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  • H Ayuntamiento de Naucalpan de Jurez

    Direccin General de Servicios Pblicos

    Manual de Organizacin

    Elabor Revis: Autoriz:

    C. Gustavo Osorio Flores Jefe de Capacitacin

    C. Jos Lus Velasco Barragn Subdirector Administrativo

    C. Miguel ngel Velsquez

    Hernndez Dir. Gral. De Servicios Pblicos

    1

    Procedimiento:

    Clave

    Versin

    Pgina

    Direccin: DGSP 2 1 de 65 Subdireccin: Vigencia Fecha de Elab Departamento: Nueva revisin 04 03 11

    MANUAL DE

    ORGANIZACIN

    Direccin General de

    Servicios Pblicos

    Manual Administrativo de Organizacin General de Servicios Pblicos

  • H Ayuntamiento de Naucalpan de Jurez

    Direccin General de Servicios Pblicos

    Manual de Organizacin

    Elabor Revis: Autoriz:

    C. Gustavo Osorio Flores Jefe de Capacitacin

    C. Jos Lus Velasco Barragn Subdirector Administrativo

    C. Miguel ngel Velsquez

    Hernndez Dir. Gral. De Servicios Pblicos

    2

    CONTROL DE VERSIONES Nm. Descripcin del Cambio Fecha (Da/Mes/Ao)

    1

    Se emite Manual de Organizacin de la Direccin General de Servicios Pblicos

    04/Marzo/2011

    2

    3

    APROBACIONES Revis

    C. Jos Lus Velasco Barragn

    Autoriz

    C. Miguel ngel Velsquez Hernndez Director General de Servicios Pblicos

    Titular / Cargo Titular / Cargo Aprob

    Lic. Azucena Olivares Villagmez Presidente Municipal Constitucional

    Titular/Cargo

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    Manual de Organizacin

    Elabor Revis: Autoriz:

    C. Gustavo Osorio Flores Jefe de Capacitacin

    C. Jos Lus Velasco Barragn Subdirector Administrativo

    C. Miguel ngel Velsquez

    Hernndez Dir. Gral. De Servicios Pblicos

    3

    CONTROL DE DISTRIBUCIN Nm. Titular / Cargo Firma Fecha

    C. Miguel ngel Velsquez Hernndez 1

    Director General 04/Marzo/2011

    C. Marcos Islas Neri 2 Secretario Tcnico

    04/Marzo/2011

    C. Luz del Alba Mayo Camposeco 3

    Subdirector Administrativo 04/Marzo/2011

    C. Hctor Lpez Gmez 4 Subdirector de Servicios

    Centralizados 04/Marzo/2011

    C. Rosa Mara Ruz Garca 5 Subdirector de Unidades

    Administrativas 04/Marzo/2011

    C. Jos Carlos Herrera Mucio 6

    Subdirector de Concertacin Comercial

    04/Marzo/2011

    C. Jorge A. Gmora Garca 7

    Subdirector de Rastro 04/Marzo/2011

    C. Gustavo Osorio Flores 8

    Jefe de Capacitacin 04/Marzo/2011

    ndice Pgina

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    Direccin General de Servicios Pblicos

    Manual de Organizacin

    Elabor Revis: Autoriz:

    C. Gustavo Osorio Flores Jefe de Capacitacin

    C. Jos Lus Velasco Barragn Subdirector Administrativo

    C. Miguel ngel Velsquez

    Hernndez Dir. Gral. De Servicios Pblicos

    4

    Presentacin 6 Marco Normativo 6 Objetivo General 10 Organigrama 11 Estructura Orgnica 12

    De la Direccin General

    13 Atribuciones Genricas

    Del Director General 14

    Atribuciones y Funciones Genricas

    Atribuciones Genricas, Especficas y Funciones Especficas

    De la Secretara Tcnica 16 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Subdireccin Administrativa 18 Atribuciones Genricas y Especficas

    Coordinacin de Recursos Humanos 20 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Coordinacin Financiera 22 Atribuciones Genricas y Especficas

    Atribuciones de Autoseguro 25 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Departamento de Control Vehicular 27 Atribuciones Genricas y Especficas

    Departamento de Capacitacin 29 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Departamento de Almacn 30 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas Subdireccin de Concertacin Comercial 32 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Departamento de Mercados 34 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Coordinacin Jurdica de Mercados 36 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Coordinacin de Va Pblica 38

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    5

    Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Coordinacin Administrativa 40 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Subdireccin de Rastro 41 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Subdireccin de Unidades Administrativas 43 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Delegaciones Administrativas 45 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Delegaciones Subdelegaciones 46 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Coordinacin de Relleno Sanitario 47 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Departamento de Control y Gestin ? 49 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Subdireccin de Servicios Centralizados 50 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Departamento de Bacheo 52 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Departamento de Panteones 53 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Departamento de Conservacin y Proyectos 55 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Departamento de Parques y Jardines 56 Atribuciones Genricas, Funciones Genricas y Especficas

    Departamento de Alumbrado Pblico y Semforos 58

    Informacin Complementaria

    Terminologa 59

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    6

    PRESENTACIN

    El Manual Administrativo de la Direccin General de Servicios Pblicos en su seccin de Organizacin presenta informacin de gran utilidad para el personal que la integra, as como para otras dependencias y organismos pblicos descentralizados del H. Ayuntamiento, al igual que entidades de la Administracin Pblica y pblico en general.

