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MANUAL DE CONTRATISTAS

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MANUAL DE CONTRATISTAS

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Gerentes de Proyecto

Aprobó: Director Nacional de Sistemas de

Gestión

Fecha: 18/01/2016

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INTRODUCCIÓN

Conscientes de la necesidad de establecer lineamientos claros y muy detallados en la

relación con nuestros Contratistas, se ha desarrollado el siguiente Manual que

especifica los lineamientos a cumplir por los mismos; en la legalización, inicio,

ejecución, terminación y liquidación del contrato. Además de especificar los

requerimientos que hace el CONTRATANTE en materia de Seguridad Industrial al

CONTRATISTA, sin limitarse a ello y sin que su aplicación exonere al CONTRATISTA

del cumplimiento de todas las disposiciones que en materia de Seguridad y Salud en el

trabajo, haya emitido el Gobierno Nacional en aras de proteger a los trabajadores.

Por tal motivo es obligación del Contratista cumplir y hacer cumplir estrictamente a su

personal, todo lo estipulado en el presente documento, en la ley y reglamentos, y

frente a las demás solicitudes que le realice el CONTRATANTE en el marco de

disposiciones contractuales y legales vigentes.

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Capítulo I

1) LEGALIZACIÓN DE MINUTA

El CONTRATANTE envía al CONTRATISTA la el contrato para su respectiva legalización con una comunicación escrita solicitando las garantías o pólizas descritas en el mismo. El pago de las pólizas debe ser asumido por el CONTRATISTA, quien debe adjuntar el recibo de pago una vez entregue las pólizas para legalizar el contrato con el CONTRATANTE.

El CONTRATISTA debe tramitar las garantías exigidas con los corredores de seguros

AUTORIZADOS para tal fin por EL CONTRATANTE, los cuales deben garantizar a las

partes, la expedición de las coberturas antes citadas a través de las compañías de seguros legalmente establecidas en el país para ello. Las garantías o pólizas requeridas por el CONTRATANTE para la ejecución del contrato por parte del CONTRATISTA están descritas en la tabla a continuación:

GARANTÍA COBERTURA MONTO MÍNIMO

VIGENCIA

Seriedad de oferta Perjuicios derivados de la negativa de suscripción del contrato por el

Proponente Adjudicatario

10% del valor de la Oferta

Desde la presentación de la oferta hasta la

adjudicación del contrato o negocio, más 30 días

Cumplimiento Perjuicios derivados del

incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor

20% del valor del Contrato

Igual a la vigencia del contrato, más 6 meses

Buen manejo del anticipo

Perjuicios derivados de la apropiación o uso indebido del

dinero dados en anticipo

100% del valor del anticipo

Desde la fecha de formalización del contrato,

hasta la fecha de su terminación

Pago de Salarios, prestaciones

sociales e indemnizaciones

laborales

Perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones

laborales a cargo del CONTRATISTA

10% del valor del contrato

Igual a la vigencia del contrato y 3 años más

Calidad del bien o servicio

Perjuicios derivados de la deficiente calidad del bien o servicio suministrado por el

CONTRATISTA

10% del valor del contrato

Vigencia del contrato, más 1 año

Estabilidad de la Obra

Perjuicios derivados del deterioro o daño de la obra contratada en los

contratos de obra y montaje, imputables al CONTRATISTA

20% del valor del contrato

De 2 a 5 años contados a partir de la terminación del

contrato

Responsabilidad Civil

Extracontractual

Perjuicios ocasionados a terceros con ocasión de la ejecución del contrato por el CONTRATISTA

10% del valor del contrato

Igual al termino y vigencia del contrato, más 30 días

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El CONTRATISTA bajo ninguna circunstancia debe iniciar con la ejecución del contrato sin haber realizado la legalización del mismo y haber firmado el acta de inicio. En caso de que el contrato contemple anticipo, El CONTRATISTA debe presentar un Cronograma de Inversión o manejo del anticipo y debe ser aprobado por el Representante del CONTRATANTE, como requisito para el desembolso del mismo. 2) INICIO EJECUCIÓN DE CONTRATO

Para iniciar la ejecución del contrato, se debe realizar el acta de inicio entre las partes, en la cual se debe dejar especificada entre otras, la siguiente información:

Representantes del CONTRATANTE Y CONTRATISTA para la ejecución del Contrato. Nombre, Numero de cedula y Cargo

Conducto Regular en obra para la atención de solicitudes entre las partes. Programación detallada de la ejecución de actividades del Contrato. Fecha real de Inicio de la ejecución del Contrato en obra, documento con el cual el

contratista deberá ampliar la cobertura de las pólizas por el tiempo si es necesario que se haya desplazado el inicio del contrato.

Relacionar la documentación exigida en el CAPITULO II NUMERAL 11.3 TABLA DE ENTREGABLES

Poder en el que el Contratista delega al responsable de Obra, la responsabilidad de representarlo en toma de decisiones y acuerdos con el CONTRATANTE en la ejecución del contrato.

Nota 1: en caso en que en el transcurso de la ejecución del contrato, cambie alguna información consignada en el acta de inicio, se debe dejar por escrito y firmada por los representantes de las partes en un acta de Reunión.

3) EJECUCIÓN DEL CONTRATO Firmada el acta de inicio, el Contratista debe empezar las actividades cumpliendo al detalle las especificaciones establecidas por el CONRATANTE y los lineamientos de Seguridad Industrial establecidos en el capítulo 2 del presente Manual. Semanalmente el CONTRATANTE realiza un comité de obra, al cual debe asistir el CONTRATISTA o su representante con el propósito de que el CONTRATANTE o su representante le informe el cumplimiento o el incumplimiento que ha tenido durante la semana anterior, en avance de obra y en aplicación de lineamientos del CONTRATANTE. De igual manera el CONTRATANTE o su representante le informará al CONTRATISTA en este espacio las sanciones a las que ha sido acreedor por los incumplimientos evidenciados de acuerdo con la siguiente tabla

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TABLA DE INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES

# Items a descontar Condiciones para el

Descuento Tiempo

Sanción Económica

Sanción Administrativa

1 Demora en solución postventas durante el proceso constructivo

Pasados cinco (5) días hábiles después del requerimiento realizado por el CONTRATANTE al CONTRATISTA. (Comunicación escrita con fecha dirigida y recibida por el contratista o su representante en la Obra) y este no realizó el arreglo de la postventa.

5 días hábiles después de la fecha de la solicitud. Nota: Cada 3 días hábiles adicionales de incumplimiento se descontará 2 Jornales adicionales del siguiente corte o retención de garantía

2 Jornales de Oficial

A partir del incumplimiento del 5 día hábil, el Director de Obra podrá atender la garantía y descontarla del corte de obra

2 Día de Retraso de Obra Un valor equivalente al 0,3% sobre el valor incluido IVA por cada día calendario de retardo

Nota: Pasados 10 días de retardo la multa se incrementará en un 100% sobre dicha suma y así sucesivamente después de cada diez días subsiguientes de retardo

0,3% sobre el valor del contrato incluido IVA por día de incumplimiento

A partir del 10% de descuento sobre el valor del contrato, el contratante podrá terminar unilateralmente el contrato y por ende aplicar la clausula penal pecuniaria, sin perjuicio de perseguir perjuicios adicionales en caso de considerarlo necesario.

3

Inasistencia del contratista a comité programado en obra semanalmente

No asistencia el día y a la hora que se acordó en obra para la reunión semanal

Según se presente 2 Jornales de Oficial

El Contratista deberá cumplir a cabalidad todas las actividades que le queden programadas de la reunión sin lugar a objeción

4 Obra mal ejecutada

Contratista mano de obra: se descontará el material, la mano de obra la debe asumir el contratista Contratista todo costo: Tanto mano de obra como material lo debe asumir el contratista

El CONTRATANTE debe concertar una fecha de arreglo con el contratista (Por comunicación escrita con fecha y firma del contratista o su representante en obra).

