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CORPORACION INSTITUTO ROCHY ESTUDIO, ALEGRIA Y DISCIPLINA MANUAL DE CONVIVENCIA CARTAGENA DE INDIAS 2009 Barrió Daniel Lemaitre sector la Heroica Localidad Histórica Y Caribe Norte

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CORPORACION INSTITUTO ROCHY

ESTUDIO, ALEGRIA Y DISCIPLINA

MANUAL DE CONVIVENCIA

CARTAGENA DE INDIAS 2009 Barrió Daniel Lemaitre sector la Heroica

Localidad Histórica Y Caribe Norte

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ORACIÓN DEL ESTUDIANTE

Señor recuérdame con frecuencia, la obligación que

tengo de estudiar.

Hazme responsable, que santifique mi trabajo de

estudiante.

Que prepare siempre mi misión en la vida,

Que sepas agradecer el privilegio de poder estudiar,

Que me capacite a conciencia

Que hagas rendir mi juventud,

Y que hagas una buena sementera en mi inteligencia

Dame humildad para echarme en cara la negligencia

Con que a veces cumplo mis tareas.

Dame voluntad y constancia para aprovechar todos los

instantes en el estudio.

Enséñame a estudiar con métodos, a leer con reflexión a

consultar a los que saben más para que en el mañana ser

útil a mis hermanos

Y un verdadero orientador de la humanidad.

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HIMNO A LA BANDERA I

Saludo adorada bandera que un día,

Batiendo sus pliegues allá en Boyacá

Sellaste por siempre la lucha bravía

De un pueblo que ansiaba tener libertad (bis)

II OH santa bandera nosotros te amamos,

Por que eres la patria la vida, el honor,

Por ti moriremos felices cantando que viva el

Sublime pendón tricolor (bis)

III

En paz te ofrecemos de olivos mil ramos,

Del ande la flores en gran proporción,

Y en torno a tus escudos felices cantamos,

Los himnos más puros que da el corazón (bis)

IV

Oh santa bandera nosotros te amamos,

Por que eres la patria la vida, el honor,

Por ti moriremos felices gritamos

Que viva el sublime pendón tricolor (bis)

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HIMNO DE LA CORPORACION

I

Adelante alumno Rochista, adelante hasta cumplir nuestro ideal;

En la Heroica abriste el camino que un día nos llevará a triunfar.

CORO

Con Alegría, Disciplina y estudio avanzaremos aprendiendo sin cesar (BIS)

II

Nuestro empeño es lograr para siempre la paz de nuestra sociedad y sonrientes mirar

el presente viviendo con fraternidad.

CORO

Con Alegría, Disciplina y estudio avanzaremos aprendiendo sin cesar (BIS)

III

Rochy todos nosotros te amamos con fervor esa es nuestra verdad y la meta que todos

forjamos, esperando algún día realizar.

CORO

Con Alegría, Disciplina y estudio avanzaremos aprendiendo sin cesar (BIS)

Letra: Lic. Wilmer Casseres

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INTRODUCCION

El Manual de Convivencia es entendido como el conjunto de orientaciones en donde

se plasma los acuerdos mutuos de los estudiantes entre si y de estos con su Institución

Educativa, para desarrollar diversas actividades personales y comunitarias y las

relaciones generales de las personas que buscan vivir conjuntamente con otros.

Dichas formas tienen que ver, entre otros aspectos, con las formas de comunicación,

las líneas de autoridad, los compromisos mutuos, los deberes y derechos de quienes

interactúan en la comunidad Educativa.

No puede limitarse el sentido del Manual a un asunto de normas encargadas de vigilar

y castigar los comportamientos, de una comunidad Educativa mas humana.

Se trata de educar en y para la convivencia, no solamente para la coexistencia; es decir

educar para relacionarlos dialogicamente, esto es mediante el dialogo, para buscar el

acuerdo entre lógicas a veces diferentes con lenguajes contrapuesto con intereses

antagónico e interines opuestas

“La única vía racional para educar, es ser un ejemplo”. Albert Einsten

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RESEÑA HISTORICA.

La Corporación Instituto Rochy, fue fundada por la Licenciada Rosa Rodríguez Arango,

en el barrio Pablo Sexto Segundo; en el año 1987, la señora Elvia Arango de la Rosa,

presta su casa para iniciar con el nivel Preescolar.

Posteriormente fue trasladada al mismo barrio en la casa de la señora Saray, en

calidad de arriendo.

En 1992 se compró un lote en el barrio La Heroica; en el que se construyó una planta

física que constaba de 3 aulas para ofrecer continuidad en el nivel de educación

Primaria.

En 1993 se amplia la planta física para iniciar el nivel de la básica Secundaria con el

grado sexto (6°)

En el año 2004 se da la primera promoción de BACHILLER ACADEMICO a estudiantes

de estratos 1 y 2 de esta comunidad.

En todo este tiempo la institución ha sido dirigida por la Licenciada Rosa Rodríguez

Arango.

A partir del mes de mayo del 2005 asume la dirección de la Corporación la Licenciada

Libia Guerrero Jurado.

“La independencia del pensamiento es la mas noble aristocracia” (Bacón)

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MISION

Mantener su máximo desarrollo social en la prestación del servicio educativo, privado

y con matricula contratada, en los niveles de preescolar, básica y Media, con el

propósito de formar jóvenes equilibrados sobre la base a la vida, amor a DIOS y a los

derechos humanos, estimulando aptitudes y hábitos que favorezcan su desarrollo

integral, inculcándoles el premio por el trabajo, su cultura e identidad nacional,

asumiendo los principios de universalidad, integridad, eficiencia y eficacia , buscando

la excelencia de sus servicios dentro del sistema social con la atención especial en la

protección a la primera infancia, niños y niñas de tres y cuatro años de edad, en

convenio con el Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano de

Bienestar Familiar.

VISION

La Corporación Instituto Rochy para el año 2011 es una de las mejores instituciones

de carácter privado y con matricula contratada, reconocida en el distrito de

Cartagena de Indias, por su excelente calidad educativa, formando jóvenes en

valores, religiosos, éticos y morales, creativos, investigativos, que adopten las nuevas

tecnologías siendo competentes para continuar su educación superior y

desempeñarse en el sector productivo.

“La educación de calidad, como la riqueza, no constituye en nuestra sociedades un

bien publico, si no una oportunidad expropiada por una minoría que hace del privilegio

su derecho”

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FILOSOFIA INSTITUCIONAL

La Filosofía Educativa que orienta la formación integral del joven de la Corporación

Instituto Rochy, se fundamenta en una Educación Humanística, considerándolo como

la razón de ser el proceso de enseñanza de aprendizaje, proyectadandolo como un

futuro líder de su comunidad y de sociedad; es una persona en formación.

La labor pedagógica tiene como propósito central orientar al joven para que sea una

persona critica, analítica, reflexiva, e investigativa, custionadora de la realidad que lo

circunda, del saber científico y artístico de una escala de valores ofrecidos en el plan de

estudio.

Concibe al hombre como ser social, creador de cultura, protagonista de su historia,

responsable de su destino, trascendente como persona y como miembro del grupo

social.

LEMA

Estudio, Alegría y Disciplina

- Estudio: Brindar conocimiento y formación integral

- Alegría: Que el estudiante le fascine estar en la Institución y que lo vea como su

segundo hogar.

- Disciplina: Que el estudiante demuestre buen comportamiento en las

actividades que realiza de un grupo.

