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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN
HOSPITALARIA DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO DE AGUASCALIENTES
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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN
HOSPITALARIA DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE
AGUASCALIENTES
Última Revisión el viernes 18 de mayo de 2018.
Manual Elaborado el martes 15 de abril de 2014.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
Dirección de Atención Hospitalaria
Fecha de Elaboración
Fecha de Última Revisión Núm. de
Revisión
1 /
79 Día Mes Año Día Mes Año
04 15 Abril 2014 18 Mayo 2018 Hoja
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ATENCIÓN
HOSPITALARIA
ELABORÓ
DR. VICTOR ALEJANDRO GALLEGOS SAUCEDO
ENCARGADO DE DESPACHO DE LA
DIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA
REVISÓ
LIC. BLANCA HAYDEÉ
HERNÁNDEZ GALLARDO
LIC. VICTOR MANUEL
HERRERA DE LIRA
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DIRECTORA DE PLANEACIÓN
Y DESARROLLO
DIRECTOR JURÍDICO
C.P. GERMÁN MONTELONGO CORTEZ
DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN
Y FINANZAS
AUTORIZÓ
DR. SERGIO VELÁZQUEZ GARCÍA
DIRECTOR GENERAL DEL ISSEA
CONTENIDO
Página
I. PRESENTACIÓN
5
II. VISIÓN, MISIÓN Y VALORES
INSTITUCIONALES
6
DE LA DIRECCIÓN
7
III. MARCO JURÍDICO
8
IV. ATRIBUCIONES
12
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V. ORGANIGRAMA
16
VI. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES
17
Director de Atención Hospitalaria 17
Director del Área del Centro Estatal de Transfusión Sanguínea 20
Director del Área de Normatividad en Enfermería 22
Jefe del Departamento de Enfermería del Segundo Nivel de Atención 24
Director del Área de Supervisión Hospitalaria
27
Director del Área del Centro Estatal de Atención para Labio
y Paladar Hendido
30
Director del Área de Salud Mental y Adicciones 32
Director del Área del Hospital General de Calvillo 35
Jefe del Departamento de Administración 38
Director del Área del Hospital General de Rincón de Romos 41
Jefe del Departamento de Administración 44
Director del Área del Hospital General de Pabellón de Arteaga 48
Jefe del Departamento de Administración 52
Director del Área del Hospital General Tercer Milenio
56
Jefe del Departamento de Administración 59
Director del Área del Hospital de la Mujer 62
Jefe del Departamento de Administración 65
Director del Área del Centenario Hospital Miguel Hidalgo 68
Subdirector Médico
70 Subdirector Administrativo
72
Director del Área del Hospital de Psiquiatría “Dr. Gustavo León
Mojica García”
74
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Jefe del Departamento de Administración 76
VII. GLOSARIO DE TÉRMINOS
78
VIII. BIBLIOGRAFÍA
79
I. PRESENTACIÓN
El Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, es un Organismo
Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado con personalidad
jurídica, patrimonio propio y funciones de autoridad, cuyo objeto es proporcionar
servicios de salud a la población abierta en la entidad, la afiliada al Sistema de
Protección Social en Salud y la regulación, fomento y control sanitarios, en
cumplimiento a lo dispuesto en la Ley General y Estatal de Salud, sus Reglamentos,
Decretos, Acuerdos, Normas y demás disposiciones aplicables y de conformidad con
las políticas, estrategias y prioridades del Plan Estatal de Desarrollo 2016 - 2022 y del
Programa Sectorial de Salud 2013-2018.
Derivado de la publicación del Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud
del Estado de Aguascalientes (ISSEA) publicado en edición extraordinaria el 9 de
Noviembre de 2017 en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes (POEA), el
cual deroga el Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado
Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes publicado en el POEA el
26 de Septiembre de 2016.
El presente manual, muestra la forma como queda organizada esta nueva Dirección en
apego al nuevo Reglamento Interior; precisando los objetivos y funciones de cada una
de las Áreas o Departamentos que la integran. En su elaboración, participó el personal
adscrito a la misma y se contó con las valiosas observaciones, sugerencias y
recomendaciones de la Dirección de Planeación y Desarrollo y la Dirección Jurídica de
la Institución.
Lo dinámico de nuestra organización anticipa la necesidad de revisar periódicamente
este documento normativo para adecuarlo a los cambios que ocurran y de esta manera,
mantenerlo actualizado.
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Dr. Victor Alejandro Gallegos Saucedo
Encargado de Despacho de la
Direccion de Atención Hospitalaria
II. MISIÓN INSTITUCIONAL
Coordinar las acciones de atención y prevención de la salud con la finalidad de mejorar la
calidad de vida de las familias aquicalidenses a través de estrategias en materia de salud
pública, atención médica y beneficencia social; orientando los esfuerzos y recursos
institucionales hacia el acceso universal de los servicios, con oportunidad, eficiencia,
eficacia y un alto sentido humano.
VISIÓN INSTITUCIONAL
La Secretaría de Salud a través del Instituto de Servicios de Salud del Estado de
Aguascalientes es un ente que evolucionará la prestación de los servicios de salud en
beneficio de la población, apoyándose prioritariamente en los cambios conductuales del
individuo reforzando así el auto cuidado de la salud; mejorando la atención médica y
fortaleciendo el modelo de salud del Estado con estrategias innovadoras, que incidan
directamente en la mejora de la calidad de vida de la población.
POLÍTICA INSTITUCIONAL POR LA CALIDAD
Mejorar continuamente nuestros servicios y optimizar el uso de los recursos a
través de un modelo de administración de calidad con profesionalismo, para satisfacer
las expectativas de la población con calidad y calidez, cumpliendo con la normatividad
establecida.
VALORES
En la Secretaría de Salud y en el Instituto de Servicios de Salud del Estado de
Aguascalientes, nos guiamos por los valores de honestidad, transparencia y disciplina en
el cuidado de los recursos, acciones que se ven reflejadas en el compromiso leal y con
humanismo para cuidar y proteger la salud de la familia, célula primaria de nuestra
sociedad mediante acciones creativas orientadas a la prevención y autocuidado de la salud,
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lo que permite disminuir las actividades de curación, rehabilitación y terapéuticas, acciones
todas que se reflejan en una mejora de la calidad de los servicios, dirigidos a proteger la
salud de la población.
MISIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA
Garantizar la atención hospitalaria multidisciplinaria a la población del Estado, con apego a
las políticas de salud, mediante un trato humano con calidad y calidez, en un marco de
acción normativo, que permita la seguridad operativa hacia el usuario externo e interno.
VISIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA
Ser una dirección con rostro humano, organizada y tecnificada, administrativamente
transparente, con personal participativo, comprometido con la calidad de los servicios que
otorga, orgulloso y calificado, con reconocimiento por la atención a la comunidad.
VALORES DE LA DIRECCIÓN DE ATENCIÓN HOSPITALARIA
Responsabilidad Honestidad Lealtad
Respeto Trabajo en Equipo
III. MARCO JURÍDICO
DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, última reforma
publicada en el DOF el 29 de enero de 2016.
Constitución Política del Estado de Aguascalientes, Decreto número 191
última reforma publicada en el POEA el 5 de septiembre de 2016.
LEYES:
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FEDERALES:
Ley General de Salud, última actualización publicada en el DOF el 1° de
junio de 2016.
ESTATALES:
Ley de Salud del Estado de Aguascalientes, última actualización publicada
en el POEA el 22 de agosto de 2016.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de
Aguascalientes, última actualización publicada en el POEA el 31 de
diciembre de 2015.
Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes,
publicado en el POEA el 13 de junio de 2011. Sin reformas.
REGLAMENTOS:
FEDERALES:
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en
Salud, publicado en el DOF el 5 de abril de 2004, última reforma publicada
en el DOF el 17 de diciembre de 2014.
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la
Salud, publicado en el DOF el 6 de enero de 1987, última actualización
publicada en el DOF el 2 de abril de 2014.
ESTATALES:
Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud del Estado de
Aguascalientes, aprobado por la Junta de Gobierno el 27 de Octubre de 2017
y publicado en edición extraordinaria el 9 de Noviembre de 2017 en el
Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes (POEA).
ACUERDOS:
Acuerdo de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de
la Secretaria de Programación y Presupuesto, de la Contraloría General de la
Federación y de Salubridad y Asistencia y el Ejecutivo del Estado de
Aguascalientes, para transferir la realización de obras públicas en unidades
médicas para la Entidad. 1984.
Acuerdo Nacional para la Descentralización de los Servicios de Salud,
actualización DOF el 25 de septiembre de 2006.
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Acuerdo por el que la Secretaría de Salud da a conocer las Reglas de
Operación específicas e indicadores de gestión y evaluación de la Cruzada
Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud. 2002.
Acuerdo por el que se Reforman los Artículos 24 y 27 del Reglamento
Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Instituto de
Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes. Periódico Oficial. Agosto
14 de 2006.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS:
Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2015. Para la vigilancia
epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales. DOF
28 abril 2015.
Norma Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012: Para la disposición de
sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos. DOF 23 octubre
2012
Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA2-1993, De los servicios de
planificación familiar.
Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer
durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y
procedimientos para la prestación del servicio. Publicada en el DOF el 6 de
enero de 1995.
Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA2-1993, control de la nutrición,
crecimiento y desarrollo del niño y del adolescente. Criterios y
procedimientos para la prestación del servicio.
Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-1993, Para la prevención y
control de la infección por virus de la Inmunodeficiencia humana. DOF 10
noviembre 2010.
Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-2006: Para la prevención y
control de enfermedades bucales. DOF 8 octubre 2008.
Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA2-1993, Para la Prevención,
detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del
cáncer cérvico uterino. DOF 1994
Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010: Para la prevención,
tratamiento y control de la diabetes mellitus. DOF 23 noviembre 2010.
Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-2012. Para la vigilancia
epidemiológica. DOF 19 febrero 2013.
Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2012, prevención y control de
enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, faboterápicos (sueros) e
inmunoglobulinas en el humano. DOF 28 septiembre 2012.
Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA2-1994, Para la prevención y
control de las infecciones respiratorias agudas en la atención primaria a la
salud.
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Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-1994, Para la prestación de
servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-
psiquiátrica. DOF 4 septiembre 2014.
Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA2-2010, Para la vigilancia
epidemiológica, prevención y control de enfermedades transmitidas por
vector. DOF 1 junio de 2011.
Norma Oficial Mexicana NOM-034-SSA2-2013, para la prevención y
control de los defectos al nacimiento. DOF 24 junio de 2014.
Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2012, prevención y control de
enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, faboterápicos (sueros) e
inmunoglobulinas en el humano. DOF 28 septiembre 2012.
Norma Oficial Mexicana NOM-037-SSA2-2002, Para la prevención,
tratamiento y control de las dislipidemias. DOF 13 julio 2012.
Norma Oficial Mexicana NOM-039-SSA2-2002, para la prevención y
control de las infecciones de transmisión sexual. DOF 19 septiembre 2003.
Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención,
diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de
mama. DOF 9 junio 2011.
Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2002. Protección
ambiental - Salud ambiental - Residuos peligrosos biológico-infecciosos -
Clasificación y especificaciones de manejo. DOF 7 febrero 2003
Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA3-2012. Educación en Salud. Para
la organización y funcionamiento de residencias médicas. Publicada en el
DOF el 4 de enero de 2013.
Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997. Para la prestación de
servicios de asistencia social para menores y adultos mayores.
Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del Expediente Clínico.
Publicada en el DOF el 15 de octubre de 2012.
Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2010 Para el tratamiento integral
del sobrepeso y la obesidad. 4 agosto 2010.
Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual
y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención. DOF 16 abril
2009.
Norma Oficial Mexicana NOM-026-SSA3-2012. Para la práctica de la
cirugía mayor ambulatoria. DOF 7 agosto 2012.
Norma Oficial Mexicana NOM-206-SSA1-2002, Regulación de servicios de
salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención en los
servicios de urgencias de los establecimientos de atención médica. No
aplica.
Norma Oficial Mexicana NOM-234-SSA1-2003, utilización de campos
clínicos para ciclos clínicos e internado de pregrado. DOF 6 enero 2005.
Norma Oficial Mexicana NOM-206-SSA1-2002, Regulación de los
servicios de salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención
en los servicios de urgencias de los establecimientos de atención médica.
DOF 15 de septiembre de 2004.
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Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012, Que establece las
características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y
consultorios de atención médica especializada. DOF 8 de enero de 2013.
OTRAS DISPOSICIONES:
Las disposiciones legales aplicables al caso del que se trate.
III. ATRIBUCIONES.
Corresponde a la Dirección de Atención Hospitalaria, por conducto de su Titular.
1. Proporcionar la información, los datos o la cooperación técnica que le sea requerida
por las unidades administrativas del organismo y por otras dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal y Estatal, de conformidad con las
políticas establecidas a este respecto;
2. Coordinar y evaluar el desempeño del personal de los hospitales;
3. Coordinar que el Centro Estatal de Atención para Labio y Paladar Hendido otorgue
la mejor atención médica, de habilitación y de rehabilitación a los pacientes de
Labio y/o Paladar Hendido que lo requieran;
4. Coordinar los programas de Prevención de Accidentes y Lesiones, así como de
Atención Prehospitalaria en las unidades adscritas al Organismo;
5. Coordinar y evaluar el desempeño del personal de enfermería del Organismo;
6. Realizar el seguimiento de las acciones ejecutadas para el cumplimiento de los
programas y metas establecidas por el Organismo en sus diferentes niveles
operativos;
7. Organizar y aplicar un sistema de control interno sobre la demanda y abasto de
insumos y sobre la productividad de los hospitales bajo su adscripción;
8. Supervisar las acciones de atención médico quirúrgicas bajo la directriz de
oportunidad, suficiencia y calidad en cada una de las unidades hospitalarias;
9. Vigilar y asesorar en el cumplimento de políticas, normas, programas y metas
establecidas por el organismo con instituciones oficiales;
10. Asesorar y vigilar el establecimiento de mecanismos para la adquisición,
almacenamiento, distribución y consumo de los insumos para la salud en cada uno
de los hospitales y de las unidades operativas del Organismo;
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11. Coordinar y apoyar el desarrollo y funcionamiento de los hospitales;
12. Asegurar que el Centro Estatal de Transfusión Sanguínea cuenten con las
autorizaciones y certificaciones requeridas por las autoridades competentes;
13. Captar, estudiar, investigar, fraccionar, almacenar, conservar la sangre y sus
componentes, así como proveer de la misma a los establecimientos prestadores de
servicios de atención médica de hospitalización o donde se realicen actos
quirúrgicos u obstétricos, así como a los bancos de sangre del sector privado
ubicados en la entidad, de conformidad con la normatividad aplicable;
14. Actuar como unidad estatal de referencia para el estudio de problemas
inmunohematológicos relacionados a bancos de sangre;
15. Promover la cultura de donación altruista de sangre en la entidad;
16. Organizar y supervisar campañas de captación voluntaria, no remunerada, de sangre
en la entidad;
17. Promover los proyectos de investigación relacionados a bancos de sangre en
coordinación con organismos y dependencias afines;
18. Integrar, coordinar y promover las reuniones de trabajo del Comité de Medicina
Transfusional Interinstitucional;
19. Concentrar y manejar la información relativa a los donadores voluntarios de sangre;
20. Coordinar la atención médica para los enfermos mentales así como las acciones en
materia de prevención, detección, tratamiento, rehabilitación y reinserción social a
los pacientes con problemas de adicciones;
21. Delegar a los Directores de Área de las Unidades señaladas en las fracciones IV a la
XII del artículo siguiente, la facultad para expedir y certificar los documentos y
constancias que obran dentro de los archivos a su cargo; y
22. Las demás que le señalen otras disposiciones legales o le confiera el Director
General, así como las que competen a las unidades administrativas que se le
adscriben.
