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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO 1 Institución Educativa Laureano Gómez Manual de convivencia San Agustín Huila 2009

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

1

Institución Educativa Laureano Gómez

Manual de convivencia

San Agustín Huila

2009

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

2

INSTITUCION EDUCATIVA LAUREANO GOMEZ

SAN AGUSTIN HUILA

MANUAL DE CONVIVENCIA

2009

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

3

TABLA DE CONTENIDO

ACUERDO No. 015--------------------------------------------------------- -- 6

PRESENTACION--------------------------------------------------------------- - 10

EMBLEMAS INSTITUCIONALES------------------------------------------- - 11

HIMNO DE LA INSTITUCION----------------------------------------------- 12

CAPITULO I. ASPECTOS GENERALES-------------------------------- 13

ARTICULO 1. LA INSTITUCION DONDE ME QUIERO EDUCAR--- 13

ARTICULO 2. FILOSOFIA INSTITUCIONAL---------------------------- 13

ARTICULO 3. PRINCIPIOS INSTITUCIONALES------------------------ 14

ARTICULO 4. MISION------------------------------------------------------ -- 14

ARTICULO 5. VISION------------------------------------------------------- - 14

ARTICULO 6. PERFIL DEL ESTUDIANTE Y EGRESADO------------ 15

CAPITULO II. OBJETIVOS ------------------------------------------------- 15

ARTICULO 7. OBJETIVO GENERAL -------------------------------------- 15

ARTICULO 8. OBJETIVOS ESPECIFICOS ------------------------------- 15

CAPITULO III.PREELIMINARES ----------------------------------------- 16

ARTICULO 9. PROCEDIMIENTOS PARA LA MATRICULA ----------- 16

ARTICULO 10. REQUISITOS DE MATRICULA -------------------------- 16

ARTICULO 11. ADMISION Y PERMANENCIA ---------------------------- 17

ARTICULO 12. ADMISION DE ESTUDIANTES NUEVOS -------------- 17

ARTICULO 13. MATRICULA Y PENSION---------------------------------- 17

ARTICULO 14. JORNADA ESCOLAR --------------------------------------- 18

CAPITULO IV.DERECHOS Y DEBERES -------------------------------- 18

ARTICULO 15. DERECHOS -------------------------------------------------- 18

ARTICULO 16. DEBERES ----------------------------------------------------- 21

ARTICULO 17. ESTIMULOS -------------------------------------------------- 24

CAPITULO V. COMPORTAMIENTO SOCIAL Y ESCOLAR -------- 25

ARTICULO 18. FALTAS LEVES ---------------------------------------------- 25

ARTICULO 19. FALTAS GRAVES ------------------------------------------- 26

ARTICULO 20. FALTAS GRAVISIMAS -------------------------------------- 28

CAPITULO VI.DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO --------------- 29

ARTICULO 21. JURISPRUDENCIA CORTE CONSTITUCIONAL ----- 29

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

4

ARTICULO 22. DEBIDO PROCESO ---------------------------------------- 30

ARTICULO 23. DEL DERECHO DE DEFENSA --------------------------- 31

ARTICULO 24. CORRECTIVOS PEDAGOGICOS ------------------------ 31

ARTICULO 25. CONDUCTO REGULAR ----------------------------------- 31

ARTICULO 26. COMITÉ DE CONVIVENCIA Y CONCILIACION ----- 32

ARTICULO 27. DEBIDO PROCESO PARA FALTAS LEVES ------------ 33

ARTICULO 28. DEBIDO PROCESO PARA FALTAS GRAVES --------- 34

ARTICULO 29. DEBIDO PROCESO PARA FALTAS GRAVISIMAS --- 35

ARTICULO 30. MATRICULA EN OBSERVACION ------------------------ 35

ARTICULO 31. DEBIDO PROCESO POR RETARDOS ------------------ 36

CAPITULO VII. GOBIERNO ESCOLAR -------------------------------- 37

ARTICULO 32. GOBIERNO ESCOLAR ------------------------------------- 37

ARTICULO 33. EL RECTOR -------------------------------------------------- 37

ARTICULO 34. EL CONSEJO DIRECTIVO -------------------------------- 37

ARTICULO 35. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO ------------- 37

ARTICULO 36. CONSEJO ACADEMICO ---------------------------------- 39

ARTICULO 37. PERSONERO (A) DE LOS ESTUDIANTES ------------- 39

ARTICULO 38. ELECCION ------------------------------------------------- 40

ARTICULO 39. PERFIL CANDIDATOS A GOBIERNO ESCOLAR ---- 40

ARTICULO 40. CONSEJO ESTUDIANTIL --------------------------------- 41

ARTICULO 41. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES ---- 41

ARTICULO 42. ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA -------------- 41

ARTICULO 43. FUNCIONES ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA -- 41

ARTICULO 44. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA ------------------- 42

CAPITULO VIII. DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES 42

ARTICULO 45. DERECHOS -------------------------------------------------- 42

ARTICULO 46. DEBERES ----------------------------------------------------- 43

ARTICULO 47. ESTIMULOS -------------------------------------------------- 45

ARTICULO 48. COMPROMISOS -------------------------------------------- 46

CAPITULO IX. --- SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION

DE LOS ESTUDIANTES. -------------------------------- 46

ARTICULO 49. EL SIEE. ------------------------------------------------------ 46

ARTICULO 50. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL--------- 47

ARTICULO 51. AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES --------- 47

ARTICULO 52. COMISION DE EVALAUCION Y PROMOCION ------ 47

ARTICULO 53. ENTREGA DE INFORMES A PADRES DE FAMILIA - 48

ARTICULO 54. PROMOCION DE ESTUDIANTES ----------------------- 49

ARTICULO 55. PROGRAMA DE HABILITACION ------------------------ 49

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

5

ARTICULO 56. REPROBACION DE LOS ESTUDIANTES -------------- 50

CAPITULO X. DISPOSICIONES FINALES ----------------------------- 50

ARTICULO 57. UNIFORME ESCOLAR ------------------------------------- 50

ARTICULO 58. COSTOS ACADEMICOS Y OTROS COBROS ---------- 51

ARTICULO 59. VIGENCIA ---------------------------------------------------- 52

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

6

ACUERDO No 015 21 de Diciembre de 2009

Por medio del cual se adopta el MANUAL DE CONVIVENCIA de la

Institución Educativa LAUREANO GOMEZ DE SAN AGUSTIN HUILA.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA LAUREANO

GOMEZ DE SAN AGUSTIN HUILA, en uso de sus funciones legales y

estatutarias y en cumplimiento de los dispuesto en la ley 115 literal C,

Artículo 144 y literal C Artículo 23 del Decreto 1860 de 1.994 y obrando en

nombre de la comunidad educativa de la Institución educativa y

CONSIDERANDO

1. Que es necesario establecer normas de convivencia y procedimientos,

que permitan alcanzar la Visión y los objetivos institucionales con la

participación integral de todos los estamentos de la institución educativa.

2. Que es necesario dar aplicación a los mandatos consignados en la

Constitución Política, El código de infancia y adolescencia y la Ley General

de Educación.

3. Que para dar cumplimiento a los fines y objetivos de la educación, su

filosofía y políticas institucionales se requiere de un MANUAL DE

CONVIVENCIA que permita la participación de toda la comunidad

educativa de la institución.

4. Que el presente MANUAL DE CONVIVENCIA fue analizado y

elaborado en mesas de trabajo con la participación de los diferentes

estamentos representativos de la comunidad educativa.

5. Que el MANUAL DE CONVIVENCIA anterior existente en la

institución requería ser actualizado para ajustarlo a las exigencias de la

normatividad expedida por el M.E.N, el Gobierno Nacional, Departamental

y Municipal.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

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ACUERDA

ARTICULO 1: Acoger el presente MANUAL DE CONVIVENCIA que será

evaluado periódicamente y ajustado a las necesidades de la Institución

Educativa y la ley.

ARTICULO 2: Adoptar, como en efecto se hace este presente MANUAL DE

CONVIVENCIA para la Institución Educativa Laureano Gómez de San

Agustín Huila incluyendo todas sus sedes a partir del año lectivo 2009,

haciendo cada año los ajustes respectivos de acuerdo con la ley.

PARAGRAFO UNICO: Este MANUAL DE CONVIVENCIA solo podrá ser

reformado de conformidad con la Ley, mediante la participación y/o consenso

de todos los estamentos de la Institución Educativa.

ARTICULO 3: En caso de imprecisiones y/u omisiones que se presenten al

aplicar el MANUAL DE CONVIVENCIA, el Rector podrá asesorarse de: El

Consejo de Padres, La asociación de padres de familia, el Consejo de Docente

, el Consejo de Estudiantes, el Personero, el Consejo Académico y el Consejo

Directivo o estamentos gubernamentales de carácter oficial, para determinar

en su momento las acciones respectivas con el fin de cumplir de manera

eficiente y eficaz con las expectativas de la comunidad en general.

ARTICULO 4: El presente MANUAL DE CONVIVENCIA rige a partir de la

fecha de su aprobación y deroga todas las disposiciones que le sean

contrarias.

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en SAN AGUSTIN HUILA a los 21 días del mes diciembre de 2009.

Firmado

Especialista: ELIECER BOLAÑOS ERASO

Rector

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

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MANUAL DE CONVIVENCIA

INSTITUCION EDUCATIVA LAUREANO GOMEZ

SAN AGUSTIN HUILA

NOMBRE(S): ____________________________________________________

APELLIDO(S): __________________________________________________

DOCUMENTO DE IDENTIDAD: ___________________________________

DIRECCION: ___________________________________________________

BARRIO: TELEFONO: ____________________________________________

NOMBRE DE MI MADRE: _________________________________________

OCUPACION: TELEFONO: _______________________________________

NOMBRE DE MI PADRE: _________________________________________

OCUPACION: TELEFONO: _______________________________________

MI ACUDIENTE ES: _____________________________________________

TELEFONO: ____________________________________________________

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

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INSTITUCION EDUCATIVA LAUREANO GOMEZ

SAN AGUSTIN HUILA

ACTA DE ACEPTACION Y COMPROMISO

Yo,

_______________________________________________________________

Documento de identidad No. ________________________________________

Estudiante del Grado: ________ Jornada: _________ Sede: ______________

ACEPTO Y ME COMPROMETO A CUMPLIR CON EL PRESENTE

MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

LAUREANO GOMEZ.

Firma del estudiante: _______________________________

Nombre del Padre: _________________________________

Documento de Identidad No.: _________________________

Teléfono Fijo: ___________ No. Celular: _______________

Nombre de la madre: _______________________________

Documento de Identidad No.: _________________________

Teléfono Fijo: ___________ No. Celular: ________________

ACEPTO Y ME COMPROMETO A CUMPLIR Y AYUDAR A MI HIJO(A) O

ACUDIDO A QUE CUMPLA CON EL PRESENTE MANUAL DE

CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA LAUREANO GOMEZ.

_______________________________ ______________________

Firma del padre o madre o acudiente Eliecer Bolaños Eraso

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

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Rector

P R E S E N T A C I Ó N

El propósito de este documento de trabajo se encamina a ser considerado

como un aporte, una hoja de ruta, acorde con los actuales tendencias

pedagógicas y la legislación vigente, que ayude a regular las relaciones

interpersonales entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, con

el compromiso profesional de lograr un cambio significativo.

El presente MANUAL DE CONVIVENCIA fue elaborado con la participación

de cada uno de los estamentos de la comunidad educativa. Para su

construcción se reunieron los grupos representativos de la Institución

educativa, como fueron: el consejo de docentes, el consejo de padres y madres

de familia, el consejo de estudiantes, el personero estudiantil, el consejo

académico y el consejo directivo, con el objeto de involucrar a los agentes

educativos en procesos de concertación y diálogo. La valiosa participación

activa de todos ellos, basados en los principios de igualdad, equidad, justicia y

tolerancia, propiciaron acuerdos que dieron como resultado una

normatividad facilitadora de una sana convivencia y una formación integral.

Vale la pena recordar que los derechos son valores de convivencia cuyo

fundamento es la dignidad humana. Implican el reconocimiento de unas

condiciones mínimas que deben ser garantizadas a todas las personas. Los

deberes por su parte, son los comportamientos exigidos por la sociedad, en su

conjunto, a los individuos para posibilitar el desarrollo de la dignidad

humana.

