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NÚMERO 2 Ginebra, marzo-abril de 2003 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EL DERECHO DE AUTOR EN LA ERA DIGITAL: Cuestiones de interés para las empresas EL SISTEMA DE MADRID Y SUS VENTAJAS LOS ACTIVOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y LOS NEGOCIOS

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Ginebra, marzo-abril de 2003

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

EL DERECHO DE AUTOREN LA ERA DIGITAL:Cuestiones de interéspara las empresas

EL SISTEMA DE MADRIDY SUS VENTAJAS

LOS ACTIVOS DE PROPIEDADINTELECTUAL Y LOS NEGOCIOS

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ULRICH UCHTENHAGEN:UN HOMBRE EXCEPCIONAL

El Sr. Uchtenhagen falleció el pasado 31 de enero en un accidentede automóvil en Zimbabwe, donde se encontraba en misión enviadopor la OMPI.

El Sr. Uchtenhagen era muy apreciado, tanto por su gran capacidadprofesional como por su calidad humana. Hombre de conviccio-nes y de gran lealtad, se dedicaba de lleno a promover losprincipios de la gestión colectiva del derecho de autor.

Su cálida personalidad, gran dedicación y bondad con todos eranunánimemente reconocidas. Su capacidad de trabajo, inteligencia, curiosidad intelectual,cultura y dinamismo infatigable le valieron el cariño y el respeto de todos.

Su amabilidad, discreción, disponibilidad, simplicidad, honestidad, integridad y humanidadconmovieron y sedujeron profundamente a quienes lo conocieron.

Su repentina desaparición constituye una pérdida enorme para nuestra Organización y lafamilia del derecho de autor y, más especialmente para los países en desarrollo que tanto sehan beneficiado de su labor en el ámbito de la gestión colectiva.

Ulrich era nuestro amigo. En nombre de la OMPI y en el mío propio le rindo un homenajeampliamente merecido y presento a su familia, así como a los numerosos amigos que tenía entodo el mundo, mi más sentido pésame.

El Director General,Kamil Idris

Kamil Idris

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Índice

Ginebra,marzo-abril de 2003

2 � Se aplaza la Cumbre de la OMPI sobre la PropiedadIntelectual y la Economía de los Conocimientos

3 � “La propiedad intelectual es también asunto suyo”Día Mundial de la Propiedad Intelectual

4 � Activos de propiedad intelectualEl uso dinámico de los activos de propiedad intelectual paracrear riqueza

9 � La propiedad intelectual y las empresasEl éxito empresarial, el derecho de autor y el entorno digital

11 � 2002: Año clave para la normativa internacional dederecho de autor

13 � El Irán pone en primer plano las cuestiones de derechode autor

14 � Aumento continuo de las solicitudes internacionales depatente

El PCT y los países en desarrollo

17 � El Sistema de Madrid: mayores beneficios para unmayor número de usuarios

La ventaja de la simplicidad

22 � Nuevas Partes Contratantes en 2002 de los tratadosadministrados por la OMPI

26 � Resumen de noticiasEl Secretario de Comercio de los Estados Unidos visita GinebraEncuentro entre el Director General y el Director de ROSPATENTEspaña firma un memorándum de entendimiento para promoverel derecho de autor

28 � Calendario de reuniones

29 � Nuevas publicaciones

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003 SE APLAZA LA CUMBRE DE LA

OMPI SOBRE LA PROPIEDADINTELECTUAL Y LA ECONOMÍA

DE LOS CONOCIMIENTOSEl Director General de la OMPI,Dr. Kamil Idris, anunció a los Estadosmiembros el 9 abril que no se podrácelebrar en las fechas previstas laCumbre de Beijing sobre la PropiedadIntelectual y la Economía de los Co-nocimientos ni el Foro de la Industriay el Sector Privado, que estaban fija-das del 24 al 26 de abril.

El Dr. Idris dijo a los representantesde los Estados miembros que la OMPIlamentaba profundamente que losacontecimientos del momento hicie-ran imposible celebrar ese importan-te evento en la fecha prevista, y aña-dió que en cuanto fuera posible se co-municarían las nuevas fechas de ce-lebración así como otra informaciónde interés sobre dicho evento.

En la Cumbre se abordará la funciónpreponderante del sistema de propie-dad intelectual en el fomento de lacreatividad y la innovación comocatalizadores del crecimiento econó-mico a través de la creación de rique-za y el desarrollo de la industria y elcomercio. En este evento se darán citajefes de gobierno y otros altos funcio-narios gubernamentales, directivosempresariales, académicos, miembrosde la sociedad civil y otras partes in-

teresadas, para debatir la importanciacreciente de la propiedad intelectualen las economías contemporáneas,impulsadas por los conocimientos.

Tierra, mano de obra y capital handejado de ser los únicos factores queexplican el éxito de un Estado. La crea-tividad y la innovación son los nue-vos motores de la economía mundial,y el bienestar nacional depende cadavez más de la estrategia que adopteun país para explotar el capital inte-lectual. Un sistema de propiedad in-telectual eficaz constituye la base detal estrategia. En una economía basa-da en los conocimientos e impulsadapor la innovación, ese sistema consti-tuye una herramienta dinámica decreación de riqueza puesto que brin-da un incentivo para que las empre-sas y los individuos creen e innoven,y proporciona un medio fértil para eldesarrollo y el comercio de los acti-vos intelectuales así como un entor-no estable para las inversiones nacio-nales e internacionales.

En la página www.ompi.int/summit-china/es/index.html se publicará másinformación y las nuevas fechas decelebración de la Cumbre.

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“La propiedad intelectual también es asunto suyo” es el lema delDía Mundial de la Propiedad Intelectual en 2003. Para dar a co-nocer el lema, la OMPI pone a disposición afiches y marcadoresde libros.

La OMPI ha preparado una carpeta de información para los Esta-dos miembros, en la que se incluye un mensaje del Director Ge-neral de la OMPI, Dr. Kamil Idris, la reseña y la versión en CD-ROM de su libro Intellectual Property – A Power Tool for EconomicGrowth, la tira cómica Patentes y los afiches y marcadores ante-riormente mencionados. También se incluirán en la carpeta unCD-ROM con versiones imprimibles de las tiras cómicas Paten-tes, Derechos de autor y Marcas y el afiche de este año. Se invitaa las oficinas de propiedad intelectual a utilizar el CD-ROM paraimprimir todos los ejemplares que deseen de las publicaciones.

Se invita a los Estados miembros de la OMPI a participar en elDía Mundial y a informar a la Organización de las actividadesque hayan previsto al respecto. Dicha información se publicaráen una página especial del sitio Web de la OMPI.

La participación y el amplio apoyo recibido el año pasado enrelación con el Día Mundial de la Propiedad Intelectual han con-tribuido al éxito de ese evento en todo el mundo.

Para más información, consulte la página sobre el Día Mundialde la Propiedad Intelectual en el sitio Web de la OMPI,www.ompi.int.

La propiedad intelectualtambién es asunto suyo

DÍA MUNDIAL DE LAPROPIEDAD INTELECTUAL

Abril

Les BDs de l’OMPI (Brevets - Droit d’Auteur

Marques) et l’affiche de la Journée Mondiale

de la Propriété Intellectuelle

Tira cómica de la OMPI (Patentes - Derechos de autor - Marcas)

y afiche para el día de la Propiedad Intelectual

WORLD

INTELLECTUAL

PROPERTY

ORGANIZATION

26 AprilWORLD INTELLECTUALPROPERTY DAY

26 AvrilJOURNÉE MONDIALEDE LA PROPRIÉTÉINTELLECTUELLE

26 de AbrilDÍA MUNDIALDE LA PROPIEDADINTELECTUAL

ORGANISATION

MONDIALE

DE LA PROPRIÉTÉ

INTELLECTUELLE

ORGANIZACIÓN

MUNDIAL

DE LA PROPIEDAD

INTELECTUAL

The WIPO Comics (Patents - Copyright - Trademarks)

and IP DAY Poster

WORLD

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PROPERTY

ORGANIZATION

A POWER TOOLFOR ECONOMICGROWTHKamil Idris

INTELLECTUALPROPERTY

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EL USO DINÁMICO DE LOSACTIVOS DE P.I. PARA

CREAR RIQUEZA

“Un pensamiento que nose traduce en acción notiene gran valor y unaacción que no procededel pensamiento no tienevalor en absoluto”.Georges Bernanos (1888–1948),novelista francés

Este artículo es el quinto y último deuna serie de artículos sobre el desa-rrollo y la gestión de activos de pro-piedad intelectual. En los cuatro pri-meros artículos se ofrecía una visióngeneral del desarrollo y la gestión deactivos de propiedad intelectual (nú-mero de julio-septiembre de 2002),políticas estratégicas en materia depropiedad intelectual (número de oc-tubre de 2002), la función de la infra-estructura y la observancia (númerode noviembre-diciembre de 2002) yla enseñanza y la sensibilización so-bre la propiedad intelectual (enero-febrero de 2003). En este número com-pletaremos nuestro estudio de los“componentes clave” para desarrollarla propiedad intelectual como activoeconómico, centrándonos en el em-pleo dinámico de los activos de pro-piedad intelectual.

Empleo de los activos depropiedad intelectual

Los anteriores artículos de esta seriese centraron en el modo en que losgobiernos, el sector privado y las po-líticas académicas podían estimular eldesarrollo de activos de propiedadintelectual (patentes, derecho de au-tor y marcas, así como otros tipos depropiedad intelectual). La propiedadintelectual que se produce es un acti-vo con un valor económico teórico.No obstante, este valor no puede plas-marse en la práctica a menos que lapropiedad intelectual se utilice demanera específica, concreta y prácti-ca para obtener ingresos u otros be-neficios económicos.

La preparación estratégica y el desa-rrollo de activos de propiedad intelec-tual son requisitos necesarios para lautilización dinámica de la propiedadintelectual en el desarrollo micro ymacroeconómico. Tomemos, porejemplo, el siguiente caso hipotético:

Fisha es una empresa privada espe-cializada en el secado, procesado ycongelación de pescado y productosdel mar. Fisha comenzó siendo unacooperativa que vendía pescado fres-co. Uno de los problemas del nego-cio era que parte del valor de la pescase perdía por el carácter sumamenteperecedero del pescado. En los últi-mos años, Fisha ha ampliado sus acti-vidades a productos derivados delpescado, tras efectuar estudios demercado sobre el valor del aceite depescado, las algas y el secado/proce-sado del pescado, así como el empa-quetado de pescado seco. Tras traba-jar con un centro local de investiga-ción en acuicultura, se ha hecho conuna sólida cartera de activos de pro-piedad intelectual relacionados conestas nuevas tecnologías, incluidasvarias patentes relativas a máquinasde secado. Es miembro asimismo deuna red regional de comercio de pro-ductos derivados del pescado, quepromueve y utiliza una marca de cer-tificación de higiene de los productosderivados del pescado, a la vez queofrece servicios jurídicos y de merca-dotecnia a sus miembros. Ha solicita-do y recibido financiación del centrolocal de desarrollo y divulgación de

la propiedad intelectual para la crea-ción de prototipos, la preparación desolicitudes de patente y el pago dehonorarios de abogado. Otra de susestrategias ha sido aliarse con otraempresa de productos derivados delpescado a fin de exportar aceite depescado y colaborar en un plan con-junto de comercialización y desarro-llo de marcas. Fisha ha firmado asi-mismo un acuerdo de licencia de dis-tribución con otra empresa, por el queobtiene regalías a cambio del dere-cho a manufacturar y distribuir las má-quinas de secado Fisha. Fisha percibeactualmente ingresos procedentes dela venta de pescado fresco, regalíaspor su licencia sobre la máquina desecado, así como ingresos proceden-tes de la exportación de aceite de pes-cado.

