los usos del territorio en el departamento de san martín
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El presente libro resume importantes datos sobre cómo se viene repartiendo el territorio en la Región San Martín pero, también hace hincapié en la importancia del respeto de determinados derechos de los Pueblos Indígenas como el Derecho a la Consulta Libre, Previa e Informada.Es importante para todo proceso ciudadano y de construcción de las políticas públicas territoriales, tomar en cuenta la palabra de los y las involucradas en los procesos de desarrollo. Las poblaciones indígenas, encontrándose en una mayor situación de vulnerabilidad, debieran ser actores primordiales del Estado para ser incluidos y contar con plena posibilidad de tener voz y capacidad de decisión en todo aquello que pueda afectarles.La Declaración de las Naciones Unidas en la ciudad de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, indica en su Principio número 10: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deber tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deber proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre estos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes”Existen diversos procesos contrarios a un desarrollo ordenado y ambientalmente sostenible para esta zona de la Amazonía Andina; sin embargo, tener una visión amplia de los problemas y posibilidades de esta situación, deberá ayudarnos a encontrar mejores caminos.TRANSCRIPT
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín – Perú.
-Contexto, procesos y propuestas para una mejor gobernanza del territorio Andino Amazónico, el caso San Martín-
Asociación Ministerio Diaconal Paz y EsperanzaOficina Regional San Martín
Dirección: Jirón Benavides 317-323. Moyobamba, San Martín. Perú.Teléfono: (51-042)-562118Fax: (51-042)-562118Página web: htp: www.pazyesperanza.org
Primera ediciónJunio 2015.
Impreso en el Perú1000 ejemplares
Equipo Editorial
Editor:Jorge Arboccó Gallardo.Asociación Paz y EsperanzaDirector Regional – San Martín
Autores:Rubén Darío Ninahuanca RivasRonald Saucedo Carranza.Jorge Arboccó Gallardo.
Fotos:Archivos Paz y Esperanza.
Mapas:Área SIG -Paz y Esperanza.
Diseño e impresión:Empresa de Servicios Generales, Especiales y Afines Cholito S.A.C.Jr. Serafin Filomeno N° 235 - Moyobamba - San MartínCel.: 942874405 - RPM: #253022
Hecho el Depósito Legal en laBiblioteca Nacional del Perú Nº 2015-09788
San Martín – Perú
Junio 2015.
Esta publicación es posible gracias al generoso apoyo de Pan para el Mundo. Las opiniones y comentarios son de exclusiva responsabilidad de los autores.
Dedicamos éste libro a los líderes indígenas de la Amazonía Andina que vienen luchando por sus derechos. De manera especial dedicamos éste libro a los líderes del pueblo Kampu Piyapi: Emilio Marichi y Reydelinda Pizango Yumbato; el primero, jefe de la Comunidad Nativa, asesinado por la protección de sus territorios; y la segunda, presidenta de la Federación Shawi de San Martín, fallecida por situaciones de salud que viven miles de mujeres indígenas en el Perú y el Mundo.
Dedicatoria
- Contexto, procesos y propuestas para una mejor gobernanza del territorio Andino Amazónico, el caso San Martín -
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín – Perú.
En el informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación se indica en el tomo I, en su prefacio, que para que no se repita la violencia vivida en el Perú del 80 al 2000:
“…implica que se lleve a cabo una redistribución más equitativa del acceso al poder y, en términos sociales, que se ponga en práctica un régimen de efectiva igualdad de oportunidades para todas las peruanas y peruanos. Para que ello ocurra, deben combatirse de modo especial los rasgos de injusticia estructural de nuestra sociedad, principalmente los hábitos de discriminación, y debe respetarse la diversidad cultural que nos constituye como nación − cosas ambas consagradas por nuestra Constitución y reconocidas por tratados internacionales de los que el Perú es signatario”
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IntroducciónEl presente libro resume importantes datos sobre cómo se viene repartiendo el territorio en la Región San Martín pero, también hace hincapié en la importancia del respeto de determinados derechos de los Pueblos Indígenas como el Derecho a la Consulta Libre, Previa e Informada.
Es importante para todo proceso ciudadano y de construcción de las políticas públicas territoriales, tomar en cuenta la palabra de los y las involucradas en los procesos de desarrollo. Las poblaciones indígenas, encontrándose en una mayor situación de vulnerabilidad, debieran ser actores primordiales del Estado para ser incluidos y contar con plena posibilidad de tener voz y capacidad de decisión en todo aquello que pueda afectarles.
La Declaración de las Naciones Unidas en la ciudad de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, indica en su Principio número 10: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deber tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deber proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre estos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes”
Existen diversos procesos contrarios a un desarrollo ordenado y ambientalmente sostenible para esta zona de la Amazonía Andina; sin embargo, tener una visión amplia de los problemas y posibilidades de esta situación, deberá ayudarnos a encontrar mejores caminos.
El presente libro es un pequeño esfuerzo por aportar a esta visión de una parte importante del contexto territorial de San Martín. Asumir las decisiones necesarias para dar cumplimiento a los derechos expuestos y desarrollar mejoras para un territorio donde todos y todas sean efectivamente incluidos, será parte del dialogo que esperamos pueda surgir a partir de lo que podemos compartir en éste libro. En general, la información expuesta aquí, es una compilación de datos y artículos que los autores han ido registrando y exponiendo desde el año 2013 hasta mediados del 2014, y representa por lo mismo, información referencial que debemos seguir actualizando y dando a conocer para asumir las mejores decisiones que podamos respecto a la gestión territorial en San Martín.
A quienes puedan leer estas líneas, los invitamos a darse el esfuerzo de cotejar aquello que piensen que es contrario a su visión de desarrollo territorial o que afirma el mismo y poder tener el rigor y convicción de que, contrastando esta información con su opinión, podremos obtener un proceso de discusión tan necesario para la Amazonía Andina y su futuro.
Jorge ArboccóPaz y Esperanza
Índice
I ¿Cómo se reparte la tierra?
II Los Derechos Territoriales de los Pueblos Indígenas
III El Derecho al a Consulta Libre, Previa e Informada
IV Procesos Específicos de División del Territorio Regional
V Hacia una gobernanza del territorio en la Amazonía Andina
Capitulo
Introducción 09
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1 Autor: Jorge Arboccó Gallardo.
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
“…de los aproximadamente 74 millones de hectáreas de extensión de la Amazonía peruana, 49 millones de hectáreas están repartidas en lotes concesionados a operadores petroleros. En contraste, sólo 15 millones de ha son áreas protegidas, 7 millones son concesiones forestales y 3 millones son tierras colonizadas para ampliar frontera agropecuaria” Dinámicas del Mercado Peruano en América Latina: Concentración y Extranjerización. FAO: 2012.
Si consideramos que a nivel nacional la agricultura emplea al 26% de la Población Económicamente Activa (PEA) Nacional y al 65.5% de la PEA del área rural, y que a nivel regional ocupa al 51.8% del PEA y contribuye con más del 30% del producto bruto interno departamental. Y que por otra parte, poseemos como país el 60 al 70% de diversidad biológica mundial y que aproximadamente 1´984,720 hectáreas de San Martín se encuentran bajo alguna modalidad de conservación, representando al más del 40% de la región. Es eminente que como país y como región, debemos desarrollar políticas, programas y proyectos de inversión que faciliten un equilibrio entre las prácticas Agrarias y las prácticas de Conservación.
En el último Censo Agrario, se estima que San Martín ha crecido en 44,4% de unidades agropecuarias desde el año 1994. Según datos del Instituto Peruano de Economía, San Martín es la segunda región más agrícola del país –sólo Amazonas la supera– con un sector agropecuario que explica el 30% de su producción, cinco veces el promedio nacional y el doble o más de las regiones insignias del boom agroindustrial, como Ica y La Libertad. Sorprende saber que, en la última década, la producción agrícola de San Martín ha liderado el crecimiento nacional con un aumento de 105% que supera el 97% de Ica y el 82% de La Libertad. Sin embargo, según datos de esta misma institución, la productividad de los trabajadores en la región es muy baja en promedio, ocupando el puesto 20 a nivel nacional. La productividad agrícola de la región es casi un tercio de la de Ica y casi la mitad de la de La Libertad.
A la fecha, una de las mayores propuestas para el uso de la tierra en San Martín es la producción de Biodiesel, el GORESAM ha identificado 625,601 hectáreas para la instalación de cultivos agro- energéticos. A la par, el Gobierno Regional se ha comprometido bajo convenio con el Ministerio del Ambiente, a conservar 2 millones 525 mil 735 hectáreas de Bosques Tropicales en al menos cinco categorías territoriales priorizadas por el Programa Nacional de Conservación de Bosques: áreas de conservación regional; concesiones de conservación; zonas de conservación y recuperación de ecosistemas; Comunidades Nativas y campesinas, así como bosques de producción permanente.
En América Latina y el Caribe 52.5 millones de personas, principalmente pobres, vienen siendo afectadas por el hambre y la subnutrición. En mayo del 2012, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) ha lanzado una alerta sobre la cercanía a países como el nuestro, a un proceso de crisis alimentaria. Es decir, cada vez más existen menos tierras para producir alimentos, lo mismo que se agrava por problemas como la deforestación, que propicia, entre otras cosas, la reducción de la captación de agua, la degradación de suelos, cambios en el clima y otros problemas, que perturban directamente nuestras prácticas agrícolas y calidad de vida.
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¿Cómo se reparte la tierra?
Capítulo I1
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La mayoría de territorios para la agricultura en esta parte de la Amazonía Andina está a cargo de las poblaciones indígenas y campesinas que viven en la zona rural, sin embargo, la mayoría de sus territorios no están saneados física y legalmente, por lo que son susceptibles de sufrir de problemas de sobre posiciones con otras actividades distintas a la agricultura.
De los procesos de Titulación Colectiva de los Territorios Indígenas:
Luego que el primero de septiembre del 2014, cuatro dirigentes del pueblo Asháninka fueran asesinados por la defensa de sus territorios y recursos naturales en el departamento de Ucayali, la vice presidenta de la República, Sra. Marisol Espinoza hace un anuncio: “Gobierno impulsará titulación de tierras en Comunidades Nativas ”
La pregunta que cualquiera se haría al respecto es clara y básica, ¿cómo lo hará? Acaso espera que el proyecto: “Catastro, Titulación y Registro de Tierras” o también llamado por sus siglas, “PTRT 3” que es financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), ¿será la solución? Recordemos que éste proyecto titulará: 430 mil predios individuales y solamente: 150 comunidades campesinas y apenas 100 Comunidades Nativas amazónicas .
En regiones como San Martín, existirían más de 150 comunidades indígenas por reconocer y titular, muy posiblemente en otras regiones como Ucayali existan cifras similares o mayores. Claro, en los sistemas de registro del Estado, figurarían números mucho menores, esto dado que no existen entes responsables de recorrer nuestras zonas rurales y ocuparse de esta labor de identificación .
En San Martín, como ha sucedido en Ucayali, han muerto varios dirigentes indígenas en la defensa de su territorio, un ejemplo es el asesinato en abril del año 2014 del Waan (jefe comunal del pueblo Shawi) Emilio Marichi, caso que aún sigue siendo investigado por las autoridades y que como muchos otros, no son tema de los medios de comunicación masiva a nivel nacional .
Problemas de conflictos y muertes pueden prevenirse para hacer frente a madereros y mineros ilegales y también a otros problemas, como la sobreposición de denuncios sobre Territorios Indígenas, así sería si tuviéramos más cuidado en el desarrollo y actualización de políticas territoriales en el país.
La Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, indica que:
“los Pueblos Indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma”. Igualmente subraya que los Estados deben asegurar el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos, respetando “debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los Pueblos Indígenas de que se trate ”.
Fuente: http://www.andina.com.pe/Espanol/noticia-gobierno-impulsara-titulacion-tierras-comunidades-nativas-524247.aspxEn los últimos meses AIDESEP está incidiendo para cambiar estas cifras. Mayores detalles en: http://www.iadb.org/es/proyectos/project-information-page,1303.html?id=PE-L1026En la Región San Martín, existen ya más de 30 expedientes en trámite entre solicitudes de Reconocimiento y Titulación de Comunidades Nativas. Las federaciones además, reconocen cada año un número mayor de miembros que se vienen organizando producto de una mayor presión sobre sus territorios y en éste proceso, empiezan a ser “identificadas” por el Estado en base a sus demandas.Fuente: http://servindi.org/actualidad/104098Artículo 26. Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
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A la fecha, el Perú se ha comprometido a conservar 54 millones de hectáreas de bosques y que para lo mismo, promoverá su cuidado y aprovechamiento para la Captura de Carbono. Sobre esto último, el Estado ha indicado que fomentará como principal beneficiario, a las comunidades indígenas, las mismas que deben estar tituladas para participar de éste proceso .
De todo el procedimiento para la titulación, un asunto clave para desentrampar su avance pasa por que el Estado continúe el proceso de descentralización y que nuestro Gobierno Central, impulse la transferencia de competencias y presupuestos para que los Gobiernos Regionales, por ejemplo, puedan desarrollar los procesos de clasificación de uso mayor de tierras o estos se anulen pues, no son requisito para otros trámites similares ante el Estado. Ahora, si se quiere seguir con estos estudios, este procedimiento necesita de personal certificado por el Ministerio de Agricultura y de laboratorios equipados y certificados por el mismo ente. Es urgente que nuestros Gobiernos Regionales cuenten con éste personal y equipos para evitar los actuales costos de tales estudios que hacen casi imposible que el Estado avance debidamente en el proceso de titulación .
Sobre el tema, resulta importante resaltar un extracto del Informe Nº 002-2014-DP/AMASPPl-PPI de la Defensoría del Pueblo, donde indica respecto al tema de Titulación colectiva de Territorios Indígenas:
"Sobre el particular, es importante recordar que las tareas que debe realizar una Dirección Regional Agraria para el procedimiento de Reconocimiento y Titulación de una comunidad campesina o nativa tienen costos elevados. En efecto, teniendo en cuenta la lejanía de las comunidades (alquiler de transporte terrestre o fluvial y el pago del combustible), así como las diversas actividades (clasificación de suelos, georeferenciación, solución de controversias de derechos, entre otras) que se tienen que realizar en el campo durante varios días (alimentación de los funcionarios), resultan insuficientes los montos que se han venido asignando en algunas regiones de nuestro país. Así, por ejemplo, en la región Ucayali donde existen, de acuerdo con información proporcionada por la Dirección Regional Agraria, 15 Comunidades Nativas en proceso de titulación, resulta insuficiente que se destine únicamente 88 mil soles cuando -de acuerdo con datos referenciales y estimados- una sola visita de campo podría estar costando entre 15 mil y 25 mil soles, aproximadamente".
El Perú es el cuarto país con mayor cantidad de bosques tropicales, cuenta con 66 millones de hectáreas y en la mayoría de éste territorio viven 52 Pueblos Indígenas amazónicos. Estos pueblos tienen en sus territorios gran parte de los “últimos pulmones del mundo” apoyar su titulación y acompañamiento para la revaloración y recuperación de sus saberes para la protección del bosque, es indispensable. Del mismo modo, es urgente acompañar a estos pueblos a desarrollar formas de agricultura amigables con el bosque y que potencien el uso de pequeños espacios de terreno para producir con calidad .
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Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
Fuente: MINAM, link de referencia: http://cdam.minam.gob.pe/novedades/bosquesrutavida.pdfEn San Martín, la Dirección Regional Agraria ha evaluado un costo de 5 a 8 dólares para que un especialista haga los estudios de suelo. Esto representa un gran costo para el Estado, el mismo que disminuiría considerablemente si el propio Estado contará con especialistas en cada región y laboratorios implementados y no tendría, como en la actualidad, que enviar las muestras de suelo a Lima.Un ejemplo: Un agricultor mestizo que produce café, cultiva en promedio 40 a 80 quintales de café por hectárea en San Martín. Un indígena en la zona de Alto Mayo, San Martín, produce de 8 a 25 quintales por hectárea. En territorios amazónicos del Brasil, llegan a producir hasta 200 quintales por hectárea gracias al apoyo técnico y de investigación por parte del Estado y entes privados.
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Del mismo modo, es vital que el Estado tome en cuenta el informe de la Defensoría del Pueblo indicado en la presente pero, también, las diversas recomendaciones de la llamada Mesa de Dialogo Nº4 para tratar sobre temas de titulación de las comunidades indígenas y campesinas que fue instituida durante el Gobierno de Alán García y que a la fecha se encontraría inactiva y sin mayores posibilidades para promover propuestas para prevenir hechos como los indicados en la presente nota. Finalmente, nos preguntamos, ¿es acaso necesario que más ciudadanos peruanos sigan muriendo para que nuestro gobierno vuelva a recordar los asuntos pendientes respecto a los derechos de nuestros Pueblos Indígenas? ¿Una inversión responsable no incluye no afectar Territorios Indígenas?
El derecho de los Pueblos Indígenas a los territorios, a la tierra y a los recursos naturales que se encuentran en su seno han sido claramente indicados en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 OIT, así como también en Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, vinculantes para nuestro país y nuestra Constitución Política; en tal sentido, el presente informe trata de marcar una pauta en el largo proceso que viene significando los procesos de Reconocimiento y Titulación de Comunidades Nativas en la Región San Martín, con la finalidad que sirva de instrumento de análisis no sólo en la región sino también sea útil para otros procesos que se llevan en varias regiones del país
La Asociación Paz y Esperanza ha logrado asesorar 37 procesos entre Reconocimiento y Titulación de Comunidades Nativas en la Región San Martín, identificando en cinco los problemas que vienen generando entrampamientos y dificultades en los procesos de Reconocimiento y Titulación de las Comunidades Nativas; a) normativo; b) Capacitación del personal, c) Transparencia y presupuesto, d) Información Oficial y e) Tramites y tasas registrales.Esperamos que la experiencia descrita en el presente documento ilustren con mayor detalle la rica experiencia de los Pueblos Indígenas de la Región San Martín y permitan identificar importantes y variados elementos que faciliten importantes avances en los procesos de Reconocimiento y Titulación de Territorios Indígenas en la región.
Autor: Ruben Darío Ninahuanca Rivas.
Capítulo II
Los Derechos Territoriales de los Pueblos Indígenas10
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Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
Del Marco LegalDeclaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas:
Artículo 26
1. Los Pueblos Indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido.
2. Los Pueblos Indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otro tipo tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma.
3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los Pueblos Indígenas de que se trate”.
Convenio 169 OIT:
“Artículo 14
1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes.
2. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión.”
Corte Interamericana de Derechos Humanos:
Caso Comunidad Indígenas Sawhoyamaxa vs. Paraguay, concluyendo en su párrafo 128 lo siguiente:
“1) la posesión tradicional de los indígenas sobre sus tierras tiene efectos equivalentes al título de pleno dominio que otorga el Estado; 2) la posesión tradicional otorga a los indígenas el derecho a exigir el reconocimiento oficial de propiedad y su registro; 3) los miembros de los Pueblos Indígenas que por causas ajenas a su voluntad han salido o perdido la posesión de sus tierras tradicionales mantienen el derecho de propiedad sobre las mismas, aún a falta de título legal, salvo cuando las tierras hayan sido legítimamente trasladas a terceros de buena fe; y 4) los miembros de los Pueblos Indígenas que involuntariamente han perdido la posesión de sus tierras, y éstas han sido trasladas legítimamente a terceros inocentes, tienen el derecho de recuperarlas o a
11 Sentencia del Tribunal Constitucional N° 022-2009-PI/TC.
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obtener otras tierras de igual extensión y calidad. Consecuentemente, la posesión no es un requisito que condicione la existencia del derecho a la recuperación de las tierras indígenas.”
El Tribunal Constitucional, ha expresado que: “las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son vinculantes para todos los poderes públicos y que esta vinculatoriedad no se agota en su parte resolutiva, sino que se extiende a la ratio decidendi, incluso en aquellos casos en los que el Estado Peruano no haya sido parte en el proceso ”.
Ámbito nacional
Constitución Política del Perú:
“Artículo 89°. Las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas.Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en el artículo anterior.”
DECRETO LEY Nº 22175. Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva:
“(…) Artículo 8.- Las Comunidades Nativas tienen origen en los grupos tribales de la Selva y Ceja de Selva y están constituidas por conjuntos de familias vinculadas por los siguientes elementos principales: idioma o dialecto, caracteres culturales y sociales, tenencia y usufructo común y permanente de un mismo territorio, con asentamiento nucleado o disperso.Artículo 10.- El Estado garantiza la integridad de la propiedad territorial de las Comunidades Nativas levantará el catastro correspondiente y les otorgará títulos de propiedad. Para la demarcación del territorio de las Comunidades Nativas, se tendrá en cuenta lo siguiente: a. Cuando hayan adquirido carácter sedentario la superficie que actualmente ocupan para desarrollar sus actividades agropecuarias, de recolección, caza y pesca; y b. Cuando realicen migraciones estacionales, la totalidad de la superficie donde se establecen al efectuarlas. Cuando posean tierras en cantidad insuficiente se les adjudicará el área que requieran para la satisfacción de las necesidades de su población.Artículo 11.- La parte del territorio de las Comunidades Nativas que corresponda a tierras con aptitud forestal, les será cedida, en uso y su utilización se regirá por la legislación sobre la materia.”
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DECRETO SUPREMO Nº 003-79-AA. Aprueban Reglamento de la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva:
“Artículo 2. La inscripción de las Comunidades Nativas en el Registro Nacional de Comunidades Nativas se realizará de oficio o a petición de parte, de acuerdo al siguiente procedimiento: Personal técnico especializado de la Dirección Regional Agraria levantará un censo poblacional y realizará los estudios socio-económicos que determinen que la Comunidad debe ser inscrita como tal. Dichos estudios deberán precisar el tipo de asentamiento de la Comunidad (nucleado o disperso) y si se trata de una Comunidad sedentaria o que realiza migraciones estacionales;b) En base a lo actuado se organizará el expediente correspondiente y la Dirección Regional Agraria expedirá Resolución pronunciándose sobre la inscripción de la Comunidad en el Registro Nacional de Comunidades Nativas. c) En caso de impugnación de la Resolución de la Dirección Regional Agraria, el expediente será elevado a la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural para la absolución del grado. Artículo 3.- La incorporación al seno de la Comunidad y la declaración de pérdida de la condición de comunero a que se refiere el Artículo 9º de la Ley serán acordados por la Asamblea Comunal, conforme a las normas y el procedimiento que se establezca en el Estatuto de Comunidades Nativas. Artículo 4.- La demarcación del territorio de las Comunidades Nativas será realizada por personal técnico especializado de las Direcciones Regionales Agrarias. Artículo 5. La demarcación del territorio comunal se sujetará al siguiente procedimiento. a) Consentida la Resolución Directoral de Inscripción, la Dirección Regional Agraria programará la realización de una visita inspectiva en el territorio ocupado por la Comunidad Nativa con la participación de los representantes de ésta, los colindantes y ocupantes si los hubiera. De la visita se inspección se levantará acta de demarcación que será puesta en conocimiento de la Asamblea Comunal. En la misma diligencia el funcionario encargado de la inspección, requerirá de los ocupantes precarios y/o mejoreros ubicados en tierras de la Comunidad su manifestación respecto a si desean integrarse o no a la Comunidad; b) Practicada la diligencia de demarcación se efectuará la clasificación de tierras por capacidad de uso mayor, elaborándose los planos y memoria descriptiva e informes técnicos y sociales pertinentes; c) En base a lo actuado, la Dirección Regional Agraria, expedirá Resolución aprobando el plano del territorio comunal, que será puesta en conocimiento de la Comunidad y demás interesados mediante carteles que se fijarán en el poblado de la Comunidad y notificación personal a los ocupantes que se encuentran en el territorio comunal, pudiendo utilizarse adicionalmente otros medios de difusión; d) Dentro del término de 30 días contados a partir de la notificación a que se refiere el inciso anterior, los interesados podrán apelar de la Resolución. La apelación será resuelta por la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural previo informe de la Dirección General Forestal y de Fauna; e) Consentida o ejecutoriada la Resolución, el Ministerio de Agricultura y Alimentación mediante Resolución Ministerial, aprobará el procedimiento de demarcación y
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dispondrá que la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural otorgue el Título de Propiedad sobre las tierras con aptitud para el cultivo y la ganadería, asimismo, que la Dirección General Forestal y de Fauna otorgue el Contrato de Cesión en Uso sobre las tierras con aptitud forestal; La Dirección Regional Agraria, de oficio, remitirá el Título de Propiedad y plano correspondiente a los Registros Públicos de la Provincia en la cual se encuentra asentada la Comunidad, para que proceda a la inscripción gratuita de dominio. (…)Artículo 7.- Los defensores de oficio adscritos a los Juzgados de Tierras, en cuya jurisdicción existen Comunidades Nativas, asumirán la defensa de los derechos de éstas respecto de las acciones que se deriven de la aplicación de la Ley y del presente Reglamento(…)”
LEY Nº 26505 Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas:
"Artículo 7.- La utilización de tierras para el ejercicio de actividades mineras o de hidrocarburos requiere acuerdo previo con el propietario o la culminación del procedimiento de servidumbre que se precisará en el Reglamento de la presente Ley.(…)Artículo 11.- Para disponer, gravar, arrendar o ejercer cualquier otro acto sobre las tierras comunales de la Sierra o Selva, se requerirá del Acuerdo de la Asamblea General con el voto conforme de no menos de los dos tercios de todos los miembros de la Comunidad.”
Ley N° 29618. Ley que establece la presunción de que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal:
“Disposición complementaria Final. Única.- Exclusión de los predios de las comunidades campesinas y nativas del país. La presente Ley no es de aplicación a los predios en propiedad, en posesión o en uso tradicional de las comunidades campesinas y nativas, los cuales se rigen por las leyes de la materia.”
Decreto Supremo N° 038-2001-AG. Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas:
“89.1. El Estado reconoce los derechos adquiridos, tales como propiedad y posesión entre otros, de las poblaciones locales incluidos los asentamientos de pescadores artesanales y las comunidades campesinas o nativas, que habitan en las Áreas Naturales Protegidas con anterioridad a su establecimiento. En el caso de las comunidades campesinas o nativas vinculadas a un Área Natural Protegida, se debe considerar esta situación en la evaluación del otorgamiento de derechos para el uso de los recursos naturales con base a la legislación de la materia y los Convenios Internacionales que al respecto haya suscrito el Estado, en particular reconociéndose los conocimientos colectivos de las mismas”.
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Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 122-2013-SUNARP/SN:
“(…)5.2. Actos InscribiblesEn el libro de Comunidades Nativas y campesinas, las Comunidades Nativas podrá inscribir los siguientes actos:a) su reconocimiento, estatuto y modificacionesb) el nombramiento de los integrantes de la junta directiva, y de los demás
representantes o apoderados, su aceptación, remoción, suspensión, renuncia, el otorgamiento de poderes, su modificación, revocación, sustitución, delegación y reasunción de estos;
c) Las resoluciones judiciales referidas a la validez de los acuerdos inscribibles de la comunidad nativa
d) En general los actos o contratos que modifiquen el contenido de los asientos registrales o cuyo registro prevean las disposiciones legales o reglamentarias.
(…)5.8. Contenido del acta de la Asamblea general. El acta de la Asamblea General debe transcribir la sesión de dicho órgano. Para efectos de la calificación, el acta deberá contener como mínimo los siguientes requisitos:- La fecha y hora de inicio y conclusión de la asamblea general- el lugar en que se llevó a cabo la asamblea, sin necesidad de precisar la dirección correspondiente.- El nombre completo de la persona que presidió la asamblea general.- Los acuerdos adoptados- Tratándose de acta en la que conste la elección de Junta Directiva, deberá indicarse el nombre completo y el documento nacional de identidad (de ser el caso) de los comuneros integrantes de la misma.5.9. Contenidos del estatuto comunal para efectos registralesPara efectos de la inscripción del estatuto comunal bastará con indicar los siguientes aspectos mínimos:- Denominación de la comunidad nativa y domicilio- Conformación y funciones de la junta directiva- Duración de la junta directiva.”