    Los elementos que integran el presente Manual permiten tener una visin amplia, objetiva y detallada del rea la cual se estructura de la siguiente manera:

    El Propsito del rea se muestra en el Objetivo General. El Marco Regulatorio en el que opera, se encuentra detallado en la seccin

    denominada Marco Normativo. La Estructura Organizacional, se encuentra representada en el Organigrama. La Distribucin del Trabajo desde la Direccin General hasta Coordinadores se

    encuentra enmarcado en formatos de Atribuciones y Funciones.

    El contar con esta informacin, contribuye en gran medida a eficientar las labores propias operando con transparencia y eficacia ya que nos permite identificar con claridad el nivel de autoridad y responsabilidad de cada cargo, as como su correlacin y contribucin a la dependencia, de igual modo los productos y servicios que en ella se generan as como los usuarios de la misma.

    Tambin se muestra la relacin operativa-funcional entre las reas internas y externas de la Direccin as como del ayuntamiento concibiendo su funcin como parte de un todo.

    Cuenta tambin con una referencia de los nombres de los ordenamientos legales que enuncian el Marco Normativo que da sustento y regula la actuacin para su desempeo correcto.

    MARCO NORMATIVO

    Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos.

    Constitucin Poltica del Estado Libre y Soberano de Mxico.

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    7

    Ley Federal del Trabajo.

    Ley de la Contadura General de Glosa.

    Ley General para la Gestin Integral de los Residuos.

    Ley General de Equilibrio Ecolgico y Proteccin al Ambiente y su Reglamento.

    Ley General del Agua y su Reglamento.

    Ley General de Salud y su Reglamento.

    Ley de Asentamientos Humanos para el Estado de Mxico.

    Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica y su Reglamento para el Estado de Mxico.

    Ley Orgnica de la Administracin Pblica del Estado de Mxico.

    Ley Orgnica Municipal para el Estado de Mxico y sus Municipios.

    Ley de Adquisiciones de Bienes Muebles y Servicios del Estado de Mxico.

    Ley de Responsabilidades de los Servidores Pblicos del Estado y Municipios.

    Ley que Crea la Comisin de Derechos Humanos del Estado de Mxico.

    Ley que Regula el Reglamento de Propiedad en Condominio en el Estado de Mxico.

    Ley General para la Biodiversidad del Estado de Mxico.

    Ley de Ingresos del Estado de Mxico.

    Ley General de Proteccin al Ambiente para el Desarrollo Sustentable del Estado de Mxico.

    Cdigo Financiero del Estado de Mxico y sus Municipios.

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    8

    Cdigo de la Biodiversidad del Estado de Mxico.

    Cdigo de Procedimientos Administrativos del Estado de Mxico.

    Cdigo Penal del Estado de Mxico.

    Cdigo de Procedimientos Penales para el Estado de Mxico.

    Cdigo Administrativo del Estado de Mxico.

    Cdigo Civil del Estado de Mxico.

    Cdigo de Procedimientos Civiles para el Estado de Mxico.

    Cdigo de Conducta de los Servidores Pblicos del H. Ayuntamiento de Naucalpan de Jurez.

    Bando Municipal.

    Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Disposicin de rganos, Tejidos y Cadveres de Seres Humanos.

    Reglamento de Comunicaciones del Estado de Mxico.

    Reglamento Interno de la Junta Local de Caminos del Estado de Mxico.

    Reglamento de Parques Municipales y Estatales.

    Reglamento de Trnsito Metropolitano.

    Reglamento del Libro Dcimo Tercero del Cdigo Administrativo del Estado de Mxico.

    Reglamento sobre Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica del Municipio de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento de Conservacin Ecolgica y Proteccin al Ambiente para el Municipio de Naucalpan de Jurez, Mxico.

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    Reglamento Orgnico del H. Ayuntamiento Constitucional de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento de la Administracin Pblica Centralizada del Municipio de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento Interior de la Direccin General de Servicios Pblicos de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento de Limpieza para el Municipio de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento de Operacin y Disposicin de Desechos Slidos en el Municipio de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento de Mercados y Actividades de Abasto en el Municipio de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratacin de Servicios del Honorable Ayuntamiento de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Municipio de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento de Entrega Recepcin de las Unidades Administrativas del Municipio de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento de Panteones para el Municipio de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento de Bienes Municipales de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento de Uso y Control de Vehculos Oficiales del Municipio de Naucalpan de Jurez, Mxico.

    Reglamento del Registro Civil

    Reglamento General de Condominios de Naucalpan de Jurez, Mxico.

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    Reglamento de Participacin Ciudadana de Naucalpan de Jurez, Mxico. Reglamento de Trnsito Local.

    Libro Dcimo Tercero de las Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios del Cdigo Administrativo del Estado de Mxico.

    NOM 083 SEMARNAT 2003.

    NORMA NTEA-006-SMA-RS-2006.

    Norma Oficial Mexicana NOM-052-ECOL-1993.

    Norma Oficial Mexicana NOM-CRP 001-ECOL-1993.

    Normas y Polticas Internas para el Ejercicio del Presupuesto emitido por Tesorera Municipal.

    Manual de Operacin para Manejo de Fondo Fijo y Gastos a Comprobar emitido, por la Direccin General de Administracin.

    OBJETIVO GENERAL

    Establecer e implementar programas, con la participacin de la ciudadana, para cubrir las necesidades que se encuentren en deficiencia en las diferentes comunidades del municipio.

    Otorgar y vigilar la operacin relativa a las acciones de prestacin de los servicios de alumbrado pblico, panteones, parques, jardines, reas verdes, recoleccin de basura, bacheo y otros de su competencia.

