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Pliego de Condiciones Definitivo Licitación Pública No. LP-002-16 MANTENIMIENTO DE LOS ESPOLONES No. 1 Y No. 2 ADOSADOS AL TAJAMAR OCCIDENTAL Y DEL DIQUE DIRECCIONAL DEL CANAL NAVEGABLE DE ACCESO AL PUERTO DE BARRANQUILLA Página 1 de 134 Corporación Autónoma Regional del Río Grande de La Magdalena La energía de un río que impulsa un país PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO PARA ADELANTAR EL PROCESO DE SELECCIÓN POR LA MODALIDAD DE LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-002-16, CUYO OBJETO ES EL “MANTENIMIENTO DE LOS ESPOLONES No. 1 Y No. 2 ADOSADOS AL TAJAMAR OCCIDENTAL Y DEL DIQUE DIRECCIONAL DEL CANAL NAVEGABLE DE ACCESO AL PUERTO DE BARRANQUILLA” BOGOTÁ D.C. – REPÚBLICA DE COLOMBIA MAYO DE 2015

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Corporación Autónoma Regional del Río Grande de La Magdalena

La energía de un río que impulsa un país

PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO PARA ADELANTAR EL PROCESO DE SELECCIÓN POR LA MODALIDAD DE LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-002-16, CUYO OBJETO ES EL “MANTENIMIENTO DE LOS ESPOLONES No. 1 Y No. 2 ADOSADOS AL TAJAMAR OCCIDENTAL Y DEL DIQUE DIRECCIONAL DEL CANAL NAVEGABLE DE ACCESO AL PUERTO DE BARRANQUILLA”

BOGOTÁ D.C. – REPÚBLICA DE COLOMBIA

MAYO DE 2015

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I. INTRODUCCIÓN

En virtud del principio de publicidad establecido en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, CORMAGDALENA presenta a continuación el Pliego de Condiciones y sus anexos para el presente proceso, el cual contiene la información particular del proyecto, las condiciones y requisitos del mismo. CORMAGDALENA pone a disposición de los interesados el Pliego de Condiciones para la selección del contratista encargado de ejecutar el contrato de obra pública para el MANTENIMIENTO DE LOS ESPOLONES No. 1 Y No. 2 ADOSADOS AL TAJAMAR OCCIDENTAL Y DEL DIQUE DIRECCIONAL DEL CANAL NAVEGABLE DE ACCESO AL PUERTO DE BARRANQUILLA. El alcance del contrato de obra consiste en el mantenimiento de los espolones No. 1 y No. 2 adosados al Tajamar Occidental y del Dique Direccional del canal navegable de acceso al puerto de Barranquilla, con el fin de mejorar el funcionamiento de las estructuras hidráulicas, y por consiguiente las condiciones de navegabilidad de las embarcaciones que transitan por el canal de acceso. Los estudios y documentos previos que incluyen el análisis del sector, el Pliego de Condiciones, así como sus anexos están a disposición en el Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP– http://www.colombiacompra.gov.co. La selección del contratista se realiza a través de Licitación Pública. ALCANCE DEL OBJETO El alcance del objeto corresponde al “MANTENIMIENTO DE LOS ESPOLONES No. 1 Y No. 2 ADOSADOS AL TAJAMAR OCCIDENTAL Y DEL DIQUE DIRECCIONAL DEL CANAL NAVEGABLE DE ACCESO AL PUERTO DE BARRANQUILLA”. Las obras de encauzamiento de Bocas de Ceniza y el puerto de Barranquilla, donde hoy se encuentra la Sociedad Portuaria Regional de Barranquilla – SPRB, se inauguraron en diciembre de 1936. Con el transcurso del tiempo, se han construido las siguientes estructuras adicionales: 1. Dique Interior de Contracción (1966), para reducir el ancho de la desembocadura (K0). 2. Dique Direccional (1994), para cerrar la isla 1972 (K13). 3. Espolones y Dique Guía para profundización a 40 pies del Canal de Acceso construidas entre

2006 Y 2008.

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Las estructuras hidráulicas mencionadas están localizadas en los últimos 22 Km. del rio Magdalena, próximos a su desembocadura en el mar Caribe. Ver figura 1.

Figura 1: Localización General de las Espolones No.1 y No.2 en el Tajamar Occidental y Localización del Dique Direccional. El río Magdalena presenta en la desembocadura caudales extremos entre 2.000 m3/s y 13.000 m3/s y un transporte de sedimentos de 200 millones de ton/año aproximadamente. Los niveles presentan variaciones durante el año siendo bajos de febrero a abril, altos de octubre a diciembre y medios, el resto del año. Con respecto al mar, se presenta una marea con variación extrema de 0,60 m y está en ocurrencia desde hace muchos años el ascenso relativo del nivel del mar definido en estos momentos con un valor entre 1,5-2,5 mm/año. La región de la Costa Atlántica tiene un clima tropical cálido y seco. La temperatura media mensual fluctúa entre 25-30 °C, la precipitación promedio anual varía entre 700 y 1.300 mm, con dos períodos lluviosos de abril a mayo y de septiembre a noviembre; una notoria disminución de las lluvias ocurre en los meses de junio y julio y un período seco de diciembre a marzo, durante el cual soplan los vientos alisios provenientes del mar con velocidades de hasta 12 m/seg. La humedad relativa es de 70-90% (IGAC, 1994).

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DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El Puerto de Barranquilla, entendido éste como la zona portuaria de Barranquilla, Distrito Industrial y Portuario, es uno de los 3 puertos más importantes del Caribe Colombiano y por los terminales ubicados en esta zona portuaria se movilizan cerca de 9 millones de toneladas de carga al año, la gran mayoría de ellas de comercio internacional, situación que hace imprescindible no solo el mantenimiento del canal navegable del Río Magdalena sino de las estructuras hidráulicas para garantizar una navegabilidad segura. IDENTIFICACION DE LA NECESIDAD Espolones No.1 y No.2 del Tajamar Occidental El Tajamar Occidental al igual que las otras estructuras hidráulicas está conformado por rocas extraídas de canteras cercanas. Los espolones No.1 localizado en la abscisa K4+825 y el No.2 localizado en el K5+755 (con origen K0+000 en la desembocadura del Rio Magdalena en el mar Caribe) son estructuras concebidas para ayudar a disminuir el efecto erosivo del flujo del rio Magdalena sobre la curva del Tajamar Occidental. Ver Figura No.2 El cuerpo de los espolones ha funcionado hidráulicamente a través de los años, sin embargo, los resultados de los comparativos realizados entre la geometría de la sección de diseño adoptada con respecto a la geometría de la sección actual muestran zonas donde es necesario realizarles mantenimiento a sus corazas para evitar su progresivo deterioro.

Figura No.2. Localización de los espolones No.1 (K4 + 825) y No.2 (K5 +755)

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Dique Direccional El Dique Direccional se construyó en al año 1994. En el año 2012 se realizó una valoración para determinar el estado del dique superior, teniendo en cuenta las condiciones de diseño original de 1994. Actualmente existen dos (2) boquetes en las abscisas (K12+950) y (K13+500). Ver Figura No.5.

Figura No.5. Localización del Dique Direccional Será responsabilidad del contratista seleccionado visitar previamente e inspeccionar los sitios en los cuales se desarrollará el proyecto. Realizar todas las evaluaciones y estimaciones que sean necesarias para presentar su propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de sus características, incluyendo los estudios, diseños, evaluaciones y verificaciones que consideren necesarios con base en su propia información de todas las condiciones topográficas, hidrotopográficas, climatológicas, de acceso, de suministro, transporte, condiciones del canal navegable, condiciones de operación del tráfico de embarcaciones en el canal navegable, condiciones climáticas, gestión ambiental y permisos requeridos para la correcta ejecución de la obra y todas las demás que puedan influir o afectar el desarrollo de los trabajos objeto de este proceso de selección, con el fin de que la estimación de costos se acerque a la realidad de los sitios donde se desarrollan los trabajos, incluyendo las fuentes de materiales para el suministro de la roca. 1) MANTENIMIENTO DE LOS ESPOLONES No.1 y No.2, ADOSADOS AL TAJAMAR

OCCIDENTAL Con la ejecución de las obras, se proyecta el mantenimiento de los espolones No.1 y No.2 adosados al Tajamar Occidental y el mantenimiento del Dique Direccional.

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Figura No. 11 Espolón No.1 y Espolón No.2. SECCION DE DISEÑO DE LOS ESPOLONES No.1 y No.2, ADOSADOS AL TAJAMAR OCCIDENTAL Con respecto a las características técnicas de los espolones de protección adosados al Tajamar Occidental, no existe información completa. Se cuenta con algunos planos y esquemas de 1928 de los cuales se pudieron inferir los siguientes datos. Ver Figura 12.

Figura 12. Sección de diseño espolones 1928, fotografía (Uninorte-IDEHA)

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Por lo anterior y para estar del lado conservador se recomienda trabajar con la especificación de la última estructura hidráulica construida en el sector que es el espolón 6 construido en los años 2006-2008, diseñado principalmente para condiciones de oleaje máximo. Cabe resaltar que el mantenimiento planteado sólo consiste en la reconformación de una coraza de protección para las puntas de los espolones, lo cual no requiere de conformación del núcleo en las estructuras y por tanto, tampoco se requerirá de ripio de cantera. Ver figura 13. Para los espolones No.1 y No.2 la sección de diseño a utilizar tiene las siguientes características: - Sección de diseño: Trapezoidal - Ancho corona: 5 m - Cota corona: 2 msnm - Longitud espolón 1: 73 m - Longitud espolón 2: 32 m - Taludes: 1V:1,5H - Roca coraza: 1000 kg < W <4000 kg

Figura 13. Sección de diseño espolones adosados No.1 y No.2 al Tajamar occidental ESTADO ACTUAL DE LOS ESPOLONES Para tener un conocimiento real del estado de los espolones adosados al Tajamar Occidental se realizó un comparativo entre la geometría de la sección de diseño adoptada con respecto a la geometría de la sección actual, levantada topográfica y batimétricamente en octubre de 2013.

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Lo anterior resultó en unos volúmenes de roca necesarios para recuperar la línea de diseño en aquellos puntos y/o sectores que estuviesen por fuera de dicha línea. 1. Espolón 1 (K4+825) Como conclusión se observa que la mayor parte del cuerpo del Espolón 1 no está en malas condiciones, pero sí la punta no sumergida del espolón, como lo evidencia el asomo de los pilotes de madera que en su época fueron soporte de la línea férrea existente. Esta situación pone en riesgo la estabilidad de la torre de enfilación localizada en el sitio. Ver figura 14 y 15. 2. Espolón 2 (K5+755) El comparativo de la geometría de las secciones transversales se presenta en el identificado con el plano No. 6. Como conclusión se observa, al igual que en el espolón 1, que la mayor parte del cuerpo del Espolón 2 no está en malas condiciones, pero sí la punta no sumergida del espolón, como lo demuestra el asomo de los pilotes de madera que en su época fueron también soporte de la línea férrea existente. Esta situación pone también en riesgo la estabilidad de la otra torre de enfilación ubicada en el sitio. Ver figura 14 y 15.

Figura 14. Fotografía Espolón 1 y 2. Vista general.

Espolón 1

Espolón 2

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Plano No. 131 Abril 15/2015 Contrato No. 0-0039-2014.

Figura 15. Batimetría Sector Espolón No.1 y No.2. Año 2015.

El cuerpo de ambos espolones se ha mantenido a través del tiempo, sin embargo, las puntas o extremos de ambas estructuras son las que más han resistido las fuerzas de la corriente del río y por tanto se han ido deteriorando y acortando en su longitud, desde que fueron construidas en 1930. A pesar de esto, actualmente siguen funcionando hidráulicamente, es decir, evitando que las líneas de corriente incidan directamente sobre la estructura del tajamar occidental y puedan socavarla o desestabilizarla. Un plano de 1928 sobre una batimetría del sector se aprecian profundidades entre 5 y 10 metros en los espolones No.1 y No.2, antes llamados diques de protección No.3 y No.4 dado que originalmente en el año 1930 se construyeron cuatro (4) espolones, Ver figura 16.

Figura 16. Foto correspondiente a Batimetría rio Magdalena - sector espolones 1 y 2, 1928 (Foto Uninorte-Ideha).

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Del análisis comparativo de los años 2006 a 2012 en el sector se aprecia que sobre el talud derecho del Tajamar occidental, el cual incluye la totalidad de los dos (2) espolones, se mantiene la zona con profundidades menores de 9,5 m, sin discontinuidades ni puntos erosionados. Con la debida proporción, se nota una similitud de dicho talud con el del plano de 1928. 2) MANTENIMIENTO DEL DIQUE DIRECCIONAL Para la estimación de los costos de reparación del dique superior, se tuvo en cuenta las condiciones de diseño original de 1994 y para tener un conocimiento real del estado superior de la estructura se realizó un comparativo, cada 25 m, entre la geometría de la sección de diseño de las estructuras con respecto a la geometría de la sección actual, levantada topográfica y batimétricamente en mayo de 2012. Lo anterior resultó en unos volúmenes de roca necesarios para mantener una porción superior del Dique Direccional (Dique de coronamiento). La sección de diseño se presenta en la figura No. 20.

Figura 20. Sección de Diseño Dique Direccional.

Para la recuperación del dique de coronamiento del Dique Direccional resultó un volumen de roca de 89 m3 existentes en dos (2) boquetes en las abscisas (K12+950) y (K13+500). Ver Figura 21.

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Figura No. 21 Dique Direccional y Detalle de los dos (2) boquetes.

FUENTES DE MATERIALES Para todos los materiales, ensayos y procedimientos deben aplicarse las estipulaciones relevantes del Instituto Colombiano de Normas Técnicas (ICONTEC). En caso de que no exista en las normas ICONTEC una aplicable, se utilizarán las correspondientes de las “Especificaciones de Construcción de Obras Fluviales” de la Dirección General de Transporte Fluvial del Ministerio de Transporte, y/o, el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente – NSR-10 (Decreto 926 del 19 de marzo de 2010). También podrán utilizarse normas equivalentes de otros países, una vez se demuestre, a solicitud de la Interventoría que ellas son iguales o más exigentes que la norma citada, o en caso de que exista un vacío en la norma Colombiana. A esas normas internacionales puede aludirse mediante las siguientes abreviaturas:

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AASHO: Norma de la American Association of Stage Highway Officials. ASTM : Norma de la American Society for Testing Materials. CP : British Standard Code of Practice. BS : British Standard Specification. CANTIDADES DE OBRA Los volúmenes de roca para la reconstrucción de los espolones No.1 y No.2 adosados al Tajamar Occidental y del Dique Direccional se calcularon con base en la topografía y batimetría del sector, resultando los siguientes:

Sector Volumen (m3)

Espolón 1 3.720

Espolón 2 156

Dique Direccional 360

TOTAL 4.236

PROPIEDADES DE LAS ROCAS La roca a utilizar será angular sólida, obtenida por operaciones de voladura en la cantera. El material rocoso cumplirá con los ensayos de acuerdo con las siguientes especificaciones. Ver tabla 2.

Tabla 2. Especificaciones de la roca

PROPIEDAD UNIDAD VALOR REFERENCIA DE ENSAYO

Gravedad específica a granel (mínima) Kg/m3 2.350 BS812. Parte 2, Ensayo 6.3

Resistencia Sulfato Sodio (pérdida máxima) % 10 ASTM C88

Absorción de agua (máxima) % 4 BS812. Parte 2, Ensayo 5

Desgaste (máximo) % 40 ASTM C535

Adicionalmente, los materiales deben cumplir las siguientes características:

El material rocoso estará libre de polución como arena, arcilla y polvo de roca.

La roca estará libre de roturas y grietas, para evitar su rompimiento durante el cargue,

descargue y colocación.

Las dimensiones de una roca, no tendrán una diferencia significativa. La proporción entre

la dimensión más larga y más corta, será menor que 3.

Durante el transporte y el almacenamiento, se harán los arreglos correspondientes para

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prevenir la mezcla y la polución de diferentes gradaciones de rocas.

La gradación de la roca cumplirá con el criterio del Manual de Protecciones de Pilarczyk,

1990, utilizado para la coraza del espolón 6 de las obras de profundización en 2009. Ver

tabla 3.

Tabla 3. Límites de gradación de la roca según Pilarczyk

TIPO DE ROCA W15 (Kg) W50 (Kg) W100 (Kg)

mín máx mín Máx mín máx

1000 Kg<W<4000 Kg. 914.0 2285.7 2285.7 3429.0 4571.0 9143.0

SELECCIÓN DE CANTERAS Para la estimación del presupuesto se consideró una distancia de acarreo de 70 Km desde la fuente de material hasta el sitio de las obras, con base en experiencias exitosas anteriores, de construcción de las obras de profundización realizadas entre los años 2006-2008 en el canal navegable del Puerto de Barranquilla. No obstante lo anterior, el contratista es libre de escoger la fuente de materiales para la construcción de las obras precisando que ésta debe cumplir con las especificaciones del material establecidas en el presente documento e igualmente. En todo caso la cantera escogida deberá contar con los permisos del Ministerio de Minas y Energía, y Licencia Ambiental. ZONAS DE ACOPIO DE LOS MATERIALES Las zonas de acopio en cada una de las canteras y cerca del sito del proyecto, deben garantizar un almacenamiento para el período de ejecución de las obras. ACOPIO EN CANTERA Para el buen funcionamiento del proyecto, el proveedor de roca debe disponer de zonas de almacenamiento y tener en cuenta las siguientes observaciones:

Se debe colocar la roca en acopio en una forma tal que el daño por el manejo con el equipo sea mínimo.

Se harán acopios separados para cada tipo de roca. Cada acopio será identificado con marcas.

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ACOPIO EN CERCANIAS DEL SITIO DEL PROYECTO El sitio de acopio debe estar cerca al sitio de las obras. Para garantizar que el proyecto se ejecute en el plazo previsto, se debe disponer de un área para almacenamiento, operación, maniobras e infraestructura para carga y descarga. Se ha identificado el campamento de Bocas de Ceniza en las Flores, con un área disponible de 4 Ha, donde regularmente se han acopiado materiales para el mantenimiento de las estructuras de encauzamiento del canal navegable del puerto de Barranquilla. En este sitio se debe garantizar el acopio separado para cada tipo de roca. En el sitio de los espolones no habrá zona de acopio como tal, volqueta que salga del acopio de Las Flores será descargada directamente en el sitio del espolón e inmediatamente la roca será colocada. TRANSPORTE DE ROCA El transporte de roca desde la cantera hasta el sitio de obra se realizó teniendo en cuenta las siguientes distancias y tiempos promedios. Ver tabla 4.

Tabla 4. Distancias y tiempos de transporte de roca

FUENTE DE MATERIAL

SITIO DE ACOPIO DISTANCIA (Km) TIEMPO (min)

CANTERA Campamento de Bocas de Ceniza

80 120

Para esta actividad, el material aprobado se cargará cuidadosamente en unidades transportadoras adecuadas, para minimizar el daño a la roca durante el proceso de cargue – transporte – descargue. II. ASPECTOS GENERALES

A. Invitación a las veedurías ciudadanas

En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993, CORMAGDALENA invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al presente Proceso de Contratación, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en el SECOP.

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B. Compromiso anticorrupción

Los Proponentes deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el Formulario respectivo en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales. C. Costos derivados de participar en el Proceso de Contratación Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los Documentos del Proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las Ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia a audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el Proceso de Contratación estará a cargo exclusivo de los interesados y Proponentes. D. Comunicaciones Las comunicaciones en el marco del Proceso de Contratación deben hacerse por escrito, por medio físico o electrónico, a cualquiera de las siguientes direcciones:

Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17-25 Piso 5° Oficina 504 en Bogotá D.C.- República de Colombia, de lunes a viernes, en el horario de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

Correo electrónico: [email protected] La comunicación debe contener: (a) el número del presente Proceso de Contratación [lp0022016]; (b) los datos del remitente que incluyen nombre, dirección física, dirección electrónica y teléfono; (c) identificación de los anexos presentados con la comunicación. Las reglas aplicables a la presentación de las Ofertas están en la sección VIII A del presente documento. Las comunicaciones y solicitudes enviadas a CORMAGDALENA por canales distintos a los mencionados solo serán tenidas en cuenta para los propósitos del Proceso de Contratación cuando sean radicadas a través del canal que corresponda.

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CORMAGDALENA responderá a las comunicaciones recibidas por escrito o por correo electrónico, cuando éstas fuesen recepcionadas en los plazos establecidos en el pliego de condiciones, mediante documento que será publicado en el SECOP correspondiente al proceso de contratación. Las comunicaciones recibidas por la entidad, por escrito o por correo electrónico de los interesados y/o proponentes, y que fuesen recepcionadas por fuera de los términos establecidos en el pliego de condiciones o las que por su tamaño superan la capacidad de la cuenta del correo del proceso (superior a 15 Mbyte), no se tendrían en cuenta para su respuesta. E. Idioma Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los Proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en castellano. La Oferta y sus anexos deben ser presentados en castellano. Los documentos con los cuales los Proponentes acrediten los requisitos habilitantes de que trata la sección VI que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera. Para firmar el contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite de Apostilla o consularización. F. Legalización de documentos otorgados en el Exterior

Los Proponentes deben entregar con su Oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de acuerdo con lo previsto en el artículo 251 del Código General del Proceso. G. Conversión de monedas Los Proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a ésta moneda tomando como referencia el año de terminación del proyecto o el año de ejecución, de acuerdo con la tasa de cambio estadística publicada por el Banco de la República u organismo oficial del país de origen correspondiente al último día de ese año, luego se realizara su conversión a pesos colombianos.

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Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa del mercado certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha de corte de los estados financieros. III. DEFINICIONES

Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082 de 2015. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.

DEFINICIONES

Acta de inicio Es el documento que suscribirán las partes, contratista e Interventor para dar inicio al contrato, previa verificación y aprobación de los documentos exigidos.

Adenda Es el documento expedido por CORMAGDALENA mediante el cual se introducen modificaciones, aclaraciones y/o complementaciones a los Pliegos, incluyendo sus Anexos.

Adjudicación Es la decisión final de CORMAGDALENA, expedida por medio de un acto administrativo, que determina el adjudicatario del presente Proceso de Contratación.

Anexo Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan al presente Pliego de Condiciones y que forman parte del mismo.

Aportes parafiscales

Son contribuciones parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la Ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio del propio sector.

Aviso de convocatoria

Es el documento publicado en el SECOP con el fin de realizar la convocatoria pública para que los interesados en participaran en la licitación pública se presenten.

Capacidad jurídica Para los efectos del presente proceso de contratación, se entenderá que la Capacidad Jurídica es aquella condición de las personas naturales o jurídicas relativa a su aptitud conforme a la Ley Aplicable para participar en la presente invitación pública. En este orden de ideas, se entenderá que para las personas naturales la Capacidad Jurídica será la prevista en el artículo 1502 y siguientes del Código Civil colombiano y para las

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personas jurídicas, la prevista en el artículo 99 y siguientes del Código de Comercio colombiano, siempre y cuando el representante legal cuente con las autorizaciones que conforme a los estatutos sociales deba tener para participar en la presente invitación pública. Para los Proponentes de origen extranjero se verificará que cumplan con las mismas condiciones previstas en esta definición.

Carta de presentación de la propuesta

Es el modelo de comunicación que figura como Anexo de este Pliego, que los Proponentes deberán diligenciar e incluir en la Propuesta y que además deberá estar firmada por el representante legal o representante debidamente designado del Proponente.

Certificado de Disponibilidad Presupuestal - CDP No. 255 del 10 de marzo de 2016

Documento que acredita la disponibilidad de presupuesto para el presente proceso de selección.

Conflicto de intereses

Son las circunstancias que el interesado o proponente dará a conocer a la Corporación y que considera puede tener incidencia en la imparcialidad con la que se debe adoptar las decisiones en el curso del proceso.

Consorcio Es la modalidad de asociación a la cual se refiere el numeral 1 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993.

Contratista Es el Proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente Proceso de Contratación.

Contrato Es el negocio jurídico que se suscribirá entre CORMAGDALENA y el adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes obligaciones recíprocas y se conceden derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente Proceso de Contratación.

Contratos en Ejecución

Son los contratos que a la fecha de presentación de la oferta obligan al proponente con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, incluyendo la ejecución de obras civiles en los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios, incluyendo los contratos suspendidos y aquellos que no tengan acta de inicio. No se entenderán como contratos en ejecución los que se encuentren en liquidación.

CORMAGDALENA Es la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, o la entidad que la suceda en funciones, derechos y obligaciones, en caso de restructuración administrativa del Estado colombiano.

Cronograma de obra

Se refiere a la programación general de las actividades contratadas, incluyendo los entregables que debe realizar el CONTRATISTA en

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desarrollo del Contrato de obra.

DANE Es el Departamento Administrativo Nacional de Estadística de Colombia.

Día Es cualquier día de la semana de lunes a domingo ambos inclusive.

Día hábil Es cualquier día de la semana comprendido entre el lunes y el viernes (ambos inclusive), excluyendo de éstos los días feriados determinados por ley en la República de Colombia.

Dólares o US$. Es la moneda de curso legal y poder liberatorio en los Estados Unidos de América.

Equipo de trabajo Se compone del Personal Obligatorio Mínimo requerido para la ejecución del contrato descrito en el pliego de condiciones.

Especificaciones técnicas

Procesos y procedimientos técnicos generales o particulares, según el caso a los que se debe ceñir el Contratista durante la ejecución del contrato, para obtener los resultados objeto del mismo.

Estructura plural Es la unión de personas naturales o jurídicas nacionales y/o extranjeras bajo Consorcio, Unión Temporal, Promesa de Sociedad Futura o cualquier otra forma de asociación, para presentar Propuesta de forma conjunta como un solo grupo bajo el presente Proceso de Contratación. En todo caso, no se podrá modificar la composición ni la participación de la Estructura Plural que haya presentado Propuesta para el presente Proceso de Contratación, durante el trámite del mismo ni durante la ejecución del Contrato.

Estudios y documentos previos

Es la documentación listada en el artículo 2.2.1.1.2.1.1. del Decreto 1082 de 2015, la cual fue puesta a disposición de los interesados durante la publicación del Proyecto de Pliego de Condiciones y que se encuentra actualmente disponible para consulta en el SECOP.

Experiencia habilitante

Es la experiencia que debe acreditar cada Proponente, que no otorga puntaje; en el evento en que el Proponente no la acredite se calificará la propuesta como No Habilitada.

Fecha de cierre o cierre

Es la fecha y hora señaladas en el cronograma de la presente licitación pública, que será la fecha máxima y límite perentorio para la presentación de las Propuestas por parte de los Proponentes. Vencida la hora y Día señalados CORMAGDALENA no recibirá más Propuestas.

Garantía de seriedad de la oferta

Mecanismo de cobertura del riesgo a favor de entidades estatales con ocasión de la presentación de la propuesta, de conformidad con la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y el presente pliego de condiciones.

Interesado(s) Personas naturales o jurídicas o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre sí mediante las figuras de Consorcio, Unión Temporal o cualquier otro tipo de asociación que actuaran en el proceso previamente a la presentación de ofertas.

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Ley aplicable Es el ordenamiento jurídico vigente en la República de Colombia.

Mes Para efecto del presente proceso de selección se tendrá en cuenta el mes de 30 días y el año de 360 días.

MIPYMES Es aquella micro, incluidas las famiempresas, pequeña y mediana empresa, o unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica colombiana o extranjera, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana que sea calificada como MIPYME por nivel de empleados, nivel de activos y/o ventas anuales brutas, conforme a la reglamentación que para el efecto expida el Gobierno Nacional o a falta de tal reglamentación que cumpla con lo señalado en el Artículo 2 de la Ley 590 de 2000 y normas que la sustituyan, modifiquen o reglamenten.

Oferta

Es la propuesta presentada a CORMAGDALENA por los interesados en ser el contratista del Proceso de Contratación objeto del presente Pliego de Condiciones.

Período Es la extensión de tiempo de 12 meses o menos del plazo de ejecución de un contrato.

Pesos o COP$ Es la moneda de curso legal y poder liberatorio en la República de Colombia.

Pliego de Condiciones

Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y el futuro Contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Oferta para participar en el Proceso de Contratación del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del presente Proceso de Contratación.

Primer Orden de Elegibilidad

Es la posición que ocupa el Proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.

Promesa de sociedad futura

Es la promesa de contrato de sociedad que celebran una, dos o más personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, interesadas en participar en la presente licitación pública, sometiéndose el perfeccionamiento del contrato prometido (el de sociedad) a la condición única de que el Contrato objeto de la licitación pública le sea adjudicado en los términos del inciso final del parágrafo 3 del artículo 7, de la Ley 80 de 1993.

Proponente

Es la persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales, nacionales o extranjeras, asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura que presenta una Oferta para participar en el Proceso de Contratación.

Propuesta Es la oferta irrevocable que presentarán los Proponentes compuesta por

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la Oferta Técnica, Oferta Económica y los demás documentos que se señalan en estos Pliegos, para el Contrato de Obra objeto de la presente invitación pública, antes de o el Día de la Fecha de Cierre.

Propuesta habilitada

Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que además de cumplir con los requisitos legales, técnicos y financieros señalados en estos Pliegos de Condiciones, cumple con los criterios de evaluación señalados en los mismos.

Propuesta rechazada

Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que incurra en alguna de las causales de rechazo establecidas en el pliego de condiciones.

Requisitos habilitantes

Son los requisitos mínimos exigidos en cuanto a Capacidad Jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización, Experiencia Requerida, que son exigidos a los Proponentes en el proceso de selección, en los términos de la “Ley Aplicable” y del presente Pliego de Condiciones.

