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“Formando personas integrales que amen a Jesús” 1 MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO GETSEMANI SAN BERNARDO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR: En conformidad a lo dispuesto en Ley 19.979 del 6 de noviembre del 2004, por lo que se fija el Texto Refundido coordinado y sistematizado del D.F.L. Nº 2 de 1996, se establece nuestro Reglamento Interno de convivencia escolar: TITULO I GENERALIDADES La inscripción y posterior matricula confiere la calidad de alumno regular del establecimiento y con ello, tanto los apoderados como principalmente los alumnos, adquieren y aceptan el compromiso de cumplir con todas las disposiciones establecidas en el presente reglamento. Art. 1 El reglamento interno de convivencia escolar expuesto a continuación, establece el conjunto de normas y procedimientos que regulan los derechos, deberes y obligaciones de todos los alumnos del colegio Getsemaní. Para tales efectos, serán considerados como sujetos del presente reglamento todos los alumnos con matricula vigente desde Pre kínder hasta 4 to año de enseñanza media. Art. 2 Los alumnos estarán sujetos al cumplimiento de las normas, deberes y obligaciones no sólo de nuestro reglamento interno; sino que también deberán respetar y cumplir todas las leyes vigentes de la nación (ley penal juvenil y otras que competen a los alumnos de 14 a 18 años) Art. 3 Nuestro reglamento de convivencia escolar, tiene como objeto principal, el asegurar el normal desarrollo de las actividades académicas dentro del recinto del establecimiento, como así otros lugares donde también se realicen actividades estudiantiles; además, velar permanentemente por el prestigio del Colegio Getsemaní, como asimismo de los valores y principios religiosos bajo los cuales estamos comprometidos a formar y educar.

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“Formando personas integrales que amen a Jesús”

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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

COLEGIO GETSEMANI SAN BERNARDO

REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR: En conformidad a lo dispuesto en Ley 19.979 del 6 de noviembre del 2004, por lo que se fija el Texto Refundido coordinado y sistematizado del D.F.L. Nº 2 de 1996, se establece nuestro Reglamento Interno de convivencia escolar: TITULO I GENERALIDADES La inscripción y posterior matricula confiere la calidad de alumno regular del establecimiento y con ello, tanto los apoderados como principalmente los alumnos, adquieren y aceptan el compromiso de cumplir con todas las disposiciones establecidas en el presente reglamento. Art. 1 El reglamento interno de convivencia escolar expuesto a continuación, establece el conjunto de normas y procedimientos que regulan los derechos, deberes y obligaciones de todos los alumnos del colegio Getsemaní. Para tales efectos, serán considerados como sujetos del presente reglamento todos los alumnos con matricula vigente desde Pre kínder hasta 4to año de enseñanza media. Art. 2 Los alumnos estarán sujetos al cumplimiento de las normas, deberes y obligaciones no sólo de nuestro reglamento interno; sino que también deberán respetar y cumplir todas las leyes vigentes de la nación (ley penal juvenil y otras que competen a los alumnos de 14 a 18 años) Art. 3 Nuestro reglamento de convivencia escolar, tiene como objeto principal, el asegurar el normal desarrollo de las actividades académicas dentro del recinto del establecimiento, como así otros lugares donde también se realicen actividades estudiantiles; además, velar permanentemente por el prestigio del Colegio Getsemaní, como asimismo de los valores y principios religiosos bajo los cuales estamos comprometidos a formar y educar.

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TITULO II DEBERES DE LOS ALUMNOS Art. 4 Serán obligaciones de los alumnos:

a) Respetar los Principios y Normas que distinguen el Proyecto Educativo Cristiano del establecimiento.

b) Respetar demostrar un trato cortés y un lenguaje, respetuoso con autoridades, profesores, grupos de pares, y demás miembros de la comunidad escolar, tanto dentro como fuera del establecimiento lo que es esencial y primordial para una sana convivencia y un ambiente adecuado para el aprendizaje.

c) Abstenerse de participar en actividades político—partidistas de cualquier índole, al interior del Establecimiento.

d) Se deberá mantener una actitud de absoluto respeto cuando se llame a formación; en los actos académicos, devocionales, clases de religión y otras actividades que se desarrollen dentro o fuera del establecimiento.

e) Resguardar la integridad de documentos oficiales, tales como libros de clase, actas de evaluación final, certificados de estudios, informes y pruebas de asignaturas.

f) Proteger y conservar la infraestructura, mobiliario, equipos, libros y materiales d uso didáctico del establecimiento.

g) Cooperar en la mantención de un ambiente limpio y ordenado en el establecimiento y en su entorno.

h) Representar dignamente la imagen que proyecta su U.E., tanto dentro como fuera de ella.

i) Abstenerse del uso de cigarrillos, alcohol y drogas en cualquiera de sus formas tanto dentro como fuera del establecimiento.

j) Abstenerse de ingresar al colegio publicaciones, fotografías, póster, y videos que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

k) Abstenerse de ingresar al colegio: celulares, equipos audiovisuales y juegos electrónicos como asimismo casetes, conteniendo grabaciones cuyo contenido sea ajeno a las normas de la U.E.

l) Evitar el ingreso de objetos de valor, dinero y/o documentos valorados al interior del Establecimiento.

m) La presentación personal de los alumnos deberá ser impecable, especialmente respecto a los uniformes oficiales del Colegio (tenida diaria – buzo de deportes – delantal blanco de laboratorio). La higiene personal deberá advertirse en la vestimenta, cuerpo y cabello, el que deberá presentarse corto escolar: varones sin mechas de colores y patillas ni pelos, entrelazados ni como erizo, de adorno. Peinado debidamente.

