manual de normas y procedimientos de contrataciones pública

132
MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Punto de Cuenta Nº MNyP-DAI-003-2016 del 08 de febrero de 2016 Aprobado en Resolución Nº C.M.E.B. 015-2016

Upload: jesus-rodolfo-andrade-leon

Post on 10-Jan-2017

282 views

Category:

Government & Nonprofit


11 download

TRANSCRIPT

Page 1: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

MANUAL DE NORMAS Y

PROCEDIMIENTOS DE

CONTRATACIONES PÚBLICAS

Punto de Cuenta Nº MNyP-DAI-003-2016 del 08 de febrero de 2016 Aprobado en Resolución Nº C.M.E.B. 015-2016

Page 2: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

Sección: Asunto:

CONTENIDO:

2

RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DEL MANUAL

INTRODUCCIÓN

CAPITULO I

ASPECTOS GENERALES

1.1. Base Legal

1.2. Objetivo y Alcance

1.3. Normas Generales

CAPITULO II

CONTRATACIONES PÚBLICAS

2.1. De las Actividades Previas del Proceso de Contrataciones

2.1.1. Procedimientos (Actividades Previas del Proceso de

Contrataciones.

2.2. De la Elaboración del Presupuesto Base

2.2.1. Del Procedimiento para la Elaboración del Presupuesto Base

2.3. De los Números de Control de los Procedimientos de Contratación

2.3.1. Procedimientos de los Números de Control de los

Procedimientos de Contratación

2.4. De la Comisión de Contrataciones

2.4.1. De la Comisión de Contrataciones: Del Expediente de

Contratación

2.4.2. Procedimientos de la Comisión de Contrataciones

CAPITULO III

MODALIDADES DE CONTRATACIÓN

3.1. Consulta de Precio

3.1.1. Consulta de Precio

Page 3: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

Sección: Asunto:

CONTENIDO:

3

Del Procedimiento

3.2. Concurso Cerrado

3.2.1. Concurso Cerrado

Del Procedimiento

3.3. Contratación (adjudicación) Directa

3.2.1. Contratación Directa

Del Procedimiento

3.4. Compromiso de Responsabilidad Social

3.4.1. Compromiso de Responsabilidad Social (Procedimiento)

CAPITULO IV

RENDICIÓN ANTE ENTES EXTERNOS

4.1. Programación de Compra

4.1.1. Programación de Compra

Del Procedimiento

4.2. Sumario de Compra

4.1.1. Sumario de Compra

Del Procedimiento

4.3. Evaluación del Desempeño del Contratista

4.1.1. Evaluación del Desempeño del Contratista (Procedimiento)

FORMULARIO E INSTRUCTIVOS

Page 4: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

Sección: Asunto:

RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DEL MANUAL

4

RESOLUCIÓN Nº C.M.E.B 015-2016

JESÚS RODOLFO ANDRADE LEÓN

CONTRALOR MUNICIPAL

El ciudadano: Lic. JESÚS RODOLFO ANDRADE LEÓN, venezolano, mayor de edad,

titular de la Cedula de Identidad número 10.093.866, en su carácter de Contralor Municipal del

municipio Eulalia Buroz, Mamporal del estado Bolivariano de Miranda, según consta en Acta

de Nombramiento y Juramentación Nº 239 de fecha 16 de enero de 2013 emitida por el

Concejo Municipal del Municipio Eulalia Buroz, debidamente publicada en Gaceta Municipal

Nº 239 de fecha 16 de enero de 2013, en uso de las atribuciones legales conferidas en el

artículo 176 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia a lo

tipificado en los artículos 54 numeral 5, 100 y 101 de la Ley Orgánica del Poder Público

Municipal; de conformidad a lo dispuesto en los artículos 43 numeral 3 y 44 de la Ley

Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal; a

tenor de lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos

y concatenado a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento Interno de la Contraloría del

Municipio Eulalia Buroz.

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder

Público Municipal, la Contraloría Municipal goza de autonomía orgánica, funcional y

administrativa, y precisamente es con base a la autonomía funcional que puede actuar,

realmente, como un contralor responsable de la vigilancia de la legalidad, la regularidad, la

sinceridad, la economía, la eficiencia y eficacia de las actividades administrativas, respecto

de los ingresos, gastos y bienes públicos, con respecto a la actuación del órgano de

gobierno y administración municipal, vale decir, de la Alcaldía y sus unidades

organizativas y descentralizadas, así como también el Concejo Municipal, lo cual realiza

con absoluta independencia, lo que le permite inclusive poder ejercer el control fiscal y de

gestión a que está obligada; y la autonomía orgánica y administrativa, que no es otra cosa

que la posibilidad de organizarse a sí misma, en consideración a los recursos que le han

sido asignados en un determinado ejercicio fiscal.

CONSIDERANDO

Que es potestad del Contralor del municipio Eulalia Buroz, en el marco de su autonomía

orgánica, funcional y administrativa, dictar las normas e instrumentos que permitan la

optimización del sistema de control interno de este órgano de control externo, efectuando

Page 5: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

Sección: Asunto:

RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DEL MANUAL

5

los cambios y modificaciones que se estimen necesarios para optimizar los procesos que se

ejecutan en esta Contraloría Municipal.

CONSIDERANDO

Que el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal establece que el control interno es un sistema que

comprende el plan de organización, las políticas, normas, así como los métodos y

procedimientos adoptados dentro de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz, cuyo

propósito es salvaguardar sus recursos, verificar la exactitud de su información financiera y

administrativa, promover la eficiencia, economía y calidad en sus operaciones, estimular la

observancia de las políticas prescritas y lograr el cumplimiento de la misión, objetivos y

metas de esta Contraloría Municipal.

CONSIDERANDO

Que para mantener sus operaciones normales la Contraloría del municipio Eulalia Buroz

debe habitualmente realizar procedimientos de contrataciones públicas, que permita la

adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, los cuales deben estar

apegados a la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamentos y demás normas legales y

sublegales que tiene incidencia en este campo. Todo ello con el propósito de preservar el

patrimonio público, fortalecer la soberanía, desarrollar la capacidad productiva y asegurar

la transparencia de las actuaciones de este Órgano de Control Fiscal municipal.

CONSIDERANDO

Que el Plan Estratégico 2013-2018 de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz,

establece como cuarto eje “Modernización de la estructura organizacional y de los

procesos llevados a cabo en la Contraloría del Municipio Eulalia Buroz”, siendo el su

objetivo 4.1.1 “Elaborar o actualizar los distintos manuales de normas y

procedimientos que permitan fortalecer el sistema de gestión de la Contraloría del

municipio Eulalia Buroz.”

RESUELVE

PRIMERO: Aprobar el MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE

CONTRATACIONES PÚBLICAS, presentado por la Dirección de Administración

Integral de este órgano de control externo, a través del Punto de Cuenta Nº MNyP-DAI-

003-2016 de fecha 08 de febrero de 2016.

Page 6: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

Sección: Asunto:

RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DEL MANUAL

6

SEGUNDO: El referido manual desarrolla las normas y los procedimientos que deben

llevar la Dirección de Administración Integral para llevar a cabo los Procesos de

Contratación Pública, para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de

obras.

TERCERO: El MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE

CONTRATACIONES PÚBLICAS aprobado en este acto, consta del siguiente contenido:

INTRODUCCIÓN

CAPITULO I

ASPECTOS GENERALES

1.1. Base Legal

1.2. Objetivo y Alcance

1.3. Normas Generales

CAPITULO II

CONTRATACIONES PÚBLICAS

2.1. De las Actividades Previas del Proceso de Contrataciones

2.1.1. Procedimientos (Actividades Previas del Proceso de

Contrataciones.

2.2. De la Elaboración del Presupuesto Base

2.2.1. Del Procedimiento para la Elaboración del Presupuesto Base

2.3. De los Números de Control de los Procedimientos de Contratación

2.3.1. Procedimientos de los Números de Control de los

Procedimientos de Contratación

2.4. De la Comisión de Contrataciones

2.4.1. De la Comisión de Contrataciones: Del Expediente de

Contratación

2.4.2. Procedimientos de la Comisión de Contrataciones

Page 7: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

Sección: Asunto:

RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DEL MANUAL

7

CAPITULO III

MODALIDADES DE CONTRATACIÓN

3.1. Consulta de Precio

3.1.1. Consulta de Precio

Del Procedimiento

3.2. Concurso Cerrado

3.2.1. Concurso Cerrado

Del Procedimiento

3.3. Contratación (adjudicación) Directa

3.2.1. Contratación Directa

Del Procedimiento

3.4. Compromiso de Responsabilidad Social

3.4.1. Compromiso de Responsabilidad Social (Procedimiento)

CAPITULO IV

RENDICIÓN ANTE ENTES EXTERNOS

4.1. Programación de Compra

4.1.1. Programación de Compra

Del Procedimiento

4.2. Sumario de Compra

4.1.1. Sumario de Compra

Del Procedimiento

4.3. Evaluación del Desempeño del Contratista

4.1.1. Evaluación del Desempeño del Contratista (Procedimiento)

FORMULARIO E INSTRUCTIVOS

Page 8: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

Sección: Asunto:

RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DEL MANUAL

8

CUARTO: El MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE

CONTRATACIONES PÚBLICAS tendrá vigencia a partir de la presente fecha de

aprobación por la Máxima autoridad.

QUINTO: Es responsabilidad de la Dirección de Administración Integral de la Contraloría

del municipio Eulalia Buroz, la implantación de lo establecido en el mencionado Manual.

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Contralor Municipal a los veinticuatro (24) día

del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2016), en el municipio Eulalia Buroz,

Mamporal del estado Bolivariano de Miranda.

Comuníquese y publíquese

Cúmplase

Lic. JESÚS RODOLFO ANDRADE L.

CONTRALOR MUNICIPAL Designado en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de Eulalia Buroz

Según consta en Acta Nº 239 del 16 de enero de 2013, publicada en

Gaceta Municipal Nº 239 del 16 de enero de 2013

Page 9: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

Sección: Asunto:

INTRODUCCIÓN:

9

La gestión administrativa para ser exitosa requiere de la planificación como mecanismo

de diseño y evaluación de escenarios, que permita la toma de decisión informada, en la cual la

incertidumbre tiende ser manejable. La previsión como forma de acción gerencial, es entonces

un requisito imprescindible para el uso eficiente, eficaz, económico y transparente de los

recursos, públicos y privados.

Las compras o adquisiciones que permite la provisión de los insumos, los bienes y

servicios, así como la ejecución de obras, es una tarea cotidiana, pero fundamental para el

adecuado funcionamiento de las organizaciones. Esas compras deben realizarse, especialmente

en la Administración Pública, buscando la preservación del patrimonio público, fortalecer la

soberanía, afianzar el desarrollo del sector productivo y asegurar la trasparencia de ese proceso.

Para todo ello se requiere contar con un Manual de Normas y Procedimiento que regule el

proceso de contrataciones.

En tal sentido, la Contraloría del municipio Eulalia Buroz, procede a emitir el presente

documentos, que permite regular sus procesos de contratación, de bienes, la prestación de

servicios y ejecución de obras. Este Manual de Normas y Procedimiento de Contratación

Publicas, se encuentra ajustado a lo establecido en la Ley de Contrataciones Pública vigente

desde noviembre del año 2014.

El Manual de Normas y Procedimientos para Contrataciones Pública de la

Contraloría del municipio Eulalia Buroz, se encuentra ajustado a su realidad operativa y

presupuestaria. Es por ello, que atiende a solo tres (3) modalidades de contratación: La

Consulta de Precios, los Concursos Cerrados y la Contratación (Adjudicación) Directa

con Exposición de Motivo. Son estas las modalidades utilizadas, debido al bajo presupuesto de

la Contraloría Municipal, que hace imposible que la misma, por ahora, tenga capacidad de

contratación que le exija aplicar otras modalidades distintas a la antes mencionada.

Page 10: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

Sección: Asunto:

INTRODUCCIÓN:

10

En conclusión, este manual se divide en cuatro (2) grandes bloques, a saber:

Capítulo I. Aspectos Generales del Manual, conformado por los objetivos y alcance

del Manual, la base legal vigente, glosario y normas que orientan y rigen de manera general

el proceso de Contrataciones Públicas.

Capítulo II. Se describen los aspectos generales de las contrataciones públicas,

especialmente el tema referente a la Comisión de Contrataciones, los expedientes de

contrataciones y los procedimientos que debe ejecutar la mencionada Comisión.

Capítulo III. En este apartado se trata el tema de las tres (3) modalidades de

contratación regulada por el presente manual. Ellas son: Consulta de Precio, Concurso

Cerrado y Contratación Directa. También aquí se trata el tema del Compromiso de

Responsabilidad Social.

Capítulo IV. Los órganos y entes contratantes deben rendir cuenta ante el Sistema

Nacional de Contrataciones, lo cual es tratado en este capítulo, denominado “Rendición

Ante Entes Externos”

Por último, en la sección final se encuentran los formularios e instructivo que deben

utilizarse en la ejecución del presente manual.

Page 11: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.1. Base Legal

11

El presente Manual se encuentra regido por un conjunto de Leyes, Reglamentos y demás

instrumentos normativos, que permiten observar el Principio de Legalidad que orienta el

quehacer la Administración Pública:

Nombre del Instrumento Legal Nº G.O. Fecha de Publicación

Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela

5.908 extraordinaria 19 de febrero de 2009

Código Civil de Venezuela 2.990 Extraordinaria 26 de junio de 1982

Decreto con Rango, Valor y Fuerza

de Ley de Contrataciones Públicas

6154 Extraordinaria 19 de noviembre de 2014

Decreto con Rango, Valor y Fuerza

de Ley de Reforma Parcial del

Decreto con Rango, Valor y Fuerza

de Ley Orgánica de Bienes Públicos

6155 Extraordinaria 19 de noviembre de 2014

Decreto con Rango, Valor y Fuerza

de Ley de Reforma de la Ley

Orgánica de Planificación Pública y

Popular

6.148 Extraordinaria 18 de noviembre de 2014

Decreto con Rango, Valor y Fuerza

de Ley de Reforma Parcial del

Decreto Con Rango, Valor y Fuerza

de la Ley Orgánica de Precios

Justos

6.156 Extraordinaria 19 de noviembre de 2014

Ley Orgánica de Administración

Financiera del Sector Público

6.154 Extraordinaria 19 de noviembre de 2014

Ley Orgánica de la Contraloría

General de la República y del

Sistema Nacional de Control Fiscal

37.347 17 de diciembre del 2001

Page 12: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.1. Base Legal

12

Ley Orgánica de Procedimientos

Administrativos

2.818 Extraordinario 01 de julio de 1.981

Ley de Reforma Parcial de la Ley

Orgánica de la Contraloría General

de la República y del Sistema

Nacional de Control Fiscal

6013 Extraordinario 23 de diciembre del 2010

Ley Contra la Corrupción 6.155 Extraordinario 19 de noviembre de 2014

Ley Orgánica de la Administración

Pública

6.147 Extraordinario 17 de noviembre de 2014

Ley de Infogobierno 40.274 17 de octubre de 2013

Ley de Simplificación de Trámites 40.548 26 de noviembre de 2014

Ley de Mensajes de Datos y Firmas

Electrónicas

37.148 28 de febrero de 2001

Reforma Parcial de la Resolución

No. 4.524 de fecha 21 de marzo de

2006 del Ministerio del Poder

Popular para el Trabajo y Seguridad

Social por la cual se creó el Registro

Nacional de Empresas y

Establecimientos

40.064 04 de diciembre de 2012

Reglamento de la Ley de

Contrataciones Públicas. , Decreto

6.708

39.181 19 de mayo de 2009

Page 13: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.1. Base Legal

13

Reglamento Nº 1 de la Ley

Orgánica de la Administración

Financiera del Sector Público, sobre

el sistema presupuestario

5.781 Extraordinaria 19 de agosto de 2005

Reglamento de la Ley Orgánica de

la Contraloría General de la

República, y del Sistema Nacional

de Control Fiscal

39.240 12 de agosto de 2009

Page 14: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.2. Objetivo y Alcance

14

OBJETIVO

Establecer los lineamientos y pasos

necesarios para el manejo de las

Contrataciones Públicas, por parte de la

Dirección de Administración Integral y la

Comisión de Contrataciones, de la

Contraloría del Municipio Eulalia Buroz,

además de establecer las responsabilidades de

cada uno de los integrantes que intervienen en

los distintos procedimientos y así procurar

una gestión eficaz y efectiva de los mismos.

ALCANCE

El presente Manual está

dirigido a la Dirección de

Administración Integral, que

funge como la Unidad Usuaria

y Unidad Contratante y a los

integrantes de la Comisión de

Contrataciones de la

Contraloría del Municipio

Eulalia Buroz, con

competencia en materia de

Contrataciones

Page 15: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.3. Normas Generales

15

Con el propósito de precisar y determinar algunos aspectos, se establecen las siguientes

Normas Generales atinentes a los procedimientos previstos en la Ley de Contrataciones

Públicas y su Reglamento.

1. Los procedimientos de contrataciones pública ejecutado por la Contraloría del

municipio Eulalia Buroz, en cualquiera de sus modalidades, deben ser debidamente

autorizadas, suficientemente documentadas y oportunamente registradas para poder

justificar, identificar y analizar su naturaleza, finalidad y resultados

2. Por la evolución y antecedentes históricos de sus contrataciones, realidad presupuestaria y

tamaño de la Contraloría del Municipio Eulalia Buroz, el presente manual de normas y

procedimientos regula solo las contrataciones públicas bajo las modalidades de

CONSULTA DE PRECIOS, CONCURSO CERRADO y ADJUDICACIÓN

DIRECTA CON EXPOSICIÓN DE MOTIVO.

3. La Selección de Contratistas, se deberá realizar de conformidad con los principios de

economía, planificación, trasparencia, honestidad, eficacia, igualdad, competencia y

publicidad previstos en los Artículo 141 de la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela y Artículo 2 de la Ley de Contrataciones Públicas vigente.

4. Todas las contrataciones de bienes, servicios o ejecución de obras que realice la Contraloría

del municipio Eulalia Buroz, deben regirse obligatoria y exclusivamente por la Ley de

Contrataciones Pública, su reglamento y por el presente manual de normas y

procedimientos.

Page 16: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.3. Normas Generales

16

5. Se prohíbe dividir en varios contratos la ejecución de una misma obra, la prestación de un

servicio o la adquisición de un bien, con el objeto de disminuir la cuantía del mismo, y

evadir u omitir normas, principios, modalidades de selección o requisitos establecidos en el

presente manual y en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones

Públicas y su Reglamento.

6. La adquisición de BIENES MUEBLES E INMUEBLES, son responsabilidad de la

Unidad de Bienes Públicos de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz. Sin embargo, en

virtud de la realidad presupuestaria de dicho órgano, la Dirección de Administración

Integral, a la cual se encuentra adscrita la Unidad de Bienes Públicas, queda facultada para

realizar todo el procedimiento de adquisición de esos bienes.

7. Se excluye de la aplicación del presente manual de normas y procedimientos las

contrataciones que tengan por objeto atender las necesidades de servicios laborales; el

arrendamiento de bienes inmuebles, inclusive el financiero y el patrocinio en materia

deportiva, artística, literaria, científica o académica. Estas exclusiones no evitan de cumplir

con lo establecido en las demás disposiciones que regulen la materia de contratación

pública, a los fines de establecer garantías que aseguren el cumplimiento de las

obligaciones contractuales y además promuevan la participación nacional.

8. La Dirección de Administración Integral, será la responsable de llevar a cabo todo lo

concerniente al proceso de contrataciones de la Contraloría municipal. En ella será

centralizado todas las tareas, actividades y procedimientos de las compras, adquisiciones y

contrataciones de bienes, servicios u obras.

