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Manual de Procedimientos del Órgano Interno de Control en Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano Versión 1.0 Agosto 2018

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Versión 1.0 Agosto 2018

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Órgano Interno de Control Unidades Administrativas del Órgano Interno de Control

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HOJA DE CONTROL

Aprobación del Documento

NOMBRES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS FIRMA

Elaboró:

Mtra. Araceli Flores Camacho Titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control

en Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano

Lic. David Padilla Sánchez

Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en Notimex, Agencia de Noticias del

Estado Mexicano

L.C. Efraín Zarco González

Titular del Área de Auditoría Interna y Titular del Área de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública del Órgano Interno de Control en Notimex, Agencia de

Noticias del Estado Mexicano

Revisó:

Lic. Alejandro Aréstegui y Sada Titular del Órgano Interno de Control en Notimex,

Agencia de Noticias del Estado Mexicano

Autorizó:

Lic. Alejandro Ramos Esquivel Director General de Notimex, Agencia de Noticias del

Estado Mexicano

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Contenido

I. Introducción .................................................................................................................................. 4

II. Objetivo del Manual .................................................................................................................... 9

III. Marco Jurídico.............................................................................................................................. 9

IV. Misión y Visión ........................................................................................................................... 13

V. Ámbito de Aplicación ............................................................................................................... 13

VI. Glosario ........................................................................................................................................ 13

VII. Procedimientos .......................................................................................................................... 20

a) Procedimientos del Titular del Órgano Interno de Control ......................................................... 20

1. Procedimiento para la planeación y formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT) ...... 20

b) Procedimientos del Área de Responsabilidades ......................................................................... 25

1. Procedimiento para la resolución de procedimientos en materia de responsabilidades

administrativas (incluye asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley Federal de

Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. .............................................. 25

2. Procedimiento para la atención de procedimientos de responsabilidades administrativas

(incluye asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley General de Responsabilidades

Administrativas de los Servidores Públicos. ................................................................................. 31

3. Procedimiento para la atención de inconformidades en materia de contrataciones

públicas. ............................................................................................................................................. 38

4. Procedimiento para la sanción a Licitantes, Proveedores y Contratistas en materia de

contrataciones públicas. .................................................................................................................. 46

c) Procedimientos del Área de Auditoría Interna y Auditoría para Desarrollo y Mejora de la

Gestión Pública. ................................................................................................................................ 51

1. Procedimiento para la ejecución de la Auditoría. ................................................................ 51

2. Procedimiento para el seguimiento de las recomendaciones para la atención de las

observaciones. .................................................................................................................................. 63

3. Procedimiento para la Evaluación del OIC al Sistema de Control Interno Institucional y

PTCI de la Agencia (anual). ............................................................................................................ 67

4. Procedimiento para la Evaluación del OIC al cumplimiento del PTCI de la Agencia

(trimestral). ......................................................................................................................................... 72

5. Procedimiento para apoyar la Administración de Riesgos de la Agencia (anual). ......... 75

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6. Procedimiento para la Evaluación del OIC al cumplimiento del PTAR de la Agencia

(trimestral). ......................................................................................................................................... 77

7. Procedimiento para la realización de diagnósticos. ............................................................ 80

d) Procedimientos del Área de Quejas .............................................................................................. 85

1. Procedimiento para la atención de quejas, denuncias y peticiones ciudadanas (incluye

asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley Federal de Responsabilidades

Administrativas de los Servidores Públicos. ................................................................................. 85

2. Procedimiento para la atención de quejas, denuncias y peticiones ciudadanas (incluye

asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley General de Responsabilidades

Administrativas. ................................................................................................................................. 93

VIII. Formatos .................................................................................................................................... 101

IX. Disposiciones Transitorias .................................................................................................. 112

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I. Introducción

En 1917, se crea el Departamento de Contraloría, como un mecanismo para mejorar el funcionamiento

de la Administración Pública, con lo que se logra el ideal de que un órgano dotado de la suficiente

autoridad e independencia, fuera el encargado de ejercer las funciones de fiscalización y control

preventivo, sobre la actuación de la Administración Pública, la cual comprendía no sólo la legalidad

en el manejo de fondos del Erario, sino también la evaluación del rendimiento gubernamental.

En 1932, se suprime el Departamento de Contraloría y se transfieren sus funciones a la Secretaría de

Hacienda, incluyendo el control preventivo en actos y contratos que afectaran al Erario Federal,

Contabilidad General de la Federación, glosa y responsabilidades.

En 1935 se crea la Contaduría de la Federación, bajo la dependencia de la Secretaría de Hacienda,

como órgano encargado de la contabilidad pública, glosa y fincamiento de responsabilidades.

En 1948, se crea la Comisión Nacional de Inversiones, dependiente de la SHCP, con la

responsabilidad de ejercer las funciones de control, vigilancia y coordinación sobre los organismos

descentralizados y empresas de participación estatal.

En 1958 crea la Secretaría de la Presidencia, asignándole la facultad de elaborar el Plan General del

Gasto Público e Inversiones del Poder Ejecutivo, así como coordinar y vigilar los programas de

inversión de la Administración Pública. La misma Ley transforma a la Secretaría de Bienes Nacionales

e Inspección Administrativa en la Secretaría del Patrimonio Nacional, a la que encomienda las

funciones de vigilancia y administración de los bienes nacionales; intervención en la adquisición,

enajenación, destino o afectación de dichos bienes y en las adquisiciones de toda clase; control

financiero y administrativo de los entes paraestatales; e intervención en los actos o contratos

relacionados con las obras de construcción, conjuntamente con la Secretaría de la Presidencia. Por

último, a la Secretaría de Hacienda compete la glosa preventiva; la formulación del Presupuesto; la

contabilidad y la autorización de actos y contratos, con la intervención de las dos Secretarías citadas.

En 1976, se expide la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en la que las funciones de

control y vigilancia se asignan a la SHCP; a la Secretaría de Programación y Presupuesto; a la

Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial; y a la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras

Públicas.

En 1982 se plantea la necesidad de armonizar y fortalecer la función de control en el sector público,

por lo que se presenta al Congreso de la Unión un conjunto de propuestas legislativas en las que se

incluyó la iniciativa de Decreto de Reformas y Adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública

Federal, misma que al aprobarse y publicarse en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de

diciembre de 1982, dio origen a la Secretaría de la Contraloría General de la Federación; con el

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propósito de integrar en esta dependencia las funciones de control y evaluación global de la gestión

pública anteriormente dispersas.

El 19 de enero de 1983, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el primer Reglamento Interior

de esta Secretaría, con fecha 16 de enero de 1989 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, un

nuevo Reglamento Interior para la dependencia, abrogando el anterior, y con reformas del 26 de

febrero de 1991 (Fe de Erratas el 27 de febrero de 1991), 27 de julio de 1993 (Fe de Erratas el 5 de

agosto de 1993) y el 19 de abril de 1994.

Posteriormente, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 28 de

diciembre de 1994, se reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el propósito

fundamental de que el Estado dispusiera de mejores instrumentos para llevar a cabo, a través de la

APF, sus tareas de gobierno con oportunidad y eficiencia, bajo un esquema de organización que

evitara duplicación de funciones y precisara responsabilidades.

Dentro de este contexto se modificó el nombre de la dependencia por el de Secretaría de Contraloría

y Desarrollo Administrativo y se le dotó de nuevas atribuciones con el objeto de modernizar y controlar

funciones administrativas fundamentales, en adición a las que le correspondían en materia de

vigilancia y responsabilidades de los servidores públicos.

El artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal dispuso que corresponde a la

Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, entre otros, la operación de los sistemas de

control y vigilancia para prevenir conductas indebidas e imponer sanciones en los casos que así se

amerite; por lo que se expidió el Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo

Administrativo mediante su publicación en el DOF el 12 de abril de 1995, el cual modifica la estructura

orgánica de la dependencia y distribuye su competencia entre sus unidades administrativas, conforme

a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Asimismo, conveniente destacar que en el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 se adoptó como

línea de acción de las actividades del Ejecutivo Federal en materia de control, promover la probidad y

rendición de cuentas como elemento esencial del proceso de reforma del Estado, por lo que se

reformaron las Leyes Orgánicas de la Administración Pública Federal, Federal de las Entidades

Paraestatales y Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (DOF, del 24 de diciembre

de 1996), para dotar a las contralorías internas de la autonomía que requería la función de control;

por lo que se facultó a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, para designar y

remover directamente a los contralores internos de las dependencias y entidades, así como de la

Procuraduría General de la República, conferir atribuciones directas a los órganos internos de control

de las entidades paraestatales para iniciar el procedimiento administrativo a los servidores públicos

de éstas, en los casos en que se presumiera la necesidad de fincar responsabilidades en los términos

de Ley, así como precisar las correspondientes a los órganos internos de control de las dependencias

y de la Procuraduría General de la República, en este sentido; dotar del carácter expreso de órganos

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de autoridad a las contralorías internas, con mención específica de su estructura básica, a partir de la

atención de quejas y denuncias, la auditoría y la competencia integral en materia de responsabilidades

y unificar la potestad sancionadora, en materia de responsabilidades a efecto de que los órganos

internos de control al tiempo que fincaran sanciones disciplinarias, sin distinción de la cuantía,

impusieran las sanciones económicas; estas reformas dieron origen a la modificación del Reglamento

Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (DOF del 29 de septiembre de

1997) la cual no es únicamente la expresión de la facultad reglamentaria del Ejecutivo de la Unión,

sino de la enérgica voluntad de reestructurar el sistema de control interno de la APF.

El propio Reglamento Interior fue objeto de otra reforma (DOF del 4 de septiembre de 2000) motivada,

entre otras razones, por la entrada en vigor de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y se

precisó la competencia de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial y de los

Titulares de los órganos internos de control en las dependencias y entidades de la APF, y en la

Procuraduría General de la República, para calificar pliegos preventivos de responsabilidades, en los

términos de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

El 16 de julio de 2001 se expidió el nuevo el Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y

Desarrollo Administrativo, en el que se efectuaron algunas precisiones sobre el funcionamiento de

diversas unidades administrativas de la Secretaría, entre otras, las que se encuentran la Unidad de

Auditoría Gubernamental y la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial, así

como de los órganos internos de control de las dependencias y entidades de la APF y la Procuraduría

General de la República, para el adecuado ejercicio de sus atribuciones.

Con fecha 7 de septiembre de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo

mediante el cual se adscribieron orgánicamente las unidades administrativas de la SECODAM y se

establecía la subordinación jerárquica de los servidores públicos, señalando en el artículo segundo

que los Titulares de los Órganos Internos de Control dependerían jerárquicamente del Coordinador

General de Órganos de Vigilancia y Control, en cuanto a los Titulares de las Áreas de Auditoría,

Quejas y Responsabilidades de los OIC, el artículo cuarto señalaba que dependerían jerárquica y

funcionalmente de los titulares de los OIC y estarían adscritas al respectivo OIC.

Mediante decreto publicado en el Diario Oficial el 29 de noviembre de 2001 se reforma el Reglamento

Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, con el propósito de incorporar

dentro de la estructura orgánica de la dependencia, a la Subsecretaría de Desarrollo y Simplificación

Administrativa, contemplándose a los Titulares de los Órganos Internos de Control y de sus

respectivas Áreas de Auditoría, Quejas y Responsabilidades, precisando además sus atribuciones y

funciones. Con fecha 13 de marzo de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto

por el cual se expide la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

y se reforman la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Coordinación Fiscal.

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La nueva Ley Federal precisó en su artículo 4, que los Contralores Internos y los Titulares de las Áreas

de Auditoría, Quejas y Responsabilidades, serían autoridades competentes para la investigación,

tramitación y sustanciación y resolución de los procedimientos y recursos establecidos en dicha ley.

El 10 de abril de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforma

la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal., sustituyéndose la denominación de la

Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo por la denominación actual de Secretaría de la

Función Pública, y con fecha 12 de diciembre de 2003, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial

de la Federación el Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, el cual tuvo como

propósito fundamental incluir expresamente unidades administrativas que realizaran actos de

autoridad, especificando sus atribuciones a fin de evitar que los mismos fueran sujetos de posibles

impugnaciones ante autoridades jurisdiccionales y en su artículo 60, estableció como atribución del

Titular de la Secretaría, el designar a los titulares de los órganos internos de control en las

dependencias, órganos desconcentrados, Procuraduría General de la República, organismos

descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, y fideicomisos públicos, así como a

los de las áreas de auditoría interna, de auditoría de control y evaluación, quejas y responsabilidades

de tales órganos.

Con fecha 27 de mayo de 2005, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo Reglamento

Interior de la Secretaría de la Función Pública, destacando la reestructuración de diversas unidades

administrativas con motivo de la compactación de estructuras que se llevó a cabo en cumplimiento a

lo previsto por el Artículo 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio

Fiscal 2004. Se modificaron las atribuciones de la Contraloría Interna y de sus unidades

administrativas para alinearlas a las funciones que correspondían a los órganos internos de control y

se realizaron algunas precisiones a las facultades de la Dirección General de Información e Integración

con el fin de mejorar y facilitar el ejercicio de estas.

Con motivo de los objetos rectores del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, el Gobierno Federal

impulsó la expedición y reformas de diversos ordenamientos, entre ellos, el Reglamento Interior de la

Secretaría de la Función Pública, que con fecha 15 de abril de 2009, se publicó en el Diario Oficial de

la Federación, donde se estableció una nueva estructura orgánica en la dependencia, para prever

otras unidades administrativas y fortalecer las facultades de control y evaluación gubernamentales;

dentro de las modificaciones que destacaron fue el cambio de denominación del Área de Auditoría de

Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno por la de Área de Auditoría para Desarrollo y Mejora

de la Gestión Pública. El Reglamento tendría nuevas modificaciones publicadas en el DOF, el 24 de

agosto de 2009 y 03 de agosto de 2011, que en general se refieren a la eliminación de unidades

administrativas y la transformación de las existentes.

Para el 20 de octubre de 2015, se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan

diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, con lo que la

estructura orgánica básica de la dependencia se modificó nuevamente, derivado de la designación

del nuevo Titular de la Secretaría de la Función Pública, quien tenía como objetivos "reforzar los

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procesos de control, fiscalización y auditoría del Gobierno de la República y de vigilar que los

servidores públicos se apeguen a la ley y a la ética".

Con la promulgación de las leyes del Sistema Nacional Anticorrupción, publicadas el 18 de julio de

2016, la Secretaría de la Función Pública, se publicó el Reglamento Interior de la Secretaría de la

Función Pública el 19 de julio de 2017, donde se retoman las nuevas facultades otorgadas a la

Secretaría, los Órganos Internos de Control y Unidades de Responsabilidades, con la finalidad de

alinearlas a los requerimientos y obligaciones que trae consigo dicho Sistema.

El 18 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide

la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y en observancia al artículo Tercero Transitorio,

entró en vigor la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con lo cual las atribuciones de

las unidades administrativas de la Secretaría, se modificaron, para dar atención al marco normativo

aplicable a la materia de responsabilidades administrativas, por lo que, el 12 de enero de 2017, se

publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento

Interior de la Secretaría de la Función Pública, en el adaptó la estructura orgánica de la Secretaría

para combatir y prevenir la corrupción y establecer las bases de coordinación entre la Federación, las

entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, para el funcionamiento

de este Sistema, en este sentido la Secretaría deberá colaborar en el marco del Sistema Nacional

Anticorrupción y del Sistema Nacional de Fiscalización, en el establecimiento de las bases y principios

de coordinación necesarios que permitieron el mejor cumplimiento de las responsabilidades de sus

integrantes en el diseño, promoción de la política general de la Administración Pública Federal para

el establecimiento de acciones que propiciaran la integridad y la transparencia en la gestión pública,

la rendición de cuentas y el acceso por parte de los particulares a la información que aquélla generara.

Siendo importante destacar que con motivo de la entrada en vigor de la Ley General de

Responsabilidades Administrativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de

2016, se ajustaron las atribuciones de las unidades administrativas, facultándolas como Autoridades

investigadoras, sustanciadoras y resolutoras, y por su parte en el artículo 115 se estableció que la

autoridad a quien se encomendara la substanciación y, en su caso, resolución del procedimiento de

responsabilidad administrativa, debería ser distinto de aquél o aquellos encargados de la

investigación. Con lo cual, los Órganos Internos de Control y Unidades de Responsabilidades

deberían dar cumplimiento mediante la separación de las áreas de substanciación (responsabilidades)

de aquellos encargados de la investigación (quejas).

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II. Objetivo del Manual

Proporcionar al Órgano Interno de Control una herramienta que estandarice el desarrollo de los

procedimientos administrativos necesarios para su funcionamiento, conforme a sus atribuciones y

responsabilidades, con la finalidad de alinear y homologar el desarrollo de las actividades que

competen a las áreas que lo conforman.

III. Marco Jurídico

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 05-II-1917 y sus reformas

LEYES.

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. D.O.F. 29-XII-1976 y sus reformas

Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. D.O.F. 10-IV-2003 y sus reformas

Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 14-V-1986 y sus reformas Ley que crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano. D.O.F. 02-VI-2006

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. D.O.F. 4-V-2015

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. D.O.F. 9-V-2016 y sus reformas

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción. D.O.F. 18-VII-2016

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13-III-2002 y sus reformas

Ley General de Responsabilidades Administrativas. D.O.F. 18-VII-2016 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 04-I-2000 y sus reformas Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 04-I-2000 y sus reformas

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Ley Federal de Procedimiento Administrativo. D.O.F. 04-08-1994 y sus reformas Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo. D.O.F. 01-12-2005 Código Civil Federal. D.O.F. 26-05-1928 y sus reformas. Código Federal de Procedimientos Civiles. D.O.F.24-02-1943 Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 31-XII-1981 y sus reformas

REGLAMENTOS

Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 26-I-1990 y sus reformas

Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública. D.O.F. 19-VII-2017 Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 28-VII-2010 y sus reformas

ACUERDOS

Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno. D.O.F. 12-VII-2010 y sus reformas

Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección. D.O.F. 12-VII-2010 y su reforma

Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de la Función Pública y se establece la subordinación jerárquica de los servidores públicos previstos en su Reglamento Interior. D.O.F. 28-VIII-2017

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LINEAMIENTOS

Lineamientos Generales para la Formulación de los Programas de Trabajo de los Órganos Internos de Control vigente.

Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2016.

Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social. Publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016.

Lineamientos Generales para la Presentación de los Informes y Reportes del Sistema de Información Periódica. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de noviembre de 2006.

Lineamientos para el ejercicio eficaz, transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la administración pública federal a las entidades federativas, mediante convenios de coordinación en materia de reasignación de recursos. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2007. Lineamientos generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004.

Lineamientos para la operación del Sistema Informático RH net. Publicados en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2005.

Lineamientos para la creación y uso de Sistemas Automatizados de Gestión y Control de Documentos. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de julio de 2015.

Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2013.

Lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2016.

Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2016.

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OTROS

Estatuto Orgánico de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2016. Clasificación Funcional del Gasto (finalidad, función, subfunción) Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2010.

Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010. Última reforma publicada DOF 15-08-2016.

Normas generales para el registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada. Publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2004.

