ley de participacion ciudadana aprobada
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8/11/2019 Ley de Participacion Ciudadana Aprobada
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Congreso Nacional
Repblica de Honduras, C. A.
DECRETO No. 3-200
El CON!RE"O NAC#ONA$
CON"#DERANDO%Que la Constitucin de la Repblica establece que la soberana
corresponde al pueblo del cual emanan los Poderes del Estado. El sistema de
Gobierno es democrtico y representativo mediante el cual se garantian losderec!os de asociacin y de peticin" como sustento de la participacin ciudadana.
CON"#DERANDO% Que la evolucin y la dinmica del comportamiento social y
particularmente la de de#inir las instancias mediante las cuales se !aga viable la
participacin de los ciudadanos en los asuntos de inter$s pblico" debe ser
moderniada para no limitar el e%ercicio de los derec!os constitucionales.
CON"#DERANDO% Que el Gobierno debe sustentarse en el principio de la
democracia participativa del cual se deriva la integracin nacional.
CON"#DERANDO%Que la participacin ciudadana implica la inclusin del ciudadano
en la #ormulacin" e%ecucin y evaluacin de todas las polticas y acciones del
Estado" convirti$ndolo en protagonista y gestor de su propio destino. & la auditora
social sobre los actos de la autoridad pblica deber evaluar el cumplimiento de
normas" procedimientos y los resultados obtenidos con#orme a los #ines generales de
la sociedad.
&OR TANTO,
DECRETA
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$a siguien'e%
$E( DE &ART#C#&AC#)N C#*DADANA
ART+C*$O .- 'as disposiciones de esta 'ey tienen por ob%eto promover" regular y
establecer las instancias y mecanismos que permitan la organiacin y
#uncionamiento de la participacin ciudadana y su relacin con los rganos del
Estado" con#orme a la Constitucin de la Repblica y dems leyes.
ART+C*$O 2.- 'a participacin ciudadana se #undamenta en los principios de(
DEOCRAC#A &ART#C#&AT#/A%Permite la igualdad de oportunidades de
los !abitantes" para la adopcin" e%ecucin y evaluacin de polticas
pblicas sin discriminaciones de carcter poltico" religioso" racial" ideolgico"
de g$nero o de ninguna otra especie)
2 CORRE"&ON"A#$#DAD%el compromiso compartido de acatar" por parte
de los !abitantes y el Gobierno" los resultados de las decisiones
mutuamente convenidas) reconociendo y garantiando los derec!os de los
ciudadanos a proponer y decidir sobre asuntos pblicos) postulando que la
libertad de la participacin ciudadana es condicin indispensable para un
buen Gobierno y no sustitucin de las responsabilidades del Estado.
3 #NC$*"#)N% Como #undamento de una gestin pblica socialmente
responsable" que comprenda las opiniones de quienes participan en el
accionar civil" reconoce desigualdades y promueve un desarrollo equitativo
de la sociedad y de los individuos que la con#orman)
1 "O$#DAR#DAD% *e#inida como la disposicin de toda persona de asumir los
problemas de otros como propios" contrario a todo egosmo o inter$s
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particular" que propicie el desarrollo de relaciones #raternales entre las
personas" eleva la sensibilidad acerca de la naturalea de las propias
situaciones adversas y las de los dems" y en de#initiva nutre y motiva las
acciones para en#rentar colectivamente los problemas comunes)
$E!A$#DAD%Garanta de que las decisiones de Gobierno y las actuaciones
de los ciudadanos sean siempre apegadas a *erec!o" con seguridad para la
ciudadana en el acceso a la in#ormacin y con la obligacin e+presa" por
parte del Gobierno" de in#ormar" di#undir" capacitar y educar para una cultura
democrtica,participativa)
RE"&ETO%Reconocimiento pleno a la diversidad de visiones y posturas"
asumidas libremente en torno a los asuntos pblicos. Comiena incluso por
la libertad de elegir cundo y cmo se participa en la vida pblica)
TO$ERANC#A% Garanta de reconocimiento y respeto a la di#erencia y a la
diversidad de quienes con#orman la sociedad y como un elemento esencial
en la construccin de consensos) y"
4 &ER/#/ENC#A% Responsabilidad social de garantiar que las prcticas
democrticas se generalicen y reproducan de modo que aseguren el
desarrollo" a!ora y en el #uturo" de una cultura ciudadana crtica" activa"
responsable y propositiva.
