ley de participacion ciudadana aprobada

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  • 8/11/2019 Ley de Participacion Ciudadana Aprobada

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    Congreso Nacional

    Repblica de Honduras, C. A.

    DECRETO No. 3-200

    El CON!RE"O NAC#ONA$

    CON"#DERANDO%Que la Constitucin de la Repblica establece que la soberana

    corresponde al pueblo del cual emanan los Poderes del Estado. El sistema de

    Gobierno es democrtico y representativo mediante el cual se garantian losderec!os de asociacin y de peticin" como sustento de la participacin ciudadana.

    CON"#DERANDO% Que la evolucin y la dinmica del comportamiento social y

    particularmente la de de#inir las instancias mediante las cuales se !aga viable la

    participacin de los ciudadanos en los asuntos de inter$s pblico" debe ser

    moderniada para no limitar el e%ercicio de los derec!os constitucionales.

    CON"#DERANDO% Que el Gobierno debe sustentarse en el principio de la

    democracia participativa del cual se deriva la integracin nacional.

    CON"#DERANDO%Que la participacin ciudadana implica la inclusin del ciudadano

    en la #ormulacin" e%ecucin y evaluacin de todas las polticas y acciones del

    Estado" convirti$ndolo en protagonista y gestor de su propio destino. & la auditora

    social sobre los actos de la autoridad pblica deber evaluar el cumplimiento de

    normas" procedimientos y los resultados obtenidos con#orme a los #ines generales de

    la sociedad.

    &OR TANTO,

    DECRETA

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    $a siguien'e%

    $E( DE &ART#C#&AC#)N C#*DADANA

    ART+C*$O .- 'as disposiciones de esta 'ey tienen por ob%eto promover" regular y

    establecer las instancias y mecanismos que permitan la organiacin y

    #uncionamiento de la participacin ciudadana y su relacin con los rganos del

    Estado" con#orme a la Constitucin de la Repblica y dems leyes.

    ART+C*$O 2.- 'a participacin ciudadana se #undamenta en los principios de(

    DEOCRAC#A &ART#C#&AT#/A%Permite la igualdad de oportunidades de

    los !abitantes" para la adopcin" e%ecucin y evaluacin de polticas

    pblicas sin discriminaciones de carcter poltico" religioso" racial" ideolgico"

    de g$nero o de ninguna otra especie)

    2 CORRE"&ON"A#$#DAD%el compromiso compartido de acatar" por parte

    de los !abitantes y el Gobierno" los resultados de las decisiones

    mutuamente convenidas) reconociendo y garantiando los derec!os de los

    ciudadanos a proponer y decidir sobre asuntos pblicos) postulando que la

    libertad de la participacin ciudadana es condicin indispensable para un

    buen Gobierno y no sustitucin de las responsabilidades del Estado.

    3 #NC$*"#)N% Como #undamento de una gestin pblica socialmente

    responsable" que comprenda las opiniones de quienes participan en el

    accionar civil" reconoce desigualdades y promueve un desarrollo equitativo

    de la sociedad y de los individuos que la con#orman)

    1 "O$#DAR#DAD% *e#inida como la disposicin de toda persona de asumir los

    problemas de otros como propios" contrario a todo egosmo o inter$s

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    particular" que propicie el desarrollo de relaciones #raternales entre las

    personas" eleva la sensibilidad acerca de la naturalea de las propias

    situaciones adversas y las de los dems" y en de#initiva nutre y motiva las

    acciones para en#rentar colectivamente los problemas comunes)

    $E!A$#DAD%Garanta de que las decisiones de Gobierno y las actuaciones

    de los ciudadanos sean siempre apegadas a *erec!o" con seguridad para la

    ciudadana en el acceso a la in#ormacin y con la obligacin e+presa" por

    parte del Gobierno" de in#ormar" di#undir" capacitar y educar para una cultura

    democrtica,participativa)

    RE"&ETO%Reconocimiento pleno a la diversidad de visiones y posturas"

    asumidas libremente en torno a los asuntos pblicos. Comiena incluso por

    la libertad de elegir cundo y cmo se participa en la vida pblica)

    TO$ERANC#A% Garanta de reconocimiento y respeto a la di#erencia y a la

    diversidad de quienes con#orman la sociedad y como un elemento esencial

    en la construccin de consensos) y"

    4 &ER/#/ENC#A% Responsabilidad social de garantiar que las prcticas

    democrticas se generalicen y reproducan de modo que aseguren el

    desarrollo" a!ora y en el #uturo" de una cultura ciudadana crtica" activa"

    responsable y propositiva.