“La autonomía… aparece con la reciprocidad, cuando el respeto mutuo es

suficientemente fuerte para hacer que el individuo sienta del deseo de tratar a los

demás como el desearía ser tratado;… la autonomía moral aparece cuando la mente

considera necesario un ideal que es independiente de cualquier presión. Por lo tanto,

no puede haber necesidad moral fuera de nuestras relaciones con los demás”

(Jean Piaget)

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FUNDAMENTACION LEGAL

El presente MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL de la corporación Instituto

Rochy, se fundamenta en todas las normas legales de la constitución

Política de Colombia, la LEY General de Educación, ley de la infancia y la

adolescencia, Ley 715 del 2001, Decreto 0230 del 2002, derechos del niño

y demás debidamente aprobados por la ley.

RESOLUCION 029 DE 2009

Mayo 19 de 2009

Por medio el cual se adopta la reestructuración del manual de convivencia

social y estatuto disciplinario cívico para los estudiantes de la Corporación

Instituto Rochy y establece el procedimiento para su aplicación con base

en la ley general de educación 115/94 y 715 del 2001 y los decretos

1860/94 y 0230/2002 del ministerio de educación nacional

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CAPITULO I

DE LA INSTITUCION

1. IDENTIFICACION

La Corporación Instituto Rochy es una Institución de carácter privado y de

matricula contratada por la Secretaria de Educación Distrital de la ciudad de

Cartagena de Indias D.T YC. Ubicada en la zona Norte Histórica y Caribe de la

localidad 1 en el barrio Daniel Lemaitre sector la Heroica, perteneciente a los

estratos 1 y 2 del sisben; rodeado por los barrios de Palestina, Pablo VI II y La Paz.

Imparte una Educación religiosa católica regida por los principios religiosos éticos y

morales de todo cristiano y respetando la libertad de cultos según articulo 19 de la

Constitución Política de Colombia.

Atiende a una población mixta en los niveles de Educación: Pre-escolar, Básica y

Media Académica, en la jornada diurna, calendario A.

2. REGLAS DE HIGIENE PERSONAL:

Para preservar el bienestar de la comunidad educativa:

a. Todos los estudiantes de la Corporación Instituto Rochy deben asistir

completamente limpios y bañados con buena presentación personal.

b. Normas de Salud publica: La Institución anualmente expide el certificado de

salud pública auspiciado por el departamento de administración de salud (

DADIS) de la Ciudad de Cartagena.

c. Normas para la conservación del medio Ambiente: los estudiantes de la

Institución adquirirán el compromiso de depositar desperdicios en las canecas,

dejarán el aula de clase, pasillos y patio de recreos completamente limpios,

cuidar los árboles que se encuentren en ella y en sus alrededores. Además del

programa que ofrece el proyecto de Educación Ambiental.

d. Uniformes: Asistir con el uniforme completo limpio y planchado, conforme al

modelo estipulado por la Institución así:

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e.Alimentación: Los estudiantes de la Primera Infancia tienen atención especial de

nutrición en el restaurante escolar, servicio medico y psicológico.

Los estudiantes de transición hasta undécimo, tienen servicio en el kiosco escolar,

el cual ofrece meriendas a bajo precio favoreciendo el alcance a su bolsillo, en

buen estado y nutritivos.

El Kiosco tiene convenio con la distribuidora Postobon, productos margaritas y

alimentos caseros como empanadas de carne o queso, deditos, etc, entre otros.

f. Ambiente Escolar: la Corporación Instituto Rochy ofrece un ambiente agradable y

acogedor, de allí el deseo de muchos padres de familia y estudiante de terminar

sus estudios en ella ofrece, sala de Informática con Internet.

g. Utilización del tiempo libre: La Institución ofrece espacios de recreación,

convivencia a través del proyecto utilización del tiempo libre.

h. Biblioteca: cuenta con una biblioteca interna para desarrollar el hábito por la

lectura y la investigación.

i. Actividades Deportivas: se cuenta con un espacio en calidad de convenio con el

parque de Daniel Lemaitre, en donde los estudiantes realizan sus actividades

Deportivas además participan en los juegos Intercolegiados, organizados por el

Docente de área.

j. Prevención frente al consumo de sustancias psicotróficas: a través del programa

de Bienestar Estudiantil se organizan charlas Educativas para orientar a los

estudiantes.

k. La policía Nacional se ha integrado a la Institución ofreciendo programas de

prevención

3. Los estudiantes deben presentar el carne de salud, el certificado de vacunas (para el

caso de los niños del nivel pre-escolar, certificado medico de buena salud y convivencia

social, el carne como evidencia de pertenecer a una EPS y el carne del sisben.

4. METAS

Crear un nuevo estilo de sociedad y de personas; de una sociedad participativa y

solidaria orientada por los valores humanos, para formar una persona autentica,

autónoma, crítica, responsable de su realización personal y social, capaz de contribuir

en su formación, su superación y su auto control.

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CAPITULO II

DE LOS ALUMNOS

ART. 2 PERFIL DEL ESTUDIANTE

Ser persona integra con sentido critico y analítico, capas de recibir, aceptar y

seleccionar todo aquel contribuya a fortalecer su voluntad enriquecer su

entendimiento y alcanzar su realización personal y social.

Con espíritu emprendedor defensor de sus derechos y cumplidor de sus

deberes.

Dinámico, amante de la naturaleza y dispuesto a compartir con otros.

Comprensivo, tolerante, solidario y equitativo, mostrando siempre buenos

modales.

Investigativo y participativo en las actividades académicas.

Alcanzar un nivel académico adecuado que le permita ingresar fácilmente a los

estudios superiores y vincularse al sector productivo..

PERFIL DEL DOCENTE

Abierto al desarrollo de nuevas habilidades mediadas por las TIC.(Tecnología

Informática de la comunicación)

Democrático: propiciar la interacción.

Abierto al co-aprendizaje y construcción de conocimiento con los alumnos y

entre ellos.

Flexible en modos, ritmos y tiempos de aprendizaje.

Orientador de un aprendizaje significativo.

Motivador de un aprendizaje participativo-activo

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Oportuno en la retroalimentación del proceso de enseñanza-aprendizaje.

Comprensivo y respetuoso con el otro.

Abierto a la construcción conjunta de conocimiento.

Autónomo para tener mayor responsabilidad personal.

Valorativo de las capacidades y posibilidades de cada individuo.

Abierto para abordar los contenidos desde la realidad global para luego

enfocarlos en lo local.

Audaz, recursivo para afrontar y saber enseñar la forma de asumir los riesgos,

lo inesperado, lo incierto.

Generador de conciencia acerca del desarrollo de las autonomías

individuales, de las participaciones comunitarias y de pertenencia a la especie

humana.

Regulador del propio quehacer y el de sus estudiantes

ART. 3 ADQUISICION DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTES

Para adquirir la calidad de estudiantes de la Corporación Instituto Rochy es necesario.

- Haber sido admitido oficialmente en la Institución.

- Aceptar su filosofía, Objetivos y el reglamento o manual de convivencia.

- Haber legalizado oficialmente la matricula.

- Tener el respaldo económico y afectivo de los padres o acudientes

- Asumir con orgullo u afecto los distintivos propios de la Corporación, Escudo y

uniformes.

ART. 4 PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE

Se pierde la Calidad de estudiante de la Corporación Instituto Rochy

- Cuando se haya completado el ciclo de estudios que ofrece el colegio

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- Cuando el educando o su acudiente no haya hecho uso, del derecho de

matricula o de renovación de ésta dentro de los plazo fijados por las directivas

de la Institución.

- Por retiro voluntario, bien sea que esa voluntad provenga del estudiante o des

sus padres o acudientes.

