manual de organizaciÓn y funciones de la oficina de...
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MOF del O.C.I.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES DE LA OFICINA
DE CONTROL INTERNO
2015
ELABORADO POR: REVISADO POR APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA
O.C.I Planeamiento E. R.D.N° 645 -2015 Año 2015 15/10/2015
g
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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INDICE
CAPITULO I
Objetivo y Alcance del MOF 3
CAPITULO II
Base Legal 4-6
CAPITULO III
Criterios del Diseño. 6-8
CAPITULO IV
Estructura Orgánica y Organigrama Estructural y Funcional. 8-10
CAPITULO V
Cuadro Orgánico de Cargos. 11
CAPITULO VI
Descripción de Funciones de los Cargo. 12-19
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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CAPITULO I
OBJETIVO Y ALCANCE
OBJETIVO
El objetivo del presente Manual de Organización y Funciones (MOF), tiene como finalidad el
establecer las funciones especificas que desarrolla el Órgano de Control Institucional del Hospital
Regional Huacho, dentro del marco de la gestión gubernamental como parte del Sistema Nacional
de Control, con el objeto de racionalizar y sistematizar su organización interna, mejorar los niveles
de eficiencia, eficacia y economía en el desarrollo de sus actividades.
El presente documento se constituye como un instrumento técnico normativo y de gestión, en tal
sentido, norma su organización de acuerdo con el Reglamento de Organización de Funciones del
Hospital Regional Huacho y la normatividad vigente de la Contraloría General de la República.
El documento además establece las relaciones jerárquicas-funcionales y describe las funciones
específicas de los cargos considerados en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP,
especificando las características y los requisitos mínimos de cada cargo de acuerdo al Reglamento
de los Órganos de Control Institucional y el Manual Normativo de Clasificación de Cargos de la
Administración Pública.
ALCANCE
El cumplimiento de lo dispuesto en el presente manual comprende la obligación de su conocimiento,
aplicación y desarrollo por parte del personal de la Oficina del Órgano de Control Institucional en el
ámbito de su competencia administrativa, orgánica y funcional.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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CAPITULO II
BASE LEGAL
El presente Manual de Organización y Funciones se sustenta en:
➢ Ley N° 26842 – Ley General de Salud.
➢ Ley N° 27657 - Ley del Ministerio de Salud. ➢ Ley N° 27444 - Ley General de Procedimiento Administrativo ➢ Ley N° 27680 Ley que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título de la
Constitución Política del Perú, sobre Descentralización, que determina que los Gobiernos Regionales tienen Autonomía Política y Administrativa, en los asuntos de su competencia.
➢ Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, que regula la estructura y organización del
Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.
➢ Ley 27867 Ley de los Gobiernos Regionales, establece y norma la estructura, organización,
competencias y funciones de los Gobiernos Regionales, así como define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución Política del Perú y a la Ley de Bases de la Descentralización.
➢ Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República. ➢ Ley N° 28522 Ley de Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. ➢ Ley N° 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. ➢ Ley Nº 27209 – Ley de Gestión Presupuestal del Estado. ➢ Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. ➢ Ley Nº 28425 – Ley de Racionalización de los Gastos Públicos.
➢ Ley N° 30281 -Ley del Presupuesto de gastos año 2015 ➢ Decreto Legislativo N° 276- Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones
del Sector Público. ➢ Decreto Supremo N° 005-90-PCM- Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa. ➢ Resolución de Contraloría General N° 220-2011-CG, que aprueba el Reglamento de los
Órganos de Control Institucional. ➢ Resolución de Contraloría General Nº 072-98-CG – Normas de Control Interno para el Sector
Público y sus Modificatorias.
➢ Resolución de Contraloría General Nº 184-2011-CG, que aprueba la Directiva Nº 006-2011-CG/GSND “Sistema Nacional de Atención de Denuncias”
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➢ Resolución de Contraloría General N° 070-2001-CG, que aprueba la Directiva N° 09-2001-
CG/B180 Uso del Sistema de Auditoria Gubernamental (SAGU) por Entidades, Órgano de Auditoría Interna.
➢ Resolución de Contraloría General N° 267-2008-CG, que modifica la denominación de Sistema de Auditoria Gubernamental (SAGU) por Sistema de Control Gubernamental (SCG).
➢ Resolución de Contraloría General N° 216-2002-CG, y sus modificatorias que aprueba la Directiva N° 04-2002-CG/GDE, Procedimiento para el registro de la ejecución de Acciones de Control.