Respecto a las Atribuciones Genéricas de las Unidades Administrativas, le
corresponde al Titular.
1. Acordar con el Director General sobre los asuntos a su cargo y los relacionados con
las áreas adscritas a su responsabilidad;
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2. Proponer las normas, políticas, criterios, sistemas y procedimientos de carácter
técnico que deban regir en las áreas adscritas a su responsabilidad, así como en el
ámbito estatal;
3. Desempeñar las funciones y comisiones que el Director General le encomiende y
mantenerlo informado sobre su desarrollo;
4. Planear, organizar y evaluar el funcionamiento de las áreas bajo su cargo, así como
coordinar sus actividades con las adscritas al Director General y a las de otros
directores;
5. Proponer al Director General, en términos de la Ley del Organismo, la creación de
las direcciones de área, departamentos y coordinaciones que le permitan cumplir
con sus objetivos y funciones;
6. Formular los proyectos de presupuesto que le correspondan y una vez aprobados,
verificar su correcta y oportuna ejecución por parte de las áreas que tenga adscritas;
7. Someter a la aprobación del Director General los programas, estudios y proyectos
elaborados en las áreas de su responsabilidad;
8. Someter a la consideración del Director General los proyectos de manuales de
organización de las áreas a su cargo;
9. Firmar los acuerdos de trámite y notificar las resoluciones o acuerdos de las
autoridades superiores y aquellos que se emitan con fundamento en las funciones
que le corresponden;
10. Expedir y certificar las copias de los documentos o constancias que existan en los
archivos a su cargo;
11. Autorizar las licencias, incidencias y movimientos del personal a su cargo, con la
intervención de la Dirección del Área de Capital Humano;
12. Proponer al Director General los acuerdos de coordinación con dependencias del
Gobierno Estatal o Federal, así como los convenios o bases de colaboración,
coordinación o inducción que procedan con otras dependencias, entidades,
organizaciones o instituciones diversas que propicien el mejor desarrollo de sus
funciones, en coordinación con las unidades administrativas competentes y con la
participación de la Dirección Jurídica;
13. Presidir, coordinar y participar en las comisiones y comités que le encomiende el
Director General y, en su caso, designar suplente, así como informar de las
actividades que se realicen en dichos órganos colegiados;
14. Firmar la documentación requerida para el cumplimiento de sus funciones;
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15. Controlar los bienes muebles correspondientes a cada área de su adscripción,
atendiendo a los lineamientos aplicables para el registro y control de bienes
muebles propiedad o al servicio del Organismo;
16. Asegurar que toda ejecución del gasto cuente con disponibilidad presupuestal y se
apegue a la normatividad aplicable para las adquisiciones, misma que deberá ser
validada por las Direcciones de Administración y Finanzas y de Planeación y
Desarrollo;
17. Aplicar los lineamientos en el ejercicio del gasto al que deberán sujetarse las áreas
que ejerzan recursos financieros de manera directa o a través de insumos solicitados
por cada una;
18. Implementar y observar los manuales de procedimientos y demás normatividad
establecida por cada unidad;
19. Aplicar la normatividad laboral al personal de su adscripción;
20. Realizar la elaboración y actualización de sus organigramas, manual de
organización, manuales de procedimientos internos, y las Descripciones Generales
de Puesto, en apego a los lineamientos de la Dirección de Planeación y Desarrollo;
y
21. Las demás que le designen el Director General y otras disposiciones legales, así
como las implícitas necesarias.
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IV. ORGANIGRAMA
VI. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES
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DIRECTOR DE ATENCIÓN HOSPITALARIA
Objetivo:
Orientar la prestación de los servicios de salud en las Unidades Hospitalarias, hacia la
consecución de las metas de calidad y cobertura establecidas, propiciando el desarrollo
de la investigación de salud para mejorar los servicios y orientando la enseñanza hacia
la plena formación y desarrollo de los recursos a la protección de la salud y de la
legislación y normatividad vigente.
Nombre del puesto: Director de Atención
Hospitalaria.
Área a la que corresponde: Dirección General.
Jefe inmediato: Director General del ISSEA.
Subordinados Directos: -Director del Área del Centro
Estatal de Transfusión
Sanguínea.
-Director del Área de
Normatividad en Enfermería.
-Director del Área de
Supervisión Hospitalaria.
-Director del Área del Centro
Estatal de Atención para Labio
y Paladar Hendido.
-Director del Área de Salud
Mental y Adicciones.
-Director del Área del Hospital
General de Calvillo.
-Director del Área del Hospital
General de Rincón de Romos.
-Director del Área del Hospital
General de Pabellón de
Arteaga.
-Director del Área del Hospital
General Tercer Milenio.
-Director del Área del Hospital
de la Mujer.
-Director del Área del
Centenario Hospital Miguel
Hidalgo.
-Director del Área del Hospital
de Psiquiatría “Dr. Gustavo
León Mojica García”.
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FUNCIONES:
I. Apoyar e impulsar el desarrollo de las acciones necesarias que en materia de
Atención Hospitalaria permitan la consolidación de la Red Hospitalaria y asesorar
a las unidades aplicativas en su operación.
II. Promover y coordinar el sistema de vigilancia epidemiológica en Unidades
Hospitalarias de Segundo y Tercer Nivel de atención, el control de enfermedades
y accidentes.
III. Proponer las bases para el establecimiento y conducción de la política estatal en
materia de Atención Hospitalaria.
IV. Fomentar las normas, políticas y estrategias para mejorar la calidad de los
servicios de atención médica y vigilar su adecuado cumplimiento de Atención
Hospitalaria.
V. Participar en el Comité Estatal de Evaluación para el Programa Hospital Seguro y
dar seguimiento a los acuerdos y compromisos que del mismo se generen.
VI. Verificar el cumplimiento de las políticas, normas, programas y metas
establecidos por el Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes,
en instituciones oficiales y cuando corresponda dentro de instituciones privadas.
VII. Instrumentar y proponer bases para la definición y conducción de la política
estatal en materia de atención médica y asistencia social de los servicios
hospitalarios.
VIII. Gestionar para la aplicación la normatividad técnica relativa a la construcción,
equipamientos, ampliación, remodelación, rehabilitación y conservación de las
unidades que brindan servicios de salud hospitalaria en coordinación con las
unidades administrativas competentes.
IX. Apoyar el establecimiento de mecanismos para la adquisición, almacenamiento,
distribución y consumo de medicamentos y material de curación, así como el
aprovechamiento racional de los insumos para la salud, en coordinación con las
unidades administrativas competentes.
X. Participar en la planeación, programación, representación y control de la atención
de segundo y tercer nivel.
XI. Informar sistemáticamente y periódicamente las actividades y funciones de las
unidades hospitalarias.
XII. Participar en la implementación la definición y conducción de la política estatal en
materia de atención médica y asistencia social de los servicios hospitalarios.
XIII. Proponer acciones que contribuyan a la optimización de la calidad en la atención a
los usuarios de los servicios de las Unidades Hospitalarias.
XIV. Integrar y mantener actualizada la información relativa a los programas
Institucionales y específicos de las Unidades Hospitalarias.
XV. Proponer y verificar la aplicación de materias de organización operativa que
propicie la participación oportuna del equipo multidisciplinarlo de salud.
XVI. Coordinar y dirigir las acciones de vigilancia epidemiológica de prevención y
control de enfermedades, y desastres en el ámbito de influencia de los Hospitales
de segundo y tercer nivel de atención de salud, en conformidad a las políticas y
medidas que establezca el organismo.
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XVII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del
Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del
Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XVIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XIX. Las demás que le señalen otras disposiciones legales o le confiera el Director
General del ISSEA.
DIRECTOR DEL ÁREA DEL CENTRO ESTATAL DE TRANSFUSIÓN
SANGUÍNEA
OBJETIVO:
Garantizar la disponibilidad de sangre humana y sus componentes con fines
terapéuticos y como sangre segura, obtenida a través de donadores de sangre
voluntarios, no remunerados y repetitivos, aplicando la legislación en materia vigente
de Medicina Transfusional, para satisfacer las necesidades de la población de influencia
en forma oportuna.
Nombre del puesto: Director del Área del Centro
Estatal de Transfusión
Sanguínea.
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director de Atención
Hospitalaria.
Subordinados Directos: -Secretaria.
-Administrador.
-Coordinador de Calidad
Administrativa.
-Coordinador de Capacitación,
Enseñanza e Investigación.
-Coordinador de
Hemovigilancia.
-Coordinador del Área Médica.
-Coordinador de Trabajo Social.
-Coordinador de Laboratorio del
Banco de Sangre.
FUNCIONES:
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I. Promover y supervisar la campaña educacional de disposición altruista de sangre,
con la participación de las demás entidades del Instituto de Servicios de Salud del
Estado de Aguascalientes.
II. Organizar y promover el programa del uso racional de la sangre y sus
componentes.
III. Dirigir el Laboratorio Estatal de estudio de problemas inmunohematológicos y
enfermedades transmisibles por transfusión.
IV. Apoyar los proyectos de investigación de Medicina Transfusional e Inmuno
hematología continuamente con la coordinación de investigación del Instituto de
Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes.
V. Vigilar el cumplimiento de la Legislación Sanitaria en materia de disposición de
sangre humana y sus componentes.
VI. Compilar las normas jurídicas relacionadas con las funciones del Centro Estatal.
VII. Promover y dirigir los mecanismos de orientación al público para la observancia
de la legislación sanitaria en materia de medicina transfusional.
VIII. Participar en la celebración de convenios de intercambio de sangre y sus
componentes con fines terapéuticos.
IX. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados al Centro
Estatal.
X. Vigilar los servicios de conservación y mantenimiento de los bienes muebles e
inmuebles del Centro Estatal.
XI. Promover la autorización de recursos humanos, materiales y financieros que sean
necesarios para las funciones del Centro Estatal.
XII. Formular y presentar al Director de Atención Hospitalaria para su aprobación el
programa anual de actividades del Centro Estatal
XIII. Presentar al Director General el informe anual de actividades realizadas y de los
resultados obtenidos, acompañados los informes especiales que le sean requeridos;
XIV. Formular los proyectos de presupuesto anual de insumos y egresos del organismo
y someterlo a consideración de la Dirección de Atención Hospitalaria.
XV. Orientar a los bancos de sangre, servicios de transfusión y puestos de sangrado
sobre el cumplimiento de la legislación sanitaria en la materia.
XVI. Recibir los informes mensuales de los ingresos y egresos de sangre y sus
componentes;
XVII. Llevar el directorio de los bancos de sangre, servicios de transfusión y puestos de
sangrado de la entidad federativa;
XVIII. Apoyar técnicamente para reforzar los elementos operativos de vigilancia
sanitaria;
XIX. Promover y organizar los programas de capacitación continua que realiza el
Centro Estatal dirigido al personal involucrado en el uso y manejo de la sangre y
sus componentes;
XX. Organizar el registro estatal de disponentes altruistas de sangre.
XXI. Las demás necesarias para el cumplimiento de su encargo de conformidad con las
disposiciones legales aplicables.
XXII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo,
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las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto
Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXIV. Realizar las demás funciones inherentes al puesto que le sean encomendadas por
su Jefe inmediato.
DIRECTOR DEL ÁREA DE NORMATIVIDAD EN ENFERMERÍA
Objetivo
Promover y evaluar la calidad, eficiencia y seguridad de los servicios de salud que
brinda el personal de enfermería en las unidades del Instituto de Servicios de Salud del
Estado de Aguascalientes.
Nombre del puesto: Director del Área de
Normatividad en Enfermería.
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director de Atención
Hospitalaria.
Subordinados directos: -Jefe del Departamento de
Enfermería del Segundo Nivel de
Atención.
FUNCIONES:
I. Establecer coordinación institucional e interinstitucional en el sector salud,
educativo y de investigación para realizar acciones que se emprendan en materia
de enfermería.
II. Establecer un modelo del cuidado de enfermería para los tres niveles de atención.
III. Protocolizar el cuidado de enfermería para mejorar la calidad, eficiencia y
seguridad de los servicios de salud.
IV. Estandarizar la administración de los servicios de enfermería para optimizar los
recursos.
V. Gestionar los recursos necesarios para ofrecer cuidados de enfermería de calidad,
con eficiencia y seguridad.
VI. Participar en la elaboración del programa estatal de salud.
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VII. Elaborar e implementar programa anual de trabajo de acuerdo a diagnóstico de
necesidades.
VIII. Participar en los proyectos estratégicos de la Comisión Permanente de Enfermería.
IX. Dirigir el Comité Interinstitucional de Enfermería de Aguascalientes.
X. Organizar, dirigir y asesorar al personal directivo de enfermería.
XI. Establecer plan de trabajo de subordinados directos, supervisar y evaluar su
cumplimiento.
XII. Diagnosticar y gestionar recursos necesarios para la aplicación de los servicios de
enfermería.
XIII. Organizar la participación de los Jefes de Enfermería en la programación de
insumos necesarios para el cuidado de los pacientes.
XIV. Elaborar herramientas técnicos administrativas aplicables a los servicios de
enfermería.
XV. Diseñar protocolos de cuidado de enfermería de acuerdo al perfil epidemiológico
del estado.
XVI. Difundir la normatividad emanada de nivel nacional y estatal.
XVII. Coordinar y participar en eventos académicos científicos.
XVIII. Participar en los comités establecidos a nivel estatal.
XIX. Investigar y proponer estrategias de actualización, educación y de investigación en
enfermería.
XX. Promover la certificación de los profesionales de enfermería.
XXI. Establecer programa de supervisión del trabajo de enfermería.
XXII. Actualizar plantillas de personal de enfermería.
XXIII. Colaborar en la selección de personal de enfermería de nuevo ingreso.
XXIV. Coordinar junto con Enseñanza de las Unidades Hospitalarias en relación al uso
de campos clínicos de estudiantes en enfermería para garantizar el aprendizaje de
los educandos.
XXV. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del
Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del
Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXVI. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXVII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA DEL SEGUNDO NIVEL DE
ATENCIÓN
Objetivo
Supervisar y fomentar la calidad de la prestación de los servicios de Enfermería en las
Unidades Médicas del ISSEA, a través de la estandarización de acciones de Enfermería
bajo Normatividad vigente.
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Nombre del puesto: Jefe del Departamento de Enfermería del
Segundo Nivel de Atención.
Área a la corresponde: Dirección de Área.
Jefe inmediato: Director de Área de Normatividad en
Enfermería.
Subordinados directos: -Ninguno.
FUNCIONES:
I. Participar en la conformación del Programa Anual Estratégico del Área de
Enfermería.
II. Elaborar Programa Anual de Trabajo del área de su responsabilidad.
III. Organizar, y asesorar al personal Directivo de Enfermería en el ámbito de su
responsabilidad, bajo los lineamientos que la Dirección del Área normativa
indique.
IV. Proponer estrategias de mejora de los Servicios de Enfermería de acuerdo a las
necesidades detectadas en su ámbito de competencia.
V. Participar en la definición de indicadores para la dotación de Capital Humano de
Enfermería en las Unidades de Salud.
VI. Evaluar o supervisar al personal de Enfermería de los diferentes ámbitos de su
competencia.
VII. Proponer Programas estratégicos que atiendan las necesidades, Estatales o
VIII. Jurisdiccionales en lo referente a la prestación de los servicios de Enfermería, ante
la Dirección de área Normativa de Enfermería.