En conclusión, el MANUAL DE CONVIVENCIA es el conjunto de valores,

principios, derechos y deberes que iluminan y regulan el comportamiento de

todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa. Deberá ser

ampliamente conocido y difundido a toda la comunidad educativa de la

Institución Educativa Laureano Gómez de San Agustín Huila al iniciar el año

lectivo.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

11

Eliecer Bolaños Eraso

Rector

EMBLEMAS INSTITUCIONALES La Institución Educativa Laureano Gómez cuenta con tres símbolos

representativos en los que plasma su esencia de formación, ciencia y cultura.

ESCUDO

LA BANDERA

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

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HIMNO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA LAUREANO GOMEZ

(Pbro. Ignacio Córdoba Cruz).

CORO

Corazones en pie, despertad juventud,

Y al son de nuestro laúd alegres a cantar

A la ciencia que da sus destellos de luz

A la mente el saber y a los pechos virtud.

I

Adelante siempre iremos

Desplegando los pendones

De la cruz y del idioma

Alegre los corazones.

II

Y a la sombra de estos claustros

Listos prontos a marchar

Llegaremos, llegaremos a los astros

Un futuro a conquistar.

III

El sendero de la ciencia

El trabajo y las virtudes

Formará en las juventudes

Ciudadanos de conciencia.

IV

Enarbolen las banderas

De justicia y hermandad

Y construyan una patria digna y nueva

Bajo un sol de libertad.

Autor: Alberto Hernando Ordoñez Lozano

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

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M A N U A L DE C O N V I V E N C I A

CAPITULO I

ASPECTOS GENERALES

ARTICULO 1-: La institución educativa donde me quiero educar. La

Institución Educativa Laureano Gómez de naturaleza pública, especialidad

académica, carácter mixto, que presta un servicio a la comunidad y cuya meta

es hacer que todas las estudiantes y los estudiantes lleguen a vivir a plenitud

su juventud, orientando una educación que comprende todas las dimensiones

del ser humano y permite un desarrollo integral facilitando continuar su

proyecto de vida.

ARTICULO 2-: Filosofía Institucional. La Ley 115 de 1994 y su Decreto

reglamentario 1860 del mismo año, tendrá como objeto al educando en todo

caso, como centro del proceso educativo y todos los esfuerzos estarán

encaminados a él. Por tanto en estrecha colaboración con la comunidad

educativa y los diferentes estamentos oficiales y privados, y con el propósito

de contribuir a la formación integral de los estudiantes, desarrolla en su P.E.I

acciones y estrategias que propenden por el bienestar personal, social, ético,

religioso, cultural y psicológico de los educandos.

Busca formar hombres y mujeres competentes a través del desarrollo de

conocimientos, habilidades, actitudes y valores necesarios para posibilitar la

realización armónica y coherente de su propia personalidad, que les permita

desempeñarse con excelencia en la vida universitaria, en el ejercicio laboral y

profesional, y como seres honestos, responsables y autónomos que aportan a

la construcción de un país más justo y feliz.

Ante la necesidad de enfrentarse a los nuevos retos que nos impone la

globalización, orienta su acción educativa hacia un proceso permanente de

desarrollo humano e integral que permita a los educandos hacer uso de los

avances tecnológicos, convirtiéndose en protagonistas de su historia,

responsables de su futuro, de su familia y de su pueblo.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

14

La Institución Educativa Laureano Gómez apunta al mejoramiento de la

calidad de vida de la comunidad educativa, partiendo del hecho que la

especialidad Académica prepara al estudiante para la vinculación a la vida

profesional y al sector productivo. Su espíritu académico se promueve en la

medida que el estudiante genere un conocimiento de su entorno y lo

relaciones con el mundo.

ARTÍCULO 3-: Principios Institucionales. El respeto a la vida, a los

principios democráticos de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y

equidad, en el ejercicio de la tolerancia, la libertad y en los demás derechos

humanos.

El respeto a la autoridad legítima y a la Ley, a la cultura nacional, a la

historia colombiana y a los símbolos patrios.

Siendo el educando el gestor de su propia formación, el educador será el

animador, dinamizador y asesor pedagógico del proceso de formación

integral.

La participación de los estamentos de la Institución Educativa para la toma

de decisiones que nos afectan en la vida política, social y cultural.

El desarrollo humano que permite la calidad de vida del hombre y de la

mujer el cual depende de las posibilidades que tengan las personas de

satisfacer adecua mente sus necesidades básicas.

La apropiación critica de saberes que les posibiliten la incorporación

dinámica logrando para ellas (os) un mejoramiento de la calidad de vida, y

el tejido de una sociedad justa y digna.

La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y

mejoramiento del medio ambiente, para una mejor calidad de vida de la

calidad de vida, del uso racional de los recursos dentro de una cultura

ecológica.

“En la medida en que el niño pueda verse como un ser lleno de valores

crecerá seguro y fortalecerá las posibilidades de ser un adulto feliz”

El MANUAL DE CONVIVENCIA de la Institución, se fundamentará en la

educación y vivencia de los valores humanos. Para tal efecto se han

priorizado los siguientes:

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

15

AFECTO: Manifestación de aprecio, cariño, y respeto hacia los demás y el

entorno. Este principio encierra valores como amor, autoestima, bondad,

amistad, lealtad, generosidad, humildad y agradecimiento. Es el medio para

crear relaciones sólidas y efectivas entre los miembros de la comunidad

educativa.

RESPONSABILIDAD: Es la conciencia acerca de las consecuencias que

tiene todo lo que hacemos o dejamos de hacer sobre nosotros mismos o sobre

los demás. Garantiza el cumplimiento de los compromisos adquiridos y genera

confianza y tranquilidad entre las personas. Los responsables son conscientes

, juiciosos, diligentes,. Tranquilos, reflexivos,. Maduros y confiables.

RESPETO: Es la base fundamental para una convivencia pacífica y sana

entre los miembros de una sociedad, su práctica se basa en los derechos de las

personas y abarca todas las esferas de la vida, empezando por el que se

merece el ser a sí mismo y por los semejantes., a la naturaleza, a las leyes y

normas sociales, a la memoria de los antepasados y a la Patria. Los

respetuosos son sencillos, atentos, considerados, cordiales, responsables y

solidarios.

HONESTIDAD: Caracteriza a los seres humanos por ser transparentes con

los demás, es decir, no ocultar nada y esto da tranquilidad, Los honestos son

honrados, auténticos, íntegros, sinceros, transparentes, francos y valientes.

PERTENENCIA: Es el apego, fidelidad y respeto que inspiran las personas

sobre las cosas y lugares a los que se quieren, a las ideas con las que se

identifica el ser y a la patria a la que se pertenece. La pertenencia se identifica

con la sinceridad, la lealtad, el valor, el agradecimiento, la constancia y la

seguridad.

SOLIDARIDAD: Es un valor de gran trascendencia que permite la ayuda y

colaboración mutua, pues gracias a ella, el hombre ha alcanzado gran

desarrollo tecnológico a través de su historia y ha logrado sobrevivir y salir

adelante después de los más terribles desastres. Es la “ternura de los

pueblos” y hace del mundo un lugar mejor, habitable y digno. Los solidarios

son entusiastas, firmes, leales, generosos, compasivos y fraternales.

ARTICULO 4.- Misión Institucional. La Institución Educativa Laureano

Gómez, de naturaleza oficial, tiende a ofrecer una educación integral en los

niveles de Educación Preescolar, Educación Básica y Educación Media

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

16

Académica, formando estudiantes en valores de convivencia ciudadana,

conservación del medio ambiente, protección de nuestro patrimonio histórico

y en el desarrollo de habilidades intelectuales que le permitan generar

procesos de mejoramiento personal y comunitario, formando así un individuo

competente capaz de acceder a la educación superior y/o sector productivo.

ARTICULO 5-. Visión Institucional. La Institución Educativa Laureano

Gómez, será reconocida por su alta calidad y la excelencia en los procesos

educativos innovadores y de liderazgo, formando personas competentes

intelectual, moral y socialmente; respetuosas de la vida; constructoras de una

sociedad democrática, tolerante y trascendente basada en principios y valores,

comprometidos con el desarrollo humano que privilegie el saber, el hacer y el

trascender.

ARTICULO 6-. Perfil del Estudiante(a) y del Egresado(a). El estudiante y la

estudiante de la I. E. Laureano Gómez, es el sujeto de formación en nuestra

comunidad educativa, cuya misión sea buscar estrategias que le permitan:

Desarrollar y vivenciar valores de responsabilidad, respeto, justicia,

cooperación, solidaridad, identidad cultural, amor por la institución,

interés por mejorarla como compromiso individual y social.

Formar actitudes cívicas, como la conciliación de intereses encontrados, la

convivencia ciudadana, orientación hacia el bien común, impulso de

iniciativas e intereses personales y sociales y la participación activa en la

redacción y elaboración de las normas que rigen la institución; que

conozca sus derechos humanos para que lo respete y vivencie.

Fortalecer la autoestima y capacidad de liderazgo, la crítica constructiva y

la autoevaluación con miras al mejoramiento del proceso formativo,

individual y grupal.

Tomar conciencia del alto grado de afectación que sobre los recursos

naturales y el medio ambiente hemos causado y valorar la riqueza del

entorno, asumiendo un compromiso para su conservación.

Expresar, concertar ideas y propuestas reemplazando actitudes y

conductas pasivas o autoritarias por las de un estudiante que opine

libremente relacionándose con docentes y compañeros en forma respetuosa

y participe diligentemente en la realización de actividades propuestas en la

institución.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

17

Participar en grupos de trabajo dirigidos por un líder que buscan

desarrollar y apoyar los proyectos transversales formulados por la

institución con el fin de optimizar su formación.

Participar en actividades deportivas, recreativas, lúdicas, que permitan

fortalecer sus potencialidades físicas, como parte importante de la

formación integral y como sana opción para el uso adecuado del tiempo

libre.

Formarse como buen lector para fortalecer su capacidad de análisis

crítico, argumentativo e investigativo con el fin de obtener una mejor

posición en las pruebas de estado y en su formación personal.

Ser competente para motivar y facilitar la participación de su familia en el

proceso de formación.

Desarrollar sin temor sus actitudes artísticas para humanizarse y bajar el

nivel de violencia.

Ser exigente en la actividad de la educación que recibe por parte de sus

maestros especialmente en las áreas fundamentales, las cuales le permiten

mejores resultados académicos.

El egresado (a). Por la formación académica los estudiantes y las estudiantes

serán capaces de:

Enfrentar la vida con dignidad, respeto y vivir en paz consigo mismo, con

los demás y con la naturaleza. Respetuosos de lo publico y el cuidado del

bien común; hombres y mujeres honestos y buenos ciudadanos.

Ser ciudadanos felices y emprendedores para toda la vida.

Ser personas participativas, creativas, solidarias y responsables; vivenciar

sus principios éticos, morales religiosos y profundamente espirituales para

una mejor calidad de vida.

Ser investigativos, con gran sentido crítico y analítico, que de solución

adecuada a los problemas que se le presenten en la vida cotidiana.

Ser exitosos en la educación superior proyectándose en el desempeño

profesional.

Tener un buen desempeño en el campo laboral creando y liderando

unidades de negocio por cuenta propia, con excelente trabajo en equipo,

resolución de conflictos y relaciones interpersonales con un espacio

productivo.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

18

CAPITULO II

OBJETIVOS

ARTICULO 7-: Objetivo General. Implementar principios básicos de

convivencia social entre los miembros de la comunidad educativa de la

Institución Educativa Laureano Gómez, que permitan la formación integral de

los estudiantes con base en principios éticos, morales, culturales, sociales y

religiosos.

ARTICULO 8-: Objetivos Específicos. En la elaboración del MANUAL DE

CONVIVENCIA nos hemos propuesto los siguientes objetivos:

Proteger eficazmente a los educandos contra toda forma de maltrato,

agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla por parte

de sus compañeros, docentes, administrativos, directivos y padres de familia

entre otros.

Fomentar valores que redunden el la formación integral del educando.

Garantizar a la Comunidad Educativa el cumplimiento de sus deberes y el

ejercicio de sus derechos.

Ofrecer un marco institucional de participación y reflexión crítica,

mediante el cual nos podemos proyectar como agentes de cambio en

nuestra comunidad.

Definir las situaciones irregulares bajo las cuales pueden encontrarse la

estudiante o el estudiante y las consecuencias a que las llevaría a cada una

de ellas.

Contar con un punto de referencia para tomar decisiones frente al

comportamiento del (la) estudiante.

Facilitar el acceso de la Comunidad Educativa como agente de cambio, en

los procesos institucionales para garantizar una sana convivencia entre sus

miembros.