➢ Resolución de Contraloría General N° 391-2005-CG, y sus modificatorias, que aprueba la Directiva N° 03-2005-CG/PL, Procedimiento para el registro de la ejecución de Actividades de Control.
➢ Resolución de Contraloría General Nº 046-2008-CG aprueba Directiva, Disposiciones para el uso del Sistema Paracas y registro de información
➢ Decreto Supremo N° 013 – 2002 – SA – Aprueban Reglamento de la Ley del Ministerio de
Salud. ➢ Decreto Supremo N° 023 - 2005-SA.- Aprueban Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Salud.
➢ Decreto Supremo N° 023 - 2006-SA y 007-2006-SA.– Aprueban Modificación del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Salud ➢ Resolución Ministerial N° 616-2003 SA/DM. Aprueban el modelo de Reglamento de
Organización y Funciones de los Hospitales. ➢ Resolución Jefatural N° 095-95-INAP/DNR. Aprueba la Directiva N° 001-95-INAP/DNR. Normas
para la Formulación del Manual de organización y Funciones. ➢ Resolución Jefatural N° 109-95-INAP/DNR. Aprueba la Directiva N° 002-95-INAP/DNR.
Lineamientos Técnicos para la Formular los documentos de Gestión en un Marco Modernización Administrativa.
➢ Resolución Ministerial N° 603-2006/MINSA. Aprueban la Directiva N° 007-MINSA/ OGPE – V-
02: “Directiva para la formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”.
➢ Ordenanza Regional N° 08-2014-CR-RL, Aprueba los Reglamentos de Organización y
Funciones (ROF) de las Unidades Ejecutoras, correspondientes al ámbito de competencia de la Dirección Regional de Salud Lima.
➢ Resolución Ministerial N° 727-2009/MINSA, que aprueba la Política Nacional de Calidad en salud.
➢ Resolución Ministerial N° 456-2007/MINSA, que aprueba la Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo.
➢ Resolución Directoral N° 735-2013-GRL-HHHO-SBS-OPE – Aprueba el Reordenamiento de
Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Huacho Huaura Oyon y Servicios Básicos de Salud
➢ Ordenanza Regional N° 01-2015-CR-RL, Aprueba el Cuadro para asignación de Personal Provisional de las Unidades Ejecutoras, correspondientes al ámbito de competencia de la Dirección Regional de Salud Lima
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CAPITULO III
CRITERIOS DEL DISEÑO
El Órgano de Control Institucional se encuentra relacionada Jerárquica y Funcional, como órgano
especializado y por la naturaleza de sus funciones mantiene dependencia técnica y funcional con la
Contraloría General de la República, manteniendo una relación organizacional y de constante
coordinación con la Entidad, sujetándose a las políticas y normas de la entidad de coordinación y
comunicación reciproca con la Contraloría General de la República de acuerdo con lo establecido en
los artículos 15°, 16° y 18° del Reglamento de los órganos de Control Institucional, aprobado
mediante Resolución de Contraloría N° 220-2011-CG
Para el desarrollo del presente manual se han aplicado los criterios que a continuación se
mencionan:
Eficacia y Eficiencia
La eficacia expresada como la capacidad de los directivos y servidores para alcanzar las metas y
resultados planificados, por lo cual las funciones se distribuyen adecuadamente, asegurando el
cumplimiento de los objetivos funcionales, aprovechando al máximo los recursos disponibles y
estableciendo funciones que aseguren la evaluación de los resultados.
La eficiencia se ha establecido con la finalidad de producir el máximo resultado con el mínimo de
recursos, energía y tiempo. Se busca la mayor eficiencia en la utilización de los recursos, por lo
tanto se ha de identificar y eliminar la duplicidad o superposición de funciones y atribuciones entre
jefes y servidores.
Racionalidad
Las funciones serán diseñadas y rediseñadas con el fin de obtener el máximo de efectividad con el menor costo posible.
Unidad de Mando
Todo cargo en la oficina depende jerárquicamente, de acuerdo a la conformación de su estructura,
de un jefe de Área y estos a su vez del Jefe del Órgano de Control Institucional.
Autoridad y responsabilidad
Las líneas de autoridad están definidas, así como los niveles de mando y responsabilidad funcional, para que los cargos de nivel superior puedan delegar autoridad necesaria en los niveles inferiores y se puedan adoptar decisiones según las responsabilidades asignadas. Las responsabilidades también están claramente definidas, para que no exista el riesgo que pueda ser evadida o excedida por algún funcionario o servidor.