Page 17: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.3. Normas Generales

17

9. La Dirección de Administración Integral, en los procesos de contrataciones de la

Contraloría del municipio Eulalia Buroz, debe aplicar los mecanismos de control interno,

así como la verificación del cumplimiento de cada uno de los pasos del proceso

administrativo. La omisión de esto constituye un supuesto generador de responsabilidad

administrativa de acuerdo a lo previsto en el Artículo 91 de la Ley Orgánica de la

Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

10. Por el tamaño de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz, y las características de su

presupuesto, se establece el criterio de centralización del proceso de contrataciones de este

órgano de control, por lo cual la Unidad Usuaria y la Unidad Contratante, serán

desempeñada por la Dirección de Administración Integral.

11. La Dirección de Administración Integral, por la propia realidad presupuestaria de la

Contraloría del municipio Eulalia Buroz, es la responsable de la gestión presupuestaria y

financiera, lo cual significa que en ella se maneja todo lo concerniente a los aspectos

presupuestarios y financieros (Tesorería).

12. Las contrataciones de bienes, servicio o ejecución de obras deben ser planificadas, por lo

cual las mismas deben estar prevista en el Plan Operativo Anual Institucional. Toda

solicitud de contratación debe estar supeditado a ese plan, sin embargo será posible

contratar, por razones de emergencia, necesidad imprevista u oportunidad administrativa

bienes, servicios o ejecución de obras, siempre y cuando, lo autorice expresamente el

Contralor o Contralora municipal, para lo cual será necesaria exposición de motivo emitido

por la Unidad Usuaria, que siendo detallado, servirá de sustento para la toma de decisión.

Page 18: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.3. Normas Generales

18

13. La Dirección de Administración Integral, será la encargada de elaborar la programación de

compras anuales, que formará parte del Plan Operativo Anual de la Contraloría del

municipio Eulalia Buroz, la cual debe ser informada al Sistema Nacional de

Contrataciones, en los plazos y términos establecido en la Ley Especial que rige la materia.

El incumplimiento de la presente norma acarreará las medidas establecidas en las Leyes.

Para el diseño y elaboración del programa de compras, las distintas dependencias debe

enviar al área encargada de su elaboración las premisas, proyecciones y estimados en

función a los proyectos, programa o actividades que se estima ejecutar en el ejercicio

económico fiscal siguiente. Estas previsiones deben entregarse antes del 15 de septiembre

de cada año.

14. La Dirección de Administración Integral de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz,

debe remitir al Servicio Nacional de Contrataciones (SNC), por medio de su página Web.

en el último trimestre de cada año, la programación de las adquisiciones de bienes,

prestación de servicios y ejecución de obras que se proyecta contratar para el siguiente

ejercicio fiscal, lo cual es estipulado en el Plan Operativo Anual de la Institución. En caso

de ocurrir alguna modificación en el presupuesto que apruebe la Cámara Municipal de

Eulalia Buroz, que afecta el plan original en materia de las previsiones de contratación, ello

debe ser informado al SNC, dentro de los quince (15) días siguiente a la aprobación del

presupuesto.

15. Dentro de los primeros quince (15) días continuo de cada trimestre, La Dirección de

Administración Integral de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz debe rendir

información al Servicio Nacional de Contrataciones referente de las contrataciones

Page 19: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.3. Normas Generales

19

realizadas en dicho trimestre. De esta rendición debe informar por escrito al Contralor o

Contralora Municipal y al responsable de la Unidad de Auditoria Interna de la Contraloría

Municipal, en un lapso no mayor de cinco (5) días continuos contados al momento de la

remisión de la información al SNC.

16. Para todas las modalidades de selección de contratistas previstas en la Ley de

Contrataciones Públicas, así como en los procedimientos excluidos de la aplicación de estas

modalidades, la Dirección de Administración Integral deberá efectuar las actividades

previas que garanticen una adecuada selección, además de preparar el PRESUPUESTO

BASE indicado en la Ley de Contrataciones Públicas. Asimismo, se debe contar con la

programación presupuestaria, especificaciones técnicas sin indicar marca comercial,

determinación de las ventajas económicas y técnicas.

17. Todos procesos de contrataciones se inicia con la emisión de una requisición emitida por la

Unidad Usuaria, la cual debe estar ajustada al Plan Operativo Anual y a la programación de

compras. Dicha requisición debe ser suscrita por la Dirección de Administración Integral en

la persona de su Director o Directora y aprobado por la Máxima Autoridad de la

Institución. Por razones excepcionales, cuando sea necesaria realizar algunas compras

imprevistas, la requisición debe estar acompañada de una exposición de motivo, elaborada

por la Dirección de Administración Integral, suficientemente explicativa, la cual en todos

los casos debe ser aprobada por la Máxima Autoridad.

18. En caso de la contratación de servicios de adiestramiento, el Contralor o Contralora

municipal puede emitir la requisición o solicitud de la contratación del mismo, de acuerdo a

la existencia de disponibilidad presupuestaria y financiera. Dicha requisición debe ser

formalizada por medio de memorando u otro medio físico formal.

Page 20: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.3. Normas Generales

20

19. Para iniciar cualquier proceso de contratación, debe existir disponibilidad presupuestaria y

financiera, la cual debe ser certificada expresamente por la Dirección de Administración

Integral, señalando las partidas presupuestarias involucradas.

20. La solicitud de inicio de los procesos de contratación, serán autorizados por el Contralor o

Contralora Municipal, a través de la presentación de un PUNTO DE CUENTA, emitida

por la Dirección de Administración Integral, en el que se justifique la modalidad de

contratación seleccionado y se demuestre que existen los recursos necesarios para ejecutar

el proceso.

21. La aprobación del inicio de los procesos de contratación debe constatarse por medio de la

emisión de la respectiva “Acta de Inicio”.

22. Los procesos de contrataciones cuyos montos superen las 2.500 Unidades Tributarias (UT)

deberán incorporar en el pliego de condiciones el Compromiso de Responsabilidad

Social así como las garantías y solvencias requeridas.

23. Para la adquisición de bienes o prestación de servicio, los mismos podrán ser efectuados a

través de un contrato marco u orden de compra o servicio, según el caso.

24. Los potenciales oferentes para contratar con la Contraloría del Municipio Eulalia Buroz,

deberán inscribirse en el Registro Nacional de Contratistas (RNC), en los términos y

condiciones que establezca el Servicio Nacional de Contrataciones para tal fin, según lo

establecido en el artículo 47 de la Ley Contrataciones Públicas, siendo imprescindible,

además que se encuentre habilitados por el RNC. Para el cumplimiento de la presente

Page 21: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.3. Normas Generales

21

norma, la Unidad Contratante debe verificar en la dirección Web del SNC la situación de

cada potencial oferente, dejando constancia de los resultados de dicha consulta.

25. Se exceptúa de la norma anterior, en cuanto a la obligación de que los potenciales

oferentes estén inscrito el Registro Nacional de Contratista, cuando los

procedimientos de la contratación sea un monto igual o menor a doscientas (200)

Unidades Tributarias.

26. Las notificaciones que deben realizar la Contraloría municipal a los potenciales oferentes,

o, participante, deben ser efectuada de forma electrónica, siempre que el destinatario de

la notificación hubiere previamente aceptado tal condición. En caso de ser imposible la

notificación por la vía antes mencionada, lo cual debe ser justificado por razones técnicas,

las notificaciones podrá realizarse aplicando lo establecido en la Ley de Procedimiento

Administrativo.

27. Sólo podrán presentar su oferta económica, aquellas empresas que hayan sido invitadas a

participar, en ningún caso, podrá participar una empresa que no haya sido invitada.

28. Todos los procesos de contrataciones, independientemente de su modalidad debe contener

un Informe de Recomendación, emitido por la Unidad Contratante o la Comisión de

Contracción Pública, según sea el caso. La misma debe contar con los siguientes elementos:

Identificación de los miembros de la Comisión, de ser el caso.

Modalidad de selección aplicada y su objeto.

Identificación de los participantes y de los oferentes.

Razones técnicas, económicas y financieras en la que se fundamenta la evaluación y

la selección.

Aplicación de medidas de promoción de desarrollo económico, de ser aplicable.

Page 22: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.3. Normas Generales

22

Las motivaciones particulares de la selección cuando el participante recomendado

para el otorgamiento de la adjudicación no haya ofrecido el precio más bajo.

En caso de delegación de la revisión técnica, se incluirá el informe suscrito por los

encargados.

Lugar y fecha del Informe, el cual será firmado por todos los miembros de la

Comisión y el Secretario.

El voto salvado de algún miembro de la Comisión, si lo hubiere.

29. Para cada proceso de contratación pública que inicie la Contraloría del municipio Eulalia

Buroz, la Unidad Contratante deberá de forma inmediata crear los respectivos

expedientes físicos a los que hace referencia la Ley de Contrataciones Públicas. En dichos

expedientes deben guardarse todos los documentos, informes, opiniones y demás actos que

se reciban, generen o consideren en cada uno de los procesos de contratación. Dicho

expediente debe ser resguardado por la Dirección de Administración Integral por un

periodo de cinco (5) años.

30. Cada proceso de contratación tendrá un número de identificación único y exclusivo, el cual

será suministrado por la Unidad Contratante. Dicha identificación debe señalarse en toda la

documentación emanada del proceso de contratación.

31. En los procesos de contratación bajo las modalidades de Consulta de Precio o Concurso

Cerrado, se adjudicará la contratación a la oferta que resulte con la primera opción, por el

monto y cantidades de la oferta presentada, salvo que en el Pliego de Condiciones se

indique la posibilidad de aumento o disminución de cantidades de bienes, servicio u obra,

al momento de la adjudicación, siempre y cuando el aumento de estas se mantenga

cuantitativamente dentro del rango que caracteriza la modalidad aplicada.

Page 23: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.3. Normas Generales

23

32. Todo acto administrativo dictado por esta Contraloría Municipal en materia de contratación

pública, podrá ser recurrido de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo.

33. La Contraloría del municipio Eulalia Buroz, podrá requerir todas las garantías descritas en

la Ley de Contrataciones Públicas, sin embargo, cuando la contraloría por razones práctica,

por el monto de las contrataciones, por la prohibición de pagos anticipados o por otras

situaciones previstas en las condiciones de contratación deje de solicitar las garantía lo

aclarará expresamente en un documento denominado “ACTA DE GARANTÍAS”,

firmado y sellado por la Dirección de Administración Integral que formará parte del

expediente de contrataciones.

34. Al finalizar el procedimiento de contratación, cualquiera sea su modalidad, por medio de la

correspondiente emisión del “ACTA DE TERMINACIÓN”, debe ser remitido el

expediente a la Unidad de Auditoria Interna (UAI), para que la misma efectúe el control

posterior del proceso. Para ello la Dirección de Administración Integral contará con un

plazo de diez (10) hábiles. La UAI, debe examinar el contenido del expediente de

contratación, emitiendo su opinión, a través de informe, en un lapso que no debe superar

los cinco (5) días hábiles desde la fecha de recepción, informando de los resultados al

remitente, a quien debe devolver el expediente de contrataciones. De todo ello, se

participará a la Máxima Autoridad de la Contraloría Municipal.

35. El desconocimiento de las normas y procedimientos contenidos en este manual no

justifica su incumplimiento, por tal razón, será responsabilidad de la Dirección de

Administración Integral, así como de los miembros de la Comisión de Contrataciones la

lectura, análisis, aprendizaje y aplicación de dicho contenido. En cada inicio de proceso

Page 24: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.3. Normas Generales

24

contratación deben los funcionarios involucrados releerlo y aplicarlo minuciosamente.

La contratación que se intente realizar obviando algunos de los aspectos fundamentales

establecido en el presente documento será responsabilidad de la Dirección de

Administración Integral y de la Comisión de Contrataciones cuando ella intervenga en

el procedimiento.

36. Cuando intervenga en cualquiera de los procesos de Contratación Pública, la Comisión

de Contratación Pública de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz y con ella

existan reuniones de trabajo, las mismas deben generar Actas en las cuales se deberá

mencionar la Unidad Usuaria, es decir la unidad que solicita el proceso de Contratación,

que en este caso es la Dirección de Administración Integral, además identificar a los

miembros de la Comisión de Contrataciones y al secretario (a) de la Comisión: Nombre

y Apellido, Cédula de Identidad y el carácter con que actúa y la misma debe ser suscrito

por todos los presentes en la reunión y archivados en el expediente inherente al proceso

de contratación.

37. Las actividades especiales que pudieran ser ejecutada en cualquiera de las modalidades

de contratación pueden estar respaldadas con los siguientes instrumentos

documentarles:

Auto de incorporación de aclaratorias.

Auto de prórroga de oferta.

Auto motivado para ampliación de lapso en modalidades de contratación.

Acta de recepción de documentos.

Acta de apertura y verificación de documentos.

Acto motivado de descalificación de oferentes o rechazo de oferta.

Acto motivado de suspensión de procedimiento.

Page 25: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO I:: Asunto:

ASPECTOS GENERALES: 1.3. Normas Generales

25

Acto motivado de apertura de nuevo proceso.

Acto motivado de adjudicación a segunda o tercera opción.

Acto motivado de nulidad del otorgamiento de la adjudicación.

Acto motivado de declaratoria de desierta de la modalidad de contratación.

Acta de firma de contrato.

Cualquier otra actividad especial debe contar con auto o acta, según sea el caso,

además de otros documentos que respalden las operaciones y ofrezcan transparencia

al proceso

Page 26: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1. De las Actividades Previas del

Proceso de Contratación

26

Objetivos

Establecer los mecanismos, acciones y tareas necesarias para iniciar cualquier proceso de

contratación, cumplimiento con las actividades previas exigidas por la Ley de

Contrataciones Pública.

Unidades Involucradas

Dirección de Administración Integral que funge como Unidad Usuaria y Unidad

Contratante.

Comisión de Contrataciones Públicas.

Despacho del Contralor o Contralora municipal.

Normas Específicas

Para iniciar el proceso de contratación, debe contarse con la autorización expresa del

Contralor o Contralora municipal. Todo proceso que sea iniciado sin esta formalidad es

nulo y acarrea sanciones administrativas para la Unidad Contratante.

1. La Dirección de Administración Integral de la Contraloría del Municipio Eulalia Buroz,

debe efectuar las ACTIVIDADES PREVIAS necesarias para llevar a cabo el proceso

de contratación, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas.

2. Para iniciar cualquier proceso de contratación publicas tendente a la adquisición de

bienes, servicios o ejecución de obras, debe existir previamente la emisión un Punto de

Cuenta, suscrito por la Dirección Administración Integral y aprobado por la Máxima

Autoridad de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz, el cual debe tener anexo la

Page 27: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1. De las Actividades Previas del

Proceso de Contratación

27

correspondiente requisición, emitido y suscrito también por la mencionada dependencia

administrativa.

3. Para llevar a cabo cualquier proceso de contratación publicas tendente a la adquisición

de bienes, servicios o ejecución de obras, debe existir disponibilidad presupuestaria y

financiera, las cuales deben ser certificado por escrito por la Unidad Usuaria, que para el

caso de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz es la misma Dirección de

Administración Integral.

4. La Unidad Contratante de acuerdo al monto estimado de la contratación debe determinar

el tipo de modalidad utilizada en el proceso de contratación. Para el caso estipulado son,

CONSULTA DE PRECIO, CONCURSO CERRADO y la ADJUDICACIÓN

DIRECTA CON EXPOSICIÓN DE MOTIVO.

5. La Unidad Contratante, representada por la Dirección de Administración Integral, será

el responsable de elaborar los siguientes documentos:

- Acta de Inicio,

- Las invitaciones,

- Las solicitudes de ofertas,

- Análisis de las mismas,

- Preparación de órdenes de compras o servicios u contratos,

- Informe de recomendaciones

- Formar el expediente.

Page 28: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1. De las Actividades Previas del

Proceso de Contratación

28

6. Una vez autorizada el inicio del proceso de contratación, la Unidad Contratante debe

elaborar el PLIEGO DE CONDICIONES, que es el documento donde se establecen

las reglas básicas, requisitos o especificaciones que rigen para las modalidades de

selección de contratistas. Para ello debe cumplirse con lo exigido en la Ley de

Contrataciones Públicas, en sus artículos 65 y 66.

7. Por las características de las contrataciones y por el monto de las mismas, la

Contraloría del municipio Eulalia Buroz, establece como norma, en los casos de

Consulta de Precio exclusivamente, que el Pliego de Condiciones puede ser

remitido con la invitación, en la cual se estipulará las condiciones generales de la

contratación.

8. Debe obligarse a los oferentes a sostener sus ofertas durante el lapso indicado en el

pliego de condiciones o condiciones de la contratación. Por tanto, en el pliego de

condiciones debe expresarse como requisito, por ejemplo: “SE REQUIERE QUE

MANTENGA SU OFERTA POR EL LAPSO DE XX DÍAS”.

9. La Unidad Contratante debe preparar el PRESUPUESTO BASE de la contratación,

cuyo monto total incluyendo los tributos, será informado a los participantes en el

Pliego de Condiciones o en las condiciones de contratación y podrá mantenerse en

reserva su estructura de costos, ello según el artículo 59 de la Ley de Contrataciones

Pública.

10. En la elaboración del presupuesto base los contratantes, deben considerar las

Page 29: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1. De las Actividades Previas del

Proceso de Contratación

29

regulaciones existentes para los precios, en materiales o insumos establecidas en la Ley

que regula la materia de precios justos y demás disposiciones relacionadas. El

presupuesto base deberá formar parte del Pliego de Condiciones o condiciones de la

contratación y podrá establecerse como criterio para el rechazo de las ofertas.

11. En la modalidad de Contratación Directa, con Exposición de Motivo, la Contraloría

del municipio Eulalia Buroz preparará las condiciones de la contratación, la cual

formará parte del contrato que se formalice y se incorporará al expediente.

12. La Unidad Contratante, debe anexar al oficio de solicitud, que remite al Contralor o

Contralora municipal, el Punto de Cuenta y el formato de requerimiento de los bienes,

servicios o ejecución de obra que justifiquen el gasto. Elaborando además el presupuesto

base.

13. Cuando por alguna razón un primer procedimiento de contratación sea declarado

desierto, se procederá a ejecutar un nuevo procedimiento con las mismas condiciones

originales, invitando a otros potenciales oferentes. En caso de resultar nuevamente

desierto el procedimiento, se efectuará a la aplicación de la modalidad de contratación

por adjudicación directa con exposición de motivo.

Page 30: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1.1 Procedimientos (Actividades

Previas del Proceso de

Contratación)

30

De las actividades previas

RESPONSABLE ACCIÓN

La Dirección de

Administración Integral

1. La Dirección de Administración Integral de la

Contraloría del municipio Eulalia Buroz, revisa

el Plan Operativo Anual, así como la

programación de compra y verifica la

necesidad de adquirir un bien, un servicio o

ejecución de obra, tomando en cuenta la

ejecución física y financiera de cada trimestre.

2. La mencionada dependencia, que funge como

Unidad Solicitante y Contratante, al mismo

tiempo, revisa el presupuesto aprobado del

ejercicio en curso, verificando saldos

disponibles en las partidas presupuestarias

correspondientes.

3. Elabora requisición el cual incluye las

especificadores técnica de los bienes o

servicios.

4. La Unidad de Presupuesto Base, cuya

responsabilidad recae sobre la o el titular de la

Dirección de Administración Integral,

ELABORA EL PRESUPUESTO BASE,

ajustado a las necesidades de bienes, servicios

o ejecución de obras. Para ello, en los caso de

Page 31: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1.1 Procedimientos (Actividades

Previas del Proceso de

Contratación)

31

La Dirección de

Administración Integral

adquisición de bienes o servicios, efectúa un

estudio de mercado o análisis de oferta de

productos o servicios similares. Para los casos

de ejecución de obras, debes elaborar, además

un proyecto de obra. Para el estudio de

mercado o análisis de oferta, puede consultarse

el internet, solicitar varias cotizaciones o

efectuar consultas telefónicas.

