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LIV. INFORME INDIVIDUAL DE AUDITORÍA,
DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE
AL EJERCICIO DE 2017
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DEPENDENCIA
ÓRGANO REGULADOR DE TRANSPORTE
AUDITORÍA FINANCIERA
Presupuesto Total Ejercido
Auditoría ASCM/37/17
FUNDAMENTO LEGAL
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II,
sexto y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42,
fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley
Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1; 2, fracciones XIII y XLI, inciso a); 3;
8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII,
XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36, primer párrafo; 37, fracción II; 61; y 62
de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 4; y 5, fracción I, inciso b); 6,
fracción V, VIII y XXXV; y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad
de México.
ANTECEDENTES
En el apartado I.II.2.3.2, “Gasto Programable en Clasificación Administrativa” de la Cuenta
Pública de la Ciudad de México de 2017, se informó que el Órgano Regulador de Transporte
(ORT) reportó un presupuesto original de 23,809.1 miles de pesos, monto que representó un
decremento de 7.1% (1,699.3 miles de pesos) respecto de los 22,109.8 miles de pesos del
presupuesto ejercido, y un incrementó de 332.4% (16,997.0 miles de pesos) con relación
al ejercido por dicha dependencia en el ejercicio anterior (5,112.8 miles de pesos).
Del presupuesto ejercido (22,109.8 miles de pesos) por el órgano desconcentrado, destacaron los
correspondientes a las partidas 1591 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de
Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores
y Enlaces”, por 9,149.6 miles de pesos; 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores
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de Oficina”, por 210.0 miles de pesos; 3221 “Arrendamiento de Edificios”, por 2,016.7 miles de
pesos; 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”, por 1,025.3 miles
de pesos, que en conjunto sumaron 12,401.6 miles de pesos y que significaron el 56.1% del
total erogado en el presupuesto ejercido (22,109.8 miles de pesos) por el ORT.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Para la selección de esta auditoría se propusieron, de acuerdo con el Manual de Selección de
Auditorías de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, los siguientes criterios generales:
“Importancia Relativa”. Se consideró el rubro, porque en el ejercicio 2017 el presupuesto
ejercido (22,109.8 miles de pesos) presentó una variación de 332.4% (16,997.0 miles de pesos)
respecto del ejercido en 2016 (5,112.8 miles de pesos).
“Exposición al Riesgo”. Este rubro se seleccionó por estar propenso a errores involuntarios,
desperdicios, efectos secundarios no deseados derivados de la actividad principal, irregularidades,
ineficiencias e incumplimiento de objetivos y metas.
“Presencia y Cobertura”. El rubro se seleccionó a fin de garantizar que, eventualmente, se revisen
todos los conceptos susceptibles de ser auditados, por estar incluidos en la Cuenta Pública de
la Ciudad de México.
OBJETIVO
El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por el Órgano
Regulador de Transporte, se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado,
ejercido y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Se integrará por partida el presupuesto original por 23,809.1 miles de pesos y el presupuesto
ejercido por 22,109.8 miles de pesos del Órgano Regulador de Transporte.
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Se revisará en cuanto a los elementos que integran el objetivo de auditoría, de manera
enunciativa más no limitativa se revisó lo siguiente:
Registrado: Se verificará que las operaciones del sujeto fiscalizado se encuentren
registradas contable y presupuestalmente, que reflejen las operaciones de cada uno de los
momentos contables del gasto y que expliquen la evolución del ejercicio presupuestal.
Aprobado: Se verificará que le proceso de programación presupuestación, integración y autorización
del presupuesto se haya ajustado a la normatividad aplicable y la congruencia entre
la documentación soporte como el Programa Operativo Anual, el Techo Presupuestal, el
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y la autorización de la Asamblea Legislativa.
Modificado: Se verificará que el origen y destino de los recursos materia de las afectaciones
al presupuesto se hayan justificado, autorizado y se apeguen al cumplimiento de metas y
objetivos, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
Comprometido: Se verificará que los procesos de programación (Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios), solicitud, autorización, adjudicación, contratación y
reporte de las operaciones a instancias correspondientes, se apeguen a la normatividad
que los regula.
Devengado: Se verificará que los pagos realizados con cargo al presupuesto, se encuentren
debidamente soportados con la documentación e información que compruebe la recepción de los
materiales y suministros, bienes y servicios de conformidad con la normatividad aplicable
y en cumplimiento de los instrumentos jurídicos en cada caso.
Ejercido: Se verificará a través de la revisión a la información del sujeto fiscalización, que
se haya expedido y resguardado la documentación soporte, justificativa y comprobatoria
de las operaciones y reúna los requisitos establecidos en la normatividad aplicable.
Pagado: Se verificará que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado, se hayan extinguido
mediante el pago y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de la normatividad
aplicable y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la obligación.
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Para determinar la muestra sujeta a revisión, se consideró lo establecido en las Normas
Internacionales de Auditoría (NIA) 530 “Muestreo de Auditoría”, conjuntamente con las
Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) 1530, “Muestreo
de Auditoría” emitida por el Comité de Normas Profesionales de la Organización Internacional de
Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), así como los siguientes criterios:
1. De las erogaciones efectuadas y registradas por el ORT con cargo a los capítulos 1000
“Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y
5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se realizó lo siguiente:
a) Se integraron las bases de datos de las CLC proporcionadas por el ORT y la
SEFIN de las que se determinó seleccionar las partidas más representativas de
cada capítulo (1591 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores
Públicos Superiores y de Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y
Enlaces”, 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, 3221 “Arrendamiento
de Edificios” y 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”).
b) De la partida 1591 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores
Públicos Superiores y de Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y
Enlaces”, las CLC se agruparon por capítulo y partida, se ordenaron en forma descendente
y se seleccionaron 3 (una de mayor, una de intermedio y una de menor importe), para
verificar la contratación y los expedientes del personal.
c) De la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, las CLC se
agruparon por capítulo y partida, y se ordenaron en forma descendente, para seleccionar
la CLC que representó el mayor importe.
d) De la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”, se determinó revisar ocho CLC
que corresponden al total ejercido en la partida.
e) De la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”, las
CLC se agruparon por capítulo y partida, y se ordenaron en forma descendente,
para seleccionar dos CLC con mayor importe y que correspondieron al contrato
más representativo.
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El universo y la muestra determinada, se presenta en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos)
Partida
Universo Muestra
Cantidad Presupuesto
ejercido
% Cantidad Presupuesto
ejercido
Porcentaje
CLC DM CLC DM Partida Capítulo
1591 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos Superiores y de Mandos medios así como de Líderes Coordinadores y Enlaces”
23 0 9,149.6 41.4 23 0 9,149.6 100.0 60.5
Otras 12 partidas 157 0 5,981.5 27.1 0 0
Total capítulo 1000 “Servicios Personales” 180 0 15,131.1 68.4 23 0 9,149.6 100.0 60.5
2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”
6 0 210.0 0.9 1 0 141.7 67.5 54.9
Otras 24 partidas 11 0 48.1 0.2 0 0
Total capítulo 2000 “Materiales y Suministros”
17 0 258.1 1.2 1 0 141.7 67.5 54.9
3221 “Arrendamiento de Edificios” 8 0 2,016.7 9.1 8 0 2,016.7 100.0 49.8
Otras 21 partidas 47 0 2,032.9 9.2 0 0
Total capítulo 3000 “Servicios Generales” 55 0 4,049.6 18.3 8 0 2,016.7 100.0 49.8
5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”
5 0 1,025.2 4.6 2 0 925.6 90.3 34.7
Otras 7 partidas 8 2 1,645.7 7.4 0 0
Total capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”
13 2 2,670.9 12.1 2 0 925.6 90.3 34.7
Total 265 4 22,109.71 100.0 34 0 12,233.6
Cabe señalar que en la muestra determinada no se consideraron recursos federales.
La auditoría se llevó a cabo en el ORT y en la Dirección General de Administración en la
Secretaría de Movilidad.
El titular del Órgano Regulador de Transporte, mediante el oficio núm. DGORT/330/2018
del 26 de septiembre de 2018, informó que “dentro del presupuesto [del ejercicio de 2017,
a éste órgano desconcentrado], no se entregaron apoyos a damnificados en dinero o en
especie, no hubo erogaciones de contrataciones en adquisiciones, servicios, arrendamientos,
viáticos y alimentos, entre otros, o apoyos en dinero o en especie, no hubo presupuesto
asignado, comprometido, erogado y adecuaciones presupuestarias para esta emergencia,
no existieron contratos celebrados y apoyos entregados dentro del presupuesto del ORT”.
El Director General de Contabilidad y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de
la Secretaría de Finanzas (SEFIN), con el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCyCP/4396/2018
del 28 de septiembre de 2018, proporcionó diversa información relacionada con los recursos con
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motivo de los fenómenos sísmicos ocurridos el 7 y 19 de septiembre de 2017. En dicha
información se observó que en 2017 no se destinaron recursos adicionales al presupuesto
del ORT para atender a la población con motivo de los fenómenos sísmicos.
PROCEDIMIENTOS, RESULTADOS Y OBSERVACIONES
Evaluación del Control Interno
1. Resultado
A fin de evaluar el control interno implementado por el ORT y de disponer de una base para
determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron las
atribuciones, el marco normativo y el manual administración de ese órgano desconcentrado,
ambos vigentes en 2017; asimismo, se aplicó cuestionario de control interno, en particular
a los servidores públicos responsables del registro, aprobación, modificación, compromiso,
devengo y ejercicio del presupuesto, así como el pago de las operaciones con cargo al presupuesto
total ejercido, de acuerdo con los cinco componentes del control interno del MICI (Ambiente
de Control, Administración de Riesgos, Actividades de Control, Información y Comunicación y
Supervisión).
Dicha evaluación se realizó tomando como parámetro de referencia el MICI. Al respecto,
se identificaron las unidades administrativas del ORT que estuvieron a cargo de la operación de
los recursos con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y
Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”; se
analizó el dictamen de estructura orgánica y el manual administrativo (apartados de organización
y de procedimientos), vigentes en 2017; se aplicó el cuestionario de control interno al ORT; y se
elaboró una matriz de riesgo-control y un mapa de riesgos, con los cuales se identificaron
aquellos relacionados con las operaciones revisadas y los objetivos específicos de control.
De la revisión y análisis al control interno implementados en el ORT, de acuerdo con los
componentes de control interno del modelo MICI y su respectiva evaluación, se conoció lo
siguiente:
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Ambiente de Control
Para evaluar este componente se analizó la información general de las unidades administrativas
del ORT relacionadas con el rubro sujeto a revisión, como se detalla:
Estructura orgánica
Órgano Regulador de Transporte
El ORT contó con la dictaminación favorable de la estructura orgánica con dictamen núm.
OD-SEMOVI-ORT-20/160516, emitida por la Oficialía Mayor (OM), comunicada por medio
del oficio núm. OM/0439/2016 del 3 de agosto del 2016 y con entrada en vigor a partir del
16 de mayo 2016; la estructura consideró 32 plazas para el ORT integradas de la siguiente
manera:
En la Dirección General, 1 plaza; en la Dirección de Planeación y Estudios del Sistema de
Corredores de Transporte, 11 plazas; y en la Dirección de Regulación de Operación
de Corredores de Transporte, 20 plazas.
Asimismo, mediante el oficio núm. OM/0534/2017 del 29 de agosto de 2017, la OM comunicó el
dictamen favorable de la estructura orgánica del ORT núm. OD-SEMOVI-ORT-26/160817,
vigente a partir del 16 de agosto de 2017. En dicha estructura se realizó la creación del
puesto Líder Coordinador de Proyectos de la Unidad de Igualdad Sustantiva adscrita, el cual
depende directamente de la Dirección General del ORT, lo cual dio un total de 33 plazas.
Dirección General de Administración
Mediante el oficio núm. OM/0155/2016 del 15 de marzo de 2016, la OM comunicó el
dictamen favorable de la estructura orgánica núm. D-OM-30/161016, vigente a partir del
16 de marzo de 2016 y hasta el 2 de mayo de 2017. Dicha estructura consideró dos plazas,
una Subdirección de Administración y una Jefatura de Unidad Departamental de Enlace
de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, adscritas a la Dirección General de
Administración en la Secretaría de Movilidad (SEMOVI).
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Por medio del oficio núm. OM/0417/2017 del 30 de junio de 2017, la OM comunicó
el dictamen favorable de la estructura orgánica de la Secretaría de Finanzas (SEFIN)
núm. D-SEFIN-19/030517, vigente a partir del 3 de mayo de 2017, debido a que las unidades
encargadas de la administración se adscriben a la SEFIN.
Manual administrativo
Órgano Regulador de Transporte
Mediante el oficio núm. OM/ORT/0145/2017 del 30 de enero de 2017, la Coordinación General
de Modernización Administrativa (CGMA) informó que el manual administrativo del ORT
(apartados, I “Marco Jurídico de Actuación”, II, “Atribuciones”, III, “Misión, Visión y Objetivos
Institucionales”, IV, “Organigrama de la Estructura Básica”, V, “Organización, Procesos y
Procedimientos”, VI, “Descripción de los Puestos”, VII, “Glosario”, VIII, “Aprobación”) quedó
registrado con núm. MA-01/300117-OD-SEMOVI-ORT-20/160516 conforme a la estructura
orgánica núm. OD-SEMOVI-ORT-20/160516, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México el 24 de febrero del 2017; además se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México el 28 de marzo del 2017 una Nota aclaratoria a dicho manual; sin embargo, el manual no
fue actualizado conforme a la estructura con el dictamen núm. OD-SEMOVI-ORT-26/160817
vigente a partir del 16 de agosto de 2017. En esa estructura únicamente se realizó la creación del
puesto de Líder Coordinador de Proyectos de la Unidad de Igualdad Sustantiva, el cual
depende directamente de la Dirección General del ORT, por lo que no tuvo impacto en las
operaciones del sujeto fiscalizado relacionadas con el rubro en revisión.