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Asimismo, la delegación de la autoridad tiene un medio efectivo de control, para establecer el cumplimiento de las funciones y tareas asignadas. En tal sentido, el servidor de la unidad está obligado a informar a su superior sobre las tareas ejecutadas y los resultados obtenidos, en función a lo que espera lograr.
Segregación de Funciones
Las funciones y tareas de los servidores está definidas y limitadas de modo que exista
independencia y separación entre funciones incompatibles que, entre otras, son: autorización,
ejecución, supervisión, registro, custodia de valores y bienes, y control de las operaciones, con la
distribución en todos los aspectos fundamentales de una transacción u operación se concentren en
manos de una sola persona o unidad operativa, dado que por tratarse de funciones incompatibles,
existe un alto riesgo de que pueda incurrirse en errores, actos irregulares o ilícitos.
Sistematización
El Órgano de Control Institucional se ha definido coordinadamente las funciones y tareas forman las
mismas que forman parte de un sistema procesos sub procesos o actividades establecidas en las
normatividades vigentes.
Trabajo en equipo
Se ha conformado equipos de trabajo, con la finalidad de simplificar y flexibilizar la organización
acortando y agilizando la cadena de mando y facilitando preferentemente la ubicación en esos
niveles a personal profesional, asimismo disminuir costos al requerirse menos cargos jefaturales, así
como facilitar la coordinación horizontal (Gerencia) y las comunicaciones directas, reduciendo el
papeleo y la formalidad burocrática.
Mejoramiento continúo
Se toma en cuenta los procesos de cambio como son: Reorganización, Reestructuración,
Reordenamiento y Desactivación.
La Oficina del Órgano de Control Institucional, de acuerdo a la normatividad vigente de la
Contraloría General de la República, toma en cuenta que ello va a permitir el cambio e innovación
en la organización para lograr mejoras significativas teniendo los siguientes objetivos:
Supervisando la eficaz, eficiente, económica y transparente utilización de los bienes y recursos
públicos y la legalidad de los actos en el ejercicio de las funciones de los servidores y funcionarios a
través de ejercicio del control interno posterior.
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Promover una cultura organizacional de integridad, basada en la honestidad y los valores éticos que
debe caracterizar al personal asistencial y administrativo y el correcto desempeño en el ejercicio de
sus funciones y responsabilidades.
Contribuir en la elevación de los controles de eficiencia, eficacia y economía de la administración y
gestión pública, apoyando la instauración, consolidación y evaluación de los sistemas de control
interno, a través de informar al titular los hechos observados y recomendar la implementación de las
medidas correctivas derivadas de las acciones de control.
Las funciones generales de la Oficina del Órgano de Control Institucional, de acuerdo con lo previsto
en el “Reglamento de los Órganos de Control Institucional”, aprobado por Resolución de
Contraloría N° 220-2011-CG y demás normas vigentes del Sistema Nacional de Control, son:
1. Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de
los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control, a que se refiere el Artículo 7° de
la Ley, y el control externo a que se refiere el Artículo 8° de la Ley, por encargo de la
Contraloría General.
2. Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, así como a la
gestión de la misma, de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General.
Alternativamente, estas auditorias podrán ser contratadas por la entidad con Sociedades de
Auditoria externa, con Sujeción al Reglamento sobre la materia.
3. Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad, que
disponga la Contraloría General, así como, las que sean requeridas por el Titular de la
entidad. Cuando estas últimas tengan carácter de no programadas.
4. Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de más alto nivel de la entidad
con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e
instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que
comprometa el ejercicio de su función, vía el control posterior.
5. Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así
como, al Titular de la entidad y del Sector cuando corresponda, conforme a las
disposiciones sobre la materia.
6. Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios
razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad
para que adopte las medidas correctivas pertinentes.
7. Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionario y servidores públicos y
ciudadanos, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgándoles el trámite que
corresponda a su mérito y documentación sustentatoria respectiva.
8. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General,
de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto.
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9. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado
de las acciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme
a los términos y plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar el seguimiento de los
procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control
10. Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría General para la ejecución de las
acciones de control en el ámbito de la entidad. Asimismo, el jefe del OCI y el personal de
dicho Órgano colaborarán, por disposición de la Contraloría General, en otras acciones de
control externo, por razones operativas o de especialidad.
11. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la
entidad, por parte de las unidades orgánicas y personal de ésta.
