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1 “Año de la Universalización de la Salud”” FERNANDO MELÉNDEZ CELIS LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERES NACIONAL EL PROYECTO DE REHABILITACION DEL SISTEMA DE AGUA Y DESAGUE DEL DISTRITO DE CONTAMANA, PROVINCIA DE UCAYALI LORETO, Y EL PROYECTO MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CABALLOCOCHA, PROVINCIA DE MARISCAL RAMON CASTILLA LORETO. El congresista que suscribe, FERNANDO MELÉNDEZ CELIS, integrante del Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso, en ejercicio de las facultades que les confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú, y según lo estipulado en los artículos 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta a consideración del Congreso de la República el siguiente proyecto de Ley: El Congreso de la República; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERES NACIONAL EL PROYECTO DE REHABILITACION DEL SISTEMA DE AGUA Y DESAGUE DEL DISTRITO DE CONTAMANA, PROVINCIA DE UCAYALI LORETO, Y EL MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CABALLOCOCHA, PROVINCIA DE MARISCAL RAMON CASTILLA-LORETO. ARTÍCULO 1.- Objeto Declárese de necesidad pública e interés nacional, el Proyecto de Rehabilitación del Sistema de Agua y Desagüe del Distrito de Contamana, Provincia de Ucayali Loreto; y el Proyecto de Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Caballococha, Provincia de Mariscal Ramón Castilla-Loreto. ARTÍCULO 2.- Entidad Encargada Las autoridades competentes del gobierno central, de conformidad con sus competencias y atribuciones en coordinación con las autoridades regional y local; cumpliendo con los compromisos asumidos, dispondrán la culminación de los Proyectos de Rehabilitación del Sistema de Agua y Desagüe del Distrito de Contamana, Provincia de Ucayali-Loreto, y el Proyecto de Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Caballococha, Provincia de Mariscal Ramón Castilla-Loreto.

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“Año de la Universalización de la Salud””

FERNANDO MELÉNDEZ CELIS

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E

INTERES NACIONAL EL PROYECTO DE

REHABILITACION DEL SISTEMA DE AGUA Y

DESAGUE DEL DISTRITO DE CONTAMANA,

PROVINCIA DE UCAYALI – LORETO, Y EL

PROYECTO MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL

SISTEMA DE AGUA POTABLE Y

ALCANTARILLADO DE CABALLOCOCHA,

PROVINCIA DE MARISCAL RAMON CASTILLA –

LORETO.

El congresista que suscribe, FERNANDO MELÉNDEZ CELIS, integrante del Grupo

Parlamentario Alianza para el Progreso, en ejercicio de las facultades que les confiere el

artículo 107° de la Constitución Política del Perú, y según lo estipulado en los artículos 75°

y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta a consideración del Congreso

de la República el siguiente proyecto de Ley:

El Congreso de la República;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERES NACIONAL EL PROYECTO

DE REHABILITACION DEL SISTEMA DE AGUA Y DESAGUE DEL DISTRITO DE

CONTAMANA, PROVINCIA DE UCAYALI – LORETO, Y EL MEJORAMIENTO Y

AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE

CABALLOCOCHA, PROVINCIA DE MARISCAL RAMON CASTILLA-LORETO.

ARTÍCULO 1.- Objeto

Declárese de necesidad pública e interés nacional, el Proyecto de Rehabilitación del

Sistema de Agua y Desagüe del Distrito de Contamana, Provincia de Ucayali –Loreto; y el

Proyecto de Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de

Caballococha, Provincia de Mariscal Ramón Castilla-Loreto.

ARTÍCULO 2.- Entidad Encargada

Las autoridades competentes del gobierno central, de conformidad con sus competencias

y atribuciones en coordinación con las autoridades regional y local; cumpliendo con los

compromisos asumidos, dispondrán la culminación de los Proyectos de Rehabilitación del

Sistema de Agua y Desagüe del Distrito de Contamana, Provincia de Ucayali-Loreto, y el

Proyecto de Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de

Caballococha, Provincia de Mariscal Ramón Castilla-Loreto.

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“Año de la Universalización de la Salud””

FERNANDO MELÉNDEZ CELIS

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA.- Disponer las acciones pertinentes, para la materialización del Proyecto, mediante

la expropiación de los terrenos, de ser necesario, para los fines señalados en el artículo

anterior, en el trayecto, zonas o parcelas, del ámbito que comprenda el trayecto del Proyecto

de Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Caballococha,

Provincia de Mariscal Ramón Castilla-Loreto, y del Proyecto de Rehabilitación del Sistema de

Agua y Desagüe del Distrito de Contamana, Provincia de Ucayali-Loreto, previo pago del

justiprecio respectivo, objeto de la presente ley.

