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MANUAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DE USO DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL ESTADO 2018 MINISTERIO DE DEFENSA FUERZAS ARMADAS DEL ESTADO BOLIVIA

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MANUAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DE USO DE LAS FUERZAS

ARMADAS DEL ESTADO

2018

MINISTERIO DE DEFENSA FUERZAS ARMADAS DEL ESTADO

BOLIVIA

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN ........................................................................................................ 1

CAPÍTULO I ................................................................................................................ 2

1 ASPECTOS GENERALES .................................................................................. 2

1.1 OBJETO. ....................................................................................................... 2

1.2 EXCEPCIONES. ............................................................................................ 2

1.3 BASES LEGALES. ........................................................................................ 2

1.4 MÁXIMA AUTORIDAD EJECUTIVA. ............................................................ 2

1.5 ÁMBITO DE APLICACIÓN. ........................................................................... 2

1.6 SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. .................................................. 3

1.7 REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN. ................................................................... 3

1.8 APROBACIÓN. .............................................................................................. 3

1.9 PREVISIÓN. ................................................................................................... 3

1.10 RESPONSABILIDAD POR EL MANEJO DE BIENES. ................................. 3

1.11 INCLUSIÓN EN EL PLAN DE OPERACIONES ANUAL (POA.) .................. 4

1.12 CONTROLES ADMINISTRATIVOS. .............................................................. 4

1.13 BIENES EN LAS FUERZAS ARMADAS. ...................................................... 5

1.13.1 Bienes de uso. .................................................................................... 5

1.13.2 Bienes fungibles. ................................................................................ 5

1.14 PRINCIPIOS. ................................................................................................. 5

1.14.1 Buena Fe. ............................................................................................ 5

1.14.2 Calidad. ............................................................................................... 5

1.14.3 Calidez. ................................................................................................ 5

1.14.4 Celeridad. ............................................................................................ 6

1.14.5 Defensa del patrimonio del Estado. .................................................. 6

1.14.6 Economía. ........................................................................................... 6

1.14.7 Eficacia. ............................................................................................... 6

1.14.8 Eficiencia. ............................................................................................ 6

1.14.9 Ética. .................................................................................................... 6

1.14.10 Honestidad. ......................................................................................... 6

1.14.11 Legalidad. ............................................................................................ 6

1.14.12 Legitimidad. ........................................................................................ 6

1.14.13 Licitud. ................................................................................................. 6

1.14.14 Responsabilidad. ................................................................................ 6

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ii

1.14.15 Resultados. ......................................................................................... 6

1.14.16 Transparencia. .................................................................................... 7

1.15 PROHIBICIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS FUERZAS ARMADAS. ................................................................................................................ 7

CAPÍTULO II ............................................................................................................... 8

2 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES GENERALES ................................................ 8

2.1 ORGANIZACIÓN PARA EL CONTROL DE BIENES. ................................... 8

2.2 ELEMENTOS FUNCIONALES EN LA ADMINISTRACION DE BIENES. ..... 8

2.2.1 Responsable de Área. ........................................................................... 8

2.2.2 Responsable de Bienes e Inventarios. ................................................ 8

2.2.3 Usuario. .................................................................................................. 8

2.2.4 Área de trabajo. ...................................................................................... 8

2.3 FUNCIONES DEL RESPONSABLE DE ÁREA. ............................................ 8

2.4 FUNCIONES DEL RESPONSABLE DE BIENES E INVENTARIOS. ............ 9

2.5 FUNCIONES DEL USUARIO. ....................................................................... 9

CAPÍTULO III ............................................................................................................ 11

3 INVENTARIOS ................................................................................................... 11

3.1 CONCEPTO. ................................................................................................ 11

3.2 TIPO DE INVENTARIOS. ............................................................................ 11

3.2.1 Inventario general de las Unidades. ................................................... 11

3.2.2 Inventario de la Fuerza. ....................................................................... 11

3.2.3 Inventario de bienes en cuidado o custodia. .................................... 11

3.2.4 Inventario interno. ............................................................................... 11

3.3 TOMA DE INVENTARIOS. .......................................................................... 11

3.4 ACTIVIDADES PARA EL PROCESO DE INVENTARIACIÓN. ................... 12

3.4.1 Planificación......................................................................................... 12

3.5 LEVANTAMIENTO DE INVENTARIO. ........................................................ 13

3.6 BIENES QUE NO DEBEN INCLUIRSE EN EL INVENTARIO. ................... 14

CAPÍTULO IV ............................................................................................................ 15

4 ADMINISTRACIÓN DE BIENES DE USO ......................................................... 15

4.1 GENERALIDADES. ..................................................................................... 15

4.2 RECEPCIÓN. ............................................................................................... 15

4.3 REGISTRÓ DE DERECHO PROPIETARIO. ............................................... 15

4.4 REGISTRO EN EL SISTEMA INFORMÁTICO. ........................................... 15

4.4.1 Descripción. ......................................................................................... 16

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iii

4.4.2 Medición. .............................................................................................. 17

4.4.3 Estado de conservación. .................................................................... 17

4.4.4 Apropiación presupuestaria (Clasificación). ..................................... 17

4.4.5 Costo. ................................................................................................... 17

4.4.6 Documentos necesarios para el registro. ......................................... 18

4.5 CODIFICACIÓN. .......................................................................................... 18

4.5.1 Bienes a ser codificados. .................................................................... 18

4.5.2 Forma de codificar. .............................................................................. 18

4.6 ASIGNACIÓN. ............................................................................................. 20

4.6.1 Documento de entrega. ....................................................................... 20

4.6.2 Liberación de responsabilidad. .......................................................... 20

4.7 MANTENIMIENTO DE BIENES DE USO. ................................................... 21

4.8 SALVAGUARDA. ........................................................................................ 21

4.8.1 Contra pérdidas. .................................................................................. 21

4.8.2 Contra robos. ....................................................................................... 21

4.8.3 Contra accidentes. ............................................................................... 21

4.8.4 Para vehículos. .................................................................................... 22

4.9 MOVIMIENTOS INTERNOS. ....................................................................... 22

CAPÍTULO V ............................................................................................................. 23

5 DISPOSICIÓN DE BIENES DE USO ................................................................. 23

5.1 CONCEPTO GENERAL. ............................................................................. 23

5.2 OBJETIVOS. ................................................................................................ 23

5.3 RESPONSABILIDAD POR LA DISPOSICIÓN DE BIENES DE USO. ........ 23

5.4 APROBACIÓN SOBRE LA DISPOSICIÓN DE BIENES. ............................ 23

5.5 TIPOS DE DISPOSICIÓN. ........................................................................... 23

5.5.1 Disposición temporal. ......................................................................... 23

5.5.2 Disposición definitiva. ......................................................................... 24

CAPÍTULO VI ............................................................................................................ 25

6 BAJA DE BIENES DE USO .............................................................................. 25

6.1 CONCEPTO. ................................................................................................ 25

6.2 CAUSALES. ................................................................................................ 25

6.3 INCLUSIÓN EN EL PROGRAMA DE OPERACIONES ANUAL. ................ 25

6.4 HURTO, ROBO O PÉRDIDA FORTUITA. ................................................... 25

6.4.1 Documentos de inicio de proceso de baja. ....................................... 25

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6.4.2 De la remisión de la documentación. ................................................. 26

6.4.3 De la aprobación. ................................................................................. 26

6.4.4 Del registro de la baja. ........................................................................ 26

6.4.5 Reposición del bien. ............................................................................ 26

6.5 SINIESTROS. .............................................................................................. 27

6.5.1 Documentos de inicio de proceso. .................................................... 27

6.5.2 De la remisión de la documentación. ................................................. 27

6.5.3 De la verificación. ................................................................................ 28

6.5.4 De la aprobación. ................................................................................. 28

6.5.5 Del registro de la baja. ........................................................................ 28

6.6 DISPOSICIÓN DEFINITIVA DE BIENES. .................................................... 28

6.7 INUTILIZACIÓN. .......................................................................................... 28

6.7.1 Documentos requeridos para el inicio del proceso de baja. ........... 29

6.7.2 Del informe de desincorporación de bienes de uso. ........................ 29

6.7.3 Del informe Legal ................................................................................. 29

6.7.4 Autorización para la baja por inutilización. ....................................... 30

6.7.5 Destrucción del bien. .......................................................................... 30

6.7.6 Registro de la baja. .............................................................................. 30

6.8 OBSOLESCENCIA. ..................................................................................... 30

6.8.1 Documentos requeridos para el inicio del proceso de baja. ........... 31

6.8.2 Del informe de desincorporación de bienes de uso. ........................ 31

6.8.3 Del informe Legal ................................................................................. 31

6.8.4 Autorización para la baja por obsolescencia. ................................... 31

6.8.5 Destrucción del bien. .......................................................................... 32

6.8.6 Registro de la baja. .............................................................................. 32

CAPÍTULO VII ........................................................................................................... 33

7 DEL SISTEMA INFORMÁTICO VIGENTE (VSIAF.) ......................................... 33

7.1 CONCEPTO GENERAL. ............................................................................. 33

7.2 DESCARGA DEL VSIAF DEL SITIO WEB. ................................................ 33

7.3 PARA CASOS DE ERRORES DE TRANSCRIPCIÓN. ............................... 33

7.3.1 Que afecta al patrimonio. .................................................................... 33

7.3.2 No afecta al patrimonio. ...................................................................... 33

7.4 DOCUMENTOS QUE SE REMITEN AL CIERRE DE GESTIÓN. ............... 34

7.4.1 Al Ministerio de Defensa. .................................................................... 34

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v

7.4.2 A la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza. ....... 34

TABLA DE ANEXOS ................................................................................................. 35

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS .................................................................................... 36

ABREVIATURAS Y SU SIGNIFICADO .................................................................... 37

BIBLIOGRAFÍA. ........................................................................................................ 38

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MANUAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DE USO DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL ESTADO

INTRODUCCIÓN El Manual de Administración de Bienes de Uso elaborado por la Unidad de Bienes,

Patrimonio de las FF.AA. dependiente de la Dirección General de Bienes, Patrimonio

e Infraestructura de las FF.AA., fue presentado en reunión de Directores de Bienes de

las FF.AA. y revisado por el personal técnico de las diferentes Fuerzas, los que

enriquecieron con su aporte el contenido en base a la experiencia en la práctica en la

Administración de Bienes de Uso, que fue un factor importante para la presentación

definitiva del documento.

Básicamente el Manual está fundamentado en la Ley 1178, normas del Sistema de

Administración de Bienes y Servicios, Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas,

Reglamentos, Directivas y otras disposiciones legales emanadas por la autoridad

competente.

La necesidad de contar con una norma que guie de manera homogénea y optima la

correcta administración de los bienes administrativos pertenecientes a las Fuerzas

Armadas, es cada vez palpable y se refleja en las diferentes inspecciones y o actos

administrativos que el Ministerio de Defensa realiza a las Unidades Militares en el

control de los Bienes de Uso; en ese sentido el aporte se constituye en guía básica

indispensable para el servidor público responsable del manejo de bienes de uso.

La norma básica señala que el control de los bienes, se efectuara por la repartición

creada expresamente para ello o por el personal designado, evitando duplicidad de

funciones, objetivos y atribuciones con otras dependencias en su administración al

interior de las Fuerzas Armadas.

El inventario físico deberá elaborarse en los formularios y/o software de control

autorizado por la instancia competente, tomando en cuenta las disposiciones que se

emanan periódicamente para esta actividad; cualquier otro inventario no tiene ninguna

validez institucional, ya que confunde, además se registra información distorsionada.

El Sistema de Administración de Bienes y Servicios aprobado con D.S.0181,

mencionada en la Ley 1178, establece la forma de “Contratación, Manejo y Disposición

de Bienes y Servicios”, el Manual solo se refiere al “Manejo y Disposición de Bienes”

y no así a los otros Sub Sistemas que se hacen mención la norma básica, es un

instrumento normativo de cumplimiento obligatorio las Fuerzas Armadas.

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CAPÍTULO I

1 ASPECTOS GENERALES

1.1 OBJETO. Contar con un instrumento para la administración de los bienes de uso en las Fuerzas Armadas, que permita establecer procedimientos inherentes al registro, control físico, asignación, custodia, levantamiento de inventarios, apropiación contable.

1.2 EXCEPCIONES. Se encuentran fuera del alcance de este Manual: a) Los bienes de dominio público. b) El material bélico de las Fuerzas Armadas. c) Los bienes declarados patrimonio histórico y cultural. d) Los bienes de Empresas Públicas Nacionales Estratégicas.

1.3 BASES LEGALES. a) Constitución Política del Estado del 09 de febrero de 2009.

b) Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales del 20 de julio de 1990.

c) Ley 1405 Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación del 18 de diciembre de 1992.

d) Ley 004 de Lucha Contra la Corrupción “Marcelo Quiroga Santa Cruz” del 31 de marzo de 2010.

e) Decreto Supremo N° 23318-A Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública del 3 de noviembre de 1992.

f) Decreto Supremo N° 0181 Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios del 28 de junio de 2009.

g) Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios del Ministerio de Defensa vigente.

h) Reglamento de Codificación, Inventariación y Registro de Activos Fijos de las Fuerzas Armadas aprobado mediante Resolución Ministerial No. 0712 del 20 de septiembre de 1994.

i) Manual de Funciones de las Direcciones Generales de Bienes de las Fuerzas Armadas vigente.

j) Directivas y disposiciones emanadas por los Comandos Generales de Fuerza, sobre la administración de bienes institucionales.

1.4 MÁXIMA AUTORIDAD EJECUTIVA. La Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE.) del Ministerio de Defensa, Instituciones Públicas Desconcentradas y Fuerzas Armadas es el Ministro de Defensa.

1.5 ÁMBITO DE APLICACIÓN. La aplicación del presente Manual es de carácter obligatorio por las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional.

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1.6 SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. El incumplimiento u omisión de lo dispuesto en el presente Manual, generará responsabilidades establecidas en las Fuerzas Armadas y las señaladas en Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales y otras conexas.

1.7 REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN. Se actualizará por las siguientes causales:

a) Por la actualización de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

b) Cuando la Dirección General de Bienes, Patrimonio e Infraestructura de las Fuerzas Armadas determine su revisión, modificación y actualización.

c) A solicitud expresa de cualquiera de las Fuerzas.

1.8 APROBACIÓN. El presente Manual de Administración de Bienes de Uso de las Fuerzas Armadas, será aprobado mediante Resolución Ministerial emitido por la Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio de Defensa.

1.9 PREVISIÓN. Los inconvenientes en su aplicación o interpretación serán resueltos en los alcances y previsiones establecidas en las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios del Ministerio de Defensa.

1.10 RESPONSABILIDAD POR EL MANEJO DE BIENES. a) El Director General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza por conducto

regular es responsable ante el Comandante de Fuerza:

i. Por el manejo de bienes de uso en lo referente a la organización, funcionamiento y control de las unidades técnicas especializadas en la materia, por el cumplimiento de la normativa vigente, por el desarrollo y cumplimiento de reglamentos, procedimientos, instructivos y por la aplicación del régimen de penalizaciones por daño, pérdida o utilización indebida.

ii. Por la adecuada conservación, mantenimiento y salvaguarda de los bienes de uso.

iii. Porque se cuente con la documentación legal de los bienes de uso que son de su propiedad o estén a su cargo, así como de la custodia y registro de esta documentación en las instancias correspondientes. En caso necesario, solicitará a la Unidad Jurídica de la Fuerza el saneamiento de la documentación legal pertinente;

iv. Por el envío de la información sobre los bienes de uso de la Fuerza por conducto regular al Ministerio de Defensa y otras instancias autorizadas.

b) Los Responsables de Bienes e Inventarios de las Unidades Dependientes deben responder por conducto regular ante el Director General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza por el cumplimiento del presente Manual,

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Reglamentos, Procedimientos y/o Instructivos establecidos para el desarrollo de sus funciones, así como por el control, demanda de servicios de mantenimiento y salvaguarda de bienes.

c) Todos los servidores públicos son responsables por el debido uso, custodia, preservación y solicitud de servicios de mantenimiento de los bienes que les fueren asignados, de acuerdo al régimen interno de la Fuerza, Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública establecido en la Ley No. 1178 y otras disposiciones vigentes.

1.11 INCLUSIÓN EN EL PLAN DE OPERACIONES ANUAL (POA.) Las actividades y tareas inherentes al manejo de bienes de uso deben estar incluidas en el POA, para asegurar que su desarrollo se efectúe en función a los objetivos de gestión de la Fuerza.

El Director General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza, será responsable por el envío oportuno del POA. de su Fuerza, a la Dirección General de Bienes, Patrimonio e Infraestructura de las FF.AA., al inicio de cada gestión fiscal.

1.12 CONTROLES ADMINISTRATIVOS. a) El control es el proceso que comprende funciones y actividades para evaluar

el manejo de bienes, desde su ingreso a la Institución hasta su baja o devolución, utilizando registros e informes como fuente de información. Para efectuar este control, la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza debe: i. Realizar el recuento periódico de inventarios planificados o sorpresivos; ii. Verificar la correspondencia entre los registros y las existencias; iii. Verificar las labores de mantenimiento y salvaguarda; iv. Verificar la existencia de la documentación legal y registro de los bienes; v. Las FF.AA. deberán elaborar informes que describan los controles

ejercidos en sus fuerzas, los mismos deberán ser remitidos en forma trimestral a la Dirección de Bienes, Patrimonio e Infraestructura de las FF.AA. del Ministerio de Defensa, para su evaluación.

b) Para la elaboración de la información relacionada con el manejo de bienes, se utilizarán registros e informes que deberán contar con las siguientes características: i. Los registros deberán estar permanentemente actualizados y

debidamente documentados y permitirán: 1). Verificar fácil y rápidamente la disponibilidad de los bienes. 2). Evaluar el curso y costo histórico de los bienes. 3). Conocer su identificación, clasificación, codificación y ubicación. 4). Conocer las condiciones de conservación, deterioro, mejoras, etc., así

como las de tecnología y obsolescencia en que se encuentran los bienes de uso.

5). Verificar la documentación legal sobre la propiedad y registro de los bienes de uso de la entidad, así como de los asignados, alquilados, prestados, etc., a cargo de la entidad.

6). Establecer responsabilidad sobre el empleo de los bienes y la

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administración de las existencias. ii. Los informes permitirán describir y evaluar la situación de los bienes en un

momento dado.

1.13 BIENES EN LAS FUERZAS ARMADAS.

1.13.1 Bienes de uso. El Sistema de Administración de Bienes y Servicios identifica y define como bienes de uso a los contemplados en el Grupo 40000 de “ACTIVOS REALES” del Clasificador Presupuestario por Objeto del Gasto (ver Anexo “A”).

El presente Manual está referido a la administración de este tipo de bienes de uso.

En el Anexo “B”, se muestra los auxiliares de grupo, constituyéndose en una referencia sobre la apropiación al grupo contable que pertenece el activo fijo.

Los parámetros para la identificación del bien de uso, son los siguientes.

a) Bienes que la naturaleza de su composición sea relativamente duradera, como muebles, equipos y otros.

b) Bienes no destinados a la venta.

c) Semovientes como, el ganado vacuno, mular, asnal, caprino, lanar, porcino y caballar.

1.13.2 Bienes fungibles. Comprende los artículos, materiales y bienes que se consumen o cambien de valor durante la gestión y por sus características se apropian al gasto corriente.

Los bienes fungibles no debe registrarse en el software de control de activos fijos vigente (VSIAF.) ya que no son bienes de uso.

Los parámetros para su identificación, son los siguientes.

a) Su adquisición está contemplada en el Grupo 30000 “MATERIALES Y SUMINISTROS” del Clasificador Presupuestario por Objeto del Gasto.

b) Vida útil es corta.

c) Generalmente el costo es menor a un activo fijo.

1.14 PRINCIPIOS.

1.14.1 Buena Fe. Se presume el correcto y ético actuar de los servidores públicos.

1.14.2 Calidad. Atributos aplicados en el desempeño laboral orientado a la prestación de óptimos servicios públicos.

1.14.3 Calidez. Trato amable, cortés y respetuoso entre los servidores y servidoras

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públicos y con la población que usa los servicios del Estado.

1.14.4 Celeridad. Los mecanismos administrativos en el manejo de bienes, deben ser prontos y oportunos.

1.14.5 Defensa del patrimonio del Estado. Se rige por la obligación constitucional de precautelar el patrimonio del Estado, denunciando todo acto o hecho de corrupción.

1.14.6 Economía. Los procesos de manejo y disposición de bienes se desarrollarán con celeridad y ahorro de recursos.

1.14.7 Eficacia. Alcanzar los resultados programados orientados a lograr impactos en la sociedad.

1.14.8 Eficiencia. Cumplimiento de los objetivos y de las metas trazadas optimizando los recursos disponibles oportunamente.

1.14.9 Ética. Compromiso efectivo del servidor y servidora pública con valores y principios establecidos en la Constitución Política del Estado y la presente norma, que lo conducen a un correcto desempeño personal y laboral.

1.14.10 Honestidad. Actuar correctamente en el desempeño de funciones públicas, con base en la verdad, transparencia y justicia.

1.14.11 Legalidad. Actuar en el marco de las disposiciones legales vigentes en el País que responden a la voluntad soberana del pueblo.

1.14.12 Legitimidad. Reconocimiento pleno del Soberano a los actos de la administración pública, cuando éstos sean justos y respondan a sus necesidades.

1.14.13 Licitud. Los actos de los servidores públicos, relacionados con el manejo y disposición de bienes del sector público, deben reunir los requisitos de legalidad, ética y transparencia, que eviten incurrir en prácticas fraudulentas y de corrupción.

1.14.14 Responsabilidad. Asumir las consecuencias de los actos y omisiones en el desempeño de las funciones públicas.

1.14.15 Resultados. Productos obtenidos en el desempeño de las funciones públicas para el cumplimiento de los objetivos planificados y la satisfacción de las necesidades de la población.

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1.14.16 Transparencia. Práctica y manejo visible de los recursos del Estado, por parte de los servidores públicos y de personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras que presten servicios o comprometan recursos del Estado, así como la honestidad e idoneidad en los actos públicos, y el acceso a toda información en forma veraz, oportuna, comprensible y confiable, salvo la restringida por norma expresa en casos de seguridad nacional.

1.15 PROHIBICIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LAS FUERZAS ARMADAS. El personal (civil y militar) sin distinción de jerarquía y cargo están prohibidos de:

a) Usar los bienes para beneficio particular o privado.

b) Permitir el uso para beneficio particular o privado.

c) Prestar o transferir el bien a otro servidor público.

d) Enajenar el bien por cuenta propia.

e) Dañar o alterar sus características técnicas o físicas.

f) Poner en riesgo el bien.

g) Ingresar bienes particulares sin el conocimiento del Responsable de Bienes e Inventarios y autorización del Comandante de la Unidad.

h) Sacar bienes de la Institución, sin el conocimiento del Responsable de Bienes e Inventarios y autorización del Comandante de la Unidad.