    ART+C*$O 3.- 'os mecanismos de la Participacin Ciudadana entre otros son(

    - Plebiscito)

    / Re#er$ndum)

    0 Cabildos abiertos municipales)

    1 2niciativa Ciudadana) y"

    3 4tros se5alados en la 'ey.

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    ART+C*$O 1.- El plebiscito" re#er$ndum y cabildos abiertos" como instancias de

    participacin ciudadana" sern e%ercidos de con#ormidad con lo que establecen la

    Constitucin de la Repblica y las leyes" sin per%uicio en los establecido en la 'ey de

    6unicipalidades.

    ART+C*$O .- 'a iniciativa ciudadana es un mecanismo de participacin mediante el

    cual el ciudadano podr presentar las solicitudes e iniciativas siguientes(

    - 7olicitar que los titulares de rganos o dependencias pblicas de cualquiera

    de los poderes del Estado" que convoque a la ciudadana en general" a los

    vecinos de un 6unicipio" de un barrio o colonia" a gremios" sectores o grupossociales organiados" para que emitan opiniones y #ormulen propuestas de

    solucin a problemas colectivos que les a#ecten. 'os resultados no sern

    vinculantes pero s elementos de %uicio para el e%ercicio de las #unciones del

    convocante) y"

    / 4#recer colaboracin a la autoridad pblica" en la e%ecucin de una obra o la

    prestacin de un servicio" aportando para su realiacin recursos econmicos"

    materiales o traba%o personal para bene#icio de la comunidad o del Estado. El

    rgano pblico competente" de acuerdo con sus disponibilidades #inancieras"

    podr aportar recursos para coadyuvar en la e%ecucin de las obras o en su

    caso" !acer un llamado pblico para que otros ciudadanos" empresas o grupos

    sociales colaboren con su e%ecucin.

    Estas iniciativas ciudadanas podrn ser planteadas no solamente por ciudadanos

    individualmente considerados" sino que tambi$n por asociaciones civiles" patronatos"

    empresas" gremios o cualquier otro grupo social organiado.

    ART+C*$O .- 7on instancias de la Participacin Ciudadana(

    - El 8oro 9acional de Participacin Ciudadana)

    / 'os Conse%os de *esarrollo 6unicipal y *epartamental) y"

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    0 'as 6esas Comunitarias de la Participacin Ciudadana.

    El 8oro 9acional de Participacin Ciudadana es una instancia de la sociedad que

    tiene por ob%eto garantiar y potenciar la participacin ciudadana.

    Estar constituido por las organiaciones que integran el 8oro 9acional de

    Convergencia" el Conse%o 9acional :nticorrupcin" cuando no participen en el 8oro

    9acional de Convergencia" y un representante por cada partido poltico legalmente

    inscrito.

    ;n Comisionado 9acional de Participacin Ciudadana presidir el 8oro 9acional deParticipacin Ciudadana" quien ser nombrado por el Presidente de la Repblica" por

    un perodo de cuatro

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    1 'os morosos de la !acienda pblica" y"

    3 'os que !ayan sido declarados en quiebra mientras no !ayan sido

    re!abilitados.

    'os Conse%os de *esarrollo 6unicipales y *epartamentales" regulados por la 'ey de

    6unicipalidades" asumirn #unciones de instancias de participacin ciudadana de

    con#ormidad con lo regulado por esta 'ey.

    'a #orma de convocatoria" requisitos" organiacin y #uncionamiento de estas

    instancias de participacin ciudadana" en o que no est$ ya regulado por la 'ey de

    6unicipalidades" ser establecida y regulada en el reglamento que al e#ecto seemita.

    'as 6esas Comunitarias de la Participacin Ciudadana se integrarn a nivel local

    con representantes de diversas organiaciones o sectores de la sociedad de cada

    localidad" barrio" colonia" aldea o casero" tales como patronatos" %untas de agua"

    asociaciones" grupos religiosos" #undaciones" #ueras vivas y dems organiaciones

    de la 7ociedad Civil.