Integrar a estudiantes al aula regular, bajo la orientación del profesional

de apoyo.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

19

CAPITULO III

P R E L I M I N A R E S

ARTICULO 9-: Procedimiento para la matricula.

Todo estudiante al ingresar a la institución educativa debe conocer e

identificarse con la filosofía y principios Institucionales.

La matrícula será diligenciada por el padre de familia o acudiente y

estudiante, en la fecha programada por la institución Educativa, quienes

con su firma manifiestan conocer y cumplir el MANUAL DE

CONVIVENCIA.

En ningún caso se autorizará la matrícula sin los requisitos establecidos

por la Institución Educativa.

ARTICULO 10-: Requisitos de matrícula

Registro civil de nacimiento original

Fotocopia del documento de identidad

Fotocopia del carné del SISBEN o de la EPS

Certificado de estudios de los grados o periodos cursados cursados

Certificado de grupo sanguíneo

Paz y salvo de la Institución de procedencia

Carné Estudiantil diligenciado en la Institución

Reporte de transferencia de donde procede con el respectivo retiro del

SIMAT

Ficha de autorización de la matricula firmada y sellada por el rector

Carpeta color azul con gancho legajador

ARTICULO 11-: Admisión y Permanencia. Son criterios de admisión los

siguientes:

Haber aprobado el grado anterior.

Que exista disponibilidad de cupo en el SIMAT.

Presentar la documentación completa

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

20

No tener antecedentes graves o gravísimos de comportamiento social.

Preferiblemente para el grado Undécimo, el estudiante debe proceder de

una institución con educación regular (decreto 1860)

PARAGRAFO UNICO: El estudiante que repruebe un grado dos (2) veces y/o

presente antecedentes graves o gravísimos de comportamiento social debe

solicitar cupo en otra institución educativa, donde encuentre un ambiente

pedagógico favorable para su formación integral.

ARTICULO 12-: Admisión de estudiantes nuevos.

La institución Educativa admite los estudiantes nuevos que se requieran

para completar los cupos disponibles desde grado cero hasta el grado

noveno y considerando la capacidad pedagógica que determine el espacio

de las aulas de clase.

La admisión de estudiantes nuevos para los grados décimo y undécimo de la

educación media académica se realizara previo estudio del programa de

estudio de donde provienen, por cuanto éstos jóvenes no han cursado áreas

con la intensidad horaria requerida.

Los estudiantes en edad extraescolar se admiten para la jornada fin de

semana como lo establece el decreto 3011 de y otras normas

reglamentarias.

La Institución Educativa se reserva el derecho de admisión del estudiante o

la estudiante reprobado(a) por segunda vez y/o con observaciones de faltas

graves o gravísimas de comportamiento social procedente de otros

establecimientos educativos y de los estudiantes que soliciten su reintegro.

ARTICULO 13-: Matricula y Pensión. La matrícula es un contrato escrito

entre la institución educativa y el padre de familia o acudiente renovable cada

año lectivo. Se realiza en las fechas señaladas por la I.E. y se legaliza con las

firmas de las partes y el estudiante. El estudiante (a) antiguo tiene cupo en la

Institución .Educativa siempre y cuando renueve su matrícula en la fecha

asignada.

El pago de cobros educativos se realiza de acuerdo a las normas vigentes,

decretos emanados del M.E.N., resoluciones de la secretaria de educación del

departamento del Huila y los acuerdos del consejo directivo institucional.

ARTICULO 14: Jornada Escolar. El decreto 1850 de 2002 expresa que la

jornada escolar para los estudiantes será:

Preescolar: Cuatro horas diarias para un total de veinte horas semanales.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

21

Básica Primaria: Cinco horas diarias para un total de veinticinco horas

semanales.

Básica secundaria y media: Seis horas diarias para un total de treinta

horas semanales.

CAPÍTULO IV

DE LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 15: Derechos. Los niños, las niñas, los adolescentes tienen

derecho a:

1. Recibir una formación integral de acuerdo con los valores y principios de

la institución y con los avances científicos y tecnológicos que permitan la

construcción del conocimiento y desarrollo humano.

2. Recibir información oportuna del proceso educativo, junto con el padre de

familia o acudiente en forma personalizada.

3. Facilitar el acceso de niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y

garantizar su permanencia, brindándole una educación pertinente y de

calidad, respetando en toda circunstancia la dignidad de los miembros de

la Comunidad Educativa y facilitando la participación de los estudiantes

en la gestión académica.

4. Participar en la elaboración, ejecución, evaluación de los planes y

programas curriculares, proyectos pedagógicos, logros e indicadores de

logros y exigir que se cumplan las clases y actividades programadas en

forma puntual y completa, así como las normas legales vigentes sobre

evaluación y promoción dadas a conocer al inicio del año escolar.

5. Ser evaluado académicamente según criterios de evaluación y

normatividad académica. Conocer oportunamente las fechas de realización

de pruebas, exposiciones, trabajos, tiempo de recuperaciones de cada

grado para no quedar pendiente de logros y ser orientado por los docentes

en el desarrollo de proyectos, programas y temas de cada área y/o

asignatura de tal forma que avance progresivamente en la adquisición de

nuevos niveles de aprendizaje y se me informe oportunamente de mis logros

y deficiencias, además se me haga entrega de mis pruebas y trabajos

escritos debidamente revisados y valorados.

6. Ser orientados en programas de nivelación cuando presenta dificultades en

el aprendizaje o este atrasado en el ciclo escolar y tener acceso a

programas de orientación psicopedagógica.

7. Abrir espacios de comunicación y participación de los padres de familia

para el seguimiento de nuestro proceso educativo y proporcionar la

democracia en las relaciones dentro de la Comunidad Educativa.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

22

8. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las

diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades

culturales extracurriculares con la Comunidad Educativa para tal fin.

9. Recibir formación intelectual, social y moral a través de métodos

adecuados además de la orientación suficiente y oportuna para iniciarme

en la ciencia, la investigación y la cultura.

10. Recibir educación permanente y de calidad de acuerdo con el enfasis y

recursos con que cuenta la Institución Educativa.

11. Utilizar y recibir oportunamente dentro de los horarios establecidos los

servicios de bienestar estudiantil de que dispone la institución, orientación

y consejería, biblioteca, enfermería y primeros auxilios, tienda escolar y

otras atenciones que se presente a nivel institucional.

12. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de

la cultura y dotación de una biblioteca adecuada.

13. Participar en la organización de actividades conducentes al conocimiento,

respeto y conservación del patrimonio ambiental, arquitectónico, cultural y

arqueológico regional.

14. Ser promocionado al grado siguiente, proclamado en bachillerato básico o

bachillerato académico.

15. Recibir toda la jornada de clases como están programada según horario.

16. Estudiar Lengua castellana, un idioma extranjero (ingles), y cuando las

condiciones se den la lengua de señas colombiana.

17. Participar en las actividades organizadas por la Institución Educativa que

conduzcan a la formación integral. Además representar dignamente dentro

y fuera a la Institución en eventos deportivos, sociales y culturales cuando

mi comportamiento se ajuste a lo establecido en el presente MANUAL DE

CONVIVENCIA..

19. Utilizar en forma responsable las diferentes dependencias de la Institución

Educativa con destino a los procesos pedagógicos como: aulas de clase,

audiovisuales, laboratorios, biblioteca, cafetería y patio de recreo.

20. Disfrutar de un ambiente de respeto, armonía y limpieza en toda la

institución.

21. Respetar mi vida, mi dignidad, mi integridad física y moral, mis creencias y

mis bienes (Art. 44 de la C. Y Art.14 y 16 del C.M.)

22. Ser atendida(o) en mis solicitudes y reclamos particulares que hago a

través de los conductos regulares enmarcados por la veracidad y el respeto

y que se me juzguen los actos de acuerdo con las circunstancias, expresar

libremente razones y ser escuchada para obtener solución a mis problemas

guardando de ellos el secreto profesional. (Art.10 C.M).

23. Participar en la evaluación del comportamiento mediante auto evaluación

y coevaluación con sus compañeros y director de grupo.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

23

24. Socializar en forma responsable los mecanismos de carácter disuasivo,

correctivo y reeducativo para impedir la agresión físico o psicológico.

25. Ser atendido (a) oportunamente en situaciones de abuso sexual, maltrato,

mala nutrición o peores formas de trabajo (trato físico, tráfico de droga,

trabajos denigrantes, situaciones prepago).

26. Debido proceso

27. Ser atendido oportuna y debidamente por parte del personal administrativo

(secretaría) en lo que se refiere a las solicitudes de certificados de estudio,

paz y salvo, constancia y otros. Estas solicitudes deben hacerse en los

horarios y tiempo establecido por la ley.

28. Solicitar el reconocimiento y el respeto de los derechos consagrados como

fundamentales para toda persona en la Constitución Política y Nacional:

Ley 1098 de infancia y adolescencia y normas vigentes.

29. Proponer y participar en campañas que busquen el bienestar y superación

estudiantil e institucional así como en la evaluación y presentación de

sugerencias, ideas e iniciativas con el mismo sentido.

30. Elegir y ser elegido (a) en los organismos de representación en la

comunidad educativa según la ley General de Educación y el P.E.I.

31. Reclamar por el incumplimiento del presente MANUAL DE

CONVIVENCIA siguiendo el conducto regular ante la instancia respectiva.

32. Disfrutar de un ambiente armónico e integral donde prevalezca el amor, la

felicidad y el derecho a la igualdad.

33. Respetar y que se me respeten las propiedades y pertenencias.

34. Recibir formación ética y moral consolidando principios de convivencia

para la construcción de una nueva sociedad.

35. Prevenir y proteger contra el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias

psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones

educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas

contra el trafico, venta y consumo alrededor de las instituciones

educativas.

36. Al libre desarrollo de mi personalidad sin mas limitaciones que las que le

ponen los derechos de los demás y las normas consignadas en este

MANUAL DE CONVIVENCIA.

37. A participar directamente o por medio de mis representantes en el diseño y

adopción del MANUAL DE CONVIVENCIA y del P.E.I.

38. Recibir estímulos por rendimiento académico, convivencia ciudadana y

medalla de honor al mérito por haber obtenido el mejor puesto en las

pruebas de estado.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

24

ARTICULO 16: Deberes. Como estudiante de la Institución Educativa

Laureano Gómez es mi deber y me comprometo a:

1. Ser dueño(a) de mi educación según la orientación y formación ofrecida

por la Institución Educativa y dar lo mejor de mi misma (o) al

cumplimiento de las actividades intra y extra escolares como única forma

de que el proceso de aprendizaje tenga éxito, sin entorpecer el desarrollo

de las clases con mis reiteradas faltas de indisciplina.

2. Cumplir con exactitud el horario establecido y participar en la

construcción de programas y proyectos curriculares y trabajos en clase y

fuera de ella, dentro de los términos previstos por los docentes y el

calendario académico.

3. Dedicar todo mi esfuerzo y consagración para que se dé el aprendizaje de

acuerdo a los objetivos, logros e indicadores de logros académicos y

formativos que proponen los diferentes programas y proyectos curriculares

y presentar las recuperaciones, evaluaciones parciales o finales en la fecha

programada.

4. Investigar, observar, experimentar, comprobar y complementar el tema

visto en clase. Ejercitarme en la construcción de conceptos, análisis,

síntesis y comprensión de los diferentes temas del conocimiento.

5. Cumplir oportunamente con los trabajos, talleres y tareas intra y extra

escolares establecidas en el calendario. También con las actividades de

recuperación o nivelación durante el desarrollo del periodo académico.

6. Cumplir en forma responsable con todas las actividades en las fechas

estipuladas como: tareas, exposiciones, cumplir oportunamente con los

programas de nivelación y orientación y orientación sicológica.

7. Cumplir con los programas propuestos y velar por la conservación del

patrimonio local y regional.

8. Utilizar los servicios de la institución con la compostura y el decoro que

garanticen la seguridad y el bienestar de quienes lo comparten.

9. Ser responsable de mi rendimiento académico y formativo en valores en

forma satisfactoria.

10. Llegar puntualmente a la sede correspondiente para no interferir las clases

ya iniciadas; después de 3 retardos debo traer al acudiente para hacer el

acto de compromiso. Si no me corrijo puedo ser sancionado(a) y perder el

cupo.

