manual de convivencia escolar · 2018-07-26 · republica de chile provincia de san felipe i....

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Escuela San Alberto Rinconada de Guzmanes Calle Nueva #2266 RBD. 1307-2 Fono: (34) 501675 [email protected] “San Alberto escuela alegre, comprometida con la educación a través del arte, sana convivencia y valores.” Reglamento interno y convivencia escolar ESCUELA SAN ALBERTO Comisión Yudith Araya lobos. Directora Natasha Irarrázaval. Estudiante Yessenia Gallardo. Encargada de convivencia Daniela Machuca. Profesora segundo ciclo Miguel Muñoz Paredes Jefe Unidad Técnica. Rossana Vergara. Educadora de Párvulos. Lesly García. Profesora primer ciclo Julia Espinoza. Profesora segundo ciclo Mariela Galdámez P. Apoderado. Rocío Guerra V. Apoderado. Claudia Lazcano G. Apoderado. 2020 ESTE MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR FORMA PARTE INTEGRAL DEL REGLAMENTO INTERNO DEL ESTABLECIMIENTO. FUE CREADO Y APROBADO EN REUNIÓN CON LOS DISTINTOS ESTAMENTOS DE LA UNIDAD EDUCATIVA.

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Escuela San Alberto Rinconada de Guzmanes Calle Nueva #2266 RBD. 1307-2 Fono: (34) 501675 [email protected]

“San Alberto escuela alegre, comprometida con la educación a través del arte, sana convivencia y valores.”

Reglamento interno y convivencia

escolar

ESCUELA SAN ALBERTO

Comisión Yudith Araya lobos. Directora Natasha Irarrázaval. Estudiante Yessenia Gallardo. Encargada de convivencia Daniela Machuca. Profesora segundo ciclo Miguel Muñoz Paredes Jefe Unidad Técnica. Rossana Vergara. Educadora de Párvulos. Lesly García. Profesora primer ciclo Julia Espinoza. Profesora segundo ciclo Mariela Galdámez P. Apoderado. Rocío Guerra V. Apoderado. Claudia Lazcano G. Apoderado.

2020

ESTE MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

FORMA PARTE INTEGRAL DEL REGLAMENTO

INTERNO DEL ESTABLECIMIENTO. FUE

CREADO Y APROBADO EN REUNIÓN CON

LOS DISTINTOS ESTAMENTOS DE LA UNIDAD

EDUCATIVA.

Escuela San Alberto Rinconada de Guzmanes Calle Nueva #2266 RBD. 1307-2 Fono: (34) 501675 [email protected]

“San Alberto escuela alegre, comprometida con la educación a través del arte, sana convivencia y valores.”

INTRODUCCIÓN

1. CONVIVENCIA ESCOLAR.

Este reglamento interno de convivencia escolar se ha elaborado conforme a lo

establecido en las disposiciones legales vigentes Constitución Política de la República de

Chile, la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza Nº 18.962 / 1990, Declaración Universal

de los Derechos Humanos, y la Declaración Universal de los Derechos del niño, que regulan

la organización y funcionamiento de los Establecimientos de Educación. Ley N°20.536/2011,

sobre violencia Escolar.

El presente Reglamento forma parte del Proyecto Educativo de nuestro

Establecimiento y se basa en los principios generales que lo fundamentan: la educación

integral del alumno y la adquisición de hábitos de convivencia dentro de un marco de

tolerancia y respeto. Pretende ser un documento normativo que regule su funcionamiento y

organice las actividades educativas que se desarrollan.

Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los

que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e

implementar acciones reparatorias para los afectados.

La convivencia escolar tiene como base la formación personal y social de cada uno

de los integrantes de la Comunidad Educativa, principalmente de los estudiantes que están

en pleno proceso formativo. La convivencia escolar tiene como norte la formación para el

ejercicio de una ciudadanía respetuosa, tolerante, participativa y solidaria. Las normas de

convivencia tiene por objetivo promover y desarrollar, en todos los integrantes de la

comunidad educativa, los principios y normas que fomenten una sana convivencia escolar y

favorezcan la prevención de toda clase de violencia o agresión. Los miembros de la

comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la

formación integral necesaria para construirlo. En caso que dicho ambiente se vea afectado,

sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas

sean atendidas para resguardar sus derechos. La convivencia escolar es una condición

necesaria para la creación de un clima y ambiente apropiado para el logro de aprendizajes

significativos y permanentes, y para alcanzar el desarrollo de competencias requeridas para

una mejor educación, que permita a los estudiantes un eficaz desempeño en los estudios

superiores, sobre la base de un sólido desarrollo valórico e intelectual. Cualquier miembro

de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una conducta que pueda ser

considerada como maltrato escolar deberá comunicarlos a la dirección y/o encargado/a de

convivencia escolar.

Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que,

inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos,

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alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la

educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.

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1. OBJETIVOS

Para defender los derechos y velar por el cumplimiento de los deberes, se establece

el Reglamento interno para la Convivencia, que recoge las normas que se deberán cumplir

por el alumnado, profesorado y padres de alumnos.

Se establecen los siguientes objetivos de este Reglamento Interno de Convivencia Escolar:

Promover la formación de estudiantes para el ejercicio de una ciudadanía

respetuosa, tolerante, participativa y solidaria.

Promover nuevos procesos de aprendizaje de normas y valores sociales que

permitan a los alumnos desarrollarse en un ambiente de tolerancia y libre de

violencia.

Desarrollar en el alumno la capacidad de escuchar y dialogar como controlando sus

emociones, para solucionar problemas y conflictos del diario vivir.

2. COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA.

Existirá un comité de sana convivencia escolar que estará a cargo de apoyar a la

encargada en la resolución de problemas que se presenten. Este comité estará conformado

por representantes de los diferentes estamentos:

a) Director.

b) Encargada de convivencia.

c) Profesor representante de primer ciclo.

d) Profesor representante de segundo ciclo.

e) Presidente de centro de alumnos.

f) Apoderado representante de centro de padres y apoderados.

g) Representante de asistentes de la educación, inspectora.

ATRIBUCIONES DEL COMITÉ

Apoyar en la toma de decisiones y en la aplicación de protocolos a la encargada de

convivencia escolar.

Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o

antecedentes relativos a la convivencia escolar.

Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia

competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u

otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada

caso.

Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.

Velar por la sana convivencia dentro del establecimiento.

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ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Este funcionario(a) debe asumir el rol primario en la implementación de las medidas

de Convivencia Escolar que determine el Consejo Escolar.

a) Promover la participación de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa

en el Consejo Escolar y Comité de Sana Convivencia Escolar.

b) Promover el trabajo colaborativo en torno a la convivencia Escolar en el consejo

Escolar y Comité de Sana Convivencia Escolar.

c) Planificar reuniones mensuales con comité de Sana Convivencia Escolar y analizar

pasos puntuales de convivencia.

d) Disponer la implementación de las medidas sobre convivencia escolar que disponga

el consejo escolar y comité de sana convivencia escolar.

e) Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y

manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad

educativa.

f) Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la

elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas

pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia escolar.

NORMATIVAS DE LA CONVIVENCIA

NORMAS DE CONVIVENCIA REFERIDAS A HORARIO DE FUNCIONAMIENTO

Horario de funcionamiento del establecimiento.

Lunes a jueves De 08:00 hrs. a 17:30 hrs.

Viernes De 08:00 hrs. a 14:00 hrs.

Horario de clases

Horario de clases para la jornada escolar y extensión horaria

Pre- Básica (NT1 – NT2)

De Lunes a Jueves De 08:10 hrs. a 15:30 hrs.

Viernes De 08:10 hrs. a 13:15 hrs.

Horario de clases para la jornada escolar completa

1° a 8° básico

De Lunes a Jueves De 08:10 hrs. a 15:30 hrs.

Viernes De 08:10 hrs. a 13:15 hrs.

