manual de convivencia jornadas diurnas

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NOMBRE: APELLIDOS: DOCUMENTO DE IDENTIDAD: DIRECCIN: TELEFONO: GRADO: R.H: AO:

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REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE EDUCACIN NACIONAL INSTITUCIN EDUCATIVA TCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS NIT 890701233-7 MANUAL DE CONVIVENCIA RESOLUCION No. 013 DE SEPTIEMBRE 20 DE 2.010 Por medio del cual se establece el Manual de Convivencia de los integrantes de la Comunidad Educativa de las JORNADAS MAANA Y TARDE. EL RECTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA ALFONSO PALACIO RUDAS DE HONDA, en uso de sus atribuciones legales y especial las conferidas por el Artculo 144 de la ley 115 del 8 de Febrero 1994, en concordancia con el Artculo 23 del decreto 1860 de 1994 y CONSIDERANDO Que la Institucin Educativa Tcnica Alfonso Palacio Rudas ubicada en la ciudad de Honda, es un plantel de carcter oficial, que al formar parte del sistema educativo Colombiano, necesita regirse por normas conducentes a formar sus alumnos dentro de valores y conocimiento, que le permitan no slo su formacin integral sino su incorporacin a la sociedad dentro de un marco de convivencia y solidaridad. Que de acuerdo con el artculo 23 del decreto 1860 de 1994 le corresponde a la institucin adoptar el Manual de Convivencia, el cual debe establecer normas claras y precisas a las que debe ajustarse el comportamiento del alumno y velar por su cumplimiento, teniendo en cuenta condiciones sociales, econmicas y culturales de su medio. Que para este ente educativo se hace imperioso reglamentar de manera eficaz una disciplina regulada por normas expresadas en la Constitucin Poltica de Colombia de 1991, la ley 115 de 1994, La Ley de la Infancia y la Adolescencia (Ley No. 1098 de Noviembre de 2006) y El Cdigo de Polica, decreto 1108 de 1994 sobre estupefacientes y sustancias psicotrpicas, resolucin 03353 de julio 2 de 1993 M.E.N. sobre educacin sexual, decreto 1290 del 16 de Abril de 2009, el cdigo nico disciplinario, los derechos del nio y el cdigo del menor. Que el Consejo Directivo, debe inculcar en los educandos los principios de dignidad, honestidad y respeto para con las personas con quienes conviven y hacerles responsables en el cumplimiento de sus deberes, de los objetivos y de los fines educativos, as como de los fundamentos filosficos y pedaggicos. RESUELVE Art.1. Adoptar el siguiente conjunto de normas como el Manual de Convivencia de los integrantes de la comunidad educativa:

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CAPITULO I COMPONENTE CONCEPTUAL Art. 2. PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS CIENCIA Y CULTURA La cultura Institucional es el conjunto de valores y creencias compartidas por los miembros de la INSTITUCIN EDUCATIVA TCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS que se reflejan en sus actividades y en su comportamiento e identifica la naturaleza de la misma. Como miembros de esta familia institucional, debemos divulgarla y ponerla en prctica en forma cotidiana en sus componentes como son la filosofa, misin, visin, principios, criterios y valores. 1. FILOSOFIA DE LA INSTITUCIN La INSTITUCIN EDUCATIVA TCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS orienta sus actividades con base en los objetivos y principios fundamentales trazados por las normas legales vigentes. Parte del alumno como persona, centro de la accin formativa de la Institucin, ubicndolo en el tiempo y la realidad y proyectndolo como un ser social, integrado, llamado a vivir en comunidad familiar, local o nacional, hacia el mejoramiento de la calidad de vida, basado en la formacin integral que pretende afianzar el proceso educativo. La educacin que se brinda se fundamenta en la persona humana, entendida como un ser que construye historia, bienes materiales y espirituales; busca preparar para la vida, cultivando el espritu colectivo y la responsabilidad social. Se promueve el desarrollo de la esencia humana cuyos componentes son: el trabajo, la conciencia, la historicidad, la universalidad y la libertad. As mismo, la construccin de identidad personal y social como un requisito indispensable para la identificacin y solucin de problemas locales y regionales. El Estudiante de hoy debe asumir una cultura que le permita apropiarse de la ciencia y de la tcnica, para desenvolverse con facilidad, con criterio y personalidad en el mundo laboral, en la universidad y en todos los campos que deba enfrentar en su vida cotidiana. Estos aspectos ubicados en un marco real elevan la calidad de vida de la comunidad educativa de la INSTITUCIN EDUCATIVA TCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS. 2. MISIN La Institucin Educativa Tcnica Alfonso Palacio Rudas, fiel a su tradicin democrtica e integradora, inspirada en la tolerancia, autonoma, identidad, libertad y paz, tiene como misin: Formar personas con saberes y conocimientos en sistemas e ingls, mediante procesos integrales y sociales que van desde el grado de transicin hasta el grado 11 de la educacin media tcnica. Adems desarrollar las competencias tcnicas, cientficas, ciudadanas y humanistas que las lleven a comprometerse en la solucin de problemas para el avance del pas.3

3. VISIN La INSTITUCIN EDUCATIVA TCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS durante cinco aos formar estudiantes en especialidades como sistemas e ingls, medio ambiente y turismo; en dicho tiempo deber tener un desarrollo tecnolgico y de infraestructura acorde con las exigencias propias. Los egresados sern reconocidos por la sociedad por su calidad, creatividad, disciplina, concentracin, orientacin, tolerancia y autonoma, construyendo conocimiento y transformando la realidad socio-cultural y resolviendo problemas desde la innovacin. 4. OBJETIVOS INSTITUCIONALES a. OBJETIVOS GENERALES Formar personas ntegras; con saberes y conocimientos en sistemas e ingls, generadores de ambientes tecnolgicos y cientficos, y, con capacidad de hacer innovacin educativa y pedaggica.

Brindar al estudiante las herramientas tecnolgicas, cientficas y laborales que conllevan a mejorar la calidad de la educacin en funcin de sus necesidades; econmicas, polticas, sociales y culturales que le permitan transformar la realidad sociocultural del pas.

b. OBJETIVOS ESPECIFICOS . . Crear convenios institucionales, que optimicen el servicio de instruccin de individuos de tal manera que les permita el posterior ingreso al campo laboral. Desarrollar procesos de aprendizaje, que fomenten la reflexin sobre los hechos reales tales como la proteccin del ambiente social y natural, la paz, el desarrollo sostenible, la educacin sexual y la globalizacin entre otros. Gestionar la consecucin de recursos y disear instrumentos pedaggicos indispensables, para implementar la visin y la misin institucional. Instituir y organizar encuentros culturales, acadmicos, deportivos y recreativos que faciliten la integracin de la comunidad para afianzar las relaciones familia comunidad. Fomentar el hbito de la lecto-escritura como un requisito indispensable en el proceso de construccin del conocimiento.

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c. PERFIL DEL ALUMNO El alumno o la alumna de la INSTITUCIN EDUCATIVA TCNICA ALFONSO PALACIO RUDAS debe ser: Una persona poseedora de un desarrollo fsico, intelectual y psicolgico, que lo hacen apto para emprender la educacin superior y un tcnico o un tecnlogo con posibilidades en el4

mercado laboral dentro de su especialidad. Es una persona respetuosa de los derechos individuales y colectivos, social y polticamente participativa. Una persona crtica pero no inconsecuente, creativa, abierta al cambio, a los avances cientficos y tecnolgicos; con capacidad de expresin oral y escrita, llegando a una buena comunicacin con sus semejantes; comprometido con la construccin del conocimiento en s mismo y en la Institucin; con capacidad de buscar alternativas de solucin a problemas personales, locales, regionales y nacionales; con visin universal como ciudadanos profesionales y cientficos, con tica, honestos, honrados y promotores de nuevos valores; con una slida formacin acadmica y con capacidad para trabajar en equipo, siendo democrtico y tolerante, con miras a convertirse en un lder transformacional, que cambie su realidad socio-cultural. CAPITULO II ASPECTOS GENERALES Art. 3. ASIGNACIN DE CUPOS: La asignacin del cupo y matrcula, sern autorizadas por el Rector, teniendo en cuenta los lineamientos y criterios generales dados en la resolucin 1460 de mayo 19 de 2010 de la Secretara de Educacin y Cultura del Departamento del Tolima y dems normas vigentes. Art. 4. LA MATRCULA: es un contrato civil donde las partes se comprometen a cumplir con las normas legales e institucionales vigentes y que cualquiera de las partes pueden dar por terminado en caso de algn incumplimiento. Art. 5. ADMISIN: Son criterios de admisin los siguientes: 1. Presentar formulario de inscripcin debidamente diligenciado y con los siguientes documentos anexos: Certificacin de haber cursado, aprobado y culminado con buen comportamiento los grados anteriores. Registro civil, fotocopia de la tarjeta de identidad o de la cdula de ciudadana. Fotocopia del carnet del sisben o la E.P.S (Entidad prestadora del servicio de salud) Carnet de vacunacin (Bsica Primaria) Fotocopia del carnet del seguro estudiantil 2. Que exista cupo disponible segn criterio del Consejo Directivo. 3. En las jornadas diurnas la edad cronolgica mxima para los grados sextos es de 12 aos. 4. Para preescolar la edad mnima ser de 5 (cinco) aos a 31 de marzo. 5. En la Bsica Primaria las edades mximas sern: 1. 7 aos 2. 8 aos 3. 9 aos 4. 10 aos 5. 11 aos

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Art. 6. Al firmar la matricula, el estudiante y el padre o madre o acudiente, se comprometen a cumplir las normas del Manual de Convivencia (artculo 87 ley 115) y acatar las disposiciones emanadas de las directivas del plantel. Art. 7. EL ACUDIENTE: es la persona que representa al estudiante, firma la matrcula, sea el padre, madre o la persona con quien conviva permanentemente. Art. 8. REQUISITOS DEL ACUDIENTE: La secretaria deber aceptar como acudiente a quien rena los siguientes requisitos: 1. Ser mayor de edad. 2. Comprometerse a asistir o concurrir a las reuniones o citaciones a que sea convocado en funcin de la institucin o del alumno. 3. Proveer al alumno de los textos, tiles y dems elementos exigidos para el normal desarrollo de las actividades escolares. 4. Responder por los daos materiales que cause el alumno en la institucin, o en las instalaciones de sta, o en las instalaciones vecinas, o en los escenarios a donde concurra para procesos de experimentacin, observacin o recreacin. 5. El acudiente diferente a los padres de familia debe presentar constancia de su delegacin como tal por parte de los padres o entidad responsable. Art. 9. UNIFORMES Los estudiantes deben estar uniformados desde el primer da de clases segn los modelos establecidos, y los portarn con decoro dentro y fuera de la institucin sin adornos ni accesorios. El uniforme de educacin fsica se usa solamente el da que corresponda, segn horario o en actividades previamente autorizadas. Art. 10. CARACTERISTICAS GENERALES DE LOS UNIFORMES 1. UNIFORME DE DIARIO NIAS: Falda escocesa segn modelo. La falda va a nivel de la rodilla. Blusa en dacrn blanca, cuello sport. Medias blancas media caa. Zapatos negros, colegial. 2. UNIFORME DE DIARIO HOMBRES: Jean azul oscuro. Camibuso con escudo de la institucin. Correa negra. Zapatos negros colegial con cordones negros. Medias oscuras. 3. UNIFORME DE EDUCACION FISICA Sudadera vinotinto segn modelo. Camibuso con escudo de la institucin. Tenis totalmente blancos. Medias blancas. Pantaloneta vinotinto hombres. Bicicletero vinotinto mujeres.