n) Las damas por su parte, peinaran su cabello con Cole, trenzas u otras formas de carácter ordenado. Con todo, el cabello deberá presentarse libre de parásitos o de peinados extravagantes ejemplo, tribus urbanas ( pinturas solo colores natural correspondiente a su tono y sin mechas de colores )

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o) Los alumnos procuraran con sumo cuidado manifestar cautela en la manifestación de sus modales, lenguaje y trato tanto dentro como fuera del establecimiento.

p) El legítimo derecho de jugar y recrearse, tendrá como límite los derechos de los otros integrantes de la comunidad estudiantil.

q) También deberán tener atención y cuidado de sus cuadernos, útiles escolares, documentos, trabajos e informes y, en especial de los libros y manuales de estudio entregados por el Ministerio de educación, los cuales serán de responsabilidad del alumno que se le entregó como también serán solidariamente responsables sus padres y apoderados. Por último, todos los anteriormente mencionados, deberán estar marcados con el nombre y apellidos del alumno y devolverlos a final de año si estos son para más de un año.

r) Para las clases de educación física, sólo se permitirá utilizar el uniforme reglamentario de la asignatura. De no contar con él, corresponderá presentarse con tenida diaria y cambiarse dentro del establecimiento solamente para la asignatura usando buzo azul marino y polera blanca sin estampados.

s) Una vez que se escuche el timbre, se deberá hacer ingreso de inmediato a la sala de clases o al gimnasio según corresponda y por tanto, no podrán ingresar tarde a clases; salvo, en virtud de un pase de Insectoría General o Dirección.

t) Los alumnos deberán respetar y acatar las órdenes y llamadas de atención de cualquier profesor, administrativo y auxiliar de servicios del establecimiento, siempre y cuando no atente con su dignidad personal. Si fuera éste el caso, el alumno deberá dar cuenta de inmediato a la Dirección del colegio.

u) Los alumnos podrán retirarse en horas de clases sólo si el apoderado lo requiere personalmente. No se autorizará el retiro de alumnos por medio de autorización escrita o telefónica; salvo en casos excepcionales y correctamente justificados.

v) Es obligación asistir a clases diariamente. Los padres deben procurar que los horarios de atención médica de los hijos fuera del establecimiento sean en jornada alterna. Las inasistencias imprevistas serán justificadas personalmente por el apoderado o por certificado médico; las inasistencias previstas podrán ser avisadas por vía telefónica o escrita con antelación a la Inspectoría General o a la Dirección.

w) Los alumnos deben cumplir con los materiales solicitados por los profesores en cuanto a puntualidad, cantidad y calidad.

x) También, al elegir los alumnos participarán en las actividades extra programáticas del colegio, como son actividades voluntarias, deberán hacerlo con responsabilidad, entusiasmo y perseverancia, acatando las instrucciones de los profesores de taller donde sea que realicen la actividad y asumiendo los costes de las mismas.

y) Respetar y cumplir los horarios establecidos por el colegio para las diversas actividades lectivas y no lectivas.

z) Mantener una conducta de honestidad en el cumplimiento de todos sus deberes, tareas y evaluaciones escolares en conformidad con los valores sostenidos por el colegio.

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aa) Mantener en buen estado la Agenda Escolar como también documentos oficiales de comunicación entre alumnos y apoderados.

bb) Los alumnos asumirán los cargos en que sean elegidos o nombrados dando

cuenta de su gestión cuando le sea requerido, con la mayor diligencia y probidad que demande el caso, propios de los jóvenes que aman a Jesús.

cc) Además, cumplirán puntualmente con los compromisos adquiridos tanto con el establecimiento como con sus compañeros y otros organismos del Colegio; ya sea, pago de cuotas de curso, asistencia a reuniones, equipos de trabajo, cumplimiento de sanciones y todas aquellas que requieran del compromiso del estudiante.

TITULO III DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS Art. 5: Será derecho de los alumnos del colegio Getsemaní:

a) El recibir una educación de calidad y equidad según los planes de estudio vigentes, siempre bajo los principios y valores de Jesucristo como pilar fundamental y eje central de dicha educación de calidad.

b) El respeto por parte del Cuerpo Directivo Docente, docentes y funcionarios del colegio; reconociendo sus derechos fundamentales y las prerrogativas que los resguardan.

c) El poder explicar de manera adecuada sus opiniones, plantear sus inquietudes, proyectos etc., ante las instancias y tiempos correspondientes.

d) Ser informado acerca de los principios, normas y reglamentos que regulan la vida escolar:

1. El Proyecto Educativo Institucional

2. Manual de convivencia escolar

3. Planes y programas de estudio,

4. Reglamento de evaluación y promoción escolar

5. Normas de seguridad prevención de riesgos

6. Reglamento de organismos estudiantiles

7. Calendario del año escolar

8. Calendario de evaluaciones

e) Ser escuchado ayudado, orientado y obtener respuesta, individualmente o en

grupo, en cada una de las instancias de interacción con: pastores, orientadores,

profesores, administradores u otros miembros del personal de la Unidad

Educativa.

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f) Ser educados por profesionales calificados, competentes y actualizados en

sus disciplinas.

g) Que las clases sean impartidas en forma oportuna, eficiente y de acuerdo

con las normas establecidas en el colegio

h) Que los resultados de las evaluaciones les sean entregadas a tiempo.