SEGUNDA.- Suspéndase la aplicación de las normas legales y reglamentarias que se

opongan o limiten lo dispuesto en la ley.

Comuníquese al Presidente de la República para su publicación.

Lima, 14 de agosto de 2020

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FERNANDO MELÉNDEZ CELIS

I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La prestación de servicios básicos es una de las funciones que tiene el Gobierno nacional, y

en específico los gobiernos locales, y para que estos sean ejecutados se requiere de

proyectos de inversión y mayor asignación de presupuestos que ayuden en la mejora de esta

gran problemática nacional.

Corresponde al Estado a través de sus entidades competentes ejercer la rectoría, la potestad

de concedente, regular las tarifas, supervisar y fiscalizar la calidad de la prestación de los

servicios de saneamiento, ejecutar la política del Estado en materia de administración de la

prestación de los servicios de saneamiento y la responsabilidad de la prestación de estos

servicios públicos, en cuanto corresponda.

De igual forma, corresponde a los Gobiernos Regionales y Locales ejercer las competencias

compartidas en materia de prestación de los servicios de saneamiento de acuerdo a la

presente Ley, a la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento y

sus respectivos reglamentos.”

Desde la entrada en vigencia de la Ley General de Servicios de Saneamiento Nª 26338, las

regiones del interior del país han sido las menos beneficiados, es por ello esta iniciativa

legislativa a fin de garantizar el acceso al servicio de saneamiento a la población de la región

de Loreto, pese a que en su artículo 3 establece: la declaratoria de necesidad pública y de

preferente interés nacional la gestión y la prestación de los servicios de saneamiento con el

propósito de promover el acceso universal de la población a los servicios de saneamiento

sostenible y de calidad, proteger su salud y el ambiente, a la prestación y la ejecución de

obras para su realización

Contar con un adecuado servio de saneamiento básico como agua potable, desagüe y

alcantarillado resulta necesario y de suma importancia hoy en día para así combatir la pobreza

y romper la brecha de desigualdad que aún existe, proteger y garantizar el derecho al acceso

de servicios de saneamiento básico, la salud de las perdonas es tarea del estado, siendo una

manera de alcanzar el desarrollo de la región en su conjunto u así obtener una mejor calidad

de vida de la población en general.

II. EL DERECHO AL AGUA Y SANEAMIENTO BASICO.

El derecho fundamental al agua tiene la naturaleza de un derecho social, y como tal, exige

del Estado actividades positivas o prestaciones para su satisfacción, pues su concentración

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atiende necesidades básicas e imprescindibles para la vida humana en un sentido integral, y

posibilita el ejercicio de otros derechos; asimismo requiere de un previo entramado de normas

de organización que regulen las obligaciones a cargo de los distintos entes estatales y cuyo

cumplimiento conjunto es necesario para su goce pleno1

Las guías para la calidad del agua potable de la Organización Mundial de la Salud

proporcionan la base para el desarrollo de esos estándares nacionales que, adecuadamente

ejecutado, garantizan la seguridad del agua potable. El agua que necesita una persona tanto

para su uso personal y domestico debe ser saluble, es decir, estar libre de micro-organismos,

sustancias químicas y amenazas radiológicas que constituían un peligro para la salud, y

además esta debe ser accesible para todas las personas.

Como estos lineamientos, es evidente que la gestión integral de los recursos hídricos en el

Perú es una gran responsabilidad para el Estado en su conjunto; y el Congreso de la

República ha aportado a ese objetivo con ese primer paso de convertir el acceso al agua

potable en un derecho fundamental de aplicación efectiva acorde a la constitución, pues si un

correcto, eficiente, democrático uso y conservación de este recurso, será difícil eliminar la

desigualdad social, la pobreza y la injusticia.

El estado se encuentra en la obligación de disponer de acciones necesarias para que la

población de Loreto tenga acceso pleno a un suministro de saneamiento básico oportuno y

de calidad; pues se trata de un derecho fundamental de toda persona a fin de garantizar la

salud de la población. La región de Loreto es una de las regiones donde en su mayoría de su

población no cuenta con instalaciones de agua potable en sus hogares; peor aún no cuentan

con desagüe; esto a falta de políticas de inversión en temas de saneamiento afectando así

gravemente la salud de la población en general, situación particular corresponde también a

las aguas servidas que en la mayor parte de la ciudad discurren por canales abiertos sin

control alguno, afectando a sectores carentes de recursos, proliferándose enfermedades, el

alcantarillado fluvial es otro de las carencias de la región, no se cuentan con canales que

sirven de conectores de aguas fluviales, causando así inundaciones en épocas de lluvias, es

así que, en los últimos años se ha vivido los efectos de las inundaciones en ,as zonas urbanas

y rurales de la región por falta de política de mejoramientos de inversión.