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4. TRAJE PARA NATACION El traje de bao para las nias debe ser enterizo, es decir, de una sola pieza y en lycra. Para los varones debe ser pantaloneta de bao en lycra. En las clases de natacin los alumnos y las alumnas usaran gorro de bao y no es permitido entrar a la piscina con hebillas, ganchos o moos, ya que estos ocasionan daos en las tuberas y filtros. 5. UNIFORME DE GALA MUJERES Falda escocesa, camisa mangalarga blanca, corbata del color de la falda, zapato colegial negro, medias blancas y guantes blancos. 6. UNIFORME DE GALA HOMBRES Pantaln azul oscuro de dacrn, camisa blanca mangalarga, corbata vinotinto, zapato colegial negro, medias azul oscuro o negro Y guantes blancos. Art. 11. HORARIOS JORNADA MAANA Preescolar Primaria Secundaria JORNADA TARDE Preescolar Primaria Secundaria Art. 12. ASISTENCIA 1. Para entrar a la Institucin se debe presentar el carn en portera, para salir se debe llevar la orden de Coordinacin. 2. Fuera de los horarios establecidos, la institucin no asume responsabilidad por los estudiantes. 3. Se considera retardo cuando el estudiante llega despus de iniciadas las actividades por parte del profesor. 4. Quienes lleguen posteriormente deben presentarse a coordinacin con su excusa verbal o escrita, para que se le autorice el ingreso a clase. 5. Se hace seguimiento al nmero de retardos por parte de coordinacin y director de grupo. Despus de cinco retardos se cita al acudiente para firmar el compromiso correspondiente. Si despus de esta citacin persisten los retardos se aplican los procedimientos disciplinarios. Art. 13. PERMANENCIA (Artculo 96 de la ley 115) La Institucin Educativa Tcnica Alfonso Palacio Rudas, propender por la permanencia de los alumnos en el establecimiento educativo condicionada al Art. 96 de la ley 115 y a la sentencia T-442 de Agosto 25 de 1998.7

de 7:00 A.M de 6:30 A.M. de 6:00 A.M. de 01:00 P.M de 01:00 P.M. de 12:30 M.

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11:00 A.M. 11:30 A.M. 12:00 M. 05:00 P.M. 06:00 P.M. 06:30 P.M.

Art. 14. COSTOS EDUCATIVOS: Los costos educativos estarn de acuerdo con la resolucin de la Secretara de Educacin y dems disposiciones legales. Art. 15. Si se decide retirar definitivamente del plantel al alumno, el padre o acudiente deber solicitar por escrito la cancelacin de la matrcula a la secretara, presentando el respectivo paz y salvo, que deber solicitar en la oficina de Pagadura, para que cesen las obligaciones econmicas con la institucin. CAPITULO III Art. 16. DERECHOS DE LOS ALUMNOS 1. Conocer las competencias, los logros, indicadores y estndares de cada asignatura y los criterios de evaluacin desde el inicio del perodo acadmico. 2. Recibir de coordinacin, director de grupo y profesores la informacin precisa sobre el sistema de evaluacin y promocin. 3. Ser evaluado en forma continua, integral y cualitativa de acuerdo con los criterios definidos en el captulo VI, de la evaluacin, con igualdad de oportunidades. 4. Recibir de los docentes las pruebas y los trabajos evaluados en forma oportuna y con las debidas orientaciones. 5. Recibir orientacin de docentes y de coordinacin sobre inconsistencias en evaluaciones, cuando estas han sido mal procesadas en sistematizacin o que por otra razn haya errores en ellas. 6. Conocer los criterios para realizar la superacin de logros pendientes en cada asignatura y perodo acadmico, dando la oportunidad para alcanzarlos si exceder los lineamientos institucionales. 7. Ser evaluado cuando haya justificado sus inasistencias ante Coordinacin. 8. No ser recriminado por faltas cometidas ya sancionadas y superadas. 9. Participar activamente en la evaluacin institucional. 10. Recibir ttulo de acuerdo con el P.E.I. Proyecto Educativo Institucional, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Educacin Nacional y la Institucin. 11. Obtener solucin a los problemas concernientes a la Institucin, por parte de las directivas de la institucin, de acuerdo con el conducto regular. 12. Disfrutar de un ambiente sano e higinico en todas las dependencias y zonas de la institucin.

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13. Recibir los materiales e implementos necesarios en buen estado, para el eficiente desarrollo del proceso educativo y darles correcta utilizacin. 14. Ser respetado en su integridad personal, fsica, moral y sus pertenencias. 15. Ser educado en el buen uso, mantenimiento y conservacin del ambiente. 16. Exponer iniciativas que considere convenientes para el manejo del ambiente. 17. Ser respetado como persona, recibir buen trato y comprensin por todos los estamentos. 18. Recibir una enseanza que garantice una formacin integral. 19. Recibir orientacin profesional y asesora escolar. 20. Ser evaluado con equidad y justicia, sin tener en cuenta ninguna consideracin de familia, posicin social, amistad etc. 21. Recibir puntual y oportunamente las clases completas y servicios que presta la institucin y presentar ante sus superiores las quejas por fallas en la funcin docente y/o administrativa. 22. Permanecer dentro del aula de clase mientras el profesor desarrolla el tema u orienta las actividades respectivas siempre y cuando el estudiante no interfiera en el normal desarrollo de la clase con su indisciplina y mal comportamiento. 23. Que las tareas, lecciones y logros le sean asignados en forma racional y pedaggica, con objetivos claros y fines formativos. 24. Recibir la orientacin adecuada y asumir con entera libertad las creencias religiosas y polticas. 25. Que le sean aceptadas las excusas debidamente refrendadas por la coordinacin. 26. Tener un servicio de tienda escolar que responda a sus necesidades nutritivas y econmicas. 27. Conocer sus resultados acadmicos antes de que sean consignados en su boletn de calificaciones, con el fin de crear espacios a las aclaraciones y reclamos pertinentes. Recibir las pruebas presentadas (evaluaciones, trabajos, investigaciones, etc.) con sus respectivas observaciones y sugerencias dentro del plazo de 3 a 5 das acadmicos. 28. Obtener la tramitacin oportuna de los certificados de estudio y dems documentos que deban ser expedidos por la institucin. 29. Que se le expidan sus certificados y constancias cada vez que lo solicite, siempre y cuando se encuentre a paz y salvo con la Institucin y cancele el valor correspondiente (el plazo mximo para recibir documentos, es de 15 das hbiles). Art. 15 Decreto 180, decreto 01 de Enero de 1984.9

30. Permanecer dentro del aula respectiva, todo el tiempo que dure la clase aunque el profesor est ausente o desarrollar las actividades que oriente la coordinacin. 31. Recibir de sus educadores en forma permanente, testimonio de cultura tica, cvica, social y ambiental. 32. Obtener los estmulos que la institucin ha creado: ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES: Mencin de honor. Medallas (Mejor ICFES, mejor bachiller COFRADISTA, perseverancia, comportamiento y conducta). Aclamacin en pblico, por sus mritos, por rendimiento acadmico, participacin y comportamiento. Felicitacin Escrita. Izada del pabelln Nacional, del Tolima o de la institucin. Integracin de grupos. Monitorias y/o comisiones especiales. Representacin de la institucin. Participacin en das recreativos de fin de semana con su director de grupo. Reconocimiento por parte de la institucin y la Asociacin de Padres de familia, al mejor ICFES y al mejor bachiller COFRADISTA por jornada. 33. Ser odo, al igual que sus padres o acudientes, en todo proceso disciplinario que conlleve como sancin la exclusin definitiva de la institucin. Esta decisin corresponde al consejo directivo, con el visto bueno de la Asociacin de Padres de familia. El personero de los estudiantes puede concurrir a las reuniones de este consejo, como promotor y defensor de los derechos estudiantiles. (Art. 94 de la ley 115 de 1.994). 34. No ser requerido ni notificado por autoridad alguna externa al plantel, dentro de los predios de la institucin. (Cdigo del Menor). 35. Elegir y ser elegido para formar parte de los diferentes comits y recibir la informacin correspondiente. 36. Planear con sus profesores medios elegidos por consenso para la evaluacin, a fin de que cada actividad logre su verdadero objetivo, como lo es el desarrollo integral de las personas. 37. Que se le programen actividades individuales o grupales que se requieran para superar las fallas o limitaciones, en la consecucin de un logro. 38. Ser formado y protegido contra el uso de sustancias psicoactivas, que produzcan dependencia y dems actos que atenten contra sus principios morales. 39. Recibir el carn estudiantil que lo acredite como alumno de la I.E.T.A.P.R. el cual se debe traer todos los das y portarlo permanentemente en lugar visible.

