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Los objetivos del TIAR se basan fundamentalmente en el principio de solidaridad y cooperación y ellos son: 1) Las partes se comprometen a no recurrir al uso y amenaza de la fuerza en cualquier forma. 2) Se comprometen a someter toda controversia que surja de una solución pacífica, tratando por resolverla por el sistema previsto en el ámbito interamericano (Pacto de Bogotá y OEA). 3) Las partes convienen que frente a un ataque armado por parte de cualquier Estado (continental o intracontinental) contra un Estado americano, este Estado será considerado contra todos los Estados americanos porque se está poniendo en peligro la seguridad continental. Las partes en el presente tratado se comprometen a ayudar y hacer frente al ataque armado en ejercicio de su derecho de legítima defensa colectivo. 4) A solicitud del Estado o Estados, hasta la decisión del órgano de consulta del sistema interamericano cada parte podrá determinar que medidas aplicar para salvaguardar la seguridad continental. El órgano de consulta tiene las siguientes funciones: 1) Examinar las medidas que ha adoptado los Estados Americanos basándose en el derecho de legítima defensa individual o colectiva (función judicial). 2) Una vez examinadas las medidas adoptará aquellas medidas colectivas que fueren necesarias dentro del sistema interamericano e incluso la acción conjunta ante Naciones Unidas a fin de que se apliquen las medidas del capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas (función ejecutiva). En estos casos se rige por las disposiciones del TIAR y de la OEA. 3) La medida que puede tomar el órgano de consulta son similares a los Arts. 41 y 42 del Capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas, que refieren al mantenimiento de la paz y seguridad internacional. Si las medidas que se aplican implican el uso de las fuerzas armadas (Art. 42 de la Carta de Naciones Unidas) debe comunicarse inmediatamente al Consejo de Seguridad. Las decisiones del Órgano de Consulta son obligatorias, pero ningún Estado está obligado a usar la fuerza sino lo consciente. El TIAR ha sido invocado al menos 20 veces durante los años 1950 y 1960 . Particularmente durante la Crisis de Octubre en 1962 o la guerra entre Honduras y El Salvador (1969). Sin embargo nunca fue puesto en acción debido a amenazas de la Guerra

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Page 1: Los objetivos del TIAR se basan fundamentalmente en el principio de solidaridad y cooperación y ellos son

Los objetivos del TIAR se basan fundamentalmente en el principio de solidaridad y cooperación y ellos

son:

1) Las partes se comprometen a no recurrir al uso y amenaza de la fuerza en cualquier forma.

2) Se comprometen a someter toda controversia que surja de una solución pacífica, tratando por

resolverla por el sistema previsto en el ámbito interamericano (Pacto de Bogotá y OEA).

3) Las partes convienen que frente a un ataque armado por parte de cualquier Estado (continental o

intracontinental) contra un Estado americano, este Estado será considerado contra todos los Estados

americanos porque se está poniendo en peligro la seguridad continental. Las partes en el presente

tratado se comprometen a ayudar y hacer frente al ataque armado en ejercicio de su derecho de

legítima defensa colectivo.

4) A solicitud del Estado o Estados, hasta la decisión del órgano de consulta del sistema interamericano

cada parte podrá determinar que medidas aplicar para salvaguardar la seguridad continental.

El órgano de consulta tiene las siguientes funciones:

1) Examinar las medidas que ha adoptado los Estados Americanos basándose en el derecho de legítima

defensa individual o colectiva (función judicial).

2) Una vez examinadas las medidas adoptará aquellas medidas colectivas que fueren necesarias dentro

del sistema interamericano e incluso la acción conjunta ante Naciones Unidas a fin de que se

apliquen las medidas del capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas (función ejecutiva). En estos

casos se rige por las disposiciones del TIAR y de la OEA.

3) La medida que puede tomar el órgano de consulta son similares a los Arts. 41 y 42 del Capítulo VII de

la Carta de Naciones Unidas, que refieren al mantenimiento de la paz y seguridad internacional. Si

las medidas que se aplican implican el uso de las fuerzas armadas (Art. 42 de la Carta de Naciones

Unidas) debe comunicarse inmediatamente al Consejo de Seguridad. Las decisiones del Órgano de

Consulta son obligatorias, pero ningún Estado está obligado a usar la fuerza sino lo consciente.