2 Jornales de Oficial + Descuento del material

Si se incumple la fecha acordada se generará un descuento de 2 Jornales adicionales por cada tres días de no cumplimiento a la fecha

5 Arreglos, daños o reposiciones solicitadas por el Director de Obra

Los arreglos ordenador por el Director de Obra o daños causados por terceros, que no son errores, omisiones o defectos en ejecución del contratista

5 días hábiles 2 Jornales de Oficial

Si pasados los cinco días, el contratista no ha atendido la solicitud de obra, Cada 3 días hábiles adicionales de incumplimiento se descontará 2 Jornales adicionales del siguiente corte.

6 Solicitudes de materiales adicionales no justificadas

Después de validados los estándares por el persona de Obra del

CONTRATANTE, al contratista el material reporta que no le alcanza

Según se presente.

Pago del valor del material faltante para terminar la actividad

-

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7 No dejar libre el lugar de trabajo de escombros y residuos sólidos.

Cada vez que se evidencie por parte del personal del CONTRATANTE o sea informado por el siguiente contratista en la secuencia constructiva y evidenciado por el personal del CONTRATANTE.

Cada vez que se presente -

El Director de obra podrá contratar por su cuenta la limpieza de la obra y se descontará del próximo pago a realizar o del fondo de garantía existente, el doble de la suma en ello invertida.

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Fumar y/o Ingerir bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas dentro de la obra

Cuando se encuentre al personal de contratista fumando, ingiriendo bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas dentro de la obra.

Tan pronto como se presente el hallazgo

-

Se suspende la actividad que está realizando el trabajador y se le solicita al contratista el retiro de dicho trabajador de las actividades de la obra

9

Faltar a la autoridad de los funcionarios de la empresa o irrespetarlos con cualquier manifestación

Tan pronto como el contratista o uno de sus trabajadores incurran en una falta de respeto a cualquier

funcionario del CONTRATANTE

Tan pronto como ocurra 3 Jornales de Oficial

Se suspende la actividad que está realizando el trabajador y se le solicita al contratista el retiro de dicho trabajador de las actividades de la obra

10

Sacar o intentar sacar de las instalaciones de la obra sin autorización, herramienta, materiales y/o equipos del Contratante.

Tan pronto ocurra el hecho y alguien lo haya evidenciado

Tan pronto se detecte -

Se suspende la actividad que está realizando el trabajador y se le solicita al contratista el retiro de dicho trabajador de las actividades de la obra

11

1. Trabajador en alturas sin certificación curso de nivel avanzado 2. Personal trabajando en alturas sin los elementos de protección personal contra caídas 3. Presentación de Planillas de Pagos de Seguridad Social, certificados exámenes Médicos ocupacionales y certificados de curso de trabajo en alturas, adulterados o falsos. 4. Afiliar y desafiliar a los trabajadores, cotizando un tiempo menor al realmente laborado por el trabajador. 5. Personal del contratista laborando sin los respectivos elementos de protección Individual.

Se encuentre un trabajador realizando trabajos de altura y no cuente con la certificación Que se encuentre un trabajador sin elementos de protección personal contra caídas trabajando en alturas.

Tan pronto como ocurra 1 Jornal de Oficial

Se suspende la actividad que está realizando el trabajador y se le solicita al contratista el retiro de dicho trabajador de las actividades de la obra

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No Demostrar pago de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones a que hubiere lugar y FIC mensual

Junto con las planillas de pago de seguridad social, el contratista debe presentar el reporte de los pagos de salarios, prestaciones, las liquidaciones del personal retirado en el periodo anterior. Y soporte del Pago del FIC Mensual.

-

El pago del corte queda sujeto a la presentación de la información. En caso de presentarse algún incumplimiento en los soportes presentados, se retendrá del corte el valor que cubra la situación evidenciada, hasta que el contratista demuestre la subsanación al incumplimiento.

13 Falta Devolución de carnés de personal retirado de obra

Al presentar cada mes las planillas de seguridad social, se revisará las personas que fueron retiradas, y se verificará si el número de carnés entregados corresponden al número de personas retiradas. Si no es igual se aplicará la sanción financiera por cada carné faltante

Mensualmente 0,25 Jornales de Oficial

-

14

Incumplimiento en lineamientos en Seguridad Industrial por parte del contratista y de sus trabajadores (comportamientos inseguros)

Hallazgos de incumplimiento detectados por el Inspector SIST, Supervisor SIST o personal del

CONTRATANTE.

Según se presente 1 Jornal de Oficial

-

15

Incumplimiento en estándares de seguridad industrial (condiciones inseguras del área de trabajo)

Hallazgos de incumplimiento del estándar de Seguridad Industrial,

detectados por el Inspector SIST, Supervisor SIST y/o personal del

CONTRATANTE (condiciones seguras del área de trabajo) Aplica para contratistas de estructura.

Según se presente 2 Jornales de Oficial

Se para la actividad hasta que se solucione la condición insegura

16 Agresiones físicas dentro de la obra

Si se encuentran trabajadores de los contratistas agrediendo físicamente a otra persona dentro de la obra.

Según se presente -

Suspende el ingreso a obra por 2 días a los trabajadores implicados. Si reinciden se solicita al contratista retiro de dicho trabajador de las actividades de la obra.

17

Acta de inicio al comenzar la actividad firmada por el contratista

Si al día del corte no se encuentra firmada el acta de inicio por parte del contratista

Según se presente -

El pago del primer corte queda sujeto a la firma por parte del contratista del acta de inicio

Los incumplimientos del CONTRATISTA en la semana objeto de revisión, con sus respectivas sanciones se deben dejar por escrito en el acta de reunión del comité y debe generarse de inmediato el vale de descuento, los cuales deben ser Firmado por el CONTRATANTE y el CONTRATISTA o sus respectivos representantes.

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De acuerdo a los incumplimientos registrados en las actas de comité, el CONTRATANTE descontará al CONTRATISTA de las liquidaciones parciales, finales o de la retención de garantía (según avance de ejecución del contrato), las sanciones establecidas en la tabla anterior. En los comités de obra también se definirá la programación, entregables y compromisos adquiridos por el CONTRATISTA con el CONTRATANTE, para la siguiente semana, los cuales deben quedar consignados en el acta de comité y serán insumo del seguimiento semanal que realiza CONTRATANTE o su representante, al CONTRATISTA. En caso de presentarse incumplimiento reiterativos por parte del CONTRATISTA, el representante del CONTRATANTE enviará un comunicado del incumplimiento reiterado al CONTRATISTA, con copia a la Aseguradora; en el cual se establece un aviso de apremio y se anexa copia de las actas de comité donde se evidencie los compromisos adquiridos por el CONTRATISTA y los incumplimientos a los mismos. En caso de persistir el incumplimiento, el CONTRATANTE determinará si termina unilateralmente el contrato y/o si aplica o no las pólizas respectivas, de acuerdo con lo establecido contractualmente.

4) SUSPENSIÓN Y REINICIO DEL CONTRATO Para efectos del plazo contractual, y en caso de resultar necesaria la suspensión de la ejecución del objeto del mismo, por causas no imputables al CONTRATISTA, se suscribirá un acta en tal sentido y su correspondiente de reiniciación. El CONTRATISTA enviará copia de la misma a la aseguradora para la respectiva gestión de las pólizas. El acta de re-inicio debe contener la fecha de re-inicio y la nueva fecha de terminación, además debe incluir las pólizas actualizadas y la programación inicial para el contrato, con sus respectivos ajustes.

5) OBRAS ADICIONALES:

La ejecución de obras extras se ajustará al siguiente procedimiento: a) Solicitud por escrito por parte del CONTRATANTE de la cotización de las obras. b) Presentación por escrito por parte del CONTRATISTA del costo y programación de ejecución, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles al CONTRATANTE. c) Suscripción del otrosí respectivo. d) El CONTRATISTA debe ejecutar obras adicionales previa aprobación por escrito del valor y del plazo para su ejecución, por parte del CONTRATANTE. Nota1: Bajo ninguna circunstancia, el CONTRATANTE reconocerán las obras extras adelantadas por el CONTRATISTA, que no se ciñan a los pasos anteriormente descritos.

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Nota 2: la suma de las obras adicionales no podrá superar el 10 % del valor del contrato inicial. De ser superado dicho porcentaje las obras adicionales deben ser autorizadas por el Coordinador de Contraloría de la Sucursal.