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40. Recibir actividades complementarias y necesarias al finalizar el semestre, en el rea o reas que no alcancen los logros mnimos, en el tiempo y condiciones establecidas por la institucin. 41. Exigir de sus compaeros buen comportamiento en clase y actos de comunidad para garantizar el normal desarrollo de actividades. 42. Estimular las buenas actitudes de sus compaeros y comunidad en general. 43. No ser agredido ni fsica ni moralmente, ni de obra, ni de palabra por compaeros, profesores, directivos y dems empleados. 44. Ser informado con rectitud y veracidad, de manera oportuna, sobretodo en lo que pueda afectarlo positiva o negativamente como persona, como alumno o miembro de una comunidad. CAPITULO IV

REGLAS PARA LAS ELECCIONES DEL REPRESENTANTE DE GRADO, CONSEJO ESTUDIANTIL, REPRESENTANTE ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO, PERSONERO Y CONTRALOR ESTUDIANTIL. Art. 17. DEL REPRESENTANTE DE GRADO 1. Se llama Representante de Grado al alumno elegido en cada grado por sus compaeros y que formar parte del Consejo Estudiantil General. 2. Se llama CONSEJO ESTUDIANTIL GENERAL, a la reunin conformada por un representante de cada grado. 3. El CONSEJO ESTUDIANTIL ser presidido por el alumno representante de los estudiantes ante el CONSEJO DIRECTIVO, el cual ser elegido en la primera reunin del Consejo Estudiantil ampliado. 4. Se llama CONSEJO ESTUDIANTIL AMPLIADO cuando est conformado por dos representantes (Principal y Suplente) de todos los grados de la Institucin. 5. Cualquier estudiante que vaya a representar a la Institucin debe haber demostrado con su actitud durante su permanencia, sentido de pertenencia. SOBRE LA ELECCIN 1. Cada grado elegir su representante al Consejo Estudiantil en reunin con su Director de Grupo, de cuya deliberacin se levantar acta. El alumno que obtenga el mayor nmero de votos ser el principal y quedar como suplente quien obtenga la siguiente mayor votacin. 2. Dicha eleccin se har por escrito y de manera secreta. Inicialmente se registrarn los candidatos voluntarios y, en caso de no postulacin voluntaria se registrarn por aclamacin, previa aceptacin del postulado. REQUISITOS DEL REPRESENTANTE DE GRADO 1. Los candidatos deben cumplir con los requisitos de excelencia en: honestidad, relaciones humanas, rendimiento acadmico, comportamiento y capacidad crtica,11

entendida sta como la competencia lgica y emocional para sealar defectos o virtudes con la respectiva propuesta de mejoramiento personal e institucional. 2. Los aspirantes a Representantes de Grupo deben tener una permanencia mnima de dos aos en la institucin y dentro de cada jornada. 3. No haber sido sancionado en los dos ltimos aos. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE GRADO 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de sus compaeros. 2. Recibir y evaluar peticiones de los compaeros sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. 3. Presentar ante el Representante de los estudiantes y ante el Consejo Estudiantil solicitudes, convirtindose en el puente comunicador entre los estudiantes de su grupo, el Consejo Estudiantil y el Representante de los alumnos ante el Consejo Directivo. 4. Como miembro del Consejo estudiantil, asistir a las reuniones programadas 5. Elegir y/o ser elegido como Representante de los alumnos ante el Consejo Directivo. 6. Cumplir con el reglamento del CONSEJO ESTUDIANTIL contemplado en la organizacin del gobierno escolar. El no cumplimiento de las funciones acarrear el relevo de su designacin Art.18. DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO El Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo ser elegido en la primera reunin del CONSEJO ESTUDIANTIL GENERAL. Como representante de los Estudiantes y miembro del mximo organismo del Gobierno Escolar, deber presentar iniciativas para beneficio de los compaeros de la institucin, que tengan que ver con: a. b. c. d. e. f. g. Adaptacin del Manual de Convivencia Evaluacin del aprendizaje Organizacin de eventos sociales, deportivos y culturales. Actividades para buscar la participacin justa y democrtica. Propuestas para mejorar la calidad de la educacin. Organizacin del Consejo Estudiantil para el cual ser su presidente. Otras relacionadas con el respeto a los derechos de los estudiantes.

El no cumplimiento de las funciones de Representacin acarrear el relevo de su designacin. Art. 19. DEL PERSONERO (A) DE LOS ESTUDIANTES 1. Se elegir como Personero (a) de los Estudiantes a un alumno (a) del ltimo Grado de la Institucin (Grado XI). Su eleccin ser dentro de los 30 das despus de iniciar clases. 2. Una semana antes de la eleccin, un delegado de los profesores de Ciencias Sociales recibir la inscripcin de los candidatos a Personero que cumplan los requisitos, y junto con la coordinadora acadmica y disciplinaria organizarn unos espacios o jornadas de deliberacin con toda la comunidad para que los12

candidatos puedan presentar su plan de accin durante su permanencia como Representante electo. 3. La eleccin del Personero se har por voto popular (tarjetones) y de manera secreta, en una jornada de votacin en donde participarn todos los estudiantes de la Institucin. El alumno que obtenga el mayor nmero de votos ser el principal y quedar como suplente quien obtenga la siguiente mayor votacin. Al final de la jornada se levantar acta de escrutinio, respaldada con la firma de los jurados de votacin, que sern asignados por los profesores de Ciencias Sociales. 4. Los candidatos deben cumplir con los requisitos de excelencia en: honestidad, relaciones humanas, rendimiento acadmico, comportamiento y capacidad crtica, entendida sta como la competencia lgica y emocional para sealar defectos o virtudes con la respectiva propuesta de mejoramiento personal e institucional. Los aspirantes a personeros deben tener una permanencia mnima de dos aos en la institucin y dentro de cada jornada. No haber sido sancionado en los dos ltimos aos. 5. El no cumplimiento de las funciones de representacin acarrear el relevo de su designacin. Tres meses despus de su eleccin se podr revocar su permanencia si no ha liderado dos proyectos relacionados con: mejoramiento acadmico y disciplinario, prevencin del alcoholismo, drogadiccin, educacin sexual, aspectos culturales como teatro, msica, danzas, pintura mostrando su capacidad de organizacin, sentido de liderazgo que vayan engrandeciendo la institucin. FUNCIONES DEL PERSONERO a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podr utilizar los medios de comunicacin interna del establecimiento o pedir la colaboracin del Consejo de estudiantes. b. Organizar foros u otras formas de deliberacin. c. Recibir y evaluar peticiones de los compaeros y de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. d. Presentar ante el Rector solicitudes. e. Apelar ante el Consejo Directivo las decisiones del Rector sobre sus solicitudes. f. Cumplir con el reglamento del Personero contemplado en la organizacin del gobierno escolar. Art. 20. LA CONTRALORA ESTUDIANTIL La CONTRALORA ESTUDIANTIL estar compuesta por el contralor estudiantil, el Contralor auxiliar y el Comit estudiantil de Control Social. DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL 1. El Contralor Estudiantil ser un estudiante matriculado en la Institucin en el Grado Noveno o Dcimo.. Su eleccin ser dentro de los 30 das despus de iniciar clases. 2. Una semana antes de la eleccin, un delegado de los profesores de Ciencias Sociales recibir la inscripcin de los candidatos a Contralor Estudiantil, que cumplan los requisitos, y junto con la coordinadora acadmica y disciplinaria organizarn unos espacios o jornadas de deliberacin con toda la comunidad para13

que los candidatos puedan presentar su plan de accin durante su permanencia como Contralor Estudiantil electo. 3. La eleccin del Contralor Estudiantil se har por voto popular (tarjetones) y de manera secreta, en una jornada de votacin en donde participarn todos los estudiantes de la Institucin. El alumno que obtenga el mayor nmero de votos ser el CONTRALOR ESTUDIANTIL y quedar como CONTRALOR SUPLENTE quien obtenga la siguiente mayor votacin. Al final de la jornada se levantar acta de escrutinio, respaldada con la firma de los jurados de votacin, que sern asignados por los profesores de Ciencias Sociales. 4. Los candidatos deben cumplir con los requisitos de excelencia en: honestidad, relaciones humanas, rendimiento acadmico, comportamiento y capacidad crtica, entendida sta como la competencia lgica y emocional para sealar defectos o virtudes con la respectiva propuesta de mejoramiento personal e institucional. Los aspirantes a personeros deben tener una permanencia mnima de dos aos en la institucin y dentro de cada jornada. No haber sido sancionado en los dos ltimos aos. 5. El no cumplimiento de las funciones acarrear el relevo de su designacin. Tres meses despus de su eleccin se podr revocar su permanencia si no ha liderado dos proyectos. FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL 1. Contribuir en la creacin de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y mano de los recursos y bienes de su institucin, a travs de actividades formativas y/o ldicas con el apoyo de la Institucin y de la Contralora departamental 2. Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participacin ciudadana y el ejercicio del control social en su institucin con el apoyo de la Contralora departamental 3. Velar por el mejoramiento de la calidad educativa 4. Promover la enseanza, educacin y el respeto por los derechos humanos dentro y fuera de la Institucin educativa 5. Preservar en la institucin educativa y fuera de ella un medio ambiente sano y libre de contaminacin, as como la preservacin de los recursos naturales 6. Presentar a la contralora departamental las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas, con relacin al uso de los recursos y bienes de la Institucin educativa a la que pertenece 7. Solicitar las actas del Consejo Directivo, para poder hacer seguimiento a las decisiones que se tomen sobre el uso de los bienes y recursos de la Institucin 8. Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comit Estudiantil de Control Social. 9. Presentar una rendicin de cuentas semestralmente, sobre sus actuaciones en el ejercicio de sus funciones 10.Las dems que le sean asignadas por la Contralora Departamental. Art. 21. DEL DELEGADO DE LOS ALUMNOS PARA EL DE CONTROL SOCIAL COMIT ESTUDIANTIL

1. Cada grado elegir su Delegado para el Comit Estudiantil de Control Social con su Director de Grupo, de cuya deliberacin se levantar acta. El alumno que obtenga el mayor nmero de votos ser el principal y quedar como suplente quien obtenga la siguiente mayor votacin.14

2. Dicha eleccin se har por escrito y de manera secreta. Inicialmente se registrarn los candidatos voluntarios y, en caso de no postulacin voluntaria se registrarn por aclamacin, previa aceptacin del postulado. 3. El COMIT ESTUDIANTIL DE CONTROL SOCIAL estar conformado por los delegados de cada uno de los grados, quien apoyar en sus funciones y labores al CONTRALOR ESTUDIANTIL. REQUISITOS 1. Los candidatos a Delegados, deben cumplir con los requisitos de excelencia en: honestidad, relaciones humanas, rendimiento acadmico, comportamiento y capacidad crtica, entendida sta como la competencia lgica y emocional para sealar defectos o virtudes con la respectiva propuesta de mejoramiento personal e institucional. 2. Los aspirantes a delegados para el Comit Estudiantil de Control Social deben tener una permanencia mnima de dos aos en la institucin y dentro de cada jornada. 3. No haber sido sancionado en los dos ltimos aos. FUNCIONES 1. Asistir a las reuniones del Comit Estudiantil de Control Social, mnimo trimestralmente y cuando el Contralor extraordinariamente cite el Comit. 2. Servir de puente comunicador entre los alumnos de su grupo con el Contralor Estudiantil 3. Apoyar las funciones y labores del Contralor Estudiantil 4. Las que se contemplen en la Organizacin y funcionamiento del Comit Estudiantil de Control Social Art. 22. DEL COMIT DE CONVIVENCIA Y DEL DELEGADO DE LOS ALUMNOS PARA EL COMIT ESTUDIANTIL DE CONVIVENCIA1. El Comit de Convivencia es un rgano consultor del Consejo Directivo y del Rector,