Deben hacerse reclamos por escrito a la UTP cuando no se cumpla.

i) Solicitar el uso de: gimnasio, laboratorio, comedor, biblioteca, etc. siempre

que no interfieran con el normal desarrollo de las actividades del colegio y

supervisado por un funcionario que se responsabilice.

j) Expresar ante la Dirección del Establecimiento, en compañía de su

Apoderado, su opinión y/o descargo personal, ante situaciones de conducta

personal indebida que le afecte y cuyocaso se encuentre en estudio

disciplinario.

k) Expresar por si o a través de sus representantes, cualquier queja fundada

respecto a situaciones que estime injustas o arbitrarias. El conducto regular en

las situaciones anteriores será:

1. Profesor Jefe 2. Inspectoría General 3. Unidad Técnico Pedagógica 4. Dirección

i) Elegir y/o ser elegidos como representantes de sus cursos o del Centro General

de Alumnos y el Consejo Escolar. j) A utilizar la biblioteca y los recursos del CRA, en los horarios y la forma que

corresponda, presentando la credencial emitida por el Centro de Recursos del Aprendizaje.

k) Recibir una educación sustentada en el principio de que el amor, la amistad, la solidaridad, la bondad, los que favorecen el desarrollo de una mejor convivencia entre los hombres y mujeres por el contrario, actitudes como la violencia, la opresión y el odio empequeñece a la persona y la llevan a conductas deshumanizante y anticristianas.

l) Ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia y amistad entre todos los integrantes de esta familia “Getsemaní”.

TITULO IV DEL UNIFORME ESCOLAR Art. 6 Varones tenida diaria: Polar oficial del colegio, de color azul con símbolo en el pecho; polera de piqué blanca con símbolo bordado en el pecho; pantalón de tela gris, de corte clásico no bajo de la cintura ni talla más grande de la que le corresponde, calcetas grises o azules y zapatos o zapatillas totalmente negras de cuero. Tenida de

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deportes: Buzo oficial del colegio azul, con interior del cuello amarillo y pantalón corto azul, camiseta del colegio y zapatillas blancas, azules o negras. Delantal del colegio de pre-kinder a 2º Básico y blanco para los alumnos que entran al Laboratorio. Durante el invierno usaran parka azul marino (sin ningún adorno de otro color). Damas tenida diaria: Polar oficial del colegio, de color azul con símbolo en el pecho; polera de piqué blanca con símbolo bordado en el pecho; falda tableada cuadrille solo hasta 4 dedos por sobre la rodilla, zapatos negros de cuero. Tenida deportiva: buzo oficial del colegio de color azul con interior de cuello amarillo; calzas o pantalón corto de color azul, camiseta del colegio y zapatillas blancas, azules o negras. Delantal del colegio de pre-kinder a 2º Básico y blanco para los alumnos que entran al Laboratorio. Durante el invierno usaran parka azul marino (sin ningún adorno de otro color).Y pantalón de vestir azul marino de tela o de polar corte tradicional no ajustado.(se usará de abril a octubre) Las damas de 1º a 4º medio, podrán usar maquillaje natural (mascara de pestañas negral sin delineador, lápiz labial de colores natural y pintura de uñas solo rosado natural, ni rojos ni negro). La ropa debe venir marcada con su nombre y curso especialmente los cursos menores y las chaquetas y parkas de todos. El colegio no se hace responsable por las perdidas de objetos personales pero si hará todo lo posible por encontrar las prendas perdidas. Damas y Varones de todos los Niveles podrán usar gorros, jockey viseras, no dentro

de las salas de clase sólo en los patios y en las temporadas que corresponda (solo de

color azul) a igual que las bufandas y guantes.

Art. 7 Los alumnos participantes de las selecciones deportivas debidamente conformadas del establecimiento y de los talleres de formación tendrán fuero respecto a ciertas prendas de vestir dentro del horario regular de clases, las cuales estarán autorizas correctamente por las autoridades del colegio. “UNA BUENA PRESENTACIÓN PERSONAL REFLEJA EL RESPETO A SÍ MISMO Y A LOS

MIEMBROS DE LA COMUNIDAD.”

EL USO DEL UNIFORME EVITA DISTINCIONES SOCIALES Y ESTETICA ENTRE IGUALES.”

TITULO V DE LAS PROHIBICIONES

Art. 8 Los alumnos tienen estrictamente prohibido: a) El desacato a los principios, normas generales y deberes contenidos en el

presente Manual de Convivencia.

b) Conducta irrespetuosa e irreverente durante las horas dedicadas a la devoción

religiosa, sea en la sala de clases, en los devocionales generales o en donde se

lleven a cabo.

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c) Lanzar papeles y objetos; emitir gritos o cualquier falta que impida una clase

ordenada y armoniosa.

d) El uso de maquillaje, cabello teñido, esmalte no permitido en las uñas, aros

colgantes, aros artesanales, aros en nariz y/o boca collares, pirsin o expansiones

pulseras, piojitos, que no correspondan al uso de uniforme, igualmente a los

varones cualquier tipo de peinados que salgan de lo común y que tengan un fin

extravagante (tribus urbanas), cabello teñido, mal cortado y barbas o vellos de

cualquier tipo en la cara.

e) Asistir a clases sin su uniforme en forma total o parcial.

f) El uso o porte de cadenas, cuchillos, cartoneros, elementos contundentes y

punzantes y el porte o tenencia o uso de cualquier elemento peligroso

(químico), que sea, o pueda ser, considerado arma que pueda atentar contra la

seguridad de cualquier miembro de la comunidad educativa.

g) Los alumnos deberán cuidar dependencias del establecimiento,

especialmente baños, mobiliarios, paredes, no permitiendo hacer rayas ni menos

destrucción de ellos, lo que podrá significar reparar y/o pagar daño, y en caso de

actitud maliciosa o dolosa (intención positiva de causar daño en la persona o

propiedad ajena), puede merecer la suspensión de 5 días o cancelación en forma

inmediata de la matricula dependiendo prudencialmente del daño y las

consecuencias que pudieran originar; además, de realizar las denuncias

correspondientes a las autoridades de orden y seguridad correspondientes.

h) El teléfono de secretaría no es de uso de los alumnos. Si éste carece, en caso de

extrema gravedad podrá solicitarlo al Inspector Docente y/o Inspector General.

