manual de org. dir. atenciÓn hospitalaria

67
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

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Page 1: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN

HOSPITALARIA DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL

ESTADO DE AGUASCALIENTES

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN

HOSPITALARIA DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE

AGUASCALIENTES

Última Revisión el viernes 18 de mayo de 2018.

Manual Elaborado el martes 15 de abril de 2014.

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

Dirección de Atención Hospitalaria

Fecha de Elaboración

Fecha de Última Revisión Núm. de

Revisión

1 /

79 Día Mes Año Día Mes Año

04 15 Abril 2014 18 Mayo 2018 Hoja

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

DIRECCIÓN DE ATENCIÓN

HOSPITALARIA

ELABORÓ

DR. VICTOR ALEJANDRO GALLEGOS SAUCEDO

ENCARGADO DE DESPACHO DE LA

DIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

REVISÓ

LIC. BLANCA HAYDEÉ

HERNÁNDEZ GALLARDO

LIC. VICTOR MANUEL

HERRERA DE LIRA

Page 3: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 2 de 67

DIRECTORA DE PLANEACIÓN

Y DESARROLLO

DIRECTOR JURÍDICO

C.P. GERMÁN MONTELONGO CORTEZ

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN

Y FINANZAS

AUTORIZÓ

DR. SERGIO VELÁZQUEZ GARCÍA

DIRECTOR GENERAL DEL ISSEA

CONTENIDO

Página

I. PRESENTACIÓN

5

II. VISIÓN, MISIÓN Y VALORES

INSTITUCIONALES

6

DE LA DIRECCIÓN

7

III. MARCO JURÍDICO

8

IV. ATRIBUCIONES

12

Page 4: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 3 de 67

V. ORGANIGRAMA

16

VI. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES

17

Director de Atención Hospitalaria 17

Director del Área del Centro Estatal de Transfusión Sanguínea 20

Director del Área de Normatividad en Enfermería 22

Jefe del Departamento de Enfermería del Segundo Nivel de Atención 24

Director del Área de Supervisión Hospitalaria

27

Director del Área del Centro Estatal de Atención para Labio

y Paladar Hendido

30

Director del Área de Salud Mental y Adicciones 32

Director del Área del Hospital General de Calvillo 35

Jefe del Departamento de Administración 38

Director del Área del Hospital General de Rincón de Romos 41

Jefe del Departamento de Administración 44

Director del Área del Hospital General de Pabellón de Arteaga 48

Jefe del Departamento de Administración 52

Director del Área del Hospital General Tercer Milenio

56

Jefe del Departamento de Administración 59

Director del Área del Hospital de la Mujer 62

Jefe del Departamento de Administración 65

Director del Área del Centenario Hospital Miguel Hidalgo 68

Subdirector Médico

70 Subdirector Administrativo

72

Director del Área del Hospital de Psiquiatría “Dr. Gustavo León

Mojica García”

74

Page 5: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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Jefe del Departamento de Administración 76

VII. GLOSARIO DE TÉRMINOS

78

VIII. BIBLIOGRAFÍA

79

I. PRESENTACIÓN

El Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, es un Organismo

Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado con personalidad

jurídica, patrimonio propio y funciones de autoridad, cuyo objeto es proporcionar

servicios de salud a la población abierta en la entidad, la afiliada al Sistema de

Protección Social en Salud y la regulación, fomento y control sanitarios, en

cumplimiento a lo dispuesto en la Ley General y Estatal de Salud, sus Reglamentos,

Decretos, Acuerdos, Normas y demás disposiciones aplicables y de conformidad con

las políticas, estrategias y prioridades del Plan Estatal de Desarrollo 2016 - 2022 y del

Programa Sectorial de Salud 2013-2018.

Derivado de la publicación del Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud

del Estado de Aguascalientes (ISSEA) publicado en edición extraordinaria el 9 de

Noviembre de 2017 en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes (POEA), el

cual deroga el Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado

Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes publicado en el POEA el

26 de Septiembre de 2016.

El presente manual, muestra la forma como queda organizada esta nueva Dirección en

apego al nuevo Reglamento Interior; precisando los objetivos y funciones de cada una

de las Áreas o Departamentos que la integran. En su elaboración, participó el personal

adscrito a la misma y se contó con las valiosas observaciones, sugerencias y

recomendaciones de la Dirección de Planeación y Desarrollo y la Dirección Jurídica de

la Institución.

Lo dinámico de nuestra organización anticipa la necesidad de revisar periódicamente

este documento normativo para adecuarlo a los cambios que ocurran y de esta manera,

mantenerlo actualizado.

Page 6: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 5 de 67

Dr. Victor Alejandro Gallegos Saucedo

Encargado de Despacho de la

Direccion de Atención Hospitalaria

II. MISIÓN INSTITUCIONAL

Coordinar las acciones de atención y prevención de la salud con la finalidad de mejorar la

calidad de vida de las familias aquicalidenses a través de estrategias en materia de salud

pública, atención médica y beneficencia social; orientando los esfuerzos y recursos

institucionales hacia el acceso universal de los servicios, con oportunidad, eficiencia,

eficacia y un alto sentido humano.

VISIÓN INSTITUCIONAL

La Secretaría de Salud a través del Instituto de Servicios de Salud del Estado de

Aguascalientes es un ente que evolucionará la prestación de los servicios de salud en

beneficio de la población, apoyándose prioritariamente en los cambios conductuales del

individuo reforzando así el auto cuidado de la salud; mejorando la atención médica y

fortaleciendo el modelo de salud del Estado con estrategias innovadoras, que incidan

directamente en la mejora de la calidad de vida de la población.

POLÍTICA INSTITUCIONAL POR LA CALIDAD

Mejorar continuamente nuestros servicios y optimizar el uso de los recursos a

través de un modelo de administración de calidad con profesionalismo, para satisfacer

las expectativas de la población con calidad y calidez, cumpliendo con la normatividad

establecida.

VALORES

En la Secretaría de Salud y en el Instituto de Servicios de Salud del Estado de

Aguascalientes, nos guiamos por los valores de honestidad, transparencia y disciplina en

el cuidado de los recursos, acciones que se ven reflejadas en el compromiso leal y con

humanismo para cuidar y proteger la salud de la familia, célula primaria de nuestra

sociedad mediante acciones creativas orientadas a la prevención y autocuidado de la salud,

Page 7: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 6 de 67

lo que permite disminuir las actividades de curación, rehabilitación y terapéuticas, acciones

todas que se reflejan en una mejora de la calidad de los servicios, dirigidos a proteger la

salud de la población.

MISIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Garantizar la atención hospitalaria multidisciplinaria a la población del Estado, con apego a

las políticas de salud, mediante un trato humano con calidad y calidez, en un marco de

acción normativo, que permita la seguridad operativa hacia el usuario externo e interno.

VISIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Ser una dirección con rostro humano, organizada y tecnificada, administrativamente

transparente, con personal participativo, comprometido con la calidad de los servicios que

otorga, orgulloso y calificado, con reconocimiento por la atención a la comunidad.

VALORES DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Responsabilidad Honestidad Lealtad

Respeto Trabajo en Equipo

III. MARCO JURÍDICO

DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, última reforma

publicada en el DOF el 29 de enero de 2016.

Constitución Política del Estado de Aguascalientes, Decreto número 191

última reforma publicada en el POEA el 5 de septiembre de 2016.

LEYES:

Page 8: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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FEDERALES:

Ley General de Salud, última actualización publicada en el DOF el 1° de

junio de 2016.

ESTATALES:

Ley de Salud del Estado de Aguascalientes, última actualización publicada

en el POEA el 22 de agosto de 2016.

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de

Aguascalientes, última actualización publicada en el POEA el 31 de

diciembre de 2015.

Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes,

publicado en el POEA el 13 de junio de 2011. Sin reformas.

REGLAMENTOS:

FEDERALES:

Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en

Salud, publicado en el DOF el 5 de abril de 2004, última reforma publicada

en el DOF el 17 de diciembre de 2014.

Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la

Salud, publicado en el DOF el 6 de enero de 1987, última actualización

publicada en el DOF el 2 de abril de 2014.

ESTATALES:

Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud del Estado de

Aguascalientes, aprobado por la Junta de Gobierno el 27 de Octubre de 2017

y publicado en edición extraordinaria el 9 de Noviembre de 2017 en el

Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes (POEA).

ACUERDOS:

Acuerdo de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de

la Secretaria de Programación y Presupuesto, de la Contraloría General de la

Federación y de Salubridad y Asistencia y el Ejecutivo del Estado de

Aguascalientes, para transferir la realización de obras públicas en unidades

médicas para la Entidad. 1984.

Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud,

actualización DOF el 25 de septiembre de 2006.

Page 9: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 8 de 67

Acuerdo por el que la Secretaría de Salud da a conocer las Reglas de

Operación específicas e indicadores de gestión y evaluación de la Cruzada

Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud. 2002.

Acuerdo por el que se Reforman los Artículos 24 y 27 del Reglamento

Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Instituto de

Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes. Periódico Oficial. Agosto

14 de 2006.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS:

Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2015. Para la vigilancia

epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales. DOF

28 abril 2015.

Norma Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012: Para la disposición de

sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos. DOF 23 octubre

2012

Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA2-1993, De los servicios de

planificación familiar.

Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer

durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y

procedimientos para la prestación del servicio. Publicada en el DOF el 6 de

enero de 1995.

Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA2-1993, control de la nutrición,

crecimiento y desarrollo del niño y del adolescente. Criterios y

procedimientos para la prestación del servicio.

Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-1993, Para la prevención y

control de la infección por virus de la Inmunodeficiencia humana. DOF 10

noviembre 2010.

Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-2006: Para la prevención y

control de enfermedades bucales. DOF 8 octubre 2008.

Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA2-1993, Para la Prevención,

detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del

cáncer cérvico uterino. DOF 1994

Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010: Para la prevención,

tratamiento y control de la diabetes mellitus. DOF 23 noviembre 2010.

Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-2012. Para la vigilancia

epidemiológica. DOF 19 febrero 2013.

Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2012, prevención y control de

enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, faboterápicos (sueros) e

inmunoglobulinas en el humano. DOF 28 septiembre 2012.

Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA2-1994, Para la prevención y

control de las infecciones respiratorias agudas en la atención primaria a la

salud.

Page 10: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 9 de 67

Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-1994, Para la prestación de

servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-

psiquiátrica. DOF 4 septiembre 2014.

Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA2-2010, Para la vigilancia

epidemiológica, prevención y control de enfermedades transmitidas por

vector. DOF 1 junio de 2011.

Norma Oficial Mexicana NOM-034-SSA2-2013, para la prevención y

control de los defectos al nacimiento. DOF 24 junio de 2014.

Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2012, prevención y control de

enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, faboterápicos (sueros) e

inmunoglobulinas en el humano. DOF 28 septiembre 2012.

Norma Oficial Mexicana NOM-037-SSA2-2002, Para la prevención,

tratamiento y control de las dislipidemias. DOF 13 julio 2012.

Norma Oficial Mexicana NOM-039-SSA2-2002, para la prevención y

control de las infecciones de transmisión sexual. DOF 19 septiembre 2003.

Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención,

diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de

mama. DOF 9 junio 2011.

Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2002. Protección

ambiental - Salud ambiental - Residuos peligrosos biológico-infecciosos -

Clasificación y especificaciones de manejo. DOF 7 febrero 2003

Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA3-2012. Educación en Salud. Para

la organización y funcionamiento de residencias médicas. Publicada en el

DOF el 4 de enero de 2013.

Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997. Para la prestación de

servicios de asistencia social para menores y adultos mayores.

Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del Expediente Clínico.

Publicada en el DOF el 15 de octubre de 2012.

Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2010 Para el tratamiento integral

del sobrepeso y la obesidad. 4 agosto 2010.

Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual

y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención. DOF 16 abril

2009.

Norma Oficial Mexicana NOM-026-SSA3-2012. Para la práctica de la

cirugía mayor ambulatoria. DOF 7 agosto 2012.

Norma Oficial Mexicana NOM-206-SSA1-2002, Regulación de servicios de

salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención en los

servicios de urgencias de los establecimientos de atención médica. No

aplica.

Norma Oficial Mexicana NOM-234-SSA1-2003, utilización de campos

clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado. DOF 6 enero 2005.

Norma Oficial Mexicana NOM-206-SSA1-2002, Regulación de los

servicios de salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención

en los servicios de urgencias de los establecimientos de atención médica.

DOF 15 de septiembre de 2004.

Page 11: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012, Que establece las

características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y

consultorios de atención médica especializada. DOF 8 de enero de 2013.

OTRAS DISPOSICIONES:

Las disposiciones legales aplicables al caso del que se trate.

III. ATRIBUCIONES.

Corresponde a la Dirección de Atención Hospitalaria, por conducto de su Titular.

1. Proporcionar la información, los datos o la cooperación técnica que le sea requerida

por las unidades administrativas del organismo y por otras dependencias y

entidades de la Administración Pública Federal y Estatal, de conformidad con las

políticas establecidas a este respecto;

2. Coordinar y evaluar el desempeño del personal de los hospitales;

3. Coordinar que el Centro Estatal de Atención para Labio y Paladar Hendido otorgue

la mejor atención médica, de habilitación y de rehabilitación a los pacientes de

Labio y/o Paladar Hendido que lo requieran;

4. Coordinar los programas de Prevención de Accidentes y Lesiones, así como de

Atención Prehospitalaria en las unidades adscritas al Organismo;

5. Coordinar y evaluar el desempeño del personal de enfermería del Organismo;

6. Realizar el seguimiento de las acciones ejecutadas para el cumplimiento de los

programas y metas establecidas por el Organismo en sus diferentes niveles

operativos;

7. Organizar y aplicar un sistema de control interno sobre la demanda y abasto de

insumos y sobre la productividad de los hospitales bajo su adscripción;

8. Supervisar las acciones de atención médico quirúrgicas bajo la directriz de

oportunidad, suficiencia y calidad en cada una de las unidades hospitalarias;

9. Vigilar y asesorar en el cumplimento de políticas, normas, programas y metas

establecidas por el organismo con instituciones oficiales;

10. Asesorar y vigilar el establecimiento de mecanismos para la adquisición,

almacenamiento, distribución y consumo de los insumos para la salud en cada uno

de los hospitales y de las unidades operativas del Organismo;

Page 12: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 11 de 67

11. Coordinar y apoyar el desarrollo y funcionamiento de los hospitales;

12. Asegurar que el Centro Estatal de Transfusión Sanguínea cuenten con las

autorizaciones y certificaciones requeridas por las autoridades competentes;

13. Captar, estudiar, investigar, fraccionar, almacenar, conservar la sangre y sus

componentes, así como proveer de la misma a los establecimientos prestadores de

servicios de atención médica de hospitalización o donde se realicen actos

quirúrgicos u obstétricos, así como a los bancos de sangre del sector privado

ubicados en la entidad, de conformidad con la normatividad aplicable;

14. Actuar como unidad estatal de referencia para el estudio de problemas

inmunohematológicos relacionados a bancos de sangre;

15. Promover la cultura de donación altruista de sangre en la entidad;

16. Organizar y supervisar campañas de captación voluntaria, no remunerada, de sangre

en la entidad;

17. Promover los proyectos de investigación relacionados a bancos de sangre en

coordinación con organismos y dependencias afines;

18. Integrar, coordinar y promover las reuniones de trabajo del Comité de Medicina

Transfusional Interinstitucional;

19. Concentrar y manejar la información relativa a los donadores voluntarios de sangre;

20. Coordinar la atención médica para los enfermos mentales así como las acciones en

materia de prevención, detección, tratamiento, rehabilitación y reinserción social a

los pacientes con problemas de adicciones;

21. Delegar a los Directores de Área de las Unidades señaladas en las fracciones IV a la

XII del artículo siguiente, la facultad para expedir y certificar los documentos y

constancias que obran dentro de los archivos a su cargo; y

22. Las demás que le señalen otras disposiciones legales o le confiera el Director

General, así como las que competen a las unidades administrativas que se le

adscriben.

