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 REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO DE EDUCACION MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN FEBRERO 2006

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  • REPUBLICA DE PANAMA

    MINISTERIO DE EDUCACION

    MANUAL DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES DEL

    MINISTERIO DE EDUCACIN

    FEBRERO 2006

  • DESPACHO SUPERIOR

    MIGUEL NGEL CAIZALES Ministro

    ZONIA G. DE SMITH Viceministra

    SONIA C. DE SUAREZ Secretaria General

    DIRECCIN NACIONAL DE FINANZAS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL

    JORGE E. RUIZ G. Director

    DEPARTAMENTO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

    VICENTE SALAZAR B. Jefe Encargado

    LUZMILA BARBA DE TEJEIRA Analista

  • I. ESTRATIFICACIN DE LOS NIVELES ESTRUCTURALES La estructura organizativa en los siguientes niveles estructurales:

    a. Nivel poltico y directivo: Establecida a travs de una conformacin jurdica en donde se norma, seala y exige el cumplimiento de las polticas, objetivos, estrategias, planes, programas y leyes de la entidad, adems de ejercer la orientacin, direccin de la entidad y delegacin de facultades. Lo integran el Despacho Superior.

    b. Nivel de coordinacin, asesora y control: En este nivel se ubican las unidades administrativas que tienen como funciones principales propiciar y lograr la interrelacin de las labores y actividades que ejecuta la institucin en bsqueda de un logro y objetivo comn, procurando que el desarrollo de esas actividades se cumpla en forma armoniosa, ordenada y racional. Igualmente, aquellas unidades administrativas que ejercen orientacin, aclaran, aconsejan, proponen y recomiendan, acciones a seguir a cualquier unidad administrativa que conforman la dependencia a fin de conseguir los fines adscritos a la institucin. Aqu se ubican las siguientes oficinas: Comisin Coordinadora de la Educacin, Secretara General, Direccin Nacional de Educacin Comunitaria y Padres de Familia, Direccin de Cooperacin Internacional y Oficina de Protocolo, la Direccin Nacional de Asesora Legal, la Direccin Nacional de Informacin y Relaciones Pblicas, la Oficina de Asistencia Ejecutiva y la Direccin Ejecutiva de Programas Especiales.

    c. Nivel de fiscalizacin: Se incluye en este nivel todas aquellas unidades administrativas que desarrollan actividades de fiscalizacin y control de todos los actos de manejo de fondos y otros bienes pblicos a nivel interno de la institucin, a fin de que se realicen correctamente. Aqu se encuentran las oficinas de: Direccin de Auditoria Interna y la Oficina de Fiscalizacin de la Contralora en el Ministerio.

    d. Nivel tcnico y de apoyo: Se incluyen en este nivel, las unidades administrativas de las cuales la organizacin procura la disposicin y administracin de recursos humanos, materiales, financieros, estructurales y que adems prestan a la misma los servicios indispensables para el desarrollo de actividades, programas y funciones encomendadas y asignadas a cada unidad administrativa o en su conjunto. Se incluyen tambin, las unidades administrativas que desarrollan actividades relacionadas con investigaciones en reas especficas; diseo de metodologa,

  • normas y estndares aplicables a los procesos de trabajo de las unidades de lnea (para que ajusten sus actividades a las novedades cientficas en los aspectos de produccin y gestin) y de las unidades de apoyo con la debida coordinacin con los organismos rectores de los Sistemas Administrativos. Se encuentran en este nivel las siguientes unidades administrativas: Programa de Banco Mundial ME, Oficina Ejecutora del Proyecto de Desarrollo Educativo (PRODE), Direccin Nacional de Nutricin y Salud Escolar, Direccin Nacional de Administracin, Direccin Nacional de Educacin Preventiva Integral, Direccin Nacional de Recursos Humanos, TV Educativa Canal Once y la Direccin Nacional de Ingeniera y Arquitectura. Tambin se encuentran las unidades que ejercen este rol en el Ministerio de Educacin son: Direccin Nacional de Finanzas y Desarrollo Institucional, Direccin Nacional de Planeamiento Educativo, Direccin Nacional de Currculo y Tecnologa Educativa, Direccin Nacional de Derecho de Autor, Direccin Nacional de Informtica Educativa, Direccin Nacional de Evaluacin Educativa, Direccin de Asuntos Estudiantiles, Direccin Nacional de Formacin y Perfeccionamiento Profesional, Direccin Nacional de Orientacin Educativa y Profesional, Direccin Nacional de Ambiental y Direccin Nacional de Educacin Servicios Psicoeducativos.

    e. Nivel operativo: Agrupa las unidades administrativas que dentro de las instituciones hacen posible alcanzar los objetivos institucionales y gubernamentales en pro del beneficio de la comunidad en general, son unidades fines, fundamentales en la institucin. Son las responsables directas ante el Nivel Poltico y Directivo de planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades sustantivas institucionales dirigidas al logro y xito de los objetivos de la institucin con productos de alta calidad y costos aceptables. En este nivel se ubican la Direccin General y sus dependencias.

    f. Nivel ejecutor: Es el nivel ms amplio e importante de la institucin ya que en l se identifican las unidades administrativas responsables de lograr con xito o no, la satisfaccin de la demanda. Sobre este nivel recae la responsabilidad de elaborar y procesar el producto final que se presenta a la comunidad a la cual sirve la entidad. Las unidades que componen este nivel son las Direcciones Regionales y Centros Educativos, escenario vital donde se desarrolla la enseanza aprendizaje.

  • II. BASE LEGAL Ley N 84 de 1 de julio de 1941, por la cual se fija el nmero y la

    denominacin de los Ministros de Estado. Ley N 47 de 24 de septiembre de 1946. Orgnica de Educacin. Ley N 12 de 7 de febrero de 1956, por la cual se crea la Direccin de

    Personal en el Ministerio de Educacin y se modifican algunos artculos de la Ley N 47 de 24 de septiembre de 1946.

    Ley N 82 de 29 de noviembre de 1963, por la cual se reforman los artculos

    1, 2, 3, 4, 5, 8, 10, 13, 16, 17, 18, 25, 26 y 27 de la Ley 12 de 1956 y se adiciona un artculo nuevo a esta ley, se modifica el artculo 14 de la Ley 23 de 1958 y se reforman los artculos 114, 155, 156, 157 y 180 de la Ley 47 de 1946 Orgnica de Educacin.

    Ley N 46 de 20 de noviembre de 1979, por la cual se deroga la Reforma

    Educativa y se toman otras medidas. Ley N 2 del 28 enero de 1992, que establece la enseanza de la

    Informtica en la Educacin Formal y No Formal en todos los Centros Educativos del pas.

    Ley N 15 del 8 de agosto de 1994, mediante la cual se crea la Direccin

    General de Derecho de Autor. Ley N 34 de 6 de julio de 1995 Por la cual se derogan, modifican,

    adicionan y subrogan, artculos de la Ley 47 de 1946, Orgnica de la Educacin.

    Ley N 49 de 18 de septiembre de 2002; que modifica artculos del Decreto

    de Gabinete N 168 de 1971, sobre el Seguro Educativo, modificado por las Leyes 13 y 16 de 1987, y dicta otras disposiciones.

    Ley N 50 de 1 de noviembre de 2002; que modifica, subroga y adiciona

    artculos a la Ley 47 de 1946, Orgnica de Educacin, y dicta otras disposiciones.

    Decreto N 238 del 31 de enero de 1942, mediante el cual se crea la

    Biblioteca Nacional. Decreto N 26 de 16 de enero de 1954, por el cual se fijan atribuciones al

    Jefe de la Seccin de Educacin Particular y se reglamenta el funcionamiento de las escuelas y colegios particulares.

    Decreto N 100 de 14 de febrero de 1957, por el cual se sealan funciones

    a la Direccin General de Educacin, Seccin de Educacin Primaria, Secundaria y Particular, Supervisores de Educacin Secundaria:

  • Inspectores de Educacin Primaria; Directores de Escuelas Primarias y Secundaria; Profesores y Maestros.

    Decreto N 476 de 22 de agosto de 1967; por el cual se crea el Centro de Impresin Educativa y se designa el Director del mismo.

    Decreto de Gabinete N 316 de 17 de septiembre de 1969, por el cual se

    crean y eliminan algunos cargos en el presupuesto del Ministerio de Educacin.

    Decreto N 438 de 8 de noviembre de 1974, por el cual se crea la Direccin

    Nacional para la Educacin Cientfica y Tecnolgica. Decreto N 13 de 17 de febrero de 1975, por el cual se crea la Direccin

    Currculo y Tecnologa Educativa. Decreto N 2 de 14 febrero de 1977, por el cual se crea la Direccin

    General de Ingeniera y Arquitectura. Decreto N 19 de 5 de abril de 1978, por el cual se crea la Direccin

    Nacional de Tcnica Docente. Decreto N 217 de diciembre de 1979, por el cual se desarrolla la Ley N 46

    de 1979. Comisin Coordinadora de la Educacin Nacional. Decreto N 110 de 4 julio de 1988; por el cual se crea la Direccin de

    Educacin Inicial en el Ministerio de Educacin. Decreto Ejecutivo N 112 del 18 de abril de 1996, por medio del cual se

    crea la Direccin Nacional de Educacin Comunitaria y Padres de Familia en el Ministerio de Educacin y se le asignan funciones.

    Decreto N 168 de 28 de junio de 1991; por el cual se crea el Consejo

    Nacional de Educacin. Decreto N 69 del 17 de mayo de 1991, por el cual se crea la Oficina de

    Educacin en Poblacin del Ministerio de Educacin. Decreto N 577 del 5 de noviembre de 1992, por el cual se organiza la

    Direccin Nacional de Planeamiento Educativo en el Ministerio de Educacin y se seala su estructura y funciones.