Con todo, los teléfonos celulares no podrán activarse en periodo de clases,

debiendo estar apagados. De no respetar ésta disposición, el profesor que se vea

interrumpido por un celular ya sea por llamada u otra función del mismo,

quedará facultado para requisar el equipo móvil y entregarlo a disposición de

Inspectoría para que resuelva su posterior entrega.

i) La deshonestidad en cualquiera de sus formas, materiales o intelectuales, tales

como: hurto de objetos del establecimiento o de cualquier miembro de la

comunidad escolar, falsificación de documentos, notas y firmas, copia o

falsificación de cualquier instrumento de evaluación y otros trabajos escolares

j) El colegio no se responsabilizará civilmente por la pérdida, robo o hurto de

dinero, joyas, celulares, textos, cuadernos, equipos deportivos, calculadoras,

agendas, balones, parcas, bufandas, equipo de música y todo tipo implementos

personales que deberán ser cuidados por el propio alumno. Sin embargo,

realizará el máximo de medidas al alcance para poder esclarecer los hechos y

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lograr la restitución de los bienes de ya mencionados imponiendo las sanciones

que afecten al caso.

k) La manifestación de cualquier tipo de actitud impropia tal como fumar, beber

alcohol, ya sea dentro como fuera del establecimiento, sin importar que al

momento de cometer la infracción se encuentre o no vistiendo el uniforme del

colegio.

l) Respetar las normas de seguridad e higiene dentro y fuera del establecimiento.

m) Actuar en forma violenta y agresiva, en sus expresiones verbales o física, en

contra de miembros de la comunidad educativa (entre pares con sus profesores

auxiliares o personal administrativo o autoridades del establecimiento)

n) La manifestación de toda clase de actitud amorosa en los alumnos y alumnas, ya

sea de orden heterosexual u homosexual, con todo, los alumnos que sean

sorprendidos en conductas de orden sexual serán inmediatamente

suspendidos y puestos en consideración del Consejo de Profesores por falta a la

moral, gravísima.

o) El utilizar cualquier tipo de medio de difusión escrita, radial, audiovisual y por

sobre todo electrónica para ofender, amenazar, injuriar, calumniar o

desprestigiar a cualquier integrante de la comunidad educativa Getsemaní. Está

prohibido grabar o fotografiar a cualquier miembro de la U.E sin su

consentimiento.

TITULO VI Sobre la Calificación de las Infracciones

Art. 9 Las infracciones de los estudiantes se clasificarán en: leves, graves,

gravísimas.

Art. 10 Se consideran infracciones LEVES las siguientes: a) Asistir al colegio sin los útiles escolares. b) Asistir al colegio sin el uniforme oficial o bien, sólo de manera parcial. (aula,

gimnasio, laboratorio, extraescolar) c) Conversar en clases sin la autorización del profesor y distrayendo la clase. d) No devolver los prestamos bibliotecarios, acarreando las sanciones y multas

que disponga el CRA (centro de recursos para el aprendizaje) e) Salir de la sala durante el desarrollo de la clase sin autorización. f) Comer durante el desarrollo de la clase o realizar una actividad que no

corresponda a la asignatura. g) Presentarse desaseado en todas las expresiones del término. h) Masticar chicles durante la clase. i) Usar el celular en horas de clase. j) Concurrir al establecimiento sin su Agenda Escolar k) No respetar las normas de higiene y seguridad. l) No asistir al colegio sin justificación alguna.

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Art. 11 Se considerarán infracciones GRAVES las siguientes:

a) Impedir el normal desarrollo de una clase, un acto académico o devocional profiriendo gritos, tirando objetos, molestando a sus compañeros.

b) La reiteración del las infracciones leves. c) Intentar y/o copiar en prueba, exámenes, trabajos de investigación, etc. Y de

intentar y/o ayudar de cualquier forma en pruebas escritas u orales. d) Adulterar trabajos de alumnos de la misma clase o de curso superior o

anterior con la finalidad de obtener provecho en el proceso evaluativo del mismo.

e) Negarse a realizar las actividades escolares dentro de la sala de clases o fuera de ella (Educación Física u otra) ordenadas por docentes y/o cualquier autoridad el establecimiento.

f) Negarse de manera individual y/o de manera grupal a realizar pruebas en la fecha indicada, salir al pizarrón o ser interrogados por el profesor. En general, por todo acto o comportamiento que impida el normal desarrollo de la clase y de cualquier proceso evaluativo (entregar la prueba en blanco, romper la prueba, ocultarse, etc.).

g) Organizar y/o participar de manera deliberada y premeditada de cualquier actividad que impida el normal desarrollo de las actividades académicas o extra curriculares, etc.

h) Resistirse en cualquier forma, a cumplir las órdenes o disposiciones emanadas por las autoridades del establecimiento, tales como la Dirección, Jefe de U.T.P., inspector General, Docentes.

i) Utilizar el nombre o símbolo de la institución sin la autorización de la autoridad competente, en hechos que lesionen la buena imagen del colegio para su provecho personal.

j) Faltar el respeto a alumnos, apoderados, docentes, directivos docentes, funcionarios, administrativos, auxiliares ya sea de manera verbal, alzando la voz, decir improperios, dar portazos, haciendo gestos groseros o amenazantes.

k) Faltar el respeto a los símbolos patrios. l) Ingresar sin autorización a la sala de computación, gimnasio y laboratorio

estando sin el docente a cargo. m) Salir de la sala o no ingresar a ella cimarra interna n) Ensuciar y/o rayar murallas, suelos, baños o pegar carteles con consignas de

cualquier índole o expresiones ofensivas a la institución, a los miembros de la comunidad o a la moral y las buenas costumbres.

o) Editar o promover la circulación de publicidad no autorizada. ñ) Exhibir conductas amorosas inapropiadas, heterosexuales u homosexuales, como besos y caricias extremas, ni dentro y ni en las inmediaciones del establecimiento. p) Portar y mostrar material pornográfico .

