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Lima, 09 de abril de 2015. Señor: JUAN CARLOS TAFUR Director del Diario "Exitosa" Av. Guardia Civil 674 - Urb. La Campiña - Chorrillos. Lima. Asunto: Solicito Publicación de Rectificación de informaciones falsas, inexactas y agraviantes difundidas en el Diario "Exitosa". Edición impresa de fecha Martes 07ABR2015. De mi consideración.- I.- PETITORIO.- ARMANDO TRUJILLO MELENDEZ , abogado, identificado con registro CAL Nº 15775, con domicilio en Jr. Jorge Chávez 372 – Breña - Lima- Celular Nº 997327737 – 966553944,, en representación legal del ciudadano Gerson Gálvez Calle, me dirijo a usted en su calidad de Director del Diario "Exitosa", en ejercicio del derecho de rectificación, amparado en lo establecido por la Ley Nº 26847 - Ley del Derecho de Rectificación, consagrado en el inciso 7 del artículo 2º de la Constitución Política del Estado, así como el precedente vinculante emitido por el Tribunal Constitucional en el expediente Nº 3362-2004-AA-TC, y dentro del plazo previsto por la ley, a fin de requerirle la inmediata RECTIFICACIÓN de la información falsa, inexacta y agraviante en contra de mi patrocinado, difundida en la sección "Actualidad", de la edición impresa del Diario de su dirección, correspondiente al día Martes 07 de Abril de 2015,

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Lima, 09 de abril de 2015.

Señor: JUAN CARLOS TAFUR Director del Diario "Exitosa" Av. Guardia Civil 674 - Urb. La Campiña - Chorrillos. Lima.

Asunto: Solicito Publicación de Rectificación de informaciones falsas, inexactas y

agraviantes difundidas en el Diario "Exitosa". Edición impresa de fecha Martes 07ABR2015.

De mi consideración.-

I.- PETITORIO.-

ARMANDO TRUJILLO MELENDEZ , abogado, identificado con registro CAL Nº

15775, con domicilio en Jr. Jorge Chávez 372 – Breña - Lima- Celular Nº 997327737 –

966553944,, en representación legal del ciudadano Gerson Gálvez Calle, me dirijo a usted

en su calidad de Director del Diario "Exitosa", en ejercicio del derecho de rectificación,

amparado en lo establecido por la Ley Nº 26847 - Ley del Derecho de Rectificación,

consagrado en el inciso 7 del artículo 2º de la Constitución Política del Estado, así como el

precedente vinculante emitido por el Tribunal Constitucional en el expediente Nº 3362-

2004-AA-TC, y dentro del plazo previsto por la ley, a fin de requerirle la inmediata

RECTIFICACIÓN de la información falsa, inexacta y agraviante en contra de mi

patrocinado, difundida en la sección "Actualidad", de la edición impresa del Diario de su

dirección, correspondiente al día Martes 07 de Abril de 2015, como parte del artículo

titulado "MAFIA BLANCA NO PERDONA CIERRE Y BUSCA 10 MILLONES DE

DÓLARES", en el que, bajo el subtítulo "SE LE ACABÓ LA PACIENCIA", y en el

desarrollo de la noticia, se afirmó de manera irresponsable que "...Como bien se señaló en

este diario, en la edición del último domingo, el enfrentamiento entre ambos rivales se ori-

ginó luego del “cierre” de una importante carga de cocaína. ‘Caracol’ se molestó por la

demora y desaparición de la mercadería. Hace rato los hubiera mandado a matar, pero el

último ataque solo fue una advertencia”, señalaron fuentes del primer puerto conocedoras

del poder que tiene “Caracol” o Gerson Gálvez Calle, sujeto que controla la compra y venta

de droga en el Callao", afirmaciones que dejan entrever que mi patrocinado estaría

vinculado a la comisión de graves delitos, lo cual rechazamos de manera enfática y

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enérgica, siendo que tales imputaciones carecen absolutamente de veracidad, conforme

expongo a continuación:

PRIMERO.- Que, en principio, debo expresar a usted, señor Director, nuestra más

enérgica protesta y rechazo, así como el profundo malestar e indignación que siente mi

patrocinado, sus familiares y amigos, así como el suscrito, frente al grave atropello y

vulneración de sus derechos fundamentales amparados por la Constitución y las leyes

vigentes, del cual ha sido objeto a través de la información falsa y calumniosa difundida en

el diario de su dirección.