    Decreto N 232 del 29 de agosto de 1995, por medio del cual se organiza la

    Comisin Coordinadora de la Educacin Nacional. Decreto N 233 de 1 de septiembre de 1995, por el cual se crea la Oficina

    de Asuntos de la Mujer en el Ministerio de Educacin. Decreto Ejecutivo N 108 del 17 de abril de 1996, por la cual se crea la

    Direccin Regional de Educacin de Panam Este y se le asigna funciones.

  • Decreto N 202 de 27 de septiembre de 1996; por el cual se crea la Direccin Nacional de Servicios Psicoeducativos.

    Decreto N 139 de 13 de agosto de 1997; por medio del cual se crea el

    Centro de Atencin Educativo a Menores en Circunstancia Especialmente Difciles.

    Decreto N 141 de 4 de septiembre de 1997; por el cual se crean las

    Regiones Escolares de Bocas del Toro, Cocl, Coln Chiriqu, Darin, Herrera, Los Santos, Panam Centro Panam Este, Panam Oeste, San Blas, San Miguelito y Veraguas; las respectivas Direcciones Regionales de Educacin y se dictan otras disposiciones.

    Decreto N 202 de 27 de septiembre de 1996; por medio del cual se crea la

    Direccin Nacional de los Servicios Psicoeducativos en el Ministerio de Educacin.

    Decreto N 161 de 6 de octubre de 1997; por el cual se crean los

    Departamentos de la Direccin Nacional de Coordinacin del Tercer Nivel de Enseanza o Superior.

    Decreto N 18 de 11 de febrero de 1998; por medio del cual se establecen

    los Objetivos y Funciones de la Direccin Nacional de Asesora Legal del Ministerio de Educacin.

    Decreto N 32 de 19 de marzo de 1998; por el cual se crea la Oficina

    Ejecutora del Proyecto de Desarrollo Educativo del Ministerio de Educacin. Decreto N 94 de 25 de mayo de 1998; por el cual se crea la Unidad de

    Coordinacin Tcnica para la ejecucin de los Programas Especiales en las reas Indgenas.

    Decreto N 113 de 22 de junio de 1998; por el cual se reglamenta la

    organizacin y funcionamiento de la Comisin Coordinadora de Educacin Nacional.

    Decreto Ejecutivo N 465 de 14 de noviembre de 2001; por el cual se

    reorganiza y se reglamenta el Centro de Arte y Cultura del Ministerio de Educacin.

    Decreto Ejecutivo N 423 de 23 de agosto de 2002; por el cual se crea la

    Direccin Nacional de Evaluacin Educativa en el Ministerio de Educacin y se deroga el Decreto Ejecutivo N 157 de 13 de agosto de 1999.

    Decreto Ejecutivo N 238 de 11 de junio de 2003; por el cual se reglamenta

    el Fondo de Equidad y Calidad de la Educacin FECE. Decreto Ejecutivo N 346 de 3 de julio de 2003; por el cual se reglamenta el

    proceso de seleccin de la Comunidad Educativa Escolar, el perfil y el perodo de vigencia de sus integrantes.

  • Decreto Ejecutivo N 348 de 3 de julio de 2003; por el cual se reglamenta el

    proceso de seleccin de los representantes de los educadores y de las Asociaciones de Padres y Madres de Familia ante las Comisiones Regionales de Seleccin de Personal Docente del Ministerio de Educacin.

    Decreto Ejecutivo N 351 de 9 de julio de 2003; por el cual se crean cinco

    (5) Comisiones Regionales de Seleccin de Personal Docente y se dictan otras disposiciones.

    Decreto Ejecutivo N 405 de 31 de julio de 2003; por el cual se crea dentro

    de la modalidad educativa no formal, el programa denominado Telebsica de Panam en el Ministerio de Educacin y se deroga el Decreto Ejecutivo N 38 de 5 de marzo de 1997.

    Decreto Ejecutivo N 3 de 21 de enero de 2004; por el cual se crea la

    Direccin Nacional de Informtica Educativa en el Ministerio de Educacin y se le asignan funciones.

    Resuelto N 2059 de 27 de diciembre de 1984; que crea la Secretara

    General del Ministerio de Educacin. Resuelto N 931 de 3 de junio de 1985; que crea la Oficina de Desarrollo

    Institucional. Resuelto N 1992 de 21 de noviembre de 1985; que establece las

    atribuciones del Director de Personal. Resuelto N 32-A de 15 de enero de 1986; que crea la Direccin de

    Educacin Profesional y Tcnica. Resuelto N 117 de 4 febrero de 1986; se adscribe el Teatro Estudiantil

    Panameo, bajo dependencia de la Oficina de Asuntos Estudiantiles. Resuelto N 871 de 2 de junio de 1986; que crea la Oficina de Asuntos

    Estudiantiles. Resuelto N 872 de 2 de junio de 1986; que crea la Direccin de Nutricin y

    Salud Escolar. Resuelto N 893 del 4 de junio de 1986, se crea el Departamento de

    Proveedura (Almacenes de Mantenimiento y Albrook Field) y se adscribe a la Direccin de Administracin.

    Resuelto N 1874 del 23 de octubre de 1986, mediante el cual se crea el

    Departamento de Servicios Generales. Resuelto N 1688 del 8 de septiembre de 1987; mediante el cual se excluye

    de la Direccin de Administracin el Almacn de Mantenimiento.

  • Resuelto N 148 del 28 de enero de 1987; mediante la cual se crea la Oficina de Cooperacin Internacional.

    Resuelto N 169 de 3 de febrero de 1987; establece la denominacin de la

    Oficina de Estadstica y Documentacin. Resuelto N 23 de 7 de enero de 1988; que asigna funciones a la

    Secretara General. Resuelto N 1195 del 9 de mayo de 1990; mediante el cual se crea la

    Oficina Ejecutora MINEDUC-BID, del Programa de Alfabetizacin y capacitacin laboral en las reas Marginadas.

    Resuelto N 452 del 3 de marzo de 1993, por el se crea el Departamento de

    Informtica Educativa bajo la dependencia de la Direccin Nacional de Planeamiento Educativo del Ministerio de Educacin.

    Resuelto N 17 de marzo de 1991; que adscribe los Departamentos de

    Planillas y Pagos a la direccin Administrativa. Resuelto N 758 de 31 de marzo de 1992; mediante el cual se crea el

    Departamento de Investigacin y Diagnstico del Aprendizaje.

    Resuelto N 2333 del 31 de agosto de 1993, mediante el cual se Reestructura la Organizacin Administrativa de la Direccin de Personal.

    Resuelto N 136 del 8 de marzo de 1995; mediante el cual se crea la

    Oficina de la UNESCO. Resuelto N 183 de 31 de marzo de 1995; mediante el cual se crea la

    Direccin Ejecutiva de Programas Especiales. Resuelto N 246 de 27 de marzo de 1998; por el cual se adscriben las

    Oficinas de Auditoria Interna Regionales a la Oficina de Auditoria Interna del Ministerio de Educacin.

    Resuelto N 768 de 1 de julio de 1997; por medio del cual se reestructura la

    organizacin del Ministerio de Educacin. Resuelto N 3173 de 20 de diciembre de 1994; por medio del cual se crea

    la Direccin Nacional de Programacin Financiera y Desarrollo Institucional. Resuelto N 1688 de 8 de septiembre de 1987; determina que los Almacn

    de Albrook depender del Departamento de Compras. Resuelto N 1038 de 8 de julio de 1988; se le asigna a la Oficina de

    Asesora Legal, actividades de manejo y control de los contratos administrativos y del personal docente nacional y extranjero.

  • Resuelto N 504 de 4 de mayo de 1999; por medio del cual se modifica la denominacin del Departamento de Programacin y Evaluacin Presupuestaria que funciona en el Ministerio de Educacin y el puesto de la clase ocupacional del Jefe de esta Unidad Administrativa.

    Resuelto N 367 de 2 de marzo de 2001; que adiciona a la estructura

    interna del Despacho Superior, las actividades del Centro de Arte y Cultura y el Teatro Estudiantil Panameo.

    Resuelto N 190 de 29 de marzo de 2001; que adscribe la administracin

    del Fondo Agropecuario al Despacho Superior. Resuelto N 554 de 6 de junio de 2001; por el cual se deroga el Resuelto N

    114 de 19 de junio de 2001. Resuelto N 634 de 14 de mayo de 2003; que crea la Unidad de Idiomas y

    la adscribe a la Direccin General. Resuelto N 1851 de 29 de septiembre de 2003; que modifica el artculo 1

    del Resuelto N 634 de 14 de mayo de 2003. Resuelto N 824 de 4 de junio de 2003, que adscribe el Centro de

    Almacenaje a la Direccin Administrativa. Resuelto N 2005 de 1 de octubre de 2004, que adscribe el Departamento

    de Compras a la Direccin Nacional de Administracin. Resuelto N 815 de 8 de junio de 2005, que le asigna responsabilidades al

    Departamento de Servicios Generales. III. MISIN DEL MINISTERIO DE EDUCACION Convertir la educacin en el instrumento fundamental del desarrollo

    humano, de la prosperidad, de la equidad de oportunidades y de la movilidad social, por medio del cual se impulsar el desarrollo sostenible, en trminos productivos, econmicos y sociales, en la Repblica de Panam.

    IV. OBJETIVO DEL MINISTERIO DE EDUCACIN Conducir el desarrollo de la poltica educativa del pas a partir de un proceso

    de modernizacin que permita garantizar la articulacin del sistema educativo, as como, alcanzar niveles crecientes de calidad y equidad con el propsito de propulsar el desarrollo armnico e integral del educando dentro de la convivencia social, en el aspecto fsico, intelectual, moral, tico y cvico, de manera que se procure su capacitacin para el trabajo til en inters propio y en beneficio colectivo.

    V. FUNCIONES PRINCIPALES DEL MINISTERIO DE EDUCACIN

  • - Establecer, organizar, ejecutar y supervisar las actividades relacionadas con

    los diferentes niveles educativos, a travs del planeamiento, conjuntamente con las instituciones vinculadas al sector.

    - Impulsar un proceso de modernizacin de la educacin con sentido

    participativo, concertado, integral, progresivo y con visin de futuro, de modo que se logren articulaciones mltiples entre la educacin y la sociedad.