5. Con el presupuesto base elaborado, revisa las

cuentas bancarias de operaciones de la

Contraloría Municipal, verifica el flujo de caja,

las cuentas por pagar, los cheques en tránsito y

otras transacciones que puedan afectar la

disponibilidad financiera de la Institución, con

el propósito de DETERMINAR LA

DISPONIBILIDAD FINANCIERA.

6. De existir suficiente disponibilidad

presupuestaria y financiera, la Dirección de

Administración Integral elabora “ACTA DE

CERTIFICACIÓN DE

DISPONIBILIDAD”, en la cual informa la

existencia de disponibilidad presupuestaria y

financiera. Esta acta debe estar firmada y

sellada. En caso de no existir disponibilidad

Page 32: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1.1 Procedimientos (Actividades

Previas del Proceso de

Contratación)

32

La Dirección de

Administración Integral

informa al Contralor o Contralora municipal,

para tomar decisiones al respecto.

7. En caso de existir disponibilidad presupuestaria

y financiera, elabora PUNTO DE CUENTA y

un (1) oficio original con dos (2) copias,

dirigido al Contralor o Contralora municipal,

solicitándole la autorización para el inicio del

proceso de contratación pública, indicando

modalidad, monto total de presupuesto base,

monto de la disponibilidad presupuestaria y

financiera, señalando las partidas del

presupuesto afectada y el monto de cada una de

ellas. Los oficios deben llevar anexo, punto de

cuenta, el presupuesto base, el acta de

certificación presupuestaria y financiera y del

requerimiento.

8. Se envía oficio al Contralor o Contralora

municipal, en original y dos (2) copias. El

original formará parte del expediente de

contrataciones, una copia la guardará el

Contralor o Contralora y la otra la guardará el

encargado de la dependencia administrativa en

su carpeta de oficios y memorandos emitidos.

Page 33: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1.1 Procedimientos (Actividades

Previas del Proceso de

Contratación)

33

Contralor o Contralora

municipal

9. Recibe original y las dos (2) copias del oficio

emitido por la Dirección de Administración

Integral. Firma y sella los tres (3), colocando

día y hora, reteniendo una copia y entregando

el original y una (1) copia para ser enviado el

remitente.

La Dirección de

Administración Integral

10. Recibe el documento original y una (1)

copia firmado y sellado por el Contralor o

Contralora municipal. Guarda en expediente de

contrataciones.

Contralor o Contralora

municipal

11. Revisa el oficio de solicitud de inicio de

procedimiento de contratación pública. Verifica

punto de cuenta, requisición, acta de

disponibilidad presupuestaria y financiera, así

como el presupuesto base.

12. Emite, firma y sella oficio dirigido a la

Dirección de Administración Integral, en

original y dos (2) copias, informando sobre la

decisión, la cual puede ser de aprobación o

rechazo. En caso de aprobación se autoriza

inicio de proceso de contratación. El Contralor

o Contralora municipal, puede en esta instancia

Page 34: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1.1 Procedimientos (Actividades

Previas del Proceso de

Contratación)

34

ordenar modificaciones al presupuesto base, en

cuanto a las cantidades de los bienes o servicios

que requieren adquirir o cualquier otro aspecto.

En caso de ser negada la solicitud, el

Contralor o Contralora, emite oficio motivado

girando las instrucciones del caso.

13. Se remite a la Dirección de Administración

Integral el oficio en original y una (1) copia. El

oficio original debe tener anexo punto de

cuenta, acta de certificación de disponibilidad

presupuestaria y financiera, requisición y

presupuesto base aprobado por el Contralor o

Contralora municipal, siendo el mismo firmado

y sellado.

14. Por otra parte, se debe entregar una (1) copia,

sin anexos, del oficio emitido en el punto 12, al

responsable de la Unidad de Auditoria Interna

(UAI), para su información.

Unidad de Auditoría

Interna

15. Recibe copia del oficio emitido por el

Contralor o Contralora municipal, acusando

recibo del mismo.

16. El Auditor o Auditora Interno procede a

guardar copia, la cual debe ser utilizada como

Page 35: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1.1 Procedimientos (Actividades

Previas del Proceso de

Contratación)

35

insumo de su planificación.

La Dirección de

Administración Integral

17. Recibe original, con los documentos anexos y

una (1) copia de oficio emitido por el Contralor

o Contralora municipal, firmados y sellados

Firma y sella la copia del oficio como acuse de

recibo y preserva el original y sus anexos, que

formará parte de expediente de contratación.

18. Envía acuse de recibo al Despacho del

Contralor o Contralora Municipal.

19. En caso de ser aprobado el inicio del

procedimiento, efectúa los trámites necesarios,

de acuerdo a la Ley de Contrataciones Públicas,

para la adquisición de los bienes, servicios o

contratación de obras. En caso de ser negado

inicio de proceso de contratación debe analizar

razones de ello y tomar las medidas pertinentes

para corregir situación.

20. Al iniciarse el proceso de proceso de

contratación, debe ser generado un número de

expediente de Contratación y un número de

control de contrato.

21. Recibe copias de oficios remitidos con el acuse

Page 36: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1.1 Procedimientos (Actividades

Previas del Proceso de

Contratación)

36

Contralor o Contralora

municipal

de recibo tanto de la Dirección de

Administración Integral como de la UAI.

22. Guarda oficio para su control.

La Dirección de

Administración Integral

20. Para el inicio del proceso de contratación la

Unidad Contratante debe elaborar PLIEGO DE

CONDICIONES, según los lineamientos

establecidos en el artículo 66 de la Ley de

Contrataciones Públicas.

El PLIEGO DE CONDICIONES debe

contener los siguientes aspecto, cuando por la

naturaleza de la contratación sean aplicable:

• La documentación legal del participante,

necesaria para la calificación y evaluación

establecidas la Ley de Contrataciones Pública,

cuando ello por el monto sea aplicable.

• Monto del presupuesto base.

• Características de los bienes a adquirir,

los servicios a prestar o las obras a ejecutar con

listas de cantidades, servicios conexos y planos,

si fuere el caso.

• Especificaciones técnicas detalladas de

los bienes a adquirir o a incorporar en la obra,

Page 37: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1.1 Procedimientos (Actividades

Previas del Proceso de

Contratación)

37

los servicios a prestar, según sea el caso y sin

hacer referencia a determinada marca o nombre

comercial. Si se trata de adquisición de

repuestos o servicios a ser aplicados a activos

de la Contraloría Municipal, podrá hacerse

mención de ésta, siempre señalando que pueden

cotizarse otras con características similares

certificadas por el fabricante. Cuando existan

reglamentaciones técnicas obligatorias, éstas

serán exigidas como parte de las

especificaciones técnicas.

• Idioma de las manifestaciones de

voluntad y ofertas, plazo y lugar para

presentarlas, así como su tiempo mínimo de

validez.

• Moneda de las ofertas y su conversión a

moneda nacional.

• Lapso y lugar en que los participantes

podrán solicitar aclaratorias del pliego de

condiciones a la Unidad Contratante.

• Autoridad competente para responder

aclaratorias, modificar el pliego de condiciones

y notificar decisiones en el procedimiento.

• La obligación de que el oferente indique

Page 38: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1.1 Procedimientos (Actividades

Previas del Proceso de

Contratación)

38

en su oferta la dirección, así como el correo

electrónico donde se le harán las notificaciones

pertinentes.

• Declaración jurada del conocimiento del

sitio.

• La forma en que se corregirán los errores

aritméticos o disparidades en montos en que se

incurra en las ofertas.

• Criterios de calificación, su ponderación

y la forma en que se cuantificarán dichos

criterios.

• Matriz de evaluación para determinar el

puntaje de la oferta, su ponderación y la forma

en que se cuantificarán el precio y los demás

factores definidos como criterios de evaluación.

• Criterios que permitan la preferencia en

calificación y puntaje adicional en la evaluación

a oferentes constituidos con iniciativa local en el

área donde se va a ejecutar la actividad objeto

de la contratación.

• Establecimiento del compromiso de

responsabilidad social.

• Proyecto de contrato que se suscribirá

con el beneficiario de la adjudicación.

Page 39: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1.1 Procedimientos (Actividades

Previas del Proceso de

Contratación)

39

• Normas, métodos y pruebas que se

emplearán para determinar si los bienes,

servicios u obras, una vez ejecutados, se ajustan

a las especificaciones definidas.

• Forma, plazo y condiciones de entrega de

los bienes, ejecución de obras o prestación de

servicios objeto de la contratación.

• Condiciones y requisitos de las garantías

que se exigen con ocasión del contrato.

• Modelos de manifestación de voluntad,

oferta y garantías.

• Declaración jurada de no tener

obligaciones exigibles con la Contraloría

Municipal.

• Declaración jurada de no contar dentro

de su conformación y organización, con

personas naturales que participen como socios,

miembros o administradores de alguna empresa,

sociedad o agrupación que se encuentre

inhabilitada conforme a lo establecido en la Ley

de Contrataciones Públicas. En caso contrario,

declarará el compromiso de subsanar tal

situación en un plazo que será fijado en atención

a las condiciones de la contratación.

Page 40: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.1.1 Procedimientos (Actividades

Previas del Proceso de

Contratación)

40

• Cualquier otra condición que sea

necesaria a los fines de la contratación.

NOTA: La selección de contratista para la

adquisición de bienes, prestación de servicios

y ejecución de obras que se realicen mediante

consulta de precios, podrán desarrollarse sin

la elaboración de un pliego de condiciones

cuando las características de los bienes y

servicio lo permitan; no obstante, las

invitaciones para participar deben contener lo

siguiente:

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS,

CONDICIONES DE ENTREGA O

EJECUCIÓN, VALIDEZ DE LA OFERTA,

LAPSO Y LUGAR PARA SOLICITAR LAS

ACLARATORIAS, LAPSO DE ENTREGA

DE LA OFERTA Y CRITERIOS DE

EVALUACIÓN, ASÍ MISMO, EN CASO

QUE APLIQUE EL COMPROMISO DE

RESPONSABILIDAD SOCIAL.

21. Una realizada las actividades previas se inicia el

proceso de contratación pública por la modalidad

de concurso cerrado, consulta de precios, o de

ser un caso excepcional por adjudicación directa.

Page 41: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.2. De la elaboración del

Presupuesto Base

41

Objetivos

Establecer los mecanismos para la elaboración del PRESUPUESTO BASE.

Unidades Involucradas

Dirección de Administración Integral.

Unidad de Presupuesto Base.

Normas Específicas

1.- El Presupuesto base es la estimación que se genera por las especificaciones técnicas

requeridas para la ejecución de obras, la adquisición de bienes o la prestación de servicios.

2.- Debe existir una Unidad especializada en la Contraloría del municipio Eulalia Buroz,

responsable de la elaboración del Presupuesto Base. Dicha dependencia se encuentra

adscrita a la Dirección de Administración Integral. El Presupuesto Base debe estar firmado

y sellado por quien lo elaboró y quién lo valida, esto último es responsabilidad del Director

o Directora de la Dirección de Administración Integral.

3.- El Presupuesto Base será informado a los potenciales oferentes y es parte del pliego de

condiciones o condiciones de contratación.

4.- Para elaborar el Presupuesto Base, en el caso de Bienes y Servicios es posible utilizar

cualquiera de las siguientes alternativas metodológica:

Solicitud y recepción de tres (3) presupuesto a igual número de proveedores.

Dicho requerimiento puede ser hecho vía Fax, Correo Electrónico o

directamente en la ubicación física de los mismos. Debe quedar evidencia de

Page 42: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.2. De la elaboración del

Presupuesto Base

42

esos presupuestos. En esta instancia, no es necesario que las empresas

consultadas estén inscrita en el registro Nacional de Contratista. Ello es

necesario para la contratación propiamente dicha.

Consulta por Internet, para lo cual debe quedar evidencia de las direcciones web

(Link) consultados, fechas de las consultas, nombre del proveedor, así como el

número de Registro de Información Fiscal (RIF), emitido por el Servicio

Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT).

Consulta de precios vía telefónica tres (3) proveedores, para lo cual se emite un

listado contentivo del nombre de los consultados, RIF, número de teléfono,

persona contacto, dirección del proveedor.

5.- Para elaborar el Presupuesto Base, en el caso de ejecución de Obras debe contarse con el

proyecto de obra, los planos de las obras-cantidades y Análisis de Precios Unitarios (APU)

de manos de obra, materiales y equipos.

Page 43: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.2.1. Del Procedimientos Para la

Elaboración del Presupuesto Base

43

RESPONSABLE ACCIÓN

Dirección de Administración

Integral (Unidad de Presupuesto

Base)

Dirección de Administración

Integral -Director (a)

1.- Recibe Requisición en la cual se describe las

especificaciones del bien, servicio u obra.

2.- Analiza el contenido de la Requisición,

verificando los rubros necesitados, la

cantidad y las características de los mismos.

3.- Decide que método de consulta utilizará. Lo

aplica.

4.- Recibe información de los proveedores,

verifica precios.

5.- Con los precios recibidos establece un

promedio (Precio Promedio).

6.- Elabora el Presupuesto Base, colocando

cantidad de bien o servicio a contratar, precio

promedio, descripción, subtotal y total del

presupuesto.

7.- Firma y sella Presupuesto Base. Entrega a la

Directora o Director de Administración

Integral para su revisión y validación.

8.- Recibe Presupuesto Base y lo revisa. De estar

de acuerdo firma y sella. En caso contrario

devuelve para que corrijan.

9.- Incorpora al procedimiento de Actividades

Previas y al Expediente de Contrataciones.

Page 44: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.3. De los Números de Control Utilizados en los Procedimientos de Contrataciones

44

Objetivos

Establecer la manera por la cual se asignan los distintos números de control requerido durante la

ejecución de los procedimientos de contratación.

Unidades Involucradas

Dirección de Administración Integral que funge como Unidad Usuaria y Unidad Contratante

Normas Específicas

1. Todo proceso de contratación pública, autorizada su apertura en cualquiera de sus

modalidades, debe tener asignado su correspondiente expediente de contratación, el cual

debe contar con un número de control.

2. Los números de control de la contratación debe ser distinto al número del contrato

asociado al proceso.

3. El formato utilizado para establecer el número de control de la contratación es el siguiente:

CMEB-XX-00X-XX-XXXX, en donde los dos (2) primeros dígitos es la abreviación de

tipo de modalidad, los siguientes tres (3) es el correlativo del proceso de contratación, los

siguientes dos (2) dígito es el número del mes en el cual se inicia el proceso; los

posteriores cuatro (4) guarismos es el año el cual inicia la contratación. Por ejemplo:

CMEB-CP-004-08-2015; significa una consulta de precio, es el cuarto procedimiento de

ese tipo en el año, se inició en el mes de agosto, en el año 2015.

4. CP, es consulta de precio, CC, es concurso cerrado y AD, es adjudicación directa. Los

meses van desde el número 01 hasta el 12, en donde 01 es enero, 02 febrero y así

sucesivamente.

5. El formato utilizado para número de control de los contratos es como sigue:

CMEB-C-XX-00X-XX-XXXX, en donde “C” se refiere a contrato y el resto de los

Page 45: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.3. De los Números de Control Utilizados en los Procedimientos de Contrataciones

45

componentes son similares a lo señalado en el punto 3. Cada contrato se encuentra

asociado a un proceso de contratación específico. Por ejemplo, el expediente

Nº CMEB-AD-001-10-2015, tiene un contrato Nº CMEB-C-AD-001-10-2015

6. El número de control de la contratación, con el cual se identifica el expediente, debe ser

utilizado en todos los oficios emitidos una vez aprobado el inicio del proceso de

contratación.

7. El Punto de cuenta posee una numeración particular, la cual se explica a continuación:

El formato debe ser PC-C-XX-XX-XXXX, en donde, PC es punto de cuenta, C es

contratación, XX es tipo de modalidad de la contratación (CP-CC-AD); XX es el

correlativo del procedimiento de contratación (ejemplo 03 significa la tercera

contratación del año correspondiente) y los último cuatro digito es el año el cual se

efectúa el punto de cuenta. Todos los subgrupos se separar por medio de un guion (-).

Por ejemplo: PC-C-CP-04-2016, es el punto de cuenta emitido para solicitar

autorización para iniciar el procedimiento de contratación por consulta de precio, el

cuarto del año 2016.

Page 46: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.3.1. Procedimientos de los números de control utilizados en los procedimientos de Contrataciones Públicas

46

RESPONSABLE ACCIÓN

La Dirección de

Administración Integral

1. Recibe o elabora requisición, por lo cual

emite los documentos pertinentes, incluyendo

el punto de cuenta, al cual le asigna la

numeración correspondiente, según sección

anterior.

2. Al recibir autorización por parte del Contralor

o Contralora municipal para que inicie

proceso de contrataciones, emite el número

de contracción correspondiente, el cual será

de control del expediente de contrataciones y

de los demás documentos que se emitan a

partir de ese momento, tanto interno como

externo.

3. Al elaborar el contrato, debe identificarlo con

el número de control que corresponda a esa

categoría.

Page 47: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4. De la Comisión de Contrataciones

47

Objetivos

Establecer las funciones que debe ejecutar la Comisión de Contrataciones Públicas de la

Contraloría del municipio Eulalia Buroz.

Unidades Involucradas

Dirección de Administración Integral que funge cono Unidad Usuaria y Unidad

Contratante.

Comisión de Contrataciones Públicas.

Normas Específicas

1.- La COMISIÓN DE CONTRATACIONES PÚBLICAS de la Contraloría municipal

tiene carácter permanente y está integrada por un número impar de miembros principales

con sus suplentes de calificada competencia profesional y reconocida honestidad,

designados por el Contralor o Contralora municipal preferentemente entre los empleados

o funcionarios de este Órgano de Control Fiscal, quienes son solidariamente

responsables con la máxima autoridad, por las recomendaciones que se presenten y sean

aprobadas.

2.- La creación y conformación de las Comisión de Contrataciones Públicas de la

Contraloría Municipal, debe ser publicado en la Gaceta Municipal, del municipio Eulalia

Buroz.

3.- Las designaciones de los miembros de las comisiones de contrataciones, se realizaran a

título personal y deberán ser notificadas al servicio nacional de contrataciones dentro de

los cinco días siguientes, una vez dictados el acto. De ello debe informar en su

oportunidad la Dirección de Administración Integral al Contralor o Contralora

Page 48: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4. De la Comisión de Contrataciones

48

Municipal para los efectos del cumplimiento de esta norma.

4.- En la Comisión de Contrataciones Públicas, estarán representadas las áreas jurídica,

técnica y económico financiera; e igualmente se designara un secretario con un suplente,

con derecho a voz, mas no a voto. Los miembros de las comisiones de contrataciones,

deberán certificarse en materia de contrataciones públicas por ante el Servicio Nacional

de Contrataciones.

5.- La Comisión de Contrataciones Públicas de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz,

tendrá las siguientes atribuciones:

Emitir recomendaciones sobre los asuntos sometidos a su consideración e

incluidos en las agendas de reuniones.

Solicitar al Contralor o Contralora municipal, la designación del sustituto,

cuando se produzca la falta absoluta de algún miembro principal de la comisión.

Convocar el suplente en caso de falta accidental o temporal del miembro

principal.

Velar porque los procedimientos de contratación se realicen de conformidad con

lo establecido en la legislación vigente que rige la materia, cuando ello fuere

aplicable, y con la normativa interna de cada órgano o ente contratante.

Verificar la vigencia de la certificación de la calificación de los oferentes en el

registro nacional de contratistas, en contrataciones cuyo monto estimado sea

superior a cuatro mil unidades tributarias (4.000 U.T) para bienes y servicios, y

cinco mil unidades tributarias (5.000 U.T.) para ejecución de obras.

Considerar y emitir recomendaciones sobre el régimen legal aplicable, la

estrategia de contratación adoptada, especificaciones técnicas y condiciones de la

contratación, la modalidad de selección del contratista, parámetros,

Page 49: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4. De la Comisión de Contrataciones

49

ponderaciones y criterios de selección de oferentes y evaluación de ofertas, el

compromiso de responsabilidad social, y sobre cualquier otra propuesta que le

presente la unidad contratante.