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Horario de atención de apoderados.

De acuerdo a la carga horaria del profesor se atenderá a los apoderados durante el

recreo de las 11:30 horas y durante las horas no lectivas disponibles de cada docente, las

cuales serán informadas en la primera reunión de apoderados de cada curso.

Todos los apoderados serán entrevistados previa citación de profesor jefe para

informar estados y avances de alumnos.

Reunión de consejo de profesores: primer y tercer lunes de cada mes desde las 16:00

horas a 18:00 horas, cada docente estará obligado a cumplir con sus hora de permanencia

del establecimiento de acuerdo a las horas de contrato y previo acuerdo de completación

horaria entre encargada de convivencia y encargado de UTP.

Otras observaciones: los padres de los alumnos se abstendrán de entrar en los patios y en

las aulas, acompañando a los niños, sin el permiso de la Dirección, para no interrumpir las

clases o entorpecer el normal desarrollo de los procesos educacionales.

Al inicio de la jornada (08:00 a 8:15 hrs.) el establecimiento cerrará sus puertas, para evitar

el ingreso de apoderados a las aulas, e interrumpa el normal funcionamiento de clases.

Los alumnos que deseen acceder o salir del establecimiento a partir de esa hora, deberán

justificar su retraso en oficina con inspectora.

Durante el recreo los alumnos/as serán vigilados por la inspectora de patio, para evitar

accidentes.

Los alumnos no podrán abandonar el establecimiento en horario de clases sin la presencia

de su apoderado, padres o apoderado suplente.

Medios de comunicación: los medios oficiales de comunicación entre la escuela y el

hogar, serán la libreta de comunicaciones, que le es entregada a cada estudiante al inicio

del año escolar, bajo firma de recepción por parte del apoderado, y aplicación PAPINOTAS.

Solo en casos necesarios y justificados se utilizará el llamado telefónico.

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NORMAS REFERIDAS A LOS PATIOS DE RECREO.

Los alumnos no pueden permanecer en las salas de clases durante el periodo de

recreo, sin la presencia de una persona responsable, salvo enfermedad o imposibilidad

física del alumno para salir al patio.

Los alumnos evitarán la utilización de objetos y juegos que supongan un peligro para los

demás compañeros. No está permitido subirse a los árboles o sitios que conlleven peligro,

así como comunicarse o intercambiar objetos por las mallas con personas ajenas al

establecimiento.

NORMAS REFERIDAS A SITUACIONES DE AUSENCIAS: INASISTENCIAS, PERMISOS,

ENFERMEDAD, REPRESENTACIONES EN DESFILES, MUESTRAS, CONCURSOS,

DEPORTE, Y OTROS.

Situaciones de ausencias de profesores.

Cuando estas no corresponden a Licencias Médicas, siendo de responsabilidad de la

entidad superior cautelar la suplencia respectiva en el más breve plazo posible. Las

sustituciones del profesorado en caso de ausencia, se realizarán por parte de UTP y

dirección o en efecto serán atendidos por los asistentes de aula si así se requiera.

Atrasos y ausencias de los alumnos (as).

Los atrasos deberán ser justificados por escrito por el apoderado en la respectiva

agenda o libreta escolar y al tercer atraso deberá ser justificado personalmente por el

apoderado.

En caso de ausencias por enfermedad estas deberán ser informadas al profesor jefe en

forma oportuna y si es prolongada con certificado médico.

Representaciones en desfiles.

Las representaciones del establecimiento en desfiles estarán a cargo de un directivo

y de profesores a cargo de la delegación de alumnos.

Representaciones en muestras, concursos, deporte y otros.

Estarán representados por el o la persona encargada de cada actividad y los

alumnos involucrados en cada uno de ellos. Los alumnos representantes del establecimiento

deben contar previamente con la autorización firmada del apoderado para poder salir del

establecimiento.

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NORMAS DE INTERACCIÓN QUE FAVOREZCAN LA MISIÓN INSTITUCIONAL:

VOCABUARIO, ACTITUDES, COMPORTAMIENTO.

Fomentar en todos/ as los alumnos del establecimiento, la utilización de un lenguaje y

actitudes respetuosas consigo mismo, con sus compañeros (as), profesores y con todos los

funcionarios del establecimiento. Cada estudiante se hará cargo de las consecuencias, que

sus propias conductas tienen sobre los demás.

Los alumnos, al interior del establecimiento deberán exhibir conductas acordes con su

calidad de estudiantes, prohibiéndoseles demostrar conductas agresivas o afectivas

inadecuadas.

Los alumnos deberán respetar y obedecer a todos los profesores del establecimiento y

personal no docente. Asimismo, respetarán a todos sus compañeros, no haciendo a nadie

objeto de burla o broma pesada, ni molestarles en el desarrollo de sus tareas escolares.

NORMA REFERIDA AL USO DEL CELULAR EN HORARIO DE CLASES.

Los alumnos del establecimiento deberán depositar en una caja al inicio de la jornada

escolar sus celulares, los cuales serán guardados por cada profesor y entregados al cierre

de cada jornada.

NORMAS REFERIDAS A PRESENTACIÓN PERSONAL: UNIFORME, HIGIENE, USO DE

ACCESORIOS.

Los alumnos deberán concurrir al establecimiento vistiendo el uniforme oficial

acordado por el Equipo de Gestión. Esta vestimenta comprende:

Para damas y varones: buzo institucional, polera institucional con cuello para uso diario,

polera deportiva para las clases de educación física, polerones y chaquetas del

establecimiento, delantal o cotona según corresponda.

Los alumnos (as) deberán presentarse correctamente uniformados en todas las actividades

relacionadas con el quehacer educativo y de representación del establecimiento.

Los alumnos deberán mantener su aseo y presentación personal en forma óptima

permanentemente, los varones deberán usar el corte de pelo escolar y las damas deberán

presentarse con pelo tomado.

Queda prohibido el uso de accesorios como piercing, aros colgantes, cintillos de colores,

uñas pintadas, maquillaje, pañuelos decorativos de colores al cuello.

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NORMAS REFERIDAS AL USO Y CUIDADO DEL ESTABLECIMIENTO

INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO, ÁREAS VERDES, SEÑALÉTICAS, CIERRES

PERIMETRALES, CONTENEDORES, INSTALACIONES ELÉCTRICAS, AGUA.

Los alumnos (as) que se encuentren desarrollando actividades en la biblioteca CRA,

sala de lectura y usando computadores deberán mantener estricto cuidado con los equipos

existentes en éstas dependencias. Los alumnos, deberán cuidar y mantener los bienes del

establecimiento: mobiliario, artefactos en baños, interruptores, paredes, materiales del

Centro de Recursos, etc. En caso de deterioros intencionados los apoderados deberán

responder y reponer los objetos dañados, en un plazo no superior a una semana.

Los alumnos, en tanto se encuentren desarrollando funciones o actividades propias

en algunas salas de clases o dependencias del establecimiento, deberán cuidar y mantener

el mobiliario que se les haya asignado para la ocasión.

Los alumnos tendrán la obligación de respetar toda la documentación oficial empleada

en el establecimiento sea Libros de Clases, Pruebas, Libreta de Comunicaciones y otros.

DEBERES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

DEBERES Y DERECHOS DE LOS EQUIPOS DOCENTES DIRECTIVOS.

a) A conducir la gestión del establecimiento de acuerdo al Proyecto Educativo

Institucional.

b) Liderar la escuela, sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la

calidad de éstos.

c) Desarrollarse profesionalmente.

d) Promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento

de las metas educativas, y cumplir y respetar todas las normas de la escuela.

e) Realizar acompañamiento docente en el aula.

Los derechos y deberes anteriores se ejercerán en el marco de la ley y en virtud de las

funciones y responsabilidades delegadas por el sostenedor, según corresponda.

