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Manual de Procedimientos del Órgano Interno de Control en Notimex, Agencia
de Noticias del Estado Mexicano
Versión 1.0 Agosto 2018
Manual de Procedimientos del Órgano Interno de Control en Notimex,
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Órgano Interno de Control Unidades Administrativas del Órgano Interno de Control
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HOJA DE CONTROL
Aprobación del Documento
NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS FIRMA
Elaboró:
Mtra. Araceli Flores Camacho Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control
en Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano
Lic. David Padilla Sánchez
Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en Notimex, Agencia de Noticias del
Estado Mexicano
L.C. Efraín Zarco González
Titular del Área de Auditoría Interna y Titular del Área de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública del Órgano Interno de Control en Notimex, Agencia de
Noticias del Estado Mexicano
Revisó:
Lic. Alejandro Aréstegui y Sada Titular del Órgano Interno de Control en Notimex,
Agencia de Noticias del Estado Mexicano
Autorizó:
Lic. Alejandro Ramos Esquivel Director General de Notimex, Agencia de Noticias del
Estado Mexicano
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Contenido
I. Introducción .................................................................................................................................. 4
II. Objetivo del Manual .................................................................................................................... 9
III. Marco Jurídico.............................................................................................................................. 9
IV. Misión y Visión ........................................................................................................................... 13
V. Ámbito de Aplicación ............................................................................................................... 13
VI. Glosario ........................................................................................................................................ 13
VII. Procedimientos .......................................................................................................................... 20
a) Procedimientos del Titular del Órgano Interno de Control ......................................................... 20
1. Procedimiento para la planeación y formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT) ...... 20
b) Procedimientos del Área de Responsabilidades ......................................................................... 25
1. Procedimiento para la resolución de procedimientos en materia de responsabilidades
administrativas (incluye asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. .............................................. 25
2. Procedimiento para la atención de procedimientos de responsabilidades administrativas
(incluye asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley General de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos. ................................................................................. 31
3. Procedimiento para la atención de inconformidades en materia de contrataciones
públicas. ............................................................................................................................................. 38
4. Procedimiento para la sanción a Licitantes, Proveedores y Contratistas en materia de
contrataciones públicas. .................................................................................................................. 46
c) Procedimientos del Área de Auditoría Interna y Auditoría para Desarrollo y Mejora de la
Gestión Pública. ................................................................................................................................ 51
1. Procedimiento para la ejecución de la Auditoría. ................................................................ 51
2. Procedimiento para el seguimiento de las recomendaciones para la atención de las
observaciones. .................................................................................................................................. 63
3. Procedimiento para la Evaluación del OIC al Sistema de Control Interno Institucional y
PTCI de la Agencia (anual). ............................................................................................................ 67
4. Procedimiento para la Evaluación del OIC al cumplimiento del PTCI de la Agencia
(trimestral). ......................................................................................................................................... 72
5. Procedimiento para apoyar la Administración de Riesgos de la Agencia (anual). ......... 75
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6. Procedimiento para la Evaluación del OIC al cumplimiento del PTAR de la Agencia
(trimestral). ......................................................................................................................................... 77
7. Procedimiento para la realización de diagnósticos. ............................................................ 80
d) Procedimientos del Área de Quejas .............................................................................................. 85
1. Procedimiento para la atención de quejas, denuncias y peticiones ciudadanas (incluye
asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos. ................................................................................. 85
2. Procedimiento para la atención de quejas, denuncias y peticiones ciudadanas (incluye
asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley General de Responsabilidades
Administrativas. ................................................................................................................................. 93
VIII. Formatos .................................................................................................................................... 101
IX. Disposiciones Transitorias .................................................................................................. 112
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I. Introducción
En 1917, se crea el Departamento de Contraloría, como un mecanismo para mejorar el funcionamiento
de la Administración Pública, con lo que se logra el ideal de que un órgano dotado de la suficiente
autoridad e independencia, fuera el encargado de ejercer las funciones de fiscalización y control
preventivo, sobre la actuación de la Administración Pública, la cual comprendía no sólo la legalidad
en el manejo de fondos del Erario, sino también la evaluación del rendimiento gubernamental.
En 1932, se suprime el Departamento de Contraloría y se transfieren sus funciones a la Secretaría de
Hacienda, incluyendo el control preventivo en actos y contratos que afectaran al Erario Federal,
Contabilidad General de la Federación, glosa y responsabilidades.
En 1935 se crea la Contaduría de la Federación, bajo la dependencia de la Secretaría de Hacienda,
como órgano encargado de la contabilidad pública, glosa y fincamiento de responsabilidades.
En 1948, se crea la Comisión Nacional de Inversiones, dependiente de la SHCP, con la
responsabilidad de ejercer las funciones de control, vigilancia y coordinación sobre los organismos
descentralizados y empresas de participación estatal.
En 1958 crea la Secretaría de la Presidencia, asignándole la facultad de elaborar el Plan General del
Gasto Público e Inversiones del Poder Ejecutivo, así como coordinar y vigilar los programas de
inversión de la Administración Pública. La misma Ley transforma a la Secretaría de Bienes Nacionales
e Inspección Administrativa en la Secretaría del Patrimonio Nacional, a la que encomienda las
funciones de vigilancia y administración de los bienes nacionales; intervención en la adquisición,
enajenación, destino o afectación de dichos bienes y en las adquisiciones de toda clase; control
financiero y administrativo de los entes paraestatales; e intervención en los actos o contratos
relacionados con las obras de construcción, conjuntamente con la Secretaría de la Presidencia. Por
último, a la Secretaría de Hacienda compete la glosa preventiva; la formulación del Presupuesto; la
contabilidad y la autorización de actos y contratos, con la intervención de las dos Secretarías citadas.
En 1976, se expide la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la que las funciones de
control y vigilancia se asignan a la SHCP; a la Secretaría de Programación y Presupuesto; a la
Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial; y a la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras
Públicas.
En 1982 se plantea la necesidad de armonizar y fortalecer la función de control en el sector público,
por lo que se presenta al Congreso de la Unión un conjunto de propuestas legislativas en las que se
incluyó la iniciativa de Decreto de Reformas y Adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, misma que al aprobarse y publicarse en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de
diciembre de 1982, dio origen a la Secretaría de la Contraloría General de la Federación; con el
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propósito de integrar en esta dependencia las funciones de control y evaluación global de la gestión
pública anteriormente dispersas.
El 19 de enero de 1983, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el primer Reglamento Interior
de esta Secretaría, con fecha 16 de enero de 1989 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, un
nuevo Reglamento Interior para la dependencia, abrogando el anterior, y con reformas del 26 de
febrero de 1991 (Fe de Erratas el 27 de febrero de 1991), 27 de julio de 1993 (Fe de Erratas el 5 de
agosto de 1993) y el 19 de abril de 1994.
Posteriormente, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 28 de
diciembre de 1994, se reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el propósito
fundamental de que el Estado dispusiera de mejores instrumentos para llevar a cabo, a través de la
APF, sus tareas de gobierno con oportunidad y eficiencia, bajo un esquema de organización que
evitara duplicación de funciones y precisara responsabilidades.
Dentro de este contexto se modificó el nombre de la dependencia por el de Secretaría de Contraloría
y Desarrollo Administrativo y se le dotó de nuevas atribuciones con el objeto de modernizar y controlar
funciones administrativas fundamentales, en adición a las que le correspondían en materia de
vigilancia y responsabilidades de los servidores públicos.
El artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal dispuso que corresponde a la
Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, entre otros, la operación de los sistemas de
control y vigilancia para prevenir conductas indebidas e imponer sanciones en los casos que así se
amerite; por lo que se expidió el Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo
Administrativo mediante su publicación en el DOF el 12 de abril de 1995, el cual modifica la estructura
orgánica de la dependencia y distribuye su competencia entre sus unidades administrativas, conforme
a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Asimismo, conveniente destacar que en el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 se adoptó como
línea de acción de las actividades del Ejecutivo Federal en materia de control, promover la probidad y
rendición de cuentas como elemento esencial del proceso de reforma del Estado, por lo que se
reformaron las Leyes Orgánicas de la Administración Pública Federal, Federal de las Entidades
Paraestatales y Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (DOF, del 24 de diciembre
de 1996), para dotar a las contralorías internas de la autonomía que requería la función de control;
por lo que se facultó a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, para designar y
remover directamente a los contralores internos de las dependencias y entidades, así como de la
Procuraduría General de la República, conferir atribuciones directas a los órganos internos de control
de las entidades paraestatales para iniciar el procedimiento administrativo a los servidores públicos
de éstas, en los casos en que se presumiera la necesidad de fincar responsabilidades en los términos
de Ley, así como precisar las correspondientes a los órganos internos de control de las dependencias
y de la Procuraduría General de la República, en este sentido; dotar del carácter expreso de órganos
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de autoridad a las contralorías internas, con mención específica de su estructura básica, a partir de la
atención de quejas y denuncias, la auditoría y la competencia integral en materia de responsabilidades
y unificar la potestad sancionadora, en materia de responsabilidades a efecto de que los órganos
internos de control al tiempo que fincaran sanciones disciplinarias, sin distinción de la cuantía,
impusieran las sanciones económicas; estas reformas dieron origen a la modificación del Reglamento
Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (DOF del 29 de septiembre de
1997) la cual no es únicamente la expresión de la facultad reglamentaria del Ejecutivo de la Unión,
sino de la enérgica voluntad de reestructurar el sistema de control interno de la APF.
El propio Reglamento Interior fue objeto de otra reforma (DOF del 4 de septiembre de 2000) motivada,
entre otras razones, por la entrada en vigor de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y se
precisó la competencia de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial y de los
Titulares de los órganos internos de control en las dependencias y entidades de la APF, y en la
Procuraduría General de la República, para calificar pliegos preventivos de responsabilidades, en los
términos de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.
El 16 de julio de 2001 se expidió el nuevo el Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y
Desarrollo Administrativo, en el que se efectuaron algunas precisiones sobre el funcionamiento de
diversas unidades administrativas de la Secretaría, entre otras, las que se encuentran la Unidad de
Auditoría Gubernamental y la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial, así
como de los órganos internos de control de las dependencias y entidades de la APF y la Procuraduría
General de la República, para el adecuado ejercicio de sus atribuciones.
Con fecha 7 de septiembre de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo
mediante el cual se adscribieron orgánicamente las unidades administrativas de la SECODAM y se
establecía la subordinación jerárquica de los servidores públicos, señalando en el artículo segundo
que los Titulares de los Órganos Internos de Control dependerían jerárquicamente del Coordinador
General de Órganos de Vigilancia y Control, en cuanto a los Titulares de las Áreas de Auditoría,
Quejas y Responsabilidades de los OIC, el artículo cuarto señalaba que dependerían jerárquica y
funcionalmente de los titulares de los OIC y estarían adscritas al respectivo OIC.
Mediante decreto publicado en el Diario Oficial el 29 de noviembre de 2001 se reforma el Reglamento
Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, con el propósito de incorporar
dentro de la estructura orgánica de la dependencia, a la Subsecretaría de Desarrollo y Simplificación
Administrativa, contemplándose a los Titulares de los Órganos Internos de Control y de sus
respectivas Áreas de Auditoría, Quejas y Responsabilidades, precisando además sus atribuciones y
funciones. Con fecha 13 de marzo de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto
por el cual se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos
y se reforman la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal.
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La nueva Ley Federal precisó en su artículo 4, que los Contralores Internos y los Titulares de las Áreas
de Auditoría, Quejas y Responsabilidades, serían autoridades competentes para la investigación,
tramitación y sustanciación y resolución de los procedimientos y recursos establecidos en dicha ley.
El 10 de abril de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforma
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal., sustituyéndose la denominación de la
Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo por la denominación actual de Secretaría de la
Función Pública, y con fecha 12 de diciembre de 2003, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial
de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, el cual tuvo como
propósito fundamental incluir expresamente unidades administrativas que realizaran actos de
autoridad, especificando sus atribuciones a fin de evitar que los mismos fueran sujetos de posibles
impugnaciones ante autoridades jurisdiccionales y en su artículo 60, estableció como atribución del
Titular de la Secretaría, el designar a los titulares de los órganos internos de control en las
dependencias, órganos desconcentrados, Procuraduría General de la República, organismos
descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, y fideicomisos públicos, así como a
los de las áreas de auditoría interna, de auditoría de control y evaluación, quejas y responsabilidades
de tales órganos.
Con fecha 27 de mayo de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo Reglamento
Interior de la Secretaría de la Función Pública, destacando la reestructuración de diversas unidades
administrativas con motivo de la compactación de estructuras que se llevó a cabo en cumplimiento a
lo previsto por el Artículo 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio
Fiscal 2004. Se modificaron las atribuciones de la Contraloría Interna y de sus unidades
administrativas para alinearlas a las funciones que correspondían a los órganos internos de control y
se realizaron algunas precisiones a las facultades de la Dirección General de Información e Integración
con el fin de mejorar y facilitar el ejercicio de estas.
Con motivo de los objetos rectores del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, el Gobierno Federal
impulsó la expedición y reformas de diversos ordenamientos, entre ellos, el Reglamento Interior de la
Secretaría de la Función Pública, que con fecha 15 de abril de 2009, se publicó en el Diario Oficial de
la Federación, donde se estableció una nueva estructura orgánica en la dependencia, para prever
otras unidades administrativas y fortalecer las facultades de control y evaluación gubernamentales;
dentro de las modificaciones que destacaron fue el cambio de denominación del Área de Auditoría de
Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno por la de Área de Auditoría para Desarrollo y Mejora
de la Gestión Pública. El Reglamento tendría nuevas modificaciones publicadas en el DOF, el 24 de
agosto de 2009 y 03 de agosto de 2011, que en general se refieren a la eliminación de unidades
administrativas y la transformación de las existentes.
Para el 20 de octubre de 2015, se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan
diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, con lo que la
estructura orgánica básica de la dependencia se modificó nuevamente, derivado de la designación
del nuevo Titular de la Secretaría de la Función Pública, quien tenía como objetivos "reforzar los
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procesos de control, fiscalización y auditoría del Gobierno de la República y de vigilar que los
servidores públicos se apeguen a la ley y a la ética".
Con la promulgación de las leyes del Sistema Nacional Anticorrupción, publicadas el 18 de julio de
2016, la Secretaría de la Función Pública, se publicó el Reglamento Interior de la Secretaría de la
Función Pública el 19 de julio de 2017, donde se retoman las nuevas facultades otorgadas a la
Secretaría, los Órganos Internos de Control y Unidades de Responsabilidades, con la finalidad de
alinearlas a los requerimientos y obligaciones que trae consigo dicho Sistema.
El 18 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide
la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y en observancia al artículo Tercero Transitorio,
entró en vigor la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con lo cual las atribuciones de
las unidades administrativas de la Secretaría, se modificaron, para dar atención al marco normativo
aplicable a la materia de responsabilidades administrativas, por lo que, el 12 de enero de 2017, se
publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento
Interior de la Secretaría de la Función Pública, en el adaptó la estructura orgánica de la Secretaría
para combatir y prevenir la corrupción y establecer las bases de coordinación entre la Federación, las
entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, para el funcionamiento
de este Sistema, en este sentido la Secretaría deberá colaborar en el marco del Sistema Nacional
Anticorrupción y del Sistema Nacional de Fiscalización, en el establecimiento de las bases y principios
de coordinación necesarios que permitieron el mejor cumplimiento de las responsabilidades de sus
integrantes en el diseño, promoción de la política general de la Administración Pública Federal para
el establecimiento de acciones que propiciaran la integridad y la transparencia en la gestión pública,
la rendición de cuentas y el acceso por parte de los particulares a la información que aquélla generara.
Siendo importante destacar que con motivo de la entrada en vigor de la Ley General de
Responsabilidades Administrativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de
2016, se ajustaron las atribuciones de las unidades administrativas, facultándolas como Autoridades
investigadoras, sustanciadoras y resolutoras, y por su parte en el artículo 115 se estableció que la
autoridad a quien se encomendara la substanciación y, en su caso, resolución del procedimiento de
responsabilidad administrativa, debería ser distinto de aquél o aquellos encargados de la
investigación. Con lo cual, los Órganos Internos de Control y Unidades de Responsabilidades
deberían dar cumplimiento mediante la separación de las áreas de substanciación (responsabilidades)
de aquellos encargados de la investigación (quejas).
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II. Objetivo del Manual
Proporcionar al Órgano Interno de Control una herramienta que estandarice el desarrollo de los
procedimientos administrativos necesarios para su funcionamiento, conforme a sus atribuciones y
responsabilidades, con la finalidad de alinear y homologar el desarrollo de las actividades que
competen a las áreas que lo conforman.
III. Marco Jurídico
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 05-II-1917 y sus reformas
LEYES.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. D.O.F. 29-XII-1976 y sus reformas
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. D.O.F. 10-IV-2003 y sus reformas
Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 14-V-1986 y sus reformas Ley que crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano. D.O.F. 02-VI-2006
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. D.O.F. 4-V-2015
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. D.O.F. 9-V-2016 y sus reformas
Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. D.O.F. 18-VII-2016
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13-III-2002 y sus reformas
Ley General de Responsabilidades Administrativas. D.O.F. 18-VII-2016 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 04-I-2000 y sus reformas Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 04-I-2000 y sus reformas
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Ley Federal de Procedimiento Administrativo. D.O.F. 04-08-1994 y sus reformas Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo. D.O.F. 01-12-2005 Código Civil Federal. D.O.F. 26-05-1928 y sus reformas. Código Federal de Procedimientos Civiles. D.O.F.24-02-1943 Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 31-XII-1981 y sus reformas
REGLAMENTOS
Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 26-I-1990 y sus reformas
Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública. D.O.F. 19-VII-2017 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 28-VII-2010 y sus reformas
ACUERDOS
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno. D.O.F. 12-VII-2010 y sus reformas
Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección. D.O.F. 12-VII-2010 y su reforma
Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de la Función Pública y se establece la subordinación jerárquica de los servidores públicos previstos en su Reglamento Interior. D.O.F. 28-VIII-2017
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LINEAMIENTOS
Lineamientos Generales para la Formulación de los Programas de Trabajo de los Órganos Internos de Control vigente.
Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2016.
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social. Publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016.
Lineamientos Generales para la Presentación de los Informes y Reportes del Sistema de Información Periódica. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de noviembre de 2006.
Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la administración pública federal a las entidades federativas, mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007. Lineamientos generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004.
Lineamientos para la operación del Sistema Informático RH net. Publicados en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2005.
Lineamientos para la creación y uso de Sistemas Automatizados de Gestión y Control de Documentos. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de julio de 2015.
Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2013.
Lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2016.
Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2016.
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OTROS
Estatuto Orgánico de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2016. Clasificación Funcional del Gasto (finalidad, función, subfunción) Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2010.
Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. Última reforma publicada DOF 15-08-2016.
Normas generales para el registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada. Publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2004.
Normas y Lineamientos que regulan el funcionamiento de los Órganos Internos de Control. Boletín B. Normas Generales de Auditoría Pública. Última reforma publicada DOF 15-02-13.