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Art. 12 Se considerarán especialmente infracciones GRAVÍSIMAS las siguientes:

a) La reiteración de conductas calificadas como graves (2) b) La comisión (de palabra o de hecho) de actos de violencia o intimidación en

contra de alumnos, docentes directivos, docentes, funcionarios administrativos y auxiliares.

c) El utilizar cualquier tipo de medio de difusión escrita, radial, audiovisual y por

sobre todo electrónica para ofender, amenazar, injuriar, calumniar o

desprestigiar a cualquier integrante de la comunidad educativa

Getsemaní.(Bullying)

d) Grabar o fotografiar a cualquier miembro de la U.E sin su consentimiento.

e) Portar y/o usar elementos corto punzante como: cortaplumas, cuchillos,

cadenas, manoplas, armas de fuego. Mal uso de elementos químicos inflamables (Falta Gravísima)

q) Portar y mostrar material pornográfico (Falta Grave)

f) Ocasionar daños o destrucción de los bienes del colegio y sus alrededores. Como asimismo, a toda propiedad privada ajena al colegio.

g) La adulteración de notas, firmas de padres o de las autoridades del establecimiento y/o documentos oficiales (ej. comunicaciones, certificados médicos o de notas etc.). El Libro de Clases sólo puede ser manipulado por profesionales de la educación por ser un Instrumento Legal; y, su uso indebido por parte del alumnado será causal de inmediata expulsión y sanciones legales que correspondan.

h) La adulteración, presentación o uso de documentos falsificados que se acompañan en solicitudes dirigidas a las autoridades universitarias o la presentación de solicitudes firmadas o patrocinadas por personas existentes o a quienes se atribuyen calidad de estudiantes, de dirigentes y de la cual carecen.

i) El ingresar a los recintos del colegio revistas, imágenes u material audiovisual de carácter inmoral y atentaría a los principios de Cristo y a las buenas costumbres.

j) Sustraer, hurtar, robar material del establecimiento, de sus padres, profesores o de cualquier funcionario o miembro de la comunidad educativa.

k) Ingresar a los recintos de la institución bajo los efectos del alcohol o de sustancias psicotrópicas.

l) El adquirir, fomentar, suministrar, traficar, comercializar o almacenar dentro de los recintos o dependencias del colegio drogas o estupefacientes y/o bebidas alcohólicas.

m) Ingresar y/o consumir cigarrillos al interior del colegio o en su entorno.

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n) Promover, fomentar o participar en cualquier forma acciones o conductas violatorias del orden público o jurídico.

o) Organizar y/o promover la indisciplina dentro del aula, que genere daño físico o psicológico a los docentes o a los alumnos.

p) Realizar la cimarra. La suma de dos infracciones seguidas sobre éste motivo será motivo de retiro del establecimiento.

q) Justificar con personas ajenas a la familia, no siendo ni el apoderado(a) o tutor(a) o apoderado suplente. Con todo, sólo estas personas podrán retirar del colegio a sus hijos o pupilos.

r) Agredir físicamente con o sin objetos o instrumentos de cualquier naturaleza a cualquier miembro de la unidad educativa.

s) Rayar o arrancar hojas de libros o sustraer, manuales, material didáctico de la biblioteca.

t) Sustraer cualquier elemento de la sala de computación o el CRA, infectar los computadores en forma maliciosa o borrar información que no les pertenece.

u) Apropiarse de elementos ajenos a su propiedad romper y o dañar trabajos de sus compañeros.

TITULO VII Sobre el Procedimiento

Art. 13 Del procedimiento para ejecutar las sanciones:

a) El profesor o inspector que sorprenda algún alumno que esté incurriendo en

una infracción deberá registrar la anotación (cualquiera sea su calidad y de manera inmediata) en el libro de clases respectivo. Cada tres anotaciones de infracciones leves se llamará al apoderado para que tome conocimiento y firme el libro acordando con él remediarles y compromisos por parte del alumno y el apoderado. Si la infracciones de carácter grave o gravísima se llamará de inmediato al apoderado para ponerlo al tanto de lo ocurrido.

b) Las infracciones de carácter GRAVE O GRAVÍSIMAS serán notificadas a cualquier miembro directivo docente o la dirección del establecimiento, quien determinará la sanción. Sólo en aquellos casos en que la infracción es reiterativa y gravísima, el cuerpo directivo docente podrá convocar un consejo de profesores extraordinario que con plena potestad podrá sancionar, hasta inclusive la expulsión de alumnos del establecimiento.

c) Corresponderá al consejo de profesores jefes, cuerpo directivo docente, dirección /o alguna comisión especial creada para tal efecto ordenar cuando la situación sea de carácter grave o gravísima, una investigación tan pronto tenga conocimiento de la información por escrito.

d) La investigación tendrá por objeto comprobar la existencia de una infracción y la participación en el (los) acto (s) del (los) alumno(s). Dicha investigación no podrá durar más de diez días hábiles a menos que existan causas fundadas que justifiquen prórrogas.

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e) En casos debidamente calificados por la dirección del colegio, podrá suspender al o los alumnos sujetos a investigación y si fuese sobreseído se deberá conceder el derecho a recuperar las exigencias curriculares que no haya(n) podido cumplir por causa de la suspensión.

f) La dirección tendrá la facultad de actuar propio iniciativa ante una falta grave o gravísima.

g) El (los) infractor (es) será(n) citado(s) y oído(s). Agotada la investigación el consejo de coordinación, consejo de profesores, consejo de profesores jefes o una comisión de disciplina creada para tal efecto formulará los cargos o procederá el sobreseimiento. Esta comisión tendrá como plazo máximo dos días para emitir un dictamen bien fundamentado, para luego ser comunicado a los padres, apoderados o tutores, autoridades educacionales regionales, centro de padres, centro de alumnos y l propio afectado y al Consejo Escolar.