Elaboración: Rubén Ninahuanca
RESOLUCION DE RECONOCIMIENTO DE LA COMUNIDAD NATIVA
La Resolución de Reconocimiento de la Comunidad tiene que ser inscrito en el Libro de Comunidades Nativas de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP)
Fase de Procesamiento de la Dirección Regional de Agricultura
Elaboración del Informe Técnico Elaboración del Informe Legal
Fase de Campo de la Dirección Regional Agraria
Realización del Censo poblacional, y Realización del Estudio socioeconómico
Fase de Evaluación en la Dirección Regional Agraria
Reunión previa con la Comunidad Nativa para elaborar un plan de trabajo.
Solicitud a Dirección Regional de Agricultura
Copia del DNI Copia del Acta en el que se acuerda reconocerse como
comunidad nativa
Relación de los miembros de la comunidad
Croquis del territorio
Asamblea Comunal de la Comunidad Nativa
Reconocerse como comunidad Designar al Jefe de la comunidad para el trámite
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Procedimiento actual del Reconocimiento y Titulación de Comunidades Nativas:Procedimiento de Reconocimiento de una Comunidad Nativa
Elaboración: Rubén Ninahuanca.
Solicitud dirigida a la Dirección Regional deAgricultura
Fase Preliminar
Fase de Campo
FASE DE PROCESAMIENTO Y
TRAMITE
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Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
Procedimiento de Titulación de una Comunidad Nativa
• Copia Simple del DNI• Copia de la Partida Registral de la Comunidad• Vigencia de Poder del solicitante• Documentos que acrediten la posesión del territorio, en caso hubiere• Títulos de propiedad, en caso hubiere• Actas de colindancia en caso hubiere• Croquis de los predios colindantes, en caso hubiere
• Presentación de la solicitud (Recepción, evaluación de la solicitud y recopilación de información)
• Planificación del Trabajo (Elaboración del Plan de Trabajo, conformación del Equipo Técnico)
• Difusión y notificación (Se notificará a la Comunidad Nativa, propietarios, posesionarios, colindantes a una reunión en la comunidad nativa.
• VISITA INSPECTIVA (Reunión con la comunidad nativa, propietarios, posesionarios y comunidades colindantes
• DEMARCACIÓN Y GEOREFERENCIACIÓN (Documento y posicionamiento de hitos, información sobre clasificación de tierras y áreas naturales protegidas, información toponímica)
• ASAMBLEA COMUNAL (En Asamblea General convocada para este único fin, se consignará en Acta de Conformidad a los linderos establecidos en campo.
• ELABORACION DEL INFORME DE CAMPO.• ELABORACIÓN DEL PLANO DE DEMARCACIÓN Y MEMORIA DESCRIPTIVA.• INFORME DE CLASIFICACION DE TIERRAS.• INFORME DE SUPERPOSICION DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS (informe Técnico y
Legal).• RESOLUCION DIRECTORAL DEL TITULO DE PROPIEDAD (Contiene un Contrato de
cesión en Uso respecto del área de aptitud forestal).• INSCRIPCION REGISTRAL.
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Principales dificultades en los procesos de Reconocimiento y Titulación de Comunidades Nativas:Normatividad :
En este punto se ha identificado tres puntos controvertidos que conviene desarrollarlos de manera independiente:
a) Sobre la clasificación de suelos
El D.S. 003-79-AG en su artículo 5 señala que culminado el procedimiento de demarcación y linderamiento de la comunidad nativa, esta área obtendrá un título de propiedad sobre el área agropecuaria mientas que por área con aptitud forestal obtendrá un Contrato de cesión en uso.
En tal sentido, conviene precisar que el Art. 89 de la Constitución establece que las Comunidades Nativas; “Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece.”
La aplicación de ambas normas ha generado, en las Comunidades Nativas de la Región San Martín, resistencia en aceptar un contrato
de cesión en uso sobre los territorios que tradicionalmente han ocupado antes de la formación de los Estados, debido sensación de vulneración del principio de autonomía sobre la disposición y administración de sus tierras reconocidos por la Constitución Política del Perú.La autonomía comunal es equiparable al derecho a la autodeterminación o libre determinación, que es aquel al que todos los pueblos tienen derecho, conforme a lo dispuesto en el Art. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Ésta es una facultad que permite la expresión de la libre determinación interna de los pueblos, por lo que no sugiere en ningún momento el derecho a la libre determinación externa, es decir a ser sujetos del Derecho Internacional Público. Autonomía no debe confundirse con soberanía, lo último es una característica que corresponde a los Estados .
En tal sentido, la materialización de la libre determinación de su desarrollo económico, social y cultural se pone en tela de juicio en imponer un contrato de cesión en uso, dentro del proceso de titulación de un territorio comunal; lo cual puede ser visto como un proceso discriminatorio en la forma de adquirir la propiedad por parte de la población indígena; porque está demostrado que cualquier persona que compra un lote de terreno urbano en la Amazonía Andina, la propiedad no contiene un contrato de propiedad y un contrato de cesión en uso sobre el total del área; en consecuencia no se tiene explicación lógica el pretender restringir la propiedad a los Pueblos Indígenas
La autonomía comunal es
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JULIO DAVILA PUÑO. PERU: GOBIERNOS LOCALES Y PUEBLOS INDIGENAS. Grupo de Trabajo Racimos de Ungurahui. 2005. ISBN: 87-91563-12-7. Pag.13 y 15
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El manejo sostenible de los recursos forestales dentro del territorio indígena tampoco resulta una justificación sólida para implementar los contratos de cesión en uso, debido a que los recursos forestales son patrimonio de la nación y su aprovechamiento se rige por las leyes de la materia.
En consecuencia, el aplicar el artículo 5 del D.S. 003-79-AG, resultaría inconstitucional debido a que restringe en forma discriminatoria el acceso a la propiedad de las Comunidades Nativas sobre sus territorios ocupados ancestralmente.
b) Instrumentos de gestión
Durante el proceso de reconocimiento de la Comunidad Nativa se aplica un Censo Poblacional y un Estudio Socioeconómico; es necesario advertir que los mencionados instrumentos de gestión actualmente no se encuentran regulados ni a nivel regional ni nacional. Es decir, el funcionario encargado de reconocer las Comunidades Nativas aplica cualquier tipo de formulario que considere conveniente de acuerdo a su real saber y entender.Actualmente cada región aplica formularios o formatos de censos poblacionales y Estudios Socioeconómicos en forma discrecional. Resulta peligroso que los instrumentos de gestión no se encuentren debidamente validados ni oficialmente aprobados; debido a que ello podría generar conflictos en las resoluciones que emita la entidad respecto del reconocimiento de las Comunidades Nativas, en forma positiva como en forma negativa.
c) Áreas Naturales Protegidas (ANP), Bosques de Producción Permanente (BPP) y Zonas de Conservación y Recuperación Ecosistémica (ZOCRES).
Sobre las ANP y BPP
Las Comunidades Nativas ubicadas en las provincias de Lamas y San Martín que colindan con el ACR Cordillera Escalera y el Parque Nacional Cordillera Azul han señalado enfáticamente “que las Áreas Naturales Protegidas se han sobrepuesto a los Territorios Indígenas ”.
Si bien el Estado garantiza los derechos adquiridos como la propiedad y la posesión de los Territorios Indígenas vinculadas a las áreas naturales protegidas, el SERNANP, considera que no sería posible la titulación de las comunidades cuando el proceso se realiza con posterioridad a la creación del Área Natural Protegida .
Conforme al Cuadro N° 1 COMUNIDADES NATIVAS Y LA AFECTACIÓN DE SUS TERRITORIOS POR OTROS DERECHOS, se puede apreciar que 14 Comunidades Nativas se encontrarían afectadas por ANPs y 3 Comunidades Nativas afectadas por BPPs.
Si bien los BPPs son áreas que el Ministerio de Agricultura y Riego crea a propuesta de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre y pone a disposición de los particulares para el aprovechamiento preferente de la madera y de otros recursos forestales, la postura para el inicio del procedimiento de la exclusión de la unidad de producción y redimensionamiento del BPP es la misma que mantiene el SERNANP respecto de las fechas de creación.
Elías Sinti Panduro. VI Foro Gobernabilidad Territorial Indígena, consulta y conservación. 10 de diciembre de 2013.Defensoría del Pueblo. Informe N° 002-2014-DP/AMASPPI-PPI
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Actualmente el Gobierno Regional de San Martín no ha iniciado ningún proceso ante el SERNANP ni el MINAGRI con la finalidad de salvaguardar los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas, a pesar que existe un compromiso de este ente estatal desde el año 2014 .
Reunión del 16 de mayo de 2014. Auditorio de la Sub Región de Bajo Mayo – Tarapoto – San Martín.
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Sobre las ZOCREs
Mediante Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004” el cual correspondía a las funciones específicas que permiten el ejercicio de las competencias exclusivas indicadas en los artículos 35º de la Ley de Bases de la Descentralización y en el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; que establece; “j) Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.”
La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, ente rector para la inmatriculación, tiene como misión “regular la administración y control de los bienes del Estado, desarrollando mecanismos que permitan la eficiente gestión de los mismos, con el fin de maximizar su rendimiento económico y social, dentro de las políticas que para estos fines establezca el gobierno nacional”.
Mediante Resolución Ministerial Nº 656-2006-EF-10; la Región San Martín concluyó con el proceso de la transferencia de competencias vinculadas a la administración de la propiedad estatal.
Mediante Ordenanza Regional N° 012 – 2006 /GRSM-CR se aprueba la Zonificación Ecológica Económica – ZEE de la Región San Martín, categorizando Zonas de Recuperación de Tierras de Producción Forestal y de Conservación y Protección Ecológica, caracterizándose por ser incompatibles con las actividades de agricultura perenne, ganadería, extracción de madera y de productos no maderables.
La Ley N° 29618, Ley que establece la presunción de que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal, a excepción de los predios en propiedad, en posesión o en uso tradicional de las comunidades campesinas y nativas.
Debido a una ausencia de base de datos oficial de Comunidades Nativas en la Región San Martín, así como una coordinación entre las dependencias de la misma entidad, las ZOCRES implementadas en la región, como una medida de protección al ambiente, estarían afectando a siete (7) Comunidades Nativas hasta mediados del año 2014.
Mediante Carta S/N de fecha 15 de octubre de 2013, Expediente N° 572504, CODEPISAM, FEPIKRESAM, CEPKA, FERIAAM y FEKIDH solicitaron al GORESAM; “(…); IDENTIFICAR el procedimiento a seguir “sustentado en la norma” para proceder a restituir los Territorios Indígenas afectados por los procesos de inmatriculación”; pese a la insistencia administrativa nunca fue resuelta la petición.
La Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, regula los actos de disposición de los bienes estatales, en el que se establece que sólo procedería para terceros los contratos de naturaleza civil de cesión en uso, más no la propiedad. En tal sentido, si una comunidad pretendiera recuperar su territorio ancestral afectado por una ZOCRE, el camino es la declaración de nulidad del asiento registral por vía judicial.
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Gobernanza Territorial Andino Amazónica
Capacitación del personal de los entes estatales encargados de salvaguardar los derechos indígenas
Uno de los graves problemas identificados en la gestión pública en la Región San Martín se relaciona con la comprensión de la naturaleza de las instituciones jurídicas. Tal es el caso, por ejemplo, que en el expediente de demarcación y titulación de la comunidad nativa de Santa Sofía, distrito de Papaplaya, Provincia de San Martín, en la que se puede identificar, por ejemplo, opiniones previas de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) respecto del proceso de titulación, sustentando tal intervención debido a la existencia de una laguna y ríos dentro del territorio de la comunidad.
Tal apreciación se debió a la confusión de la naturaleza jurídica de “títulos habilitantes” que recoge la Ley Forestal y de Fauna Silvestre y “los títulos de propiedad comunal” contemplado en el Decreto Ley N° 22175; si bien en los primeros el Art. 257 del reglamento de la ley anteriormente señalada establece que la Autoridad competente debe intervenir para conservar las fuentes o cursos de agua; mientras que la ley específica sólo establece la protección de las tierras con aptitud forestal.
Conviene precisar que en un proceso de titulación de Comunidades Nativas, se brinda la seguridad jurídica sobre el suelo, más no sobre los recursos naturales, pues como ya se anotó líneas arriba; “los recursos naturales son patrimonio de la nación y su aprovechamiento se rige por las leyes especiales”; por ende cualquier opinión sobre los recursos naturales que existan dentro del territorio comunal resulta innecesario.
“Ninguno de los Gobiernos Regionales supervisados cuenta con un plan de capacitación para la implementación de su función de titulación de comunidades campesinas y nativas ”, lo afirmaba la Defensoría del Pueblo. En efecto, no contar con funcionarios públicos que cuenten con conocimientos técnicos, buenas prácticas sobre los procesos de Reconocimiento y Titulación y una preparación administrativa eficiente; quizás explique por qué desde hace más de cinco años en que culminó el proceso de transferencia de funciones, el Gobierno Regional de San Martín no ha concluido la titulación de ninguna comunidad nativa.
Transparencia y presupuesto
En información proporcionada por el Gobierno Regional de San Martín respecto del presupuesto que destina para los procesos de Reconocimiento y Titulación de Comunidades Nativas durante el 2014, no resulta muy específica para determinar con exactitud el monto designado para esta actividad (Ver cuadro 2).
El dato más actual sobre el monto que el Gobierno Regional de San Martín destina para los procesos de Reconocimiento y Titulación de Comunidades Nativas, es el proporcionado por
“Ninguno de los Gobiernos
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Defensoría del Pueblo. Informe N° 002-2014-DP/AMASPPI-PPI
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CUADRO N° 2 PIM 2014 DIRECCIÓN REGIONAL AGRARIA
Fuente: Gobierno Regional de San Martín
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la Defensoría del Pueblo; señalando que San Martín destinó en el año 2011, cuarenta mil (S/. 40 000) nuevos soles para los procesos de Reconocimiento y Titulación.
Es necesario señalar, que probablemente el monto que se destina para los procesos de Reconocimiento y Titulación de Comunidades Nativas en la Región San Martín sean menores o iguales a lo establecido en el 2011, debido a que sólo su gasto en personal contratado bajo cualquier modalidad para el funcionamiento normal de la dependencia en el año 2014 fue de S/. 723, 584 nuevos soles; mientras que el saldo de S/. 32674 nuevos soles correspondería para gastos operativos, es decir corresponde el 97% para gasto en contratación de personal bajo cualquier modalidad y el 3.4% para gastos operativos del presupuesto total de la entidad, respectivamente.
Sub Genérica de Gastos Detalle Monto S/.
2.3.11 Alimentos y bebidas 9.500
2.3.13 Combustibles y carburantes 21,500
2.3.15. Materiales y útiles 18, 000
2.3.16 Repuestos y accesorios 3, 500
2.3.111
Suministro 31, 000
2.3.199 Compra de otros bienes 12, 000
2.3.21 Viajes 87, 146
2.3.22
Servicios básicos 48, 750
2.3.24
Servicio de Mantenimiento 4, 000
2.3.25 Alquiler de muebles 1, 830
2.3.26
Servicios administrativos 6,523
2.3.27
Servicios profesionales 26, 005
2.3.28
Contrato de Administración de Servicios 269, 937
2.3.27.11 Servicios diversos 35, 000
Contratación de profesionales mediantelocación de servicios
386,119
Total 960, 910.00
CUADRO N° 3
COMUNIDADES NATIVAS RECONOCIDAS Y TITULADAS Y SUS PENDIENTES
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Defensoría del Pueblo. Asociación Paz y Esperanza. Julio 2014
Elaboración: Rubén Ninahuanca .
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Gobernanza Territorial Andino Amazónica
Sobre la Información Oficial
En la Región San Martín, respecto de los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas, se ha producido información en tres fuentes. La primera de ellas está contenida en la base cartográfica y administrativa derivada del término del Proceso de efectivización de la transferencia de funciones del COFOPRI hacia el Gobierno Regional de San Martín, que actualmente obra en la Dirección Regional de Agricultura. La segunda fuente se desprende de la información producida para la aprobación de la Zonificación Económica y Ecológica, la misma que obra en los archivos de la Autoridad Ambiental Regional; y la tercera fuente, es el Proyecto de "Protección y Conservación Territorial de las Comunidades Nativas de la Región San Martín, con Código SNIP N° 20810, que fue ejecutado por la Gerencia de Recursos Naturales y Ordenamiento Territorial, por ende es información que debe obrar en los archivos de la Autoridad Ambiental Regional.
Esta información proveniente de diversas fuentes, ha generado contradicciones sobre el número de Comunidades Nativas y la base gráfica de cada una de ellas.
Sólo por mencionar un ejemplo; la Defensoría del Pueblo señala en su Informe N° 002-2014-DP/AMASPPI-PPI, que son 69 Comunidades Nativas que el Gobierno Regional de San Martín habría reconocido y estarían pendientes por titular; mientras que Mediante Oficio N° 258-2014-GRSM/DRASAM/DTRTyCR el Gobierno Regional de San Martín indica habían 14 comunidades por titular.
La Asociación Paz y Esperanza en base al trabajo de campo que viene realizando en las provincias de Lamas, y San Martín, ha identificado un número mayor de comunidades pendientes de reconocimiento respecto del número señalado por el Gobierno Regional de San Martín, lo que demostraría que la información del Gobierno Regional respecto de las comunidades pendientes de reconocimiento no es muy confiable, debido a que su registro está sustentado sólo en los procedimientos administrativos de parte, más no por la existencia de un estudio al respecto.
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GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
DEFENSORIA DEL PUEBLO
ASOCIACION PAZ Y ESPERANZA
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CCNNTITULADAS
CCNNPOR RECONOCER
CUADRO N° 4 COSTOS Y TASAS PARA INSCRIBIR JUNTA DIRECTIVA Y ESTATUTO DE COMUNIDAD
NATIVA
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Trámites y tasas registrales:
Sobre las tasas registrales
El Gobierno Regional de San Martín ha establecido en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) los requisitos para presentar la solicitud de Demarcación y Titulación de Comunidadesnativas, requiere otros: “Copia literal de la partida registral donde conste la inscripción de la comunidad y vigencia de poder del representante que solicita el inicio del procedimiento”.
En tal sentido, se concertó realizar procesos diferenciados respecto de los procedimientos registrales, como requisitos para el proceso de Demarcación y Titulación de Comunidades en la Región San Martín, con la finalidad de identificar los principales conflictos y ventajas en realizar cualquiera de los procedimientos establecidos.
Las Comunidades Nativas identificadas para el presente proceso fueron tres. Comunidad Nativa Shilcayo realizado mediante un procedimiento notarial que tuvo un costo de S/. 605.00 nuevos soles, mientras que la comunidad nativa Ishkay Urmanayuk Tununtunumba realizado con la intervención del Juez de Paz tuvo un costo de S/. 135 nuevos soles y la comunidad nativa Yaku Shutuna Rumi, realizado el procedimiento con el propio registrador, tuvo un costo de S/. 85 nuevos soles.
Las tasas registrales siguen siendo un impedimento para el Reconocimiento y Titulación de las comunidades, porque el costo real de la inscripción de los actos de la comunidad en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) está contenido en las tasas registrales, sino además a ello debe sumarse los gastos que se generan desde el desplazamiento de la comunidad hacia la zona registral más cercana.
Fuente: Notaría Cisneros, SUNARP, Juez de Paz de Chazuta y Sisa. Julio 2014Elaboración: Rubén Ninahuanca
Ordenanza Regional N° 003-2012-GRSM/CR
Legalización de libro Juez
de Paz
Legalización libro Notario
Copia Certificada
Notario
Copia Certificada Juez de Paz
Copia Certificada
Registrador
Tasa Registral
TOTAL
S/.
Shilcayo 40.00 500.00 65.00 605.00
Ishkay Urmanayuk 20.00 50.00 65.00 135.00
Yaku Shutuna Rumi 20.00 0 65.00 85.00
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Gobernanza Territorial Andino Amazónica
Sobre los procedimientos registrales:
En los notarios
Durante el trámite registral para el reconocimiento de juntas directivas e inscripción del estatuto de la comunidad nativa Kishwa Shilcayo ante la Notaria Cisneros, ubicado en el centro de la ciudad de Tarapoto; la secretaria del Notario nos solicitó cambiar el Estatuto previamente aprobado por la comunidad debido a que en el acta de la Asamblea General no se había consignado quién había actuado como secretario, así como tampoco se estaban anexando las copias de las actas de elección de las anteriores juntas directivas, tales recomendaciones contravenían lo señalado en la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 122-2013-SUNARP/SN.
Otro incidente de desconocimiento de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 122-2013-SUNARP/SN, surge de parte del Notario Mesía Sánchez, ubicado en el Distrito de La Banda de Shilcayo; debido que su notaria ante la solicitud de Inscripción de la comunidad nativa “Allima Sachayuk Canayo”; constituyó una Asociación civil denominada “Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo” la misma que una vez inscrita, Registros Públicos de oficio lo trasladó del libro de Asociaciones al Libro de Comunidades Campesinas y Nativas.
Casos como éstos, sin una debida asesoría técnica a las Comunidades Nativas, además de enredar el proceso, termina convirtiéndolo en oneroso.
En los jueces de Paz
El artículo N° 17 de la Ley N° 29824 Ley de Justicia de Paz, señala que en los Centros Poblados donde no exista Notario, el Juez de Paz está facultado para ejercer funciones notariales; que de acuerdo a nuestra experiencia, tampoco se ha encontrado en condiciones de realizar las copias certificadas de los actos inscribibles de las Comunidades Nativas.
En reiterados casos, se ha tenido que realizar los escritos por completo para que el Juez de Paz sólo firme los actos, demostrándose con ello que los niveles de capacitación son escasos.
Los Registradores Públicos
Durante el Trámite Registral de la Comunidad Nativa Quechua Shilcayo, la Registrador Público Evelyn Collantes, observó el Estatuto señalando: “Revisada la documentación presentada se advierte que en los estatutos de la comunidad no se han consignado los requisitos para su modificación y las normas para la disolución y liquidación de la comunidad y las relativas al destino final y sus bienes.” Al respecto, se le presentó un recurso de Reconsideración con fecha 12 de mayo de 2014 que señalaba: “(…) los estatutos de la comunidad Quechua Shilcayo, se ha ceñido estrictamente por lo establecido en la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 122-2013-SUNARP/SN del 29 de mayo del 2013, basándonos específicamente en el punto N° 5.9 Contenido del Estatuto comunal para efectos registrales.”
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Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
A pesar de haberse realizado labores de socialización y capacitación respecto de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 122-2013-SUNARP/SN, aún es necesario mayor incidencia en esta labor con la finalidad de no generar indefensión a los Pueblos Indígenas de la Región San Martín.
Situación de los procesos de Reconocimiento y Titulación de las Comunidades Nativas:
Sobre los procesos de titulación de Comunidades Nativas.
La Región San Martín cuenta con 29 Comunidades Nativas tituladas, que abarcan 229,386.90 hectáreas, lo que representa el 4.5% del área total de la Región San Martín (Ver Cuadro 5); cuyos títulos datan desde la Reforma Agraria.
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7
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/10/
1997
11/1
2/19
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8
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/07/
1997
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/05/
1997
11/0
7/19
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03.5
8
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/07/
1997
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1975
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37
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
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/06/
2001
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1993
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1982
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1975
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1987
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1999
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CUADRO N° 6 COMUNIDADES NATIVAS QUE PROCEDEN A RECONOCER POR EL CONVENIO
AIDESEP - DRASAM
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Julio 2014 Elaboración: Rubén Ninahuanca .
38
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
Sobre los procesos de reconocimiento de Comunidades Nativas
Concluido el proceso de efectivización de la transferencia de funciones consignadas en el Artículo 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales a fines del 2009, implicó que el presupuesto del año fiscal 2010 del gobierno regional de San Martín ya estuviera planificado, el mismo que no sufrió modificación para poder impulsar las funciones de Reconocimiento y Titulación de Comunidades Nativas. Durante el 2011 y 2012 entre COFOPRI y el Gobierno Regional surgieron disputas sobre la conformidad del acervo documentario y la cartografía; así como también procesos administrativos sobre la permanencia del personal contratado por el primero de ellos.
El 4 de setiembre del 2012 el Gobierno Regional de San Martín suscribe un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Dirección Regional de Agricultura San Martín y la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) con la finalidad de reconocer y titular Comunidades Nativas en la región. El Convenio involucraba el reconocimiento de 14 comunidades y la demarcación de territorial georeferencial de 6 Comunidades Nativas; sin embargo por cuestiones administrativas y presupuestales el convenio no cumplió con los objetivos planteados, quedando resuelto de pleno derecho.
AIDESEP sólo logró presentar los expedientes administrativos de reconocimiento de 12 comunidades, mas no continuar los procesos administrativos, de los cuales mediante Oficio N° 011-2013- CODEPISAM –LAMAS de fecha 29 de abril de 2013, señala que sólo procederían con el trámite 8 Comunidades Nativas. (Ver Cuadro N° 6)
Durante los años 2013 y 2014 el Gobierno Regional de San Martín ha reconocido 18 Comunidades Nativas (Ver Cuadro N° 7). Hasta mediados del 2014 quedaban 5 Comunidades Nativas (Ver Cuadro N° 8) y 16 Comunidades Nativas pendientes de demarcación y titulación. (Ver Cuadro N° 9).
COMUNIDAD NATIVA PROVINCIA
COMUNIDAD NATIVA DE SEMACHE MARISCAL CACERES
COMUNIDAD NATIVA SIMACHE HUALLAGA
COMUNIDAD NATIVA BAJO MAYO HUALLAGA
COMUNIDAD NATIVA CANAYO SAN MARTÍN
COMUNIDAD NATIVA NUEVO SAN MARTIN LAMAS
LAMAS
COMUNIDAD NATIVA LOS ANGELES LAMAS
COMUNIDAD NATIVA DOS DE AGOSTO LAMAS
COMUNIDAD NATIVA SANTA ROSA DE ALTO SHAMBIRA
CUADRO N° 7 COMUNIDADES NATIVAS RECONOCIDAS ENTRE 2013 Y 2014 EN LA
REGION SAN MARTÍN
39
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
FECHAN° COMUNIDAD NATIVA ETNIA RESOLUCION DIRECTORAL
PROVINCIA DE LAMAS
PROVINCIA DE SAN MARTIN
HUALLAGA
MARISCAL CACERES
BELLAVISTA
DOS DE AGOSTO DE PALOMETA
LOS ANGELES
ANAK CHURU YAKU
NUEVO ALIANZA
NUEVO SAN MARTÍN
NUEVO SANTA ROSA DEL ALTO SHAMBIRA
SHACAPA7
6
5
4
3
2
1 16-10-2013
16-10-2013
16-10-2013
27-06-2014
16-10-2013
16-10-2013
16-10-2013
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
SHAWI
SHAWI
SHAWI
R.D. 107-2014-GRSM/DRASAM/DTRTyCR
RD. 190-2013 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
RD 191-2013 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
RD 194-2013 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
RD 195 -2013 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
RD 196 – 2013 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
197-2013- GRSM/DRASAM/DTRTyCR
12
11
10
9
8
18
17
16
15
14
13
SAN JUAN DE MIRAFLORES
DOS DE MAYO
YAKU SISA
24 – 03 – 2014
24 – 03 – 2014
24 – 03 – 2014
RD 053 – 2014 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
RD 051 -2014 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
RD 052 -2014 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
13 – 08 - 2013
13 – 08 - 2013
13 – 08 - 2013
SIMACACHE
SEMACHE
BAJO MAYO
RD 212 – 2013 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
RD 213-2013 MARISCAL CACERES
RD 214 – 2013 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
27-06-2014
19-06-2014
04-07-2014
16-10-2013
16-10-2013
SAN PABLO DE TIPISHCA
REFORMA LLAKTA
ATUN MAYU PUERTO MERCEDES
CANAYO
ANKASH YAKU DE ACHINAMISA
R.D. 106-2014GRSM/DRASAM/DTRTyCR
R.D. 104-2014GRSM/DRASAM/DTRTyCR
R.D. 116-2014GRSM/DRASAM/DTRTyCR
RD 193 -2013 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
RD 192-2013 GRSM/DRASAM/DTRTyCR
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Julio 2014
CUADRO N° 8 COMUNIDADES NATIVAS EN PROCESO DE RECONOCIMIENTO EN LA
REGION SAN MARTÍN
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Julio 2014 Elaboración: Rubén Ninahuanca
CUADRO N° 9 COMUNIDADES NATIVAS EN PROCESO DE DEMARCACION Y TITULACIÓN EN LA
REGION SAN MARTÍN
40
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Julio 2014 Elaboración: Rubén Ninahuanca
N° COMUNIDAD NATIVA ETNIA PROVINCIA
1 CEPESA KICHWA-CHOLON TOCACHE
2 KALLANA YACU KICHWA SAN MARTIN
3
RICARDO PALMA
KICHWA
SAN MARTIN
4
AMARU
AWAJUN
MARISCAL CACERES
5
CHIPEZA
KICHWA
SAN MARTIN
N° COMUNIDAD NATIVA ETNIA PROVINCIA
1 SANTA SOFIA KICHWA SAN MARTIN
2 SANTA ROSA SHAWI SAN MARTÍN
3 SAN MANUEL DE NASHATAURI SHAWI SAN MARTIN
4 SHAWI SAN JOSE SHAWI LAMAS
5 NUEVO LAMAS DE SHAPAJA
KICHWA
SAN MARTÍN
6
CHAMBIRA
KICHWA
PICOTA
7
LOS ANGELES
KICHWA
SAN MARTÍN
8
DOS DE AGOSTO DEPALOMETA KICHWA
SAN MARTIN
9 MUSHUK LLACTA DE
CHIPAOTA KICHWA
SAN MARTIN
10 CHIRIK SACHA KICHWA EL DORADO
11 ANKASH YAKU DE ACHINAMIZA KICHWA SAN MARTIN
12 YAKU SHUTUNA RUMI KICHWA EL DORADO
13 PAWANA ANAK KICHWA EL DORADO
14 EL PIÑAL KICHWA SAN MARTIN
15
CCNN SHAPAJILLA KICHWA LAMAS
16
CCNN PUKA RUMI KICHWA EL DORADO
41
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
Como se puede apreciar en el Cuadro N° 9, las Comunidades Nativas reconocidas no lograban iniciar sus procesos de demarcación y titulación, situación que se debía a dos causas; la primera de ellas está vinculada al Gobierno Regional de San Martín, que al realizar de oficio los trámites registrales ante la SUNARP, no lograba concluirlos satisfactoriamente; y la segunda, está vinculada a la asesoría deficiente de otras organizaciones sobre la elaboración de los actos inscribibles de las Comunidades Nativas así como del procedimiento registral.
