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1 Manual de Convivencia

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Manual de Convivencia

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Acuerdo No. 01 de 2011

Por el cual se expide el manual de convivencia

de la Escuela De Diseño Técnico ESDITEC

El Consejo Académico de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-, en uso de sus atribuciones estatutarias y de conformidad con las

normas legales vigentes, y

Considerando:

Que la resolución 007775 del 3 de septiembre de 2009 de la Secretaría de Educación del municipio de Medellín, concede registro de programas de formación laboral a la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- para Técnico Laboral en Diseño de Modas, Diseño Gráfico, Diseño de Espacios e Interiores, Diseño Industrial y Comunicación Socio-Corporativa, fundamentos para la constitución del Manual de Convivencia como parte integrante del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) y teniendo en cuenta las leyes 1098 de 2.006 ley infancia y adolescencia y la ley 1453 de 2.011 seguridad ciudadana,

Acuerda:

Aprobar y adoptar el presente Manual de Convivencia contenido en capítulos y artículos, que a continuación se expresan, como la normatividad reguladora de las relaciones de la comunidad educativa, siendo el conducto rector de todos los procedimientos que garantizan el normal funcionamiento y protección de derechos y deberes de cada una de las personas que integran la institución, como fundamento de un compromiso con el otro y consigo mismo. Será el documento que permita determinar acuerdos y conciliar necesidades en pro del bienestar y la calidad de vida de la comunidad educativa.

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FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

Misión

Proporcionar al estudiante una formación integral altamente calificada, basada en su crecimiento personal, responsabilidad social , compromiso y ética con el Diseño y la Comunicación.

Visión

Para el 2015 la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- será una institución de educación Tecnológica, reconocida en el medio por la formación de líderes emprendedores y comunicativos, con capacidad para transformar su entorno a través del conocimiento y el dominio de las herramientas propias de su formación, interviniendo y creando propuestas innovadoras de Diseño y Comunicación .

Principios

Derecho a la vida: Entendido como el compromiso y respeto por la integridad de cada persona, siendo esta el soporte material para el goce de los demás derechos� en la realización humana.

Autonomía: Capacidad de actuar con libertad y responsabilidad, para elegir de acuerdo a convicciones y creencias.

Pluralismo:Tendencia a propiciar un espacio de respeto a la diversidad étnica, sexual, religiosa, cultural y política, donde la comunidad interactue desde sus diversos intereses posibilitando una vida social y democrática.

Responsabilidad social:Siendo esta la capacidad que tiene la institución para dar respuesta a los efectos e implicaciones que tiene su quehacer, posibilitando la satisfacción de las necesidades y expectativas de sus miembros, la sociedad y de quienes se benefician, así como el cuidado y preservación del entorno y la calidad de ambiente.

Potencialidad:Fortalecer espacios que permitan determinar y consolidar las potencialidades de la comunidad educativa, facilitando un mayor desempeño en su vida laboral y social frente a los retos de un mundo en constante cambio.

Investigación:Apoyar e impulsar el espíritu investigativo como complemento de la formación integral, soportado en las nuevas tecnologías y el intercambio de experiencias para el crecimiento intelectual y laboral.

ORGANIGRAMA GENERAL/1

FILOSOFÍA INSTITUCIONAL/3

MISIÓN/3

VISIÓN/3

PRINCIPIOS/3

VALORES/4

OBJETIVO GENERAL/6

OBJETIVOS ESPECÍFICOS/6

CAPÍTULO 1 APLICABILIDAD Y CATEGORIZACIÓN/6

CAPÍTULO 2 DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES/7

CAPÍTULO 3 INSCRIPCIÓN/9

CAPÍTULO 4 SELECCIÓN/9

CAPÍTULO 5 ADMISIÓN/10

CAPÍTULO 6 MATRÍCULA/10

CAPÍTULO 7 REGISTRO ACADÉMICO/11

CAPÍTULO 8 TRANSFERENCIA/12

CAPÍTULO 9 TRASLADO/13

CAPÍTULO 10 REINTEGRO Y REINGRESO/13

CAPÍTULO 11 ASISTENCIA/14

CAPÍTULO 12 EVALUACIONES/15

CAPÍTULO 13 PROCEDIMIENTOS ESPECIALES/16

CAPÍTULO 14 CALIFICACIÓN/18

CAPÍTULO 15 RÉGIMEN DISCIPLINARIO/19

CAPÍTULO 16 DISTINCIONES/21

CAPÍTULO 17 CERTIFICACIÓN/22

CAPÍTULO 18 GOBIERNO ESCOLAR/23

CAPÍTULO 19 PERFIL DE SALIDA DE LOS ESTUDIANTES/23

DISPOSICIONES FINALES/25

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Libertad: En la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- es primordial fortalecer la capacidad natural del ser humano para realizarse en un medio específico y junto a los demás donde confluyen el pensamiento, la palabra y la acción.

Sentido de pertenencia: El individuo como ser social requiere sentirse parte de un espacio específico donde pueda desarrollarse desde su individualidad sintiéndose parte de un grupo donde comparta ilusiones, desaciertos, alegrías y experiencias, que fortalezcan su desarrollo humano. De esta manera la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- pretende que todos sus miembros se sientan parte de la institución desde la adquisición de los valores y principios para dar cuenta de una comunidad solidificada en el respeto y la integración.

Respeto: Sustentado en la libertad, la apertura y el pluralismo de la sociedad, la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- procura reconocer en cada una de las personas sus diferencias como un potencial que permite fortalecer el discurso y afianzar el diálogo en la medida que se acepta al otro en su capacidad plena de dar y recibir.

Emprendimiento: Para la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- tener un espíritu de superación, de ir más allá de un percepción de los sentidos plasmada y materializada en un reto que se fortalece desde la capacidad de percibir nuevas posibilidades de éxito aún en medio de las condiciones más adversas y posiblemente desventajosas, hace que sus estudiante cada vez se atrevan a desafiar su propia acción y reflexionar para crear e innovar.

Solidaridad:En la Escuela de Diseño Técnico ESDITEC fortalecer la unidad a través de la cooperación entre todos para garantizar procesos con calidad, resume la intencionalidad de la educación en una formación integral que no sólo sustenta un saber sino la expresión humana de trabajar juntos y en equipo.

Honestidad: Es menester en los miembros de la comunidad de la Escuela de Diseño Técnico ESDITEC un trabajo con honestidad que visualice el respeto por el otro en términos de justicia, verdad y equidad.

Prospectiva: Formar estudiantes comprometidos con el futuro de su profesión, su entorno y su país, aportando soluciones transformadoras a corto, mediano y largo plazo.

La ética profesional: Continuará siendo principio institucional emblemático de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-, como eje transversal en el quehacer de la institución.

