terceros en el desarrollo de las actividadescontratadas.

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Proceso:MANUAL SEGURIDAD INDUSTRIAL Y

SALUD OCUPACIONAL CONTRATISTASDISPAC S.A ESP. Anexo No. 1

Versión:01

OBJETIVO: general programar y llevar a cabo las diferentesoperaciones de distribución y comercialización de energía de talforma que siempre se asegure la salud y vida de los trabajadoresde DISPAC SA ESP, los contratistas y de terceros. En este sentidocon este documento se establecen los requerimientos en SeguridadIndustrial y Salud Ocupacional que deben ser aplicados paraeliminar los peligros y prevenir los riesgos que en un momento dadopueda causar daño a los que operen el sistema eléctrico o realicenactividades de apoyo.

Código:

Responsable:

Objetivos Específicos

Establecer las normas generales de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional vigentes enColombia que aplican a los procesos que son gestionados en DISPAC S.A ESP.

Identificar e incorporar en las exigencias de los procesos contractuales que realice DISPAC S.AESP, los requerimientos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional que se deben cumplir paralas actividades con clase de riesgo I, II, III, IV y V.

Proporcionar a DISPAC S.A. ESP. los instrumentos de evaluación y seguimiento de losrequerimientos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional para contratistas personas jurídicas ynaturales.

Establecer las responsabilidades de los contratistas y contratante para la exigencia y control de losrequerimientos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional que se deben tener en cuenta en losprocesos de selección de proponentes y ejecución de contratos realizados por DISPAC S.A. ESP.

ALCANCEEste manual incorpora estándares básicos que determinan los criterios relacionados con SeguridadIndustrial y Salud Ocupacional para la selección de contratistas, así como la suscripción y ejecución decontratos con personas naturales y personas jurídicas que presenten propuestas y/o presten servicios aDISPAC S.A. ESP.

Estos estándares aplican en todos los procesos que impliquen la prestación de servicios realizados paraDISPAC S.A. ESP., en toda su área de influencia.

Las disposiciones establecidas en este manual serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractualcomo en las diferentes actuaciones de gestión técnica, operativa y/o administrativa que se lleve a cabo enDISPAC S.A ESP.

El proponente para toda solicitud de servicio o proceso de contratación para DISPAC S.A ESP., deberápresentar una declaración de cumplimiento en la propuesta donde afirme conocer toda la normatividadvigente aplicable a Seguridad Industrial y Salud Ocupacional y que la pondrá en práctica en la realizaciónde la obra y/o servicio si es seleccionado por DISPAC S.A ESP.

Igualmente en la declaración de cumplimiento de la normatividad en Seguridad Industrial y SaludOcupacional el proponente deberá incluir que se compromete a cumplir totalmente los procedimientos y/orequisitos consignados en el presente manual y aquellos que en un momento dado disponga DISPAC S.AESP., para garantizar la salud y vida de los trabajadores y de terceros en el desarrollo de las actividadescontratadas.

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RESPONSABILIDADES

DEFINICIONES

Accidente de Trabajo: Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del serviciocontratado o prestado, y que produzca en la persona una lesión orgánica, una perturbación funcional, unainvalidez o la muerte. (Adaptado de Decisión 584 de 2004, de la Comunidad Andina de Naciones).

Accidente Grave: Aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal;fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cubito); trauma craneoencefálico;quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como aplastamiento oquemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal; lesiones ocularesque comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva.

Acto o Comportamiento Inseguro: Se refiere a todas las acciones humanas que pueden causar unasituación insegura o incidente, con consecuencias para la persona que realiza la actividad, la producción,el medio ambiente y terceras personas. También el comportamiento inseguro incluye la falta de accionespara informar o corregir condiciones inseguras.

ARP: Administradora de Riesgos Profesionales.

AFP: Administradora de Fondos de Pensiones.

ATEP: Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional.

Clase de Riesgo: Codificación definida por el Ministerio de Protección Social mediante Decreto 1295/94,para clasificar a las empresas de acuerdo con la actividad económica a la que se dedica. Existen cincoclases de riesgo, comenzando desde la I hasta la V, así:

Clase I Riesgo MínimoClase II Riesgo BajoClase III Riesgo MedioClase IV Riesgo AltoClase V Riesgo Máximo

Contratista: Persona natural o jurídica que mediante un acuerdo de voluntades se obliga para conDISPAC S.A. ESP., a dar, hacer o no hacer una actividad a cambio de una contraprestación en dinero o enespecie. (Ajustada definición contrato del Código de Comercio)

EPS: Entidad Promotora de Salud.

Enfermedad Profesional: Todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga comoconsecuencia obligada y directa de la clase de actividades que desempeña el contratista o subcontratistaso del medio donde se realiza. (Ajustada Decreto 1295/94)

Elemento de Protección Personal (EPP): Dispositivo diseñado para evitar que las personas que estánexpuestas a un peligro en particular entren en contacto directo con él.

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El equipo de protección evita el contacto con el riesgo pero no lo elimina, por eso se utiliza como últimorecurso en el control de los riesgos, una vez agotadas las posibilidades de disminuirlos en la fuente o en elmedio. Los elementos de protección personal se han diseñado para diferentes partes del cuerpo quepueden resultar lesionadas durante la realización de las actividades. Ejemplo: casco, caretas de acetato,gafas de seguridad, protectores auditivos, respiradores mecánicos o de filtro químico, zapatos deseguridad, entre otros.

Factor de Riesgo: Es toda condición generada en la realización de una actividad que puede afectar lasalud de las personas.

Higiene industrial: Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación, evaluación ycontrol de los agentes y factores del ambiente que puedan afectar la salud de las personas en el desarrollode una actividad.

Identificación de Peligros: Proceso para obtener información sobre los peligros en los sitios en donde serealizará la actividad. Permite la localización y evaluación de los mismos, así como el conocimiento de laexposición a que están sometidos los contratistas y subcontratistas. (Ajustado definición Panorama deFactores de Riesgo - Resolución 1016 de 1989)

Incidente: Suceso acaecido en el curso de una actividad o en relación con esta, que tuvo el potencial deser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran dañosa la propiedad y/o pérdida en los procesos.

Interventor/Supervisor: Es la persona natural o jurídica que por sus competencias y experiencia esdesignada por DISPAC S.A. ESP., para que lo represente, ejerciendo el seguimiento, control técnico,administrativo jurídico y financiero del objeto de un acuerdo de voluntades.