IX. Capacitar y difundirlos Programas Prioritarios de Salud.
X. Asesorar y evaluar la implementación de los Programas Prioritarios de Salud.
XI. Participar en la conformación de los cuadros básicos de insumos para la atención
de los usuarios de los Servicios de Salud.
XII. Elaborar Normas, Procedimientos e Instrumentos Técnico-administrativos de
aplicación en el área de Enfermería, bajo la autorización de la Dirección del Área.
XIII. Difundir y vigilar el cumplimiento de la Normatividad emanada de Nivel
Nacional, Estatal o Jurisdiccional.
XIV. Coordinar o participar en eventos Académico-Científicos, Estatales y
Jurisdiccionales.
XV. Participar en la elaboración de los Programas Normativos a Nivel Estatal o
Jurisdiccional.
XVI. Participar en la elaboración y actualización de los Manuales de los Servicios de
Enfermería a nivel Estatal o Jurisdiccional.
XVII. Proponer la elaboración de Guías de Intervención de Enfermería a nivel Nacional
Estatal y Jurisdiccional.
XVIII. Proponer líneas para fortalecer el Auto cuidado de la salud de las personas,
familias, comunidades y del personal de Enfermería.
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XIX. Participar en los diferentes Comités establecidos a Nivel Estatal o Jurisdiccional.
XX. Proponer estrategias de fortalecimiento de la Educación e Investigación en
Enfermería.
XXI. Participar en el desarrollo de las Metodologías Disciplinares para el
fortalecimiento del Sistema del Cuidado de Enfermería.
XXII. Proponer estrategias Educativas a nivel Estatal o Jurisdiccional para el desarrollo
y la Profesionalización del personal de Enfermería.
XXIII. Asesorar en lo que a Enfermería se refiere en los Procesos de Acreditación y
Certificación de las Unidades Médicas.
XXIV. Proponer estrategias que coadyuven a la Certificación del personal de Enfermería.
XXV. Elaborar plan de trabajo anual y calendarización de metas, en su área de
responsabilidad.
XXVI. Vigilar que se cumpla con en la programación de insumos Necesarios para el
cuidado de los pacientes.
XXVII. Participar en los comités establecidos a nivel estatal.
XXVIII. Colaborar con el comité evaluador estatal para la selección de personal de
Enfermería de Nuevo ingreso.
XXIX. Participar en el comité de vestuario con relación a Enfermería, y en las reuniones
de Directivos de Enfermería.
XXX. Proponer indicadores para disminuir la tasa de infección en pacientes
Hospitalizados y participar en la plataforma operativa anual (POA).
XXXI. Vigilar el cumplimiento de la normatividad operativa en materia de epidemiología
y de Seguridad del Paciente.
XXXII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su puesto o comisión, en los
términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las Condiciones Generales de
Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al
Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus Municipios y
Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXXIII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
DIRECTOR DEL ÁREA DE SUPERVISIÓN HOSPITALARIA
Objetivo:
Coordinar y supervisar la operación y procedimientos de las diversas Áreas
Hospitalarias para garantizar el aprovechamiento de los bienes dentro de la Unidad en
beneficio de la atención integral de los usuarios de las Unidades Hospitalarias del
ISSEA.
Nombre del puesto: Director del Área de Supervisión
Hospitalaria.
Área a la que corresponde: Dirección.
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Jefe inmediato: Director de Atención
Hospitalaria.
Subordinados Directos: -Encargado de la Supervisión
de Hospitales.
-Encargado del Programa
Nacional “Sigamos
Aprendiendo”.
FUNCIONES:
I. Supervisar que los recursos humanos, materiales y financieros se manejen con
eficiencia, garantizando que los mismos resulten suficientes para mejorar la
calidad de la atención médica.
II. Determinar los errores e irregularidades, sus causas y efectos, así como emitir
conclusiones y recomendaciones que coadyuven al adecuado cumplimiento de
metas, objetivos y políticas de cada unidad hospitalaria.
III. Dar seguimiento a la implementación de las recomendaciones preventivas y
correctivas para determinar el grado en el que son atendidas.
IV. Dar seguimiento de las acciones realizadas para el cumplimiento de los programas
y metas establecidos por el Instituto de Servicios de Salud del Estado de
Aguascalientes en sus diferentes niveles operativos.
V. Coordinar junto con los Directivos de Unidades Hospitalarias el seguimiento y
control sobre la demanda y productividad de los niveles operativos del Instituto de
Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes.
VI. Supervisar las acciones de atención médico-quirúrgica bajo la directriz de
oportunidad, suficiencia, calidad y calidez humana en cada una de las unidades
hospitalarias pertenecientes al Instituto de Servicios de Salud del Estado de
Aguascalientes.
VII. Dimensionar y supervisar el desarrollo y cumplimiento de los programas de
atención médica en la entidad.
VIII. Vigilar y asesorar la aplicación de los métodos y procedimientos y programas
establecidos por el Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes,
en el segundo y tercer nivel de atención, mediante un sistema de control interno
diseñado ex profeso.
IX. Asesorar y vigilar el establecimiento de mecanismos para el almacenamiento,
distribución y consumo de los insumos para la salud en cada una de las unidades
aplicativas pertenecientes al Instituto de Servicios de Salud del Estado de
Aguascalientes.
X. Vigilar que las normas técnicas que regulan la prestación de servicios de atención
de salud mental y se cumplan.
XI. Instrumentar y establecer mecanismos de supervisión de las normas de su
competencia.
XII. Coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo y cumplimiento de los programas de
atención a la salud de segundo y tercer nivel, a través del cumplimiento de las
metas programadas.
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XIII. Aplicar la normatividad en relación a la calidad, uso y funcionamiento de los
equipos, instrumental médico y material de curación en las unidades hospitalarias.
XIV. Mantener actualizado el conocimiento de establecimientos de segundo y tercer
nivel, así como su estado físico y de requerimientos de conservación y
mantenimiento.
XV. Promover la capacitación y el adiestramiento en servicio en relación a la atención
de segundo y tercer nivel.
XVI. Vigilar que las Unidades Hospitalarias evalúen en forma constante y sostenida la
calidad y cantidad (cualitativa y cuantitativa) de las acciones que se brindaran al
público.
XVII. Apoyar en la revisión la normatividad técnica relativa a la construcción,
equipamientos, ampliación, remodelación, rehabilitación y conservación de las
unidades que brindan servicios de salud hospitalaria en coordinación con las
unidades administrativas competentes en la materia.
XVIII. Instrumentar y establecer mecanismos de supervisión de las normas de su
competencia.
XIX. Difundir y verificar el cumplimiento de las normas establecidas por la Secretaria
de Salud, en lo concerniente a las unidades de segundo y tercer nivel de atención.
XX. Coordinar, controlar, supervisar y evaluar el desarrollo y cumplimiento de los
programas de atención a la salud de segundo y tercer nivel, a través del
cumplimiento de las metas programadas.
XXI. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del
Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del
Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXIII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
DIRECTOR DEL ÁREA DEL CENTRO ESTATAL DE ATENCIÓN PARA
LABIO Y PALADAR HENDIDO
Objetivo:
Promover los enlaces especializados dentro de los servicios estatales de salud que
permitan la atención oportuna del paciente con labio y paladar hendido y otros
padecimientos asociados, en congruencia a las normas oficiales de salud referentes a la
prevención y atención de defectos al nacimiento.
Nombre del puesto: Director del Área del Centro
Estatal de Atención para Labio y
Paladar Hendido.
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Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director de Atención
Hospitalaria.
Subordinados Directos: -Secretaria.
-Apoyo Administrativo.
-Administrador.
-Trabajadora Social.
-Terapeuta de Lenguaje.
-Psicólogo.
-Terapeuta Físico.
-Ortodoncista.
-Odontólogo.
FUNCIONES:
I. Planear, coordinar y supervisar el adecuado funcionamiento del Centro Estatal de
Atención para Labio y Paladar Hendido aplicando la Normatividad Institucional.
II. Establecer e implementar los protocolos de atención para el paciente dentro de los
servicios estatales de salud.
III. Establecer los enlaces interinstitucionales necesarios para la adecuada aplicación
de los protocolos de atención del paciente.
IV. Establecer la proyección de metas como parte del Programa Operativo Anual.
V. Organizar el sistema de registro estatal de casos de labio y paladar hendido y otros
padecimientos asociados en el estado de Aguascalientes.
VI. Diseñar y aplicar estrategias y campañas permanentes de prevención de nuevos
casos de labio y paladar hendido en el estado.
VII. Organizar y coordinar las actividades médicas y terapéuticas para la habilitación y
rehabilitación del paciente con labio y paladar hendido y otros padecimientos
asociados.
VIII. Participar en las reuniones y capacitaciones de la Asociación Mexicana de Labio y
Paladar Hendido y del Programa Nacional de Cirugía Extramuros.
IX. Promover la capacitación y actualización del personal involucrado en la atención
del paciente.
X. Aplicar las acciones administrativas necesarias para el adecuado ejercicio del
presupuesto asignado para la operación del Centro Multidisciplinario de Atención
para Labio y Paladar Hendido.
XI. Establecer los enlaces de gestión para la obtención de apoyos financieros que
permitan fortalecer los presupuestos institucionales asignados para la operación
del Centro.
XII. Diseñar, coordinar y ejecutar proyectos encaminados al fortalecimiento y
desarrollo del Centro de Atención Multidisciplinario para Labio y Paladar
Hendido.
XIII. Atender y dar respuesta a las solicitudes de información institucional.
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XIV. Dar seguimiento a los asuntos relacionados con el desarrollo del Programa de
Atención aplicado en este Centro.
XV. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo,
las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto
Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XVI. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XVII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
DIRECTOR DEL ÁREA DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES
Objetivo:
Dirigir, coordinar, vincular y concertar las acciones en lo referente a los servicios en
salud mental y adicciones en los tres niveles de gobierno en beneficio de la población
hidrocálida, así como promover y gestionar con instituciones gubernamentales públicas,
privadas y sociales actividades que incidan a través de la generación de programas y
estrategias, una mayor y mejor cobertura en servicios de prevención, detección,
atención, rehabilitación capacitación e investigación en salud mental y adicciones con
el propósito de elevar la calidad de vida individual, laboral, familiar y social en el
Estado de Aguascalientes, a través de la legislación y normatividad vigente.
Nombre del puesto: Director del Área de Salud
Mental y Adicciones.
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director de Atención Hospitalaria.
Subordinados Directos: -Coordinador del Centro Estatal
de Salud Mental “Agua Clara”.
-Coordinador de Atención a las
Adicciones.
-Coordinador de Atención
Psicoterapéutica.
-Director de UNEME CAPA
NUEVA VIDA de
Aguascalientes
-Director de UNEME CAPA
NUEVA VIDA de Jesús María.
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-Director de UNEME CAPA de
Rincón de Romos.
-Director de UNEME CAPA de
Calvillo.
-Director de UNEME
(CISAME) de Jesús María.
-Encargado del Programa de
Salud Mental Comunitaria.
-Encargado del Programa de
Intervención en Crisis.
-Administrador.
-Encargado del Área de
Recursos Humanos.
-Encargado de Servicios
Generales.
-Secretaria.
FUNCIONES:
I. Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo y la eficiencia de los
programas médicos e institucionales dirigidos a la atención de la salud mental a
nivel estatal, de acuerdo a los lineamientos de la Secretaría de Salud Federal y
Estatal.
II. Dar cumplimiento cabal, al reglamento de trabajo de salud mental en el Estado de
Aguascalientes.
III. Dar cumplimiento cabal, al reglamento de trabajo del Consejo Interinstitucional
Contra las Adicciones (CICA).
IV. Dirigir y coordinar las actividades en los departamentos que integran la estructura.
V. Dirigir, coordinar y evaluar operacionalmente los aspectos cualitativos y
cuantitativos de los programas asignados.
VI. Dirigir y coordinar la implantación y control de los sistemas de evaluación de los
programas que tienen encomendados.
VII. Dirigir y coordinar la participación de los sectores social y privado en los
programas de prevención, promoción y atención de la salud mental y adicciones.
VIII. Informar el grado de avance y resultados de los programas.
IX. Coordinar las acciones del Comité de Prevención y Atención al Comportamiento
Suicida.
X. Coordinar con instituciones que atienden la salud mental y adicciones del estado
como Universidades, Hospitales, Centros de Salud, DIF Estatal y Municipal,
Secretaría de la Juventud del Estado de Aguascalientes (SEJUVA), Secretaría de
Bienestar y Desarrollo Social (SEBIDESO) y Secretarías de Desarrollo Social
Municipales.
XI. Vigilar que se cumplan las normas, políticas y estrategias para mejorar la calidad
de los servicios de salud mental y prevención de las adicciones en los niveles de
atención.
XII. Coordinar y participar en proyectos de investigación intra e interinstitucionales o
en colaboración con otros organismos públicos o privados.
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XIII. Vigilar que el ejercicio profesional en áreas de la salud mental y adicciones
cumpla con los requisitos de ley, y en caso necesario notificar a la Dirección de
Regulación Sanitaria para la supervisión oficial.
XIV. Difundir ante los medios de comunicación los programas comunitarios de
atención y prevención en zonas marginadas.
XV. Realizar con efectividad todas las actividades relacionadas con las funciones
establecidas y las que se le demanden según programas prioritarios.
XVI. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del
Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del
Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XVII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XVIII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL GENERAL DE CALVILLO
Objetivo
Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades que se desarrollan en todas
las áreas del hospital, con la responsabilidad de vigilar la correcta integración de los
recursos tecnológicos, físicos y financieros para proporcionar atención médica íntegra
con calidad, calidez, oportunidad y eficiencia.
Nombre del puesto: Director del Área del Hospital
General de Calvillo.
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director de Atención
Hospitalaria.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de
Enseñanza.
-Jefe o Encargado de
Epidemiología.
-Coordinador de Calidad del
Hospital.
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-Jefe o Encargado de
Informática.
-Subdirector Médico.
-Jefe del Departamento de
Administracion.
-Asistentes de Dirección.
FUNCIONES:
I. Coordinar con el Cuerpo de Gobierno del Hospital, la integración del Diagnóstico
Situacional de la Unidad Hospitalaria e identificar los principales problemas
operativos de la misma.
II. Coordinar y participar en la planeación de los programas generales y específicos
de la Unidad, integrando de acuerdo con las necesidades, los recursos humanos y
materiales disponibles en cada uno de los servicios hospitalarios, con el fin de
obtener niveles óptimos de productividad.
III. Vigilar la Calidad de la atención médica integral que se otorgue, tomando en
consideración la promoción y protección específica de la salud, el diagnóstico
médico temprano, el tratamiento oportuno, la aplicación de medicina de
rehabilitación, así como el trato humano a los pacientes.
IV. Realizar las gestiones necesarias para que se proporcionen al Hospital los recursos
humanos, materiales y financieros, requeridos por los servicios y áreas de atención
al paciente, para su óptimo funcionamiento.
V. Coordinar y garantizar el cumplimiento de los acuerdos tomados en el Comité
para la Detección y el Control de Infecciones Intrahospitalarias, la elaboración del
Programa de Prevención de Infecciones Intrahospitalarias y la práctica de los
exámenes médicos al personal del Hospital.
VI. Coordinar y participar con el Cuerpo de Gobierno en la elaboración de los
Manuales de Organización, Funcionamiento, Procedimientos, Flujos, etc., de cada
uno de los servicios y áreas de la Unidad Hospitalaria.
VII. Coordinar la participación para la elaboración del Proyecto de Presupuesto y
Metas (POA) de la Unidad Hospitalaria anualmente, de acuerdo con las
indicaciones de la Dirección de Planeación y Desarrollo del ISSEA.