Recibir, abrir, analizar, los documentos relativos a la calificación de los

oferentes; examinar, evaluar y comparar las ofertas recibidas, a cuyo efecto podrá

designar o hacer que la unidad usuaria o unidad contratante proponga grupos de

evaluación interdisciplinarios, o recomendar la contratación de asesoría externa

especializada en caso que la complejidad del objeto de la contratación lo

requiera.

Descalificar oferentes o rechazar ofertas, conformidad a lo establecido en el

Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas, en el

pliego de condiciones, o en las condiciones de la contratación.

Decidir los recursos de reconsideración interpuestos por los oferentes en contra

de las decisiones de descalificación en concurso abiertos.

Considerar y aprobar los informes de recomendación por Consulta de Precios

cuyo monto exceda las dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 U.T.) para

adquisición de bienes y prestación de servicios y cinco mil unidades tributarias

(5.000 U.T.) para ejecución de obras, previamente a su presentación al Contralor

o Contralora Municipal.

Aprobar los informes de recomendaciones en consultas de precios, que

deriven de un concurso cerrado que haya sido declarado desierto, o en las

contrataciones efectuadas en el marco de planes excepcionales que por su cuantía

superen las cinco mil unidades tributarias (5.000 U.T.) para la adquisición de

bienes, diez mil unidades tributaria (10.000) para prestación de servicios y veinte

mil unidades tributarias (20.000 U.T.) para la ejecución de obras.

Page 50: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4. De la Comisión de Contrataciones

50

Determinar, visto el informe del grupo evaluador, las ofertas que en forma

integral, resulten más favorables a los intereses de la Contraloría municipal; todo

ello de conformidad con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones,

emitiendo la recomendación siguiente.

Opinar acerca del acto motivado que se someta al Contralor o Contralora

municipal, para proceder por Contratación Directa como modalidad excepcional

de selección de Contratista, en especial las razones que justifican el uso de dicha

modalidad, el fundamento legal, la contratista seleccionada y las ventajas

estratégicas, operacionales o administrativas para dicha selección.

Opinar sobre la propuesta de modificaciones en los contratos, cuya adjudicación

fue recomendada por la comisión de contrataciones conforme a lo establecido en

el presente Manual de Normas y Procedimientos para las Contrataciones

Públicas.

Opinar sobre las variaciones en los precios establecidos en el contrato, cuya

adjudicación fue recomendada por la Comisión de Contrataciones, siempre que

estas superen el diez por ciento (10%) del monto original del contrato.

Opinar sobre paralización en la presentación de servicios y la ejecución de obras,

que afecte el desarrollo del proyecto o el periodo contractual, en un lapso mayor

de veinte días continuos a partir de la paralización.

Aprobar el cierre del contrato en el suministro de bienes, prestación de servicios

y la ejecución de obras de contrataciones que hayan sido recomendadas por la

comisión.

Aprobar la evaluación de desempeño del contratista, en el suministro de bienes,

prestación de servicios y la ejecución de obras de contrataciones que hayan sido

recomendadas por la comisión, antes de su envió al servicio nacional de

contrataciones.

Page 51: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4. De la Comisión de Contrataciones

51

Remitir a la Unidad de Auditoria Interna de la Contraloría Municipal los casos o

hechos que puedan generar Responsabilidad Administrativa.

Presentar el informe de gestión al culminar las actividades como miembros de la

comisión de contrataciones, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la

designación de la nueva comisión. Este informe debe ser presentado igualmente

cuando se trate del cese de las funciones de alguno de sus miembros.

Las demás que se menciona expresamente en el Reglamento de la Ley de

Contrataciones Públicas, las cuales no hayan sido aquí mencionadas.

Ejercer cualquier otra que le señale el Contralor o Contralora municipal y las

demás que se establezcan en el presente Manual de Normas y Procedimientos de

Contrataciones Públicas.

6.- La Comisión de Contrataciones Públicas, se constituye válidamente con la presencia de

la mayoría de los miembros que representen las tres áreas que la conforman, sus

decisiones y recomendaciones serán tomadas con el voto favorable de la mayoría.

7.- La Comisión de Contrataciones Pública de la Contraloría municipal contará con un

Secretario o Secretaria, que tendrá las siguientes atribuciones:

Convocar las reuniones, coordinar y conducir los actos de la comisión de

Contrataciones Pública de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz.

Elaborar las actas de la Comisión de Contrataciones.

Consolidar el informe de calificación y recomendación.

Apoyar en la elaboración de los pliegos de condiciones, modificaciones y

aclaratorias.

Preparar la documentación a ser emitida por la Comisión de Contrataciones y

suscribirla cuando así haya sido facultado.

Mantener el archivo de los expedientes manejados por la comisión.

Page 52: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4. De la Comisión de Contrataciones

52

Apoyar a los miembros de la comisión en las actividades que le son

encomendadas.

Certificar las copias de los documentos originales que reposan en los archivos de

la comisión.

Informe al Servicio Nacional de Contrataciones sobre el desarrollo de los

procesos de contrataciones en los cuales participe.

Cualquier otra que le sea asignada por el Contralor o Contralora municipal.

8.- Los miembros de las Comisión de Contrataciones Públicas, así como aquellas personas

que por cualquier motivo intervengan en las actuaciones de la comisión, deberán

guardar debida reserva de la documentación presentada, así como, de los informes,

opiniones y deliberaciones que se realicen con ocasión de cualquier procedimiento de

contratación.

9.- Los miembros y los representantes que conformen la Comisión de Contrataciones

Púbicas, deben inhibirse del conocimiento de los asuntos cuya competencia les

atribuye la ley de contrataciones públicas, cuando:

Personalmente, o bien su conyugue o algún pariente dentro del cuarto grado de

consanguinidad o segundo de afinidad tengan interés en el procedimiento.

Tengan amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de las personas

interesadas que intervengan en el procedimiento.

Hayan intervenido como testigo o peritos en el procedimiento en que participan,

o si como funcionarios hubieren manifestado previamente su opinión en el

mismo, de modo que pudiera prejuzgar la resolución del asunto, o, tratándose de

un recurso administrativo, que hubieren resuelto o intervenido en la decisión del

acto que se impugna. Quedan a salvo los casos de revocación de oficios y de la

decisión del Recurso de Reconsideración.

Page 53: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4. De la Comisión de Contrataciones

53

Tengan relación de servicios o de subordinación con cualquiera de los

directamente interesados en el asunto.

10.- El miembro de la Comisión de Contrataciones Pública que disienta de alguna decisión,

lo manifestará en el mismo acto, y deberán en un (1) día hábil siguiente, consignar por

escrito las razones de su disentimiento, que se anexarán al expediente.

11.- Son causas de falta de cualquiera de los miembros de la Comisión de Contrataciones

Pública:

La muerte o incapacidad absoluta y permanente.

El despido o destitución.

El retiro, la renuncia, la jubilación, la remoción o la situación de disponibilidad,

salvo que de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, El

Contralor o Contralora municipal decida su permanencia como miembro de la

comisión.

12.- Son causas de falta temporal de cualquiera de los miembros de la Comisión de

Contrataciones Pública:

El disfrute de vacaciones, reposos médicos, permisos, licencias y ausencias

debidamente justificadas que no excedan de dos (2) meses o cuando la misma sea

durante el tiempo previsto, dentro de los lapsos de ejecución de ley, de una

modalidad de selección de contratista determinada. Para este último caso, en el

número de actos que deban darse conforme a la ley de contrataciones públicas

en un proceso específico, se dará cumplimiento.

La suspensión como consecuencia del trámite de un procedimiento disciplinario.

Page 54: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4. De la Comisión de Contrataciones

54

Mientras dure el trámite de la inhibición de algún miembro de la Comisión de

Contrataciones.

Page 55: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4.1 De la Comisión de Contrataciones: Del Expediente de Contratación

55

Según lo establece el Artículo 32 del Reglamento de la Ley de Contrataciones

Públicas:

1.- Los expedientes generados de las distintas modalidades de contratación deben contener

los siguientes documentos:

▪ Solicitud o requerimiento de la Unidad Usuaria o requirente, que para los efecto del

presente manual es la Dirección de Administración Integral.

▪ Documento Punto de Cuenta, por medio del cual el Contralor o Contralor Municipal

autorizan el inicio del procedimiento de Contratación Pública.

▪ Documento que autoriza el inicio del procedimiento o ACTA DE INICIO de la

modalidad a aplicar.

▪ Presupuesto Base.

▪ Planos y Cómputos Métricos (en caso de obras).

▪ Disponibilidad Presupuestaria

▪ Pliego de Condiciones o condiciones de la contratación.

▪ Actos Motivados.

▪ Llamado o Invitación a los participantes.

▪ Modificaciones o Aclaratorias del Pliego de Condiciones si las hubiere.

▪ Acta de recepción de los documentos para calificación u Ofertas.

▪ Ofertas recibidas.

▪ Informe de análisis y recomendación de la adjudicación o declaratoria de desierta.

▪ Documento de Adjudicación.

Page 56: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4.1 De la Comisión de Contrataciones: Del Expediente de Contratación

56

▪ Notificación al beneficiario de la adjudicación y otros oferentes si fuere el caso.

▪ Contrato generado por la adjudicación.

▪ Cualquier otro relacionado con el procedimiento de selección aplicado.

Así mismo, en la ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO se deben incorporar los

documentos que se relacionen con:

▪ Garantías

▪ Actas de inicio, suspensión, terminación y recepción provisional o definitiva de los

bienes, servicios y obras, si fuere el caso.

▪ Documentos relacionados con modificación de los contratos, si fuere el caso.

▪ Formularios para el pago o valuaciones.

▪ Aprobaciones de pago.

▪ Pagos realizados.

▪ Finiquito

▪ Liberación de garantías.

▪ Evaluación de actuación o desempeño del contratista.

▪ Cualquier otro relacionado con la administración del contrato y evaluación

posterior.

2. LOS EXPEDIENTES NO SOMETIDOS A LA COMISIÓN DE

CONTRATACIONES: (consulta de precios inferiores a 2.500 UT para

Adquisición de Bienes o Prestación de Servicios e inferiores a 10.000 UT para la

Ejecución de Obras), las Unidades Usuarias o Unidades Contratantes, que como se

ha señalado es la misma Dirección de Administración Integral, debe formar,

Page 57: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4.1 De la Comisión de Contrataciones: Del Expediente de Contratación

57

sustanciar y llevar el expediente correspondiente a cada uno de los procedimientos de

Selección de Contratistas para las contrataciones de bienes, servicios u obras. El

expediente debe contener la solicitud, recepción, análisis de las Ofertas e Informe de

Recomendación. Según lo establecido en el Artículo 33 del Reglamento de la Ley de

Contrataciones Públicas.

3. Los documentos del expediente de contratación deben estar debidamente foliados.

4. Este expediente de contratación deberá ser archivado, por la Dirección de

Administración Integral y por la Comisión de Contrataciones (cuando aplique el

caso), manteniendo su integridad durante al menos cinco (5) años después de

ejecutada la contratación.

5. El examen, lectura y copiado de los documentos del expediente de contratación, excepto

los declarados confidenciales, debe realizarse durante el horario de atención al

público de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz, previa solicitud por escrito del

proveedor participante, con al menos dos (2) días hábiles de anticipación, la cual será

atendida de acuerdo a lo establecido en la Ley que regula la materia.

6. Declarada desierta la modalidad de Concurso Cerrado, podrá procederse por Consulta

de Precio. Si la modalidad declarada desierta fuera una Consulta de Precios se podrá

proceder a la aplicación de la modalidad de Adjudicación Directa con Exposición

de Motivo, previa aprobación del Contralor o Contralora Municipal y respetando las

condiciones originales establecidas para los procesos fallidos.

Page 58: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4.2 Procedimientos de la Comisión de Contrataciones

58

RESPONSABLE ACCIÓN

Dirección de Administración

Integral

Comisión de Contrataciones

Pública

Dirección de Administración

Integral

Comisión de Contrataciones

Pública

1- Recibe aprobación del Contralor o Contralora

municipal de aprobación de inicio de proceso de

contratación

2- Solicita mediante oficio que se reúna la Comisión

de Contrataciones, el cual se debe llevar copia del

oficio emitido por el Contralor o Contralora

Municipal, anexando Presupuesto Base para su

revisión, análisis y aprobación de los miembros de la

contratación.

3- Recibe oficio de solicitud de reunión

4- Establece la reunión en agenda, donde se especifica,

día, hora y otros detalles para dar inicio a las

reuniones a fin de concretar el proceso de

contratación.

5- Emite oficio dirigido a la Dirección de

Administración Integral, informando los aspectos

relevantes de la reunión. Este documento es suscrito

por el Secretario de la Comisión.

6- Recibe oficio con la confirmación de la reunión.

7- Elabora el PLIEGO DE CONDICIONES, el cual

será el documento que rige para las modalidades de

Page 59: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4.2 Procedimientos de la Comisión de Contrataciones

59

Comisión de Contrataciones

Pública

selección de contratista. El pliego de Condiciones

debe contener por lo menos los siguientes elementos:

La documentación legal del participante,

necesaria para la calificación y evaluación

en las modalidades previstas en la Ley de

Contrataciones Públicas.

Los bienes a adquirir, los servicios a prestar o

las obras a ejecutar con listas de cantidades,

servicios conexos y planos, si fuere el caso.

Especificaciones Técnicas detalladas de los

bienes a adquirir (sin hacer referencia a

marca comercial) o a incorporar en la obra,

los servicios a prestar, según sea el caso.

Idioma de las manifestaciones de voluntad y

Ofertas, plazo y lugar para presentarlas, así

como su tiempo mínimo de validez.

Moneda de las Ofertas y tipos de conversión a

una moneda común.

Lapso y lugar en que las empresas

participantes podrán solicitar aclaratorias del

pliego de condiciones a la Comisión de

Contrataciones.

Autoridad competente para responder

aclaratorias, modificar el pliego de

condiciones y notificar decisiones en el

procedimiento.

La obligación de que las empresas

participantes indiquen en su Oferta la

dirección del lugar donde se le harán las

notificaciones pertinentes.

Page 60: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4.2 Procedimientos de la Comisión de Contrataciones

60

Comisión de Contrataciones

Pública

Fecha, lugar y mecanismo para la recepción y

apertura de las manifestaciones de voluntad y

Ofertas en las modalidades indicadas en la Ley

de Contrataciones Públicas.

La forma en que se corregirán los errores

aritméticos o disparidades en montos que se

incurra en las Ofertas.

Criterios de calificación, su ponderación y la

forma en que se cuantificarán dichos criterios.

Criterios de evaluación, su ponderación y la

forma en que se cuantificarán el precio y los

demás factores definidos como criterios.

Criterios que permitan la preferencia en

calificación y evaluación a oferentes

constituidos con iniciativa local en el área

donde se va a ejecutar la actividad objeto de la

contratación.

Establecimiento del Compromiso de

Responsabilidad Social.

Proyecto de contrato que se suscribirá con el

beneficiario de la adjudicación.

Normas, métodos y pruebas que se emplearán

para determinar si los bienes, servicios u

obras, una vez ejecutados, se ajustan a las

especificaciones definidas.

Forma, plazo y condiciones de entrega de los

bienes, ejecución de obras o prestación de

servicios objeto de la contratación, así como

de los servicios conexos que el contratista debe

prestar como parte del contrato.

Condiciones y requisitos de las garantías que

se exigen con ocasión del contrato.

Page 61: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4.2 Procedimientos de la Comisión de Contrataciones

61

Comisión de Contrataciones

Pública

Modelo de manifestación de voluntad, Oferta y

garantías.

8- Los miembros de la Comisión de Contrataciones

Públicas asisten a la reunión, tratándose los siguientes

aspectos:

Ajuste del cronograma estimado.

Revisión del Pliego de Condiciones y demás

instrumentos de acuerdo a la modalidad de

contratación.

Coordinación de actividades.

9- Conforma el expediente de la contratación, el cual

debe contener:

▪ Solicitud de la Unidad Usuaria.

▪ Documento o Punto de Cuenta que autoriza el

inicio del procedimiento.

▪ Acta de Inicio de la modalidad a aplicar.

▪ Presupuesto Base.

▪ Planos y Cómputos Métricos (en caso de obras).

▪ Disponibilidad Presupuestaria.

▪ Pliego de Condiciones o condiciones de la

contratación.

▪ Actos Motivados.

▪ Invitación a los participantes (en caso de

Concurso Cerrado).

▪ Modificaciones o Aclaratorias del Pliego de

Condiciones si las hubiere.

▪ Acta de recepción de los documentos para

calificación u Ofertas.

Page 62: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO II:: Asunto:

CONTRATACIONES PÚBLICAS: 2.4.2 Procedimientos de la Comisión de Contrataciones

62

Comisión de Contrataciones

Pública

▪ Ofertas recibidas.

▪ Informe de análisis y recomendación de la

adjudicación o declaratoria de desierta.

▪ Documento de Adjudicación.

▪ Notificación al beneficiario de la adjudicación y

otros oferentes si fuere el caso.

▪ Contrato generado por la adjudicación.

▪ Cualquier otro relacionado con el procedimiento

de selección aplicado.

10. Realiza la revisión de toda la documentación.

En el caso de realizar ajustes al Pliego de

Condiciones, ajusta el Pliego de Condiciones y

levanta Acta especificando los puntos tratados.

En el caso de no realizar ajustes al Pliego de

Condiciones, prepara inicio del procedimiento

que corresponda según el tipo de contratación

y levanta acta de cada reunión, especificando

los puntos tratados.

Page 63: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

63

Objetivo

Normar los procesos inherentes a la modalidad de contratación en la cual se requiere la

consulta de precio de por lo menos tres (3) proveedores.

Unidades Involucradas

Dirección de Administración Integral que funge cono Unidad Usuaria y Unidad

Contratante.

Unidad de Auditoría Interna

Despacho del Contralor o Contralora municipal.

Norma especificas

1. Para todas las modalidades de Selección de Contratista prevista en la Ley de

Contrataciones Públicas, así como en los procedimientos excluidos de la aplicación de

estas modalidades, la Unidad Contratante deberá efectuar actividades previas que

garanticen una adecuada selección, además de preparar el presupuesto base indicado

en la mencionada Ley de Contrataciones Públicas. Asimismo, se debe contar con: la

programación presupuestaria o plan operativo anual, especificaciones técnicas,

determinación de las ventajas económicas y técnicas de la contratación, la previsión en

la programación anual de compras, y si es aplicable, modelo de contrato.

2. Todos los potenciales oferentes que formen parte del proceso de contratación en la

modalidad de consulta de precios deben estar inscrito en el Registro Nacional de

Contratista (RNC) (Salvo lo previsto en el numeral 25 de las Normas Generales del

Capítulo I, del presente manual), por lo cual la Dirección de Administración Integral

de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz, debe acceder a la base de datos de RNC

Page 64: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

64

y verificar esa condición, cuya evidencia será formalizada por medio de la impresión

de los resultados obtenidos en el RNC.

3. La Unidad Contratante deberá contar con la debida disponibilidad presupuestaria y

financiera, certificada por la Dirección de Administración Integral, la cual debe

emitirse ante de iniciar cualquier proceso de contratación, todo ello con el propósito de

cumplir con lo establecido en el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Contraloría

General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

4. Para proceder a contratar la adquisición bienes, servicios o ejecución de obra por

medio de la modalidad de consulta de precio, debe tenerse en cuenta lo siguiente,

según el artículo 96 de la Ley de Contrataciones Públicas:

En el caso de adquisición de bienes, si el contrato a ser otorgado es por un precio

estimado de hasta cinco mil unidades tributarias (5.000 U.T).

En el caso de prestación de servicios, si el contrato a ser otorgado es por un precio

estimado de hasta diez mil unidades tributarias (10.000 U.T).

En el caso de ejecución de obras, si el contrato a ser otorgado es por un precio

estimado de hasta veinte mil unidades tributarias (20.000 U.T).