Peligro: Es una fuente o situación con potencial de daño en términos de lesión o enfermedad, daño a lapropiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de estos. (NTC-OHSAS 18001)Prevención de Riesgos: Son las acciones tendientes a disminuir las posibilidades de ocurrencia de unriesgo a partir de la preservación de la salud de las personas. (Ajustado Decreto 1295 de 1994)

Riesgo: Combinación de la probabilidad y la(s) consecuencia(s) de que ocurra un evento peligroso. (NTC-OHSAS 18001)

Riesgo Potencial: Riesgo de carácter latente susceptible de causar daño a la salud cuando fallan o dejande operar los mecanismos de control. (Decreto 614/84)

Salud Ocupacional: Actividad multidisciplinaria dirigida a promover y proteger la salud de las personas,mediante la prevención y control de enfermedades y accidentes y la eliminación de los factores ycondiciones que ponen en peligro la salud y la seguridad de estos.. (Ajustado OMS)

Seguridad Industrial: Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación y control de lascausas de los accidentes en los lugares donde se desarrolle la actividad dentro de DISPAC S.A. ESP.(Decreto 614/84)

Subcontratista: Para efectos de este documento es cualquier persona natural o jurídica que realizaactividades para DISPAC S.A. ESP., a través de una relación contractual con otra persona natural ojurídica, que haya celebrado un contrato u orden contractual. El subcontratista recibe pagos del contratistade DISPAC S.A. ESP no de DISPAC S.A. ESP y no tiene vínculo alguno con DISPAC S.A. ESP.

1. REQUERIMIENTOS GENERALES EN SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUDOCUPACIONAL CONTRATISTAS DE DISPAC S.A. ESP.

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Los CONTRATISTAS Personas Naturales y/o jurídicas, ya seleccionados por DISPAC S.A.ESP deben entregar junto con los documentos exigidos por la Oficina de Contratación o quienhaga sus veces, los siguientes documentos referentes a Salud Ocupacional y SeguridadIndustrial.

1.1. PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL DEL CONTRATISTA

El CONTRATISTA con base en los servicios y/u obras que vaya a elaborar y considerando losriesgos particulares de cada caso debe presentar para aprobación y poner en funcionamientoun programa de Salud Ocupacional tendiente a preservar, mantener y mejorar la saludindividual y colectiva del personal; como también prevenir los daños a instalaciones a equiposy demás bienes de DISPAC S.A. ESP, el CONTRATISTA y terceros.

Todo CONTRATISTA que realice procesos operacionales y/o administrativos para DISPACS.A. ESP., debe presentar un Programa de Salud Ocupacional que incluya como mínimo:

Organigrama de la Empresa, en el que se establezcan las funciones yresponsabilidades de todos los cargos en materia de Seguridad Industrial y SaludOcupacional.

Plan de acción para las actividades de seguridad industrial, higiene industrial,medicina preventiva y del trabajo.

Panorama de riesgos de las actividades a desarrollar en el contrato.

Copia del reglamento de higiene y seguridad industrial registrado.

Procedimientos de seguridad para las labores especiales y/o de alto riesgoinvolucradas en el desarrollo del Contrato.

Inventario de materiales, herramientas y equipos a utilizar.

Fichas de seguridad (en idioma castellano) de las sustancias químicas y peligrosas ausar en desarrollo del contrato, las cuales además deben permanecer siempre en elsitio que se ubiquen los productos, debidamente preservadas.

Plan de emergencias y contingencias, compatible con el Plan de Contingencias deDISPAC S.A. ESP.

Asignación de recursos para la gestión en Salud Ocupacional y Seguridad Industrial.

El Programa de Salud Ocupacional presentado por EL CONTRATISTA debe documentar lagestión realizada en los dos últimos años, relacionando, entre otras, estadísticas deaccidentalidad, registros de capacitación, resultados de auditorías internas y externas, etc.

Para la presentación del Programa de Salud Ocupacional, EL CONTRATISTA puede basarseen la Guía Programa de Salud Ocupacional y manejo ambiental de Contratistas delSector Eléctrico y/o energético., emitida por el Consejo Colombiano de Seguridad.

1.1.1. ASPECTOS BASICOS LEGALES

1.1.2. POLITICA DE SALUD OCUPACIONAL

La persona jurídica y/o persona natural que desarrolle contratos, órdenes de trabajo y/o

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prestación de servicios debe presentar a DISPAC S.A. ESP., al momento de iniciar elcontrato, su política de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial, debidamente firmada por surepresentante legal, de manera que se demuestre:

Su publicación y respaldo por parte de la alta gerencia. Mecanismos de divulgación y puesta en práctica. Evaluación del cumplimiento.

Esta Política debe ser compatible con la política de DISPAC S.A. ESP.

1.1.3. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL. Art. 349 delCódigo Sustantivo del Trabajo. Art. 8 del Decreto 614 de 1984.

Todo CONTRATISTA que preste sus servicios a DISPAC S.A. ESP debe elaborar unReglamento de Higiene y Seguridad Industrial, el cual debe contar con la revisión yaprobación por parte de la división de trabajo del Ministerio de Protección Social.

1.1.4. COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

Decreto 614 de 1984. Todo contratista de DISPAC S.A. ESP. Debe conformar el ComitéParitario de Salud Ocupacional, el cual debe estar registrado en el Ministerio de ProtecciónSocial. Este comité debe funcionar bajo los lineamientos establecidos en la resolución 2013de 1986 y el Art. 63 del Decreto 1295 de 1994.

El CONTRATISTA debe proporcionar hasta cuatro horas semanales dentro de la jornadanormal de trabajo de cada uno de sus miembros para el funcionamiento del comité. En casode accidente grave o riesgo inminente, el comité debe reunirse de carácter extraordinario.

1.1.5. AFILIACIONES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. Ley 100 de 1993.

El contratista antes de iniciar actividades deberá afiliar a su personal al sistema de seguridadsocial realizando los pagos de aportes a que haya lugar, y presentar a DISPAC S.A ESP.Copia de las respectivas afiliaciones, como son:

Afiliación de los trabajadores a una EPS

Afiliación de sus trabajadores a una ARP

Afiliación de sus trabajadores a una AFP

Igualmente mensualmente debe cancelar y reportar a DISPAC S.A ESP, los pagos realizadoscorrespondientes a SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar.

1.1.6. ORGANIZACIÓN, RESPONSABILIDADES Y RECURSOS. Art. 4 Resolución1016 de 1989.

El CONTRATISTA está obligado a destinar los recursos humanos, financieros y físicosindispensables para el desarrollo y cabal cumplimiento del Programa de Salud Ocupacional enlos lugares de trabajo.

1. 1. Recursos. Especificar los recursos físicos financieros y materiales que asignara parael cumplimiento del programa de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional. Así comopresentar el informe mensual de su cumplimiento.

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2. 2. Responsabilidades. Se debe establecer las responsabilidades en SaludOcupacional y Seguridad Industrial de la Gerencia, directores de área, residentes,inspectores y trabajadores.

3. 3. Competencias del personal de salud ocupacional y seguridad Industrial. ElCONTRATISTA debe demostrar las competencias (formación académica,capacitación y experiencia) de acuerdo con los perfiles establecidos para el personalde Salud Ocupacional y Seguridad Industrial. En cuanto a la licencia en saludocupacional para personas naturales debe cumplir con los requisitos establecidos enel Art. 1 de la Resolución 2318 de 1996.