Mediante los oficios núms. ORT-SA-010-2017 y ORT-SA-011-2017, ambos del 2 de febrero
de 2017, la Subdirección de Administración en el ORT difundió el manual administrativo
registrado con núm. MA-01/300117-OD-SEMOVI-ORT-20/160516 a las Direcciones
de Regulación de Operación de Corredores de Transporte y de Planeación y Estudios de
Sistemas de Corredores de Transportes; a su vez éstas, mediante los oficios
núms. DGORT/DPESCT/0004/2017 y DPESCT-0005-2017, ambos del 10 de febrero de 2017,
ORT/CEP/003/2017 del 13 de febrero de 2017 y la circular núm. ORT/DROCT/002/2017 del
28 de febrero de 2017, difundieron el manual administrativo entre los servidores públicos
adscritos al ORT.
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Respecto al apartado V, “Organización, Procesos y Procedimientos” del Manual Administrativo
del ORT, se identificaron dos procedimientos de operación: “Conformación de Expedientes
para la Creación de Sociedades Mercantiles del Servicio de Corredores de Transporte” y
“Revisión y Validación de las Unidades Vehiculares que Prestan el Servicio en los Corredores de
Transporte” (regulan el proceso del comprometido) aplicables al rubro sujeto a revisión, en
los que se verificó que el ORT dispusiera de áreas definidas, departamentos identificados
y personas encargadas del control de las operaciones.
Por lo anterior, el ORT debió actualizar su manual administrativo conforme a la última estructura
orgánica vigente en 2017. Al respecto, con el oficio núm. DGACFA-DBA/18/043 del 8 de agosto
de 2018, se solicitó a la Dirección General del ORT la aclaración correspondiente.
En respuesta, mediante el oficio núm. DGORT/SA/202/2018 del 13 de agosto de 2018, la
Subdirección de Administración en el ORT proporcionó la nota informativa del 13 de agosto
de 2018 en la que informó lo siguiente:
“Con fecha 07 de septiembre de 2017 mediante oficio ORT/0156/2017, (se anexa copia)
fue designado el […] Coordinador de Estudios y Proyectos, para coordinar la actualización
del Manual Administrativo del Órgano Regulador de Transporte, el cual aún se encuentra en
proceso derivado de observaciones que se han realizado por parte de la Coordinación
General de Modernización Administrativa.”
Por no actualizar su manual administrativo del ORT conforme al dictamen
núm. OD-SEMOVI-ORT-26/160817, vigente a partir del 16 de agosto de 2017, el órgano
desconcentrado no se sujetó a los lineamientos quinto, fracción II, y décimo tercero, numeral 1,
“Formalización”, fracción II, de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales
Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de
México vigentes en 2017, que señalan:
“QUINTO. Los Órganos de la Administración y los Órganos administrativos tendrán respectivamente
las siguientes obligaciones: […]
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”II. Elaborar y aprobar, por conducto de su titular, el Manual Administrativo en estricto apego a
la estructura orgánica dictaminada vigente. […]
”DÉCIMO TERCERO. El proceso de registro de los Manuales Administrativos y los Específicos
de Operación se integra por las fases de formalización, revisión, dictaminación y registro, los
que en la vía ordinaria, deberán substanciarse conforme a lo siguiente:
”1. Formalización
”II. En el caso de Manuales Administrativos, el envío del Proyecto de Manual deberá realizarse
dentro del plazo de 60 días hábiles contados a partir de la fecha de entrada en vigor del
Dictamen de Estructura Orgánica de creación del Órgano de la Administración Pública.”
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de octubre de 2018, el titular del ORT proporcionó
el oficio núm. DGORT/0340/2018 del 3 de octubre de 2018 y la nota informativa del
3 de octubre de 2018, en la que precisó lo siguiente:
“… de acuerdo al proceso de actualización del Manual Administrativo del Órgano Regulador de
Transporte, éste se encuentra en etapa de revisión por parte de la Coordinación General
de Modernización Administrativa, toda vez que la información enviada para su revisión
cumple con lo señalado en el ‘Sistema Electrónico Institucional de Dictaminación de Estructuras
Orgánicas y Registro de Manuales’ (SIDEO).”
Derivado de que el manual administrativo del ORT no ha sido remitido en su versión final
a la CGMA, el presente resultado no se modifica.
Dirección General de Administración en la Secretaría de Movilidad
Las operaciones administrativas del ORT por ser un órgano desconcentrado de reciente
creación, adscrito a la SEMOVI, las realizó la Dirección General de Administración en la
SEMOVI en el ejercicio de 2017.
La Dirección General de Administración dispuso del manual administrativo (apartados de
organización y de procedimientos) con registro núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 conforme
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a la estructura orgánica núm. 4/2014 validado por la CGMA y comunicado por medio del
oficio núm. OM/CGMA/1427/2015 del 30 de julio de 2015, el cual fue publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015 vigente en 2017, y difundido en las áreas
que la integraron, por medio de la circular núm. DEA/1167/2015 del 23 de noviembre de 2015.
Respecto al apartado de procedimientos del manual administrativo de la OM, en la Dirección
General de Administración se identificaron cuatro procedimientos de operación, “Seguimiento y
Control del Ejercicio del Presupuesto” (regula los procesos del modificado, comprometido,
devengado, ejercido y pagado); “Pago de Remuneraciones Ordinarias al Personal de la Secretaría
de Transportes y Vialidad” (regula el proceso del ejercido y pagado); y “Levantamiento del
Inventario Físico” y “Recepción, Registro, Control y Despacho de Bienes Muebles en Almacén”
(regulan el proceso del devengado) aplicables al rubro sujeto a revisión, en los que se
verificó que la Subdirección de Administración en el ORT aplicó los procedimientos para
realizar las operaciones.
La Dirección General de Administración en la SEMOVI no actualizó su manual administrativo
conforme a la última dictaminación de estructura orgánica vigente en 2017. Al respecto,
con el oficio núm. DGACFA-DBA/18/043 del 8 de agosto de 2018, se solicitó al titular del
ORT la aclaración de dicha deficiencia.
En respuesta, mediante el oficio núm. DGORT/SA/202/2018 del 13 de agosto de 2018, la
Subdirección de Administración en el ORT proporcionó la nota informativa del 13 de agosto
de 2018, en la que informó lo siguiente:
“Derivado de la Restructuración que llevó a cabo la Oficialía Mayor en la cual pasó la
adscripción de las Direcciones Generales de Administración u homólogos a la Secretaría
de Finanzas de la Ciudad de México, se suspendieron los trabajos de elaboración de los
Manuales, los cuales ya se encuentran nuevamente en proceso de elaboración.”
Por no actualizar su manual administrativo conforme a los dictámenes núms. D-OM-30/160316
vigente a partir del 16 de marzo de 2016 y D-SEFIN-19/030517 vigente a partir del 3 de mayo
de 2017, la Dirección General de Administración en la SEMOVI no se sujetó a los lineamientos
quinto, fracción II y décimo tercero, numeral 1, “Formalización”, fracción II, de los Lineamientos
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Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la
Administración Pública de la Ciudad de México vigente en 2017, ya descritos.
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de octubre de 2018, el titular del ORT no
proporcionó información respecto a esta observación, por tanto, el presente resultado no
se modifica.
De la revisión a los manuales administrativos del ORT y de la Dirección General de
Administración en la SEMOVI se identificaron la misión, visión y objetivos, que se tenían
establecidas las líneas de autoridad y responsabilidad entre los distintos servidores públicos,
así como los procedimientos generales y específicos, y que contaron con su estructura
orgánica autorizada.
El órgano desconcentrado, por medio de conferencias, reuniones, carteles, trípticos y folletos
(instrumentos y actividades internas), promovió entre el personal la importancia del control
interno; y al personal de nuevo ingreso se le dio a conocer el Código de Ética, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de julio de 2014, y las normas del Código de
Conducta de los servidores públicos, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
15 de julio de 1998, con la finalidad de promover, crear conciencia en el personal sobre un
comportamiento ético que debe aplicar para el ejercicio de sus funciones.
A fin de conocer la sujeción de los sujetos fiscalizados y sus servidores públicos a los principios de
ética e integridad en la Ciudad de México, mediante el oficio núm. ACF-A/DBA/18/080
del 24 de agosto de 2018, remitió el cuestionario “Aplicación de reactivos al exterior relacionados
con la adopción de la cultura de ética pública”. Con el oficio núm. DGA-1440-2018 del
30 de agosto de 2018, la DGA en la SEMOVI remitió su respuesta.
El análisis particular por cuanto hace a la sujeción de los principios de ética e integridad
por parte de los sujetos fiscalizados que comprende la revisión de la Cuenta Pública de la
Ciudad de México de 2017, se informó que se apegó al Código de Ética de los Servidores
Públicos para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de julio
de 2014, y contó con un documento que regula los principios éticos y valores aplicables
en su ámbito de competencia, los cuales se hicieron del conocimiento del personal.
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Se concluye que este componente fue inapropiado, debido a que los manuales administrativos
del ORT y de la DGA en la SEMOVI no se encontraron actualizados conforme al último
dictamen de estructura orgánica vigente.
Administración de Riesgos
La Subdirección de Administración en el ORT informó que no realizó acciones de capacitación
referentes a la administración de riesgos en el ejercicio 2017; asimismo, mediante el cuestionario
de control interno mencionó que carecía de un programa que le permitiera evaluar las
actividades de mayor riesgo; por consiguiente, no existió un mecanismo que permitiera
dar seguimiento a los riesgos detectados durante la operación.
Se concluye que este componente se considera inapropiado, debido a que el ORT y la
DGA en la SEMOVI carecieron de un programa que les permitiera evaluar el impacto de
los riesgos más recurrentes.
Actividades de Control
En el análisis de la información, se comprobó que el órgano desconcentrado dispuso de
un manual administrativo, el cual no se encontraba actualizado conforme a la última estructura
orgánica dictaminada y autorizada; en éste se describieron las funciones y atribuciones
específicas por cada puesto, y en su apartado de procedimientos, las actividades de control
tanto preventivas como detectivas, que contaron con políticas, normas y actividades de
registro, autorización y aprobación para mitigar o reducir los riesgos, las cuales fueron debidamente
desglosadas y claras; sin embargo, no impacto en las actividades del sujeto fiscalizado
relacionadas con el rubro sujeto de revisión, ya que sólo se integró un líder Coordinador
de Proyectos de la Unidad de Igualdad Sustantiva del ORT, tampoco se identificaron
actividades de mejora para fortalecer los controles internos.
Asimismo, se observó que los servidores públicos del ORT y de la Dirección General
de Administración en la SEMOVI contaron con facultades, responsabilidades y atribuciones por
cada uno los puestos que conformaron sus estructuras orgánicas autorizadas y dictaminadas
como se señaló en el apartado correspondiente al ambiente de control, de conformidad
con el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2017.
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Respecto a los recursos financieros y de conformidad con los artículos 7 y 8 de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, la SEFIN es la responsable de
operar un sistema informático de planeación de recursos gubernamentales, a fin de optimizar y
simplificar las operaciones de registro presupuestal y de trámite de pago; además de concentrar
la información presupuestaria, financiera y contable de la Administración Pública, la
Subdirección de Administración en el ORT realizó los movimientos presupuestales, por
medio del Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales (SAP-GRP) y resguardó la
documentación justificativa y comprobatoria del gasto, de acuerdo con el manual administrativo.
Adicionalmente, el manual administrativo y los específicos de operación del ORT se encontraron
incorporados en su normateca a disposición de los servidores públicos, en la dirección
http://data.transparencia.cdmx.gob.mx/secretaria-de-movilidad/entrada/9569 dentro del apartado,
“Marco Normativo Aplicable al Sujeto Obligado”, conforme al lineamiento cuadragésimo
del capítulo XI, “De la Normateca”, de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales
Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal,
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014 y su reforma del
15 de agosto de 2016, vigentes en 2017.
Se concluye que este componente se considera inapropiado, debido a que el manual
administrativo del ORT no se encontró incorporado en la página de internet de su
normateca, ni se identificaron actividades de mejora para fortalecer los controles internos.
Información y Comunicación
El ORT para la operación tuvo canales de comunicación, por medio de sistemas de información
de fácil acceso, para instruir al personal e informar a la SEFIN de las actividades, como el
Sistema Desconcentrado de Nómina (SIDEN), que sirve para registrar altas, bajas de personal y
la publicación del resumen de nómina; el sistema SAP-GRP que se utiliza para el registro
y pago de operaciones del órgano desconcentrado; y el Sistema de Movimientos de Padrón de
Inventarios (SIMOPI) que permite registrar las altas y bajas de los bienes muebles estos
procesos generaron información relevante, confiable, correcta y oportuna relacionada con
las operaciones internas.
15
El ORT dispuso de mecanismos de comunicación interna que permiten que la información
que se genera hacia el exterior sea apropiada, oportuna, actualizada, exacta y accesible que
aseguraron la presentación en tiempo y forma de los informes de avances en 2017 en
cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la aplicación de las
Normas del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). Las Conciliaciones de
Cifras Programático-Presupuestales mensuales a la Dirección de Análisis Sectorial “E” de
la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN fueron congruentes con las reportadas en la
Cuenta Pública de la Ciudad de México 2017 y los informes de avance programático
presupuestal trimestrales, en los que se reportaron los avances de las metas físicas y
financieras, sirvieron para tener un parámetro y medir el cumplimiento por parte de los
servidores públicos encargados de cada actividad.
El ORT también contó con la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos de
Nivel Estructura facultados para elaborar, autorizar o solicitar autorizaciones de las operaciones
registradas de las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, afectaciones
Programático-Presupuestarias, Presupuesto Comprometido, Estado de Egresos-Ingresos,
documentos de las operaciones realizadas enviados por los sistemas informáticos a la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN (información externa); asimismo, se observó que
los contratos fueron celebrados por los servidores públicos autorizados para dicho propósito.