encargado de asesorar a estas instancias en la resolucin de situaciones relacionadas con la convivencia y la disciplina. Est conformado por representantes de todos los estamentos de la comunidad educativa. (Dos profesores, dos alumnos, dos padres de familia y Sicloga del Bienestar Estudiantil) Para que sea funcional habr un profesor de la maana y otro de la tarde y as con los dems integrantes, padres y alumnos, con el fin que en cada jornada se puedan reunir (tres miembros y la sicloga) y tomen decisiones de acuerdo con las necesidades de la Jornada. La sicloga asistir a las reuniones en cada jornada. 2. La Institucin tambin contar con el Comit Estudiantil de Convivencia, que servir como rgano colaborador y de ayuda del Comit de Convivencia y de los profesores en la solucin de situaciones relacionadas con la convivencia y disciplina en cada grado y la Institucin SOBRE LA ELECCION DE REPRESENTANTES PARA EL COMIT ESTUDIANTIL DE CONVIVENCIA 1. Cada grado elegir su representante para el Comit Estudiantil de Convivencia con su Director de Grupo, de cuya deliberacin se levantar acta. El alumno que obtenga15

el mayor nmero de votos ser el principal y quedar como suplente quien obtenga la siguiente mayor votacin. 2. Dicha eleccin se har por escrito y de manera secreta. Inicialmente se registrarn los candidatos voluntarios y, en caso de no postulacin voluntaria se registrarn por aclamacin, previa aceptacin del postulado. 3. El COMIT ESTUDIANTIL DE CONVIVENCIA estar conformado por los delegados de cada uno de los grados, quien apoyar en sus funciones y labores al Comit de Convivencia y a los docentes. REQUISITOS 1. Los candidatos a Delegados, deben cumplir con los requisitos de excelencia en: honestidad, relaciones humanas, rendimiento acadmico, comportamiento y capacidad crtica, entendida sta como la competencia lgica y emocional para sealar defectos o virtudes con la respectiva propuesta de mejoramiento personal e institucional. 2. Los aspirantes a delegados para el Comit Estudiantil de Convivencia deben tener una permanencia mnima de dos aos en la institucin y dentro de cada jornada. 3. No haber sido sancionado en los dos ltimos aos. FUNCIONES 1. Realizar actividades y talleres para fomentar la convivencia y los valores 2. Divulgar los derechos fundamentales, as como los de los nios, nias y adolescentes. 3. Instalar mesas de conciliacin para la resolucin pacfica de conflictos. 4. Hacer seguimiento al cumplimiento de lo establecido en el manual de convivencia. 5. Construir una comunidad escolar democrtica 6. Fortalecer el mejoramiento de la calidad de los aprendizajes y formacin ciudadana de los estudiantes. 7. Fortalecer las confianzas mutuas. CAPITULO V SERVICIO DE BIENESTAR ESTUDIANTIL Art. 23. ORIENTACION ESCOLAR: La orientacin escolar es un proceso que ayuda al estudiante para que sea capaz de resolver los problemas que la vida acadmica le plantea, por lo tanto, el proceso de ayuda se refiere a situaciones de ayuda en actividades escolares, y para que a lo largo de su recorrido por el colegio tome decisiones de acuerdo con sus intereses, capacidades, y con su situacin personal. El tipo de ayuda que la orientacin escolar ofrece presenta caractersticas distintas segn la edad y el nivel del escolar. Se orienta la educacin en el estudiante, sus procesos mentales, socio-afectivo y comunitario. Busca dinamizar los procesos educativos dedicndose principalmente a su complemento biosicosocial para lograr una educacin integral. Retomando el concepto de aprender a aprender; es ah donde el Orientador Escolar, asesora, gua, orienta a cada individuo de la comunidad educativa para que esta logre la16

actitud, las habilidades y destrezas para aprender por s mismo, para entender su entorno, para innovar su presente y su futuro. La orientacin es considerada como un proceso de aprendizaje cuyo eje se localiza en comprensin cognoscitiva consciente que el joven tenga las condiciones situacionales importantes y las relaciones entre el medio. El servicio de orientacin conlleva tres principios que son: El joven es reconocido como individuo nico y diferente de los otros, implica un inters por el bienestar del estudiante como persona, con deseos, necesidades, motivos y ambiciones, la asistencia del padre de familia ser de gran importancia por cuanto habr una interrelacin permanente que le permitir al adulto, entender ciertos comportamientos del alumno en la institucin y fuera de ella. Nuestra institucin incorpora en el proyecto educativo institucional acciones pedaggicas para favorecer el desarrollo equilibrado y armnico de las habilidades de los educandos, en especial las capacidades para la toma de decisiones, la adquisicin de criterios y el trabajo en equipo, la administracin eficiente del tiempo, la funcin de responsabilidades para la comunicacin, la negociacin y la participacin. Con base en el artculo 40 del decreto 1860/94 reglamentario de la ley 115 de 1994 en todos los establecimientos educativos se prestar un servicio de orientacin estudiantil que tendr como objetivo general el de contribuir el pleno desarrollo de la responsabilidades de los educandos. La legislacin educativa colombiana presenta unos parmetros claros donde se mira la orientacin escolar como el componente del currculo sin el cual no se pueden dinamizar los procesos educativos, donde las estrategias pedaggicas tienen que ver con el desarrollo bio-psico-social del alumno. El orientador(a) visita los salones, asiste a reuniones con el consejo acadmico, atiende invitaciones de la Secretara de Salud Municipal y departamental. El orientador(a) hace parte de la Red de Buen Trato, Escuelas Saludables, Comits de Prevencin (nio trabajador, desplazados, drogadiccin, abuso sexual). Vale la pena resaltar la labor pedaggica y de reeducacin del Orientador Escolar como verdadero amigo de los estudiantes y conciliadores de los conflictos Institucionales. El orientador significa, denota, es humanista y atiende a padres de familia, estudiantes y comunidad a travs de las visitas domiciliarias. Su quehacer socio-afectivo y laboral abarca el campo comunitario a travs del Restaurante Escolar, Transporte Escolar, el Servicio Social y prestar los primeros auxilios con el botiqun que se ubica en su oficina. RESTAURANTE ESCOLAR: Este programa depende de la administracin municipal y del ICBF. Est dirigido a los estudiantes de las jornadas diurnas, de preescolar y bsica primaria. Art. 24. TIENDA ESCOLAR: adems de lo estipulado en el contrato, cumplir siguientes condiciones: las

1. Higinicas, tanto del lugar como de las personas que all atienden, deben basarse en las normas establecidas por el Ministerio de Salud. 2. Los alimentos all ofrecidos tendrn alto valor nutritivo, sern de ptima calidad, precios asequibles y justos.17

3. La atencin o trato por parte del personal encargado de la tienda escolar, ser dado dentro de las normas del respeto y la cordialidad. 4. Los precios de los artculos siempre estarn en sitio visible. Art. 25. REGLAMENTO DE PISCINA (Resolucin No.039 de Octubre 16 de 2007)1. La piscina se utilizar por parte de todos los estudiantes como medio didctico o aula de clases. En secundaria; siempre debe estar presente el docente de Educacin fsica. En primaria y preescolar; el director de grupo, los dos alumnos de servicio social y el instructor de natacin, personas quienes sern los responsables de la seguridad y el buen uso de la piscina. 2. El servicio de piscina se cancelar en los primeros cinco (5) das de cada mes. 3. Quien desee el servicio de piscina y no sea alumno del colegio, tramitar la solicitud en Rectora y pagar valor acordado por persona, por cada da que la use. 4. Cuando por causa justificada los estudiantes no puedan usar durante el ao la piscina, debern presentar incapacidad mdica al profesor de Educacin fsica, con copia a la coordinacin. Deben hacer clase de Educacin fsica y pagarn el costo de la piscina. 5. Slo se puede hacer uso de la piscina segn horario establecido y en compaa de un profesor. 6. El uso de la piscina en horario extra-clase se dar en das no laborables con el visto bueno de Rectora. 7. La vigilancia de los nios debe ser cercana y constante.8.

No se permite el acceso a estudiantes y usuarios sin la compaa de un adulto.

9. Deber mantener un botiqun de primeros auxilios, un flotador circular con cuerda y un bastn con gancho. 10. Los profesores de Educacin Fsica o los instructores de natacin deben exigir y brindar todas las medidas de seguridad, como: A. Traje de bao (vestido de bao, gorro, protector de odos, tabla, flotadores, lazo) B. El profesor o el instructor debe estar en traje de bao y debe realizar curso de salvavidas o demostrar conocimientos al respecto. C. Auxiliar para primaria 11. No se permite el uso de la piscina si no hay guardavidas presentes. No se permite nadar de noche sin luz o cuando la piscina est cerrada. 12. Los padres de nios que se encuentren participando en prcticas o clases de natacin debern permanecer en el rea de las gradas. Todos los usuarios del servicio de piscina se comprometen a: 13. No beber agua de la piscina y ducharse con agua y jabn antes y despus de usar la piscina con el propsito de evitar enfermedades como: infecciones en la piel, otitis, problemas gastrointestinales de los cuales la institucin no se hace responsable por no cumplirse el reglamento. 14. Usar gorro evitando as la cada del cabello dentro de la piscina, lo cual tapa los filtros de los motores.18

15. Usar protectores plsticos para los odos, evitando problemas de otitis y dems complicaciones. 16. Entrar a la piscina solamente por las reas designadas. No se permite brincar portones cerrados o verjas para lograr acceso a la piscina. 17. Todos los usuarios que soliciten y paguen el servicio de piscina, responden por su seguridad, llevando los implementos necesarios como tabla, protector y lazo. Los menores deben estar acompaados por lo menos de un adulto que sepa nadar y tenga conocimiento de salvavidas. 18. La Institucin Educativa no se hace responsable de accidentes, enfermedades y dems consecuencias por: el mal uso de la piscina, de los implementos; por la indisciplina y mal uso del sitio; por el desconocimiento de las tcnicas de natacin, por el mal uso de las duchas y en especial por el abuso de confianza al utilizar la piscina sin el respectivo permiso de Rectora o del instructor de piscina. PROHIBICIONES 1. Est prohibido el consumo de alimentos y bebidas en el rea de la piscina. 2. Se prohbe ingresar a los corredores perimetrales a las personas con vestido o calzado de calle. 3. Queda prohibido el acceso a la piscina de animales domsticos. 4. Se prohbe usar bronceador o aceites, sin embargo, se permite el uso de bloqueador solar. 5. Es motivo de sancin llevar botellas o elementos corto-punzantes a los alrededores o graderas de la piscina. 6. Es motivo de sancin empujar a los dems, consumir en el agua o utilizar bromas pesadas dentro de la piscina. 7. Est prohibido comer dentro de la piscina y/o arrojar basuras a sus alrededores. 8. Queda terminantemente prohibido a los estudiantes y dems usuarios utilizar la piscina como zona de bromas y juegos. 9. Hacer saltos de cabeza o de zambullida. Los nadadores podrn lanzarse de los bloques de salida solamente mientras estn supervisados por el entrenador o durante competencias. 10. Usar malas palabras, lenguaje obsceno, o conducta indeseable. 11. Realizar juegos bruscos, de mano, gritera, o cualquier actividad fsica que atente contra la seguridad de los dems. 12. Tirar objetos como piedras u otros dentro de la piscina est prohibido. PISCINERO 1. Debe escribir en colores vistosos y en letra grande, visible, con claridad para cualquier persona, la profundidad mxima y mnima de la piscina y el lugar de cambio de pendiente. 2. Conseguir alarma de agua con sensor de inmersin y un botiqun de primeros auxilios para ejecutar curaciones o asistencias menores. 3. El agua debe cumplir con las caractersticas fsico-qumicas y bacteriolgicas que establezca el Ministerio de Salud o la entidad encargada del control. 4. Mantener en perfecto estado los puestos de emergencia. 5. Se debe contar con un libro de registro diario de funcionamiento que se presentar a las autoridades competentes cuando lo soliciten y en el cual se anotarn:a) b) c) d) e)

Nmero de usuarios. Volumen de agua reciclada o suministrada a la piscina Tipos y cantidades de desinfectantes aplicados al agua. Resultados de las determinaciones de los desinfectantes por lo menos cada dos horas; Fechas de vencimiento, limpieza y puesta en funcionamiento de la piscina.19

f) g) h)

Fechas de lavado y desinfeccin de los pisos Fechas y horas de lavado de los filtros y cantidades de coagulantes utilizados. Fechas de aplicacin de plaguicidas en camerinos, guardarropas y dems instalaciones.