Respecto a las Atribuciones Genéricas de las Unidades Administrativas, le

corresponde al Titular.

1. Acordar con el Director General sobre los asuntos a su cargo y los relacionados con

las áreas adscritas a su responsabilidad;

Page 13: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 12 de 67

2. Proponer las normas, políticas, criterios, sistemas y procedimientos de carácter

técnico que deban regir en las áreas adscritas a su responsabilidad, así como en el

ámbito estatal;

3. Desempeñar las funciones y comisiones que el Director General le encomiende y

mantenerlo informado sobre su desarrollo;

4. Planear, organizar y evaluar el funcionamiento de las áreas bajo su cargo, así como

coordinar sus actividades con las adscritas al Director General y a las de otros

directores;

5. Proponer al Director General, en términos de la Ley del Organismo, la creación de

las direcciones de área, departamentos y coordinaciones que le permitan cumplir

con sus objetivos y funciones;

6. Formular los proyectos de presupuesto que le correspondan y una vez aprobados,

verificar su correcta y oportuna ejecución por parte de las áreas que tenga adscritas;

7. Someter a la aprobación del Director General los programas, estudios y proyectos

elaborados en las áreas de su responsabilidad;

8. Someter a la consideración del Director General los proyectos de manuales de

organización de las áreas a su cargo;

9. Firmar los acuerdos de trámite y notificar las resoluciones o acuerdos de las

autoridades superiores y aquellos que se emitan con fundamento en las funciones

que le corresponden;

10. Expedir y certificar las copias de los documentos o constancias que existan en los

archivos a su cargo;

11. Autorizar las licencias, incidencias y movimientos del personal a su cargo, con la

intervención de la Dirección del Área de Capital Humano;

12. Proponer al Director General los acuerdos de coordinación con dependencias del

Gobierno Estatal o Federal, así como los convenios o bases de colaboración,

coordinación o inducción que procedan con otras dependencias, entidades,

organizaciones o instituciones diversas que propicien el mejor desarrollo de sus

funciones, en coordinación con las unidades administrativas competentes y con la

participación de la Dirección Jurídica;

13. Presidir, coordinar y participar en las comisiones y comités que le encomiende el

Director General y, en su caso, designar suplente, así como informar de las

actividades que se realicen en dichos órganos colegiados;

14. Firmar la documentación requerida para el cumplimiento de sus funciones;

Page 14: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 13 de 67

15. Controlar los bienes muebles correspondientes a cada área de su adscripción,

atendiendo a los lineamientos aplicables para el registro y control de bienes

muebles propiedad o al servicio del Organismo;

16. Asegurar que toda ejecución del gasto cuente con disponibilidad presupuestal y se

apegue a la normatividad aplicable para las adquisiciones, misma que deberá ser

validada por las Direcciones de Administración y Finanzas y de Planeación y

Desarrollo;

17. Aplicar los lineamientos en el ejercicio del gasto al que deberán sujetarse las áreas

que ejerzan recursos financieros de manera directa o a través de insumos solicitados

por cada una;

18. Implementar y observar los manuales de procedimientos y demás normatividad

establecida por cada unidad;

19. Aplicar la normatividad laboral al personal de su adscripción;

20. Realizar la elaboración y actualización de sus organigramas, manual de

organización, manuales de procedimientos internos, y las Descripciones Generales

de Puesto, en apego a los lineamientos de la Dirección de Planeación y Desarrollo;

y

21. Las demás que le designen el Director General y otras disposiciones legales, así

como las implícitas necesarias.

Page 15: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 14 de 67

IV. ORGANIGRAMA

VI. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES

Page 16: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 15 de 67

DIRECTOR DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Objetivo:

Orientar la prestación de los servicios de salud en las Unidades Hospitalarias, hacia la

consecución de las metas de calidad y cobertura establecidas, propiciando el desarrollo

de la investigación de salud para mejorar los servicios y orientando la enseñanza hacia

la plena formación y desarrollo de los recursos a la protección de la salud y de la

legislación y normatividad vigente.

Nombre del puesto: Director de Atención

Hospitalaria.

Área a la que corresponde: Dirección General.

Jefe inmediato: Director General del ISSEA.

Subordinados Directos: -Director del Área del Centro

Estatal de Transfusión

Sanguínea.

-Director del Área de

Normatividad en Enfermería.

-Director del Área de

Supervisión Hospitalaria.

-Director del Área del Centro

Estatal de Atención para Labio

y Paladar Hendido.

-Director del Área de Salud

Mental y Adicciones.

-Director del Área del Hospital

General de Calvillo.

-Director del Área del Hospital

General de Rincón de Romos.

-Director del Área del Hospital

General de Pabellón de

Arteaga.

-Director del Área del Hospital

General Tercer Milenio.

-Director del Área del Hospital

de la Mujer.

-Director del Área del

Centenario Hospital Miguel

Hidalgo.

-Director del Área del Hospital

de Psiquiatría “Dr. Gustavo

León Mojica García”.

Page 17: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 16 de 67

FUNCIONES:

I. Apoyar e impulsar el desarrollo de las acciones necesarias que en materia de

Atención Hospitalaria permitan la consolidación de la Red Hospitalaria y asesorar

a las unidades aplicativas en su operación.

II. Promover y coordinar el sistema de vigilancia epidemiológica en Unidades

Hospitalarias de Segundo y Tercer Nivel de atención, el control de enfermedades

y accidentes.

III. Proponer las bases para el establecimiento y conducción de la política estatal en

materia de Atención Hospitalaria.

IV. Fomentar las normas, políticas y estrategias para mejorar la calidad de los

servicios de atención médica y vigilar su adecuado cumplimiento de Atención

Hospitalaria.

V. Participar en el Comité Estatal de Evaluación para el Programa Hospital Seguro y

dar seguimiento a los acuerdos y compromisos que del mismo se generen.

VI. Verificar el cumplimiento de las políticas, normas, programas y metas

establecidos por el Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes,

en instituciones oficiales y cuando corresponda dentro de instituciones privadas.

VII. Instrumentar y proponer bases para la definición y conducción de la política

estatal en materia de atención médica y asistencia social de los servicios

hospitalarios.

VIII. Gestionar para la aplicación la normatividad técnica relativa a la construcción,

equipamientos, ampliación, remodelación, rehabilitación y conservación de las

unidades que brindan servicios de salud hospitalaria en coordinación con las

unidades administrativas competentes.

IX. Apoyar el establecimiento de mecanismos para la adquisición, almacenamiento,

distribución y consumo de medicamentos y material de curación, así como el

aprovechamiento racional de los insumos para la salud, en coordinación con las

unidades administrativas competentes.

X. Participar en la planeación, programación, representación y control de la atención

de segundo y tercer nivel.

XI. Informar sistemáticamente y periódicamente las actividades y funciones de las

unidades hospitalarias.

XII. Participar en la implementación la definición y conducción de la política estatal en

materia de atención médica y asistencia social de los servicios hospitalarios.

XIII. Proponer acciones que contribuyan a la optimización de la calidad en la atención a

los usuarios de los servicios de las Unidades Hospitalarias.

XIV. Integrar y mantener actualizada la información relativa a los programas

Institucionales y específicos de las Unidades Hospitalarias.

XV. Proponer y verificar la aplicación de materias de organización operativa que

propicie la participación oportuna del equipo multidisciplinarlo de salud.

XVI. Coordinar y dirigir las acciones de vigilancia epidemiológica de prevención y

control de enfermedades, y desastres en el ámbito de influencia de los Hospitales

de segundo y tercer nivel de atención de salud, en conformidad a las políticas y

medidas que establezca el organismo.

Page 18: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 17 de 67

XVII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del

Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del

Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XVIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XIX. Las demás que le señalen otras disposiciones legales o le confiera el Director

General del ISSEA.

DIRECTOR DEL ÁREA DEL CENTRO ESTATAL DE TRANSFUSIÓN

SANGUÍNEA

OBJETIVO:

Garantizar la disponibilidad de sangre humana y sus componentes con fines

terapéuticos y como sangre segura, obtenida a través de donadores de sangre

voluntarios, no remunerados y repetitivos, aplicando la legislación en materia vigente

de Medicina Transfusional, para satisfacer las necesidades de la población de influencia

en forma oportuna.

Nombre del puesto: Director del Área del Centro

Estatal de Transfusión

Sanguínea.

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director de Atención

Hospitalaria.

Subordinados Directos: -Secretaria.

-Administrador.

-Coordinador de Calidad

Administrativa.

-Coordinador de Capacitación,

Enseñanza e Investigación.

-Coordinador de

Hemovigilancia.

-Coordinador del Área Médica.

-Coordinador de Trabajo Social.

-Coordinador de Laboratorio del

Banco de Sangre.

FUNCIONES:

Page 19: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 18 de 67

I. Promover y supervisar la campaña educacional de disposición altruista de sangre,

con la participación de las demás entidades del Instituto de Servicios de Salud del

Estado de Aguascalientes.

II. Organizar y promover el programa del uso racional de la sangre y sus

componentes.

III. Dirigir el Laboratorio Estatal de estudio de problemas inmunohematológicos y

enfermedades transmisibles por transfusión.

IV. Apoyar los proyectos de investigación de Medicina Transfusional e Inmuno

hematología continuamente con la coordinación de investigación del Instituto de

Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes.

V. Vigilar el cumplimiento de la Legislación Sanitaria en materia de disposición de

sangre humana y sus componentes.

VI. Compilar las normas jurídicas relacionadas con las funciones del Centro Estatal.

VII. Promover y dirigir los mecanismos de orientación al público para la observancia

de la legislación sanitaria en materia de medicina transfusional.

VIII. Participar en la celebración de convenios de intercambio de sangre y sus

componentes con fines terapéuticos.

IX. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados al Centro

Estatal.

X. Vigilar los servicios de conservación y mantenimiento de los bienes muebles e

inmuebles del Centro Estatal.

XI. Promover la autorización de recursos humanos, materiales y financieros que sean

necesarios para las funciones del Centro Estatal.

XII. Formular y presentar al Director de Atención Hospitalaria para su aprobación el

programa anual de actividades del Centro Estatal

XIII. Presentar al Director General el informe anual de actividades realizadas y de los

resultados obtenidos, acompañados los informes especiales que le sean requeridos;

XIV. Formular los proyectos de presupuesto anual de insumos y egresos del organismo

y someterlo a consideración de la Dirección de Atención Hospitalaria.

XV. Orientar a los bancos de sangre, servicios de transfusión y puestos de sangrado

sobre el cumplimiento de la legislación sanitaria en la materia.

XVI. Recibir los informes mensuales de los ingresos y egresos de sangre y sus

componentes;

XVII. Llevar el directorio de los bancos de sangre, servicios de transfusión y puestos de

sangrado de la entidad federativa;

XVIII. Apoyar técnicamente para reforzar los elementos operativos de vigilancia

sanitaria;

XIX. Promover y organizar los programas de capacitación continua que realiza el

Centro Estatal dirigido al personal involucrado en el uso y manejo de la sangre y

sus componentes;

XX. Organizar el registro estatal de disponentes altruistas de sangre.

XXI. Las demás necesarias para el cumplimiento de su encargo de conformidad con las

disposiciones legales aplicables.

XXII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo,

Page 20: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto

Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXIV. Realizar las demás funciones inherentes al puesto que le sean encomendadas por

su Jefe inmediato.

DIRECTOR DEL ÁREA DE NORMATIVIDAD EN ENFERMERÍA

Objetivo

Promover y evaluar la calidad, eficiencia y seguridad de los servicios de salud que

brinda el personal de enfermería en las unidades del Instituto de Servicios de Salud del

Estado de Aguascalientes.

Nombre del puesto: Director del Área de

Normatividad en Enfermería.

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director de Atención

Hospitalaria.

Subordinados directos: -Jefe del Departamento de

Enfermería del Segundo Nivel de

Atención.

FUNCIONES:

I. Establecer coordinación institucional e interinstitucional en el sector salud,

educativo y de investigación para realizar acciones que se emprendan en materia

de enfermería.

II. Establecer un modelo del cuidado de enfermería para los tres niveles de atención.

III. Protocolizar el cuidado de enfermería para mejorar la calidad, eficiencia y

seguridad de los servicios de salud.

IV. Estandarizar la administración de los servicios de enfermería para optimizar los

recursos.

V. Gestionar los recursos necesarios para ofrecer cuidados de enfermería de calidad,

con eficiencia y seguridad.

VI. Participar en la elaboración del programa estatal de salud.

Page 21: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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VII. Elaborar e implementar programa anual de trabajo de acuerdo a diagnóstico de

necesidades.

VIII. Participar en los proyectos estratégicos de la Comisión Permanente de Enfermería.

IX. Dirigir el Comité Interinstitucional de Enfermería de Aguascalientes.

X. Organizar, dirigir y asesorar al personal directivo de enfermería.

XI. Establecer plan de trabajo de subordinados directos, supervisar y evaluar su

cumplimiento.

XII. Diagnosticar y gestionar recursos necesarios para la aplicación de los servicios de

enfermería.

XIII. Organizar la participación de los Jefes de Enfermería en la programación de

insumos necesarios para el cuidado de los pacientes.

XIV. Elaborar herramientas técnicos administrativas aplicables a los servicios de

enfermería.

XV. Diseñar protocolos de cuidado de enfermería de acuerdo al perfil epidemiológico

del estado.

XVI. Difundir la normatividad emanada de nivel nacional y estatal.

XVII. Coordinar y participar en eventos académicos científicos.

XVIII. Participar en los comités establecidos a nivel estatal.

XIX. Investigar y proponer estrategias de actualización, educación y de investigación en

enfermería.

XX. Promover la certificación de los profesionales de enfermería.

XXI. Establecer programa de supervisión del trabajo de enfermería.

XXII. Actualizar plantillas de personal de enfermería.

XXIII. Colaborar en la selección de personal de enfermería de nuevo ingreso.

XXIV. Coordinar junto con Enseñanza de las Unidades Hospitalarias en relación al uso

de campos clínicos de estudiantes en enfermería para garantizar el aprendizaje de

los educandos.

XXV. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del

Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del

Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXVI. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXVII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA DEL SEGUNDO NIVEL DE

ATENCIÓN

Objetivo

Supervisar y fomentar la calidad de la prestación de los servicios de Enfermería en las

Unidades Médicas del ISSEA, a través de la estandarización de acciones de Enfermería

bajo Normatividad vigente.

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Nombre del puesto: Jefe del Departamento de Enfermería del

Segundo Nivel de Atención.

Área a la corresponde: Dirección de Área.

Jefe inmediato: Director de Área de Normatividad en

Enfermería.

Subordinados directos: -Ninguno.

FUNCIONES:

I. Participar en la conformación del Programa Anual Estratégico del Área de

Enfermería.

II. Elaborar Programa Anual de Trabajo del área de su responsabilidad.

III. Organizar, y asesorar al personal Directivo de Enfermería en el ámbito de su

responsabilidad, bajo los lineamientos que la Dirección del Área normativa

indique.

IV. Proponer estrategias de mejora de los Servicios de Enfermería de acuerdo a las

necesidades detectadas en su ámbito de competencia.

V. Participar en la definición de indicadores para la dotación de Capital Humano de

Enfermería en las Unidades de Salud.

VI. Evaluar o supervisar al personal de Enfermería de los diferentes ámbitos de su

competencia.