- Cuando académicamente no se alcancen los logros previstos y el comité o

comisión de evaluación y promoción juzgue conveniente o necesario el cambio

de ambiente escolar.

- Por incumplimiento en los términos del contrato educativo suscrito por los

padres o acudientes en el momento de la matricula.

- Por la cancelación de la matricula, o expulsión, derivada de eventos

relacionados como la mala conducta del estudiante, tal y como se precisa en

este Reglamento o manual de Convivencia.

- Cuando al finalizar el año escolar, el comité de evaluación y promoción

determine calificación definitiva en conducta diferente a EXCELENTE.

ART. 5 DE LA ADMISION

La admisión es el acto por el cual el Colegio selecciona, de la población estudiantil que

voluntariamente solicite inscripción, a quienes de acuerdo con los requisitos

establecidos por el plantel, pueden matricularse en los cursos que ofrece. El Colegio se

reserva el derecho de admitir en la comunidad a las familias que considera digan de

este privilegio.

ART. 6 DE LOS ALUMNOS NUEVOS

Se entiende por alumnos nuevos aquellos autorizados para matricularse, seleccionados

entre la población estudiantil que no han estudiado en el Colegio o que han dejado de

hacerlo por mas de un año lectivo. Para ser admitido como alumno nuevo en el colegio

se debe cumplir con los requisitos que señalen el Consejo Directivos y el Rector. Estos

requisitos se adaptarán cada año de acuerdo a las necesidades y se publicarán acta de

Rectoría.

ART. 7 DE LOS ALUMNOS ANTIGUOS

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Se entiende por alumno antiguos aquellos que han cursado en el colegio el año lectivo

correspondiente y han renovado su matricula dentro de los plazo fijados por la

Institución.

ART. 8 DE LA MATRICULA

La matricula es el acto por el cual se adquiere la calidad de estudiantes del colegio

Esta se legaliza con la firma del Rector, el alumno, la Secretaria y el padre de familia.

ART. 9 CLASES DE MATRICULA

ORDINARIA: se realiza dentro de los plazos y fechas señaladas por el colegio en

concordancia con las establecidas por las autoridades educativas competentes paras el

calendario A.

EXTRAORDINARIA: Se realiza fuera de los plazos establecidos o señalados por el

colegio, por causa justificada y aprobada por el comité operativo.

CAPITULO III

DERECHOS Y DEBERES

ART. 10. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTE

1. Todos los estudiantes tienen derecho a una orientación pedagógica y preparación

académica acorde con los fines del sistema educativo colombiano y los objetivos

generales y específicos trazados por la ley general de Educación y la ley de la infancia y

de la adolescencia.

2. Recibir una Educación integral en igualdad de condiciones, sin ningún tipo de

discriminación y de acuerdo con la Filosofía del plantel.

3. Ser tratado con respeto y comprensión por todos los miembros de la comunidad

educativa.

4. Ser oído antes de ser sancionado (derecho a la defensa). La educación de acuerdo

con los principios democráticos y centrados en la persona, permitirá escuchar y ser

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escuchado, dentro de un ambiente de dialogo sincero con todos los integrantes de

la comunidad educativa.

5. Recibir información completa y oportuna sobre el conjunto de normas que rigen la

vida del plantel.

6. Expresar libremente las inquietudes, dificultades y reclamos.

7. Obtener respuesta a sus solicitudes y reclamos.

8. Conocer las anotaciones que sobre su comportamiento hagan los profesores,

coordinadores o director de curso en el anecdotario y corroborar con la firmas el

compromiso que los correctivos le indiquen.

9. Participar en la elección de los representantes de los estudiantes del Consejo

Estudiantil, del personero de Estudiantes y formar parte de las actividades tales

como comités, clubes deportivos, grupos de teatro y de danzas coros, salidas

culturales, mesas redondas, foros, etc.

10. Utilizar racionalmente los espacios e instalaciones tales como biblioteca, canchas

deportivas, laboratorios, comedores, salas de computación, etc, según los horarios

y el reglamento dispuesto para ello.

11. Ser oído en presencia de sus padres o acudiente.

12. Crear actitudes para la conciliación, concertación y acercamiento entre las partes.

13. A que se tipifiquen las faltas y se apliquen correctivos dosificados.

14. A ser orientado y guiado buscando ante la formación personal y social.

ART. 11. DERECHOS ACADEMICOS

1. Siendo el alumno autor de su propia formación, se le exigirá el máximo de sus

capacidades intelectuales para lograr un rendimiento académico satisfactorio que

asegure el logro de los diferentes objetivos educacionales.

2. Expresar, discutir y examinar con toda libertad: doctrinas, opiniones o

conocimientos, dentro del respeto de opinión ajena y a la cátedra y mediante el

procedimiento de reglas y debate y petición.

3. Asistir, presenciar y participar activamente en todas las clases.

4. A recibir la totalidad de las clases programadas y completas con todas las ayuda

necesaria, según los horarios respectivos.

5. A recibir educación de calidad de acuerdo con los avances científicos y tecnológicos

y con las ayudas y apoyos respectivos.

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6. Ser evaluado en el momento oportuno y de acuerdo con los parámetros

establecidos por el Ministerio de Educación Nacional.

7. Obtener, conocer y analizar oportunamente los resultados de las evaluaciones en

cada una de las asignaturas para cada uno de los periodos señalados, asi como

solicitar aclaraciones cuando fuere necesario de cada una de dichas evaluaciones.

8. A exigir el cumplimiento de cada una de las actividades curriculares y extractase

programadas y que le permitan presentar trabajos, investigaciones, lecturas y

evaluaciones.

9. A solicitar revisión de las evaluaciones dentro del tiempo hábil indicado cuando lo

considere adecuado y en caso especiales a solicitar un segundo calificador.

10. A ser merecedor de distinciones, ser estimulado con frecuencia y motivado a

desarrollar su espíritu investigativo, sus capacidades y habilidades individuales y a

obtener resultados.

11. A la recreación y participación en competencias, formación de escuelas deportivas

y a tomar parte activa en todas las actividades programadas y representar a la

institución educativa en eventos de carácter académico, folclórico y deportivo.

ART. 12. DEBERES DEL ESTUDIANTE

Los deberes contemplados en este manual se clasifican en:

Académico

Comportamentales

Sociales

1. Reconocer y respetar a los demás, los mismos derechos que exige para si.

2. Respetar los símbolos patrios y del colegio, valores culturales nacionales y étnicos.

3. Asistir al colegio puntualmente todo los días que el calendario escolar fije como

hábiles y cumplir con el horario establecido.

4. Propiciar un ambiente que favorezca actitudes de lealtad, respeto, gratitud y

aprecio por la Institución.

5. Manifestar atención y respeto en actos religiosos, culturales, cívicos, izadas de

bandera, competencias deportivas, actividades del aula, convivencias dentro y

fuera del colegio.

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6. Cuidar con esmero la presentación personal, presentarse aseado(a) y con el

uniforme indicado, completo, bien puesto, sin exageraciones ni extravagancias, .o

mismo con el uniforme de educación física en el día y la hora señalados en el

respectivo horario.

7. Presentar el carné estudiantil cuando solicite algún servicio en las dependencias

del colegio.

8. Desarrollar las actividades culturales y deportivas programadas institucionalmente.

9. Asumir plena y conscientemente los principios, valores y objetivos que caracterizan

el proceso educativo del colegio.

10. A aprovechar al máximo el tiempo dedicado al estudio, realizando las actividades,

las guías de trabajo, los talleres, exposiciones, trabajos en grupo, evaluaciones y

demás actividades propias del proceso educativo.