La Contraloría del Municipio Eulalia Buroz, atendiendo a la naturaleza de la obra,

bien o servicio, procurará la contratación de los oferentes de la localidad, dando

preferencia a la participación de pequeños y medianos actores económicos, siempre

y cuando se encuentra inscrito en el Sistema Nacional de Contratista, y aparezcan

en la base de datos de la institución encargada de llevar el control del registro

nacional de contratista.

5. En la modalidad de Consulta de Precios, la Dirección de Administración Integral tiene

la responsabilidad de coordinar las actividades previas a la contratación, seleccionar

los participantes, efectuar las invitaciones, recibir las ofertas y preparar el informe de

Page 65: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

65

recomendación para la adjudicación. Sin embargo, en los procedimientos que por su

cuantía superen las dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 U.T.), para la

adquisición de bienes o prestación de servicios y diez mil unidades tributarias (10.000

U.T.), para la ejecución de obras, deberá someter el expediente estructurado a la

Comisión de Contrataciones para su conformación, la cual debe proceder

inmediatamente respetando los plazos establecido en el procedimiento

6. Las invitaciones a ser enviadas a los proveedores participantes, deben contener las

condiciones generales de la contratación, es decir, las especificaciones técnicas,

condiciones de entrega o de ejecución, tiempo de validez de la oferta, lapso y lugar

para solicitar las aclaratorias, lapso de entrega de las ofertas y los criterios de

evaluación de las mismas.

7. La Unidad Contratante, deberá solicitar, a por lo menos tres (3) proveedores, igual

cantidad de presupuestos u oferta, sin embargo se podrá otorgar la adjudicación si se

hubiere recibido al menos una de ellas, siempre que cumpla con las condiciones del

requerimiento y sea conveniente a los intereses del contratante, de acuerdo a lo

establecido en el artículo 97 de la Ley de Contrataciones Públicas.

8. Para efectuar las solicitudes de ofertas, a por lo menos tres (3) proveedores, la Unidad

Contratante, puede, preferentemente, enviar los requerimientos a través del correo

electrónico de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz. También es posible la

entrega de forma directa de las solicitudes en las sedes físicas de los proveedores,

cuando ello sea conveniente, o, excepcionalmente pudiera remitir las invitaciones por

medio del uso de Fax. En todo caso, debe quedar evidencia documental suficiente que

la Unidad Contratante realizó el proceso de consulta, siendo necesario contar con la

constancia de los envíos y recepción de las invitaciones. En el expediente se

incorpora solo la oferta original del beneficiario.

Page 66: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

66

9. La Contraloría municipal, en las consultas de precios de bienes y servicios que por sus

características lo permitan, podrán utilizar el procedimiento de subasta inversa

electrónica, siempre y cuando lo señalen en las condiciones de la contratación. Los

oferentes presentarán oferta económica que podrá ser mejorada mediante la realización

de ofertas sucesivas, hasta la conformación de su oferta definitiva, entendiendo por

ésta, la última presentada para cada variable dentro del lapso de la subasta.

10. Se debe emitir el Acta de Inicio, que debe incluir, por lo menos, la siguiente

información:

a. Descripción del objeto de la contratación y número del procedimiento.

b. Monto estimado de la contratación.

c. Verificación de la situación legal de las empresas.

d. Empresas seleccionadas con indicación de Nivel Estimado de Contratación y

Calificación Financiera.

e. Razones técnicas que fundamentaron la escogencia de las empresas

participantes.

f. Cronograma de ejecución de la modalidad de selección.

g. Firma del acta por parte de la Dirección de Administración Integral.

11. La Contraloría municipal deberá realizar las acciones pertinentes para la evaluación de

las ofertas, emisión del informe de recomendación, adjudicación y notificación de los

resultados en los procedimientos de Consulta de Precios que no podrá ser mayor de los

lapsos indicados a continuación: ocho (8) días para adquisición de bienes, nueve (9)

días para la prestación de servicios y diez (10) días para la ejecución de obras.

12. Para el proceso de consulta de precios se establecen el cumplimiento de los siguientes

plazos, que deben expresarse por escrito en la invitación a los potenciales oferentes:

Page 67: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

67

PARA ADQUISICIÓN DE BIENES

Para la recepción de oferta, de parte de quienes manifiesten su intención de

participar, se requiere que transcurran cuatro (4) días hábiles contados desde

la fecha que le enviaron de las invitaciones, no pudiendo recibirse antes.

Las solicitudes de aclaratorias deben recibirse al día hábil siguiente (1er día

hábil) del envío de invitaciones. La respuesta a esas aclaratorias debe

efectuarse a los dos (2) días hábiles siguientes a la solicitud de aclaratoria

(o, dicho de otra forma: al 3er día hábil de enviadas las invitaciones). En

el cuarto (4to) días hábil transcurrido desde el envío de las invitaciones, se

debe recibir la ofertas. Luego de recibir las ofertas, la Dirección de

Administración integral tiene dos (2) días hábiles para evaluar las ofertas

y emitir el informe de recomendación, que debe ser enviado al Contralor o

Contralora municipal, quien a su vez tiene un (1) día hábil para

adjudicación o declarar desierto el procedimiento de contratación.

Posteriormente, al día hábil siguiente de la adjudicación, debe ser notificado

el adjudicado. A partir del día de la notificación, el adjudicado tiene cinco

(5) días hábiles para consignar las garantías si las mismas fueron

requeridas.

Se estima que para la recepción de los bienes, la firma del

contrato y del Acta de Cierre, así como la realización del pago, debe

ocurrir en un plazo no mayor de ocho (8) días hábiles a la notificación.

Se considera que entre la invitación y la notificación transcurra un máximo

de ocho (8) días hábiles. Entre el inicio del procedimiento y el plazo

máximo de firma de contrato y del Acta de Cierre, recepción de los bienes y

el pago, se estima que transcurra un máximo de dieciséis (16) días hábiles.

Page 68: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

68

PARA ADQUISICIÓN DE SERVICIOS

Para la recepción de oferta, de parte de quienes manifiesten su intención de

participar, se requiere que transcurran cinco (5) días hábiles contados desde

la fecha que le enviaron de las invitaciones, no pudiendo recibirse antes.

Las solicitudes de aclaratorias deben recibirse al día hábil siguiente (1er día

hábil) del envío de invitaciones. La respuesta a esas aclaratorias debe

efectuarse a los tres (3) días hábiles siguientes a la solicitud de aclaratoria

(o, dicho de otra forma: al 4to día hábil de enviadas las invitaciones). En

el quinto (5to) días hábil transcurrido desde el envío de las invitaciones, se

debe recibir la ofertas. Luego de recibir las ofertas, la Dirección de

Administración integral tiene dos (2) días hábiles para evaluar las ofertas

y emitir el informe de recomendación, que debe ser enviado al Contralor o

Contralora municipal, quien a su vez tiene un (1) día hábil para

adjudicación o declarar desierto el procedimiento de contratación.

Posteriormente, al día hábil siguiente de la adjudicación, debe ser notificado

el adjudicado. A partir del día de la notificación, el adjudicado tiene cinco

(5) días hábiles para consignar las garantías si las mismas fueron

requeridas.

Se estima que para la recepción de los bienes, la firma del

contrato y del Acta de Cierre, así como la realización del pago, debe

ocurrir en un plazo no mayor de ocho (8) días hábiles a la notificación.

Se prevé que entre la invitación y la notificación transcurra un máximo de

nueve (9) días hábiles. Entre el inicio del procedimiento y el plazo máximo

de firma de contrato y del Acta de Cierre, recepción de los bienes y el pago,

se estima que transcurra un máximo de diecisiete (17) días hábiles.

Page 69: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

69

PARA EJECUCIÓN DE OBRAS

Para la recepción de oferta, de parte de quienes manifiesten su intención de

participar, se requiere que transcurran seis (6) días hábiles contados desde la

fecha que le enviaron de las invitaciones, no pudiendo recibirse antes. Las

solicitudes de aclaratorias deben recibirse al día hábil siguiente (1er día

hábil) del envío de invitaciones. La respuesta a esas aclaratorias debe

efectuarse a los cuatro (4) días hábiles siguientes a la solicitud de

aclaratoria (o, dicho de otra forma: al 5to día hábil de enviadas las

invitaciones). En el sexto (6to) días hábil transcurrido desde el envío de las

invitaciones, se debe recibir la ofertas. Luego de recibir las ofertas, la

Dirección de Administración integral tiene cuatro (4) días hábiles para

evaluar las ofertas y emitir el informe de recomendación, que debe ser

enviado al Contralor o Contralora municipal, quien a su vez tiene dos (2)

día hábil para adjudicación o declarar desierto el procedimiento de

contratación. Posteriormente, dentro de los dos (2) día hábil siguiente de la

adjudicación, debe ser notificado el adjudicado. A partir del día de la

notificación, el adjudicado tiene cinco (5) días hábiles para consignar las

garantías si las mismas fueron requeridas.

Se estima que para la recepción de los bienes, la firma del

contrato y del Acta de Cierre, así como la realización del pago, debe

ocurrir en un plazo no mayor de ocho (8) días hábiles a la notificación.

Se espera que entre la invitación y la notificación transcurra un máximo de

catorce (14) días hábiles. Entre el inicio del procedimiento y el plazo

máximo de firma de contrato y del Acta de Cierre, recepción de los bienes y

Page 70: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

70

el pago, se estima que transcurra un máximo de veinticinco (25) días

hábiles.

13. El análisis de las ofertas, que corresponde a la comparación de las condiciones

ofrecidas por cada uno de los oferentes, debe arrojar como resultados la selección de

aquella oferta cuyas condiciones sean la más convenientes para los intereses de la

Contraloría Municipal. Este análisis debe generar UN INFORME emitido por la

Unidad Contratante, el cual debe formar parte del expediente de contratación

14. La Unidad Contratante deberá elaborar el informe de recomendación que se someterá

al Contralor o Contralora municipal para su aprobación. Adicionalmente, debe

estructurar el expediente de contratación que debe contener lo siguiente:

Requisición que dio inicio al proceso de contratación de bienes, servicio o

ejecución de obras.

Presupuesto Base.

Certificado de disponibilidad presupuestaria financiera.

Punto de cuenta.

Pliego de condiciones.

Solvencia Laboral vigente, a nombre de otro órgano o ente del Estado Venezolano,

a los efectos de agilizar dicho proceso, y en caso de resultar seleccionado a nombre

de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz y consignar la misma para el

momento de la firma del contrato. Será una solvencia anual por todos los contratos,

convenios o acuerdos que se pretenda suscribir

Inscripción en el Registro Nacional de Contratista.

Acta de inicio del procedimiento.

Constancias de las invitaciones y solicitud de oferta efectuadas a los proveedores.

Copia simple de la recepción de al menos tres (3) invitaciones.

Page 71: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

71

Análisis de la Oferta y su respectivo informe.

Informe de Recomendación.

Acta de selección de contratista.

Oficio de adjudicación de oferta, suscrito por la Máxima Autoridad.

Contrato generado por la adjudicación.

Copia de orden de compra o servicios certificada por la Máxima Autoridad

Copia de orden de pago certificada por la Máxima Autoridad

Copia de vaucher de pago y cheque certificado por el Contralor o Contralora

municipal.

Nota de entrega (verificada por quién recibe el bien o servicio).

Control perceptivo al momento de recibir el bien, o servicio.

Factura, verificada por la Unidad Contratante, la cual debe cumplir con todas las

especificaciones legales.

Acta de inicio de la Obra (en el caso que corresponda).

Valuaciones de la obra.

Acta final o de terminación.

Fianza de anticipo cuando ello aplique.

Compromiso de Responsabilidad Social cuando aplique.

Demás documentos que se generen durante la contratación.

15. La Unidad Contratante deberá formar el expediente para la Consulta de Precios para

la Ejecución de Obras con la siguiente documentación:

▪ Punto de Cuenta.

▪ Solicitud de Ejecución de Obras con sus anexos.

▪ Disponibilidad Presupuestaria.

Page 72: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

72

▪ Presupuesto Base.

▪ Documentación Legal de la empresa.

▪ Solvencia Laboral vigente, a nombre de otro órgano o ente del Estado Venezolano,

a los efectos de agilizar dicho proceso, y en caso de resultar seleccionado a nombre

de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz y consignar la misma para el

momento de la firma del contrato. Será una solvencia anual por todos los contratos,

convenios o acuerdos que se pretenda suscribir.

▪ Inscripción en el Registro Nacional de Contratistas.

▪ Acta de Inicio del Procedimiento (Artículo 107 del Reglamento de la Ley de

Contrataciones Públicas).

▪ Invitaciones a las empresas.

▪ Solicitud de Ofertas.

▪ Ofertas.

▪ Análisis de las Ofertas.

▪ Orden de Compra o Servicio.

▪ Informe de Recomendación.

▪ Acta de inicio de la Obra.

▪ Valuaciones de la Obra.

▪ Acta Final.

▪ Fianza de Anticipos cuando aplique.

▪ Compromiso de Responsabilidad Social cuando supera las 2.500 U.T.

16. La selección de contratistas para la adquisición de bienes, prestación de servicios y

ejecución de obras que se realicen mediante consulta de precios, podrán desarrollarse

sin la elaboración de un pliego de condiciones cuando las características de los bienes

y servicios lo permitan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 62 de la Ley de

Contrataciones Públicas; no obstante, las invitaciones para participar deben contener

lo siguiente: especificaciones técnicas, condiciones de entrega o ejecución, validez de

la oferta, lapso y lugar para solicitar las aclaratorias, lapso de entrega de las Ofertas y

Page 73: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

73

criterios de evaluación, así mismo, en caso que aplique el Compromiso de

Responsabilidad Social y garantías.

17. El COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL será requerido en todas

las ofertas presentadas en las modalidades de selección de contratista previstas en la

Ley de Contrataciones Públicas, así como en los procedimientos excluidos de la

aplicación de estas, cuyo monto total, incluidos los tributos, superen las 2.500 U.T.

18. Toda Orden de Compra u Orden de Servicio, que sea utilizada como contrato en los

procedimientos para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de

obras, deben ser firmadas por el Representante Legal de la empresa beneficiada de la

adjudicación y deben contener la documentación indicada en el Artículo 116 de la

Ley de Contrataciones Públicas. Según lo establece el Artículo 132 del Reglamento

de la Ley de Contrataciones Públicas.

19. La Contraloría del municipio Eulalia Buroz deberá declarar desierta la contratación

cuando concurran algunas de las siguientes condiciones;

Cuando ninguna oferta haya sido presentada.

Todas las ofertas resulten rechazadas o los oferentes descalificados, de conformidad

con lo establecido en el Pliego de Condiciones.

Esté suficientemente justificado que de continuar el procedimiento podría causarse

perjuicio al órgano o ente contratante.

En caso de que los oferentes beneficiarios de la primera, segunda y tercera opción

no mantengan su oferta, se nieguen a firmar el contrato, no suministren las garantías

requeridas o le sea anulada la adjudicación por haber suministrado información

falsa.

Page 74: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES:

74

Ocurra algún otro supuesto expresamente previsto en el Pliego de Condiciones.

Page 75: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES: Del Procedimiento

75

RESPONSABLE ACCIÓN

La Dirección de

Administración Integral

Contralor (a) Municipal

1. Una vez verificada que se han realizados las

actividades previas, se ha seleccionado la

modalidad de contratación y se han cubiertos los

demás aspectos, Se revisa la base de datos de

proveedores del Sistema Nacional de Contratista

(SNC) para verificar a que potenciales proveedores

puede realizarse la consulta de precio, los cuales

deben ser por lo menos tres (3).

2. Debe imprimir los certificados emitido por el SNC,

en el cual quede evidencia del cumplimiento del

artículo 47 de la Ley de Contrataciones Públicas.

3. Al tenerse preseleccionado los posible proveedores,

Se emite ACTA DE INICIO, la cual se envía

mediante oficio, con original y una copia, al

Contralor o Contralora Municipal para su

aprobación.

4. El Contralor o Contralora Municipal recibe oficio

con Acta de Inicio anexa. Acusa recibo de copia de

oficio.

5. Revisa Acta de Inicio. De estar de acuerdo devuelve

a la Dirección de Administración Integral. En caso

contrario informa para que tomen los correctivos

necesarios. En ambas situaciones, remite mediante

Page 76: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES: Del Procedimiento

76

Contralor (a) Municipal

La Dirección de

Administración Integral

oficio, en original y una copia, a la Dirección de

Administración Integral.

6. Recibe Oficio con Acta de Inicio anexa. Acusa

recibo del mismo. De estar aprobado pasa al punto

7. En caso contrario corrige y pasa al punto 3.

7. Procede a elaborar las invitaciones a participar en

el proceso de contratación a por lo menos tres (3)

proveedores, siendo necesaria que las mismas estén

firmadas y selladas por la Dirección de

Administración Integral.

8. Una vez elaborada las invitaciones, las mismas son

enviadas, preferentemente por correo, remitiendo en

ese mismo acto el pliego de condiciones y

presupuesto base, de ser el caso.

9. Del envío debe emitirse los documentos que

evidencias la ejecución de dicha actividad. Para

ello, quien envía las solicitudes de oferta debe

imprimir las constancias que emite el correo

electrónico.

10. Los documentos probatorios una vez impresos,

deben ser firmados por el responsable del envío,

colocando el sello de la Dirección de

Administración Integral, así como la fecha y hora

de la remisión.

Page 77: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES: Del Procedimiento

77

La Dirección de

Administración Integral

Contralor o Contralora

Municipal

La Dirección de

Administración Integral

11. La Dirección de Administración espera los lapsos

establecidos: de aclaratoria, de respuesta de

aclaratoria y de los días de espera de recepción de

ofertas.

12. Al llegar el día de recepción de las ofertas, verifica

si las mismas fueron remitida por los invitados. De

recibir una o más pasa al punto 21. En caso

contrario informa por escrito (Se emite oficio en

original y una copia) al Contralor o Contralora de la

situación planteada. Este escrito debe ser generado

al día hábil siguiente en el cual debió hacerse

recibido las ofertas.

13. Recibe oficios, firma el original y devuelve como

acuse de recibo a la Dirección de Administración

Integral y guarda la copia.

14. El Contralor o Contralora puede decidir declarar

desierto el procedimiento o esperar un día adicional

por respuesta. Esta decisión debe señalarla por

escrito (emite oficio en original y una copia) a la

Dirección de Administración Integral.

15. Recibe oficio, firmando un ejemplar, el cual debe

ser remitido al Contralor o Contralora como acuse

de recibo. Pasa al punto 17.

Page 78: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES: Del Procedimiento

78

Contralor (a) Municipal

La Dirección de

Administración Integral

Contralor (a) Municipal

La Dirección de

Administración Integral

16. Recibe copia de oficio recibido por la Dirección de

Administración Integral y guarda

17. De ser declarado desierto el procedimiento, la

Dirección de Administración Integral vuelve a

preparar un nuevo procedimiento, iniciando todo

nuevamente, por lo cual pasa al punto Nº 1. En caso

de esperar un día adicional y no recibir respuesta,

debe informarse al Contralor o Contralora por

escrito, quien debe emitir un oficio declarando

desierto el procedimiento.

18. Recibe oficio y acusa recibo a la Dirección de

Administración Integral. Guarda copia.

19. Emite oficio declarando desierto el procedimiento.

Ordena a la Dirección de Administración Integral el

inicio de un nuevo procedimiento. En caso de ser

una segunda declaratoria, se procede a iniciar el

procedimiento bajo la modalidad de Adjudicación

Directa.

20. Recibe oficios, acuse y envía uno y guarda el otro

en el expediente de contratación.

21. Una vez recibidas una o más oferta procede a

evaluarlas en función a los parámetros previamente

Page 79: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES: Del Procedimiento

79

La Dirección de

Administración Integral

Comisión de

Contrataciones

establecidos, seleccionando la más favorable.

22. Elabora cuadro comparativo de las ofertas recibidas

y evalúa las mismas.

23. Elabora un “Informe de Análisis de Oferta”, el

cual archiva en expediente de contratación.