VII. Proponer Programas estratégicos que atiendan las necesidades, Estatales o

VIII. Jurisdiccionales en lo referente a la prestación de los servicios de Enfermería, ante

la Dirección de área Normativa de Enfermería.

IX. Capacitar y difundirlos Programas Prioritarios de Salud.

X. Asesorar y evaluar la implementación de los Programas Prioritarios de Salud.

XI. Participar en la conformación de los cuadros básicos de insumos para la atención

de los usuarios de los Servicios de Salud.

XII. Elaborar Normas, Procedimientos e Instrumentos Técnico-administrativos de

aplicación en el área de Enfermería, bajo la autorización de la Dirección del Área.

XIII. Difundir y vigilar el cumplimiento de la Normatividad emanada de Nivel

Nacional, Estatal o Jurisdiccional.

XIV. Coordinar o participar en eventos Académico-Científicos, Estatales y

Jurisdiccionales.

XV. Participar en la elaboración de los Programas Normativos a Nivel Estatal o

Jurisdiccional.

XVI. Participar en la elaboración y actualización de los Manuales de los Servicios de

Enfermería a nivel Estatal o Jurisdiccional.

XVII. Proponer la elaboración de Guías de Intervención de Enfermería a nivel Nacional

Estatal y Jurisdiccional.

XVIII. Proponer líneas para fortalecer el Auto cuidado de la salud de las personas,

familias, comunidades y del personal de Enfermería.

Page 23: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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XIX. Participar en los diferentes Comités establecidos a Nivel Estatal o Jurisdiccional.

XX. Proponer estrategias de fortalecimiento de la Educación e Investigación en

Enfermería.

XXI. Participar en el desarrollo de las Metodologías Disciplinares para el

fortalecimiento del Sistema del Cuidado de Enfermería.

XXII. Proponer estrategias Educativas a nivel Estatal o Jurisdiccional para el desarrollo

y la Profesionalización del personal de Enfermería.

XXIII. Asesorar en lo que a Enfermería se refiere en los Procesos de Acreditación y

Certificación de las Unidades Médicas.

XXIV. Proponer estrategias que coadyuven a la Certificación del personal de Enfermería.

XXV. Elaborar plan de trabajo anual y calendarización de metas, en su área de

responsabilidad.

XXVI. Vigilar que se cumpla con en la programación de insumos Necesarios para el

cuidado de los pacientes.

XXVII. Participar en los comités establecidos a nivel estatal.

XXVIII. Colaborar con el comité evaluador estatal para la selección de personal de

Enfermería de Nuevo ingreso.

XXIX. Participar en el comité de vestuario con relación a Enfermería, y en las reuniones

de Directivos de Enfermería.

XXX. Proponer indicadores para disminuir la tasa de infección en pacientes

Hospitalizados y participar en la plataforma operativa anual (POA).

XXXI. Vigilar el cumplimiento de la normatividad operativa en materia de epidemiología

y de Seguridad del Paciente.

XXXII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su puesto o comisión, en los

términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las Condiciones Generales de

Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al

Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus Municipios y

Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los Servidores

Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXXIII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

DIRECTOR DEL ÁREA DE SUPERVISIÓN HOSPITALARIA

Objetivo:

Coordinar y supervisar la operación y procedimientos de las diversas Áreas

Hospitalarias para garantizar el aprovechamiento de los bienes dentro de la Unidad en

beneficio de la atención integral de los usuarios de las Unidades Hospitalarias del

ISSEA.

Nombre del puesto: Director del Área de Supervisión

Hospitalaria.

Área a la que corresponde: Dirección.

Page 24: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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Jefe inmediato: Director de Atención

Hospitalaria.

Subordinados Directos: -Encargado de la Supervisión

de Hospitales.

-Encargado del Programa

Nacional “Sigamos

Aprendiendo”.

FUNCIONES:

I. Supervisar que los recursos humanos, materiales y financieros se manejen con

eficiencia, garantizando que los mismos resulten suficientes para mejorar la

calidad de la atención médica.

II. Determinar los errores e irregularidades, sus causas y efectos, así como emitir

conclusiones y recomendaciones que coadyuven al adecuado cumplimiento de

metas, objetivos y políticas de cada unidad hospitalaria.

III. Dar seguimiento a la implementación de las recomendaciones preventivas y

correctivas para determinar el grado en el que son atendidas.

IV. Dar seguimiento de las acciones realizadas para el cumplimiento de los programas

y metas establecidos por el Instituto de Servicios de Salud del Estado de

Aguascalientes en sus diferentes niveles operativos.

V. Coordinar junto con los Directivos de Unidades Hospitalarias el seguimiento y

control sobre la demanda y productividad de los niveles operativos del Instituto de

Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes.

VI. Supervisar las acciones de atención médico-quirúrgica bajo la directriz de

oportunidad, suficiencia, calidad y calidez humana en cada una de las unidades

hospitalarias pertenecientes al Instituto de Servicios de Salud del Estado de

Aguascalientes.

VII. Dimensionar y supervisar el desarrollo y cumplimiento de los programas de

atención médica en la entidad.

VIII. Vigilar y asesorar la aplicación de los métodos y procedimientos y programas

establecidos por el Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes,

en el segundo y tercer nivel de atención, mediante un sistema de control interno

diseñado ex profeso.

IX. Asesorar y vigilar el establecimiento de mecanismos para el almacenamiento,

distribución y consumo de los insumos para la salud en cada una de las unidades

aplicativas pertenecientes al Instituto de Servicios de Salud del Estado de

Aguascalientes.

X. Vigilar que las normas técnicas que regulan la prestación de servicios de atención

de salud mental y se cumplan.

XI. Instrumentar y establecer mecanismos de supervisión de las normas de su

competencia.

XII. Coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo y cumplimiento de los programas de

atención a la salud de segundo y tercer nivel, a través del cumplimiento de las

metas programadas.

Page 25: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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XIII. Aplicar la normatividad en relación a la calidad, uso y funcionamiento de los

equipos, instrumental médico y material de curación en las unidades hospitalarias.

XIV. Mantener actualizado el conocimiento de establecimientos de segundo y tercer

nivel, así como su estado físico y de requerimientos de conservación y

mantenimiento.

XV. Promover la capacitación y el adiestramiento en servicio en relación a la atención

de segundo y tercer nivel.

XVI. Vigilar que las Unidades Hospitalarias evalúen en forma constante y sostenida la

calidad y cantidad (cualitativa y cuantitativa) de las acciones que se brindaran al

público.

XVII. Apoyar en la revisión la normatividad técnica relativa a la construcción,

equipamientos, ampliación, remodelación, rehabilitación y conservación de las

unidades que brindan servicios de salud hospitalaria en coordinación con las

unidades administrativas competentes en la materia.

XVIII. Instrumentar y establecer mecanismos de supervisión de las normas de su

competencia.

XIX. Difundir y verificar el cumplimiento de las normas establecidas por la Secretaria

de Salud, en lo concerniente a las unidades de segundo y tercer nivel de atención.

XX. Coordinar, controlar, supervisar y evaluar el desarrollo y cumplimiento de los

programas de atención a la salud de segundo y tercer nivel, a través del

cumplimiento de las metas programadas.

XXI. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del

Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del

Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXIII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

DIRECTOR DEL ÁREA DEL CENTRO ESTATAL DE ATENCIÓN PARA

LABIO Y PALADAR HENDIDO

Objetivo:

Promover los enlaces especializados dentro de los servicios estatales de salud que

permitan la atención oportuna del paciente con labio y paladar hendido y otros

padecimientos asociados, en congruencia a las normas oficiales de salud referentes a la

prevención y atención de defectos al nacimiento.

Nombre del puesto: Director del Área del Centro

Estatal de Atención para Labio y

Paladar Hendido.

Page 26: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director de Atención

Hospitalaria.

Subordinados Directos: -Secretaria.

-Apoyo Administrativo.

-Administrador.

-Trabajadora Social.

-Terapeuta de Lenguaje.

-Psicólogo.

-Terapeuta Físico.

-Ortodoncista.

-Odontólogo.

FUNCIONES:

I. Planear, coordinar y supervisar el adecuado funcionamiento del Centro Estatal de

Atención para Labio y Paladar Hendido aplicando la Normatividad Institucional.

II. Establecer e implementar los protocolos de atención para el paciente dentro de los

servicios estatales de salud.

III. Establecer los enlaces interinstitucionales necesarios para la adecuada aplicación

de los protocolos de atención del paciente.

IV. Establecer la proyección de metas como parte del Programa Operativo Anual.

V. Organizar el sistema de registro estatal de casos de labio y paladar hendido y otros

padecimientos asociados en el estado de Aguascalientes.

VI. Diseñar y aplicar estrategias y campañas permanentes de prevención de nuevos

casos de labio y paladar hendido en el estado.

VII. Organizar y coordinar las actividades médicas y terapéuticas para la habilitación y

rehabilitación del paciente con labio y paladar hendido y otros padecimientos

asociados.

VIII. Participar en las reuniones y capacitaciones de la Asociación Mexicana de Labio y

Paladar Hendido y del Programa Nacional de Cirugía Extramuros.

IX. Promover la capacitación y actualización del personal involucrado en la atención

del paciente.

X. Aplicar las acciones administrativas necesarias para el adecuado ejercicio del

presupuesto asignado para la operación del Centro Multidisciplinario de Atención

para Labio y Paladar Hendido.

XI. Establecer los enlaces de gestión para la obtención de apoyos financieros que

permitan fortalecer los presupuestos institucionales asignados para la operación

del Centro.

XII. Diseñar, coordinar y ejecutar proyectos encaminados al fortalecimiento y

desarrollo del Centro de Atención Multidisciplinario para Labio y Paladar

Hendido.

XIII. Atender y dar respuesta a las solicitudes de información institucional.

Page 27: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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XIV. Dar seguimiento a los asuntos relacionados con el desarrollo del Programa de

Atención aplicado en este Centro.

XV. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo,

las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto

Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XVI. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XVII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

DIRECTOR DEL ÁREA DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES

Objetivo:

Dirigir, coordinar, vincular y concertar las acciones en lo referente a los servicios en

salud mental y adicciones en los tres niveles de gobierno en beneficio de la población

hidrocálida, así como promover y gestionar con instituciones gubernamentales públicas,

privadas y sociales actividades que incidan a través de la generación de programas y

estrategias, una mayor y mejor cobertura en servicios de prevención, detección,

atención, rehabilitación capacitación e investigación en salud mental y adicciones con

el propósito de elevar la calidad de vida individual, laboral, familiar y social en el

Estado de Aguascalientes, a través de la legislación y normatividad vigente.

Nombre del puesto: Director del Área de Salud

Mental y Adicciones.

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director de Atención Hospitalaria.

Subordinados Directos: -Coordinador del Centro Estatal

de Salud Mental “Agua Clara”.

-Coordinador de Atención a las

Adicciones.

-Coordinador de Atención

Psicoterapéutica.

-Director de UNEME CAPA

NUEVA VIDA de

Aguascalientes

-Director de UNEME CAPA

NUEVA VIDA de Jesús María.

Page 28: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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-Director de UNEME CAPA de

Rincón de Romos.

-Director de UNEME CAPA de

Calvillo.

-Director de UNEME

(CISAME) de Jesús María.

-Encargado del Programa de

Salud Mental Comunitaria.

-Encargado del Programa de

Intervención en Crisis.

-Administrador.

-Encargado del Área de

Recursos Humanos.

-Encargado de Servicios

Generales.

-Secretaria.

FUNCIONES:

I. Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo y la eficiencia de los

programas médicos e institucionales dirigidos a la atención de la salud mental a

nivel estatal, de acuerdo a los lineamientos de la Secretaría de Salud Federal y

Estatal.

II. Dar cumplimiento cabal, al reglamento de trabajo de salud mental en el Estado de

Aguascalientes.

III. Dar cumplimiento cabal, al reglamento de trabajo del Consejo Interinstitucional

Contra las Adicciones (CICA).

IV. Dirigir y coordinar las actividades en los departamentos que integran la estructura.

V. Dirigir, coordinar y evaluar operacionalmente los aspectos cualitativos y

cuantitativos de los programas asignados.

VI. Dirigir y coordinar la implantación y control de los sistemas de evaluación de los

programas que tienen encomendados.

VII. Dirigir y coordinar la participación de los sectores social y privado en los

programas de prevención, promoción y atención de la salud mental y adicciones.

VIII. Informar el grado de avance y resultados de los programas.

IX. Coordinar las acciones del Comité de Prevención y Atención al Comportamiento

Suicida.

X. Coordinar con instituciones que atienden la salud mental y adicciones del estado

como Universidades, Hospitales, Centros de Salud, DIF Estatal y Municipal,

Secretaría de la Juventud del Estado de Aguascalientes (SEJUVA), Secretaría de

Bienestar y Desarrollo Social (SEBIDESO) y Secretarías de Desarrollo Social

Municipales.

XI. Vigilar que se cumplan las normas, políticas y estrategias para mejorar la calidad

de los servicios de salud mental y prevención de las adicciones en los niveles de

atención.

XII. Coordinar y participar en proyectos de investigación intra e interinstitucionales o

en colaboración con otros organismos públicos o privados.

Page 29: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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XIII. Vigilar que el ejercicio profesional en áreas de la salud mental y adicciones

cumpla con los requisitos de ley, y en caso necesario notificar a la Dirección de

Regulación Sanitaria para la supervisión oficial.

XIV. Difundir ante los medios de comunicación los programas comunitarios de

atención y prevención en zonas marginadas.

XV. Realizar con efectividad todas las actividades relacionadas con las funciones

establecidas y las que se le demanden según programas prioritarios.

XVI. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del

Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del

Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XVII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XVIII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL GENERAL DE CALVILLO

Objetivo

Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades que se desarrollan en todas

las áreas del hospital, con la responsabilidad de vigilar la correcta integración de los

recursos tecnológicos, físicos y financieros para proporcionar atención médica íntegra

con calidad, calidez, oportunidad y eficiencia.

Nombre del puesto: Director del Área del Hospital

General de Calvillo.

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director de Atención

Hospitalaria.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de

Enseñanza.

-Jefe o Encargado de

Epidemiología.

-Coordinador de Calidad del

Hospital.

Page 30: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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-Jefe o Encargado de

Informática.

-Subdirector Médico.

-Jefe del Departamento de

Administracion.

-Asistentes de Dirección.

FUNCIONES:

I. Coordinar con el Cuerpo de Gobierno del Hospital, la integración del Diagnóstico

Situacional de la Unidad Hospitalaria e identificar los principales problemas

operativos de la misma.

II. Coordinar y participar en la planeación de los programas generales y específicos

de la Unidad, integrando de acuerdo con las necesidades, los recursos humanos y

materiales disponibles en cada uno de los servicios hospitalarios, con el fin de

obtener niveles óptimos de productividad.

III. Vigilar la Calidad de la atención médica integral que se otorgue, tomando en

consideración la promoción y protección específica de la salud, el diagnóstico

médico temprano, el tratamiento oportuno, la aplicación de medicina de

rehabilitación, así como el trato humano a los pacientes.

IV. Realizar las gestiones necesarias para que se proporcionen al Hospital los recursos

humanos, materiales y financieros, requeridos por los servicios y áreas de atención

al paciente, para su óptimo funcionamiento.

V. Coordinar y garantizar el cumplimiento de los acuerdos tomados en el Comité

para la Detección y el Control de Infecciones Intrahospitalarias, la elaboración del

Programa de Prevención de Infecciones Intrahospitalarias y la práctica de los

exámenes médicos al personal del Hospital.

VI. Coordinar y participar con el Cuerpo de Gobierno en la elaboración de los

Manuales de Organización, Funcionamiento, Procedimientos, Flujos, etc., de cada

uno de los servicios y áreas de la Unidad Hospitalaria.