1 El derecho al agua y su reconocimiento constitucional, Abog. Lily Ku Yamasupo

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III. RESPECTO AL PROYECTO DE MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE

AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CABALLO COCHA, PROVINCIA DE

MARISCAL RAMÓN CASTILLA – LORETO.

La ciudad de Caballococha es una ciudad peruana capital del distrito de Ramón Castilla y a

la vez de la provincia de Mariscal Ramón Castilla en el departamento de Loreto; Se encuentra

en el Noreste del país, sobre la orilla derecha del río Amazonas en la quebrada de

Caballococha, muy cerca al trapecio amazónico, cuenta con una población de 27,000

habitantes, se puede decir esta ciudad pequeña como puerto de entrada (y salida) al (o del)

Perú ya que está a menos de 50 km de Bellavista, Santa Rosa (Perú), Leticia, (Colombia)

y Tabatinga,(Brasil) por el río Amazonas.

Lo que se busca con el mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado

de caballo cocha, es que exista una baja Incidencia de enfermedades diarreicas, parasitarias

y de la piel en la población de la localidad de Caballo Cocha, Distrito de Ramón Castilla,

Provincia de Mariscal Ramón Castilla, Loreto, por ende Consumir agua potable de

calidad, una disposición sanitaria de excretas, adecuadamente tratados, redundando en

conseguir el incremento o mejora de la calidad de vida de la población, así como reducir la

tasa de morbilidad en un 50%, en aquellas enfermedades que tienen una relación directa

con el consumo de agua no potable y la contaminación del medio ambiente con silos

artesanales mal ubicados no recomendados para una ciudad en proceso de crecimiento

urbano, la tasa de mortalidad infantil en un 50%, y mejorar la alimentación infantil, conforme

se puede advertir en el árbol de medios y fines detallado a continuación:

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a) Clima:

El Clima predominante en el departamento, así como en la zona del estudio, pertenece al

llamado bosque húmedo tropical y su temperatura media anual es de 35ºC en época de

verano (Abril-Diciembre) y una temperatura mínima promedio de 30 ºC en épocas de lluvia.

El clima en general es cálido, existiendo muy poca variación entre el día y la noche, las

lluvias son abundantes, las precipitaciones varían entre 1500 y 3000 mm., la humedad

atmosférica es alta, favorecida por la evaporación que se producen los numerosos cursos

de agua y lugares pantanosos que abundan en la zona.

Ciclo lluvioso: Febrero, Marzo, Abril.

Ciclo seco: Junio, Julio Agosto.

Ciclo lluvioso: Octubre, Noviembre.

Ciclo semiseco: Mayo, Septiembre, Diciembre, Enero.

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Características climáticas propias de la región.

Temperatura media máxima : 33.5°C

Temperatura media mínima : 25.7°C

Precipitación promedia : 3419.5 mm/anual.

Radiación solar : 12 – 14 horas.

b) Geografía

La ciudad de Caballococha se encuentra a una distancia de 325km de la ciudad de Iquitos,

latitud sur de 3º55´ y a 70º34´latitud oeste, a 60 msnm ; en la margen izquierda del lago

Caballococha, cuya desembocadura es de más de 3km aproximadamente.

c) Hidrología:

El sistema hidrográfico de la ciudad de Caballo Cocha, pertenece a la Cuenca del Río

Amazonas. Las Quebradas que circundan al Distrito son afluentes a la Quebrada del

Pucacunga, el que a su vez, en épocas de lluvia descarga al Río Amazonas.

La Quebrada Pucacunga se ubica al Sur Este de la zona Urbana de Caballo Cocha y tiene

un ancho que varía de 4 a 8 m aproximadamente y con un caudal de 188.37 litros por

segundo en época de estiaje.

d) Ambiente Biológico:

El área de ejecución del proyecto se ubica entre las alturas que van desde 154 m.s.n.m

hasta 150 m.s.n.m aproximadamente; en el área de influencia del proyecto existen zonas

de vida como son los bosquespluvial premontano tropical; bosque húmedo, bosque muy

húmedo y bosque húmedo tropical.

IV. RESPECTO AL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA Y

DESAGÜE DEL DISTRITO DE CONTAMANA - PROVINCIA DE UCAYALI – LORETO

a) Localización

La creación política de la provincia de Ucayali se fija mediante la Ley N° 03995 del 13 de

octubre de 1900 durante el gobierno del presidente de la República Eduardo López de

Romaña, indicándose que los distritos que lo conformaban fueron Sarayacu, Santa

Catalina, Callería, Masisea y Contamana como ciudad capital. Pasaron los años y debido

a la necesidad del crecimiento de las poblaciones y las exigencias de su desarrollo, las

jurisdicciones territoriales variaron y los distritos de entonces, que formaban parte de esa

provincia, se ubicaron en otras y algunos de ellos desaparecieron. Actualmente los distritos

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que conforman la provincia de Ucayali son Padre Márquez, Inahuaya, Sarayacu, Pampa

Hermosa y Vargas Guerra.