Vamos concluyendo entonces que:
1. Mediante la Resolución Ministerial N° 0792-2009-AG de fecha 11 de noviembre de 2009, se concluye con el proceso de efectivización de la transferencia de funciones consignadas en el Artículo 51 literal “n” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales del Gobierno Regional de San Martín, relacionada a la promoción, gestión administrar el proceso de saneamiento físico – legal de la propiedad agraria, con la participación de actores involucrados, cautelando el carácter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas y nativas”, quien a través de su Dirección Regional de Agricultura ha conformado la Dirección de Titulación y Reversión de Tierras para tal fin.
2. Las principales dificultades en los procesos de Reconocimiento y Titulación de las Comunidades Nativas de la Región San Martín han sido clasificados en: a) Normatividad, b) Capacitación del personal, c) Transparencia y presupuesto, d) Sobre la Información Oficial y e) Trámites y tasas registrales.
3. La dificultad normativa referente a la clasificación de suelos se sustenta en una posible inconstitucionalidad de la Ley N° 22175 y su reglamento al pretender emitir un contrato de cesión en uso respecto de las áreas con aptitud forestal, contraviniendo el mandato Constitucional de la autonomía de los Pueblos Indígenas sobre la administración y uso de sus tierras y territorios.
4. La dificultad normativa referente a los instrumentos de gestión se sustenta sobre la falta de norma que apruebe los formatos y/o procedimientos respecto del censo poblacional y la encuesta socioeconómica realizadas en los procesos de reconocimiento de Comunidades Nativas.
5. Las dificultades normativas respecto de las ANP se fundamentan en que el ente rector en materia de titulación no se ha pronunciado al respecto, sobre cuáles serían los criterios aplicables para restablecer los Territorios Indígenas afectados.
6. En la Región San Martín, existen 14 Comunidades Nativas afectadas por ANP, 03 Comunidades Nativas afectadas por BPP y 07 Comunidades Nativas afectadas por ZOCREs.
7. Las Comunidades Nativas afectadas territorialmente por una ZOCRE, el procedimiento a seguir para la recuperación de sus territorios es la vía judicial, debido a que los asientos registrales sólo se declaran nulos por esta vía.
8. El gasto en personal contratado bajo cualquier modalidad para el funcionamiento normal de la DRASAM en el año 2014 es de S/. 723, 584 nuevos soles; mientras que el saldo de S/. 32674 nuevos soles correspondería para gastos operativos, es decir corresponde el 97% para gasto en contratación de personal bajo cualquier modalidad y el 3.4% para gastos operativos del presupuesto total de la entidad, respectivamente.
9. Las tasas registrales siguen siendo un impedimento para el Reconocimiento y Titulación de las comunidades, porque el costo real de la inscripción de los actos de la comunidad en la SUNARP está contenido en las tasas registrales, sino además a ello debe sumarse los gastos
42
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
que se generan desde el desplazamiento de la comunidad hacia la zona registral más cercana10. Se ha evidenciado un desconocimiento de la Resolución del Superintendente Nacional de los
Registros Públicos N° 122-2013-SUNARP/SN, en los Notarios Públicos, Jueces de Paz y Registradores.
11. La Región San Martín cuenta con 29 Comunidades Nativas tituladas, que abarcan 229,386.90 hectáreas, lo que representa el 4.5% del área total de la Región San Martín. Durante los años 2013 y 2014 el Gobierno Regional de San Martín ha reconocido 18 Comunidades Nativas. Aún quedan pendientes reconocer 5 Comunidades Nativas y 14 Comunidades Nativas se encontraban en proceso de demarcación y titulación.
18 Autor: Ruben Darío Ninahuanca Rivas.
43
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
Los contenidos del Convenio 169 OIT están dirigidos a los gobiernos, quienes mediante normas internas, en todos sus niveles, deberán cumplir sus compromisos allí establecidos. En ese sentido, en lo que respecta al Derecho a la Consulta, el gobierno peruano aprobó la Ley N° 29785 Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocidos en el Convenio 169 OIT (Ley de Consulta Previa) y su reglamento mediante el Decreto Supremo N° 001-2012 –MC.
Conceptos previos:
Sobre las medidas legislativas y administrativas.El Art. 6 del Convenio 169 OIT señala que, los gobiernos deberán “consultar a los pueblos interesados, (…) cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.”
Para la identificación de las medidas legislativas y administrativas a las que se refiere el Convenio 169 OIT, se ha aplicado la tesis Kelseniana caracterizada por establecer una jerarquía de normas denominadas “normas primarias y secundarias”. En ese sentido, cuando me refiera a “medidas legislativas” estaré haciendo alusión a las normas con fuerza de Ley (Ley, Decretos Legislativos, Ordenanzas regionales y municipales, entre otros), mientras que cuando me refiera a “medidas administrativas” estaré haciendo mención a normas de inferior nivel (Decretos Supremos, Decretos Regionales, Resoluciones, entre otros).
Sobre los actos administrativos y los actos de administraciónLa Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en su Artículo 1 que los actos administrativos son “(…) las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta”.
Por lo tanto no son actos administrativos; los actos de administración interna de las entidades destinadas a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan; así como también las actividades materiales de las entidades.
Es decir, los actos administrativos tienen efectos jurídicos sobre terceros, los que requieren ser recubiertos de garantías ante la administración pública mientras que los actos de administración ; tienen efectos jurídicos internos o materiales, su dación no afectan directamente derechos o intereses legítimos de los administrados y por lo tanto no son impugnables.
En consecuencia, cuando el Convenio 169 OIT señala que las medidas administrativas deben ser consultadas cuando afecten derechos de los Pueblos Indígenas, se está refiriendo a los actos administrativos, mas no a los actos de administración.
Competencias y funciones de los Gobiernos Regionales
Los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las
Capítulo III
El Derecho al a Consulta Libre, Previa e Informada18
19 Resolución Ministerial 129 -2013 -PCM Aprueban Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los
Gobiernos Regionales y Locales del Año 2013.
20 Informe Defensorial N° 141 “Hacia una descentralización al servicio de las personas: Recomendaciones en torno al proceso de transferencias de funciones a los Gobiernos Regionales”. 2009.
44
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas yplanes nacionales y locales de desarrollo. Sus competencias están señaladas en el Art. 192 de la Constitución, el Art. 10 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en los Arts. 35 y 36 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización.
El art. 8 de la Ley de Consulta Previa establece que los procesos de Consulta deben realizarse por las “entidades estatales promotoras”, en ese sentido conviene precisar que las competencias de los Gobiernos Regionales han sido clasificadas por exclusivas y compartidas, por lo que conviene establecer cuando los Gobiernos Regionales serán entidades estatales promotoras del Derecho a la Consulta Previa desde la perspectiva de las competencias.
”Respecto de las competencias exclusivas, aquellas cuyo ejercicio corresponde de manera exclusiva y excluyente a cada nivel de gobierno conforme a la Constitución y la ley, no existe mayor inconveniente en señalar que el Gobierno Regional es la entidad promotora de la medida.
Sin embargo, en el supuesto de pretender normar un hecho que corresponde a las competencias compartidas, es necesario guiarse por el nivel de las transferencias de funciones del gobierno regional y a los planes de transferencia .
Por ejemplo; los Gobiernos Regionales que hayan concluido su transferencia de funciones del sector de Energía y Minas; en un caso de minería, es el Gobierno Regional la entidad estatal promotora de la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas cuando se trate de la Pequeña y Mediana Minería y la Minería Artesanal en Territorios Indígenas. Mientras que el Ministerio de Energía y Minas es el ente promotor encargado de consultar todas las medidas legislativas y administrativas correspondientes a la Gran Minería.
Es oportuno señalar que la Defensoría del Pueblo señaló que; “La efectivización de las transferencias fue meramente formal y se limitó a la suscripción de actas sustentatorias y de entrega y recepción, así como a la entrega, en algunos casos, del acervo documentario.” Situación que no ha cambiado mucho en los últimos años y que probablemente tengan inconvenientes al momento de implementar el proceso de Consulta Previa a los Pueblos Indígenas, no en la delimitación de las competencias sino, en su capacidad operativa.
En los casos en que existan sectores que aún no han concluido los procesos de transferencias de funciones a los Gobiernos Regionales, las competencias compartidas seguirán siendo de responsabilidad del Gobierno Central pero, su implementación se realizará en la sede Regional por lo que en estos casos, es conveniente delimitar las funciones de cada nivel de gobierno para los procesos de Consulta Previa a los Pueblos Indígenas.
Con la finalidad que los Gobiernos Regionales ejerzan las competencias encomendadas, se les ha facultado de las siguientes funciones que guardan relación directa con los compromisos del Estado Peruano respecto de los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Es oportuno señalar que la Defensoría del Pueblo s e ñ a l ó q u e ; “ L a e f e c t i v i z a c i ó n d e l a s t r a n s f e r e n c i a s f u e meramente formal y se limitó a la suscripción de actas sustentatorias y de entrega y recepción, así co m o a l a e n t r e g a , e n algunos casos, del acervo documentario.
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CUADRO N°10
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I. Normas que deben someterse a Consulta en los Gobiernos Regionales
Los Gobiernos Regionales realizan sus funciones a través de un régimen normativo, las cuales se encuentran constituidas por actos administrativos y actos de administración, por lo que conviene en este apartado identificar las normas que se encuentran sujetas a los procesos de Consulta Previa conforme al Convenio 169 OIT.
Fuente: Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Convenio 169 OITElaboración: Ruben Darío Ninahuanca.
FUNCIONES DE LOS GOBIERNOS REGIONALES RELACIÓN CON EL CONVENIO 169 OIT
Función normativa y reguladora. Elabora y aprueba normas de alcance regional y regula los servicios de su competencia.
Función de planeamiento. Diseña políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promueven el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de Descentralización y la Ley orgánica de Gobiernos Regionales.
Función de promoción de las inversiones. Incentiva y apoya las actividades del sector nacional y extranjero, orientadas a impulsar el desarrollo de los recursos regionales y crea los instrumentos necesarios para tal fin.
Función de supervisión, evaluación y control. Fiscaliza la gestión administrativa regional, el cumplimiento de las normas, los planes regionales, la calidad de los servicios y fomenta la participación de la sociedad civil.
Art. 6. Derecho a la Consulta Previa cada vez que se prevean medidas legislativas y administrativas que afecten derechos de Pueblos Indígenas.
Art. 7. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo (…) dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.
Arts. 7, 15, 16 y 17. Vinculados a decidir su modelo de desarrollo y participar de los beneficios. Los traslados de los pueblos son excepcionales y deberá garantizarse la consulta a los pueblos frente a la disposición de la tierra.
Art. 7. Los gobiernos deberán tomar medidas, en cooperación con los pueblos interesados, para proteger y preservar el medio ambiente de los territorios que habitan.
21 Artículo 38. Ordenanzas Regionales.
22 Artículo 39. - Acuerdos del Consejo Regional
Artículo 40. - Decretos Regionales
24 Artículo 41.- Resoluciones Regionales
Los Niveles de Resoluciones son: a) Ejecutiva Regional, emitida por el Presidente Regional.
b) Gerencial General Regional, emitida por el Gerente General Regional. c) Gerencial Regional, emitida por los Gerentes Regionales
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Gobernanza Territorial Andino Amazónica
Las Resoluciones Regionales norman asuntos de carácter administrativo. Se expiden en segunda y última instancia administrativa.
Los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano
Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…)
Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (…)
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El artículo 37 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que; el Consejo Regional emite Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional mientras que la Presidencia Regional emite Decretos Regionales y Resoluciones Regionales . Así como también los órganos internos y desconcentrados emiten Resoluciones conforme a sus funciones y nivel que señale el Reglamento respectivo.
Respecto de las Ordenanzas Regionales, no cabe duda que cuando afecte un derecho indígena tendrá que realizarse el proceso de Consulta Previa.
Los Decretos Regionales serán sometidos a proceso de Consulta Previa siempre que éstos reglamenten una Ordenanza. No es posible realizar un proceso de Consulta sobre Decretos Regionales que establezcan procedimientos para la administración regional por constituir actos de administración, ni tampoco cuando se resuelvan asuntos de interés del ciudadano, porque el Convenio 169 OIT tutela derechos colectivos mas no individuales.
Respecto de los Acuerdos Regionales, al constituir actos de regulación interna del Consejo Regional no es posible realizar el proceso de Consulta Previa.
En atención a las Resoluciones existe una variante. Las Resoluciones Regionales derivadas de la aplicación del Art. 41 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, no es aplicable el proceso de Consulta Previa. Sin embargo, de las Resoluciones derivadas de los Órganos Desconcentrados, es posible aplicar el proceso de Consulta Previa siempre que afecte un derecho de los Pueblos Indígenas.
Respecto de las Resoluciones, comparto un ejemplo; una Resolución Ejecutiva Gerencial Regional (órgano de línea) que pretenda aprobar una “Liquidación técnica y financiera de un proyecto de inversión pública en una comunidad nativa” no pasible de un proceso de consulta porque es una norma de administración; pero sí es posible realizar un proceso de Consulta Previa sobre una Resolución Ejecutiva Regional que corresponde a la Autoridad Regional Ambiental (órgano desconcentrado) que pretenda crear un Área de Conservación Regional dentro de una comunidad nativa por calificarse como una norma administrativa.
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Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
Las Resoluciones Directorales Regionales, no están reguladas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales pero, han sido incorporadas mediante instrumentos de gestión como normas regionales, y se encuentran relacionadas con la implementación de las competencias sectoriales asignadas a los Gobiernos Regionales, por lo tanto también están sujetas al proceso de consulta siempre que afecten derechos de los Pueblos Indígenas.
Un ejemplo es el Gobierno Regional de San Martín que mediante Ordenanza Regional N° 003-2013-GRSM/CR facultaa las Direcciones Regionales emitir Resoluciones Directorales conforme a sus competencias.
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Caso Práctico: Encuentros y desencuentros en el Gobierno Regional de San Martín para aplicar la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas
A continuación esbozaré a modo de muestra, algunas de las principales dificultades que el Gobierno Regional de San Martín podría afrontar cuando pretenda impulsar un proceso de Consulta Previa a los Pueblos Indígenas.
Entidad promotora
Supongamos que la empresa AA.SAC solicita una concesión de pequeña minería al Gobierno Regional de San Martín. La Dirección Regional de Energía y Minas identifica que la solicitud afecta comunidades indígenas reconocidas y tituladas por lo que informa a su superior inmediato, el Gerente Regional de Desarrollo Económico, la necesidad de realizar un proceso de Consulta Previa a la población indígena afectada.
El artículo 8 de la Ley de Consulta Previa señala que la entidad promotora debe realizar el proceso de Consulta Previa, en éste caso la entidad promotora es el Gobierno Regional de San Martín, pero es necesario establecer quiénes serán los órganos encargados y sobre qué funcionarios recaerá tal responsabilidad del referido proceso, situación que a la fecha en el Gobierno Regional de San Martín no ha sido resuelto.
Retomando el caso planteado, la Duodécima Disposición Transitoria, complementaria y Final de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se establece que; “Las Direcciones Regionales Sectoriales son órganos dependientes de las Gerencias Regionales correspondientes.” Por lo que conviene preguntarse ¿Quién será el responsable de realizar el proceso de consulta? ¿La Dirección Regional de Energía y Minas o la Gerencia Regional de Desarrollo Económico? ¿Será un criterio de determinación de competencia por el órgano dependiente que emite la norma o por el responsable del órgano de línea? ¿Los órganos de segundo nivel tendrán las capacidades técnicas para impulsar los procesos de Consulta Previa? En este caso, los instrumentos de gestión del gobierno regional de San Martín no dicen nada al respecto.
La delimitación de funciones es de vital importancia porque identificará las instancias correspondientes para la interposición de recursos administrativos, garantizando de esta manera el debido procedimiento, evitando así posibles entrampamientos por acciones de garantía constitucional.
Conviene agregar que el Gobierno Regional de San Martín convino, con los pueblos Kishwa, Awajún y Shawis de su jurisdicción, la creación de una Oficina Regional de Desarrollo de los Pueblos Indígenas de la Región San Martín (ORDEPISAM) que tendría por objetivo “la articulación y creación de un espacio de concertación entre el Gobierno Regional y los Pueblos Indígenas, para la formulación, ejecución, promoción y evaluación de acciones, programas, planes y proyectos de desarrollo”, por lo que conviene preguntarse ¿Cuál será su rol en los procesos de Consulta? Debido a que el Tribunal Constitucional ha señalado que la Consulta propicia y materializa “el diálogo intercultural en todos los diferentes estratos de intervención estatal sobre la situación jurídica de los Pueblos Indígenas ” y la ORDEPISAM fue creada para tal fin, por lo que también conviene preguntarse ¿La omisión de la ORDEPISAM en los procesos de consulta constituye una
Sentencia del Tribunal Constitucional Expediente N° 022-2009-PI/TC, fundamento 17.
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modalidad de debilitar a la institucionalidad indígena regional? Son cuestiones que tampoco quedan claras.
Asimismo, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 001-2011- MC que aprueba el Reglamento del Manual de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, establece que las Direcciones Regionales de Cultura son Órganos Desconcentrados del sector, por lo que conviene preguntar ¿Cuál será el rol de las Direcciones Regionales de Cultura en los proceso de Consulta? ¿Será un ente desconcentrado del Viceministerio de Interculturalidad en los procesos de Consulta Regional? La norma tampoco es de mucha ayuda por los vacíos que presenta.
Identificación de los Pueblos Indígenas
La identificación de los Pueblos Indígenas deberá estar sujeta en un primer término a la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas, la misma que no es constitutiva de derechos sino es declarativa, así lo ha establecido el artículo 29 del Decreto Supremo N° 001-2012 Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocidos en el Convenio 169 OIT (Reglamento de la Ley de Consulta Previa)
En ese sentido, ¿A quién le corresponde establecer quién es indígena y quién no lo es derivado del derecho de petición contenido en el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Consulta Previa? En el sentido procedimental parece ser que el Gobierno Regional de San Martín, tendría que resolverlo por tratarse de la instancia administrativa correspondiente; sin embargo, por la materia el Viceministerio de Interculturalidad podría ser el órgano competente para resolver esta cuestión debido a que es el ente especializado en materia indígena. Estas dudas procedimentales podrían ocasionar que un Gobierno Regional pueda resolver la determinación o no de una población indígena en su Región, cuando según el Art. 20 de la Ley de Consulta Previa señala que la Base de Datos Oficial estará a cargo del órgano técnico especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo, el mismo que se alimenta de la información que le proveen los Gobiernos Regionales ; es decir nos encontramos en un círculo vicioso de indefensión respecto de los derechos de los Pueblos Indígenas.
Debe entenderse que el procedimiento no debe regirse por la derivación de documentos en forma discrecional por parte de la autoridad, porque constituiría una vulneración al debido procedimiento, sino que estos supuestos deberán estar normados a nivel regional con la finalidad de evitar futuras nulidades.
Publicidad e información de la medida
Los facilitadores e intérpretes indígenas deberán estar registrados obligatoriamente en un Registro a cargo del Viceministerio de Interculturalidad por lo que la entidad promotora, en este caso el Gobierno Regional de San Martín, es la responsable de convocarlos previa coordinación con los representantes de los Pueblos Indígenas .
La traducción de un idioma distinto al castellano siempre genera criterios de interpretación, así que no sería nada extraño que existan diversas formas de interpretar un contenido en los
Art. 29.2. del Decreto Supremo N° 001-2012 Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocidos en el Convenio 169 OITArt. 11.2. del Decreto Supremo N° 001-2012 Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocidos en el Convenio 169 OITArt. 11.1. del Decreto Supremo N° 001-2012 Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocidos en el Convenio 169 OIT
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30 Art. 6 del Convenio 169 OIT 31 Sentencia del Tribunal Constitucional Peruano Expediente N° 022 -2009-PI/TC, fundamento 37 y 38
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materiales de información del Derecho a la Consulta Previa para los Pueblos Indígenas, por lo que convendría preguntarse: ¿Quién será la autoridad máxima que determinará la correcta interpretación de un determinado contenido en caso de conflicto?.
Resolver conforme a la conveniencia de un grupo de traductores no garantiza que la información que llegue a los Pueblos Indígenas sea la correcta, por ende los conflictos pueden ahondarse al momento de implementar la medida y la desconfianza en la entidad promotora podría provocar nuevos hechos de violencia.
Sobre el financiamiento
En primer lugar conviene señalar que los Gobiernos, en todos sus niveles, son los responsables de implementar la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas , en consecuencia la responsabilidad deriva que también sea ella quien asuma los costos de su labor, caso contrario los Pueblos Indígenas se encontrarían en una situación de indefensión y constituiría en una manifiesta vulneración del contenido esencial del Derecho a la Consulta en su modalidad de acceso .
Respecto a este mandato el Artículo 26 del Reglamento de la Ley de Consulta Previa señala lo siguiente:
“26.1 En el caso de medidas legislativas y administrativas de alcance general, corresponde a la entidad promotora financiar los costos del proceso de consulta. 26.2 En el caso de consultas de actos administrativos, los costos del proceso se incorporan en las tasas que cubren los costos del trámite de la indicada medida. 26.3 Las entidades promotoras identificarán o modificarán en sus TUPA los procedimientos a los que se le aplique el presente artículo.”
El Gobierno Regional de San Martín aún no ha realizado modificación alguna en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) respecto de la implementación de la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas en la Región, por ende éstos procesos deberán ser cubiertos en su totalidad con recursos públicos, los cuales no se han considerados en ningún instrumento de planificación.
Resulta importante éste acápite porque el manejo del Tesoro Público es planificado, es decir el Gobierno Regional de San Martín deberá programar procesos de Consulta a los Pueblos Indígenas en forma anual; es decir, el funcionario público que genera actos administrativos deberá establecer, según su planificación, cuántas normas serán sometidas a Consulta anualmente, al igual que el Consejo Regional.
Vamos concluyendo entonces que:
1. La culminación de los procesos de transferencia sectorial en los Gobiernos Regionales determinará su implicancia en la implementación del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas tomando en cuenta sus competencias exclusivas o compartidas.
2. El Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas no afecta a todas las normas regionales. Sólo deberá realizarse proceso de Consulta Previa a las Ordenanzas Regionales y actos administrativos, mas no a los actos de administración.
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Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
3. La gestión del Gobierno Regional de San Martín presenta vacíos normativos respecto de la identificación y las responsabilidades del órgano encargado de implementar el Derecho a la Consulta Previa; en consecuencia las instancias administrativas para la interposición de los recursos de impugnación son difusas.
4. El ejercicio del derecho de petición, regulado en el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Consulta Previa, genera conflictos sobre la identificación de la población indígena (enmarcado en el Art. 1 del Convenio 169 OIT) que es ajena a la regulación orgánica regional, por ende estos vacíos son importantes regularlos con la finalidad de cumplir el rol de garante de los derechos humanos del Estado Peruano en todos sus niveles de gobierno.
5. La inexistencia de un órgano estatal que determine la oficialidad de los contenidos de las traducciones que se realicen a los materiales de publicidad e información de los procesos de Consulta Previa a los Pueblos Indígenas, vulnera los principios de Buena Fe e información oportuna del proceso.
6. El diseño de los instrumentos de gestión y planificación del Gobierno Regional de San Martín no han sido adecuados a los requerimientos de la Ley y el Reglamento de Consulta Previa a los Pueblos Indígenas.
CUADRO 11 AREAS NATURALES PROTEGIDAS (ANP) Y BOSQUE DE PRODUCCION PERMANENTE
(BPP)
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Enero 2014 .
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Zonas de Protección y Conservación Ecológica
Áreas Naturales Protegidas (ANP), Bosques de Producción Permanente (BPP)
Conforme al Cuadro 11 Áreas naturales Protegidas (ANP) y Bosques de Producción Permanente (BPP), se afirma que las Áreas Naturales Protegidas y Bosques de Producción Permanente representan el 43.12% (2, 214,437.67 Hectáreas) del área total de la Región San Martín, correspondiéndole a las Áreas Naturales Protegidas el 21.27% (1, 092,306.63 hectáreas) y a los Bosques de Producción Permanente el 21.85% (1, 122,131.04 hectáreas)
Autores: Ruben Darío Ninahuanca Rivas y Ronald Saucedo Carranza.
Zonas de Conservación y Recuperación Ecosistémica (ZOCRES)
La Zonificación Ecológica Económica – ZEE de San Martín, aprobada por Ordenanza Regional N° 012 – 2006 /GRSM-CR, en concordancia con la Resolución Ministerial Nº 656-2006-EF-10; que le faculta inmatricular los bienes del Estado al Gobierno Regional, en tal sentido como existen predios que se ubicaban en Zonas de Recuperación de Tierras de Producción Forestal y de Conservación y Protección Ecológica, el gobierno regional de San Martín decidió inmatricularlos para que éstos cumplan con el fin señalado en la ZEE de San Martín.
Las ZOCRES, como se puede apreciar en el Cuadro N° 12 Zonas de Conservación y Recuperación de Ecosistemas Titulados, representa el 8.34% (428,826.32 hectáreas) del área total de la Región San Martín.