RUP Es el Registro Único de Proponentes, de conformidad con la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y demás normas que reglamentan la materia, cuyo certificado de inscripción y calificación en firme y vigente deben presentar los proponentes.

Saldos de los Contratos en Ejecución o SCE

Es la suma de los montos por ejecutar de los Contratos en Ejecución durante los 12 meses siguientes.

SECOP Es el Sistema Electrónico de Contratación Pública.

SMMLV Significa Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes en Colombia.

TRM

Es la tasa de cambio representativa del mercado certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia o por la entidad que la reemplace o asuma la función de certificar esta tasa.

Unión temporal Es la modalidad de asociación a la cual se refiere el numeral 2 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993.

GLOSARIO ESPECÍFICO (a) “Baliza”: Señal fija o móvil normalmente con luz eléctrica, usada para indicar lugares

específicos o para orientar al navegante en el tráfico fluvial. En el río se coloca en una boya anclada al fondo.

(b) “Balizaje fluvial”: Corresponde a las señales horizontales que se debe instalar para

garantizar la seguridad de la navegación. (c) “Batimetría”. Medición de cuerpos oceánicos, lacustres o fluviales para determinar la

topografía del fondo y representarlo mediante mapas de isobatas

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(d) “Botadero”. Zona habilitada para la disposición del material sobrante.

(e) “Boyas”: Señales indicativas del canal de acceso a un puerto. (f) “IDEAM”: Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, Sistema de

Información Ambiental. Estado actual del tiempo y datos hidroclimáticos. (g) “IGAC”: Instituto Geográfico Agustín Codazzi, elabora y actualiza el mapa oficial de la

República de Colombia. Ejecuta planes de gobierno en materia de cartografía, agrología, catastro y geografía.

(h) “In situ”: En el lugar, en el sitio. (i) “Limnímetro”: Instrumento de medición, que registra el nivel del rio respecto a una

referencia fija.

(j) “Mira”: Es una regla graduada que permite mediante un nivel topográfico establecido, medir diferencias de altura del nivel del agua en un sitio especifico.

(k) “Miras de control: Son las reglas o miras que se deberán instalar durante la ejecución

de los mantenimientos de los espolones y del dique direccional, para determinar exactamente los niveles de agua en cada frente de trabajo.

(l) “Plan de Manejo Ambiental”: Son todos los programas, obras, actividades o medidas de manejo ambiental necesarias para la adecuada gestión ambiental del proyecto. Su elaboración se realiza a partir del conocimiento de las características ambientales donde se desarrolla el proyecto, el alcance de las obras y la identificación y evaluación de impactos.

(m) “Sistemas Plan métricos”: Son los valores y puntos que permiten definir la localización exacta de los trabajos de mantenimientos de los espolones y del dique direccional, referidos a un sistema general de coordenadas planas.

(n) “Sondeos”: Son los resultados de los registros de profundidades tomados sobre el lecho

del río. (o) Suelos no cohesivos: Son los suelos que no poseen ninguna cohesión y consisten en

rocas, gravas, arenas y limos.

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IV. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA PÚBLICA

La obra pública a desarrollar es el MANTENIMIENTO DE LOS ESPOLONES No. 1 Y No. 2 ADOSADOS AL TAJAMAR OCCIDENTAL Y DEL DIQUE DIRECCIONAL DEL CANAL NAVEGABLE DE ACCESO AL PUERTO DE BARRANQUILLA, con la descripción técnica (localización, obras a ejecutar, cantidades, y demás.) y las contenidas en las especificaciones técnicas. Los demás detalles del presente Proceso de Contratación también se encuentran incluidos en los Documentos del Proceso.

Cuadro No. 1 INFORMACIÓN GENERAL

NÚMERO DEL

PROCESO OBJETO DEL PROYECTO

PLAZO DEL CONTRATO

(MESES)

VALOR PRESUPUESTO

OFICIAL (PESOS) UBICACIÓN

LP-002-16

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CUATRO (4)

meses

$1.950.000.000

Estructuras hidráulicas referenciadas, ubicadas en el canal navegable de acceso al puerto de Barranquilla, en los últimos 22 Km del rio Magdalena, próximos a su desembocadura en el mar Caribe

TOTAL $1.950.000.000

A. Clasificación UNSPSC La obra pública objeto del presente Proceso de Contratación está codificada en el Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) con el tercer nivel, en las siguientes codificaciones contenidas en la Tabla 1:

Tabla 1 - Codificación de la obra pública en el sistema UNSPSC

Clasificación UNSPSC Segmento Familia Clase Producto

811015 81 8110 811015 N/A

Servicios Basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología

Servicios profesionales de ingeniería

Ingeniería civil

951216 95 9512 951216 N/A

Terrenos, Edificios, Estructuras y Vías

Estructuras y edificios permanentes

Edificios y estructuras de transporte

721412 72 7214 721412 N/A

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B. Valor estimado del Contrato El valor estimado del contrato es de MIL NOVECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.950.000.000), incluido el valor del IVA. C. Forma de pago CORMAGDALENA, pagará el valor del contrato mediante actas de avance mensual de obra firmadas por el contratista y el interventor. El pago de la última acta de obra presentada por el contratista estará supeditado a la suscripción del acta de recibo definitivo y de liquidación del contrato por parte del contratista, y no debe ser inferior al 5% del valor del contrato. Para las obras a ejecutar en el Espolón 1 y Espolón 2, la medida de pago de la roca se hará con base en el volumen suministrado, cubicado en volqueta y descargado sobre la estructura a rehabilitar. Antes de la descarga este volumen debe ser medido y autorizado por la Interventoría. La interventoría supervisara que la roca colocada se ajuste en la sección de diseño, para lo cual realizara levantamientos batimétricos de control permanente que permitan determinar la necesidad de perfilar la roca colocada. El valor unitario del metro cubico (m3) de roca colocada, incluye todos los costos relacionados con la exploración, explotación, excavación, selección, transporte, acopio y colocación de roca, pago de regalías, servidumbres, alquileres de zonas de acopio, uso de embarcaderos, colocación de roca, balizaje, pérdida de materiales, obras provisionales, control de obra, limpieza del sitio de las obras y adecuación sitio de acopio. La unidad de medida será el metro cubico (m3). ACTAS DE AVANCE MENSUAL: Es el documento en el que el CONTRATISTA y el INTERVENTOR dejarán sentadas las cantidades de obra realmente ejecutadas durante el mes, previa

Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento

Servicios de construcción pesada

Servicios de construcción marina

721415 72 7214 721415 N/A

Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento

Servicios de construcción pesada

Servicios de preparación de tierras

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aprobación del Interventor. Deben elaborarse cada mes dentro de los cinco (5) días calendario del mes siguiente a la ejecución de las obras. ACTAS DE RECIBO PARCIAL: Es el documento en el que el CONTRATISTA y el INTERVENTOR dejaran sentadas las cantidades de obra ejecutas y recibidas a satisfacción. Tanto las actas de avance mensual como las actas de recibo parcial tendrán carácter provisional en lo que se refiere a la calidad de obra y a las cantidades de obra: El INTERVENTOR podrá en actas posteriores hacer correcciones o modificaciones a cualquiera de las actas anteriores aprobadas por él y debe indicar el valor correspondiente a la parte o partes de los trabajos que no se hayan ejecutado a su entera satisfacción a efecto de que CORMAGDALENA se abstenga de pagarlos al CONTRATISTA o realice los descuentos correspondiente, hasta que el INTERVENTOR dé el visto bueno. Ninguna constancia por parte del INTERVENTOR que no sea del recibo definitivo de la totalidad o de parte de las obras, podrá considerarse como constitutivo de aprobación de algún trabajo. ACTA DE RECIBO DEFINITIVO DE OBRA: Es el documento que se suscribe entre el CONTRATISTA y el INTERVENTOR en donde se consignan las cantidades ejecutadas y aprobadas por el interventor. Está dirigida a verificar el cumplimiento del objeto contractual, según el alcance y las cantidades de los trabajos contratados. Para los pagos mensuales se requiere por parte de EL CONTRATISTA de la presentación de la siguiente documentación:

a) Informe mensual de Obra en medio físico impreso y magnético (CD) correspondiente al respectivo periodo por cobrar;

b) Acta de avance mensual de obra debidamente suscrita por el CONTRATISTA y aprobada por el INTERVENTOR; anexando soportes de pagos de aportes parafiscales del personal.

c) Factura d) Soportes de los respectivos pagos al sistema de seguridad social integral en salud

pensión y riesgos laborales y parafiscales al Servicio Nacional de aprendizaje – SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y a las cajas de compensación familiar correspondientes al personal de nómina de la propuesta;

e) Pago de los impuestos locales, municipales, distritales o departamentales establecidos en el lugar de ejecución de la obra (si aplica).

Todas las anteriores obligaciones de acuerdo al mes facturado. El pago de la última cuenta presentada por el CONTRATISTA estará supeditado a la suscripción del acta de recibo definitivo y de liquidación del presente contrato; previa presentación de los siguientes documentos:

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a) Informe final de obra. b) Acta de Recibo Final (Acta de liquidación) suscrita por las partes. c) Factura. d) Actualización de las garantías del contrato. e) Soporte de pago al sistema de seguridad social en salud, pensión y riesgos laborales y

aportes parafiscales (SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar) del último mes, incluyendo la fecha de finalización de los trabajos.

f) Listado de todo el personal profesional, técnico y administrativo que intervino en el proyecto y constancia de pago de todos sus salarios prestaciones sociales, aportes a la seguridad social integral y parafiscales.

g) Pago de todos los impuestos municipales, distritales, departamentales, incluyendo el impuestos de Industria y Comercio correspondiente al último periodo correspondiente de ejecución del contrato de la obra en el municipio donde se ejecutó la obra en valor proporcional al valor de la ejecución.

h) Paz y Salvo del Impuesto de Industria y Comercio expedido por el municipio donde se ejecutó la obra.

Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días calendarios posteriores al momento en que EL CONTRATISTA radique la correspondiente factura, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por CORMAGDALENA para el pago. En el evento en que las actividades no hayan sido ejecutadas en forma satisfactoria para CORMAGDALENA o los avances de las actividades señaladas en el contrato de obra no correspondan a los plazos señalados en el Cronograma, CORMAGDALENA no estará obligado a realizar el correspondiente pago, hasta tanto EL CONTRATISTA realice las correcciones o ajustes que garanticen el adecuado cumplimiento de las obligaciones por parte del mismo y/o se ponga al día con los plazos, dentro del plazo que para el efecto señale CORMAGDALENA. En todo caso, EL CONTRATISTA no podrá exigir el pago de intereses de mora sobre los valores no desembolsados por parte de CORMAGDALENA, una vez se haga exigible la obligación. D. Permisos y Autorizaciones

El contratista debe obtener con la DIMAR (Capitanía de Puerto de Cartagena) y con la autoridad ambiental con jurisdicción en la zona, todos los permisos y/o autorizaciones a lugar.

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E. Régimen Marítimo y/o Fluvial El contratista se ajustará a las ordenanzas locales y reglamentarias de las autoridades competentes que controlan el régimen marítimo y/o fluvial, como también lo relacionado con las embarcaciones en el país, debiendo obedecer las órdenes y directivas referentes a ella, disponiendo que la ejecución de los trabajos se lleve a cabo de modo tal que no interfiera, obstruya ni haga peligrar el uso de la vía navegable. F. Plazo de ejecución del Contrato El plazo de ejecución del contrato es de CUATRO (4) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato. G. Lugar de ejecución del Contrato El lugar de ejecución del contrato de obra son las estructuras hidráulicas referenciadas, ubicadas en el canal navegable de acceso al puerto de Barranquilla, en los últimos 22 Km. del rio Magdalena, próximos a su desembocadura en el mar Caribe, en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla – República de Colombia. V. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES (NO APLICA)

De acuerdo con lo previsto por el artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015, si el presente Proceso de Contratación es inferior a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (USD125.000,oo), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la presente convocatoria puede limitarse a la participación de Mipymes nacionales que tengan como mínimo un (1) año de existencia, siempre y cuando se reciban solicitudes de por lo menos tres (3) Mipymes. VI. REQUISITOS HABILITANTES

CORMAGDALENA debe verificar con el Registro Único de Proponentes el cumplimiento de los requisitos habilitantes. Esta verificación se hará de acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015 y el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en Procesos de Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente. De conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, sólo en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de

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requisitos del Proponente, adicionales a los contenidos en el RUP, la Entidad Estatal puede hacer tal verificación en forma directa. Como objeto de verificación de cumplimiento pero no de calificación, CORMAGDALENA tendrá en cuenta la capacidad jurídica, técnica y financiera. Para tal efecto, la verificación en mención se realizará de conformidad con el procedimiento establecido a continuación para cada criterio y a los documentos contenidos en las propuestas Técnicas. En caso de que uno de los requisitos no se cumpla o se cumpla en forma inadecuada, el proponente deberá proceder a la subsanación de los mismos dentro del término señalado por CORMAGDALENA.

FACTORES DETERMINACIÓN

Jurídicos No Habilitado, Habilitado

Financieros No Habilitado, Habilitado

Técnicos No Habilitado, Habilitado

A. CAPACIDAD JURÍDICA FORMAS DE PARTICIPACIÓN DE LOS PROPONENTES Podrán participar como Proponentes de forma individual las personas naturales y jurídicas, así como Estructura Plurales consistentes en Consorcios y Uniones Temporales en los términos previstos en el presente Pliego de Condiciones, para lo cual deberán diligenciar el formato correspondiente de este Pliego de Condiciones. Las personas jurídicas de naturaleza pública o mixta deberán cumplir con la totalidad de los requisitos y reglas previstos en el presente Pliego de Condiciones cuando actúen como Proponentes o Integrantes de Estructuras Plurales, y su condición no los eximirá del cumplimiento de los términos y condiciones que se surtan en la Licitación Pública y sus fases subsiguientes. Las entidades extranjeras de derecho público se considerarán de derecho privado para los efectos previstos en el presente Pliego de Condiciones, salvo lo relacionado con la acreditación de los requisitos de legalización, consularización o apostilla a que se refiere el Pliego de Condiciones. Podrán presentar Propuesta como proponentes individuales:

a) Las personas naturales nacionales o extranjeras. b) Las personas jurídicas nacionales o extranjeras, que se encuentren debidamente

constituidas previamente a la Fecha de Cierre de la Licitación Pública.

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Podrán presentar Propuesta como Estructuras Plurales, los Consorcios y Uniones Temporales en los términos definidos y demás previsiones aplicables del presente Pliego de Condiciones, incluyendo el diligenciamiento del formato correspondiente de este Pliego de Condiciones. 1. CONDICIONES DE LA CAPACIDAD JURÍDICA Cada uno de los Proponentes y los integrantes de las Estructuras Plurales deberá:

1) Acreditar que cuenta con capacidad jurídica y adecuada representación legal para la presentación de la Propuesta y para la celebración y ejecución del Contrato de obra pública.

2) No estar en un proceso de liquidación obligatoria, concordato o cualquier otro proceso de concurso de acreedores según la Ley Aplicable; dicha afirmación se entenderá prestada con la suscripción de la Carta de presentación de la propuesta.

3) No estar reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000.

4) No estar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las leyes de Colombia, en especial las previstas en la Ley 80 de 1993, en la Ley 1.150 de 2007 y en la Ley 1.474 de 2011, lo cual se entenderá declarado bajo la gravedad del juramento, declaración que se entenderá prestada con la suscripción de la Carta de Presentación de la Propuesta. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de CORMAGDALENA de identificar plenamente a sus contratistas conforme lo establecido en el artículo 27 de la Ley 1.121 de 2.006.

5) No estar incluido en listas de sanciones financieras de la OFAC1, de la Organización de las Naciones Unidas y la Unión Europea, ni estar reportado como ejecutor o partícipe de actividades que violen las Normas Anticorrupción y Antiterrorismo. Esta prohibición incluye a sus empleados, apoderados y agentes, y a las personas que se encuentren bajo su control directo o indirecto conforme a lo previsto en los artículos 260 a 265 del Código de Comercio.

La verificación de los requisitos jurídicos, se hará con base en la información contenida en el RUP, vigente y en firme y demás documentos exigidos, para determinar si las ofertas se ajustan o no a los requerimientos de Ley y al pliego de condiciones, mediante la revisión de los siguientes documentos:

1 Listado de Nacionales, Diseñado Especialmente (también conocido como el listado SDN, por sus siglas en inglés) es un listado de personas, grupos y entidades sujetas a sanciones económicas por el Tesoro de los Estados Unidos y la Oficina para el Control de Activos Extranjeros por su vinculación con actividades terroristas, de narcotráfico o de lavado de activos

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1.1. Carta de presentación de la propuesta, matricula profesional y COPNIA. La carta de presentación de la Propuesta se debe diligenciar conforme al modelo suministrado en el presente Pliego de Condiciones, ser suscrita por el Proponente, representante legal o apoderado debidamente facultado, así como ser firmada por el Proponente cuando es persona natural y por el representante legal indicando su nombre y documento de identidad si el Proponente. En caso de Estructuras Plurales, la carta de presentación de la Propuesta deberá ser suscrita, además, por el Representante Único del Consorcio o Unión Temporal. En la carta de presentación de la Propuesta se incluirá la totalidad de la información prevista en el Anexo, con el fin de que CORMAGDALENA surta los requerimientos a que haya lugar través de dichos medios, cuando así se disponga. En virtud de lo previsto en el artículo 20 de la Ley 842 de 2003, si el representante legal o apoderado del Proponente persona jurídica o el representante legal o apoderado de la Estructura Plural, no posee título de una de las profesiones catalogadas como ejercicio de la ingeniería, la Propuesta deberá ser avalada por un Ingeniero Civil, matriculado para lo cual deberá adjuntar copia de su matrícula profesional y copia del certificado de vigencia de matrícula profesional expedida por el COPNIA, cuya fecha de expedición no puede ser mayor a los seis (6) meses anteriores a la Fecha de Cierre de la licitación pública. Con la carta de presentación de la Propuesta se entiende presentada la declaración juramentada por parte del Proponente de no encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley Aplicable, ni en conflicto de intereses que pueda afectar el normal desarrollo del Contrato de obra pública, así como el origen lícito de los recursos destinados al proyecto o a la ejecución del contrato. El Adjudicatario deberá disponer de los correspondientes permisos, licencias y habilitaciones vigentes que le permitan realizar los trabajos contratados expedidos por la autoridad competente, referidos al ejercicio de las profesiones u oficios involucrados con el objeto del Contrato de obra pública. 1.2. Documento de conformación de consorcios o uniones temporales El Proponente deberá diligenciar el documento de conformación de Estructuras Plurales para Consorcio o Unión Temporal de conformidad con el Anexo respectivo del presente Pliego de Condiciones, teniendo en cuenta lo siguiente:

i. Deberá acreditar la existencia del Consorcio o de la Unión Temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, mediante el documento en el que conste que

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los integrantes expresan claramente su intención de conformar el Consorcio o la Unión Temporal. En el caso en que no exista claridad al respecto, se asumirá que se trata de un Consorcio.

ii. Si el Proponente se presenta como una Estructura Plural consistente en Consorcio o

Unión Temporal con la Propuesta deberá acreditar el nombramiento de un Representante Único de todas las personas naturales y/o jurídicas asociadas en la Estructura Plural, con facultades suficientes para la representación sin limitaciones de todos y cada uno de los Integrantes, en todos los aspectos que se requieran para la presentación de la Propuesta, así como para la celebración, ejecución y liquidación del Contrato de obra pública.

iii. Con la Propuesta se deberá presentar la identificación del Representante Único de la

Estructura Plural. En cualquier caso el representante principal del Consorcio o Unión Temporal que se designe debe ser aquel representante legal del integrante que tenga la mayor participación porcentual dentro del consorcio o unión temporal. Si existe paridad entre todos los integrantes o algunos de los integrantes con respecto a la mayor participación porcentual dentro del Consorcio o Unión Temporal, el representante principal podrá ser escogido entre cualquiera de ellos que tenga dicha participación superior. En caso de que dicho integrante sea una persona jurídica, el representante principal del Consorcio o Unión Temporal que se designe, debe ser el representante legal de dicha persona jurídica. De la misma forma, la Estructura Plural será representada para efectos judiciales y extrajudiciales por su Representante Único, a quien además se le notificarán todos los actos administrativos que se dicten dentro del Proceso de Contratación.

iv. Con la Propuesta se deberá acreditar la existencia de las personas naturales y la

existencia y representación legal de cada una de las personas jurídicas asociadas en Consorcio o en Unión Temporal de conformidad con las reglas mencionadas en el presente Pliego de Condiciones, así como la capacidad jurídica de sus representantes legales de cada uno de sus Integrantes para la constitución del Consorcio o Unión Temporal, y para la celebración y ejecución del Contrato de obra, mediante la acreditación del cumplimiento de todos los requisitos a que se refiere el presente Pliego de Condiciones.

v. Con la Propuesta se deberá acreditar un término mínimo de duración del Consorcio o

de la Unión Temporal, por lo menos igual al término de ejecución del Contrato de obra pública, liquidación y un (1) año más.

vi. La sumatoria del porcentaje de participación de los integrantes del Consorcio o Unión

Temporal no podrá ser diferente al cien por ciento (100%).

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vii. El número de Integrantes que conformen la Estructura Plural no podrá ser superior a

cuatro (4); y el porcentaje de participación de sus miembros en el mismo, no podrá ser inferior a veinticinco por ciento (25%). Será causal de rechazo, la modificación por parte de la Estructura Plural o alguno de sus Integrantes durante la etapa precontractual, la composición o los porcentajes de participación del Consorcio o Unión Temporal.

Será causal de rechazo, modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración. 1.3. Apoderados Los Proponentes podrán presentar Ofertas directamente o por intermedio de apoderado, evento en el cual deberán anexar el poder otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los Integrantes del Proponente en el trámite de la Licitación Pública y en la suscripción del Contrato de obra. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al Proponente y a todos los Integrantes de la Estructura Plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades:

a) Participar en cada una de las actuaciones y audiencias que conformen la licitación pública y tomar decisiones en las que comprometan al respectivo Proponente;

b) Formular Oferta para la licitación pública; c) Dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite CORMAGDALENA en el

curso de la licitación pública; d) Recibir las notificaciones a que haya lugar en desarrollo de la licitación pública,

incluyendo la del acto administrativo de Adjudicación; e) Suscribir el Contrato de obra en nombre y representación del respectivo Proponente

cuando resultare Adjudicatario del Contrato. f) Suscribir el Acta de inicio del Contrato de obra. g) Conseguir y constituir las pólizas de cumplimiento y responsabilidad civil

extracontractual, incluyendo todos sus amparos, en cumplimiento del Contrato de obra y de la Ley Aplicable.

En caso de no anexarse en el plazo previsto en el pliego de Condiciones el poder conferido legalmente, con anterioridad a la Fecha de Cierre o que este no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello según los documentos de existencia y representación de la

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persona jurídica, la Oferta será RECHAZADA. No obstante, esta situación podrá ser subsanada, siempre y cuando el apoderado hubiese contado con las facultades antes de la presentación de la Oferta o le hubiese sido ratificado el respectivo acto. Los poderes otorgados deberán cumplir con los requisitos exigidos en la Ley Aplicable para la constitución de apoderados, así como con los aspectos referidos a la autenticación, consularización o apostilla y traducción, establecidos por la legislación colombiana y en el presente Pliego de Condiciones. Las personas naturales y jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las acciones y actos mencionados en el presente Pliego de Condiciones y demás actos necesarios de acuerdo con la Ley Aplicable y este Pliego de Condiciones. Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los Integrantes, con los requisitos de autenticación, consularización y/o apostille, y traducción exigidos en los términos señalados en el presente Pliego de Condiciones y en la Ley Aplicable. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal. En todo caso, los poderes deberán cumplir con lo prescrito en el artículo 74 del Código General del Proceso. 1.4. Existencia y representación legal.

1.4.1. Existencia y Representación Legal Personas Naturales o Jurídicas Nacionales o Extranjeras con Domicilio o Sucursal en Colombia.

1. Si el Proponente es una persona natural de origen nacional deberá acreditar su

existencia mediante la presentación de copia de su cédula de ciudadanía y si es persona natural extranjera residenciada en Colombia, mediante la copia de la cédula de extranjería expedida por la autoridad competente.

2. Si el Proponente es una persona jurídica nacional o una persona jurídica extranjera con

sucursal en Colombia, deberá acreditar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio respectiva en el cual se verificará:

a) Que la fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal no sea

anterior a treinta (30) días contados desde la fecha de Apertura del presente proceso.

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b) Que el objeto de la sociedad incluya las actividades principales objeto del Contrato del presente proceso.

c) El nombramiento del Revisor Fiscal en caso que exista. d) Que las personas jurídicas extranjeras con actividades permanentes en la República

de Colombia estén legalmente establecidas en el territorio nacional de acuerdo con los artículos 471 y 474 del Código de Comercio.

e) Que la duración del Proponente o del integrante de la Estructura Plural, no sea inferior al plazo establecido para la ejecución del Contrato de obra y un (1) año más, salvo que el Proponente aporte el documento del órgano social competente que demuestre su intención de prorrogar la existencia de la persona jurídica por el plazo arriba mencionado. En relación con las personas jurídicas extranjeras se tendrá en cuenta la fecha de constitución de esta última y no de la sucursal.

f) Si la Oferta es suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal en Colombia, se deberá acreditar la capacidad legal de la sucursal y de su representante o mandatario, mediante la presentación del original del certificado del RUP y certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no anterior a los treinta (30) días de la fecha de apertura del presente de selección, por la cámara de comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal. Cuando el representante legal de la sucursal tenga restricciones para contraer obligaciones, deberá acreditar autorización suficiente del órgano competente social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad del Proponente o integrante de la Estructura Plural. Dicha autorización debe haber sido otorgada previamente a la fecha de apertura de la presente licitación pública.

g) El Proponente o el Integrante de la Estructura Plural deberá aportar fotocopia de la cedula de ciudadanía del representante del Consorcio o Unión Temporal y del representante legal de las personas jurídicas que lo integran.

1.4.2. Existencia y Representación Legal Personas Naturales y Jurídicas Extranjeras sin

Domicilio o Sucursal en Colombia 1) Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia deben acreditar su

existencia mediante la presentación de la copia de su pasaporte en caso de no contar con domicilio en Colombia. Si se encuentra residenciado en Colombia, la existencia la acreditará mediante la presentación de copia de la cédula de extranjería expedida por la autoridad competente.

2) Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los mismos requisitos de objeto y duración establecidos en el Pliego de Condiciones para las personas jurídicas domiciliadas en el territorio nacional, para lo cual deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera, legalizados a más

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tardar dentro de los sesenta (60) Días Calendario anteriores a la fecha de apertura de la presente licitación pública, en los que conste: a) Existencia y representación legal con el documento idóneo expedido por la autoridad

competente en el país de su domicilio, expedido a más tardar dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de apertura de la presente licitación pública, en el que conste su existencia, su fecha de constitución, objeto, vigencia, nombre o razón social completa, nombre del representante legal en la que se señale expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o de la(s) persona (s) que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades o de la persona facultada para comprometer a la persona jurídica. En caso de que el representante legal tenga limitaciones para comprometer a la persona jurídica del Proponente o al Integrante de la Estructura Plural, el Proponente deberá aportar la autorización o documento correspondiente del órgano directivo que le faculte expresamente, señalando que la autorización al representante legal no tiene limitaciones para contraer obligaciones, o

b) La autorización o documento correspondiente del órgano directivo que le faculte

expresamente, en los que conste la siguiente información:

i) Tipo de sociedad y fecha del documento de constitución o creación. ii) Que su objeto social incluye las actividades principales objeto del Contrato de

obra. iii) Documento por el cual se reconoce la personería jurídica. iv) Duración de la persona jurídica. v) Acreditar la suficiencia de la capacidad de su apoderado o representante legal

en Colombia, de conformidad con la Ley 80 de 1.993, la Ley 1.150 de 2.007, el Decreto 1082 de 2015 y las demás disposiciones que regulan el tema, cuando sea del caso.

Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. Las personas jurídicas Proponentes o Integrantes de Estructuras Plurales deben acreditar autorización suficiente del órgano social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad. Dicha autorización debe haber sido otorgada previamente al cierre de la licitación pública. La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento, en el término establecido en este Pliego de Condiciones, determinará la falta de capacidad jurídica y/o legal para presentar la Oferta.

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Si una parte de la información solicitada no se encuentra incorporada en el certificado que acredita la existencia y representación, o si este tipo de certificados no existen de acuerdo con las leyes que rijan estos aspectos en el país de origen de la persona jurídica del Proponente o del Integrante de la Estructura Plural, la información deberá presentarse en documento independiente expedido por una autoridad competente de tal país o en su defecto, en documento expedido por el máximo órgano directivo de la persona jurídica. Las personas jurídicas extranjeras que se encuentren dentro del supuesto de hecho señalado en este párrafo, deberán declarar que según la legislación del país de origen, las certificaciones o información no puede aportarse en los términos exigidos en este Pliego de Condiciones. El Proponente deberá dar estricto cumplimiento a los requisitos legales relacionados con la legalización, consularización o apostille y traducción de documentos otorgados en el extranjero, exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior y que puedan obrar como prueba, conforme a lo dispuesto en el artículo 480 del Código de Comercio de la República de Colombia y lo previsto en este Pliego de Condiciones. En el evento de la legalización de documentos emanados de autoridades de países miembros del Convenio de la Haya de 1961, se requerirá únicamente la Apostilla como mecanismo de legalización, de conformidad con lo señalado en la Ley 455 de 1.998.