EXIGENCIAS PARA LOS BAISTAS1.

Todas las personas deben usar la ducha y el lavapis antes de entrar a la piscina.

2. Las personas que tengan heridas visibles o se encuentren en estado de embriaguez, no se les permite el uso de la piscina. 3. Tanto el personal que presta servicio de la piscina y los usuarios, no deber padecer de enfermedades susceptibles de ser transmitidas a otras personas por contacto directo o indirecto a travs del agua o de los elementos de uso comn. 4. Quien incumpla con el presente reglamento y obligaciones de usuario de la piscina tendr que abandonar las practicas y / o estar sujeto a sanciones disciplinarias por parte de las directivas del colegio como suspensin temporal o definitiva del uso de la piscina, segn sea el caso.

Art. 26. REGLAMENTO DE TRANSPORTE A. DERECHOS DE LOS USUARIOS: 1. Los estudiantes de la Institucin Educativa Tcnica Alfonso Palacio Rudas, tienen derecho a un servicio excelente y en los horarios establecidos. 2. Para seguridad del estudiante, los buses estarn en ptimas condiciones mecnicas, elctricas y de aseo. 3. Para garantizar la proteccin del personal escolar, en los vehculos deber ir por lo menos un adulto representante de la Institucin docente. (Res. 166 de febrero de l.982- INTRA). 4. El alumno ser tratado con respeto y cordialidad de parte de los seores conductores o sus reemplazos en ausencia del conductor titular. 5. Los alumnos podrn de una manera respetuosa y cordial llamar verbalmente la atencin a los conductores cuando se vea la irresponsabilidad en el manejo o conduccin de los buses y pasarlo por escrito a la coordinacin. 6. Los usuarios informarn inmediatamente a la coordinacin cuando el conductor se encuentre en estado de embriaguez y la coordinadora est en la obligacin de inmovilizar el vehculo. 7. Los alumnos tienen derecho a que se les recoja y se les deje en los respectivos paraderos. 8. Los alumnos informarn de anomalas y presentaran sus inquietudes y sugerencias en forma escrita a la coordinadora en cada una de las jornadas. 9. Solamente tendrn derecho al servicio de bus los usuarios (alumnos y alumnas de la institucin), que estn al da en sus pagos, los profesores y empleados. No se admitirn personas ajenas a la institucin sin autorizacin escrita del Rector. B. DEBERES DE LOS USUARIOS: 1. Los estudiantes que usen el transporte escolar, recibirn un carn de usuario el cual debern portar todos los das.20

2. Los alumnos debern estar puntualmente en los paraderos adjudicados por la Institucin y all mismo bajarse del bus al regresar. 3. El pago del servicio de transporte se debe realizar de manera anticipada a ms tardar el da 10 de cada mes. 4. El usuario debe acercarse a la oficina de pagadura una vez realizado el pago, para actualizar su carn. 5. Una vez terminado el plazo de pagos, el usuario debe presentar su carn actualizado a los alumnos de servicio social o conductores, de lo contrario no podr utilizar el servicio. 6. Los usuarios velarn por la buena prestacin del servicio de transporte, no deben ingresar alimentos al bus, ni consumirlos dentro del mismo. 7. Los usuarios del servicio de bus no podrn efectuar actos de violencia, malos tratos, injurias y calumnias contra los mismos usuarios y el conductor. 8. El usuario no ir de pie en la puerta o cabina. 9. El padre de familia o acudiente, debe solicitar por escrito, cuando necesite cambio de recorrido para el transporte del estudiante. 10. Cuando se decida no utilizar ms el servicio, el acudiente o padre de familia deber informar por escrito y anexar el respectivo carn. C. CORRECTIVOS A LOS USUARIOS: 1. Quienes hagan mal uso del bus, sern amonestados verbalmente; si reinciden en sus faltas sern suspendidos del servicio del bus de uno a cinco (1 a 5) das y de no obtenerse un cambio positivo en su comportamiento se les suspender definitivamente el servicio. 2. Las faltas de comportamiento cometidas en los recorridos sern notificadas y se har la respectiva anotacin en el observador del alumno. 3. Los daos ocasionados a los buses (sillas, pintura, mecnica etc.), sern pagados en su totalidad por los usuarios responsables de dicho dao. D: COMIT DE TRANSPORTE ESCOLAR: Estar integrado por el personal de rea financiera y conductores. Estar en constante coordinacin con los encargados de la labor social de los estudiantes, los docentes de primaria, preescolar y los estudiantes de servicio social de la media tcnica E: DEBERES DEL COMIT: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. Elaborar el listado de usuarios del transporte escolar. Organizar las rutas y paraderos de acuerdo son las necesidades del usuario. Elaborar y entregar los carns de usuarios. Organizar y efectuar los cobros mensuales a los usuarios y mantener actualizado el krdex de pago. Colocar los sellos de pago al carn del usuario. Realizar selectivos de control del usuario mensualmente. Las coordinaciones de las jornadas deben organizar turnos para que en los recorridos de los buses haya acompaamiento; a los nios y nias de preescolar y bsica primaria por parte de un docente de preescolar o primaria y a los usuarios de bsica secundaria y media; acompaamiento de jvenes de servicio social. Los acompaantes estn facultados para exigir buen comportamiento, disciplina y cumplimiento dentro del bus respectivo, dando informe posterior a coordinacin acadmica, pagadura o al comit de transporte.21

8.

D. DEBERES DE LOS CONDUCTORES: 1. Los conductores de los vehculos de transporte escolar debern acreditar certificaciones sobre los cursos de relaciones humanas, dictados por entidades reconocidas para tal fin. 2. La velocidad mxima para el transporte escolar ser de (40 Km por hora). 3. Los conductores y profesores que utilicen el servicio de bus, est facultados para decomisar el carn a aquellos estudiantes que observen mal comportamiento. 4. Los conductores denunciarn las faltas de mal comportamiento en los recorridos ante las coordinaciones, pagadura o el comit de transporte. 5. Los conductores desempearn su cargo para el cual fueron nombrados sin obtener o pretender beneficios personales. 6. Los conductores estn facultados para exigir un excelente comportamiento durante los recorridos. 7. Los seores conductores deben constatar los listados de pasajeros o exigir la presentacin del carn cada vez que los estudiantes hagan uso del servicio de transporte escolar. Art. 27. RECREACION 1. Practicar las diferentes modalidades deportivas programadas por la institucin. 2. Participar en actividades culturales y artsticas que sean organizadas dentro de la institucin y fuera de ella. 3. Recibir y entregar los elementos deportivos y culturales, as como las instalaciones en buen estado para la ejecucin de las actividades deportivas. 4. Participar en actividades como redaccin de medios de informacin donde exprese libre y espontneamente sus inquietudes culturales y sociales. Art. 28. BIBLIOTECA. NORMAS PARA USO DE LA BIBLIOTECA 1. Los trabajos que se desarrollen en la Biblioteca deben ser exclusivamente consultas, investigaciones. 2. La Biblioteca podr ser utilizada por toda la comunidad Educativa, o cualquier persona con autorizacin de Coordinacin o Rectora. 3. Para solicitar un libro de la biblioteca, se debe presentar el carn estudiantil o un documento que lo identifique. 4. Los libros de referencia como diccionarios, enciclopedias o de coleccin, atlas y otros textos de consulta rpida solo podrn ser prestados dentro de la sala de lectura o para fotocopiar dentro de la institucin. 5. Ningn libro podr ser retirado de la biblioteca sin haber sido registrado por la bibliotecaria y registrada la firma del usuario. 6. Solamente se prestar un libro por carn, los alumnos y profesores del plantel, podrn solicitar el prstamo de los libros fuera de la institucin hasta 3 (tres) das consecutivos y prorrogables segn las circunstancias, los textos escolares nicos no podrn prestarse fuera de la institucin. 7. Queda prohibido utilizar la biblioteca para depositar o guardar implementos o materiales extraos a los que cumplan con la funcin propia de dicha dependencia.22

8. Cuando la biblioteca vaya a ser utilizada por uno o varios grupos, debe ser bajo la orientacin de un profesor, o de la coordinadora o encargado quien previamente reserv turno para utilizarla, ante la bibliotecaria. 9. Las reservas de turno para la biblioteca se harn con anticipacin. 10. No se le negar el servicio a personas ajenas a un grupo, cuando lo soliciten y est ocupado por dicho grupo. 11. Guardar las normas de comportamiento de cualquier sala de estudio. Para lo cual las bibliotecarias debern organizar talleres de estudio sobre comportamiento en estos sitios, evacuaciones en caso de emergencia etc. 12. Cualquier dao ocasionado en los libros o enseres de la biblioteca deber ser reportado inmediatamente por la bibliotecaria a la Coordinacin. CAPITULO VI SISTEMA DE EVALUACIN INSTITUCIONAL DE LOS ESTUDIANTES SIEE Art. 29. ACUERDO No. 005 DE NOVIEMBRE 24 DE 2009 El Sistema Institucional de Evaluacin de Estudiantes (SIEE) se basa en el Decreto 1290 de Abril 16 de 2009, como tambin la Ley 115/94, la Resolucin 2343 de Junio 5/1996, el Decreto 1850 de Agosto 13/2002, as como los parmetros establecidos en el Proyecto Educativo Institucional. Nuestro Sistema Institucional de Evaluacin de Estudiantes (SIEE) responde al Modelo Pedaggico Transformador, propuesto por Giovanni Marcelo Iafrancesco Villegas, el cual tiene como misin formar al ser humano en la madurez de sus procesos, para que construya el conocimiento y transforme su realidad sociocultural, resolviendo problemas desde la innovacin educativa. Esta misin le permite relacionar el ser con el saber y el saber hacer y desarrollar la capacidad de sentir, pensar y actuar de quien aprende. As mismo, se ampara en la visin y la misin contemplada en nuestro Proyecto Educativo Institucional. Con los docentes en esta institucin se puede lograr siempre y cuando, stos sean capaces de proponer mtodos activos para que el alumno aprenda haciendo, construya conocimiento y as formar lderes transformacionales que den respuesta nuevas a las condiciones innovadoras que demanda el progreso, producto del devenir. As se aprende a vivir, a aprender, a convivir y se generan espacios para cualificar los procesos de formacin, investigacin, extensin y docencia tareas actuales de la educacin. Por consiguiente, el educando de la Institucin Educativa Tcnica Alfonso Palacio Rudas ser un sujeto constructor de aprendizajes significativos y el educador ser el mediador como facilitador del aprendizaje, promotor del desarrollo humano, la educacin por procesos, la construccin del conocimiento, la transformacin sociocultural y la innovacin educativa y pedaggica.23