Eficiencia y eficacia en el servicio: Seguirá inspirando la acción educativa de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-, como una de sus grandes fortalezas, que habrán de heredar sus discípulos capaces de multiplicar y darle expresión a las novedosas competencias laborales, cada vez más diversas y exigentes en el campo del diseño, la comunicación y el ejercicio laboral.

VALORES

Excelencia: Conjunto de habilidades sobresalientes que cualifican la comunidad de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- en el desempeño de un saber-hacer basado tanto en conceptos fundamentales, como en el liderazgo y el servicio, procurando siempre lo mejor.

Creatividad: Para la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- es primordial fomentar y resaltar la capacidad de imaginar y luego darle forma concreta a una idea, concepto, noción. Significa ver nuevas posibilidades allí donde los demás no logran ver nada, para producir con sentido.

Apertura: En la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- se procura constantemente abrirse al cambio, al aporte de nuevos conceptos, de nuevas formas de trabajo y de optimizar el tiempo y los recursos en función de la productividad y de la satisfacción por un buen trabajo, es vital para darle flexibilidad al cambio con propiedad y excelencia.

Cuidado del medio ambiente: La Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- asume su participación en la responsabilidad ecológica en todas sus acciones, como agente de desarrollo sostenible, teniendo en cuenta que las relaciones hombre-naturaleza, deben darse en términos de conocimiento, respeto y preservación.

Autocuidado: La Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- procura la concientización de su comunidad en el plano de un ser integral, espiritual, físico y social. Cada una de estas dimensiones reclama un riguroso cuidado de los modos de vivir con dignidad, de gobernarse y aun en la formación del ser total, ya que la belleza es tanto del cuerpo como del espíritu.

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Artículo 1- Aplicabilidad. El presente Manual es aplicable a la persona que tenga la calidad de estudiante de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-, definido en el artículo 3 del presente manual.

Artículo 2- Categorización de estudiante. La Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- establece como estudiante a la persona que posee matrícula vigente en cualquiera de los programas técnico laboral por competencias de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- o a través de convenios interinstitucionales.

Artículo 3- Calidad de estudiante. Esta se adquiere a través del acto voluntario de matrícula inicial en un programa técnico laboral por competencias de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- o a través de convenios interinstitucionales..

Artículo 4- Pérdida de la calidad de estudiante. Se pierde la calidad de estudiante cuando:

- Se ha cumplido la totalidad del programa Técnico Laboral por competencias previsto

- No se haya renovado matrícula en los plazos previstos por la institución.

- Se haya perdido el derecho a permanecer en la institución por inasistencia, sanciones o bajo rendimiento académico, de acuerdo a lo reglamentado en éste manual.

- Se haya cancelado la matrícula por incumplimiento de las obligaciones contraídas.

- Haya sido expulsado de la institución por faltas graves.

- Por motivos graves de salud, previo dictamen médico, el cual puede ser solicitado por la institución.

- Cuando voluntariamente, después de haberse matriculado, ha presentado solicitud de cancelación de semestre.

Parágrafo: Una vez cese la condición de estudiante, la persona conserva el derecho a obtener oportuna atención en cuanto a aclaraciones sobre calificaciones, certificados disciplinarios y académicos, teniendo en cuenta la normatividad de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-.

Objetivo general

de la Escuela De Diseño Técnico -ESDITEC-

Formar personas con dominio de las competencias laborales propias de su desempeño profesional en los diferentes escenarios de actuación, capaces de intervenir la realidad, con el fin de mejorarla y transformarla, desde los diferentes programas que ofrece la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-.

Objetivos específicos

de la Escuela De Diseño Técnico -ESDITEC-

Satisfacer las necesidades de los estudiantes en el plano humano y académico, que garantice su formación con alta calidad relacional y productiva.

Formar personas idóneas en su hacer específico, capaces de actuar en el mercado laboral y constituir empresa.

Desarrollar habilidades y destrezas que le permitan intervenir en el proceso de creación, producción y/o mercadeo en el campo del diseño, la conceptualización, la comunicación y la industria.

Incentivar un alto nivel de creatividad, que permita al egresado responder a las exigencias actuales del diseño y la comunicación.

Capítulo 1

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n.Beneficiarse de los servicios de Bienestar Institucional, proyección social, convenios que ofrece la institución de acuerdo a sus posibilidades y cumpliendo los reglamentos establecidos.

o.Participar en las actividades culturales y deportivas como organizador y/o miembro asistente.

p.Tener derecho a traslado, transferencia y reintegro de acuerdo al presente Manual de Convivencia.

q.Evaluar, dialogar y enunciar con libertad, sus ideas y conocimientos en una actitud de orden y respeto a la institución y a las personas que la conforman.

r.Recibir de la institución a través de los medios dispuestos para ello, el registro de sus notas aun cuando el docente del área respectiva no entregue los resultados del proceso evaluativo, en tal caso se fijará una calificación de tres punto cinco (3.5).

s.Derecho a la defensa y al debido proceso siempre que lo requiera.

t.Recibir, conocer y entender el Manual de Convivencia.

u.Derecho a la libre expresión.

v.El estudiante tiene derecho a solicitar un segundo calificador en caso de estar inconforme con una calificación. El segundo calificador se pide sólo para parcial o final. La nota del segundo calificador será la definitiva. El estudiante debe solicitarlo a su coordinador. No es pago y será asignado por éste.

Artículo 6- Deberes. Son deberes de los estudiantes de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-:

a.Asistir puntualmente a las clases y desarrollar con responsabilidad las actividades correspondientes a cada una de las áreas del conocimiento. En caso de ausentarse debe justificar las faltas por escrito en la clase siguiente y con el respectivo profesor, y presentar trabajos, exámenes y otros que hayan correspondido al día de falta.

b.Fomentar un ambiente positivo y otorgar un trato respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa.

c.Seguir los reglamentos institucionales de orden académico y disciplinario.

d.Cumplir con las obligaciones pactadas en el contrato de matrícula y las que estén expresadas en el presente manual de convivencia.

Artículo 5- Derechos. Son derechos de los estudiantes de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-:

a.Ser tratado respetuosamente por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

b.Tener un ambiente adecuado para desarrollar su proceso de formación académica y humana.

c.Recibir de los docentes el desarrollo total y oportuno del programa Técnico laboral por competencias en el cual se encuentra matriculado, previsto para cada uno de las unidades de competencia.

d.Tener acceso a todos los espacios de formación, dispuestos por la institución para el desarrollo de habilidades y aplicación de saberes (talleres, biblioteca, salas de cómputo, entre otros) siempre y cuando esté a paz y salvo con la Institución.

e.Recibir informes cuantitativos y cualitativos de las unidades de competencia en cualquier momento del semestre, cuando lo requiera.

f.Ser atendidos cuando lo requieran por sus docentes y directivas de la institución, según disposiciones del conducto regular.

g.Participar activamente en la evaluación institucional.

h.Exigir de sus docentes una responsable y adecuada preparación académica, reflejada en el desarrollo de las clases y demás actividades académicas.

i.Recibir una educación integral a través de métodos y procedimientos adecuados a las exigencias de la época.

j.Ser escuchados antes de recibir alguna sanción por efectos disciplinarios y/o académico. Si el conflicto no fuere susceptible de aplicar alguna sanción por haberse resuelto bajo unos términos conciliatorios, se debe dejar constancia en la respectiva acta.

k.Recibir estímulos por desempeño académico, desarrollo de proyectos, logros propios del módulo de formación, según las disposiciones establecidas en el presente manual.

l.Solicitar y recibir por escrito aclaraciones de orden académico y/o disciplinario siguiendo el conducto regular.