LOS SOSTENEDORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES TENDRÁN

DERECHO A:

Establecer y ejercer un proyecto educativo, con la participación de la comunidad

educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley.

También tendrán derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a

la ley, y a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a

la legislación vigente.

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SON DEBERES DE LOS SOSTENEDORES

Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del

establecimiento educacional que representan.

Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar.

Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y cuando

reciban financiamiento estatal.

Rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus

establecimientos a la Superintendencia. Esa información será pública.

Además, están obligados a entregar a los padres y apoderados la información que

determine la ley y a someter a sus establecimientos a los procesos de aseguramiento de

calidad en conformidad a la ley.

DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES

DERECHOS

a) A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.

b) A que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de

tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás

integrantes de la comunidad educativa.

c) A proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso de la Escuela,

en los términos previstos por la normativa interna.

d) Disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.

DEBERES

a) Ejercer la función docente en forma idónea y responsable.

b) Orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda.

c) Actualizar sus conocimientos y evaluarse periodicamente.

d) Investigar,exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada

nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de

estudio.

e) Respetar tanto las normas de la Escuela en que se desempeñan como los

derechos de los alumnos (as).

f) Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás

miembros de la comunidad educativa.

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DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN.

DERECHOS:

a) A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su

integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes; a

recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad

escolar.

b) A participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las iniciativas que

estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la

normativa interna.

DEBERES:

a) Ejercer su función en forma idónea y responsable.

b) Respetar las normas de la escuela.

c) Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.

DEBERES Y DERECHOS DE LOS ALUMNOS (AS)

Al momento de matricularse y adquirir la condición de alumno(a) regular de la

escuela, el alumno(a) tiene los siguientes:

DERECHOS:

a) A recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y

desarrollo integral.

b) A recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades

educativas especiales.

c) A no ser discriminados arbitrariamente.

d) A estuiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.

e) A expresar su opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no

pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.

f) A que se respeten su liberad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e

ideológicas y culturales.

g) A ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a

un sistema objetivo y transparente.

h) A participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento.

i) A asociarse entre ellos.

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DEBERES:

a) Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la

comunidad educativa.

b) Asistir a clases.

c) Estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades.

d) Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar.

e) Cuidar la infraestructura educacional.

f) Respetar el PEI y el reglamento interno de la escuela.

DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS

DERECHOS:

a) Ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos

respecto de los rendimientos académicos y del proceso educativo de estos, así como

del funcionamiento del establecimiento.

b) A ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les

corresponda, aportando al desarrollo del PEI en conformidad a la normativa interna

del establecimiento.

c) El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del centro

de padres y apoderados.

DEBERES:

a) Educar a sus hijos e informarse sobre el PEI y normas de funcionamiento de la

escuela.

b) Apoyar su proceso educativo.

c) Cumplir con los compromisos asumidos con la escuela, tales como: asistir a

reuniones y citaciones, a entrevistas u otro, debiendo justificar su ausencia.

d) Respetar la normativa interna de la escuela.

e) Brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.

Observación: padres, apoderados de los alumnos u otras personas ajenas. Se abstendrán

de entrar a patios y aulas durante la jornada escolar, acompañando a los niños sin el

permiso de la direccion, para no interrumpir las clases o entorpecer el normal desarrollo del

proceso educativo.

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ROLES Y FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA ESCUELA

DIRECTOR (A)

Es el docente de Nivel Superior que se ocupa de la direccion, administraciòn,

supervision y coordinacion de la educacion de la Unidad Educativa. Su funcion principal es

liderar y dirigir el PEI. Sus obligaciones, deberes y compromisos se basaran en el Marco

para la Buena Direcciòn, emanada desde el MINEDUC, en las diferente areas de liderazgo,

gestión curricular, gestión de recursos, gestión de clima organizacional y convivencia.

1. Cumplir y hacer extensivo al personal de la Escuela el cumplimiento de las leyes,

reglamentos y normas emanadas desde el Ministerio de Educaciòn,

Superintendencia de Educacion, Agencia de Calidad, Secretaria Regional Minesterial

de Educaciòn y Corporacion Municipal de educación.

2. Cautelar la existencia del recurso humano idóneo para ejercer las distintas funciones

que la Escuela necesita para su funcionamiento, en conformidad a las disposiciones

vigentes.

3. Informar oportunamente a quien corresponda, sobre las necesidades de personal

que se produzca en la escuela.

4. Informar a quien corresponda de las deficiencias o necesidades de recursos

materiales o infraestructuras que requiera la escuela.

5. Autorizar en casos calificados peticiones de permisos administrativos del personal de

la Escuela, hasta por seis dias al año.

6. Recibir y enviar oportunamente al Sostenedor las Licencias Medicas del personal.

7. Evaluar al personal de la Escuela cuando corresponda, respetando las normas

respectivas.

8. Autorizar bajo firmar el despacho de todo informe y documentos tecnicos y/o

administrativos a las autoridades que corresponde.

9. Planificar, organizar, coordinar, conducir, controlar, supervisar y evaluar las

actividades de los distintos estamentos de la Escuela, con el proposito de que se

cumplan los objetivos planteados en el PEI.

10. Respaldar y exigir el cumplimiento del Reglamento Interno, de Convivencia Escolar y

de Evaluaciòn, como toda normativa educacional vigente.

11. Representar a la escuela y velar por su prestigio.

12. Convocar y presidir los Consejos Escolares, Consejos de Coordinación del Equipo

de Gestión, Consejo de profesores.

13. Delegar funciones para desarrollar trabajos específicos que conlleven a obtener

mayor eficacia y eficiencia en la escuela.

14. Proponer a las autoridades correspondientes las medidas adecuadas para el

cumplimiento de los objetivos de la educación, en nuestra escuela.

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15. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y entidades de la

comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el

mejoramiento de la vida comunitaria.

16. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la

comunidad educativa.

17. Promover actividades de beneficio social que vinculen a la Escuela con la comunidad

local.

18. Favorecer la sana convivencia en la Escuela, a través de la mediación de la

resolución de conflictos y aplicar las medidas disciplinarias que correspondan a la

Comunidad educativa.

19. Fomentar y facilitar el perfeccionamiento y la capacitación del personal de la escuela.

20. Promover la participación de los padres y apoderados en el proceso educativo de

sus pupilos(as) y en beneficio de la escuela.

21. Administrar eficientemente los distintos recursos financieros de la Escuela y rendir

cuenta de ello.

22. Dar cuenta de su gestión administrativa pedagógica a la comunidad educativa al

finalizar o inicio del año escolar (cuenta pública anual).

JEFE DE UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICO (UTP)

Es el docente Directivo Técnico Pedagógico encargado de dirigir la programación,

planificación, organización, seguimiento, control y evaluación del desarrollo de las

actividades de orientación, programas de estudio, métodos, biblioteca y de actividades de

colaboración, debiendo cumplir las siguientes funciones:

1. Integrar el Consejo de Coordinación y Equipo de Gestión de la escuela.

2. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar e impulsar planes definidos de

reforzamiento a favor del alumnado y en coordinacion con el Consejo de Profesores.

3. Fortalecer el trabajo tecnico pedagogico del docente de aula, asesorandolo con

apoyo oportuno y efectivo.

4. Promover el trabajo en equipo colaborativo, participativo y organizado.

5. Promover el mejoramiento del proceso enseñanza de aprendizaje a través del

perfeccionamiento del personal y docentes de la unidad a su cargo.

6. Controlar la adecuada utilización o impulsar el incremento del material didáctico de la

Escuela en concordancia con la unidad administrativa, preocupándose de que los

docentes intensifiquen el uso de dicho material.

7. Supervisar que se lleven al día los libros, registros y otros documentos de la unidad,

formulando observaciones verbales y/o escritas a los docentes e informar al

Director(a) en caso de faltas reiteradas.