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CAPÍTULO II

2 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES GENERALES

2.1 ORGANIZACIÓN PARA EL CONTROL DE BIENES. El control de bienes de uso en las Grandes, Pequeñas Unidades Dependientes, Departamentos, Direcciones, Reparticiones y otras dependencias Militares, serán asumidas por el Responsable de Bienes e Inventarios.

La dependencia del cargo será directa del Comandante de su Unidad o similar.

Las tareas generales del cargo, serán las señaladas en el presente manual y las emanadas en su oportunidad por la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza.

2.2 ELEMENTOS FUNCIONALES EN LA ADMINISTRACION DE BIENES.

2.2.1 Responsable de Área. Servidor Público de mayor jerarquía en un área de trabajo, cuya designación se realiza mediante Orden General de Destinos o en su defecto obedece a la estructura interna definida en las Unidades.

2.2.2 Responsable de Bienes e Inventarios. Servidor Público nombrado mediante MEMORANDUM, emitido por la autoridad correspondiente, con preferencia en el personal disponible y de permanencia fija en el destino.

2.2.3 Usuario. Personal de las Fuerzas Armadas (Civil o Militar) que se desempeña en un cargo al cual se le asigna bienes de uso de manera individual para el desarrollo de sus funciones.

2.2.4 Área de trabajo. Superficie física comprendida en una Unidad donde el Servidor Público cumple sus actividades.

2.3 FUNCIONES DEL RESPONSABLE DE ÁREA. a) Tomar conocimiento del inventario de la dependencia a su cargo.

b) Asignar bienes de su repartición al Usuario en coordinación con el Responsable de Bienes e Inventarios.

c) Precautelar que no se produzcan destrozos, movimientos y/o traslados arbitrarios de los activos fijos de una dependencia a otra o entre funcionarios sin su conocimiento y autorización.

d) Canalizar solicitudes de mantenimiento de bienes.

e) Coordinar con el Responsable de Bienes e Inventarios de la Unidad, lo referente a altas, bajas, transferencias de bienes y otros movimientos autorizados de su área.

f) Asumir la responsabilidad de los bienes de uso que le fueren asignados, no debiendo delegar la misma a personal subalterno.

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2.4 FUNCIONES DEL RESPONSABLE DE BIENES E INVENTARIOS. a) Recibir mediante inventario los activos que se encuentran a su cargo

mediante Acta de Entrega y Recepción acompañado del inventario (ver Anexo “C”).

b) Elaborar el Inventario Físico de la Unidad de manera objetiva e integral.

c) Registrar en el software de control de bienes de uso vigente (VSIAF.), el inventario de la Unidad conforme a las instrucciones recibidas por la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza.

d) Incorporar activos nuevos, transferidos, donados y recuperados al inventario de la Unidad, identificando, codificando y clasificando de acuerdo al presente Manual.

e) Restituir los códigos de los activos que hayan sido borrados y/o alterados.

f) Elaborar cronograma de inspecciones programadas y/o sorpresivas para el recuento físico de bienes de uso.

g) Mantener comunicación permanente con la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza, a fin de establecer un vínculo continuo, en la transmisión, recepción, ejecución y supervisión de instrucciones, Directivas y otras disposiciones emanadas de autoridad competente referente a los activos fijos.

h) Participar en la entrega y recepción de bienes de uso, independientemente de su fuente de financiamiento y origen, controlando la documentación y verificando el estado de los bienes recibidos.

i) Efectuar el seguimiento de reposición de los bienes sujetos a proceso de robo, hurto y extravío, a objeto de lograr la recuperación del bien.

j) Controlar, verificar y registrar la salida e ingreso de bienes de la Unidad sujetos a mantenimiento externo.

k) Solicitar anualmente, materiales y suministros (formularios, hojas, soportes magnéticos, cintas y/o tinta para impresora, etc.) para la impresión y grabación de respaldos magnéticos de los inventarios.

l) Realizar la asignación de activos fijos a todos los Usuarios por medio del reporte 13 (ver Anexo “I”) de asignación individual de bienes del VSIAF., o un documento similar.

m) Expedir documento de devolución de bienes a los Usuarios por medio del reporte 16 (ver Anexo “J”) de devolución individual de bienes del VSIAF., o un documento similar.

n) Archivar toda documentación de asignación y devolución de bienes.

2.5 FUNCIONES DEL USUARIO. a) Recibir los activos fijos de su área de trabajo mediante el reporte 13

asignación individual de bienes, en caso de que se presentaran observaciones efectuar la representación oportuna.

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b) Velar que los bienes no sean trasladados arbitrariamente sin la autorización correspondiente, tanto al interior como al exterior de la repartición, que no sean alterados en su codificación, reemplazados físicamente por otros que no corresponden a su área.

c) Representar por escrito oportunamente al Responsable de Área, la falta de seguridad en ambientes donde se encuentren bienes que merecen cuidado y otras iniciativas de salvaguarda que considere necesarios.

d) Tomar recaudos oportunos para evitar el deterioro, averías y otras casualidades que afecten el buen funcionamiento del bien.

e) Solicitar por escrito al Responsable de Área el mantenimiento oportuno de bienes de uso bajo su custodia.

f) Verificar que los activos estén debidamente CODIFICADOS y respondan a la descripción del reporte 13 asignación individual de bienes, caso contrario exigirá que estos cuenten con la marcación al Responsable de Bienes e Inventarios de la Unidad y Responsable de Área si correspondiere.

g) Presentar reporte 13 asignación individual de bienes y los activos componentes de su cargo de manera objetiva e individualizada, cuando se produzcan inspecciones de bienes de uso.

h) Elevar parte circunstanciado al Responsable de Área y Responsable de Bienes e Inventarios de la Unidad, cuando se produzcan robos, hurtos, extravíos, destrozos, movimientos arbitrarios y otras contingencias que afecten su inventario, en el lapso de 48 horas.

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CAPÍTULO III

3 INVENTARIOS

3.1 CONCEPTO. Documento en el cual se encuentra registrados de manera cronológica y apropiada a un grupo contable los bienes de uso, adquiridos con presupuesto de las Fuerzas Armadas, recursos propios, donaciones y otros de carácter lícito, reflejando el patrimonio de la Fuerza.

3.2 TIPO DE INVENTARIOS.

3.2.1 Inventario general de las Unidades. Es el registro documental de bienes de uso con presupuesto asignado a la Unidad en el Grupo 40000 “Activos Reales” del Clasificador Presupuestario por Objeto del Gasto y otras fuentes lícitas.

Estos bienes deben registrarse en el software de control vigente (VSIAF.) y de acuerdo a requerimiento deberá remitirse a las instancias correspondientes.

3.2.2 Inventario de la Fuerza. Es la suma de los inventarios generales de las Unidades Dependientes, consolidado en una sola información patrimonial y registrada en la base de datos en el sistema informático vigente (VSIAF.), del cual se van obteniendo los reportes requeridos por el Ministerio de Defensa y Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

3.2.3 Inventario de bienes en cuidado o custodia. Son los bienes entregados a las Unidades en calidad de asignación por parte del Ministerio de Defensa u otras entidades, cuyo derecho propietario no corresponde a la Fuerza, pero deberá contar con documentación de respaldo que justifique su permanencia y/o uso en la Unidad.

El registro de este tipo de bienes se llevará en un inventario separado, no forma parte del inventario de la Unidad, ni debe ser registrado en el software de control vigente (VSIAF.), sin embargo debe ser de conocimiento de las autoridades jerárquicas.

3.2.4 Inventario interno. En este inventario se registraran los bienes de uso que se encuentran en proceso de trámite de derecho propietario.

Estos bienes no deben ser registrados en el software de control de activos fijos (VSIAF.) de la Unidad, no forma parte del inventario general, pero deberá ser de conocimiento de la superioridad.

3.3 TOMA DE INVENTARIOS. La toma de inventarios es el recuento físico de los bienes de uso institucional, que será realizado de manera programada y/o sorpresiva, para actualizar la existencia de los bienes por cualquiera de los métodos generalmente aceptados, con los objetivos de: a) Establecer con exactitud la existencia de bienes en operación, tránsito,

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arrendamiento, depósito, mantenimiento, desuso, inservibles, sustraídos, siniestrados y en poder de terceros. Identificando además fallas, faltantes y sobrantes.

b) Proporcionar información sobre la condición y estado físico de los bienes.

c) Ser fuente principal para realizar correcciones y ajustes, establecer responsabilidades por mal uso, negligencia y descuido o sustracción.

d) Verificar las incorporaciones y retiros de bienes que por razones técnicas o de otra naturaleza no hubieran sido controlados.

e) Considerar decisiones que mejoren y modifiquen oportunamente deficiencias en el uso, mantenimiento y salvaguarda de los bienes.

f) Comprobar el grado de eficiencia del manejo de bienes de uso.

g) Generar información básica para la disposición de bienes.

h) Programar adquisiciones futuras.

Durante la gestión obligatoriamente el Encargado de Bienes e Inventarios de la Unidad realizará un control pormenorizado de todos los bienes de uso, empleando el método de “barrido general”, que consiste en la verificación ocular total y en sitio.

3.4 ACTIVIDADES PARA EL PROCESO DE INVENTARIACIÓN. Esta actividad requiere el desarrollo de diversos procesos lógicos de manera ordenada, en la que se incluye el registro, codificación y actividades como la toma de inventarios para lo cual deberán considerar los aspectos siguientes:

3.4.1 Planificación. Conjunto de actividades que se realiza de manera organizada plasmado en un documento (Plan) que responde al “cómo” se llevara a cabo la inventariación debiendo considerarse lo siguiente:

a) El Responsable de Bienes e Inventarios de la Unidad, efectuara un reconocimiento físico de las instalaciones de la Unidad, identificando Responsables de Área, Bienes de Uso, Usuarios y Áreas de Trabajo.

b) Luego de haber efectuado un reconocimiento preliminar, en base al organigrama de la Unidad, elaborará el organigrama de inventariación, que es una representación del anterior pero con mayor detalle, en el cual están identificadas las reparticiones y los usuarios con su grado, cargo, nombres, apellidos paterno, materno.

c) Inventario de la gestión anterior (si hubiera) o algún registro que sirva de inicio del proceso.

d) Documentos de respaldo de activos fijos que se encuentren en depósito, asignados o en custodia en la Unidad.

e) Requerimiento de personal de apoyo.

f) Requerimiento de materiales e insumos.

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g) Cronograma de actividades.

h) Otros que se considere necesarios.

3.5 LEVANTAMIENTO DE INVENTARIO. a) Revisar cada uno de los bienes existentes y anotar en el formulario los

siguientes datos:

i. Código del activo.

ii. Nombre del activo (descripción completa con sus características).

iii. Marca (si corresponde).

iv. Modelo (si corresponde).

v. Serie (si corresponde).

vi. Ubicación del bien.

vii. Nombre del Usuario.

viii. Otros datos importantes.

b) Marcar con etiquetas adhesivas o algún otro material los bienes inventariados para efectos de identificación.

c) Revisar todos aquellos lugares donde puedan existir bienes sujetos a inventariar.

d) Elaborar listados de inventario diferenciados de:

i. Bienes que se encuentran en mantenimiento o reparación.

ii. Bienes donados a la Institución.

iii. Bienes a los cuales se deba corregir su descripción, número de serie, etc.

iv. Bienes que no cuenten con su codificación, detallando ubicación y características.

v. Bienes no encontrados en el conteo físico.

vi. Bienes que merezcan reparación o mantenimiento.

vii. Bienes deteriorados, inservibles, dañados u obsoletos.

viii. Bienes que no respondan a la descripción especifica del inventario.

ix. Bienes que ya han sido dados de baja y aún están presentes físicamente en las áreas de trabajo y continúen figurando en el inventario.

x. Bienes observados que fueron incorporados y no cuentan con registro (sobrantes).

e) Elaboración y presentación del informe de resultados de la inventariación, adjuntando los listados señalados anteriormente.

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3.6 BIENES QUE NO DEBEN INCLUIRSE EN EL INVENTARIO. Los bienes que no deben inventariarse:

a) Elementos que forman parte de la estructura de la edificación: Puertas, ventanas, instalaciones eléctricas, duchas, inodoros, lavamanos, chimeneas y otros similares.

b) En las Unidades de Superficie: El casco, baos, mamparos y otros con esas características.

c) Artículos de oficina: papeleras, basureros, engrampadoras corrientes, perforadoras, tijeras y otros equipos de oficina similares.

d) Utensilios de cocina: ollas, platos, vasos, cubiertos, electrodomésticos pequeños en general.

e) Herramientas de carpintería, albañilería, mecánica y fontanería: martillos, serruchos, llaves, cubos y similares.

f) Herramientas agrícolas: palas, cuchillos, machetes y demás.

g) Cristalería usada en los laboratorios.

h) Textiles y vestuario: cortinas, persianas, alfombras, colchones, paraguas, uniformes, ropa de cama y similares.

i) Artículos deportivos: pelotas, redes, aros, entre otros.

j) Artículos de limpieza: escobas, trapeadores y demás.

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CAPÍTULO IV

4 ADMINISTRACIÓN DE BIENES DE USO

4.1 GENERALIDADES. La administración de los bienes de uso, es la función administrativa que comprende actividades y procedimientos relativos al ingreso, asignación, mantenimiento, salvaguarda, registro y control de bienes de uso de la Fuerza.

4.2 RECEPCIÓN. Los bienes que sean adquiridos para la Fuerza, deberán ser recepcionados para su incorporación al activo fijo, por medio de una Comisión de Recepción de la cual formará parte el Responsable de Bienes e Inventarios.

Cuando se trate de una contratación menor, salvo que la compra necesite verificación técnica, será recepcionado solo por el Responsable de Bienes e Inventarios.

La recepción de bienes a cargo de la Fuerza o bajo su custodia debe estar respaldada por los documentos de asignación, préstamo de uso, alquiler o arrendamiento u otros.

La comisión de recepción tendrá las siguientes tareas:

a) Efectuar la recepción de los bienes y dar su conformidad, previo cotejo de la documentación pertinente con lo solicitado por la entidad, y verificación de la cantidad y de los atributos técnicos, físicos, funcionales o de volumen de los bienes.

b) Elaborar y firmar el acta de recepción, según corresponda o emitir el informe de disconformidad cuando corresponda.

c) Algunos bienes podrán ser recepcionados en los depósitos para ser sujetos a verificación técnica cuando:

i. Su inspección demande un tiempo prolongado.

ii. Su verificación exija criterio especializado de técnicos calificados de la institución y/o contratados para dicho efecto

iii. Cuando las condiciones contractuales así lo determinen.

4.3 REGISTRÓ DE DERECHO PROPIETARIO. a) Los bienes de uso como vehículos y otros que requieran su registro de

derecho propietario a nombre de la Fuerza en las instancias legales, deberán estar a cargo de la Dirección General de Bienes, en coordinación de la Instancia Jurídica de la Fuerza.

b) La Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza, efectuará el seguimiento y control sobre el saneamiento de la documentación legal de vehículos y otros que corresponda.

4.4 REGISTRO EN EL SISTEMA INFORMÁTICO. Los bienes de uso deberán ser registrados en el software vigente (VSIAF.), considerando lo siguiente:

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4.4.1 Descripción. En esta fase se deberá tomar en cuenta las características físicas y/o químicas, de fabricación, dimensiones, estado de funcionamiento y conservación; utilizándose la descripción uniforme en castellano.

Se realizara en el orden siguiente: Ej:

Ejemplo 1: Para registrar un escritorio siguiendo el orden establecido:

Nombre genérico : Escritorio de madera.

Marca : No posee.

Color : Color roble.

Número de serie : No posee.

Modelo : No posee.

Fabricación : No posee.

Medición : 80x58x110 cm.

La suma de los factores expondrá:

Escritorio de madera de cuatro cajones, color roble de 80x58x110 cm.

Ejemplo 2: Para un televisor:

Nombre genérico : Televisor pantalla plana.

Marca : SONY.

Color : Color negro.

Número de serie : Serie No. H216901202.

Modelo : Modelo No. CQA4147.

Fabricación : Made in SUWON KOREA.

La suma de los factores expondrá:

Televisor de 15” marca SONY color negro, serie No. H216901202, modelo No. CQA4147, Made in SUWON KOREA.

“La descripción debe posibilitar identificar al bien a simple contacto

Nombre genérico (señalado en la factura o acta de recepción) Marca Color Número de serie + modelo + fabricación Medición Otras particularidades especiales IDENTIFICACIÓN DEL BIEN

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de vista.”

Para aquellos activos fijos que posean una placa descriptiva adosada al bien, describiendo sus características de fabricación, es recomendable la copia inextensa de su contenido de la placa, manteniendo el idioma en el que está escrito.

La utilización de una sola forma de describir permitirá uniformar la exposición sobre bienes similares, reproduciéndose en un mismo inventario cada vez que sea necesario.

En caso de no poder describir el bien de uso con un nombre conocido, se utilizará lo registrado en la factura o acta de recepción.

Cuando un bien este constituido por partes, piezas o accesorios se detallará con claridad las partes que componen el mismo, en ningún caso se utilizará la palabra "COMPLETO".

4.4.2 Medición. Para las mediciones de los bienes de uso que correspondan, se realizaran en el orden siguiente: ANCHO, LARGO y ALTO (ANC.L.A); los que se anotaran en cm., redondeándose automáticamente, en caso de que exista peso se lo expresará en la medición propia del bien.

4.4.3 Estado de conservación. Esta anotación nos permitirá establecer en una determinada fecha, el estado físico de un activo, para lo cual se utilizará las palabras Bueno, Regular y Malo.

a) Bueno. Cuando un bien es nuevo o sus condiciones de operabilidad sean eficientes se lo registrará como bueno.

b) Regular. Cuando un bien presente condiciones de operabilidad regular.

c) Malo. Cuando el bien no preste utilidad alguna por su mal funcionamiento o deterioro.

4.4.4 Apropiación presupuestaria (Clasificación). Se apropiará el bien de acuerdo al origen de su desembolso contable, tomando en cuenta el Clasificador Presupuestario por Objeto de Gasto – Grupo 40000 (ver anexo “A”).

Deberá coordinarse con el área contable para su apropiación correcta.

4.4.5 Costo. La factura del bien es el principal documento donde se referencia el valor monetario del activo, además es el documento histórico por medio del cual se efectúa revalorizaciones, depreciaciones y otros cálculos contables.

El Responsable de Bienes e Inventario debe coordinar con el área de adquisiciones, que los precios del equipo de computación o similares, sean

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desglosados en la factura y que no exista una descripción global.

4.4.6 Documentos necesarios para el registro. a) Copia fotostática de la factura. b) Para donaciones, los documentos deberán referenciar las condiciones

de donación, procedencia y costo del bien, levantándose las actas internas de entrega y recepción, entre el organismo donante y la Fuerza.

4.5 CODIFICACIÓN. La codificación es un paso final antes de realizar la entrega del bien al usuario. Para controlar la distribución de los bienes, las Fuerzas adoptaran sistemas de identificación interna, mediante códigos, claves o símbolos que:

a) Permitan la identificación, ubicación y destino del bien.

b) Discriminen claramente un bien del otro.

c) Diferencien una unidad de las partes que la componen.

d) Sea compatible con el sistema contable vigente en la Institución.

e) Faciliten el recuento físico.

Cuando un bien es codificado por primera vez, esta inscripción permanecerá hasta su baja; para bienes donados con códigos de otra entidad se conservara su código de origen adicionalmente.

4.5.1 Bienes a ser codificados. Se codificarán: a) Todos los bienes de uso que sean adquiridos con financiamiento bajo

derecho propietario de la Fuerza Grupo 40000 del Clasificador Presupuestario por Objeto del Gasto.

b) Los activos sobrantes y/o omitidos, que sean resultantes de un recuento físico que no cuenten con una codificación.

c) Los activos que provengan de diferentes fuentes de financiamiento lícito, (donaciones, legados, transferencias de otras entidades y otros) que no cuenten con ningún código y cuyo derecho propietario corresponda a la Institución.

4.5.2 Forma de codificar. La codificación podrá ser realizada utilizando viñetas con tinta indeleble, rotuladora con cinta plástica u otros medios que expresen de manera visible el código del bien.

a) En caso de uso de viñeta. La codificación con viñeta, se refiere al uso de letras y números, de tamaños determinados, que se usan para marcar con pintura el código del activo; para ello se utilizara una regleta metálica diseñada adecuadamente, donde puedan caber el código alfanumérico y los guiones respectivos.

Se utilizara juegos de viñetas necesarios (recomendado 3 de cada uno), tanto alfabéticas como numéricas de las misma dimensiones,

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recomendable viñetas de 2,5x2 cm.

La tinta a utilizarse por lo general será blanca y negra, excepcionalmente de algún otro color que contraste a la tonalidad del bien.

b) Lugar del código. El código estará situado en un lugar visible permitiendo identificar al bien a simple contacto de vista, de ninguna manera se lo ubicará en lugares ocultos que dificulten su lectura.

En todos los casos se velará para que el código se vea lo más elegante posible.

c) Composición del código. Las Fuerzas Armadas, adoptarán una codificación alfanumérica, estructurándose de la siguiente manera:

i. Identificador institucional Referencia de pertenencia del bien de uso a la Fuerza:

CJ = Comando en Jefe.

EJ = Ejército de Bolivia.

FA = Fuerza Aérea.

AB = Armada Boliviana.

ii. Gran Unidad. Se identificará al bien utilizando el clasificador establecido de acuerdo a la organización interna de las Fuerzas:

Anexo “D” Comando en Jefe.

Anexo “E” Ejército.

Anexo “F” Fuerza Aérea.

Anexo “G” Armada.

iii. Unidad Dependiente / Departamento/ Dirección / Instituto. Se identificará al bien utilizando el clasificador establecido de acuerdo a la organización interna de las Fuerzas:

XX-XX XX XX - 000

Número correlativo Grupo contable Unidad Dependiente Gran Unidad Identificador institucional

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Anexo “D” Comando en Jefe.

Anexo “E” Ejército.

Anexo “F” Fuerza Aérea.

Anexo “G” Armada.

iv. Grupo contable. De acuerdo a lo establecido en el sistema informático vigente, para cuyo caso se utilizará dos dígitos numéricos (ver anexo “H”).

v. Correlativo Número correlativo asignado a cada bien, de acuerdo a la cantidad de bienes se podrá ampliar los ceros a la izquierda, recomendándose utilizar tres dígitos.

El código deberá sumar como máximo quince dígitos incluidos los guiones, en caso de sobrepasar se suprimiran los guiones; en condiciones normales se utilizara guiones despues del Identificador Institucional y antes del Número Correlativo.

4.6 ASIGNACIÓN. Es el acto administrativo mediante el cual se entrega de manera formal a un usuario un activo o conjunto de estos generando responsabilidades sobre su debido uso y custodia.

Esta actividad debe realizarse cuando exista autorización del Responsable de Área y debe efectuarlo el Responsable de Bienes e Inventarios de la Unidad.

En una Unidad no deben existir bienes sin asignación, los bienes de áreas comunes deberán ser asignados al funcionario del área más próximo.