Capítulo 2Capítulo 2

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Artículo 7- Definición. Acto mediante el cual un aspirante solicita admisión a uno de los programas técnico laboral por competencias ofrecidos por la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-, acción que no implica derechos ante la institución.

Artículo 8- Requerimientos.

a.Cancelar los derechos de inscripción, los cuales no serán reembolsables.

b.Adquirir y diligenciar el formulario de inscripción.

Parágrafo 1: La inscripción no implica derechos ante la institución.Paragrafo 2: Una vez exista un mínimo de quince (15) personas inscritas en un determinado programa para un mismo grupo, sólo hasta entonces se procederá a asentar la matrícula oficialmente, de lo contrario les será devuelto a los aspirantes el valor de la inscripción.

Artículo 9- Definición. Proceso por el cual la institución selecciona a partir, de unas pruebas y puntajes, los candidatos para cada uno de los programas técnico laboral por competencias.

Artículo 10- Requisitos de selección.

a.Estar inscrito en alguno de los programas ofrecidos por la institución.

b.Entrevista individual de acuerdo con el programa elegido ó

c.Examen de admisión

d.Taller grupal.

e.Cuidar con esmero instalaciones, equipos, talleres, implementos y demás recursos que la institución ponga a su disposición y responsabilizarse por los daños que ocasione.

f.Apoyar y participar de las actividades académicas, programadas por la Institución y cada uno de los programas técnico laboral por competencias, contribuyendo a una formación integral.

g.Permitir, dentro de las normas de respeto y libertad, la libre expresión de los miembros de la comunidad educativa.

h.Escuchar y reconocer las observaciones y orientaciones relacionadas con su actitud comportamental, disciplinaria y/o académica, a fin de facilitar un proceso de formación humana y calidad profesional.

i.Representar con dignidad a la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-, en los eventos para los cuales sean designados, dentro y fuera de la institución.

j.Abstenerse de ingresar a la institución, bajo efectos de bebidas embriagantes, narcóticos o alucinógenos que alteren su comportamiento individual o social, como también cualquier tipo de armas, que afecten la integridad de la comunidad educativa.

k.Pagar oportunamente los costos de matrícula y estar a paz y salvo en los procesos de parciales y finales.

l.Portar el carné estudiantil que lo identifica como miembro de la Escuela, presentándolo obligatoriamente cada vez que ingrese a la institución.

m.Acatar y respetar las normas de higiene y seguridad, que le garanticen una sana estadía en la Institución.

n.Mantener un ambiente libre de humo de tabaco y cigarrillo (Resolución 1956 de 2008 del Ministerio de Protección Social).

o.Ajustar su conducta a las normas de la cultura, la responsabilidad social y la ética profesional.

p.Conservar la institución en adecuadas condiciones de aseo y buena presentación.

q. Presentar y portar carnet o documento que lo acredite como beneficiario o afiliado al sistema de salud, de conformidad con la Ley 100 de seguridad social.

r.No afectar el ritmo de la clase con celulares y otros equipos.

Capítulo 2

Capítulo 3

Capítulo 4

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Parágrafo. La institución se compromete a emplear todos los recursos disponibles para brindar una óptima formación laboral, y el estudiante se compromete a acatar todas las normas académicas y disciplinarias para el logro de los objetivos propuestos en beneficio de dicha formación.

Artículo 15- Clases de matrícula. La institución hace reconocimiento de dos clases de matrícula:

a.Ordinaria, es la que se efectúa dentro de un plazo inicial establecido por la Escuela.

b.Extraordinaria, es la que se hace una vez cumplido el plazo inicial, la cual tendrá un incremento en su valor del 3.5%.

Parágrafo 1: Ambos plazos para efectuar la matricula se cumplirán antes de iniciarse el semestre académico, por lo cual, si en la primera semana de clase no se ha efectuado la matrícula, no será considerado estudiante de la institución.

Parágrafo 2: El estudiante deberá Presentar el primer día de clase el recibo que acredita que se encuentra a paz y salvo por derechos de matrícula.

Artículo 16- Renovación de matrícula. Para este proceso el estudiante deberá presentar dentro de los plazos establecidos por la institución lo siguiente:

a.Formato de registro de los módulos con autorización expedida por el coordinador de programa.

b.Documento de pago por derechos de matrícula.

c.Paz y salvo.

d.Carné estudiantil para renovación.

Parágrafo: En caso de perdida del carné, el estudiante deberá presentar denuncia ante la autoridad competente y posterior a ello pagará los derechos pecuniarios respectivos para su nueva obtención.

Artículo 17- Cancelación de matrícula. Si después de haber efectuado la matrícula el estudiante no ingresa al respectivo semestre por razones graves de salud o calamidad doméstica, u otra no mencionada, justificada y que imposibilite su estadía, la institución le guardará el cupo para el semestre inmediatamente siguiente; si el estudiante no aceptare esta posibilidad, se le hará una devolución del 30% del valor de la matrícula.

Parágrafo: Por tratarse la matrícula de un acto bilateral, consensual, libre y espontáneo por parte de dos personas naturales o jurídicas, se someterá la relación a los términos del precitado artículo.

Artículo 11- Definición. Acto por el cual, la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-, le otorga a un aspirante el derecho a ingresar a uno de los programas técnico laboral por competencias ofrecido por la institución.

Artículo 12- Requisitos:

Obtener el 70% de aprobación en el examen y el taller grupal.

Visto bueno de la entrevista.

Artículo 13- Definición. La matrícula es un convenio entre la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- y el aspirante a un programa de formación técnico laboral por competencias, mediante el cual una persona adquiere la calidad de estudiante (Artículo 3) cuando cumple el proceso de matrícula bajo los requisitos solicitados. Con este acto inicial el estudiante tiene derecho a cursar el programa seleccionado y para ello se compromete a cumplir el presente manual y demás reglamentos de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-.

Artículo 14- Requisitos. Además de los solicitados en los anteriores procesos de inscripción y admisión, se adjuntan los siguientes:

a.Título de Bachiller (Copia del acta de grado o constancia de estar cursando el grado 11º)

b.Copia del documento de identidad.

c. Pruebas ICFES

d. Tres fotos tipo documento.

e. Constancia de afiliación a salud.

f. Comprobante de pago de los derechos de matrícula.

g. Exámenes médicos.

h. Libreta Militar.