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8. Colaborar en la detección de los problemas de aprendizaje de los alumnos(as),

investigar sus causas y proyectar situaciones de ajuste con el fin de disminuir la

repitencia y/o deserción.

9. Visitar las salas de clases, talleres, terrenos y otras dependencias, para ayudar a los

docentes a aumentar su eficiencia.

10. Orientar al profesorado hacia la correcta interpretación de las disposiciones legales y

reglamentarias vigentes sobre evaluación y promoción del alumnado.

11. Responsabilizarse para que la Unidad a su cargo mantenga todos los planes y

programas de estudio vigentes que correspondan a la escuela.

12. Asesorar a los docentes en las etapas de organización, programación,

implementación y desarrollo de las actividades de evaluación del proceso de

enseñanza aprendizaje.

13. Velar por la confiabilidad y validez de los instrumentos de evaluación utilizados por

los profesores.

14. Supervigilar la correcta aplicación de las técnicas e instrumentos de evaluación.

15. Revisar y analizar los resultados evaluativos semestrales y anuales, en conjunto con

los docentes y directivos.

16. Controlar el cumplimiento de los horarios, puntualidad y actividades programadas.

17. Velar por la conservación de dependencias, mobiliario y material de enseñanza que

le corresponda.

DOCENTES

1. Realizar labores administrativas como: planificaciones, evaluaciones, entrega de

pautas a UTP.

2. Realizar clases efectivas, adecuando estrategias de enseñanza para el aprendizaje.

3. Evaluar los aprendizajes y mejorar las estrategias metodológicas de acuerdo a los

resultados.

4. Asistir puntualmente a los consejos semanales administrativos, técnicos y de

orientación y a los consejos extraordinarios a los que sean citados.

5. Integrar su acción docente a la labor de otros profesores y especialistas, con fines de

desarrollar programas de equipos interdisciplinarios.

6. Participar en reuniones técnicas generales de la Escuela y en aquellas relacionadas

con el desempeño de su función específica.

7. Responsabilizarse de los aspectos disciplinarios de los alumnos (as), cumpliendo y

haciendo cumplir las normas de seguridad, higiene, bienestar, sana convivencia, etc.

8. Contribuir a desarrollar en los alumnos (as) valores, hábitos y actitudes deseables

que apunten a su armónico e integral desarrollo, en concordancia con los

lineamientos del PEI de la escuela.

9. Velar por el cuidado y mantención de los bienes a su cargo.

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“San Alberto escuela alegre, comprometida con la educación a través del arte, sana convivencia y valores.”

10. Motivar la participacion de los alumnos(as) en actividades extraescolares, y en todos

aquellos actos o ceremonias en que la Escuela deba ser representada.

11. Pesquisar y derivar situaciones de los alumnos(as) referidas a problemas de

aprendizaje, vulneracion de derechos y salud al departamento PIE según

corresponda.

12. Efectuar las reuniones de Padres y Apoderados según calendario anual.

13. Fortalecer el trabajo con padres y apoderados a fin de afianzar el cumplimiento de

su rol como primer agente educativo de su hijo (a).

14. Colaborar en el desarrollo de un clima de respeto y sana convivencia, en la relacion

con cada uno de los estamentos que conforman la Comunidad Educativa de la

escuela.

15. Mantener comunicación permanente con los Padres y Apoderados,

proporcionandoles informacion sobre la situacion escolar de sus pupilos, ya sea en

entrevistas, comunicaciones o en reunion de padres y apoderados.

PROGRAMA DE INTEGRACIÓNJ ESCOLAR (PIE)

Es un equipo multidisciplinario que atiende a alumnos (as) con un diagnostico

psicopedagógico, psicológico (psicométrico), fonoaudiológico y/o médico para el ingreso al

PIE, que acredite ser un alumno(a) con necesidades educativas especiales (en adelante

NEE), ya sean transitorias o permanentes, tanto en aula común, como en aula de recursos.

EDUCADORA DIFERENCIAL

Es el profesional con título de docencia, debe cumplir las siguientes funciones:

1. Aportar en el proceso de deteccion o pesquisas de alumnos(as) derivados por

profesor de aula, efectuando las evaluaciones pertienentes y gestionando posible

ingreso por las NEE. Elaborar informes de estado de avance del proceso de cada

niño/a atendido, con participacion de todos los integrantes que trabajan con el

estudiante.

2. Registro de informacion en los formularios correspondientes y en el del curso, según

etapa de trabajo.

3. Realizar la atencion pedagógica especializada para los alumnos con NEE, en aula de

recursos y aula común, según tiempos asignados (horario) y formas pre-

establecidas, considerando las caracteristicas y necesidades integrales; aplicando

tecnicas y estrategias a cada estudiante o grupo de estudiantes, para desarrollar y/o

afianzar eficazmente las habilidades comprometidas.

4. Realizar asesoramiento y trabajo colaborativo con docentes de aula (planificacion,

seguimiento y evaluacion), con padres y apoderados de los alumnos con NEE, según

objetivos planteados y comunidad en general.

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5. Participar activamente en reuniones y otros, internas y externas, según lo planificado

por el PIE o en solicitud de la escuela.

PSICÓLOGO (A)

La psicóloga del PIE dentro de la Escuela es el encargado(a) de realizar evaluaciones

diagnósticas y psicoeducativas, asesoramiento a los distintos estamentos dentro de la

comunidad educativa (alumnos(as), profesores, padres, etc.), además de realizar

coordinación y derivación a otros profesionales, debe cumplir las siguientes funciones:

1. Detectar, evaluar y diagnosticar a estudiantes que presentan discapacidad intelectual

a través de la realización de psicodiagnóstico.

2. Elaborar informes de alumnos(as) diagnósticos con alguna alteración intelectual.

3. Mantener un registro de los alumnos(as) evaluados.

4. Reevaluar a los alumnos(as) con NEE, según criterios acordes con el diagnóstico.

5. Realizar planificación por cada alumno(a) atendido.

6. Realizar atenciones directas a los alumnos(as) diagnosticadas y apoyar su

formacion, con el fin de potenciar habilidades intelectuales y/o sociales.

7. Realizar derivaciones de alumnos(as) integrados donde corresponda, en

coordinacion con Equipo de Integracion, UTP de la Escuela.

8. Realizar acciones de apoyo psicoeducativas a familias de estudiantes integrados.

9. Favorecer la coordinación con docentes y técnicos (trabajo colaborativo) acerca de

estrategias para apoyar a los alumnos(as) que presentan NEE, siempre y cuando

ejerza horario el establecimiento.

FONOAUDIÓLOGO (A)

Es el encargado de efectuar las evaluaciones iniciales de ingreso y reevaluación

anual para alumnos (as) con trastorno específico del lenguaje (TEL) y cualquier otro

diagnóstico que lo requiera, aplicando las pruebas estandarizadas para evaluar lenguaje,

debe cumplir las siguientes funciones:

1. Elaborar informes de ingreso, estado de avance trimestral para TEL y semestral para

otros diagnósticos y de reevaluación anual.

2. Trabajo directo con el estudiante con diagnóstico TEL u otro, de forma individual y/o

pequeño grupos (de hasta 3 alumnos (as)) en aula de recursos.

3. Mantener un registro de los (as) alumnos (as) evaluados.

4. Trabajo colaborativo con los profesores de los cursos de alumnos(as) integrados,

capacitacion grupal en relacion al diagnostico de los alumnos(as) integrados y

entrevistas individuales con los docentes del establecimiento.

5. Trabajo con padres y apoderados, atencion individual a las familias.

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6. Participar activamente en reuniones internas o externas del PIE y realizar reuniones

clinicas con el equipo del PIE para estudios de casos.

BIBLIOTECARIO (A) ENCARGADO (A) DE BIBLIOTECA CRA.