    - Reforzar el modelo pedaggico y administrativo de los centros educativos,

    para alcanzar niveles crecientes de equidad y calidad de la educacin, mejorar los ambientes de aprendizajes y asegurar el xito de todos los que aprenden.

    - Dar respuesta a los objetivos que en esa materia educativa emanan de las

    polticas establecida por el rgano Ejecutivo, a excepcin de aquellas que la Ley pone al cuidado de otros rganos gubernamentales.

    VI. SECTOR A QUE PERTENECE LA INSTITUCIN EDUCATIVA Educacin y Cultura. VII. RELACIONES DE COORDINACIN DEL MINISTERIO DE EDUCACIN Intersectoriales: Universidad de Panam, Universidad Tecnolgica de Panam, Instituto para la Formacin y Aprovechamiento de los Recursos Humanos, Instituto Panameo de Habilitacin Especial, Instituto Nacional de Cultura, Instituto Nacional de Deporte, Instituto Nacional de Formacin Profesional, Consejo Nacional de Educacin Superior, Centro de Estudios Superior. Sociedad Civil vinculada a la Educacin: Organizaciones docentes, confederaciones de Padres de Familia y Asociaciones Estudiantiles. VIII. RGIMEN ADMINISTRATIVO: La Estructura Administrativa del Sistema Educativo se compone de los siguientes niveles: Nivel Central: Est conformado por las unidades administrativas

    ubicadas en la Sede del Ministerio. A estas instancias les compete dirigir las polticas, estrategias y fines de la educacin, de manera que se cumplan los proyectos constitucionales.

    Nivel Regional:

    Comprende las instancias administrativas regionales. Le compete velar por la implementacin, supervisin y coordinacin de las acciones educativas en las regiones escolares.

  • Nivel Local o

    Institucional: Comprende los Centros Escolares y proyectos educativos. Le compete la ejecucin de las polticas y estrategias tendientes a lograr los fines y objetivos de la educacin.

    IX. UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIN:

  • MINISTERIO DE EDUCACIN MANUAL DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES

    DIRECCIN NACIONAL DE FINANZAS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

    i

    INDICE

    Contenido

    Pg.

    Introduccin .................................................................................................. iii I. Estratificacin de los niveles estructurales ........................................... 1 II. Base Legal ........................................................................................... 3 III. Misin del Ministerio de Educacin ...................................................... 8 IV. Objetivo del Ministerio de Educacin ................................................... 9 V. Funciones principales del Ministerio de Educacin .............................. 9 VI. Sector a que pertenece la Institucin Educativa ................................... 9 VII. Relaciones de Coordinacin del Ministerio de Educacin .................... 9 VIII. Rgimen Administrativo ........................................................................ 10 IX. Unidades Administrativas del Ministerio de Educacin ........................ 10 1. Comisin Coordinadora de la Educacin ....................................... 11 2. Secretara General ........................................................................ 14 3. Oficina de Asuntos de la Mujer ....................................................... 18 4. Direccin Nacional de Educacin Comunitaria y Padres de Familia 21 5. Direccin de Cooperacin Internacional ......................................... 25 6. Oficina de Protocolo ....................................................................... 29 7. Direccin Nacional de Asesora Legal ............................................ 31 8. Direccin Nacional de Informacin y Relaciones Pblicas ............. 35 9. Oficina de Asistencia Ejecutiva ....................................................... 38 10. Direccin Ejecutiva de Programas Especiales ............................... 40 11. Direccin de Auditoria Interna ........................................................ 43 12. Programa de Educacin Bsica (Banco Mundial - ME) .................. 46 13. Oficina Ejecutora del Proyecto de Desarrollo Educativo PRODE .. 51 14. Direccin Nacional de Nutricin y Salud Escolar ............................ 61 15. Direccin Nacional de Administracin ............................................ 65 16. Oficina de Administracin del FECE 84 17. Direccin Nacional de Educacin Preventiva Integral (Uso

    indebido de drogas) ........................................................................

    88 18. Direccin Nacional de Recursos Humanos .................................... 91 19. Direccin Nacional de Ingeniera y Arquitectura ............................. 103 20. Direccin Nacional de Finanzas y Desarrollo Institucional ............. 112 21. Direccin Nacional de Planeamiento Educativo ............................. 131 22. Direccin Nacional de Currculo y Tecnologa Educativa ............... 141 23. Direccin Nacional de Derecho de Autor ........................................ 152 24. Direccin Nacional de Informtica Educativa ................................. 156 25. Direccin Nacional de Evaluacin Educativa ................................. 168 26. Direccin de Asuntos Estudiantiles ................................................ 171

  • MINISTERIO DE EDUCACIN MANUAL DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES

    DIRECCIN NACIONAL DE FINANZAS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

    ii

    Contenido

    Pg.

    27. Direccin Nacional de Formacin y Perfeccionamiento Profesional .....................................................................................

    174

    28. Direccin Nacional de Orientacin Educativa y Profesional ........... 178 29. Direccin Nacional de Educacin Ambiental .................................. 181 30. Direccin Nacional de Servicios Psicoeducativos .......................... 185 31. Direccin General de Educacin .................................................... 193 31.1. Direccin Nacional de Educacin Inicial .............................. 198 31.2. Direccin Nacional de Educacin Bsica General .............. 203 31.3. Direccin Nacional de Educacin Media Acadmica .......... 208 31.4. Direccin Nacional de Educacin Media Profesional y

    Tcnica ............................................................................... 213

    31.5. Oficina de Educacin en Poblacin y Desarrollo Humano 218 31.6. Direccin Nacional de Educacin Particular ........................ 222 31.7. Direccin Nacional de Educacin Especial ........................ 226 31.8. Direccin Nacional de Educacin de Jvenes y Adultos ..... 230 31.9. Unidad de Coordinacin Tcnica para la Ejecucin de

    Programas Especiales en las reas Indgenas ..................

    233 31.10 Unidad de Idiomas ............................................................. 236 31.11. Direccin Nacional de Coordinacin del Tercer Nivel de

    Enseanza o Superior .......................................................

    239 31.12. Centro de Arte y Cultura .................................................... 243

    32. Direcciones Regionales de Educacin ........................................... 246 X. Anexos 1. Estructura Organizativa Funcional .................................................. 252 2. Base Legal de las Unidades Administrativas del Ministerio de

    Educacin ....................................................................................... 253

  • MINISTERIO DE EDUCACIN MANUAL DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES

    DIRECCIN NACIONAL DE FINANZAS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

    iii

    INTRODUCCIN

    El Manual de Organizacin y Funciones, elaborado por la Direccin Nacional de Finanzas y Desarrollo Institucional, a travs del Departamento de Desarrollo Institucional, es un documento que seala qu es y qu hace el Ministerio de Educacin, a la vez, es una gua que orienta a todos los funcionarios en el desempeo de sus responsabilidades. En este documento, se describen la organizacin, las bases normativas, la estratificacin de niveles estructurales que funcionan en la institucin segn rea de competencia funcional, los objetivos y funciones generales del Ministerio de Educacin y las unidades administrativas que integran dichos niveles de competencia. Adems se definen los objetivos, funciones y atribuciones de los responsables de cada una de las instancias que integran el Ministerio. El presente documento constituye la cuarta versin actualizada del Manual de Organizacin y Funciones del Ministerio de Educacin y su informacin est condicionada a la etapa de modernizacin y evaluacin administrativa que ocurre en las organizaciones. Con la presentacin de este manual, aspiramos a contribuir a alcanzar mayores niveles de eficiencia y eficacia que han de redundar en un mejor servicio a los jvenes estudiantes, objeto y sujeto del Sistema Educativo Panameo.

  • MINISTERIO DE EDUCACIN MANUAL DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES

    DIRECCIN NACIONAL DE FINANZAS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

    11

    DESPACHO SUPERIOR

    COMISION

    COORDINADORA DE LA

    EDUCACION

  • MINISTERIO DE EDUCACIN MANUAL DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES

    DIRECCIN NACIONAL DE FINANZAS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

    12

    1. COMISIN COORDINADORA DE LA EDUCACIN 1.a. Objetivo: Brindar la orientacin y asesora tcnico pedaggica al Ministerio de Educacin, as

    como a otras instituciones de carcter educativo, mediante su participacin en la planificacin, desarrollo y evaluacin del sistema educativo, a fin de que se cumplan los principios, fines y normas de la educacin, segn el mandato de la Ley N 47 de 24 de septiembre de 1946, Orgnica de Educacin, modificada y adicionada por la Ley N 34 de 6 de julio de 1995.

    1.b. Funciones de la Comisin Coordinadora de la Educacin: - Formular recomendaciones tcnicas al Ministro de Educacin de acuerdo a

    consultas, investigaciones y proyectos que permitan el alcance y logros de los objetivos, fines y principios de la Educacin Nacional.

    - Promover acciones favorables que permitan el ptimo desarrollo de las polticas

    educativas y, en consecuencia, de la educacin nacional. - Promover e impulsar la permanente relacin entre instituciones, grupos y

    organismos nacionales e internacionales, que faciliten el mejoramiento continuo de la cultura, la ciencia y tecnologa en materia educativa.

    - Atender consultas formuladas por las autoridades ministeriales y otras instituciones

    de carcter educativo, en cuanto a asesora tcnicopedaggica, para mantener la coherencia integral en las formulaciones de las polticas educativas.

    - Brindar asesora al Ministerio de Educacin en cuanto al proceso de supervisin y

    evaluacin sistemtica de los proyectos pilotos. - Asesorar y participar en las comisiones que se constituyan en el Ministerio, para

    llevar a cabo la planificacin dirigida que pondr en ejecucin, de manera progresiva, la reestructuracin del Sistema Educativo Panameo, a fin de lograr la efectividad de la implementacin de la Ley N 34 de 6 de julio de 1995 y la atencin prioritaria del mejoramiento de la calidad de la educacin.