Norma que regula las jornadas y horarios de labores en la Administración Pública Federal Centralizada. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de marzo de 1999.
Bases Generales de Colaboración que en el Marco de la Ley de Seguridad Nacional celebran la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Salud. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 05 de agosto de 2013.Guía General de Auditoría Pública Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.
Guía para la elaboración de informes e integración de expedientes de casos de presunta responsabilidad de servidores públicos. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.
Guía de auditoría de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.
Guía de auditoría para las operaciones de disposición final y baja de muebles de la administración pública federal centralizada. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.
Guía de auditoría de almacenes e inventario de bienes de consumo. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.
Guía de auditoría a fideicomisos, mandatos y contratos análogos. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.
Guía de resultados de programas mediante la revisión al desempeño.
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Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.
Guía de auditorías y visitas de inspección de obras públicas y servicios relacionados con las mismas. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP. Protocolo para la prevención, atención y sanción para el hostigamiento sexual y acoso sexual. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 2016. Guía y formatos para homologar la integración de expedientes del proceso de investigación, substanciación y resolución de responsabilidades administrativas. Dada a conocer en la Plataforma de Coordinación Integral de los Órganos Internos de Control en octubre de 2017.
IV. Misión y Visión
MISIÓN
Consolidar un gobierno honesto, eficiente y transparente.
VISIÓN
La ciudadanía participa y confía en la función pública.
V. Ámbito de Aplicación
El presente Manual deberá observarse por el personal que forme parte del Órgano Interno de Control
en Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano.
El lenguaje empleado en este documento no pretende generar ninguna clase de discriminación, ni
marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones hechas a un género
u otro, representan tanto al femenino como al masculino.
VI. Glosario
Para la interpretación y efectos del presente Manual se entenderá por:
Acción (es) de control: las actividades determinadas e implantadas por los Titulares y demás
servidores públicos de las Instituciones para alcanzar los objetivos institucionales, prevenir y
administrar los riesgos identificados, incluidos los de corrupción y de tecnologías de la información.
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Acción(es) de Mejora: Actividades determinadas e implantadas por los Titulares y demás servidores públicos de las Instituciones para eliminar debilidades de control interno; diseñar, implementar y reforzar controles preventivos, detectivos o correctivos; así como atender áreas de oportunidad que permitan fortalecer el Sistema de Control Interno Institucional.
Actividades de Control: Denominadas también de regulación, son aquellas por medio de las cuales se establecen controles dentro de las actividades del procedimiento, como pueden ser: las revisiones o inspecciones, comprobaciones, aprobaciones, autorizaciones. Acuerdo de Radicación: Acto mediante el cual la autoridad determina y funda su competencia para
conocer del asunto que se le plantea, así como su decisión de abocarse a su atención.
ADMGP: Auditoria para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública.
Administración de riesgos: El proceso dinámico desarrollado para contextualizar, identificar, analizar, evaluar, responder, supervisar y comunicar los riesgos, incluidos los de corrupción, inherentes o asociados a los procesos por los cuales se logra el mandato de la institución, mediante el análisis de los distintos factores que pueden provocarlos, con la finalidad de definir las estrategias y acciones que permitan mitigarlos y asegurar el logro de metas y objetivos institucionales de una manera razonable, en términos de eficacia, eficiencia y economía en un marco de transparencia y rendición de cuentas. Agencia: Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano. Auditor: Persona que se encuentra señalada en la orden de auditoría para su realización. Auditoría (pública): Actividad independiente de apoyo a la función directiva, enfocada al examen objetivo, sistemático y evaluatorio de las operaciones financieras y administrativas realizadas; de los sistemas y procedimientos implantados; de la estructura orgánica en operación y de los objetivos, programas y metas alcanzados por las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, así como de la Procuraduría General de la República con el fin de determinar el grado de economía, eficacia, eficiencia, efectividad, imparcialidad, honestidad y apego a la normatividad con que se han administrado los recursos públicos que les fueron suministrados, así como la calidad y calidez con que prestan sus servicios a la ciudadanía. Autoridad investigadora: La autoridad en las Secretarías, los Órganos internos de control, la Auditoría Superior de la Federación y las entidades de fiscalización superior de las entidades federativas, así como las unidades de responsabilidades de las Empresas productivas del Estado, encargada de la investigación de faltas administrativas. Autoridad Resolutora: Tratándose de faltas administrativas no graves lo será la unidad de responsabilidades administrativas o el servidor público asignado en los Órganos internos de control. Para las Faltas administrativas graves, así como para las faltas de particulares, lo será el Tribunal competente. Autoridad Substanciadora: La autoridad en las Secretarías, los Órganos internos de control, la Auditoría Superior y sus homólogas en las entidades federativas, así como las unidades de responsabilidades de las Empresas productivas del Estado que, en el ámbito de su competencia,
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dirigen y conducen el procedimiento de responsabilidades administrativas desde la admisión del Informe de presunta responsabilidad administrativa y hasta la conclusión de la audiencia inicial. La función de la Autoridad substanciadora, en ningún caso podrá ser ejercida por una Autoridad investigadora. CGOVC: Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control. COCODI: Comité de Control y Desempeño Institucional.
Comité Coordinador: Instancia a la que hace referencia el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, encargada de la coordinación y eficacia del Sistema Nacional Anticorrupción. Comité de Ética: Los Comités de ética y de prevención de conflictos de interés, conformados en cada dependencia o entidad de la Administración Pública Federal. Conflicto de Interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios. Control Interno: Proceso efectuado por el Titular, la Administración, en su caso el Órgano de Gobierno, y los demás servidores públicos de una institución, que tiene como fin con el objeto de proporcionar un grado de seguridad razonable sobre la consecución de las metas y objetivos institucionales y la salvaguarda de los recursos públicos, así como para prevenir actos contrarios a la integridad en los objetivos de la Dependencia, Entidad, u Órgano Desconcentrado o Descentralizado de que se trate. Convocante: Área solicitante de bienes o servicios determinados.
Debilidad (es) de Control Interno: La insuficiencia, deficiencia o inexistencia de controles en el
Sistema de Control Interno Institucional que obstaculizan o impiden el logro de las metas y objetivos
institucionales, o materializan un riesgo, identificadas mediante la supervisión, verificación y
evaluación interna y/o de los órganos de fiscalización.
Denuncia: Manifestación de hechos presuntamente irregulares, en los que se encuentran involucrados servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, que afectan la esfera jurídica de una persona, y se hacen del conocimiento de la autoridad por un tercero. Denunciante: La persona física o moral, o el Servidor Público que acude ante las autoridades investigadoras, con el fin de denunciar actos u omisiones que pudieran constituir o vincularse con faltas administrativas. Desarrollo Administrativo: Es la evolución del proceso administrativo en las áreas funcionales de las unidades administrativas. Eficacia: Capacidad de lograr los objetivos y metas programadas con los recursos disponibles en un tiempo determinado. Eficiencia: Uso racional de los medios con que se cuenta para alcanzar un objetivo predeterminado.
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Estructura Orgánica: Es la organización formal en la que se establecen los niveles jerárquicos y se especifica la división de funciones, la interrelación y coordinación que deben existir entre las diferentes áreas o unidades organizacionales, a efecto de lograr el cumplimiento de los objetivos, es igualmente un marco administrativo de referencia para determinar los niveles de toma de decisiones. Unidades administrativas que integran una dependencia y/o entidad, donde se establecen niveles jerárquicos-funcionales de conformidad con las atribuciones que a la misma le asigna la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Evidencia: Comprobación de información y datos, que sean importantes con respecto a lo que se examina (pertinencia) y que pueda acreditar la emisión de una opinión de los auditores; las pruebas que se obtienen deben ser suficientes, competentes y relevantes. Faltas Administrativas: Vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones por Ley General de Responsabilidades Administrativas. Inconformidad: Es la instancia entendida como una conducta del particular que pide, solicita o en cualquier forma excita o activa las funciones de los órganos de fiscalización. Investigación Previa: Es la obtención sistemática de la información relevante y suficiente que sirva
de base para seleccionar las áreas, operaciones, programas o transacciones que se consideren
vulnerables, es la primera tarea formal hacia la formulación de los PAT.
Jefe de Grupo: Al auditor designado de esa manera en las órdenes de auditoría que emitan las Unidades auditoras, como encargado de supervisar la ejecución de la auditoría y de verificar que la actividad del equipo auditor participante se apegue a las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección. Licitante: Persona que participa en cualquier procedimiento de licitación pública, o bien de Invitación a Cuando Menos Tres Personas. Lineamientos: Lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias.
MAAGCI: Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Control Interno.
Mapa: Mapa de Administración de Riesgos Institucional.
Matriz: Formato de Matriz de Administración de Riesgos Institucional.
Mejora de Procesos: Es un medio por el cual una organización puede lograr un cambio en su nivel de productividad, costos, rapidez, servicio y calidad a través de la aplicación de herramientas y técnicas enfocadas al análisis de los procesos y los elementos que intervienen en los mismos orientándolos hacia la satisfacción del usuario. Normatividad: Conjunto de normas, políticas, lineamientos, manuales y procedimientos emitidos por una unidad administrativa competente, con la finalidad de dirigir hacia los objetivos deseados la
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formulación, ejercicio, control y evaluación administrativa, estableciendo el marco de actuación al que deberán sujetarse las demás áreas y unidades administrativas. Notificación: Acto a través del cual se da a conocer a los interesados una determinación emitida por la autoridad. Objetivos Estratégicos: Elementos de planeación para un determinado sector de la Administración Pública Federal, definidos por las dependencias coordinadoras de sector a través de los programas sectoriales que, en el ámbito de sus respectivas competencias, elaboren, y que constituyen una expresión de los fines últimos que se fijan con base en los objetivos, estrategias y prioridades contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo. Observaciones: Documento donde se hace constar los principales resultados que determinan presuntas irregularidades o incumplimientos normativos. OIC: Órgano Interno de Control. Orden de Auditoría: Documento que protocoliza el inicio de los trabajos de auditoría en una unidad auditada. Organigrama: Es la representación gráfica de la estructura orgánica, así como las relaciones entre las áreas que la componen. PAT: Plan Anual de Trabajo Documento que establece el trabajo a realizarse especificando la unidad administrativa en donde ha de llevarse a cabo las auditorías, revisiones de control, mejora de procesos, el tiempo que se ha de invertir en ellas y la fuerza de trabajo que se va a utilizar por las áreas que integran el Órgano Interno de Control. PCI-OVC: Plataforma de Coordinación Integral de los Órganos de Vigilancia y Control. Procedimiento Administrativo: Procedimiento mediante el cual se pueden imponer sanciones administrativas a los servidores públicos que hayan incurrido en responsabilidad en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. Proveedor: Aquella persona física o moral que celebra contratos con la Dependencia o Entidad. PTAR: Programa de Trabajo de Administración de Riesgos.
PTCI: Programa de Trabajo de Control Interno.
RAT: Reporte de Avances Trimestral.
SFP: Secretaría de la Función Pública.
SICOCODI: Sistema de Control Interno Institucional.
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Sistema de Control Interno Institucional o SCII: el conjunto de procesos, mecanismos y elementos
organizados y relacionados que interactúan entre sí, y que se aplican de manera específica por una
Institución a nivel de planeación, organización, ejecución, dirección, información y seguimiento de sus
procesos de gestión, para dar certidumbre a la toma de decisiones y conducirla con una seguridad
razonable al logro de sus metas y objetivos en un ambiente ético e íntegro, de calidad, mejora
continua, eficiencia y de cumplimiento de la ley
Queja: Manifestación de hechos presuntamente irregulares, en los que se encuentran involucrados servidores públicos en ejercicio de sus funciones, que afectan la esfera jurídica de una persona, misma que los hace del conocimiento de la autoridad. Recomendaciones: Acciones específicas que van dirigidas a quien corresponda emprenderlas, por lo que los auditores deberán incluirlas en sus informes, cuando basadas en los hallazgos correspondientes, se demuestre que exista la posibilidad de mejorar la operación y el desempeño; se dividen en correctivas y preventivas. Recurso de Inconformidad: Impugnación de la calificación o abstención de los hechos. Tendrá como efecto que no se inicie el procedimiento de responsabilidad administrativa hasta en cuanto este sea resuelto. Recurso de Revisión: Medio de impugnación de los actos administrativos, tales como las resoluciones en las que se resuelva la instancia de la inconformidad o se impongan las sanciones que por infracción a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, sean acreedores los licitantes, proveedores o contratistas y que tiene por objeto la defensa de los derechos o intereses jurídicos de los afectados que han dado origen a los actos impugnados. Recurso de Revocación: Medio legal con el que cuenta el servidor público afectado en sus derechos o intereses, por una resolución administrativa emitida conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas o la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para impugnarla ante la propia autoridad que la dictó a fin de que la revoque, modifique o confirme, una vez comprobada su legalidad o ilegalidad. Rendición de Cuentas: Condiciones institucionales mediante las cuales el ciudadano puede evaluar de manera informada las acciones de los servidores públicos, demandar la responsabilidad en la toma de las decisiones gubernamentales y exigir una sanción en caso de ser necesario. Resolución: Acto de autoridad administrativa que define o da certeza a una situación legal o administrativa. Responsabilidad Administrativa: Aquella en que incurre un servidor público por realizar actos u omisiones que afecten la honradez, legalidad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. Riesgos: Incertidumbre de que ocurra un acontecimiento que pudiera afectar el logro de los objetivos. El riesgo se mide en términos de consecuencias y probabilidad. Secretaría: Secretaría de la Función Pública.
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Seguimiento de Observaciones: Revisión y comprobación de las acciones realizadas por el auditado para atender, en tiempo y forma, las recomendaciones propuestas en las cédulas de observaciones. Servidor Público: Aquella persona que desempeña un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, en el ámbito federal y local, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. SIA: Sistema Integral de Auditorías. SIPOT: Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia. Sistema de Control Interno Institucional: El conjunto de procesos, mecanismos y elementos organizados y relacionados que interactúan entre sí, y que se aplican de manera específica por una Institución a nivel de planeación, organización, ejecución, dirección, información y seguimiento de sus procesos de gestión, para dar certidumbre a la toma de decisiones y conducirla con una seguridad razonable al logro de sus objetivos y metas en un ambiente ético, de calidad, mejora continua, eficiencia y de cumplimiento de la ley. Sistema Nacional Anticorrupción: Instancia de coordinación entre distintas autoridades federales y locales, encargadas de la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como de la fiscalización y control de recursos públicos, en el cual participa la ciudadanía a través de un Comité. Suspensión Administrativa: Decisión por la que se deja pendientes los efectos de un acto administrativo. Esta decisión de paralizar la ejecución del acto puede ser tomada por la Administración o los Tribunales. Es una medida compensatoria de la lentitud en la resolución de los recursos, impidiéndose así que la ejecutividad produjera una situación no reversible cuando la resolución del recurso se dictara a favor del administrado recurrente. TAADMGP: Titular del Área de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública.
TAAI: Titular del Área de Auditoría Interna.
TAR: Titular del Área de Responsabilidades.
TAQ: Titular del Área de Quejas.
TOIC: Titular del Órgano Interno de Control. Unidad (es) fiscalizadora(s): A los entes fiscalizadores, como son: la Auditoría Superior de la
Federación, la Unidad de Auditoría Gubernamental; la Unidad de Control y Auditoría a Obra Pública;
el Titular del Órgano Interno de Control, los Despachos de Auditores Externos, así como al Titular del
Área de Auditoría la Dependencia, Entidad, u Órgano Desconcentrado o Descentralizado de que se
trate.
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VII. Procedimientos
a) Procedimientos del Titular del Órgano Interno de Control
1. Procedimiento para la planeación y formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT)
OBJETIVO
Elaborar el Plan Anual de Trabajo con base en los lineamientos que emita la Secretaría de la Función
Pública.
POLÍTICAS
El Plan Anual de Trabajo del Órgano Interno de Control, deberá apegarse a lo establecido en
los Lineamientos Generales para Formulación de los Planes Anuales de Trabajo de los
Órganos Internos de Control y de las Unidades de Responsabilidades en las Empresas
Productivas del Estado, que emita la Secretaría de la Función Pública.
Una vez suscrita la versión final del PAT por el TOIC, éste debe ser difundido entre las Áreas
del OIC.
El TOIC será el responsable de asegurar el registro del PAT en los sistemas informáticos que
correspondan.
El seguimiento del PAT deberá registrarse en los sistemas informáticos, en los periodos
correspondientes.
La Titularidad del OIC y de sus áreas deberán remitir trimestralmente, al Área de Auditoría
Interna, la integración de su fuerza de trabajo.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Con base a los Lineamientos Generales para la formulación de Planes Anuales de Trabajo de los
Órganos Internos de Control y de las Unidades de Responsabilidades de las empresas productivas
emitidos por la Secretaría de la Función Pública (SFP).
1 TOIC
Analiza Lineamientos Generales y convoca a
reunión a los Titulares de las Áreas del Órgano
Interno de Control para iniciar con la planeación
Lineamientos
Generales para la
Formulación del PAT.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
de la integración del Plan Anual de Trabajo
(PAT).
2 TOIC
Designa a un Titular de Área como coordinador
de los trabajos, solicita se elabore el cronograma
de actividades.
3 Titular de Área
Coordinador
Elabora cronograma de actividades para la
formulación del PAT y presenta al TOIC para su
aprobación.
Cronograma de
actividades para
formulación del PAT.
Una vez aprobado por el TOIC.
4 Titular de Área
Coordinador
Solicita a los Titulares de Área obtener datos e
información relevante para la Investigación
previa.
Solicitud de
información (oficio o
correo).
5 Titulares de
Área del OIC
Remite al Titular de Área Coordinador la
información recopilada relacionada con
operaciones, programas, procesos o
transacciones que se consideren vulnerables de
la Agencia, auditorías internas y externas,
observaciones de auditoría, procedimientos de
investigación, responsabilidades, evaluaciones,
diagnósticos y otras revisiones efectuadas por el
OIC.
Información
relevante.
6 Titular de Área
Coordinador
Recibe e integra el soporte documental para el
expediente del PAT. Expediente del PAT.
De acuerdo con el cronograma desarrolla Taller de Enfoque Estratégico.
7 TOIC y Titulares
de Área
Desarrolla, con base en la información
recopilada, la Cédula de identificación de riesgos
y determina estrategias para cada una de las
Áreas del OIC, con base en las estrategias
establecidas en los Lineamientos establecidas
para la elaboración del PAT y se formaliza por
parte del TOIC. Se debe asegurar que cada una
de las estrategias se asocie con un riesgo.
Cédula de
Identificación y
valoración de
riesgos.
Cada Titular de Área del OIC deberá de registrar en los sistemas correspondientes las estrategias a su
cargo, conforme a los Lineamientos.
8 TOIC Notifica a los Titulares de Área la aprobación del
PAT e instruye su ejecución.
PAT.
Oficio de registro y
autorización y/o
correo electrónico.
El TOIC deberá dar seguimiento periódicamente al cumplimiento de lo comprometido en el PAT, así
como registrar en los sistemas correspondientes.