La evaluacin integral de los aprendizajes desde la perspectiva de una escuela transformadora, debe valorar o evaluar entre otros: 1. El conocimiento adquirido. 2. Los procesos intelectivos desarrollados. 3. Los aprendizajes significativos alcanzados. 4. Los procesos de construccin cognitiva y conceptual empleados. 5. Los mtodos y estrategias utilizados para alcanzar los conocimientos 6. Los aprendizajes y los niveles intelectivos esperados. 7. Los talentos. 8. Las capacidades y potencialidades. 9. Las actitudes y comportamientos. 10. Las competencias polivalentes 11. Los principios y valores. 12. Las dimensiones espiritual, intelectiva, socio afectiva. psico motriz y comunicativa. 13. El desarrollo evolutivo bio psico social y afectivo. 14. El carcter, la personalidad, la autonoma, la responsabilidad, la voluntad. 15. La vocacionalidad y el proyecto de vida de quien aprende. 16. Las expectativas, el inters y la motivacin por el aprendizaje. 17. El nivel de participacin en las tareas formativas como educando, sujeto agente activo de su propio desarrollo (autoevaluacin). 18. La formacin en relacin con el compromiso social y la prctica comunitaria y 19. sus valores sociales y culturales. Por lo tanto, la evaluacin del aprendizaje de los estudiantes realizada en la Institucin Educativa Tcnica Alfonso Palacio Rudas, es un proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeo de los estudiantes. La evaluacin est basada a nivel institucional en los siguientes propsitos: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. Identificar las caractersticas personales de los estudiantes para valorar sus avances Identificar los intereses personales del estudiante para valorar sus avances. Identificar los ritmos de desarrollo del estudiante para valorar sus avances Identificar los estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. Proporcionar informacin bsica para reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. Suministrar informacin que permita implementar estrategias pedaggicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades en su proceso formativo. Suministrar informacin que permita implementar estrategias pedaggicas para apoyar a los estudiantes que presenten desempeos superiores en su proceso formativo. Determinar la promocin de estudiantes. Aportar informacin para el ajuste e implementacin del plan de mejoramiento institucional.

MARCO REFERENCIAL:EDUCACIN: Constitucin Poltica de Colombia, Artculo 67:,La educacin es un derecho de la persona y un servicio pblico que tiene una funcin social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la tcnica, y a los dems bienes y valores de la cultura. La educacin formar al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la prctica del trabajo y la recreacin, para el mejoramiento cultural, cientfico, tecnolgico y para la proteccin del ambiente.24

Ley 115 de 1994: Es un proceso de formacin permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepcin integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes. PEDAGOGA: la ciencia que tiene como objeto de estudio a la Formacin y estudia a la educacin como fenmeno socio-cultural y especficamente humano, brindndole a la educacin un conjunto de bases y parmetros para analizarla y estructurarla, dndole un sentido globalizado de modelos para el proceso de enseanza-aprendizaje. REA Y ASIGNATURA: Un rea de conocimiento se estructura con propsitos de desarrollo integral a partir de diferentes disciplinas provenientes de una o ms reas del conocimiento. En la medida en que la necesidad de aprender se presenta durante toda la vida, el desarrollo de las reas debe dar importancia al cultivo de habilidades para descubrir; criterios para analizar y tomar decisiones; desarrollo de los valores, actitudes emprendedoras, conciliadoras, solidarias; estrategias cognoscitivas, comunicativas y ante todo, gusto por la bsqueda y el uso consciente del conocimiento. Una disciplina o asignatura se caracteriza por poseer un cuerpo propio de conceptos, principios, teoras y un cuerpo propio de mtodos y procedimientos que facilitan la construccin y la apropiacin de ese conocimiento. Es un conjunto de ideas y conocimientos organizados alrededor de principios y reglas particulares. David Perkins y otros consideran que una buena educacin se organiza alrededor de la interseccin de tres disciplinas: Las Acadmicas, las Sociales y las Personales. REPROBACIN Y REPITENCIA: El trmino reprobar no es sinnimo de volver a cursar obligatoriamente un grado, al plantear que el establecimiento educativo deber disear programas especficos para educandos no promovidos al grado siguiente. En todos los casos har 'Un seguimiento del educando y favorecer su promocin durante el grado en la medida en que ste demuestre la superacin de las insuficiencias acadmicas que no aconsejaron su promocin. Se puede promover y renovar la matricula en el grado siguiente, siempre y cuando el estudiante haya alcanzado los logros de las reas que dieron origen a la reprobacin del grado, y previo un seguimiento que el plantel haga del proceso de avance en la superacin de las insuficiencias o deficiencias que el alumno presente, de lo contrario repite. ESTNDARES BSICOS DE COMPETENCIAS: Son criterios claros y pblicos que permiten establecer cules son los niveles bsicos de calidad de la educacin a los que tienen derecho los nios y las nias de todas las regiones de nuestro pas, en todas las reas. APRENDIZAJE: es el proceso a travs del cual se adquieren nuevas habilidades, destrezas, conocimientos, conductas o valores como resultado del estudio, la experiencia, la instruccin y la observacin. CONOCIMIENTO: Es la presentacin que la persona hace de la realidad y su capacidad para intervenir en ella, para saber actuar en determinadas ocasiones y circunstancias. Tiene que ver adems con los contenidos sabidos o conocidos que forman parte del patrimonio cultural de la Humanidad. CAPACIDAD: Conjunto de habilidades que independientes entre s, es decir, organizadas en forma de sistema permiten a una persona realizar una actividad o tarea determinada. HABILIDAD: Acto o pensamiento coherente y eficaz que permite a una persona alcanzar el objetivo que quiere.25

DESEMPEO O ACTUACION: Lo constituyen las realizaciones de una persona en una situacin especfica. En otras palabras es la forma o manera como acta una persona en una situacin particular. Por medio de l podemos evaluar que una persona es capaz de algo, sabe hacer algo. LOGRO: Los logros comprenden los conocimientos, las habilidades, los comportamientos, las aptitudes y dems capacidades que deben alcanzar los alumnos de un nivel o grado en un rea determinada en su proceso de formacin. Son los avances que se consideran deseables, valiosos, necesarios, buenos en los procesos de desarrollo de los alumnos. Con el modelo o paradigma de las Competencias, los logros son entendidos como el Alcance de cierto nivel de competencias en una o varias de las dimensiones del desarrollo humano o aquellos avances que obtenga el estudiante como consecuencia del proceso educativo. INDICADORES DE LOGRO: Son medios para constatar, estimar, valorar, autorregular y controlar los resultados del proceso educativo, para que a partir de ellos y teniendo en cuenta las particularidades de su Proyecto Educativo, la Institucin formule y reformule los logros esperados. CRITERIOS: Son ideas, conceptos, temas, eventos u objetos centrales y organizados en una disciplina. A partir de ellos se pueden establecer conexiones ricas dentro de la disciplina y con otras disciplinas. PLAN DE REFUERZO: Es una estrategia metodolgica que hace referencia a la puesta en marcha de medidas encaminadas a la atencin de los alumnos con dificultades de aprendizaje. En l se determinan los espacios, tiempos, metodologa, agrupamientos y coordinacin con los profesores de las reas respectivas. PRUEBAS DE SUFICIENCIA ACADMICA: Es un examen o test que se aplica como requisito fundamental para aprobar un rea o asignatura no superada en el ao anterior. Slo se aplica al inicio del ao escolar y a peticin escrita del estudiante y el padre de familia. Generalmente miden el desarrollo de competencias, habilidades y destrezas de los estudiantes. EJERCICIOS DE PREDICCIN: Son actividades, generalmente a manera de preguntas abiertas, que tienen por objeto determinar los presaberes de los estudiantes sobre un tema. Usualmente se realizan al iniciar la explicacin de una temtica y se hace a manera de aprestamiento o motivacin. SUPERACIONES: Conjunto de acciones programadas sistemticamente con el propsito de facilitar el alcance de logros e indicadores de logro por parte de los estudiantes que en situaciones regulares no pudieron hacerlo.

El Sistema Institucional de Evaluacin de Estudiantes (SIEE), contiene los siguientes elementos: Art. 30. LOS CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION. El sistema de evaluacin de la I.E.T. ALFONSO PALACIO RUDAS DE HONDA TOLIMA, es coherente con lo establecido en el Decreto 1290 de 2009, por el cual se reglamenta la evaluacin del aprendizaje y promocin de los estudiantes de los niveles de educacin bsica y media. Dentro de sus lineamientos generales en trminos de evaluacin, a travs de la comunicacin permanente en el Consejo Acadmico se ha fijado a nivel institucional evaluar integral y permanentemente a los estudiantes en los siguientes criterios:

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1. Las prcticas evaluativas de aula deben ser objeto de un anlisis sistemtico a partir del cual se generan acciones correctivas que redundan en un mejor desempeo de los estudiantes. 2. La evaluacin ser integral, es decir, contemplar distintos momentos y se har continuamente durante un periodo de tiempo amplio para obtener informacin a partir de mltiples formas de produccin y desempeo del estudiante como pruebas cortas, talleres, trabajos, proyectos, presentaciones, observacin directa de los desempeos. Juzgar la calidad del trabajo del estudiante contra criterios establecidos. Sobre todo, tendr un claro sentido de acompaamiento permanente del proceso de aprendizaje. 3. Obedecer a criterios pblicos y concertados, desde el comienzo. Los y las docentes guiarn la concertacin, o acuerdo pedaggico, con preguntas atinentes al desempeo de los estudiantes y a la metodologa del profesor, siempre dentro de los principios de la escuela activa transformadora. 4. Los juicios de valor a partir de las perspectivas de docentes y estudiantes comprender la elaboracin reflexiva y justificada de respuestas, realizaciones o productos por parte del estudiante. 5. Se utilizarn matrices de valoracin como herramienta de apoyo para la emisin de juicios o calificaciones, asignando valores que tengan en cuenta diversas dimensiones del ser humano. 6. La evaluacin generar acciones correctivas que redunden en un mejor desempeo de los estudiantes. 7. As mismo, fomentar la autocrtica ya que no se evaluar desde arriba, sino que promover la participacin. 8. La Evaluacin se har con el fin de diagnosticar, mejorando el proceso de aprendizaje y la formacin del educando. 9. La evaluacin ser dialgica, integral y formativa de las diferentes dimensiones del ser humano. 10. Se discutir en grupo los criterios para evaluar y el estudiante se habituar a discutir las notas.(acuerdo pedaggico) 11. Los estudiantes podrn perder el derecho a continuar en el grado siguiente al que cursaron si no cumplieron los requisitos estipulados en este documento. Al iniciar cada periodo acadmico, los docentes de las distintas asignaturas realizarn el encuadre pedaggico con los estudiantes y darn a conocer los indicadores de logro, los contenidos mediatizadores y las instancias verificadoras, quedando registrado en el cuaderno correspondiente a cada materia, en un acta para el docente y una para coordinacin. Art.31. LA ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL. Para efectos de la valoracin de los estudiantes en cada una de las reas y/o asignaturas se tendrn en cuenta las siguientes escalas: Desempeo Bajo Desempeo Bsico Desempeo Alto Desempeo Superior DEFINICIN PARA CADA JUICIO VALORATIVO.27

De 1.0 a De 3.0 a De 4.0 a De 4.6 a

2.99 3.99 4.59 5.0

2.1. DESEMPEO SUPERIOR: Se le asigna al estudiante cuando cumple cabal e integralmente con todos los procesos de desarrollo: Cognitivo, sicomotor, comunicativo, afectivo y volitivo, con el fin de alcanzar en forma excepcional todos los logros esperados e incluso logros no previstos en los estndares curriculares y en el proyecto Educativo Institucional. Este desempeo supera los objetivos y las metas de calidad previstos en el P.E.I. Se puede considerar superior al estudiante que rena, entre otras caractersticas: las siguientes

Alcanza la totalidad de los logros propuestos e incluso logros no previstos en los perodos de tiempo asignados. Es creativo, innovador y puntual en la presentacin de los trabajos acadmicos. Siempre cumple con las tareas y trabajos de rea. Es analtico y critico en sus cuestionamientos. Tiene fallas, y an tenindolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado. Su comportamiento y relaciones con las personas de la comunidad educativa son excelentes. Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas. Manifiesta sentido de pertenencia institucional. Participa en las actividades curriculares y extracurriculares. Valora y promueve autnomamente su propio desarrollo. Presenta actitudes proactivas de liderazgo y capacidad de trabajo en equipo.2.2

DESEMPEO ALTO: Corresponde al estudiante que alcanza la totalidad de los logros previstos en cada una de las dimensiones de la formacin humana, demostrando un buen nivel de desarrollo. Se puede considerar desempeo alto cuando el estudiante rena, entre otras, las siguientes caractersticas:

Alcanza todos los logros propuestos, as tenga que desarrollar algunas actividades de refuerzo. Tiene faltas de asistencia justificadas no incidentes en su rendimiento. Presenta los trabajos oportunamente Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. Desarrolla actividades curriculares especficas. Manifiesta sentido de pertenencia con la Institucin2.3

DESEMPEO BSICO: Corresponde al estudiante que logra lo mnimo en los procesos de formacin y aunque con tal estado puede continuar avanzando, hay necesidad de fortalecer su trabajo para que alcance mayores niveles de logro. Se puede considerar desempeo bsico cuando el estudiante rena, entre otras, las siguientes caractersticas:

Solo alcanza los niveles necesarios de logro propuestos y con actividades de refuerzo. Tiene faltas de asistencia justificadas, que limitan su proceso de aprendizaje. Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. Desarrolla actividades curriculares especficas. Manifiesta un relativo sentido de pertenencia con la Institucin.28

Utiliza estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedaggicas pendientes.2.3

DESEMPEO BAJO: Corresponde al estudiante que no logra superar los desempeos necesarios previstos en las reas y/o asignaturas. Se puede considerar desempeo bajo cuando el estudiante rena, entre otras, las siguientes caractersticas:

Despus de realizadas las actividades de refuerzo y recuperacin persiste en las dificultades. Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su proceso de aprendizaje Presenta dificultades de comportamiento. Incumple constantemente con las tareas y trabajos que promueve el rea No desarrolla el mnimo de actividades curriculares requeridas. Su sentido de pertenencia a la institucin es bajo. Presenta dificultades en el desarrollo de trabajos en equipo. Presenta dificultad para integrarse. Demuestra desmotivacin y desinters por las actividades escolares. Art. 32. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEOS DE LOSESTUDIANTES.

La valoracin integral debe entenderse como aquella que refleja de una manera completa el aprendizaje, la comprensin, los logros, la motivacin y las actitudes del estudiante respecto a las diferentes actividades del proceso de enseanza/aprendizaje y constituye una rica fuente de informacin tanto para docentes como para estudiantes. Estos ltimos pueden beneficiarse al utilizarla para reflexionar y tomar conciencia acerca de sus fortalezas y debilidades. Por su parte, los docentes pueden utilizar la informacin que aporta la Valoracin Integral para implementar posibles correctivos a fin de mejorar el proceso de aprendizaje en sus alumnos.VALORACIN INTEGRAL Fuentes de Informacin Observacin del Profesor. Realizacin de Proyectos. Experimentos / Demostraciones. Productos escritos. Investigaciones - consultas. Debates. Revisin y discusin de documentos. Portafolios. Observacin de los estudiantes Instrumentos valoracin de Desempeo. Auto-valoracin. Matriz de Evaluacin. Evaluacin Tradicional. Examen Oral. valoracin de Portafolios.

Co-evaluacin

Esta valoracin integral: Se realiza a lo largo del tiempo y cubre un amplio aspecto de los desempeos del estudiante. Al construirse en un plazo amplio de tiempo, refleja crecimiento, madurez y profundidad en el aprendizaje.29

Involucra el aprendizaje de situaciones de la vida real y problemas significativos de naturaleza compleja. Exige que el estudiante construya las respuestas. Alienta al estudiante para que se comprometa con su propia valoracin. Evala niveles cognitivos de orden superior. Para dar una buena respuesta, el estudiante necesita habilidades adquiridas en otras materias dndose as una integracin curricular. Suministra informacin precisa al docente para optimizar el proceso de aprendizaje. Suministra informacin al estudiante sobre las reas en las que debe mejorar. El estudiante puede participar en el diseo de las herramientas de evaluacin. La valoracin del desempeo de los estudiantes de la Institucin Educativa Tcnica Alfonso Palacio Rudas, se fundamenta en el Proyecto Educativo Institucional y del plan de estudio, por consiguiente se plantean las siguientes estrategias para la valoracin integral de los desempeos de los estudiantes:

ENTREVISTAS ORALES: El maestro hace preguntas al estudiante sobre su trayectoria personal, actividades que realiza, lecturas y dems intereses. NUEVA NARRACIN DE LA HISTORIA O DEL TEXTO: El estudiante vuelve a narrar las ideas principales o pormenores seleccionados de un texto al que estuvo expuesto, a travs de la lectura o la narracin oral. ORGANIZACIN DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES: que evidencien la adquisicin de destrezas y habilidades tales como: expresin, argumentacin, anlisis, interpretacin, aplicacin, actitudes, talentos etc. DISEO DE ACTIVIDADES DIVERSAS: que promuevan el desarrollo de potencialidades como tambin el desempeo y habilidad propia de la asignatura. EJEMPLOS DE TIPOS DE ESCRITURA: El estudiante genera un documento de tipo narrativo, explicativo, persuasivo o de referencia. PROYECTOS / EXHIBICIONES: El estudiante trabaja en equipo con otros compaeros para crear un proyecto que con frecuencia involucra produccin en multimedia, presentaciones verbales o escritas, y una exhibicin. EXPERIMENTOS / DEMOSTRACIONES: El estudiante documenta una serie de experimentos, ilustra un procedimiento, realiza los pasos necesarios para completar una tarea, y documenta los resultados de esas acciones. PRUEBAS O EXMENES: (TIPO ICFES) El estudiante responde por escrito a preguntas abiertas. EVALUACIONES CONCEPTUALES ACUMULATIVAS: Al terminar cada perodo, durante la ltima semana se realizarn evaluaciones conceptuales acumulativas, teniendo en cuenta todos los instrumentos de la valoracin integral OBSERVACIONES DEL MAESTRO: El maestro observa y documenta la atencin del estudiante y su interaccin en clase, su respuesta a los materiales usados en la instruccin y el trabajo que hace en colaboracin con otros estudiantes. PORTAFOLIOS: Recopilacin de trabajos del estudiante que se enfoca en mostrar su progreso en el tiempo.

Adems, los docentes planean la evaluacin para cada uno de los perodos a travs de la elaboracin de una matriz de evaluacin en la cual se establecen los desempeos y niveles de desempeo de cada asignatura, que se entregar al estudiante con el fin de dar a conocer el proceso de evaluacin. (Ver Anexo No.1)

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Art. 33. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AO ESCOLAR. 1. Cada Docente programar las actividades de recuperacin que aplicar a los estudiantes que no alcanzaron los indicadores propuestos y junto con el estudiante acordarn la cantidad, el tipo de actividades a realizar y las fechas, antes de finalizar el periodo. 2. Las actividades de qu trata el numeral anterior deben comprender explicaciones de apoyo de parte del docente, 3. El acudiente del alumno que presente bajo desempeo acadmico debe presentarse al colegio previa citacin enviada con el estudiante con el fin de recibir informacin escrita que seale las deficiencias acadmicas y las actividades programadas con la respectiva fecha lo cual se deber cumplir con exactitud 4. Es obligacin del Padre de Familia acudir a las citaciones programadas para informes acadmicos y disciplinarios del estudiante, en caso contrario, su incumplimiento ser notificado a la Comisara de Familia, Bienestar Familiar, Familias en Accin y dems entidades competentes (Ley de Infancia y la Adolescencia Ley No. 1098 de Noviembre de 2006"). Art. 34. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. La autoevaluacin ofrece al estudiante oportunidades para que ste auto-regule su aprendizaje y se responsabilice de evaluar su propio progreso. La valoracin integrada hace referencia a la evaluacin de mltiples habilidades o la evaluacin del lenguaje y del contenido dentro de la misma actividad. Por ejemplo un informe escrito de ciencias, puede incluir la evaluacin de destrezas del lenguaje, de la seleccin y uso de informacin, as como de habilidades de razonamiento y conocimiento sobre el contenido cientfico. Por lo tanto, el o la docente de cada asignatura integrar los procesos de autoevaluacin y coevaluacin en los aspectos contenidos en una o unas matrices de valoracin. As como en los mecanismos acordados con los estudiantes para su diligenciamiento y anlisis, tales como discusiones con la participacin de toda la clase o de grupos pequeos, diarios de reflexin, autoevaluaciones semanales, entrevistas maestro-alumno. Con el fin de que los estudiantes desarrollen autorreflexin, los y las docentes les darn regularmente un tiempo sin interrupciones para que piensen sobre su progreso, guindolos con preguntas como: Qu aprend? Qu hice bien? En qu tengo todava confusin? En qu necesito ayuda? Sobre qu quiero saber ms? Cul va a ser mi prximo trabajo? Art. 35. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. RESOLVER

Al iniciar el ao lectivo el Coordinador (a) organizar un Cronograma de Actividades de Recuperacin para cada periodo. Las actividades de superacin de logros sern preparadas y calificadas por el docente de la asignatura.31

Si el estudiante pierde uno o varios logros de una asignatura, tendr derecho a una actividad de superacin que se aplicar despus de que el padre reciba el boletn o informe de valoracin del perodo. El alumno recibir del docente de la asignatura un plan de refuerzo para desarrollar actividades propuestas y bsicamente contendr la elaboracin de un trabajo escrito que tendr un valor del 30 % de la calificacin y deber presentar una evaluacin que vale el 70% . Despus de este proceso, el resultado de la prueba debe quedar consignado en el boletn del perodo siguiente. Si el alumno no se presenta a las actividades de superacin sin justificacin alguna perder el derecho a reclamar. Art. 36. LAS ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTESCUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION.