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    ORGANIGRAM EN ESPERA DE SER APROBADO POR CABILDO

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    ESTRUCTURA ORGNICA 1.0 Direccin General de Servicios Pblicos 1.1 Secretara Tcnica 1.2 Subdireccin de Rastro 1.3 Subdireccin Administrativa 1.3.1 Coordinacin 1.3.2 Departamento de Control Vehicular 1.3.3 Departamento de Almacn 1.3.4 Departamento de Autoseguro 1.3.5 Coordinacin de Recursos Humanos 1.3.6 Coordinacin Financiera 1.3.7 Departamento de Capacitacin 1.4 Subdireccin de Servicios Centralizados 1.4.1 Coordinacin Administrativa 1.4.2 Coordinacin Operativa 1.4.3 Delegacin Administrativa Sector Central 1.4.4 Delegacin Administrativa Echegaray 1.4.5 Delegacin Administrativa Satlite 1.4.6 Delegacin Administrativa San Mateo 1.4.7 Delegacin Administrativa Lomas Verdes 1.4.8 Delegacin Administrativa Molinito 1.4.9 Delegacin Administrativa San Agustn 1.4.10 Delegacin Administrativa Izcalli Chamapa 1.4.11 Delegacin Administrativa Tecamachalco 1.4.12 Departamento de Control y Gestin 1.6 Subdireccin de Servicios Centralizados 1.6.1 Coordinacin 1.6.2 Departamento de Alumbrado Pblico 1.6.3 Departamento de Bacheo 1.6.4 Departamento de Panteones 1.6.5 Departamento de Parques y Jardines 1.6.6 Departamento de Conservacin y Proyectos 1.6.7 Coordinacin de Proyectos 1.7 Subdireccin de Concertacin Comercial 1.7.1 Coordinacin de Mercados 1.7.2 Coordinacin Jurdica

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    1.7.3 Coordinacin de Va Pblica 1.7.4 Coordinacin Administrativa

    ATRIBUCIONES

    Atribuciones y Funciones:

    Atribuciones de la Direccin General

    Artculo 9.- Corresponde a la Direccin General, el despacho de los asuntos siguientes:

    I. Planear, prestar y mantener en condiciones eficientes de operacin los Servicios Pblicos Municipales, a excepcin de los de Seguridad Pblica y Trnsito Municipal y Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, as como los bienes muebles, inmuebles y el equipamiento necesario para ello, con base en los recursos disponibles de la Hacienda Municipal; II. Elaborar, implementar, evaluar y vigilar la aplicacin de programas municipales para la eficiente prestacin de los Servicios Pblicos; III. Intervenir en la aprobacin y recepcin de los Servicios Pblicos de carcter municipal, que entreguen al Municipio los fraccionadotes urbanos; IV. Establecer y coordinar programas, con la participacin de la comunidad, para la prestacin de los Servicios Pblicos; V. Aplicar y vigilar el cumplimiento de los reglamentos y disposiciones jurdicas, relativos a la prestacin de los Servicios Pblicos de alumbrado, panteones, parques y jardines, reas de recreacin, recoleccin de basura, bacheo y otros de su competencia; VI. Dictaminar sobre la factibilidad para la prestacin de los Servicios Pblicos municipales en la construccin de obras pblicas o privadas, previo el otorgamiento de las licencias o autorizaciones respectivas; VII. Disear mecanismos y sistemas para mejorar la prestacin de los Servicios Pblicos municipales, para el otorgamiento de concesiones y la constitucin de empresas paramunicipales; VIII. Verificar el buen estado y correcto funcionamiento de la infraestructura de centrales de abasto, mercados, rastro y panteones, as como sus condiciones de seguridad e higiene; IX. Establecer los lineamientos generales de operacin de sus rganos desconcentrados y coordinar sus actividades;

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    X. Coordinar a las autoridades auxiliares del Municipio, en la vigilancia y notificacin de violaciones a los reglamentos municipales en materia de limpieza y manejo de los desechos slidos, as como en las dems facultades que se relacionen con los Servicios Pblicos y las que les sean delegados por la autoridad municipal; XI. Controlar y operar en su caso, los rellenos sanitarios de desechos slidos, mantenindolos en buen estado de acuerdo a la normatividad correspondiente; XII. Vigilar que la prestacin del Servicio Pblico de Rastro y Panteones sea eficiente y eficaz; XIII. Administrar y mantener en ptimas condiciones las reas verdes, parques y jardines y centros recreativos pblicos, as como calles, avenidas y vialidades del Municipio, salvo aquellos que sean asignados a otras Dependencias o Entidades de la Administracin Pblica; y XIV. Los dems que le confieran el Presidente Municipal, el Reglamento y las que seale la normatividad aplicable.

    Atribuciones del Director General:

    Artculo 10.- El Director General tendr y ejercer las siguientes atribuciones no delegables:

    I. Planear, organizar, ejecutar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de su competencia, con base en las polticas pblicas, normatividad aplicable y prioridades establecidas para el cumplimiento logro de los programas, objetivos y metas previstos en el Plan de Desarrollo Municipal; II. Informar al Presidente Municipal sobre la ejecucin y avances de los programas de la Direccin General, que deriven del Plan de Desarrollo Municipal; as como del desempeo de las comisiones y funciones que le hubieren conferido; III. Acordar con el Presidente Municipal o con los Titulares de las Unidades Administrativas que forman parte de la Direccin General, los asuntos cuya resolucin o trmite lo requiera; IV. Expedir con base en el presente Reglamento, los manuales de organizacin, de procedimientos y de servicio al pblico necesarios para el funcionamiento de la Direccin General; V. Aprobar el anteproyecto del Presupuesto Anual de Egresos de la Direccin General, que ser remitido a la Tesorera Municipal; VI. Proponer al Ayuntamiento por conducto del Presidente Municipal, la creacin de rganos u organismos auxiliares, que resulten necesarios para el fiel desempeo de sus atribuciones;