VIII. Colaborar con las autoridades estatales en la elaboración del presupuesto del
Hospital, de acuerdo con las disposiciones institucionales vigentes y con apoyo
del Sistema de Información interno.
IX. Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo de las actividades
hospitalarias, de conformidad con la programación establecida.
X. Vigilar que la distribución del personal por turnos y categorías.
XI. Vigilar que en los servicios o departamentos troncales se apliquen las Estrategias
de Uso Racional del Recurso.
XII. Participar con las autoridades a nivel estatal en los mecanismos establecidos para
la adquisición de aparatos y equipo médico, instrumental, equipo y mobiliario de
oficina, accesorios, material de consumo, etc., en lo referente a calidad y precio.
XIII. Vigilar el correcto funcionamiento del Hospital mediante la supervisión constante
de las instalaciones y mantenimiento adecuado del inmueble, aparatos, equipos,
instrumental, etc., de manera que se garantice su operatividad continúa.
XIV. Celebrar Acuerdos con las autoridades sindicales cuando sea necesario.
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XV. Representar al Hospital en su carácter de máxima autoridad, en todos aquellos
eventos que proyecten la buena imagen de la Unidad; y presidir las reuniones
científicas, socio-culturales y todas aquellas que por su importancia así lo
requieran.
XVI. Fomentar las buenas relaciones humanas en todos los niveles del Hospital, para
mejorar y armonizar las relaciones interpersonales de los trabajadores e instituir
actitudes positivas hacia el público en general.
XVII. Proporcionar a las autoridades de los sectores público, social y privado, los
informes técnicos, estadísticos, de actividades, de productividad, médico-legales,
etc., que le sean requeridos en forma programada o con carácter de urgente.
XVIII. Disponer lo necesario para la capacitación, desarrollo y actualización del personal
médico, paramédico y administrativo.
XIX. Promover que los programas de investigación médica, paramédica y
administrativa se elaboren y desarrollen dentro del marco de las disposiciones
institucionales y de acuerdo con las necesidades y recursos del Hospital.
XX. Conocer y hacer cumplir las NOM’S en el ámbito de su competencia.
XXI. Vigilar el cumplimiento de los Comités Técnico-Médico-Administrativos del
Hospital y dar a conocer al personal involucrado la importancia de ellos para el
mejoramiento de la calidad de la atención, así mismo, comunicar ese desarrollo a
las autoridades superiores de acuerdo a lo señalado en el Manual específico.
XXII. Tramitar y mantener actualizada la Licencia Sanitaria del establecimiento, así
como las autorizaciones necesarias para el funcionamiento de otras áreas que lo
requieran.
XXIII. Establecer, validar y vigilar que los Residentes Médicos y los Médicos Internos de
Pregrado, reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena
calidad durante su jornada de trabajo, además de la colación nocturna para estos
Médicos que trabajen en turnos nocturnos, dando cumplimiento a la NOM-090-
SSA1-1994 y la NOM-234-SSA1-2003, dicha prestación será cubierta por el
Ramo 33.
XXIV. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna
reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante
su jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada
acumulada nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha
prestación será cubierta por el Ramo 33.
XXV. Elaborar y rendir el Informe Anual de Actividades ante las Autoridades
Superiores.
XXVI. Implementar y garantizar la aplicación de las guías clínicas en las actividades
profesionales cotidianas, en beneficio de la población usuaria.
XXVII. Garantizar el buen funcionamiento del Programa de Referencia y
Contrarreferencia.
XXVIII. Difundir y hacer cumplir la normatividad vigente para las diversas actividades.
XXIX. Apegarse a políticas nacionales y locales en materia de salud.
XXX. Implementar y garantizar el cero rechazo a la población demandante del servicio;
en apego a las políticas de atención en salud vigentes.
XXXI. Establecer una comunicación y operación efectiva de la Red Hospitalaria Estatal.
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XXXII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del
Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del
Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXXIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXXIV. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
Objetivo:
Coordinar, supervisar y evaluar el proceso administrativo en apoyo de la atención
médica. Establecer la relación de los departamentos administrativos para la
optimización en la prestación de servicios.
Nombre del puesto: Jefe del Departamento de
Administración.
Área a la que corresponde: Dirección del Área del Hospital.
Jefe inmediato: Director del Área del Hospital
General de Calvillo.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Recursos
Humanos.
-Jefe o Encargado de Recursos
Materiales.
-Jefe o Encargado de Servicios
Generales.
-Jefe o Encargado de Recursos
Financieros.
-Jefe o Encargado de Conservación
y Mantenimiento.
-Jefe o Encargado de Dietética.
FUNCIONES:
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I. Planear, programar, dirigir y evaluar la organización y funcionamiento de los
servicios administrativos y generales, mediante sistemas y procedimientos
adecuados que apoyen la atención médica del paciente.
II. Coordinar la elaboración y actualización de reglamentos, manuales, instructivos,
circulares y demás información técnico-normativa, indispensable para el
desarrollo armónico y equilibrado de las funciones y actividades administrativas.
III. Determinar conforme al programa de trabajo, las funciones y actividades que
desempeñan los jefes de los departamentos en su ámbito de competencia.
IV. Analizar los mecanismos que alteran o retrasan los resultados óptimos en áreas de
servicios de su competencia, buscando su solución ágil y eficiente.
V. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del la Unidad
Hospitalaria y autoridades del ISSEA, para informar, conocer y resolver
conjuntamente la problemática que se presente.
VI. Convocar a juntas de trabajo ordinarias y extraordinarias con los jefes de
Departamento de las áreas administrativas, para conocer y resolver conjuntamente
los problemas del funcionamiento de todas las áreas que dependen de la
Subdirección Administrativa.
VII. Mantener el aprovisionamiento suficiente y los elementos necesarios para el
funcionamiento ininterrumpido de todos los servicios del Hospital, como dietética,
farmacia, almacén, mantenimiento, etc. Para tal efecto, tramitar ante las autoridades
las requisiciones necesarias para realizar las adquisiciones y suministros de acuerdo
con la reglamentación en vigor, considerando racionalmente las prioridades y
tomando en cuenta las recomendaciones marcadas en el Comité de Insumos, así
como las indicaciones establecidas por nivel central.
VIII. Establecer los controles administrativos necesarios en todas las áreas del Hospital
que egresen de recursos financieros y materiales, aplicados a: adquisiciones, caja,
farmacia, ropería, equipo, instrumental, víveres, etc., supervisando y evaluando el
manejo, empleo, guarda y distribución de dichos recursos.
IX. Establecer controles administrativos para el cuidado de los ingresos que se generen
del hospital, informando a la Dirección de cualquier contingencia que se presente.
X. Elaborar, supervisar y validar presupuesto para el año siguiente, en coordinación
con los servicios y áreas del Hospital, apegándose a las disposiciones,
procedimientos y metas establecidas.
XI. Supervisar al Área de Recursos Humanos en la administración técnica del
personal, referente a selección, contratación, inducción y desarrollo de los
trabajadores, siempre en concordancia con las disposiciones establecidas por el
nivel central, así como conciliar los procedimientos administrativos vigentes con
las prestaciones laborales a que tienen derecho los mencionados trabajadores.
XII. Supervisar en conjunto con la jefatura de Mantenimiento y Conservación, que
tanto el mantenimiento preventivo como correctivo de la planta física, maquinaria,
equipo e instalaciones, garanticen el funcionamiento ininterrumpido de todos los
servicios del Hospital.
XIII. Vigilar y verificar que se lleve a cabo la limpieza, vigilancia y seguridad del
edificio, ornamentación, fumigación y desinfección del Hospital, así como
participar en los programas preventivo y operativo contra incendios y
emergencias.
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XIV. Realizar oportunamente las acciones que mejoren los aspectos administrativos de
la hospitalización, para agilizar los trámites y evitar estancias innecesarias de los
enfermos.
XV. Promover cursos de actualización para el personal administrativo y de servicios
generales, y coadyuvar con todas las actividades del departamento de enseñanza y
capacitación.
XVI. Participar en la elaboración del Proyecto Anual de Presupuesto-Metas (POA), de
acuerdo con las indicaciones vertidas a nivel central, y gestionar ante dichas
autoridades su aprobación y ejecución en el área de planeación.
XVII. Participar de acuerdo a su ámbito de responsabilidad en la operación de los
Comités Técnico-Médico-Administrativos.
XVIII. Participar con el Director del Hospital en el Informe Anual de Actividades que se
rinde ante las Autoridades Superiores.
XIX. Participar en los programas de docencia e investigación médico-administrativa.
XX. Elaborar y actualizar los Manuales de Procedimientos Técnico-Administrativos
que cumplan con la normatividad vigente.
XXI. Suplir al Director del Hospital y al Subdirector Médico en sus ausencias
temporales, según la autoridad delegada para asuntos de su competencia.
XXII. Elaborar las Constancias de Hechos por las diversas incidencias incorrectas en que
se incurran, denunciando ante Contraloría Interna o, en su caso, con el
Departamento Jurídico.
XXIII. Controlar y supervisar el ahorro del consumo de los energéticos, fluidos y gases
medicinales, así como de los diversos servicios para el buen funcionamiento del
Hospital.
XXIV. Dar seguimiento al cumplimiento de compromisos por contratos y licitaciones
realizadas con proveedores externos.
XXV. Gestionar las ampliaciones presupuestales ante las áreas correspondientes
solicitando los recursos necesarios.
XXVI. Coordinar el Comité de Insumos y el de Atención Médica en caso de Desastres.
XXVII. Presentar proyectos de mejora en los diferentes procedimientos administrativos.
XXVIII. Implementar y promover estrategias de ahorro de los recursos existentes.
XXIX. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del
Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del
Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXX. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXXI. Las demás que le sean asignadas por la Dirección del Hospital y no contempladas
dentro de las anteriormente mencionadas.
DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL GENERAL DE RINCÓN DE ROMOS
Objetivo:
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Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades que se desarrollan en todas
las áreas del hospital, con la responsabilidad de vigilar la correcta integración de los
recursos tecnológicos, físicos y financieros para proporcionar atención médica íntegra
con calidad, calidez, oportunidad y eficiencia.
Nombre del puesto: Director del Área del Hospital
General Rincón de Romos.
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director de Atención
Hospitalaria.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de
Enseñanza.
-Jefe o Encargado de
Epidemiología.
-Coordinador de Calidad.
-Jefe o Encargado de
Informática.
-Subdirector Médico.
-Jefe del Departamento de
Administración.
-Asistentes de Dirección.
FUNCIONES:
I. Integrar junto con el Cuerpo de Gobierno del Hospital, el Diagnóstico Situacional
de la Unidad Hospitalaria e identificar los principales problemas operativos de la
misma.
II. Coordinar y participar en la planeación de los programas generales y específicos
de la Unidad, integrando de acuerdo con las necesidades, los recursos humanos y
materiales disponibles en cada uno de los servicios hospitalarios, con el fin de
obtener niveles óptimos de productividad.
III. Vigilar la Calidad de la atención médica integral que se otorgue, tomando en
consideración la promoción y protección específica de la salud, el diagnóstico
médico temprano, el tratamiento oportuno, la aplicación de medicina de
rehabilitación, así como el trato humano a los pacientes.
IV. Realizar las gestiones necesarias para que se proporcionen al Hospital los recursos
humanos, materiales y financieros, requeridos por los servicios y áreas de atención
al paciente, para su óptimo funcionamiento.
V. Coordinar y garantizar el cumplimiento de los acuerdos tomados en el Comité
para la Detección y el Control de Infecciones Intrahospitalarias, la elaboración del
Programa de Prevención de Infecciones Intrahospitalarias y la práctica de los
exámenes médicos al personal del Hospital.
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VI. Coordinar y participar con el Cuerpo de Gobierno en la elaboración de los
Manuales de Organización, Funcionamiento, Procedimientos, Flujos, etc., de cada
uno de los servicios y áreas de la Unidad Hospitalaria.
VII. Coordinar la participación para la elaboración del Proyecto de Presupuesto y
Metas (POA) de la Unidad Hospitalaria anualmente, de acuerdo con las
indicaciones de la Dirección de Planeación y Desarrollo del ISSEA.
VIII. Colaborar con las autoridades estatales en la elaboración del presupuesto del
Hospital, de acuerdo con las disposiciones institucionales vigentes y con apoyo
del Sistema de Información interno.
IX. Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo de las actividades
hospitalarias, de conformidad con la programación normatividad vigente.
X. Vigilar que la distribución del personal por turnos y categorías.
XI. Vigilar que en los servicios o departamentos troncales se apliquen las Estrategias
de Uso Racional del Recurso.
XII. Participar con las autoridades a nivel estatal en los mecanismos establecidos para
la adquisición de aparatos y equipo médico, instrumental, equipo y mobiliario de
oficina, accesorios, material de consumo, etc., en lo referente a calidad y precio.
XIII. Vigilar el correcto funcionamiento del Hospital mediante la supervisión constante
de las instalaciones y mantenimiento adecuado del inmueble, aparatos, equipos,
instrumental, etc., de manera que se garantice su operatividad continúa.
XIV. Celebrar Acuerdos con las autoridades sindicales cuando sea necesario.
XV. Representar al Hospital en su carácter de máxima autoridad, en todos aquellos
eventos que proyecten la buena imagen de la Unidad; y presidir las reuniones
científicas, socio-culturales y todas aquellas que por su importancia así lo
requieran.
XVI. Fomentar las buenas relaciones humanas en todos los niveles del Hospital, para
mejorar y armonizar las relaciones interpersonales de los trabajadores e instituir
actitudes positivas hacia el público en general.
XVII. Proporcionar a las autoridades de los sectores público, social y privado, los
informes técnicos, estadísticos, de actividades, de productividad, médico-legales,
etc., que le sean requeridos en forma programada o con carácter de urgente.
XVIII. Disponer lo necesario para la capacitación, desarrollo y actualización del personal
médico, paramédico y administrativo.
XIX. Promover que los programas de investigación médica, paramédica y
administrativa se elaboren y desarrollen dentro del marco de las disposiciones
institucionales y de acuerdo con las necesidades y recursos del Hospital.
XX. Conocer y hacer cumplir las NOM`S en el ámbito de su competencia.
XXI. Tramitar y mantener actualizada la Licencia Sanitaria del establecimiento, así
como las autorizaciones necesarias para el funcionamiento de otras áreas que lo
requieran.
XXII. Establecer, validar y vigilar que los Residentes Médicos y los Médicos Internos de
Pregrado, reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena
calidad durante su jornada de trabajo, además de la colación nocturna para estos
Médicos que trabajen en turnos nocturnos, dando cumplimiento a la NOM-090-
SSA1-1994 y la NOM-234-SSA1-2003, dicha prestación será cubierta por el
Ramo 33.
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XXIII. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna
reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante
su jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada
acumulada nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha
prestación será cubierta por el Ramo 33.
XXIV. Elaborar y rendir el Informe Anual de Actividades ante las Autoridades
Superiores.
XXV. Vigilar el cumplimiento de los Comités Técnico-Médico-Administrativos del
Hospital y dar a conocer al personal involucrado la importancia de ellos para el
mejoramiento de la calidad de la atención, así mismo, comunicar ese desarrollo a
las autoridades superiores de acuerdo a lo señalado en el Manual específico.
XXVI. Implementar y garantizar la aplicación de las guías clínicas en las actividades
profesionales cotidianas, en beneficio de la población usuaria.
XXVII. Garantizar el buen funcionamiento del Programa de Referencia y
Contrarreferencia.