11. Presentar oportunamente a la coordinación de convivencia la justificación de las

inasistencias a las clases y demás actividades.

12. Brindar un trato respetuoso, amable y de consideración a todo el personal de la

comunidad educativa.

13. Mantener en todo momento el orden y la disciplina como factores decisivos para

lograr un trabajo consciente, provechoso y funcional en la labor educativa.

14. Solicitar con la debida anterioridad la autorización a quien corresponda para

ausentarse del colegio por motivo justificados.

15. Acatar la Constitución Política y las Leyes de Colombia, las disposiciones previstas

en el manual de convivencia y las orientaciones dadas por las distintas instancias

del plantel.

16. Preservar y cuidar los bienes personales como útiles escolares, los muebles y útiles

del colegio, como pupitres, servicio de baños, biblioteca, laboratorios,

implementos deportivos, cafeterías, paredes, instalaciones de agua, gas, luz,

servicios higiénicos, etc. Se debe inculcar la necesidad de conservarlos por ser de

uso personal y colectivo. En caso de daño o deterioro, debe primar la necesidad de

responder por ellos (alumnos y padres de familia).

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REGLAMENTO DE PROFESORES

Los profesores juegan un papel vital y trascendental, son considerados como los

orientadores de un proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de los estudiantes

acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y de la

sociedad.

ART. 13. DERECHOS

1. Ser considerados y respetados en su dignidad recibiendo un trato amable y cordial

por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

2. Ser atendidos oportunamente por directivos y personal administrativo guardando

las normas de respeto y siguiendo el conducto regular.

3. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar, ya sea verbalmente,

en cartelera o por escrito.

4. Participar en la elaboración del PEI.

5. Elegir y ser elegido miembro del Consejo Directivo y/o del Consejo Académico.

6. Ser informado oportunamente sobre su situación laboral.

7. Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando

sea conveniente y redunde en beneficio de la comunidad.

8. Participar en la conformación de comités y elaboración de proyectos especiales, de

acuerdo a su área, inquietudes e intereses.

9. Recibir asignación académica según el área de su especialidad, teniendo en cuenta

en lo posible que haya continuidad en el trabajo desarrollado por los docentes en cada

año.

10. Ser diligenciadas en forma oportuna y correcta las solicitudes de constancias y

certificados en la secretaría del colegio.

ART. 14. DEBERES

1. Dar trato amable y cordial a todos los miembros de la comunidad y compartir con

espíritu de solidaridad y unidad de propósito.

2. Observar una conducta pública acorde con el decoro de la dignidad del cargo.

3. Tratar con respeto, imparcialidad, rectitud y justicia a las personas con que se

tenga relación en el ejercicio del cargo.

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4. Abstenerse de solicitar préstamo en dinero a sus alumnos, la venta de productos

dentro de la institución o la obtención de cualquier otro beneficio económico

personal.

5. Abstenerse de solicitar a los alumnos y al personal de plantel la prestación de

servicios personales.

6. Informar veraz y oportunamente al directivo correspondiente la comisión de

hechos que puedan constituir causales de mala conducta y alas cuales tenga

conocimiento.

7. Escuchar y permitir al alumno expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando

sea necesario teniendo en cuenta las normas de respeto.

8. Utilizar los recursos que tengan asignados para el desempeño de su cargo, las

facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso

por su función, exclusivamente para fines que le fueron destinados.

9. Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar la

administración y las iniciativas que se estimen útiles para el mejoramiento del

servicio.

10. Atender, tramitar y realizar las sugerencias que recibe de sus colegas, de padres de

familia y de la manera de orientar tanto las clases como los procesos curriculares.

CAPITULO IV

DE LOS UNIFORMES

ART. 15. DE LA PRESENTACION PERSONAL

UNIFORME DE DIARIO PARA LAS NIÑAS DE PREESCOLAR Y PRIMARIA

-Un chomper conforme al modelo que se exhibe en el colegio, a la altura de la rodilla.

-Blusa de color blanca con vivos en el cuello y mangas, de la tela del chomper

-Zapatos negros, siempre limpios y lustrados.

-Medias blancas

-Colas blancas o Azul.

UNIFORME DE DIARIO PARA LAS NIÑAS DE BACHILLERATO

-Falda conforme al modelo que se exhibe en el colegio, a la altura de la rodilla.

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-Blusa de color blanca con vivos en las manga, de la tela del chomper

-Zapatos negros, siempre limpios y lustrados.

-Medias blancas

-Colas blancas o Azul.

UNIFORME DE DIARIO PARA LOS NIÑOS DE PRIMARIA Y BACHILLERATO

- pantalón veis conforme al modelo que se exhibe en el colegio,

- Suéter blanco

-Zapatos negros, siempre limpios y lustrados.

-Medias blancas

UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA

- Sudadera según modelo del colegio.

- Tenis blanco y medias blanca

ART. 16. COMPORTAMIENTO FUERA DEL COLEGIO

1. El comportamiento fuera de la Corporación debe corresponder a los principios

y filosofía de la Institución Educativa.

2. En toda participación dentro o fuera del colegio debe mantener siempre un

comportamiento adecuado, el uniforme se debe portar siempre de manera

correcta.

3. Tener cuidado en la participación de eventos deportivos, gane o pierda el

comportamiento debe ser correcto, las barras mantendrán una actitud

respetuosa y culta.

4. No poner entredicho el buen nombre de la Corporación cuando porte el

uniforme (ingerir licor, fumar, entrar a tabernas o discotecas).

5. Prohibido el uso del nombre de la Corporación para la realización de eventos

que no cuenten con la debida autorización de parte del Rector.

ART. 17. PROHIBICIONES PARTICULARES

Todo estudiante de la Corporación les esta prohibido

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1. La venta o comercialización de comestibles u otros electos dentro del colegio.

2. Las apuestas y juegos de azar.

3. Traer y utilizar aparatos eléctricos tales como “WALKMAN”, “DISCMAN”,

teléfonos celulares, videos- juegos y otros que interfieran en el normal

desarrollo de las actividades escolares. El estudiante debe estar atento y ser

cuidadoso de sus pertenencias, la Corporación en ningún caso se hace

responsable de las mismas.

4. Masticar chicle o comer alimentos en los salones y durante las clases.

5. Traer revistas o imágenes pornográficas.

6. Traer e ingerir licor o presentarse en estado de embriaguez.

7. Presentarse con cualquier elemento que pueda atentar contra la vida y

seguridad de los miembros de la comunidad Educativa (armas, Pólvora).

8. Hacer uso de teléfono celular durante las clases, el profesor podrá decomisar

dicho aparato, para regresarlo a los padres de familia.

9. Permanecer en los salones de clase durante el descanso.

10. Tirar basuras al piso sin hacer uso adecuado de los recipientes para tal fin.

11. Agredir de palabras o de hechos a algún miembro de la Comunidad Educativa.

ART. 18. DE LA ASISTENCIA A LA CORPORACION INSTITUTO ROCHY Y A CLASES

1. Es responsabilidad de los padres de familia o acudiente informar al colegio

sobre las causas de inasistencia o retardo.

2. Al regresar a la institución después de una ausencia, se debe traer justificación

por escrito firmada por el acudiente y presentarla a primera hora al

coordinador; sin esta no se podrá entrar a clases asumiendo las consecuencias

correspondientes.

3. Las excusas deben ser presentadas en papel tamaño carta, debidamente

presentadas y firmadas; no se aceptan excusas por teléfono.