1.1.7. IDENTIFICACION Y EVALUACION DE RIESGOS. Art. 11 Resolución 1016 de1989.

El CONTRATISTA seleccionado deberá elaborar un panorama de riesgos para obtenerinformación sobre estos en los sitios de trabajo del CONTRATISTA, que permita lalocalización y evaluación de los mismos, así como el conocimiento de la exposición a queestán sometidos los trabajadores afectados por ellos.

1. 1. Panorama de factores de riesgo. El CONTRATISTA debe definir las actividadesque desarrollara dentro del contrato, debe presentar un procedimiento para establecerla continua identificación de riesgos y la implementación de las medidas de control.Se recomienda utilizar la metodología GTC 45 para realizar el panorama de riesgos elcual debe incluir los siguientes aspectos:

a. Actividades rutinarias y no rutinariasb. Actividades de todo personal que tenga acceso al contrato incluyendo

visitantes.c. El sitio de trabajo.d. El número de trabajadorese. Los riesgos que puedan ocasionar daños a la propiedad y/o perdida de

materialesf. Los riesgos que puedan ocasionar y afectar a terceros.g. Los riesgos que terceros pueden ocasionar dentro del contrato.h. Los riesgos de orden público como asonadas, actos terroristas, presencia de

grupos armados al margen de la ley.

2. 2. Plan de acción. Con los resultados obtenidos de la valoración de los riesgos, elCONTRATISTA debe elaborar un plan de acción teniendo en cuenta la calificaciónobtenida, de tal forma que se programen actividades inmediatas para prevenir,minimizar y controlar los riesgos altos, actividades a corto plazo para los riesgosmedios y actividades a mediano plazo para los riesgos bajos.

El contratista debe actualizar el panorama de riesgos por lo menos una vez al año o cuando laevolución del servicio suministrado o contrato lo requieran, integrando nuevos frentes detrabajo, actividades de alto riesgo, equipos y herramientas, materias primas, etc.; y generar elrespectivo plan de acción, siguiendo el procedimiento de la Guía GTC 45 y NTC 5254.

1.2. SUBPROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO. Art. 10Resolución 10 16 de 1989.

El CONTRATISTA debe realizar actividades de promoción, prevención y control de la salud altrabajador, protegiéndolo de los factores de riesgos ocupacionales; ubicándolo en un sitio detrabajo acorde con sus condiciones psico-fisiológicas.

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El subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo debe cumplir los siguientes requisitos:

1. 1. El CONTRATISTA debe realizar exámenes médicos de ingreso y egreso, se debenpracticar a todos los trabajadores, deben ser realizados por un medico con licencia ensalud ocupacional, sin importar la duración del contrato y su costo deberá ser asumidoen su totalidad por el CONTRATISTA, quien garantizará también el cumplimiento deeste requisito por parte de los subcontratistas. Art. 2 de la Resolución 6398 de 1991,en lo referente a la confidencialidad de las historias clínicas.

Deben incluir como mínimo:

CARGO EXAMENES BASICOS

Personal administrativo, ingenieros,técnicos, auxiliares técnicos y demáspersonas de campo

Examen médicos, haciendo énfasis enproblemas osteomusculares y presencia dehernias

– Elaborados por medico conlicencia para prestar losservicios en S.O

Paraclínicos y laboratorios:

Cuadro hemático Glicemia Serología (zona endémica) Hemoclasificación Audiometría (Exposición a ruido) Visiometria (Trabajo con

computador, conductores yoperarios)

Vacunación fiebre amarilla ytoxoide tetánico.

Trabajadores mayores de 45 años:Incluir electrocardiograma.

Debe incluirse una certificación devacuna contra hepatitis B

Personal que realiza trabajos en alturas

Previo a la realización del trabajodebe realizarse examen médico,enfatizado en el área neurológica yproblemas de vértigo.

1.2. El CONTRATISTA debe realizar los exámenes periódicos ocupacionales según los

factores de riesgo de cada cargo. La periodicidad de los exámenes debe ser mínimocada año, exceptuando los casos de cambios de ocupación y reintegro al trabajo,donde se realizaran nuevamente los exámenes.

2. 3. El CONTRATISTA debe programar jornadas de vacunación de acuerdo con losriesgos existentes en el lugar de operación, de la misma forma campañas deprevención y promoción en salud, las cuales serán incluidas en el cronograma deactividades

3. 4. El CONTRATISTA debe presentar a DISPAC S.A. ESP, para aprobación el programade vigilancia epidemiológica que va a aplicar, previo resultado de la elaboración del

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panorama de riesgo de las actividades que va a desarrollar en el contrato.

4. 5. El CONTRATISTA debe desarrollar actividades de prevención de enfermedadesprofesionales y accidentes de trabajo, presentado para la aprobación de DISPAC S.A.ESP una programación de estas actividades.

5. 6. En coordinación con el subprograma de Seguridad Industrial el CONTRATISTA debeestudiar y conceptuar sobre la toxicidad de las materias primas y sustancias enproceso, indicando las medidas para evitar sus efectos nocivos en los trabajadores.

6. 7. El CONTRATISTA debe presentar para aprobación de DISPAC S.A. ESP, antes delinicio del contrato el plan de actividades para ejecutar los subprogramas de MedicinaPreventiva y del Trabajo.

7. 8. El CONTRATISTA debe llevar las estadísticas de morbilidad y ausentismomensualmente y presentarlas a DISPAC S.A. ESP con el análisis correspondiente.

8. 9. El CONTRATISTA debe diseñar y ejecutar los programas de enfermedadesgeneradas por riesgos psicolaborales.

9. 10. El CONTRATISTA de acuerdo a la Resolución 1075 de 1992, debe contar con unprograma para el control de alcohol, tabaquismo y fármacodependencia el cual debeser entregado para aprobación a DISPAC S.A. ESP. Una vez aprobado es de estrictocumplimiento.

10.11. El CONTRATISTA debe tener por cada frente de trabajo y en sus áreasadministrativas un botiquín portátil y una camilla. Cada botiquín portátil debe contenercomo mínimo, los cuales deben siempre mantenerse vigentes:

Material de Curación

Descripción Cantidad Presentación Uso y características

Jabón antibacteriallíquido 1 frasco por 60 o 200 ml.

Son sustancias que previenen lainfección, evitando la presencia degérmenes que por lo general seencuentran presentes en lesiones comoconsecuencia de accidentes.

Solución Salina Normal 2 Bolsas por 250cc Se utiliza para limpiar o lavar heridas yhumedecer regiones quemadas

Gasa 2Sobres por 2 gasasestériles individuales de7.5 cm por 7.5 cm

Se usan para limpiar y cubrir heridas

Compresas 3 Cuadrados estériles de30x30 cm o 40x40 cm

Porción de gasa orillada cuadrada paracubrir quemaduras y mantenerlashúmedas con solución salina

Apósitos 2Tamaños 13x8cms,13x23cms, 23x23cms

Almohadillas de gasas y algodón estéril,absorbente, es útil para atender unahemorragia

Curitas 10 UnidadesSon útiles para cubrir heridassuperficiales posteriores a un buenlavado

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Elementos de Fijación y Soporte

Esparadrapo 1 Rollo de tela de1” x 5 Yardas

Se utiliza para fijar vendas einmovilizaciones de dedos y miembrossuperiores.