12. Formular y proponer el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional para su
aprobación correspondiente por la entidad.
13. Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la
Contraloría General.
14. Otras que establezca la Contraloría General.
15. Participar como veedor sin carácter vinculante, en la toma de inventarios, así como en las
Licitaciones, Concursos Públicos de precios y méritos, adjudicaciones directas y demás
eventos de similar naturaleza que se realicen en el HHHO-SBS.
16. Difundir la doctrina, principios, normas técnicas y procedimientos de control y materias
afines, en el ámbito de su competencia funcional.
17. Promover y desarrollar la capacitación profesional, la especialización y el perfeccionamiento
del personal de la Oficina del Órgano de Control Institucional, en auditoria y control
financiero, administrativo y de gestión en salud y materias afines, así como con el quehacer
institucional, proyectándolo dentro de sus posibilidades al personal de otras dependencias
del HHHO-SBS.
18. Comunicar al Titular de la entidad, cualquier perturbación a la autonomía falta de
colaboración o incumplimiento en contra de la OCI y en caso necesario a la Contraloría.
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CAPITULO IV
ESTRUCTURA ORGANICA Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL Y FUNCIONAL
1. ESTRUCTURA ORGÁNICA
a) Órgano de Dirección
- Oficina del Órgano de Control Institucional
b) Órgano de Línea
- Área de Auditoria Interna
- Área de Inspecciones e Investigación.
- Área de Sistema de Control Gubernamental y Reserva Documentaria
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Área de Inspecciones e Investigación
Área de Sistema de Control
Gubernamental y Reserva Documentaria
ORGANIGRAMA ESTRUCTURA DEL ÓRGANO DE CONTROL
INSTITUCIONAL
Director de Sistema
Administrativo I
Asistencia Administrativa
(Secretaria)
Área de Auditoría Interna
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ORGANIGRAMA FUNCIONAL DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
Director de Sistema
Administrativo I
Asistencia Administrativa
(Secretaria)
Jefe de Comisión de Auditoria Interna
Auditor I (Especialista Administrativo)
Jefe de comisión de Inspección e Investigación
Auditor I (Técnico Administrativo)
Jefe de Sistema de Denuncias, Sistema de
Control Gubernamental y Reserva Documentaria
(Tecnico Administrativo I )
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CAPITULO V
CUADRO ORGANICO DE CARGOS
N° DE ORDEN
UNIDAD ORGANICA DESCRIPCION DEL
CARGO
TOTAL
N° CAP
OBSERVACIONES
OFICINA DE ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
001
DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO I
1
011
Previsto
002 ESPECIALSTA ADMINISTRATIVO 1 012
003-005
TECNICO ADMINISTRATIVO I
2
013-014
006
SECRETARIA I
1
016
TOTAL PEA
6
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CAPITULO VI
DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES DE LOS CARGOS
UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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CARGO CLASIFICADO: DIRECTOR DE SISTEMA
ADMINISTRATIVO I
N° DE CARGOS:
N° CAP.
CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D3-05-295-1
1 PREVISIÓN
011-OCI
1. FUNCIÓN BÁSICA
Planeamiento, asesoramiento, dirección, supervisión, evaluación y control de programas y
actividades especializadas de Auditoria Gubernamental, del Hospital Regional Huacho.
2. RELACIONES DEL CARGO:
Relaciones Interna:
Posee mando y coordina con el personal que labora en las diversas áreas del
Órgano de Control Institucional.
Depende directamente de la Contraloría General de la República.
Relaciones Externas:
Coordina con el Director Ejecutivo de la Entidad, Contraloría General de la República,
MINSA, Procuraduría Pública, Gobierno Regional Lima y DIRESA Lima.
3. ATRIBUCIONES DEL CARGO:
• De Dirección, Supervisión y monitoreo de las áreas del Órgano de Control Institucional.
• Trabaja bajo la autoridad funcional y administrativa de la Contraloría General de la
República y organizacional del Director Ejecutivo del Hospital Regional Huacho.
• Dirige, supervisa y evalúa al personal directivo, profesional y técnico de la Oficina del
Órgano de Control Institucional.
• Usar su propio criterio para la solución de problemas inherentes a su cargo.
• Su labor es evaluada mediante la apreciación de los informes que presenta y a través de
los resultados obtenidos, por la Contraloría General de la República.