Es el funcionario encargado de la organización y funcionamiento de los recursos para el

aprendizaje, así como crear actividades lúdicas y dinámicas que inviten a los usuarios al uso

del CRA.

1. Orientar a los usuarios de la biblioteca en las consultas de material bibliográfico,

material audiovisual, y en general cualquier material puesto a disposición.

2. Procurar el máximo aprovechamiento de la biblioteca como fuente de

información y lugar de esparcimiento.

3. Clasificar, catalogar y fichar libros, revistas, material impreso o grabado.

4. Cuidar el material bibliográfico.

5. Poner a disposición de los usuarios el material solicitado disponible, registrar y

supervisar que sea devuelto en las condiciones que fue entregado.

6. Facilitar a los usuarios material disponible para ser usado en la sala o préstamo

domiciliario, preservando el cumplimiento de las normas de la escuela.

7. Realizar el inventario de todo el material existente en el CRA.

8. Responsabilizarse de todo material a su cargo.

9. Hacer reparaciones en los libros que tengan deterioros menores, solicitando los

materiales necesarios.

10. Mantener ornamentación y reposición de libros en sala de lectura.

11. En caso de accidente escolar y en ausencia de la inspectora asumirá el rol de

acompañar al accidentado al centro asistencial mas cercano.

AUXILIARES DE SERVICIO MENORES

Es aquella persona a la que corresponde las labores de cuidado, protección y

mantención de la escuela.

Este funcionario (a) desempeña las siguientes tareas:

1. Asear y ordenar dependencias de la escuela.

2. Mantener aseo de la sala de clases, comedor, oficinas y sala de profesores.

3. Mantener áreas verdes y jardines.

4. Mantener cancha y sus alrededores limpia.

5. Mantener aseados y secos baños después de cada recreo.

6. Limpiar vidrios y mobiliario.

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ASISTENTE DE AULA

Es aquel funcionario que apoya el trabajo de la educadora de párvulos, profesor

básico y educadora diferencial.

Sus funciones son:

1. Preparación de material de trabajo y didáctico.

2. Velar por el cuidado de los alumnos dentro del aula, patio y comedor.

3. Apoyar en la formación de hábitos e higiene en alumnos.

4. Apoyo y monitoreo a alumnos con NEE.

5. Mantener ornamentación de sala de clases.

6. Quedar a cargo del curso en ausencia breve del profesor (reunión, permisos

administrativos, licencias por menos de una semana).

INSPECTOR/ A DE PATIO

Es el funcionario encargado d velar por la seguridad e integridad de los estudiantes

en los recreos y actividades extracurriculares.

Sus funciones son:

1. Velar por la seguridad y buena convivencia de alumnos/as durante los recreos.

2. Cerciorarse que los alumnos salgan de las salas en hora de recreo.

3. Constatar que todos los alumnos estén dentro de la sala de clases, en el horario que

corresponde.

4. Hacer cumplir el manual de convivencia del establecimiento, derechos y deberes de

los estudiantes.

5. Apoyar las funciones administrativas relacionadas con subvención es colar y PAE.

6. Asistir y acompañar a estudiantes que sufran algún accidente leve o problemas de

salud dentro del establecimiento al centro asistencial más cercano (posta), hasta que

se presente su apoderado.

7. Asistir y acompañar a estudiantes que sufran algún accidente grave o problemas de

salud dentro del establecimiento al servicio de urgencia, hasta que se presente su

apoderado.

8. Acudir a capacitaciones relacionadas con sus funciones.

9. Controlar que NO ingresen apoderados a las salas en horas de clases.

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NORMAS Y FALTAS

Las normas de comportamiento o de conducta establecidas en este manual son

obligatorias para todos los estudiantes de la escuela San Alberto, cualquiera sea el nivel de

escolaridad que cursen.

Su finalidad es colaborar con el proceso formativo de los estudiantes, favorecer la

convivencia escolar y generar un clima adecuado para el aprendizaje.

Esta sección del reglamento interno señala: las conductas que afectan la convivencia

escolar en la comunidad educativa, las sanciones y medidas por su contravención y los

adultos responsables de aplicarlas. Establece a sí mismo, las medidas de prevención

adecuadas que deben dar cuenta de la intención formativa de las mismas.

Estas normas son aplicables a todas las actividades académicas, artísticas o

deportivas en las que participen los estudiantes o miembros de la comunidad educativa, ya

sea al interior del establecimiento o en representación de éste.

De conformidad a lo dispuesto en las normas de derecho común, los padres y/o

apoderados serán responsables por los daños causados al recinto, mobiliarios y recursos de

aprendizaje del colegio, realizados por sus hijos o pupilos.

DEFINICIÓN DE FALTA

Se considerarán como faltas, aquellas conductas que contravengan las normas

disciplinarias y/o de buena convivencia escolar contenidas en este reglamento interno,

así como también el incumplimiento de las obligaciones y/o deberes escolares por

parte de los estudiantes, establecidas en las Normas de Funcionamiento del establecimiento.

Las faltas se sancionarán con las medidas establecidas para el caso de contravencion

en proporción a su gravedad y reiteración.

La medida de expulsión y/o cancelación de matrícula se aplicará exclusivamente para las faltas

que se califican de gravísimas o por atentados graves contra la buena convivencia escolar,

establecidas en el Reglamento Interno. En ningun caso se fundará esta medida en razones

socioeconómicas ni de rendimiento escolar.

Se distinguirán tres tipos de faltas: leves, graves y gravisimas.

Falta leve: Corresponden a aquellas actitudes y comportamientos que alteren la convivencia,

pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.

Desde el punto de vista formativo, una falta leve, es entendida como una instancia para la

relfexión, análisis y diálogo, que ayude al estudiante a tomar conciencia de que las

responsabilidades prsonales y sociales se deben cumplir, en función del respeto al bien

común.

Falta grave: correspoden a actitudes y comportamientos que atenten contra la

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Integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así

como acciones deshonestas que afecten la convivencia.

Desde el punto de vista formativo, una falta grave es vista como una instancia para que el

estudiante asuma una responsabilidad de reparación y de crecimiento personl y social, frente a

la comunidad y a sí mismo. Ante una falta grave, es indispensable contar con el compromiso y

la colaboración del apoderado titular (padre, madre o adulto responsable), para que el

estudiante cumpla con la sanción estipulada.

Falta gravísima: corresponden a actitudes y comportamientos que atenten contra la

integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones

sostenidas en el tiempo y conductas tipificadas como delito. Desde el punto de vista formativo,

una falta gravisima, es entendida como una voz de alerta frente a determinados

comportamientos que están poniendo en serio riesgo la permanencia del estudiante dentro de

la comunidad, por eso, se estipula la condicionalidad como sanción y la limitación o restricción

de su plena participación en aquella.

ATENUANTES: evaluando el contexto en que se enmarca una determinada situacion de

trasgresión su gravedad podrá ser atenuada considerando los siguientes criterios o

circunstancias:

Edad, curso, desarrollo psicoafectivo y circunstancias personales, familiares o

sociales del alumno.

Haber reconocido la falta antes de la formulación de la medida, lo que tendrá mayor

valor si esto ocurre de manera espontánea.

Haber corregido el daño o compensado el perjuicio causado, antes de que se haya

determinado la medida formativa.

Mantener un buen comportamiento con anterioridad a la falta.

Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona mayor en edad, en poder y/o

en madurez psicoafectiva.

Cometer la falta en estado de alteración originada en circunstancias o condiciones

de gravedad extrema, debidamente comprobadas.

AGRAVANTES: en tanto, los siguientes criterios o circunstancias serán considerados para

establecer si una determinada transgresión reviste un mayor grado de gravedad que el

asignado al hecho o conducta en si misma:

Reiteración de una conducta negativa en particular.

En términos generales mal comportamiento anterior, aún cuando no está referido a la

reiteración de una conducta o trasgresión específica.