Normas y Lineamientos que regulan el funcionamiento de los Órganos Internos de Control. Boletín B. Normas Generales de Auditoría Pública. Última reforma publicada DOF 15-02-13.

Norma que regula las jornadas y horarios de labores en la Administración Pública Federal Centralizada. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de marzo de 1999.

Bases Generales de Colaboración que en el Marco de la Ley de Seguridad Nacional celebran la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Salud. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 05 de agosto de 2013.Guía General de Auditoría Pública Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.

Guía para la elaboración de informes e integración de expedientes de casos de presunta responsabilidad de servidores públicos. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.

Guía de auditoría de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.

Guía de auditoría para las operaciones de disposición final y baja de muebles de la administración pública federal centralizada. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.

Guía de auditoría de almacenes e inventario de bienes de consumo. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.

Guía de auditoría a fideicomisos, mandatos y contratos análogos. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.

Guía de resultados de programas mediante la revisión al desempeño.

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Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP.

Guía de auditorías y visitas de inspección de obras públicas y servicios relacionados con las mismas. Dada a conocer mediante oficio SCAGP/200/009/2015 de fecha 10-12-15 por la SFP. Protocolo para la prevención, atención y sanción para el hostigamiento sexual y acoso sexual. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de agosto de 2016. Guía y formatos para homologar la integración de expedientes del proceso de investigación, substanciación y resolución de responsabilidades administrativas. Dada a conocer en la Plataforma de Coordinación Integral de los Órganos Internos de Control en octubre de 2017.

IV. Misión y Visión

MISIÓN

Consolidar un gobierno honesto, eficiente y transparente.

VISIÓN

La ciudadanía participa y confía en la función pública.

V. Ámbito de Aplicación

El presente Manual deberá observarse por el personal que forme parte del Órgano Interno de Control

en Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano.

El lenguaje empleado en este documento no pretende generar ninguna clase de discriminación, ni

marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones hechas a un género

u otro, representan tanto al femenino como al masculino.

VI. Glosario

Para la interpretación y efectos del presente Manual se entenderá por:

Acción (es) de control: las actividades determinadas e implantadas por los Titulares y demás

servidores públicos de las Instituciones para alcanzar los objetivos institucionales, prevenir y

administrar los riesgos identificados, incluidos los de corrupción y de tecnologías de la información.

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Acción(es) de Mejora: Actividades determinadas e implantadas por los Titulares y demás servidores públicos de las Instituciones para eliminar debilidades de control interno; diseñar, implementar y reforzar controles preventivos, detectivos o correctivos; así como atender áreas de oportunidad que permitan fortalecer el Sistema de Control Interno Institucional.

Actividades de Control: Denominadas también de regulación, son aquellas por medio de las cuales se establecen controles dentro de las actividades del procedimiento, como pueden ser: las revisiones o inspecciones, comprobaciones, aprobaciones, autorizaciones. Acuerdo de Radicación: Acto mediante el cual la autoridad determina y funda su competencia para

conocer del asunto que se le plantea, así como su decisión de abocarse a su atención.

ADMGP: Auditoria para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública.

Administración de riesgos: El proceso dinámico desarrollado para contextualizar, identificar, analizar, evaluar, responder, supervisar y comunicar los riesgos, incluidos los de corrupción, inherentes o asociados a los procesos por los cuales se logra el mandato de la institución, mediante el análisis de los distintos factores que pueden provocarlos, con la finalidad de definir las estrategias y acciones que permitan mitigarlos y asegurar el logro de metas y objetivos institucionales de una manera razonable, en términos de eficacia, eficiencia y economía en un marco de transparencia y rendición de cuentas. Agencia: Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano. Auditor: Persona que se encuentra señalada en la orden de auditoría para su realización. Auditoría (pública): Actividad independiente de apoyo a la función directiva, enfocada al examen objetivo, sistemático y evaluatorio de las operaciones financieras y administrativas realizadas; de los sistemas y procedimientos implantados; de la estructura orgánica en operación y de los objetivos, programas y metas alcanzados por las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, así como de la Procuraduría General de la República con el fin de determinar el grado de economía, eficacia, eficiencia, efectividad, imparcialidad, honestidad y apego a la normatividad con que se han administrado los recursos públicos que les fueron suministrados, así como la calidad y calidez con que prestan sus servicios a la ciudadanía. Autoridad investigadora: La autoridad en las Secretarías, los Órganos internos de control, la Auditoría Superior de la Federación y las entidades de fiscalización superior de las entidades federativas, así como las unidades de responsabilidades de las Empresas productivas del Estado, encargada de la investigación de faltas administrativas. Autoridad Resolutora: Tratándose de faltas administrativas no graves lo será la unidad de responsabilidades administrativas o el servidor público asignado en los Órganos internos de control. Para las Faltas administrativas graves, así como para las faltas de particulares, lo será el Tribunal competente. Autoridad Substanciadora: La autoridad en las Secretarías, los Órganos internos de control, la Auditoría Superior y sus homólogas en las entidades federativas, así como las unidades de responsabilidades de las Empresas productivas del Estado que, en el ámbito de su competencia,

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dirigen y conducen el procedimiento de responsabilidades administrativas desde la admisión del Informe de presunta responsabilidad administrativa y hasta la conclusión de la audiencia inicial. La función de la Autoridad substanciadora, en ningún caso podrá ser ejercida por una Autoridad investigadora. CGOVC: Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control. COCODI: Comité de Control y Desempeño Institucional.

Comité Coordinador: Instancia a la que hace referencia el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, encargada de la coordinación y eficacia del Sistema Nacional Anticorrupción. Comité de Ética: Los Comités de ética y de prevención de conflictos de interés, conformados en cada dependencia o entidad de la Administración Pública Federal. Conflicto de Interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios. Control Interno: Proceso efectuado por el Titular, la Administración, en su caso el Órgano de Gobierno, y los demás servidores públicos de una institución, que tiene como fin con el objeto de proporcionar un grado de seguridad razonable sobre la consecución de las metas y objetivos institucionales y la salvaguarda de los recursos públicos, así como para prevenir actos contrarios a la integridad en los objetivos de la Dependencia, Entidad, u Órgano Desconcentrado o Descentralizado de que se trate. Convocante: Área solicitante de bienes o servicios determinados.

Debilidad (es) de Control Interno: La insuficiencia, deficiencia o inexistencia de controles en el

Sistema de Control Interno Institucional que obstaculizan o impiden el logro de las metas y objetivos

institucionales, o materializan un riesgo, identificadas mediante la supervisión, verificación y

evaluación interna y/o de los órganos de fiscalización.

Denuncia: Manifestación de hechos presuntamente irregulares, en los que se encuentran involucrados servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, que afectan la esfera jurídica de una persona, y se hacen del conocimiento de la autoridad por un tercero. Denunciante: La persona física o moral, o el Servidor Público que acude ante las autoridades investigadoras, con el fin de denunciar actos u omisiones que pudieran constituir o vincularse con faltas administrativas. Desarrollo Administrativo: Es la evolución del proceso administrativo en las áreas funcionales de las unidades administrativas. Eficacia: Capacidad de lograr los objetivos y metas programadas con los recursos disponibles en un tiempo determinado. Eficiencia: Uso racional de los medios con que se cuenta para alcanzar un objetivo predeterminado.

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Estructura Orgánica: Es la organización formal en la que se establecen los niveles jerárquicos y se especifica la división de funciones, la interrelación y coordinación que deben existir entre las diferentes áreas o unidades organizacionales, a efecto de lograr el cumplimiento de los objetivos, es igualmente un marco administrativo de referencia para determinar los niveles de toma de decisiones. Unidades administrativas que integran una dependencia y/o entidad, donde se establecen niveles jerárquicos-funcionales de conformidad con las atribuciones que a la misma le asigna la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Evidencia: Comprobación de información y datos, que sean importantes con respecto a lo que se examina (pertinencia) y que pueda acreditar la emisión de una opinión de los auditores; las pruebas que se obtienen deben ser suficientes, competentes y relevantes. Faltas Administrativas: Vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones por Ley General de Responsabilidades Administrativas. Inconformidad: Es la instancia entendida como una conducta del particular que pide, solicita o en cualquier forma excita o activa las funciones de los órganos de fiscalización. Investigación Previa: Es la obtención sistemática de la información relevante y suficiente que sirva

de base para seleccionar las áreas, operaciones, programas o transacciones que se consideren

vulnerables, es la primera tarea formal hacia la formulación de los PAT.

Jefe de Grupo: Al auditor designado de esa manera en las órdenes de auditoría que emitan las Unidades auditoras, como encargado de supervisar la ejecución de la auditoría y de verificar que la actividad del equipo auditor participante se apegue a las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección. Licitante: Persona que participa en cualquier procedimiento de licitación pública, o bien de Invitación a Cuando Menos Tres Personas. Lineamientos: Lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias.

MAAGCI: Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Control Interno.

Mapa: Mapa de Administración de Riesgos Institucional.

Matriz: Formato de Matriz de Administración de Riesgos Institucional.

Mejora de Procesos: Es un medio por el cual una organización puede lograr un cambio en su nivel de productividad, costos, rapidez, servicio y calidad a través de la aplicación de herramientas y técnicas enfocadas al análisis de los procesos y los elementos que intervienen en los mismos orientándolos hacia la satisfacción del usuario. Normatividad: Conjunto de normas, políticas, lineamientos, manuales y procedimientos emitidos por una unidad administrativa competente, con la finalidad de dirigir hacia los objetivos deseados la

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formulación, ejercicio, control y evaluación administrativa, estableciendo el marco de actuación al que deberán sujetarse las demás áreas y unidades administrativas. Notificación: Acto a través del cual se da a conocer a los interesados una determinación emitida por la autoridad. Objetivos Estratégicos: Elementos de planeación para un determinado sector de la Administración Pública Federal, definidos por las dependencias coordinadoras de sector a través de los programas sectoriales que, en el ámbito de sus respectivas competencias, elaboren, y que constituyen una expresión de los fines últimos que se fijan con base en los objetivos, estrategias y prioridades contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo. Observaciones: Documento donde se hace constar los principales resultados que determinan presuntas irregularidades o incumplimientos normativos. OIC: Órgano Interno de Control. Orden de Auditoría: Documento que protocoliza el inicio de los trabajos de auditoría en una unidad auditada. Organigrama: Es la representación gráfica de la estructura orgánica, así como las relaciones entre las áreas que la componen. PAT: Plan Anual de Trabajo Documento que establece el trabajo a realizarse especificando la unidad administrativa en donde ha de llevarse a cabo las auditorías, revisiones de control, mejora de procesos, el tiempo que se ha de invertir en ellas y la fuerza de trabajo que se va a utilizar por las áreas que integran el Órgano Interno de Control. PCI-OVC: Plataforma de Coordinación Integral de los Órganos de Vigilancia y Control. Procedimiento Administrativo: Procedimiento mediante el cual se pueden imponer sanciones administrativas a los servidores públicos que hayan incurrido en responsabilidad en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. Proveedor: Aquella persona física o moral que celebra contratos con la Dependencia o Entidad. PTAR: Programa de Trabajo de Administración de Riesgos.

PTCI: Programa de Trabajo de Control Interno.

RAT: Reporte de Avances Trimestral.

SFP: Secretaría de la Función Pública.

SICOCODI: Sistema de Control Interno Institucional.

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Sistema de Control Interno Institucional o SCII: el conjunto de procesos, mecanismos y elementos

organizados y relacionados que interactúan entre sí, y que se aplican de manera específica por una

Institución a nivel de planeación, organización, ejecución, dirección, información y seguimiento de sus

procesos de gestión, para dar certidumbre a la toma de decisiones y conducirla con una seguridad

razonable al logro de sus metas y objetivos en un ambiente ético e íntegro, de calidad, mejora

continua, eficiencia y de cumplimiento de la ley

Queja: Manifestación de hechos presuntamente irregulares, en los que se encuentran involucrados servidores públicos en ejercicio de sus funciones, que afectan la esfera jurídica de una persona, misma que los hace del conocimiento de la autoridad. Recomendaciones: Acciones específicas que van dirigidas a quien corresponda emprenderlas, por lo que los auditores deberán incluirlas en sus informes, cuando basadas en los hallazgos correspondientes, se demuestre que exista la posibilidad de mejorar la operación y el desempeño; se dividen en correctivas y preventivas. Recurso de Inconformidad: Impugnación de la calificación o abstención de los hechos. Tendrá como efecto que no se inicie el procedimiento de responsabilidad administrativa hasta en cuanto este sea resuelto. Recurso de Revisión: Medio de impugnación de los actos administrativos, tales como las resoluciones en las que se resuelva la instancia de la inconformidad o se impongan las sanciones que por infracción a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, sean acreedores los licitantes, proveedores o contratistas y que tiene por objeto la defensa de los derechos o intereses jurídicos de los afectados que han dado origen a los actos impugnados. Recurso de Revocación: Medio legal con el que cuenta el servidor público afectado en sus derechos o intereses, por una resolución administrativa emitida conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas o la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, para impugnarla ante la propia autoridad que la dictó a fin de que la revoque, modifique o confirme, una vez comprobada su legalidad o ilegalidad. Rendición de Cuentas: Condiciones institucionales mediante las cuales el ciudadano puede evaluar de manera informada las acciones de los servidores públicos, demandar la responsabilidad en la toma de las decisiones gubernamentales y exigir una sanción en caso de ser necesario. Resolución: Acto de autoridad administrativa que define o da certeza a una situación legal o administrativa. Responsabilidad Administrativa: Aquella en que incurre un servidor público por realizar actos u omisiones que afecten la honradez, legalidad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. Riesgos: Incertidumbre de que ocurra un acontecimiento que pudiera afectar el logro de los objetivos. El riesgo se mide en términos de consecuencias y probabilidad. Secretaría: Secretaría de la Función Pública.

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Clave MP-OIC Versión 1.0 Vigencia 15/08/2018 Página: 19 de 113

Seguimiento de Observaciones: Revisión y comprobación de las acciones realizadas por el auditado para atender, en tiempo y forma, las recomendaciones propuestas en las cédulas de observaciones. Servidor Público: Aquella persona que desempeña un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, en el ámbito federal y local, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. SIA: Sistema Integral de Auditorías. SIPOT: Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia. Sistema de Control Interno Institucional: El conjunto de procesos, mecanismos y elementos organizados y relacionados que interactúan entre sí, y que se aplican de manera específica por una Institución a nivel de planeación, organización, ejecución, dirección, información y seguimiento de sus procesos de gestión, para dar certidumbre a la toma de decisiones y conducirla con una seguridad razonable al logro de sus objetivos y metas en un ambiente ético, de calidad, mejora continua, eficiencia y de cumplimiento de la ley. Sistema Nacional Anticorrupción: Instancia de coordinación entre distintas autoridades federales y locales, encargadas de la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como de la fiscalización y control de recursos públicos, en el cual participa la ciudadanía a través de un Comité. Suspensión Administrativa: Decisión por la que se deja pendientes los efectos de un acto administrativo. Esta decisión de paralizar la ejecución del acto puede ser tomada por la Administración o los Tribunales. Es una medida compensatoria de la lentitud en la resolución de los recursos, impidiéndose así que la ejecutividad produjera una situación no reversible cuando la resolución del recurso se dictara a favor del administrado recurrente. TAADMGP: Titular del Área de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública.

TAAI: Titular del Área de Auditoría Interna.

TAR: Titular del Área de Responsabilidades.

TAQ: Titular del Área de Quejas.

TOIC: Titular del Órgano Interno de Control. Unidad (es) fiscalizadora(s): A los entes fiscalizadores, como son: la Auditoría Superior de la

Federación, la Unidad de Auditoría Gubernamental; la Unidad de Control y Auditoría a Obra Pública;

el Titular del Órgano Interno de Control, los Despachos de Auditores Externos, así como al Titular del

Área de Auditoría la Dependencia, Entidad, u Órgano Desconcentrado o Descentralizado de que se

trate.

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VII. Procedimientos

a) Procedimientos del Titular del Órgano Interno de Control

1. Procedimiento para la planeación y formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT)

OBJETIVO

Elaborar el Plan Anual de Trabajo con base en los lineamientos que emita la Secretaría de la Función

Pública.

POLÍTICAS

El Plan Anual de Trabajo del Órgano Interno de Control, deberá apegarse a lo establecido en

los Lineamientos Generales para Formulación de los Planes Anuales de Trabajo de los

Órganos Internos de Control y de las Unidades de Responsabilidades en las Empresas

Productivas del Estado, que emita la Secretaría de la Función Pública.

Una vez suscrita la versión final del PAT por el TOIC, éste debe ser difundido entre las Áreas

del OIC.

El TOIC será el responsable de asegurar el registro del PAT en los sistemas informáticos que

correspondan.

El seguimiento del PAT deberá registrarse en los sistemas informáticos, en los periodos

correspondientes.

La Titularidad del OIC y de sus áreas deberán remitir trimestralmente, al Área de Auditoría

Interna, la integración de su fuerza de trabajo.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Con base a los Lineamientos Generales para la formulación de Planes Anuales de Trabajo de los

Órganos Internos de Control y de las Unidades de Responsabilidades de las empresas productivas

emitidos por la Secretaría de la Función Pública (SFP).

1 TOIC

Analiza Lineamientos Generales y convoca a

reunión a los Titulares de las Áreas del Órgano

Interno de Control para iniciar con la planeación

Lineamientos

Generales para la

Formulación del PAT.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

de la integración del Plan Anual de Trabajo

(PAT).

2 TOIC

Designa a un Titular de Área como coordinador

de los trabajos, solicita se elabore el cronograma

de actividades.

3 Titular de Área

Coordinador

Elabora cronograma de actividades para la

formulación del PAT y presenta al TOIC para su

aprobación.

Cronograma de

actividades para

formulación del PAT.

Una vez aprobado por el TOIC.

4 Titular de Área

Coordinador

Solicita a los Titulares de Área obtener datos e

información relevante para la Investigación

previa.

Solicitud de

información (oficio o

correo).

5 Titulares de

Área del OIC

Remite al Titular de Área Coordinador la

información recopilada relacionada con

operaciones, programas, procesos o

transacciones que se consideren vulnerables de

la Agencia, auditorías internas y externas,

observaciones de auditoría, procedimientos de

investigación, responsabilidades, evaluaciones,

diagnósticos y otras revisiones efectuadas por el

OIC.

Información

relevante.

6 Titular de Área

Coordinador

Recibe e integra el soporte documental para el

expediente del PAT. Expediente del PAT.

De acuerdo con el cronograma desarrolla Taller de Enfoque Estratégico.

7 TOIC y Titulares

de Área

Desarrolla, con base en la información

recopilada, la Cédula de identificación de riesgos

y determina estrategias para cada una de las

Áreas del OIC, con base en las estrategias

establecidas en los Lineamientos establecidas

para la elaboración del PAT y se formaliza por

parte del TOIC. Se debe asegurar que cada una

de las estrategias se asocie con un riesgo.

Cédula de

Identificación y

valoración de

riesgos.

Cada Titular de Área del OIC deberá de registrar en los sistemas correspondientes las estrategias a su

cargo, conforme a los Lineamientos.