DESCRIPCIÓN ÁREA (HA) PORCENTAJE (*)
21.27ÁREA NATURAL PROTEGIDA 1,092,306.63
Parque Nacional Río Abiseo
Parque Nacional Cordillera Azul
Área de Conservación Regional Cordillera Escalera
Bosque de Protección Alto Mayo
272,002.29
494,724.71
147,829.79
177,749.84
5.30
9.64
2.88
3.46
BOSQUE DE PRODUCCIÓN PERMANENTE (BPP) 1,122,131.04 21.85
(*) Porcentaje en relación al límite departamental
Concesiones forestales fuera de BPP 0.052,661.52
Concesiones forestales en BPP
Concesiones de conservacion otorgadas en BPP
492,006.99
75,439.16 1.46
9.63
Bosque de Produccion Permanente libre (sin CCFF y CC otorgadas) 554,684.89 10.80
Capítulo IV
Procesos Específicos de División del Territorio Regional
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CUADRO N° 12 ZONA DE CONSERVACION Y RECUPERACION DE ECOSISTEMAS TITULADOS
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Enero 2014
CUADRO N° 13
PROPUESTA DE ZONA DE CONSERVACIÓN Y RECUPE RACIÓN DE ECOSISTEMAS
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Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
Sin embargo, el Gobierno Regional de San Martín tiene previsto inmatricular 463,168.75 hectáreas que representan el 9.03% del área total de la Región San Martín. (Ver CUADRO N°13 PROPUESTA DE ZONA DE CONSERVACIÓN Y RECUPERACIÓN DE ECOSISTEMAS).
En tal sentido, entre las ZOCRES inmatriculadas a favor del Estado y las ZOCRES propuestas representan el 17.37% del área total de la Región San Martín.
N° ECOSISTEMAS TITULADAS HA %
01 2,430.42 0.57 02 5,845.31 1.36 03 209.76 0.05 04 80.92 0.02 05 4,372.07 1.02 06 21,057.92 4.91
07 5,597.14 1.31
08 3,804.45 0.89
09 54,977.15 12.82
10 1,247.60 0.29
11 81,169.14 18.93
12 3,070.74 0.72
13 221,703.69 51.70
14 22,639.59 5.28
15 99.85 0.02
16 520.57 0.12
AREA TOTAL ZoCRES TITULADAS 428,826.32 100.00
Porcentaje total respecto al límite departamental 8.34
Mishquiyacu, Rumiyacu, Almendra y Baños Sulfurosos
Humedal del Alto Mayo
Gobernador
La Primavera
Huasta - Cachiyacu
Juninguillo - Yanayacu
Uquihua - Cuchachi
Urcuyacu
Gera - Sisa - Organero
Morro de Calzada
Cocha Paichu, Atuncocha, Papacocha, Cuenca Yurac
Paz y Esperanza
Bosques de Shunte y Mishollo
Naciente ríos Aguas Claras - Amangay
Aguanillo
Aguas Termales
N° HA %
01 ALTO CAYNARACHI 8,623.69 1.86
02 BELLA BOSQUE SECO 817.69 0.18
03 CAMPANA SHAMINIA SHATOJA AMPIURCA 17,156.91 3.70
04 CHAMBIRA 1,620.77 0.35
05 CUENCA ALTA HUAYABAMBA 145,109.09 31.33
06 CUENCA ALTA RIO SHILCAYO 908.04 0.20
07 CUENCA DEL RIO CAMOTE - FREJOL 10,247.30 2.21
08 CUENCA SAUCE 5,006.24 1.08
09 DESEMBOCADURA DE LOS RIOS SERRANAYACU - AMANGAY 3,323.05 0.72
10 EL MARONAL 6.19 0.00
11 EL QUINILLAL 19,783.30 4.27
PROPUESTA DE ZONA DE CONSERVACIÓN Y RECUPERACIÓNDE ECOSISTEMAS
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Enero 2014
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12 HUICUNGO I 49,254.76 10.63 13 HUICUNGO II 2,340.01 0.51 14 HUIMBAYOC I 9,624.95 2.08 15 HUIMBAYOC II 8,415.01 1.82 16 JUANJUICILLO 669.39 0.14 17 LAGUNA GEMELA 139.89 0.03 18 MARGEN DEL RIO NEGRO - ROMERO 151.94 0.03 19 MISHQUIYACU - PONASA 16,717.74
3.61 20 NACIENTE RIO NEGRO 10,838.84
2.34 21 PALOMETA - BARRANQUITA 20,523.43
4.43
22 PAPAPLAYA- CHIPURANA 5,554.07
1.20
23 QUEBRADA ALLCOYACU 5,144.40
1.11
24 RIO OCHQUE - INDOCHE 36,854.61
7.96
25 RIO POTRERO 1,288.26
0.28
26 RUMICALLARINAS - HUISWINCHOS 12,258.55
2.65
27 SHAPAJA - CHAZUTA 4,792.37
1.03
28 TRIBUTARIOS DEL MAYO 5,292.93
1.14
29 TRIBUTARIOS DEL SAPOSOA 23,155.73
5.00
30 TRIBUTARIOS RIO SORITOR 3,342.34
0.72
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TRIBUTARIOS SISA 10,803.40
2.33
32
UPAQUIHUA - PUCACACA 8,039.77
1.74
33
ZANGAPILLA I 12,444.73
2.69
34 ZANGAPILLA II 2,919.37
0.63
AREA TOTAL ZoCRES PROPUESTAS 463,168.75 100.00
Porcentaje total respecto al límite departamental 9.03
CUADRO N° 14 CONCESIONES PARA LA CONSERVACIÓN EN LA REGION SAN MARTÍN
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Enero 2014
CUADRO N° 15
PROPUESTAS DE CONCESIONES DE CONSERVACION
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Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
Concesiones para la Conservación
Conforme al Cuadro N° 14 Concesiones para la conservación se puede apreciar que las concesiones para la conservación representan el 9.11% (467,452.02 hectáreas) del total del área de la Región San Martín.
N° CONCESIONES PARA LA CONSERVACION HA %
01 Concesión para Conservación Alto Huayabamba 143,928.09 30.79
02 Concesión para Conservación El Breo 113,826.13 24.35
03 Concesión para Conservación Ojos de Agua 2,357.61 0.50
04 Concesión para Conservación Yurilamas 7168.63 1.53
05 Concesión para Conservación Ishichiwi 3220.8 0.69
06 Concesión para Conservación Martín Sagrado 108,817.73 23.28
07 Concesión para Conservación Pucacwicsa 818.31 0.18
08 Concesión para Conservación Sacha Runa 7,568.34 1.62
09 Concesión para Conservación Shitariyacu 1,573.23 0.34
10 Concesión para Conservación Valle del Biavo 12,308.97 2.63
11 Concesión para Conservación Tres Quebradas 4,176.54 0.89
12 Concesión para Conservación Jardines Alto El sol 7,174.41 1.53
13 Concesión para Conservación El Gran Simacache 51269.52 10.97
14 Concesión para Conservación Huañipo 2,469.99 0.53
15 Concesión para Conservación Ojecillo 773.72 0.17
AREA TOTAL CONCESIONES PARA LA CONSERVACION 467,452.02 100.00
Porcentaje total respecto al límite departamental 9.11
Sin embargo, existen solicitudes de Concesiones para la Conservación por un total de 282,886.32 hectáreas que representan el 5.51% del área total de la Región San Martín.
Si se toma en cuenta el área otorgada en Concesiones para la Conservación (467,452.02 hectáreas) y las áreas que se han solicitado para tal fin (282,886.32 hectáreas), las áreas representarían 750,338.34 hectáreas que representarían el 14.62% del área total de la Región San Martín.
PROPUESTAS DE CONCESIONES DE CONSERVACION
N° NOMBRE HA PERIMETRO(Km)
1 Abioforp 6,794.86 49.43
2 Puerto Lopez 97.18 4.36
3 ADECAR 1,737.73 27.64
4 Apahui 81,055.08 140.88
5 Cuñumbuza 3,472.45 41.84
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Enero 2014
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Gobernanza Territorial Andino Amazónica
El área total de la Región San Martín es de 5, 134,548.16 hectáreas, de las cuales 3, 110,716.01 han sido destinadas como áreas de Protección y conservación ecológica que representa el 60.57% del área total de la Región San Martín. Asimismo el Gobierno Regional de San Martín tiene previsto aprobar como nuevas áreas 746,055.07 hectáreas, que representan el 14.54% del área total de la región.
MAPA 01MAPA DE CATASTRO DE LAS ZONAS DE PROTECCIÓN Y
CONSERVACIÓN ECOLOGICA
6 Kopalurku 1,087.85 15.23
7 Nawtakashuyuk 728.78 17.45
8 Pailayco 808.55 19.36
9 Waha 1,116.05 21.45
10 Bosque de los Cholones 87,777.97 180.10
11 Chipaota 3,444.28 35.77
12 Setiko Yaku 28,172.07 117.70
13 Bosque de Angaiza 8,031.69 50.39
14 Agua Dulce 2,178.23 21.54
15 Ampinakuna Sacha 1,165.55 15.63
16 Cerro Azul 31,459.26 128.35
17 Huacharos de Palestina 12.39 1.89
18 Kichwa Nuevo BarranquitaIshichiwi
1,559.19 16.42
19 Pacota 1,371.83 24.01
20 Quinillal 15,606.04 51.39
21 Yaku Kawsanapa 5,209.29 53.26
ÁREA TOTAL 282,886.32
5.51%
CUADRO N° 16 CONCESIONES FORESTALES EN LA REGION SAN MARTÍN
57
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
De las concesiones forestales en la Región San Martín
La Región San Martín cuenta con 79 concesiones forestales que abarcan 497,793 hectáreas las cuales representan el 9.69% del área total de la Región San Martín; ubicadas en las provincias de Mariscal Cáceres, Tocache, Bellavista, San Martín, Huallaga y Picota.
Las empresas forestales que destacan por el número de hectáreas es la empresa ASOC. PARTICIPACION COPEFOR BARTOLINI ASOCIADOS que tiene en su haber 47,614 hectáreas, le sigue Timberland SAC que tiene en su haber 45,729 hectáreas, luego Consorcio Forestal Río Azul SAC con 40,413 hectáreas y sin olvidar mencionar a la empresa Aserradero Tarapoto SAC con 20, 497 hectáreas.
Nº_CONTRAT0 N° HECTAREAS TITULAR
5725 ASOC. PARTICIPACION COPEFOR BARTOLINI ASOCIADOS
5184 ASOC. PARTICIPACION COPEFOR BARTOLINI ASOCIADOS
8855 ASOC. PARTICIPACION COPEFOR BARTOLINI ASOCIADOS
5010 ASOC. PARTICIPACION COPEFOR BARTOLINI ASOCIADOS
5107 ASOC. PARTICIPACION COPEFOR BARTOLINI ASOCIADOS
5515 ASOC. PARTICIPACION COPEFOR BARTOLINI ASOCIADOS
6650 ASERRADERO TARAPOTO S.A.C
7807 ASERRADERO VICTORIA S.A.C
8842 ASERRADERO TARAPOTO S.A.C
5005 ASERRADERO TARAPOTO S.A.C
7273 AGRUPACION MADERERA ALTO BIAVOS AC
5916 AGRUPACION MADERERA ALTO BIAVO SAC
5169 AGRUPACION MADERERA ALTO BIAVO SAC
5736 FORESTAL CAYUMBA SAC (FORCAY SAC)
5588 ROBERTO GERMAN GIBSON FRECH
5109 FORESTAL CAYUMBA SAC (FORCAY SAC)
5889 ROBERTO GERMAN GIBSON FRECH
6777 ROBERTO GERMAN GIBSON FRECH
5290 GENERAL PRODUCTS Co SA - A
5692 GENERAL PRODUCTS Co SA - A
5282 GENERAL PRODUCTS Co SA - B
5643 EISEN PAREDES GRANDEZ
7595 EISEN PAREDES GRANDEZ
5035 INDUSTRIA FORESTAL RUFFNER SRL (INFOR SRL)
5437 EMPRESA MADERERA RIVAS HNOS S.R.L (EMARI SRL)
5619 EMPRESA MADERERA RIVAS HNOS S.R.L (EMARI SRL)
7636 ASERRADERO VICTORIA S.A.C
7295 ASERRADERO VICTORIA S.A.C
7364 CARLOS AUGUSTO POPPE HAGUE
5083 EMPRESA MADERERA RIVAS HNOS S.R.L (EMARI SRL)
5099 EMPRESA MADERERA RIVAS HNOS S.R.L (EMARI SRL)
22-SAM/C-J-005-03
22-SAM/C-J-005-03
22-SAM/C-J-005-03
22-SAM/C-J-005-03
22-SAM/C-J-005-03
22-SAM/C-J-005-03
22-SAM/C-J-017-03
22-SAM/C-J-028-03
22-SAM/C-J-017-03
22-SAM/C-J-017-03
22-SAM/C-J-016-03
22-SAM/C-J-016-03
22-SAM/C-J-016-03
22-SAM/C-J-004-03
22-SAM/C-J-010-03
22-SAM/C-J-004-03
22-SAM/C-J-010-03
22-SAM/C-J-010-03
22-SAM/C-J-025-03
22-SAM/C-J-025-03
22-SAM/C-J-026-03
22-SAM/C-J-008-03
22-SAM/C-J-008-03
22-TIM/C-J-007-03
22-SAM/C-J-015-03
22-SAM/C-J-015-03
22-SAM/C-J-028-03
22-SAM/C-J-028-03
22-SAM/C-J-012-03
22-SAM/C-J-015-03
22-SAM/C-J-015-03
58
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
5217 JAVIER DELGADO DIAZ
5262 ASOC. PARTICIPACION COPEFOR BARTOLINI ASOCIADOS
7169 AGRUPACION MADERERA EL PROGRESO SAC
6966 INDUSTRIA FORESTAL TOCACHE S.A.C
6252 AGRUPACION MADERERA ALTO BIAVO SAC
5006 LOPE MERCEDES CARRION CAMACHO
5080 AGRUPACION MADERERA ALTO BIAVO SAC
5558 FIDEL ALEGRIA GONZALES
6059 PERCY RAFAEL GIBSON FRECH
7131 INDUSTRIA FORESTAL RUFFNER SRL (INFOR SRL)
5536 GERVI ROMEL RUFFNER HEIDINGER
6534 GERVI ROMEL RUFFNER HEIDINGER
5341 INDUSTRIA FORESTAL RUFFNER SRL (INFOR SRL)
6865 MADERAS CERRO AZUL SAC
6229 MADERAS CERRO AZUL SAC
5575 SAMUEL AMILCAR QUISPE RUFFNER
5700 SAMUEL AMILCAR QUISPE RUFFNER
5087 MADERAS TOCACHE SAC
5924 CARLOS AUGUSTO POPPE HAGUE
7910 ASERRADERO VICTORIA S.A.C
6142 FORESTAL ALTO SAPOSOA SAC
6956 ASOC. PARTICIPACION COPEFOR BARTOLINI ASOCIADOS
5102 TRIPLAY IQUITOS SAC - B
5893 CONSORCIO FORESTAL RIO AZUL - C
6517 CONSORCIO FORESTAL RIO AZUL - B
5348 CONSORCIO FORESTAL RIO AZUL - A
9970 TIMBERLAND SAC - B
7958 TIMBERLAND SAC - A
7880 TIMBERLAND SAC - C
5422 TIMBERLAND SAC - C
6174 TIMBERLAND SAC - C
8449 CONSORCIO FORESTAL RIO AZUL - A
5902 TRIPLAY IQUITOS SAC - A
7290 CONSORCIO FORESTAL RIO AZUL - C
5117 CONSORCIO FORESTAL RIO AZUL - C
5177 CONSORCIO FORESTAL RIO AZUL - B
5071 CONSORCIO FORESTAL RIO AZUL - B
7933 EISEN PAREDES GRANDEZ
8007 INDUSTRIAL PICOTA SAC
7305 INDUSTRIAL PICOTA SAC
6536 ASERRADERO TARAPOTO S.A.C
8325 TIMBERLAND SAC - A
5109 CARLOS AUGUSTO POPPE HAGUE
8620 FORESTAL ALTO SAPOSOA SAC
7522 PERCY RAFAEL GIBSON FRECH
22-SAM/C-J-006-03
22-SAM/C-J-005-03
22-SAM/C-J-032-03
22-SAM/C-J-031-03
22-SAM/C-J-016-03
22-SAM/C-J-022-03
22-SAM/C-J-016-03
22-TIM/C-J-027-03
22-TIM/C-J-021-03
22-TIM/C-J-007-03
22-TIM/C-J-009-03
22-TIM/C-J-009-03
22-TIM/C-J-007-03
22-TIM/C-J-030-03
22-TIM/C-J-030-03
22-TIM/C-J-011-03
22-TIM/C-J-011-03
22-TIM/C-J-024-03
22-SAM/C-J-012-03
22-SAM/C-J-028-03
22-SAM/C-J-023-03
22-SAM/C-J-005-03
22-SAM/C-J-014-03
22-SAM/C-J-003-03
22-SAM/C-J-002-03
22-SAM/C-J-001-03
22-SAM/C-J-019-03
22-SAM/C-J-018-03
22-SAM/C-J-020-03
22-SAM/C-J-020-03
22-SAM/C-J-020-03
22-SAM/C-J-001-03
22-SAM/C-J-013-03
22-SAM/C-J-003-03
22-SAM/C-J-003-03
22-SAM/C-J-002-03
22-SAM/C-J-002-03
22-SAM/C-J-008-03
22-SAM/C-J-029-03
22-SAM/C-J-029-03
22-SAM/C-J-017-03
22-SAM/C-J-018-03
22-SAM/C-J-012-03
22-SAM/C-J-023-03
22-TIM/C-J-021-03
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Enero 2014
MAPA N° 02
CONCESIONES FORESTALES EN LA REGIÓN SAN MARTÍN
59
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
5083 ESTRACTORA HUALLAGA EIRL
8344 ESTRACTORA HUALLAGA EIRL
5013 JHON JETLIN EIRL
TOTAL DE HECTAREAS 497,793
TOTAL DE HECTAREAS % RESPECTO DEL ÁREA TOTAL DE LA REGION 9.69%
22-TIM/C-J-033-03
22-SAM/C-J-034-03
22-TIM/C-J-033-03
LORETO
SAN MARTÍN
ANCASH
AMAZONAS
HUÁNUCO
LA LIBERTAD
UCAYALI
CAJAMARCA
ASERRADERO VICTORIA S.A.C
COMPAÑIA PERUANA FORESTAL S.A.
TIMBERLAND SAC - C
EISEN PAREDES GRANDEZ
TIMBERLAND SAC - A
AGRUPACION MADERERA ALTO BIAVO SAC
INDUSTRIAL PICOTA SAC
ASERRADERO TARAPOTO S.A.C
CARLOS AUGUSTO POPPE HAGUE
CONSORCIO FORESTAL RIO AZUL - C
ROBERTO GERMAN GIBSON FRECH
FORESTAL ALTO SAPOSOA SAC
MADERAS CERRO AZUL SAC
CONSORCIO FORESTAL RIO AZUL - B
PERCY RAFAEL GIBSON FRECH
EMPRESA MADERERA RIVAS HNOS S.R.L (EMARI SRL)
CONSORCIO FORESTAL RIO AZUL - A
INDUSTRIA FORESTAL RUFFNER SRL (INFOR SRL)
GENERAL PRODUCTS Co SA - A
GERVI ROMEL RUFFNER HEIDINGER
SAMUEL AMILCAR QUISPE RUFFNER
EXTRACTORA HUALLAGA EIRL
FORESTAL CAYUMBA SAC (FORCAY SAC)
JHON JHETLIN EIRL
TRIPLAY IQUITOS SAC - A
TIMBERLAND SAC - B
JAVIER DELGADO DIAZ
FIDEL ALEGRIA GONZALES
TRIPLAY IQUITOS SAC - B
MADERAS TOCACHE SAC
INDUSTRIA FORESTAL TOCACHE S.A.C
GENERAL PRODUCTS Co SA - B
EXTRACTORA HUALLAGA EIRL
AGRUPACION MADERERA EL PROGRESO SAC
LOPE MERCEDES CARRION CAMACHO
TIMBERLAND SAC - B
SANTA ROSA
CHARAPILLO
KUSU
CACHIYACU
YARAU
SHIMPIYACU
MORROYACU
ALTO MAYO
HUASCAYACU
DORADO
NUEVA JERUSALEN
BAJO NARANJILLO
SHAMPUYACU
TIWIYACU
ALTO NARANJILLO
SAN RAFAEL
YURILAMAS
CHUNCHIWI
COPAL SACHA
CHIRIKYACUAVIACION
KACHIPAMPA
MUSHUCK LLACTA DE CHIPAOTACHIRIK SACHA
PAMPA SACHA
ALTO SHAMBUYAKU
CHUMBAKIHUI
KAWANASISA
NUEVO ARICA DE KACHIYACU
VISTA ALEGRE DE SHITARIYAKU
200000,000000
200000,000000
250000,000000
250000,000000
300000,000000
300000,000000
350000,000000
350000,000000
400000,000000
400000,000000
450000,000000
450000,000000
9050000
,00
00
00
9050000
,00
00
00
9100000
,00
00
00
9100000
,00
00
00
9150000
,00
00
00
9150000
,00
00
00
9200000
,00
00
00
9200000
,00
00
00
9250000
,00
00
00
9250000
,00
00
00
9300000
,00
00
00
9300000
,00
00
00
9350000
,00
00
00
9350000
,00
00
00
9400000
,00
00
00
9400000
,00
00
00
MAPA: CATASTRO DE CCNN, CONCESIONES FORESTALES
LEYENDA
Region_S.Martin
CCNN_KICHWA_SAN_MARTIN
CCNN_AWAJUN_SAN_MARTIN
CCNN_CHAYAHUITA_SAN_MARTIN
CONCESIONES_FORESTALES
Rios_San_Martin0 25 50 7512,5Kilometers
ESCALA: 1/1 000 000 FECHA: Aril del 2014
ASOCIACION PAZ Y ESPERANZA
OFICINA REGIONAL - SAN MARTIN
MAPA: CATASTRO DE CCNN Y CONCESIONES
FORESTALES
FUENTE: DATOS CARTOGRAFICOS DE LA ZEE - SAN MARTIN Y ARA
AREA: SIG PAZ Y ESPERANZA
OBS: MAPA DE USO REFERENCIAL
Ù
CUADRO N° 17
PROVINCIAS Y DISTRITOS QUE COMPRENDEN LOS LOTES PETROLEROS EN LA REGIÓN SAN MARTÍN
60
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
De las concesiones petroleras en la Región San Martín
De acuerdo a la información proporcionada por PERU PETRO en la Región San Martín existen tres (3) lotes petroleros en procesos de aprobación y suscripción de contrato en favor de REPSOL, los cuales están identificados como los Lotes 180, 182 y 184. Asimismo señala que existe un (1) lote petrolero en proceso de exploración que corresponde al Lote 103 adjudicado a la empresa TALISMAN PETROLERA DEL PERU LLC.
LOTE PETROLERO PROVINCIA DISTRITO
LOTE 180
MARISCAL CACERES
CAMPANILLAHUICUNGO
JUANJUIPAJARILLO
PACHIZA
BELLAVISTAALTO BIAVOBAJO BIAVOHUALLAGA
PICOTA SHAMBOYACU
LOTE 182
HUALLAGA
SAPOSOAALTO SAPOSOA
PISCOYACUSACANCHE
EL ESLABONTINGO DE SAPOSOA
DORADOSAN JOSE DE SISA
AGUA BLANCASANTA ROSA
PICOTA
BUENOS AIRESPUCACACA
SAN CRISTOBALSAN HILARION
PICOTACASPISAPA
SHAMBOYACUTINGO DE PONASA
BELLAVISTABAJO BIAVOBELLAVISTASAN PABLO
SAN MARTIN JUAN GUERRAMARISCAL CACERES PACHIZA
LAMAS CUÑUMBUQUE
LOTE 184
RIOJA
YORONGOSRIOJA
ELIAS SOPLIN VARGASNUEVA CAJAMARCA
POSICYURACYACU
SAN FERNANDO AWAJUNPARDO MIGUEL
MOYOBAMBA
SORITORHABANA
CALZADAYANTALO
MOYOBAMBAJEPELACIO
HUALLAGA ALTO SAPOSOA
DORADOSAN JOSE DE SISA
SHATOJASAN MARTÍNSANTA ROSA
LAMAS
CUÑUMBUQUEZAPATERO
TABAJOSOSALONSO DE ALVARADO
PINTO RECODO
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Enero 2014
Elaboración: Rubén Ninahuanca
MAPA N°3 CONCESIONES PETROLERAS EN LA REGION SAN MARTÍN
61
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
LOTE 103
LAMAS
ZAPATEROCUÑUMBUQUE
TABALOSOSSHANAOLAMAS
RUMISAPAPINTO RECODO
SAN ROQUE DE CUMBAZACAYNARACHI
BARRANQUITA
SAN MARTIN
MORALESCACATACHITARAPOTO
JUAN GUERRAALBERTO LEVEAU
SAUCESHAPAJACHAZUTA
BANDA DE SHILCAYOSAN ANTONIOEL PORVENIR
PICOTA
BUENOS AIRESPUCACACA
PICOTATINGO DE PONASA
SHAMBOYACUTRES UNIDOS
PILLUANACASPISAPA
CUADRO N° 18SITUACIÓN DE LOS PETITORIOS MINEROS EN LA REGIÓN SAN MARTÍN
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Enero 2014
Elaboración: Rubén Ninahuanca
CUADRO N° 19PETITORIOS MINEROS EN LA REGION SAN MARTÍN. ENERO 2014
62
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
De las concesiones mineras en la Región San Martín
Hasta enero del 2014, se habían presentado, en la Región San Martín 832 petitorios mineros los cuales abarcan 458,505 hectáreas que representan el 8.9% del área total de la región.
Del total de los petitorios; 503 estaban titulados, que comprendían 250,246.81 hectáreas; 294 se encontraban en trámite, que comprendían 196,564.44 hectáreas; 22 extinguidos, que comprendían 11,351.28 hectáreas y 13 de ellos habían sido clasificados como estado “otros”, que comprendían 142.68 hectáreas.
Es conveniente señalar que hasta enero del 2013 los petitorios mineros en la Región San Martín ascendían a 249 con un área total de 125,448 hectáreas que representaban el 2.44% del área total de la Región San Martín. (Ver Mapa N° 4). Es decir, en un año los petitorios mineros se han incrementado en casi 5 veces.