XXVIII. Difundir y hacer cumplir la normatividad vigente para las diversas actividades.
XXIX. Apegarse a políticas nacionales y locales en materia de salud.
XXX. Implementar y garantizar el cero rechazo a la población demandante del servicio;
en apego a las políticas de atención en salud vigentes.
XXXI. Establecer una comunicación y operación efectiva de la Red Hospitalaria Estatal.
XXXII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del
Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del
Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXXIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXXIV. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
Objetivo:
Coordinar, supervisar y evaluar el proceso administrativo en apoyo de la atención médica,
estableciendo la relación de Áreas Administrativas para la optimización en la prestación
de servicios, vigilando la optimización de los recursos económicos y materiales
asignados.
Nombre del puesto: Jefe del Departamento de
Administración.
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Área a la que corresponde: Dirección del Área del Hospital.
Jefe inmediato: Director del Área del Hospital
General de Rincón de Romos.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Recursos
Humanos.
-Jefe o Encargado de Conservación
y Mantenimiento.
-Jefe o Encargado de Dietética.
-Jefe o Encargado de Inventarios.
-Jefe o Encargado de Recursos
Financieros.
-Jefe o Encargado de Servicios
Generales.
-Jefe o Encargado de Almacén.
-Jefe o Encargado de Farmacia.
FUNCIONES:
I. Planear, programar, dirigir y evaluar la organización y funcionamiento de los
servicios administrativos y generales, mediante sistemas y procedimientos adecuados
que apoyen la atención médica del paciente.
II. Presentar un plan de trabajo anual.
III. Difundir, supervisar las políticas de cero rechazo a los pacientes.
IV. Coordinar la elaboración y actualización de reglamentos, manuales, instructivos,
circulares y demás información técnico-normativa, indispensable para el desarrollo
armónico y equilibrado de las funciones y actividades administrativas.
V. Determinar conforme al programa de trabajo, las funciones y actividades que
desempeñan los jefes de los departamentos en su ámbito de competencia.
VI. Analizar los mecanismos que alteran o retrasan los resultados óptimos en áreas de
servicios de su competencia, buscando su solución ágil y eficiente.
VII. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del la Unidad
Hospitalaria y autoridades del ISSEA, para informar, conocer y resolver
conjuntamente la problemática que se presente.
VIII. Convocar a juntas de trabajo ordinarias y extraordinarias con los jefes de las áreas
administrativas, para conocer y resolver conjuntamente los problemas del
funcionamiento de todas las áreas que dependen de la Subdirección Administrativa.
IX. Mantener el aprovisionamiento suficiente y los elementos necesarios para el
funcionamiento ininterrumpido de todos los servicios del Hospital, como dietética,
farmacia, almacén general, mantenimiento, etc. Para tal efecto, tramitar ante las
autoridades las requisiciones necesarias para realizar las adquisiciones y suministros
de acuerdo con la reglamentación en vigor, considerando racionalmente las
prioridades y tomando en cuenta las recomendaciones marcadas en el Comité de
Insumos, así como las indicaciones establecidas por el nivel central.
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X. Establecer los controles administrativos necesarios en todas las áreas del Hospital
que significan se egresos de recursos financieros y materiales, aplicados a:
adquisiciones, caja, farmacia, ropería, equipo, instrumental, víveres, etc.,
supervisando y evaluando el manejo, empleo, guarda y distribución de dichos
recursos.
XI. Establecer controles administrativos para el cuidado de los ingresos que se generen
del Hospital, informando a la Dirección de cualquier contingencia que se presente.
XII. Elaborar el presupuesto por programas para el año siguiente, en coordinación con los
servicios y áreas del Hospital, apegándose a las disposiciones, procedimientos y metas
establecidas.
XIII. Conciliar los procedimientos administrativos vigentes con las prestaciones laborales a
que tienen derecho los trabajadores.
XIV. Supervisar en conjunto con la jefatura de mantenimiento y conservación, que tanto el
mantenimiento preventivo como correctivo de maquinaria, equipo e instalaciones,
garanticen el funcionamiento ininterrumpido de todos los servicios del Hospital.
XV. Vigilar y verificar que se lleve a cabo la limpieza, vigilancia y seguridad del edificio,
ornamentación, fumigación y desinfección del Hospital, así como participar en los
programas preventivo y operativo contra incendios y emergencias.
XVI. Realizar oportunamente las acciones que mejoren los aspectos administrativos de la
hospitalización, para agilizar los trámites y evitar estancias innecesarias de los
enfermos.
XVII. Promover cursos de actualización para el personal administrativo y de servicios
generales, y coadyuvar con todas las actividades del departamento de enseñanza y
capacitación.
XVIII. Participar en la elaboración del Proyecto Anual de Presupuesto-Metas (POA), de
acuerdo con las indicaciones vertidas a nivel central, y gestionar ante dichas
autoridades su aprobación y ejecución por la dirección de planeación.
XIX. Participar de acuerdo a su ámbito de responsabilidad en la operación de los Comités
Técnico-Médico-Administrativos.
XX. Participar en los programas de docencia e investigación médico-administrativa.
XXI. Elaborar y actualizar los Manuales de Procedimientos Técnico-Administrativos que
cumplan con la normatividad vigente.
XXII. Suplir al Director del Hospital y al Subdirector Médico en sus ausencias temporales,
según la autoridad delegada para asuntos de su competencia.
XXIII. Participar con el Director del Hospital en el Informe Anual de Actividades que se
rinde ante las Autoridades Superiores.
XXIV. Elaborar las Constancias de Hechos por las diversas incidencias incorrectas en que
se incurran, denunciando ante Contraloría Interna o, en su caso, con el
Departamento Jurídico.
XXV. Controlar y supervisar el ahorro del consumo de los energéticos, fluidos y gases
medicinales, así como de los diversos servicios para el buen funcionamiento del
Hospital.
XXVI. Dar seguimiento al cumplimiento de compromisos por contratos y licitaciones
realizadas con proveedores externos.
XXVII. Coordinar el Comité de Insumos y el de Atención Médica en caso de Desastres.
XXVIII. Presentar proyectos de mejora en los diferentes procedimientos administrativos.
XXIX. Implementar y promover estrategias de ahorro de los recursos existentes.
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XXX. Supervisar y analizar el registro y control de las entradas y salidas de todos los
insumos que se resguarden en las áreas de Almacén, Farmacia e Inventarios.
XXXI. Supervisar y controlar el suministro oportuno a las áreas del Hospital para su
correcta operación.
XXXII. Supervisar el adecuado almacenamiento, acomodo y resguardo de todos
materiales e insumos recibidos de acuerdo a la normatividad establecida por el
Instituto.
XXXIII. Coordinar la elaboración de los inventarios físicos y contables que se realicen, de
acuerdo a la normatividad y periodicidad que se requiera.
XXXIV. Realizar la revisión interna y registro de kárdex.
XXXV. Elaborar y tramitar de acuerdo a la normatividad establecida a nivel central, las
órdenes de compra necesarias para la adquisición de insumos que deben ser
adquiridos a nivel central.
XXXVI. Coordinar y establecer con las diferentes áreas, los procedimientos para el
adecuado suministro de materiales e insumos, que posibilite y asegure el
funcionamiento del Hospital para una adecuada atención de los pacientes
hospitalizados.
XXXVII. Supervisar la elaboración de las requisiciones de suministros y efectuar su trámite
a nivel central, tanto de manera ordinaria, como complementaria o extraordinaria,
cumpliendo con la calendarización interna y de nivel central.
XXXVIII. Realizar el análisis e informar a las autoridades del Hospital, sobre el
comportamiento del abastecimiento programado, en todas las partidas.
XXXIX. Realizar los controles necesarios para la validación de los consumos de
medicamentos para el pago de los consumos a la empresa subrogada de Farmacia y
Almacén.
XL. Informar periódicamente y en forma extraordinaria cuando así se requiera, de
cualquier problemática o asunto de importancia a la Dirección.
XLI. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a
su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico
de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus
Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XLII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XLIII. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL GENERAL DE PABELLÓN DE
ARTEAGA
Objetivo:
Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades que se desarrollan en todas las
áreas del hospital, con la responsabilidad de vigilar la correcta integración de los recursos,
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tecnología, físicos y financieros para proporcionar atención médica íntegra con calidad,
calidez, oportunidad y eficiencia.
Nombre del puesto: Director del Área del Hospital
General de Pabellón de Arteaga.
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director de Atención
Hospitalaria.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de
Enseñanza.
-Jefe o Encargado de
Epidemiología.
-Coordinador de Calidad.
-Jefe o Encargado de
Informática.
-Subdirector Médico.
-Jefe del Departamento de
Administración.
-Secretaria.
-Asistentes de Dirección.
FUNCIONES:
I. Coordinar con el Cuerpo de Gobierno del Hospital, la integración del Diagnóstico
de Salud de la población adscrita e identificar los problemas de salud más
importantes del área.
II. Coordinar con el Cuerpo de Gobierno del Hospital, la integración del Diagnóstico
Situacional de la Unidad Hospitalaria e identificar los principales problemas
operativos de la misma.
III. Elaborar y vigilar que se aplique el Programa Anual de Operación con objetivos,
metas, estrategias y actividades.
IV. Elaborar y aplicar el Programa de Supervisión de los Servicios de la Unidad.
V. Coordinar y participar en la planeación de los programas generales y específicos de
la Unidad, integrando de acuerdo con las necesidades, los recursos humanos y
materiales disponibles en cada uno de los servicios hospitalarios.
VI. Coordinar el funcionamiento del Hospital, mediante la participación y colaboración
de los Jefes de los servicios y áreas de trabajo médico, con el fin de obtener niveles
óptimos de productividad.
VII. Vigilar la calidad de la atención médica integral que se otorgue, tomando en
consideración la promoción y protección específica de la salud, el diagnóstico
médico temprano, el tratamiento oportuno, la aplicación de medicina de
rehabilitación, así como el trato humano a los pacientes.
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VIII. Realizar las gestiones necesarias para que se proporcionen al Hospital los recursos
humanos, materiales y financieros, requeridos por los servicios y áreas de atención
al paciente, para su óptimo funcionamiento.
IX. Coordinar y garantizar el cumplimiento de los acuerdos tomados en el Comité para
la Detección y el Control de Infecciones Intrahospitalarias, la elaboración del
Programa de Prevención de Infecciones Intrahospitalarias y la práctica de los
exámenes médicos al personal del Hospital.
X. Coordinar y participar con el Cuerpo de Gobierno en la elaboración de los Manuales
de Organización, Funcionamiento, Procedimientos, Flujos, etc., de cada uno de los
servicios y áreas de la Unidad Hospitalaria.
XI. Coordinar la participación para la elaboración del Proyecto de Presupuesto y Metas
(POA) de la Unidad Hospitalaria anualmente, de acuerdo con las indicaciones de la
Dirección de Planeación y Desarrollo del ISSEA.
XII. Elaborar y rendir el Informe Anual de Actividades ante las Autoridades Superiores.
XIII. Coordinar con la Junta de Gobierno la elaboración del presupuesto del Hospital, de
acuerdo con las disposiciones institucionales vigentes y con apoyo del Sistema de
Información interno.
XIV. Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo de las actividades hospitalarias,
de conformidad con la programación establecida.
XV. Vigilar que la distribución del personal por turnos y categorías.
XVI. Vigilar que en los servicios o departamentos troncales se apliquen las Estrategias de
Uso Racional del Recurso.
XVII. Participar con las autoridades a nivel estatal en los mecanismos establecidos para la
adquisición de aparatos y equipo médico, instrumental, equipo y mobiliario de
oficina, accesorios, material de consumo, etc., en lo referente a calidad y precio.
XVIII. Vigilar el correcto funcionamiento del Hospital mediante la supervisión constante
de las instalaciones y mantenimiento adecuado del inmueble, aparatos, equipos,
instrumental, etc., de manera que se garantice su operatividad continua.
XIX. Celebrar Acuerdos con las autoridades sindicales cuando sea necesario.
XX. Representar al Hospital en su carácter de máxima autoridad, en todos aquellos
eventos que proyecten la buena imagen de la Unidad; y presidir las reuniones
científicas, socio-culturales y todas aquellas que por su importancia así lo requieran.
XXI. Fomentar las buenas relaciones humanas en todos los niveles del Hospital, para
mejorar y armonizar las relaciones interpersonales de los trabajadores e instituir
actitudes positivas hacia el público en general.
XXII. Establecer programas de relaciones públicas dirigidas a la comunidad del área de
cobertura, para mantenerla informada de los propósitos y funciones del Hospital.
Dichos programas tendrán ingerencia también para mejorar las actividades
intrahospitalarias, mediante una adecuada comunicación interna.
XXIII. Proporcionar a las autoridades de los sectores público, social y privado, los informes
técnicos, estadísticos, de actividades, de productividad, médico-legales, etc., que le
sean requeridos en forma programada o con carácter de urgente.
XXIV. Disponer lo necesario para la capacitación, desarrollo y actualización del personal
médico, paramédico y administrativo.
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XXV. Promover que los programas de investigación médica, paramédica y administrativa
se elaboren y desarrollen dentro del marco de las disposiciones institucionales y de
acuerdo con las necesidades y recursos del Hospital.
XXVI. Conocer y hacer cumplir las NOM en el ámbito de su competencia.
XXVII. Vigilar el cumplimiento de los Comités Técnico-Médico-Administrativos del
Hospital y dar a conocer al personal involucrado la importancia de ellos para el
mejoramiento de la calidad de la atención, así mismo, comunicar ese desarrollo a las
autoridades superiores de acuerdo a lo señalado en el Manual específico.
XXVIII. Tramitar y mantener actualizada la Licencia Sanitaria del establecimiento, así como
las autorizaciones necesarias para el funcionamiento de otras áreas que lo requieran.
XXIX. Establecer, validar y vigilar que los Residentes Médicos y los Médicos Internos de
Pregrado, reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad
durante su jornada de trabajo, además de la colación nocturna para estos Médicos
que trabajen en turnos nocturnos, dando cumplimiento a la NOM-090-SSA1-1994 y
la NOM-234-SSA1-2003, dicha prestación será cubierta por el Ramo 33.
XXX. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna
reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante su
jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada acumulada
nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las Condiciones Generales
de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha prestación será cubierta
por el Ramo 33.
XXXI. Implementar y garantizar la aplicación de las guías clínicas en las actividades
profesionales cotidianas, en beneficio de la población usuaria.
XXXII. Garantizar el buen funcionamiento del Programa de Referencia y Contrarreferencia.
XXXIII. Difundir y hacer cumplir la normatividad vigente para las diversas actividades.
XXXIV. Apegarse a políticas nacionales y locales en materia de salud.
XXXV. Implementar y garantizar el cero rechazo a la población demandante del servicio; en
apego a las políticas de atención en salud vigentes.
XXXVI. Establecer una comunicación y operación efectiva de la Red Hospitalaria Estatal.
XXXVII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a
su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico
de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus
Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXXVIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXXIX. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
Objetivo:
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Planear, coordinar, dirigir y evaluar la organización y funcionamiento de los servicios
administrativos y generales mediante procedimientos adecuados que apoyen la atención
medica del paciente.
Nombre del puesto: Jefe del Departamento de
Administración.
Área a la que corresponde: Dirección del Área del Hospital.
Jefe inmediato: Director del Área del Hospital
General de Pabellón de Arteaga.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Recursos
Humanos.
-Jefe o Encargado de
Conservación y
Mantenimiento.
-Jefe o Encargado de Servicios
Generales.
-Jefe o Encargado de Recursos
Financieros.
-Jefe o Encargado de Recursos
Materiales.
-Jefe o Encargado de Dietética.