Se concluye que el componente se considera apropiado, debido a que, el ORT y la DGA
en SEMOVI dispusieron de canales de comunicación con las instancias correspondientes,
como escritos y sistemas web para la obtención y envío de reportes, respecto del rubro revisado.
Supervisión
El ORT dentro de su manual administrativo tuvo procedimientos relativos a las actividades
de acuerdo con las atribuciones de cada puesto, entre las cuales se encuentran las de
revisión y supervisión para dar cumplimiento a las disposiciones legales y administrativas
aplicables; sin embargo, careció de un programa o mecanismo de control que le permitiera
evaluar, atender y dar seguimiento a los riesgos identificados durante la operación para mitigarlos
o administrarlos.
16
Se concluye que el componente fue inapropiado, debido a que el ORT y la DGA en la
SEMOVI carecieron de un programa o mecanismo de control que permitiera la evaluación,
atención y seguimiento de los riesgos identificados durante la operación para mitigarlos.
Resultado de la Evaluación de Control Interno
Por lo anterior, se concluye que el control interno del ORT y de la Dirección General de
Administración en la SEMOVI tuvieron un control interno inapropiado, ya que sus manuales
administrativos no se encontraron actualizados conforme al último dictamen de estructura
orgánica vigente y careció de un programa que permitiera identificar y evaluar el impacto
de los riesgos más recurrentes.
En el Informe de la auditoría ASCM/13/17, practicada a la SEMOVI, resultado 1,
recomendación ASCM-13-17-2-SEMOVI, se consideran los mecanismos de control y supervisión
para asegurar que el manual administrativo de la Dirección General de Administración,
sea actualizado con su dictamen de estructura orgánica vigente y enviado a la Secretaría
de Finanzas, de conformidad con los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales
Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de
México, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento
de la recomendación citada.
Recomendación ASCM-37-17-1-ORT
Es necesario que el Órgano Regulador de Transporte genere acciones para asegurar que
se remita a la Coordinación General de Modernización Administrativa, el Manual Administrativo
y Específico de Operación de acuerdo con su último dictamen de estructura orgánica, de
conformidad con los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y
Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal vigentes.
17
Registros Contable y Presupuestal
2. Resultado
Se verificó que las operaciones del ORT con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales”,
2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles
e Intangibles”, realizados en 2017, se encontraran registradas contable y presupuestalmente, que
hubieran reflejado cada uno de los momentos contables del gasto y que se hubiesen registrado
conforme a su naturaleza y a la normatividad aplicable vigente; y que no se hubiesen efectuado
pagos de adeudos de ejercicios anteriores, que éstos se hubieran registrado y reportado a
la SEFIN en el ejercicio que se devengaron, y que coincidieran con lo reportado en la
Cuenta Pública de la Ciudad de México.
Con objeto de verificar que los registros contable y presupuestal del ejercicio de 2017 hayan
coincidido con lo reportado en los informes, reportes auxiliares y en la Cuenta Pública
de la Ciudad de México; que el gasto se haya registrado en la partida correspondiente de
acuerdo con su naturaleza, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto; que
el registro de los momentos contables aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido
y pagado, se haya realizado de acuerdo con el Manual de Contabilidad Gubernamental y
las normas del CONAC; y que las operaciones reflejen los momentos contables del gasto
y la evolución presupuestal, mediante los oficios núms. ACF-A/18/589 y ACF-A/DBA/18/037 del
29 de junio de 2018 y 9 de julio de 2018, respectivamente, se solicitó al titular del ORT y a
la Dirección General de Contabilidad y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de la
SEFIN que proporcionaran 42 CLC de las partidas, 1591 “Asignaciones para Requerimiento de
Cargos de Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios así como de Líderes
Coordinadores y Enlaces”, 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina” , 3221
“Arrendamiento de Edificios” y 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” y
los auxiliares del registro de los momentos contables aprobado, modificado, comprometido,
devengado, ejercido y pagado del presupuesto total ejercido en 2017.
En respuesta, el titular del ORT y el Director General de Contabilidad y Cuenta Pública de
la SEFIN, con los oficios núms. SFCDMX/SE/DGCyCP/3207/2018, DGORT/215/2018 y
SFCDMX/SE/DGCyCP/3479/2018 del 12 y 13 de julio de 2018 y 1o. de agosto de 2018,
respectivamente, entregaron la documentación solicitada.
18
En la revisión al auxiliar de mayor, se identificaron los registros de los importes de las
operaciones de los momentos contables del gasto aprobado, modificado, comprometido,
devengado, ejercido y pagado del presupuesto total ejercido, como se detalla a continuación:
(Miles de pesos)
Concepto Debe Haber
Registro contable pagado
2112100001 “Proveedores” 22,109.8
1112100000 “Bancos Tesorería” 22,109.8
Total 22,109.8 22,109.8
Registros presupuestales
Aprobado
8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 23,809.1
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 23,809.1
Modificado
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 23,809.1
8231000000 “Modificación al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central”
23,809.1
Comprometido
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 22,109.8
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 22,109.8
Devengado
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 22,109.8
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 22,109.8
Ejercido
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 22,109.8
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 22,109.8
Pagado
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 22,109.8
8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 22,109.8
NOTA: Dentro de estos registros contables y presupuestales se incluyen las partidas 1591 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y Enlaces”, 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, 3221 “Arrendamiento de Edificios” y 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de Información”, en las que se integraron los importes de la muestra de auditoría por 4,525.0 miles de pesos, contenidos en 14 CLC.
En el análisis de la documentación, se determinó lo siguiente:
1. La SEFIN realizó los registros contables y presupuestales de los momentos del gasto
aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado con cargo al presupuesto
total ejercido del ORT, según lo establecido en el apartado “Definición de las Cuentas”
del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central y de las
normas del CONAC, vigentes en 2017.
19
2. La SEFIN realizó los registros contable y presupuestal de sus operaciones de acuerdo
con la naturaleza de las partidas de los capítulos 1000 “Servicios Personales”, 2000
“Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles
e Intangibles” de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto, y lo establecido en los
artículos 44, 122, 123 y 126 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad
de México y 121 de su Reglamento, vigentes en 2017.
3. El importe de los registros contable y presupuestal del auxiliar de mayor de los
capítulos 1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios
Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, proporcionado por la Dirección
General de Contabilidad y Cuenta Pública de la SEFIN, coincide con lo reportado en
la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017.
4. En la base de datos de las CLC proporcionadas por la SEFIN y por la Subdirección de
Administración en el ORT, se integró el presupuesto ejercido por partida con cargo a
los capítulos 1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios
Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” del ejercicio de 2017, lo
cual coincide con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017,
por 22,109.8 miles de pesos.
5. Se revisaron 34 CLC de las partidas 1591 “Asignaciones para Requerimiento de
Cargos de Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios así como de Líderes
Coordinadores y Enlaces”, 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, 3221
“Arrendamiento de Edificios” y 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”,
cuyo importe representó el 56.1% del total del presupuesto ejercido (22,109.8 miles
de pesos), y fue registrado conforme a su naturaleza y de acuerdo con el Clasificador
por Objeto del Gasto vigente en 2017.
6. En el Listado de Evolución Presupuestal se reportó un importe original de 23,809.1 miles
de pesos, un modificado de 23,809.1 miles de pesos y un ejercido de 22,109.8 miles de
pesos, para el presupuesto total ejercido. Esos importes fueron reportados en el Informe
de Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017 del ORT.
20
Por lo expuesto, se concluye que los registros contable y presupuestal del presupuesto
total ejercido se realizó de acuerdo con su naturaleza, y conforme a la partida presupuestal
establecida en el Clasificador por Objeto del Gasto, al Manual de Contabilidad Gubernamental y
a las normas del CONAC. Dicho registro refleja cada uno de los momentos contables del
gasto y explica la evolución del ejercicio presupuestal, y las cantidades reportadas en los
auxiliares contables de los momentos contables del gasto coinciden con las reflejadas en
la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017.
Gasto Aprobado
3. Resultado
Con objeto de verificar que el presupuesto asignado a los capítulos 1000 “Servicios Personales”,
2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles
e Intangibles”, se hayan sujetado a lo establecido en el Decreto por el que se expide el
Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2017, y haya
correspondido con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México; que el Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos y el POA, se hayan tramitado oportunamente ante la SEFIN
para su aprobación y cuente con la información y documentación soporte correspondiente; que
el proceso de programación, presupuestación e integración (Módulos de Integración por
Resultados y de Integración Financiera) y autorización del presupuesto se haya ajustado a
la normatividad aplicable; que los elementos de soporte para la determinación de su meta física
y financiera haya permitido el cumplimiento de las metas establecidas en los planes,
programas y presupuesto autorizado; y que el soporte documental haya sido congruente
con el POA, el techo presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y la
autorización de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), y que se sujetara al
calendario presupuestal autorizado, mediante el oficio núm. ACF-A/18/589 del 29 de junio
de 2017, se solicitó al titular del ORT que proporcionara el techo presupuestal, el Analítico de
Claves, el POA, el Calendario Presupuestal y el Anteproyecto del Presupuesto de Egresos
del ejercicio de 2017.
En respuesta, con el oficio núm. DGORT/215/2018 del 13 de julio de 2018, el ORT proporcionó
la documentación solicitada y de su análisis se observó lo siguiente:
21
1. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/4737/2016 del 4 de noviembre de 2016, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN comunicó al titular del ORT el techo presupuestal preliminar, por
un monto de 23,809.1 miles de pesos, de los cuales 16,708.0 miles de pesos correspondieron
a “Servicios Personales” y 7,101.1 miles de pesos a “Otros Gastos” de conformidad
con los artículos 26 y 27 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de
México, 49 de su Reglamento, y 15, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal, vigentes en 2017.
2. Mediante el oficio núm. ORT-0113-2016 del 22 de noviembre de 2016, el ORT remitió
a la SEFIN el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2017,
por un importe de 23,809.1 miles de pesos en el sistema SAP-GRP, de acuerdo con
los lineamientos establecidos en el Manual de Programación-Presupuestación para la
Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2017 y en cumplimiento de
los artículos 25 y 26 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, y 50
de su Reglamento, vigentes en 2017. Además, el Guion del POA se formuló de
acuerdo con las fases de Integración por Resultados y con la Integración Financiera.
3. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/0515/2017 del 26 de enero de 2017, la SEFIN remitió
al órgano desconcentrado el techo presupuestal preliminar y aprobado, y el calendario
presupuestal para 2017, por un monto 23,809.1 miles de pesos, así como el analítico
de claves.
De la revisión se observó que 9,441.3 miles de pesos correspondieron a la partida
1591 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos Superiores
y de Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y Enlaces”; 140.0 miles de pesos,
a la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, y 2,200.8 miles
de pesos, a la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”; y que en la partida 5151 “Equipo de
Cómputo y de Tecnologías de la Información” no se asignó presupuesto original. Esta
partida se seleccionó por encontrarse puntualizada en el proyecto de auditoría y porque se
ejerció presupuesto en el ejercicio de 2017, por un importe de 1,025.3 miles de pesos.
Por tanto, al no presupuestarse recursos para la partida 5151 “Equipo de Cómputo
y de Tecnologías de la Información”, el ORT no se sujetó a lo establecido en el artículo 24,
22
fracciones I y II, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México
vigente en 2017, que señala:
“Artículo 24.- La programación y presupuestación del gasto público comprende:
”I. Las actividades que deberán realizar los […] Órganos Desconcentrados para dar
cumplimiento a los objetivos, políticas, estrategias, prioridades, metas y resultados
con base en indicadores de desempeño, contenidos en los programas sectoriales que
se derivan del Programa General y, en su caso, de las directrices que el Jefe de
Gobierno expida en tanto se elabore dicho Programa;
”II. Las previsiones de gasto público para cubrir los recursos humanos, materiales, financieros
y de otra índole, necesarios para el desarrollo de las actividades señaladas en la fracción
anterior.”
4. En el artículo 5 del título primero, “De las Asignaciones”, capítulo I, “Disposiciones
Generales”, del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad
de México para el ejercicio de 2017, autorizado por la ALDF y publicado en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México el 29 de diciembre de 2016, se asignó al ORT un presupuesto
total de 23,809.1 miles de pesos.
5. En relación con la metodología utilizada para la determinación de sus metas físicas y
financieras, mediante los oficios núms. DGORT/215/2018 y DGORT/SA/202/2018 del
13 de julio de 2018 y 13 de agosto de 2018, respectivamente, el ORT proporcionó los
elementos considerados en la integración de las cifras para la elaboración del Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos del ejercicio 2017, las cuales consistieron en tabuladores actualizados
y cuadro de costeo por plaza; en esta se previeron la estructura del órgano desconcentrado,
desglose por nivel, costo anual, variación del costo anual para la partida 1591 “Asignaciones
para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios así
como Líderes Coordinadores y Enlaces”; el promedio de los estudios de mercado de
los materiales que cubrían las necesidades del ORT para la partida 2111 “Materiales
Útiles y Equipos Menores de Oficina”; el cálculo de acuerdo con el monto de la renta
mensual del ejercicio anterior considerando el índice de inflación y el oficio de justipreciación
23
para la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”; y el proyecto de inversión con base
en los costos de las adquisiciones consolidadas del ejercicio anterior, más un incremento
considerado por la devaluación del peso ante el dólar existente en el momento para la
partida 5151 ”Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”. Cabe señalar
que a esta partida no se le asignó presupuesto original, por tanto, el ORT se sujetó al
artículo 41, fracción XV, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de
México vigente en 2017.