11. No traer al colegio publicaciones, revistas, periódicos, radios, celulares,

audífonos, grabadoras y otros, cuando no sea material didáctico exigido

por el profesor. Especialmente si son de carácter pornográfico o con el fin

de hacer proselitismo político o religioso.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

25

12. Asistir al Acto de Graduación con el uniforme reglamentario de la

institución siempre que haya reunido las condiciones requeridas.

13. En caso de retiro de la Institución, cualquiera que sea el motivo es mi

obligación ponerme a paz y salvo en secretaría, biblioteca, orientación,

banda marcial, implementos deportivos y otros. Firmar en secretaría junto

con el padre de familia la cancelación de la matrícula. Pagando los

derechos académicos pendientes. Si la (el) estudiante esta eximido de este

pago deberá presentar la correspondiente certificación.

14. Presentarse en la fecha asignada por la Institución Educativa para dar

cumplimiento con el programa de recuperación. Sin este requisito no se

puede matricular al grado siguiente.

15. Estar a paz y salvo en el aspecto académico y en costos educativos para ser

proclamado bachiller básico o bachiller académico.

16. Mantener un comportamiento intachable dentro y fuera de la institución, en

las actividades culturales, sociales y deportivas programadas

conjuntamente. Los compromisos adquiridos en las diferentes actividades

o eventos extracurriculares son de carácter obligatorio, con las debidas

sanciones por incumplimiento.

17. Guardar el comportamiento debido en las diferentes zonas del plantel:

aulas de clase, patios de recreo, biblioteca, laboratorios de química, física

y sistemas y cafetería etc. Durante las horas de clase y en los cambios

respectivos no debes permanecer fuera del aula, salvo que haya sido citado

(a) a otra dependencia. Debe abstenerse de abandonar la sede sin el

permiso respectivo de coordinación, en períodos o actividades ordinarias.

18. Seguir los conductos regulares, acudiendo a cada una de las instancias:

docentes respectivos, director de grupo, coordinador, personera (o),

dirección del colegio, padre de familia y consejo directivo; para evitar

malos entendidos y aclarar las situaciones con respecto a las solicitudes y

reclamos.

19. En las actividades programadas por la comunidad educativa dentro y fuera

de la institución (convivencia, bingos, bailes, fogatas, bazares, paseos,

desfiles de modas, veladas, encuentros deportivos, representaciones de la

banda, encuentros pedagógicos y otros) debe evitar: fumar, consumir

bebidas alcohólicas, éxtasis, marihuana, bazuco, etc. realizar ventas (que

no estén autorizadas por la institución). Además organizar y participar en

actividades extraescolares que no lleven el visto bueno de las directivas del

plantel y la aprobación de la mayoría de los padres de familia.

20. Fomentar el respeto, la armonía y la unidad estimulando el espíritu de

servicio y solidaridad. Por tanto debe evitar utilizar cualquier género de

lenguaje vulgar y ofensivo contra la dignidad y el respeto que se debe tener

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

26

a las personas. Reclamar sus derechos con cultura y practicar los buenos

modales en las formaciones y actos culturales, comunitarios y religiosos.

21. Cuidar el entorno y aprender a convivir socialmente en el lugar donde

están todos. Por tanto no ocasionar daños en la institución y velar por el

aseo y orden de todas las dependencias. Si deteriora, daña o pierde algún

implemento de las áreas, textos, libros de consulta, las sillas y mesas de

trabajo, incluyendo los elementos de actividades lúdicas, responderá por

todos los daños causados. Además abstenerse de escribir y/o colocar

dibujos, escritos, grafitis o expresiones vulgares en cualquier sitio de la

sede o del entorno y realizar acciones vandálicas que causen daños al

colegio, a sus pertenencias, a la comunidad educativa y al mundo que lo

circunda.

22. Asistir a la Sede con el uniforme respectivo (Según modelo), llevándolo

con pulcritud y orden. Las jóvenes llevarán la falda cubriendo la rodilla, y

los jóvenes llevarán el camibuso dentro del pantalón. Además lucirán el

cabello en forma natural y organizada; evitando el uso de tinturas

extravagantes, objetos de valor, aretes, collares, balacas, camisetas, sacos,

chaquetas y medias de colores diferentes al del uniforme, cachuchas y

gorras.

23. Usar el uniforme establecido en la Institución educativa como acto de

pertenencia y no portarlo después del horario de clases

24. Afianzar lo positivo y corregir lo negativo a través de la orientación y

seguimiento consignado por escrito en el observador del estudiante.

25. Solicitar permiso o excusa en coordinación con la presencia del padre de

familia o acudiente.

26. Cumplir con mecanismos de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo

para impedir la agresión física y sicológica.

27. Informar oportunamente siguiendo el conducto establecido de situaciones

de: tráfico de consumo de sustancias psicoactivas

28. Respetar los derechos de los demás. Tratar a todas las personas (directivos

- docentes, compañeros, empleados administrativos y de servicios

generales) con la debida consideración, respeto y cortesía.

29. Promover la armonía y el espíritu de cooperación entre estudiantes y

profesores y mantener con los compañeros relaciones cordiales de ayuda y

solidaridad que busquen el bien común y social.

30. Ser honesto y responsable en los cargos de representación; apoyar o

acompañar a quienes lo ejercen para el bien común de la Comunidad

Educativa.

31. Conocer y acatar el presente MANUAL DE CONVIVENCIA y el

observador del estudiante por ser instrumentos formativos. Debe firmar el

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

27

observador cuando haya infringido en alguno de sus deberes, haciendo las

observaciones pertinentes si es del caso.

32. Respetar y conservar el entorno para disfrutar de un ambiente armónico e

integral donde prevalezca el amor, la felicidad y el derecho a la igualdad.

33. Proteger su salud y la de sus compañeras (os), por tanto, no debo consumir

ni traer a la sede estupefacientes, cigarrillos, bebidas alcohólicas y

sustancias psicoactivas, ni portar armas, objetos para el espiritismo u otros

elementos cuyo fin no estén de acuerdo con el carácter ético, comunitario

y social de la Institución. Estos hechos inducirán a la exclusión de la

Institución.

35. Ser honesto (a) en lo que haga y honrada (o) en lo que respecta a las

pertenencias de los compañeros (as), del colegio y del entorno.

36. Evitar acciones y manifestaciones de noviazgo dentro de la Institución

Educativa o en sitios próximos a el. Solo se permite el trato normal de

compañeros con personas del mismo sexo u opuesto cuando porte el

uniforme y abstenerme de frecuentar sitios no recomendables que atenten

contra la dignidad y buenas costumbres.

ARTICULO 17: Estímulos.

Reconocimiento público en izada de bandera.

Medalla al mérito deportivo por participación destacada en eventos

deportivos locales y regionales.

Integrar delegaciones deportivas, culturales, científicas, artísticas y demás

que sean representativas de la Institución Educativa.

Medalla de Excelencia para el mejor bachiller.

Medalla al Merito para el estudiante que haya obtenido el mejor puesto en

las pruebas de estado.

Condecoración especial al mejor proyecto o trabajo en el encuentro de arte,

ciencia y cultura.

Participar en la Banda de Paz y representar con ella la institución en

diferentes eventos.

Medalla y exoneración del pago de derechos académicos a los estudiantes

de primero a undécimo que obtengan los dos primeros lugares en

rendimiento académico y comportamiento en desempeño superior. (Se

define numéricamente)

Figurar en cuadro de honor y/o recibir mención honorífica al terminar

cada periodo académico por su excelente rendimiento y comportamiento

social.

El grupo o curso que ocupe el primer puesto durante un periodo recibirá

un día de convivencia con el director de grupo y asesoría psicologica.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

28

CAPITULO V

COMPORTAMIENTO ESCOLAR Y SOCIAL

ARTICULO 18-. Faltas Leves. Son aquellas faltas que cometo por un ligero

impulso emocional como respuesta a un estimulo exterior sin perjuicio moral y

físico para los demás y por tal razón ameritan dialogo y llamado de atención

escrito en el registro personal del docente, con su respectivo compromiso y

acción formativa.

1. Observar indisciplina constante dentro y fuera de las aulas de clase como:

Gritos, rechiflas, silbatinas, comentarios impropios, palabras ofensivas,

voleo de papeles y otros elementos.

2. Uso de sobrenombres o apodos.

3. Mala presentación personal.

4. Arrojar basuras en cualquier dependencia del establecimiento.

5. No atender el timbre o campana.

6. Entrar y salir del aula de clase sin autorización del profesor (a).

8. Dejar desordenado cualquier dependencia de la institución que se haya

utilizado en actividades pedagógicas.

9. Permanecer en el patio u otras dependencias en horas de clase.

10. Llegar tarde en el inicio de la jornada escolar.

11. Llegar tarde al aula de clase después del descanso.

12. Inasistencia no justificada.

13. Consumo de alimentos durante la clase o en la formación general.

14. Uso inadecuado e incorrecto del uniforme de diario, uniforme de gala y de

educación física.

15. Usar accesorios ajenos al uniforme como son: gorras, cachuchas, y otros

que no corresponden a su elegancia.

16. Portar el uniforme desordenado, sucio e incompleto.

17. Esconder los útiles de los compañeros.

18. Permanecer en hora de descanso en el aula de clase.

19. Utilizar el teléfono celular, sistemas de audio y otros artefactos

electrónicos durante el proceso de clase.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

29

20. Realizar trabajos o actividades de otras áreas durante la clase.

21. Falta de aseo personal y descuido en su presentación.

22. No cumplir con las responsabilidades asignadas.

23. Observar comportamiento inadecuado en la cafetería escolar, biblioteca,

sala de audiovisuales, aula máxima, iglesia y otras dependencias de la

Institución Educativa

24. No traer los útiles e implementos requeridos por el docente para el

desarrollo de la clase.

25. Utilizar expresiones de falta de cortesía con sus compañeros.

26. Provocar empujones a sus compañeros en escaleras, patios, corredores y

cafetería.

27. Usar el uniforme de diario, de gala y educación física en sitios y horas

diferentes a la jornada escolar.

28. Presentar las pruebas de evaluación sin contestar a ninguna de las

preguntas formuladas.

29. La indiferencia parcial o total en le proceso de clase.

30. Pérdida de áreas de manera continúa por falta de responsabilidad en el

cumplimiento de logros académicos.

ARTICULO 19-: Faltas Graves. Son aquellas faltas que cometo dentro y

fuera de la Institución Educativa causando perjuicio material, físico, ético y

moral , con las cuales pongo en peligro mi propia integridad y las de los

demás miembros de la comunidad educativa. Dan lugar a que se inicie el

debido proceso. Se consideran las siguientes:

1. La reincidencia en faltas leves por tercera vez.

2. Negarse a firmar el observador del estudiante siendo comprobada la

comisión de una falta.

3. No entregar una citación al padre de familia o firmar por ellos o sus

acudientes.

4. Desacato a las disposiciones de directivos, docentes y administrativos.

5. La reprobación de un grado durante dos años consecutivos.

6. Usar mascara o disfraz o cualquier otro accesorio que oculte su identidad

para cometer infracciones.

7. Participar en actos colectivos de desorden.

8. Faltar a la Institución Educativa habiendo salido de la casa con uniforme

o salir de la sede sin permiso.

9. Mantener permanente conflictos con personas de la institución o fuera de

ella.

10. Hacer proselitismo político, religioso e ideológico.

11. Estar implicado (a) en hurto.

12. Emplear vocabulario soez y actitudes ofensivas.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

30

13. Escribir o colocar dibujos, grafitis o expresiones vulgares en los muros,

paredes, sanitarios y muebles de la sede.

14. Promover acciones vandálicas, contra bienes de la sede y de la

Comunidad Educativa.

15. Evadir la asistencia a clase sin permiso de sus acudientes.

16. Realizar o patrocinar ventas en las aulas sin la autorización del Rector,

promoviendo desordenes.

17. Promover o participar en actividades de escándalo público dentro o fuera

de la institución.

18. Agredir física y verbalmente o amenazar a sus compañeros, miembros de

la comunidad educativa.

19. Irrespetar de palabra o hecho a cualquier miembro de la Comunidad

Educativa.

20. Participar juegos de azar y videojuegos durante la jornada escolar.

21. Provocar daños a la planta física, implementos de la institución y material

de trabajo.

22. Hacer fraude o suplantaciones en evaluaciones o trabajos académicos

previa comprobación del docente.

23. Irrespetar los emblemas institucionales en actos públicos de comunidad.

24. Demostrar bajo rendimiento académico durante varios períodos.

25. Realizar prácticas denigrantes, deshonrosas y abusivas que atenten contra

la dignidad personal.