• Desarrolla su actividad con independencia funcional y técnica respecto de la
administración de la entidad, dentro del ámbito de su competencia, sujeta a los principios y
atribuciones establecidos en la Ley, así como, a las funciones normadas por la Contraloría
General.
4. FUNCIONES ESPECIFICAS:
4.1 Ejercer la Jefatura y representación de la Oficina Ejecutiva del Órgano de Control
Institucional, como entidad sujeta al Sistema Nacional de Control.
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4.2 Planear, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de la Oficina Ejecutiva del
Órgano de Control Institucional. Revisar el Plan Anual de Control a ejecutarse en el
ámbito de su competencia, que será previamente visado por la Dirección Ejecutiva del
Hospital Regional Huacho .
4.3 y aprobado definitivamente por la Contraloría General de la República, debiendo
remitir un ejemplar a la Inspectoría General del Ministerio de Salud para no duplicar las
acciones y permitir el seguimiento de sus actividades.
4.4 Disponer la ejecución de las acciones de control solicitadas por el Director Ejecutivo
del Hospital Regional Huacho, por la Contraloría General y por la Inspectoría General
del Ministerio de Salud, así como proporcionarles la información que le sea requerida.
4.5 Supervisar la planificación, ejecución y elaboración y aprobar los informes resultantes
de las acciones de control realizadas y elevar simultáneamente al Director Ejecutivo del
Hospital Regional Huacho, a la Contraloría General , Procuraduría Publica y al Ministro
de Salud, así como los Organismos que señalen las disposiciones legales y
administrativas en vigencia.
4.6 Emitir opinión y/o informar sobre los asuntos contenidos en los documentos derivados a
la Oficina del Órgano de Control Institucional, así como absolver las consultas
formuladas sobre asuntos de su competencia funcional.
4.7 Disponer y aprobar la conformación de Comisiones de Auditoria y de Equipos
funcionales de Trabajo de la Oficina del Órgano de Control Institucional.
4.8 Efectuar el seguimiento de medidas correctivas y evaluar el Plan Anual de Control
emitiendo los informes respectivos y elevar a la Contraloría General de la República.
4.9 Conducir el proceso de formulación de los proyectos de presupuesto anual de la
Oficina del Órgano de Control Institucional y sustentarlo ante las instancias
correspondientes.
4.10 Revisar los cuadros de necesidades y solicitar la atención oportuna de los recursos
humanos, materiales, financieros y técnicos que requiere la Oficina del Órgano de
Control Institucional para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
4.11 Mantener permanente coordinación con la Contraloría General, Inspectoría General del
Ministerio de Salud y con los órganos internos de control afines, así como con otras
entidades públicas, en asuntos relacionados con su competencia funcional.
UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE CONTROL
INSTITUCIONAL
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CARGO CLASIFICADO: DIRECTOR DE SISTEMA
ADMINISTRATIVO I N° DE CARGOS:
N° CAP.
CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D3-05-295-1 1
PREVISIÓN 011
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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4.12 Promover y desarrollar la capacitación profesional, la especialización y el
perfeccionamiento en auditoria y control financiero, administrativo y de gestión de Salud
y materias afines.
4.13 Efectuar reportes de sus actividades por medios informáticos con fines estadísticos y otros fines institucionales.
4.14 Realizar otras funciones afines que le asigne la Contraloría General, la Inspectoría General del Ministerio de Salud, al Director Ejecutivo del Hospital Regional Huacho y las que correspondiera por disposiciones legales y administrativas en vigencia.
5. REQUISITOS MÍNIMOS :
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, la designación del Jefe del Órgano de Control Institucional, se efectúa por la Contraloría General mediante un Concurso Público de Méritos.
EDUCACIÓN: Titulo Profesional Universitario y colegiatura que lo habilite para el desempeño del Cargo. EXPERIENCIA:
• Experiencia suficiente en el ejercicio de la Auditoria Gubernamental, acorde con la magnitud de la entidad y dominio en el manejo de equipos de procesamiento automático de datos y de software actualizado y especializado aplicables en labores de auditoria.
• Versación, experiencia en gestión pública o labores gerenciales acordes con la magnitud de la Entidad y capacitación profesional en los últimos tres años.
• Experiencia en la conducción de personal profesional. CAPACIDADES, HABILIDADES Y ACTITUDES:
• Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y experiencia profesional reciente en funciones de Auditoria Gubernamental.