La Fuerza de Trabajo deberá registrarse trimestralmente en el Sistema Integral de Auditoría (SIA).
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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DIAGRAMA DE FLUJO
Documentos de
entrada Actividades
Documentos
resultantes
TO
IC
Titula
r de
Áre
a C
oord
inad
or
INICIO
1. Analiza los Lineamientos
Generales y convoca a reunión
con titulares del OIC
Lineamientos
PAT
2. Designa al coordinador de
los trabajos y solicita la elabo-
ración del cronograma de acti-
vidades.
3. Elabora cronograma de activida-
des para la formulación del PAT y
presenta al TOIC para su aproba-
ción.
¿Es co-
rrecto?
Cronograma de ac-
tividades para la
formulación del PAT
Devuelve
para correc-
ción
No
Si
A
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Documentos de
entrada Actividades
Documentos
resultantes
Titula
r de
Áre
a C
oord
inad
or
Titula
res d
e Á
rea d
el
OIC
Titula
r de
Áre
a
Coord
ina
dor
TO
IC y
Titula
res d
e Á
rea
5. Remite al Titular de Área Coordi-
nador la información recopilada.
6. Recibe e integra el soporte
documental de la Información
Relevante, para el expediente
del PAT.
7. Con base en el Taller de Enfoque Estra-
tégico, se desarrolla la Cédula de Identifi-
cación de Riesgos y determina estrategias
para cada una de las Área del OIC. Cada
Titular de Área, registra en los sistemas las
estrategias a su cargo.
Cédula de Identifi-
cación y Valoración
de Riesgos.
Expediente del
PAT.
Oficio o correo elec-
trónico con Informa-
ción Relevante
4. Aprobado por el TOIC, soli-
cita a los Titulares de Área da-
tos e información para la investi-
gación previa.
A
B
Solicitud de infor-
mación (oficio o co-
rreo electrónico).
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Documentos de
entrada Actividades
Documentos
resultantes
TO
IC
8. Notifica a los Titulares de
Área la aprobación del PAT e
instruye su ejecución.
B
PAT Autorizado
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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b) Procedimientos del Área de Responsabilidades
1. Procedimiento para la resolución de procedimientos en materia de
responsabilidades administrativas (incluye asuntos de situación patrimonial) en
apego a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores
Públicos.
OBJETIVO
Resolver los procedimientos de responsabilidades administrativas relacionados con el incumplimiento
de las obligaciones de los servidores públicos, así como de todas aquellas personas que apliquen o
manejen recursos públicos.
POLÍTICAS
El Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Administrativas deberá desahogarse
en apego al artículo 21 de la Ley.
Las actuaciones derivadas del desahogo del Procedimiento de Responsabilidades
Administrativas deben registrase en su totalidad en el SPAR-RSPS, verificando que la
información capturada sea correcta.
Los expedientes de Responsabilidades Administrativas deben estar debidamente integrados
(cronología, folio, sello).
Los medios de impugnación que se presenten en contra de los actos derivados del
Procedimiento de Responsabilidades Administrativas, se tramitarán ante la Autoridad
competente y conforme a la normatividad aplicable.
El presente procedimiento aplica para los asuntos aperturados en el Área de
Responsabilidades, previa a la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
La imposición de sanciones se efectuará conforme a la Ley vigente al momento en que
ocurrieron los hechos.
El Área de Responsabilidades deberá comunicar al Área de Quejas o al Área de Auditoría
Interna la resolución de los asuntos turnados por las mismas.
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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Los asuntos iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se resolverán mediante este procedimiento
1 TAR Recibe oficio de remisión del expediente.
2 TAR Elabora acuerdo de radicación del expediente, analiza su debida integración y registra en el SPAR-RSPS.
Acuerdo de radica-ción.
Registro en el SPAR-RSPS.
3 TAR
No está debidamente integrado Elabora oficio para su devolución al Área de Quejas solicitando su debida integración.
Oficio de devolución.
4 TAR Gestiona oficio y recaba acuse de recibo Acuse.
De no recibir la información debidamente integrada, archiva por falta de elementos y termina proce-dimiento.
En caso de que se reciba el expediente debidamente integrado, continua con la siguiente actividad.
5 TAR
Sí está debidamente integrado Analiza que la conducta no haya prescrito (3 a 5 años) y se determina lo conducente.
6 TAR
Prescrito Determina responsable de la prescripción, ela-bora Acuerdo, registra actuación en el SPAR e integra expediente.
Acuerdo de prescrip-ción.
Registro en el SPAR.
Integración de expe-diente.
En caso de que la prescripción sea responsabilidad de alguno de los Titulares del OIC, se dará vista al OIC en la SFP.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
7 TAR
No prescrito Elabora acuerdo de inicio de procedimiento y citatorio al presunto responsable, considerando lo establecido en el artículo 21, fracción I, para audiencia de Ley.
Acuerdo.
Citatorio.
8 TAR
Notifica personalmente al presunto responsa-ble, en el domicilio proporcionado por la Enti-dad, conforme a lo establecido en el Código Fe-deral de Procedimientos Civiles.
Acuse de notificación.
En caso de no ser el domicilio del presunto responsable, se elaboran las diligencias correspondien-tes conforme al Alcance a la Guía para el registro y atención de los asuntos derivados del incumpli-miento de la obligación de los servidores públicos de presentar con oportunidad las declaraciones de situación patrimonial, dado a conocer mediante oficio DG/311/2669/2008, de fecha veintiocho de noviembre de dos mil ocho, emitido por el Director General de Responsabilidades y Situación
Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
9 TAR Lleva a cabo audiencia de Ley, instrumenta acta de audiencia y acuerda el periodo proba-torio.
Acta de audiencia.
Una vez concluido el periodo probatorio
10 TAR Recibe pruebas, elabora acuerdo de recepción, admisión y desahogo, hasta su culminación.
Acuerdo de admisión y desahogo de prue-bas.
Todos los documentos o información recibida deben integrarse al expediente a través de Acuerdo de trámite emitido por el TAR.
11 TAR Se elabora Acuerdo de cierre de instrucción y oficio de notificación al presunto responsable.
Acuerdo.
Oficio de notificación.
12 TAR
Analiza expediente y elabora la resolución en la que se determine la imposición o abstención de sanción o inexistencia de responsabilidad y realizar las notificaciones conforme a lo siguiente:
Abstención-notificar al involucrado
Inexistencia de responsabilidad- notificar al involucrado
Imposición:
Sanción económica y/o administrativa- notificar al sancionado, jefe inmediato o Titular de la Dependencia o Entidad y al SAT.
Elabora resolución.
Oficios de notificación.
13 TAR Realiza las notificaciones correspondientes, re-gistra en el SPAR e integra al expediente.
Acuses.
Registro en el SPAR.
Integración del expe-diente.
Una vez ejecutada la sanción recibe e integra la constancia de cumplimiento e integra el expe-diente.
En caso de presentarse recurso de revocación o revisión se resolverá por el OIC conforme a dere-cho.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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DIAGRAMA DE FLUJO
Documentos de
entrada
Actividades Documentos
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Titula
r de
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e R
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dades
INICIO
1. Recibe oficio de remisión del
expediente.
Oficio y expe-
diente
2. Elabora acuerdo de radica-
ción, analiza su debida integra-
ción y registra en el SPAR.
¿Está debida-
mente integrado?
A
3. Elabora oficio para devolución
solicitando su debida integración.
4. Gestiona oficio y recaba acuse
de recibo.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
Si
No
Acuerdo de radica-
ción.
Oficio de devolu-
ción.
¿Se recibe expe-
diente debida-
mente integrado?
5
Si
No
Manual de Procedimientos del Órgano Interno de Control en Notimex,
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Órgano Interno de Control Unidades Administrativas del Órgano Interno de Control
Clave MP-OIC Versión 1.0 Vigencia 15/08/2018 Página: 29 de 113
Titula
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dades
5. Analiza que la conducta no haya
prescrito y determina.
6. Elabora acuerdo de prescripción, re-
gistra en el SPAR e integra expediente.
¿Prescribió?
7. Elabora acuerdo de inicio de pro-
cedimiento y citatorio al presunto res-
ponsable.
A
B
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
Acuerdo de pres-
cripción.
8. Notifica personalmente al presunto
responsable.
9. Lleva a cabo audiencia de Ley,
instrumenta acta y acuerda el periodo
probatorio.
10. Una vez concluido el periodo pro-
batorio, se elabora acuerdo de recep-
ción, admisión y desahogo hasta su
culminación.
Acuerdo de inicio y
citatorio.
Acuerdo de admi-
sión y desahogo de
pruebas.
Acta de audiencia.
Si
No
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Órgano Interno de Control Unidades Administrativas del Órgano Interno de Control
Clave MP-OIC Versión 1.0 Vigencia 15/08/2018 Página: 30 de 113
Titula
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dades
11. Elabora acuerdo de cierre de ins-
trucción y oficio de notificación.
B
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
Acuerdo de cierre
de instrucción y Ofi-
cio de notificación.
12. Elabora resolución con imposi-
ción o abstención de sanción, inexis-
tencia de responsabilidad o sanción
económica y notificación.
13. Realiza diligencias de notifica-
ción, registra en el SPAR e integra
expediente.
Resolución y Oficio
de notificación.
Acuses y Expe-
diente
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Órgano Interno de Control Unidades Administrativas del Órgano Interno de Control
Clave MP-OIC Versión 1.0 Vigencia 15/08/2018 Página: 31 de 113
2. Procedimiento para la atención de procedimientos de responsabilidades
administrativas (incluye asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley
General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
OBJETIVO
Atender los procedimientos de responsabilidades administrativas relacionados con el incumplimiento
de las obligaciones de los servidores públicos, así como de todas aquellas personas que apliquen o
manejen recursos públicos.
POLÍTICAS
El Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Administrativas deberá desahogarse
en apego a lo establecido en el Libro Segundo, “Disposiciones Adjetivas”, Título Segundo “Del
Procedimiento de Responsabilidad Administrativa” de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
Las actuaciones derivadas del desahogo del Procedimiento de Responsabilidades
Administrativas deben registrase en su totalidad en el SIRA, verificando que la información
capturada sea correcta.
Los expedientes de Responsabilidades Administrativas deben estar debidamente integrados
(cronología, folio, sello).
Los medios de impugnación que se presenten en contra de los actos derivados del
Procedimiento de Responsabilidades Administrativas, se tramitarán ante la Autoridad
competente y conforme a la normatividad aplicable.
El presente procedimiento aplica para los asuntos aperturados en el Área de
Responsabilidades, posterior a la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades
Administrativas.
La imposición de sanciones se efectuará conforme a la Ley vigente al momento en que
ocurrieron los hechos.
El Área de Responsabilidades deberá comunicar al Área de Quejas la resolución de los
asuntos turnados por la misma.
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Clave MP-OIC Versión 1.0 Vigencia 15/08/2018 Página: 32 de 113
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Los asuntos iniciados después de la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Ad-ministrativas, se resolverán mediante este procedimiento.
1 TAR
Recibe oficio con Informe de Presunta Res-ponsabilidad Administrativa (IPRA) y expe-diente.
2 TAR
Se elabora acuerdo de recepción, analiza que cumpla con los requisitos de procedibi-lidad y registra en el SIRA.
Acuerdo de recep-ción.
Analiza expediente
Registro en el SIRA.
3 TAR
No cumple con los requisitos Elabora oficio de prevención al Área de Quejas solicitando subsane las inconsisten-cias. Conecta con actividad 1
Oficio de devolución.
4 TAR
Si cumple con los requisitos Analiza actualización de causal de improcedencia o sobreseimiento, establecidas en el artículo 196 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
5 TAR
Sí actualiza causal de improcedencia o sobreseimiento Elabora acuerdo de improcedencia o sobre-seimiento, registra en el SIRA e integra ex-pediente.
Acuerdo.
Registro en el SIRA.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
6 TAR
No actualiza causal de improcedencia o sobreseimiento En caso de actualizarse lo establecido en el artículo 101 de la LGRA se elabora acuerdo de radicación y abstención, notificándole el mismo a la autoridad investigadora y al de-nunciante, para que de conformidad con lo establecido en los numerales 102, párrafo segundo y 103 de la ley de la materia, y de
Acuerdo de absten-ción.
Oficios de notifica-ción.
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Clave MP-OIC Versión 1.0 Vigencia 15/08/2018 Página: 33 de 113
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
considerarlo procedente promuevan el re-curso de inconformidad; por lo anterior, en el supuesto de promoción de dicho recurso se turna oficialmente al Tribunal (fin de pro-cedimiento).
7 TAR
Elabora acuerdo de admisión, acuerdo de citación audiencia inicial y oficios de notifi-cación al presunto responsable, a la autori-dad investigadora y al denunciante.
Acuerdo de admisión.
Oficio de emplaza-miento.
Oficios de notifica-ción.
8 TAR
Notifica personalmente al presunto respon-sable, conforme a lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrati-vas, entregándole copia certificada del ex-pediente.
Acuse de notificación.
Copia certificada del expediente.
En caso de no ser el domicilio del presunto responsable, se elaboran las diligencias correspondien-tes conforme al Alcance a la Guía para el registro y atención de los asuntos derivados del incumpli-miento de la obligación de los servidores públicos de presentar con oportunidad las declaraciones
de situación patrimonial, dado a conocer mediante oficio DG/311/2669/2008, de fecha veintiocho de noviembre de dos mil ocho, emitido por el Director General de Responsabilidades y Situación Patri-
monial de la Secretaría de la Función Pública.
En caso de que el presunto responsable solicite defensor de oficio, el Titular del Área de Respon-sabilidades gestiona ante la Secretaría de la Función Pública.
9 TAR
Lleva a cabo audiencia inicial de Ley, recibe pruebas y consulta expediente para verificar la clasificación de la gravedad.
Acta de audiencia.
10 TAR
Sí es grave Elabora oficio y turna expediente al Tribunal e integra cuadernillo de remisión.
Oficio.
Cuadernillo.
En caso de que el Tribunal confirme gravedad, termina procedimiento.
En caso de que el Tribunal determine que la conducta no es grave devuelve el expediente para que se continúe con el procedimiento.
Conecta con siguiente actividad
11 TAR Se elabora Acuerdo de admisión y desahogo de pruebas, asimismo se notifica al presunto responsable.
Acuerdo.
Notificación
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
12 TAR Se apertura el periodo de alegatos y se no-tifica al presunto responsable.
Acuerdo.
Notificación.
Una vez concluido el periodo de alegatos
13 TAR
Elabora acuerdo de preclusión o admisión de alegatos, el cual contiene cierre de instrucción y citación a las partes para oír resolución. Elabora oficios de citación para el presunto responsable, autoridad investigadora y denunciante.
Acuerdo de prescrip-ción y alegatos.
Oficios de notifica-ción.
14 TAR Realiza las diligencias de notificación, regis-tra en el SIRA e integra en expediente.
Acuses.
Registro en el SIRA.
Expediente.
15 TAR
Analiza expediente y elabora resolución en la que se determina la imposición o abstención de sanción o inexistencia de responsabilidad.
Resolución.
Oficios de notifica-ción.
16 TAR
Realiza las notificaciones conforme a lo siguiente:
Abstención-notificar al involucrado
Inexistencia de responsabilidad- notificar al involucrado
Imposición:
Sanción económica y/o administrativa- noti-ficar al sancionado, jefe inmediato o Titular de la Dependencia o Entidad y al SAT.
Oficios de notifica-ción.
17 TAR Realiza las notificaciones correspondientes, registra en el SIRA e integra al expediente.
Acuses.
Registro en el SIRA.
Integra expediente.
Una vez ejecutada la sanción recibe e integra la constancia de cumplimiento e integra al expe-diente.
En caso de presentarse recurso de revocación se resolverá por el Titular del Área de Responsabili-
dades conforme a derecho.
En caso de presentarse recurso de reclamación se turna de manera oficial al Tribunal.
En caso de recibirse una inconformidad derivada de la abstención de no sancionar, se turna ofi-cialmente al Tribunal.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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No
No
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on
sa
bili
da
des.
INICIO
IPRA y Expediente. 1. Recibe IPRA y Expediente.
2. Elabora acuerdo de recepción, analiza expediente y registra en el
SIRA
Acuerdo de recepción.
¿Cumple con
los requisitos?
Si
1
3. Elabora oficio de pre-
vención al Área de Quejas
4. Analiza que no se actualice causas de improcedencia o sobresei-
miento
Oficio de devolución.
¿Se actualiza causal
de improcedencia o
sobreseimiento? Si
5. Elabora acuerdo y
registra en el SIRA
FIN DEL
PROCEDIMIENTO A
Acuerdo de improcedencia
o sobreseimiento.
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No
No
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des.
A
6. De actualizarse lo estable-
cido en el artículo 101 de la
LGRA, se elabora acuerdo
de radicación y abstención y
oficio de notificación a las
partes.
7. Elabora acuerdo de admi-
sión y oficios de notificación
a las partes.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
Acuerdo de radicación y
abstención y notificación.
Acuerdo de admisión y no-
tificación.
8. Se notifica personalmente
al presunto responsable.
Acuse de notificación.
9. Celebra audiencia inicial,
recibe pruebas y clasifica
gravedad.
Acta de audiencia.
11. Elabora acuerdo
de admisión y
desahogo de pruebas
y notificación.
¿Es grave? Si
10. Elabora oficio para
envío del expediente al
Tribunal.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
12. Apertura periodo
de alegatos y notifica.
¿El Tribunal
confirma
gravedad?
Si
Acuerdo, desahogo de
pruebas y notificación.
Oficio de remisión y cua-
dernillo
Acuerdo, apertura de ale-
gatos y notificación
B
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Titu
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B
13. Una vez concluido el periodo de alegatos elabora acuerdo de
preclusión o admisión de los mismos, cierre de instrucción y citación
a las partes, notificándoles personalmente.
14. Realiza diligencias de notificación, registra en el SIRA e integra
expediente.
15. Elabora resolución con imposición o abstención de sanción o
inexistencia de responsabilidad.
16. Realiza las notificaciones conforme a la resolución.
17. Registra en el SIRA e integra expediente para proceder según
corresponda en caso de recurso de revocación, recurso de reclama-
ción o inconformidad.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
Acuerdo de preclusión o
admisión, cierre de instruc-
ción y notificación.
Acuse de notificación.
Resolución.
Oficios de notificación.
Acuses de notificación.
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3. Procedimiento para la atención de inconformidades en materia de contrataciones
públicas.
OBJETIVO
Resolver las inconformidades presentadas por los licitantes en contra de actos de procedimientos de
contrataciones públicas.
POLÍTICAS
Los expedientes que se aperturen con motivo de la presentación de una inconformidad, deben
estar integrados en orden cronológico, foliados, numerados e identificados.
Las notificaciones deben realizarse conforme a lo que establece la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), Ley de Obras Públicas y sus
respectivos Reglamentos.
En caso de otorgar la suspensión definitiva, se debe precisar la situación en que habrán de
quedar las cosas y establecer las medidas pertinentes para cerrar el asunto.