4. Una vez la excusa sea aceptada, el coordinador entregara autorización

correspondiente para que la presente a los profesores en un plazo hasta de tres

días hábiles para acordar las fechas de presentación de pruebas, evaluaciones,

trabajo etc.

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5. Cualquiera que sea el motivo de inasistencia, es necesario responder por el

avance de las enseñanzas y actividades desarrolladas durante la ausencia.

6. En caso de llegada tarde a la Institución, el estudiante debe presentarse al

coordinador; decidirá si entra o no a clase dependiendo de la justificación; en

caso de no entrar a clase se asumirán las consecuencias respectivas.

7. Los cambios de clase se deben hacer dentro un ambiente de orden y rapidez

que permita la iniciación sin demoras.

8. En caso de llegar tarde a clase se debe aceptar que el profesor de la materia

esta en su derecho de aceptar o no el ingreso al aula de clase; en caso de

quedar fuera debe presentarse al coordinador.

CAPITULO V

CONSECUENCIAS DEL COMPORTAMIENTO INADECUADO

LAS SANCIONES

DE LOS PRINCIPIOS RECTORES EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO.

OBJETO

La Educación es un proceso de formación permanente, y dentro de la filosofía Rechista

la sanción tiene un carácter de naturaleza formativa. El presente capitulo señala las

normas generales para regular el procedimiento disciplinario y el régimen de sanciones

que se debe imponer aquellos estudiantes que no acaten el MANUAL DE

CONVIVENCIA.

ART. 19. DEBIDO PROCESO

Todo estudiante de la Corporación Instituto Rochy, que no cumpla con lo establecido

en el Manual de Convivencia será sancionado por el funcionario u órgano competente

y con observancia de la plenitud de las formas del procedimiento regulado en la

Constitución Nacional y en este Manual de Convivencia.

ART. 20. RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA

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Todo estudiante a quien se le atribuya una falta disciplinaria, tiene derecho a ser

tratado con el respeto debido a la dignidad del ser humano.

ART. 21. IGUALDAD ANTE LA LEY

Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y

trato de todos los agentes Educativos de la Corporación Instituto Rochy y gozaran de

los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razón

de raza, origen nacional o familiar, religión y lengua.

DE LA FALTA DISCIPLINARIA

ART.22. AMBITO DE APLICACIÓN

El presente Manual de Convivencia se aplicara a sus destinatarios cuando estos

incurran en falta disciplinarios dentro o fuera de las instalaciones del plantel Educativo.

ART. 23. DESTINATARIO

Son destinatarios del presente Manual de Convivencia todos los estudiantes de la

Corporación Instituto Rochy y sus padres o acudientes legales.

ART. 24. AUTORES

El estudiante que cometa falta disciplinaria o determine a otro a cometerla, recibirá

sanción que el órgano o funcionario competente determine.

DE LAS FALTAS Y LAS SANCIONES

ART. 25 CALIFICACION DE LAS FALTAS

Para efectos de la sanción, las faltas disciplinarias son:

1. Gravísimas 2. Graves 3. Leves

ART. 26. SANCIONES

Las sanciones que se podrán imponer en la Corporación Instituto Rochy son:

1. Amonestación verbal

2. Amonestación escrita y a notación en la capeta personal.

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3. Suspensión de clases hasta por 5 días

4. No representar a la Corporación Instituto Rochy en actos de naturaleza

deportiva, científica Académica o Religiosa.

5. Contrato de prestación de servicios Educativos condicionados al buen

comportamiento disciplinario del estudiante.

6. No proclamación publica de Bachiller

7. No renovación del contrato de prestación de servicios Educativos para el año

siguiente.

8. Expulsión

Art. Las decisiones por medio de la cual se imponen las sanciones disciplinarias a los

alumnos se denominan Resoluciones sancionatorias, las cuales deberán proferirse de

acuerdo con los hechos debidamente probados y de conformidad con el presente

MANUAL DE convivencia.

Las Resoluciones deben contener una considerativa, en la cual se explican los motivos

por las cuales se va a imponer la sanción y una resolutiva donde se impone la sanción

disciplinaria y se indican los recursos que proceden contra la resolución.

ART. 27. FALTAS GRAVISIMAS

Son aquellos comportamientos que tienen gran trascendencia negativa y perjudicial en

la marcha institucional, además lesiona y perjudican física y/o sicológicamente a los

otros miembros de la comunidad educativa.

Las siguientes faltas ameritan sanción.

1. Hurto

2. Porte o consumo de drogas, bebidas alcohólicas en las instalaciones del plantel

Educativo o en las actividades programadas por la Institución.

3. Conservar y difundir material obsceno o pornográfico en las instalaciones del

plantel Educativo o en las actividades Educativas que se realicen fuera de las

mismas.

4. Agredir Físicamente o de palabras a un directivo, Profesor, Padre de Familia,

empleado de servicios generales o administrativo de la Institución dentro o

fuera del plantel.

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5. Atentar contra el buen nombre de la Institución en cualquier acto, dentro o

fuera del plantel.

6. Realizar prácticas satánicas dentro o fuera de las instalaciones del plantel

educativo.

7. Fomentar riñas dentro o fuera de las Instalaciones del plantel Educativo.

8. Cometer cualquier delito tipificado por la ley penal colombiana.

9. Presentarse en estado de embriaguez o bajo los efectos de droga alucinantes o

psicoactivas a la Institución.

10. Irrespetar los actos religiosos celebrados por la Institución.

11. Cometer dos (2) o mas faltas graves dentro del año lectivo.

12. porte de armas dentro de las instalaciones del plantel.

13. Falsificar documentos para obtener meritos académicos

Las faltas gravísimas serán sancionadas con suspensión de cinco a ocho días o

expulsión del establecimiento educativo

ART. 28. FALTAS GRAVES

Son aquellos comportamientos que interfieren en el normal desarrollo de las

actividades institucionales que invaden negativamente la esfera de los derechos de los

otros miembros de la comunidad educativa.

Las siguientes faltas ameritan sanción

1. El incumplimiento de los deberes escolares

2. Impuntualidad a las clases o actos comunitarios.

3. Escribir o dibujar en las paredes, interiores, sillas, puertas, carteleras y demás

elementos de propiedad de la Corporación expresiones que denigren de los

demás o hieran las principios morales, éticos, culturales y sociales de los demás

miembros de la comunidad Educativa.

4. Cuando se compruebe falsedad en la información o documentación presentada

para ingresara la Corporación.

5. Encubrir comportamientos considerados como faltas por este manual de

convivencia, que sean de conocimiento de los estudiantes.

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6. Retener o no entregar oportunamente las comunicaciones que envié la

Institución a los acudientes o padres de familia o viceversa.

7. Realizar rifas y ventas dentro de la Institución sin autorización.

8. Inasistencia injustificada.

9. Ausentarse del salón o de la Institución sin previa autorización del Educador

competente.

10. El uso de distractores que entorpezcan el proceso educativo.

11. Acosar o presionar psicológicamente a estudiantes, compañeros de grupo de

grado o de otro nivel.

12. Agresión física o verbal por parte de un padre de familia o acudiente hacia

cualquier miembro de la comunidad educativa, inducido por la información

dada por el estudiante.

13. Deteriorar o hurtar materiales bibliográficos de la biblioteca y elementos de

audiovisuales y laboratorios.

14. Comportarse inadecuadamente en la biblioteca y laboratorio.

15. Encontrarse en el patio del colegio con personas ajenas a la Institución

proporcionando caricias amorosas.