6. En la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del ORT, se programó
una meta física de 200 documentos y una meta financiera de 23,651.6 miles de pesos
y se corroboró que la actividad institucional 397 “Acciones de Regulación en Corredores
de Transporte Público” tuvo como finalidad “ordenar y regular el desarrollo del servicio de
corredores de transporte para que no sea microbús, así como la dictaminación y
autorización de estudios y proyectos para la prestación de servicios de corredores, intervenir
en los procedimientos administrativos para el otorgamiento, prórroga, revocación, caducidad
y extinción de concesiones y todas aquellas acciones tendientes a que el servicio de
corredores de transporte, se lleve a cabo con calidad, eficacia, cuidado del medio ambiente
y garantice la seguridad de los usuarios”. Asimismo, esta actividad se encuentra alineada
con el eje 4 “Habitabilidad y Servicios, Espacio Público e Infraestructura”, área de oportunidad 3
“Transporte Público” en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 de septiembre de 2013.
En el análisis de la información proporcionada por el ORT, se concluye que el presupuesto
asignado al órgano desconcentrado, coincidió con el Decreto por el que se expide el
Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio de 2017, autorizado por
la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos
para el ejercicio de 2017, el techo presupuestal, el POA y el Calendario Presupuestal autorizados
por la SEFIN para ese ejercicio y que corresponda a los montos reportados en la Cuenta
Pública de la Ciudad de México de 2017 vinculados con el Programa General de Desarrollo del
Distrito Federal 2013-2018. También se dispuso de evidencia documental de los elementos
utilizados para el cálculo del gasto estimado y para la determinación de las metas presentados en
el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio de 2017, el cual fue enviado
en tiempo y forma de conformidad con lo establecido en el numeral V “Proceso de Formulación
24
del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2017”, numeral 2 “Formulación General”,
inciso C) “Generación de Reportes”, del Manual de Programación-Presupuestación para
la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2017.
Sin embargo, por no programar el presupuesto de la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de
Tecnologías de la Información”, el ORT no se ajustó a lo establecido en el artículo 24, fracciones I
y II de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2017.
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de octubre de 2018, el titular del ORT no proporcionó
evidencia documental en la que se observara que se haya integrado la partida 5151
“Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información” en el sistema informático correspondiente
en las modalidades proyecto de adquisición o proyecto integral. Por tanto, la presente observación
no se modifica.
Recomendación ASCM-37-17-2-ORT
Es necesario que el Órgano Regulador de Transporte, por conducto de la Subdirección de
Administración, establezca mecanismos de supervisión para asegurar que en el proceso
de programación y presupuestación para la elaboración del Anteproyecto del Presupuesto de
Egresos se incluyan las previsiones del gasto para cubrir las adquisiciones de equipo
de cómputo y tecnologías de información necesarios, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente vigente.
Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios
4. Resultado
A fin de comprobar si el ORT tramitó, autorizó y publicó el PAAAPS 2017 de los capítulos
1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales”
y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y sus modificaciones trimestrales, conforme
a la normatividad aplicable; si cumplió con las disposiciones jurídico-normativas para la
presentación de los informes y reportes relacionados con el presupuesto total ejercido; y si
las operaciones realizadas coincidieron con los informes reportados, se analizó lo siguiente:
25
Mediante el oficio núm. ORT/0046/2017 del 7 de marzo de 2017, el ORT elaboró y envió
el PAAAPS del ejercicio de 2017 a la SEFIN para su validación.
Con el oficio núm. SFCDMX/SE/DGPP/475/2047 del 15 de marzo de 2017, la Dirección
General de Política Presupuestal, adscrita a la SEFIN, comunicó al ORT la validación del
PAAAPS 2017, y mediante el oficio núm. ORT-0049-2017 del 21 de marzo de 2017, el órgano
desconcentrado remitió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de
la OM la versión definitiva del PAAAPS 2017 con copia de la validación presupuestal
otorgada por la SEFIN.
Asimismo, el ORT debió haber enviado la versión definitiva del PAAAPS 2017 a la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM a más tardar el 31 de enero
de 2017, por lo que el órgano desconcentrado no cumplió lo que establece el numeral 4.2.1,
párrafo segundo, , apartado 4.2, “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2015),
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre 2015 y vigente en 2017,
que señala:
“De la versión definitiva del PAAAPS acompañada del oficio de validación emitido por la
SF, se deberá enviar mediante oficio, copia a la DGRMSG a más tardar el 31 de enero del ejercicio
presupuestal reportado y atendiendo la autorización presupuestal que le corresponde, que
emita la SF.”
El ORT tampoco observó el artículo 19, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal, vigente en 2017, el cual señala:
“Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades a más tardar el
31 de enero de cada año, publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sus programas
anuales de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios. El documento que
contenga los programas será de carácter informativo; no implicará compromiso alguno de
contratación y podrá ser adicionado, modificado, suspendido o cancelado, sin responsabilidad
alguna para la dependencia, órgano desconcentrado, delegación o entidad de que se trate.”
26
El PAAAPS 2017 del ORT fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del
30 de marzo de 2017, y el importe publicado correspondió al autorizado por la SEFIN.
Asimismo, se comprobó que el PAAAPS 2017 no fue presentado para su conocimiento al
Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del ORT, como lo
establece el numeral 4.1.10, fracción IX, apartado 4 “Adquisiciones”, de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2015), publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre 2015 y vigente en 2017.
Al respecto, con el oficio núm. DGACFA-DBA/18/061 del 20 de agosto de 2018, se solicitó
al ORT que aclarará tales deficiencias. En respuesta, con el oficio núm. DGORT/SA/208/2018
del 21 de agosto de 2018, la Subdirección de Administración en el ORT informó lo siguiente:
“El Órgano Regulador de Transporte por ser de reciente creación se requería, que la
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor otorgara
a éste órgano desconcentrado un número de usuario y contraseña para poder ingresar al
Sistema el Programa Anual de Adquisiciones Arrendamientos y Prestación de Servicios antes
de ser publicado en la Gaceta Oficial, el cual fue otorgado el 28 de febrero de 2017 mediante
oficio OM/DGRMSG/DA/254 BIS/2017.
”Por la razón antes comentada en el punto anterior, se originó el retraso, […] siendo el
24 de marzo de 2017 cuando se notificó el PAAAPS a la DGRMS.
”… había una disyuntiva entre la creación del propio Subcomité de Adquisiciones o pertenecer al
Subcomité de la Secretaría de Movilidad, en tanto se solicitó apoyo Institucional a [esa
dependencia por medio] de oficio ORT/0020/2016, de fecha 17 de agosto de 2016, para
instrumentar los procedimientos de contratación de bienes y servicios del ORT. Es hasta mayo
de 2018 que se autoriza por parte de la DGRMSG el que el Órgano Regulador de Transporte
pertenezca al Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de
la Secretaría de Movilidad a través de oficio OM/DGRMSG/1332/2018.”
27
Por tanto, al enviar después del 31 de enero de 2017 la versión definitiva del PAAAPS 2017 a la
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM, el ORT no se
sujetó a lo establecido en el numeral 4.1.10, la fracción IX, apartado 4 “Adquisiciones” de
la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2015), publicada en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre 2015, vigente en 2017. Asimismo, por
publicar el PAAAPS en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México después del 31 de enero
de 2017, el ORT no se ajustó al artículo 19, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal, vigentes en 2017.
Por no presentar el PAAAPS autorizado por la SEFIN ante el Subcomité de Adquisiciones,
el ORT incumplió la fracción IX, numeral 4.1.10, apartado 4, “Adquisiciones”, de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2015), publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre 2015 y vigentes en 2017, que establece lo siguiente:
“Es competencia y responsabilidad de las DGA: […]
”IX.- Elaborar el PAAAPS y presentarlo una vez autorizado por la SF, ante el Subcomité
de Adquisiciones que corresponda y posteriormente remitir una copia a la DGRMSG.”
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de octubre de 2018, el titular del ORT proporcionó el
oficio núm. DGORT/0340/2018 del 3 de octubre de 2018, en el que anexó información que
ya había sido enviada durante el proceso de la revisión.
En el análisis de las modificaciones trimestrales del PAAAPS 2017, se determinó que la
correspondiente al tercer trimestre de 2017 fue capturada en el sitio web de la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales cinco días hábiles posteriores al
plazo establecido en la normatividad aplicable y la del cuarto trimestre no fue presentada.
Por ello, la Subdirección de Administración en el ORT, mediante el oficio núm. DGOR/SA/237/2018
del 3 de septiembre de 2018, informó lo siguiente:
28
“Derivado de que el Órgano Regulador de Transporte se auxilia del Apoyo Institucional de
la Dirección General de Administración de la Secretaría de Movilidad para llevar a cabo
los procesos de compra de este Órgano Regulador, ésta se vio retrasada al reportar el tercer
trimestre de 2017 derivado de cargas de trabajo.
”Respecto al reporte de modificaciones del cuarto trimestre de 2017 se anexa copia del
acuse de entregado.”
En el análisis de la modificación del cuarto trimestre de 2017, se conoció que fue capturada en el
sitio web de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, el 28 de agosto
de 2018, 149 días hábiles posteriores al plazo establecido en la normatividad aplicable.
Por no presentar las modificaciones del tercer y cuarto trimestre del PAAAPS 2017 en
el plazo establecido, la Dirección General de Administración en la SEMOVI no observó el
numeral 4.2.1, último párrafo, apartado 4.2 “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios”, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno 2015), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 18 de septiembre 2015 y vigente en 2017, que establece:
“Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos efectuados,
deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada ejercicio fiscal, dentro de
los primeros diez días hábiles posteriores del mes inmediato al período que se reporta.”
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de octubre de 2018, el titular del ORT proporcionó
el oficio núm. DGORT/0340/2018 del 3 de octubre de 2018, y anexó nota informativa del
2 de octubre de 2018, en la que señala que “respecto a los reportes de las modificaciones
del PAAAPS correspondientes al tercer y cuarto trimestre[,] no fueron reportadas por un error
involuntario”. Por lo anterior, no se modifica la observación.
Asimismo, las operaciones seleccionadas como muestra de auditoría con cargo a las partidas
1591 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos Superiores
29
y de Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y Enlaces” y 2111 “Materiales,
Útiles y Equipos Menores de Oficina” fueron previstas en el PAAAPS 2017, y se encontraron
acorde con las metas físicas y financieras.
Sin embargo, las partidas 3221 “Arrendamiento de Edificios” y 5151 “Equipo de Cómputo
y de Tecnología de la Información” no fueron reportadas en el PAAAPS 2017, por lo que
la Dirección General de Administración en la SEMOVI no se sujetó al artículo 24, fracción IV,
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, que señala:
“La programación y presupuestación del gasto público comprende: […]
”IV. Las previsiones de gasto público para cubrir los recursos humanos, materiales, financieros y
de otra índole, necesarios para la operación y el cumplimiento de los Programas Presupuestarios.”
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de octubre de 2018, el titular del ORT proporcionó el
oficio núm. DGORT/0340/2018 del 3 de octubre de 2018, en el que no informó ni remitió
información respecto a esta observación, por tanto, ésta no se modifica.
En el resultado núm. 3, recomendación ASCM-37-17-2-ORT del presente informe, se considera
el mecanismo para prevenir la deficiencia de control, consistente en asegurar que en el
proceso de programación y presupuestación para la elaboración del anteproyecto del presupuesto
de egresos, se realicen las previsiones de gasto para cubrir las adquisiciones de equipo de
cómputo y tecnologías de información necesarios, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y
Gasto Eficiente, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento
de la recomendación citada.
Recomendación ASCM-37-17-3-ORT
Es necesario que el Órgano Regulador de Transporte, por conducto de la Subdirección de
Administración, implemente mecanismos de supervisión para asegurar que se envíe en
tiempo y forma la versión definitiva del Programa Anual de Adquisiciones Arrendamiento y
Prestación de Servicios a la instancia competente; una vez autorizado, se dé a conocer ante el
Subcomité de Adquisiciones y, que se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México
30
en los plazos establecidos, de acuerdo con la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente.
Recomendación ASCM-37-17-4-ORT
Es necesario que el Órgano Regulador de Transporte, por conducto de la Subdirección de
Administración, establezca mecanismos de control para asegurarse de que las modificaciones
trimestrales al Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios se
capturen en el sitio web de la instancia competente de acuerdo a los plazos establecidos
en la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente.
Gasto Modificado
5. Resultado
Con objeto de verificar las causas por las que se modificó el presupuesto original de los
capítulos 1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales”
y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”; que las modificaciones al presupuesto
de esos capítulos se encontraran autorizadas; que se hayan realizado mediante afectaciones
programático-presupuestarias; que contaran con las justificaciones correspondientes; que
hayan sido consecuencia de un proceso de programación, presupuestación y calendarización
eficiente para contribuir al cumplimiento de las metas y objetivos; y que las cifras reportadas en
informes y auxiliares coincidieran con las reflejadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de
México de 2017, se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias del presupuesto
total ejercido y se conocieron los resultados siguientes:
1. En la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017, el sujeto fiscalizado reportó un
presupuesto modificado de 23,809.1 miles de pesos y un presupuesto ejercido de
22,109.8 miles de pesos, lo que representó una diferencia 1,699.3 miles de pesos
(7.1%), menor que los 23,809.1 miles de pesos que se asignaron originalmente.
31
El presupuesto modificado resultó de 434 afectaciones programático-presupuestarias,
como se muestra en el cuadro siguiente:
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe Parcial Total
Presupuesto original
23,809.1
Más:
Ampliaciones compensadas (186) 11,959.2
Adiciones compensadas (10) 3,182.4 15,141.6
Menos:
Reducciones compensadas (238) (15,141.6) (15,141.6) 22,109.8
Variación total 0.0
Presupuesto modificado 23,809.1
Presupuesto ejercido 22,109.8
Diferencia 1,699.3
Con el oficio núm. DGACFA-DBA/18/051 del 13 de agosto de 2018, se solicitó al
titular del ORT que informara las causas que originaron la diferencia.