VII. Coordinar la participación para la elaboración del Proyecto de Presupuesto y

Metas (POA) de la Unidad Hospitalaria anualmente, de acuerdo con las

indicaciones de la Dirección de Planeación y Desarrollo del ISSEA.

VIII. Colaborar con las autoridades estatales en la elaboración del presupuesto del

Hospital, de acuerdo con las disposiciones institucionales vigentes y con apoyo

del Sistema de Información interno.

IX. Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo de las actividades

hospitalarias, de conformidad con la programación establecida.

X. Vigilar que la distribución del personal por turnos y categorías.

XI. Vigilar que en los servicios o departamentos troncales se apliquen las Estrategias

de Uso Racional del Recurso.

XII. Participar con las autoridades a nivel estatal en los mecanismos establecidos para

la adquisición de aparatos y equipo médico, instrumental, equipo y mobiliario de

oficina, accesorios, material de consumo, etc., en lo referente a calidad y precio.

XIII. Vigilar el correcto funcionamiento del Hospital mediante la supervisión constante

de las instalaciones y mantenimiento adecuado del inmueble, aparatos, equipos,

instrumental, etc., de manera que se garantice su operatividad continúa.

XIV. Celebrar Acuerdos con las autoridades sindicales cuando sea necesario.

Page 31: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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XV. Representar al Hospital en su carácter de máxima autoridad, en todos aquellos

eventos que proyecten la buena imagen de la Unidad; y presidir las reuniones

científicas, socio-culturales y todas aquellas que por su importancia así lo

requieran.

XVI. Fomentar las buenas relaciones humanas en todos los niveles del Hospital, para

mejorar y armonizar las relaciones interpersonales de los trabajadores e instituir

actitudes positivas hacia el público en general.

XVII. Proporcionar a las autoridades de los sectores público, social y privado, los

informes técnicos, estadísticos, de actividades, de productividad, médico-legales,

etc., que le sean requeridos en forma programada o con carácter de urgente.

XVIII. Disponer lo necesario para la capacitación, desarrollo y actualización del personal

médico, paramédico y administrativo.

XIX. Promover que los programas de investigación médica, paramédica y

administrativa se elaboren y desarrollen dentro del marco de las disposiciones

institucionales y de acuerdo con las necesidades y recursos del Hospital.

XX. Conocer y hacer cumplir las NOM’S en el ámbito de su competencia.

XXI. Vigilar el cumplimiento de los Comités Técnico-Médico-Administrativos del

Hospital y dar a conocer al personal involucrado la importancia de ellos para el

mejoramiento de la calidad de la atención, así mismo, comunicar ese desarrollo a

las autoridades superiores de acuerdo a lo señalado en el Manual específico.

XXII. Tramitar y mantener actualizada la Licencia Sanitaria del establecimiento, así

como las autorizaciones necesarias para el funcionamiento de otras áreas que lo

requieran.

XXIII. Establecer, validar y vigilar que los Residentes Médicos y los Médicos Internos de

Pregrado, reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena

calidad durante su jornada de trabajo, además de la colación nocturna para estos

Médicos que trabajen en turnos nocturnos, dando cumplimiento a la NOM-090-

SSA1-1994 y la NOM-234-SSA1-2003, dicha prestación será cubierta por el

Ramo 33.

XXIV. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna

reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante

su jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada

acumulada nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha

prestación será cubierta por el Ramo 33.

XXV. Elaborar y rendir el Informe Anual de Actividades ante las Autoridades

Superiores.

XXVI. Implementar y garantizar la aplicación de las guías clínicas en las actividades

profesionales cotidianas, en beneficio de la población usuaria.

XXVII. Garantizar el buen funcionamiento del Programa de Referencia y

Contrarreferencia.

XXVIII. Difundir y hacer cumplir la normatividad vigente para las diversas actividades.

XXIX. Apegarse a políticas nacionales y locales en materia de salud.

XXX. Implementar y garantizar el cero rechazo a la población demandante del servicio;

en apego a las políticas de atención en salud vigentes.

XXXI. Establecer una comunicación y operación efectiva de la Red Hospitalaria Estatal.

Page 32: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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XXXII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del

Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del

Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXXIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXXIV. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN

Objetivo:

Coordinar, supervisar y evaluar el proceso administrativo en apoyo de la atención

médica. Establecer la relación de los departamentos administrativos para la

optimización en la prestación de servicios.

Nombre del puesto: Jefe del Departamento de

Administración.

Área a la que corresponde: Dirección del Área del Hospital.

Jefe inmediato: Director del Área del Hospital

General de Calvillo.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Recursos

Humanos.

-Jefe o Encargado de Recursos

Materiales.

-Jefe o Encargado de Servicios

Generales.

-Jefe o Encargado de Recursos

Financieros.

-Jefe o Encargado de Conservación

y Mantenimiento.

-Jefe o Encargado de Dietética.

FUNCIONES:

Page 33: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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I. Planear, programar, dirigir y evaluar la organización y funcionamiento de los

servicios administrativos y generales, mediante sistemas y procedimientos

adecuados que apoyen la atención médica del paciente.

II. Coordinar la elaboración y actualización de reglamentos, manuales, instructivos,

circulares y demás información técnico-normativa, indispensable para el

desarrollo armónico y equilibrado de las funciones y actividades administrativas.

III. Determinar conforme al programa de trabajo, las funciones y actividades que

desempeñan los jefes de los departamentos en su ámbito de competencia.

IV. Analizar los mecanismos que alteran o retrasan los resultados óptimos en áreas de

servicios de su competencia, buscando su solución ágil y eficiente.

V. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del la Unidad

Hospitalaria y autoridades del ISSEA, para informar, conocer y resolver

conjuntamente la problemática que se presente.

VI. Convocar a juntas de trabajo ordinarias y extraordinarias con los jefes de

Departamento de las áreas administrativas, para conocer y resolver conjuntamente

los problemas del funcionamiento de todas las áreas que dependen de la

Subdirección Administrativa.

VII. Mantener el aprovisionamiento suficiente y los elementos necesarios para el

funcionamiento ininterrumpido de todos los servicios del Hospital, como dietética,

farmacia, almacén, mantenimiento, etc. Para tal efecto, tramitar ante las autoridades

las requisiciones necesarias para realizar las adquisiciones y suministros de acuerdo

con la reglamentación en vigor, considerando racionalmente las prioridades y

tomando en cuenta las recomendaciones marcadas en el Comité de Insumos, así

como las indicaciones establecidas por nivel central.

VIII. Establecer los controles administrativos necesarios en todas las áreas del Hospital

que egresen de recursos financieros y materiales, aplicados a: adquisiciones, caja,

farmacia, ropería, equipo, instrumental, víveres, etc., supervisando y evaluando el

manejo, empleo, guarda y distribución de dichos recursos.

IX. Establecer controles administrativos para el cuidado de los ingresos que se generen

del hospital, informando a la Dirección de cualquier contingencia que se presente.

X. Elaborar, supervisar y validar presupuesto para el año siguiente, en coordinación

con los servicios y áreas del Hospital, apegándose a las disposiciones,

procedimientos y metas establecidas.

XI. Supervisar al Área de Recursos Humanos en la administración técnica del

personal, referente a selección, contratación, inducción y desarrollo de los

trabajadores, siempre en concordancia con las disposiciones establecidas por el

nivel central, así como conciliar los procedimientos administrativos vigentes con

las prestaciones laborales a que tienen derecho los mencionados trabajadores.

XII. Supervisar en conjunto con la jefatura de Mantenimiento y Conservación, que

tanto el mantenimiento preventivo como correctivo de la planta física, maquinaria,

equipo e instalaciones, garanticen el funcionamiento ininterrumpido de todos los

servicios del Hospital.

XIII. Vigilar y verificar que se lleve a cabo la limpieza, vigilancia y seguridad del

edificio, ornamentación, fumigación y desinfección del Hospital, así como

participar en los programas preventivo y operativo contra incendios y

emergencias.

Page 34: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 33 de 67

XIV. Realizar oportunamente las acciones que mejoren los aspectos administrativos de

la hospitalización, para agilizar los trámites y evitar estancias innecesarias de los

enfermos.

XV. Promover cursos de actualización para el personal administrativo y de servicios

generales, y coadyuvar con todas las actividades del departamento de enseñanza y

capacitación.

XVI. Participar en la elaboración del Proyecto Anual de Presupuesto-Metas (POA), de

acuerdo con las indicaciones vertidas a nivel central, y gestionar ante dichas

autoridades su aprobación y ejecución en el área de planeación.

XVII. Participar de acuerdo a su ámbito de responsabilidad en la operación de los

Comités Técnico-Médico-Administrativos.

XVIII. Participar con el Director del Hospital en el Informe Anual de Actividades que se

rinde ante las Autoridades Superiores.

XIX. Participar en los programas de docencia e investigación médico-administrativa.

XX. Elaborar y actualizar los Manuales de Procedimientos Técnico-Administrativos

que cumplan con la normatividad vigente.

XXI. Suplir al Director del Hospital y al Subdirector Médico en sus ausencias

temporales, según la autoridad delegada para asuntos de su competencia.

XXII. Elaborar las Constancias de Hechos por las diversas incidencias incorrectas en que

se incurran, denunciando ante Contraloría Interna o, en su caso, con el

Departamento Jurídico.

XXIII. Controlar y supervisar el ahorro del consumo de los energéticos, fluidos y gases

medicinales, así como de los diversos servicios para el buen funcionamiento del

Hospital.

XXIV. Dar seguimiento al cumplimiento de compromisos por contratos y licitaciones

realizadas con proveedores externos.

XXV. Gestionar las ampliaciones presupuestales ante las áreas correspondientes

solicitando los recursos necesarios.

XXVI. Coordinar el Comité de Insumos y el de Atención Médica en caso de Desastres.

XXVII. Presentar proyectos de mejora en los diferentes procedimientos administrativos.

XXVIII. Implementar y promover estrategias de ahorro de los recursos existentes.

XXIX. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del

Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del

Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXX. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXXI. Las demás que le sean asignadas por la Dirección del Hospital y no contempladas

dentro de las anteriormente mencionadas.

DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL GENERAL DE RINCÓN DE ROMOS

Objetivo:

Page 35: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades que se desarrollan en todas

las áreas del hospital, con la responsabilidad de vigilar la correcta integración de los

recursos tecnológicos, físicos y financieros para proporcionar atención médica íntegra

con calidad, calidez, oportunidad y eficiencia.

Nombre del puesto: Director del Área del Hospital

General Rincón de Romos.

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director de Atención

Hospitalaria.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de

Enseñanza.

-Jefe o Encargado de

Epidemiología.

-Coordinador de Calidad.

-Jefe o Encargado de

Informática.

-Subdirector Médico.

-Jefe del Departamento de

Administración.

-Asistentes de Dirección.

FUNCIONES:

I. Integrar junto con el Cuerpo de Gobierno del Hospital, el Diagnóstico Situacional

de la Unidad Hospitalaria e identificar los principales problemas operativos de la

misma.

II. Coordinar y participar en la planeación de los programas generales y específicos

de la Unidad, integrando de acuerdo con las necesidades, los recursos humanos y

materiales disponibles en cada uno de los servicios hospitalarios, con el fin de

obtener niveles óptimos de productividad.

III. Vigilar la Calidad de la atención médica integral que se otorgue, tomando en

consideración la promoción y protección específica de la salud, el diagnóstico

médico temprano, el tratamiento oportuno, la aplicación de medicina de

rehabilitación, así como el trato humano a los pacientes.

IV. Realizar las gestiones necesarias para que se proporcionen al Hospital los recursos

humanos, materiales y financieros, requeridos por los servicios y áreas de atención

al paciente, para su óptimo funcionamiento.

V. Coordinar y garantizar el cumplimiento de los acuerdos tomados en el Comité

para la Detección y el Control de Infecciones Intrahospitalarias, la elaboración del

Programa de Prevención de Infecciones Intrahospitalarias y la práctica de los

exámenes médicos al personal del Hospital.

Page 36: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 35 de 67

VI. Coordinar y participar con el Cuerpo de Gobierno en la elaboración de los

Manuales de Organización, Funcionamiento, Procedimientos, Flujos, etc., de cada

uno de los servicios y áreas de la Unidad Hospitalaria.

VII. Coordinar la participación para la elaboración del Proyecto de Presupuesto y

Metas (POA) de la Unidad Hospitalaria anualmente, de acuerdo con las

indicaciones de la Dirección de Planeación y Desarrollo del ISSEA.

VIII. Colaborar con las autoridades estatales en la elaboración del presupuesto del

Hospital, de acuerdo con las disposiciones institucionales vigentes y con apoyo

del Sistema de Información interno.

IX. Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo de las actividades

hospitalarias, de conformidad con la programación normatividad vigente.

X. Vigilar que la distribución del personal por turnos y categorías.

XI. Vigilar que en los servicios o departamentos troncales se apliquen las Estrategias

de Uso Racional del Recurso.

XII. Participar con las autoridades a nivel estatal en los mecanismos establecidos para

la adquisición de aparatos y equipo médico, instrumental, equipo y mobiliario de

oficina, accesorios, material de consumo, etc., en lo referente a calidad y precio.

XIII. Vigilar el correcto funcionamiento del Hospital mediante la supervisión constante

de las instalaciones y mantenimiento adecuado del inmueble, aparatos, equipos,

instrumental, etc., de manera que se garantice su operatividad continúa.

XIV. Celebrar Acuerdos con las autoridades sindicales cuando sea necesario.

XV. Representar al Hospital en su carácter de máxima autoridad, en todos aquellos

eventos que proyecten la buena imagen de la Unidad; y presidir las reuniones

científicas, socio-culturales y todas aquellas que por su importancia así lo

requieran.

XVI. Fomentar las buenas relaciones humanas en todos los niveles del Hospital, para

mejorar y armonizar las relaciones interpersonales de los trabajadores e instituir

actitudes positivas hacia el público en general.

XVII. Proporcionar a las autoridades de los sectores público, social y privado, los

informes técnicos, estadísticos, de actividades, de productividad, médico-legales,

etc., que le sean requeridos en forma programada o con carácter de urgente.

XVIII. Disponer lo necesario para la capacitación, desarrollo y actualización del personal

médico, paramédico y administrativo.

XIX. Promover que los programas de investigación médica, paramédica y

administrativa se elaboren y desarrollen dentro del marco de las disposiciones

institucionales y de acuerdo con las necesidades y recursos del Hospital.

XX. Conocer y hacer cumplir las NOM`S en el ámbito de su competencia.

XXI. Tramitar y mantener actualizada la Licencia Sanitaria del establecimiento, así

como las autorizaciones necesarias para el funcionamiento de otras áreas que lo

requieran.

XXII. Establecer, validar y vigilar que los Residentes Médicos y los Médicos Internos de

Pregrado, reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena

calidad durante su jornada de trabajo, además de la colación nocturna para estos

Médicos que trabajen en turnos nocturnos, dando cumplimiento a la NOM-090-

SSA1-1994 y la NOM-234-SSA1-2003, dicha prestación será cubierta por el

Ramo 33.

Page 37: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 36 de 67

XXIII. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna

reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante

su jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada

acumulada nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha

prestación será cubierta por el Ramo 33.

XXIV. Elaborar y rendir el Informe Anual de Actividades ante las Autoridades

Superiores.

XXV. Vigilar el cumplimiento de los Comités Técnico-Médico-Administrativos del

Hospital y dar a conocer al personal involucrado la importancia de ellos para el

mejoramiento de la calidad de la atención, así mismo, comunicar ese desarrollo a

las autoridades superiores de acuerdo a lo señalado en el Manual específico.