En las Prevenciones de Guardia (Portalón) existirá un inventario generado por el Responsable de Bienes e Inventarios, asignado al Ayudante de Ordenes del Comando, siendo actualizado permanentemente por la alta rotación del personal que toma el servicio.

4.6.1 Documento de entrega. Cuando el Responsable de Bienes e Inventarios de una Unidad efectué la entrega de bienes de uso a un usuario, debe generar el Reporte 13 Asignación Individual de Bienes con las firmas respectivas, el cual debe ser empleado para este fin (ver Anexo “I”).

El Responsable de Bienes e Inventarios debe mantener constantemente actualizado el inventario, generando documentos históricos de los servidores públicos.

4.6.2 Liberación de responsabilidad. Cuando el usuario hubiese sido cambiado de destino o cesado en sus funciones, deberá entregar al Responsable de Bienes e Inventarios y Responsable de Área, los bienes de uso que le fueron asignados, recibiendo el Reporte 16 Acta de Devolución de Bienes (ver Anexo “J”), para la liberación de responsabilidad sobre los bienes de uso, caso

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contrario será sujeto a responsabilidades determinadas en la Ley 1178 y sus reglamentos.

Una vez que se emita el documento de liberación de responsabilidad sobre bienes de uso, el Responsable de Bienes e Inventarios en coordinación con el Responsable de Área, determinarán la mejor conveniencia del destino de esos bienes, asignando estos a otro usuario del área en calidad de custodia o en su defecto proceder con el retiro de bienes del Área de Trabajo a un depósito a cargo del Responsable de Bienes e Inventarios.

4.7 MANTENIMIENTO DE BIENES DE USO. El mantenimiento es la función especializada de conservación que se efectúa a los activos para que permanezcan en condiciones de uso, mismo deberá ser incluido en el Programa de Operaciones Anual (POA.) de cada Unidad a fin de evitar el deterioro incontrolado, averías u otros resultados indeseables que pongan en riesgo el bien.

El usuario debe demandar este servicio mediante nota al Responsable de Área por escrito y con copia al Responsable de Bienes e Inventarios de su Unidad.

4.8 SALVAGUARDA. La salvaguarda es la protección de los bienes contra pérdidas, robos, daños y accidentes.

4.8.1 Contra pérdidas. Cada usuario deberá revisar periódicamente los bienes que estuvieren bajo su cuidado, en caso de pérdida deberá dar parte inmediatamente al Responsable de Área en primera instancia y al Responsable de Bienes e Inventarios de su Unidad.

Al cambio de destino del personal o cese de funciones, el Responsable de Área preverá que las chapas y/o candados sean cambiados, con recursos que deberán ser presupuestados en el POA. de cada Unidad, velando la seguridad de los bienes que se encuentran en su área de trabajo.

Los usuarios que acudan o permanezcan fuera del horario normal de trabajo, deberán solicitar al Responsable de Área esa actividad y deberán hacerse registrar en la Prevención de Guardia (Portalón).

4.8.2 Contra robos. El robo se produce cuando se violentan los accesos de ingreso a un área de trabajo determinada, en caso de suceder lo indicado, el usuario afectado, deberá proceder de acuerdo al Capítulo VII “Baja de Bienes de Uso”.

4.8.3 Contra accidentes. El Responsable de Bienes e Inventarios, en función del valor e importancia del bien requerirán a la Dirección General de Asuntos Administrativos o su similar la contratación de seguros para estos bienes.

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4.8.4 Para vehículos. El usuario afectado por la contingencia de accidente, robo, hurto o extravío, deberá informar a su superior jerárquico por escrito el hecho suscitado con copia al Responsable de Bienes e Inventarios de la Unidad, si correspondiere a las instancias legales y Compañía Aseguradora en 24 horas. Los conductores de vehículos administrativos de propiedad de las Fuerzas Armadas, deberán revisar las condiciones básicas de funcionamiento al momento de su uso, en caso de algún desperfecto, deberán notificar inmediatamente al titular del vehículo, si presentara algún daño por esta omisión, será pasible a las sanciones y responsabilidades a que haya lugar.

Tratándose de vehículos de trabajo, los titulares serán corresponsables conjuntamente con el conductor asignado, de que se demanden oportunamente los servicios de mantenimiento al área correspondiente.

Los titulares de los vehículos deberán vigilar que los vehículos permanezcan en los estacionamientos o en las instalaciones designadas para el efecto durante las horas y días que no correspondan al servicio.

Los servidores públicos que conduzcan algún vehículo oficial, deberán contar necesariamente con licencia de conducir vigente y correspondiente el que deberán presentar a la autoridad jerárquica competente.

En caso de que un usuario sea separado del cargo y tenga asignado un vehículo, deberá dar parte a la Unidad de Bienes, para la actualización de los resguardos, previa entrega formal.

4.9 MOVIMIENTOS INTERNOS. Movimiento autorizado de bienes de uso, debido a necesidades del servicio, requiriendo básicamente para efectos legales:

a) Disposición u orden escrita por la instancia superior correspondiente.

b) Acta de entrega y recepción.

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CAPÍTULO V

5 DISPOSICIÓN DE BIENES DE USO

5.1 CONCEPTO GENERAL. El subsistema de disposición de bienes, es el conjunto interrelacionado de principios, elementos jurídicos, técnicos y administrativos, relativos a la toma de decisiones sobre el destino de los bienes de uso de propiedad de la entidad cuando estos no son ni serán utilizados por la Fuerza.

5.2 OBJETIVOS. a) Recuperar total o parcialmente la inversión. b) Evitar gastos innecesarios de almacenamiento, custodia o salvaguarda. c) Evitar la acumulación de bienes sin uso por tiempo indefinido. d) Evitar la contaminación ambiental.

5.3 RESPONSABILIDAD POR LA DISPOSICIÓN DE BIENES DE USO. El responsable por la disposición de bienes es el Ministro de Defensa, quien deberá precautelar el cumplimiento de lo establecido en el Subsistema de Disposición de Bienes.

5.4 APROBACIÓN SOBRE LA DISPOSICIÓN DE BIENES. Para la aprobación sobre la disposición de bienes se deberá contar con los siguientes documentos:

a) Resolución Administrativa de Disposición de Bienes emitido por el Comando de Fuerza.

b) Dictamen de Inspectoría General emitida por el Comando en Jefe.

c) Resolución de Autorización emitida por el Comandante en Jefe.

d) Resolución Ministerial del Ministerio de Defensa que autorice la disposición del bien.

Para encarar cualquier tipo de disposición y modalidad de bienes, la Fuerza deberá sujetarse conforme a lo establecido en el Decreto Supremo 0181 y el presente acápite en cuanto a la aprobación de la disposición de bienes.

5.5 TIPOS DE DISPOSICIÓN. En base a la Norma Básica del Sistema de Administración de Bienes y Servicios se identifican los siguientes tipos y modalidades de disposición de bienes:

5.5.1 Disposición temporal. Cuando se determine la existencia de bienes que no serán utilizados de manera inmediata o directa, podrá disponer de estos bienes por terceros, sean públicos o privados, sin afectar su derecho propietario y por tiempo definido.

Dentro de este tipo de disposición se tiene las siguientes modalidades:

a) Arrendamiento o Alquiler. Modalidad por la cual la Institución concede el uso y goce de un bien o grupo de bienes a una persona natural o jurídica a cambio de una

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contraprestación económica, con la obligación de restituirlos en el mismo estado.

b) Préstamo de uso y comodato. Modalidad por la cual la Institución concede el derecho de uso de un bien o grupo de bienes, en forma gratuita a requerimiento de otra entidad pública, con la obligación de restituirlos en las mismas condiciones, cumplido el término y plazo establecido.

5.5.2 Disposición definitiva. Cuando la Fuerza determine la existencia de bienes que no son ni serán útiles y necesarios para los fines Institucionales, se podrá disponer de estos afectando el derecho propietario.

Dentro de este tipo de disposición se tiene las siguientes modalidades:

a) Enajenación. Transferencia definitiva del derecho propietario de un bien a otra persona natural o jurídica.

i. A título gratuito. 1) Transferencia gratuita entre entidades públicas.

Cesión definitiva del derecho propietario de un bien, sin recibir una contraprestación económica a cambio del mismo.

2) Donación. Es la cesión, sin cargo, del derecho propietario de un bien de uso, que podrá realizar la Fuerza a instituciones o asociaciones privadas sin fines de lucro, que estén legalmente constituidas en el país, siempre que brinden servicios de bienestar social, salud o educación.

ii. A título oneroso. Transferencia definitiva del derecho propietario de un bien de uso de propiedad de la Fuerza, recibiendo a cambio una contraprestación económica. Podrá darse mediante transferencia onerosa entre la Fuerza y otras entidades públicas o remate.

El remate es la venta de bienes a terceros en acto público, previa publicación de la convocatoria y a favor de la mejor oferta.

b) Permuta. Esta modalidad permite que dos entidades públicas se transfieran recíprocamente el derecho propietario de bienes de mutuo interés.

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CAPÍTULO VI

6 BAJA DE BIENES DE USO

6.1 CONCEPTO. La baja de bienes de uso no se constituye en una modalidad de disposición; consiste en la exclusión de un bien en forma física y de los registros contables de la Fuerza, cuyos procesos, de acuerdo con cada una de las causales establecidas en el artículo 235 de las NB-SABS., son los siguientes:

6.2 CAUSALES. La baja puede procederse conforme a las siguientes causales.

a) Hurto, Robo o Pérdida fortuita.

b) Siniestros.

c) Disposición definitiva de bienes.

d) Inutilización.

e) Obsolescencia.

6.3 INCLUSIÓN EN EL PROGRAMA DE OPERACIONES ANUAL. a) Las actividades y tareas inherentes al proceso de baja para su cumplimiento,

deben estar incluidas en el Programa Operativo Anual de la Fuerza y en el Presupuesto de la Institución.

b) La baja que no esté incluida en el Programa Operativo Anual y deba ser ejecutado durante esa gestión, requerirá de una reprogramación del mismo.

6.4 HURTO, ROBO O PÉRDIDA FORTUITA.

6.4.1 Documentos de inicio de proceso de baja. Al servidor público al que se le asignó el activo una vez ocurrido el hurto, robo o pérdida fortuita de forma inmediata presentará la siguiente documentación:

a) En vehículos:

i. Informe detallando las circunstancias de modo tiempo y lugar en que ocurrió la contingencia, emitido por el funcionario al que se le asignó el activo, elevado al Comandante de la Unidad con copia a la instancia de Inteligencia de la Unidad.

ii. Denuncia ante el organismo policial inmediatamente de ocurrido el hecho.

iii. Certificado de denuncia emitido por DIPROVE.

iv. Publicación sobre el hurto, robo o pérdida del bien, en un periódico de circulación nacional.

b) En mobiliario, equipo y otros que así lo requieran:

i. Informe del funcionario al que se le asignó el activo, sobre las circunstancias del hecho (modo tiempo y lugar) en que ocurrió la

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pérdida del mismo, elevado al Comandante de la Unidad con copia a la instancia de Inteligencia de la Unidad.

ii. Formulario de Denuncia ante el organismo policial, mismo que deberá ser interpuesto inmediatamente ocurrido el hecho.

iii. Certificado de denuncia emitido por la FELCC.

La documentación mencionada anteriormente deberá ser remitida a la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza por conducto regular, cumpliendo los plazos estipulados para la cobertura del seguro.

6.4.2 De la remisión de la documentación. El Comando de Fuerza a través de la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza de forma inmediata y oportuna realizara la verificación del hurto, robo o pérdida fortuita y emitirá el Informe de la circunstancia del hecho correspondiente, posteriormente remitirá una copia de la documentación a las siguientes instancias:

a) Entidad Aseguradora: Con el objeto de efectuar la recuperación del activo. (Únicamente para el caso de vehículos)

b) Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Fuerza, efectuara las acciones legales correspondientes, para la recuperación del activo.

c) Instancia de Inteligencia de la Unidad, a fin de que realice las investigaciones correspondientes.

Una vez recibida la respuesta de la Entidad Aseguradora y de la Instancia de Inteligencia, el Comando de Unidad remitirá la documentación complementaria a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Fuerza.

6.4.3 De la aprobación. Una vez concluido el proceso legal, el Comando de Fuerza emitirá la Resolución Administrativa de Baja en un plazo máximo de 60 días y tramitará el Dictamen de Inspectoría General del Comando en Jefe y Resolución de Autorización del Comandante en Jefe. Una vez que se cuente con la documentación señalada se gestionará la Resolución Ministerial del Ministerio de Defensa que autorice la baja del bien por hurto, robo o pérdida fortuita.

6.4.4 Del registro de la baja. Una vez que se cuenten con los documentos señalados en el punto 3, la Fuerza instruirá la baja del bien en el sistema informático vigente (VSIAF.) y remitirá fotocopias legalizadas de la documentación a la Dirección Administrativa Financiera para la baja contable.

6.4.5 Reposición del bien. Cuando un bien sufra algún tipo de contingencia como robo, hurto, pérdida fortuita, accidentes y otros casos que afecte al bien en su existencia física, inicialmente se determinarán las responsabilidades del caso para la reposición del bien.

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El usuario deberá efectuar la reposición del bien de igual o de mejor condición técnica. En caso de que no exista un bien de igual o mejor condición técnica en el mercado local o nacional, efectuará la cancelación monetaria del bien de acuerdo al proceso de avaluó efectuado por la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza.

Una vez efectuada la reposición y/o cancelación, el usuario por la vía correspondiente deberá efectuar la entrega del activo, para ello el Comandante de la Unidad deberá nombrar mediante Memorándum una comisión de recepción para verificar la calidad, condiciones técnicas y características del mismo, en el momento se levantaran las actas correspondientes, entregando una copia al interesado.

La recepción del bien será realizada por técnicos especialistas, en caso de que el bien en particular merezca una verificación y opinión profesional.

6.5 SINIESTROS. Todos aquellos bienes que se han perdido parcial o totalmente por averías graves, destrucción fortuita o pérdida importante por causa de un accidente, catástrofe, desastre natural, etc.

6.5.1 Documentos de inicio de proceso. Una vez ocurrido el siniestro, el usuario que se encuentra a cargo del bien deberá presentar a la brevedad posible lo siguientes:

a) Informe sobre los hechos suscitados: lugar del siniestro, día y hora del suceso, las causas y motivos del siniestro, el mismo que deberá ser sustentado con documentos probatorios (fotografías y otros).

b) Si el caso corresponde, parte a la instancia de Inteligencia de la Unidad.

c) Si el caso corresponde, copia de la denuncia ante el organismo policial respectivo.

d) Si el caso corresponde, informe del organismo competente sobre el hecho suscitado.

La documentación mencionada anteriormente deberá ser remitida a la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza, para su procesamiento.

6.5.2 De la remisión de la documentación. La Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza de manera inmediata remitirá una copia de la documentación del activo a las siguientes instancias:

a) Para los bienes que corresponda a la entidad aseguradora: con el objeto de efectuar la recuperación del activo.

b) Dirección General de Asuntos Jurídicos, para el análisis respectivo, si corresponde.

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6.5.3 De la verificación. El Comandante de Fuerza designará una Comisión mediante Memorándum para verificar el siniestro y emitirá informe del proceso. Posteriormente la documentación será remitida a la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza, para su aprobación y procesamiento.

6.5.4 De la aprobación. Una vez que se cuente con los informes respectivos, el Comando de Fuerza emitirá la Resolución Administrativa de Baja en un plazo máximo de 60 días y tramitará el Dictamen de Inspectoría General del Comando en Jefe y Resolución de Autorización del Comandante en Jefe. Una vez que se cuente con la documentación señalada, se gestionará la Resolución Ministerial del Ministerio de Defensa que autorice la baja del bien por siniestro.

6.5.5 Del registro de la baja. Una vez que se cuenten con los documentos señalados en el punto 4, la Fuerza instruirá la baja del bien en el sistema informático vigente (VSIAF.) y remitirá fotocopias legalizadas de la documentación a la Dirección Administrativa Financiera para la baja contable.

6.6 DISPOSICIÓN DEFINITIVA DE BIENES. El Comando de Fuerza deberá contar para la baja de bienes por disposición definitiva con los siguientes documentos:

a) Informe de conveniencia administrativa.

b) Informe de factibilidad legal.

c) Informe de recomendación de disposición del bien.

d) Resolución Administrativa del Comando de Fuerza.

e) Dictamen de Inspectoría del Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas.

f) Resolución de Autorización del Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas.

g) Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Defensa.

h) Acta de Entrega y Recepción del bien.

i) Contrato (solo para casos de: transferencia definitiva de bienes, donación, transferencia onerosa entre entidades públicas y remate).

Posteriormente la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza, remitirá copias legalizadas de la documentación señalada a la Dirección Administrativa Financiera de la Fuerza para la baja contable.

6.7 INUTILIZACIÓN. Se producirá la baja de aquellos bienes de uso inutilizados y estén comprendidos en los siguientes casos:

a) El costo de la reparación del bien no resulta beneficioso para la Institución.

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b) No existen repuestos para su reparación.

c) No son, ni serán utilizados por la Institución.

6.7.1 Documentos requeridos para el inicio del proceso de baja. Si el funcionario al que se le asignó el bien es un usuario, deberá presentar al Responsable de Bienes e Inventarios de su Unidad o Repartición Militar, un oficio en el que señale la devolución del mismo y un informe que señale el estado del bien. El mencionado Responsable deberá recepcionar el bien y realizar el acopio, siempre y cuando existan las condiciones para reunir los mismos, posteriormente por conducto regular solicitará la baja del bien, adjuntando un Informe Técnico inicial justificando la baja por inutilización, considerando el estado del bien, sus características y las partes, accesorios y componentes que se pueden recuperar y que signifique un retorno económico para la unidad o institución.

Si el funcionario, al que se le asignó el bien, es el Responsable de Activos Fijos de la Unidad o Repartición Militar en custodia de los bienes inutilizados, solicitará la baja del bien adjuntando el Informe Técnico inicial con las características anteriormente mencionadas.

La Dirección General de Bienes o su equivalente en cada fuerza, verificará la documentación enviada, devolviendo la misma en caso de tener fallas, en caso de que la información este conforme, recomendará al Comando de Fuerza el inicio del proceso de baja del bien.

El Comando de fuerza, con proveído autorizará y devolverá a la Dirección General de Bienes de la Fuerza los antecedentes, esta Dirección, dispondrá que la Gran Unidad o Repartición Militar Superior a la Unidad solicitante, organice y designe mediante memorándum, una Comisión de Evaluación, las Direcciones Generales de cada Fuerza también podrán organizar y designar una comisión para casos específicos de la Fuerza.

La Comisión de Evaluación, será la Instancia Competente, que verificará y elaborará el Informe técnico que señale el estado del bien, las características del mismo y partes, accesorios y componentes que se pueden recuperar.

6.7.2 Del informe de desincorporación de bienes de uso. Al final de cada año la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza, deberá emitir un informe técnico de desincorporación de bienes inutilizados, mismo que deberá ser autorizado por el Comando de Fuerza y deberá estar debidamente sustentado con documentos probatorios. Este informe deberá considerar la recuperación de las partes, accesorios y componentes que sean útiles para la institución y/o que signifique retorno económico.

6.7.3 Del informe Legal El Informe de Desincorporación deberá ser remitido a la Dirección Jurídica o su equivalente en cada fuerza para la elaboración del Informe Legal.

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6.7.4 Autorización para la baja por inutilización. Una vez que se cuente con el informe de desincorporación de bienes y el informe legal, el Comando de Fuerza en un plazo máximo de 60 días emitirá una Resolución Administrativa y resolverá dar continuidad al proceso de baja. Asimismo, tramitará el Dictamen de Inspectoría General del Comando en Jefe y Resolución de Autorización del Comandante en Jefe, una vez que se cuente con la documentación señalada se remitirá al Ministerio de Defensa por conducto regular.

La Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa, revisará la Documentación y en caso de encontrar observaciones, será devuelto a la Fuerza para su corrección. En caso de que la documentación esté conforme, elaborará la Resolución Ministerial para que el señor Ministerio de Defensa autorice la baja del bien por inutilización. Posteriormente se devolverá los antecedentes al Comando de Fuerza de origen por conducto regular.

6.7.5 Destrucción del bien. De acuerdo a las disposiciones legales que autorizan la baja, el Comando de Fuerza designara mediante Memorándum una comisión para la verificación de los bienes inutilizados, recuperación de las partes y/o accesorios que signifiquen retorno económico, si correspondiere se gestionará y entregará los bienes inutilizados para la destrucción de los mismos en coordinación con el Gobierno Autónomo Municipal local y en conformidad a la normativa vigente del medio ambiente.

La comisión deberá emitir en coordinación con el Notario de Fe Pública el acta notariada de verificación de entrega de los bienes inutilizados al recolector autorizado del Gobierno Autónomo Municipal local.

6.7.6 Registro de la baja. La comisión remitirá por conducto regular el acta notariada de verificación a la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza para la baja de los bienes en el sistema informático vigente (VSIAF.) y posteriormente remitirá fotocopias legalizadas de la documentación a la Dirección Administrativa Financiera de la Fuerza para la baja contable.

La Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza, remitirá el registro e informe de altas y bajas actualizado al Ministerio de Defensa, adjuntando copia de la resolución Administrativa de Baja y documentación pertinente al proceso realizado.

La Dirección General de Bienes Patrimonio e Infraestructura de las FF.AA. registrará la documentación remitida por la Fuerza, actualizará sus registros y emitirá el informe correspondiente para consideración de los actuados a la Dirección General de Asuntos Administrativos (DGAA.) del Ministerio de Defensa.

6.8 OBSOLESCENCIA. Se producirá la baja de aquellos bienes de uso obsoletos, que dejen de ser útiles en el tiempo porque su utilidad se ha vuelto insuficiente o superada por otro bien

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que de alguna manera lo reemplazo. 6.8.1 Documentos requeridos para el inicio del proceso de baja.

Si el funcionario al que se le asignó el bien es un usuario, deberá presentar al Responsable de Bienes e Inventarios de su Unidad o Repartición Militar, un oficio en el que señale la devolución del mismo y un informe que señale el estado del bien. El mencionado Responsable deberá recepcionar el bien y realizar el acopio, siempre y cuando existan las condiciones para reunir los mismos, posteriormente por conducto regular solicitará la baja del bien, adjuntando un Informe Técnico inicial justificando la baja por obsolescencia, considerando el estado del bien, sus características y las partes, accesorios y componentes que se pueden recuperar y que signifique un retorno económico para la unidad o institución.

Si el funcionario, al que se le asignó el bien, es el Responsable de Activos Fijos de la Unidad o Repartición Militar en custodia de los bienes obsoletos, solicitará la baja del bien adjuntando el Informe Técnico inicial con las características anteriormente mencionadas.

La Dirección General de Bienes o su equivalente en cada fuerza, verificará la documentación enviada, devolviendo la misma en caso de tener fallas, en caso de que la información este conforme, recomendará al Comando de Fuerza el inicio del proceso de baja del bien.