La suspensión pude ser de oficio cuando se adviertan irregularidades en el procedimiento de
contratación.
Las resoluciones de inconformidades que hayan causado estado deberán registrarse en
CompraNet.
El cumplimiento de la resolución que se dicte con motivo de una inconformidad debe constar
con el soporte documental en el expediente.
Todas las actuaciones derivadas del desahogo de inconformidad deberán registrarse en el
Sistema de Inconformidades (SIINC).
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
1
TOIC
Recibe del licitante, escrito de inconformi-dad con anexos y turna al TAR para su atención.
2 TAR Recibe escrito de inconformidad y anexos.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
3 TAR Elabora acuerdo de recepción y registro en el SIINC.
Acuerdo.
Registra en el SIINC.
4 TAR
No cumple requisitos: Se elabora acuerdo sobre procedencia, se previene para que subsane inconsisten-cias, o se desecha (extemporáneo).
Acuerdo
5 TAR
Notifica acuerdo de prevención o desecha-miento.
Acuerdo de prevención: se otorga plazo para su desahogo.
Acuerdo de desechamiento: FIN DEL PROCEDIMIENTO
Oficio de notificación.
Una vez transcurrido el plazo otorgado
6 TAR
El licitante no desahoga la prevención Elabora acuerdo de desechamiento y oficio de notificación al inconforme.
Acuerdo de desecha-miento.
Oficio de notificación.
7 TAR
Notifica al Inconforme el acuerdo de desechamiento y oficios, registra en el SIINC. Integra expediente.
Acuerdo de desecha-miento.
Acuse de notificación.
Registro en SIINC.
Integra expediente.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
8 TAR
Sí desahoga la prevención: Verifica que no se actualice ninguna causal de improcedencia o sobreseimiento. Si se actualiza causal de improcedencia o sobreseimiento. Conecta con la actividad 6. No actualiza causal de improcedencia o so-breseimiento. Conecta con siguiente actividad.
9 TAR
Sí cumple con los requisitos. Elabora acuerdo de admisión, oficios de notificación al inconforme, solicitud de in-forme previo y circunstanciado a la convo-cante, para que manifieste lo que a su de-recho convenga (en caso de que el Incon-forme solicite la suspensión del acto) y se determina sobre su procedencia.
Acuerdo de admisión.
Oficio de notificación al inconforme.
Oficio de solicitud de informe previo y cir-cunstanciado.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
10 TAR
Notifica por oficio al Inconforme, el acuerdo de admisión y en su caso de suspensión provisional y a la convocante la solicitud de informe previo (2 días) y circunstanciado (6 días).
Acuse de notificación de oficios.
Una vez transcurrido el plazo para informe previo
11 TAR Recibe respuesta por oficio con informe previo.
Oficio con informe pre-vio.
12 TAR
Analiza:
Se corre traslado de la inconformidad a terceros interesados, para que decla-ren lo que a su derecho convenga, (traslado del escrito de inconformidad y anexos).
Suspensión, se elabora acuerdo en el que se otorga o niega la suspensión definitiva, notifica al inconforme y a la Convocante ordenando la suspensión del procedimiento.
Oficios de notificación a terceros interesa-dos.
Acuerdo de suspen-sión.
Una vez transcurrido el plazo para informe circunstanciado
13 Titular de Área de Responsabilidades
Recibe informe circunstanciado. Informe circunstan-
ciado.
14 TAR
Informe circunstanciado Elabora acuerdo de trámite y registra en el SIINC. Se notifica al inconforme, para que, dentro de los tres días hábiles, amplié sus motivos de impugnación; si hay manifestación alguna, se da vista a la convocante y terceros interesados, para que en el mismo término expongan lo que a su derecho convenga.
Acuerdo de trámite.
Registro en el SIINC
Notificación al incon-forme
15 TAR
Manifestación de terceros interesados y convocante Recibe manifestaciones de terceros y convocante, elabora acuerdos de trámite, desahogo de pruebas y acuerdo por el que se declara abierto el periodo de alegatos y oficios de notificación o rotulón al Inconforme, Convocante y terceros interesados. En caso de no recibir manifestaciones de terceros o convocante elabora acuerdo de preclusión.
Manifestaciones de terceros.
Acuerdo de trámite.
Acuerdo de desahogo de pruebas.
Acuerdo por el que se declara abierto. el pe-riodo de alegatos.
Oficios de notificación.
Acuerdo de preclu-sión.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
16 TAR Realiza las notificaciones correspondientes y registra en el SIINC.
Acuse de notificación.
Una vez concluido el periodo de alegatos
17 TAR
Elabora acuerdo, según sea el caso, de preclusión o admisión de alegatos, acuerdo de cierre de instrucción y notifica.
Acuerdo preclusión o admisión de alegatos.
Acuerdo de cierre de instrucción.
Notificación.
18 TAR Realiza las diligencias de notificación y re-gistra en el SIINC.
Acuses.
Registro en el SIINC.
19 TAR
Analiza expediente, elabora resolución en la que se determina si la inconformidad es fundada o infundada y oficios de notificación.
Resolución.
Oficios de notificación.
20 TAR Realiza las notificaciones correspondien-tes, registra en el SIINC e integra al expe-diente.
Acuses.
Registro en el SIINC.
Si determina que la inconformidad es fundada solicita al convocante dé cumplimiento a lo orde-nado en la resolución.
En caso de presentarse algún incidente, se tramita de manera similar a la inconformidad.
En caso de que se adviertan posibles irregularidades por parte de un servidor público, se da vista
al Área de Quejas.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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TO
IC
Titula
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l Á
rea d
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espon
sabili
dades
2. Recibe escrito de inconformi-
dad y anexos.
3. Elabora acuerdo de recepción
y registra en el SIINC.
¿Cumple re-
quisitos?
A
4.Elabora acuerdo de procedencia
y se previene para que subsane in-
consistencias o se desecha.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
Si No
Acuerdo de recep-
ción.
Acuerdo de preven-
ción o desecha-
miento.
INICIO
Escrito de inconfor-
midad y anexos.
1. Recibe escrito de inconformi-
dad con anexos y turna al TAR
para su tramitación.
5. Notifica al inconforme
Desechamiento Prevención
A
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Titula
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sabili
dades
Transcurrido el
plazo ¿Se
desahoga la pre-
vención?
A
B
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
Acuerdo de
desechamiento y
Oficio de notifica-
ción
Acuerdo de notifica-
ción, Oficio de notifi-
cación, Oficio de so-
licitud de informe
previo y circunstan-
ciado.
Si
No
A
6. Elabora acuerdo de desecha-
miento y oficio de notificación.
7.Notifica al inconforme, registra
en el SIINC e integra expediente. Expediente.
8. Verifica que no se actualice
ninguna causal de improce-
dencia o sobreseimiento.
¿Se actualiza
causal?
9
6
No
Si
9. Elabora acuerdo de admisión, oficio
de notificación, solicitud de informe pre-
vio y circunstanciado a la convocante y
en caso de solicitud de suspensión de-
termina su procedencia.
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Titula
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l Á
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sabili
dades
Oficio de notifica-
ción y Acuerdo de
suspensión.
B
10. Notifica a las partes
11. Una vez transcurrido el plazo, recibe informe previo.
12. Analiza el informe y:
* Se corre traslado de la inconformidad a terceros interesados
para que declaren lo que a su derecho convenga.
* Se elabora acuerdo en el que se otorga o niega la suspensión
definitiva.
13. Una vez transcurrido el plazo, se recibe informe circunstan-
ciado.
14. Se elabora acuerdo de trámite y registro en el SIINC. Se no-
tifica al inconforme para que, amplíe sus motivos de impugna-
ción; si hay manifestación se da vista a la convocante y terceros
interesados.
15. Recibe manifestaciones de terceros interesados y convo-
cante y elabora acuerdos de trámite, desahogo de pruebas,
acuerdo de periodo de alegatos y notificación a las partes. En
caso de no recibir manifestaciones se elabora acuerdo de pre-
clusión.
16. Realiza las notificaciones y registra en el SIINC.
C
Acuerdo de trámite
y Oficio de notifica-
ción.
Acuerdo de trámite,
Acuerdo de
desahogo de prue-
bas, Acuerdo por el
que se declara
abierto el periodo
de alegatos, Oficios
de notificación y
Acuerdo de preclu-
sión.
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Titula
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sabili
dades
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
Acuerdo de preclu-
sión o admisión de
alegatos, Acuerdo
de cierre de instruc-
ción y Notificación.
C
17. Una vez concluido el periodo de alegatos, elabora acuerdo
de preclusión o admisión, acuerdo de cierre de instrucción y no-
tificación.
18. Realiza notificaciones y registra en el SIINC.
19. Analiza y elabora resolución en la que determina si la incon-
formidad es fundada o infundada y oficios de notificación.
20. Realiza las notificaciones, registra en el SIINC e integra ex-
pediente.
Resolución y Oficios
de notificación.
Acuses y Expe-
diente.
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4. Procedimiento para la sanción a Licitantes, Proveedores y Contratistas en materia
de contrataciones públicas.
OBJETIVO
Resolver los procedimientos de Sanción a Proveedores y Licitantes por infracciones en materia de
contrataciones públicas
POLÍTICAS
Los expedientes que se aperturen con motivo de la presentación de una denuncia, deben estar
integrados en orden cronológico, foliados, numerados e identificados.
En lo correspondiente a las infracciones y sanciones se deberá observar el Título Quinto de la
LAASSP y Título Sexto de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.
Para la tramitación del procedimiento para la imposición de sanciones en materia de
Contrataciones Públicas deberá observarse lo dispuesto por el Título Cuarto y demás
aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, aplicando supletoriamente el
Código Civil Federal, así como el Código Federal de Procedimientos Civiles.
El cumplimiento de la resolución que se dicte con motivo de una denuncia debe constar con
el soporte documental en el expediente.
Las sanciones impuestas a los proveedores y contratistas deberán ser publicadas en el Diario
Oficial de la Federación y registrarse en el Directorio de Proveedores y Contratistas
Sancionados.
Todas las actuaciones deberán registrarse en el Sistema de Sanción a Proveedores y
Contratistas (SANC).
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
1 TAR Recibe oficio con expediente y elabora acuerdo de recepción.
Acuerdo de recepción
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
2 TAR
Registra en el SANC, se elaboran oficios para requerir al denunciante, mayor infor-mación y documentación en el plazo deter-minado.
Registra en el SANC.
Oficios de solicitud de información y/o docu-mentación.
3 TAR Realiza las gestiones correspondientes. Acuse de oficio.
Una vez transcurrido el plazo
4 TAR Recibe información y/o documentación, analiza motivo de la denuncia y determina.
Información y/o docu-mentación.
5 TAR
No existen elementos. Elabora acuerdo de archivo por falta de ele-mentos y oficio de notificación al denun-ciante.
Acuerdo.
Oficio.
6 TAR
Notifica los oficios y acuerdo correspon-diente. Registra en el SANC e integra expediente.
Acuse de oficios.
Registro en SANC.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
7 TAR
Si hay elementos. Elabora Acuerdo de Inicio de Procedimiento de Sanción a Proveedores y Contratistas, oficio de notificación al presunto infractor, emplazándolo para que manifieste lo a que su derecho convenga,
Acuerdo.
Oficio.
8 TAR Notifica al presunto infractor.
Acuse de notificación.
Una vez concluido el plazo
9 TAR
No recibe respuesta. Elabora acuerdo de preclusión de derecho para manifestar lo que a su interés convenga, cierre de instrucción, analiza expediente, elabora resolución y oficios de notificación. Conecta con actividad 11.
Acuerdo de preclusión.
Acuerdo de cierre de instrucción.
Resolución.
Oficios de notificación.
10 TAR
Sí recibe respuesta. Elabora acuerdo de recepción de manifes-taciones del presunto infractor, en su caso acuerdo de desahogo de pruebas, se le otorga término para formular alegatos y ela-bora acuerdo de cierre de instrucción. Analiza expediente y elabora resolución y oficios de notificación.
Acuerdo de cierre de instrucción.
Oficios.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
11 TAR
Realiza las notificaciones, conforme a lo siguiente: No impone sanción. Al presunto infractor y al denunciante Impone sanción administrativa y/o económica. Al responsable Al denunciante Al SAT Al DOF Registra en SANC y en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados.
Resolución.
Oficios de notificación.
Registro en SANC.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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No
DIAGRAMA DE FLUJO
Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
Titu
lar
del Á
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esp
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bili
da
des.
INICIO
Oficio y expediente. 1. Recibe oficio con expediente y elabora acuerdo de recepción.
2. Se registra en el SANC, elabora oficio y determina plazo
Oficios de solicitud de in-
formación
3. Realiza las investigaciones correspondientes.
¿Existen elementos?
Si
5. Elabora acuerdo de ar-
chivo y oficio de notificación
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
A
Acuerdo de archivo y oficio
de notificación.
Acuerdo de recepción.
4. Una vez transcurrido el plazo recibe información, analiza motivos
y determina si cuenta con elementos.
6. Realiza notificaciones,
registra en el SANC e inte-
gra expediente
Acuse de oficio de notifica-
ción.
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No
No
Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
Titu
lar
del Á
rea d
e R
esp
on
sa
bili
da
des.
A
Acuerdo de Inicio de Pro-
cedimiento de Sanción a
Proveedores y Contratistas
y notificación.
8. Notifica, integra y espera a que transcurra el plazo.
Acuerdo de preclusión,
Acuerdo de cierre de ins-
trucción, Resolución y Noti-
ficaciones.
9. Elabora acuerdo de preclu-
sión, de cierre de instrucción,
analiza expediente, elabora
resolución y notificación.
¿Se recibe
respuesta?
Si
FIN DEL PROCEDIMIENTO
11. ¿Se im-
pone sanción?
Si
7. Elabora Acuerdo de Inicio de Procedimiento de Sanción a Pro-
veedores y Contratistas; así como, oficio de notificación.
11
10. Elabora acuerdo de recepción, desahogo de pruebas, se otorga
termino para alegatos y acuerdo de cierre de instrucción; analiza
expediente, elabora resolución y notificación.
Acuerdo de recepción,
Acuerdo de desahogo de
pruebas, Acuerdo de Ale-
gatos, Acuerdo cierre de
instrucción, Resolución y
Notificaciones.
Notifica al responsable, al denun-
ciante, al SAT, al DOF, registra en
el SANC y en Directorio de Provee-
dores y Contratistas Sancionados.
Notifica al presunto infractor,
al denunciante y registra en
el SANC.
Acuse de notificación.
Acuse de notificación.
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c) Procedimientos del Área de Auditoría Interna y Auditoría para Desarrollo y
Mejora de la Gestión Pública.
1. Procedimiento para la ejecución de la Auditoría.
OBJETIVO
Ejecutar auditorías con base en las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías,
Revisiones y Visitas de Inspección que permitan verificar que la operación de la Agencia se apegue a
la normatividad.
POLÍTICAS
La ejecución de Auditorías deberá apegarse a las Disposiciones Generales para la Realización
de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección, a las Normas Generales de Auditoría
Pública y a las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización.
Para la realización de las Auditorías, se debe observar lo establecido en la Política General
de Auditoría, así como en las guías que en la materia emita la SFP.
En caso de que como resultado de la Auditoría se identifiquen irregularidades que no se
encuentren en el alcance de ésta, se debe analizar la factibilidad de ampliar el objeto y alcance
correspondiente.
Cuando de la auditoría se desprendan probables infracciones cometidas por licitantes,
contratistas, proveedores o prestadores de servicios, a las Leyes de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas y, de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público, se deberán hacer del conocimiento de la autoridad competente.
Todas las irregularidades y/o situaciones detectadas que sirvan como base de la misma,
deben ser debidamente documentadas, fundadas y motivadas por el Grupo de Auditoría.
La aplicación de las técnicas de auditoría, así como del análisis efectuado a partir de las
mismas y a la documentación que se presente, debe registrarse en los papeles de trabajo
correspondientes.
Toda modificación de los integrantes del Grupo de Auditoría deberá comunicarse al Área
auditada.
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El Informe de Irregularidades detectadas que se elabore con motivo de los hallazgos
detectados, deberá estar debidamente integrado conforme a lo establecido en la Guía para la
elaboración de informes de irregularidades detectadas e integración de expedientes.
De conformidad con la Norma Sexta del Boletín B “Normas Generales de Auditoría Pública”,
que establece que el Titular del Área de Auditoría Interna delegará la supervisión del trabajo
de Auditoría, en el auditor con el rango inmediato inferior que dependa de él.
La función de supervisión y la de jefe de grupo deberán recaer en auditores distintos, en los
casos en los que la estructura no lo permita, esta responsabilidad podrá recaer en el auditor
de mayor experiencia y capacidad profesional.
Sólo por excepción, en una sola persona recaerán las funciones de coordinación y ejecución
de la auditoría, en ese contexto, la función de supervisión podrá recaer en el Titular del Órgano
Interno de Control.
El Área de Auditoría Interna deberá turnar los asuntos correspondientes al Área de Quejas en
los tiempos establecidos en la normatividad y con la antelación apropiada, con la finalidad de
que se puedan realizar los procedimientos correspondientes para su atención.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
1 TAAI
Instruye al Jefe de Departamento de AI elabore la carta planeación y el cronograma de actividades a desarrollar, con base en lo establecido en el Programa Anual de Auditoría.
2
Jefe de
Departamento
de AI
Elabora la Carta Planeación y el Cronograma de Actividades a Desarrollar, de conformidad con la Guía General de Auditoría Pública emitida por la SFP. Presenta al TAAI para su autorización.
Carta Planeación.
Cronograma de Actividades a Desarrollar.
3 TAAI
Instruye al Jefe de Departamento de AI elabore: - Oficio de Orden de Auditoría - Proyecto de Acta de Inicio de Auditoria - Oficio de solicitud de información
4
Jefe de
Departamento
de AI
Elabora Oficio de Orden de Auditoría, proyecto de Acta de Inicio de Auditoría y oficio de solicitud de información con base en lo establecido en la Guía General de Auditoría
Oficio de Orden de Auditoría.
Proyecto de Acta de Inicio de Auditoría.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Pública. Remite al TAAI para su revisión y en su caso firma.
Oficio de solicitud de información.
5 TAAI
Revisa documentación, en su caso realiza ajustes en coordinación con el Jefe de Departamento de AI.
Firma oficio solicitud de información y rubrica Oficio de Orden de Auditoría.
Turna oficio de orden de auditoría al TOIC para su autorización.
Oficio de Orden de Auditoría.
Proyecto de Acta de Inicio de Auditoría.
Oficio de solicitud de información.
Una vez autorizado por el TOIC
6 TAAI
Contacta a la Unidad auditada para acordar la fecha y hora de la reunión de apertura en la que se entregará el oficio de Orden de Auditoría, se levante el Acta de Inicio y se entregue el oficio de solicitud de información y de designación de enlace.
Una vez acordada fecha y hora se realiza reunión para la apertura de la auditoría
7 TAAI y Jefe de
Departamento
de AI
Entregan Orden de Auditoría al Titular de la Unidad auditada, obteniendo de su puño y letra acuse de recibido, así como sello oficial de la Unidad auditada.