8 TOIC Notifica a los Titulares de Área la aprobación del

PAT e instruye su ejecución.

PAT.

Oficio de registro y

autorización y/o

correo electrónico.

El TOIC deberá dar seguimiento periódicamente al cumplimiento de lo comprometido en el PAT, así

como registrar en los sistemas correspondientes.

La Fuerza de Trabajo deberá registrarse trimestralmente en el Sistema Integral de Auditoría (SIA).

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de

entrada Actividades

Documentos

resultantes

TO

IC

Titula

r de

Áre

a C

oord

inad

or

INICIO

1. Analiza los Lineamientos

Generales y convoca a reunión

con titulares del OIC

Lineamientos

PAT

2. Designa al coordinador de

los trabajos y solicita la elabo-

ración del cronograma de acti-

vidades.

3. Elabora cronograma de activida-

des para la formulación del PAT y

presenta al TOIC para su aproba-

ción.

¿Es co-

rrecto?

Cronograma de ac-

tividades para la

formulación del PAT

Devuelve

para correc-

ción

No

Si

A

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Documentos de

entrada Actividades

Documentos

resultantes

Titula

r de

Áre

a C

oord

inad

or

Titula

res d

e Á

rea d

el

OIC

Titula

r de

Áre

a

Coord

ina

dor

TO

IC y

Titula

res d

e Á

rea

5. Remite al Titular de Área Coordi-

nador la información recopilada.

6. Recibe e integra el soporte

documental de la Información

Relevante, para el expediente

del PAT.

7. Con base en el Taller de Enfoque Estra-

tégico, se desarrolla la Cédula de Identifi-

cación de Riesgos y determina estrategias

para cada una de las Área del OIC. Cada

Titular de Área, registra en los sistemas las

estrategias a su cargo.

Cédula de Identifi-

cación y Valoración

de Riesgos.

Expediente del

PAT.

Oficio o correo elec-

trónico con Informa-

ción Relevante

4. Aprobado por el TOIC, soli-

cita a los Titulares de Área da-

tos e información para la investi-

gación previa.

A

B

Solicitud de infor-

mación (oficio o co-

rreo electrónico).

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Documentos de

entrada Actividades

Documentos

resultantes

TO

IC

8. Notifica a los Titulares de

Área la aprobación del PAT e

instruye su ejecución.

B

PAT Autorizado

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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b) Procedimientos del Área de Responsabilidades

1. Procedimiento para la resolución de procedimientos en materia de

responsabilidades administrativas (incluye asuntos de situación patrimonial) en

apego a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores

Públicos.

OBJETIVO

Resolver los procedimientos de responsabilidades administrativas relacionados con el incumplimiento

de las obligaciones de los servidores públicos, así como de todas aquellas personas que apliquen o

manejen recursos públicos.

POLÍTICAS

El Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Administrativas deberá desahogarse

en apego al artículo 21 de la Ley.

Las actuaciones derivadas del desahogo del Procedimiento de Responsabilidades

Administrativas deben registrase en su totalidad en el SPAR-RSPS, verificando que la

información capturada sea correcta.

Los expedientes de Responsabilidades Administrativas deben estar debidamente integrados

(cronología, folio, sello).

Los medios de impugnación que se presenten en contra de los actos derivados del

Procedimiento de Responsabilidades Administrativas, se tramitarán ante la Autoridad

competente y conforme a la normatividad aplicable.

El presente procedimiento aplica para los asuntos aperturados en el Área de

Responsabilidades, previa a la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades

Administrativas.

La imposición de sanciones se efectuará conforme a la Ley vigente al momento en que

ocurrieron los hechos.

El Área de Responsabilidades deberá comunicar al Área de Quejas o al Área de Auditoría

Interna la resolución de los asuntos turnados por las mismas.

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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Los asuntos iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se resolverán mediante este procedimiento

1 TAR Recibe oficio de remisión del expediente.

2 TAR Elabora acuerdo de radicación del expediente, analiza su debida integración y registra en el SPAR-RSPS.

Acuerdo de radica-ción.

Registro en el SPAR-RSPS.

3 TAR

No está debidamente integrado Elabora oficio para su devolución al Área de Quejas solicitando su debida integración.

Oficio de devolución.

4 TAR Gestiona oficio y recaba acuse de recibo Acuse.

De no recibir la información debidamente integrada, archiva por falta de elementos y termina proce-dimiento.

En caso de que se reciba el expediente debidamente integrado, continua con la siguiente actividad.

5 TAR

Sí está debidamente integrado Analiza que la conducta no haya prescrito (3 a 5 años) y se determina lo conducente.

6 TAR

Prescrito Determina responsable de la prescripción, ela-bora Acuerdo, registra actuación en el SPAR e integra expediente.

Acuerdo de prescrip-ción.

Registro en el SPAR.

Integración de expe-diente.

En caso de que la prescripción sea responsabilidad de alguno de los Titulares del OIC, se dará vista al OIC en la SFP.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

7 TAR

No prescrito Elabora acuerdo de inicio de procedimiento y citatorio al presunto responsable, considerando lo establecido en el artículo 21, fracción I, para audiencia de Ley.

Acuerdo.

Citatorio.

8 TAR

Notifica personalmente al presunto responsa-ble, en el domicilio proporcionado por la Enti-dad, conforme a lo establecido en el Código Fe-deral de Procedimientos Civiles.

Acuse de notificación.

En caso de no ser el domicilio del presunto responsable, se elaboran las diligencias correspondien-tes conforme al Alcance a la Guía para el registro y atención de los asuntos derivados del incumpli-miento de la obligación de los servidores públicos de presentar con oportunidad las declaraciones de situación patrimonial, dado a conocer mediante oficio DG/311/2669/2008, de fecha veintiocho de noviembre de dos mil ocho, emitido por el Director General de Responsabilidades y Situación

Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

9 TAR Lleva a cabo audiencia de Ley, instrumenta acta de audiencia y acuerda el periodo proba-torio.

Acta de audiencia.

Una vez concluido el periodo probatorio

10 TAR Recibe pruebas, elabora acuerdo de recepción, admisión y desahogo, hasta su culminación.

Acuerdo de admisión y desahogo de prue-bas.

Todos los documentos o información recibida deben integrarse al expediente a través de Acuerdo de trámite emitido por el TAR.

11 TAR Se elabora Acuerdo de cierre de instrucción y oficio de notificación al presunto responsable.

Acuerdo.

Oficio de notificación.

12 TAR

Analiza expediente y elabora la resolución en la que se determine la imposición o abstención de sanción o inexistencia de responsabilidad y realizar las notificaciones conforme a lo siguiente:

Abstención-notificar al involucrado

Inexistencia de responsabilidad- notificar al involucrado

Imposición:

Sanción económica y/o administrativa- notificar al sancionado, jefe inmediato o Titular de la Dependencia o Entidad y al SAT.

Elabora resolución.

Oficios de notificación.

13 TAR Realiza las notificaciones correspondientes, re-gistra en el SPAR e integra al expediente.

Acuses.

Registro en el SPAR.

Integración del expe-diente.

Una vez ejecutada la sanción recibe e integra la constancia de cumplimiento e integra el expe-diente.

En caso de presentarse recurso de revocación o revisión se resolverá por el OIC conforme a dere-cho.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de

entrada

Actividades Documentos

resultantes

Titula

r de

l Á

rea d

e R

espon

sabili

dades

INICIO

1. Recibe oficio de remisión del

expediente.

Oficio y expe-

diente

2. Elabora acuerdo de radica-

ción, analiza su debida integra-

ción y registra en el SPAR.

¿Está debida-

mente integrado?

A

3. Elabora oficio para devolución

solicitando su debida integración.

4. Gestiona oficio y recaba acuse

de recibo.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

Si

No

Acuerdo de radica-

ción.

Oficio de devolu-

ción.

¿Se recibe expe-

diente debida-

mente integrado?

5

Si

No

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Titula

r de

l Á

rea d

e R

espon

sabili

dades

5. Analiza que la conducta no haya

prescrito y determina.

6. Elabora acuerdo de prescripción, re-

gistra en el SPAR e integra expediente.

¿Prescribió?

7. Elabora acuerdo de inicio de pro-

cedimiento y citatorio al presunto res-

ponsable.

A

B

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

Acuerdo de pres-

cripción.

8. Notifica personalmente al presunto

responsable.

9. Lleva a cabo audiencia de Ley,

instrumenta acta y acuerda el periodo

probatorio.

10. Una vez concluido el periodo pro-

batorio, se elabora acuerdo de recep-

ción, admisión y desahogo hasta su

culminación.

Acuerdo de inicio y

citatorio.

Acuerdo de admi-

sión y desahogo de

pruebas.

Acta de audiencia.

Si

No

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Titula

r de

l Á

rea d

e R

espon

sabili

dades

11. Elabora acuerdo de cierre de ins-

trucción y oficio de notificación.

B

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

Acuerdo de cierre

de instrucción y Ofi-

cio de notificación.

12. Elabora resolución con imposi-

ción o abstención de sanción, inexis-

tencia de responsabilidad o sanción

económica y notificación.

13. Realiza diligencias de notifica-

ción, registra en el SPAR e integra

expediente.

Resolución y Oficio

de notificación.

Acuses y Expe-

diente

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2. Procedimiento para la atención de procedimientos de responsabilidades

administrativas (incluye asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley

General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

OBJETIVO

Atender los procedimientos de responsabilidades administrativas relacionados con el incumplimiento

de las obligaciones de los servidores públicos, así como de todas aquellas personas que apliquen o

manejen recursos públicos.

POLÍTICAS

El Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Administrativas deberá desahogarse

en apego a lo establecido en el Libro Segundo, “Disposiciones Adjetivas”, Título Segundo “Del

Procedimiento de Responsabilidad Administrativa” de la Ley General de Responsabilidades

Administrativas.

Las actuaciones derivadas del desahogo del Procedimiento de Responsabilidades

Administrativas deben registrase en su totalidad en el SIRA, verificando que la información

capturada sea correcta.

Los expedientes de Responsabilidades Administrativas deben estar debidamente integrados

(cronología, folio, sello).

Los medios de impugnación que se presenten en contra de los actos derivados del

Procedimiento de Responsabilidades Administrativas, se tramitarán ante la Autoridad

competente y conforme a la normatividad aplicable.

El presente procedimiento aplica para los asuntos aperturados en el Área de

Responsabilidades, posterior a la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades

Administrativas.

La imposición de sanciones se efectuará conforme a la Ley vigente al momento en que

ocurrieron los hechos.

El Área de Responsabilidades deberá comunicar al Área de Quejas la resolución de los

asuntos turnados por la misma.

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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Los asuntos iniciados después de la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Ad-ministrativas, se resolverán mediante este procedimiento.

1 TAR

Recibe oficio con Informe de Presunta Res-ponsabilidad Administrativa (IPRA) y expe-diente.

2 TAR

Se elabora acuerdo de recepción, analiza que cumpla con los requisitos de procedibi-lidad y registra en el SIRA.

Acuerdo de recep-ción.

Analiza expediente

Registro en el SIRA.

3 TAR

No cumple con los requisitos Elabora oficio de prevención al Área de Quejas solicitando subsane las inconsisten-cias. Conecta con actividad 1

Oficio de devolución.

4 TAR

Si cumple con los requisitos Analiza actualización de causal de improcedencia o sobreseimiento, establecidas en el artículo 196 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

5 TAR

Sí actualiza causal de improcedencia o sobreseimiento Elabora acuerdo de improcedencia o sobre-seimiento, registra en el SIRA e integra ex-pediente.

Acuerdo.

Registro en el SIRA.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

6 TAR

No actualiza causal de improcedencia o sobreseimiento En caso de actualizarse lo establecido en el artículo 101 de la LGRA se elabora acuerdo de radicación y abstención, notificándole el mismo a la autoridad investigadora y al de-nunciante, para que de conformidad con lo establecido en los numerales 102, párrafo segundo y 103 de la ley de la materia, y de

Acuerdo de absten-ción.

Oficios de notifica-ción.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

considerarlo procedente promuevan el re-curso de inconformidad; por lo anterior, en el supuesto de promoción de dicho recurso se turna oficialmente al Tribunal (fin de pro-cedimiento).

7 TAR

Elabora acuerdo de admisión, acuerdo de citación audiencia inicial y oficios de notifi-cación al presunto responsable, a la autori-dad investigadora y al denunciante.

Acuerdo de admisión.

Oficio de emplaza-miento.

Oficios de notifica-ción.

8 TAR

Notifica personalmente al presunto respon-sable, conforme a lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrati-vas, entregándole copia certificada del ex-pediente.

Acuse de notificación.

Copia certificada del expediente.

En caso de no ser el domicilio del presunto responsable, se elaboran las diligencias correspondien-tes conforme al Alcance a la Guía para el registro y atención de los asuntos derivados del incumpli-miento de la obligación de los servidores públicos de presentar con oportunidad las declaraciones

de situación patrimonial, dado a conocer mediante oficio DG/311/2669/2008, de fecha veintiocho de noviembre de dos mil ocho, emitido por el Director General de Responsabilidades y Situación Patri-

monial de la Secretaría de la Función Pública.

En caso de que el presunto responsable solicite defensor de oficio, el Titular del Área de Respon-sabilidades gestiona ante la Secretaría de la Función Pública.

9 TAR

Lleva a cabo audiencia inicial de Ley, recibe pruebas y consulta expediente para verificar la clasificación de la gravedad.

Acta de audiencia.

10 TAR

Sí es grave Elabora oficio y turna expediente al Tribunal e integra cuadernillo de remisión.

Oficio.

Cuadernillo.

En caso de que el Tribunal confirme gravedad, termina procedimiento.

En caso de que el Tribunal determine que la conducta no es grave devuelve el expediente para que se continúe con el procedimiento.

Conecta con siguiente actividad

11 TAR Se elabora Acuerdo de admisión y desahogo de pruebas, asimismo se notifica al presunto responsable.

Acuerdo.

Notificación

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

12 TAR Se apertura el periodo de alegatos y se no-tifica al presunto responsable.

Acuerdo.

Notificación.

Una vez concluido el periodo de alegatos

13 TAR

Elabora acuerdo de preclusión o admisión de alegatos, el cual contiene cierre de instrucción y citación a las partes para oír resolución. Elabora oficios de citación para el presunto responsable, autoridad investigadora y denunciante.

Acuerdo de prescrip-ción y alegatos.

Oficios de notifica-ción.

14 TAR Realiza las diligencias de notificación, regis-tra en el SIRA e integra en expediente.

Acuses.

Registro en el SIRA.

Expediente.

15 TAR

Analiza expediente y elabora resolución en la que se determina la imposición o abstención de sanción o inexistencia de responsabilidad.

Resolución.

Oficios de notifica-ción.

16 TAR

Realiza las notificaciones conforme a lo siguiente:

Abstención-notificar al involucrado

Inexistencia de responsabilidad- notificar al involucrado

Imposición:

Sanción económica y/o administrativa- noti-ficar al sancionado, jefe inmediato o Titular de la Dependencia o Entidad y al SAT.

Oficios de notifica-ción.

17 TAR Realiza las notificaciones correspondientes, registra en el SIRA e integra al expediente.

Acuses.

Registro en el SIRA.

Integra expediente.

Una vez ejecutada la sanción recibe e integra la constancia de cumplimiento e integra al expe-diente.

En caso de presentarse recurso de revocación se resolverá por el Titular del Área de Responsabili-

dades conforme a derecho.

En caso de presentarse recurso de reclamación se turna de manera oficial al Tribunal.

En caso de recibirse una inconformidad derivada de la abstención de no sancionar, se turna ofi-cialmente al Tribunal.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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No

No

DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

Titu

lar

del Á

rea d

e R

esp

on

sa

bili

da

des.

INICIO

IPRA y Expediente. 1. Recibe IPRA y Expediente.

2. Elabora acuerdo de recepción, analiza expediente y registra en el

SIRA

Acuerdo de recepción.

¿Cumple con

los requisitos?

Si

1

3. Elabora oficio de pre-

vención al Área de Quejas

4. Analiza que no se actualice causas de improcedencia o sobresei-

miento

Oficio de devolución.

¿Se actualiza causal

de improcedencia o

sobreseimiento? Si

5. Elabora acuerdo y

registra en el SIRA

FIN DEL

PROCEDIMIENTO A

Acuerdo de improcedencia

o sobreseimiento.

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No

No

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

Titu

lar

del Á

rea d

e R

esp

on

sa

bili

da

des.

A

6. De actualizarse lo estable-

cido en el artículo 101 de la

LGRA, se elabora acuerdo

de radicación y abstención y

oficio de notificación a las

partes.

7. Elabora acuerdo de admi-

sión y oficios de notificación

a las partes.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

Acuerdo de radicación y

abstención y notificación.

Acuerdo de admisión y no-

tificación.

8. Se notifica personalmente

al presunto responsable.

Acuse de notificación.

9. Celebra audiencia inicial,

recibe pruebas y clasifica

gravedad.

Acta de audiencia.

11. Elabora acuerdo

de admisión y

desahogo de pruebas

y notificación.

¿Es grave? Si

10. Elabora oficio para

envío del expediente al

Tribunal.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

12. Apertura periodo

de alegatos y notifica.

¿El Tribunal

confirma

gravedad?

Si

Acuerdo, desahogo de

pruebas y notificación.

Oficio de remisión y cua-

dernillo

Acuerdo, apertura de ale-

gatos y notificación

B

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Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

Titu

lar

del Á

rea d

e R

esp

on

sa

bili

da

des.

B

13. Una vez concluido el periodo de alegatos elabora acuerdo de

preclusión o admisión de los mismos, cierre de instrucción y citación

a las partes, notificándoles personalmente.

14. Realiza diligencias de notificación, registra en el SIRA e integra

expediente.

15. Elabora resolución con imposición o abstención de sanción o

inexistencia de responsabilidad.

16. Realiza las notificaciones conforme a la resolución.

17. Registra en el SIRA e integra expediente para proceder según

corresponda en caso de recurso de revocación, recurso de reclama-

ción o inconformidad.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Acuerdo de preclusión o

admisión, cierre de instruc-

ción y notificación.

Acuse de notificación.

Resolución.

Oficios de notificación.

Acuses de notificación.

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3. Procedimiento para la atención de inconformidades en materia de contrataciones

públicas.

OBJETIVO

Resolver las inconformidades presentadas por los licitantes en contra de actos de procedimientos de

contrataciones públicas.

POLÍTICAS

Los expedientes que se aperturen con motivo de la presentación de una inconformidad, deben

estar integrados en orden cronológico, foliados, numerados e identificados.

Las notificaciones deben realizarse conforme a lo que establece la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), Ley de Obras Públicas y sus

respectivos Reglamentos.

En caso de otorgar la suspensión definitiva, se debe precisar la situación en que habrán de

quedar las cosas y establecer las medidas pertinentes para cerrar el asunto.

La suspensión pude ser de oficio cuando se adviertan irregularidades en el procedimiento de

contratación.

Las resoluciones de inconformidades que hayan causado estado deberán registrarse en

CompraNet.