En respuesta, el órgano desconcentrado proporcionó la nota informativa del 16 de agosto
de 2018 en la que informó lo siguiente:
“Capítulo 1000 ‘Servicios Personales’, el recurso no ejercido en este capítulo es debido a
que durante el ejercicio fiscal 2017 hubo vacantías dentro de la plantilla de personal
generándose economías una vez cumpliéndose al 100% el pago de sueldo, prestaciones
de los trabajadores, las aportaciones patronales y obligaciones fiscales de éste
órgano desconcentrado al cierre del Ejercicio Fiscal 2017.
”Capítulo 2000 ‘Materiales y Suministros’, el recurso no ejercido dentro de este capítulo es
debido a las existencias de materiales en el almacén, a los procesos de licitaciones, y
a los procedimientos de austeridad y racionalidad que aplicó el Órgano Regulador de
Transporte, y por lo cual se obtuvieron economías.
32
”Capítulo 3000 ‘Servicios Generales’, el recurso no ejercido en este capítulo es debido
a las economías generadas en los procesos de licitación, y a los procedimientos de
austeridad y racionalidad que aplicó el Órgano Regulador.
”Capítulo 5000 ‘Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles’, el recurso no ejercido en
este capítulo se debió a que en los procesos de licitación de la adquisición de equipo
de cómputo y tecnologías de la información y software se ofertó un mejor precio, lo cual
originó economías al cierre del ejercicio.”
2. En el apartado ECG “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” de la Cuenta Pública
de la Ciudad de México de 2017, respecto del presupuesto total ejercido, el ORT indicó lo
siguiente:
En relación con el capítulo 1000 “Servicios Personales”, informó que la variación se
debe principalmente a que “los recursos asignados se destinaron para el pago de sueldos,
prestaciones, aportaciones patronales y obligaciones fiscales, derivado de la contratación
del personal de estructura. Asimismo, la situación que originó menor ritmo de gasto,
respecto al aprobado es porque no se ocupó el 100% de la plantilla durante el 2017
por la búsqueda del perfil requerido”.
Para el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, indicó que la variación se debió a
que los recursos ejercidos se destinaron a la adquisición de materiales y útiles de oficina,
entre otros, además de que las partidas centralizadas no fueron utilizadas, ya que no fueron
necesarias para la operación.
Respecto al capítulo 3000 “Servicios Generales”, señaló que la variación corresponde
a los recursos adicionales que se destinaron para el arrendamiento del inmueble y servicios de
limpieza, entre otros.
Para el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, informó que la variación
se debió a que no se requirió para las necesidades del ORT.
33
En el apartado “APP Avance Programático Presupuestal de Actividades Institucionales”,
en la actividad institucional 397 “Acciones de regulación en corredores de transporte público”
de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017, se reportó una meta física
original de 200 “documentos”, la cual se cumplió al 100.0%. Al respecto, se dispuso de
un presupuesto aprobado y modificado, por 23,809.1 miles de pesos, del cual se ejerció un
presupuesto de 22,109.8 miles de pesos.
3. Los movimientos al presupuesto modificado, objeto de la muestra de auditoría, se
realizaron mediante cinco afectaciones presupuestarias, por un importe de 2,753.1 miles
de pesos, como a continuación se detalla:
Las reducciones compensadas se realizaron debido a que en la partida 1591 “Asignaciones
para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios así
como de Líderes Coordinadores y Enlaces” no se contrató la totalidad de plazas autorizadas
al ORT en el transcurso del año. En las partidas 2481 “Materiales Complementarios”,
2491 “Refacciones y Accesorios Menores de Cómputo y Tecnologías de la Información”,
3221 “Arrendamiento de Edificios”, 3291 “Otros Arrendamientos”, 3331 “Servicios de
Consultoría Administrativa, Procesos, Técnica y Tecnología de la Información”, 3511
“Conservación y Mantenimiento Menor de Inmuebles”, 3552 “Reparación, Mantenimiento y
Conservación de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y Programas Públicos”
y 3581 “Servicios de Limpieza y Manejo de Desechos” se obtuvieron remanentes, los
cuales fueron aprovechados para transferir el recurso a otras partidas de gasto prioritarias.
De lo anterior, se concluyó que independientemente de que se expidieron afectaciones
presupuestarias, se lograron las metas establecidas como se señaló en el numeral 2
de este resultado, y las causas que dieron origen a las reducciones no modificaron las
metas físicas asignadas originalmente en el POA, ya que estuvieron justificadas, lo
que permitió el cumplimiento de los objetivos y metas a cargo del órgano desconcentrado,
y se ajustaron a lo que establecen los artículos 87, 88, 89, 90, 91 y 92 del Reglamento
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2017.
Asimismo, se observó que el presupuesto presentó un subejercicio, por un importe de
1,699.3 miles de pesos, por lo que mediante el oficio núm. DGORT/SA/205/2018
34
del 16 de agosto de 2018, se solicitó al Titular del ORT que proporcionara evidencia
documental del movimiento de reintegro (documento múltiple o afectación presupuestaria)
de los 1,699.3 miles de pesos a la SEFIN.
En respuesta, mediante el oficio núm. DGORT/SA/205/2018 del 16 de agosto de 2018, el
ORT sólo informó las razones por las que se generó la variación, sin que proporcionara
evidencia documental del movimiento de reintegro (documento múltiple o afectación
presupuestaria). Por ello se concluye que el ORT incumplió lo establecido en el artículo 71,
cuarto párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México,
vigente en 2017, que señala:
“Las unidades responsables del gasto que por cualquier motivo al término del ejercicio
fiscal que corresponda conserve fondos presupuestales o recursos que no hayan
sido devengados y, en su caso, los rendimientos obtenidos, los enterarán a la Secretaría
dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio…”
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de octubre de 2018, el titular del ORT proporcionó
el oficio núm. DGORT/0340/2018 del 3 de octubre de 2018 y anexó la nota informativa
del 2 de octubre de 2018, en la que informó que se tomarán medidas de control para
cumplir los calendarios de cierre establecidos por la Secretaría de Finanzas. Por lo
anterior, el presente resultado se ratifica.
4. Respecto a las adecuaciones presupuestarias, éstas fueron elaboradas y registradas
por el ORT en el sistema SAP-GRP, autorizadas por el Director General de Administración
en el órgano desconcentrado y el Director General de Egresos de la Subsecretaría de
Egresos en la SEFIN de acuerdo con la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores
Públicos de Nivel Estructura Facultados para elaborar, autorizar y/o solicitar Autorizaciones
y/o Registro de Afectaciones Programático-Presupuestarias, en cumplimiento de los
artículos 76, y 78 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México;
68, fracción V; y 71, fracción VI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal; y la sección tercera, “Adecuaciones Presupuestarias”, numeral 72, último
párrafo; apartado A, “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”, numeral 79; y apartado B,
“Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, numeral 83, del capítulo III, “Registro de Operaciones
35
Presupuestarias” del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de
la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2017.
Por lo expuesto, se determinó que las modificaciones al presupuesto original de la muestra
seleccionada se realizaron mediante cinco afectaciones programático-presupuestarias
elaboradas, justificadas, autorizadas y tramitadas por los servidores públicos facultados
para ello de acuerdo con la normatividad aplicable y contaron con las justificaciones
correspondientes, y las cifras del presupuesto autorizado y modificado coincidieron con
las reportadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017.
El ORT indicó que la diferencia de 1,699.3 miles de pesos correspondió a economías; sin
embargo, la diferencia se refiere a la recalendarización de los recursos, por lo que el
órgano desconcentrado no se ajustó al proceso de programación e incumplió el artículo 77,
fracción I, de Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2017,
que establece:
“Las adecuaciones presupuestarias, se realizarán siempre que permitan un mejor cumplimiento
de los objetivos y metas de las funciones a cargo de las Dependencias, Órganos Desconcentrados,
Delegaciones y Entidades, mismas que tomarán en cuenta:
”I. El resultado de la evaluación que realicen respecto del cumplimiento de los objetivos y
metas que lleven a cabo mensualmente…”
El sujeto fiscalizado también incumplió el artículo 37, fracciones I, II y IV, del Reglamento de la
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, vigente en 2017, que establece:
“En la elaboración de sus respectivos calendarios presupuestarios, las dependencias,
órganos desconcentrados, delegaciones y entidades deberán estar a lo siguiente:
”I. Tendrán una programación anual con base mensual y deberá existir una relación directa entre
las estimaciones de avance de metas y los requerimientos periódicos de recursos presupuestales
necesarios para alcanzarlas;
36
”II. Contemplarán las necesidades de gasto en función de los compromisos por contraer,
para evitar recursos ociosos; […]
”IV. Se procurará una presupuestación eficiente que reduzca las solicitudes de Adecuaciones
Presupuestarias.”
Recomendación ASCM-37-17-5-ORT
Es necesario que el Órgano Regulador de Transporte, por conducto de la Subdirección de
Administración, establezca mecanismos de control para asegurar que al término del ejercicio
fiscal que corresponda en caso de que no haya ejercido fondos presupuestales o recursos
que no hayan sido devengados, así como los rendimientos obtenidos, éstos sean enterados a
la Secretaría de Finanzas en el plazo establecido, de conformidad con lo establecido en
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente.
Recomendación ASCM-37-17-6-ORT
Es necesario que el Órgano Regulador de Transporte, por conducto de la Subdirección de
Administración, establezca mecanismos de control y supervisión, a fin de asegurarse
de que en el proceso de programación y presupuestación, así como en la calendarización, se
distribuyan los recursos para permitir el cumplimiento de las metas y objetivos, y reducir
las solicitudes de adecuaciones, de acuerdo con la normatividad aplicable.
Gasto Comprometido
6. Resultado
Con objeto de verificar si el ORT contó con la autorización expresa del titular de ese órgano
desconcentrado para contratar bienes y servicios de los capítulos 1000 “Servicios Personales”,
2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles”, mediante algún procedimiento distinto al de licitación pública; que el
Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios haya aprobado las
contrataciones; que hayan contado con suficiencia presupuestal previa a la contratación; que se
hayan elaborado requisiciones, cotizaciones y estudios de precios de mercado en los procedimientos
37
de contratación; que se hayan elaborado y formalizado los contratos o convenios
modificatorios en los plazos establecidos y que estuvieran suscritos por los servidores
públicos facultados para ello; que cumplieran con los requisitos y que los proveedores
o prestadores de servicio no hayan estado inhabilitados por la Contraloría General (CG) o
por la Secretaría de la Función Pública (SFP); que los pedidos o contratos no hayan excedido los
montos de actuación; que los procedimientos de contratación (adjudicación directa, invitación
restringida a cuando menos tres proveedores y licitación pública nacional o internacional)
se hayan ajustado a lo establecido en la normatividad aplicable; que las excepciones a la
licitación pública se encontraran debidamente justificadas; que se haya adjudicado contratos a
proveedores o prestadores de servicio que estuvieron al corriente de sus obligaciones
fiscales; que los expedientes de la documentación legal y administrativa de los proveedores y
prestadores de servicios adjudicados se encontraran debidamente integrados; y que los
proveedores y prestadores de servicios hayan presentado las garantías en los plazos y
montos establecidos, y en su caso, los endosos correspondientes, se analizó lo siguiente:
En 2017, el ORT ejerció un monto de 22,109.8 miles de pesos con cargo a los capítulos
1000 “Servicios Personales”, por 15,131.1 miles de pesos; 2000 “Materiales y Suministros”, por
258.2 miles de pesos; 3000 “Servicios Generales”, por 4,049.6 miles de pesos; y 5000
“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, por 2,670.9 miles de pesos, de los cuales
4,525.5 miles de pesos (20.5%) correspondieron a la muestra a revisar; de las partidas
1591 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos Superiores y
de Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y Enlaces”, por 1,441.4 miles de
pesos; 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, por 141.7 miles de pesos;
3221 “Arrendamiento de Edificios”, por 2,016.7 miles de pesos; y 5151 “Equipo de Cómputo y
de Tecnología de la Información”, por 925.7 miles de pesos.
Respecto de la partida 1591 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores
Públicos Superiores y de Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y Enlaces”,
se determinó una muestra de auditoría por 1,441.4 miles de pesos, que representó el
9.5% del capítulo y el 15.8% del total de la partida.
Dichos recursos fueron comprometidos con 30 nombramientos de personal de estructura
(un Director General, dos Directores de Área, cuatro Coordinadores, ocho Subdirectores
38
y 15 Jefes de Unidad Departamental), de conformidad con la estructura orgánica autorizada
núm. SEMOVI-ORT-20/160516 y a los tabuladores autorizados por la Subsecretaría de
Administración y Capital Humano de la SEFIN y en cumplimiento del numeral 1.3.11 de la
Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), publicada en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de septiembre de 2015, vigente en 2017.
De las 30 personas de estructura, se eligieron como muestra 15 personas, y se verificó
que su contratación se hubiese realizado de acuerdo con la normatividad aplicable; que los
expedientes de personal se integraran con la documentación soporte respectiva, y que se
hubiesen elaborado y suscrito los nombramientos respectivos, en cumplimiento de los requisitos
previstos en la normatividad correspondiente para ser considerados como justificantes.
De la revisión a la integración de los 15 expedientes del personal, se encontraron las
“Constancias de Nombramientos del Personal” y éstas tuvieron las firmas correspondientes; sin
embargo, dos expedientes carecieron de la siguiente documentación:
1. En el expediente con número de empleado 762152, no se acreditó la presentación de la
“Constancia de Remuneraciones Cubiertas y Retenciones Efectuadas Emitidas por Otro
Patrón”.
2. En el expediente con número de empleado 937861, no se acreditó la presentación de
la “Constancia de No inhabilitación expedida por la Secretaría de la Función Pública”.
Al respecto, con el oficio núm. DGACFA-DBA/18/092 del 29 de agosto de 2018, se solicitó
a la Dirección General del ORT la aclaración tal deficiencia.