Capítulo 5

Capítulo 6

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Artículo 20- Registro mínimo y máximo de unidades de competencia para cada módulo. Solo el Comité de currículo, podrá autorizar a un estudiante para que registre un número de unidades de competencia de los módulos inferior al mínimo establecido en el nivel, por este Comité. El estudiante no podrá registrar un número mayor de módulos propios del semestre en el cual está matriculado, salvo excepciones autorizadas por el Consejo Académico bajo previo estudio.

Artículo 21- Registro extemporáneo de unidades de competencia de los módulos. En casos debidamente justificados el Comité de currículo podrá autorizar el registro extemporáneo de módulos en las dos primeras semanas de clase y causará los derechos pecuniarios establecidos por la tesorería.

Artículo 22- Definición. Es el derecho que se tiene para acreditar en la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- las unidades de competencia cursadas y aprobadas en otra Institución de educación similar para lo cual deberá seguir con el procedimiento para Homologación de conocimientos, desempeños y competencias.

Artículo 23- Aplicación. El derecho de transferencia y homologación de unidades de competencia, podrá aplicarse en los siguientes casos:

a.Por solicitud voluntaria del individuo.

b.Por autorización de Secretaria de Educación, cuando éste ordene el cierre o suspensión de un programa técnico laboral por competencia.

c.Por convenio interinstitucional.

d.Por sugerencia del Coordinador del programa.

Artículo 24- Criterios para la transferencia:

a.Disponibilidad de cupos que tenga la institución para obtener la solicitud.

b. Que el solicitante haya cursado las unidades de competencia del programa del cual proviene, con una antigüedad no mayor a dos (2) semestres.

c. Quien ingrese a la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- por transferencia deberá cursar, para obtener la certificación, al menos el 50% de las unidades de competencia de los módulos del programa técnico laboral por competencias para el cual solicita transferencia.

Artículo 18- Definición: Acto por el cual el estudiante registra las unidades de competencia que conforman los módulos que cursará durante el respectivo periodo académico.

Artículo 19- Registro de unidades de competencia. El estudiante admitido deberá registrarse en todas las unidades de competencia de los módulos implementados para el periodo académico que vaya a cursar. Si el estudiante antiguo aprueba todos los módulos, podrá registrarse en los correspondientes, al siguiente periodo académico, siempre y cuando haya aprobado todas las unidades de competencia de los módulos del nivel anterior.

Parágrafo 1. Un estudiante podrá cursar unidades de competencia propias de dos niveles consecutivos, con autorización de la Coordinación Académica, excepto los de primer nivel cuando:

a.Haya cursado y aprobado la totalidad de las unidades de competencia del nivel inmediatamente inferior al que esté cursando en el período.

b.No se viole la condición de prerrequisitos y correquisitos

c)Haya disponibilidad horaria y de cupos.

Parágrafo 2. Cuando sea necesario repetir unidades de competencia de los módulos, estos se registraran en el siguiente periodo académico, solo el Jefe de cada programa, podrá autorizar la ampliación de este plazo siempre y cuando no se trate de prerrequisitos.

Parágrafo 3. El estudiante podrá cancelar unidades de competencias de los módulos registrados, una vez iniciadas las clases hasta una semana antes del parcial, si no ha habido calificaciones, o posteriormente, sino está perdiendo el periodo académico, es decir, no se podrá solicitar cancelación de una unidad de competencia que se esta perdiendo. Se aclara que cuando el estudiante cancele alguna(s) unidad de competencia(s) pierde todo derecho académico y económico.

Parágrafo 4. Cuando el estudiante se retire, quince (15) después de iniciado el semestre, no podrá solicitar aplazamiento del semestre.

Parágrafo 5. El cambio de jornada sólo puede hacerse antes de los exámenes parciales, para lo cual el estudiante solicitará a la coordinación de programa, por escrito, las razones por las cuales necesita efectuar el cambio, el cual se hará efectivo una vez la coordinación de respuesta el cual será registrado por Secretaría Académica.

Capítulo 7

Capítulo 8

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Parágrafo. Cuando esta ausencia represente más de tres (3) semestres ésta será autorizada por el Consejo Académico.

Artículo 29. Reingreso. Es la autorización dada por el Consejo Académico a un estudiante que ha sido retirado por pérdida del período académico, para que continúe regularmente los estudios en la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-luego de haber permanecido fuera de ella por tres (3) semestres.

Artículo 30. Plan de Estudio en el reintegro y el reingreso. Tanto para reintegro como para reingreso, antes de realizar la solicitud, deberá acordar con el coordinador de programa y con la aprobación del Consejo Académico, las unidades de competencia que debe tomar.

Artículo 31. Renovación de la matrícula para reintegro o reingreso. El estudiante que sea admitido deberá cumplir con lo establecido en el artículo 18 (Renovación de matrícula).

Artículo 32- Inasistencia. Se considera una falta de asistencia la ausencia de un estudiante a la clase para la cual se encuentra matriculado o su llegada tarde después de 10 minutos de iniciada la clase, salvo cuando la inasistencia sea justificada por enfermedad o fuerza mayor, mediante documento debidamente presentado al coordinador de programa quien le dará visto bueno.

Parágrafo 1. Un estudiante puede asistir a clase, siempre y cuando, se encuentre matriculado y con todos los requisitos en regla, salvo casos especiales que definirá en su momento el coordinador académico.

Parágrafo 2. Las unidades de competencia se cancelan con cuatro faltas de asistencia.

Artículo 33- Registro de asistencia. El registro de asistencia estará a cargo del profesor diligenciado en el formato establecido por la institución. Los registros de ausencia serán entregados al coordinador de programa durante los primeros cinco (5) días de cada mes.

Artículo 34- Pérdida por inasistencia. La asistencia del estudiante a todas las actividades académicas programadas para las diversas unidades de competencia, es obligatoria. El incumplimiento de esta obligación le podrá acarrear la pérdida semestral de la unidad de competencia matriculada por inasistencia, la cual será calificada con cero punto cero (0.0). Cuando sucediera esto el docente deberá diligenciar el formato correspondiente (F.005) y entregar a Secretaría Académica. Una unidad de competencia

d. Seguir con el trámite de homologación de materias.

Artículo 25- Solicitud de transferencia. Se presentará por escrito y debidamente justificada ante el coordinador de programa, y debe ir acompañada de:

a.Formulario de inscripción.

b.Recibo de pago de los derechos de inscripción.

c.El certificado de notas de la institución de procedencia.

d.La calificación disciplinaria expedida por la Institución de procedencia.