1.5. Certificado de inscripción en el RUP Los Proponentes y los Integrantes de las Estructuras Plurales deberán estar inscritas en el RUP cuando estén obligados a hacerlo, de conformidad con el Decreto No. 1.082 de 2015 y demás normas que constituyan la Ley Aplicable, en las actividades económicas exigidas en el cuadro siguiente, sin perjuicio de lo dispuesto por el parágrafo primero del artículo 5 de la ley 1150 de 2007 y la Circular Externa del 12 de mayo de 2014 expedida por Colombia Compra Eficiente. CORMAGDALENA verificará la inscripción exigida en el RUP del Proponente, de acuerdo con el Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC), para cualquiera de las siguientes codificaciones:

Clasificación UNSPSC Segmento Familia Clase Producto

811015 81 8110 811015 N/A

Servicios Basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología

Servicios profesionales de ingeniería

Ingeniería civil

951216 95 9512 951216 N/A

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En caso de que el Proponente o alguno de sus Integrantes de la Estructura Plural no estén inscritos en el RUP y estuvieren obligados a hacerlo de conformidad con la Ley Aplicable, su Propuesta será No Evaluable hasta tanto se acredite la inscripción y su firmeza correspondientes. Para efectos de la evaluación se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) La fecha de expedición del certificado debe ser no mayor a treinta (30) días anteriores

a la fecha de apertura de la presente Licitación Pública.

b) La inscripción en el RUP deberá estar vigente y en firme al momento de la

adjudicación de la presente Licitación Pública.

En todo caso, la inscripción en el RUP dentro de la clasificación UNSPSC exigida en el presente pliego de condiciones, no constituye un requisito habilitante. La persona natural extranjera sin domicilio y la persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia, podrá acreditar este requisito con una declaración rendida bajo la gravedad del juramento que se entiende prestada con la presentación del documento, por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica o apoderado, en la que se indique que tiene la experiencia relacionada con el Segmento, Familia y Clase exigidos aquí previstos. 1.6. Garantía de seriedad de la propuesta El Proponente debe presentar con la Oferta una Garantía de Seriedad que cumpla con los parámetros, condiciones y requisitos que se indican en este numeral. La Garantía de Seriedad de la Oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes riesgos:

Terrenos, Edificios, Estructuras y Vías

Estructuras y edificios permanentes

Edificios y estructuras de transporte

721412 72 7214 721412 N/A

Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento

Servicios de construcción pesada

Servicios de construcción marina

721415 72 7214 721415 N/A

Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento

Servicios de construcción pesada

Servicios de preparación de tierras

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1. La no ampliación de la vigencia de la Garantía de Seriedad de la Oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el Contrato de obra es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses. 2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas. 3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario. 4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato. Cualquier error o imprecisión en el texto de la póliza, será susceptible de aclaración por el Proponente a su propia iniciativa o previo requerimiento de CORMAGDALENA, siempre y cuando se produzca con anterioridad a la Adjudicación del Contrato. Cuando el Proponente tenga la condición de Estructura Plural consistente en Consorcio o Unión Temporal, la Garantía de Seriedad de la Oferta deberá tomarse a nombre de cada uno de los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal (no a nombre de sus representantes legales), y deberá expresar claramente que será exigible por su valor total ante el incumplimiento en que incurran cualquiera de los Integrantes de la Estructura Plural. De igual manera deberá establecer el porcentaje de participación de cada uno de los Integrantes del Consorcio o la Unión Temporal conforme al documento de constitución. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá constituirse por el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial y debe estar vigente por tres (3) meses a partir de la Fecha de Cierre del presente proceso, y, en todo caso, se extenderá desde el momento de la presentación de la Oferta hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del Contrato de obra. El tomador de la Garantía de Seriedad de la Oferta será el Proponente. Si el Proponente es una persona jurídica, la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva. Cuando la Propuesta se presente por una Estructura Plural, en la garantía deberán aparecer como tomadores todos y cada uno los Integrantes del Consorcio o la Unión Temporal y se deberá indicar claramente los Integrantes, su identificación y porcentaje de participación. La Garantía de Seriedad de la Oferta debe estar debidamente firmada por quien la expide y establecer como beneficiario a CORMAGDALENA, Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, NIT. 829.000.127-4. El Proponente deberá anexar a la Garantía de Seriedad de la Oferta el recibo o certificado o constancia de pago de la prima. La falta de aporte de la garantía de seriedad de la oferta con

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la Propuesta, si bien será un evento subsanable, ello no liberará al Proponente de cumplir con dicha obligación con anterioridad a la adjudicación del proceso. Las compañías de seguros que otorguen la Garantía de Seriedad de la Oferta deberán estar legalmente establecidas en Colombia, autorizadas para la expedición de este tipo de garantías y vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. 1.7. Certificación de pagos de seguridad social y aportes parafiscales. El Proponente persona jurídica o Integrante de la Estructura Plural deberá presentar una certificación diligenciada conforme al Anexo de este Pliego de Condiciones sobre Certificado de Pago de Parafiscales, expedida por el revisor fiscal de acuerdo con los requerimientos de la Ley Aplicable o por el representante legal bajo la gravedad del juramento cuando no se requiera revisor fiscal, en la que conste el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la Fecha de Cierre del proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que la Proponente o Integrante de la Estructura Plural no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. En caso que algún proponente o integrante de la Estructura Plural, se encuentre exonerado del pago de alguno de los aportes con fundamento en lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1607 de 2012, o no tenga personal a cargo y por ende no está obligado a efectuar el pago de seguridad social y aportes parafiscales en relación con el personal respectivo, así deberá indicarlo en una certificación expedida por el revisor fiscal, por el representante legal o por el proponente persona natural. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el Proponente o Integrante de la Estructura Plural deberá anexar copia del acuerdo de pago correspondiente y el comprobante de pago soporte del mes anterior a la Fecha de Cierre del proceso de licitación. Esta misma previsión aplica para las personas jurídicas extranjeras con domicilio o sucursal en Colombia las cuales deberán acreditar este requisito respecto del personal vinculado en Colombia.

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El Proponente o Integrante de la Estructura Plural, que tenga la condición de persona natural deberá presentar una certificación, bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la presentación de la misma, en la que conste el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la Fecha de Cierre del proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el Proponente o Integrante de la Estructura Plural deberá anexar copia del acuerdo de pago correspondiente y el comprobante de pago soporte del mes anterior a la Fecha del Cierre del proceso de selección. Esta misma previsión aplica para las personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia las cuales, deberán acreditar este requisito respecto del personal vinculado en Colombia. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus Integrantes deberá aportar por separado la certificación aquí exigida. Adicionalmente, el Adjudicatario deberá presentar para la suscripción del respectivo Contrato de obra ante CORMAGDALENA la declaración donde se acredite el pago correspondiente a Seguridad Social y Aportes Parafiscales. En caso que el Proponente o Integrante de la Estructura Plural, persona natural o jurídica, no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes parafiscales y seguridad social debe, bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en la mencionada certificación. Para verificar tal situación el Proponente o Integrante de la Estructura Plural persona natural, además de la certificación debe presentar su planilla de pago correspondiente a los últimos seis (6) meses, contados a partir de la Fecha del Cierre del proceso de selección. Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia, se deberá indicar esta circunstancia en documento suscrito bajo la gravedad del juramento por el Proponente o Integrante de la Estructura Plural persona natural o por el representante legal de la persona jurídica, o el representante único de la Estructura Plural.

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El Proponente o Integrante de la Estructura Plural deberá señalar en la certificación expedida por el revisor fiscal y/o representante legal y/o persona natural, que a la fecha de presentación de la Propuesta no tiene deudas presuntas, deuda AFP, depósitos pendientes por acreditar, rezagos, liquidación errónea en aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF, y cajas de compensación familiar. CORMAGDALENA dará prevalencia al principio de buena fe contenido en el artículo 83 de la Constitución Política. En consecuencia, quienes presenten observaciones respecto del incumplimiento en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social y Aportes Parafiscales, deberán aportar o presentar la prueba idónea que demuestre dicha circunstancia respecto del Proponente observado. En caso de no allegar con la observación dichos soportes no se dará trámite a la misma. En el evento en que la observación esté debidamente soportada, CORMAGDALENA podrá dar traslado al Proponente observado y CORMAGDALENA verificará únicamente la acreditación del respectivo pago desde la Fecha del Cierre del proceso de selección, sin perjuicio de los efectos generados ante las entidades recaudadoras por el no pago dentro de las fechas establecidas en las normas vigentes. CORMAGDALENA oficiará a las entidades recaudadoras para que se pronuncien sobre el contenido de la observación y compulsará copias a la Junta Central de Contadores y Ministerio de Trabajo. 1.8. Pacto de Transparencia Los Proponentes se comprometen a coadyuvar con CORMAGDALENA en el cumplimiento estricto de los principios constitucionales y legales de moralidad y transparencia, para lo cual deben presentar con la Oferta, el formato correspondiente al Pliego de Condiciones, debidamente diligenciado y suscrito por el representante legal o apoderado del Proponente, en el cual se expresa, entre otros compromisos, el de abstenerse de efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto la colusión en la licitación pública, o que pretenda la adjudicación del Contrato objeto del presente proceso de selección o la fijación de los términos de la Oferta, conductas prohibidas por el Decreto 2.153 de 1.992, Ley 256 de 1.996 y Ley 1.340 de 2009. 1.9. Certificado de Antecedentes Judiciales del Proponente De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto-Ley 0019 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del oferente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), CORMAGDALENA verificará e imprimirá la consulta de los antecedentes judiciales a través del mecanismo en línea que el Gobierno

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Nacional para el efecto. En caso que el proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, el proponente será rechazado. 1.10. Certificado de antecedentes fiscales de la contraloría general de la república Ningún proponente, ni los integrantes de Consorcios o Uniones Temporales, nacionales o extranjeros, con domicilio en Colombia, podrán estar registrados en el Boletín de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría General de la República vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ni presentar sanciones, que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado. CORMAGDALENA verificará directamente la existencia de antecedentes fiscales de conformidad con lo previsto en el artículo 60 Ley 610 de 2000, y la Ley 1238 de 2008. Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio o sin sucursal en Colombia, deberán manifestar que no han sido declarados Responsables Fiscales por actividades ejercidas en Colombia, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la ley 610 de 2000. 1.11. Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación Ningún proponente, ni los integrantes de consorcios o uniones temporales, podrán presentar antecedentes vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el estado, a la fecha establecida para el cierre del presente proceso de selección. CORMAGDALENA verificará directamente la existencia de antecedentes disciplinarios de conformidad con lo previsto en la Ley 734 de 2002 y la Ley 1238 de 2008. Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio o sin sucursal en Colombia y en cuyo país de origen no exista Ente Estatal que certifique la ausencia de antecedentes disciplinarios, se deberá indicar esta circunstancia así como la declaración de no contar con antecedentes disciplinarios que impliquen inhabilidad para contratar en documento suscrito bajo la gravedad de juramento por el proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica, como proponente individual o integrante del proponente plural. Con la presentación de la propuesta técnica se entenderá que ni el proponente ni los integrantes de la estructura plural están incursos en las situaciones antes señaladas, sin perjuicio de que la entidad efectúe la respectiva verificación tanto en el Boletín de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría General de la República como en la página web de la Procuraduría General de la Nación.

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1.12. Compromiso Anticorrupción Los Proponentes deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el Formulario correspondiente, en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales. 1.13. Cédula de ciudadanía del proponente Los proponentes deberán aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, o pasaporte del Proponente, de cada uno de los integrantes de la estructura plural y de o de su Representante Legal, según corresponda de acuerdo con la normatividad vigente. 1.14. Registro Único Tributario Actualizado Todos los proponentes o integrantes de consorcios o uniones temporales, deberán presentar copia legible del Registro Único Tributario- RUT expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN. En el caso de personas naturales o jurídicas extranjeras proponentes o integrantes de consorcios o uniones temporales con establecimiento de comercio en la República de Colombia deben presentar copia legible del Registro Único Tributario- RUT expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. Las personas naturales o jurídicas extranjeras que no cuenten con sucursal, filial ni agencia en la República de Colombia están obligadas a la inscripción en el RUT únicamente en el evento de resultar favorecidas con la adjudicación del contrato y deben acreditar dicho trámite previo a la suscripción del mismo. 1.15. Certificación del Revisor Fiscal El proponente deberá adjuntar a la propuesta una Certificación del Revisor Fiscal en caso de ser sociedad anónima colombiana, en la que conste si es abierta o cerrada.

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B. CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL Y REGLAS APLICABLES A LA DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL

La verificación de las condiciones establecidas en el numeral 1º del artículo 5 de la Ley 1.150 de 2007, se demostrarán con el respectivo certificado del RUP. El Proponente y cada uno de los Integrantes de la Estructura Plural deben acreditar su capacidad financiera y capacidad organizacional a través del RUP vigente y en firme, con información financiera con corte a Diciembre 31 de 2015, y diligenciando los Formularios de Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional de este Pliego de Condiciones. De igual forma deberá aportar copia de la tarjeta profesional y certificado de vigencia del Contador y/o Revisor Fiscal. El Proponente debe acreditar los indicadores incluidos en los Formularios de Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional, que serán suscritos por el Representante Legal y el Revisor Fiscal o por su Contador si no está obligado a contar con Revisor Fiscal. CORMAGDALENA tomará los indicadores contenidos en los Formularios de Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional diligenciados por el Proponente y cada uno de los Integrantes de la Estructura Plural los cuales deberán estar soportados con la información contenida en el RUP. Las personas jurídicas que no cuenten con estados financieros de 2.015 por no haberse constituido, aportarán el Certificado del RUP teniendo en cuenta la información extraída de la contabilidad, con fecha de corte al último día calendario del mes anterior a la Fecha de Cierre. Las personas extranjeras deberán aportar los Formularios de Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional, que será suscrito por el Representante Legal y por su contador, para verificar su capacidad financiera. Cuando se trate de Estructuras Plurales los documentos soporte de la información financiera deberán presentarse en los términos señalados en los incisos anteriores, respecto de cada uno de los Integrantes. En caso que la Oferta no cumpla con alguno de los indicadores financieros requeridos, la misma será NO HABIL

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CAPACIDAD FINANCIERA Para la presente Licitación Pública, los siguientes indicadores contenidos en el formato correspondiente, componen la Capacidad Financiera de los Proponentes: (i) Capital de Trabajo, (ii) Índice de Liquidez, (iii) Índice de Endeudamiento y, (iv) Razón de Cobertura de Intereses:

Indicador Índice Requerido

CAPITAL DE TRABAJO Mayor o igual al 40% del presupuesto oficial

ÍNDICE DE LIQUIDEZ Mayor o Igual a 1.5

ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO Menor o igual a 80%

RAZON DE COBERTURA DE INTERESES Mayor o igual a 2

1) Capital de Trabajo (CT). Para calcular el Capital de Trabajo del Proponente se utilizará la

siguiente fórmula: CT= Activo Corriente – Pasivo Corriente Para que un Proponente se considere HABIL, deberá acreditar un capital de trabajo igual o mayor al 40% del presupuesto oficial. En caso que la propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal, este índice será la suma aritmética de los valores acreditados como capital de trabajo de cada uno de los Integrantes. 2) Índice de Liquidez: Para calcular la Liquidez del Proponente se utilizará la siguiente

fórmula: Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente Para que un Proponente se considere HABIL deberá acreditar una liquidez igual o mayor a uno coma cinco (1,5). En caso que la Propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal este índice será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de los integrantes, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación. 3) Índice de Endeudamiento: Para calcular el Nivel de Endeudamiento del Proponente se

utilizará la siguiente fórmula:

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Índice de Endeudamiento = (Pasivo Total / Activo Total) x 100 [%] Para que un Proponente se considere HABIL deberá acreditar un Nivel de Endeudamiento igual o menor a ochenta por ciento (80%). En caso que la Propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal este índice será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de los Integrantes, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación. 4) Razón de Cobertura de Intereses: Para calcular la Razón de Cobertura de Intereses el

Proponente utilizará la siguiente fórmula: Razón de Cobertura de Intereses = Utilidad Operacional / Gastos de Intereses Para que un Proponente se considere HABIL, deberá acreditar una Razón de Cobertura de Intereses igual o mayor a dos (2). Los proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0) y no se pueda calcular el indicador de cobertura de interés, en este caso, el proponente cumple el indicador salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de cobertura de intereses. En caso que la Propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal, este índice será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de los Integrantes, una vez ponderados de acuerdo a su porcentaje de participación. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL El Proponente debe cumplir los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP, y diligenciando el Anexo correspondiente de este Pliego de Condiciones, para determinar su capacidad organizacional:

Indicador Índice Requerido

Rentabilidad sobre los activos (RSA) Positivo

Rentabilidad sobre el patrimonio (RSP) Positivo

1. Rentabilidad Sobre Activos: Para determinar la Rentabilidad sobre Activos se utilizará

la siguiente fórmula: Rentabilidad Sobre Activos = (Utilidad Operacional / Activo Total) * 100

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Para que un Proponente se considere HABIL deberá acreditar una Rentabilidad sobre Activos positiva. Si la utilidad operacional es negativa el proponente se considera NO HÁBIL. En caso que la propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal este índice será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de los Integrantes, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación.

2. Rentabilidad Sobre Patrimonio: Para determinar la rentabilidad sobre Patrimonio se utilizará la siguiente fórmula:

Rentabilidad sobre Patrimonio = (Utilidad Operacional / Patrimonio) * 100 Para que un Proponente se considere HABIL deberá acreditar una Rentabilidad sobre Patrimonio positiva. Si la utilidad operacional es negativa el proponente se considera NO HÁBIL. En caso que la propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal este índice será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de los Integrantes, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación. INFORMACIÓN FINANCIERA DE PROPONENTES EXTRANJEROS Los proponentes extranjeros deberán presentar la información financiera que se relaciona a continuación, de conformidad con la legislación propia del país de origen y lo señalado en el artículo 251 del Código General del Proceso y con el artículo 480 del Código de Comercio, acompañado de traducción simple al idioma español (cuando ello aplique), con los valores convertidos a la moneda legal colombiana a la tasa de cambio de la fecha de corte de los mismos, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normatividad vigente del país de origen:

a) El balance general y estado de resultados con corte a 31 de Diciembre de 2.015. b) Los anteriores documentos también deben ser presentados utilizando el Plan Único de

Cuentas para Colombia (PUC) C. CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN El oferente debe acreditar una Capacidad Residual del Proponente igual o superior a la Capacidad Residual del Proceso de Contratación.

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El proponente deberá diligenciar y adjuntar en medio físico y en medio magnético Disco Compacto (CD), trascritos en Microsoft Excel, bajo plataforma Windows, la información contenida en el Formulario de Capacidad Residual, la cual debe ser idéntica a la aportada en el medio físico. En caso de presentarse discrepancias entre la información consignada en el Formulario de Capacidad Residual, presentado en medio físico y que reposa en la propuesta, y el Formulario de Capacidad Residual, contenido en el CD, prevalecerá la información consignada en el Formulario de Capacidad Residual físico, aportado en la propuesta. Cuando en la propuesta no repose el Formulario de Capacidad Residual en medio físico, se entenderá por NO APORTADO, independientemente de si el mismo es aportado en medio magnético o no. I. Capacidad Residual del Proceso de Contratación:

El cálculo de la Capacidad Residual del Proceso de Contratación equivale al presupuesto oficial estimado del Proceso de Contratación menos el anticipo o pago anticipado cuando haya lugar, si el plazo estimado del contrato es menor a doce (12) meses:

II. Capacidad Residual del proponente: El oferente debe acreditar una Capacidad Residual del Proponente superior o igual a la Capacidad Residual del Proceso de Contratación:

Para que el proponente obtenga la calidad de HÁBIL por este criterio, debe cumplir con la expresión anterior, so pena, de considerarse como NO HÁBIL. El oferente debe calcular su Capacidad Residual del Proponente, de acuerdo con la metodología definida en la guía de Colombia Compra Eficiente, teniendo en cuenta los factores de: Experiencia (E), Capacidad Financiera (CF), Capacidad Técnica (CT), Capacidad de Organización (CO), y los Saldos de los Contratos en Ejecución (SCE) , según la siguiente fórmula:

Capacidad Residual del = Presupuesto oficial estimado – Anticipo o Pago anticipado Proceso de Contratación

Capacidad Residual del Proponente >= Capacidad Residual del Proceso de Contratación

Capacidad Residual del Proponente = CO x [(E + CT + CF) / 100] - SCE

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En donde: CO = Capacidad de Organización E = Experiencia CT = Capacidad Técnica CF = Capacidad Financiera SCE = Saldos de Contratos en Ejecución A cada uno de los factores se le asigna el siguiente puntaje:

FACTOR PUNTAJE MÁXIMO

Experiencia (E) 120

Capacidad financiera (CF) 40

Capacidad técnica (CT) 40

Total 200

La Capacidad de Organización (CO) no tiene asignación de puntaje en la fórmula porque su unidad de medida es en pesos colombianos y constituye un factor multiplicador de los demás factores. 1. Capacidad de Organización (CO): La Capacidad de Organización (CO) corresponde a los Ingresos Operacionales teniendo en cuenta lo siguiente:

AÑOS DE INFORMACIÓN FINANCIERA

CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (CO)

Cinco (5) años o más Mayor Ingreso Operacional de los últimos cinco (5) años

Entre uno (1) y cinco (5) años Mayor Ingreso Operacional de los años de vida del oferente

Menos de un (1) año USD 125.000 1

(1)Liquidados a la tasa de cambio determinada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo cada 2 años para efectos del umbral del beneficio de las Mipyme.

Si los Ingresos Operacionales del proponente con uno (1) o más años de información financiera es menor a USD125.000, la Capacidad de Organización (CO) del proponente es igual a USD125.000. Para verificar la Capacidad de Organización del proponente la Entidad Estatal debe solicitar el estado de resultados que contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años debidamente auditado y aprobado por el contador público o revisor fiscal según corresponda y suscrito por el representante legal.

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En los Procesos de Contratación en los cuales la oferta debe presentarse antes del 5° día hábil del mes de abril, la Información Financiera debe ser la información auditada y aprobada por el máximo órgano social que pretende acreditar el proponente. 2. Experiencia (E): La Experiencia (E) del oferente para propósitos de la Capacidad Residual es acreditada por medio de la relación entre: (i) El Valor Total en pesos de los contratos relacionados con la actividad de la construcción inscritos por el proponente en el RUP en el segmento 72 “Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento” del Clasificador de Bienes y Servicios; y (ii) el Presupuesto Oficial estimado del Proceso de Contratación. La relación indica el número de veces que el proponente ha ejecutado contratos equivalentes a la cuantía del Proceso de Contratación objeto de la acreditación de la Capacidad Residual. La siguiente fórmula describe lo anterior:

El cálculo del factor de Experiencia (E) para efectos de la Capacidad Residual de un miembro de un oferente plural debe tener en cuenta su participación en el Proceso de Contratación objeto del cálculo de la Capacidad Residual. Si el oferente no es plural no hay lugar a porcentaje2. Para acreditar el factor de Experiencia (E), el proponente debe diligenciar el Formulario No. 6 y Formulario No. 6 - Anexo No. 1, el cual debe relacionar los contratos inscritos en el segmento 72 y su valor total en pesos colombianos liquidados con el SMMLV. Asimismo el Presupuesto Oficial Estimado debe ser liquidado con el SMMLV. Las personas jurídicas con existencia inferior a tres (3) años, pueden acreditar la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes. El puntaje asignado al factor de Experiencia (E) se realiza con base en la siguiente tabla:

MAYOR A MENOR O IGUAL A PUNTAJE

0 3 60

3 6 80

6 10 100

10 Mayores 120

Experiencia = Valor Total de los Contratos RUP (COP) (Presupuesto Oficial Estimado * % de Participación)

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(2) La Capacidad Residual del oferente plural es la suma de la Capacidad Residual de cada uno de sus miembros. 3. Capacidad Técnica (CT): La Capacidad Técnica (CT) se asigna teniendo en cuenta el número de socios y profesionales de la Arquitectura, Ingeniería y Geología vinculados mediante una relación laboral o contractual conforme a la cual desarrollen actividades relacionadas directamente a la construcción. Para acreditar la Capacidad Técnica (CT) el proponente debe diligenciar el Formulario No. 6 y Formulario No. 6 - Anexo No. 2 El puntaje de la Capacidad Técnica (CT) se asigna con base en la siguiente tabla:

DESDE HASTA PUNTAJE

0 5 20

6 10 30

11 Mayores 40

4. Capacidad Financiera (CF): La Capacidad Financiera (CF) se obtiene teniendo en cuenta el Índice de Liquidez del proponente con base en la siguiente fórmula:

Para la Capacidad Financiera (CF) el proponente debe diligenciar el Formulario No. 6. El puntaje para la Liquidez se debe asignar con base en la siguiente tabla:

MAYOR A MENOR O IGUAL A PUNTAJE

0 0,5 20

0,5 0,75 25

0,75 1,00 30

1,00 1,5 35

1,5 Mayores 40

El índice de liquidez del proponente se verifica con el RUP. Si el proponente no tiene antigüedad suficiente para tener estados financieros auditados a 31 de diciembre de 2014,

Índice de Liquidez = Activo Corriente Pasivo Corriente

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deben tenerse en cuenta los estados financieros de corte trimestral o de apertura, suscritos por el representante legal y el auditor que se inscribieron en el RUP3. (3) Artículo 2.2.1.1.1.5.2. del Decreto 1082 de 2015.

5. Presentación Listado de Saldos de Contratos en Ejecución (SCE): Todos los proponentes, sea proponente singular o todos los integrantes del proponente plural, deberán presentar diligenciado Formulario No. 6 y Formulario No. 6 - Anexo No. 3 suscrito por su representante legal y por su revisor fiscal, si el proponente está obligado a tenerlo, o por el contador o su auditor independiente, el cual contenga la lista de los Contratos en Ejecución o adjudicados sin iniciar, tanto a nivel nacional como internacional, indicando: (i) el valor del contrato; (ii) el plazo del contrato en meses; (iii) la fecha de inicio de las obras objeto del contrato, día, mes, año; (iv) si la obra la ejecuta un consorcio, unión temporal o sociedad de propósito especial, junto con el porcentaje de participación del oferente que presenta el certificado; (iv) si el contrato se encuentra suspendido o sin iniciar. Si el proponente no tiene Contratos en Ejecución, en el certificado debe constar expresamente esa circunstancia. Para acreditar la capacidad residual el Proponente deberá presentar con su propuesta los siguientes documentos: 1. La Lista de los Contratos de obras civiles en ejecución o adjudicados sin iniciar suscritos

con Entidades Estatales y con Entidades Privadas, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal.

2. La Lista de los Contratos de obras civiles en ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, con Entidades Estatales y con Entidades Privadas, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal.

3. Balance General auditado del año inmediatamente anterior y Estado de Resultados auditado del año en que haya obtenido el mayor Ingreso Operacional en los últimos cinco (5) años. Los Estados Financieros deben estar suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. Si se trata de proponentes obligados a tener RUP, las Entidades Estatales solo deben solicitar como documento adicional el Estado de Resultados del año en que el proponente obtuvo el mayor Ingreso Operacional en los últimos cinco (5) años.

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III. Capacidad Residual para Proponentes Extranjeros sin sucursal en Colombia

Los proponentes extranjeros sin sucursal en Colombia deben acreditar los factores de ponderación para el cálculo de la Capacidad Residual de la siguiente forma:

(a) Capacidad Financiera: Deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos, deberán presentar la información financiera que se relaciona a continuación, de conformidad con la legislación propia del país de origen y lo señalado en los artículos 251 del Código General del Proceso y con el artículo 480 del Código de Comercio, acompañado de traducción oficial al idioma español, con los valores convertidos a la moneda legal colombiana a la tasa de cambio de la fecha de corte de los mismos, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normatividad vigente del país de origen.

1. El balance general y estado de resultados, acompañados de la traducción simple al idioma español, presentados de acuerdo con el catálogo de cuentas (PUC). Decreto 2650 de 1993, expresados en pesos colombianos, a la tasa representativa del mercado (TRM) de la fecha de corte de los mismos, indicando la tasa de conversión, firmados por el Contador Público Colombiano que los hubiere convertido.

2. Copia de la tarjeta profesional del Contador Público o Revisor Fiscal y certificado de antecedente disciplinarios vigente expedido por la Junta Central de Contadores.

(b) Capacidad Organizacional: Deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos, deberán presentar la información financiera que se relaciona a continuación, de conformidad con la legislación propia del país de origen y lo señalado en los artículos 251 del Código General del Proceso y con el artículo 480 del Código de Comercio, acompañado de traducción oficial al idioma español, con los valores convertidos a la moneda legal colombiana a la tasa de cambio de la fecha de corte de los mismos, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normatividad vigente del país de origen:

1. Balance General y Estado de Resultados auditado del año en que haya obtenido el mayor Ingreso Operacional en los últimos cinco (5) años. Los Estados Financieros deben estar suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. Acompañados de la traducción simple al idioma español, presentados de acuerdo con el catálogo de cuentas (PUC). Decreto 2650 de 1993, expresados en pesos colombianos, a la tasa representativa del mercado (TRM) de la fecha de corte de los mismos, indicando la tasa de conversión, firmados por el Contador Público Colombiano que los hubiere convertido.

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2. Copia de la tarjeta profesional del Contador Público o Revisor Fiscal y certificado de antecedente disciplinarios vigente expedido por la Junta Central de Contadores.

Los estados financieros vendrán consularizados o apostillados, conforme a la Ley y la fecha de corte será a 31 de diciembre de 2014, salvo que se acredite en debida forma que la legislación propia del país de origen establece una fecha de corte diferente a la prevista en este Pliego.