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    VII. Establecer conforme al presupuesto, el presente Reglamento y dems normatividad aplicable, las Unidades Administrativas de asesora y apoyo, que sean indispensables para el adecuado funcionamiento de la Direccin General, as como las modificaciones de estructura administrativa para el mejor despacho de los asuntos de la misma; VIII. Evaluar el desempeo de las Unidades Administrativas que integran la Direccin General, para determinar el grado de eficiencia y eficacia, as como el cumplimiento de las atribuciones que tienen delegadas o encomendadas; IX. Delegar en los Titulares de la Unidades Administrativas que integran la Direccin General, por escrito y previo acuerdo del Presidente Municipal, las funciones que sean necesarias para el cumplimiento de las atribuciones que tiene conferidas, excepto las que por disposicin de Ley o del presente Reglamento, deban ser ejercidas directamente por l; X. Someter a consideracin del Presidente Municipal la designacin o remocin de los Titulares de las Unidades Administrativas que integran la Direccin General, atendiendo las disposiciones de la normatividad aplicable; XI. Designar previo acuerdo con el Presidente Municipal y la normatividad aplicable, al servidor pblico encargado provisionalmente del despacho de los asuntos en tanto se designa al servidor pblico correspondiente, en el caso de las vacantes de servidores pblicos que se presenten dentro de la Direccin General; XII. Desempear, asistir o participar en las comisiones, consejos, comits o funciones que determine el Presidente Municipal o el Cabildo y mantenerlos informados del desarrollo de los mismos; de igual forma, en su caso designar de entre los servidores pblicos adscritos a la Direccin General, a quien pueda suplirlo ante los distintos comits, consejos u otros organismos de los cuales sea integrante, siempre y cuando no exista disposicin que lo impida; XIII. Proponer al Presidente Municipal la celebracin de convenios, que sean de su competencia; XIV. Coadyuvar con el Presidente Municipal en la formulacin del Informe de Gobierno, proporcionando la informacin de los avances cualitativos y cuantitativos de las actividades de la Direccin General; y XV. Las dems que le confieran el Presidente Municipal, el Reglamento y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

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    Elabor Revis: Autoriz:

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    C. Miguel ngel Velsquez

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    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General; X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo; XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Atribuciones de la Secretara Tcnica:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

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    Elabor Revis: Autoriz:

    C. Gustavo Osorio Flores Jefe de Capacitacin

    C. Jos Lus Velasco Barragn Subdirector Administrativo

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    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General; X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo; XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 18.- Corresponde a la Secretara Tcnica, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

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    Manual de Organizacin

    Elabor Revis: Autoriz:

    C. Gustavo Osorio Flores Jefe de Capacitacin

    C. Jos Lus Velasco Barragn Subdirector Administrativo

    C. Miguel ngel Velsquez

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    I. Llevar la agenda del Director General, con la finalidad de organizar los compromisos oficiales, audiencias, acuerdos, visitas, giras, entrevistas y dems eventos en los que deba participar, as como todos aquellos compromisos que el propio Director General solicite se programen; II. Programar las audiencias que soliciten los particulares con el Director General; III. Presentar al Director General todos los documentos relacionados con sus funciones, as como aquellos emanados del Ayuntamiento o de cualquiera de sus miembros para el trmite correspondiente; IV. Solicitar a las Unidades Administrativas que integran la Direccin General la informacin requerida por el Director General; V. Supervisar el registro, control y distribucin de la correspondencia oficial, dando cuenta diaria de la misma al Director General para acordar su trmite; VI. Dar trmite a las instrucciones del Director General de manera oportuna, haciendo en su caso del conocimiento a las Unidades Administrativas implicadas; VII. Coordinarse con los Titulares de las Unidades Administrativas que integran la Direccin General para la atencin de los asuntos encomendados a la misma, disponiendo de lo necesario para su solucin; VIII. Mantener organizado el archivo, as como la relacin de expedientes de la Direccin General; IX. Supervisar y apoyar administrativamente a las diferentes Unidades Administrativas de la Direccin General; X. Acordar con el Director General los asuntos de su competencia que as lo requieran; y XI. Los dems que le sean encomendados por el Director General y los que le seale la normatividad aplicable.

    Atribuciones de la Subdireccin Administrativa:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo;

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    IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General; X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo; XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 19.- Corresponde a la Subdireccin Administrativa, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

    I. Revisar y presentar ante el Director General, el proyecto anual de presupuesto de egresos de la Direccin General; II. Supervisar la obtencin, anlisis y registro de la informacin del fondo fijo asignado a la Direccin General; III. Supervisar la distribucin equitativa del fondo fijo de la Direccin General, entre las diversas Unidades Administrativas que la integran; as como determinar y controlar el sistema para su mejor distribucin y aprovechamiento.