Fisha es una empresa imaginaria quegoza de todas las ventajas institucio-nales existentes, incluido, el apoyofinanciero y jurídico y para lacomercialización: las cosas no pue-den irle mejor. Ahora bien, el ejem-plo de la empresa Fisha ilustra la po-sibilidad de emplear la propiedad in-telectual de manera dinámica a fin decrear riqueza por medio de la investi-gación y el desarrollo de productosinnovadores, la comercialización, eldesarrollo de marcas, la creación deredes, las alianzas estratégicas y losacuerdos de licencia.

Un ejemplo real tomado del mundoempresarial es IBM, la gran multina-cional de tecnologías de la informa-ción. IBM genera sus ingresos median-te la creación y venta de computadorasy de otros productos y servicios de tec-nologías de la información en todo elmundo. Año tras año, IBM presentamás solicitudes de patente que cual-quier otra empresa de los Estados

Creación y gestiónde activos de P.I.

I II III IVPolíticas Infraestructura Educación y Utilización

estratégicas y observancia sensibilización dinámica de la P.I.

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Unidos (2.886 en el año 2000 y 3.411en el año 2001). IBM es un modelo deutilización dinámica de la propiedadintelectual debido a que, además de laincidencia de las tecnologías que hacreado en la competitividad de los re-sultados y características de sus pro-ductos, obtiene importantes beneficioscon la concesión de licencias sobre sucartera de propiedad intelectual, lo queha supuesto en 2002, 1.530 millonesde dólares EE.UU. en concepto de re-galías.

Es obvio que las necesidades y objeti-vos empresariales varían mucho de uncaso a otro, si se compara el ejemplode la hipotética Fisha con el de IBM.El uso eficaz de los activos de propie-dad intelectual concierne tanto a laspequeñas empresas dedicadas a co-mercializar nuevas tecnologías, comoa las grandes empresas internaciona-les, sea cual sea el ámbito, laacuicultura, la construcción, las tec-nologías de la información, las indus-trias culturales, la medicina, las ener-gías alternativas, la gestión de los de-sechos o cualquier otra tecnología.

Independientemente del tamaño de laempresa, los activos de propiedad in-telectual pueden utilizarse de diver-sas maneras para generar ingresos.

Mejora de los productos

Los activos de propiedad intelectualvienen a ser el resultado protegido delas inversiones en la innovación e in-ducen la creación de nuevos produc-tos o la mejora de las característicaso del rendimiento de los productosexistentes. La capacidad de producirun producto mejor o más adaptado asus fines, especialmente cuando loscompetidores no cuentan con la mis-ma ventaja, es uno de los principalesbeneficios comerciales de la propie-dad intelectual que permite al titulardel activo de propiedad intelectualvender un volumen mayor de produc-tos, obtener mayores beneficios ymantener vivo el interés del consumi-dor a lo largo del tiempo. Para que lapropiedad intelectual pueda ser utili-zada de esta manera deberá formarparte del plan de negocios de la em-presa y los activos de propiedad inte-

lectual deberán integrarse en la estra-tegia sobre el producto. Un buenejemplo de la utilización de la pro-piedad intelectual para obtener unaumento de los ingresos por medio dela mejora del producto es la creaciónpor parte de Texas Instruments, Inc.de 60 invenciones basándose en lapatente del microchip. (Véase la des-cripción de la patente del microchipde Kilby en Intellectual Property, APower Tool for Economic Growth, delDr. Kamil Idris, pág. 108, Publicaciónde la OMPI Nº 888).

Concesión de licencias

Una de las maneras más dinámicas deutilizar la propiedad intelectual es laconcesión de licencias. Consiste encompartir con otras empresas (ellicenciatario) o “alquilar” propiedadintelectual por medio de un contratojurídicamente vinculante en el que sedeterminan ciertas condiciones a cam-bio del pago de regalías. Esas regalíasse abonan por lo general en funciónde un porcentaje de los ingresos, porcada unidad vendida, o con arreglo auna suma fija. Este acuerdo puede re-sultar atractivo para el licenciatario, yaque puede vender un producto que deotro modo no podría vender, o mejo-rar un producto que ya vendía, apor-tándole nuevas características y tecno-logías. La concesión de licencias pue-de resultar interesante también para ellicenciante ya que puede acceder amercados a los que de otro modo nohubiera tenido acceso (posiblementepor no disponer de la capacidad deproducción o de los canales de distri-bución necesarios). La concesión delicencias consiste tanto en ofrecer pro-

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Relaciónmutuamente

beneficiosa

Dolby y el símbolo “doble D” son marcas registradas de Dolby Laboratories.

piedad intelectual a cambio de pagos,como en “licencias cruzadas”, en lasque ambas partes poseen propiedadintelectual y la intercambian. Las licen-cias cruzadas permiten que las partescolaboren sin incurrir en riesgo de liti-gios, y a veces sin necesidad de con-trapartida financiera.

Las licencias de derechos de propie-dad intelectual son sumamente varia-das y con frecuencia forman parte deun acuerdo empresarial más amplio(por ejemplo, una empresa conjuntade investigación y desarrollo o unacuerdo de producción y venta de

ductos de otras empresas (véase ladescripción de Dolby en IntellectualProperty, A Power Tool for EconomicGrowth, página 171).

Los centros universitarios y de inves-tigación conceden cada vez más li-cencias de derechos de propiedad in-telectual. Es más, de conformidad conun estudio realizado por la Associationof University Technology Managers, enel año 2000 las universidades y cen-tros de investigación de América delNorte obtuvieron beneficios superio-res a los 1.000 millones de dólares delos EE.UU. gracias a la concesión delicencias de derechos de propiedadintelectual. La Universidad de Colum-bia, Nueva York (Estados Unidos deAmérica) creó la Columbia InnovationEnterprise (CIE) Unit en 1983 y desdeentonces ha obtenido más de 400 pa-tentes y ha concertado más de 1.000acuerdos de licencias. En el año 2000,los ingresos anuales de la CIE en con-cepto de concesión de licencias su-peraron los 140 millones de dólaresde los EE.UU. (véase “From TechTransfer to Joint Ventures” de JackGranowitz, entrevistado en From Ideasto Assets de Bruce Berman, WileyPublishers, 2002).

Por concesión de licencias se entien-de asimismo las licencias de consor-cios en las que varias compañías seunen y colocan sus activos de propie-dad intelectual en una “cartera co-mún”, acordando que todos los miem-bros del consorcio puedan utilizar lapropiedad intelectual de esa cartera.De este modo, los miembros puedenrealizar proyectos conjuntos de inves-tigación sobre tecnologías afines sinmiedo a incurrir en infracciones. Enocasiones, un grupo de empresas creauna cartera común de activos de pro-piedad intelectual a fin de promoveruna “norma” o “plataforma” que ga-rantice la interoperabilidad de los sis-temas afines. Las estrategias de plata-forma dependen considerablemente

de las patentes y las marcas. Un buenejemplo de estrategia de plataformautilizada actualmente es MicrosoftWindows, que permite que numero-sas empresas creen y vendan produc-tos que funcionan con el sistema ope-rativo de Microsoft. El logotipo de lamarca Microsoft y la propiedad inte-lectual de su sistema operativo sonfundamentales para mantener su po-sición como eje de la plataformaWindows.

Empresas conjuntas yalianzas estratégicas

Con frecuencia las empresas se alíanpara conseguir de manera conjunta loque les resulta difícil conseguir porseparado. La configuración jurídica dedichas empresas conjuntas varía de uncaso a otro pero las licencias de dere-chos de propiedad intelectual son unaspecto común. Las partes convienenen concederse licencias cruzadas so-bre su propiedad intelectual a fin decrear o fabricar un producto mejor. Lalicencia suele combinarse con un con-trato de acuerdo de desarrollo me-diante el cual las partes comparten lasresponsabilidades y la titularidad dela propiedad intelectual en relacióncon la investigación y el desarrollo deuna tecnología o producto determina-do. Pueden asimismo conceder licen-cias sobre técnicas de producciónpatentadas, especificaciones y manua-les protegidos por el derecho de au-tor, así como diseños industriales ysecretos comerciales. Una alianza es-tratégica puede significar asimismo unacuerdo de comercialización conjuntay de licencias sobre marcas en virtudde los cuales las partes comparten los

Empresa BEmpresa A Intercambio deconocimientos

productos acabados). En ocasiones laslicencias son consecuencia de unacuerdo extrajudicial en relación conun litigio contingente o real en el quelas partes optan por un acuerdo queredunde en una situación mutuamen-te beneficiosa.

Para algunas empresas, la concesiónde licencias es la principal fuente deingresos. Esas empresas trabajan en elcampo de la investigación y el desa-rrollo de productos y una vez quecreado una tecnología, la ceden a otraempresa con mayor experiencia en elcampo de la comercialización y ladistribución. Ese es el caso de nume-rosas empresas de semiconductores,que crean semiconductores y conce-den la licencia a otras empresas paraque produzcan y distribuyan el pro-ducto. Los laboratorios Dolby son unejemplo notorio a ese respecto, en elsentido de que es una empresa detecnología de sonido que ha logradogran parte de su éxito financiero me-diante la concesión de licencias de sutecnología sonora patentada, que pos-teriormente se incorpora en los pro-

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Recuadro: Los activos depropiedad intelectual seutilizan de manera dinámicapor medio de la innovacióny comercialización deproductos, el desarrollo demarcas, la creación de redesy consorcios, y elestablecimiento de alianzasestratégicas y de acuerdosde licencia.

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gastos de publicidad y comercializanlos productos con un logotipo común.

Esas alianzas son a veces redes de em-presas y/o centros de investigación queconvienen en mancomunar recursospara obtener mayores beneficios. Véa-se en http://www.maxhavelaar.com/ unejemplo de la utilización de un logotipopara indicar que todos los miembrosde una organización se ajustan a cier-tas prácticas laborales y comerciales.Otro ejemplo de la utilización de unamarca como fuerza unificadora delmercado es el lema y logotipo de IntelInside (véase Intellectual Property, aPower Tool for Economic Growth,pág. 165).

Un logotipo puede utilizarse asimismopara indicar la pertenencia a una orga-nización que supervisa y certifica lacalidad, por ejemplo, una asociaciónde productores de alimentos biológi-cos que utilice un logotipo común afin de mostrar a los consumidores quelos productos que llevan dicho logotipocumplen ciertos requisitos.

Valorización de lapropiedad intelectual

La valorización de la propiedad inte-lectual es esencial para la planificaciónde actividades empresariales y para lasempresas conjuntas, y resulta impor-tante asimismo para la concesión delicencias, las adquisiciones, las fusio-nes, las inversiones, los préstamos etc.,como elemento clave que permite co-nocer el valor monetario de una carte-ra de propiedad intelectual. Si bien aúnno resulta corriente titularizar transac-ciones de préstamos con activos depropiedad intelectual, la cuestión sus-cita gran interés en los medios de lasfinanzas y la contabilidad y algunosexpertos consideran que es sólo cues-tión de tiempo que se generalice elempleo de la propiedad intelectualcomo garantía para un préstamo. (Véa-

se Douglas Elliot, “Asset Backed IPFinancing”, en Berman, From Ideas toAssets). La División de la OMPI de Pe-queñas y Medianas Empresas publicaen sus páginas Web amplia informa-ción de utilidad sobre la valorizaciónde la propiedad intelectual (véase la si-guiente dirección: http://www.ompi.int/sme/es/index.html).

Aunque aún no sea corriente en lacomunidad financiera titularizar prés-tamos mediante activos de propiedadintelectual, está claro que se tomanen consideración la calidad y la can-tidad de los activos de propiedad in-telectual al tomar decisiones en ma-teria de inversiones. Una cartera sóli-da de activos de propiedad intelectual,bien integrada en el plan de negociosde la empresa, resultará atractiva paralos inversores debido a los ingresosque puede generar la propiedad inte-lectual y al hecho de que el desarro-llo de los activos de propiedad inte-lectual refleja la voluntad de innovary mejorar los productos. En las inves-tigaciones sobre la “diligencia debi-da”, en las que se controlan y verifi-can los activos de una empresa sus-ceptible de ser adquirida, suelenconsignarse y evaluarse los activos depropiedad intelectual a fin de garanti-zar que se protejan jurídicamente yque no sean transferidos por inadver-tencia o intencionalmente en los con-tratos. También se evalúan para deter-minar su valor en relación con lasactividades esenciales de la empresa.