• Capacitación especializada en función de Auditoria Gubernamental
• Ausencia de antecedentes sobre sanción por falta administrativa disciplinaria, antecedentes judiciales, penales o proceso de determinación de responsabilidades, así como no mantener proceso judicial pendiente con el Estado.
• No tener vinculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, con los directivos y/o funcionarios encargados del manejo de recursos públicos, aún cuando estos hayan cesado en sus funciones durante los últimos dos años, así como no haber desempeñado en la Entidad, durante los dos años anteriores, funciones financieras, contables o asesoría en estas materias.
UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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CARGO CLASIFICADO: DIRECTOR DE SISTEMA
ADMINISTRATIVO I
N° DE CARGO
S:
N° CAP.
CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: D3-05-295-1
1 PREVISIÓN
012
ELABORADO POR: APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA
O.C.I 645-2015 Año 2015 15/10/2015
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UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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CARGO CLASIFICADO: ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I
N° DE CARGOS:
N° CAP.
CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: E3-05-707-1
1 PREVISIÓN
012
1. FUNCIÓN BÁSICA:
Ejecución de actividades de investigación.
2. RELACIONES DEL CARGO:
Relaciones Internas:
Coordina directamente con los Jefes de área del Órgano de Control Institucional.
Relaciones Externas:
Coordina con las Unidades Orgánicas de acuerdo a su competencia.
3. ATRIBUCIONES DEL CARGO:
Tiene la facultad de coordinar con las diversas unidades orgánicas en asuntos de su
competencia.
• Trabaja bajo la autoridad del Jefe del Órgano de Control Institucional y del
Supervisor de la Comisión de Control.
• Usa su propio criterio para la solución de problemas inherentes a su cargo.
• Su labor es evaluada mediante el informe de evaluación para el personal de
auditoria.
4. FUNCIONES ESPECIFICAS:
4.1 Realizar investigaciones para verificar el cumplimiento de disposiciones legales y
detectar anomalías.
4.2 Practicar auditorias y elaborar las actas respectivas.
4.3 Participar en el estudio y evaluación de pruebas de descargo, presentados por los
auditados.
4.4 Participar en la redacción de informes de Actividades de Control, adjuntando las
pruebas y evidencias relacionadas con auditorias practicadas.
4.5 Colaborar continuamente para fomentar el logro de los objetivos del trabajo y
contribuir en la proyección de una imagen positiva de la Institución.
4.6 Llevar el registro y archivo de los documentos relacionados con las acciones de
control realizado (papeles de trabajo) y de los informes emitidos, de acuerdo con lo
previsto en las normas emitidas por la Contraloría General y las normas generales
del Sistema de Archivos.
4.7 Recibir capacitación profesional, especialización y perfeccionamiento en auditoria y
control financiero y materias afines.
4.8 Efectuar reportes de sus actividades por medios informáticos con fines estadísticos
y otros fines institucionales
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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CARGO CLASIFICADO: ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I
N° DE CARGOS:
N° CAP.
CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: E3-05-707-1
1 PREVISIÓN
012
4.9 Realizar otras funciones afines que le asigne el supervisor de la comisión de control
y/o el Jefe del OCI.
4.10 Las demás funciones que le asigne su jefe inmediato.
5. REQUISITOS MINIMOS
EDUCACIÓN:
Titulo profesional universitario de Contabilidad, Administración y/o afines, Colegiatura
habilitada para ejercer el cargo.
EXPERIENCIA:
Amplia experiencia profesional especializada en Auditoria Interna Gubernamental.
CAPACIDADES, HABILIDADES Y ACTITUDES:
• Capacitación profesional especializada en Auditoria Interna Gubernamental.
• Tener capacitación y dominio en el manejo de equipos de procesamiento
automáticos de datos y de software actualizado y especializado aplicables en
labores de auditoria. De Microsoft Office (Word, Excel, Power Point).
• No tener vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o
segundo de afinidad, con directivos y/o funcionarios encargados del manejo de los
recursos públicos, aun cuando estos hayan cesado en sus funciones durante los
últimos tres años.
• Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y experiencia
profesional reciente en funciones de control gubernamental.
ELABORADO POR: APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA
O.C.I 645-2015 Año 2015 15/10/2015
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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CARGO CLASIFICADO: TÉCNICO ADMINISTRATIVO I
N° DE CARGOS:
N° CAP.
CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: T3-05-707-1
2 PREVISIÓN
013-014
1. FUNCIÓN BÁSICA:
Ejecución de actividades de investigación.