Las faltas graves serán sancionadas con suspensión hasta por cinco días, la sanción se

aplicara una vez se halla ejecutoriado el acto administrativo sancionatorio y podrá

contemplar:

*Suspensión de actividades extracurriculares

*Suspensión de clases académicas

*Las misma se cumplirá en las instalaciones del plantel o en el lugar que señale el

sancionador, efectuando las actividades que le sean asignadas

ART. 29. FALTAS LEVES

Son todas aquellas que no están definidas o señaladas como graves o gravísimas y que

a juicio del educador que tenga conocimiento de ella amerite su comunicación al

coordinador comportamental.

Las faltas leves ameritan orientación, el tratamiento que se da a los estudiantes será

eminentemente preventivo pedagógico.

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ORGANOS COMPETENTES EN EL PROCESO DISCIPLINARIO

ART. 30. COMPETENCIAS DEL CONSEJO DIRECTIVO

El consejo Directivo de la Corporación Instituto Rochy estará conformado de acuerdo a

lo establecido en el artículo 143 de la ley 115 de 1994 y conoce disciplinariamente de

lo siguiente:

Del recurso de apelación cuando la sanción impuesta sea la expulsión, no renovación

del contrato de prestación de servicios educativos para el año siguiente o no

proclamación publica de bachiller.

ART. 31. CONFORMACION Y COMPETENCIA DEL COMITÉ OPERATIVO

COMPORTAMENTAL

El comité operativo comportamental estará integrado por los siguientes personas.

1. El coordinador General

2. El director de grupo del curso del estudiante al que le sigue el proceso

disciplinario.

3. El personero de los estudiantes

4. Trabajadora Social o psicóloga

Este comité conocerá en primera instancia de las faltas gravísimas, y en segunda

instancia de las faltas graves.

ART.32. PROCEDIMIENTOS

El coordinador general, iniciara la investigación disciplinaria de los actos y de los

supuestos responsables, respetando siempre el debido proceso y la dignidad humana,

previo informe escrito del miembro(s) de la comunidad educativa o de las personas

que presenciaron hechos que generan la falta disciplinaria. Este informe deberá ser

minucioso y en lo posible indicar los supuestos implicados en la falta; o de oficio

siempre y cuando el coordinador este presente o existan evidencias claras de la

comisión de la falta disciplinaria por parte de los estudiantes.

ART.33. En los casos en que el coordinador cite para descargas a un estudiante,

siempre debe estar presente el acudiente del menor, y en caso en que este se

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encuentre renuente a asistir a la cita de descargos, podrá el coordinador separar del

plantel educativo al menor hasta por tres (3) días hasta cuando asista su

representante, si aun persiste la no asistencia del acudiente del menor, el coordinador

solicitara por escrito a la Asociación de padres de familia que envié su representante y

con este presente se escuchara en descargas al menor.

ART.34. Después de escuchado el menor el coordinador general tendrá dos (2) días

para imponer la sanción si la falta es leve. Contra esta decisión no procede recurso

alguno.

ART.35. Si la falta cometida por el estudiante es grave, el coordinador general después

de escuchar en descargos al alumno, dispondrá de dos (2) días con el fin de que se

alleguen las pruebas que considere necesario, tanto el uso de su calidad de

coordinador general como alumno implicado en la supuesta falta disciplinaria. Dentro

de un término de cinco (5) días, el Rector proferirá resolución sancionatoria, contra la

cual procede el recurso de apelación ante el comité operativo comportamental.

Art. 36. En el caso de que la falta sea gravísima el coordinador general realizara todas

las investigaciones pertinentes y escuchara en descargos a los alumnos siguiendo el

procedimiento señalado en el art.

Pero en este caso el coordinador proferirá una resolución de vinculación a un proceso

disciplinario, la cual debe ser notificada tanto al estudiante como a su acudiente o

padres de familia y contra dicha resolución no procede recurso alguno,

Después de lo anterior, tendrá el coordinador cinco (5) días para citar al comité

operativo comportamental, quien a solicitud podrá volver a citar a los estudiantes,

para ser escuchados en descargas, eso si, respetando lo preceptuado en el articulo

del presente Manual de Convivencia. El comité Operativo comportamental, tiene cinco

(5) días para pronunciarse respecto de la sanción que se les impondrá a los alumnos

responsables de la falta disciplinaria. Contra la Resolución proferida por este consejo

procede el recurso de apelación ante el consejo Directivo.

ART.37. Cuando la falta disciplinaria sea cometida por dos (2) o mas estudiantes, se

duplican los términos para el coordinador general.

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ART.38 El recurso de apelación se interpondrá por escrito ante el Consejo Directivo

dentro de los (2) días hábiles siguientes a la notificación de la respectiva decisión al

acudiente del menor o estudiante.

ART.39 Los recursos se recibirán en la secretaria Académica de la Corporación y en

ellos se debe expresar en forma clara y precisa por que no se esta de acuerdo con la

decisión apelada.

ART. 40. El órgano competente para conocer el recurso de apelación, tendrá 5 días

para tomar su decisión con respecto a la resolución sancionatoria impugnada y dentro

de la reunión el respectivo consejo escuchara a las partes en descargos y procederá a

proferir la resolución con la que se desata el recurso.

Toda persona es responsable de sus actos y comportamientos; cuando dichos actos no

estén en sintonía con los acuerdos pactados en la matricula se asumirán las

consecuencias, de no seguir los parámetros del presente manual de convivencia y

reglamento escolar se estudiara el caso por las instancias que correspondan con la

posibilidad de alguna sanción, la de perdida de cupo para el año siguiente o la

exclusión definitiva e inmediata.

ART.41. AVISO A LA JUNTA DIRECTIVA DE PADRES DE FAMILIA

Si la decisión tomada por el Consejo Directivo es la expulsión de dicha decisión pedirá

el visto bueno de la junta directiva de padres de familia, en cumplimiento de lo

señalado en el artículo 319 del código del menor.

CAPITULOVI

DEL CARÁCTER MIXTO

La corporación Instituto Rochy incentiva y promueve los valores cristianos, morales y

éticos en sus estudiantes, esperando de ellos manifestaciones cordiales de amistad

entre ellos respetando la identidad sexual de cada uno.

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ART.42. EXIGENCIAS COMUNES

1. Contribuyo a crear un ambiente afable y digno en mi institución

2. Me comporto, dentro y fuera de la Institución con respecto y pulcritud

3. Mi identidad sexual se tiene que hacer manifiesta en cada uno de los

momentos vividos. Evito por tanto, los comportamientos inadecuados y todas

aquellas acciones que se confundan con actitudes impropias de mi sexo.

4. Fomento en todo momento la armonía, el respeto y la cordialidad entre

compañeros del mismo sexo y de sexos opuestos.

5. Porto los uniformes (de diario y Educación Física) de manera correcta y de

acuerdo con lo preescrito en el presente reglamento y anual de convivencia.

6. Debo exigir de mis compañeros y compañeras respeto hacia mi persona y hacia

los demás; no puedo ni debo tolerar comportamientos inadecuados que

atenten contra la dignidad de alguien.

7. Evito situaciones de conflicto, peleas y cualquier manifestación de agresividad.

8. Entiendo y acepto que dentro de la institución las manifestaciones de índole

amorosas no forman parte del entorno y que hacer diario y no me están

permitidas por mínimas que sean.

9. Durante el recreo debo comportarme en forma culta.

ART.43. EXIGENCIAS PARTICULARES PARA MUJERES

En caso de quedar en estado de gravidez me dedicare al cuidado de mi embarazo,

asumiré mi maternidad como las mas importante sabiendo sacrificar mi asistencia

regular a clases, debo obtenerme de usar el uniforme para mayor comodidad y buscar

con las directivas del colegio la manera como se continuara con el proceso educativo.