El cumplimiento de la resolución que se dicte con motivo de una inconformidad debe constar

con el soporte documental en el expediente.

Todas las actuaciones derivadas del desahogo de inconformidad deberán registrarse en el

Sistema de Inconformidades (SIINC).

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

1

TOIC

Recibe del licitante, escrito de inconformi-dad con anexos y turna al TAR para su atención.

2 TAR Recibe escrito de inconformidad y anexos.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

3 TAR Elabora acuerdo de recepción y registro en el SIINC.

Acuerdo.

Registra en el SIINC.

4 TAR

No cumple requisitos: Se elabora acuerdo sobre procedencia, se previene para que subsane inconsisten-cias, o se desecha (extemporáneo).

Acuerdo

5 TAR

Notifica acuerdo de prevención o desecha-miento.

Acuerdo de prevención: se otorga plazo para su desahogo.

Acuerdo de desechamiento: FIN DEL PROCEDIMIENTO

Oficio de notificación.

Una vez transcurrido el plazo otorgado

6 TAR

El licitante no desahoga la prevención Elabora acuerdo de desechamiento y oficio de notificación al inconforme.

Acuerdo de desecha-miento.

Oficio de notificación.

7 TAR

Notifica al Inconforme el acuerdo de desechamiento y oficios, registra en el SIINC. Integra expediente.

Acuerdo de desecha-miento.

Acuse de notificación.

Registro en SIINC.

Integra expediente.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

8 TAR

Sí desahoga la prevención: Verifica que no se actualice ninguna causal de improcedencia o sobreseimiento. Si se actualiza causal de improcedencia o sobreseimiento. Conecta con la actividad 6. No actualiza causal de improcedencia o so-breseimiento. Conecta con siguiente actividad.

9 TAR

Sí cumple con los requisitos. Elabora acuerdo de admisión, oficios de notificación al inconforme, solicitud de in-forme previo y circunstanciado a la convo-cante, para que manifieste lo que a su de-recho convenga (en caso de que el Incon-forme solicite la suspensión del acto) y se determina sobre su procedencia.

Acuerdo de admisión.

Oficio de notificación al inconforme.

Oficio de solicitud de informe previo y cir-cunstanciado.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

10 TAR

Notifica por oficio al Inconforme, el acuerdo de admisión y en su caso de suspensión provisional y a la convocante la solicitud de informe previo (2 días) y circunstanciado (6 días).

Acuse de notificación de oficios.

Una vez transcurrido el plazo para informe previo

11 TAR Recibe respuesta por oficio con informe previo.

Oficio con informe pre-vio.

12 TAR

Analiza:

Se corre traslado de la inconformidad a terceros interesados, para que decla-ren lo que a su derecho convenga, (traslado del escrito de inconformidad y anexos).

Suspensión, se elabora acuerdo en el que se otorga o niega la suspensión definitiva, notifica al inconforme y a la Convocante ordenando la suspensión del procedimiento.

Oficios de notificación a terceros interesa-dos.

Acuerdo de suspen-sión.

Una vez transcurrido el plazo para informe circunstanciado

13 Titular de Área de Responsabilidades

Recibe informe circunstanciado. Informe circunstan-

ciado.

14 TAR

Informe circunstanciado Elabora acuerdo de trámite y registra en el SIINC. Se notifica al inconforme, para que, dentro de los tres días hábiles, amplié sus motivos de impugnación; si hay manifestación alguna, se da vista a la convocante y terceros interesados, para que en el mismo término expongan lo que a su derecho convenga.

Acuerdo de trámite.

Registro en el SIINC

Notificación al incon-forme

15 TAR

Manifestación de terceros interesados y convocante Recibe manifestaciones de terceros y convocante, elabora acuerdos de trámite, desahogo de pruebas y acuerdo por el que se declara abierto el periodo de alegatos y oficios de notificación o rotulón al Inconforme, Convocante y terceros interesados. En caso de no recibir manifestaciones de terceros o convocante elabora acuerdo de preclusión.

Manifestaciones de terceros.

Acuerdo de trámite.

Acuerdo de desahogo de pruebas.

Acuerdo por el que se declara abierto. el pe-riodo de alegatos.

Oficios de notificación.

Acuerdo de preclu-sión.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

16 TAR Realiza las notificaciones correspondientes y registra en el SIINC.

Acuse de notificación.

Una vez concluido el periodo de alegatos

17 TAR

Elabora acuerdo, según sea el caso, de preclusión o admisión de alegatos, acuerdo de cierre de instrucción y notifica.

Acuerdo preclusión o admisión de alegatos.

Acuerdo de cierre de instrucción.

Notificación.

18 TAR Realiza las diligencias de notificación y re-gistra en el SIINC.

Acuses.

Registro en el SIINC.

19 TAR

Analiza expediente, elabora resolución en la que se determina si la inconformidad es fundada o infundada y oficios de notificación.

Resolución.

Oficios de notificación.

20 TAR Realiza las notificaciones correspondien-tes, registra en el SIINC e integra al expe-diente.

Acuses.

Registro en el SIINC.

Si determina que la inconformidad es fundada solicita al convocante dé cumplimiento a lo orde-nado en la resolución.

En caso de presentarse algún incidente, se tramita de manera similar a la inconformidad.

En caso de que se adviertan posibles irregularidades por parte de un servidor público, se da vista

al Área de Quejas.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de

entrada

Actividades Documentos

resultantes

TO

IC

Titula

r de

l Á

rea d

e R

espon

sabili

dades

2. Recibe escrito de inconformi-

dad y anexos.

3. Elabora acuerdo de recepción

y registra en el SIINC.

¿Cumple re-

quisitos?

A

4.Elabora acuerdo de procedencia

y se previene para que subsane in-

consistencias o se desecha.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

Si No

Acuerdo de recep-

ción.

Acuerdo de preven-

ción o desecha-

miento.

INICIO

Escrito de inconfor-

midad y anexos.

1. Recibe escrito de inconformi-

dad con anexos y turna al TAR

para su tramitación.

5. Notifica al inconforme

Desechamiento Prevención

A

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Titula

r de

l Á

rea d

e R

espon

sabili

dades

Transcurrido el

plazo ¿Se

desahoga la pre-

vención?

A

B

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

Acuerdo de

desechamiento y

Oficio de notifica-

ción

Acuerdo de notifica-

ción, Oficio de notifi-

cación, Oficio de so-

licitud de informe

previo y circunstan-

ciado.

Si

No

A

6. Elabora acuerdo de desecha-

miento y oficio de notificación.

7.Notifica al inconforme, registra

en el SIINC e integra expediente. Expediente.

8. Verifica que no se actualice

ninguna causal de improce-

dencia o sobreseimiento.

¿Se actualiza

causal?

9

6

No

Si

9. Elabora acuerdo de admisión, oficio

de notificación, solicitud de informe pre-

vio y circunstanciado a la convocante y

en caso de solicitud de suspensión de-

termina su procedencia.

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Titula

r de

l Á

rea d

e R

espon

sabili

dades

Oficio de notifica-

ción y Acuerdo de

suspensión.

B

10. Notifica a las partes

11. Una vez transcurrido el plazo, recibe informe previo.

12. Analiza el informe y:

* Se corre traslado de la inconformidad a terceros interesados

para que declaren lo que a su derecho convenga.

* Se elabora acuerdo en el que se otorga o niega la suspensión

definitiva.

13. Una vez transcurrido el plazo, se recibe informe circunstan-

ciado.

14. Se elabora acuerdo de trámite y registro en el SIINC. Se no-

tifica al inconforme para que, amplíe sus motivos de impugna-

ción; si hay manifestación se da vista a la convocante y terceros

interesados.

15. Recibe manifestaciones de terceros interesados y convo-

cante y elabora acuerdos de trámite, desahogo de pruebas,

acuerdo de periodo de alegatos y notificación a las partes. En

caso de no recibir manifestaciones se elabora acuerdo de pre-

clusión.

16. Realiza las notificaciones y registra en el SIINC.

C

Acuerdo de trámite

y Oficio de notifica-

ción.

Acuerdo de trámite,

Acuerdo de

desahogo de prue-

bas, Acuerdo por el

que se declara

abierto el periodo

de alegatos, Oficios

de notificación y

Acuerdo de preclu-

sión.

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Titula

r de

l Á

rea d

e R

espon

sabili

dades

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

Acuerdo de preclu-

sión o admisión de

alegatos, Acuerdo

de cierre de instruc-

ción y Notificación.

C

17. Una vez concluido el periodo de alegatos, elabora acuerdo

de preclusión o admisión, acuerdo de cierre de instrucción y no-

tificación.

18. Realiza notificaciones y registra en el SIINC.

19. Analiza y elabora resolución en la que determina si la incon-

formidad es fundada o infundada y oficios de notificación.

20. Realiza las notificaciones, registra en el SIINC e integra ex-

pediente.

Resolución y Oficios

de notificación.

Acuses y Expe-

diente.

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4. Procedimiento para la sanción a Licitantes, Proveedores y Contratistas en materia

de contrataciones públicas.

OBJETIVO

Resolver los procedimientos de Sanción a Proveedores y Licitantes por infracciones en materia de

contrataciones públicas

POLÍTICAS

Los expedientes que se aperturen con motivo de la presentación de una denuncia, deben estar

integrados en orden cronológico, foliados, numerados e identificados.

En lo correspondiente a las infracciones y sanciones se deberá observar el Título Quinto de la

LAASSP y Título Sexto de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.

Para la tramitación del procedimiento para la imposición de sanciones en materia de

Contrataciones Públicas deberá observarse lo dispuesto por el Título Cuarto y demás

aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, aplicando supletoriamente el

Código Civil Federal, así como el Código Federal de Procedimientos Civiles.

El cumplimiento de la resolución que se dicte con motivo de una denuncia debe constar con

el soporte documental en el expediente.

Las sanciones impuestas a los proveedores y contratistas deberán ser publicadas en el Diario

Oficial de la Federación y registrarse en el Directorio de Proveedores y Contratistas

Sancionados.

Todas las actuaciones deberán registrarse en el Sistema de Sanción a Proveedores y

Contratistas (SANC).

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

1 TAR Recibe oficio con expediente y elabora acuerdo de recepción.

Acuerdo de recepción

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

2 TAR

Registra en el SANC, se elaboran oficios para requerir al denunciante, mayor infor-mación y documentación en el plazo deter-minado.

Registra en el SANC.

Oficios de solicitud de información y/o docu-mentación.

3 TAR Realiza las gestiones correspondientes. Acuse de oficio.

Una vez transcurrido el plazo

4 TAR Recibe información y/o documentación, analiza motivo de la denuncia y determina.

Información y/o docu-mentación.

5 TAR

No existen elementos. Elabora acuerdo de archivo por falta de ele-mentos y oficio de notificación al denun-ciante.

Acuerdo.

Oficio.

6 TAR

Notifica los oficios y acuerdo correspon-diente. Registra en el SANC e integra expediente.

Acuse de oficios.

Registro en SANC.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

7 TAR

Si hay elementos. Elabora Acuerdo de Inicio de Procedimiento de Sanción a Proveedores y Contratistas, oficio de notificación al presunto infractor, emplazándolo para que manifieste lo a que su derecho convenga,

Acuerdo.

Oficio.

8 TAR Notifica al presunto infractor.

Acuse de notificación.

Una vez concluido el plazo

9 TAR

No recibe respuesta. Elabora acuerdo de preclusión de derecho para manifestar lo que a su interés convenga, cierre de instrucción, analiza expediente, elabora resolución y oficios de notificación. Conecta con actividad 11.

Acuerdo de preclusión.

Acuerdo de cierre de instrucción.

Resolución.

Oficios de notificación.

10 TAR

Sí recibe respuesta. Elabora acuerdo de recepción de manifes-taciones del presunto infractor, en su caso acuerdo de desahogo de pruebas, se le otorga término para formular alegatos y ela-bora acuerdo de cierre de instrucción. Analiza expediente y elabora resolución y oficios de notificación.

Acuerdo de cierre de instrucción.

Oficios.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

11 TAR

Realiza las notificaciones, conforme a lo siguiente: No impone sanción. Al presunto infractor y al denunciante Impone sanción administrativa y/o económica. Al responsable Al denunciante Al SAT Al DOF Registra en SANC y en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados.

Resolución.

Oficios de notificación.

Registro en SANC.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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No

DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

Titu

lar

del Á

rea d

e R

esp

on

sa

bili

da

des.

INICIO

Oficio y expediente. 1. Recibe oficio con expediente y elabora acuerdo de recepción.

2. Se registra en el SANC, elabora oficio y determina plazo

Oficios de solicitud de in-

formación

3. Realiza las investigaciones correspondientes.

¿Existen elementos?

Si

5. Elabora acuerdo de ar-

chivo y oficio de notificación

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

A

Acuerdo de archivo y oficio

de notificación.

Acuerdo de recepción.

4. Una vez transcurrido el plazo recibe información, analiza motivos

y determina si cuenta con elementos.

6. Realiza notificaciones,

registra en el SANC e inte-

gra expediente

Acuse de oficio de notifica-

ción.

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No

No

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

Titu

lar

del Á

rea d

e R

esp

on

sa

bili

da

des.

A

Acuerdo de Inicio de Pro-

cedimiento de Sanción a

Proveedores y Contratistas

y notificación.

8. Notifica, integra y espera a que transcurra el plazo.

Acuerdo de preclusión,

Acuerdo de cierre de ins-

trucción, Resolución y Noti-

ficaciones.

9. Elabora acuerdo de preclu-

sión, de cierre de instrucción,

analiza expediente, elabora

resolución y notificación.

¿Se recibe

respuesta?

Si

FIN DEL PROCEDIMIENTO

11. ¿Se im-

pone sanción?

Si

7. Elabora Acuerdo de Inicio de Procedimiento de Sanción a Pro-

veedores y Contratistas; así como, oficio de notificación.

11

10. Elabora acuerdo de recepción, desahogo de pruebas, se otorga

termino para alegatos y acuerdo de cierre de instrucción; analiza

expediente, elabora resolución y notificación.

Acuerdo de recepción,

Acuerdo de desahogo de

pruebas, Acuerdo de Ale-

gatos, Acuerdo cierre de

instrucción, Resolución y

Notificaciones.

Notifica al responsable, al denun-

ciante, al SAT, al DOF, registra en

el SANC y en Directorio de Provee-

dores y Contratistas Sancionados.

Notifica al presunto infractor,

al denunciante y registra en

el SANC.

Acuse de notificación.

Acuse de notificación.

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c) Procedimientos del Área de Auditoría Interna y Auditoría para Desarrollo y

Mejora de la Gestión Pública.

1. Procedimiento para la ejecución de la Auditoría.

OBJETIVO

Ejecutar auditorías con base en las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías,

Revisiones y Visitas de Inspección que permitan verificar que la operación de la Agencia se apegue a

la normatividad.

POLÍTICAS

La ejecución de Auditorías deberá apegarse a las Disposiciones Generales para la Realización

de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección, a las Normas Generales de Auditoría

Pública y a las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización.

Para la realización de las Auditorías, se debe observar lo establecido en la Política General

de Auditoría, así como en las guías que en la materia emita la SFP.

En caso de que como resultado de la Auditoría se identifiquen irregularidades que no se

encuentren en el alcance de ésta, se debe analizar la factibilidad de ampliar el objeto y alcance

correspondiente.

Cuando de la auditoría se desprendan probables infracciones cometidas por licitantes,

contratistas, proveedores o prestadores de servicios, a las Leyes de Obras Públicas y

Servicios Relacionados con las Mismas y, de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público, se deberán hacer del conocimiento de la autoridad competente.

Todas las irregularidades y/o situaciones detectadas que sirvan como base de la misma,

deben ser debidamente documentadas, fundadas y motivadas por el Grupo de Auditoría.

La aplicación de las técnicas de auditoría, así como del análisis efectuado a partir de las

mismas y a la documentación que se presente, debe registrarse en los papeles de trabajo

correspondientes.

Toda modificación de los integrantes del Grupo de Auditoría deberá comunicarse al Área

auditada.

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El Informe de Irregularidades detectadas que se elabore con motivo de los hallazgos

detectados, deberá estar debidamente integrado conforme a lo establecido en la Guía para la

elaboración de informes de irregularidades detectadas e integración de expedientes.

De conformidad con la Norma Sexta del Boletín B “Normas Generales de Auditoría Pública”,

que establece que el Titular del Área de Auditoría Interna delegará la supervisión del trabajo

de Auditoría, en el auditor con el rango inmediato inferior que dependa de él.

La función de supervisión y la de jefe de grupo deberán recaer en auditores distintos, en los

casos en los que la estructura no lo permita, esta responsabilidad podrá recaer en el auditor

de mayor experiencia y capacidad profesional.

Sólo por excepción, en una sola persona recaerán las funciones de coordinación y ejecución

de la auditoría, en ese contexto, la función de supervisión podrá recaer en el Titular del Órgano

Interno de Control.

El Área de Auditoría Interna deberá turnar los asuntos correspondientes al Área de Quejas en

los tiempos establecidos en la normatividad y con la antelación apropiada, con la finalidad de

que se puedan realizar los procedimientos correspondientes para su atención.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

1 TAAI

Instruye al Jefe de Departamento de AI elabore la carta planeación y el cronograma de actividades a desarrollar, con base en lo establecido en el Programa Anual de Auditoría.

2

Jefe de

Departamento

de AI

Elabora la Carta Planeación y el Cronograma de Actividades a Desarrollar, de conformidad con la Guía General de Auditoría Pública emitida por la SFP. Presenta al TAAI para su autorización.

Carta Planeación.

Cronograma de Actividades a Desarrollar.

3 TAAI

Instruye al Jefe de Departamento de AI elabore: - Oficio de Orden de Auditoría - Proyecto de Acta de Inicio de Auditoria - Oficio de solicitud de información

4

Jefe de

Departamento

de AI

Elabora Oficio de Orden de Auditoría, proyecto de Acta de Inicio de Auditoría y oficio de solicitud de información con base en lo establecido en la Guía General de Auditoría

Oficio de Orden de Auditoría.

Proyecto de Acta de Inicio de Auditoría.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Pública. Remite al TAAI para su revisión y en su caso firma.

Oficio de solicitud de información.

5 TAAI

Revisa documentación, en su caso realiza ajustes en coordinación con el Jefe de Departamento de AI.

Firma oficio solicitud de información y rubrica Oficio de Orden de Auditoría.

Turna oficio de orden de auditoría al TOIC para su autorización.

Oficio de Orden de Auditoría.

Proyecto de Acta de Inicio de Auditoría.

Oficio de solicitud de información.

Una vez autorizado por el TOIC

6 TAAI

Contacta a la Unidad auditada para acordar la fecha y hora de la reunión de apertura en la que se entregará el oficio de Orden de Auditoría, se levante el Acta de Inicio y se entregue el oficio de solicitud de información y de designación de enlace.

Una vez acordada fecha y hora se realiza reunión para la apertura de la auditoría

7 TAAI y Jefe de

Departamento

de AI

Entregan Orden de Auditoría al Titular de la Unidad auditada, obteniendo de su puño y letra acuse de recibido, así como sello oficial de la Unidad auditada.