Se trata de establecer controles que garanticen el debido proceso en la evaluacin. Es un elemento de mucho cuidado dado que, son la garanta para toda la comunidad del reconocimiento de los derechos al debido proceso, a la educacin y a la diferencia en los ritmos de aprendizaje. ESTRATEGIA: Al iniciar cada perodo, el Docente presentar tanto a los estudiantes como a los padres de familia su plan de estudios, junto con las matrices de valoracin integral con el fin de que tanto los estudiantes como los padres de familia puedan ejercer veedura sobre las actividades de formacin y evaluacin en un continuo acompaamiento. Las instancias verificadoras de dichas actividades deben ser: El Consejo Acadmico, el Rector, la Coordinacin Acadmica, Orientadora escolar, Padres de Familia, Personero(a) estudiantil, Contralor, Veedores, Representantes de Grupo y los mismos estudiantes. Adems de la entrega de boletines podrn programarse encuentros con los padres de familia con la modalidad de encuentro-taller para que expresen dificultades, expectativas y sugerencias de mejoramiento. Podr tambin establecerse comunicacin va Internet por correo electrnico o la pgina Web de la Institucin. Art. 37. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA. En cumplimiento del Art. 11 numerales 4 y 6 del Decreto 1290 de 2009, el colegio establece que: 1. La evaluacin de los estudiantes ser continua e integral y se har con referencia a cuatro perodos, al finalizar cada uno los padres de familia o acudientes recibirn un informe escrito de evaluacin en el que se muestra la valoracin asignada en cada una de las reas y los criterios de evaluacin que describen el desempeo del estudiante en el transcurso del periodo escolar, en el 2, 3 y 4 periodo deben aparecer en el boletn los resultados de las actividades programadas de recuperacin y superacin32

2. Al finalizar el ao escolar se entregar a padres de familia o acudientes un informe final que incluir una evaluacin integral del estudiante para cada rea durante todo el ao. Esta evaluacin tendr en cuenta el cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar dificultades en perodos anteriores. 2. Se presentaran 4 informes en el ao, tres informes que corresponden a los tres primeros periodos y el ltimo con el cuarto periodo e informe final.

Art. 38. LA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS,COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIN.

El boletn de informe acadmico peridico de cada estudiante debe contener: Una columna con la valoracin cuantitativa de los respectivos logros en cada asignatura y otra con la valoracin conceptual (cuantitativa y cualitativa) Logros sobre el comportamiento social. El puesto ocupado por el estudiante con relacin a sus compaeros. Faltas de asistencia. Art. 39. LAS INSTANCIAS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIN Y RESOLUCIN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE EVALUACION Y PROMOCION. Para la reclamacin por parte de estudiantes y padres de familia sobre evaluacin y promocin se deben seguir los siguientes mecanismos: a. Ante el docente de la asignatura b. El Director de Grupo c. Coordinador (a). d. El Rector e. Consejo Directivo, dentro de su competencia sealada en el Decreto 1860 de 1994, literal b Artculo 23 y el Decreto 1290 de 2009, Artculo 11 numeral 7. Una vez recibido el formato de reclamacin por cualquiera de las partes, esta instancia tiene 3 das hbiles para dar respuesta a la solicitud, teniendo en cuenta el siguiente formato: PROCEDIMIENTO: 1. Diligenciar el formato debidamente firmado 2. Entregar el formato a la instancia correspondiente. 3. La reclamacin se debe realizar a ms tardar tres das hbiles despus de la fecha oficial de entrega de boletines. 4. Esperar respuesta en un tiempo no superior a 3 das hbiles. 5. Cuando la reclamacin llegue a: Coordinador (a), El rector y/o al Consejo Directivo, tendr 5 das hbiles para dar respuesta a la solicitud.

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(Resolucin 17486 del 7 de nov. De 1984 artculo 10) Debido proceso en las reclamaciones de los alumnos. los resultados de las evaluaciones de cada uno de los periodos sern comunicados a los alumnos por su profesor, quien atender los posibles reclamos antes de pasar los resultados a la secretara del plantel. Con los estudiantes que presentan dificultades acadmicas se proceder de la siguiente manera: 1. (Primero) CITACIN A PADRES DE FAMILIA: Para informar sobre el programa de recuperacin, actividades de refuerzo y plan de mejoramiento a la que haya lugar en el rea en la que se presenta desempeo bajo. (Esta citacin es realizada por el Profesor encargado de la asignatura). 2. (Segundo) CITACIN A PADRES DE FAMILIA: Por Coordinacin Acadmica para firmar compromiso acadmico. 3. CITACIN A RECTORIA: Agotadas todas las instancias se citar a Padres de Familia y alumno(a) para establecer acuerdos por no cumplir los compromisos pactados. 4. En caso de que el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamacin en relacin a la evaluacin, deber seguir el conducto regular especificado en el numeral 1 del presente artculo. 5. En caso de que el padre de familia o acudiente requiera realizar una reclamacin en relacin a la promocin habindose cumplido el debido proceso, deber enviar una solicitud por escrito al Consejo Directivo. Art. 40.LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES.

El proceso conforme al Decreto 1290 de 2009 es el siguiente: 1. Abrir la discusin con todos los miembros de la Comunidad Educativa y establecer los mecanismos de su participacin en la construccin del Sistema Institucional de Evaluacin de los Estudiantes. 2. Preparar un Proyecto de documento Sistema Institucional de Evaluacin de los Estudiantes a partir de las propuestas de la comunidad educativa con todos los contenidos que lo conforman de acuerdo al Decreto 1290 de 2009. 3. Presentar el Proyecto del Sistema Institucional de Evaluacin de los Estudiantes al Consejo Acadmico para definir su contenido definitivo, adoptarlo y divulgarlo. 4. Presentar el Sistema Institucional de Evaluacin de los Estudiantes adoptado por el Consejo Acadmico al Consejo Directivo para su aprobacin e inclusin en el acta respectiva. 5. Socializar el Sistema Institucional de Evaluacin de los Estudiantes. 6. Divulgar el Sistema Institucional de Evaluacin de los Estudiantes a la Comunidad Educativa. 7. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamacin contenidos en el Sistema Institucional de Evaluacin de los Estudiantes. 8. Informar sobre el Sistema Institucional de Evaluacin de los Estudiantes a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada perodo escolar. 9. Aplicar el Sistema Institucional de Evaluacin de los Estudiantes llevando un registro detallado de las dificultades y la forma de solucionarlas durante el desarrollo de cada perodo acadmico. 10. Evaluar el Sistema Institucional de Evaluacin de los Estudiantes al terminar el ao escolar y realizar los ajustes que se consideren necesarios.34

11. Presentar ante el Consejo Acadmico los ajustes propuestos al Institucional de Evaluacin de los Estudiantes para su adopcin. 12. Presentar ante el Consejo Directivo los ajustes adoptados en el Institucional de Evaluacin de los Estudiantes por el Consejo Acadmico aprobacin. 13. Socializar y divulgar a la Comunidad educativa los ajustes realizados al Institucional de Evaluacin de los Estudiantes. Art. 41. PROMOCIN ESCOLAR: (Artculo 6, Decreto 1290 de 2009):

Sistema Sistema para su Sistema

1. Para que un estudiante sea promocionado en una asignatura deber aprobar como

mnimo el 60% de la asignatura o tener (Desempeo Bsico).

como mnimo

un promedio de 3.0

2. Al terminar el ao lectivo cada estudiante debe tener resuelta su situacin acadmica. 3. Los alumnos que reprueben el grado se les garantizar el cupo en la Institucin. Si adems del bajo rendimiento acadmico el alumno present violaciones al reglamento disciplinario, se le conservar el cupo siempre y cuando se establezca un compromiso de MEJORAMIENTO por parte del alumno y el padre de familia con la Institucin.

Art. 42. REPROBACIN DE GRADO PARA BSICA PRIMARIA Se considera reprobacin de un grado cuando se cumpla una de las siguientes caractersticas: 1. Inasistencia del 20 % de los das de clases 2. Los alumnos del grado primero que no han aprendido a leer y escribir 3. Prdida de Matemticas y Castellano 4. Prdida de tres o ms reas. PARA LOS GRADOS SEXTO, SEPTIMO, OCTAVO. NOVENO, DCIMO Y UNDCIMO Se considera reprobacin de un grado cuando se cumpla una de las siguientes caractersticas: 1. Inasistencia del 20 % de los das de clases 2. Prdida de tres o ms reas. El alumno que durante dos aos consecutivos pierda las reas de matemticas y humanidades automticamente pierde el ao. Para aprobar un rea se debe aprobar todas sus asignaturas y proyectos. Art. 43. SOBRE PROMOCIN ANTICIPADA35

1. La Comisin de Promocin, por solicitud escrita en acta, de los docentes titulares

de los grados en el caso de la Bsica Primaria, y de los profesores de las respectivas reas en la Bsica Secundaria y Media a travs del Orientador de Grupo, y previo consentimiento del padre de familia, recomendarn ante el Consejo Acadmico, la promocin anticipada de un grado a otro, de los alumnos que demuestren creciente rendimiento acadmico y estn en los niveles de desempeo alto o superior. 2. La solicitud se debe presentar en cualquier momento del primer periodo acadmico del ao lectivo. 3. La Comisin de Promocin toma la decisin de promocionarlo o no (segn pruebas escritas) y notifica al C