ESTADO DEL PETITORIO NUMERO DE PETITORIOS HECTAREAS
TRAMITE 294 196,564.44
TITULADOS 503 250,246.81
EXTINGUIDOS 22 11,351.28
OTROS 13 142.68
CONCESION TIT_CONCES HECTAREAS LEYENDA
CESAR AGUSTO 1A ADOLFO CHAFLOQUE MILLONES 300 TITULADO
ADOLFO M DEL NORTE E ADOLFO CHAFLOQUE MILLONES 300 TITULADO
ADOLFO M DEL NORTE "D" ADOLFO CHAFLOQUE MILLONES 300 TRAMITE
ADOLFO M DEL NORTE C ADOLFO CHAFLOQUE MILLONES 300 TRAMITE
ADOLFO M DEL NORTE B ADOLFO CHAFLOQUE MILLONES 300 TITULADO
MINA ECOLOGICA ESMERALDA ADRIAN BARRIENTOS VARGAS y Otros 1000 TRAMITE
TESORO ESCONDIDO I ADRIAN OCHOA MENDOZA 100 TITULADO
LA ROCA DE BELLAVISTA ADRILDO DELGADO GAMONAL 200 TITULADO
SHAMIRO AGREGADOS Y DERIVADOS MINEROS PARA LACONSTRUCCION S.A.C. 100 TITULADO
INTIYACU AGUSTIN CARDENAS PEREZ 100 EXTINGUIDO
PAPA PLAYA UNO ALBERTO CORBERA CERNA 1000 TITULADO
PAPA PLAYA TRES ALBERTO CORBERA CERNA 1000 TITULADO
PAPA PLAYA DOS ALBERTO CORBERA CERNA 1000 TRAMITE
OTREBLA I ALBERTO VILLACREZ DIAZ 100 TITULADO
ARSA ALCIBIADES ACUÑA ROJAS 100 TITULADO
HERIBERTO I ALEJO JOLNER ARANDA CAMPOS y Otros 1000 TRAMITE
RICACHA V ALEXANDER ROY SILVA RONDO 100 TITULADO
63
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
GRUPO SINAI IV
GRUPO SINAI
GRUPO SINAI I
GRUPO SINAI II
CERRO BLANCO DIR
SANTA ANA VICTORIA
IMA SUMAC 8-A
NIBA
KORY KHUYAY
VILLANUEVA DEL RIO
GUELLAYMARCA 2
GUELLAYMARCA 1
GUELLAYMARCA 4
GUELLAYMARCA 3
EXPLOR ANDINA CARMENCITA
LA ROCA BLANCA SAGITARIO
YESERA MOYOBAMBA II
INDUSTRIA YESERA MOYOBAMBA
NUEVA-COBRIZA
PARCOY I 2013
MONTALVAN I
HUACARUMI I 2011
CHRIS
PACCHACOCHA I 2011
SHUT
HUAYRATICRANA
TINGOS 2011-5
TINGOS 2011-6
PRIMAVERA
SM-9
SAPO 2011-1
SM-18
SM-13
SM-68
SM-84
YANAYACU 10
SM-20
SM-51
SAN MARTIN N3
SM-90
TINGOS 2011-2
SM-28
SM-92
SM-87
SM-40
ALEXANDER RUIZ IRURETA
ALEXANDER RUIZ IRURETA
ALEXANDER RUIZ IRURETA
ALEXANDER RUIZ IRURETA
ALFREDO DARWIN IBAÑEZ RUIZ
ANA VICTORIA BECERRA PALACIOS
ANGEL JAVIER CARREON BELON
ANIBAL PEDRO OLORTEGUI LECCA
ARACELI MERCEDES CORREA CASTILLO
ARNULFO LOPEZ RODRIGUEZ
ARTURO VILLANUEVA GUERRERO
ARTURO VILLANUEVA GUERRERO
ARTURO VILLANUEVA GUERRERO
ARTURO VILLANUEVA GUERRERO
AURELIANO GILBERTO RIOS SEGURA y Otros
BALVINO VALLE OBB
BALVINO VALLE OBB
BALVINO VALLE OBB
BARBOUR CONSTANTINO MELGAREJO CUNZA
BEGOÑA FIORELA ÑIQUIN GARCIA
CARLOMAGNO TELLO VALLES
CARLOS ALBERTO CHUNAS SALAZAR
CARLOS GAMALIEL CACERES VALVERDE
CARLOS MANUEL CHUNAS FLORES
CARLOS SIMONS PEREIRA
CELIN COLLAZOS PELAEZ
CEMENTOS NORTE PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS NORTE PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
100
100
100
100
100
100
200
100
100
100
200
200
200
400
200
300
100
100
200
100
100
1000
200
900
100
100
700
600
1000
1000
700
100
1000
1000
300
900
700
700
300
1000
500
1000
1000
400
1000
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
EXTINGUIDO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
64
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
1000
1000
700
1000
1000
500
600
800
900
800
1000
300
1000
1000
1000
800
900
900
1000
1000
1000
1000
800
1000
1000
900
1000
1000
600
1000
1000
800
1000
1000
1000
400
400
1000
1000
1000
1000
900
1000
1000
1000
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
SM-1
SM-2
SM-41
SM-62
SM-66
SM-81
SM-44
MAYO 2011-2
SM-16
SM-57
SM-54
CALAMPA
CAMPANA 2011-2
SM-114
SM-37
SM-48
SM-49
CACHIPAMPA 1
SM-104
SM-110
SM-111
SM-3
CACHIYACU 11
SM-61
SM-65
SM-83
SM-69
MAYO 2011-1
YANAYACU 11
SM-53
SM-70
SM-33
SM-31
SM-95
SM-97
PILLUANA 1
SAUCE 2011
SM-6
SAPO 2011-2
SM-42
SM-64
SM-43
SM-24
SM-91
SM-75
65
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CAMPANA 2011-1
SM-39
SM-32
SM-85
SM-86
SM-96
SM-102
SM-112
SM-109
SM-5
SM-76
SM-77
MAJAZ 2
SM-19
SM-12
SM-25
SM-56
SM-74
SM-71
SM-30
SM-94
SM-93
SM-36
SM-35
SM-107
SM-103
SM-108
CALLANAYACU 3
CALLANAYACU 2
SM-7
SM-78
SM-63
SM-21
TINGOS 2011-3
SM-80
SM-79
SM-14
SM-55
TINGOS 2011-7
TINGOS 2011-8
SM-60
SM-26
SM-52
SM-98
SM-89
600
1000
1000
700
100
1000
800
1000
900
1000
700
600
500
100
1000
200
1000
1000
700
900
900
1000
800
1000
400
1000
1000
1000
600
1000
800
1000
1000
900
1000
400
600
1000
1000
1000
1000
600
700
1000
300
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
66
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
SM-99
CACHIYACU 10
SM-10
SM-82
SM-73
SM-72
SM-27
SM-59
SM-58
SM-34
SAN MARTIN N1
SM-88
SM-105
SM-100
PILLUANA 2
CALLANAYACU 1
SM-4
SM-8
SM-11
SM-22
SM-23
TINGOS 2011-4
SM-67
SM-15
SM-17
SAN MARTIN N2
SM-29
SM-46
SM-50
SM-47
SM-45
SM-38
SM-106
SM-101
SACHAPAPA
SM-113
RIOJA 9
RIOJA 2
RIOJA 6
PAJONAL 3
JERA 97
CALIZAS TIOYACU
TILAPIA 99
RIOJA 7
PAJONAL 4
1000
400
1000
1000
1000
1000
1000
700
300
1000
400
1000
1000
1000
600
500
1000
1000
1000
1000
1000
1000
1000
1000
900
900
1000
1000
800
1000
1000
900
1000
1000
700
900
1000
1000
400
800
400
400
300
1000
300
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
67
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
YESO YANAYACU
RIOJA 1
RIOJA 4
RIOJA 3
MOYOBAMBA 98
ARCILLAS EL PAJONAL
MAJAZ I
RIOJA 8
PAJONAL 2
YESO SAN MATEO
JHASUA 98
TINGOS 2010
RIOJA 5
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
FRANZ DARIO CENTRO COMERCIAL JESSY DE JOSE DARIO S.R.L.
CEMENTOS SELVA S.A.
CESAR ALEJANDRO PEREZ FOINQUINOS
CESAR ARNALDO ALARCON PEREZ
CESAR ENRIQUE EUSEBIO RAMOS
CESAR OSWALDO ROJO FERNANDEZ
CIA TRAVEL SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
CINTHYA KARISSA CASTILLO BRAVO y Otros
CITISOL INVERSIONES MINERAS S.A.C
CLANEL JESUS SUCSO SILVESTRE
CLEMENTE GREGORIO ALVARADO VALDEZ
COMERCIALIZADORA JANELL SAC
LAS PALMAS I
ANCEMAGLE
ARIEL Nº 01
MINERA GARIA
CAMPO ETA
DORADO REAL
HARUTARU II
DON PELAGIO 1
KORIBARBA
MINERA JANELL
WILITO I 2013
EVITA-4
ROCIO 2003
MAFI
EVITA 5
EVITA 2
ISABEL 2003
EDILBERTO
SILVIA
DANY
ROCIO
ESTRELLA DE PATAZ
VOLCAN DOS
JUNES Nº 1
VOLCAN UNO
ESTRELLA DE PATAZ Nº 2
MAXIMA II
VALIENTE 15
COMPAÑIA AURIFERA HUAYLILLAS S.A.C.
COMPAÑIA AURIFERA HUAYLILLAS S.A.C.
COMPAÑIA AURIFERA HUAYLILLAS S.A.C.
COMPAÑIA AURIFERA TAYABAMBA S.A.C.
COMPAÑIA AURIFERA TAYABAMBA S.A.C.
COMPAÑIA FENIX Y FENIX S.R.L.
COMPAÑIA MINERA AURIFERA DEL SUR S.A.
100
1000
800
1000
100
200
400
1000
400
100
400
400
1000
100
200
100
1000
100
600
1000
100
800
100
100
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
EXTINGUIDO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
200
550
450
500
125.3
961.9
446.01
500
800.41
255
450
800.64
1000
150
1000
989.45
1000
700
COMERCIALIZADORA Y SERVICIOS GENERALES GUZCAS S.A.C.COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
68
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
COMPAÑIA MINERA AURIFERA DEL SUR S.A.
COMPAÑIA MINERA AURIFERA DEL SUR S.A.
COMPAÑIA MINERA AURIFERA DEL SUR S.A.
COMPAÑIA MINERA AURIFERA DEL SUR S.A.
COMPAÑIA MINERA AURIFERA DEL SUR S.A.
COMPAÑIA MINERA CARAVELI S.A.C.
COMPAÑIA MINERA CARAVELI S.A.C.
COMPAÑIA MINERA CARAVELI S.A.C.
COMPAÑIA MINERA CARAVELI S.A.C.
COMPAÑIA MINERA EL MARISCAL S.A.C.
COMPAÑIA MINERA EL MARISCAL S.A.C.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
COMPAÑIA MINERA MINEHOLD S.A.
COMPAÑIA MINERA MONTE CRISTO E. I.R.L.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
800
979.25
900
1000
1000
100
960.73
500
533.55
1000
800
999.64
974.65
500
450
1000
926.71
1000.1
999.64
974.65
1000
700
1000
900
750
1000.42
999.87
500
400
800
1000
1000
1000
600
900
1000
937.83
1000
100
300
1000
800
868
700
49.89
TRAMITE
EXTINGUIDO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
VALIENTE 13
MONO Nº 9
VALIENTE 12
VALIENTE 14
GRAPTOLITES 200
JUNES
ESTRELLA DE PATAZ Nº 5
ARACOTO 1
PAGRASHO 1
CORIWAYRA II
CORIWAYRA III
SANTA ROSA II-B
MISHAJ II
IMA SUMAC 14
MERCEDES A
MERCEDES B
CINCO CENTAVOS
MERCEDES C
SANTA ROSA I-A
MISHAJ I
MISQUICHILCA Nº 4
MINA CANDY II
RANA 1
DEFENSA Nº 22
MINERO PATAZ E.P.S. Nº 4
PODEROSA Nº 16
PODEROSA Nº 17
BROMELIA 5
LOS ZORRITOS Nº 4
TAYABAMBA 10
SAN PEDRO DE CHONTA 1
SAN PEDRO DE CHONTA 6
RANA 6
DEFENSA Nº20
DEFENSA Nº 3
DEFENSA Nº 8
MARICUCHA
COLIBRI Nº 1
TAYABAMBA DOS
RANA 12
RANA 9
DEFENSA Nº 2
PODEROSA Nº 22
LOS PERVERSOS Nº 4
PODEROSA Nº 11
69
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
600
1000
1000
100
1000
100
700
1000
1000
1000
1000
471.11
600
500
900
400
200
1000
600
100
800
1000
1000
800
1000
900
1000
1000
1000
1000
100
300
1000
1000
65.83
667.68
1000
100
500
1000
1000
790.66
91.17
100
8060.89
DEFENSA Nº 12
PODEROSA Nº 18
LOS PERVERSOS Nº 2
ANGELLA 12
LA CINTURONA Nº 11
ESCUDO PODEROSA 7
LA CINTURONA Nº 13
DANIEL 2
RANA 3
RANA 2
RANA 4-2009
PODEROSA Nº 8
DEFENSA Nº 11
COLIBRI Nº 6
ANGELLA 4
LA CINTURONA Nº 14
ESCUDO PODEROSA 8
RANA 10
DEFENSA Nº 21
ANGELLA 3
COLIBRI Nº 3
DANIEL 3
RANA 7
DEFENSA Nº 5
LA PODEROSA Nº 1
DEFENSA Nº 13
LOS PERVERSOS Nº 1
BROMELIA 4
LA CINTURONA Nº 12
COLIBRITA
YABAMBA 11
TAYABAMBA SEIS
RANA 5
PODEROSA Nº 20
PODEROSA Nº 13
ANGELLA 9
BROMELIA 2
TAYABAMBA NUEVE
TAYABAMBA 12
RANA 8
RANA 11
PODEROSA Nº 15
PODEROSA Nº 14
PODEROSA Nº 12
ACUMULACION MISQUICHILCA
70
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA POSHAN S.A.C.
COMPAÑIA MINERA POSHAN S.A.C.
COMPAÑIA MINERA SAN CARLOS SAC
COMPAÑIA MINERA SAN CARLOS SAC
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CONSTRUCTORA NAPE E.I.R.L.
CREMLIN REATEGUI COLLAZOS
CRISTIAN ANTONIO CAMPOS CARBAJAL
DANIEL HECTOR ZEGARRA OJEDA
DANIEL MARTIN CHAVEZ BORJA
DARIO COLUNCHE DIAZ
DAVID DIAZ DIAZ
DAVID RODRIGUEZ SALDAÑA
DEMETRIO CIEZA CASTILLO
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DILMER COBA PADILLA
DILMER COBA PADILLA
CORPORACION TAGA CONTRATISTAS GENERALES EMPRESA INDIVIDUAL R
CONSTANTINO CHRISTIAN RUSSO MELGAREJO TORRES
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
EXTINGUIDO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
EXTINGUIDO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
CRETA
LINDA PRIMERA
TOÑITO 2011
TRIGOPAMPA XXX
CANTERA EL DIAMANTE
AGREGADOS DIAZ
SITULLY
AVENTURERO 1
EL JULIAN 5
EL JULIAN 1
EL JULIAN 17
EL JULIAN 10
EL JULIAN 8
EL JULIAN 11
EL JULIAN 12
EL JULIAN 15
EL JULIAN 23
EL JULIAN 3
EL JULIAN 18
EL JULIAN 2
EL JULIAN 20
BOLIVAR 13
EL JULIAN 6
EL JULIAN 7
EL CASTILLO DE JEPELACIO
DICOPA II
MINALCAPARROSA
TAGA
NAPE
ESCUDO PODEROSA 6
LA MONTAÑITA DORADA II
LA MONTAÑITA DORADA
PALLAR DE ORO V
PALLAR DE ORO IV
MICHAEL Nº 2
C.M. HORIZONTE Nº 14
MICHAEL Nº 4
AVENTURA VIII
C.M. HORIZONTE Nº 15
AVENTURA VII
MICHAEL Nº 3
AVENTURA VI-A
TRAPICHE 2A
C M HORIZONTE N° 19
1000
500
800
274.94
100
700
1000
400
90.98
100
480
200
110
300
100
500
200
100
100
100
200
1000
100
200
300
100
1000
800
1000
1000
1000
1000
1000
800
1000
1000
1000
1000
800
990
1000
1000
100
200
71
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
DILMER COBA PADILLA
DILMER COBA PADILLA
DORA FLORES SAAVEDRA
EDIL JOSE LEIVA CAMPOS
EDISON MASLUCAN HUAMAN
EDWIN NEIL MARINA TRIGOSO
EKAR GERARDO DE LA CRUZ ZEVALLO
SEKAR GERARDO DE LA CRUZ ZEVALLO
SEKAR GERARDO DE LA CRUZ ZEVALLO
SELARD VICENTE CUADROS CASTRO
ELDON DAVID VALLE OQUENDO
ELDON DAVID VALLE OQUENDO
ELIAS ENRIQUE PERALTA GOMEZ
ELISEO CAMPOS HARO
ELMER MOISES ROSALES CASTILLO
ELMER MOISES ROSALES CASTILLO
ELOY VIGO COLLANTES
ELVIS WILLIAM ARIAS ARZAPALO
EMILL MANUEL RUIZ CHAFFO
CANTERA CHOTA
BAGAZAN
PONGO ISLA 2
LEIVA
JJEM
SELVA ALEGRE I
IKELEO-2011
FACTOR-IV
MINA-SANTAROSADELIMA
KAREN Y ELAR 2012
EDVO
DIAMANTE BLANCO
CORIHUAYRA
CHUCARILLA
SANTA ROSA
ELMER IV
TUEMAL
GRAN HUAMUCO UNO
CAMILA 2013
200
200
600
100
100
100
300
100
600
300
100
100
400
1000
300
60.67
100
600
200
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
EXTINGUIDO
TITULADO
EXTINGUIDO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
CANCHITA
LEYDI DIANA II
ALFARO I
TANGARANA DE SABOYA
MINERA GLIMAM I
JEHOVA JHIRE 1
PAGRASHITO I 2010
REYNA DE OROS
REYNA DE OROS UNO
CHIRIMOTINO
MINA DORADA SAN JUAN I
PACHACUTEC 2010 I
MINA RIO HUALLAGA 2010
ROSITA DE SHILCAYO
TRIPULANTE ESPACIAL BULL 4
TRIPULANTE ESPACIAL BULL 2
TRIPULANTE ESPACIAL BULL 6
TRIPULANTE ESPACIAL BULL 5
TRIPULANTE ESPACIAL BULL 3
DOÑA ISABEL II
GABRIEL EUGENIO JOSE DE ROMAÑA LETTS
GABRIEL EUGENIO JOSE DE ROMAÑA LETTS
GABRIEL EUGENIO JOSE DE ROMAÑA LETTS
GABRIEL EUGENIO JOSE DE ROMAÑA LETTS
GABRIEL EUGENIO JOSE DE ROMAÑA LETTS
GABRIELA RITA JUANA ARMELLIN BET y Otros
800
100
700
1000
300
1000
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
FLORINDA SARMIENTO ALARCON 100
700
100
100
100
400
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
EXPLORACIONES SAN ISIDRO S.A.C.
FABIA FRANCESCA MELLONI RIGOBELLO
FABIA FRANCESCA MELLONI RIGOBELLO
FELIX AUGUSTO TRIGOSO PORTOCARRERO
FERNANDO AGUADO CURI
FIDEL EGBERTO ARGANDOÑA ZARATE y Otros
FIDEL EGBERTO ARGANDOÑA ZARATE y Otros
644
800
200
100
900
200
500
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
ENRIQUE SALAZAR AREVALO
ENRIQUE SEIJAS LANDA
ERIC IVAN CONDORI ALFARO
ERNESTO SABOYA CARDENAS
EUGUEMI ALEXEI MARIN YUPANQUI y Otros
EVELYN ELIZABETH DAMIAN IRIGOIN
100
100
200
100
100
100
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
EXTINGUIDO
TITULADO
EL GUAYACHITO FRANCISCO JAVIER TRIGOSO PORTOCARRERO
FLOR MARIA ALAYO GELDRES y OtrosFLOR DE GUADALUPE BAMBAMARCA
EL MIRADOR DE LAS TRES CRUCES EVER PEREZ BECERRA
EMPRESA MINERA AURIFERA TRUJILLO LA VICTORIA SAC
EMPRESA MINERA ARTESANAL DE ONGON S.A.C.EMAOSAC
MINERA AURIFERA TRUJILLO LAVICTORI
72
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
GABRIELA RITA JUANA ARMELLIN BET y Otros
GABRIELA RITA JUANA ARMELLIN BET y Otros
GABRIELA RITA JUANA ARMELLIN BET y Otros
GEOANDINA MINERALS S.A.C.
GERASIMO RODRIGUEZ ALIAGA
GERLIS DAVID SAAVEDRA MUÑOZ
GINA LAURA FERNANDEZ LARA
GLADIS FIGUEROA CONDOR
GOLD COPPER IRON MINING GROUP S.A.C.
GOLD COPPER IRON MINING GROUP S.A.C.
GUILLIANA JANETH ENRIQUEZ CARRIL
H Y Z NEGOCIACIONES Y SERVICIOS E.I.R.L.
HAROL EDGAR GUERRA GRANDEZ
HBDK EPER MINING COMPANY S.A.C.
HBDK EPER MINING COMPANY S.A.C.
HECTOR DAVID TORO ESTRADA
HECTOR DAVID TORO ESTRADA
HERNAN ESTUARDO CABANILLAS FARFAN
HERNAN RENZO CABANILLAS CAMACHO
HILARIA JACINTO RAYMUNDO
HILARIA JACINTO RAYMUNDO
INVERSIONES LOZADI S.A.C.
INVERSIONES MINERAS QURI-QULLQI S.A.C.
INVERSIONES Y CONSTRUCTORA VIGARE S.A.C.
ISAURO VARGAS LINARES
J. J. ROCHA METAL MECANICA E. I. R. L.
JAIME IGNACIO HIDALGO LECCA
JAIME RICARDO RODRIGUEZ ESQUIVEL
JAVE MIGUEL TRIGOSO RODRIGUEZ
JAVIER ALFONSO HEIGHES SOUSA
JESSENIA CAROLINA DAVILA PONTE
JESUS ENRIQUE CORDOVA ROJAS
JESUS ENRIQUE CORDOVA ROJAS
JESUS MARIA CARRIL YSLA
JHON CRIHSTIAN CHACON MEDINA
JIS HOLDINGS S.A.
JIS HOLDINGS S.A.
JOEL DOSITEO JAUREGUI LINARES
JORGE AFRODICIO MORALES CASTILLO y Otros
JORGE CLEDER YDROGO VERA
JORGE FLORES VILLANUEVA
JORGE HECTOR FRANCISCO TEJEDA MOSCOSO
JORGE JAIME LAU YOOK
JORGE JAIME LAU YOOK
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
100
1000
100
1000
100
200
100
200
510
900
1000
200
100
1000
500
300
100
300
100
100
100
400
800
200
100
400
100
1000
100
500
100
1000
1000
1000
200
900
237.27
1000
100
100
800
1000
300
500
DOÑA AGUSTINA III
DOÑA ISABEL I
DOÑA AGUSTINA II
GEMIN 17
REMATIMALES
CANTERA GUANO GUANO
MINERA AURIFERA GOXA
SEBASTEAN 2010
PATRICIA
MARIA ANGOLA 2
HUIPIAN I 2011
LA CONFIANZA 2010 1
KIARA NICOLL
CERRO ESTRELLA 2012
CERRO VENTANAS
MEDALIT ANGELICA III
GILBERT I
CABAPAR 1
SUSANN 1
MARILUZ I
MARILUZ II
LA QUINTA MARAVILLA
MELCHORITA
PARAISO DE ORO MINA
SAN JUANITO
ROCK STONE I
HIDALGO LECCA
VENUS I
JAVE
PEPITO Y LUCIA 11
SANTA APOLONIA
MADERA I
MADERA II
RUIBARBO I 2011
HECOS
AVENTURA XI
AVENTURA VI
CHUNCO I 2011
MINERA LOS GEMELOS I
PEDREGAL EL GRAN PAJATEN
ORIENTE
HUIMBAYOC
CARTAGENA 3
CARTAGENA 1
73
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
TRIGOPAMPA 2012
EMPRENDEDOR II
EMPRENDEDOR III
EMPRENDEDOR I
NUEVO RONIE 5
NUEVO RONIE 4
DTENORIO
MARIANO DOS
CANTERA PREDIO ESPERANZA
ORO BRANCO
DORADO REAL 3
DORADO REAL 4
DORADO REAL 2
JOBITO
JTO
ARENERA EL AGUILA
LAS LOMAS DEL FRAYLE II
KUELAP 2008
GLORIABAMBA
MARIA NATIVIDAD
COTRINA
MARICARMEN
RAUDAL 2013
PUERTO 2013
MARIA ANGOLA 3RDA
MARIA ANGOLA 4RD
MARIA ANGOLA 3RDB
MARIA ANGOLA 5RD
MARIA ANGOLA 6RD
SHAPAJA
MARIA VILMA II
MARIA VILMA III
MARIA VILMA I
LADRILLERA CALZADA EIRL II
TANGARANA
CASTILLA
ALTO BLANCO PRIMERO
PACCHA
MINA HUALLAGA 1
AUCAYACU GOLD
CORILAND II
LA FLORIDA II
BRANDOM
LA PINTA II
HUACARUMI II 2011
JORGE LUIS CABANILLAS CHUSHO y Otros
JORGE LUIS RIOS LOPEZ
JORGE LUIS RIOS LOPEZ
JORGE LUIS RIOS LOPEZ
JORGE OLIVERIO VEREAU CORTEZ
JORGE OLIVERIO VEREAU CORTEZ
JORGE WILFREDO TENORIO MEZA
JOSE ANTONIO OBLITAS QUIPUZCOA y Otros
JOSE ARCOS CARHUAS
JOSE FELIX CASTILLO SALVATIERRA
JOSE FELIX CASTILLO SALVATIERRA y Otros
JOSE FELIX CASTILLO SALVATIERRA y Otros
JOSE FELIX CASTILLO SALVATIERRA y Otros
JOSE JOB TRIGOSO OCAMPO
JOSE JOB TRIGOSO OCAMPO
JOSE JULIAN DEL AGUILA FERNANDEZ
JOSE NATIVIDAD VELA PEREZ
JUAN CARLOS HERRERA SANCHEZ
JUAN DE LA CRUZ GONZALEZ
JUAN GERARDO GALOC MESIAS
JUAN PABLO MONTALVAN GOMEZ
JUAN RAMIRO CASTILLO SALVATIERRA
JULIO CESAR RIVERA LOZANO y Otros
JULIO CESAR RIVERA LOZANO y Otros
JULIO CESAR TORRES ESCALANTE y Otros
JULIO CESAR TORRES ESCALANTE y Otros
JULIO CESAR TORRES ESCALANTE y Otros
JULIO CESAR TORRES ESCALANTE y Otros
JULIO CESAR TORRES ESCALANTE y Otros
JULIO CESAR ZARI CAMPOS
JUSTINIANO TRIGOSO RODRIGUEZ
JUSTINIANO TRIGOSO RODRIGUEZ
JUSTINIANO TRIGOSO RODRIGUEZ
LADRILLERA CALZADA EIRL
LADRILLOS TANGARANA E.I.R.L.
LAS ALPACAS DE TRUJILLO S.A.C.
LAS ALPACAS DE TRUJILLO S.A.C.
LAS ALPACAS DE TRUJILLO S.A.C.
LAZARO HUMBERTO CLEMENTE CACERES
LEM CHAU YU
LILIANA MARISOL MENACHO AYALA
LILIANA MARISOL MENACHO AYALA
LLERME SUSAN TAFUR VARGAS
LLISELA REATEGUI QUIROZ
LUIS ALVIN CORDOVA LOPEZ
1000
100
400
200
1000
300
100
1000
100
1000
100
300
400
200
100
100
100
100
200
100
100
200
200
100
100
800
300
1000
700
200
100
300
100
100
200
760
941.31
238.29
600
800
400
1000
100
300
1000
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
74
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
LUIS FIDENCIO CABALLERO RAMOS
LUIS FIDENCIO CABALLERO RAMOS
LUIS FIDENCIO CABALLERO RAMOS
LUIS HERNANDO BEGAZO DE BEDOYA
LUSFELINA CASTAÑEDA HUAMAN
MANUEL ARTURO COBIAN MESIA y Otros
MANUEL ARTURO COBIAN MESIA y Otros
MANUEL ATILIO SANTILLAN TAFUR
MANUEL CHACON IGLESIAS
MARCO ANTONIO ARCE PEREA
MARCO ANTONIO ARCE PEREA
MARCO ANTONIO GARATE LABAJOS
MARCO ANTONIO GARATE LABAJOS
MARCO ANTONIO TRIGOSO TORRES
MARIA CASILDA ARAUJO ARAUJO
MARIA NELY MORALES QUISPE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
840
600
500
600
100
1000
300
200
100
200
100
200
800
100
100
136.61
MICHAEL Nº 10
MICHAEL Nº 9
MICHAEL Nº 11
OSCAR Y PAQUITA 3
ARENERA LUCY
TRIGOPAMPA L
TRIGOPAMPA LX
AGREGADOS SANTA BARBARA
INDAÑE I
MARCO 18
MONTE VERDE 1
GARATE II
GARATE I
CHIRIMOTINO2
LA PERLA DEL MAYO
JUAN DIEGO DF
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
EXTINGUIDO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
200
200
100
100
100
100
300
200
800
700
700
200
100
100
300
100
100
100
600
800
100
100
100
800
1000
800
800
MARIO SANTILLAN PORTOCARRERO
MARIO SANTILLAN PORTOCARRERO
MARITZA GERTRUDEZ MENDOZA INGA
MAURILIO LOJA PIZARRO
MAURO QUISPE CRUZ
MAXIMILIANO PEREZ VERASTEGUI
MAXY GOLD PERU S.A.C.
MAXY GOLD PERU S.A.C.
MAXY GOLD PERU S.A.C.
MAXY GOLD PERU S.A.C.
MAXY GOLD PERU S.A.C.
MAXY GOLD PERU S.A.C.