Acuse de recibido del oficio de Orden de Auditoría.

8

Jefe de

Departamento

de AI

Levanta Acta de Inicio de la auditoría en 2 ejemplares y recaba las firmas según corresponda. Entrega oficio de requerimiento de información y de designación de enlace otorgando un plazo de tres a cinco días para atender la solicitud.

Acta de Inicio de auditoría.

Acuse del oficio de requerimiento de información.

En caso de que exista negativa de firma del acta por parte de la unidad auditada, hace constar en el acta la negativa de firma, sin que esta circunstancia afecte el valor probatorio del documento, y

se turna a la autoridad investigadora.

En caso de que la Unidad Auditada solicite prórroga para proporcionar la información requerida.

9

Jefe de

Departamento

de AI

Elabora oficio para otorgar plazo adicional para la entrega de la información solicitada, el cual podrá ser de hasta la mitad del plazo original. Entrega al TAI para su revisión y en su caso autorización y firma.

Oficio de autorización de prórroga.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Una vez autorizado, el Jefe de Departamento de AI remite el oficio de prórroga a la Unidad Auditada.

Transcurrido el plazo de prórroga.

10

Jefe de

Departamento

de AI

Recibe del TAAI la información, documentos, y en general todos aquellos datos necesarios para la realización de la auditoría en el plazo establecido. Asimismo, verifica que la documentación proporcionada cumpla con lo requerido en la solicitud.

Documentación.

Informes.

Expedientes.

Oficios.

En caso de que la información requerida no cumpla con lo solicitado, envía oficio firmado por el TAAI al responsable de la unidad auditada detallando faltantes y/o inconsistencias y estableciendo

plazo para su entrega.

11

Jefe de

Departamento

de AI

Elabora Planeación Detallada y Marco Conceptual conforme a lo establecido en la Guía General de Auditoría.

Planeación Detallada.

Marco Conceptual

12

Jefe de

Departamento

de AI

Desarrolla las 4 fases de ejecución de la Auditoría: recopilación de datos, registro de datos, análisis de información y evaluación de resultados, aplicando los procedimientos y técnicas de auditoría.

Papeles de trabajo.

13

Jefe de

Departamento

de AI

Elabora cédulas de trabajo, asentando los

datos referentes al análisis, comprobación y

conclusión sobre los conceptos a revisar,

conforme a la Guía General de Auditoría

Pública.

Papeles de trabajo.

14

Jefe de

Departamento

de AI

Analiza información para obtener los elementos de juicio suficientes para poder concluir sobre lo revisado y sustentados con evidencia documental que pueda ser constatada.

Papeles de trabajo.

15

Jefe de

Departamento

de AI

Asienta las conclusiones del análisis en los papeles de trabajo diseñados y envía al TAAI para revisión.

Papeles de trabajo.

16 TAAI

Revisa conclusiones y su congruencia con los papeles de trabajo. En caso de requerir alguna aclaración o ajustes, adecúa en coordinación con el Jefe de Departamento.

Papeles de trabajo.

17

Jefe de

Departamento

de AI

Identifica posibles hallazgos, irregularidades o inconsistencias que contravengan la normatividad y comenta con el TAAI.

En caso de que no se presenten hallazgos, irregularidades o inconsistencias en contravención a la normatividad aplicable, se elabora el Informe de Auditoría sin observaciones, dentro del plazo

establecido para la ejecución de la Auditoría.

Conecta con actividad 23

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

18 TAAI Valora la procedencia de irregularidades o inconsistencias de los actos u omisiones de servidores públicos.

Papeles de trabajo.

19 TAAI Instruye la elaboración de las cédulas de observaciones al Jefe de Departamento de AI.

Papeles de trabajo.

En caso de identificar alguna irregularidad o hallazgo fuera del objeto, alcance o periodo a revisar deberá emitirse oficio para hacer del conocimiento del Titular de la Unidad auditada la modificación

según corresponda, conforme a lo establecido en la Guía General de Auditoría Pública.

20

Jefe de

Departamento

de AI

Elabora cédula de observaciones para hacer constar irregularidades o incumplimientos en contravención de las disposiciones legales y normativas, conforme a las Disposiciones Generales y a la Guía General de Auditoría Pública. Gestiona reunión para presentación y formalización de cédulas de observaciones.

21

TAAI y Jefe de

Departamento

de AI

Coordinan y realizan reunión para presentación y formalización de cédulas de observaciones, con el Titular de la Unidad auditada y los responsables de atender las recomendaciones. Recaban firma de cédulas de observaciones del Titular de la Unidad auditada y en su caso de los servidores públicos relacionados.

En caso de existir negativa para la firma de la cédula de observaciones, se elaborará acta circunstanciada en la que hará constar que se dio a conocer el contenido de las observaciones

determinadas y se asentará su negativa a firmarlas, esta no invalidará el acto ni impedirá que surta sus efectos.

22 TAAI

Instruye al Jefe de Departamento de AI a desarrollar el Informe de Auditoría en apego a las Disposiciones Generales, así como el oficio de envío del Informe de Auditoría.

23

Jefe de

Departamento

de AI

Elabora el Informe de la Auditoría con base en el Anexo establecido en la Guía General de Auditoría Pública, así como el oficio de envío de Informe de Auditoría.

Informe de auditoría.

Oficio de envío de Informe de Auditoría.

El Informe se hará llegar a la Unidad Auditada en un plazo no mayor a 5 días hábiles, a partir del día siguiente de la fecha de suscripción de las cédulas de observaciones.

24

Jefe de

Departamento

de AI

Remite al TAAI el Informe de Auditoría y el oficio de envío, para su revisión.

Oficio de envío de informe de auditoría.

Informe de Auditoría.

Una vez revisado por el TAAI

25 TAAI Remite al TOIC para autorización de oficio de envío e Informe de Auditoría.

Oficio de envío de informe de auditoría.

Informe de Auditoría.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Una vez firmados el Informe de Auditoría y el Oficio de envío del Informe por el TOIC

26

Jefe de

Departamento

de AI

Tramita la entrega del oficio de envío de

informe a la Unidad auditada, con copia

simple de las cédulas de observaciones

firmadas.

Oficio de envío de informe de auditoría.

27

Jefe de

Departamento

de AI

Cierra la auditoría en el Sistema Integral de

Auditoría (SIA), clasificando con observación

o sin observaciones y se carga el informe de

la Auditoría.

28

Jefe de

Departamento

de AI

Archiva acuse de recibido del Oficio de envío

de informe de auditoría, con sellos y cédulas

de observaciones originales.

Acuse de recibo del Oficio de envío.

En caso de detectar irregularidades de tipo administrativo y/o penal se procederá a elaborar el Informe de Irregularidades detectadas e integrar el expediente correspondiente, conforme a las

Disposiciones Generales y con apoyo en la Guía para la elaboración de Informes de Irregularidades detectadas e integración de expedientes.

29

Jefe de

Departamento

de AI

Captura cada observación en el SIA, conforme al Manual de Usuario del sistema, registrando la observación, la recomendación preventiva y correctiva, fechas de determinación de observación y fecha de solventación y, en su caso, montos a aclarar o recuperar, así como criterio de deficiencia y fundamento legal. Las Cédulas de Observación deben registrarse en el sistema.

30

Jefe de

Departamento

AI

Integra expediente de auditoría y archiva.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Conecta con el procedimiento para el seguimiento de las recomendaciones para la atención de observaciones

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DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

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Je

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am

ento

de

AI

INICIO

1. Instruye al Jefe de Depar-

tamento de AI elaborar Carta

Planeación y Cronograma.

2. Elabora Carta Planea-

ción, Cronograma y pre-

senta al TAAI

3. Instruye al Jefe de Departa-

mento de AI elaborar Orden de

Auditoría, Proyecto de Acta de

Inicio de Auditoria y Solicitud de

información.

A

4. Elabora Orden de Auditoría,

Proyecto de Acta de Inicio de

Auditoria y Solicitud de informa-

ción.

Programa Anual de

Auditorías

Carta Planeación y

Cronograma

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Actividades Documentos resultantes

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De

pa

rta

-

me

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Je

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ento

de

AI

No Si

5. Revisa documentación, firma oficio

de solicitud de información, rubrica Or-

den de Auditoría y turna al TOIC para

su autorización

¿Son correc-

tos?

A

6. Una vez autorizado por el TOIC, con-

tacta unidad auditada para acordar

reunión.

B

Orden de Audito-

ría Proyecto

Acta de Inicio de

Auditoría.

Solicitud de infor-

mación.

Devuelve

para correc-

ción

7. Entregan Orden de Auditoria al Titular

de la Unidad auditada

8. Levanta Acta de Inicio de la Auditoría y

entrega oficio de requerimiento de infor-

mación o en su caso elabora Acta de la

negativa de firma.

¿Prorroga?

No Si

9. Elabora oficio para otorgar plazo adi-

cional y entrega a TAAI para revisión y

firma, y en su caso entrega a la Unidad

Auditada.

10

Acuse de recibido

de la Orden de Au-

ditoría

Acta de Inicio de

Auditoría.

Acuse del oficio

de requerimiento

de información.

Acta de la nega-

tiva de firma.

Oficio de autoriza-

ción de prórroga

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Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

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de

AI

TA

AI

¿La informa-

ción cumple?

No Si

Envía oficio fir-

mado por TAAI a

la Unidad Audi-

tada

11. Elabora Planeación detallada y Marco

Conceptual.

12. Desarrolla las 4 fases de la ejecución

de la Auditoría.

Planeación deta-

llada.

Marco Conceptual.

15. Asienta conclusiones del análisis de

los papeles de trabajo y envía al TAAI.

14. Analiza información para poder emitir

conclusiones.

13. Elabora Cédulas de trabajo.

Si

No

Devuelve

para co-

rrección.

C

Papeles de trabajo

10. Recibe del TAAI la información y veri-

fica que cumpla con lo requerido en la so-

licitud.

B

Papeles de trabajo

16. Revisa conclusiones y su congruencia

con los papeles de trabajo.

¿Son con-

gruentes?

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Actividades Documentos resultantes

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AI

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AI

y J

efe

de

Dep

art

am

en

to d

e A

I

18. Valora la procedencia de irregularidades

o inconsistencias de los servidores.

19. Instruye al Jefe de Departamento de AI la

elaboración de las cédulas de observaciones.

¿Se identifican irre-

gularidades fuera

del objeto, alcance,

o periodo a revisar?

No

Si

Emisión de

oficio al Ti-

tular de la

unidad au-

ditada para

la modifica-

ción corres-

pondiente.

Oficio de modifica-

ción de objeto, al-

cance o periodo a

revisar.

C

17. Identifica posibles hallazgos, irregulari-

dades o inconsistencias.

¿Se identificaron

irregularidades?

No Si

23

20. Elabora cédula de observaciones y

gestiona reunión para formalización de las

cédulas de observaciones.

Cédula de observa-

ciones

21. Coordinan y realizan reunión para for-

malización de las cédulas de observacio-

nes con el Titular de la Unidad Auditada.

D

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Actividades Documentos resultantes

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AI

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en

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e

AI

TA

AI

Je

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art

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de

AI

¿Existe negativa

de formalizar?

Elaborar acta

circunstan-

ciada.

No Si

22. Instruye al Jefe de Departamento de

AI elaborar el Informe de Auditoria

23. Elabora Informe de Auditoría y Oficio

de envío de Informe de Auditoría. Informe de Auditoría

Oficio de envío de

Informe de Auditoría

24. Remite al TAAI para su revisión

25. Una vez revisado, remite al TOIC para

autorización de ofició con el Informe de

Auditoría.

Oficio de envío de

Informe de Audito-

ría.

27. Cierra la auditoría en el SIA clasifi-

cando y cargando el informe de Auditoría.

28. Archiva acuse de recibo del oficio de

envío de Informe de Auditoría

D

Acta Circunstan-

ciada.

26. Una vez firmados, tramita su entrega

con copia simple de las observaciones fir-

madas

Acuse oficio de en-

vío de Informe de

Auditoría

E

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Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

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AI

¿Existen irregu-

laridades?

E

No Si

Elaborar In-

forme de

Irregulari-

dades de-

tectadas.

29. Captura cada observación en el SIA.

30. Integra expediente de Auditoría y Ar-

chiva.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Informe de Irregula-

ridades

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2. Procedimiento para el seguimiento de las recomendaciones para la atención de

las observaciones.

OBJETIVO

Dar seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones preventivas y correctivas, establecidas en

las cedulas de observaciones y registradas en el SIA, derivadas de auditorías de las diferentes

instancias fiscalizadoras.

POLÍTICAS

El seguimiento de las observaciones deberá apegarse a las Disposiciones Generales para la

realización de auditorías, revisiones y visitas de inspección.

El Área de Auditoría Interna podrá coadyuvar con la Agencia, en la instrumentación de las

medidas correctivas y preventivas contenidas en las cédulas de observaciones.

Las recuperaciones y/o aclaraciones de montos deberán reportarse trimestralmente a la

Unidad de Control y Evaluación de la Gestión Pública de la Secretaría de la Función Pública.

Las recuperaciones o aclaraciones deben estar debidamente soportadas con la

documentación que corresponda.

Se deberán actualizar los montos de aclaraciones o recuperaciones en cada seguimiento

realizado.

Las observaciones que se envíen al Sistema Integral de Auditorías deberán apegarse a lo

establecido en los Lineamientos Generales para la elaboración y presentación de los Informes

y Reportes del Sistema de Información Periódica.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Seguimiento de observaciones determinadas por el Órgano Interno de Control, Unidad de Auditoría Gubernamental, Unidad de Control y Auditoría a Obra Pública, y Despacho Externo de Auditores.

Con relación a las observaciones determinadas en las diferentes auditorías practicadas por las diversas instancias fiscalizadoras y registradas en el sistema correspondiente.

1 TAAI Instruye al Jefe de Departamento de AI, elabore oficio para la Unidad auditada para la solicitud de la información que acredite la atención de

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

las recomendaciones a las observaciones determinadas.

2

Jefe de Departamento

de AI

Elabora el oficio y presenta al TAAI para su firma.

Oficio

3 TAAI Firma oficio de solicitud de información y remite a la Unidad auditada.

4 TAAI

Recibe documentación soporte, remitida por la Unidad auditada que acredite la atención de las recomendaciones a las observaciones determinadas. Turna al Jefe de Departamento de AI.

Documento soporte.

5 Jefe de

Departamento de AI

Recibe y analiza la documentación proporcionada, hace constar en los papeles de trabajo y en la cédula de seguimiento el avance (pendientes o solventadas) en la atención de las recomendaciones correctivas y preventivas determinadas en las observaciones, mismas que deberán ser suscritas por el TAAI y el Jefe de Departamento de AI.

Documentación.

Papeles de trabajo.

Cédula de seguimiento.

6 Jefe de

Departamento de AI

Registra en el SIA y elabora Oficio de resultados de seguimiento, conteniendo determinación de los avances, numeraria, clasificación de riesgo y antigüedad. Turna para su validación y autorización.

Una vez validado por el TAAI y autorizado por el TOIC.

7 Jefe de

Departamento de AI

Remite a la Unidad auditada el oficio de resultados de seguimiento, marcando copia al Titular de la Agencia.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES DETERMINADAS POR LA ASF

1 TOIC

Recibe oficio de la ASF con el resultado de la fiscalización superior de la Cuenta Pública del ejercicio de que se trate. Turna al TAAI.

Informe del Resultado de la Fiscalización de la Cuenta Pública.

2 TAAI

Recibe oficio e instruye al Jefe de Departamento de AI registrar en el SIA las recomendaciones determinadas en el informe de la Cuenta Pública y la captura de las recomendaciones determinadas por la ASF.

Informe del Resultado de la Fiscalización de la Cuenta Pública.

SIA.

Registro en el SIA.

El TOIC recibe trimestralmente, el Informe del estado de trámite de las acciones emitidas por la ASF para su registro correspondiente.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES

DETERMINADAS POR EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL.

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

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ar-

tam

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e A

I

TA

AI

Jefe

de

Dep

art

a-

mento

de

AI

INICIO

1. Instruye al Jefe de Departamento

de AI, elabore oficio de solicitud de

información a la Unidad Auditada.

Programa Anual

de Trabajo

2. Elabora oficio y presenta al TAAI

para su firma.

¿Es co-

rrecto?

Si

No

Devuelve

para correc-

ción.

3. Firma oficio de solicitud de infor-

mación y remite a Unidad Auditada.

A

Oficio de Solicitud

de información

4. Recibe documentación soporte y

turna al Jefe de Departamento de AI.

5. Recibe y analiza documentación,

hace constar en los papeles de tra-

bajo y en la cédula de seguimiento el

avance registrado.

Papeles de trabajo

y Cédula de segui-

miento.

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Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

Jefe

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de A

I

DIAGRAMA DE FLUJO PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES

DETERMINADAS POR LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN.

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

TO

IC

TA

AI

6.Registra en el SIA y elabora Informe

de Resultados de Seguimiento. Turna

para su validación y autorización.

A

Informe de Resul-

tados de segui-

miento.

7. Una vez validado por el TAAI y autori-

zado por el TOIC, remite Informe a la

Unidad Auditada y marca copia al Titular

de la Agencia.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

INICIO

1. Recibe oficio de la ASF con los re-

sultados y turna al TAAI.

Informe de Resul-

tado de la Fiscali-

zación de la

Cuenta Pública.

2. Recibe oficio e instruye al Jefe de

Departamento de AI a registrar las

recomendaciones en el SIA.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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3. Procedimiento para la Evaluación del OIC al Sistema de Control Interno

Institucional y PTCI de la Agencia (anual).

OBJETIVO

Evaluar el SCII con base en lo establecido en el Manual Administrativo de Aplicación General en

materia de Control Interno.

POLÍTICAS

La entrega del Informe de Resultados que elabora el OIC derivado de la Evaluación al Informe

Anual y el PTCI, se realizará con base en los plazos y condiciones señaladas en el MAAGCI;

Se evaluará la evidencia que sustente el cumplimiento de los elementos de control con base

en los criterios establecidos en la Guía de Apoyo para la Evaluación del Órgano Interno de

Control al Informe Anual y PTCI, emitida por la SFP;

El OIC deberá brindar la asesoría necesaria que la Agencia requiera para llevar a cabo su

Informe Anual de Estado que Guarda el SCIII y la Integración de su PTCI y, en su caso,

actualización de este último;

El Informe de Resultados deberá ser suscrito por el TOIC;

El OIC dará seguimiento al cumplimiento de la entrega de los reportes que la dependencia o

entidad remita a la SFP, conforme a lo establecido en el MAAGCI.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

El OIC, a través del área de ADMGP proporciona la asesoría y/o consultoría a la Agencia en la

implantación del SCII.

1 TOIC

Recibe copia del Informe Anual del Estado que

Guarda el Sistema de Control Interno

Institucional, el cual contiene la evaluación de

control interno y PTCI debidamente

autorizados.

Turna al Área de ADMGP para su revisión y

análisis.

Oficio de envío (a

más tardar el 31 de

enero de cada año).