6) MAYORES Y MENORES CANTIDADES DE OBRA: Las cantidades de obra de los contratos son aproximadas y pueden aumentar o disminuir durante la ejecución de la obra. El aumento de las cantidades de obra que se ejecuten con relación a aquellas inicialmente acordadas con el CONTRATANTE, no puede ser base de reclamación por parte del CONTRATISTA y serán pagadas de manera adicional siempre y cuando se tramite la aprobación previa del Gerente de Proyecto por parte del CONTRATISTA. El CONTRATISTA deberá evaluar dentro del precio unitario todos los materiales (cuando aplique),

mano de obra, equipos y demás factores que puedan afectar el valor de la obra, puesto que el

único pago que se hará por la ejecución de la misma, será la cantidad de obra ejecutada por el

valor unitario contratado.

En el mismo sentido, no será base de reclamación alguna por parte del contratista, la disminución de cantidades de obra, por cuanto como se ha establecido por las partes, las mismas son aproximadas.

7) RENOVACIÓN DE POLIZAS El CONTRATISTA debe garantizar la renovación y actualización de las pólizas, de acuerdo con las novedades en las fechas de terminación que se hayan generado en el transcurso de la ejecución del contrato. Una vez se haya vencido el contrato en monto o tiempo, el sistema de Información del CONTRATANTE lo dejara bloqueado y no se podrán realizar pagos hasta tanto no se haya hecho la legalización de la respectiva ampliación de pólizas. Como herramienta de seguimiento para el CONTRATISTA, el representante del CONTRATANTE le podrá suministrar un estado del contrato donde aparece toda la información del contrato incluido los vencimientos y las vigencias de las pólizas.

8) TERMINACIÓN DE ACTIVIDADES La terminación de la ejecución del contrato en condiciones normales se dará cuando las obras contratadas hayan sido ejecutadas en su totalidad y recibidas a entera satisfacción por el CONTRATANTE. Para esto se debe realizar un ACTA de Terminación y debe ser firmada por las partes.

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9) LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO En condiciones normales de ejecución del Contrato, para proceder a la liquidación, EL CONTRATISTA debe presentar los siguientes documentos:

Acta de recibo de los trabajos ejecutados, aprobada y firmada por EL CONTRATANTE; Paz y salvo del almacén de la obra. Paz y salvo de equipos. Paz y Salvo expedido por el Ministerio de salud y Protección Social. Revisión estado de postventas. Paz y Salvo de pago de nómina, prestaciones y liquidaciones de contratos laborales

expedido por el Representante del CONTRATANTE. Pólizas y/o garantías actualizadas con la nueva fecha real de terminación Relación de actividades ejecutas con sus respectivas cantidades. Relación de descuentos pendientes por amortizar, firmados por el representante del

CONTRATANTE y el CONTRATISTA. Acta de liquidación generada por el Representante del CONTRATANTE. Esta acta debe

traer adjunto el balance de cantidades y económico del contrato, la modificación y actualización de la póliza; el recuento de lo sucedido durante la ejecución; la manifestación sobre si hubo o no sanciones y los paz y salvo que puedan corresponder. El Acta debe ser suscrita por ambas partes y en particular por el representante legal del CONTRATISTA.

Cuenta de cobro por el valor de la retención. Carta del CONTRATISTA solicitando la devolución de la garantía. Autorización expresa del Representante del CONTRATANTE, autorizando la devolución de

garantía. Paz y salvo expedido por el SENA sobre la monetización de la cuota de aprendiz o

certificado de utilización de aprendices. Paz y salvo del FIC.

Nota: se dejará constancia en el Acta de Terminación que el CONTRATISTA releva expresamente al CONTRATANTE de cualquier reclamación que tenga en relación con el Contrato.

10) DEVOLUCIÓN RETENCIÓN DE GARANTÍA La devolución de la retención de garantía del contrato se podrá tramitar 6 meses después de la fecha del acta de terminación. Si pasados 5 años no se ha hecho la solicitud de la devolución, el contratante queda en libertad de aplicar el debido proceso legal para realizar la devolución de manera unilateral.

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Capitulo II

1. OBJETIVO

Informar a los Contratistas los requisitos legales y contractuales que deben dar cumplimiento a nivel de Seguridad y Salud en el trabajo durante la ejecución de sus actividades en los proyectos de la Compañía. Este Manual también incluye los conceptos disciplinarios y de comportamiento específicos de las actividades del Contratista, los cuales se deben cumplir estrictamente ya que tienen como fin prevenir accidentes.

2. ALCANCE

Los requisitos definidos en el presente documento son aplicables a todo el personal que labora como Contratistas y/o Subcontratistas (aprobados por la empresa Contratante) de los diferentes proyectos y sucursales del CONTRATANTE.

3. POLITICAS

En concordancia con la política del CONTRATANTE, los Contratistas se comprometen a adoptar políticas orientadas a la prevención de accidentes e incidentes de trabajo, enfermedades laborales e impactos socio-ambientales, asignando los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para este fin; así como con el cumplimiento de los requisitos legales en materia de seguridad y salud en el trabajo.

4. DEFINICIONES

Accidente Grave: Aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, humero, radio y cubito); trauma craneoencefálico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de medula espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva. (Resolución 1401 de 2007).

Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca

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durante el traslado de los trabajadores o Contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. También se considera como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actué por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresa de servicios temporales que se encuentren en misión”.

Contratante: Se entenderá como Contratante la firma con la que se legalice la minuta del Contrato.

Contratista: Se entiende como Contratista aquella persona Natural o Jurídica que, mediante un Contrato, Orden de Trabajo y/o Servicios o cualquier otro documento aceptado por (ingresar nombre Empresa), se obligue a cumplir una actividad, de montaje, construcción, mantenimiento, asesoría, interventoría, entre otros, bajo su entera responsabilidad, bien en forma directa o a través del personal.

Equipo Investigador: Grupo interdisciplinario encargado de realizar la investigación de los eventos, debe estar integrado como mínimo por el Jefe inmediato o supervisor del trabajador accidentado o del área donde ocurrió el accidente, un representante del Copasst o el Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo y el encargado del desarrollo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo. Adicionalmente, si el accidente es grave o causa la muerte del trabajador en la investigación deberá participar un profesional con licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo, propio o contratado, así como el personal de la empresa encargado del diseño de normas, procesos y/o mantenimiento. Cuando el aportante no tenga la estructura anterior, deberá conformar un equipo investigador integrado por trabajadores capacitados para tal fin. (Resolución 1401/07).

Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con éste, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos. (Resolución 1401/07)

Inspecciones de Seguridad: Se realizan con el fin de vigilar los procesos, equipos u objetos que, en diagnóstico integral de condiciones de trabajo y salud, han sido calificados como críticos por su potencial de daño. Estas inspecciones deben obedecer a una planificación que incluya sus objetivos y frecuencia.

Investigación de Accidentes o Incidentes: Proceso sistemático de determinación y ordenación de causas, hechos o situaciones que generaron o favorecieron la ocurrencia del accidente o incidente, que se realiza con el objeto de prevenir su repetición, mediante el control de los riesgos que lo produjeron. (Resolución 1401 de 2007)

Lección Aprendida: documento público en el cual se determinan las causas de un accidente, su descripción y recomendaciones para evitar un próximo evento.

Lugar de trabajo: Cualquier espacio físico en el que se realizan actividades relacionadas con trabajo, bajo el control de la organización.

Normas de Seguridad: Es el conjunto de reglas e instrucciones detalladas para llevar a cabo una labor segura. En ellas se describen las precauciones a tomar y las defensas a utilizar, de

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modo que las operaciones se realicen sin riesgo, o al menos con el mínimo posible, para el trabajador que las ejecuta o para la comunidad laboral en general.

Panorama de Factores de Riesgo: Es una forma sistemática de identificar, localizar, valorar y jerarquizar las condiciones de riesgo laboral a las que están expuestos los trabajadores y que permite el desarrollo de las medidas de intervención. Es considerado como una herramienta de recolección, tratamiento y análisis de datos.