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    IV. Supervisar la conciliacin de fondos por partida presupuestal, para determinar el avance en el ejercicio del presupuesto autorizado; V. Supervisar y controlar la asignacin de los recursos financieros del presupuesto aprobado para la Direccin General, que permita la operacin de los programas de acuerdo a lo planteado, previniendo cualquier dficit de recursos o insumos, que ocasione el incumplimiento de las actividades de dicha Dependencia; VI. Proponer al Director General las polticas y procedimientos necesarios para la administracin de los recursos humanos, financieros y materiales con los que cuenta la Direccin General; VII. Vigilar la aplicacin correcta de los recursos para su mejor aprovechamiento, as como lo inherente a su ejercicio; VIII. Presentar al Director General informes sobre la aplicacin de los recursos humanos, financieros y materiales; IX. Supervisar la solicitud que las diversas coordinaciones hagan a la Dependencia o Unidad Administrativa correspondiente, para el mantenimiento preventivo, correctivo y de apoyo a vehculos, computadoras, mquinas de fotocopiado, oficinas y dems equipo y bienes asignados a la Direccin General, que permitan un mejor desempeo de las labores administrativas; X. Supervisar el trmite que la Coordinacin de Recursos Humanos realice ante la Direccin de Administracin, para la contratacin del personal requerido por las diversas Unidades Administrativas de la Direccin General, as como para los requerimientos de altas, bajas, cambios, permisos y licencias de dichos servidores pblicos. XI. Proponer al Director General la capacitacin, adiestramiento, motivacin e incentivos del personal de la Direccin General para obtener su mejor desempeo, atendiendo en su caso a la normatividad aplicable; XII. Promover la sistematizacin de las adquisiciones en las diversas coordinaciones; XIII. Resguardar y tomar medidas necesarias para el buen funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones, as como del mobiliario y equipo que sea utilizado por los servidores pblicos adscritos a la Direccin General; XIV. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al rea de su competencia; y XV. Los dems que le sean encomendados por el Director General y los que le seale la normatividad aplicable.

    Atribuciones de la Coordinacin de Recursos Humanos:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

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    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General; X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo; XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 21.- Corresponde a la Coordinacin de Recursos Humanos, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

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    I. Elaborar y proponer al Titular de la Subdireccin Administrativa las polticas y procedimientos necesarios para la administracin de los recursos humanos con los que cuenta la Direccin General; II. Administrar los recursos humanos con los que cuenta la Direccin General, en base a las polticas y procedimientos a que se refiere la fraccin anterior; III. Elaborar y presentar al Titular de la Subdireccin Administrativa informes sobre la aplicacin de los recursos humanos; IV. Tramitar ante la Subdireccin de Recursos Humanos, la contratacin del personal requerido por las diversas unidades administrativas de la Direccin General, considerando las polticas establecidas por la Direccin General de Administracin y atendiendo las disposiciones de la normatividad aplicable; V. Tramitar ante la Direccin General de Administracin, a travs de la Subdireccin de Recursos Humanos, los requerimientos de altas, bajas, cambios, permisos y licencias del personal adscrito a la Direccin General, atendiendo las disposiciones de la normatividad aplicable; VI. Coadyuvar en la elaboracin y actualizacin de perfiles de puestos correspondientes a la Direccin General, a efecto de optimizar los recursos humanos; VII. Planear, coordinar y proponer al Titular de la Subdireccin Administrativa la capacitacin, adiestramiento, motivacin e incentivos, del personal de la Direccin General para obtener su mejor desempeo, atendiendo en su caso la normatividad aplicable; VIII. Integrar expedientes de cada uno de los servidores pblicos que conforman la plantilla de personal de la Direccin General; IX. Vigilar el avance de programas, planes y presupuestos de la Coordinacin, previendo acciones para su cumplimiento y debido ejercicio; X. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al rea de su competencia; y XI. Los dems que le sean encomendados por el Titular de la Subdireccin Administrativa y los que le seale la normatividad aplicable

    Atribuciones de la Coordinacin Financiera

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas;

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    II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General; X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo; XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 22.- Corresponde a la Coordinacin Financiera, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

    I. Elaborar y proponer al Titular de la Subdireccin Administrativa las polticas y procedimientos necesarios para la administracin de los recursos financieros con los que cuenta la Direccin General;

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    II. Establecer en conjunto con las Subdirecciones de la Direccin General, las metas operativas anuales, dando el debido seguimiento, emitiendo el respectivo informe mensual de la Direccin General; as como establecer los ndices de gestin; III. Administrar los recursos financieros con los que cuenta la Direccin General, en base a las polticas y procedimientos a que se refiere la fraccin anterior; IV. Elaborar y presentar al Titular de la Subdireccin Administrativa el proyecto anual de presupuesto de egresos de la Direccin General, en coordinacin con los Titulares de las Unidades Administrativas que integran la misma, que deber estar basado en los programas y acciones del Plan de Desarrollo Municipal, as como atender lo inherente a su ejercicio, contabilidad y manejo de fondos; V. Elaborar y presentar al Titular de la Subdireccin Administrativa informes sobre la aplicacin de los recursos financieros; VI. Obtener, analizar y registrar la informacin del fondo fijo asignado a la Direccin General; VII. Distribuir equitativamente el fondo fijo de la Direccin General, entre las diversas Unidades Administrativas que la integran; as como determinar y controlar el sistema para su mejor distribucin y aprovechamiento; VIII. Realizar la conciliacin de fondos por partida presupuestal, para determinar el avance en el ejercicio del presupuesto autorizado, recabando la documentacin que compruebe su utilizacin; IX. Programar y tramitar ante la Direccin General de Administracin, a travs de la Subdireccin de Recursos Materiales, las actividades de almacenamiento y suministro de enseres, materiales de papelera, equipo y dems bienes, as como la obtencin de servicios que requiere la Direccin General para el desarrollo de sus funciones; X. Solicitar a la Dependencia o Unidad Administrativa correspondiente, el mantenimiento preventivo, correctivo y de apoyo a computadoras, mquinas de fotocopiado, oficinas y dems equipo y bienes asignados a la Coordinacin, que permitan un mejor desempeo de las labores administrativas; XI. Asignar, previo acuerdo con el Titular de la Subdireccin Administrativa los recursos financieros del presupuesto aprobado por la Direccin General, que permita la operacin de los programas de acuerdo a lo planteado, previniendo cualquier dficit de recursos o insumos, que ocasione el incumplimiento de las actividades de dicha Dependencia; XII. Vigilar y gestionar la aplicacin correcta de los recursos para su mejor aprovechamiento, as como atender lo inherente a su ejercicio; XIII. Vigilar el avance de programas, planes y presupuestos de la Coordinacin, previendo acciones para su cumplimiento y debido ejercicio;