Informe Anual y

PTCI.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

2 TAADMGP

Recibe Informe Anual y PTCI y turna al Jefe de

Departamento de ADMGP para su revisión y

análisis, de acuerdo con la normatividad

aplicable.

Informe anual y

PTCI.

3

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Recibe Informe Anual y PTCI y, verifica y valida

que se haya utilizado la aplicación web para

procesar y generar ambos documentos, así

como, el apego a los criterios y plazos

establecidos en el MAAGCI y/o instrucciones

emitidas por la SFP.

MAAGCI.

Guía y/o

comunicados para el

Informe Anual y

PTCI

Aplicación Web para

la Evaluación del

SCII.

4

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Revisa que la selección efectuada por la

Institución de los procesos prioritarios

(sustantivos y administrativos), para realizar la

evaluación al Sistema de Control Interno

Institucional, se haya hecho con base en

criterios o elementos específicos que justifiquen

su elección.

MAAGCI.

5

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Evalúa (en sitio, documentalmente y/o de

manera electrónica), si la evidencia cumple con

las condiciones de los elementos de control, en

términos de pertinencia y relevancia, y

determina si es suficiente:

Correo electrónico.

Minuta de la Reunión

de trabajo.

Oficio de envió.

6

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Sí cumple

Valida la evaluación de la Agencia para los

elementos de control.

Conecta con actividad 12

7

Jefe de

Departamento

de ADMGP

No cumple (parcial o totalmente)

Elabora papel de trabajo con comentarios por

cada uno de los elementos de control no

validados, para su posterior inclusión en el

proyecto de Informe de Resultados.

Conecta con actividad 11

Papel de Trabajo

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

8

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Verifica que las acciones de mejora

comprometidas en el PTCI sean congruentes

con los elementos de control evaluados, así

como que se hayan comprometido acciones en

los elementos no implementados.

PTCI.

9

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Sí cumple

Valida las acciones de mejora comprometidas.

Conecta con actividad 12

10

Jefe de

Departamento

de ADMGP

No cumple

Elabora papel de trabajo con comentarios por

cada una de las acciones de mejora que no

sean congruentes con el elemento de control y

de aquellas que no fueron consideradas, para

su posterior inclusión en el proyecto de Informe

de Resultados.

Papel de Trabajo

11

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Elabora, con base en el papel de trabajo, el

proyecto de Informe de Resultados de la

Evaluación del Órgano Fiscalizador al Informe

Anual y al PTCI, para su validación por parte del

TAADMGP y presentación al TOIC (incluye

comentarios a cada uno de los elementos de

control y al PTCI).

Proyecto de informe

de Resultados.

Una vez validado por el TAADMGP y presentado al TOIC

12

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Captura en la Aplicación Web para la

Evaluación del SCII, el Informe de Resultados

de la Evaluación del Órgano Fiscalizador al

Informe Anual y al PTCI, debidamente validado.

Imprime Informe para su envío a las distintas

instancias.

Aplicación Web para

la Evaluación del

SCII.

Informe de

Resultados.

13

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Elabora oficio y turna para su validación del

TAADMGP y autorización del TOIC, para su

envío a la SFP y al Titular de la Agencia.

Oficio.

Se presenta en la Primera Sesión Ordinaria del COCODI.

En caso de modificación al PTCI, el TAADMGP verifica que se hayan realizado las adecuaciones

para la presentación del PTCI final en la segunda sesión del COCODI.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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No

DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

TO

IC

TA

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MG

P

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de A

DM

GP

6. ¿La evidencia

es suficiente?

Si

INICIO

Informe Anual y

PTCI

2. Remite el Informe Anual y PTCI al Jefe de Departamento

de ADMGP para su revisión y análisis.

3. Verifica y valida el uso de la aplicación web y el apego a la

normatividad del Informe Anual y PTCI.

A

4. Revisa la selección de los procesos prioritarios para el In-

forme Anual

5. Evalúa la suficiencia de la evidencia documental respecto

a los elementos de control evaluados en el Informe Anual

12

7. Emite

comentarios

11

Papel de Trabajo

1. Turna al Área de ADMGP para su revisión y análisis.

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No

No

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de A

DM

GP

9. ¿Las acciones

de mejora son

congruentes?

Si

¿Se actualiza el

PTCI?

Si

8. Verifica la congruencia de las acciones de mejora compro-

metidas en el PTCI, con los elementos de control evaluados.

A

12

10. Emite comentarios Papel de Trabajo

11. Elabora el proyecto de Informe de Resultados y remite

para validación del TAADMGP y presentación al TOIC.

Proyecto de Informe

de Resultados

12. Una vez validado el Informe de Resultados por el

TAADMGP y presentado al TOIC, lo captura en la Aplicación

Web correspondiente y realiza su impresión.

13. Prepara el envío del Informe de Resultados a la SFP y al

Titular de la Agencia; así como, su presentación en la Pri-

mera Sesión Ordinaria del COCODI.

Informe de Resultados

validado.

Oficios de envío.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

El TAADMGP verifica la ac-

tualización y presentación

del PTCI en la Segunda Se-

sión Ordinaria del COCODI

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4. Procedimiento para la Evaluación del OIC al cumplimiento del PTCI de la Agencia

(trimestral).

OBJETIVO

Dar seguimiento al cumplimiento de las acciones de mejora establecidas en el PTCI de la Agencia.

POLÍTICAS

Se verificará que la evidencia sustente el avance reportado por la Institución para la atención

de las acciones de mejora comprometidas en el PTCI;

Se deben informar al COCODI las problemáticas o retrasos en la atención de las acciones de

mejora del PTCI;

El Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTCI deberá contener como mínimo lo

establecido en el MAAGCI;

El OIC deberá emitir recomendaciones a fin de que la Agencia cumpla en tiempo y forma con

las acciones de mejora del PTCI;

El Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTCI deberá ser firmado por el TOIC.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

1 TAADMGP

Recibe del TOIC el RAT del PTCI remitido por

la Agencia y turna para su verificación al Jefe

de Departamento de ADMGP.

RAT del PTCI.

Soporte documental.

2

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Recibe RAT del PTCI y verifica el soporte

documental de los avances reportados por la

Agencia; así como, cada uno de los criterios

establecidos en el MAAGCI.

RAT del PTCI.

Soporte documental.

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3

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Elabora proyecto de Informe de Evaluación del

OIC al RAT del PTCI conteniendo las

recomendaciones, en su caso, a los avances

reportados y turna para su validación y

autorización.

Proyecto de Informe

de Evaluación del

OIC al RAT del PTCI.

Una vez validado por el TAADMGP y autorizado por el TOIC

4

Jefe de

Departamento

de ADMGP

Remite Informe de Evaluación del OIC al RAT

del PTCI al Titular de la Agencia y, en su caso,

brinda la asesoría que corresponda para su

atención.

Informe de

Evaluación del OIC

al RAT del PTCI.

El RAT del PTCI de la Agencia; así como, el Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTCI deben

registrarse en el SICOCODI.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

TA

AD

MG

P

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de A

DM

GP

INICIO

1. Remite el RAT del PTCI al Jefe de Departamento

de ADMGP para su verificación.

Reporte de Avance

Trimestral del PTCI

2. Verifica el soporte documental de los avances

reportados; así como, cada uno de los criterios es-

tablecidos en el MAAGCI.

3. Elabora proyecto de Informe de Evaluación con-

teniendo las recomendaciones, en su caso, y turna

para la validación del TAADMGP y autorización del

TOIC.

4. Una vez validado y autorizado, remite Informe

de Evaluación al Titular de la Agencia y, en su

caso, brinda asesoría para su atención y registro

en el SICOCODI.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Proyecto de Informe de

Evaluación del OIC al RAT

del PTCI.

Informe de Evaluación del

OIC al RAT del PTCI vali-

dado y autorizado

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5. Procedimiento para apoyar la Administración de Riesgos de la Agencia (anual).

OBJETIVO

Brindar asesoría para que la Agencia lleve a cabo el Proceso de Administración de Riesgos.

POLÍTICAS

El OIC sensibilizará a la Agencia sobre la importancia de la Administración de Riesgos.

El OIC proporcionará la asesoría necesaria sobre la metodología para la elaboración de la

Matriz, Mapa y PTAR.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Una vez que la Agencia haya integrado el grupo de trabajo para el inicio del Proceso de Administración de Riesgos y establecido un cronograma de actividades.

1 TOIC Instruye al TAADMGP para realizar el seguimiento al Proceso de Administración de Riesgos de la Agencia.

2 TAADMGP Brinda consultoría al grupo de trabajo para la elaboración de la Matriz, Mapa y PTAR.

Una vez realizado el Proceso de Administración de Riesgos por parte de la Agencia.

3 TAADMGP

Analiza la congruencia de los riesgos, factores y acciones de control comprometidas para su administración.

4 TAADMGP

Emite opinión respecto a la congruencia y áreas de oportunidad del proceso realizado; convoca a reunión al grupo de trabajo a fin de sensibilizar sobre la necesidad de fortalecer la administración de riesgos.

5 TAADMGP

Brinda consultoría al grupo de trabajo para fortalecer el Proceso de Administración de Riesgos.

Una vez fortalecido el Proceso de Administración de Riesgos (Matriz, Mapa y PTAR), la Agencia registra en la Aplicación Web para la Evaluación del SCII.

La Agencia remite trimestralmente al OIC el RAT del PTAR.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

TO

IC

TA

AD

MG

P

INICIO

Cronograma de activi-

dades para el proceso

de Administración de

Riesgos.

1. Turna al Área de ADMGP para su seguimiento

2. Brinda consultoría para la elaboración de la Matriz,

Mapa y PTAR.

3. Una vez realizado el proceso de Administración de

Riesgos por la Agencia, analiza la congruencia de los

riesgos, factores y acciones de control.

4. Emite la opinión correspondiente y convoca a reunión

al grupo de trabajo a fin fortalecer la Administración de

Riesgos.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

5. Brinda consultoría para el fortalecimiento del Proceso

de Administración de Riesgos.

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6. Procedimiento para la Evaluación del OIC al cumplimiento del PTAR de la Agencia

(trimestral).

OBJETIVO

Dar seguimiento al cumplimiento de las acciones de control establecidas en el PTAR de la Agencia.

POLÍTICAS

El OIC sensibilizará permanentemente a la Agencia sobre la importancia del cumplimiento de

las acciones comprometidas para la Administración de Riesgos.

Se verificará que la evidencia sustente el avance reportado por la Agencia para la atención de

las acciones de control comprometidas en el PTAR.

Se deben informar al COCODI las problemáticas o retrasos en la atención de las acciones de

control del PTAR.

El Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTAR deberá contener como mínimo lo

establecido en el MAAGCI.

El OIC deberá emitir recomendaciones a fin de que la Institución cumpla en tiempo y forma

con el PTAR.

El Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTAR deberá ser firmado por el TOIC.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

1 TAADMGP Recibe del TOIC el RAT del PTAR remitido por la Agencia y turna para su verificación al Jefe de Departamento de ADMGP.

RAT del PTAR.

Soporte documental.

2 Jefe de

Departamento de ADMGP

Recibe informe y verifica el soporte documental de los avances reportados por la Agencia; así como, cada uno de los criterios establecidos en el MAAGCI.

RAT del PTAR.

Soporte documental.

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3 Jefe de

Departamento de ADMGP

Elabora proyecto de Informe de Evaluación del

OIC al RAT del PTAR conteniendo las recomendaciones, en su caso, a los avances reportados y turna para su validación y autorización.

Proyecto de Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTAR.

Una vez validado por el TAADMGP y autorizado por el TOIC.

4 Jefe de

Departamento de ADMGP

Remite Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTAR al Titular de la Agencia y, en su caso, brinda la asesoría que corresponda para su atención.

Informe de evaluación.

El RAT del PTAR de la Agencia, así como el Informe de Evaluación del OIC al RAT del PTAR deben registrarse en el SICOCODI.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

TA

AD

MG

P

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de A

DM

GP

INICIO

1. Remite el RAT del PTAR al Jefe de Departa-

mento de ADMGP para su verificación.

Reporte de Avance

Trimestral del

PTAR

2. Verifica el soporte documental de los avances

reportados; así como, cada uno de los criterios es-

tablecidos en el MAAGCI.

3. Elabora proyecto de Informe de Evaluación con-

teniendo las recomendaciones, en su caso, y turna

para la validación del TAADMGP y autorización del

TOIC.

4. Una vez validado y autorizado, remite Informe

de Evaluación al Titular de la Agencia y, en su

caso, brinda asesoría para su atención y registro

en el SICOCODI.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Proyecto de Informe de

Evaluación del OIC al RAT

del PTAR.

Informe de Evaluación del

OIC al RAT del PTAR vali-

dado y autorizado

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7. Procedimiento para la realización de diagnósticos.

OBJETIVO

Realizar diagnósticos de procesos, trámites y servicios para contribuir al desarrollo administrativo de

la Agencia.

POLÍTICAS

El inicio y la conclusión de los diagnósticos se informarán a la Unidad Administrativa, a través

de un oficio firmado por el TADMGP, o en su defecto, por el TOIC.

Derivado de las áreas de oportunidad identificadas, se solicitará a la Unidad Administrativa

que corresponda, la suscripción e implementación de un programa de trabajo, a fin de

subsanar dichas debilidades.

El Área de ADMGP, dará seguimiento al cumplimiento de las acciones comprometidas en el

programa de trabajo.

Los hallazgos o áreas de oportunidad identificadas, deben estar debidamente soportadas con

la documentación correspondiente.

El Área de ADMGP, brindará la asesoría y/o consultoría que la Unidad Administrativa requiera

para la mejora de sus procesos.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Con base en el Plan Anual de Trabajo del OIC.

1 TAADMGP Instruye la realización del diagnóstico y establece el alcance.

PAT OIC.

2 Jefe de

Departamento de ADMGP

Elabora proyecto de Marco Técnico de Referencia (MTR) con base en la información de la investigación previa para la elaboración del PAT determina herramientas de recopilación de información para el desarrollo del diagnóstico (cuestionarios, entrevistas y mapas, entre otros) y cronograma de actividades e integra expediente. Turna al TAADMGP para su autorización.

Proyecto de MTR.

Cronograma de actividades.

Herramientas.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Una vez autorizado por el TAADMGP.

3 Jefe de

Departamento de ADMGP

Elabora oficio de notificación de ejecución del diagnóstico al o a las Unidades Administrativas correspondientes, solicitando designación de un servidor público que fungirá como enlace para el desarrollo de las actividades. Turna para autorización del TAADMGP.

Oficio de notificación de Ejecución de Diagnóstico.

4 Jefe de

Departamento de ADMGP

Envía el oficio de notificación al o a las Unidades Administrativas correspondientes e integra el acuse respectivo al expediente.

Acuse de oficio de notificación.

Expediente.

Una vez designado el representante del área correspondiente.

5

TAADMGP/ Jefe de

Departamento de ADMGP

Efectúa reunión para presentación e inicio del diagnóstico.

Minuta.

6 Jefe de

Departamento de ADMGP

Recopila información respecto a la situación actual del objeto del diagnóstico, y analiza, entre otros:

Procedimientos

Estándares

Indicadores

Controles

Normatividad

Automatización

Supervisión y evaluación

Herramientas de recopilación.

7 Jefe de

Departamento de ADMGP

Analiza información con base en las herramientas de análisis (FODA, bases de datos y tablas comparativas, entre otros) e identifica debilidades del objeto del diagnóstico y determina propuestas de mejora. Presenta al TAADMGP.

Herramientas de análisis.

Una vez validado el diagnóstico el TAADMGP convoca a reunión para presentación preliminar.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

8

TAADMGP/ Jefe de

Departamento de ADMGP

Presenta diagnóstico preliminar a la Agencia, y sensibiliza sobre la importancia de la adopción de las acciones de mejora para el cumplimiento de los objetivos institucionales. Instruye el TAADMGP al Jefe de Departamento de ADMGP, la elaboración del Informe de Resultados.

Diagnóstico preliminar.

9 Jefe de

Departamento de ADMGP

Elabora proyecto de Informe de Resultados conteniendo fortalezas, debilidades y acciones de mejora, y proyecto de oficio de remisión al área correspondiente, solicitando el programa de trabajo con los compromisos que adquirirá la unidad administrativa. Turna para autorización del TAADMGP.

Proyecto de Informe de Resultados.

Proyecto de oficio de remisión.

Una vez autorizado por el TAADMGP.

10 Jefe de

Departamento de ADMGP

Gestiona la entrega de oficio e Informe de Resultados al Área correspondiente. Integra información al expediente.

Informe de Resultados.

Oficio de remisión.

Con base en el Programa de Trabajo comprometido por la Unidad Administrativa, realiza seguimiento de acompañamiento para su cumplimiento.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

TA

AD

MG

P

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de A

DM

GP

TA

AD

MG

P/

Je

fe

de D

ep

art

am

en

to

de A

DM

GP

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de

AD

MG

P

INICIO

Plan Anual de Trabajo

2. Elabora proyecto de MTR, determina las herramientas de recopi-

lación de información, elabora cronograma de actividades, integra

expediente y turna al TAADMGP para su autorización.

3. Una vez autorizados el MTR, cronograma y herramientas, ela-

bora oficio de notificación de ejecución del diagnóstico, solicitando

designación de un enlace para el desarrollo de las actividades y

turna para autorización del TAADMGP.

4. Una vez autorizado, envía el oficio de notificación e integra expe-

diente.

5. Una vez designado el enlace de la Entidad, efectúan la presenta-

ción e inicio del diagnóstico.

1. Instruye la realización del diagnóstico al Jefe de Departamento

de ADMGP y define su alcance.

Proyecto de MTR

Herramientas de recopila-

ción.

Cronograma de actividades

Oficio de notificación de

Ejecución de Diagnóstico

Acuse de oficio de notifica-

ción

Expediente

Minuta de reunión

6. Recopila la información objeto del diagnóstico. Herramientas de recopila-

ción.

7. Analiza información con base en FODA, bases de datos y tablas

comparativas, etc., identifica debilidades, determina propuestas de

mejora y presenta al TAADMGP el diagnóstico para su validación.

Presenta al TAADMGP.

Herramientas de análisis.

A

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Documentos de entrada

Actividades Documentos resultantes

TA

AD

MG

P/

Je

fe d

e D

e-

part

am

en

to d

e A

DM

GP

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de A

DM

GP

A

8. Una vez validado el diagnóstico el TAADMGP convoca a reunión

para presentación preliminar de diagnóstico y de las acciones de

mejora e instruye al Jefe de Departamento de ADMGP, elaborar el

Informe de Resultados.

9. Elabora proyectos de Informe de Resultados y oficio de remisión,

solicitando el programa de trabajo de la unidad administrativa para

atender las acciones de mejora y turna para autorización del

TAADMGP.

Turna para autorización del TAADMGP.

Presenta al TAADMGP.

Diagnóstico preliminar

10. Una vez autorizados el Informe de Resultados y el oficio de re-

misión, gestiona su entrega para su posterior seguimiento de cum-

plimiento.

Integra información al expediente.

Presenta al TAADMGP.

Proyecto de Informe de

Resultados

Proyecto de oficio de remi-

sión.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

Informe de Resultados

Oficio de remisión.