Peligro: Es una fuente o situación con potencial de daño en términos de lesión o enfermedad, de daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o a una combinación de éstos. Es todo aquello que puede producir un daño o un deterioro de la calidad de vida individual o colectiva.

Permiso de trabajo: Es una autorización y aprobación por escrito que especifica la ubicación, tiempo, responsables y el tipo de trabajo a efectuarse.

Plan de emergencias: Combinación de acciones tendientes a prevenir o controlar una situación de emergencia que pueda generar pérdidas humanas, materiales y/o ambientales.

Política de Seguridad y Salud en el trabajo: Lineamientos generales establecidos por la dirección de la empresa, que permiten orientar el curso de acción de unos objetivos para determinar las características y los alcances del Sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Procedimiento de tarea crítica: Procedimiento que define específicamente el paso a paso y la forma segura de desarrollar la tarea crítica.

Registro: Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de actividades desempeñadas.

Subcontratista: Persona natural o jurídica contratada por el Contratista, pero que igualmente depende de este último técnica y legalmente. En todo caso, la subcontratación debe ser avalada por la entidad contratante.

Tarea crítica: Es una tarea que tiene el potencial de producir pérdidas mayores a personas, propiedades, procesos y/o ambiente, cuando no se realiza correctamente. Tarea que si no se ejecuta correctamente puede ocasionar una pérdida grave durante o después de realizarse en términos de seguridad, salud y ambiente.

Trabajador contratado: Persona que depende laboralmente del Contratista o Subcontratista.

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5. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA DAR INICIO A LA EJECUCION DEL CONTRATO:

Como requisito para la firma del Acta de Inicio en obra, el Contratista debe presentar los siguientes documentos:

a) Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST firmado por el Representante Legal y el encargado de implementarlo.

b) Acta de conformación del Copasst para empresas de más de 10 trabajadores y/o Vigía de

Seguridad y Salud en el Trabajo para empresas de menos de 10 trabajadores.

c) Reglamento de Higiene y Seguridad.

d) Procedimiento de investigación de accidentes e incidentes de trabajo.

El Contratista debe entregar al encargado del CONTRATANTE en Seguridad Industrial de la obra los documentos en medio digital (original escaneado) garantizando las respectivas firmas de los mismos y como registro de entrega se diligenciara el formato Entrega Plan Básico Legal Contratistas (R-HSE-025).

6. REQUISITOS PARA EL INGRESO DE PERSONAL DE CONTRATISTAS. Para el ingreso del personal a la obra, el Contratista o un representante del mismo debe presentar con anterioridad de acuerdo a las políticas de ingreso establecidas por el CONTRATANTE a la persona encargada para tal fin en el Centro de Ingresos de Marval (C.I.M.), los siguientes documentos:

a) Hoja de vida del personal (R-HSE-010) este documento será entregado al Contratista para su respectivo diligenciamiento y firma del Contratista y/o encargado (Presentar oficio).

b) Todo el personal que realice trabajos en altura, debe presentar el Certificado de formación en Trabajo Seguro en Alturas Nivel Avanzado vigente.

c) Copia de la cédula de ciudadanía del trabajador (No está permitido el ingreso de menores de edad).

d) Copia del certificado médico ocupacional de ingreso (Resolución 2346 de 2007) o copia

certificado médico para trabajo en altura.

e) Copia de las afiliaciones (el día anterior al ingreso) ARL, EPS y AFP o la planilla de pagos de seguridad social según el mes correspondiente.

En caso que el Contratista tenga alguna actividad subcontratada deberá enviar un oficio con los datos del Subcontratista tales como razón social, el Nit y el Responsable en obra. Una vez se haya revisado la documentación, tener en cuenta lo siguiente:

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a) Todo trabajador deberá asistir a la inducción de Seguridad y Salud en el trabajo en el

Centro de Ingresos de Marval (C.I.M.), antes de iniciar actividades de acuerdo a la fecha que le informe el Responsable SYST.

b) Todo el personal deberá ingresar con los Elementos de Protección Personal necesarios

para desarrollar las actividades de manera segura.

c) Los trabajadores deben mostrar el Carné de identificación digital con el ficho suministrado en el Centro de Ingresos de Marval (C.I.M.), para el ingreso en la portería de la obra.

7. DEBERES DE LOS CONTRATISTAS 7.1) El Contratista deberá divulgar, respetar y hacer cumplir entre sus empleados las normas,

disposiciones y procedimientos de seguridad y salud en el trabajo establecido en el presente documento.

7.2) El Contratista asume totalmente la responsabilidad y riesgos de la seguridad de su personal, equipos propios o de la Empresa, al igual que el control estricto del cumplimiento de las normas establecidas en este documento. Nota: Los requisitos mencionados en este documento por ningún motivo representan el total de requisitos legales y reglas de trabajo seguro que deben cumplir las empresas; por lo cual el Contratista está obligado a cumplir con todas las disposiciones que en materia de Seguridad y Salud en el trabajo, haya emitido el Gobierno Nacional.

7.3) El Contratista deberá suspender e informar al Responsable SYST de la obra, cualquier actividad de alto riesgo que no cuente con las condiciones de seguridad necesarias para realizarla.

7.4) De acuerdo a la actividad a realizar el Contratista debe suministrar a su personal los elementos de protección personal necesarios para llevarla a cabo de manera segura. Los elementos de protección personal deberán cumplir como mínimo la normatividad establecida en la Tabla de Elementos de Protección Personal del CONTRATANTE. (Ver Anexo 2). Si el contratista al realizar el Análisis de Trabajo Seguro de la actividad estima que se requiere algún otro tipo de Elemento de Protección Personal Especial que no se encuentre en la Tabla de Elementos de Protección Personal del CONTRATANTE, deberá suministrarlo a sus trabajadores.

7.5) El Contratista debe garantizar el uso correcto de los elementos de protección personal por parte de sus trabajadores. El contratista no podrá iniciar trabajos hasta tanto, todo su personal cuente con los elementos de seguridad necesarios y reciba las instrucciones respectivas.

7.6) El personal del Contratista que se encuentre atentando a las normas de seguridad industrial establecidos por el CONTRATANTE que atenten contra su integridad o la de los demás será reportado al Contratista, quien deberá tomar las acciones correspondientes

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7.7) Acatar y atender oportunamente las observaciones en Seguridad y Salud en el Trabajo que le realice el CONTRATANTE.

7.8) Realizar capacitaciones a su personal permanentemente con apoyo de su ARL o de las personas responsables SYST en temas relacionados con seguridad y salud en el trabajo, sobre normas de prevención de accidentes y enfermedades laborales y atención de emergencias.

7.9) El Contratista deberá capacitar debidamente a todo su personal en el manejo de las herramientas y equipos suministrados, haciendo hincapié en las medidas para prevenir accidentes laborales ocasionados por indebida manipulación de tales elementos. Igualmente, deberá ejercer control permanente en obra para verificar la forma en que su personal está empleando dichos implementos.

7.10) Garantizar la asistencia y participación de su personal a las capacitaciones y/o charlas en Seguridad Industrial programadas por el CONTRATANTE.

7.11) Ejercer estricta administración y control de su personal durante la permanencia en la Obra.

7.12) Delegar a una persona calificada que se encargue de supervisar el desarrollo de los trabajos y el buen comportamiento del personal, así mismo para que en caso de que uno de sus trabajadores se enferme o accidente, maneje la situación de emergencia de manera correcta.

7.13) Garantizar la participación del personal en la brigada, la cual se define de la siguiente manera: De 1 a 30 trabajadores el Contratista debe suministrar un brigadista que participe activamente en la Brigada de la obra, de 1 a 60 trabajadores son 2 brigadistas, de 1 a 90 trabajadores son 3 brigadistas y así sucesivamente.

7.14) El Contratista deberá participar en los simulacros coordinados por el CONTRATANTE en el proyecto.

7.15) Reportar a su ARL los accidentes de trabajo ocurridos en los proyectos de la compañía en el plazo legalmente establecido para tal fin e informar del evento al responsable SYST del Contratante.

7.16) Investigar los accidentes de trabajo de acuerdo a lo establecido en la Resolución

1401 de 2007. El Contratista una vez realice la investigación del accidente de trabajo, deberá presentar al Responsable SYST del CONTRATANTE el plan de acción derivado de la investigación. En caso de presentarse accidentes graves y mortales, se deberá realizar la investigación en conjunto con el Responsable SYST del CONTRATANTE.