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    XIV. Elaborar informes para el Gabinete al que pertenece la Dependencia respecto al orden urbano; XV. Dar seguimiento al Programa de Modernizacin y Simplificacin Administrativa; XVI. Gestionar las facturas correspondientes, as como las requisiciones presupuestales; XVII. Llevar el control administrativo del parque vehicular adscrito a la Direccin General, as como tramitar la carga de combustible; XVIII. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al rea de su competencia; y XIX. Los dems que le sean encomendados por el Titular de la Subdireccin Administrativa y los que le seale la normatividad aplicable.

    Atribuciones del Departamento de Autoseguro:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General;

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    X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo; XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 23.- Corresponde al Departamento de Auto Seguro, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

    I. Elaborar y presentar al Titular de la Subdireccin Administrativa informes sobre las actividades realizadas; II. Vigilar el avance de programas, planes y presupuestos del Departamento, previendo acciones para su cumplimiento y debido ejercicio; III. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al rea de su competencia; IV. Atender los percances en donde se encuentren relacionados unidades de la Direccin General; V. Atender la solicitud de cuantificacin de daos causados al Patrimonio Municipal, emitidas por el Primer Sndico o la Consejera Jurdica; VI. Participar en la actualizacin y creacin de reglamentos, incluyendo lo inherente a las actividades que realiza el Director General; VII. Realizar las Actas Administrativas necesarias, en donde se encuentren relacionadas faltas o delitos de los servidores pblicos que se encuentren adscritos a la Direccin General; VIII. Realizar plticas por Unidad Administrativa y Departamento, para auxiliares y choferes, para la prevencin en la conduccin de sus unidades, sealando las responsabilidades, as como verificar la actualizacin de licencias de conducir; IX. Coordinar la prestacin del servicio de recoleccin de basura no peligrosa a la Industria, Comercio y prestadores de servicio, conforme lo establece el Cdigo Financiero; X. Atender asuntos directamente, en donde se encuentren relacionados los trabajadores en la prestacin de sus servicios, asesorarlos cuando lo requieran en asuntos propios;

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    XI. Realizar visitas de inspeccin en coordinacin con la Direccin de Ecologa, a clnicas, hospitales, centros de salud u otros que manejen residuos peligrosos y puedan ser mezclados con los desechos que recolectan las unidades municipales; y XII. Los dems que le sean encomendados por el Titular de la Subdireccin Administrativa y los que le seale la normatividad aplicable.

    Atribuciones del Departamento de Control Vehicular:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General; X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo;

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    XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 24.- Corresponde al Departamento de Control Vehicular, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

    I. Mantener las unidades en circulacin para la prestacin del servicio a que estn destinadas; II. Elaborar y proponer al Titular de la Subdireccin Administrativa las polticas y procedimientos necesarios para la administracin y control de los vehculos con los que cuenta la Direccin General, atendiendo a la normatividad aplicable; III. Elaborar y presentar al Titular de la Subdireccin Administrativa informes sobre las actividades realizadas; IV. Realizar revisiones peridicas de los vehculos, a travs del mecanismo especializado que establezca el Departamento de Control Vehicular, para determinar los vehculos que requieran de mantenimiento, mismos que sern remitidos a la Subdireccin de Control y Mantenimiento Vehicular, de la Direccin General de Administracin; V. Acordar con el Subdirector de Control y Mantenimiento Vehicular, los asuntos de su competencia que as lo requieran; VI. Administrar los recursos materiales a su cargo, as como solicitar las refacciones necesarias para las reparaciones menores de los vehculos; VII. Llevar un control de los vehculos que requieran mantenimiento o reparacin, as como mantener y actualizar un registro con los casos de incidentes, accidentes o siniestros de vehculos oficiales asignados a la Direccin General; VIII. Ordenar que se lleven a cabo las reparaciones menores, necesarias a los vehculos adscritos a la Direccin General, siempre que cuenten con el equipo necesario y en su caso solicitar a la Subdireccin de Control y Mantenimiento Vehicular dependiente de la Direccin General de Administracin, el mantenimiento, correctivo y de apoyo a dichos vehculos, que permitan un mejor desempeo de las labores administrativas, pudiendo enviarse el vehculo a un taller especializado, que sea proveedor del Ayuntamiento y con la debida autorizacin;

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    IX. Vigilar el avance de programas, planes y presupuestos del Departamento, previendo acciones para su cumplimiento y debido ejercicio; X. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al rea de su competencia; y XI. Los dems que le sean encomendados por el Titular de la Subdireccin Administrativa y los que le seale la normatividad aplicable.

    Atribuciones del Departamento de Capacitacin:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General; X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo;

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    XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 25.- Corresponde al Departamento de Capacitacin, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

    I. Promover, realizar, gestionar y en su caso aplicar los cursos de capacitacin necesarios al personal de la Direccin General; II. Solicitar a los Titulares de las Unidades Administrativas de la Direccin General, por lo menos una vez al ao las necesidades de capacitacin del personal a su cargo; III. Verificar que los ponentes y la capacitacin que impartan sea ptima y de acuerdo a las necesidades de la Direccin General; IV. Brindar la induccin al puesto a los Servidores Pblicos adscritos a la Direccin General; y V. Los dems que le sean encomendados por el Titular de la Subdireccin Administrativa y los que le seale la normatividad aplicable.