XXVI. Implementar y garantizar la aplicación de las guías clínicas en las actividades

profesionales cotidianas, en beneficio de la población usuaria.

XXVII. Garantizar el buen funcionamiento del Programa de Referencia y

Contrarreferencia.

XXVIII. Difundir y hacer cumplir la normatividad vigente para las diversas actividades.

XXIX. Apegarse a políticas nacionales y locales en materia de salud.

XXX. Implementar y garantizar el cero rechazo a la población demandante del servicio;

en apego a las políticas de atención en salud vigentes.

XXXI. Establecer una comunicación y operación efectiva de la Red Hospitalaria Estatal.

XXXII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del

Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del

Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXXIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXXIV. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN

Objetivo:

Coordinar, supervisar y evaluar el proceso administrativo en apoyo de la atención médica,

estableciendo la relación de Áreas Administrativas para la optimización en la prestación

de servicios, vigilando la optimización de los recursos económicos y materiales

asignados.

Nombre del puesto: Jefe del Departamento de

Administración.

Page 38: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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Área a la que corresponde: Dirección del Área del Hospital.

Jefe inmediato: Director del Área del Hospital

General de Rincón de Romos.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Recursos

Humanos.

-Jefe o Encargado de Conservación

y Mantenimiento.

-Jefe o Encargado de Dietética.

-Jefe o Encargado de Inventarios.

-Jefe o Encargado de Recursos

Financieros.

-Jefe o Encargado de Servicios

Generales.

-Jefe o Encargado de Almacén.

-Jefe o Encargado de Farmacia.

FUNCIONES:

I. Planear, programar, dirigir y evaluar la organización y funcionamiento de los

servicios administrativos y generales, mediante sistemas y procedimientos adecuados

que apoyen la atención médica del paciente.

II. Presentar un plan de trabajo anual.

III. Difundir, supervisar las políticas de cero rechazo a los pacientes.

IV. Coordinar la elaboración y actualización de reglamentos, manuales, instructivos,

circulares y demás información técnico-normativa, indispensable para el desarrollo

armónico y equilibrado de las funciones y actividades administrativas.

V. Determinar conforme al programa de trabajo, las funciones y actividades que

desempeñan los jefes de los departamentos en su ámbito de competencia.

VI. Analizar los mecanismos que alteran o retrasan los resultados óptimos en áreas de

servicios de su competencia, buscando su solución ágil y eficiente.

VII. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del la Unidad

Hospitalaria y autoridades del ISSEA, para informar, conocer y resolver

conjuntamente la problemática que se presente.

VIII. Convocar a juntas de trabajo ordinarias y extraordinarias con los jefes de las áreas

administrativas, para conocer y resolver conjuntamente los problemas del

funcionamiento de todas las áreas que dependen de la Subdirección Administrativa.

IX. Mantener el aprovisionamiento suficiente y los elementos necesarios para el

funcionamiento ininterrumpido de todos los servicios del Hospital, como dietética,

farmacia, almacén general, mantenimiento, etc. Para tal efecto, tramitar ante las

autoridades las requisiciones necesarias para realizar las adquisiciones y suministros

de acuerdo con la reglamentación en vigor, considerando racionalmente las

prioridades y tomando en cuenta las recomendaciones marcadas en el Comité de

Insumos, así como las indicaciones establecidas por el nivel central.

Page 39: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 38 de 67

X. Establecer los controles administrativos necesarios en todas las áreas del Hospital

que significan se egresos de recursos financieros y materiales, aplicados a:

adquisiciones, caja, farmacia, ropería, equipo, instrumental, víveres, etc.,

supervisando y evaluando el manejo, empleo, guarda y distribución de dichos

recursos.

XI. Establecer controles administrativos para el cuidado de los ingresos que se generen

del Hospital, informando a la Dirección de cualquier contingencia que se presente.

XII. Elaborar el presupuesto por programas para el año siguiente, en coordinación con los

servicios y áreas del Hospital, apegándose a las disposiciones, procedimientos y metas

establecidas.

XIII. Conciliar los procedimientos administrativos vigentes con las prestaciones laborales a

que tienen derecho los trabajadores.

XIV. Supervisar en conjunto con la jefatura de mantenimiento y conservación, que tanto el

mantenimiento preventivo como correctivo de maquinaria, equipo e instalaciones,

garanticen el funcionamiento ininterrumpido de todos los servicios del Hospital.

XV. Vigilar y verificar que se lleve a cabo la limpieza, vigilancia y seguridad del edificio,

ornamentación, fumigación y desinfección del Hospital, así como participar en los

programas preventivo y operativo contra incendios y emergencias.

XVI. Realizar oportunamente las acciones que mejoren los aspectos administrativos de la

hospitalización, para agilizar los trámites y evitar estancias innecesarias de los

enfermos.

XVII. Promover cursos de actualización para el personal administrativo y de servicios

generales, y coadyuvar con todas las actividades del departamento de enseñanza y

capacitación.

XVIII. Participar en la elaboración del Proyecto Anual de Presupuesto-Metas (POA), de

acuerdo con las indicaciones vertidas a nivel central, y gestionar ante dichas

autoridades su aprobación y ejecución por la dirección de planeación.

XIX. Participar de acuerdo a su ámbito de responsabilidad en la operación de los Comités

Técnico-Médico-Administrativos.

XX. Participar en los programas de docencia e investigación médico-administrativa.

XXI. Elaborar y actualizar los Manuales de Procedimientos Técnico-Administrativos que

cumplan con la normatividad vigente.

XXII. Suplir al Director del Hospital y al Subdirector Médico en sus ausencias temporales,

según la autoridad delegada para asuntos de su competencia.

XXIII. Participar con el Director del Hospital en el Informe Anual de Actividades que se

rinde ante las Autoridades Superiores.

XXIV. Elaborar las Constancias de Hechos por las diversas incidencias incorrectas en que

se incurran, denunciando ante Contraloría Interna o, en su caso, con el

Departamento Jurídico.

XXV. Controlar y supervisar el ahorro del consumo de los energéticos, fluidos y gases

medicinales, así como de los diversos servicios para el buen funcionamiento del

Hospital.

XXVI. Dar seguimiento al cumplimiento de compromisos por contratos y licitaciones

realizadas con proveedores externos.

XXVII. Coordinar el Comité de Insumos y el de Atención Médica en caso de Desastres.

XXVIII. Presentar proyectos de mejora en los diferentes procedimientos administrativos.

XXIX. Implementar y promover estrategias de ahorro de los recursos existentes.

Page 40: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 39 de 67

XXX. Supervisar y analizar el registro y control de las entradas y salidas de todos los

insumos que se resguarden en las áreas de Almacén, Farmacia e Inventarios.

XXXI. Supervisar y controlar el suministro oportuno a las áreas del Hospital para su

correcta operación.

XXXII. Supervisar el adecuado almacenamiento, acomodo y resguardo de todos

materiales e insumos recibidos de acuerdo a la normatividad establecida por el

Instituto.

XXXIII. Coordinar la elaboración de los inventarios físicos y contables que se realicen, de

acuerdo a la normatividad y periodicidad que se requiera.

XXXIV. Realizar la revisión interna y registro de kárdex.

XXXV. Elaborar y tramitar de acuerdo a la normatividad establecida a nivel central, las

órdenes de compra necesarias para la adquisición de insumos que deben ser

adquiridos a nivel central.

XXXVI. Coordinar y establecer con las diferentes áreas, los procedimientos para el

adecuado suministro de materiales e insumos, que posibilite y asegure el

funcionamiento del Hospital para una adecuada atención de los pacientes

hospitalizados.

XXXVII. Supervisar la elaboración de las requisiciones de suministros y efectuar su trámite

a nivel central, tanto de manera ordinaria, como complementaria o extraordinaria,

cumpliendo con la calendarización interna y de nivel central.

XXXVIII. Realizar el análisis e informar a las autoridades del Hospital, sobre el

comportamiento del abastecimiento programado, en todas las partidas.

XXXIX. Realizar los controles necesarios para la validación de los consumos de

medicamentos para el pago de los consumos a la empresa subrogada de Farmacia y

Almacén.

XL. Informar periódicamente y en forma extraordinaria cuando así se requiera, de

cualquier problemática o asunto de importancia a la Dirección.

XLI. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a

su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico

de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus

Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XLII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XLIII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL GENERAL DE PABELLÓN DE

ARTEAGA

Objetivo:

Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades que se desarrollan en todas las

áreas del hospital, con la responsabilidad de vigilar la correcta integración de los recursos,

Page 41: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 40 de 67

tecnología, físicos y financieros para proporcionar atención médica íntegra con calidad,

calidez, oportunidad y eficiencia.

Nombre del puesto: Director del Área del Hospital

General de Pabellón de Arteaga.

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director de Atención

Hospitalaria.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de

Enseñanza.

-Jefe o Encargado de

Epidemiología.

-Coordinador de Calidad.

-Jefe o Encargado de

Informática.

-Subdirector Médico.

-Jefe del Departamento de

Administración.

-Secretaria.

-Asistentes de Dirección.

FUNCIONES:

I. Coordinar con el Cuerpo de Gobierno del Hospital, la integración del Diagnóstico

de Salud de la población adscrita e identificar los problemas de salud más

importantes del área.

II. Coordinar con el Cuerpo de Gobierno del Hospital, la integración del Diagnóstico

Situacional de la Unidad Hospitalaria e identificar los principales problemas

operativos de la misma.

III. Elaborar y vigilar que se aplique el Programa Anual de Operación con objetivos,

metas, estrategias y actividades.

IV. Elaborar y aplicar el Programa de Supervisión de los Servicios de la Unidad.

V. Coordinar y participar en la planeación de los programas generales y específicos de

la Unidad, integrando de acuerdo con las necesidades, los recursos humanos y

materiales disponibles en cada uno de los servicios hospitalarios.

VI. Coordinar el funcionamiento del Hospital, mediante la participación y colaboración

de los Jefes de los servicios y áreas de trabajo médico, con el fin de obtener niveles

óptimos de productividad.

VII. Vigilar la calidad de la atención médica integral que se otorgue, tomando en

consideración la promoción y protección específica de la salud, el diagnóstico

médico temprano, el tratamiento oportuno, la aplicación de medicina de

rehabilitación, así como el trato humano a los pacientes.

Page 42: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 41 de 67

VIII. Realizar las gestiones necesarias para que se proporcionen al Hospital los recursos

humanos, materiales y financieros, requeridos por los servicios y áreas de atención

al paciente, para su óptimo funcionamiento.

IX. Coordinar y garantizar el cumplimiento de los acuerdos tomados en el Comité para

la Detección y el Control de Infecciones Intrahospitalarias, la elaboración del

Programa de Prevención de Infecciones Intrahospitalarias y la práctica de los

exámenes médicos al personal del Hospital.

X. Coordinar y participar con el Cuerpo de Gobierno en la elaboración de los Manuales

de Organización, Funcionamiento, Procedimientos, Flujos, etc., de cada uno de los

servicios y áreas de la Unidad Hospitalaria.

XI. Coordinar la participación para la elaboración del Proyecto de Presupuesto y Metas

(POA) de la Unidad Hospitalaria anualmente, de acuerdo con las indicaciones de la

Dirección de Planeación y Desarrollo del ISSEA.

XII. Elaborar y rendir el Informe Anual de Actividades ante las Autoridades Superiores.

XIII. Coordinar con la Junta de Gobierno la elaboración del presupuesto del Hospital, de

acuerdo con las disposiciones institucionales vigentes y con apoyo del Sistema de

Información interno.

XIV. Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo de las actividades hospitalarias,

de conformidad con la programación establecida.

XV. Vigilar que la distribución del personal por turnos y categorías.

XVI. Vigilar que en los servicios o departamentos troncales se apliquen las Estrategias de

Uso Racional del Recurso.

XVII. Participar con las autoridades a nivel estatal en los mecanismos establecidos para la

adquisición de aparatos y equipo médico, instrumental, equipo y mobiliario de

oficina, accesorios, material de consumo, etc., en lo referente a calidad y precio.

XVIII. Vigilar el correcto funcionamiento del Hospital mediante la supervisión constante

de las instalaciones y mantenimiento adecuado del inmueble, aparatos, equipos,

instrumental, etc., de manera que se garantice su operatividad continua.

XIX. Celebrar Acuerdos con las autoridades sindicales cuando sea necesario.

XX. Representar al Hospital en su carácter de máxima autoridad, en todos aquellos

eventos que proyecten la buena imagen de la Unidad; y presidir las reuniones

científicas, socio-culturales y todas aquellas que por su importancia así lo requieran.

XXI. Fomentar las buenas relaciones humanas en todos los niveles del Hospital, para

mejorar y armonizar las relaciones interpersonales de los trabajadores e instituir

actitudes positivas hacia el público en general.

XXII. Establecer programas de relaciones públicas dirigidas a la comunidad del área de

cobertura, para mantenerla informada de los propósitos y funciones del Hospital.

Dichos programas tendrán ingerencia también para mejorar las actividades

intrahospitalarias, mediante una adecuada comunicación interna.

XXIII. Proporcionar a las autoridades de los sectores público, social y privado, los informes

técnicos, estadísticos, de actividades, de productividad, médico-legales, etc., que le

sean requeridos en forma programada o con carácter de urgente.

XXIV. Disponer lo necesario para la capacitación, desarrollo y actualización del personal

médico, paramédico y administrativo.

Page 43: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 42 de 67

XXV. Promover que los programas de investigación médica, paramédica y administrativa

se elaboren y desarrollen dentro del marco de las disposiciones institucionales y de

acuerdo con las necesidades y recursos del Hospital.

XXVI. Conocer y hacer cumplir las NOM en el ámbito de su competencia.

XXVII. Vigilar el cumplimiento de los Comités Técnico-Médico-Administrativos del

Hospital y dar a conocer al personal involucrado la importancia de ellos para el

mejoramiento de la calidad de la atención, así mismo, comunicar ese desarrollo a las

autoridades superiores de acuerdo a lo señalado en el Manual específico.

XXVIII. Tramitar y mantener actualizada la Licencia Sanitaria del establecimiento, así como

las autorizaciones necesarias para el funcionamiento de otras áreas que lo requieran.

XXIX. Establecer, validar y vigilar que los Residentes Médicos y los Médicos Internos de

Pregrado, reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad

durante su jornada de trabajo, además de la colación nocturna para estos Médicos

que trabajen en turnos nocturnos, dando cumplimiento a la NOM-090-SSA1-1994 y

la NOM-234-SSA1-2003, dicha prestación será cubierta por el Ramo 33.

XXX. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna

reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante su

jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada acumulada

nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las Condiciones Generales

de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha prestación será cubierta

por el Ramo 33.

XXXI. Implementar y garantizar la aplicación de las guías clínicas en las actividades

profesionales cotidianas, en beneficio de la población usuaria.

XXXII. Garantizar el buen funcionamiento del Programa de Referencia y Contrarreferencia.

XXXIII. Difundir y hacer cumplir la normatividad vigente para las diversas actividades.

XXXIV. Apegarse a políticas nacionales y locales en materia de salud.

XXXV. Implementar y garantizar el cero rechazo a la población demandante del servicio; en

apego a las políticas de atención en salud vigentes.

XXXVI. Establecer una comunicación y operación efectiva de la Red Hospitalaria Estatal.

XXXVII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a

su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico

de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus

Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXXVIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXXIX. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN

Objetivo:

Page 44: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 43 de 67

Planear, coordinar, dirigir y evaluar la organización y funcionamiento de los servicios

administrativos y generales mediante procedimientos adecuados que apoyen la atención

medica del paciente.

Nombre del puesto: Jefe del Departamento de

Administración.