    - Presentar a la Direccin Nacional de Finanzas y Desarrollo Institucional, el

    anteproyecto de presupuesto y el plan anual de la unidad. - Emitir criterio favorable o no con relacin al desarrollo programtico y evaluativo que

    impulsan las distintas dependencias educativas centrales, regionales y locales, para adecuarlas a los parmetros legales que contiene la Ley 47 Orgnica de Educacin de 1946, modificada por la Ley 34 de 6 de julio de 1995, por la Ley 50 de 1 de noviembre de 2002 y de las polticas educativas vigentes.

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    1.c. Atribuciones del Presidente/a de la Comisin Coordinadora de la Educacin: - Propiciar en clima favorable en el desarrollo de las reuniones de trabajo, al igual que

    verificar el qurum presente en las mismas. - Someter a consideracin y aprobacin las proposiciones que se presenten por los

    Comisionados. - Firmar y dar a conocer las actas, acuerdos e informes tcnicos de las reuniones de

    trabajo, en conjunta participacin con el Secretariado Ejecutivo. - Mantener reuniones con los miembros de la Comisin Coordinadora de Educacin

    Nacional, cuando se dan las sesiones extraordinarias de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno.

    - Participar en actividades y reuniones tcnicas con otros funcionarios del Ministerio

    de Educacin as como intercambiar informes y documentos con organismos gubernamentales y no gubernamentales sobre aspectos educativos que coadyuven al mejoramiento continuo del sector educacin.

    - Impartir las instrucciones para la elaboracin de informes tcnicos que permitan

    conocer las evaluaciones peridicas que se realizan para medir la calidad de la educacin panamea.

    - Velar por la disciplina, asistencia y rendimiento del personal bajo su cargo. - Dirigir y coordinar el adecuado cumplimiento del presupuesto asignado a la

    Comisin Coordinadora. 1.d. Relaciones de Coordinacin de la Comisin Coordinadora de la Educacin: Diagonal Tiene relaciones de coordinacin diagonal con la Direccin General de Educacin, en todo lo relacionado a la planificacin, supervisin y evaluacin del sistema educativo, con el propsito de lograr su mejor funcionamiento, integrando la participacin de la sociedad civil (sector pblico y privado). Igualmente mantiene relacin de coordinacin diagonal con la Direccin de Educacin Comunitaria y Padres de Familia, Direccin Nacional de Planeamiento Educativo, la Direccin Nacional de Asesora Legal, as como con el resto de las Direcciones Nacionales y sus Departamentos y las Direcciones Regionales de Educacin. Extrainstitucional Se mantiene una relacin de comunicacin y coordinacin extrainstitucional con algunas instituciones vinculadas al sector educacin, entre las cuales estn: IFARHU, INAC, IPHE, INAFORP, SENACYT, Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niez y la Familia, Universidades Estatales y Particulares y con la Asamblea Legislativa.

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    DESPACHO SUPERIOR

    SECRETARIA GENERAL

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    2. SECRETARA GENERAL 2.a. Objetivo: Asegurar un adecuado seguimiento de las acciones del Ministerio de Educacin,

    mediante la recepcin, distribucin y tramitacin de los documentos recibidos, a fin de que stos se den en forma rpida y eficaz.

    2.b. Funciones de la Secretara General: - Establecer adecuados mecanismos de coordinacin y comunicacin de todas las

    acciones que emanan del Despacho Superior. - Facilitar copias autenticadas de los Decretos y Resoluciones ejecutadas y Resueltos

    Ministeriales sancionados, as como los contratos que celebra el Ministerio. - Garantizar que el libro de actas de los registros universitarios se mantenga en

    correcto orden. - Facilitar las certificaciones sobre acciones del Ministerio, cuando no sean de

    carcter confidencial o reservado, copias de los documentos bajo su custodia y providencias legales dictadas por el Ministerio de Educacin.

    - Facilitar el trmite para la Licencia de Intrprete Pblico, mediante la asignacin de

    Examinadores; a fin de que se expida la Licencia correspondiente. - Elaborar el plan de trabajo anual y presupuesto de la Secretara General. - Facilitar el trmite para el reconocimiento de Entidades Educativas sin fines de lucro,

    tal como lo seala el Artculo N 697 del Cdigo Fiscal. - Organizar las actividades del Ministerio de Educacin, mediante la coordinacin con

    diferentes Direcciones; a fin de que se resalten las fechas de celebracin de nuestra Institucin.

    - Apoyar al Despacho Superior cuando ste as lo designe, mediante la asistencia a

    reuniones, congresos, seminarios, conferencias y otros a nivel nacional e internacional; a fin de que el Ministerio est debidamente representado.

    - Asesorar al Ministro de la entidad en los asuntos sometidos a su consideracin, a fin

    de que tome las decisiones que estime ms apropiadas. 2.c. Atribuciones del Secretario/a General: - Firmar los Resueltos correspondientes al reconocimiento de derecho de propiedad

    intelectual y artstico.

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    - Dirigir, supervisar y coordinar las actividades que se realizan en la Secretara General.

    - Redactar documentos para la firma del Ministro(a), tales como notas, memorandos,

    resoluciones, comunicaciones, alocuciones y otros. - Firmar por designacin del Ministro(a) o Viceministro(a) aquellos documentos

    relacionados con su rango dentro de la administracin del Ministerio. - Llevar la representacin del Despacho Superior, cuando ste as lo designe, en

    reuniones, congresos, seminarios, conferencias y a otros a nivel nacional e internacional.

    - Ejecutar los mecanismos y trmites establecidos para la atencin y canalizacin de

    las solicitudes y requerimientos provenientes de otras dependencias del Ministerio, la Asamblea Legislativa y otras Entidades Gubernamentales.

    - Presentar informes peridicos que le sean solicitados y de las actividades realizadas

    por la Secretara General. - Impartir instrucciones para la remisin de las copias autenticadas de los Decretos y

    Resoluciones ejecutivas y de los Resueltos Ministeriales sancionados, as como de los contratos que celebre el Ministerio para la publicacin en la Gaceta Oficial.

    - Bastantear los poderes otorgados por funcionarios encausados o sujetos de

    investigacin disciplinaria, para que los representen en las reclamaciones promovidas contra acciones del Ministerio de Educacin.

    - Impartir instrucciones para la elaboracin del plan de trabajo anual y presupuesto de

    la Secretara General. - Velar por la disciplina, asistencia y puntualidad del personal que labora en la

    Secretara General. - Expedir las Licencias de Intrpretes Pblicos. - Cumplir aquellas atribuciones que le sean encomendadas por el Ministro(a) de

    Educacin. - Atender y dirigir las solicitudes de reconocimiento de entidades educativas sin fines

    de lucro, de reconocimiento de derecho de propiedad intelectual y artstica, y la preparacin de los anteproyectos de resueltos correspondientes.

    - Tomar nota y preparar las actas correspondientes de las reuniones del Ministro(a)

    con el personal directivo y distribuirlas entre los participantes.

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    - Orientar al pblico que acude a las oficinas centrales, con relacin a las acciones que lleven a cabo las diferentes unidades administrativas del Ministerio.

    2.d. Relaciones de Coordinacin de la Secretara General: Vertical: Tiene relaciones verticales hacia arriba en lnea jerrquica con el Despacho Superior del cual depende administrativamente.

    Diagonal: Tiene relacin de coordinacin diagonal con todas las Unidades Administrativas del Ministerio de Educacin, por la naturaleza de sus funciones. Extrainstitucional: Mantiene relaciones de coordinacin extrainstitucional con el Ministerio de Gobierno y Justicia, Universidades del Pas, Instituto Panameo de Habilitacin Especial (IPHE), Instituto para la Formacin y Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU), Caja de Seguro Social, Contralora General de la Repblica y Ministerio de Relaciones Exteriores.

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    DESPACHO SUPERIOR

    OFICINA DE ASUNTOS DE LA MUJER

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    3. OFICINA DE ASUNTOS DE LA MUJER 3.a. Objetivo: Lograr la formulacin y ejecucin de polticas pblicas educativas mediante cambios

    en los planes y programas educativos del sistema formal y no formal y la planificacin y coordinacin de proyectos educativos con enfoque de gnero, a fin de favorecer la eliminacin de la discriminacin entre los gneros.

    3.b. Funciones de la Oficina de Asuntos de la Mujer: - Formular y proponer el desarrollo de polticas pblicas educativas que favorezcan el

    desarrollo pleno de la mujer.

    - Asesorar la formulacin de planes, programas y proyectos educativos que en materia de la mujer, se realice en el mbito nacional.

    - Evaluar los problemas fundamentales del rea educativa que perpeta la

    discriminacin de las nias y nios y la mujer, a fin de proponer las estrategias de superacin correspondiente.

    - Publicar y difundir artculos, informes y otros documentos que divulguen la situacin

    educativa de la nia, el nio y la mujer mediante los medios de comunicacin. - Coordinar con los enlaces de gnero a nivel regional, a fin de incorporar el enfoque

    de gnero a los Centros Educativos de la Regin. - Coordinar las jornadas taller con perspectiva de gnero con los Centros Educativos

    de la Red Educar en Igualdad, para su sensibilizacin. - Promover la consecucin de recursos financieros nacionales e internacionales para

    la ejecucin de proyectos dirigidos a favorecer el adelanto de los nios, las nias y la mujer en sus diferentes niveles y modalidades del sistema educativo.

    - Participar activamente en el proceso de transformacin educativa en los ejes de

    transversalizacin, gnero y educar en sus diferentes niveles de enseanza. - Cumplir con la divulgacin y verificacin de la Ley 6 del 4 de marzo de 2000, y con la

    reglamentacin de la Ley 4 de 29 de enero de 1999, lo concerniente a la educacin. - Garantizar el cumplimiento con el Plan de Igualdad de Oportunidad para las Mujeres

    (PIOM) y otros planes con enfoque de gnero. 3.c. Atribuciones del Director/a de la Oficina de Asuntos de la Mujer: - Estimular el desarrollo de investigaciones que informen acerca de la situacin de la

    mujer en el Sistema Educativo.