Representatividad del alumno ante la comunidad educativa.

Haber actuado con premeditación.

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Haber aprovechado la confianza depositada en él o ella para cometer el hecho.

Cometer la falta para ocultar otra.

Haber aprovechado condiciones de debilidad de otros para cometer la falta.

Faltas leves

Corresponden a aquellas actitudes y comportamientos que alteren la convivencia,

pero que no involucren daño físico o psicológico a otro miembro de la comunidad.

Tipificación de las faltas leves

Presentarse sin justificativo después de una inasistencia.

No haber repuesto la libreta de comunicaciones en caso de pérdida o mantenerla en

malas condiciones, en el plazo estipulado por el establecimiento. Asistir a clases sin la

libreta de comunicaciones, no mostrar comunicaciones al apoderado, no traer firmadas

las pruebas por el apoderado cuando el profesor lo estime necesario.

Incurrir en tres atrasos sin justificacion al inicio de la jornada escolar.

No traer tareas o materiales requeridos por el profesor para las clases o actividades

escolares, o la mantencion en mal estado o desorden de cuadernos al día y

materiales, guías o apuntes de clases.

Interrumpir reiteradamente la clase, conversando, parándose, etc.

Comer, beber o masticar chicle durante el desarrollo de la clase.

Hacer mal uso de los bienes que pertenecen a la comunidad como son: luz, agua,

jabón, papel, etc.

Asistir a clases si el buzo del establecimiento correspondiente o con vestuario

inapropiado, sin un justificativo.

Contravenir las normas relativas a la presentación personal e higiene contenidas en

este reglamento, sin la debida justificación.

Ensuciar o descuidar la limpieza del lugar de trabajo del estudiante o de cualquier

instalación del establecimiento.

Medidas frente a las faltas leves

Conversación (diálogo) de carácter formativo, según corresponda a la falta, con uno o más

de los siguientes profesionales:

Profesor/a jefe

Profesor de asignatura

Encargado de convivencia escolar.

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Sanciones frente a las faltas leves

Conversar con el alumno de manera que reflexione sobre sus actos.

Exposición breve de un concepto trabajado en la asignatura en la que incurre la falta.

Investigar dos palabras nuevas y exponer su significado al grupo curso, empleándola

en dos oraciones.

Firmar un compromiso de no reincidencia con la presencia del profesor jefe.

Registro (anotación) en el libro de clases de la falta cometida.

Apelación: todos los estudiantes tendrán derecho de apelación inmediata en

relación a las medidas tomadas por los funcionarios en caso de faltas leves, dicha

apelación quedará registrada en el libro de clases, en la hoja de vida del estudiante,

en conjunto con los acuerdos tomados y firmado tanto por el estudiante así como por

el docente o asistente que ingresó la falta. El plazo para realizar la apelación será de

1 día.

Responsables de aplicar las medidas y sanciones frente a faltas leves.

Profesor de asignatura

Profesor jefe

Encargada de convivencia.

Faltas graves

Corresponden a actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad

psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como

acciones deshonestas que afecten la convivencia.

Tipificación de las

faltas graves.

Medidas frente a las

faltas graves.

Sanciones frente a

las faltas graves.

Responsable de

aplicar medidas.

Faltar sin aviso, ni

justificación a las pruebas

programadas en las

distintas asignaturas.

Presentar certificado

médico y rendir en la

clase siguiente la prueba.

En caso de no presentar

justificación médica,

deberá realizar trabajo

comunitario de apoyo en

la biblioteca CRA

ordenando materiales

didácticos.

Firmar un compromiso de

no reincidencia con la

presencia del apoderado

y profesor deje (ambos

casos). Sin justificación la

nota máxima de la prueba

será un 5,0 y se tomará

en la clase siguiente.

Profesor jefe aplica la

sanción y monitorea la

aplicación de la medida.

Copiar en las pruebas o

presentar trabajos que

pertenecen a otro

estudiante; falsificar

firmas o documentos.

Realizar una charla en su

curso, en hora de

orientación, sobre la

importancia de la

honestidad.

Firmar un compromiso de

no reincidencia con la

presencia del profesor

jefe y su apoderado.

Convivencia escolar

aplica la sanción y le

comunica al profesor jefe

y monitorean la medida.

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Abandonar el

establecimiento sin

autorización durante la

jornada de clases y/o no

ingresar a clases durante

la jornada escolar

quedándose en otras

dependencias del colegio.

Realizar una charla

reflexiva en su curso de

15 minutos, sobre la falta

cometida.

Firmar un compromiso de

no reincidencia con la

presencia del apoderado

y profesor jefe.

Profesor jefe aplica y

monitorea la sanción.

Ausentarse de talleres de

apoyo que ofrece el

establecimiento tales

como reforzamiento,

programas de

integración, talleres de

JECD, entre otros.

Trabajo comunitario de

ayudantía a asistentes de

aseo (barrer cancha,

regar jardines, etc.)

determinados de común

acuerdo con el docente,

apoderado y alumno.

Firmar un compromiso de

no reincidencia con la

presencia del apoderado

encargado de

convivencia y profesor

jefe.

Profesor jefe aplica y

monitorea la sanción.

Uso inapropiado de

alguno de los elementos

computacionales del

establecimiento, de

acuerdo con lo

establecido en las

normas de uso de estos

elementos tecnológicos.

Trabajo comunitario de

apoyo en el orden y

limpieza de biblioteca u

otro espacio que

disponga el profesor jefe.

Firmar un compromiso de

no reincidencia con la

presencia del apoderado

y profesor jefe.

Convivencia escolar y

profesor jefe aplica y

monitorea la medida.

Deteriorar, pintar o rayar

cualquier instalación,

muebles o inmuebles del

colegio.

Reparar o pagar el objeto

dañado en un plazo de

una semana (lentes,

uniforme, útiles escolares

u otro artículo de uso

personal)

Realizar trabajo

comunitario ordenando o

limpiando el lugar donde

cometió la falta.

Firmar un compromiso

con la presencia del

apoderado, encargado de

convivencia y profesor

jefe. Pagar el valor del o

los objetos deteriorados.

En caso de que

apoderado se niegue a

reparar o reponer los

daños causados por el

estudiante, el alumno

quedará excluido de las

actividades extra

programáticas en las que

participa u organiza la

escuela.

Convivencia escolar y

profesor jefe monitorean

la aplicación de la

medida.

Mantener encendido un

teléfono celular propio o

ajeno en la sala durante

la realización de pruebas

y/o trabajos, ya sea para

hablar, enviar mensajería

o jugar.

Pedir disculpas en

privado al profesor/a y

consensuar una medida

reparatoria, sin perjuicio

de las indicaciones

contenidas en el

protocolo de NO uso de

celulares en clase o en el

reglamento de

El profesor deja registro

del hecho en el libro de

clases y se procede a

requisar el equipo, el que

quedará en custodia en

secretaría, hasta que el

apoderado se presente a

retirarlo del

establecimiento. Si el

Encargada de

convivencia escolar

aplica la sanción y le

comunica al profesor jefe.

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evaluación. estudiante incurre en la

misma falta por tercera

vez, el equipo será

retenido y entregado al

apoderado a fin de año.

Salir de la sala de clases,

u otras dependencias

durante el desarrollo de

las actividades

respectivas, sin

autorización del/la

profesor/a, o alterar el

normal desarrollo de la

actividad.

Pedir disculpas públicas

al profesor/a y

consensuar una medida

reparatoria.

Firmar un compromiso de

no reincidencia con la

presencia del apoderado.

Profesor jefe aplica la

sanción y le comunica al

apoderado y alumno.

Medidas adoptadas ante faltas graves

Citación de apoderado

Se citará al apoderado al establecimiento para notificar las faltas cometidas por su

pupilo, las medidas disciplinarias correspondientes y establecer compromisos.