ART. 44. DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES

Los padres de familia o acudiente son los primeros participantes y principales

educadores de sus hijos o acudidos. Ejercen esta responsabilidad en conjunto con la

Institución que desde sus principios, objetivos y perfil propuestos para el estudiante

rechista complementan la misión de los padres o acudientes.

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ART.45. DERECHOS

El padre de familia o acudiente tiene derecho a:

1. Informarse a tiempo del proceso de formación académica y del

comportamiento de sus hijos en el colegio.

2. Conocer por lo menos al final de cada periodo escolar, las evaluaciones de su

hijo o acudido.

3. Solicitar con anticipación, entrevistas con directivos y profesores en los

horarios previamente establecidos.

4. Dialogar sobre problemas y dificultades en el desarrollo formativo de su hijo o

acudido.

5. Dar sugerencias en todos los eventos propios del proceso educativo de su hijo a

acudido.

6. Hacer uso del derecho de petición consagrado en el presente reglamento o

manual de convivencia.

7. Apelar cualquier sanción de la Institución para con su hijo o acudido que

considere injusta dentro de los términos establecidos en el presente manual de

convivencia.

8. Pertenecer a la asociación de padres de familia de la Corporación.

Art. 46. COMPROMISOS

El padre de familia o acudiente adquiere los compromisos de:

- Crear para su hijo a acudido un ambiente familiar y social que asegure la

continua formación integral que se brinda en la corporación.

- Participar activa y eficazmente en la educación de su hijo o acudido.

- Apoyar y participar activamente en el proceso de crecimiento en la fe y en la

vivencia de los valores.

- Colaborar con los proyectos institucionales que favorezcan el mejoramiento de

los procesos educativos y en el progreso de la Institución.

- Mantener relaciones de respeto, dialogo y colaboración con todos los

miembros de la comunidad.

- Asistir a los eventos programadas por la Corporación que requieran de su

concurso.

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- Velar e interesarse por el progreso de su hijo o acudido.

- Aceptar y respetar los procesos de comportamiento social que establezca la

Institución.

- Controlar directamente a su hijo o acudido en la asistencia puntual a clase, el

regreso a casa, la ejecución de tareas y trabajos, el buen uso de los uniformes y

la ocupación del tiempo libre.

- Dotar a su hijo o acudido de todos los elementos necesarios e indispensables

para el trabajo escolar.

ART. 47. COMPORTAMIENTO INADECUADO

El comportamiento de los padres de Familia para con la Institución dentro y fuera de

ella influyen en el desarrollo óptimo de todos los procesos Educativos. En caso de que

un padre de Familia o acudiente presente comportamiento inadecuados, estos,

pueden causar suspensión de la matricula de su hijo o acudido.

Considérese comportamiento inadecuado del padre de familia o acudiente

- No cumplir con los compromisos adquiridos, en la firma de la matricula.

- Respaldar comportamientos que atenten contra el presente Manual de

Convivencia.

- La agresión física o verbal a cualquier miembro de la comunidad Educativa.

- Los comentarios tendenciosos y agraviantes contra miembros de la Institución

contra la imagen del colegio.

- Descuidar o mostrar despreocupaciones en el seguimiento diario de

responsabilidades formativas de su hijo o acudido.

- No revisar y no firmar los informes o notificaciones que le envié cualquier

miembro de la Institución.

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CAPITULO VII

DE LOS ESTIMULOS, DE LOS INCENTIVOS

El colegio otorgará incentivos y estímulos a los estudiantes que se distingan por su

desempeño e interiorización de los elementos constitutivos del perfil del estudiante

Rochista estos podrán ser:

Representar al colegio en diferentes certámenes o eventos de carácter: local,

regional, nacional e internacional tales como campeonatos deportivos,

culturales, folclóricos, científicos, de personero.

Ser incluido en difusión de trabajos destacados en los que haya participado

tales como carteleras, periódicos, emisora u otros medios de difusión.

A representar al estudiantado como alumno distinguido en los actos culturales,

cívicos, izadas de bandera, etc.

A recibir mención de honor de carácter académico, deportivo, cultural,

disciplinario o humanitario, por hechos sobresalientes.

A recibir matricula de honor e inscripción en la universidad de Cartagena a

mejor promedio pruebas ICFES.

A ser monitor del curso.

El Consejo Directivo establecerá y reglamentará un sistema de monitoria

teniendo en cuenta las sugerencias de los docentes.

El estudiante a quien se le aplique una medida por falta grave, perderá los beneficios

adquiridos como estímulos. Además afectara el informe de conducta del periodo en

que incurrió en la falta.

ART. 48. INCUMPLIMIENTO A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

ART. 49. AMONESTACION VERBAL: Es todo un llamado de atención que se realiza

dentro de la cotidianidad escolar, y de acuerdo con la gravedad de la falta se hará o no

registro en el observador del alumno.

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ART. 50. AMONESTACION ESCRITA: Es toda llamada de atención que se registra en el

anecdotario en presencia del alumno y del profesor director de curso o del

coordinador de convivencia y /o académico. Quedara constancia clara de la falta en

que incurrió al alumno, y se debe firmar la amonestación por las partes que

intervinieron.

ART. 51. CITACION DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTE: Con el propósito de

notificar la falta cometida por el estudiante. La amonestación quedara firmada por el

estudiante, el padre de familia o el acudiente y el director de grupo o uno de los

coordinadores estos llamados de atención se registraran en el observador del

estudiante de forma consecutiva.

Estos procedimientos deberán sujetarse a lo establecido en el artículo 29 de la

Constitución Política sobre el debido proceso.

ART. 52. SANCIONES DISCIPLONARIAS APLICABLES A LOS ALUMNOS INCLUYENDO EL

DERECHO A LA DEFENSA

Cuando se presenten conflictos con los alumnos, quien atiende los reclamos en

primera instancia, es el Director de grupo de cada curso; como segundo instancia el

coordinador; como tercera instancia la rectoría y si los casos son de faltas muy graves

serán estudiadas por el consejo Directivo, quien señalara los correctivos, sanciones y

procedimientos a seguir para cada caso.

La falta se puede clasificar en académica y de convivencia, según la conducta que viole

o atente contra el orden académico o de convivencia.

Frente a las faltas académicas las medidas correctivas serán de carácter académico,

siempre y cuando estas no sean violatoria de los derechos de los estudiantes.

Para evaluar y clasificar las faltas cometidas y aplicar los correctivos a que hubiera

lugar se adoptara el siguiente procedimiento:

Diálogo- Maestro- Alumno, alumno, maestro

Dialogo- Alumno-Coordinador, Coordinador –Alumno

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Invitación a la reflexión sobre la falta cometida, aplicando el correctivo que se

considere de acuerdo con la falta.

Si después del dialogo y los compromisos adquiridos la faltas persisten se dará lugar a

medidas correctivas mas contundentes. Se proceras de la siguiente manera:

*Amonestación verbal

* Amonestación escrita, la que se registrara en el observador del alumno junto con los

compromisos que se acuerden y firma del alumno y el docente

* Citación a los padres de familia según la falta cometida.

*En el peor de los casos la negación del cupo para el año siguiente, habiendo

observado el debido proceso.

*Cancelación de la matricula y retiro del plantel, previo el lleno de los siguientes

requisitos

*Cumplimiento del debido proceso

*Estudio y aprobación del caso por el consejo directivo

*Ejecución de la decisión del consejo directivo, por parte del rector mediante una

resolución rectoral motivada.