ART+C*$O 3.- 'os mecanismos de la Participacin Ciudadana entre otros son(
- Plebiscito)
/ Re#er$ndum)
0 Cabildos abiertos municipales)
1 2niciativa Ciudadana) y"
3 4tros se5alados en la 'ey.
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ART+C*$O 1.- El plebiscito" re#er$ndum y cabildos abiertos" como instancias de
participacin ciudadana" sern e%ercidos de con#ormidad con lo que establecen la
Constitucin de la Repblica y las leyes" sin per%uicio en los establecido en la 'ey de
6unicipalidades.
ART+C*$O .- 'a iniciativa ciudadana es un mecanismo de participacin mediante el
cual el ciudadano podr presentar las solicitudes e iniciativas siguientes(
- 7olicitar que los titulares de rganos o dependencias pblicas de cualquiera
de los poderes del Estado" que convoque a la ciudadana en general" a los
vecinos de un 6unicipio" de un barrio o colonia" a gremios" sectores o grupossociales organiados" para que emitan opiniones y #ormulen propuestas de
solucin a problemas colectivos que les a#ecten. 'os resultados no sern
vinculantes pero s elementos de %uicio para el e%ercicio de las #unciones del
convocante) y"
/ 4#recer colaboracin a la autoridad pblica" en la e%ecucin de una obra o la
prestacin de un servicio" aportando para su realiacin recursos econmicos"
materiales o traba%o personal para bene#icio de la comunidad o del Estado. El
rgano pblico competente" de acuerdo con sus disponibilidades #inancieras"
podr aportar recursos para coadyuvar en la e%ecucin de las obras o en su
caso" !acer un llamado pblico para que otros ciudadanos" empresas o grupos
sociales colaboren con su e%ecucin.
Estas iniciativas ciudadanas podrn ser planteadas no solamente por ciudadanos
individualmente considerados" sino que tambi$n por asociaciones civiles" patronatos"
empresas" gremios o cualquier otro grupo social organiado.
ART+C*$O .- 7on instancias de la Participacin Ciudadana(
- El 8oro 9acional de Participacin Ciudadana)
/ 'os Conse%os de *esarrollo 6unicipal y *epartamental) y"
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0 'as 6esas Comunitarias de la Participacin Ciudadana.
El 8oro 9acional de Participacin Ciudadana es una instancia de la sociedad que
tiene por ob%eto garantiar y potenciar la participacin ciudadana.
Estar constituido por las organiaciones que integran el 8oro 9acional de
Convergencia" el Conse%o 9acional :nticorrupcin" cuando no participen en el 8oro
9acional de Convergencia" y un representante por cada partido poltico legalmente
inscrito.
;n Comisionado 9acional de Participacin Ciudadana presidir el 8oro 9acional deParticipacin Ciudadana" quien ser nombrado por el Presidente de la Repblica" por
un perodo de cuatro
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1 'os morosos de la !acienda pblica" y"
3 'os que !ayan sido declarados en quiebra mientras no !ayan sido
re!abilitados.
'os Conse%os de *esarrollo 6unicipales y *epartamentales" regulados por la 'ey de
6unicipalidades" asumirn #unciones de instancias de participacin ciudadana de
con#ormidad con lo regulado por esta 'ey.
'a #orma de convocatoria" requisitos" organiacin y #uncionamiento de estas
instancias de participacin ciudadana" en o que no est$ ya regulado por la 'ey de
6unicipalidades" ser establecida y regulada en el reglamento que al e#ecto seemita.
'as 6esas Comunitarias de la Participacin Ciudadana se integrarn a nivel local
con representantes de diversas organiaciones o sectores de la sociedad de cada
localidad" barrio" colonia" aldea o casero" tales como patronatos" %untas de agua"
asociaciones" grupos religiosos" #undaciones" #ueras vivas y dems organiaciones
de la 7ociedad Civil.