Área a la que corresponde: Dirección del Área del Hospital.

Jefe inmediato: Director del Área del Hospital

General de Pabellón de Arteaga.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Recursos

Humanos.

-Jefe o Encargado de

Conservación y

Mantenimiento.

-Jefe o Encargado de Servicios

Generales.

-Jefe o Encargado de Recursos

Financieros.

-Jefe o Encargado de Recursos

Materiales.

-Jefe o Encargado de Dietética.

FUNCIONES:

I. Colaborar en el desempeño de las actividades y/o programas que le sean

encomendados de los siguientes campos de acción: Recursos Humanos, materiales y

presupuéstales dependiendo del área de responsabilidad o de la unidad de atención

médica en apego a las instrucciones del superior jerárquico y de las normas.

II. Coordinar y vigilar la conservación y el buen funcionamiento de las instalaciones en

general de la unidad Médica.

III. Efectuar el trámite de las requisiciones y presupuestos ante las autoridades

correspondientes.

IV. Atender las demandas sobre las necesidades planteadas sobre los diferentes servicios.

V. Solicitar los insumos necesarios para la realización de actividades y conservar en

buen estado el material y equipo que se encuentren bajo su custodia.

VI. Verificar el avance, funciones, control y desarrollo de los programas y del

presupuesto para que sean llevados de acuerdo a las normas establecidas,

procedimiento e instructivos.

VII. Proponer acciones que mejoren los procedimientos dentro de su área de adscripción.

VIII. Colaborar cuando se requiera en la realización de programas específicos de otras

áreas.

IX. Informar periódicamente a las autoridades correspondientes sobre el resultado

obtenido de las actividades efectuadas.

Page 45: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 44 de 67

X. Planear, programar, dirigir y evaluar la organización y funcionamiento de los

Servicios Administrativos y Generales mediante, sistemas y procedimientos

adecuados que apoyen la atención medica del paciente.

XI. Coordinar la elaboración y actualización de reglamentos, manuales, instructivos,

circulares y demás información técnico-normativa, indispensable para el desarrollo

armónico y equilibrado de las funciones y actividades administrativas.

XII. Determinar, conforme al programa de trabajo, las funciones y actividades que

desempeñan los jefes de los departamentos en su ámbito de competencia.

XIII. Analizar los mecanismos que alteran o retrasan los resultados óptimos en áreas de

servicios de su competencia, buscando su solución ágil y eficiente.

XIV. Convocar a juntas de trabajo ordinarias y extraordinarias con los jefes de

Departamento de las áreas administrativas, para conocer y resolver conjuntamente los

problemas del funcionamiento de todas las áreas que dependen de la Subdirección

Administrativa.

XV. Mantener el aprovisionamiento suficiente y los elementos necesarios para el

funcionamiento ininterrumpido de todos los servicios del Hospital, como dietética,

almacén general, mantenimiento, etc. para tal efecto, tramitar ante las autoridades las

requisiciones necesarias y realizar las adquisiciones y suministros de acuerdo con la

reglamentación en vigor considerando racionalmente las prioridades y tomando en

cuenta las recomendaciones marcadas por el Comité de Insumos de acuerdo al manual

especifico normado, así como las indicaciones establecidas por el Nivel Central.

XVI. Establecer controles administrativos para el cuidado de los ingresos que se generen

del hospital, informando a la Dirección de cualquier contingencia que se presente.

XVII. Elaborar y formular los presupuestos que le sean encomendados por las autoridades

del Instituto de Salud del Estado de Aguascalientes, en coordinación con los servicios

y áreas del Hospital, apegándose a las disposiciones, procedimientos y metas

establecidas por las autoridades.

XVIII. Supervisar al Área de Recursos Humanos en la administración técnica del personal,

referente a selección, contratación, inducción y desarrollo de los trabajadores,

siempre en concordancia con las disposiciones establecidas por el nivel central, así

como conciliar los procedimientos administrativos vigentes con las prestaciones

laborales a que tienen derecho los mencionados trabajadores.

XIX. Supervisar en conjunto con la jefatura de Mantenimiento y Conservación, el

mantenimiento preventivo y/o correctivo de la planta física, maquinaria, equipo e

instalaciones que garanticen el funcionamiento ininterrumpido de todos los servicios

y áreas de la Unidad Hospitalaria.

XX. Vigilar con el Jefe del Área de Servicio Generales que el servicio subrogado de

limpieza y aseo cumpla con los requerimientos de contratación para que las

instalaciones de la unidad se mantengan en completa limpieza y aseo,

XXI. Vigilar conjuntamente con el Jefe del Departamento de Servicios Generales que se

lleve a cabo la vigilancia, y seguridad del edificio, así como la ornamentación,

desinfección y fumigación del Hospital, así como participar en los programas

preventivo y operativo contra incendios y emergencias.

XXII. Realizar oportunamente las acciones que mejoren los aspectos administrativos de la

hospitalización, para agilizar los trámites y evitar estancias innecesarias de los

enfermos.

Page 46: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 45 de 67

XXIII. Promover cursos de actualización para el personal administrativo y de servicios

generales, y coadyuvar con todas las actividades del Área de enseñanza y

Capacitación.

XXIV. Participar en la elaboración del Proyecto Anual del Presupuesto-Metas (POA), de

acuerdo con las indicaciones vertidas en el nivel central, y gestionar ante dichas

autoridades a su aprobación y ejecución en el área de planeación.

XXV. Participar con el Director del Hospital en el Informe Anual de Actividades que se

rinde ante las Autoridades Superiores.

XXVI. Participar de acuerdo a su ámbito de responsabilidad en la operación de los Comités

Técnico-Médico-Administrativos.

XXVII. Participar en los programas de docencia e investigación Médico-Administrativa.

XXVIII. Suplir al Director del Hospital y al Subdirector Médico en sus ausencias temporales,

según la autoridad delegada para asuntos de su competencia.

XXIX. Elaborar las Constancias de Hechos por las diversas incidencias incorrectas en que se

incurran, denunciando ante Contraloría Interna o, en su caso, con el Departamento

Jurídico.

XXX. Controlar y supervisar el ahorro del consumo de los energéticos, fluidos y gases

medicinales, así como de los diversos servicios para el buen funcionamiento del

Hospital.

XXXI. Dar seguimiento al cumplimiento de compromisos por contratos y licitaciones

realizadas con proveedores externos.

XXXII. Gestionar las ampliaciones presupuestales ante las áreas correspondientes solicitando

los recursos necesarios.

XXXIII. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del la Unidad

Hospitalaria y autoridades del ISSEA, para informar, conocer y resolver

conjuntamente la problemática que se presente.

XXXIV. Coordinar el Comité de Insumos y el de Atención Médica en caso de Desastres.

XXXV. Presentar proyectos de mejora en los diferentes procedimientos administrativos.

XXXVI. Implementar y promover estrategias de ahorro de los recursos existentes.

XXXVII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a su

puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico de

los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus

Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXXVIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en los

términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXXIX. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL GENERAL TERCER MILENIO

Objetivo:

Page 47: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 46 de 67

Contribuir a mejorar la salud de la población bajo la responsabilidad del hospital,

conduciendo su buen funcionamiento conforme a su misión, misión y valores, que

garantice una atención integral con calidad y eficiencia, favoreciendo la adecuada

organización y coordinación de todas de todas las áreas y servicios de la unidad, así

como la participación conciente y organizada de la población que propicie una correcta

utilización de los servicios en beneficio de su salud.

Nombre del puesto: Director del Área del Hospital

General Tercer Milenio.

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director de Atención

Hospitalaria.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de

Enseñanza.

-Jefe o Encargado de

Epidemiología.

-Jefe o Encargado de

Informática.

-Coordinador de Calidad.

-Subdirector Médico.

-Jefe del Departamento de

Administración.

-Secretaria.

-Asistentes de Dirección.

FUNCIONES:

I. Conducir al Cuerpo de Gobierno del Hospital para la integración del Diagnóstico

Situacional de la Unidad.

II. Coordinar la planeación de los programas generales y específicos de la Unidad,

de acuerdo con las necesidades y los recursos humanos y materiales disponibles,

en cada uno de los servicios.

III. Propiciar la participación y colaboración de los Jefes o encargados de áreas o

servicios, con el fin de obtener niveles óptimos de productividad.

IV. Vigilar la calidad de la atención integral a la salud que otorga la unidad, tomando

en consideración la promoción y protección específica, el diagnóstico médico

temprano, el tratamiento oportuno, la rehabilitación adecuada y el trato humano a

los pacientes.

V. Realizar las gestiones necesarias para que se proporcionen al Hospital los recursos

humanos, materiales y financieros, requeridos por los servicios y áreas para su

óptimo funcionamiento.

Page 48: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 47 de 67

VI. Participar con el Cuerpo de Gobierno, en la actualización de los manuales de

organización y procedimientos, guías clínicas de atención, referencia de pacientes,

programas de capacitación, etc., de toda la Unidad Hospitalaria.

VII. Coordinar la elaboración del Proyecto de Presupuesto y Metas (POA) del

Hospital, de acuerdo con las indicaciones de la Dirección de Planeación y

Desarrollo del ISSEA.

VIII. Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo de las actividades

hospitalarias, de conformidad con la programación establecida.

IX. Vigilar que la distribución del personal por turnos y categorías sea congruente con

la normatividad.

X. Vigilar que los servicios apliquen las Estrategias de Uso Racional del Recurso

Cama Censable establecidas por la Institución.

XI. Participar con las autoridades estatales para la adquisición de aparatos y equipo

médico, instrumental, de oficina, accesorios, consumo, etc., en lo referente a

calidad y precio.

XII. Vigilar el correcto funcionamiento del Hospital mediante la supervisión constante

de las instalaciones y mantenimiento adecuado del inmueble, aparatos, equipos,

instrumental, etc., de manera que se garantice su operatividad continua.

XIII. Celebrar Acuerdos con las autoridades sindicales cuando sea necesario.

XIV. Representar al Hospital en su carácter de máxima autoridad, en todos aquellos

eventos que proyecten la buena imagen de la Unidad; y presidir las reuniones

científicas, socio-culturales y todas aquellas que por su importancia así lo

requieran.

XV. Fomentar las buenas relaciones humanas en todo el Hospital para mejorar las

relaciones interpersonales de los trabajadores y hacia el público en general.

XVI. Establecer acciones dirigidas a la comunidad para mantenerla informada de los

propósitos y funciones del Hospital.

XVII. Proporcionar a las autoridades que correspondan, los informes técnicos,

estadísticos, de productividad, médico-legales, etc., que le sean requeridos.

XVIII. Disponer lo necesario para la capacitación, desarrollo y actualización del personal

médico, paramédico y administrativo.

XIX. Promover que los programas de investigación médica, paramédica y

administrativa se elaboren y desarrollen dentro del marco de las disposiciones

institucionales y de acuerdo con las necesidades y recursos del Hospital.

XX. Conocer y hacer cumplir las Normas Oficiales Mexicanas en el ámbito de su

competencia.

XXI. Vigilar el cumplimiento de los Comités Técnico-Médico-Administrativos del

Hospital y dar a conocer al personal involucrado la importancia de ellos para el

mejoramiento de la calidad de la atención, así mismo, comunicar ese desarrollo a

las autoridades superiores de acuerdo a lo señalado en el Manual específico.

XXII. Tramitar y mantener actualizada la Licencia Sanitaria del establecimiento, así

como las autorizaciones necesarias para el funcionamiento de otras áreas que lo

requieran.

XXIII. Establecer, validar y vigilar que los Residentes Médicos y los Médicos Internos de

Pregrado, reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena

calidad durante su jornada de trabajo, además de la colación nocturna para estos

Médicos que trabajen en turnos nocturnos, dando cumplimiento a la NOM-090-

Page 49: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 48 de 67

SSA1-1994 y la NOM-234-SSA1-2003, dicha prestación será cubierta por el

Ramo 33.

XXIV. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna

reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante

su jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada

acumulada nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha

prestación será cubierta por el Ramo 33.

XXV. Elaborar y rendir el Informe Anual de Actividades ante las Autoridades

Superiores.

XXVI. Implementar y garantizar la aplicación de las guías clínicas en las actividades

profesionales cotidianas, en beneficio de la población usuaria.

XXVII. Garantizar el buen funcionamiento del Programa de Referencia y

Contrarreferencia.

XXVIII. Difundir y hacer cumplir la normatividad vigente para las diversas actividades.

XXIX. Apegarse a políticas nacionales y locales en materia de salud.

XXX. Implementar y garantizar el cero rechazo a la población demandante del servicio;

en apego a las políticas de atención en salud vigentes.

XXXI. Establecer una comunicación y operación efectiva de la Red Hospitalaria Estatal.

XXXII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del

Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del

Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXXIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXXIV. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN

Objetivo:

Dirigir las acciones necesarias, aprovechando y optimizando los recursos existentes a

través de la planeación, organización y coordinación de las actividades de las áreas

administrativas, aplicando los lineamientos, políticas, normas y estatutos establecidos por

las áreas normativas.

Nombre del puesto: Jefe del Departamento de

Administración.

Área a la que corresponde: Dirección del Área del Hospital.

Page 50: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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Jefe inmediato: Director del Área del Hospital

General Tercer Milenio.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Recursos

Humanos.

-Jefe o Encargado de Recursos

Financieros.

-Jefe o Encargado de Ingeniería

y Mantenimiento.

-Jefe o Encargado de Recursos

Materiales.

-Jefe o Encargado Dietética.

-Jefe o Encargado de de

Servicios Generales.

-Responsable de la Planta de

Tratamiento de Aguas

Residuales.

FUNCIONES:

I. Coordinar las actividades de cada una de las áreas administrativas, para el adecuado

funcionamiento de las mismas.

II. Planear y dirigir la elaboración del presupuesto anual de la Unidad.

III. Participar en la actualización y revisión de los Manuales de Organización y

Procedimientos.

IV. Supervisar el aprovisionamiento de los elementos necesarios para el adecuado

funcionamiento de todas las áreas del hospital.

V. Supervisar la elaboración de las solicitudes de insumos, así como las compras de los

mismos para la adecuada operación de todas las áreas del Hospital.

VI. Administrar y controlar el adecuado ejercicio del presupuesto asignado, evitando

dispendios e informando a la Dirección de cualquier situación al respecto.

VII. Analizar y revisar los Informes de las áreas del Hospital y formular el reporte final a

la Dirección, coadyuvando con ello a la toma de decisiones.

VIII. Establecer controles administrativos para el cuidado de los ingresos que se generen

del hospital, informando a la Dirección de cualquier contingencia que se presente.

IX. Controlar y supervisar los gastos del Hospital a través del fondo revolvente

respetando los lineamientos marcados por el área normativa.

X. Verificar y autorizar el Reporte de Control de Asistencia así como, supervisar los

diferentes movimientos laborales del personal.

XI. Elaborar las Constancias de Hechos por las diversas incidencias incorrectas en que

se incurran, denunciando ante Contraloría Interna o, en su caso, con el

Departamento Jurídico.

XII. Informar a la Dirección clara y oportunamente las acciones a realizar o en su caso,

solicitar su apoyo para la toma de decisión final.

XIII. Brindar todos los elementos necesarios, aprovechando los recursos existentes para

el buen funcionamiento de las áreas administrativas.

XIV. Vigilar el adecuado cumplimiento de los Lineamientos, Normas y Estatutos

establecidos para el buen funcionamiento de las áreas operativas y administrativas.

Page 51: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 50 de 67

XV. Coordinar y supervisar las actividades dirigidas a conservar y mantener en óptimas

condiciones físicas los equipos, el mobiliario y las instalaciones del inmueble donde

opera el Hospital.