Artículo 26- Definición. Es el cambio interno en la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- que hace un estudiante de un programa a otro, con el consecuente reconocimiento de unidades de competencia cursadas y aprobadas que sean equivalentes en ambos programas.

Artículo 27- Solicitud de traslado. Esta debe hacerse por escrito, debidamente justificada, ante el Consejo Académico, con el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a.Solicitud escrita del estudiante.

b.Informe de concepto favorable por escrito del coordinador de programa correspondiente del que pretende trasladarse.

c.Seguir con el trámite de Homologación de materias, siempre y cuando haya lugar.

Parágrafo. La institución concederá traslado por una sola vez.

Artículo 28- Del Reintegro. Definido como la autorización dada por el coordinador de programa a un estudiante, para que continué regularmente los estudios en la institución, luego de haberse retirado de ella por causas diferentes a la pérdida del período académico y que no exceda mas de dos (2) semestres.

Capítulo 9

Capítulo 11

Capítulo 10

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c.Parcial

d.Final

e.Habilitación

f.Competencia técnica

Artículo 37- Admisión. Es el que constituye las pruebas que presenta el aspirante que desea ingresar a la institución.

Artículo 38- Seguimiento. Es el que se presenta durante el periodo académico y que sustenta el proceso de seguimiento.

Artículo 39- Parcial. Es el que se realiza durante el periodo académico y que hace parte de la calificación de la unidad de competencia del módulo del cual hace parte.

Artículo 40- Final. Es el que se presenta finalizando el periodo académico y que completa la calificación de la unidad de competencia para cada módulo.

Parágrafo 1- Las evaluaciones de que constituyen el seguimiento, el parcial y el final, son las evidencias de un aprendizaje mediante un conocimiento adquirido, un producto desarrollado y el desempeño frente a la competencia.

Parágrafo 2- El día del examen parcial y del final, el alumno debe presentar al profesor respectivo su Paz y Salvo con la institución. En el caso de no tener dicho Paz y Salvo, cuenta con diez días para cubrir sus obligaciones económicas y poder presentarse a evaluación de manera extemporánea . De no presentar el examen en esta segunda ocasión, se le calificará con cero punto cero (0.0).

Parágrafo 3. El treinta y cinco por ciento (35%) de la prueba final, debe ser presentado en un evento abierto al público en general y éste será calificado por el docente del área o un jurado, según el primero lo estime conveniente. El valor económico del mismo correrá a cargo de los estudiantes.

Parágrafo 3- Habilitaciones. Para presentar la habilitación, la nota mínima es 2,64

Artículo 41- Supletorios. El que no se presentó en la fecha establecida y debe realizarse durante los cinco (5) días hábiles posteriores a parciales. El estudiante debe presentar excusa médica laboral o en su excepción, calamidad doméstica justificable al coordinador del programa. El supletorio tendrá el costo de cuatro (4) SMDLV (salarios mínimos mensuales vigentes), que deberá ser cancelado por anticipado en la tesorería. El valor del supletorio abarcará hasta dos unidades de competencia. La nota máxima de calificación será 4.0

Artículo 42- Competencia técnica. Son las pruebas de aptitud laboral, en el plano de lo técnico que auscultan la formación y el criterio del aspirante

se considera perdida por inasistencia cuando el estudiante deja de asistir a 4 clases programadas, sin embargo, si éste presenta su justificación (comprobando enfermedad, calamidad o fuerza mayor), dentro de los cinco días siguientes a la fecha de inasistencia, podrá tener derecho a la reducción del número de faltas.

Parágrafo 1- El docente informará al estudiante al momento de cumplirse la tercera falta, lo cual debe quedar consagrado por escrito.

Parágrafo 2- Una vez cancelada una unidad de competencia el estudiante no podrá continuar asistiendo a clase.

Artículo 35- Definición. Se entiende por evaluación el seguimiento al proceso de aprendizaje, realizado permanentemente para estimular y valorar la formación integral del estudiante, mediante la apreciación del desarrollo de competencia y el alcance de objetivos propuestos en un programa técnico laboral por competencia, en función de la calidad y la excelencia.

Parágrafo 1- Las evaluaciones durante el semestre académico de cualquiera de los programas técnico laboral por competencias suman el 100% de la nota final y corresponden a las evidencias del aprendizaje práctico adquirido y se componen de:

a.Conocimiento

b.Producto

c.Desempeño.

Parágrafo 2- Todo examen parcial o final, lo mismo que los trabajos de seguimiento (si los hay) que no se presente en la fecha fijada sin causa justificada, será calificado con cero punto cero (0.0).

Parágrafo 3- Las evaluaciones de las unidades académicas, podrán ser escritas, orales o de carácter práctico, según sea la naturaleza del módulo ó norma de competencia.

Artículo 36- Clases de Evaluaciones. La Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- considera las siguientes clases de evaluaciones:

a.Admisión

b.Acumulativo

Capítulo 12

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Artículo 47- Validación. Se constituye como un mecanismo que utiliza para comprobar el dominio de una unidad de competencia cursada y aprobada en otra institución, cuando se considera que los procesos de aprendizaje, los objetivos o la intensidad de dicha unidad son diferentes de los que la Escuela ofrece en sus planes de estudio. El costo de este es el equivalente al 30% del valor de una unidad de competencia. La nota mínima para aprobar la validación es de cuatro punto cero (4.0)

Artículo 48- Objetivo de la Validación. Aprobar los conocimientos y el dominio que el estudiante o aspirante tiene de una competencia cursada en otra institución con o sin obtención de certificado o título.

Artículo 49- Procedimiento para la validación de unidades de competencia.

1.El estudiante o aspirante solicita por escrito a Secretaría Académica la validación de una o varias unidades de competencia una semana antes de terminado el periodo de matriculas.

2. Secretaría Académica hace entrega de dicha solicitud al coordinador de programa correspondiente, quien analiza y planea la validación dentro de los 5 días hábiles siguientes, diligenciando el F.003 con copia, informa al docente y hace entrega al estudiante del formato para que este lo presente en la respectiva validación y lo haga firma del docente.

Luego de presentada la validación se hace entrega del F.003 a Secretaría Académica para firmar y autorizar las unidades de competencia que puede ver en el semestre y continua con el proceso de matricula.

Artículo 50- Suficiencia. Es el reconocimiento previo que la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- hace al estudiante que ingresa para comprobar si posee conocimientos suficientes en una unidad de competencia que no ha cursado, y que debería cursar, y en la cual considera estar preparado. El costo de este es el equivalente al 30% del valor de una unidad de competencia. La nota mínima para aprobar es de cuatro punto cero (4.0).

Parágrafo 1- Los módulos específicos que configuran un programa técnico laboral por competencias admiten el reconocimiento de saberes y por tanto la presentación de suficiencia.