ART+C*$O .- Estas instancias de participacin ciudadana tienen la responsabilidad
de conocer los Planes de *esarrollo y Estrategias de e%ecucin de la autoridad
pblica de la circunscripcin territorial correspondiente" evaluar la gestin y
resultados de estas instancias y emitir opiniones sobre $stos. 7er su
responsabilidad in#ormar de las conclusiones de sus actividades al 8oro 9acional de
Participacin Ciudadana.
'as municipalidades y autoridades departamentales estn obligadas a otorgar
participacin real y e#ectiva en la plani#icacin" e%ecucin y seguimiento de sus
actividades en conse%os municipales" departamentales y comunitarios de la
Participacin Ciudadana" quienes velarn por la promocin y e#ectividad de la
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participacin ciudadana para el desarrollo y la produccin" la rendicin de cuentas" la
transparencia y el acceso a la in#ormacin pblica.
ART+C*$O 4.- El 8oro 9acional de Participacin Ciudadana tiene las #unciones
siguientes(
- >elar por el cumplimiento de esta 'ey)
/ *irigir la organiacin y #uncionamiento de las instancias de la Participacin
Ciudadana)
0 Recibir peticiones de los ciudadanos o grupos de ciudadanos y turnarlas a la
institucin respectiva para su resolucin)1 Rendir anualmente al Congreso 9acional un in#orme sobre su gestin" con
copia al ?ribunal 7uperior de Cuentas)
3 >elar por la e#ectiva aplicacin del principio de participacin ciudadana y
rendicin de cuentas)
@ Recibir denuncias sobre #altas en el cumplimiento de los deberes de los
#uncionarios pblicos y remitirlas a la autoridad competente)
A :sesorar a las autoridades o particulares que lo soliciten)
B 9ombrar comisiones especiales para analiar y discutir temas de inter$s
nacional) y"
8ormular las recomendaciones que estime conveniente a las autoridades.
ART+C*$O 5.- El 8oro 9acional de Participacin Ciudadana podr nombrar
comisiones especiales" integradas por miembros de diversos sectores de la
sociedad" para analiar y discutir temas de inter$s nacional. 'os in#ormes de estas
comisiones especiales podrn ser considerados por el Comisionado para #ormular y
dictar sus disposiciones" resoluciones o recomendaciones.
ART+C*$O 0.- Cualquier ciudadano podr presentar peticiones" solicitudes o
denuncias ante el 8oro 9acional de Participacin Ciudadana" sin asistencia de
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abogados y las mismas sern admitidas sin ningn tipo de discriminacin ni
e+clusin.
ART+C*$O .- El 8oro podr #ormular las recomendaciones o sugerencias que
estime convenientes a cualquier autoridad pblica" de cualquiera de los poderes del
Estado" con la #inalidad de asegurar la legalidad" e#iciencia" transparencia" rendicin
de cuentas y la promocin y gestin de la participacin ciudadana en el desempe5o
de su gestin.
ART+C*$O 2.- El Poder E%ecutivo a trav$s de la 7ecretara de Estado en los
despac!os de Gobernacin y Dusticia" reglamentar la presente 'ey.
ART+C*$O 3.-
TRAN"#TOR#O 'os resultados de estos es#ueros de concertacin en los distintos
niveles servirn de alguna manera y sern respetados para los e#ectos de esta 'ey.
ART+C*$O 1.- 'a presente 'ey entrar en vigencia a partir del da de su
publicacin en el *iario 4#icial 'a Gaceta.
*ado en la ciudad de ?egucigalpa" 6unicipio del *istrito Central" en el 7aln de
7esiones del Congreso 9acional" a los veintisiete das del mes de enero de dos mil
seis.
Rober'o ic6ele''i a7n
&residen'e
8os9 Al:redo "aa;edra &a< Nell= >arina 8ere< Caballero
"ecre'ario "ecre'aria
:l Poder E%ecutivo.
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&or Tan'o, E?ec'ese.
Tegucigalpa, DC, 2 de enero de 200.
&RE"#DENTE DE $A RE&@$#CA
"ECRETAR#O DE E"TADO EN $O" DE"&ACHO" DE !OERNAC#)N =
8*"T#C#A