El Comando de fuerza, con proveído autorizará y devolverá a la Dirección General de Bienes de la Fuerza los antecedentes, esta Dirección, dispondrá que la Gran Unidad o Repartición Militar Superior a la Unidad solicitante, organice y designe mediante memorándum, una Comisión de Evaluación, las Direcciones Generales de cada Fuerza también podrán organizar y designar una comisión para casos específicos de la Fuerza.

La Comisión de Evaluación, será la Instancia Competente, que verificará y elaborará el Informe técnico que señale el estado del bien, las características del mismo y partes, accesorios y componentes que se pueden recuperar.

6.8.2 Del informe de desincorporación de bienes de uso. Al final de cada año la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza, deberá emitir un informe técnico de desincorporación de bienes obsoletos, mismo que deberá ser autorizado por el Comando de Fuerza y deberá estar debidamente sustentado con documentos probatorios. Este informe deberá considerar la recuperación de las partes, accesorios y componentes que sean útiles para la institución y/o que signifique retorno económico.

6.8.3 Del informe Legal El Informe de Desincorporación deberá ser remitido a la Dirección Jurídica o su equivalente en cada fuerza para la elaboración del Informe Legal.

6.8.4 Autorización para la baja por obsolescencia. Una vez que se cuente con el informe de desincorporación de bienes y el informe legal, el Comando de Fuerza en un plazo máximo de 60 días

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emitirá una Resolución Administrativa y resolverá dar continuidad al proceso de baja. Asimismo, tramitará el Dictamen de Inspectoría General del Comando en Jefe y Resolución de Autorización del Comandante en Jefe, una vez que se cuente con la documentación señalada se remitirá al Ministerio de Defensa por conducto regular.

La Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa, revisará la Documentación y en caso de encontrar observaciones, será devuelto a la Fuerza para su corrección. En caso de que la documentación esté conforme, elaborará la Resolución Ministerial para que el señor Ministerio de Defensa autorice la baja del bien por obsolescencia. Posteriormente se devolverá los antecedentes al Comando de Fuerza de origen por conducto regular.

6.8.5 Destrucción del bien. De acuerdo a las disposiciones legales que autorizan la baja, el Comando de Fuerza designara mediante Memorándum una comisión para la verificación de los bienes obsoletos, recuperación de las partes y/o accesorios que signifiquen retorno económico, si correspondiere se gestionará y entregará los bienes obsoletos para la destrucción de los mismos en coordinación con el Gobierno Autónomo Municipal local y en conformidad a la normativa vigente del medio ambiente.

La comisión deberá emitir en coordinación con el Notario de Fe Pública el acta notariada de verificación de entrega de los bienes obsoletos al recolector autorizado del Gobierno Autónomo Municipal local.

6.8.6 Registro de la baja. La comisión remitirá por conducto regular el acta notariada de verificación a la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza para la baja de los bienes en el sistema informático vigente (VSIAF.) y posteriormente remitirá fotocopias legalizadas de la documentación a la Dirección Administrativa Financiera de la Fuerza para la baja contable.

La Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza, remitirá el registro e informe de altas y bajas actualizado al Ministerio de Defensa, adjuntando copia de la resolución Administrativa de Baja y documentación pertinente al proceso realizado.

La Dirección General de Bienes Patrimonio e Infraestructura de las FF.AA. registrará la documentación remitida por la Fuerza, actualizará sus registros y emitirá el informe correspondiente para consideración de los actuados a la Dirección General de Asuntos Administrativos (DGAA.) del Ministerio de Defensa.

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CAPÍTULO VII

7 DEL SISTEMA INFORMÁTICO VIGENTE (VSIAF.)

7.1 CONCEPTO GENERAL. El sistema informático vigente para el registro de activos fijos, denominado VSIAF es proporcionado por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de manera gratuita, para todas las entidades que no cuentan con un sistema informático propio y homologado para el control de sus activos fijos.

El VSIAF., es una herramienta necesaria para las actividades de administración de bienes de uso.

7.2 DESCARGA DEL VSIAF DEL SITIO WEB. El Responsable de Bienes e Inventarios podrá descargar del sitio web:

http://www.economiayfinanzas.gob.bo/index.php?opcion=com_contenido&ver=contenido&id=2100&id=2100&id_item=626&id_item=656

Lo siguiente:

a) El instalador del VSIAF y sus actualizadores.

b) El Manual de Usuario del VSIAF.

c) Actualizaciones de la versión del programa.

d) Las UFV’s actualizadas del mes (descargar e instalar obligatoriamente hasta el 10 de cada mes).

7.3 PARA CASOS DE ERRORES DE TRANSCRIPCIÓN. Los errores en el registro informático pueden deberse a diversos factores y se clasifican en:

7.3.1 Que afecta al patrimonio. a) Errores en el costo.

b) Errores en la apropiación del código contable.

c) Errores en la activación de fungibles.

d) Errores por duplicidad del activo.

Si la Unidad identifica y requiere la depuración en el sistema informático por los factores señalados, elaborara un informe justificativo, el mismo servirá para el trámite de la “Resolución Administrativa por Error de Transcripción”.

Para cualquiera de los casos, se deberá tramitar la habilitación del sistema ante la Dirección General de Contabilidad Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, esta habilitación es solo de carácter temporal.

7.3.2 No afecta al patrimonio. Errores en la descripción.

Es conveniente realizar la corrección a estos errores, para mantener una

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base de datos consistente, el mismo se lo toma como actualización de la información, elaborándose un Informe Técnico dirigido a la autoridad superior quien autorizara la actividad.

7.4 DOCUMENTOS QUE SE REMITEN AL CIERRE DE GESTIÓN.

7.4.1 Al Ministerio de Defensa. Las Fuerzas Armadas, al cierre de gestión, deberán remitir a la Dirección General de Bienes, Patrimonio e Infraestructura de las FF.AA. del Ministerio de Defensa, la información patrimonial actualizada de Activos de cada Fuerza, de acuerdo a los requerimientos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en el software Sistema de Activos Fijos (VSIAF.) vigente.

La forma de presentación será establecida y comunicada por la Dirección General de Bienes, Patrimonio e Infraestructura de las FF.AA. oportunamente, de acuerdo a instructivo.

7.4.2 A la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza. De acuerdo a instrucción particular de cada Fuerza, el Responsable de Bienes e Inventarios de la Gran Unidad o su equivalente, será encargado de acopiar los inventarios de sus Unidades Dependientes a fin de consolidar en un solo documento el instructivo de cierre de gestión, para ser remitido a la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza.

De la misma manera remitirá los inventarios a sus Unidades Dependientes con las correcciones u observaciones efectuadas por la Dirección General de Bienes o su equivalente en cada Fuerza, debiendo efectuar el seguimiento en esta tarea.

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TABLA DE ANEXOS

A. B. C. D. E. F. G. H I J

Partida 40000, Clasificador Presupuestario por el Objeto del Gasto (actualizado cada gestión). Auxiliares de Grupo. Acta de Entrega y Recepción del cargo. Clasificador de Código de Gran Unidad, Unidad Dependiente, Departamento, Dirección, Instituto, del Comando en Jefe. Clasificador de Código de Gran Unidad, Unidad Dependiente, Departamento, Dirección, Instituto, del Comando General de Ejército. Clasificador de Código de Gran Unidad, Unidad Dependiente, Departamento, Dirección, Instituto, del Comando General de la Fuerza Aérea. Clasificador de Código de Gran Unidad, Unidad Dependiente, Departamento, Dirección, Instituto, del Comando General de la Armada Boliviana. Tabla de Grupos Contables. Reporte 13 Asignación Individual de Bienes del VSIAF. Reporte 16 Acta de Devolución de Bienes del VSIAF

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DEFINICIÓN DE TÉRMINOS TÉRMINO

DEFINICIÓN

Portalón Casco Baos Mamparo Fuselaje

: : : : :

Prevención de Guardia. Cuerpo de la embarcación. Elemento estructural del buque, de babor a estribor, que descansan sobre los durmientes y que sirven para darle firmeza a los costados y para sostener la cubierta. Construcción vertical de madera o metal que separa un compartimento de otro. Cuerpo del avión donde van los pasajeros y las mercancías.

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ABREVIATURAS Y SU SIGNIFICADO ABREVIATURAS SIGNIFICADO FF.AA. CPU. RAM. CD. DIPROVE. DVD. FELCC. UU.SS. MAE. NB-SABS VSIAF. POA. MINDEF. LOFA.

: : : : : : : : : : : : : :

Fuerzas Armadas Unidad Central de Procesamiento, donde se encuentra el disco duro, memoria RAM., tarjeta madre y otros periféricos de la computadora. Memoria de Acceso Aleatorio. Disco óptico de almacenamiento de datos de menor capacidad que un DVD. Dirección de Propiedad y Robo de Vehículos Disco óptico de almacenamiento de datos, generalmente de 4.7 GB. Fuerza de Lucha Contra el Crimen Unidad de Superficie, embarcaciones Máxima Autoridad Ejecutiva Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios Sistema Visual de Información de Activos Fijos Programa Operativo Anual. Ministerio de Defensa. Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas.

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BIBLIOGRAFÍA.

- Constitución Política del Estado del 09 de febrero de 2009.

- Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales del 20 de julio de 1990.

- Ley 1405 Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación del 18 de diciembre de 1992.

- Ley 004 de Lucha Contra la Corrupción “Marcelo Quiroga Santa Cruz” del 31 de marzo de 2010.

- Decreto Supremo N° 23318-A Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública del 3 de noviembre de 1992.

- Decreto Supremo N° 0181 Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios del 28 de junio de 2009.

- Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios del Ministerio de Defensa vigente.

- Reglamento de Codificación, Inventariación y Registro de Activos Fijos de las Fuerzas Armadas aprobado mediante Resolución Ministerial No. 0712 del 20 de septiembre de 1994.

- Manual de Funciones de las Direcciones Generales de Bienes de las Fuerzas Armadas vigente.

- Directivas y disposiciones emanadas por los Comandos Generales de Fuerza, sobre la administración de bienes institucionales.

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MINISTERIO DE DEFENSA FUERZAS ARMADAS DEL ESTADO

BOLIVIA

ANEXOS

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ANEXO “A”

1 - A

CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO POR EL OBJETO DEL GASTO

40000 ACTIVOS REALES Gastos para la adquisición de bienes duraderos, construcción de obras por terceros, compra de maquinaria y equipo y semovientes. Se incluyen los estudios, investigaciones y proyectos realizados por terceros y la contratación de servicios de supervisión de construcciones y mejoras de bienes públicos de dominio privado y público, cuando corresponda incluirlos como parte del activo institucional. Comprende asimismo los activos intangibles. 41000 Inmobiliarios

Gastos para la adquisición de bienes inmuebles. Comprende la compra de inmuebles, terrenos y otros tipos de activos fijos afines. 41100 Edificios

Gastos destinados a la adquisición de edificios. El concepto “edificio" incluye todas las instalaciones unidas permanentemente y que forman parte del mismo, las cuales no pueden instalarse o removerse sin romper las paredes, techos o pisos de la edificación.

41200 Tierras y Terrenos Gastos para la adquisición de tierras y terrenos, cualquiera sea su destino. Ejemplo: terrenos para edificaciones escolares, construcción de vías, edificios, expropiaciones y otros.

41300 Otras Adquisiciones Gastos destinados a la adquisición de inmuebles no contemplados en las partidas anteriores.

42000 Construcciones

Gastos para financiar construcciones nuevas, complementarias y mejoras que signifiquen incremento de valor y de vida útil, comprendiendo: unidades sanitarias, hospitales, edificios para oficinas, viviendas, penitenciarías, construcciones del sector defensa y seguridad, edificaciones para escuelas y colegios, restaurantes, almacenes, galpones. Comprende los costos por obras que pueden ser de tierra, pavimento o asfalto; trabajos de plataformas, cortes, obras de arte, alcantarillados, pasos, puentes y túneles, colocación de balasto; construcción de obras aeroportuarias, incluyendo el edificio terminal, pistas de aterrizaje, calles de carreteo y el cerco con malla olímpica; construcciones de puertos fluviales; obras urbanísticas como ser: apertura de calles, avenidas urbanas, muros de contención, plazas, parques, paseos, jardines, monumentos, campos deportivos, teatros al aire libre, zoológicos, y otras efectuadas en embalses, diques para almacenamiento de agua con fines de riego, energía hidroeléctrica, obras para riegos, y otras destinadas a la producción industrial, petrolera y/o minera. Comprende asimismo, la supervisión contratada de terceros para las construcciones y mejoras de bienes de dominio privado y público. Las partidas de este subgrupo de gasto, pueden ser presupuestadas en proyectos capitalizables y excepcionalmente en proyectos no capitalizables. 42200 Construcciones y Mejoras de Bienes Públicos Nacionales de Dominio Privado

Comprende las construcciones y mejoras que se incorporan al patrimonio institucional de las entidades públicas. Se incluye la contratación de terceros para la supervisión de obras, cuando su costo pueda ser determinado en forma separada de la construcción y mejora de bienes públicos de dominio privado. 42210 Construcciones y Mejoras de Viviendas

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ANEXO “A”

2 - A

Gastos para la construcción y mejoramiento de viviendas y obras complementarias que incrementen el valor de las mismas, tales como rejas, protecciones, garajes, jardines y otros. Incluye el costo de construcción y mejoramiento de viviendas para uso de personal militar o policial.

42220 Construcciones y Mejoras para Defensa y Seguridad Gastos en infraestructura para la prestación del servicio de defensa y policía. Comprende la construcción y mejoramiento de edificios militares y policiales, cuarteles, aeropuertos, puertos y otras instalaciones militares. No incluye la construcción de viviendas, aun cuando las mismas se destinen a uso del personal militar o policial, la misma deberá ser imputada en la partida 42210 “Construcciones y Mejoras de Viviendas”

42230 Otras Construcciones y Mejoras de Bienes Públicos de Dominio Privado Gastos realizados en la construcción y mejoramiento de obras públicas del dominio privado tales como: edificios para oficinas públicas, escuelas, hospitales, electrificación, hidroeléctrica, agua potable, alcantarillado sanitario, infraestructura y equipamiento de industrialización de hidrocarburos, gas y minería, redes de distribución de gas, estadios y coliseos deportivos, y otras edificaciones destinadas al desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios.

42240 Supervisión de Construcciones y Mejoras de Bienes Públicos de Dominio Privado Gastos realizados en la contratación de terceros para la supervisión de construcciones y mejoras de bienes públicos de dominio privado. Estos gastos se realizan durante la ejecución física de las obras y serán aplicados integralmente al costo total del activo institucional. Incluye los gastos por contratación a terceros para el Control y Monitoreo en proyectos contratados bajo la modalidad llave en mano.

42300 Construcciones y Mejoras de Bienes Nacionales de Dominio Público Comprende las construcciones y mejoras en infraestructura física que no pueden ser enajenadas por tratarse de bienes de dominio público. Se incluye la contratación de terceros para la supervisión de obras cuando su costo pueda ser determinado en forma separada de la construcción y mejora de bienes de dominio público. 42310 Construcciones y Mejoras de Bienes de Dominio Público

Gastos destinados a la construcción de obras del dominio público tales como: calles, caminos, carreteras, túneles, parques, plazas, monumentos, canales, puentes, sistemas de riego y micro riego, y cualquier otra obra pública construida para utilidad común.

42320 Supervisión de Construcciones y Mejoras de Bienes de Dominio Público Gastos realizados en la contratación de terceros para la supervisión de construcciones y mejoras de bienes de dominio público. Estos gastos se realizan durante la ejecución física de las obras y serán aplicados integralmente al costo total. Incluye los gastos por contratación a terceros para el Control y Monitoreo en proyectos contratados bajo la modalidad llave en mano.

43000 Maquinaria y Equipo

Gastos para la adquisición de maquinarias, equipos y aditamentos que se usan o complementan a la unidad principal, comprendiendo: maquinaria y equipo de oficina, de

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ANEXO “A”

3 - A

producción, equipos agropecuarios, industriales, de transporte en general, energía, riego, frigoríficos, de comunicaciones, médicos, odontológicos, educativos y otros. 43100 Equipo de Oficina y Muebles

Gastos para la adquisición de muebles, equipos de computación, fotocopiadoras, máquinas de escribir, relojes para control, equipos biométricos, mesas para dibujo y otros. 43110 Equipo de Oficina y Muebles

Gastos para la adquisición de muebles y enseres para el equipamiento de los ambientes de las instituciones públicas.

43120 Equipo de Computación Gastos para la adquisición de equipos de computación y otros relacionados.

43200 Maquinaria y Equipo de Producción Gastos para la adquisición de maquinaria y equipo de producción, que comprende: equipos agropecuarios e industriales destinados a la producción de bienes, permitiendo la transformación de materias primas en productos acabados o semielaborados y otros.

43300 Equipo de Transporte, Tracción y Elevación Gastos para la adquisición de equipos mecánicos, comprendiendo: equipos de transporte por vía terrestre, equipos ferroviarios, equipos para transporte por vía marítima, lacustre y fluvial, equipos para transporte por vía aérea. Comprende además, equipos de tracción, tales como: tractores, auto guías, montacargas, motoniveladoras, además de motocicletas, bicicletas, tráiler y carretas. Asimismo, se incluye elevadores, ascensores, escaleras mecánicas, transformación de vehículos automotores a gas natural vehicular, y otros. 43310 Vehículos Livianos para Funciones Administrativas

Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos livianos para uso administrativo y funciones operativas de las instituciones públicas, incluye: motocicletas, bicicletas, cuadratracks y otros.

43320 Vehículos Livianos para Proyectos de Inversión Pública Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos livianos para uso en la ejecución de proyectos de inversión pública, incluye: motocicletas, bicicletas, cuadratracks y otros.

43330 Maquinaria y Equipo de Transporte Asignaciones para la adquisición de equipos mecánicos, comprendiendo: equipos de transporte por vía terrestre, equipos ferroviarios, equipos para transporte por vía marítima, lacustre, fluvial, aérea y otros. Comprende además, equipos de tracción, tales como: tractores, autoguías, motoniveladoras y retroexcavadoras. Además de trailers, carretas, cisternas, volquetas, ambulancias, carro para bomberos, plantas asfálticas, grúas para remolcar vehículos, montacargas, remolques de plataforma y equipos de auxiliares de transporte para maniobras de puertos, aeropuertos, almacenes, patios de recepción, despacho de productos y otros no comprendidos en las partidas 43310 y 43320.

43340 Equipo de Elevación Comprende las asignaciones destinadas a la adquisición de elevadores, ascensores, escaleras mecánicas, y otros.

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ANEXO “A”

4 - A

43400 Equipo Médico y de Laboratorio Gastos para la adquisición de equipos médicos, odontológicos, sanitarios y de investigación, tales como: mesas de operación, bombas de cobalto, aparatos de rayos X, equipos de rayos laser, resonancia magnética, tomógrafos, hemodiálisis, instrumental mayor médico-quirúrgico, compresoras, sillones, aparatos de prótesis, microscopios, centrifugadoras, refrigeradores especiales, laboratorios bioquímicos, esterilizadores, amplimetros, teodolitos, cubicadores, balanzas de precisión, detectores de minerales, telescopios y otros.

43500 Equipo de Comunicación Gastos destinados a la adquisición de equipos para la transmisión y recepción de datos, como ser: plantas transmisoras, receptores de radios, equipo de televisión, vídeo y audio, aparatos telegráficos, teletipos y aparatos de radio; incluye instalaciones como: torres de transmisión, equipos utilizados en aeronavegación y actividades marítimas y lacustres, equipos de posicionamiento y medición (GPS), centrales telefónicas, aparatos telefónicos, equipos de telefonía IP, antenas de comunicación Wi-Fi, Access Point, redes de área amplia, equipos de vigilancia y otros relacionados.

43600 Equipo Educacional y Recreativo Gastos en bienes duraderos destinados a la enseñanza y a la recreación, comprenden aparatos audiovisuales, tales como: proyectores, micrófonos y otros. Además incluye equipos recreativos: carruseles, aparatos para parques infantiles y equipo menor de gimnasia, muebles especializados para uso escolar, tales como: pupitres, pizarrones y globos terráqueos. Se excluye mobiliario como sillas, mesas y anaqueles, aun estando destinadas para uso docente.

43700 Otra Maquinaria y Equipo Gastos para la adquisición de maquinaria y equipo especializados no contemplados en las partidas anteriores, incluye ventiladores y/o extractores de aire, calentadores de ambiente, enceradoras, refrigeradores, cocinas, aspiradoras, cámaras fotográficas digitales, cámaras de video digital y otros.

46000 Estudios y Proyectos para Inversión Gastos para la contratación de estudios y otros realizados por terceros, tales como: la formulación de proyectos, realización de investigaciones y otras actividades técnico - profesionales, cuando corresponda incluir el resultado de estas investigaciones y actividades al activo institucional. Las partidas de este subgrupo de gasto, deberán ser presupuestadas en proyectos capitalizables. 46100 Para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado

Gastos por servicio de terceros contratados para la realización de investigaciones y otras actividades técnico - profesionales, necesarias para la construcción y mejoramiento de bienes Públicos de dominio privado. 46110 Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de

Dominio Privado Gastos por servicios de terceros contratados por producto para la realización de estudios para proyectos de construcción, de equipamiento y de mejoramiento de bienes públicos de dominio privado.

46120 Consultoría de Línea para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado Gastos por servicios de consultores en proyectos de inversión pública necesarias para la construcción y mejoramiento de bienes públicos de

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ANEXO “A”

5 - A

dominio privado que desempeñen actividades técnico - operativas, cuya relación contractual está dentro del marco de los convenios de financiamiento.

46200 Para Construcciones de Bienes de Dominio Público Gastos por servicio de terceros contratados para la realización de investigaciones y otras actividades técnico - profesionales, necesarias para la construcción y mejoramiento de bienes de dominio público. 46210 Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de

Dominio Público Gastos por servicios de terceros contratados por producto para la realización de estudios para proyectos de construcción, de equipamiento y de mejoramiento de bienes de dominio público.

46220 Consultoría de Línea para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Público Gastos por servicios de consultores en proyectos de inversión pública necesarias para la construcción y mejoramiento de bienes de dominio público que desempeñen actividades técnico - operativas, financieras y administrativas, cuya relación contractual está dentro del marco de los convenios de financiamiento.

46300 Consultoría para capacitación, transferencia de tecnología y organización para procesos productivos, en proyectos de Inversión específicos. Gastos por servicios de terceros contratados para la realización de eventos de capacitación, transferencia de tecnología y organización para procesos productivos, cuya relación contractual está dentro del marco de los convenios de financiamiento. 46310 Consultoría por Producto 46320 Consultoría de Línea

49000 Otros Activos

Gastos destinados a la adquisición de otros activos no especificados en las partidas anteriores. Incluye los gastos en la compra de activos intangibles, gastos en bienes muebles existentes usados y la adquisición de semovientes y otros animales. 49100 Activos Intangibles

Gastos destinados a la adquisición de derechos y licencias para el uso de bienes, activos de la propiedad industrial, comercial, intelectual y otros. Asimismo, incluye la adquisición y actualización de versiones de programas de computación.