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d) Procedimientos del Área de Quejas

1. Procedimiento para la atención de quejas, denuncias y peticiones ciudadanas

(incluye asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley Federal de

Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

OBJETIVO

Atender las Quejas, Denuncias y Peticiones Ciudadanas y determinar su procedencia con base en los

Lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias, publicados en el

Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2016 (Lineamientos).

POLÍTICAS

Las diligencias realizadas durante la investigación deberán registrarse en su totalidad, en el

Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas, en los plazos establecidos para ello y

conforme a los Lineamientos.

Las notificaciones deberán realizarse conforme a lo previsto en los Lineamientos y, de manera

supletoria a la Ley, en el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Las conductas denunciadas, que puedan ser constitutivas de responsabilidad administrativa,

deberán ser investigadas en su totalidad.

Se deben agotar la totalidad de las líneas de investigación establecidas para el esclarecimiento

de los hechos.

Los expedientes deberán integrarse conforme a lo establecido en el Lineamiento vigésimo

cuarto de los Lineamientos.

Los expedientes no deberán estar inactivos por más de 30 días hábiles, conforme al

Lineamiento Vigésimo de los Lineamientos.

El presente procedimiento aplica para los asuntos aperturados en el Área de Quejas, previa a

la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

La calificación de las posibles faltas se efectuará conforme a la Ley vigente al momento en

que ocurrieron los hechos.

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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Se recibe escrito a través de los diferentes medios de captación (Escrito, oficio, Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas (SIDEC), Correo electrónico, medios de comunicación, reporte

telefónico, comparecencia).

1 TOIC Recibe escrito y turna al TAQ para su desahogo.

Escrito.

Oficio.

SIDEC.

Correo electrónico.

Buzones.

Medios de comunicación.

Reporte telefónico.

Comparecencia.

2 TAQ Recibe escrito, analiza competencia y determina.

3 TAQ

No es competente Instruye al Jefe de Departamento de Quejas el registro del asunto en el SIDEC y elaborar proyecto de acuerdo de incompetencia.

4 Jefe de

Departamento de Quejas

Elabora proyecto de acuerdo de incompetencia, oficio de notificación al ciudadano y oficio de remisión a la autoridad competente (en caso de que los hechos narrados involucren a Titulares del propio órgano de vigilancia, se deberá turnar al OIC en la SFP). Registra en el SIDEC y turna proyecto al TAQ.

Registro en el SIDEC.

Proyecto de Acuerdo.

Oficio de notificación.

Oficio de remisión.

Una vez autorizado por el TAQ.

5 Jefe de

Departamento de Quejas

Realiza diligencias de notificación, registra en el SIDEC e integra expediente.

Registro en el SIDEC.

Expediente.

Acuse de notificación.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

6 TAQ Si es competente Clasifica si es denuncia o petición ciudadana.

7 TAQ

Petición ciudadana Turna al Jefe de Departamento de Quejas para su atención y registro en el SIDEC.

8 Jefe de

Departamento de Quejas

Recibe petición ciudadana, registra en el SIDEC, elabora oficio(s) solicitando a la Unidad Administrativa su atención e informe las gestiones realizadas. Integra expediente. Turna al TAQ para su autorización.

Registro en el SIDEC.

Petición ciudadana.

Oficio(s) de solicitud.

Expediente.

Una vez autorizado por el TAQ.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

9 Jefe de

Departamento de Quejas

Gestiona para su atención. Acuse de

requerimiento de atención.

Una vez recibida la información por parte de la Unidad Administrativa.

10 Jefe de

Departamento de Quejas

Registra en sistema, integra expediente y en su caso, informa al ciudadano respecto de la atención brindada.

Registro en el SIDEC.

Expediente.

Acuse de notificación al ciudadano.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

QUEJA O DENUNCIA

11 TAQ

Determina líneas de investigación, pudiendo ser solicitud de información y documentación, comparecencias y visitas entre otros. Turna al Jefe de Departamento de Quejas para su atención y registro en el SIDEC.

12 Jefe de

Departamento de Quejas

Recibe queja o denuncia, registra en el SIDEC, elabora Acuerdo de radicación y verifica que cumpla con los requisitos establecidos en los Lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias. Integra expediente.

Queja o denuncia.

Registro en el SIDEC.

Acuerdo de radicación.

Expediente.

13 Jefe de

Departamento de Quejas

No cumple Elabora oficio al quejoso o denunciante solicitando mayores elementos y gestiona previa autorización del TAQ. Registra en SIDEC.

Oficio(s).

Registro en el SIDEC.

14 TAQ

Recibe elementos solicitados de parte del quejoso o denunciante. Turna al Jefe de Departamento de Quejas para su atención.

Información y/o documentación.

En caso de no recibir mayores elementos o que continúen siendo insuficientes, el Jefe de Departamento de Quejas genera acuerdo de archivo por falta de elementos, previa autorización del

TAQ, integra expediente y se registra en el SIDEC.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

15 Jefe de

Departamento de Quejas

Sí cumple Realiza diligencias necesarias para agotar las líneas de investigación determinadas, registra cada actuación en el SIDEC e integra en el expediente los diversos Acuerdos de trámite, previa autorización del TAQ.

Información y/o documentación.

Registro en el SIDEC.

Expediente.

16 Jefe de

Departamento de Quejas

Determina si existen elementos suficientes para sustentar la presunta responsabilidad.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

17 Jefe de

Departamento de Quejas

No existen Elabora Acuerdo de archivo por falta de elementos, oficio de notificación y turna al TAQ para su autorización.

Acuerdo de archivo.

Oficio de notificación.

Una vez autorizado por el TAQ.

18 Jefe de

Departamento de Quejas

Registra en el SIDEC y realiza la notificación correspondiente al quejoso o denunciante.

Registro en el SIDEC.

Acuse de notificación.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

19 Jefe de

Departamento de Quejas

Sí existen Elabora proyecto de remisión al Área de Responsabilidades y comunicado al quejoso o denunciante y remite al TAQ para su autorización.

Proyecto de remisión.

Oficio de notificación.

Una vez autorizado por el TAQ.

20 Jefe de

Departamento de Quejas

Registra en el SIDEC y realiza la notificación correspondiente al quejoso o denunciante. Turna mediante oficio, expediente al Área de Responsabilidades, recaba el acuse de remisión e integra cuadernillo de turno.

Registro en el SIDEC.

Acuse de notificación.

Acuse de turno.

Cuadernillo de turno.

Expediente.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de

entrada Actividades

Documentos

resultantes

TO

IC

Titula

r de

l Á

rea d

e Q

ueja

s

INICIO

1. Recibe escrito y turna al

TAQ.

Queja o Denun-

cia

2. Recibe escrito, analiza competencia y determina.

¿Es com-

petente? 6. Clasifica

No

Si

A

3. Instruye el registro y

elaboración de

acuerdo de incompe-

tencia.

Petición,

Queja y De-

nuncia.

11. Determina líneas de In-

vestigación y turna para su

atención y registro.

7. Turna

para su

atención y

registro.

A A

Petición

Queja o

Denuncia

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Documentos de

entrada Actividades

Documentos

resultantes

Jefe

de

Dep

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de Q

ueja

s

A

4. Elabora proyecto de

acuerdo de incompetencia,

oficio de notificación al ciu-

dadano, oficio de remisión

a la autoridad competente y

turna proyecto al TAQ. 8. Recibe Petición, regis-

tra y elabora solicitud de

atención al Área Admi-

nistrativa y turna al TAQ

para su autorización.

A A

5. Una vez autorizado el

proyecto, registra en el SI-

DEC, realiza notificación e

integra expediente.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

B

9. Una vez autorizado,

gestiona para su aten-

ción.

10. Recibida la informa-

ción, registra, integra

expediente y en su

caso notifica.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

12. Recibe, registra, elabora

Acuerdo de Radicación e Integra

Expediente.

Proyecto de Acuerdo,

Oficio de Notificación y

Oficio de Remisión.

Oficios de Solicitud y

Expediente.

Expediente y Acuse de

Notificación.

Acuse de Requeri-

miento.

Expediente y Acuse de

Notificación.

Acuerdo de Radicación

y Expediente.

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Documentos de

entrada Actividades

Documentos

resultantes

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de Q

ueja

s

Titula

r de

l Á

rea d

e Q

ueja

s

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de Q

ueja

s

13. Elabora oficio para soli-

citar mayores elementos,

gestiona y registra.

B

C

Oficios.

Acuerdo de Archivo y

Expediente.

¿Cumple

Requisitos?

Si

No

14. Recibe elementos soli-

citados; si los elementos

son insuficientes, instruye

al Jefe de Departamento

para generar acuerdo de

archivo, integre expediente

y registre.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

15. Realiza diligencias, registra

en el SIDEC e integra expediente.

16. Determina la existencia de

elementos para sustentar la pre-

sunta responsabilidad.

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Documentos de

entrada Actividades

Documentos

resultantes

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de Q

ueja

s

C

17. Elabora Acuerdo de Ar-

chivo, Oficio de notificación y

turna para autorización del

TAQ.

¿Existen ele-

mentos sufi-

cientes?

19. Elabora proyecto de remi-

sión al Área de Responsabilida-

des, notificación y turna para

autorización del TAQ.

18. Una vez autorizado, re-

gistra en el SIDEC y notifica.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

20. Una vez autorizado, regis-

tra en el SIDEC, notifica y turna

expediente.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

Si

No

Acuerdo de Archivo y

Oficio de notificación.

Acuse de notificación.

Proyecto de remisión y

Oficio de notificación.

Acuse de notificación,

Acuse de turno, Cua-

dernillo de turno y Ex-

pediente.

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2. Procedimiento para la atención de quejas, denuncias y peticiones ciudadanas

(incluye asuntos de situación patrimonial) en apego a la Ley General de

Responsabilidades Administrativas.

OBJETIVO

Atender las Quejas, Denuncias y Peticiones Ciudadanas recibidas y determinar su procedencia con

base en los lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias,

publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2016.

POLÍTICAS

Las diligencias realizadas durante la investigación deberán registrarse en su totalidad, en el

Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas, en los plazos establecidos para ello y

conforme a los Lineamientos.

Las notificaciones deberán realizarse conforme a lo previsto en los Lineamientos y, de manera

supletoria a la Ley, en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y en el

Código Federal de Procedimientos Civiles.

Las conductas denunciadas, que puedan ser constitutivas de responsabilidad administrativa,

deberán ser investigadas en su totalidad.

Se deben agotar la totalidad de las líneas de investigación establecidas para el esclarecimiento

de los hechos.

Los expedientes deberán integrarse conforme a lo establecido en el Lineamiento vigésimo

cuarto de los Lineamientos.

Los expedientes no deberán estar inactivos por más de 30 días hábiles conforme a lo

establecido en el Lineamiento vigésimo de los Lineamientos.

El presente procedimiento aplica para los asuntos aperturados en el Área de Quejas, posterior

a la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en la parte

procedimental.

La calificación de las posibles faltas se efectuará conforme a la Ley vigente al momento en

que ocurrieron los hechos.

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DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Se recibe escrito a través de los diferentes medios de captación (Escrito, oficio, SIDEC, Correo electrónico, medios de comunicación, reporte telefónico, comparecencia).

1 TOIC Recibe escrito y turna al TAQ para su desahogo.

Escrito.

Oficio.

SIDEC.

Correo electrónico.

Buzones.

Medios de comunicación.

Reporte telefónico

Comparecencia

2 TAQ Recibe escrito, analiza competencia y determina.

3 TAQ

No es competente Instruye al Jefe de Departamento de Quejas el registro del asunto en el SIDEC y elaborar proyecto de acuerdo de incompetencia.

4 Jefe de

Departamento de Quejas

Elabora proyecto de acuerdo de incompetencia, oficio de notificación al ciudadano y oficio de remisión a la autoridad competente (en caso de que los hechos narrados involucren a Titulares del propio órgano de vigilancia, se deberá turnar al OIC en la SFP). Registra en el SIDEC y turna proyecto al TAQ.

Registro en el SIDEC.

Proyecto de Acuerdo.

Oficio de notificación.

Oficio de remisión.

Una vez autorizado por el TAQ.

5 Jefe de

Departamento de Quejas

Realiza diligencias de notificación, registra en el SIDEC e integra expediente.

Registro en el SIDEC.

Expediente.

Acuse de notificación.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

6 TAQ Si es competente Clasifica si es denuncia o petición ciudadana.

Denuncia o petición ciudadana.

PETICIÓN CIUDADANA

7 TAQ Turna al Jefe de Departamento de Quejas para su atención y registro en el SIDEC.

8 Jefe de

Departamento de Quejas

Recibe petición ciudadana, registra en el SIDEC, elabora oficio(s) solicitando a la Unidad Administrativa su atención e informe las gestiones realizadas. Integra expediente. Turna al TAQ para su autorización.

Registro en el SIDEC.

Petición ciudadana.

Oficio(s) de solicitud.

Expediente.

Una vez autorizado por el TAQ.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

9 Jefe de

Departamento de Quejas

Gestiona para su atención. Acuse de

requerimiento de atención.

Una vez recibida la información por parte de la Unidad Administrativa.

10 Jefe de

Departamento de Quejas

Registra en sistema, integra expediente y en su caso, informa al ciudadano respecto de la atención brindada.

Registro en el SIDEC.

Expediente.

Acuse de notificación al ciudadano.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

QUEJA O DENUNCIA

11 TAQ

Determina líneas de investigación, pudiendo ser solicitud de información y documentación, comparecencias y visitas entre otros. Turna al Jefe de Departamento de Quejas para su atención y registro en el SIDEC.

12 Jefe de

Departamento de Quejas

Recibe queja o denuncia, registra en el SIDEC, elabora Acuerdo de radicación y verifica que cumpla con los requisitos establecidos en los Lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias. Integra expediente.

Queja o denuncia.

Registro en el SIDEC.

Acuerdo de radicación.

Expediente.

13 Jefe de

Departamento de Quejas

No cumple Se elabora Acuerdo de Archivo de Falta de Elementos conforme al último párrafo del Lineamiento décimo de los lineamientos y se notifica al quejoso o denunciante conforme al Lineamiento trigésimo quinto de los Lineamientos Registra en SIDEC.

Acuerdo de Archivo

Oficio notificación

Registro en el SIDEC.

En caso de no recibir mayores elementos o que continúen siendo insuficientes, el Jefe de Departamento de Quejas genera acuerdo de archivo por falta de elementos, previa autorización del

TAQ, integra expediente y se registra en el SIDEC.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

14 Jefe de

Departamento de Quejas

Sí cumple Realiza diligencias necesarias para agotar las líneas de investigación determinadas, registra cada actuación en el SIDEC e integra en el expediente los diversos Acuerdos de trámite, previa autorización del TAQ.

Información y/o documentación.

Registro en el SIDEC.

Expediente.

15 Jefe de

Departamento de Quejas

Determina si existen elementos suficientes para sustentar el Informe de presunta responsabilidad.

16 Jefe de

Departamento de Quejas

No existen

Acuerdo de archivo.

Oficio de notificación.

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No. Responsable Descripción de actividades Documento o anexo

Elabora Acuerdo de archivo por falta de elementos, oficio de notificación y turna al TAQ para su autorización.

Una vez autorizado por el TAQ.

17 Jefe de

Departamento de Quejas

Registra en el SIDEC y realiza la notificación correspondiente al quejoso o denunciante.

Registro en el SIDEC.

Acuse de notificación.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

18 Jefe de

Departamento de Quejas

Sí existen Determina la gravedad y elabora Acuerdo de Calificación de Falta Administrativa y notifica al denunciante para que se inconforme sobre dicha calificación en 5 días

Acuerdo de calificación

Oficio de Notificación

19 Jefe de

Departamento de Quejas

Se inconforma Recibe escrito de inconformidad y corre traslado a la Sala Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas

Corre traslado a la Sala del TFJA

FIN DEL PROCEDIMIENTO

20 Jefe de

Departamento de Quejas

No se inconforma Elabora proyecto de Informe de Presunta Responsabilidad, oficio de remisión al Área de Responsabilidades y comunicado al quejoso o denunciante y remite al TAQ para su autorización.

Proyecto de IPRA

Proyecto de remisión.

Oficio de notificación.

Una vez autorizado por el TAQ.

21 Jefe de

Departamento de Quejas

Registra en el SIDEC y realiza la notificación correspondiente al quejoso o denunciante. Turna mediante oficio, expediente al Área de Responsabilidades, recaba el acuse de remisión e integra cuadernillo de turno.

Registro en el SIDEC.

Acuse de notificación.

Acuse de turno.

Cuadernillo de turno.

Expediente.

En el caso de que se reciba una impugnación respecto de la clasificación de la gravedad, se envía el escrito de impugnación y expediente en original (quedando una copia certificada en el Área)

mediante escrito a la Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas.

FIN DEL PROCEDIMIENTO

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DIAGRAMA DE FLUJO

Documentos de

entrada Actividades

Documentos

resultantes

TO

IC

Titula

r de

l Á

rea d

e Q

ueja

s

INICIO

1. Recibe escrito y turna al

TAQ.

Queja o Denuncia

2. Recibe escrito, analiza competencia y determina.

¿Es com-

petente? 6. Clasifica

No

Si

A

3. Instruye el registro y

elaboración de

acuerdo de incompe-

tencia.

11. Determina líneas de In-

vestigación y turna para su

atención y registro.

7. Turna

para su

atención y

registro

en el SI-

DEC.

A A

Petición Queja o Denuncia

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Documentos de

entrada Actividades

Documentos

resultantes

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de Q

ueja

s

A

4. Elabora proyecto de

acuerdo de incompetencia,

oficio de notificación al ciu-

dadano, oficio de remisión

a la autoridad competente y

turna proyecto al TAQ. 8. Recibe Petición, regis-

tra y elabora solicitud de

atención al Área Admi-

nistrativa y turna al TAQ

para su autorización.

A A

5. Una vez autorizado el

proyecto, registra en el SI-

DEC, realiza notificación e

integra expediente.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

B

9. Una vez autorizado,

gestiona para su aten-

ción.

10. Recibida la informa-

ción, registra, integra

expediente y en su

caso notifica.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

12. Recibe, registra, elabora

Acuerdo de Radicación e Integra

Expediente.

Proyecto de Acuerdo,

Oficio de Notificación y

Oficio de Remisión.

Oficios de Solicitud y

Expediente.

Expediente y Acuse de

Notificación.

Acuse de Requeri-

miento.

Expediente y Acuse de

Notificación.

Acuerdo de Radicación

y Expediente.

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Documentos de

entrada Actividades

Documentos

resultantes

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de Q

ueja

s

13. Elabora Acuerdo de Ar-

chivo y notifica.

B

C

¿Cumple

Requisitos?

Si

No

14. Realiza diligencias, registra en

el SIDEC e integra expediente.

15. Determina la existencia de ele-

mentos para sustentar el informe

de presunta responsabilidad.

Acuerdo de Archivo y

Oficio de Notificación.

FIN DEL

ROCEDIMIENTO

¿Existen ele-

mentos sufi-

cientes?

16. Elabora Acuerdo de Ar-

chivo, Oficio de Notificación y

turna al TAQ para autorización.