26. No presentarse a las actividades de refuerzo, superación y recuperación

programadas por el docente del área, o la comisión de evaluación y

promoción.

27. Traer o portar material pornográfico dentro de la Sede.

28. Realizar manifestaciones amorosas excesivas, inmorales, además actos

sexuales dentro de la Sede.

29. Impedir y sabotear el normal desarrollo de una clase o actividad cultural

lanzando gritos y actitudes de vandalismo que ofenda a quienes la presiden

a la comunidad.

ARTICULO 20-: Faltas Gravísimas. Son aquellas que van en contra de la

moral, las buenas costumbres, las normas de convivencia social y las leyes

vigentes. Dan lugar a la aplicación de acciones formativas y sancionatorias,

siendo remitidas a las autoridades competentes.

1. Atentar contra el prestigio y buen nombre de la Institución Educativa.

2. Sobornar o extorsionar a cualquier miembro de la comunidad educativa.

3. Agredir física o verbalmente a compañeros y miembros de la comunidad

Educativa.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

31

4. Irrespetar en forma lesiva, calumniar, injuriar o cualquier forma de

chantaje a los directivos, profesores, funcionarios o estudiantes del

plantel.

5. Adulterar y falsificar documentos y hacer uso de identificación ajena.

6. Fumar y tomar bebidas alcohólicas dentro y fuera de la institución.

7. Asistir a la Sede en estado de embriaguez o bajo efecto de sustancias

psicoactivas.

8. Portar, traficar o consumir drogas psicotrópicas.

9. Hacer o patrocinar sobornos y mítines.

10. Suplantar la autoridad o tomar atribuciones que no le corresponden.

11. Participar en cultos satánicos, espiritismo, brujería y otros.

12. Amenazar a través de cualquier medio de comunicación a miembros de la

comunidad educativa.

13. Ejercer prostitución y provocar aborto, atentando contra la salud física y

moral.

14. Asumir conductas de acoso y violación sexual.

15. Organizar y participar en pandillas juveniles.

16. Portar armas y material explosivo que atenten contra la integridad física

de miembros de la comunidad educativa.

17. Promover o participar en motín que afecten el orden institucional.

18. Boleteo Virtual (agresión verbal y/o amenazas haciendo uso de Internet)

19. Todas las demás conductas tipificadas como delitos en las leyes

colombianas.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

32

CAPÍTULO VI

EL DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO

ARTICULO 21-: Jurisprudencia de la Corte Constitucional.

1. Fallo d la Corte Constitucional "Sí a la disciplina de los colegios", La

Corte Constitucional advirtió que los colegios no están obligados a

mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada,

desconocen las directrices disciplinarias.

"Esta sala es enfática en señalar que el deber de los estudiantes radica

desde el punto de vista disciplinario en respetar el reglamento y las buenas

costumbres".

Destacó a la vez que los estudiantes tienen obligación de mantener las

normas de presentación en los colegios, así como los horarios de entrada y

salida de clases, recreos, salida y asistencia y el debido comportamiento y

respeto por sus profesores y compañeros.

2. Por sentencia de Tutela No 264 del 4 de Abril de 2006, la Corte

Constitucional ha advertido que la potestad sancionatoria de los Centros

Educativos no requiere estar sujeta al mismo rigor de los procesos

judiciales, pero debe ordenarse a lo dispuesto por los reglamentos internos

(MANUAL DE CONVIVENCIA), los cuales a su vez han de reflejar los

principios constitucionales legales relativos al debido proceso.

Lo anterior permite agilizar el trámite sancionatorio para los estudiantes

que violan el MANUAL DE CONVIVENCIA. El recurso humano de las

instituciones educativas no cuenta con abogados o jueces para solucionar

los casos; por los tanto se exige un debido proceso pero adecuado al nivel

del plantel educativo y resumido en su tramite, ya que con la población tan

numerosa y con problemáticas infantiles a diario, no se cuenta con el

tiempo necesario para dar un tratamiento personalizado y lleno de

formalismos. Todo debe reducirse a queja, citación, descargos y decisión.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

33

Al niño se le debe corregir sin dejar pasar mucho tiempo después de

cometida la falta de lo contrario no comprenderá por que se le esta

castigando o corrigiendo.

El padre de Familia debe ser consciente de corregir a su hijo a tiempo,

entender que son necesarios los correctivos pedagógicos o terminará en un

futuro en situaciones que no corresponden al desarrollo normal en

sociedad. Los padres no pueden congraciarse o alegrarse ante la

agresividad del hijo, así se está fomentando la violencia social, familiar y

estas generan nuevas violencias al punto de ser agredidos por sus propios

hijos cuando estos estén crecidos.

ARTICULO 22-: Debido Proceso. Es el conjunto de pautas medios y

estrategias basados en los principios de la formación integral de la persona

que tiene como fin llevar al educando a la reflexión, en procura del cambio de

actitud y trascendencia personal para resolver con prontitud y justicia los

conflictos tanto individuales como colectivos que se presenten entre los

miembros de la comunidad educativa tomado como referencia Art. 29 de la

Constitución Nacional.

Las faltas que contravienen el MANUAL DE CONVIVENCIA y las buenas

costumbres, crean la necesidad de realizar un proceso y en algunos casos de

hacer un seguimiento al estudiante para adquirir un cambio de

comportamiento. Según el artículo 26 de la Ley 1098 de 2006 o nuevo código

de la Infancia y adolescencia, el estudiante tiene derecho a que se les

apliquen las garantías del proceso en todas las actuaciones en que se

encuentren involucrados, tendrán derecho a ser escuchados en sus opiniones.

El Debido Proceso para faltas graves y gravísimas tendrá como mínimo las

siguientes etapas:

Comunicación de la apertura del proceso

Formulación de cargos

Traslado de pruebas al imputado

Término de días para descargos (tres días)

Pronunciamiento mediante resolución expedida por el Rector, según la

decisión del Comité de Convivencia y/o Consejo Directivo.

Sanción proporcional a la falta

Las sanciones deben estar consignadas en el MANUAL DE CONVIVENCIA

Presentación de los recursos de reposición ante la comisión de convivencia

y conciliación, para que aclare modifique o revoque y apelación ante el

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

34

inmediato superior administrativo para cumplir con el mismo propósito del

anterior.

En caso de exclusión la autorización del Consejo Directivo

Pronunciamiento definitivo mediante acto motivado

Acción de tutela

ARTÍCULO 23-: Del Derecho de Defensa. Todo estudiante tiene derecho a

que se presuma su inocencia y a que en caso de sindicaciones en su contra, no

se deduzca sus responsabilidades sin haberlo oído y vencido en el curso de un

proceso dentro del cual haya podido, cuando menos exponer sus propias

razones dar sus versiones de los hechos, esgrimir las pruebas que los

favorecen y controvertir aquellas que lo condenen.

Con miras a desarrollar la granita y el debido proceso debe partirse del

principio general de la gravedad de la falta y de la sanción a ella

correspondiente, para lo cual se tendrá en cuenta las actuaciones

contempladas en el artículo 44 del código de infancia y adolescencia.

ARTICULO 24-: Correctivos Pedagógicos. Como correspondencia a su

misión formadora de ciudadanos y personal al servicio de la sociedad la

ciencia y la cultura, en la Institución Educativa Laureano Gómez prevalecerá

el criterio pedagógico y formativo, mediante la búsqueda de correctivos

pedagógicos orientados hacia la prevención tratamiento y corrección de

conductas que afectan la convivencia, los ideales y el buen nombre de la

Institución Educativa. Para ello se debe hacer un trabajo mancomunado entre

directivos, docentes, directores de grado, orientadora escolar, padres de

familia y/o acudientes y los estudiantes.

Los mecanismos fundamentales que posibilitan el mejoramiento y corrección

de comportamientos anómalos o conflictivos son el dialogo, la mediación la

concertación y la conciliación.

La valoración y/o calificación de comportamiento social y escolar se regirá

por la siguiente escala: Desempeño Superior, Desempeño Alto, Desempeño

Básico y desempeño Bajo.

ARTICULO 25-: Conducto Regular. Cuando existe algún tipo de conflicto

es necesario tener en cuenta el conducto regular que se debe seguir para

resolver la situación. La comunidad educativa utilizara todas las estrategias y

procesos pedagógicos para ayudar al estudiante a superar las situaciones

conflictivas a través de acciones formativas y correctivas.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

35

El tratamiento y estudio de los casos de situaciones de comportamiento se

tramitaran a través de instancias como el dialogo, la concertación, la

mediación y la conciliación con el fin de dar cumplimiento al debido proceso

al que tiene derecho el estudiante. El conducto regular es el siguiente:

1. De carácter disciplinario:

Docente

Director de grupo

Orientadora escolar (Psicológico)

Coordinador (a)

Comité de convivencia y conciliación

Rector

Consejo Directivo

Comisaría de familia

2. De carácter Académico:

Docente del área y/o asignatura

Director de grupo

Jefe de área

Coordinador (a)

Comisión de evaluación y promoción

Consejo Académico

Rector

Consejo Directivo

ARTICULO 26-: Comité de Convivencia y Conciliación. Está integrado por:

El Coordinador o su delegado, quien lo convocará y lo presidirá

El docente elegido por el Consejo Académico

El docente conocedor y notificador de la falta

Un representante de los padres de familia de Básica Primaria, uno de

Básica Secundaria elegido por el Consejo de Padres.

Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo Estudiantil

El personero de los estudiantes

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

36

Las decisiones del Comité de Convivencia y Conciliación se tomarán por

mayoría simple. El rector formulará los respectivos cargos y el estudiante o su

representante legal podrán presentar los descargos pertinentes por escrito en

un término no mayor de tres días hábiles.

ARTICULO 27. Debido proceso para faltas leves.

1. Al incurrir en primera falta leve: Llamado de atención verbal e invitación

al cambio de actitud por parte del docente conocedor de la falta. Debe el

docente llevar nota escrita en su registro personal sobre el comportamiento

que amerito la falta.

2. Al incurrir segunda falta leve: diálogo con el estudiante y sensibilización

sobre el comportamiento y las consecuencias de su reincidencia. Debe el

docente llevar nota escrita en su registro personal sobre el comportamiento

que amerito la falta.

3. Al incurrir tercera falta leve: Se convierte en una falta grave y se registra

en el observador del estudiante, con firma de acta de compromiso por parte

del estudiante. Responsable: Docente conocedor de la falta y director de

grupo.

4. Al incurrir cuarta falta leve: Se notificará al padre de familia y/o

acudiente y se le suspenderá el servicio académico al estudiante por un día

para realizar un servicio social en la Institución Educativa, quedando

constancia con sus respectivas firmas en el observador del estudiante en

coordinación.

5. Al incurrir quinta falta leve: Suspensión del servicio por dos días por

parte de la coordinación, con notificación personal al padre de familia o

acudiente.

6. Al incurrir sexta falta leve: Suspensión del servicio académico por tres

días por parte de la rectoría de la Institución Educativa y firma de

matricula en observación (matricula de ultima oportunidad).

Ante el incumplimiento de los compromisos estipulados en la matricula en

seguimiento y/o matricula en observación se convocará al Comité de

Convivencia y conciliación que analizará el caso y tomará las

determinaciones pertinentes para ser remitidas al Consejo Directivo con el fin

de decidir la continuidad del estudiante en la Institución Educativa y ser

remitido al organismo que fije la Ley.

La valoración del comportamiento social y escolar para este caso será:

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

37

Sin falta: Desempeño Superior

Una falta leve: Desempeño Alto

Dos y tres faltas leves: Desempeño Básico

Cuatro o más faltas leves: Desempeño Bajo

ARTICULO 28: Debido proceso para faltas graves

1. Al incurrir la primera falta grave: Se citará al padre de familia y/o

acudiente legal por parte de la coordinación. Una vez escuchado (a) el

estudiante, analizada la situación presentada y comprobada la falta, se le

suspenderá por dos días de actividades académicas, se le hará firmar el

acta de compromiso y el observador del estudiante. La coordinación

remitirá al estudiante a la orientadora escolar, para cumplir con un

trabajo formativo.

2. Amonestación escrita Al incurrir en segunda falta grave: El estudiante

será suspendido por tres días de las actividades académicas y se firmará

matricula en observación (matricula de ultima oportunidad) en la

coordinación en presencia del padre de familia y/o acudiente y deberá

cumplir con una labor social institucional.