Acuse de recibido del oficio de Orden de Auditoría.
8
Jefe de
Departamento
de AI
Levanta Acta de Inicio de la auditoría en 2 ejemplares y recaba las firmas según corresponda. Entrega oficio de requerimiento de información y de designación de enlace otorgando un plazo de tres a cinco días para atender la solicitud.
Acta de Inicio de auditoría.
Acuse del oficio de requerimiento de información.
En caso de que exista negativa de firma del acta por parte de la unidad auditada, hace constar en el acta la negativa de firma, sin que esta circunstancia afecte el valor probatorio del documento, y
se turna a la autoridad investigadora.
En caso de que la Unidad Auditada solicite prórroga para proporcionar la información requerida.
9
Jefe de
Departamento
de AI
Elabora oficio para otorgar plazo adicional para la entrega de la información solicitada, el cual podrá ser de hasta la mitad del plazo original. Entrega al TAI para su revisión y en su caso autorización y firma.
Oficio de autorización de prórroga.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Una vez autorizado, el Jefe de Departamento de AI remite el oficio de prórroga a la Unidad Auditada.
Transcurrido el plazo de prórroga.
10
Jefe de
Departamento
de AI
Recibe del TAAI la información, documentos, y en general todos aquellos datos necesarios para la realización de la auditoría en el plazo establecido. Asimismo, verifica que la documentación proporcionada cumpla con lo requerido en la solicitud.
Documentación.
Informes.
Expedientes.
Oficios.
En caso de que la información requerida no cumpla con lo solicitado, envía oficio firmado por el TAAI al responsable de la unidad auditada detallando faltantes y/o inconsistencias y estableciendo
plazo para su entrega.
11
Jefe de
Departamento
de AI
Elabora Planeación Detallada y Marco Conceptual conforme a lo establecido en la Guía General de Auditoría.
Planeación Detallada.
Marco Conceptual
12
Jefe de
Departamento
de AI
Desarrolla las 4 fases de ejecución de la Auditoría: recopilación de datos, registro de datos, análisis de información y evaluación de resultados, aplicando los procedimientos y técnicas de auditoría.
Papeles de trabajo.
13
Jefe de
Departamento
de AI
Elabora cédulas de trabajo, asentando los
datos referentes al análisis, comprobación y
conclusión sobre los conceptos a revisar,
conforme a la Guía General de Auditoría
Pública.
Papeles de trabajo.
14
Jefe de
Departamento
de AI
Analiza información para obtener los elementos de juicio suficientes para poder concluir sobre lo revisado y sustentados con evidencia documental que pueda ser constatada.
Papeles de trabajo.
15
Jefe de
Departamento
de AI
Asienta las conclusiones del análisis en los papeles de trabajo diseñados y envía al TAAI para revisión.
Papeles de trabajo.
16 TAAI
Revisa conclusiones y su congruencia con los papeles de trabajo. En caso de requerir alguna aclaración o ajustes, adecúa en coordinación con el Jefe de Departamento.
Papeles de trabajo.
17
Jefe de
Departamento
de AI
Identifica posibles hallazgos, irregularidades o inconsistencias que contravengan la normatividad y comenta con el TAAI.
En caso de que no se presenten hallazgos, irregularidades o inconsistencias en contravención a la normatividad aplicable, se elabora el Informe de Auditoría sin observaciones, dentro del plazo
establecido para la ejecución de la Auditoría.
Conecta con actividad 23
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
18 TAAI Valora la procedencia de irregularidades o inconsistencias de los actos u omisiones de servidores públicos.
Papeles de trabajo.
19 TAAI Instruye la elaboración de las cédulas de observaciones al Jefe de Departamento de AI.
Papeles de trabajo.
En caso de identificar alguna irregularidad o hallazgo fuera del objeto, alcance o periodo a revisar deberá emitirse oficio para hacer del conocimiento del Titular de la Unidad auditada la modificación
según corresponda, conforme a lo establecido en la Guía General de Auditoría Pública.
20
Jefe de
Departamento
de AI
Elabora cédula de observaciones para hacer constar irregularidades o incumplimientos en contravención de las disposiciones legales y normativas, conforme a las Disposiciones Generales y a la Guía General de Auditoría Pública. Gestiona reunión para presentación y formalización de cédulas de observaciones.
21
TAAI y Jefe de
Departamento
de AI
Coordinan y realizan reunión para presentación y formalización de cédulas de observaciones, con el Titular de la Unidad auditada y los responsables de atender las recomendaciones. Recaban firma de cédulas de observaciones del Titular de la Unidad auditada y en su caso de los servidores públicos relacionados.
En caso de existir negativa para la firma de la cédula de observaciones, se elaborará acta circunstanciada en la que hará constar que se dio a conocer el contenido de las observaciones
determinadas y se asentará su negativa a firmarlas, esta no invalidará el acto ni impedirá que surta sus efectos.
22 TAAI
Instruye al Jefe de Departamento de AI a desarrollar el Informe de Auditoría en apego a las Disposiciones Generales, así como el oficio de envío del Informe de Auditoría.
23
Jefe de
Departamento
de AI
Elabora el Informe de la Auditoría con base en el Anexo establecido en la Guía General de Auditoría Pública, así como el oficio de envío de Informe de Auditoría.
Informe de auditoría.
Oficio de envío de Informe de Auditoría.
El Informe se hará llegar a la Unidad Auditada en un plazo no mayor a 5 días hábiles, a partir del día siguiente de la fecha de suscripción de las cédulas de observaciones.
24
Jefe de
Departamento
de AI
Remite al TAAI el Informe de Auditoría y el oficio de envío, para su revisión.
Oficio de envío de informe de auditoría.
Informe de Auditoría.
Una vez revisado por el TAAI
25 TAAI Remite al TOIC para autorización de oficio de envío e Informe de Auditoría.
Oficio de envío de informe de auditoría.
Informe de Auditoría.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Una vez firmados el Informe de Auditoría y el Oficio de envío del Informe por el TOIC
26
Jefe de
Departamento
de AI
Tramita la entrega del oficio de envío de
informe a la Unidad auditada, con copia
simple de las cédulas de observaciones
firmadas.
Oficio de envío de informe de auditoría.
27
Jefe de
Departamento
de AI
Cierra la auditoría en el Sistema Integral de
Auditoría (SIA), clasificando con observación
o sin observaciones y se carga el informe de
la Auditoría.
28
Jefe de
Departamento
de AI
Archiva acuse de recibido del Oficio de envío
de informe de auditoría, con sellos y cédulas
de observaciones originales.
Acuse de recibo del Oficio de envío.
En caso de detectar irregularidades de tipo administrativo y/o penal se procederá a elaborar el Informe de Irregularidades detectadas e integrar el expediente correspondiente, conforme a las
Disposiciones Generales y con apoyo en la Guía para la elaboración de Informes de Irregularidades detectadas e integración de expedientes.
29
Jefe de
Departamento
de AI
Captura cada observación en el SIA, conforme al Manual de Usuario del sistema, registrando la observación, la recomendación preventiva y correctiva, fechas de determinación de observación y fecha de solventación y, en su caso, montos a aclarar o recuperar, así como criterio de deficiencia y fundamento legal. Las Cédulas de Observación deben registrarse en el sistema.
30
Jefe de
Departamento
AI
Integra expediente de auditoría y archiva.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
Conecta con el procedimiento para el seguimiento de las recomendaciones para la atención de observaciones
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DIAGRAMA DE FLUJO
Documentos de entrada
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AI
INICIO
1. Instruye al Jefe de Depar-
tamento de AI elaborar Carta
Planeación y Cronograma.
2. Elabora Carta Planea-
ción, Cronograma y pre-
senta al TAAI
3. Instruye al Jefe de Departa-
mento de AI elaborar Orden de
Auditoría, Proyecto de Acta de
Inicio de Auditoria y Solicitud de
información.
A
4. Elabora Orden de Auditoría,
Proyecto de Acta de Inicio de
Auditoria y Solicitud de informa-
ción.
Programa Anual de
Auditorías
Carta Planeación y
Cronograma
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Actividades Documentos resultantes
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AI
No Si
5. Revisa documentación, firma oficio
de solicitud de información, rubrica Or-
den de Auditoría y turna al TOIC para
su autorización
¿Son correc-
tos?
A
6. Una vez autorizado por el TOIC, con-
tacta unidad auditada para acordar
reunión.
B
Orden de Audito-
ría Proyecto
Acta de Inicio de
Auditoría.
Solicitud de infor-
mación.
Devuelve
para correc-
ción
7. Entregan Orden de Auditoria al Titular
de la Unidad auditada
8. Levanta Acta de Inicio de la Auditoría y
entrega oficio de requerimiento de infor-
mación o en su caso elabora Acta de la
negativa de firma.
¿Prorroga?
No Si
9. Elabora oficio para otorgar plazo adi-
cional y entrega a TAAI para revisión y
firma, y en su caso entrega a la Unidad
Auditada.
10
Acuse de recibido
de la Orden de Au-
ditoría
Acta de Inicio de
Auditoría.
Acuse del oficio
de requerimiento
de información.
Acta de la nega-
tiva de firma.
Oficio de autoriza-
ción de prórroga
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Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
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TA
AI
¿La informa-
ción cumple?
No Si
Envía oficio fir-
mado por TAAI a
la Unidad Audi-
tada
11. Elabora Planeación detallada y Marco
Conceptual.
12. Desarrolla las 4 fases de la ejecución
de la Auditoría.
Planeación deta-
llada.
Marco Conceptual.
15. Asienta conclusiones del análisis de
los papeles de trabajo y envía al TAAI.
14. Analiza información para poder emitir
conclusiones.
13. Elabora Cédulas de trabajo.
Si
No
Devuelve
para co-
rrección.
C
Papeles de trabajo
10. Recibe del TAAI la información y veri-
fica que cumpla con lo requerido en la so-
licitud.
B
Papeles de trabajo
16. Revisa conclusiones y su congruencia
con los papeles de trabajo.
¿Son con-
gruentes?
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Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
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de
AI
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e A
I
18. Valora la procedencia de irregularidades
o inconsistencias de los servidores.
19. Instruye al Jefe de Departamento de AI la
elaboración de las cédulas de observaciones.
¿Se identifican irre-
gularidades fuera
del objeto, alcance,
o periodo a revisar?
No
Si
Emisión de
oficio al Ti-
tular de la
unidad au-
ditada para
la modifica-
ción corres-
pondiente.
Oficio de modifica-
ción de objeto, al-
cance o periodo a
revisar.
C
17. Identifica posibles hallazgos, irregulari-
dades o inconsistencias.
¿Se identificaron
irregularidades?
No Si
23
20. Elabora cédula de observaciones y
gestiona reunión para formalización de las
cédulas de observaciones.
Cédula de observa-
ciones
21. Coordinan y realizan reunión para for-
malización de las cédulas de observacio-
nes con el Titular de la Unidad Auditada.
D
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de
AI
¿Existe negativa
de formalizar?
Elaborar acta
circunstan-
ciada.
No Si
22. Instruye al Jefe de Departamento de
AI elaborar el Informe de Auditoria
23. Elabora Informe de Auditoría y Oficio
de envío de Informe de Auditoría. Informe de Auditoría
Oficio de envío de
Informe de Auditoría
24. Remite al TAAI para su revisión
25. Una vez revisado, remite al TOIC para
autorización de ofició con el Informe de
Auditoría.
Oficio de envío de
Informe de Audito-
ría.
27. Cierra la auditoría en el SIA clasifi-
cando y cargando el informe de Auditoría.
28. Archiva acuse de recibo del oficio de
envío de Informe de Auditoría
D
Acta Circunstan-
ciada.
26. Una vez firmados, tramita su entrega
con copia simple de las observaciones fir-
madas
Acuse oficio de en-
vío de Informe de
Auditoría
E
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Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
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AI
¿Existen irregu-
laridades?
E
No Si
Elaborar In-
forme de
Irregulari-
dades de-
tectadas.
29. Captura cada observación en el SIA.
30. Integra expediente de Auditoría y Ar-
chiva.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
Informe de Irregula-
ridades
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2. Procedimiento para el seguimiento de las recomendaciones para la atención de
las observaciones.
OBJETIVO
Dar seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones preventivas y correctivas, establecidas en
las cedulas de observaciones y registradas en el SIA, derivadas de auditorías de las diferentes
instancias fiscalizadoras.
POLÍTICAS
El seguimiento de las observaciones deberá apegarse a las Disposiciones Generales para la
realización de auditorías, revisiones y visitas de inspección.
El Área de Auditoría Interna podrá coadyuvar con la Agencia, en la instrumentación de las
medidas correctivas y preventivas contenidas en las cédulas de observaciones.
Las recuperaciones y/o aclaraciones de montos deberán reportarse trimestralmente a la
Unidad de Control y Evaluación de la Gestión Pública de la Secretaría de la Función Pública.
Las recuperaciones o aclaraciones deben estar debidamente soportadas con la
documentación que corresponda.
Se deberán actualizar los montos de aclaraciones o recuperaciones en cada seguimiento
realizado.
Las observaciones que se envíen al Sistema Integral de Auditorías deberán apegarse a lo
establecido en los Lineamientos Generales para la elaboración y presentación de los Informes
y Reportes del Sistema de Información Periódica.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Seguimiento de observaciones determinadas por el Órgano Interno de Control, Unidad de Auditoría Gubernamental, Unidad de Control y Auditoría a Obra Pública, y Despacho Externo de Auditores.
Con relación a las observaciones determinadas en las diferentes auditorías practicadas por las diversas instancias fiscalizadoras y registradas en el sistema correspondiente.
1 TAAI Instruye al Jefe de Departamento de AI, elabore oficio para la Unidad auditada para la solicitud de la información que acredite la atención de
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
las recomendaciones a las observaciones determinadas.
2
Jefe de Departamento
de AI
Elabora el oficio y presenta al TAAI para su firma.
Oficio
3 TAAI Firma oficio de solicitud de información y remite a la Unidad auditada.
4 TAAI
Recibe documentación soporte, remitida por la Unidad auditada que acredite la atención de las recomendaciones a las observaciones determinadas. Turna al Jefe de Departamento de AI.
Documento soporte.
5 Jefe de
Departamento de AI
Recibe y analiza la documentación proporcionada, hace constar en los papeles de trabajo y en la cédula de seguimiento el avance (pendientes o solventadas) en la atención de las recomendaciones correctivas y preventivas determinadas en las observaciones, mismas que deberán ser suscritas por el TAAI y el Jefe de Departamento de AI.
Documentación.
Papeles de trabajo.
Cédula de seguimiento.
6 Jefe de
Departamento de AI
Registra en el SIA y elabora Oficio de resultados de seguimiento, conteniendo determinación de los avances, numeraria, clasificación de riesgo y antigüedad. Turna para su validación y autorización.
Una vez validado por el TAAI y autorizado por el TOIC.
7 Jefe de
Departamento de AI
Remite a la Unidad auditada el oficio de resultados de seguimiento, marcando copia al Titular de la Agencia.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES DETERMINADAS POR LA ASF
1 TOIC
Recibe oficio de la ASF con el resultado de la fiscalización superior de la Cuenta Pública del ejercicio de que se trate. Turna al TAAI.
Informe del Resultado de la Fiscalización de la Cuenta Pública.
2 TAAI
Recibe oficio e instruye al Jefe de Departamento de AI registrar en el SIA las recomendaciones determinadas en el informe de la Cuenta Pública y la captura de las recomendaciones determinadas por la ASF.
Informe del Resultado de la Fiscalización de la Cuenta Pública.
SIA.
Registro en el SIA.
El TOIC recibe trimestralmente, el Informe del estado de trámite de las acciones emitidas por la ASF para su registro correspondiente.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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DIAGRAMA DE FLUJO PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES
DETERMINADAS POR EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL.
Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
TA
AI
Je
fe d
e D
ep
ar-
tam
en
to d
e A
I
TA
AI
Jefe
de
Dep
art
a-
mento
de
AI
INICIO
1. Instruye al Jefe de Departamento
de AI, elabore oficio de solicitud de
información a la Unidad Auditada.
Programa Anual
de Trabajo
2. Elabora oficio y presenta al TAAI
para su firma.
¿Es co-
rrecto?
Si
No
Devuelve
para correc-
ción.
3. Firma oficio de solicitud de infor-
mación y remite a Unidad Auditada.
A
Oficio de Solicitud
de información
4. Recibe documentación soporte y
turna al Jefe de Departamento de AI.
5. Recibe y analiza documentación,
hace constar en los papeles de tra-
bajo y en la cédula de seguimiento el
avance registrado.
Papeles de trabajo
y Cédula de segui-
miento.
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Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de A
I
DIAGRAMA DE FLUJO PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES
DETERMINADAS POR LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN.
Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
TO
IC
TA
AI
6.Registra en el SIA y elabora Informe
de Resultados de Seguimiento. Turna
para su validación y autorización.
A
Informe de Resul-
tados de segui-
miento.
7. Una vez validado por el TAAI y autori-
zado por el TOIC, remite Informe a la
Unidad Auditada y marca copia al Titular
de la Agencia.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
INICIO
1. Recibe oficio de la ASF con los re-
sultados y turna al TAAI.
Informe de Resul-
tado de la Fiscali-
zación de la
Cuenta Pública.
2. Recibe oficio e instruye al Jefe de
Departamento de AI a registrar las
recomendaciones en el SIA.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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3. Procedimiento para la Evaluación del OIC al Sistema de Control Interno
Institucional y PTCI de la Agencia (anual).
OBJETIVO
Evaluar el SCII con base en lo establecido en el Manual Administrativo de Aplicación General en
materia de Control Interno.
POLÍTICAS
La entrega del Informe de Resultados que elabora el OIC derivado de la Evaluación al Informe
Anual y el PTCI, se realizará con base en los plazos y condiciones señaladas en el MAAGCI;
Se evaluará la evidencia que sustente el cumplimiento de los elementos de control con base
en los criterios establecidos en la Guía de Apoyo para la Evaluación del Órgano Interno de
Control al Informe Anual y PTCI, emitida por la SFP;
El OIC deberá brindar la asesoría necesaria que la Agencia requiera para llevar a cabo su
Informe Anual de Estado que Guarda el SCIII y la Integración de su PTCI y, en su caso,
actualización de este último;
El Informe de Resultados deberá ser suscrito por el TOIC;
El OIC dará seguimiento al cumplimiento de la entrega de los reportes que la dependencia o
entidad remita a la SFP, conforme a lo establecido en el MAAGCI.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
El OIC, a través del área de ADMGP proporciona la asesoría y/o consultoría a la Agencia en la
implantación del SCII.
1 TOIC
Recibe copia del Informe Anual del Estado que
Guarda el Sistema de Control Interno
Institucional, el cual contiene la evaluación de
control interno y PTCI debidamente
autorizados.
Turna al Área de ADMGP para su revisión y
análisis.
Oficio de envío (a
más tardar el 31 de
enero de cada año).