Las disposiciones de este pliego de condiciones en cuanto a proponentes extranjeros se regirán sin perjuicio de lo pactado en tratados o convenios internacionales. A las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia se les aplicarán las reglas de las Sociedades Colombianas.

Si alguno de estos requerimientos no aplican en el país del domicilio del proponente extranjero, el representante legal o el apoderado en Colombia deberán hacerlo constar bajo la gravedad de juramento. Así mismo se podrá acreditar este requisito por la firma auditora externa.

D. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE 1. Experiencia requerida para el proyecto El Proponente debe acreditar experiencia requerida en obras cuyo objeto involucre CONSTRUCCIÓN DE ESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE ENROCADO TALES COMO ESPOLONES, TAJAMARES, DIQUES EN ROCA Y PEDRAPLENES. La experiencia de los proponentes deberá estar actualizada y será verificada ante el RUP en máximo dos (2) contratos, teniendo en cuenta los siguientes criterios: En cualquiera de los siguientes Códigos del Clasificador de Bienes y Servicios: 81101500

Ingeniería Civil; y/o 951216 Edificios y estructuras de transporte; y/o 721412 Servicios de construcción marina; y/o 721415 Servicios de preparación de tierras.

La suma de los valores de los máximo dos (2) contratos debe ser igual o superior a 2.828 SMMLV.

La experiencia del proponente se documentará a través del Registro único de proponente, en el cual se deben evidenciar los contratos celebrados por éste, identificados en el Clasificador de Bienes y servicios solicitados por la entidad, en el tercer nivel y su valor expresado en SMMLV. También se tendrán en cuenta los contratos en ejecución, para lo cual el proponente deberá aportar certificación de la entidad contratante de acuerdo a lo exigido en el numeral 4.1.3 del

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presente pliego de condiciones, requisitos 1 al 9. Para efectos de la evaluación de la experiencia habilitante se validará el valor facturado, certificado por la entidad contratante, en SMMLV del año 2016. De igual forma se tendrán en cuenta los contratos celebrados por consorcios, uniones temporales en las cuales el interesado haya tenido participación. El proponente deberá aportar copia de los documentos soportes de los contratos con que acredite la experiencia requerida. Los contratos que presente el proponente para acreditar la experiencia requerida deben corresponder a una EXPERIENCIA EXITOSA, para lo que se tendrá en cuenta lo siguiente: La experiencia requerida del proponente será considerada exitosa únicamente en el evento en que el contrato no haya terminado anticipadamente por razones imputables al contratista y que no se hubieren causado sanciones al proponente que pretenda acreditar la experiencia técnica, bien por la calidad de sus actuaciones de acuerdo con el contrato respectivo, cuando ello resulte aplicable, o por cualquier otra circunstancia prevista en el contrato de obra. Para todos los efectos de este pliego de condiciones, se entenderá que existe una sanción a un contratista, en los siguientes casos: a) Cuando la sanción se encuentra en firme, en el caso en que ésta hubiere sido impuesta

mediante decisión de una autoridad administrativa. b) Cuando la sentencia judicial mediante la cual se impone una sanción contractualmente

prevista o se declara la existencia de incumplimiento contractual, se encuentra ejecutoriada.

c) Cuando se ha hecho efectiva una garantía que ampara el cumplimiento de obligaciones contractuales, o la de calidad, o de estabilidad de la obra, según corresponda.

Las personas jurídicas con existencia inferior a tres (3) años, pueden acreditar la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes. Para la calificación, en caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia requerida será la sumatoria de las experiencias de los integrantes que la tengan, de manera proporcional a su participación en el mismo. No podrá acumularse a la vez la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando estos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993, y relacionen la misma experiencia.

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2. Consideraciones para la validez de la Experiencia 1) Cuando el contrato que se pretende acreditar como experiencia haya sido ejecutado en

consorcio o unión temporal deberá presentar el Formulario No. 7 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE, discriminando el porcentaje de participación del integrante en la ejecución del contrato que se quiera hacer valer dentro del proceso.

2) Si el contrato aportado para acreditar la experiencia se ejecutó bajo la modalidad de

consorcio o unión temporal, el valor del contrato a considerar será igual al valor total del contrato ejecutado multiplicado por el porcentaje de participación que tuvo el integrante que la pretenda hacer valer.

3) En el caso de sociedades que se escindan, la experiencia de la misma se podrá trasladar a

cada uno de los socios escindidos, y se contabilizará de acuerdo al porcentaje de participación en la sociedad escindida.

4) En el evento que un contrato que se aporte para la experiencia haya sido ejecutado por

un Consorcio o Unión Temporal, y dos (2) o más de sus integrantes conformen un proponente plural para participar en el presente proceso de selección, dicho contrato se entenderá aportado como un (1) solo contrato y se tendrá en cuenta para el aporte de la experiencia, la sumatoria de los porcentajes de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal que ejecutaron el contrato, y que están participando en el presente proceso de selección.

5) Para efectos de la acreditación de experiencia aceptable de contratos que haya sido

objeto de cesión antes de la ejecución del cincuenta (50%) por ciento del valor del contrato, se admitirán como experiencia para el cesionario y no se reconocerá experiencia alguna por ellos al cedente. En caso de que la cesión se haya producido después del cincuenta (50%) por ciento de ejecución del valor del contrato no se admitirá como experiencia ni para el cedente, ni para el cesionario.

6) Para efectos de la acreditación de experiencia no se aceptarán subcontratos. Los

contratos válidos para acreditar la experiencia serán aquellos celebrados EL PRIMER CONTRATANTE (Entidad pública) y PRIMER CONTRATISTA (persona natural, persona jurídica, Consorcio o Unión Temporal), cualquier otra derivación de estos se entenderá para efectos del proceso como subcontrato. Serán válidos aquellos contratos de primer orden celebrados en cumplimiento de convenios y/o contratos interadministrativos con entidades Estatales.

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7) Son válidos, además de los contratos celebrados y ejecutados con las entidades estatales, los celebrados y terminados entre particulares, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

Las certificaciones de los contratos celebrados entre Particulares, debe estar suscrita por el representante legal, en la cual deben consignarse los siguientes datos:

Objeto del contrato

Principales actividades ejecutadas (aplica únicamente para la certificación)

Número del contrato

Nombre del Contratante

El porcentaje de participación, si el contrato se suscribió en consorcio o unión temporal.

Plazo de ejecución del contrato

La fecha de iniciación de la ejecución del contrato (Debe indicar día, mes y año).

La fecha de terminación de la ejecución del contrato (Debe indicar día, mes y año).

Tiempo total de suspensión (si aplica) o Debe Indicar día, mes y año, tanto de la fecha de inicio como de la fecha de

terminación del período de la suspensión ó, o Debe indicar el tiempo total (En días) del período de suspensión ó, o Debe indicar el tiempo total (En meses) del período de suspensión.

El valor total del contrato, incluidas adiciones, ajustes e IVA.

El valor total facturado del contrato incluido el IVA (valor básico facturado más IVA).

Nombre y cargo de las personas que expiden la certificación.

Teléfono de contacto del ente contratante. Cuando la certificación no señale los datos solicitados anteriormente, ésta no será tenida en cuenta para efectos de evaluación. Además, se deberá aportar el documento que acredite el pago del impuesto de timbre para contratos suscritos antes del 31 de diciembre de 2009 y fotocopia del certificado de vigencia de la matrícula profesional del revisor fiscal o contador.

8) Las ofertas mercantiles no se aceptarán. 9) Para el presente proceso no es válido acreditar la experiencia específica a través de

contratos ejecutados bajo la modalidad de administración delegada. 10) Cuando para acreditar la experiencia requerida, se evidencie las actividades de

CONSULTORÍA Y CONSTRUCCIÓN, el oferente deberá discriminar el presupuesto

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correspondiente a la actividad de construcción y solo será tenida en cuenta para efectos de la evaluación el valor correspondiente a la ACTIVIDAD REQUERIDA.

11) En el evento en que dos o más proponentes relacionen una misma información y ésta

presente inconsistencias, se solicitará a la Entidad contratante aclarar la información real del contrato, y al proponente que difiera en la información no se le aceptara como acreditación de experiencia.

12) Para efectos del cálculo del plazo se tomará los días calendario, los meses de 30 días y

los años de 360 días, en caso de aplicar. 13) Cuando el proponente o el integrante del consorcio o unión temporal sean una persona

natural o jurídica extranjera o integrante de un consorcio o unión temporal, presentará la información que acredite su experiencia específica, en iguales condiciones que los proponentes nacionales. En caso de que alguna información referente a esta experiencia específica, no esté acreditada de la manera que exige en este pliego de condiciones, debe aportar el documento o documentos equivalentes, de los cuales se pueda obtener la información requerida. Esta acreditación con documentos equivalentes, solo aplica en relación con los expedidos en un país extranjero.

14) En caso de la acreditación de experiencia a través de contratos ejecutados en el

extranjero, la misma solo será válida para efectos del proceso cuando se haya SUSCRITO Y EJECUTADO ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE para ENTIDADES ESTATALES del país donde se ejecutó el contrato.

15) Cuando en la revisión del Formulario No. 7 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE se

encuentren errores de trascripción en fechas, en números o en letras, prevalecerá la información contenida en los soportes que acompañan dicho formulario o en su defecto los que solicite CORMAGDALENA o aporte el proponente.

16) La acreditación de la experiencia específica se demostrará a través de una certificación

expedida por el contratante o por los documentos contractuales que permitan acreditarla tales como; contrato, acta de terminación o finalización, acta de liquidación, documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal, el proponente además debe diligenciar el Formulario No. 7 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE. La certificación o documentos contractuales que permiten acreditar la experiencia específica del proponente deberán incluir lo siguiente según corresponda:

(1) Número del contrato (2) Nombre o razón social del contratante. (3) Nombre o razón social del contratista.

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(4) Objeto del contrato. (5) Fecha de iniciación. (6) Las fechas de suspensión y de reanudación del plazo del contrato, cuando este

haya sido suspendido. (7) Fecha de terminación del contrato. (8) El porcentaje de participación, si el contrato se suscribió en consorcio o unión

temporal, en la misma debe identificarse el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.

(9) Si la certificación incluye varios contratos, se debe identificar en forma precisa si son contratos adicionales al principal o son contratos nuevos, indicando en cada uno de ellos su valor individualmente.

(10) El valor facturado (básico, ajustes si se pactó un monto y el valor del IVA). Correspondiente al valor total final ejecutado, resultante del acta de terminación o liquidación.

17) En caso que el proponente relacione o anexe más de un formulario para obtener puntaje

por experiencia específica, únicamente se tendrá en cuenta el primer formulario que aparece en orden consecutivo foliado y de él sus primeros dos contratos.

18) En caso que el proponente relacione o anexe un número superior de contratos en el

Formulario No. 7, para efectos de evaluación de la experiencia, únicamente se tendrá en cuenta los primeros dos contratos relacionados. Los proponentes deberán diligenciar toda la información requerida en el Formulario de experiencia.

19) En caso que la propuesta sea presentada mediante la modalidad de estructura plural, el

integrante que aporte la mayor experiencia específica, deberá tener una participación igual o superior al 50% en la misma.

20) Para el presente proceso, los integrantes del proponente plural, deben tener un

porcentaje de participación en el Consorcio o Unión Temporal MINIMO del 25%. 21) Para efectos de la evaluación, los plazos serán aproximados por exceso o por defecto a la

décima de mes, así: cuando la centésima de mes sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la décima de mes y cuando la centésima de mes sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la décima de mes (en caso de aplicar).

22) Para el resultado de los cálculos obtenidos en la evaluación de los distintos criterios de

experiencia, se utilizarán las aproximaciones por exceso o por defecto a la centésima del valor, así: cuando la milésima del valor sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la centésima del valor y cuando la milésima del

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valor sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la centésima del valor (en caso de aplicar).

Si el proponente acredita en debida forma el requisito de experiencia requerida para el proyecto se calificará como CUMPLE, caso contrario, NO CUMPLE. E. VERIFICACION DE REQUISITOS DE EQUIPOS (CUMPLE / NO CUMPLE)________ El proponente debe presentar el Formulario No. 8 RELACIÓN DE EQUIPO, en el que relacionará mínimo el equipo requerido en este pliego de condiciones y todo el que en su concepto se requiere para ejecutar las obras. El proponente está obligado a suministrar y poner al servicio de la obra, todo el equipo en operación, que se requiera para la debida ejecución de la misma y a mantenerlo en excelentes condiciones de funcionamiento, so pena de incurrir en causal de incumplimiento del contrato y en consecuencia, hacerse acreedor a las sanciones contractuales a que haya lugar. En este literal, se relaciona el equipo mínimo exigido, con el cual el proponente deberá cumplir con el objeto y el plazo contractual. Se aclara, que independientemente de la cantidad y capacidad del equipo mínimo exigido, el proponente adjudicatario está obligado a cumplir con el objeto y plazos establecidos en el contrato. La insuficiencia de equipos no dará lugar a reclamación por este concepto. El proponente debe ofrecer como mínimo el siguiente equipo exigido, pero en el momento de ejecutar la obra, si es el caso, tiene la obligación de emplear un mayor número de equipos para ejecutar la totalidad de las obras dentro del periodo previsto para la ejecución del proyecto. Ver Tabla.

Tabla. Equipos mínimos requeridos

Cantidad Equipos Capacidad mínima

2 Excavadora sobre orugas 1 Tipo CAT 320 o similar 1 Tipo CAT 330 o similar

5 Volquetas Capacidad de 17 m3 ó 28 toneladas de peso bruto vehicular cada una

1 Cargador Tipo CAT 950 o similar.

1 Barcaza Fluvial Capacidad de 300 Ton: Llenar máximo al 60%.

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Cantidad Equipos Capacidad mínima

1 Remolcador

Con dos (2) motores de 250 HP con documentación en regla para la navegación por el Rio Magdalena, debidamente certificado por la DIMAR.

1 Lancha Con motor de 100 HP o superior para soporte de la comisión topo-batimétrica y transporte de personal.

1 Camioneta Cilindraje mayor a 2.000 cc.

1 Equipo Completo de Topografía y Batimetría.

El PROPONENTE debe acreditar la disponibilidad y/o propiedad de los equipos mínimos requeridos (y los adicionales en caso de ofrecerlos para el Factor de Calidad), y que correspondan a modelos iguales o mayores al año 2004, para el caso de las excavadoras sobre orugas, el cargador, las volquetas y la camioneta. EL PROPONENTE debe acreditar la propiedad de los equipos mediante documentos idóneos. Cuando el equipo ofrecido no sea de su propiedad, el proponente debe presentar la carta de intención suscrita por el propietario del equipo en la cual manifiesta colocarlo a disposición del proponente – a cualquier titulo- para la ejecución de los trabajos objeto de este proceso de selección, en caso que resulte favorecido con la adjudicación del contrato, además del documento que acredite el dominio y/o posesión en cabeza de quien lo ofrece, debe adjuntar el documento de propiedad del equipo y/o contrato de arrendamiento financiero vigente a la fecha de cierre de la presente licitación. La factura de compra expedida en idioma extranjero, deberá ser acompañada de traducción simple al castellano, NO SE REQUERIRA APOSTILLE O CONSULARIZACION. En todo caso la descripción del equipo debe estar en idioma castellano. Si el proponente acredita en debida forma el requisito de los equipos ofrecidos se calificará como CUMPLE, caso contrario, NO CUMPLE. El contratista debe garantizar la disponibilidad continua al frente de las obras y el correcto funcionamiento del equipo requerido en este numeral y del equipo adicional que considere que es necesario para la ejecución de los trabajos, como también de sus rendimientos ofrecidos para el cumplimiento del programa de trabajo presentado y aprobado por parte del Interventor.

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Los riesgos, la movilización y permanencia del equipo y personal en los sitios de trabajo durante el tiempo en que se ejecute el contrato objeto de este proceso de selección serán de responsabilidad exclusiva del contratista. Una vez se dé inicio a los trabajos y de acuerdo a la programación aprobada, el contratista deberá disponer en el sitio de los trabajos del equipo ofrecido.

SUFICIENCIA DE LOS EQUIPOS.

El contratista deberá asumir la total y completa responsabilidad por la suficiencia de los equipos y en general por todos los medios utilizados para el cumplimiento del contrato y los rendimientos ofrecidos de acuerdo a las especificaciones y dentro de los plazos previstos, para cada una de las actividades y etapas previstas. En caso que cualquiera de dichos medios resultare insuficiente y a fin de cumplimiento con el objeto del contrato, el Contratista estará obligado a agregar los equipos complementarios necesarios a efectos de dar cumplimiento a todas las obligaciones previstas en el alcance de los trabajos. VII. EVALUACIÓN DE LA OFERTA

I. CRITERIOS DE COMPARABILIDAD DE LAS PROPUESTAS________ Los criterios de comparabilidad de las propuestas, no serán subsanables por ser criterios de desempate, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de la propuesta.

1. Apoyo a la industria nacional Con el fin de establecer el apoyo que los proponentes NACIONALES y EXTRANJEROS otorguen a la industria nacional en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, DEBERÁN efectuar ofrecimiento suscrito por el Representante Legal del proponente, EN EL QUE SE INDIQUE LA PROCEDENCIA, nacional o extranjera del personal que será puesto al servicio en la ejecución del contrato.

1.1 Trato Nacional por Reciprocidad La RECIPROCIDAD aplica para aquellos proponentes e integrantes de consorcios o uniones temporales extranjeros sin domicilio en Colombia, las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia y/o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que deseen el tratamiento de proponente nacional para el presente proceso.

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2. Certificación de Mipymes Esta condición se acreditará conforme a la información contenida en el RUP del proponente. En caso de sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que presenten propuesta, podrán acreditar la calidad de Mipymes, siempre y cuando hayan acreditado RECIPROCIDAD, de conformidad con el numeral 6.4 del presente pliego de condiciones. En el evento de no acreditar RECIPROCIDAD no se tendrá en cuenta la certificación que acredite la calidad Mipyme. En caso de sociedades extranjeras con sucursal en Colombia quien deberá acreditar la calidad de Mipymes será la sociedad matriz, a través del Revisor Fiscal o Contador o quien haga sus veces en el país de origen. Esta certificación deberá incluir la información relativa a la sociedad matriz y la de su sucursal, a efectos de acreditar los requisitos de que trata la Ley 905 de 2004.

3. Acreditación de personal con limitaciones (Ley 361 de 1997) De acuerdo al artículo 24 de la Ley 361 de 1997, los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con limitación tendrán las siguientes garantías: “a. A que sean preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de licitación, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tiene en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la presente ley debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad de un año; igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la contratación”. Para la acreditación del personal con limitaciones, el Proponente deberá presentar los siguientes documentos: 1) Certificación expedida por la Oficina de Trabajo de la respectiva zona. El certificado para

acreditar la existencia del personal discapacitado debe estar vigente a la fecha de cierre y adjudicación del presente proceso de selección.

2) Copia de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al personal en condiciones de discapacidad, del mes inmediatamente anterior al del cierre del proceso.

3) Certificación suscrita por el Representante Legal y el revisor fiscal o contador público o quien haga sus veces en la respectiva jurisdicción, según sea el caso, en la cual se

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manifestará el compromiso de mantener vinculado a dicho personal por un lapso igual al plazo del Contrato.

II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

CORMAGDALENA evaluará las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección VI. Los Ofertas deben presentarse con los formularios establecidos en el presente Pliego de Condiciones. En la evaluación de las Ofertas CORMAGDALENA realizará ponderación del factor económico, factor de técnico - calidad y del apoyo a la industria nacional, de acuerdo con los puntajes indicados en la Tabla siguiente:

Tabla – Puntaje por criterios de evaluación

En caso de empate en el puntaje total de dos o más Ofertas, CORMAGDALENA debe escoger el Proponente aplicando los criterios para dirimir empates previstos en el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015. Se tiene como primer criterio de desempate el PROPUESTA ECONÓMICA y como segundo criterio, Factor de Calidad. A. Valor de la Propuesta Económica (Factor Económico) (800 puntos) (1) Propuesta económica (Sobre No. 2) El Sobre No. 2 del proponente corresponderá a su propuesta económica, la cual deberá incluir todos los costos directos e indirectos para la completa y adecuada ejecución de la obra del presente proceso y los riesgos y administración de mismos.

a. Precio de la propuesta El proponente debe incluir en su oferta del Sobre No. 2, el Formulario No. 8 –PROPUESTA ECONÓMICA diligenciado, y no podrá adicionar, modificar, suprimir o, en todo caso, alterar la

Criterio de Evaluación Puntaje Máximo

1) VALOR DE LA PROPUESTA ECONÓMICA 800 Puntos

2) FACTOR DE CALIDAD 100 Puntos

3) APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100 Puntos

PUNTAJE TOTAL 1.000 Puntos

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información relacionada por La Corporación, toda vez que dicha información se requiere para la comparación objetiva de las propuestas. De todas maneras CORMAGDALENA no reconocerá costo alguno por otro concepto. El precio de la oferta debe ser dada en moneda legal colombiana, en pesos colombianos. La evaluación y calificación del precio de las ofertas consistirá en lo siguiente: El oferente debe diligenciar la totalidad del Formulario PROPUESTA ECONÓMICA. Por tanto, debe consignar los precios unitarios propuestos de todos los ítems estipulados en el Formulario, consignar los porcentajes propuestos respectivos de A.I.U., realizar las correspondientes operaciones, calcular y consignar de acuerdo a lo anterior, el VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA incluido IVA. Los Precios Unitarios Propuestos no podrán ser mayores al 100% de los respectivos valores oficiales indicados en el Formulario PRESUPUESTO OFICIAL. CORMAGDALENA solo efectuará correcciones aritméticas originadas por las operaciones aritméticas a que haya lugar en el Formulario PROPUESTA ECONÓMICA presentado en las propuestas. Se realizará el ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios propuestos en el Formulario PROPUESTA ECONÓMICA, de las operaciones aritméticas a que haya lugar y del valor del IVA, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero del peso. El VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA Incluido IVA del Formulario PROPUESTA ECONÓMICA, corregido y ajustado al peso, será el tenido en cuenta en el momento de valorar económicamente la propuesta que es objeto de evaluación, y será el utilizado para la comparación con los correspondientes a otras propuestas. Se asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente procedimiento: En caso de que exista una única oferta habilitada y cumpla con todos los requisitos establecidos anteriormente, se le asignarán ochocientos (800) puntos, siempre y cuando el Formulario PROPUESTA ECONÓMICA del proponente, se ajuste a lo exigido en el pliego de condiciones. En caso de que existan varias ofertas admisibles, se seleccionará el método de ponderación de la propuesta económica de acuerdo con los métodos que se nombran a continuación:

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b. Determinación del método para la ponderación de la propuesta económica

Para la determinación del método se tomarán los primeros dos decimales de la Tasa de cambio Representativa del Mercado (TRM) del día hábil anterior a la Audiencia de Apertura del Sobre No. 2; La fecha de instalación de la Audiencia de Apertura del Sobre No. 2, para los efectos del presente numeral, será la que se haya indicado en la cronología del proceso establecida en el pliego de condiciones definitivo, aun cuando dicha fecha se modifique posteriormente en desarrollo del proceso licitatorio mediante adenda y se determinara el método de acuerdo a los rangos establecidos en el cuadro que se presenta a continuación. Esta TRM se tomara del sitio web: de la Superintendencia Financiera de Colombia, http://www.superfinanciera.gov.co o del Banco de la República de Colombia, http://www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see_ts_cam.htm#trm El método debe ser escogido de acuerdo a los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación:

Tabla - Asignación de método de evaluación según TRM

1) Media Aritmética

Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:

Donde, _ X = Media aritmética. Xi = Valor total corregido de la oferta i sin decimales n = Número total de las ofertas válidas presentadas

RANGO (INCLUSIVE) NÚMERO MÉTODO

De 00 a 24 1 Media aritmética

De 25 a 49 2 Media aritmética alta

De 50 a 74 3 Media geométrica con presupuesto oficial

De 75 a 99 4 Menor valor

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Ponderación de las propuestas por el método de la media aritmética. Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente fórmula:

Donde, __ X = Media aritmética. Vi = Valor total corregido de cada una de las ofertas i, sin decimales. i = Número de oferta. En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.

2) Media Aritmética Alta Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la Oferta válida más alta y el promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:

Donde, _ X A = Media aritmética alta. Vmax = Valor total corregido sin decimales de la oferta más alta. _ X = Promedio aritmético de las ofertas válidas

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Ponderación de las propuestas por el método de la media aritmética alta. Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:

Donde, __ X A = Media aritmética alta. Vi = Valor total corregido sin decimales de cada una de las Ofertas i. i = Número de oferta. En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.

3) Media Geométrica con Presupuesto Oficial Consiste en establecer la media geométrica de las Ofertas válidas y el presupuesto oficial un número determinado de veces y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media geométrica, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida. Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número de Ofertas válidas y se incluirá el presupuesto oficial del Proceso de Contratación en el cálculo tantas veces como se indica en el siguiente cuadro:

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Y así sucesivamente, por cada tres Ofertas válidas se incluirá una vez el presupuesto oficial del presente Proceso de Contratación. Posteriormente, se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior, mediante la siguiente fórmula:

Donde, ___ GPO = Media geométrica con presupuesto oficial. nv = Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (PO). n = Número de ofertas económicas válidas. PO = Presupuesto oficial del proceso de contratación Pi = Valor de la oferta económica corregida sin decimales del proponente i. Ponderación de las propuestas por el método de la media geométrica con presupuesto oficial. Establecida la media geométrica con presupuesto oficial se procederá a determinar el puntaje para cada Proponente mediante el siguiente procedimiento:

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Donde, GPO = Media geométrica con presupuesto oficial. Vi = Valor total corregido sin decimales de cada una de las ofertas i. i = Número de ofertas. En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.

4) Menor Valor Para la aplicación de este método, se procederá a determinar el menor valor de las propuestas válidas y se procederá a la ponderación. Ponderación de las propuestas por el método del menor valor Obtenido el menor valor se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente fórmula:

Donde, VMN = Menor valor de las ofertas válidas. Vi = Valor total corregido sin decimales de cada una de las ofertas i i = Número de ofertas. En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.

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APROXIMACIÓN NUMÉRICA PARA EL PUNTAJE POR VALOR DE LA PROPUESTA Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje. B. Factor de calidad (100 puntos) CORMAGDALENA realizará la ponderación de calidad de la propuesta en lo referente al ofrecimiento de equipo adicional al mínimo requerido, el cual podrá obtener un máximo de 100 puntos. El proponente que ofrezca los equipos relacionados en la tabla – Equipo adicional al mínimo requerido para el Factor de Calidad, se le asignará puntaje de acuerdo a la siguiente Tabla:

Tabla – Equipo adicional al mínimo requerido para el Factor de Calidad

Cantidad Equipo Capacidad mínima PUNTOS

1 Excavadora sobre orugas Tipo CAT 320 o similar 40

2 Volquetas (30 puntos por cada una)

Capacidad de 17 m3 ó 28 toneladas de peso bruto vehicular cada una

60

TOTAL PUNTOS A ASIGNAR 100

El máximo puntaje total que el proponente puede obtener por este factor será de CIEN (100) PUNTOS. Para efectos de la asignación del puntaje, el proponente indicará en el Formulario FACTOR DE CALIDAD, los equipos ofrecidos con los correspondientes documentos soportes para su acreditación, y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de propuestas, por ser factor de ponderación de las ofertas. Los equipos adicionales deben corresponder a modelos iguales o mayores al año 2004. El Equipo Adicional ofrecido por el proponente adjudicatario relacionado en el Formulario FACTOR DE CALIDAD, se entiende puesto a disposición de la obra al momento de suscribir el acta de inicio de contrato, y durante la ejecución del mismo. En caso que el equipo adicional ofrecido en la obra no cumpla con el requisito correspondiente al modelo, se entenderá por incumplimiento del contrato lo cual conllevara a las sanciones previstas en el contrato.

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El equipo adicional ofrecido por el proponente deberá permanecer en campo en excelentes condiciones durante todo el término de ejecución del contrato, so pena de incumplimiento del contrato. C. Apoyo a la industria nacional Con el fin de establecer el apoyo que los proponentes NACIONALES y EXTRANJEROS otorguen a la industria nacional en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, deberán efectuar ofrecimiento suscrito por el Representante Legal del proponente, en el que se indique la procedencia, nacional o extranjera o ambas, del personal que será puesto al servicio en la ejecución del contrato, así:

1) Cuando el proponente oferte servicios con el 100% de personal nacional, se le asignarán 100 puntos.

2) Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional y extranjero, se le asignarán 75 puntos.

3) Cuando el proponente oferte servicios con personal extranjero, se le asignarán 50 puntos.

D. Criterios para dirimir empates En el caso en que dos o más propuestas, se encuentren empatadas, se aplicarán en su orden y de manera sucesiva y excluyente, los siguientes criterios de desempate establecidos en el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015. En el evento que dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje, el orden se definirá con base en los siguientes criterios:

1. Se preferirá al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el primer factor de escogencia y calificación, Valor de la Propuesta Económica, establecido en el pliego de condiciones.

2. Si persiste el empate, se preferirá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo factor de escogencia y calificación, Factor de Calidad, establecido en el pliego de condiciones.

Si persiste el empate, CORMAGDALENA aplicará las siguientes reglas en su orden, de manera exclusiva y excluyente

1) Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.

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2) Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.

3) Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios o uniones temporales, se preferirá éste proponente siempre que:

a. Esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación

de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); b. La Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia

acreditada en la oferta; y c. Ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados,

socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.

4) Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones

establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.