3. Análisis en el comité de convivencia al incurrir en tercera falta grave: Ante el incumplimiento de los compromisos estipulados en la matricula en

observación, la coordinación convocará al Comité de Convivencia y

Conciliación que analizará el caso a través de los informes presentados

por la coordinación y previamente a la formulación de los cargos y la

presentación de los descargos por parte del estudiante se tomará las

siguientes determinaciones:

Matricula en observación para el año lectivo siguiente.

La no renovación del contrato de matricula para el año lectivo siguiente.

Solicitud al Consejo Directivo para el retiro inmediato del estudiante de

la Institución Educativa. Se remiten las pruebas y los informes por parte

de la coordinación al Consejo Directivo.

La valoración del comportamiento social y escolar para faltas graves será:

Con suspensión de dos días: Desempeño Básico

Con suspensión de tres días: Desempeño Bajo

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

38

PARAGRAFO 1-: La sanción será notificada por escrito al estudiante, padre

de familia y/o acudientes.

PARAGRAFO 2-: La suspensión de la primera y segunda falta grave se

concertará con el estudiante y padre de familia y/o acudientes, de tal forma

que estas deban realizarse durante el período de clase y ésta se cumplirá

dentro de la Institución Educativa y deberá redundar en beneficio de la

Comunidad Educativa, sin ingresar a clase.

ARTICULO 29:. Debido proceso para faltas gravísimas. Cuando un

estudiante incurre en este tipo de faltas: Una vez conocida y comprobada la

falta, el rector, el coordinador y el director (a) de grupo ordenarán la

suspensión de las actividades académicas al estudiante, se citará

inmediatamente al padre de familia y/o acudiente, al personero estudiantil y se

convocará al Comité de Convivencia y Conciliación; el cual estudiará y

definirá la situación del estudiante dentro de los tres días hábiles siguientes,

teniendo en cuenta el siguiente procedimiento:

Formulación de cargos.

Presentación de descargos por parte del estudiante y/o su padre o

acudiente.

Toma de decisión. Si se comprueba la falta, se deberá optar por una de las

siguientes sanciones según el caso:

a. Tres días de suspensión, matricula en observación (matricula de ultima

oportunidad), valoración de comportamiento social y escolar en

Desempeño Bajo y prohibición de representar a la Institución Educativa

en cualquier evento y recibir estímulos durante el tiempo que se

mantenga la matricula en observación.

b. Matricula en observación y pérdida inapelable del cupo para el período

o períodos lectivos siguientes, prohibición de representar a la Institución

Educativa y recibir estímulos.

c. Exclusión inmediata y definitiva del plantel autorizada por el Consejo

Directivo, sin posibilidad de ingresar en los años siguientes a la

Institución Educativa.

PARAGRAFO 1-: Se dejará constancia de lo actuado en actas firmadas por

los integrantes del Comité de Convivencia y Conciliación, el padre de familia

y/o acudiente, el estudiante; se entregará copias a las partes. La sanción será

notificada por escrito al estudiante, padre de familia y/o acudiente.

PARAGRAFO 2: Las faltas graves o de alto riesgo no requieren de todos los

pasos de un proceso disciplinario.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

39

ARTICULO 30-: Matricula en observación. La matrícula en observación es

aquella que le permite al estudiante tener la oportunidad de cambiar su

actitud negativa y enfocarse por los mejores senderos, ofreciendo su concurso

humano para permitirse a sí mismo un sano convivir y un comportamiento

digno de la persona o en caso contrario el cambio de ambiente ecolar.

Se harán acreedores a matricula en observación los estudiantes que hayan

incurrido en algunos de los siguientes casos:

Quien haya sido suspendido por incidencia de faltas leves por más de tres

días.

Por falta grave que ocasione suspensión por tres días

Por falta gravísima matricula en observación para el año siguiente.

Al finalizar el año lectivo se reunirán el Rector, el Coordinador(a), el Director

de Grupo, el personero estudiantil, el representante de los estudiantes al

Consejo Directivo y el representante de la comisión de convivencia y

conciliación para determinar la continuidad o suspensión de la matrícula en

observación.

PARAGRAFO 1-: Para todo efecto durante el desarrollo del debido proceso

disciplinario procederán los recursos de Apelación y Reposición ante las

instancias que le han formulado los cargos o la autoridad correspondiente

según lo establecido por la ley.

PARAGRAFO 2-: De acuerdo a la gravedad de la falta el Rector de la

Institución Educativa se reserva el derecho de tomar unilateralmente la

decisión y aplicación de la sanción, exceptuando la cancelación y/o exclusión

del estudiante de la Institución Educativa.

ARTICULO 31-: Debido proceso para los estudiantes que incurren en

retrasos a su llegada a la institución

El estudiante que incurra en retrasos a su llegada a la institución le seguirá el

siguiente proceso:

1. Tres o más retrasos continuos o discontinuos: registro en el observador

del estudiante

2. Con cuatro o mas retrasos continuos o discontinuos: registro en el

observador del estudiante, citación al padre de familia y suspensión de las

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

40

actividades de clase por un día, el cual lo dedicará a un servicio social de

la institución

3. Con seis o mas retrasos continuos o discontinuos: suspensión de las

actividades por un día y firma de matricula en observación por parte del

estudiante, en presencia del padre de familia y cumplirá un servicio social

en la institución

4. Con diez o mas retrasos continuos o discontinuos: citación a la comisión de

convivencia y conciliación para analizar la situación y tomar decisiones

más drásticas.

CAPITULO VII

GOBIERNO ESCOLAR

ARTICULO 32: Gobierno Escolar: A través de la función del Gobierno

Escolar en la Institución Educativa Laureano Gómez se pretende dar

participación amplia y democrática a la comunidad educativa, según lo

establecido en la Ley 115 Art. 142 y el Decreto 1860 Arts. Del 19 al 26 y

demás normas reglamentarias.

De acuerdo con el Decreto 1860/94, artículo 20, el gobierno escolar estará

constituido por los siguientes órganos:

ARTICULO 33-: El Rector. Es el ente nominador y representante legal de la

institución nombrado por resolución emanada de la Secretaría de Educación.

El Rector es quien ejecuta las decisiones de última instancia en lo referente a

las actividades curriculares y administrativas. Sus principales funciones se

encuentran en el manual de funciones del Proyecto Institucional.

ARTICULO 34-: El Consejo Directivo. Es una instancia directiva de

participación de la comunidad educativa y de orientación académica y

administrativa del establecimiento.

El Consejo Directivo es convocado y presidido por el Rector de la Institución

Educativa y está integrado por:

El Rector de la Institución Educativa, quien lo convoca y preside.

Dos Docentes elegidos por el consejo de docentes.

Dos representantes de los padres de familia elegidos: uno por la junta

directiva de la asociación de padres de familia y otro por el consejo de

padres de familia.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

41

Un representante de los estudiantes del grado once elegido por el consejo

de estudiantes.

Un representante de las y los exalumnos de la institución elegido por el

consejo directivo de una terna presentada por los mismos.

Un representante del sector productivo.

ARTICULO 35-: Funciones del Consejo Directivo.

Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución,

excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las

reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos

privados.

Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre

docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y

después de haber agotado los procedimientos previstos en el MANUAL DE

CONVIVENCIA.

Adoptar el MANUAL DE CONVIVENCIA como reglamento de la

Institución.

Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la

administración de nuevos estudiantes.

Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad

Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente

presentado por el Rector.

Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo

Institucional, del currículo y plan de estudios, y someterlos a la

consideración de la Secretaría de Educación o del organismo que haga sus

veces, para que verifique el cumplimiento de los requerimientos

establecidos en la Ley y en los reglamentos.

Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa.

Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y

social del estudiante que han de incorporarse al MANUAL DE

CONVIVENCIA. En ningún caso puede ser contrarios a la dignidad del

estudiante.

Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal

administrativo de la institución.

Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades

comunitarias, culturales, recreativas y deportivas.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

42

Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la

realización de actividades educativas, deportivas y sociales de la respectiva

entidad educativa.

Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras

instituciones educativas y conformación de organismos juveniles.

Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y

estudiantes.

Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto.

Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los

provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y

responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos

académico, uso de textos y similares.

Darse su propio reglamento.

ARTICULO 36-: Consejo Académico. Es la instancia superior para

participar en la orientación pedagógica del Establecimiento. Está integrado

por:

El Rector quien lo convoca y preside.

Los Coordinadores generales

Un docente por cada área definida en el plan de estudios.

Sus funciones se encuentran en el manual de funciones del proyecto

institucional.

ARTICULO 37-: Personero (a) de los Estudiantes. Será un estudiante que

curse el grado once elegido por voto popular y secreto. Que actúe como

defensor de los estudiantes y promueva el ejercicio de los derechos y deberes.

El personero trabajara en coordinación con estudiantes representantes de

cada una de las sedes.

Sus funciones son:

Promover el ejercicio de los derechos y cumplimiento de los deberes

estudiantiles, consagrados en la Constitución Política, en las leyes y

decretos reglamentarios y en el presente Reglamento o MANUAL DE

CONVIVENCIA.

A ser formador en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad

humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las

diferencias entre personas especialmente hacia quienes presentan

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

43

discapacidades (NEE), especial vulnerabilidad o capacidades

sobresalientes.

Gestionar ante el Rector y los diferentes Consejos de la Institución la toma

de decisiones para:

a. Resolver conflictos que se presentan entre estudiantes, docentes y

directivos para el bien de la Institución y cada uno de los estamentos.

b. Proteger los derechos de los y las estudiantes.

c. Diseñar mecanismos que faciliten el cumplimiento de responsabilidades,

compromisos y deberes estudiantiles.

Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre

lesiones a sus derechos y a las que formule cualquier persona de la

Comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

Ayuda a proteger contra toda forma de maltrato, agresión física o

sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás

compañeros y de los profesores entre otros.

Cuando lo considere necesario, apelar ante la Rectoría o Consejo Directivo

para presentar las peticiones llevadas por su intermedio.

Promover espacios que permitan la divulgación de las funciones de los

líderes estudiantiles, de los deberes y de los derechos de los (las)

estudiantes.

Prevenir y proteger niños (as) adolescentes contra toda forma de maltrato.

Conocer y socializar los mecanismos de carácter disuasivo, correctivo y

reeducativo.

Tener derecho de acompañamiento de padres y tutores en el proceso

educativo.

ARTICULO 38-: Elección: Para elegir el personero (a), los estudiantes del

grado once presentarán los respectivos candidatos que en el transcurso de 20

días de iniciada las clases realizarán sus campañas publicitarias y en

momentos especiales a la asamblea estudiantil sus propuestas. La institución

educativa dedicará una jornada para elecciones por mayoría simple y

mediante voto secreto. (ver normatividad institucional, Gobierno Escolar)

ARTICULO 39: Perfil de Candidatos a cargos del Gobierno Escolar. El

personero (a), el representante de los estudiantes al consejo directivo y los

estudiantes que integren el consejo estudiantil, deben cumplir con un perfil

que reúna los siguientes requisitos:

Buen comportamiento social y escolar para poder exigir.

Que se sienta parte de la institución y la defienda

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

44

Que mantenga relaciones cordiales con todos los estamentos de la

institución para poder mediar y resolver conflictos que se puedan presentar

entre los estudiantes, docentes y directivos.

Que sea exigente en el cumplimiento de derechos y deberes.

Que tenga un perfil basado en la honestidad, la responsabilidad y los

valores

Que presenten un proyecto por escrito ante el comité electoral y lo difunda

a la comunidad educativa.

Que acuda a las buenas practicas de convencimiento para ser elegido.

PARAGRAFO UNICO: Los estudiantes que hagan parte del Gobierno

Escolar, anteriormente mencionados serán capacitados oportunamente por los

docentes del área de sociales bajo la responsabilidad del coordinador en cada

sede.

ARTICULO 40: Consejo Estudiantil. Es el órgano máximo de participación

de las estudiantes. Está integrado por un vocero de cada grado y jornada, el

cual ha sido elegido por voto popular y secreto. (Remitirse al proyecto)

ARTICULO 41: Funciones del Consejo de Estudiantes

Darse su propia organización interna, sus reuniones serán precedidas por

el presidente y/o el(a) personero (a) como fiscal.

Elegir el o la representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y

apoyarlo (la) en el cumplimiento de sus funciones.

Invitar a las deliberaciones del Consejo Directivo a aquellos estudiantes

que presenten iniciativas sobre el desarrollo académico y comportamental

en general.

Presentar a través de su mesa directiva y en forma escrita en la tercera

semana siguiente a su conformación los planes y programas de actividades

a Rectoría, al Consejo Directivo para su estudio, aprobación y ubicación

en el Plan operativo Institucional, si lo considera pertinente.