El TIAR ha sido invocado al menos 20 veces durante los años 1950 y 1960. Particularmente durante la Crisis de

Octubre en 1962 o la guerra entre Honduras y El Salvador (1969). Sin embargo nunca fue puesto en acción debido a

amenazas de la Guerra Fría. La más reciente invocación del TIAR ha sido la de Estados Unidos después de los

atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001.

El TIAR, más allá de la voluntad de los países firmantes, sólo fue útil a los intereses de Estados Unidos. El conflicto

de las Malvinas significó el acta de defunción del TIAR y con él del mecanismo de seguridad y defensa establecido

en el continente para la Guerra Fría. Durante la Guerra de las Malvinas, se trató de hacerlo efectivo. Sin embargo,

Estados Unidos, que era tanto miembro del TIAR como de la OTAN, prefirió cumplir las obligaciones de la OTAN de

la cual el Reino Unido era integrante.

Page 2: Los objetivos del TIAR se basan fundamentalmente en el principio de solidaridad y cooperación y ellos son

Una de las razones para no cumplir el TIAR esgrimida por Estados Unidos era que Argentina había comenzado la

guerra - por la invasión de las Islas Malvinas- al ocupar territorio por la fuerza, por tanto no correspondía su

aplicación.

Su uniteralidad, en vez de mantener neutralidad por pertenecer a dos tratados de defensa, le valió a los Estados

Unidos el descrédito internacional. Ésta fue una de las razones de México para renunciar al tratado. En junio

de 2012, cuatro países pertenecientes al ALBA: Nicaragua, Bolivia, Ecuador y Venezuela, decidieron retirarse del

TIAR, alegando su obsolecencia como mecanismo de seguridad regional[1].

Por su parte, el TIAR (Tratado de Río o Pacto Interamericano de Ayuda Mutua), es considerado como uno de los instrumentos que conforman las bases jurídicas para la formulación y desarrollo del Sistema de Seguridad Hemisférica (OEA, 1999). El Tratado de Río fue firmado el 2 de septiembre de 1947 en Río de Janeiro (Brasil) por diecinueve (19) Estados Americanos. No forman parte de este Tratado Canadá, Ecuador y Nicaragua.

.3 Política y Concepciones de Seguridad Hemisférica del TIAR

2.3.1 Política general: de acuerdo con el Preámbulo del Protocolo de Reformas al TIAR (1975), este organismo se rige por una política de fortalecimiento de relaciones de amistad entre los Estados Americanos, para que juntos y unidos puedan garantizar la paz, la soberanía y la integridad territorial. Según Marquina Corredor (1995), el objetivo primordial del TIAR es servir como un sistema de seguridad colectiva fundamentado en intereses comunes establecidos en consenso por los Estados Americanos, con el fin de que enfrenten conjuntamente las amenazas de agresión. Según los considerandos del Protocolo de Reformas citado con anterioridad, los principios del TIAR en los cuales está envuelta su política general, son: solidaridad, cooperación interamericana y paz, mientras que sus ideales se sostienen sobre las bases de la democracia, la justicia y el orden moral.

2.3.2 Concepciones de seguridad: a juzgar por lo descrito en los considerandos del Protocolo de Reformas al TIAR (1975), la concepción de la seguridad se centra en las medidas de prevención y represión de las amenazas y actos de agresión que surjan contra cualquiera de los Países de América. Por lo tanto, condena el uso de la fuerza (Art. 1); declara el compromiso de resolver los conflictos por la vía pacífica (Art. 2); crea el compromiso de hacer frente a los ataques armados en ejercicio de la legítima defensa (Art. 3); declara inviolable la integridad territorial y la soberanía e independencia política (Art. 5); define el término de agresión como "el uso de la Fuerza Armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado, o en cualquier otra forma incompatible con las Cartas de las Naciones Unidas o de la Organización de los Estados Americanos o con el presente Tratado" (Art. 9, Núm. 1); describe los siguientes actos de agresión: invasión de la Fuerza Armada, bombardeo de Fuerzas Armadas, bloqueo de puertos, ataques entre Fuerzas Armadas de un país y otro, puesta a disposición del enemigo del territorio de un Estado, envío de un Estado de bandas armadas, grupos de irregulares o mercenarios