5) Si subsiste aún el empate, se procederá a elegir el ganador mediante el sorteo por

balotas así:

Se utilizará como instrumento de desempate aleatorio, el sorteo por balotas, para lo cual en la Audiencia Pública de apertura de la propuesta económica – Sobre No. 2, los Representantes Legales (o delegados de éstos) de las ofertas empatadas escogerán balotas. Se realizará un primer sorteo en el cual se asignará un numero partiendo de uno (1) hasta cuantos proponentes haya empatados. En una tula se introducirán las balotas de la 1 hasta el máximo de proponentes que hayan empatados, y será cada uno de los empatados quien sustraiga de ella una y tan solo una balota, a fin de establecer el orden de participación en el segundo sorteo. El proponente que saque el número mayor sacará la primera balota en el segundo sorteo y así sucesivamente de mayor a menor. Conocida la asignación de números se procederá a la realización del segundo sorteo. Nuevamente en la tula se introducirán las balotas de la 1 hasta el máximo de proponentes que hayan empatados, se procederá a extraer nuevamente las balotas en

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el orden determinado en el primer sorteo, a fin de participar el orden con el cual se abrirá el sobre económico - Sobre No. 2. El proponente que obtenga el número mayor en el segundo sorteo, se le procederá a abrir el Sobre No. 2, y verificar la propuesta económica (si es el caso corregirla), de acuerdo con el método para la ponderación económica y así sucesivamente de mayor a menor, hasta obtener la respectiva adjudicación, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en el pliego de condiciones. Para ambos sorteos se introducen las balotas del número de participantes debidamente numeradas en orden consecutivo.

VIII. OFERTA

A. PRESENTACIÓN__________ Los Proponentes deben presentar sus Ofertas por escrito, con los formularios contenidos en el pliego de condiciones, en la fecha establecida en el Cronograma al que se refiere la sección XIV, y acompañadas de los documentos solicitados en esta sección, así como de la garantía de seriedad de la Oferta a la que se refiere la sección XII A del presente Pliego de Condiciones. Las Ofertas estarán vigentes por un término no menor de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso, y se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. Los documentos de la Oferta deben estar foliados de forma consecutiva y la numeración debe iniciar con el número uno (1). Los Proponentes deben presentar la Oferta y los anexos en los formatos indicados (contenidos en los anexos, en formatos pdf que permita reconocimiento de texto y Excel) y en medio físico y magnético. La presentación de la Oferta implica la aceptación por parte del Proponente de la distribución de Riesgos efectuada en el Pliego de Condiciones y sus Adendas. En la hora siguiente al vencimiento del plazo para presentar Ofertas, CORMAGDALENA las abrirá en el lugar indicado para la presentación física de las Ofertas y frente a los Proponentes o interesados que se encuentren presentes.

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El día del vencimiento del término para presentar las Ofertas, CORMAGDALENA publicará un Acta de cierre, con la lista de las Proponentes y la hora de presentación de las Ofertas. A partir de la fecha y hora de cierre del plazo de este proceso de selección los proponentes no podrán retirar, adicionar o corregir sus propuestas, salvo por solicitud de aclaraciones de CORMAGDALENA, en todo caso de conformidad con la ley vigente. La propuesta se conformará de la siguiente manera: Sobre No. 1: Oferta Técnica: En este sobre el proponente deberá presentar los documentos relacionados con el cumplimiento de aspectos técnicos, financieros, jurídicos (requisitos habilitantes) y de ponderación, teniendo en cuenta que la omisión de aquellos necesarios para la comparación de las propuestas, impedirá tenerla en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación.

1) El original del Sobre No. 1 a los integrantes del Comité de evaluación de las propuestas. 2) La copia del Sobre No. 1 quedará a cargo de CORMAGDALENA.

Sobre No. 2: Oferta Económica: En este sobre el proponente deberá incluir su propuesta económica debidamente diligenciada para el proceso, de conformidad con todos y cada uno de los ítems exigidos y relacionados (descripción y/o actividad, unidad y cantidad) en el Formulario No. 11 “Propuesta Económica”. El proponente deberá adjuntar en medio físico y en medio magnético, trascritos en Microsoft Excel, bajo plataforma Windows, la información aportada en su propuesta económica, la cual debe ser idéntica a la aportada en el medio físico el cual prevalecerá frente al medio magnético aportado.

3) El original del Sobre No. 2 quedará en custodia de la entidad. Se abrirán los Sobres No. 2 de los proponentes que estén habilitados en la audiencia de adjudicación en presencia y verificación de los asistentes a la misma.

Apertura del Sobre No. 1 Los Sobres No. 1 de las propuestas recibidas en el lugar y hasta la fecha y hora del cierre del plazo de este proceso de selección, serán abiertos en acto público en la Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA; y se devolverán el original y copia del Sobre No. 1 y el original del Sobre No. 2 de aquellas propuestas cuyo retiro se haya solicitado antes del cierre de este proceso de selección, y se entregará al proponente o a la persona que éste autorice por escrito, de lo contrario se devolverá por correo certificado. De lo anterior se levantará un acta suscrita por los asistentes, en la cual se relacionará el nombre de los proponentes, la

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carta de presentación, los datos básicos de la garantía de seriedad de la propuesta que la acompaña, el número de folios señalados por el proponente, en el mismo acto público los funcionarios de CORMAGDALENA verificarán que cada propuesta presentada tenga su Sobre No. 2 y que esté debidamente sellado e identificado. En el momento en que exista una incongruencia en el Sobre No. 1 de las propuestas, es decir, que una parte de la misma establezca algo que se contradiga en otra parte, CORMAGDALENA podrá solicitar las aclaraciones pertinentes en la evaluación de las propuestas. Los Sobres No. 1 permanecerán abiertos para su evaluación y aceptación durante la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, so pena de hacerla efectiva si el proponente la retira, salvo que este retiro obedezca a la configuración de una causal de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente. Apertura del Sobre No. 2 Solamente se abrirá el Sobre No. 2 de aquellas propuestas que se hayan calificadas como HABILITADAS, luego de que CORMAGDALENA haya realizado la verificación de los requisitos habilitantes y evaluación de los Sobres No. 1. La apertura del Sobre No. 2 se efectuará en acto público, de acuerdo con lo señalado en el presente pliego de condiciones. De lo anterior se levantará un acta suscrita por los asistentes, en la cual se relacionará el nombre de los proponentes habilitados, el precio de la oferta y las observaciones correspondientes, la cual se publicarán en el Sistema Electrónico de Contratación Pública - SECOP en la página web http:// www.colombiacompra.gov.co. Los Sobres No. 2 de las propuestas HABILITADAS serán abiertos, y CORMAGDALENA verificará que la oferta económica cumpla lo siguiente: a) Que se hayan consignado y ofrecido todos y cada uno de los ítems y el valor unitario de

cada uno de ellos. b) Que el valor total corregido de la oferta económica sea igual o inferior al presupuesto

oficial del proceso, establecido de acuerdo con el Formulario No. 12. c) Que la oferta económica se presente debidamente suscrita por el Representante legal o

Apoderado. d) Que la oferta económica corresponda al presente proceso de selección. e) Que la propuesta económica no presente tachadura o enmendadura. La inobservancia de cualquiera de los requisitos anteriores será causal de RECHAZO de las propuestas.

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1. Identificación y entrega de la propuesta El proponente deberá presentar los sobres debidamente cerrados, separados e identificados, correspondientes a un (1) original del Sobre No. 1 y una (1) copia del mismo indicando en cada sobre si es original o copia y un (1) Sobre No. 2 en Original. En cada uno de los sobres que conforman la propuesta se hará constar el nombre del proponente y su dirección comercial, y se dirigirá en la siguiente forma:

CORMAGDALENA Oficina de Gestión y Enlace Calle 93 B No. 17 -25 Piso 5° Oficina 504 Bogotá D. C.- República de Colombia Tipo de Proceso ________ y Código del Proceso No. __________ Objeto: ______________________________ Sobre No. 1 (Original y copia) [Sobre No. 2 – Propuesta Económica] (Original) Nombre del Proponente Identificación del Proponente Indicar si es original o copia __________

La propuesta debe contener un índice en el que se identifique en forma clara la documentación de la oferta y el folio o folios a que corresponda. La copia debe corresponder exactamente al original; si se presentare alguna diferencia entre el original y la copia, prevalecerá siempre el original. La propuesta, junto con todos los documentos que la conformen, debe ser entregada dentro del plazo, en la fecha y hora señalada en la cronología del presente proceso de selección en la Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93 B No. 17-25 Piso 5° Oficina 504 en Bogotá D.C. No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax, correo electrónico ni radicadas en sitios diferentes al señalado en este pliego de condiciones para tal fin. Será responsabilidad exclusiva del proponente la correcta identificación de la propuesta original, así como su copia, por lo tanto CORMAGDALENA no asume responsabilidad alguna en el proceso de apertura de los sobres que contienen las propuestas si alguna viniere incorrectamente identificada.

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Las propuestas sólo se recibirán hasta la fecha y hora establecidas en la cronología del proceso del presente pliego de condiciones o en la fecha y hora establecida mediante adenda que modifique la cronología. Toda tachadura y/o enmendadura en el Sobre No. 1 debe estar convalidada con la firma del oferente al pie de la misma y nota al margen del documento donde manifieste clara y expresamente la corrección realizada, para ser tenido en cuenta el documento por CORMAGDALENA, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 252 del Código General Proceso. No obstante lo anterior si el documento pierde su legibilidad y claridad no será tenido en cuenta por CORMAGDALENA. Potestad Verificatoria CORMAGDALENA se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la totalidad de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las fuentes, personas, empresas, entidades estatales o aquellos medios que considere necesarias para el cumplimiento de dicha verificación. 2. Algunas Consideraciones a tener en cuenta en la elaboración de la propuesta

1) Documentos en Idioma Extranjero y otorgados en el Exterior Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizado de conformidad con las normas vigentes. Se aclara que CORMAGDALENA, validará los documentos escritos en idioma extranjero, pero identificable por número, nombres de firmas y/o personas naturales y nombres de equipos, siempre y cuando estén escritos en español o idioma extranjero de común uso. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados, apostillados y/o consularizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 480 del Código de Comercio, artículo 74 y 251 de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso) y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de

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1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.

2) Títulos obtenidos en el exterior El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar en el término señalado en el presente Pliego de Condiciones, la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos. Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia. El Ministerio de Educación Nacional homologa los estudios de pregrado (universitarios) por disciplina y/o licenciatura y los de postgrado en los niveles de especialización, maestría y doctorado.

3) Autorización para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia En el evento que el adjudicatario del presente proceso de selección hubiere ofrecido personal titulado y domiciliado en el exterior en los términos señalados en el presente Pliego de Condiciones, deberá presentar la autorización expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia de conformidad con lo establecido en la Ley 842 de 2003.

4) Información Reservada Si dentro del Sobre Uno (1) de la propuesta se incluye información que conforme a la Ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las propuestas, CORMAGDALENA se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto. En todo caso, CORMAGDALENA, sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes y asesores están obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el proponente. De no identificarse dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, CORMAGDALENA no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de la misma.

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5) Examen del Sitio de la Obra

Será responsabilidad de los proponentes previamente visitar e inspeccionar los sitios en los cuales se desarrollará el proyecto, para la presentación de la propuesta. Los proponentes deben realizar todas las evaluaciones y estimaciones que sean necesarias para presentar su propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de sus características, incluyendo los estudios, diseños, evaluaciones y verificaciones que consideren necesarios para formular la propuesta con base en su propia información de todas las condiciones topográficas, hidrotopográficas, climatológicas, de acceso, de suministro, transporte, y sobre todas las demás condiciones que puedan influir o afectar el desarrollo de los trabajos objeto de este proceso de selección, con el fin de que la estimación de costos se acerque a la realidad regional y municipal de los sitios donde se desarrollaran los trabajos. El proponente asumirá todos los costos relativos a las visitas a los sitios del proyecto, de manera tal que el proponente debe tener en cuenta el cálculo de los aspectos económicos del proyecto que implique el cumplimiento del objeto del contrato, con todas las obligaciones y asunción de riesgos que emanan del mismo. Con la presentación de su oferta el proponente asume que ha examinado este pliego de condiciones y que conoce a cabalidad los sitios del proyecto.

6) Equipo El proponente favorecido deberá suministrar y mantener en la obra el equipo puesto a punto y en operación necesario y suficiente, adecuado en capacidad, condiciones técnico-mecánicas características y tecnología, para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas y ambientales de la obra; por lo tanto, los costos inherentes a la puesta en operación del equipo. Se considera como riesgo a cargo del contratista la utilización de todos los equipos que considere necesarios para la ejecución de las obras objeto del presente proceso de selección, conforme al Cronograma aprobado por el INTERVENTOR. El incumplimiento parcial o total de esta obligación en los plazos previstos en el contrato, dará lugar a la imposición de las multas previstas en el contrato que se suscriba con el proponente que resulte adjudicatario.

7) Señalización en la Zona de las Obras y Valla de Información Son de cargo del proponente favorecido todos los costos requeridos para colocar y mantener la señalización de obra y las vallas informativas, la iluminación nocturna y demás dispositivos de seguridad.

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En desarrollo del contrato se seguirán las siguientes especificaciones particulares elaboradas para este proyecto.

8) Personal para la Obra El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución de las obras y hasta la entrega total de las mismas a satisfacción, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos, administrativos y mano de obra no calificada que se requieran. El personal que permanezca en el sitio de obra deberá estar debidamente uniformado, cuyo distintivo deberá incluir el logotipo de Cormagdalena a efectos de que la comunidad tenga conocimiento de que las obras contratadas se ejecutan conforme a un contrato estatal. Los costos y gastos asociados a estos implementos estarán a cargo del contratista seleccionado. El CONTRATISTA deberá garantizar el pago oportuno de la nómina al personal a su cargo, las obligaciones parafiscales y demás requerimientos contemplados por la legislación laboral. La evidencia del cumplimiento de estos compromisos deberá ir adjunta al Informe Mensual de Gestión.

9) Impuestos, tasas y contribuciones. El proponente acepta que están a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, distritales, departamentales y municipales y dentro de estos mismos niveles, los impuestos tasas y contribuciones establecidas por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven, con excepción a los que legal y estrictamente correspondan a CORMAGDALENA.

10) Administración, Imprevistos y Utilidades (AIU) El proponente deberá calcular un AIU, que contenga, todos los costos de administración en los que incurriría para poder desarrollar la obra, los imprevistos y la utilidad o beneficio económico que pretende percibir por la ejecución del trabajo. El valor del AIU deberá ser expresado en porcentaje (%) y en pesos y deberá consignarlo y discriminarlo en el Formulario de Propuesta Económica (Administración (A), Imprevistos (I) y Utilidad (U)). La no discriminación del AIU, hace referencia a la presentación de los porcentajes de la Administración (A), de los Imprevistos (I), y de la Utilidad (U), y su no presentación en la propuesta económica, será causal de RECHAZO.

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El valor del A.I.U. que presenten los proponentes no debe ser menor al 85% o mayor al 100% del Valor Oficial del Porcentaje de A.I.U. Los componentes internos de la Administración, deberán ser presentados por el Adjudicatario de la presente Licitación Pública, una vez le corresponda radicar la documentación técnica referida en este Pliego de Condiciones. El interesado cuando este elaborando la propuesta debe tener en cuenta que dentro del porcentaje de AIU se deben incluir todos los costos indirectos que procedan durante la etapa precontractual, gastos administrativos precontractuales y durante la ejecución de las obras, los posibles imprevistos, riesgos y por supuesto la utilidad del contratista, impuestos y/o contribuciones locales, departamentales o nacionales que se encuentren vigentes a cargo del contratista, gastos de administración, contribuciones, gestión socio-ambiental, señalización temporal, personal profesional requerido, etc. B. ACREDITACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES__________ El Proponente debe incluir en su Oferta los siguientes documentos: (1) Capacidad Jurídica Los relacionados en el capítulo VI REQUISITOS HABILITANTES, entre los cuales se tienen: i) Certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio del

domicilio del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el Proponente es plural.

ii) Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el Proponente es plural.

iii) Copia del acuerdo para conformar el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el Proponente es plural, en el cual debe constar la participación de cada uno de los miembros del Proponente plural, la representación legal del Proponente plural o el poder otorgado a quien suscribe los documentos en nombre del Proponente plural.

iv) Fotocopia del documento de identidad del representante legal o del apoderado. v) En caso de existir limitaciones estatutarias frente a las facultades del representante

legal, las respectivas autorizaciones para desarrollar el presente proceso. (2) Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, si el Proponente es plural.

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El Proponente debe incluir en su Oferta el Formulario correspondiente debidamente diligenciado. (3) Experiencia Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, si el Proponente es plural. El Proponente debe incluir en su Oferta el Formulario No. 7 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE diligenciado de la sección VI, con los documentos soportes señalados en el literal B del numeral VI. Requisitos Habilitantes. C. CAPACIDAD RESIDUAL El Proponente debe incluir en su Sobre No. 1 el formulario de Capacidad Residual debidamente diligenciado y en medio magnético Disco Compacto (CD), trascritos en Microsoft Excel, bajo plataforma Windows. D. OFERTA ECONÓMICA El Proponente debe incluir en su Sobre No. 2 el formulario Propuesta Económica debidamente diligenciado. E. OFERTAS ALTERNATIVAS De acuerdo con lo establecido en el numeral 6° del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, los Proponentes pueden presentar alternativas técnicas y económicas, siempre que no signifiquen condicionamientos para la adjudicación del contrato. Cuando se presente una alternativa, el Proponente debe adjuntar toda la información necesaria para su análisis y una descripción detallada del procedimiento de construcción, características de los materiales y equipos, y análisis de costos. Todos los costos necesarios para desarrollar la alternativa, incluso los de transferencia tecnológica, deben estar incluidos en los respectivos Ítems de la Oferta. Sólo serán consideradas las Ofertas alternativas del Proponente favorecido con la adjudicación del Contrato y la selección de la alternativa será potestad de CORMAGDALENA. La propuesta alternativa condicionada a la suscripción del contrato será causal de rechazo de la propuesta. No se aceptarán propuestas parciales ni condicionadas para este proceso.

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F. ADMISIBILIDAD Y RECHAZO DE LAS PROPUESTAS En atención a lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Ley 1474 de 2011, CORMAGDALENA rechazará aquellas propuestas, que no se ajusten a las exigencias del pliego de condiciones, a menos que hubiere posibilidad de saneamiento, conforme a lo previsto en el mismo y en la Ley. Una propuesta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente y se halle ajustada al pliego de condiciones y no tenga condicionamientos. Se considera ajustada al pliego de condiciones, la propuesta que cumpla todos y cada uno de los requisitos establecidos y el proponente no se halle incurso en ninguna de las causales de rechazo establecidas expresamente en el presente pliego de condiciones, ni comprendida en uno de los siguientes casos:

1) Cuando el Proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución o en la ley, o incurra o se encuentre en un conflicto de intereses.

2) Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse o que no cumplan todas las calidades y condiciones habilitantes para la participación, indicadas en este pliego de condiciones.

3) Cuando el Proponente no posea la capacidad residual de contratación solicitada en el presente pliego de condiciones.

4) Cuando durante el plazo establecido por la Entidad, antes de la adjudicación, el Proponente no acredite tener en firme la inscripción en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.

5) Cuando el valor total de la propuesta, verificado, corregido y ajustado al peso, sea mayor al 100% del Presupuesto Oficial indicado en este pliego de condiciones; o cuando el Precio Unitario Propuesto para cualquiera de los ítems, corregido y ajustado al peso, sea mayor al 100% del Precio Unitario Oficial fijado para el respectivo Item; o cuando se omita la discriminación de alguno de los elementos componentes del porcentaje total de A.I.U. (Administración, Imprevistos y Utilidad); o cuando el porcentaje total de A.I.U. (corregido y ajustado) sea mayor al valor oficial del porcentaje total de A.I.U.

6) Cuando para el mismo proceso de Selección se presenten varias propuestas por el mismo Proponente, por sí o por interpuesta persona, en Consorcio, Unión Temporal o individualmente, o cuando uno o más socios de la persona jurídica proponente o su representante legal sean socios o representante legal de otra persona jurídica proponente en este mismo proceso, o cuando uno o más socios de la persona jurídica proponente, o su representante legal se presenten como personas naturales en este mismo proceso. En este caso CORMAGDALENA no tomará en cuenta ninguna de las propuestas, lo que causará el RECHAZO de éstas.

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7) Cuando el representante legal del proponente o de alguno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta y firmar el contrato de acuerdo con los estatutos sociales y una vez requerido no aporte el documento respectivo que lo faculte.

8) Las propuestas alternativas, cuando no se formule simultáneamente la propuesta básica.

9) Cuando la Oferta se presente extemporáneamente o no se presente en el lugar establecido en estos Pliegos de Condiciones, o se remita por correo certificado, correo electrónico o fax.

10) Cuando el proponente no subsane o subsane en forma incorrecta y dentro del término fijado, la información o documentación solicitada por la Corporación, respecto de un requisito o documento habilitante.

11) Modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración.

12) Cuando para un mismo proceso, una sociedad extranjera y su filial y/o subsidiaria, presenten propuestas en forma separada.

13) Cuando se evidencie que la información presentada por el proponente no se ajusta a la realidad, por contener datos tergiversados, alterados, contradictorios o tendientes a inducir a error a la Entidad.

14) Cuando el proponente o alguno de sus miembros, se encuentre en causal de liquidación judicial obligatoria.

15) Cuando el Contador y/o el Revisor Fiscal haya(n) sido sancionado(s) por la Junta Central de Contadores en el período en el que prepararon y/o auditaron los estados financieros de quienes estén obligados a presentar el Anexo de Información Financiera.

16) Cuando la oferta se presente en forma parcial. 17) No hayan suscrito el compromiso anticorrupción contenido en el Formulario

respectivo o que no lo hayan cumplido durante el Proceso de Contratación 18) Cuando el valor total corregido de la oferta económica para el proceso, el cual se

presente oferta, exceda el presupuesto oficial establecido. 19) No tener el proponente, la capacidad jurídica para suscribir la propuesta. 20) Tener el representante legal de la persona jurídica limitaciones para comprometer a

la sociedad y no contar a la fecha de cierre del proceso, con la autorización suficiente del órgano social.

21) No anexar con la oferta o en el plazo previsto en el Pliego de Condiciones el poder conferido debidamente con anterioridad al cierre del proceso, o que éste no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello, según los documentos de existencia y representación de la persona jurídica, cuando se actúe a través de apoderado.

22) No corresponder el objeto social de las personas jurídicas con las actividades objeto del presente proceso.

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23) No cumplir las personas jurídicas con la duración exigida para éstas en el pliego de condiciones, al momento del cierre del presente proceso de selección.

24) Estar incursa la persona jurídica proponente individual o integrante del proponente plural en causal de disolución o liquidación.

25) Presentar el proponente o alguno de los integrantes del proponente plural, inhabilidades, incompatibilidades y conflicto de intereses para contratar con el Estado Colombiano determinadas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 y demás normas vigentes al cierre del proceso.

26) No aportar los documentos requeridos por CORMAGDALENA en la etapa de evaluación de las propuestas, en el plazo establecidos en el Pliego de condiciones.

27) Estar reportado el proponente o alguno de los integrantes del proponente plural en el Boletín de Responsables Fiscales emitido por la Contraloría General de la República.

28) Presentar el proponente o alguno de los integrantes del proponente plural, antecedentes disciplinarios vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.

29) No cumplirse, en caso que la propuesta sea presentada mediante la modalidad de consorcio o unión temporal, con la designación del representante legal.

30) No cumplirse, en caso que la propuesta sea presentada mediante la modalidad de estructura plural, que el integrante que aporte la mayor experiencia específica, deberá tener una participación igual o superior al 50% en la misma.

31) Que la sumatoria del porcentaje de participación de los integrantes de consorcio o unión temporal no corresponda al cien por ciento (100%).

32) Encontrarse incurso en causales de disolución o liquidación el proponente, cuando se trate de personas jurídicas.

33) No incluir la propuesta económica para el proceso, o no estar debidamente firmada por el representante legal del proponente.

34) No diligenciar en su totalidad el Formulario PROPUESTA ECONÓMICA, o lo presente firmado por persona diferente al representante legal.

35) No corresponder la propuesta económica al presente proceso de selección, salvo si se trata de un error en la identificación del proceso.

36) La oferta se presente en moneda diferente a la moneda legal colombiana. 37) Estar excedido el valor total de la Propuesta Económica (así fuese corregido), del valor

del presupuesto oficial. 38) Adicionar, modificar, suprimir o alterar los ítems, la descripción, las unidades o

cantidades predeterminada por CORMAGDALENA en el Formulario de Propuesta Económica.

39) No discriminar en el Formulario de PROPUESTA ECONÓMICA, el porcentaje de AIU en la forma como lo establece el pliego de condiciones.

40) Ofrecer como valor total del porcentaje de AIU, menor al ochenta y cinco por ciento 85% o mayor al ciento por ciento (100%) del Valor de Porcentaje de AIU Oficial, establecido en el formulario del Presupuesto Oficial.

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41) Presentar propuesta alternativa condicionada a la suscripción del contrato. 42) Corroborarse por parte de CORMAGDALENA, que la información aportada no es

verídica. 43) Comprobarse por parte de CORMAGDALENA en el proceso de verificación de

documentos, que existan evidencias de acuerdo colusorio entre proponentes. 44) Las demás establecidas en la normatividad vigente y previstas en este Pliego de

Condiciones. G. DECLARATORIA DE DESIERTA CORMAGDALENA declarará desierto el presente proceso de selección cuando:

1) No se presenten Ofertas; 2) Ninguna de las Ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros

y de experiencia previstos en el Pliego de Condiciones; 3) Existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del Proponente; 4) El Director Ejecutivo de CORMAGDALENA o su delegado no acoja la recomendación

del comité evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión; y

5) Se presenten los demás casos contemplados en la ley.

H. RETIRO DE LA PROPUESTA Los Proponentes que opten por entregar su Oferta antes de la fecha de cierre del proceso de selección, podrán retirarlas, siempre y cuando la solicitud, efectuada mediante escrito, sea recibida por CORMAGDALENA antes de la fecha y hora de cierre del presente proceso de selección. Cuando se trate de retiro definitivo, la Oferta le será devuelta al Proponente sin abrir, previa expedición de un recibo firmado por el solicitante. I. DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS Una vez finalizado el proceso de selección los Proponentes no favorecidos con la adjudicación del contrato, podrán acercarse a reclamar el original de la garantía de seriedad de la Oferta y la copia del Sobre No. 1, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se expida el acto de adjudicación, previsto en el Cronograma; de lo contrario, CORMAGDALENA procederá al archivo de la Oferta original y la destrucción de su copia.

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IX. Acuerdos Comerciales

El Ministerio de comercio Industria y Turismo y el Departamento de Planeación desarrollaran el “MANUAL EXPLICATIVO DE LOS CAPITULOS DE CONTRATACION PUBLICA DE LOS ACUERDOS COMERCIALES NEGOCIADOS POR COLOMBIA PARA ENTIDADES CONTRATANTES” bajo el cual se determinara la cobertura o no de la presente contratación por acuerdos internacionales en materia comercial. De acuerdo con el Manual explicativo de los capítulos de contratación pública de los acuerdos comerciales negociados por Colombia para entidades contratantes, las entidades que tengan el carácter de industrial y comercial no se incluyen en los capítulos de contratación pública, por tanto, CORMAGDALENA se encuentra excluida de dicha obligación. X. Orden de Elegibilidad y Adjudicación del contrato

El Contrato se adjudicará en audiencia pública, según el orden de elegibilidad establecido en la misma audiencia, después de realizarse la apertura de los sobres No. 2 de las propuestas habilitadas y verificación de la propuesta económica. El ordenador del gasto, por medio de acto administrativo motivado, adjudicará el proceso al Proponente ubicado en el primer puesto del orden de elegibilidad, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones o procederá a la declaratoria de desierta del proceso, si a ello hubiere lugar. La audiencia pública se celebrará en la fecha y hora establecida en el Cronograma de que trata la sección XIV. De las circunstancias ocurridas en su desarrollo se dejará constancia en acta. El Acto de Apertura del Sobre No. 2 y establecimiento del orden de elegibilidad no constituye instancia de adjudicación, es una actuación administrativa tendiente a dar a conocer las propuestas económicas de los proponentes hábiles, con el fin de informar a los proponentes e interesados el resultado de la evaluación económica del proceso y de ser necesario tener en cuenta posibles observaciones realizadas a la misma. En virtud del principio de economía, CORMAGDALENA da por entendido que los proponentes conocen el documento “Respuestas a las observaciones al informe final de verificación de requisitos habilitantes y Evaluación de la oferta” publicado en el SECOP o en la página Web que haga sus veces, por lo tanto, no dará lectura al mismo. En la Audiencia Pública prevista en la “Cronología del Proceso”, CORMAGDALENA, además de realizar la Apertura del Sobre No. 2, establecerá el orden de elegibilidad, así:

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CORMAGDALENA, para las propuestas que resultaron HÁBILES y cuya oferta económica no se encuentre incursa en causal de rechazo, efectuará el siguiente procedimiento: Si es un sólo proponente, mediante resolución motivada, proferida por el Director, le

adjudicará el contrato correspondiente. Si son varios proponentes, asignará el puntaje de conformidad con el pliego de

condiciones, conformando el orden de elegibilidad de mayor a menor.