Micropore 1 Rollo antialérgico de12mm x 5mts

Se utiliza para fijar gasas, apósitos ypara afrontar los bordes de las heridas

Vendas elásticas 22

2 X 5 Yardas5 X 5 Yardas

Sirven para inmovilizar extremidades yrealizar compresión en caso dehemorragias.

Venda de tela triangular 1 120cm de base x 60cmde altura Soporte de inmovilizaciones

Venda de algodónlaminado 2 3 X 5 Yardas Se utilizan para proteger la piel de la

parte a inmovilizar.

Baja lenguas 1 Paquete Se utilizan para inmovilizar fracturas oluxaciones de los dedos de las manos

Kit. de Inmovilizadores encartón plast *

* Resolución 3673 de2008

1 Kit.

Inmovilización fracturas o luxacionesPierna: 37 cm largo x 37 cm de anchoBrazo: 63 cm largo x 29 cm de anchoTobillo: 52 cm largo x 31 cm de ancho.Cuello: 56 cm largo x 16 cm de ancho

Elementos de Bioseguridad

Guantes de látex 5 ParesPara protección del auxiliador y evitar lacontaminación del accidentado(bioseguridad).

Tapabocas 2 UnidadesPara protección del auxiliador y evitar lacontaminación del accidentado(bioseguridad).

Monogafas 1 UnidadPara protección del auxiliador y evitar lacontaminación del accidentado(bioseguridad).

Mascarilla para RCP conválvula no retorno 1 Unidad

Para protección del auxiliador y evitar lacontaminación del accidentado en casode brindar RCP.

Bolsa plástica roja 3 Unidad Para disposición de residuoscontaminados (bioseguridad).

Instrumental y otros elementos

Tijeras 1 Unidad Para retirar ropas, cortar gas o vendasLinterna con pilas ybombillo de repuesto 1 Unidad Para revisar presencia de cuerpos

extraños en las lesiones.

Libreta y esfero 1 Unidad Registro de datos del accidentado y designos vitales

Listado de teléfonos deemergencia 1 Unidad 1 por cuadrilla

Manual de PrimerosAuxilios 1 Unidad 1 por cuadrilla

Bolsa de cierre hermético 3 Unidad Aislamiento y transporte de partesamputadas.

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1.3. SUBPROGRAMA DE HIGIENE INDUSTRIAL. Art. 11 Resolución 1016.

El CONTRATISTA debe desarrollar el subprograma de Higiene Industrial teniendo en cuenta que debemantener un enfoque preventivo identificando, evaluando y controlando los factores de riesgo presentesen los procesos de DISPAC S.A. ESP, evitando así que se presenten efectos nocivos para la salud de lostrabajadores.

El subprograma de higiene industrial debe incluir:

Resultados obtenidos del panorama de riesgos respecto a los riesgos que producenenfermedades profesionales.

Evaluar con ayuda de técnicas de medición, la magnitud de los riesgos, para eliminar supeligrosidad real.

Plan de acción con las medidas de control a implementar para disminuir el grado de exposición deacuerdo con el resultado del panorama de riesgos.

1.4. SUBPROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL. Art. 11 Resolución 1016.

En este subprograma el CONTRATISTA debe desarrollar acciones de Seguridad Industrial que minimiceny mitiguen los efectos de los factores de riesgo inherentes a los procesos y que puedan afectar laintegridad física, mental y social de los trabajadores, la infraestructura interna y externa o que llegara aafectar a terceros.

Por lo anterior el CONTRATISTA debe incluir los siguientes aspectos dentro del subprograma.

1. 1. Reporte e investigación de accidentes. Art. 21 Decreto 1295 de 1994; Art. 11 Resolución1016 de 1989. El CONTRATISTA debe reportar a la ARP a la cual se encuentre afiliado, losaccidentes de trabajo antes de 24 horas después del accidente y las enfermedades profesionales,así como investigar y analizar las causas de los mismos con el fin de aplicar las medidascorrectivas necesarias.

A continuación se presentan los lineamientos generales a cumplir en el desarrollo de este subprograma:

Hacer un procedimiento para reporte de accidentes el cual debe ser aprobado por DISPACS.A. ESP.

Informar a la ARP donde se encuentre afiliado, cualquier accidente de trabajo y enfermedadprofesional que ocurra en el formato de reporte de accidentes de la ARP

Reportar a DISPAC S.A. ESP. La ocurrencia del accidente o enfermedad profesional antes de48 horas de presentado el accidente.

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Investigar los accidentes de trabajo, accidentes a terceros y aquellos que ocasionen daños ala propiedad; presentar a DISPAC S.A. ESP la respectiva investigación. Esta investigacióndebe incluir como mínimo los siguientes aspectos: clase de accidente, fecha y hora deaccidente, datos personales del accidentado, descripción del accidente, causas inmediatas ybásicas, medidas preventivas y correctivas y plan de acción.

El CONTRATISTA debe reportar a DISPAC S.A. ESP mensualmente todos los incidentes quese presenten en el desarrollo de las actividades y en los sitios de trabajo, incluyendo el plande acción para corregir y prevenir situaciones de accidentes posteriores.

Implementar el registro del seguimiento realizado a las acciones ejecutadas a partir de cadainvestigación de accidente y/o incidente de trabajo en el desarrollo del alcance del contratotanto en las áreas operativas como administrativas.

La investigación del accidente y/o incidente se presentara a DISPAC S.A ESP, en un términode 10 días hábiles siguiente a su ocurrencia. En caso de accidente fatal el informe sepresentara dentro de los cinco días posteriores a la ocurrencia.

2. 2. Estadísticas de accidentabilidad. Art. 11 Resolución 1016 de 1989. El CONTRATISTA debeelaborar, actualizar y analizar mensualmente las estadísticas de accidentes de trabajo informandoa DISPAC S.A. ESP el resultado de estos análisis y su plan de acción. De acuerdo a la normaNTC 3701.

3. 3. Indicadores de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional. Art. 15 Resolución 1016 de 1989.El CONTRATISTA deberá actualizar y analizar mensualmente los indicadores de acuerdo con lanorma NTC 3701 que permiten observar y tomar las medidas preventivas, correctivas necesarias.

A continuación se presentan las formulas para calcular los indicadores:

Índice de Frecuencia = (I.F.)

No. De accidentes de trabajo reportados en el periodo * KHoras hombre trabajadas en el periodo

Índice de Severidad = (I.S.)

No. De días de incapacidad por AT en el periodo *KHoras hombre trabajadas en el periodo

Índice de Lesiones Incapacitantes = (I.L.I.)

Índice de frecuencia * Índice de severidad1000

K= 1.000.000 Según norma ANSIPeriodo= MensualHoras hombre trabajadas = (HHT)

HHT= (XT*HTD*DTM) +NHE-NHA)

XT= No. promedio de trabajadores en el periodoHTD= No. De horas hombre trabajadas al díaDTM= Días trabajados en el periodoNHE= No. Total de horas extras y otro tiempo suplementario laborado durante el periodo

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NHA= No. Total de horas de ausentismo durante el periodo.