24. En función a los resultados obtenidos, elabora el

Informe de Recomendación.

25. Prepara Expediente de Contratación de acuerdo a

lo establecido en el artículo 32 del Reglamento de

la Ley de Contrataciones Pública.

26. Envía mediante Oficio (original y Copia), al

Contralor o Contralora Municipal, o a la Comisión

de Contrataciones, según sea la circunstancia, el

expediente de contratación con todos los recaudos.

En caso de ser remitido a la Comisión de

Contrataciones pasa al punto 27. En caso contrario

va al paso 30.

27. Acusa recibo de oficio y recibe expediente de

contratación.

28. Analiza la documentación generada en el proceso

de contratación. Revisa el Informe de

Recomendación. De estar de acuerdo firman el

informe y los remiten al Contralor o Contralora

Municipal (pasa al paso 30). En caso contrario

Page 80: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES: Del Procedimiento

80

Contralor (a) Municipal

La Dirección de

Administración Integral

Contralor (a) Municipal

emiten acto motivado dirigido a la Dirección de

Administración Integral las razones.

29. Recibe acto motivado emitido por la Comisión de

Contrataciones y actúa en función a contenido.

Informa al Contralor o Contralora Municipal sobre

situación.

30. Recibe oficios con expediente de contratación e

Informe de Recomendación adjunto, firma un

ejemplar como acuse de recibo. Guarda el otro

ejemplar.

31. Recibe oficio de acuse de recibo emitido por el

Contralor o Contralora o de la Comisión de

Contrataciones, según sea el caso. Guarda

32. Revisa expediente e Informe de Recomendación y

toma decisión de adjudicar o no. En ambos casos

emite oficio (original y copia) informando a la

Dirección de Administración Integral. En caso de

aprobación firma y sella Informe de

Recomendación y anexa el mismo al oficio antes

mencionado, agregando oficio de adjudicación. En

caso de desaprobación pasa al punto 28.

33. Envía a la Dirección de Administración Integral

Page 81: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES: Del Procedimiento

81

Contralor (a) Municipal

Dirección de

Administración Integral

oficio en original y una copia. El oficio original

lleva anexo el Informe de Recomendación.

34. Recibe oficios, acusa recepción de uno de ellos,

remitiendo luego al Contralor o Contralora. Verifica

que el Informe de Recomendación este anexo.

35. En caso de desaprobación se analizan las razones y

se toman las medidas pertinentes. El oficio en el

cual se le informa sobre decisión debe ser guardado

en expediente de contratación.

36. De existir aprobación, se notifica al oferente

seleccionado, emitiendo oficio remitido vía correo

electrónico, dejando evidencia de ello. De ser

necesario se le informa al oferente seleccionado que

posee un lapso de cinco (5) días hábiles para

consignar las garantías solicitada. Adicionalmente,

debe señalarse al oferente seleccionado que posee

un lapso de ocho (8) días hábiles para la firma del

contrato. Debe solicitarse al contratista

seleccionado que suministre copia de los

documentos exigido en el Pliego de Condiciones o

Invitación, para poder preparar el pago. El oficio de

adjudicación, así como el Informe de

Recomendación debe ser guardado en el expediente

de contratación.

Page 82: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES: Del Procedimiento

82

Dirección de

Administración Integral

37. Se procede a firmar el Contrato, o la Orden de

Compra o Servicios, según sea el caso.

38. Al recibir los bienes, la Dirección de

Administración Integral debe realizar el control

perceptivo correspondiente, invitando como testigo

a un auditor o auditora de la Dirección de

Control Posterior de la Contraloría del Municipio

Eulalia Buroz. Debe comprobarse que lo recibido

cumple plenamente con las especificaciones

técnica, físicas y de calidad con lo requerido. De

estar satisfecho la Dirección de Administración

Integral y el representante de la Dirección de

Control Posterior proceden a firmar el Acta de

Control Perceptivo como muestra de conformidad.

39. En caso de servicio, debe levantarse un “Acta de

Percepción de Servicio”, en el cual se describa el

servicio recibido, las características del mismo, así

como los beneficios generados por el mismo. Esta

acta debe ser firmada por quien prestó el servicio, la

Dirección de Administración Integral y un auditor

adscrito a la Dirección de Control Posterior.

40. Posteriormente se procede a revisar la factura

presentada por el contratista, verificando que la

misma cumpla con los extremos legales y se ajuste

su contenido con el bien suministrado, servicio

Page 83: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES: Del Procedimiento

83

Dirección de

Administración Integral

Unidad de Auditoria

Interna

recibido u obra ejecutada.

41. De estar la factura conforme a las leyes, de haberse

recibido el bien, servicio u obra según lo

establecido en las condiciones contratadas, siendo

ello certificado por el contratante, se procede a

efectuar el pago, por medio de la entrega del cheque

correspondiente.

42. El contratista debe firma y sellar, todos los

documentos que acompañan el expediente de pago.

43. Adicionalmente, la Dirección de Administración

Integral debe emitir el Acta de Cierre o

Terminación, la cual debe estar firmada y sellada

por el Contratista y la propia Dirección

mencionada.

44. Remite por medio de Oficio (original y copia)

expediente de contratación a la Unidad de Auditoria

Interna para que efectúe el control posterior.

45. Recibe oficio y acusa recibo, entregando la copia a

la Dirección de Administración Integral. Analiza

expediente y emite informe, en original y copia, con

las recomendaciones a las que hubiere lugar.

46. Devuelve expediente a la Dirección de

Administración Integral. Emite dos (2) Informes,

uno para la Dirección de Administración Integral y

Page 84: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.1.1. Consulta de Precios CONTRATACIONES: Del Procedimiento

84

Unidad de Auditoria

Interna

Dirección de

Administración Integral

Contralor (a) Municipal

otro para el Contralor o Contralora Municipal.

47. Remite mediante oficio (original y dos copias) los

informes. Un oficio original anexando informe se

dirige a la Dirección de Administración Integral. La

otra copia del oficio de envío se entrega al

Contralor o Contralora Municipal, con el otro

informe anexo.

48. Recibe copia e informe original emitido por la

Unidad de Auditoria Interna. Analiza y acata

recomendaciones, si las hubiere.

49. Recibe copia de oficio e informe emitido por la

Unidad de Auditoria Interna. Guarda.

50. FIN DE PROCEDIMIENTO

Page 85: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.2. Concurso Cerrado CONTRATACIONES:

85

Objetivo

Normar los procesos inherentes a la modalidad de contratación en la cual se requiere de

manera particular la invitación a por lo menos (5) participantes a presentar ofertas, en base a

su capacidad técnica, financiera y legal.

Unidades Involucradas

Dirección de Administración Integral que funge cono Unidad Usuaria y Unidad

Contratante.

Comisión de Contrataciones Públicas.

Unidad de Auditoria Interna.

Despacho del Contralor o Contralora municipal.

Norma especificas

1. El Concurso cerrado es la modalidad de selección de contratista en la que al menos

cinco (5) participantes son invitados de manera particular a presentar oferta a la

Contraloría Municipal, en base a su capacidad técnica, financiera y legal.

2. Todos los potenciales oferentes que formen parte del proceso de contratación en la

modalidad de Concurso Cerrado deben estar inscrito en el Registro Nacional de

Contratista (RNC), por lo cual la Dirección de Administración Integral de la

Contraloría del Municipio Eulalia Buroz, debe acceder a la base de datos de RNC y

verificar esa condición, cuya evidencia será formalizada por medio de la impresión de

los resultados obtenidos en el RNC.

3. En el Concurso Cerrado se podrá invitar a participar a proveedores extranjeros que no

posean sucursales o filiales en el país, siempre y cuando haya sido calificada legal,

financiera y técnicamente, con base en los parámetros requeridos para la contratación y

Page 86: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.2. Concurso Cerrado CONTRATACIONES:

86

se debe dejar constancia de esa calificación en el expediente

4. Se podrá proceder por Concurso Cerrado, en las siguientes circunstancias:

Para la ADQUISICIÓN DE BIENES o PRESTACIÓN DE SERVICIOS, si el

contrato a ser otorgado es por un precio estimado superior a cinco mil unidades

tributarias (5.000 U.T.) y hasta veinte mil unidades tributarias (20.000 U.T.)

Para la EJECUCIÓN DE OBRAS, si el contrato a ser otorgado es por un precio

estimado superior a veinte mil unidades tributarias (20.000 U.T.) y hasta cincuenta

mil unidades tributarias (50.000 U.T.)

5. Podrá procederse a realizar Concurso Cerrado, independientemente del monto de la

contratación, cuando el Contralor o Contralora municipal, mediante la emisión de un

acto motivado lo justifique, en los siguientes casos:

Si se trata de la adquisición de equipos altamente especializados destinados a la

experimentación, investigación y educación.

Por razones de seguridad de Estado, calificadas como tales, conforme a los previsto

en las normas que regulan la materia

Cuando de la información verificada en el Registro Nacional de Contratista, se

determine que los bienes a adquirir, servicios a prestar y obras a ejecutar, los

produce o comercializan, prestan o ejecutan, cinco o menos oferentes.

5. El acta para dar inicio a la realización de un Concurso Cerrado previsto en la Ley de

Contrataciones Públicas, debe incluir la siguiente información:

h. Descripción del objeto de la contratación y número del procedimiento.

i. Monto estimado de la contratación.

j. Verificación de la situación legal de las empresas.

k. Empresas preseleccionadas con indicación de Nivel Estimado de Contratación y

Calificación Financiera.

Page 87: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.2. Concurso Cerrado CONTRATACIONES:

87

l. Razones técnicas que fundamentaron la escogencia de las empresas

participantes.

m. Cronograma de ejecución de la modalidad de selección.

n. Firma de los miembros de la Comisión de Contrataciones.

6. En el concurso cerrado el pliego de condiciones será remitido a los participantes

conjuntamente con la invitación.

7. Los actos de recepción y apertura de sobres contentivos de las manifestaciones de

voluntad y ofertas tienen carácter público. De todo acto que se celebre debe levantarse

acta que será firmada por los presentes. Si alguno de ellos se negare a firmar el acta o

por otro motivo no la suscribiere se dejara constancia de esa circunstancia y de las

causas que la motivaron.

8. Las manifestaciones de voluntad de participar y las ofertas, serán entregadas a la

Comisión de Contrataciones, en acto público a celebrarse al efecto, debidamente

firmadas y en sobres sellados. En ningún caso, deben admitirse ofertas después de

concluido el acto de recepción.

Page 88: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.2.1. Concurso Cerrado CONTRATACIONES: Del Procedimiento

88

RESPONSABLE ACCIÓN

Comisión de Contrataciones

1. Levanta Acta de Inicio del procedimiento,

según lo establecido en la presente norma.

2. Verifica en la página web del SNC

(http://www.snc.gob.ve/) a por lo menos cinco

(5) proveedores, solicitándole vía correo

electrónico presentar oferta, por lo cual se les

envía las invitaciones acompañadas del pliego

de condiciones e indicándoles el día y la hora

del acto público o de recepción y apertura de

sobres que contengan las ofertas.

3. Levanta acta por cada reunión donde debe

mencionar la unidad contratante, es decir la

dependencia que solicita el Proceso de

Contratación, además identificar a los

miembros de la Comisión de Contrataciones:

Nombre y Apellido, Cédula de Identidad y el

carácter con que actúa, la misma debe ser

suscrito por todos los presentes en la reunión y

archivados en el expediente inherente al

proceso de contratación.

4. Espera los lapsos establecidos en la Ley de

Contrataciones Públicas para la recepción de

las ofertas.

Page 89: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.2.1. Concurso Cerrado CONTRATACIONES: Del Procedimiento

89

Comisión de Contrataciones

5. Debe efectuarse el acto público de recepción y

apertura de los sobres contentivo de los

documentos necesarios para participar y

ofertar. En la modalidad de Concurso Cerrado

se realizarán dos (02) actos. Uno de recepción

y otro de apertura de sobres.

6. Debe levantarse el acta (culmina el lapso

otorgado y recibido los sobres por los

oferentes), en el cual se dejará constancia de

los participantes asistentes y cantidad de sobres

entregados. En ningún caso debe admitirse

ofertas después de concluido el acto.

7. Se inicia el acto de apertura de sobres, que

debe ser posterior al acto de recepción de

documentos. En este se verifica el contenido de

los mismos, sin evaluar cualitativamente los

documentos.

8. Se requiere levantar un acta en la que se deja

constancia de lo recibido.

9. Debe analizarse las ofertas que ofrezca mayor

ventaja a la Contraloría del municipio Eulalia

Buroz.

10. Luego de analizadas las ofertas, debe realizarse

el informe de recomendación de otorgamiento

de la adjudicación a la empresa que resulte

Page 90: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.2.1. Concurso Cerrado CONTRATACIONES: Del Procedimiento

90

Dirección de Administración

Integral

ganadora según los criterios y mecanismo

previstos en el pliego de condiciones o declara

desierta la contratación, en informe razonado,

dentro los lapso establecidos, el cual debe ser

de al menos tres (3) días hábiles para la

adquisición de bienes y servicios y seis (6) días

hábiles para la contratación de obras.

11. Se emite oficio, en original y una copia, con el

cual e remite el expediente de contratación a la

Dirección de Administración Integral para su

revisión.

12. Recibe oficio y copia del mismo junto

expediente de contrataciones. Firma y sella

copia de oficio como acuse de recibo,

enviándolo a la Comisión de Contratación.

Retiene expediente de contratación.

13. Revisa y analiza contenido el expediente

contratación. En caso de no aprobar el

contenido del expediente informa a través de

oficio a la Comisión de Contrataciones. En

caso contrario, remite expediente al Contralor o

Contralora municipal, mediante la emisión de

un oficio (original y copia)

Page 91: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.2.1. Concurso Cerrado CONTRATACIONES: Del Procedimiento

91

Contralor o Contralor municipal

Dirección de Administración

Integral

Contralor o Contralora

municipal

Dirección de Administración

Integral

Comisión de Contrataciones

14. Recibe oficio y expediente de contrataciones,

acusando recibo en la copia (firma y sello),

remitiendo la misma a la Dirección de

Administración Integral.

15. Recibe acuse de recibo remitido por el

Contralor o Contralora. Guarda el mismo para

los fines consiguiente.

16. Analiza expediente para lo cual puede aprobar

proceso o no. En caso de aprobación, remite

oficio (original y 2 copias) a la Comisión de

Contrataciones, con copia a la Dirección de

Administración Integral, indicando decisión de

adjudicación. De ser desaprobado igualmente

se informa a la Comisión de Contratación y a la

Dirección de Administración Integral,

señalando las razones de ello. En todo caso,

también remite expediente de contratación.

17. Recibe acuse de remitido por el Contralor o

Contralora. Guarda el mismo para los fines

consiguiente.

18. Recibe respuesta por medio de oficio (acusa

recibo de oficio y envía al Contralor o

Page 92: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.2.1. Concurso Cerrado CONTRATACIONES: Del Procedimiento

92

Dirección de Administración

Integral

Contralora), junto con expediente de

contratación. En caso de no estar aprobado la

adjudicación verifica motivo. En el caso de

aprobación, el coordinador de la Comisión de

Contratación notifica a las empresas

participantes indicando el nombre del oferente

que obtuvo la adjudicación y a los oferentes

que quedaron en primera y segunda opción,

esto previendo el caso de que el adjudicatario

no mantenga la oferta, no firme el contrato, no

suministre la fianza de fiel cumplimiento o le

sea anulada la adjudicación.

19. Remite oficio (original y copia) a la Dirección

de Administración Integral, junto con la

documentación de la adjudicación y copia de

oficio de aprobación de adjudicación emitido

por el Contralor o Contralora en el punto 16

20. Recibe oficio y la copia del mismo, de la

Comisión de Contrataciones, junto con la

documentación de la adjudicación y copia de

oficio de adjudicación emitido por el Contralor

o Contralora en el punto 16. Acusa recibo de la

copia y lo remite a la Comisión.

21. Elabora contrato y lo remite al Abogado de la

Page 93: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.2.1. Concurso Cerrado CONTRATACIONES: Del Procedimiento

93

Abogado de la Contraloría

Contralor o Contralora

municipal

Dirección de Administración

Integral

Contraloría municipal, a través de oficio, en

original y una copia.

22. Acusa recibo de oficio y envía copia del mismo

a la Dirección de Administración Integral.

23. Revisa los aspectos legales del contrato. En

caso de NO ESTAR CONFORME envía las

observaciones del caso a la Dirección

Administración Integral, para que incorpore al

contrato dichas observaciones. En el caso de

ESTAR CONFORME, visa y sella el

contrato, remitiendo el mismo través de oficio

(original y copia), al Contralor o Contralora

municipal para su firma.

24. Recibe oficio, acusando recibo y enviado la

copia al Abogado.

25. Revisa el contrato. De estar de acuerdo lo

firma y remite, mediante oficio (original y una

copia) a la Dirección de Administración

Integral. En caso de tener observaciones lo

remite nuevamente al Abogado de la

Contraloría.

26. Acusa recibo del oficio y remite copia del

Page 94: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.2.1. Concurso Cerrado CONTRATACIONES: Del Procedimiento

94

Dirección de Administración

Integral

Unidad de Auditoria Interna

mismo al Contralor o Contralora municipal.

27. De estar firmado el contrato por parte de la

Máxima Autoridad de la Contraloría municipal,

contacta al proveedor para que firme el mismo.

28. Posteriormente debe realizar todo las acciones

pertinentes para recibir el bien o servicio, o

iniciar la ejecución de la obra. Verificar todos

los externos legales, realizar los mecanismos de

control para proceder a pagar.

29. Debe elaborar el Acta de Terminación,

verificar que el expediente de contratación esté

completo y enviar el mismo a la Unidad de

Auditoria Interna, para que efectúe el control

posterior. Remite con un oficio, en original y

una copia.

30. Recibe oficio y acusa recibo, entregando la

copia a la Dirección de Administración

Integral.

31. Analiza expediente y emite informe, con las

recomendaciones a las que hubiere lugar.

32. Devuelve expediente a la Dirección de

Administración Integral, junto con oficio

(Original y 2 copia). Una copia se remite al

Contralor o Contralora municipal para su

Page 95: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.2.1. Concurso Cerrado CONTRATACIONES: Del Procedimiento

95

Contralor o Contralora

municipal

Dirección de Administración

Integral

información, anexando informe y la otra será el

acuse de recibo.

33. Recibe copia e informe emitido por la Unidad

de Auditoria Interna. El contenido de estos

documentos pudieran generar acciones.

34. Recibe copia de oficio emitido por la Unidad

de Auditoria Interna, junto con expediente de

contrataciones. Guarda tanto el oficio como el

expediente.

35. FIN DE PROCEDIMIENTO

Page 96: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.3. Contratación (adjudicación) CONTRATACIONES: Directa

96

Objetivo

Describir los pasos a seguir para la Contratación Directa, en la cual se concentran todas

aquellas situaciones de carácter excepcional, que requieren acciones inmediata de selección

de contratista.

Unidades Involucradas

Dirección de Administración Integral que funge cono Unidad Usuaria y Unidad

Contratante.

Despacho del Contralor o Contralora municipal.

Norma especificas

1.- Se podrá proceder excepcionalmente por Contratación Directa, independientemente del

monto de la contratación, siempre y cuando el Contralor o Contralora Municipal,

mediante ACTO MOTIVADO, justifique adecuadamente su procedencia en los

siguientes supuestos:

Si se trata de Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios o Ejecución de Obras

requeridas para la continuidad del proceso productivo, y pudiera resultar

gravemente afectado por el retardo de la apertura de un procedimiento de

contratación.

Cuando se trate de Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios y Ejecución de

Obras para las cuales se hayan aplicado modalidades de contratación y estas

hayan sido DECLARADAS DESIERTAS, manteniendo las mismas condiciones

establecidas en la modalidad declarada desierta. Para proceder a esta modalidad

deben siempre agotarse los procedimientos de acuerdo a los supuestos

cuantitativos que correspondan.