7.17) El Contratista deberá contar en obra con una lista actualizada de sus colaboradores y los

teléfonos de un familiar en caso de emergencia.

7.18) Designar personal de apoyo para la ejecución de actividades de señalización y medidas preventivas para minimizar los accidentes en la realización de sus actividades.

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7.19) Garantizar durante la ejecución de sus actividades en obra, el uso de señalización y su permanencia, utilizando señales de prohibición, obligación, de advertencia y de salvamento según aplique.

7.20) Delimitar, demarcar y señalizar las áreas de trabajo que lo requiera. Toda actividad que

realice el personal del Contratista que contenga trabajos en suspensión, cargas en suspensión o zonas en las que halla peligro de caída o proyección de objetos o materiales debe estar plenamente señalizadas y delimitadas.

7.21) Señalizar y delimitar los senderos peatonales (zonas de tránsito de personas) en las actividades que se realicen en el exterior de la obra.

7.22) Si la labor contratada contiene tareas de alto riesgo como trabajos en caliente, trabajos en altura, espacios confinados, izaje de cargas y manipulación de elementos energizados (riesgo eléctrico); el Contratista deberá presentar ante el Responsable SYST del CONTRATANTE los documentos que certifiquen que el personal designado para la realización de dicha tarea, está capacitado y que cuenta con los conocimientos y el entrenamiento necesario.

7.23) Para la ejecución de actividades con trabajos en alturas, el Contratista deberá garantizar que el personal que asigne para desarrollar las actividades objeto del contrato, cuente con las certificaciones de trabajos en alturas vigentes, conforme a lo estipulado en la Resolución 1409 de 2012 del Ministerio de la Protección Social. Adicionalmente, debe actualizar durante la ejecución del contrato los certificados de trabajos en alturas del personal a su cargo de acuerdo a la normatividad vigente.

7.24) Siempre que un trabajador realice actividades de trabajo en alturas, el Contratista debe asegurar que esta actividad este previamente autorizada (Lista de chequeo) y que el trabajador cuente con las medidas de protección y prevención contra caídas.

7.25) Cuando se realice trabajos en caliente, el Contratista deberá garantizar que todos los

materiales combustibles, entre ellos líquidos inflamables, aserrín combustible, depósitos de aceite o fibras y cualquier otro material combustible se encuentran por lo menos a 11 metros (35 pies) del área de trabajo, además deberá garantizar que haya en el área de trabajo extintores portátiles.

7.26) Cada vez que ingrese maquinaria y/o equipos del Contratista al proyecto, deberá entregar la hoja de vida y el cronograma de mantenimiento preventivo de los mismos, adicionalmente deberá entregar una certificación de la experiencia del manejo del equipo y/o maquinaria del operador.

7.27) El Contratista deberá revisar antes de iniciar actividades el buen estado, funcionamiento, seguridad y limpieza de la maquinaria y/o equipo suministrado por el CONTRATANTE. En caso de evidenciar algún defecto o condición insegura debe abstenerse de realizar la actividad e informar al personal del CONTRATANTE en obra. Esta revisión será responsabilidad exclusiva del Contratista, quien asumirá todo riesgo derivado del uso de dicha maquinaria y/o equipo, excluyendo anticipada e irrevocablemente de responsabilidad al CONTRATANTE por defecto de la maquinaria o equipo suministrado, toda vez que ha tenido la posibilidad de verificar su estado antes de iniciar actividades.

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7.28) El Contratista deberá contar con autorización por parte del Ministerio de trabajo para

realizar labores en horarios adicionales (horas extras).

7.29) El Contratista deberá garantizar que su personal cumpla los horarios de ingreso a obra establecidos por el CONTRATANTE, en caso de requerir la ejecución de actividades antes de dicho horario, deberá garantizar la supervisión de las actividades ejecutadas. El horario de ingreso diferente al estipulado por el CONTRATANTE deberá contar con un permiso del Director del proyecto.

7.30) El Contratista deberá garantizar que todo su personal se retire de las instalaciones del proyecto del CONTRATANTE una vez termine la jornada de trabajo establecida por el CONTRATANTE en los proyectos.

7.31) En caso de requerir realizar trabajos los fines de semana, festivos u horarios de trabajo diferentes al establecido por el CONTRATANTE, la actividad debe estar autorizada por el Ingeniero Residente y/o Director de obra y enviar el listado del personal que ingresará en esas fechas. Este listado debe incluir y resaltar el nombre de la persona brigadista que estará disponible en la jornada de trabajo y una descripción de las actividades que se realizarán. Este documento debe estar firmado por el Contratista o su representante y deberá ser enviado con anterioridad como mínimo un día hábil antes de la realización de los trabajos al personal de Seguridad física de la obra.

7.32) El Contratista deberá garantizar el orden y limpieza en sus sitios de trabajo. Retirar diariamente los escombros generados por la actividad y trasladarlos al sitio destinado para el acopio de los mismos.

7.33) Asignar personal que participe en las jornadas de orden y aseo realizadas en el proyecto donde se estén ejecutando labores.

7.34) El Contratista mensualmente y de acuerdo a lo establecido por el Decreto 1670/2007 deberá presentar las planillas de pagos de Seguridad Social de todo su personal, de lo contrario no se permitirá el ingreso del personal a obra.

7.35) El contratista reportará de forma inmediata al personal encargado de Seguridad Industrial del CONTRATANTE el retiro de trabajadores para su respectiva desvinculación del sistema de ingreso a obra.

7.36) Una vez el Contratista termine las actividades asociadas al contrato o cuando uno de sus

trabajadores sea retirado, el Contratista hará devolución de los carnés de ingreso suministrados por el CONTRATANTE al encargado de Seguridad Industrial en la obra.

Nota. Los carnes digitales que no sean devueltos por los trabajadores al retirarse de la obra o aquellos que se sean reportados como perdidos, el Contratista deberá asumir el descuento de los mismos.

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8. PROHIBICIONES ESPECIALES

8.1) Ingresar personal a obra sin pagos de Seguridad Social y sin cumplir el procedimiento de

ingreso establecido por el CONTRATANTE.

8.2) Permitir el ingreso de personal o permanecer dentro de las instalaciones del proyecto en estado de alicoramiento o bajo influencia de sustancias o drogas que alteren su comportamiento.

8.3) Permitir el ingreso de personal por áreas no autorizadas.

8.4) Permitir la circulación del personal por áreas de la obra en las que el Contratista no está ejecutando actividades.

8.5) Portar armas de cualquier tipo dentro de las instalaciones del proyecto.

8.6) Almacenar materiales inflamables, combustibles en sitios no adecuados para tal fin.

8.7) El Contratista no deberá ingresar a los proyectos del CONTRATANTE el personal retirado por mala conducta, hurto, agresión o que haya atentado contra los bienes del CONTRATANTE. Nota: El Contratante se reserva el derecho de admisión.

8.8) Permitir la participación de su personal en actos de violencia contra cualquier persona en obra.

8.9) Adulterar el carné de ingreso asignado por el CONTRATANTE.

8.10) Suministrar información falsa en la documentación exigida por el CONTRATANTE.

8.11) Faltar a la autoridad de los funcionarios del CONTRATANTE o irrespetarlos con cualquier

manifestación.

9. AUDITORIA

El CONTRATANTE podrá realizar auditorías al Contratista con la finalidad de verificar la aplicación de los lineamientos establecidos en el presente manual y revisar los soportes y registros que permitan evidenciar el cumplimiento de las obligaciones laborales, de Seguridad Industrial y tributarias asociadas a la ejecución del contrato.

10. SUSPENSION DE ACTIVIDADES

El CONTRATANTE puede en cualquier momento suspender las labores del Contratista cuando verifique que no se están cumpliendo las normas de seguridad industrial aplicables a la actividad establecidos por el CONTRATANTE sin derecho a reclamo alguno por parte del Contratista, sin perjuicio además, de las acciones que el CONTRATANTE decida tomar al respecto.