En respuesta, mediante el oficio núm. DGORT/SA/237/2018 del 3 de septiembre de 2018,
la Subdirección de Administración informó lo siguiente:
39
“Al respecto el trabajador en cuestión se encontraba laborando por su cuenta en el período
inmediato anterior por lo que no cuenta con Constancia de Remuneraciones Cubiertas y
Retenciones Efectuadas por otro patrón.
”No se localizó la Constancia de no inhabilitación expedida por la Secretaría de la Función
Pública. Al respecto se solicitó el trámite correspondiente.”
Asimismo, se remitió copia de la Constancia de No Inhabilitación núm. CIP/0680812/2018
del 3 de septiembre de 2018.
Por lo anterior, el ORT no se sujetó a lo señalado en el numeral 1.3.8., fracciones XIII y XVI, de
la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno),
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de septiembre de 2015, vigente
en 2017, que establece:
“Para formalizar la relación laboral, la o el aspirante a ocupar una plaza en alguna de las
Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades, deberá entregar lo siguiente: […]
”XIII.- Constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones efectuadas emitidas por otro
patrón […]
”XVI.- Constancia de no inhabilitación expedida por la Secretaría de la Función Pública.”
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de octubre de 2018, el titular del ORT no proporcionó
información relacionada con la observación, por lo que la presente observación prevalece.
De la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, se determinó una
muestra de auditoría por 141.7 miles de pesos, que representó el 54.9 % del capítulo y el
67.5% del total de la partida.
El recurso fue comprometido mediante el contrato núm. GCDMX-SEMOVI-ORT-CB-002/2017,
celebrado el 29 de noviembre de 2017 con el proveedor Figlio Mex, S.A. de C.V., para la
40
adquisición de materiales y útiles de oficina, por un importe de 141.7 miles de pesos
(incluye IVA).
De la revisión al contrato núm. GCDMX-SEMOVI-ORT-CB-002/2017 y a la documentación
soporte del proceso de contratación, se determinó lo siguiente:
1. El contrato antes mencionado suscribió por adjudicación directa, de conformidad con
los artículos 27, inciso c); 28; 55; y 74 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
vigente en 2017.
2. El expediente de adjudicación directa del contrato contó con la información y documentación
siguiente:
a) Requisición de servicio núm. ORT-007-2017 del 10 de octubre de 2017, en la cual
la Subdirección de Administración en el ORT solicitó la adquisición de diversos
materiales y útiles de oficina.
b) Formato de autorización de suficiencia presupuestal elaborado por la Subdirección de
Administración, por un monto de 141.7 miles de pesos; la suficiencia presupuestal
se otorgó para la partida 2111“Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”.
c) Cabe señalar que por ser una compra en el que el importe no excede los montos
máximos que establece el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de acuerdo con
el artículo 21, fracción VI, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente
en 2017, no se requiere la aprobación del Comité o Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios para la contratación por adjudicación directa.
d) El estudio de precios de mercado (cuadro comparativo de ofertas económicas) del
11 de octubre de 2017 presentó los precios ofertados por los tres proveedores, con
la descripción del servicio, cantidad, unidad de medida, precio unitario, importe
con desglose del subtotal e IVA, nombre de los ofertantes, el cual fue revisado por
la Jefatura de Unidad Departamental de Adquisiciones y autorizado por la Subdirección
de Recursos Materiales.
41
e) El expediente dispuso de las cotizaciones necesarias para realizar el estudio de
precios de mercado (cuadro comparativo de ofertas económicas); por tanto, el ORT se
sujetó a lo establecido en el numeral 4.8.3 del apartado 4.8, “De las Cotizaciones”
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno 2015), vigente en 2017.
f) Con el oficio núm. SRM-ORT-CB-002-2017 del 28 de noviembre de 2017, la
Subdirección de Recursos Materiales de la Dirección General de Administración en
la SEMOVI adjudicó en forma directa al proveedor Figlio Mex, S.A. de C.V., el
contrato núm. GCDMX-SEMOVI-ORT-CB-002/2017, por un monto de 141.7 miles
de pesos para la adquisición de materiales y útiles menores de oficina, en cumplimiento de
lo establecido en los artículos 27, inciso c); 28; 55; y 74 de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal, y del numeral 4.8.3 de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno), vigentes en 2017.
g) En la cláusula cuarta del contrato núm. GCDMX-SEMOVI-ORT-CB-002/2017 celebrado
con el proveedor Figlio Mex, S.A. de C.V., establece que la vigencia del contrato
será del 29 de noviembre al 15 de diciembre de 2017 y en ese período se hará la
entrega de los materiales y útiles de oficina en el domicilio del ORT.
h) Mediante escrito del 11 de octubre de 2017, el proveedor Figlio Mex, S.A. de C.V.
presentó manifiesto de decir verdad, en el que indica que se encuentra al corriente de
sus obligaciones fiscales.
De la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”, se determinó una muestra de auditoría por
2,016.7 miles de pesos, que representó el 49.8 % del capítulo y el 100.0% del total de la partida.
El recurso fue comprometido mediante el contrato núm. GCDMX-SEMOVI-ORT-CA-001/2017
celebrado el 2 de enero de 2017 con el arrendador Banco Ve por Más, S.A. Fideicomiso
de Administración 12/2015, para el arrendamiento de los pisos 4 y 5, con una superficie de
42
290.43 m2 cada uno, del inmueble ubicado en la calle Havre núm. 47, Col. Juárez, Delegación
Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México, por un importe de 2,016.7 miles de pesos
(IVA incluido).
De la revisión al contrato núm. GCDMX-SEMOVI-ORT-CA-001/2017 del 2 de enero de 2017 y
a la documentación soporte del proceso de contratación, se determinó lo siguiente:
1. Con el oficio núm. OM/SG/DEA/0158/2016 del 25 de enero de 2016, la Dirección
Ejecutiva de Administración de la SEMOVI solicitó a la Dirección General de Patrimonio
Inmobiliario que proporcionara el avalúo para determinar el monto de la justipreciación
de la renta mensual máxima del inmueble sede del ORT.
En respuesta, con el dictamen núm. JR(ST)-14089 y número progresivo 02/02/16-00003 del
2 de febrero de 2016, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario le informó que
el monto de la justipreciación de renta mensual máxima a pagar por el inmueble referido
fue por 519.1 miles de pesos, los cuales no incluían el IVA y tenían vigencia de un año
a partir del 15 de febrero de 2016.
Cabe señalar que el segundo párrafo del numeral 12.10.3 de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2015), vigente en
2017, establece lo siguiente:
“Para las justipreciaciones de renta, la vigencia de los dictámenes valuatorios subsistirá
mientras el próximo contrato de arrendamiento no exceda el monto máximo determinado
en el mismo, este procedimiento podrá utilizarse por un período de dos años más,
siempre y cuando se cumpla con la condición anterior…”
Mediante el oficio núm. DGACFA-DBA/18/060 del 15 de agosto de 2018, se solicitó al
titular del ORT que desglosara el importe que le correspondía pagar por el arrendamiento de
los pisos 4 y 5 del inmueble antes citado.
En respuesta, con el oficio núm. DGORT/SA/206/2018 del 20 de agosto de 2018, la
Subdirección de Administración en el ORT informó lo siguiente:
43
El monto se calcula por metro cuadrado y en la justipreciación se establece un costo
máximo de 250.13 pesos por metro cuadrado, el precio de la renta mensual se desglosa
como sigue: 580.86 metros cuadrados multiplicado por 249.42 pesos (precio establecido en
el contrato sin IVA) se obtiene un importe por 144,878.10 pesos más 23,180.50 pesos
(IVA) resultando un importe mensual de 168,058.60 pesos que multiplicado por los
12 meses del ejercicio de 2017 se obtiene un total de 2,016.7 miles de pesos.
Se concluye que el cálculo corresponde al pactado en el contrato por 2,016.7 miles de pesos.
2. En la requisición de compra núm. ORT-0001-2017 del 3 de enero de 2017, la Subdirección
de Administración en el ORT solicitó el arrendamiento de los pisos 4 y 5 del inmueble
antes referido por los meses de enero a diciembre de 2017.
3. En el formato de autorización de suficiencia presupuestal elaborado por la Subdirección de
Administración, por un monto de 2,016.7 miles de pesos, se otorgó la suficiencia
presupuestal en la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios” para el contrato
núm. GCDMX-SEMOVI-ORT-CA-001/2017, por un monto de 2,016.7 miles de pesos,
en éste no se indica la presentación de garantías.
4. El arrendador proporcionó el manifestó de situación de no adeudos del 30 de diciembre
de 2016, en cumplimiento del artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la
Ciudad de México vigente en 2017 y el comprobante emitido por la Secretaría de
la Función Pública, en el que indica que el arrendador no se encuentra sancionado,
por lo que el ORT se sujetó a los numerales 4.7.4, fracción II; 12.3.4 y 12.10.3 de la
Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno
2015), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de septiembre de 2015,
vigente en 2017.
De la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información”, se determinó
una muestra de auditoría por 925.7 miles de pesos, que representó el 34.7 % del capítulo
y el 90.3% del total de la partida.
44
Los recursos de la muestra se encuentran amparados por los convenios modificatorios
núms. DAT-16-2017-C5 y DAT-17-2017-C5, ambos del 19 de octubre de 2017, los cuales derivan
de los contratos núms. DAT-16-2017 y DAT-17-2017, ambos del 4 de septiembre de 2017,
para la adquisición de hardware, adjudicados a los proveedores Coordinación de Servicios en
Informática, S.A. de C.V., y Comunic@rte & Consulting, S.A. de C.V., respectivamente,
mediante el procedimiento de adjudicación directa núm. AD-DGRMSG-015-2017, correspondiente
al ejercicio fiscal de 2017, con fundamento en los artículos 23 de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal y 83, fracción IV, primero y quinto párrafos, de la Ley de Presupuesto y
Gasto Eficiente de la Ciudad de México, vigentes en 2017.
De la revisión a los convenios modificatorios núms. DAT-16-2017-C5 y DAT-17-2017-C5 y
a la documentación soporte del proceso de contratación, se determinó lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. DGORT/SA/179/2017 del 6 de octubre de 2017, la Subdirección de
Administración en el ORT solicitó a la Dirección General de Recursos Materiales y
Servicios Generales de la OM la adhesión a la contratación consolidada correspondiente a la
partida 5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información” e incluyó el formato
Anexo 2 “Formato Único para la Contratación Consolidada”, con el sello de no existencia
en el almacén.
Al respecto, el ORT manifestó que disponía de suficiencia presupuestal para la contratación
y que autorizaba a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
de la OM la afectación de su presupuesto asignado a la partida 5151 “Equipo de Cómputo y
Tecnologías de la Información”, en cumplimiento de los numerales 17, incisos a) y c),
y 20, de los Lineamientos Generales para consolidar la Adquisición o Arrendamiento
de Bienes o Servicios de uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal,
así como para la Centralización de Pagos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 13 de mayo de 2011, vigentes en 2017.
2. Los bienes solicitados mediante los convenios modificatorios núms. DAT-16-2017-C5
y DAT-17-2017-C5 fueron 40 PC de escritorio (Desktop) marca Hewlett Packard,
modelo Elitedesk 705 G3, un Plotter marca Hewlett Packard, modelo Z5600 y una laptop
marca Dell Latitude, modelo 3570.
45
3. La Subdirección de Administración en el ORT otorgó suficiencia presupuestal para la
contratación consolidada, por un importe de 1,025.3 miles de pesos, para la partida
5151 “Equipo de Cómputo y Tecnologías de la Información”, en cumplimiento de los
artículos 28 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; 51 y 67 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; y 25 del Decreto por el que se
Expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2017,
vigentes en ese ejercicio.
4. El 19 de octubre de 2017, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales de la OM y los proveedores Coordinación de Servicios en Informática,
S.A. de C.V., y Comunic@rte & Consulting, S.A. de C.V., firmaron los convenios modificatorios
núms. DAT-16-2017-C5 y DAT-17-2017-C5 para la adquisición de hardware, correspondiente
al ejercicio fiscal de 2017. El convenio modificatorio núm. DAT-16-2017-C5, por un
importe de 901.7 miles de pesos, cuyo objeto fue la adquisición de 40 PC de escritorio
(Desktop) marca Hewlett Packard, modelo Elitedesk 705 G3, y un Plotter marca Hewlett
Packard, modelo Z5600, y el convenio modificatorio núm. DAT-17-2017-C5, por un
importe de 23.9 miles de pesos, cuyo objeto fue la adquisición de una laptop marca
Dell Latitude, modelo 3570; la entrega de los bienes seria a más tardar el 30 de noviembre
de 2017. En el anexo 2 “Lugares de entrega” de los citados convenios modificatorios,
se estipulan los bienes que corresponden al ORT, y que éstos deberán ser entregados en
las oficinas del órgano desconcentrado.
5. Mediante el oficio núm. DGACFA-DBA/18/068 del 20 de agosto de 2018, se solicitó a
la SFP que informara si durante 2017 los proveedores y prestadores de servicios con
los que se suscribieron los contratos se encontraban inhabilitados para celebrarlos con el
Gobierno de la Ciudad de México.
La SFP, con el oficio núm. DGCSCP/312/DGAS/536/2018 del 23 de agosto de 2018,
informó que no se encontró antecedente alguno de inhabilitación impuesta a los proveedores
y prestadores de servicios.
6. Mediante el oficio núm. DGACFA-DBA/18/069 del 20 de agosto de 2018, se solicitó a
la Dirección General de Legalidad de la Contraloría General de la Ciudad de México
46
que le informara si durante 2017, los proveedores y prestadores de servicios a los que
les fueron adjudicados los contratos se encontraban inhabilitados.
En respuesta, mediante el oficio núm. SCGCDMX/DGL/458/2018 22 de agosto de 2018, la
Dirección General manifestó que no se encontró antecedente alguno de inhabilitación
impuesta a los proveedores y prestadores de servicios.