Desarrollo de marcas yutilización de lasindicaciones geográficas

La propiedad intelectual es un instru-mento clave en la comercialización.La marca puede ser la piedra angularde la estrategia comercial de una em-presa. También puede ser utilizada porun país a fin de proyectar su imagen ysus productos. (Véanse Louis T. Wellsy Alvin Wint, “Marketing a Country:Promotion as a Tool for AttractingForeign Investment”, ForeignInvestment Advisory Service, Was-hington, D.C., 1990).

Las indicaciones geográficas son unaforma de propiedad intelectual quepuede ser utilizada de manera eficazen las campañas de comercialización.Al igual que las marcas, las indica-ciones geográficas pueden estimularla demanda proyectando imágenespositivas y transmitiendo los atributosdel producto al consumidor potencial.Un ejemplo de utilización eficaz delas indicaciones geográficas es latequila, bebida mexicana que fue pro-tegida como indicación geográfica en1977. Su protección como indicacióngeográfica ha constituido una granventaja para la industria de la tequilaen México, pues ha creado empleo ygenerado ingresos gracias a la expor-tación.

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Comercialización ymercadotecnia

La comercialización y mercadotecniade los activos de propiedad intelectualson algunos de los aspectos más im-portantes de la utilización de la pro-piedad intelectual. La mejor invencióndel mundo no generará ingresos si nose comercializa de manera eficaz. Pesea eso, sólo un pequeño porcentaje (5 a7%) de todas las invenciones para lasque se han concedido patentes llegana comercializarse. Numerosos paíseshan creado unidades de comercia-lización que ofrecen a las empresasinnovadoras servicios de mercadotec-nia, creación de prototipos eincubación. El Philippines TechnologyApplication and Promotion Institute(TAPI)) ayuda a las empresas a comer-cializar sus invenciones. (Véase http://www.tapi.dost.gov.ph/). En Singapur,la incubadora de empresas de la Uni-versidad Nacional (NBI) tiene por fi-nalidad promover nuevas empresas,fomentar la innovación y desarrollarlas capacidades empresariales del per-sonal y los estudiantes. Dispone deconsultores sobre el terreno que ayu-dan a las nuevas empresas a estable-cer planes y estrategias empresariales,crear vínculos con los círculos finan-cieros y obtener asistencia jurídica.(Para más ejemplos de programas decomercialización en las universida-des, véase el sitio Web de VirginiaPolytechnic Institute’s (U.S.A.)K n o w l e d g e w o r k :www.vtknowledgeworks .com/commercialization/index.html).

En los centros de incubación, los par-ques tecnológicos y los centros decreación de prototipos se ayuda a los

innovadores a perfeccionar sus inven-ciones. El mercado puede dictar quese modifique o se siga desarrollandouna invención. Con frecuencia los in-ventores son más sensibles al desarro-llo tecnológico que a las necesidadesdel mercado y dichos centros puedenayudar a los inventores a afinar y ex-perimentar sus ideas.

La propiedad intelectual,motor de las industriasculturales

La propiedad intelectual puede ser unfactor de expansión de industrias cul-turales como la musical, la cinemato-gráfica y la textil. Utilizar con dina-mismo los activos de propiedad inte-lectual es ofrecer protección y apoyoa las industrias culturales. La indus-tria musical de Jamaica e Irlanda sonejemplos de industrias que han creci-do a partir de tradiciones culturaleslocales. Los analistas de la industriaafirman que los ingresos globales dela industria de la grabación de Jamai-ca podrían cifrarse en hasta 300 mi-llones de dólares de los Estados Uni-dos (véase The Caribbean MusicIndustry: The Case for Industrial Policyand Export Promotion, Organizaciónde los Estados Americanos, junio de2002). La música es el segundo artí-culo de exportación más importantede Irlanda y un reciente informe so-bre la industria musical nacional esti-mó que dichos productos aportaban aIrlanda ingresos anuales de 344 millo-nes de dólares de los Estados Unidos.

Las industrias culturales pueden ba-sarse en diseños, textiles y obras dearte originales protegidos por las in-dicaciones geográficas, el derecho de

autor y las marcas. Los conocimien-tos tradicionales y las obras de lospueblos indígenas pueden ser la fuentede invenciones susceptibles de pro-tección por patente. Por ejemplo, unremedio tradicional a base de hierbaspuede servir como punto de partidapara actividades de investigación ydesarrollo que traigan consigo inno-vaciones relativas a su aplicación, uti-lización, dosificación, etcétera.

Del mismo modo, las actividades deinvestigación y desarrollo en proyec-tos técnicos como las presas, y pro-yectos relativos a la energía, la agri-cultura, la construcción, etc., puedenproducir propiedad intelectual que seutilice para generar ingresos. Una delas consecuencias de ese proceso esla formación y el cultivo de capitalhumano en forma de consultores, ex-pertos e investigadores que puedenobtener ingresos debido a sus cono-cimientos relativos a la propiedad in-telectual. El capital humano es una delas maneras más prácticas y eficacesde utilizar activos de propiedad inte-lectual ya que las capacidades, losconocimientos especializados y laconfianza se desarrollan en el trans-curso de la creación de obras e in-venciones. El empleo dinámico de lapropiedad intelectual consiste en ha-llar el elemento innovador en todaslas actividades, plasmando de mane-ra práctica estas nuevas ideas y capi-tal humano.

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Internet ofrece el medio más rápidoconocido hasta la fecha para repro-ducir y distribuir información. Estenuevo entorno ha creado nuevos mo-delos empresariales que han supues-to desafíos capitales para las indus-trias del derecho de autor y para elpropio sistema del derecho de autor.La era digital, la convergencia de latecnología de las telecomunicacionesy la informática y la aparición deInternet han puesto en entredicho ladefinición misma de los términos uti-lizados en el ámbito del derecho deautor, tales como reproducción/copia,publicación, interpretación o ejecu-ción pública, distribución, radiodifu-

sión y comunicación al público. Elmundo en línea -proveedores de ser-vicios, portales y redes, proveedoresde contenidos y creadores de basesde datos- se enfrenta a múltiples ycomplejos problemas al aplicar lossistemas jurídicos nacionales del de-recho de autor a un ciberespacio sinfronteras ni divisiones.

El Tratado de la OMPI sobre Derechode Autor (WCT) y el Tratado de laOMPI sobre Interpretación o Ejecu-ción y Fonogramas (WPPT) -conoci-dos conjuntamente como los TratadosInternet de la OMPI- constituyen losprimeros pasos decisivos en el proce-

EL ÉXITO EMPRESARIAL,EL DERECHO DE AUTOR YEL ENTORNO DIGITAL

so de modernización de la legislacióninternacional en materia de derechode autor, al tomar en consideraciónel nuevo entorno digital. Estos dos tra-tados establecen el marco jurídicopara salvaguardar los intereses de loscreadores en el ciberespacio y abrennuevos horizontes para que los com-positores, artistas, escritores y otrosprofesionales puedan utilizar Internetcon toda confianza a fin de crear, dis-tribuir y controlar la utilización de susobras en el entorno digital. Los dostratados entraron en vigor el primersemestre de 2002, tras haber sido ra-tificados por 30 países. Se espera queun gran número de países se adhieraa los tratados en el futuro próximo.

Incidencia en las empresasque utilizan Internet

El derecho de autor también incideconsiderablemente en las empresasque utilizan productos informáticosestándar o personalizados o depen-den del comercio electrónico, utili-zan el correo electrónico o han crea-do un sitio Web únicamente con fi-nes publicitarios. Por ejemplo, la pu-blicación de una fotografía o imagendigital en un sitio Web sin contar conla autorización del titular del derechode autor constituye una infracción delderecho de autor. Del mismo modo,a los propietarios de sitios Web y alos servicios de alojamiento de sitiosWeb se les pueden plantear conflic-tos de derecho de autor (y de marcas)en relación con la práctica de intro-ducir marcos, hiperenlaces o enlacesprofundos no autorizados. Debe veri-ficarse la fuente de todos los textos eimágenes que se publicarán en un si-tio Web a fin de determinar si la em-presa tiene el derecho a publicarlos.

Incidencia del derecho deautor en otros negocios

Algunos países han respondido al de-safío que constituye la protección delderecho de autor introduciendo ungravamen sobre las fotocopiadoras, losescáner, las grabadoras de cintas audioy vídeo, las cintas audio y vídeo vír-genes, los CD vírgenes y otros mediosde grabación, así como equipo, comograbadores de sonido y de CD, quepueden utilizarse para copiar o alma-cenar contenidos protegidos por de-recho de autor. Los ingresos genera-dos por dicho gravamen se distribu-yen a los titulares de los derechos, enla medida de lo posible, de conformi-dad con la utilización de sus obras,interpretaciones o ejecuciones y gra-baciones de sonoras en dichos mediosde grabación. En algunos de esos paí-ses, a las empresas que utilizan me-dios de grabación con objetivos queno sean la reproducción de obras pro-tegidas, por ejemplo a los fines de rea-lizar copias de seguridad, se les re-embolsa dicho gravamen.

Las empresas deberían asegurarse deque las actividades realizadas por supersonal en relación con la empresase ajusten a la legislación vigente enmateria de derecho de autor. Por ejem-plo, es necesario establecer y super-visar de manera estricta políticas con-tra la instalación y la utilización deprogramas informáticos sin licencia enlas computadoras de las empresas.Además de hacer frente a los riesgosque puede plantear dicha instalación,como los virus, o la posibilidad de

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instalar por inadvertencia un “progra-ma espía” que desvele los secretoscomerciales de la empresa, el estable-cimiento de esas políticas resulta apro-piado asimismo desde el punto de vis-ta del derecho de autor. Se puede im-putar a las empresas la responsabili-dad de contribuir a infracciones delderecho de autor o a actos de pirate-ría si permiten o no impiden la utili-zación en sus sistemas o servidoresinformáticos de materiales protegidospor derecho de autor, como los archi-vos musicales MP3.

¿Qué nos reserva elfuturo?

El escaneado y la fotocopia han con-vertido la reproducción en un proce-so sencillo, rápido, económico y difí-cil de detectar. El entorno digital eInternet han hecho que los conteni-dos protegidos por derecho de autorsean mucho más difíciles de contro-lar por los creadores, editores, distri-buidores y detallistas. La calidad delas copias apenas difiere de la del ori-ginal y éstas pueden transferirse de unmedio a otro con facilidad. Hoy endía, tanto los titulares del derecho deautor como quienes copian sus con-tenidos de manera ilegal cuentan conoportunidades de distribución sin pre-cedentes. En términos generales,Internet no ha alterado los conceptosbásicos del derecho de autor pero síel equilibrio entre los titulares del de-recho de autor y los usuarios de ma-terial protegido por el mismo, lo quesuscita inquietudes en algunos círcu-los sobre el futuro de la legislaciónde derecho de autor.

En respuesta a esos problemas se es-tán incorporando en las legislacionesnacionales de derecho de autor nue-vas normas jurídicas como las consa-

gradas en el WCT y el WPPT y se es-tán creando nuevas medidas tecnoló-gicas de protección, como mecanis-mos de control de acceso y sistemasde protección de las copias. Con es-tos sistemas se pretende recobrar cier-to control, es decir, impedir o hacerfrente al robo de contenidos valiosos,fomentando al mismo tiempo la ex-presión creativa.