Tasa de Ausentismo General = (T.A.G.)

No. De días perdidos por EC + AT + EP + PermisoHoras hombre trabajadas en el periodo

EC= Enfermedad ComúnAT= Accidente de trabajoEP= Enfermedad Profesional

Tasa de accidentabilidad = (TA.)

No. De accidentes de trabajo *100No. De trabajadores promedio en el periodo

4. 4. Inspecciones de seguridad. Art. 11 Resolución 1016 de 1989. El CONTRATISTA debe definirel procedimiento que permita la detección, valoración, prevención y corrección de distintosfactores de riesgo o causas de accidentes para evitar que estos se materialicen. La detecciónoportuna de estas condiciones inseguras facilitara la aplicación de acciones preventivas ocorrectivas eficaces. El contratista debe realizar como mínimo las siguientes inspecciones:

Inspecciones planeadas y periódicas Inspecciones trabajos críticos (trabajo en alturas, espacios confinados y riesgo eléctrico). Inspecciones trabajos con riesgo eléctrico Inspección Elementos de protección personal y dotación Inspección equipos y herramientas Inspección vehículos Inspección a sedes de trabajo

De todas las inspecciones el CONTRATISTA debe elaborar sus formatos, dejar registro y elaborar un plande acción para la implementación de medidas preventivas y correctivas.

Igualmente DISPAC S.A. ESP. Programará y llevará a cabo inspecciones al CONTRATISTA para verificarel cumplimiento de los requisitos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, con base en los criteriosestablecidos en el documento Anexo No. 2 (Manual de supervisión de DISPAC S.A ESP.), cuyosresultados son fundamento básico para proceder en caso de incumplimiento con los descuentos que sedescriben en el Anexo No. 3 (Esquema de bonificaciones y descuentos en la gestión de SaludOcupacional y Seguridad Industrial) o las bonificaciones por mantener indicadores de gestión enSeguridad Industrial y Salud Ocupacional superiores a las metas previstas en el Anexo No. 3 (Esquemade bonificaciones y descuentos en la gestión de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial)

5. 5. Elementos de Protección Personal. Art. 94 Resolución 2413 de 1979, circular 001 de 2003.El CONTRATISTA está en la obligación de proporcionar a cada trabajador sin costo para éste,elementos de protección personal en cantidad y calidad acordes con los riesgos reales opotenciales existentes en los lugares de trabajo y así mismo llevar un control de entrega, uso dela dotación y elementos de protección personal, para esto debe diseñar un formato de registro elcual será solicitado periódicamente por DISPAC S.A. ESP para su control. El CONTRATISTApara la preparación y suministro de los elementos de protección personal y la dotación de lostrabajadores, debe tener en cuenta, las especificaciones técnicas descritas en el Anexo No. 4(Requerimientos de infraestructura para la operación), al igual que las normas y/o exigenciasbásicas de seguridad previstas en la normatividad vigente.

El CONTRATISTA además deberá tener un programa de mantenimiento, reposición y stock de los mismosque incluyan entre otras pruebas de los guantes dieléctricos como mínimo cada semestre.

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DISPAC S.A ESP., o quien haga sus veces realizará inspecciones al CONTRATISTA donde se verificaray calificara el estado de los elementos de protección personal y en caso de encontrar que estos elementospresentan riesgos para la seguridad de los trabajadores se calificaran y generaran las penalizacionesrespectivas consignadas en el Anexo No. 2 (Esquema de bonificaciones y descuentos en la gestión deSalud Ocupacional y Seguridad Industrial). El CONTRATISTA autoriza a DISPAC S.A ESP., para que enlos eventos en que se evidencien deterioro daño o vencimiento de los elementos de protección personalsean retirados por éste.

Los elementos de protección personal, equipos de trabajo en altura y dotación que en general debedisponerse para la realización de las operaciones que se ejecutan en el área de influencia de DISPAC S.A.ESP., son los siguientes:

Protección para los pies. EL CONTRATISTA deberá suministrar al personal operativobotas de seguridad de Cuero Dieléctricas, con puntera en fibra de vidrio o teflón media caña,repelente al agua, suela antideslizante y flexible, (Debe cumplir NTC - 1741 – 2385).Resistente a cargas estáticas hasta 1680 Kg. (Debe cumplir NTC-2396, o con calidadcertificada ANSI 1/75). Para el ingreso a áreas inundadas el CONTRATISTA deberásuministrar botas argyll macha alta sin puntera, color negro. Para el personal de almacén ybodega el CONTRATISTA deberá suministrar botas con puntera de acero.

Protección craneal. EL CONTRATISTA deberá suministrar casco Dieléctrico con sistema deratchet, calidad certificada ICONTEC Norma ANSI-Z89.1 con barbuquejo rígido, resistente alagua, a la combustión lenta, (Debe cumplir NTC-1523, o con Calidad Certificada ANSI Z89.1). El color debe estar acorde a los perfiles por cargo del CONTRATISTA. Para personalque realice actividades de campo, que no requieran intervenir redes eléctricas, equipos demedida y/o subestaciones el CONTRATISTA deberá suministrarles gorra para protección delos rayos solares.

Protección visual. Gafas con cubierta lateral, protección UV, de armadura liviana, los lentesdeben estar libres de estrías y ralladuras, ondulaciones u otros defectos, (Deben cumplirNTC-1825, o con calidad certificada ANSI Z 87. 1).

Protección facial. El CONTRATISTA deberá suministrar al personal de campo queintervenga el sistema eléctrico un protector facial en policarbonato con protector de mentóncon antiempañante con clasificación de 10 cal/m2.

Protección auditiva. Cuando los niveles de ruido superen los 85 decibeles y su exposiciónsea mayor a 3 horas el CONTRATISTA deberá suministrar tapones de inserción fabricado enespuma de Poliuretano o de silicona, (Debe cumplir NTC – 2272, o con calida certificadaANSI S 3. 19), o protectores tipo copa certificados.

Protección para manos y dedos. Deberán ser entregados de acuerdo a la necesidad deltrabajo. Los guantes tipo ingeniero deben estar fabricados en vaqueta, deben tener refuerzoen todos los dedos, Forro interior en algodón puño rígido tipo mosquetero para mayor nivel deprotección, ribete elástico en la muñeca, liviano y lavable. Para trabajos eléctricos elCONTRATISTA deberá entregar guantes dieléctricos con todos sus accesorios tipo deacuerdo a la actividad en BT, MT y AT.

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Protección respiratoria. Cuando se realicen trabajos con presencia de material articulado oingreso a subestaciones El CONTRATISTA deberá suministrar mascarillas desechables paracada trabajador. Para espacios confinados el CONTRATISTA deberá suministrar mascarillasantigases de acuerdo con la resolución 3673 de 2008.