Trabajo dirigido fuera del aula

Consiste en la realización de alguna tarea vinculada a convivencia escolar fuera de la

sala de clases (aportar en la actualización del diario mural, apoyar en la realización de

alguna actividad, entre otras).

Plan de intervención

Consiste en la derivación del estudiante a las instancias de apoyo existentes en la

escuela (psicólogo o solicitud de derivación a otros profesionales).

Suspensión de clases de 1 día.

Consiste en la suspensión temporal de todas las actividades escolares ante la

reiteración de una falta cometida por un estudiante, aun cuando se aplicaron otras medidas

disciplinarias previamente. Una vez reintegrado, el estudiante coordinará con los profesores

que corresponda, la ejecución de trabajos y/o evaluaciones pendientes producto de dicha

suspensión.

Apelación.

Todos los estudiantes tendrán el derecho de apelación inmediata, o con un plazo

máximo que no supere un día, acerca de las medidas tomadas por la directora, profesora

jefe y la encargada de convivencia, dicha apelación quedará registrada en el libro de clases,

en la hoja de vida del estudiante o en la hoja de entrevista de apoderados y acuerdos, y

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deberá ser firmado tanto por el estudiante, su apoderado, así como por la persona que

acoge la apelación.

Todas las medidas tomadas en el caso de faltas graves serán tomadas en conjunto

con la profesora jefe, encargada de convivencia y dirección, quienes podrán determinar la

sanción o consultar acerca de ella al consejo de profesores.

Faltas gravísimas.

Corresponden a actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad físi

cay psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el

tiempo y conductas tipificadas como delito.

Tipificación de las faltas gravísimas.

Actitudes de connotación sexual al interior del establecimiento, locomoción escolar o

en una actividad organizada por el colegio fuera de este.

Agredir verbal o físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante o

de cualquier otro (a) miembro de la comunidad educativa o visitas.

ingresar, portar material inflamable o armas de cualquier tipo, originales o hechizas al

establecimiento escolar o en una actividad organizada por la unidad educativa fuera

del recinto.

Portar, vender, comprar, regalar, distribuir, fumar o consumir bebidas alcohólicas,

drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, dentro o fuera del

establecimiento educacional en actividades organizadas por este.

Abrir, registrar, sustraer o destruir física o computacionalmente, correspondencia,

documentación, archivos o antecedentes de cualquier miembro de la comunidad

educativa.

La destrucción intencional de la infraestructura, bienes del establecimiento o de los

integrantes de la comunidad escolar (quemar, romper, dañar) ocasionada por cualquier

miembro de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren de visita en las

instalaciones del mismo.

Sustraer, intentar sustraer, acceder o intentar acceder de cualquier forma a

instrumentos de evaluación para anticipar las respuestas en beneficio propio o ajeno.

Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un

estudiante u otro miembro de la comunidad educativa.

Fotografiar, grabar voces o video a personas de la comunidad escolar sin su

consentimiento y para fines que vulneren su intimidad o dignidad personal o familiar.

Utilizar cualquier medio de comunicación, las redes sociales, u otro para agredir,

amenazar, violentar o degradar la imagen de las personas que conforman la

comunidad educativa.

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Exhibir, transmitir o difundir por medios tecnológicos cualquier conducta de maltrato

escolar que involucre a algún miembro de la comunidad educativa.

Hurtar o robar cualquier especie perteneciente a un miembro de la comunidad

educativa o del establecimiento educacional.

Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición

social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia

étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o defectos físicos,

entre otros.

Negarse a rendir pruebas o controles en las cuales ha existido previo aviso y se han

pasado la totalidad de los contenidos.

Intervención del libro de clases u otro documento oficial del establecimiento.

Crear, promover y/o difundir pornografía en el establecimiento.

Realizar tocaciones u/o insinuaciones de carácter sexual entre compañeros.

Medidas y sanciones frente a las faltas gravísimas

Protocolo a falta gravísima.

A.1 Se cita al apoderado para que concurra al establecimiento al inicio de la jornada del día

siguiente y tome conocimiento de la situación. De no asistir el alumno no ingresará a la sala

de clases, permaneciendo en la biblioteca trabajando en actividades según asignatura que

le corresponda.

A.2 Tomado conocimiento de la falta tipificada como gravísima, se reúne el director y la

encargada de convivencia escolar para iniciar una etapa indagatoria y de recopilación de

información y de evidencias, dependiendo del nivel de la problemática. Esta sanción la

aplicará la dirección en común acuerdo con la encargada de convivencia escolar.

A.3 Concluida la etapa indagatoria, la dirección y la encargada de convivencia citarán al jefe

de unidad técnico y al profesor jefe, a una reunión de análisis de la información recopilada

pudiendo llegar a una de las siguientes conclusiones:

Aplicar la suspensión de clases: El estudiante suspendido deberá contar con un

plan de trabajo académico para los días que duré la sanción , estos días van de 1 a 3

dependiendo la falta y la reiteración de ésta y la cantidad se aplicará de manera gradual,

partiendo por 1 día y asi sucesivamente. Además debera realizar un trabajo formativo que

será fijado por el profesor jefe o encargada de convivencia.

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No aplicar la sanción de suspensión de clases: por falta de méritos, carencia de

información relevante que amerite la sanción, o porque se consideraron antecedentes

atenuantes.

En ambas circunstancias (A1, A2, A3) se dejará registro en el libro de clases de los

resultados. No obstante, si la conclusión fuese que amerita aplicar la suspensión de clases,

la dirección citará al apoderado titular para darle a conocer los antecedentes que llevaron a

aplicar la medida y las consecuencias que aquello puede tener.

Reiteración de una falta gravísima.

Se repite el procedimiento señalado en el punto A.1, indicado anteriormente.

Concluida esa etapa, profesor jefe y encargada de convivencia le comunicará al director,

quien citará y presidirá el consejo de profesores del curso, al que se incorporará el jefe de

UTP correspondiente, para analizar la situación, pudiendo llegar a las siguientes

conclusiones:

Condicionalidad de matrícula: Acto preventivo a la cancelación de matrícula que establece

un compromiso de cambio de conducta por parte del estudiante, el que de no ser cumplido

puede conllevar la salida del estudiante de la comunidad educativa para el año lectivo

siguiente. Su aplicación será decisión exclusiva del Director del Colegio y sólo será aplicada

tras haber cumplido los pasos del debido que señala este manual, en casos que

justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún

miembro de la comunidad educativa. De acuerdo al Ordinario N° 476 del año 2013 de la

Superintendencia de Educación, “la condicionalidad de matrícula es una medida disciplinaria

y por tanto su aplicación debe estar asociada a hechos o conductas que estén consideradas

como falta. La condicionalidad de matrícula siempre debe ser revisada al final de cada

semestre independiente de la fecha en la cual se haya aplicado”.

Determinar la cancelación de la matrícula: Sanción máxima de la escuela que conlleva la

cancelación inmediata de la matrícula a un estudiante. A través de este acto, el estudiante

deja de ser parte de la comunidad educativa. Esta sanción sólo será aplicada tras haber

cumplido los pasos del debido proceso descritos en este manual y en casos que

justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún

miembro de la comunidad educativa. De acuerdo a la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, “la

decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por el

Director del Colegio. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por

escrito al estudiante afectado y a su padre, madre o Apoderado, según el caso, quienes

podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días (hábiles) de su

notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de

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Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los

informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”.

Para que el consejo de profesores de curso, en esta circunstancia especial, tenga

validez, obligatoriamente deben estar presentes: el director, la encargada de convivencia

escolar, el/la profesor/a jefe, jefe de unidad técnica y a lo menos, el 80% de los profesores

del curso.

El Director del establecimiento, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o

cancelación de matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de

la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta

revise, el cumplimiento del procedimiento contemplado en la ley.