SEGUNDO.- Que, la nota periodística que es materia del presente pedido de rectificación,

recoge parcialmente el contenido de un reportaje televisivo titulado “Ataque en San

Miguel", difundido el día Domingo 05 de Abril pasado, a través del Programa "Cuarto

Poder" de América Televisión - Canal 4 - que en los subsiguientes días también fue

reproducido por algunos otros medios de comunicación. En dicho reportaje se propaló un

audio con el supuesto "testimonio" de un informante anónimo, quien - según su propia

versión - presumiblemente habría participado en un hecho de violencia ocurrido

recientemente en el distrito de San Miguel. El precitado "informante" hizo referencia a un

personaje de apelativo "Caracol" vinculándolo a ese acto ilícito. No obstante, en ninguna

parte del reportaje se mencionó la identidad ni otra referencia relacionada a la persona del

supuesto "Caracol". Sin embargo, en la nota periodística del Diario "Exitosa", suscrita por

el periodista Giancarlo Andía M. propalada en la fecha Martes 07ABR2015, cuya

rectificación estamos exigiendo, sí se ha publicado el nombre y apellidos completos de mi

patrocinado, atribuyéndole además el alias de "Caracol", lo cual rechazamos por falso,

siendo evidente en éste caso que el Diario "Exitosa" ha ido mas allá de una simple

especulación, toda vez que ha responsabilizado directamente a mi patrocinado de estar

vinculado a actos ilícitos, así como supuestamente controlar la compra y venta de droga en

el Callao, pero sin explicar cómo ha llegado a tal conclusión, limitándose únicamente a

señalar que se trata de información de "fuentes del Primer Puerto conocedores del poder

que tiene "Caracol" o Gerson Gálvez Calle". De ello, se infiere válidamente que la

inclusión o el añadido del nombre y apellidos completos de mi patrocinado a la información

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previamente existente, es de entera y exclusiva responsabilidad del personal del Diario bajo

su dirección, en éste caso, del periodista que suscribió la referida nota.

TERCERO.- ¿Cómo es posible, señor Director, que el Diario "Exitosa" asevere que, a

nivel nacional, mi patrocinado es la única persona que responde al apelativo de "Caracol"?

¿En qué se basan para sostener tan absurdo despropósito? ¿Ácaso es suficiente que un

programa televisivo dominical - como en este caso "Cuarto Poder", citado en la nota cuya

rectificación solicitamos - lance una especulación o rumor cuyo origen es una fuente

anónima, y por tanto de dudosa credibilidad, para que de inmediato el diario "Exitosa"

publique los nombres y apellidos completos de un ciudadano, responsabilizándolo por

graves delitos, sin prueba alguna? ¿Acaso ahora basta que cualquier sujeto "anónimo"

acuse sin otra evidencia más que su "palabra" o su "dicho", y que ello sea suficiente para

que los periodistas le otorguen una credibilidad que no tiene? En tal sentido, debo afirmar

con absoluta contundencia que mi patrocinado NO tiene ninguna vinculación y mucho

menos participación en el hecho delictivo que su medio de comunicación pretende

atribuirle.

CUARTO.- Cabe preguntar a usted, señor Director, ¿Qué elemento de prueba objetivo

obtuvo el Diario "Exitosa", que haya permitido al periodista Giancarlo Andia M. publicar el

nombre y apellidos completos de mi patrocinado, sindicándolo directamente como

responsable de graves hechos ilícitos? En todo caso, cabe preguntarle señor Director, si el

Diario "Exitosa" cuenta con algún elemento de prueba, evidencia o Informe Policial que

respalde la acusación directa que han formulado en contra de mi patrocinado a través de sus

páginas, más allá de la simple y falsa sindicación que han publicado. Resulta obvio que no

tienen nada, pues no podrían tener algo que no existe, lo cual demuestra la falsedad de sus

informaciones calumniosas.

QUINTO.- Señor Director: Aún desconocemos cuál sea la verdadera intención o motivo

que persigue el medio de comunicación que usted dirige, al propalar información falsa e

inexacta en perjuicio de mi patrocinado, más aún cuando ustedes podrían identificar y

descartar fácilmente tales calumnias, si sólo utilizaran los métodos que debe emplear todo

periodista de investigación serio, como contrastar y verificar la veracidad de la información

y las fuentes, conforme lo exige la ética periodística.

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SEXTO.- Que, si bien es cierto, hasta el mes de Octubre de 2014, mi patrocinado estuvo

privado de libertad por un único delito que cometió siendo todavía un joven adolescente

(primario), también es verdad que actualmente ha rehabilitado dicha condena, conforme a

ley, al haber cumplido íntegramente la pena privativa que se le impuso, por lo que tiene

perfecto derecho a rehacer su vida en libertad. Actualmente, no registra antecedentes

policiales ni judiciales, y tampoco afronta denuncias ni investigación alguna por delito de

Homicidio ni mucho menos por "sicariato". Por ello, no se justifica de manera alguna que

un medio de comunicación, como el Diario "Exitosa" se tome la atribución de acusarle

falsamente por un hecho delictivo en el que no tiene vinculación alguna, menos aún sin

siquiera haber investigado ni contrastado dicha imputación, salvo que puedan probar lo

contrario y bajo responsabilidad.