TITULO VIII De las Medidas Disciplinarias Art. 14 Las infracciones a una normativa regular por este reglamento disciplinario

será motivo de sanciones que estarán de acuerdo al tipo de infracción, recurrencia y

circunstancia atenuantes y agravantes. Estas corresponden a:

a) AMONESTACIÓN VERBAL: Es el llamado de atención que hará el profesor ante alguna infracción de carácter leve que sucede durante el desarrollo de una clase o fuera de ella.

b) AMONESTACIÓN ESCRITA: Es la censura realizada por el profesor, inspector, directivo docente o dirección del colegio frente a la reiteración de alguna falta leve una falta grave y que siempre será registrada en el libro de observaciones con una notificación y/o citación del apoderado o tutor del alumno(a).

c) SUSPENSIÓN TEMPORAL: Se refiere a la separación del alumno de toda

actividad académica o extracurricular, por período que van desde los tres;

cinco, diez o hasta veinte días. La gradualidad de la sanción está sujeta al

exhaustivo análisis del caso por la instancia competente que corresponda y

siempre será registrada en el libro de observación con citación y notificación

al apoderado y/o tutor del alumno(a).

d) CONDICIONALIDAD: Es aquella sanción que condiciona la matricula del (los) alumno(s) que han incurrido en infracciones graves o gravísimas. No obstante, lo anterior será motivo de condicionalidad la suspensión de algún alumno por más de cinco días y siempre será registrada en el libro de observaciones con citación y notificación al apoderado o tutor del alumno. La suspensión se aplica también a las actividades extracurriculares. La condicionalidad simple: es aquella aplicada a un alumno por sus faltas. La reiteración de ellas derivará en condicionalidad estricta, la cual a su vez derivará en expulsión o no renovación de la matricula para el año siguiente. Con todo, el consejo de profesores y/o consejo de coordinación puede levantar la condicionalidad simple o escrita, si sus méritos de comportamiento y rendimiento lo ameritan.

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e) EXPULSIÓN: Consiste en la separación total del establecimiento educacional quedando inhabilitado a volver de manera definitiva y siempre será registrado en el libro de observación con citación y notificación al apoderado y/o tutor del alumno y autoridades educacionales provinciales y regionales, Centro general de Padres, Centro de Alumnos y Consejo Escolar.

TITULO IX

Asistencia y puntualidad

Para lograr lo formulado en los objetivos fundamentales del colegio, es de vital

importancia incentivar la asistencia y puntualidad a clases. De este modo, se podrá

cumplir cabalmente con el Plan de Estudios establecidos en el Proyecto Educativo y con

uno de los requisitos fundamentales para la formación integral del alumno para

proyectarlo al mundo laboral y de educación superior, consolidando el valor de la

responsabilidad como una actitud permanente. Por esto es necesario:

1. Asegurar que la puntualidad de los alumnos corresponda a la hora de inicio de las actividades: jornada de la mañana de8:00 horas y jornada de la tarde 13:50

horas. 2. La asistencia del alumno a todas las actividades programadas tiene carácter

obligatorio. 3. La asistencia a Laboratorio es obligatoria, por considerarse esencial para su

formación. 4. La inasistencia a clases deberá ser justificada por escrito por el apoderado en la

agenda, será revisada por el profesor a primera hora, quedando registrada en el libro de clases y corroborada por Inspectoría General, en caso contrario, se citará al apoderado.

5. Los atrasos serán controlados en acceso principal por Inspectoría General, quien al tercer atraso citará de inmediato al apoderado para que venga a tomar conocimiento y justificar. Los alumnos atrasados no podrán ingresar a clases para no interrumpir, hasta el término de la lectura devocional y con la autorización de Inspectoría General en su agenda. De ningún modo los alumnos serán impedidos de ingresar al establecimiento.

6. Si algún alumno elude clases o llega atrasado a la sala estando en el Colegio, se le citará al apoderado de inmediato (cimarra interna).

7. El alumno que se encuentre presente en el Colegio, después de una salida, deberá reintegrarse a clases de forma normal.

8. Las salidas de los alumnos durante las horas de clases dentro del Colegio, deberán ser autorizadas por el profesor que corresponda.

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9. La salida de alumnos fuera del establecimiento en horario regular, deberá ser solicitada personalmente por el Apoderado y será autorizada por Inspectoría General solo en casos justificados.

10. El alumno que se retira deberá ser revisado previamente por sus profesores de acuerdo al Reglamento de Evaluación.

11. En el caso de las salidas a terreno o visitas programadas por el Colegio, el apoderado deberá previamente autorizar por escrito la participación del alumno en ellas.

CAPITULO X

Agenda escolar

La Agenda Escolar es el documento oficial con el que el establecimiento se comunica con

el apoderado. Con el fin de asegurar un eficiente manejo de este documento, se debe

procurar lo siguiente:

- El alumno debe concurrir diariamente al establecimiento con su Agenda Escolar. - El Profesor Jefe e Inspectoría General, revisarán periódicamente el documento

en cuestión. - El alumno debe mantener en buen estado su Agenda, y registrar todos los datos

personales incluida su fotografía, datos y firma del apoderado. - Si el alumno no porta o no tiene su Agenda, no puede retirarse del

establecimiento en el transcurso de la jornada. - Si el alumno extravía su Agenda, deberá reponerla con otra libreta, previa

autorización y firma de Inspectoría General. - La Agenda Escolar es de uso personal e instranferible.