Además, numerosas empresas hanintensificado la vigilancia a fin de lo-calizar activos digitales protegidos porderecho de autor en Internet y detec-tar la utilización indebida o sin licen-cia y las modificaciones no autoriza-das de contenidos protegidos. Muchashan incorporado estrategias de propie-dad intelectual en sus planes empre-sariales a largo plazo. Para hacer res-petar sus derechos toman medidasbasadas en sanciones civiles y pena-les más rígidas por infracciones delderecho de autor, tal como se esta-blece en las legislaciones nacionalesde derecho de autor. Las empresastambién están tomando medidascomo las que prohiben burlar la pro-tección tecnológica utilizada por lostitulares del derecho de autor a fin decontrolar el acceso a sus obras. Paraello, emprenden acciones judicialesdestinadas a impedir o interrumpir lasupresión o manipulación de la infor-mación sobre la gestión de derechosque se inserta o acompaña a las obrasdigitales.

Si bien las filigranas digitales y otrasmedidas tecnológicas que impiden lacopia han adquirido mayor importan-cia, subsisten ciertos problemas. Debegarantizarse la privacidad de los usua-rios del derecho de autor que respe-tan la ley y considerarse que la exclu-sión tecnológica de actos que duran-te largo tiempo han sido considera-

dos “utilización leal” o que se hanconsiderado exentos de la necesidadde obtener autorización del titular delderecho de autor puede afectar elequilibrio entre los intereses de los ti-tulares del derecho de autor y los usua-rios de los contenidos protegidos porel mismo.

Sin lugar a dudas, las medidas tecno-lógicas y la legislación en materia dederecho de autor continuarán evolu-cionando conjuntamente para mante-ner un equilibrio apropiado entre lasnecesidades de las empresas que ha-cen uso de obras protegidas por dere-cho de autor y las necesidades delpúblico en tanto que consumidores ousuarios de dichas obras. Al mismotiempo, la adquisición y la concesiónde licencias de contenidos protegidosse facilitará por medio de tecnologíasde gestión informatizada de los dere-chos que den acceso, otorguen licen-cias, supervisen y rastreen el intercam-bio de obras protegidas en el entornodigital. En esta situación en constanteevolución, resulta esencial para unnúmero creciente de titulares y geren-tes de empresas, tanto en su calidadde titulares como de usuarios de ma-terial protegido por derecho de autor,contar con conocimientos sobre losprincipios básicos de la legislación enmateria de autor antes de solicitar ase-soramiento de los expertos en relacióncon cuestiones de derecho de autor.

En el próximo artículo de la serie “Lapropiedad intelectual y las empresas”examinaremos las ventajas y desventa-jas de la concesión de licencias rela-cionadas con la propiedad intelectual.Para más información: diríjase awww.wipo.int/sme/es/index.html

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La entrada en vigor en 2002 del Tra-tado de la OMPI sobre Derecho deAutor (WCT) y del Tratado de la OMPIsobre Interpretación o Ejecución yFonogramas (WPPT) supuso un avan-

2002: AÑO CLAVE PARA LANORMATIVA INTERNACIONALDE DERECHO DE AUTOR

El WCT y WPPT se adoptaron en 1996y entraron en vigor el 6 de marzo y el20 de mayo de 2002, respectivamen-te. Hasta la fecha han sido firmadospor 39 países. Ambos textos revistenuna importancia fundamental, ya quecontribuirán a impulsar los futurosavances de Internet, el comercio elec-trónico y las industrias de la cultura yla información, garantizando la cali-dad y la autenticidad del contenidodigital. Ello permitirá a los creadores,artistas intérpretes o ejecutantes, yproductores e industrias afines vereconómicamente recompensados sutalento, creatividad e inversiones.

El objetivo de la OMPI para 2003 serálograr muchas más adhesiones a lostratados y ayudar a los países a apli-car los instrumentos de manera efec-tiva. Asimismo, los esfuerzos se cen-trarán en conseguir una mayor sensi-bilización del público con respecto alos tratados y al uso de obras protegi-das en Internet.

Protección de los derechosde los artistas intérpreteso ejecutantes

Con respecto a la protección de losderechos de los artistas intérpretes oejecutantes sobre sus interpretacioneso ejecuciones audiovisuales, los Esta-dos miembros de la OMPI decidiránen breve si se celebra una reunión ofi-ciosa ad hoc para relanzar los deba-tes internacionales sobre temas pen-dientes. Podrán asistir a la reunióntodos los Estados miembros de laOMPI, así como las organizacionesintergubernamentales y no guberna-mentales interesadas. La Conferencia

Diplomática sobre la Protección de lasInterpretaciones y EjecucionesAudiovisuales, que tuvo lugar en di-ciembre de 2000, logró progresos sig-nificativos respecto de la defensa delos derechos de los artistas intérpre-tes o ejecutantes sobre sus obrasaudiovisuales (véase la revista de laOMPI de febrero de 2001).

Hoy en día, las obras de los artistasintérpretes o ejecutantes disfrutan dela protección internacional que lesotorga la Convención de Roma sobrela protección de los artistas intérpre-tes o ejecutantes, los productores defonogramas y los organismos de ra-diodifusión (la Convención de Roma)y el WPPT, que racionaliza y actuali-za esas normas para hacerlas extensi-vas al uso de dichas obras en Internet.Sin embargo, esos dos instrumentosprotegen sobre todo las grabacionessonoras de las interpretaciones o eje-cuciones y se aplican de manera muylimitada a los aspectos audiovisuales.

Un instrumento internacional eficazde protección de las interpretacioneso ejecuciones audiovisuales reforza-ría la posición de los artistas intérpre-tes o ejecutantes de la industriaaudiovisual, en la medida en que pro-porcionaría una base jurídica mejordefinida del uso internacional de lasobras audiovisuales en los medios tra-dicionales y las redes digitales. Aun-que los principales beneficiarios de unacuerdo de esa naturaleza son los ar-tistas intérpretes o ejecutantes -prin-cipalmente actores y músicos- los pro-ductores y los distribuidores tambiénse beneficiarían de una armonizaciónde la protección entre Estados, ya que

ce decisivo en la historia de la nor-mativa de derecho de autor. Los dosinstrumentos garantizarán una mayorseguridad para las obras protegidaspor derecho de autor en elciberespacio, pues constituyen unabase jurídica que prohibe el uso noautorizado de las obras en redesdigitales como Internet. Esos dos tra-tados innovadores adaptan la norma-tiva de derecho de autor a la era digitaly prometen abrir nuevos horizontespara que los compositores, los artis-tas, los escritores, los artistas intérpre-tes o ejecutantes, como los cantantesy los músicos, los productores y otrosprofesionales de la industria utilicenInternet sin temor alguno para crear,distribuir y supervisar el uso de susobras en el entorno digital.

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ello facilitaría el comercio internacio-nal y el intercambio de películas yprogramas de televisión entre países.En la realización de una película o decualquier otra obra audiovisual inter-vienen muchas personas que a menu-do provienen de países diferentes.Cada vez más, las producciones ci-nematográficas que se proyectan enlas pantallas de los cines y la televi-sión están producidas y financiadas enlugares diferentes. Esos acuerdos po-nen de relieve la importancia de crearun entorno operativo internacionalque equilibre los intereses de las dis-tintas partes y defina sus derechos depropiedad intelectual.

Derechos de radiodifusión

Con respecto a los derechos de radio-difusión, los Estados miembros de laOMPI han dado un paso adelante enlos debates internacionales sobre losderechos que deben otorgarse a los

organismos de radiodifusión, concre-tamente, un nuevo tratado multilateralque, de adoptarse, actualizaría lasnormas internacionales vigentes enesa esfera para adaptarlas a los pro-gresos tecnológicos y al funciona-miento del mercado.

Las consultas para actualizar los de-rechos de propiedad intelectual de losorganismos de radiodifusión, regidosactualmente por la Convención deRoma de 1961, comenzaron en eldecenio de 1990. La aparición de for-mas distintas de comunicación, con-tenido, creación y distribución, enespecial en Internet, ha hecho nece-saria una revisión y actualización delas normas internacionales vigentespara garantizar un equilibrio adecua-do entre los intereses de todas las par-tes interesadas.

Aunque hay consenso respecto de lanecesidad de actualizar esos derechos,siguen existiendo diferencias entre losEstados miembros sobre aspectos cla-ve. En primer lugar, hay discrepanciasen cuanto quiénes deben ser los be-

neficiarios, es decir, si sólo se tendríaque conceder una mayor proteccióna los organismos de radiodifusión poraire o si dicha protección debería ex-tenderse a los organismos de difusiónpor cable y a determinadas categoríasde organismos de difusión porInternet. En segundo lugar, hay dife-rencia de opiniones sobre los derechosque deben otorgarse a los beneficia-rios; en particular, el derecho de fija-ción, el derecho de reproducción delas fijaciones, el derecho de retrans-misión, el derecho a descifrar emisio-nes cifradas y el derecho a alquilarfijaciones de emisiones al público.

Además de aumentar el número deadhesiones al WCT y al WPPT y pro-piciar los avances en las negociacio-nes sobre los derechos de los artistasintérpretes o ejecutantes y la protec-ción de los organismos de radiodifu-sión, las actividades de la OMPI rela-cionadas con el derecho de autor delos meses venideros abarcarán asimis-mo cuestiones como la protección delas bases de datos, la responsabilidadde los proveedores de servicios deInternet, la legislación aplicable a lasinfracciones internacionales, los sis-temas de registro voluntario del dere-cho de autor, el derecho de “suite”,los aspectos económicos del derechode autor, la gestión colectiva del de-recho de autor y los derechos conexos,la protección del folclore, la titulari-dad y la autorización para utilizar pro-ductos multimedios y los aspectosprácticos de la aplicación del WCT ydel WPPT.

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El derecho de autor ha adquirido unanueva importancia en la RepúblicaIslámica del Irán, tal como puso demanifiesto la presencia de unos 200participantes locales en el SeminarioNacional de la OMPI sobre Derechode Autor y Derechos Conexos. El se-minario, organizado en colaboracióncon el Ministerio de Cultura y Orien-tación Islámica iraní y la Universidadde Teherán, tenía por objeto exponerla protección internacional del dere-cho de autor y las ventajas que pre-senta para las industrias culturales,recreativas e informativas del país.

En los últimos años, el Irán, cuya le-gislación vigente en materia de dere-cho de autor ofrece protección úni-camente a los nacionales, ha hechoprogresos considerables en pos de unaprotección internacional del derechode autor y los derechos conexos. ElMinistro de Cultura, Sr. AhmadMasjed-Jamei, destacó en su alocu-ción inaugural las medidas adoptadas:

EL IRÁN PONE EN PRIMERPLANO LAS CUESTIONES DEDERECHO DE AUTOR

� Con asistencia de la OMPI, el exa-men, la revisión y la enmienda deleyes nacionales relativas a la pro-tección del derecho de autor. Elproyecto de Ley de derecho deautor está listo para ser presenta-do al Gobierno y al Parlamento delIrán;

� el establecimiento de asociacionesartísticas y culturales destinadas asalvaguardar los derechos de loscreadores de obras literarias y ar-tísticas y a mejorar los mecanismosnecesarios para proteger de mane-ra eficaz dichos derechos de pro-piedad intelectual;

� la organización de cursos y talle-res educativos, especialmente enlas universidades, para contribuira la formación de abogados, asícomo de directores y supervisoresde centros culturales y artísticos;

� la creación en curso de una Ofici-na de Propiedad Literaria y Artísti-ca en el Ministerio de Cultura yOrientación Islámica;

� la participación en negociacionesmultilaterales destinadas a adherir-se a la Organización Mundial delComercio (OMC);

� la participación en foros regiona-les e internacionales sobre la pro-piedad intelectual, literaria y artís-tica para permanecer al día en estaesfera;

� la creación de un Comité Nacionalde Coordinación en materia de Pro-piedad Intelectual, hace tres años,para abordar en el más alto nivel laarmonización de los distintos aspec-tos de la propiedad intelectual, in-cluidos los derechos de propiedadintelectual de los creadores de obrasliterarias y artísticas.