2. RELACIONES DEL CARGO:
Relaciones Internas:
Coordina directamente con los Jefes de área del Órgano de Control Institucional.
Relaciones Externas:
Coordina con las Unidades Orgánicas de acuerdo a su competencia.
3. ATRIBUCIONES DEL CARGO:
Tiene la facultad de coordinar con las diversas unidades orgánicas en asuntos de su
competencia.
• Trabaja bajo la autoridad del Jefe del Órgano de Control Institucional y del
Supervisor de la Comisión de Control.
• Usa su propio criterio para la solución de problemas inherentes a su cargo.
• Su labor es evaluada mediante el informe de evaluación para el personal de
auditoría.
4. FUNCIONES ESPECIFICAS:
4.1 Participar en la elaboración de papeles de trabajo
4.2 Realizar investigaciones para verificar el cumplimiento de disposiciones legales y
detectar anomalías.
4.3 Practicar auditorias y elaborar las actas respectivas.
4.4 Participar en el estudio y evaluación de pruebas de descargo, presentados por los
auditados.
4.5 Participar en la redacción de informes de Actividades de Control, adjuntando las
pruebas y evidencias relacionadas con auditorias practicadas.
4.6 Colaborar continuamente para fomentar el logro de los objetivos del trabajo y
contribuir en la proyección de una imagen positiva de la Institución.
4.7 Recibir capacitación profesional, especialización y perfeccionamiento en auditoria y
control financiero y materias afines.
4.8 Efectuar reportes de sus actividades por medios informáticos con fines estadísticos
y otros fines institucionales
4.9 Realizar otras funciones afines que le asigne el supervisor de la comisión de control
y/o el Jefe del OCI.
4.10 Las demás funciones que le asigne su jefe inmediato.
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UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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CARGO CLASIFICADO: TÉCNICO ADMINISTRATIVO I
N° DE CARGOS:
N° CAP.
CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: T3-05-707-1
2 PREVISIÓN
013-014
5. REQUISITOS MINIMOS
EDUCACIÓN:
Título profesional no universitario de Contabilidad, Administración, Derecho y/o afines,
Capacitación relacionado al área.
EXPERIENCIA:
Amplia experiencia profesional especializada en Auditoría Interna Gubernamental.
CAPACIDADES, HABILIDADES Y ACTITUDES:
• Capacitación profesional especializada en Auditoría Interna Gubernamental.
• Tener capacitación y dominio en el manejo de equipos de procesamiento
automáticos de datos y de software actualizado y especializado aplicables en
labores de auditoría. De Microsoft Office (Word, Excel, Power Point).
• No tener vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o
segundo de afinidad, con directivos y/o funcionarios encargados del manejo de los
recursos públicos, aun cuando estos hayan cesado en sus funciones durante los
últimos tres años.
• Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y experiencia
profesional reciente en funciones de control gubernamental.
ELABORADO POR: APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA
O.C.I 645-2015 Año 2015 15/10/2015
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UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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CARGO CLASIFICADO: TÉCNICO ADMINISTRATIVO I
Área Sistema de Control Gubernamental y Reserva Documentaria
N° DE CARGOS:
N° CAP.
CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: T3-05-707-1
1 PREVISIÓN
015
1. FUNCIÓN BÁSICA:
Ejecución de actividades de investigación, Atención de Denuncias, ejecución del Sistema
de Auditoria Gubernamental y del Sistema Paracas.
2. RELACIONES DEL CARGO:
Relaciones Internas:
Coordina directamente con el Jefe del Órgano de Control Institucional.
Relaciones Externas:
Coordina con las Unidades Orgánicas de acuerdo a su competencia.
Tiene mando sobre el personal a su cargo de acuerdo al cuadro orgánico del O.C.I
3. ATRIBUCIONES DEL CARGO:
Tiene la facultad de coordinar con las diversas unidades orgánicas en asuntos de su
competencia..
• Analizar y controlar la calidad de la información registrada dentro del ámbito de su
competencia
• Trabajar bajo la autoridad del Jefe del Órgano de Control Institucional
• Usa su propio criterio para la solución de problemas inherentes a su cargo.
• Supervisa y evalúa las denuncias del personal y usuarios.
• Su labor es evaluada mediante el informe de evaluación para el personal de
auditoría.
4. FUNCIONES ESPECIFICAS:
4.1 Participar en la elaboración de Informes y sus papeles de trabajo
4.2 Realizar investigaciones para verificar el cumplimiento de disposiciones legales y
detectar anomalías.