MELINDA GUILLEN ALVA y Otros
MERCEDES ESTEFANIA FEDALTO REATEGUI
MIGUEL LABAJOS RIOS
MIGUEL QUINTOS CARRERO
MIGUEL REATEGUI SALAS
MIGUEL URQUIA PELAEZ
MIGUEL YON HAU YON
MILENA PELAEZ PEREZ
MILENA PELAEZ PEREZ
MILENKO PILCO CHAMOLI
MILENKO PILCO CHAMOLI
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
SB ARENA
MSP ARENAL
TRANCAHUAYCO
CANTERA LIMON
EL AGUAJAL
LADRILLERA PEREZ
INDIO 6
INDIO 3
INDIO 5
INDIO 8
INDIO 4
INDIO 2
TAMBILLOS K
RESPLANDOR 2012 III
SORITOR I
MIGUEL QUINTOS
GUAYAQUIL
URQUIA
YON HAU YON 2
T.BERMUDAS 1
T.BERMUDAS
CANTERA VALERIA II
CANTERA VALERIA I
DORO 23
DORO 26
DORO 28
DORO 24
ESPERANZA DEL SOL 100 MARIANO ULDARICO MARTIN CARRANZA GONZALES 600 TRAMITE
75
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
200
1000
1000
28.79
616.85
369.33
79.27
8.5
1000
1000
400
100
4.12
47.8
450
0.09
1000
900
900
1000
33.97
1.88
800
23.21
900
373.03
200
800
300
1000
126.51
3.03
900
119.89
1000
87.06
27.12
177.88
500
600
1000
5.5
800
700
1000
DORO 22
DORO 25
DORO 27
TORTUGA Nº 29
LA TORTUGA Nº 1
LA GENOVESA Nº 9
CABEZON Nº 3
MONO Nº 2-B
LOBO 53
VELOCIRAPTOR 108
VELOCIRAPTOR 187
TERODACTILOS 217
LA PORFIADA Nº 2-A
CABEZON Nº 4-B
CACHACO Nº 6
JUANACHO 82
VELOCIRAPTOR 118
LOBO 51
VALIENTE SIETE
ALOSAURIOS 39
JUANACHO 82-A
TORTUGA Nº 36-A
LOBO 52
MONO Nº 2
VELOCIRAPTOR 107
LA GENOVESA Nº 13
VELOCIRAPTOR 120
TERODACTILOS 134
ALOSAURIOS 117
MAGNUM 27
VAMPIRO Nº 1
LA TORTUGA Nº 3
TRILOBITES 205
CABEZON Nº 4S
ABUESO 4
TORTUGA Nº 38-B
MONO Nº 1
CABEZON Nº 1
VELOCIRAPTOR 116
SABUESO 5
VELOCIRAPTOR 105
MONO Nº 2-A-1
TERODACTILOS 197
VELOCIRAPTOR 119
VELOCIRAPTOR 106
76
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA CHAMBARA S.A.C.
MINERA CHAMBARA S.A.C.
MINERA CHAMBARA S.A.C.
MINERA CHAMBARA S.A.C.
MINERA CHAMBARA S.A.C.
MINERA CHAMBARA S.A.C.
MINERA CHICALLE S.A.C.
MINERA GOLDEN & SILVER DEL PERU SAC
MINERA MINASPATA S.A.C.
MINERA MINASPATA S.A.C. y Otros
MINERA QUILCA S.A.C.
MINERA QUILCA S.A.C.
MINERA QUILCA S.A.C.
MINERA VETA DORADA S.A.C.
MINERA VETA DORADA S.A.C.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
OTROS
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
EXTINGUIDO
EXTINGUIDO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
EXTINGUIDO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
1000
400
145.5
42.26
106.07
1000
888.3
823.67
5.79
899.66
1000
700
1000
140.03
3.76
332.56
197.94
1000
1000
12.58
1000
49.98
300
274.94
300
1000
700
1.36
100
1000
1000
800
200
200
388.33
100
600
1000
154.12
1000
207.43
100
300
1000
100
TERODACTILOS 145
VALIENTE TRES
LA TORTUGA Nº 4
LA TORTUGA Nº 2-A
SAN ANDRES AMPLIADO
TRILOBITES 204
MONO Nº 4
LA GENOVESA Nº 19
MONO Nº 2-A
PARCOYANO
VALIENTE CINCO
LOBO 54
CHIMBOYA 3
LA TORTUGA Nº 2
LA GENOVESA Nº 10
MONO Nº 3
TORTUGA Nº 37
SABUESO 3
TERODACTILOS 144
CABEZON Nº 1-C
VELOCIRAPTOR 117
CACHACO Nº 29
VELOCIRAPTOR 120-B
LOBO 49
VELOCIRAPTOR 121
TERODACTILOS 143
TERODACTILOS 210
LA GENOVESA Nº 17-A
LEIMEBAMBA-40
ANGIE KAROLL DIECINUEVE
ANGIE KAROLL VEINTE
ANGIE KAROLL QUINCE
LEIMEBAMBA-38
ANGIE KAROLL SIETE
NUEVA TAYABAMBA
SALMORSA01
GUELLAYMARCA 17
GUELLAYMARCA 14
PUSHAQUILCA 19
OSO DOS
PUSHAQUILCA 18
KARITO 5A
KARITO 4A
IMA SUMAC 6
IMA SUMAC 13
77
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
IMA SUMAC 7
IMA SUMAC 8
IMA SUMAC 10
EL GRAN DORADO II
IMA SUMAC 9
IMA SUMAC 4
IMA SUMAC 11
RIO DE ORO
RIO DE ORO II-A
IMA SUMAC 5
EL GRAN DORADO
300
100
1000
1000
1000
800
400
100
200
300
100
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
MINNOR S.A.C.
MISAVI S.A.C
MOISES DAVIS LOZANO RAMIREZ
NEGOCIOS INTERNACIONALES TELLO S.A.C.
NEGOCIOS INTERNACIONALES TELLO S.A.C.
NEGOCIOS INTERNACIONALES TELLO S.A.C.
NELVIN MOISES VALVERDE OLORTEGUI
NESTOR HUGO CABRERA RUIZ
NEULI ASCENCION LIZARDO NOVO
ANEY ENRIQUE DELGADO ZUÑIGA
NOE ALTAMIRANO FERNANDEZ
NORBERT SANTILLAN MAZUELOS
NORBERT SANTILLAN MAZUELOS
NORBERT SANTILLAN MAZUELOS
OLA GRANDE SERVICIOS S.A.C.
OLAM - CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.
ORLANDO ALVA LABAJOS
OSCAR CHAVEZ DEXTRE
OTTO CABRERA MARQUINA y Otros
100
200
300
100
100
200
980
100
100
200
100
100
200
100
100
1000
100
300
659.69
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
EXTINGUIDO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
SAN JUAN 2012 - I
NELY - JACKENLY- I
MOISES
WINGE
MONTE INFANTE II
MONTE INFANTE I
EL AMITO DOS
RONSOCOS
CRUZ DE SHIQUE
DALUCI
ALTAMIRANO 1
JHARLY
JHORDAN
KENNETH
SACRAHUAICO ANDREA
XIMENA DAHYAN
ALVA
OTILIA DORADA VII
MANUELITA I
CANTERA MUNICIPAL II
CANTERA ROCA 4
CANTERA ROCA II
CANTERA ROCA I
CANTERA MUNICIPAL 1
CANTERA ARENA 2
CANTERA GARATE
CANTERA ARENA 1
CANTERA MUNICIPAL I
CANTERA ROCA 3
CANTERA ROCA 1
CANTERA ROCA 2
3.46
0.48
0.33
0.07
2.15
0.52
22.57
0.9
4.95
0.78
0.33
0.07
OTROS
OTROS
OTROS
OTROS
OTROS
OTROS
OTROS
OTROS
OTROS
OTROS
OTROS
OTROS
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESMINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
78
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
1000
1000
300
100
S.M.R.L MINERA AURIFERA GADIR
S.M.R.L MINERA AURIFERA GADIR
S.M.R.L MINERA AURIFERA GADIR
S.M.R.L. ALTO MAYO I
CCORI WASI I
CCORI WASI II
CCORI WASI III
ALTO MAYO IV
OYOTUN I 2006 S.R.L.
OYOTUN I 2006 S.R.L.
OYOTUN I 2006 S.R.L.
PEDRO ALFONSO ALVA MEZA
PEDRO ALFONSO ALVA MEZA
PEDRO ALFONSO ALVA MEZA
PEDRO ALFONSO ALVA MEZA
PEDRO ANTONIO HUAMAN TEJADA
PEDRO ROMERO JARA
PEDRO YON HAUYON
PERCILES JUAN RAMIREZ CONTRERAS
PERCILES JUAN RAMIREZ CONTRERAS y Otros
PETROLERA MONTERRICO S.A.
PETROLERA MONTERRICO S.A.
PETROLERA MONTERRICO S.A.
PETROLERA MONTERRICO S.A.
QUIMPAC S.A.
QUIMPAC S.A.
QUIMPAC S.A.
RAUL RAMIREZ LOPEZ
REDCO E.I.R.L.
REIS HUMBERTO SALDAÑA VALLE
REYNA LOPEZ DE SANCHEZ
REYNEIRO GUEVARA QUISPE
RICARDO ANTENOR PACHECO BOLAÑOS
RICARDO FREICER GALLARDAY CERNA
ROBERT CATPO GOLAC
ROBERT RONALD ESCOBEDO TOLEDO
ROBERT RONALD ESCOBEDO TOLEDO
ROCK BRIDGE MINING PERU S.R.L. y Otros
ROGER COLLANTES CORONEL
ROGER DANIEL CHAVEZ ROMER
OROGER DANIEL CHAVEZ ROMERO y Otros
ROGER DANIEL CHAVEZ ROMERO y Otros
ROLANDO BOUBY MELENDEZ
ROLANDO BOUBY MELENDEZ
ROLANDO REATEGUI RODRIGUEZ
ROMEL RIGOBERTO MACEDO RONDAN
RONALD FERNANDO YABAR UMERES
274.94
1000
100
200
100
100
300
300
274.94
800
500
400
1000
400
1000
900
1000
1000
1000
100
500
200
200
100
132.03
200
200
200
200
500
100
100
1000
1000
600
400
100
200
100
LA MONTAÑITA I 2012
ONGON II 2011
MACULL I 2012
MINERA AR
MINERA Ar3
MINERA Ar4
MINAS ARSAC
TAGA 2
JOSE PASCUAL 7
YON HAUYON 1
ATAWAS
CHUQUIQUE
ASCENCION CUATRO
ASCENCION CINCO
ASCENCION ONCE
ASCENCION SEIS
PILLUANA
PILLUANA Nº 1
PILLUANA Nº 2
CANGREJO
MADAURA
REMASAL
JOSE ALBERTH
GUEVARA
SAN BENITO P.B.
MINERA GARIMPEIRO
PEDRO CG
MONTE VERDE 2
MONTE VERDE 1
HUACRACHUCO RBM
VALLE GRANDE
TRIGOPAMPA XL
TRIGOPAMPA XX
TRIGOPAMPA X
NUEVO PORVENIR 2012
EL TIGRILLO
ROCA FUERTE 2011
CUCARACHA
JUAN ERASMO I
VILLA EMERITA ROSSANA IZQUIERDO CORTEGANA DE FERNANDEZ 100 TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
EXTINGUIDO
79
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
S.M.R.L. ALTO MAYO I
S.M.R.L. ALTO MAYO I
S.M.R.L. ANA LUCIA 2007
S.M.R.L. ARBOLEDA DEL NORTE
S.M.R.L. CARMELITO 3
S.M.R.L. CARMELITO 3
S.M.R.L. CARMELITO 3
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 1
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 1
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 1
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 1
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 2
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 3
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 3
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 4
S.M.R.L. CRUZ ROJA
S.M.R.L. EL CERRILLO
S.M.R.L. EL GRAN DORADO
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 7
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 7
S.M.R.L. ISULA
S.M.R.L. ISULA
S.M.R.L. LA ESPERANZA XXI
S.M.R.L. LAS DELICIAS
S.M.R.L. LICHTFIELD COMPAÑIA MINERA
S.M.R.L. LOBO 16 DE TRUJILLO
S.M.R.L. LOBO 17 DE TRUJILLO
S.M.R.L. LOBO 18 DE TRUJILLO
S.M.R.L. LOBO 19 DE TRUJILLO
S.M.R.L. LOBO 20 DE TRUJILLO
S.M.R.L. LOBO 21 DE TRUJILLO
S.M.R.L. LOBO 30
S.M.R.L. LOBO Nº 3 DE TRUJILLO
S.M.R.L. MI ALTAGRACIA II
S.M.R.L. MINA HUALLAGA 3
S.M.R.L. MINERA AURIFERA GADIR
S.M.R.L. MINERA AURIFERA GADIR
S.M.R.L. MINERA LA ACCLLA
S.M.R.L. MINERA LA ACCLLA
TITULADO
TITULADO
EXTINGUIDO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
EXTINGUIDO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
100
100
274.94
900
400
200
200
799.5
207.43
790.31
296.37
790.31
200
962.37
790.31
1000
200
900
1000
1000
1000
800
1000
600
1000
1000
100
200
64.38
100
1000
503.01
37.01
9
16
6
140
8.65
71.93
1000
300
491.94
700
300
100
ALTO MAYO III
ALTO MAYO I
ANA LUCIA 2007
ARBOLEDA DEL NORTE
CARMELITO 3
CARMELITO 2
CARMELITO 1
CONCEPCION MARIA Nº 1
CAJASPAMPA Nº 2
CONCEPCION MARIA Nº 3
CONCEPCION MARIA Nº 5
CONCEPCION MARIA Nº 2
MUSHMUSH
ESTRELLA DE PATAZ Nº 3
CONCEPCION MARIA Nº 4
CRUZ ROJA
EL CERRILLO
EL GRAN DORADO III
GUELLAYMARCA 6
GUELLAYMARCA 10
GUELLAYMARCA 16
GUELLAYMARCA 15
GUELLAYMARCA 13
GUELLAYMARCA 11
GUELLAYMARCA 7
GUELLAYMARCA 9
ISULA
ISULA II
LA SORPRESA XXVII
LAS DELICIAS
LICHTFIELD COMPAÑIA MINERA
LOBO 16
LOBO Nº 24
LOBO 18
LOBO 19
LOBO 20
LOBO 21
LOBO 30
LOBO # 3
MI ALTAGRACIA III
MINA HUALLAGA 3
MINERA AURIFERA GADIR
CCORI WASI IV
MINERA LA ACCLLA
MINERA LA FARAONA
80
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
TOMASA GUADALUPE CARRIL YSLA
UPKAR RESOURCES PERU S.A.C.
VALENTIN FLOREZ SAUTER y Otros
VICENTE OCAS COBA
VICENTE OCAS COBA
VICTOR CARBAJAL PACHECO y Otros
VICTOR MANUEL MONTALVA SALAVERRY y Otros
VIDAL JOEL JANAMPA CARRILLO
VIRGINIA LOPEZ VDA DE DAZA
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
1000
600
400
100
300
600
979.25
200
100
600
1000
TRAMITE
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
PAGRA I 2011
NUEVO ONGON
AMARILIS I
FUTURO INDOCHE
FUTURO INDOCHE I
MINA HUALLAGA 2
MIKAYLA 01
JOELITO 2013
LADRILLERAS DE SORITOR
VM 183
VM 182
S.M.R.L. MINERA LA ACCLLA
S.M.R.L. MISKI DE TRUJILLO
S.M.R.L. OTORONGO I 2012
S.M.R.L. PACHACUTEC 2010
S.M.R.L. PARAISO A2012
S.M.R.L. POTRERO DEL REY
S.M.R.L. PROMENOR
S.M.R.L. PROYECTO MINERO LA VIÑA
S.M.R.L. RICACHA
S.M.R.L. RICACHA I
S.M.R.L. RICACHA II
S.M.R.L. RICACHA III
S.M.R.L. SAJOMI II
S.M.R.L. SAJOMI II
S.M.R.L. SAN FRANCISCO B DE TRUJILLO
S.M.R.L. SANTA ANA DE QUIROZ
S.M.R.L. VALENTINA ANTONELLA
S.M.R.L. VICENTE CASTILLO RODRIGUEZ
S.M.R.L. VOLCAN TRES
S.M.R.L. VOLCAN TRES
SANCOR 2006 S.R.L.
SANTIAGO EDMUNDO ARRIOLA OLIVARES
SANTOS LILIANA ALTAMIRANO REQUEJO
SEGUNDO BALTAZAR TORREJON CHAVEZ
SEGUNDO HERMOGENES DAVILA PEREZ
SEGUNDO MANUEL SANCHEZ PAREDES
SEGUNDO MANUEL SANCHEZ PAREDES
SELVA VIRGEN SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
SOCIEDAD MINERA CAMBIOR PERU S.A.
SOCIEDAD MINERA CAMBIOR PERU S.A.
SOCIEDAD MINERA CAMBIOR PERU S.A.
1001
000
100
1000
300
600
200
400
1000
1000
1000
1000
500
500
1000
900
100
300
750
1000
1000
200
100
100
100
200
200
100
800
700
600
MINERA LA DONCELLA
MISKI
OTORONGO I 2012
PACHACUTEC 2010
PARAISO A2012
POTRERO DEL REY
PROMENOR
PROYECTO MINERO LA VIÑA
RICACHA
RICACHA I
RICACHA II
RICACHA III
SAJOMI I
SAJOMI II
SAN FRANCISCO B
BOLIVAR XXI
VALENTINA ANTONELLA
VICENTE CASTILLO RODRIGUEZ
VOLCAN CUATRO
VOLCAN TRES
CERRO VENTANA I 2012
LOS SANTIAGOS I
LA MURALLA DE INDAÑE
CANTERA EL TIGRE
DAVILA Y CHOQUE
MOLINETES X
MOLINETES X
XROCA FORTE
ROGER 2
ROGER 1
ROGER 3
LOBO Nº 2
TABACALERA DEL ORIENTE SAC
55.13
100
TRAMITE
TITULADO
SOCIEDAD MINERA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA LOBO 2 DE TRUJILTABACALERA DEL ORIENTE SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Enero 2014
Elaboración: Rubén Ninahuanca
81
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
MAPA N° 4MAPA COMPARATIVO DE PETITORIO MINERO 2013 – 2014 EN LA REGION SAN MARTIN
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
WAGNER CHAVEZ LOPEZ
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
WILLY MICHAEL CABALLERO GRADOS
WILLY MICHAEL CABALLERO GRADOS
YURI NEIL MIRANDA CASTILLO
ZONGZHI SU
VM 192
VM 193
VM 191
VM 188
NUEVO PERU EL MIRADOR
JOITO I
JOITO III
JOITO XIV
JOITO V
MARIA PAZ IV
JOITO XV
JOITO IV
MICHAEL 12
MICHAEL 13
KIMBERLY
CRESPO I
1000
1000
1000
1000
100
400
300
1000
800
1000
200
1000
500
200
500
500
EXTINGUIDO
EXTINGUIDO
EXTINGUIDO
EXTINGUIDO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TITULADO
TRAMITE
TRAMITE
LORETO
SAN MARTÍN
AMAZONAS
ANCASH
LA LIBERTAD
HUÁNUCOUCAYALI
CAJAMARCA
SANTA ROSA
CHARAPILLO
KUSU
CACHIYACU
YARAU
SHIMPIYACU
MORROYACU
ALTO MAYO
HUASCAYACU
DORADO
NUEVA JERUSALEN
BAJO NARANJILLO
SHAMPUYACU
TIWIYACU
ALTO NARANJILLO
SAN RAFAEL
YURILAMAS
CHUNCHIWI
COPAL SACHA
CHIRIKYACUAVIACION
KACHIPAMPA
MUSHUCK LLACTA DE CHIPAOTACHIRIK SACHA
PAMPA SACHA
ALTO SHAMBUYAKU
CHUMBAKIHUI
KAWANASISA
NUEVO ARICA DE KACHIYACU
VISTA ALEGRE DE SHITARIYAKU
Acumulacion Misquichilca
Rioja 7
Rioja 2
Rioja 5
Rioja 1
Rioja 3
Rioja 8Rioja 9
ANLU IANLU II
Joito IV
Doro 27
Doro 26
Doro 25
Navarro
Daniel 3Daniel 2
Pilluana
Tipishca
Rioja 4
Oso Dos
Joito VJoito XIV
Oriente
Doro 28
Doro 23
Garate I
Pilluana 1
Bolivar 03
Bolivar 01Bolivar 02
Primavera
Micael 7
El Julian 8El Julian 7
Pongo IslaValeria-101
Huimbayoc
El Julian 11
Mono Nº 4
Ramal 2
Pajonal 3
El Julian 18
El Julian 22
El Julian 17El Julian 12
El Julian 21
El Julian 25El Julian 19
El Julian 24
El Julian 23
La Florida II
Sapo 2011-2
Mayo 2011-1
Pilluana Nº 2
Pilluana Nº 1
El Julian 13
El Julian 1
Tingos 2011-4
Tingos 2011-7
Callanayacu 3
Yanayacu 10
Majaz 2
Mayo 2011-2
San Martin N2
Papa Playa Dos
Papa Playa Uno
Cachipampa 1
Sachapapa
Cholito EDU VIII
Papa Playa Tres
Pilluana 2
Campana 2011-2
Cachiyacu 11
Bolivar 04
Pachacutec 2010
Rioja 6
Misquichilca Nº 4
Yon Huayon 1
Sapo 2011-1
Jera 97
Majaz 1
Angie Karoll veinte
Los Perversos Nº 2Los Perversos Nº 1
Terodactilos 197
Pongo Isla 2
Yanayacu 11
Buenos Aires 1Buenos Aires 2
Pajonal 2
Callanayacu 2
Cartagena 1
Yon Hua Yon 2
Joito III
Ramal I
Shitully
Coriland II
Tangarana
Mina Ecologica Esmeralda
Soritor I
Los Perversos Nº 4
Tingos 2011-2
Callanayacu 1
Sauce 2011
Calampa
Oscar y Paquita 3
Cartagena 2
Tingos 2010
Pajonal 4
Jobito
Tilapia 99
Rock Stone I
Isula II
Ramiro Priale
San Martin N1
Alfaro I
La Pinta 05
Calizas Tioyacu
Yoshio I
Cartagena 3
Shapaja
Nor Oriente 2011
Yoshio II
Bagazan
Mulatambo I 2011
Marco 18
Shut
San Martin N3
Mina Rio Huallaga 2010
La Cinturona Nº 14
Yorongos
Don Jose FGC
Cucaracha
Futuro Indoche I
JJEM
Ancemagle
ARSA
Winge
Victoria 2011
Urquia
Monte Infante I
Sebastean 2010
Agregados Diaz
Leimebamba-38
Suzume
Shamiro
Pachacutec 2010 I
Tsubame
Topa Inka Yupanqui
Lagunas 7
Campo EtaRoca Forte
Kiara Nicoll
Axel Adrian
Puma Rinry
San Juanito
Infinita MMX
Monte Verde
Inti Yacu NIT
Villa Emerita
Altamirano 1
Las Palmas I
Maria Vilma I
Aventurero 1
Selva Alegre I
Hidalgo Lecca
Boston Cecilia
Jehova Jhire 1
Monte Infante II
Leimebamba-40
Cantera Valeria I
Diamante BlancoRoca Fuerte 2011 La Perla del Mayo
Nuevo Peru El Mirador
Tabacalera del Oriente SAC
El Mirador de las Tres Cruces
200000,000000
200000,000000
250000,000000
250000,000000
300000,000000
300000,000000
350000,000000
350000,000000
400000,000000
400000,000000
450000,000000
450000,000000
90
50
00
0,0
00
00
0
90
50
00
0,0
00
00
0
91
00
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0,0
00
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0
91
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00
0,0
00
00
0
91
50
00
0,0
00
00
0
91
50
00
0,0
00
00
0
92
00
00
0,0
00
00
0
92
00
00
0,0
00
00
0
92
50
00
0,0
00
00
0
92
50
00
0,0
00
00
0
93
00
00
0,0
00
00
0
93
00
00
0,0
00
00
0
93
50
00
0,0
00
00
0
93
50
00
0,0
00
00
0
94
00
00
0,0
00
00
0
94
00
00
0,0
00
00
0
LORETO
SAN MARTÍN
AMAZONAS
LA LIBERTAD
ANCASH
HUÁNUCO UCAYALI
CAJAMARCA
SANTA ROSA
CHARAPILLO
KUSU
CACHIYACU
YARAU
SHIMPIYACU
MORROYACU
ALTO MAYO
HUASCAYACU
DORADO
NUEVA JERUSALEN
BAJO NARANJILLO
SHAMPUYACU
TIWIYACU
ALTO NARANJILLO
SAN RAFAEL
YURILAMAS
CHUNCHIWI
COPAL SACHA
CHIRIKYACUAVIACION
KACHIPAMPA
MUSHUCK LLACTA DE CHIPAOTACHIRIK SACHA
PAMPA SACHA
ALTO SHAMBUYAKU
CHUMBAKIHUI
KAWANASISA
NUEVO ARICA DE KACHIYACU
VISTA ALEGRE DE SHITARIYAKU
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
QUIMPAC S.A.
QUIMPAC S.A.QUIMPAC S.A.
LEM CHAU YU
S.M.R.L. RICACHA
S.M.R.L. RICACHA I
S.M.R.L. RICACHA II
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
S.M.R.L. RICACHA III
SANCOR 2006 S.R.L.
S.M.R.L. CRUZ ROJA
JIS HOLDINGS S.A.
OYOTUN I 2006 S.R.L.
MINERA QUILCA S.A.C.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
S.M.R.L. VOLCAN TRES
ELISEO CAMPOS HARO
DESAFIO MINERO S.A.C.DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.DESAFIO MINERO S.A.C.
MINING GROUP S.A.
ZONGZHI SU
S.M.R.L. MI ALTAGRACIA II
MINERA CHAMBARA S.A.C.
MINERA CHAMBARA S.A.C.
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 7
PEDRO YON HAUYON
S.M.R.L. PACHACUTEC 2010
S.M.R.L. MISKI DE TRUJILLO
ALBERTO CORBERA CERNA
ALBERTO CORBERA CERNA
ALBERTO CORBERA CERNA
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
JESUS MARIA CARRIL YSLA
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
CEMENTOS SELVA S.A.CEMENTOS SELVA S.A.
MILENA PELAEZ PEREZ
FERNANDO AGUADO CURI
REDCO E.I.R.L.
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
GEOANDINA MINERALS S.A.C.
S.M.R.L. EL GRAN DORADO
DESAFIO MINERO S.A.C.DESAFIO MINERO S.A.C.
MAXY GOLD PERU S.A.C.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
PETROLERA MONTERRICO S.A.
PETROLERA MONTERRICO S.A.
COMPAÑIA FENIX Y FENIX S.R.L.
MINERA CHAMBARA S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA MINASPATA S.A.C. y Otros
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
S.M.R.L MINERA AURIFERA GADIR
S.M.R.L MINERA AURIFERA GADIR
JESUS ENRIQUE CORDOVA ROJAS
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
JESUS ENRIQUE CORDOVA ROJAS
COMPAÑIA MINERA MINEHOLD S.A.
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
LILIANA MARISOL MENACHO AYALA
JORGE OLIVERIO VEREAU CORTEZ
MAXY GOLD PERU S.A.C.
TOMASA GUADALUPE CARRIL YSLA
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
S.M.R.L. SAJOMI II
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
JORGE FLORES VILLANUEVA
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 3
HBDK EPER MINING COMPANY S.A.C.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
CESAR OSWALDO ROJO FERNANDEZCARLOS ALBERTO CHUNAS SALAZAR
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
ADRIAN BARRIENTOS VARGAS y Otros
MIGUEL YON HAU YON
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
CITISOL INVERSIONES MINERAS S.A.C
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
COMPAÑIA MINERA EL MARISCAL S.A.C.