Page 97: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.3. Contratación (adjudicación) CONTRATACIONES: Directa

97

Cuando las condiciones técnicas de determinado bien, servicio u obra, excluyen

toda posibilidad de competencia o si, habiendo adquirido ya bienes, equipos,

tecnología, servicios u obras a determinado proveedor o contratista, el contratante

decide adquirir más producto del mismo proveedor o contratista por razones de

normalización o por necesidad de asegurar su compatibilidad con los bienes,

equipos, la tecnología o los servicios que ya se estén utilizando, y teniendo además

en cuenta la eficiencia con la que el contrato original haya respondido a las

necesidades del contratante, el volumen relativamente bajo del contrato propuesto

en comparación con el del contrato original, el carácter razonable del precio y la

inexistencia de otra fuente del suministro que resulte adecuado.

En caso de contratos que tengan por objeto la Fabricación de Equipos, la

Adquisición de Bienes o la Prestación de Servicios, en los que no fuere posible

aplicar las modalidades de contratación, dadas las condiciones especiales bajo las

cuales los fabricantes y proveedores convienen en producir o suministrar esos

bienes, equipos o servicios, o por condiciones especiales de la solicitud del

contratante, donde la aplicación de una modalidad de selección de contratista

distinta a la aquí prevista, no permita la obtención de los bienes o servicios en las

condiciones requeridas. Se deberá indicar mediante ACTO MOTIVADO, las

razones por las cuales de la apertura de un nuevo procedimiento de contratación,

pudiendo resultar en perjuicio para el contratante.

Cuando se trate de emergencia comprobada, producto de hechos o circunstancias

sobrevenidos que tengan como consecuencia la paralización total o parcial de las

actividades de la Contraloría del Municipio Eulalia Buroz.

Cuando se trate de Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios y Ejecución de

Obras regulados por contratos terminados anticipadamente, y si del retardo en la

Page 98: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.3. Contratación (adjudicación) CONTRATACIONES: Directa

98

apertura de un nuevo procedimiento de contratación pudieren resultar perjuicios

para el órgano o ente contratante.

Cuando se trate de la Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios y Ejecución

de Obras para su comercialización ante consumidores, usuarios o clientes, distintos

al órgano o ente contratante, siempre que los bienes o servicios estén asociados a

la actividad propia del contratante y no ingresen de manera permanente a su

patrimonio

Cuando se trate de contrataciones que tengan por objeto la Adquisición de Bienes,

Prestación de Servicios y Ejecución de Obras sobre los cuales una modalidad de

Selección de Contratistas pudiera comprometer secretos o informaciones

confidenciales de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz, cuyo conocimiento

pudiera perjudicar la gestión de este Órgano de Control Fiscal Externo.

Cuando se trata de Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios y Ejecución de

Obras requeridos para el restablecimiento inmediato o continuidad de los servicios

públicos o actividades de interés general que hayan sido objeto de interrupción o

fallas, independientemente de su recurrencia.

Cuando se trate de actividades requeridas para obras que se encuentren en

ejecución directa por órgano y entes del Estado, y de acuerdo a su capacidad de

ejecución, sea necesario por razones estratégicas de la construcción, que

parcialmente sean realizadas por un tercero, siempre y cuando esta asignación no

supere el cincuenta por ciento (50%) del contrato original.

Cuando se trate de contrataciones a organizaciones socio productiva creadas en el

marco de la Ley que rige el sistema económico comunal o comunidades

organizadas mediante la adjudicación de proyectos para impulsar el desarrollo de

las mismas.

Page 99: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.3. Contratación (adjudicación) CONTRATACIONES: Directa

99

Cuando se trate de contrataciones con empresas conjuntas o conglomerados

creados en el marco de la Ley que promueve y regula las nuevas formas

asociativas conjuntas entre el Estado y la iniciativa comunitaria privada, siempre y

cuando se establezcan las ventajas de la contratación, con base a los principios que

regula la normas de creación de estas formas asociativas conjuntas.

2.- La EMERGENCIA COMPROBADA deberá ser específica e individualmente

considerada para cada contratación, por lo que deberá limitarse al tiempo y objeto

estrictamente necesario para corregir, impedir o limitar los efectos del daño grave en

que se basa la calificación y su empleo. Será solo para atender las áreas estrictamente

afectadas por los hechos o circunstancias que lo generaron.

La Contraloría Municipal, a través de la Dirección de Administración Integral, deberá

remitir mensualmente a la Unidad de Auditoría Interna una relación detallada de las

decisiones de contratación fundamentadas en emergencia comprobada, anexando los

actos motivados, con la finalidad de que determine si la emergencia fue declarada

justificadamente o si fue causada o agravada por la negligencia, imprudencia,

impericia, imprevisión o inobservancia de normas por parte del funcionario o

funcionaria de la Contraloría Municipal, en cuyo caso procederá a instruir el

procedimiento para determinar las responsabilidades administrativa a que haya lugar.

3.- Debe elaborarse acto motivado indicándose toda la información que justifique la citada

excepción, además deberá contener dicho acto una exposición sucinta de los hechos,

justificación legal, análisis y toma de decisión

4.- En la modalidad de Contratación directa, que por su cuantía superen las cinco mil

unidades tributarias (5.000 U.T.) para la adquisición de bienes, las diez mil unidades

Page 100: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.3. Contratación (adjudicación) CONTRATACIONES: Directa

100

tributarias (10.000 U.T.), para prestación de servicios y veinte mil unidades tributarias

(20.000 U.T.) para la ejecución de obras, la Dirección de Administración Integral deberá

solicitar la opinión de la Comisión de Contrataciones, sobre los actos motivados que se

sometan a la consideración de la Máxima Autoridad de la Contraloría municipal. Dicha

opinión no tendrá carácter aprobatorio, ni vinculante para la decisión que se adopte.

5.- Debe informarse a la Unidad de Auditoría Interna sobre los procedimientos de

Contratación Directa llevado a cabo por la Contraloría del municipio Eulalia Buroz.

6.- Para la Contratación Directa el lapso de adjudicación deberá ser inferior al establecido

para la modalidad de Selección de Contratista que corresponda, según el monto de la

misma.

7.- En la Contratación Directa, cuando las condiciones lo permitan, se deberá solicitar al

menos dos (02) Ofertas, pero se puede otorgar la adjudicación si se hubiera recibido al

menos una de ellas, siempre que cumpla con las condiciones del requerimiento y sea

conveniente a los intereses de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz.

8.- La Contraloría del municipio Eulalia Buroz podrá efectuar Contratación Directa, una

vez agotados los procedimientos de Selección de Contratistas previos que haya

intentado, manteniendo las mismas condiciones establecidas en la modalidad declarada

desierta.

Page 101: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.3.1. Contratación Directa CONTRATACIONES: Del Procedimiento

101

RESPONSABLE ACCIÓN

Dirección de Administración

Integral

1. Efectúa actividades previas a la contratación,

junto con requerimiento.

2. Prepara expediente de la Contratación Directa el

cual debe contener:

Acto Motivado en el cual justifique la

procedencia, dicho acto motivado debe ser

aprobado por el Contralor o Contralora

municipal.

Certificación de disponibilidad presupuestaria

y financiera

Requerimientos

3. Invita a proveedor a presentar oferta.

4. Recibe la Oferta y la analiza, elaborando un

informe del análisis de la oferta.

5. Elabora Informe de adjudicación, solicitando el

otorgamiento de la adjudicación para la

Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios y

Ejecución de Obras. En dicho informa se debe

mencionar, nuevamente el supuesto que justifica la

adjudicación.

6. Elabora borrador de contrato que debe firmar, en

caso de aprobación el potencial proveedor.

7. Envía al Abogado de la Contraloría municipal, el

Page 102: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.3.1. Contratación Directa CONTRATACIONES: Del Procedimiento

102

Dirección de Administración

Integral

Abogado de la Contraloría

Dirección de Administración

Integral

Contralor (a) municipal

expediente contentivo de los documentos

generados por la contratación para su revisión y

opinión. Emite oficio en original y una copia.

8. Recibe oficio, con expediente de contratación.

Acuse recibo del oficio y entrega.

9. Revisa y analiza expediente. De los resultados

informa por escrito, mediante oficio, a la Dirección

de Administración Integral.

10. Emite el oficio antes mencionado en original y

copia, enviándolo junto con el expediente anexo a

la Dirección de Administración Integral.

11. Recibe oficio, con expediente de contratación.

Acuse recibo del oficio y entrega.

12. De estar todo acorde a lo extremos legales,

envía el expediente de contratación al Contralor o

Contralora para su revisión y aprobación. En tal

sentido emite oficio en original y una copia.

13. Recibe oficio, con expediente de contratación.

Acuse recibo del oficio y entrega.

14. Revisa expediente: En caso aprobación, firma y

sella Informe de Adjudicación y Contrato. En caso

de desaprobación informa a la Dirección de

Page 103: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.3.1. Contratación Directa CONTRATACIONES: Del Procedimiento

103

Contralor (a) municipal

Dirección de Administración

Integral

Administración Integral.

15. Emite oficio, original y una copia, anexando

expediente de contratación.

16. Recibe oficio, con expediente de contratación.

Acuse recibo del oficio y entrega.

17. De existir aprobación, se notifica al oferente

seleccionado, emitiendo oficio remitido vía correo

electrónico, dejando evidencia de ello. En esta

notificación se invita al proveedor adjudicado para

proceda a firmar el contrato.

18. Se entrega el contrato al proveedor para que

proceda a firmar el contrato.

19. Al recibir los bienes, la Dirección de

Administración Integral debe realizar el control

perceptivo correspondiente, invitando como testigo

a un auditor o auditora de la Dirección de

Control Posterior de la Contraloría del municipio

Eulalia Buroz. Debe comprobarse que lo recibido

cumple plenamente con las especificaciones

técnica, físicas y de calidad con lo requerido. De

estar satisfecho la Dirección de Administración

Integral y el representante de la Dirección de

Control Posterior proceden a firmar el Acta de

Control Perceptivo como muestra de conformidad.

Page 104: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.3.1. Contratación Directa CONTRATACIONES: Del Procedimiento

104

Dirección de Administración

Integral

20. En caso de servicio, debe levantarse un “Acta

de Percepción de Servicio”, en el cual se describa

el servicio recibido, las características del mismo,

así como los beneficios generados por el mismo.

Esta acta debe ser firmada por quien prestó el

servicio, la Dirección de Administración Integral y

un auditor adscrito a la Dirección de Control

Posterior.

21. Posteriormente se procede a revisar la factura

presentada por el contratista, verificando que la

misma cumpla con los extremos legales y se ajuste

su contenido con el bien suministrado, servicio

recibido u obra ejecutada.

22. De estar la factura conforme a las leyes, de

haberse recibido el bien, servicio u obra según lo

establecido en las condiciones contratadas, siendo

ello certificado por el contratante, se procede a

efectuar el pago, por medio de la entrega del

cheque correspondiente.

23. El contratista debe firma y sellar, todos los

documentos que acompañan el expediente de pago,

incluyendo el contrato.

24. Adicionalmente, la Dirección de

Administración Integral debe emitir el Acta de

Cierre o Terminación, la cual debe estar firmada y

Page 105: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.3.1. Contratación Directa CONTRATACIONES: Del Procedimiento

105

Dirección de Administración

Integral

Auditoria Interna

Contralor o Contralora

Municipal

Dirección de Administración

integral

sellada por el Contratista y la propia Dirección

mencionada.

25. Remite por medio de Oficio (original y copia)

expediente de contratación a la Unidad de

Auditoria Interna para que efectúe el control

posterior.

26. Recibe oficio y acusa recibo, entregando la

copia a la Dirección de Administración Integral.

Analiza expediente y emite informe, con las

recomendaciones a las que hubiere lugar.

27. Devuelve expediente a la Dirección de

Administración Integral, junto con oficio (Original

y 2 copia) e informe. Una copia del informe se

remite al Contralor o Contralora Municipal para su

conocimiento, anexando informe y la otra será el

acuse de recibo.

28. Recibe copia e informe emitido por la Unidad

de Auditoria Interna. El contenido de estos

documentos pudieran generar acciones.

29. Recibe copia de oficio emitido por la Unidad

de Auditoria Interna, junto con expediente de

contrataciones. Guarda.

30. FIN DE PROCEDIMIENTO

Page 106: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.4. Compromiso de Responsabilidad CONTRATACIONES: Social

106

OBJETIVO

Garantizar el cumplimiento del Compromiso de Responsabilidad Social establecido en la

Ley de Contrataciones Públicas, el cual deberá ser consignado por los representantes de los

proveedores participantes, siendo responsabilidad de la Dirección de Administración

Integral establecer los controles que permitan regular el cumplimiento del Compromiso.

UNIDADES INVOLUCRADAS

▪ Dirección de Administración Integral.

▪ Comisión de Contrataciones de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz.

▪ Proveedores Adjudicatarios.

NORMAS ESPECÍFICAS

1. Se entenderá por: COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL: Todos

aquellos acuerdos en los cuales se establezca al menos un compromiso relacionado con:

La ejecución de proyectos de desarrollo socio comunitario, la creación de nuevos

empleos permanente, formación socio productiva de integrantes de la comunidad, venta

de bienes a precios solidarios, aportes en especies a programas sociales determinados

por el Estado o a instituciones sin fines de lucro y cualquier otro que satisfaga las

necesidades prioritarias del entorno social del órgano o ente contratante”. Según lo

establece el Artículo 6, numeral 24 de la Ley de Contrataciones Públicas.

2. Los pliegos de condiciones de los Concursos Cerrados, llevarán anexo el modelo de

Declaración Jurada del Compromiso de Responsabilidad Social que asumen los

contratistas, el cual deberá ser consignado por los representantes de las empresas

participantes, de acuerdo a lo establecido en el pliego, durante el acto de recepción y

apertura de sobres. También en los procesos de contratación bajos las modalidad de

Page 107: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.4. Compromiso de Responsabilidad CONTRATACIONES: Social

107

Consulta de Precio y Contratación Directa con Exposición de Motivo, cuando el

monto de la misma así lo requiera, deberán contar con esa Declaración Jurada del

Compromiso de Responsabilidad Social.

3.- El compromiso de responsabilidad social se constituirá en una obligación contractual

para los potenciales proveedores de la Contraloría Municipal, y su ejecución debe estar

debidamente garantizada.

4. El Pliego deberá contener las condiciones de manera clara y precisa sobre el

establecimiento del Compromiso de Responsabilidad Social.

5. El compromiso de responsabilidad social es de obligatorio cumplimiento, y deberá

exigirse a las empresas en todas las contrataciones, bajo las Modalidades Concurso

Cerrado, Contratación Directa, Consulta de Precios, así como, en los procedimientos

excluidos de la aplicación de modalidades de selección.

6. Las Dirección de Administración Integral una vez formalizada la contratación

correspondiente, deberán garantizar a los fines de la administración del contrato, el

cumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes, estableciendo controles que

permitan regular el cumplimiento del Compromiso de Responsabilidad Social.

7.- El Compromiso de Responsabilidad Social que se establezca, será aplicado a proyectos

sociales y solicitudes, determinados en base a la información de las necesidades del

entorno social que reciba el órgano o ente contratante, y será incorporados en los pliegos

o en las condiciones generales de contratación.

EL CUMPLIMIENTO DE COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DEBE EFECTUARSE ANTES DEL CIERRE ADMINISTRATIVO DEL

CONTRATO.

Page 108: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.4. Compromiso de Responsabilidad CONTRATACIONES: Social

108

8. El Compromiso de Responsabilidad Social será requerido en todas las modalidades de

selección de Contratistas previstas en la Ley de Contrataciones Públicas, así como, en

los procedimientos excluidos de la aplicación de éstas, cuyo monto total, incluidos los

tributos superen las dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 UT).

9. Para la Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios o Ejecución de Obras, se

establecerá para el Compromiso de Responsabilidad Social un valor del tres por ciento

(3%), del monto total de la oferta sin incluir el impuesto al valor agregado (IVA).

10. A los fines de garantizar el cumplimiento del Compromiso de Responsabilidad Social,

el plazo de ejecución de la obra o proyecto social debe ser menor al plazo de la

ejecución de la actividad u objeto del contrato principal, para asegurar su terminación y

entrega a entera satisfacción de la comunidad beneficiada, antes o en la misma fecha del

cierre administrativo del contrato, para ello se estipulará el compromiso ofrecido en las

cláusulas del contrato que se suscriba.

11. La Dirección de Administración Integral deberá incorporar o velar que se incorpore el

Compromiso de Responsabilidad Social, dentro de las condiciones de la contratación,

fijando los criterios o elementos que deben comprometerse a cumplir los oferentes.

12. Los Oferentes en las modalidades de selección de contratistas previstas en la Ley de

Contrataciones Públicas, así como en los procedimientos excluidos de la aplicación de

estas modalidades, deben presentar, junto con sus ofertas, una DECLARACIÓN

JURADA mediante la cual especifique el Compromiso de Responsabilidad Social.

13. La Dirección de Administración Integral deberán publicar en el Blogger de la

Contraloría del municipio Eulalia Buroz el otorgamiento de la adjudicación, señalando

el Compromiso de Responsabilidad Social asumido por las empresas adjudicatarias.

Page 109: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.4. Compromiso de Responsabilidad CONTRATACIONES: Social

109

14. Será posible recibir el monto correspondiente del Compromiso de Responsabilidad

Social a través de aporte en dinero, pero exclusivamente para ser depositado en el Fondo

de Responsabilidad Social creado por el Gobierno Nacional, el cual es administrado y

supervisado directamente por el Presidente o Presidenta de la Republica Bolivariana de

Venezuela, o la autoridad que este señale.

15.- PROHIBICIÓN: El aporte correspondiente al Compromiso de Responsabilidad Social en

ningún caso se podrá utilizar para atender requerimientos que formen parte de las

obligaciones y competencias contempladas en los Planes Operativos de la Contraloría del

municipio Eulalia Buroz.

Page 110: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.4.1. Compromiso de Responsabilidad CONTRATACIONES: Social (Procedimiento)

110

RESPONSABLE ACCIÓN

Dirección de Administración

Integral y Comisión de

Contratación

1. Adjudicada la empresa ganadora en el proceso de

contratación, bajo las modalidades de Concurso

Cerrado, Contratación Directa, Consulta de

Precios, así como en los procedimientos

excluidos de la aplicación de modalidades de

selección. Publica en el Blogger de la Contraloría

del municipio Eulalia Buroz, el otorgamiento de

la adjudicación, señalando el destino y monto en

bolívares del Compromiso de Responsabilidad

Social asumido por la empresa.

2. Procede a velar por el cumplimiento de la

Responsabilidad Social asumida por la empresa.

Importante: El plazo de Ejecución de la Obra o

Proyecto Social la cual es menor al plazo de la

ejecución de la actividad u objeto del contrato

principal, para asegurar su terminación y entrega a

entera satisfacción de la comunidad beneficiada,

antes o en la misma fecha del cierre

administrativo del contrato.

2. Levanta Acta de Finiquito del Cumplimiento del

Page 111: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO III:: Asunto:

MODALIDAD DE 3.4.1. Compromiso de Responsabilidad CONTRATACIONES: Social (Procedimiento)

111

Dirección de Administración

Integral y Comisión de

Contratación

Compromiso de Responsabilidad Social, la cual

debe ser suscrita por un Representante de la

Contraloría Municipal, un Representante del

proveedor adjudicado y un representante del

beneficiario del Compromiso.

4. Archiva un Acta de Finiquito para su control y

otra entrega a la Empresa.

