lgspd preguntas incómodas

22
Preguntas incómodas a la iniciativa de LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE Oswualdo Antonio González Maestro en Políticas Públicas Comparadas FLACSO-México 24082013

Upload: oswualdo-antonio-gonzalez

Post on 21-Mar-2016

218 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Preguntas incómodas a la Iniciativa de LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE presentado por el Ejecutivo federal.

TRANSCRIPT

Preguntas incómodas a la iniciativa de LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE

Oswualdo Antonio González Maestro en Políticas Públicas Comparadas

FLACSO-México 24082013

Los fragmentos que se toman de la citada Ley, son textuales de la Iniciativa presentada por el Ejecutivo federal, el cual puede ser descargado de http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/62/2013/ago/20130816-Ini-Educa-3.pdf

¿Al ubicar en la categoría «Supervisión» a varias figuras que desarrollan la misma función, implica la

desaparición de algunas, bajo el criterio duplicidad?

¿Se crearán figuras de Jefes de Sector en Primarias estatales o desaparecerán en las federales?

¿Tienen los estados la capacidad instalada para asumir estas responsabilidades? ¿Ésta lógica administrativa, acaso no reproducirá las diferencias entre estados?

¿Para qué el Estado quita la rectoría al SNTE si se lo da a los gobernadores?

¿Cuántos Jefes de Sector, Supervisores y Jefes de enseñanza cubren actualmente las cualidades personales y competencias profesionales para desempeñar la función supervisora? ¿El SNTE ya les informó a estas figuras que su

permanencia en el puesto dependerá de los resultados que obtengan en su evaluación? ¿Tendrán estas figuras las

competencias para pasar las evaluaciones del nivel inferior?

¿Por qué en el artículo 15 no se mencionan los Sectores escolares? ¿Se descargará al Director de funciones de carácter

administrativo? ¿En qué momento se les capacitará a los Directores? ¿Se capacitará en la lógica de cascada? ¿Cómo se

concibe el liderazgo? ¿Está el Sistema educativo en condiciones de tener a los Directores de escuela como garantes de Calidad?

¿La asistencia técnica reducirá sus funciones sólo al apoyo

relacionado con la evaluación?

¿Por qué alguien estudiaría la educación Normal si no es un requisito de ingreso al servicio? ¿Más allá de discursos, esta

Ley, hace efectivo en la práctica la desaparición de las escuelas normales? ¿Por qué no se exige los que aspiren al servicio sin

ser normalistas, cursar una maestría en didáctica?

¿Qué paso con el derecho a basificación después de laborar 6 meses? ¿Se cuentan como años de antigüedad,

el período de inducción para efectos de derechos laborales? ¿El tutor tendrá alguna responsabilidad cuando el docente en inducción obtenga un nivel

insuficiente?

De aprobarse esta Ley ¿Se acaba la propuesta sindical para ocupar plazas que dejen sus afiliados? ¿Cuáles

serían ahora las funciones de los Sindicatos? ¿Por qué pagarles entonces una cuota? ¿Por qué algunos Sindicatos, a pesar de que esta Ley afecta a sus

agremiados la defienden públicamente? ¿Qué beneficio obtienen?

Si la intención es mejorar los resultados educativos ¿Por qué esta Ley no regula el acceso de los tomadores de decisión a los puestos de Coordinadores, Directores generales…? ¿Con esto se acaban los denominados

escalafones? ¿Cuál será ahora la función de los Sindicatos?

¿Por qué el excesivo peso que se le da a la autoridad local? ¿Se puede confiar en

autoridades que antes fueron funcionarios en los Sindicatos? ¿Qué papel juega el INEE en este proceso? ¿Las evaluaciones serán en

papel?

¿La función de los Sindicatos se reducirá a sólo ser Observadores? ¿El indefendible ejercicio

sindical que hizo el SNTE es justificación suficiente para acabar con los sindicatos como un derecho del trabajador para defenderse contra los

abusos del patrón? ¿Con la nueva arquitectura laboral (no educativa) que plantea esta iniciativa

de Ley cuál es el margen de defensa del trabajador, si el patrón es Juez y parte?