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11. INSPECTOR SYST OBLIGATORIOS PARA CONTRATISTAS.

11.1 Alcance: Contratistas de Estructura El Contratista deberá contar con un Inspector de Seguridad y Salud en el trabajo tiempo completo, con el fin de que se responsabilice del cumplimiento de las normas, procedimientos y políticas en Seguridad Industrial establecidas por el CONTRATANTE de acuerdo a las actividades de alto riesgo que se desarrollan en los proyectos. 11.2 Perfil Inspector SYST Contratista Educación: Técnico o Tecnólogo en Seguridad Industrial y/o Seguridad y Salud en el Trabajo. Formación Específica: Curso Trabajo seguro en alturas en nivel avanzado – Primeros Auxilios. Experiencia: Mínimo 6 meses en labores de Inspección de Seguridad y Salud en el Trabajo en el sector construcción. Nota: La contratación del Inspector SYST a cargo del Contratista debe de estar avalado por EL CONTRATANTE y el perfil del aspirante debe cumplir con los requisitos de educación y experiencia anteriormente mencionados. 11.3 Entregables SYST de Contratistas de Estructura

Tipo de documento Tiempo de entrega A quien se le entrega Controles

Documentos de ingreso del personal a obra (EPS, ARL, AFP, examen médico de ingreso o de aptitud para trabajos en alturas, certificado de curso de trabajo en alturas (cuando aplique) y copia del documento de identidad).

Antes del ingreso de los trabajadores (los documentos deben ser físicos).

El Contratista entrega copia de los documentos al Responsable SYST del Contratante.

El día anterior en el horario de ingresos de 3:00 – 5:00 se deben entregar los documentos diligenciados. Responsable: Inspector S&ST.

Actualizaciones Documentos y soportes de cumplimiento del Plan Básico legal en Seguridad y Salud en el Trabajo.

Cuando se requiera.

El Contratista entrega copia de los documentos al Responsable SYST del Contratante.

Al inicio como requisito para la firma del Acta de Inicio en Obra.

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Panorama de factores de riesgos.

Al inicio de la actividad o cada vez que se requiera.

El Contratista entrega el panorama en medio magnético al Responsable SYST del Contratante.

Plan de emergencias aplicable a la actividad en los proyectos del contratante.

Al inicio de la actividad y cuando se requiera actualización.

El Contratista entrega copia de los documentos al Responsable SYST del Contratante.

FURAT y copias de incapacidades medicas por accidentes laborales.

Máximo un día hábil después del evento ocurrido.

El Contratista entrega copia de los documentos al Responsable SYST del Contratante.

Estos documentos se deben enviar por correo electrónico al

Inspector S&ST o Responsable S&ST del

CONTRATANTE.

Responsable: Inspector S&ST del Contratista.

Informe de investigaciones de accidentes de trabajo.

Al día siguiente de haber realizado la investigación dentro del plazo legal establecido por el Ministerio de Trabajo.

El Contratista entrega copia de los documentos al Responsable SYST del Contratante.

Seguimiento del plan de acción derivado de las investigaciones de trabajo.

De acuerdo al cronograma establecido en el plan de acción.

El Contratista entrega copia de los documentos al Responsable SYST del Contratante.

Llamados de atención.

Un día hábil después de haberse realizado el llamado de atención.

El Contratista entrega al Responsable SYST del proyecto copia de los documentos.

Cronograma de capacitaciones y charlas de seguridad

Mensual El Contratista entrega al Responsable SYST del Contratante.

Estos documentos se deben enviar por correo electrónico al Inspector S&ST o Responsable S&ST de CONTRATANTE. Responsable: Inspector S&ST del Contratista.

Copia de registros de asistencia a capacitaciones y charlas firmados por los trabajadores.

Mensual El Contratista entrega al Responsable SYST del Contratante.

Estos documentos se deben enviar por correo electrónico al Inspector S&ST o Responsable S&ST de CONTRATANTE. Responsable: Inspector S&ST del Contratista.

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Inspecciones de Equipos. Registro original de las listas de chequeo

Semanal. De acuerdo a la frecuencia establecida en el cronograma de inspecciones del CONTRATANTE.

El Contratista entrega al Responsable SYST del Contratante.

De acuerdo a tabla de frecuencia de inspecciones entregar los registros al Inspector o supervisor SIST.

Inspecciones de actos y Condiciones

Diariamente

El Contratista entrega el Registro de inspección de actos y condiciones inseguras.

Se deben entregar semanalmente todas las inspecciones realizadas con el seguimiento a las condiciones o actos no atendidos.

Permisos de Trabajo

Semanalmente el Contratista debe entregar los permisos de trabajo expedidos.

El Contratista.

Se deben entregar semanalmente todos los permisos de trabajo.

Informe de accidentalidad

Mensualmente el Contratista debe realizar la entrega de la información de la accidentalidad, incluyendo la caracterización, indicadores y la consolidación de la estadística.

El Contratista entrega al Responsable SYST del proyecto en medio digital.

En el registro establecido por el contratante.

Hoja de vida de la maquinaria y/o equipo junto con el cronograma de mantenimiento preventivo, certificado de experiencia de manejo del equipo y/o maquinaria por parte del operador.

Cada vez que ingrese maquinaria y/o equipos.

El Contratista entrega copia de los documentos al Responsable SYST del Contratante.

Entregar los cronogramas de mantenimientos para que el Inspector realice seguimiento mensual.

Actas de COPASST Mensual

El Contratista entrega al Responsable SYST del proyecto copia de los documentos.

Las fechas de entrega estará sujeta al cronograma establecido en el proyecto.

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11.4 Requisitos SYST para la ejecución de las actividades de Estructura.

Descripción Frecuencia de la Actividad

Seguimiento a la actividad

Controles

Gestionar la instalación de señalización y demarcación preventiva, informativa y de obligatoriedad en los sitios que se requieran en el proyecto.

Diario

Semanal: El Inspector SIST o

Supervisor SIST del CONTRATANTE.

Mensual: Auditoria

de gestión de la obra por parte del

Coordinador SIG del CONTRATANTE.

Gestionar y comunicar las necesidades al SIST del

CONTRATANTE y una vez suministradas el contratista debe garantizar su correcta

ubicación, uso y mantenimiento.

Gestionar la Instalación de la protección de vacíos (fosos de ascensores, bordes de placa y cualquier condición con riesgo de caída de persona).

Diario

Verificar la instalación de los puntos de anclaje en el perímetro interno y externo de la estructura donde el personal requiera realizar actividades a borde de placa.

Diario

Gestionar y mantener la Instalación de las líneas de advertencia a borde de placa para restricción del personal.

Diario

Implementar, gestionar y verificar la aplicación de los sistemas de protección contra caídas y los elementos de protección para trabajos en alturas.

Diario

Garantizar que la actividad no se ejecute si no están las

condiciones.

Garantizar la protección de caída de residuos u objetos en todas las áreas de tránsito y de exposición a los trabajadores, mediante la instalación de mamparas o cualquier otro mecanismo acorde con las condiciones de riesgo.

Diario

Verificar y asegurar todas las condiciones de seguridad durante la jornada de trabajo y hasta el momento que se retire todo el personal del Contratista de la obra.

Diario

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Exigir el uso de los elementos de protección personal de acuerdo con las actividades que se están desarrollando y verificar el estado de los mismos.

Diario

Semanal: El Inspector SIST o

Supervisor SIST del CONTRATANTE.

Mensual: Auditoria

de gestión de la obra por parte del

Coordinador SIG del CONTRATANTE.

Garantizar que la actividad no se ejecute si no están las

condiciones.

Verificar los sistemas de izaje, evaluar el estado de los aparejos que se van a usar y garantizar la aplicación de los procedimientos de trabajo seguros para el izaje de cargas.

Diario

Realizar la señalización y demarcación de las áreas de trabajos en zonas de izaje de carga (con torre grúa y/o pluma grúa, andamios colgantes), en las zonas de transito del personal a cargo y demás actividades en donde se requiera.

Diario

Nota: La frecuencia de inspecciones en Seguridad Industrial que debe realizar el Contratista, se encuentra de manera detallada en el anexo 3. TABLA DE FRECUENCIA DE INSPECCIONES SIST EN OBRA.