49300 Semovientes y Otros Animales Gastos destinados a la adquisición de ganado de diferentes especies y todo tipo de animales adquiridos con fines ornamentales, de reproducción o de trabajo.

49400 Activos Museológicos y Culturales Gastos destinados a la adquisición y/o restauración de activos museológicos y culturales, que no son depreciables.

49900 Otros Gastos destinados a la adquisición de otros activos no descritos anteriormente. Incluye objetos valiosos y bibliotecas, no depreciables.

FUENTE: https://www.economiayfinanzas.gob.bo/ NOTA.- Cada gestión, emplear el Clasificador Presupuestario que se encuentre en vigencia y publicado por el Ministerio de Economía y Finanzas Publicas.

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ANEXO “B”

1 - B

TABLA AUXILIARES DE GRUPO

GRUPO CONTABLE

PARTIDA CODIGO

AUXILIAR NOMBRE AUXILIAR DE GRUPO NOMBRE DE PARTIDA

1 41100 1 AEROPUERTO EDIFICIOS

1 41100 2 ALMACEN EDIFICIOS

1 41100 3 ASTILLERO EDIFICIOS

1 41100 4 BALNEARIO EDIFICIOS

1 41100 5 BASE AEREA EDIFICIOS

1 41100 6 BASE NAVAL EDIFICIOS

1 41100 7 BATALLÓN EDIFICIOS

1 41100 8 BIBLIOTECA EDIFICIOS

1 41100 9 CAPITANIA EDIFICIOS

1 41100 10 CASINO EDIFICIOS

1 41100 11 CENTRO DE SALUD EDIFICIOS

1 41100 12 CLINICA EDIFICIOS

1 41100 13 CLUB NAVAL EDIFICIOS

1 41100 14 COCINA Y PANADERIA EDIFICIOS

1 41100 15 COLEGIO EDIFICIOS

1 41100 16 COMANDO EDIFICIOS

1 41100 17 COMANDO DE BATALLON EDIFICIOS

1 41100 18 COMANDO DE DISTRITO EDIFICIOS

1 41100 19 COMANDO DIVISIONARIO EDIFICIOS

1 41100 20 COMEDOR EDIFICIOS

1 41100 21 COMPLEJO DEPORTIVO EDIFICIOS

1 41100 22 CUARTEL EDIFICIOS

1 41100 23 DORMITORIO / SOLLADO EDIFICIOS

1 41100 24 EDIFICIO EDIFICIOS

1 41100 25 ESCUELA EDIFICIOS

1 41100 26 ESCUELA MILITAR EDIFICIOS

1 41100 27 ESTACION EXPERIMENTAL EDIFICIOS

1 41100 28 ESTACION TRANSMISORA EDIFICIOS

1 41100 29 ESTADIO EDIFICIOS

1 41100 30 FABRICA EDIFICIOS

1 41100 31 FORTALEZA EDIFICIOS

1 41100 32 FRONTON EDIFICIOS

1 41100 33 GALPON EDIFICIOS

1 41100 34 HANGAR EDIFICIOS

1 41100 35 HOSPITAL EDIFICIOS

1 41100 36 HOTEL EDIFICIOS

1 41100 37 INMUEBLE EDIFICIOS

1 41100 38 INSTITUTO EDIFICIOS

1 41100 39 LABORATORIO EDIFICIOS

1 41100 40 LICEO EDIFICIOS

1 41100 41 OFICINA EDIFICIOS

1 41100 42 PANADERIA EDIFICIOS

1 41100 43 PAÑOL EDIFICIOS

1 41100 44 PAÑOL C-IV Y PELUQUERIA EDIFICIOS

1 41100 45 POLITECNICO EDIFICIOS

1 41100 46 PREVENCIÓN / PORTALÓN DE GUARDIA EDIFICIOS

1 41100 47 PROPIEDAD HORIZONTAL EDIFICIOS

1 41100 48 PUERTO EDIFICIOS

1 41100 49 PUESTO DE PRODUCCIÓN EDIFICIOS

1 41100 50 RESIDENCIAL EDIFICIOS

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ANEXO “B”

2 - B

1 41100 51 SANIDAD EDIFICIOS

1 41100 52 TEATRO EDIFICIOS

1 41100 53 UNIVERSIDAD EDIFICIOS

2 43100 1 ACONDICIONADOR DE AIRE MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 2 ALACENA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 3 ANAQUEL MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 4 ANILLADORA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 5 APARADOR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 6 ARCHIVADOR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 7 ARCHIVADOR DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 8 ARCHIVADOR METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 9 ARMARIO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 10 ARMARIO DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 11 ARMARIO METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 12 ARMAZON MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 13 ARMAZON DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 14 ARMAZON METÁLICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 15 ARTESA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 16 ASPIRADORA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 17 BANCO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 18 BANCO DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 19 BANCO METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 20 BAR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 21 BUTACA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 22 CAJA DE SEGURIDAD MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 23 CAJA FUERTE MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 24 CALCULADORA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 25 CALCULADORA ELECTRICA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 26 CALCULADORA MANUAL MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 27 CATRE METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 28 COLGADOR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 29 COLGADOR DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 30 COLGADOR METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 31 CONTADOR DE BILLETES MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 32 CREDENZA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 33 DESFIBRADORA/DESTRUCTOR DE PAPEL MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 34 EQUIPO DE PELUQUERIA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 35 ESCRITORIO DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 36 ESCRITORIO DE MELAMINA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 37 ESCRITORIO METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 38 ESTACION DE TRABAJO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 39 ESTANTE DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 40 ESTANTE DE MELAMINA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 41 ESTANTE METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 42 ESTUFA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 43 ESTUFA A GAS MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 44 ESTUFA ELECTRICA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 45 FOTOCOPIADORA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 46 GABINETE TIPO RACK/GABINETE METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 47 GAVETERO DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 48 GAVETERO METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 49 GUARDARROPA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 50 GUILLOTINA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 51 JUEGO DE COMEDOR DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

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ANEXO “B”

3 - B

2 43100 52 JUEGO DE COMEDOR METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 53 JUEGO DE DORMITORIO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 54 JUEGO DE LIVING MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 55 JUEGO DE SILLAS MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 56 KARDEK DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 57 KARDEK METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 58 LIBRERO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 59 MALETIN MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 60 MÁQUINA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 61 MAQUINA DE CALCULAR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 62 MAQUINA DE ESCRIBIR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 63 MAQUINA DE ESCRIBIR ELECTRICA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 64 MAQUINA DE ESCRIBIR MANUAL MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 65 MAQUINA DE PLANCHAR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 66 MAQUINA DE SECAR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 67 MAQUINA FOTOCOPIADORA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 68 MESA DE DIBUJO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 69 MESA DE LIVING MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 70 MESA DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 71 MESA DE MELAMINA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 72 MESA METALICA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 73 MESA PARA TELEFONO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 74 MESON MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 75 MODULAR DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 76 MODULAR DE MELAMINA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 77 MODULAR METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 78 MOSTRADOR DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 79 MOSTRADOR METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 80 MUEBLE DE COCINA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 81 MUEBLE PARA CAMBIAR BEBES MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 82 MUEBLE PARA COMPUTADORA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 83 MUEBLE PARA CONSOLA TELEFONICA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 84 MUEBLE PARA EQUIPO DE AMPLIFICACION MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 85 MUEBLE PARA GABINETE FOTOGRAFICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 86 MUEBLE PARA MANTENIMIENTO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 87 MUEBLE PARA MONITOREO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 88 MUEBLE PARA PROYECTOR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 89 MUEBLE PARA TELEVISOR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 90 MUEBLE PORTA PAPEL MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 91 PEINADOR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 92 PERCHERO DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 93 PERCHERO METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 94 PERFORADORA PARA ANILLADOS MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 95 PLANOTECA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 96 PLASTIFICADOR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 97 POLIGRAFIADOR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 98 PORTA AYUDA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 99 PORTA PLANOS MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 100 PORTA PROYECTOR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 101 PORTA TELEVISOR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 102 RELOJ BIOMETRICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 103 REPISA DE MADERA (SOPORTE) MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 104 ROPERO DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 105 ROPERO DE MELAMINA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

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ANEXO “B”

4 - B

2 43100 106 ROPERO METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 107 SILLA DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 108 SILLA GIRATORIA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 109 SILLA METALICA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 110 SILLA PARA CAJERO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 111 SILLA PLASTICA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 112 SILLÓN MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 113 SILLON DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 114 SILLON GIRATORIO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 115 SOFA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 116 SOMIER MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 117 TABLERO DE INFORMACIONES /ORDENES MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 118 TABLERO PARA LLAVES MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 119 TABURETE DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 120 TABURETE METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 121 TAQUILLA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 122 TARIMA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 123 TRIPODE MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 124 VELADOR DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 125 VELADOR METALICO MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 126 VENTILADOR MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 127 VITRINA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 128 VITRINA DE MADERA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

2 43100 129 VITRINA METALICA MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA

3 43200 1 ARENADOR MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 2 ASERRADERO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 3 ASPIRADORA INDUSTRIAL MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 4 BALANZA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 5 BISELADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 6 BOMBA DE AGUA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 7 BOMBA DE COMBUSTIBLE MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 8 BOMBA MANUAL MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 9 BORDADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 10 BOTELLON MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 11 BOTELLON DE OXIGENO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 12 CAMARA FOTOMECANICA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 13 CEPILLADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 14 COMPRESIMETRO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 15 COMPRESORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 16 CORTADORA DE FIERRO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 17 CORTADORA DE PASTO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 18 DESBROZADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 19 DETECTOR DE METAL MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 20 DOBLADORA DE FIERRO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 21 ENGRAMPADORA INDUSTRIAL MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 22 EQUIPO DE CARPINTERIA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 23 EQUIPO DE OXICORTE MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 24 EQUIPO DE SOLDAR MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 25 ESMERIL MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 26 ESPIGADOR MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 27 FRESADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 28 FRITADOR DE PAPAS MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 29 FUMIGADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 30 GROSADORA MAQUINARIA EN GENERAL

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ANEXO “B”

5 - B

3 43200 31 GRUPO ELECTROGENO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 32 GUILLOTINA INDUSTRIAL MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 33 HIDROLAVADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 34 HIDROMETRO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 35 HORNO INDUSTRIAL MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 36 INCUVADORA DE GRANJA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 37 LAMINADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 38 LUSTRADORA DE PISO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 39 MAQUINA AMASADORA DE PAN MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 40 MAQUINA CEPILLADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 41 MAQUINA CILINDRADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 42 MAQUINA COPIADORA DE PLANOS MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 43 MAQUINA CORTE PLASMA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 44 MAQUINA COSTURAR MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 45 MAQUINA DE CARPINTERIA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 46 MAQUINA DE COSTURAR MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 47 MAQUINA DE IMPRENTA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 48 MAQUINA DE PELUQUERIA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 49 MAQUINA DE SASTRERIA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 50 MAQUINA DE TEJER MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 51 MAQUINA DE ZAPATERIA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 52 MAQUINA ESTAMPADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 53 MAQUINA GROSADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 54 MAQUINA MACHIMBRADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 55 MAQUINA OVERLOCK MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 56 MAQUINA PEGA BOTON MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 57 MAQUINA PERFORADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 58 MAQUINA PLANCHADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 59 MAQUINA ROZADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 60 MAQUINA SANJADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 61 MAQUINA SELECCIONADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 62 MAQUINA TRILLADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 63 MAQUINA TRITURADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 64 MAQUINA TUPY MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 65 MAQUINA WINCHA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 66 MAQUINARIA DE IMPRENTA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 67 MOTOR HIDRAULICO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 68 PELADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 69 PERFORADORA DE ESPIRALES MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 70 PLANCHA INDUSTRIAL MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 71 PODADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 72 POLEA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 73 QUEMADORA DE PLACAS MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 74 RIBETEADOR MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 75 TABLERO ELECTRICO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 76 TANQUE DE AGUA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 77 TANQUE DE COMBUSTIBLE MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 78 TARRAJA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 79 TORNO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 80 TRITURADORA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 81 TROCERO MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 82 TURBINA MAQUINARIA EN GENERAL

3 43200 83 VULCANIZADOR MAQUINARIA EN GENERAL

4 43400 1 AGITADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

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ANEXO “B”

6 - B

4 43400 2 ALGODONERO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 3 AMALGAMADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 4 AMPLIADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 5 ANATOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 6 ANEMOMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 7 APARATO DE ANESTECIA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 8 APARATO DE HIDROTERAPIA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 9 APARATO DE PROTESIS EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 10 APARATO DE RAYOS X EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 11 APARATO DE SUCCIÓN EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 12 APARATO SIROTON EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 13 ATACADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 14 AUDIOMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 15 BAJA LENGUA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 16 BALANZA BATHROON EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 17 BALANZA DE PRECISION EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 18 BALANZA FILIZIONE EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 19 BALANZA USO MEDICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 20 BALON EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 21 BANCO OPTICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 22 BANDEJA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 23 BAÑADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 24 BARBIJO ORTOPEDICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 25 BAROMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 26 BICICLETA PARA USO MEDICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 27 BINOCULO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 28 BIOMBO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 29 BIOSEGURIDAD EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 30 BISTURI EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 31 BOMBA DE COBALTO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 32 BOTELLÓN DE OXIGENO PARA HOSPITAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 33 BRUÑIDOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 34 BRUÑIDOR DE AMALGAMA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 35 BRUÑIDOR STAINLES EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 36 BURRITO ANDADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 37 CALCIDOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 38 CALIRIMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 39 CAMA CARROS EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 40 CAMARA OSCURA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 41 CAMILLA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 42 CAMILLA DE CURACION EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 43 CAMILLA DE METAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 44 CAMILLA FLOTANTE EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 45 CAMILLA PORTATIL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 46 CAMILLA TIPO TRAUMA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 47 CAMPANA DE IRRIGACION EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 48 CANASTILLO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 49 CANULA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 50 CARRITO DE CURACION EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 51 CATRE EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 52 CATRE HOSPITALARIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 53 CENTRIFUGADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 54 CHASIS EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 55 CHATA MEDICA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

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ANEXO “B”

7 - B

4 43400 56 CILOTOMO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 57 CINCEL PARA HUESO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 58 CIRICADORES EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 59 CLANS EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 60 COMPRESOR DENTAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 61 CONO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 62 CONTIVIMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 63 CONTRA ANGULO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 64 CUAGULADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 65 CUBETA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 66 CUBETA RIÑONERA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 67 CUBICADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 68 CUCHARETA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 69 CURETA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 70 DEDILES EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 71 DESTILADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 72 DEUDOLITO MEDICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 73 DIAFONOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 74 DIALIZADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 75 DILATADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 76 DINAMOMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 77 DISPARADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 78 DOSIFICADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 79 EBULLIDOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 80 ECLIMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 81 ELECTRO ANALIZADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 82 ELECTRO CARDIOFRAFO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 83 ELECTROMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 84 ELECTROSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 85 ELEVADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 86 ELEVADOR DE BAR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 87 ELEVADOR ODONTOLOGICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 88 ELEVADORES EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 89 EMBUDO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 90 EMBULLIDOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 91 ENDOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 92 ENVULIDOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 93 EPARADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 94 EQUIPO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 95 EQUIPO DE OTORRINOLARINGOLOGIA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 96 EQUIPO DE DIAGNOSTICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 97 EQUIPO DE ELECTROCIRUGIA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 98 EQUIPO DE OFTALMOSCOPIA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 99 EQUIPO DE PARTO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 100 EQUIPO DE RAYOS X EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 101 EQUIPO DE REHABILITACION EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 102 EQUIPO DE RESUCITACION EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 103 EQUIPO DE TRANSFUSION EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 104 EQUIPO DE ULTRAVIOLETA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 105 EQUIPO DENTAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 106 EQUIPO HIDRAULICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 107 EQUIPO MEDICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 108 EQUIPO ODONTOLOGICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 109 EQUIPO OFTALMOLOGICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

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ANEXO “B”

8 - B

4 43400 110 ESCALPELO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 111 ESCUPIDERA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 112 ESMALTADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 113 ESPATULA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 114 ESPEJO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 115 ESPEJO BUCAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 116 ESPIROMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 117 ESTATOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 118 ESTERILIZADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 119 ESTERILIZADOR METALICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 120 ESTERILIZADOR PEQUEÑO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 121 ESTETOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 122 EXPLORADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 123 FARINGOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 124 FÉRULA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 125 FIJADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 126 FILTRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 127 FOLIMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 128 FONEDOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 129 FORCEP EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 130 FORCEPS DENTAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 131 GABINETE EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 132 GINEOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 133 GIROSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 134 GRADILLAS METALICAS EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 135 HEMOGLOVIMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 136 INCUVADORA DE HOSPITAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 137 INSTRUMENTAL DENTAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 138 INSULFADORA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 139 INYECTOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 140 IRRIGADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 141 JABONERA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 142 JARRA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 143 JERINGA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 144 LAMPARA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 145 LAMPARA CIALITICA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 146 LAMPARA CUELLO DE GANSO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 147 LAMPARA DE HALOGENO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 148 LAMPARILLA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 149 LINTERNA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 150 LLAVE EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 151 LUZ HALOGENA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 152 MAGNETO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 153 MANGO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 154 MANGO METALICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 155 MANGO PARA BISTURI EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 156 MANGO PARA ESPEJO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 157 MANGO PARA EXTRACTOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 158 MANOMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 159 MARTILLO PARA REFLEJO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 160 MASAJEADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 161 MEGATOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 162 MESA DE CURACIÓN EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 163 MESA DE LABORATORIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

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ANEXO “B”

9 - B

4 43400 164 MESA DE OPERACIÓN EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 165 MESA GINOBTETRICA GINECOLOGICA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 166 MESA METALICA PARA EXAMEN MEDICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 167 METRONOMO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 168 MICRO MOTOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 169 MICROSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 170 MODULAR DENTAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 171 MODULO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 172 MORTERO Y PILON EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 173 MULETAS EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 174 MULETAS DE MADERA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 175 MULETAS GRADUABLES EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 176 NEBULIZADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 177 NEGATOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 178 NEURODIN EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 179 OBTALMEDINAMOMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 180 OBTALMOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 181 OBTURADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 182 OCULOS EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 183 OFTALMODINAMOMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 184 OFTALMOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 185 ORTURADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 186 OSCILOGRAFO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 187 OSCILOSCOPIO MEDICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 188 OTOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 189 OXIGENO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 190 PANTALLA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 191 PANTALLA HESS EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 192 PANTOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 193 PATO DE FIERRO ENLOSADO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 194 PATO JARRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 195 PEDAL ELECTRICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 196 PEDESTAL DE SUERO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 197 PERISCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 198 PINZA METALICA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 199 PIROMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 200 PISTOLA DE AGUA Y AIRE EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 201 PORTA AGUJA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 202 PORTA ALAMBRE EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 203 PORTA ALGODON EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 204 PORTA AMALGAMA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 205 PORTA BANDEJA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 206 PORTA BAÑADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 207 PORTA FILTRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 208 PORTA MATERIAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 209 PORTA MATRIZ EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 210 PORTA SUERO METALICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 211 PULVERIZADOR MEDICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 212 RECIPIENTE EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 213 RECTOSCOPIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 214 REFLECTOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 215 REFRIGERADOR ESPECIAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 216 RETRACTOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 217 RIÑONERA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

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ANEXO “B”

10 - B

4 43400 218 SALVAVIDAS EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 219 SECADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 220 SENDESMOTOMO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 221 SEPARADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 222 SILLA DE RUEDAS EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 223 SILLA DE TOMA DE MUESTRA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 224 SILLA DE USO EN LA MEDICINA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 225 SILLON DENTAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 226 SILLON METALICO DENTAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 227 SINDESMONTO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 228 SONDA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 229 SONDA DENTAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 230 SOPORTE EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 231 SUCTOR DE SALIBA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 232 TALLADOR EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 233 TAMBOR DE ESTERILIZACION EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 234 TANQUE EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 235 TELESCOPIO MEDICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 236 TENSIOMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 237 TEODOLITO MEDICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 238 TERMOMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 239 TERMOS EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 240 TIJERA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 241 TIJERA CURVA EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 242 TIJERA MAYO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 243 TUBO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 244 TURBINA DE USO MEDICO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 245 ULTRASONIDO DENTAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 246 UNIDAD DENTAL EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 247 VECTOCARDIOGRAFO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 248 VIBRADOR USO HOSPITALARIO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 249 VISTURI EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

4 43400 250 VITALOMETRO EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO

5 43500 1 ACOPLES EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 2 ALTAVOCES EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 3 ALTOPARLANTE EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 4 AMPLIFICADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 5 ANTENA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 6 ANTENA LATIGO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 7 ANTENA PARABOLICA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 8 ANTENA SECCIONADA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 9 ANTENA SKY CON DECODIFICADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 10 ANTENA WIFI EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 11 APARATO CELULAR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 12 APARATO DE TELEFAX EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 13 APARATO TELEFGRAFICO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 14 APARATO TELEFONICO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 15 APARATO TIPOGRAFICO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 16 APARATO VIBROFLEX EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 17 BAFLE EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 18 BASE DE ANTENA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 19 BETAMAX EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 20 BLOQUEADORES TELEFONICOS EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 21 CABINAS EQUIPO DE COMUNICACIONES

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ANEXO “B”

11 - B

5 43500 22 CAMARA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 23 CAMARA FOTOGRAFICA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 24 CARGADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 25 CENTRAL TELEFONICA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 26 CONMUTADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 27 CONSOLA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 28 CONTROL REMOTO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 29 DECK EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 30 DECODIFICADOR DE SEÑAL EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 31 DESTELLADORES EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 32 DVD EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 33 ECUALIZADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 34 EQUIPO DE AERONAVEGACION EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 35 EQUIPO DE AMPLIFICACION EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 36 EQUIPO DE NAVEGACION EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 37 EQUIPO DE RADAR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 38 EQUIPO DE SONIDO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 39 EQUIPO DE VHF EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 40 EQUIPO DE VIDEO CONFERENCIA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 41 EQUIPO DVD EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 42 EQUIPO SE SONIDO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 43 EQUIPO TRANSRECEPTOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 44 ESTABILIZADOR DE CORRIENTE EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 45 ESTACION CONTROL EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 46 FASIMIL EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 47 FAX EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 48 FILMADORA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 49 FOTOGRAVADORA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 50 FUENTE DE ALIMENTACION EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 51 FUENTE DE PODER EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 52 GENERADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 53 GPS EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 54 GRABADOR DE CANALES - CAMARA DE VIDEO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 55 GRABADOR DE CANALES - MONITOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 56 GRABADOR DE CANALES DVD/DVR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 57 GRABADORA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 58 GRABADORA REPORTERA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 59 HANDY EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 60 HELIOGRAFO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 61 INTERCOMUNICADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 62 INVERSOR VOLTAJE EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 63 MANIPULADOR DE MORSE EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 64 MEGAFONO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 65 MESA DE CONTROL EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 66 MEZCLADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 67 MICRO FILMADORA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 68 MICROSISTEMA DE AUDIO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 69 OSCILOSCOPIO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 70 PANEL SOLAR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 71 PARLANTE EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 72 PEDESTAL EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 73 RADIO GRABADORA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 74 RADIO LECTOR DE CD CASETERA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 75 RADIO RECEPTOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