JAIME RICARDO RODRIGUEZ ESQUIVEL
S.M.R.L. LICHTFIELD COMPAÑIA MINERA
MANUEL ARTURO COBIAN MESIA y Otros
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
S.M.R.L. VOLCAN TRES
NELVIN MOISES VALVERDE OLORTEGUI
COMPAÑIA AURIFERA TAYABAMBA S.A.C.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
ALEJO JOLNER ARANDA CAMPOS y Otros
S.M.R.L. SAN FRANCISCO B DE TRUJILLO
ROGER DANIEL CHAVEZ ROMERO y OtrosROGER DANIEL CHAVEZ ROMERO y Otros
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 1
LUIS FIDENCIO CABALLERO RAMOS
OLAM - CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 2
COMPAÑIA MINERA POSHAN S.A.C.
DORA FLORES SAAVEDRA
COMPAÑIA MINERA AURIFERA DEL SUR S.A.
PETROLERA MONTERRICO S.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA AURIFERA DEL SUR S.A.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
MARCO ANTONIO GARATE LABAJOS
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
S.M.R.L. POTRERO DEL REY
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
JORGE HECTOR FRANCISCO TEJEDA MOSCOSO
ROLANDO BOUBY MELENDEZ
JORGE JAIME LAU YOOK
DESAFIO MINERO S.A.C.
COMPAÑIA MINERA EL MARISCAL S.A.C.
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
FABIA FRANCESCA MELLONI RIGOBELLO
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
OTTO CABRERA MARQUINA y Otros
MINERA MINASPATA S.A.C.
ELVIS WILLIAM ARIAS ARZAPALO
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
JOSE ANTONIO OBLITAS QUIPUZCOA y Otros
LUIS FIDENCIO CABALLERO RAMOS
VICTOR CARBAJAL PACHECO y Otros
GUILLIANA JANETH ENRIQUEZ CARRIL
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
S.M.R.L. LOBO 16 DE TRUJILLO
MINERA CHICALLE S.A.C.
LUIS HERNANDO BEGAZO DE BEDOYA
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
EKAR GERARDO DE LA CRUZ ZEVALLOS
BALVINO VALLE OBB
JAVIER ALFONSO HEIGHES SOUSA
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
LAZARO HUMBERTO CLEMENTE CACERES
SOCIEDAD MINERA CAMBIOR PERU S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
VICENTE OCAS COBA
S.M.R.L. ISULA
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
CINTHYA KARISSA CASTILLO BRAVO y Otros
ROLANDO BOUBY MELENDEZ
CEMENTOS SELVA S.A.
LAS ALPACAS DE TRUJILLO S.A.C.
MIGUEL LABAJOS RIOS
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
JIS HOLDINGS S.A.
S.M.R.L. PARAISO A2012
GABRIELA RITA JUANA ARMELLIN BET y OtrosJORGE JAIME LAU YOOK
MAXY GOLD PERU S.A.C.
DAVID DIAZ DIAZ
S.M.R.L. ARBOLEDA DEL NORTE
MARIANO ULDARICO MARTIN CARRANZA GONZALES
LILIANA MARISOL MENACHO AYALA
S.M.R.L. MINA HUALLAGA 3
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
DESAFIO MINERO S.A.C.
FIDEL EGBERTO ARGANDOÑA ZARATE y Otros
LLISELA REATEGUI QUIROZ
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
DAVID RODRIGUEZ SALDAÑA
J. J. ROCHA METAL MECANICA E. I. R. L.
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 7
PETROLERA MONTERRICO S.A.
S.M.R.L. PROMENOR
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
INVERSIONES LOZADI S.A.C.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
SOCIEDAD MINERA CAMBIOR PERU S.A.
JOSE FELIX CASTILLO SALVATIERRA y Otros
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
CONSTANTINO CHRISTIAN RUSSO MELGAREJO TORRES
DILMER COBA PADILLA
DILMER COBA PADILLADILMER COBA PADILLA
PEDRO ANTONIO HUAMAN TEJADA
JORGE OLIVERIO VEREAU CORTEZ
ROBERT CATPO GOLAC
MAXY GOLD PERU S.A.C.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
LAS ALPACAS DE TRUJILLO S.A.C.
EKAR GERARDO DE LA CRUZ ZEVALLOS
REYNA LOPEZ DE SANCHEZ
JULIO CESAR ZARI CAMPOS
HERNAN ESTUARDO CABANILLAS FARFAN
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
GLADIS FIGUEROA CONDOR
MAXY GOLD PERU S.A.C.
ERIC IVAN CONDORI ALFARO
S.M.R.L. ISULA
JOSE FELIX CASTILLO SALVATIERRA y Otros
JOSE JOB TRIGOSO OCAMPO
ROCK BRIDGE MINING PERU S.R.L. y Otros
ADRILDO DELGADO GAMONAL
CONSTRUCTORA NAPE E.I.R.L.
MARCO ANTONIO ARCE PEREA
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
LADRILLOS TANGARANA E.I.R.L.
NORBERT SANTILLAN MAZUELOS
GERLIS DAVID SAAVEDRA MUÑOZ
REIS HUMBERTO SALDAÑA VALLE
ARTURO VILLANUEVA GUERRERO
MANUEL ATILIO SANTILLAN TAFUR
DANIEL HECTOR ZEGARRA OJEDA
S.M.R.L. SANTA ANA DE QUIROZ
CESAR ARNALDO ALARCON PEREZ
MARCO ANTONIO GARATE LABAJOS
MARIO SANTILLAN PORTOCARRERO
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
JULIO CESAR RIVERA LOZANO y Otros
ROBERT RONALD ESCOBEDO TOLEDO
RICARDO FREICER GALLARDAY CERNA
SEGUNDO MANUEL SANCHEZ PAREDES
FABIA FRANCESCA MELLONI RIGOBELLO
CARLOS GAMALIEL CACERES VALVERDE
S.M.R.L. ALTO MAYO I
NEGOCIOS INTERNACIONALES TELLO S.A.C.
RAUL RAMIREZ LOPEZ
EVER PEREZ BECERRA
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
ELOY VIGO COLLANTES
MIGUEL URQUIA PELAEZ
MAURILIO LOJA PIZARRO
WAGNER CHAVEZ LOPEZ
MILENKO PILCO CHAMOLI
CELIN COLLAZOS PELAEZ
ISAURO VARGAS LINARES
ALCIBIADES ACUÑA ROJAS
GABRIELA RITA JUANA ARMELLIN BET y Otros
AGUSTIN CARDENAS PEREZ
JOSE JOB TRIGOSO OCAMPO
JOSE NATIVIDAD VELA PEREZ
ARNULFO LOPEZ RODRIGUEZ
EDWIN NEIL MARINA TRIGOSO
NESTOR HUGO CABRERA RUIZ
ROGER COLLANTES CORONEL
MARCO ANTONIO ARCE PEREA
ELDON DAVID VALLE OQUENDO
ELDON DAVID VALLE OQUENDO
GERASIMO RODRIGUEZ ALIAGA
ALFREDO DARWIN IBAÑEZ RUIZ
LLERME SUSAN TAFUR VARGAS
JAIME IGNACIO HIDALGO LECCA
MARIA CASILDA ARAUJO ARAUJO
NORBERT SANTILLAN MAZUELOS
CESAR ENRIQUE EUSEBIO RAMOS
JUSTINIANO TRIGOSO RODRIGUEZ
JAVE MIGUEL TRIGOSO RODRIGUEZ
MARCO ANTONIO TRIGOSO TORRES
JULIO CESAR RIVERA LOZANO y Otros
MARITZA GERTRUDEZ MENDOZA INGA
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CIA TRAVEL SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
MERCEDES ESTEFANIA FEDALTO REATEGUI
NEGOCIOS INTERNACIONALES TELLO S.A.C.
SELVA VIRGEN SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
CENTRO COMERCIAL JESSY DE JOSE DARIO S.R.L.
TABACALERA DEL ORIENTE SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
CARLOS MANUEL CHUNAS FLORES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
PERCILES JUAN RAMIREZ CONTRERAS y Otros
JORGE WILFREDO TENORIO MEZA
200000,000000
200000,000000
250000,000000
250000,000000
300000,000000
300000,000000
350000,000000
350000,000000
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400000,000000
450000,000000
450000,000000
90
50
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00
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00
00
0
94
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00
0,0
00
00
0MAPA: CATASTRO DE CCNN Y MINERIA AÑO 2013 - 2014
LEYENDA
Region_S.Martin
CCNN_KICHWA_SAN_MARTIN
CCNN_AWAJUN_SAN_MARTIN
CCNN_CHAYAHUITA_SAN_MARTIN
Catastro_Minero
Rios_San_Martin0 25 50 7512,5
Kilometers
LEYENDA
Region_S.Martin
CCNN_KICHWA_SAN_MARTIN
CCNN_AWAJUN_SAN_MARTIN
CCNN_CHAYAHUITA_SAN_MARTIN
Catastro_Minero
Rios_San_MartinESCALA: 1/100 000 FECHA: Junio del 2014
ASOCIACION PAZ Y ESPERANZA
OBS: MAPA DE USO REFERENCIAL
MAPA: CATASTRO DE CCNN Y MINERIA 2013 - 2014
FUENTE: DATOS CARTOGRAFICOS DE LA ZEE - SAN MARTIN, ARA,
DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS E IBC
OFICINA REGIONAL - SAN MARTIN
AREA: SIG PAZ Y ESPERANZA
ÙÙ
82
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
MAPA N°5PETITORIOS MINEROS EN LA REGION SAN MARTIN ENERO DE 2014
LORETO
SAN MARTÍN
ANCASH
AMAZONAS
HUÁNUCO
LA LIBERTAD
UCAYALI
CAJAMARCA
SANTA ROSA
CHARAPILLO
KUSU
CACHIYACU
YARAU
SHIMPIYACU
MORROYACU
ALTO MAYO
HUASCAYACU
DORADO
NUEVA JERUSALEN
BAJO NARANJILLO
SHAMPUYACU
TIWIYACU
ALTO NARANJILLO
SAN RAFAEL
YURILAMAS
CHUNCHIWI
COPAL SACHA
CHIRIKYACUAVIACION
KACHIPAMPA
MUSHUCK LLACTA DE CHIPAOTACHIRIK SACHA
PAMPA SACHA
ALTO SHAMBUYAKU
CHUMBAKIHUI
KAWANASISA
NUEVO ARICA DE KACHIYACU
VISTA ALEGRE DE SHITARIYAKU
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
QUIMPAC S.A.
QUIMPAC S.A.QUIMPAC S.A.
LEM CHAU YU
S.M.R.L. RICACHA
S.M.R.L. RICACHA I
S.M.R.L. RICACHA II
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
MINING GROUP S.A.
S.M.R.L. RICACHA III
SANCOR 2006 S.R.L.
S.M.R.L. CRUZ ROJA
JIS HOLDINGS S.A.
OYOTUN I 2006 S.R.L.
MINERA QUILCA S.A.C.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
S.M.R.L. VOLCAN TRES
ELISEO CAMPOS HARO
DESAFIO MINERO S.A.C.DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
MINING GROUP S.A.
ZONGZHI SU
S.M.R.L. MI ALTAGRACIA II
MINERA CHAMBARA S.A.C.
MINERA CHAMBARA S.A.C.
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 7
PEDRO YON HAUYON
S.M.R.L. PACHACUTEC 2010
S.M.R.L. MISKI DE TRUJILLO
ALBERTO CORBERA CERNA
ALBERTO CORBERA CERNA
ALBERTO CORBERA CERNA
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
JESUS MARIA CARRIL YSLA
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
CEMENTOS SELVA S.A.CEMENTOS SELVA S.A.
MILENA PELAEZ PEREZ
FERNANDO AGUADO CURI
REDCO E.I.R.L.
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
GEOANDINA MINERALS S.A.C.
S.M.R.L. EL GRAN DORADO
DESAFIO MINERO S.A.C.DESAFIO MINERO S.A.C.
MAXY GOLD PERU S.A.C.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A. CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
PETROLERA MONTERRICO S.A.
PETROLERA MONTERRICO S.A.
COMPAÑIA FENIX Y FENIX S.R.L.
MINERA CHAMBARA S.A.C.
DESAFIO MINERO S.A.C.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA MINASPATA S.A.C. y Otros
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
S.M.R.L MINERA AURIFERA GADIR
S.M.R.L MINERA AURIFERA GADIR
JESUS ENRIQUE CORDOVA ROJAS
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
JESUS ENRIQUE CORDOVA ROJAS
COMPAÑIA MINERA MINEHOLD S.A.
LILIANA MARISOL MENACHO AYALA
JORGE OLIVERIO VEREAU CORTEZ
MAXY GOLD PERU S.A.C.
TOMASA GUADALUPE CARRIL YSLA
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
S.M.R.L. SAJOMI II
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
JORGE FLORES VILLANUEVA
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 3
HBDK EPER MINING COMPANY S.A.C.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
CESAR OSWALDO ROJO FERNANDEZCARLOS ALBERTO CHUNAS SALAZAR
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
ADRIAN BARRIENTOS VARGAS y Otros
MIGUEL YON HAU YON
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
CITISOL INVERSIONES MINERAS S.A.C
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
COMPAÑIA MINERA LA MONTAÑITA S.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
COMPAÑIA MINERA EL MARISCAL S.A.C.
JAIME RICARDO RODRIGUEZ ESQUIVEL
S.M.R.L. LICHTFIELD COMPAÑIA MINERA
MANUEL ARTURO COBIAN MESIA y Otros
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
S.M.R.L. VOLCAN TRES
NELVIN MOISES VALVERDE OLORTEGUI
COMPAÑIA AURIFERA TAYABAMBA S.A.C.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
ALEJO JOLNER ARANDA CAMPOS y Otros
S.M.R.L. SAN FRANCISCO B DE TRUJILLO
ROGER DANIEL CHAVEZ ROMERO y OtrosROGER DANIEL CHAVEZ ROMERO y Otros
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 1
LUIS FIDENCIO CABALLERO RAMOS
OLAM - CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
S.M.R.L. CONCEPCION MARIA Nº 2
DORA FLORES SAAVEDRA
COMPAÑIA MINERA AURIFERA DEL SUR S.A.
PETROLERA MONTERRICO S.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
MARCO ANTONIO GARATE LABAJOS
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
S.M.R.L. POTRERO DEL REY
S.M.R.L. GUELLAYMARCA 15
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
JORGE HECTOR FRANCISCO TEJEDA MOSCOSO
ROLANDO BOUBY MELENDEZ
JORGE JAIME LAU YOOK
DESAFIO MINERO S.A.C.
COMPAÑIA MINERA EL MARISCAL S.A.C.
MINERA AURIFERA CERRO DORADO S.A.
FABIA FRANCESCA MELLONI RIGOBELLO
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
OTTO CABRERA MARQUINA y Otros
FLOR MARIA ALAYO GELDRES y Otros
MINERA MINASPATA S.A.C.
ELVIS WILLIAM ARIAS ARZAPALO
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.CEMENTOS SELVA S.A.
CEMENTOS SELVA S.A.
JOSE ANTONIO OBLITAS QUIPUZCOA y Otros
LUIS FIDENCIO CABALLERO RAMOS
VICTOR CARBAJAL PACHECO y Otros
GUILLIANA JANETH ENRIQUEZ CARRIL
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
S.M.R.L. LOBO 16 DE TRUJILLO
MINERA CHICALLE S.A.C.
LUIS HERNANDO BEGAZO DE BEDOYA
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
EKAR GERARDO DE LA CRUZ ZEVALLOS
BALVINO VALLE OBB
JAVIER ALFONSO HEIGHES SOUSA
LAZARO HUMBERTO CLEMENTE CACERES
SOCIEDAD MINERA CAMBIOR PERU S.A.
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
VICENTE OCAS COBA
S.M.R.L. ISULA
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
CINTHYA KARISSA CASTILLO BRAVO y Otros
ROLANDO BOUBY MELENDEZ
CEMENTOS SELVA S.A.
LAS ALPACAS DE TRUJILLO S.A.C.
MIGUEL LABAJOS RIOS
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
JIS HOLDINGS S.A.
S.M.R.L. PARAISO A2012
GABRIELA RITA JUANA ARMELLIN BET y OtrosJORGE JAIME LAU YOOK
MAXY GOLD PERU S.A.C.
DAVID DIAZ DIAZ
S.M.R.L. ARBOLEDA DEL NORTE
MARIANO ULDARICO MARTIN CARRANZA GONZALES
LILIANA MARISOL MENACHO AYALA
S.M.R.L. MINA HUALLAGA 3
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
MINERA AURIFERA RETAMAS S.A.
DESAFIO MINERO S.A.C.
FIDEL EGBERTO ARGANDOÑA ZARATE y Otros
LLISELA REATEGUI QUIROZ
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
DAVID RODRIGUEZ SALDAÑA
J. J. ROCHA METAL MECANICA E. I. R. L.
PETROLERA MONTERRICO S.A.
S.M.R.L. PROMENOR
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
HECTOR DAVID TORO ESTRADA
INVERSIONES LOZADI S.A.C.
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
SOCIEDAD MINERA CAMBIOR PERU S.A.
JOSE FELIX CASTILLO SALVATIERRA y Otros
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
CONSTANTINO CHRISTIAN RUSSO MELGAREJO TORRES
DILMER COBA PADILLA
DILMER COBA PADILLA
PEDRO ANTONIO HUAMAN TEJADA
JORGE OLIVERIO VEREAU CORTEZ
ROBERT CATPO GOLAC
COMPAÑIA MINERA PODEROSA S.A.
MAXY GOLD PERU S.A.C.
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
LAS ALPACAS DE TRUJILLO S.A.C.
MINERA CHAMBARA S.A.C.MINERA CHAMBARA S.A.C.
EKAR GERARDO DE LA CRUZ ZEVALLOS
REYNA LOPEZ DE SANCHEZ
JULIO CESAR ZARI CAMPOS
HERNAN ESTUARDO CABANILLAS FARFAN
COMPAÑIA AURIFERA GALAXIA DORADA DE PATAZ S.A.
GLADIS FIGUEROA CONDOR
MAXY GOLD PERU S.A.C.
ERIC IVAN CONDORI ALFARO
S.M.R.L. ISULA
JOSE FELIX CASTILLO SALVATIERRA y Otros
JOSE JOB TRIGOSO OCAMPO
ROCK BRIDGE MINING PERU S.R.L. y Otros
ADRILDO DELGADO GAMONAL
CONSTRUCTORA NAPE E.I.R.L.
MARCO ANTONIO ARCE PEREA
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
LADRILLOS TANGARANA E.I.R.L.
VIDAL JOEL JANAMPA CARRILLO
NORBERT SANTILLAN MAZUELOS
GERLIS DAVID SAAVEDRA MUÑOZ
REIS HUMBERTO SALDAÑA VALLE
ARTURO VILLANUEVA GUERRERO
MANUEL ATILIO SANTILLAN TAFUR
DANIEL HECTOR ZEGARRA OJEDA
S.M.R.L. SANTA ANA DE QUIROZ
CESAR ARNALDO ALARCON PEREZ
MARCO ANTONIO GARATE LABAJOS
MARIO SANTILLAN PORTOCARRERO
VOTORANTIM METAIS - CAJAMARQUILLA S.A.
JULIO CESAR RIVERA LOZANO y Otros
ROBERT RONALD ESCOBEDO TOLEDO
RICARDO FREICER GALLARDAY CERNA
SEGUNDO MANUEL SANCHEZ PAREDES
FABIA FRANCESCA MELLONI RIGOBELLO
CARLOS GAMALIEL CACERES VALVERDE
S.M.R.L. ALTO MAYO I
NEGOCIOS INTERNACIONALES TELLO S.A.C.
RAUL RAMIREZ LOPEZ
EVER PEREZ BECERRA
WHITE ROCKS INTERNATIONAL S.A.C.
ELOY VIGO COLLANTES
MIGUEL URQUIA PELAEZ
MAURILIO LOJA PIZARRO
WAGNER CHAVEZ LOPEZ
MILENKO PILCO CHAMOLI
CELIN COLLAZOS PELAEZ
ISAURO VARGAS LINARES
ALCIBIADES ACUÑA ROJAS
GABRIELA RITA JUANA ARMELLIN BET y Otros
AGUSTIN CARDENAS PEREZ
EDISON MASLUCAN HUAMAN
JOSE JOB TRIGOSO OCAMPO
JOSE NATIVIDAD VELA PEREZ
ARNULFO LOPEZ RODRIGUEZ
EDWIN NEIL MARINA TRIGOSO
NESTOR HUGO CABRERA RUIZ
ROGER COLLANTES CORONEL
MARCO ANTONIO ARCE PEREA
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A.
ELDON DAVID VALLE OQUENDO
ELDON DAVID VALLE OQUENDO
GERASIMO RODRIGUEZ ALIAGA
ALFREDO DARWIN IBAÑEZ RUIZ
LLERME SUSAN TAFUR VARGAS
JAIME IGNACIO HIDALGO LECCA
MARIA CASILDA ARAUJO ARAUJO
NORBERT SANTILLAN MAZUELOS
CESAR ENRIQUE EUSEBIO RAMOS
JUSTINIANO TRIGOSO RODRIGUEZ
JAVE MIGUEL TRIGOSO RODRIGUEZ
MARCO ANTONIO TRIGOSO TORRES
JULIO CESAR RIVERA LOZANO y Otros
MARITZA GERTRUDEZ MENDOZA INGA
CONSORCIO MINERO HORIZONTE S.A.
CIA TRAVEL SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
MERCEDES ESTEFANIA FEDALTO REATEGUI
NEGOCIOS INTERNACIONALES TELLO S.A.C.
NEGOCIOS INTERNACIONALES TELLO S.A.C.
SELVA VIRGEN SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
CENTRO COMERCIAL JESSY DE JOSE DARIO S.R.L.
TABACALERA DEL ORIENTE SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
CARLOS MANUEL CHUNAS FLORES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
PERCILES JUAN RAMIREZ CONTRERAS y Otros
SEGUNDO MANUEL SANCHEZ PAREDES
JORGE WILFREDO TENORIO MEZA
200000,000000
200000,000000
250000,000000
250000,000000
300000,000000
300000,000000
350000,000000
350000,000000
400000,000000
400000,000000
450000,000000
450000,000000
9050000
,00
00
00
9050000
,00
00
00
9100000
,00
00
00
9100000
,00
00
00
9150000
,000000
9150000
,000000
9200000
,000000
9200000
,000000
9250000
,000000
9250000
,000000
9300000
,000000
9300000
,000000
9350000
,000000
9350000
,000000
9400000
,000000
9400000
,000000
MAPA: CATASTRO DE CCNN Y MINERIA
LEYENDA
Region_S.Martin
CCNN_KICHWA_SAN_MARTIN
CCNN_AWAJUN_SAN_MARTIN
CCNN_CHAYAHUITA_SAN_MARTIN
Catastro_Minero
Rios_San_Martin0 25 50 7512,5Kilometers
ESCALA: 1/1 000 000 FECHA: Aril del 2014
ASOCIACION PAZ Y ESPERANZA
OFICINA REGIONAL - SAN MARTIN
MAPA: CATASTRO DE CCNN Y MINERIA
FUENTE: DATOS CARTOGRAFICOS DE LA ZEE - SAN MARTIN, ARA Y
DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS
AREA: SIG PAZ Y ESPERANZA
OBS: MAPA DE USO REFERENCIAL
Ù
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Enero 2014Elaboración: Ronald Saucedo Carranza
83
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
De los procesos de Reconocimiento y Titulación de Comunidades Nativas en la Región San Martín.
En la Región San Martín sólo se han titulado 29 Comunidades Nativas, que abarcan 229,386.90 hectáreas, lo que representa el 4.5% del área total de la Región San Martín (Ver Cuadro 20).
CUADRO N° 20COMUNIDADES NATIVAS TITULADAS EN LA REGIÓN SAN MARTÍN
Durante los años 2013 y 2014 el Gobierno Regional de San Martín ha reconocido 18 Comunidades Nativas (Ver Cuadro N° 21). Aún quedan pendientes reconocer 5 Comunidades
Nº AREA (HA)ETNIANOMBRE DE CCNN
CCNN TITULADAS DE LA REGION SAN MARTIN
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
KUSU
NUEVA JERUSALEN
SAN RAFAEL
HUASCAYACU
DORADO
CACHIYACU
TIWIYACU
ALTO MAYO
SHIMPIYACU
MORROYACU
BAJO NARANJILLO
ALTO NARANJILLO
YARAU
SHAMPUYACU
VISTA ALEGRE DE SHITARIYAKU
PAMPA SACHA
NUEVO ARICA DE KACHIYACU
MUSHUCK LLACTA DE CHIPAOTA
KAWANASISA
KACHIPAMPA
COPAL SACHA
CHUNCHIWI
CHUMBAKIHUI
CHIRIKYACU
CHIRIK SACHA
AVIACION
ALTO SHAMBUYAKU
YURILAMAS
CHARAPILLO
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
AWAJUN
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
KICHWA
SHAWI
MOYOBAMBA
MOYOBAMBA
MOYOBAMBA
MOYOBAMBA
MOYOBAMBA
MOYOBAMBA
MOYOBAMBA
RIOJA
MOYOBAMBA
MOYOBAMBA
RIOJA
RIOJA
MOYOBAMBA
RIOJA
LAMAS
LAMAS
EL DORADO
SAN MARTÍN
EL DORADO
LAMAS
EL DORADO
LAMAS
LAMAS
LAMAS
EL DORADO
LAMAS
LAMAS
LAMAS
LAMAS
18416.36
9140.08
1078.19
10711.50
4531.29
29473.03
2932.98
11106.88
15648.72
14138.92
7352.8
33625.12
15857.45
4926.08
948.27
2034.98
1395.02
5872.41
805.74
2617.34
6652.26
7182.73
1290.67
5003.58
2599.62
2625.61
2297.52
33866.88
5254.85
AREA EN RELACIÓN AL AREA TOTAL DE LA REGION SAN MARTÍN
AREA TOTAL 229386.90
4.5%
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Julio 2014Elaboración: Rubén Ninahuanca
84
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
Nativas (Ver Cuadro N° 12) y 14 Comunidades Nativas aún están pendientes de demarcación y titulación. (Ver Cuadro N° 13).
CUADRO N° 21COMUNIDADES NATIVAS RECONOCIDAS ENTRE 2013 Y 2014
EN LA REGION SAN MARTÍN
N° COMUNIDAD NATIVA ETNIA PROVINCIA
1 DOS DE AGOSTO DE PALOMETA
KICHWA LAMAS
2 LOS ANGELES KICHWA LAMAS
3 ANAK CHURU YAKU KICHWA LAMAS
4 NUEVO ALIANZA SHAWI LAMAS
5 NUEVO SAN MARTÍN SHAWI LAMAS
6 NUEVO SANTA ROSA DELALTO SHAMBIRA SHAWI LAMAS
7 ANKASH YAKU DE ACHINAMISA KICHWA SAN MARTÍN
8 CANAYO KICHWA SAN MARTÍN
9 SIMACACHE AWAJUN HUALLAGA
10 BAJO MAYO AWAJUN HUALLAGA
11 SEMACHE AWAJUN MARISCAL CACERES
12 DOS DE MAYO KICHWA BELLAVISTA
13 YAKU SISA KICHWA BELLAVISTA
14 SAN JUAN DE MIRAFLORES KICHWA BELLAVISTA
15 ATUN MAYU PUERTOMERCEDES KICHWA SAN MARTÍN
16 REFORMA LLAKTA KICHWA SAN MARTIN
17 SAN PABLO DE TIPISHCA KICHWA SAN MARTIN
18 SHACAPA KICHWA LAMAS
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Julio 2014 Elaboración: Rubén Ninahuanca
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Julio 2014 Elaboración: Rubén Ninahuanca
85
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
CUADRO N° 22COMUNIDADES NATIVAS EN PROCESO DE RECONOCIMIENTO
EN LA REGION SAN MARTÍN
CUADRO N° 23COMUNIDADES NATIVAS EN PROCESO DE DEMARCACION Y TITULACIÓN EN
LA REGION SAN MARTÍN
N° COMUNIDAD NATIVA ETNIA PROVINCIA
1 CEPESA KICHWA - CHOLON TOCACHE
2 KALLANA YACU KICHWA SAN MARTIN
3 RICARDO PALMA KICHWA SAN MARTIN
4 AMARU AWAJUN MARISCAL CACERES
5 CHIPEZA KICHWA SAN MARTIN
Conforme a lo señalado en el numeral 2.1 y en el numeral 2.5 no existen superposiciones de áreas, sin embargo los procesos de titulación de Comunidades Nativas han dejado evidencia de la afectación de Territorios Indígenas por la creación de zonas de protección y conservación ecológica. Un caso en particular es el proceso de titulación de la comunidad nativa de San Rosa, que al culminar su proceso de demarcación se pudo apreciar que su territorio comunal estaba afectado por una ZOCRES y el BPP. Otro caso emblemático es el Recurso de Oposición presentado
N° COMUNIDAD NATIVA ETNIA PROVINCIA
1 SANTA SOFIA KICHWA SAN MARTIN
2 SANTA ROSA SHAWI SAN MARTÍN
3 SAN MANUEL DE NASHATAURI SHAWI SAN MARTIN
4 SHAWI SAN JOSE SHAWI LAMAS
5 NUEVO LAMAS DE SHAPAJA KICHWA SAN MARTÍN
6 CHAMBIRA KICHWA PICOTA
7 LOS ANGELES KICHWA SAN MARTÍN
8 DOS DE AGOSTO DEPALOMETA KICHWA SAN MARTIN
9 MUSHUK LLACTA DECHIPAOTA KICHWA SAN MARTIN
10 CHIRIK SACHA KICHWA EL DORADO
11 ANKASH YAKU DE ACHINAMIZA KICHWA SAN MARTIN
12 YAKU SHUTUNA RUMI KICHWA EL DORADO
13 PAWANA ANAK KICHWA EL DORADO
14 EL PIÑAL KICHWA SAN MARTIN
Fuente: Gobierno Regional de San Martín. Julio 2014 Elaboración: Rubén Ninahuanca
86
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
por la comunidad nativa de Yaku Shutuna Rumi contra creación de una Concesión para la Conservación en su territorio por parte de una Asociación civil denominada FEKIDH y por último conviene precisar que la comunidad nativa Ankash Yacu de Achinamiza estaría dentro del ACR Cordillera Escalera, lo cual implicara procedimientos sui generis para garantizar los derechos territoriales de esta comunidad.