ARTICULO 42-: Asociación de Padres de Familia (Asopadres). La junta

directiva es elegida por la asociación de padres de familia y la conforman:

Presidente (a)

Vicepresidente (a)

Tesorero (a)

Secretario (a)

Dos vocales

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

45

Fiscal (tiene voz, pero no tiene voto)

ARTICULO 43-: Funciones de la Asociación de Padres de Familia

(Asopadres). La Asociación además de las funciones que su estatuto determina

podrá desempeñar funciones como las siguientes:

Promover programas de desarrollo de los padres de familia para cumplir

adecuadamente las tareas educativas que les corresponde.

Promover el proceso de Constitución del Consejo de padres de familia

como apoyo a la función pedagógica que le corresponde.

Mediante la Junta Directiva de Asociación elegir un padre de familia

representante al Consejo Directivo.

ARTICULO 44-: Consejo de Padres de Familia. Es un órgano que asegura la

permanente participación de ellos en el proceso pedagógico de la institución.

Esta conformado por dos delegados de cada curso elegidos por los padres de

familia. Elegirá un padre de familia representante al Consejo Directivo.

Los anteriores Consejos y organizaciones se elegirán cada año, expresando la

participación democrática en un tiempo previsto durante las dos últimas

semanas de febrero y primera semana de marzo.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

46

CAPITULO VIII

DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

Los padres de familia son el núcleo fundamental y primeros formadores,

educadores en la fe, promotores del desarrollo de sus hijos a quienes deben

acompañar, animar, corregir y dirigir para que crezcan en un ambiente de

felicidad, amor y comprensión que les permita desempeñarse en la sociedad

con actitudes responsables y autónomos.

ARTÍCULO 45-:. Derechos. Los padres de familia y/o acudientes que hayan

firmado la matrícula son los representantes legales de los estudiantes y tienen

los siguientes derechos:

1. Ser atendidos con cortesía y respeto por los directivos, docentes y personal

administrativo en sus peticiones, sugerencias y aclamaciones relacionadas

con el rendimiento académico y disciplinario de sus hijos o acudidos y

sobre la marcha de la Institución Educativa.

2. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI de acuerdo con

los mecanismos señalados.

3. A recibir información oportuna del rendimiento académico,

comportamiento social y sobre la inasistencia al plantel de sus hijos o

acudidos y participar en las acciones formativas.

4. A elegir y ser elegidos en los estamentos de participación establecidos en la

ley, decretos y resoluciones nacionales e institucionales.

5. Recibir en los períodos fijados por la Institución Educativa informes

escritos sobre los avances y dificultades de sus hijos en la parte académica.

6. Ser consultado sobre la participación de sus hijos en actividades

extraescolares y eventos como salidas, trabajos y otros que impliquen

tiempo y costos adicionales.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

47

7. Ser informados oportunamente sobre las acciones formativas que

involucren a sus hijos.

8. Justificar su inasistencia a una convocatoria y a recibir la información en

los cinco días siguientes.

9. A participar en los procesos de comisión, de evaluación y promoción.

10. A expresar de manera respetuosa inquietudes y reclamos justos, siguiendo

el conducto regular.

11. Participar en los programas de formación y escuela de padres que brinda

la institución para facilitar la tarea educativa que le corresponde.

12. Participar en los eventos religiosos, culturales, educativos, científicos y

deportivos que organice la Institución Educativa

13. Recibir orientación psicológica cuando la situación así lo amerite.

14. Ser notificado y escuchado durante el ejercicio del debido proceso

disciplinario y académico que se adelante a su hijo o acudido.

15. Solicitar el cumplimiento de los deberes de los profesores y directivas de la

Institución Educativa.

ARTÍCULO 46. Deberes. Conjunto de exigencias de convivencia individual y

grupal que motivan la realización de un acto con conciencia para garantizar a

los integrantes de la comunidad educativa el cumplimiento de los objetivos

institucionales y la sana convivencia, se consideran como deberes los

siguientes:

1. Propiciar en el hogar un ambiente que permita al estudiante su formación

personal y el cumplimiento de sus obligaciones académicas.

2. Conocer y velar por el cumplimiento de las normas establecidas en el

MANUAL DE CONVIVENCIA de la Institución Educativa.

3. Cancelar oportunamente los derechos de matrícula y otros cobros

estipulados por la institución. Si por algún motivo no se puede cumplir con

este requisito se deberá informar y explicar oportunamente a la rectoría de

la institución para acordar la forma como será el pago. (Estrato 3)

4. Presentarse con el niño, la niña o el adolescente en el momento del registro

y firma de la matrícula a fin de asumir los compromisos y

responsabilidades derivadas de dicho acto

5. Mantenerse informado sobre las tareas, actividades, desempeño y

comportamiento de su hijo/a o acudido/a.

6. Presentar de manera oportuna y respetuosa sugerencias, reclamos y quejas

sobre el desempeño y comportamiento de sus hijos, sobre los docentes y

sobre la marcha del plantel.

7. Acercarse al establecimiento en horas laborales

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

48

8. Apoyar el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos respetando los

principios consagrados en la C.I.A. Decreto 1098 de 2006.

9. A cumplir con los requisitos legales exigidos por el Ministerio de

Educación Nacional, la Secretaría de Educación Departamental y la

Institución Educativa.

10. A hacer que el niño, la niña, el adolescente o acudido cumpla con el

horario establecido por la Institución Educativa.

11. Asistir a la entrega de los informes valorativos del niño, la niña y el

adolescente y demás reuniones programadas.

12. Justificar personalmente la inasistencia del niño, la niña o el

adolescente, para lo cual tendrá un plazo máximo de tres días hábiles

contados a partir del momento en el que el estudiante deje de presentarse a

la institución.

13. Colaborar con la presentación personal de sus hijos, aseo, porte del

uniforme, control de parásitos, pediculosis, para evitar el contagio masivo.

14. Revisar los cuadernos de los niños, las niñas y los adolescentes para

firmar las notas que allí se consignen.

15. Tratar bien al niño, la niña y/o el adolescente y darles buen ejemplo.

16. Velar por el buen comportamiento del niño, la niña y el adolescente dentro

y fuera de la institución.

17. Responder por los daños y lesiones causadas por el niño, la niña o el

adolescente dentro y fuera de la institución cuando los hechos sean

comprobados.

18. Cancelar oportunamente los servicios de bienestar estudiantil y otras

actividades planeadas por la Junta de Padres de familia de la Institución

Educativa.

19. Proteger al niño, la niña y el adolescente de toda forma de abandono

físico, moral, maltrato, abuso sexual, explotación, uso de sustancias

psicoactivas, participación de pandillas y apoyar las campañas que la

institución provea.

20. Conocer las amistades de sus hijos y procurar un buen

aprovechamiento del tiempo libre.

21. Orientar, estimular y apoyar permanentemente la responsabilidad,

puntualidad y cumplimiento del deber del niño, la niña y el adolescente en

busca de la excelencia.

22. Adquirir un seguro estudiantil para el niño, la niña y el adolescente en

caso de que no esté afiliado a la seguridad social.

23. Leer y comentar con el niño, la niña y el adolescente el MANUAL DE

CONVIVENCIA de la Institución Educativa.

24. Dar a conocer en forma oportuna a quien corresponda los problemas

de salud que requieran especial cuidado del niño, la niña y el adolescente

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

49

mediante certificación médica así como los medicamentos preescritos y los

que no puede consumir

25. Seguir el conducto regular al presentar algún reclamo o sugerencia de

manera cortés y oportuna dependiendo de la situación a tratar: Docente,

Director de Grupo, coordinador(a) General, Consejo Académico, Consejo

Directivo, Asociación de Padres de Familia, Rector.

26. Acogerse a la jornada y los horarios establecidos por la Institución

Educativa.

27. Estar a paz y salvo con la Institución Educativa a finalizar el año

escolar por todo concepto.

28. Asegurar la permanencia del niño, la niña y el adolescente durante su

edad escolar obligatoria.

29. Presentarse personalmente a la Institución Educativa para retirar el

niño, la niña o el adolescente durante la jornada académica en caso de

permisos especiales.

30. Proporcionar al niño, la niña y el adolescente los elementos necesarios,

el tiempo y el ambiente adecuado para que realice sus deberes escolares.

ARTÍCULO 47-. Estímulos. Es el Reconocimiento de los valores y cualidades

de las personas que motivan el apoyo en el que hacer pedagógico. Se

establecen los siguientes:

Ser escuchado y comprendido en las dificultades y circunstancias

cotidianas.

Recibir solidaridad, apoyo y servicio oportuno.

Corrección fraterna.

Reconocimiento verbal y/o escrito en público o en privado exaltando la

situación.

La participación el gobierno escolar y ejercicio de liderazgo.

Participar y representar a la Institución Educativa en reuniones, talleres,

capacitaciones, etc.

ARTICULO 48-. Compromisos. Se entiende como toda acción que se debe

impedir por cuanto atenta contra la integridad moral, física y mental de la

persona. Al padre de familia y/o acudiente se le prohíbe:

Presentarse a la Institución Educativa en estado de embriaguez o bajo

efectos de cualquier sustancia psicoactiva.

Amenazar o coaccionar a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Hacer reclamos en forma descortés, desconsiderada e irrespetuosa.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

50

Utilizar el nombre de la Institución Educativa para actividades de tipo

social o económico en beneficio propio o de terceros.

Callar situaciones, actos o acciones que atenten contra la integridad física,

o moral de cualquier miembro de la comunidad educativa.

Sobornar a cualquier miembro de la comunidad educativa para beneficio

propio o de terceros.

Retirar al niño, la niña y el adolescente sin previo aviso a la coordinación

de disciplina o el rector.

Tratar u ofender de palabra o hecho a los educandos y personal de la

comunidad educativa.

Utilizar medios fraudulentos para el cumplimiento de sus obligaciones.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

51

CAPITULO IX

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 49-: El SIEE. (Remitirse al documento) El sistema institucional

de evaluación del estudiante fue aprobado por el Consejo Directivo según

acuerdo No 013 del 10 de Noviembre de 2009, contempla todos los artículos

relacionados con la evaluación del estudiante en la institución Educativa

Laureano Gómez, el cual se publicó en una cartilla especial, que debe

adquirir cada grupo familiar en sus respectivas sedes.

ARTICULO 50: Escala de Valoración institucional de valoración y su

respectiva equivalencia con la escala nacional.

1.0 a 2.9 Desempeño bajo

3.0 a 3.9 Desempeño básico

4.0 a 4.5 Desempeño alto

4.6 a 5.0 Desempeño superior

Cada área contemplaran como mínimo el siguiente número de logros y/o

indicadores de desempeño con su escala valorativa de acuerdo a la intensidad

horaria así:

Mínimo Máximo

Áreas con intensidad horaria semanal de 1 hora planearán 2 8

Áreas con intensidad horaria semanal de 2 hora planearan 2 8

Áreas con intensidad horaria semanal de 3 hora planearan 3 8

Áreas con intensidad horaria semanal de 4 hora planearan 4 8

Áreas con intensidad horaria semanal de 5 hora planearan 4 8

Áreas con intensidad horaria semanal de 6 hora planearan 4 8

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

52

El anterior número de logros y/o indicadores incluye los conceptos integrales

de comportamiento de acuerdo a la autoevaluación.

PARAGRAFO UNICO: Los estudiantes que dejen de asistir justificada o

injustificadamente a las clases con un porcentaje mayor al 20% reprobaran el

área.

ARTÍCULO 51-: Autoevaluación de los Estudiantes. La autoevaluación es

muy recomendable como medio valiosísima para impulsar la formación

integral, por cuanto mediante ella se logra aumentar en los estudiantes su

autoestima, despertar su sentido de responsabilidad y afianzar su

personalidad.

Algunas pautas metodológicas para asegurar el éxito en la aplicación de esta

estrategia, son las siguientes:

a) Se aplicaran técnicas de autocorrección de pruebas y trabajos.

b) Será de obligatorio cumplimiento por parte de los docentes, la aplicación

de la autoevaluación del estudiante antes de conocer la evaluación

definitiva de cada periodo.

c) En la auto evaluación del estudiante se tendrá en cuenta su asistencia y

puntualidad, participación activa, trabajos extractase, orden y aseo, trabajo

en el aula, trabajo en equipo, disciplina, grado de convivencia y tolerancia,

aceptación de las diferencias, respeto por los demás y autoestima.