El Sr. Masjed-Jamei recordó asimismoa la audiencia que el respeto del de-recho de autor se encontraba firme-mente arraigado en las creenciasiraníes y en su cultura milenaria, y queno cabía duda de la necesidad de pre-parar el marco jurídico y administra-tivo necesario para aplicar los dere-chos de propiedad intelectual en losplanos nacional e internacional. A sujuicio, en el Irán era también impres-cindible preparar ese marco.

En el seminario se abordaron 15 te-mas en 22 ponencias presentadas pororadores iraníes y extranjeros. Losparticipantes, entre los que se encon-traban funcionarios gubernamentales,miembros de la judicatura, abogados,estudiantes y representantes del mun-do cultural, tomaron plena concien-cia de la función capital que desem-peñaban en la protección de los de-rechos de propiedad intelectual. Loseditores, traductores de obras litera-rias y otros profesionales de la esferadel derecho de autor llegaron a la con-clusión de que el reconocimiento deobras extranjeras protegidas por de-recho de autor afectaría a sus nego-cios pero reconocieron asimismo losbeneficios que se derivarían de modi-ficar el sistema de derecho de autorpara proteger dichas obras.

Seminario Nacional de laOMPI sobre Derecho de

Autor y Derechos Conexos,Teherán, 24-26 febrero

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Por segundo año consecutivo han sidomás de 100.000 las solicitudes inter-nacionales recibidas por la OMPI envirtud del Tratado de Cooperación enmateria de Patentes (PCT). En 2002,la Organización recibió cerca de115.000 solicitudes, lo que represen-tó un aumento del 10% con respectoa 2001.

Según el Director General de la OMPI,Dr. Kamil Idris, “el constante aumen-to en la utilización del sistema del PCTconstituye un indicador claro de laimportancia estratégica de las paten-tes para los negocios”. Las empresas,desde las multinacionales a las peque-ñas y medianas empresas (Pymes),pueden beneficiarse de la acumula-ción de activos de propiedad intelec-tual, como las patentes, a fin de pro-mover la competencia y crear opor-tunidades comerciales ventajosas quepropicien la creación de empleo, laformación y el desarrollo de los re-cursos humanos, suministren bienesy servicios necesarios e incrementenlos ingresos de las personas y el co-mercio”.

En palabras del Dr. Idris,“el PCT ofre-ce a las empresas que comercian conel exterior un medio simplificado yrentable de obtener protección porpatente en numerosos países. “Laspatentes facilitan asimismo la trans-ferencia de tecnología y las inversio-nes mediante la creación de un entor-no seguro en el que pueden realizar-se negocios y actividades adicionalesde investigación y desarrollo”.

AUMENTO CONTINUODE LAS SOLICITUDES

INTERNACIONALESDE PATENTE

Países que presentan el mayor número de solicitudes

10 primeros países Número de solicitudes PCT % del total(2002)

Estados Unidos de América 44.609 39,1Alemania 15.269 13,4Japón 13.531 11,9Reino Unido 6.274 5,5Francia 4.877 4,3Países Bajos 4.019 3,5Suecia 2.988 2,6República de Corea 2.552 2,2Suiza y Liechtenstein 2.469 2,2Canadá 2.210 1,9

De esos países, los que han registrado el mayor aumento en la pre-sentación de solicitudes desde 2001 son:

Países Bajos (26,1%),Suiza y Liechtenstein (22,8%),Japón (14,2%)Alemania (12,1%)Estados Unidos de América (11,5%).

Las 10 empresas que presentaron el mayor número de solicitudes in-ternacionales de patente en 2002 fueron (en orden decreciente):

Koninklijke Philips Electronics N.V.,Siemens Aktiengesellschaft,Robert Bosch GmbH,Telefonaktiebolaget LM Ericsson,Matsushita Electric Industrial Co.,Ltd.Sony Corporation,Nokia Corporation,3M Innovative Properties Company,Bayer Aktiengesellschaft,The Procter & Gamble Company

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En el cuadro que figura a continuación se muestra el desglose de lassolicitudes del PCT publicadas en 2002 de conformidad con los ochoprincipales campos técnicos de la Clasificación Internacional de Pa-tentes (CIP).

Campos técnicos de la CIP Porcentaje de solicitudes PCTpublicadas en 2002

Física 21,7Química; metalurgia 19,6Electricidad 18,8Necesidades corrientes de la vida 17,0Técnicas industriales diversas; transportes 13,3Mecánica; iluminación; calefacción; 5,9Armamento; voladuraConstrucciones fijas 2,4Textiles; papel 1,3

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Por duodécimo año consecutivo, en-cabezaron la lista de los principalesusuarios del sistema los inventores yla industria de los Estados Unidos deAmérica (39,1% de todas las solicitu-des en 2002), Alemania (13,4%), elJapón (11,9%), el Reino Unido (5,5%)y Francia (4,3%).

En 2002 se recibieron solicitudes PCTen los 21 idiomas siguientes (en ordendecreciente del número de solicitudesinternacionales): inglés, alemán, japo-nés, francés, coreano, chino, sueco,español, ruso, finlandés, italiano, ho-landés, noruego, danés, húngaro,croata, checo, esloveno, eslovaco, tur-co y portugués.

El PCT y los países endesarrollo

El número de miembros del PCT au-mentó en 2002 con la adhesión de tresnuevos Estados San-Vicente y las Gra-nadinas, Seychelles y Nicaragua- to-dos ellos países en desarrollo. De los118 Estados Contratantes del PCT, 64son países en desarrollo. En 2002, laOMPI recibió 5.359 solicitudes PCTprocedentes de 31 países en desarro-llo, en relación con las 5.379 solici-tudes internacionales procedentes de25 países en desarrollo que recibiódurante el año 2001. Si bien el núme-ro de solicitudes permaneció relativa-mente estable durante el pasado año,el número de solicitudes internacio-nales recibidas de los países en desa-rrollo ha aumentado casi un 700% enlos últimos cinco años, pasando de680 a 5.359.

De los países en desarrollo, la Indiafue el país que registró un mayor au-mento en la presentación de solicitu-des del PCT – 51,9% en 2002. El Con-sejo de Investigaciones Científicas eIndustriales (véase el recuadro) con-tribuyó considerablemente a dichacifra con 184 de las 480 solicitudesdel PCT presentadas por la India. Tam-bién México experimentó un granaumento de los registros, que se cifróen el 19,6%, seguido por Singapur(18,8%) y la República de Corea(10,1%).

La OMPI continúa colaborando estre-chamente con los Estados miembrosdel PCT que son países en desarrolloa fin de promover la utilización delsistema del PCT. A principios de año

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Consejo de Investigaciones Científicas e Industriales

El Consejo de Investigaciones Científicas e Industriales (CSIR) de laIndia es una organización de investigación y desarrollo financiada confondos públicos. Cuenta con 38 centros de investigación y desarrolloen todo el país, en los que trabajan 10.000 científicos e ingenierosaltamente calificados y 13.000 auxiliares y personal de otra índole. ElCSIR tiene una facturación anual de más de 83 millones de dólares delos EE.U.U.

Sus actividades abarcan prácticamente todo el espectro de la investi-gación y el desarrollo industrial. Los laboratorios del CSIR cuentan conla infraestructura y los conocimientos técnicos necesarios para llevar acabo actividades de investigación y desarrollo en los siguientes ámbi-tos: el sector aeroespacial, la biología y la biotecnología, la química,los medicamentos y productos farmacéuticos, los recursos terrestres,la electrónica y la instrumentación, la energía, la ecología y el medioambiente, la alimentación y el procesado de alimentos, la vivienda y laconstrucción, los productos de información, el cuero, la maquinaria yel equipo, y los minerales y la meta-lurgia.

El CSIR es el organismo indio quemayor número de solicitudes de pa-tente presenta. En los últimos tiem-pos, ha duplicado año tras año sunúmero de solicitudes internacionalesde patente, lo que le convierte asi-mismo en el organismo indio quemayor número de solicitudes de pa-tente presenta en el extranjero. En2002, el CSIR obtuvo 100 patentes de los EE.UU.

El CSIR opta cada vez más por la cotitularidad de patentes con laindustria, otras instituciones de investigación y desarrollo y las univer-sidades. También se esfuerza por alentar la comercialización de tecno-logía en Internet, la concesión de licencias sobre patentes y otras for-mas de propiedad intelectual. Algunos de los laboratorios concedenregularmente licencias nacionales e internacionales de sus patentes.Los laboratorios de biotecnología del CSIR colaboran actualmente conla industria farmacéutica, con las empresas de tecnologías de la infor-mación y otros organismos a fin de comercializar su base de conoci-mientos. En varias ocasiones, los laboratorios del CSIR han llegado aun satisfactorio acuerdo de concesión de licencias sobre patentes aindustrias locales, multinacionales y de otro tipo.

se celebraron en Sudáfrica tres semi-narios nacionales itinerantes sobre elPCT. En 1999, cuando Sudáfrica seadhirió al PCT, presentó 281 solicitu-des internacionales, cifra que ascen-dió el pasado año a 407. Los partici-pantes en los cursos se mostraron par-ticularmente interesados por conocerel modo de acceder a la valiosa infor-mación contenida en los documentosde patentes y de obtener informaciónsobre el sistema PCT SAFE.

La División de Países en Desarrollo(PCT), que forma parte del Sector deCooperación para el Desarrollo de laOMPI, continúa ofreciendo informa-ción y programas de formación sobreel PCT a un gran número de países endesarrollo. Está previsto que siga au-mentando la utilización del PCT paraobtener protección mediante patentesen el extranjero, a medida que aumen-te la sensibilización en relación conel PCT y que las empresas, las institu-ciones de investigación y desarrollo ylos inventores recurran cada vez másal PCT como parte de su estrategia depresentación de solicitudes de paten-te en el extranjero.

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El Sistema de Madrid para el RegistroInternacional de Marcas continuó cre-ciendo en 2002, con más de 22.000nuevos registros internacionales demarcas, elevándose el número total deregistros internacionales a más de400.000. En el año 2002 se adhirió alProtocolo de Madrid la ex RepúblicaYugoslava de Macedonia, y el Congre-so de los Estados Unidos de Américaaprobó, en noviembre de 2002, legis-lación que preparaba el camino paraque dicho país se adhiriese al Proto-colo en 2003. La República de Corease adhirió a principios de año al Pro-tocolo de Madrid, con lo que el nú-mero de Estados parte asciende a 71.

¿Cómo funciona el sistema?

¿Qué pueden esperar los titulares yagentes de marcas, y los organismosnacionales de registro de la adhesiónde su país al Sistema de Madrid?

El Sistema de Madrid ofrece un modosencillo, rentable y eficaz para que lostitulares de marcas obtengan protec-ción para sus marcas en otros paísesmediante la presentación de una úni-ca solicitud en la OMPI. Mientras quelos métodos tradicionales para obte-ner el registro de una marca en el ex-tranjero consisten en presentar unamultitud de solicitudes nacionales endistintos idiomas, siguiendo distintosprocedimientos nacionales, el Siste-ma de Madrid consiste en un proce-dimiento de presentación centraliza-do, en un único idioma, y con un sóloconjunto de normas aplicables y ta-sas que se pagan en una sola divisa.

EL SISTEMA DE MADRID:MAYORES BENEFICIOS PARA UNMAYOR NÚMERO DE USUARIOS

El procedimiento de registro interna-cional de la marca es administrado porla OMPI pero conserva un gran com-ponente nacional. Ciertas caracterís-ticas importantes del procedimiento,como el examen inicial de una solici-tud internacional y el examen de losefectos de un registro internacional enlos países designados, siguen siendocompetencia de las oficinas naciona-les de marcas.