Informe Anual y
PTCI.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
2 TAADMGP
Recibe Informe Anual y PTCI y turna al Jefe de
Departamento de ADMGP para su revisión y
análisis, de acuerdo con la normatividad
aplicable.
Informe anual y
PTCI.
3
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Recibe Informe Anual y PTCI y, verifica y valida
que se haya utilizado la aplicación web para
procesar y generar ambos documentos, así
como, el apego a los criterios y plazos
establecidos en el MAAGCI y/o instrucciones
emitidas por la SFP.
MAAGCI.
Guía y/o
comunicados para el
Informe Anual y
PTCI
Aplicación Web para
la Evaluación del
SCII.
4
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Revisa que la selección efectuada por la
Institución de los procesos prioritarios
(sustantivos y administrativos), para realizar la
evaluación al Sistema de Control Interno
Institucional, se haya hecho con base en
criterios o elementos específicos que justifiquen
su elección.
MAAGCI.
5
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Evalúa (en sitio, documentalmente y/o de
manera electrónica), si la evidencia cumple con
las condiciones de los elementos de control, en
términos de pertinencia y relevancia, y
determina si es suficiente:
Correo electrónico.
Minuta de la Reunión
de trabajo.
Oficio de envió.
6
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Sí cumple
Valida la evaluación de la Agencia para los
elementos de control.
Conecta con actividad 12
7
Jefe de
Departamento
de ADMGP
No cumple (parcial o totalmente)
Elabora papel de trabajo con comentarios por
cada uno de los elementos de control no
validados, para su posterior inclusión en el
proyecto de Informe de Resultados.
Conecta con actividad 11
Papel de Trabajo
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
8
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Verifica que las acciones de mejora
comprometidas en el PTCI sean congruentes
con los elementos de control evaluados, así
como que se hayan comprometido acciones en
los elementos no implementados.
PTCI.
9
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Sí cumple
Valida las acciones de mejora comprometidas.
Conecta con actividad 12
10
Jefe de
Departamento
de ADMGP
No cumple
Elabora papel de trabajo con comentarios por
cada una de las acciones de mejora que no
sean congruentes con el elemento de control y
de aquellas que no fueron consideradas, para
su posterior inclusión en el proyecto de Informe
de Resultados.
Papel de Trabajo
11
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Elabora, con base en el papel de trabajo, el
proyecto de Informe de Resultados de la
Evaluación del Órgano Fiscalizador al Informe
Anual y al PTCI, para su validación por parte del
TAADMGP y presentación al TOIC (incluye
comentarios a cada uno de los elementos de
control y al PTCI).
Proyecto de informe
de Resultados.
Una vez validado por el TAADMGP y presentado al TOIC
12
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Captura en la Aplicación Web para la
Evaluación del SCII, el Informe de Resultados
de la Evaluación del Órgano Fiscalizador al
Informe Anual y al PTCI, debidamente validado.
Imprime Informe para su envío a las distintas
instancias.
Aplicación Web para
la Evaluación del
SCII.
Informe de
Resultados.
13
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Elabora oficio y turna para su validación del
TAADMGP y autorización del TOIC, para su
envío a la SFP y al Titular de la Agencia.
Oficio.
Se presenta en la Primera Sesión Ordinaria del COCODI.
En caso de modificación al PTCI, el TAADMGP verifica que se hayan realizado las adecuaciones
para la presentación del PTCI final en la segunda sesión del COCODI.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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No
DIAGRAMA DE FLUJO
Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
TO
IC
TA
AD
MG
P
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de A
DM
GP
6. ¿La evidencia
es suficiente?
Si
INICIO
Informe Anual y
PTCI
2. Remite el Informe Anual y PTCI al Jefe de Departamento
de ADMGP para su revisión y análisis.
3. Verifica y valida el uso de la aplicación web y el apego a la
normatividad del Informe Anual y PTCI.
A
4. Revisa la selección de los procesos prioritarios para el In-
forme Anual
5. Evalúa la suficiencia de la evidencia documental respecto
a los elementos de control evaluados en el Informe Anual
12
7. Emite
comentarios
11
Papel de Trabajo
1. Turna al Área de ADMGP para su revisión y análisis.
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No
No
Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de A
DM
GP
9. ¿Las acciones
de mejora son
congruentes?
Si
¿Se actualiza el
PTCI?
Si
8. Verifica la congruencia de las acciones de mejora compro-
metidas en el PTCI, con los elementos de control evaluados.
A
12
10. Emite comentarios Papel de Trabajo
11. Elabora el proyecto de Informe de Resultados y remite
para validación del TAADMGP y presentación al TOIC.
Proyecto de Informe
de Resultados
12. Una vez validado el Informe de Resultados por el
TAADMGP y presentado al TOIC, lo captura en la Aplicación
Web correspondiente y realiza su impresión.
13. Prepara el envío del Informe de Resultados a la SFP y al
Titular de la Agencia; así como, su presentación en la Pri-
mera Sesión Ordinaria del COCODI.
Informe de Resultados
validado.
Oficios de envío.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
El TAADMGP verifica la ac-
tualización y presentación
del PTCI en la Segunda Se-
sión Ordinaria del COCODI
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4. Procedimiento para la Evaluación del OIC al cumplimiento del PTCI de la Agencia
(trimestral).
OBJETIVO
Dar seguimiento al cumplimiento de las acciones de mejora establecidas en el PTCI de la Agencia.
POLÍTICAS
Se verificará que la evidencia sustente el avance reportado por la Institución para la atención
de las acciones de mejora comprometidas en el PTCI;
Se deben informar al COCODI las problemáticas o retrasos en la atención de las acciones de
mejora del PTCI;
El Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTCI deberá contener como mínimo lo
establecido en el MAAGCI;
El OIC deberá emitir recomendaciones a fin de que la Agencia cumpla en tiempo y forma con
las acciones de mejora del PTCI;
El Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTCI deberá ser firmado por el TOIC.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
1 TAADMGP
Recibe del TOIC el RAT del PTCI remitido por
la Agencia y turna para su verificación al Jefe
de Departamento de ADMGP.
RAT del PTCI.
Soporte documental.
2
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Recibe RAT del PTCI y verifica el soporte
documental de los avances reportados por la
Agencia; así como, cada uno de los criterios
establecidos en el MAAGCI.
RAT del PTCI.
Soporte documental.
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3
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Elabora proyecto de Informe de Evaluación del
OIC al RAT del PTCI conteniendo las
recomendaciones, en su caso, a los avances
reportados y turna para su validación y
autorización.
Proyecto de Informe
de Evaluación del
OIC al RAT del PTCI.
Una vez validado por el TAADMGP y autorizado por el TOIC
4
Jefe de
Departamento
de ADMGP
Remite Informe de Evaluación del OIC al RAT
del PTCI al Titular de la Agencia y, en su caso,
brinda la asesoría que corresponda para su
atención.
Informe de
Evaluación del OIC
al RAT del PTCI.
El RAT del PTCI de la Agencia; así como, el Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTCI deben
registrarse en el SICOCODI.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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DIAGRAMA DE FLUJO
Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
TA
AD
MG
P
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de A
DM
GP
INICIO
1. Remite el RAT del PTCI al Jefe de Departamento
de ADMGP para su verificación.
Reporte de Avance
Trimestral del PTCI
2. Verifica el soporte documental de los avances
reportados; así como, cada uno de los criterios es-
tablecidos en el MAAGCI.
3. Elabora proyecto de Informe de Evaluación con-
teniendo las recomendaciones, en su caso, y turna
para la validación del TAADMGP y autorización del
TOIC.
4. Una vez validado y autorizado, remite Informe
de Evaluación al Titular de la Agencia y, en su
caso, brinda asesoría para su atención y registro
en el SICOCODI.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
Proyecto de Informe de
Evaluación del OIC al RAT
del PTCI.
Informe de Evaluación del
OIC al RAT del PTCI vali-
dado y autorizado
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5. Procedimiento para apoyar la Administración de Riesgos de la Agencia (anual).
OBJETIVO
Brindar asesoría para que la Agencia lleve a cabo el Proceso de Administración de Riesgos.
POLÍTICAS
El OIC sensibilizará a la Agencia sobre la importancia de la Administración de Riesgos.
El OIC proporcionará la asesoría necesaria sobre la metodología para la elaboración de la
Matriz, Mapa y PTAR.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Una vez que la Agencia haya integrado el grupo de trabajo para el inicio del Proceso de Administración de Riesgos y establecido un cronograma de actividades.
1 TOIC Instruye al TAADMGP para realizar el seguimiento al Proceso de Administración de Riesgos de la Agencia.
2 TAADMGP Brinda consultoría al grupo de trabajo para la elaboración de la Matriz, Mapa y PTAR.
Una vez realizado el Proceso de Administración de Riesgos por parte de la Agencia.
3 TAADMGP
Analiza la congruencia de los riesgos, factores y acciones de control comprometidas para su administración.
4 TAADMGP
Emite opinión respecto a la congruencia y áreas de oportunidad del proceso realizado; convoca a reunión al grupo de trabajo a fin de sensibilizar sobre la necesidad de fortalecer la administración de riesgos.
5 TAADMGP
Brinda consultoría al grupo de trabajo para fortalecer el Proceso de Administración de Riesgos.
Una vez fortalecido el Proceso de Administración de Riesgos (Matriz, Mapa y PTAR), la Agencia registra en la Aplicación Web para la Evaluación del SCII.
La Agencia remite trimestralmente al OIC el RAT del PTAR.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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DIAGRAMA DE FLUJO
Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
TO
IC
TA
AD
MG
P
INICIO
Cronograma de activi-
dades para el proceso
de Administración de
Riesgos.
1. Turna al Área de ADMGP para su seguimiento
2. Brinda consultoría para la elaboración de la Matriz,
Mapa y PTAR.
3. Una vez realizado el proceso de Administración de
Riesgos por la Agencia, analiza la congruencia de los
riesgos, factores y acciones de control.
4. Emite la opinión correspondiente y convoca a reunión
al grupo de trabajo a fin fortalecer la Administración de
Riesgos.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
5. Brinda consultoría para el fortalecimiento del Proceso
de Administración de Riesgos.
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6. Procedimiento para la Evaluación del OIC al cumplimiento del PTAR de la Agencia
(trimestral).
OBJETIVO
Dar seguimiento al cumplimiento de las acciones de control establecidas en el PTAR de la Agencia.
POLÍTICAS
El OIC sensibilizará permanentemente a la Agencia sobre la importancia del cumplimiento de
las acciones comprometidas para la Administración de Riesgos.
Se verificará que la evidencia sustente el avance reportado por la Agencia para la atención de
las acciones de control comprometidas en el PTAR.
Se deben informar al COCODI las problemáticas o retrasos en la atención de las acciones de
control del PTAR.
El Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTAR deberá contener como mínimo lo
establecido en el MAAGCI.
El OIC deberá emitir recomendaciones a fin de que la Institución cumpla en tiempo y forma
con el PTAR.
El Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTAR deberá ser firmado por el TOIC.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
1 TAADMGP Recibe del TOIC el RAT del PTAR remitido por la Agencia y turna para su verificación al Jefe de Departamento de ADMGP.
RAT del PTAR.
Soporte documental.
2 Jefe de
Departamento de ADMGP
Recibe informe y verifica el soporte documental de los avances reportados por la Agencia; así como, cada uno de los criterios establecidos en el MAAGCI.
RAT del PTAR.
Soporte documental.
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3 Jefe de
Departamento de ADMGP
Elabora proyecto de Informe de Evaluación del
OIC al RAT del PTAR conteniendo las recomendaciones, en su caso, a los avances reportados y turna para su validación y autorización.
Proyecto de Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTAR.
Una vez validado por el TAADMGP y autorizado por el TOIC.
4 Jefe de
Departamento de ADMGP
Remite Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTAR al Titular de la Agencia y, en su caso, brinda la asesoría que corresponda para su atención.
Informe de evaluación.
El RAT del PTAR de la Agencia, así como el Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTAR deben registrarse en el SICOCODI.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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DIAGRAMA DE FLUJO
Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
TA
AD
MG
P
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de A
DM
GP
INICIO
1. Remite el RAT del PTAR al Jefe de Departa-
mento de ADMGP para su verificación.
Reporte de Avance
Trimestral del
PTAR
2. Verifica el soporte documental de los avances
reportados; así como, cada uno de los criterios es-
tablecidos en el MAAGCI.
3. Elabora proyecto de Informe de Evaluación con-
teniendo las recomendaciones, en su caso, y turna
para la validación del TAADMGP y autorización del
TOIC.
4. Una vez validado y autorizado, remite Informe
de Evaluación al Titular de la Agencia y, en su
caso, brinda asesoría para su atención y registro
en el SICOCODI.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
Proyecto de Informe de
Evaluación del OIC al RAT
del PTAR.
Informe de Evaluación del
OIC al RAT del PTAR vali-
dado y autorizado
Manual de Procedimientos del Órgano Interno de Control en Notimex,
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7. Procedimiento para la realización de diagnósticos.
OBJETIVO
Realizar diagnósticos de procesos, trámites y servicios para contribuir al desarrollo administrativo de
la Agencia.
POLÍTICAS
El inicio y la conclusión de los diagnósticos se informarán a la Unidad Administrativa, a través
de un oficio firmado por el TADMGP, o en su defecto, por el TOIC.
Derivado de las áreas de oportunidad identificadas, se solicitará a la Unidad Administrativa
que corresponda, la suscripción e implementación de un programa de trabajo, a fin de
subsanar dichas debilidades.
El Área de ADMGP, dará seguimiento al cumplimiento de las acciones comprometidas en el
programa de trabajo.
Los hallazgos o áreas de oportunidad identificadas, deben estar debidamente soportadas con
la documentación correspondiente.
El Área de ADMGP, brindará la asesoría y/o consultoría que la Unidad Administrativa requiera
para la mejora de sus procesos.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Con base en el Plan Anual de Trabajo del OIC.
1 TAADMGP Instruye la realización del diagnóstico y establece el alcance.
PAT OIC.
2 Jefe de
Departamento de ADMGP
Elabora proyecto de Marco Técnico de Referencia (MTR) con base en la información de la investigación previa para la elaboración del PAT determina herramientas de recopilación de información para el desarrollo del diagnóstico (cuestionarios, entrevistas y mapas, entre otros) y cronograma de actividades e integra expediente. Turna al TAADMGP para su autorización.
Proyecto de MTR.
Cronograma de actividades.
Herramientas.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Una vez autorizado por el TAADMGP.
3 Jefe de
Departamento de ADMGP
Elabora oficio de notificación de ejecución del diagnóstico al o a las Unidades Administrativas correspondientes, solicitando designación de un servidor público que fungirá como enlace para el desarrollo de las actividades. Turna para autorización del TAADMGP.
Oficio de notificación de Ejecución de Diagnóstico.
4 Jefe de
Departamento de ADMGP
Envía el oficio de notificación al o a las Unidades Administrativas correspondientes e integra el acuse respectivo al expediente.
Acuse de oficio de notificación.
Expediente.
Una vez designado el representante del área correspondiente.
5
TAADMGP/ Jefe de
Departamento de ADMGP
Efectúa reunión para presentación e inicio del diagnóstico.
Minuta.
6 Jefe de
Departamento de ADMGP
Recopila información respecto a la situación actual del objeto del diagnóstico, y analiza, entre otros:
Procedimientos
Estándares
Indicadores
Controles
Normatividad
Automatización
Supervisión y evaluación
Herramientas de recopilación.
7 Jefe de
Departamento de ADMGP
Analiza información con base en las herramientas de análisis (FODA, bases de datos y tablas comparativas, entre otros) e identifica debilidades del objeto del diagnóstico y determina propuestas de mejora. Presenta al TAADMGP.
Herramientas de análisis.
Una vez validado el diagnóstico el TAADMGP convoca a reunión para presentación preliminar.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
8
TAADMGP/ Jefe de
Departamento de ADMGP
Presenta diagnóstico preliminar a la Agencia, y sensibiliza sobre la importancia de la adopción de las acciones de mejora para el cumplimiento de los objetivos institucionales. Instruye el TAADMGP al Jefe de Departamento de ADMGP, la elaboración del Informe de Resultados.
Diagnóstico preliminar.
9 Jefe de
Departamento de ADMGP
Elabora proyecto de Informe de Resultados conteniendo fortalezas, debilidades y acciones de mejora, y proyecto de oficio de remisión al área correspondiente, solicitando el programa de trabajo con los compromisos que adquirirá la unidad administrativa. Turna para autorización del TAADMGP.
Proyecto de Informe de Resultados.
Proyecto de oficio de remisión.
Una vez autorizado por el TAADMGP.
10 Jefe de
Departamento de ADMGP
Gestiona la entrega de oficio e Informe de Resultados al Área correspondiente. Integra información al expediente.
Informe de Resultados.
Oficio de remisión.
Con base en el Programa de Trabajo comprometido por la Unidad Administrativa, realiza seguimiento de acompañamiento para su cumplimiento.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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DIAGRAMA DE FLUJO
Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
TA
AD
MG
P
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de A
DM
GP
TA
AD
MG
P/
Je
fe
de D
ep
art
am
en
to
de A
DM
GP
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de
AD
MG
P
INICIO
Plan Anual de Trabajo
2. Elabora proyecto de MTR, determina las herramientas de recopi-
lación de información, elabora cronograma de actividades, integra
expediente y turna al TAADMGP para su autorización.
3. Una vez autorizados el MTR, cronograma y herramientas, ela-
bora oficio de notificación de ejecución del diagnóstico, solicitando
designación de un enlace para el desarrollo de las actividades y
turna para autorización del TAADMGP.
4. Una vez autorizado, envía el oficio de notificación e integra expe-
diente.
5. Una vez designado el enlace de la Entidad, efectúan la presenta-
ción e inicio del diagnóstico.
1. Instruye la realización del diagnóstico al Jefe de Departamento
de ADMGP y define su alcance.
Proyecto de MTR
Herramientas de recopila-
ción.
Cronograma de actividades
Oficio de notificación de
Ejecución de Diagnóstico
Acuse de oficio de notifica-
ción
Expediente
Minuta de reunión
6. Recopila la información objeto del diagnóstico. Herramientas de recopila-
ción.
7. Analiza información con base en FODA, bases de datos y tablas
comparativas, etc., identifica debilidades, determina propuestas de
mejora y presenta al TAADMGP el diagnóstico para su validación.
Presenta al TAADMGP.
Herramientas de análisis.
A
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Documentos de entrada
Actividades Documentos resultantes
TA
AD
MG
P/
Je
fe d
e D
e-
part
am
en
to d
e A
DM
GP
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de A
DM
GP
A
8. Una vez validado el diagnóstico el TAADMGP convoca a reunión
para presentación preliminar de diagnóstico y de las acciones de
mejora e instruye al Jefe de Departamento de ADMGP, elaborar el
Informe de Resultados.
9. Elabora proyectos de Informe de Resultados y oficio de remisión,
solicitando el programa de trabajo de la unidad administrativa para
atender las acciones de mejora y turna para autorización del
TAADMGP.
Turna para autorización del TAADMGP.
Presenta al TAADMGP.