Parágrafo 2- La Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- hace reconocimiento de saberes hasta un 40% de las unidades de competencia. El módulo transversal (mercadeo) y los módulos institucionales (ética y emprendimiento) no admiten reconocimiento de saberes.

Artículo 51- Objetivo de la Suficiencia. Comprobar el conocimiento adquirido por los estudiantes o aspirantes a través de la experiencia.

a un nivel superior. Serán reglamentados por el Consejo Académico para aquellos programas que lo exijan como requisito.

Artículo 43- Definición. Se consideran procedimientos especiales todos aquellos que se efectúan para reconocer lo saberes previos de un estudiante frente a un programa técnico laboral por competencia ofrecido por la Escuela de Diseño Técnico ESDITEC y que le permiten adelantar su proceso de aprendizaje. Los procedimientos son:

a.Homologación de Unidades de Competencia

b.Validación

c.Suficiencia

Artículo 44- Homologación de Unidades de Competencia. Es el reconocimiento que se hace a las unidades de competencia cursadas en otra institución y que responden a los contenidos e intensidad horaria determinada por la Escuela de Diseño Técnico ESDITEC. La nota mínima bajo la cual se reconocerá una unidad de competencia es de tres punto cinco (3.5).

Artículo 45- Objetivo de la Homologación de Unidades de Competencia. Reconocer los estudios realizados en otra institución académica certificada, con o sin obtención de certificado o título que le permitan al aspirante continuar con su proceso de aprendizaje.

Artículo 46- Procedimiento para Homologación de Unidades de Competencia:

a.El estudiante solicita por escrito la homologación anexando las notas obtenidas en la institución de procedencia, una semana antes de terminado el periodo de matrículas, a la Secretaría Académica.

b.Secretaría Académica hace entrega de dicha solicitud al coordinador de programa correspondiente, quien analiza y si hay lugar a la homologación diligencia en F.002 con copia y hace entrega a Secretaría para que de visto bueno y autorice la matricula, una vez formalizado se hace entrega al estudiante de la copia y se procede con la matricula.

c.En caso de ser negada la homologación se orienta al solicitante para que valide las unidades de competencia que solicitó, en caso afirmativo se continua con el procedimiento de validación.

Capítulo 13

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cinco (5) primeros días hábiles siguientes a la promulgación de la nota por parte del docente. Si efectuada la revisión, el estudiante juzga que está mal evaluado, puede solicitar dentro de los dos (2) días siguientes hábiles, por escrito ante el Consejo Académico, que se le asigne un jurado diferente a aquel o aquellos que le calificaron la prueba. La nota que asigne este jurado será la definitiva para esta prueba.

Artículo 54- Escala de valoración de un período académico:

a.Aprueba (Todas la unidades de competencia respectivas a cada módulo)

De tres punto cero (3.0) a cinco punto cero (5.0)

b.Habilita (Sólo unidades de competencia habilitables)

De dos punto seis (2.6) a dos punto nueve (2.9)

c. Reprueba (unidades de competencia habilitables)

De dos punto cinco (2.5) a cero punto cero (0.0)

d. Reprueba (unidades de competencia No habilitables)

De dos punto nueve (2.9) a cero punto cero (0.0)

Parágrafo 1- Una unidad de competencia cursada pero perdida, puede ser recuperada mediante una evaluación de habilitación, salvo las unidades de competencia que estén reglamentadas como no habilitables por el Consejo Académico. La habilitación se hará en la fecha determinada para tal efecto y tendrá un costo de cuatro (4) SMDLV (salarios mínimos diarios legales vigentes), valor que deberá ser cancelado en la tesorería antes de presentado el examen o evaluación del indicador respectivo.

Parágrafo 2- Las unidades de competencia habilitables son las que conforman el módulo transversal.

Artículo 55- Pérdida del período académico. Un estudiante pierde el periodo académico cuando obtenidas las calificaciones definitivas de las unidades de competencia cursadas en el periodo, se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:

a.Pérdida de tres (3) o más unidades de competencia matriculadas.

b.Pérdida de dos unidades de competencia por segunda vez.

c.Pérdida de una unidad de competencia por tercera vez.

Parágrafo 1- En cualquiera de los casos anteriores no da lugar a habilitación.

Parágrafo 2- Para la repetición del semestre el estudiante deberá matricular las unidades de competencia que le han quedado pendientes solamente.

Artículo 52- Procedimiento para la suficiencia.

a.El estudiante o aspirante realiza la solicitud de suficiencia al coordinador de programa 10 días antes de parciales.

b.El coordinador de programa analiza dicha solicitud y planea la prueba de suficiencia dentro de los 5 días hábiles siguientes, diligenciando el F.004 con copia, informa al docente de este procedimiento y entrega al estudiante el formato para que lo presente al docente respectivo y lo firme una vez presentada la prueba.

c.Luego de presentada la prueba se hace entrega del formato a Secretaría Académica para que firma y autorice la matricula asignado las unidades de competencia que el estudiante puede registrar y se continúe con el proceso de matricula.

Parágrafo- Si el estudiante realiza la solicitud en los primeros 15 días de iniciado el semestre y aprueba la suficiencia podrá tomar otra unidad de competencia. Si la solicitud se produce después de 15 días de iniciado el semestre el estudiante no podrá tomar otra unidad de competencia como reemplazo.

Artículo 53- Definición. Se entiende por calificación la expresión cuantitativa de la evaluación de una unidad de competencia que la institución asigna. Esta se expresa en una escala que va de cero a cinco (0 a 5). Cuando se da el caso de centésimas se hará una aproximación a la décima siguiente si las centésimas son iguales o superiores a cinco (5), si son inferiores se desconocen.

Parágrafo 1- Los docentes deberán, luego de cada evaluación, dar a conocer a cada estudiante el resultado de proceso de aprendizaje, haciendo devolución de trabajos, productos u otros debidamente corregidos y calificados, y procederán a atender de inmediato los reclamos del caso antes de entregar las calificaciones a la coordinación de programa, cuando no se llegue a un acuerdo, el docente conservará el evaluación, producto u otro respectivo.

Parágrafo 2- El promedio semestral es el obtenido por la suma de las notas definitivas dividido por el número de unidades de competencia cursadas durante el semestre.

Parágrafo 3- Todo estudiante tiene derecho a solicitar por escrito, ante el coordinador de programa revisión de cada una de las pruebas escritas o sustentadas ante el docente. La revisión deberá solicitarse dentro de los

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ajenas que se encuentren en los predios de la misma.

i.Portar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, estupefacientes o alucinógenos, dentro de la Escuela o en actividades deportivas, culturales y en otras de carácter académico que involucren la institución.

j. Porte, tenencia o guarda de elementos materiales explosivos, armas de cualquier tipo o que sean complemento o parte útil de los mismos.

k. Retención, intimidación y chantaje a docentes, directivas y demás autoridades de la institución.