El registro internacional no anula losderechos dimanantes del registro na-cional de la marca. El registro inter-nacional produce los mismos efectosque una solicitud o registro nacionalen cada uno de los países en los quese desea obtener protección. Esto seobtiene de manera fácil y directa mar-cando una o más casillas en el formu-lario de solicitud. No obstante, el he-cho de que el registro internacionalsurta efecto en los países designadosdependerá del resultado de un exa-men efectuado por dichos países, queconservan evidentemente su derechosoberano de oponerse basándose enmotivos absolutos o relativos de de-negación. Esto significa que los pro-cedimientos nacionales de oposiciónse aplican asimismo a los registrosinternacionales.

Si el registro internacional surte ple-no efecto en uno o varios de los paí-ses designados, la tramitación poste-rior al registro, como la inscripciónde cambios y las cesiones o renova-ciones puede efectuarse de maneracentralizada en el registro internacio-nal, en lugar de mediante la presenta-ción de solicitudes individuales antelas administraciones nacionales demarcas. No obstante, incumbe a lasautoridades nacionales competentestoda cuestión relativa a la observan-cia y la validez.

Ventajas del Sistema deMadrid

El Sistema de Madrid es un instrumen-to simple y rentable de presentar soli-citudes para el registro de marcas enel extranjero por medio de un proce-dimiento de presentación único y cen-tralizado. La gestión centralizada delos registros internacionales presentauna ventaja aún mayor, ya que todoslos cambios relativos a una marca in-ternacional pueden registrarse demanera centralizada.

Contrariamente a lo que muchoscreen, el Sistema de Madrid no favo-rece a las grandes empresas multina-cionales. Hoy en día, en virtud delSistema de Madrid se encuentran envigor unos 400.000 registros interna-cionales de marcas de 131.000 titula-res distintos. Más de 100.000 de es-tos últimos son empresas titulares deuno o dos registros internacionales.Esto demuestra que el Sistema deMadrid constituye una alternativaatractiva para las Pymes que quierenproteger sus marcas en el extranjero.

De hecho, quizás sean las Pymes lasprincipales beneficiarias de las ven-tajas que ofrece el Sistema de Madrid.Aunque el Sistema de Madrid reducelos costos que entraña para las multi-nacionales la presentación de solici-tudes de marca en numerosos países,éstas por lo general pueden recurrir avías alternativas. No obstante, lasPymes no suelen contar con dichosrecursos. En ese caso, la reducción delos costos redunda en un aumento delos beneficios.

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Las oficinas nacionales de marcascontinúan desempeñando una impor-tante función en el procedimiento deregistro internacional. Habida cuentade que los registros internacionalesdeben basarse en las solicitudes o re-gistros nacionales de marcas, las ofi-cinas de marcas de los países miem-bros del Sistema de Madrid siguensiendo el interlocutor principal de lostitulares de marcas que presentan so-licitudes internacionales. Último es-labón del procedimiento internacio-nal, las oficinas de marcas examinanlos registros internacionales en cuan-to a su validez en sus países respecti-vos y pueden denegar de manera pro-visional o definitiva o aprobar, segúnproceda, la concesión de protección.No obstante, los registros internacio-nales que se envían a las oficinas na-cionales designadas son objeto deexamen previo en cuanto a la forma,incluido el examen de la clasificaciónde los productos y servicios para losque se registra la marca. Esto facilitasobremanera la tarea de las oficinasnacionales receptoras.

Antes de presentar una solicitud en lospaíses del Sistema de Madrid es pri-mordial contar con el asesoramientoy la asistencia de un letrado nacional.Si un registro internacional encuentraobstáculos en el plano nacional seiniciará el procedimiento nacionalhabitual, incluidos los procedimien-tos de oposición y el nombramientode un representante nacional.

Las estadísticas relativas a la presen-tación de solicitudes de países que sehan adherido recientemente al Siste-ma de Madrid indican un aumentogeneral de las actividades relaciona-das con las marcas en dichos países,lo que apunta a que, por lo general,la utilización del Sistema de Madridse suma a la presentación nacional desolicitudes sin sustituirla. Cabe obser-var asimismo que el Sistema de Ma-drid no es obligatorio y que competea los titulares de marcas decidir porqué vía optarán para obtener protec-ción.

La OMPI organiza regularmente se-minarios para los usuarios del Siste-ma de Madrid en la Sede de Ginebra,o en colaboración con las oficinas na-cionales de marcas de sus paísesmiembros. Para más información, véa-se http://www.ompi.int/madrid/es/index.html.

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Este artículo fue escrito por Barbara E. Cookson y NabarroNathanson, del Reino Unido, y apareció en versión origi-nal, algo más larga, en el volumen 58, Nº 3, febrero de2003 del INTA Bulletin, publicación mensual de la Asocia-ción Internacional de Marcas. Las opiniones expresadasen esta entrevista son las de los autores y entrevistados yno reflejan necesariamente la postura de la OrganizaciónMundial de la Propiedad Intelectual. Este artículo ha sidoreproducido con la autorización de los autores.

El Protocolo y el Arreglo de Madrid son tratados que ofre-cen a los titulares de marcas de los Estados miembros laposibilidad de proteger sus marcas en varios países pre-sentando simplemente una solicitud ante una sola ofici-na, en un solo idioma, con un sólo conjunto de tasas y enuna sola divisa. Si bien el Sistema de Madrid fue creado en1891, la firma del Protocolo de Madrid el 27 de junio de1989 y su entrada en vigor el 1 de diciembre de 1995 con-tribuyeron considerablemente a que aumentasen las solici-tudes de marcas en los países que se adhirieron al nuevoProtocolo.

En el INTA Bulletin se entrevistó recientemente a los abo-gados de empresas de varios países y actividades distintaspara determinar el modo en que el Protocolo había afec-tado el ejercicio de su profesión. Frank Meixner trabajapara la empresa Bayer AG en Alemania, que utiliza el Sis-tema desde el decenio de 1920. Francois Griesmar traba-ja para el Groupe Danone en Francia, que lleva 30 añosutilizando el Sistema. Alan Tilley trabaja para SouthcorpWines Pty Ltd en Australia y utiliza el Sistema desde queAustralia se adhiriera en 2001. Silvia Carné trabaja paraFreixenet en España, que utiliza el Sistema desde 1965.Vanessa Parker trabaja para Procter & Gamble en Francia,y ha comenzado a utilizar el Sistema recientemente.

>>>>>>>>>> ¿A qué oficina se dirige usted en primer lugar? Sitiene acceso a varias, ¿existen diferencias entre ellas?

>>>>> Meixner: utilizamos la oficina alemana. Si la Oficinade Armonización del Mercado Interior (OAMI) se adhiereal Protocolo de Madrid podremos utilizar también comobase la marca comunitaria. Esto se aplicaría especialmen-te a aquellos casos en los que la OAMI se muestre más

La ventaja de la simplicidadLa ventaja de la simplicidadLa ventaja de la simplicidadLa ventaja de la simplicidadLa ventaja de la simplicidad

liberal que Alemania, particularmente en relación con lassolicitudes de marcas para colores y lemas aislados.

>>>>> Griesmar: principalmente la oficina francesa pero tam-bién la del Benelux para las filiales belgas. En ocasionesutilizamos la oficina alemana para marcas con texto enalemán presentando la solicitud en nombre de nuestraempresa francesa. Actualmente no existen diferencias.

>>>>> Tilley: Australia. Podemos acceder a otras oficinas me-diante las filiales locales pero preferimos conservar la ti-tularidad de todas nuestras marcas a nombre de empresasregistradas en Australia.

>>>>> Parker: Francia, Alemania, Noruega y Suiza, dependien-do de dónde se constituya la empresa filial. Prefiero utili-zar una oficina ajena al sistema de la marca comunitariasi presentamos asimismo una solicitud de marca comuni-taria, a fin de evitar costos innecesarios.

>>>>>>>>>> ¿Cuál es la principal ventaja del Sistema de Madrid?

>>>>> Meixner: es un procedimiento rápido, muy sencillo yeconómico, especialmente en los países del Arreglo deMadrid, que sólo facturan la tasa complementaria de 73francos suizos.

>>>>> Griesmar: por el precio que cuesta, vale verdaderamentela pena y es rápido. Es particularmente rápido y sencilloreivindicar la prioridad, ya que no se precisan documentosadicionales. Otra ventaja es la sencillez con la que puedenregistrarse las transferencias y las licencias. Lo considerocomodísimo: francamente ventajoso. Pero no hay que caeren el error de pensar que el proceso ha finalizado una vezque se ha recibido el certificado de registro.

>>>>> Tilley: el Sistema de Madrid es la solución que todosqueríamos. Es un sistema simplificado, en inglés, en tupropia oficina y que te evita tener que tratar con un mon-tón de abogados.

>>>>> Carné: bajos costos y sencillez de los trámites. Freixenetopera en 150 países, de modo que utilizando el Sistemade Madrid podemos abarcar muchos de los países restan-

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tes. Hemos protegido nuestras características botellas matesy escarchadas, de color blanco y negro, utilizando el Sis-tema de Madrid puesto que en España se pueden registrarlas marcas tridimensionales. Deseamos gozar de la mis-ma protección en la mayor cantidad posible de países.

>>>>> Parker: Es un sistema excelente y por ello ha sobrevivi-do hasta ahora. No se trata de una panacea para resolverlos espinosos problemas que plantea el registro pero sim-plifica los trámites. La principal ventaja es que permitesimplificar realmente la cartera. Los ahorros comienzan aapreciarse en el momento de la renovación, dejando fon-dos libres para la reestructuración de la empresa y otrastareas de mantenimiento de la cartera. No estoy seguro deque una vez tramitadas todas las denegaciones cuestemenos que presentar una solicitud nacional. De todosmodos hay que contratar abogados para ocuparse de lasdenegaciones provisionales.

>>>>>>>>>> ¿Considera el registro internacional como una al-ternativa a la marca comunitaria o utiliza usted ambas?

>>>>> Meixner: Muchos piensan que la marca comunitaria esun instrumento excelente que reemplazará el registro na-cional e internacional. No obstante, me extrañaría queesto sucediese. Esto se aplica especialmente a las marcasque pueden percibirse como descriptivas en uno de losidiomas de la Comunidad. Con la marca comunitaria nosarriesgaríamos a una denegación en toda la Unión Euro-pea mientras que con el registro internacional el riesgo selimita al país en cuestión. Por lo general, solicitamos unamarca alemana y la utilizamos como base para el registrointernacional; además, con frecuencia solicitamos para-lelamente una marca comunitaria.

>>>>> Griesmar: Si la marca es segura no indicaremos todoslos países de la Unión Europea en el registro internacionalsino que utilizaremos la marca comunitaria. Si cabe laposibilidad de que surjan problemas en un país de la UniónEuropea, incluiré las designaciones. Considero que lamarca comunitaria es la culminación de los derechos queofrecen los países de la Unión Europea. La marca comu-nitaria tiende a dejar huecos en Europa – Suiza, Noruega,Mónaco y las Islas del Canal. Con el registro internacionalse cubren los tres primeros huecos de manera que se pue-

de abarcar realmente todo Europa. Considero que el re-gistro internacional y la marca comunitaria son comple-mentarios y que ambos son sumamente útiles.

>>>>> Tilley: Disponemos de ambos pero tendemos a optarpor el Sistema de Madrid siempre que es posible. Unaacción judicial centralizada contra un registro del Sistemade Madrid constituye una amenaza menor que una ac-ción judicial centralizada contra la marca comunitaria.

>>>>> Carné: Por el momento disponemos de ambos. Prefierolos registros internacionales a la marca comunitaria puesla marca comunitaria sirve únicamente para 15 países ynecesitamos abarcar más.

>>>>> Parker: Presentaría ambas solicitudes. Con la amplia-ción de la Comunidad, el análisis de los costos favorece ala marca comunitaria. La marca comunitaria presenta ade-más otras ventajas: es un derecho sólido y considero quees más probable que sea tenido en cuenta y respetadocuando aparezca como resultado de una indagación deanterioridad.

>>>>>>>>>> ¿Existen circunstancias en las que prefiere el regis-tro nacional?

>>>>> Meixner: No, a menos que se trate de una marca que seutiliza exclusivamente en un país.