Dotación. El suministro de la dotación dentro de la ejecución global del contrato comprende:pantalón jean color azul; camiseta cuello redondo color _______ bordadas a la altura delbolsillo; Camisa manga larga antiflama 100% algodón color verde __________, que brindeprotección en climas cálidos, de acuerdo con la identificación definida en la imagencorporativa de DISPAC S.A. ESP, debe ajustarse bien al cuerpo, no deben tener partescolgantes como cordones sueltos y mucho menos exceso de bolsillos y adornos metálicos;impermeable tipo capa con capucha de color amarillo. La frecuencia de suministro debehacerse dos (2) mudas de ropa al inicio del contrato por cuestiones de higiene y lassiguientes se entregarán cada cuatro (4) meses o como lo prevea la ley colombiana ycuando el estado de deterioro de estos elementos determine la necesidad de cambiarlos.

Equipos para trabajo en alturas. El CONTRATISTA suministrara los equipos requeridospara trabajos en alturas de acuerdo a la resolución 3673 del 2008. Debido a los procesosdesarrolladas por DISPAC S.A. ESP se requiere que este equipo sea dieléctrico asegurandola capacitación y manejo de estos equipos a los trabajadores de la misma forma DISPAC S.A.ESP exigirá la certificación de la competencia para trabajo en alturas del personal. Anexo No.3 (Requerimientos de infraestructura para la operación)

Herramientas, accesorios y equipos de seguridad. El CONTRATISTA suministrara a lostrabajadores las herramientas, accesorios y equipos de seguridad que éstos requieran en eldesarrollo y la adecuada ejecución de las operaciones que garantice efectuar un trabajoseguro y con el mínimo riesgo para su integridad física, locaciones y daños a terceros. AnexoNo. 3 (Requerimientos de infraestructura para la operación).

Vehículos. El CONTRATISTA deberá suministrar los vehículos de la gestión administrativa yoperativa cumpliendo con las especificaciones mínimas descritas en el Anexo No. 3(Requerimientos de infraestructura para la operación).

6. 6. Normas, procedimientos, estándares para trabajo seguro. Art. 11 Resolución 1016 de 1989.Para lograr buenos resultados en materia de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, elCONTRATISTA debe desarrollar las normas, procedimientos y estándares en SeguridadIndustrial y Salud Ocupacional para todos los procesos a ejecutar de acuerdo con el panorama deriesgos realizado por el CONTRATISTA y aprobado por DISPAC S.A ESP., los cuales deben serde conocimiento y aceptación de todo el personal CONTRATISTA de DISPAC S.A. ESP. ElCONTRATISTA debe entregar a cada grupo operativo un manual de estos procedimientos y/arealizar las acciones formativas necesarias para la divulgación e implementación.

El CONTRATISTA dentro de los estándares para asegurar condiciones óptimas de Salud Ocupacional,deberá asegurar la hidratación de los trabajadores suministrado lo elementos y líquidos que seanpertinentes. Igualmente para el desarrollo de las operaciones se debe cumplir con:

Permisos de trabajo. El CONTRATISTA debe asegurar que no se puede realizar unalabor de alto riesgo sin el respectivo permiso de trabajo autorizado por el personalcorrespondiente (coordinador seguridad industrial y salud ocupacional debidamentecalificado con licencia en salud ocupacional) en donde se debe tener en cuenta si elpersonal está capacitado para desarrollar la labor. También se obliga el CONTRATISTA acumplir los procedimientos de permiso de trabajo para las operaciones que determineDISPAC S.A ESP. Dentro de estas actividades se incluyen:

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1. 1. Trabajo en alturas2. 2. Intervención de redes y/o circuitos con riesgo eléctrico3. 3. Trabajos en espacios confinados4. 4. Ingreso a subestaciones para realizar actividades de revisión y/o mantenimiento.5. 5. Revisiones de instalaciones eléctricas (acometidas y medidores) de los usuarios.

Análisis de Riesgo por Oficio. Previo a la ejecución de los trabajos el responsable delgrupo operativo debe presentar un análisis de riesgos para actividades especiales que deacuerdo con el panorama de riesgos presentado por el CONTRATISTA y aprobado porDISPAC S.A. ESP. se encuentren clasificadas como operaciones críticas.

Análisis de riesgo en sitio. Antes de iniciar la actividad en el sitio de trabajo el grupooperativo deberá revisar en detalle los riesgo potenciales en cuanto a peligros y/ocondiciones inseguras elaborando un registro de estos aspectos y las medidas de controlque se van aplicar para mitigar y eliminar estos riesgos estos registros deben serpresentados al área de seguridad industrial del CONTRATISTA y el gestor del contratopor parte de DISPAC S.A ESP., podrá solicitarlos y evaluarlos en cualquier momento.

7. 7. Hojas de seguridad de materiales y productos. Art. 14 Resolución 1016 de 1989. ElCONTRATISTA debe mantener un registro actualizado de las materias primas y sustanciasquímicas utilizadas para el desarrollo de las actividades contratadas por DISPAC S.A. ESP.

El CONTRATISTA deberá entregar un listado de productos químicos que se van a utilizar así como unacopia de las hojas de seguridad (en español). El personal debe recibir capacitación en temas como elmanejo de sustancias químicas, almacenamiento, pictogramas y simbología de identificación.

8. 8. Señalización. Art. 11 Resolución 1016 de 1989. El CONTRATISTA debe delimitar y demarcarlas zonas de trabajo, zonas de almacenamiento, vías de circulación y señalización de salidas deemergencia de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

Los frentes de trabajo deben tener como mínimo la siguiente señalización:

Aislamiento y demarcación de toda el área. Señalización riesgo eléctrico Valla de señalización que incluya el nombre del CONTRATISTA, numero del contrato y

teléfono de emergencias.

La señalización debe estar diseñada de acuerdo con los colores de seguridad, contraste, formasgeométricas y significados determinados en las normas técnicas NTC 1461 y NTC 1931.

9. 9. Mantenimiento preventivo de maquinas, equipos y vehículos. Art. 11 Resolución 1016 de1989. El CONTRATISTA debe implementar los programas de mantenimiento preventivo demaquinas, equipos, herramientas, vehículos e instalaciones locativas.

Por lo anterior el contratista debe:

Garantizar la conservación planeada del buen estado de las maquinas, herramientas,equipos y materiales mediante inspecciones periódicas.

Efectuar revisiones preventivas de las maquinas, herramientas y equipos para evitar eldeterioro total y evitar su uso indebido previniendo incidentes que se conviertan enriesgos potenciales.

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1.4.1. PLAN DE EMERGENCIAS. Art. 11 Resolución 1016. Art. 234 Decreto 222 de 1993.

El CONTRATISTA debe elaborar un plan de emergencias orientado a preservar la vida e integralidad detodas las personas que por cualquier circunstancia estén relacionadas con las actividades de DISPAC S.A.ESP, incluyendo trabajadores, visitantes y comunidad. También deberán propender por preservar losbienes y activos de los daños que se les pueda causar como consecuencia de accidentes y catástrofes.