Los sostenedores y/o directores no podrán cancelar la matrícula, expulsar o

suspender a sus estudiantes por causales que:

Deriven de su situación socioeconómica.

Deriven del rendimiento académico.

Vinculadas a la presencia de necesidades educativa especiales de carácter

permanente o transitorio, que se presenten durante sus estudios.

Embarazo precoz o paternidad adolescente.

No determinar la cancelación de la matrícula.

Las evidencias y la información entregada no ha sido suficiente y la mayoría de los

asistentes estima, que aunque existe una reiteración de falta gravísima, no procede la

cancelación de la matrícula. Por lo tanto, se decide mantener al alumno en clases por el

resto del año escolar y se aplicará el mismo procedimiento de evaluación y seguimiento

señalado en A.2.

Investigación de los hechos

La encargada de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los

hechos, en un plazo máximo de 5 días, la cual incluirá entrevistas a las partes, información

solicitada a terceros y/o disponiendo cualquier otra medida o diligencia que estimen

necesaria para su esclarecimiento, con pleno respeto a dignidad y honra de los/as

involucrados/as.

Citación de involucrados y búsqueda de solución alternativa.

Durante el curso de la investigación, deberá ser citado al menos en una oportunidad,

al estudiante involucrado para los efectos de recibir su versión de los hechos investigados o

bien para aclarar o ampliar declaraciones prestadas previamente.

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A esta citación podrá concurrir solo o acompañado de su apoderado/a, según lo prefiera el

estudiante. En caso de no concurrir el estudiante, se entenderá que renuncia a este

derecho, sin perjuicio de poder ser citado nuevamente si es necesario.

Apelación en caso de cancelación de matrícula.

El estudiante que resulte sancionado, él y/o su apoderado/a tendrán la posibilidad de

pedir reconsideración ante el/la directora/a del establecimiento, dentro del plazo de 15 días

hábiles, contados desde que se comunicó con la misma, en el horario de funcionamiento del

establecimiento. La solicitud de reconsideración deberá dirigirse a el/la directora/a del

colegio en forma escrita, quien a su vez entregará una respuesta dentro de un plazo no

superior a 7 días hábiles.

Observaciones positivas

Los estudiantes se harán merecedores de anotaciones positivas, cuando realicen

acciones que se relacionen con los valores establecidos en el proyecto educativo: respeto

por sí mismo y los demás, solidaridad, honestidad, tolerancia hacia la diversidad, autonomía,

responsabilidad, entre otros. Quedará constancia de ese hecho en su registro de

observaciones del libro de clases y serán destacados mensualmente en el diario mural del

establecimiento.

Medidas y sanciones aplicables a docentes, funcionarios/as y apoderados/as del

establecimiento.

Si un docente o cualquier otros funcionario/a del establecimiento incurriera en alguna

conducta o falta en contra de algún otro miembro de la Comunidad Educativa, se

aplicarána su respecto las medidas contempladas en el reglamento interno del

funcionamiento del establecimiento.

Si el responsable fuese el padre, madre y/o apoderado/a de un estudiante, en casos

graves se podran disponer medidas como la citación al colegio, la obligación de

designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento. Además,

en caso que se requiera, se aplicará la legislación vigente.

Obligación de denuncia de delitos.

La dirección y los docentes del establecimiento, de aucerdo con lo dispuesto en los

articulos 175 letra e) y 176 del código procesal penal, denunciarán ante carabineros de Chile, la

policía de investigaciones, las fiscalías del ministerio público o los tribunales competentes,

cualquier conducta que pueda revestir caracteres de delito y que afecte a un estudiante o

funcionario, que hubiere tenido lugar en el establecimiento educacional. Lo anterior, sin

prejuicio de los procedimientos, sanciones y medidas que origine el Reglamento interno.

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Los docentes y asistentes de la educación el establecimiento tienen la obligación de

comunicar a la dirección del establecimiento, cualquier acción y/u omisión que pueda

revestir carácter de delito, para que aquella realice la denuncia ante carabineros de Chile, la

policía de investigaciones, las fiscalías del ministerio público o los tribunales competentes o

bien a las distintas entidades comunales como lo son OPD, PPF Colunquen y convivencia

comunal, todo esto dentro del plazo de 24 horas desde que tomen conocimiento del hecho.

SISTEMA DE RECONOCIMIENTO E INCENTIVO A LOS DISTINTOS ESTAMENTOS

En el contexto de la convivencia escolar, como establecimiento consideramos la

importancia no sólo de normar las faltas, sino que también aquellas actitudes que favorecen

las buenas relaciones y la sana convivencia entre todos los miembros de la unidad

educativa, es por ello que se crea el sistema de reconocimiento e incentivo en los diferentes

estamentos de la unidad educativa.

1. Reconocimiento para los estudiantes

Para la escuela es de especial importancia destacar a aquellos alumnos que hayan

sobresalido en las distintas áreas por su espíritu de superación, compromiso,

responsabilidad, rendimiento académico, creatividad e integridad.

Para ello, la escuela hará entrega de los siguientes premios:

a) Rendimiento escolar: Este premio distingue a él/los alumno/s que obtuvieron el

mejor promedio de su curso durante el año, debiendo ser este igual o superior a 5,5. Dicho

premio será entregado según planificación año escolar.

b) Premio Asistencia: Este premio destaca a aquellos alumnos que han logrado la

mayor asistencia durante el año escolar. Dicho premio será entregado según planificación

año escolar.

c) Premio Asistencia por curso: Este premio destaca aquel curso(s) que han logrado la

mayor asistencia durante el año escolar. Dicho premio será entregado según planificación

año escolar

d) Premio al esfuerzo: Este premio distingue al alumno que ha demostrado esfuerzo y

preocupación por el trabajo escolar, así como, compromiso con el aprendizaje. Este premio

será definido en Consejo de Profesores y será entregado según planificación año escolar.

e) Premio a los valores de San Alberto Hurtado: Este premio se otorga a aquellos

alumnos que durante el año escolar demostraron representar los valores de San Alberto.

Este premio será definido en Consejo de Profesores y será entregado según planificación

año escolar.

Medios de verificación para entregar estos premios, serán los siguientes documentos:

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Hoja de vida del estudiante.

Participar activamente de las actividades curriculares y extracurriculares.

Hoja de asistencia del estudiante.

Notas finales.

2. Reconocimiento para los padres y apoderados

Los Padres y/o apoderados constituyen un pilar fundamental en la formación y desarrollo

integral de los niños, niñas y adolescentes, es por esto que cobra relevancia fortalecer el

compromiso que estos presentan en el proceso educativo de sus hijos, no solo enmarcando

las situaciones esperadas sino también reconociendo aquellas situaciones que estos

presentan y que se constituyen en un apoyo en el aprendizaje y desarrollo del alumno.

1.- El apoderado que asiste a las reuniones, entrevistas, citaciones y asambleas

generales de padres y apoderados. . Este premio será definido en Consejo de Profesores y

será entregado según planificación año escolar.

2.- El apoderado que Apoya en el proceso educativo de su hijo/a

3. Reconocimiento a los funcionarios.

Los funcionarios que trabajan al interior de la comunidad educativa constituyen uno de

los pilares relevantes en la formación y desarrollo integral de los niños, niñas y

adolescentes, es necesario poder fijar normas que permitan fortalecer un adecuado

desempeño laboral.

1.- Funcionario que se destaca por su responsabilidad y pro actividad en las labores que

realiza. Elegido por el equipo de gestión. Este será entregado según planificación año

escolar.

2.- Funcionario que se destaca por su alto compromiso con metas comunes de la

comunidad educativa.

Reconocimiento al desempeño laboral y/o conducta destacada.

Anotaciones positivas en hoja de vida.

Reconocimiento en consejo de profesores.

Reconocimiento público en actos conmemorativos de la comunidad escolar.