Diagnóstico preliminar
10. Una vez autorizados el Informe de Resultados y el oficio de re-
misión, gestiona su entrega para su posterior seguimiento de cum-
plimiento.
Integra información al expediente.
Presenta al TAADMGP.
Proyecto de Informe de
Resultados
Proyecto de oficio de remi-
sión.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
Informe de Resultados
Oficio de remisión.
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d) Procedimientos del Área de Quejas
1. Procedimiento para la atención de quejas, denuncias y peticiones ciudadanas
(incluye asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
OBJETIVO
Atender las Quejas, Denuncias y Peticiones Ciudadanas y determinar su procedencia con base en los
Lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias, publicados en el
Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2016 (Lineamientos).
POLÍTICAS
Las diligencias realizadas durante la investigación deberán registrarse en su totalidad, en el
Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas, en los plazos establecidos para ello y
conforme a los Lineamientos.
Las notificaciones deberán realizarse conforme a lo previsto en los Lineamientos y, de manera
supletoria a la Ley, en el Código Federal de Procedimientos Civiles.
Las conductas denunciadas, que puedan ser constitutivas de responsabilidad administrativa,
deberán ser investigadas en su totalidad.
Se deben agotar la totalidad de las líneas de investigación establecidas para el esclarecimiento
de los hechos.
Los expedientes deberán integrarse conforme a lo establecido en el Lineamiento vigésimo
cuarto de los Lineamientos.
Los expedientes no deberán estar inactivos por más de 30 días hábiles, conforme al
Lineamiento Vigésimo de los Lineamientos.
El presente procedimiento aplica para los asuntos aperturados en el Área de Quejas, previa a
la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
La calificación de las posibles faltas se efectuará conforme a la Ley vigente al momento en
que ocurrieron los hechos.
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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Se recibe escrito a través de los diferentes medios de captación (Escrito, oficio, Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas (SIDEC), Correo electrónico, medios de comunicación, reporte
telefónico, comparecencia).
1 TOIC Recibe escrito y turna al TAQ para su desahogo.
Escrito.
Oficio.
SIDEC.
Correo electrónico.
Buzones.
Medios de comunicación.
Reporte telefónico.
Comparecencia.
2 TAQ Recibe escrito, analiza competencia y determina.
3 TAQ
No es competente Instruye al Jefe de Departamento de Quejas el registro del asunto en el SIDEC y elaborar proyecto de acuerdo de incompetencia.
4 Jefe de
Departamento de Quejas
Elabora proyecto de acuerdo de incompetencia, oficio de notificación al ciudadano y oficio de remisión a la autoridad competente (en caso de que los hechos narrados involucren a Titulares del propio órgano de vigilancia, se deberá turnar al OIC en la SFP). Registra en el SIDEC y turna proyecto al TAQ.
Registro en el SIDEC.
Proyecto de Acuerdo.
Oficio de notificación.
Oficio de remisión.
Una vez autorizado por el TAQ.
5 Jefe de
Departamento de Quejas
Realiza diligencias de notificación, registra en el SIDEC e integra expediente.
Registro en el SIDEC.
Expediente.
Acuse de notificación.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
6 TAQ Si es competente Clasifica si es denuncia o petición ciudadana.
7 TAQ
Petición ciudadana Turna al Jefe de Departamento de Quejas para su atención y registro en el SIDEC.
8 Jefe de
Departamento de Quejas
Recibe petición ciudadana, registra en el SIDEC, elabora oficio(s) solicitando a la Unidad Administrativa su atención e informe las gestiones realizadas. Integra expediente. Turna al TAQ para su autorización.
Registro en el SIDEC.
Petición ciudadana.
Oficio(s) de solicitud.
Expediente.
Una vez autorizado por el TAQ.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
9 Jefe de
Departamento de Quejas
Gestiona para su atención. Acuse de
requerimiento de atención.
Una vez recibida la información por parte de la Unidad Administrativa.
10 Jefe de
Departamento de Quejas
Registra en sistema, integra expediente y en su caso, informa al ciudadano respecto de la atención brindada.
Registro en el SIDEC.
Expediente.
Acuse de notificación al ciudadano.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
QUEJA O DENUNCIA
11 TAQ
Determina líneas de investigación, pudiendo ser solicitud de información y documentación, comparecencias y visitas entre otros. Turna al Jefe de Departamento de Quejas para su atención y registro en el SIDEC.
12 Jefe de
Departamento de Quejas
Recibe queja o denuncia, registra en el SIDEC, elabora Acuerdo de radicación y verifica que cumpla con los requisitos establecidos en los Lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias. Integra expediente.
Queja o denuncia.
Registro en el SIDEC.
Acuerdo de radicación.
Expediente.
13 Jefe de
Departamento de Quejas
No cumple Elabora oficio al quejoso o denunciante solicitando mayores elementos y gestiona previa autorización del TAQ. Registra en SIDEC.
Oficio(s).
Registro en el SIDEC.
14 TAQ
Recibe elementos solicitados de parte del quejoso o denunciante. Turna al Jefe de Departamento de Quejas para su atención.
Información y/o documentación.
En caso de no recibir mayores elementos o que continúen siendo insuficientes, el Jefe de Departamento de Quejas genera acuerdo de archivo por falta de elementos, previa autorización del
TAQ, integra expediente y se registra en el SIDEC.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
15 Jefe de
Departamento de Quejas
Sí cumple Realiza diligencias necesarias para agotar las líneas de investigación determinadas, registra cada actuación en el SIDEC e integra en el expediente los diversos Acuerdos de trámite, previa autorización del TAQ.
Información y/o documentación.
Registro en el SIDEC.
Expediente.
16 Jefe de
Departamento de Quejas
Determina si existen elementos suficientes para sustentar la presunta responsabilidad.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
17 Jefe de
Departamento de Quejas
No existen Elabora Acuerdo de archivo por falta de elementos, oficio de notificación y turna al TAQ para su autorización.
Acuerdo de archivo.
Oficio de notificación.
Una vez autorizado por el TAQ.
18 Jefe de
Departamento de Quejas
Registra en el SIDEC y realiza la notificación correspondiente al quejoso o denunciante.
Registro en el SIDEC.
Acuse de notificación.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
19 Jefe de
Departamento de Quejas
Sí existen Elabora proyecto de remisión al Área de Responsabilidades y comunicado al quejoso o denunciante y remite al TAQ para su autorización.
Proyecto de remisión.
Oficio de notificación.
Una vez autorizado por el TAQ.
20 Jefe de
Departamento de Quejas
Registra en el SIDEC y realiza la notificación correspondiente al quejoso o denunciante. Turna mediante oficio, expediente al Área de Responsabilidades, recaba el acuse de remisión e integra cuadernillo de turno.
Registro en el SIDEC.
Acuse de notificación.
Acuse de turno.
Cuadernillo de turno.
Expediente.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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DIAGRAMA DE FLUJO
Documentos de
entrada Actividades
Documentos
resultantes
TO
IC
Titula
r de
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e Q
ueja
s
INICIO
1. Recibe escrito y turna al
TAQ.
Queja o Denun-
cia
2. Recibe escrito, analiza competencia y determina.
¿Es com-
petente? 6. Clasifica
No
Si
A
3. Instruye el registro y
elaboración de
acuerdo de incompe-
tencia.
Petición,
Queja y De-
nuncia.
11. Determina líneas de In-
vestigación y turna para su
atención y registro.
7. Turna
para su
atención y
registro.
A A
Petición
Queja o
Denuncia
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Documentos de
entrada Actividades
Documentos
resultantes
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de Q
ueja
s
A
4. Elabora proyecto de
acuerdo de incompetencia,
oficio de notificación al ciu-
dadano, oficio de remisión
a la autoridad competente y
turna proyecto al TAQ. 8. Recibe Petición, regis-
tra y elabora solicitud de
atención al Área Admi-
nistrativa y turna al TAQ
para su autorización.
A A
5. Una vez autorizado el
proyecto, registra en el SI-
DEC, realiza notificación e
integra expediente.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
B
9. Una vez autorizado,
gestiona para su aten-
ción.
10. Recibida la informa-
ción, registra, integra
expediente y en su
caso notifica.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
12. Recibe, registra, elabora
Acuerdo de Radicación e Integra
Expediente.
Proyecto de Acuerdo,
Oficio de Notificación y
Oficio de Remisión.
Oficios de Solicitud y
Expediente.
Expediente y Acuse de
Notificación.
Acuse de Requeri-
miento.
Expediente y Acuse de
Notificación.
Acuerdo de Radicación
y Expediente.
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Documentos de
entrada Actividades
Documentos
resultantes
Jefe
de
Dep
art
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s
Titula
r de
l Á
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ueja
s
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de Q
ueja
s
13. Elabora oficio para soli-
citar mayores elementos,
gestiona y registra.
B
C
Oficios.
Acuerdo de Archivo y
Expediente.
¿Cumple
Requisitos?
Si
No
14. Recibe elementos soli-
citados; si los elementos
son insuficientes, instruye
al Jefe de Departamento
para generar acuerdo de
archivo, integre expediente
y registre.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
15. Realiza diligencias, registra
en el SIDEC e integra expediente.
16. Determina la existencia de
elementos para sustentar la pre-
sunta responsabilidad.
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Documentos de
entrada Actividades
Documentos
resultantes
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de Q
ueja
s
C
17. Elabora Acuerdo de Ar-
chivo, Oficio de notificación y
turna para autorización del
TAQ.
¿Existen ele-
mentos sufi-
cientes?
19. Elabora proyecto de remi-
sión al Área de Responsabilida-
des, notificación y turna para
autorización del TAQ.
18. Una vez autorizado, re-
gistra en el SIDEC y notifica.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
20. Una vez autorizado, regis-
tra en el SIDEC, notifica y turna
expediente.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
Si
No
Acuerdo de Archivo y
Oficio de notificación.
Acuse de notificación.
Proyecto de remisión y
Oficio de notificación.
Acuse de notificación,
Acuse de turno, Cua-
dernillo de turno y Ex-
pediente.
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2. Procedimiento para la atención de quejas, denuncias y peticiones ciudadanas
(incluye asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley General de
Responsabilidades Administrativas.
OBJETIVO
Atender las Quejas, Denuncias y Peticiones Ciudadanas recibidas y determinar su procedencia con
base en los lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias,
publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2016.
POLÍTICAS
Las diligencias realizadas durante la investigación deberán registrarse en su totalidad, en el
Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas, en los plazos establecidos para ello y
conforme a los Lineamientos.
Las notificaciones deberán realizarse conforme a lo previsto en los Lineamientos y, de manera
supletoria a la Ley, en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y en el
Código Federal de Procedimientos Civiles.
Las conductas denunciadas, que puedan ser constitutivas de responsabilidad administrativa,
deberán ser investigadas en su totalidad.
Se deben agotar la totalidad de las líneas de investigación establecidas para el esclarecimiento
de los hechos.
Los expedientes deberán integrarse conforme a lo establecido en el Lineamiento vigésimo
cuarto de los Lineamientos.
Los expedientes no deberán estar inactivos por más de 30 días hábiles conforme a lo
establecido en el Lineamiento vigésimo de los Lineamientos.
El presente procedimiento aplica para los asuntos aperturados en el Área de Quejas, posterior
a la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en la parte
procedimental.
La calificación de las posibles faltas se efectuará conforme a la Ley vigente al momento en
que ocurrieron los hechos.
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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Se recibe escrito a través de los diferentes medios de captación (Escrito, oficio, SIDEC, Correo electrónico, medios de comunicación, reporte telefónico, comparecencia).
1 TOIC Recibe escrito y turna al TAQ para su desahogo.
Escrito.
Oficio.
SIDEC.
Correo electrónico.
Buzones.
Medios de comunicación.
Reporte telefónico
Comparecencia
2 TAQ Recibe escrito, analiza competencia y determina.
3 TAQ
No es competente Instruye al Jefe de Departamento de Quejas el registro del asunto en el SIDEC y elaborar proyecto de acuerdo de incompetencia.
4 Jefe de
Departamento de Quejas
Elabora proyecto de acuerdo de incompetencia, oficio de notificación al ciudadano y oficio de remisión a la autoridad competente (en caso de que los hechos narrados involucren a Titulares del propio órgano de vigilancia, se deberá turnar al OIC en la SFP). Registra en el SIDEC y turna proyecto al TAQ.
Registro en el SIDEC.
Proyecto de Acuerdo.
Oficio de notificación.
Oficio de remisión.
Una vez autorizado por el TAQ.
5 Jefe de
Departamento de Quejas
Realiza diligencias de notificación, registra en el SIDEC e integra expediente.
Registro en el SIDEC.
Expediente.
Acuse de notificación.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
6 TAQ Si es competente Clasifica si es denuncia o petición ciudadana.
Denuncia o petición ciudadana.
PETICIÓN CIUDADANA
7 TAQ Turna al Jefe de Departamento de Quejas para su atención y registro en el SIDEC.
8 Jefe de
Departamento de Quejas
Recibe petición ciudadana, registra en el SIDEC, elabora oficio(s) solicitando a la Unidad Administrativa su atención e informe las gestiones realizadas. Integra expediente. Turna al TAQ para su autorización.
Registro en el SIDEC.
Petición ciudadana.
Oficio(s) de solicitud.
Expediente.
Una vez autorizado por el TAQ.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
9 Jefe de
Departamento de Quejas
Gestiona para su atención. Acuse de
requerimiento de atención.
Una vez recibida la información por parte de la Unidad Administrativa.
10 Jefe de
Departamento de Quejas
Registra en sistema, integra expediente y en su caso, informa al ciudadano respecto de la atención brindada.
Registro en el SIDEC.
Expediente.
Acuse de notificación al ciudadano.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
QUEJA O DENUNCIA
11 TAQ
Determina líneas de investigación, pudiendo ser solicitud de información y documentación, comparecencias y visitas entre otros. Turna al Jefe de Departamento de Quejas para su atención y registro en el SIDEC.
12 Jefe de
Departamento de Quejas
Recibe queja o denuncia, registra en el SIDEC, elabora Acuerdo de radicación y verifica que cumpla con los requisitos establecidos en los Lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias. Integra expediente.
Queja o denuncia.
Registro en el SIDEC.
Acuerdo de radicación.
Expediente.
13 Jefe de
Departamento de Quejas
No cumple Se elabora Acuerdo de Archivo de Falta de Elementos conforme al último párrafo del Lineamiento décimo de los lineamientos y se notifica al quejoso o denunciante conforme al Lineamiento trigésimo quinto de los Lineamientos Registra en SIDEC.
Acuerdo de Archivo
Oficio notificación
Registro en el SIDEC.
En caso de no recibir mayores elementos o que continúen siendo insuficientes, el Jefe de Departamento de Quejas genera acuerdo de archivo por falta de elementos, previa autorización del
TAQ, integra expediente y se registra en el SIDEC.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
14 Jefe de
Departamento de Quejas
Sí cumple Realiza diligencias necesarias para agotar las líneas de investigación determinadas, registra cada actuación en el SIDEC e integra en el expediente los diversos Acuerdos de trámite, previa autorización del TAQ.
Información y/o documentación.
Registro en el SIDEC.
Expediente.
15 Jefe de
Departamento de Quejas
Determina si existen elementos suficientes para sustentar el Informe de presunta responsabilidad.
16 Jefe de
Departamento de Quejas
No existen
Acuerdo de archivo.
Oficio de notificación.
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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo
Elabora Acuerdo de archivo por falta de elementos, oficio de notificación y turna al TAQ para su autorización.
Una vez autorizado por el TAQ.
17 Jefe de
Departamento de Quejas
Registra en el SIDEC y realiza la notificación correspondiente al quejoso o denunciante.
Registro en el SIDEC.
Acuse de notificación.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
18 Jefe de
Departamento de Quejas
Sí existen Determina la gravedad y elabora Acuerdo de Calificación de Falta Administrativa y notifica al denunciante para que se inconforme sobre dicha calificación en 5 días
Acuerdo de calificación
Oficio de Notificación
19 Jefe de
Departamento de Quejas
Se inconforma Recibe escrito de inconformidad y corre traslado a la Sala Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas
Corre traslado a la Sala del TFJA
FIN DEL PROCEDIMIENTO
20 Jefe de
Departamento de Quejas
No se inconforma Elabora proyecto de Informe de Presunta Responsabilidad, oficio de remisión al Área de Responsabilidades y comunicado al quejoso o denunciante y remite al TAQ para su autorización.
Proyecto de IPRA
Proyecto de remisión.
Oficio de notificación.
Una vez autorizado por el TAQ.
21 Jefe de
Departamento de Quejas
Registra en el SIDEC y realiza la notificación correspondiente al quejoso o denunciante. Turna mediante oficio, expediente al Área de Responsabilidades, recaba el acuse de remisión e integra cuadernillo de turno.
Registro en el SIDEC.
Acuse de notificación.
Acuse de turno.
Cuadernillo de turno.
Expediente.
En el caso de que se reciba una impugnación respecto de la clasificación de la gravedad, se envía el escrito de impugnación y expediente en original (quedando una copia certificada en el Área)
mediante escrito a la Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas.
FIN DEL PROCEDIMIENTO
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DIAGRAMA DE FLUJO
Documentos de
entrada Actividades
Documentos
resultantes
TO
IC
Titula
r de
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e Q
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s
INICIO
1. Recibe escrito y turna al
TAQ.
Queja o Denuncia
2. Recibe escrito, analiza competencia y determina.
¿Es com-
petente? 6. Clasifica
No
Si
A
3. Instruye el registro y
elaboración de
acuerdo de incompe-
tencia.
11. Determina líneas de In-
vestigación y turna para su
atención y registro.
7. Turna
para su
atención y
registro
en el SI-
DEC.
A A
Petición Queja o Denuncia
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Documentos de
entrada Actividades
Documentos
resultantes
Jefe
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A
4. Elabora proyecto de
acuerdo de incompetencia,
oficio de notificación al ciu-
dadano, oficio de remisión
a la autoridad competente y
turna proyecto al TAQ. 8. Recibe Petición, regis-
tra y elabora solicitud de
atención al Área Admi-
nistrativa y turna al TAQ
para su autorización.
A A
5. Una vez autorizado el
proyecto, registra en el SI-
DEC, realiza notificación e
integra expediente.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
B
9. Una vez autorizado,
gestiona para su aten-
ción.
10. Recibida la informa-
ción, registra, integra
expediente y en su
caso notifica.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
12. Recibe, registra, elabora
Acuerdo de Radicación e Integra
Expediente.
Proyecto de Acuerdo,
Oficio de Notificación y
Oficio de Remisión.
Oficios de Solicitud y
Expediente.
Expediente y Acuse de
Notificación.
Acuse de Requeri-
miento.
Expediente y Acuse de
Notificación.
Acuerdo de Radicación
y Expediente.
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Documentos de
entrada Actividades
Documentos
resultantes
Jefe
de
Dep
art
am
ento
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ueja
s
13. Elabora Acuerdo de Ar-
chivo y notifica.
B
C
¿Cumple
Requisitos?
Si
No
14. Realiza diligencias, registra en
el SIDEC e integra expediente.