El CONTRATISTA debe considerar como mínimo:

Objetivos del plan de emergencia Identificación de riesgos Cronograma de actividades Realización de simulacros Formación sobre condiciones de emergencia a todo el personal Mapas y planos de ubicación de áreas Facilidades para evacuación parcial o total de los frentes de trabajo y de las instalaciones

temporales en cualquier momento. Facilidades y medios de rescate de personas ubicadas en cualquiera de los frentes de trabajo o

instalaciones temporales. Atención primeros auxilios Protocolos situación de emergencia. Conformación de brigadas de emergencia. Funciones de la brigada de emergencia. Conformación del comité de emergencias Establecer el procedimiento de actuación en caso de una emergencia Definir grupo de apoyo externo Diseño plan de evacuación Ubicación punto de encuentro Divulgación a todo el personal

El CONTRATISTA deberá establecer un cronograma en donde indique las fechas a realizar los simulacrosde emergencias y evacuación los cuales será mínimo un simulacro al año.

1.5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL. Art.4 Resolución 1016 de 1989.

El CONTRATISTA debe entregar a DISPAC S.A. ESP el cronograma incluyendo todas las actividades adesarrollar en los subprogramas de Medicina Preventiva, Medicina del trabajo, Higiene Industrial ySeguridad Industrial, el cual debe estar firmado por el representante legal y el encargado del mismo.

1.6. PROGRAMA DE INDUCCION Y MOTIVACION Decreto 614 de 1984. Resolución 1016 de1989

El CONTRATISTA debe diseñar un programa de inducción en Seguridad Industrial y Salud Ocupacionalpara dar un conocimiento global de las políticas, reglamentos, responsabilidades y compromisos queadquiere el trabajador al momento de su ingreso y debe ser aprobado por DISPAC S.A. ESP.

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El CONTRATISTA debe formular e implementar esquemas de motivación al personal que propenda por elcumplimiento de la normatividad en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, dejando evidencias quepermitan verificar el cumplimiento. Las bonificaciones por el cumplimiento de los requisitos en SeguridadIndustrial y Salud Ocupacional según Anexo No. 2 (Esquema de bonificaciones y descuentos en la gestiónde Salud Ocupacional y Seguridad Industrial), que sean acreditadas por DISPAC S.A ESP., para elCONTRATISTA deben ser proporcionalmente transferidas a los empleados.

1.7. PROGRAMA DE CAPACITACION Y ENTRENAMIENTO. Art. 84 Ley 9 de 1979

El CONTRATISTA debe establecer un programa de capacitación y entrenamiento para todo el personalque labora para los contratos con DISPAC S.A. ESP.

1.8. EVALUACION. Art. 15 Resolución 1016 de 1989.

El CONTRATISTA entregara mensualmente a DISPAC S.A. ESP los indicadores de cumplimiento delPrograma de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial de acuerdo al cronograma de actividades, asícomo también las entidades competentes de vigilancia y control podrán realizar la verificación delcumplimiento. Las entregas mensuales se acordaran con el gestor del respectivo contrato o servicio de talforma que exista un periodo de ajuste o adecuación del CONTRATISTA a los requerimientos consignadosen el presente manual.

2. REUNIÓN PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES

Previo a la iniciación de actividades, el personal directivo y de supervisión de EL CONTRATISTAparticipará en una reunión de inducción en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional organizada porDISPAC S.A. ESP. La reunión de inducción tendrá por objeto reafirmar el conocimiento y compromiso conla gestión en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional por parte de EL CONTRATISTA, con la siguienteagenda general:

Política Seguridad Industrial y Salud Ocupacional de DISPAC S.A. ESP.

Características del proyecto o servicio y sus riesgos.

Verificación de procedimientos, normas directrices, controles operacionales que ha establecido elCONTRATISTA para la realización de las actividades. En caso que DISPAC S.A. ESP, dispongade procedimientos específicos para la realización de una actividad también serán entregados.

Consideraciones legales.

Aclaración de dudas respecto a aspectos de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional.

2.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

El contratista, sus trabajadores y proveedores deben:

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Cumplir con las normas Seguridad Industrial y Salud Ocupacional que tenga establecidas DISPACS.A. ESP. en los sitios de trabajo, para lo cual deberán acatar estrictamente lo establecido en elpresente manual, así como las órdenes e instrucciones que para tales efectos le sean dadas porDISPAC S.A. ESP. o sus representantes y las recomendaciones que sobre el particular estánestablecidas en la legislación pertinente.

Usar permanentemente y de manera correcta los elementos de protección personal y demásdispositivos para la prevención y control de los riesgos profesionales, cuidar de su conservación ymantener el orden y aseo en los lugares de trabajo.

Informar inmediatamente, al gestor del contrato por parte de DISPAC S.A. ESP o susrepresentantes, de cualquier riesgo o peligro que se encuentre en las instalaciones de DISPACS.A. ESP. o en el sitio de trabajo.

No introducir bebidas alcohólicas u otras sustancias no autorizadas en los sitios de trabajo.

No fumar ni encender fuego (encendedores, cerillas), dentro de las instalaciones de DISPAC S.A.ESP.

No portar armas de fuego en los sitios de trabajo (sólo personal autorizado, vigilancia).

Abstenerse de operar, sin la debida autorización, maquinaria, equipos y herramientas depropiedad de DISPAC S.A. ESP. Toda intervención a equipos o maquinaria de propiedad deDISPAC S.A. ESP., sin el respectivo permiso de trabajo, será considerado acto de SABOTAJE ycausal de penalización.

Asegurar el cumplimiento de todos los controles operacionales definidos por DISPAC S.A. ESP.para la labor a contratar.

El representante legal del CONTRATISTA, o un representante debidamente autorizado, deberáparticipar activamente de las reuniones mensuales programadas por DISPAC S.A. ESP., pararevisar estadísticas de accidentalidad y Gestión Seguridad Industrial y Salud Ocupacional decontratistas.

Cumplir con las instrucciones y procedimientos de trabajo establecidos por DISPAC S.A. ESP., en el áreaque le aplique:

Instrucción de trabajo para trabajos eléctrico Instrucción de trabajo para trabajos en altura Instrucción de trabajo para espacios confinados Instrucción de trabajo Señalización de áreas Instrucción de trabajo para levantamiento de cargas Instructivo para desarrollar procedimientos de evacuación médica MEDEVAC Instructivo para transporte de mercancías peligrosas Instructivo para transporte de personal Instructivo para almacenamiento de equipos y herramientas Instructivo de bodegaje y almacenamientos de materiales Plan de emergencias

En caso de desarrollar nuevas instrucciones, DISPAC S.A. ESP. Las entregará al CONTRATISTA demanera oportuna.

2.2. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA.

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2.2.1. Responsabilidades Generales

El CONTRATISTA es responsable de todos los trabajadores, proveedores y subcontratistas que trabajenpara él. Está obligado a explicarles debidamente las instrucciones que reciba y hacerlas cumplir fielmente.