17. Una vez autorizado, regis-

tra en el SIDEC y notifica.

FIN DEL PROCEDI-

MIENTO

Acuerdo de Archivo y

Oficio de Notificación.

Acuerdo de Archivo y

Oficio de Notificación.

Si

No

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Documentos de

entrada Actividades

Documentos

resultantes

Jefe

de

Dep

art

am

ento

de Q

ueja

s

C

18. Elabora Acuerdo de Califica-

ción y Notifica.

¿Se incon-

forma?

20. Elabora proyecto de IPRA,

Oficio de remisión y notifica-

ción.

19. Recibe escrito y corre

traslado a la Sala Especiali-

zada.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

21. Una vez autorizado, registra

y notifica. Turna a Responsabili-

dades e integra cuadernillo.

FIN DEL

PROCEDIMIENTO

Si

No

Acuerdo de Calificación

y Oficio de notificación.

Oficio para correr tras-

lado.

Proyecto de IPRA, Ofi-

cio de remisión y Oficio

de notificación.

Acuse de notificación,

Acuse de turno, Cua-

dernillo de turno y Ex-

pediente.

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VIII. Formatos

FORMATOS DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES Y DEL ÁREA DE QUEJAS

Los formatos aplicables a los procedimientos del Área de Responsabilidades y del Área de Quejas,

son los que contiene la Guía y formatos para homologar la integración de expedientes del proceso de

investigación, substanciación y resolución de responsabilidades administrativas, dados a conocer en

la Tercera Reunión Plenaria de Órganos de Vigilancia y Control del 8 de noviembre de 2017, así como,

en el archivo OMEXT actualizado en la misma fecha, los cuales se encuentran en el módulo de

COMUNICACIÓN, en la sección de Herramientas de Apoyo y Plenarias, en el apartado Plenarias, de

la Plataforma de Coordinación Integral de los Órganos de Vigilancia y Control (PCI-OVC).

RELACIÓN DE FORMATOS DEL ÁREA DE AUDITORÍA INTERNA Y AUDITORÍA PARA

DESARROLLO Y MEJORA DE LA GESTIÓN PÚBLICA

Consecutivo Nombre

1

PROCEDIMIENTO: EJECUCIÓN DE AUDITORÍA Y SEGUIMIENTO

Los formatos e instructivos para la elaboración de los siguientes documentos se en-

cuentran en la Guía General de Auditoría Pública de la SFP.

1) Carta planeación 2) Cronograma de actividades a desarrollar 3) Orden de auditoría 4) Acta de Inicio 5) Marco conceptual 6) Cédulas de trabajo 7) Marcas de auditoría 8) Cédula de Observaciones 9) Oficio de envío de informe de auditoría 10) Informe de Auditoría 11) Cédulas de seguimiento 12) Oficio de envío de resultados de seguimiento 13) Cédula de supervisión de auditoria 14) Cédula de supervisión de seguimiento 15) Cédula Única de Auditoria

2 Sustitución de personal auditor encargado de la práctica de la auditoría o

Seguimiento.

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3 Ampliación del grupo de personal auditor encargado de la práctica de auditoría o

Seguimiento.

4 Desincorporación del personal auditor encargado de la práctica de la auditoría o

seguimiento.

5 Modificación del objeto, alcance o periodo a revisar.

6 Acta administrativa por negativa a firmar observaciones.

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INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LOS FORMATOS 2, 3, 4 Y 5 DE LA RELACIÓN DE

FORMATOS DEL ÁREA DE AUDITORÍA INTERNA Y AUDITORÍA PARA DESARROLLO Y

MEJORA DE LA GESTIÓN PÚBLICA.

Identificador Descripción

1 Nombre de la Unidad auditora o Contraloría Interna de la SFP.

2 Numero de oficio que corresponda.

3 Fecha de elaboración del oficio.

4 Nombre del Titular de la Unidad auditada.

5 Número y fecha de la orden de Auditoria, Visita de Inspección o Seguimiento

6

Para el caso de la sustitución, ampliación o reducción de auditor(es) utilizar el fundamento de las atribuciones de quien emite el oficio, así como señalar la concordancia con el artículo 311, fracción I, inciso c),del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el Numeral 16 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010 y última reforma publicada el 16 de junio de 2011. En el caso de que se requiera modificar el objeto o el periodo a revisar, utilizar el fundamento del Numeral 18 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010 y última reforma publicada el 16 de junio de 2011.

7 Nombre del personal que sustituye a los originalmente comisionados.

8 Puesto del personal que sustituye a los originalmente comisionados.

9 Referir el carácter del personal que sustituye a los originalmente comisionados (jefe de grupo, auditor responsable de coordinar o supervisar la auditoria o auditor).

10 Nombre del Titular de la Unidad auditora o de la Contraloría Interna, que emitió la orden de Auditoria, Visita de Inspección o Seguimiento, o por quien lo supla en su ausencia.

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OFICIO DE SUSTITUCIÓN DE PERSONAL AUDITOR ENCARGADO DE LA PRÁCTICA DE LA

AUDITORÍA O SEGUIMIENTO.

ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN NOTIMEX, AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO (1)

(2) No. de Oficio

(3) XX de XXXXX de 20XX

ASUNTO: (Sustitución del personal auditor encargado de practicar la Auditoria, Visita de Inspección o

Seguimiento (5) (4) PRESENTE. Al amparo de la (5) y con fundamento en lo dispuesto por (6), hago de su conocimiento la sustitución del personal auditor responsable de la ejecución de la auditoria de referencia. Para tal efecto, se le informa que el/los CC (Nombre de los auditores) designado(s) como (Jefe de Grupo, auditor responsable de coordinar y auditor responsable de supervisar la ejecución de la auditoria, auditor(es) que practica(n) la auditoria), al amparo de la orden de Auditoria, Visita de Inspección o Seguimiento en comento, será(n) sustituidos por las personas que a continuación se señalan:

Nombre del Auditor: Puesto: En carácter de:

(7) (8) (9)

Personal a quien se servirá proporcionar los libros principales y auxiliares, registros, reportes, correspondencia y demás efectos relativos a sus operaciones financieras, presupuestales y de consecución de metas que estimen necesarios, así como suministrarles todos los datos e informes que soliciten para la ejecución de la auditoria o visita de inspección, que se practica a esa Unidad a su digno cargo. Asimismo, solicito girar instrucciones a quien corresponda, a efecto de que el personal sustituto tenga acceso a las instalaciones de esa entidad y se le brinden todas las facilidades necesarias para la realización de su cometido. Sin otro particular, me es grato enviarle un cordial saludo.

(10)

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Clave MP-OIC Versión 1.0 Vigencia 15/08/2018 Página: 105 de 113

OFICIO DE AMPLIACIÓN DEL GRUPO DE PERSONAL AUDITOR ENCARGADO DE LA

PRÁCTICA DE AUDITORÍA O SEGUIMIENTO.

ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN NOTIMEX, AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO (1)

(2) No. de Oficio

(3) XX de XXXXX de 20XX

ASUNTO: (Ampliación del personal auditor encargado de practicar la Auditoria, Visita de Inspección o

Seguimiento (5) (4) PRESENTE. Al amparo de la (5) y con fundamento en lo dispuesto por (6), hago de su conocimiento la ampliación del personal auditor responsable de la ejecución de la auditoria de referencia. Para tal efecto, se le informa que la(s) persona(s) que practicará(n) la Auditoría, Visita de Inspección o Seguimiento es (son): el/los C (CC) (Nombre de los auditores), quien(es) ha(n) sido designado(s) con carácter de: (Jefe de Grupo, auditor responsable de coordinar la ejecución de la auditoría, auditor(es) que practica(n) la auditoría); personal a quien se servirá proporcionar los libros principales y auxiliares, registros, reportes, correspondencia y demás efectos relativos a sus operaciones financieras, presupuestales y de consecución de metas que estimen necesarios, así como suministrarles todos los datos e informes que soliciten para la ejecución de la auditoría o visita de inspección, que se practica a esa Unidad a su digno cargo. Asimismo, solicito girar instrucciones a quien corresponda, a efecto de que el personal sustituto tenga acceso a las instalaciones de esa entidad y se le brinden todas las facilidades necesarias para la realización de su cometido. Sin otro particular, me es grato enviarle un cordial saludo.

(10)

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Manual de Procedimientos del Órgano Interno de Control en Notimex,

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Clave MP-OIC Versión 1.0 Vigencia 15/08/2018 Página: 106 de 113

DESINCORPORACIÓN DEL PERSONAL AUDITOR ENCARGADO DE LA PRÁCTICA DE LA

AUDITORÍA O SEGUIMIENTO.

ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN NOTIMEX, AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO (1)

(2) No. de Oficio

(3) XX de XXXXX de 20XX

ASUNTO: (Desincorporación del personal auditor encargado de practicar la Auditoria, Visita de Inspección o

Seguimiento (5) (4) PRESENTE. Al amparo de la (5) y con fundamento en lo dispuesto por (6), hago de su conocimiento la reducción del personal auditor responsable de la ejecución de la auditoria de referencia. Para tal efecto, se le informa que el/los CC (Nombre de los auditores) designado(s) como (Jefe de Grupo, auditor responsable de coordinar la ejecución de la auditoría, auditor(es) que practica(n) la auditoría), en la orden de Auditoría, Visita de Inspección o Seguimiento en comento, será(n) desincorporados de la auditoría de referencia. Lo anterior, para los efectos legales correspondientes. Sin otro particular, me es grato enviarle un cordial saludo.

(10)

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MODIFICACIÓN DEL OBJETO, ALCANCE O PERIODO A REVISAR.

ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN NOTIMEX, AGENCIA DE NOTICIAS DEL ESTADO MEXICANO (1)

(2) No. de Oficio

(3) XX de XXXXX de 20XX

ASUNTO: (Modificación del objeto o periodo a revisar de la (5)

(4) PRESENTE. Al amparo de la (5) y con fundamento en lo dispuesto por (6), hago de su conocimiento la modificación del (objeto o período) a revisar de la Auditoría, Visita de Inspección o Seguimiento, que se practica a esa Unidad a su digno cargo, toda vez que (se sugiere señalar brevemente los motivos por los cuales se modificó el objeto o el período de revisión, según sea el caso, de la Auditoría, Visita de Inspección o Seguimiento de referencia) Dicha modificación, será efectiva a partir de la recepción del presente oficio para quedar como sigue: OBJETO: (Escribir la modificación del objeto de la auditoría o visita de inspección correspondiente). PERÍODO: (Escribir la modificación del período a revisar de la auditoría o visita de inspección correspondiente). Asimismo, solicito girar las instrucciones que considere pertinentes, para los efectos legales correspondientes. Sin otro particular, me es grato enviarle un cordial saludo.

(10)

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INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO DEL ACTA ADMINISTRATIVA POR NEGATIVA A

FIRMAR OBSERVACIONES.

Identificador Descripción

1 Contiene los datos a detalle de las circunstancias, documentos y personas que in-tervienen en el acto.

2 Inicia ubicando el lugar y fecha del acto.

3 Menciona quienes intervienen en el acto y el objetivo de la misma, el cual referirá la negativa del auditado para firmas las observaciones determinadas en la auditoria.

4

Describe, en su apartado de hechos, los antecedentes de la auditoria y fecha de notificación y formulación del acta de inicio de la auditoria, así como los nombres o títulos de las observaciones determinadas, describiéndolas y señalando el funda-mento legal infringido que la sustenta y finalmente incluye su cierre.

5 El acta se transcribe a renglón continuo y, en caso de que el texto quede a la mitad del renglón, el resto de este se testa con guiones hasta el margen derecho de la hoja.

6

El Folio a cada foja del acta. Se recomienda dar un Folio consecutivo de 8 dígitos integrado de igual manera que el acta de inicio de auditoria, dando continuidad al último número del acta de auditoria o al último utilizado en caso de haber elaborado previamente otras actas administrativas correspondientes a la misma auditoria.

7

Al finalizar una hoja en el último renglón se hará referencia a la foja que continua, con la leyenda Pasa al folio..., incluyendo el Folio de la foja siguiente al centro y, tanto a la izquierda como a la derecha, se utilizarán guiones. Ejemplo:

----------------pasa al Folio 20015002-------------------------- De la misma manera, el primer renglón del Folio siguiente, contendrá la leyenda “Viene del folio” ... centrado y, tanto a la izquierda como a la derecha, se utilizarán guiones. Ejemplo:

----------------viene del Folio 20015001--------------------------

8

El acta administrativa de negativa a firmar observaciones se levanta en tres ejem-plares, con firmas autógrafas al final y se rubricaran cada una de las fojas que la constituyen, con la siguiente distribución: Podrá dejarse un ejemplar al servidor público con quien se entendió la diligencia. Segundo y tercer ejemplar: Se integrarán al expediente de auditoria.

9 El formato anexo indica el modelo que se utilizará como acta y los datos que con-tendrá. Con objeto de hacer ilustrativa el Acta de Inicio de Auditoria, se incluyen los aspectos por describir.

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ACTA ADMINISTRATIVA POR NEGATIVA A FIRMAR OBSERVACIONES

------------------------------------------------------------Folio20015004------------------------------------------------------------ En la Ciudad de México, (o la localidad donde se levanta el acta), siendo las (anotar la hora del inicio del acto) horas, del día (anotar el día, mes y año correspondiente), los CC. (mencionar el nombre completo de los auditores comisionados) auditores públicos adscritos al Órgano Interno de Control en Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, hacen constar que se constituyeron legalmente en las oficinas que ocupa (anotar el nombre de la Unidad auditada), ubicadas en (anotar el domicilio completo del lugar donde se levanta el acta)--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- En la hora y fecha mencionadas los auditores actuantes se presentaron en las oficinas citadas y ante la presencia del C. (nombre del titular del área visitada incluyendo su cargo), procedieron a identificarse en el orden mencionado con las credenciales números: (anotar los números de credenciales institucionales de cada auditor), expedidas por (mencionar el área que expide las credenciales), a efecto de hacer constar los siguientes:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Hechos---------------------------------------------------------------- El día __ de _______ de_____, se emitió la orden de auditoria No. ______ firmada por el C. ________ (Nombre y cargo) _____, dirigida al C. _____ (Nombre, cargo y nombre de la Dependencia, Entidad o Unidad Administrativa a quien se dirigió la orden de auditoria) ____, con el objeto de revisar ____ (objeto de conformidad con la orden de auditoria) ______. El día _____ de_____ de_______, se entregó la orden de auditoria como consta en copia de la misma, en la que se aprecia la firma de acuse de recibo de puno y letra del auditado y el sello de la __ (Dependencia, Entidad o Unidad Administrativa), formalizándose el acta de inicio de auditoría el ___ de _____de _____, hecho con él se dio por formalmente notificada la auditoria y el inicio de los trabajos. ––––------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Como resultado de los trabajos se determinaron _ (número de observaciones) __observaciones, las cuales de conformidad con el numeral 20 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección, establece “La presentación de las observaciones se llevara a cabo en reunión ante el Titular de la Unidad auditada, mismas que se formali-zaran con la firma de las cedulas de observaciones”. Situación que, al no ser posible por la negativa del titular de la Unidad auditada a firmar las observaciones, se procede a levantar la presente acta administra-tiva, la cual se prevé igualmente en el mismo numeral del mismo ordenamiento, el cual señala “Cuando el servidor público se negará a firmar las referidas cedulas, los auditores deberán elaborar un acta, en la que se hará constar que se le dio a conocer el contenido de las observaciones y se asentara su negativa a firmarlas, esta última circunstancia no invalidara el acto ni impedirá que surta sus efectos.”-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ---------------- ----------------------------------------------------------Pasa al Folio20015005----------------------------------------------------

----------------------------------------------------------Viene del Folio20015004------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------------Folio20015005---------------------------------------------------------- Por lo anterior, se procede a dar a conocer las observaciones determinadas consistentes en: ---------------- 1.- Nombre de la observación y contenido …..-------------------------------------------------------------------------------la cual se agrega a la presente con el anexo numero 1-------------------------------------------------------------------- 2.- Nombre de la observación y contenido …--------------------------------------------------------------------------------- la cual se agrega a la presente con el anexo numero 2-------------------------------------------------------------------- 3.- Nombre de la observación y contenido ….-------------------------------------------------------------------------------- la cual se agrega a la presente con el anexo numero 3--------------------------------------------------------------------

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……. ……. ……. Para los efectos del desahogo de los trabajos a que la misma se contrae, se solicita al servidor público que la recibe se identifique, exhibiendo este (anotar el tipo y numero de la identificación que presenta) expedida a su favor por (mencionar la instancia que la expide), documento que se tiene a la vista y en el que se aprecia en su margen (citar el lugar donde se encuentra la fotografía del servidor público que la presenta) una fotografía cuyos rasgos fisonómicos corresponden a su portador, a quien en este acto se le devuelve por así haberlo solicitado.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Acto seguido se solicita al C. (anotar el nombre del servidor público con quien se entiende el acto) designe dos testigos de asistencia (En caso de negativa serán nombrados por los auditores actuantes), quedando designados los CC. (mencionar los nombres completos de las personas designadas como testigos, domi-cilios oficiales o particulares, documento con que se identifican, Registro Federal de Contribuyentes), quie-nes aceptan la designación.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ---------------- El C. (nombre de la persona con quien se entiende la diligencia), previo apercibimiento para conducirse con verdad y advertido de las penas en que incurren los que declaran con falsedad ante autoridad distinta a la judicial, según lo disponen la fracción I del artículo 247 del Código Penal Federal y 63 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, manifiesta llamarse como ha quedado asentado, tener la edad de (anotar la edad del visitado) anos, estado civil (anotar el estado civil del visitado), originario de (anotar la localidad y estado de nacimiento del visitado), con domicilio en (anotar el domicilio particular u oficial, del visitado) y Registro Federal de Contribuyentes número (anotar el Registro Federal de Contribuyentes del visitado).-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------No habiendo más hechos que hacer constar se da por concluida la práctica de esta diligencia, siendo las (anotar la hora de conclusión del acto) de la misma fecha en que fue iniciada. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Asimismo, previa lectura de lo asentado la firman al margen y al calce de todos y cada uno de los folios los que en ella intervinieron, haciéndose constar que este documento fue elaborado en tres ejemplares. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------ --------------------------------------- ---------------------------------------------------------Pasa al Folio20015006-----------------------------------------------------

-------------------------------------------------Viene del Folio20015005-------------------------------------------------- ---------------------------------------------------------Folio20015006------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -------

Por (mencionar el nombre del área que intervino en el acta, seguido del ente)

C. (nombre y firma de la persona que atendió la diligencia)

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Por el Órgano Interno de Control de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano (nombre y firma de los auditores participantes)

Testigos de Asistencia

(nombre y firma del testigo) (nombre y firma del testigo)

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IX. Disposiciones Transitorias

La emisión del presente Manual de Procedimientos fue autorizado por el Director General de Notimex,

Agencia de Noticias del Estado Mexicano, conforme a lo señalado en el Artículo 12, fracción X del

Estatuto Orgánico de Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano, publicado en el D.O.F. el 23

de junio de 2016.

Ciudad de México, agosto 15 de 2018.