CAPITULO XI

Normativa respecto de las alumnas embarazadas

El colegio acata el Decreto Ley Nº 19688 por MINEDUC relativo al derecho de las

estudiantes que se encuentran embarazadas o que sean madres lactantes de acceder al

ingreso o continuar en el Establecimiento. La alumna embarazada con una situación

especial que no se someta a la normativa general establecida por la Unidad Educativa,

deberá cumplir las siguientes disposiciones especiales:

1. Asistir puntual y regularmente a clases, hasta que su condición de embarazo se lo permita, debidamente certificado por un médico o matrona.

2. Presentarse a clases debidamente uniformada 3. Cumplir con sus trabajos y tareas de forma normal.

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4. Si por motivo de ausencia a clases justificada por razones médicas, dejó pendiente alguna evaluación, deberá rendirlas en el momento que se reincorpore. En el caso de que la ausencia sea muy prolongada, deberá cumplir con el calendario de evaluación que le entrega la Unidad Técnico Pedagógica.

5. Si el parto fue normal, la alumna deberá reincorporarse a clases en un plazo máximo de 20 días, y regularizar su situación de evaluación con un calendario especial.

6. Si la fecha del parto es de octubre en adelante, la alumna deberá adelantar evaluaciones del segundo semestre en todas las asignaturas, y reincorporarse antes del término del semestre, para regularizar el año escolar.

7. En el caso de que la alumna no ingrese a clases al inicio del año escolar, podrá incorporarse a clases como plazo máximo el 30 de abril, y cumplir con calendario especial de evaluación.

8. En el caso que las inasistencias de la alumna sean superiores al 15% anual, le será aplicada la normativa de los Decretos 112 y 83 (la situación será resuelta por el Consejo de Profesores).

9. Cualquier situación no contemplada en el Presente Manual, será estudiada , por el Consejo de profesores y Dirección. Del Establecimiento.

10. El Colegio no se responsabiliza por problemas de salud o accidentes que sufra la alumna y que afecte a su estado.

CAPITULO XI

A.-DE LOS DERECHOS DE LOS APODERADOS

Los apoderados del establecimiento tienen derecho a:

1. Conocer el Proceso de Admisión de Matrícula, Financiamiento Compartido y el Sistema de Becas que ofrece el Establecimiento Educacional 2. Conocer el Proyecto Educativo Institucional de la Unidad Educativa, Manual de Convivencia en especial a las Normas Técnico Pedagógicas,

Disciplinarias y de Evaluación

3. Conocer la Cuenta Pública presentada por la Administración y el Equipo de Gestión del Establecimiento. 4. Conocer el Reglamento del Centro General de Padres y Apoderados 5. Hacer uso del derecho de apelación a través de los mecanismos internos y de conducto Regular, con el propósito de manifestar su disconformidad ante situaciones del proceso de Aprendizaje, evaluaciones, disciplina, económicas u otras. 6. Participar de todas las actividades que el establecimiento organice. 7. Pedir ayuda y orientación para, cooperar en la educación de su pupilo u otra

situación Específica. (Abusos deshonestos, violaciones, maltrato, violencia intrafamiliar,

ayuda Espiritual, drogadicción, etc.)Para derivarlos a los servicios estatales como los

Servicios De Salud Pública., el SENAME, JUNAEB, Carabineros de Chile, Servicio

Nacional De la Mujer u otros afines.

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8. De ser atendido por el profesor en el horario estipulado para ello.

9. Que su pupilo(a) tenga un ambiente sano y normal dentro del establecimiento.

10. Gozar de lo beneficios que el colegio ofrezca tanto a su pupilo(a) o apoderado.

11. Recibir en forma oportuna las informaciones relativas al proceso de Evaluación

12. Durante el año escolar habrá informes de notas cada dos meses y situación final

de promoción.

13. Informarse de todas las actividades y acontecimientos que sucedan en nuestro

Establecimiento y que le competen.

14. A ser atendido con cortesía y amabilidad y en un marco de respeto recíproco, por

parte de la Unidad Educativa. Y recibir respuesta por escrito o personalmente ante sus

consultas formuladas ante la administración, Inspectoria General, Jefatura Técnico

Pedagógica o Cuerpo docente.

B.-DEBERES

Los apoderados del establecimiento tienen los siguientes Deberes:

En relación con la U.E. El Padre o Apoderado tiene los siguientes deberes

1. Respetar los principios y normas establecidas por La U.E.

2. Velar por la imagen corporativa del Colegio.

3. Cumplir con las obligaciones financieras contraídas con la institución

4. Asistir a todas las reuniones de Subcentros y entrevistas oficiales a las que sea

citado.

5. Acudir en los horarios establecidos por los profesores para recibir información sobre

rendimiento, disciplina y desarrollo personal de su pupilo.

6. Avisar cambio de domicilio, teléfono u otra situación del alumno que altere el

registro oficial de matrícula.

7. Velar por la responsabilidad de su pupilo en el cumplimiento de sus deberes

escolares (puntualidad asistencia tareas trabajos, presentación personal u otras.

CAPITULO XII

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS “COLEGIO GETSEMANÍ”

ARTÍCULO PRIMERO: En conformidad a lo dispuesto en el ARTÍCULO 24 DEL DFL Nº 2

DE 1996 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, y a lo agregado por el ARTÍCULO 2 Nº 6 DE

LA LEY Nº 19.532; se establece el siguiente reglamento interno de asignación de becas

alumnos de establecimientos educacionales de financiamiento compartido.