De otra parte, el CONTRATISTA es responsable de cumplir y hacer cumplir por sus trabajadores todas lasdisposiciones de este manual y las demás que en materia de Seguridad Industrial y Salud Ocupacionalfueren de aplicación obligatoria en los lugares de trabajo.

El CONTRATISTA también es responsable por las lesiones o daños que se presenten en tercerosincluidos los bienes materiales

En concordancia con el Artículo 84 de la Ley 9a. de 1979 del Código Sustantivo del Trabajo y demásdisposiciones complementarias, se tendrán las siguientes responsabilidades:

Responder por la ejecución del programa de Salud Ocupacional.

Contribuir a todo lo que conlleva a desarrollar el programa y ser partícipe activo de éste.

Comprobar ante las autoridades competentes de Salud Ocupacional que cumple con las normasdel programa para la protección de los trabajadores.

Permitir y promover la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional yauspiciar su participación en el desarrollo del programa.

Notificar obligatoriamente a las autoridades competentes los accidentes de trabajo y lasenfermedades profesionales que se presenten.

Informar a los trabajadores sobre los riesgos a los cuales estarán sometidos, posibles efectos enla salud y las medidas correctivas.

Facilitar a los trabajadores la asistencia cursos de capacitación y programas educativos querealice DISPAC S.A. ESP. u otras entidades competentes para la prevención y control de riesgos yenfermedades profesionales.

Permitir que los representantes de los trabajadores participen en las visitas de inspección einvestigación de accidentes que practican las autoridades competentes en los sitios de trabajo.

Presentar a los representantes de Salud Ocupacional de DISPAC S.A. ESP., los informes,registros, actas y documentos relacionados con Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.

Designar sus representantes al Comité Paritario y nombrar el presidente del mismo.

Estudiar las recomendaciones emanadas del comité y determinar la adopción de las medidas másconvenientes e informarle sobre las decisiones tomadas al respecto.

Establecer una política ambiental, garantizando que se que se conozcan y alcancen sus objetivosy metas, asignando los recursos materiales y económicos para su implementación y revisandoperiódicamente el desarrollo la Política.

Revisar y aprobar los estudios de aspectos significativos, objetivos, metas y programas deadministración ambiental.

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DOCUMENTOS RELACIONADOS y ANEXOS

Relacionados :

RECURSOS

REQUISITOS LEGALES Y REGLAMENTARIOSA continuación se presentan las normas jurídicas y técnicas de mayor aplicación, vigentes que soportan losrequerimientos en seguridad Industrial y salud ocupacional que se constituyen en requisitos de estrictocumplimiento durante la ejecución de obras, servicios y realización de cualquier actividad al interior deDISPAC S.A ESP., constituyéndose en parte integral del manual de Seguridad Industrial y SaludOcupacional para contratistas de DISPAC S.A. ESP.

Todo CONTRATISTA debe dar estricto cumplimiento a la legislación sobre Seguridad Industrial y SaludOcupacional adicionales a las descritas a continuación; que estén vigentes y apliquen en la realización delas actividades contratadas.

TIPO DENORMA AÑO ENTIDAD DESCRIPCIÓN

Ley 9 Título III 1979 Congreso de laRepública

Establece las normas para preservar, conservar y mejorar lasalud de los individuos en sus ocupaciones.

Resolución2400 1979

Ministerio deTrabajo y SeguridadSocial.

Establece algunas disposiciones sobre vivienda, higiene yseguridad en los establecimientos de trabajo.

Decreto 614 1984Ministerio deTrabajo y SeguridadSocial.

Por el cual se determinan las bases para la organización yadministración de Salud Ocupacional en el país

Resolución2013 1986

Ministerio deTrabajo y SeguridadSocial.

Reglamenta la organización y funcionamiento de los Comitésde Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares detrabajo.

Resolución1016 1989

Ministerio deTrabajo y SeguridadSocial.

Reglamenta la organización, funcionamiento y forma de losprogramas de Salud Ocupacional que deben desarrollar lospatronos o empleados del país.

Resolución1792 1990

Ministerio deTrabajo y SeguridadSocial.

Valores límites permisibles para la exposición ocupacional alruido

Ley 100 1993 Congreso de laRepública

Crea e implementa el Nuevo Sistema de Seguridad SocialIntegral.

Ley 55 1993 Congreso de laRepública Manejo de sustancias químicas

Decreto ley1295 1994 Ministerio de

Gobierno.Determina la organización y administración del SistemaGeneral de Riesgos Profesionales.

Decreto 1772 1994Ministerio deTrabajo y SeguridadSocial.

Afiliación al sistema General de riesgos Profesionales.

Ley 776 2002 Congreso de laRepública

Por la cual se dictan normas sobre la organización,administración y prestaciones del Sistema General deRiesgos Profesionales.

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Decreto 1607 2002Ministerio deTrabajo y SeguridadSocial.

Por el cual modifica la Tabla de Clasificación de ActividadesEconómicas para el Sistema General de RiesgosProfesionales y se dictan otras disposiciones

Decreto 2800 2003 Ministerio deProtección Social.

Afiliación a riesgos profesionales de contratistas ytrabajadores independientes.

Resolución1401 2007 Ministerio de

Protección Social.Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes yaccidentes de trabajo.

Resolución3673

2008 Ministerio deProtección Social.

Por la cual se establece el Reglamento Técnico de TrabajoSeguro en Alturas.

Resolución736 de 2009 Ministerio de

Protección SocialPor la cual se modifica la Resolución 3673 de 2008 y sedictan otras disposiciones.

Resolución2291 2010 Ministerio de

Protección Social

Por la cual se amplía el plazo establecido en el artículo 4 deLa Resolución 000736 de 2009 y se dictan otrasdisposiciones

Circular 070 2009 Ministerio deProtección Social Procedimientos e instrucciones para trabajo en alturas.

Resolución1486 2009 Dirección General

del SENA

Se establecen los lineamientos para el cumplimiento de laResolución 736 de 2009 expedida por el Ministerio de laProtección Social, sobre trabajo seguro en alturas.

Resolución1938 2009 Dirección General

del SENAPor la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 1486 de2009.

RETIE 2008 Ministerio de Minasy Energía. Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas

RETILAP 2009Ministerio de Minasy Energía. Reglamento Técnico de Alumbrado Publico

Resolución1075 1992 Ministerio de

Protección SocialPor la cual se reglamentan actividades en materia de SaludOcupacional

Resolución2346 2007 Ministerio de

Protección SocialPor la cual se regula la practica de evaluaciones medicas yel manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales

Ley 789 2002 Ministerio deProtección Social

Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliarla protección social y se modifican algunos artículos delcódigo sustantivo del trabajo

CircularUnificada 2004 Ministerio de

Protección SocialPor la cual se dictan normas para vigilancia, control yadministración del sistema general de riesgos profesionales

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GTC 45Instituto de NormasTécnicasColombiana

Guía para el diagnostico de condiciones de trabajo y/opanoramas de riesgo

NTC 5254

Instituto de NormasTécnicasColombiana Por la cual se dictan normas para la gestión del riesgo