    Atribuciones del Departamento de Almacn:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las

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    disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General; X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo; XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 26.- Corresponde al Departamento de Almacn, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

    I. Elaborar y presentar al Titular de la Subdireccin Administrativa informes sobre las actividades realizadas; II. Vigilar el avance de programas, planes y presupuestos del Departamento de Almacn, previendo acciones para su cumplimiento y debido ejercicio; III. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al rea de su competencia; IV. Recibir, controlar, resguardar y distribuir los bienes de consumo, para la operacin y funcionamiento de las Unidades Administrativas dependientes de la Direccin General; V. Clasificar y estibar los bienes de consumo, por grupos y tipo de riesgo en trnsito para su posterior distribucin, resguardndolos en las bodegas correspondientes;

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    VI. Llevar el control y registro de entradas y salidas de los diferentes artculos de las respectivas bodegas; VII. Elaborar un inventario anual de existencias fsicas; VIII. Efectuar la rotacin de inventarios y baja de artculos por caducidad o por encontrarse fuera de forma; IX. Distribuir el material previa solicitud del Titular de la Unidad Administrativa, mediante el vale correspondiente: y X. Los dems que le sean encomendados por el Titular de la Subdireccin Administrativa y los que le seale la normatividad aplicable.

    Atribuciones de la Subdireccin de Concertacin Comercial:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General;

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    X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo; XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 27.- Corresponde a la Subdireccin de Concertacin Comercial, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

    I. Dar una solucin de manera concertada, prctica y expedita a los diversos problemas, que surgen de los mercados y de los comercios en va pblica; II. Coordinar al Departamento de Mercados a efecto de dar solucin a las diversas solicitudes planteadas por los locatarios y comerciantes de va pblica; III. Establecer los horarios para que sean escuchadas todas las personas, estableciendo un trato cordial para su atencin; IV. Conminar al personal a su puntual asistencia y al cumplimiento de su trabajo; V. Ordenar y supervisar los operativos desarrollados por el departamento de Mercados; VI. Establecer los horarios para los operativos; VII. Tener plticas todas las semanas con los inspectores para saber sus inquietudes y dudas de trabajo; VIII. Realizar recorridos de campo para supervisar operativos; IX. Determinar multas por infracciones al Reglamento de Mercados; X. Proponer en trminos de la normatividad aplicable donaciones a las instituciones correspondientes de la mercanca resguardada; XI. Dar el visto bueno en pago de derechos por el uso de vas y reas pblicas o ejerciendo una actividad comercial; XII. Supervisar que los inspectores, tanto de mercados como de va pblica, porten su gafete a la vista, as como indicar al Jefe del Departamento de Mercados y al Coordinador de Va Pblica que los inspectores deben identificarse antes de proceder con las inspecciones y dar un trato respetuoso al comerciante; XIII. Verificar que las unidades de trabajo sean entregadas puntualmente;

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    XIV. Verificar que todas las peticiones sean contestadas y notificadas en el trmino marcado por la Supervisin; XV. Instruir al Jefe del Departamento de Mercados y al Coordinador de Va Pblica a efecto de que los inspectores entreguen sus informes de trabajo diario; XVI. Sealar al Jefe de Departamento de Mercados y al Coordinador de la Va Pblica, a que todo comerciante ejerciendo su actividad sin permiso, debern resguardarle su mercanca; XVII. Realizar conjuntamente con el Departamento de Mercados y la Coordinacin de Va Pblica la actualizacin de los padrones de comerciantes; y XVIII. Los dems que le sean encomendados por el Titular de la Direccin General y los que le seale la normatividad aplicable.

    Atribuciones del Departamento de Mercados:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General;

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    IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General; X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo; XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 29.- Corresponde al Departamento de Mercados, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

    I. Coordinar a los inspectores adscritos a su rea, marcando claramente la forma como deben desarrollar su trabajo; II. Vigilar que cada inspector, antes de salir a campo, porte su gafete a la vista, as como exhortarlos a ser puntuales; III. Realizar operativos en los mercados pblicos, para supervisar el cumplimiento al Reglamento de Mercados y al Bando Municipal, as como establecer los das y horas para los operativos; IV. Informar a la Coordinacin Jurdica de Mercados las infracciones observadas, en los reportes diarios de trabajo, asimismo de las observadas en los operativos; V. Ejercer las atribuciones que confiere el Reglamento de Mercados; VI. Substanciar y resolver con apoyo de la Coordinacin Jurdica de Mercados los procedimientos en contra de los comerciantes que se encuentren infringiendo el Reglamento de Mercados o el Bando Municipal; VII. Contestar a las peticiones formuladas por locatarios, comerciantes y personas en general, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Mercados y el Bando y el Bando Municipal; VIII. Imponer multa a los comerciantes por infraccin al Reglamento de Mercados o al Bando Municipal;

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    IX. Ordenar tanto al Jefe de Inspectores como a los inspectores a cargo, el retiro de comerciantes que ejerzan su actividad sin permiso y en su caso el resguardo de su mercanca; X. Verificar por conducto del Jefe de Inspectores el estado que guardan las unidades entregadas a los inspectores para sus recorridos; XI. Indicar al Jefe de Inspectores los lugares, mercados y otras reas que deben recorrer los inspectores, quienes debern salir a su recorrido a ms tardar a las 9:30 horas; XII. Solicitar a los inspectores realicen, ya sea por grupo o de forma individual, sus reportes de trabajo todos los das, mismos que debern contener todos los datos solicitados y un detallado de lo observado en el da; XIII. Observar que los inspectores hayan cumplido con las indicaciones dadas al inicio del da; XIV. Habilitar das y horas para que los inspectores puedan trabajar en das y horas inhbiles; y XV. Los dems que le sean encomendados por el Titular de la Subdireccin de Concertacin Comercial y los que le seale la dems normatividad aplicable.