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ANEXO “B”

12 - B

5 43500 76 RADIO RELOJ EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 77 RADIO TRANSMISOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 78 RADIO TRANSRECEPTOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 79 RADIOLA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 80 RASTREADOR DIGITAL DE SATELITE EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 81 REBOBINADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 82 RECARGADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 83 RECEPCION SATELITE EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 84 RECEPTOR DE LLAMADAS EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 85 RECTIFICADORA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 86 REGULADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 87 REPETIDORA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 88 REPRODUCTOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 89 REPRODUCTOR DE BLUE RAY EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 90 REPRODUCTOR DE DVD EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 91 SINTETIZADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 92 SISTEMA DE ALARMA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 93 TARJETA DE EXPANSION EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 94 TELEFAX EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 95 TELEFONO FAX EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 96 TELEGRAFO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 97 TELEIMPRESORA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 98 TELEMETRO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 99 TELEPROCESADORA EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 100 TELETIPO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 101 TELEVISOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 102 TERMINAL INTERCOMUNICADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 103 TORRE DE TRANSMISION EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 104 TRANSFORMADOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 105 TRANSRECEPTOR EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 106 TRIPODE PARA EQUIPO EQUIPO DE COMUNICACIONES

5 43500 107 VHS EQUIPO DE COMUNICACIONES

6 43600 1 ACORDEON EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 2 AMPLIADOR DE FOTOS EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 3 ARCO PARA FUTBOL / FULBITO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 4 ARMONIO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 5 ARPA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 6 ATRIL DE MADERA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 7 ATRIL METALICO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 8 AUDIFONO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 9 AUDIFONO-MICROFONO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 10 AURICULAR EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 11 BAJO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 12 BARITONO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 13 BATERIA DE MUSICA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 14 BICICLETA DE EQUIPO DE GIMNASIA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 15 BOLAS DE BILLAR EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 16 BOMBARDON EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 17 BOMBO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 18 BONBARDON EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 19 CABINA PARA AULAS EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 20 CALIZ EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 21 CAMINADORA ELECTRICA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 22 CAMPANA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

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ANEXO “B”

13 - B

6 43600 23 CANDELABRO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 24 CHARANGO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 25 CHICHARRA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 26 CLARIN EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 27 CLARINETE EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 28 COCHE CARRIOLA P/BEBE EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 29 COMPAS EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 30 CONTRABAJO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 31 CORNETA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 32 CORNETIN EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 33 CORNO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 34 CRISMERO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 35 CRONOMETRO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 36 DATA SHOW EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 37 DIAPAZON EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 38 EQUIPO DE GIMNASIA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 39 FANFARRA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 40 FLAUTA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 41 FLAUTIN EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 42 GLOBO TERRAQUEO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 43 GUARIPOLA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 44 GUITARRA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 45 GUITARRA ELECTRICA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 46 JUEGO DE PESAS EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 47 JUEGOS DE MESA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 48 JUEGOS RECREATIVOS EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 49 LYRA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 50 MANDOLINA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 51 MESA DE BILLAR EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 52 MESA DE FUTBOLIN EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 53 MESA DE PING PONG EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 54 MICROFONO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 55 MINI GIMNASIO INFANTIL EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 56 ORGANO ELECTRICO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 57 PALETA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 58 PANTALLA DE PROYECCION EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 59 PARALELAS EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 60 PERGAMINO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 61 PESAS EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 62 PIANO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 63 PÌZARRA ACRILICA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 64 PIZARRA DE CORCHO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 65 PIZARRON EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 66 PLATILLO MUSICAL EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 67 PROYECTOR EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 68 PROYECTOR DE OPACOS EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 69 PUPITRE EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 70 REQUINTO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 71 RETRO PROYECTOR EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 72 ROTAFOLIO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 73 SAXO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 74 SAXOFON EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 75 SORDINA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 76 TALLADO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

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ANEXO “B”

14 - B

6 43600 77 TAMBOR EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 78 TAMBOR METALICO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 79 TIMBAL EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 80 TOCADISCO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 81 TONTON EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 82 TRIANGULO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 83 TROMBON EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 84 TROMPA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 85 TROMPETA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 86 VINAJERA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 87 VIOLIN EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 88 VIOLON EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 89 VIOLONCHELO EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

6 43600 90 WARIPOLA EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

7 43300 1 BALSA BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 2 BARCO BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 3 BOTE BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 4 BUQUE BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 5 CANOA BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 6 CATAMARAN BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 7 CAYAC BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 8 CHALANA BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 9 CHATA BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 10 DESLIZADOR BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 11 EMBARCACIÓN BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 12 LANCHA BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 13 MOTONAVE BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 14 PONTON BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 15 REMOLCADOR BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 16 REMOLQUE BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

7 43300 17 SANTAREN BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL

8 43300 1 AMBULANCIA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 2 APISONADORA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 3 APLANADORA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 4 ASCENSOR VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 5 AUTOBUS VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 6 AUTOCARRIL VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 7 AUTOGUIA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 8 AUTOMOVIL VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 9 BICICLETA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 10 CAMION VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 11 CAMION BOMBERO VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 12 CAMION CISTERNA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 13 CAMION CONTAINER VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 14 CAMION GRUA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 15 CAMION ORUGA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 16 CAMION PLATAFORMA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 17 CAMION TRAILER VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 18 CAMION VOLQUETA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 19 CAMIONETA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 20 CHANCADORA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 21 COCHE MOTOR VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 22 COMPACTADORA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 23 CUADRATRACK VEHICULOS AUTOMOTORES

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ANEXO “B”

15 - B

8 43300 24 DRAGA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 25 EXCABADORA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 26 FURGONETA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 27 GONDOLA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 28 JEEP VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 29 LOCOMOTORA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 30 MICROBUS VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 31 MINIBUS VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 32 MONTACARGA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 33 MOTOCICLETA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 34 MOTONIVELADORA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 35 OMNIBUS VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 36 PALA CARGADORA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 37 PALA MECANICA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 38 TRACTOR VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 39 TRICIMOTO VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 40 VAGONETA VEHICULOS AUTOMOTORES

8 43300 41 VOLQUETA VEHICULOS AUTOMOTORES

9 43300 1 AEROPLANO / AERONAVE AVIONES

9 43300 2 AVION AVIONES

9 43300 3 AVIONETA AVIONES

9 43300 4 HELICOPTERO AVIONES

9 43300 5 JET AVIONES

10 43200 1 ACANALADORA MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN

10 43200 2 ASFALTADORA MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN

10 43200 3 CORTADORA DE CERÁMICA MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN

10 43200 4 GRUA MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN

10 43200 5 GUINCHE MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN

10 43200 6 LOSETADORA MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN

10 43200 7 MAQUINA ATRACADORA MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN

10 43200 8 MAQUINA DOBLADORA MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN

10 43200 9 MARTILLO PERFORADORA MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN

10 43200 10 MOLEDORA MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN

10 43200 11 PULVERIZADORA MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCIÓN

11 43200 1 AGARRADORA MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 2 ARADO MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 3 BOMBA DE IRRIGACION MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 4 COSECHADORA MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 5 DESGRANADORA MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 6 DESPULPADOR MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 7 DESTROZADORA MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 8 FERTILIZADORA MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 9 FUMIGADOR MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 10 INCUVADORA DE GRANJA MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 11 LAMINADORA MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 12 MAQUINA CORTADORA MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 13 MOLINO MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 14 SEMBRADORA MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 15 TALADORA MAQUINARIA AGRICOLA

11 43200 16 TRILLADORA MAQUINARIA AGRICOLA

13 43700 1 AMOLADORA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 2 CABALLETES HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 3 CALIBRADOR HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 4 CAMARA DIGITAL HERRAMIENTAS EN GENERAL

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ANEXO “B”

16 - B

13 43700 5 CARGADOR DE BATERIA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 6 CORTADORA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 7 DENSÍMETRO HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 8 DESLLANTADORA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 9 EQUIPO TOPOGRAFICO HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 10 ESCALERA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 11 EXTINGUIDOR HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 12 EXTRACTOR INDUSTRIAL HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 13 FRAGUA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 14 GANCHOS HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 15 GATA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 16 GATA HIDRULICA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 17 MALACATE HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 18 MAQUINA OJALADORA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 19 MEDIDOR HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 20 MICRÓMETRO HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 21 MORDAZA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 22 MOTOR ELECTRICO HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 23 MOTOSIERRA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 24 PRENSA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 25 PRENSA DE CONTACTO HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 26 PRENSA HIDRAULICA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 27 PRENSA METALICA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 28 REMACHADORA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 29 SOBADORA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 30 TABLERO HERRAMIENTAS HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 31 TALADRO HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 32 TECLE HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 33 TELESCOPIO HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 34 VICELADORA HERRAMIENTAS EN GENERAL

13 43700 35 YUNQUE HERRAMIENTAS EN GENERAL

15 49300 1 COMPUTADORA PORTATIL EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 2 CPU EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 3 DATA SWITCH EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 4 EQUIPO DE COMPUTACION EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 5 HUB EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 6 IMPRESORA DE TINTA EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 7 IMPRESORA LASER EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 8 IMPRESORA MATRICIAL EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 9 IMPRESORA MULTIPLE EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 10 MONITOR EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 11 PARLANTE DE COMPUTADORA EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 12 PLOTER EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 13 QUEMADOR EXTERNO EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 14 RACK EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 15 ROUTER EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 16 SCANER EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 17 SERVIDOR EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 18 SWITCH EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

15 49300 19 UPS EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

16 41300 1 POZOS CANALES DE REGADIO Y POZOS

19 41300 1 CASA VIVIENDAS PARA EL PERSONAL

19 41300 2 CHALET VIVIENDAS PARA EL PERSONAL

19 41300 3 CUARTO VIVIENDAS PARA EL PERSONAL

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ANEXO “B”

17 - B

19 41300 4 VIVIENDA VIVIENDAS PARA EL PERSONAL

19 41300 5 VIVIENDA PARA OFICIALES VIVIENDAS PARA EL PERSONAL

19 41300 6 VIVIENDA PARA SARGENTOS VIVIENDAS PARA EL PERSONAL

19 41300 7 VIVIENDA PARA SOLTEROS VIVIENDAS PARA EL PERSONAL

19 41300 8 VIVIENDA PARA SUBOFICIALES VIVIENDAS PARA EL PERSONAL

19 41300 9 VIVIENDA PARA VISITAS VIVIENDAS PARA EL PERSONAL

20 41300 1 AIRE ACONDICIONADO MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 2 BAR DE MADERA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 3 BATIDORA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 4 CAFETERA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 5 CASILLERO MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 6 CATRE DE FIERRO MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 7 CATRE DE MADERA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 8 CHIFONIER MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 9 CLAVIJERO MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 10 COCINA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 11 COCINA A GAS MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 12 COCINA ELECTRICA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 13 COMODA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 14 CUJA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 15 CUNA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 16 ENFRIADOR DE PAN MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 17 ESQUINERO MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 18 ESTANTE MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 19 EXPRIMIDORA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 20 EXTRACTOR MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 21 FREEZER MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 22 GARRAFA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 23 HELADERA MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 24 HORNO MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 25 HORNO INDUSTRIAL MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

20 41300 26 JUEGO DE COMEDOR MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL

23 41300 1 PALCO DE CEREMONIAS TINGLADOS Y COBERTIZOS DE METAL

23 41300 2 TINGLADO TINGLADOS Y COBERTIZOS DE METAL

34 41200 1 TERRENO RURAL TERRENOS

34 41200 2 TERRENO URBANO TERRENOS

36 49900 1 ENCICLOPEDIA DE BIBLIOTECA OTROS ACTIVOS FIJOS

36 49900 2 LIBRO OTROS ACTIVOS FIJOS

37 49100 1 APLICACIÓN INFORMÁTICA ACTIVOS INTANGIBLES

37 49100 2 SISTEMA OPERATIVO ACTIVOS INTANGIBLES

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ANEXO “C”

1 - C

ACTA DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL CARGO: RESPONSABLE DE BIENES E INVENTARIOS

En la ciudad de La Paz, a horas quince y treinta del día jueves nueve de junio del año dos mil trece, se procedió a la Entrega y Recepción del inventario del Primer Distrito Naval “Beni”, según el inventario físico valorado al treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce, en conformidad a las normas vigentes de acuerdo al siguiente detalle:

- Inventario del Comando del Primer Distrito Naval “Beni” 105 hojas 1450 activos, con las siguientes novedades:

CODIGO EST. DESCRIPCIÓN OBS.

DN1-097B-001 B Escritorio de madera Prestado según recibo xx/xx

- Inventario del Batallón de Infantería de Marina I “Bague” Naval 100 hojas 1500 activos.

- …

Los cuales forman parte indisoluble del presente documento, para constancia y conformidad se firma al pie del presente documento.

ENTREGUE CONFORME RECIBI CONFORME

(Grado, Nombre y Apellidos completos)

CARGO (RBI. SALIENTE)

(Grado, Nombre y Apellidos completos)

CARGO (RBI. ENTRANTE)

Vo. Bo.

(Grado, Nombre y Apellidos completos)

CARGO (Comandante, Jefe, Director)

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ANEXO “D”

1 - D

CÓDIGO DE GRAN UNIDAD CÓDIGO DE UNIDAD DEPENDIENTE / DEPARTAMENTO/ DIRECCIÓN /

INSTITUTO DEL COMANDO EN JEFE DE LAS FUERZAS ARMADAS

No. DIGITOS

DESCRIPCIÓN 4 y 5 6 y 7

1 CJ 01 COMANDO EN JEFE CENTRAL

2 EA LP ESCUELA DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES “LA PAZ”

3 EA CB ESCUELA DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES “COCHABAMBA”

4 EA SC ESCUELA DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES “SANTA CRUZ”

5 EA EA ESCUELA DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES “EL ALTO”

6 CC LP ESCUELA COMANDO CONJUNTO Y ESTADO MAYOR “LA PAZ”

7 CC CB ESCUELA COMANDO CONJUNTO Y ESTADO MAYOR “COCHABAMBA”

8 CC SC ESCUELA COMANDO CONJUNTO Y ESTADO MAYOR “SANTA CRUZ”

9 AH LP ACADEMIA DE HISTORIA MILITAR

10 UM 01 UNIVERSIDAD MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS

FUENTE: Dirección General de Bienes del Comando en Jefe de las FF.AA.

COMPOSICIÓN DEL CÓDIGO

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13

X X - X X X X X X - X X X

DESCRIPCIÓN DEL CÓDIGO

1-2 Código de pertenencia institucional 3 Separador guion 4-5 Código de Gran Unidad 6-7 Código de Unidad Dependiente 8-9 Código de Grupo Contable 10 Separador guion 11-12-13 Correlativo de tres dígitos numéricos

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ANEXO “E”

1 - E

CÓDIGO DE GRAN UNIDAD CÓDIGO DE UNIDAD DEPENDIENTE / DEPARTAMENTO/ DIRECCIÓN /

INSTITUTO DEL COMANDO GENERAL DEL EJÉRCITO

No. DIGITOS

DESCRIPCIÓN 4 y 5 6 y 7

1 A1 01 COMANDO GENERAL DEL EJÉRCITO

2 A1 02 SUBOFICIAL DE COMANDO

3 A1 03 UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA DEL EJÉRCITO

4 C1 01 JEFATURA DE ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO

5 F1 01 INSPECTORÍA GENERAL DEL EJÉRCITO

6 D1 01 DEPARTAMENTO I ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

7 D2 01 DEPARTAMENTO II DE INFORMACIÓN Y ASUNTOS INTERNACIONALES

8 D2 02 DIRECCIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES

9 H1 01 DIRECCIÓN DE OPERACIONES DE PAZ DEL EJÉRCITO

10 S1 01 DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA MILITAR DEL EJÉRCITO

11 U1 01 DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL DEL EJÉRCITO

12 D3 01 DEPARTAMENTO III DE OPERACIONES DE DEFENSA Y SEGURIDAD

13 D3 02 COMANDO DE COMUNICACIONES

14 D3 03 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 1 "COLORADOS"

15 D3 04 REGIMIENTO ESCUELA DE POLICÍA MILITAR 1 “CAP. LUIS SAAVEDRA ARAMBEL”

16 D3 05 BATALLÓN DE COMUNICACIONES I “CNL. DEM. JAIME VIDAURRE SALGUERO”

17 D3 06 ESCUELA DE CÓNDORES BOLIVIANOS

18 D4 01 DEPARTAMENTO IV LOGÍSTICA

19 D4 T1 COMANDO DE TRANSPORTES

20 D4 T2 BATALLÓN DE TRANSPORTES I (LA PAZ)

21 D4 T3 BATALLÓN DE TRANSPORTES II (SANTA CRUZ)

22 D4 T4 BATALLÓN DE TRANSPORTES III (COCHABAMBA)

23 D4 T5 BATALLÓN DE TRANSPORTES IV (SANTA CRUZ)

24 D4 T6 CENTRO GENERAL DE MANTENIMIENTO DE TRANSPORTES DEL EJÉRCITO

25 D4 B1 COMANDO DE MATERIAL BÉLICO

26 D4 B2 CENTRO GENERAL DE MANTENIMIENTO DE MATERIAL BÉLICO I (LA PAZ)

27 D4 B3 CENTRO GENERAL DE MANTENIMIENTO DE MATERIAL BÉLICO II (COCHABAMBA)

28 D4 B4 CENTRO GENERAL DE MANTENIMIENTO DE MATERIAL BÉLICO III (SANTA CRUZ)

29 D4 B5 CENTRO GENERAL DE MANTENIMIENTO DE MATERIAL BÉLICO DE ARTILLERÍA IV (VIACHA)

30 D4 B6 CENTRO GENERAL DE MANTENIMIENTO DE MATERIAL BÉLICO DE (TARIJA) V

31 D4 C1 COMANDO DE INTENDENCIAS

32 D4 C2 COMANDO DE SANIDAD OPERATIVA DEL EJERCITO

33 D5 01 DEPARTAMENTO V PARTICIPACIÓN AL DESARROLLO Y AC/OC.

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ANEXO “E”

2 - E

34 D6 I1 DEPARTAMENTO VI EDUCACIÓN Y DOCTRINA

35 D6 I2 ESCUELA DE COMANDO Y ESTADO MAYOR "MCAL. ANDRÉS DE SANTA CRUZ”

36 D6 I3 ESCUELA SUPERIOR TECNOLÓGICA DEL EJÉRCITO "MCAL. JOSÉ BALLIVIAN"

37 D6 I4 ESCUELA MILITAR DE INGENIERÍA "MCAL. ANTONIO JOSÉ DE SUCRE"

38 D6 I5 ESCUELA MILITAR DE INTELIGENCIA DEL EJÉRCITO "GRAL. EJTO. JOAQUÍN ZENTENO ANAYA"

39 D6 I6 ESCUELA DE IDIOMAS DEL EJÉRCITO.

40 D6 I7 ESCUELA DE IDIOMAS DEL EJÉRCITO.

41 D6 I8 ESCUELA DE IDIOMAS DEL EJÉRCITO.

42 D6 I9 ESCUELA DE IDIOMAS DEL EJERCITO

43 D6 I0 ESCUELA DEL ALBA

44 D6 Y1 COLEGIO MILITAR DEL EJÉRCITO "CNL. GUALBERTO VILLARROEL"

45 D6 Y2 ESCUELA MILITAR DE EQUITACIÓN DEL EJÉRCITO “TGRAL. GERMÁN BUSCH BECERRA”

46 D6 Y3 ESCUELA MILITAR DE SARGENTOS DEL EJERCITO "SGTO. MAXIMILIANO PAREDES"

47 D6 Y4 ESCUELA MILITAR DE TOPOGRAFÍA DEL EJÉRCITO "TCNL. JUAN ONDARZA LARA"

48 D6 Y5 ESCUELA MILITAR DE MÚSICA DEL EJÉRCITO "TCNL. ADRIAN PATIÑO CARPIO"

49 D6 Y6 ESCUELA MILITAR AGROPECUARIA DEL EJERCITO

50 D6 Y7 INSTITUTO TÉCNICO PROMOCIÓN PROFESIONAL DEL EJÉRCITO

51 D6 Y8 UNIDAD EDUCATIVA DEL EJÉRCITO

52 D6 Y9 UNIDAD EDUCATIVA DEL EJERCITO

53 D6 Y0 LICEO MILITAR DEL EJERCITO "TTE. EDMUNDO ANDRADE"

54 D6 Z1 INSTITUTO TECNOLÓGICO AGROPECUARIO DEL EJÉRCITO - I “BARRIENTOS”

55 D6 Z2 DIRECCIÓN DE DOCTRINA

56 D6 Z3 DIRECCIÓN HISTÓRICA DEL EJÉRCITO

57 D7 02 DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA

58 D7 03 DIRECCIÓN GENERAL DE BIENES DEL EJÉRCITO

59 D8 01 DEPARTAMENTO VIII JURÍDICO

60 D9 01 DEPARTAMENTO IX DE PLANIFICACIÓN

61 D0 01 DEPARTAMENTO X DE PRODUCCIÓN Y ECOLOGÍA

62 D0 03 BATALLÓN DE PRODUCCIÓN Y ECOLOGÍA II "CNL. OSCAR MOSCOSO GUTIÉRREZ"

63 D0 04 BATALLÓN DE PRODUCCIÓN Y ECOLOGÍA III "CNL. EDUARDO PACCIERI"

64 D0 05 BATALLÓN DE PRODUCCIÓN Y ECOLOGÍA IV "TTE. VÍCTOR EDUARDO"

65 D0 06 BATALLÓN DE PRODUCCIÓN Y ECOLOGÍA V "CNL. JULIO SANJINÉS GOYTIA"

66 B1 01 DIRECCION DE AVIACIÓN DEL EJÉRCITO

67 B2 02 COMPAÑÍA DE AVIACION DEL EJERCITO

68 B3 03 GRUPO DE CABALLERIA ANTIAEREA “GRAL. DIV. APOSTOL SANTIAGO”

69 C1 01 RADIO BATALLÓN "COLORADOS"

70 C2 02 RADIO BATALLÓN "TOPATER"

71 C3 03 RADIO BATALLÓN "CNL. EDUARDO AVAROA"

72 C4 04 RADIO "TRICOLOR"

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ANEXO “E”