En el evento que dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje, el orden se definirá con base en los Criterios para dirimir empates. Audiencia Pública de Apertura y Revisión de las Propuestas Económicas y Adjudicación Para participar en cada una de las audiencias programadas en la cronología del proceso, debe presentarse el Representante Legal, si no lo hiciere podrá otorgar poder en los términos establecidos en el pliego de condiciones, con la expresa facultad para participar y tomar decisiones en la respectiva audiencia. La Audiencia Pública de Apertura y Revisión de las Propuestas Económicas tendrá lugar en la Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA localizada en la Calle 93B No. 17 – 25/49, Piso 5° Bogotá D.C., en la fecha y hora que se indica en el cronograma del proceso, y con las siguientes reglas:

1. Atendiendo los lineamientos previstos en el artículo 2.2.1.2.1.1.2. del Decreto 1082 de 2015, el tiempo máximo de intervención por oferente será de cinco (5) minutos, CORMAGDALENA podrá de ser necesario, ampliar dicho término. No podrán intervenir quienes no se encuentren debidamente autorizados para llevar la vocería del proponente. Únicamente podrá intervenir una persona por cada proponente.

2. Se dará la palabra para replicar de las observaciones hechas a cada proponente por el término de cinco minutos.

3. No se admitirán debates sobre el alcance y contenido de los pliegos de condiciones, ni se podrán formular nuevas observaciones al documento de evaluación de las ofertas; todo ello en virtud del principio de la preclusión.

4. CORMAGDALENA dará respuesta y aclaración a lo expuesto por los intervinientes si a eso hay lugar.

5. Se seleccionara el método de ponderación de la propuesta económica de acuerdo con los métodos indicados en el pliego de condiciones.

6. Se abrirán los Sobres No. 2 de las propuestas hábiles. Se verificarán aritméticamente las propuestas económicas.

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7. Se indicará el orden de elegibilidad de acuerdo a los puntajes obtenidos con el método de ponderación.

8. En el evento que dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje, el orden se definirá con base en los criterios para dirimir empates.

9. Luego se tomará la decisión de adjudicación o declaratoria de desierto del proceso. 10. Cierre y terminación de la audiencia pública.

De las circunstancias ocurridas en desarrollo de la audiencia pública, se dejará constancia en acta suscrita por el Director Ejecutivo de CORMAGDALENA o su delegado, los integrantes del comité evaluador que asistan a la audiencia y por las demás personas que asistieron e intervinieron en ella y que están dispuestas a firmar el acta, este documento se publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública- SECOP en la página web http:// www.colombiacompra.gov.co. La Audiencia Pública de Adjudicación se podrá suspender de oficio por CORMAGDALENA. CORMAGDALENA mediante resolución motivada, proferida por el Director Ejecutivo, adjudicará el contrato al proponente ganador por el valor total verificado (si es del caso corregido) de su propuesta económica y en el plazo de ejecución estipulado en el presente pliego de condiciones; o procederá a la declaratoria de desierta si a ello hubiere lugar. El acto se notificará de conformidad con el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007. XI. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS

Para los efectos previstos en el artículo 4° de la Ley 1150 de 2007, y en cumplimiento del numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.3. del Decreto 1082 de 2015, referente a la tipificación, estimación, y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato. El precio y la utilidad del contrato para el CONTRATISTA que resulte adjudicatario en el presente proceso, se concreta en sus propios cálculos y estimaciones, y en la dimensión que éste haga del alcance de su oferta, especialmente lo relacionado a la aplicación de los recursos humanos, técnicos y económicos para optimizar y ofrecer un precio por sus servicios y productos a entregar. Tales estimaciones y cálculos deben considerar los aspectos antes descritos, y todos los fenómenos, actividades y buenas prácticas, que sus conocimientos sobre la actividad y su estado actual indiquen que, en forma responsable y cuidadosa, deben ser observados. Estos asuntos pueden hacer variar la intensidad de los riesgos aquí estudiados, dado que al hacer sus ofrecimientos, el CONTRATISTA pueda incrementar o disminuir las estimaciones

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de riesgo. De esta forma, queda claro que los valores que se registran en las reglas de participación y los riesgos señalados, no constituyen una garantía que esté extendiendo la entidad contratante, para el cálculo de los ingresos y utilidad esperada del futuro CONTRATISTA. Debe tenerse en cuenta que los eventos de fuerza mayor, caso fortuito y eventos imprevisibles, en cuanto a las cargas de este contrato tendrán un tratamiento especial, en la medida que sea factible hacerlo, mediante la obligación de suscribir pólizas de daños reales y patrimoniales. CLASIFICACIÓN GENERAL DE RIESGOS El análisis que se presenta contempla las siguientes clases de riesgo: A - Riesgos derivados de cambios en los presupuestos y modelos que ilustran el posible valor del contrato y el precio con el cual se suscriba el mismo. En especial, se consideran aspectos económicos que pueden dar lugar a variaciones en la ecuación económica, con el potencial de derivar en un desequilibrio económico en algunos casos. B- Riesgos derivados de la operación y ejecución de las tareas propias del objeto contractual, distintas de las contempladas en el literal A, los cuales se incluyen para que sean contemplados en el desarrollo del futuro contrato. Si durante la ejecución del contrato se produjeran cambios en la normatividad vigente relacionada con los trabajos derivados del objeto contractual, sin que su efecto llegase a romper el equilibrio económico, el CONTRATISTA deberá adaptar y ajustar los protocolos de las actividades relacionadas con el cumplimiento de los objetivos del proyecto. CLASIFICACIÓN ESPECÍFICA DE RIESGOS Para clasificar los riesgos se hace uso de los siguientes factores: 7.2.1 Riesgos Clase A - Cambios en el presupuesto y modelos de negocioi 1- Regulatorios. 2- Tecnológicos y de infraestructura. 3- Sociopolíticos. 5- Económicos. 6- Administrativos. 7- Financieros. 8- De la Naturaleza. 9- Ambientales.

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7.2.2 Riesgos Clase B – Operación 10- Accidentes laborales menores. 11- Accidentes laborales mayores. 12- Falta de disponibilidad del personal requerido para la ejecución del contrato. 13- Daño o falta de disponibilidad de equipos y maquinaria especializada. 14- Incumplimiento a la normatividad ambiental vigente y daños por inadecuadas prácticas en el proceso constructivo en el mantenimiento de las estructuras hidráulicas. 15- Incumplimiento de las obligaciones específicas del contrato. Estos factores describen distintas situaciones que pueden dar origen a cambios en los ingresos, variación de los gastos, costos e inversiones, necesarias para la ejecución del contrato o sobrevinientes en desarrollo del mismo, teniendo su probabilidad y su impacto. Algunos de ellos, de llevar a cambios en la ecuación contractual, están a cargo de la Entidad y otros a cargo del CONTRATISTA, de acuerdo con la asignación propuesta y aceptada en el desarrollo del proceso de selección. Para los efectos previstos en el artículo 4° de la Ley 1150 de 2007, y en cumplimiento del artículo 2.2.1.1.1.6.3. del Decreto 1082 de 2015, se presenta el cuadro del análisis detallado de los riesgos, que sirve de base para definir los riesgos a considerar para el proceso de selección.

Esta matriz se encuentra también publicada en los estudios y documentos previos y desde el proyecto de Pliego de Condiciones. El día, lugar y fecha señalado en el cronograma del proceso, se llevará a cabo la audiencia de riesgos, a la que se refieren el artículo 30 de la ley 80 de 1993, artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 220 del Decreto Ley 019 de 2012, y el artículo 2.2.1.2.1.1.2. del Decreto 1082 de 2015. Como consecuencia de las observaciones realizadas por los interesados, CORMAGDALENA, se pronunciará sobre la pertinencia o no de las mismas y establecerá la estimación, tipificación y asignación definitiva de los Riesgos involucrados en el Proceso de Contratación. Vencido el plazo para discutir y revisar los Riesgos identificados, si se presenta alguna observación adicional, la misma solo será estudiada y tenida en cuenta por parte de CORMAGDALENA, únicamente si diere lugar a modificar el Pliego de Condiciones mediante Adenda.

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XII. GARANTÍAS

A. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, el proponente adjudicatario se obliga a constituir a favor de CORMAGDALENA, una garantía de cumplimiento, para cubrir cualquier hecho constitutivo de incumplimiento, la cual podrá consistir en (i) Contrato de seguro contenido en una póliza (ii) Patrimonio autónomo (iii) Garantía Bancaria. Las garantías deberán ser otorgadas con sujeción a lo dispuesto para cada una de ellas en el Decreto 1082 de 2015, amparando lo siguiente:

1. Cumplimiento del contrato; este amparo cubre a CORMAGDALENA de los perjuicios sufridos por la entidad de: (a) el incumplimiento total o parcial del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista; (b) el cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista; (c) los daños imputables al contratista por entregas parciales de la obra, cuando el contrato no prevé entregas parciales; y (d) el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. La cuantía de este amparo debe ser equivalente a un veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una cobertura igual al tiempo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses mas y/o hasta su liquidación.

2. Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales; este

amparo cubre a CORMAGDALENA de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista derivadas de la contratación del personal utilizado en el territorio nacional para la ejecución del contrato amparado. La cuantía de este amparo debe ser equivalente a un veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una cobertura igual al tiempo de ejecución del contrato y por tres (3) años más.

3. Estabilidad y calidad de la obra; este amparo cubre a CORMAGDALENA de los perjuicios ocasionados por cualquier tipo de daño o deterioro, imputable al contratista, sufrido la obra entregada a satisfacción. La cuantía de este amparo debe ser equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, con una cobertura igual al tiempo de ejecución del contrato y por un término de cinco (5) años más, contados a partir de la fecha en la cual CORMAGDALENA recibe a satisfacción la obra.

Garantía de oferente plural. Cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio o promesa de sociedad futura, el Tomador debe ser el proponente plural y la carátula de la póliza debe constar cada uno de sus integrantes detallando su razón social, su número de identificación tributaria y su porcentaje de participación.

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El contratista no modificará la garantía, ésta podrá variar por la aseguradora o banco a petición de CORMAGDALENA -y a cuenta del CONTRATISTA, quien por la firma del contrato que se le adjudique, autoriza expresamente a CORMAGDALENA, para retener y descontar los valores respectivos de los saldos que hubiere a su favor, sin que por ello se entienda que CORMAGDALENA, asume la responsabilidad de la ampliación de los amparos y pago de las primas, los cuales son responsabilidad del contratista. En la Garantía debe quedar expresamente consignado que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas. Así mismo deberá constar que la aseguradora renuncia al beneficio de excusión. Estos mecanismos de cobertura son requeridos por CORMAGDALENA teniendo en cuenta que el objeto de las mismas, sirven para respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surgen a cargo del contratista frente a la administración y/o terceros, por razón de la celebración, ejecución y liquidación del contrato. La vigencia de todos los amparos deberá iniciar desde la fecha de la firma del contrato. El hecho de la constitución de estos amparos no exonera al CONTRATISTA, de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados. Dentro de los términos estipulados en el contrato, ninguno de los amparos otorgados podrá ser cancelado o modificado sin la autorización expresa de CORMAGDALENA. B. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, el proponente adjudicatario se obliga a constituir a favor de CORMAGDALENA, una póliza de seguro que proteja a CORMAGDALENA de eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del contratista, así como, de los subcontratistas de actividades, salvo que se acredite que el subcontratista cuenta con un seguro de responsabilidad civil extracontractual propio para el mismo objeto:

Tomador: EL CONTRATISTA.

Asegurados: EL CONTRATISTA y CORMAGDALENA.

Beneficiarios: Terceros afectados y CORMAGDALENA.

Cuantía: Treinta por ciento (30%) del valor del contrato, sin que en ningún caso, pueda ser inferior a 200 salarios mínimo mensuales legales vigentes - SMMLV.

Vigencia: Plazo de ejecución del contrato.

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El tope máximo del deducible debe corresponder al 10% del valor de la pérdida sin mínimo alguno, en un todo de acuerdo con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015, sin que en ningún caso pueda ser superior a los 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes - SMMLV.

Requisitos del seguro de responsabilidad civil extracontractual. La póliza de responsabilidad civil extracontractual debe cumplir los siguientes requisitos:

1. Modalidad de ocurrencia. La compañía de seguros debe expedir el amparo en la modalidad de ocurrencia. En consecuencia, el contrato de seguro no puede establecer términos para presentar la reclamación, inferiores a los términos de prescripción previstos en la ley para la acción de responsabilidad correspondiente.

2. Intervinientes. CORMAGDALENA y el CONTRATISTA deben tener la calidad de asegurados respecto de los daños producidos por el contratista con ocasión de la ejecución del contrato amparado, y serán beneficiarios tanto CORMAGDALENA como los terceros que puedan resultar afectados por la responsabilidad del contratista o sus subcontratistas.

3. Amparos. El amparo de responsabilidad civil extracontractual debe contener además de la cobertura básica de predios, labores y operaciones, mínimo los siguientes amparos: a. Cobertura expresa de perjuicios por daño emergente y lucro cesante por el 50% del

límite asegurado. b. Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales por el 50% del límite asegurado. c. Cobertura expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y

subcontratistas, salvo que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos por el 25% por evento y 50% en el agregado del límite asegurado.

d. Cobertura expresa de amparo patronal por el 25% por evento y 50% en el agregado del límite asegurado.

e. Cobertura expresa de vehículos propios y no propios por el 10% por evento y 20% en el agregado del límite asegurado.

f. Cobertura expresa de Responsabilidad Civil Cruzada por el 25% por evento y 50% en el agregado del límite asegurado.

g. Cobertura expresa de Gastos Médicos por el 25% por evento- personal y 50% en el agregado de límite asegurado.

Con respecto a la Garantía de cumplimiento y al Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, se deben tener en cuenta las siguientes instrucciones para evitar la devolución de la póliza y/o seguro:

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1) Se debe establecer clara y completamente el NIT de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena – CORMAGDALENA: 829.000.127-4, y el NIT de EL CONTRATISTA XXX.XXX.XXX-X. Incluir dígito de verificación (número después del guion). No se aceptan pólizas a nombre del representante legal.

2) Debe incluir claramente el número y año del contrato. 3) Debe incluir el objeto del contrato. 4) Las pólizas deben ser originales, firmadas por el representante legal de EL

CONTRATISTA y la Aseguradora. 5) En caso de no usar centavos, los valores deben aproximarse al mayor Ej. Cumplimiento

si el valor a asegurar es $20.125.214,20 aproximar a $20.125.215. 6) Anexar el certificado de no revocatoria de la garantía de cumplimiento y el

comprobante de pago de la póliza de responsabilidad civil extracontractual, expedidos por la Aseguradora que respalde el riesgo.

7) Debe emitirse en formato a favor de Entidades Estatales de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1510 de 2013 compilado en el Decreto 1082 de 2015.

8) Debe adjuntarse las condiciones generales originales de acuerdo con el Decreto 1510 de 2013 compilado en el Decreto 1082 de 2015, firmados por la(s) aseguradora(s) y el tomador afianzado.

9) La vigencia de todos los amparos deberá iniciar desde la fecha de la firma del contrato. El hecho de la constitución de estos amparos no exonera a EL CONTRATISTA, de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados.

10) Cuando la Garantía de cumplimiento y el Seguro de responsabilidad civil extracontractual sea tomador y afianzado un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio o promesa de sociedad futura, la póliza debe ser otorgada por todos sus integrantes, persona natural o jurídica que lo integra, con su número de identificación tributaria respectiva y detallando el porcentaje de su participación.

11) Cuando el contrato sea modificado en alguno de sus términos y condiciones iniciales y/o la normatividad de contratación estatal que regula el establecimiento de las garantías sea modificado, el CONTRATISTA se encuentra obligado a modificar y/o ajustare todas las garantías y seguros.

12) Cuando se presenten modificaciones y/o ajustes a las pólizas, los anexos y/o certificados modificatorios de las garantías deben presentarse en original firmados por las partes recopilando todas y cada una de las notas históricas de la cobertura, desde su inicio hasta el último movimiento.

XIII. INTERVENTORÍA

CORMAGDALENA ejercerá el control y vigilancia de la ejecución del contrato a través de un Interventor, quien tendrá como función verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista.

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El Interventor ejercerá, en nombre de CORMAGDALENA, un control integral sobre el proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. Además de las actividades generales antes mencionadas, de las contempladas en el Manual de Contratación de CORMAGDALENA con sus modificaciones y ajustes, con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución del contrato, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará a CORMAGDALENA en todos los asuntos de orden jurídico, técnico, financiero, económico, socio-ambiental y presupuestal que se susciten durante la ejecución del contrato hasta su liquidación. Así mismo, prestará asesoría relacionada con la ejecución del contrato cuando la situación administrativa así lo requiera sin que implique un costo adicional. El interventor no permitirá que el constructor inicie las obras sin los respectivos permisos, autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales que sean necesarios; permisos para la movilización de los equipos y transporte de los materiales. Igualmente, velará porque se cumpla con lo establecido en la normatividad Ambiental. Así mismo, el interventor está autorizado para ordenarle al contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que pudieren presentarse, determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. El contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la Interventoría; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas así deberá manifestarlo por escrito al interventor, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el interventor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para CORMAGDALENA. En caso que CORMAGDALENA, por las características técnicas del proyecto y las condiciones ambientales de la zona, requiera de la contratación de una Interventoría ambiental especializada, el contratista deberá interactuar con ésta, en los mismos términos antes descritos. El interventor tendrá bajo su custodia el Libro de Interventoría (Bitácora), en el cual se anotarán diariamente los hechos y sucesos relacionados con el desarrollo de la obra, así como las observaciones o sugerencias que haga la Interventoría, además, se dejará constancia de todos los pormenores que puedan suceder en el frente de trabajo, tales como: estado del tiempo, personal laborando, estado del equipo, avance de la obra, avance de las medidas de manejo ambiental, acciones sociales, suministro de materiales, accidentes de

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trabajo, etc. Cada anotación diaria deberá fecharse y suscribirse por los ingenieros residentes del contratista y del interventor. La persona responsable de llevar al día este diario será el ingeniero residente del interventor, quien estará en la obligación de presentarlo a los representantes de CORMAGDALENA que visiten el proyecto o cuando estos lo requieran. Durante la ejecución de la obra, CORMAGDALENA efectuará a través de la Interventoría un seguimiento al programa de obra, como uno de los mecanismos de verificación del cumplimiento del contrato. Por tal motivo, el contratista deberá mantener el programa actualizado de manera que en todo momento represente la historia real de lo ejecutado para cada actividad, así como su programa de obra proyectado para la terminación de los trabajos dentro del plazo contractual. El interventor está facultado para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual, y será responsable por mantener informada a CORMAGDALENA de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente. El Interventor dará cumplimiento al Manual de Contratación de CORMAGDALENA con sus modificaciones y ajustes, de conformidad con la normatividad vigente. El Interventor responderá civil, fiscal, penal y disciplinariamente, tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de interventoría, como por los hechos u omisiones que le sean imputables y causen daño o perjuicio a CORMAGDALENA, derivados de la celebración y ejecución del contrato respecto de los cuales hayan ejercido o ejerzan las funciones de interventoría, de acuerdo con lo señalado en la Ley 1474 de 2011 y reglamentación correspondiente. 1. Continuidad de la Interventoría De acuerdo con lo señalado con el artículo 85 de la Ley 1474 de 2011, los contratos de Interventoría podrán prorrogarse por el mismo plazo que se haya prorrogado el contrato objeto de vigilancia. En tal caso el valor podrá ajustarse en atención a las obligaciones del objeto de interventoría, sin que resulte aplicable lo dispuesto en el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993. Para la ejecución de los contratos de interventoría es obligatoria la constitución y aprobación de la garantía de cumplimiento hasta por el mismo término de la garantía de estabilidad del contrato principal. En este evento podrá darse aplicación al artículo 7 de la Ley 1150 de 2007,

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en cuanto a la posibilidad que la garantía podrá ser dividida teniendo en cuenta las etapas o riesgos relativos a la ejecución del contrato. XIV. CRONOGRAMA

La siguiente es la cronología del presente proceso de selección. Por lo anterior los interesados o proponentes deben dar estricto cumplimiento a las fechas, horas y lugares establecidos para cada una de las actividades en virtud del principio de preclusión de términos aplicable de acuerdo a la Ley 80 de 1993:

ACTIVIDAD FECHA

(AÑO 2016) LUGAR DE CONSULTA Y AUDIENCIAS DESDE HASTA

Acto administrativo - Resolución que ordena la apertura de la Licitación Pública

12 de mayo

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Publicación de estudios y documentos previos y pliego de condiciones definitivo

12 de mayo

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Audiencia para precisar el contenido y alcance el Pliego de Condiciones y para revisar la asignación de los riesgos.

El 16 de mayo, 3:00 p.m.

Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia. Se publicará Acta en http://www.colombiacompra.gov.co y página web www.cormagdalena.gov.co

Fechas para recepción de preguntas y de solicitudes de aclaración o modificación del Pliego de Condiciones.

12 de mayo

17 de mayo, 5:00 p.m.

En el correo electrónico: [email protected] Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia.

Fecha límite para la publicación de las respuestas a las preguntas y solicitudes de aclaración o modificación del Pliego de Condiciones.

19 de mayo

http://www.colombiacompra.gov.co y página web www.cormagdalena.gov.co Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia.

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Fecha límite para la expedición y publicación de Adendas al Pliego de Condiciones

19 de mayo

http://www.colombiacompra.gov.co y página web www.cormagdalena.gov.co Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia.

Cierre del proceso y presentación de propuestas completas (Sobre No. 1) y (Sobre No. 2).

El 24 de mayo, 3:00 p.m.

Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia. Se publicará Acta en http://www.colombiacompra.gov.co y página web www.cormagdalena.gov.co

Verificación de los requisitos habilitantes y evaluación de las Propuestas Técnicas.

25 de mayo

31 de mayo

Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia

Publicación del Informe de evaluación de las propuestas técnicas

1° de junio

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Plazo para subsanar requisitos habilitantes.

1° de junio

3 de junio, 5:00 p.m.

En el correo electrónico: [email protected] Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia.

Término para la presentación de observaciones al informe de evaluación de las propuestas técnicas

1° de junio

8 de junio, 5:00 p.m.

En el correo electrónico: [email protected] Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia

Término para la presentación de contraobservaciones al informe de evaluación de las propuestas técnicas

8 de junio 9 de junio, 5:00 p.m.

En el correo electrónico: [email protected] Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia.

Publicación del documento de respuestas a las observaciones y contraobservaciones al informe de evaluación

13 de junio

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Publicación del informe de evaluación definitiva

14 de junio

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Audiencia Pública de Apertura y Revisión de las Propuestas Económicas, orden de elegibilidad y Adjudicación o declaratoria de desierta

El 15 de junio, 3:00 p.m.

Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia. Se publicará Acta en http://www.colombiacompra.gov.co y página web www.cormagdalena.gov.co

Acto Administrativo de Adjudicación o declaratoria de desierta.

El 15 de junio Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia. Se publicará en http://www.colombiacompra.gov.co y página web www.cormagdalena.gov.co

Suscripción del contrato 16 de junio

20 de junio

Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia.

Registro Presupuestal 17 de junio

21 de junio

Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia.

Presentación y aprobación de la Garantía de cumplimiento y póliza de RCE para la ejecución del contrato, fecha y lugar de entrega

17 de junio

22 de junio

Oficina de Gestión y Enlace de CORMAGDALENA ubicada en la Calle 93B No. 17 - 25/49 Piso 5° en Bogotá D.C. – República de Colombia.

De conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, Artículo 30, Numerales 4 y 5, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, CORMAGDALENA podrá prorrogar la fecha del cierre del plazo de la licitación, antes de su vencimiento en caso que lo estime conveniente. En cualquier momento CORMAGDALENA puede hacer uso de la suspensión del procedimiento o podrá reducir o ampliar el plazo de las actividades del presente numeral cuando técnica, financiera o jurídicamente se recomiende, salvo que se trate de un término ordenado por la ley. La hora exacta, para adelantar las diferentes actividades de este proceso de selección, se verificará con la hora legal de la República de Colombia, habilitada en el sitio web http://horalegal.inm.gov.co/ de acuerdo con lo establecido en el numeral 14 del artículo 6 del Decreto numero 4175 de 2011.

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XV. CONDICIONES DEL CONTRATO

A. Objeto del Contrato El contratista se obliga para con CORMAGDALENA a ejecutar el contrato, a los precios cotizados en la propuesta y con sus propios medios – materiales, maquinaria, laboratorios, equipos y personal - en forma independiente y con plena autonomía técnica y administrativa, hasta su total terminación y aceptación final, las cantidades de obra que se detallan en su propuesta económica, cuyo objeto es el MANTENIMIENTO DE LOS ESPOLONES No. 1 Y No. 2 ADOSADOS AL TAJAMAR OCCIDENTAL Y DEL DIQUE DIRECCIONAL DEL CANAL NAVEGABLE DE ACCESO AL PUERTO DE BARRANQUILLA, con su alcance definido en el presente pliego de condiciones. Estas cantidades son aproximadas y están calculadas según las características del objeto del proceso, por lo tanto, se podrán aumentar, disminuir o suprimir durante la ejecución de la obra y sus variaciones no viciarán ni invalidarán el contrato producto de esta licitación pública. Durante la ejecución del contrato, EL CONTRATISTA está obligado a organizar los trabajos de tal forma que los procedimientos aplicados sean compatibles con los requerimientos técnicos necesarios para adelantar en forma sostenible la obra y con las disposiciones ambientales contenidas en la Ley 99 de 1993 y demás normas reglamentarias, así como las normas especiales para la obtención de los permisos, autorizaciones y concesiones específicos requeridos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, que se aprovechen durante la ejecución de las obras, que hacen parte de la presente contratación. Igualmente debe dar cumplimiento a lo establecido en la Legislación Ambiental y presentar los informes y soportes que permitan evaluar el cumplimiento y calificación de su desempeño por parte del INTERVENTOR. El contrato se celebrará de conformidad con el modelo de minuta señalada en el presente pliego de condiciones. El proponente que resulte adjudicatario del contrato objeto de esta Licitación Pública, debe presentar para la elaboración del contrato el formato F-PGB-03 “Datos Básicos del Contratista para el Registro Presupuestal” debidamente diligenciado con su respectiva certificación bancaria. Cuando un Consorcio o Unión Temporal sea el adjudicatario de la Licitación Pública debe presentar para la elaboración del contrato, el Registro Único Tributario- RUT del Consorcio o de la Unión Temporal, según sea su condición.

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B. Elaboración del Contrato Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución por medio de la cual se adjudica el contrato, el proponente favorecido o su representante legal, con el fin de la elaboración, revisión y registro presupuestal del contrato deberá presentar, la siguiente documentación:

NUM DOCUMENTO NOTA

1 Copia del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio cuando éste haya variado del anexo a la propuesta

*

2 Certificación (paz y salvo) de pagos de seguridad social y aportes parafiscales a la fecha de la adjudicación

*

3 Copia de los Formularios de Impuestos (Renta, ICA, IVA) *

4 Certificación bancaria a nombre del contratista, de la cuenta en la que CORMAGDALENA le consignará el valor de las Actas parciales (Formato F-PGB-03)

*

5 Copia de la Resolución de facturación DIAN vigente. *

* Lo correspondiente al proponente adjudicatario, su respectivo representante legal, de los socios en el caso de ser sociedad anónima cerrada y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, de acuerdo con el caso. Si dentro de dicho plazo el adjudicatario no allega la presente documentación, CORMAGDALENA podrá hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Propuesta. C. Firma y perfeccionamiento del contrato El contrato se perfecciona con la suscripción por las partes, previa aprobación de los documentos para la elaboración del mismo. El proponente Adjudicatario dispondrá de tres (3) días hábiles siguientes a la citación emitida por CORMAGDALENA para la firma del contrato. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término citado, CORMAGDALENA podrá declarar el siniestro y hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía. Si el proponente sin justa causa se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado, quedará inhabilitado para contratar con el Estado por un término de cinco (5) años, de conformidad con el literal e) del numeral 1) del artículo 8 de la Ley 80 de 1993.