>>>>> Griesmar: Quizás para una marca exclusivamente na-cional. Incluso para una marca en caracteres chinos de-signaría, además de China, a otros países como Japón yCorea. Resulta tan rápido y económico presentar una soli-citud para una marca francesa que hasta vale la pena soli-citar el registro internacional con una única designación.Si la marca tiene futuro fuera de ese país es más económi-co hacer designaciones posteriores.

>>>>> Tilley: No que yo sepa.

>>>>> Carné: Únicamente cuando sabemos que se trata deuna marca que se utiliza exclusivamente en un país.

>>>>> Parker: De vez en cuando, por razones estratégicas.

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En esta época en que los conocimien-tos y la información han pasado a sermotores del crecimiento económico,la importancia de los derechos adquie-re cada vez más reconocimiento; elloquedó reflejado en el número de paí-ses que se adhirieron el año pasado alos tratados administrados por la Or-ganización Mundial de la PropiedadIntelectual (OMPI). A lo largo del añose depositaron en poder del DirectorGeneral de la OMPI, Dr. Kamil Idris,54 instrumentos de adhesión o ratifi-cación a los tratados administradospor la Organización.

Un 54% de esas adhesiones o ratifi-caciones procedían de países en de-sarrollo y un 42%, de países en tran-sición a la economía de mercado. Elresto de las adhesiones o ratificacio-nes procedía de países desarrollados.

Un acontecimiento significativo fue laentrada en vigor, respectivamente el6 de marzo y el 20 de mayo de 2002,del Tratado de la OMPI sobre Dere-cho de Autor (WCT) y el Tratado de laOMPI sobre Interpretación o Ejecu-ción y Fonogramas (WPPT), que mar-caron un hito en la historia del Dere-cho internacional de la propiedad in-telectual.

Figura a continuación una reseña delos convenios y de las nuevas adhe-siones.

NUEVAS PARTES CONTRATANTESEN 2002 DE LOS TRATADOSADMINISTRADOS POR LA OMPI

Tratado de Cooperación enmateria de Patentes (PCT)

El Tratado de Cooperación en materiade Patentes, adoptado en 1970, per-mite solicitar protección por patentepara una invención simultáneamenteen un gran número de países median-te la presentación de una solicitud “in-ternacional” de patente. Pueden pre-sentar esa solicitud los nacionales oresidentes de un Estado Contratante.El Tratado reglamenta los requisitosformales que debe satisfacer toda so-licitud internacional.

En 2002, Nicaragua, San Vicente y lasGranadinas y Seychelles (3) se adhi-rieron al PCT, con lo que el númerototal de Partes Contratantes ascendióa 118.

Arreglo y Protocolo deMadrid

El Sistema de Madrid para el registrointernacional de marcas (el Sistema deMadrid) se rige por dos tratados: elArreglo de Madrid relativo al RegistroInternacional de Marcas (Arreglo deMadrid) y el Protocolo concernienteal Arreglo de Madrid relativo al Re-gistro Internacional de Marcas (Pro-tocolo de Madrid).

El Arreglo de Madrid fue adoptado en1891, y el Protocolo de Madrid fueadoptado en 1989 para introducir cier-tas características nuevas en el Siste-ma de Madrid. Estas nuevas caracte-rísticas dan solución a las dificulta-des que impedían a ciertos países

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Convenio de la OMPI

El Convenio que establece la Organi-zación Mundial de la Propiedad Inte-lectual se firmó en Estocolmo el 14de julio de 1967 y entró en vigor en1970. La OMPI está encargada de fo-mentar la protección de la propiedadintelectual en todo el mundo mediantela cooperación de los Estados y deadministrar los diversos tratadosmultilaterales relacionados con losaspectos jurídicos y administrativos dela propiedad intelectual.

En 2002, Djibouti (1) se adhirió alConvenio de la OMPI, con lo que elnúmero total de Estados miembros dela OMPI ascendió a 179.

EN LA ESFERA DE LA PROPIEDADINDUSTRIAL

Convenio de París

El Convenio de París para la Protecciónde la Propiedad Industrial se adoptó en1883 y es uno de los pilares del siste-ma internacional de propiedad intelec-tual. Se aplica a la propiedad indus-trial en su acepción más amplia, coninclusión de las invenciones, las mar-cas, los diseños industriales, los mo-delos de utilidad (una especie de “pe-queña patente” estipulada en las leyesde algunos países), los nombres comer-ciales (designación bajo la cual se ejer-ce una actividad industrial o comer-cial), las indicaciones geográficas (in-dicaciones de procedencia y denomi-naciones de origen) y la represión dela competencia desleal.

En 2002, Djibouti, la República ÁrabeSiria y las Seychelles (3) se adhirieronal Convenio de París, con lo que elnúmero total de Partes Contratantesascendió a 164.

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adherirse al Arreglo de Madrid, ya quehacen que el sistema sea más flexibley compatible con la legislación nacio-nal de esos países.

En 2002, la ex República Yugoslava deMacedonia (1) se adhirió al Protoco-lo de Madrid, con lo que el númerototal de Partes Contratantes ascendióa 56.

Tratado sobre el Derechode Marcas (TLT)

El Tratado sobre el Derecho de Mar-cas se adoptó en 1994 y su objetivoes facilitar el uso de los sistemas na-cionales y regionales de registro demarcas, simplificando y armonizan-do los procedimientos correspon-dientes.

En 2002, Eslovenia, Estonia, Kazajstán,Kirguistán, y la República de Corea (5)se adhirieron al TLT, con lo que el nú-mero total de Partes Contratantes as-cendió a 31.

Arreglo de Niza

El Arreglo de Niza relativo a la Clasi-ficación Internacional de Productos yServicios para el Registro de las Mar-cas, adoptado en 1957, establece unaclasificación de los productos y servi-cios para el registro de las marcas defábrica o de comercio y las marcas deservicio. La Clasificación está com-puesta por una lista de clases (basadaen tipos de productos y servicios), di-vidida en 34 clases para los produc-tos y 11 para los servicios, y por unalista alfabética de los productos y ser-vicios.

En 2002, Georgia y Kazajstán (2) seadhirieron al Arreglo de Niza, con loque el número total de Partes Contra-tantes ascendió a 70.

Arreglo de Locarno

El Arreglo de Locarno que estableceuna Clasificación Internacional paralos Dibujos y Modelos Industriales,adoptado en 1968, establece una cla-sificación de los diseños industrialesformada por 32 clases y 223 subclasesbasadas en distintos tipos de produc-tos. Consta además de una listaalfabética de productos con una indi-cación de las clases y subclases en quese dividen. La lista contiene unas6.600 indicaciones de distintos tiposde productos.

En 2002, Kazajstán (1) se adhirió alArreglo de Locarno, con lo que el nú-mero total de Partes Contratantes as-cendió a 41.

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Arreglo de Estrasburgo(CIP)

El Arreglo de Estrasburgo relativo a laClasificación Internacional de Paten-tes, adoptado en 1971, establece laClasificación Internacional de Paten-tes (CIP), que divide la tecnología enocho ámbitos principales, que contie-nen aproximadamente 69.000subdivisiones. Cada subdivisión tieneun símbolo asignado por las oficinasnacionales o regionales de propiedadindustrial que publican los documen-tos de patente.

En 2002, la ex República Yugoslaviade Macedonia y Kazajstán (2) seadhirieron al Arreglo de Estrasburgo,con lo que el número total de PartesContratantes ascendió a 53.

Tratado de Nairobi

El Tratado de Nairobi sobre la Protec-ción del Símbolo Olímpico se adoptóen 1981. Todos los Estados Contratan-tes están obligados a proteger el sím-bolo olímpico (los cinco anillos en-trelazados) contra todo uso no autori-zado por el Comité Olímpico Inter-nacional con fines comerciales (enpublicidad, en productos, como mar-ca, etc.).

En 2002, Mongolia (1) se adhirió alTratado de Nairobi, con lo que el nú-mero total de Partes Contratantes as-cendió a 41.

Tratado de Budapest

La principal característica del Tratadode Budapest sobre el reconocimientointernacional del depósito demicroorganismos a los fines del pro-cedimiento en materia de patentes,que fue adoptado en 1977, consisteen que el Estado Contratante que per-mite o exige el depósito demicroorganismos a los fines del pro-cedimiento tiene que reconocer, paratales fines, el depósito de un microor-ganismo ante una “autoridad interna-cional de depósito”, con independen-cia de si dicha autoridad está dentroo fuera del territorio de ese Estado. Seelimina así la necesidad de procedera un depósito en cada país en el quese solicita protección.

En 2002, la ex República Yugoslaviade Macedonia y Kazajstán (2) seadhirieron al Tratado de Budapest, conlo que el número total de Partes Con-tratantes ascendió a 55.

Acta de Ginebra delArreglo de La Haya

El Acta de Ginebra del Arreglo de LaHaya relativo al depósito internacio-nal de dibujos y modelos industria-les, adoptado en 1999, tiene por ob-jeto hacer que el sistema tenga másen cuenta las necesidades de los usua-rios, y facilitar la adhesión de los paí-ses cuyos sistemas de diseños indus-triales no les permiten adherirse alActa de La Haya de 1960.

En 2002, Eslovenia, Estonia, Suiza yUcrania (4) se adhirieron al Acta deGinebra del Arreglo de La Haya, conlo que el número total de Partes Con-tratantes ascendió a 7.

El Acta entrará en vigor tres mesesdespués de que seis Estados hayandepositado sus instrumentos de ratifi-cación o adhesión y siempre que, deconformidad con las estadísticas anua-les más recientes compiladas por laOMPI, como mínimo tres de dichosEstados cumplan por lo menos una delas siguientes condiciones: i) al me-nos 3.000 solicitudes para la protec-ción de los diseños industriales habránsido presentadas en el Estado concer-nido o por dicho Estado, o ii) al me-nos 1.000 solicitudes para la protec-ción de diseños industriales habránsido presentadas en ese Estado porresidentes de otros Estados.

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Tratado sobre el Derechode Patentes (PLT)

El Tratado sobre el Derecho de Paten-tes (PLT), adoptado en 2000, tiene porobjeto armonizar y agilitar los proce-dimientos de forma relacionados conlas solicitudes de patente y las paten-tes nacionales y regionales. Con laimportante salvedad de los requisitosrelativos a la fecha de presentación,el PLT establece una lista máxima delos requisitos que podrá solicitar laoficina de una Parte Contratante: laoficina no podrá imponer ningún otrorequisito formal respecto de las cues-tiones contempladas en este Tratado.

En 2002, Eslovaquia, Eslovenia,Kirguistán y Nigeria (4) se adhirieronal Tratado sobre el Derecho de Paten-tes, con lo que el número total de Par-tes Contratantes ascendió a 5.

El Tratado sobre el Derecho de Paten-tes entrará en vigor tres meses despuésde que 10 Estados hayan depositadoen poder del Director General sus ins-trumentos de ratificación o adhesión.

EN LA ESFERA DEL DERECHO DE AUTOR YLOS DERECHOS CONEXOS

Convenio de Berna

El Convenio de Berna para la Protec-ción de las Obras Literarias y Artísti-cas, adoptado en 1886, establece ydefine normas mínimas de protecciónde los derechos patrimoniales y mo-rales de los autores de obras literariasy artísticas.

En 2002, Djibouti (1) se adhirió alConvenio de Berna, con lo que el nú-mero total de Partes Contratantes as-cendió a 149.

Tratado de la OMPI sobreDerecho de Autor (WCT)

El Tratado de la OMPI sobre Derechode Autor, adoptado en 1996, amplíala protección del derecho de autor aotras dos materias: i) los programasde computadora y ii) lascompilaciones de datos o de otrosmateriales (“bases de datos”) en cual-quier forma, que por razones de laselección o disposición de sus conte-nidos constituyan creaciones de ca-rácter intelectual.