El Mapa N° 3 Concesiones petroleras en la Región San Martín, nos detalla la afectación del territorio indígena titulado por los Lotes 184, 182, 180 y 103, estableciendo que los lotes afectan territorialmente a 17, 4, 0 y 9 comunidades indígenas respectivamente. Sin embargo, las Comunidades Nativas que cuentan con reconocimiento y que aún no han sido tituladas no aparecen en la cartografía del Gobierno Regional de San Martín, lo cual implicará que al momento de identificar a los Pueblos Indígenas, en los procesos de Consulta Previa, libre e informada, tener la amplitud de criterios para incluirlos y no generar futuros conflictos.
CUADRO N° 24COMUNIDADES NATIVAS TITULADAS AFECTADAS POR LOTES PETROLEROS EN LA
REGION SAN MARTIN
LOTE PETROLERO COMUNIDADES NATIVAS AFECTADAS
LOTE 184
KUSUNUEVA JERUSALEN
SAN RAFAELHUASCAYACU
DORADOCACHIYACU
TIWIYACUALTO MAYOSHIMPIYACUMORROYACU
BAJO NARANJILLOALTO NARANJILLO
YARAUSHAMPUYACUKACHI PAMPA
VISTA ALEGRE DE SHITARIYACUCOPALSACHA
LOTE 182COPAL SACHA
NUEVO ARICA DE KACHIYACUCHIRIK SACHAKAWANASISA
LOTE 180 NINGUNA COMUNIDAD
LOTE 103
CHUMBAKIHUIPAMPA SACHA
ALTO SHAMBUYACUAVIACION
CHIRIKYACUCHUNCHIHUIYURILAMASSHARAPILLO
MUSHUCK LLACTA DE SHIPAOTA
87
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
Resulta alarmante el incremento de petitorios mineros en la Región San Martín en el último año, debido a que gran parte de ellos se sitúan en Comunidades Nativas que aún no cuentan con el Reconocimiento ni con el Título de propiedad. Por mencionar algún ejemplo, en el Distrito de Chazuta en el último año se ha reconocido a 5 Comunidades Nativas y se encuentran en proceso otras 3 comunidades, lo cual no implica que no existan otras Comunidades Nativas por Reconocer, las cuales han señalado que no se les ha consultado previamente a la suscripción de la concesión minera. Esta inobservancia por la carencia de datos oficiales y de garantías a los derechos territoriales a los Pueblos Indígenas de la Región San Martín, podría generar conflictos futuros.
El observatorio de los Derechos sobre la tierra en el Perú, en su Boletín N° 8 de octubre de 2013, califica las Concesiones para la Conservación y Ecoturismo como una herramienta para el acaparamiento de tierras, considerando a la Región San Martín como la región que más concesiones ha otorgado. El observatorio de los Derechos sobre la Tierra en el Perú señaló que: “lo preocupante de esta expansión es que las concesiones de conservación y ecoturismo incluyan derechos exclusivos y excluyentes de explotación de los ecosistemas o el paisaje porque, de esa manera, formarán parte de los numerosos caminos por donde se acapara la tierra y los recursos naturales en pocas manos.(…) Para los pobladores locales, lo señalado anteriormente, significaba, si no la inmediata pérdida de su derecho de acceder y disfrutar de los ecosistemas o paisajes adyacentes, cuando menos una serie de restricciones para hacerlos efectivos en la práctica. Con mayor razón, tratándose de integrantes de comunidades campesinas y nativas, que en ciertas zonas aprovechan tanto los recursos ubicados en sus tierras como los de las áreas colindantes, para satisfacer sus necesidades de subsistencia y usos rituales”
88
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
Conforme se puede apreciar en el Cuadro N° 04 Concesiones para la Conservación en la Región San Martín, el área de la Concesión para la Conservación Alto Huallabamba tiene 143, 928.09 mientras que la concesión forestal más grande de la Región San Martín tiene apenas 47,614 hectáreas.
467,452.02 hectáreas que representa el área de las concesiones para la conservación y ecoturismo en la Región San Martín están en manos de 15 personas jurídicas, mientras que 497,793 hectáreas que representan el total de las Concesiones Forestales se encuentran en manos de 79 concesionarios.
Vamos concluyendo entonces que:
1. El área total de la Región San Martín es de 5, 134,548.16 hectáreas, de las cuales: 3, 110,716.01 han sido destinadas como áreas de Protección y conservación ecológica que representa el 60.57% del área total de la Región San Martín. Asimismo, el Gobierno Regional de San Martín tiene previsto aprobar como nuevas áreas 746,055.07 hectáreas, que representan el 14.54% del área total de la Región. Si en caso el Gobierno Regional de San Martín aprobaría estas nuevas áreas, se estaría afirmando que las áreas destinadas para la Protección y Conservación ecológica en la Región San Martín representarían el 75.11% del área total de la Región San Martín, lo cual, podría ser contraproducente para los pueblos indígenas si en el proceso, se siguen incluyendo sus territorios.
2. La Región San Martín contaba con 79 concesiones forestales que abarcan 497,793 hectáreas, las cuales, representan el 9.69% del área total de la Región San Martín; ubicadas en las provincias de Mariscal Cáceres, Tocache, Bellavista, San Martín, Huallaga y Picota. Hasta el momento no se han reportado conflictos activos por superposición territorial con las Comunidades Nativas.
3. En la Región San Martín existen tres (3) lotes petroleros en proceso de aprobación y suscripción de contrato en favor de REPSOL, los cuales, están identificados como los Lotes 180, 182 y 184; y, un (1) lote petrolero en proceso de exploración que corresponde al Lote 103, adjudicado a la empresa TALISMAN PETROLERA DEL PERU LLC. Los mencionados Lotes petroleros afectan a las 29 Comunidades Nativas tituladas en la Región San Martín. Sin embargo, conviene advertir que en los procesos de Consulta Previa, Libre e Informada que se implementen, deberán, en la fase de identificación de los pueblos, ser muy cautelosos debido a que en la cartografía del Gobierno Regional no aparecen las Comunidades Nativas reconocidas, sino, como Centros Poblados.
4. Hasta enero del 2014, se habían presentado, en la Región San Martín 832 petitorios mineros, los cuales, abarcan 458,505 hectáreas que representan el 8.9% del área total de la Región. Del total de los petitorios; 503 estaban titulados y comprendían 250,246.81 hectáreas; 294 se encontraban en trámite, que comprendían 196,564.44 hectáreas; 22 extinguidos, que comprendían 11,351.28 hectáreas y 13 de ellos habían sido clasificados como “otros”, que comprendían 142.68 hectáreas. Las Comunidades Nativas ubicadas en el Bajo Huallaga han reportado su inconformidad sobre las Concesiones Mineras a pesar que aún sus procesos de Reconocimiento y Titulación aún están en trámite.
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Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
5. En la Región San Martín se han destinado el 79% del área total de la Región para las Zonas de protección y conservación ecológica, Concesiones Forestales y Mineras; poniendo en grave riesgo la propiedad colectiva de los Pueblos Indígenas y el uso de los Recursos que se encuentran dentro de sus Territorios.
6. Se puede afirmar que la nueva modalidad de acaparamiento de Tierras es bajo la forma de Concesiones para la Conservación. Los casos conocidos hasta la fecha fueron de empresas dedicadas al rubro del comercio forestal, del biodiesel y minería; sin embargo, esta podría llegar a convertirse en una nueva modalidad.
33 34
90
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
Antes de la Constitución Peruana de 1993, la propiedad de la tierra en una persona o empresa no podía sobrepasar las 150 hectáreas. El censo agropecuario de 1994 registró más de 1.7 millones de unidades productivas, de las cuales el 55% eran menores de 3 hectáreas (has), 29% tenían entre 3 y 10 has, y 8% entre 10 y 20 has. Antes de la Reforma Agraria de 1969, ningún latifundio sobrepasaba las 30 mil hectáreas. Hoy, hay grupos empresariales que sobrepasan en gran manera estas cifras, sin embargo, los alimentos que a diario consumimos en nuestras mesas, no son producto del neo-latifundismo; como en antaño, lo que comemos a diario, es producto del esfuerzo de pequeños y medianos productores que abastecen nuestra alimentación sin contar comúnmente con asesoría técnica y-o posibilidades de acceso a créditos agrarios.
Estos mismos productores son los que viven hoy la presión de empresarios que desean adquirir sus tierras y territorios; al mismo tiempo, existe un crecimiento del narco tráfico y de actividades terroristas que vienen propiciando guerras que fomentan el mercado de armas y la corrupción.
En medio de esta situación, podemos resaltar que el territorio más frágil ambientalmente y que es el objetivo de diversos proyectos de inversión, son las zonas Andino Amazónicas de América Latina. En caso del Perú, la Amazonía representa el 60.32% del territorio (77'528,030 Ha), sobre esta, hay diversos proyectos energéticos, proyectos carreteros y tantos otros, que en la práctica deben potenciar el desarrollo del país, sin embargo, la responsabilidad ambiental del Estado y la empresa privada es un asunto a resolver, es decir, se necesita una adecuada vigilancia ciudadana para no acabar con nuestra biodiversidad en pos de la inversión. La mejor inversión que tenemos en el Perú y el mundo, es esa biodiversidad, incluidas las personas que viven en medio de esta, pues, estas personas son las depositarias de prácticas agrícolas que han permitido nuestra subsistencia.
Es por esta misma razón que no podemos permitir sobre esta población, ninguna forma de violencia, pero, por hoy vivimos una gran violencia sobre parte importante de nuestros pueblos que por ejemplo, vienen siendo desplazadas en nuestro país en la zona del VRAEM Otro problema es la sobre-mercantilización de la naturaleza: “la economía verde realiza el gran asalto al último reducto de la naturaleza: transformar en mercancía y poner precio a aquello que es común, natural, vital e insustituible para la vida como el agua, los suelos, la fertilidad, las selvas, los genes, etcétera. Lo que pertenece a la vida es sagrado y no puede ir al mercado de los negocios. Pero está yendo, bajo este imperativo categórico:
Capítulo V
Hacia una gobernanza del territorio en la Amazonía Andina
“una gobernanza débil provoca la degradación del medio ambiente, ya que funcionarios públicos corruptos e intereses p r i v a d o s a c t ú a n e n connivencia para ignorar los controles sobre el uso de la tierra, la extracción de agua y minerales y el
6desbroce de bosques ”
Autor: Jorge Arboccó Gallardo. http://diario16.pe/noticia/15495-bombardeos-en-la-selva-del-cusco-y-el-vrae-desplazan-a-inocentes-pobladores
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36 Para comparar estas visiones sobre el manejo económico ver:
http://es.wikipedia.org/wiki/Econom%C3%ADa_ecol%C3%B3gica 37 Ver: http://elcomercio.pe/economia/1453448/noticia -crisis -alimentaria-podria-darse-ante-alza -precios-advierte-fao 38 Gobernanza de la Tierra. Hacia una mejor Gobernanza de la Tierra. FAO: 2009.
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Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
aprópiate de todo, haz comercio con todo, especialmente con la naturaleza y con sus bienes y servicios .” Parte importante de la llamada “economía verde”, se ha convertido en la perfecta forma de propiciar una forma de acaparamiento de la tierra, envuelto de una máscara de protección de la naturaleza, pero, en varios casos, concluye en el mismo proceso de promoción de monocultivos, de uso intensivo de la tierra y por ende de desarrollo de mayor pobreza Ejemplo de éste caso es la promoción del biodiesel, una forma alternativa a los combustibles fósiles pero, qué nos pasa de un problema de contaminación a otro y con el problema añadido que afecta tierras importantes que pueden ser recuperadas para la alimentación del planeta. La crisis alimentaria del planeta es cada vez más común y no podemos darnos el lujo ahondar la misma .
Nuestros Estados en el mundo, necesitan meditar con calma cómo salvaguardar el medio ambiente y la capacidad de producción de alimentos. Para lo mismo, es vital brindar a los pequeños y medianos agricultores las mejores oportunidades para mejorar su producción. Al mismo tiempo, se hace necesario fortalecer los mecanismos de protección ambiental y de buena planificación territorial.
Esto debe redundar en una lucha estratégica contra la corrupción y la promoción de acciones concertadas y bien planificadas de pacificación y atención oportuna de conflictos en cada país y zona de nuestra región. Para esto, necesitamos impulsar una buena gobernanza de la tierra, entendiendo por gobernanza de la tierra lo indicado por la FAO que indica que esta representa: “las normas, procesos y organizaciones mediante las cuales se adoptan las decisiones relativas al uso y el control de la tierra, la forma en que se ejecutan e imponen las decisiones, y la manera en que se gestionan intereses contrapuestos relativos a la tierra. El concepto abarca instituciones estatutarias, consuetudinarias y religiosas.” En esta perspectiva: “una gobernanza débil provoca la degradación del medio ambiente, ya que funcionarios públicos corruptos e intereses privados actúan en connivencia para ignorar los controles sobre el uso de la tierra, la extracción de agua y minerales y el desbroce de bosques”
Visión del pensador y teólogo Leonardo Boff en razón de los últimos encuentros sobre Biodiversidad realizadas en el Mundo y el crecimiento mercado de la economía verde.
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35
36
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39 Información recopilada como parte de Investigación sobre usos territoriales en San Martín. Paz y Esperanza. 2013. 40 Datos Compartidos por el Instituto Peruano de Economía (IPE) en el marco del Foro Económico y Social de San
Martín realizado el 11 de Octubre del 2013 en Tarapoto. 41 Datos del IPE, Octubre 2013.
92
Gobernanza Territorial Andino Amazónica
Tierra, alimentación, paz y gobernanza son base de la agenda de América Latina y el Perú, una agenda que necesita debate y propuestas desde la ciudadanía y una respuesta responsable y honesta desde el Estado.
Desde los años cincuenta, San Martín ha desarrollado un proceso creciente de recepción de migrantes de la costa y ande del norte del país. En éste proceso, de ser un territorio eminentemente boscoso, ha desarrollado una base territorial agrícola muy importante, que a la fecha, está conformada por más de noventa mil unidades productivas.
Si consideramos que a nivel nacional la agricultura emplea al 26% de la Población Económicamente Activa (PEA) Nacional y al 65.5% de la PEA del área rural, y que a nivel regional ocupa al 51.8% del PEA y contribuye con más del 30% del producto bruto interno departamental. Y que por otra parte, poseemos como país el 60 al 70% de diversidad biológica mundial y que aproximadamente 1´984,720 hectáreas de San Martín se encuentran bajo alguna modalidad de conservación,
representando al más del 40% de la región . Es eminente que como país y como región, debemos desarrollar políticas, programas y proyectos de inversión que faciliten un equilibrio entre las prácticas Agrarias y las prácticas de Conservación.
En el último Censo Agrario, se estima que San Martín ha crecido en 44,4% de unidades agropecuarias desde el año 1994. Según datos del Instituto Peruano de Economía, “San Martín es la segunda región más agrícola del país –sólo Amazonas la supera– con un sector agropecuario que explica el 30% de su producción, cinco veces el promedio nacional y el doble o más de las regiones insignias del boom agroindustrial, como Ica y La Libertad. Sorprende saber que, en la última década, la producción agrícola de San Martín ha liderado el crecimiento nacional con un aumento de 105% que supera el 97% de Ica y el 82% de La Libertad ”. Sin embargo, según datos de esta misma institución, “la productividad de los trabajadores en la región es muy baja en promedio, ocupando el puesto 20 a nivel nacional. La productividad agrícola de la región es casi un tercio de la de Ica y casi la mitad de la de La Libertad ”.
Como región debemos prestar especial atención a la proporción entre extensión de tierras, producción y rentabilidad sobre las mismas. Hasta la fecha, por dar un ejemplo, producimos aproximadamente 80 quintales de café por hectárea, mientras en zonas amazónicas del Brasil se produce más de 200 quintales por hectárea bajo modelos de caficultura orgánica tecnificada.
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42 Un artículo que discute el tema: http://servindi.org/actualidad/79866 43 Un análisis general desde la ciudadanía sobre la agenda pendiente en Perú: http://www.propuestaciudadana.org.pe/
Documento sobre la agenda ambiental Nacional. César Gamboa. DAR – Perú.
93
Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
A la fecha, una de las mayores propuestas para el uso de la tierra en San Martín es la producción de Biodiesel, el GORESAM ha identificado 625,601 hectáreas para la instalación de cultivos agro energéticos. A la par, el Gobierno Regional se ha comprometido bajo convenio con el Ministerio del Ambiente, a conservar 2 millones 525 mil 735 hectáreas de bosques tropicales en al menos cinco categorías territoriales priorizadas por el Programa: áreas de conservación regional; concesiones de conservación; zonas de conservación y recuperación de ecosistemas; Comunidades Nativas y Campesinas, así como Bosques de Producción Permanente (BPPs).
En América Latina y el Caribe 52.5 millones de personas, principalmente pobres, vienen siendo afectadas por el hambre y la subnutrición. En mayo del 2012, la FAO ha lanzado una alerta sobre la cercanía a países como el nuestro, a un proceso de crisis alimentaria. Es decir, cada vez más existen menos tierras para producir alimentos, lo mismo que se agrava por problemas como la deforestación, que propicia, entre otras cosas, la reducción de la captación de agua, la degradación de suelos, cambios en el clima y otros, que perturban directamente nuestras prácticas agrícolas y calidad de vida.
Trabajar por la Justicia y Seguridad Alimentaria así, es tan necesario como trabajar por la Conservación y por la ejecución efectiva de políticas nacionales y locales que promuevan mejores prácticas agrarias y de adaptación y mitigación al cambio climático.
El Perú y América Latina en su conjunto, han avanzado de manera importante en temas agrarios y ambientales, sobre todo en materia legislativa, pero, aún nos resta mejorar nuestras prácticas educativas ambientales, nuestros sistemas de vigilancia, fiscalización y participación ambiental y poner freno a la corrupción. También necesitamos una mejor distribución de nuestros recursos, gran cantidad de los ingresos del Estado se generan mediante prácticas extractivistas, sin embargo, habría que analizar si el nivel de ganancia de estas prácticas, se equipara con la inversión en el control de los pasivos ambientales y la inversión en mejores prácticas agrícolas .
Para finalizar y resaltar una agenda local , podemos indicar que está pendiente en San Martín, optimizar políticas agroecológicas que aprovechen mejor el potencial productivo disminuyendo el monocultivo y el uso intensivo de la tierra; mejorar los sistemas de concesión, registro y titulación de predios para evitar la superposición; desarrollar estrategias intersectoriales para la fiscalización ambiental con mayor participación de los ciudadanos; inventariar los recursos naturales y sus potencialidades a nivel meso y micro; establecer una política de inversión territorial amigable con el medio ambiente y que transversalice temas importantes como la equidad de género en el uso y acceso a la tierra; entre otros.
A la fecha, el Perú es el cuarto país con mayor cantidad de bosques tropicales, cuenta con 66 millones de hectáreas y en la mayoría de éste territorio viven 52 Pueblos Indígenas amazónicos distribuidos en 1,192 comunidades reconocidos por el momento. Este espacio geográfico, representa una zona estratégica para la gran inversión, sobre todo para la explotación de sus zonas boscosas. Gran parte de estas comunidades indígenas aún no ha sido identificada y menos titulada, sólo para el caso de la Región San Martín, en la selva nor oriental amazónica, hace 10 años, solamente se hablaba de no más de 30 comunidades indígenas, hoy se habla de más de 150, de las cuales, solamente 30 están tituladas.
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44 Artículo 26. Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas . 45 Entrevista a Alan García: https://www.youtube.com/watch?v=yjzxl1lBswc
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Gobernanza Territorial Andino Amazónica
La Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, indica que: “los Pueblos Indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma”. Igualmente subraya que los Estados deben asegurar el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos, respetando “debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los Pueblos Indígenas de que se trate ”.
Para lograr procesos equilibrados de inversión que no se condigan con los derechos de los Pueblos Indígenas y menos aún, causen conflictos como los ocurridos en el año 2009 en el marco del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, en que el Estado generó 99 Decretos para facilitar la firma del TLC y facilitar, entre otras cosas, una mayor apertura a un mercado de tierras. Este proceso desarrollado de manera vertical y que propició en una ciudad Amazónica (Bagua) la represión de la población indígena con el uso de armas de guerra, no debe volver a repetirse.
Para lograr un Estado a favor de todos y no solamente de quienes quieren beneficiar la gran inversión, necesitamos acabar con ciertas visiones y mentalidades que contra todo derecho llegan a exponer frases, como la tristemente célebre frase del ex presidente del Perú, señor Alan García, que calificó a los indígenas como “perros del hortelano” y dijo públicamente sobre los indígenas peruanos: “Ya está bueno, estas personas no tienen corona, no son ciudadanos de primera clase que puedan decirnos 400 mil nativos a 28 millones de peruanos tú no tienes derecho de venir por aquí, de ninguna manera, eso es un error gravísimo y quien piense de esa manera quiere llevarnos a la irracionalidad y al retroceso primitivo ”
La convivencia y el respeto del otro diferente, se antepone ante cualquier deseo maquillado de “desarrollo”. La discriminación puede estar oculta tras 30 monedas, esperamos que nuestros países y sobre todo, nuestros ciudadanos, todos y todas por igual, sepamos vernos como iguales y aprendamos a respetar nuestra tierra, sus recursos y sus habitantes.
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http://diariovoces.com.pe/9830/en-san-martin-existen-mas-de -91-mil-productores-agropecuarios#ixzz32OE5oG00
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Los usos del Territorio en el departamento de San Martín - Perú
Algunos datos adicionales sobre el territorio
En el Perú, el 30% del territorio es de uso agropecuario (38 millones 742 mil 465 hectáreas); en todo el país existirían 2´246,702 personas dedicadas directamente a la producción agrícola, esto sin contar a aquellas personas que viven ligadas a la comercialización de estos productos pero, que no participan necesariamente de la producción misma, esto según datos del Censo Agropecuario del 2012.
En la región nor oriental andino amazónica peruana, la región San Martín, en los últimos 18 años, los productores agropecuarios han crecido en un 42% más que los registrados en el Censo de 1994 (63 mil 966). Según el último Censo, la labor agrícola estaría sobre todo en manos de los varones pues, de estos productores, 78 mil 608 son hombres (86%) y 12 mil 459 son mujeres (14%). Aunque esta variable, no discrimina un dato que es común entre algunas poblaciones rurales, sobre todo indígenas, y es que las mujeres tienden a desarrollar una labor agrícola doble, es decir, apoyan al varón en la producción agrícola que va a ser comercializada pero, a parte, son responsables de la producción agrícola de alimentos para el hogar y para el intercambio, tanto de producto agrícolas para el alimento diario como de productos medicinales y semillas.
San Martín cultiva 93 mil 687 hectáreas de café, 60 mil 48hectáreas de pasto Brizanta y 46 mil 915 hectáreas de cacao. Otro dato a resaltar es que: “En San Martín, la población de ganado vacuno es de 228 mil 826 cabezas, un 103% más en comparación a los registrados en el censo de 1994 (112 mil 586).El vacuno predominante es el Criollo (30%), en cuanto a razas, la predominante es la Brown Swiss (27%) .
Entre otras cosas, éste crecimiento importante de la agricultura y ganadería, se debería al creciente mercado de tierras y la migración, sólo en el año 1993, más del 30% de la población era migrante, a la fecha, no se tiene una estimación confiable actualizada pero, se estima en más del 50%. Este proceso, sin embargo, iría en contra de otros, como los procesos de Conservación y la necesidad urgente de los Pueblos Indígenas por lograr la titulación de sus territorios.
Finalmente, la “Gobernanza Territorial Indígena” en San Martín
En los últimos años estamos pasando a nivel internacional de una visión dominante de gobierno basado en una práctica vertical y estatutaria a una visión participativa, donde el equilibro en el manejo del poder es decisiva para mantener la gobernabilidad desde el ámbito local, nacional y supranacional.
De éste modo, estamos llegando a una visión de Gobernanza basada en Derechos, centrado no en el poder mismo y la imposición de éste para mantener la “estabilidad” de una nación, sino, como medio para la inclusión social y la sostenibilidad social y ambiental del planeta.
A nivel local, esta visión de Gobernanza motiva el desarrollo de mecanismos de control comunitario del territorio que favorezcan que los individuos y colectivos, asuman mayor responsabilidad en los procesos de cambio social.
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Gobernanza Territorial Andino Amazónica
Para que estos procesos sean viables, necesitamos apropiarnos de conceptos de Gobernabilidad de la Tierra como el difundido por la FAO, que indica éste como:
“las normas, procesos y organizaciones mediante las cuales se adoptan las decisiones relativas al uso y el control de la tierra, la forma en que se ejecutan e imponen las decisiones, y la manera en que se gestionan intereses contrapuestos relativos a la tierra. El concepto abarca instituciones estatutarias, consuetudinarias y religiosas”
El Ministerio del Ambiente a través del Decreto Supremo No.012-2009 que aprueba la Política Nacional del Ambiente, estableció en su numeral 5: Ejes de la Política - Gobernanza Ambiental - Lineamientos de política, literal g.:
"el Estado debe implementar mecanismos adecuados para la gestión de conflictos socio ambientales, promoviendo el diálogo y lo concertación del mismo modo debe fomentar lo participación activa y plurícultural de Ia población en la gestión ambiental, y en particular, la intervención directa de grupos minoritarios vulnerables, sin discriminación alguna con la finalidad de dar cumplimiento de los acuerdos internacionales suscritos y ratificados por el Perú, contribuyan eficientemente al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, y el uso racional y responsable de los no renovables”
En el marco de esta norma y otras del sistema internacional de justicia, encontramos que una Gobernanza Ambiental responsable, está directamente ligada a una buena práctica de Gobernanza territorial y de la tierra desde la visión de los pueblos indígenas u originarios. Este se debe en principio, a un marco internacional de convivencia y, resalta la importancia del reconocimiento de la autonomía indígena y finalmente, el potencial de estos pueblos para favorecer la Conservación de nuestro planeta.
En San Martín como en el conjunto de la Amazonía Peruana, se necesita abordar con mayor interés la visión de Gobernanza Territorial de nuestros Pueblos Indígenas, más aún frente a un creciente mercado de la tierra dado por el incremento de la participación de las industrias extractivas sobre éste.