    Atribuciones de la Coordinacin Jurdica de Mercados:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General;

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    VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General; X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo; XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 30.- Corresponde a la Coordinacin Jurdica, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

    I. Contestar las peticiones de manera fundada y motivada, dentro del plazo establecido por la Direccin General; II. Contestar las solicitudes de permiso en va pblica, observando las disposiciones del Reglamento de Mercados, Bando Municipal y dems normatividad aplicable; III. Coadyuvar con la Conserjera Jurdica en el cumplimiento de sentencias; IV. Auxiliar a la Consejera Jurdica para la realizacin de inspecciones oculares formuladas dentro de los juicios administrativos seguidos ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo; V. Remitir en el trmino de 24 horas informacin y documentacin requerida por la Consejera Jurdica, para dar en tiempo y forma debida, contestacin a los juicios; VI. Asistir a los inspectores ante el juez calificador, cuando remitan al comerciante por alguna falta administrativa; VII. Instaurar el procedimiento administrativo comn de garanta de audiencia, por infracciones al Reglamento de Mercados o Bando Municipal, cometidas por los locatarios de los mercados pblicos o por los comerciantes, as como informar del

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    resultado de dichos procedimientos al Titular de la Subdireccin de Concertacin Comercial, llevando en un libro el registro y control de los mismos; VIII. Verificar que cada peticin turnada a la Coordinacin Jurdica de Mercados sea contestada de manera fundada y motivada y que adems sea registrada en una libreta abierta para tal efecto; IX. Indicar a los abogados adscritos a la Coordinacin, se constituyan en los lugares que sean materia de una peticin, con el objeto de observar y recabar informacin para una mejor motivacin en su contestacin; X. Llevar el control de los archivos de peticiones, juicios administrativos y procedimientos de garanta de audiencia; XI. Realizar visitas de verificacin; XII. Asistir a los operativos realizados en la Subdireccin de Concertacin Comercial; y XIII. Los dems que le sean encomendados por el Titular de la Subdireccin de Concertacin Comercial y los que le seale la dems normatividad aplicable.

    Atribuciones de la Coordinacin de Va Pblica:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente;

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    VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin General; X. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquellos que le sean sealados por delegacin o les correspondan por suplencia; XI. Crear y conservar los archivos en relacin con las actividades de la Unidad Administrativa, a su cargo; XII. Llevar a cabo el control y seguimiento del sistema de calidad de la Unidad Administrativa a su cargo; XIII. En el caso de los Titulares de las Subdirecciones, suplir al Director General en los comits, consejos o comisiones que ste determine, as como mantenerlo informado del desarrollo de los mismos; y XIV. Las dems que le sean encomendadas por el Director General, jefe inmediato y las que le seale la normatividad aplicable.

    Artculo 31.- Corresponde a la Coordinacin de Va Pblica, a travs de su Titular, el despacho de los asuntos siguientes:

    I. Coordinar a los inspectores a su cargo, para el control del comercio de la va pblica; II. Implementar operativos de manera conjunta con la Subdireccin de Concertacin Comercial y el Departamento de Mercados; III. Establecer los horarios de los operativos, as como solicitar el apoyo de Seguridad Pblica para los mismos, indicando a los inspectores el lugar, da y hora en que se llevarn a cabo dichos operativos; IV. Sealar las rutas que debern cumplir los inspectores; V. Solicitar a los inspectores su informe de trabajo todos los das, observando que el mismo cumpla con los datos requeridos y un detallado de su recorrido; VI. Verificar que los inspectores hayan cumplido con las indicaciones dadas al inicio del da; VII. Hacer recorridos de supervisin, para verificar el desenvolvimiento de los inspectores; VIII. Informar a la Coordinacin Jurdica de Mercados de las infracciones cometidas por los comerciantes al Reglamento de Mercados o Bando Municipal; IX. Verificar que los inspectores entreguen a la Coordinacin Administrativa la mercanca resguardada; y

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    X. Los dems que le sean encomendados por el Titular de la Subdireccin de Concertacin Comercial y los que le seale la normatividad aplicable.

    Atribuciones de la Coordinacin Administrativa:

    Artculo 17.- Los Titulares de las Unidades Administrativas, que integran la Direccin General, tendrn en el mbito de su competencia, las siguientes atribuciones generales:

    I. Programar, organizar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas; II. Acordar con el jefe inmediato la resolucin de los asuntos cuya solucin se encuentre dentro de la competencia de la Unidad Administrativa a su cargo: III. Planear, programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las labores del personal a su cargo; IV. Administrar los recursos humanos, materiales, tecnolgicos y financieros a su cargo; V. Cumplir y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y dems ordenamientos legales aplicables, as como cumplir con las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento relativas a sus respectivas Unidades Administrativas; VI. Cumplir y vigilar que se cumplan las normas, polticas y procedimientos que regulan las actividades administrativas para el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de la Direccin General; VII. Proporcionar informacin que soliciten las Dependencias y Entidades de la Administracin Pblica, con la aprobacin del Titular de la Unidad Administrativa correspondiente; VIII. Elaborar los informes que le sean requeridos por parte del Director General; IX. Someter a aprobacin de su superior jerrquico, los proyectos de manuales de organizacin interna o procedimientos del rea a su cargo, conforme a los lineamientos que establezca la Direccin G