Recuerden que el mantenimiento de nuestras excelentes relaciones comerciales depende de su colaboración y del cumplimiento de éstas regulaciones.

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12. Anexos

Anexo 1. Entrega Plan Básico Legal Contratistas.

Código: R-HSE-025

Ver 01

Fecha: 1 de Junio de 2015

Nombre del contratista: _____________________________________________________ Nit. ___________________________

ENTREGA DE PLAN BLASICO LEGAL DE EMPRESAS CONTRATISTAS

Nombre del Responsable de Seguridad y Salud en el trabajo (SIST) de la Empresa ó contratista:

Objeto del contrato:

ENTREGA PLAN BASICO LEGAL CONTRATISTAS

Fecha de entrega:

Plan de emergencias general de acuerdo a la actividad economica: El documento debe incluir que El

Contratista se acoge al Plan de Emergencias aplicable a los proyectos definidos por el CONTRATANTE.

Sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo (SGSST)

Vo.Bo. Supervisor y/o InspectorFirma del Representante legal (Empresa Contratista)

Procedimiento de investigación de Incidentes, Accidentes de Trabajo.

N° Contrato:

AN8:

Obra:

Panorama de Factores de Riesgo y/o matriz de peligros actualizada. (Para cada una de las obras a ejecutar)

Acta de conformación del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigia vigente dando

cumplimiento a la Resolución 2013 de 1986 y actas de los respectivos comites.

Reglamento de Higiene y Seguridad actualizado.

VoBo.

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Anexo 2. Tabla de Elementos de Protección Personal.

ELEMENTO IMAGENNORMA QUE DEBE

CUMPLIRREQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL ELEMENTO USO ESPECIFICO EN ACTIVIDADES

CERTIFICADO

NORMA ANSI

Z-359.1: 2007

CERTIFICADO

NORMA ANSI

Z-359.1: 2007

Silla para trabajos en

suspensión y con

ganchos porta

herramientas

Nota: aunque estas sillas no

sean certificadas si se le debe

exigir al proveedor que las

argollas y los mosquetones

cumplan con las resistencias

exigidas por norma 5000 libras.

Resolución

003673 de 2008

MinProtección

Sistema conformado por una base de madera, soportado por correas en reata

de alta resistencia y cinturón ajustable.

Posee dos argollas; una frontal para suspensión y otra dorsal en el cinturón

para deslazamiento horizontal del trabajador.

Permite libertad de movimiento al tener las

manos libres.

Evita el adormecimiento de las piernas en jornadas prolongadas de trabajo..

Diseñada para trabajos de posicionamiento en

altura como lavado y aplicación de pinturas en

fachadas, limpieza de ventanas, mantenimiento de

chimeneas, estructuras y en general todas aquellas

labores donde el trabajador debe permanecer

mucho tiempo suspendido

Aplica para todo el personal que se encuentre en

placa y/o realice trabajos en alturas superiores a

1,5 mts y en bordes de placa.

Aplica para todo el personal que se encuentre en

placa y/o realice trabajos en alturas superiores a

1,5 mts y en bordes de placa.

Aplica para todo el personal que realice actividad

de ascenso o descenso en escalera, andamio

colgante, andamio tubular u otro donde el

trajajador deba permanecer anclado para su

desplazamiento y cuyo punto de enganche sea de

gran diametro.

Aplica para el personal que realice actividades que

deban restringir el acercamiento al borde de placa.

Personal que manipule hierro, bloque o formaleta.

CERTIFICADO NORMA

ANSI A 10.32: 2004

Eslinga en nylon-poliester de 12 mm, mosquetón doble seguro en sus

extremos, Gancho 3/4" con una resistencia de 5000 lb. Longitud graduable

con 1,80 m

Guante en Carnaza Corto Guante reforzado en vaqueta. Deberán estar en buen estado, nunca rotos o

remendados, ni impregnados de cualquier sustancia.N.A.

ARNÉS MULTIPROPÓSITO

EN V 4 ARGOLLAS

El arnés debe ser fabricado en reata (poliester) con argolla D dorsal para

restricción y detección de caídas, dos argollas D laterales para

posicionamiento y una argolla D frontal para ascenso y descenso controlado.

Resistencia 5000 lb.

El arnés debe tener incluído en la etigueta:

- Modelo

- Tamaño

- País de origen

- Fecha de fabricación

- Fecha de inspección

- Norma que cumple

ESLINGA PARA

DETECCIÓN DE CAIDAS

CON ABSORBEDOR DE

CHOQUE MOSQUETÓN DE

3/4"

La eslinga debe ser elaborada en reata (poliester) con absorbedor de energía,

ganchos de 3/4" de doble seguro, Resistencia 5000 lb. Longitud: 1.80 m,

1.20m, 1.50m ó graduables.

ESLINGA PARA

DETECCION DE CAIDAS

CON ABSORBEDOR DE

CHOQUE DOBLE

TERMINAL EN "Y"

MOSQUETON 2 1/4"

CERTIFICADO NORMA ANSI

Z-359.1: 2007

Eslinga elaborada en reata (poliester) con tres puntos de anclaje, mosqueton

2 1/4" (grande). Ganchos de doble seguro.Resistencia 5000 lb.

Longitud: 1,80m, 1,20, 1,50m ó graduables.

ESLINGA PARA

POSICIONAMIENTO Y

RESTRICCION DE CAIDAS

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Revisó:

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Gestión

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27

Guante en Carnaza LargoNTC

2190

Controla riesgos físicos como calor radiante y riesgos mecánicos como

manejo de material cortante o punzante, y proyecciones de chispas calientes.

Para operaciones de soldadura, pulido y manipulación de materiales ásperos,

rígidos o abrasivos. Deberán estar en buen estado, nunca rotos o

remendados, ni impregnados de cualquier sustancia.

Personal de corte de hierro.

Guantes de hilaza con

recubrimiento en latex

amarillo

N.A.

Guante multiusos utilizado para diversos manutenciones su recubrimiento de

latex permite mayor agarre y protección. Su diseño ergonómico garantiza

confort y adaptación a la marca altamente resistente al dasgarro y la

abrasión.

Deberán estar en buen estado, nunca rotos o remendados, ni impregnados

de cualquier sustancia.

Personal que manipula porcelanato, cerámica o

mármol.

Guante de latex tipo

mosqueteroNTC-1726 Protege de laceraciones y del contacto con polvo. Calibre 35. Operador de cortadora de ladrillo.

Guante de Nitrilo N.A.Protege del contacto de las sustancias químicas, ofrecen gran movilidad en

las manos para la manipulación de los productos químicos.

Personal que manipula sustancias químicas según

ficha técnica de seguridad, (Redes hidraulicas,

aseo de apartamentos, lavada de fachada).

Botas de Caucho - Macha

- Caña alta

NTC-1741

NTC-2385

ANSI Z41

Botas de caucho caña alta sin puntera. Las suelas deben tener buen labrado,

el material no debe estar rajado, la platina no podrá estar expuesta, los

demás elementos delas botas también deben estar en buen estado.

Todo el personal de obra que no le aplique botas

con puntera.

Amarrar hierro, ensamble de perlin y riostra,

ensamble de formaleta manoportable.

Para la preparacion y manipulacion de la pasta,

fundidas en concreto, preparacion de mezcla, aseo

de apartamentos.

Guantes en Vaqueta con

refuerzo en carnaza

Guante reforzado en carnaza. Deberán estar en buen estado, nunca rotos o

remendados, ni impregnados de cualquier sustancia.

Guante industrial y/o

caucho Protege de laceraciones y del contacto con sustancias. Calibre 35.

NTC

2190- 2220 Z-81

NTC

1726

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Versión: 00

Elaboró: Coordinador SIG

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Gerentes de Proyecto

Aprobó: Director Nacional de Sistemas de

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Fecha: 18/01/2016

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Botas de Caucho -

Machita - Media Caña

NTC-1741

NTC-2385

ANSI Z41

Botas de media caña sin puntera. Las suelas deben tener buen labrado, el

material no debe estar rajado, la platina no podrá estar expuesta, los demás

elementos delas botas también deben estar en buen estado.