FUNCIONES:
I. Colaborar en el desempeño de las actividades y/o programas que le sean
encomendados de los siguientes campos de acción: Recursos Humanos, materiales y
presupuéstales dependiendo del área de responsabilidad o de la unidad de atención
médica en apego a las instrucciones del superior jerárquico y de las normas.
II. Coordinar y vigilar la conservación y el buen funcionamiento de las instalaciones en
general de la unidad Médica.
III. Efectuar el trámite de las requisiciones y presupuestos ante las autoridades
correspondientes.
IV. Atender las demandas sobre las necesidades planteadas sobre los diferentes servicios.
V. Solicitar los insumos necesarios para la realización de actividades y conservar en
buen estado el material y equipo que se encuentren bajo su custodia.
VI. Verificar el avance, funciones, control y desarrollo de los programas y del
presupuesto para que sean llevados de acuerdo a las normas establecidas,
procedimiento e instructivos.
VII. Proponer acciones que mejoren los procedimientos dentro de su área de adscripción.
VIII. Colaborar cuando se requiera en la realización de programas específicos de otras
áreas.
IX. Informar periódicamente a las autoridades correspondientes sobre el resultado
obtenido de las actividades efectuadas.
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X. Planear, programar, dirigir y evaluar la organización y funcionamiento de los
Servicios Administrativos y Generales mediante, sistemas y procedimientos
adecuados que apoyen la atención medica del paciente.
XI. Coordinar la elaboración y actualización de reglamentos, manuales, instructivos,
circulares y demás información técnico-normativa, indispensable para el desarrollo
armónico y equilibrado de las funciones y actividades administrativas.
XII. Determinar, conforme al programa de trabajo, las funciones y actividades que
desempeñan los jefes de los departamentos en su ámbito de competencia.
XIII. Analizar los mecanismos que alteran o retrasan los resultados óptimos en áreas de
servicios de su competencia, buscando su solución ágil y eficiente.
XIV. Convocar a juntas de trabajo ordinarias y extraordinarias con los jefes de
Departamento de las áreas administrativas, para conocer y resolver conjuntamente los
problemas del funcionamiento de todas las áreas que dependen de la Subdirección
Administrativa.
XV. Mantener el aprovisionamiento suficiente y los elementos necesarios para el
funcionamiento ininterrumpido de todos los servicios del Hospital, como dietética,
almacén general, mantenimiento, etc. para tal efecto, tramitar ante las autoridades las
requisiciones necesarias y realizar las adquisiciones y suministros de acuerdo con la
reglamentación en vigor considerando racionalmente las prioridades y tomando en
cuenta las recomendaciones marcadas por el Comité de Insumos de acuerdo al manual
especifico normado, así como las indicaciones establecidas por el Nivel Central.
XVI. Establecer controles administrativos para el cuidado de los ingresos que se generen
del hospital, informando a la Dirección de cualquier contingencia que se presente.
XVII. Elaborar y formular los presupuestos que le sean encomendados por las autoridades
del Instituto de Salud del Estado de Aguascalientes, en coordinación con los servicios
y áreas del Hospital, apegándose a las disposiciones, procedimientos y metas
establecidas por las autoridades.
XVIII. Supervisar al Área de Recursos Humanos en la administración técnica del personal,
referente a selección, contratación, inducción y desarrollo de los trabajadores,
siempre en concordancia con las disposiciones establecidas por el nivel central, así
como conciliar los procedimientos administrativos vigentes con las prestaciones
laborales a que tienen derecho los mencionados trabajadores.
XIX. Supervisar en conjunto con la jefatura de Mantenimiento y Conservación, el
mantenimiento preventivo y/o correctivo de la planta física, maquinaria, equipo e
instalaciones que garanticen el funcionamiento ininterrumpido de todos los servicios
y áreas de la Unidad Hospitalaria.
XX. Vigilar con el Jefe del Área de Servicio Generales que el servicio subrogado de
limpieza y aseo cumpla con los requerimientos de contratación para que las
instalaciones de la unidad se mantengan en completa limpieza y aseo,
XXI. Vigilar conjuntamente con el Jefe del Departamento de Servicios Generales que se
lleve a cabo la vigilancia, y seguridad del edificio, así como la ornamentación,
desinfección y fumigación del Hospital, así como participar en los programas
preventivo y operativo contra incendios y emergencias.
XXII. Realizar oportunamente las acciones que mejoren los aspectos administrativos de la
hospitalización, para agilizar los trámites y evitar estancias innecesarias de los
enfermos.
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XXIII. Promover cursos de actualización para el personal administrativo y de servicios
generales, y coadyuvar con todas las actividades del Área de enseñanza y
Capacitación.
XXIV. Participar en la elaboración del Proyecto Anual del Presupuesto-Metas (POA), de
acuerdo con las indicaciones vertidas en el nivel central, y gestionar ante dichas
autoridades a su aprobación y ejecución en el área de planeación.
XXV. Participar con el Director del Hospital en el Informe Anual de Actividades que se
rinde ante las Autoridades Superiores.
XXVI. Participar de acuerdo a su ámbito de responsabilidad en la operación de los Comités
Técnico-Médico-Administrativos.
XXVII. Participar en los programas de docencia e investigación Médico-Administrativa.
XXVIII. Suplir al Director del Hospital y al Subdirector Médico en sus ausencias temporales,
según la autoridad delegada para asuntos de su competencia.
XXIX. Elaborar las Constancias de Hechos por las diversas incidencias incorrectas en que se
incurran, denunciando ante Contraloría Interna o, en su caso, con el Departamento
Jurídico.
XXX. Controlar y supervisar el ahorro del consumo de los energéticos, fluidos y gases
medicinales, así como de los diversos servicios para el buen funcionamiento del
Hospital.
XXXI. Dar seguimiento al cumplimiento de compromisos por contratos y licitaciones
realizadas con proveedores externos.
XXXII. Gestionar las ampliaciones presupuestales ante las áreas correspondientes solicitando
los recursos necesarios.
XXXIII. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del la Unidad
Hospitalaria y autoridades del ISSEA, para informar, conocer y resolver
conjuntamente la problemática que se presente.
XXXIV. Coordinar el Comité de Insumos y el de Atención Médica en caso de Desastres.
XXXV. Presentar proyectos de mejora en los diferentes procedimientos administrativos.
XXXVI. Implementar y promover estrategias de ahorro de los recursos existentes.
XXXVII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a su
puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico de
los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus
Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXXVIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en los
términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXXIX. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL GENERAL TERCER MILENIO
Objetivo:
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Contribuir a mejorar la salud de la población bajo la responsabilidad del hospital,
conduciendo su buen funcionamiento conforme a su misión, misión y valores, que
garantice una atención integral con calidad y eficiencia, favoreciendo la adecuada
organización y coordinación de todas de todas las áreas y servicios de la unidad, así
como la participación conciente y organizada de la población que propicie una correcta
utilización de los servicios en beneficio de su salud.
Nombre del puesto: Director del Área del Hospital
General Tercer Milenio.
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director de Atención
Hospitalaria.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de
Enseñanza.
-Jefe o Encargado de
Epidemiología.
-Jefe o Encargado de
Informática.
-Coordinador de Calidad.
-Subdirector Médico.
-Jefe del Departamento de
Administración.
-Secretaria.
-Asistentes de Dirección.
FUNCIONES:
I. Conducir al Cuerpo de Gobierno del Hospital para la integración del Diagnóstico
Situacional de la Unidad.
II. Coordinar la planeación de los programas generales y específicos de la Unidad,
de acuerdo con las necesidades y los recursos humanos y materiales disponibles,
en cada uno de los servicios.
III. Propiciar la participación y colaboración de los Jefes o encargados de áreas o
servicios, con el fin de obtener niveles óptimos de productividad.
IV. Vigilar la calidad de la atención integral a la salud que otorga la unidad, tomando
en consideración la promoción y protección específica, el diagnóstico médico
temprano, el tratamiento oportuno, la rehabilitación adecuada y el trato humano a
los pacientes.
V. Realizar las gestiones necesarias para que se proporcionen al Hospital los recursos
humanos, materiales y financieros, requeridos por los servicios y áreas para su
óptimo funcionamiento.
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VI. Participar con el Cuerpo de Gobierno, en la actualización de los manuales de
organización y procedimientos, guías clínicas de atención, referencia de pacientes,
programas de capacitación, etc., de toda la Unidad Hospitalaria.
VII. Coordinar la elaboración del Proyecto de Presupuesto y Metas (POA) del
Hospital, de acuerdo con las indicaciones de la Dirección de Planeación y
Desarrollo del ISSEA.
VIII. Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo de las actividades
hospitalarias, de conformidad con la programación establecida.
IX. Vigilar que la distribución del personal por turnos y categorías sea congruente con
la normatividad.
X. Vigilar que los servicios apliquen las Estrategias de Uso Racional del Recurso
Cama Censable establecidas por la Institución.
XI. Participar con las autoridades estatales para la adquisición de aparatos y equipo
médico, instrumental, de oficina, accesorios, consumo, etc., en lo referente a
calidad y precio.
XII. Vigilar el correcto funcionamiento del Hospital mediante la supervisión constante
de las instalaciones y mantenimiento adecuado del inmueble, aparatos, equipos,
instrumental, etc., de manera que se garantice su operatividad continua.
XIII. Celebrar Acuerdos con las autoridades sindicales cuando sea necesario.
XIV. Representar al Hospital en su carácter de máxima autoridad, en todos aquellos
eventos que proyecten la buena imagen de la Unidad; y presidir las reuniones
científicas, socio-culturales y todas aquellas que por su importancia así lo
requieran.
XV. Fomentar las buenas relaciones humanas en todo el Hospital para mejorar las
relaciones interpersonales de los trabajadores y hacia el público en general.
XVI. Establecer acciones dirigidas a la comunidad para mantenerla informada de los
propósitos y funciones del Hospital.
XVII. Proporcionar a las autoridades que correspondan, los informes técnicos,
estadísticos, de productividad, médico-legales, etc., que le sean requeridos.
XVIII. Disponer lo necesario para la capacitación, desarrollo y actualización del personal
médico, paramédico y administrativo.
XIX. Promover que los programas de investigación médica, paramédica y
administrativa se elaboren y desarrollen dentro del marco de las disposiciones
institucionales y de acuerdo con las necesidades y recursos del Hospital.
XX. Conocer y hacer cumplir las Normas Oficiales Mexicanas en el ámbito de su
competencia.
XXI. Vigilar el cumplimiento de los Comités Técnico-Médico-Administrativos del
Hospital y dar a conocer al personal involucrado la importancia de ellos para el
mejoramiento de la calidad de la atención, así mismo, comunicar ese desarrollo a
las autoridades superiores de acuerdo a lo señalado en el Manual específico.
XXII. Tramitar y mantener actualizada la Licencia Sanitaria del establecimiento, así
como las autorizaciones necesarias para el funcionamiento de otras áreas que lo
requieran.
XXIII. Establecer, validar y vigilar que los Residentes Médicos y los Médicos Internos de
Pregrado, reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena
calidad durante su jornada de trabajo, además de la colación nocturna para estos
Médicos que trabajen en turnos nocturnos, dando cumplimiento a la NOM-090-
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SSA1-1994 y la NOM-234-SSA1-2003, dicha prestación será cubierta por el
Ramo 33.
XXIV. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna
reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante
su jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada
acumulada nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha
prestación será cubierta por el Ramo 33.
XXV. Elaborar y rendir el Informe Anual de Actividades ante las Autoridades
Superiores.
XXVI. Implementar y garantizar la aplicación de las guías clínicas en las actividades
profesionales cotidianas, en beneficio de la población usuaria.
XXVII. Garantizar el buen funcionamiento del Programa de Referencia y
Contrarreferencia.
XXVIII. Difundir y hacer cumplir la normatividad vigente para las diversas actividades.
XXIX. Apegarse a políticas nacionales y locales en materia de salud.
XXX. Implementar y garantizar el cero rechazo a la población demandante del servicio;
en apego a las políticas de atención en salud vigentes.
XXXI. Establecer una comunicación y operación efectiva de la Red Hospitalaria Estatal.
XXXII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del
Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del
Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXXIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXXIV. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
Objetivo:
Dirigir las acciones necesarias, aprovechando y optimizando los recursos existentes a
través de la planeación, organización y coordinación de las actividades de las áreas
administrativas, aplicando los lineamientos, políticas, normas y estatutos establecidos por
las áreas normativas.
Nombre del puesto: Jefe del Departamento de
Administración.
Área a la que corresponde: Dirección del Área del Hospital.
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Jefe inmediato: Director del Área del Hospital
General Tercer Milenio.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Recursos
Humanos.
-Jefe o Encargado de Recursos
Financieros.
-Jefe o Encargado de Ingeniería
y Mantenimiento.
-Jefe o Encargado de Recursos
Materiales.
-Jefe o Encargado Dietética.
-Jefe o Encargado de de
Servicios Generales.
-Responsable de la Planta de
Tratamiento de Aguas
Residuales.
FUNCIONES:
I. Coordinar las actividades de cada una de las áreas administrativas, para el adecuado
funcionamiento de las mismas.
II. Planear y dirigir la elaboración del presupuesto anual de la Unidad.
III. Participar en la actualización y revisión de los Manuales de Organización y
Procedimientos.
IV. Supervisar el aprovisionamiento de los elementos necesarios para el adecuado
funcionamiento de todas las áreas del hospital.
V. Supervisar la elaboración de las solicitudes de insumos, así como las compras de los
mismos para la adecuada operación de todas las áreas del Hospital.
VI. Administrar y controlar el adecuado ejercicio del presupuesto asignado, evitando
dispendios e informando a la Dirección de cualquier situación al respecto.
VII. Analizar y revisar los Informes de las áreas del Hospital y formular el reporte final a
la Dirección, coadyuvando con ello a la toma de decisiones.
VIII. Establecer controles administrativos para el cuidado de los ingresos que se generen
del hospital, informando a la Dirección de cualquier contingencia que se presente.
IX. Controlar y supervisar los gastos del Hospital a través del fondo revolvente
respetando los lineamientos marcados por el área normativa.
X. Verificar y autorizar el Reporte de Control de Asistencia así como, supervisar los
diferentes movimientos laborales del personal.
XI. Elaborar las Constancias de Hechos por las diversas incidencias incorrectas en que
se incurran, denunciando ante Contraloría Interna o, en su caso, con el
Departamento Jurídico.
XII. Informar a la Dirección clara y oportunamente las acciones a realizar o en su caso,
solicitar su apoyo para la toma de decisión final.
XIII. Brindar todos los elementos necesarios, aprovechando los recursos existentes para
el buen funcionamiento de las áreas administrativas.
XIV. Vigilar el adecuado cumplimiento de los Lineamientos, Normas y Estatutos
establecidos para el buen funcionamiento de las áreas operativas y administrativas.
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XV. Coordinar y supervisar las actividades dirigidas a conservar y mantener en óptimas
condiciones físicas los equipos, el mobiliario y las instalaciones del inmueble donde
opera el Hospital.
XVI. Supervisar que se lleve a cabo la actualización del diagnóstico de la situación física
del equipo biomédico y electromecánico.
XVII. Controlar y supervisar el ahorro del consumo de los energéticos, fluidos y gases
medicinales, así como de los diversos servicios para el buen funcionamiento del
Hospital.
XVIII. Supervisar y coordinar las acciones a realizar para la elaboración del programa de
mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de biomédica y
electromecánica.
XIX. Coordinar, supervisar y controlar las actividades de los servicios de intendencia,
transportes, vigilancia, ropería y jardinería, coadyuvando a lograr una atmósfera de
seguridad, limpieza y un aspecto agradable de las áreas verdes.