CAPITULO VIII

ART. 53. DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES

Los padres de familia o acudientes son los primeros participantes y principales

educadores de sus hijos o acudidos. Ejercen esta responsabilidad en conjunto con la

Institución que desde sus principios, objetivos y perfil propuesto para el estudiante

Rechista complementan la misión de los padres o acudientes.

ART. 54 DERECHOS:

El padre de familia o acudiente tiene derecho a:

1. Informarse a tiempo del proceso de formación académica y del

comportamiento de sus hijos en el colegio.

2. Conocer, por lo menos al final de cada periodo escolar, las evaluaciones de sus

hijos o acudido.

3. Solicitar, con anticipación, entrevistas con directivos y profesores en los

horarios previamente establecidos

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4. Dialogar sobre problemas y dificultades en el desarrollo formativo de su hijo o

acudido.

5. Dar sugerencias en todos los eventos propios del proceso educativo de su hijo o

acudido.

6. Que su hijo reciba educación humana y cristiana de acuerdo con las políticas

Institucionales.

7. Hacer Uso del derecho de petición consagrado en el presente reglamento o

Manual de Convivencia.

8. Apelar cualquier sanción de la Institución para con su hijo o acudido que

considere injusta.

9. Pertenecer a la asociación de padres de la Institución.

ART. 55. COMPROMISOS

El padre de familia o acudiente adquiere los compromisos de:

1. Crear para su hijo o acudido un ambiente familiar y social que asegure la

continua formación integral que se da en el colegio.

2. Participar activa y eficazmente en la educación de su hijo o acudido.

3. Apoyar y participar activamente en el proceso de crecimiento en la fe y en la

vivencia de los valores cristianos propuesto por el colegio.

4. Colaborar con los proyectos institucionales que favorezcan el mejoramiento de

los procesos educativos y en progreso de la Institución.

5. Mantener relaciones de respeto, dialogo y colaboración con todos los

miembros de la comunidad.

6. Asistir a los eventos programados por la Institución que requieran de su

concurso.

7. Dotar a su hijo o acudido de todos los elementos necesarios e indispensables

para el trabajo escolar.

8. Avalar y respetar los procesos de comportamiento social que establezca la

Institución.

9. Demostrar sentido de pertenencia a la Institución por el apoyo a su filosofía,

proyectos, decisiones y exigencias.

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10. Guardar las normas de protocolo y respetar las reglas en cada uno de los

eventos en que su participación sea exigida por el colegio.

ART. 56. COMPORTAMIENTO INADECUADO

El comportamiento de los padres de familia para con la Institución dentro y fuera de

ella influyen en el desarrollo óptimo de todos los procesos educativos. En caso de que

un padre o acudiente presente comportamientos inadecuados, éstos, pueden causar

suspensión de la matricula de su hijo o acudido:

1. No cumplir con los compromisos adquiridos, en la firma de la matricula

2. Respaldar comportamientos que atenten contra el presente Manual de

Convivencia

3. La agresión física o verbal a cualquier miembro de la comunidad educativa.

4. Los comentarios tendenciosos y agraviantes contra miembros de la institución

o contra la imagen del colegio.

5. Descuidar o mostrar despreocupaciones en el seguimiento diario de las

responsabilidades formativas de su hijo o acudido.

6. No revisar y no firmar los informes o notificaciones que le envié cualquier

miembro de la Institución.

7. Dar ejemplos en contra de la ética y la moral profesada por esta Institución

CAPITULO IX

DEMOCRACIA PARTICIPATIVA

REGLAS PARA LA ELECCION DE REPRESENTANTES

ART.57. DEL CONSEJO DIRECTIVO:

Para ser elegido Representante al Consejo Directivo se debe cumplir con los

siguientes requisitos:

- Ser Docente de la Institución con mas de 20 horas de permanencia en ella

elegida por mayoría de los votantes en una asamblea de Docentes.

- Estar vinculado como mínimo un año continuo en la Institución.

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- Ser padre de Familia o acudiente, elegido por la junta Directiva de la Asociación

de Padres de Familia.

- Ser exalumno del último grado ofrecido por la Institución en cualquier año de

su promoción y haber obtenido buen comportamiento, elegido por el Consejo

Directivo.

- Un estudiante de grado 11º con buen rendimiento Académico y Disciplinario

elegido por el Consejo de estudiantes.

- El Director Administrativo con autonomía respecto al Consejo Directivo, en el

desempeño de sus funciones administrativas y financieras.

- El representante del sector productivo, organizado en el ámbito local, elegido

por el Consejo Directivo.

ART. 58. DEL CONSEJO ACADEMICO

Para ser elegido representante al Consejo Académico se debe cumplir con los

siguientes requisitos:

- Ser Docente de la Institución con sentido de pertenencia, para participar en la

orientación pedagógica.

ART. 59. DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

Para ser elegido personero de los estudiantes se debe cumplir con los siguientes

requisitos:

- Ser estudiante antiguo, tener buen rendimiento Académico y disciplinario, ser

elegido por votación secreta por todos los estudiantes matriculados.

- Lo establecido en el Proyecto de Democracia.

ART. 60. DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES

Para ser elegido Representante al Consejo de Estudiante, el alumno debe estar

matriculado, prestar buen rendimiento Académico y Disciplinario en cada uno de

los grados ofrecidos.

Los alumnos del nivel pre-escolar y de los 3 primeros grados del ciclo de primaria,

serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los

estudiantes que cursan el tercer grado.

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ART. 61. CAUSALES DE DESTITUCION

Son causales de destitución.

1. La incompetencia en el manejo de sus funciones.

2. La inoperancia de sus proyectos.

3. La indiferencia ante los reclamos y quejas por parte de la comunidad que

representa.

4. No haber alcanzado los logros en tres o más asignaturas, al finalizar el primer

semestre.

5. Incurrirán falta grave o de suma gravedad, establecida en el Manual de

Convivencia.

ART. 62. PROCEDIMIENTO DE DESTITUCION

1. Recolección de testimonios escritos por parte del Director Administrativo y del

Coordinador Comportamental del nivel respectivo.

2. Acta de entrevista con el afectado y firma en el observador del estudiante, o

carpeta personal.

3. Reunión con el comité operativo comportamental para la toma de decisión.

4. Aviso de la destitución en presencia de los padres o acudientes legal.

ART. 63. DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

- El Consejo de padres de familia como órgano de la Asociación de Padres de

Familia, estará integrado por 3 padres de Familia por cada uno de los grados

ofrecidos, de conformidad con lo establecido en el Proyecto Educativo

Institucional –PEI.

ART. 64. DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA

- El Consejo Directivo proveerá la Constitución de una asociación de padres de

familia, citando a una asamblea constitutiva suministrando espacios o ayudas

secretaria, contribuyendo en el recaudo de fondos a través de actividades

programadas para mejoramiento de la Institución.

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ART. 65. JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL EDUCATIVA - COMENTARIOS

Sentencia T- 341/03

Comentario- Autoritarismo – Autoridad

Sentencia T – 918/04

Comentario – Normas Educativas del colegio de la infancia y la adolescencia.

Sentencia T-291/03

Comentario – Confianza legitima – Debido proceso académico

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BIBLIOGRAFIA

Constitución Política de Colombia

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Declaración de los derechos del Buen Pueblo de virginia 1776

Declaración de Independencia de los estados Unidos 1776

Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano

1789.

Ley 882 de Junio 2 de 2004

La Ley 715 de 2001

Decreto reglamentario 1860/94

Manual de convivencia del debido proceso.

Manual de gestión y Administración Educativa