3 - E

73 C5 05 RADIO "CENTINELA"

74 C6 06 RADIO "N. SUAREZ"

75 C7 07 RADIO "MOTO MÉNDEZ"

76 C8 08 RADIO TRINIDAD

77 C9 09 RADIO MILITAR “HEROES DE LA TABLADA”

78 C0 J0 CANAL TV. 115 DEL EJÉRCITO.

79 M1 01 BRIGADA MECANIZADA I

80 M1 02 BATALLÓN DE COMANDO Y SERVICIOS XI

81 M1 03 REGIMIENTO ESCUELA DE CABALLERÍA BLINDADA - 1 "CALAMA"

82 M1 04 REGIMIENTO DE CABALLERÍA BLINDADA - 2 "TARAPACÁ"

83 M1 05 REGIMIENTO ESCUELA DE INFANTERÍA MECANIZADA - 23 "MAX TOLEDO"

84 M1 06 REGIMIENTO DE CABALLERÍA MECANIZADA - 4 "INGAVI"

85 M1 07 REGIMIENTO CABALLERÍA MECANIZADA - 5 "GRAL. JOSÉ MIGUEL LANZA GARCÍA "

86 M1 08 REGIMIENTO ESCUELA DE ARTILLERÍA - 2 "LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR"

87 M1 09 REGIMIENTO DE ARTILLERÍA ANTIAÉREA - 6 "MCAL. BILBAO RIOJA"

88 G1 01 PRIMERA DIVISIÓN

89 G1 02 BATALLÓN DE COMANDO Y SERVICIOS I

90 G1 03 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 8 "AYACUCHO"

91 G1 04 REGIMIENTO DE INFANTERÍA -26 "SANTOS PARIAMO"

92 G1 05 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 30 "PEDRO DOMINGO MURILLO"

93 G1 06 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 35 "BRUNO RACUA"

94 G1 07 BATALLÓN DE INGENIERÍA - V I "RIOSINHO"

95 G1 08 BATALLÓN DE POLICÍA MILITAR IV "SLDO. RODOLFO SILES"

96 G2 01 SEGUNDA DIVISIÓN DE EJÉRCITO

97 G2 02 BATALLÓN DE COMANDO Y SERVICIOS II

98 G2 03 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 21 "ILLIMANI"

99 G2 04 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 22 "MEJILLONES"

100 G2 05 REGIMIENTO DE SATINADORES DE MONTAÑA - 24 "TTE. FÉLIX MÉNDEZ ARCOS"

101 G2 06 REGIMIENTO DE FUERZAS DE COMANDO DE ANDINISMO -25 "TOCOPILLA"

102 G2 07 REGIMIENTO DE CABALLERÍA - 8 "MCAL. OTTO FELIPE BRAUN"

103 G2 08 REGIMIENTO DE ARTILLERÍA - 1 "MY. GRAL. ELIODORO CAMACHO"

104 G2 09 BATALLÓN ESCUELA DE INGENIERÍA - V I I "SAJAMA"

105 G3 01 TERCERA DIVISIÓN

106 G3 02 BATALLÓN DE COMANDO Y SERVICIOS III

107 G3 03 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 5 "GRAL. NARCISO CAMPERO"

108 G3 04 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 20 "TCNL. MANUEL ASENCIO PADILLA GALLARDO"

109 G3 05 REGIMIENTO DE CABALLERÍA - 3 "AROMA"

110 G3 06 REGIMIENTO DE ARTILLERÍA - 3 "PISAGUA"

111 G3 07 BATALLÓN DE INGENIERÍA - I "CNL. EUSTAQUIO MÉNDEZ"

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ANEXO “E”

4 - E

112 G4 01 CUARTA DIVISIÓN

113 G4 02 BATALLÓN DE COMANDO Y SERVICIOS IV

114 G4 03 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 6 "DR. DANIEL CAMPOS"

115 G4 04 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 7 "GRAL. MANUEL MARZANA OROZA"

116 G4 05 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 11 "BOQUERÓN"

117 G4 06 REGIMIENTO DE CABALLERÍA - 1 "CNL. EDUARDO AVAROA HIDALGO"

118 G4 07 REGIMIENTO DE ARTILLERÍA - 4 "TTE. JOSÉ ROSENDO BULLAIN RENGEL"

119 G5 01 QUINTA DIVISIÓN

120 G5 02 BATALLÓN DE COMANDO Y SERVICIOS V

121 G5 03 REGIMIENTO DE INFANTERÍA -10 "CNL. IGNACIO WARNES"

122 G5 04 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 13 "GRAL. ISMAEL MONTES"

123 G5 05 REGIMIENTO DE INFANTERÍA -14 "FLORIDA"

124 G5 06 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 15 "JUNÍN"

125 G5 07 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 19 "CAP. VÍCTOR USTARIZ"

126 G5 08 REGIMIENTO DE CABALLERÍA - 6 "CAP. AGUSTÍN CASTRILLO"

127 G5 09 REGIMIENTO DE ARTILLERÍA - 5 "MY. ARTURO VERGARA CRUZ"

128 G5 00 BATALLÓN DE INGENIERÍA III "GRAL. JOSÉ MANUEL PANDO"

129 G6 01 SEXTA DIVISIÓN

130 G6 02 BATALLÓN DE COMANDO Y SERVICIOS VI

131 G6 03 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 17 "INDEPENDENCIA"

132 G6 04 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 29 "CAP. LINO ECHEVERRÍA"

133 G6 05 REGIMIENTO DE SATINADORES DE SELVA - 16 "TCNL. GERMÁN JORDÁN MERCADO"

134 G6 06 REGIMIENTO DE CABALLERÍA - 2 "MCAL. JOSÉ BALLIVIAN"

135 G6 07 BATALLÓN DE INGENIERÍA - I I "GRAL. FEDERICO ROMÁN"

136 G7 01 SÉPTIMA DIVISIÓN

137 G7 02 BATALLÓN DE COMANDO Y SERVICIOS VII

138 G7 03 REGIMIENTO DE FUERZAS DE COMANDOS AEROTRANSPORTADO -18 "VICTORIA"

139 G7 04 REGIMIENTO DE ARTILLERÍA - 7 "TUMUSLA"

140 G7 05 REGIMIENTO ESCUELA DE POLICÍA MILITAR - 3 "GRAL. ESTEBAN ARCE"

141 G8 01 OCTAVA DIVISIÓN

142 G8 02 BATALLÓN DE COMANDO Y SERVICIOS VIII

143 G8 03 REGIMIENTO DE SATINADORES DE SELVA - 12 "CNL. FRANCISCO MANCHEGO"

144 G8 04 REGIMIENTO DE ARTILLERÍA ANTIAÉREA - 8 "TCNL. ART. FÉLIX AGUIRRE"

145 G8 05 REGIMIENTO ESCUELA DE POLICÍA MILITAR - 2 "TTE. RUBÉN AMEZAGA FAURE"

146 G9 01 NOVENA DIVISIÓN DE FUERZAS COMANDO

147 G9 02 BATALLÓN DE COMANDO Y SERVICIOS IX

148 G9 03 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 31 "CNL. CAB. EPIFANIO RÍOS ZAMBRANA"

149 G9 04 REGIMIENTO DE INFANTERÍA -32 "CNL. IDELFONSO MURGUÍA"

150 G9 05 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 33 "CNL. LADISLAO CABRERA"

151 G9 06 REGIMIENTO DE CABALLERÍA -10 "GRAL. JOSÉ MANUEL MERCADO"

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ANEXO “E”

5 - E

152 G0 01 DECIMA DIVISIÓN

153 G0 02 BATALLÓN DE COMANDO Y SERVICIOS X

154 G0 03 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 2 "MCAL. ANTONIO JOSÉ DE SUCRE"

155 G0 04 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 3 "GRAL. JUAN JOSÉ PÉREZ"

156 G0 05 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 4 "LOA"

157 G0 06 REGIMIENTO DE INFANTERÍA - 27 "ANTOFAGASTA"

158 G0 07 REGIMIENTO DE CABALLERÍA - 7 "CHICHAS"

159 G0 08 BATALLÓN DE INGENIERÍA V "TCNL. NAPOLEÓN OVANDO ROJAS"

FUENTE: Dirección General de Bienes del Ejército

COMPOSICIÓN DEL CÓDIGO

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13

X X - X X X X X X - X X X

DESCRIPCIÓN DEL CÓDIGO

DIGITO DESCRIPCIÓN

1-2 Código de pertenencia institucional

3 Separador guion

4-5 Código de Gran Unidad

6-7 Código de Unidad Dependiente

8-9 Código de Grupo Contable

10 Separador guion

11-12-13 Correlativo de tres dígitos numéricos

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ANEXO “F”

1 - F

3er. Y 4to. DIGITO PARA CODIFICACIÓN DE ACTIVOS FIJOS

RELACIÓN DE UNIDADES PARA EL SIAF CORRESPONDE A LAS UNIDADES DE LA FUERZA AÉREA BOLIVIANA

No. DIG 3 y 4 OFICINA SIAF = UNIDAD DE LA FAB.

1 A0 COMANDO GENERAL FAB

2 A1 ASESORIA JURIDICA

3 A2 INSPECTORIA GENERAL

4 A4 D.G.A.A.

5 A5 CUARTEL GENERAL

6 A6 RELACIONES PUBLICAS

7 A7 DIRECCION COMUNICACIÓN SOCIAL

8 A8 GABINETE MEDICO

9 B0 ESTADO MAYOR

10 B1 DEPARTAMENTO I - EMGFAB

11 B2 DEPARTAMENTO II - EMGFAB

12 B3 DEPARTAMENTO III - EMGFAB

13 B4 DEPARTAMENTO IV - EMGFAB

14 B5 DEPARTAMENTO V - EMGFAB

15 B6 PROYECTO RADARES

16 C0 DIGEDEBIS

17 C2 DIGESNA

18 C3 DIRECCION DE PLANIFICACION

19 C4 DIRECCION DE AUDITORIA INTERNA

20 C5 ESCUELA DE COMANDO Y ESTADO MAYOR

21 C6 V.Y.C.A.

22 C7 DACADI

23 C8 DIRECCION DE INFORMATICA

24 C9 DIR. ASUNTOS INTERNACIONALES

25 D0 I - BRIGADA AEREA

26 D1 GRUPO AEREO DE CAZA "31"

27 D2 GRUPO AEREO "71"

28 D3 G.A.D.A. "91"

29 D4 S.A.A. "11"

30 D5 UNIDAD EDUCATIVA FAB LP

31 D6 ESCUELA DE IDIOMAS F.A.B.

32 D7 G.A.D.A. "97"

33 D8 DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA AEREA

34 D9 DIRECCION DE PRODUCCION

35 E1 V - BRIGADA AEREA

36 E2 G.A.D.A. "95"

37 F0 II - BRIGADA AEREA

38 F1 GRUPO AEREO "34"

39 F2 GRUPO AEREO "51"

40 F3 G.A.D.A. "92"

41 F4 S.M.A. "2"

42 F5 POLITECNICO MILITAR DE AERONAUTICA

43 F6 GRUPO AEREO DE ENTRENAMIENTO "22"

44 F7 GRUPO AEREO "67"

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ANEXO “F”

2 - F

45 H0 III - BRIGADA AEREA

46 H1 GRUPO AEREO "32"

47 H2 GRUPO AEREO DE ENTRENAMIENTO "21"

48 H3 G.A.D.A. "93"

49 H4 COLEGIO MILITAR DE AVIACION

50 H5 GRUPO AEREO "83"

51 H6 GRUPO AEREO "61"

52 H7 FUERZA DE TAREA AEREA "DIABLOS ROJOS"

53 H8 S.M.A. "3"

54 H9 CENTRO DE INDUSTRIA Y TECNOLOGIA AEROESPACIAL

55 J0 IV - BRIGADA AEREA

56 J1 GRUPO AEREO "82"

57 J2 G.A.D.A. "93"

58 J3 GRUPO AEREO "63"

59 J4 GRUPO AEREO "72"

60 J5 GRUPO AEREO "62"

61 J6 GRUPO AEREO "64"

62 L1 VI - BRIGADA AEREA

63 L2 G.A.D.A. "96"

64 P0 UNIDAD EDUCATIVA FAB CB

65 P1 UNIDAD EDUCATIVA FAB RIB

66 P2 E.P.T.A.

67 P3 DIRECCION GENERAL T.A.M.

68 P4 DIRECCION DE ARCHIVO CENTRAL

69 P5 CIRCULO AERONAUTICO (LP)

70 P6 GRUPO AEREO "65"

71 P7 GRUPO AEREO "66"

72 P8 ESCUELA MILITAR DE MUSICA DE LA FAB

73 S1 SAR - FAB ILLIMANI LA PAZ

74 S2 SAR - FAB COCHABAMBA

75 S3 SAR - FAB SANTA CRUZ

76 S4 SAR - FAB DEL SUR TARIJA

77 S5 SAR - FAB TRINIDAD - BENI

78 S6 SAR - FAB COBIJA

79 S7 SAR - FAB RIBERALTA

80 S8 SAR - FAB VILLAMONTES

81 S9 SAR - FAB PUERTO SUAREZ

82 T0 TRINIDAD

83 T1 PANDO

84 T2 RIBERALTA

85 T3 GUAYARAMERIN

86 T4 MANURIPI

87 T5 POTOSI

88 T6 CHUQUISACA

89 T7 SAN MATIAS

90 T8 DIBYP

91 T9 FUERZA DE TAREA AEREA "C-130"

FUENTE: Dirección General de Bienes y Patrimonio FAB.

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ANEXO “F”

3 - F

5to. Y 6to. DIGITO PARA CODIFICACIÓN DE ACTIVOS FIJOS

RELACIÓN DE ÁREAS DE TRABAJO DENTRO DE LAS OFICINAS SIAF=

UNIDADES DE LA FUERZA AÉREA BOLIVIANA

No. DIG 5 y 6 AREA DE TRABAJO DENTRO DE UNA OFICINA = UNIDADES DE LA FAB.

1 A0 Agencia TAM Baures

2 A1 Agencia TAM Bellavista

3 A2 Agencia TAM Central La Paz

4 A3 Agencia TAM Cobija

5 A4 Agencia TAM Cochabamba

6 A5 Agencia TAM El Alto

7 A6 Agencia TAM Huacarajes

8 A7 Agencia TAM Magdalena

9 A8 Agencia TAM Puerto Suárez

10 A9 Agencia TAM Riberalta

11 B0 Agencia TAM Robore

12 B1 Agencia TAM Rurrenabaque

13 B2 Agencia TAM San Borja

14 B3 Agencia TAM San Joaquín

15 B4 Agencia TAM San Matías

16 B5 Agencia TAM Santa Cruz

17 B6 Agencia TAM Tarija

18 B7 Agencia TAM Trinidad

19 B8 Agencia TAM Villamontes

20 B9 Agencia TAM Yacuiba

21 C0 Agencia TAM Santa Rosa

22 C1 Agencia TAM Apolo

23 C2 Agencia TAM San Ramón

24 C3 Agencia TAM Guayaramerin

25 C4 Agencia TAM San Ignacio de Velasco

26 C5 Agencia TAM Sucre

27 C6 Agencia TAM Reyes

28 D0 Almacén

29 D1 Ambiente 1 (Nazareth)

30 D2 Ambiente 2

31 D3 Antesala

32 D4 Archivos - Kardex

33 D5 Asesoría Jurídica

34 D6 Div. Infraestructura

35 D7 Auditoria

36 D8 Ayudantía de Ordenes

37 D9 Ayudantía General

38 E0 Balneario

39 E1 Banda de Música

40 E2 Baño del Soldado

41 E3 Baño General

42 E4 Baño Jefatura

43 E5 Batallón

44 E6 Bazar

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ANEXO “F”

4 - F

45 E7 Biblioteca

46 E9 Cafetería

47 F0 Capilla

48 F1 Carcaje

49 F2 Casino

50 F3 Centro Agropecuario Caranavi

51 F4 Circulo Aeronáutico La Paz

52 F5 Clase II

53 F6 Cocina

54 F7 Cocina Tropa

55 F8 Comando Escuadrón Aéreo

56 F9 Comando Escuadrón Base

57 G0 Comando Escuadrón Mantenimiento

58 G1 Comedor

59 G2 Compañía de Seguridad

60 G3 Computación

61 G4 Comunicaciones

62 G5 Control de Calidad

63 G6 Cuadra Nº 1

64 G7 Cuadra Nº 2

65 G8 Cuadra Nº 3

66 G9 Cuadra Nº 4

67 H0 Cuarto de Secundaria

68 H1 Cuarto Primaria

69 H2 Deposito

70 H3 Deposito Armamento

71 H4 Desarrollo Integral (Carpas Solares)

72 H5 Dirección (secundaria)

73 H6 División de Bienes y Patrimonio

74 H7 División Derechos Humanos

75 H8 División Económica Financiera

76 H9 Dormitorio Comandante

77 I0 Dormitorio Oficial de Servicio

78 I1 Dormitorio Tropa

79 I2 Departamento I

80 I3 Departamento II

81 I4 Departamento III

82 I5 Departamento IV

83 I6 Economato

84 I7 Estado Mayor Especial

85 I8 Farmacia

86 I9 Fondo Pro Jubilados

87 J0 Fondo Viviendas

88 J1 Furrielato

89 J2 Gerencia

90 J3 Gimnasio

91 J4 Hangar

92 J5 Hospital

93 J6 Informaciones

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ANEXO “F”

5 - F

94 J7 Instrucción

95 J8 Jefatura o Comando

96 J9 Jefatura de Estudios

97 K1 Jefatura de Servicios

98 K2 Laboratorio Ingles, Física, Química, Fotográfico

99 K3 Licenciamiento - Reclutamiento

100 K4 Consultorio

101 K5 Museo

102 K6 Navegación

103 K7 Octavo Primario

104 K8 1ra. Compañía

105 K9 2da. Compañía

106 L0 3ra. Compañía

107 L1 4ta. Compañía

108 L2 5ta. Compañía

109 L3 Sección Operaciones

110 L4 Otras Aulas

111 L5 Pagaduría

112 L6 Panadería

113 L7 Peluquería

114 L8 Peluquería Alumnos

115 L9 Peluquería Cadetes

116 M0 Peluquería Oficiales

117 M1 Peluquería Suboficiales

118 M2 Sección Planeamiento

119 M3 Posta

120 M4 Pre. Básico

121 M5 Presupuestos (Contabilidad)

122 M6 Prevención de Guardia

123 M7 Primero de Secundaria

124 M8 Primero Primaria

125 M9 Sección Producción

126 N0 Quinto Primaria

127 N1 Sección Radio

128 N2 Relaciones Publicas

129 N3 Sección Revisión

130 N4 Sala de Ayudas

131 N5 Sala de Conferencias

132 N6 Sala de Operaciones

133 N7 Sala de Reuniones

134 N8 Sala de Star

135 N9 Sala de Técnicos

136 O0 Sala de Instructor/Pilotos

137 O1 Salón

138 O2 Salón 1

139 O3 Sanidad

140 O4 Santa Ana de Huachi

141 O5 Sastrería

142 O6 Sauna

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ANEXO “F”

6 - F

143 O7 Sección Abastecimiento

144 O8 Sección Administración

145 O9 Sección Apoyo

146 P0 Sección Caja

147 P1 Sección Carburadores

148 P2 Sección Carpintería

149 P3 Sección CPC/AET

150 P4 Sección Chapa Pintura

151 P5 Sección Electricidad

152 P6 Sección Hélices

153 P7 Sección Hidráulica

154 P8 Sección Imprenta

155 P9 Sección Ingeniería

156 Q0 Sección Institutos

157 Q1 Sección Inteligencia

158 Q2 Sección Mantenimiento

159 Q3 Sección Maquinas

160 Q4 Sección Motores

161 Q5 Sección Naves

162 Q7 Sección Transporte

163 Q8 Secretaria

164 R0 Secretaria General

165 R1 Segundo de Secundaria

166 R2 Segundo Primaria

167 R3 Sección Seguridad (SAR)

168 R4 Séptimo Primaria

169 R5 Servicio de Infraestructura

170 R6 Sexto de Primaria

171 R7 Sof. Comando

172 R8 Sub Dirección

173 R9 Sub Jefatura

174 S1 Taller

175 S2 Tejeria

176 S3 Tercero de Secundaria

177 S4 Tercero Primaria

178 S5 Vestuario Pilotos

179 S6 Vestuario Técnicos

180 S7 Villa Aeronáutica

181 S8 Viviendas

182 S9 Zapatería

183 T1 Circulo Aeronáutico Santa Cruz

184 T2 Hotel Aeronáutico Santa Cruz

185 T3 Adquisiciones

186 T4 Agencia TAM Uyuni

187 T5 Hotel Aeronáutico La Paz

188 T6 Agencia TAM Oruro

189 T7 Agencia TAM Potosí

FUENTE: Dirección General de Bienes y Patrimonio FAB.

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ANEXO “G”

1 - G

DÍGITOS PARA LA CODIFICACIÓN DE ACTIVOS FIJOS EN EL SIAF CORRESPONDIENTE A LAS UNIDADES DE LA ARMADA BOLIVIANA

DIGITO 1 y 2

DIGITO 3 y 4

GRAN UNIDAD DIGITO

5 y 6 UNIDAD DEPENDIENTE

AB C1 CMDO. GRAL.