4.3 Elaborar actas de los denunciantes guardando la reserva y confidencialidad.
4.4 Participar en el estudio y evaluación de pruebas de descargo, presentada por los denunciantes
4.5 Encargar el manejo del Programa del Sistema de Control Gubernamental (SCG)
4.6 Encargar de la Conciliación SCG.
4.7 Ingresar los Informes de las Actividades y Acciones de Control al programa SCG.
4.8 Elaborar del PAC y su ingreso en el SCG.
4.9 Colaborar continuamente para fomentar el logro de los objetivos del trabajo y
contribuir en la proyección de una imagen positiva de la Institución.
4.10 Recibir capacitación profesional, especialización y perfeccionamiento en auditoria y
control financiero y materias afines.
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UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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CARGO CLASIFICADO: TÉCNICO ADMINISTRATIVO I
N° DE CARGOS:
N° CAP.
CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: T3-05-707-1
1 PREVISIÓN
115
4.11 Efectuar reportes de sus actividades por medios informáticos con fines estadísticos y
otros fines institucionales
4.12 Las demás funciones que le asigne su jefe inmediato.
5. REQUISITOS MINIMOS
EDUCACIÓN:
Título profesional Universitario en Ciencias Administrativas, Derecho o afines
Especialización en Auditoria
EXPERIENCIA:
Amplia experiencia profesional especializada en Auditoría Gubernamental.
Manejo del Programa del Sistema de Control Gubernamental
Experiencia en Veedurías y Atención de Denuncias
CAPACIDADES, HABILIDADES Y ACTITUDES:
• Capacitación profesional especializada en Auditoria Gubernamental.
• Capacitación en Control Interno,
• Tener capacitación y dominio en el manejo de equipos de procesamiento
automáticos de datos y de software actualizado y especializado aplicables en
labores de auditoria. De Microsoft Office (Word, Excel, Power Point).
• No tener vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o
segundo de afinidad, con directivos y/o funcionarios encargados del manejo de los
recursos públicos, aun cuando estos hayan cesado en sus funciones durante los
últimos tres años.
• Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y experiencia
profesional reciente en funciones de control gubernamental.
ELABORADO POR: APROBADO POR ULTIMA MODIFICACIÓN VIGENCIA
O.C.I 645-2015 Año 2015 15/10/2015
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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UNIDAD ORGANICA: ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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CARGO CLASIFICADO: SECRETARIA I N° DE CARGOS:
N° CAP.
CODIGO DEL CARGO CLASIFICADO: T1-05-675-1 1 016
1. FUNCIÓN BÁSICA
Ejecución de actividades técnico-secretariales y de trámite documentario de la Oficina del
Órgano de Control Institucional.
2. RELACIONES DEL CARGO
Relaciones Internas:
Depende directamente del Jefe de la Oficina del Órgano de Control Institucional
Coordinación con el personal de las demás áreas del O.C.I.
Tiene mando sobre el personal a su cargo de acuerdo al cuadro orgánico del O.C.I
Relaciones Externas:
Coordina con la Contraloría General de la República, DIRESA Lima, MINSA y
Procuraduría Pública de acuerdo a su competencia.
Coordina con las Unidades Orgánicas de acuerdo a su competencia
3. ATRIBUCIONES DEL CARGO
Tiene la facultad de supervisar y monitorear las áreas de la Oficina
• Trabaja bajo la autoridad del Jefe del Órgano de Control Institucional.
• Supervisa y evalúa las labores del personal.
• Su labor es evaluada mediante la apreciación del cumplimiento, rendimiento,
iniciativa y demás factores que señale el reglamento de evaluación del personal
administrativo de la Entidad.
• Absoluta reserva de la documentación existente en el Órgano de Control
Institucional.
4. FUNCIONES ESPECIFICAS:
4.1 Elaboración de Informes
4.2 Encargada de los procesos de veeduría.
4.3 Organizar y supervisar las actividades de apoyo administrativo
4.4 Recepcionar y atender comisiones o delegaciones en asuntos relacionados con el
Órgano de Control Institucional
4.5 Participar en la elaboración de procedimientos de alguna complejidad relacionada
con las funciones de apoyo administrativo.
4.6 Administrar documentos clasificados y prestar apoyo secretarial especializado.
4.7 Orientar al público en general sobre consultas y gestiones a realizar. Cautelar el
carácter reservado o confidencial de las actividades y documentación del ÓCI.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
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