XX. Vigilar que los servicios subrogados de Dietética, Intendencia, Vigilancia y
Ropería, cumplan con las disposiciones establecidas en las bases de licitación para
la contratación de dichos servicios, respetando las normas y políticas internas.
XXI. Gestionar las ampliaciones presupuestales ante las áreas correspondientes
solicitando los recursos necesarios.
XXII. Convocar a juntas de trabajo ordinarias y extraordinarias con los jefes de
Departamento de las áreas administrativas, para conocer y resolver conjuntamente
los problemas del funcionamiento de todas las áreas que dependen de la Jefatura de
Departamento Administrativo.
XXIII. Coordinar el Comité de Insumos y el de Atención Médica en caso de Desastres.
XXIV. Realizar reportes extraordinarios de actividades inherentes del Hospital.
XXV. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del la Unidad
Hospitalaria y autoridades del ISSEA, para informar, conocer y resolver
conjuntamente la problemática que se presente.
XXVI. Entregar a la Dirección del Hospital y Dirección Administrativa del ISSEA el
Informe Mensual de la Subdirección Administrativa del Hospital.
XXVII. Presentar proyectos de mejora en los diferentes procedimientos administrativos.
XXVIII. Coordinar y supervisar los registros y resguardos del activo fijo de las diferentes
áreas.
XXIX. Implementar y promover estrategias de ahorro de los recursos existentes.
XXX. Apoyar en actividades encomendadas por la Dirección relacionadas con la
Administración de los recursos del Hospital.
XXXI. Elaborar y formular los presupuestos que le sean encomendados por las
autoridades del Instituto de Salud del Estado de Aguascalientes, en coordinación
con los servicios y áreas del Hospital, apegándose a las disposiciones,
procedimientos y metas establecidas.
XXXII. Dar seguimiento al cumplimiento de compromisos por contratos y licitaciones
realizadas con proveedores externos.
XXXIII. Supervisar al departamento de Recursos Humanos en la administración técnica del
personal, referente a selección, contratación, inducción y desarrollo de los
trabajadores, siempre en concordancia con las disposiciones establecidas por el
nivel central, así como conciliar los procedimientos administrativos vigentes con
las prestaciones laborales a que tienen derecho los mencionados trabajadores.
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XXXIV. Supervisar en conjunto con la jefatura de Mantenimiento y Conservación, el
mantenimiento preventivo y/o correctivo de la planta física, maquinaria, equipo e
instalaciones que garanticen el funcionamiento ininterrumpido de todos los
servicios y áreas de la unidad hospitalaria.
XXXV. Participar con el Director del Hospital en el Informe Anual de Actividades que se
rinde ante las Autoridades Superiores.
XXXVI. Participar de acuerdo a su ámbito de responsabilidad en la operación de los Comités
Técnico-Médico-Administrativos.
XXXVII. Determinar, conforme al programa de trabajo, las funciones y actividades que
desempeñan los jefes de las áreas en su ámbito de competencia.
XXXVIII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a
su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico
de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus
Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXXIX. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XL. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL DE LA MUJER
Objetivo:
Contribuir a mejorar la salud de la población bajo la responsabilidad del hospital,
conduciendo su buen funcionamiento conforme a su misión, misión y valores, que
garantice una atención integral con calidad y eficiencia, favoreciendo la adecuada
organización y coordinación de todas las áreas y servicios de la unidad, así como la
participación conciente y organizada de la población que propicie una correcta
utilización de los servicios en beneficio de su salud.
Nombre del puesto: Director del Área del Hospital
de la Mujer.
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director de Atención
Hospitalaria.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de
Enseñanza.
-Jefe o Encargado de
Epidemiología.
-Jefe o Encargado de
Enfermería.
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-Coordinador de Calidad.
-Jefe o Encargado de
Informática.
-Subdirector Médico.
-Jefe del Departamento de
Administración.
-Secretaria.
-Asistentes de Dirección.
FUNCIONES:
I. Conducir al Cuerpo de Gobierno del Hospital para la integración del Diagnóstico
Situacional de la Unidad.
II. Coordinar la planeación de los programas generales y específicos de la Unidad,
de acuerdo con las necesidades y los recursos humanos y materiales disponibles,
en cada uno de los servicios.
III. Propiciar la participación y colaboración de los Jefes o encargados de áreas o
servicios, con el fin de obtener niveles óptimos de productividad.
IV. Vigilar la calidad de la atención integral a la salud que otorga la unidad, tomando
en consideración la promoción y protección específica, el diagnóstico médico
temprano, el tratamiento oportuno, la rehabilitación adecuada y el trato humano a
los pacientes.
V. Realizar las gestiones necesarias para que se proporcionen al Hospital los recursos
humanos, materiales y financieros, requeridos por los servicios y áreas para su
óptimo funcionamiento.
VI. Participar con el Cuerpo de Gobierno, en la actualización de los manuales de
organización y procedimientos, guías clínicas de atención, referencia de pacientes,
programas de capacitación, etc., de toda la Unidad Hospitalaria.
VII. Coordinar la elaboración del Proyecto de Presupuesto y Metas (POA) del
Hospital, de acuerdo con las indicaciones de la Dirección de Planeación y
Desarrollo del ISSEA.
VIII. Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo de las actividades
hospitalarias, de conformidad con la programación establecida.
IX. Vigilar que la distribución del personal por turnos y categorías sea congruente con
la normatividad.
X. Vigilar que los servicios apliquen las Estrategias de Uso Racional del Recurso
Cama Censable establecidas por la institución.
XI. Participar con las autoridades estatales para la adquisición de aparatos y equipo
médico, instrumental, de oficina, accesorios, consumo, etc., en lo referente a
calidad y precio.
XII. Vigilar el correcto funcionamiento del Hospital mediante la supervisión constante
de las instalaciones y mantenimiento adecuado del inmueble, aparatos, equipos,
instrumental, etc., de manera que se garantice su operatividad continua.
XIII. Celebrar Acuerdos con las autoridades sindicales cuando sea necesario.
XIV. Presidir las reuniones científicas, socio-culturales y todas aquellas que por su
importancia así lo requieran.
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XV. Representar al Hospital en su carácter de máxima autoridad, en todos aquellos
eventos que proyecten la buena imagen de la Unidad; cuando no sea posible,
delegarla en entre sus subordinados directos.
XVI. Fomentar las buenas relaciones humanas en todo el Hospital para mejorar las
relaciones interpersonales de los trabajadores y hacia el público en general.
XVII. Establecer acciones dirigidas a la comunidad para mantenerla informada de los
propósitos y funciones del Hospital.
XVIII. Proporcionar a las autoridades que correspondan, los informes técnicos,
estadísticos, de productividad, médico-legales, etc., que le sean requeridos.
XIX. Disponer lo necesario para la capacitación, desarrollo y actualización del personal
médico, paramédico y administrativo.
XX. Promover que los programas de investigación médica, paramédica y
administrativa se elaboren y desarrollen dentro del marco de las disposiciones
institucionales y de acuerdo con las necesidades y recursos del Hospital.
XXI. Conocer y hacer cumplir las NOM en el ámbito de su competencia.
XXII. Vigilar el cumplimiento de los Comités Técnico-Médico-Administrativos del
Hospital y dar a conocer al personal involucrado la importancia de ellos para el
mejoramiento de la calidad de la atención, así mismo, comunicar ese desarrollo a
las autoridades superiores de acuerdo a lo señalado en el Manual específico.
XXIII. Tramitar y mantener actualizada la Licencia Sanitaria del establecimiento, así
como las autorizaciones necesarias para el funcionamiento de otras áreas que lo
requieran.
XXIV. Establecer, validar y vigilar que los Residentes Médicos y los Médicos Internos de
Pregrado, reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena
calidad durante su jornada de trabajo, además de la colación nocturna para estos
Médicos que trabajen en turnos nocturnos, dando cumplimiento a la NOM-090-
SSA1-1994 y la NOM-234-SSA1-2003, dicha prestación será cubierta por el
Ramo 33.
XXV. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna
reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante
su jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada
acumulada nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha
prestación será cubierta por el Ramo 33.
XXVI. Elaborar y rendir el Informe Anual de Actividades ante las Autoridades
Superiores.
XXVII. Implementar y garantizar la aplicación de las guías clínicas en las actividades
profesionales cotidianas, en beneficio de la población usuaria.
XXVIII. Garantizar el buen funcionamiento del Programa de Referencia y
Contrarreferencia.
XXIX. Difundir y hacer cumplir la normatividad vigente para las diversas actividades.
XXX. Apegarse a políticas nacionales y locales en materia de salud.
XXXI. Implementar y garantizar el cero rechazo a la población demandante del servicio;
en apego a las políticas de atención en salud vigentes.
XXXII. Establecer una comunicación y operación efectiva de la Red Hospitalaria Estatal.
XXXIII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del
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Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del
Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXXIV. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXXV. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
Objetivo:
Dirigir las acciones necesarias, aprovechando y optimizando los recursos existentes a
través de la planeación, organización y coordinación de las actividades de las áreas
administrativas, aplicando los lineamientos, políticas, normas y estatutos establecidos
por las áreas normativas.
Nombre del Puesto: Jefe del Departamento de
Administración.
Área a la que corresponde: Dirección del Área del Hospital.
Jefe inmediato: Director del Área del Hospital
de la Mujer.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Recursos
Humanos.
-Jefe o Encargado de Recursos
Financieros.
-Jefe o Encargado de Recursos
Materiales.
-Jefe o Encargado de Servicios
Generales.
-Jefe o Encargado de Conservación
y Mantenimiento.
-Jefe o Encargado de Dietética.
-Secretaria
FUNCIONES:
I. Coordinar las actividades de cada una de las áreas administrativas, para el
adecuado funcionamiento de las mismas.
II. Planear y dirigir la elaboración del presupuesto anual.
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III. Participar en la actualización y revisión de los Manuales de Organización y
Procedimientos.
IV. Supervisar el aprovisionamiento de los elementos necesarios para el adecuado
funcionamiento de todas las áreas del Hospital.
V. Supervisar la elaboración de las solicitudes de insumos, así como las compras de
los mismos para la adecuada operación de todas las áreas del Hospital.
VI. Administrar y controlar el adecuado ejercicio del presupuesto asignado, evitando
dispendios e informando a la Dirección de cualquier situación al respecto.
VII. Analizar y revisar los Informes de las áreas del Hospital y formular el reporte
final a la dirección, coadyuvando con ello a la toma de decisiones.
VIII. Establecer controles administrativos para el cuidado de los ingresos que se
generen del Hospital, informando a la Dirección de cualquier contingencia que se
presente.
IX. Controlar y supervisar los gastos del Hospital a través del fondo revolvente
respetando los lineamientos marcados por el área normativa.
X. Verificar y autorizar el Reporte de Control de Asistencia así como, supervisar los
diferentes movimientos laborales del personal.
XI. Elaborar las Constancias de Hechos por las diversas incidencias incorrectas en
que se incurran, denunciando ante Contraloría Interna o, en su caso, con la
Dirección Jurídica.
XII. Informar a la Dirección clara y oportunamente las acciones a realizar o en su
caso, solicitar su apoyo para la toma de decisión final.
XIII. Brindar todos los elementos necesarios, aprovechando los recursos existentes
para el buen funcionamiento de las áreas administrativas.
XIV. Vigilar el adecuado cumplimiento de los Lineamientos, Normas y Estatutos
establecidos para el buen funcionamiento de las áreas operativas y
administrativas.
XV. Coordinar y supervisar las actividades dirigidas a conservar y mantener en
óptimas condiciones físicas los equipos, el mobiliario y las instalaciones del
inmueble donde opera el Hospital.
XVI. Supervisar que se lleve a cabo la actualización del diagnóstico de la situación
física del equipo biomédico y electromecánico.
XVII. Controlar y supervisar el ahorro del consumo de los energéticos, fluidos y gases
medicinales, así como de los diversos servicios para el buen funcionamiento del
Hospital.
XVIII. Supervisar y coordinar las acciones a realizar para la elaboración del programa
de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de biomédica y
electromecánica.
XIX. Coordinar, supervisar y controlar las actividades de los servicios de intendencia,
transportes, vigilancia, ropería y jardinería, coadyuvando a lograr una atmósfera
de seguridad, limpieza y un aspecto agradable de las áreas verdes.
XX. Vigilar que los servicios subrogados de Dietología, Intendencia, Vigilancia y
Ropería, cumplan con las disposiciones establecidas en las bases de licitación
para la contratación de dichos servicios, respetando las normas y políticas
internas.
XXI. Gestionar las ampliaciones presupuestales ante las áreas correspondientes
solicitando los recursos necesarios.
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XXII. Convocar a juntas de trabajo ordinarias y extraordinarias con los jefes de las áreas
administrativas, para conocer y resolver conjuntamente los problemas del
funcionamiento de todas las áreas que dependen de la Jefatura de Departamento
Administrativo.
XXIII. Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección General del la Unidad
Hospitalaria y autoridades del ISSEA, para informar, conocer y resolver
conjuntamente la problemática que se presente.
XXIV. Coordinar el Comité de Insumos y el de Atención Médica en caso de Desastres.
XXV. Realizar reportes extraordinarios de actividades inherentes del Hospital.
XXVI. Entregar a la Dirección del Hospital y Dirección Administrativa el Informe
Mensual de la Administración.
XXVII. Presentar proyectos de mejora en los diferentes procedimientos administrativos.
XXVIII. Coordinar y supervisar los registros y resguardos del activo fijo de las diferentes
áreas.
XXIX. Implementar y promover estrategias de ahorro de los recursos existentes.
XXX. Elaborar y formular los presupuestos que le sean encomendados por las
autoridades del Instituto de Salud del Estado de Aguascalientes, en coordinación
con los servicios y áreas del Hospital, apegándose a las disposiciones,
procedimientos y metas establecidas.
XXXI. Dar seguimiento al cumplimiento de compromisos por contratos y licitaciones
realizadas con proveedores externos.
XXXII. Supervisar en conjunto con la jefatura de Mantenimiento y Conservación, el
mantenimiento preventivo y/o correctivo de la planta física, maquinaria, equipo e
instalaciones que garanticen el funcionamiento ininterrumpido de todos los
servicios y áreas de la unidad hospitalaria.
XXXIII. Participar con el Director del Hospital en el Informe Anual de Actividades que se
rinde ante las Autoridades Superiores.
XXXIV. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del
Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del
Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXXV. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión,
en los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXXVI. Las demás que le sean asignadas por la Dirección del Hospital y no contempladas
dentro de las anteriormente mencionadas.
DIRECTOR DEL ÁREA DEL CENTENARIO HOSPITAL MIGUEL HIDALGO
Objetivo:
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Coordinar las actividades médicas y administrativas con la oportuna interacción de todas
y cada una de las áreas para supervisar adecuadamente las funciones de todos en
beneficio de los pacientes, así como representar al Hospital ante las instancias legales
indicadas.
Nombre del puesto: Director del Área del Centenario
Hospital Miguel Hidalgo.
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director de Atención
Hospitalaria.
Subordinados Directos: -Subdirector Médico.
-Subdirector Administrativo.
-Secretaria.
-Subdirección Médica.
FUNCIONES:
I. Ejecutar acuerdos y disposiciones del Organismo.
II. Vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas vigentes para la
prestación de servicios de salud en unidades de atención integral, expediente clínico
y demás relativas y aplicables.
III. Presentar para conocimiento y aprobación del Director de Atención Hospitalaria del
Organismo, los planes de trabajo, presupuestos, informe de actividades del Hospital,
etcétera.