ARTICULO 52: Comisiones de Evaluación y Promoción de Estudiantes por

cada sede. Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el

Consejo Académico creará las siguientes comisiones de Evaluación y

Promoción de estudiantes, por cada sede:

Una comisión para los grados 1 a 3 por cada sede y jornada

Una comisión para los grados 4 y 5 por cada sede y jornada

Una comisión para los grados 6 a 9 por cada sede y jornada

Una comisión para los grados 10 y 11 por cada sede y jornada

Cada comisión de Evaluación y Promoción estará integrada por: El

Coordinador de la sede, un docente por grado, un padre de familia por

comisión, un estudiante por comisión y en casos eventuales el personero de los

estudiantes.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

53

Funciones de las comisiones de Evaluación y Promoción

Convocar reuniones generales de docentes, o por áreas, para analizar y

proponer políticas, métodos y tendencias actuales en lo procesos de

evaluación en el aula.

Orientar a los profesores para revisar las prácticas pedagógicas y

evaluativos, que permiten superar los indicadores y logros a los

estudiantes que tengan dificultades en su obtención.

Analizar situaciones relevantes de desempeño bajo, en áreas o grados

donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes,

estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.

Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada para

estudiantes con desempeño alto que demuestren capacidades

excepcionales. o para la promoción ordinaria de estudiantes con

discapacidades notorias.

Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan

presentar los estudiantes, padres de familia o profesores, que

consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación,

y recomendar la designación de un segundo evaluador en casos

excepcionales.

Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo

establecido en el sistema institucional de evaluación.

Estudiar y recomendar al Consejo Académico la asignación de grado

y/o periodo de educandos que por fuerza mayor debidamente

comprobada, no dispongan de registros anteriores de evaluación.

Analizar y pronunciarse en los casos de promoción de educandos en

asignaturas cuya asistencia se encuentre por debajo del 80% anual de

las horas efectivas de clase.

Darse su propio reglamento y definir entre sus miembros quien lo

convoca extraordinariamente, quien lo preside y quien hace las veces

de secretario(a).

Otras que determina la Institución Educativa a través del P.E.I.

ARTICULO 53: Promoción de los Estudiantes. Se tendrán en cuenta los

siguientes criterios para la promoción de un grado, a cualquiera de los

siguientes estudiantes:

a) El estudiante que obtenga evaluación final resultante del promedio de los

cuatro (4) periodos como mínimo 3.0 en todas las áreas del conocimiento y

formación.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

54

b) El estudiante que obtenga evaluación final en una (1) área desempeño bajo

se promociona y se matricula en el grado siguiente, pero tendrá que

cumplir satisfactoriamente con un programa de habilitación para continuar

en la institución.

c) El estudiante que obtenga evaluación final en dos (2) áreas desempeño bajo

esta obligado a cumplir un programa de habilitación en las dos áreas y al

menos obtener en una de ellas valoración igual o superior a 3.0 para poder

promocionarse al grado siguiente, de lo contrario repetirá el grado escolar

durante todo el año.

c) Los estudiantes del grado undécimo que logren un puntaje igual o superior

a 60 puntos en un área del examen del ICFES obtendrá evaluación final 5.0

en dicha área. Si Alcanza 60 puntos en TODAS las áreas del núcleo común

será promovido anticipadamente, exonerado de clase durante el cuarto

periodo y será graduado con honores especiales.

PARAGRAFO UNICO: Teniendo en cuenta la naturaleza e independencia de

logros y competencias de las asignaturas química, física, castellano e inglés,

se evaluaran por separado, entendiéndose cada una como área.

ARTÍCULO 54-: Entrega de informes a los padres de familia. Durante el año

lectivo se entregaran a los padres de familia cuatro (4) informes con los

juicios valorativos descriptivos derivados de la evaluación, con referencia a

cuatro (4) periodos de igual duración correspondiente a cada bimestre del

año escolar (10 semanas lectivas).

Estos informes serán descriptivos, explicativos, objetivos, y en un lenguaje

claro y accesible a la comunidad, con dos escalas valorativas, una numérica y

otra con la escala Nacional.

Al finalizar el año lectivo, se entregará el informe final, el cual incluye la

evaluación integral del estudiante en su desempeño académico, personal y

social.

Las evaluaciones de las clases, unidades, trabajos, tareas etc., se darán a

conocer a los estudiantes en la semana siguiente a la realización de las

mismas. La evaluación del periodo se dará a conocer con anterioridad al

estudiante, para dar tiempo a las reclamaciones ante las instancias

establecidas en la institución educativa, antes de ser pasadas a los boletines

académicos.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

55

ARTICULO 55: Programa de Habilitación. Todo estudiante que haya

obtenido promedio inferior a 3.0 o desempeño bajo en la evaluación final de

una (1) o dos (2) áreas, presentará una nueva evaluación por cada área

perdida durante la primera y segunda semana de inicio del año escolar

siguiente, en horario especial organizado por la Institución Educativa y que

será de estricto cumplimiento por parte del estudiante y por los docentes con

el fin de garantizar el debido proceso.

El programa de habilitación de las áreas con desempeño bajo al finalizar el

año, no se harán solamente imponiendo un trabajo escrito o realizando una

prueba escrita de contenidos o ejercicios, sino la demostración personal y

directa del estudiante ante el docente de que superó tanto la parte cognitiva

como formativa en su desarrollo social, personal y académica

Los docentes podrán utilizar para ello estudiantes monitores, que ayuden en la

explicación y comprensión de los logros e indicadores en la que los

estudiantes hayan tenido dificultades en su desempeño. También se contará

con la colaboración de los padres de familia y otros miembros de la

comunidad educativa de tal forma que no implique la suspensión de las clases

para adelantar y demostrar dichas actividades.

ARTICULO 56-: Reprobación de los Estudiantes. Se tendrán en cuenta los

siguientes criterios para la repetición de un grado, a cualquiera de los

siguientes estudiantes:

Estudiantes con evaluación final en tres o más áreas con promedios inferior

a 3.0 o desempeño bajo.

Estudiantes que en habiendo obtenido en dos áreas desempeño bajo y

presentado el programa de habilitación las insuficiencias persisten en las

dos áreas.

Estudiantes que hayan dejado de asistir justificada e injustificadamente a

más del 20% de las actividades académicas durante el año escolar.

En caso de reprobación la Institución Educativa garantizará el cupo del

estudiante para el año siguiente.

En caso de reprobación de dos a más años en el mismo grado, se

recomienda el cambio de Institución educativa para que el estudiante

encuentre otro ambiente pedagógico que facilite su proceso educativo

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

56

CAPITULO X

DISPOSICIONES FINALES

ARTICULO 57-: Uniforme Escolar. Uniforme para los (as) estudiantes: Se considera el uniforme reglamentado a

nivel departamental así:

Hombres:

Pantalón azul. (Según modelo) (no se permite bota tubo)

Media Blanca

Camibuso blanco con cuello azul, debe llevar el escudo único de la

Institución al lado izquierdo. (Según modelo)

Correa negra

Zapato negro colegial.

Mujeres:

Jardinera prensada a la cintura, escote delantero en V, color azul-blanco a

cuadros (según modelo), largo a mitad de la rodilla. Escudo único lado

izquierdo

Camisa sport, manga corta, color blanco (según modelo)

Buzo gris, cuello azul (Según modelo, Básica secundaria), con escudo único

al lado izquierdo

Media blanca

Zapato negro colegial

Usar para el cabello hebillas, moñas o balacas blancas o azules

NOTA: Para las celebraciones especiales se utiliza el uniforme de gala el cual

debe llevar camisa blanca de manga larga y corbata azul.

3. Uniforme de Educación Física:

Camibuso blanco con cuello verde, con escudo único en el lado izquierdo

(según modelo)

Sudadera verde con líneas verticales blanco y amarillo, con bolsillos

laterales (según modelo)- (no se permite bota tubo)

Media blanca

Tenis totalmente blancos

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

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PARAGRAFO UNICO: La imagen de la Institución Educativa Laureano

Gómez se proyecta no solo a través de su horizonte institucional, sino también

a través del uniforme que distingue a sus estudiantes, y es el fiel reflejo de ella,

así como la forma en que lo lucen.

ARTICULO 58-: Derechos Académicos y otros cobros.

El Consejos Directivo podrá establecer cobros única y exclusivamente por los

siguientes conceptos:

1. Derechos académicos: Suma anual con la cual las familias contribuyen de

manera solidaria para atender los costos de los servicios educativos,

distintos de salarios y presentaciones sociales del personal. Corresponden

al pago por matrícula, pensión durante 10 meses, utilización de

computadores, laboratorios y aulas especializadas, según lo determine el

ente territorial.

En la Institución Educativa Laureano Gómez están exonerados de los

derechos académicos todos los estudiantes de los niveles 1 y 2 del SISBEN.

2. Otros Cobros: Suma anual que deben ser cancelada por los padres de

familia para el suministro de bienes y servicios de carácter

complementario, no incluido en los derechos académicos. Definidos por la

Institución educativa en este MANUAL DE CONVIVENCIA, como son

sistematización de informes escritos de evaluación, MANUAL de

convivencia, carné estudiantil, certificados, constancias y derechos de

expedición del titulo de bachiller.

3. Serán cancelados derechos académicos y otros cobros para estudiantes del

nivel 3 y subsiguientes de acuerdo con los valores y rangos que determina

la secretaría de Educación del Huila y aprobados mediante acuerdo por el

Consejo Directivo.

4. Para los estudiantes de núcleos familiares no clasificados por el SISBEN,

anualmente el Consejo Directivo y mediante previo estudio efectuado

tomando como referente el nivel socioeconómico de la familia y/o la

condición de asalariados o no, los clasificará en uno de los niveles

establecidos, para el pago de derechos académicos y otros cobros.

5. El pago de los derechos académicos y otros cobros deberá ser concertado

con los padres de familia para realizarse de forma trimestral o semestral.

6. Derechos académicos y otros cobros en la jornada Fin de Semana todos los

estudiantes de la jornada estarán exonerados de estos pagos.

7. Los estudiantes de primero a décimo que obtengan los dos primeros lugares

en rendimiento académico escolar y comportamiento en desempeño

superior, serán exonerados del pago de derechos académicos.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

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ARTICULO 59-: Mecanismos de participación de la comunidad educativa en

la modificación y seguimiento del MANUAL DE CONVIVENCIA.

Cuando dentro de la aplicación se requiera realizar modificaciones al

siguiente MANUAL DE CONVIVENCIA debe seguir el siguiente

procedimiento:

Diagnóstico y preparación. El proceso comienza con la realización de un

diagnóstico elaborado principalmente por los docentes y los Consejos

Directivo y Académico con el fin de revisar las modificaciones a realizar y

estudiar las normas existentes. Con esta acción podremos determinar:

Lo que podemos mantener.

Lo que necesitamos cambiar.

Lo que vamos a eliminar.

Lo que necesitamos agregar.

- En síntesis necesitamos preparar las bases para que el MANUAL DE

CONVIVENCIA se corresponda con las necesidades de la comunidad

educativa.

- Elaboración de una propuesta preliminar. El diagnóstico sirve para

elaborar una propuesta preliminar. El Consejo Directivo designa una

Comisión Transitoria compuesta por tres de sus miembros para que

elabore una primera propuesta en un término no superior a un mes

calendario.

- Análisis y ajustes. La propuesta es analizada por el Consejo Directivo y

sirve de base para que la Comisión transitoria realice los ajustes derivados

del análisis.

- Socialización y ajustes. La propuesta es analizada por educandos, docentes

y padres de familia. Nuevamente la Comisión realiza los ajustes a que haya

lugar.

- Aprobación. En esta fase la propuesta es aprobada por el Consejo

Directivo.

- Incorporación al PEI. Esta incorporación se realiza con la aprobación de

todos los miembros del Consejo Directivo.

- Divulgación. La divulgación tiene como objetivo facilitar que los diferentes

miembros de la comunidad educativa conozcan las nuevas normas y su

obligatoriedad de cumplimiento.

ARTICULO 60-: Vigencia. El presente MANUAL DE CONVIVENCIA rige a

partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le

sean contrarias.

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PROCESOS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO

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FIRMADO:

CONSEJO DIRECTIVO 2009

______________________________ _____________________________

Representante Docentes Representante Docentes

_____________________________ _____________________________

Representante Padres de familia Representante Padres de Familia

_____________________________ ______________________________

Representante Estudiantes Representante ex alumnos

_____________________________ ______________________________

Representante sector productivo Rector