XVI. Supervisar que se lleve a cabo la actualización del diagnóstico de la situación física

del equipo biomédico y electromecánico.

XVII. Controlar y supervisar el ahorro del consumo de los energéticos, fluidos y gases

medicinales, así como de los diversos servicios para el buen funcionamiento del

Hospital.

XVIII. Supervisar y coordinar las acciones a realizar para la elaboración del programa de

mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de biomédica y

electromecánica.

XIX. Coordinar, supervisar y controlar las actividades de los servicios de intendencia,

transportes, vigilancia, ropería y jardinería, coadyuvando a lograr una atmósfera de

seguridad, limpieza y un aspecto agradable de las áreas verdes.

XX. Vigilar que los servicios subrogados de Dietética, Intendencia, Vigilancia y

Ropería, cumplan con las disposiciones establecidas en las bases de licitación para

la contratación de dichos servicios, respetando las normas y políticas internas.

XXI. Gestionar las ampliaciones presupuestales ante las áreas correspondientes

solicitando los recursos necesarios.

XXII. Convocar a juntas de trabajo ordinarias y extraordinarias con los jefes de

Departamento de las áreas administrativas, para conocer y resolver conjuntamente

los problemas del funcionamiento de todas las áreas que dependen de la Jefatura de

Departamento Administrativo.

XXIII. Coordinar el Comité de Insumos y el de Atención Médica en caso de Desastres.

XXIV. Realizar reportes extraordinarios de actividades inherentes del Hospital.

XXV. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del la Unidad

Hospitalaria y autoridades del ISSEA, para informar, conocer y resolver

conjuntamente la problemática que se presente.

XXVI. Entregar a la Dirección del Hospital y Dirección Administrativa del ISSEA el

Informe Mensual de la Subdirección Administrativa del Hospital.

XXVII. Presentar proyectos de mejora en los diferentes procedimientos administrativos.

XXVIII. Coordinar y supervisar los registros y resguardos del activo fijo de las diferentes

áreas.

XXIX. Implementar y promover estrategias de ahorro de los recursos existentes.

XXX. Apoyar en actividades encomendadas por la Dirección relacionadas con la

Administración de los recursos del Hospital.

XXXI. Elaborar y formular los presupuestos que le sean encomendados por las

autoridades del Instituto de Salud del Estado de Aguascalientes, en coordinación

con los servicios y áreas del Hospital, apegándose a las disposiciones,

procedimientos y metas establecidas.

XXXII. Dar seguimiento al cumplimiento de compromisos por contratos y licitaciones

realizadas con proveedores externos.

XXXIII. Supervisar al departamento de Recursos Humanos en la administración técnica del

personal, referente a selección, contratación, inducción y desarrollo de los

trabajadores, siempre en concordancia con las disposiciones establecidas por el

nivel central, así como conciliar los procedimientos administrativos vigentes con

las prestaciones laborales a que tienen derecho los mencionados trabajadores.

Page 52: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 51 de 67

XXXIV. Supervisar en conjunto con la jefatura de Mantenimiento y Conservación, el

mantenimiento preventivo y/o correctivo de la planta física, maquinaria, equipo e

instalaciones que garanticen el funcionamiento ininterrumpido de todos los

servicios y áreas de la unidad hospitalaria.

XXXV. Participar con el Director del Hospital en el Informe Anual de Actividades que se

rinde ante las Autoridades Superiores.

XXXVI. Participar de acuerdo a su ámbito de responsabilidad en la operación de los Comités

Técnico-Médico-Administrativos.

XXXVII. Determinar, conforme al programa de trabajo, las funciones y actividades que

desempeñan los jefes de las áreas en su ámbito de competencia.

XXXVIII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a

su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico

de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus

Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXXIX. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XL. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL DE LA MUJER

Objetivo:

Contribuir a mejorar la salud de la población bajo la responsabilidad del hospital,

conduciendo su buen funcionamiento conforme a su misión, misión y valores, que

garantice una atención integral con calidad y eficiencia, favoreciendo la adecuada

organización y coordinación de todas las áreas y servicios de la unidad, así como la

participación conciente y organizada de la población que propicie una correcta

utilización de los servicios en beneficio de su salud.

Nombre del puesto: Director del Área del Hospital

de la Mujer.

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director de Atención

Hospitalaria.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de

Enseñanza.

-Jefe o Encargado de

Epidemiología.

-Jefe o Encargado de

Enfermería.

Page 53: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 52 de 67

-Coordinador de Calidad.

-Jefe o Encargado de

Informática.

-Subdirector Médico.

-Jefe del Departamento de

Administración.

-Secretaria.

-Asistentes de Dirección.

FUNCIONES:

I. Conducir al Cuerpo de Gobierno del Hospital para la integración del Diagnóstico

Situacional de la Unidad.

II. Coordinar la planeación de los programas generales y específicos de la Unidad,

de acuerdo con las necesidades y los recursos humanos y materiales disponibles,

en cada uno de los servicios.

III. Propiciar la participación y colaboración de los Jefes o encargados de áreas o

servicios, con el fin de obtener niveles óptimos de productividad.

IV. Vigilar la calidad de la atención integral a la salud que otorga la unidad, tomando

en consideración la promoción y protección específica, el diagnóstico médico

temprano, el tratamiento oportuno, la rehabilitación adecuada y el trato humano a

los pacientes.

V. Realizar las gestiones necesarias para que se proporcionen al Hospital los recursos

humanos, materiales y financieros, requeridos por los servicios y áreas para su

óptimo funcionamiento.

VI. Participar con el Cuerpo de Gobierno, en la actualización de los manuales de

organización y procedimientos, guías clínicas de atención, referencia de pacientes,

programas de capacitación, etc., de toda la Unidad Hospitalaria.

VII. Coordinar la elaboración del Proyecto de Presupuesto y Metas (POA) del

Hospital, de acuerdo con las indicaciones de la Dirección de Planeación y

Desarrollo del ISSEA.

VIII. Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo de las actividades

hospitalarias, de conformidad con la programación establecida.

IX. Vigilar que la distribución del personal por turnos y categorías sea congruente con

la normatividad.

X. Vigilar que los servicios apliquen las Estrategias de Uso Racional del Recurso

Cama Censable establecidas por la institución.

XI. Participar con las autoridades estatales para la adquisición de aparatos y equipo

médico, instrumental, de oficina, accesorios, consumo, etc., en lo referente a

calidad y precio.

XII. Vigilar el correcto funcionamiento del Hospital mediante la supervisión constante

de las instalaciones y mantenimiento adecuado del inmueble, aparatos, equipos,

instrumental, etc., de manera que se garantice su operatividad continua.

XIII. Celebrar Acuerdos con las autoridades sindicales cuando sea necesario.

XIV. Presidir las reuniones científicas, socio-culturales y todas aquellas que por su

importancia así lo requieran.

Page 54: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 53 de 67

XV. Representar al Hospital en su carácter de máxima autoridad, en todos aquellos

eventos que proyecten la buena imagen de la Unidad; cuando no sea posible,

delegarla en entre sus subordinados directos.

XVI. Fomentar las buenas relaciones humanas en todo el Hospital para mejorar las

relaciones interpersonales de los trabajadores y hacia el público en general.

XVII. Establecer acciones dirigidas a la comunidad para mantenerla informada de los

propósitos y funciones del Hospital.

XVIII. Proporcionar a las autoridades que correspondan, los informes técnicos,

estadísticos, de productividad, médico-legales, etc., que le sean requeridos.

XIX. Disponer lo necesario para la capacitación, desarrollo y actualización del personal

médico, paramédico y administrativo.

XX. Promover que los programas de investigación médica, paramédica y

administrativa se elaboren y desarrollen dentro del marco de las disposiciones

institucionales y de acuerdo con las necesidades y recursos del Hospital.

XXI. Conocer y hacer cumplir las NOM en el ámbito de su competencia.

XXII. Vigilar el cumplimiento de los Comités Técnico-Médico-Administrativos del

Hospital y dar a conocer al personal involucrado la importancia de ellos para el

mejoramiento de la calidad de la atención, así mismo, comunicar ese desarrollo a

las autoridades superiores de acuerdo a lo señalado en el Manual específico.

XXIII. Tramitar y mantener actualizada la Licencia Sanitaria del establecimiento, así

como las autorizaciones necesarias para el funcionamiento de otras áreas que lo

requieran.

XXIV. Establecer, validar y vigilar que los Residentes Médicos y los Médicos Internos de

Pregrado, reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena

calidad durante su jornada de trabajo, además de la colación nocturna para estos

Médicos que trabajen en turnos nocturnos, dando cumplimiento a la NOM-090-

SSA1-1994 y la NOM-234-SSA1-2003, dicha prestación será cubierta por el

Ramo 33.

XXV. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna

reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante

su jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada

acumulada nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha

prestación será cubierta por el Ramo 33.

XXVI. Elaborar y rendir el Informe Anual de Actividades ante las Autoridades

Superiores.

XXVII. Implementar y garantizar la aplicación de las guías clínicas en las actividades

profesionales cotidianas, en beneficio de la población usuaria.

XXVIII. Garantizar el buen funcionamiento del Programa de Referencia y

Contrarreferencia.

XXIX. Difundir y hacer cumplir la normatividad vigente para las diversas actividades.

XXX. Apegarse a políticas nacionales y locales en materia de salud.

XXXI. Implementar y garantizar el cero rechazo a la población demandante del servicio;

en apego a las políticas de atención en salud vigentes.

XXXII. Establecer una comunicación y operación efectiva de la Red Hospitalaria Estatal.

XXXIII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del

Page 55: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 54 de 67

Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del

Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXXIV. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXXV. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN

Objetivo:

Dirigir las acciones necesarias, aprovechando y optimizando los recursos existentes a

través de la planeación, organización y coordinación de las actividades de las áreas

administrativas, aplicando los lineamientos, políticas, normas y estatutos establecidos

por las áreas normativas.

Nombre del Puesto: Jefe del Departamento de

Administración.

Área a la que corresponde: Dirección del Área del Hospital.

Jefe inmediato: Director del Área del Hospital

de la Mujer.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Recursos

Humanos.

-Jefe o Encargado de Recursos

Financieros.

-Jefe o Encargado de Recursos

Materiales.

-Jefe o Encargado de Servicios

Generales.

-Jefe o Encargado de Conservación

y Mantenimiento.

-Jefe o Encargado de Dietética.

-Secretaria

FUNCIONES:

I. Coordinar las actividades de cada una de las áreas administrativas, para el

adecuado funcionamiento de las mismas.

II. Planear y dirigir la elaboración del presupuesto anual.

Page 56: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 55 de 67

III. Participar en la actualización y revisión de los Manuales de Organización y

Procedimientos.

IV. Supervisar el aprovisionamiento de los elementos necesarios para el adecuado

funcionamiento de todas las áreas del Hospital.

V. Supervisar la elaboración de las solicitudes de insumos, así como las compras de

los mismos para la adecuada operación de todas las áreas del Hospital.

VI. Administrar y controlar el adecuado ejercicio del presupuesto asignado, evitando

dispendios e informando a la Dirección de cualquier situación al respecto.

VII. Analizar y revisar los Informes de las áreas del Hospital y formular el reporte

final a la dirección, coadyuvando con ello a la toma de decisiones.

VIII. Establecer controles administrativos para el cuidado de los ingresos que se

generen del Hospital, informando a la Dirección de cualquier contingencia que se

presente.

IX. Controlar y supervisar los gastos del Hospital a través del fondo revolvente

respetando los lineamientos marcados por el área normativa.

X. Verificar y autorizar el Reporte de Control de Asistencia así como, supervisar los

diferentes movimientos laborales del personal.

XI. Elaborar las Constancias de Hechos por las diversas incidencias incorrectas en

que se incurran, denunciando ante Contraloría Interna o, en su caso, con la

Dirección Jurídica.

XII. Informar a la Dirección clara y oportunamente las acciones a realizar o en su

caso, solicitar su apoyo para la toma de decisión final.

XIII. Brindar todos los elementos necesarios, aprovechando los recursos existentes

para el buen funcionamiento de las áreas administrativas.

XIV. Vigilar el adecuado cumplimiento de los Lineamientos, Normas y Estatutos

establecidos para el buen funcionamiento de las áreas operativas y

administrativas.

XV. Coordinar y supervisar las actividades dirigidas a conservar y mantener en

óptimas condiciones físicas los equipos, el mobiliario y las instalaciones del

inmueble donde opera el Hospital.

XVI. Supervisar que se lleve a cabo la actualización del diagnóstico de la situación

física del equipo biomédico y electromecánico.

XVII. Controlar y supervisar el ahorro del consumo de los energéticos, fluidos y gases

medicinales, así como de los diversos servicios para el buen funcionamiento del

Hospital.

XVIII. Supervisar y coordinar las acciones a realizar para la elaboración del programa

de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de biomédica y

electromecánica.

XIX. Coordinar, supervisar y controlar las actividades de los servicios de intendencia,

transportes, vigilancia, ropería y jardinería, coadyuvando a lograr una atmósfera

de seguridad, limpieza y un aspecto agradable de las áreas verdes.

XX. Vigilar que los servicios subrogados de Dietología, Intendencia, Vigilancia y

Ropería, cumplan con las disposiciones establecidas en las bases de licitación

para la contratación de dichos servicios, respetando las normas y políticas

internas.

XXI. Gestionar las ampliaciones presupuestales ante las áreas correspondientes

solicitando los recursos necesarios.

Page 57: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

Página 56 de 67

XXII. Convocar a juntas de trabajo ordinarias y extraordinarias con los jefes de las áreas

administrativas, para conocer y resolver conjuntamente los problemas del

funcionamiento de todas las áreas que dependen de la Jefatura de Departamento

Administrativo.

XXIII. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del la Unidad

Hospitalaria y autoridades del ISSEA, para informar, conocer y resolver

conjuntamente la problemática que se presente.

XXIV. Coordinar el Comité de Insumos y el de Atención Médica en caso de Desastres.

XXV. Realizar reportes extraordinarios de actividades inherentes del Hospital.

XXVI. Entregar a la Dirección del Hospital y Dirección Administrativa el Informe

Mensual de la Administración.

XXVII. Presentar proyectos de mejora en los diferentes procedimientos administrativos.

XXVIII. Coordinar y supervisar los registros y resguardos del activo fijo de las diferentes

áreas.

XXIX. Implementar y promover estrategias de ahorro de los recursos existentes.

XXX. Elaborar y formular los presupuestos que le sean encomendados por las

autoridades del Instituto de Salud del Estado de Aguascalientes, en coordinación

con los servicios y áreas del Hospital, apegándose a las disposiciones,

procedimientos y metas establecidas.

XXXI. Dar seguimiento al cumplimiento de compromisos por contratos y licitaciones

realizadas con proveedores externos.

XXXII. Supervisar en conjunto con la jefatura de Mantenimiento y Conservación, el

mantenimiento preventivo y/o correctivo de la planta física, maquinaria, equipo e

instalaciones que garanticen el funcionamiento ininterrumpido de todos los

servicios y áreas de la unidad hospitalaria.

XXXIII. Participar con el Director del Hospital en el Informe Anual de Actividades que se

rinde ante las Autoridades Superiores.

XXXIV. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del

Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del

Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXXV. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión,

en los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXXVI. Las demás que le sean asignadas por la Dirección del Hospital y no contempladas

dentro de las anteriormente mencionadas.

DIRECTOR DEL ÁREA DEL CENTENARIO HOSPITAL MIGUEL HIDALGO

Objetivo:

Page 58: MANUAL DE ORG. DIR. ATENCIÓN HOSPITALARIA

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Coordinar las actividades médicas y administrativas con la oportuna interacción de todas

y cada una de las áreas para supervisar adecuadamente las funciones de todos en

beneficio de los pacientes, así como representar al Hospital ante las instancias legales

indicadas.