IV. Proponer al Director de Atención Hospitalaria del Organismo, las políticas
generales del Hospital.
V. Vigilar el cumplimiento del objeto del Hospital.
VI. Instrumentar los sistemas y procedimientos que permitan la mejor aplicación de los
recursos.
VII. Realizar actividades de difusión relacionadas con el hospital.
VIII. Participar en la elaboración de organización y procedimientos, coordinando las
reuniones de trabajo.
IX. Atender y resolver sugerencias o quejas relativas a la prestación de servicios o en su
caso, turnarlas a la instancia competente.
X. Realizar reuniones de trabajo con los mandos medios del hospital para la
organización y supervisión de actividades.
XI. Firmar la documentación requerida para el cumplimiento de sus funciones.
XII. Determinar previo estudio socioeconómico del área de trabajo social, el monto o la
condonación de las cuotas de recuperación que deben ser retribuidas al hospital
atendiendo a las condiciones de los usuarios.
XIII. Levantar las actas administrativas al personal del hospital cuando incurra en faltas
que ameriten sanciones conforme a las disposiciones legales aplicables, así como
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administrativamente cuando proceda y remitir al director general para la emisión del
respectivo dictamen.
XIV. Apoyar y supervisar las actividades del voluntariado del hospital.,
XV. Asistir a las sesiones del voluntariado del hospital.
XVI. Presidir las reuniones científicas que se realicen dentro del hospital.
XVII. Promover y fomentar las relaciones científicas con otras instituciones hospitalarias,
sociedades médicas y las instituciones educativas que impartan conocimientos en el
área de la salud.
XVIII. Presidir el Consejo Técnico del Hospital.
XIX. Proponer a los integrantes de las Comisiones de Investigación, Ética y
Bioseguridad.
XX. Aplicar y vigilar la correcta ejecución del gasto presupuestal autorizado.
XXI. Proponer a la junta de gobierno el monto de las cuotas de recuperación por los
servicios que preste el hospital.
XXII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a
su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico
de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus
Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XXIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XXIV. Las demás que señalen otras disposiciones legales o le confiera al Director General,
así como las implícitas necesarias.
SUBDIRECTOR MÉDICO
Objetivo:
Gestionar el proceso clínico y asistencial del Hospital, con el propósito de otorgar una
atención de calidad al usuario, así como planear, programar, dirigir y vigilar, el proceso
de atención médico - quirúrgica de alta especialidad, congruente con las necesidades de
salud de la población, para brindar servicios con oportunidad, equidad, eficiencia y
calidad.
Nombre del puesto: Subdirector Médico
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director del Área del Centenario
Hospital Miguel Hidalgo.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Auxiliares de
Diagnóstico y Tratamiento.
-Jefe o Encargado de Epidemiología.
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-Jefe o Encargado de Cirugía.
-Jefe o Encargado de de Medicina
Interna.
-Jefe o Encargado de Enfermería.
-Jefe del Departamento de Enseñanza e
Investigación.
-Jefe o Encargado de Oncología y
Radioterapia.
-Jefe del Departamento de Pediatría.
-Coordinador de Calidad.
-Jefe de Servicio de Camilleros.
-Coordinador Médico del Sector
Privado.
-Jefe de Servicio de Trabajo Social.
-Jefe de Servicio de Clínica de
Atención Especializada.
-Responsable Sanitario.
-Psicólogo.
-Responsable de Registro Hospitalario
y Estadística.
-Secretaria.
FUNCIONES:
I. Participar con el Director en la organización, coordinación, supervisión, control y
evaluación de los diferentes Departamentos a su cargo.
II. Difundir, cumplir y hacer cumplir lo establecido en el Manual.
III. Mantener una constante comunicación, tanto horizontal como vertical, formal e
informal para armonizar actividades de atención de pacientes.
IV. Planear, organizar, normar, coordinar, supervisar y evaluar los servicios de atención
médica.
V. Coadyuvar para que el Hospital sea una Institución que signifique una respuesta
social a las necesidades de salud de la población de Aguascalientes.
VI. Coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento de los comités médicos
establecidos.
VII. Promover, desarrollar y aplicar las normas y procedimientos técnicos así como del
manejo y utilización de instalaciones, equipos e instrumentales médicos.
VIII. Armonizar y/ o potencializar las actividades del cuerpo médico y las del personal de
enfermería en trabajo conjunto con la jefatura de enfermeras.
IX. Detectar organizar, priorizar y encaminar requerimientos de materiales, equipos e
insumos críticos de los servicios bajo su responsabilidad.
X. Coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento de los comités médicos
establecidos.
XI. Supervisar y uniformar los indicadores de salud y atención médica, manteniéndolos
dentro de los estándares preestablecidos
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XII. Observar la realización de procedimientos, analizar documentos, información
estadística e indicadores para evaluar a través de ellos la producción, rendimiento,
calidad y oportunidad de los servicios prestados y aplicar las medidas correctivas
oportunas.
XIII. Proponer la elaboración de los protocolos, guías y vías clínicas y presentarlos
formalmente para su aprobación a la Comisión de Dirección.
XIV. Establecer el diagnóstico situacional de cada una de las divisiones de atención
médica y proponer programas asistenciales de formación y capacitación de recursos
humanos para la salud.
XV. Reemplazar al Director del Centenario Hospital durante su ausencia.
XVI. Revisar los planes anuales de trabajo.
XVII. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a
su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico
de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus
Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XVIII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XIX. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO
Objetivo:
Planear y coordinar las actividades administrativas necesarias para garantizar las
condiciones materiales, financieras y humanas para otorgar servicios médicos de calidad.
Nombre del puesto: Subdirector Administrativo.
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director del Área del Centenario
Hospital Miguel Hidalgo.
Subordinados Directos: -Jefe del Departamento de
Informática.
-Jefe del Departamento de
Recursos Humanos.
-Jefe Departamento Recursos
Materiales.
-Jefe del Departamento del
Sector Privado.
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-Jefe del Departamento
Servicios
Generales.
-Jefe del Departamento de
Recursos Financieros.
-Coordinador de
Implementación y
Sistema Integral de Abastos.
-Secretaria.
FUNCIONES:
I. Planear, organizar, integrar, dirigir y controlar los recursos humanos, financieros,
técnicos, materiales y físicos asignados al Centenario Hospital Miguel Hidalgo.
II. Promover, difundir y vigilar el cumplimiento de las normas, políticas, estrategias y
procedimientos administrativos.
III. Brindar apoyo logístico y administrativo a los diferentes procesos y actividades
asistenciales y así atender las demandas de necesidades planteadas por las diferentes
áreas internas y externas del Hospital.
IV. Administrar y Supervisar el Recurso Humano en el CHMH.
V. Dirigir y supervisar la adquisición y suministro adecuado de materiales,
arrendamientos y servicios de acuerdo a las necesidades establecidas por las áreas,
ajustándose al presupuesto asignado.
VI. Evaluar, coordinar y vigilar el cumplimiento de programas de trabajo y el ejercicio
presupuestal.
VII. Vigilar y controlar el sistema de contabilidad del Organismo, así como conservar
durante el plazo legal los documentos comprobatorios de las operaciones
financieras.
VIII. Informar periódicamente a las autoridades correspondientes sobre los resultados
obtenidos de las actividades efectuadas durante el periodo.
IX. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes a
su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto Jurídico
de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de Aguascalientes, sus
Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
X. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XI. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
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DIRECTOR DEL ÁREA DEL HOSPITAL DE PSIQUIATRÍA “DR. GUSTAVO
LEÓN MOJICA GARCÍA”
Objetivo:
Dirigir, planear, organizar y evaluar los programas de atención y rehabilitación de
enfermedades mentales, así como problemas de adicciones a sustancias y tabaquismo,
en el Hospital, con estricto apego a las disposiciones normativas vigentes y las políticas
administrativas del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes.
Nombre del puesto: Director del Área del Hospital
de Psiquiatría “Dr. Gustavo
Léon Mojica García”.
Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director de Atención
Hospitalaria.
Subordinados Directos: -Subdirector Médico.
-Jefe del Departamento de
Administración.
-Jefe o Encargado de Enseñanza.
-Coordinador de Calidad.
-Jefe o Encargado de Informática.
- Asistente Administrativo de la
Dirección.
FUNCIONES:
I. Ejecutar los acuerdos y disposiciones del Organismo.
II. Vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas vigentes para la
prestación de servicios de Salud en unidades de atención integral Médico-
Psiquiátrica, Atención de Adicciones, Expediente Clínico y demás relativas y
aplicables.
III. Presentar para su conocimiento y aprobación del Director General, los planes de
trabajo, presupuestos e informe de actividades del Hospital.
IV. Proponer al Director General, las políticas generales del Hospital.
V. Vigilar el cumplimento del objeto del Hospital.
VI. Instrumentar los sistemas y procedimientos que permitan la mejor aplicación de
los recursos.
VII. Realizar actividades de difusión relacionadas con el Hospital.
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VIII. Participar en la elaboración de manuales de organización y procedimientos,
coordinando las reuniones de trabajo.
IX. Atender y resolver sugerencias o quejas relativas a la prestación de los servicios, o
en su caso turnarlas a la instancia competente.
X. Realizar reuniones de trabajo con los mandos medios del Hospital para la
organización y supervisión de actividades.
XI. Firmar la documentación requerida para el cumplimiento de sus funciones.
XII. Determinar previo estudio socio económico del área de trabajo social, el monto o
la condonación de las cuotas de recuperación que deben ser retribuidas al hospital
atendiendo a las condiciones de los usuarios.
XIII. Asistir a cursos de capacitación para Directores y en general aquellos relacionados
con las actividades del Hospital.
XIV. Las demás que señalen otras disposiciones legales o le confiera el Director
General, así como las implícitas necesarias.
XV. Establecer, validar y vigilar que los trabajadores de jornada acumulada diurna
reciban alimentación completa, balanceada, higiénica y de buena calidad durante
su jornada de trabajo, además de la colación y a los trabajadores de jornada
acumulada nocturna únicamente la colación, dando cumplimiento a las
Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud en su Art. 128, dicha
prestación será cubierta por el Ramo 33.
XVI. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del
Trabajo, las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del
Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
XVII. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XVIII. Las demás que señalen otras disposiciones legales o le confiera el Director
General del ISSEA.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN
Objetivo:
Administrar eficientemente los recursos humanos, financieros y materiales asignados,
así como proporcionar los servicios generales de apoyo, de acuerdo a los programas de
trabajo de las diferentes áreas que integran la Dependencia, cumpliendo tanto con las
políticas establecidas como con los objetivos generales del Hospital. Contribuir a la
adecuada determinación de metas, la estimación del presupuesto y el eficiente ejercicio
y control de los recursos, atendiendo a las medidas de racionalidad, austeridad y
disciplina presupuestal, así como la correcta aplicación de los recursos asignados.
Nombre del puesto: Jefe del Departamento de
Administración.
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Área a la que corresponde: Dirección.
Jefe inmediato: Director del Área del Hospital
de Psiquiatría “Dr. Gustavo
Léon Mojica García”.
Subordinados Directos: -Jefe o Encargado de Servicios
Generales.
-Jefe o Encargado de Capital
Humano.
-Jefe o Encargado de
Contabilidad y Finanzas.
-Jefe o Encargado de
Adquisiciones.
-Auxiliar Administrativo.
-Chofer.
FUNCIONES:
I. Coordinar y organizar la administración de capital humano, material y financiero
que le permita operar el Programa de Salud Mental y los programas operativos
conforme a las metas previstas.
II. Dirigir y coordinar la operación y sistematización del pago de remuneraciones al
personal del Hospital y coordinar la aplicación de sueldos y catálogos de puestos
con base a la normatividad establecida.
III. Implantar y desarrollar integrante el sistema de control financiero y presupuestal
del Hospital de conformidad con las normas y lineamientos vigentes.
IV. Dirigir y controlar la aplicación, operación y vigilancia del sistema integral de
contabilidad del Hospital; de acuerdo con las normas aplicables.
V. Coordinar y desarrollar la elaboración del programa anual de abastos del Hospital
y supervisar las compras de los insumos médicos y administrativos de acuerdo a la
legislación aplicable.
VI. Controlar y evaluar los proyectos y programas de las obras de conservación,
adaptación y mantenimiento de los bienes muebles, inmuebles y equipos del
Hospital, en coordinación con las instrucciones del sector que operen en el Estado.
VII. Participar en los Comités del Hospital.
VIII. Integrar el Comité Mixto de Escalafón para la selección del personal que ocupará
plazas vacantes en el Hospital.
IX. Vigilar que el personal a su cargo cumpla con las actividades propias e inherentes
a su puesto o comisión, en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo,
las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, del Estatuto
Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos del Estado de
Aguascalientes, sus Municipios y Organismos Descentralizados y en la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes.
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X. Cumplir con las actividades propias e inherentes a su cargo, puesto o comisión, en
los términos establecidos en el Marco Jurídico antes señalado.
XI. Realizar las demás funciones inherentes a su puesto, que le encomiende su Jefe
Inmediato.
VII. GLOSARIO DE TÉRMINOS
Auditoria Médica Proceso para obtener y evaluar de manera objetiva las evidencias
relacionadas con informes sobre actividades administrativas, médico –
quirúrgicas y otros acontecimientos relacionados con la salud, cuyo fin
consiste en determinar el grado de eficiencia, calidad y calidez en
beneficio de la población.
Primer Nivel Área encargada de coordinar, organizar y supervisar que se otorgue a
la población una atención integral y de calidad con énfasis en la
entrega del Paquete Básico de Servicios de Salud, en las unidades
medicas mediante acciones preventivas, curativas, de rehabilitación, de
fomento de la participación comunitaria en la operación de los
servicios y el autocuidado de la salud.
Segundo Nivel Se refiere a los Hospitales que otorgan atención médico – quirúrgica
dentro de las 4 especialidades básicas las cuales son cirugía general,
pediatría, medicina interna y gineco-obstetricia.
Tercer Nivel Se refiere a los Hospitales que otorgan atención médico – quirúrgica
que se derivan de las 4 especialidades básicas del segundo nivel de
atención y que son referidas a subespecialidades como lo son cirugía
pediátrica, cardiología, neumología, neurocirugía, entre otras.
Cama Censable. Autorizada para su uso y a la cual se le asignan recursos.
ISSEA. Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes.
NOM. Norma Oficial Mexicana
POA. Programa Operativo Anual.
VIII. BIBLIOGRAFÍA
1. Programa Nacional de Salud 2001-2006. SSA.
2. Sistema Integral de gestión en Salud
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3. Acreditación de Establecimientos Públicos para la Prestación de Servicios de Salud.
Formato de Captura Múltiple de Datos para la Evaluación Electrónica de
Establecimientos. Centros de Salud. Primer Nivel. SSA/DGCES. 2006
4. Carta de los Derechos de los Pacientes. Comisión Nacional de Arbitraje Médico.
2001
5. Carta de los Derechos de las y los Médicos. Comisión Nacional de Arbitraje
Médico. 2002
6. Carta de Derechos y Obligaciones de los Afiliados al Sistema de Protección Social
en Salud. SSA. 2003
7. Código de Bioética para el Personal de Salud. SSA/Comisión Nacional de Bioética.
2002
8. Código de Ética para las Enfermeras y Enfermeros de México. SSA/Comisión
Interinstitucional de Enfermería. 2001
9. Código de Conducta para el Personal de Salud. SSA. 2002
10. Código de Ética del Médico. Colegio de Médicos Cirujanos de Aguascalientes. A.C.
11. Evaluación del Desempeño. SSA/DGIED. 2002
12. Lineamientos para la Ejecución del Sistema de Protección Social en Salud. SSA.