SETIMO.- Que, en ese mismo sentido, señor Director, debemos rechazar de manera

tajante los términos que ha empleado el Diario de su dirección, para referirse

peyorativamente a mi patrocinado, señalándolo como un "sujeto que controla la compra y

venta de droga en el Callao". En ese sentido, consideramos que el uso de los precitados

adjetivos para calificar a la persona de mi patrocinado resultan inapropiados e indignos,

toda vez que pretenden presentarlo como si se tratara de un ser antisocial y malvado, hecho

absolutamente alejado de la realidad. Ello demuestra, señor Director, que el medio de

comunicación de su dirección, no estaría ejerciendo un adecuado filtro o control de sus

fuentes de información, o que en su defecto, simple y llanamente sus reporteros actúan sin

el menor respeto de los derechos de los ciudadanos. En cualquiera de esos casos, resulta

deleznable que el Diario "Exitosa" recoja y reproduzca en sus páginas éste tipo de

informaciones no corroboradas y carentes de objetividad.

OCTAVO.- Que, al respecto, debo señalar que mi patrocinado viene siendo objeto de un

"linchamiento mediático" por parte de algunos medios de comunicación, como es el caso

ahora del Diario que usted dirige, situación que constituye un uso abusivo del poder e

influencia que ostentan por tratarse de un medio de comunicación masiva. Dicho poder

debiera ser empleado para hacer el bien y no para dañar o destruir la vida y honra de

aquellos que no cuentan con los recursos suficientes para defenderse frente al abuso de ese

poder.

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NOVENO.- De ninguna manera estamos dispuestos a tolerar este tipo de ataques

mediáticos que pisotean y denigran el honor del ciudadano Gerson Gálvez Calle y su

entorno familiar. La información inexacta y agraviante difundida en el Diario de su

dirección, ha afectado y causado un grave perjuicio moral y psicológico a mi patrocinado y

a su familia, de lo cual son ustedes responsables, y expone además a un grave riesgo su

seguridad, vida e integridad física. ¿Puede usted imaginar la predisposición negativa que

existe contra mi patrocinado debido a éste tipo de especulaciones sin fundamento? Estas

informaciones irresponsables - eventualmente - podrían provocar una injustificada y hasta

fatal represalia en su contra, por parte de efectivos policiales o incluso de delincuentes que,

erradamente, dieran crédito a la falsa información divulgada en el diario de su dirección,

asumiendola como si se tratara de la verdad.

DÉCIMO.- Que, no obstante que la Constitución Política del Estado ampara las libertades

de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento, mediante la palabra oral o

escrita y la imagen, sin previa autorización ni censura, ni impedimento alguno, bajo las

responsabilidades de ley, ello no significa de modo alguno que, en el ejercicio amplio e

irrestricto de tales derechos, algunos medios de comunicación - como en el presente caso -

actúen de manera arbitraria y sin la menor objetividad, excediéndose en sus atribuciones, y

perpetrando actos atentatorios contra el honor de mi patrocinado, con el ánimo evidente de

perjudicarlo, por lo cual - en su oportunidad - quienes resulten responsables deberán

responder ante las instancias correspondientes. En tal sentido, sería aconsejable que, en

lo sucesivo, el Diario de su dirección adopte las acciones necesarias a fin de conservar la

seriedad, la ética periodística y profesionalismo, y que antes de difundir o reproducir una

información no corroborada, que pueda afectar la honra de las personas, como ha sucedido

en el presente caso, primeramente se compruebe su veracidad y se crucen los datos con las

partes involucradas, evitando dañar su honor y reputación.

POR LO EXPUESTO: Solicito a usted, señor Director, disponga a quien corresponda la

rectificación de la información antes mencionada, de acuerdo a la normativa y

jurisprudencia vigente, esto es, en los mismos términos, características y condiciones que

utilizaron para divulgar la información materia de rectificación, de manera tal que permita

desmentir y aclarar suficientemente la información inexacta y agraviante publicada en el

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Diario de su dirección, pues nadie tiene derecho a lesionar el honor y la dignidad de mi

patrocinado, como ha sucedido en el presente caso. Caso contrario nos veremos precisados

a interponer las acciones judiciales establecidas en el articulo 138º del Código Penal

vigente y exigirle una reparación civil por los daños y perjuicios ocasionados a mi

patrocinado y a su familia, toda vez que la falsa información difundida en el Diario

"Exitosa" se encuadra en el delito de Difamación Agravada, previsto y sancionado en el

articulo 132º del Titulo II, Capítulo único, del precitado cuerpo legal.

Atentamente, ---------------------------------------