Por lo tanto, se concluye que la contratación de los bienes y servicios de las partidas 1591
“Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos Superiores y de
Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y Enlaces”, 2111 “Materiales, Útiles
y Equipos Menores de Oficina”, 3221 “Arrendamiento de Edificios” y 5151 “Equipo de Cómputo y
de Tecnología de la Información”; tuvieron suficiencia presupuestal; que se elaboraron las
requisiciones, cotizaciones y estudios de precios de mercado correspondientes; que los
contratos y convenios modificatorios fueron elaborados en los plazos establecidos y suscritos
por los servidores públicos facultados para ello, que cumplieron con la totalidad de los
requisitos establecidos en la normatividad aplicable; y que los proveedores o prestadores
de servicio contratados no se encontraron inhabilitados por Contraloría General o por la
Secretaría de la Función Pública y estuvieron al corriente de sus obligaciones fiscales;
que los expedientes con la documentación legal y administrativa de los proveedores y
prestadores de servicios adjudicados estuvieran integrados correctamente.
Recomendación ASCM-37-17-7-ORT
Es necesario que el Órgano Regulador de Transporte, por conducto de la Subdirección de
Administración, establezca mecanismos de supervisión para asegurar que los expedientes del
personal se integren con todos los documentos requeridos, de acuerdo con la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente.
47
Pasivo Circulante
7. Resultado
Con objeto de verificar que el ORT haya elaborado e informado el pasivo circulante en
cumplimiento de la normatividad aplicable, el órgano desconcentrado proporcionó el oficio
núm. DGORT-008-2018 del 10 de enero de 2018 y los reportes del pasivo denominados
“Detalle por Clave Presupuestaria 2017” y “Detalle por Proveedor o Contratista 2017”, en
los que se constató que informó a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN el monto y
características de su pasivo circulante en tiempo y forma, de conformidad con el artículo 60
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, vigente en 2017.
En los reportes de pasivo “Detalle por Clave Presupuestaria 2017” y “Detalle por Proveedor o
Contratista 2017”, se constató que de las operaciones de la muestra sujeta a revisión, por
un monto de 2,158.4 miles de pesos, en la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores
de Oficina”, por 141.7 miles de pesos, se registró un pasivo circulante por 119.7 miles de pesos
y en la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”, por 2,016.7 miles de pesos, se registró
un pasivo circulante por un importe de 160.1 miles de pesos, los cuales fueron reportados
a la SEFIN en tiempo y forma. Lo anterior, confirma la veracidad, suficiencia y consistencia de
las operaciones realizadas por el sujeto fiscalizado. El ORT emitió nueve CLC, por un
importe de 2,158.4 miles de pesos; y se determinó que no se efectuaron pagos de adeudos de
ejercicios anteriores.
En conclusión, el ORT reportó a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN su pasivo circulante en
tiempo y forma, de conformidad con el artículo 60 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
de la Ciudad de México, vigente en 2017.
Informes de Avance Trimestral y Conciliación
de Cifras Programático-Presupuestales
8. Resultado
Con la finalidad de verificar que el ORT haya cumplido lo establecido en los artículos 56,
57 y 58 del título quinto “De la Transparencia y Difusión de la Información Financiera”, capítulo I,
“Disposiciones Generales”, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente, en
48
relación con la generación y publicación de la información financiera de los entes públicos;
y con los artículos 121, 122, 123 y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de
la Ciudad de México, sobre la formulación y envío de los informes establecidos para la
integración de la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2017, se efectúo lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. ACF-A/18/589 del 29 de junio de 2018, se solicitó al titular del
ORT que informara y proporcionara evidencia documental de los informes de avances
presentados en 2017, de acuerdo con la Ley General de Contabilidad Gubernamental
y en cuanto a la aplicación de las normas del CONAC solicitadas por la SEFIN.
En respuesta, el Director General de Administración en el ORT, con el
oficio núm. DGORT/215/2018 del 13 de julio de 2018, proporcionó los oficios
núms. DGORT/SA/198/2017 y DGORT/SA/019/2018 del 25 de octubre de 2017 y
23 de enero de 2018, respectivamente, en los que el Subdirector de Administración en
el ORT envió al Director General de Contabilidad y Cuenta Pública de la SEFIN los
formatos (Montos Pagados por Ayudas y Subsidios; Del Ejercicio y Destino del Gasto
Federalizado y Reintegros, De Programas con Recursos Concurrentes por Orden de Gobierno,
y Para la Difusión de los Resultados de las Evaluaciones) con la información correspondiente
a cada trimestre del ejercicio de 2017.
Adicionalmente, se constató que la información fue publicada en la página de internet
del órgano desconcentrado, por lo que el ORT se sujetó a lo establecido por el CONAC
referente a la generación y publicación de la información financiera y a los artículos 51
y 56 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2017.
2. Respecto de la información programático-presupuestal, contable y financiera que la
Dirección General de Administración en la SEMOVI envió a la Dirección General de
Contabilidad Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, para la elaboración de los
informes trimestrales, así como para la formulación de la Cuenta Pública de la Ciudad
de México de 2017, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2017, mediante el
oficio núm. DGORT/215/2018 del 13 de julio de 2018, la Dirección General de Administración
en la SEMOVI proporcionó los informes de avance trimestral y de su análisis se determinó lo
siguiente:
49
Mediante los oficios núms. DGORT/SA/058-2017, DGORT/SA/117-2017 y DGORT/SA/187/2017
del 17 de abril, 17 de julio y 13 de octubre, todos de 2017, respectivamente; y
DGORT/SA/014/2018 del 15 de enero de 2018, el ORT remitió en tiempo a la
Dirección General de Contabilidad y Cuenta Pública de la SEFIN los Informes de
Avance Trimestral de 2017 (enero-marzo por 3,214.7 miles de pesos, enero-junio por
7,044.6 miles de pesos, enero-septiembre por 11,066.5 miles de pesos y enero-diciembre
por 16,338.1 miles de pesos, con corte al 31 de diciembre de 2017), en cumplimiento
de lo establecido en el artículo 135 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la
Ciudad de México vigente en 2017. Adicionalmente, se constató que la información
fue publicada en el portal de internet del ORT, por lo que el órgano desconcentrado se
sujetó a lo establecido en los artículos 51 y 56 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental vigente en 2017.
También las operaciones seleccionadas como muestra de auditoría con cargo al presupuesto
total respecto a la actividad institucional 397 “Acciones de regulación en corredores de
transporte público” fueron incluidas en los informes referidos, y éstos presentaron cantidades
que coinciden con lo reportado en el Informe de Cuenta Pública de la Ciudad de México
2017, confirmando la veracidad, suficiencia y consistencia de las operaciones realizadas
por el sujeto fiscalizado.
3. Con la finalidad de comprobar la integración del Informe de Cuenta Pública de la Ciudad de
México 2017, mediante el oficio núm. DGORT/215/2018 del 13 de julio de 2018, la Dirección
de Administración en el ORT proporcionó las Cédulas de Conciliación de Cifras Programático-
Presupuestales mensuales de enero a diciembre de 2017 y sus oficios correspondientes
enviados a la SEFIN.
De su análisis, se determinó que el ORT remitió las Conciliaciones de Cifras Programático-
Presupuestales mensuales por un importe ejercido de 22,109.8 miles de pesos, en tiempo
y forma a la Dirección de Análisis Sectorial “E” de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN y
fueron elaboradas conforme al numeral 5 del Anexo II, “Formatos de Documentos de
Registro Programático Presupuestal”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el
Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012, vigente en 2017.
50
También el ORT se sujetó a lo establecido en el artículo 136, fracción I, inciso a), de la
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2009, vigente en 2017.
Se concluye que el ORT envió la información contable y financiera a la SEFIN, en tiempo
y forma, de conformidad con lo establecido en los artículos 122, 123 y 124 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2017, incluyendo los
informes de avance trimestral y las conciliaciones programático-presupuestales; y que el contenido
de la información proporcionada fue congruente con las operaciones que realizó el órgano
desconcentrado durante 2017. Adicionalmente, se constató que los informes de avance
en cuanto a la aplicación de las normas del CONAC y a los Informes de Avance Trimestrales se
difundieran en la página de internet del órgano desconcentrado.
Gasto Devengado
9. Resultado
Con objeto de verificar que los bienes y servicios contratados por el ORT, se hayan recibido
oportunamente con las condiciones y especificaciones establecidas en los contratos; que
hayan contado con controles y evidencia documental de la recepción y entrega al área
solicitante por los prestadores de los bienes y servicios; que cuenten con documentación
soporte del destino final; y con el procedimiento de resguardo, custodia y recepción en los
almacenes de los bienes de los capítulos 1000 “Servicios Personales”, 2000 “Materiales y
Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se
realizó lo siguiente:
Respecto a la partida 1591 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores
Públicos Superiores y de Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y Enlaces”,
mediante el oficio núm. DGORT/SA/201/2018 del 6 de agosto de 2018, la Subdirección
de Administración en el ORT proporcionó las listas de asistencia correspondientes
a las quincenas 11, 15, 23 y 24 del ejercicio 2017 (seleccionadas como muestra), en las que se
comprobó el registro de la asistencia del personal de estructura del órgano desconcentrado.
51
Por lo anterior, se concluye que el ORT contó con evidencia documental que justifica el
momento contable devengado.
En relación con la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, en el
contrato núm. GCDMX-SEMOVI-ORT-CB-002/2017 celebrado con el proveedor Figlio Mex,
S.A. de C.V., en la cláusula cuarta se estipula que la vigencia del contrato será del 29 de noviembre
al 15 de diciembre de 2017 y que la entrega de los materiales y útiles de oficina deberá realizarse
en el domicilio del ORT.
Asimismo, con el oficio núm. DGORT/SA/201/2018 del 6 de agosto de 2018, la Subdirección
de Administración en el ORT proporcionó el formato denominado “Entrada Almacén”, en
el que se enlistan los materiales y útiles de oficina adquiridos indicados en el contrato
núm. GCDMX-SEMOVI-ORT-CB-002/2017 con sello de recepción por parte de la Subdirección
de Administración del 14 de diciembre de 2017.
En la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”, mediante las facturas núms. 29, 31, 33, 35, 37,
39, 41, 43, 45, 47, 49, 51, se constató que el órgano desconcentrado devengó la renta mensual
del inmueble ubicado en la calle Havre núm. 47, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, CP 06600,
Ciudad de México, por los meses de enero a diciembre de 2017, por un importe mensual
de 168.0 miles de pesos IVA incluidos. Dichas facturas se sujetaron a los requisitos fiscales
establecidos en el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2017.
Adicionalmente, en la minuta de trabajo efectuada el 24 de agosto de 2018, se constató
que el arrendamiento de los pisos 4 y 5 del inmueble antes referido estuvieran ocupados
por el órgano desconcentrado.
En relación con la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnología de la Información”,
mediante las remisiones núms. 55, 74 y 1421 del 24, 29 y 30 de noviembre de 2017,
respectivamente, los proveedores Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.,
y Comunic@rte & Consulting, S.A. de C.V., entregaron al ORT 40 PC de escritorio (Desktop)
marca Hewlett Packard, modelo Elitedesk 705 G3; un Plotter marca Hewlett Packard, modelo
Z5600 y una laptop marca Dell Latitude, modelo 3570.
52
Al respecto, la Subdirección de Administración en el ORT elaboró las actas circunstanciadas de
recepción de bienes consolidados 2017 núms. DAT-16-2017-C5/02, DAT-16-2017-C5/02BIS,
DAT-17-2017-C5/02 del 24, 29 y 30 de noviembre de 2017, respectivamente, con las cuales se
hizo constar que las 40 PC de escritorio, un Plotter y una laptop se recibieron y cumplieron las
especificaciones solicitadas en los contratos núms. DAT-16-2017 y DAT-17-2017 y la cláusula
segunda de los convenios modificatorios núms. DAT-16-2017-C5 y DAT-17-2017-C5, ambos
del 19 de octubre de 2017.
Adicionalmente, el 22 de agosto de 2018 se realizó la verificación física de la 20 PC de escritorio,
un Plotter y una laptop, seleccionados como muestra, y se constató la existencia de los
bienes adquiridos por el órgano desconcentrado y que éstos corresponden con las descripciones
establecidas en los convenios modificatorios núms. DAT-16-2017-C5 y DAT-17-2017-C5,
y sus respectivas facturas.
El ORT tuvo los resguardos elaborados en 2017 correspondientes a las 20 PC de escritorio, un
Plotter y una laptop adquiridas, en cumplimiento del numeral 7.3.2.1 de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015, vigente en 2017.
Mediante el oficio núm. DGORT/SA/210/2018 del 22 de agosto de 2018, la Subdirección
de Administración en el ORT proporcionó el padrón inventarial de las 40 PC de escritorio,
un Plotter y una laptop adquiridos, y se verificó que 40 números de serie de los CPU se
encuentran registrados; sin embargo, no se registraron los monitores de las PC, por tanto,
la Subdirección de Administración en el ORT no se sujetó a lo establecido en la Norma 14
de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal,
publicadas Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2003, vigentes en 2017,
que señala:
“Todos los bienes muebles que ingresen por cualquiera de las vías legales y pasen a formar parte
de las existencias o del patrimonio de activo fijo de la APDF, deberán ser debidamente
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registrados e inventariados en los padrones respectivos de las Dependencias, Órganos
Desconcentrados y Delegaciones.
”El registro y control de los bienes instrumentales deberá realizarse en forma individual,
una vez verificados físicamente…”
Por no registrar de forma individual en el sistema de movimientos al padrón inventarial los
monitores de las 40 PC de escritorio, la Subdirección de Administración en el ORT no se
ajustó a la Norma 14 de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración
Pública del Distrito Federal, publicadas Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre
de 2003, vigentes en 2017.