Personal de aseo y pintores.

Botas de Caucho con

Puntera y Plantilla de

Acero

- NTC 2257

- NTC 2396

- ANSI Z 41 1999

Botas de caucho caña alta con puntera reforzada. Protetor para los pies evita

impactos directos con elementos sólidos por caída de elementos de distinto

nivel y suela reforzada. Las suelas deben tener buen labrado, el cuero no

debe estar rajado, la platina no podrá estar expuesta, los demás elementos

delas botas también deben estar en buen estado.

Para todo el personal que se encuentre ejectuando

actividades en la cimentacion y fundida de placa.

Personal de Estructura, Mamposteria y toda

persona que participe en la actividad de izaje con

malacate.

Botas dieléctricas con

puntera de seguridad

- NTC 2257

- NTC 2396.

- ASTM 2413

ANSI-CEE-OSHA

Protector del riesgo eléctrico y evita impactos directos por caída de

elementos de distrinto nivel.Todo el personal que ejecute actividades electricas.

Monogafa clara elite con

ventilacion indirectaANSI Z.87

Protege contra el impacto de objetos. Deberán estar en buen estado tanto

los lentes como los demás elementos de sujeción. Se debe suministrar un

cordón sujetador con presilla para las gafas y así mejorar su ajuste sobre la

cara.

Todo el personal que realiza labores donde exista

la posibilidad de impacto de particulas, astillas,

fragmentos, salpicadura de liquidos. Personal de

Aseo que manipula polvillo y pintura para la

preparacion de estuco.

Casco Industrial - ANSI Z89. tipo II - Clase E.

- NTC 1523. Tipo I - Clase A.

Casco con viscera. Deben estar en buenas condiciones, tanto el casco como

el tafilete. El sistema de graduación debe funcionar correctamente, de

manera que el usuario pueda ajustar a las dimensiones de su cabeza.

Todo el personal de obra

Personal que trabaja en fundidas, descarcilando,

manipulacion de quimicos, cortadora de ladrillo,

friso, estuco y pintura.

Todo el personal de obra.

Constante exposición al sol - Placas y manipulacion

de corpaloza- Excavaciones a cielo abierto.

Barbuquejo de tres

apoyos- ANSI Z89.1 tipo I - Clase E.

- NTC 1523

El casco debe traer los puntos para colocar el barbuquejo.

Anteojos lente claro ANSI Z 87.1, CE EN166

Lente claro: Protege contra el impacto de objetos. Para uso en interiores

donde es necesaria la protección contra impactos. Antiempañantes. Filtro

rayos UV. Deberán estar en buen estado tanto los lentes como los demás

elementos de sujeción. Se debe suministrar un cordón sujetador con presilla

para las gafas y así mejorar su ajuste sobre la cara.

Anteojos lente

gris/OscuroANSI Z 87.1, CE EN166

Lente gris: Protege contra el impacto de objetos. Para uso en exteriores,

reduce el deslumbramiento permitiendo que los ojos del trabajador se

adapten fácilmente de interiores a exteriores. Antiempañantes. Filtro rayos

UV. Deberán estar en buen estado tanto los lentes como los demás

elementos de sujeción. Se debe suministrar un cordón sujetador con presilla

para las gafas y así mejorar su ajuste sobre la cara.

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Protector Auditivo Tipo

Tapon- NTC 2272.

- ANSI 3.19/74

Protector auditivo tipo tapon en silicona con cordón diseño ergonómico

suave y cómodo se adapta a las diferentes formaciones del conducto

auditivo. Fáciles de lavar y desinfectar . Atenuación entre 15-30 Db. Los

elementos desechables, se deberán suministrar como mínimo diariamente.

Todos deben estar en buen estado.

Aplica para las labores donde exista exposición a

ruido generado por la manipulacion de

herramientas y equipos menores.

Protector Auditivo Tipo

Copa para Ensamblar a

Casco

- NTC 2272.

- ANSI 3.19/74

Se debe tener en cuenta la referencia del casco para adquirir este tipo de

protección auditiva en forma de diadema.

Aplica para Operadores de: Cortador de Ladrillo,

Tronzadora, Demoliciones.

Poncho en PVC con

capuchaNA Color amarillo.

Cuando por las condiciones de lluvia extrema se

requiera ralizar una inspección.

Impermeable Camisa y

PantalónNA Color amarillo.

Operadores de la cortadora de ladrillo, vibrador de

concreto.

Delantal en PVC NA Confeccionado en tela poliéster recubierta en P.V.C. flexible y confortable. Lo utilizan operadores de la cortadora de ladrillo,

vibrador de concreto

Delantal de Carnaza NA Delantales fabricados en carnaza, cuero de vaqueta calibre 2.4 mm. Personal que corta varilla, soldadores.

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Chaleco Reflectivo NA Color amarillo ó naranja con bandas reflectivas.

Personal que apoya en el manejo de tráfico para

entrada y salida de maquinaria en la obra, Personal

auxiliar de torre grúas. PALETERO Y

APAREJADOR.

Careta para Esmerilar NTC 3610 / ANSI Z87.1Visor acetato o policarbonato antiempañante. Capacidad de abatimiento de

90º suspensión de ajuste a intervalos, visor Standard 12”x 8”.

Personal que manipula equipos que puedan afectar

el rostro, por virutas, chispas. (cortador de ladrillo,

guadaña, vibrador de concreto, pulidora).

Pieza facial

NTC 1728 / 1584 / 3763 /

3852-2 NIOSH.

Respirador para humos metálicos expedidos en procesos de soldadura.

Incluye pieza facial, prefiltro, filtro y cartucho. Deberán ser suministrados

para uso individual, de acuerdo a la talla de cada usuario y según los

contaminantes a los que se esté expuesto.

Personal que tiene contacto con quimicos en el

cual este genera vapores organicos. (Revisar ficha

tecnica del quimico).

Filtro

NTC 1728 / 1584 / 3763 /

3852-2 NIOSH.

El cartucho a solicitar es de acuerdo al riesgo: pinturas, humos de soldadura

eléctrica, entre otros.

Cartuchos para ensamblar en los repiradores contra

quÍmicos.

Respirador desechable

contra polvo

Mascarilla de protección

respiratoria para partículas

NIOSH 42 CFR-84 Actividades de tipo general donde se genere material particulado

Respirador para exposición a material pulverizado. Incluye pieza facial,

prefiltro, filtro y cartucho. Deberán ser suministrados para uso individual, de

acuerdo a la talla de cada usuario y según los contaminantes a los que se

esté expuesto.

Personal de aseo donde se requiere de un polvillo

especial para el lavado del enchape, Actividad de

cernir el yeso para la preparacion del estuco

Respirador contra

PRODUCTOS QUIMICOS

Respirador contra POLVO

(Material particulado)

Pieza facial completa

NTC 3852

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Anexo 3. Tabla de Frecuencia de Inspecciones SIST en obra.

FRECUENCIA DE INSPECCIONES

ITEM FRECUENCIA RESPONSABLE

Condiciones y actos inseguros no atendidos.

Semanal Contratista o Inspector S&ST del Contratista

Revisión de Equipo contra caídas Mensual Contratista o Inspector S&ST del Contratista

Inspección de andamio tubular En uso: Semanal Contratista o Inspector S&ST del Contratista

Lista chequeo excavaciones N.A. N.A.

Lista de inspección de equipos de emergencia

Mensual Contratista

Lista de inspección de andamios eléctricos

En uso: Semanal Contratista o Inspector S&ST del Contratista

Lista de Chequeo para pulidoras Semanal Contratista o Inspector S&ST del Contratista

Lista de Chequeo para trabajo en Suspensión

Semanal Contratista o Inspector S&ST del

Contratista.

Inspección de Sustancias químicas en almacén

Mensual Contratista

Lista de Chequeo para Izaje de carga

N.A. N.A.

Nota: Las inspecciones del Contratistas se deben realizar en los formatos propios.

Los registros de los contratistas deben conservarse en obra.

Las inspecciones relacionadas en el presente documento son las mínimas requeridas, en caso de requerirse cambios en las frecuencias de manera circunstancial debe ser el Coordinador SIG quien lo determine y defina el alcance.