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ARTICULO SEGUNDO: Se eximirá en forma parcial o total, según evaluación de la

comisión evaluadora, en los siguientes casos:

A. Alumnos con situación económica deficitaria. B. Alumnos con buen rendimiento académico.

Primer lugar de cada curso, rebaja de un 30%, si existen dos con el mismo promedio se tomará en cuenta la asistencia... Primer lugar del colegio, un 100%

C. Se les otorgará beca a los hijos del personal de la escuela. D. Se les otorgará beca por enfermedad catastrófica padre e hijo que perecieren en

el transcurso del año (siempre y cuando no sobrepase la cantidad de becas obligatorias del colegio).

ARTÍCULO TERCERO: Las postulaciones deberán hacerse a más tardar el 31 de

octubre del año anterior al período de exención, en formulario elaborado por el

establecimiento respectivo y a través de la comisión de calificación y selección de becas

que estará integrada por 4 miembros, uno de los cuales será el Sostenedor o

Representante, Directora, un Representante del Consejo de Profesores y un

Representante del Centro General de Padres y Apoderados, designado por dicho centro,

designación que deberá hacerse a más tardar el 30 de Septiembre del año anterior al de

la aplicación de la exención.

ARTICULO CUARTO: El formulario de postulación se entregará en inspectoría, solo a

los apoderados que quieran postular y se deberá hacer por cada alumno que quiera

postular. El formulario de postulación contendrá al menos, los siguientes parámetros:

1. Ingreso total del grupo familiar. 2. Constitución del grupo familiar 3. Número de hermanos... 4. Quiénes trabajan. 5. El grupo familiar vive en: 6. El grupo familiar tiene automóvil de uso familiar 7. El grupo familiar tiene un gasto promedio de servicios básicos. 8. Previsión del Salud del grupo familiar. 9. Lugar de residencia del alumno(a). 10. Hermanos y curso en los cuales postulará a beca el año siguiente. 11. Cuántos años lleva becado 12. Razones o fundamentos de su postulación.

ARTÍCULO QUINTO: Los postulantes deberán acompañar al formulario expresado en

el artículo anterior, todos los antecedentes que acrediten lo expresado en la postulación,

considerándose para el efecto, entre los siguientes: Informe Socioeconómico del grupo

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familiar extendido por asistente social; o Ficha Cas, o Declaración Jurada Notarial de

Situación 12 Últimas cotizaciones AFP o finiquito, certificado de fonasa

Socioeconómica, e Informe de Notas del postulante, Declaración de Impuestos

Mensuales(en el caso de trabajar independiente), pago de dividendos hipotecarios,

certificado de residencia, Certificados Médicos, Certificados de Matrícula y monto de

otro colegio, en el caso de tener hermanos estudiando en otro colegio.

ARTÍCULO SEXTO: Todas las postulaciones recibidas al 31 de octubre serán vistas por

la comisión de calificación y/o sección de becas a más tardar al 5 de noviembre

debiendo elaborar un listado de los seleccionados con becas económicas, las becas por

rendimiento se darán una vez terminado el año escolar. Se elaborará también un listado

de las becas rechazadas. La comisión ponderará los puntajes a dar por cada segmento,

tomando en cuenta lo siguiente:

1. Formulario de postulación: Cada estamento se dará un puntaje- 2. Informe del consejo de profesores o profesor jefe: De acuerdo a este informe la

opinión si es merecedor de la beca o no. Posteriormente y de acuerdo a los puntajes obtenidos se entregará la beca, teniendo esta una duración de un año.

ARTICULO SEPTIMO: La comisión de calificación y elección de becas hará llegar al

Director del establecimiento educacional las listas referidas en el artículo anterior,

quien deberá comunicar por escrito a los padres y apoderados del resultado de sus

postulaciones a más tardar el 10 de noviembre, teniendo estos plazos de 5 días hábiles

para apelar a la resolución de la comisión, considerando para dicha notificación el

número de becas a entregar de acuerdo a la situación socioeconómica de los

postulantes, será inferior a los dos tercios de ella.

ARTÍCULO OCTAVO: Los beneficiarios de becas, que hubieren entregado datos o

antecedentes falsos para acceder a dicho beneficio en forma total o parcial, quedarán

imposibilitados de volver a postular en los años sucesivos, sin perjuicio de perseguir

por el establecimiento las responsabilidades legales correspondientes.

ARTÍCULO NOVENO: la apelación deberá hacerse por escrito, dirigida al Director del

establecimiento educacional respectivo, la que será resuelta en una instancia y sin

derecho a reclamación o recurso alguno, por el sostenedor de dicho establecimiento,

por el director del establecimiento, cuando éste no integre la comisión de calificación y

selección de becas...

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ARTÍCULO DÉCIMO: Copia del presente reglamento interno de beca se entregará en el

departamento Provincial de Educación correspondiente, teniéndose dicho ejemplar

como auténtico para todos los efectos legales. Las modificaciones que se introduzcan al

presente reglamento, solo tendrán efecto, una vez que éstas hayan sido entregadas a

dicho departamento.

CAPITULO XII

El presente Manual Escolar tiene las Pautas Fundamentales para desarrollar y

lograr la Convivencia armónica de todos los Miembros de la Comunidad

Getsemaní

Potenciando las capacidades de tal manera que puedan actuar en forma

responsable en base a los valores entregados por la Unidad Educativa.

COMPROMISO DEL APODERADO:

YO……………………………………………………………………….ACATO CON MI FIRMA Y ME

COMPROMETO A HACER CUMPLIR A MI PUPILO LAS DISPOSICIONES DEL MANUAL

DE CONVIVENCIA ESCOLAR DEL COLEGIO GETSEMANI.

NOMBRE DEL ALUMNO:…………………………………………………………

CURSO…………… FECHA………………….FIRMA……………………………

NOMBRE DEL APODERADO…………………………………………………………

RUN………………………………………… FECHA……………………………………

FIRMA…………………………………………

(Entregar fotocopiado en oficina este compromiso.)

DIRECCIÓN

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