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    - Facilitar la sinergia con todas las organizaciones que trabajan por el adelanto del nio, la nia y la mujer de manera intrainstitucional y extrainstitucional.

    - Supervisar la coordinacin con los enlaces de gnero a nivel regional, los

    programas, proyectos y actividades con enfoque de gnero. - Gestionar y promover fondos internacionales y nacionales que apoyen el desarrollo

    de las actividades de la Oficina de Asuntos de la Mujer.

    - Asignar y distribuir responsabilidades inherentes al trabajo de la Oficina de Asuntos de la Mujer entre el equipo tcnico y administrativo nombrado en la misma.

    3.d. Relaciones de Coordinacin de la Oficina de Asuntos de la Mujer:

    Vertical Tiene vnculos operativos y de relacin vertical ascendente con el Despacho Superior del cual depende administrativamente. Horizontal Se mantiene una relacin de coordinacin horizontal con la Direccin Nacional de Educacin Comunitaria y Padres de Familia y con la Oficina de Cooperacin Internacional, la Direccin Nacional de Asesora Legal y de Informacin y Relaciones Pblicas, en lo relacionado a la coordinacin de las acciones que conlleven al eficaz y eficiente desarrollo de los planes y programas que promuevan a la nia, el nio y la mujer en el mbito nacional. Diagonal Tiene relaciones de coordinacin diagonal con las Direcciones Nacionales de Currculo y Tecnologa Educativa, con la Direccin Nacional de Perfeccionamiento y con la Direccin General de Educacin y Direcciones Regionales en cuanto a la incorporacin del enfoque de gnero en los Centros Educativos.

    Extrainstitucional Se mantiene una relacin de coordinacin y comunicacin extrainstitucional con Ministerio de la Juventud, La Niez, la Mujer y La Familia, el Despacho de la Primera Dama, la Red Gubernamental de Igualdad de Oportunidades en Panam y todos aquellos quienes velan por la incorporacin, desarrollo y participacin de la nia y la mujer con mira hacia el futuro con equidad de gnero.

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    DESPACHO SUPERIOR

    DIRECCIN

    NACIONAL DE EDUCACIN

    COMUNITARIA Y PADRES DE FAMILIA

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    4. DIRECCIN NACIONAL DE EDUCACIN COMUNITARIA Y PADRES DE FAMILIA 4.a. Objetivo: Asegurar la integracin de la comunidad educativa, de manera personal con el resto

    de las instituciones comunales y la sociedad civil, mediante la elaboracin de programas dirigidos a padres y madres de familia y acudientes, para orientarles en su papel de formadores de sus hijos y en la creacin de mecanismos que desarrollen el sentido de pertenencia de la infraestructura, para que asuman la conservacin y mantenimiento de las propiedades escolares; a fin de potenciar todo el esfuerzo posible en beneficio de la educacin panamea.

    4.b. Funciones de la Direccin Nacional de Educacin Comunitaria y Padres de Familia: - Disear un modelo gua mediante las orientaciones tcnicas provenientes del

    Ministerio de Educacin, a fin de uniformar y facilitar la programacin de actividades dirigidas a la atencin de los padres y madres de familia en todas las regiones del pas.

    - Disear y poner en marcha experiencias piloto sobre la comunidad educativa en

    diferentes puntos del pas. - Orientar a los padres y madres de familia y acudientes mediante la elaboracin y

    ejecucin de proyectos especficos. - Coordinar actividades sociales, educativas y comunitarias de las Asociaciones,

    Federaciones y Confederaciones de Padres y Madres de Familia. - Garantizar asesoramiento al personal involucrado en la direccin y administracin de

    las Asociaciones de Padres y Madres de Familia. - Adecuar los programas dirigidos al desarrollo de actividades conjuntas entre los

    miembros de la comunidad. - Mantener comunicacin permanente entre las autoridades Regionales del Ministerio

    de Educacin y las dirigencias de las Organizaciones de Padres y Madres de Familia.

    - Coordinar con las instituciones de Educacin Particular y sus respectivas

    Organizaciones de Padres y Madres de Familia los cambios de costos de la matrcula, as como todo lo referente a costos y obtencin de uniformes y tiles escolares, de conformidad con el Artculo 78-13 de la Ley 47 de 1946, Orgnica de Educacin, modificada por la Ley 34 de 1995.

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    - Promover relaciones e intercambio de ideas entre las organizaciones de Padres y Madres de Familia y las Organizaciones Estudiantiles.

    - Detectar y facilitar apoyo institucional a los programas de trabajo y acciones

    organizadas por los Padres y Madres de Familia. - Contribuir al fortalecimiento y mejoramiento administrativo de las Organizaciones de

    Padres y Madres de Familia. - Evaluar y dar seguimiento a la ejecucin del plan operativo de la Unidad

    Administrativa. 4.c. Atribuciones del Director/a Nacional de Educacin Comunitaria y Padres Familia: - Planificar, dirigir, supervisar y coordinar todos los trabajos que se realicen en la

    unidad administrativa. - Impartir instrucciones para la elaboracin del plan de trabajo anual y presupuesto de

    la Direccin. - Autorizar la elaboracin de informes que sean solicitados y de las actividades

    realizadas por la unidad. - Coordinar la evaluacin continua de todas las actividades que se ejecutan en la

    oficina, con miras a asegurar el proceso y cumplimiento de las funciones asignadas. - Velar por la asistencia, disciplina y rendimiento del personal que labora en la unidad. - Planificar, dirigir y coordinar las tareas que realiza el Comit Coordinador, el cual

    est constituido por representantes de dependencias a nivel intrainstitucional que sirven de apoyo a los programas de la unidad.

    - Mantener las buenas relaciones y el trabajo armnico entre la dirigencia de las

    organizaciones de Padres de Familia. - Informar peridicamente al nivel jerrquico correspondiente sobre el desarrollo de

    los programas que lleva la unidad. - Facilitar la consecucin de los recursos humanos, fsicos, materiales y financieros

    que permitan llevar adelante todos los programas de la unidad. - Definir tareas especficas del personal de la Direccin de acuerdos a los objetivos y

    funciones establecidas. - Programar reuniones peridicas con el personal para evaluar el trabajo realizado e

    informar asuntos de inters profesional.

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    - Analizar los resultados del desarrollo de los programas, planes y proyectos puestos en ejecucin para tomar nuevas decisiones.

    - Ejecutar las dems funciones que le sean asignadas por el Despacho Superior de

    acuerdo a requerimientos importantes y/o urgentes. - Realizar visitas y reuniones tcnicas y administrativas a la comunidad educativa

    para dar seguimiento a los proyectos que se ejecutan. 4.d. Relaciones de Coordinacin de la Direccin Nacional de Educacin Comunitaria y Padres de Familia: Vertical Tiene relacin de coordinacin vertical hacia arriba en lnea jerrquica con el Despacho Superior de que depende administrativamente.

    Diagonal Coordina diagonalmente a nivel central con todas Direcciones Nacionales, otras Direcciones y Departamentos, a nivel provincial con las Direcciones Regionales y a nivel local con los Centros Educativos, referentes a las actividades que desarrolla a nivel de la comunidad educativa.

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    DESPACHO SUPERIOR

    DIRECCION DE COOPERACIN INTERNACIONAL

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    5. DIRECCIN DE COOPERACIN INTERNACIONAL 5.a. Objetivo: Atender los acuerdos o convenios que el Ministerio de Educacin realice con

    instituciones y/o gobiernos forneos mediante el seguimiento y control de gestiones tendientes a la captacin de cooperaciones internacionales; a fin de lograr el desarrollo de proyectos y programas educativos, cientficos tecnolgicos y culturales que benefician al pas.

    5.b. Funciones de la Direccin de Cooperacin Internacional: - Orientar a las instancias administrativas y docentes del Ministerio de Educacin, en

    la planificacin y desarrollo de las polticas de cooperacin con los organismos, instituciones y gobiernos extranjeros.

    - Coordinar los compromisos financieros de cooperacin tcnica internacional

    asumidos por el Ministerio de Educacin. - Asesorar a las diferentes Direcciones, Departamentos y Unidades Administrativas

    del Ministerio en la elaboracin y negociacin de proyectos, de convenios y programas de cooperacin educativa, cientfica y cultural, con base a las normas establecidas por las diferentes fuentes internacionales.

    - Coordinar la participacin del Ministerio de Educacin en eventos internacionales

    que se realicen en Panam o en el exterior. - Establecer los ofrecimientos de asesora tcnica que presentan los organismos

    nacionales e internacionales. - Dirigir la Secretara Nacional de la Coordinacin Educativa y Cultural

    Centroamericana (CECC), sobre la base de las normas establecidas por el organismo.

    - Coordinar con las diferentes unidades administrativas del Ministerio de Educacin el

    pago de cuotas a organizaciones internacionales. - Tramitar las solicitudes de pasaporte, visas y exoneraciones de tasas aeroportuarias

    e impuestos de boleto areo, para los funcionarios del Ministerio de Educacin que viajarn en misiones oficiales.

    - Coordinar la direccin de la Secretara Nacional del Convenio Andrs Bello y la

    Secretara General de la Comisin Panamea de Cooperacin con la UNESCO.

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    5.c. Atribuciones del Director/a de Cooperacin Internacional: - Planificar, organizar, coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades que se

    realizan en la Direccin. - Participar en la determinacin de las necesidades de cooperacin internacional,

    requeridas por el Ministerio de Educacin para el desarrollo de programas y la ejecucin de sus actividades.

    - Asesorar al Nivel Superior en la planificacin, conduccin y desarrollo de las

    relaciones internacionales del Ministerio de Educacin. - Participar en la preparacin de planes, programas y proyectos de cooperacin

    internacional. - Analizar, evaluar y tramitar las solicitudes de asesora tcnica formuladas por la

    institucin y sus dependencias. - Evaluar los ofrecimientos de asesora tcnica que presentan los organismos

    internacionales especializados y orientar la utilizacin de los mismos de acuerdo con las necesidades de la Institucin.