Nombre del puesto: Director del Área del Centenario

Hospital Miguel Hidalgo.

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director de Atención

Hospitalaria.

Subordinados Directos: -Subdirector Médico.

-Subdirector Administrativo.

-Secretaria.

-Subdirección Médica.

FUNCIONES:

I. Ejecutar acuerdos y disposiciones del Organismo.

II. Vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas vigentes para la

prestación de servicios de salud en unidades de atención integral, expediente clínico

y demás relativas y aplicables.

III. Presentar para conocimiento y aprobación del Director de Atención Hospitalaria del

Organismo, los planes de trabajo, presupuestos, informe de actividades del Hospital,

etcétera.

IV. Proponer al Director de Atención Hospitalaria del Organismo, las políticas

generales del Hospital.

V. Vigilar el cumplimiento del objeto del Hospital.

VI. Instrumentar los sistemas y procedimientos que permitan la mejor aplicación de los

recursos.

VII. Realizar actividades de difusión relacionadas con el hospital.

VIII. Participar en la elaboración de organización y procedimientos, coordinando las

reuniones de trabajo.

IX. Atender y resolver sugerencias o quejas relativas a la prestación de servicios o en su

caso, turnarlas a la instancia competente.

X. Realizar reuniones de trabajo con los mandos medios del hospital para la

organización y supervisión de actividades.

XI. Firmar la documentación requerida para el cumplimiento de sus funciones.

XII. Determinar previo estudio socioeconómico del área de trabajo social, el monto o la

condonación de las cuotas de recuperación que deben ser retribuidas al hospital

atendiendo a las condiciones de los usuarios.

XIII. Levantar las actas administrativas al personal del hospital cuando incurra en faltas

que ameriten sanciones conforme a las disposiciones legales aplicables, así como

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administrativamente cuando proceda y remitir al director general para la emisión del

respectivo dictamen.

XIV. Apoyar y supervisar las actividades del voluntariado del hospital.,

XV. Asistir a las sesiones del voluntariado del hospital.

XVI. Presidir las reuniones científicas que se realicen dentro del hospital.

XVII. Promover y fomentar las relaciones científicas con otras instituciones hospitalarias,

sociedades médicas y las instituciones educativas que impartan conocimientos en el

área de la salud.

XVIII. Presidir el Consejo Técnico del Hospital.

XIX. Proponer a los integrantes de las Comisiones de Investigación, Ética y

Bioseguridad.

XX. Aplicar y vigilar la correcta ejecución del gasto presupuestal autorizado.

XXI. Proponer a la junta de gobierno el monto de las cuotas de recuperación por los

servicios que preste el hospital.

XXII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a

su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico

de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus

Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XXIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XXIV. Las demás que señalen otras disposiciones legales o le confiera al Director General,

así como las implícitas necesarias.

SUBDIRECTOR MÉDICO

Objetivo:

Gestionar el proceso clínico y asistencial del Hospital, con el propósito de otorgar una

atención de calidad al usuario, así como planear, programar, dirigir y vigilar, el proceso

de atención médico - quirúrgica de alta especialidad, congruente con las necesidades de

salud de la población, para brindar servicios con oportunidad, equidad, eficiencia y

calidad.

Nombre del puesto: Subdirector Médico

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director del Área del Centenario

Hospital Miguel Hidalgo.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Auxiliares de

Diagnóstico y Tratamiento.

-Jefe o Encargado de Epidemiología.

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-Jefe o Encargado de Cirugía.

-Jefe o Encargado de de Medicina

Interna.

-Jefe o Encargado de Enfermería.

-Jefe del Departamento de Enseñanza e

Investigación.

-Jefe o Encargado de Oncología y

Radioterapia.

-Jefe del Departamento de Pediatría.

-Coordinador de Calidad.

-Jefe de Servicio de Camilleros.

-Coordinador Médico del Sector

Privado.

-Jefe de Servicio de Trabajo Social.

-Jefe de Servicio de Clínica de

Atención Especializada.

-Responsable Sanitario.

-Psicólogo.

-Responsable de Registro Hospitalario

y Estadística.

-Secretaria.

FUNCIONES:

I. Participar con el Director en la organización, coordinación, supervisión, control y

evaluación de los diferentes Departamentos a su cargo.

II. Difundir, cumplir y hacer cumplir lo establecido en el Manual.

III. Mantener una constante comunicación, tanto horizontal como vertical, formal e

informal para armonizar actividades de atención de pacientes.

IV. Planear, organizar, normar, coordinar, supervisar y evaluar los servicios de atención

médica.

V. Coadyuvar para que el Hospital sea una Institución que signifique una respuesta

social a las necesidades de salud de la población de Aguascalientes.

VI. Coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento de los comités médicos

establecidos.

VII. Promover, desarrollar y aplicar las normas y procedimientos técnicos así como del

manejo y utilización de instalaciones, equipos e instrumentales médicos.

VIII. Armonizar y/ o potencializar las actividades del cuerpo médico y las del personal de

enfermería en trabajo conjunto con la jefatura de enfermeras.

IX. Detectar organizar, priorizar y encaminar requerimientos de materiales, equipos e

insumos críticos de los servicios bajo su responsabilidad.

X. Coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento de los comités médicos

establecidos.

XI. Supervisar y uniformar los indicadores de salud y atención médica, manteniéndolos

dentro de los estándares preestablecidos

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XII. Observar la realización de procedimientos, analizar documentos, información

estadística e indicadores para evaluar a través de ellos la producción, rendimiento,

calidad y oportunidad de los servicios prestados y aplicar las medidas correctivas

oportunas.

XIII. Proponer la elaboración de los protocolos, guías y vías clínicas y presentarlos

formalmente para su aprobación a la Comisión de Dirección.

XIV. Establecer el diagnóstico situacional de cada una de las divisiones de atención

médica y proponer programas asistenciales de formación y capacitación de recursos

humanos para la salud.

XV. Reemplazar al Director del Centenario Hospital durante su ausencia.

XVI. Revisar los planes anuales de trabajo.

XVII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a

su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico

de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus

Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XVIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XIX. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO

Objetivo:

Planear y coordinar las actividades administrativas necesarias para garantizar las

condiciones materiales, financieras y humanas para otorgar servicios médicos de calidad.

Nombre del puesto: Subdirector Administrativo.

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director del Área del Centenario

Hospital Miguel Hidalgo.

Subordinados Directos: -Jefe del Departamento de

Informática.

-Jefe del Departamento de

Recursos Humanos.

-Jefe Departamento Recursos

Materiales.

-Jefe del Departamento del

Sector Privado.

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-Jefe del Departamento

Servicios

Generales.

-Jefe del Departamento de

Recursos Financieros.

-Coordinador de

Implementación y

Sistema Integral de Abastos.

-Secretaria.

FUNCIONES:

I. Planear, organizar, integrar, dirigir y controlar los recursos humanos, financieros,

técnicos, materiales y físicos asignados al Centenario Hospital Miguel Hidalgo.

II. Promover, difundir y vigilar el cumplimiento de las normas, políticas, estrategias y

procedimientos administrativos.

III. Brindar apoyo logístico y administrativo a los diferentes procesos y actividades

asistenciales y así atender las demandas de necesidades planteadas por las diferentes

áreas internas y externas del Hospital.

IV. Administrar y Supervisar el Recurso Humano en el CHMH.

V. Dirigir y supervisar la adquisición y suministro adecuado de materiales,

arrendamientos y servicios de acuerdo a las necesidades establecidas por las áreas,

ajustándose al presupuesto asignado.

VI. Evaluar, coordinar y vigilar el cumplimiento de programas de trabajo y el ejercicio

presupuestal.

VII. Vigilar y controlar el sistema de contabilidad del Organismo, así como conservar

durante el plazo legal los documentos comprobatorios de las operaciones

financieras.

VIII. Informar periódicamente a las autoridades correspondientes sobre los resultados

obtenidos de las actividades efectuadas durante el periodo.

IX. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a

su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico

de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus

Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los

Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

X. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XI. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

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DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL DE PSIQUIATRÍA “DR. GUSTAVO

LEÓN MOJICA GARCÍA”

Objetivo:

Dirigir, planear, organizar y evaluar los programas de atención y rehabilitación de

enfermedades mentales, así como problemas de adicciones a sustancias y tabaquismo,

en el Hospital, con estricto apego a las disposiciones normativas vigentes y las políticas

administrativas del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes.

Nombre del puesto: Director del Área del Hospital

de Psiquiatría “Dr. Gustavo

Léon Mojica García”.

Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director de Atención

Hospitalaria.

Subordinados Directos: -Subdirector Médico.

-Jefe del Departamento de

Administración.

-Jefe o Encargado de Enseñanza.

-Coordinador de Calidad.

-Jefe o Encargado de Informática.

- Asistente Administrativo de la

Dirección.

FUNCIONES:

I. Ejecutar los acuerdos y disposiciones del Organismo.

II. Vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas vigentes para la

prestación de servicios de Salud en unidades de atención integral Médico-

Psiquiátrica, Atención de Adicciones, Expediente Clínico y demás relativas y

aplicables.

III. Presentar para su conocimiento y aprobación del Director General, los planes de

trabajo, presupuestos e informe de actividades del Hospital.

IV. Proponer al Director General, las políticas generales del Hospital.

V. Vigilar el cumplimento del objeto del Hospital.

VI. Instrumentar los sistemas y procedimientos que permitan la mejor aplicación de

los recursos.

VII. Realizar actividades de difusión relacionadas con el Hospital.

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VIII. Participar en la elaboración de manuales de organización y procedimientos,

coordinando las reuniones de trabajo.

IX. Atender y resolver sugerencias o quejas relativas a la prestación de los servicios, o

en su caso turnarlas a la instancia competente.

X. Realizar reuniones de trabajo con los mandos medios del Hospital para la

organización y supervisión de actividades.

XI. Firmar la documentación requerida para el cumplimiento de sus funciones.

XII. Determinar previo estudio socio económico del área de trabajo social, el monto o

la condonación de las cuotas de recuperación que deben ser retribuidas al hospital

atendiendo a las condiciones de los usuarios.

XIII. Asistir a cursos de capacitación para Directores y en general aquellos relacionados

con las actividades del Hospital.

XIV. Las demás que señalen otras disposiciones legales o le confiera el Director

General, así como las implícitas necesarias.

XV. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna

reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante

su jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada

acumulada nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha

prestación será cubierta por el Ramo 33.

XVI. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del

Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del

Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

XVII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XVIII. Las demás que señalen otras disposiciones legales o le confiera el Director

General del ISSEA.

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN

Objetivo:

Administrar eficientemente los recursos humanos, financieros y materiales asignados,

así como proporcionar los servicios generales de apoyo, de acuerdo a los programas de

trabajo de las diferentes áreas que integran la Dependencia, cumpliendo tanto con las

políticas establecidas como con los objetivos generales del Hospital. Contribuir a la

adecuada determinación de metas, la estimación del presupuesto y el eficiente ejercicio

y control de los recursos, atendiendo a las medidas de racionalidad, austeridad y

disciplina presupuestal, así como la correcta aplicación de los recursos asignados.

Nombre del puesto: Jefe del Departamento de

Administración.

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Área a la que corresponde: Dirección.

Jefe inmediato: Director del Área del Hospital

de Psiquiatría “Dr. Gustavo

Léon Mojica García”.

Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Servicios

Generales.

-Jefe o Encargado de Capital

Humano.

-Jefe o Encargado de

Contabilidad y Finanzas.

-Jefe o Encargado de

Adquisiciones.

-Auxiliar Administrativo.

-Chofer.

FUNCIONES:

I. Coordinar y organizar la administración de capital humano, material y financiero

que le permita operar el Programa de Salud Mental y los programas operativos

conforme a las metas previstas.

II. Dirigir y coordinar la operación y sistematización del pago de remuneraciones al

personal del Hospital y coordinar la aplicación de sueldos y catálogos de puestos

con base a la normatividad establecida.

III. Implantar y desarrollar integrante el sistema de control financiero y presupuestal

del Hospital de conformidad con las normas y lineamientos vigentes.

IV. Dirigir y controlar la aplicación, operación y vigilancia del sistema integral de

contabilidad del Hospital; de acuerdo con las normas aplicables.

V. Coordinar y desarrollar la elaboración del programa anual de abastos del Hospital

y supervisar las compras de los insumos médicos y administrativos de acuerdo a la

legislación aplicable.

VI. Controlar y evaluar los proyectos y programas de las obras de conservación,

adaptación y mantenimiento de los bienes muebles, inmuebles y equipos del

Hospital, en coordinación con las instrucciones del sector que operen en el Estado.

VII. Participar en los Comités del Hospital.

VIII. Integrar el Comité Mixto de Escalafón para la selección del personal que ocupará

plazas vacantes en el Hospital.

IX. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes

a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo,

las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto

Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de

Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.

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X. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en

los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.

XI. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe

Inmediato.

VII. GLOSARIO DE TÉRMINOS

Auditoria Médica Proceso para obtener y evaluar de manera objetiva las evidencias

relacionadas con informes sobre actividades administrativas, médico –

quirúrgicas y otros acontecimientos relacionados con la salud, cuyo fin

consiste en determinar el grado de eficiencia, calidad y calidez en

beneficio de la población.

Primer Nivel Área encargada de coordinar, organizar y supervisar que se otorgue a

la población una atención integral y de calidad con énfasis en la

entrega del Paquete Básico de Servicios de Salud, en las unidades

medicas mediante acciones preventivas, curativas, de rehabilitación, de

fomento de la participación comunitaria en la operación de los

servicios y el autocuidado de la salud.

Segundo Nivel Se refiere a los Hospitales que otorgan atención médico – quirúrgica

dentro de las 4 especialidades básicas las cuales son cirugía general,

pediatría, medicina interna y gineco-obstetricia.

Tercer Nivel Se refiere a los Hospitales que otorgan atención médico – quirúrgica

que se derivan de las 4 especialidades básicas del segundo nivel de

atención y que son referidas a subespecialidades como lo son cirugía

pediátrica, cardiología, neumología, neurocirugía, entre otras.

Cama Censable. Autorizada para su uso y a la cual se le asignan recursos.

ISSEA. Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes.

NOM. Norma Oficial Mexicana

POA. Programa Operativo Anual.

VIII. BIBLIOGRAFÍA

1. Programa Nacional de Salud 2001-2006. SSA.

2. Sistema Integral de gestión en Salud

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3. Acreditación de Establecimientos Públicos para la Prestación de Servicios de Salud.

Formato de Captura Múltiple de Datos para la Evaluación Electrónica de

Establecimientos. Centros de Salud. Primer Nivel. SSA/DGCES. 2006

4. Carta de los Derechos de los Pacientes. Comisión Nacional de Arbitraje Médico.

2001

5. Carta de los Derechos de las y los Médicos. Comisión Nacional de Arbitraje

Médico. 2002

6. Carta de Derechos y Obligaciones de los Afiliados al Sistema de Protección Social

en Salud. SSA. 2003

7. Código de Bioética para el Personal de Salud. SSA/Comisión Nacional de Bioética.

2002

8. Código de Ética para las Enfermeras y Enfermeros de México. SSA/Comisión

Interinstitucional de Enfermería. 2001

9. Código de Conducta para el Personal de Salud. SSA. 2002

10. Código de Ética del Médico. Colegio de Médicos Cirujanos de Aguascalientes. A.C.

11. Evaluación del Desempeño. SSA/DGIED. 2002

12. Lineamientos para la Ejecución del Sistema de Protección Social en Salud. SSA.