Page 112: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.1. Programación de Compras EXTERNO

112

Objetivo

Informar la Programación de Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios o Ejecución

de Obras a contratar para el próximo ejercicio fiscal, con el fin de reflejar la planificación

de las compras que prevé realizar la Contraloría del Municipio Eulalia Buroz

Unidades Involucradas

Dirección de Administración Integral

Contralor o Contralora municipal

Sistema Nacional de Contrataciones (SNC)

Norma especificas

1.- La Dirección de Administración Integral, deberá realizar anualmente, la

“Programación de Obras, Servicios y Adquisición de Bienes a Contratar para el

próximo Ejercicio Fiscal”, de acuerdo a su Plan Operativo Anual (POA) y la carga

deberán realizarla en línea a través de la página web www.snc.gob.ve, en el módulo

diseñado por el Ente Externo denominado “Módulo de Programación Electrónica de

Compras”.

2.- El Director o Directora de la Dirección de Administración Integral, deberá revisar la

Programación de Compras en el “Modulo de Programación Electrónica de Compras”,

creado por el Servicio Nacional de Contrataciones (SNC), antes de notificarle al

Contralor o Contralora municipal culminó la carga de la información

satisfactoriamente.

3.- La programación de adquisiciones de bienes, prestación de servicios y ejecución de

Page 113: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.1. Programación de Compras EXTERNO

113

obras, debe remitirse en el último trimestre de cada año. Dicha información se

suministrará con base al proyecto de presupuesto.

4.- De existir variaciones entre el proyecto de presupuesto presentado originalmente y lo

definitivamente aprobado por el Consejo del municipio Eulalia Buroz, debe remitirse

nuevamente la programación al SNC, informando la nueva realidad resultante. Ello

debe ocurrir dentro de los quince (15) días siguientes contados a partir de la

aprobación del presupuesto definitivo.

5.- En caso de que la programación de obras, servicios y adquisición de bienes, sufra

modificaciones deberán ser notificadas al Servicio Nacional de Contrataciones (SNC),

dentro de los quince (15) días siguientes, contados a partir de la aprobación de la

modificación. Según lo establece el Artículo 38 numeral 2 de la Ley de Contrataciones

Públicas

6.- La Dirección de Administración Integral debe informar mediante oficio de los resultado

de la carga de la Programación de Compra ente el SNC, al Contralor o Contralora

municipal, al día hábil siguiente de finalizada la actividad, anexando copia del

documento contentivo de la programación.

Page 114: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.1.1. Programación de Compras EXTERNO Del Procedimiento

114

RESPONSABLE ACCIÓN

Dirección de

Administración Integral

Contralor o Contralora

municipal

1. Consulta el Plan Operativo Anual de la Contraloría del

municipio Eulalia Buroz.

2. Determina con base en el punto anterior la demanda

potencial de bienes, obras y servicios requeridos para el

siguiente ejercicio fiscal para atender las operaciones de

la Contraloría municipal.

3. Carga en la página Web WWW.SNC.GOB.VEa través

del módulo denominado “Módulo de Programación

Electrónica de Compras”, los datos de la “Programación

de Obras, Servicios y Adquisición de Bienes a Contratar

para el próximo Ejercicio Fiscal”, de acuerdo al

instructivo respectivo.

4. Informa mediante oficio (original y una copia),

anexando copia de la programación al Contralor o

Contralora municipal sobre la carga de la

“Programación de Obras, Servicios y Adquisición de

Bienes a Contratar para el próximo Ejercicio Fiscal”,

para su revisión.

5. Recibe oficio, junto con copia de programación anexa.

Acusa recibo y remite copia de oficio a la Dirección de

Administración Integral.

6. Revisa la carga en el sistema del SNC, contra

Page 115: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.1.1. Programación de Compras EXTERNO Del Procedimiento

115

Dirección de

Administración Integral

programación. De no estar conforme, avisa a la

Dirección de Administración Integral para que efectúe

las correcciones pertinentes. De estar conforme, emite

oficio (original y copia) a la dependencia antes

mencionada señalando el visto bueno.

7. Recibe oficio y acusa recibo en copia, la cual entrega.

Guarda documento.

8. Procede a seleccionar la opción de finalizar la

“Programación de Obras, Servicios y Adquisición de

Bienes a Contratar para el próximo Ejercicio Fiscal”, e

imprime el recibo generado por el sistema. Guarda

recibo.

Page 116: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.2. Sumario de Contrataciones EXTERNO

116

Objetivo

Informar al Servicio Nacional de Contrataciones (SNC) de las Adquisiciones de Bienes,

Prestación de Servicios y Ejecución de Obras por cada procedimiento previsto en la Ley de

Contrataciones Públicas y su Reglamento, efectuadas por la Contraloría del municipio

Eulalia Buroz, a través de su Dirección de Administración Integral.

Unidades Involucradas

Dirección de Administración Integral

Unidad de Auditoria Interna

Contralor o Contralora municipal

Sistema Nacional de Contrataciones (SNC)

Normas Específicas

1.- La Dirección de Administración Integral de la Contraloría del municipio Eulalia Buroz,

deberá remitir al Servicio Nacional de Contrataciones, dentro de los primeros quince

(15) días continuos siguientes al vencimiento de cada trimestre, un Sumario de

Contrataciones realizadas en dicho plazo, por cada procedimiento previsto en la Ley de

Contrataciones Públicas y su Reglamento, que contendrá la identificación de cada

procedimiento, su tipo, su objeto, el nombre de las empresas participantes, de la

adjudicataria y el monto del contrato si fuera el caso.

2.- La carga del Sumario de Contrataciones, se realizará a través de la página Web

www.snc.gob.veen el módulo denominado “Modulo Sumario de Contrataciones”,

Page 117: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.2. Sumario de Contrataciones EXTERNO

117

diseñado por el Servicio Nacional de Contrataciones (SNC) de acuerdo al instructivo

respectivo.

3.- El Contralor o Contralora municipal, deberá revisar el resumen de los procesos de

Contratación ejecutados por Dirección de Administración Integral en el módulo

“Sumario de Contrataciones”, creado por el Servicio Nacional de Contrataciones

(SNC), antes de la aprobación de la culminación de la carga de la información

satisfactoriamente.

4.- La Dirección de Administración Integral debe informar a la Unidad de Auditoria Interna

de la Contraloría municipal, sobre el cumplimiento de la obligación de informar al

Servicio Nacional de Contrataciones (SNC) del “Sumario de Contratación”. Para ello

debe emitir oficio al día hábil siguiente de aprobada y cerrada la carga en el sistema.

Page 118: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.2.1. Sumario de Contrataciones EXTERNO Del Procedimiento

118

RESPONSABLE ACCIÓN

Dirección de

Administración Integral

Contralor o Contralor

municipal

Dirección de

Administración Integral

1. Carga a través de la página Web

WWW.SNC.GOB.VE en el módulo

denominado “Sumario de Contrataciones”, un

resumen de los procesos de Contratación

ejecutados durante el trimestre del cual se rinde

cuenta.

2. Mediante oficio (original y copia) informa al

Contralor o Contralora municipal, sobre la

ejecución del proceso.

3. Recibe oficio y acusa recibo de la copia.

4. Revisa en la página Web WWW.SNC.GOB.VE

a través del módulo denominado “Sumario de

Contrataciones”, el resumen de los procesos de

Contratación ejecutados por la Dirección de

Administración integral. De no estar conforme

informa a la Dirección de Administración

Integral, para que realice los ajustes necesarios.

De estar conforme, autoriza finalización del

procedimiento.

5. Emite oficio en original y copia informando

resultado obtenido en el paso 4.

6. Recibe oficio, acusa recibo de la copia.

Page 119: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.2.1. Sumario de Contrataciones EXTERNO Del Procedimiento

119

Auditoría Interna

7. De no estar conforme, procede a corregir y va la

paso 2. En caso de estar conforme, finalizar

proceso de carga.

8. Notifica al Auditor Interno del proceso mediante

oficio (original y copia).

9. Recibe oficio, acusa recibo de la copia.

10. Utiliza información para los fines consiguiente.

Page 120: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.3. Evaluación del Desempeño EXTERNO Del Contratista

120

Objetivo

Rendir ante el Servicio Nacional de Contrataciones (SNC) sobre la Evaluación de

Desempeño del Contratista por cada procedimiento previsto en la Ley de Contrataciones

Públicas y su Reglamento.

Unidades Involucradas

Dirección de Administración Integral

Contralor o Contralora municipal

Auditoría Interna

Sistema Nacional de Contrataciones (SNC)

Normas Específicas

1.- La Dirección de Administración Integral deberán cargar a través del módulo

“Evaluación de Desempeño de Contratistas”, de acuerdo a los dispuesto en el artículo

51 de la Ley de Contrataciones Públicas, el cual establece: “Los contratantes deben

remitir al Registro Nacional de Contratista información sobre la actuación o

desempeño del contratista, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la

notificación de los resultados en la ejecución de los contratos de obras, adquisición de

bienes o prestación de servicio”.

2.- El Contralor o Contralora, deberá revisar la Evaluación de Desempeño del Contratista,

antes de culminar la carga de la información sobre la actuación o desempeño del

contratista.

Page 121: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.3. Evaluación del Desempeño EXTERNO Del Contratista

121

3.- Deben rendirse los procesos llevados a cabo por la Comisión de Contrataciones, en lo

atinente al Desempeño del Contratista de la Empresa que resultó ganadora del proceso

de Contratación, es indispensable que conste en oficio dicha evaluación el cual será

suscrito por todos los miembros integrantes de la Comisión de la Contraloría del

municipio Eulalia Buroz.

4.- Todas aquellas correcciones de las evaluaciones cargadas en el sistema electrónico de

manera errónea por parte de la Dirección de Administración Integral, deben ser enviadas

al Sistema Nacional de Contrataciones a través de oficio firmado por el Contralor o

Contralora municipal, con los siguientes datos: número de Contrato, el objeto de

Contrato y el monto del mismo, anexando el formato de corrección y la notificación

dirigida y recibida por el contratista.

5.- El cumplimiento del procedimiento de Evaluación de Desempeño de Contratista, ante

el Registro Nacional de Contratista es obligatorio, por lo cual en cada oportunidad que

corresponda la Dirección de Administración Integral debe cumplir con este requisito, so

pena de ser amonestado (a) el encargado (a) de esa dependencia.

6.- Una vez concluido el procedimiento de Evaluación de Desempeño de Contratista, la

Dirección de Administración Integral debe informar a Auditoria Interna de la

Contraloría del municipio Eulalia Buroz. Para ello debe emitir oficio al día hábil

siguiente de aprobada y cerrada la carga en el sistema.

Page 122: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.3.1 Evaluación del Desempeño EXTERNO Del Contratista (Procedimiento)

122

RESPONSABLE ACCIÓN

Dirección de

Administración Integral

Contralor o Contralora

municipal

Dirección de

Administración Integral

1. Procede a cargar información sobre la actuación

o desempeño del contratista, a través de la página

Web www.snc.gob.ve en el módulo “Evaluación de

Desempeño de Contratistas”, creado por el Servicio

Nacional de Contrataciones (SNC).

2. Informa al Contralor o Contralora municipal, por

medio de oficio (original y copia) que ha culminado

la carga para su revisión.

3. Recibe oficio y acusa recibo.

4. Revisa y determina: Si posee errores la carga de

la Evaluación del Desempeño del Contratista,

devuelve a la Dirección de Administración Integral

con las observaciones que corresponda, por lo cual

regresa al Paso No. 1. En caso de aprobación

informa, a través de oficio (original y copia)

autorizando cierre de procedimiento.

5. Recibe oficio y acusa recibo. Guarda un ejemplar

y cierra procedimiento.

6. Notifica al Auditor Interno del proceso mediante

oficio (original y copia).

Page 123: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

CAPÍTULO IV:: Asunto:

RENDICIÓN ANTE ENTES 4.3.1 Evaluación del Desempeño EXTERNO Del Contratista (Procedimiento)

123

Auditoría Interna

7. Recibe oficio, acusa recibo de la copia.

8. Utiliza información para los fines consiguiente

Page 124: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

124

FORMULARIOS E INSTRUCTIVOS

Page 125: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

125

2.- Página: 3.- Punto Nº

1 de: 1 PC-C-xxx-xxx

4.-Fecha: xx/xx/xx

5.-PRESENTADO:

A.-PARA: LIC. JESUS RODOLFO ANDRADE LEÓN CONTRALOR MUNICIPAL

B.-DE:LICDA MARIA ALEXANDRA ESTRADA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN INTEGRAL

6.-ASUNTO:

SOLICITUD DE APROBACION PARA LA ADQUISICIÓN DE DOS (02) VEHÍCULOS AUTOMOTORES PARA XXXXXXXXX.

7.-ARGUMENTACIÓN:

Se solicita autorización para sustituir el vehículo Modelo XXXXX, Marca XXX, Tipo XXXX, color violeta, Año 2012, placas XXXXXX, serial de carrocería XXXXXXXXXXXXX por las siguientes razones:

1. El mencionado vehículo presenta fallas generales de funcionamiento. 2. Los costos de reparación se han venido incrementando de una manera constante y creciente 3. La Operatividad de la Contraloría se ha mermado de manera significativa por lo que se requiere

con urgencia la adquisición de dos (2) vehículos en buenas condiciones. 4. Los recursos presupuestarios para la adquisición de dichos bienes se encuentran en la partida

404.04.01.00 “Vehículos Automotores Terrestres”.

8.- RESULTADO

APROBADO NEGADO VISTO INSTRUCCIONES

FIRMA Y SELLO FIRMA Y SELLO FIRMA Y SELLO

9.-UNID, PRESU. 10.-DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA 11.- MONTO EN BS:

AC. CENT PROY AC. ESP UEL PART S. GEN S. ESP S. S ESP F. FINANC

FIRMA Y SELLO TOTAL: 12.PREPARADO: 13.PRESENTADO: 14.ANEXOS:

Dirección de Administración Integral Dirección de Administración Integral

SI: NO:

NOMBRE Y FIRMA FIRMA Y SELLO

Page 126: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

PUNTO DE CUENTA

126

OBJETIVO

Solicitar a la Máxima Autoridad de la Contraloría del Municipio Eulalia Buroz, la

autorización para el inicio del procedimiento de Contratación Pública.

PREPARACIÓN

La Dirección de Administración Integral será la responsable de la emisión del “Punto de

Cuenta”. Se debe imprimir dos (2) ejemplares, para ser distribuido de la siguiente forma:

uno debe estar anexo al oficio emitido al Contralor o Contralora y el otro anexo a la copia

del mencionado oficio. Ese punto de cuenta debe formar parte del expediente de

contratación.

DATOS A INDICAR EN EL FORMULARIO

1.- LOGO: Es el título del formulario “PUNTO DE CUENTA”, acompañado con los logos

de la Contraloría del Municipio Eulalia Buroz, a la izquierda del encabezado y el del

Sistema Nacional de Control fiscal a la derecha.

2.-PAGINA: Debe señalar número de página utilizando el formato X de S.

3.-PUNTO Nº: Se coloca el número de identificación del Punto de Cuenta.

4.- FECHA: Día, mes y año en el cual fue remitido el punto de cuenta.

5.- PRESENTADO: A quien se dirige punto de cuenta (a) y quien lo dirige (b), debe

señalarse nombres y apellidos, así como los cargos.

6.- ASUNTO: Breve explicación del motivo por el cual se emite punto de cuenta.

7.- ARGUMENTACIÓN: Se explican los argumentos y razones operativas, técnicas,

administrativas y/o presupuestarias y financieras que justifican la necesidad de iniciar un

procedimiento de contratación.

8.- RESULTADO: Decisión tomada por la Máxima Autoridad en cuanto a la solicitud

efectuada por la Dirección de Administración integral. El mismo debe marcar con una tilde,

firmando y sellando en el espacio seleccionado. De requerirlo, puede ofrecer instrucciones

adicionales, utilizando el espacio establecido para tal fin.

9.- UNID. PRESU: En este espacio debe firmar y sellar la dependencia encargada de emitir

la certificación presupuestaria, que en este caso es la misma Dirección de Administración

integral.

10.- DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA: Se indica las partidas presupuestarias que

deben ser afectada dentro del procedimiento de contratación. Dichas partidas debe ser

desagregada en nueve (9) niveles.

11.- MONTO EN Bs. Se coloca el saldo disponible a la fecha de cada partida colocada en

Page 127: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

PUNTO DE CUENTA

127

el ítem 10. Se coloca el número, sin el signo Bs. Se debe totalizar, mediante la suma de las

distintas cifras de cada partida.

12.- PREPARADO: Se escribe el nombre y apellido de quien elaboró el punto de cuenta,

firmando en el recuadro.

13.- PRESENTADO: El responsable de la Dirección de Administración Integral, debe

firmar y sellar.

14.- ANEXOS: En caso de tener el punto de cuenta documentos anexo, debe escribirse

una “X” en el recuadro que marca “SI”, en contrario se marca “NO”.

Page 128: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

128

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN INTEGRAL

Yo, ____________________________________________, mayor de edad, titular de la cédula de

identidad Nº____________________, de este domicilio, actuando en mi carácter de

__________________, adscrito (a) a ______________________________________ de la Contraloría

del municipio Eulalia Buroz, por la presenta ACTA DE CONTROL PERCEPTIVO hago constar

que la Dirección de Administración Integral, recibió el (los) siguientes bien (es) y/o insumos de la

empresa __________________________________________________

CANTIDAD

UNIDAD

DE

MEDIDA

DESCRIPCIÓN PRECIO

UNITARIO TOTAL (Bs.)

TOTAL (Bs.)

Certifico que el (los) bien (es) o insumos que recibe la Dirección de Administración Integral esta (n)

en perfecta (s) condiciones. En Mamporal, _____ de___________ del año_________

Nº Factura Fecha de Entrega Recepción

Plazo de Entrega Parcial Total

Firma y Sello (El proveedor) Firma y Sello (Contraloría)

Page 129: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

129

ORDEN DE REQUISICIÓN PARA CONTRATACIÓN Nro. Fecha

UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD DESCRIPCIÓN

PARA USO EXCLUSIVO DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN INTEGRAL

IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA

Nº DE PARTIDA NOMBRE DE LA PARTIDA SALDO DISPONIBLE

FIRMAS Y SELLOS

ELABORADO POR: APROBADO POR:

Page 130: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

130

ORDEN DE REQUISICIÓN PARA CONTRATACIÓN

OBJETIVO

Solicitar la adquisición de bienes muebles y materiales por rubro, por parte de la Dirección

de Administración Integral.

PREPARACIÓN

La Dirección de Administración Integral será la responsable de la emisión del “Orden de

Requisición para Contratación”. Se debe imprimir dos (2) ejemplares, para ser distribuido

de la siguiente forma: uno debe estar anexo al oficio emitido al Contralor o Contralora y el

otro anexo a la copia del mencionado oficio. Este documento debe formar parte del

expediente de contratación.

DATOS A INDICAR EN EL FORMULARIO

1. NÚMERO: Indique número correlativo que corresponda a la Orden de Requisición para

Adquisición de Bienes.

2. FECHA: Día, Mes y Año en que se emitió la Requisición

3. UNIDAD DE MEDIDA: Indique la unidad de medida en que está expresado el bien,

material o suministro a adquirir.

4. CANTIDAD: Indique el número de unidades requeridas por cada artículo a adquirir.

5. DESCRIPCIÓN: Señale cualquier comentario que considere relevante para la

Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios y Ejecución de Obras.

6.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA: En este apartado se debe colocar todas las

partidas presupuestarias que se prevé afectar por medio de la contratación.

7.- Nº DE PARTIDA: Debe escribirse el número de partida presupuestaria afectada.

8.- NOMBRE DE LA PARTIDA: Es el nombre o título, según el clasificador

presupuestario, asociada al número de partida que se prevé utilizar.

9.- SALDO DISPONIBLE: Coloque el saldo disponible presupuestariamente, a la fecha

de elaboración de la requisición.

10.- FIRMAS Y SELLOS: Es el apartado en la cual debe firmar y sellar, el encargado (a) de

la Dirección de Administración Integral, cuya dependencia elabora el presente formato y el

Contralor o Contralora municipal, quien autoriza el contenido de la requisición.

Page 131: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

131

Page 132: Manual de Normas y Procedimientos de Contrataciones Pública

132