    - Participar en el estudio y anlisis del alcance de los convenios bilaterales, suscritos

    por el Ministerio de Educacin y establecer procedimientos de conduccin adecuados.

    - Coordinar con expertos y asesores internacionales, aspectos relacionados con la

    ejecucin de cooperacin y asesoras de corta o larga duracin. - Dirigir la Secretara Nacional del Convenio Andrs Bello y de la Secretara General

    de la Comisin Panamea de Cooperacin con la UNESCO. - Gestionar, por instrucciones del Ministerio de Educacin ante los organismos

    internacionales el financiamiento y ayuda tcnica internacional de ejecucin. - Atender consultas y participar en reuniones con funcionarios de organismos

    nacionales e internacionales con el propsito de coordinar acciones relacionadas con las funciones de la Direccin.

    - Impartir instrucciones para la elaboracin del Plan Anual de trabajo y presupuesto de

    la Direccin de Cooperacin Internacional. 5.d. Relaciones de Coordinacin de la Direccin de Cooperacin Internacional: Vertical Tiene relacin de coordinacin con el Despacho Superior del cual depende jerrquica y administrativamente.

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    Horizontal Tiene relacin de coordinacin y comunicacin horizontal con la Secretara General con la que coordina las solicitudes de pasaportes oficiales y colectivos y la exoneracin del impuesto de boleto areo de los funcionarios de la institucin. Diagonales Tiene relaciones en forma diagonal con la Direccin Nacional de Finanzas y Desarrollo Institucional, con la Direccin Nacional de Formacin y Perfeccionamiento Profesional, con las Direcciones que conforman la Direccin General de Educacin y de Planeamiento Educativo. Adems la Direccin de Cooperacin Internacional mantiene relaciones con todas las unidades administrativas que conforman el Ministerio de Educacin por la naturaleza de sus funciones.

    Extrainstitucional Mantiene una coordinacin extrainstitucional con algunas instituciones vinculadas a nuestra rea de trabajo tales como Ministerio de Economa y Finanzas, Contralora General de la Repblica, Ministerio de Relaciones Exteriores, Direccin de Aeronutica Civil, Instituto Panameo de Turismo, ANAM, SENACYT y el MIDA; con la CECC, OEI, Agencia de Cooperacin Japonesa (JICA), Programa de Voluntarios Japoneses, Agencia de Cooperacin Argentina y Voluntarios Chinos. Con la Coordinacin de Cooperacin Bilateral con los siguientes pases, Mxico, Colombia, Cuba y Federacin de Rusia. Con embajadas acreditadas en Panam y Universidades para proyectos especficos. Para el cumplimiento de sus funciones cuenta con una organizacin interna conformada por la Oficina de Coordinacin con la UNESCO.

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    DESPACHO SUPERIOR

    OFICINA

    DE PROTOCOLO

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    6. OFICINA DE PROTOCOLO 6.a. Objetivo: Organizar actos oficiales y sociales, mediante la coordinacin de reuniones,

    ceremonias, congresos, convenciones y otros eventos, a fin de preparar la atencin que deben brindar las autoridades del Despacho Superior a funcionarios de la Institucin, de otras entidades, a visitas oficiales o miembros de misiones internacionales.

    6.b. Funciones de la Oficina de Protocolo: - Organizar, preparar y participar en el desarrollo de actos oficiales y sociales del

    Despacho Superior. - Atender visitantes oficiales, miembros de Misiones internacionales que sean

    atendidos por el Despacho Superior. - Organizar y coordinar con funcionarios de la Institucin y de otras entidades la

    atencin de visitantes Oficiales o miembros de Misiones Internacionales, a quien deba brindarse tratamiento especial.

    - Colaborar con funcionarios de la institucin y de otras entidades, en los preparativos

    para la realizacin de reuniones, ceremonias, congresos, convenciones y otros eventos en que el Despacho Superior deba participar.

    - Coordinar las acciones relacionadas con las giras oficiales que deban realizar el

    Despacho Superior. - Velar porque se enven notas o telegramas de felicitacin a los miembros del Cuerpo

    Diplomtico en la fecha de fundacin de sus pases. - Coordinar con la Direccin de Informacin y Relaciones Pblicas, acciones

    tendientes a lograr la mejor imagen de la institucin y velar por la mejor difusin en la comunicacin de noticias que se relacionen con las actividades que desarrolla el Despacho Superior.

    - Mantener actualizada la agenda del Despacho Superior en cuanto a las invitaciones

    pendientes.

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    DESPACHO SUPERIOR

    DIRECCIN NACIONAL DE

    ASESORIA LEGAL

    UNIDAD DE

    FISCALIZACIN

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    7. DIRECCIN NACIONAL DE ASESORIA LEGAL

    7.a. Objetivo: Asegurar y adecuar jurdicamente las actuaciones de la Institucin, mediante la

    elaboracin, revisin y actualizacin permanente de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen el sistema educativo panameo, a fin de que las mismas se desarrollen dentro del marco de la legalidad.

    7.b. Funciones de la Direccin Nacional de Asesora Legal: - Orientar y asesorar legalmente al Despacho Superior en el ejercicio de sus

    funciones. - Absolver consultas legales, en materia educativa, formuladas por los servidores de

    la institucin, con mando y jurisdiccin, y de otras entidades del Estado. - Difundir a todos los servidores del ramo educativo el contenido y alcance jurdico de

    las normas que en el ejercicio de sus funciones estn involucradas. - Orientar a las autoridades y servidores de la institucin que deban instruir

    expedientes por faltas disciplinarias. - Ejecutar jornadas de capacitacin sobre diversos tpicos legales dirigidos a

    Directores de Escuelas, personal docente y administrativo del sistema escolar. - Orientar y asesorar a los funcionarios en la celebracin de los actos pblicos de

    licitaciones, concurso de precios, contrataciones y dems actos administrativos que celebre la Institucin.

    - Participar en las investigaciones disciplinarias que se realicen a los servidores

    pblicos del Ministerio de Educacin y tomar declaraciones a los involucrados. - Promover en coordinacin con las instancias administrativas respectivas, las

    acciones necesarias para la titulacin de los terrenos donde funcionan los centros educativos del pas y de los bienes de propiedad del Ministerio de Educacin.

    - Mantener custodia de los Decretos, Resoluciones Ejecutivas originales, expedidas

    por conducto del Ministerio de Educacin y los Resueltos Ministeriales. 7.c. Atribuciones del Director/a Nacional de Asesora Legal: - Dirigir, supervisar, distribuir y coordinar los trabajos que se realizan en la Direccin. - Asesorar al Ministro(a), Viceministro(a) y altos funcionarios de la institucin en los

    aspectos que stos le sometan a consulta.

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    - Realizar reuniones peridicas con el personal subalterno, con el propsito de evaluar los trabajos realizados y hacer los ajustes que sean necesarios para el cumplimiento de las responsabilidades.

    - Dirigir y coordinar la preparacin o revisin de todos los documentos que impliquen

    obligaciones legales para la entidad, con el propsito de asegurar la mxima proteccin de los derechos de la misma y mantener sus actividades dentro de los lmites prescritos por leyes vigentes.

    - Revisar y aprobar los documentos elaborados por otras unidades administrativas de

    la institucin que le son remitidos para obtener opinin jurdica. - Asesorar y orientar a las autoridades educativas sobre la elaboracin de

    expedientes administrativos y la aplicacin del reglamento interno de la Institucin. - Velar por la buena marcha de la Direccin en el cumplimiento de sus

    responsabilidades y que se ejecuten en forma expedita y eficiente. - Representar a la Institucin en los actos jurdicos y en los juicios en que sea parte la

    institucin, conforme a las instrucciones del Ministro. - Preparar informes peridicos para el Despacho Superior sobre el funcionamiento de

    la unidad, que incluyan observaciones y recomendaciones para el mejoramiento del servicio.

    7.d. Relaciones de Coordinacin de la Direccin Nacional de Asesora Legal: Vertical Tiene relacin de comunicacin y coordinacin vertical ascendente con el Despacho Superior de quien depende jerrquica y administrativamente y a la cual brinda asesora tcnico legal.

    Diagonal Mantiene relacin de comunicacin diagonal con las diferentes Direcciones que conforman este Ministerio, en cuanto a las consultas sobre la conformidad jurdica de sus actos, las cuales respondemos a travs de nuestras opiniones y en lo relacionado a la documentacin de tipo legal que requiera la firma del Ministro(a). Extrainstitucional Mantiene relaciones de coordinacin extrainstitucional con el Ministerio Pblico, Contralora General de la Repblica y Ministerio de Economa y Finanzas en cuanto a los trmites correspondientes. Para el cumplimiento de sus funciones cuenta con una organizacin interna conformada por la Unidad de Fiscalizacin.

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    7.1. Unidad de Fiscalizacin 7.1.a. Objetivos: Atender con esmerada rapidez y prontitud, las quejas y denuncias que se presenten

    ante el Ministerio de Educacin. Garantizar la calidad y excelencia en la atencin al pblico en general. Establecer mecanismos de coordinacin, supervisin y evaluacin, para la rpida y

    oportuna respuesta a las solicitudes que se presenten en este Ministerio. 7.1.b. Funciones de la Unidad de Fiscalizacin - Atender a todo funcionario del ramo educativo y personas en general que desee

    presentar una queja o denuncia dentro del Ministerio de Educacin. - Dar pronta solucin a los casos, solicitudes y quejas que se interpongan en el

    Ministerio de Educacin. - Fiscalizar e investigar la actuacin administrativa y docente que sea objeto de

    denuncia o sospecha de irregularidad. - Opinar sobre asuntos que le sean sometidos a su consideracin. - Coordinar con la Direccin de Recursos Humanos y otras Direcciones Nacionales en

    las investigaciones pertinentes. - Dar seguimiento continuo a los casos que se ventilen en dicha unidad. - Ejecutar las directrices que le ordene el Despacho Superior.