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En el caso de presentar poder para la firma, éste deberá enviarse dentro del plazo antes establecido y deberá cumplir con las exigencias de la Oficina Asesora Jurídica de CORMAGDALENA, es decir ser especial, amplio, suficiente y expedido por el competente, con presentación personal. D. Legalización del contrato El Contratista deberá radicar ante CORMAGDALENA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del Contrato, la Garantía de Cumplimiento y el Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, en original, anexando el recibo de pago de éstos, que ampare los riesgos del contrato, atendiendo a lo estipulado en el Decreto 1082 de 2015. El incumplimiento de esta obligación, dará lugar a que CORMAGDALENA haga efectiva la Garantía de seriedad de la oferta. E. Información para el control de la ejecución de la obra El Contratista deberá radicar ante CORMAGDALENA, dentro de los cinco (5) días siguientes a la legalización del Contrato, los documentos esenciales para el control de ejecución de las obras señaladas. El incumplimiento de esta obligación, dará lugar a que CORMAGDALENA haga efectiva la Garantía de Cumplimiento. 1. Hojas de vida con certificaciones soporte del personal de obra:

a. Director de obra (1) b. Ingeniero Residente (1) c. Profesional HSQ: (Salud Ocupacional, Seguridad Industrial, Calidad) (1) d. Profesional en Gestión Social (1) e. Profesional Ambiental (1) f. Comisión Topográfica (1)

El contratista se obliga a mantener como mínimo el siguiente personal profesional necesario para obra de acuerdo a los siguientes requisitos mínimos: 1.1 (1) Director de Obra Con educación profesional al grado de ingeniero civil y/o hidráulico. Con experiencia técnica profesional no menor de diez (10) años, de los cuales debe demostrar como mínimo dos (2)

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años de experiencia específica como Director de obra en construcción y/o mantenimiento de estructuras hidráulicas en roca y tres (3) años de experiencia específica como Director de obra en construcción y/o mantenimiento de estructuras hidráulicas tales como protección de orillas de ríos o de zonas costeras o diques o pedraplenes. Disponibilidad de tiempo mínimo del 20%. 1.2 (1) Ingeniero Residente Con educación profesional al grado de ingeniero civil y/o hidráulico. Con experiencia técnica profesional no menor de cinco (5) años, de los cuales debe demostrar como mínimo un año (1) de experiencia específica como ingeniero residente en construcción y/o mantenimiento de estructuras hidráulicas en roca y dos (2) años de experiencia específica como Ingeniero residente en construcción y/o mantenimiento de estructuras hidráulicas tales como protección de orillas de ríos o de zonas costeras o diques o pedraplenes. Disponibilidad de tiempo 100%. 1.3 (1) Profesional HSQ: (Salud Ocupacional, Seguridad Industrial, Calidad) Con educación profesional al grado de ingeniero. Con experiencia o especialista en sistemas HSQ y con experiencia técnica profesional no menor de dos (2) años en obras civiles. Disponibilidad de tiempo 50%. 1.4 (1) Profesional en Gestión Social Con educación profesional al grado de Sociólogo o Trabajador Social, con experiencia técnica profesional no menor de dos (2) años en el área social o afines en obras civiles. Disponibilidad de tiempo mínimo del 20%. 1.5 (1) Profesional Ambiental Con educación profesional en el área ambiental y con experiencia técnica profesional no menor de dos (2) años en el área ambiental en obras civiles. Disponibilidad de tiempo mínimo del 20%. 1.6 Una (1) Comisión Topográfica Con Personal y Equipo suficiente para el control permanente en los diferentes frentes de trabajo. El topógrafo de la comisión debe contar con experiencia técnica no menor de tres (3) años en levantamientos topográficos de obras civiles. Disponibilidad de tiempo 100%

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Y demás personal técnico y administrativo en cantidades suficientes y con la experiencia necesaria para realizar las actividades propias en cada caso, teniendo en cuenta el objeto del proyecto. 2. Información del Personal Profesional Para efectos del análisis de la información del personal, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

i. Con el fin de asegurar que se tiene la aquiescencia o consentimiento del personal profesional ofrecido, el contratista deberá presentar el formato suministrado para tal fin, debidamente suscrito por el profesional correspondiente o en su defecto carta de intención.

ii. Todo profesional ofrecido para el proyecto deberá acreditar mediante copia del documento idóneo que está autorizado para ejercer la profesión.

iii. Los plazos serán aproximados por exceso o por defecto al número entero siguiente, así: cuando la décima de mes sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente y cuando la décima de mes sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de mes.

iv. Si el contratista ofrece dos (2) o más profesionales para realizar actividades de un mismo cargo, cada uno de ellos deberá cumplir los requisitos exigidos en este pliego de condiciones para el cargo. Un mismo profesional puede ser ofrecido para dos cargos diferentes, con excepción de los profesionales que tengan dedicación del 100% en el proyecto, entre éstos el Ingeniero Residente. En cualquier caso, para cada cargo deberá diligenciarse el formato del Anexo indicado para ello.

v. Como experiencia general de los profesionales se entiende el tiempo transcurrido desde la terminación y aprobación del pénsum académico de educación superior hasta la fecha de cierre del plazo la presente licitación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 229 del Decreto 0019 de 2012.

vi. La experiencia específica en la empresa privada se calculará con base en la duración que haya tenido el profesional en cada caso.

vii. Si el profesional propuesto desarrolló sus labores como funcionario público o vinculado por contrato de prestación de servicios, y con la certificación no se establece el perfil solicitado por la entidad, la certificación deberá contar con el tiempo o el período de su desempeño y la descripción de las funciones desempeñadas. En el caso que dicho documento no relacione las funciones desempeñadas esta experiencia no será tenida en cuenta para efectos de la acreditación de la experiencia del profesional.

viii. La experiencia como profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos de tesis; no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales.

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ix. Las certificaciones de experiencia de los profesionales deben ser expedidas por la persona natural o jurídica con quien se haya establecido la relación laboral o de prestación de servicios.

x. Las certificaciones o los documentos soportes que acrediten la experiencia en la empresa privada, deberán determinar: el cargo desempeñado, el proyecto ejecutado o en ejecución y el tiempo durante el cual participó o participa el profesional en cada proyecto (indicando las fechas de iniciación y de terminación).

xi. Las certificaciones o los documentos soportes, que acrediten la experiencia específica en entidades oficiales deberán determinar: el cargo desempeñado, las actividades realizadas y el tiempo de servicio (indicando la fecha de iniciación y terminación).

xii. Si durante un mismo período el profesional participó en más de un proyecto, no se tendrá en cuenta el lapso de tiempo que se superponga.

xiii. El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar en el término señalado en éste numeral, la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos.

xiv. Los títulos de postgrado deberán acreditarse mediante copia de los diplomas; de lo contrario, no se tendrán en cuenta.

xv. En la determinación de la experiencia de los profesionales se aplicará la equivalencia, así:

Postgrado con título Experiencia general Experiencia especifica

Especialización Veinticuatro (24) meses Doce (12) meses

Maestría Treinta y seis (36) meses Dieciocho (18) meses

Doctorado Cuarenta y ocho (48) meses Veinticuatro (24) meses

Esta equivalencia sólo es válida en el sentido de estudios a experiencia y no lo contrario de experiencia a títulos; y cuando la homologación del título obtenido a tiempo de experiencia específica, tenga relación o corresponda a la exigida.

xvi. Si el personal profesional propuesto no cumple con los requisitos exigidos en el pliego de condiciones, el contratista deberá reemplazarlo por otro que sí los cumpla dentro del lapso de tiempo que CORMAGDALENA, a través del INTERVENTOR, le establezca para tal cambio.

xvii. Una vez el INTERVENTOR apruebe el personal mínimo propuesto, éste no podrá ser cambiado durante la ejecución del proyecto, a menos que exista una justa causa, para lo cual deberá presentarse comunicación suscrita por el profesional en la que conste la justificación de su retiro. En caso de aprobarse el cambio, el personal deberá reemplazarse por uno de igual o mejor calidades que el exigido en el pliego de condiciones.

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xviii. La incorporación de personal profesional, técnico y asistencial a la obra deberá efectuarse en forma gradual dependiendo de la iniciación de las obras.

xix. El contratista deberá cumplir lo estipulado en las Leyes 14 de 1975 y 64 de 1993, sobre Técnico Constructor, y todo lo que se encuentre vigente sobre el particular.

xx. CORMAGDALENA se reserva el derecho de solicitar cambio de los profesionales en caso de verificar que los propuestos no tienen la disponibilidad de tiempo necesaria para cumplir lo solicitado para el desarrollo de las obras por estar vinculados a otros proyectos o por no cumplir con sus obligaciones del cargo para el cual fue aprobado.

xxi. El contratista es responsable de verificar que los profesionales propuestos tienen la disponibilidad real para la cual se vinculan al proyecto. De comprobarse dedicación inferior a la aprobada se aplicarán las sanciones establecidas en el contrato.

3. Obligación de poner a disposición de las obras el equipo requerido El Contratista a más tardar en el día hábil cinco (5) siguiente la legalización del Contrato, deberá haber puesto a disposición de las obras el equipo mínimo requerido y el equipo ofrecido por el Factor de Calidad. Para este propósito el INTERVENTOR confirmarán la operatividad de los equipos mediante el protocolo de prueba de operatividad. Los equipos deben cumplir con las especificaciones técnicas y ambientales requeridas y deberán estar disponibles para el momento previo a la suscripción del acta de inicio. El incumplimiento de esta obligación, dará lugar a que CORMAGDALENA haga efectiva la Garantía de Cumplimiento. El Contratista deberá suministrar y mantener el equipo necesario y suficiente, adecuado en capacidad, características y tecnología, para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas y ambientales de la obra; por lo tanto, los costos inherentes al equipo serán considerados en el análisis de los precios unitarios de la propuesta. El INTERVENTOR durante la ejecución del contrato de obra, verificará que el equipo ofrecido por el contratista en su propuesta se encuentra completo y en perfecto estado de funcionamiento. EL CONTRATISTA debe garantizar el sostenimiento continuo de todo el equipo necesario al frente de las obras así como el correcto funcionamiento de cada uno de ellos para dar cumplimiento al objeto del contrato y de la respectiva comisión de topografía, durante toda la actividad de localización, replanteo, y control topográfico de las obras y durante la realización de los planos definitivos de obra realizada y aceptada, para dar cumplimiento al objeto del contrato.

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Es responsabilidad del CONTRATISTA los riesgos, la movilización y permanencia de los equipos y del personal en los sitos de trabajo durante el tiempo en que se ejecute el proyecto objeto de esta licitación. Para que sea reconocida la presencia de cualquier equipo en el sitio de la obra, este debe estar en perfectas condiciones de operación y realizando labores inherentes al proyecto debidamente aprobadas por el INTERVENTOR, de otra manera, se asumirá que el CONTRATISTA no cuenta con el equipo, lo que dará a las sanciones del caso. 4. Documentación soporte:

a) Análisis de precios unitarios (en medio físico y magnético). b) Programación de obra (en medio físico y magnético). c) Programa de inversiones (en medio físico y magnético) d) Flujo de caja e) Programa de generación de empleo f) Plan de Gestión de calidad (en medio físico y magnético) El INTERVENTOR tendrá un plazo máximo de dos (2) días hábiles después de radicada la documentación por parte del contratista para la revisión y aprobación de todos los documentos exigidos. En el caso de que habiendo cumplido con el plazo de presentación de la documentación citada anteriormente y revisada esta por parte del INTERVENTOR, existiere algún requerimiento por escrito, el contratista deberá atenderlo en un término no mayor de dos (2) días hábiles, so pena de incurrir en causal de incumplimiento del contrato sancionable con multa, previo informe del INTERVENTOR del contrato. El INTERVENTOR remitirá a CORMAGDALENA los documentos aprobados mediante oficio debidamente radicado. CORMAGDALENA se reservará el derecho a verificar que los mismos se ajusten a las exigencias del proceso. El INTERVENTOR para la revisión de los documentos deberá ceñirse al Manual de Contratación vigente de CORMAGDALENA, excepto en lo que se ha modificado en este Pliego de Condiciones. a) Análisis de Precios Unitarios El contratista deberá presentar los análisis de los precios unitarios delos ítems presentados en su propuesta económica, para revisión y aprobación por parte del Interventor.

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b) Programa de obra Es la declaración, en forma gráfica, del modo en que el contratista se compromete a ejecutar el proyecto, representada en cantidades de obra en función del plazo establecido para la ejecución del proyecto. Este programa deberá elaborarse de acuerdo con los siguientes lineamientos:

1. Alcance El programa deberá identificar todos los ítems (actividades) que componen la obra, mostrar su orden, secuencia y la interdependencia que exista entre ellos. Adicionalmente, el programa deberá incluir el reconocimiento de aquellos procesos de adquisición, traslado, montaje o fabricación o producción de materiales o equipos que sean críticos para el desarrollo de los trabajos, así como también el período de construcción de las obras provisionales. Así mismo, para la preparación de su programa, el contratista deberá tener en cuenta las especificaciones técnicas generales y particulares establecidas para la obra, las estadísticas y registros históricos sobre las condiciones climáticas y topográficas de la región, las condiciones de producción y adquisición de materiales y la obtención de los permisos o autorizaciones que se requieran para el cruce de infraestructura y los predios si son necesarios. Igualmente, deberá tener presente las acciones a realizar con la comunidad para adelantar proyectos de manejo ambiental previa, durante y posterior a la ejecución de los trabajos. En especial, deberá programar su secuencia de acuerdo a la interrelación que exista entre las diferentes actividades. La obtención de los permisos, autorizaciones, servidumbres y concesiones por el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, así como los sitios de disposición de sobrantes, estarán bajo la responsabilidad del contratista y son requisitos indispensables para que en calidad de constructor pueda iniciar los trabajos. El tiempo que su obtención conlleve deberá considerarse dentro de la programación. Las demoras en la obtención de estos permisos no serán causa válida para justificar atrasos o incumplimientos.

2. Método y presentación La programación de la obra deberá elaborarse, utilizando como herramienta el programa Microsoft Project u otro similar.

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La herramienta que se utilice deberá proveer diagramas que muestren la secuencia lógica de ejecución de los ítems, incluyendo como mínimo la siguiente información:

(a) Nombre del ítem. (b) Cantidad a ejecutar (c) Unidad de obra (d) Duración estimada. (e) Inicio temprano. (f) Final temprano. (g) Inicio tardío. (h) Final tardío. (i) Holgura total. (j) Precedencias.

Los diagramas deberán establecer la ruta crítica de ejecución del proyecto, CORMAGDALENA a través del INTERVENTOR hará el seguimiento con control sobre esta programación con la periodicidad establecida en el Manual de Contratación vigente. Para cada uno de los ítems del programa de obra, deberá indicarse lo siguiente:

(1) Las cantidades de obra a ejecutarse por semana. (2) Identificar el responsable dentro de la organización. (3) Identificar el equipo y/o el recurso de mano de obra que controla el rendimiento y la

duración de su ejecución. Dentro de este literal debe tenerse en cuenta el número de frentes de obra en horarios diurnos como nocturnos.

c) Programa de inversiones Es la manifestación gráfica de las inversiones que, de acuerdo con su programa de obra, el contratista se compromete a ejecutar. Para su presentación se utilizará el formato previsto en el Manual de Contratación de acuerdo con las siguientes instrucciones:

1) Consignará la inversión que ejecutará de acuerdo con el Manual de Contratación por concepto de cada ítem. Dicha inversión debe corresponder al producto de las cantidades mensuales consignadas en el programa de obra por el precio unitario del ítem.

2) Consignará la inversión mensual que ejecutará por concepto de todos los ítems. Dicha inversión será el resultado de sumar los productos enunciados en el literal anterior.

3) Mensualmente se diligenciara el seguimiento al programa de inversiones.

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d) Flujo de caja El contratista debe presentar un flujo mensual de caja con los ingresos y egresos esperados durante la ejecución de los trabajos, elaborado teniendo en cuenta: 1) en los ingresos: el capital de trabajo de la presente licitación pública y los pagos

mensuales por concepto de las actas de obras. 2) en los egresos el programa de inversiones. 3) determinar el saldo mensual y el saldo acumulado esperado, sea en déficit o superávit. e) Programa de generación de empleo Es la manifestación del número de empleos directos que el contratista planea generar mes a mes según su estructura administrativa, durante la ejecución del proyecto; para tal fin, deberá diligenciar el Formulario No. 17 del presente pliego de condiciones. El contratista debe dar prioridad a la vinculación de la mano de obra local no calificada, en un porcentaje que no puede ser inferior al 10% de la totalidad de la mano de obra no calificada contratada utilizando métodos de ejecución que generen el mayor número de empleo y en lo posible, a la vinculación de la mano de obra local calificada que reúna los requisitos exigidos, en especial a los egresados del SENA. El contratista debe presentar al INTERVENTOR a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del Acta de Inicio la programación de los empleos directos e indirectos que planea generar. El INTERVENTOR hará seguimiento a lo dispuesto en este numeral mediante los informes mensuales de generación de empleo. f) Plan de Gestión de la Calidad Dado que CORMAGDALENA posee un Plan de Gestión de Calidad, el contratista debe implementarlo acorde al cronograma que debe presentar como parte del plan de las actividades del proyecto. 5. Prevención de accidentes, medidas de seguridad y planes de contingencia El contratista en todo momento tomará todas las precauciones necesarias tanto del personal empleado en la ejecución de las obras, como de terceros, y se acogerá a todas las normas que a este respecto tenga CORMAGDALENA y los códigos de las actividades de construcción. Antes de comenzar los trabajos, el contratista debe realizar un plan de contingencia de manera que dentro de su organización se establezcan claramente las correspondientes líneas

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de mando y los grupos o brigadas responsables, como mínimo para los siguientes casos de emergencias:

Explosión o incendio en el campamento base, en los lugares de trabajo o en los lugares donde se almacena combustible.

Derrames de combustibles o químicos

Terremotos, inundaciones y otras emergencias naturales

Accidentes, intoxicaciones u otras emergencias médicas.

Atención de pequeñas emergencias El contratista asumirá todos los riesgos sobre la prevención de accidentes y será responsable de las indemnizaciones causadas por los accidentes que, como resultado de su negligencia o descuido, pueda sufrir su personal, el de CORMAGDALENA, los visitantes autorizados así como terceras personas. Durante la ejecución de los trabajos, se establecerá procedimientos que minimicen las posibilidades de riesgo asociados por accidentes en operación de los equipos, entre otros. En desarrollo de los trabajos no se permitirá por ninguna circunstancia depositar material sobrante en lugares no autorizados. Si esto sucede, el contratista, a su costa deberá retirar el material sobrante y deberá depositarlo en los lugares autorizados. Si el contratista no lo hiciere, CORMAGDALENA lo hará y descontará el costo de las actas de obra que se adeuden al contratista. El desacato de cualquiera de estas condiciones, constituye causal de incumplimiento del contrato. 6. Dirección técnica del proyecto y personal del contratista El contratista se obliga a mantener durante toda la ejecución de las obras materia del contrato y hasta la entrega final y recibo de ellas, el personal necesario para el desarrollo de los trabajos. El contratista se obliga a permanecer personalmente al frente de los trabajos o mantener al frente de los mismos el personal estipulado en el presente pliego de condiciones, personal que debe estar suficientemente facultado para representarlo en todo lo relacionado con el desarrollo y cumplimiento del contrato. CORMAGDALENA se reserva el derecho de exigir, por escrito, al contratista el reemplazo de cualquier persona vinculada al proyecto. Esta exigencia no dará derecho al contratista para elevar ningún reclamo contra CORMAGDALENA. El INTERVENTOR podrá solicitar al contratista, en cualquier momento, el suministro de información sobre la nómina del personal. El contratista atenderá esta solicitud con el detalle

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requerido, en un término de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la comunicación. 7. Inicio del plazo contractual Para iniciar el contrato de obra se debe verificar y aprobar por el INTERVENTOR los siguientes requisitos:

1) Contrato Firmado 2) Constitución del Registro Presupuestal 3) Aprobación de las Garantías establecidas en el contrato. 4) Programación de obra 5) Plan de Control y de Gestión de la calidad. 6) Hojas de vida del personal del proyecto.

Una vez el INTERVENTOR verifique y apruebe los requisitos anteriores mediante comunicación escrita informará a CORMAGDALENA quien a su vez informara por escrito la fecha prevista para la firma del acta de inicio al contratista. El incumplimiento de las obligaciones dispuestas en los numerales anteriormente mencionados, dará lugar a que CORMAGDALENA haga efectiva la Garantía correspondiente. 8. Publicación del Contrato El contrato se publicará en el SECOP por parte de CORMAGDALENA una vez se cumplan los requisitos legales para su publicación. 9. Sucursal en Colombia CORMAGDALENA advierte a los Proponentes, que en los términos de los artículos 471 y 474 del Código de Comercio, las sociedades extranjeras que hagan parte del Proponente que resulte Adjudicatario de la presente Licitación Pública, que no tenga(n) domicilio en Colombia, deberá(n) constituir dentro de los treinta (30) días siguientes a la suscripción del Contrato de Obra, una sucursal en Colombia, cuyo objeto social contemple la suscripción y ejecución del Contrato adjudicado, y que se mantenga vigente por el plazo de ejecución del Contrato de Obra y un (1) año más. La sucursal se deberá establecer de acuerdo con los parámetros establecidos en la ley comercial. El incumplimiento de estos compromisos será considerado como incumplimiento contractual y dará lugar a la imposición de multas en los términos del Contrato.

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10. Información del Proyecto y Especificaciones Después de la adjudicación y suscripción del contrato y previo a la iniciación de las obras, el contratista deberá obtener copia de la información que exista del proyecto, en cuyo caso la revisará y tomará la que considere necesaria para la ejecución del mismo. La información del proyecto solo podrá ser utilizada por el contratista para los propósitos de este contrato. El contratista deberá mantener en el sitio de las obras un archivo de la información del proyecto vigente y será responsable por el empleo de ésta información en la ejecución de las obras, así mismo. Las obras se ejecutarán en un todo de acuerdo con la información del proyecto aprobado por el INTERVENTOR, con las especificaciones particulares del proyecto vigente. Cuando no se haga referencia a alguna norma específica o en alguna eventualidad especial que impida el cumplimiento de las normas, la obra y los elementos suministrados por el contratista deberán cumplir los requisitos de las normas aplicables que se mencionan en el siguiente orden de prioridades:

Instituto de Normas Técnicas ICONTEC American Society for Testing and Materials ASTM Especificaciones técnicas de construcción

El Contratista no podrá ejecutar modificaciones a las especificaciones técnicas, sin el

cumplimiento de los procedimientos establecidos en el Contrato. Si fuere el contratista quien propusiere los cambios o modificaciones, CORMAGDALENA podrá aceptarlos siempre y cuando estos no impliquen mayores costos para el proyecto; si de la ejecución de dichos cambios se derivaren mayores costos estos serán asumidos por el contratista. Si como consecuencia de las modificaciones hubiere lugar a la prórroga del plazo o a la adición del valor del contrato, el contratista y CORMAGDALENA firmarán el contrato adicional correspondiente o el acta de modificación de cantidades de obra a que hubiere lugar. 11. Logística El contratista debe desarrollar un programa logístico para la ejecución del proyecto para que el objeto del contrato se cumpla sin contratiempos, como son entre otros:

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a) Movilización y desmovilización de equipos. b) Compra, reposición y suministro de materiales consumibles necesarios para operar

los equipos eficientemente, incluidos lubricantes, grasas, combustibles, repuestos para mantenimiento preventivo, mano de obra y talleres especializados.

12. Valla informativa del proyecto El contratista debe suministrar e instalar una (1) valla, donde se consignará la información del proyecto. 13. Régimen Fluvial El contratista debe ajustarse a las normas locales y reglamentarias de las autoridades competentes que controlan el régimen fluvial de las embarcaciones en el país, debiendo obedecer las órdenes y directivas referentes a ella. 14. Veeduría de los trabajos La veeduría tiene como propósito servir de canal de comunicación entre las demás entidades, la comunidad y CORMAGDALENA, en lo relacionado con la ejecución del proyecto, logrando de esta manera desarrollar los principios constitucionales de participación ciudadana, deber y control en la función del Estado. De acuerdo con la Ley 850 del 2003, las veedurías podrán conformar los diferentes comités (técnicos, financieros y sociales entre otros) para poder ejercer su función. Una vez conformada la veeduría con los parámetros de la ley, desarrollaran su actividad. 15. Cantidades de Obra Las cantidades de obra por ejecutar son aproximadas y están calculadas con base en el estudio del proyecto; por lo tanto, se podrán aumentar, disminuir o suprimir durante la ejecución de la obra; tales variaciones no viciarán ni invalidarán el contrato producto de ésta licitación pública. El contratista está obligado a ejecutar las mayores cantidades de obra que resulten, a los mismos precios de la propuesta y se reconocerá mediante la suscripción de un otrosí, salvo que se presenten circunstancias imprevisibles que afecten el equilibrio económico del contrato. Para los fines de pago regirán las cantidades de obra realmente ejecutadas. El INTERVENTOR aprobará los sitios para la ejecución del contrato. En todo caso, esta potestad no implica la oferta de mayores cantidades de obra, toda vez que se trata de cantidades estimadas.

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16. Registros Fotográficos Todo registro fotográfico presentado por el contratista debe ser; a color, tener impresa la fecha, indicar mediante una reseña el contenido de la fotografía e indicar su plano de toma. 17. Informes 1. Informe mensual del Contrato El contratista debe entregar al INTERVENTOR mensualmente, a más tardar en la primera semana del siguiente mes, el informe de progreso del mes anterior el cual incluirá pero no se limitará a lo siguiente:

a) Un programa actualizado con cada mejora acordada y mostrando el porcentaje actual de la terminación de cada uno de los ítem de trabajo principales de tal manera que se pueda realizar una comparación con el porcentaje de terminación.

b) Relación de equipos utilizados. c) Comentarios a las dificultades encontradas y soluciones ejecutadas. d) Cronograma de avance de los trabajos. e) Informe de generación de empleo. f) Informe de comité de obras, reuniones y visitas. g) Informe de pago de aportes al sistema de Seguridad Social y Parafiscales. h) Informe de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional. i) Informe de Gestión Ambiental. j) Informe de Gestión Social. k) Informe de Gestión de la Calidad.

2. Informe Final del Contrato El contratista debe entregar un informe al final de las obras, a más tardar la semana siguiente al recibo de ellas, el citado documento contendrá como mínimo lo siguiente:

a) Un programa actualizado con cada mejora acordada y mostrando el porcentaje actual de la terminación de cada uno de los ítem de trabajo principales de tal manera que se pueda realizar una comparación con el porcentaje de terminación.

b) Relación de equipos utilizados. c) Comentarios a las dificultades encontradas y soluciones ejecutadas. d) Cronograma de avance de los trabajos. e) Informe de generación de empleo. f) Informe de comité de obras, reuniones y visitas.

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g) Informe de pago de aportes al sistema de Seguridad Social y Parafiscales. h) Informe de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional. i) Informe Ambiental. j) Informe de Gestión Social. k) Informe de Gestión de la Calidad.

18. Relaciones con Otros Contratistas El contratista se obliga a coordinar las diferentes etapas de sus trabajos con los otros contratistas cuyos trabajos se ejecuten simultáneamente en el sitio de las obras (en caso de presentarse); deberá cooperar con ellos para no interferirse mutuamente ni perjudicar las obras terminadas o en construcción. En caso que éstas resulten averiadas por su culpa, el contratista está obligado a repararlas a su costa. El contratista debe ponerse de acuerdo con los demás contratistas y preparará con ellos con suficiente anticipación los planes y programas de trabajo necesarios para que los trabajos que deban realizar se lleven a cabo de la manera más conveniente para ellos y para CORMAGDALENA. El contratista es responsable por todos los daños que se originen por su causa. 19. Daños o retardos debidos a fuerza mayor El contratista quedará exento de toda responsabilidad por cualquier daño o dilación de las obras durante la ejecución del contrato, pero sin derecho a indemnizaciones, cuando se concluya por parte de CORMAGDALENA que tales hechos son el resultado de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados, caso en el cual los gastos que demanden las reconstrucciones o reparaciones de las obras afectadas serán por cuenta de CORMAGDALENA, siempre que el contratista haya dado aviso a CORMAGDALENA de la ocurrencia de tales hechos, y que la evaluación de los mismos, las causas que los motivaron y la diligencia con que el contratista actuó ante ellos se haya hecho constar, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha en que cesen dichas causas, en actas suscritas por el INTERVENTOR y el contratista las cuales requerirán el concepto favorable de la Oficina Asesora Jurídica de CORMAGDALENA. Todas las obras adicionales originadas por caso fortuito o fuerza mayor deben ser consignadas en acta. El contratista deberá asumir los sobrecostos resultantes, tales como los correspondientes a lucro cesante y pérdida de materiales, equipos y otros elementos de su propiedad. En el evento en que CORMAGDALENA concluya que el caso no fue fortuito o de fuerza mayor, correrán, además, por cuenta del contratista todas las reparaciones, reconstrucciones e indemnizaciones a que haya lugar. El caso fortuito o la fuerza mayor constituyen causal de suspensión del plazo del contrato.

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20. Incumplimiento de lo ordenado Si el contratista rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del INTERVENTOR, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de ocho (8) días hábiles, el INTERVENTOR comunicará dicha situación, por escrito, a CORMAGDALENA para que este tome las medidas que consideran necesarias. En razón a lo anterior, las consecuencias que se deriven para la obra o terceros serán asumidas integralmente por el contratista. 21. Reunión Mensual de Seguimiento Mensualmente deberán celebrarse reuniones con participación del Director de la obra, el Ingeniero residente de la obra, el Director de Interventoría y el Residente de la Interventoría, con el fin de analizar los diferentes aspectos técnicos y administrativos relacionados con el proyecto, sin perjuicio de que participen otros funcionarios de CORMAGDALENA. De cada una de estas reuniones se levantará un acta, la cual será mantenida en custodia por el Residente de la Interventoría. F. Indemnidad de CORMAGDALENA El contratista mantendrá indemne a CORMAGDALENA por razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan como resultado del uso por parte del contratista, de patentes, diseños o derechos de autor que sean propiedad de terceros. Igualmente contra todo reclamo, demanda, acción legal y costos que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por el contratista, sus subcontratistas o sus proveedores durante la ejecución de los trabajos objeto del contrato de la presente Licitación Pública y terminados éstos, durante su permanencia en la obra y hasta la liquidación definitiva del contrato. Se consideran como hechos imputables al contratista, todas las acciones u omisiones de su personal y de sus subcontratistas y proveedores y del personal al servicio de cualquiera de ellos, materiales, obra de mano y en general cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales. En caso de que se entable un reclamo, demanda, acción legal a CORMAGDALENA por asuntos que según el contrato sean de responsabilidad del contratista, este será notificado lo más pronto posible de ellos para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a CORMAGDALENA.