En 2002, Filipinas, Guatemala, Guinea,Honduras, Jamaica, Malí, Mongolia,Nicaragua y Senegal (9) se adhirieronal WCT, con lo que el número total dePartes Contratantes ascendió a 39.

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Convenio de Ginebra(fonogramas)

El Convenio de Ginebra para la pro-tección de los productores defonogramas contra la reproducción noautorizada de sus fonogramas, adop-tado en 1971, establece la obligaciónpara cada Estado Contratante de pro-teger a los productores de fonogramasque sean nacionales de otro EstadoContratante contra la producción decopias sin el consentimiento del au-tor, contra la importación de tales co-pias, cuando la producción o la im-portación se hagan con miras a la dis-tribución al público, y contra la dis-tribución de esas copias al público.

En 2002, Armenia y Kirguistán (2) seadhirieron al Convenio de Ginebra,con lo que el número total de PartesContratantes ascendió a 69.

Tratado de la OMPI sobreInterpretación o Ejecucióny Fonogramas (WPPT)

El Tratado de la OMPI sobre Interpre-tación o Ejecución y Fonogramas,adoptado en 1996, aborda los dere-chos de propiedad intelectual de dosclases de beneficiarios: i) los artistasintérpretes y ejecutantes (actores, can-tantes, músicos, etc.) y ii) los produc-tores de fonogramas (la persona natu-ral o jurídica que toma la iniciativa ytiene la responsabilidad de la prime-ra fijación de los sonidos). Ambos seincluyen en el mismo instrumentodebido a que la mayoría de los dere-chos concedidos por el Tratado a losartistas intérpretes o ejecutantes sonderechos que tienen relación con susinterpretaciones o ejecuciones fijas ymeramente sonoras (que son la mate-ria objeto de protección de losfonogramas).

En 2002, Filipinas, Guatemala, Guinea,Honduras, Jamaica, Japón, Kirguistán,Mongolia, Nicaragua, Perú y Senegal(11) se adhirieron al WPPT, con lo queel número total de Partes Contratan-tes ascendió a 39.

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RESUMENDENOTICIAS

El Director General de la OMPI, Dr.Kamil Idris, y el Sr. AlexanderKorchagin, Director General de laAgencia Rusa de Patentes y Marcas,ROSPATENT, se reunieron el 27 defebrero para examinar la evolución delsistema de propiedad intelectual en laFederación de Rusia y en la Comuni-dad de Estados Independientes. Hicie-ron también un balance de la coope-ración bilateral entre la OMPI yROSPATENT.

El Dr. Idris dio a conocer su satisfac-ción por la reciente adopción en elParlamento de la Federación de Rusia

Encuentro entre el Director Generaly el Director de ROSPATENT

El Secretario de Comercio de losEstados Unidos visita Ginebra

El Director General de la OMPI, Dr.Kamil Idris, recibió el 23 de enero alSecretario de Comercio de los Esta-dos Unidos de América, Sr. Donald L.Evans, en la Sede de la Organizaciónen Ginebra. La conversación se cen-tró en la importancia que tiene la pro-piedad intelectual en la actual eco-nomía de los conocimientos, en lalabor de la OMPI y en la colabora-ción entre la Organización y los Esta-dos Unidos de América.

El Director General declaró: “En laentrevista, que fue muy interesante,tratamos temas relacionados con di-versos aspectos de la labor de la OMPI

en general. Coincidimos con el Sr.Evans en poner de relieve la impor-tancia de la propiedad intelectualcomo instrumento de desarrollo en laactual economía cada vez más basa-da en los conocimientos”.

El Sr. Evans calificó la reunión de muyconstructiva. “Estoy muy contento dehaber podido examinar con el Dr. Idrisla labor realizada por la OMPI, quees fundamental no sólo para los Esta-dos Unidos y su economía basada enlos conocimientos y la tecnología,sino para el resto del mundo”, añadióel Sr. Evans, que hizo asimismo hin-capié en la importancia que tiene la

protección de la propiedad intelectualpara el desarrollo económico y tec-nológico y se felicitó de la colabora-ción entre la OMPI y los Estados Uni-dos de América.

de varias leyes de propiedad intelec-tual elaboradas con la colaboración dela OMPI, que contribuían a armoni-zar el régimen ruso de propiedad in-telectual con la normativa internacio-nal en la materia. Dijo asimismo elDirector General de la OMPI que loanterior constituía una prueba de lafirme voluntad de la Federación deRusia de modernizar su sistema depropiedad intelectual. Ambos estuvie-ron de acuerdo en que la propiedadintelectual era un instrumento impor-tante para promover el desarrollo enlas economías actuales, basadas en losconocimientos.

El Sr. Korchagin y el Sr. ValeryDjermakian, Director Adjunto del Ins-tituto Federal de Propiedad Intelectual,que le acompañaba, dieron las graciasal Director General de la OMPI por lacontinua asistencia que se recibía dela OMPI. El Sr. Valery Djermakian dijoademás que la adopción por unanimi-dad de las citadas leyes en el Parlamen-to constituía una demostración del gra-do elevado de conciencia acerca de laimportancia de la propiedad intelec-tual en la promoción del desarrolloeconómico en Rusia. El Dr. Idris, porsu parte, se felicitó de que así fuera porque ello significaba dar un paso ade-lante en la modernización del sistemade propiedad intelectual en la Federa-ción de Rusia.

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España firma un memorándum deentendimiento para promoverel derecho de autor

Los debates que mantuvieron el 25 defebrero el Director General de laOMPI, Dr. Kamil Idris, y el Subsecre-tario español de Educación, Cultura yDeporte, Sr. Mariano Zabía Lasala, secentraron en la creciente importanciaeconómica y cultural de los sectoresrelacionados con el derecho de autor.El Dr. Idris y el Subsecretario debatie-ron asimismo la necesidad de crearuna mayor toma de conciencia y unmayor respeto en relación con el de-recho de autor y los derechos conexos,particularmente ahora que las tecno-logías digitales han inducido un granaumento de la explotacióntransfronteriza de obras protegidas. Lareunión concluyó con la firma de unmemorándum de entendimiento rela-tivo a una mayor cooperación entreEspaña y la OMPI.

El Dr. Idris recalcó la importancia eco-nómica de los sectores relacionadoscon el derecho de autor y dijo quemejorar la gestión del derecho de au-tor, primera finalidad del memorán-dum de entendimiento, es fundamen-tal para el fomento del gran númerode actividades culturales susceptiblesde protección por derecho de autor.Las leyes de derecho de autor, siguiódiciendo el Director General, son unmarco que permite que las empresas

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y personas que conforman las indus-trias culturales tomen decisiones im-portantes en un entorno de competen-cia leal.

A su vez, el Sr. Zabía Lasala acogiócon gran satisfacción el acuerdo, porconsiderar que se trataba de un pasomuy positivo para fortalecer los vín-culos entre España y la OMPI. El Sub-secretario añadió que las actividadescontempladas en el memorándum res-paldarían los intereses de los titularesde derechos en los sectores relacio-nados con el derecho de autor a lavez que permitirían velar por un equi-librio adecuado entre los intereses dela comunidad de usuarios y el públi-co en general.

En el memorándum, en el que se abar-can iniciativas de formación, de sen-sibilización pública y de intercambiode información, se ha adoptado unenfoque muy amplio del derecho deautor al insistir en la importancia deldesarrollo y la gestión de las indus-trias culturales, así como de la edu-cación y sensibilización del público,brindando de esta forma un marcopara promover el derecho de autor ylos derechos conexos. Otra de las fi-nalidades del memorándum es respal-dar las iniciativas encaminadas a con-solidar los sectores relacionados conel derecho de autor y los derechosconexos de los países de América La-tina y el Caribe.

El Subsecretario y su delegación sereunieron también con altos funcio-narios de la OMPI especializados enderecho de autor para abordar unaserie de cuestiones, entre otras, la pro-tección de las interpretaciones y eje-cuciones audiovisuales, la protecciónde los organismos de radiodifusión, laprotección sui generis de las bases dedatos y la aplicación del Tratado de laOMPI sobre Derecho de Autor y elTratado de la OMPI sobre Interpreta-ción o Ejecución y Fonogramas enEspaña.

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003 CALENDARIO

de reuniones

24 Y 25 DE MARZO(GINEBRA)Comité de Coordinación de la OMPI

El Comité se reunirá en período ex-traordinario de sesiones para exami-nar una candidatura recibida para elcargo de Director General de la OMPI.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros del Comité deCoordinación de la OMPI; en calidadde observadores, los Estados miem-bros de la OMPI que no sean miem-bros del Comité de Coordinación.

31 DE MARZO A 4 DE ABRIL(GINEBRA)Grupo de Trabajo Preparatorio de laUnión de Niza sobre la ClasificaciónInternacional de Productos y Servi-cios para el Registro de las Marcas(Vigésima tercera reunión)

En el marco del período de revisio-nes, el Grupo de Trabajo Preparatorioestudiará y realizará recomendacio-nes sobre los cambios propuestos a laoctava edición de la Clasificación deNiza, que serán después remitidos ala novena sesión del Comité de Ex-pertos de la Unión de Niza para suaprobación.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros del Grupo deTrabajo Preparatorio de la Unión deNiza; en calidad de observadores, losEstados miembros de la Unión de Pa-rís que no sean miembros del Comi-té, y determinadas organizaciones.

7 Y 8 DE ABRIL(GINEBRA)Seminario sobre el Sistema de Ma-drid para el Registro Internacional deMarcas

Este seminario, impartido en francés,tiene por objeto promover una mayortoma de conciencia y familiarizacióncon el Sistema de Madrid entre losusuarios actuales y potenciales, esdecir, entre las empresas y los profe-sionales del ramo.Invitaciones: La inscripción está abier-ta a cualquier persona interesada, yse requiere únicamente el pago de unatasa.

28 DE ABRIL A 2 DE MAYO(GINEBRA)Comité del Programa y Presupuesto(Sexta sesión)

El Comité estudiará y debatirá las pro-puestas relativas al Presupuesto porProgramas de la OMPI para el bienio2004-2005.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros del Comité delPrograma y Presupuesto; en calidadde observadores, todos los Estadosmiembros de la OMPI que no seanmiembros del Comité.

30 DE ABRIL A 1 DE MAYO(GINEBRA)Comité Permanente sobre el Dere-cho de Marcas, Dibujos y ModelosIndustriales e Indicaciones Geográ-ficas (SCT) (Décima sesión)

El Comité continuará su labor sobrela base de los resultados de la novenasesión.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros de la OMPI ode la Unión de París; en calidad deobservadores, otros Estados y deter-minadas organizaciones.

5 A 8 DE MAYO(GINEBRA)Grupo de Trabajo sobre Normas yDocumentación (SDWG) del Comi-té Permanente de Tecnologías de laInformación (SCIT) (Tercera reunión)El Grupo de Trabajo proseguirá su la-bor de revisión de las normas de laOMPI y recibirá informes de sus equi-pos técnicos creados con ese fin.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros de la OMPI ode la Unión de París; en calidad deobservadores, determinadas organiza-ciones.

12 A 16 DE MAYO(GINEBRA)Comité Permanente sobre el Dere-cho de Patentes (Novena sesión)

El Comité continuará con su labor enpos de una mayor armonización y conel examen de otros asuntos relacio-nados con el Derecho de patentes.Invitaciones: En calidad de miembros,los Estados miembros de la OMPI ode la Unión de París; en calidad deobservadores, otros Estados y determi-nadas organizaciones.

15 Y 16 DE MAYO(GINEBRA)Seminario sobre el Sistema de Ma-drid para el Registro Internacional deMarcas

Este seminario, impartido en inglés,tiene por objeto promover una mayortoma de conciencia y familiarizacióncon el Sistema de Madrid entre losusuarios actuales y potenciales, esdecir, las empresas y los profesiona-les del ramo.Invitaciones: La inscripción está abier-ta a cualquier persona interesada, yse requiere únicamente el pago de unatasa.

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