El Distrito de Contamana, es la Capital de la Provincia es uno de los Cinco distritos que

conforman la provincia de Ucayali en el departamento de Loreto. Sus límites son: por el

Norte y Nor-Este con la provincia de Requena, por el Sur y Sur-Este con la región Ucayali,

por el Sur-Oeste con la región Huánuco y por el Nor-Oeste con la región San Martín, Su

capital de la Provincia Ucayali es el Distrito de Contamana.

La ciudad de Contamana cuenta con un sistema de desagüe insuficiente y obsoleto con

desembocadura en el río Ucayali, este hecho que genera contaminación y causa

enfermedades como las diarreicas y a la larga la desnutrición crónica. Ningún distrito cuenta

con Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales.

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b) Ubicación Geográfica:

Latitud Sur: 07º20’55”

Longitud Oeste: 75º00’21”

Altitud: 134 m.s.n.m.

fuente: Inei,

c) Vías de acceso

Se llega a la zona de estudio del proyecto rio bajo Ucayali se llega por vía fluvial en lancha

10 horas y rápido 4 horas y vía aérea en avioneta es 45 minutos donde se encuentran los

Beneficiarios del proyecto, todos ellos tienen vía acceso algunos enripiados y la gran

mayoría se encuentran con pavimento superior.

d) Clima

Predomina el clima cálido, húmedo y con abundantes precipitaciones, no es uniforme en

todo el ámbito geográfico. La humedad relativa anual media es de 84.24%. La temperatura

promedio es de 26.44 ºC. La precipitación pluvial promedio es de 1,752.8 mm.

e) Altitud

La capital del distrito de Contamana se encuentra situado con una altitud de 134 m.s.n.m.

La topografía del terreno en la zona del Proyecto es ligeramente plana propia de la zona

de Selva Baja y se encuentra bajo el ámbito del Sistema hidrográfico del río Ucayali.

f) Población beneficiaria sin servicio del Distrito de Contamana

Debido a que la población de los Barrios no cuenta con el servicio de agua potable y

alcantarillado necesitan que amplíen la capacidad de la infraestructura

para poder contar con el servicio ya que permitirá reducir las enfermedades

gastrointestinales de la población que consume agua sin tratamiento.

g) Población beneficiaria con servicio del Distrito de Contamana

Debido a que son los principales afectados por la carencia de los servicios y cuya

contribución permitirá una mejor distribución de los recursos para la satisfacción de sus

necesidades y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

V. MARCO NORMATIVO

a) Constitución Política del Perú.

b) Ley General de Servicios de Saneamiento Nª 26338.

c) Ley 28870 – Ley para Optimizar la Gestión de las Entidades Prestadores de Servicios

de Saneamiento.

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d) Ley Nª 30045 – Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento.

e) Decreto Supremo Nª 007-2006-VIVIENDA- Plan Nacional de Saneamiento.

f) Resolución Ministerial Nª 269-2009-VIVIENDA. Aprueban los lineamientos de los

Servicios de Saneamiento en los Centros Poblados de Pequeñas Ciudades.

VI. EFECTO DE LA NORMA QUE SE PROPONE SOBRE LA LEGISLACION NACIONAL

La presente iniciativa legislativa, no modifica norma alguna, tiene como objetivo principal

regular un derecho fundamental y así complementar las normas sectoriales a fin de garantizar

los servicios de saneamiento básicos de la población de Loreto.

VII. ANALISIS COSTO – BENEFICIO

La presente iniciativa no generará costo adicional al Estado, por el contrario, permitirá que se

priorice que la Región de Loreto pueda acceder al mejoramiento del servicio de saneamiento

básico, para el cierre de brechas nacional.

VIII. RELACIÓN CON LAS POLÍTICAS DE ESTADO EXPRESADO EN EL ACUERDO

NACIONAL

La presente iniciativa, está conforme a los lineamientos establecidos en el acuerdo nacional

33. Referente a las Políticas de Estado sobre los recursos Hídricos, celebrado en el año 2012;

donde los participantes se comprometen a cuidar el agua como patrimonio de la Nación, y

como derecho fundamental de la persona al acceso al agua potable. En ese sentido se

asegurará el acceso universal al agua potable y saneamiento a las poblaciones urbanas y

rurales de manera adecuada y diferenciada, con un marco institucional que garantice la

viabilidad y sostenibilidad del acceso, promoviendo la inversión pública, privada y asociada,

con visión territorial y de cuenca, y que garantice la eficiencia en la prestación de servicios,

con transparencia, regulación, fiscalización y rendimiento de cuentas.