ARMADA BOLIVIANA

01 AYUDANTIA GENERAL AB.

02 JEFE DE ESTADO MAYOR AB.

03 INSPECTORIA GENERAL AB.

04 SOF COMANDO AB.

10 DEPARTAMENTO I PERSONAL

11 DEPARTAMENTO II INTELIGENCIA

12 DEPARTAMENTO III OPERACIONES

13 DEPARTAMENTO IV LOGISTICA

14 DEPARTAMENTO V POLITICO

15 DEPARTAMENTO VI ENSEÑANZAS E INSTITUTOS NAV.

30 DIRECCION GENERAL DE ASESORIA JURIDICA

31 DIRECCION DE AUDITORIA INTERNA

32 DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION FINANCIERA

33 DIRECCION MILITAR NAVAL.

34 DIRECCION DE ARCHIVO CENTRAL

35 DIRECCION DE BIENESTAR SOCIAL

36 DIRECCION DE RELIGION CULTO Y ESPIRITUALIDAD

37 DIRECCION DE OPERACIONES DE PAZ

38 DIRECCION DE INSTRUCCION Y ADIESTRAMIENTO

39 DIRECCION DE AVIACION NAVAL

40 DIRECCION DE PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE

41 DIRECCION DE PLANIFICACION Y PROYECTOS

42 DIRECCION DE DOCTRINA

43 DIRECCION GENERAL DE CAPITANIAS DE PUERTO

44 DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA NAVAL

45 DIRECCION DE CIENCIA Y TECNOLOGIA TELEC. E INV.

46 DIRECCION DE PARTICIPACION AL DESARROLLO

47 DIRECCION DE SANIDAD NAVAL

48 DIRECCION DE COMUNICACIÓN NAVAL

49 DIRECCION DE CEREMONIAL NAVAL Y COMUNIC SOCIAL

50 DIRECCION DE DERECHOS HUMANOS

60 UNIDAD DE TRANSPARENCIA

61 UNIDAD OPERATIVA DE SERVICIOS AGROPECUARIOS

62 UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTO ESCUELA NAVAL

63 UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTO ESC DE SARGENTOS

70 GRAN CUARTEL GENERAL

80 CENTRO DE ACOPIO PARA LA BAJA

DISTRITOS

AB D1 PRIMER

DISTRITO NAVAL "BENI

01 COMANDO DE DISTRITO

05 BATALLON DE INFANTERIA DE MARINA I "BAGUE"

10 CENTRO DE PRODUCCION - TARAPACA

11 CENTRO DE PRODUCCION - EL PALLAR

20 BASE NAVAL "RIBERALTA" Y FLOTILLA NAVAL Nº. 1

30 CAPITANIA DE PUERTO MAYOR "RIBERALTA"

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ANEXO “G”

2 - G

31 CAP. PTO. MENOR "CAVINAS

AB D2

SEGUNDO DISTRITO

NAVAL "MAMORE"

01 COMANDO DE DISTRITO

6 BASE NAVAL "SANTA ANA DEL YACUMA"

7 BASE NAVAL "VACA DIEZ"

11 BATALLON DE INFANTERIA DE MARINA II "TOCOPILLA"

16 CAPITANIA DE PUERTO MAYOR "VACA DIEZ"

17 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "SILES"

18 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "JUNIN"

31 PUESTO DE PRODUCCION "SAN IGNACIO"

40 BARCO HOSPITAL "XAVIER PINTO TELLERIA

50 CLUB NAUTICO TRINIDAD

AB D3

TERCER DISTRITO

NAVAL "MADERA"

01 CMDO DE DISTRITO

05 BASE NAVAL "GUAYARAMERIN"

06 BASE NAVAL "ITENEZ"

07 BASE NAVAL "NUEVA ESPERANZA"

20 BATALLON DE INFANTERIA DE MARINA III "MEJILLONES"

30 CAPITANIA DE PUERTO MAYOR "SOCRATES VARGAS"

31 CAPITANIA DE PUERTO MAYOR "HORQUILLA"

32 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "CACHUELA ESPERANZA"

33 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "NUEVA BREMA"

34 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "MANOA"

35 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "MANU"

36 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "ABUNA"

37 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "VILLA BELLA"

38 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "BUENA VISTA"

39 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "FERNANDEZ ALONZO"

40 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "VERSALLES"

AB D4

CUARTO DISTRITO

NAVAL "TITICACA"

01 COMANDO DE DISTRITO

05 BASE NAVAL "TITICACA" Y FLOTILLA NAVAL Nº. 4

11 BATALLON DE INFANT. DE MARINA VI "INDEPENDENCIA"

12 BATALLON DE INFANTERIA DE MARINA IV "ALIANZA"

13 BATALLON DE COMANDOS ANFIBIOS

20 CENTRO DE INSTRUCCIÓN DE BUCEO EN ALTURA

30 CAPITANIA DE PUERTO MAYOR "COPACABANA"

31 CAPITANIA DE PUERTO MAYOR "TIQUINA"

32 CAPITANIA DE PUERTO MAYOR "GUAQUI"

33 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "HUATAJATA"

34 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "CHOJASIVI"

35 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "CHAGUAYA"

50 BARCO HOSPITAL "JULIAN APAZA"

AB D5

QUINTO DISTRITO

NAVAL"SANTA CRUZ"

01 COMANDO DE DISTRITO

05 BASE NAVAL "TAMENGO" Y FLOTILLA NAVAL Nº. 5

06 BASE NAVAL "BUSCH" Y FLOTILLA NAVAL Nº. 6

10 BATALLON DE INFANTERIA DE MARINA V "CALAMA"

30 CAPITANIA DE PUERTO MAYOR "QUIJARRO"

31 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "GONZALO"

32 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "MANDIORE"

33 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "LA GAIBA"

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ANEXO “G”

3 - G

34 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "BUSCH"

40 PUESTO MILITAR ADELANTADO "SAN JUAN DEL MUTUN"

AB D6 SEXTO

DISTRITO NAVAL "PANDO"

01 CMDO. DE DISTRITO

05 BASE NAVAL "PUERTO RICO"

06 BASE NAVAL"COBIJA" (PORVENIR)

10 BATALLON DE INF. DE MARINA VII "COLUMNA PORVENIR"

30 CAPITANIA DE PUERTO MAYOR "PUERTO RICO"

31 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "SANTA ROSA DEL ABUNA"

32 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "EXTREMA"

33 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "RAPIRAN"

34 CAPITANIA DE PUERTO MENOR"LINO ECHEVERRIA

35 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "BRUNO RACUA"

36 CAPITAMNIA DE PUERTO MENOR "HEATH"

37 CAPITAMNIA DE PUERTO MENOR "PEÑA AMARILLA"

AREAS NAVALES

AB A1 AREA NAVAL

Nº 1 "COCHABAMBA"

01 COMANDO AREA NAVAL

10 BATALLÓN POLÍCIA MILITAR NAVAL 2 "CARCAJE"

AB A2 AREA NAVAL

NRO. 2

01 COMANDO AREANAVAL Nº. 2

05 BASE NAVAL "RAMON DARIO GUTIERREZ"

10 BATALLON POLICIA MILITAR NAVAL N° 3 "SANTA CRUZ"

25 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "REMANSO"

AB A3 AREA NAVAL

Nº. 3 "BERMEJO"

01 COMANDO. AREA NAVAL Nº. 3

05 BASE NAVAL "PUERTO VILLARROEL"

20 CENTRO TECNOLOGICO AREA NAVAL 3

30 CAPITANIA DE PUERTO MENOR "BERMEJO"

31 CAPITANIA DE PUERTO MAYOR "ICHILO"

55 AGENCIA REGIONAL TRANSNAVAL "GUAYARAMERIN"

56 AGENCIA REGIONAL TRANSNAVAL "TRINIDAD"

65 FLOTILLA FLUVIAL Nº 1 "PUERTO VILLARROEL"

66 FLOTILLA FLUVIAL Nº 2 "TRANSNAVAL" (PUERTO QUIJARRO)

70 DIRECCION GENERAL DE PARTICIPACION AL DESARROLLO

75 UNIDAD OPERATIVA DE SERVICIOS TRANSNAVAL

80 DRAGA "PIRAI II"

ESCUELAS

AB E1 ESC. DE CMDO. Y EST. MAYOR

01 DIRECCION ECEMN.

02 SUB DIRECCION ECEMN.

03 OFICINA POSTGRADO AB.

04 JEFATURA ESTUDIOS CCEMN.

05 CAMARETA DE OFICIALES ECEMN.

06 AULA 1ER. CICLO CCEMN.

07 AULA APLICACION NAVAL

08 AUDITORIO ECEMN.

09 PREVENCION ECEMN.

10 CURSO DE APLICACION NAVAL

11 AYUDANTIA ECEMN.

12 DIVISION I PERSONAL ECEMN.

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ANEXO “G”

4 - G

13 DIVISION TRANSPORTES ECEMN.

14 COCINA COMEDOR ECEMN.

15 DEPOSITO GENERAL ECEMN.

16 JEFATURA DE SERVICIOS ECEMN.

17 LABORATORIO DE COMPUTACION ECEMN.

18 SNACK COMEDOR ECEMN.

19 OFICINA POSTGRADO ECEMN.

AB E1 ESC. DE CMDO. Y EST. MAYOR

20 SALA CONFERENCIAS ECEMN.

21 VIDEOTECA ECEMN.

22 CARPINTERIA ECEMN.

23 BIBLIOTECA ECEMN.

24 GABINETE ELECTRICO ECEMN.

25 OFICINA ENCUADERNACION ECEMN.

26 ENCUADERNADOR ECEM

27 SATRERIA ECEMN.

28 GABINETE PSICOLOGIA ECEMN.

29 SALA DIBUJO ECEMN.

AB E1 ESC. DE CMDO. Y EST. MAYOR

30 SANIDAD ECEMN.

31 FOTOCOPIAS Y ANILLADORA ECEMN.

32 PELUQUERIA ECEMN.

33 ALMACENES ECEMN.

34 COPERIA ECEMN.

35 CURSO BASICO A DISTANCIA ECEMN.

36 JEFATURA ESTUDIOS APLICACION NAVAL

37 JEFATURA ESTUDIOS CURSO COMANDO Y ESTADO MAYOR NAVAL

38 CAJA ECEMN.

39 SECRETARIA ECEMN.

40 LABORATORIO DENTAL

41 SALA DENTISTA

42 ARCHIVO CENTRAL ECEMN.

AB E2 ESCUELA DE SOF Y SGTOS

01 DIRECCION ESS. "LITORAL"

02 SUB DIRECCION ESS "LITORAL"

03 JEFATURA ESTUDIOS CCS. ESS "LITORAL"

04 JEFATURA ESTUDIOS CPENA. ESS "LITORAL"

05 CURSO BASICO A DISTANCIA ESS "LITORAL"

06 JEFE DE SERVICIOS ESS "LITORAL"

07 OFICINA SOF. CMDO. ESS "LITORAL"

08 LABORATORI COMPUTACION ESS "LITORAL"

09 DIVISION EVALUACION CCS. ESS "LITORAL"

10 JEFE PLANIFICACION CPENA ESS "LITORAL"

11 CURSO MAQUINA CPENA. ESS "LITORAL"

12 CURSO BRAVO ESS "LITORAL"

13 CURSO ADMIN. CPENA. ESS "LITORAL"

14 DIVISION EVALUACION CPENA. ESS "LITORAL"

15 CAJA ESS "LITORAL"

16 CURSO ALFA ESS "LITORAL"

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ANEXO “G”

5 - G

17 VESTIDOR CCS ESS "LITORAL"

18 DIVISION TRANSPORTES ESS "LITORAL"

19 CURSO CPENA. ESS "LITORAL"

20 CURSO ELECT. CPENA. ESS "LITORAL"

21 JEFE CURSO CPENA. ESS "LITORAL"

22 OFICINA DIRECTOR ESS "LITORAL"

23 AYUDANTIA ESS "LITORAL"

24 PREVENSION DE GUARDIA ESS "LITORAL"

25 DEPOSITO ESS "LITORAL"

AB E2 ESCUELA DE SOF Y SGTOS

26 CEPENA ESS "LITORAL"

27 TALLER CPENA ESS "LITORAL"

28 GABINETE PSICOLOGIA ESS "LITORAL"

29 SECRETARIA GENERAL ESS "LITORAL"

30 CORRESPONDENCIA ESS "LITORAL"

31 DEPOSITO ESS. "LITORAL"

32 COPERIA ESS "LITORAL"

33 PELUQUERIA ESS "LITORAL"

AB E3 ESCUELA

NAVAL MILITAR

01 DESPACHO DE LA DIRECCION ENM

02 SUB DIRECCION ENM

03 JEFATURA DE ESTUDIOS ENM

04 JEFATURA DE SERVICIOS ENM

05 COMANDO DE BATALLON ENM

06 AYUDANTIA DE LA DIRECCION ENM

07 CAFETERIA DE LA DIRECCION ENM

08 AULA QUINTO AÑO ENM

09 DIVISION PLANIFICACION ENM

10 DIVISION III OPERACIONES ENM

11 AYUDANTIA COMANDO BATALLON ENM

12 DIVISION I PERSONAL ENM

13 DORMITORIO DE OF. DE GUARDIA ENM

14 PREVENCION DE GUARDIA ENM

15 DIVISION EVALUACION ENM

16 DIVISION DISCIPLINA ENM

17 DORMITORIO COMPAÑÍA ALFA DE CC.CC. ENM

18 FURRELATO COMPAÑIA ALFA CC.CC. ENM

19 FURRELATO COMPAÑIA ALFA CC.CC. ENM

20 AULA SEGUNDO AÑO ENM

21 DIVISION CAPACITACION FISICA Y DEPORTES ENM

22 DORMITORIO COMPAÑÍA BRAVO DE CC.CC. ENM

23 FURRELATO COMPAÑIA BRAVO CC.CC. ENM

24 FURRELATO COMPAÑIA BRAVO CC.CC. ENM

25 GIMNACIO ENM

26 JEFATURA ADMINISTRATIVA ENM

27 AULA PRIMER AÑO ALFA ENM

28 DIVISION II INTELIGENCIA ENM

29 AULA TERCER AÑO ENM

30 AULA CUARTO AÑO ENM

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ANEXO “G”

6 - G

31 AULA PRIMER AÑO BRAVO ENM

32 BIBLIOTECA VIRTUAL ENM

33 CAMARA DE OFICIALES ENM

34 SALA DE COMPUTACION ENM

35 SECCION APOYO A LA ENSEÑANZA ENM

36 SECCION ARCHIVOS ENM

37 COMEDOR DE MARINEROS ENM

38 DIVISION CAPACITACION MARINERA Y CER. NAVAL ENM

39 DORMITORIO DE CIA. DE MARINEROS ENM

40 FURRELATO CIA. MARINEROS ENM

AB E3 ESCUELA

NAVAL MILITAR

41 OFICINA COMANDANTE DE CIA DE MARINEROS ENM

42 PAÑOL MARINERIA ENM

43 DORMITORIO NO.1 OFICIALES ENM

44 DORMITORIO NO.2 OFICIALES ENM

45 DORMITORIO NO.3 OFICIALES ENM

46 DORMITORIO NO.4 OFICIALES ENM

47 DORMITORIO NO.5 OFICIALES ENM

48 DORMITORIO NO.6 OFICIALES ENM

49 SALA DE CONFERENCIAS ENM

50 CAMARA DE CC.CC. ENM

51 COMEDOR DE CC.CC. ENM

52 LABORATORIO DE INGLES ENM

53 COMEDOR DE OFICIALES ENM

54 SALA DE BANDA DE MUSICA ENM

55 ALMACENES ENM

56 SALA DE ARMAS ENM

57 SNACK ENM

58 SECRETARIA DE LA SUB DIRECCION ENM

59 SALA DE RAYOS X ENM

60 DIV. BIENES E INVENTARIOS ENM

61 LABORATORIO DE QUIMICA ENM

62 LAVANDERIA ENM

63 ALMACEN CLASE II ENM

64 LABORATORIO ELECTRONICO ENM

65 PARQUE DE VIVERES ENM

66 SALA DE PROFESORES DECANATO ENM

67 COMUNICACIONES ENM

68 CAMARA DE SUBOFICIALES ENM

69 COMEDOR DE SUBOFICIALES ENM

70 ASESORIA JURIDICA ENM

71 CONSULTORIO DENTAL ENM

72 CONSULTORIO MEDICO ENM

73 SALA DE FISIOTERAPIA ENM

74 COCINA DE CC.CC. ENM

75 SECCION IMPRENTA ENM

76 SECRETARIA DE LA DIRECCION ENM

77 CARPINTERIA ENM

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ANEXO “G”

7 - G

78 FARMACIA ENM

79 PELUQUERIA ENM

80 SANIDAD NAVAL ENM

81 TALLER DE ELECTRICIDAD ENM

82 ZAPATERIA ENM

83 VESTUARIO DE PROFESORES DE EDUCACION FISICA ENM

84 PSICOLOGIA ENM

85 SASTRERIA ENM

86 SALA DE DIBUJO ENM

87 PANADERIA ENM

88 SECRETARIA DE LA JEF. DE ESTUDIOS ENM

89 DORMITORIO DE SANIDAD ENM

90 ENFERMERIA ENM

AB E3 ESCUELA

NAVAL MILITAR

91 SALA DE INTERNACION ENM

92 CENTRO DE ACOPIO BAJA

93 SECCION NUTRICION

94 ACTIVOS FALTANTES

95 PREVENCION DE GUARDIA

AB E4 ESCUELA DE SGTOS RZ.

01 DIRECCION ESA RZ

02 SUB DIRECCION ESA RZ

03 COMANDO DE BATALLON ESA RZ

04 JEFATURA DE ESTUDIOS ESA RZ

05 JEFATURA ADMIN. Y FINANZAS ESA RZ

06 JEFATURA DE SERVICIOS ESA RZ

07 DIV. I PERSONAL ESA RZ

08 RELACIONES PUBLICAS ESA RZ

09 DIV. III OPERACIONES ESA RZ

10 AULA 206 ESA RZ

11 AULA 207 ESA RZ

12 AULA 102 ESA RZ

13 AULA 104 ESA RZ

14 AULA 105 ESA RZ

15 AULA 106 ESA RZ

16 AULA 107 ESA RZ

17 AULA 108 ESA RZ

18 AULA 109 ESA RZ

19 AULA 201 ESA RZ

20 AULA 202 ESA RZ

21 SALA DE ESTAR

22 PORTALON ESA "RZ"

23 AYUDANTIA ESA RZ

24 LABORATORIO DE INGLES ESA RZ

25 LABORATORIO FISICA ESA RZ

26 COMEDOR DE ALUMNOS ESA RZ

27 MATERIAL NAVAL (EMB.SANTOS NOCO)

28 BIBLIOTECA ESA RZ

29 GABINETE MOTOR EXPLOSION ESA RZ

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ANEXO “G”

8 - G

30 LABORATORIO ELECTRICIDAD ESA RZ

31 ELECTRICIDAD AUTOMOTRIZ ESA RZ

32 GABINETE MOTOR DIESEL ESA RZ

33 SALA DE COMPUTACION ESA RZ

34 RADIO ESA RZ

35 LABORATORIO DE QUIMICA ESA RZ

36 BIENES E INVENTARIOS ESA RZ

37 SALON DE HONOR ESA RZ

38 DORMITORIO "F" DAMAS ESA RZ

39 CONSULTORIO DENTAL ESA RZ

40 CONSULTORIO MEDICO ESA RZ

41 FARMACIA ESA RZ

42 SANIDAD ESA RZ

AB E4 ESCUELA DE SGTOS RZ.

43 PELUQUERIA ESA RZ

44 SNACK ESA RZ

45 GABINETE DE ELECTRICIDAD ESA RZ

46 GABINETE COMUNICACI_N ESA RZ

47 VIVIENDA N 01 ESA RZ

48 VIVIENDA N 09 ESA RZ

49 VIVIENDA N 12 ESA RZ

50 VIVIENDA N 03 ESA RZ

51 VIVIENDA N 18 ESA RZ

52 VIVIENDA N 04 ESA RZ

53 VIVIENDA N 16 ESA RZ

54 VIVIENDA N 13 ESA RZ

55 VIVIENDA N 07 ESA RZ

56 VIVIENDA N 05 ESA RZ

57 VIVIENDA N 17 ESA RZ

58 VIVIENDA N 02 ESA RZ

59 VIVIENDA N 06 ESA RZ

60 VIVIENDA N 11 ESA RZ

61 VIVIENDA N 19 ESA RZ

62 VIVIENDA N 08 ESA RZ

63 VIVIENDA N 10 ESA RZ

64 CASINO"EL TIMON"

65 CARPINTERIA

66 TALLER DE SOLDADURA

67 TRANSPORTES

68 COCINA ESA RZ

69 OFICINA SUBOFICIAL COMANDO

70 DEPOSITO INVENTARIOS ESA.RZ.

71 DEPOSITO DE ACTIVOS FALTANTES

AB E5 ESCUELA MARITIMA

01 DIRECCION ESMA

02 SUB DIRECCION ESMA

03 DIVISION I ESMA

04 DIVISION II ESMA

05 DIVISION III ESMA

06 JEFE EST. CONTRAMESTRE ESMA

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ANEXO “G”

9 - G

07 AYUDANTIA ESMA

08 DIVISION BIENES ESMA

09 AULA 01 ESMA

10 DIVISION ADM. FINAN. ESMA

11 DIVISION EVALUACION CONTRAMESTRE ESMA

12 ALMACENES ESMA

13 SECRETARIA ESMA

AB E6 ESCUELA DE

IDIOMAS

01 DIRECCION

02 JEFE DIV PLANIFICACION

03 JEFE DIV LABORATORIO 1

04 JEFE DIV LABORATORIO 2

05 JEFE DIV INVENTARIO

06 JEFE DIV ADMINISTARCION

07 JEFE DIV EVALUACION

08 JEFE DIV ALMACENES

09 SECRETARIA

10 ENCARGADO ELECTRONICA

FUENTE: Dirección de Bienes e Inventarios de la Armada Boliviana

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ANEXO “H”

1 - H

GRUPOS CONTABLES

CODCONT NOMBRE VIDAUTIL DEPRECIAR ACTUALIZAR

1 EDIFICACIONES 40 SI SI

2 MUEBLES Y ENSERES DE OFICINA 10 SI SI

3 MAQUINARIA EN GENERAL 8 SI SI

7 BARCOS Y LANCHAS EN GENERAL 10 SI SI

8 VEHICULOS AUTOMOTORES 5 SI SI

9 AVIONES 5 SI SI

10 MAQUINARIA PARA LA CONSTRUCCION 5 SI SI

11 MAQUINARIA AGRICOLA 4 SI SI

12 ANIMALES DE TRABAJO 4 SI SI

13 HERRAMIENTAS EN GENERAL 4 SI SI

14 REPRODUCTORES Y HEMBRAS DE PEDIGREE 8 SI SI

15 EQUIPOS DE COMPUTACION 4 SI SI

16 CANALES DE REGADIO Y POZOS 20 SI SI

17 ESTANQUES, BAÑADEROS Y ABREVADEROS 10 SI SI

18 ALAMBRADOS, TRANQUERAS Y VALLAS 10 SI SI

19 VIVIENDAS PARA EL PERSONAL 20 SI SI

20 MUEBLES Y ENSERES EN VIVIENDAS DE PERSONAL 10 SI SI

21 SILOS, ALMACENES Y GALPONES 20 SI SI

22 TINGLADOS Y COBERTIZOS DE MADERA 5 SI SI

23 TINGLADOS Y COBERTIZOS DE METAL 10 SI SI

24 INSTALACION DE ELECTRIFICACION Y TELEFONIA RURAL 10 SI SI

25 CAMINOS INTERIORES 10 SI SI

26 CAÑA DE AZUCAR 5 SI SI

27 VIDES 8 SI SI

28 FRUTALES 10 SI SI

30 POZOS PETROLEROS 5 SI SI

29 LINEAS DE RECOLECCION DE LA INDUSTRIA PETROLERA 5 SI SI

31 EQUIPOS DE CAMPO DE LA INDUSTRIA PETROLERA 8 SI SI

32 PLANTA DE PROCESAMIENTO DE LA INDUSTRIA PETROLERA 8 SI SI

33 DUCTOS DE LA INDUSTRIA PETROLERA 10 SI SI

4 EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO 8 SI SI

5 EQUIPO DE COMUNICACIONES 8 SI SI

6 EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO 8 SI SI

34 TERRENOS 0 NO SI

36 OTROS ACTIVOS FIJOS 0 NO NO

37 ACTIVOS INTANGIBLES 5 SI SI

38 EQUIPO E INSTALACIONES 8 SI SI

39 OTRAS PLANTACIONES 8 SI SI

40 ACTIVOS MUSEOLOGICOS Y CULTURALES 0 NO NO

Fuente: VSIAF

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ANEXO “I”

1 - I

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ANEXO “J”

1 - J