Artículo 60- Correctivos. Las faltas contra los estatutos, reglamentos y contra la seguridad personal y colectiva de los miembros de la comunidad educativa de la Institución, se sancionarán según gravedad así:

a.Amonestación verbal o escrita, será impuesta por el profesor o por el coordinador de programa.

b.Amonestación escrita con copia a la hoja de vida, será impuesta por el coordinador de programa o la rectoría.

c.Matrícula condicional, es el acto por el cual se subordina la permanencia del estudiante en la institución a su buen comportamiento y será impuesta por el Consejo académico.

d.Cancelación de matrícula la impondrá el consejo académico

e.Expulsión de la Escuela, sanción que inhabilita al estudiante para solicitar reingreso, la impondrá el coordinador de programa y la firmará el consejo académico.

Artículo 61- Calificación de las faltas. La calificación de las faltas se hará según naturaleza del hecho, siendo leves y graves. Las leves se sancionarán con amonestación privada o suspensión temporal. Las graves se sancionarán con matrícula condicional o expulsión, según su gravedad, considerada por el Consejo Académico.

Artículo 62- Formulación de sanciones. Para efectos de formulación de sanciones se procederá de la siguiente manera:

a.Conocidos los hechos que pudiesen constituir falta, se informa al coordinador de programa, en el cual está matriculado el presunto responsable.

b. El coordinador de programa procede dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de conocer los hechos, a realizar un análisis calificativo de la acción y presunto responsable.

c. Luego del análisis se le notifica por escrito al estudiante para que éste dentro de los siguientes dos (2) días hábiles presente los descargos.

Artículo 56- Retiro de la institución. El estudiante que pierda el período académico de acuerdo al artículo anterior, quedará retirado de la institución. Posteriormente podrá solicitar reingreso como se determina en el artículo siguiente.

Artículo 57- Solicitud de reingreso por pérdida del período académico. El aspirante podrá solicitar reingreso después de haber transcurrido un (1) semestre luego del retiro.

Artículo 58- Registro para el reingreso. El aspirante que haya sido aceptado por reingreso solo podrá registrar las unidades de competencia perdidas al momento de su retiro de la institución.

Artículo 59- Faltas disciplinarias. Se consideran contravenciones todas las acciones o manifestaciones que violenten los deberes y derechos de la comunidad educativa, establecidos en este manual y que bajo su aceptación en el acto de matrícula fueron pactados.

Son contravenciones susceptibles de sanción las siguientes:

a.Incumplimiento con los deberes expresados en este manual de convivencia.

b.Atentar de cualquier forma contra el buen nombre y prestigio de la institución.

c.Irrespetar las insignias de la patria o de la institución.

d. Actos que dilaten la libre movilización a las dependencias de la institución, de los directivos, docentes, estudiantes y personal administrativo de la misma.

e. Cualquier acción encaminada a obstaculizar el libre ejercicio de la docencia, la asistencia a clases, talleres y demás servicios, ya sea que el acto se cometa individual o colectivamente.

f. Cualquier acto contra personas, instituciones o cosas, que el código penal establezca como ilícito.

g. Alterar documentos, fraude en calificaciones de proceso académico, plagio en actividades académicas y administrativas, y cualquier otro tipo de falsificación de información de toda la comunidad educativa.

h. Retención, hurto o daño en los bienes de la Escuela o en propiedades

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profesores, teniendo en cuenta, las aproximaciones por centésimas, de que trata la escala de calificaciones.

5.En caso de registrar dos o más estudiantes el mismo promedio, la matrícula de honor se asigna a quien registre el mayor promedio acumulado en el programa respectivo.

6.De persistir la igualdad, la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- asigna matrícula de honor, distribuyéndola por partes iguales entre el número de estudiantes que hayan dado cumplimiento a los requisitos antes señalados.

En caso de no obtener Matrícula de Honor, el estudiante pagará matrícula ordinaria.

b. Certificado de honor: La institución otorga certificado de honor a los estudiantes que, además de cumplir con todos los requisitos para obtención de la respectiva certificación, obtienen un promedio de calificaciones en toda su carrera no inferior a cuatro punto cinco (4.5), sin haber perdido ninguna de las unidades de competencia del plan de estudios correspondiente y se dejará constancia en el acta de certificación general e individual del graduando.

c. Diploma de Exaltación de Mérito Académico. Otorgado por el Consejo Académico, para hacer reconocimiento a los estudiantes que cuenten con excelencia académica durante toda su carrera pero que no califican al grado de honor, siempre y cuando no hayan sido amonestados por causal alguna o infringido los reglamentos de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-.

d. Grado póstumo. La escuela a través del Rector otorgará grado póstumo al estudiante que fallezca una vez haya cursado y aprobado el 80% del plan de estudios en el cual se encontraba matriculado o que habiéndolo terminado no hubiera obtenido el grado.

e. Reconocimientos especiales. La Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-, otorga reconocimientos especiales a los estudiantes que se hayan distinguido por su excelente desempeño cultural, social, artístico o investigativo, a título personal o en representación de la institución.

f. Monitorias. La Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- otorgará monitorias académicas o administrativas a los estudiantes que se destaquen en las áreas respectivas, según procedimiento especifico de monitorias que expida la institución.

Artículo 65- Egresado. Se considera egresado al estudiante una vez obtenga la certificación como técnico en el programa en el cual haya cursado su formación.

d. Pasado este tiempo y hechos los descargos, el Consejo académico después de analizar el caso, sugiere y se encarga de aplicar la sanción conforme a lo establecido en este Manual.

e. Una vez establecido lo anterior, se notificará por escrito y personalmente al estudiante la sanción impuesta, al día hábil siguiente.

Artículo 63- Recurso de reposición y apelación. Contra las sanciones impuestas proceden los recursos de reposición y apelación, cualquiera de estos recursos, o los dos, debe(n) ser interpuesto(s) y sustentado(s) ante el consejo académico, por escrito, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que sea notificada la decisión al estudiante.

Si la sanción fuere la expulsión de la Escuela o la cancelación de matrícula, además del recurso de reposición podrá interponerse como subsidiario o principal el recurso de apelación.

Artículo 64- Definición. Son los estímulos que se hacen a los estudiantes por su buen rendimiento académico, cultural, deportivo y social. Son distinciones, entre otras, las siguientes:

a.Matrícula de honor: La Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-, otorgará facultativamente y dentro de su autonomía presupuestal, una matrícula de honor al estudiante de cada programa que obtenga en el semestre el mayor promedio igual o superior a cuatro punto cinco (4.5) de calificaciones sobre la nota definitiva registrada en la oficina de secretaría académica, consistente en una exención total o parcial de los derechos de matrícula del periodo académico siguiente o de los derechos de grado. Para otorgar dicha matrícula de honor se establece el siguiente procedimiento:

1.La solicitud es presentada por el estudiante al coordinador de programa, quien la remite con su autorización, si resulta procedente, al Consejo Académico.