En la reunión de confronta, celebrada el 4 de octubre de 2018, el titular del ORT proporcionó el
oficio núm. DGORT/0340/2018 del 3 de octubre de 2018, en el que informó que la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales consideró el equipo de cómputo
como una sola unidad llamada microcomputadora compuesta de CPU, monitor, teclado y mouse,
ya que no existe una clave CABMS para su registro, debido a que las microcomputadoras
se registran como un conjunto.
Sin embargo, la norma 14 indica que el registro y control de los bienes instrumentales deberá
realizarse en forma individual, una vez verificados físicamente. Por lo anterior la presente
observación no se modifica.
Recomendación ASCM-37-17-8-ORT
Es necesario que el Órgano Regulador de Transporte, por conducto de la Subdirección de
Administración, establezca mecanismos de control y supervisión para asegurar que los
bienes muebles que formen parte del inventario del órgano desconcentrado se registren
de forma individual en el padrón respectivo, de conformidad con lo señalado en las Normas
Generales de Bienes Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal vigentes.
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Gasto Ejercido
10. Resultado
Con el propósito de verificar que las CLC se encuentren soportadas con la documentación
original, justificativa y comprobatoria; que la Unidad Responsable del Gasto haya verificado los
requisitos fiscales y administrativos, así como su guarda y custodia; que se hayan expedido con
los requisitos, condiciones y oportunidad; que los recursos ejercidos se hayan destinado a
actividades propias a su naturaleza; que los prestadores de los bienes y servicios hayan
entregado comprobantes a nombre del Gobierno de la Ciudad de México/Órgano Regulador de
Transporte y cumplan con los requisitos fiscales; y en su caso, que se hayan tramitado las
CLC de las operaciones ajenas, por el importe de las sanciones aplicadas y los impuestos
retenidos a los prestadores de bienes y servicios, correspondiente a las partidas 1591
“Asignaciones para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos Superiores y de
Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y Enlaces”, 2111 “Materiales, Útiles
y Equipos Menores de Oficina”, 3221 “Arrendamiento de Edificios” y 5151 “Equipo de Cómputo y
de Tecnología de la Información”, se realizó lo siguiente:
Mediante el oficio núm. DGACFA-DBA/18/040 del 1o. de agosto de 2018, se solicitaron
34 CLC a la Subdirección de Administración en la ORT expedidas en el ejercicio 2017, las
cuales fueron entregadas con el oficio núm. DGORT/SA/201/2018 del 6 de agosto de 2018. De
su revisión, se desprende lo siguiente:
1. Los 23 expedientes de las CLC de la partida 1591 “Asignaciones para Requerimiento
de Cargos de Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios así como de Líderes
Coordinadores y Enlaces”, se encuentran integrados con la documentación original,
justificativa y comprobatoria de las operaciones realizadas y el oficio emitido por la
Subdirección de Control Presupuestal, mediante el cual se solicita a la Subdirección
de Tesorería capturar la CLC en el Sistema Informático de Planeación de Recursos
Gubernamentales y el Resumen de Nómina.
2. El expediente de las CLC correspondientes a la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos
Menores de Oficina”, se encuentran integrados con la documentación original, justificativa
y comprobatoria de las operaciones realizadas, la validación de suficiencia presupuestal, la
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requisición de compra, el contrato núm. GCDMX-SEMOVI-ORT-CB-002/2017, la factura del
proveedor y el comprobante de verificación de comprobantes fiscales digitales por internet.
3. Los ocho expedientes de las CLC de la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”, se
encuentran integrados con la documentación original, justificativa y comprobatoria de
las operaciones realizadas, el contrato núm. GCDMX-SEMOVI-ORT-CA-001/2017, la
factura del arrendador y el comprobante de verificación de comprobantes fiscales digitales
por internet.
4. Los dos expedientes de las CLC de la partida 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnología de
la Información”, se encuentran integrados con la documentación original, justificativa y
comprobatoria de las operaciones realizadas, los contratos núms. DAT-16-2017 y DAT-17-2017,
los convenios modificatorios núms. DAT-16-2017-C5 y DAT-17-2017-C5, las remisiones del
proveedor y las “actas circunstanciadas de recepción de bienes consolidados 2017” del 24,
29 y 30 de noviembre de 2017, de conformidad con los artículos 44 de la Ley de Presupuesto y
Gasto Eficiente de la Ciudad de México y 76 de su Reglamento, vigentes en 2017.
5. Las 34 CLC estuvieron integradas con las facturas y remisiones emitidas por los proveedores,
todas a nombre del Gobierno del Distrito Federal para su respectivo pago correspondiente al
ejercicio de 2017. Dichas facturas y remisiones cumplieron los requisitos fiscales establecidos
en el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2017.
6. Las 34 CLC se expidieron oportunamente de conformidad con el numeral 16 del capítulo III,
“Registro de Operaciones Presupuestarias”, sección primera, “Cuenta por Liquidar Certificada”,
apartado A, “Disposiciones Generales”, del Manual de Reglas y Procedimientos para
el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2017.
7. Las 34 CLC fueron elaboradas por el Director de Planeación y Estudios de Sistemas
de Corredores de Transporte y autorizadas por el Director General del ORT, las cuales
contienen sus firmas, de conformidad con la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores
Públicos de Nivel de Estructura Facultados para Elaborar, Solicitar y/o Autorizar la
Autorización del Registro de las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples,
Afectaciones Programático-Presupuestarias, Presupuesto Comprometido, Analítico de
Claves y Fichas Técnicas de Proyectos de Inversión, vigente en 2017.
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8. Los proveedores y prestadores de servicios se sujetaron a las fechas de entrega
de los bienes adquiridos y servicios contratados de conformidad con los contratos
núms. GCDMX-SEMOVI-ORT-CB-002/2017, GCDMX-SEMOVI-ORT-CA-001/2017,
DAT-16-2017 y DAT-17-2017, por lo que no se aplicaron penas convencionales y no
se generaron CLC de operaciones ajenas.
9. Se concluye que las 34 CLC expedidas con cargo a las partidas, 1591 “Asignaciones
para Requerimiento de Cargos de Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios así
como de Líderes Coordinadores y Enlaces”, 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de
Oficina”, 3221 “Arrendamiento de Edificios” y 5151 “Equipo de Cómputo y de Tecnología
de la Información”, por un importe de 12,233.6 miles de pesos, se encuentran integradas con
la documentación original, justificativa y comprobatoria de las operaciones realizadas;
y fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos facultados y expedidas
en tiempo y forma; y las facturas y remisiones contaron con los requisitos fiscales
correspondientes; por lo que, el ORT se ajustó a la normatividad aplicable.
Gasto Pagado
11. Resultado
Con la finalidad de verificar que se hayan realizado los pagos de las sanciones o penas
convencionales aplicadas a los prestadores de los bienes y servicios o, en su caso, se
hubiesen hecho efectivas las garantías correspondientes; que se hayan realizado pagos por
bienes y servicios recibidos y con las condiciones pactadas en los contratos; que los pagos
realizados hayan contado con la documentación soporte; que se hayan realizado los pagos por
las cantidades estipuladas en los contratos; y que los pagos se hayan realizado de forma
electrónica o con cheque y con las autorizaciones correspondientes, se realizó lo siguiente:
1. El ORT tramitó ante la SEFIN la obtención de los recursos económicos para el pago y
la consecuente cancelación de las obligaciones correspondientes, mediante trasferencias
electrónicas a los prestadores de servicios y proveedores de la muestra de auditoría,
como se detalla:
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(Miles de pesos)
Número de CLC
Fecha Importe Beneficiario Institución financiera
Operación bancaria
Fechas de pago
100089 24/V/17 672.2 Banco Ve por Más, S.A. Fideicomiso 12/2015
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
29/V/17
100094 7/VI/17 381.8 Órgano Regulador de Transporte
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
13/VI/17
100110 11/VII/17 336.1 Banco Ve por Más, S.A. Fideicomiso 12/2015
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
24/VII/17
100135 8/VIII/17 339.6 Órgano Regulador de Transporte
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
11/VIII/17
100162 25/VIII/17 168.1 Banco Ve por Más, S.A. Fideicomiso 12/2015
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
31/VIII/17
100167 7/IX/17 168.1 Banco Ve por Más, S.A. Fideicomiso 12/2015
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
18/IX/17
100193 9/X/17 168.1 Banco Ve por Más, S.A. Fideicomiso 12/2015
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
20/X/17
100215 7/XI/17 168.1 Banco Ve por Más, S.A. Fideicomiso 12/2015
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
17/XI/17
100246 8/XII/17 168.1 Banco Ve por Más, S.A. Fideicomiso 12/2015
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
18/XII/17
100252 11/XII/17 719.9 Órgano Regulador de Transporte
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
8/II/18
100284 31/XII/17 168.1 Banco Ve por Más, S.A. Fideicomiso 12/2015
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
8/II/18
100286 31/XII/17 141.7 Figlio Mex, S.A. Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
8/II/18
100297 31/XII/17 901.7 Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
20/II/18
100298 31/XII/17 23.9 Coordinación de Servicios en Informática, S.A. de C.V.
Scotiabank Inverlat
Transferencia bancaria
20/II/18
Total 4,525.5
2. Mediante los oficios núms DGACFA-DBA/18/070 y DGACFA-DBA/18/071, ambos del
20 de agosto de 2018, la ASCM solicitó a los proveedores Figlio Mex, S.A., y Banco Ve
por Más, S.A., la confirmación de las operaciones realizadas en 2017 con el ORT.
Con los escritos sin número del 24 y 27 de agosto de 2018, los proveedores Figlio Mex, S.A.,
y Banco Ve por Más, S.A., proporcionaron la documentación solicitada y no se detectaron
diferencias con la proporcionada por el ORT.
3. Con la finalidad de verificar que se hubiesen aplicado las sanciones o penas convencionales
a los proveedores, mediante el oficio núm. ACF-A/18/589 del 29 de junio de 2018, se solicitó
al titular del ORT que proporcionará la relación de sanciones o penas convencionales.
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Con el oficio núm. DGORT/215/2018 del 13 de julio de 2018, el ORT informó que en
el ejercicio de 2017 no se aplicaron penas convencionales.
Por tanto, los proveedores entregaron los bienes y servicios adquiridos en las fechas
estipuladas en los convenios modificatorios núms. DAT-16-2017-C5 y DAT-17-2017-C5,
por lo cual el ORT no elaboró CLC de operaciones ajenas, en cumplimiento de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, del Manual de Reglas y
Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito
Federal y del Código Fiscal de la Federación, todos vigentes en 2017.
4. Adicionalmente, se constató que el pago del personal seleccionado como muestra se
realizó de conformidad con los tabuladores autorizados por la Subsecretaría de Administración
y Capital Humano de la SEFIN.
Se concluye que los pagos registrados por el ORT se realizaron por las cantidades pactadas en
los contratos, por vía electrónica a las cuentas de los prestadores y proveedores; y que
contaron con la evidencia documental en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de Presupuesto y
Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2017; y que no se realizó pago por
sanciones o penas convencionales aplicados ni se hicieron efectivas las garantías y la
documentación enviada por los proveedores correspondió con la proporcionada por el ORT,
por lo tanto, se extinguieron las obligaciones a su cargo de acuerdo con la normatividad aplicable.
RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES
Se determinaron 6 resultados, que generaron 10 observaciones, las cuales corresponden
a: 8 recomendaciones.
Se determinó dos resultado, que generó dos observaciones, y se le dará tratamiento a la
implementación de mecanismos que eviten su recurrencia como parte del seguimiento
de las recomendaciones ASCM13-17-2-SEMOVI y ASCM-37-17-3-ORT.
La información contenida en el presente apartado, refleja las acciones derivadas de las auditorías
que hasta el momento se han detectado por la práctica de pruebas y procedimientos
de auditoría; sin embargo, podrían sumarse observaciones y acciones adicionales a las señaladas,
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producto de los procesos institucionales, de la recepción de denuncias, y de las funciones
de investigación y sustanciación a cargo de esta Entidad de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES
El sujeto fiscalizado no proporcionó documentación ni información para aclarar o justificar
los resultados y observaciones incorporadas por la Auditoría Superior de la Ciudad de México
en el Informe de Resultados de Auditoría para Confronta, mismas que se plasman en el presente
Informe Individual que forma parte del Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización
Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, por lo que los resultados 1 “Evaluación del
Control Interno”, 3 “Gasto Aprobado”, 4 “Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamiento y
Prestación de Servicios”, 5 “Gasto Modificado”, 6 “Gasto Comprometido” y 9 “Gasto Devengado”
se consideran no desvirtuados.
PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA
En cumplimiento del artículo 36, párrafo décimo tercero, de la Ley de Fiscalización Superior de
la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas servidoras públicas
de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la realización de la auditoría.
Persona servidora pública Cargo
Fases de planeación y ejecución
C.P. Enrique Arenas Trujillo Director General de Auditoría de Cumplimiento Financiero “A”
Mtro. Antonio Ruiz Alegría Director de Auditoría “B”
Mtra. Gloria Hernández Hernández Subdirectora de Área
L.C. Adriana Sánchez Flores Auditora Fiscalizadora “D”
C.P. Minerva Guadarrama Hernández Auditora Fiscalizadora “E”
Confronta y fase de elaboración de informes
C.P. Lucelia Cuevas Rasgado Encargada del Despacho de la Dirección General de Auditoría de Cumplimiento Financiero “A” (según el oficio núm. ASCM/18/1135 del 5 de septiembre de 2018)
Mtra. Gloria Hernández Hernández Encargada del Despacho de los Asuntos en Trámite de la Dirección de Auditoría “B” y Subdirectora de Área (según el oficio núm. UTSFFA/18/1543 del 3 de septiembre de 2018)
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L.C. Adriana Sánchez Flores Auditora Fiscalizadora “D”
C.P. Minerva Guadarrama Hernández Auditora Fiscalizadora “E”