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Si en cualquiera de los eventos antes previstos el contratista no asume debida y oportunamente la defensa de CORMAGDALENA, este podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista y este pagará todos los gatos en que el incurrirá por tal motivo. En caso de que así no lo hiciere el contratista, CORMAGDALENA tendrá derecho a descontar el valor de las erogaciones de cualquier suma que aduce al contratista por razón de los trabajos motivo del contrato, o a utilizar cualquier otro medio legal. El contratista debe responder ante CORMAGDALENA de todos los daños causados a las propiedades de CORMAGDALENA, ya que sea por su culpa de él directamente o del personal a su servicio, de sus subcontratistas, de sus proveedores y le reconocerá y pagará el valor de tales daños o procederá a repararlos debidamente a satisfacción de CORMAGDALENA. G. Reclamos Cualquier reclamo que el CONTRATISTA considere pertinente hacer a CORMAGDALENA por razón del contrato objeto de la presente Licitación Pública debe presentarse: a) Por escrito, b) Documentado, c) Consultado previamente con el INTERVENTOR, dándole oportunidad de verificar las circunstancias motivo del reclamo, tomar fotografías, etc., y d) Efectuarlas dentro de los siguientes ocho (8) días hábiles a la ocasión, circunstancia, orden del INTERVENTOR, que sea causa del mismo. En caso de reclamo, el contratista no suspenderá las obras, a menos que CORMAGDALENA haya decidido hacerlo, y procederá a ejecutar las órdenes recibidas. H. Publicaciones e informaciones CORMAGDALENA se reserva el derecho de hacer las publicaciones e informaciones que a bien tenga sobre las obras, equipos, sistemas constructivos y demás relacionados con las obras. I. Cesión y Subcontratos El contratista no podrá ceder el contrato o parte del mismo o cualquier beneficio o participación derivada de éste, sin previo consentimiento escrito de CORMAGDALENA, pudiendo éste reservarse las razones que tenga para negar la aceptación de la cesión. La cesión se efectuará de conformidad con lo establecido en el Artículo 893 del Código de Comercio en concordancia con las demás disposiciones vigentes sobre la materia. El contratista sólo podrá subcontratar la ejecución de los trabajos que requieran de personal y/o equipos especializados, requiriendo para ello la autorización previa y expresa de CORMAGDALENA, quien no adquirirá relación alguna con los subcontratistas. El empleo de tales subcontratistas no relevara al contratista de las responsabilidades que asume por las

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labores de la construcción y por las demás obligaciones emanadas del contrato. CORMAGDALENA podrá exigir al contratista la terminación del subcontrato en cualquier tiempo y el cumplimiento inmediato directo de sus obligaciones. En el texto de las cesiones y de los subcontratos se dejará constancia que éstos se entienden celebrados sin perjuicio de lo estipulado en este Pliego de Condiciones y en el Contrato. J. Multas En desarrollo del deber de control y vigilancia sobre los contratos, CORMAGDALENA podrá imponer multas que hayan sido pactadas en los documentos contractuales, con el objeto de conminar al contratista a cumplir con sus obligaciones, previo el procedimiento garante del debido proceso, establecido en el artículo 86 de la ley 1474 de 2011, las Resoluciones 000217 del 2007 y 000153 de 2012, que hacen parte de los documentos contractuales. K. Cláusula penal pecuniaria. En caso de incumplimiento definitivo por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones contraídas en el contrato o de declaratoria de caducidad, el contratista conviene en pagar a CORMAGDALENA, a título de pena, una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato por el incumplimiento y de forma proporcional al avance de la obra, suma que CORMAGDALENA hará efectiva mediante el cobro de la garantía única de cumplimiento o, a su elección, de los saldos que adeude al contratista, si los hubiere, para lo cual se entiende expresamente autorizado con la suscripción del contrato; si esto no fuere posible, se cobrará por vía judicial. La aplicación de la cláusula penal no excluye la indemnización de perjuicios. L. Imposición de multas, sanciones, declaratoria de incumplimiento y declaratoria de

caducidad. El procedimiento de imposición de multas, sanciones, declaratorias de incumplimiento y declaratoria de caducidad se realizará de conformidad con lo establecido en las Resoluciones 000217 del 2007 y 000153 de 2012, en concordancia con el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. De conformidad con este procedimiento CORMAGDALENA podrá imponer las sanciones contractuales al contratista. M. Modificación, Terminación e Interpretación Unilaterales Son aplicables al contrato las disposiciones que se encuentran consignadas en la Ley 80 de 1993, Artículos 15, 16 y 17.

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N. Liquidación Final del Contrato Se efectuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 11 de la Ley 1150 del 2007. El término para la liquidación del contrato iniciará a contabilizarse a partir del Acta de Recibo Definitivo o Final de la Obra, que se suscribirá máximo dentro de los 45 días calendarios siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del contrato. En la liquidación se podrán acordar los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar al igual que los acuerdos, conciliaciones y transacciones a las que lleguen las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación el INTERVENTOR exigirá la extensión y/o ampliación de las garantías constituidas que permitan avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extensión del contrato, especialmente la de pago de salarios y prestaciones sociales y responsabilidad civil extracontractual. Si no se efectúa la liquidación bilateral, bien porque no se intente o porque fracase, CORMAGDALENA liquidará el contrato en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo acordado para la liquidación. Vencido el plazo anterior, las partes podrán acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo para obtener la liquidación en sede judicial. O. Documentos del Contrato Los documentos que se citan a continuación determinan, regulan, complementan y adicionan las condiciones del contrato: a) Los documentos de este proceso de selección. b) Las actas de audiencias previstas en este pliego de condiciones. c) La propuesta del oferente seleccionado. d) El informe de evaluación de las propuestas. e) La resolución por medio de la cual se adjudica el contrato. f) El contrato que suscriban las partes g) La garantía única y seguros exigidos. P. Relación con Autoridades Locales El contratista se compromete a obtener no solo los permisos que demande su operación sino además, concertar con las autoridades locales.

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Q. Régimen Laboral Correrán por cuenta del contratista, los gastos inherentes a pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones a que hubiere lugar respecto del personal que él mismo emplee en la ejecución del objeto del contrato y que para todos los efectos legales no tendrá vinculación contractual o reglamentaria con CORMAGDALENA. R. Obligaciones del contratista En cumplimiento del objeto contractual, el contratista asume no solo las obligaciones derivadas de la ejecución del objeto contractual, sino además, otras relacionadas con el manejo administrativo del proyecto, el ejercicio de la actividad de vigilancia y control en su ejecución, de carácter ambiental y en relación con el manejo de las relaciones con las autoridades locales, especialmente en lo relacionado con la obtención de permisos requeridos. El contratista debe cumplir con los requerimientos del INTERVENTOR de acuerdo con el Manual de Contratación de CORMAGDALENA vigente. 2. Obligaciones generales del contratista

1) Disponer de un Campamento/oficina durante toda la ejecución del contrato. 2) Suministrar los equipos ofrecidos y todos los demás elementos necesarios para la

ejecución de los trabajos, de acuerdo con las buenas prácticas de la Ingeniería. 3) Mantener durante la ejecución del contrato un Ingeniero Residente de obra, el cual

debe estar autorizado para actuar en nombre del Contratista, y para decidir con el INTERVENTOR cualquier asunto relativo a los trabajos contratados. El Contratista debe contar con el personal profesional, técnico y administrativo para la ejecución de los trabajos, lo que verificará el INTERVENTOR de acuerdo con los requerimientos exigidos en el pliego de condiciones. Los profesionales deben tener matricula o tarjeta profesional vigente cuando estas sean obligatoria de acuerdo a lo reglamentado por el Gobierno Nacional.

4) Suministrar y mantener en el sitio de trabajo la mano de obra necesaria. El personal será nombrado y removido por el Contratista, y no tendrá vinculación laboral con CORMAGDALENA, pero ésta podrá exigir el remplazo de aquel personal que, a su juicio, no reúna las calificaciones para el desempeño de su oficio o que considere perjudicial para los intereses del contrato, previa solicitud fundamentada y escrita por el INTERVENTOR. Toda la responsabilidad derivada de las vinculaciones laborales correrá a cargo del Contratista.

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5) Dotar al personal de los elementos previstos en la ley (Seguridad industrial), de acuerdo al trabajo que desempeñe.

6) Entregar al INTERVENTOR copia simple de los contratos individuales de trabajo, de las planillas de pago del personal propio y de los sub-contratistas, acompañadas de los reporte de tiempo correspondiente, las constancias de los aportes legales hechos, facilitando su revisión por parte del INTERVENTOR.

7) Mantener la obra con la debida señalización, y responder por los daños que se causen a personas, bienes, por imprevisión, negligencia o descuido, impericia e imprudencia, dentro o fuera de las zonas de trabajo, atribuibles al Contratista o a sus dependientes o sub-contratistas. Por lo tanto es su obligación escoger al personal y sub-contratistas idóneos y vigilarlos en el desarrollo de sus actividades.

8) Mantener en su oficina del sitio de las obras un libro de obra (Bitácora) foliado en el cual se consignarán las observaciones dejadas por el INTERVENTOR. Suscribir las notas de reunión y el “enterado” a las observaciones dejadas por el INTERVENTOR en el libro de obra; se entiende que transcurridos cinco (5) días calendario contados a partir de la fecha de reunión o de consignados las observaciones, éstas y las notas de reunión son aceptadas por el Contratista aunque no las hubiere firmado, o no hubiere manifestado comentario alguno al respecto.

9) Efectuar las instrucciones que le indique el INTERVENTOR. 10) Mantener indemne a CORMAGDALENA, con ocasión de reclamos, demandas y

acciones legales. 11) Elaborar e implementar las medidas de Manejo Ambiental para el proyecto objeto de

este contrato, para lo cual debe estar informado de toda la reglamentación ambiental vigente y debe dar cumplimiento a la misma para lo cual organizará los trabajos de tal forma que los procedimientos aplicados sean compatibles no solo con los requerimientos técnicos necesarios, sino con las disposiciones contenidas en la Ley 99 de 1993 y sus normas reglamentarias, las normas especiales para la gestión y obtención de las autorizaciones y permisos específicos requeridos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales.

12) Presentar al INTERVENTOR para su revisión y aprobación dentro de los cinco (5) días siguientes a la firma del contrato el Programa de obra y el Plan de Calidad, donde se especifiquen los procesos y actividades concernientes a asegurar la calidad en la ejecución de la obra.

13) Desarrollar durante la ejecución del contrato al menos una (1) auditoría interna de la calidad debiendo presentarse el informe del resultado obtenido al INTERVENTOR dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la visita correspondiente desarrollada a la obra.

14) Mantener durante el desarrollo de sus obligaciones indemne a CORMAGDALENA en todo lo relacionado con las obligaciones tributarias derivadas del Contrato, para aquellos impuestos, tasas y contribuciones de carácter nacional, departamental,

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distrital o municipal, al igual se compromete a cancelar todas las obligaciones que se generen producto de la ejecución del mismo.

15) Cumplir con los requerimientos del INTERVENTOR, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Contratación de CORMAGDALENA vigente.

16) Cumplir con el pago de todos los salarios y prestaciones sociales de todos sus trabajadores y empleados.

17) Suministrar e instalar una valla del proyecto dentro de los diez (10) días hábiles de haberse iniciado la ejecución del contrato de acuerdo al modelo indicado en el pliego de condiciones que dio origen a este contrato.

18) Prestar al INTERVENTOR, toda la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

19) Mantener un archivo organizado, acerca de la correspondencia, informes, resúmenes, gráficos, solicitudes, requerimientos, quejas, planos, y demás documentos atinentes a sus labores.

20) Proyectar, editar, revisar y suscribir las actas y documentos correspondientes a la ejecución del contrato.

21) Elaborar y presentar oportunamente los documentos o informes que le solicite CORMAGDALENA.

22) Asistir a las reuniones que convoque CORMAGDALENA para tratar los asuntos relacionados con las labores objeto de este contrato.

23) Mantener actualizada la garantía de cumplimiento y la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual durante la ejecución y liquidación del contrato.

24) Mantener la reserva de la información suministrada por CORMAGDALENA, al igual la que se genere producto de este contrato. La información será confidencial y no podrá utilizarse y suministrarse para fines distintos a los estipulados en este contrato.

25) Responder al INTERVENTOR todas las observaciones técnicas y administrativas en cuanto a la Calidad, Presupuesto, Programa de Trabajo, Seguridad Industrial, Higiene y Salud Ocupacional, Gestión Social, Manejo Ambiental y manejo del personal.

26) Revisar y estudiar cuidadosamente todos los planos y documentos que contienen el proyecto, antes de iniciar cualquier trabajo,

27) Verificar las cotas, medidas y dimensiones en los planos antes de iniciar cualquier actividad del proyecto. Cualquier duda debe consultarla por escrito al INTERVENTOR en forma oportuna.

28) Inspeccionar el lugar del proyecto para determinar aquellas condiciones que puedan afectar los trabajos a ejecutar.

29) Efectuar el Plan de Control de Calidad para las actividades del proyecto. 30) Verificar conjuntamente con el interventor, las coordenadas y niveles de los puntos

de referencia, tales como estaciones de control y reparará o reinstalará en sitios aprobados por el Interventor, cualquier punto de control que se dañe o se desplace.

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31) Realizar los levantamientos batimétricos y topográficos para conocer las condiciones del estado actual de los espolones y del dique en los sitios del mantenimiento, para la elaboración del Programa de obra, que debe aprobar la interventoría.

S. Dotación del personal El contratista está obligado a suministrar la dotación necesaria a todo el personal que laborará en el proyecto de acuerdo a las normas de seguridad industrial, higiene y salud ocupacional. El uniforme que el personal del contratista debe portar es un pantalón y camisa manga larga en dril o material similar, el pantalón debe contener en la parte izquierda y delantera el logotipo y/o nombre del contratista y el logotipo de CORMAGDALENA, la camisa debe contener en el espaldar y en la parte delantera izquierda el logotipo y/o nombre del contratista y el logotipo de CORMAGDALENA, también se le debe suministrar al trabajador una cachucha con el nombre del contratista, cuando por índole de seguridad se requiera casco de seguridad el contratista debe adicionalmente suministrársele un casco de seguridad con el nombre del contratista. El INTERVENTOR vigilará para que todo el personal del contratista que labora en el proyecto cuente con los elementos de dotación de acuerdo a las labores que desempeñe, el incumplimiento de esta obligación le dará el derecho al INTERVENTOR para que los trabajadores sean retirados de su sitio de trabajo mientras se subsana esta anomalía. El contratista, a más tardar en la primera semana del mes siguiente entregará a CORMAGDALENA un informe de elementos de dotación entregados a cada uno de sus trabajadores, en el cual conste por escrito nombres y apellidos del trabajador, cédula de ciudadanía, fecha de entrega, y la descripción de la dotación devolutiva y no devolutiva entregada y la firma del trabajador en la cual conste su recibo. T. Programa de Gestión Social Dentro del programa de gestión social el contratista debe desarrollar como mínimo las siguientes actividades:

a) Dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes una (1) reunión con la

comunidad interesada en donde se encuentre ubicado el proyecto con el fin de divulgarlo, de estas reuniones se debe obtener un registro en donde se indique lo siguiente; nombres y apellidos, cédula de ciudadanía, lugar de domicilio, firmas de los asistentes, fecha de la reunión, temas tratados.

b) Dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes el contratista debe convocar a la autoridad municipal competente donde se desarrolla el proyecto, a las veedurías legalmente constituidas, a las Cámaras de Comercio, o Asociaciones que de una u otra

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manera serán beneficiarios o usuarios del proyecto, con el fin de informarlos sobre el estado del proyecto.

c) Cuando por motivos del desarrollo del proyecto los bienes de CORMAGDALENA o de terceros sufran daños se debe elaborar un documento que identifique lo siguiente; fecha, afectado, documento de identificación, lugar, registro fotográfico, causa de los daños y acción correctiva.

d) Se debe registrar las quejas, reclamos y sugerencias de la comunidad, las cuales se deben dar conocimiento al Interventor, si es de competencia del contratista darle tramite e informará al Interventor.

U. Programa de Seguridad, Higiene y Salud Ocupacional El contratista debe entregar el programa de Seguridad, Higiene y Salud Ocupacional al Interventor para su revisión y aprobación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del acta de inicio. El contratista a través del Profesional en Seguridad, Higiene y Salud Ocupacional debe dictar a todo el personal que labora en el proyecto el primer (1) día hábil de cada mes una charla de Seguridad, Higiene y Salud Ocupacional de lo anterior se levantará un acta en la cual se consignarán los temas tratados, nombres y apellidos, cédula de ciudadanía y las firmas del personal del contratista en donde consta que asistieron además de los datos del profesional. Colocar en el sitio del proyecto un aviso visible en donde se indique el número de accidentes de trabajo del mes en cuestión y el acumulado a esa fecha. El contratista debe presentar al Interventor para su revisión y aprobación el primer día laborable de cada semana el panorama de riesgos de las actividades a ejecutar. El contratista mensualmente, y a más tardar en los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes entregará al Interventor los siguientes documentos:

a) Actas de charlas de Seguridad, Higiene y Salud Ocupacional. b) Relación de accidentes de trabajo en donde se indique, nombre, identificación, fecha,

hora, lugar, relato de los hechos del accidente, causas o posibles causas, acciones adelantadas.

c) Relación de incapacidades en donde se indique como mínimo lo siguiente; nombre, identificación, fecha, EPS, días de incapacidad.

d) Indicar las señales preventivas y/o correctivas usadas para el desarrollo del proyecto y los sitios donde fueron ubicadas.

e) Hoja de Vida del trabajador la cual debe incluir cédula de ciudadanía, certificado de antecedentes penales, libreta militar para hombres y certificados de experiencia.

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f) Examen médico de ingreso y de retiro del personal vinculado al proyecto afiliación y retiro a: Salud, Pensión, Administradora de Riesgos Profesionales y Caja de Compensación Familiar, Seguro de Vida.

V. Plan de Control y Gestión de la Calidad El contratista debe tener en cuenta para la ejecución de los trabajos, los procesos de gestión de la calidad del proyecto que deben incluir todas las actividades que determinan las políticas, los objetivos y las responsabilidades relativos a la calidad de modo que el proyecto satisfaga las necesidades por las cuales se emprendió. Implementará el sistema de gestión de calidad a través de la política, los procedimientos y los procesos de planificación de calidad, aseguramiento de calidad y control de calidad, con actividades de mejora continua de los procesos que se realizan durante todo el proyecto, según corresponda. El Plan de Calidad de EL CONTRATISTA que debe aprobar la INTERVENTORÍA debe Incluir por lo menos los siguientes elementos: Planificación de Calidad: La planificación de calidad implica identificar qué normas de calidad son relevantes para el proyecto y determinar cómo satisfacerlas. Aseguramiento de Calidad: Aplicar las actividades planificadas y sistemáticas relativas a la calidad, para asegurar que el proyecto utilice todos los procesos necesarios para cumplir con los requisitos. Control de Calidad: Supervisar los resultados específicos del proyecto, para determinar si cumplen con las normas de calidad relevantes e identificar modos de eliminar las causas de un rendimiento insatisfactorio. El enfoque básico para abordar la gestión de calidad debe ser compatible con el de la Organización Internacional de Normalización (Internacional Organization for Standardization- ISO). La Gestión de la Calidad del Proyecto debe abordar tanto la gestión del proyecto como el producto del proyecto. El plan de gestión de la calidad del proyecto debe dar cumplimiento a lo siguiente:

COMPONENTE REQUISITOS DEL DOCUMENTO

Planeación Identificar los procesos que le permiten cumplir con el alcance y objetivos del proyecto y determinar la secuencia e interacción de estos procesos (procesograma del proyecto).

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Definir los objetivos de la calidad del proyecto.

Control de documentos

Debe establecerse los controles necesarios para: Aprobación, revisión y actualización de los documentos del proyecto, así mismo los controles para identificar los cambios y el estado de revisión.

Control de los registros

Debe establecer los controles necesarios para la identificación, el almacenamiento, la protección, la recuperación , el tiempo de retención y la disposición de registros del proyecto Comunicación.

Comunicación

Se debe incluir el plan de comunicaciones del proyecto: La Gestión de las Comunicaciones del Proyecto debe incluir los procesos necesarios para asegurar la generación, recolección, distribución, almacenamiento, recuperación y destino final de la información del proyecto en tiempo y forma.

Recursos Humanos

Se debe incluir el plan de Recursos Humanos del proyecto: La Planificación de los Recursos Humanos determina los roles del proyecto, las responsabilidades y las relaciones de autoridad. El plan de gestión de personal debe incluir cómo y cuándo se adquirirán los miembros del equipo del proyecto, los criterios para eximirlos del proyecto y la identificación de las necesidades de formación. De otro lado se debe determinar y gestionar el ambiente de trabajo necesario para lograr la conformidad con los requisitos del producto y/o servicio.

Realización del producto / prestación del servicio

Se debe incluir el plan para realizar el producto y/o prestación del servicio: El documento deberá contener los siguientes elementos:

1. Los requisitos del producto y/o servicio.

2. Procesos, Procedimientos, instructivos, formatos específicos para el producto y/o servicio del proyecto.

3. Las actividades requeridas de verificación, validación, seguimiento, inspección y ensayo / prueba específicas para el producto y/o servicio así como los criterios para la aceptación del mismo.

4. Determinar los requisitos especificados y los requisitos no establecidos por CORMAGDALENA, pero necesarios para cumplir con los productos del proyecto.

5. Los requisitos legales y reglamentarios relacionados con el producto y/o servicio.

6. Actividades de control sobre los dispositivos de seguimiento y medición: Calibración o verificación a intervalos especificados o antes de su utilización comparada con patrones de medición trazables a patrones de medición nacional o internacional. Cuando no existan tales patrones, debe registrarse la base utilizada para la calibración o verificación.

7. Trazabilidad

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8. Controles para identificar, verificar, proteger y salvaguardar los bienes que son propiedad de CORMAGDALENA suministrados para utilización o incorporación dentro del producto y/o servicio. (Cuando aplique)

9. Actividades para el control del producto no conforme: Debe asegurarse que el producto y/o servicio que no sea conforme con los requisitos, se identifica y controla para prevenir su uso o entrega no intencional.

Compras

Se debe incluir el plan de adquisiciones del proyecto: La Gestión de las Adquisiciones del Proyecto incluye los procesos para comprar o adquirir los productos /servicios, teniendo en cuenta los siguientes elementos:

1. Deben establecerse los criterios para la selección, la evaluación y la re-evaluación de los proveedores de productos / servicios críticos que afecten la calidad del producto contratado.

2. Debe establecer e implementar la inspección u otras actividades necesarias para asegurarse de que el producto y/o servicio adquirido cumple con los especificado en las órdenes de compra /servicio.

Auditorías internas

Se debe incluir un programa de auditorías del proyecto: El contratista debe planificar un programa de auditorías tomando en consideración el estado y la importancia de los procesos que fueron definidos para el proyecto. Para su ejecución se recomienda seguir las directrices de la Norma Técnica Colombiana NTC- ISO 19011. Durante la ejecución del proyecto deben desarrollarse al menos una (1) auditora interna, de lo cual debe presentarse el resultado obtenido de ella a Cormagdalena dentro de los ocho (8) días siguientes a su realización.

Medición

Se debe incluir el sistema de medición del proyecto: El sistema de evaluación debe facilitar el seguimiento por parte de CORMAGDALENA y las partes interesadas. Debe determinar, recopilar y analizar los datos apropiados para demostrar el estado del proyecto (quejas y reclamos, avance del proyecto, presupuesto, objetivos).

Acción correctiva, Preventivas y de Mejora

Debe establecerse un procedimiento documentado para:

Revisar las no conformidades.

Determinar las causas de las no conformidades (describir la técnica a utilizar).

Evaluar la necesidad de adoptar acciones para asegurarse de que las no conformidades no vuelvan a ocurrir.

Determinar e implementar las acciones necesarias.

Registrar los resultados de las acciones tomadas.

Revisar las acciones correctivas, preventivas o de mejora tomadas.

Registrar los resultados de las acciones tomadas.

Revisar las acciones correctivas, preventivas o de mejora tomadas.

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W. Auditoría interna de la calidad El contratista debe presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la iniciación del proyecto el programa de auditoría interna de la calidad que aplicará al proyecto, como mínimo se desarrollará una (1) auditoría interna durante el desarrollo del contrato, y su alcance debe contemplar los aspectos técnicos, ambiéntales, sociales, administrativos, legales, financieros y todos aquellos que afecten su ejecución. CORMAGDALENA estará facultado para conocer el resultado de la auditoría practicada cuando lo estime necesario, de todas maneras El contratista debe presentar al Interventor dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la terminación de la auditoria los resultados obtenidos. X. Comités Para el control de la ejecución de los contratos, se han definido tres comités, a saber:

1. Comité de Gestión de la Calidad 2. Comité Ambiental y de Gestión Social; y 3. Comité Técnico

i) Comité de Gestión de la Calidad

Para la realización de este comité se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: Estará integrado por:

1) Personal del interventor competente en el sistema de gestión de la calidad; 2) Personal del contratista competente en el sistema de gestión de la calidad; 3) El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación e Informática, o el personal técnico y

administrativo que este designe para tal efecto; y 4) El supervisor del contrato de interventoría.

Las sesiones del Comité de Gestión de la Calidad se someterán a las siguientes reglas:

1. En los contratos cuyo plazo de ejecución sea inferior a 6 meses, se llevarán a cabo al menos 3 comités, en intervalos equidistantes entre ellos; y

2. En los contratos cuyo plazo de ejecución sea superior a 6 meses, los comités se llevarán a cabo al menos cada 2 meses;

En el comité se revisarán en forma conjunta todas las labores de interventoría del contrato;

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En desarrollo del comité, se levantará un acta que contendrá al menos los siguientes puntos:

a) Verificación de los asistentes a la reunión; b) Asuntos tratados y hallazgos encontrados; y c) Plan de acción que contenga las acciones correctivas y/o los eventos susceptibles de

mejora de las actividades objeto de revisión

ii) Comité Ambiental y de Gestión Social Para la realización de este comité se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: Estará integrado por:

1) Personal del contratista competente para las actividades ambientales; 2) Personal del contratista componente para las actividades sociales; 3) Personal del interventor competente para las actividades ambientales; 4) Personal del interventor competente para las actividades sociales. 5) El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación e Informática, o el personal técnico y

administrativo que este designe para tal efecto; y 6) El supervisor del contrato de interventoría.

Las sesiones del Comité Ambiental y de Gestión Social se someterán a las siguientes reglas:

1. En los contratos cuyo plazo de ejecución sea inferior a 6 meses, se llevarán a cabo al menos 3 comités, en intervalos equidistantes entre ellos; y

2. En los contratos cuyo plazo de ejecución sea superior a 6 meses, los comités se llevarán a cabo al menos cada 2 meses;

En el comité se revisarán los aspectos sociales y ambientales de los proyectos y su impacto en la desarrollo del contrato; En desarrollo del comité, se levantará un acta que contendrá al menos los siguientes puntos: Verificación de los asistentes a la reunión;

1) Asuntos tratados y hallazgos encontrados; y 2) Plan de acción que contenga las acciones correctivas y/o los eventos susceptibles de

mejora de las actividades objeto de revisión.

iii) Comité Técnico Para la realización de este comité se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

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Estará integrado por:

1) El Director de obra del contratista; 2) El Residente de obra del contratista; 3) El Director de Interventoría; 4) El Residente de Interventoría; y 5) El Supervisor del contrato de interventoría;

Las sesiones del Comité Técnico se someterán a las siguientes reglas:

1. En los contratos cuyo plazo de ejecución sea inferior a 6 meses, se llevarán a cabo al menos 3 comités, en intervalos equidistantes entre ellos; y.

2. En los contratos cuyo plazo de ejecución sea superior a 6 meses, los comités se llevarán a cabo al menos cada mes;

En el comité se revisarán todos los aspectos técnicos del contrato, como por ejemplo lo relacionado con el desarrollo físico de las obras, los porcentajes de avances, el cumplimiento de las especificaciones técnicas, etc. En desarrollo del comité, se levantará un acta que contendrá al menos los siguientes puntos: Verificación de los asistentes a la reunión;

1) Asuntos tratados y hallazgos encontrados; y 2) Plan de acción que contenga las acciones correctivas y/o los eventos susceptibles de

mejora de las actividades objeto de revisión. Y. Lista de Formularios No. 1- CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA No. 2- PACTO DE TRANSPARENCIA No. 3- CARTA DE COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN No. 4- MODELO CERTIFICACIÓN PAGOS PARAFISCALES No. 5- CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL No. 6- CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN No. 7- EXPERIENCIA DEL PROPONENTE No. 8- RELACIÓN DE EQUIPO No. 9- APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL Y RECIPROCIDAD No. 10- FACTOR DE CALIDAD No. 11- PROPUESTA ECONÓMICA No. 12- PRESUPUESTO OFICIAL

Page 134: MANTENIMIENTO DE LOS ESPOLONES No. 1 Y No. 2 ADOSADOS …web01eja.cormagdalena.gov.co/aplicaciones/AdmonCon... · 2016-05-13 · Pliego de Condiciones Definitivo Licitación Pública

Pliego de Condiciones Definitivo Licitación Pública No. LP-002-16

MANTENIMIENTO DE LOS ESPOLONES No. 1 Y No. 2 ADOSADOS AL TAJAMAR OCCIDENTAL Y DEL DIQUE

DIRECCIONAL DEL CANAL NAVEGABLE DE ACCESO AL PUERTO DE BARRANQUILLA

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No. 13- MODELO VALLA INFORMATIVA DEL PROYECTO No. 14 - MODELO MINUTA DEL CONTRATO No. 15- EXPERIENCIA DEL PERSONAL OFRECIDO (SÓLO ADJUDICATARIO) No. 16- COMPROMISO DE DEDICACIÓN (SÓLO ADJUDICATARIO) No. 17- PROGRAMA DE GENERACIÓN DE EMPLEO (SÓLO ADJUDICATARIO) FORMATO F-PGB-03 (SÓLO ADJUDICATARIO)