15. Determina la existencia de ele-
mentos para sustentar el informe
de presunta responsabilidad.
Acuerdo de Archivo y
Oficio de Notificación.
FIN DEL
ROCEDIMIENTO
¿Existen ele-
mentos sufi-
cientes?
16. Elabora Acuerdo de Ar-
chivo, Oficio de Notificación y
turna al TAQ para autorización.
17. Una vez autorizado, regis-
tra en el SIDEC y notifica.
FIN DEL PROCEDI-
MIENTO
Acuerdo de Archivo y
Oficio de Notificación.
Acuerdo de Archivo y
Oficio de Notificación.
Si
No
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Documentos de
entrada Actividades
Documentos
resultantes
Jefe
de
Dep
art
am
ento
de Q
ueja
s
C
18. Elabora Acuerdo de Califica-
ción y Notifica.
¿Se incon-
forma?
20. Elabora proyecto de IPRA,
Oficio de remisión y notifica-
ción.
19. Recibe escrito y corre
traslado a la Sala Especiali-
zada.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
21. Una vez autorizado, registra
y notifica. Turna a Responsabili-
dades e integra cuadernillo.
FIN DEL
PROCEDIMIENTO
Si
No
Acuerdo de Calificación
y Oficio de notificación.
Oficio para correr tras-
lado.
Proyecto de IPRA, Ofi-
cio de remisión y Oficio
de notificación.
Acuse de notificación,
Acuse de turno, Cua-
dernillo de turno y Ex-
pediente.
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VIII. Formatos
FORMATOS DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES Y DEL ÁREA DE QUEJAS
Los formatos aplicables a los procedimientos del Área de Responsabilidades y del Área de Quejas,
son los que contiene la Guía y formatos para homologar la integración de expedientes del proceso de
investigación, substanciación y resolución de responsabilidades administrativas, dados a conocer en
la Tercera Reunión Plenaria de Órganos de Vigilancia y Control del 8 de noviembre de 2017, así como,
en el archivo OMEXT actualizado en la misma fecha, los cuales se encuentran en el módulo de
COMUNICACIÓN, en la sección de Herramientas de Apoyo y Plenarias, en el apartado Plenarias, de
la Plataforma de Coordinación Integral de los Órganos de Vigilancia y Control (PCI-OVC).
RELACIÓN DE FORMATOS DEL ÁREA DE AUDITORÍA INTERNA Y AUDITORÍA PARA
DESARROLLO Y MEJORA DE LA GESTIÓN PÚBLICA
Consecutivo Nombre
1
PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN DE AUDITORÍA Y SEGUIMIENTO
Los formatos e instructivos para la elaboración de los siguientes documentos se en-
cuentran en la Guía General de Auditoría Pública de la SFP.
1) Carta planeación 2) Cronograma de actividades a desarrollar 3) Orden de auditoría 4) Acta de Inicio 5) Marco conceptual 6) Cédulas de trabajo 7) Marcas de auditoría 8) Cédula de Observaciones 9) Oficio de envío de informe de auditoría 10) Informe de Auditoría 11) Cédulas de seguimiento 12) Oficio de envío de resultados de seguimiento 13) Cédula de supervisión de auditoria 14) Cédula de supervisión de seguimiento 15) Cédula Única de Auditoria
2 Sustitución de personal auditor encargado de la práctica de la auditoría o
Seguimiento.
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3 Ampliación del grupo de personal auditor encargado de la práctica de auditoría o
Seguimiento.
4 Desincorporación del personal auditor encargado de la práctica de la auditoría o
seguimiento.
5 Modificación del objeto, alcance o periodo a revisar.
6 Acta administrativa por negativa a firmar observaciones.
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INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LOS FORMATOS 2, 3, 4 Y 5 DE LA RELACIÓN DE
FORMATOS DEL ÁREA DE AUDITORÍA INTERNA Y AUDITORÍA PARA DESARROLLO Y
MEJORA DE LA GESTIÓN PÚBLICA.
Identificador Descripción
1 Nombre de la Unidad auditora o Contraloría Interna de la SFP.
2 Numero de oficio que corresponda.
3 Fecha de elaboración del oficio.
4 Nombre del Titular de la Unidad auditada.
5 Número y fecha de la orden de Auditoria, Visita de Inspección o Seguimiento
6
Para el caso de la sustitución, ampliación o reducción de auditor(es) utilizar el fundamento de las atribuciones de quien emite el oficio, así como señalar la concordancia con el artículo 311, fracción I, inciso c),del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el Numeral 16 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010 y última reforma publicada el 16 de junio de 2011. En el caso de que se requiera modificar el objeto o el periodo a revisar, utilizar el fundamento del Numeral 18 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010 y última reforma publicada el 16 de junio de 2011.
7 Nombre del personal que sustituye a los originalmente comisionados.
8 Puesto del personal que sustituye a los originalmente comisionados.
9 Referir el carácter del personal que sustituye a los originalmente comisionados (jefe de grupo, auditor responsable de coordinar o supervisar la auditoria o auditor).
10 Nombre del Titular de la Unidad auditora o de la Contraloría Interna, que emitió la orden de Auditoria, Visita de Inspección o Seguimiento, o por quien lo supla en su ausencia.
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OFICIO DE SUSTITUCIÓN DE PERSONAL AUDITOR ENCARGADO DE LA PRÁCTICA DE LA
AUDITORÍA O SEGUIMIENTO.
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN NOTIMEX, AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO (1)
(2) No. de Oficio
(3) XX de XXXXX de 20XX
ASUNTO: (Sustitución del personal auditor encargado de practicar la Auditoria, Visita de Inspección o
Seguimiento (5) (4) PRESENTE. Al amparo de la (5) y con fundamento en lo dispuesto por (6), hago de su conocimiento la sustitución del personal auditor responsable de la ejecución de la auditoria de referencia. Para tal efecto, se le informa que el/los CC (Nombre de los auditores) designado(s) como (Jefe de Grupo, auditor responsable de coordinar y auditor responsable de supervisar la ejecución de la auditoria, auditor(es) que practica(n) la auditoria), al amparo de la orden de Auditoria, Visita de Inspección o Seguimiento en comento, será(n) sustituidos por las personas que a continuación se señalan:
Nombre del Auditor: Puesto: En carácter de:
(7) (8) (9)
Personal a quien se servirá proporcionar los libros principales y auxiliares, registros, reportes, correspondencia y demás efectos relativos a sus operaciones financieras, presupuestales y de consecución de metas que estimen necesarios, así como suministrarles todos los datos e informes que soliciten para la ejecución de la auditoria o visita de inspección, que se practica a esa Unidad a su digno cargo. Asimismo, solicito girar instrucciones a quien corresponda, a efecto de que el personal sustituto tenga acceso a las instalaciones de esa entidad y se le brinden todas las facilidades necesarias para la realización de su cometido. Sin otro particular, me es grato enviarle un cordial saludo.
(10)
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OFICIO DE AMPLIACIÓN DEL GRUPO DE PERSONAL AUDITOR ENCARGADO DE LA
PRÁCTICA DE AUDITORÍA O SEGUIMIENTO.
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN NOTIMEX, AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO (1)
(2) No. de Oficio
(3) XX de XXXXX de 20XX
ASUNTO: (Ampliación del personal auditor encargado de practicar la Auditoria, Visita de Inspección o
Seguimiento (5) (4) PRESENTE. Al amparo de la (5) y con fundamento en lo dispuesto por (6), hago de su conocimiento la ampliación del personal auditor responsable de la ejecución de la auditoria de referencia. Para tal efecto, se le informa que la(s) persona(s) que practicará(n) la Auditoría, Visita de Inspección o Seguimiento es (son): el/los C (CC) (Nombre de los auditores), quien(es) ha(n) sido designado(s) con carácter de: (Jefe de Grupo, auditor responsable de coordinar la ejecución de la auditoría, auditor(es) que practica(n) la auditoría); personal a quien se servirá proporcionar los libros principales y auxiliares, registros, reportes, correspondencia y demás efectos relativos a sus operaciones financieras, presupuestales y de consecución de metas que estimen necesarios, así como suministrarles todos los datos e informes que soliciten para la ejecución de la auditoría o visita de inspección, que se practica a esa Unidad a su digno cargo. Asimismo, solicito girar instrucciones a quien corresponda, a efecto de que el personal sustituto tenga acceso a las instalaciones de esa entidad y se le brinden todas las facilidades necesarias para la realización de su cometido. Sin otro particular, me es grato enviarle un cordial saludo.
(10)
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DESINCORPORACIÓN DEL PERSONAL AUDITOR ENCARGADO DE LA PRÁCTICA DE LA
AUDITORÍA O SEGUIMIENTO.
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN NOTIMEX, AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO (1)
(2) No. de Oficio
(3) XX de XXXXX de 20XX
ASUNTO: (Desincorporación del personal auditor encargado de practicar la Auditoria, Visita de Inspección o
Seguimiento (5) (4) PRESENTE. Al amparo de la (5) y con fundamento en lo dispuesto por (6), hago de su conocimiento la reducción del personal auditor responsable de la ejecución de la auditoria de referencia. Para tal efecto, se le informa que el/los CC (Nombre de los auditores) designado(s) como (Jefe de Grupo, auditor responsable de coordinar la ejecución de la auditoría, auditor(es) que practica(n) la auditoría), en la orden de Auditoría, Visita de Inspección o Seguimiento en comento, será(n) desincorporados de la auditoría de referencia. Lo anterior, para los efectos legales correspondientes. Sin otro particular, me es grato enviarle un cordial saludo.
(10)
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MODIFICACIÓN DEL OBJETO, ALCANCE O PERIODO A REVISAR.
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN NOTIMEX, AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO (1)
(2) No. de Oficio
(3) XX de XXXXX de 20XX
ASUNTO: (Modificación del objeto o periodo a revisar de la (5)
(4) PRESENTE. Al amparo de la (5) y con fundamento en lo dispuesto por (6), hago de su conocimiento la modificación del (objeto o período) a revisar de la Auditoría, Visita de Inspección o Seguimiento, que se practica a esa Unidad a su digno cargo, toda vez que (se sugiere señalar brevemente los motivos por los cuales se modificó el objeto o el período de revisión, según sea el caso, de la Auditoría, Visita de Inspección o Seguimiento de referencia) Dicha modificación, será efectiva a partir de la recepción del presente oficio para quedar como sigue: OBJETO: (Escribir la modificación del objeto de la auditoría o visita de inspección correspondiente). PERÍODO: (Escribir la modificación del período a revisar de la auditoría o visita de inspección correspondiente). Asimismo, solicito girar las instrucciones que considere pertinentes, para los efectos legales correspondientes. Sin otro particular, me es grato enviarle un cordial saludo.
(10)
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INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DEL ACTA ADMINISTRATIVA POR NEGATIVA A
FIRMAR OBSERVACIONES.
Identificador Descripción
1 Contiene los datos a detalle de las circunstancias, documentos y personas que in-tervienen en el acto.
2 Inicia ubicando el lugar y fecha del acto.
3 Menciona quienes intervienen en el acto y el objetivo de la misma, el cual referirá la negativa del auditado para firmas las observaciones determinadas en la auditoria.
4
Describe, en su apartado de hechos, los antecedentes de la auditoria y fecha de notificación y formulación del acta de inicio de la auditoria, así como los nombres o títulos de las observaciones determinadas, describiéndolas y señalando el funda-mento legal infringido que la sustenta y finalmente incluye su cierre.
5 El acta se transcribe a renglón continuo y, en caso de que el texto quede a la mitad del renglón, el resto de este se testa con guiones hasta el margen derecho de la hoja.
6
El Folio a cada foja del acta. Se recomienda dar un Folio consecutivo de 8 dígitos integrado de igual manera que el acta de inicio de auditoria, dando continuidad al último número del acta de auditoria o al último utilizado en caso de haber elaborado previamente otras actas administrativas correspondientes a la misma auditoria.
7
Al finalizar una hoja en el último renglón se hará referencia a la foja que continua, con la leyenda Pasa al folio..., incluyendo el Folio de la foja siguiente al centro y, tanto a la izquierda como a la derecha, se utilizarán guiones. Ejemplo:
----------------pasa al Folio 20015002-------------------------- De la misma manera, el primer renglón del Folio siguiente, contendrá la leyenda “Viene del folio” ... centrado y, tanto a la izquierda como a la derecha, se utilizarán guiones. Ejemplo:
----------------viene del Folio 20015001--------------------------
8
El acta administrativa de negativa a firmar observaciones se levanta en tres ejem-plares, con firmas autógrafas al final y se rubricaran cada una de las fojas que la constituyen, con la siguiente distribución: Podrá dejarse un ejemplar al servidor público con quien se entendió la diligencia. Segundo y tercer ejemplar: Se integrarán al expediente de auditoria.
9 El formato anexo indica el modelo que se utilizará como acta y los datos que con-tendrá. Con objeto de hacer ilustrativa el Acta de Inicio de Auditoria, se incluyen los aspectos por describir.
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ACTA ADMINISTRATIVA POR NEGATIVA A FIRMAR OBSERVACIONES
------------------------------------------------------------Folio20015004------------------------------------------------------------ En la Ciudad de México, (o la localidad donde se levanta el acta), siendo las (anotar la hora del inicio del acto) horas, del día (anotar el día, mes y año correspondiente), los CC. (mencionar el nombre completo de los auditores comisionados) auditores públicos adscritos al Órgano Interno de Control en Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, hacen constar que se constituyeron legalmente en las oficinas que ocupa (anotar el nombre de la Unidad auditada), ubicadas en (anotar el domicilio completo del lugar donde se levanta el acta)--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- En la hora y fecha mencionadas los auditores actuantes se presentaron en las oficinas citadas y ante la presencia del C. (nombre del titular del área visitada incluyendo su cargo), procedieron a identificarse en el orden mencionado con las credenciales números: (anotar los números de credenciales institucionales de cada auditor), expedidas por (mencionar el área que expide las credenciales), a efecto de hacer constar los siguientes:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Hechos---------------------------------------------------------------- El día __ de _______ de_____, se emitió la orden de auditoria No. ______ firmada por el C. ________ (Nombre y cargo) _____, dirigida al C. _____ (Nombre, cargo y nombre de la Dependencia, Entidad o Unidad Administrativa a quien se dirigió la orden de auditoria) ____, con el objeto de revisar ____ (objeto de conformidad con la orden de auditoria) ______. El día _____ de_____ de_______, se entregó la orden de auditoria como consta en copia de la misma, en la que se aprecia la firma de acuse de recibo de puno y letra del auditado y el sello de la __ (Dependencia, Entidad o Unidad Administrativa), formalizándose el acta de inicio de auditoría el ___ de _____de _____, hecho con él se dio por formalmente notificada la auditoria y el inicio de los trabajos. ––––------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Como resultado de los trabajos se determinaron _ (número de observaciones) __observaciones, las cuales de conformidad con el numeral 20 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección, establece “La presentación de las observaciones se llevara a cabo en reunión ante el Titular de la Unidad auditada, mismas que se formali-zaran con la firma de las cedulas de observaciones”. Situación que, al no ser posible por la negativa del titular de la Unidad auditada a firmar las observaciones, se procede a levantar la presente acta administra-tiva, la cual se prevé igualmente en el mismo numeral del mismo ordenamiento, el cual señala “Cuando el servidor público se negará a firmar las referidas cedulas, los auditores deberán elaborar un acta, en la que se hará constar que se le dio a conocer el contenido de las observaciones y se asentara su negativa a firmarlas, esta última circunstancia no invalidara el acto ni impedirá que surta sus efectos.”-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ---------------- ----------------------------------------------------------Pasa al Folio20015005----------------------------------------------------
----------------------------------------------------------Viene del Folio20015004------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------Folio20015005---------------------------------------------------------- Por lo anterior, se procede a dar a conocer las observaciones determinadas consistentes en: ---------------- 1.- Nombre de la observación y contenido …..-------------------------------------------------------------------------------la cual se agrega a la presente con el anexo numero 1-------------------------------------------------------------------- 2.- Nombre de la observación y contenido …--------------------------------------------------------------------------------- la cual se agrega a la presente con el anexo numero 2-------------------------------------------------------------------- 3.- Nombre de la observación y contenido ….-------------------------------------------------------------------------------- la cual se agrega a la presente con el anexo numero 3--------------------------------------------------------------------
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……. ……. ……. Para los efectos del desahogo de los trabajos a que la misma se contrae, se solicita al servidor público que la recibe se identifique, exhibiendo este (anotar el tipo y numero de la identificación que presenta) expedida a su favor por (mencionar la instancia que la expide), documento que se tiene a la vista y en el que se aprecia en su margen (citar el lugar donde se encuentra la fotografía del servidor público que la presenta) una fotografía cuyos rasgos fisonómicos corresponden a su portador, a quien en este acto se le devuelve por así haberlo solicitado.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Acto seguido se solicita al C. (anotar el nombre del servidor público con quien se entiende el acto) designe dos testigos de asistencia (En caso de negativa serán nombrados por los auditores actuantes), quedando designados los CC. (mencionar los nombres completos de las personas designadas como testigos, domi-cilios oficiales o particulares, documento con que se identifican, Registro Federal de Contribuyentes), quie-nes aceptan la designación.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ---------------- El C. (nombre de la persona con quien se entiende la diligencia), previo apercibimiento para conducirse con verdad y advertido de las penas en que incurren los que declaran con falsedad ante autoridad distinta a la judicial, según lo disponen la fracción I del artículo 247 del Código Penal Federal y 63 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, manifiesta llamarse como ha quedado asentado, tener la edad de (anotar la edad del visitado) anos, estado civil (anotar el estado civil del visitado), originario de (anotar la localidad y estado de nacimiento del visitado), con domicilio en (anotar el domicilio particular u oficial, del visitado) y Registro Federal de Contribuyentes número (anotar el Registro Federal de Contribuyentes del visitado).-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------No habiendo más hechos que hacer constar se da por concluida la práctica de esta diligencia, siendo las (anotar la hora de conclusión del acto) de la misma fecha en que fue iniciada. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Asimismo, previa lectura de lo asentado la firman al margen y al calce de todos y cada uno de los folios los que en ella intervinieron, haciéndose constar que este documento fue elaborado en tres ejemplares. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------ --------------------------------------- ---------------------------------------------------------Pasa al Folio20015006-----------------------------------------------------
-------------------------------------------------Viene del Folio20015005-------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------Folio20015006------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -------
Por (mencionar el nombre del área que intervino en el acta, seguido del ente)
C. (nombre y firma de la persona que atendió la diligencia)
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Por el Órgano Interno de Control de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano (nombre y firma de los auditores participantes)
Testigos de Asistencia
(nombre y firma del testigo) (nombre y firma del testigo)
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IX. Disposiciones Transitorias
La emisión del presente Manual de Procedimientos fue autorizado por el Director General de Notimex,
Agencia de Noticias del Estado Mexicano, conforme a lo señalado en el Artículo 12, fracción X del
Estatuto Orgánico de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, publicado en el D.O.F. el 23
de junio de 2016.
Ciudad de México, agosto 15 de 2018.