2.Dicha solicitud debe ser presentada por el estudiante dentro del término correspondiente para matrículas ordinarias establecidas en el calendario académico oficial. La institución no aceptará ninguna solicitud fuera del plazo establecido.

3.La Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- decidirá el otorgamiento de las matrículas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del periodo de matrículas ordinarias.

4.Secretaría académica certifica los promedios semestrales y acumulados, hasta con 2 decimales, con base en las notas definitivas entregadas por los

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al Consejo Directivo y al Consejo Académico y los representantes de grupo.

Comité de Bienestar Institucional: Conformado por los coordinadores de programas.

Artículo 70- Todos los egresados de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- poseerán capacidades y habilidades para:

- El trabajo en equipo.

- Calidad humana.

- Responsabilidad en el ejercicio laboral competente.

- Sentido de pertenencia en todas sus actividades como persona con conocimientos.

- Mantener buenas relaciones interpersonales y sabe establecer relaciones con la autoridad.

Artículo 71- Técnico laboral por competencias en Diseño de Modas. El Diseñador de Modas de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- recibe una formación en competencias laborales para aplicar la tecnología en el diseño de vestuario y accesorios, logrando una propuesta de moda funcional y creativa. Las actividades que desarrolla están orientadas a satisfacer las necesidades del sector textil y la confección.

Aprende a identificar las oportunidades de negocio en el sector Empresarial, manejar las herramientas para el diseño de patronaje sistematizado, creación de figurín, ropero, entre otros aprendizajes, que le permitirán ser eficiente, responsable y ético en el desarrollo de su actividad laboral.

Artículo 72- Técnico laboral por competencias en Diseño Gráfico. El Diseñador Gráfico de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- recibe formación en competencias laborales para saber comunicar gráficamente, apoyado en el conocimiento, manejo y dominio de las herramientas digitales del Diseño Gráfico. Además diseña proyectos editoriales, tipografías, empaques y embalajes de productos.

Es especialista en editar y retocar digitalmente fotografías con propósitos publicitarios; crea animaciones multimedia y modelado en tercera dimensión (3D).

Artículo 73- Técnico laboral por competencias en Diseño de Espacios e Interiores. El Diseñador de Espacios e Interiores de la Escuela de Diseño

Artículo 66- Derecho a la certificación. Todo estudiante que haya terminado y aprobado todas las unidades de competencia de los módulos que configuran un programa técnico laboral por competencia, de acuerdo con el plan de estudios correspondiente, tiene derechos a recibir, previos los requisitos para la entrega, de la certificación que ofrezca la institución para dicho programa.

Artículo 67- Documentos para certificación. A la solicitud de certificación, la cual deberá ser presentada por escrito ante la secretaría académica, se adjuntaran los siguientes documentos:

a.Fotocopia del documento de identidad.

b.Paz y salvo de Secretaría Académica, Biblioteca, Tesorería y Bienestar.

c.Recibo de pago de los derechos de certificación expedido por la tesorería.

Artículo 68- Definición. Fundamentado en el articulo 68 de la Constitución Política de Colombia de 1991, el Gobierno Escolar se constituye en una estrategia de participación estudiantil constituida para ser un espacio democrático que favorezca el pleno desarrollo de la autonomía, la libertad, la solidaridad, el respeto y la comunicación entre todos los estamentos de la comunidad educativa de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC-.

Artículo 69- Formas de participación. La comunidad educativa podrá participar a través de los siguientes órganos:

Consejo Directivo: Es la suprema autoridad administrativa de la Escuela de Diseño Técnico ESDITEC, tiene la responsabilidad de velar por el adecuado cumplimiento de los objetivos de la institución y por su coherencia con el proyecto educativo institucional (PEI). Está compuesto por el rector, dos representantes de los docentes, dos padres de familia de los estudiantes, un exalumno, un estudiante y un representante del sector productivo.

Consejo Académico: Es el organismo de dirección de los asuntos académicos de la institución, encargado de velar por el buen funcionamiento de la institución, facilitando estrategias de innovación pedagógica y que contribuyan a mejorar la calidad educativa. Está integrado por el Rector, quien lo preside; por dos representantes de los coordinadores de los programas elegidos por estos mismos y por un representante de los profesores.

Consejo estudiantil: Es el órgano que sirve de canal de comunicación para direccionar la calidad de los procesos de formación, liderar procesos de bienestar, facilitar el mejoramiento institucional y velar por los derechos y deberes de los estudiantes. Lo conforman el representante de los estudiantes

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DISPOSICIONES FINALES

La interpretación de cualquiera de las normas que hacen parte de este Manual está a cargo del Consejo Académico.

Se entregará copia de este Manual de Convivencia, a toda la población estudiantil, al momento de iniciar las actividades académicas.

Las reformas a este manual deben ser aprobadas por el Consejo Directivo, a solicitud del Consejo Académico.

Este manual rige a partir de la fecha de su aprobación y deroga las demás normas que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase

Dado en Medellín, a los veinticinco (25) días del mes de marzo de dos mil once(2011).

Técnico -ESDITEC- recibe formación en competencias laborales para saber transmitir sus ideas y resolver cualquier espacio arquitectónico, de una forma básica y concisa, para lograr la realización de sus proyectos.

Sabe desarrollar propuestas dirigidas a satisfacer la necesidad de transformación de un espacio, utilizando las últimas tendencias en la arquitectura y el diseño. Al igual que implementa los nuevos conceptos para presentar un proyecto de diseño de espacio e interior y lo muestra de forma tridimensional para la comprensión del cliente.

Artículo 74- Técnico laboral por competencias en Diseño industrial: El Diseñador Industrial de la Escuela de Diseño Técnico -ESDITEC- recibe formación en competencias laborales para concebir y diseñar productos industriales de acuerdo con la realidad del mercado, la capacidad productiva de la empresa y el cuidado ecológico, para armonizar con la identidad cultural y el contexto al cual son dirigidos.

Sabe implementar y desarrollar nuevas tecnologías para materiales y procesos de elementos que cualifiquen y optimicen las características de funcionalidad de los productos diseñados. Crea y expresa criterios necesarios para la comercialización e implementación de los nuevos productos industriales.

Artículo 75- Técnico laboral por competencias en Comunicación Socio-Corporativa. El Comunicador Socio-Corporativo de la Escuela de Diseño Técnico - ESDITEC- recibe formación en competencias laborales en el manejo de la comunicación asertiva, oportuna y adecuada entre el público interno y externo de una empresa, institución u organización. Sabe hacer asesorías y creación de planes de comunicación estratégicos. Puede desempeñarse en los procesos de la producción de proyectos audiovisuales, periodísticos, editoriales y publicitarios; así como en la organización de eventos y las relaciones públicas en diferentes organizaciones gubernamentales y no gubernamentales.

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