    ART+C*$O .- Estas instancias de participacin ciudadana tienen la responsabilidad

    de conocer los Planes de *esarrollo y Estrategias de e%ecucin de la autoridad

    pblica de la circunscripcin territorial correspondiente" evaluar la gestin y

    resultados de estas instancias y emitir opiniones sobre $stos. 7er su

    responsabilidad in#ormar de las conclusiones de sus actividades al 8oro 9acional de

    Participacin Ciudadana.

    'as municipalidades y autoridades departamentales estn obligadas a otorgar

    participacin real y e#ectiva en la plani#icacin" e%ecucin y seguimiento de sus

    actividades en conse%os municipales" departamentales y comunitarios de la

    Participacin Ciudadana" quienes velarn por la promocin y e#ectividad de la

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    participacin ciudadana para el desarrollo y la produccin" la rendicin de cuentas" la

    transparencia y el acceso a la in#ormacin pblica.

    ART+C*$O 4.- El 8oro 9acional de Participacin Ciudadana tiene las #unciones

    siguientes(

    - >elar por el cumplimiento de esta 'ey)

    / *irigir la organiacin y #uncionamiento de las instancias de la Participacin

    Ciudadana)

    0 Recibir peticiones de los ciudadanos o grupos de ciudadanos y turnarlas a la

    institucin respectiva para su resolucin)1 Rendir anualmente al Congreso 9acional un in#orme sobre su gestin" con

    copia al ?ribunal 7uperior de Cuentas)

    3 >elar por la e#ectiva aplicacin del principio de participacin ciudadana y

    rendicin de cuentas)

    @ Recibir denuncias sobre #altas en el cumplimiento de los deberes de los

    #uncionarios pblicos y remitirlas a la autoridad competente)

    A :sesorar a las autoridades o particulares que lo soliciten)

    B 9ombrar comisiones especiales para analiar y discutir temas de inter$s

    nacional) y"

    8ormular las recomendaciones que estime conveniente a las autoridades.

    ART+C*$O 5.- El 8oro 9acional de Participacin Ciudadana podr nombrar

    comisiones especiales" integradas por miembros de diversos sectores de la

    sociedad" para analiar y discutir temas de inter$s nacional. 'os in#ormes de estas

    comisiones especiales podrn ser considerados por el Comisionado para #ormular y

    dictar sus disposiciones" resoluciones o recomendaciones.

    ART+C*$O 0.- Cualquier ciudadano podr presentar peticiones" solicitudes o

    denuncias ante el 8oro 9acional de Participacin Ciudadana" sin asistencia de

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    abogados y las mismas sern admitidas sin ningn tipo de discriminacin ni

    e+clusin.

    ART+C*$O .- El 8oro podr #ormular las recomendaciones o sugerencias que

    estime convenientes a cualquier autoridad pblica" de cualquiera de los poderes del

    Estado" con la #inalidad de asegurar la legalidad" e#iciencia" transparencia" rendicin

    de cuentas y la promocin y gestin de la participacin ciudadana en el desempe5o

    de su gestin.

    ART+C*$O 2.- El Poder E%ecutivo a trav$s de la 7ecretara de Estado en los

    despac!os de Gobernacin y Dusticia" reglamentar la presente 'ey.

    ART+C*$O 3.-

    TRAN"#TOR#O 'os resultados de estos es#ueros de concertacin en los distintos

    niveles servirn de alguna manera y sern respetados para los e#ectos de esta 'ey.

    ART+C*$O 1.- 'a presente 'ey entrar en vigencia a partir del da de su

    publicacin en el *iario 4#icial 'a Gaceta.

    *ado en la ciudad de ?egucigalpa" 6unicipio del *istrito Central" en el 7aln de

    7esiones del Congreso 9acional" a los veintisiete das del mes de enero de dos mil

    seis.

    Rober'o ic6ele''i a7n

    &residen'e

    8os9 Al:redo "aa;edra &a< Nell= >arina 8ere< Caballero

    "ecre'ario "ecre'aria

    :l Poder E%ecutivo.

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    &or Tan'o, E?ec'ese.

    Tegucigalpa, DC, 2 de enero de 200.

    &RE"#DENTE DE $A RE&@$#CA

    "ECRETAR#O DE E"TADO EN $O" DE"&ACHO" DE !OERNAC#)N =

    8*"T#C#A