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    DESPACHO SUPERIOR

    DIRECCIN

    NACIONAL DE INFORMACIN Y RELACIONES PUBLICAS

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    8. DIRECCIN NACIONAL DE INFORMACIN Y RELACIONES PUBLICAS 8.a. Objetivo: Asegurar la oportuna y efectiva divulgacin de las actividades educativas, cvicas y

    culturales, propagandas y dems actividades y acciones que desarrolla el Ministerio de Educacin a nivel central, provincial y local, a travs de los diferentes medios de comunicacin social (radio, televisin y prensa escrita), a fin de promover una imagen pblica favorable de la institucin, tanto al usuario como a la comunidad en general, para el desarrollo del pas.

    8.b. Funciones de la Direccin Nacional de Informacin y Relaciones Pblicas: - Planificar y organizar las labores de informacin y divulgacin de los proyectos,

    programas y planes que en cumplimiento de sus funciones, realiza el Ministerio de Educacin.

    - Promover el desarrollo de actividades tendientes a lograr una imagen y proyeccin

    pblica favorable de la institucin. - Garantizar el registro y control de la documentacin, equipo de grabacin, fotografa,

    filmacin y otros recursos. - Asesorar permanentemente al Despacho Superior y dems dependencias de la

    institucin, en asuntos relacionados a comunicacin social, opinin pblica, publicidad y propaganda.

    - Establecer y desarrollar estrategias de acercamiento y representatividad del

    Ministerio de Educacin con los medios de comunicacin social, organismos internacionales y con otras entidades vinculadas al sector en lo relacionado a las tareas y/o actividades afines.

    8.c. Atribuciones del Director/a Nacional de Informacin y Relaciones Pblicas: - Planificar, organizar, coordinar, supervisar y dirigir el desarrollo de las actividades de

    informacin y relaciones pblicas que realiza la Direccin. - Dirigir, coordinar y supervisar las acciones dirigidas a divulgar los programas y

    actividades que se desarrollan en el Ministerio de Educacin, a travs de boletines informativos, comunicados de prensa, de radio y de televisin y por otros medios a su alcance.

    - Brindar informacin al pblico en general, asociaciones gremiales, representantes

    de los medios de comunicacin social, instituciones pblicas y empresas que soliciten informacin referente a las actividades que desarrolla el Ministerio de Educacin.

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    - Mantener contacto permanente con organismos pblicos y privados, nacionales y extranjeros y medios de comunicacin social, sobre materia de educacin y cultura.

    - Coordinar, planificar y dirigir conferencias y ruedas de prensa y otros eventos

    similares, cuando el Despacho Superior as lo requiera. - Coordinar y supervisar la elaboracin del plan anual de trabajo y el presupuesto de

    la Direccin, de acuerdo a las directrices y lineamientos del Despacho Superior. - Supervisar y dirigir la preparacin de informes tcnicos y educativos que sean

    requeridos por la Direccin Superior y de las actividades relevantes de la Direccin. - Participar en reuniones de trabajo que sean convocadas por el Despacho Superior. - Velar por la disciplina, asistencia y cumplimiento de las funciones asignadas al

    personal bajo su cargo. 8.d. Relaciones de Coordinacin de la Direccin Nacional de Informacin y Relaciones Pblicas: Vertical Mantiene una estrecha relacin vertical hacia arriba en lnea jerrquica de coordinacin y comunicacin con el Despacho Superior, del cual depende administrativamente, con el objeto de fijar lineamientos polticos en materia de informacin y divulgacin de programas, proyectos y actividades, vinculadas al sector educativo. Diagonal Tiene relacin de coordinacin diagonal con la Direccin Nacional de Administracin, Direcciones Nacionales, otras Direcciones y Departamentos, a nivel regional con las Direcciones Regionales, para la elaboracin de programas de divulgacin. Extrainstitucional Mantiene una coordinacin extrainstitucional con la Oficina de Prensa de la Presidencia de la Repblica y otras direcciones similares y afines del sector pblico y privado, con los cuales mantiene una constante comunicacin y realimentacin sobre distintos aspectos en materia de informacin y divulgacin de actividades.

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    DESPACHO SUPERIOR

    OFICINA DE ASISTENCIA EJECUTIVA

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    9. OFICINA DE ASISTENCIA EJECUTIVA 9.a. Objetivo: Asistir y asesorar al Despacho Superior en actividades de coordinacin entre

    unidades administrativas de la entidad, organismos nacionales e internacionales, mediante la asignacin de funciones sobre aspectos de carcter tcnico en base a polticas y objetivos de la Institucin, a fin de lograr su ejecucin con la efectividad requerida por el Superior.

    9.b. Funciones de la Oficina de Asistencia Ejecutiva: - Asesorar al Despacho Superior sobre las acciones a seguir y las decisiones que

    adoptar en los asuntos que ste le solicite, de acuerdo a las polticas y objetivos de la Institucin.

    - Participar en la coordinacin de comisiones y grupos de trabajo que le son

    asignadas por el Despacho Superior. - Preparar comunicaciones como respuesta para la consideracin y firma del

    Despacho Superior, sobre asuntos que ste le encomienda. - Mantener comunicacin con funcionarios directivos de la Institucin, para la

    obtencin de informacin o ejecucin de las actividades que le seale el Despacho Superior.

    - Analizar los memorandos, notas, informes y otros documentos que le remite el

    Despacho Superior para su opinin. - Asistir a reuniones de alto nivel institucional y prepara la documentacin necesaria y

    la que se le solicite. - Representar al Despacho Superior de la institucin en las Juntas, Comisiones,

    reuniones y actos oficiales que ste determine.

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    DESPACHO SUPERIOR

    DIRECCIN

    EJECUTIVA DE PROGRAMAS ESPECIALES

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    10. DIRECCIN EJECUTIVA DE PROGRAMAS ESPECIALES 10.a. Objetivos: Lograr la efectiva coordinacin de los programas especiales que se desarrollan en el

    Ministerio de Educacin Contribuir al mejoramiento de la gestin educativa, coordinar la efectiva participacin

    a los distintos niveles del sistema educativo, sectores de la sociedad civil y del Estado, as como organismos Internacionales de Apoyo.

    10.b. Funciones de la Direccin Ejecutiva de Programas Especiales - Definir y establecer mecanismos de coordinacin con los diferentes Programas

    Especiales que se desarrollan a nivel institucional. - Coordinar con la Direccin General de Educacin, lo concerniente a la gestin

    educativa. - Asegurar la adecuada articulacin entre las diferentes tendencias educativas

    (Ambiental, Poblacin y otras) que se desarrollan en el Ministerio de Educacin. - Mantener una efectiva comunicacin con las Direcciones Regionales de Educacin,

    para apoyar y fortalecer las diferentes acciones tcnicas y administrativas que stas desarrollen.

    - Servir de enlace del Despacho Superior, con las Direcciones Regionales,

    Organismos Nacionales e Internacionales y Organismos no Gubernamentales. - Dar seguimiento y evaluar los Planes y Programas que desarrolla la Institucin. - Brindar orientacin y/o asesora al Despacho Superior y dems dependencias de la

    Institucin, sobre los Programas que ejecuta la Direccin. 10.c. Atribuciones del Director/a de la Direccin Ejecutiva de Programas Especiales: - Absolver consultas sobre materia de las nuevas tendencias educativas que le sean

    sometidas a su consideracin. - Realizar informes ejecutivos de las diferentes problemticas institucionales. - Planificar, coordinar y supervisar el desarrollo de las diferentes actividades que

    realizan las nuevas tendencias educativas. - Coordinar con la Direccin Nacional de Planeamiento Educativo, el seguimiento y

    evaluacin del Plan Operativo de la Institucin.

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    - Elaborar y participar en el diseo de planes, proyectos y otros estudios que le son asignados por el Despacho Superior.

    - Participar en la coordinacin tcnica de diversas actividades de la entidad con

    Organismos Nacionales e Internacionales. - Asistir a reuniones tcnicas-administrativas, de alto nivel institucional y elaborar

    documentacin necesaria y la que solicita el Despacho Superior. - Representar al Despacho Superior de la entidad en las Juntas, Comisiones y Actos

    Oficiales que ste determine, dentro y fuera del pas. - Darle seguimiento tcnico a proyectos que se coordinan a nivel del Despacho

    Superior y que dependen de la atencin de otras instancias de la Institucin. - Colaborar con el Despacho Superior, en la atencin de problemas y situaciones

    tcnico-administrativas que surjan en las diferentes Direcciones Regionales de Educacin.

    - Otras tareas afines segn lo disponga el Despacho Superior. 10.d. Relaciones de coordinacin de la Direccin Ejecutiva de Programas Especiales: Vertical Mantiene una estrecha relacin vertical hacia arriba en lnea jerrquica de coordinacin y comunicacin con el Despacho Superior, del cual depende administrativamente. Diagonal Tiene relacin de coordinacin diagonal con la Direccin Nacional de Educacin Ambiental, la Oficina de Educacin en Poblacin y Desarrollo Humano, la Direccin Nacional de Educacin Preventiva Integral, la Direccin de Asuntos Estudiantiles y la Direccin Nacional de Educacin Comunitaria y Padres de Familia, para el cumplimiento de las funciones propias de la Direccin. Extrainstitucional Mantiene una coordinacin extrainstitucional con Organismos Nacionales, Internacionales y Organismos no Gubernamentales para la coordinacin de los diferentes programas que se ejecutan en el Ministerio de Educacin.

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    DESPACHO SUPERIOR

    DIRECCIN DE AUDITORIA INTERNA

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    11. DIRECCIN DE AUDITORIA INTERNA 11.a. Objetivos:

    Fiscalizar que los recursos econmicos con que cuenta la institucin se manejen en

    forma adecuada mediante el cumplimiento de las normas y procedimientos contables establecidos por la Contralora General de la Repblica, al igual que la Legislacin Fiscal establecida por ella, el Ministerio de Economa y Finanzas y otras entidades que regulan la materia, a fin de lograr el buen manejo de los bienes y fondos del Ministerio de Educacin.