¿Al regresar el ahora Apoyo Técnico a su escuela de adscripción (más adelante se menciona) deberá participar en

las evaluaciones como docente? ¿Podrá evaluarse simultáneamente para la categoría Asesor Técnico

Pedagógico?

¿Por qué no se implementan otros mecanismos para garantizar la mejora del servicio? ¿Por qué la fijación con la evaluación? ¿En qué

otra institución este modelo ha sido un éxito?

¿Se acaban los nombramientos definitivos? ¿Esto ya lo saben los Jefes de Sector y

Supervisores? ¿Esto significa que esta Ley se aplicará con retroactividad?

¿Las licencias son un derecho laboral? ¿Por qué no se respetarán los adscripciones ganadas con los mecanismos

anteriores? ¿A dónde adscribirán al trabajador?

¿Qué significa trabajar armónicamente? ¿Construir alternativas se considerará desarmonía? ¿Diferir de la

postura del Director será ahora penado? ¿Qué entenderán los Directores por incompatibilidad? ¿Qué mecanismos

tiene el docente de grupo para defenderse ante la etiquetación del Director? ¿Cómo se acreditará dicha

incompatibilidad? De ser reemplazado el docente ¿dónde será adscrito?

¿Qué se considera un cargo o comisión no educativa? ¿Las comisiones sindicales se

consideran comisiones no educativas? ¿Los regidores encargados de comisiones

educativas deberán separarse del Servicio Profesional Docente? ¿Después de una

comisión no educativa, la persona es adscrita al centro de trabajo donde laboraba o donde

exista necesidad del servicio? ¿Habrá un catalogo de comisiones no educativas?

Transitorios

¿El gobierno ha dicho públicamente que no se afectan derechos adquiridos, esto significa que MIENTE? ¿La

autoridad cree que sin seguridad salarial, sin seguridad en la función, sin seguridad en la adscripción, por

miedo, se obtendrán mejores resultados?

Transitorios

Todos los apoyos técnicos se reintegrarán a la función docente en un plazo no mayor a 18 meses después de la entrada en vigor de la presente Ley.

¿Se incluyen a los docentes que se encuentran comisionados a otras instituciones educativas o de

gobierno? ¿Se incluyen los CRAM y oficinas centrales?

Después de leer la iniciativa de LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE presentado por el Ejecutivo federal y construir algunas preguntas que surgían como parte

de la misma, reafirmo mi postura pública de estar en contra de esta iniciativa de Ley.

Es preocupante el peso que en ella se le da a la palabra evaluación, como un instrumento para imponer "miedo", para justificar el abuso del gobierno y apagar toda posible

disidencia futura.

Queda claro en esta iniciativa de Ley, que los trabajadores perdemos seguridad en la función, seguridad en el ingreso y seguridad en la adscripción, quedando nuestra

estabilidad en manos de los directores de escuela y los evaluadores.

Por otro lado, se deja intacto el ingreso y permanencia en los puestos de toma decisión, lo cual se constituye en una debilidad en el intento por mejorar nuestro Sistema educativo.

Finalmente, es preocupante que la justificación para recuperar la rectoría del Estado, en la Ley propuesta se reduzca a pasar el poder que tenía el SNTE a las llamadas autoridades

locales.

MAYOR EVALUACIÓN NO SIGNIFICA MEJORES RESULTADOS, MAYOR MIEDO NO SIGNIFICA MEJOR DESEMPEÑO Y MAYOR INCERTIDUMBRE NO SE TRADUCIRÁ EN MAYOR CONTROL.

Tal como le paso a Fox con la alternancia, me parece que el actual gobierno, está perdiendo una oportunidad histórica de diseñar un Sistema educativo de vanguardia, centrado en el

aprendizaje y no sólo en el control del otro para evitar cuestionamientos públicos.