    Asegurar el cumplimiento de los sistemas y controles contables establecidos en las

    escuelas y colegios oficiales del pas, mediante la fiscalizacin del uso de sus fondos y bienes patrimoniales, a fin de lograr el manejo adecuado de los recursos.

    11.b. Funciones de la Direccin de Auditoria Interna: - Asegurar que las labores del personal tcnico, estn enmarcadas en las normas,

    principios y procedimientos emitidos por la Contralora General de la Repblica y aquellas de carcter general, que rigen la profesin del Contador Pblico Autorizado.

    - Evaluar permanentemente los sistemas de operacin, los sistemas computarizados

    y los procesos de control interno a ellos incorporados. - Proporcionar las recomendaciones apropiadas para mejorar las debilidades

    detectadas, garantizando la aplicacin de las recomendaciones. - Coordinar la elaboracin de los planes anuales e informes de auditoria, en los

    trminos y plazos que establezca la normatividad correspondiente.

    - Asegurar que los miembros de la unidad cumplan debidamente con sus obligaciones a travs de la planeacin y ejecucin del trabajo de auditoria conforme a las normas y procedimientos aplicables al mbito gubernamental.

    - Asegurar la efectiva rendicin de cuentas sobre el uso adecuado de los recursos del

    Estado encomendados al Ministerio de Educacin. 11.c. Atribuciones del Director/a de Auditoria Interna: - Dirigir, coordinar y supervisar las actividades de la Direccin.

    - Coordinar y supervisar la elaboracin del plan de trabajo y presupuesto anual a

    efectuar en la Direccin.

    - Planificar, organizar, coordinar y supervisar el programa anual de auditoria que ser desarrollado en los planteles de la Repblica.

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    - Organizar las revisiones peridicas de los registros contables, documentos financieros, fondos especiales, as como la realizacin de arqueos de cajas menudas.

    - Brindar orientacin y asesora tcnica a directivos y contadores de los Planteles

    Educativos sobre el manejo y control de los fondos.

    - Preparar y presentar informes financieros que le sean solicitados por el nivel superior de las actividades realizadas por la Direccin.

    - Velar por la disciplina, asistencia y rendimiento del personal que labora en la

    Direccin. - Participar en la elaboracin del plan de trabajo y presupuesto anual de la Direccin. - Organizar, planificar, dirigir y controlar las funciones de los auditores centrales y

    regionales que estn a su cargo, en forma tcnica, independiente y profesional. - Ejecutar todas aquellas otras labores y verificacin que le sean propias en el marco

    funcional de cada institucin pblica. 11.d. Relaciones de Coordinacin de la Direccin de Auditoria Interna: Vertical Tiene relacin de coordinacin vertical hacia arriba en lnea jerrquica con el Despacho Superior, del cual depende administrativamente.

    Horizontal Mantiene relacin efectiva de comunicacin y coordinacin horizontal con la Oficina de Auditoria de la Contralora en el Ministerio de Educacin, a fin de cumplir y hacer cumplir las normas, parmetros y procedimientos establecidos por la Contralora General de la Repblica en materia financiera y de auditoria general. Diagonal Coordina diagonalmente con la Direccin Nacional de Administracin, la Direccin Nacional de Finanzas y Desarrollo Institucional y con las dems dependencias administrativas y centros educativos para asesorar sobre el manejo de los fondos, aplicacin de normas y procedimientos contables y posteriormente el audito de sus recursos.

    Extrainstitucional Se mantiene relacin de coordinacin extrainstitucional con la Contralora General de la Repblica, ya que est vinculada con el trabajo de la Oficina de Auditoria Interna y estos deben seguir los lineamientos y parmetros estipulados para efectuar los audito de la institucin.

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    DESPACHO SUPERIOR

    PROGRAMA DE EDUCACIN

    BASICA (MEDUCA BANCO

    MUNDIAL)

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    12. PROGRAMA DE EDUCACIN BSICA (MEDUCA BANCO MUNDIAL) 12.a. Objetivo: Mejorar la calidad de la educacin bsica, mediante la ejecucin de planes y

    programas que permitan lograr un mayor alcance de la educacin preprimaria, a travs de modelos no formales de la comunidad, a las reas urbano-marginales y rurales de bajos ingresos a nivel nacional, a fin de asegurar una educacin con eficiencia y equidad.

    12.b. Funciones de la Oficina del Programa de Educacin Bsica: - Asegurar el establecimiento y operacin del Comit de Administracin del Proyecto,

    que estar conformado por el Viceministro(a) de Educacin, el Coordinador(a) del Proyecto, Director(a) General de Educacin y los jefe de las unidades involucradas en la implementacin del proyecto.

    - Elaborar estrategias de control en los componentes y subcomponentes que permitan

    generar la informacin necesaria para la preparacin de informes. - Orientar y aprobar las actividades a realizar en cada componente y subcomponente. - Disear un sistema administrativo financiero, mediante la utilizacin de

    procedimientos y tcnicas administrativas y financieras del plan de inversiones previsto.

    - Coordinar, agilizar y controlar la distribucin y utilizacin de los recursos financieros,

    en funcin de las actividades prioritarias. - Someter propuestas y recomendaciones relativas a la ejecucin del Programa al

    Despacho Superior, el cual tomar las medidas pertinentes y al Banco sobre cualquier situacin que amenace la asignacin de los fondos de contraparte durante el proceso presupuestario.

    - Establecer una comunicacin permanente con las Direcciones del Ministerio de

    Educacin, responsables de ejecutar actividades de los diversos componentes y las entidades involucradas en la ejecucin del Proyecto, principalmente el Banco Mundial, Ministerio de Economa y Finanzas, Contralora General de la Repblica, Instituto de Formacin y Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU), Fondo de Inversin Social (FIS).

    - Apoyar y evaluar la ejecucin del subcomponente de Textos y Materiales

    Educativos, en coordinacin con la Direccin de Currculo y Tecnologa Educativa. - Apoyar y controlar la ejecucin del subcomponente de Sistemas de Informtica, en

    coordinacin con la Direccin Nacional de Informtica Educativa.

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    - Apoyar e impulsar la ejecucin del subcomponente de Educacin Inicial, en coordinacin con la Direccin de Educacin Inicial.

    - Coordinar y apoyar la ejecucin del subcomponente de Infraestructura, que se

    ejecuta a travs del FIS. - Asegurar, proveer y apoyar financieramente y administrativamente a las agencias de

    lnea de acuerdo a las condiciones del prstamo. - Organizar las reuniones de revisin anual de la ejecucin del Proyecto, de los PATS

    y la revisin a mitad de periodo (mid-term) de la ejecucin del Proyecto. - Apoyar en la preparacin del Plan Anual de Trabajo (PAT) del Proyecto y participar

    en la evaluacin peridica del PAT, y el plan de Accin Correctiva y determinar si los planes se estn desarrollando de acuerdo a la programacin.

    - Monitorear que los planes de trabajo y actividades del proyecto, respondan a los

    objetivos del mismo, a travs de indicadores de monitoreo de objetivos y operaciones financieras.

    - Organizar y dirigir los programas de personal, control contable, financiero,

    presupuestario, logros y ajustes en la ejecucin del Proyecto. - Elaborar y presentar al Banco Mundial y Ministerio de Educacin los informes

    anuales requeridos por el Convenio del Prstamo y los que razonablemente se soliciten en relacin con las responsabilidades derivadas de la ejecucin del Proyecto.

    - Asesorar y orientar a los diferentes componentes y subcomponentes, en la ejecucin

    de las actividades programadas. - Ejecutar procesos de adquisicin de bienes y servicios en los distintos componentes

    y subcomponentes. 12.c. Atribuciones del Coordinador/a General del Programa de Educacin Bsica: - Participar en la elaboracin del presupuesto del Proyecto y en los respectivos

    informes de ejecucin. - Presentar oportunamente a la Direccin Nacional de Finanzas y Desarrollo

    Institucional del Ministerio de Educacin, las solicitudes de desembolso de la contrapartida nacional, a fin de mantener la liquidez de la cuenta bancaria que se establezca con los fondos nacionales.

    - Velar por el cumplimiento del Convenio de Prstamo y hacer recomendaciones que

    surjan de las misiones de la supervisin.

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    - Realizar reuniones de acuerdo a la necesidad con las diferentes unidades responsables para la ejecucin del proyecto, evaluacin y progreso de los planes operativos para solucionar oportunamente, posibles dificultades que surjan en la ejecucin de los mismos.

    - Revisar y aprobar la programacin y proceso de las licitaciones y los servicios de

    Consultora de las Unidades Ejecutoras. - Participar en la preparacin del informe del Proyecto como se acuerde con el Banco

    Mundial - Actuar como contraparte del Ministerio de las Misiones del Banco Mundial en

    relacin a la preparacin, coordinacin, supervisin y otras actividades relacionadas con el Proyecto.

    - Realizar otras funciones inherentes para lograr una eficiente y eficaz ejecucin del

    Proyecto de Educacin Bsica. - Establecer y planificar la estructura organizativa y funcional de la oficina Ejecutora

    del Proyecto. - Dar las directrices y polticas generales para la ejecucin de las actividades de los

    componentes y subcomponentes. - Conocer y resolver los problemas que dificulten la ejecucin del Proyecto. 12.d. Relaciones de Coordinacin del Programa de Educacin Bsica: Vertical Tiene relaciones de coordinacin vertical ascendente con el Despacho Superior con quien se mantiene estrecha vinculacin administrativa en todo lo relacionado a la ejecucin y avance de los componentes y subcomponentes que integran el Programa del Banco Mundial. Horizontal Tiene relaciones en forma horizontal, con el Programa de Educacin BID. Diagonal Mantiene relacin de coordinacin diagonal con las Direcciones Nacionales de Currculo y Tecnologa Educativa, Direccin Nacional de Planeamiento Educativo, Direccin General de Educacin y la Direccin Nacional de Finanzas y Desarrollo Institucional con el propsito de coordinar todas las acciones tcnicas y administrativas que agilicen el desarrollo de cada uno de los componentes y subcomponen